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Bienvenidos. TALLER CONTABLE Y TRIBUTARIO. Para usuarios competentes en un mundo tecnológico. Facilitadores. Aurelio Arismendi Garcia INSTRUCTOR SENA Documentación y Registro de Operaciones Contables. Objetivos. - PowerPoint PPT PresentationTRANSCRIPT
•Aurelio Arismendi GarciaAurelio Arismendi Garcia
INSTRUCTOR SENAINSTRUCTOR SENA
Documentación y Registro de Documentación y Registro de Operaciones Contables.Operaciones Contables.
•Analizar las principales normas de la reforma tributaria, aplicables a la empresa comercial
•Gravamen a los movimientos financieros•Impuesto al Patrimonio•Impuesto sobre las ventas•Retención en la fuente sobre ventas•Retención en la Fuente de impuesto sobre la renta•Ventas con tarjeta de crédito•Factura•Retención de Industria y Comercio•Impuesto de Rentas y complementario 2009
IVA, Retención en la Fte y GMF
IMPUESTOS 1. ¿Quién crea los tributos en Colombia? En Colombia, en tiempos de paz, solamente el Congreso, las
asambleas departamentales y los concejos distritales y municipales podrán imponer tributos (contribuciones fiscales o parafiscales). La ley, las ordenanzas o los acuerdos respectivamente, deben fijar los sujetos activos y pasivos, los hechos y las bases gravables, y las tarifas de los impuestos. Nuestro sistema tributario se funda en los principios constitucionales de equidad, eficiencia, progresividad, no confiscatoriedad, y no retroactividad de las leyes tributarias.
2. ¿Qué clases de impuestos existen en Colombia? Desde el punto de vista de la administración por parte de las
entidades territoriales, los impuestos pueden ser: nacionales, departamentales y municipales. La DIAN administra impuestos del orden nacional y los tributos aduaneros. Los primeros son:
Permanentes
Impuesto sobre la renta y complementarios de remesas y ganancias ocasionales.
Impuesto al valor agregado (IVA). Impuesto de timbre nacional.
Transitorios Gravamen a los movimientos financieros (4x1000 Impuesto al patrimonio (del 2011 al 2014).
IMPUESTO AL PATRIMONIOImpuesto al patrimonioUna tarifa del 2.4% y otra del 4.8%, fueron las que
aprobaron las comisiones económicas conjuntas del Congreso de la República para el impuesto al patrimonio que se cobrará entre el 2011 y el 2014.
La primera tarifa será para los contribuyentes que tienen patrimonios líquidos al primero de enero del 2011 entre los 3.000 millones y 5.000 millones de pesos, la cual pagarán unos 3.000 contribuyentes, y la segunda será para los patrimonios superiores a los 5.000 millones de pesos, que se cobrarían a 6.000 personas entre naturales y jurídicas.
El recaudo esperado por este gravamen asciende a cerca de 2,6 billones de pesos, que implica algo más de un billón de pesos con relación a la propuesta inicial del Gobierno que solo hablaba de una tarifa del 0,6 por ciento para todos.
IMPUESTO AL PATRIMONIO REGISTRO CONTABLE ACORDE CON LAS NORMAS
CONTABLES VIGENTES (Decreto 2649 de 1993) Empresa A.B.C S.A, NIT 900.328.510-6, sociedad domiciliada en
Bucaramanga presenta a 1 de Enero de 2011un PATRIMONIO LIQUIDO conciliado y depurado como base de liquidación del Impuesto de Patrimonio la suma de $4.333.666.000 al cual le corresponde la tarifa del 2.4% según lo fijado por al ley 1370 de 2009. (Ley Ajuste Tributario)
En la declaración a presentar en el año gravable 2011, liquida un impuesto a cargo de: $4.333.666.000 * 2.4%= $104.008.000, este valor se deberá pagar en 8 cuotas iguales durante los años gravables 2001, 2012, 2013, 2014. En consecuencia el valor a pagar en c/u de las 8 cuotas sera igual a $104.008.000/8= $ 13.001.000.
