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Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 107 g. 37394 Jueves, 6 de junio de 2013 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y EMPLEO RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2013, de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, por la que se dispone la inscripción en el Registro Central de Convenios Colectivos de Trabajo, el depósito y la publicación del acta de modificación del I Convenio Colectivo del personal laboral docente e investigador contratado en régimen laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León, Código de Convenio 7800435. Visto el texto del Acta de modificación del I Convenio Colectivo del Personal Laboral Docente e Investigador Contratado en Régimen Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León, suscrito con fecha 10 de mayo de 2013, de una parte, por de los representantes de las Universidades de Burgos, León, Salamanca y Valladolid, y de otra, por los representantes de las organizaciones sindicales CCOO, CSI-CSIF, STECyL-i y UGT, de conformidad con el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, («B.O.E.» del 29) por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y el Decreto 33/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo, esta Dirección General ACUERDA Primero.– Ordenar la Inscripción del Acta de modificación del citado Convenio en el Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. Segundo.– Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Tercero.– Depositar un ejemplar en esta Dirección General. Así lo acuerdo y firmo. Valladolid, 24 de mayo de 2013. El Director General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, Fdo.: CARLOS DÍEZ MENÉNDEZ CV: BOCYL-D-06062013-7

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Boletín Oficial de Castilla y León

Núm. 107 Pág. 37394Jueves, 6 de junio de 2013

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

C. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y EMPLEO

RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2013, de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, por la que se dispone la inscripción en el Registro Central de Convenios Colectivos de Trabajo, el depósito y la publicación del acta de modificación del I Convenio Colectivo del personal laboral docente e investigador contratado en régimen laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León, Código de Convenio 7800435.

Visto el texto del Acta de modificación del I Convenio Colectivo del Personal Laboral Docente e Investigador Contratado en Régimen Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León, suscrito con fecha 10 de mayo de 2013, de una parte, por de los representantes de las Universidades de Burgos, León, Salamanca y Valladolid, y de otra, por los representantes de las organizaciones sindicales CCOO, CSI-CSIF, STECyL-i y UGT, de conformidad con el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, («B.O.E.» del 29) por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y el Decreto 33/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo, esta Dirección General

ACUERDA

Primero.– Ordenar la Inscripción del Acta de modificación del citado Convenio en el Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.– Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Tercero.– Depositar un ejemplar en esta Dirección General.

Así lo acuerdo y firmo.

Valladolid, 24 de mayo de 2013.

El Director General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales,

Fdo.: Carlos Díez MenénDez

CV: BOCYL-D-06062013-7

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Boletín Oficial de Castilla y LeónNúm. 107 Pág. 37395Jueves, 6 de junio de 2013

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL PDI CONTRATADO EN RÉGIMEN LABORAL DE LAS UNIVERSIDADES

PÚBLICAS DE CASTILLA Y LEÓN

Reunida en Valladolid el día 10 de mayo de 2013 la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del PDI Contratado en Régimen Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León, con la asistencia de los representantes de las organizaciones sindicales CCOO, CSI-CSIF, STECyL-i y UGT, así como de los representantes de las Universidades de Burgos, León, Salamanca y Valladolid, adoptó, entre otros, el siguiente: ACUERDO:

Propuesta para establecer una duración máxima de cuatro años de los contratos por obra o servicios determinados, de conformidad con lo previsto en el Art. 15.1.a) del Estatuto de los Trabajadores.

El señor Presidente comenta que dicho punto del Orden del Día se ha incluido a la vista de que existe en las Universidades Públicas de Castilla y León personal investigador de reciente titulación universitaria, con contrato de obra o servicio determinado, al amparo de la ORDEN EDU/1204/2010, de 26 de agosto, en cuyo artículo 4.1 se dispone que «La duración de las ayudas es de tres años ampliable hasta doce meses más cuando esta ampliación en el contrato de obra o servicio determinado se establezca por convenio colectivo de ámbito sectorial estatal o, en su defecto por convenio colectivo sectorial de ámbito inferior de conformidad con el artículo 1 del Real Decreto-Ley 10/2010, de 16 de junio, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado de Trabajo. El plazo de duración se computará a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

A fin de desarrollar dicha previsión normativa posterior a la firma del actual Convenio, se propone un texto, que complementaría los Arts. 18 ó 19 del Convenio, y que ha sido remitido a los señores miembros de la Comisión Negociadora junto con la Convocatoria para la presente Reunión.

En consecuencia, se acuerda incluir en el I Convenio, a efectos de complementar lo señalado en el artículo 18, el siguiente texto: «Los contratos para la realización de obra o servicio determinados podrán tener una duración máxima de tres años, prorrogables hasta 12 meses más, de conformidad con lo previsto en el artículo 15.1.a) del Estatuto de los Trabajadores, en relación con la Disposición Adicional Decimoquinta del mismo texto legal».

CV: BOCYL-D-06062013-7

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Boletín Oficial de Castilla y LeónNúm. 107

http://bocyl.jcyl.es D.L.: BU 10-1979 - ISSN 1989-8959

Pág. 37396Jueves, 6 de junio de 2013

Asimismo se acuerda DELEGAR en el Vicerrector de Profesorado de la Universidad de León D. José Luis Fanjúl Suárez para que, en nombre de esta Comisión, lleve a cabo cuantos trámites sean necesarios para la comunicación del acuerdo adoptado a la Autoridad Laboral a efectos de inscripción y registro.

UNIVERSIDAD DE BURGOS, UNIVERSIDAD DE LEÓN, El Rector El Rector Fdo.: Alfonso Murillo Villar Fdo.: José Ángel Hermida Alonso

UNIVERSIDAD DE SALAMANCA, UNIVERSIDAD DE VALLADOLID, El Rector El Rector Fdo.: Daniel Hernández Ruipérez Fdo.: Marcos Sacristán Represa

CCOO, CSI-CSIF, Fdo.: Elena Fernández Gutiérrez Fdo.: Antonio Barreñada García

STECyL-i, UGT, Fdo.: Miguel Grande Rodríguez Fdo.: M.ª Victoria Soto Olmedo

CV: BOCYL-D-06062013-7