boletin oficial agosto 2011 nº 7

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ÍNDICE: ORDENANZAS………………………………………………………..………..Páginas N° 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 RESOLUCIONES……………………………………………………………….Páginas N° 8, 9, 10 y 11 DECLARACIONES……………………………………………………… … ..Páginas N° 11 y 12 COMUNICACIONES..................................................................................Páginas N° 12 y 13 DISPOSICIONES……………………………………………………………….Páginas N° 14, 15, 16, 17 y 18 RESOLUCIONES……………………………………………………………….Página N° 18 EDICTOS……………………………………………………………………… Página N° 19 y 20 TELÉFONOS MUNICIPALES………………………………………………….Página N° 20 INFORMACIÓN ÚTIL…………………………………………………….….…Página Nº 21 Boletín Oficial Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro Poder Ejecutivo Intendente: José Oscar Romera Poder Legislativo Presidente del Concejo Deliberante Concejal Raúl García Vicepresidente Primero Concejal Laura Cecilia Gori Vicepresidente Segundo Concejal Juan José Caro Concejales Paola Andrea Sanna MaríaTeresa Hube Héctor Boock Miguel Ángel Gotta Secretario de Gobierno Jorge A. Duran Año I El Bolsón, Provincia de Río Negro Agosto 2011 N° 7 NORMAS PODER LEGISLATIVO NORMAS PODER EJECUTIVO JUZGADO MUNICIPAL DE FALTAS TELÉFONOS PODERES MUNICIPALES

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Page 1: Boletin Oficial  Agosto  2011 Nº 7

ÍNDICE:

ORDENANZAS………………………………………………………..………..Páginas N° 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 RESOLUCIONES……………………………………………………………….Páginas N° 8, 9, 10 y 11 DECLARACIONES……………………………………………………… … ..Páginas N° 11 y 12 COMUNICACIONES..................................................................................Páginas N° 12 y 13

DISPOSICIONES……………………………………………………………….Páginas N° 14, 15, 16, 17 y 18 RESOLUCIONES……………………………………………………………….Página N° 18

EDICTOS……………………………………………………………………… Página N° 19 y 20

TELÉFONOS MUNICIPALES………………………………………………….Página N° 20 INFORMACIÓN ÚTIL…………………………………………………….….…Página Nº 21

Boletín Oficial

Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro

Poder Ejecutivo Intendente: José Oscar Romera

Poder Legislativo Presidente del Concejo Deliberante

Concejal Raúl García Vicepresidente Primero

Concejal Laura Cecilia Gori Vicepresidente Segundo Concejal Juan José Caro

Concejales Paola Andrea Sanna MaríaTeresa Hube

Héctor Boock Miguel Ángel Gotta

Secretario de Gobierno Jorge A. Duran

Año I El Bolsón, Provincia de Río Negro – Agosto 2011 N° 7

NORMAS PODER LEGISLATIVO

NORMAS PODER EJECUTIVO

JUZGADO MUNICIPAL DE FALTAS

TELÉFONOS PODERES MUNICIPALES

Page 2: Boletin Oficial  Agosto  2011 Nº 7

Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 2

NORMAS PODER LEGISLATIVO

ORDENANZAS

VISTO: El Artículo 22 de la Carta Orgánica Municipal, que obliga al Municipio a: “e) Contribuir a la preservación y conservación de los bienes culturales materiales e inmateriales de la comunidad”, la Resolución Nº 045/10 mediante la cual solicitamos que por el área de Cultura se reparara el busto del ex presidente Dr. Arturo Umberto Illia que se encuentra en la Plaza del mismo nombre sin que se realice ningún acto tendiente a su reparación, y; CONSIDERANDO:

Que el cuatro de agosto de 1900 nació este prohombre argentino, por su ejemplo de vida, de austeridad, de humildad personal, transparencia y coraje en la gestión pública al nulificar las concesiones petroleras otorgadas por Frondizi y luchar porque los medicamentos sean de acceso universal, esto es, precios y control de medicamentos con límites a gastos de propaganda y límites a los pagos al exterior;

Que el maestro escultor Ernesto Bertedor que está dispuesto a realizar un nuevo busto para emplazar en el espacio público en materiales “duros” para evitar daños, con partidas que hacen posible su contratación del escultor Ernesto Bertedor a tales fines;

Que la Partida de Obras Públicas, subpartida Servicios Ejecutados por Terceros, arroja un presupuesto de $ 94.000 de los cuales se han ejecutado la suma de $ 19.807,27 al mes de Junio del corriente año, -que es la última información proporcionada a este Cuerpo-, lo que evidencia la posibilidad de realización de esta escultura que terminaría con el oprobio de mantener un busto mutilado como muestra de nuestro escaso cariño por la cosa pública como sociedad, lo que nos produce dolor colectivo a todos aquellos que tenemos a esta figura pública como un ejemplo a seguir; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo a contratar al Maestro Escultor Ernesto Bertedor por el monto de cinco mil pesos ($ 5000,00) para que realice un busto del Dr. Arturo Umberto Illia.- ARTICULO 2º: IMPUTASE el gasto a la Partida de Obras Públicas, Servicios Ejecutados por Terceros cuyo nomenclador es el siguiente: 03.1.01.003.021.- ARTICULO 3º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

ORDENANZA Nº 089/2011.- VISTO: Artículo 101 de la Carta Orgánica Municipal y el Artículo 31 de la Constitución Provincial que dice.”El Estado protege a la familia, como célula base de la sociedad,

establecida, organizada y proyectada a través del afecto, facilitando su constitución y el logro de sus fines culturales, sociales y económicos. Los padres tienen el derecho y la obligación de cuidar y educar a sus hijos”, y; CONSIDERANDO: Que en el año 1987 el Municipio adjudico en venta los lotes de la Manzana 126 de la Planta Urbana; Que realizado relevamiento se constato que el resto de los terrenos se encuentran ocupados, con certificados varios extendidos; Que hemos sancionado Ordenanzas tendientes a la regulación de la situación dominial sin que se haya efectivizado la misma, y acordado con Catastro Municipal una manzana a regularizar, se indico como posible y en condiciones la que nos ocupa; Que requerido los expedientes de la citada superficie, se constata la existencia de Mensura y que varios vecinos no cuentan con la respectiva Ordenanza de adjudicación en venta; Que así, propondremos para su regularización definitiva de adjudicación en venta de las superficies que los vecinos ocupan; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: ADJUDICAR en venta los lotes del Barrio Irigoyen planta urbana de El Bolsón que se mencionan a los siguientes vecinos y con expresa disposición de sujetarse a las Ordenanzas 108/09 y sus modificatorias.- ARTICULO 2°: Lote 07, Manzana 126, Sección J, NC-126-07 a favor de la Sra.Rosa Elena Raquel Solano, DNI N° 92.825.641.- Lote 08, Manzana 126, Sección J, NC-126-08 a favor del Sr. Vilpan Héctor, DNI N° M 8.216.513.- Lote 09, Manzana 126, Sección J, NC-126-09 a favor del Sr. Joaquín Cárdenas DNI N° M 8.212.108.- Lote 10, Manzana 126, Sección J, NC-126-10 a favor del Sr.Valenzuela Oscar DNI N° 23.172.879 y la Sra. Mansilla Iris Susana DNI N° 21.386.406.- ARTICULO 3°: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

ORDENANZA Nº 090/2011.- VISTO:

La Ordenanza 059/2011, que prorroga la emergencia financiera, el Proyecto de Ordenanza presentado por el Poder Ejecutivo Municipal, ingresado bajo número de nota 398, y; CONSIDERANDO: Que mediante dicho Proyecto el Poder Ejecutivo solicita autorización para endeudarse con el Gobierno Provincial hasta la suma de Dos Millones de

Certificados de Deuda en Bonos Bogar II – Serie II; Que el Municipio mantiene deudas con proveedores que si se cancelan mediante Bonos aliviaría su situación financiera; Que la Provincia de Río Negro ha emitido Bonos Garantizados de Deuda Pública Rionegrina Clase II, Serie II (Bogar II, Serie II) y nuestro Municipio se encuentra dentro del marco jurídico necesario para la utilización de estos Bonos; Que mediante Resolución Nº 061/2011 el Concejo Deliberante ha solicitado al Poder Ejecutivo un listado de proveedores y de todos los juicios contra la Municipalidad que cuentan con sentencia firme y el monto de los honorarios adeudados por ello, el cual ya ha sido remitido a este cuerpo; Que al Municipio se le viene descontando el 10% de los fondos coparticipables para hacer frente al pago de juicios con sentencias firmes; Que es necesario afrontar las deudas contraídas y la utilización de los mencionados Bonos que se amortizarán en un periodo de 16 años lo permite sin afectar las finanzas municipales; Que en virtud de la Ley 3466 y Decreto Reglamentario 1439/01 y del Acta Acuerdo celebrada el 19-08-2004 y la adhesión al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal Ley 25.917, el Municipio cuenta con el marco jurídico necesario para la utilización de estos Bonos.- Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal a endeudarse con Gobierno Provincial hasta la suma de Dos Millones de Certificados de Deuda en Bonos Garantizados de Deuda Publica Rionegrina Clase II Serie II (Bogar II, Serie II.) valor nominal, que serán destinados en su totalidad a la cancelación de deudas existentes originadas en sentencias firmes o cualquier otro tipo de deuda con proveedores de bienes y servicios.- ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE a la Contaduría de la Provincia de Río Negro a descontar de las liquidaciones por Coparticipación de Impuestos y regalías que tenga que percibir el Municipio por la aplicación de la Ley Nº. 1946 y sus modificatorias u otras que en el futuro las sustituyan, los importes que se devenguen por la amortización de capital e intereses de dichos bonos.- ARTICULO 3º: ESTABLÉZCASE que esta suma de Bonos Bogar II, Serie II, será utilizada exclusivamente a los fines de afrontar las deudas que por juicios en contra de la Municipalidad de El Bolsón, se encuentran con sentencia firme y aquellas contraídas con proveedores, en ese orden.- ARTÍCULO 4º: ESTABLÉZCASE al Poder Ejecutivo Municipal, que antes de efectuar cualquier pago, deberá remitir a este Cuerpo, un

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proyecto al respecto indicando en detalle cual será la deuda a cancelar y todas sus condiciones a los efectos de ser tratado en Sesión Especial de ser necesario.- ARTÍCULO 5º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, cumplido archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.- ORDENANZA Nº 091/2011.- VISTO: La Ley Nº 2.338 de creación del ejido municipal de El Bolsón, los Articulos 1º, 5º, 17º, 159º, 163º, y 191º de la Carta Orgánica Municipal, las Ordenanzas Nº 108/92, 159/07, las Resoluciones Nº 036/10 y 062/10 y Comunicación 031/10, y; CONSIDERANDO:

Que vecinos de Mallín Ahogado han planteado su inquietud por los excesivos pastajes que les remitió la Dirección de Tierras y Colonias dependiente del Ministerio de la Producción de la Provincia de Río Negro, organismo que retiene indebidamente la administración de las tierras fiscales municipales;

Que en reiteradas oportunidades el Municipio ha requerido el traspaso sin lograr que ni el Gobernador Saiz ni el Intendente Romera cumplan con los mandatos de ley;

Que ello da lugar en forma reiterada al avasallamiento de las facultades locales en su carácter de autoridad ambiental sobre los bienes comunes existentes en el ejido vulnerándose las competencias propias de cada organismo;

Que el sistema democrático se sustenta en la división de poderes y el federalismo, que es una forma de gobierno que se encuentra consagrada, requiere que los territorios municipales sean tenidos en consideración como tales, con su total autonomía desde que, como en nuestro caso, tenemos una Carta Orgánica que nos rige, y a la que nos debemos;

Que la Constitución Provincial fortaleció la autonomía del municipio, creando el poder municipal y estableció plazo para la regularización jurídica de tierras fiscales y traspaso al dominio municipal;

Que las autoridades provinciales no pueden dejar de cumplir con la Constitución Provincial, que ordenara, al momento de la reforma habida en el año 1988 el traspaso de las tierras fiscales de los municipios en un período de seis años, venciendo dicho plazo en el año 1994;

Que la Constitución Provincial dice en su artículo 14º que es operativa, esto es, que no se requiere de reglamentación para su cumplimiento. Ello así, la Provincia se ha excedido en sus facultades al decidir respecto de nuestro ejido municipal sin el consentimiento previo del Municipio;

Que se habría dispuesto un Convenio hacia el año 2005 que luego se dejó sin efecto, a lo que debemos sumarle que el Cuerpo Legislativo produjo numerosas normas exigiendo el traspaso correspondiente;

Que ahora se zahiere al cuerpo social, pretendiendo imponérsele cobros de “pastajes” en algunos casos cuando ya han tenido adjudicación en venta, todo lo cual rechazamos por no corresponder. Y siendo estos pretendidos cobros exagerados y

desproporcionados ante la realidad que vive el vecino abandonado a su suerte;

Que ha llegado la hora de exigir el traspaso de la administración de nuestra tierra fiscal municipal ante la sordera provincial con el ánimo de llegar a los Tribunales si se persiste en negarle a la comunidad de El Bolsón el ejercicio de sus derechos y potestades; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º : EMPLAZAR a la Provincia de Río Negro a abstenerse de pretender el cobro de pastaje u otros derechos en tierras fiscales municipales por resultar ello actos propios de la administración municipal que no delegamos en la Provincia, otorgándole a la misma un plazo de 30 días hábiles para la remisión de los expedientes en trámite dentro del ejido de El Bolsón.- ARTICULO 2º: HACER SABER a los vecinos del ejido de El Bolsón que ninguna obligación tienen de abonar derecho o canon alguno a la Provincia de Río Negro por el uso y/o posesión de tierras fiscales municipales.- ARTICULO 3º: PONER EN CONOCIMIENTO de las autoridades y a la ciudadanía toda, la decisión indeclinable del Cuerpo Legislativo de ocurrir a la Justicia de ser necesario, para obtener el respeto a la autonomía municipal y expresada ésta como competencia territorial y material propia del municipio que opera como garantía constitucional en todos los órdenes.- ARTICULO 4º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, remítase copia al Señor Gobernador de la Provincia, a la Legislatura Provincial, a la Secretaría de Fortalecimiento de la Democracia dependiente de la Presidencia de la Nación y cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

ORDENANZA Nº 092/2011.- VISTO: La Ordenanza 096/94, el pedido de los vecinos del Barrio Esperanza, y; CONSIDERANDO: Que los vecinos solicitan se cambie el nombre de una de las calles de dicho barrio, ya que la misma se conoce con el nombre de “MADRE TERESA” y no con el que hoy está impuesto que es el de “SANTA TERESA”; Que tratándose de un nombre que actualmente por usos y costumbres está impuesto es que nos resulta favorable hacer el cambio de nombre; Que se ha consensuado con este Cuerpo legislativo y nada obsta para acceder a dicho pedido; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: MODIFÍQUESE el Articulo1º de la Ordenanza 096/94, en la cual se impone con el nombre de SANTA TERESA por el de MADRE TERESA, respetando el pedido de modificación de los vecinos del Barrio Esperanza.- ARTICULO 2º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

ORDENANZA Nº 093/2011 VISTO: La Carta Orgánica Municipal, su Articulo 101, inciso 35, la nota remitida por vecinos del Barrio 36 viviendas, bajo Nº de registro 25/07/11 y la posibilidad de brindarles un espacio verde para la realización de una paseo, y; CONSIDERANDO: Que mediante la cual solicitan una parte del predio ubicado frente a la calle J.P.OMAD, entre calle Viamonte y Paso, de dicho Barrio para ser utilizado como paseo, cuyas medidas aproximadas se adjuntan en croquis con su respectivo diseño (5.250m2 aproximadamente); Que la Comisión de Planeamiento Urbano solicito la correspondiente inspección al lugar para certificar que se encuentra libre de ocupantes y se dan las condiciones para construir una Plaza tal como los vecinos lo requieren; Que según informe de inspección realizado el lugar es apto para llevar a cabo el proyecto mencionado; Que los vecinos proponen como nombre para denominar al espacio como “PASEO DEL RIO”; respetando la costa del río y parquizándola para que actúe como pulmón de aire, además de utilizar el mismo como parque recreativo para los vecinos y la comunidad en general; Que conforme al artículo 101, inciso 35), el Concejo Deliberante tiene la atribución de “imponer nombres a Avenidas, calles, parques, paseos y otros sitios públicos en general…”; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: DENOMINASE el espacio verde ubicado frente a la calle J.P.OMAD, entre calle Viamonte y Paso, del Barrio 36 viviendas de nuestra localidad, con el nombre de “PASEO DEL RIO”.- ARTICULO 2º: AUTORIZASE a los vecinos a instalar elementos para la recreación de niños, jóvenes y adultos en el espacio recientemente denominado.- ARTICULO 3º: Designase a los vecinos del Barrio 36 viviendas como encargados de llevar a cabo el proyecto y construcción de la “PASEO

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DEL RIO” y encargados de la limpieza y el mantenimiento de la misma.- ARTICULO 4º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

ORDENANZA Nº 094/2011.- VISTO: Los pedidos de exenciones de Tasas por servicios municipales, y; CONSIDERANDO: Que se han recibido solicitudes de exención de Tasas por Servicios Municipales, con la correspondiente documentación que acredita la pertinencia del pedido; Que estos beneficios se solicitan en atención a la imposibilidad de los vecinos de afrontar el pago de Tasas, dadas las condiciones socioeconómicas en las que se encuentran; Que se aprobó la Ordenanza Nº 010/09 por la que se establece un mecanismo automático de renovación anual en tanto no varíen las condiciones por las que el beneficio fue concedido, sin la necesidad de dictar nuevas Ordenanzas; Que es necesario extender el beneficio de exención, a las deudas que los beneficiarios tuvieren para con este Municipio; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: CONCÉDASE el beneficio de exención de tasas de servicios municipales para el año en curso, en el porcentaje que se indica en cada caso y deudas de años anteriores de corresponder, a los siguientes beneficiarios:

a) PEREZ, RAUL, DNI 13.850.451, domiciliado en calle General Roca s/n, Barrio El Progreso, parcela 20-1-G-179-07, 100% sobre tasas y 100% sobre deudas.

b) BRANDT, YESI MARGARITA , DNI 13.850.387, domiciliada en Liniers 1773, parcela 20-1-G-488A-19, 100% sobre tasas y 100% sobre deudas.

c) LENGYEL, JUAN, L.E. 4.594.506, domiciliado en Saavedra 2609, Barrio El Progreso de la localidad de El Bolsón, parcela 20-1-G-197-13, 100 % sobre tasas y 100% sobre deudas.

d) LINARES, ELBIO JOSE, D.N.I. 22.192.000, domiciliado en Barrio Industrial de la localidad de El Bolsón, parcela 20-1-J-55-7-04, 100 % sobre tasas y 100% sobre deudas.

e) ZUBIRI, Laura Martina, DNI 2.621.710, domiciliada en Cacique

Foyel, parcela 20-1-J-600-03, 100% sobre tasas y 100% sobre deudas.

