banco de preguntas dinardap número de pregunta: fecha de

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1 A) B) C) D) BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019 DATOS DEL AUTOR Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL Eje Temático Derecho Constitucional Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado Justificación de Cada Opción Incorrecta: CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA Base: Para que los y las asambleístas puedan ejercer su iniciativa para presentar proyectos de ley, deben: Las opciones A), C) y D) son supuestos no establecidos en la Constitución, conforme se puede desglosar del artículo 134 de la Constitución. Presentar un proyecto de ley a la Asamblea de manera individual o colectiva. Requerir el apoyo de una bancada legislativa o al menos el cinco por ciento de los miembros de la Asamblea Nacional. Estar inscritos en un partido político. No se requieren de requisitos. Opción Correcta Dificultad Esperada Opciones de Respuesta: B) Media Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: El artículo 134 de la Constitución establece que: "La iniciativa para presentar proyectos de ley corresponde: 1. A las asamblestas y los asamblestas, con el apoyo de una bancada legislativa o de al menos el cinco por ciento de los miembros de la Asamblea Nacional."

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Page 1: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

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A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para que los y las asambleístas puedan ejercer su iniciativa para presentar proyectos de ley, deben:

Las opciones A), C) y D) son supuestos no establecidos en la Constitución, conforme se puede desglosar del artículo

134 de la Constitución.

Presentar un proyecto de ley a la Asamblea de manera individual o colectiva.

Requerir el apoyo de una bancada legislativa o al menos el cinco por ciento de los miembros de la Asamblea

Nacional.

Estar inscritos en un partido político.

No se requieren de requisitos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 134 de la Constitución establece que: "La iniciativa para presentar proyectos de ley corresponde: 1. A las

asambleistas y los asambleistas, con el apoyo de una bancada legislativa o de al menos el cinco por ciento de los

miembros de la Asamblea Nacional."

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2

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Corte Constitucional conoció de una acción abstracta de inconstitucionalidad en materia de reforma penal. Debido a

que declaró un número importante de artículos como inconstitucionales, la Corte decidió ejercer iniciativa legislativa para

presentar un proyecto de ley de reforma penal. ¿Puede la Corte ejercer su iniciativa legislativa para un reforma penal?

La opción A) plantea un supuesto al margen del artículo 134.

La opción B) mantiene un supuesto también al margen del artículo 134.

La opción C) sostiene un supuesto que no coincide con el numeral 4 del artículo 134 de la Constitución.

No, la iniciativa legislativa solo es facultad de las y los asambleístas.

Sí, la iniciativa legislativa está reconocida a todas las instituciones del Estado sin restricciones.

Sí, porque al haber conocido una ley de la misma materia, puede presentar un proyecto de ley en la misma

materia.

No, la iniciativa legislativa que se reconoce a la Corte Constitucional solo puede ejercerse en las materias que le

correspondan de acuerdo con sus atribuciones

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 134 de la Constitución determina que: "La iniciativa para presentar proyectos de ley corresponde:

1. A las asambleistas y los asambleistas, con el apoyo de una bancada legislativa o de al menos el cinco por ciento de

los miembros de la Asamblea Nacional.

2. A la Presidenta o Presidente de la Republica.

3. A las otras funciones del Estado en los ambitos de su competencia.

4. A la Corte Constitucional, Procuraduria General del Estado, Fiscalia General del Estado, Defensoria del Pueblo y

Defensoria Publica en las materias que les corresponda de acuerdo con sus atribuciones.

5. A las ciudadanas y los ciudadanos que esten en goce de los derechos politicos y a las organizaciones sociales que

cuenten con el respaldo de por lo menos el cero punto veinticinco por ciento de las ciudadanas y ciudadanos inscritos en

el padron electoral nacional.

6. Quienes presenten proyectos de ley de acuerdo con estas disposiciones podran participar en su debate,

personalmente o por medio de sus delegados.

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A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cuál es la similitud de las leyes orgánicas y las leyes ordinarias?

La opción A) infiere que ambas leyes son emitidas mediante procedimiento legislativo, y en efecto ello es correcto,

sin embargo, es una similitud obvia que frente a la pregunta.

La opción C) es un supuesto contrario al artículo 133 de la Constitución, puesto que este señala diferencias

sustanciales entre ambos tipos de leyes.

La opción D) también es contraria al contenido del artículo 133 de la Constitución.

Ambas son emitidas mediante procedimiento legislativo.

Ambas son aprobadas con mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional.

No existen similitudes entre leyes orgánicas y leyes ordinarias.

Ambas pueden regular derechos y garantías constitucionales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 133 determina que:

Las leyes seran organicas y ordinarias.

Seran leyes organicas:

1. Las que regulen la organizacion y funcionamiento de las instituciones creadas por la Constitucion. 2. Las que

regulen el ejercicio de los derechos y garantias constitucionales. 3. Las que regulen la organizacion, competencias,

facultades y funcionamiento de los gobiernos autonomos descentralizados. 4. Las relativas al regimen de partidos

politicos y al sistema electoral.

La expedicion, reforma, derogacion e interpretacion con caracter generalmente obligatorio de las leyes organicas

requeriran mayoria absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional.

Las demas seran leyes ordinarias, que no podran modificar ni prevalecer sobre una ley organica.

El artículo 53 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa establece que: Las leyes ordinarias se aprobarán con la

mayoría absoluta de las y los miembros de la Asamblea Nacional.

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A)

B)

C)

D)

Las demás opciones son incorrectas porque determinan supuestos al margen del artículo 133 de la Constitución.

La Constitución.

Leyes ordinarias.

Leyes orgánicas.

Leyes, independientemente si son orgánicas u ordinarias.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 133 de la Constitución establece que: "Las leyes seran organicas y ordinarias. Seran leyes organicas:

1. Las que regulen la organizacion y funcionamiento de las instituciones creadas por la Constitucion. 2. Las que regulen

el ejercicio de los derechos y garantias constitucionales.

3. Las que regulen la organizacion, competencias, facultades y funcionamiento de los gobiernos autonomos

descentralizados.

4. Las relativas al regimen de partidos politicos y al sistema electoral.

La expedicion, reforma, derogacion e interpretacion con caracter generalmente obligatorio de las leyes organicas

requeriran mayoria absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional.

Las demas seran leyes ordinarias, que no podran modificar ni prevalecer sobre una ley organica."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las normas jurídicas que regulen la organizacion y funcionamiento de las instituciones creadas por la Constitucion; las

que regulen el ejercicio de los derechos y garantias constitucionales; las que regulen la organizacion, competencias,

facultades y funcionamiento de los gobiernos autonomos descentralizados; y las relativas al regimen de partidos politicos

y al sistema electoral, deben ser reguladas por:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Page 5: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

5

A)

B)

C)

D)

Las opciones A), C) y D) son incorrectas, debido a que plantean supuestos al margen de la disposición constitucional

arriba anotada.

Formular un proyecto de ley y presentarlo.

Apoyarse en una bancada legislativa o contar con el apoyo de al menos el cinco por ciento de los miembros de

la Asamblea.

Permanecer en una bancada legislativa.

Los asambleístas no pueden ejercer la iniciativa para presentar proyectos de ley.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 134 de la Constitución establece que: "La iniciativa para presentar proyectos de ley corresponde: 1. A las

asambleistas y los asambleistas, con el apoyo de una bancada legislativa o de al menos el cinco por ciento de los

miembros de la Asamblea Nacional."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para que los asambleístas o las asambleístas puedan ejercer iniciativa para presentar proyectos de ley, deben:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Page 6: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

6

A)

B)

C)

D)

Las opciones B), C) y D) son incorrectas y plantean supuestos al margen del artículo 133 de la Constitución.

Ley orgánica.

Ley ordinaria.

la Ley.

Decreto presidencial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 133 de la Constitución determina que: "Las leyes seran organicas y ordinarias. Seran leyes organicas:

1. Las que regulen la organizacion y funcionamiento de las instituciones creadas por la Constitucion. 2. Las que regulen

el ejercicio de los derechos y garantias constitucionales. 3. Las que regulen la organizacion, competencias, facultades y

funcionamiento de los gobiernos autonomos descentralizados. 4. Las relativas al regimen de partidos politicos y al

sistema electoral."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El regimen de partidos politicos y sistema electoral deben ser regulados por:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Page 7: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

7

A)

B)

C)

D)

Las opciones A), B) y D) son incorrectas y plantean supuestos al margen del artículo 133 de la Constitución.

Políticas públicas.

Normas emitidas por los gobiernos autónomos descentralizados.

Una ley orgánica.

Una ley ordinaria.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 133 de la Constitución determina que: "Las leyes seran organicas y ordinarias. Seran leyes organicas:

1. Las que regulen la organizacion y funcionamiento de las instituciones creadas por la Constitucion. 2. Las que regulen

el ejercicio de los derechos y garantias constitucionales. 3. Las que regulen la organizacion, competencias, facultades y

funcionamiento de los gobiernos autonomos descentralizados. 4. Las relativas al regimen de partidos politicos y al

sistema electoral."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La organizacion, competencias, facultades y funcionamiento de los gobiernos autonomos descentralizados, deben ser

regulados mediante:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Page 8: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

8

A)

B)

C)

D)

Las opciones A), B) y C) son incorrectas. La opción A) propone que la medida del gobierno debió canalizarse a través de

una ley ordinaria. La opción B) propone un supuesto al margen de la Constitución. Y la opción C) el supuesto contradice

lo ordenado por el artículo 133 de la Constitución.

Debido a que se trata de un tema relacionado a los derechos corresponde restringir el acceso a viviendas

sociales a través de una ley ordinaria.

La medida es constitucional, porque el gobierno asumió medidas para contrarrestar una crisis económica.

La medida es constitucional, puesto que el decreto presidencial se encuentra regulando una ley orgánica

existente.

La restricción de derechos solo puede efectuarse a través de leyes orgánicas, por lo que resulta inconstitucional

la acción del gobierno.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 133 de la Constitución determina que: "Las leyes seran organicas y ordinarias. Seran leyes organicas:

1. Las que regulen la organizacion y funcionamiento de las instituciones creadas por la Constitucion. 2. Las que regulen

el ejercicio de los derechos y garantias constitucionales. 3. Las que regulen la organizacion, competencias, facultades y

funcionamiento de los gobiernos autonomos descentralizados. 4. Las relativas al regimen de partidos politicos y al

sistema electoral."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una ley orgánica establece las principales directrices de la política pública de vivienda social. Debido a una crisis

económica internacional, el gobierno nacional tuvo que restringir el acceso a viviendas sociales, a través de un decreto

presidencial.¿Resulta constitucional la acción del gobierno?

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Page 9: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

9

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no se inclyen en el artículo 133 de la Constitución. La opción A) es incorrecta, debido a que

ofrece una solución general frente a la opción específica que se observa en el inciso C).

Ley.

Ley ordinaria.

Ley orgánica.

Decreto presidencial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 133 de la Constitución determina que: "Las leyes seran organicas y ordinarias. Seran leyes organicas:

1. Las que regulen la organizacion y funcionamiento de las instituciones creadas por la Constitucion. 2. Las que regulen

el ejercicio de los derechos y garantias constitucionales. 3. Las que regulen la organizacion, competencias, facultades y

funcionamiento de los gobiernos autonomos descentralizados. 4. Las relativas al regimen de partidos politicos y al

sistema electoral."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La organizacion y funcionamiento de las instituciones creadas por la Constitucion, deben ser reguladas mediante:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

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10

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos aleatorios establecidos al margen del artículo 132 de la Constitución.

La política pública.

Del presidente a través de decreto.

Del Legislativo a través de decreto legislativo.

De la Asamblea Nacional a través de la Ley.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 6 del artículo 132 establece que: "La Asamblea Nacional aprobara como leyes las normas generales de

interes comun. Las atribuciones de la Asamblea Nacional que no requieran de la expedicion de una ley se ejerceran a

traves de acuerdos o resoluciones. Se requerira de ley en los siguientes casos: (…) 6. Otorgar a los organismos publicos

de control y regulacion la facultad de expedir normas de caracter general en las materias propias de su competencia, sin

que puedan alterar o innovar las disposiciones legales."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Otorgar a los organismos publicos de control y regulacion la facultad de expedir normas de caracter general en las

materias propias de su competencia, sin que puedan alterar o innovar las disposiciones legales; es competencia de:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Page 11: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

11

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos aleatorios establecidos al margen del artículo 132 de la Constitución.

Política pública.

Ley.

Decreto presidencial.

Decreto legislativo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 5 del artículo 132 establece que: "La Asamblea Nacional aprobara como leyes las normas generales de

interes comun. Las atribuciones de la Asamblea Nacional que no requieran de la expedicion de una ley se ejerceran a

traves de acuerdos o resoluciones. Se requerira de ley en los siguientes casos: (…) 5. Modificar la division politico-

administrativa del pais, excepto en lo relativo a las parroquias."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La modificación de la division politico-administrativa del pais debe realizarse a través de:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Page 12: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

12

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos aleatorios establecidos al margen del artículo 132 de la Constitución.

Decreto presidencial.

Ley.

Consulta popular.

Resolución municipal.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 4 del artículo 132 establece que: "La Asamblea Nacional aprobara como leyes las normas generales de

interes comun. Las atribuciones de la Asamblea Nacional que no requieran de la expedicion de una ley se ejerceran a

traves de acuerdos o resoluciones. Se requerira de ley en los siguientes casos: (…) 4. Atribuir deberes,

responsabilidades y competencias a los gobiernos autonomos descentralizados."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Deberes, responsabilidades y competencias a los gobiernos autónomos descentralizados, pueden ser atribuidos por:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Page 13: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

13

A)

B)

C)

D)

Los supuestos de las opciones incorrectas expresadas en los incisos A), B) y C) están al margen de la Constitución, y

están fuera del alcance del artículo 132 de la Constitución que esblece los ámbitos que requieren de Ley para su

regulación.

Procedimiento de consulta popular.

El procedimiento que regula el SRI.

El diseño y aprobación desde el Ejecutivo, a través de decreto.

El procedimiento legislativo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 3 del artículo 132 de la Constitución establece que: "La Asamblea Nacional aprobara como leyes las normas

generales de interes comun. Las atribuciones de la Asamblea Nacional que no requieran de la expedicion de una ley se

ejerceran a traves de acuerdos o resoluciones. Se requerira de ley en los siguientes casos: (…) 3. Crear, modificar o

suprimir tributos, sin menoscabo de las atribuciones que la Constitucion confiere a los gobiernos autonomos

descentralizados."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La creación, modificación y supresión de tributos debe serguir:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Page 14: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

14

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos no relacionados con la tipificación de infracciones y establecimiento de

sanciones, en consecuencia, se constituyen en supuestos que no guardan relación con la figura que expresa la pregunta.

En el diseño de tales normas no intervinieron organizaciones de la sociedad civil.

Las normas no fueron objeto de consulta popular.

La tipificación de infracciones y establecimiento de sanciones corresponde al Legislador.