Esta empresa tiene en su patrimonio al 31 de Diciembre 2010 un SALDO CREDITO en la cuenta REVALORIZACION DEL PATRIMONIO de $44.458.000. Es decir, que hasta este valor podrá DEBITAR dicha cuenta del patrimonio y el saldo lo deberá cargar a GASTOS del año 2011 por $59.550.000 ($104.008.000 - $44.458.000). Si no tiene saldo en la cuenta del patrimonio indicada, la totalidad se cargara al gasto.
IMPUESTO AL PATRIMONIOEl registro de ENERO 1 de 2011, será el siguiente:3405 REVALORIZACION DE PATRIMONIO $44.458.000540510 IMPUESTO AL PATRIMONIO $59.550.000261595 OTROS- IMPUESTO AL PATRIMONIO-
$104.008.000Posteriormente, al momento de presentar la declaración del
Impuesto al Patrimonio (Mayo de 2011) el registro será el siguiente, para RECONOCER EL PASIVO REAL DECLARADO.
261595 OTROS-IMPUESTO AL PATRIMONIO $104.008.000249505 IMPUESTO AL PATRIMONIO
$104.008.000El pago de la (1) cuota en Mayo de 2011, se registrara:249505 IMPUESTO AL PATRIMONIO $ 13.001.000110505 BANCOS $
13.001.000
El pago diferido de las cuotas (2)/2011, (3)/2012, (4)/2012, (5)/2013, (6)/2013, (7)/2014, (8)/2014, se registraran de igual forma.
Es un nuevo impuesto a cargo de los usuarios del sistema financiero Art. 870 E.T. GMFGMF
ART. 870 E.T GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS .GMF
<Artículo adicionado por el artículo 1 de la Ley 633 de 2000. El nuevo texto es el siguiente:> Créase como un nuevo impuesto, a partir del primero (1o.) de enero del año 2001, el Gravamen a los Movimientos Financieros, a cargo de los usuarios del sistema financiero y de las entidades que lo conforman.
Valores depositados en una cuenta de la Dirección del Tesoro Nacional.
Presupuesto General de la Nación.
El gravamen de transacciones financieras afectan los retiros tanto de cuentas corrientes como de cuentas de ahorro o de deposito:
•A través de cajero electrónico
•Mediante puntos de pago
•Con talonario
•Con tarjeta débito
•Notas débito
•Con cheque
• No deducible de renta bruta de los contribuyentes.
•Agentes de retención del GMF (Art. 876 E.T.): Banco de la República y establecimientos de crédito.
Tarifa del GMF 4x1000 Art. 872 E.T.
Art. 872 E.T TARIFA DEL GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS.<Artículo modificado por el artículo 41 de
la Ley 1111 de 2006. El nuevo texto es el siguiente:> La tarifa del gravamen a los movimientos financieros será del cuatro por mil (4 x 1.000).
ART. 876 E.T. AGENTES DE RETENCION DEL GMF<Artículo modificado por el artículo 47 de la
Ley 788 de 2002. El nuevo texto es el siguiente:> Actuarán como agentes retenedores y serán responsables por el recaudo y el pago del GMF, el Banco de la República y las demás entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria, de Valores o de Economía Solidaria en las cuales se encuentre la respectiva cuenta corriente, de ahorros, de depósito, derechos sobre carteras colectivas o donde se realicen los movimientos contables que impliquen el traslado o la disposición de recursos de que trata el artículo
Exenciones del GMFArt 879
Retiros de cuentas de ahorro, de entidades financieras vigiladas x la super bancaria o de economía solidaria que no excedan 350 UVT al mes.
Traslados entre cuentas corrientes de un mismo banco y titular.
El manejo de recursos públicos.
Operaciones financieras del Sistema de Seguridad Social en Salud, Pensión y Riesgos Profesionales.
Desembolsos de crédito en cuenta que realicen establecimientos de crédito.
Son exentas entre otras las siguientes transacciones:
ART. 879 E.T EXENCIONES DEL G.M.FLa exención se aplicará exclusivamente a
una cuenta de ahorros por titular y siempre y cuando pertenezca a un único titular. Cuando quiera que una persona sea titular de más de una cuenta de ahorros en uno o varios establecimientos de crédito, deberá elegir aquella en relación con la cual operará el beneficio tributario aquí previsto e indicárselo al respectivo establecimiento.
