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BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 1
FEBRERO
2015
EDICION Nº 66 M
B O L E T I N
O F I C I A L
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 3
Corresponde a Expte. 172/2015.-
Laprida, 02 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La promulgación de la Ordenanza Nº 1388/08 mediante la cual se crea un Fondo Municipal de
Apoyo y Promoción a Emprendimientos Productivos en el Partido de Laprida y el Decreto Nº
1064/08, reglamentario de dicha ordenanza, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Dirección de Producción Municipal los solicitantes han cumplimentado los
requisitos necesarios para el otorgamiento de los mismos, cuyas copias obran en el expediente
del corresponde,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
APELLIDO Y NOMBRE DNI PRESTAMO Nº CUOTA VALOR CUOTA
ACOSTA, Silvina Viviana 20.513.048 $ 500.- 10 $ 53,25.-
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Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a los beneficiarios que a continuación se
nominan, la suma que se indica, la que será devuelta en cuotas mensuales, iguales y
consecutivas:
Artículo 2º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta:
Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Hacienda.-
Programa 17 Subsecretaria de Políticas Económicas.-
Fuente de Financiamiento 131 Origen Municipal.-
Recursos Afectados 1290700 Prestamos pequeños proyectos productivos.-
Subprograma 02 Programa apoyo emprendimientos productivos.-
Rubro 6300 Prestamos a Largo Plazo.-
Partida 6310 Préstamos en el Largo Plazo al Sector Privado.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 217.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 176/2015.-
Laprida, 03 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
CATALDO, Miguel Ángel 10.317.943 $ 15.000.- 18 $ 928,17.-
CHAVEZ, Zulma 25.628.791 $ 12.000.- 18 $ 742,53.-
MOREYRA, Marisa Graciela 16.768.166 $ 9.000.- 18 $ 556,90.-
PASDEVICELLI, Ángelo 36.118.858 $ 20.000.- 18 $ 1.237,55.-
RUIZ, Diego Hernán 33.489.914 $ 10.000.- 18 $ 618,78.-
SILVESTRO, Diego Hernán 26.124.997 $ 20.000.- 18 $ 1.237,55.-
YOVENITTI, Diego Alcides 24.763.924 $ 20.000.- 24 $ 959,50.-
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FEBRERO 2015 Página 5
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
PRATULA Hugo 32.131.574 $ 400.- ayuda social
RODRIGUEZ Davina 37.198.523 $ 500.- ayuda social
GONGORA Ilmar 24.785.152 $ 1.500.- ayuda social
BALIÑO Patricia 31.419.972 $ 500.- ayuda social
GOROSITO Elisa 28.568.353 $ 500.- ayuda social
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas.-
Artículo 3º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica por salud o medicamentos:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
SCACHERI Ximena 28.568.489 $ 1.900.- ayuda por salud
SALVATIERRA Marta 22.087.667 $ 150.- ayuda por salud
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 19 Subsidios en salud.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.-
Artículo 5º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 218.-
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………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 175/2015.-
Laprida, 02 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La solicitud de licencia cursada por el Jefe de Guías Eduardo LARREGUI.-
Los artículos 29 y 30 de la Ley 11.757.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Otorgar al Jefe de Guías, Eduardo LARREGUI, Legajo Nº 246, Doce (12) días de
licencia anual (Articulo 30), desde el 02 de Febrero de 2015 hasta el 13 de Febrero del mismo
año, inclusive.-
Artículo 2º: Designase, como Jefe Interino de Guías, por el término que dure la licencia
otorgada en el artículo 1º, al Sr. Néstor Alberto ELENO, Legajo Nº 365, para cubrir la vacante
temporaria producida.-
Artículo 3º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta del Presupuesto de gastos vigente:
Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Hacienda.-
Programa 01 Adm. Fiscal, tributaria, contable y fin.-
Rubro 1100 Personal Permanente.-
Partida 1110 Retribuciones del cargo.-
Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dese al registro Municipal y cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 219.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 060/2015.-
Laprida, 02 de Febrero de 2015.-
VISTO:
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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La solicitud de licencia cursada por el Secretario de Salud de la Municipalidad de Laprida
e informe de contaduría.-
Los artículos 29 y 30 de la Ley 11.757.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Otorgar al Secretario de Salud Dr. Claudio FERREYRA, Legajo Nº 720, siete (07)
días de licencia anual (Articulo 30), desde el 03 de Febrero de 2015 hasta el 10 de Febrero del
mismo año, inclusive.-
Artículo 2º: Designase, como Secretario Interino de Salud, por el término que dure la licencia
otorgada en el artículo 1º, al Dr. Fernando ANDREATTA, Nº 818, para cubrir la vacante
temporaria producida.-
Artículo 3º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta del Presupuesto de gastos vigente:
Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Salud.-
Programa 16 Dirección de Hospital y salas periféricas.-
Rubro 1100 Personal Permanente.-
Partida 1130 Retribuciones que no hacen al cargo.-
Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dese al registro Municipal y cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 220.-
………………………………… ALFREDO RUBEN FISHER
Intendente Municipal de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 181/2015.-
Laprida, 03 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
Celis, Berta Noemi 6.211.916 $ 300,00 ayuda social por alquiler
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Bulacio, M. Alejandra 36.241.504 $ 500,00 ayuda social por alquiler
Zanazzi, Nancy 30.303.881 $ 600,00 ayuda social por alquiler
Wagner, Carla 37.426.119 $ 500,00 ayuda social por alquiler
Salvatierra, Leonela 38.860.880 $ 500,00 ayuda social por alquiler
Arias, Evelin 35.415.559 $ 500,00 ayuda social por alquiler
Benitez, Magdalena 13.825.632 $ 230,00 ayuda social
Garcia Alicia Irene 4.766.449 $ 600,00 ayuda social
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas.-
Artículo 3º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica por salud o medicamentos:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
Guglielmoni, Roberto 13.230.091 $ 500,00 Resp Cobro Guglielmoni M, Luz DNI 34.457.569
Vidal, Fatima 37.459.497 $ 532,00 ayuda por salud
Jara, Luis Pablo 32.762.650 $ 500,00 ayuda por salud
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 19 Subsidios en salud.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.-
Artículo 5º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 221.-
………………………………… ………………………………..
Cra. ROMINA SIMON ALFREDO RUBEN FISHER
Secretaria INTERINA de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
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Corresponde a Expte. 010/2015.-
Laprida, 03 de Febrero de 2015.-
VISTO:
El Contrato de Locación de Obra que antecede e informe de Oficina de Contaduría.-
El inciso 14 del Artículo 108° de la L.OM.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra celebrado entre la
Municipalidad de Laprida representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Alfredo
Rubén Fisher y la Srta. Paola Gabriela MENDEZ, DNI 21.506.328, Matricula Nacional Nº
27.280, con domicilio en calle Belgrano Nº 1278 del la ciudad de Laprida. La Locadora se
compromete a brindar su asistencia como Licenciada en Psicología, formando parte del equipo
técnico – profesional del Servicio Local de Protección de los Derechos del Niño y el Adolescente,
y del equipo interdisciplinario del Pequeño Hogar del niño El Hornero, con una carga horaria de
20 horas semanales de lunes a viernes y una guardia pasiva mensual a acordar con los demás
miembros del equipo.-
Artículo 2º: La vigencia del contrato es desde el 1 de FEBRERO de 2015 venciendo el 31 de
MARZO del mismo año, inclusive, pudiendo ser denunciado antes de esa fecha, por cualquiera
de las partes, con el solo requisito de dar aviso con un plazo no inferior a los treinta días.-
Artículo 3º: El precio del presente contrato se fija en la suma de Pesos Ocho mil ciento
sesenta y cinco ($ 8.165) mensuales, más viáticos para capacitaciones y/o jornadas, contra
presentación de factura en la Oficina de Compras de esta Municipalidad.-
Artículo 4º: “La Locataria” podrá rescindir unilateralmente este contrato sin necesidad de
actuación administrativa y/o interpelación judicial o extrajudicial previa, cuando a su juicio la
conducta o la prestación del servicio no fuera la adecuada o no resultare satisfactoria.-
Artículo 5º: El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 17 Dirección de desarrollo comunitario.-
Subprograma 20 Fondo fortalecimiento programas sociales.-
Rubro 3400 Servicio Técnico y profesionales.-
Partida 3490 Otros.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
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DECRETO Nº 222.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 178/2015.-
Laprida, 03 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La solicitud cursada a fs. 2 por la Secretaria de Hacienda solicitando el reconocimiento
del reemplazo del Agente Alfredo SAFRAIDER.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Reconózcase el reemplazo del Agente Municipal Alfredo SAFRAIDER, Legajo Nº
845, Chofer del Camión Recolector de Residuos, quien se encuentra con licencia desde el
02/02/2015 y hasta el 15/02/2015 inclusive; y será relevado por el término que dure la licencia
antes mencionada, por el Agente Municipal Ariel SILVESTRO, Legajo Nº 672, para cubrir la
vacante temporaria producida.-
Artículo 2º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta del Presupuesto de gastos vigente:
Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Infraestructura.-
Programa 17 Subsecretaria de Servicios Públicos y Medio Ambiente.-
Subprograma 16 Dirección de Servicios Públicos e Higiene.-
Rubro 1100 Personal Permanente.-
Partida 1110 Retribuciones del cargo.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 223.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 154/2015.-
Laprida, 03 de Febrero de 2015.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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VISTO:
La solicitud cursada por la Dirección de Desarrollo Comunitario.-
Y, los decretos Nº 267/2008 y 578/2014.-
CONSIDERANDO:
Que la norma mencionada crea el Programa de Capacitación para el Trabajo y la
Inclusión destinado a personas que se encuentren por debajo de la línea de la pobreza y en
estado de desocupación.-
Que el Programa será el desarrollo de experiencias teórico-prácticas, bajo el concepto
de becas, para re-crear en personas desocupadas los diferentes aspectos que hacen a la cultura
del trabajo, y este será financiado por el Estado Municipal con aportes propios o con los que
recibiera para tal efecto de los Estados Nacional y/o Provincial.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de Beca “Programa de Trabajo para la Inclusión”,
correspondiente al mes de ENERO de 2015:
NOMBRE Y APELLIDO DNI ÁREA MONTO
HARISMENDI Carla 39.764.801 Envión $ 1.000.-
ALBO Federico 31.378.468 Balneario $ 9.500.-
Artículo 2º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 3º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Fuente de financiamiento 110 De origen municipal
Programa 17 Dirección de Desarrollo Comunitario.-
Subprograma 16 Trabajo para la inclusión.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas
Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 224.-
………………………………… ………………………………..
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 177/2015.-
Laprida, 03 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La solicitud de licencia cursada por el Director de Caminos Rurales Sr. Silvio PORTARRIEU.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Otorgar al Director de Caminos Rurales, Sr. Silvio PORTARRIEU Legajo Nº 569,
Catorce (14) días de licencia vacacional, a partir del 02 de Febrero de 2015 hasta el 15 de
Febrero de 2015, inclusive.-
Artículo 2º: Designase, como Director Interino de Caminos Rurales, por el término que dure la
licencia otorgada en el artículo 1º, al Agente Sr. Carlos Romualdo FISHER Legajo Nº 637, para
cubrir la vacante temporaria producida.-
Artículo 3º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta del Presupuesto de gastos vigente:
Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Inf. Viv. Serv. Pub.
Programa 19 Dirección de Caminos Rurales
Subprograma 16 Políticas de conservación de caminos rurales
Partida 1110 Retribuciones del Cargo
Rubro 1100 Personal permanente
Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dese al registro Municipal y cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 225.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde expte. Nº 179/2015.-
Laprida, 03 de Febrero de 2015.-
VISTO
La solicitud de designación obrante a fs.1, en donde se informan los extremos indicados
en los arts. 92 y 97, incisos a), b) y c) del Estatuto Municipal (Ley 11.757).-
Que a fs. 2 obra el informe de imputación del gasto, de Contaduría Municipal.-
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Lo dispuesto por el art. 108 inc. 9 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y arts. 6,
12, 97 y cctes. de la ley 11.757.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Designase en forma retroactiva, como personal temporario mensualizado, a Myriam
Evangelina PERALTA, DNI 23.987.947, desde el 1° de ENERO hasta el 28 de FEBRERO de
2015, quien se desempeñara tareas como personal de servicio en el Hogar San Vicente de Paul,
con una retribución equivalente a 177 módulos del escalafón municipal.-
Artículo 2º: La Municipalidad podrá rescindir sin expresión de causa los efectos de la presente
designación como Personal Temporario, sin que ello dé derecho al agente a solicitar suma
alguna bajo ningún concepto, a excepción de lo no abonado y efectivamente trabajado.-
Artículo 3º: Notifíquese a la interesada, cúmplase, comuníquese a la oficina requirente, a las
oficinas de Gabinete, Tesorería y Contaduría, dese al Registro Municipal y archívese.-
Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 111012000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 18 Dirección de Desarrollo Comunitario.-
Subprograma 01 Adm. De políticas de Desarrollo Comunitario.-
Rubro 1200 Personal temporario
Partida 1210 Retribuciones del cargo
Artículo 4: Comuníquese, y archívese.-
DECRETO Nº 226.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte 009/2015.-
Laprida, 03 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por la Secretaría de Salud, el Contrato de Locación de Obra que antecede e
informe de Oficina de Contaduría.-
El inciso 14 del Artículo 108° de la L.OM.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra celebrado entre la
Municipalidad de Laprida y el Licenciado Villarreal Carlos, DNI.Nº 24.351.913, M.P.Nº 35204
domiciliado/a en calle Sancholuz Nº 971de la ciudad de Laprida, donde se compromete a realizar
prestaciones como psicólogo en el área de salud y en el servicio de rehabilitación del Hospital
Municipal Pedro S. Sancholuz, y además integrara la junta evaluadora (C.U.D). Cuya vigencia es
desde el 1º de ENERO de 2015 hasta el 30 de JUNIO de 2015, debiendo concurrir 2 (dos)
veces al mes.-
Artículo 2º: Se conviene en abonar por los servicios prestados la suma de Pesos Dos mil
cuatrocientos treinta y cuatro ($ 2.434) por cada día de concurrencia, contra prestación de
factura legal en Tesorería Municipal.-
Artículo 3º: EL LOCATARIO podrá rescindir unilateralmente este contrato sin necesidad de
actuación administrativa y/o interpelación judicial o extrajudicial previa, cuando a su juicio la
conducta o la prestación del servicio no fuera la adecuada o no resultare satisfactoria.-
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta del Presupuesto de gastos vigente:
Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Salud Programa 16 Dirección de Hospital y Salas Periféricas Rubro 3400 Servicios técnicos y profesionales Partida 3420 Médicos y Sanitarios. Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 227.-
………………………………… …………………………………
Dr. CLAUDIO FERREYRA ALFREDO RUBEN FISHER Secretario de Salud Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 009/2015.-
Laprida, 03 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por la Secretaría de Salud, el Contrato de Locación de Servicios que antecede e
informe de Oficina de Contaduría.-
Lo normado por el inciso 14 de artículo 108° de la L.O.M.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre la
Municipalidad de Laprida y el Dr. MARTÍN BORRA, DNI Nº 25.690.183, M.P. 114894,
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domiciliado en Necochea 227 de la ciudad de Azul. Cuya vigencia es a partir del 1º de ENERO
de 2015 hasta el 30 de JUNIO del mismo año. El Locador se compromete a realizar funciones
como médico Fisiatra en el Hospital Municipal Pedro S. Sancholuz, atención de consultorio
externo, confección de certificados de discapacidad y asesoramiento en el servicio de
rehabilitación.-
Artículo 2º: Se conviene en abonar al “Locador” la suma de $ 1.366 (Pesos Un mil trescientos
sesenta y seis) por cada día de atención y se le reconocerán mensualmente hasta $ 1.707
(Pesos Un mil setecientos siete), de gastos de traslado y/o combustible, previa presentación de
la correspondiente factura y la actualización de la Secretaria de Salud.-
Artículo 3º: El locatario podrá rescindir unilateralmente este contrato sin necesidad de
actuación administrativa y/o interpelación judicial o extrajudicial previa, cuando a su juicio la
conducta o la prestación del servicio no fuera la adecuada o no resultare satisfactoria.-
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta del Presupuesto de gastos vigente:
Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Salud Programa 16 Dirección de Hospital y Salas Periféricas Rubro 3400 Servicios técnicos y profesionales.- Partida 3420 Servicios Médicos y sanitarios Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 228.-
………………………………… …………………………………
Dr. CLAUDIO FERREYRA ALFREDO RUBEN FISHER Secretario de Salud Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 182/2015.-
Laprida, 04 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
Rodriguez, Anahi 37.426.102 $ 400,00 ayuda por alquiler
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 16
Tapia, Alejandra 29.859.937 $ 500,00 ayuda por alquiler
De la Llera, Antonela P 37.859.442 $ 500,00 ayuda por alquiler
Alvarado, Camila 38.304.521 $ 500,00 ayuda por alquiler
Chaparro, Lavina 33.489.941 $ 500,00 ayuda por alquiler
Perez, Sandra 24.387.184 $ 235,00 ayuda social
Ponce, Soledad 27.680.484 $ 500,00 ayuda por alquiler
Aranda, Debora 32.262.067 $ 500,00 ayuda por alquiler
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas.-
Artículo 3º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica por salud o medicamentos:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
Larias, Rosana 26.572.629 $ 900,00 ayuda por salud
Flores, Rina Rocio 36.241.557 $ 600,00 ayuda por salud
Dos Santos, Jose 20.063.140 $ 200,00 ayuda por salud
Peñalba, Delia 11.510.526 $ 250,00 ayuda por salud
Carrizo, Vanesa 29.644.399 $ 284,00 ayuda por salud
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 19 Subsidios en salud.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.-
Artículo 5º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 229.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 17
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 172/2015.-
Laprida, 04 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La promulgación de la Ordenanza Nº 1388/08 mediante la cual se crea un Fondo Municipal de
Apoyo y Promoción a Emprendimientos Productivos en el Partido de Laprida y el Decreto Nº
1064/08, reglamentario de dicha ordenanza, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Dirección de Producción Municipal los solicitantes han cumplimentado los
requisitos necesarios para el otorgamiento de los mismos, cuyas copias obran en el expediente
del corresponde,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar al beneficiario que a continuación se
nomina, la suma que se indica, la que será devuelta en cuotas mensuales, iguales y
consecutivas:
Artículo 2º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta:
Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Hacienda.-
Programa 17 Subsecretaria de Políticas Económicas.-
Fuente de Financiamiento 131 Origen Municipal.-
Recursos Afectados 1290700 Prestamos pequeños proyectos productivos.-
Subprograma 02 Programa apoyo emprendimientos productivos.-
Rubro 6300 Prestamos a Largo Plazo.-
Partida 6310 Préstamos en el Largo Plazo al Sector Privado.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
APELLIDO Y NOMBRE DNI PRESTAMO Nº CUOTA VALOR CUOTA
MENDEZ, Maximiliano 29.644.386 $ 30.000 18 $ 1.856,33.-
VILLAVICENCIO Ana María 3.554.565 $ 15.000 18 $ 928,17.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 18
Decreto Nº 230.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 185/2015.-
Laprida, 04 de Febrero de 2015.-
VISTO:
El listado de partidas alcanzadas por los términos de la Ordenanza Fiscal Nº 1799/2012,
Capítulo XXII, Disposiciones Varias, Artículo Nº 219 elevado por la Dirección de Asistencia
Social Directa y verificado por la Oficina Liquidadora de Tasas.-
El artículo 40 de la L.O.M.-
CONSIDERANDO:
Que el artículo 40° de la L.O.M establece que “se podrá establecer un régimen de
exenciones parciales o totales de tributos municipales, las que serán de carácter general y
tendrán vigencia por el ejercicio correspondiente al de la fecha en que se dicte la medida,
siempre que no resulten incompatibles con los beneficios otorgados en el orden Provincial.”.-
Que la Ordenanza Fiscal Nº 1799/2012, Capítulo XXII, Disposiciones Varias, Artículo Nº 219,
determina que se eximirá del pago de Tasa por Servicios Urbanos y Suburbanos a los Jubilados
y Pensionados que reúnan las condiciones allí enunciadas.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Exímase de la Tasa por Servicios Urbanos y Suburbanos correspondiente al
Ejercicio 2015, a los beneficiarios con sus respectivas Partidas Municipales que se detallan en
el ANEXO I, por hallarse encuadradas en los términos de la Ordenanza Fiscal Nº 1799/2012,
Capítulo XXII, Disposiciones Varias, Artículo Nº 219.-
Artículo 2º: Cúmplase, comuníquese, dese al registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 231.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 19
Corresponde a Expte. 010/2015.-
Laprida, 05 de Febrero de 2015.-
VISTO:
El Contrato de Locación de Obra que antecede e informe de Oficina de Contaduría.-
El inciso 14 del Artículo 108° de la L.OM.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra celebrado entre la
Municipalidad de Laprida representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Alfredo
Rubén FISHER y la Dra. Vanesa BANCHERO, DNI Nº 30.753.527, con domicilio en calle Mitre Nº
1073 de la ciudad de Laprida. La Última se compromete a brindar sus servicios como Abogada en el
Municipio de Laprida, en el área que se le sea solicitado, con una carga horaria de diez (10) horas
semanales y una guardia pasiva mensual a acordar con los demás miembros del equipo.-
Artículo 2º: La vigencia del contrato es desde el 1 de FEBRERO de 2015 venciendo el 31 de
MARZO del mismo año, inclusive, pudiendo ser denunciado antes de esa fecha, por cualquiera
de las partes, con el solo requisito de dar aviso con un plazo no inferior a los treinta días.-
Artículo 3º: El precio del presente contrato se fija en la suma de pesos Cinco mil ($ 5.000)
mensuales, más viáticos para capacitaciones y/o jornadas, contra presentación de factura en la
Oficina de Compras de esta Municipalidad.-
Artículo 4º: “El Locatario” podrá rescindir unilateralmente este contrato sin necesidad de
actuación administrativa y/o interpelación judicial o extrajudicial previa, cuando a su juicio la
conducta o la prestación del servicio no fuera la adecuada o no resultare satisfactoria.-
Artículo 5º: El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 17 Dirección de desarrollo comunitario.-
Subprograma 20 Fondo fortalecimiento programas sociales.-
Fuente de financiamiento 132 De origen provincial.-
Partida 3430 Jurídicos.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 20
DECRETO Nº 232.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 1670/2014.-
Laprida, 05 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por la Secretaria de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos,
solicitando la contratación de una Licenciada en Ciencias Biológicas para realizar trabajos
inherentes a su profesión, Y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaria de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos ha declarado su
incompetencia técnica para hacer dicha tarea, debido a la falta de un profesional de las Ciencias
Biológicas en su Planta Permanente y Temporaria.-
Que en su artículo 148º la Ley Orgánica Municipal contempla esta situación,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Reconocer la incompetencia técnica de la Secretaría de Infraestructura, Vivienda
y Servicios Públicos Municipal en los términos del artículo 148 de la Ley Orgánica Municipal,
para realizar trabajos inherentes a las Ciencias Biológicas.-
Artículo 2º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre la
Municipalidad de Laprida y la Lic. Nadia Beatriz CODUGNELLO D.N.I. 29.517.663, con
domicilio en calle Av. San Martin Nº 1045, Dto. A, de la ciudad Laprida, quien tendrá a su cargo
trabajos inherentes a las Ciencias Biológicas en el Partido de Laprida.-
Artículo 3º: El presente contrato tiene vigencia desde el 02/01/2015 y hasta el 30/04/2015,
inclusive.-
Artículo 4º: El precio del presente contrato se fija en la suma de Pesos Siete Mil trescientos ($
7.300,00) mensuales que el locatario abonará entre el 1º y 5 de cada mes posterior al de la
prestación del servicio.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 21
Artículo 5º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta:
Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Inf., Vivienda y Serv. Públicos.-
Programa 17 Subsecretaria de Servicios Públicos e Higiene.-
Subprograma 16 Dirección de Servicios públicos e Higiene.-
Rubro 3400 Servicios Técnicos y Profesionales.-
Partida 3490 Otros.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 233.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 187/2015.-
Laprida, 05 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
Arias, Gabriela 34.457.598 $ 750,00 ayuda por alquiler
Gonzalez, Paola 30.621.502 $ 400,00 ayuda por alquiler
Nuñez, Joaquin 38.304.547 $ 400,00 ayuda por alquiler
Gorosito, Elisa 28.568.353 $ 500,00 ayuda por alquiler
Arias, Erica 33.489.927 $ 231,00 ayuda social
Paz, Noemi 21.078.823 $ 500,00 Resp Cobro Gutierrez Anahi DNI 41.259.040
Arias, Florencia 36.578.028 $ 500,00 ayuda por alquiler
Alegre, Zunilda 21.125.757 $ 160,00 ayuda social
Nievas, Nancy 20.513.113 $ 200,00 ayuda social
Gorosito, Marisa 21.506.253 $ 560,00 ayuda social
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 22
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas.-
Artículo 3º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica por salud o medicamentos:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
Villarreal, Natalia 25.033.928 $ 1.556,00 ayuda por salud
Torres, Gabriela 17.681.412 $ 2.000,00 ayuda por salud
Latapie, Yanina 32.762.695 $ 370,00 ayuda por salud
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 19 Subsidios en salud.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.-
Artículo 5º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 234.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde al expte Nº 1773/2014.-
Laprida, 05 de Febrero de 2015.-
VISTO:
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 23
Lo actuado en el expediente del corresponde por el cual la autoridades del Club Atlético
PLATENSE solicita autorización para la realización de una Doma nocturna el día 07 de Febrero
de 2015, en sus instalaciones, Y
CONSIDERANDO:
Que la entidad solicitante ha sido notificada de los requisitos previos a cumplir a los
efectos de conferir la autorización peticionada a cuyo estricto cumplimiento queda supeditada la
autorización que se otorga mediante el presente acto administrativo.-
Que la presente autorización se otorga sujeta y condicionada al cumplimiento por parte
de la entidad organizadora de todos los recaudos exigibles en las normas y/o cualquier otra
disposición que sea aplicable,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Articulo 1º. Autorizase al CLUB ATLETICO PLATENSE a realizar una doma nocturna el día 07
de Febrero de 2015 en sus instalaciones.-
Artículo 2º: Se establecen en particular las siguientes condiciones a las que queda sujeta la
presente autorización: A) Que el seguro a contratar deberá cubrir los riesgos médicos, de
incendio y de accidente, respecto de los protagonistas, espectadores y terceros; B) El
cumplimiento de la legislación vigente que prohíbe el expendio y/o suministro de bebidas
alcohólicas cuando exista concurrencia simultanea de mayores y menores. C) deberá coordinar
la asistencia médica de primeros auxilios y otros servicios asistenciales y prever la comunicación
entre los servicios de urgencia y la fuerza de Policía.-
Artículo 3º: La institución organizadora deslinda a la Municipalidad de Laprida de todo tipo de
responsabilidad al respecto y de todas las responsabilidades que pudieran derivarse hacia
organizadores, personal, público, terceros y/o cosas como consecuencia directa o indirecta de
los eventos mencionados.-
Artículo 4º: Refrendará el presente acto administrativo el Secretario de Seguridad e Inspección
General Sr. Daniel BAYONES.-
Artículo 5º: notifíquese a la entidad peticionante.- Dese al Registro Municipal.-
Decreto Nº 235.-
………………………………… ………………………………..