De hecho, en contextos de conmoción interna el Ejecutivo tiene facultad de tipificar infracciones y sus

respectivas sanciones.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 132 de la Constitución determina que: "La Asamblea Nacional aprobara como leyes las normas

generales de interes comun. Las atribuciones de la Asamblea Nacional que no requieran de la expedicion de una ley se

ejerceran a traves de acuerdos o resoluciones. Se requerira de ley en los siguientes casos: (…) 2. Tipificar infracciones y

establecer las sanciones correspondientes."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El gobierno nacional, vía decreto, emitió un conjunto de infracciones y sus sanciones correspondientes, debido a

contexto de conmoción interna que atravesaba el país. Sin embargo, la bancada legislativa opositora denunció el hecho

como inconstitucional porque:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Page 15: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

15

A)

B)

C)

D)

Las opciones B), C) y D) son incorrectas, debido a que se constituyen en supuestos al margen del artículo 132 de la

Constitución.

el procedimiento legislativo.

la convocatoria de organizaciones de la sociedad civil.

el procedimiento para la emisión de normas administrativas desde el Ejecutivo.

el procedimiento para el diseño de políticas públicas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta evalúa la reserva de ley en materia de derechos. Solo la ley puede regular los derechos que se reconocen

en la Constitución. El numeral 1 del artículo 132 de la Constitución determina que: "La Asamblea Nacional aprobara

como leyes las normas generales de interes comun. Las atribuciones de la Asamblea Nacional que no requieran de la

expedicion de una ley se ejerceran a traves de acuerdos o resoluciones. Se requerira de ley en los siguientes casos: 1.

Regular el ejercicio de los derechos y garantias constitucionales."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La regulación para el ejercicio de los derechos y garantias constitucionales debe seguir:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Page 16: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

16

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El Fiscal General del Estado ha sido sometido a enjuiciamiento político por parte de la Asamblea. Como resultado del

proceso en la Asamblea se produjo voto favorable por la censura y destitución del Fiscal General del Estado. Ante este

resultado el Fiscal General anunció recurrir a la Corte Constitucional, por constituirse en una resolución ilegal. ¿Frente a

ello cuál es el efecto de la censura y destitución?

Las opciones A), B) y D) son incorrectas considerando el contenido del artículo 131 de la Constitución. En ese sentido,

los supuestos que se observan en estas opciones no son aplicables, pues plantean posibilidades de suspender el efecto

inmediato de destitución de la autoridad sujeta a censura.

Si el Fiscal destituido acude a la Corte Constitucional, la destitución como tal se suspende hasta conocer el

resultado en esta instancia.

La censura y destitución es de inmediato cumplimiento, pero la Corte Constitucional puede ordenar la

suspensión de sus efectos.

Acudir a la Corte Constitucional no cambia el efecto de la censura y destitución, es decir, los efectos de la

destitución son de inmediato cumplimiento.

LA censura y destitución solo adquieren efecto legal cuando quien ha sido desfavorecido agoté todas las

instancias que ofrece el ordenamiento jurídico para su impugnación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo 3 del artículo 131 de la Constitución establece que: "La censura producira la inmediata destitucion de la

autoridad."

Page 17: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

17

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Asamblea tramitó enjuiciamiento político contra el Procurador General del Estado, logrando destituirlo por haberse

reunido votos favorables de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea. Sin embargo, la Asamblea dio cuenta

que los hechos que motivaron el enjuiciamiento configuran algunos tipo penales graves. ¿Bajo tal situación, la Asamblea

puede declarar la responsabilidad penal del Procurador?

Las opciones A), B) y D) son incorrectas, pues plantean supuestos al margen del texto constitucional, principalmente el

artículo 131 de la Constitución.

Sí, la Asamblea con votos favorables de dos tercios de sus miembros puede declarar responsabilidad penal,

que habilita la posiblidad de impugnar ante la Corte Nacional de Justicia.

No, la Asamblea ante indicios de responsabilidad penal debe remitir el caso a la Corte Nacional de Justicia.

No, la Asamblea ante indicios de responsabilidad penal debe derivar el caso ante autoridad competente.

De hecho, el Procurador no puede ser destituido por la Asamblea Legislativa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

LA pregunta evalúa la comprensión no solo de los alcances del enjuiciamiento político sino también comprueba que

quede claro que la responsabilidad penal solo puede ser establecida por autoridad competente. En ese sentido, el último

parágrado del artículo 131 de la Constitución determina que: "La censura producira la inmediata destitucion de la

autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondra que el asunto pase

a conocimiento de la autoridad competente."

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18

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cuál es la diferencia de enjuiciar políticamente al Procurador del Estado, Contralor General del Estado, Fiscal General

del Estado, Defensor del Pueblo, Defensor Público General, Superintendentes y Consejeros de Participación Ciudadan y

Control Social, frente a los ministros o ministras del Estado, miembros de la Función Electoral y Consejeros de la

Judicatura?

Las opciones A), C) y D) son incorrectas porque contemplan respuestas que no se sustentan en el texto constitucional

sino en supuestos al margen del artículo 131 de la Constitución, que regula sobre el enjuiciamiento político de

funcionarios públicos.

No existe ninguna diferencia, para ambos grupos de funcionarios públicos se requiere de mayoría absoluta para

proceder a su censura y destitución.

La diferencia primordial reside en el número de votos que se requieren para proceder a la censura y destitución,

para el primer grupo es mayoría absoluta y para el segundo es dos tercios de los miembros de la Asamblea.

La diferencia descansa en los efectos de la censura y destitución, para los primeros la destitución es inmediata

y para los segundos la destitución se efectiviza cuando la Asamblea designa a una nueva autoridad.

De hecho, la Asamblea no puede enjuiciar políticamente a los ministros del Estado, miembros de la Función

Electoral y Consejeros de la Judicatura, pues se afectaría la separación de poderes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta se justifica en tanto evalúa las reglas inmersas para el enjuiciamiento político de autoridades jerárquicas de

diversas instituciones. En ese sentido, el parágrafo segundo del artículo 131 de la Constitución dispone que: "Para

proceder a su censura y destitucion se requerira el voto favorable de la mayoria absoluta de los miembros de la

Asamblea Nacional, con excepcion de las ministras o ministros de Estado y los miembros de la Funcion Electoral y del

Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerira las dos terceras partes."

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19

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El Contralor General del Estado ha sido denunciado públicamente por incumplimiento de sus funciones. En una de las

bancadas legislativas ha empezado a circular la idea de enjuiciarlo políticamente. Para que proceda su censura y

destitución, se requiere:

La opción A) es incorrecta porque tal supuesto corresponde al enjuciamiento político del presidente. Las opciones C) y

D) son supuestos no contenidos en la Constitución y al margen de la disposición constitucional arriba anotado.

Voto favorable de dos tercios de los miembros de la Asamblea, al igual que el enjuicioamiento político del

Presidente.

Voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional.

De hecho, la Asamblea no puede enjuiciar políticamente a funcionarios públicos.

De la mayoría simple de los miembros presentes de la Asamblea.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo segundo del artículo 131 de la Constitución señala que: "Para proceder a su censura y destitucion se

requerira el voto favorable de la mayoria absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepcion de las

ministras o ministros de Estado y los miembros de la Funcion Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se

requerira las dos terceras partes."

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20

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para el enjuiciamiento político de funcionarios públicos por parte de la Asamblea Nacional, esta requiere de:

La opción incorrecta A) obliga conocer que el dictamen de admiisbilidad de la Corte Constitucional procede cuando se

trata de destituir al presidente o vicepresidente. La opción B) se constituye en un supuesto no previsto por la

Constituición. Y la opción D) tampoco está prevista en la Constitución.

Dictamen de admisbilidad de la Corte Constitucional.

Dictamen del Fiscal General del Estado.

El apoyo de una cuarta parte de los miembros de la Asamblea.

La Asamblea no puede enjuiciar políticamente a funcionarios públicos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta requiere conocimiento sobre los instrumentos por los cuales la Asamblea ejerce la acción de control de

gobierno. A la vez es necesario que se conozca que la Asamblea puede iniciar juicio político, de acuerdo con el artículo

131 de la Constitución, contra: ministras o ministros de Estado, o de la maxima autoridad de la Procuraduria General

del Estado, Contraloria General del Estado, Fiscalia General del Estado, Defensoria del Pueblo, Defensoria Publica

General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo

de la Judicatura y Consejo de Participacion Ciudadana y Control Social, y de las demas autoridades que la Constitucion

determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un ano despues de terminado. En ese sentido, la misma disposición

constitucional requiere el apoyo de una cuarta parte de los miembros de la Asamblea para enjuiciar políticamente a estos

funcionarios públicos.

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21

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El presidente del Ecuador fue destituido por la Asamblea debido a una fuerte crisis política y conmoción interna.

Siguiendo lo dispuesto por la Contitución, el Consejo Nacional Electoral convocó a elecciones presidenciales y

legislativas, para un nuevo periodo presidencial y legislativo. No obstante, un asambleísta impugno la convocatoria

aduciendo que es inconstitucional. ¿De qué manera podría ser la convocatoria del Consejo Nacional Electoral

inconstitucional?

Las demás opciones son supuestos al margen del artículo 130 de la Constitución, por lo que se constituyen en opciones

incorrectas.

La convocatoria es inconstitucional debido a que la Asamblea no cuenta con la atribución de destituir al

presidente y el Consejo Nacional Electoral no cuenta con la atribución de convocar a elecciones en razón a esta

destitución.La convocatoria es inconstitucional, puesto que la Constitución establece que el Consejo Nacional Electoral

debe convocar a elecciones legislativas y presidenciales anticipadas para el resto de los respectivos periodos, y

no para periodos nuevos.

La convocatoria no es inconstitucional, puesto que el Consejo Nacional Electoral debe convocar a elecciones

legislativas y presidenciales anticipadas para nuevos periodos legislativo y presidencial.

El Consejo Nacional Electoral no cuenta con la atribución para convocar a elecciones presidenciales y

legislativas en caso de destitución del presidente por la Asamblea, por tanto, la convocatoria es inconstitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El último parágrafo del artículo 130 de la Constitución establece que: "En un plazo maximo de siete dias despues de la

publicacion de la resolucion de destitucion, el Consejo Nacional Electoral convocara para una misma fecha a elecciones

legislativas y presidenciales anticipadas para el resto de los respectivos periodos. La instalacion de la Asamblea Nacional

y la posesion de la Presidenta o Presidente electo tendra lugar de acuerdo con lo previsto en la Constitucion, en la fecha

determinada por el Consejo Nacional Electoral."

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22

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

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Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Asamblea Nacional consiguió destituir al Presidente en su segundo año de gestión, por arrogarse funciones que no le

competían constitucionalmente. Una vez publicada la resolución de destitución corresponde:

Las opciones A), B) y D) son incorrectas por plantear supuestos al margen del texto constitucional.

Que el vicepresidente que ingresa a ocupar la presidencia culmine con el periodo constitucional.

Convocar la elección de un nuevo presidente.

Convocar la elección de presidente y asambleístas.

Convocar a elecciones legislativas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 130 establece que: "En un plazo maximo de siete dias despues de la publicacion de la resolucion de

destitucion, el Consejo Nacional Electoral convocara para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales

anticipadas para el resto de los respectivos periodos. La instalacion de la Asamblea Nacional y la posesion de la

Presidenta o Presidente electo tendra lugar de acuerdo con lo previsto en la Constitucion, en la fecha determinada por el

Consejo Nacional Electoral."

Page 23: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

78

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En una fuerte crisis política que atraviesa el Ecuador, la Asamblea promovió la destitución del Presidente en el penúltimo

año de su gestión. ¿Es procedente la tramitación de esta destitución en este periodo?

Las opciones A), C) y D) son incorrectas porque están fuera de los dispuesto por el artículo 130 de la Constitución.

Sí, la Constitución dispone que la destitución por grave crisis política y conmoción interna puede tramitarse en

cualquier momento.

No, la Constitución establece que la tramitación de destitución solo procede dentro los primeros tres años de

gobierno.

No, la Constitución establece que la tramitación de destitución solo procede en el último año de gobierno.

Sí, la Constitución determina que la destitución puede tramitarse solo dos últimos años de gobierno.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 130 establece, refiriéndose a la destitución que puede promover la Asamblea del Presidente de la República,

que: "Esta facultad podra ser ejercida por una sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros anos del

mismo." Considerando por periodo legislativo al tiempo para el cual fueron elegidos las y los asambleístas.

Page 24: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

24

A)

B)

C)

D)

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En una fuerte crisis política que atravesaba el Ecuador, la Asamblea promovió la destitución del Presidente, sin

embargo, este ya había sido sujeto a un proceso de destitución que no adquirió los dos tercios de votación de los

miembros de la Asamblea, que exige la Constitución. No obstante, en esta ocasión la Asamblea cuenta con los dos

tercios para destituir al Presidente por grave crisis política y conmoción interna. ¿Procede una nueva tramitación de

destitución contra el Presidente?

23

Sí, la Constitución establece que la Asamblea puede destituir al presidente sin importar si antes promovió una

otra destitución sin éxito.

Sí, la Constitución establece que la destitución por grave crisis política y conmoción interna puede tramitarse el

número de veces que exija el contexto de crisis política.

No, la Constitución no reconoce la posiblidad de destitución del Presidente por parte de la Asamblea.

No, la Constitución establece que la destitución solo puede tramitarse por una única vez dentro un periodo

legislativo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 130 establece, refiriéndose a la destitución que puede promover la Asamblea del Presidente de la República,

que: "Esta facultad podra ser ejercida por una sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros anos del

mismo." Considerando por periodo legislativo al tiempo para el cual fueron elegidos las y los asambleístas.

Page 25: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

25

A)

B)

C)

D)

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En caso de que la Asamblea Nacional destituya al Presidente de la República, ¿Quién asume el cargo de Presidente?

Las opciones incorrectas son supuestos que no se encuentran en el texto constitucional.

El o la vicepresidente.

El puesto queda vacante, pues el Consejo Nacional Electoral debe llamar inmediatamente a elecciones

presidenciales.

El presidente de la Asamblea Nacional.

La Asamblea por dos tercios de votación designa Presidente a uno de sus miembros.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 130 de la Constitución establece que: "Para proceder a la destitucion se requerira el voto favorable de las dos

terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitucion, la Vicepresidenta o

Vicepresidente asumira la Presidencia de la Republica."

Page 26: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

26

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para proceder a la destitución del Presidente por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente o por

grave crisis politica y conmocion interna, se requiere el voto favorable de:

Las opciones A), B) y C) son incorrectas, puesto que son supuestos al margen del texto constitucional.

La mayoría absoluta de los miembros presentes de la Asamblea Nacional.

La mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional.

Las dos terceras partes de los miembros presentes de la Asamblea Nacional.

Las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 130 de la Constitución establece que: Para proceder a la destitucion se requerira el voto favorable de las dos

terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitucion, la Vicepresidenta o

Vicepresidente asumira la Presidencia de la Republica.

Page 27: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

27

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

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Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

A la Asamblea le es posible destituir al Presidente de la República sin requerir dictamen favorable o de admisbilidad de la

Corte Constitucional, por:

Las opciones A), C) y D) son incorrectas. Estas constituyen supuestos que habilitan la destitución del presidente, pero

su tramitación requiere admisibilidad por parte de la Corte Constitucional, de acuerdo con los artículo 129 y 130 de la

Constitución.