Exención máxima del GMF
Cheques de gerencia cuando se expiden con cargo a una cta cte o de ahorros del ordenante, cuando es la misma entidad de crédito que expide el cheque.
Retiros que realizan asociaciones de hogares comunitarios autorizadas por el ICBF
Debe Haber
5115 IMPUESTOS
511595 Otros XX
521595 Otros
1110 BANCOS
11100503 Bancafé XX
Contabilización del GMF:
Gravamen de naturaleza indirecta, que en Colombia se da bajo la modalidad del VALOR AGREGADO, es decir, que se aplica en las diferentes etapas del CICLO ECONOMICO de producción, importación y distribución. A partir del 01 de Abril de 1.984 (E.T Libros II y III).
•Expedir factura con los requisitos legales
•Cobrar, declarar y pagar el impuesto sobre las ventas de acuerdo con el calendario fiscal.
•Retener, declarar y pagar mensualmente el impuesto sobre las ventas retenido, de acuerdo con el calendario fiscal.
•Retener, declarar y pagar mensualmente la retención en la fuente, según el calendario fiscal.
•Expedir certificados de retención.
Obligaciones de los comerciantes inscritos en el Régimen Común
•Bienes exentos
•Bienes excluidos
•Bienes gravados
Clasificación de los bienes para efectos del IVA
•Tratamiento especial, tarifa del 0 %
•Importación de bienes donados a entidades oficiales o sin ánimo de lucro, para salud, deporte, investigación científica y tecnológica.
•Bienes fabricados para exportación.
Bienes Exentos:Arts. 477/481 E.T.
Art 477. E.T BIENES QUE SE ENCUENTRAN EXENTOS DEL IMPUESTO.
<Artículo modificado por el artículo 31 de la Ley 788 de 2002. El nuevo texto es el siguiente:> Están exentos del impuesto sobre las ventas los siguientes bienes:
02.01 Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada
02.02 Carne de animales de la especie bovina, congelada02.03 Carne de animales de la especie porcino, fresca,
refrigerada o congelada.02.04 Carne de animales de las especies ovino o caprina,
fresca, refrigerada o congelada.02.06 Despojos comestibles de animales02.07 Carne y despojos comestibles, de aves de la partida
01.05, frescos, refrigerados o congelados.02.08.10.00.00 Carne fresca de conejo o liebre03.02 Pescado fresco o refrigerado, excepto los filetes y demás
carne de pescado de la partida 03.0403.03 Pescado congelado, excepto los filetes y demás carne de
pescado de la partida 03.04
Art 477. E.T BIENES QUE SE ENCUENTRAN EXENTOS DEL IMPUESTO03.04 Filetes y demás carne de pescado (incluso
picado), frescos, refrigerados o congelados04.01 Leche y nata (crema), sin concentrar, sin
adición de azúcar ni otro edulcorante de otro modo<Jurisprudencia Vigencia>04.02 Leche y nata (crema), con cualquier proceso
industrial concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante
<Jurisprudencia Vigencia>04.06.10.00.00 Queso fresco (sin madurar)04.07.00.10.00 Huevos para incubar, y los pollitos de
un día de nacidos04.07.00.90.00 Huevos de ave con cáscara, frescos19.01.10.10.00 Leche maternizado o humanizada<Jurisprudencia Vigencia>48.20 Cuadernos de tipo escolar.
Art 477. E.T BIENES QUE SE ENCUENTRAN EXENTOS DEL IMPUESTOAlcohol carburante, con destino a la mezcla con
gasolina para los vehículos automotores.<Inciso adicionado por el artículo 8 de la Ley 939 de
2004. El nuevo texto es el siguiente:> El biocombustibles de origen vegetal o animal para uso en motores diesel de producción Nacional con destino a la mezcla con ACPM estará exento del impuesto a las ventas.
<Inciso adicionado por el artículo 56 de la Ley 1111 de 2006. El nuevo texto es el siguiente:> También son exentos del impuesto sobre las ventas, los alimentos de consumo humano y animal que se importen de los países colindantes a los departamentos de Vichada, Guajira, Guainía, Amazonas y Vaupés, siempre y cuando se destinen exclusivamente al consumo local en esos Departametos
•Por expresa disposición de la ley los que no causan IVA.