ARTICULO 2º : El beneficio es prorrogable en tanto se mantengan las condiciones que le dieron origen, de acuerdo al mecanismo establecido por la Ordenanza 010/09.- ARTICULO 3º: Impútese el monto resultante a la partida Transferencias a Personas de Acción Social.- ARTICULO 4º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

ORDENANZA Nº 095/2011.- VISTO: La nota ingresada bajo número 478, de fecha 05 de Julio de 2011, remitida por la Escuela Popular y Solidaria de Básquet, y; CONSIDERANDO: Que mediante dicha nota solicitan un aporte económico de Pesos Mil Quinientos ($ 1.500.-) para afrontar los gastos que implica la participación en las Olimpiadas de la Escuela de Agricultura de General Alvear, Mendoza, donde han sido invitados; Que desde hace ya cuatro años, estas instituciones junto a padres, docentes y alumnos vienen trabajando en proyectos deportivos integradores, brindando a los adolescentes un espacio de actividad deportiva sin condicionamientos ni económicos ni de género; Que en el año 2009 la escuela de básquet ya fue invitada a participar de estas olimpiadas en donde participaron y obtuvieron una valiosísima experiencia; Que los alumnos de la escuela de básquet pertenecen a familias que en su gran mayoría no tienen posibilidades económicas para solventar este gasto en forma particular; Que además de participar de las olimpiadas, en donde estos adolescentes representan a El Bolsón, aprovechan la ocasión para dar a conocer y promocionar nuestra localidad; Que sería muy útil a tal efecto que pudieran contar con folletería turística y productos regionales a fin de ser entregados en la ciudad anfitriona; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Otórguese un aporte económico de Pesos Mil Quinientos ($ 1.500.-) a la Escuela Popular y Solidaria de Básquet, destinado exclusivamente a solventar en parte los gastos del viaje a las Olimpiadas de la Escuela de Agricultura de General Alvear, Mendoza, a realizarse el 15 de Agosto de 2011.- ARTÍCULO 2º : Impútese ese monto a la Partida “Transferencias a Clubes Deportivos”, área “Deportes”.- ARTÍCULO 3º : Solicitar al Área de Turismo Municipal provea de folletería y productos regionales disponibles para ser entregados en forma de obsequios y promoción.-

ARTÍCULO 4º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

ORDENANZA Nº 096/2011.- VISTO: La Carta Orgánica del Municipio de El Bolsón y la Ley Provincial 4542, sancionada el 13/05/2010, promulgada el 13/06/2010 mediante Decreto 404/2010 y publicada en el Boletín Oficial Numero 4840, y; CONSIDERANDO: Que dicha Ley Provincial denominada “Régimen de Licencia por Maternidad o Adopción Unificado” ha establecido un régimen de licencias por maternidad y adopción obligatorio para todos los agentes que se desempeñen en el ámbito del sector público provincial; Que en su Artículo 12 invita a los municipios de la provincia de Río Negro a adherir a la misma en el ámbito de su incumbencia; Que el Concejo Deliberante de El Bolsón, espacio de expresión mayoritaria de la Comunidad de El Bolsón ve con sumo agrado este reconocimiento que permitiría a las madres dedicar mas tiempo a sus hijos, reconocerá a través de licencia especial los embarazos de alto riesgo, destacara la tenencia con los fines de adopción, determinara licencia por cuidado especial de los niños, entendiendo valido y legitimo su aplicación para las agentes municipales que deban hacer uso de tales beneficios; Que se debe adherir en todos sus términos a dicha Ley Provincial, realizando todos y cada una de las medidas necesarias para su implementación en nuestro Municipio; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1°: ADHIÉRASE en todos sus términos a la Ley Provincial 4542.- ARTICULO 2°: INSTRÚYASE al Poder Ejecutivo Municipal a dar cumplimiento en el ámbito Municipal a lo preceptuado en la Ley de Referencia.- ARTICULO 3°: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

ORDENANZA Nº 097/2011.- VISTO: La nota Nº 470/11, la Carta Orgánica Municipal, y; CONSIDERANDO: Que a través de la nota Nº 470/11, la Sra. ALMENDRA, María Eva con DNI Nº 26.978.757, transfiere y cede a favor del Sr. RENDA, Lorenzo Carmelo con DNI Nº 07.368.992 la parcela designada catastralmente

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como Lote Nº 10 B, Manzana 040, Sección “G” perteneciente al Barrio Terminal de nuestra localidad de acuerdo a la Resolución Nº 004/10 por la cual le fuera otorgado el Certificado de Ocupación; Que la Sra. BARRIENTOS, María Elda con DNI Nº 06.384.056, cede y transfiere a favor del Sr. ALBRECHTT, Claudio Agustín con DNI Nº 32.189.616, la parcela designada catastralmente como 20-1-E-600-04 perteneciente a la planta urbana de El Bolsón, de acuerdo a la Ordenanza Nº 120/87 por la cual le fuera otorgada la Adjudicación en Venta sin Cargo a la mencionada anteriormente; Que para dichas cesiones y transferencias los citados anteriormente adjuntan la documentación que a continuación se detalla: Fotocopias de D.N.I., Resoluciones y Ordenanzas, Cesiones y Transferencias; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: TRANSFIERASE los Derechos de Ocupación de la Sra. ALMENDRA, María Eva con DNI Nº 26.978.757 a favor del Sr. RENDA, Lorenzo Carmelo con DNI Nº 07.368.992, de la parcela designada catastralmente como Lote Nº 10B, Manzana 040, Sección “G” perteneciente al Barrio Terminal de nuestra localidad de El Bolsón.- ARTICULO 2º: TRANSFIERASE los Derechos de Adjudicación en Venta de la Sra. BARRIENTOS, María Elda con DNI Nº 06.384.056 a favor del Sr. ALBRECHTT, Claudio Agustín con DNI Nº 32.189.616, de la parcela designada catastralmente como 20-1-E-600-04, perteneciente a la planta urbana de El Bolsón.- ARTICULO 3º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

ORDENANZA Nº 098/2011.- VISTO: La Constitución Nacional Argentina, la Carta Orgánica Municipal, los Bienes Municipales, Decreto Nacional 206/09 y Provincial 082/09, y; CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto del P.E.N. 206/09 se crea el Fondo Federal Solidario, que aporta fondos mensualmente a las Provincias y a los Municipios con la finalidad de financiar obras de infraestructura Sanitaria, Educativa, Hospitalaria, de Vivienda o Vial en ámbito urbano y/o rural; Que la Constitución Nacional Argentina en su Art. 14bis, determina: "El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor”, por lo que se considera primordial la adecuación de los lugares de trabajo de la municipalidad para que los empleados municipales cuenten con las protecciones sanitarias adecuadas.

Que realizar una infraestructura Sanitaria y de servicio en el Corralón Municipal, es cubrir parte de las necesidades que tienen los trabajadores municipales, las que el municipio tiene el deber de realizar aprovechando el ingreso del Fondo Federal Solidario, lograr mayor dignidad al trabajador municipal.- Que el Poder Ejecutivo Municipal tiene la facultad y obligación del cuidado de todos los bienes municipales por lo que se torna necesaria la adquisición de aquellos elementos que contribuyan con el cuidado de los mismos, sobre todo el parque automotor del Municipio. Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1º : DETERMINASE la construcción de Sanitarios, en el Corralón Municipal, que contenga los elementos necesarios, para la higiene de los trabajadores de dicho espacio, tales como duchas, inodoros, vestuarios, etc. ARTÍCULO 2º: AUTORIZA al Poder Ejecutivo Municipal, la adquisición de una Hidrolavadora adecuada, para el mantenimiento del parque automotor Municipal, Correspondiendo al responsable de dicho parque, observar el modelo y características técnicas más apta de la Hidrolavadora a adquirir.- ARTÍCULO 3 º: SOLICITAR al Poder Ejecutivo Municipal la pronta finalización de la rampa existente en el Corralón Municipal, la cual permitirá una adecuada higiene y mantenimiento de los vehículo municipales. ARTICULO 4°: DETERMÍNESE que las construcciones solicitadas en los Artículos anteriores deberán ser realizadas exclusivamente por el Área de Obras Publicas Municipal. ARTICULO 5º: REGÍSTRESE. Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, Publíquese, cumplido archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

ORDENANZA Nº 099/2011.- VISTO: La nota del Sr. Ministro de Familia y la Carta Orgánica Municipal, y; CONSIDERANDO: Que a través de la misma se solicita la cesión del terreno designado Catastralmente como 20-1-j-726-01, (B° Esperanza) para destinar el mismo al emplazamiento del edificio para el programa C.A.I.N.A. (Centro de Atención Integral para Niños y Adolescentes) y para la Delegación de Promoción Familiar de ese Ministerio; Que el edificio en que actualmente funciona el C.A.I.N.A, no dispone de la capacidad necesaria para albergar a todos los niños y adolescentes que requieren atención; Que la parcela solicitada se encuentra libre de ocupantes y en condición de ser cedida;

Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 16-08-11, Acta 1.526, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO:

Y en uso de las facultades que le son propias,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1°: CEDESE al Ministerio de familia la parcela designada Catastralmente como J-726-01 (del Barrio Esperanza) que consta de una Superficie de 2869,12 m2 y que tendrá como destino especifico la construcción de un edificio para el Programa C.A.I.N.A.(Centro de Atención Integral para Niños y Adolescentes) y para la Delegación de Promoción Familiar de El Bolsón.- ARTICULO 2°: El destino para el cual se dona el Inmueble no podrá ser modificado, caso contrario la parcela en cuestión volverá al dominio de la Municipalidad de El Bolsón- ARTICULO 3°: El plazo de Construcción se fija en tres (3) años a partir de la promulgación de la presente, cuya falta de cumplimiento dará lugar a la caducidad automática sin lugar a Interpelación judicial previa.- ARTICULO 4°: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diecisiete días del mes de agosto de 2011.-

ORDENANZA N° 100/2011.-

VISTO: La nota ingresada por la Agrupación Gaucha El Redomón con fecha 10 de Agosto de 2011, bajo número 568, y; CONSIDERANDO: Que en dicha nota solicita la eximición del pago del canon del gimnasio municipal para la realización de un Festival Folclórico; Que la realización del mencionado Festival apunta a que niños, jóvenes y adultos puedan integrarse a través de la danza contando además con la visita de la Academia de Danzas Namuncurá de San Carlos de Bariloche y el Valet folclórico de los Menucos; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 16-08-11, Acta 1.526, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO : Y en uso de las facultades que le son propias,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: Exímase a la Agrupación Gaucha El Redomón, del pago del canon por uso del Gimnasio Municipal en fecha a determinar en forma conjunta con la Secretaría de Deportes, al solo efecto de ser usado en la realización de un Festival Folclórico.- ARTÍCULO 2º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 6

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diecisiete días del mes de julio de 2011.-

ORDENANZA N° 101/2011.- VISTO: La Ordenanza 122/06, el Código de Planeamiento Urbano y de Edificación de nuestra localidad, la nota Nº 564, del 05/08/11, y; CONSIDERANDO: Que debido al crecimiento importante que ha conllevado nuestra hermosa localidad, es que creemos necesario seguir readecuando la realidad del mismo; Que la Ordenanza 122/06 amplia la zona AC desde la calle Viamonte a Las Heras, siguiendo el mismo criterio, por lo que lo que estamos proponiendo es desafectar la Avenida San Martín AR1 (arterial residencial) a los lotes frentistas; desde la calle Las Heras hasta el Paralelo 42, afectándolos a la zona del Código de Planeamiento Urbano como AC (arterial –comercial); Que este Cuerpo Legislativo con acompañamiento del Director de Planeamiento Urbano del Poder Ejecutivo Municipal mediante nota hace expresa la necesidad de modificar sobre la Avenida San Martín, a partir de la calle Las Heras hasta y hasta el Paralelo 42 inclusive, de ambas manos (Este – Oeste) para tener el beneficio de arterial comercial y no como arterial residencial; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: INCORPÓRESE como pertenecientes a la zona “AC” (Arterial Comercial) del Código de Planeamiento Urbano a las Parcelas con frente a la Av. San Martín, desde la calle Las Heras hasta el Paralelo 42, inclusive, frente a Avda. San Martín veril Este y Oeste.- ARTICULO 2º: Desaféctese como “AR1” a las Parcelas frentistas incluidas en el Artículo 1º.- ARTICULO 3º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diecisiete días del mes de agosto de 2011.-

ORDENANZA Nº 102/2011.- VISTO: La necesidad de los niños y jóvenes de nuestra localidad de escasos recursos, para acceder al servicio de Internet en forma gratuita, y; CONSIDERANDO: Que el sistema de Internet se maneja en forma privada y los costos de instalación son altos para que una familia de escasos recursos pueda satisfacer esa necesidad; Que nuestra población de niños y adolescentes de nuestra localidad puedan beneficiarse con un servicio de Internet

gratuito, para dar continuidad al PROGRAMA UNA PC PARA TODOS; Que la vecina de nuestra localidad, Sra. Quem Quem Chiguay con DNI Nº 35.596.908, ofrece desinteresadamente el servicio para todos aquellos niños y adolescentes de escasos recursos la posibilidad de beneficiarse con el servicio inalámbrico denominado WI-FI GRATUITO, ya que cuenta en su local, ubicado en calle Roca y Perito Moreno, con una tecnología de comunicación inalámbrica mediante ondas mas utilizadas hoy en día; Que aceptando dicho ofrecimiento, los jóvenes y niños de nuestra localidad le darían continuidad a sus estudios, teniendo como premisa sus objetivos, además de ir formándolos hacia un futuro de inclusión en la sociedad exigente en la que vivimos; Que además de beneficiarse los estudiantes de nuestra localidad, seria oportuno instalar una antena en la Plaza Pagano ofreciendo el mismo servicio Inalámbrico en forma gratuita para el turismo que recibimos, como sucede en algunas provincias de nuestro país como por ejemplo, la Provincia de Mendoza; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: AUTORÍCESE al Concesionario de la Confitaría “Ricardo`s” ubicado en la intersección de las calles Perito Moreno y Roca, a la utilización del espacio solicitado, comprometiéndose a la colocación de mesas, sillas, deck, sombrillas, con el respectivo mantenimiento y parquización, todo ello sin fines de lucro.- ARTICULO 2º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diecisiete días del mes de agosto de 2011.-