Por arrogarse funciones que no le competen constitucionalmente.

Por grave crisis política o conmoción interna.

Por delitos contra la seguridad del Estado.

Por delitos de genocidio, tortura, desaparicion forzada de personas, secuestro u homicidio por razones politicas

o de conciencia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El presidente puede ser destituido por la Asamblea Nacional como resultado de un enjuiciamiento político, por arrogarse

funciones que no le competen constitucionalmente, o por grave crisis política o conmoción interna. Para las dos

primeras opciones la intervención de la Corte Constitucional, a través de su dictamen, es imprescindible. No obstante, la

Constitución deja abierta la posibilidad de destituir al presidente sin requerir la intervención de la Corte Constitucional

cuando se tramite bajo el supuesto de grave crisis política o conmoción interna. En esta, la Asamblea tiene la

competencia exclusiva para destituir al presidente, de acuerdo con el artículo 130 de la Constitución.

Page 28: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

28

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La destitución del Presidente, como figura constitucional mediante la cual la Asamblea ejerce acciones de control del

gobierno, procede:

Las opciones A), B) y C) son supuestos incorrectos que no se encuentran en la Constitución.

La Constitución impide la destitución del Presidente.

Por arrogarse funciones que no le competen o por delitos enumerados en la Constitución.

Por delitos enumerados en la Constitución.

Por arrogarse funciones que no le competen o por grave crisis político y conmoción interna.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta demanda conocimiento sobre los mecanismos por los cuales la Asamblea ejerce acciones de control del

gobierno. La Constitución establece tres mecanismos, entre ellos, la destitución del Presidente por arrogarse funciones o

por grave crisis política y conmoción interna. En ese sentido, el artículo 130 de la Constitución establece que: La

Asamblea Nacional podra destituir a la Presidenta o Presidente de la Republica en los siguientes casos: 1. Por arrogarse

funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional. 2. Por grave

crisis politica y conmocion interna.

Page 29: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

29

A)

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

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Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El presidente de la República ha sido acusado en la Asamblea por arrogarse facultades que la Constitución no le otorga.

Por ese motivo la Asamblea ha iniciado procedimiento de destitución, por lo que se ha convocado a sesión extraordinaria

del Pleno de la Asamblea Nacional Legislativa para conocer en un solo debate la destitución del Presidente. No obstante,

el Presidente ha denunciado que se estaría violando su debido proceso, en vista de que no se tramitó el dictámen de

admisibilidad, que corresponde a:

Las opciones A), B) y D) son incorrectas porque plantean supuestos al margen del texto constitucional.

Al Fiscal General.

La Asamblea Nacional Legislativa.

La Corte Constitucional.

A la Contraloría General del Estado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta está dirigida a evaluar los casos en que debe intervenir la Corte Constitucional dentro el trámite de

destitución del presidente, puesto que su dictamen se exige solo bajo el supuesto en que el Presidente sea acusado de

arrogarse competencias no establecidas en la Constitución. En ese sentido, el artículo 130 de la Constitución establece

que: La Asamblea Nacional podra destituir a la Presidenta o Presidente de la Republica en los siguientes casos: 1. Por

arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional. 2.

Por grave crisis politica y conmocion interna.

Page 30: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

30

A)

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

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Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una de las similitudes entre el enjuiciamiento político y la destitución del presidente por arrogarse funciones que no le

competen constitucionalmente, desde el punto de vista de la intervención de actores institucionales, es:

Las opciones B), C) y D) son incorrectas. Estas formulan supuestos que no se encuentran regulados en la Constitución.

Es la intervención de la Corte Constitucional, ya que para el enjuiciamiento político es imprescindible la

declaratoria de admisibilidad de la Corte Constitucional, y para la destitución se requiere dictamen favorable

también de la Corte Constitucional.

Es la intervención de la Corte Nacional de Justicia, ya que para ambos institutos esta debe emitir la sanción que

correspondiente.

No existen similitudes entre el enjuiciamiento político y la destitución del presidente, son figuras constitucionales

totalmente distintas.

Tanto para el enjuiciamiento polítio como para la destitución del presidente intervienen, además de la Asamblea,

la Corte Constitucional y el Fiscal General.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta evalúa los supuestos en que la Corte Constitucional debe intervenir cuando la Asamblea pretende ejercer su

acción de control del gobierno. El artículo 129 y 130 sustenta que la Corte debe emitir criterio para viabilizar el

enjuciamiento político o la destitución del presidente por arrogarse funciones que no le competen constitucionalmente.

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

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Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro la Asamblea Legislativa se trataba la posibilidad de enjuiciamiento político contra el presidente. Tal posibilidad de

filtró a los medios de comunicación. Ante ello, el Presidente señaló que el enjuiciamiento político que se intentaba

tramitar era inconstitucional, debido a que gozaba de la presunción de inocencia, considerando que ningún juez

competente le había declarado culpable por los hechos que le intentaba enjuciar políticamente. El Presidente alegó que

previamente a la censura y destitución por parte de la Asamblea, es imprescindible que un juez competente declare su

culpabilidad. ¿Es correcta tal afirmación?

Las opciones A), C) y D) son incorrectas porque plantean supuestos no contenidos en el artículo 129 de la Constitución.

Sí, antes de iniciar el enjuiciamiento político es imprescindible que un juez competente declare la culpabilidad

del presidente.

No, el enjuiciamiento político no requiere de un juicio penal previo para censurar y destituir al Presidente por la

comisión de delitos que enumera la Constitución.

Sí, la presunción de inocencia que reconoce la Constitución impide iniciar juicio político por delitos cometidos

por el presidente, sin que antes una autoridad jurisdiccional competente se pronuncie sobre la culpabilidad o no

del presidente.

La Asamblea no cuenta con la atribución de enjuiciar políticamente al presidente.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Entre los supuestos necesarios para enjuiciar políticamente al presidente no se incluye el enjuiciamiento penal previo. La

Asamblea cuenta con la atribución de iniciar enjuiciamiento político por los delitos que enumera la Constitución, sin

necesidad de cumplir este supuesto. El artículo 129 de la Constitución establece que: "Para iniciar el juicio politico se

requerira el dictamen de admisibilidad de la Corte Constitucional, pero no sera necesario el enjuiciamiento penal previo."

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A)

B)

C)

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

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Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para proceder a la censura y destitución del presidente o vicepresidente, la Asamblea requiere:

Las opciones A), B) y D) son incorrectas, porque formulan supuestos que no corresponden al texto del artículo 129 de la

Constitución.

Mayoría absoluta de los miembros presentes de la Asamblea.

Dos tercios de los miembros presentes de la Asamblea al momento de la votación.

Dos tercios del total de miembros de la Asamblea.

La censura y destitución corresponden a la Corte Nacional de Justicia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta pretende evaluar la comprensión relacionada a la votación para censurar y destituir a presidente o

vicepresidente. La Constitución menciona una variedad de posibilidades respecto a los tipos de votación que puede

efectuar la Asamblea Nacional. En ese sentido, resulta importante que se tenga en cuenta qué tipo de votación exige la

Constitución para establecer la censura y destitución del presidente o vicepresidente. El artículo 129 de la Constitución

determina que: "La Asamblea Nacional podra proceder al enjuiciamiento politico de la Presidenta o Presidente, o de la

Vicepresidenta o Vicepresidente de la Republica, a solicitud de al menos una tercera parte de sus miembros, en los

siguientes casos:

1. Por delitos contra la seguridad del Estado.

2. Por delitos de concusion, cohecho, peculado o enriquecimiento ilicito.

3. Por delitos de genocidio, tortura, desaparicion forzada de personas, secuestro u homicidio por razones politicas o de

conciencia.

Para iniciar el juicio politico se requerira el dictamen de admisibilidad de la Corte Constitucional, pero no sera necesario

el enjuiciamiento penal previo.

En un plazo de setenta y dos horas, concluido el procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolvera

motivadamente con base en las pruebas de descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la Republica.

Para proceder a la censura y destitucion se requerira el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la

Asamblea Nacional. Si de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondra que el asunto pase a

conocimiento de la jueza o juez competente." De este texto, debe entenderse que se requiere dos tercios de los

integrantes de la Asamblea y no de los presentes, esto considerando la relevancia y el significado que involucra la

censura y destitución de una autoridad elegida directamente por el pueblo.

Page 33: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

33

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro la función legislativa, la Asamblea Nacional cuenta con la atribución de enjuiciar políticamente al presidente o

vicepresidente, para resolver su censura y destitución. Para tomar esta decisión se requiere:

La opciones A), B) y C) son incorrectas, debido a que plantean supuestos al margen de la disposición constitucional

arriba citada.

Mayoría absoluta de la Asamblea Nacional.

Resolución fundamentada de la Comisión de Fiscalización y Control Político.

Dos tercios de votos de la Asamblea.

Dos tercios de votos de la Asamblea Nacional y emitir resolución fundamentada.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta pretende evaluar la aplicación de conceptos que involucran al enjuiciamiento político de presidente y

vicepresidente. Si bien el enjuiciamiento político se basa, en última instancia, en los votos que emiten los asambleístas,

esto no exime que la Asamblea no deba emitir una resolución motivada que sustente el enjuiciamiento político y la

posterior censura y destitución. En ese sentido, el artículo 129 de la Constitución determina que: "La Asamblea Nacional

podra proceder al enjuiciamiento politico de la Presidenta o Presidente, o de la Vicepresidenta o Vicepresidente de la

Republica, a solicitud de al menos una tercera parte de sus miembros, en los siguientes casos:

1. Por delitos contra la seguridad del Estado.

2. Por delitos de concusion, cohecho, peculado o enriquecimiento ilicito.

3. Por delitos de genocidio, tortura, desaparicion forzada de personas, secuestro u homicidio por razones politicas o de

conciencia.

Para iniciar el juicio politico se requerira el dictamen de admisibilidad de la Corte Constitucional, pero no sera necesario

el enjuiciamiento penal previo.

En un plazo de setenta y dos horas, concluido el procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolvera

motivadamente con base en las pruebas de descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la Republica.

Para proceder a la censura y destitucion se requerira el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la

Asamblea Nacional. Si de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondra que el asunto pase a

conocimiento de la jueza o juez competente."

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34

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En un contexto político delicado en el Ecuador, en el que se acusa al Presidente de delitos de tortura y secuestro de

miembros de la oposición, la Asamblea Nacional promovió su enjuiciamiento político. En este se presentó prueba

fehaciente de que el Presidente era responable por los delitos acusados. Por ello, de manera unánime, la Asamblea

declaró, además de la destitución del Presidente, la responsabilidad penal de este, ordenando que los antecedentes

del enjuiciamiento se trasladen a la Corte Nacional de Justicia, para que esta señala la pena que le corresponde al

Presidente por los delitos de tortura y secuestro. ¿Resulta constitucional los hechos que plantean el caso?

Las opciones A), C) y D) son incorrectas, puesto que manejan supuestos al margen del artículo 129 de la

Constitución. La opción A) no resulta una atribución de la Asamblea Legislativa. La opción C) es un supuesto

inexistente en la Constitución. Y la opción D) contradice el contenido del artículo 129 de la Constitución.

Sí, porque la Constitución dispone que en caso de evidenciarse fehacientemente que los hechos motivo de

juicio constituyen delito, la Asamblea puede declarar responsabilidad penal, dejando la definición de la pena

a la Corte Nacional de Justicia.

No, porque la Asamblea Nacional, dentro el enjuiciamiento político, solo puede determinar la censura y

destitución del presidente, y en caso de responsabilidad penal derivar el asunto a juez competente.

La Constitución no reconoce el enjuicimiento político, en caso de establecer la comisión de delitos por parte

del Presidente, corresponde que el Fiscal General lleve el proceso ante la Corte Nacional, para que esta

emita sentencia.No, porque la Asamblea Nacional solo tiene competencia de declarar o no la admisbilidad del enjuiciamiento

del Presidente ante la Corte Nacional de Justicia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta está dirigida a comprobar la aplicación de los conceptos que giran entorno al enjuiciamiento político. Se

concentra, principalmente, a evaluar la atribución que corresponce a la Asamblea dentro el enjuiciamiento político.

En ese sentido, el artículo 129 de la Constitución determina que: "La Asamblea Nacional podra proceder al

enjuiciamiento politico de la Presidenta o Presidente, o de la Vicepresidenta o Vicepresidente de la Republica, a

solicitud de al menos una tercera parte de sus miembros, en los siguientes casos:

1. Por delitos contra la seguridad del Estado.

2. Por delitos de concusion, cohecho, peculado o enriquecimiento ilicito.

3. Por delitos de genocidio, tortura, desaparicion forzada de personas, secuestro u homicidio por razones politicas o

de conciencia.

Para iniciar el juicio politico se requerira el dictamen de admisibilidad de la Corte Constitucional, pero no sera

necesario el enjuiciamiento penal previo.

En un plazo de setenta y dos horas, concluido el procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolvera

motivadamente con base en las pruebas de descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la Republica.

Para proceder a la censura y destitucion se requerira el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de

la Asamblea Nacional. Si de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondra que el asunto

pase a conocimiento de la jueza o juez competente."

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35

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En caso de enjuiciamiento político contra el presidente o vicepresidente, la Asamblea puede resolver:

La opciones A), B) y D) son incorrectas, debido a que se constituyen en supuestos al margen de lo dispuesto en el

artículo 129.

Determinar responsabilidad penal contra quien es objeto de enjuiciamiento político.

Establecer responsabilidad administrativa culposa.

Censurar y destituir.

El enjuiciamiento político corresponde a la Corte Nacional de Justicia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta está dirigida a comprobar la comprensión de conceptos elementales sobre el enjuicimiento político de

presidente y vicepresidente. La pregunta está dirigida a comprobar que la Asamblea, dentro un enjuiciamiento político,

solo puede censurar y destituir al presidente o vicepresidente. En ese sentido, el artículo 129 de la Constitución dispone

que: "Para proceder a la censura y destitucion se requerira el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros

de la Asamblea Nacional. Si de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondra que el asunto pase

a conocimiento de la jueza o juez competente."

Page 36: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

36

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El enjuiciamiento político del presidente o la presidenta procede en los siguientes casos:

Las opciones incorrectas se sustentan en supuestos no contemplados por la Constitución, referente al juicio político

contra presidente o presidenta. La opción A) es una afirmación correcta, sin embargo, no responde a la pregunta

formulada.

El presidente o presidenta no pueden ser enjuiciados políticamente por la Asamblea Legislativa.

El presidente o presidenta pueden ser enjuiciados políticamente bajo la autorización de la Asamblea por

cualquier delito.

Por delitos contra la seguridad del Estado; Por delitos de concusion, cohecho, peculado o enriquecimiento

ilicito; Por delitos de genocidio, tortura, desaparicion forzada de personas, secuestro u homicidio por razones

politicas o de conciencia.