•No son responsables de IVA, No declaran IVA, contablemente no utilizan la cuenta 2408, el IVA constituye un costo.
Ejemplo: Computador personal hasta por 82 UVT
•Animales vivos, especies porcinas, ovina, caprina, aves domésticas
Bienes excluídosArt. 424 E.T:
Son todos los que no se clasifican como exentos, ni excluidos y sobre los cuales se aplica la tarifa señalada por ley.
Bienes y servicios gravados:
Tarifa general: 16%
Tarifas diferenciales: 20, 35 y 45% aplicables a vehículos automotores
Tarifas especiales: Bienes y servicios sometidos a regímenes especiales:
•10% Cereales para uso industrial, embutidos y productos similares de carne
•16% Aseo y vigilancia prestado por empresas, pre cooperativas y cooperativas de trabajo
•5% para juegos de suerte y azar
Tarifas aplicables a los bienes y servicios gravados:
UNIDAD DE VALOR TRIBUTARIO (U.V.T)
Creado como medida de valor a partir de 2007, se reajusta anualmente de acuerdo al I.P.C (Índice Precio al Consumador), certificado por el DANE.
Para el año 2009 se fijo en $23.763 el valor de la UVT y para el año 2010 se fijo en $24.555 el valor de la UVT.
Los resultados de la aplicación de la UVT se expresan en pesos.
Régimen de ventas Art. 499 E.T.Valor año base 2009
Régimen simplificado:
Minoristas o detallistas, personas naturales.
Ingresos inferiores a 4.000 UVT
Un establecimiento
Régimen común:Personas jurídicasPersonas naturales con:Ingresos superiores a 4.000
UVT8 o más trabajadores .Servicios públicos: 20 Salarios
mínimos anuales.Servicio de Arrendamiento:
35 salarios mínimos anuales. ($497.000/2009)
Consignaciones bancarias superiores a 4.500 UVT
Obligaciones del régimen Comun
Deben inscribirse en el RUT administrado por la DIAN.
Llevar libros de contabilidad en debida forma.Registrar el IVA en la cuenta mayor denominada
IVA POR PAGAR.Expedir fras o documentos equivalentes y
liquidar el IVA correspondiente a la venta o servicio gravado.
Presentar Declaración Bimensual de ventas.De acuerdo con su calidad de agente de
retención, efectuar el RETEIVA a las ventas.Informar a la DIAN sobre el CESE DE
ACTIVIDADES.
•Inscribirse en el registro único tributario RUT.
•Exhibir en un lugar visible la inscripción en el RUT como perteneciente al régimen simplificado.
•Cumplir con los sistemas de control que determine el gobierno nacional
Obligaciones del régimen simplificado Art. 506 E.T.
Contabilización del IVA:
Impuesto generado en ventas:
IVA discriminado en la factura de ventaIVA no discriminado en la factura
Contabilización del IVA:
El tratamiento contable del IVA GENERADO O DESCONTABLE es el siguiente:
DESCONTABLE GENERADO
(COMPRADOR) (VENDEDOR)
El IVA descontable es el
El IVA generado es el
PAGADO por el COMPRADOR
COBRADO por el VENDEDOR
si es responsable del R.COMUN
si es responsable del R.COMUN
Se DEBITA en la cuenta 2408
Se ACREDITA en la cuenta 2408
(IVA POR PAGAR) (IVA POR PAGAR)
Contabilización del IVA:
IVA NO DISCRIMINADO EN LA FACTURA:REGISTRO DEL IVA: VENDEDOR (Común),
COMPRADOR (R. Simplificado).Precio de venta al publico ($1.000.000
incluido el IVA a la tarifa general)DISCRIMINAR EL IVA EN LA FACTURA DE
VENTA, se realiza la siguiente operación:Valor de la Mercancía= Precio de Vta / 1.16Valor de la Mercancía= $1.000.000 / 1.16Valor de la Mercancía= $862.000
Contabilización del IVA:VALOR DEL IVA: Precio de venta (-) Vr de la Mcia.IVA= $1.000.000 (-) $862.000IVA= $138.000COMO CONTABILIZA EL IVA GENERADO
(Vendedor Régimen Común).CODIGO CUENTAS DEBE HABER1105 CAJA $1.000.0004135 CIO AL POR
$862.000.2408 IVA POR PAGAR $138.000.240805 IVA Generado SUMAS IGUALES $1.000.000 $1.000.000
Contabilización del IVA:
IVA NO DESCONTABLE (Comprador Régimen Simplificado).