Daniel A. BAYONES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Seguridad e Insp. Gral. Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 037/2015.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 24
Laprida, 05 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Lo solicitado por la Dirección de Asistencia Social Directa e informe de Contaduría, Y
CONSIDERANDO:
Que la Directora de Asistencia Social Directa solicita retirar los fondos provenientes del
Poder Judicial del Ministerio Publico de la Provincia de Buenos Aires en concepto de la
manutención de los Señores Vicente COTTI y Alberto RODRIGUEZ.-
El Poder Judicial del Ministerio Publico de la Provincia de Buenos Aires por el cual se autoriza a
la Sra. Soledad FISCHBACH a percibir y administrar los fondos provenientes del haber de
pensión nacional Nº 40-5-84809120 perteneciente al Sr. Alberto RODRIGUEZ, con cargo de
rendir cuenta documentada, en autos caratulados RODRIGUEZ ALBERTO s/ Insania y Curatela;
El Poder Judicial del Ministerio Publico de la Provincia de Buenos Aires por el cual se autoriza a
la Sra. Soledad FISCHBACH a percibir y administrar los fondos pertenecientes al Sr. Vicente
COTTI.-
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a la Dirección de Asistencia Social
Directa Sra. Soledad FISCHBACH la suma de Pesos: Cuatro mil quinientos ($ 4.500) en
concepto de importe proveniente de Curaduría de la ciudad de Azul, destinados a solventar
gastos de manutención del Sr. Alberto RODRIGUEZ ($ 2.000) y del Sr. Vicente COTTI ($
2.500), correspondiente al mes de Febrero del corriente año.-
Artículo 2º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
Partida Extrapresupuestaria:
jurisdicción 1110103000 Secretaria de hacienda
programa 01 Adm., fiscal tributaria contable y financ.
rubro: 71000 Fondo de terceros
partida: 71029 Curaduría oficial de alienados
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 236.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 25
Corresponde a Expte. Nº 193/2015.-
Laprida, 06 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por la Directora de Cultura solicitando un subsidio e informe de
Contaduría Municipal, Y
CONSIDERANDO:
Que la Directora de Cultura solicita un subsidio para el Sr. Benedicto COLANTONIO,
quien ha sido invitado a participar de la 30° edición de la Fiesta Nacional de la Artesanía, con
proyección Latinoamericana, que tendrá lugar del 07 al 16 de Febrero de 2015, en la ciudad de
Colon, Provincia de Entre Ríos.-
Que el profesor COLANTONIO dicta el Taller de Soguería en el Complejo Municipal de
las Artes y fue convocado al evento por la Unidad Técnica de esa edición de la fiesta, quienes
destacan los valores y condiciones de artesano para participar en ella; además, durante su viaje,
realizara tareas de difusión de las bondades turísticas de nuestra ciudad, como así también de
las realizaciones culturales que se llevan adelante desde el Gobierno Municipal.-
Que el subsidio solventara los gastos de traslado del profesor mencionado hacia la
ciudad de Colon.-
Que la presencia del profesor en el evento de tal magnitud perfeccionara y capacitara al
mismo, quien luego los trasmitirá en sus clases a los alumnos en el Taller que dicta en el
Complejo Municipal de las Artes.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar al Profesor Benedicto COLANTONIO,
DNI 13.230.178, la suma de pesos Un mil doscientos cuarenta ($ 1.240) en concepto de
subsidio, el cual solventara los gastos del viaje a la ciudad de Colon, Entre Rios, quien
participara de la 30° edición de la Fiesta Nacional de la Artesanía, con proyección
Latinoamericana, que tendrá lugar del 07 al 16 de Febrero de 2015.-
Artículo 2º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.- Programa 20 Dirección de Cultura.- Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.- Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 26
DECRETO Nº 237.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 495/2009.-
Laprida, 06 de Febrero de 2015.-
VISTO:
El informe de la Secretaria de Gobierno Municipal donde se comunica la contratación de
la mano de obra para la Vivienda de la Sra. Catalina CLARK al Sr. Ernesto Oscar CEPEDA, y
CONSIDERANDO:
El Dictamen favorable del Contador Municipal informando la imputación a la cuenta del
Presupuesto de Gastos Vigente.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra Celebrado entre la
Municipalidad de Laprida, representada por el Sr. Intendente Municipal Alfredo Rubén Fisher,
con domicilio en Avenida San Martín 1160 de Laprida, y el Sr. Cepeda, Ernesto Oscar D.N.I.
13.230.141, con domicilio en calle Lavalle Nº 1213, de la ciudad de Laprida. El Contratista se
compromete a ejecutar la mano de obra perteneciente al Programa “Mejor Vivir”, Modulo
Dormitorio, ubicada en Sección Quintas, de la ciudad de Laprida.-
Artículo 2: Se establece como plazo de este contrato desde el 03 de Febrero de 2015 por el
término de Cuarenta (40) días corridos.-
Artículo 3º: El precio del presente contrato se fija en la suma de pesos Veintiún mil quinientos ($
21.500).-
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.- Programa 21 Direc. De Vivienda Social.- Subprograma 16 Completamiento de viviendas.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 27
Partida 5140 Ayuda social a personas.- Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 238.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 194/2015.-
Laprida, 06 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
Albo Fernanda 34.885.053 $ 500,00 ayuda por alquiler
Bidegain Cintia 34.457.585 $ 600,00 ayuda por alquiler
Zabala Sandra 30.621.625 $ 500,00 ayuda por alquiler
Guzman Valeria 35.415.522 $ 400,00 ayuda por alquiler
Benitez Veronica 29.725.930 $ 500,00 ayuda por alquiler
Sanga Jorgelina 29.644.354 $ 324,00 ayuda social
Gomez, Juan Carlos 16.586.462 $ 2.025,00 ayuda social
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas.-
Artículo 3º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica por salud o medicamentos:
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 28
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
Herrera Susana 5.664.119 $ 960,00 ayuda por salud
De la Torre Estela 16.862.736 $ 450,00 ayuda por salud
Carrizo Veronica 27.882.707 $ 400,00 ayuda por salud
Laria Natalia 31.378.500 $ 488,00 ayuda por salud
Campeta Natali 37.198.549 $ 270,00 ayuda por salud
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 19 Subsidios en salud.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.-
Artículo 5º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 239.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 1410/2014.-
Laprida, 06 de Febrero de 2015.-
VISTO:
El Concurso de Precios para la obra de Zanjeo y Tapado de zanjas para Agua Potable,
Y
CONSIDERANDO:
El Dictamen favorable del Contador Municipal informando la imputación a la cuenta del
Presupuesto de Gastos Vigente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 29
Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra Celebrado entre la
Municipalidad de Laprida, representada por el Sr. Intendente Municipal Alfredo Rubén Fisher,
con domicilio en Avenida San Martín 1160 de Laprida, y el Sr. Rodríguez, Pablo Daniel, D.N.I.
28.568.438, con domicilio en Mitre Nº 1821 de Laprida. El Contratista se compromete a efectuar
la mano de obra de Zanjeo y tapado de zanjas para Agua Potable.-
Artículo 2: Se establece como plazo de este contrato desde el 04 de FEBRERO de 2015 y por
el término de 60 días corridos.-
Artículo 3º: El precio y forma de pago estipulado como retribución es de Pesos Ciento cuarenta
y cinco mil ($ 145.000) mensuales. El importe será abonado contra presentación de factura en la
Oficina de Contaduría de esta Municipalidad.-
Artículo 4º: EL LOCATARIO podrá rescindir unilateralmente este contrato sin necesidad de
actuación administrativa y/o interpelación judicial o extrajudicial previa, cuando a su juicio la
conducta o la prestación del servicio no fuera la adecuada o no resultare satisfactoria.-
Artículo 5º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta:
Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Infraestructura.-
Programa 18 Dirección de obras públicas viales.-
Subprograma 81 Ampliación red de agua.-
Fuente Financiamiento 110 Tesoro Municipal.-
Partida 4220 Construcción en bienes de dominio publico.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 241.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 167/2015.-
Laprida, 06 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por el Sr. Jesús Romualdo CALDERON solicitando su Inscripción en el
Registro Municipal de Comercio, Y
CONSIDERANDO:
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 30
Que la Oficina Liquidadora de Tasas informa que el solicitante no posee deudas con el
Municipio.-
Que según nota del Juzgado de Faltas, el recurrente no registra antecedentes como
infractor al mismo.-
Que el Director de Control Urbano manifiesta que corresponde la Inscripción solicitada,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A -
Artículo 1º: Inscribir en el Registro Municipal de Comercio, a la firma, “CALDERON, Jesús
Romualdo”, DNI 33.489.940, a partir del día 29/01/2015, que girará bajo el rubro “Instalación
de gas, agua, sanitarios, etc.” con domicilio en calle Santamarina N° 717, ciudad de Laprida.-
Artículo 2º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 242.-
………………………………… ……………………………….. Daniel A. BAYONES ALFREDO RUBEN FISHER Secretario de Seguridad e Insp. Gral. Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 180/2015.-
Laprida, 06 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La comunicación a fs.1 y actuaciones obrantes en el expediente del corresponde, Y
CONSIDERANDO:
Que la Oficina liquidadora de Tasas informa que el solicitante posee deuda a la fecha
por la Partida Municipal Nº 1983, para lo cual realiza Plan de pago.-
Que el Director de Control Urbano certifica que el mencionado comercio ha cesado en
sus actividades;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Dar de baja en el Registro Municipal de Comercio, al 02 de Febrero de 2015, a la
firma “ELENO, María Paula” que giraba bajo el rubro “Servicio de fotografía” con domicilio en
Mariano J. Pereyra N° 1373 de localidad de Laprida.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 31
Artículo 2º: La presente baja se otorga con deuda, la que calculada al 04/02/2015 asciende a
la suma de pesos Un mil seiscientos sesenta y siete con 86/100 ($ 1.667,86).-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 243.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 200/2015.-
Laprida, 06 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La solicitud de licencia anual cursada por la Directora de Desarrollo Comunitario Srta. Fernanda
JAIME.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Otorgar a la Directora de Desarrollo Comunitario, Fernanda JAIME, Legajo N° 876,
Catorce (14) días de licencia anual, desde el 02 de Febrero de 2015 hasta el 15 de Febrero del
mismo año, inclusive.-
Artículo 2º: Designase, como Directora Interina de Desarrollo Comunitario, a la Sra. Nancy
Graciela MINVIELLE, Legajo N° 782, para cubrir la vacante temporaria producida.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al registro Municipal y cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 244.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 202/2015 -
Laprida, 06 de Febrero de 2015.-
VISTO:
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 32
La nota presentada por el Secretario Interino de Infraestructura, Vivienda y Servicios Publicos.-
El Decreto Nº 153/2015, Y
CONSIDERANDO:
Que el Secretario Interino de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos solicita la
rescisión de la designación de la Agente Municipal Mariela PORTA.-
Que mediante el Decreto supra mencionado se designa como personal de Planta Temporario a
la Agente en cuestión.-
Que el artículo 3º del decreto N° 153/2015 establece que “La Municipalidad podrá
rescindir sin expresión de causa los efectos de la presente designación como Personal
Temporario, sin que ello dé derecho al agente a solicitar suma alguna bajo ningún concepto, a
excepción de lo no abonado y efectivamente trabajado”.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- DECRETA -
Artículo 1º: Rescíndase, al día 02 de Febrero de 2015, la designación en planta temporaria,
efectuada mediante decreto Nº 153/2015, de la Agente Municipal Mariela PORTA, Legajo N°
21.002, según lo establecido en el artículo 3º del Decreto mencionado, el cual establece que “La
Municipalidad podrá rescindir sin expresión de causa los efectos de la presente designación
como Personal Temporario, sin que ello dé derecho al agente a solicitar suma alguna bajo
ningún concepto, a excepción de lo no abonado y efectivamente trabajado”.-
Artículo 2º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 245.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 203/2015.-
Laprida, 06 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La solicitud de licencia cursada por el Director del Taller Vial Sr. Néstor José, DIAZ.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 33
Artículo 1º: Otorgar al Director del Taller Vial, Sr. Néstor José, DIAZ Legajo Nº 576, 07 días de
licencia vacacional, a partir del 09 de Febrero de 2015 hasta el 15 de Febrero de 2015,
inclusive.-
Artículo 2º: Designase, como Director Interino del Taller Vial, por el término que dure la licencia
otorgada en el artículo 1º, al Agente de Planta Permanente, Sr. Julio ROLDAN Legajo Nº 00682
, para cubrir la vacante temporaria producida.-
Artículo 3º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta del Presupuesto de gastos vigente:
Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Inf. Viv. Serv. Pub.
Programa 16 Dirección de Taller Vial
Partida 1110 Retribuciones del Cargo
Rubro 1100 Personal permanente
Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dese al registro Municipal y cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 246.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 205/2015.-
Laprida, 09 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
DE LA LLERA Anabela 36.558.174 $ 400.- ayuda por alquiler
DE LA LLERA Pamela 39.280.292 $ 400.- ayuda por alquiler
SDRUVOLINI Alfonsina 25.525.490 $ 500.- ayuda por alquiler
GOMEZ M. Belén 36.476.171 $ 500.- ayuda por alquiler
QUINTEROS Sandra N. 30.019.047 $ 140.- ayuda social
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 34
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.- Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.- Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.- Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas.- Artículo 3º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica por salud o medicamentos:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
ELIA Celina 17.467.760 $ 490.- ayuda por salud
FERNANDEZ Margarita 10.100.909 $ 380.- ayuda por salud
GUTIERREZ Juan 25.198.156 $ 500.- ayuda por salud
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.- Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.- Subprograma 19 Subsidios en salud.- Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.- Artículo 5º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 247.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde expte. Nº 204/2015.-
Laprida, 09 de Febrero de 2015.-
VISTO
La solicitud de designación obrante a fs.1, en donde se informan los extremos indicados en los
arts. 92 y 97, incisos a), b) y c) del Estatuto Municipal (Ley 11.757).-
Que a fs. 2 obra el informe de imputación del gasto, de Contaduría Municipal.-
Lo dispuesto por el art. 108 inc. 9 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y arts. 6, 12, 97 y
cctes. de la ley 11.757.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 35
DECRETA
Artículo 1º: Designase, retroactivamente, como personal temporario mensualizado al Sr.
Roberto SCHWEMBLER, DNI 5.517.416, desde el 01 de ENERO de 2015 hasta el 28 de
FEBRERO del mismo año, quien desempeñara tareas como personal obrero en el corralón
municipal, según las siguientes condiciones: AGRUPAMIENTO: Obrero – CATEGORIA:
Ingresante – NIVEL: 34 – MODULOS: 185 – REGIMEN HORARIO: 54hs. Semanales.-
Artículo 2º: La Municipalidad podrá rescindir sin expresión de causa los efectos de la presente
designación como Personal Temporario, sin que ello dé derecho al agente a solicitar suma
alguna bajo ningún concepto, a excepción de lo no abonado y efectivamente trabajado.-
Artículo 3º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110105000 Secretaria de Infraestructura.- Programa 171600 Subsecretaria de Servicios Públicos y Medio Ambiente.- Dirección de Servicios Públicos e Higiene.- Rubro 1200 Personal Temporario. Partida 1210 Retribuciones del cargo.- Artículo 4º: Notifíquese al interesado, cúmplase, comuníquese a la oficina requirente, a las
oficinas de Gabinete, Tesorería y Contaduría, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 248.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 169/2015.-
Laprida, 09 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por la Sra. Georgina BELECCO solicitando su Inscripción en el
Registro Municipal de Comercio, Y
CONSIDERANDO:
Que la Oficina Liquidadora de Tasas informa que el solicitante no posee deudas con el
Municipio.-
Que según nota del Juzgado de Faltas, el recurrente no registra antecedentes como
infractor al mismo.-
Que el Director de Control Urbano manifiesta que corresponde la Inscripción solicitada,
Por ello,
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 36
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A -
Artículo 1º: Inscribir en el Registro Municipal de Comercio, a la firma, “BELECCO, Georgina
Edith”, DNI 35.177.391, a partir del día 29/01/2015, que girará bajo el rubro “Venta al por
menor de accesorios y prendas de vestir” con domicilio en Av. San Martin N° 1251, ciudad de
Laprida.-
Artículo 2º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 249.-
………………………………… ……………………………….. Daniel A. BAYONES ALFREDO RUBEN FISHER Secretario de Seguridad e Insp. Gral. Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 211/2015.-
Laprida, 09 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La solicitud de reconocimiento de servicios prestados cursada por la Sra. Noemí BARNECHE, e
informes de la Dirección de R.R.H.H, Y
CONSIDERANDO:
Que esta situación se encuentra contemplada en la Ley 13924, modificatoria del artículo 92º del
Decreto – Ley 6769/58;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Reconózcase, 3 (Tres) años, 5 (Cinco) meses y 13 (Trece) días, al 31 de
Diciembre de 2013, en concepto de antigüedad por servicios prestados como personal
Temporario en la Municipalidad de Laprida a la Delegada Interina Municipal de San Jorge Sra.
Irma Noemí BARNECHE, DNI N°22.815.418.-
Artículo 2º: Cúmplase, comuníquese, dese al registro Municipal y cumplido, archívese.-
Decreto Nº 250.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 37
Corresponde a Expte. 213/2015.-
Laprida, 09 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por la Secretaria de Hacienda solicitando el reemplazo de la Tesorera
Municipal.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Otorgar a la Tesorera Municipal, Cdora. Carolina LOCATI, Legajo Nº 664, un (1)
día de licencia (09 de Febrero del 2015) por causas particulares.-
Artículo 2º: Designase, como Tesorero Interino Municipal, por el término que dure la licencia
otorgada en el artículo 1º, al Sr. Alfredo ROJAS, Nº 825, para cubrir la vacante temporaria
producida.-
Artículo 3º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta del Presupuesto de gastos vigente:
Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Hacienda.-
Programa 01 Adm. Fiscal, tributaria, contable y fin.-
Rubro 1100 Personal Permamente.-
Partida 1110 Retribuciones del cargo.-
Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dese al registro Municipal y cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 251.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde al Expte. 210/2015.-
Laprida, 09 de Febrero de 2015.-
VISTO
El Decreto Nº 704/2013, Y
CONSIDERANDO
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 38
Que mediante el Decreto supra mencionado se instituyo el pago de una Bonificación
por cargo, por un monto equivalente a 55 módulos mensuales, a partir del 1º de MAYO del
año 2013 y hasta nueva resolución, para quien se desempeñe como Encargado de Camión
Recolector de Residuos, designándole tal tarea al Agente Municipal Marcelo ROSSI.-
Que el Secretario de Infraestructura solicita dar de baja mencionada bonificación a partir
del 1° de Enero de 2015.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
–DECRETA-
Artículo 1º: Dese de baja, a partir del 1 de ENERO del corriente año, la Bonificación por cargo
otorgada mediante Decreto Nº 704/2013 al Agente Municipal Marcelo ROSSI, Legajo Nº
20.872.-
Artículo 2º: Cúmplase, comuníquese a quién corresponda, dese al Archivo Municipal y
Archívese.-
DECRETO Nº 252.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde expte. Nº 209/2015.-
Laprida, 09 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por el Secretario Interino de Infraestructura solicitando la prorroga de
designaciones de Agentes pertenecientes a su área.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Prorróguese, desde el 1º de FEBRERO hasta el 31 de MARZO del corriente año,
en iguales condiciones las designaciones de los agentes efectuada mediante Decreto N°
131/2015:
COLO, Oscar – Legajo Nº 21000.-
COTTI, José Luis – Legajo Nº 21016.-
RAMIREZ, Juan E. – Legajo Nº 20955.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 39
Artículo 2º: La Municipalidad podrá rescindir sin expresión de causa los efectos de la presente
designación como Personal Temporario, sin que ello dé derecho al agente a solicitar suma
alguna bajo ningún concepto, a excepción de lo no abonado y efectivamente trabajado.-
Artículo 3º: Notifíquese a los interesados, cúmplase, comuníquese a la oficina requirente, a las
oficinas de Gabinete, Tesorería y Contaduría, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 253.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 209/2015.-
Laprida, 10 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica:
Apellido y
Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
Dris Daniela 38.304.596 $ 500,00 ayuda por alquiler
Baez Ramona 95.214.672 $ 500,00 ayuda por alquiler
Gomez Rosalia 29.059.463 $ 500,00 ayuda por alquiler-Resp, Cobro Herrera Angel dni 31,677,088
Estrabeau Vanesa 32.762.653 $ 500,00 ayuda por alquiler
Rivero Lina 6.211.860 $ 500,00 ayuda por alquiler
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.- Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.- Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.- Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas.- Artículo 3º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica por salud o medicamentos:
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 40
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
Cotti Idolina 25.651.883 $ 658,00 ayuda por salud
Arias Laura 14.484.420 $ 600,00 ayuda por salud
Cepeda Paola 31.378.581 $ 1.250,00 ayuda por salud
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.- Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.- Subprograma 19 Subsidios en salud.- Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.- Artículo 5º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 254.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte 212/2015.-
Laprida, 10 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por la Secretaría de Hacienda, el Contrato de Locación de que antecede e
informe de Oficina de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra celebrado entre la
Municipalidad de Laprida representada en este acto por su Intendente Alfredo R. FISHER, con
domicilio en la Avda. San Martín 1160 de la ciudad de Laprida y Grupo MDQ SA, CUIT 30-
71072657-0, representado en este acto por su Director, el Lic. Ariel Esteban REARTE, DNI
21.974.646, con domicilio en Calle 20 de Septiembre 1282, 4º de la Ciudad de Mar del Plata,
Partido de General Pueyrredón.-
Artículo 2º: El Contrato mencionado en el artículo primero tiene por objeto la prestación de
Asistencia y Consultoría Administrativa e Informática sobre aplicaciones instaladas en el
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 41
Locador, consistentes en los diferentes módulos del sistema de Administración Financiera
R.A.F.A.M.-
Artículo 3º: El precio mensual convenido para la realización de las tareas encomendadas se
establece en la suma de PESOS OCHO MIL SETECIENTOS más I.V.A. ($ 8.700 MAS I.V.A.), el
que será abonado dentro de los treinta días posteriores a la fecha de presentación de la factura.
Queda a cargo del Locatario el cumplimiento de las obligaciones impositivas y previsionales que
le correspondieren abonar en mérito a la ejecución del presente contrato. La suma fijada en la
presente cláusula es comprensiva de toda prestación que realice el contratista en el ámbito de su
especialidad.-
Artículo 4º: El contrato tendrá una vigencia de cuatro (4) meses y regirá a partir del día 1 Enero
de 2015, finalizando el 30 de Abril de 2015.-
Artículo 5º: El Locatario podrá rescindir este contrato sin justa causa, debiendo para ello
notificar fehacientemente a la Locadora con una anticipación de treinta (30) días.-
Artículo 6º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta del Presupuesto de gastos vigente:
Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Hacienda.-
Programa 01 Adm., fiscal, tributaria, contable y financiera.-
Partida 3400 Servicios técnicos y profesionales.-
Rubro 3460 de informática y sistemas comput.-
Artículo 7º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 255.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 230/2015.-
Laprida, 11 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 42
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
BAEZ RAMONA 95.214.672 $ 500,00 ayuda social
GOROSITO CELESTE 28.568.453 $ 168,00 ayuda social
GOROSITO ANA MARIA 27.713.695 $ 500,00 ayuda por alquiler
SAEZ VANESA 30.094.213 $ 500,00 ayuda por alquiler
COLLMAN ADRIANA 28.568.465 $ 730,00 ayuda social
BAIGORRIA MARGARITA 16.752.933 $ 300,00 ayuda social
RIVERO PATRICIA 32.768.608 $ 173,00 ayuda social
LOPEZ ESMERALDA 30.621.693 $ 500,00 ayuda alquiler
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.- Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.- Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.- Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas.- Artículo 3º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica por salud o medicamentos:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
TORRES GABRIELA 17.681.412 $ 2.000,00 ayuda por salud
ESTRABEAU CARLOS 13.825.164 $ 600,00 ayuda por lentes
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.- Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.- Subprograma 19 Subsidios en salud.- Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.- Artículo 5º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 256.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 43
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 1684/2014.-
Laprida, 11 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por la Secretaria de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos,
solicitando la contratación de un profesional de Arquitectura para realizar trabajos inherentes a
su profesión, Y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaria de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos ha declarado su
incompetencia técnica para hacer dicha tarea, debido a la falta de un profesional de Arquitectura
en su Planta Permanente y Temporaria.-
Que en su artículo 148º la Ley Orgánica Municipal contempla esta situación,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Reconocer la incompetencia técnica de la Secretaría de Infraestructura, Vivienda
y Servicios Públicos Municipal en los términos del artículo 148 de la Ley Orgánica Municipal,
para realizar trabajos inherentes a su profesión en la obra “Construcción de 20 Viviendas Plan
Techo Digno y 8 Viviendas Programa Compartir”.-
Artículo 2º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre la
Municipalidad de Laprida y la Arquitecta CERECEDO, Sonia D.N.I. 14.626.396 con domicilio en
calle Av. Roque Sáenz Peña Nº 234 de la ciudad de Benito Juárez. El Locador se compromete a
llevar a cabo la Dirección Técnica de la obra: “Construcción de 20 viviendas, Plan Techo
Digno y 8 Viviendas Programa XI Compartir” a construirse en los inmuebles de esta ciudad y
Localidad de San Jorge, enmarcado en el Programa Federal de Construcción de Viviendas, de la
Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda del Ministerio de Planificación Federal, Inversión
Pública y Servicios y del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires
respectivamente.-
Artículo 3º: El presente contrato tiene vigencia desde el 02/01/2015 y por el término de nueve
(09) meses corridos.-
Artículo 4º: El precio del presente contrato se fija en la suma de Pesos Doce mil con 00/100 ( $
12.000,00) mensuales, debiendo el locador efectuar por su cuenta los pagos emergente del
presente ante el Colegio Profesional respectivo y la Caja de Previsión Social para los
Profesionales de la Ingeniería y Arquitectura de la Provincia de Buenos Aires. También el
Locador tendrá a su cargo la contratación de un seguro por Accidentes Personales que pudieran
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 44
ocurrir por esta contratación inclusive en condiciones “in-itinere”, debiendo presentar la
correspondiente Póliza y los pagos mensuales que al efecto se produzcan, con cláusula de No
Repetición a favor de la Municipalidad de LAPRIDA-
Artículo 5º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta:
Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Inf., Vivienda y Serv. Públicos.-
Fuente Financiamiento 133 De Origen Nacional.-
Programa 18 Dirección de Obras Publicas viales y pavimento.-
Subprograma 59 Programa federal de construcciones de viviendas techo
digno.-
Rubro 4220 Construcciones de bienes de dominio publico.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 257.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde al Expte 227/2015.-
Laprida, 11 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Lo actuado en le expte. del corresponde, por el cual las autoridades del “Auto Moto Náutico
Laprida” (Personería Jurídica Legajo 11095, Matrícula 2.960; inscripta en el Registro de
Entidades de Bien Público Provincial. mediante Resolución Nº 3131; inscripta en el Registro de
Entidades de Bien Público Municipal, con el Nº 7, conf. decreto Municipal Nº 678/80) solicita
autorización municipal para la realización de una competencia de karting para los días 21 y 22 de
Febrero del corriente año, en el Circuito propiedad de la Municipalidad de Laprida cedido en
préstamo al Auto Moto Náutico Laprida por Ordenanza Municipal Nº 315 (Circ. I, Secc.D,
Polígono A, Chacra 183), Y
CONSIDERANDO:
Que la Asesoría Letrada Municipal ha emitido dictamen indicando los requisitos previos y
posteriores a cumplir a efectos de conferir la autorización peticionada, a cuyo estricto
cumplimiento queda supeditada la autorización que se otorga mediante el presente acto
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 45
administrativo para la realización de una competencia de karting los días 21 y 22 de Febrero del
corriente año.-
Que conforme dicho dictamen, resulta aplicable la Leyes 12.391, su modificatoria N° 12.503, la
Resolución N° 1/05 de la Comisión Provincial de Automovilismo y Motociclismo Deportivo y en lo
que fuese aplicable la Ley 11.929 y su decreto reglamentario N° 1.863/02.-
Que la presente autorización, consecuentemente se otorga sujeta y condicionada al
cumplimiento por parte de la entidad organizadora de todos los recaudos exigidos en las normas
precedentemente citadas y/o cualquier otra disposición que resulte aplicable.-
Así mismo deberá contarse en cada evento deportivo que se desarrollare, con las
autorizaciones de los entes fiscalizadores deportivos y de los organismos de contralor provincial,
deslindando la Municipalidad de Laprida todo tipo de responsabilidad al respecto.
