boletin binder mexico 24-05-2013
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El pasado 20 de mayo de 2013 se celebró la Primera Reunión vía Web entre los Presidentes de las federadas de la zona Noreste del IMCPTRANSCRIPT
BOLETÍN FISCAL
Como es de su conocimiento, el SAT, publicó mediante la ley de
ingresos con vigencia para 2013, un programa de condonación de
créditos fiscales por demás interesante.
En principio, el SAT condona el 80% de las contribuciones
federales como por ejemplo: IVA, ISR, IETU, ISR retenido, etc.; y el
100% de sus recargos, multas y gastos de ejecución de aquellas
contribuciones federales que debieron haberse pagado a mas tardar
el 1 de enero de 2007. Así mismo se condona el 80% de las multas
generadas por obligaciones distintas de pago, como ejemplo, la
multa por no presentar de una declaración informativa. Y además se
podrá condonar el 100% de los créditos siempre y cuando el SAT
haya revisado los ejercicios 2009, 2010 y 2011 y se haya cumplido
correctamente con las obligaciones fiscales, o bien se paguen las
DIRECTORIO
Socio Director: C.P.C y MI Miguel Ángel
Martínez Berumen Presidente Comisión
Fiscal: omisiones determinadas por la autoridad.
Lic. Y C.P.C Everardo
Zúñiga Rodríguez. En ese sentido, se pudiera pensar que el SAT, en el punto que
antecede, condona créditos donde sus facultades ya caducaron, o
bien los créditos ya prescribieron por los 5 años de plazo que
establece el Código Fiscal de la Federación para hacer efectivo el
cobro de la contribución correspondiente, sin embargo, es de hacer
notar, que para hacer valer una caducidad o bien la citada
prescripción, tendría que hacerse mediante un juicio legal si llegara
existir gestión de cobro por parte de la autoridad. Es importante
señalar además, que no en todos los casos un crédito fiscal con
mas de 5 años está prescrito, tal es al caso y como ejemplo,
aquellos que se encuentran en juicio.
También se condonan solamente los recargos y multas derivados
de créditos fiscales causados del 1 de enero de 2007 al 31 de
diciembre de 2012 de contribuciones como ISR y IETU, situación
que no sucederá con aquellos recargos y multas que deriven de IVA
e ISR retenido por citar algunos. Dicha condonación en los casos
aplicables, será del 100%. Además, entran al beneficio señalado en
este párrafo, las multas de obligaciones fiscales distintas de paT.
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El pasado 20 de mayo de 2013 se celebró la Primera Reunión vía
Web entre los Presidentes de las federadas de la zona Noreste del
IMCP con el C. P. C. Carlos Cárdenas Guzmán Presidente del
IMCP mediante la cual comento lo siguiente:
Dictamen Fiscal 2012:
El jefe del SAT, el Administrador General de Auditoría y Grandes
Contribuyentes señalaron que el vencimiento del Dictamen Fiscal
será el 30 de junio de 2013, por lo que no habrá prorroga.
Durante el mes de junio de 2013 no habrá revisiones de papeles de
trabajo salvo casos especiales.
.
La plataforma electrónica tiene un problema cuando no se realizan
pagos provisionales y solo se pagan actualizaciones y recargos, la
autoridad señalo que dicha situación quedará resuelto el 30 de mayo
de 2013.
Declaratoria de IVA
En algunos casos no se está aceptando la declaratoria en
devoluciones de IVA, ya que aun con la misma, se está
requiriendo información.
Es probable se incluya reforma para eliminar la declaratoria en
devoluciones de IVA y con ello modificar los distintos reglamentos.
Reforma Fiscal 2014
No hay algún documento por parte del SAT que refleje la reforma
fiscal, lo que se pretende es que en el segundo semestre de 2013 se
presente una reforma fisca integral.
La fecha de presentación de la reforma en septiembre y su
aprobación el 15 de noviembre
Educación a distancia:
Se presentaron los cursos a distancia disponibles por el IMCP al día de hoy.
Ponte al corriente:
Se manifestó por parte de la Autoridad que la fecha terminal es el 31 de
mayo de 2013, buscando las autoridades terminar con la cultura de las
prorrogas, por lo que hasta hoy no se tiene contemplada ninguna.