CODIGO CUENTAS DEBE HABER6205 COMPRAS MCIAS $1.000.0001110 BANCOS
$1.000.000 SUMAS IGUALES $1.000.000
$1.000.000
El COMPRADOR, en este caso, registra el IVA como mayor valor porque pertenece al Régimen Simplificado
Contabilización del IVA:
REGISTRO DEL IVA: VENDEDOR (R. Simplificado), COMPRADOR (R. Común).
Un Régimen Simplificado vende a crédito mercancías gravadas a un comerciante del régimen común por $1.000.000.
VENDEDOR REGIMEN SIMPLIFICADOCODIGO CUENTAS DEBE HABER1305 CLIENTES $1.000.0004135 CIO AL POR M
$1.000.000 SUMAS IGUALES $1.000.000
$1.000.000
Contabilización del IVA:COMPRADOR REGIMEN COMUNCODIGO CUENTAS DEBE HABER6205 CIO AL POR M $1.000.0002205 PROVEEDORES
$1.000.000 SUMAS IGUALES $1.000.000
$1.000.000
El VENDEDOR no puede discriminar el IVA. El comprador
No puede descontar el IVA, porque este no aparece discriminado en la factura.
Contabilización del IVA:IVA DISCIRMINADO EN LA FACTURA
DESCONTABLE (COMPARDOR) GENERADO (VENDEDOR)
El impuesto a la ventas pagado El valor total del impuesto a
y discriminado en las facturas es las ventas facturado debe ser
DESCONTABLE hasta la tarifa REGISTRADO mediante un
con la que opera el comprador, crédito a la cuenta Impuestos
el EXCESO PAGADO constituye a las Ventas Por Pagar. MAYOR VALOR DEL CONSTO O GASTO.
Contabilización del IVA:La compañía T.L.C vende a crédito materias primas a
la compañía Disolventes S.A, por un valor de $3.650.000 más el IVA del 16%.
IVA GENERADO (Vendedor)CODIGO CUENTAS DEBE HABER
1305 CLIENTES $4.234.000
4135 CIO AL POR $3.650.000
2408 IVA POR PAGAR $ 584.000
SU,AS IGUALES $4.234.000 $4.234.000
Contabilización del IVA:IVA DESCONTABLE (Comprador)
CODIGO CUENTAS DEBE HABER
6205 DE MCIAS $3.650.000 2408 IVA POR PAGAR 240810 IVA (Descont) $ 584.000 2205 NACIONALES
$4.234.000 SUMAS IGUALES $4.234.000
$4.234.000
Contabilización del IVA:UN IMPORTADOR VENDE A CREDITO A LA
ENSAMBLADORA EL SULTAN S.A, TANQUES DE ACERO POR VALOR DE $45.650.000, MAS EL IVA DE 35%
1.- CALCULO DEL IVA DESCONTABLE:VENDEDOR $45.650.000 * 35% = $15.977.500 (El Vendedor
registra el total del IVA Facturado).COMPRADOR $45.650.000 * 16% = $7.304.000 (El
Comprador puede descontar solo hasta el 16%)DIFERENCIA $8.673.500 (El Comprador lo registra como un
mayor valor del COSTO)VALOR DE LA MERCANCIA para el Comprador $45.650.000 +
$8.673.500 VALOR DE LA MERCANCIA = $54.323.500
Contabilización del IVA:IVA GENERADO (Vendedor)
CODIGO CUENTA DEBE HABER
1305 CLIENTES $61.627.5004135 CIO AL POR M
$45.650.0002408 IVA POR PAGAR2408.05 IVA GENERADO
$15.977.500
SUMAS IGUALES $61.627.500 $61.627.500
Contabilización del IVA:IVA DESCONTABLE (Comprador)
CODIGO CUENTA DEBE HABER6205 DE MERCANCIAS $54.323.5002408 IVA POR PAGAR2408.10 IVA Descontable $ 7.304.0002208 NACIONALES
$61.627.500
SUMAS IGUALES $61.627.500 $61.627.500El comprador es un responsable del IVA –R.Comun y sus
ventas están gravadas con una tarifa del 16%, por lo tanto, solo puede descontar ese porcentaje por la adquisición de bienes y servicios
Contabilización del IVA:LA EMPRESA OMEGA S.A VENDE MERCANCIA
IMPORTADA A PEDRO PEREZ (Responsable del R.Simplificado), POR VALOR DE $3.240.000 MAS EL 35% DE IVA.