ORDENANZA Nº 103/2011.- VISTO: La Carta Orgánica Municipal, el convenio suscripto entre la Municipalidad de El Bolsón y la Unidad Ejecutara Provincial de Río Negro y el artículo 6° de la Ordenanza 213 /06 y sus modificatorias. Que entre los objetivos de PROMEBA se encuentra el de lograr la regularización de las tierras ocupadas por los beneficiarios mediante el otorgamiento de las escrituras traslativas de dominio, y; CONSIDERANDO: Que el Artículo 6° de la Ordenanza 213/06 y sus modificatorias disponen que las tierras afectadas al Programa de Mejoramiento Barrial, sean donadas a los beneficiarios de dicho Programa durante la ejecución de la obra; Que algunos vecinos cuentan con adjudicaciones en venta, algunas caducas, lo que impediría a aquellos que no ha cancelado el valor de la tierra acceder a su título de propiedad; Que a fin de superar tal obstáculo, y dar cumplimiento a' lo establecido en la Ordenanza 213/06, resulta

necesario condonar las deudas mantenidas con el Municipio en concepto de pago del valor de los lotes; Que existen pobladores que ocupan desde hace muchos años los lotes, sin haberlos cedido por título alguno, lo que demuestra claramente la falta de intención especulativa; Que las adjudicaciones sin cargo y la condonación de las deudas por valor de tierras fiscales obedecen a la circunstancia de estar incluido el Barrio Esperanza en un programa de asistencia a quienes no cuentan con necesidades básicas satisfechas; Que con la implementación de PROMEBA el Bo. Esperanza cuenta a la fecha con todos los servicios, y al mismo tiempo se trabaja en la obtención de los títulos de propiedad de los lotes, circunstancias estas que han aumentado considerablemente el valor de las tierras y generado en algunos pobladores la intención de venderlos; Que tales especulaciones inmobiliarias son contrarias a la finalidad perseguida por el Municipio al ceder gratuitamente sus tierras; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: Condonar a los adjudicatarios en venta de lotes situados en el Barrio Esperanza de esta Localidad que sean beneficiarios del Programa de Mejoramiento Barrial de conformidad Con el Anexo I de la Ordenanza 213/06 y modificatorias la deuda por valor de la tierra que pudieran mantener con el Municipio. La condonación alcanzará a quienes en el futuro sean incluidos como beneficiarios del Programa de Mejoramiento Barrial en el Anexo I de la Ordenanza 213/06.- ARTICULO 2°: Disponer que los lotes alcanzados por la presente sean escriturados a nombre de los beneficiarios una vez dictada por el Ejecutivo Municipal la Resolución que así lo ordene.- ARTICULO 3°: Para adquirir de un beneficiario del Programa de Mejoramiento barrial, por titulo gratuito u oneroso, dentro de los diez años contados de la firma de la Escritura por la Municipalidad, la propiedad de cualquier lote ubicado dentro del Barrio Esperanza, el comprador deberá: a.- Abonar al Municipio el valor de la tierra según la tarifa establecida en el Artículo 4º, de la presente.- b.- Cancelar de contado cualquier deuda existente con el Municipio que grave el inmueble a transferir.- ARTICULO 4°: Al solo efecto de lo dispuesto en el Articulo 5°, inciso a, de la presente, se establece el valor del metro cuadrado de tierra en el Barrio Esperanza en la suma de cien unidades fiscales.- ARTICULO 5°: El Escribano que autorice la operación será agente de retención de las sumas que deban pagarse al Municipio con motivo de la transmisión realizada en los términos del Artículo 3°.- ARTICULO 6°: Quedan exceptuadas de lo establecido en el Artículo 3º, las transmisiones por causa de muerte y las

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 7

particiones en vida realizadas por los titulares a favor de sus herederos forzosos. Aquellos que adquieran por estas causas quedarán sujetos a las condiciones establecidas en el Artículo 3º.- ARTICULO 7°: En las Escrituras que se otorguen a beneficiarios del Programa de Mejoramiento Barrial se transcribirá el texto íntegro de los articulas 3° y 6º de la presente.- ARTICULO 8°: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diecisiete días del mes de agosto de 2011.-

ORDENANZA Nº 104/2011.- VISTO: El Articulo 22 de la Carta Orgánica Municipal en cuanto dice: “entendiéndose la cultura como el conjunto de las manifestaciones en que se expresa la vida humana, el municipio debe:…B) Formular planes y programas culturales priorizando la producción, divulgación y difusión de la cultura local…..E) Contribuir a la preservación y conservación de los bienes culturales materiales e inmateriales de la comunidad”, y; CONSIDERANDO: Que nuestro actual Municipio comenzó su existencia institucional como simple asociación con una Comisión en la que el señor Antonio Merino Rubio fuera tesorero hasta que se constituyó la Comisión de Fomento mediante Acta del 28 de enero del año 1926 con la Presidencia de Don Pedro Pascual Ponce; Que luego la Comisión de Fomento tuvo distintas composiciones; Que por Decreto nº 1088 del 18 de noviembre del año 1957 se crea el Municipio de El Bolsón, de segunda categoría, en razón de la cantidad de sus habitantes que no superaban las mil personas, lo que puede constatarse mediante Acta nº 628 del 30 de noviembre del año 1957 del Libro de Actas Municipal; Que mediante Acta nº 01 del Libro de Actas del Municipio de El Bolsón, de fecha 26 de abril del año 1958 consta que se celebraron elecciones el 23 de febrero del mismo año asumiendo como Presidente del Concejo Deliberante el señor MARIO ERNESTO MARQUES, Vicepresidente: Segundo Agustín Criado y Concejales: Ande Sheffield; Félix Andén y Héctor Alberto Chatruc; Que así, el señor Mario Ernesto Marqués es el primer Intendente constitucional de nuestra ciudad toda vez que en aquel entonces el Cuerpo se integraba sin separación de poderes conforme a Ley Provincial aplicable en esa época. Recién hacia el año 1991 se convoca a convencionales constituyentes que redactan nuestra primera Carta Orgánica con separación de poderes en Ejecutivo y Legislativo y novedosas instituciones como lo fuera la Autoridad Ecológica dotada del poder de policía ambiental. Esta Carta Orgánica es reformada por la que nos rige en el año 2006;

Que nos convoca la figura de este vecino nacido en El Bolsón el 25 de setiembre del año 1925, quien perdió a su madre en corta edad por lo que los hermanos pasaron a convivir con distintos parientes y él se quedó con su papá. Luego de estudiar recibió el título de Perito Mercantil y realizó el servicio militar en Comodoro Rivadavia. Trabajó en YPF en boca de pozo, y volvió a nuestro pueblo desempeñándose como sobreestante de aserradero, abriendo luego una oficina sobre la calle Berutti llevando libros de comercio tarea que compartía en el pueblo con Farid Cerieldín, entre otros; Que el señor Mario Ernesto Marqués era inquieto andinista formado junto al Dr. Rodolfo Venzano, realizando excursiones y escaladas en nuestro entorno y miembro activo del Club Andino en el que se desempeñó en rescates de accidentes de montaña. Como recordatorio de su actividad, se le puso a un pico del Co. Piltriquitrón su nombre llamándoselo “pico Mario”. Habiendo sido uno de los fundadores del Club Andino el señor Antonio John, propuso que el Refugio del Co. Piltriquitrón llevara su nombre lo que efectivamente se puede constatar en los libros del Club Andino; Que por su labor como impulsor del Refugio Perito Moreno y habiendo propiciado que fuera accesible el deporte invernal para toda la familia en el Co. Perito Moreno, se le colocó su nombre mediante Ordenanza 073 del año 1987 al camino que une la ruta 40 al Cerro citado y como homenaje a su persona ya que falleció el 05 de mayo de 1987; Que en su primera gestión, ya que fue reelecto al frente del Municipio, contó con la colaboración del Arquitecto Horacio Cruz, a quien encomendó planos de anteproyecto para un edificio municipal y también para la actual Oficina de Turismo, obra que inició en su gestión y que concluyó Don Francisco “Paco” Granollers iniciando su actividad como Oficina de Turismo entonces hasta la actualidad; Que por Acta nº 41 del 29 de abril del año 1960 consta reunión de fecha 17 de abril en la que se distribuyeron los cargos electos de la segunda elección municipal, recayendo la Presidencia en Mario Ernesto Marqués, continuando Rogelio Eduardo Boland en la Vicepresidencia y Concejales: Salim Mortada, Segundo Agustín Criado y Juan Fernando Chironi Que a poco de asumir las funciones de su segundo mandato, debió afrontar el terremoto del año 1960 ocurrido en el mes de mayo; Que una medida destacada de su gestión fue la expropiación de la Usina Hidroeléctrica propiedad del señor Esteban Albano el que regulaba por sí la energía puesto que era una empresa particular. Mario obtuvo la expropiación y desde entonces todos los habitantes tuvieron acceso a la instalación eléctrica y al servicio de energía en forma permanente; Que por Acta nº 36 del 10 de marzo del año 1960 se denominó Plaza Gobernador Ingeniero Adalberto Torcuato

Pagano “a la actual ubicada en la Manzana nº 33” según surge del acta citada; Que mediante Acta nº 37 del 31 de marzo del año 1960 propuso la denominación de Jorge Hube a una calle en memoria al viejo colono; Que por Acta nº 38 de fecha 8 de abril del año 1960 se denominó con el nombre de Martín Sheffield “a la calle que comienza en la ribera del río entre las quintas 1 fracción norte y las manzanas 69 y 70 hasta la Avda. San Martín” actual calle Pueyrredón; Que por Acta nº 46 de fecha 3 de junio del año 1960 se denominó con el nombre de “Angel del Agua a la calle entre las manzanas 65 y 66” que es donde actualmente está; Que en Junio del año 1961 le tocó sobrellevar una nevada que no se producía desde el año 1926 con sesenta y cinco centímetros de nieve intercalada con heladas. Luego de pasado este fenómeno, se produjo un temporal de lluvia provocándose una inundación que rompió la boca toma del río Quem Quemtreu y todo lo que actualmente es la parte baja del Bo. Obrero y las quintas que le seguían, y la calle de la escuela Hogar hacia abajo estuvieron inundadas, como si fueran un brazo del río. Los vecinos tuvieron que ser evacuados a la Escuela 140 y otros refugios con dos comedores populares en la Escuela 140 y Escuela 30 actual 270. En esa época se creó el Bo. Irigoyen; Que gestionó y consiguió que el ejército colocara el llamado “puente de los aplausos”, trasladó el cementerio sito en la zona de chacras del actual Bo. Arrayanes al lugar en el que hoy se encuentra, obtuvo que se remita la primera ambulancia al Hospital local; el circuito de Mallín Ahogado de simple huella se transformó en ruta provincial, logró que se construya la Escuela de Los Repollos para la comunidad de esa zona entre otras acciones de gobierno; Que en Acta nº 69 del 30 de abril del año 1962 consta que se designa Comisionado Municipal al Sr. Mario Ernesto Marqués según Decreto Provincial nº 215 y 241; Que con el correr del tiempo su figura se nos brinda como una persona que supo encontrarse junto al pueblo, desarrollar mejoras importantes para la comunidad como lo fuera el lograr energía para todos, o el fraccionamiento con destino a producción tendiente al agroturismo en superficies de dos hectáreas en Villa Turismo; Que su pertenencia a la Unión Cívica Radical Intransigente (línea que lideraba Frondizi) junto a su actividad a favor del vecino hicieron que sufriera persecución política que lo llevó a exiliarse en Paraguay hacia la época del golpe al Dr. Arturo Illia en el año 1966; Que en el año 1973 ya de regreso, Mario Marqués continuó participando en su línea política y propuso y logró que en la Intendencia de Don Antolín Díaz se aprobara su moción de crearse la Secretaría de Turismo Municipal; Que habiendo sido un hombre con visión de futuro pretendiendo para nuestra localidad incentivar el Turismo, creando esta Secretaria, ya que consideraba una fuente de trabajo importantísimo;

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Que nos ocupa destacar la trayectoria de quien fuera nuestro primer intendente constitucional, y el proporcionar al vecino y al visitante la información acerca de las particularidades que hacen a nuestra institucionalidad para lo cual propondremos la colocación de un cartel en el exterior de la Oficina de Turismo; Que en homenaje a quien fuera un defensor de nuestra localidad, se designe a la Secretaria de Turismo con el nombre de su creador; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: IMPONGASE el nombre de Mario Ernesto Marqués Primer Intendente Constitucional a la Oficina de Turismo de nuestra localidad.- ARTICULO 2º: CONFECCIONESE y COLOQUESE en el exterior de la Oficina de Turismo Municipal el pertinente cartel indicativo a inaugurarse el 10 de diciembre del corriente año.- ARTICULO 3º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los dieciséis días del mes de agosto de 2011.-

ORDENANZA Nº 105/2011.-

RESOLUCIONES

VISTO: El Artículo 101 de la Carta Orgánica Municipal, y; CONSIDERANDO: Que el Concejo Deliberante ha recibido noticias acerca de nuevas canteras otorgadas sin conocimiento de este cuerpo; Que conforme a nuestra Carta Orgánica y nuestra Carta Ambiental tenemos sitios de control estricto, (zonas núcleo) otras en las que pueden realizarse ciertas actividades (zona buffer) y áreas en las que pueden desarrollarse con mayor amplitud diversas tareas; Que es responsabilidad de la Municipalidad tener conocimiento concreto del accionar en todo su ejido municipal; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

RESUELVE

ARTICULO 1°: SOLICITAR a la responsable local del área de Minería del Ministerio de la Producción que comparezca a estar ante el Concejo Deliberante en el plazo de 72 Hs. A fin

de informar acerca de las autorizaciones de canteras existentes en el ejido.- ARTICULO 2°: Peticionar a la misma funcionaria concurra con la documentación (en caso de existir) de las autoridades otorgadas en los últimos dos años en nuestro ejido.- ARTICULO 3°: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, notifíquese a los interesados, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

RESOLUCION Nº 078/2011.- VISTO: La Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza 045/09, que establece el sistema de reductores de velocidad, y; CONSIDERANDO: Que estando en vigencia las Ordenanzas en la que establecen los reductores de velocidad y teniendo los antecedentes de la misma en mención; es que solicitamos al Poder Ejecutivo Municipal arbitre los medios necesarios para la correspondiente señalización asfáltica; Que habiéndose incrementado el parque automotor de esta localidad y estando próximos a la temporada de verano, es que debemos tomar los recaudos necesarios para evitar tener accidentes tanto del parque automotor local como visitante y como esencial el peatonal; Que los reductores impuestos por el Poder Ejecutivo Municipal previstos en su primera etapa han dado un resultado favorable, es por ello que proponemos una mejor señalización asfáltica fosforescente para que éstos no produzcan accidentes; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Al Poder Ejecutivo Municipal, disponga del personal del Área correspondiente para la correspondiente señalización con pintura fosforescente sobre los reductores de velocidad y sus respectivos carteles en:

• Calle Avenida Sarmiento y Pueyrredón próxima a la Escuela Nº 140 Almafuerte;

• Calle Avenida Sarmiento y Azcuenaga;

• Calle Avenida Sarmiento frente a la plaza Mauricio Cornejo;

• Calle Avenida San Martín frente a la vidriería Valle Nuevo (Mzna.464);

• Calle Avenida San Martín frente al Estudio de Dr. Steiner (Mzna 104A);

• Calle Avenida San Martín entre Salminiac y Don Bosco (Mzna.143);

• Calle Avenida San Martín frente a la Escuela Nº 271(Mzna.600);

• Calle Avenida Belgrano frete al Supermercado la Anónima ;

• Calle Avenida Belgrano después de la Subida de Marques.-

ARTICULO 2º: IMPUTAR a la cuenta denominada T.E.M (Tasa Especial Municipal).- ARTICULO 3º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

RESOLUCIÓN Nº 079/2011.- VISTO: La nota presentada por los vecinos que fueron reconocidos mediante Certificados de Ocupación según Ordenanza 108/09 en el predio que correspondía al Camping La Alegría, ingresada el día 20 de julio de 2011 y registrada bajo el número 506, y; CONSIDERANDO: Que mediante dicha nota los vecinos firmantes han solicitado al Concejo Deliberante una prórroga de seis meses contados a partir del mes de agosto de 2011, debido entre otros motivos, al incumplimiento por parte del Poder Ejecutivo Municipal en la colaboración de materiales necesarios para la construcción de las respectivas viviendas; Que la Ordenanza 108/09, norma que da origen a la extensión de los certificados de ocupación del bien designado catastralmente como 20-1-C-Qta.061, Parcela 1, no establece tiempo de duración de dichos cerificados, razón por la cual los mismos tienen validez legal mientras no se apruebe una norma similar que los modifique, anule o reemplace; Que el Concejo Deliberante no ha omitido norma alguna que modifique la Ordenanza 108/09, continuando los vecinos firmantes de la nota con sus respectivos certificados de ocupación legalmente otorgados y legítimamente correspondidos a cada uno de ellos; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