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1°: Autorizase al “Auto Moto Náutico Laprida” (Personería Jurídica Legajo 11095,
Matrícula 2.960; inscripta en el Registro de Entidades de Bien Público Provincial. mediante
Resolución Nº 3131; inscripta en el Registro de Entidades de Bien Público Municipal, con el Nº 7,
conf. decreto Municipal Nº 678/80), a la realización de una competencia de karting pautada para
los días 21 y 22 de Febrero de 2015, en el Circuito propiedad de la Municipalidad de Laprida,
cedido en préstamo al Auto Moto Náutico Laprida mediante convenio aprobado por el Honorable
Concejo Deliberante, mediante Ordenanza Nº 315 de 1.988 (expte. 27/88 del H.C.D.),
consistente en una fracción de chacra cuya nomenclatura catastral es: Circ. I, Secc. D, Polígono
A, Chacra 183 de Laprida.-
Artículo 2°: La autorización otorgada en el artículo primero del presente Decreto, queda sujeta y
condicionada al cumplimiento estricto de lo dispuesto en la Ley N° 12.391, su modificatoria N°
12.503 y Resolución N° 1/05 de la Comisión Provincial de Automovilismo y Motociclismo
Deportivo, y en lo que fuese aplicable la Ley N° 11.929 y su decreto reglamentario N° 1.863/02,
y/o toda otra normativa nacional y provincial aplicable al deporte motor y debe contar en cada
oportunidad de llevarse a cabo las mencionadas competencias, con las autorizaciones
respectivas de la Comisión Provincial de Automovilismo y Motociclismo Deportivo y de la entidad
fiscalizadora deportiva que corresponda.-
Artículo 3°: Se establecen, en particular, las siguientes condiciones a las que queda sujeta la
presente autorización: A) Que la entidad organizadora deberá contratar el seguro que deberá
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 46
cubrir los riesgos médicos, de incendio y de accidente respecto de terceros, espectadores y
protagonistas (conforme punto 2 Anexo V del decreto 1863/02), B) Se deberá acompañar en un
plazo no inferior a 2 días hábiles de la realización de cada carrera, copia fiel del informe final de
autorización emitido por la Comisión Provincial de Automovilismo y Motociclismo Deportivo,
conforme lo dispuesto por el art. 9° de la Resolución Nº 1/05 de dicho organismo; C) El
cumplimiento de la legislación vigente que prohíbe el expendio y/o suministro de bebidas
alcohólicas cuando exista concurrencia simultanea de mayores y menores, D) Deberá coordinar
la asistencia médica de primeros auxilios y otros servicios asistenciales y prever la comunicación
entre los servicios de urgencia y la fuerza de policía, E) El cumplimiento de la prohibición de
corte de calles de acceso al “BALNEARIO EL PARAISO “.-
Artículo 4°: Determínese, conforme los alcances y efectos del presente acto administrativo, que
la institución organizadora deslinda a la Municipalidad de Laprida de todo tipo de responsabilidad
por el desarrollo de las competencias deportivas autorizadas mediante el presente, con
desobligación integral de todas las responsabilidades que pudieran derivarse, hacia
organizadores, personal, público, terceros y/o cosas como consecuencia directa o indirecta de
los eventos deportivos mencionados.-
Artículo 5°: Refrendara el presente acto administrativo la Secretaria de Asuntos Legales y
Administración General.-
Articulo 6º:Notifíquese a la entidad peticionante. Dese al Registro Municipal. Tomen nota las
áreas municipales con incumbencia en la materia y cumplido archívese.-
DECRETO Nº 258.-
………………………………… ………………………………..
Daniel A. BAYONES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Seguridad e Insp. Gral. Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde expte. Nº 229/2015.-
Laprida, 11 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La solicitud obrante a fs.1, cursada por la Dirección de Asistencia Social Directa.-
La Ordenanza Municipal Nº 1181/2005 y Nº 1605/2010, modificatoria de la Ordenanza
Nº 1007/2002, Y
CONSIDERANDO:
Que se han cumplido todos los recaudos necesarios para proceder al uso del Fondo de
Emergencia en Salud.-
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FEBRERO 2015 Página 47
Que la Ordenanza Nº 1181/2005 crea el FONDO ESPECIAL PARA EMERGENCIAS EN
SALUD, con destino exclusivo a contribuir a la solución económica de los problemas graves de
salud especialmente, trasplantes o enfermedades de costosa curación, infectados con HIV o
necesitados de prótesis. Los beneficiarios serán niños, jóvenes o adultos, que se encuentren
residiendo en esta localidad al momento de solicitar el beneficio.-
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar, en el marco del Fondo Especial para
Emergencias de Salud, a Alejandro Agustín TELECHEA, DNI 34.457.556, la suma de pesos
Nueve mil seiscientos ($ 9.600), el cual será destinado a cubrir los gastos de adquisición de
placa bloqueada de bajo perfil para peroné con tornillos corticales.-
Artículo 2º: Autorizase a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente al beneficiario
mencionado en el artículo primero a la orden de la firma Supplants S.A.-
Artículo 3º: El gasto que demande la designación se imputará a la siguiente cuenta del
Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Fuente de financiamiento131 Origen municipal.-
Rec. Afectados 1290500 Fondo especial p/ emergencia en salud.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 19 Subsidio por salud.-
Partida 5140 Ayuda sociales a personas.-
Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 259.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde al expte. 224/2015.-
Laprida, 11 de Febrero de 2015.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 48
VISTO:
Lo actuado en el Expte. del corresponde por el cual las autoridades del Centro
Recreativo y Deportivo Empleados de Comercio solicita autorización para la realización de
dos bailes, los días 14 y 15 de Febrero del corriente año en sus instalaciones, Y
CONSIDERANDO:
Que la firma solicitante ha sido notificada de los requisitos previos a cumplir a los
efectos de conferir la autorización peticionada a cuyo estricto cumplimiento queda supeditada la
autorización que se otorga mediante el presente acto administrativo.-
Que la presente autorización se otorga sujeta y condicionada al cumplimiento por parte
de la entidad organizadora de todos los recaudos exigibles en las normas y/o cualquier otra
disposición que sea aplicable.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Articulo 1º. Autorizase a la las autoridades del Centro Recreativo y Deportivo Empleados de
Comercio a la realización de dos bailes, los días 14 y 15 de Febrero del corriente en sus
instalaciones.-
Artículo 2º: Establézcase en particular las siguientes condiciones a las que queda sujeta la
presente autorización:
I.- Deberá abonarse el derecho conforme lo estipula el art. 143 de la Ordenanza Fiscal.-
Dicho pago no importa la autorización requerida.-
II.- Se notifica a la entidad organizadora que deberá dar cumplimiento a lo normado por la Ley
14.050.-
III.- Conforme Ordenanza vigente la seguridad será contratada por la entidad organizadora;
debiendo pertenecer a la nomina de personas habilitadas al trabajo de Seguridad en
nocturnidad.-
Artículo 3º: La institución organizadora deslinda a la Municipalidad de Laprida de todo tipo de
responsabilidad al respecto y de todas las responsabilidades que pudieran derivarse hacia
organizadores, personal, público, terceros y/o cosas como consecuencia directa o indirecta de
los eventos mencionados.-
Artículo 4º: Refrendará el presente acto administrativo el Señor Secretario de Seguridad e
Inspección General.-
Artículo 5º: Notifíquese a la entidad peticionante, Dese al Registro Municipal.-
Decreto Nº 260.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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………………………………… ………………………………..
Daniel A. BAYONES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Seguridad e Insp. Gral. Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 109/2015.-
Laprida, 11 de Febrero de 2015.-
VISTO:
El informe de la Secretaria de Gobierno Municipal donde se comunica la contratación de
la mano de obra para la Vivienda de la Sra. Andrea CRESPO al Sr. Sebastián YOUNG, y
CONSIDERANDO:
El Dictamen favorable del Contador Municipal informando la imputación a la cuenta del
Presupuesto de Gastos Vigente.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra Celebrado entre la
Municipalidad de Laprida, representada por el Sr. Intendente Municipal Alfredo Rubén Fisher,
con domicilio en Avenida San Martín 1160 de Laprida, y el Sr. Young Sebastián
D.N.I.31.378.574, con domicilio en calle Alte Brown N º676 de Laprida. El Contratista se
compromete a ejecutar la mano de obra con provisión de herramientas y equipos propios
pertenecientes al Plan Mejor Vivir, ubicada sobre la calle M. S de Thompson Nº 1927 de la
ciudad de Laprida.-
Artículo 2: Se establece como plazo de este contrato desde el 09 de Febrero de 2015 por el
término de Treinta (30) días corridos.-
Artículo 3º: El precio del presente contrato se fija en la suma de pesos Veintidós mil quinientos
($ 22.500).-
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Fuente Financiamiento 133 De Origen Nacional.-
Recursos Afectados 1720103 Plan Mejor Vivir.-
Programa 21 Direc. De Vivienda Social.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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Subprograma 18 Mejor Vivir.-
Partida 5140 Ayuda social a personas.-
Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 261.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 231/2015.-
Laprida, 11 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por la Directora de Cultura y Educación solicitando declarar de Interés
Cultural Municipal las actividades culturales a realizarse durante el mes de Febrero del corriente
año, y
CONSIDERANDO:
Que dentro de las actividades que tendrán lugar este mes se encuentran los espectáculos del fin
de semana en el Anfiteatro del Complejo El Paraíso, programados por ésta Dirección durante la
temporada de Verano 2015, que incluye el cierre de la temporada, el apoyo al soguero Benedicto
Colantonio, y su participación en Encuentro de Artesanos en la ciudad de Colón Santa Fe, la
realización de los 4° Carnavales Regionales 2015, participación en Fiesta Nacional del Carnaval
en la ciudad de 25 de Mayo, la muestra del artista Ricardo Arguelles en el Hall de Exposiciones,
la promoción de los Talleres Culturales 2015, anuales y de verano, la promoción del 5° Festival
Nacional de Circo Callejero, la continuidad de la carrera de Periodismo Deportivo de la Facultad
de Periodismo de la Universidad Nacional de La Plata, el desarrollo de la obra integral de Juan
Bautista Olmedo.-
Que para un óptimo desarrollo de todo lo planificado en cada uno de estos acontecimientos
culturales se requerirá de la contratación de artistas, sonido, iluminación, proyección de
imágenes, folletería y cartelería especial, presentes para los homenajeados, arreglos florales,
servicios de lunch, pago de traslados viáticos y otros gastos menores.-
Por todo lo expuesto, solicito se tenga en cuenta el pedido de Declaración de Interés Cultural
Municipal del mes de Febrero del corriente,
E L I N T E N D E N T E M U N I C I P A L
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Declárense de Interés Cultural Municipal las actividades descriptas en los
considerandos, la cuales se desarrollaran durante el mes de FEBRERO del corriente año.-
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ARTICULO 2°: Autorizase a Tesorería Municipal a realizar los pagos que como consecuencia de
las actividades antes descriptas se ocasionen.-
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 262.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 201/2015.-
Laprida, 11 de Febrero de 2015.-
VISTO:
El informe de la Secretaria de Gobierno Municipal donde se comunica la contratación de
la mano de obra para la Vivienda del Sr. Martimiliano RIFFO al Sr. Manuel RISUEÑO, y
CONSIDERANDO:
El Dictamen favorable del Contador Municipal informando la imputación a la cuenta del
Presupuesto de Gastos Vigente.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra Celebrado entre la
Municipalidad de Laprida, representada por el Sr. Intendente Municipal Alfredo Rubén Fisher,
con domicilio en Avenida San Martín 1160 de Laprida, y el Sr. Risueño Manuel E., D.N.I.
13.230.150, con domicilio en calle Pedro. Sancholuz Nº 887, de la ciudad Laprida. El Contratista
se compromete a ejecutar la mano de obra ubicada sobre la calle Mitre Nº2171 de la ciudad de
Laprida.-
Artículo 2: Se establece como plazo de este contrato desde el 11 de Febrero de 2015 por el
término de Veinticinco (25) días corridos.-
Artículo 3º: El precio del presente contrato se fija en la suma de pesos Quince mil quinientos ($
15.500).-
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Fuente Financiamiento 133 De Origen Nacional.-
Recursos Afectados 1720103 Plan Mejor Vivir.-
Programa 21 Direc. De Vivienda Social.-
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FEBRERO 2015 Página 52
Subprograma 18 Mejor Vivir.-
Partida 5140 Ayuda social a personas.-
Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 263.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 222/2015.-
Laprida, 11 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La solicitud cursada por la Secretaria de Infraestructura Vivienda y Servicios Públicos
Municipal e informe de Oficina de Contaduría,
El INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra celebrado entre la
Municipalidad de Laprida y el Ing. Gastón Di Nardo, DNI Nº 23.183.737, con domicilio en
Saavedra 191 de la ciudad de Benito Juárez. El Locador se compromete a llevar a cabo los
siguientes Planes: Plan de Seguridad e Higiene en todos los establecimientos municipales y
Plan de Mantenimiento Preventivo de los Vehículos Municipales y a su vez ejecutar todas las
tareas inherentes a su profesión que se detallan en Proyecto adjunto que forma parte del
presente contrato. Asimismo el locador trabajara 11 horas semanales.-
Artículo 2º: El precio del presente contrato se fija en Pesos Cinco mil trescientos quince ($
5.315) mensuales.-
Artículo 3º: El término del presente contrato se establece desde el día 02 de ENERO de 2015
hasta el 30 de ABRIL del mismo año, inclusive.-
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Inf., Viv. Y Serv. Públicos.- Programa 17 Subsecretaria de Servicios Públicos y Medio Ambiente.- Subprograma 16 Dirección de Servicios Públicos e Higiene.- Rubro 3400 Serv. Técnicos y profesionales.- Partida 3490 Otros.- Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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DECRETO Nº 264.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 232/2015.-
Laprida, 12 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por la Directora de Cultura y Educación solicitando declarar de Interés
Cultural Municipal la 4° Fiesta de Jineteada y Destreza Criolla en Laprida, Y
CONSIDERANDO:
Que la 4° fiesta de Jineteada y Destreza Criolla de Laprida, que tendrá lugar los días 13, 14 y 15
de febrero de 2015, en el predio del Campo Hípico del Complejo El Paraíso, y es organizado por
el Centro Tradicionalista de Laprida, cuenta con el auspicio del Gobierno Municipal.-
Que durante este encuentro se realizarán distintos tipos de destrezas criollas, lo que incluye:
paleteada de potros, jineteada en grupo, destacándose presentación de tropillas entabladas,
entrevero de tropillas, jineteada con crines, de grupo, presentación de grupos folklóricos y de
danzas, lo que concentra un gran número de público que llega de todos los puntos del país.-
Que abogar por la defensa de nuestras tradiciones y las costumbres criollas es una labor
continua y diaria, con la difusión y el apoyo a las fiestas tradicionales y populares, por ello mismo
solicito a usted que la Declaración de Interés Cultural Municipal la 4° fiesta de Jineteada y
Destreza Criolla de Laprida.-
E L I N T E N D E N T E M U N I C I P A L
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Declárense de Interés Cultural Municipal la 4° Fiesta de Jineteada y Destreza
Criolla en Laprida que tendrá lugar los días 13, 14 y 15 de febrero de 2015, en el predio del
Campo Hípico del Complejo El Paraíso.-
ARTICULO 2°: Autorizase a Tesorería Municipal a realizar los pagos que como consecuencia de
las actividades antes descriptas se ocasionen.-
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 265.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 54
Corresponde a Expte. Nº 233/2015.-
Laprida, 12 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
JALIL NATALIA 26.022.574 $ 272,00 Ayuda Social
DINARDO CLEDIA 25.719.935 $ 150,00 Ayuda Social
PERALTA HUGO 8.002.489 $ 300,00 Ayuda Social
CONTI YENNIFER 39.764.808 $ 500,00 Ayuda Social
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.- Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.- Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.- Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas.- Artículo 3º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica por salud o medicamentos:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
ALEGRE ZUNILDA 21.125.757 $ 806,00 Ayuda salud
VEGA ROXANA 16.874.431 $ 250,00 Pago lentes
GOROSITO YAMILA 30.019.063 $ 500,00 Ayuda salud
DE LA LLERA M. ESTER 10.883.015 $ 250,00 Ayuda salud
MENA MIRTA 26.572.612 $ 154,00 Ayuda salud
ALBO FERNANDA 34.885.053 $ 430,00 Ayuda salud
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.- Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 55
Subprograma 19 Subsidios en salud.- Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.- Artículo 5º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 266.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 009/2015.-
Laprida, 12 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por la Secretaría de Salud, el Contrato de Locación de Obra que antecede e
informe de Oficina de Contaduría,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra celebrado entre la
Municipalidad de Laprida y el Dr. ALBERTO CUYEU, domiciliado en la ciudad de Cnel. Pringles,
donde se compromete a realizar funciones inherentes al Servicio de Gastroenterología en el
Hospital Municipal Pedro S. Sancholuz, atención de Nivel I y II de PAMI y HOSPITALARIOS.
Cuya vigencia es desde el 1º de ENERO de 2015 hasta el 30 de JUNIO de 2015.-
Artículo 2º: Se conviene en abonar al “Locador” la suma de $ 9.487,50 (Pesos Nueve mil
cuatrocientos ochenta y siete con 50/100) mensuales, comprometiéndose a atender semana por
medio sin un cupo limitado de pacientes, contra la presentación de la correspondiente factura y
previa autorización de la Secretaria de Salud.-
Artículo 3º: El locatario podrá rescindir unilateralmente este contrato sin necesidad de
actuación administrativa y/o interpelación judicial o extrajudicial previa, cuando a su juicio la
conducta o la prestación del servicio no fuera la adecuada o no resultare satisfactoria.-
Artículo 4: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la siguiente
cuenta del Presupuesto de gastos vigente:
Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Salud
Programa 16 Dirección de Hospital y Salas Periféricas
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 56
Partida 3420 Médicos y Sanitarios.
Artículo 5: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 267.-
………………………………… …………………………………
Dr. CLAUDIO FERREYRA ALFREDO RUBEN FISHER Secretario de Salud Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde al expte Nº 145/2015.-
Laprida, 12 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Lo actuado en el expediente del corresponde por el cual la autoridades del Centro
Tradicionalista Laprida solicita autorización para la realización de la 4° Gran Jineteada y
Destreza Criolla los días 13, 14 y 15 de Febrero del corriente año, Y
CONSIDERANDO:
Que la entidad solicitante ha sido notificada de los requisitos previos a cumplir a los
efectos de conferir la autorización peticionada a cuyo estricto cumplimiento queda supeditada la
autorización que se otorga mediante el presente acto administrativo.-
Que la presente autorización se otorga sujeta y condicionada al cumplimiento por parte
de la entidad organizadora de todos los recaudos exigibles en las normas y/o cualquier otra
disposición que sea aplicable,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Articulo 1º. Autorizase al Centro Tradicionalista Laprida a la realización de la 4° Gran
Jineteada y Destreza Criolla los días 13, 14 y 15 de Febrero del corriente año, a llevarse a cabo
en el Complejo Hípico “El Paraíso”.-
Artículo 2º: Se establecen en particular las siguientes condiciones a las que queda sujeta la
presente autorización: A) Que el seguro a contratar deberá cubrir los riesgos médicos, de
incendio y de accidente, respecto de los protagonistas, espectadores y terceros; B) El
cumplimiento de la legislación vigente que prohíbe el expendio y/o suministro de bebidas
alcohólicas cuando exista concurrencia simultanea de mayores y menores. Esta medida será
suspendida durante la hora del almuerzo, que va desde las 12:00 a 14:00 horas, lapso en el que
se permitirá el expendio y/o suministro de bebidas alcohólicas; C) deberá coordinar la asistencia
médica de primeros auxilios y otros servicios asistenciales y prever la comunicación entre los
servicios de urgencia y la fuerza de Policía.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 57
Artículo 3º: La institución organizadora deslinda a la Municipalidad de Laprida de todo tipo de
responsabilidad al respecto y de todas las responsabilidades que pudieran derivarse hacia
organizadores, personal, público, terceros y/o cosas como consecuencia directa o indirecta de
los eventos mencionados.-
Artículo 4º: Refrendará el presente acto administrativo el Secretario de Seguridad e Inspección
General Sr. Daniel BAYONES.-
Artículo 5º: notifíquese a la entidad peticionante.- Dese al Registro Municipal.-
Decreto Nº 268.-
………………………………… ………………………………..
Daniel A. BAYONES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Seguridad e Insp. Gral. Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 195/2015.-
Laprida, 12 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La comunicación a fs.1 y actuaciones obrantes en el expediente del corresponde, Y
CONSIDERANDO:
Que la Oficina liquidadora de Tasas informa que el solicitante no posee deuda a la fecha
por la Partida Municipal Nº 2156.-
Que el Director de Control Urbano certifica que el mencionado comercio ha cesado en
sus actividades;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Dar de baja en el Registro Municipal de Comercio, al 06 de Febrero de 2015, a la
firma “PERALTA Florencia” que giraba bajo el rubro “Venta al por menor de productos de
almacén y dietética” con domicilio en calle Moreno N° 662 de localidad de Laprida.-
Artículo 2º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 269.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 074/2015.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 58
Laprida, 12 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada a fojas 1 por el Sr. Cristian Javier DRIS, Y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 el particular que a continuación se detalla ha solicitado se declare
condonada la deuda con relación a la partida:
Circ. I Sección A Manzana 6 Parcela 3 Partida Municipal Nº 120.- DRIS CRISTIAN JAVIER.-
Que según informe emitido por la oficina liquidadora de Tasas se ha notificado
fehacientemente al contribuyente de las deudas por la Partida Municipal mencionada.-
Que Asesoría Letrada considera favorable otorgar la condonación a la Partida Municipal
ut-supra mencionada,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Condónese, según lo expuesto en la Ordenanza 1122/04 la deuda con relación a la
Partida Municipal 120 de tasa por Servicios Urbanos y Suburbanos hasta el 17 de Agosto de
2011, fecha de escritura que consta a fojas 5/7.-
Artículo 2º: Comuníquese, regístrese, tomen nota la Oficina Liquidadora de Tasas Municipales,
Oficina de Cómputos y cumplido archívese.-
DECRETO Nº 270.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 184/2015.-
Laprida, 12 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada a fojas 1 por la Sra. Alejandra GARCIA, Y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 el particular que a continuación se detalla ha solicitado se declare
condonada la deuda con relación a la partida:
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 59
Circ. I Sección A Manzana 64 Parcela 6 “D” Partida Municipal Nº 1779.- GARCIA
ALEJANDRA.-
Que según informe emitido por la oficina liquidadora de Tasas se ha notificado
fehacientemente al contribuyente de las deudas por la Partida Municipal mencionada.-
Que Asesoría Letrada considera favorable otorgar la condonación a la Partida Municipal
ut-supra mencionada,
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Condónese, según lo expuesto en la Ordenanza 1122/04 la deuda con relación a la
Partida Municipal 1779 de tasa por Servicios Urbanos y Suburbanos hasta el 25 de Agosto de
2014, fecha de escritura que consta a fojas 2/6.-
Artículo 2º: Comuníquese, regístrese, tomen nota la Oficina Liquidadora de Tasas Municipales,
Oficina de Cómputos y cumplido archívese.-
DECRETO Nº 271.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 238/2015.-
Laprida, 13 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La visita del Coordinador Nacional de Cambio Rural II, el Sr, Walter MARTÍN, Y
CONSIDERANDO:
Que el Coordinador Nacional de Cambio Rural II nos visita en el marco del Evento
"Lanzamiento de la nueva etapa del programa cambio rural, "Cambio Rural II, Innovación e
inversión" y presentación del Proyecto Pastoril" que tendrá lugar en el Salón Dorado de la
Municipalidad de Laprida.-
Que el programa supra mencionado tiene como objetivo apoyar la formación de grupos
de productores de actividad primaria y de transformación y de agregado de valor en origen. En
esta nueva etapa, el objetivo es contribuir al desarrollo local mediante el aumento y mejora de la
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 60
producción agropecuaria y forestal, el fortalecimiento organizacional de los productores y de los
procesos de agregado de valor.-
E L I N T E N D E N T E M U N I C I P A L
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Declárese de Interés Municipal la visita a nuestro distrito del Coordinador
Nacional de Cambio Rural II, Sr. Walter MARTIN, en el marco del Evento "Lanzamiento de la
nueva etapa del programa cambio rural, "Cambio Rural II, Innovación e inversión" y presentación
del Proyecto Pastoril".-
ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 272.-
………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 239/2015.-
Laprida, 13 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
AVILA YESICA 33.904.144 $ 670,00 Ayuda Alquiler
GOROSITO GASTON 32.131.647 $ 400,00 Ayuda Alquiler
COLLMAN EVELIA 25.651.894 $ 500,00 Ayuda Alquiler
GONZALEZ KARINA 24.763.984 $ 300,00 Ayuda Social
ORELLANO LORENA 28.795.490 $ 191,00 Ayuda Social
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 61
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas.-
Artículo 3º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica por salud o medicamentos:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
Carrizo Veronica 27.882.707 $ 400,00 Ayuda salud
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 19 Subsidios en salud.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.-
Artículo 5º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 273.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 235/2015.-
Laprida, 13 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Lo solicitado por las Autoridades del Consejo Escolar de Laprida y el informe de
Contaduría Municipal.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 62
La Ordenanza Municipal Nº 1426/2008, Y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 17º de la Ordenanza supra mencionada crea el fondo de rifas y afines
que se integrara con el aporte de a) Depósitos de cinco por ciento (5%) del monto total
autorizado a emitir en billete, conforme lo dispone el Artículo 10º de la Ley 11.349; b) Los
importes de las multas que se apliquen por infracciones a la Ley Nº 11.349 y a la presente
reglamentación, y c) Los importes de las rifas que por cualquier causa resulten invalidadas.-
Que el artículo 18º de la misma Ordenanza establece que el 100% de las rifas y afines
será afectado al Consejo Escolar, para que este le otorgue el destino que crea conveniente para
el mejor funcionamiento de los Centros Educacionales del distrito, debiendo rendir cuentas del
destino dado a dichos fondos.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A –
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar al Consejo Escolar Laprida la suma
de pesos: Cuarenta mil ($ 40.000) en concepto de Fondo de Coparticipación correspondiente a
rifas de instituciones de nuestro distrito.-
Artículo 2º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente partida del Presupuestos de Gastos vigente.-
Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Hacienda Programa 01 Adm. Fiscal, Trib., Contable y Financ. Rubro 5000 Transferencias Partida 5372 Consejo Escolar Rifas.- Ord. 1426/08. Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 274.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 241/2015.-
Laprida, 18 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 63
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
SALAVERRY Héctor 8.027.377 $ 500.- Ayuda Social
RIVERO Soledad 33.510.688 $ 400.- Ayuda Social
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas.-
Artículo 3º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica por salud o medicamentos:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
SANCHEZ Claudia 22.028.604 $ 3.400.- Ayuda salud
TORRES Gabriela 17.681.412 $ 2.000.- Ayuda salud
GUITIERREZ Juan 25.198.156 $ 500.- Ayuda salud
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 19 Subsidios en salud.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.-
Artículo 5º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 275.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 252/2015.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 64
Laprida, 18 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Lo actuado por el Honorable Concejo Deliberante respecto a la sanción de una
Ordenanza donde se modifica el Artículo 3º de la Ordenanza 2014/14, donde dice “Sancholuz,
entre Pellegrini e Independencia”, deberá decir “Sarmiento, entre Lavalle y Sancholuz”.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A -
Artículo 1º: Promulgase la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en
SESION EXTRAORDINARIA con fecha 12 de Febrero del 2015 la que correrá bajo el Nº 2044/15
y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario Interino de Infraestructura,
Vivienda y Servicios Públicos, Juan A. ERROBIDART.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 276.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 251/2015.-
Laprida, 18 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Lo actuado por el Honorable Concejo Deliberante respecto a la sanción de una
Ordenanza donde se crea el Plan de Financiamiento de Construcción de Viviendas denominado
“Compartir 8 Viviendas”, que funcionará en el ámbito municipal de acuerdo a las normas
establecidas en esta ordenanza, las modificatorias que se dicten en consecuencia, y las
dispuestas por el Poder Ejecutivo Municipal.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A -
Artículo 1º: Promulgase la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en
SESION EXTRAORDINARIA con fecha 12 de Febrero del 2015 la que correrá bajo el Nº 2045/15
y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno y Desarrollo
Social, Lic. Pablo TORRES.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 65
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 277.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 246/2015.-
Laprida, 18 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Lo actuado por el Honorable Concejo Deliberante respecto a la sanción de una
Ordenanza donde se autoriza al intendente Municipal a suscribir el Convenio de Adhesión al
Sistema de Prevención Rural celebrado con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Bs As
Alejandro Santiago GRANADOS, por el cual el Municipio adhiere al Sistema de Comando de
Prevención Rural, en los términos instituidos por las Resoluciones Ministeriales Nº 739/14 y Nº
740/14.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A -
Artículo 1º: Promulgase la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en
SESION EXTRAORDINARIA con fecha 12 de Febrero del 2015 la que correrá bajo el Nº 2050/15
y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Seguridad e Inspección
General, Sr. Daniel A. BAYONES.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 278.-
………………………………… ………………………………..
Daniel A. BAYONES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Seguridad e Insp. Gral. Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 243/2015.-
Laprida, 18 de Febrero de 2015.-
VISTO:
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 66
Lo actuado por el Honorable Concejo Deliberante respecto a la sanción de una
Ordenanza donde se autoriza al Sr. Intendente Municipal Don Alfredo Fisher con D.N.I.
16.021.506 a tramitar ante Nación Leasing S.A., una operación de Leasing, cediendo en garantía
y como medio alternativo de pago, el cobro de los ingresos mensuales que percibe Municipalidad
a través de la cuenta de recaudación que posee el Municipio en la Sucursal del banco de la
Nación Argentina, cuyo Nro. Es 3221201049, Sucursal Nº 2180 u C.B.U.
0110322720032212010498.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A -
Artículo 1º: Promulgase la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en
SESION EXTRAORDINARIA con fecha 12 de Febrero del 2015 la que correrá bajo el Nº 2053/15
y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda, Contadora
Romina SIMON.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 279.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 244/2015.-
Laprida, 18 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Lo actuado por el Honorable Concejo Deliberante respecto a la sanción de una
Ordenanza donde se autoriza al Departamento Ejecutivo a otorgar créditos destinados a
financiar la actividad pastoril en el partido de Laprida.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A -
Artículo 1º: Promulgase la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en
SESION EXTRAORDINARIA con fecha 12 de Febrero del 2015 la que correrá bajo el Nº 2052/15
y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda, Contadora
Romina SIMON.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 67
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 280.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 245/2015.-
Laprida, 18 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Lo actuado por el Honorable Concejo Deliberante respecto a la sanción de una
Ordenanza donde se autoriza al Departamento Ejecutivo a arrendar una fracción de tierra
ubicada en el Partido de Laprida, Cuartel III; Parcela 7 “D”, de una superficie de 81 Hectáreas, 67
áreas, 50 centiáreas y 49 dms2.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A -
Artículo 1º: Promulgase la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en
SESION EXTRAORDINARIA con fecha 12 de Febrero del 2015 la que correrá bajo el Nº 2051/15
y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda, Contadora
Romina SIMON.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 281.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 247/2015.-
Laprida, 18 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Lo actuado por el Honorable Concejo Deliberante respecto a la sanción de una
Ordenanza donde se acepta la Donación realizada por los Sres. José APADULA, DNI 5.179.099
y Mabel Amanda MARTINESCHI, DNI 3.859.930 de dos parcelas ubicadas en la Ciudad y
Partido de Laprida designadas catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 23,
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 68
Manzana 23 “a”; parcelas 14 y 18, en un todo de acuerdo a lo normado por el artículo 57 de la
L.O.M.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A -
Artículo 1º: Promulgase la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en
SESION EXTRAORDINARIA con fecha 12 de Febrero del 2015 la que correrá bajo el Nº 2049/15
y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda, Contadora
Romina SIMON.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 282.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 248/2015.-
Laprida, 18 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Lo actuado por el Honorable Concejo Deliberante respecto a la sanción de una
Ordenanza donde se ratifica el convenio firmado con el Ministerio de Agricultura, Ganadería, y
Pesca de la Nación , en el marco del programa PLAN FEDERAL DEL BICENTENARIO DE
GANADOS Y CARNES, que como ANEXO I y ANEXO II forma parte integrante de la presente.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A -
Artículo 1º: Promulgase la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en
SESION EXTRAORDINARIA con fecha 12 de Febrero del 2015 la que correrá bajo el Nº 2048/15
y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda, Contadora
Romina SIMON.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 283.-
…………………………………………………….. …………………………………………………...
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 69
Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 249/2015.-
Laprida, 18 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Lo actuado por el Honorable Concejo Deliberante respecto a la sanción de una
Ordenanza donde se autoriza al Departamento Ejecutivo a la Creación del Consorcio de gestión
Local en los términos de la Ley Nacional N° 26.117.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A -
Artículo 1º: Promulgase la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en
SESION EXTRAORDINARIA con fecha 12 de Febrero del 2015 la que correrá bajo el Nº 2047/15
y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda, Contadora
Romina SIMON.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 284.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 250/2015.-
Laprida, 18 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Lo actuado por el Honorable Concejo Deliberante respecto a la sanción de una
Ordenanza donde se autoriza la venta de UNA FRACCIÓN DE TERRENO que se designa como
Parcela 9, de la Fracción VI de Chacra 126, compuesto por 2.849,50 metros cuadrados de
superficie, para ser destinado al depósito de frutas y verduras (Mayorista) y deposito de material
apícola al Sr. Leandro RENTERIAS.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 70
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A -
Artículo 1º: Promulgase la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en
SESION EXTRAORDINARIA con fecha 12 de Febrero del 2015 la que correrá bajo el Nº 2046/15
y cuya copia forma parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda, Contadora
Romina SIMON.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 285.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 257/2015.-
Laprida, 19 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
ZABALA Paula 36.241.521 $ 500.- Ayuda Social
OCAÑA Luis 36.815.009 $ 1.295.- Ayuda Social
VIDAL Fátima 37.859.497 $ 198.- Ayuda Social
TELLECHEA Fiama 37.859.442 $ 400.- Ayuda Social
QUINTEROS Liliana 20.989.531 $ 135.- Ayuda Social
CARRIZO Vanesa 29.644.399 $ 242.- Ayuda Social
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.- Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 71
Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.- Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas.- Artículo 3º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica por salud o medicamentos:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
ARABENA Melina 35.332.442 $ 350.- Ayuda salud
TORRES Gabriela 17.681.412 $ 1.600.- Ayuda salud
LEDESMA Mónica 17.806.089 $ 500.- Ayuda salud
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.- Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.- Subprograma 19 Subsidios en salud.- Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.- Artículo 5º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 286.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 256/2015.-
Laprida, 19 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Lo solicitado a fs. 1 y lo informado por Contaduría Municipal a fs. 2, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 se expide la Secretaria de Hacienda solicitando otorgar una Ayuda No
Reintegrable a la Agente Municipal Nélida SURIZU.-
Que la solicitud es a los efectos solventar gastos necesarios de alimentación, ya que por una
cuestión de salud necesita de una dieta fortalecida en nutrientes.-
Que la Directora de Asistencia Social Directa corrobora mediante Encuesta Social tal cuestión;
Por lo expuesto,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A -
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 72
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería a liquidar a la Agente Municipal Nélida SURIZU, DNI
12.886.946, Legajo Nº 406, la suma de pesos Un mil ($ 1.000) en concepto de Ayuda NO
reintegrable.-
Artículo 2º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta:
Jurisdicción 1110102000 Sec. de Gobierno.-
Programa 01 Administración de políticas públicas.-
Partida 1500 Asistencia Social al Personal.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 287.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 254/2015.-
Laprida, 19 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota de renuncia presentada por el Agente Municipal Sr. Domingo HARIMENDY a su
puesto de trabajo en el Municipio para acogerse a los beneficios jubilatorios, Y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 11° de la Ley 11.757 estable los causales por los cuales se dispondrá del
cese del Agente Municipal enunciando en el inciso i) uno de estos, “A partir del momento en que
el agente haya alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por las leyes jubilatorias y
automáticamente al cumplir los sesenta y cinco años de edad, siempre que se halle en
condiciones de obtener la jubilación.”
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- DECRETA -
Artículo 1º: Aceptase, al día 12 de Febrero de 2015, la renuncia presentada por el Agente
Municipal Domingo HARISMENDY, DNI 5.536.354, Legajo Nº 210 al puesto de trabajo que
ocupaba como Personal Jerárquico en la Secretaria de Infraestructura, Vivienda y Servicios
Públicos bajo la Jurisdicción 1110105000 Secretaria de Infraestructura - Categoría Programática
160000 Dirección de Taller Vial - Agrupamiento Personal Obrero – Categoría Clase I - Nivel 18 -
202 Módulos.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 73
Artículo 2º: Autorizase a la Dirección de Recursos Humanos a liquidar a la agente mencionado
en el artículo anterior, lo efectivamente trabajado y la suma que por todo concepto se le adeude.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 288.-
………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 253/2015.-
Laprida, 19 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por el Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos
solicitando la readecuación del Agente Municipal Marcos VILLARREAL, Y
CONSIDERANDO:
Que la readecuación se funda en que el Agente en cuestión está desarrollando todas las
tareas inherentes a su profesión en la Secretaria de Infraestructura, contando con buena
predisposición horaria, de lunes a sábado y con un buen desempeño.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Readecúese, a partir del 15 de Enero de 2015 y hasta nueva resolución, la
designación efectuada mediante Decreto N° 054/15 del Agente Municipal Marcos
VILLARREAL, Legajo 21.069, DNI 34.457.516, con un régimen horario de 35 horas semanales y
con una remuneración mensual equivalente a 575 módulos del escalafón municipal.-
Artículo 2º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 289.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 183/2015.-
Laprida, 19 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La solicitud de la Secretaria de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, la
contratación de un profesional de Agrimensura para realizar trabajos inherentes a su profesión, Y
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 74
CONSIDERANDO:
Que la Secretaria de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos ha declarado su
incompetencia técnica para hacer dicha tarea, debido a la falta de un profesional de Agrimensura
en su Planta Permanente y Temporaria.-
Que en su artículo 148º la Ley Orgánica Municipal contempla esta situación,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Reconocer la incompetencia técnica de la Secretaría de Infraestructura, Vivienda
y Servicios Públicos Municipal en los términos del artículo 148 de la Ley Orgánica Municipal,
para realizar trabajos inherentes a su profesión.-
Artículo 2º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre la
Municipalidad de Laprida y el Agrimensor Sr. Carlos E. MARDERWALD con D.N.I.: 7.637.201,
con domicilio en Avda. Roque Sáenz Peña Nº 84, de la localidad de Benito Juárez CP 7020. El
Locador se compromete a ejecutar todas las tareas inherentes a su profesión que sean
requeridas y a indicación de la Secretaria de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, de la
ciudad de Laprida. Asimismo deberá efectuar trabajos de su especialidad para otras áreas del
Municipio que lo requieran.-
Artículo 3º: El presente contrato tiene vigencia 15/01/2015 hasta el 30/04/2015.-
Artículo 4º: El precio del presente contrato se fija en Pesos Trece mil setecientos treinta y cinco
($ 13.735) mensuales. También el Locador tendrá a su cargo la contratación de un seguro por
Accidentes Personales que pudieran ocurrir por esta contratación inclusive en condiciones “in-
itinere”, debiendo presentar la correspondiente Póliza y los pagos mensuales que al efecto se
produzcan, con cláusula de No Repetición a favor de la Municipalidad de LAPRIDA.-
Artículo 5º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta:
Jurisdicción 1110105000 Secretaría de Inf., Vivienda y Serv. Públicos
Programa 01 Polít. De Inf. Viv. Y Serv. Publ.
Partida 3400 Servicios técnicos y profesionales.
Rubro 3490 Otros.
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 290.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 237/2015.-
Laprida, 19 de Febrero de 2015.-
VISTO:
El Expediente “Estado Nacional c/ Municipalidad de Laprida s/ Cobro de Pesos Expte. N°
52105592/2010” en tramite ante el Juzgado en lo Federal N° 2 de la ciudad de Azul, Y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la causa supra mencionada el Juez Federal Martin BAVA solicita a
la partes del depósito de la suma de pesos Quinientos Cuarenta ($ 540) cada una en concepto
de adelanto para gastos solicitados por el perito.-
Que la suma mencionada cubrirá gastos traslado del Perito Contador Pablo Antonio
MIKKELSEN, a los efectos de hacer efectiva la pericia necesaria.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a depositar en la Cuenta Banco Nación CBU
0110129050099002621370, la suma de pesos quinientos cuarenta ($ 540) en concepto de
adelanto del pago de pericia contable que realizara el Contador Público Nacional Pablo Antonio
MIKKELSEN, ordenada por el Juez Federal Martin BAVA en el marco de la causa “Estado
Nacional c/ Municipalidad de Laprida s/ Cobro de Pesos Expte. N° 52105592/2010” en tramite
ante el Juzgado en lo Federal N° 2 de la ciudad de Azul.-
Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110107000 Secretaría de Asuntos Legales y Administración General.- Programa 01 Administración de políticas de Asuntos Legales.- Rubro 3400 Servicios Técnicos y profesionales.- Partida 3440 Contabilidad y auditoría.- Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 291.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. N° 244/2015.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 76
Laprida, 19 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La ordenanza 2052/2015, Y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza supra mencionada autoriza al Departamento Ejecutivo a otorgar
créditos destinados a financiar la actividad pastoril en el partido de Laprida.-
Que la misma norma en su artículo segundo crea el Fondo Municipal Rotatorio de Apoyo
a Emprendimientos productivos, destinado a los fines determinados por el artículo 1º, el cual
tendrá carácter reintegrable y rotatorio con destino a pequeños y medianos productores de
ganado bovinos.-
Que es necesario reglamentar el otorgamiento de los créditos enunciados;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Reglamentase la Ordenanza N° 2052/2015, según lo establecido en los artículos
que a continuación se nominan.-
ARTICULO 2º: Los destinatarios del crédito serán pequeños y medianos productores locales,
quedando encuadrados en aquellos los que posean hasta 400 hectáreas y/o hasta 250 vacas.-
ARTICULO 3º: Los beneficiarios interesados en tomar el crédito, deberán cumplimentar todos los
requisitos:
DOCUMENTACION PERSONAL:
Fotocopia del DNI, LC o LE del o de los titulares.
Comprobante/s de pago Impuesto Inmobiliario Rural.
Constancia de CUIT.
Última declaración jurada de impuesto a las ganancias y comprobante de pago
correspondiente.
Inscripción en el RENSPA (Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios)
Copia de título de propiedad o contrato de arrendamiento.
DOCUMENTACION DEL PROYECTO:
Formulario de Solicitud del crédito (se adjunta formulario modelo, Anexo I).
Proyecto Productivo (se adjunta formulario modelo, Anexo II).
Presupuesto de los trabajos a realizar (Insumos y Servicios, Anexo III).
Certificado de germinación de la semilla implantada
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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ARTICULO 4º: La viabilidad del proyecto será evaluada y fiscalizada primeramente por la Mesa
Evaluadora conformada al efecto.-
ARTÍCULO 5º: El Municipio se encuentra facultado para exigir al solicitante el aval de un tercer,
un seguro de vida o un seguro de Garantía, en caso de ser necesario.-
ARTÍCULO 6º: Siendo positivo el informe de la Mesa Evaluadora, el préstamo se regirá por las
siguientes estipulaciones:
El monto máximo a prestar será de Pesos SETENTA MIL ($ 70.000,00). El que estará
supeditado en cada caso al costo total (insumos y servicios) de implantación de una hectárea al
momento de otorgamiento del crédito por la cantidad de hectáreas que integran el proyecto
presentado por el solicitante.-
Se le sumara un 20% total fijo en concepto de mantenimiento del fondo al capital solicitado.
El beneficiario deberá presentar la rendición de cuentas con documentación respaldatoria ante
la oficina de Producción (Av. San Martin 1753) una vez otorgado el crédito.
El monto del préstamo será reintegrable, en dinero en efectivo, en cuatro (4) cuotas semestrales,
integradas de la siguiente manera:
La primera y segunda cuota semestral representarán cada una el quince por ciento (15%) del
total del crédito otorgado más la Tasa de Mantenimiento.
La tercera y cuarta cuota semestral representarán cada una el treinta y cinco por ciento (35%)
del total del crédito otorgado más la Tasa de Mantenimiento.
La tasa de Mantenimiento del fondo del préstamo será de un 20% fijo del capital otorgado y se
abonará conjunta y proporcionalmente al capital, en la forma establecida en los puntos a) y b).-
ARTICULO 7º: En caso de incumplimiento en el pago en los pagos de acuerdo a las fechas
pactadas, la mora se producirá automáticamente y devengará un interés punitorio del 36% anual
sobre el monto adeudado.
ARTICULO 8º: EL beneficiario podrá realizar cancelaciones anticipadas de una o varias cuotas,
sin que las mismas impliquen modificaciones de plazos de las cuotas siguientes.-
ARTICULO 9º: El cobro judicial de las deudas que por cualquier concepto se generen en virtud
del crédito será regido por la Ley 13.406 de conformidad a la Ordenanza Fiscal vigente. Será
título ejecutivo suficiente la liquidación expedida por funcionario del área autorizado al efecto.
ARTICULO 10º: El presente Fondo Municipal Municipal Rotatorio de Apoyo a Emprendimientos
Productivos será desarrollado por la Sub Secretaria de Políticos Económicas, Producción y
Empleo.-
DECRETO N° 292.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
ANEXO I
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FORMULARIO DE SOLICITUD
PROYECTO PASTORIL - "IMPLANTACION DE PASTURAS PERENNES"
DATOS DEL BENEFICIARIO
Nombre o Razon Social:
Nº de C.U.I.T:
DOMICILIO LEGAL DEL PRODUCTOR
Calle: Nº
Partido: C.P
Telefono: / E-mail
2- DATOS DEL ESTABLECIMIENTO
UBICACIÓN DEL CAMPO DONDE REALIZARA LA INVERSION
Partido: Localidad/ paraje:
Circunscripcion: Seccion: Chacra:
Quinta: Total Has.: Parcela:
Nº de partida: Has. Totales dedicadas a la agricultura:
Has. Totales dedicadas a la ganaderia:
DATOS DE INSCRIPCION DEL CAMPO DONDE REALIZARA LA INVERSION
Nº de RENSPA: Nº de CUIG:
Nº Boleto de marca:
DATOS PRODUCTIVOS 2014 adjuntando acta de vacunación aftosa año 2014
Nº de vacas: Nº vaquillonas:
Nº de toros: Nº de terneros:
Nº de novillos: Nº de terneras:
Nº de novillitos/toritos: Total:
3- DESTINOS DEL CREDITO
SOLICITUD DE CREDITOS PARA IMPLANTACION DE PASTURAS PERRENES
Detallle el destino de la inversion:
EXPRESO CON CARÁCTER DE DECLARACION JURADA QUE LOS DATOS CONSIGNADOS
SON CORRECTOS Y COMPLETOS. DECLARO ADEMAS QUE REALIZARE LAS INVERSIONES
PROYECTADAS, Y PRESENTARE LOS COMPROBANTES DE GASTOS EN EL MUNICIPIO
EN UN PLAZO NO MAYOR DE 45 DIAS CORRIDOS DE HABER REALIZADO LA SOLICITUD
,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,
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Anexo II
Proyecto Productivo Implantación de Pasturas
Datos del productor:
Nombre y Apellido del Productor:
Establecimiento:
Ubicación:
Lote:
Objetivo de la pastura
Lote a implantar
Cultivos antecesores, herbicidas residuales, etc?
Profundidad de tosca
Presencia de sales, alcalinidad?
Malezas predominantes.
Barbecho:
Tratamientos a seguir en Barbecho
Labranza convencional, labores y n° de pasadas, etc.
Control de malezas, tratamientos, producto y dosis.
Siembra directa…
Pastura:
Especie/s a implantar, densidad Kg/ha
Fertilización de base
Control de malezas pre emergente y/o post emergente.
Firma y aclaracion del beneficiario
,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,
Tipo y nº de documento
,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,
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Fecha probable de siembra
Fecha estimada primer aprovechamiento.
Con que categorías van a pastorear.
Datos del profesional:
Nombre y Apellido del Ing. Agr.
DNI y/o N° matricula
Dirección.
Calendario de actividades
E F M A M J J A S O N D
Ud. como profesional, recomendaría sembrar pasturas en ese lote?
………………………………. …………………………………
Firma del productor Firma del Ing. Agr.
ANEXO III
PROYECTO PASTORIL “IMPLANTACION DE PASTURAS PERENNES”
PRESUPUESTO
PRESUPUESTO ESTIMADO
TITULO DEL PROYECTO: Recomposición de la oferta forrajera a través de la implantación de pasturas perennes
Concepto $/unidad Cantidad/Ha. $/Ha. TOTAL Cantidad
Hectáreas a Sembrar
INSUMOS
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Se debe adjuntar documentación del presupuesto solicitado. El presupuesto
debe ser actual y tener el membrete correspondiente del proveedor.
Corresponde a Expte. 262/2015.-
Laprida, 19 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La visita de Agentes pertenecientes al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos
Aires, Y
CONSIDERANDO:
Que la visita de los Agentes pertenecientes al Institutos de la Vivienda de la Provincia de Buenos
Aires, se da en el marco de la actividad que este organismo lleva adelante censando las
viviendas otorgadas mediante los Planes Compartir; Compartir Policía, 32 vivienda del Techo
Digno y Plan Mas Cerca y las 150 viviendas del Barrio Néstor Kirchner.-
Que el censo es a los efectos de corroborar el estado habitacional de las viviendas a los fines de
tramitar el otorgamiento de las Escritura traslativa de dominio de las mismas.-
LABORES
TOTAL - -
TOTAL INSUMOS + LABORES
Asesoramiento Técnico-Profesional $1465/ Visita
-
Gastos de Viáticos de los Profesionales
Ingenieros Agrónomos $5,6/Km -
TOTAL - -
TOTAL ASESORAMIENTO + VIATICOS
TOTAL PROYECTO (INSUMOS + ASESORAMIENTO)
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FEBRERO 2015 Página 83
E L I N T E N D E N T E M U N I C I P A L
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Declárense de Interés Municipal las actividades llevadas adelante, durante los
días 19 y 20 de Febrero de 2015, por los Agentes del Instituto de la Vivienda de la Provincia de
Buenos Aires.-
ARTICULO 2°: Autorizase a Tesorería Municipal a realizar los pagos que como consecuencia de
las actividades antes descriptas se ocasionen.-
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 293.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 241/2015.-
Laprida, 18 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
GANCEDO Marcela 23.788.986 $ 300.- Ayuda Social
SEQUEIRA Lorena 29.451.472 $ 166.- Ayuda Social
GANCEDO M. Elena 33.489.949 $ 400.- Ayuda Social
GONZALEZ Roxana 32.983.833 $ 500.- Ayuda Social
ORTIZ Emanuel 37.859.464 $ 500.- Ayuda Social
MAGARIÑO Natalia 26.893.951 $ 400.- Ayuda Social
CORIA Roció
$ 300.- Resp. Cobro OCAMPO Veronica, DNI
21.514.718.-
LOPEZ Susana 30.019.048 $ 1.200.- Resp. Cobro CONTI Hector, DNI
8.788.862.-
PAZ Noemi 21.078.823 $ 200.- Resp. Cobro GUTIERRES Anahi, DNI
41.259.040.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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CEPEDA Paola 31.378.581 $ 331.- Ayuda Social
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas.-
Artículo 3º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica por salud o medicamentos:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
ALBO Raúl 12.660.405 $ 280.- Ayuda salud
QUINTEROS Sandra 30.019.047 $ 1.556.- Ayuda salud
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 19 Subsidios en salud.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.-
Artículo 5º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 294.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 255/2015.-
Laprida, 20 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La solicitud cursada por el Secretario de Salud Pública, obrante a fs.1,
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 85
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Autorizase a la Dirección de Recursos Humanos Municipal a liquidar a la Agente
Municipal Mónica ROSSANO, Legajo Nº 660, la suma de pesos Setecientos veintiuno con
50/100 ($ 721,50), en concepto de compensación por fallo de caja, por desempeñarse como
cajero del Hospital Municipal Pedro S. Sancholuz, desde el 12 de Enero hasta el 23 de Enero del
corriente año, en cumplimiento del reemplazo de la Agente Municipal Susana OCHOA y desde el
26 de Enero hasta en 08 de Febrero de 2015 en reemplazo del Sr. José COLANTONIO.-
Artículo 2º: El gasto que demande la designación se imputará a la siguiente cuenta del
Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Salud
Programa 16 Hospital Municipal
Rubro 1000 Gastos en personal
Partida 1130 Retribuciones que no hacen al Cargo
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 295.-
………………………………… …………………………………
Dr. CLAUDIO FERREYRA ALFREDO RUBEN FISHER Secretario de Salud Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 264/2015.-
Laprida, 20 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La organización y la realización de los 4º Carnavales Regionales de la Provincia de Buenos
Aires, y
CONSIDERANDO:
Que instituciones locales y familias lapridenses, pudieron apreciar carrozas, comparsas, murgas,
disfraces y mascaras elaboradas con diferentes técnicas artesanales, demostrando creatividad
durante el 4º Carnaval Regional, organizado por el Gobierno Municipal, con una gran
participación de la comunidad de Laprida y de turistas que llegaron de localidades vecinas.-
Que así mismo es necesario premiar el Concurso “Buscando un testamento para el Rey Momo”,
en el marco de los Carnavales mencionados.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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EL INTENDENTE MUNICIPAL
EN USO DE SUS FACULTADES
D E C R E T A
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que se nominan en
ANEXO I, la suma indicada en cada caso, en concepto de subsidio por premios, por el rubro de
disfraces y mascaras premiados en el 4° Carnaval Regional 2015.-
Artículo 2º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar la suma de pesos Un mil doscientos ($
1.200) en concepto de subsidio por premio, a la Sra. Marta SUAREZ, DNI 5.110.587 quien
evaluado por el jurado resulto ganador del Concurso “Buscando un testamento para el Rey
Momo” en el marco de los 4° Carnavales Regionales 2015.-
Artículo 3º: El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 20 Dcion. De Cultura.-
Subprograma 17 Programa de verano.-
Rubro 5100 Transferencias al sector privado p/ financ. Gastos.-
Partida 5172 Premios a instituciones y/o personas físicas.-
Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 296.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
PREMIOS CARNAVALES 2015
CARROZAS
Institución Premio
Nombre y
Apellido DNI
Centro Recreativo $ 11.000 Presidente
Bomberos Voluntarios $ 11.000 Presidente
Centro de Artesanos El Mangrullo $ 8.500 Presidente
Escuela de Box La Estación $ 8.000 Julio Aníbal Arias 20.989.552
Escuela N° 6 + Monumentalidad $ 7.500 Presidente
Envión $ 6.000 Nadia Castro 33.985.578
Club Altético Jorge Newbery $ 6.000 Presidente
Abuelos en Amistad $ 6.000 César Alonso 5.504.403
Sociedad Italiana $ 4.500 Presidente
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Club Social y Deportivo Juventud $ 4.500 Presidente
Agrupación Atlética Unión y Esperanza $ 4.000 Presidente
Club Atlético Lilan $ 4.000 Presidente
TOTAL $ 81.000
VEHÍCULO DECORADO
Institución Premio
Nombre y
Apellido DNI
Promoción 2015 Escuela Media $ 7.500
Mariela
Fernández 22.028.639
Jubilados y Pensionados $ 6.000 Presidente
Grupo Scout $ 6.000 Presidente
TOTAL $ 19.500
ANIMACIÓN
Premio
Nombre y
Apellido DNI
Club Social y Deportivo Juventud $ 1.000 Presidente
Promoción 2015 (reciclado) $ 1.000
Mariela
Fernández 22.028.639
TOTAL $ 2.000
BATUCADA Y MURGA
Premio
Nombre y
Apellido DNI
Batucada Tru La Lá $ 5.500 César Alonso 5.504.403
Promoción 2015 $ 5.500
Mariela
Fernández 22.028.639
TOTAL $ 11.000
MASCARONES
Premio
Nombre y
Apellido DNI
Hijitus $ 4.500 Santiago Risueño 18.055.220
Cámara Nikon $ 4.000
Gabriela
Panetieri 20.208.834
Pepa Pig (con amigos) $ 3.500 María Baliño 28.795.400
Pepa Pig $ 3.000 Sonia Scacheri 23.530.046
Henry y el Monstruito $ 3.000 Alejandra Río 27.882.836
Pocoyo $ 2.600
Hugo Saint
Girons 30.621.650
Frozen $ 2.600 Sonia Scacheri 23.530.046
Mario Bros $ 2.600
Hugo Saint
Girons 30.621.650
York (Pepa Pig y Papa Pig) $ 2.300 Jorgelina Sanga 29.644.354
El Señor cara de papa $ 2.000 Tomás Celis 40.065.441
Perrito Oki Doki $ 2.000 Guadalupe Arias 33.489.913
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Fuleco, el perro del Mundial $ 2.000 Alan Rodríguez 37.859.475
TOTAL $ 34.100
MASCARONES SOBRE RUEDAS
Premio
Nombre y
Apellido DNI
El avispón $ 2.800 Diego Yovenitti 24.763.924
Manuelita $ 2.600
Alejandra
Rafecas 26.557.480
TOTAL $ 5.400
MÁSCARAS
Premio
Nombre y
Apellido DNI
Moda reciclada $ 900 Belén Bertellys 37.198.571
Los duendes de leyenda $ 600 Balbino Galache 11.170.942
El chavo del 8 $ 500 Cintia Gonnet 30.530.944
Los piratas al Paraíso $ 400 Mónica Berg
21,883,459
El cabezón loco y sus secuaces $ 400 Paola González 30.621.502
El bicletero se va de vacaciones $ 400 Gustavo Ávila 40.580.560
Candy Gata $ 400 María Baliño 28.795.400
Caperucita y el Lobo $ 300 Zulma Llanos 17.712.376
El deforme y su mascota $ 300 Daina Rodríguez 33.489.903
El vengador $ 300 Zulma Llanos 17.712.376
Y el asesino del hacha $ 300 Zulma Llanos 17.712.376
El viejo loco $ 300 Mónica Rivero 16.862.715
La casita de los enamorados $ 300 Flavia Barreiro 22.696.101
La Marta Hippie $ 300
Mariela
Fernández 22.028.639
La bici loca $ 300 Liliana Lombardo 11.793.859
Las golosas $ 300 Gabriel Nuñez 36.578.011
Las pibas sexies $ 300
Fernanda
Calderon 18.310.019
Los amigos del terror $ 300 Nicolás Vide 30.621.659
Los bomberos $ 300 Silvia Molina 6.211.857
Los crotos de Laprida $ 300 Jorge Fernández 18.510.191
Los payasos se divierten $ 300 Vanesa Semsey 24.150.302
Odalisca Yamil $ 300 Carlos Basualdo 20.041.791
Paisano $ 300
María Inés
Gancedo 30.019.181
Las crotas del carnaval $ 300 Lucrecia Alfaro 25.525.405
Los crotos llegaron a Laprida $ 300 Raúl Parra 23.863.043
Los rockeros locos $ 300 Micaela Guzmán 32.131.562
Dany, Perro $ 300 María Baliño 28.795.400
Los payasos ecológicos $ 300
Margarita
Fernández 10.100.909
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 89
Los re crotos $ 300 Zulma Llanos 17.712.376
Los autos locos $ 300 Ricardo Young 40.065.452
Los cripi pastas $ 300
Mercedes
Bahurlet 9.986.764
TOTAL $ 10.800
CARROZAS INFANTILES
Premio
Nombre y
Apellido DNI
Hockey de Lilán $ 5.000 Beatriz Suárez 26.320.798
TOTAL $ 5.000
Corresponde a Expte. 264/2015.-
Laprida, 20 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por la Dirección de Cultura solicitando un subsidio.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar las instituciones que abajo se citan y con
los montos que se detallan un subsidio en concepto de pago de vales de comida que fueron
brindados a personal que desarrollo tareas los días 14, 15, 16 y 17 de Febrero del corriente año
en el marco de los 4º Carnaval Regional de la Provincia de Buenos Aires:
Club Atlético Jorge Newbery $ 9.675.-
Agrupación Unión y Esperanza $ 4.500.-
Club Social y Deportivo Juventud $ 4.775.-
Club Atlético Lilan $ 1.425.-
Sociedad Italiana $ 150.-
Artículo 2º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del presupuesto de Gasto Vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 20 Dcion. De Cultura.-
Subprograma 17 Programa de verano.-
Rubro 5100 Transferencias al sector privado p/ financ. Gastos.-
Partida 5172 Premios a instituciones y/o personas físicas.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 90
DECRETO Nº 297.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 234/2015.-
Laprida, 23 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por el Jefe de Compras solicitando el llamado a Concurso de Precios Nº
02/2015 para la adquisición de indumentaria para personal municipal.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A –
Artículo 1º: Llamase a Concurso de Precios Nº 02/2015 para la adquisición de indumentaria
para personal municipal, en un todo de acuerdo a lo especificado en el Pliego de Bases y
Condiciones obrante a fs. 10/18, siendo el monto estimado de la contratación Pesos Ciento
veintisiete mil quinientos ochenta ($ 127.580).-
Artículo 2º: Las propuestas se recibirán hasta el día 05 de Marzo de 2015 a las 10:00 horas,
momento en el que se procederá a la apertura de las mismas, en la Oficina de Compras de la
Municipalidad de Laprida.-
Artículo 3º: El Pliego de Bases y Condiciones general y particular y la documental de obra se
encuentran debidamente aprobados por los funcionarios legalmente facultados para autorizar los
mismos, en un todo de acuerdo a lo normado por los artículos 162 y 163 del Reglamento de
Contabilidad.-
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a
las siguientes cuentas del Presupuesto de Gastos Vigente, en todas las Jurisdicciones y
programas:
JURISDICCIÓN 1110105000 Secretaria de Infraestructura.- PROGRAMA 16 Dirección de Taller Vial.- PROGRAMA 17 Subsecretaria de Servicios Públicos y Medio Ambiente.- PROGRAMA 18 Dirección de Obras Publicas Viales.- POGRAMA 19 Dirección de Caminos Rurales.- PARTIDA 2220 Prendas de vestir.- Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 298.-
…………………….. ………………………
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 088/2015.-
Laprida, 23 de Febrero de 2015.-
VISTO:
El Contrato de Locación de Obra que antecede e informe de Oficina de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra celebrado entre la
Municipalidad de Laprida y la Sra. Mabel MILEO, DNI 32.498.925, con domicilio en calle Payro
Nº 1244 de la Localidad de Tandil, quien se compromete a desempeñar el taller de percusión y
baile en la localidad de San Jorge, concurriendo dos clases al mes.-
Artículo 2º: La vigencia de este contrato es desde es desde el 1º de ENERO de 2015 hasta el
28 de FEBRERO del mismo año.-
Artículo 3º: El precio del presente contrato se conviene en la suma de $ 2.140 (Pesos Dos mil
ciento cuarenta) mensuales, contra presentación de factura legal en la Oficina de Tesorería
Municipal.-
Artículo 4º: EL LOCATARIO podrá rescindir unilateralmente este contrato sin necesidad de
actuación administrativa y/o interpelación judicial o extrajudicial previa, cuando a su juicio la
conducta o la prestación del servicio no fuera la adecuada o no resultare satisfactoria.-
Artículo 5º: El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.- Programa 20 Dirección de Cultura.- Subprograma 01 Administración de políticas culturales.- Rubro 3400 Servicio Técnico y profesionales.- Partida 3490 Otros.- Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 299.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 92
Corresponde a Expte 009/2015.-
Laprida, 23 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por la Secretaría de Salud, el Contrato de Locación de Obra que antecede e
informe de Oficina de Contaduría.-
El inciso 14 del Artículo 108° de la L.OM.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra celebrado entre la
Municipalidad de Laprida y la Psicóloga Wanda Rosana PEREZ, DNI Nº 31.336.263, M.P. N°
54271, domiciliada en calle Moreno N° 888 de la ciudad de Laprida, quien se compromete a
realizar funciones inherentes al Servicio de Psicología en el Hospital Municipal Pedro S.
Sancholuz, durante 20 (veinte) horas semanales, en la atención de pacientes hospitalarios y/o
aquellos que previa evaluación por la Dirección de Acción Social Directa sean autorizados a ser
atendidos en este servicio, atención en la guardia medica en pacientes de urgencia (ingreso por
guardia). Evaluación psicológicas para solicitantes de Registro de Conductor Profesional
(Examen psicológicos para carnet profesional), así también a solicitantes mayores de 65 años.
Además la profesional realizara guardias pasivas de fin de semana o feriados las cuales serán
informadas oportunamente por la Secretaria de salud, con una vigencia contractual desde el 1º
de ENERO de 2015 hasta el 30 de JUNIO de 2015, concurriendo 2 (dos) veces al mes.-
Artículo 2º: Se conviene en abonar por los servicios prestados la suma de Pesos: Seis mil
quinientos cincuenta y siete ($ 6.557) mensuales, mas el importe de pesos Trescientos
ochenta y nueve ($ 389) por cada guardia de fin de que semana que realice, contra
presentación de factura en Tesorería Municipal.-
Artículo 3º: EL LOCATARIO podrá rescindir unilateralmente este contrato sin necesidad de
actuación administrativa y/o interpelación judicial o extrajudicial previa, cuando a su juicio la
conducta o la prestación del servicio no fuera la adecuada o no resultare satisfactoria.-
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta del Presupuesto de gastos vigente:
Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Salud Programa 16 Dirección de Hospital y Salas Periféricas Rubro 3400 Servicios técnicos y profesionales Partida 3420 Médicos y Sanitarios. Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
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DECRETO Nº 300.-
………………………………… …………………………………
Dr. CLAUDIO FERREYRA ALFREDO RUBEN FISHER Secretario de Salud Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 271/2015.-
Laprida, 23 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
RAMOS María 24.763.961 $ 270.- Ayuda Social
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas.-
Artículo 3º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica por salud o medicamentos:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
ALEGRE Zunilda 21.125.757 $ 900.- Ayuda salud
MADRID Paola 24.763.934 $ 780.- Ayuda salud
TISEIRA Liliana 20.989.510 $ 350.- Ayuda salud
PRAIZ Esteban Amadeo 11.510.509 $ 850.- Ayuda salud
LATAPIE Yanina 32.762.695 $ 750.- Ayuda salud
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Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 19 Subsidios en salud.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.-
Artículo 5º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 301.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 265/2015.-
Laprida, 23 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La solicitud cursada a fs. 1 por la Secretaria de Hacienda solicitando el reconocimiento
del reemplazo del Director de Deportes.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Reconózcase el reemplazo del Director de Deportes y Turismo Prof. Germán
BEDECARRAS, Legajo Nº 833, por tomarse Licencia desde el 06/02/2015 y hasta el 17/02/2015
inclusive; siendo relevado por el término que dure la licencia antes mencionada, por el Agente
Municipal Prof. Nicolás DI FILIPPO, Legajo Nº 20.443, para cubrir la vacante temporaria
producida.-
Artículo 2º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta del Presupuesto de gastos vigente:
Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 18 Dirección de Deportes y Turismo.-
Rubro 1100 Personal Permanente.-
Partida 1110 Retribuciones que no hacen al cargo.-
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Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 302.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 266/2015.-
Laprida, 23 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por el Director Administrativo del Hospital Municipal solicitando la
readecuación de la Agente Municipal María Liliana HERRERA, Y
CONSIDERANDO:
Que la readecuación se funda en que el Agente en cuestión finalizo sus estudios
obteniendo el título de Licenciada en Enfermería.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Readecúese, a partir del 01 de Febrero de 2015 y hasta nueva resolución, la
designación efectuada mediante Decreto N° 538/13 de la Agente Municipal María Liliana
HERRERA, DNI 25.198.172, Legajo 585, en el Agrupamiento Profesional, con un régimen
horario de 48 horas semanales y con una remuneración mensual equivalente a 255 módulos del
escalafón municipal.-
Artículo 2º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 303.-
………………………………… …………………………………
Dr. CLAUDIO FERREYRA ALFREDO RUBEN FISHER Secretario de Salud Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
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Corresponde a Expte. 267/2015.-
Laprida, 23 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La solicitud de licencia cursada por el Director del Hospital Municipal de la Municipalidad
de Laprida e informe de contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Otorgar al Director del Hospital Municipal Dr. Fernando ANDREATTA, Legajo Nº
818, siete (07) días de licencia, desde el 18 hasta el 24 de Febrero del año 2015, inclusive.-
Artículo 2º: Designase, como Directora Interina del Hospital P. S. Sancholuz, por el término que
dure la licencia otorgada en el artículo 1º, a la Dra. Jesús PELAEZ, Legajo Nº 20818, para cubrir
la vacante temporaria producida en la Dirección del Hospital.-
Artículo 3º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta del Presupuesto de gastos vigente:
Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Salud.-
Programa 16 Dirección de Hospital y salas periféricas.-
Rubro 1100 Personal Permanente.-
Partida 1130 Retribuciones que no hacen al cargo.-
Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dese al registro Municipal y cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 304.-
………………………………… ………………………………… Dr. CLAUDIO FERREYRA ALFREDO RUBEN FISHER Secretario de Salud Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde expte. Nº 269/2015.-
Laprida, 23 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La solicitud obrante a fs.1, cursada por la Dirección de Asistencia Social Directa.-
La Ordenanza Municipal Nº 1181/2005 y Nº 1605/2010, modificatoria de la Ordenanza
Nº 1007/2002, Y
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CONSIDERANDO:
Que se han cumplido todos los recaudos necesarios para proceder al uso del Fondo de
Emergencia en Salud.-
Que la Ordenanza Nº 1181/2005 crea el FONDO ESPECIAL PARA EMERGENCIAS EN
SALUD, con destino exclusivo a contribuir a la solución económica de los problemas graves de
salud especialmente, trasplantes o enfermedades de costosa curación, infectados con HIV o
necesitados de prótesis. Los beneficiarios serán niños, jóvenes o adultos, que se encuentren
residiendo en esta localidad al momento de solicitar el beneficio.-
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar, en el marco del Fondo Especial para
Emergencias de Salud, a la Sra. Julia NEGRETTE, DNI 6.211.945, la suma de pesos Diez mil
ochocientos ($ 10.800), el cual será destinado a cubrir los gastos de adquisición de placa
bloqueada en titanio de bajo perfil con tornillos y set de colocación, necesaria para la
intervención quirúrgica que debe practicarse.-
Artículo 2º: Autorizase a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente al beneficiario
mencionado en el artículo primero a la orden de la firma Supplants S.A.-
Artículo 3º: El gasto que demande la designación se imputará a la siguiente cuenta del
Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Fuente de financiamiento131 Origen municipal.-
Rec. Afectados 1290500 Fondo especial p/ emergencia en salud.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 19 Subsidio por salud.-
Partida 5140 Ayuda sociales a personas.-
Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 305.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
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Corresponde a Expte. 271/2015.-
Laprida, 23 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nómina de beneficiarios de Becas para Nivel Primario, Nivel Secundario, Nivel
Terciario y Universitario elevada por la Dirección de Asistencia Social Directa y el informe de
Oficina de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A –
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a los beneficiarios que se detallan en
ANEXO I, la suma de Pesos Doscientos ($ 200) mensuales, a cada uno, en concepto de Becas
Nivel Primario, ciclo lectivo 2015, desde el mes de Marzo de 2015 y hasta el mes de
Noviembre de 2015, inclusive, (9 meses).-
Artículo 2º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a los beneficiarios que se detallan en
ANEXO II, la suma de Pesos Trescientos ($ 300) mensuales, a cada uno, en concepto de Becas
Nivel Secundario, ciclo lectivo 2015, desde el mes de Marzo de 2015 y hasta el mes de
Noviembre de 2015, inclusive, (9 meses).-
Artículo 3º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a los beneficiarios que se detallan en
ANEXO III, la suma de Pesos Seiscientos cincuenta ($ 650) mensuales, a cada uno, en concepto
de Becas Nivel Terciario, ciclo lectivo 2015, desde el mes de Marzo de 2015 y hasta el mes de
Diciembre de 2015 (10 meses).-
Artículo 4º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a los beneficiarios que se detallan en
ANEXO IV, la suma de Pesos Ochocientos ($ 800) mensuales, a cada uno, en concepto de
Becas Nivel Universitario, ciclo lectivo 2015, desde el mes de Marzo de 2015 y hasta el mes de
Diciembre de 2015, inclusive, (10 meses).-
Artículo 5º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar el 50% de la beca a los beneficiarios que
en cada caso se indica la correspondiente liquidación.-
Artículo 6º: Se autoriza a emitir los cheques a la orden de los correspondientes responsables de
cobro.-
Artículo 7º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta:
Jurisdicción 1110102000 - Secretaría de Gobierno Programa 21 Dirección de cultura y educación Subprograma 19 sub. Dirección de educación Fuente de financiamiento 132 De origen provincial.- Recursos afectados 1141200 Coparticipación fondo educativo.-
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Partida 5130 Becas Artículo 8º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 306.-
…………………………………………….. ……………………………………. Lic. PABLO JOSE TORRES ALFREDO RUBEN FISHER Secretario de Gobierno y Desarrollo Social Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
ANEXO I
Becas Nivel Primario
APELLIDO Y NOMBRE DNI MADRE/PADRE/TUTOR DNI
1 MARTEL MATEO 46.436.250 ALBO LORENA 29.644.358
2 ALBO DAIANA 45.907.450 ALBO RAUL OSCAR 12.660.405
3 ARANDA GUSTAVO 45.907.749 ANDREATTA M. ANGELICA 16.862.743
4 RUIZ ZAIRA 49.231.270 ARIAS ERIKA 33.489.927
5 GARCIA SANTIAGO 46.191.934 AVILA YESICA 33.940.144
6 LURBE JULIAN 48.035.497 BARRERIRO M. INES 16.604.283
7 BASUALDO EMIR 45.423.616 BASUALDO MARISA 31.550.386
8 BRAVO CELESTE 48.445.339 BRAVO CARLA 30.019.198
9 QUINTEROS CAMILO 46.191.950 BRITOS CAROLINA 34.457.520
10 BATILLANA FRANCISCO 46.750.538 CACERES NARCISA 12.347.324
11 SCACHERI ELIO 45.907.776 FARIAS M. LUJAN 29.579.921
12 COLLMAN AGUSTINA 46.750.590 GUZMAN GABRIELA 33.985.581
13 JARA CRISTIAN 47.640.288 JARA VANESA 34.885.100
14 MOLINA BLAS 45.907.777 LASTRA CARLA 29.644.336
15 FIGUEROA ALAN 46.436.282 LASTRA ROSA VERONICA 27.619.960
16 MOREIRA CONSTANZA 43.787.211 MAGARIÑO HUGO 23.987.997
17 NIRIAM SASHA 46.750.501 MARQUEZ SILVIA 20.827.708
18 BENITEZ LAUTARO 45.459.736 NOLI PATRICIA 30.019.190
19 ROSAS MILAGROS 46.191.913 QUINTEROS YESICA 40.065.498
20 GUZMAN TOBIAS 44.535.299 RIVERO MONICA 16.862.710
21 GOMEZ MATEO 45.907.788 SANCHEZ CLAUDIA 22.028.604
22 JARA MAICO 48.035.907 SALVATIERRA M INES 36.578.097
23 YOVENITTI MATEO 45.459.760 SILVEYRA SOLEDAD 26.578.622
24 GENSON MARIANA 46.750.659 TAPIA ALEJANDRA 29.859.937
25 HARISMENDY TOBIAS 47.334.111 TORRES MICAELA 28.568.362
26 HOYOS ELIANA 48.035.751 ZAMPINI M. JOSÉ 31.649.041
27 CELIS JOEL 44.592.522 LASTRA ANDREA 28.568.323
28 SIERRO YANELLA 45.907.778 BENITEZ VERONICA 29.725.930
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ANEXO II
Becas Nivel Secundario
N° ALUMNO/A DNI MADRE/PADRE/TUTOR DNI
1 MOLINA AGUSTIN 42.773.145 ANGEL ELSA ESTER 21.506.240
2 ALBO FRANCO 42.093.405 ALBO SILVANA 27.882.830
3 GERAR BRAIAN 40.223.489 GERAR MARTIN 21.450.456
4 ALVAREZ SHEILA 42.112.363 ALVAREZ KARINA 22.506.704
5 YOLAN GUSTAVO 42.773.107 ARIAS MARIA SILVINA 28.568.324
6 TEMUDIO TIZIANA 43.666.568 BAUDRY CAROLINA 31.419.976
7 CASTRO AGUSTIN 44.109.943 BULACIO LUCRECIA 22.636.824
8 TELLECHEA LUDMILA 44.109.978 COLLMAN CARMEN 14.484.537
9 TOLOSA MICHELLE 43.464.309 CORDOBA CLAUDIA 28.923.322
10 TOLEDO RODRIGO 43.050.339
DE LA LLERA M.
ESTHER 10.883.015
11
ANGLADETTE
PRISCILA 42.093.470 DESPOUX FABIANA 25.198.046
12 MOLLEKER JORGELINA 41.740.329 DESPOUX MARCELA 22.787.183
13 DI TULLIO DANA 43.657.453 DRIS MIRIAM 16.464.183
14 ROCCA NICOLAS 43.657.495
ESPINDOLA MIRTA
RENEE 17.100.449
15 DITZEL NATASHA 42.342.267 FONDOVILA VERONICA 28.241.644
16 GANCEDO AGUSTINA 44.535.254 GANCEDO M. INES 30.019.181
17 VILLALBA ENZO 42.093.458 GARCES FERNANDA 26.320.787
18 GOMEZ MARIA SOL 41.098.141 GARCIA LUZ MARINA 27.882.728
19 RODRIGUEZ CARLA 40.870.509 GOROSITO YANINA 27.604.969
20 TELLECHEA JOEL 43.036.315 JALIL NATALIA 26.022.574
21 YOLAN BRISA 43.050.340 LOPEZ ANDREA 30.019.001
22 LOPEZ JENNIFER 40.870.572 LOPEZ CAROLINA 27.604.940
23 BARREIRO JORGE 43.261.324 LOZANO CLAUDIA 22.696.198
24
PALAVECINO
ALBERTINA 40.979.775 MAGARIÑO NATALIA 26.893.951
25 RAMIREZ DAIANA 45.459.716 MATTOS SOLEDAD 95.323.291
26 MOLINUEVO MARA 41.768.762 MOLINUEVO EDUARDO 21.506.346
27 FLORES ALDANA 40.979.753 NIEVAS ADRIANA 13.230.076
28 RUIZ DIAZ AGUSTINA 43.513.662 NIEVAS NANCY 20.513.113
29 NUÑEZ AYELEN 43.513.652 NUÑEZ NANCY 16.862.725
30 BRAVO MERCEDES 42.394.385 OCAÑA MIRTA L. 13.825.128
31 HERNANDEZ BRISA 43.261.386 OCAÑA LIDIA M. 25.651.888
32 GUTIERREZ LUIS 41.259.041 GUITIERREZ ANAHI 41.259.040
33 MARQUEZ SOFIA 43.657.485 QUINTEROS ELIZABETH 21.945.340
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34 CAMPAGNOLI AYELEN 42.454.016 QUINTEROS LILIANA 20.989.531
35 RIVERO FLORENCIA 44.109.973 RIVERO M. CAROLINA 30.621.557
36 ROCCA GABRIELA 30.621.699
37
LOPEZ OSORNIO
KEVIN 43.666.575 RODRIGUEZ DANIELA 26.893.943
38 SANMARTIN MAYRA 43.513.679 RODRIGUEZ SILVINA 22.696.084
39 REYES ENZO 40.870.527 ROMERO ANGELA 17.703.367
40 MINER GILDA 40.979.785 ROSALES SIMONA 12.611.243
41 LOUSTAU BRAIAN 43.197.361 SAEZ VANESA 30.094.213
42 GARCIA FLORENCIA 43.697.449 SANGA JORGELINA 29.644.354
43
SAINT GIRONS
NICOLAS 43.657.423 SCACHERI SONIA 23.530.046
44 UGARTE MARCOS 44.109.968
SDRUVOLINI
ALFONSINA 25.525.490
45 ARANDA ERIKA 40.870.503 ROLDAN ALEJANDRA 21.506.162
46 CHAPARRO ANTONELA 42.093.443 CAVILLIA ROXANA 24.732.323
47 BARREIRO CRISTIAN 43.657.623 BARREIRO CRTISTINA 17.810.997
48 HERRERA MILAGROS 42.398.053 CARRIZO VANESA 29.644.399
ANEXO III
Becas Nivel Terciario
N° APELLIDO Y NOMBRE DNI MADRE/PADRE/TUTOR DNI CARRERA
1
CORIA RIVERO DANIEL
ESTEBAN 34.399.444. INICIAL
2 ARABENA ESTEBAN 36.578.073
FERNANDEZ
MARGARITA 10.100.909 PROF. FISICA-1/2 BECA
3 ARANDA DAIANA 38.860.703 ADM. CONTABLE
4 ARRUZZI LEO ROBERTO 26.893.985 TEC. ENFERMERIA
5 BARRAZA FRANCISCO 38.304.550 GONZALEZ ALICIA 16.287.550 PROF. EDUC. FISICA
6 BOLOGNANI IGNACIO 38.529.999 BOLOGNANI OSCAR 10.317.551 PROF. EDUC. FISICA
7 BRAVO ELIANA 37.859.462 OCAÑA MIRTA PROF. INICIAL
8
CATALDO DIEGO
ALBERTO 33.489.936 ROSA SANDRA 22.028.616 PROF. EDUC. FISICA
9 CEPEDA EVELIN 38.304.545 PROF. BIOLOGIA
10 CORDOBA M. LUZ 40.065.444 LATAPIE LUZ M. 16.021.594 PROF. PRIMARIA
11 DEL VALLE BRAIAN 26.526.926 GAITAN ALEJANDRA 26.526.926 ED. FISICA
12 ECHAVARRIA ANGELA 26.336.526 INICIAL
13 GOROSITO JOANA 37.198.553 ARIAS ROSA 5.770.362 TEC. COMUNIC. MULT.
14 GUZMAN ALBERTINA 38.667.212 CRUZ OLGA 10.317.908 PROF INICIAL
15 HATRICK MICAELA 38.304.562 GARCIA MARIA 18.055.277 PROF.
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 102
PSICOPEDAGOGÍA
16 MEDINA GLADYS 27.812.220 EPROF. PRIMARIA
17 MENDIOROZ DENISE 38.860.718 ELIA CELINA 17.467.730
18 NUÑEZ MARCELO 39.280.216 ARAYA ELBA 25.120.811 PROF. EDUC. FISICA
19 RAILY MARIA 36.578.186 RAILY JORGE 8.472.752 DISEÑO GRAFICO
20 RODRIGUEZ PAOLA 29.718.186 PROF INICIAL
21 SCACHERI MANUEL 38.667.271 MONTERO MARTA 16.021.501 PROF. EDUC. FISICA
22 SCACHERI XIMENA 28.568.489 TEC. ENFERMERIA
23 VILLALBA EZEQUIEL 37.198.557 LLANOS ZULMA 13.712.276 TEC. ENFERMERIA
24 ZELAYA FRANCO 37.859.416 SUSO ANGELICA 16.021.521 PROF. EDUC. FISICA
25 JALIL FERNANDA 40.065.456 ANGEL ROSANA 17.467.754 INICIAL
ANEXO IV
Becas Nivel Universitario
N° APELLIDO Y NOMBRE DNI MADRE/PADRE/TUTOR DNI
1 ARIAS DARIO NICOLAS 39.280.238 LOMBARDO LILIANA 11.793.859
2 MINVIELLE MARGARITA 39.764.878 CEPEDA MARIA 20.393.984
3 HOLZMANN ERIKA 38.860.719 CRESPO AMELIA 12.061.605
4 SDRUVOLINI AGUSTIN 38.304.567 TORRES ROXANA 20.393.974
5 ISLA MACARENA 38.304.586 MOLLEKER NELIDA 18.065.665
6 BARRAZA ANDRES 37.426.143 VILLARREAL ALICIA 17.467.751
7 BERTOLOTTO MATIAS 38.667.246 BERTOLOTTO OSCAR 12.886.867
8 DI BIN PAMELA 40.424.343 GUGLIELMONI SILVINA 22.696.061
9 ARIAS JAZMIN 40.065.474 RODRIGUEZ PAOLA 28.568.488
10
DE LA TORRE
MILAGROS 38.860.785 COTTI IDOLINA 25.651.883
11 FLORES YAZMINA 38.667.295 PEREZ RITA 16.586.409
12 CARDOZO DEBORA 35.298.557 SANCHEZ MARINA 23.504.206
13 MARTINEZ DENISE 37.859.403 COLLMAN FLAVIA 21.506.186
14 ALMADA BELEN 38.667.229 DE LA TORRE STELLA
15 AUZMENDI TAMARA 38.860.078
16 SALAVERRY JENIFER 37.426.061 LOPEZ CLAUDIA 22.696.031
17 DUFFAU PIA 40.065.429 DUFFAU KARINA 26.022.551
18 MENA LUCAS 33.498.938
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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Corresponde a Expte. Nº 274/2015.-
Laprida, 24 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
DEL VALLE
ANTONIA 4.054.678 $ 250,00 AYUDA POR VAC DE POZO
LOPEZ RAMONA 18.055.250 $ 192,00 RESP DE COBRO: LEDESMA MONICA DNI:17.806.089
PERALTA HUGO 8.002.489 $ 300,00 AYUDA SOCIAL
LOPEZ VANESA 30.080.599 $ 250,00 AYUDA SOCIAL
CARRIZO YESICA 35.211.750 $ 500,00 AYUDA SOCIAL
LATAPIE YANINA 32.762.695 $ 400,00 AYUDA SOCIAL
JARA Jorge 29.644.321 $ 400,00 AYUDA SOCIAL
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas.-
Artículo 3º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de ayuda económica por salud o medicamentos:
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
TORRES INES 6.211.943 $ 350,00 AYUDA POR SALUD
TOLOSA ANA
MARIA 10.317.990 $ 1.100,00 RESP DE COBRO: TOLOSA ANGELICA DNI:4.290.487
GUTIERREZ JUAN 25.198.156 $ 500,00 AYUDA POR SALUD
ZABALA SANDRA 30.621.625 $ 150,00 AYUDA POR SALUD
VIDAL TERESA 13.230.174 $ 360,00 AYUDA POR SALUD
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 104
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 19 Subsidios en salud.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.-
Artículo 5º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 307.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 356/2014.-
Laprida, 24 de Febrero del 2015.-
VISTO:
La nota cursada por las autoridades del Centro de Día San Francisco de Asís solicitando
una subsidio.-
Lo normado por el artículo 131° del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de
Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, Y
CONSIDERANDO:
Que mencionado subsidio será utilizado para solventar gastos de funcionamiento de
dicha institución.-
Que la institución tiene por objeto posibilitar el más adecuado desempeño en la vida de
un niño, joven, o adulto con capacidades diferentes, mediante la implementación de actividades
que pretenden alcanzar y mantener al máximo el desarrollo de sus potencialidades.-
Que así mismo, la institución busca lograr el mayor nivel de autovalimiento e
independencia de las personas que concurren al Centro, brindando contención a quien lo
necesite, buscando fortalecer los vínculos familiares, la inserción laboral e integración a la vida
diaria; esto se lleva a cabo por medio de un equipo especializado encargado de trabajos en
áreas como la educación física, la música, la recreación, y la contención psíquico- emocional.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 105
Que esta institución para lograr el mejor desempeño y mejorar el bienestar de quienes a
diario concurren allí, requiere de solvencia económica para afrontar gastos cotidianos,
principalmente para el transporte y los recursos necesarios para el comedor. Hoy en día la
institución presenta necesidades referidas al mobiliario actual.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
EN USO DE SUS FACULTADES
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar al CENTRO DE DIA “SAN FRANCISCO
DE ASIS” la suma de pesos un mil novecientos setenta y seis ($ 1.976,00) mensuales, en
concepto de subsidio y en forma retroactiva desde el mes de Enero de 2015 y hasta el mes de
Diciembre del mismo año, inclusive.-
Artículo 2º: El gasto que demande la expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Sec. Gobierno.-
Programa 01 Adm. Políticas públicas.-
Partida 5171 Transferencia a otros instituciones sin fines de
lucro.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 308.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 270/2015.-
Laprida, 24 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por el Jefe de Compras solicitando el llamado a Licitación Pública Nº
01/2015 para la ampliación de red de desagües cloacales Colectora Barrio Sur y varias cuadras
en la ciudad de Laprida.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A –
Artículo 1º: Llamase a Licitación Pública Nº 01/2015 para la ampliación de red de desagües
cloacales Colectora Barrio Sur y varias cuadras en la ciudad de Laprida, en un todo de acuerdo a
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lo especificado en el Pliego de Bases y Condiciones obrante a fs. 01/29, siendo el monto
estimado de la contratación Pesos Dos millones seiscientos cuarenta mil ciento setenta y
seis con 80/100 ($ 2.640.176,80).-
Artículo 2º: Las propuestas se recibirán hasta el día 06 de Abril de 2015 a las 12:00 horas,
momento en el que se procederá a la apertura de las mismas, en el Salón Dorado de la
Municipalidad de Laprida.-
Artículo 3º: El Pliego de Bases y Condiciones general y particular y la documental de obra se
encuentran debidamente aprobados por los funcionarios legalmente facultados para autorizar los
mismos, en un todo de acuerdo a lo normado por los artículos 162 y 163 del Reglamento de
Contabilidad.-
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a
las siguientes cuentas del Presupuesto de Gastos Vigente, en todas las Jurisdicciones y
programas:
JURISDICCIÓN 1110105000 Secretaria de Infraestructura.-
FUENTE FINC. 133 De Origen Nacional.-
PROGRAMA 18 Dirección de Obras Publicas viales y pavi.-
SUBPROGRAMA 87 Plan más cerca, mas municipio, mas patria 51- Cloacas
40 cuadras.-
RUBRO 4200 Construcciones.-
PARTIDA 4220 Construcciones en bienes de dominio publico.-
Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 309.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 270/2015.-
Laprida, 24 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las actuaciones contenidas en el expediente del corresponde.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º: Créase la Comisión Evaluadora para la Licitación Pública Nº 01/2015 para la
ampliación de red de desagües cloacales Colectora Barrio Sur y varias cuadras en la ciudad de
Laprida.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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ARTÍCULO 2º: La Comisión señalada limitara su intervención a la Licitación Pública señalada en
el artículo 1º.-
ARTÍCULO 3º: Designase como miembros de la Comisión Evaluadora a las siguientes personas:
- Secretario de Infraestructura Juan Andrés ERROBIDART.-
- Ingeniero Mario BRAZZOLA.-
- Ingeniero Marcos VILLARREAL.-
- Secretaria de Hacienda, Romina SIMON.-
- Contador Municipal, Ricardo MAITINI.-
- Jefe de Compras, Hugo Marcelo, DASCON.-
- Asesora Letrada Mariangeles LAVIN.-
ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese, cumplido, archívese.-
Decreto Nº 310.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 275/2015.-
Laprida, 24 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Lo dispuesto por el Artículo 14 inc. “p” de la Ley 11757 del Personal Municipal de la
Provincia de Buenos Aires, Y
CONSIDERANDO:
Que es facultad del Departamento Ejecutivo establecer bonificaciones con carácter
permanente o transitorio, general o sectorial.-
Que es razonable y oportuno fijar una bonificación extraordinaria no remunerativa de
pesos Setecientos ($ 700,00) para el personal de Planta Permanente y Temporaria.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A -
Artículo 1º: Establézcase una bonificación no remunerativa Extraordinaria de pesos
Setecientos ($ 700,00), a liquidarse con los haberes del mes de FEBRERO del corriente año,
para los agentes municipales que revistan en planta Permanente y Temporaria.-
Artículo 2º: Exceptúese lo dispuesto en el artículo 1º al plantel de, personal que dicte talleres
artísticos, audiovisuales, de usos múltiples, que solo hagan guardias pasivas y que dicten clases
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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deportivas sin régimen horario escalafonado y los régimen horarios inferiores a 20 horas
semanales.-
Artículo 3º: El valor establecido en el Artículos 1º del presente decreto, tendrá vigencia
únicamente en el mes de Febrero del corriente año.-
Artículo 4º: A los efectos de cumplimentar lo establecido en el presente, realizase las
compensaciones de partida correspondiente.-
Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dese al registro municipal y archívese.-
DECRETO Nº 311.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 361/2014.-
Laprida, 24 de Febrero de 2015.-
VISTO:
El informe de la Secretaria de Gobierno Municipal donde se comunica la contratación de
la mano de obra para la Vivienda de la Sra. Carla GANCEDO al Sr. Héctor Horacio
MAGDALENO, y
CONSIDERANDO:
El Dictamen favorable del Contador Municipal informando la imputación a la cuenta del
Presupuesto de Gastos Vigente.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra Celebrado entre la
Municipalidad de Laprida, representada por el Sr. Intendente Municipal Alfredo Rubén Fisher,
con domicilio en Avenida San Martín 1160 de Laprida, y el Sr. MAGDALENO HECTOR
HORACIO D.N.I.22.696043, con domicilio en calle De la Canal Nº1285 De La Ciudad de Laprida.
El Contratista se compromete a ejecutar la mano de obra con provisión de herramientas y
equipos propios, perteneciente al Programa “MEJOR VIVIR” ubicada sobre la calle Rojas
Nº1313, de la ciudad de Laprida, perteneciente a la Sra. CARLA GANCEDO.-
Artículo 2: Se establece como plazo de este contrato desde el 19 de Febrero de 2015 por el
término de Treinta (30) días corridos.-
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Artículo 3º: El precio del presente contrato se fija en la suma de pesos Veintiún mil quinientos ($
21.500).-
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.- Programa 21 Direc. De Vivienda Social.- Subprograma 16 Completamiento de viviendas.- Partida 5140 Ayuda social a personas.- Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 312.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 206/2015.-
Laprida, 24 de Febrero de 2015.-
VISTO:
El informe de la Secretaria de Gobierno Municipal donde se comunica la contratación de
la mano de obra para la Vivienda del Sr. Lucas KESSLER al Sr. Guillermo ARANDA, y
CONSIDERANDO:
El Dictamen favorable del Contador Municipal informando la imputación a la cuenta del
Presupuesto de Gastos Vigente.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra Celebrado entre la
Municipalidad de Laprida, representada por el Sr. Intendente Municipal Alfredo Rubén Fisher,
con domicilio en Avenida San Martín 1160 de Laprida, y el Sr. Aranda Gustavo Daniel
D.N.I.29.230.451, con domicilio en Pje Moncla Nº1066 de La Ciudad de Laprida. El Contratista
se compromete a ejecutar la mano de obra con provisión de herramientas y equipos propios,
perteneciente al Programa “MEJOR VIVIR” ubicada sobre la calle Pellegrini Nº445,
perteneciente a la Sr. Kessler Lucas, de la ciudad de Laprida.-
Artículo 2: Se establece como plazo de este contrato desde el 12 de Febrero de 2015 por el
término de Treinta (30) días corridos.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 110
Artículo 3º: El precio del presente contrato se fija en la suma de pesos Diecinueves doscientos
($ 19.200).-
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.- Programa 21 Direc. De Vivienda Social.- Subprograma 16 Completamiento de viviendas.- Partida 5140 Ayuda social a personas.- Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 313.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 154/2015.-
Laprida, 24 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La solicitud cursada por la Dirección de Desarrollo Comunitario.-
Y, los decretos Nº 267/2008 y 578/2014.-
CONSIDERANDO:
Que la norma mencionada crea el Programa de Capacitación para el Trabajo y la
Inclusión destinado a personas que se encuentren por debajo de la línea de la pobreza y en
estado de desocupación.-
Que el Programa será el desarrollo de experiencias teórico-prácticas, bajo el concepto
de becas, para re-crear en personas desocupadas los diferentes aspectos que hacen a la cultura
del trabajo, y este será financiado por el Estado Municipal con aportes propios o con los que
recibiera para tal efecto de los Estados Nacional y/o Provincial.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a las personas que a continuación se
nominan, el importe indicado en concepto de Beca “Programa de Trabajo para la Inclusión”,
correspondiente al mes de FEBRERO de 2015:
NOMBRE Y APELLIDO DNI ÁREA MONTO
ALBO, Federico 31.378.468 Balneario $7.216
AVILA, Jesica 33.940.144 Cultura $3.620
BULACIO, Alejandra 36.241.504 Deportes (pileta) $2.300
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 111
CEPEDA, Nélida 12.886.817 Rinconcito - Hogar $1.200
COLANTONIO, Valentina 32.762.700 Envion - Deportes $2.100
COLLMAN, Andrea 27.158.689 Hogar del Niño $ 2.375
CÓRDOBA, Wanda 37.859.472 Envión $1.000
COTTI, Idolina 25.651.883 Rinconcito $1.080
ESEVERRY, Valeria 24.351.941 Rinconcito $1.250
FURCOLO, Mariana 29.018.328 Hogar $ 3.700
GARCÍA, Roxana 12.886.842 Cultura $1.000
GUZMAN, Myrna 27.604.911 Deportes (pileta) $5.220
HARISMENDI, Carla 39.764.801 Envión $1.000
LÓPEZ, Graciela 13.825.045 Rinconcito $3.420
MICHETTI, Hugo 26.124.975 Envion $2720
MOLINA, Angélica 10.883.024 Cultura $900
PEREYRA, Norma 17.677.629 Rinconcito $ 2.430
SALAZAR, Valeria 33.706.671 Deportes (pileta) $5.220
ZANAZZI, Nancy 30.303.881 Taller Protegido $1.800
Artículo 2º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 3º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Fuente de financiamiento 110 De origen municipal
Programa 17 Dirección de Desarrollo Comunitario.-
Subprograma 16 Trabajo para la inclusión.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a Personas
Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 314.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 276/2015.-
Laprida, 25 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 112
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar las ayudas sociales y/o ayuda
económica por salud o medicamento a las personas que se informan el ANEXO I, el cual forma
parte integrante del presente Decreto, en un todo de acuerdo a lo establecido con el artículo
130° del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las
Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.-
Subprograma 19 Subsidios en salud.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.-
Artículo 3º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 315.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
ANEXO I
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
DE LA LLERA M. Ester 10.883.015 $ 500.- AYUDA SOCIAL
PARRA Eduardo 17.681.412 $ 300.- AYUDA POR SALUD
TORRES Gabriela 17.681.412 $ 2.000.- AYUDA POR SALUD
DE LA TORRE Estela 16.862.736 $ 832.- AYUDA POR SALUD
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 113
Corresponde Expte. 278/2015 -
Laprida, 25 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota presentada por el Secretario Interino de Infraestructura, Vivienda y Servicios
Públicos.-
El Decreto Nº 166/2015, Y
CONSIDERANDO:
Que el Secretario Interino de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos solicita la
rescisión de la designación de las Agentes Municipales Viviana Lorena RODRIGUEZ; Cintia
Daiana CARRIZO y Cintia Anahi CARRIZO.-
Que mediante el Decreto supra mencionado se designa como personal de Planta
Temporario a las Agentes en cuestión.-
Que el artículo 3º del decreto N° 166/2015 establece que “La Municipalidad podrá
rescindir sin expresión de causa los efectos de la presente designación como Personal
Temporario, sin que ello dé derecho al agente a solicitar suma alguna bajo ningún concepto, a
excepción de lo no abonado y efectivamente trabajado”.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- DECRETA -
Artículo 1º: Rescíndase, al día 28 de Febrero de 2015, la designación en planta temporaria,
efectuada mediante decreto Nº 166/2015, de las Agentes Municipales Viviana Lorena
RODRIGUEZ, Legajo N° 881, Cintia Daiana CARRIZO, Legajo N° 882 y Cintia Anahi
CARRIZO, Legajo N° 883, según lo establecido en el artículo 3º del Decreto mencionado, el cual
establece que “La Municipalidad podrá rescindir sin expresión de causa los efectos de la
presente designación como Personal Temporario, sin que ello dé derecho al agente a solicitar
suma alguna bajo ningún concepto, a excepción de lo no abonado y efectivamente trabajado”.-
Artículo 2º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 316.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 114
Corresponde a Expte. Nº 285/2015.-
Laprida, 26 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar las ayudas sociales y/o ayuda
económica por salud o medicamento a las personas que se informan el ANEXO I, el cual forma
parte integrante del presente Decreto, en un todo de acuerdo a lo establecido con el artículo
130° del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las
Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.-
Subprograma 19 Subsidios en salud.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.-
Artículo 3º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 317.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 115
ANEXO I
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
SALVATIERRA Vanesa 37.426.140 $ 250.- Ayuda Social por Alquiler
BAIGORRIA Nancy 14.742.304 $ 200.- Ayuda Social
GONZALEZ Estefanía 37.859.420 $ 237.- Ayuda Social
LASTRA M. Esther 5.664.096 $ 232.- Ayuda Social
CASTRO Héctor 37.198.551 $ 77.- Ayuda por Salud
TISEIRA Elisabeth 37.426.133 $ 150.- Ayuda por Salud
MALLAVIA Johana 38.860.734 $ 280.- Ayuda por Salud
MARTI Yolanda 31.076.307 $ 350.- Ayuda por Salud
ARIAS Veronica 20.513.200 $ 300.- Ayuda por Salud
Corresponde a Expte. Nº 292/2015.-
Laprida, 26 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
El Decreto Municipal Nº 001/2015 donde se fija el importe que la Dirección de Asistencia
Social podrá disponer en Caja Chica para la atención de gastos menores y/o urgentes, incluidas
la entrega de ayudas sociales a personas de escasos recursos.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Convalídese las ayudas sociales pagadas por la Dirección de Asistencia Social
Directa por caja chica que a continuación se nominan:
Apellido y Nombre Monto Ayuda Otorgada
ALEGRE Zunilda $ 350.- Ayuda por Salud
RODRIGUEZ Cristina $ 260.- Ayuda Social
DI TULIO Evangelina $ 150.- Ayuda por Salud
GANCEDO Carla $ 123.- Ayuda Social
RIVERO Mónica $ 144.- Ayuda Social
VIDAL Fátima $ 196.- Ayuda Social
JARA Pablo $ 150.- Ayuda por Salud
PAZ Noemí $ 100.- Ayuda por Salud
AVILA Adelina $ 350.- Ayuda Social
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 116
Artículo 2º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 318.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 289/2015.-
Laprida, 26 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La solicitud de licencia sin goce de haberes cursada por la Agente Municipal Claudia
SCHWAB.-
El artículo 46º, de la Ley 11757 Estatuto para el Personal de la Municipalidades de la
Provincia de Buenos Aires.-
El Decreto Nº 123/2014 “Reglamento del artículo 46 de la Ley 11.757”, Y
CONSIDERANDO:
Que dicha licencia se encuentra contemplada en el artículo 46º, de la Ley 11757
Estatuto para el Personal de la Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el cual
establece que “Por causas no previstas en este Estatuto y que obedezcan a motivos de real
necesidad debidamente documentados, podrán ser concedidas licencias especiales con o sin
goce de haberes. Para hacer uso de esta licencia el agente deberá contar con una actividad
mínima inmediata de un (1) año a la fecha de su iniciación”.-
El Decreto Nº 123/2014 que reglamenta el artículo 46 de la Ley 11.757, el cual fija las
condiciones para hacer uso de la Licencia especial con o sin goce de haberes.-
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Otorgar LICENCIA SIN GOCE DE HABERES, a partir del 01 de ABRIL de 2015
hasta el 30 de SEPTIEMBRE de 2015, inclusive, a la Agente Municipal Claudia SCHWAB,
Legajo Nº 581, DNI 17.724.942, dependiente de la Secretaria de Salud.-
Artículo 2º: Comuníquese, dese al Registro Municipal y cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 319.-
………………………………… …………………………………
Dr. CLAUDIO FERREYRA ALFREDO RUBEN FISHER Secretario de Salud Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 117
Corresponde a Expte. 288/2015.-
Laprida, 26 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La solicitud de licencia sin goce de haberes cursada por la Agente Municipal Celia
AGUILAR SAMUDIO.-
El artículo 46º, de la Ley 11757 Estatuto para el Personal de la Municipalidades de la
Provincia de Buenos Aires.-
El Decreto Nº 123/2014 “Reglamento del artículo 46 de la Ley 11.757”, Y
CONSIDERANDO:
Que dicha licencia se encuentra contemplada en el artículo 46º, de la Ley 11757
Estatuto para el Personal de la Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el cual
establece que “Por causas no previstas en este Estatuto y que obedezcan a motivos de real
necesidad debidamente documentados, podrán ser concedidas licencias especiales con o sin
goce de haberes. Para hacer uso de esta licencia el agente deberá contar con una actividad
mínima inmediata de un (1) año a la fecha de su iniciación”.-
El Decreto Nº 123/2014 que reglamenta el artículo 46 de la Ley 11.757, el cual fija las
condiciones para hacer uso de la Licencia especial con o sin goce de haberes.-
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Otorgar LICENCIA SIN GOCE DE HABERES, a partir del 02 de MARZO de 2015
hasta el 01 de SEPTIEMBRE de 2015, inclusive, a la Agente Municipal Celia AGUILAR
SAMUDIO, Legajo Nº 603, DNI 18.750.958, dependiente de la Secretaria de Salud.-
Artículo 2º: Comuníquese, dese al Registro Municipal y cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 320.-
………………………………… …………………………………
Dr. CLAUDIO FERREYRA ALFREDO RUBEN FISHER Secretario de Salud Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 118
Corresponde a Expte. 172/2015.-
Laprida, 26 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La promulgación de la Ordenanza Nº 1388/08 mediante la cual se crea un Fondo
Municipal de Apoyo y Promoción a Emprendimientos Productivos en el Partido de Laprida y el
Decreto Nº 1064/08, reglamentario de dicha ordenanza, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Dirección de Producción Municipal los solicitantes han
cumplimentado los requisitos necesarios para el otorgamiento de los mismos, cuyas copias
obran en el expediente del corresponde,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar al beneficiario que a continuación se
nomina, la suma que se indica, la que será devuelta en cuotas mensuales, iguales y
consecutivas:
Artículo 2º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta:
Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Hacienda.-
Programa 17 Subsecretaria de Políticas Económicas.-
Fuente de Financiamiento 131 Origen Municipal.-
Recursos Afectados 1290700 Prestamos pequeños proyectos productivos.-
Subprograma 02 Programa apoyo emprendimientos productivos.-
Rubro 6300 Prestamos a Largo Plazo.-
Partida 6310 Préstamos en el Largo Plazo al Sector Privado.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 321.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
APELLIDO Y NOMBRE DNI PRESTAMO Nº CUOTA VALOR CUOTA
ELIA, Mauro Evaristo 18.499.300 $ 20.000.- 18 $ 1.237,55.-
FERRAGUT, Marcelo Gabriel 22.399.633 $ 35.000.- 18 $ 2.165,72.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 119
Corresponde a Expte. 279/2015.-
Laprida, 26 de Febrero de 2015.-
VISTO:
El Contrato de Locación de Obra que antecede e informe de Oficina de Contaduría.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra celebrado entre la
Municipalidad de Laprida y la Srta. Licenciada en publicidad Lilian Victoria ALBERDI, D.N.I.
30.621.676, con domicilio en calle Santamarina N º 926 de Laprida, quien desarrolla tareas
inherentes a su profesión (Licenciada en publicidad) en el área de comunicación de la
Municipalidad de Laprida.-
Artículo 2º: La vigencia de este contrato es desde es desde el 1º de FEBRERO de 2015 hasta
el 28 de FEBRERO del mismo año.-
Artículo 3º: El precio del presente contrato se conviene en la suma de $ 6.500 (Pesos Seis mil
quinientos) mensuales, contra presentación de factura legal en la Oficina de Contaduría
Municipal.-
Artículo 4º: EL LOCATARIO podrá rescindir unilateralmente este contrato sin necesidad de
actuación administrativa y/o interpelación judicial o extrajudicial previa, cuando a su juicio la
conducta o la prestación del servicio no fuera la adecuada o no resultare satisfactoria.-
Artículo 5º: El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110103000 Secretaría de Hacienda.- Programa 17 Subsecretaria de Políticas Económicas.- Subprograma 01 Administración de políticas económicas.- Rubro 3400 Servicio Técnico y profesionales.- Partida 3490 Otros.- Artículo 6º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 322.-
…………………………………………………….. …………………………………………………... Cdora. ROMINA SIMÓN ALFREDO RUBEN FISHER Secretaria de Hacienda Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 120
Corresponde a Expte 009/2015.-
Laprida, 26 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por la Secretaría de Salud, el Contrato de Locación de Obra que
antecede e informe de Oficina de Contaduría,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra celebrado entre la
Municipalidad de Laprida y el Dr. Martin CHERTCOFF, DNI Nº 27.536.098, M.P. 45.030, M.N.
120.028, domiciliado en calle San Martin N° 1814 de la ciudad de Olavarría, por el que se
compromete a realizar funciones inherentes al Servicio de Neumonología en el Hospital
Municipal Pedro S. Sancholuz, atención de I y II Nivel de PAMI, nivel ambulatorio e internados,
realizara todos los estudios necesarios de espirometria computada, fibrobroncoscopia, punción
pleural y punción biopsia pleural c/ aparatologia propia, cuya vigencia es desde el 1º de ENERO
de 2015 hasta el 30 de JUNIO de 2015.-
Artículo 2º: Se conviene en abonar por los servicios prestados la suma de $ 2.200,00 (pesos
Dos mil doscientos), por cada visita contra presentación de factura y/o recibo legal en Tesorería
Municipal.-
Artículo 3º: “El Locatario” podrá rescindir unilateralmente este contrato sin necesidad de
actuación administrativa y/o interpelación judicial o extrajudicial previa, cuando a su juicio la
conducta o la prestación del servicio no fuera la adecuada o no resultare satisfactoria.-
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta del Presupuesto de gastos vigente:
Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Salud Programa 16 Dirección de Hospital y Salas Periféricas Rubro 3400 Servicios técnicos y profesionales Partida 3420 Médicos y Sanitarios. Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 323.-
………………………………… …………………………………
Dr. CLAUDIO FERREYRA ALFREDO RUBEN FISHER Secretario de Salud Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 121
Corresponde a Expte 009/2015.-
Laprida, 26 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota cursada por la Secretaría de Salud, el Contrato de Locación de Obra que
antecede e informe de Oficina de Contaduría,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Póngase en vigencia el Contrato de Locación de Obra celebrado entre la
Municipalidad de Laprida representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Alfredo R.
Fisher y el Dr. Adalberto BURDET, DNI Nº 10.476.639, Matricula Provincial Nº 28798, con
domicilio en Avda. Muñiz Nº 375 de Benito Juárez, Pcia de Bs. As., quien prestara servicios
como oftalmólogo en el Hospital Municipal, debiendo atender pacientes afiliados al Pami y
realizara estudios Psicofísicos para la obtención de licencias de conducir C.N.R.T., ,
concurriendo 6 días al mes. La vigencia del presente contrato es desde el 1º de ENERO de
2015 hasta el 30 de JUNIO de 2015.-
Artículo 2º:.- Se conviene en abonar por los servicios prestados la suma de pesos Siete mil
quinientos noventa ($ 7.590) mensuales por todo concepto, contra presentación de factura
correspondiente previa autorización de la Secretaria de Salud.-
Artículo 3º: “El Locatario” podrá rescindir unilateralmente este contrato sin necesidad de
actuación administrativa y/o interpelación judicial o extrajudicial previa, cuando a su juicio la
conducta o la prestación del servicio no fuera la adecuada o no resultare satisfactoria.-
Artículo 4º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta del Presupuesto de gastos vigente:
Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Salud.- Programa 16 Dirección de Hospital y Salas Periféricas.- Rubro 3400 Servicios técnicos y profesionales.- Partida 3420 Médicos y Sanitarios.- Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 324.-
………………………………… …………………………………
Dr. CLAUDIO FERREYRA ALFREDO RUBEN FISHER Secretario de Salud Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 122
Corresponde Expte. 204/2015.-
Laprida, 26 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota de renuncia presentada por el Agente Municipal Sr. Roberto SCHWEMLER a su
puesto de trabajo en el Municipio para acogerse a los beneficios jubilatorios, Y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 11° de la Ley 11.757 estable los causales por los cuales se dispondrá del
cese del Agente Municipal enunciando en el inciso i) uno de estos, “A partir del momento en que
el agente haya alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por las leyes jubilatorias y
automáticamente al cumplir los sesenta y cinco años de edad, siempre que se halle en
condiciones de obtener la jubilación.”
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- DECRETA -
Artículo 1º: Aceptase, al día 14 de Febrero de 2015, la renuncia presentada por el Agente
Municipal Roberto SCHWEMLER, DNI 5.517.416, Legajo Nº 21092 al puesto de trabajo que
ocupaba como Personal Temporario dependiente de la Secretaria de Infraestructura, Vivienda y
Servicios Públicos.-
Artículo 2º: Autorizase a la Dirección de Recursos Humanos a liquidar a la agente mencionado
en el artículo anterior, lo efectivamente trabajado y la suma que por todo concepto se le adeude.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 325.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. Nº 293/2015.-
Laprida, 27 de Febrero de 2015.-
VISTO:
Las encuestas socio-económicas elevadas por la Dirección de Asistencia Social Directa
e informe de Contaduría.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 123
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar las ayudas sociales y/o ayuda
económica por salud o medicamento a las personas que se informan el ANEXO I, el cual forma
parte integrante del presente Decreto, en un todo de acuerdo a lo establecido con el artículo
130° del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las
Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 2º El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior se imputará a la siguiente
cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 16 Dirección de Asistencia Social Directa.-
Subprograma 17 Subsidio a Personas de Esc Recursos.-
Subprograma 19 Subsidios en salud.-
Partida 5140 Ayudas Sociales a personas.-
Artículo 3º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 326.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 124
ANEXO I
Apellido y Nombre DNI Monto Ayuda Otorgada
MENA Gustavo 34.457.524 $ 137.- Ayuda Social
TOLOSA Alejandra 30.377.293 $ 300.- Ayuda Social
GOROSITO Marcos 33.065.812 $ 1.700.- Ayuda Social
RODRIGUEZ Anahi 37.426.102 $ 200.- Ayuda Social
TISEIRA María Marta 36.578.099 $ 150.- Ayuda por Salud
CASTRO Emilce 16.021.598 $ 650.- Ayuda por Salud
NIEVAS Manuel 13.454.408 $ 2.500.- Ayuda por Salud
CARRIZO Verónica 27.882.707 $ 400.- Ayuda por Salud
Corresponde a Expte. 002/2015.-
Laprida, 27 de Febrero de 2015.-
VISTO:
El informe elevado por la Dirección de Asistencia Social Directa de la Municipalidad de
Laprida, Y
CONSIDERANDO:
Que el ANEXO I del Decreto Nº 002/2015 fija los beneficiarios de los Subsidios
Especiales (Vejez, Discapacidad y Madre de Familia Numerosa).-
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a dar de BAJA el Subsidio Especial (Vejez,
Discapacidad y Madre de Familia Numerosa) otorgados a los beneficiarios que a continuación
se detallan, a partir del mes de FEBRERO:
- ALBO Federico.-
- GUZMAN Juan Manuel.-
- HERRERA Eugenia.-
Artículo 2º: Se autoriza a Tesorería Municipal a emitir el cheque correspondiente a los
beneficiarios mencionados, a la orden se sus respectivos responsable de cobro en caso de
haberlos.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y cumplido, archívese.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 125
Decreto Nº 327.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
Corresponde a Expte. 295/2015.-
Laprida, 27 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nómina de beneficiarios de Becas Municipales “Laprida Estudia” elevada por la
Dirección de Asistencia Social Directa y el informe de Oficina de Contaduría;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- D E C R E T A -
Artículo 1º: Autorizase a Tesorería Municipal a liquidar a los beneficiarios enunciados en
ANEXO I, la suma de Pesos Un mil seiscientos ($ 1.600.-) mensuales, a cada uno, en
concepto de Becas Municipales “Laprida Estudia” ciclo lectivo 2015, desde el mes de Marzo de
2014, hasta el mes de Diciembre de 2015 (10 meses), inclusive.-
Artículo 2º: Se autoriza a emitir los cheques a la orden de los correspondientes responsables de
cobro.-
Artículo 3º: El gasto que demande lo expuesto en el artículo anterior será imputado a la
siguiente cuenta:
Jurisdicción 1110102000 - Secretaría de Gobierno
Fuente de financiamiento 132 Origen Provincial
Programa 20 Dirección de cultura y educación
Subprograma 19 Subdirección de educación
Recursos afectados 1141200 Coparticipación fondo educativo.-
Partida 5130 Becas
Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 328.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida
Municipalidad de Laprida
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 126
BECAS "LAPRIDA ESTUDIA" 2015
Nº BENEFICIARIO D.N.I. MADRE/PADRE O TUTOR D.N.I.
1 ALLER FRANCO 37.198.533 HERNANDEZ NANCY 20.513.050
2 ALLER JUAN MARIA 36.578.021 LOPEZ EVA 12.660.490
3 ALMADA EUGENIA 31.378.554 DE LA TORRE STELLA 16.862.736
4 ALVAREZ CINTIA 37.859.488 MAGARIÑO SOLEDAD 22.696.174
5 ARABENA EMILIO 34.457.550 FERNANDEZ MARGARITA
6 BAYALA M. PAZ 35.415.505
7 BERTON YOSELI 36.772.433 GOROSITO MARTA 18.310.020
8 DICROCCE NICOLAS 34.457.533
9 GERAR ROCIO 39.764.809 PERALTA BETIANA 23.987.995
10 GOMEZ FABIANA 37.198.574 ORIETA PETRONA 26.661.093
11 GURIDI ENZO 31.378.568 RECOFSKY MIRTA 11.170.911
12 JALIL LUCAS EMANUEL 34.885.069 SIERRO PATRICIA 18.055.233
13 JUAREZ AYMARA 38.667.256 IBALDO SONIA 21.489.509
14 KESSLER JOSEFINA 33.065.857 ALMESTRO MARGARITA 16.454.197
15 MELHOSE ROCIO 37.198.528 SDRUVOLINI EVANGELINA 20.513.124
16 MORIS MARCELINO 37.198.539 MORIS MARIO 17.100.404
17 PICCIONI PAOLA 34.885.022 NEGRETTE MIRTA 16.586.451
18 SUAREZ ELVIS 38.352.148 BELTRAN VANESA 23.450.486
19 TERRAZA TOBIAS 30.578.100 LARIOS NILDA 13.825.191
20 TRIGO LUCAS 36.834.491 PANETTIERI GABRIELA 20.208.834
21 VALDEZ FRANCO 36.578.152 ARABENA SONIA 24.150.354
22 VASSOLO JONATHAN 36.241.555 TEULY GLADIS 16.586.458
23 VATER JUAN MARIA 38.860.743 RAILY RENEE 12.660.412
24 WILDE CARRICART ESTEFANIA 37.426.121 CARRICART NELIDA 17.100.494
25 WILDE ELIANA 36.578.040 DIAZ PATRICIA 17.100.451
26 ZORRILLA JESUS EMANUEL 36.241.584 ZORRILLA DORA 13.230.120
27 ARIAS MARIA SOFIA 37.198.548 CLARK ELSA 17.724.966
28 BALLESTEROS AGOSTINA 39.764.882 BALLESTEROS KARINA 20.513.110
29 BALMA ADELA 39.764.899 DRIS LIDIA 25.198.145
30 BUGLIOLO MARTINA 39.966.216 SERVAT MIRIAM 18.310.042
31 CABRAL LAUTARO 39.764.898 ALBELO MARIA 16.464.185
32 CASTRO CRISTIAN 37.198.540 CASTRO MARIA 20.048.442
33 CRUZ MOAR SOFIA 40.065.461 MOAR DORIS 16.873.926
34 PENDAS ALAN 37.426.089 LEONETTI M. JOSE 17.677.986
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 127
35 REBOLO NEREA 39.848.618 PACHECO MABEL 14.973.948
36 SAIZAR EMILIA 39.764.888 PICCINETI NELA 23.788.978
37 VILELA BELEN 40.065.464 SUAREZ BEATRIZ 26.320.798
38 SCACHERI CARLA SOFIA 36.578.182 SANDOVAL LUISA 11.510.581
39 ALMADA SANTIAGO 39.764.895 DE LA TORRE STELLA 16.862.736
40 ARIAS TAMARA 38.860.732 BUSTOS MARIA INES 20.048.409
Corresponde expte. Nº 290/2015.-
Laprida, 27 de Febrero de 2015.-
VISTO
La solicitud de designación obrante a fs.1, en donde se informan los extremos indicados
en los arts. 92 y 97, incisos a), b) y c) del Estatuto Municipal (Ley 11.757).-
Que a fs. 2 obra el informe de imputación del gasto, de Contaduría Municipal.-
Lo dispuesto por el art. 108 inc. 9 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y arts. 6,
12, 97 y cctes. de la ley 11.757.-
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º: Designase como personal temporario mensualizado al Sr. Julio Argentino
IRIGOITIA, DNI 27.177.339, desde el 1º de FEBRERO hasta el 28 de FEBRERO del corriente
año, quien se desempeñará como tallerista en la Dirección de Cultura.-
Artículo 2º: La retribución mensual que percibirán los agentes por todo concepto será la del
valor de la Hora artística o de Usos Útiles de acuerdo al Decreto Nº 1319/2012, las cuales serán
informadas mensualmente.-
Artículo 3º: La Municipalidad podrá rescindir sin expresión de causa los efectos de la presente
designación como Personal Temporario, sin que ello dé derecho al agente a solicitar suma
alguna bajo ningún concepto, a excepción de lo no abonado y efectivamente trabajado.-
Artículo 4º: El gasto que demande la designación se imputará a la siguiente cuenta del
Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno.-
Programa 20 Dirección de Cultura.-
Subprograma 19 Subdirección de educación.-
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Fuente Financiamiento 132 Origen Provincial.-
Rubro 1200 Personal Temporario.-
Partida 1210 Retribuciones del Cargo.-
Artículo 5º: Notifíquese a los interesados, cúmplase, comuníquese a la oficina requirente, a las
oficinas de Gabinete, Tesorería y Contaduría, dese al Registro Municipal y archívese.-
DECRETO Nº 329.-
………………………………… ………………………………..
Lic. PABLO J. TORRES ALFREDO RUBEN FISHER
Secretario de Gobierno y Des. Social Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 297/2015.-
Laprida, 27 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota de renuncia presentada por el Agente Municipal Sr. Aldo Raúl RAMOS a su
puesto de trabajo en el Municipio para acogerse a los beneficios jubilatorios, Y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 11° de la Ley 11.757 estable los causales por los cuales se dispondrá del
cese del Agente Municipal enunciando en el inciso i) uno de estos, “A partir del momento en que
el agente haya alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por las leyes jubilatorias y
automáticamente al cumplir los sesenta y cinco años de edad, siempre que se halle en
condiciones de obtener la jubilación.”
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- DECRETA -
Artículo 1º: Aceptase, al día 31 de Marzo de 2015, la renuncia presentada por el Agente
Municipal Aldo Raúl RAMOS, DNI 5.091.403, Legajo Nº 598 al puesto de trabajo que ocupaba
como bajo la Jurisdicción 1110105000 Secretaria de Infraestructura - Categoría Programática
171700 Dirección de Mantenimiento Urbano - Agrupamiento Personal Obrero – Categoría Clase
I - Nivel 17 -207 Módulos, Régimen Horario 35 horas semanales.-
Artículo 2º: Autorizase a la Dirección de Recursos Humanos a liquidar a la agente mencionado
en el artículo anterior, lo efectivamente trabajado y la suma que por todo concepto se le adeude.-
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Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 330.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
Corresponde Expte. 296/2015.-
Laprida, 27 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota de renuncia presentada por el Agente Municipal Sr. Osvaldo Néstor TORRE a su
puesto de trabajo en el Municipio para acogerse a los beneficios jubilatorios, Y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 11° de la Ley 11.757 estable los causales por los cuales se dispondrá del
cese del Agente Municipal enunciando en el inciso i) uno de estos, “A partir del momento en que
el agente haya alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por las leyes jubilatorias y
automáticamente al cumplir los sesenta y cinco años de edad, siempre que se halle en
condiciones de obtener la jubilación.”
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- DECRETA -
Artículo 1º: Aceptase, al día 19 de Abril de 2015, la renuncia presentada por el Agente
Municipal Osvaldo Néstor TORRE, DNI 5.536.392, Legajo Nº 495 al puesto de trabajo que
ocupaba como bajo la Jurisdicción 1110105000 Secretaria de Infraestructura - Categoría
Programática 171700 Dirección de Mantenimiento Urbano - Agrupamiento Personal Obrero –
Categoría Clase I - Nivel 15 -214 Módulos, Régimen Horario 35 horas semanales.-
Artículo 2º: Autorizase a la Dirección de Recursos Humanos a liquidar a la agente mencionado
en el artículo anterior, lo efectivamente trabajado y la suma que por todo concepto se le adeude.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 331.-
…………………….. ……………………… JUAN ANDRES ERROBIDART ALFREDO RUBEN FISHER Secret. INTERINO de Infraest., Viv. y Serv. Públicos Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
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Corresponde Expte. 298/2015.-
Laprida, 27 de Febrero de 2015.-
VISTO:
La nota de renuncia presentada por el Agente Municipal Sr. Rodolfo BENITEZ a su
puesto de trabajo en el Municipio.-
El artículo 48° de la Ley 11.757, Y
CONSIDERANDO:
Que el articulo supra mencionado establece que “El agente tendrá derecho a renunciar.
El acto administrativo de aceptación de la renuncia se deberá dictar dentro de los treinta (30)
días corridos de recepcionada en la oficina de personal, siendo de aplicación lo previsto en el
artículo 11 inc. b) del presente Estatuto.
El agente estará obligado a permanecer en el cargo durante igual lapso, salvo autorización
expresa en contrario, si antes no fuera notificado de la aceptación.”
EL INTENDENTE MUNICIPAL
- DECRETA -
Artículo 1º: Aceptase, al día 23 de Febrero de 2015, la renuncia presentada por el Agente
Municipal Rodolfo BENITEZ, DNI 25.958.167, Legajo Nº 764 al puesto de trabajo que ocupaba
en la Secretaria de Salud, en un todo de acuerdo a lo normado por el artículo 48 del Estatuto
Municipal.-
Artículo 2º: Autorizase a la Dirección de Recursos Humanos a liquidar a la agente mencionado
en el artículo anterior, la suma que por todo concepto se le adeude.-
Artículo 3º: Cúmplase, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Decreto Nº 332.-
………………………………… ………………………………… Dr. CLAUDIO FERREYRA ALFREDO RUBEN FISHER Secretario de Salud Intendente Municipal de Laprida Municipalidad de Laprida
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Expte 06/2015 Modificación Ordenanza 2014/14
VISTO: La Ordenanza 2014/14 y, CONSIDERANDO: Que en el Artículo 3º de la citada Ordenanza se ha producido un error involuntario en la descripción de las calles en las cuales se realizó la obra. ---------EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, sanciona por UNANIMIDAD, en Sesión Extraordinaria del día de la fecha, la siguiente:
ORDENANZA 2044/15 ARTÍCULO 1º: Modifíquese el Artículo 3º de la Ordenanza 2014/14, donde dice “Sancholuz, entre Pellegrini e Independencia”, deberá decir “Sarmiento, entre Lavalle y Sancholuz”. ARTÍCULO 2º: Notifíquese al Departamento Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Laprida, Pcia. de Buenos Aires, a los doce días del mes de Febrero de 2015.
Expte 11/15 Creación Plan de Financiamiento de Construcción
De Viviendas “Compartir 8 Viviendas”
VISTO
El Decreto Provincial Nº 365/2005, la Resolución del Instituto de la
Vivienda de la Provincia de Buenos Aires Nº 4025/05 y el Convenio entre el
Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de
Laprida en el marco del “Programa XI Compartir”, Y
CONSIDERANDO
Que a través del Decreto Provincial 365/05 se crea el Plan de
Financiamiento de Construcción de Viviendas para los municipios denominado
“Compartir”, por el cual el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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Aires asistirá financieramente hasta el 60% del monto total del proyecto de
construcción de viviendas.-
Que los beneficiarios del Plan Compartir deberán aportar el 40% del
valor de la vivienda y reintegrar el 60% del valor total de la vivienda al I.V.B.A.-
Que el Plan Compartir brinda el acceso a la vivienda propia a grupos
familiares con capacidad de ahorro.-
Que los anteriores proyectos realizados bajo esta modalidad, de
inversión compartida, ha tenido excelentes resultados.-
Que el Plan Compartir está orientado a la demanda habitacional
insatisfecha, destinado a quienes puedan demostrar solvencia económica, en
un cupo limitado que alcanza las 8 viviendas.-
-----------EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAPRIDA, sanciona
por UNANIMIDAD en SESION EXTRAORDINARIA del día de la fecha, la
siguiente:
O R D E N A N Z A 2045/15
Artículo 1º: Créase el Plan de Financiamiento de Construcción de Viviendas
denominado “Compartir 8 Viviendas”, que funcionará en el ámbito municipal de
acuerdo a las normas establecidas en esta ordenanza, las modificatorias que
se dicten en consecuencia, y las dispuestas por el Poder Ejecutivo Municipal.
TITULO I: OBJETIVO
Artículo 2º: Construir conjuntos habitacionales o viviendas individuales
dirigidos a grupos familiares con poder de ahorro.-
TITULO II: FORMA
Artículo 3º: El Plan Compartir se ejecutará con fondos aportados según el
siguiente detalle: el 60% del monto total del proyecto será financiado por el
Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, y el 40% restante por
los beneficiarios del Programa.-
TITULO III: APORTE DE LOS BENEFICIARIOS
Artículo 4º: El beneficiario del Programa financiará el 40% del valor de la
vivienda, mediante un Aporte a efectivizarse dentro de los quince (15) días
hábiles de finalizada la instancia de adjudicación, conforme los procedimientos
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 134
establecidos en el artículo 7 de la presente Ordenanza, estableciéndose para
la integración de dicho Aporte las siguientes opciones-.
OPCION 1: Pago Contado, al que se le aplicara un descuento del 15%.-
OPCION 2: el 80% del Aporte en un solo pago al que se le aplicara un
descuento del 7,5 % y saldo en un máximo 300 cuotas mensuales; con un
interés anual equivalente al 50% de la tasa estipulada en la operatoria de
préstamos hipotecarios del Banco de la Provincia de Buenos Aires.-
OPCIÓN 3: un anticipo del 60 % del valor total del Aporte, y saldo en un
máximo 300 cuotas mensuales con un interés anual equivalente al 50% de la
tasa estipulada en la operatoria de préstamos hipotecarios del Banco de la
Provincia de Buenos Aires.-
OPCIÓN 4: un anticipo del 45 % del valor total del Aporte, y saldo en un
máximo 300 cuotas mensuales con un interés anual equivalente al 50% de la
tasa estipulada en la operatoria de préstamos hipotecarios del Banco de la
Provincia de Buenos Aires.-
El valor reintegrable de cada unidad habitacional, se halla determinado por el
precio de construcción de la vivienda, con más el valor del terreno, variable
conforme las dimensiones del mismo-.
TITULO IV: DE LOS BENEFICIARIOS
Artículo 5º: Serán aquellos que cumplan, además de lo dispuesto en el artículo
anterior, con los requisitos establecidos en los artículos 5º a 7º de la Ordenanza
Nº 2020/14 que reglamenta la Inscripción y Adjudicación de Viviendas en el
Partido de Laprida. Podrán inscribirse como aspirantes al Plan, las personas
solas que no cumplan con lo establecido en el artículo 7º inciso a) de la
Ordenanza Nº 2020/14, pero solo resultarán beneficiarios en caso de que
resten viviendas, una vez adjudicada una unidad a cada uno de los grupos
familiares inscriptos.-
TITULO V: ADJUDICACION
Artículo 6º: La adjudicación de los planes a los beneficiarios se efectuará por
orden de prioridad a establecerse de acuerdo al siguiente régimen:
a) Grupo familiar con mayor puntaje según lo dispuesto por el 1er. Párrafo del
artículo 8º de la Ordenanza 2020/14.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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b) En caso de paridad en lo establecido en el inciso a) el orden de prelación
será dado por el mayor aporte económico inicial.
c) Si, -habiendo establecido el orden de adjudicación conforme las
prescripciones de los incisos anteriores -, aún persistiere la igualdad, se
procederá al sorteo entre los grupos familiares que hubieren obtenido la misma
cantidad de puntos
Artículo 7º: La constatación de la veracidad de los datos consignados en la
declaración jurada de inscripción será verificada a través de visitas sociales,
solicitud de informes a Arba, a la oficina Municipal de Tasas o cualquier otra
Repartición Municipal, Provincial o Nacional.-
Toda Repartición Municipal que intervenga en estos trámites, informará los
respectivos requerimientos de datos dentro de los cinco días (5) de recibida la
solicitud.-
Artículo 8º: La comprobación de falseamiento de datos en la declaración
jurada de inscripción, será causal de la baja automática del postulante o del
adjudicatario de la vivienda.- La Municipalidad notificará, en forma fehaciente,
la causa de la baja en el domicilio constituido en la declaración jurada de
inscripción.- Dentro de los tres días (3) de notificado, el postulante podrá
presentar descargo y la Municipalidad resolverá dentro de los cinco días (5) de
la recepción del mismo.-
Artículo 9º: Cumplidos los plazos y requisitos fijados por los Artículos 8º y 9º,
se conformará, con los inscriptos habilitados, el Listado Oficial Definitivo de
postulantes preseleccionados con la finalidad de establecer el orden para la
adjudicación de las viviendas, de acuerdo a las condiciones y requisitos de la
operatoria.-
Artículo 10º: El ordenamiento que surja de la aplicación del artículo 7º, será el
único válido para la instancia de adjudicación de las viviendas. Los postulantes
preseleccionados que integren dichos listados serán incorporados a las listas
de Adjudicatarios Titulares. Una vez cubierto el número de viviendas para
adjudicar, se designarán cuatro (4) Adjudicatarios Suplentes; siguiendo el
orden determinado por el artículo 7º de la presente ordenanza.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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Artículo 11º: La fecha de realización de la instancia de adjudicación será fijada
mediante Decreto, en el que se especificará el nombre o tipo de Operatoria o
Plan, la cantidad, las características y ubicación de las viviendas.- También el
número de inscripción y los datos de los aspirantes preseleccionados que
integran el listado definitivo, el período de inscripción al que corresponde el
mismo y designación del Escribano interviniente.-
Artículo 12º: Los listados de adjudicatarios titulares y suplentes serán
oficializados mediante Decreto y elevados para su ratificación al Concejo
Deliberante.-
TITULO VI: CONTRATO
Artículo 13º: Dentro de los siete (7) días hábiles de la adjudicación se
suscribirá un Contrato entre la Municipalidad y el Adjudicatario en el que se
determinarán los derechos y obligaciones de las partes.
TITULO VII: REINTEGRO DE FONDOS AL I.V.B.A.
Artículo 14º: El adherente deberá reintegrar el 60% de la unidad, aportado por
el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires en un máximo de
trescientas (300) cuotas mensuales, a los que se aplicara una tasa de interés
anual del 50% de la estipulada en la operatoria de préstamos hipotecarios del
Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuyo primer vencimiento operara al
mes siguiente de la entrega de la vivienda-.
TITULO VIII: PARTIDA PRESUPUESTARIA
Artículo 15º: Autorizase al DE a tomar, del Resultado Positivo del Ejercicio, los
fondos necesarios para crear las partidas presupuestarias donde se registre la
erogación por la contrapartida de fondos que deberá aportar la Municipalidad
durante el período de ejecución del proyecto y el servicio de amortización e
intereses del empréstito del proyecto detallado en el artículo anterior, en caso
de que el resultado positivo del ejercicio anterior no alcance a cubrir la totalidad
de la contrapartida detallada anteriormente, se autoriza al D. E. a realizar las
compensaciones de partidas correspondientes. El Departamento Ejecutivo
preverá en los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender los
servicios del préstamo hasta su total cancelación.
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TITULO IX OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Art 16°: Son obligaciones del Beneficiario:
a) habitar el inmueble en forma efectiva y permanente, para lo cual se le
acuerda un plazo de treinta (30) días corridos, contados a partir de la fecha de
entrega a cuyo vencimiento se operará la caducidad automática de la
adjudicación.
b) adoptar todas las medidas y realizar todas las erogaciones necesarias para
la custodia, conservación y mantenimiento de la vivienda entregada cuya
guarda es de su exclusiva responsabilidad;
c) observar en el uso de la vivienda las normas de urbanismo y vecindad que
posibiliten la sana convivencia en el Complejo Habitacional;
d) hacerse cargo de los impuestos, tasas y contribuciones, ya sea en forma
individual para su vivienda, o en forma global para el Conjunto Habitacional, en
cuyo caso abonará la parte proporcional que le corresponda, y de todo otro
gasto necesario para el funcionamiento de los servicios y mantenimiento del
bien.-
La falta de cumplimiento de alguno de los incisos, será causa suficiente para el
inicio de las actuaciones administrativas en que se evaluará la sanción que
pueden derivar hasta la desadjudicación.
Art 17°: Queda prohibido al Beneficiario, y serán causales de caducidad:
a) la cesión total o parcial, permuta, locación, sub - locación o préstamo del
inmueble objeto de la presente y cualquier alteración al fin indicado;
b) efectuar todo tipo de modificaciones a la unidad que impliquen alterar las
superficies cubiertas o semicubiertas que hagan peligrar la estabilidad del
edificio, como la demolición parcial o total de mismo y/o construcción de
tabiques de mampostería.
TITULO X REGLAMENTACION
Artículo 18º: El Departamento Ejecutivo establecerá las normas necesarias
para el adecuado funcionamiento del “Plan Compartir 8 viviendas”, debiendo
regular las situaciones no previstas en la presente en base a los contenidos de
la misma.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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Artículo 19º: Resultará de aplicación supletoria en tanto, no se oponga a la
presente, lo normado por Ordenanza 2020/14 y 1465/2010.-
Artículo 20º: Notifíquese al Departamento Ejecutivo
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Laprida, Provincia de Buenos Aires, a los doce días del mes de Febrero de 2015.-
Expte 03/15
Autorización venta terreno Zona Industrial 4 “A”
VISTO:
El expediente letra “R” Número 1006/2014, por el que el Sr. Leandro
Damián RENTERIA solicita la posibilidad de adquirir una fracción de terreno
ubicado en la Zona Industrial Mixta de Laprida, denominado como Parcela 9,
de la Fracción VI de Chacra 126, compuesto por 2.849,50 metros cuadrados de
superficie.-
La ordenanza 1817/12 de la Zona Industrial 4 “a”, Y
CONSIDERANDO:
Que la Zona Industrial 4 “a” ha sido creada con el fin de promocionar la
radicación de ciertas actividades que generan inconvenientes en las áreas
urbanas o zonas residenciales extraurbanas del Partido, logrando así un
progresivo ordenamiento de las actividades en el Partido.-
Que la circulación de transporte pesado se encuentra circunscripta a la
Zona Industrial sin poder ingresar en la planta urbana, evitando el tránsito de
vehículos de gran porte por áreas prohibidas por la legislación vigente.-
Que la empresa del Sr. Leandro D. RENTERIAS solicita la compra de un
predio para su actividad, el depósito de frutas y verduras (Mayorista) y deposito
de material apícola.-
Que el precio del predio destinado a los más arriba mencionado,
conforme tasaciones obrantes en el expediente letra “R” Número 1006/2014,
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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para la Parcela 9, de la Fracción VI de Chacra 126, compuesto por 2.849,50
metros cuadrados de superficie, son de pesos Setenta y cinco mil ($ 75.000).-
-----------EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAPRIDA,
sanciona por UNANIMIDAD en SESION EXTRAORDINARIA del día de la
fecha, la siguiente
O R D E N A N Z A 2046/15
Artículo 1º: Autorícese la venta de UNA FRACCIÓN DE TERRENO que se
designa como Parcela 9, de la Fracción VI de Chacra 126, compuesto por
2.849,50 metros cuadrados de superficie, para ser destinado al depósito de
frutas y verduras (Mayorista) y deposito de material apícola.-
Artículo 2º: La venta se realiza con los siguientes condicionamientos:
- La empresa del Sr. Leandro D. RENTERIAS asume el compromiso
formal de iniciar en el predio las obras dentro de los seis meses e iniciar
actividades económicas dentro de los treinta y seis (36) meses computados
ambos plazos desde la firma del boleto de compraventa, conf art 4° Ord
1817/12.-
- Los proyectos de los edificio e instalaciones complementarias del
establecimiento deberán ser convalidados por el organismo técnico municipal
competente conforme lo normado en el Código de Edificación vigente.
- La Municipalidad, sin reconocer eventuales reclamos por gastos
realizados por el tercero; podrá rescindir el boleto de compra venta en caso
que la razón social transfiera, sin autorización del organismo administrador
competente, a un tercero particular la posesión de la parcela en cualquier
condición, antes de haberse dado principio de ejecución a las construcciones
proyectadas.-
- En caso de haberse iniciado las construcciones proyectadas se
autorizará la transferencia a una nueva razón social adquirente con
autorización expresa del HCD conf. Art 9° Ord 1817/12. En caso de ser la
Municipalidad de Laprida la adquirente el precio de reventa no podrá superar el
80% del valor originario determinado en la venta.-
- La razón social adquiriente de alguna parcela ubicada en el sector
mencionado en el Artículo 1º, sólo podrá transferir su dominio o constituir
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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derechos reales sobre la misma, una vez transcurridos 3 (tres) años desde la
primera transferencia a su favor, sin más limitaciones que las emergentes del
Código Civil, conforme al artículo 12, Ordenanza 1817/12.-
- La venta se realizara en la suma de Pesos SETENTA Y CINCO MIL ($
75.000), financiándose en treinta y seis (36) cuotas, iguales, mensuales,
consecutivas y con un interés del 1,16 mensual de acuerdo a la Ordenanza
Fiscal Vigente.-
Artículo 3°: La empresa adquirente conoce la reglamentación vigente de la
Zona Industrial 4 “a”. Ordenanza Nº 1817/12.-
Artículo 4°: Notifíquese al Departamento Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Laprida, Provincia de Buenos Aires, a los doce días del mes de Febrero de 2015.-
Expte 08/15 Autorización al Departamento Ejecutivo
Creación Consorcio de Gestión Local
VISTO
La Ley Nacional N° 26.117 de Promoción del Microcrédito para el Desarrollo de la
Economía Social.-
La Resolución N° 2618/2004 del Ministerio de Desarrollo Social.-
La Ley Nacional N° 24.156.-
La Ley Provincial N° 13673 de adhesión al régimen nacional.-
El Decreto 1305/2006 reglamentario de la ley N° 26.117, Y
CONSIDERANDO
Que es un firme compromiso de este Gobierno Municipal el desarrollo y creación de
programas tendientes al fomento de la economía local.-
Que con ese objetivo se viene trabajando de conformidad a la Ordenanza N° 1388,
habiéndose otorgado microcréditos que han inyectado dinero en la economía local permitiendo el
acceso al crédito de pequeñas economías familiares que veían vedado su acceso al sistema
financiero tradicional.-
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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Que en pos de profundizar este tipo de políticas, con el claro objetivo de afianzar una
Política Pública Integral, desde un Estado presente, activo y promotor, que recupera el trabajo
como eje de inclusión de las personas, de las familias y de la comunidad organizada, se trabaja
con la Comisión Nacional de Microcrédito (CoNaMi) en el marco del Plan Nacional de Desarrollo
Local y economía Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.-
Que es voluntad de este Gobierno Municipal la profundización de políticas públicas
centradas en el desarrollo de la persona, en la familia como núcleo contenedor y en el trabajo
como elemento que dignifica. Por eso el impulso de acciones concretas de apoyo a la producción
y proyectos socioproductivos como dinamizadores de la economía local.-
Que en este escenario y con estos objetivos el Microcrédito se ha posicionado como
una herramienta estratégica de promoción y desarrollo de financiamiento popular de procesos y
experiencias de la Economía Social y Solidaria en nuestro ámbito local.-
Que en miras de avanzar sobre lo ya construido en torno a los “Microcréditos” y
haciendo uso de las herramientas dadas a partir de la sanción de la ley 26.117, que se sustenta
en un principio de complementariedad y cooperación entre lo público y lo privado es que se
interpreta la conformación de un “Consorcio de Gestión Local” como una herramienta
superadora donde interactúa lo público y lo privado en un proyecto político de desarrollo con
inclusión social.-
Que esta confluencia de la parte privada con lo público le otorga a la economía la
dimensión social necesaria para un desarrollo local construido sobre la fortaleza de la
organización social.-
Que la figura de “consorcio de Gestión Local” instrumentada por resolución N° 2618 del
Ministerio de Desarrollo Social de la nación, es una herramienta imprescindible para la
concreción en el ámbito local de los lineamientos de la Ley 26117 de promoción del microcrédito
para el desarrollo social.-
Que en miras de ese objetivo se halla propicio la creación de un Consorcio de Gestión
Local que posibilitará la inyección de dinero en nuestra economía local mediante la
administración de dinero proveniente del Programa de Promoción del Microcrédito para el
Desarrollo de la Economía Social, cuyo desarrollo no constituye una actividad financiera en los
términios de la Ley 21526, a partir de herramientas reconocidas en nuestro ámbito local ya por
su transparencia en el otorgamiento como por el compromiso de los tomadores en su devolución
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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atento el total convencimiento que por ser un sistema rotatorio se convierte el sistema de
microcréditos en un círculo virtuoso que redunda en beneficio de la comunidad en su conjunto.-
-----------EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAPRIDA, sanciona
por UNANIMIDAD en SESION EXTRAORDINARIA del día de la fecha, la
siguiente:
ORDENANZA 2047/15
ARTÍCULO 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a la Creación del Consorcio de gestión
Local en los términos de la Ley Nacional N° 26.117.-
ARTÍCULO 2º Autorícese al Departamento ejecutivo a la firma del Acta Constitutiva del
Consorcio de Gestión Local, que en Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza
ARTÍCULO 3º: Notifíquese al Departamento Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Laprida, Provincia de Buenos Aires, a los doce días del mes de Febrero de 2015.-
Expte 07/15
Convenio con Ministerio de Agricultura
De la Nación – Proyecto Pastoril
VISTO:
El convenio firmado con el Ministerio de Agricultura, Ganadería, y Pesca de la Nación, Y
CONSIDERANDO:
Que el Estado Nacional, comprometido en el fortalecimiento y ampliación de la
cobertura de los programas existentes en relación a las actividades y objetivos perseguidos, creó
el PLAN FEDERAL DEL BICENTENARIO DE GANADOS Y CARNES mediante la Resolución Nº
24 de fecha 10 de febrero de 2010 del Ministerio.-
Que la MUNICIPALIDAD, alineada con los objetivos, manifiesta la necesidad de impulsar
en su ámbito territorial, el desarrollo de la actividad ganadera con el fin de aumentar la
producción cárnica.-
Que el plan prevé la asistencia financiera de proyectos específicos presentados por
Gobiernos provinciales, Municipales, Asociaciones mediante la suscripción de convenios.-
Por ello;
BOLETIN OFICIAL Nº 66
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-----------EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAPRIDA, sanciona por UNANIMIDAD
en SESION EXTRAORDINARIA del día de la fecha, la siguiente:
ORDENANZA 2048/15
Artículo 1º: Ratifíquese el convenio firmado con el Ministerio de Agricultura, Ganadería, y
Pesca de la Nación , en el marco del programa PLAN FEDERAL DEL BICENTENARIO DE
GANADOS Y CARNES, que como ANEXO I y ANEXO II forma parte integrante de la presente.-
Artículo 2º: Notifíquese al Departamento Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Laprida, Provincia de Buenos Aires, a los doce días del mes de Febrero de 2015.-
Expte 02/15
Aceptación Donación, Apadula – Martineschi
VISTO:
La nota cursada por José APADULA y Mabel Amanda MARTINESCHI
en expediente Nº 1538/2014.
El artículo 57 de la L.O.M., Y
CONSIDERANDO
Que los Sres. José APADULA y Mabel Amanda MARTINESCHI, en
carácter de propietarios de dos parcelas ubicadas en la Ciudad y Partido de
Laprida, designadas catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta
23, Manzana 23 “a”; parcelas 14 y 18, manifiestan su voluntad de donar a la
Municipalidad de Laprida los lotes descriptos.
Que consta en el expediente del corresponde la Escritura traslativa de
Dominio lo cual acredita la supra mencionado.
Que el artículo 57 de la L.O.M. establece que “El Concejo aceptará o
rechazará las donaciones o legados ofrecidos a la Municipalidad”.
Por ello,
BOLETIN OFICIAL Nº 66
FEBRERO 2015 Página 144
-----------EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAPRIDA, sanciona
por UNANIMIDAD en SESION EXTRAORDINARIA del día de la fecha, la
siguiente:
ORDENANZA 2049/15
Artículo 1º: Aceptase la Donación realizada por los Sres. José APADULA, DNI
5.179.099 y Mabel Amanda MARTINESCHI, DNI 3.859.930 de dos parcelas
ubicadas en la Ciudad y Partido de Laprida designadas catastralmente como
Circunscripción I; Sección B; Quinta 23, Manzana 23 “a”; parcelas 14 y 18, en
un todo de acuerdo a lo normado por el artículo 57 de la L.O.M.
Artículo 2º: Notifíquese al Departamento Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Laprida, Provincia de Buenos Aires, a los doce días del mes de Febrero de 2015.-
Expte 04/15
Suscripción Convenio de Adhesión al
Sistema de Prevención Rural
VISTO:
El Convenio de Adhesión al Sistema de Comando de Prevención Rural,
y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 13.842 se creó la Patrulla Rural en el ámbito de
cada Municipio con zona rural de la Provincia de Bs As, que hubieran adherido
al régimen de Policía de Seguridad Comunal.
Que mediante la Ordenanza Nº 1520/2009 el Municipio de Laprida
adhirió a la Ley Provincial supra mencionada.
Que en el marco de la emergencia en materia de seguridad pública
declarada por Decreto Nº 220/14, a través de la Resolución Nº 739/14 se creó
en el ámbito de la Superintendencia de Seguridad Rural y bajo las bases de la
Patrulla Rural, el Comando de Prevención Rural (C.P.R.).
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Que mediante el presente Convenio la Municipalidad de Laprida adhiere
al Sistema de Comando de Prevención Rural, donde el Ministerio lo
implementará sobre las bases de la Patrulla Rural existente, coordinando y
fiscalizando conjuntamente su despliegue y funcionamiento.
Por ello,
-----------EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAPRIDA, sanciona
por UNANIMIDAD en SESION EXTRAORDINARIA del día de la fecha, la
siguiente:
ORDENANZA 2050/15
Artículo 1º: Autorízase al intendente Municipal a suscribir el Convenio de
Adhesión al Sistema de Prevención Rural celebrado con el Ministerio de
Seguridad de la Provincia de Bs As Alejandro Santiago GRANADOS, por el
cual el Municipio adhiere al Sistema de Comando de Prevención Rural, en los
términos instituidos por las Resoluciones Ministeriales Nº 739/14 y Nº 740/14
Artículo 2º: Notifíquese al Departamento Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Laprida, Provincia de Buenos Aires, a los doce días del mes de Febrero de 2015.-
Expte 05/15
Autorización al Departamento Ejecutivo,
Arrendamiento de Campo
VISTO:
La decisión del Departamento Ejecutivo de arrendar una fracción de
tierra ubicada en el Partido de Laprida del cual es titular de dominio.
Lo establecido en el artículo 55 de la L.O.M., y,
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Laprida es titular de dominio de una fracción de
tierra ubicada en el Partido de Laprida, Cuartel III; Parcela 7 “D”, de una
superficie de 81 Hectáreas, 67 áreas, 50 centiáreas y 49 decímetros
cuadrados.
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Que la fracción es un predio apto para la cría y recría de ganado, sin
mejoras ni vivienda,
Que el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Laprida tiene la
decisión de arrendar la fracción de terreno ut-supra mencionada.
Que el artículo 55 de la L.O.M establece que “el Concejo autorizará las
transmisiones, arrendamientos o gravámenes de los bienes públicos y privados
municipales por mayoría absoluta del total de sus miembros. Las
enajenaciones se realizarán de conformidad con lo dispuesto por el artículo
159. Cuando de trate de enajenar o gravar edificios municipales, se requerirá,
además, autorización legislativa.”
Por ello,
-----------EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAPRIDA, sanciona
por UNANIMIDAD en SESION EXTRAORDINARIA del día de la fecha, la
siguiente:
ORDENANZA 2051/15
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a arrendar una fracción de
tierra ubicada en el Partido de Laprida, Cuartel III; Parcela 7 “D”, de una
superficie de 81 Hectáreas, 67 áreas, 50 centiáreas y 49 dms2.
Artículo 2º: Notifíquese al Departamento Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Laprida, Provincia de Buenos Aires, a los doce días del mes de Febrero de 2015.-
Expte 09/15
Creación Fondo Municipal Rotatorio de Apoyo
A Emprendimientos Productivos
VISTO:
La Resolución Nº 24/2010 del Ministerio de Agricultura Ganadería y
Pesca de la Nación.
La Ordenanza 1388/08 y sus Modificaciones.
El artículo 25 del decreto Ley 6769/58.
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CONSIDERANDO:
Que es un firme compromiso de este Gobierno Municipal el desarrollo y
creación de programas tendientes al fomento de la economía local.
Que en miras de ese objetivo se halla propicio el impulso y
acompañamiento de los productores ganaderos locales permitiéndoles mejorar
condiciones y el acceso al crédito e impulsar la inversión.
Que la producción ganadera constituye una actividad de significativa
relevancia en términos de su incidencia en el desarrollo local, por lo que
mejorar e incrementar la producción y productividad de carne vacuna por
hectárea por año redunda en beneficio de la localidad.
Que en esa dirección se halla la creación de un Fondo Rotatorio
destinado a financiar la actividad pastoril en el Partido de Laprida cuyo
desarrollo no constituye una actividad financiera en los terminos de la Ley
21.526.
Que los Fondos Rotatorios son un instrumento de la Economía Social y
Solidaria que contribuyen al fortalecimiento de la política de desarrollo con
inclusión social, promoviendo cambios estructurales y cualitativos en los
actuales sistemas de producción.
Que el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) formó parte
de la promoción, formulación e idea de este proyecto.
Que el Gobierno Municipal se halla gestionando recursos económicos
ante el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, en el marco
del Plan Federal del Bicentenario de Ganados y Carnes, para la creación del
mencionado fondo.
Que el destino del Fondo Rotatorio, será recomponer la oferta forrajera,
a través de la implantación de pasturas perennes, avalado por un técnico
especialista.
Que los productores que accedan a dicho fondo tendrán el beneficio de
tasas promocionales.
Que hoy el Estado municipal ha asumido el compromiso de ser promotor
del desarrollo de su territorio, incorporando políticas crediticias que estimulen y
fortalezcan el aspecto socio productivo de la Comunidad.
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Por ello,
-----------EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAPRIDA, sanciona
por UNANIMIDAD en SESION EXTRAORDINARIA del día de la fecha, la
siguiente:
ORDENANZA 2052/15
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a otorgar créditos destinado
a financiar la actividad pastoril en el partido de Laprida.
Artículo 2º: Crease el Fondo Municipal Rotatorio de Apoyo a Emprendimientos
productivos, destinado a los fines determinados por el artículo 1º. Tendrá
carácter reintegrable y rotatorio con destino a pequeños y medianos
productores de ganado bovinos.
Artículo 3º: Se Entiende por pequeño y mediano productor aquel que cuente
con:
Menos de 400 hectáreas.
Menos de 250 cabezas de ganado bovino.
Artículo 4º: El Fondo se conformará por:
a) Los aportes concedidos al Municipio con esta finalidad en virtud de los
convenios suscriptos, o bien por aporte de organismos públicos o
privados, nacionales o provinciales.
b) Del recupero de los créditos concedidos en virtud de esta ordenanza.
c) Los que el Departamento Ejecutivo pueda asignar en cada Presupuesto,
de acuerdo a la disponibilidad financiera.
Artículo 5: Facúltese al Ejecutivo para crear una mesa de Evaluación de
Proyectos que podrá estar integrada entre otros por los siguientes actores:
representante del INTA, Honorable Concejo Deliberante, Sociedad Rural,
Escuela Agropecuaria, SENASA, Municipio y Fundación Aftosa.
Artículo 6º: Las líneas de créditos de los proyectos a financiar tendrán las
siguientes características:
Destino del Financiamiento: Insumos y Servicios.
Monto Máximo a Financiar: $70.000 (Pesos Setenta mil).
Plazo Máximo de devolución: 24 meses.
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Tasa de mantenimiento del Fondo: 20% sobre el monto a financiar
Frecuencia de pago: Semestral.
Devolución del crédito: Será por canon semestrales de acuerdo al
siguiente detalle:
-Primer y Segundo canon semestral, devolución de un 15% sobre el total del
crédito más la Tasa de mantenimiento.
- Tercero, cuarto canon semestral, devolución de un 35% sobre el total del
crédito, más la Tasa de mantenimiento.
Artículo 7º: El cobro judicial de las deudas que por cualquier concepto se
generen en virtud de la presente Ordenanza será regido por la Ley 13.406 de
formalidad a la Ordenanza Fiscal vigente. Será titulo ejecutivo suficiente la
liquidación expedida por funcionario el área autorizado al efecto.
Artículo 8º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a la creación de las cuentas
correspondientes en el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, las
cuales se denominarán “Fondo Rotativo Pastoril”.
Artículo 9º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a proceder a la
reglamentación de la presente.
Artículo 10º: Notifíquese al Departamento Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Laprida, Provincia de Buenos Aires, a los doce días del mes de Febrero de 2015.-
Expte 10/15
Autorización Operación de Leasing
Con Nación Leasing S.A.
VISTO:
La Ley Nº 25.248 del Contrato de Leasing y la necesidad de renovación
de maquinarias del Municipio para abordar el mantenimiento de
aproximadamente 1.000 Km. de caminos rurales y
CONSIDERANDO:
Que las ventajas de adquirir bienes de uso a través de esta modalidad
nos permite acceder a un financiamiento a largo plazo, sin la necesidad de
desembolsos iniciales significativos.
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Que los 50 años de uso intensivos han provocado su desgaste general,
en algunos casos de difícil y costosa reparación por ausencia de repuestos
originales.
Que la incorporación redundará en beneficios de la capacidad operativa
de los trabajos necesarios en los caminos rurales. Favoreciendo a todo el
sistema productivo agrícola ganadero de todo el Partido de Laprida.
Que la operación de Leasing anterior nos permitió adquirir bienes que
mejoraron notablemente el servicio brindado a los vecinos.
Que la operación de Leasing ya ha superado el 50% del contrato, el cual
venimos abonando en tiempo y forma lo que nos permite acceder a una nueva
operatoria.
Por ello,
-----------EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAPRIDA, sanciona
por UNANIMIDAD en SESION EXTRAORDINARIA del día de la fecha, la
siguiente:
ORDENANZA 2053/15
Artículo 1º: Autorizase al Sr. Intendente Municipal Don Alfredo Fisher con
D.N.I. 16.021.506 a tramitar ante Nación Leasing S.A., una operación de
Leasing, cediendo en garantía y como medio alternativo de pago, el cobro de
los ingresos mensuales que percibe Municipalidad a través de la cuenta de
recaudación que posee el Municipio en la Sucursal del banco de la Nación
Argentina, cuyo Nro. Es 3221201049, Sucursal Nº 2180 u C.B.U.
0110322720032212010498
Artículo 2º: Estas contrataciones se formalizarán conforme al plazo,
estipulaciones contractuales y demás normas generales complementarias que
Nación Leasing S.A. tiene implementada para este tipo de operatorias.
Artículo 3º: Notifíquese al Departamento Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Laprida, Provincia de Buenos Aires, a los doce días del mes de Febrero de 2015.-