IVA GENERADO (Vendedor)CODIGO CUENTA DEBE HABER1105 CAJA $4.374.0004135 CIO AL POR M.
$3.240.0002408 IVA POR PAGAR240805 Iva Generado (Venta)
$1.134.000
SUMAS IGUALES $4.374.000 $4.374.000
Contabilización del IVAIVA DESCONTABLE (Comprador)
CODIGO CUENTAS DEBE HABER6205 DE MERACNACIAS $4.374.0001105 CAJA
$4.374.000
SUMAS IGUALES $4.374.000 $4.374.000
Como se observa, no se registra IVA Descontable por cuanto los responsables del Simplificado, cuando adquieren Bienes o Servicios Gravados con el IVA, registran este impuesto como un mayor valor del costo o gasto.
Objetivo: Acelerar y asegurar el recaudo del IVATarifa: 50% sobre pagos o abonos efectuados por IVA, 100% sobre pagos o abonos a personas o entidades sin residencia en el país, independientemente de la naturaleza del pagador.
Agentes Retenedores de IVA - Reteiva
En la adquisición de bienes y servicios gravados Art. 437-2 E.T.
Gran contribuyente sea o no responsable de IVA:a Régimen Común no Gran Contribuyentea Régimen simplificado
Régimen Común no Gran Contribuyente:a Régimen Simplificado
No se aplica el RETEIVA:Prestación de servicios gravados inferiores a $
84,000Compras gravadas inferiores a $ 566,000Responsables régimen común:
a Grandes ContribuyentesEntidades Estatales
Contabilización de RETEIVA
IVA retenido, comprador:
CRÉDITO: 2367 Impuesto a las ventas retenido
IVA Retenido vendedor:
DÉBITO: 1355 Anticipo del impuestos y contribucionesSubcuenta 135517 IVA retenido
IVA retenido por grandes contribuyentes a responsables del
régimen común
Mercancías por $1’000,000; IVA 16% = $160,000 IVA Retenido $160,000 x 50% = $80,000Retefuente $1000,000 x 3,5% = $35,000
Asiento para el comprador agente retenedor:
1435 MERCANCíAS $1,000,0002408 IVA X PAGAR 160,0002365 RETEFUENTE 35,0002367 IVA RETENIDO 80,0001110 BANCOS 1,045,000
Asiento para el vendedor, empresa retenida
1105 Caja 1,045,000ANTICIPO DE IMPUESTOS:135515 Retención en la Fuente 35,000135517 IVA Retenido 80,0004135 Comercio al por mayor y al por menor 1,000,0002408 IVA por pagar 160,000
Ejemplo:IVA Retenido a responsable del Régimen
simplificado:Compra al contado mercancías gravadas, paga
con cheque.En este caso la Retención de IVA es nominal. Mercancías $800,000; IVA 16% = $128,000IVA Retenido $128,000 x 50% = $64,000 Retención en la Fuente $800,000 X 3,5% =
$28,000
Asiento para el comprador agente retenedor
1435 Mcias no fabr. x la empresa $800,0002408 IVA por pagar 128,000
2365 Retención en la fuente $28,0002367 Impuesto a las vtas retenido 64,0001110 Bancos 836,000
Concepto: Mecanismo de recaudo anticipado de los impuestos de renta y complementarios.