RESUELVE

ARTICULO 1°: INFORMAR a los vecinos firmantes de la nota 506/2011 que se encuentran legalmente reconocidos como ocupantes de una parte de la parcela 20-1-C-Qta.061, en un todo de acuerdo a la Ordenanza 108/09.- ARTICULO 2°: INFORMAR a los vecinos de dicho predio que los correspondientes Certificados de Ocupación no poseen vencimiento alguno, y cualquier modificación a su condición actual, deberá ser plasmada mediante el dictado de una Norma similar, acto que corresponde exclusivamente al Concejo Deliberante.- ARTICULO 3°: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 9

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

RESOLUCION Nº 080/2011.- VISTO: La nota Nº 176/11, la Ordenanza 100/96, la Carta Orgánica Municipal, y; CONSIDERANDO: Que el Sr. VERA, Sergio Eustaquio con DNI Nº 21.355.008 solicita se le extienda el Certificado de Ocupación a su nombre, de la parcela designada catastralmente como Lote 08, Manzana 431, Sección “G” perteneciente al Barrio Costanera Centro de nuestra localidad; Que a través de la Nota Nº 176/11 solicita urgente intervención y tratamiento para encontrar en forma conjunta una solución al problema en que se encuentra, ya que su problemática respecto a la posesión de la tierra es de larga data demostrándolo con la documentación que adjunta; Que para lo cual adjuntan la documentación que a continuación se detalla: Nota Nº 176/11, fotocopias de DNI, Planilla de Relevamiento de Ocupaciones, Nota Nº 1023 de fecha 04/12/2008, Cartas Documentos, Recibos de Depósitos del Banco Patagonia Sucursal El Bolsón, Ordenanza Nº 180/04, Plano, Convenio firmado por el Sr. Intendente Municipal Oscar Romera y el Cdor. Miguel Ulises Pedranti, dicho Certificado le permitirá solicitar los servicios básicos; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

RESUELVE ARTICULO 1º: EXTENDER el Certificado de Ocupación a favor del Sr. VERA, Sergio Eustaquio con DNI Nº 21.355.088 de la parcela designada catastralmente como Lote 08, Manzana 431, Sección “G” perteneciente al Barrio Costanera Centro de nuestra localidad.- ARTICULO 2º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

RESOLUCION Nº 081/2011.- VISTO: La Resolución 164/2011, del Poder Ejecutivo Municipal y el Proyecto Ordenanza 072/2011, sancionado el 05-06-2011, y; CONSIDERANDO: Que el Proyecto de Ordenanza 072/2011, fue vetado en su totalidad argumentando que “atenta flagrantemente contra el principio de división de Poderes, propio del Sistema Republicano de Gobierno, puesto que el Poder Legislativo Municipal, a través de la norma mencionada, se entromete directamente en atribuciones que pertenecen pura y exclusivamente a la administración Publica Municipal….. ” “ Que por otro lado además de la ilegitimidad manifiesta en lo dispuesto por el Proyecto de Ordenanza 072/2011, deben sus responsables tomar conocimiento de las innumerables infracciones

que el establecimiento ha cometido, las que -lejos de considerarlas un acoso- son el fiel reflejo de la situación en que la guardería funciona. No solo se han realizado Actas denunciando el sinnumero de irregularidades en que incurre dicho establecimiento, sino que también se ha cursado un Expediente Administrativo ante el Juzgado de Faltas Municipal, quien otorgo un plazo de seis (6) meses, para regularizar la situación en que se encontraba, cuyo vencimiento operará el día 15 de julio del corriente año..”; Que la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 122, Inc. 5) atribuye al Intendente Municipal ejercer el derecho de vetar total o parcialmente las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 16-08-2011, Acta 1.526, Acepto el veto impuesto con los dos tercios solicitados; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias

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R E S U E L V E

ARTICULO 1°: ACEPTAR el veto total impuesto, mediante Resolución 164/2011, al Proyecto de Ordenanza 072/2011.- ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, cumplido, ARCHÍVESE.-

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los dieciséis días del mes de agosto de 2011.-

RESOLUCION N° 082/2011.-

VISTO: La Resolución 184/2011, del Poder Ejecutivo Municipal y el Proyecto Ordenanza 087/2011, sancionado el 27 de julio de 2011, y; CONSIDERANDO: Que el Proyecto de Ordenanza 087/2011, fue vetado en su totalidad mediante Resolución del Poder Ejecutivo Municipal Nro. 184/2011; Que la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 122, Inc. 5) atribuye al Intendente Municipal ejercer el derecho de vetar total o parcialmente las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 16-08-2011, Acta 1.526, insistió en la sanción del Proyecto de Ordenanza con los dos tercios solicitados; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias

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R E S U E L V E

ARTICULO 1°: INSISTIR en la sanción del Proyecto de Ordenanza 087/2011, de fecha 27-07-2011.- ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, cumplido, ARCHIVESE.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diecisiete días del mes de agosto de 2011.-

RESOLUCION N° 083/2011.-

VISTO: La Ordenanza 215/06, el Proyecto de Laderas del Perito Moreno, el Informe del Concejo Ambiental, la opinión de vecinos ingresada bajo actuación N° 475/11, la participación ciudadana en la toma de decisiones, y el derecho a la información, y, CONSIDERANDO: Que el Proyecto "Laderas del Perito Moreno" ha suscitado una serie de reuniones donde el Concejo Deliberante ha invitado a distintas instituciones para asesorar sobre el tema; Que el Concejo Ambiental ha presentado un informe referente al anteproyecto de urbanización presentado por la empresa "Laderas del Perito Moreno"; Que vecinos de El Bolsón se han presentado al Concejo Deliberante solicitando informaci6n a cerca de la iniciativa mencionada; Que todo acto de un gobierno republicano, debe ser público y sus diferentes pasos deben estar abiertos al conocimiento directo e inmediato de la población en general, permitiendo a los miembros de la comunidad el control; Que solo elige libremente quien conoce todas las opciones entre las que se puede escoger para lo cual se requiere información completa, veraz y oportuna; Que e1 libre acceso a la información pública es derecho de todo ciudadano que lo habilita a requerir toda la información relativa al objeto de la audiencia pública; Que el Concejo Deliberante debe organizar encuentros donde este garantizada la informaci6n de los Proyectos que involucran el desarrollo urbanístico de las tierras de la zona rural dentro del ejido de El Bolsón, promoviendo la participaci6n de los vecinos; Que pueden participar toda persona física o jurídica con domicilio en El Bolsón R.N. no exigiéndosele requisitos innecesarios o difíciles de cumplir que pongan trabas a su intervención o el cumplimiento de formalismos inútiles, y no será necesario, en ningún caso, contar con asistencia letrada; Que la participación igualitaria surge del trato equitativo y digno correspondiéndole a cada actuante igual cantidad de tiempo para exponer sus argumentos) propuestas y refutar las vertidas en la audiencia; Que el Articulo 2do de la Ordenanza 215/06 determina que se pueden convocar a Audiencias con el objeto" de conocer la opinión de la ciudadanía respecto de un asunto objeto de una decisión administrativa."- Que se debe readecuar la Ordenanza 215/06 para el caso de las Audiencias informativas y de participación de la ciudadanía para temas que son de incumbencia comunitaria; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 16-08-2011, Acta 1.526, insistió en la sanción del Proyecto de Ordenanza con los dos tercios solicitados; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias

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R E S U E L V E

ARTICULO 1 ° CONVÓQUESE a la ciudadanía a una Audiencia Informativa para el tratamiento del Anteproyecto de Urbanización de la empresa "Laderas del Perito Moreno" .-

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ARTICULO 2º: DESIGNASE como Comisión de Implementación a la Secretaria Legislativa del Concejo Deliberante.- ARTICUL0 3º: DESÍGNESE como Autoridad de la Audiencia al Presidente del Concejo Deliberante.- ARTICULO 4°: Para la organización de la Audiencia téngase en cuenta los Artículos 5, 8, 12, 16,18, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 de la Ordenanza 215/06.- ARTICULO 5 °: Los informantes en esta Audiencia Pública, serán los representantes del Poder Ejecutivo Municipal, Departamento Provincial de Aguas, Edersa, UNRN (Universidad de Río Negro) Universidad del Comahue y representantes del Ente Mixto creado por Acta Acuerdo firmada entre la provincia de Río Negro y el Club Andino Piltriquitrón.- ARTICULO 6º : REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diecisiete días del mes de agosto de 2011.-

RESOLUCION Nº 084/2011.- VISTO: El llamado a elecciones para autoridades Municipales Res. 146/11 los Artículos 82° y 95° de la Carta Orgánica Municipal, y; CONSIDERANDO: Que el Artículo 82° de la Carta Orgánica Municipal determina: Artículo 82º: Todo cargo electo dentro del gobierno municipal es incompatible con: Cualquier otro cargo electivo o político nacional, provincial o municipal. La condición de administrador, gerente, director, propietario o mandatario de empresas que celebren contrato con el Gobierno Municipal. La aceptación de candidaturas a cargos electivos. Para hacerlo deberán solicitar licencia desde el momento de la oficialización de la lista en que participa o en un plazo no menor a los cuarenta y cinco (45) días antes del acto eleccionario.” Que el Artículo 95° de la Carta Orgánica Municipal expresa: Artículo 95º: El período ordinario de sesiones del Concejo Deliberante se extiende desde el 1º de marzo hasta el 10 de diciembre de cada año, y éstas se desarrollarán en los días y horas que determine el propio cuerpo, debiendo realizar dos (2) sesiones ordinarias al mes como mínimo; Que al haberse cumplido lo establecido en el Artículo 95° de la Carta Orgánica Municipal dado que se desarrollaron dos (2) Sesiones Ordinarias durante el mes de agosto (09/08/2011 y 16/08/2011) y las previstas para el mes de Septiembre serán para los días 26 y 30 de septiembre de 2011, corresponde dar cumplimiento al Artículo 82° y otorgar licencia, al momento de las oficializaciones de sus respectivas listas, a aquellos Concejales que se postulen a cargos electivos en las elecciones del día 25 de septiembre de 2011, como así también al Poder Ejecutivo; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 16-08-11, Acta 1.526, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias

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RESUELVE

Artículo 1°: OTORGAR la correspondiente licencia a los Concejales que se postulen a cargos electivos en las elecciones del día 25 de septiembre de 2011, como así también a al Intendente Municipal y al Director de Gobierno, a partir de las oficializaciones de sus respectivas listas.- Artículo 2°: DAR cumplimiento al Reglamento Interno del Concejo Deliberante quedando a cargo de la Presidencia, el vicepresidente primero.- Artículo 3°: INFORMAR a la comunidad de El Bolsón que el Concejo Deliberante continúa atendiendo al público con normalidad.- Artículo 4°: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diecisiete días del mes de agosto de 2011.-

RESOLUCION Nº 085 /2011.- VISTO: La Carta Orgánica Municipal, y el deber que impone a sus funcionarios, y; CONSIDERANDO: Que el Municipio de El Bolsón ha recibido determinados vehículos pesados, utilitarios y motocicletas provenientes de la justicia federal; Que entre esas unidades, llegadas a nuestra localidad para ponerlas a entera disposición de las distintas áreas municipales, se encuentra una unidad marca Renault, Modelo Traficc, Patente CAP 912 Color Blanco; Que dicha Unidad ha llegado a nuestra localidad en perfecto estado de conservación, dicho por el actual Director de Gobierno; Que desde la candidatura del actual Intendente, José Oscar Romera a la Intendencia Municipal para el periodo 2011-2015 se observa que la Unidad Traficc, ha sido ploteada con inscripciones proselitistas a favor del actual Intendente; Que se puede leer en los ploteados las leyendas Cacho 2011, Cacho Romera, lo que implica una gravísima falta al uso indebido de bienes que pertenecen al Estado y que deben ser usados para fines que correspondan a la tarea que el Municipio debe llevar adelante; Que el Concejo Deliberante debe intimar al Poder Ejecutivo para que en forma inmediata proceda a retirar de la Unidad Traficc toda la leyenda que contenga inscripciones con fines proselitistas a favor del Actual Intendente Municipal, caso contrario deberá el Concejo Deliberante comunicar a esta anormalidad a la Justicia Federal, lugar desde donde provino dicha unidad; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias

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RESUELVE ARTICULO 1°: INTIMAR al Intendente Municipal, Jose Oscar Romera, para que en forma inmediata proceda a retirar toda inscripción proselitista que en la actualidad se encuentra instalada en la Unidad Renault, Modelo Traficc, Patente CAP 912.-

ARTICULO 2°: SOLICITAR se presente la documentación correspondiente a la unidad en cuestión.- ARTICULO 3°: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

RESOLUCION Nº 086 /2011.- VISTO: El Artículo 101 de la Carta Orgánica Municipal, y; CONSIDERANDO:

Que el Concejo Deliberante ha recibido noticias acerca de la adquisición de una máquina pala cargadora de origen chino por parte del Municipio;

Que la misma estaría realizando tareas para privados o desde privados, lo que no nos queda claro por la confusión que se presenta;

Que dicha máquina estaría trabajando en una cantera supuestamente del empleado municipal Miguel Mansilla;

Que en el área de trabajo del mismo operario municipal se encuentran diversos vehículos bajo su responsabilidad de los que no se tiene conocimiento cierto si le pertenecen a él o al municipio; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

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RESUELVE ARTÍCULO 1º: SOLICITAR al Poder Ejecutivo informe si se ha adquirido una máquina pala cargadora, en tal caso si se ha incorporado al patrimonio municipal, el costo de la máquina, si se abona y en qué modalidad (cuotas, pagos esporádicos, otros). ARTÍCULO 2º: REQUERIR al Poder Ejecutivo informe la titularidad de los vehículos propios o contratados que se encuentran bajo el área del señor Miguel Mansilla. En especial las camionetas Marca Ford de color roja, celeste, blanca y bordo y el camión Mercedes 1114 que está bajo la responsabilidad del señor Mansilla. ARTÍCULO 3º: PETICIONAR se nos informe localización del vehículo RODEO de propiedad municipal.- ARTÍCULO 4º: OTORGAR un plazo de 48 hs. para la contestación de la presente.- ARTÍCULO 5º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

RESOLUCION Nº 087 /2011.- VISTO: El Articulo 101 inc. de la Carta Orgánica Municipal, la Resolución Nº 086/2011, y; CONSIDERANDO: Que el Intendente Municipal Sr. Oscar Romera, se ha manifestado en la

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televisión local, Cable Visión Sur, respecto a que el Sr. Juez Federal Dr. Leónidas MOLDES, le habría otorgado en depósito el vehículo a título personal en su carácter de ciudadano; Que ello resulta cuanto menos sorprendente y habida cuenta de que se está comprometiendo la transparencia de un proceso judicial, teniendo facultades el Sr. Juez Federal para decidir el resguardo de bienes sometidos a procesos para usos de interés general; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 16-08-11, Acta 1.526, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

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RESUELVE ARTICULO 1º: ELEVAR al Sr. Juez Federal Dr. Leónidas MOLDES, con asiento en San Carlos de Bariloche, la Resolución Nº 086/2011 y copia en CD con los dichos del Intendente Municipal.- ARTICULO 2º: SOLICITAR se aclare al Cuerpo la situación, con copia del Acta de Entrega o Documentación pertinente, de serle posible al Juzgado.- ARTICULO 3º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diecisiete días del mes de agosto de 2011.-

RESOLUCION Nº 088/2011.-

DECLARACIONES VISTO: La Carta Orgánica Municipal y la nota recepcionada en Presidencia del Concejo Deliberante del 1° Encuentro Regional Vocacional de Bailarines, “Pericón Nacional del Bicentenario”, y; CONSIDERANDO:

Que la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 15º inc, 20 dice: “Promover y fomentar la práctica y desarrollo de actividades Científicas, Educativas, Sociales, Culturales, deportivas y de recreación que no alteren el medio ambiente”;

Que la propuesta presentada por el Sr. Cesar Hidalgo, consiste en llevar adelante una hermosa iniciativa con todas las personas que sientan ganas de participar y ser protagonistas al Bailar y de Bailar esta Danza Emblemática , como es el PERICÓN NACIONAL, Baile Histórico Nacional de nuestro Pueblo Argentino; Que esta convocatoria, se solicita para que se realice, todos los años, el 10 de noviembre para el día de la Tradición, en nuestra localidad, sumado la difusión y convocatoria a toda la comarca andina del Paralelo 42°; Que la Argentinidad se ha visto renovada el pasado año 2010 en todo el país al conmemorarse el Bicentenario de la Patria y este año aún continúan las celebraciones tradicionalistas y también exposiciones que representan la gran cultura social y del trabajo que tenemos los argentinos; Que es política, de este municipio, acompañar a sus instituciones intermedias, y demás en todos sus proyectos

y mantener acciones positivas y dado que esta alternativa es contenedora de chicos, jóvenes y adultos enseñando los valores de nuestra patria; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

D E C L A R A ARTICULO 1º: De de Interés Municipal, Social, Recreativo y Cultural el “1° Encuentro Regional Vocacional de Bailarines, Pericón Nacional del Bicentenario” (versión 2011) a realizarse en la fecha 10 de noviembre de cada año en nuestra Localidad, de El Bolsón.- ARTÍCULO 2º: Reconózcase al Sr. Cesar Hidalgo por la iniciativa, como así también a todos los profesores de danzas y colaboradores que hagan posible el Baile del Pericón Nacional, este corriente año.- ARTICULO 3º: REGÍSTRESE, Comuníquese, al Poder Ejecutivo Municipal, Publíquese, Cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

DECLARACION Nº 014/2011.- VISTO: El Artículo 15 inciso 9 de la Carta Orgánica Municipal y el Articulo 101, inciso 3 de la Carta Orgánica Municipal que dice:“ Deberes y Atribuciones del Poder Legislativo: … efectuar Declaraciones” y la nota presentada por los miembros de la Asociación de Abogados de la Comarca Andina del Paralelo 42, y; CONSIDERANDO: Que los abogados de la localidad solicitan la declaración de interés del Proyecto de Ley presentado por ante la Legislatura Provincial tendiente a que se creen dos Juzgados, uno con competencia en materia de Instrucción Penal y otro con competencia en materia de Familia, Civil, Comercial y de Minería ambos con jurisdicción territorial en la localidad de El Bolsón, incluyendo los parajes de Mallín Ahogado, Los Repollos, Cuesta del Ternero, El Foyel, la Comuna de El Manso, el Municipio de Ñorquinco con los parajes de Río Chico, Mamuel Choique, Fitalancao, Chacay Huarruca, Las Bayas y Ojo de Agua; Que agradecemos la iniciativa de los profesionales y adherimos a ella dado que la Justicia debe estar cerca del vecino que tiene un conflicto y acudir con presteza ante hechos delictivos lo que no siempre es posible ante la distancia que nos separa del asiento de los Juzgados actuales de Bariloche; Que como bien señala el proyecto, el crecimiento demográfico y la conflictividad existente en nuestra localidad justifican ampliamente que se creen los Juzgados que los profesionales solicitan; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 16-08-11, Acta 1.526, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias,

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DECLARA ARTÍCULO 1º: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL el Proyecto de Ley elaborado por

abogados de la localidad tendiente a obtener de la Honorable Legislatura de la Provincia de Río Negro, la creación de dos Juzgados en la localidad.- ARTÍCULO 2º: SOLICITAR a la Junta Electoral Municipal la colaboración para el supuesto de ser necesaria la certificación de firmas de los vecinos que deseen adherir a la petición de sanción del Proyecto de Ley mencionado.- ARTÍCULO 3º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diecisiete días del mes de agosto de 2011.-

DECLARACIÓN N° 015/2011.- VISTO: El Artículo 2° de la Carta Orgánica Municipal que dice: ”El Municipio de El Bolsón se declara como un Municipio respetuoso de la persona humana promoviendo la sustentabilidad ambiental en un marco que garantice el crecimiento económico con equidad social, incentivando el turismo conducido y la producción, declarándose como municipio no nuclear”, La Comunicación N° 028/2010, la Resolución N° 026/2011, y; CONSIDERANDO: Que los vecinos del margen oeste del Río Azul solicitan se visibilice la situación que están aportando por la proliferación de ratas debida a la floración de la caña Colihue; Que este Concejo Deliberante ha solicitado se conforme un equipo de trabajo y de hecho este funciona en forma interinstitucional, con participación del Municipio y desde hace un año se efectúan acciones de información al respecto, y últimamente han hecho entrega de barbijos y trampas a pobladores considerados en riesgo; Que los vecinos insertos en el bosque, en lugares no urbanizados, no especial los de la Reserva Natural Río Azul, tienen una exposición a riesgos de salud mayor a la normal, ya que los ratones comen lo que encuentran a su paso, atacando a los animales y habiéndose dado caso de vehículos cuyos interiores fueron roídos; Que en estos momentos se trata de la existencia de ratones y en el verano será la posibilidad concreta de incendios por que se encontraran secas las plantas de caña que se han muerto luego de la floración, con la complicación que produce el estado activo del volcán Puyehue que significa un impedimento, en el caso de persistir las cenizas, para que se pueda realizar un ataque al fuego mediante aviones hidrantes y reconocimientos de practica; Que así será una medida a considerar, el limitar el ingreso de personas al área protegida, por los riesgos ciertos que ello implica para la salud de los visitantes como para el bosque y todo el entorno de lo que hace a la factibilidad de incendios, lo que traerá a los pobladores una pérdida o lucro cesante, que debe considerarse a los efectos de disponerse acciones concretas que pudieren afectarlos; Que por sobres intereses particulares, debe primar en la sociedad el interés general pero ello tampoco debiera significar el éxodo del poblador rural. Entendemos que es nuestro deber gestionar el acompañamiento del Estado en estos delicados momentos;

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Que cualquier medida que se instrumente, debe ser oportuna y eficaz, de modo que sea un real paliativo a los sucesos que una comunidad debe enfrentar y para ello es preciso, en conocimientos de los pronósticos de evolución de los hechos, diseñar estrategias de contención del problema para lograr convivir con el de la mejor manera posible y de la forma menos dañosa; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 16-08-11, Acta 1.526, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

DECLARA ARTÍCULO 1º: DECLARAR Alerta Ambiental al área Natural protegida Río Azul de la localidad de El Bolsón.- ARTÍCULO 2º: Solicitar a la Secretaria de Ambiente de la Nación su intervención para lograr minimizar los riesgos existentes como consecuencia de la floración extraordinaria de la caña colihue y su colaboración con el equipo de trabajo interdisciplinario existente.- ARTÍCULO 3º: Peticionar se instrumenten medidas de apoyo económico a los pobladores residentes en el marea habida cuenta de las acciones de será conveniente disponer.- ARTÍCULO 4º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, a la Secretaria de Medio Ambiente de la Nación y a los señores Senadores y Diputados Nacionales por Río Negro, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diecisiete días del mes de agosto de 2011.-

DECLARACIÓN N° 016/2011.-

COMUNICACIONES

VISTO: La agresión recibida en la persona del Candidato a Vicegobernador por la Concertación Dr. Julio Arriaga, y; CONSIDERANDO: Que es de público conocimiento la agresión que recibió el Dr. Arriaga, el día sábado 06/08 del corriente año, atacado por una persona que le cortó el rostro durante una visita al Barrio Rural Puente 83 en la localidad de Cipolletti; Que de todos modos se cree que la agresión podría ser la consecuencia de una sugerencia de alguien que buscaba evitar la recorrida por dicho barrio; Que el Dr. Arriaga cree que el hecho es atribuible al agresor y a su supuesto problema psiquiátrico; Que cualquier tipo de violencia es repudiable, no importan las diferencias políticas, ni las diferencias de ideas, esto no amerita situaciones de violencia, donde se ponga en riesgo la vida y el estado de derecho; Que este hecho no debe quedar impune, se debe solicitar a la Justicia lleve a cabo una profunda investigación para el bien de toda la sociedad, ya que estas aberrantes situaciones, la agresión, el caos, y el insulto permanente, empañan la Democracia;

Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

COMUNICA ARTICULO 1º: REPUDIAR en forma total y absoluta, la agresión sufrida por el Dr. Julio Arriaga el día sábado 08 de Agosto de 2011.- ARTICULO 2º: SOLIDARIZARSE con su persona y reclamar se respete el derecho de expresar libremente las ideas y opiniones sin presiones ni censura de ninguna clase.- ARTICULO 3º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

COMUNICACIÓN Nº 022/2011.- VISTO: El Artículo Nº 26 de la Carta Orgánica Municipal que dice: “El Municipio reconoce a la salud como un derecho fundamental de las personas. Participa del programa de Municipios Saludables u otros similares que se establezcan...” y el Artículo Nº 40 que dispone: “A los adultos mayores se les debe especial respeto con atención preferencial para los ancianos en los trámites administrativos. Deberán implementarse políticas que promuevan su inserción comunitaria” y la nota presentada por una vecina respecto a lo que señala como malos tratos de empresas de servicios de salud, y; CONSIDERANDO: Que vecinos de El Bolsón en razón de problemas de salud se ven impelidos a recurrir a servicios fuera de la localidad, que les indica la obra social provincial I.PROS.S.;

Que nuestros jubilados se ven “cautivos” de una obra social provincial que se mantiene intervenida y sin regularización y en la que los jubilados no tienen participación como deberían;

Que esta situación es consecuencia del “traslado” de nuestro jubilados a la órbita nacional desde ya hace más de una década donde se planteó que la ANSES pagara los haberes de retiro y jubilaciones pero manteniendo al afiliado en el I.PROS.S. sin poder ejercer las opciones que la ley nacional de obras sociales permite, esto es cambiarse de obra social cuando ésta no lo satisfaga;

Que creemos que la obra social estatal tiene que lograr el cumplimiento de los objetivos de su ley de creación, satisfacer las necesidades de sus afiliados y regularizarse sus directorios con participación de los propios afiliados;

Que esto permitiría la expresión de los afiliados en la propia cúpula del I.PROS.S. y darle tratamiento desde el propio sector afectado a las problemáticas que surjan como la presente;

Que las personas de la tercera edad necesitan personas en la asistencia que tengan respeto, consideración y mucha paciencia hacia el afectado; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO:

Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

COMUNICA ARTICULO 1º: AL I.PROS.S. que se vería con agrado que efectuase consultas a sus afiliados acerca de la atención que reciben y realizare estrictos controles a cerca de los planteos que ellos realizan. ARTICULO 2º: Se nos informe qué trámite se dio a los reclamos de la señora Esperanza de Braese, que se adjuntará a la presente. ARTÍCULO 3º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, notifíquese a los interesados, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

COMUNICACIÓN Nº 023/2011.- VISTO: El Proyecto de Ley en el que se encuentran trabajando un gran grupo de abogados en ejercicio de nuestra Localidad y el Artículo Nº 10 de las cláusulas Complementarias y Transitorias de la Carta Orgánica Municipal de El Bolsón, inciso 9 del Artículo 15, y; CONSIDERANDO: Que mediante dicho Proyecto se propone la creación de un Juzgado de Primera Instancia con competencia en materia de Familia, Civil, Comercial y de Minería y un Juzgado de Primera Instancia con competencia en materia de Instrucción Penal, ambos en la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de El Bolsón y con Jurisdicción Territorial en las localidades de El Bolsón, los parajes de Los Repollos, Mallín Ahogado, Cuesta del Ternero, El Foyel, El Manso, Ñorquinco, Río Chico, Mamuel Choique, Fitalancao, Chacal Huarruca, Las Bayas y Ojos de Agua; Que el Artículo Nº 10 de las Cláusulas Complementarias y Transitorias de nuestra Carta Orgánica Municipal establece que el Poder Ejecutivo, en el plazo de un año, a partir del 07 de Septiembre de 2006, acuerde con los distintos poderes del Gobierno Provincial la creación de un Juzgado Civil y Correccional en la localidad; Que es necesario generar nuevas puertas de acceso a la justicia, siendo ellas la creación de nuevos órganos jurisdiccionales, sobre todo teniendo en cuenta el gran incremento poblacional que nuestra zona ha tenido en los últimos años; Que nuestra Localidad y los distintos Parajes mencionados se ubican a importantes distancias de las ciudades cabeceras, lo que no permite cubrir de manera eficiente la mayor parte de las necesidades judiciales cotidianas de los habitantes de la comarca; Que las causas judiciales por delitos cometidos en la ciudad de El Bolsón, se instruyen en la ciudad de San Carlos de Bariloche, a más de 120 km. del lugar en el que se cometieron y por esto es necesario el traslado completo de los imputados, testigos, los abogados, unidos a las demoras que generan todos los trámites de la instrucción policial y judicial, lo que ha impedido recolectar, conservar y producir pruebas debidamente; Que en El Bolsón han ocurrido crímenes que han causado gran impacto en la comunidad creando una verdadera toma de conciencia respecto a la

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 13

inmediatez y celeridad con que el poder jurisdiccional debe abordar seriamente las investigaciones de este tipo de hechos; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 09-08-11, Acta 1.525, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

COMUNICA ARTICULO 1º : COMUNICAR a la Legislatura de la Provincia de Río Negro que se vería con agrado el tratamiento del Proyecto de Ley presentado por abogados en ejercicio de nuestra localidad, referente a la creación de un Juzgado de Primera Instancia con competencia en materia de Familia, Civil, Comercial y de Minería y un Juzgado de Primera Instancia con competencia en materia de Instrucción Penal, ambos en la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de El Bolsón.- ARTÍCULO 2º : Comuníquese y entréguese una copia del mencionado Proyecto a cada uno de los presidentes de bloque de la Legislatura Provincial.- ARTÍCULO 3º : REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, a la Legislatura Provincial, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diez días del mes de agosto de 2011.-

COMUNICACIÓN Nº 024/2011.- VISTO: El Artículo 24 de nuestra Carta Orgánica Municipal que dice. “se reconoce a la educación como un derecho social y humano…”, y; CONSIDERANDO: Que jóvenes del establecimiento educativo sito entre calles Perito Moreno y 25 de Mayo sobre calle French de nuestra localidad han tenido que recurrir a “sentadas” para que se visualicen malas condiciones edilicias en las que se desenvuelve su enseñanza, con alrededor de novecientos alumnos en total; Que los montos que otorga el Ministerio de Educación al Municipio son menores a mil pesos POR EDIFICIO; Que en el mismo edificio se imparte enseñanza en tres (3) establecimientos educativos, lo que conlleva a una mayor concentración de personas, y por lo tanto, la mayor posibilidad de deterioros que en un establecimiento en el que se desarrollan clases para una sola escuela; Que cualquier rotura exige un costo de mantenimiento, que en la actualidad está asumido en parte, por el estado municipal; Que así resulta imprescindible, para afrontar los gastos de mantenimiento, que se aumente la partida para este edificio escolar de modo que sea posible realizar las mejoras necesarias tendientes a que los jóvenes puedan

estudiar sin temores a que se les caiga algo en su cabeza o les llueva o acontezcan situaciones de riesgo; Que el Concejo Deliberante en Sesión del día 16-08-11, Acta 1.526, aprobó el dictado de la presente; POR ELLO: Y en uso de las facultades que le son propias,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

COMUNICA

ARTICULO 1º: Al Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro, que vería con agrado se aumenten las partidas de refacción edilicia para los establecimientos educativos CEM 30, CEM 48 y CEM 94, otorgadas al Municipio de El Bolsón.- ARTICULO 2º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los diecisiete días del mes de agosto de 2011.-

COMUNICACIÓN N° 025/2011.-

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 14

NORMAS PODER EJECUTIVO

DISPOSICIONES P.E.M MES AGOSTO 2011

FECHA Nº CONCEPTO

01-08 1656 Rehabilitar H.C. Nº 5311 Sr. Gimenez Fabián Rubro: restaurante //anexo “La Marca”

1657 Rehabilitar H.C. Nº 3772 Sra. Alegría Adelaida Rubro: transporte de pasajeros y escolares IVECO GEL232

1658 Rehabilitar H.C. Nº 4614 Maria Osvaldo-Napoli Juan SH Rubro: art. de Deportes //anexo “Champs”

1659 Rehabilitar H.C. Nº 5029 Sra. Poblette Mónica Haydee Rubro: Mercería//anexo “El Arcón”

1660 Rehabilitar H.C. Nº 3932 Firma Serra SRL Rubro: transporte de Sust. Alimenticia Ford EPF554

1661 Rehabilitar H.C. Nº 5114 Coop.de obras y Serv. Pub.Soc. y Vivienda Rubro: Trans.dist,gas Fraccionado IBM311

1662 Rehabilitar H.C. Nº 3604 Coop.de obras y Serv. Pub.Soc. y Vivienda Rubro: transp. Cargas sólid. Grúa GLD364

1663 Rehabilitar H.C. Nº 5217 Srs. Escobar María Consuelo Rubro: Venta de Accesorios de moda “Moda Shop”

1664 Conceder Transf. LC 4307 Sr Gonzalez Maximiliano a favor del Sr. Gonzalez Ricardo Rubro: remis GFY664

1665 Rehabilitar H.C. Nº 4620 Sra. Salinas María Eugenia Rubro: remis IYH652

1666 Dar de Baja H.C: Nº 5353 Sr. Gil Mariano Rubro: venta de Herrajes “Herrajes Mille”

1667 Rehabilitar H.C. Nº 5187 Sr. Braese Walter Rubro: remis Corsa INE633

1668 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Agente Catalán Egidio

1669 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Firma Sonoflex

1670 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Aguilera Alba

1671 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Hernández Silvana

1672 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Muñoz Dorila

1673 Compensar al Agente Ghio Adolfo en concepto aplicación Res. 094 y 229/09

02/08 1674 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Rincón del Sur

1675 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Catalán César

1676 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio La Playa

1677 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Aguilar Perez Agustín

1678 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Saez Roberto

1679 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Dra. D´Angelo Marisa

1680 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Hidraulica S.Z.

1681 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del personal conforme detalle – Alumbrado público

1682 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Hotel Amancay

1683 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Dra. Caprano Angélica

1684 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Navarro Daniela

1685 Dar de Baja H.C: Nº 5011 Sr. Crespo García Zoilo Rubro: tienda “Ripley II”

1686 Rehabilitar H.C. Nº 4003 Sra. Panasiuk María serena Rubro: librería artística “Artística Dalí”

1687 Rehabilitar H.C. Nº 4102 Firma Generar SRL Rubro: Vta. de lubricantes y aditivos “Servisur”

1688 Rehabilitar H.C. Nº 2265 Sra. Bilchi Albornoz Sidnia Rubro: Despensa//Anexo “Despensa Bilchi”

1689 Dar de Baja H.C: Nº 5172 Sra. Bruzzese Natalia Rubro: restaurante //anexo “Reataurante Cervecería El Bolsón”

1690 Rehabilitar H.C. Nº 3301 Sr. Alarcon Gustavo Rubro: vidriería //Anexo “La Comarca”

1691 Conceder H.C. Sr. Zapata Bienvenido Vicente Rubro: Empresa construc. -Estud. de Arquit. “Zapata Construcciones”

03-08 1692 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Los Lúpulos

1693 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Aguilar Perez Agustín

1694 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Catalán Guadalupe

1695 Modificar Art. 1º Disp. Nº 1151/11 -fecha de inicio de actividad comercial de la Sra. Cristine Danklnaier

1696 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Frigorífico Río Negro

1697 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Fiambrería Maradona

1698 Rehabilitar H.C. Nº 3617 Sr. Tiscornia Federico Rubro: depósito de distrib Mayorista de merc “Distribuidora Majú”

1699 Concede H.C. Sra. Zúñiga Ema Rubro: Florería//Anexo “Calantha Florería”

1700 Concede H.C. Sra.Moya Sandra Patricia Rubro: Restaurante//Anexo “Restaurante de la Cervecería El Bolsón”

1701 Rehabilitar H.C. Nº 5320 Sra. Lovera María Angélica Rubro: despensa //Anexo “Despensa y Verdulería Maru”

1702 Rehabilitar H.C. Nº 3899 Sra. Ocampo Susana Rubro: vta de Art. de Lib y fotoc.//anexo “CumelenTaller de Imagen”

1703 Rehabilitar H.C. Nº 3741 Sra. Huala Blanca Rubro: Despensa//Anexo “Despensa El Trébol”

1704 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Bahamondez Hugo

1705 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Tienda Carlitos

1706 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Huenchupan Alejandro

04-08 1707 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Sandoval Dora Nélida

1708 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Remisería Fran´s

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 15

1709 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de Amigos de la Naturaleza

1710 Comisionar al Subsecretario de Deportes a la ciudad de Comodoro Rivadavia

1711 Autoriza a la Cdora. Mpal. Dar de baja la deuda del Sr. Alvarez María Guadalupe en concepto de TSM

1712 Expidase titulo de Propiedad sra. Quisle Norma //Kruge Anibal sobre la parcela 05-605-J

1713 Autoriza a la Sra. Alejandra Quiroz a transferir parcela a favor de la Sra. Velazquez Sanchez Gladys

1714 Autoriza derecho de tranferencia a favor de la Sra. Molina Claudia Rita sobre la parcela11-105-J

1715 Autoriza al Sr. Guerra Mario a tranferir derechos a favor de la Sra, Guerra Samanta sobre al parcela 04-471-G

1716 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Secretaría de Coordinación

1717 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Cruciani Otelo

1718 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. López Mario

1719 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Cochería Rougier

1720 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Agente Inostrosa Valeria

1721 Rehabilitar H.C. Nº 5136 Firma Exert Ingeniería SRL Rubro: vta. de computadoras/anexo “Exert Ingeniería SRL”

1722 Rehabilitar H.C. Nº 4777 Sr. Marino Mariana del Valle Rubro: fábrica y vta de pastas //anexo “La Pastería”

1723 Rehabilitar H.C. Nº 4563 Sra. Mendoza Cecilia Luz Rubro: Vta. articulos Deportivos //anexo “Andino Sport”

1724 Rehabilitar H.C. Nº 1740 Sra. Faendrich Elisa Ana Rubro: Tienda “Kinder”

1725 Rehabilitar H.C. Nº 4919 Sr. Alvelo José Daniel Rubro: Copetín al paso//anexo “Copetín al paso Rincón de los burrero”

1726 Rehabilitar H.C. Nº 4533 Sr. Rinaldi Roberto Raúl Rubro: Vta. de revistas/diarios/tarj telef “Revistero Sur”

1727 Rehabilitar H.C. Nº 1473 Sr. Guerrero Marcelo Rubro: Kiosco//anexo “Dumbo”

1728 Rehabilitar H.C. Nº 4540 Sr. Castaño Nicolás Rubro: Peluquería “Nueva Generación”

1729 Rehabilitar H.C. Nº 4549 Firma Serra SRL Rubro: transp. De distib. May. de cigarrillos Kangoo HYT799

05-08 1730 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Jara Victor

08-08 1731 Conceder Tranferencia L.C. Sra. Pujol María Claudia a favor del Sr. Olivera Miguel Rubro: remis Meriva GWC736

1732 Rehabilitar H.C. Nº 5113 Coop. Obras yServ. Pub. Soc. y Viv El Bolsón Limit Rubro. Transp. Distrib. Gas Daily IMB310

1733 Conceder tranferencia L.C. Sr. Kolb Maximiliano a favor Sra. Rastellini Emilce Rubro. Remis voyage JAV163

1734 Concede la Baja H.C. Nº 4641 Sra. Thalmann Liliana Rubro: Aloj. Familiar temporario “Far Mar Cabañas”

1735 Concede L.C. Sra. Mielnik Estela Anabel Rubro: remis Ecosport HIU585

1736 Concede H.C. Provisoria Sr. Kolb Maximiliano Rubro. Kiosco //Anexo “Kiosco Okey”

1737 Concede la Baja H.C. Nº 4174 Sra. Felley Flavia Rubro: Despensa //anexo “Citrino”

1738 Rehabilitar H.C. Nº 5222 Sra. Prytula Erica Rubro: tienda //anexo “By Nina Mimo”

1739 Rehabilita H.C. Nº 4872 Sr. Ayala Héctor Alberto rubro. Joyería//anexo “Atenea”

1740 Conceder H.C. Provisoria Sra. Crespo García Yolanda Rubro: Tienda //anexo “Valeria”

1741 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr, López Hernán

1742 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Director de Recursos Humanos

1743 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Mhamed Silvia

1744 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Forestal del Paralelo

1745 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Agente Catalán Egidio

1746 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Hospedaje Cauce viejo

1747 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Hielos de El Bolsón

1748 Rehabilita H.C. Nº 4179 Sr. Reinaud Fernando rubro: Art. de ortopedia //anexo “Alfa”

1749 Rehabilita H.C. Nº 4702 Sra. Arce María Cristina rubro: compra venta//anexo “El Mendocino”

1750 Rehabilita H.C. Nº 4997 Sra. Ferrer Silvia rubro: vta. de lanas y tejidos “Alma Victoria”

1751 Rehabilita H.C. Nº 0807 Sra. Calderero Ange rubro: despensa //anexo “Mercado Joni”

1752 Rehabilita H.C. Nº 4818 Firma corinto SRL Rubro: fábrica de licores//anexo “El Puente”

1753 Rehabilita H.C. Nº 5242 Sr. Guajardo Héctor rubro: remis corsa IXV212

09-08 1754 bis Conceder L.C. Sr. Gori Jorge Horacio Rubro. Remis Corsa KDQ571

1754 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del sr. Fonseca Rubén

10-08 1755 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Bilchi Magalí

1756 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Romairone Leandro

1757 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Pellegrini Gustavo

11-08 1758 Dar de Baja H.C: Nº 2015 Sr. Rinaldi Roberto Rubro: vta. de libros diarios revistas //anexo “Robertino II”

1759 Dar de Baja H.C: Nº 3506 Sra. Cabrita Mónica Rubro: rotisería //anexo “ Los Girasoles “

1760 Dar de Baja H.C: Nº 4854 Sra. Washington Bruno Rubro: coche escuela de conductor corsa HCH667

1761 Conceder H.C. Sra. Quintriqueo Carmen Rubro: sala de elaboracion Prod. Panificados “Panadería San Valentin

1762 Dar de Baja H.C: Nº 5031 Firma El Bolsón Digital SRL Rubro: serv. Técnico /Anexo “Digital El Bolsón”

1763 Rehabilita H.C. Nº 4506 Firma Import. Y Export. De la Patag. SRL rubro: supermercado “La Anónima”

1764 Autoriza cambio de Razón social H.C. Nº 4949 Sra. Valerio Brandt Judith Rubro Despensa “Despensa Fe-Marisol”

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1765 Rehabilita H.C. Nº 1007 Firma Import. Y Export. De la Patag. SRL rubro: supermercado “La Anónima”

1766 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Parrilla Patagonia

1767 Autoriza a la Cdora. Mpal. emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Allapán Daniela

1768 Autoriza a la Cdora. Mpal. emitir Orden de Pago a Favor del comercio todo Cama y Confort

1769 Autoriza a la Cdora. Mpal. emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Sfeir Norberto Oscar

1770 Rehabilita H.C. Nº 1432 Firma El Chaqueño SA rubro: Supermercados “El Chaqueño II”

1771 Rehabilita H.C. Nº 1614 Firma El Chaqueño SA rubro: Supermercados El chaqueño2

1772 Anexa a la H.C. Nº 5078 Sr. Martín Rolandp Rubro. Venta de motos “Martin Equipamineto”

1773 Dar de Baja de Oficio H. C. Nº 5182 Sr. Zúñiga Saúl rubro. Rotisería “Lo de Saúl”

1774 Rehabilitar H.C. Nº 5323 Sra. Campodonico Blanca Rubro: despensa//anexo “Betty Boop”

1775 Rehabilita H.C. Nº 4128 Sr. Molina Natan Ivan rubro: fábrica prod. Panificados //anexo “Los Tendillos”

12-08 1776 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del personal conforme detalle – Obras Públicas

1777 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del agente Jara José

1778 Autoriza a la Cdora. Mpal. emitir Orden de Pago a Favor del personal conforme detalle – Espacios Verdes

1779 Autoriza a la Cdora. Mpal. emitir Orden de Pago a Favor del agente Figueroa Bernabé

1780 Autoriza a la Cdora. Mpal. emitir Orden de Pago a Favor de la Secretaria de Coordinación

1781 Autoriza a la Cdora. Mpal. emitir Orden de Pago a Favor de la Subsecretaría de Deportes

1782 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Fiambrería Maradona

1783 Compensar a la Agente Migdanides Diana en concepto aplicación Res. 094 y 229/09

15/08 1784 Autoriza el cambio de razón social H.C. Nº 4316 Sr. Alvarez Carlos rubro: restaurante parrilla “Acceso Norte”

1785 Conceder H.C. Sr. Pino Sergio Alberto rubro: vidriería /aberturas de aluminio “K.P. Aberturas de aluminio”

1786 Rehabilita H.C. Nº 3888 Sr. Galle Pablo Alberto rubro: Art. de Electricidad //anexo “Electro Bolsón”

1787 Rehabilita H.C. Nº 5221 Sra. Magri Fernanda rubro: tienda //anexo “Paloma”

1788 Conceder H.C. Definitiva Nº 5218 Sr. Mari Leonardo Rubro: Art. de deportes//anexo “Balu Skate”

1789 Rehabilita H.C. Nº 5328 Sra. Jhon Dana Samanta Rubro: rotisería “La Roti”

1790 Conceder H.C. Sra. Montes Miriam Rubro: tienda //anexo “Punto sport”

1791 Rehabilita H.C. Nº 5323 Firm Los Lúoulos SH rubro: confitería//anexo “Los Lúpulos”

1792 Conceder H.C. Sra. Merillán Quilodrán Nilda Luz Rubro: perfumería //anexo “Luz del Sur”

1793 Autoriza cambio de razón social H.C. Nº 4801 a favor Sra. Fernández Mariana rubro. Vta de muebles //anexo “Kálido”

16-08 1794 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Gonzalez Cristina

1795 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Poltronetti Roberto

1796 Autoriza a la Cdora. Mpal. Dar de baja cuota TSH comercio Sra, Niz Jazmín L.

1797 Comisionar a la Subsecretaria de Desarrollo social a la ciudad de Las Grutas

1798 Autoriza al Sr. Del Agua Angel cambio de razón social de su L.C. Rubro. Inmobiliaria a favor de Del Agua Viviana

1799 Autorizacion actividad domiciliaria

1800 Comisionar al Coordinador de Defensa Civil a la ciudad de Bs. As.

1801 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de pago a favor de la agente Epulef Nora

1802 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de pago a favor del comercio SZ hidráulica

17-08 1803 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de pago a favor de la Junta Vecinal del Barrio Luján

1804 Autoriza derecho de transferencia a favor de la Sra. Bratovich Raquel Lote 99 Sec. IX Mallín Ahogado

1805 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la agente Guajardo teresa

1806 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la agente Fernandez Ana

1807 Autoriza a la Cdora. Mpal. Dar de baja la deuda del Sra. Cristine Mohha Danklmaier en concepto de TSM

1808 Autoriza a la Cdora. Mpal. Dar de baja la deuda del Sr. Víctor Aladino Jara en concepto de H.C.

1809 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Mhaned Silviana

1810 Conceder H.C. Sr. Roquel Daniel Hugo rubro. Peluquería “Me gusta Peluqueros”

1811 Rehabilitar H.C. Nº 1883 empresa de energía Río Negro S.A. Rubro: of. De informes y recaudac. “Edersa”

1812 Rehabilita H.C. Nº 4183 Sr. fuentes Ricardo rubro: taxi Megane GIL572

1813 Rehabilita H.C. Nº 4034 Sr. Meza Juan José rubro: despensa “Despensa Titin”

1814 Concede H.C. Sr. Méndez Asunción Rubro: transp. Urbano de pasajeros Toyota SUE903

1815 Conceder H.C. Coop. De obras serv. Púb. Soc y viv. El Bolsón Lta. Rubro: transp dist. Gas envas. Daily IKL349

1816 Rehabilita H.C. Nº 4043 Sr. Szwarenabel Jorge rubro: transp. De pasaj turismo Daily BUB961

1817 Conceder H.C. provisoria firma Patagonia Hierros Rubro: Vta. de hierros “Patagonia Hierros”

1818 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Bilchi Magalí

1819 Autoriza a la Direccion de Ingresos Públicos a realizar nota de crédito Sr. Morales Héctor

18/08 1820 Comisionar a la agente Larracochea Laura a la ciudad de Paraná Entre Ríos

1821 Compensar a la Agente Freifer Liliana en concepto aplicación Res. 094 y 229/09

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 17

1822 Autoriza a la Cdora. Mpal. emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Fernandez Rosa

1823 Rehabilita H.C. Nº 2311 Firma Remises Piltri S.H. rubro: agencia de remis “Agencia Piltri”

1824 Otorgar cambio de unidad H.C. Nº 4671 Firma Bebidas del Lago S.A. Rubro introd. Sust. Alim. y bebid GSM446

1825 Dar de Baja H.C: Nº 5169 Sr. Carrasco Héctor Daniel Rubro: snack bar//anexo “Aromas y Sabores del Sur”

1826 Conceder H.C. Sr. Cámara Rubén Alejandro Rubro. Despensa //anexo “Despensa De Rubén”

1827 Deja sin efecto Dispoc. Nº 2040/10 – Ref/Baja H.C. Nº 4223 Sr. Basso Luis Martín

19-08 1828 Autorizar a la cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a favor del personal conforme detalle – Corralón Mpal.

1829 Autorizar a la cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a favor de la agente Mansilla Adelina

1830 Autorizar a la cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a favor del personal conforme detalle – planta de reciclado

1831 Autorizar a la cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a favor del personal conforme detalle –recolec. Domiciliaria

1832 Autorizar a la cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a favor de la Secretaría de Coordinación

1833 Autorizar a la cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a favor del Sr. Mansilla Eduardo

1834 Autorizar a la cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a favor del Agente Villarruel Orlando

1835 Autorizar a la cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a favor del Agente Rivera Héctor

1836 Autorizar a la cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a favor del personal conforme detalle – Comercio .

1837 Autorizar a la cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a favor del personal conforme detalle – Linea de Alta Tensión

1838 Autorizar a la cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a favor del comercio Cable Visión Sur

1839 Autorizar a la cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a favor del Sr. Jara Víctor

1840 Comisiona al Cdor. Bellomo a la ciudad de Viedma

1841 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Agente Juarez Juan

1842 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del personal conforme detalle – Recol. Comercial

1843 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del agente López Hernán

1844 Rehabilita H.C. Nº 4194 Sr. Hansen Niels Edward Rubro: ofic. De Serv. Y Const. “Servicom”

1845 Rehabilita H.C. Nº 4564 Sra. Carbajal Julieta rubro: zapatería “Urbano Calzados”

1846 Rehabilita H.C. Nº 5225 Sra. Arteaga acencio Pamela rubro: tienda // anexo “Encanto”

1847 Rehabilita H.C. Nº 4448 Firma Nevada SRL rubro: transp. Sust. Aliment. Trafic BQN681

1848 Rehabilita H.C. Nº 4181 Sr. Cavadini Jorge rubro: taller de tornería mecánica “Taller Mecánica J.C.”

1849 Autoriza a la Cdora. Mpal. emitir Orden de Pago a Favor del agente Mansilla Miguel

1850 Autoriza a la Cdora. Mpal. emitir Orden de Pago a Favor del Agente Barría Luis

1851 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Pereyra Yanina

1852 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Catalán Norma

1853 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Establecimiento San Roque

1854 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Secretaría de Coordinación

1855 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Agente Soto Lorena

1856 Otorgar cambio de domicilio H.C. Nº 4944 Sr. Wisky José Luis Rubro: mater. De elec. /anexo “Col Electricidad”

1857 Otorgar cambio de domicilio H.C. Nº 4968 Sr. Arteaga Iván Rubro: Agencia de Remis “Agencia Arte”

1858 conceder L.C. Sra. Alsina María de las Mercedes Rubro: remis corsa IKW120

1859 Conceder cambio de rubro princ. H.C. Nº 5228 Sra. Painequeo Gladys Rubro: Despensa/anexo “Klo Zomo”

1860 Rehabilita H.C. Nº 3883 Sra. Vallero Carmen Benita Rubro: servicio de lavadero de ropa “Lavadero El Bolsón”

1861 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Transporte Las Golondrinas

1862 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Promotoras ¨Prog. Comer en Familia

1863 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Ing. Ramirez Danilo

1864 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Hermosilla Héctor

1865 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Gonzalez Eva

1866 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Arq. Grimi Liliana

1867 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del personal conforme detalle – Puesto Caminero

1868 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Caliva Gerónimo

1869 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de personas conforme detalle – Oncológicos

1870 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de personas conforme detalle

1871 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Cragno Sandro

1872 Rehabilita H.C. Nº 4828 Sra. Ricciardi Liliana Rubro: Perfumería y cosmética “Millanel Cosmética”

1873 Otorgar cambio de domicilio H.C. Nº 4972 Sra. Cabai Gabriela Rubro: tienda “Cuatro Estaciones”

1874 Conceder H.C. Sra. Loza silvia Alicia Rubro: Natatorio “Natatorio Cabañas Paraiso”

1875 Rehabilita H.C. Nº 1503 Sr. Muñoz Alberto Rubro. Confitería bailable /anexo “Life Disco”

1876 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Merino Raúl

1877 Fijar Adicional no remunerativo al personal de planta permanen- contrat. de Area de Esp. Verdes/ Serv. Púb y Tráns.

23/08 1878 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Secretaría de Turismo

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 18

1879 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Secretaría de Coordinación

1880 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Hostería Steiner

1881 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Presidente del Concejo Deliberante

1882 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Ranea Cristian

1883 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del comercio Frigorífico Río Negro

1884 Dejar a cargo del Poder Ejecutivo Municipal al Concejal Sr. Héctor Boock a partir del 23/08 hasta el 25/09/11 inclus.

23/08 1885 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Sra. Bahamonde Olga

1886 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor de la Secretaría de Coordinación

1887 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Sr. Jara Pablo

31/08 1888 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor la Sra. Meneghini Adelia

1889 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del sr. Gomez Carlos

1890 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago a Favor del Presidente del Concejo Deliberante

1891 Conceder H.C. Definitiva Nº 4831 Sr. Riera Marchissio Jeremías Rubro: remis Corsa IKW148

1892 Rehabilita H.C. Nº 3558 Sr. Reyes Claudia Adriana Rubro: Departamentos para Alquiler Turístico “Rayentray”

1893 Dar de Baja de Oficio H. C. Nº 4495 Sra. Washington Bruno Brigite Rubro: ctro de Capacit. “Centro Andino de Capac

1894 Dar de Baja de Oficio H. C. Nº 4852 Sra. Washington Bruno Brigite Rubro: Acad. De Conduct. “Academ. De Cond. Max 10

1895 Dar de Baja de Oficio H. C. Nº 4993 Sra. Washington Bruno Brigite Rubro: gastronomía/anexo “Esc. De Gast. Y Cater

1896 Rehabilita H.C. Nº 3368 Sr. Jaskolowski Reinaldo Rubro: Departamentos para Alquiler Turístico “Rayentray”

1897 Rehabilita H.C. Nº 4991 Sr. Fernández Jorge Rubro: Venta Ambul. De Café e infusiones “Willy Café”

1898 Conceder H.C. Definitiva Nº 4944 Sr. Wisky José Luis Rubro: art. de electricidad “Col Electricidad”

1899 Rehabilita H.C. Nº 4348 firma Sanatorio San Carlos SA Rubro: pfic. De vta. obra social “O.S.P.A.T”

1900 Concede H.C. Definitiva Nº 5415 FirmaValle Hermoso SA rubro. Introd. Sust. Aliment. Fiorino ILL 169

1901 Rehabilita H.C. Nº 0011 Sr. Alush Horacio Rubro: vta. de repuestos del automotor// anexo “El Chispazo”

1902 Rehabilita H.C. Nº 4158 Sr. Della Torre Eduardo Rubro:calzados//anexo “Plop”

RESOLUCIONES P.E.M. MES AGOSTO 2011 FECHA Num 01/ago 173 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago Diferido a favor del Sr. Steiner Francisco

174 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago Diferido a favor del Sr. Steiner Francisco

175 Promulga Ordenanza Nº 075/11

176 Promulga Ordenanza Nº 076/11

177 Promulga Ordenanza Nº 077/11

178 Promulga Ordenanza Nº 080/11

179 Promulga Ordenanza Nº 086/11

180 Promulga Ordenanza Nº 088/11

181 Promulga Ordenanza Nº 084/11

03/ago 182 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago Diferido a favor del comercio Tienda Carlitos

183 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago Diferido a favor del comercio Corralón Comarca Andina

05/ago 184 Veto Total Proy. de Ordenanza Nº087/11: “Modifica Sistema de Contralor a Tribunal de Cuentas”

10/ago 185 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago Diferido a favor del comercio El Chispazo

11/ago 186 Deja sin efecto Disp. 10287/11 – Programa Habitar en Familia- Cambio de Benaficiario

15/ago 187 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago Diferido a favor del Sr. Lamela Ignacio

188 Promulga Ordenanza Nº 090/11

189 Promulga Ordenanza Nº 092/11

190 Promulga Ordenanza Nº 093/11

191 Promulga Ordenanza Nº 094/11

192 Promulga Ordenanza Nº 097/11

193 Promulga Ordenanza Nº 098/11

16/ago 194 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago Diferido a favor del Comercio La Nueva Materiales

17/ago 195 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago Diferido a favor del Comercio Peumayén Techos

196 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago Diferido a favor del Sr. Sanhueza Horacio

197 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago Diferido Empresa Steiner Construc. E Isla Norte SRL

198 Promulga Ordenanza Nº 091/11

199 Promulga Ordenanza Nº 100/11

19/ago 200 Promulga Ordenanza Nº 104/11

201 Promulga Ordenanza Nº 103/11

202 Promulga Ordenanza Nº 102/11

203 Promulga Ordenanza Nº 101/11

204 autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago Diferido a favor de la empresa Generar SRL

205 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago Diferido a favor del Comercio Comarca Andina

206 Autoriza a la Cdora. Mpal. Emitir Orden de Pago Diferido a favor del Sr. García Pablo

207 Reglamenta Ord. Nº 030/01- Soldados Convocados Continentales – Ley Nº 4626/11.-

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 19

EDICTOS JUZGADO MUNICIPAL DE FALTAS

MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON

JUZGADO DE FALTAS MUNICIPAL

El Juzgado de Faltas Municipal de la ciudad de El Bolsón provincia de Río Negro, a cargo de la Dra. M. Angélica Caprano, sito en Perito Moreno 3560de la Ciudad de El Bolsón en autos caratulados: “Depto. Inspectoría Gral Meb c/ Freiro Daniela s/ Pta. Infracción”, Expte.N° 241/2011, (Acta Nº 13340 del 17/04/2011), ha ordenado CITAR a la Sra. Daniela Freiro DNI Nº 27,160,042.para que comparezca a tomar la intervención que le corresponde, a efectos de presentar descargo y ejercer su derecho de defensa, bajo apercibimiento de rebeldía. La resolución que lo ordena dice: “Atento obrar en autos original y copia del Acta de Comprobación Nº 13340 de fecha 17 de abril de 2011, no pudiendo considerarse debidamente notificada y emplazada a la presunta infractora, líbrese notificación, para que en el plazo de cinco (05) días hábiles, a fin de que ejercite su derecho de defensa, (...)bajo apercibimiento de rebeldia y de pasar a resolver estas actuaciones con las constancias obrantes en autos sin más trámite. Fdo. Angélica Caprano – Juez de Faltas”- El presente debe publicarse por cinco (5) días,- El Bolsón 17 de agosto de 2011,-

MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON

JUZGADO DE FALTAS MUNICIPAL

El Juzgado de Faltas Municipal de la ciudad de El Bolsón provincia de Río Negro, a cargo de la Dra. M. Angélica Caprano, sito en Perito Moreno 3560de la Ciudad de El Bolsón en autos caratulados: “Depto. Inspectoría Gral Meb c/ Huenchupan Oscar s/ Pta. Infracción”, Expte.N° 270/2011, (Acta Nº 13784 16/04/2011), ha ordenado NOTIFICAR al Sr. Oscar Huenchupan DNI Nº 31,515,212, de la Sentencia Nº 220/2011 dictada en fecha 07 de julio de 2011, que en su parte resolutiva dice:Primero: Considerar responsable al Sr. Oscar Huenchupan DNI Nº 31,515,212 domiciliado en Barrio Usina de la localidad de El Bolsón de la infracción a los artículos 113 y 119 de la Odza. 113/09..Segundo: Imponerle el pago de la suma de pesos trescientos ($ 300,-) doscientas unidades fiscales (200 UF) con màs la suma de pesos treinta y siete con cincuenta ($ 37,5) veinticinco unidades fiscales (25 UF)correspondientes a la tasa de actuación en los términos del artículo 10 inc k) de la Odza. 015/2011. Estos montos estos deberán ser abonados ante la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad, sita en calle Gral. Roca y 25 de Mayo de El Bolsón, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de notificada, bajo apercibimiento de iniciar su cobro ejecutivo a través del procedimiento que establece la norma vigente (EJECUCION FISCAL -expedición de testimonio de certificado de deuda-) a través del Sr. Asesor Letrado del Poder Ejecutivo Municipal a iniciarse ante los Tribunales Ordinarios de la IIIra. Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro (art.40 Ordenanza Nº 015/2011)Tercero:La presente sentencia obrará como antecedente por el término de dos (2) años, en los términos del artículo 60 de la Odza. 015/2011.Cuarto: Regístrese, notifíquese con entrega de copia por mesa de entradas del Juzgado de Faltas o al domicilio denunciado, cumplido, archìvese. Fdo. Angèlica Caprano –

Juez de Faltas” El presente debe publicarse por cinco (5) días,- El Bolsón 17 de agosto de 2011,-

MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON

JUZGADO DE FALTAS MUNICIPAL

El Juzgado de Faltas Municipal de la ciudad de El Bolsón provincia de Río Negro, a cargo de la Dra. M. Angélica Caprano, sito en Perito Moreno 3560de la Ciudad de El Bolsón en autos caratulados: “Depto. Inspectoría Gral Meb c/ Orellana Quiroga Alberto s/ Pta. Infracción”, Expte.N° 405/2011, (Acta Nº 13795 del 17/05/2011), ha ordenado NOTIFICAR al Sr. Alberto Orellana Quiroga DNI Nº 92,179,594, de la SENTENCIA Nº 250/2011, que en su parte resolutiva dice “El Bolsón 11 de julio de 2011. VISTOS (…) y CONSIDERANDO (…) RESUELVO:Primero: Considerar responsable al Sr. Alberto Orellana Quiroga DNI Nº 92,179,594 domiciliado en Paraje Los Repollos de la ciudad de El Bolsón provincia de Río Negro de la infracción al artìculo 113 de la Odza. 113/09.Segundo: Imponerle el pago de la suma de pesos setecintos cincuenta ($ 750-) quinientas unidades fiscales (500 UF) con màs la suma de pesos treinta y siete con cincuenta ($ 37,5) veinticinco unidades fiscales (25 UF)correspondientes a la tasa de actuación en los términos del artículo 10 inc k) de la Odza. 015/2011. Estos montos estos deberán ser abonados ante la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad, sita en calle Gral. Roca y 25 de Mayo de El Bolsón, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de notificada, bajo apercibimiento de iniciar su cobro ejecutivo a través del procedimiento que establece la norma vigente (EJECUCION FISCAL -expedición de testimonio de certificado de deuda-) a través del Sr. Asesor Letrado del Poder Ejecutivo Municipal a iniciarse ante los Tribunales Ordinarios de la IIIra. Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro (art.40 Ordenanza Nº 015/2011)Tercero:Atento no constar en estas actuaciones que el rodado posea cobertura de seguro obligatorio en las condiciones y exigencias que establece el Art. 68 de la Ley 24449, PROHIBASE la circulación vehicular del rodado tipo Motocicleta , dominio: D 644590 dentro del ejido urbano de la localidad de El Bolsón (R.N.), hasta que acredite fehacientemente ante este Juzgado de Faltas el debido cumplimiento de las normas citadas a tenor del Art. 3º de la ley 24449. Hágase saber al área de Inspectoría General, con copia a la Unidad 12da. Policía de Río Negro y al Escuadrón 35 de Gendarmería Nacional a fin de intensificar el control vehicular y/o de retención preventiva a sus efectos.Cuarto: La presente sentencia obrará como antecedente por el término de dos (2) años, en los términos del artículo 60 de la Odza. 015/2011.Quinto: Regístrese, notifíquese con entrega de copia por mesa de entradas del Juzgado de Faltas o al domicilio denunciado, cumplido, archìvese”. Fdo. Angélica Caprano – Juez de Faltas” El presente debe publicarse por cinco (5) días,- El Bolsón 17 de agosto de 2011,-

MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON

JUZGADO DE FALTAS MUNICIPAL

El Juzgado de Faltas Municipal de la ciudad de El Bolsón provincia de Río Negro, a cargo de la Dra. M. Angélica Caprano, sito en Perito

Moreno 3560de la Ciudad de El Bolsón en autos caratulados: “Depto. Inspectoría Gral Meb c/ Echaves Genaro Yael s/ Pta. Infracción” Expte. Nº 487/2011, se ha dispuesto NOTIFICAR al Sr. Echaves Genaro Yael DNI Nº 34,663,657de la Sentencia Nº 304/2011 (Acta de Comprobación Nº 13851 de fecha 11 de junio de 2011), la cual en su parte resolutiva establece: El Bolsón 26 de julio de 2011. VISTOS (…) y CONSIDERANDO (…) RESUELVO: Primero: Considerar responsable a la Sra. Genaro Yael Echaves DNI Nº 34,663,657 domiciliada en Perito Moreno y Calfucurá de la ciudad de El Bolsón de la infracción al artìculo 113 de la Odza. 113/09.Segundo: Imponerle el pago de la suma de pesos novecientos ($ 900-) seiscientas unidades fiscales (600 UF) con màs la suma de pesos treinta y siete con cincuenta ($ 37,5) veinticinco unidades fiscales (25 UF)correspondientes a la tasa de actuación en los términos del artículo 29 inc k) de la Odza. 015/2011. Estos montos estos deberán ser abonados ante la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad, sita en calle Gral. Roca y 25 de Mayo de El Bolsón, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de notificada, bajo apercibimiento de iniciar su cobro ejecutivo a través del procedimiento que establece la norma vigente (EJECUCION FISCAL -expedición de testimonio de certificado de deuda-) a través del Sr. Asesor Letrado del Poder Ejecutivo Municipal a iniciarse ante los Tribunales Ordinarios de la IIIra. Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro (art.40 Ordenanza Nº 015/2011)Tercero:Atento no constar en estas actuaciones que el rodado posea cobertura de seguro obligatorio en las condiciones y exigencias que establece el Art. 68 de la Ley 24449, PROHIBASE la circulación vehicular del rodado tipo Motocicleta , dominio: BHB 335 dentro del ejido urbano de la localidad de El Bolsón (R.N.), hasta que acredite fehacientemente ante este Juzgado de Faltas el debido cumplimiento de las normas citadas a tenor del Art. 3º de la ley 24449. Hágase saber al área de Inspectoría General, con copia a la Unidad 12da. Policía de Río Negro y al Escuadrón 35 de Gendarmería Nacional a fin de intensificar el control vehicular y/o de retención preventiva a sus efectos.Cuarto: La presente sentencia obrará como antecedente por el término de dos (2) años, en los términos del artículo 60 de la Odza. 015/2011.Quinto: Regístrese, notifíquese con entrega de copia por mesa de entradas del Juzgado de Faltas o al domicilio denunciado, cumplido, archìvese..Fdo. Angèlica Caprano – Juez de Faltas.- El presente debe publicarse por cinco (5) días,- El Bolsón 02 de septiembre de 2011,-

MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON

JUZGADO DE FALTAS MUNICIPAL

El Juzgado de Faltas Municipal de la ciudad de El Bolsón provincia de Río Negro, a cargo de la Dra. M. Angélica Caprano, sito en Perito Moreno 3560de la Ciudad de El Bolsón en autos caratulados: “Depto. Inspectoría Gral Meb c/ Mansilla Juan Pablo s/ Pta. Infracción” Expte. Nº 387/2011, se ha dispuesto NOTIFICAR al Sr. Juan Pablo Mansilla DNI Nº 27,131,353 de la Sentencia Nº 300/2011 (Acta de Comprobación Nº 13193 de fecha 13/05/2011), la cual en su parte resolutiva establece: El Bolsón 25 de julio de 2011. VISTOS (…) y CONSIDERANDO (…) RESUELVO: Primero: Encontrar

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 20

responsable al Sr. Juan Pablo Mansilla DNI Nº 27,131,853 quien se domicilia en Angel del Agua 270 de la localidad de El Bolsón provincia de Río Negro, de la infracción a los artículos 113 y 125 del Código de Faltas Municipal (Odza. 113/09). Segundo: Imponerle una pena de multa de pesos cuatrocientos cincuenta ($ 450,-) (300 UF),con màs la suma de pesos treinta y siete con cincuenta ($ 37,5) veinticinco unidades fiscales (25 UF)correspondientes a la tasa de actuación en los términos del artículo 10 inc k) de la Odza. 015/2011. Estos montos estos deberán ser abonados ante la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad, sita en calle Gral. Roca y 25 de Mayo de El Bolsón, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de notificada, bajo apercibimiento de iniciar su cobro ejecutivo a través del procedimiento que establece la norma vigente (EJECUCION FISCAL -expedición de testimonio de certificado de deuda-) a través del Sr. Asesor Letrado del Poder Ejecutivo Municipal a iniciarse ante los Tribunales Ordinarios de la IIIra. Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro (art.40 Ordenanza Nº 015/2011)Tercero:La presente sentencia obrará como antecedente por el término de dos (2) años, en los términos del artículo 60 de la Odza. 015/2011.Cuarto: Regístrese, notifíquese con entrega de copia por mesa de entradas del Juzgado de Faltas o al domicilio denunciado, cumplido, archìvese.- Fdo. Angèlica Caprano – Juez de Faltas.- El presente debe publicarse por cinco (5) días,- El Bolsón 02 de septiembre de 2011,-

MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON

JUZGADO DE FALTAS MUNICIPAL

El Juzgado de Faltas Municipal de la ciudad de El Bolsón provincia de Río Negro, a cargo de la Dra. M. Angélica Caprano, sito en Perito Moreno 3560de la Ciudad de El Bolsón en autos caratulados: “Depto. Inspectoría Gral Meb c/ Eusebi Gabriel s/ Pta. Infracción” Expte. Nº 047/T/2011, se ha dispuesto NOTIFICAR al Sr. Gabriel Eusebi DNI Nº 27,403,349 de la Sentencia Nº 333/2011 (Acta de Comprobación Nº 13564 de fecha 07 de julio de 2011), la cual en su parte resolutiva establece: El Bolsón 29 de julio de 2011. VISTOS (…) y

CONSIDERANDO (…) RESUELVO: Primero: Considerar responsable al Sr. Gabriel Eusebi DNI Nº 27,403,249 domiciliado en Brown y Azcuénaga de la ciudad de El Bolsón provincia de Río Negro de la infracción al artìculo 113 de la Odza. 113/09.Segundo: Imponerle el pago de la suma de pesos setecientos cincuenta ($ 750-) quinientas unidades fiscales (500 UF) con màs la suma de pesos treinta y siete con cincuenta ($ 37,5) veinticinco unidades fiscales (25 UF)correspondientes a la tasa de actuación en los términos del artículo 10 inc k) de la Odza. 015/2011. Estos montos estos deberán ser abonados ante la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad, sita en calle Gral. Roca y 25 de Mayo de El Bolsón, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de notificada, bajo apercibimiento de iniciar su cobro ejecutivo a través del procedimiento que establece la norma vigente (EJECUCION FISCAL -expedición de testimonio de certificado de deuda-) a través del Sr. Asesor Letrado del Poder Ejecutivo Municipal a iniciarse ante los Tribunales Ordinarios de la IIIra. Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro (art.40 Ordenanza Nº 015/2011)Tercero:Atento no constar en estas actuaciones que el rodado posea cobertura de seguro obligatorio en las condiciones y exigencias que establece el Art. 68 de la Ley 24449, PROHIBASE la circulación vehicular del rodado tipo Automóvil, dominio: UYZ 257 dentro del ejido urbano de la localidad de El Bolsón (R.N.), hasta que acredite fehacientemente ante este Juzgado de Faltas el debido cumplimiento de las normas citadas a tenor del Art. 3º de la ley 24449. Hágase saber al área de Inspectoría General, con copia a la Unidad 12da. Policía de Río Negro y al Escuadrón 35 de Gendarmería Nacional a fin de intensificar el control vehicular y/o de retención preventiva a sus efectos.Cuarto: La presente sentencia obrará como antecedente por el término de dos (2) años, en los términos del artículo 60 de la Odza. 015/2011.Quinto: Regístrese, notifíquese con entrega de copia por mesa de entradas del Juzgado de Faltas o al domicilio denunciado, cumplido, archìvese.Fdo. Angèlica Caprano – Juez de Faltas.- El presente debe publicarse por cinco (5) días,- El Bolsón 02 de septiembre de 2011,-

MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON

JUZGADO DE FALTAS MUNICIPAL

El Juzgado de Faltas Municipal de la ciudad de El Bolsón provincia de Río Negro, a cargo de la Dra. M. Angélica Caprano, sito en Perito Moreno 3560 de la Ciudad de El Bolsón en autos caratulados: “Depto. Inspectoría Gral Meb c/ Sepulveda Luis s/ Pta. Infracción” Expte. Nº 027/T/2011, se ha dispuesto NOTIFICAR al Sr. Sepulveda Luis DNI Nº 25,113,655 de la Sentencia Nº 319/2011 (Acta de Comprobación Nº 13883 de fecha 01 de julio de 2011), la cual en su parte resolutiva establece: El Bolsón 28 de julio de 2011. VISTOS (…) y CONSIDERANDO (…) RESUELVO: Primero: Considerar responsable al Sr. Luis Sepulveda DNI Nº 25,113,655 domiciliado en Saavedra 518 de la localidad de El Bolsón provincia de Río Negro de la infracción al artìculo 113 de la Odza. 113/09.Segundo: Imponerle el pago de la suma de pesos cuatrocientos cincuenta ($ 450 -) trescientas unidades fiscales (300 UF) con màs la suma de pesos treinta y siete con cincuenta ($ 37,5) veinticinco unidades fiscales (25 UF)correspondientes a la tasa de actuación en los términos del artículo 10 inc k) de la Odza. 015/2011. Estos montos estos deberán ser abonados ante la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad, sita en calle Gral. Roca y 25 de Mayo de El Bolsón, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de notificada, bajo apercibimiento de iniciar su cobro ejecutivo a través del procedimiento que establece la norma vigente (EJECUCION FISCAL -expedición de testimonio de certificado de deuda-) a través del Sr. Asesor Letrado del Poder Ejecutivo Municipal a iniciarse ante los Tribunales Ordinarios de la IIIra. Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro (art.40 Ordenanza Nº 015/2011)Tercero:La presente sentencia obrará como antecedente por el término de dos (2) años, en los términos del artículo 60 de la Odza. 015/2011.Cuarto: Regístrese, notifíquese con entrega de copia por mesa de entradas del Juzgado de Faltas o al domicilio denunciado, cumplido, archìvese..Fdo. Angèlica Caprano – Juez de Faltas.- El presente debe publicarse por cinco (5) días,- El Bolsón 02 de septiembre de 2011,-

Teléfonos Poder Ejecutivo Mesa de entrada 492-204 Acción Social 492-813 Casa del Sol 455-339 Comercio 491-692 Corralón Municipal 492-527 Secretaría de Turismo 483-221 Empleos 498-818 Gimnasio Municipal 493-604 Gobierno 493-813 Gobierno Fax 455-271 Hacienda 493-504 Ingresos Públicos 493-601 Juzgado de Faltas 455-391 Medio Ambiente 483-565 Oficina de Turismo 455-326 Planeamiento Urbano 491-096 Polideportivo 492-979

Teléfonos Poder Legislativo Mesa de Entrada 492-304 Presidencia y Fax 455-413 Concejal Paola A. Sanna 498-774 Concejal María T. Hube 498-772 Concejal Juan José Caro 483-457 Concejal Miguel A. Gotta 498-773 Concejal Cecilia L. Gori 455-278 Concejal Héctor Boock 455-415

Dependencia Dirección

Concejo Deliberante Roca 408

Municipalidad Roca y 25 de Mayo

Juzgado Municipal de Faltas Perito Moreno 3560

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Boletín Oficial – Municipalidad de El Bolsón – Pcia. de Río Negro – Patagonia Argentina 21

INFORMACIÓN ÚTIL El 25 de Septiembre de 2011, se desarrollarán las elecciones Provinciales y Municipales, se elegirán autoridades Provinciales y Municipales por el período 2011-2015. A nivel Provincial se votará a: GOBERNADOR y VICEGOBERNADOR, LEGISLADORES POR REPRESENTACIÓN POBLACIONAL y LEGISLADORES POR CIRCUITO A nivel Local se votará a: INTENDENTE y 7 (SIETE) CONCEJALES Los lugares habilitados para sufragar son los siguientes:

APELLIDOS Y NOMBRES MESA ESCUELA

de AAGAARD, EMILIO JOHANNES hasta ALLEGRI, BRUNO ANDRÉS 544 ESCUELA

PRIMARIA Nº 271 (Ford) Avda. San Martín y Cacique Foyel

EL BOLSÓN

de ALLERD, LIDIA AZUCENA hasta ARIAS, ANIBAL EDUARDO 545

de ARIAS, CARINA ANAHÍ hasta BARNE, MARCELO GUSTAVO 546

de BARRAL, EMILIANO hasta BLANCO, CARLOS ENRIQUE 547

de BLANCO, DAVID ROQUE hasta CALDERERO, FRANCO JAVIER 548

de CALDERERO, IRMA hasta CARRILLO, MIGUEL FACUNDO 549

de CARRIÓN, PAUL PEDRO hasta CERDAS, PEDRO CLEMENTINO 550

ESCUELA PRIMARIA Nº 270

Perito Moreno Nº 2523

EL BOLSÓN

de CERDAS, SILVIA LORENA hasta CORVALÁN, RAUL ALBERTO 551

de COSCO, PAMELA hasta DERECKI, NANCY ANDREA 552

de DERISI, MIGUEL ANDEN hasta FELLEY, MARIELA ARACELI 553

de FELPETE, AÑORGA VALERIA hasta FUENTES, CINTIA EDITH 554

de FUENTES, EDIA hasta GAVILÁN, SELVA BEATRIZ 555 de GAVIO, MARIA ABRIL hasta GONZALEZ, ROXANA YANINA 556

de GONZALEZ, SAMANTA R. hasta HERMOSILLA, RODRIGO OMAR 557

de HERMOSILLA, ROSA hasta INFANTE, NESTOR 558

MESA ÚNICA DE EXTRANJEROS

de INFANTE, NESTOR MANUEL hasta LARA, CRISTIAN GABRIEL 559

ESCUELA PRIMARIA Nº 140

Pueyrredón y Avda. Sarmiento

EL BOLSÓN

de LARA, ITALO DULVAR hasta LOPEZ, JOSE ROSENDO 560

de LOPEZ, JUANITA hasta MANSILLA, CECILIO MIGUEL 561

de MANSILLA, CELESTINO hasta MAXERA, LYLIA ELENA 562

de MAYO, AGUSTIN hasta MIRANDA, LIDIA 563

de MIRANDA, LIDIA hasta MUÑOZ, CLAUDIA VIRGINIA 564

de MUÑOZ, CLAUDIO HILARIO hasta NAVARRO, MARIA ROSARIO 565 de NAVARRO, NOELIA SOLEDAD hasta OYARZO, ALICIA AGUSTINA 566

de OYARZO, ANA BELEN hasta PELIZZA, LUIS OSCAR 567

de PELIZZONI, ANA MARÍA hasta PONCE, LUISA ISABEL 568 C.E.M. Nº 10 25 de Mayo y Don Bosco

EL BOLSÓN

de PONCE, MARCELO JAVIER hasta RAUQUE HENRIQUEZ, TERESA 569

de RAUQUE HENRIQUEZ, VICTOR hasta ROCHA, ALEJANDRA BELEN 570

de ROCHA, PABLO OSVALDO hasta RUIZ, HILARION 571

de RUIZ, JORGE ENRIQUE hasta SANHUESA VEGA, ANALIA 572 ESCUELA

HOGAR Nº 268 Rivadavia S/N

EL BOLSÓN

de SANHUEZA, ALICIA RAQUEL hasta SOLIS, ALBERTO JESUS 573

de SOLÍS, ANA hasta TILLERIA, NOEL AGUSTIN 574

de TILLERIA, RENE FABIAN hasta VARGAS, HÉCTOR ROLANDO 575 de VARGAS, HERMINDA hasta VILLAR, JUAN MANUEL 576

de VILLAR, JUAN MARTÍN hasta ZWOLINSKI, DORIS MABEL 577

de ABURTO, CLAUDIO SEBASTIÁN hasta FRYDMAN, NANDA 578 ESCUELA Nº 103 MALLIN AHOGADO

EL BOLSÓN de FUENTES, DIVIA del LUJÁN hasta NARDUCCI, HUSMIL 579

de NARDUCCI, DAVID hasta ZWOLINSKI, LEONARDO E. 580

Se recuerda a toda la comunidad, que se encuentra en vigencia la Ordenanza 042/09 la cual determina el derecho de acceso a la información pública para toda la población