boe ingreso gc 2016

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  • 7/25/2019 BOE Ingreso Gc 2016

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 112 Lunes 9 de mayo de 2016 Sec. II.B. Pg. 30927

    II. AUTORIDADES Y PERSONAL

    B. Oposiciones y concursos

    MINISTERIO DE DEFENSA

    4420 Resolucin 160/38057/2016, de 26 de abril, de la Direccin General de laGuardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso poracceso directo, por el sistema de concurso-oposicin, en los centros docentesde formacin, para la incorporacin a la Escala de Cabos y Guardias delCuerpo de la Guardia Civil.

    De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 107/2016, de 18 de marzo

    (Boletn Oficial del Estado nmero 70, de 22 de marzo), por el que se aprueba la ofertade empleo pblico del Cuerpo de la Guardia Civil para el ao 2016 y en uso de lascompetencias que me estn atribuidas en el apartado f, del artculo 12 de la Ley 29/2014,de 28 de noviembre, de Rgimen del Personal de la Guardia Civil, dispongo lo siguiente:

    Primero.

    Convocar pruebas selectivas para el ingreso por acceso directo, por el sistema deconcurso-oposicin, en los centros docentes de formacin de la Guardia Civil para laincorporacin a la Escala de Cabos y Guardias de dicho Cuerpo, con objeto de completarla referida oferta de empleo pblico.

    Segundo.

    La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entremujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artculo 14de la Constitucin, la Ley Orgnica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva demujeres y hombres, y lo previsto en el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres enla Administracin General del Estado y en sus Organismos Pblicos de 20 de noviembrede 2015.

    Tercero.

    Las pruebas selectivas se regirn por las siguientes disposiciones:

    Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Rgimen del Personal de la Guardia Civil.

    Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinera.Reglamento general de ingreso en los centros docentes de formacin del Cuerpo de la

    Guardia Civil, aprobado por Real Decreto 597/2002, de 28 de junio, en lo que no se opongaa lo dispuesto en la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Rgimen del Personal de laGuardia Civil.

    Bases y circunstancias aplicables a los procesos selectivos para ingreso en los centrosdocentes militares de formacin para el acceso a la Escala de Cabos y Guardias de laGuardia Civil, aprobadas por Orden del Ministerio de la Presidencia de 9 de abril de 1996(Boletn Oficial del Estado nmero 92), y sus modificaciones posteriores.

    Orden del Ministerio de la Presidencia de 12 de abril de 2000 (Boletn Oficial delEstado nmero 91), por la que se dan normas para la realizacin de las pruebas deaptitud fsica en los procesos selectivos para acceso a la enseanza militar de formacin

    para adquirir la condicin de militar de carrera, militar de complemento y militar de carrerade la Guardia Civil.Las bases que se aprueban por esta Resolucin, y que se publican como Anexo a ella.

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    Cuarto.

    El General Jefe de la Jefatura de Enseanza de la Guardia Civil adoptar las

    disposiciones necesarias para llevar a cabo el proceso selectivo.

    Madrid, 26 de abril de 2016.El Director General de la Guardia Civil, Arsenio Fernndezde Mesa Daz del Ro.

    ANEXO

    Bases de la convocatoria

    1. Normas generales

    1.1 En virtud de los artculos 2 y 3 del Real Decreto 107/2016, de 18 de marzo(Boletn Oficial del Estado nmero 70, de 22 de marzo), por el que se aprueba la oferta

    de empleo pblico del Cuerpo de la Guardia Civil para el ao 2016, se convocan pruebasselectivas, por el sistema de concurso-oposicin, para cubrir mil setecientas treinta ycuatro (1.734) plazas para el acceso directo en la Escala de Cabos y Guardias de laGuardia Civil, distribuidas de la siguiente forma:

    a) Seiscientas noventa y cuatro (694) plazas para militares profesionales de tropa ymarinera de las Fuerzas Armadas que lleven, como mnimo, cinco aos de serviciosefectivos como tales el da 3 de octubre de 2016, fecha prevista de incorporacin al centrodocente de formacin.

    b) Ciento setenta y cinco (175) plazas para los alumnos del Colegio de GuardiasJvenes.

    c) Ochocientas sesenta y cinco (865) plazas libres.

    1.2 Las plazas reservadas para militares profesionales de tropa y marinera y paralos alumnos del Colegio de Guardias Jvenes, mencionadas en los prrafos anteriores,que no sean cubiertas por cualquier motivo, se acumularn al cupo de plazas libres.

    2. Condiciones para optar al ingreso

    2.1 Los aspirantes debern reunir, en la fecha que finalice el plazo de admisin deinstancias y mantener durante el proceso selectivo, las siguientes condiciones:

    2.1.1 Poseer la nacionalidad espaola.2.1.2 No estar privado de los derechos civiles.2.1.3 Carecer de antecedentes penales.2.1.4 No hallarse procesado o tener abierto juicio oral en algn procedimiento judicial

    por delito doloso.2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de

    cualquiera de las Administraciones Pblicas ni hallarse inhabilitado con carcter firme parael ejercicio de funciones pblicas.

    2.1.6 Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.2.1.7 Estar en posesin o en condiciones de obtener el ttulo de Graduado en

    Educacin Secundaria Obligatoria o de otro equivalente o superior o, el cumplimiento deuna de las condiciones recogidas en el artculo 41.2 de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 demayo, de Educacin, modificada por la Ley Orgnica 8/2013, de 9 de diciembre, para lamejora de la calidad educativa.

    A estos efectos, se entiende que se est en condiciones de obtenerlos cuando en elplazo de presentacin de solicitudes se hayan superado los correspondientes planes deestudios o pruebas que permiten acceder a las mencionadas titulaciones o enseanzas.

    2.1.8 Estar en posesin del permiso de conduccin de la clase B, o en condicionesde obtenerlo en el plazo de presentacin de solicitudes.

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    A estos efectos, se entiende que se est en condiciones de obtenerlo cuando en elplazo de presentacin de solicitudes se hayan superado todas y cada una de las pruebasque permiten la adquisicin del citado permiso.

    As mismo, debern cumplir los siguientes requisitos:

    2.1.9 Tener cumplidos dieciocho (18) aos de edad en el ao de la convocatoria.2.1.10 No tener cumplida ni cumplir durante el ao 2016 la edad de cuarenta y un

    (41) aos.2.1.11 Poseer la aptitud psicofsica necesaria, que ser acreditada mediante la

    superacin de las pruebas que determina la Orden del Ministerio de la Presidencia de 9 deabril de 1996 y sus modificaciones, con excepcin de los ejercicios fsicos que se realizarnde acuerdo con los criterios, orden y marcas establecidos en el Apndice II de la presenteconvocatoria.

    2.1.12 Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imgenes contrarias a losvalores constitucionales, Autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el

    uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil encualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones detipo sexual, racial, tnico o religioso. Asimismo, tampoco se permiten los tatuajes, argollas,espigas e inserciones, automutilaciones o similares que puedan ser visibles vistiendo lasdiferentes modalidades de los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civilcuya denominacin, composicin y utilizacin se recogen en la Orden General n. 12 de28 de diciembre de 2009 (Boletn Oficial de la Guardia Civil n. 1, de 12 de enerode 2010) y en la Orden INT/77/2014, de 22 de enero, por la que se regula el uso generaldel uniforme del Cuerpo de la Guardia Civil y sus modificaciones posteriores.

    2.2 Comprobacin de requisitos: Si durante el proceso selectivo y los periodos deformacin se tuviere conocimiento de que cualquiera de los aspirantes carece de algunode los requisitos exigidos por la presente convocatoria, el Tribunal de Seleccin, desde la

    publicacin de la lista definitiva de admitidos a las pruebas hasta la fecha de publicacinde la relacin de admitidos como alumnos, o el General Jefe de Enseanza, a partir dedicho momento y durante los periodos de formacin, previo trmite de audiencia alinteresado y una vez comprobada dicha carencia, acordar su exclusin de la convocatoriamediante resolucin motivada, perdiendo todos los derechos derivados de su participacinen el proceso selectivo, sin perjuicio de las responsabilidades en las que pudiera haberincurrido en los casos de falsedad.

    2.3 La solicitud de participacin en el proceso selectivo lleva consigo la autorizacindel admitido a las pruebas, salvo denegacin expresa, para que la Jefatura de Enseanzasolicite de oficio, del Sistema de Verificacin de Datos de Identidad, de la DireccinGeneral de Trfico, del Registro Central de Penados, del Ministerio de Hacienda yAdministraciones Pblicas, Servicio Pblico de Empleo Estatal y, en su caso, del Ministerio

    de Defensa, las verificaciones y certificaciones al respecto, pudiendo ser verificados talesextremos desde el momento de su participacin en el proceso selectivo hasta la finalizacinde los periodos de formacin, por ser condiciones generales que deben reunir losaspirantes a participar en los procesos selectivos, conforme a los artculos 4.2, 6.2, 17 y 18del Reglamento general de ingreso en los centros docentes de formacin del Cuerpo de laGuardia Civil, aprobado por Real Decreto 597/2002, de 28 de junio.

    Los interesados debern autorizar o denegar expresamente dicho acceso, hacindoloconstar en el apartado correspondiente de su instancia.

    Quienes tuviesen la condicin de militar profesional o de funcionario pblico estarnexentos de justificar los requisitos ya acreditados para obtener dicha condicin.

    2.4 En cumplimiento de la Ley Orgnica 15/1999, de 13 de diciembre, de Proteccinde Datos de Carcter Personal, los datos facilitados por cada aspirante sern incorporadosal fichero de datos Exmenes de Oposiciones de la Direccin General de la Guardia

    Civil, cuya finalidad es gestionar su participacin en el presente proceso selectivo. Podrnser destinatarios de la informacin el Ministerio de Hacienda y Administraciones Pblicas(Sistema de Verificacin de Datos de Identidad, Tasas), Direccin General de Trfico

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    (permisos de conduccin), Registro Central de Penados (inscripciones de antecedentespenales), Servicio Pblico de Empleo Estatal (demandantes de empleo) y Ministerio deDefensa (concurrencia a plazas reservadas y mritos por pertenencia a las FuerzasArmadas), a los efectos descritos en la base 2.3.

    Si el aspirante lo desea, podr ejercer los derechos de acceso, rectificacin,cancelacin y oposicin, previstos por la Ley, dirigiendo un escrito a la Direccin Generalde la Guardia CivilJefatura de Enseanza, C/ Guzmn el Bueno, 110, 28003 Madrid, o atravs de la direccin de correo electrnico [email protected]

    3. Instancias

    3.1 Plazo: Quince (15) das naturales contados a partir del da siguiente al depublicacin de esta Resolucin en el Boletn Oficial del Estado.

    3.2 Procedimiento: La solicitud de admisin a este proceso selectivo se realizarcumplimentando directamente sobre la pgina web: http://ingreso.guardiacivil.es ycumplimentando el modelo de solicitud de admisin a las pruebas selectivas de ingreso enel Cuerpo de la Guardia Civil mediante alguna de las siguientes opciones:

    3.2.1 Opcin Con certificado digital: Permite una inscripcin ntegramenteelectrnica, pago de tasas, firma electrnica de la solicitud, envo de la misma al RegistroElectrnico y obtencin del justificante de dicho envo. Los interesados slo debern seguirlos pasos e instrucciones que la propia inscripcin les vaya solicitando.

    Las copias impresas obtenidas con esta opcin slo son vlidas a efectos justificativosy de control para el interesado, no surtiendo efectos de inscripcin su envo por otrosmedios distintos al de la sede electrnica.

    3.2.2 Opcin Inscripcin: Los interesados seguirn los siguientes pasos:

    a) Obtener el alta en el sistema, donde se solicitar al aspirante una serie de datosidentificativos y se le requerir una cuenta de correo electrnico activo, al que le serenviado un enlace de activacin. Tras la activacin deber acceder de nuevo paracumplimentar el resto de datos de su inscripcin.

    b) Cumplimentar el nmero de la Seguridad Social o el nmero de afiliacin a laSeguridad Social (NSS/NAF). El nmero de la Seguridad Social se podr solicitar en laAdministracin de la Tesorera General de la Seguridad Social en la que radique eldomicilio del aspirante o en el enlace (http://www.seg-social.es/Internet_1/ Masinformacion/TramitesyGestiones/ObtenciondelNumerod44084/index.htm).

    c) Descargar el impreso modelo 790 en soporte papel por triplicado (Ejemplar para laJefatura de Enseanza, ejemplar para la entidad colaboradora y ejemplar para elinteresado) para hacer efectivo el pago de las tasas de derechos de examen dentro delplazo de presentacin de instancias sealado en el punto 3.1, en cualquier entidadcolaboradora (Bancos, Cajas o Cooperativas de Crdito).

    d) Acceder nuevamente a la aplicacin para cumplimentar los datos referentes alpago de tasas y dems datos.

    e) Los aspirantes que estn exentos del pago de las tasas de examen,cumplimentarn los datos de los ttulos que les eximan de ello (Ttulo de familia numerosade categora especial, certificacin relativa a la condicin de demandante de empleo osentencia judicial firme o resolucin administrativa que reconozca la condicin de vctimadel terrorismo). Estos aspirantes no tienen que cumplimentar los puntos c) y d).

    f) Los aspirantes con derecho a bonificacin por el ttulo de familia numerosa decategora general, adems de los datos referidos al pago de tasas, debern introducir losdatos del ttulo de familia numerosa correspondiente.

    g) Generar, una vez finalizado el proceso de cumplimentacin de datos, losejemplares para la Jefatura de Enseanza y para el interesado.

    h) Presentar los documentos de solicitud directamente en las Zonas, Comandancias,Compaas y Puestos Territoriales de la Guardia Civil, Comisaras de Polica, en lasOficinas de Correos o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artculo 38.4 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas cv

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    y del Procedimiento Administrativo Comn, para la remisin del ejemplar para laAdministracin, debidamente firmado, a la Jefatura de Enseanza de la Guardia Civil,c/ Guzmn el Bueno 110, 28003 Madrid.

    3.2.3 Cuando lo indique el Tribunal de Seleccin debern presentar la siguientedocumentacin:

    a) Original o fotocopia legalizada o compulsada de los documentos acreditativos deestar en posesin de alguno de los ttulos o pruebas exigidos en la base 2.1.7. En el casode titulaciones obtenidas en el extranjero, adems se deber aportar fotocopia de lacredencial que acredite su homologacin. La no presentacin de la documentacin descritallevar consigo la eliminacin del aspirante del proceso selectivo.

    b) Cuantos documentos sean necesarios para acreditar la valoracin de los mritosconsignados por el aspirante en su solicitud.

    La comprobacin de dichos documentos podr llevar consigo la modificacin de losmritos baremados. En los casos de mala fe o manifiesta intencionalidad supondr sueliminacin del proceso selectivo, todo ello, sin perjuicio de la responsabilidad en quehubieran podido incurrir los interesados por falsedad en la solicitud inicial.

    c) Ejemplar para la Jefatura de Enseanza del impreso 790 de pago de tasas, Ttulode familia numerosa, certificacin relativa a la condicin de demandante de empleo osentencia judicial firme o resolucin administrativa que reconozca la condicin de vctimadel terrorismo para los casos en los que la comprobacin realizada por medios telemticoshaya dado resultado negativo.

    d) En el supuesto de la no autorizacin especificada en la base 2.3 por parte delaspirante o cuando causas tcnicas impidieran su comprobacin, entregarn los siguientesdocumentos: fotocopias compulsadas del DNI y permiso de conduccin B, certificadooriginal del Registro Central de Penados, en su caso certificacin de su pertenencia ytiempo de servicios en las Fuerzas Armadas.

    3.2.4 En cualquiera de las dos opciones de inscripcin descritas en las bases 3.2.1 y3.2.2 se tendr en cuenta que:

    a) Cuantos documentos se presenten podrn ser originales o extendidos en copiasdebidamente autorizadas o compulsadas. Las compulsas debern afectar, en su caso, ala totalidad de las pginas del documento y no se considerarn vlidas cuando carezcande la firma e identificacin personal del funcionario que las extiende. No sern tenidos encuenta documentos transmitidos por telefax u otros sistemas anlogos, salvo que seanemitidos por las Administraciones Pblicas en los trminos sealados en el artculo 45.5de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Rgimen Jurdico de las AdministracionesPblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

    b) Cualquier duda que pueda surgir relativa al proceso de inscripcin realizado

    conforme a cualquiera de las dos opciones incluida la definicin y puntuacin de losmritos objeto de baremacin, deber ser resuelta nica y exclusivamente por la Jefaturade Enseanza, para lo cual los aspirantes podrn formular cualquier consulta a lostelfonos y direcciones sealados en la base 4.11.

    3.2.5 El Director del Colegio de Guardias Jvenes expedir una relacin globalacreditativa de los alumnos del citado Centro que aspiran a las plazas reservadas almismo.

    3.3 Tasas.

    3.3.1 Importe: En concepto de derechos de examen, los aspirantes debern abonarla cantidad de once euros con veintin cntimos (11,21 ) con carcter general.

    3.3.2 Pago telemtico: Tambin podrn abonar los derechos de examen de acuerdoa lo dispuesto en la Resolucin de 21 de febrero de 2005, de la Subsecretara deAdministraciones Pblicas, por la que se establece la aplicacin del procedimiento para

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    la presentacin de la autoliquidacin y las condiciones para el pago por va telemtica dela tasa de derechos de examen (Boletn Oficial del Estado nmero 49, de 11 demarzo), en virtud de la cual, con carcter voluntario y alternativo, los aspirantes quedispongan de firma electrnica y una cuenta abierta en una entidad colaboradora en lagestin recaudatoria, podrn efectuar el pago de tasas por va telemtica conforme a lodispuesto en el apartado Cuarto. 2 de la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo (BoletnOficial del Estado nmero 64, de 2 de abril) estableciendo conexin con la direccinhttp://www.aeat.es, o de acuerdo con la Resolucin de 21 de febrero de 2005 de laSubsecretara de Administraciones Pblicas. Una vez efectuado el pago la entidadcolaboradora generar el Nmero de Referencia Completa (NRC) que ser enviado alterminal del interesado que a su vez lo transmitir al Ministerio de Hacienda yAdministraciones Pblicas que, despus de efectuar las comprobaciones oportunas,enviar un mensaje al interesado de confirmacin de la realizacin del ingreso. Estemensaje de confirmacin permitir la impresin del modelo 790 (tasa 093) cumplimentadoy pagado. En el modelo as impreso figurar el NRC y le servir al aspirante como

    justificante del pago de la tasa 093 por Derechos de Examen.3.3.3 Exenciones: Estarn exentas del pago de la tasa por derechos de examen las

    personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de unmes anterior a la fecha de publicacin de esta Resolucin y, en este plazo no hubierenrechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causajustif icada, en acciones de promocin, formacin o reconversin profesionales y que,asimismo, carezcan de rentas superiores, en cmputo mensual, al Salario MnimoInterprofesional.

    La certificacin relativa a la condicin de demandante de empleo, con los requisitossealados, se solicitar de la oficina del Servicio Pblico de Empleo. En cuanto a laacreditacin de las rentas, se realizar mediante una declaracin escrita del aspirante.

    Asimismo, estn exentos del pago de la tasa por derechos de examen quienes

    acrediten ser miembros de familia numerosa clasificada en la categora especial, acuyos efectos se adjuntar fotocopia del ttulo oficial, en vigor, acreditativo de tal condiciny expedido por la correspondiente Comunidad Autnoma.

    Igualmente, estarn exentas del pago de la tasa las vctimas del terrorismo,entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daos fsicos o psquicos comoconsecuencia de la actividad terrorista y as lo acrediten mediante sentencia judicial firmeo en virtud de resolucin administrativa por la que se reconozca tal condicin, su cnyugeo persona que haya convivido con anloga relacin de afectividad, el cnyuge del fallecidoy los hijos de los heridos y fallecidos.

    3.3.4 Bonificaciones: Tendr una bonificacin del 50 % en el pago de la tasa porderechos de examen quien acredite ser miembro de familia numerosa clasificada en lacategora general, debiendo abonar en este caso la cantidad de cinco euros con sesentay un cntimos (5,61 ); para lo que debern aportar fotocopia del ttulo oficial, en vigor,

    acreditativo de tal condicin y expedido por la correspondiente Comunidad Autnoma.3.3.5 Pago en el extranjero: De acuerdo con el apartado sexto de la Resolucin de 9

    de mayo de 2011, de la Secretara de Estado para la Administracin Pblica, quienespresenten su solicitud en el extranjero podrn efectuar el ingreso en la cuenta restringidasiguiente:

    Ttulo de la cuenta: Tesoro Pblico. Ministerio del Interior. Cuenta restringida para larecaudacin de tasas en el extranjero.

    Entidad: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.Nmero de cuenta: ES10 0182 2458 10 0200006043.

    3.3.6 Devolucin: De conformidad con lo establecido por el artculo 12 de laLey 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Pblicos, proceder la devolucin de las

    tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible, por causas noimputables al sujeto pasivo. Por tanto, no proceder devolucin alguna de los derechos de

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    examen en los supuestos de exclusin de las pruebas selectivas por causa imputable alinteresado.

    3.4 Transcurrido el plazo de presentacin de instancias, el Presidente del Tribunal deSeleccin dictar Resolucin, en el plazo mximo de un mes, aprobando la lista provisionalde admitidos a las pruebas y de excluidos, que elevar al General Jefe de la Jefatura deEnseanza para su publicacin en el Boletn Oficial del Estado, y en ella constar:

    a) La relacin de admitidos a las pruebas y excluidos condicionales con expresin dela calificacin otorgada en la fase de concurso, sealando el plazo de diez (10) das hbilespara subsanacin de deficiencias o correccin de errores.

    b) El lugar, fecha y hora de comienzo de la primera prueba y orden de actuacin delos admitidos a las pruebas.

    Las listas completas de admitidos a las pruebas y excluidos condicionales, conexpresin del baremo de mritos asignado, se podrn consultar en la propia Jefatura de

    Enseanza, en la Oficina de Informacin y Atencin al Ciudadano de la SubdireccinGeneral de Ayudas a Vctimas del Terrorismo y de Atencin Ciudadana del Ministerio delInterior (nmero de telfono 902.150.002), en la Oficina de Informacin y Atencin alCiudadano de la Direccin General de la Guardia Civil (nmero de telfono 900.101.062)o en la direccin del Ministerio del Interior http://www.mir.es/SGACAVT/oposic/procesosselectivos/index.html, as como en la pgina web de la Direccin General de laGuardia Civil, referenciada en la base 3.2.

    4. rgano de seleccin

    4.1 Para el desarrollo y calificacin de las pruebas selectivas se constituir unTribunal de Seleccin, cuya composicin y funcionamiento se ajustar a lo dispuesto en elReglamento aprobado por el Real Decreto 597/2002, de 28 de junio.

    4.2 El General Jefe de la Jefatura de Enseanza de la Guardia Civil nombrar a lostitulares y suplentes del Tribunal de Seleccin, cuya relacin se publicar en el BoletnOficial del Estado.

    4.3 El Tribunal de Seleccin que se nombre al efecto velar, de acuerdo con elartculo 14 de la Constitucin, por el estricto cumplimiento del principio de igualdad deoportunidades entre los aspirantes de ambos sexos que participen en la convocatoria.

    4.4 La actuacin del Tribunal de Seleccin se ajustar, en todo momento, a lanormativa de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de lasAdministraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

    4.5 Previa convocatoria del Presidente, se constituir el Tribunal de Seleccin en unplazo mximo de treinta (30) das a partir de la designacin de sus componentes, y unmnimo de diez (10) das antes de la realizacin de la primera prueba del proceso selectivo.

    4.6 El Tribunal de Seleccin intervendr en toda la realizacin del proceso selectivo

    y llevar a cabo las actuaciones que se deriven de las presentes bases y de su desarrolloy aplicacin; resolver cuantas dudas puedan surgir en relacin con las mismas y lo quedeba hacerse en los casos no previstos en ellas.

    4.7 El Tribunal de Seleccin podr acordar la celebracin de alguna de las pruebasen distintas sedes. A cada una de ellas se trasladar, al menos, un miembro del Tribunalde Seleccin.

    4.8 Dependiente del Presidente del Tribunal de Seleccin se constituir unaSecretara para la gestin administrativa e informtica de las pruebas selectivas, as comolos rganos de apoyo encargados de colaborar en el desarrollo de las mismas.

    4.9 El Presidente del Tribunal de Seleccin podr designar, para todas o algunas delas pruebas, a los asesores especialistas y personal colaborador o auxiliar que estimenecesario, los cuales se limitarn al ejercicio de las funciones propias de su especialidado que le sean encomendadas. Su actuacin podr realizarse a nivel individual o formando

    parte de un rgano Asesor-Especialista.4.10 La falta de respeto al Tribunal de Seleccin o a alguno de sus miembros, en su

    condicin de componentes del mismo y con ocasin de los exmenes, ser evaluada porcve:

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    el propio Tribunal de Seleccin que decidir si el aspirante debe o no ser excluido de laspruebas. Del acuerdo se levantar acta, que se elevar al General Jefe de la Jefatura deEnseanza a los efectos procedentes.

    Si la falta fuese cometida durante la realizacin de alguna de las pruebas, el Tribunalde Seleccin podr disponer en el acto la exclusin del opositor, dando despus cuenta alGeneral Jefe de la Jefatura de Enseanza.

    4.11 A los efectos de comunicaciones y dems incidencias, el Tribunal de Seleccintendr su sede en la Jefatura de Enseanza de la Guardia Civil, Servicio de Seleccin yFormacin, c/ Guzmn el Bueno, 110, 28003 Madrid, telfonos 915146470, 915146486,915142982, fax n. 915146483, direccin de correo electrnico [email protected] y en la direccin de Internet www.guardiacivil.es en la pginadedicada a procesos selectivos.

    4.12 El Tribunal de Seleccin que acte en estas pruebas selectivas, asesores ycolaboradores tendr derecho a las asistencias o devengos que por participacin enTribunales de oposicin pudiera corresponderle, de la categora que se autorice, de las

    recogidas en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizacionespor razn del servicio.

    5. Pruebas selectivas

    5.1 Fase de concurso. De acuerdo con lo establecido en el artculo 6.2 delReglamento aprobado por el Real Decreto 597/2002, de 28 de junio, la fase de concursoconsistir en la valoracin de los mritos acadmicos y profesionales aportados por eladmitido a las pruebas, que se valorarn de acuerdo con las puntuaciones sealadas enel Apndice I de la presente Convocatoria. La puntuacin total de esta fase estarcomprendida entre un mnimo de cero (0) y un mximo de sesenta (60) puntos.

    5.2 La fase de oposicin se ajustar al rgimen establecido en la Orden de 9 de abrilde 1996, y a lo previsto en el Reglamento aprobado por Real Decreto 597/2002, de 28 dejunio, y constar de las siguientes pruebas:

    a) Ortografa.b) Conocimientos.c) Lengua extranjera.d) Psicotcnica.e) Aptitud psicofsica, que a su vez se dividir en:

    Prueba de aptitud fsica.Entrevista personal.Reconocimiento mdico.

    5.3 Salvo que lo determine el Tribunal de Seleccin, en ningn caso se permitir eluso de diccionarios, libros, apuntes, calculadoras o cualquier otro tipo de ayudas.

    5.4 Est prohibida la entrada en el aula de examen con telfonos mviles o concualquier dispositivo que permita la grabacin, reproduccin, transmisin o recepcin dedatos, imgenes o sonidos. El incumplimiento de esta norma llevar consigo la eliminacindel aspirante del proceso de seleccin y la prdida de los derechos de examen.

    5.5 En cualquier momento, los admitidos a las pruebas podrn ser requeridos por losmiembros del Tribunal de Seleccin, colaboradores y auxiliares, para que acrediten suidentidad, a cuyo fin irn provistos del documento nacional de identidad o cualquier otrodocumento legal que lo sustituya. La no acreditacin documental de la identidad delaspirante llevar consigo su exclusin del proceso selectivo.

    6. Desarrollo de las pruebas selectivas

    6.1 Las pruebas selectivas se desarrollarn en el orden que determine el Tribunal de

    Seleccin, con las particularidades que seguidamente se detallan.Cuando existan diferentes cuestionarios de examen, el aspirante deber consignar ensu hoja de respuestas la opcin que le haya correspondido antes de iniciar la prueba. Si elaspirante no seala ninguna opcin el Tribunal de Seleccin podr acordar la no calificacin

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    de su ejercicio quedando sus actuaciones anuladas y perdiendo todos los derechosderivados de su participacin en el proceso selectivo. Del acuerdo se levantar acta, quese elevar al General Jefe de la Jefatura de Enseanza a los efectos procedentes.

    6.1.1 Prueba de ortografa: Consistir en la realizacin de un ejercicio de ortografa.El tiempo para esta prueba ser de diez (10) minutos.

    6.1.2 Prueba de conocimientos: Consistir en la contestacin a un cuestionario decien (100) preguntas concretas, extradas de los temas que figuran en el Apndice A delAnexo a la Orden de 9 de abril de 1996. El tiempo para la realizacin de esta prueba serde una hora y treinta (1 h 30 min) minutos.

    A continuacin, se contestarn cuatro (4) preguntas de reserva que figurarn en elcuadernillo de examen, para lo cual dispondrn de un tiempo de cuatro (4) minutos.Solamente sern valoradas estas preguntas en el caso de que el Tribunal de Seleccinanule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuadernillo.

    6.1.3 Prueba de lengua extranjera: Consistir en la contestacin a un cuestionario deveinte (20) preguntas sobre el idioma ingls o francs elegido por el aspirante en la

    instancia. No obstante, en la realizacin de la prueba deber indicar en la hoja derespuestas y en la forma que se le indique el idioma elegido. De no indicar ninguno en esemomento, se entender que opta por idioma ingls. El tiempo para esta prueba ser deveinte (20) minutos.

    A continuacin, se contestar una (1) pregunta de reserva que figurar en el cuadernillode examen, para lo cual dispondrn de un tiempo de un (1) minuto. Solamente servalorada esta pregunta en el caso de que el Tribunal de Seleccin anule alguna de lasanteriores y siguiendo el orden establecido en el cuadernillo.

    6.1.4 Prueba psicotcnica: Consistir en la evaluacin de la capacidad de losaspirantes para adecuarse a las exigencias derivadas, tanto del periodo acadmico comoalumno de un centro de formacin, como de su futura adaptacin al desempeoprofesional. Constar de dos partes:

    a) Aptitudes intelectuales: Se evaluarn mediante la aplicacin de tests de inteligenciageneral y/o escalas especficas que evalen la capacidad de aprendizaje, anlisis,razonamiento y potencial cognitivo.

    b) Perfil de personalidad: Se evaluarn mediante tests que exploren las caractersticasde personalidad, aptitudinales y motivacionales.

    Los resultados de las pruebas psicotcnicas aplicadas sern tenidos en cuenta paradeterminar la adecuacin del candidato al perfil profesional de la Guardia Civil.

    6.1.5 Pruebas de aptitud fsica: Consistir en la realizacin de los ejercicios fsicosdescritos en el Apndice II de esta Convocatoria, donde se determinan las marcas mnimasa superar en cada uno de ellos. El Tribunal de Seleccin podr determinar el orden deejecucin de los ejercicios pudindose realizar varios de ellos simultneamente, en este

    caso deber estar presente en cada uno de ellos, al menos, un miembro del Tribunal deSeleccin.6.1.6 Entrevista personal: Destinada a contrastar y ampliar los resultados de las

    pruebas psicotcnicas, as como valorar que el candidato presenta, en grado adecuado,las competencias y cualidades necesarias para superar el periodo acadmico y poderdesempear los cometidos y responsabilidades que le sean encomendados con suincorporacin a la Escala de Cabos y Guardias. La idoneidad para el desempeo de estoscometidos y responsabilidades se acredita con la valoracin, en grado adecuado, de lascompetencias y cualidades siguientes:

    I. Valores institucionales.II. Adecuacin a normas y principios morales.III. Responsabilidad/ madurez.

    IV. Motivacin.V. Autocontrol.VI. Habilidades sociales y de comunicacin.

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    VII. Adaptacin/flexibilidad.VIII. Solucin de problemas.

    6.1.7 Reconocimiento mdico: Se aplicar el cuadro mdico de exclusiones delApndice B del Anexo a la Orden de 9 de abril de 1996, as como el Acuerdo de Consejode Ministros, de 21 de octubre de 2005, por el que se elimina la disartra o tartamudezmanifiesta como causas de exclusin para el acceso a las Fuerzas Armadas y Cuerpos yFuerzas de Seguridad del Estado.

    6.2 Los admitidos a las pruebas sern convocados para cada prueba en nicollamamiento, siendo excluidos del concurso-oposicin quienes no comparezcan al mismoen el lugar, fecha y hora que se les seale, sea cual sea la causa que al respecto pudieraalegarse. No obstante, en el caso de que existiera ms de un da para cada prueba, elTribunal de Seleccin podr autorizar el cambio de da o tanda a los aspirantes que losoliciten por causas justificadas antes del inicio de las mismas.

    La Resolucin a que hace referencia la base 3.4 servir como llamamiento a la primeraprueba.

    La publicacin del lugar, fecha y hora para la celebracin de las pruebas siguientes laefectuar el Tribunal de Seleccin en la pgina de Internet referenciada e Intranet de laGuardia Civil. Tambin podrn consultarse en las Oficinas y direcciones a que se hacereferencia en la base 3.4.

    Una vez el admitido a las pruebas selectivas tome parte en una prueba o ejercicio juntocon los convocados para ese da, deber efectuar con el orden y regularidad que sedetermine la totalidad de los especificados para esa fecha, y si por cualquier circunstanciano continuara realizando alguno de ellos ser excluido del proceso selectivo.

    No obstante, cuando por problemas tcnicos u otra causa de fuerza mayor, no puedadeterminarse de manera fehaciente el resultado de cualquiera de las pruebas, el Tribunalde Seleccin, conforme a la base 4.6, dispondr la repeticin de la prueba en concreto por

    todos los afectados, tras dejar transcurrir, en el caso de que se trate de ejercicios fsicos,un tiempo suficiente para permitir la recuperacin del aspirante.

    6.3 Los resultados de las pruebas que integran la fase de oposicin y el resultadofinal de dicha fase se harn pblicos en la direccin de Internet a que se hace referenciaen la base 3.2. Tambin podr consultarse en las Oficinas a que se hace referencia en labase 3.4.

    6.4 En aquellas pruebas que lo requieran, el orden de actuacin de los aspirantes seiniciar por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra H, siguiendo los demsel orden alfabtico iniciado con la citada letra, conforme a la Resolucin de 24 de febrerode 2016, de la Secretara de Estado de Administraciones Pblicas, por la que se publica elresultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal alServicio de la Administracin del Estado (Boletn Oficial del Estado nmero 49, de 26 de

    febrero). En el supuesto de que no exista ningn aspirante cuyo primer apellido comiencepor la letra H, el orden de actuacin se iniciar por aquellos cuyo primer apellidocomience por la letra I, y as sucesivamente.

    6.5 Para las pruebas de la fase de oposicin ser necesario bolgrafo de tinta negra.

    7. Calificacin de las pruebas selectivas

    7.1 La fase de concurso se calificar de acuerdo con las puntuaciones y valoracionesde los mritos establecidos en el Apndice I de esta Convocatoria. Esta fase tendr unavaloracin mnima de cero (0) puntos y mxima de sesenta (60) puntos.

    Las solicitudes de revisin de la calificacin otorgada en la fase de concurso, ycualquier rectificacin o modificacin de la misma que pretenda el interesado con respectoal baremo sealado en su instancia, habrn de realizarse por escrito, en el plazo de diez

    (10) das hbiles, contados desde el siguiente a la publicacin de las listas de admitidos yexcluidos condicionales en el Boletn Oficial del Estado, a cuyo efecto se considerarvlido el adelanto de la solicitud de revisin al fax nmero 915.146.483, del Servicio de

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    Seleccin y Formacin, todo ello sin perjuicio de la comprobacin de la documentacinoriginal cuando corresponda, segn la base 3.2.3.

    7.2 Para garantizar los principios de confidencialidad e igualdad, las pruebas deortografa, conocimientos, lengua extranjera y psicotcnica se corregirn y calificarnmediante un sistema que impida la identificacin personal de los admitidos a las pruebas.

    7.3 La prueba de ortografa se evaluar como apto o no apto. Sern declaradosno aptos aquellos admitidos a las pruebas que cometan once (11) o ms faltasortogrficas y quedarn apartados del proceso selectivo.

    7.4 En las pruebas de conocimientos y de lengua extranjera, cada pregunta acertadase valorar a razn de un punto.

    Para obtener la calificacin del ejercicio de conocimientos y de lengua extranjera seaplicar la frmula:

    P = A [E / (n 1)]

    Siendo:

    P= Nmero de puntos obtenido.A= Nmero de aciertos.E= Nmero de errores.n= Nmero de opciones de respuesta a cada pregunta.

    No se considerarn errneas las preguntas dejadas en blanco.Cada pregunta tiene una nica respuesta vlida. En el caso de que el aspirante

    considere correctas varias opciones, deber sealar aqulla que estime ms completa.7.5 La prueba de conocimientos se calificar de cero (0) a cien (100) puntos, para

    superarla ser necesario alcanzar una puntuacin mnima de cincuenta (50) puntos,siendo declarados no aptos quienes no alcancen dicha puntuacin mnima, quequedarn apartados del proceso selectivo.

    7.6 La prueba de lengua extranjera se valorar de cero (0) a veinte (20) puntos, parasuperarla ser necesario alcanzar una puntuacin mnima de seis (6) puntos, siendodeclarados no aptos quienes no alcancen dicha puntuacin mnima, que quedarnapartados del proceso selectivo.

    7.7 La prueba psicotcnica se valorar de cero (0) a quince (15) puntos, de acuerdocon las puntuaciones obtenidas en los test aplicados segn la base 6.1.4.a) tal como sedetalla a continuacin. Las preguntas contestadas incorrectamente tienen penalizacin. Nose considerar errnea la pregunta no contestada.

    La puntuacin directa en esta prueba se obtendr aplicando la siguiente frmula:

    Pd = [15 / T] * {A - [E / (n - 1)]}

    Donde:

    Pd= Puntuacin directa de la prueba psicotcnica.T= Total de preguntas que tiene el cuestionario.A= Nmero de preguntas correctamente contestadas (Aciertos).E= Nmero de preguntas incorrectamente contestadas (Errores).n= Nmero de alternativas de cada pregunta (4).

    A partir de la puntuacin directa se calcular la puntuacin en la prueba psicotcnicaconforme a la siguiente frmula:

    Pps = 15 * [(Pd m) / (Pdmax m)]

    Donde:

    Pps= Puntuacin de la prueba psicotcnica.Pd= Puntuacin directa de la prueba.

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    m= Umbral mnimo de puntuacin directa. A establecer con anterioridad a conocer laidentidad de los aspirantes y teniendo en cuenta las caractersticas psicomtricas de estaspuntuaciones.

    Pdmax = Puntuacin directa mxima alcanzada en la ejecucin de la prueba, de el/losaspirante/s que mejor resultado haya/n obtenido.

    Si del resultado de la aplicacin de la frmula anterior se obtuvieran valores negativossern convertidos a 0.

    7.8 Para aquellos aspirantes que superen las pruebas de ortografa, conocimientos ylengua extranjera, la calificacin de la fase de oposicin ser la resultante de sumar laspuntuaciones obtenidas en las pruebas de conocimientos, lengua extranjera y psicotcnica.

    7.9 La puntuacin final de las pruebas selectivas ser la resultante de sumar laspuntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposicin. Una vez obtenidala calificacin final, y ordenados de mayor a menor puntuacin en cada modalidad deingreso, pasarn a realizar las pruebas de aptitud psicofsica en un nmero de ellos que

    sea suficiente, a juicio del Tribunal de Seleccin, para cubrir la totalidad de las plazasofertadas.7.10 Los casos de igualdad en la calificacin, se resolvern siguiendo el siguiente

    orden de prelacin:

    a) El que obtenga mayor puntuacin en la prueba de conocimientos.b) El que obtenga mayor puntuacin en la prueba de lengua extranjera.c) El que obtenga mayor puntuacin en la prueba psicotcnica.d) El de mayor edad.

    7.11 La peticin de revisin de la calificacin otorgada en las pruebas de ortografa,conocimientos, lengua extranjera y psicotcnica, podr realizarse, a travs de la direccinde correo electrnico [email protected] o bien mediante el fax

    nmero 915.146.483 del Servicio de Seleccin y Formacin, en el plazo de tres (3) dashbiles, contados a partir de la publicacin de las calificaciones en la direccin de Internet:www.guardiacivil.es.

    8. Calificacin de las pruebas de aptitud psicofsica

    8.1 Ejercicios fsicos:

    a) Para la realizacin de los ejercicios de la prueba de aptitud fsica, los admitidos alas pruebas irn provistos de atuendo deportivo acorde con el tipo de ejercicios a realizar.Antes del inicio de la misma entregarn al Tribunal de Seleccin Certificado Mdico Oficialexpedido dentro de los veinte (20) das anteriores en el que se haga constar expresamenteque el aspirante se encuentra capacitado fsicamente para la realizacin de las pruebasde aptitud fsica consistentes en: velocidad (carrera de 50 metros); resistencia muscular(carrera de 1000 metros); fuerza extensora de brazos y natacin (50 metros) sin que ellosuponga un riesgo para su salud, cuyos modelos se publican como Apndices III y IV delpresente Anexo, o bien la ficha mdica vlida que establece la Instruccin Tcnicanmero 01/2015, de 19 de febrero de 2015, de la Inspeccin General de Sanidad de laDefensa, sobre Reconocimientos mdicos para la realizacin de pruebas fsicas. Si estaltima se ha realizado con ms de 20 das antes de las pruebas, deber ir acompaada deuna declaracin en ese momento, donde se especifique que no ha padecido ningnproceso patolgico desde la realizacin del reconocimiento.

    La no presentacin de cualquiera de los documentos citados en los trminos expuestossupondr la exclusin del aspirante del proceso selectivo.

    b) A tenor de lo dispuesto en el artculo 35.3 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre,de Rgimen del Personal de la Guardia Civil, si alguna de las admitidas a las pruebas no

    pudiera efectuar los ejercicios fsicos establecidos en la convocatoria por embarazo oparto, lo acreditar en este acto mediante certificado mdico expedido en impreso oficialpor el especialista que la atiende y se estar a lo dispuesto en la base 9.2.

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    c) La calificacin de los ejercicios fsicos ser de apto o no apto. Se calificarncomo no apto aquellos que no logren superar todos los ejercicios fsicos descritos en elApndice II. Los calificados no apto sern apartados del proceso selectivo en elmomento de no superar alguno de ellos. Los resultados se expondrn en el lugar dondese hayan realizado dichos ejercicios. La publicacin oficial de las Resoluciones del Tribunalde Seleccin lo ser en la Intranet corporativa de la Guardia Civil y en la direccin deInternet a que se hace referencia en la base 3.2.

    d) Una vez el admitido a las pruebas tome parte en el primer ejercicio fsico junto conlos convocados para ese da, deber efectuar sucesivamente, a medida que los vasuperando con el orden y regularidad que se determine, la totalidad de los ejercicios y sipor cualquier circunstancia no continuara realizando o no finalizara alguno de ellos sercalificado como no apto.

    8.2 Entrevista personal:

    a) Consistir en la recogida de informacin a travs del dilogo y los tests queconsideren pertinentes los entrevistadores. Seguir un desarrollo semiestructurado.

    b) Para la realizacin de las entrevistas, y dependiente del Presidente del Tribunal deSeleccin, se constituir un rgano de apoyo asesor especialista compuesto por tituladosen psicologa y por Oficiales o Suboficiales de la Guardia Civil.

    c) En la entrevista a cada aspirante debe estar presente, al menos, un psiclogo. Elresultado de la entrevista ser elevado al Tribunal de Seleccin para su calificacindefinitiva.

    Los rganos de apoyo que realicen la prueba de entrevista emitirn una propuesta decalificacin al Tribunal de Seleccin, quien calificar la Prueba de Entrevista Personalcomo apto o no apto provisional.

    d) La calificacin de no apto provisional podr ser revisada a instancia delinteresado, mediante solicitud dirigida al Presidente del Tribunal de Seleccin en el plazo

    que determine la Resolucin por la que se publique dicha calificacin. Los aspirantescalificados como no apto provisional que no soliciten la revisin en el plazo sealado yaquellos que, tras la revisin practicada, vean confirmada dicha calificacin, serndefinitivamente declarados como no apto, quedando apartados del proceso selectivo.

    e) Para la realizacin de las revisiones de las calificaciones se constituirn Juntas deRevisin, dependientes del Presidente del Tribunal de Seleccin y compuestas portitulados en psicologa. En stas, tras estudiar la documentacin generada en lasentrevistas personales y or a los interesados, se emitirn propuestas para la calificacindefinitiva.

    f) Las calificaciones de la entrevista personal sern expuestas en el lugar derealizacin de la misma y su publicacin oficial lo ser en la Intranet corporativa de laGuardia Civil y en la direccin de Internet a que se hace referencia en la base 3.2.

    8.3 Reconocimiento mdico:

    a) Los aspirantes citados para someterse a reconocimiento mdico se presentarnen ayunas y con retencin de orina en el lugar, fecha y hora que se les indique.

    b) Para la realizacin del reconocimiento mdico, y dependiente del Presidente delTribunal de Seleccin, se constituir un rgano de apoyo asesor especialista, compuestopor personal licenciado en Medicina, con las especialidades necesarias. El Tribunal deSeleccin slo considerar vlidos los resultados y pruebas analticas que se obtengan enel momento del reconocimiento mdico.

    c) Como resultado del reconocimiento mdico, los aspirantes sern calificados comoapto, no apto o no apto circunstancial.

    d) La calificacin de no apto podr ser revisada a instancia del interesado,

    mediante solicitud al Presidente del Tribunal de Seleccin, en un plazo no superior a tres(3) das hbiles contados a partir del siguiente a aqul en que se publiquen los resultadosdel reconocimiento mdico en la direccin de Internet a que se hace referencia en labase 3.2, mediante el oportuno Acuerdo del Tribunal de Seleccin. El Presidente del cv

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    Tribunal de Seleccin dispondr su comparecencia, antes de diez (10) das naturalescontados desde la fecha que finalice la calificacin de la ltima prueba selectiva, ante elTribunal Mdico de revisin previamente designado al efecto por el General Jefe de laJefatura de Enseanza de la Guardia Civil y publicado en el Boletn Oficial del Estado.El fallo de este Tribunal ser definitivo.

    e) Los aspirantes calificados como no apto que no soliciten la revisin en el plazosealado en la letra anterior, y los que, tras el reconocimiento efectuado por el TribunalMdico de Revisin, continen con dicha calificacin, sern excluidos del procesoselectivo.

    f) A quienes sean declarados no apto circunstancial, les ser fijada fecha parapasar un nuevo reconocimiento mdico, total o parcial, ante el Tribunal Mdico de Revisin,a fin de determinar si resultan apto o no apto con los efectos sealados en la letraanterior.

    g) Los resultados de los reconocimientos mdicos sern expuestos en los centrosdonde se hayan realizado y su publicacin oficial lo ser en la Intranet corporativa de la

    Guardia Civil y en la direccin de Internet a que se hace referencia en la base 3.2.

    9. Admitidos como alumnos

    9.1 Los aspirantes que hayan superado todas las pruebas sern ordenados de mayora menor puntuacin dentro de cada una de las modalidades de ingreso establecidas en labase 1.1. En caso de igualdad en la calificacin final, se resolver en la forma que indicala base 7.10 de esta Convocatoria.

    El Tribunal de Seleccin har pblica, en la Jefatura de Enseanza de la Guardia Civil,la relacin provisional con los resultados del concurso-oposicin, que podr ser consultadaen la propia Jefatura, en las Comandancias de la Guardia Civil, y en las Oficinas ydirecciones de Internet a que se hace referencia en la base 3.4.

    9.2 Las aspirantes femeninas que no hayan efectuado las pruebas fsicas por

    embarazo, parto o posparto debidamente acreditados conforme a la base 8.1.b), seentender que han obtenido plaza cuando lo permita el puesto de escalafn que lescorresponda, por la puntuacin alcanzada en la clasificacin efectuada por su modalidad deingreso en el proceso selectivo, y quedar la plaza que en su caso obtuviera, condicionadaa la superacin de aqullas. Para realizar tales pruebas fsicas, y en aplicacin de loestablecido en el artculo 7 del Reglamento general de ingreso en los centros docentes deformacin del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por Real Decreto 597/2002, de 28 dejunio, las interesadas podrn optar a realizarlas en la fecha que se determine, a estos solosefectos, antes de la incorporacin de los admitidos como alumnos a los centros de formacino en la que en su momento se determine para la siguiente convocatoria. Si en esta fechatampoco pudieran realizarlas debido a otro embarazo, parto o posparto, igualmenteacreditados, podrn elegir de nuevo entre las dos (2) opciones antedichas sin que, en

    ninguno de estos casos, les sean de aplicacin los lmites de edad.Cualquiera que fuese la causa, las interesadas perdern todo derecho a la plazaobtenida si no superan las pruebas fsicas en la fecha prevista para ello en la segundaconvocatoria posterior a la que obtuvieron plaza.

    Las interesadas ingresarn en el centro docente de formacin correspondiente con losadmitidos como alumnos de la convocatoria en la que superen las pruebas fsicas.

    9.3 Si alguno de los aspirantes relacionados conforme a la base 9.1, por cualquiercausa, desease renunciar voluntariamente a la plaza que en su caso le pudieracorresponder, cursar a la Jefatura de Enseanza de la Guardia Civil la declaracin cuyomodelo figura como Apndice V.

    9.4 Quienes no presentasen la documentacin exigida, los que renunciasen a laplaza que en su caso les pudiera corresponder y quienes de la revisin de la documentacinacreditativa, se compruebe que carecen de alguna de las condiciones sealadas en la

    base 2 de esta Resolucin, no sern admitidos como alumnos, y sus actuaciones quedarnanuladas perdiendo todos los derechos nacidos de su participacin en la convocatoria, sinperjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido por falsedad.

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    9.5 Eliminados los aspirantes a que hace referencia la base anterior, el Tribunal deSeleccin declarar admitidos como alumnos a los aspirantes aptos en todas laspruebas selectivas y con mayor puntuacin dentro de cada modalidad de ingreso,conforme a la distribucin y acumulacin de plazas indicada en la base 1. El resto seconsiderar no admitido como alumno en las pruebas selectivas.

    9.6 En ningn caso el Tribunal de Seleccin podr declarar admitidos como alumnosun nmero superior al del total de plazas convocadas. Cualquier propuesta quecontravenga lo anterior ser nula de pleno derecho.

    La plaza asignada a la aspirante admitida a las pruebas, a que hace referencia labase 9.2, pertenecer al cupo de las aprobadas para la convocatoria en que obtuviera laplaza condicionada, sin perjuicio de las que se determinen para la convocatoria posterioren la que superen las pruebas fsicas.

    9.7 El Tribunal de Seleccin har pblica, en la Jefatura de Enseanza de la Guardia Civil,la relacin de admitidos como alumnos, que podr ser consultada en la propia Jefatura y enlas Oficinas y direccin de Internet a que hace referencia la base 3.2 y la elevar al General Jefe

    de la Jefatura de Enseanza, para su publicacin en el Boletn Oficial del Estado.

    10. Nombramiento de alumnos

    10.1 Los admitidos como alumnos efectuarn su presentacin en la Academia deGuardias y Suboficiales de la Guardia Civil de Baeza (Jan) y en su Seccin de Valdemoro(Madrid), el da 3 de octubre de 2016, fecha prevista de incorporacin, y sern nombradosalumnos por el Director del Centro. Previamente a dicho nombramiento debern firmar eldocumento de incorporacin a la Guardia Civil.

    El Director del Centro remitir a la Jefatura de Enseanza de la Guardia Civil la relacinde los alumnos incorporados.

    10.2 Si algn admitido como alumno no efecta su presentacin en la fecha indicada,sin justificar debidamente la causa de su ausencia, se interpretar que renuncia a la plaza

    obtenida.10.3 Los admitidos como alumnos a las plazas reservadas para militares

    profesionales de tropa y marinera de las Fuerzas Armadas debern presentar, a suincorporacin al centro de formacin, certificado expresivo de ser militar profesional detropa y marinera a la fecha de incorporacin, expedido por el Jefe de la unidad, centro uorganismo donde presten sus servicios, cuyo modelo figura en el Apndice VI.

    10.4 Todos los admitidos como alumnos que hayan prestado servicios en las FuerzasArmadas debern presentar a su incorporacin al centro de formacin copia de su HojaGeneral de Servicios.

    10.5 La relacin de los aspirantes nombrados alumnos se publicar en el BoletnOficial del Estado, mediante Resolucin del General Jefe de la Jefatura de Enseanza dela Guardia Civil.

    11. Perodos de formacin

    11.1 De conformidad con lo dispuesto en el artculo 7.2 del Real Decreto 313/2006,de 17 de marzo (Boletn Oficial del Estado nmero 75), sobre directrices generales delos planes de estudios de las enseanzas de formacin para el acceso a las Escalas deSuboficiales y de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, y de acuerdo a los planes deestudios recogidos en la Orden PRE/1478/2006, de 5 de mayo (Boletn Oficial delEstado nmero 116), que facultan para la incorporacin a la Escala de Cabos y Guardias,la enseanza de formacin se completar en dos periodos:

    a) Primer periodo: De formacin en centro docente, con una duracin de mil sesenta(1.060) horas.

    b) Segundo periodo: De prcticas, con una duracin de cuarenta (40) semanas.

    11.2 Los alumnos que superen el plan de estudios accedern a la Escala de Cabosy Guardias con el empleo de Guardia Civil.

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    11.3 Los alumnos ingresados causarn alta administrativa en el correspondientecentro docente de formacin de la Guardia Civil el da de su incorporacin al mismo.

    11.4 Los alumnos estarn sujetos, desde su incorporacin al centro docente, alrgimen de derechos y deberes de carcter general del Cuerpo de la Guardia Civil, a lasleyes penales militares, al rgimen disciplinario de la Guardia Civil, al rgimen delalumnado de los centros docentes de formacin de la Guardia Civil y al rgimen interior delos mismos.

    11.5 El compromiso contrado por el militar de complemento, el militar de tropa ymarinera, o el reservista voluntario as como el de larga duracin de los militares decomplemento y el de los militares de tropa y marinera, quedar resuelto al ser nombradoalumno del centro docente de formacin de la Guardia Civil.

    11.6 El militar de complemento o el militar de tropa y marinera con compromisos delarga duracin, que no completen su acceso a la Guardia Civil, podr reincorporarse a lasFuerzas Armadas en las mismas condiciones en las que se encontraban al resolver suscompromisos, de acuerdo con el artculo 10.3 de la Ley 8/2006, de Tropa y Marinera.

    12. Norma final

    12.1 La motivacin de los actos que se dicten durante el proceso selectivo serealizar, con carcter general, conforme a lo dispuesto en el artculo 54.2 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicasy del Procedimiento Administrativo Comn, excepto en los casos explcitamente detalladosen la presente Resolucin para los que se exija resolucin motivada.

    12.2 Las resoluciones y actos administrativos dictados en materia de ingresos yprocesos selectivos podrn ser impugnados en los casos y en las formas establecidas enla precitada Ley 30/1992.

    APNDICE I

    Baremo

    Establecido en virtud del artculo 6.2 del Reglamento aprobadopor Real Decreto 597/2002, de 28 de junio (BOE nm. 155)

    Solamente se considerarn aquellos mritos que figuren en este Apndice y que seposean en el plazo de presentacin de instancias.

    1. Mritos profesionales

    La puntuacin obtenida por mritos profesionales ser la suma de los que se posean,conforme a los apartados de este punto, no pudiendo rebasar los 18 puntos.

    A) Exclusivo para plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinera(conforme a la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinera):

    1.1 Haber cumplido el servicio militar como militar de reemplazo: 1 punto.1.2 Tiempo de servicios prestados como militar de tropa y marinera:

    Quienes ostenten dicha condicin: Por aos completos de servicios como militar detropa y marinera (conforme a la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinera), hastala fecha de finalizacin del plazo de presentacin de instancias:

    1 Punto por cada ao completo de servicio hasta un mximo de 10 puntos.

    1.3 Por el empleo mximo alcanzado como militar profesional, en la actualidad o conanterioridad, en cualquier Ejrcito:

    1.3.1 Cabo: 3 puntos.1.3.2 Cabo 1.: 4 puntos.

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    1.3.3 Suboficial: 6 puntos.1.3.4 Oficial: 10 puntos.

    B) Exclusivo para plazas de acceso libre:

    1.4 Haber cumplido el servicio militar como militar de reemplazo: 1 punto.1.5 Por cada ao completo de servicio en la Administracin General del Estado

    (incluidos como militar): 1 punto.1.6 Por la categora de pertenencia, conforme al empleo mximo alcanzado, como

    militar, en cualquier Ejrcito, Cuerpo o Escala:

    1.6.1 Tropa y marinera: 2 puntos.1.6.2 Suboficial: 6 puntos.1.6.3 Oficial: 10 puntos.

    1.7 Tiempos de servicios prestados como Reservista Voluntario desde que se

    adquiera la citada condicin 0,03 puntos/mes.2. Otros mritos (comn a todas las modalidades de acceso)

    La puntuacin obtenida por otros mritos ser la suma de los que se posean, conformea los apartados de este punto, no pudiendo rebasar los 42 puntos.

    2.1 Certificado Oficial de la Escuela Oficial de Idiomas o acreditacin de un perfillingstico en idiomas extranjeros declarados de inters para la Guardia Civil (Alemn,rabe, Francs, Ingls, Italiano, Portugus y Ruso), en virtud de lo dispuesto en elartculo 2 de la Orden PRE/2900/2011, de 25 de octubre, por la que se regulan losprocedimientos para evaluar la competencia lingstica en los idiomas extranjerosconsiderados de inters para la Guardia Civil.

    Para un idioma concreto solamente se contabilizar el ttulo o certificado aportado demayor puntuacin segn el siguiente baremo:

    2.1.1 Perfil lingstico SLP 5.5.5.5: 10 puntos.2.1.2 Certificado Oficial de nivel C2 (referido al Marco Comn Europeo de Referencia

    para las Lenguas) de una Escuela Oficial de Idiomas (Real Decreto 1629/2006, de 29 dediciembre, por el que se fijan los aspectos bsicos del currculo de las enseanzas deidiomas de rgimen especial reguladas por la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, deEducacin): 9 puntos.

    2.1.3 Perfil lingstico SLP 4.4.4.4 o superior: 8 puntos.2.1.4 Certificado Oficial de nivel C1 (referido al Marco Comn Europeo de Referencia

    para las Lenguas) de una Escuela Oficial de Idiomas (Real Decreto 1629/2006, de 29 dediciembre, por el que se fijan los aspectos bsicos del currculo de las enseanzas de

    idiomas de rgimen especial reguladas por la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, deEducacin): 7 puntos.2.1.5 Perfil lingstico SLP 3.3.3.3 o superior: 6 puntos.2.1.6 Certificado Oficial de nivel B2 (referido al Marco Comn Europeo de Referencia

    para las Lenguas) de una Escuela Oficial de Idiomas (Real Decreto 1629/2006, de 29 dediciembre, por el que se fijan los aspectos bsicos del currculo de las enseanzas deidiomas de rgimen especial reguladas por la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, deEducacin): 5 puntos.

    2.1.7 Perfil lingstico SLP 2.2.2.2 o superior: 4 puntos.

    No se valorar un perfil lingstico inferior al 2.2.2.2.La acreditacin de los perfiles lingsticos se har de acuerdo a la Orden Ministerial

    64/2010, de 18 de noviembre (BOD n. 229), por la que se regulan los procedimientos para

    evaluar la competencia lingstica en los idiomas extranjeros considerados de inters paralas Fuerzas Armadas.

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    A efectos de equivalencias de los Certificados Oficiales de Escuelas Oficiales deIdiomas arriba referidos con las enseanzas reguladas por el Real Decreto. 967/1988, de 2de septiembre y las reguladas por el Real Decreto 944/2003, de 18 de julio, se aplicar elrgimen de equivalencias previsto en la Disposicin Adicional primera (Equivalencia deEstudios) del Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre.

    No se baremarn las certificaciones acadmicas de haber alcanzado el dominiorequerido en algunas de las destrezas que las pruebas correspondientes evalen,expedidas tras la no obtencin del certificado oficial de nivel correspondiente (contempladasen el artculo 4.4 del R.D. 1629/2006 de 29 de diciembre).

    2.2 Estar en posesin de ttulo o certificado de:

    2.2.1 Titulacin Universitaria Oficial de Doctor: 10 puntos.2.2.2 Titulacin Universitaria Oficial de Master: 9 puntos.2.2.3 Titulacin Universitaria Oficial de Licenciado/Grado/Ingeniero o Arquitecto: 8 puntos.2.2.4 Titulacin Universitaria Oficial de Diplomado, Ingeniero/Arquitecto Tcnico: 6 puntos.2.2.5 Tcnico Superior o Tcnico Especialista: 4 puntos.2.2.6 Bachiller LOE 2/2006, de 3 de mayo, o equivalente acadmico: 3 puntos.

    Se contemplar la titulacin de Doctor y Master Universitario con esta valoracinsiempre que previamente se haya obtenido la licenciatura/grado correspondiente.

    Las sucesivas titulaciones de Doctor y Master Universitario obtenidas con la mismalicenciatura/grado y las obtenidas sin este requisito se valorarn con 2 y 1 punto,respectivamente.

    Respecto a las titulaciones anteriores, en el caso de presentacin de varios ttulos,cuando alguno de ellos sea requisito necesario para obtener otro, o quede subsumido enl, slo se valorar el de mayor titulacin acadmica.

    Otra especialidad de la misma licenciatura o grado se valorar con 1,5 puntos y otra

    especialidad de la misma diplomatura se valorar con 1 punto.Los aspirantes que tengan titulaciones objeto de baremo que no puedan reflejar en suinscripcin telemtica, remitirn dentro del plazo establecido a la Jefatura de Enseanza(Servicio de Seleccin y Formacin), y por los medios indicados en la base 4.11. de estaconvocatoria, la acreditacin que corresponda, sin perjuicio de la presentacin de ladocumentacin original cuando le sea requerida.

    Los ttulos oficiales universitarios de Grado, Master Universitario y Doctor sern losregulados por el RD 1393/2007, de 29 de octubre, sobre ordenacin de las enseanzasuniversitarias oficiales y que se encuentren inscritos en el Registro de Universidades,Centros y Ttulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre.

    Los ttulos oficiales acadmicos objeto de baremo sern los expedidos por los centrosu rganos competentes del Ministerio de Educacin, Cultura y Deporte o ComunidadAutnoma que tenga transferida esta competencia, y podrn ser sustituidos por elresguardo provisional emitido por el centro oficial habilitado para la expedicin del ttulo.

    No sern objeto de baremacin: las pruebas o titulaciones que slo facultan o puedenservir para acceder a determinadas enseanzas; las que nicamente tengan declarada oreconocida, por rgano competente, su equivalencia a efectos profesionales o laboralescon alguna titulacin terminal acadmica concreta del sistema educativo general vigente;las que nicamente permitan participar en los procesos selectivos de ingreso en loscorrespondientes Cuerpos y Escalas de la Administracin del Estado y demsAdministraciones Pblicas; y los diplomas y ttulos propios de las Universidades que noestn homologados mediante Real Decreto.

    2.3 Estar en posesin de:

    2.3.1 Permiso de Conduccin de la clase A o A2: 4 puntos.

    2.3.2 Permiso de Conduccin de las clases C1, C, C1+E, D1, D, D1+E:.2 puntos.2.3.3 Permiso de Conduccin de las clases C+E, D+E: 4 puntos.

    En cada apartado solamente se podr baremar uno de los permisos de conduccin.cve:

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    El baremo mximo que se podr obtener por la posesin de los diferentes permisos deconduccin, no superar los 8 puntos.

    2.4 Tiempo como deportista de alto nivel: Quienes hayan ostentado dicha condicin(acreditada conforme al Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre Deportistas de altonivel y alto rendimiento) en los ltimos cinco aos a contar desde la adquisicin de talcondicin hasta la fecha de finalizacin del plazo de presentacin de instancias, deacuerdo a los periodos de tiempo y grupo en que hubieran estado incluidos de los previstosen el artculo 4 del citado Real Decreto que se sealan a continuacin:

    Incluidos en el Grupo A: 0,35 puntos por cada ao completo. Incluidos en el Grupo B: 0,25 puntos por cada ao completo. Incluidos en el Grupo C: 0,20 puntos por cada ao completo.Slo se computar la puntuacin ms alta resultante del clculo efectuado segn el

    prrafo anterior.2.5 La valoracin de la puntuacin obtenida por los aspirantes en la fase de concurso

    ser como mximo de sesenta (60) puntos.

    APNDICE II

    Pruebas de aptitud fsica

    Las pruebas se realizarn en el orden que, en cada momento, determine el Tribunal deSeleccin.

    1. Prueba de velocidad: Carrera de 50 metros en pista consalida en pie. Debercubrirse dicha distancia en tiempo no superior a 8.30 segundos para hombres y a 9.40segundos para mujeres. Se permitirn dos intentos.

    2. Prueba de resistencia muscular: Carrera de 1.000 metros en pista con salida enpie. Dicha distancia se cubrir en tiempo no superior a 4 minutos 10 segundos parahombres y a 4 minutos 50 segundos para mujeres. Un nico intento.

    3. Prueba extensora de brazos: Se realizar situndose el ejecutante en posicin dedecbito prono. Colocar las palmas de las manos en la posicin ms cmoda manteniendolos brazos perpendiculares al suelo y a la anchura de los hombros. Desde esa posicinrealizar una extensin de brazos completa comenzando el ejercicio desde esa posicin.Se contabilizar como efectuada una extensin cuando se toque con la barbilla en el sueloy se vuelva a la posicin de partida manteniendo en todo momento cabeza, hombros,espalda y piernas en prolongacin. No ser vlida la extensin de los brazos que no seasimultnea o en la que se apoye en el suelo parte del cuerpo distinta de la barbilla, puntade los pies y manos. El nmero de extensiones que se realicen no ser inferior a dieciochopara hombres y a catorce para mujeres.

    Durante el ejercicio se permite un descanso, en cualquier momento, siempre que ste

    se realice en posicin de tierra inclinada hacia delante. La zona de contacto de la barbillapodr almohadillarse con un grosor no superior a seis centmetros.

    Se permitirn dos intentos espaciados para permitir la recuperacin del ejecutante.4. Prueba de natacin: Recorrido de 50 metros en piscina. Situado el ejecutante en

    pie, al borde de la piscina, se lanzar al agua y efectuar el recorrido con estilo libre y sinapoyo en un tiempo no superior a 70 segundos para hombres y a 75 segundos paramujeres. Un nico intento.

    Prueba Marca Hombres Marca Mujeres

    Velocidad 50 m . . . . . . . . . . 8.30 seg. 9.40 seg.Resistencia 1.000 m. . . . . . 4 min 10 seg. 4 min 50 seg.Extensora de brazos. . . . . . 18 extensiones. 14 extensiones.

    Natacin 50 m . . . . . . . . . . 70 seg. 75 seg.

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    APNDICE III

    MODELO DE CERTIFICADO MDICO (I)

    F U E R Z A S A R M A D A S

    C E R T I F I C A D O M E D I C O

    (Oficial a todos los efectos para el personal de las Fuerzas Armadas y familiares.-Decreto 59/1960, de 14 de

    enero ("B.O. del Estado" nm. 21) y Orden de 25 de enero de 1960

    ("B.O. del Estado" nm. 61), de 11 de marzo)

    D/D

    ........................................................................................................................................................................

    .............................................................................................................................................................................

    con destino en .....................................................................................................................................................C E R T I F I C O:Que D./D( ), con D.N.I. nmero

    ( ), se encuentra capacitado fsicamente para la realizacin de pruebas de aptitud fsica

    consistentes en ejercicios de: -velocidad (carrera de 50 metros), -resistencia muscular (carrera de 1000

    metros), - extensora de brazos, y - natacin (50 metros), sin que ello suponga un riesgo para su

    salud,...................................................................................................................................................................

    .............................................................................................................................................................................

    .............................................................................................................................................................................

    .............................................................................................................................................................................

    Y para que conste, y a instancia del ..................................................

    D/D....................................................................................................................................................... con

    destino en ...........................................................................................................................................................

    expido el presente Certificado, para que surta efectos donde convenga y proceda.

    ................................................. de .......................... de 2016.

    El/La ..............................................Mdico,cve:

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    APNDICE IV

    MODELO DE CERTIFICADO MDICO (II)

    CONSEJO GENERALDE

    COLEGIOS OFICIALES DE MDICOSDE ESPAA

    --------

    Derechos autorizados:XXX EUROS

    I.V.A. INCLUIDO

    CERTIFICADO MDICO OFICIAL

    Colegio de _________________

    D/D

    _____________________________________________________________________________ en

    Medicina y Ciruga, colegiado en ____________________________________________, con el nmero

    ______________ y con ejercicio profesional en ____________________________.

    CERTIFICO: Que D/D.( ), con

    D.N.I. nmero ( ), se encuentra capacitado fsicamente para la realizacin de

    pruebas de aptitud fsica consistentes en ejercicios de: -velocidad (carrera de 50 metros), -

    resistencia muscular (carrera de 1000 metros), - extensora de brazos y -natacin (50 metros), sin

    que ello suponga un riesgo para su salud,.........................................................................

    ................................................................................................................................................................

    ................................................................................................................................................................

    ....................................

    Y para que as conste donde convenga, y a instancia de

    ____________________________________________________________________ expido el

    presente Certificado en _________________ a ________ de _______________ de dos mil ______

    - NOTA.- Ningn Certificado Mdico ser valido si no va extendido en este impreso, editado por elConsejo General de Colegios Oficiales de Mdicos de Espaa, debiendo, adems, llevarestampado el sello del Colegio Mdico Provincial en que este certificado sea extendido.

    Clase 1.Ordinaria

    Serie JN 838723

    O.M.C

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 112 Lunes 9 de mayo de 2016 Sec. II.B. Pg. 30948

    APNDICE V

    Renuncia voluntaria a la plaza obtenida

    (base 9.3 de la convocatoria)

    Don/Doa _________________________________________________________________, con

    domicilio en ____________________________________________________________ (______________),

    telfono de contacto _______________, de ______ aos de edad, con documento nacional de identidad

    nmero ___________________, de conformidad y con los efectos previstos en el artculo 90 de la Ley

    30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento

    Administrativo Comn, por la presente:

    RENUNCIO, a los derechos derivados de mi participacin en el proceso selectivo anunciado por

    Resolucin 160/_______________/20___, de ______ de _______________ de 20____ y publicado en el

    Boletn Oficial del Estado nmero _________.

    (Firma del aspirante)

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 112 Lunes 9 de mayo de 2016 Sec. II.B. Pg. 30949

    APNDICE VI

    Don/Doa (1) DNI ,

    (2) ; Jefe de (3) .

    CERTIFICO:

    Que los datos consignados en el presente documento y relativos a el/la_______________________

    don/doa con D.N.I. nmero ,

    nombrado admitido como alumno del centro de formacin de la Guardia Civil, para el acceso a la Escala de

    Cabos y Guardias de dicho Cuerpo, son fiel reflejo de los que constan en el historial militar del interesado:

    1. Que en la actualidad es militar profesional de tropa y marinera y completa el da 3 de octubre de

    2016,al menos, cinco aos de servicios efectivos como tal (Ley 8/2006, de Tropa y Marinera).

    2. Que no ha finalizado su compromiso como militar profesional de tropa y marinera, ni le ha sido

    denegada la ampliacin al mismo.

    3. Que no ha perdido la condicin de militar por causa de las sealadas en el art. 116 de la Ley

    39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.

    4. Que no ha solicitado la renuncia a su condicin de militar.

    Y para que conste, a efectos de justificar su pertenencia a las Fuerzas Armadas y derecho a optar a

    las plazas reservadas para militares de la Convocatoria para ingreso en los centros docentes de formacin

    para acceso a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil publicada por Resolucin

    nmero de fecha (B.O.E. nm. ______), expido el

    presente en a ______ de _____________ de 20____.

    (Firma y sello)

    (1) Nombre y apellidos(2) Empleo

    (3) Unidad, Centro u Organismo (U.C.O.)cve:

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