Tarifas:En compras: 3.5% sobre 27 UVTEn servicios: 6% sobre 4 UVTSer. Restaurante: 3.5% sobre 4 UVTTransporte de carga: 1% sobre 4 UVTTransporte pasajeros 3.5% sobre 27 UVTArrendamiento bienes inmuebles: 3.5% sobre 27 UVTLoterías, apuestas, rifas y similares: 20% sobre $1’007.000
Honorarios y ComisionesPersonas jurídicas cualquier cuantía: 11%Personas naturales ingresos inferiores a 3,300
UVTPersonas naturales ingresos superiores a
$69’214,000: 11%
Retención sobre salarios e ingresos laborales gravables:
• Exento el 25% de los ingresos laborales,
descontado el 3.875% aportes para pensión
y el 1% del fondo de solidaridad pensional.
Ejemplo retención salarios:Sueldos y comisiones $3.200.000Aportes para pensión: $3.200.000X3.875%= $124.000Aporte fondo solidaridad: $3.200.000X1%= $32.000
Base liquidación 75% (3.200.000-124.000-32.000) 75% de 3.044.000 = $2.283.000Equivalencia en UVT: $2’283.000 / 20.974 = 108.84
UVTAplica tarifa según Tabla de Retención de Salarios: (108.84 UVT
– 95 UVT) x 19% = 2.62 UVTConvertimos UVT a pesos: 2.62 UVT x $20.974 = $55.000
Decreto 406Decreto 1626•Tarifas•Contabilización
Retefuente 1.5%
sobre venta sin IVA
Retefuente 1.5%
sobre venta sin IVA
Reteiva 10%
del IVA
Reteiva 10%
del IVA
Discriminar
el IVA
Discriminar
el IVA
Recuerde: La comisión bancaria no causa IVA
Cacharrería Colombia Ltda vende mercancías por valor de $700,000, IVA 16%; recibe tarjeta de crédito y consigna el comprobante en el Banco de Bogotá.
Ejemplo:
Asiento 1.Venta con tarjeta de crédito
Asiento 2. Consignación del comprobante de venta con tarjeta
de crédito
11100502 Banco de Bogotá 742.700
135515 Retefuente 10.500
135517 Reteiva 11.200
530515 Comisiones 47.600
110505 Caja General 812.000
Consignación:
•Requisitos de expedición•Software de facturación
1. Denominación: “Factura de venta”, preimpreso.
2. Numeración en orden consecutivo, preimpreso
3. Nombre y NIT del vendedor/servicio, preimpreso.
4. Identificación del adquiriente, cuando discrimine IVA.
5. Fecha de expedición.
6. Descripción de los art. vendidos o servicios prestados.
7. Valor total de la operación.
8. Identificación del impresor de la factura, preimpreso.
9. Indicar la calidad de retenedor del IVA
10. Autorización de numeración de la DIAN.
Requisitos de expedición de la factura
•Concepto•Agentes retenedores•Tarifas
Retención del impuesto de Industria y Comercio
Descripción: Mecanismo de recaudo anticipado, establecido en cada municipio.
Agentes retenedores (Régimen Común)Base para la retención: (Excluido el IVA)Tarifas (Tablas).
Obligaciones de los Agentes de Retención de ICA:
Efectuar retenciónLlevar cuenta PUC código 2368Presentar declaración mensualExpedir certificado de reteica
Auto retención Grandes Contribuyentes con autorización
Contabilización del RETEICA: Retenedor:
236801 al 236898236801 al 236898
Retenido:135518135518
Textiles Ltda compra mercancías al contado a Distribuciones Lydo Ltda con factura No. 3745 por valor de $1.200,000, IVA 16% Retefuente 3.5%, Reteica 6 x 1000
Agente retenedor:
Ejemplo:
1105 CAJA $1.342.800
1355 ANTICIPO DE IMP. Y CONTRIB.
135515 Retención en la fuente 42.000
135518 Imp. de Ind. y comercio retenido 7.200
4135 COMERCIO POR MAYOR Y MENOR 1.200.000
2408 IMP.SOBRE LAS VENTAS X PAGAR 192.000
Vendedor Empresa Retenida: