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BOLETÍN LEGAL N°03 MAYO 2015 1 Boletín Legal N°03 ÍNDICE 1. Presentación………………………………………………………………... 2 2. Normas Legales Generales ………………………………………….. 2 3. Normas Legales del Sector de Telecomunicaciones………… 3 4. Resoluciones emitidas por FITEL ……………………………………. 3 5. Jurisprudencia….........................………………………….….……… 4 6. Temas de Interés.……………………………………………………………. 5 7. Miscelánea……………………………………………………………………….. 6

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BOLETÍN LEGAL N°03 MAYO 2015

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Boletín Legal N°03

ÍNDICE 1. Presentación………………………………………………………………... 2 2. Normas Legales Generales ………………………………………….. 2 3. Normas Legales del Sector de Telecomunicaciones………… 3 4. Resoluciones emitidas por FITEL ……………………………………. 3

5. Jurisprudencia….........................………………………….….……… 4 6. Temas de Interés.……………………………………………………………. 5 7. Miscelánea……………………………………………………………………….. 6

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BOLETÍN LEGAL N°03 MAYO 2015

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1. PRESENTACIÓN

La Tercera edición del Boletín Legal correspondiente al mes de mayo del año 2015 pone a disposición la información jurídica relevante y actualizada del sector de Telecomunicaciones así como normas y jurisprudencia de interés general, principalmente aquellas que tengan injerencia directa o indirecta en las funciones que realiza la Secretaría Técnica del FITEL y el Estado. Asimismo, se indican las Resoluciones emitidas por la Secretaría Técnica del FITEL, que ameritan ser de conocimiento público.

Área de Asesoría Legal de la Secretaría Técnica del FITEL

2. NORMAS LEGALES GENERALES CONGRESO DE LA REPÚBLICA

LEY N° 30321.- Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental (07.05.2015)

LEY N° 30322.- Ley que crea la Ventanilla única de Antecedentes para Uso Electoral (07.05.2015)

LEY N° 30323.- Ley que restringe el ejercicio de la Patria Potestad por la Comisión de Delitos Graves (07.05.2015)

LEY N° 30324.- Ley que establece medidas presupuestarias para el Año Fiscal 2015 (09.05.2015)

LEY N° 30326.- Ley que modifica el Artículo 23 de la Ley 28094, Ley de Partidos Políticos, estableciendo requisitos adicionales en la Declaración de Hoja de Vida de candidatos a cargo de elección popular (19.05.2015)

LEY N° 30327.- Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible (21.05.2015)

LEY N° 30328.- Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones (29.05.2015)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - MEF

DECRETO SUPREMO N° 111-2015-EF.- Autorizan Crédito Suplementario a favor del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones con cargo a los recursos del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales-FONIE en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 (07.05.2015).

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 011-2015-EF/52.03.- Aprueban diseño de los “Certificados de Inversión Pública Gobierno Nacional – Tesoro Público” (07.05.2015).

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 178-2015-EF.- Modifican el Artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 391-2014-EF/15, que aprueba la actualización de la jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del Artículo 7 de la Ley 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local –FONIPREL (21.05.2015).

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA- SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 128-2015/SUNAT.- Dictan disposiciones especiales para la presentación de la solicitud de devolución del saldo a favor materia de beneficio en relación con la prórroga de vencimientos por desastres naturales (22.05.2015).

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 130-2015-SUNAT.- Modifican plazos para la presentación de la declaración de Predios (24.05.2015)

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 132-2015.- SUNAT.- Resolución de Superintendencia que crea Boleta de Venta Electrónica emitida en el SEE-SOL, regulado por la Resolución de Superintendencia N° 188-2010/SUNAT y modifica el Reglamento de Comprobantes de Pago para regular la sustentación del traslado de bienes (29.05.2015).

TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 115-2015-TR.- Disponen la pre publicación del proyecto normativo “Reglamento de la Ley N° 30036, Ley que regula el Teletrabajo” en el portal institucional del Ministerio (21.05.2015).

3. NORMAS LEGALES DEL SECTOR TELECOMUNICACIONES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES - OSIPTEL

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 047-2015-CD/OSIPTEL.- Reglamento para la Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones (14.05.2015).

4. RESOLUCIONES EMITIDAS POR LA SECRETARÍA TÉCNICA DEL FITEL

RESOLUCIÓN SECRETARIAL N° 060-2015-MTC/24.- Modificar el Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 011-Fondo de Inversión en Telecomunicaciones- FITEL, correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2015 (08.05.2015).

RESOLUCIÓN SECRETARIAL N° 065-2015-MTC/24.- Modificar el Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 011- Fondo de Inversión en Telecomunicaciones-FITEL, correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2015 (19.05.2015).

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5. JURISPRUDENCIA

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EXPEDIENTE N° 04305-2012-PA/TC “Madre no puede exigir declaración de paternidad de hijo fallecido”

La acción de declaración judicial de paternidad extramatrimonial, tal como señala el artículo 407 del Código Civil, corresponde solo al hijo y no es transmisible a sus herederos cuando este fallece. Consecuentemente, la madre no se encuentra

legitimada para iniciar un proceso con el objeto de solicitar el reconocimiento de su hijo luego de su muerte. Debe tenerse presente que, al haberse producido el deceso del menor, culmina la representación legal de la madre, por lo que dejaría de tener legítimo interés en la obtención de una declaración de paternidad. Estos criterios fueron expuestos por el Tribunal Constitucional al declarar improcedente la demanda de amparo iniciada por Melina Lantarón contra Manfred Hernández y el titular del Juzgado de Familia Transitorio de Abancay.

SALA PENAL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SENTENCIA N° 164-2011- NCPP- AYACUCHO

“Se debe eliminar condena a funcionario público si se absuelve a particular”

Fallo de la Sala Permanente de la Corte Suprema de Justicia libró de responsabilidad jurídica a funcionario involucrado en caso de colusión desleal, al admitir como prueba la resolución de la Segunda Sala Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Ayacucho, que absolvió al particular con el que se cometió el delito.

Una acción de revisión de sentencia de revisión fue presentada por un grupo de funcionarios públicos municipales condenados en calidad de autores por el delito de colusión desleal en agravio de la Municipalidad Provincial de Huamanga por haber concentrado con uno de los interesados para defraudar al Estado en un proceso de contratación. El órgano supremo preciso que la absolución del particular tenía implicancias directas sobre el juicio de responsabilidad de los funcionarios. Por tal motivo, consideró que si bien los funcionarios municipales fueron condenados por el delito de colusión y que su sentencia era firme, dado que en el nuevo juicio oral realizado contra el particular este fue absuelto, no era posible sostener ya la existencia del acuerdo colusorio destinado a defraudar al Estado.

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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EXP. N° 02502-2013- PA/TC “Suspensión de licencia de conducir no es responsable en sede constitucional” Quien considere que la suspensión o cancelación de su licencia de conducir ha sido arbitraria no podrá acudir a la justicia constitucional a efectos de cuestionar esta sanción; en su lugar deberá iniciar un proceso contencioso- administrativo. EL Tribunal Constitucional ha señalado que para revisar la constitucionalidad de las decisiones administrativas que suspenden, retienen, cancelan o inhabilitan las licencias de conducir, el proceso contencioso-administrativo constituye una vía idónea e igualmente satisfactoria al amparo. Así lo determinó el Colegiado en el proceso de amparo seguido por Hipólito Huamán Lucero contra la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Lambayeque. En su demanda, el señor Huamán solicitaba que se dejen sin efecto la resolución de dicha entidad pública que suspendía su licencia de conducir por dos años y una posterior que la cancelaba por un periodo de tres años. El demandante alegaba que se habían vulnerado sus derechos al debido proceso y a la igualdad. Consideraba injusto y arbitrario que además de haber sido procesado penalmente por haber conducido en estado de ebriedad, y eventualmente declarado culpable, se haya emitido dos resoluciones administrativa que lo sancionan por el mismo hecho.

6. TEMAS DE INTERÉS <<LESIONAR AL LADRÓN QUE HUYE CONSTITUYE LEGÍTIMA DEFENSA >> Este es el caso de Paola Contreras Cortés, una joven de 24 años que sufrió el ataque de dos delincuentes que rompieron la luna de su vehículo y huyeron en una motocicleta con sus bienes. A pesar del shock inicial, contreras los siguió en su carro ocasionando un choque en el que salieron lastimados ambos asaltantes. Uno de ellos, que pudo ser capturado, ha anunciado que la denunciará por atropello. Pero olvida el delincuente que mientras la defensa ejercida por Paola sea razonable y esté destinada a evitar la pérdida de sus bienes, no es posible hacerle penalmente responsable por los actos realizados en legítima defensa. Es importante tener presente que la legítima defensa este destinada a justificar aquellos actos cometidos por una víctima en defensa de su patrimonio. Por tal motivo, si la conducta realizada con ánimo de defensa está justificada, con mucha mayor razón lo están los actos realizados de manera imprudente, como puede ser la maniobra efectuada por Paola Contreras, quien impactó con su vehículo la motocicleta.

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<<PLENO APUEBA EL PROYECTO DE LEY DE EXONERACIÓN PERMANTE A GRATIFICACIONES>>

El Congreso de la República aprobó exonerar de descuentos a las gratificaciones de manera permanente, con 100 votos a favor, cero en contra y una abstención. La exoneración de la segunda votación fue aprobada con 101 votos a favor, uno en contra y una abstención.

El proyecto de ley aprobado también incluye la facultad de disponer del excedente a cuatro sueldos de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). Pese a que la norma de exoneración de descuentos a las gratificaciones aún tiene pendiente la reglamentación del Ejecutivo, e incluso cuando podría ser observada en esta fase, es poco probable que así sea, por haber sido aprobada por unanimidad. Antes de la aprobación de la norma, se votó una cuestión previa que planteó dividir la votación del proyecto de ley en dos: la primera que definió si se exoneraba de descuentos a las gratificaciones y la segunda que definió la permanencia de la norma. Ambas fueron aprobadas.

7. MISCELÁNEA

<< TRIBUNAL ARBITRAL DECLARA INFUNDADA LA DEMANDA PRESENTADA POR LA EMPRESA OPERADORA RURAL TELECOM CONTRA EL FITEL Y DECLARA FUNDADA EN PARTE LA RECONVENCIÓN PRESENTADA POR FITEL >> Mediante Resolución N° 69, de fecha 15 de mayo de 2015, el Tribunal Arbitral del Centro de Arbitraje de la Cámara de Arbitraje de Lima conformado por los señores árbitros Mayte Remy Castagnola, quien lo preside, Jorge Ramón Abásolo Adrianzén y Horacio Cánepa Torre, en el Proceso Arbitral seguido por la empresa RURAL TELECOM S.A.C. sobre Enriquecimiento Sin Causa y Resolución de Contrato contra el FITEL, declaró INFUNDADA la demanda interpuesta por dicha empresa operadora y FUNDADA en parte la reconvención formulada por FITEL y en consecuencia, se ordena que RURAL TELECOM S.A.C pague a favor de FITEL la suma de S/. 1’ 723,960.28 (Un Millón Setecientos Veintitrés Mil Novecientos Sesenta con 28/100 Nuevos Soles) por concepto de indemnización por daños y perjuicios por los costos/gastos administrativos en lo que incurrió FITEL para la ejecución del Programa Banda Ancha Rural a nivel nacional conformado por el Proyecto 1 Centro; Proyecto 2 Centro Norte y Proyecto 4- Nor- Oriente.

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<<SE LLEVÓ A CABO EL FORO INTERNACIONAL POR EL DÍA INTERNACIONAL DE LAS TELECOMUNICACIONES: “LAS TELECOMUNICACIONES: DESARROLLO SOSTENIDO DEL PAÍS”>> El 15 de mayo de 2015, el Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL, llevó a cabo el Foro Internacional “Las Telecomunicaciones: Desarrollo Sostenido del País”, como parte de las actividades por el Día Internacional de las Telecomunicaciones, el cual tuvo cita en el Salón La Meridien del Hotel Sheraton. La conmemoración de esta fecha busca aumentar la sensibilización sobre el uso de internet y las tecnologías de la información y comunicación (TIC) y lo que pueden ofrecer a las sociedades y economías contribuyendo al desarrollo y la reducción de las brechas digitales existentes en nuestro país. Dicho evento contó con la participación de ponentes nacionales e internacionales del rubro, quienes abordaron temas de innovación como ciudades inteligentes, el internet de las cosas, el futuro de los Dispositivos; todo ello permitiendo un espacio de integración entre entidades estatales, comunidad académica, sector privado y público en general.

<<FIRMAN CONTRATOS DE FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE ACCESO A INTERNET DE ALTA VELOCIDAD PARA 1344 LOCALIDADES DE 4 REGIONES>> La Agencia de Promoción de la Inversión Privada- PROINVERSIÓN, por encargo del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, luego del proceso de licitación correspondiente, otorgó la buena pro al Consorcio Gilat, conformado por las empresas Gilat To Home Perú y Gilat Satellite Networks de Israel, para la ejecución de los proyectos de Apurímac, Ayacucho y Huancavelica; así como, a la empresa Telefónica del Perú, para la ejecución del proyecto de Lambayeque; los proyectos antes citados permitirán brindar acceso a internet e intranet de banda ancha, mínimo a 2,380 instituciones públicas (locales escolares, establecimientos de salud y comisarías). La ceremonia para la suscripción de los Contratos de Financiamiento de Proyectos de Acceso a Internet de Alta Velocidad, se llevó a cabo el 27 de mayo de 2015, en el Salón Dorado de Palacio de Gobierno y contó con la presencia del Ministro de Transportes y Comunicaciones, Sr. José Gallardo, altos funcionarios y ejecutivos de empresas relacionadas con el sector.

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<<PERSONAL DEL FITEL PARTICIPÓ EN EL SIMULACRO NACIONAL DE SISMOS DE GRAN MAGNITUD PARA EL AÑO 2015>> En cumplimiento de la Resolución Ministerial N° 087-2015-PCM, el viernes 29 de mayo a las 3:00 de la tarde, el personal de la Secretaría Técnica del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL participó en el primer simulacro de sismo y tsunami del año. En ejercicio de prevención, se organizó días antes para ubicar las zonas de seguridad y evacuar de forma ordenada las instalaciones del FITEL ubicadas en el piso 8 sector A del Edificio del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. El simulacro buscó concientizar a la población para que sepa cómo reaccionar ante un sismo de 8,5 grados en la escala de Richter, en caso se produjera.