Por delitos contra la seguridad el Estado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta comprueba conocimiento y aplicación de este conocimiento, considerando que revisa los delitos por los

cuales es posible enjuiciar políticamente al presidente. Así, verifica el conocimiento de reglas relacionadas con el juicio

político del presidente. En ese sentido, el artículo 129 de la Constitución establece que: La Asamblea Nacional podra

proceder al enjuiciamiento politico de la Presidenta o Presidente, o de la Vicepresidenta o Vicepresidente de la

Republica, a solicitud de al menos una tercera parte de sus miembros, en los siguientes casos:

1. Por delitos contra la seguridad del Estado.

2. Por delitos de concusion, cohecho, peculado o enriquecimiento ilicito.

3. Por delitos de genocidio, tortura, desaparicion forzada de personas, secuestro u homicidio por razones politicas o de

conciencia.

Page 37: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

37

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El Ecuador se encuentra en contexto político complejo y delicado, en el que la mayoría de jueces de la Corte

Constitucional ha decidido renunciar. Por otro lado, la Asamblea Nacional intenta enjuiciar al Presidente por el delito de

enriquecimiento ilícito. Si la mayoría de jueces renunció a la Corte Constitucional, ¿Puede la Asamblea prescindir del

dictamen de admisbilidad de la Corte Constitucional?

Las opciones incorrectas están formuladas al margen del texto constitucional. La opción A) señala que la Corte

Constitucional no requiere del dictamen de la Corte, cuando el 129 de la constitución señala que sí se requiere. Y las

opciones C) y D) son supueastos imaginarios.

La Asamblea Nacional no requiere de dictámen de la Corte Constitucional para enjuiciar al presidente de la

República.

La Constitución establece que la Asamblea requiere del dictámen de admisibilidad para enjuiciar políticamente

al presidente de la República.

El presidente no puede ser enjuiciado políticamente por el delito de enriquecimiento ilítico.

La Constitución establece que la Asamblea requiere dictámen de admisibilidad de parte de la Contraloría

General del Estado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B)

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta no solo evalúa los requisitos para enjuiciar políticamente al presidente del Estado, también exige la relación

de conocimientos de los delitos por lo cuales puede ser enjuiciado el presidente. En ese sentido, la opción correcta se

sustenta en el artículo 129 de la constitución, que establece que: "Para iniciar el juicio politico se requerira el dictamen

de admisibilidad de la Corte Constitucional, pero no sera necesario el enjuiciamiento penal previo."

Page 38: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

38

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El presidente del Ecuador es denunciado por un grupo de asambleístas de haber cometido delitos contra la seguridad del

Estado, para habilitar el juicio político contra este requieren el dictamen de admisibilidad de:

Las opciones A), B) y C) son incorrectas, debido a que se constituyen en supuestos al margen de la Constitución del

Ecuador. El artículo 129 de la Constitución es claro al determinar que el dictamen de admisibiliad es atribución de la

Corte Constitucional. La opción C) pone en duda la validez de la pregunta pero es incorrecta, ya que, entre otros delitos,

el presidente sí puede ser enjuiciado por delitos contra la seguridad del Estado.

Dos tercios de los integrantes de la Asamblea Nacional.

Corte Suprema de Justicia.

El presidente no puede ser enjuiciado por delitos contra la seguridad del Estado.

Corte Constitucional del Ecuador.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta exige no solo conocer las causales por las que procede el enjuiciamiento político contra el presidente, sino

también a cargo de quién se encuentra el dictamen de admisibilidad. En ese sentido, el artículo 129 de la Constitución

establece que: "Para iniciar el juicio politico se requerira el dictamen de admisibilidad de la Corte Constitucional, pero no

sera necesario el enjuiciamiento penal previo."

Page 39: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

39

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El control de la acción de gobierno que puede ejercer la Función Legislativa comprende:

Las opciones B), C) y D) son supuestos al margen de la Constitución. Las opciones B) y C) incluye a los asambleístas,

lo cual es improcedente porque se trata justamente del control de la acción de gobierno que ejerce el Legislativo. La

opción D) plantea un supuesto no existente en la Constitución, pues los artículo arriba anotado reconocer el control de la

acción de gobierno como parte de la Función Legislativa.

Enjuiciamiento político de presidente o vicepresidente; destitución del presidente; y enjuiciamiento de ministros

o ministras de Estado y otras máximas autoridades de otros órganos del Estado.

Enjuiciamiento político de presidente, vicepresidente y asambleístas; destitución del presidente y asambleístas;

y enjuiciamiento de ministros o ministras de Estado.

Enjuiciamiento de asambleístas; destitución de asambleístas; y enjuiciamiento de ministros y ministras de

Estado.

La Función Legislativa no puede ejercer control de la acción de gobierno, ya que la Constitución reconoce la

separación de poderes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta evalúa la comprensión de lo que involucra el control de la acción de gobierno que puede realizar la Función

Legislativa. En ese sentido, los artículos 129, 130 y 131 de la Constitución establecen que este control de la acción de

gobierno involucra el enjuiciamiento político de presidente o vicepresidente; destitución del presidente; y enjuiciamiento

de ministros o ministras de Estado y otras máximas autoridades de otros órganos del Estado.

Page 40: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

40

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Antes de las elecciones generales se acusó a la "ciudadana x" por la comisión de hechos ilícitos, lo que derivó a que

enfrentara un proceso penal. En las referidas elecciones, la "ciudadana x" fue elegida asambleísta por una determinada

circunscripción de la ciudad de Guayaquil. La asambleísta ha solicitado que su proceso sea conocido ahora por un juez

de la ciudad de Quito, considerando que su domicilio se constituiría en esta ciudad. ¿Procede la petición de la

"ciudadana x", ahora asambleísta?

Las opciones A), B) y C) son incorrectas porque suponen planteamiento que no se encuentran en el texto constitucional.

El probelma planteado en esta pregunta se resuelve con el texto constitucional expuesto en el artículo 128, arriba

anotado.

No, la Constitución impide que se posesione a la "ciudadana x" como asambleísta por mantener proceso penal

en su contra.

No es posible continuar con el proceso penal contra la "ciudadana x" por haber sido posesionada asambleísta.

Sí, la Constitución establece que si un asambleísta es procesado penalmente antes de su elección, los

procesos en su contra deben ser conocidos por un juez de la ciudada Quito, para asegurar su derecho a la

defensa.No, la Constitución establece que el proceso penal debe continuar ante el juez que avocó el conocimiento de la

causa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta valora el conocimiento y la aplicación en relación a las reglas que rigen la inmunidad a favor de los

asambleístas, que incluye los supuestos en los que es posible procesos penal en su contra. De ese modo, la respuesta

correcta se funda en el artículo 128 de la Constitución, que en su parágrafo tercero establece que "Las causas penales

que se hayan iniciado con anterioridad a la posesion del cargo continuaran en tramite ante la jueza o juez que avoco el

conocimiento de la causa."

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41

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El "ciudadano x" estaba sujeto a un proceso penal por cuestiones familiares. Este se constituía en una persona con

mucha popularidad. Alguien le comentó que los asambleístas mantenían inmunidad legislativa, por lo que decidió

explotar su popularidad para postular a asambleísta, lo que se efectivizó con su elección. ¿Se suspenderá el proceso

penal por causa de su inmunidad legislativa?

Las opciones A), B) y D) son incorrectas, debido a que sostinen supuestos no establecidos en la Constitución.

Sí, la Constitución reconoce inmunidad legislativa a los asambleístas elegidos e impide continuar con procesos

penales antes inciados.

Sí, la Constitución asegura el ejercicio de funciones legislativas y prohíbe la persecución penal contra

asambleístas.

No, la Constitución determina que los procesos iniciados con anterioridad a la posesión del cargo deben seguir

su trámite.

No, la Constitución determina que nadie puede postular a asambleísta si cuenta cuenta con proceso penal

abierto en su contra.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta valora el conocimiento y la aplicación en relación a las reglas que rigen la inmunidad a favor de los

asambleístas, que incluye los supuestos en los que es posible procesos penal en su contra. De ese modo, la respuesta

correcta se funda en el artículo 128 de la Constitución, que en su parágrafo tercero establece que "Las causas penales

que se hayan iniciado con anterioridad a la posesion del cargo continuaran en tramite ante la jueza o juez que avoco el

conocimiento de la causa."

Page 42: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

42

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dos hermanos fueron elegidos asambleístas, no obstante, antes de su elección estaban siendo procesados penalmente

por hechos cometidos anteriormente. ¿Qué supuesto corresponde aplicar ante este hecho?

Los supuestos de las opciones B), C) y D) son incorrectos, debido a que plantean supuestos no descritos por el texto

constitucional.

La Constitución determina que el proceso penal debe continuar con su trámite.

La Constitución establece que el proceso penal debe ser suspendido hasta que finalice el cargo.

La Constitución establece que para continuar con el proceso penal, los hermanos deben renunciar previamente

a su inmunidad legislativa.

La Constitución dispone que el proceso penal solo puede continuar si la Asamblea autoriza tal hecho.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta valora el conocimiento y la aplicación en relación a las reglas que rigen la inmunidad a favor de los

asambleístas, que incluye los supuestos en los que es posible procesos penal en su contra. De ese modo, la respuesta

correcta se funda en el artículo 128 de la Constitución, que en su parágrafo tercero establece que "Las causas penales

que se hayan iniciado con anterioridad a la posesion del cargo continuaran en tramite ante la jueza o juez que avoco el

conocimiento de la causa."

Page 43: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

43

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un asambleísta fue elegido como tal en las últimas elecciones. Sin embargo, consiguió mantener oculta información

sobre su estado de salud mental. El asambleísta sufría de cleptomanía, lo que le inclinaba a robar chucherías en

diferentes centros comerciales. Un día fue sorprendido por los encargados de la tienda, por lo que se generó un fuerte

altercado; la polícia después de apersonarse al lugar de los hechos decidió detenerlo para llevarlo ante las autoridades

competentes, a pesar de que el asambleísta había alegado que ejercía tal función y que la Constitución le ofrecía

inmunidad legislativa. ¿Era posible que la policía privara de libertad al asambleísta?

Las opciones A), B) y C) son incorrectas. La opción A) plantea un supuesto que no puede ser valorado por los polícias,

cuya función en resguardar el orden público, y la Constitución les habilita a detener al asambleísta para llevarlo ante las

autoridades competentes. La opción B) y C) se constituyen en supuestos al margen del texto constitucional.

No, porque el asambleísta sufría de cleptomanía, una enfermedad mental.

No, porque la Constitución asegura inmunidad legislativa en cualquier supuesto, haciendo imposible la privación

de un asambleísta.

Sí, porque la Constitución no establece ninguna clase de inmunidada a favor de los asambleístas.

Sí, porque la Constitución determina que en casos de delito flagrante es prosible privar de libertad a un

asambleísta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta valora el conocimiento y la aplicación en relación a las reglas que rigen la inmunidad a favor de los

asambleístas, que incluye los supuestos en los que es posible privarlos de libertad. De ese modo, la respuesta correcta

se funda en el artículo 128 de la Constitución, que en su parágrafo segundo establece que "Para iniciar causa penal en

contra de una asambleista o de un asambleista se requerira autorizacion previa de la Asamblea Nacional, excepto en los

casos que no se encuentren relacionados con el ejercicio de sus funciones. Si la solicitud de la jueza o juez competente

en la que pide la autorizacion para el enjuiciamiento no se contesta en el plazo de treinta dias, se entendera concedida.

Durante los periodos de receso se suspendera el decurso del plazo mencionado. Solo se les podra privar de libertad en

caso de delito flagrante o sentencia ejecutoriada."

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44

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una asambleísta ha sido denunciada en los medios de comunicación por agresión y maltratos a su hijo menor de edad.

En redes sociales se filtró un video en el que aquella le daba palmadas a su hijo menor de edad, y se observaban y oían

las quejas de este último. Producto de estas denuncias públicas, la polícia y Ministerio Público procedieron a la privación

de libertad de la asambleísta para llevarle ante juez competente, alegando que los videos emitidos en redes sociales

demuestran un delito flagrante. ¿Es posible la privación de libertad de la asambleísta?

Las opciones A), C) y D) son incorrectas porque plantean supuestos al margen de la Constitución. En el caso de la

opción D) es necesario remarcar que los hechos evidenciados en los videos elevados a las redes sociales no constituyen

supuestos de delito flagrante. En cambio, las opciones A) y C) plantean supuestos al margen del artículo 128 de la

Constitución.

Sí, la Constitución no reconoce inmunidad a los asambleístas, por lo que pueden ser sujetos de procesos

penales al igual que los ciudadanos en general.

No, si bien la Constitución permite la detención de un asambleísta en casos de delito flagrante, los videos

subidos a las redes sociales no demuestran delito flagrante.

No, la Constitución prohíbe la privación de libertad de un asambleísta sin importar los supuestos que envuelvan

el hecho.

Sí, la Constitución permite la privación de libertad de asambleístas en casos de delito flagrante, y los videos de

las redes sociales constituyen un delito flagrante.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta valora el conocimiento y la aplicación en relación a las reglas que rigen la inmunidad a favor de los

asambleístas, que incluye los supuestos en los que es posible privarlos de libertad. De ese modo, la respuesta correcta

se funda en el artículo 128 de la Constitución, que en su parágrafo segundo establece que "Para iniciar causa penal en

contra de una asambleista o de un asambleista se requerira autorizacion previa de la Asamblea Nacional, excepto en los

casos que no se encuentren relacionados con el ejercicio de sus funciones. Si la solicitud de la jueza o juez competente

en la que pide la autorizacion para el enjuiciamiento no se contesta en el plazo de treinta dias, se entendera concedida.

Durante los periodos de receso se suspendera el decurso del plazo mencionado. Solo se les podra privar de libertad en

caso de delito flagrante o sentencia ejecutoriada."

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45

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un asambleísta se ha visto inmiscuido en hechos ilícitos no relacionados con el ejercicio de sus funciones. El juez de la

causa cuenta con el respaldo procesal suficiente, para solicitar el enjuiciamiento de este asambleísta a la Asamblea

Nacional. En ese sentido, requirió formalmente a la Presidencia de la Asamblea la autorización para enjuiciamiento del

mencionado asambleísta. El contexto político ha impedido que la Asamblea ingresara esta solicitud en agenda, dando

prioridad a otros temas de interés nacional. Transcurrieron aproximadamente 3 meses y el juez de la causa no contaba

con respuesta para el enjuiciamiento del asambleísta. Debido a la omisión de la Asamblea, el juez de la causa decidió

iniciar proceso penal contra el asambleísta. ¿Cuenta tal actuación respaldo en la Constitución, es decir, es posible que el

juez de la causa inicie proceso penal contra un asambleísta sin la respectiva autorización legislativa?

Las opciones incorrectas, esto es, los incisos A), B) y D) se sustentan en supuestos al margen del texto constitucional.

Se constituyen en supuestos aleatorios cuya finalidad es evaluar a los postulantes.

Sí, la Constitución no establece reglas sobre el enjuiciamiento de asambleístas, por lo que rige el principio "lo

que no está prohibido está permitido".

No, la Constitución no permite el enjuiciamiento de asambleístas, debido a que favorece a las autoridades

elegidas por voto popular con inmunidad legislativa.

Sí, la Constitución establece que ante la omisión de respuesta por más de 30 días debe entenderse por

concedida la petición de enjuiciamiento.

No, la Constitución establece que para el enjuiciamiento de un asambleísta se requiere la autorización previa de

la Asamblea y esta cuenta con 6 meses para pronunciarse ante tal requirimiento.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta valora el conocimiento y la aplicación de este en relación a las reglas que rigen la inmunidad a favor de los

asambleístas, que incluye los supuestos en los que es posible enjuiciarlos penalmente. De ese modo, la respuesta

correcta se funda en el artículo 128 de la Constitución, que en su parágrafo segundo establece que "Para iniciar causa

penal en contra de una asambleista o de un asambleista se requerira autorizacion previa de la Asamblea Nacional,

excepto en los casos que no se encuentren relacionados con el ejercicio de sus funciones. Si la solicitud de la jueza o

juez competente en la que pide la autorizacion para el enjuiciamiento no se contesta en el plazo de treinta dias, se

entendera concedida. Durante los periodos de receso se suspendera el decurso del plazo mencionado. Solo se les podra

privar de libertad en caso de delito flagrante o sentencia ejecutoriada."

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A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un asambleísta agredió físicamente a su esposa cuando se encontraba en estado de ebriedad; como consecuencia de

tal agresión su esposa presentó denuncia ante la policía y el Ministerio Público. Posteriormente, la esposa salió ante los

medios de comunicación para declarar que el altercado fue un imprevisto sin importancia y que se había reconciliado

con su esposo. Sin embargo, el Ministerio Público decidió seguir con las investigaciones. ¿Es posible que el Ministerio

Público inicie proceso penal contra el asambleísta?

Las opciones A), C) y D) son incorrectas porque son supuestos al margen de la Constitución, considerando que esta

norma fundamental no plantea supuestos anotados en las opciones anotadas.

Sí, porque la Constitución no reconoce ningún tipo de inmunidad a los asambleístas.

Sí, porque la inmunidad de asambleístas no alcanza a aquellos casos que no se encuentren relacionados con el

ejercicio de sus funciones.

No, porque los asambleístas cuentan con inmunidad frente a cualquier delito que se cometa en el ejercicio de

sus funciones.

No, porque previamente requiere autorización de la Asamblea Nacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta se desenvuelve en el ámbito de reglas relacionadas a la inmunidad de asambleístas y condiciones en las

cuales pueden ser procesados penalmente. En ese sentido, la respuesta correcta se sustenta en el artículo 128 de la

Constitución, que establece que: "Para iniciar causa penal en contra de una asambleista o de un asambleista se

requerira autorizacion previa de la Asamblea Nacional, excepto en los casos que no se encuentren relacionados con el

ejercicio de sus funciones. Si la solicitud de la jueza o juez competente en la que pide la autorizacion para el

enjuiciamiento no se contesta en el plazo de treinta dias, se entendera concedida. Durante los periodos de receso se

suspendera el decurso del plazo mencionado. Solo se les podra privar de libertad en caso de delito flagrante o sentencia

ejecutoriada."

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A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En un conflicto violento que incluía a policías y militares, un asambleísta manifestó que el inicio del mismo es

responsabilidad del presidente de la República. Esta idea empezó a establecerse en la opinión pública y se empezaron a

realizar análisis en esa dirección. El presidente consideró que la opinión del asambleíste rebasó los límites

constitucionales, e inició una serie de acciones legales contra este asambleísta. ¿Cuentan los asambleístas con libertad

irrestricta para emitir opiniones?

Las opciones A), B) y C) son incorrectas porque se sustentan en supuestos al margen del texto constitucional, y se

constituyen en opciones aleatoriamente escogidas.

La Constitución no regula la libertad de opinión de los asambleístas.

Sí, la Constitución permite la libertad de opinión de los asambleístas, pero excluye acusaciones contra máximas

autoridades del Estado.

No, la Constitución reconoce la libertad de opinión de los asambleístas, sin embargo, obliga a demostrar o

sustentar las opiniones vertidas.

Sí, la Constitución asegura que los asambleístas puedan emitir sus opiniones libremente.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta pone a prueba el conocimiento y aplicación de la libertad de opinión que rodea a los asambleístas. En ese

sentido, la respuesta correcta se sustenta en el artículo 128 de la Constitución, que establece que: "Las asambleistas y

los asambleistas gozaran de fuero de Corte Nacional de Justicia durante el ejercicio de sus funciones; no seran civil ni

penalmente responsables por las opiniones que emitan, ni por las decisiones o actos que realicen en el ejercicio de sus

funciones, dentro y fuera de la Asamblea Nacional."

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A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Se identificó a un asambleísta gestionando nombramientos de cargos públicos. El hecho fue difundido en los medios de

comunicación y el asambleísta ha alegado que su accionar es parte de la negociación polítida para llenar vacíos en las

instituciones públicas. ¿Es objeto de sanción tal conducta?

Las opciones A), C) y D) son incorrectas,debido a que son supuestos al margen de la Constitución. La opción A)

contradice la disposición arriba citada. La opción C) plantea una sanción que difiere de la disposición constitucional

referida. Y la opción D) plantea un supuesto inexistente en la Constitución.

No, porque parte de las funciones de los asambleístas es llegar a acuerdos para llenar vacíos en las

instituciones públicas.

Sí, la conducta es calificada por la Constitución como incompatible con la función legislativa y la sanción es la

pérdida de calidad de asambleísta.

Sí, la conducta es calificada por la Constitución como incompatible con la función legislativa y la sanción es la

suspensión de 3 meses.

No, porque la Constitución no establece sanciones concretas para los supuestos expuestos en la pregunta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta evalúa los supuestos establecidos en la Constitución que impiden determinados actos y funciones a los

asambleístas. De ese modo, la pregunta correcta se sustenta en el artículo 127 de la Constitución que establece que las

asambleistas y los asambleistas no podran: "3. Gestionar nombramientos de cargos publicos." y establece que: "Quien

incumpla alguna de estas prohibiciones perdera la calidad de asambleista, ademas de las responsabilidades que

determine la ley."

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A)

B)

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D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

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GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un empresario del área de la construcción fue elegido asambleísta. Debido a ello su hermano menor asumió como

representante legal de la empresa. De frente a la firma de un contrato de obra pública con un municipio, el hermano

menor estaba ausente del país, por lo que, el empresario asambleíste se dispuso a firmar el contrato en representación

de su hermano menor. Posteriormente, en medios de comunicación se denunció la firma de dicho contrato por

incompatibilidad de funciones. ¿Es posible quitarle al empresario la calidad de asambleísta?

Las opciones incorrectas que se evidencian en los incisos A), B) y D) son supuestos inexistentes en la Constitución. El

artículo 127 arriba anotado regula las incompatibildades con las que cuentan los asambleístas y ninguno de estos

supuestos se encuentra en la citada disposición normativa.

No, debido a que la Constitución no establece como sanción la posibilidad de quitarle a un asambleísta de tal

calidad.

No, porque el empresario no es representante legal y actuaba de manera excepcional por estar de viaje su

hermano menor.

La Constitución no mantiene reglas sobre la incompatibilidad de la función legislativa.

Sí, en vista de que la Constitución proscribe que los asambleístas celebren contratos con entidades del sector

público.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta verifica conocimiento y aplicación de las reglas establecidas en la Constitución sobre incompatibilidades de

la función legislativa. En ese sentido, la respuesta correcta se sustenta en el artículo 127 numeral 7, que establece que:

"Las asambleistas y los asambleistas no podran: (…) 7. Celebrar contratos con entidades del sector publico. Quien

incumpla alguna de estas prohibiciones perdera la calidad de asambleista, ademas de las responsabilidades que

determine la ley."

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A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

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GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución establece que los asambleístas no podrán desempeñar ninguna otra función pública o privada, excepto

la docencia universitaria. Un docente universitario fue elegido asambleísta y en sustento de lo dispuesto en la

Constitución, continuó ejerciendo la docencia universitaria a tiempo completo, sin embargo, los horarios no son

compatibles y el señor docente encontró complicaciones para asistir a la Universidad. ¿Puede la Universidad alegar

incompatibilidad de funciones?

Las opciones A), B) y D) se constituyen en supuestos al margen del texto constitucional. La compatibilidad de la función

legislativa está regulada en el artículo 127 de la Constitución; ninguno de los supuestos anotados en las opciones

incorrectas se encuentran en la mencionada disposición constitucional.

No, porque la Constitución reconoce que la docencia universitaria y las funciones de asambleísta son

compatibles.

No, porque la Constitución no contiene disposición alguna sobre incompatibilidades con la función de

asambleísta.

Sí, porque la Constitución, si bien declara la condición de asambleísta y la docencia como compatibles,

establece que tal compatibilidad es viable siempre que su horario lo permita.

Sí, porque la Constitución establece que ninguna otra función o actividad es compatible con la función de

legislador, sin excepción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta aborda las reglas sobre las incompatibilidades con las que cuentan los asambleístas. En ese sentido, la

Constitución determina que en el artículo 127 numeral 1 que: "Las asambleistas y los asambleistas no podran:

Desempenar ninguna otra funcion publica o privada, ni dedicarse a sus actividades profesionales si fueran incompatibles

con su cargo, excepto la docencia universitaria siempre que su horario lo permita."

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A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La existencia de bancadas legislativas compuesta por integrantes de diferentes partidos trajo diversos problemas en el

interior de las bancadas. Por ello, la Asamblea decidió modificar la Ley Orgánica de la Función Legislativa para restringir

la conformación de bancadas legislativas con miembros de diferentes partidos o movimientos políticos. ¿Es

constitucional esta medida?

Las opciones incorrectas son supuestos al margen del contenido de la Constitución, que contradicen su artículo 122.

Sí, porque la Asamblea tiene la atribución de regular el funcionamiento de la Asamblea a través de la Ley.

No, porque la facultad de regular el funcionamiento de la función legislativa es del Consejo de Participación

Popular y Control Social.

Sí, porque la Asamblea Legislativa cuenta con autonomía e independencia de poderes, es atribución de ella

regularse a través de sus propios integrantes.

No, porque las organizaciones políticas y los asambleístas en el interior de la Asamblea Nacional cuentan con la

posiblidad de reunirse libremente para ejercer efectivamente su derecho de participación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Es importante establecer la importancia y rol de la conformación de bancadas legislativas, que se sustentan en el

ejercicio de la representación política. En ese sentido, la Constitución, en su artículo 122, determina que: "El maximo

organo de la administracion legislativa se integrara por quienes ocupen la Presidencia y las dos Vicepresidencias, y por

cuatro vocales elegidos por la Asamblea Nacional de entre asambleistas pertenecientes a diferentes bancadas

legislativas."

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A)

B)

C)

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para el cumplimiento de sus atribuciones, la Asamblea Nacional debe organizarse en:

Las bancadas legislativas no son una figura que influye en la organización de la Asamblea, en cambio es una

oportunidad para que las organizaciones políticas pueden actuar que mejor representación en el interior de la Asamblea.

Por este motivo, las opciones A), C) y D) son incorrectas, debido a que las bancadas legislativas no influyen en el modo

en que la Asamblea debe organizarse.

Comisiones especializadas permanentes y bancadas legislativas.

Comsiones especializadas permanentes.

Comisiones especializadas permanentes, bancadas legislativas y brigadas parlamentarias.

Bancadas legislativas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Identificar la diferencia de los conceptos de comisiones y bancadas legislativas resulta oportuno para comprender el

funcionamiento de la Asamblea Nacional. En ese sentido, el artículo 125 de la Constitución establece que "Para el

cumplimiento de sus atribuciones, la Asamblea Nacional integrara comisiones especializadas permanentes, en las que

participaran todos sus miembros. La ley determinara el numero, conformacion y competencias de cada una de ellas."

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A)

B)

C)

D)

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

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Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las organizaciones políticas cuentan con la posibilidad de conformar de bancadas legislativas al interior de la Asamblea

Nacional, esta figura de organización, permite:

Las opciones B), C) y D) son incorrectas porque están al margen del texto constitucional.

Contar con representante en el máximo órgano de la administración legislativa y apoyar la iniciativa para

presentar proyectos de ley a sus asambleístas.

No cuenta con ninguna finalidad más que reunir a un grupo de asambleístas.

Apoyar los procesos legislativos por bancadas.

Facilitar la administración de personal de la Asamblea Legislativa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Comprender el funcionamiento de la Asamblea Nacional involucra entender también la figura de bancadas legislativas.

La Constitución establece que las organizaciones políticas pueden conformar bancadas legislativas. En ese sentido, los

artículos 122 y 134 ofrecen un contenido mínimo de lo que significa la conformación de bancadas legislativas. Así, su

conformación permite ejecer los dos supuestos que son anotados en la opción A) y se sustentan en las disposciones

constitucionales previamente citadas.

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

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Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un grupo de asambleístas de diferentes partidos o movimientos políticos pretenden unirse, para hacer frente a los dos

partidos políticos con mayor representación en la Asamblea, sin embargo, cuentan con ideologías diversas. ¿Pueden

estos asambleístas de diversos partidos y movimientos políticos conformar una bancada legislativa?

Las opciones B), C) y D) son incorrectas, debido a que se configuran en supuestos al margen del texto constitucional. El

artículo 124 regula la conformación de bancadas legislativas y establece reglas concretas sobre los requisitos que

permiten su procedencia.

Sí pueden conformar una bancada legislativa, considerando que la Constitución autoriza a los partidos o

movimientos políticos que no cuenten con el 10% de los miembros de la Asamblea, pordrán conformar una

bancada legislativa.Sí pueden conformar una bancada legislativa, considerando que la Constitución no regula la posibilidad de

conformar bancadas legislativas.

No pueden conformar una bancada legislativa porque pertenecen a diferentes partidos políticos, y la

Constitución impide la reunión de coaliciones donde existen diversas ideologías.

La Constitución prohibe la conformación de bancadas legislativas con el objetivo de los asambleístas tomen

decisiones de manera independiente.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta se desenvuelve dentro el ámbito de funcionamiento de la Asamblea y, concretamente, con la posiblidad de

que sus integrantes adquieran consesos y acuerdos políticos que permitan adquirir representación en la Asamblea. En

ese sentido, el artículo 124 de la Constitución establece que: "Los partidos o movimientos politicos que cuenten con un

numero de asambleistas que represente al menos el diez por ciento de los miembros de la Asamblea Nacional podran

formar una bancada legislativa. Los partidos o movimientos que no lleguen a tal porcentaje podran unirse con otros para

formarla."

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un asambleísta ejerció la presidencia de la Asamblea Nacional por dos gestiones consecutivas, es decir, fue reelegido

por una vez. La bancada mayorítaria pretende reelegir por tercera vez a este asambleísta para el cargo de presidente de

la Asamblea, sin embargo, la oposición ha señalado que la alternabilidad está asegurada por la Constitución y que la

reelección indefinida no está vigente en la Constitución, lo que supone aplicar por analogía el artículo 114 de la

Constitución, que solo permite la reelección por una sola vez. ¿Es posible aplicar este supuesto para la elección de

presidente o presidenta de la Asamblea Nacional?

La opción A) es incorrecta porque la Constitución no asegura en su texto la posibilidad de reelección indefinida. La

opción B) está al margen del texto constitucional, considerando que el artículo 114 solo impide la reelección indefinida de

las autoridades de elección popular. La opción D) es incorrecta porque el artículo 121 habilita que el presidente o

presidenta de la Asamblea Nacional puede ser reelegido.

No, porque la Constitución asegura la reelección indefinida en todos los niveles del gobierno.

Sí, porque el artículo 114 impide la reelección de todos los cargos públicos.

No, porque el artículo 114 está previsto para las autoridades de elección popular, y no existe impedimento para

la reelección del presidente de la Asamblea Nacional.

Sí, porque la Constitución establece que la alternabilidad de los cargos públicos es un principio fundamental de

la democracia y participación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta comprueba conocimiento sobre la reelección y las reglas vigentes para la elección del presidente o

presidenta de la Asamblea Nacional. En ese sentido el artículo 114 de la Constitución establece que: "Las autoridades

de eleccion popular podran reelegirse por una sola vez, consecutiva o no, para el mismo cargo. Las autoridades de

eleccion popular que se postulen para un cargo diferente deberan renunciar al que desempenan.", y el artículo 121

determina que: "La Asamblea Nacional elegira a una Presidenta o Presidente y a dos Vicepresidentas o Vicepresidentes

de entre sus miembros, para un periodo de dos anos, y podran ser reelegidos."

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GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Asamblea Nacional aprobó el Presupuesto General del Estado, sin embargo, el "ciudadano x" impugnó la norma de

inconstitucional porque en el Presupuesto aprobado no se constata el límite del endeudamiento público. ¿Es posible

impugnar la norma de inconstitucional bajo tal supuesto?

Las opciones A), C) y D) son incorrectas porque se constituyen en supuestos al margen del citado texto constitucional y

la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control de Constitucionalidad (artículo 77), en relación a la opción D).

No, porque la Asamblea Nacional no está conminada constitucionalmente a constatar el límite del

endeudamiento público, ya que es información bajo reserva por seguridad nacional.

Sí, porque en la Constitución establece que la Asamblea tiene la atribución de aprobar el Presupuesto General

del Estado, pero debe constar en la misma norma el límite del endeudamiento público.

Sí, porque cualquier ciudadano puede impugnar la constitucionalidad de una norma bajo los fundamentos que

considere pertienentes.

No, porque la posibilidad de impugnar una norma de inconstitucionalidad abstracta es atribución de ciertas

autoridades del Estado y no así de los ciudadanos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta evalúa la aplicación de las atribuciones con las que cuenta la Asamblea Legislativa, en este caso, la

autorización de enjuiciamiento político del presidente. La Constitución establece, en su artículo 120 numeral 12, que la

Asamblea Nacional cuenta con la atribución de: "Aprobar el Presupuesto General del Estado, en el que constara el limite

del endeudamiento publico, y vigilar su ejecucion."

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D)

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El presidente del Ecuador se ha visto inmiscuido en determinados hechos, que llevaron a la autoridad competente a

solicitar su enjuiciamiento penal. El ambiente político está marcado por un contexto complejo y delicado por pugna de

intereses, que incluye a la Asamblea Legislativa. La presidenta de esta decidió llamar a votación sobre el pedido de

enjuiciamiento penal del presidente y se aprobó el mismo con la votación de dos tercios de los miembros presentes de la

Asamblea, pues un número importante de asambleístas abandonaron la sesión. ¿Es constitucional la medida (votación)

asumida por la Asamblea Legislativa?

Las opciones A), B) y C) son incorrectas porque incluyen supuestos no previstos en la Constitución. El artículo 120 de

esta norma fundamental es claro al definir que la Asamblea cuenta con la atribución de autorizar el enjuiciamiento

político del presidente, y que para ello debe obtenerse dos tercios de votos de sus integrantes.

Sí, porque la Constitución exige mayoría absoluta de los miembros presentes para el enjuiciamiento penal del

presidente y en el caso se produjo dos tercios.

No, porque la Constitución no otorga la facultad de autorización de enjuiciamiento político a la Asamblea

Legislativa, sino a la Corte Constitucional.

Sí, porque la Constitución determina que la Asamblea puede autorizar el enjuiciamiento penal del presidente

con dos tercios de votación de los miembros presentes en tal sesión.

No, porque la Constitución establece que la Asamblea puede autorizar el enjuiciamiento penal del presidente

con dos tercios de votos de los integrantes de esta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta evalúa la aplicación de las atribuciones con las que cuenta la Asamblea Legislativa, en este caso, la

autorización de enjuiciamiento político del presidente. La Constitución establece, en su artículo 120 numeral 10, que la

Asamblea Nacional cuenta con la atribución de: "Autorizar con la votacion de las dos terceras partes de sus integrantes,

el enjuiciamiento penal de la Presidenta o Presidente o de la Vicepresidenta o Vicepresidente de la Republica, cuando la

autoridad competente lo solicite fundadamente."

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D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un adolescente cuenta con una elevada popularidad en su circunscripción por su actividad de influencer en YouTube

con problemas de la realidad ecuatoriana. Muchas personas le sugirieron que se postulase para asambleísta. Las

elecciones generales son en noviembre, pero la inscripciones de candidaturas se desarrollarán en octubre. El

adolescente cumple la mayoría de edad en noviembre, antes de las elecciones generales. ¿Puede este adolescente

postular para asambleísta?

Las opciones A), C) y D) son incorrectas porque se plantean supuestos que no se contemplan en el texto constitucional

y fueron escogidas de manera aleatoria.

No, porque la Constitución establece que solo a partir de los 35 años es posible ser candidato a la Asamblea.

No, porque la Constitución exige contar con dieciocho años al momento de la inscripción de la candidatura.

Sí, porque la Constitución exige contar con dieciocho años antes de que se lleven a cabo las elecciones.

Sí, porque la Constitución no impone una edad mínima para postular, siempre que se demuestre idoneidad

para el cargo público de asambleísta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta pretende evaluar la aplicación de la edad mínima para postular a la Asamblea Legislativa. En ese sentido, el

artículo 119 de la Constitución determina que: "Para ser asambleista se requerira tener nacionalidad ecuatoriana, haber

cumplido dieciocho anos de edad al momento de la inscripcion de la candidatura y estar en goce de los derechos

politicos."

Page 59: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

59

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cuál es el órgano que cuenta con la mejor representación ciudadana dentro la democracia representativa?

Las opciones incorrectas, esto es, los incisos A), B) y D) no corresponden a los aspectos teórico-constitucionales de la

democracia representativa. La función legislativa, la defensoría del pueblo ni el presidente de la república reflejan la

instancia que mejor representa a la sociedad.

El presidente o la presidenta de la República.

La función legislativa.

La Asamblea Legislativa.

La Defensoría del Pueblo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta está dirigida principalmente a diferencias entre función legislativa y asamblea legislativa. Pero al mismo

tiempo tiene la finalidad de comprobar que el postulante cuenta con los elementos y supuestos teórico-constitucionales

que constituyen la democracia representativa, donde la principal representación ciudadana recae en al figura de la

Asamblea Legislativa. Esto se sostiene en el artículo 118 de la Constitución que integra la Asamblea Legislativa a partir

del siguiente texto: "La Asamblea Nacional se integrara por:

1. Quince asambleistas elegidos en circunscripcion nacional.

2. Dos asambleistas elegidos por cada provincia, y uno mas por cada doscientos mil habitantes o fraccion que supere

los ciento cincuenta mil, de acuerdo al ultimo censo nacional de la poblacion.

3. La ley determinara la eleccion de asambleistas de regiones, de distritos metropolitanos, y de la circunscripcion del

exterior."

Page 60: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

60

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El "ciudadano X" fue elegido dos veces presidente del Ecuador, pero no de manera consecutiva. Su primera gestión se

vio interrumpida por la victoria de otro candidato. No obstante, posteriormente volvió a postularse y salió elegido

nuevamente presidente. En esta última gestión su popularidad se acrecentó y las encuentas indican que si se postulara

obtendría una victoria electoral en primera vuelta. ¿Puede el "ciudadano x" postularse nuevamente a la presidencia del

Ecuador?

Las opciones B), C) y D) son supuestos que en el presente no se encuentran vigentes en la Constitución. El artículo 114

de la Constitución regula el tema de la reelección y como indica en el texto de arriba, solo permite la reelección por una

sola vez en cualquier modalidad, es decir, sea esta consecutiva o no.

No, la Constitución solo permite por una sola vez la reelección, sea esta consecutiva o no.

Sí, la Constitución permite la reelección consecutiva por una sola vez.

Sí, la Constitución permite la reelección indefinida a la presidencia.

No, la Constitución no permite la reelección.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta pone a prueba el conocimiento actual del postulante. El caso que se expone en la pregunta involucra una

figura institucional que ha merecido mucho debate en el ámbito político nacional. La institución de la reelección ha sido

objeto de dos reformas, en ese sentido, la última ha definido el texto constitucional de la siguiente forma: "Las

autoridades de eleccion popular podran reelegirse por una sola vez, consecutiva o no, para el mismo cargo. Las

autoridades de eleccion popular que se postulen para un cargo diferente deberan renunciar al que desempenan."

(Artículo 114 de la Constitución)

Page 61: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

61

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El artículo 117 de la Constitución prohibe realizar reformas legales en materia electoral durante el ano anterior a la

celebracion de elecciones. Sin embargo, ¿puede la Corte Constitucional realizar el control de constitucionalidad de

normas electorales en el periodo antes señalado?

Las opciones incorrectas son opciones que no condicen con el texto constitucional que se describe en el artículo 117.

Los supuestos de las opciones incorrectas fueron escogidos de manera aleatoria.

La Corte Constitucional puede realizar el control de constitucionalidad pero diferir los efectos de su sentencia

para ser aplicados después del proceso electoral.

La Corte Constitucional no cuenta con la competencia para intervenir, a través de su facultad de control de

constitucionalidad, en procesos electorales.

La Corte Constitucional puede realizar el control de constitucionalidad durante el año anterior a la celebración

de elecciones y en periodo electoral.

La Corte Constitucional no puede realizar el control de constitucionalidad durante el año anterior a la

celebración de elecciones ni en periodo electoral.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta comprueba no solo el conocimiento y comprensión de las reglas que envuelven a la representación política

y, concretamente, al proceso electoral, sino que verifica la aplicación de los conceptos que se asimilan en ambos niveles

cognitivos. En ese sentido, el artículo 117 de la Constitución establece que: "En caso de que la declaratoria de

inconstitucionalidad de una disposicion afecte el normal desarrollo del proceso electoral, el Consejo Nacional Electoral

propondra a la Funcion Legislativa un proyecto de ley para que esta lo considere en un plazo no mayor de treinta dias;

de no tratarlo, entrara en vigencia por el ministerio de la ley."

Page 62: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

62

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Prohibe la Constitución realizar reformas legales en materia electoral antes de la celebración de elecciones?

Las opciones A), C) y D) son incorrectas porque contienen supuestos al margen del texto constitucional y fueron

definidos de manera discrecional y haciendo uso de léxico relacionado al tema específico dentro el cual se formula la

pregunta.

Sí, solo si la reforma electoral cuenta con dos tercios de votos de la Asamblea Legislativa.

Sí, la Constitución prohibe realizar reformas durante el año anterior a la celebración de elecciones.

No existe ninguna prohibición de esa naturaleza.

Sí, la Constitución prohibre realizar reformas durante los 6 meses anteriores a la celebración de elecciones.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta pretende comprobar la comprensión de las reglas y principios que rigen el proceso electoral como parte de

la configuración de representación política. En ese sentido, el artículo 117 de la Constitución establece que: "Se prohibe

realizar reformas legales en materia electoral durante el ano anterior a la celebracion de elecciones."

Page 63: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

63

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para garantizar la igualdad y equidad en la promoción electoral de todas las candidaturas, la Constitución fija:

Las opciones incorrectas son supuestos escogidos de manera aleatoria y no se encuentran en el texto constitucional.

Una asignación económica a cada postulante.

De hecho, asegura la libertad de que los candidatos y candidatas puedan generar la propagando y gasto

electoral que consideren.

Prohibe el uso de recursos e infraestructura del Estado, y dispone que la ley defina límites a la propaganda y

gasto electoral, y prohibe la contratación de publicidad en los medios de comunicación

La distribución económica de recursos en función de los resultados electorales de la última elección popular.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La opción C) refleja los dos supuestos que establece la Constitución para asegurar la igualdad y equidad en la

promoción electoral. El artículo 115 establece que: "El Estado, a traves de los medios de comunicacion, garantizara de

forma equitativa e igualitaria la promocion electoral que propicie el debate y la difusion de las propuestas programaticas

de todas las candidaturas. Los sujetos politicos no podran contratar publicidad en los medios de comunicacion y vallas

publicitarias.

Se prohibe el uso de los recursos y la infraestructura estatales, asi como la publicidad gubernamental, en todos los

niveles de gobierno, para la campana electoral. La ley establecera sanciones para quienes incumplan estas

disposiciones y determinara el limite y los mecanismos de control de la propaganda y el gasto electoral."

Page 64: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

64

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El debate y la difusión son aspectos elementales para la elección popular de representantes políticos, en ese sentido, el

Estado debe asegurar en este ámbito:

Las opciones incorrectas utiliza supuestos aleatorios que no corresponde al texto constitucional pero utiliza terminología

que permite evaluar la comprensión del postulante referente a los principios que deben gobernar la fase de debate y

difusión en la promoción electoral.

Proporcionalidad en la distribución de recursos económicos, que aseguren que los partidos con mayor votación

en las últimas elecciones cuenten con más apoyo económico que los que cuentan con menor votación.

Recursos económicos para cada candidato en todos los niveles de gobierno

Equidad e igualdad en la promoción electoral.

Paridad y discriminación positiva en la promoción electoral.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 115 de la Constitución establece que "El Estado, a traves de los medios de comunicacion, garantizara de

forma equitativa e igualitaria la promocion electoral que propicie el debate y la difusion de las propuestas programaticas

de todas las candidaturas." Es decir, los dos principios que rigen el debate y la difusión en las elecciones populares son

equidad e igualdad.

Page 65: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

65

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En lo referente a la representación política, la Constitución del Ecuador establece que los principios de proporcionalidad,

igualdad de voto, equidad, paridad y alternabilidad entre mujeres y hombres, deben ser parte del sistema electoral a

determinarse por Ley, para:

Las opcioners incorrectas son supuestos escogidos de manera discrecional que no se encuentran en el texto

constitucional.

Las elecciones pluripersonales.

Las elecciones unipersonales.

Las elecciones pluripersonales y unipersonales.

La elección únicamente de Asambleístas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 116 de la Constitución establece que: "Para las elecciones pluripersonales, la ley establecera un sistema

electoral conforme a los principios de proporcionalidad, igualdad del voto, equidad, paridad y alternabilidad entre mujeres

y hombres; y determinara las circunscripciones electorales dentro y fuera del pais."

Page 66: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

66

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

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GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

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Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El candidato "ciudadano X" es postulante del partido político Frente Nuevo del Ecuador; según las encuentas es el

postulante con mejores opciones para ganar las elecciones presidenciales. No obstante, dos meses antes de las

elecciones su exesposa denunció ante el Consejo Nacional Electoral que el "ciudadano X" jamás cumplió con el pago de

pensiones alimenticias a favor de su hijo. La exesposa sostiene en su denuncia que las pensiones alimenticias fueron

definidas por acuerdo mutuo y que jamás se acudió ante la Función Judicial. ¿Considerando que el artículo 113 de la

Constitución señala que "no podrán ser candidatos de elección popular quienes adeuden pensiones alimenticias", puede

el Consejo Nacional Electoral suspender la postulación del "ciudadano X"?

Las otras opciones son supuestos aleatorios que fuerzan respuestas aleatorias. Si bien la respuesta correcta podría ser

la opción A), se debe tener presente que el acceso a la justicia, el debido proceso e inclusive la presunción de inocencia

exigen que una denuncia de esta naturaleza sea previamente conocida y declarada como tal por una autoridad judicial

competente. Caso contrario se lesionarían derechos y garantías del "ciudadano X".

Sí, porque la Constitución cuenta con una regla jurídica clara en ese sentido.

No, porque no existe pronunciamiento previo de autoridad judicial.

Sí, porque la Constitución protege el derecho de los menores de contar con la pensión alimenticia.

No, porque no es competencia del Consejo Nacional Electoral conocer y resolver este tipo de denuncias.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Si bien la Constitución establece en su artículo 113 que no podran ser candidatas o candidatos de eleccion popular

quienes adeuden pensiones alimenticias, su constatación previa debe ser conocida y resuelta por autoridad judicial

competente, de acuerdo con las normas vigentes en materia de pensiones alimenticias. La respuesta correcta se

sustenta en el debido proceso que se reconoce a toda persona, y en las normas del Código Orgánico General de

Procesos.

Page 67: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

67

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El presidente de la Corte Constitucional adquirió popularidad entre la ciudadanía, debido a las buenas decisiones que

esta instancia ha venido emitiendo en favor de los derechos de las personas. Por ello ha recibido la invitación de un

partido político para postular como candidato presidencial dentro las elecciones que se llevarán a cabo en 5 meses. No

obstante, contrincantes políticos expresaron que él no puede postular por impedimento establecido en la Constitución,

debido a que:

Las opciones incorrectas son supuestos aleatorios que no se encuentran en el texto constitucional.

La Constitución establece que no podrán ser candidatos los miembros de la Corte Constitucional salvo si

renuncian antes de la gestión en que se desarrollarán las elecciones.

La Constitución establece que no podrán ser candidatos los miembros de la Corte Constitucional salvo si

renuncian 6 meses antes de las elecciones.

La Constitución establece que no podrán ser candidatos los miembros de la Corte Constitucional.

La Constitución establece que no podrán ser candidatos ningún miembro de la Función Judicial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 113 de la Constitución enumera los supuestos por los caules no se podrá ser candidato. Así, el numeral 4

determina que: "Las juezas y jueces de la Funcion Judicial, del Tribunal Contencioso Electoral, y los miembros de la

Corte Constitucional y del Consejo Nacional Electoral, salvo que hayan renunciado a sus funciones seis meses antes de

la fecha senalada para la eleccion."

Page 68: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

68

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: p33

DATOS DEL AUTOR

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En cuanto al ejercicio de la representación politica, la Constitución del Ecuador exige que los movimientos políticos que

decidan postular candidatos a elección popular deben:

Las opciones incorrectas son supuestos elegidos aleatoriamente que no se encuentran regulados en la Constitución.

Simplemente presentar sus candidatos en nóminas ante el Consejo Nacional Electoral.

Presentar el respaldo de personas inscritas en el registro electoral.

Llamar previamente a primarias en el interior del movimiento político.

Realizar un cabildo en el interior del movimiento político.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta exige diferenciar entre partido y movimiento político, y los supuestos que involucran el ejercicio de su

representación política en cuanto a postulaciones de candidatos vía elección popular. En ese sentido, el artículo 112 de

la Constitución establece que: "Los movimientos politicos requeriran el respaldo de personas inscritas en el registro

electoral de la correspondiente jurisdiccion en un numero no inferior al uno punto cinco por ciento."

Page 69: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

69

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un partido político desea postular a una persona, cuya popularidad ascendió en la opinión pública, al cargo de

presidente. Sin embargo, esta persona no está afiliado al partido y menos es simpatizante del mismo según

declaraciones públicas en el pasado. ¿Es posible que esta persona se presente como candidato de este partido en las

siguientes elecciones presidenciales?

Las opciones incorrectas son supuestos escogidos aleatoriamente que están fuera de los dispuesto por la Constitución.

No, porque tal persona no se encuentra afiliada al partido político.

No, debido a que emitió declaraciones públicas de que no es simpatizante del partido político.

Es posible si previamente se registra al partido político.

Sí, porque la representación política involucra que os partidos politicos puedan presentar simpatizantes o

personas no afiliadas como candidatas de eleccion popular.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 112 de la Constitución establece que: "Los partidos y movimientos politicos o sus alianzas podran presentar a

militantes, simpatizantes o personas no afiliadas como candidatas de eleccion popular."

Page 70: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

70

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los partidos y movimientos políticos pueden presentar candidatos a todos los cargos electos para ejercer su

representación política, sin embargo, no pueden postular candidatos para:

Las opciones incorrectas son supuestos escogidos de manera aleatoria al margen de la Constitución.

Los Concejos Municipales.

Las distintas Comisiones dentro de la Asamblea Legislativa.

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.

La vicepresidencia del Estado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 112 de la Constitución establece que: "Los partidos y movimientos politicos o sus alianzas no podran postular

candidatas o candidatos a las elecciones al Consejo de Participacion Ciudadana y Control Social."

Page 71: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

71

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cuál es la condición para que los partidos y movimientos políticos ejerzan el derecho a la oposició política?

Las demás respuestas son incorrectas, y solo evidencia otros supuestos y condiciones relacionados a las organizaciones

políticas.

Establecer su organización, estructura y organización de acuerdo con los principios democráticos.

Estar registrado en el Consejo Nacional Electoral.

Mantener una concepción ideológica incluyente y no discriminatoria.

Respetar la pluralidad política.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 111 establece que: "Se reconoce el derecho de los partidos y movimientos politicos registrados en el Consejo

Nacional Electoral a la oposicion politica en todos los niveles de gobierno."

Page 72: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

72

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una organización política determinada se encuentra estableciendo su directiva. A tal efecto se estableció que en la

elección de los miembros de la directiva se aseguraría la paridad de hombres y mujeres, independientemente de la

antigüedad y los méritos. Un grupo de personas considera que la medida discrimina por sexo. ¿Es constitucional la

medida asumida?

Las demás opciones incorrectas son respuestas aleatorias al margen de la Constitución.

Sí, porque la Constitución establece que la discriminación por sexo es contraria al principio de igualdad.

Sí, porque la Constitución reconoce a las mujeres el derecho a ejercer cargos públicos.

No, porque la Constitución reconoce el derecho de participación a todos y todas por igual.

Sí, porque la Constitución establece que la directiva de las organizaciones políticas debe respetar la paridad de

hombres y mujeres.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 108 de la Constitución establece que: "Su organizacion, estructura y funcionamiento seran democraticos y

garantizaran la alternabilidad, rendicion de cuentas y conformacion paritaria entre mujeres y hombres en sus directivas.

Seleccionaran a sus directivas y candidaturas mediante procesos electorales internos o elecciones primarias."

Page 73: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

73

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un grupo de ciudadanos que reivindican una ideología en la que rechazan el diálogo intercultural, pues consideran que lo

indígena no debe involucrarse en las cuestiones del Estado por responder a criterios no modernos. Sin embargo, no han

rechazado en su organización a ningúna persona que se constituya en indígena, es más promueven su inclusión en la

organización. Con esa ideología solicitaron el registro de su partido político. ¿Es viable el registro de tal partido político?

Las demás opciones incorrectas son respuestas aleatorias fuera del contenido de la Constitución.

Sí, porque la Constitución establece que las organizaciones políticas son expresión de la pluralidad política del

pueblo.

Sí, porque no discriminan a los indígenas e invitan a que conformen a su partido.

No, porque la Constitución establece que las organizaciones políticas sustentaran concepciones filosoficas,

politicas, ideologicas, incluyentes y no discriminatorias

No, porque las organizaciones políticas deben guardar coherencia entre su ideología.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 108 de la Constitución establece que: "Los partidos y movimientos politicos son organizaciones publicas no

estatales, que constituyen expresiones de la pluralidad politica del pueblo y sustentaran concepciones filosoficas,

politicas, ideologicas, incluyentes y no discriminatorias."

Page 74: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

74

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

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Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un grupo de personas cuenta con un candidato a su alcaldía para las próximas elecciones seccionales, sin embargo no

cuentan con una organización nacional propia y no desean aliarse a ningún partido existente. ¿Con qué tipo de

organización política este grupo de personas puede ofrecer a su candidato de manera formal?

Las opciones A), C) y D) son respuestas aleatorias que no reflejan el contenido de la Constitución.

El grupo puede constituirse en un movimiento político y deberá aliarse a un partido político.

El grupo de personas puede constituirse como un movimiento político.

El grupo de personas no cuenta con ninguna opción más que crear un partido político a nivel nacional.

El grupo de personas pueden generar una alianza con algún partido ya existente a nivel nacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 108 y 109 de la Constitución reconocen como organizaciones políticas a los partidos y movimientos políticos.

Los movimientos políticos pueden corresponder a cualquier nivel de gobierno, esto significa que puede conformarse un

movimiento político a nivel local y no únicamente a nivel nacional como sucede con el partido político. El artículo 109

esteblece que: "Los partidos politicos seran de caracter nacional, se regiran por sus principios y estatutos, propondran

un programa de gobierno y mantendran el registro de sus afiliados. Los movimientos politicos podran corresponder a

cualquier nivel de gobierno o a la circunscripcion del exterior. La ley establecera los requisitos y condiciones de

organizacion, permanencia y accionar democratico de los movimientos politicos, asi como los incentivos para que

conformen alianzas.

Los partidos politicos deberan presentar su declaracion de principios ideologicos, programa de gobierno que establezca

las acciones basicas que se proponen realizar, estatuto, simbolos, siglas, emblemas, distintivos, nomina de la directiva.

Los partidos deberan contar con una organizacion nacional, que comprendera al menos al cincuenta por ciento de las

provincias del pais, dos de las cuales deberan corresponder a las tres de mayor poblacion. El registro de afiliados no

podra ser menor al uno punto cinco por ciento del registro electoral utilizado en el ultimo proceso electoral.

Los movimientos politicos deberan presentar una declaracion de principios, programa de gobierno, simbolos, siglas,

emblemas, distintivos y registro de adherentes o simpatizantes, en numero no inferior al uno punto cinco por ciento del

registro electoral utilizado en el ultimo proceso electoral." La conformación de un movimiento político no cuenta con las

mismos requisitos que los partidos políticos, los primeros cuentan con reglas flexibles para presentar un candidato.

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75

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Qué son los partidos y los movimientos políticos?

Las opciones A), B) y D) son respuestas aleatorias al margen de los supuestos citados en la Constitución.

Son organizaciones públicas estatales y expresión de la participación ciudadana.

Son organizaciones privadas y expresión de una cultura política saludable.

Son organizaciones públicas no estatales y expresión de la pluralidad política del pueblo.

Son organizaciones privadas y expresión de la pluralidad política del pueblo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 108 de la Constitución establece que: "Los partidos y movimientos politicos son organizaciones publicas no

estatales, que constituyen expresiones de la pluralidad politica del pueblo y sustentaran concepciones filosoficas,

politicas, ideologicas, incluyentes y no discriminatorias."

Page 76: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

76

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cuentan los gobiernos autónomos descentralizados y la ciudadanía con restricciones para solicitar consultas

populares?

Las opciones incorrectas son supuestos aleatorios que se encuentran en la Constitución.

No, tanto los gobiernos autónomos descentralizados como la ciudadanía pueden promover consultas populares

de cualquier asunto.

Sí, los gobiernos autónomos descentralizados y la ciudadanía no pueden promover consultas populares en

asuntos militares.

No, porque la participación de las personas no cuenta con restricciones.

Sí, los gobiernos autónomos descentralizados y la ciudadanía no pueden promover consultas en asuntos

tributarios o relacionados a la organización administrativa del país.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 104 de la Constitución establece que: "Las consultas populares que soliciten los gobiernos autonomos

descentralizados o la ciudadania no podran referirse a asuntos relativos a tributos o a la organizacion politico

administrativa del pais, salvo lo dispuesto en la Constitucion."

Page 77: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

77

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

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GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿A quién se imputan los gastos que demanden la realización de procesos electorales producto del ejercicio de la

democracia directa? 1. Los que se convoquen por disposición de los gobiernos autonomos descentralizados se

imputaran al presupuesto del correspondiente nivel de gobierno; 2. Los que se convoquen por disposicion de la

Presidenta o Presidente de la Republica o por solicitud de la ciudadania se imputaran al Presupuesto General del

Estado; 3. Todas las convocatorias se imputarán al presupuesto del Consejo Nacional Electoral; 4. Las convocatorias se

imputarán al presupuesto de la Asamblea Legislativa.

Los números 3 y 4 son supuestos inexistentes en el texto Constitucional en relación a la pregunta formulada.

2. y 3.

3. y 4.

1. y 4.

1. y 2.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D)

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Los números 1 y 2 son los supuestos que establece la Constitución en el artículo 107 de la Constitución, pues este

establece que: "Los gastos que demande la realizacion de los procesos electorales que se convoquen por disposicion de

los gobiernos autonomos descentralizados se imputaran al presupuesto del correspondiente nivel de gobierno; los que

se convoquen por disposicion de la Presidenta o Presidente de la Republica o por solicitud de la ciudadania se imputaran

al Presupuesto General del Estado."

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78

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿De qué órgano requieren dictamen previo las consultas populares?

Las opciones incorrectas son supuestos aleatorios que no corresponden a lo dispuesto por la Constitución.

Del Consejo Nacional Electoral.

De la presidenta o presidente del Ecuador.

Del órgano que ejerce el control de constitucionalidad en el Ecuador.

De la Asamblea Legislativa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 104 de la Constitución establece que "En todos los casos, se requerira dictamen previo de la Corte

Constitucional sobre la constitucionalidad de las preguntas propuestas." En la opción correcta se cambió el término

Corte Constitucional por órgano de control de constitucionalidad.

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79

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Qué tipo de normas alcanza la iniciativa popular normativa?

Las opciones incorrecta solo mencionan algunas de las posibilidades que habilitan activar la iniciativa popular normativa.

Todas las normas de órganos con competencia normativa, inclusive la posibilidad de reforma constitucional.

Las leyes y la Constitución.

Las leyes y las normas de los gobiernos autónomos descentralizados.

Solo las leyes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta es de comprensión porque involucra conocer el concepto de iniciativa popular normativa. La respuesta

correcta se fundamenta en el artículo 103 de la Constitución que determina que cualquier norma puede ser sujeta este

instituto de democracia directa. Así, el referido artículo establece que: "La iniciativa popular normativa se ejercera para

proponer la creacion, reforma o derogatoria de normas juridicas ante la Funcion Legislativa o cualquier otro organo con

competencia normativa. Debera contar con el respaldo de un numero no inferior al cero punto veinte y cinco por ciento

de las personas inscritas en el registro electoral de la jurisdiccion correspondiente. (…) Para la presentacion de

propuestas de reforma constitucional se requerira el respaldo de un numero no inferior al uno por ciento de las personas

inscritas en el registro electoral."

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A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La inciativa popular normativa de leyes y reforma constitucional, la consulta popular, la revocatoria de mandato, son

instituciones:

La opción A) es incorrecta porque democracia comunitaria es aquella que se ejerce en el interior de los pueblos

indígenas. La opción B) en incorrecta porque la democracia representativa es auqella que la ciudadanía delega a través

del voto. Y la opción D) es incorrecta porque es una generalización obvia, pues todas las preguntas se funda en la

Constitución.

De la democracia comunitaria.

De la democracia representativa.

De la democracia directa.

De la Constitución ecuartoriana.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Del artículo 103 al 107 de la Constitución se establecen las citadas instituciones que hacen parte de la democracia

directa.

Page 81: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

81

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

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Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución, la democracia directa debe ser entendida como:

Las opciones B), C) y D) solo incluyen aspectos accesorios de la democracia directa, la participación en audiencias

públicas, el derecho de voto y el deber de los órganos constituidos de facilitar la intervención de la ciudadanía son

componentes de la democracia directa, pero no expresan su verdadero significado y extensión.

El conjunto de instituciones que permiten que los ciudadanos y ciudadanas ejerzan participación directa en el

diseño de políticas públicas y la toma de decisiones.

La participación de los ciudadanos y ciudadanas en las audiencias públicas de los gobiernos locales y

nacionales.

La posibilidad de emitir su voto en las convocatorias que son competencia del Consejo Nacional Electoral.

La facilitación de los órganos constituidos para que los ciudadanos intervengan en las políticas públicas de

mayor relevancia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La opción correcta evidencia conocimiento del significado y extensión del concepto de democracia directa. La sección

cuarta del capítulo primero del Título IV de la Constitución, establece un conjunto de instituciones que posibilitan la

intervención de la ciudadanía en la política nacional y local del Ecuador.

Page 82: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

82

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un colectivo ciudadano que promovió la revocatoria de mandato del alcalde su ciudad consiguió más del diez por ciento

de firmas para presentar la solicitud ante el Consejo Nacional Electoral, este, dentro el trámite iniciado, estableció que la

revocatoria de mandato se realizaría en 90 días calendario sin mayor fundamento. El colectivo impugnó tal decisión.

¿Bajo que fundamento podría impugnar el colectivo dicha decisión?

Las demás opciones son incorrectas, puesto que plantean supuestos diferentes al establecido en el artículo citado de la

Constitución.

El Consejo Nacional Electoral no notificó a las partes de manera personal.

La resolución del Consejo Nacional Electoral no cuenta don fundamentación.

La revocatoria de mandato debe efectuarse dentro los siguientes 15 días.

La revocatoria de mandato debe efectuarse dentro los siguientes sesenta días.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 106 de la Constitución establece que "El Consejo Nacional Electoral, una vez que conozca la decision de la

Presidenta o Presidente de la Republica o de los gobiernos autonomos descentralizados, o acepte la solicitud presentada

por la ciudadania, convocara en el plazo de quince dias a referendum, consulta popular o revocatoria del mandato, que

debera efectuarse en los siguientes sesenta dias."

Page 83: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

83

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de agosto de 2019

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

A 10 meses de las elecciones seccionales, un colectivo ciudadano reunió firmas para solicitar la revocatoria de mandato

del alcalde de su municipio por la cantidad de casos de corrupción que se presentaron en su gestión. ¿Procede la

solicitud de revocatoria de mandato?

Las demás respuestas son supuestos incorrectos o supuestos distintos a las restricciones que se establecen para la

solicitudes de revocatoria de mandatos.

No, porque el colectivo no reunió el diez por ciento de personas inscritas en el registro electoral correspondiente.

Sí, porque la Constitución reconoce la revocatoria de mandato como parte del derecho de participación y

ejercicio de la democracia directa.

No, porque la revocatoria de mandato no procede en el último año del periodo para el que fue electa la autoridad

cuestionada.

Sí, porque la personas en goce de los derechos politicos podran revocar el mandato a las autoridades de

eleccion popular.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

En el artículo 105 de la Constitución se establece que "La solicitud de revocatoria del mandato podra presentarse una

vez cumplido el primero y antes del ultimo ano del periodo para el que fue electa la autoridad cuestionada. Durante el

periodo de gestion de una autoridad podra realizarse solo un proceso de revocatoria del mandato."

Page 84: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

84

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Respecto a qué asuntos la Presidenta o Presidente de la Republica puede convocar a consulta popular?

Las opciones A), B) y D) son supuestos aleatorios fuera de los establecido en la Constitución.

Los establecidos por Ley.

Los relacionados a sus atribuciones.

Los que considere convenientes.

Los que la ciudadanía sugiera.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 104 de la Constitución establece que "La Presidenta o Presidente de la Republica dispondra al Consejo

Nacional Electoral que convoque a consulta popular sobre los asuntos que estime convenientes."

Page 85: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

85

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un grupo de ciudadanos, que representan más del uno por ciento de las personas inscritas en el registro electoral,

presentaron una propuesta de reforma constitucional, sin embargo, la Función Legislativa no trató la propuesta después

de dos periodos legislativos. Por ello, el grupo de ciudadanos ha solicitado al Consejo Nacional Electoral que convoque a

una consulta popular de frente a la propuesta de reforma constitucional. Como respuesta el Consejo Nacional Electoral

negó tal posibilidad por unanimidad de votos de sus Consejeros. ¿Es constitucional la decisión del Consejo Nacional

Electoral?

Las opciones incorrectas A), B), y D) son supuestos inventados.

Sí, es imprescindible que la reforma constitucional sea debatida y revisada por la Asamblea Legislativa, debido

a la importancia que significa una modificación constitucional.

Sí, porque el Consejo Nacional Electoral tiene la atribución de rechazar cualquier solicitud de convocatoria

cuando existe unanimidad en la votación.

No, porque la Constitución asegura el ejercicio de la democracia directa, respecto a reformas constitucionales

por iniciativa ciudadana, imponiendo al Consejo Nacional Electoral convocar a consulta popular si la Función

Legislativa no trata la propuesta dentro el plazo establecido.

No, porque el Consejo Nacional Electoral no tiene la competencia para conocer y resolver solicitudes de

consulta popular de frente a propuestas de reforma constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 103 de la Constitución establece que "Para la presentacion de propuestas de reforma constitucional se

requerira el respaldo de un numero no inferior al uno por ciento de las personas inscritas en el registro electoral. En el

caso de que la Funcion Legislativa no trate la propuesta en el plazo de un ano, los proponentes podran solicitar al

Consejo Nacional Electoral que convoque a consulta popular, sin necesidad de presentar el ocho por ciento de respaldo

de los inscritos en el registro electoral. Mientras se tramite una propuesta ciudadana de reforma constitucional no podra

presentarse otra."

Page 86: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

86

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales y Control de Constitucionalidad

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un grupo de ciudadanos activó la iniciativa popular normativa para la creación de una norma jurídica dentro determinado

gobierno autónomo descentralizado, no obstante, transcurrieron 190 días sin que la instancia con la correspondiente

competencia normativa tratara la propuesta. El grupo de ciudadanos exigió, de acuerdo con la Constitución, que la

propuesta entrara en vigencia. Las autoridades competentes omitieron el pedido y hasta el momento la propuesta

normativa no es dabatida y menos entró en vigencia. ¿Corresponde interponer una acción por incumplimiento?

La opción A) es incorrecta porque descarta la posibilidad de interponer una acción constitucional. La opción C) es

incorrecta porque el caso sí presenta una obligación de hacer clara, expresa y exigible, como puede confirmarse en el

artículo 103 de la Constitución. La opción D) es incorrecta porque la acción de protección sirve para tutelar derechos que

no puedan ser tuteladas, entre otros, por la acción por incumplimiento.

No corresponde ninguna acción constitucional.

Corresponde la acción por incumplimiento considerando que existe una obligación de hacer clara, expresa y

exigible.

No corresponde la acción por incumplimiento porque no se presenta en el caso una obligación de hacer clara,

expresa y exigible.

Corresponde la acción de protección, debido a que se pretende tutelar el derecho de participación de frente a la

democracia directa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El inciso B) expresa la opción correcta debido a que el artículo 103 de la Constitución determina que "Quienes

propongan la iniciativa popular participaran, mediante representantes, en el debate del proyecto en el organo

correspondiente, que tendra un plazo de ciento ochenta dias para tratar la propuesta; si no lo hace, la propuesta entrara

en vigencia."; a la vez que el artículo 52 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control de

Constitucionalidad establece que "Esta accion (por incumplimiento) procedera cuando la norma, sentencia, decision o

informe cuyo cumplimiento se persigue contengan una obligacion de hacer o no hacer, clara, expresa y exigible."

Page 87: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

87

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un grupo de ciudadanos ecuatorianos y ecuatorianas propuso una norma jurídica ante la Función Legislativa, sin

embargo, esta no se ha debatido en la Asamblea por más de 6 meses. Frente a esta omisión la Constitución establece

que:

Las demás opciones, esto es, los incisos B), C) y D), son supuestos no previstos por la Constitución.

La propuesta entra en vigencia automáticamente.

La Corte Constitucional debe revisar la propuesta y colocar la propuesta en vigencia si no cuenta con

observaciones.

Debe iniciarse nuevamente el trámite de iniciativa popular normativa.

El Presidente o la Presidenta debe revisar y promulgar la propuesta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 103 de la Constitución determina que "Quienes propongan la iniciativa popular participaran, mediante

representantes, en el debate del proyecto en el organo correspondiente, que tendra un plazo de ciento ochenta dias para

tratar la propuesta; si no lo hace, la propuesta entrara en vigencia."

Page 88: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

88

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un grupo de ciudadanos desea proponer a la Asamblea Legislativa la reforma de una Ley, para ello deben:

Las opciones A), C) y D) son figuras constitucionales diferentes o cuentan con supuestos no regulados en la

Constitución. La opción A) formula activación de consulta previa no necesaria para la iniciativa normativa. La opción C) y

D) plantean supuestos inexistentes.

Activar previamente una consulta previa.

Formular directamente una iniciativa popular normativa.

Convocar a una consulta popular para conseguir respaldo.

Llamar a un referendúm para establecer la necesidad de reforma.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 103 de la Constitución establece que para proponer la creacion, reforma o derogatoria de normas juridicas

ante la Funcion Legislativa o cualquier otro organo con competencia normativa, se debe activar la iniciativa popular

normativa.

Page 89: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

89

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El diseño de un política pública respecto a la construcción de viviendas trajo consigo conflictos con algunas juntas

vecinales. Estas se organizaron colectivamente y demandan al gobierno autónomo descentralizado ocupar la silla vacía

con voz y voto para la toma de decisiones. ¿Involucra la figura de silla vacía la toma de decisiones?

Las opciones incorrectas A), B) y D) añaden supuestos que no corresponden al texto constitucional referido en el

artículo 101.

No, porque la Constitución establece la silla vacía como una figura de participación dentro los gobiernos

autónomos descentralizados, sin embargo, no atribuye la posibilidad de asumir decisiones.

No, ya que la silla vacía está habilitada solo para la observación de los debates dentro el gobierno autónomo

descentralizado.

Sí, debido a que la figura de silla vacía es un mecanismo de participación dentro los gobiernos autónomos

descentralizados que asegura intervención y toma de decisión del representante de la ciudadanía que asumirá

la silla vacía.

Sí, la Constitución asegura que en casos en que se reclama la silla vacía, el representante que la ocupe cuenta

con el poder de decisión total.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 101 de la Constitución establece que: Las sesiones de los gobiernos autonomos descentralizados seran

publicas, y en ellas existira la silla vacia que ocupara una representante o un representante ciudadano en funcion de los

temas a tratarse, con el proposito de participar en su debate y en la toma de decisiones. Esto significa que la

Constitución asegura no solo una participación pasiva en el centro de toma de decisiones del gobierno autónomo

descentralizado, sino que también asegura una participación activa con la posibilidad de voto en la toma de decisiones.

Page 90: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

90

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De frente a un gobierno autónomo descentralizado, una junta vecinal reclama ocupar la silla vacía para incidir en la

implementación de determinada política pública. ¿A qué figura hace alusión la silla vacía?

La opción A) establece un supuest no contemplado en la Constitución respecto a la posibilidad de tomar decisiones de la

junta vecinal. La opción C) añade el supuesto de que el representante tiene posibilidad de tomar decisiones, lo cual no

está contemplado en la Constitución. La opción D) niega la vigencia de la figura constitucional de silla vacía.

Es un denominativo que la Constitución utiliza para facultar a la junta vecinal tomar decisiones respecto a los

asuntos que les interesa.

Es un a figura de participación que hace alusión a la obligación que tienen los gobiernos autónomos

descentralizados de asegurar un espacio de intervención para un representante del colectivo u organización que

pretende incidir en alguna política pública.

Es una figura de participación que los gobiernos autónomos descentralizados están obligados a asegurar para

que un representante de la ciudadanía tome las decisiones en función de los temas a tratarse.

No existe la figura de la silla vacía, por lo que la pregunta está al margen del contenido de la Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 101 de la Constitución determina que: Las sesiones de los gobiernos autonomos descentralizados seran

publicas, y en ellas existira la silla vacia que ocupara una representante o un representante ciudadano en funcion de los

temas a tratarse, con el proposito de participar en su debate y en la toma de decisiones. Lo importante de la pregunta es

comprender que la silla vacía es una instrumento que asegura participación e involucramiento en la elaboración, diseño

y ejecución de políticas públicas.

Page 91: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

91

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La participación en el diseño de políticas públicas está asegurada a:

Las opciones A), B) y D) evidencian respuestas con supuestos distintos al que se establece en el artículo 102.

Ciudadanos ecuatorianos y ecuatorianas con domicilio en el Ecuador.

Ciudadanos ecuatorianos y ecuatorianas y extranjeros y extranjeras con domicilio en el Ecuador.

Ciudadanos ecuatorianos y ecuatorianas y extranjeros y extranjeras con domicilio en el Ecuador, y ciudadanos

ecuatorianos y ecuatorianas con domicilio en el extranjero.

A cualquier persona domiciliada en el Ecuador.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La opción correcta se funda en el artículo 102 de la Constitución que señala que: Las ecuatorianas y ecuatorianos,

incluidos aquellos domiciliados en el exterior, en forma individual o colectiva, podran presentar sus propuestas y

proyectos a todos los niveles de gobierno, a traves de los mecanismos previstos en la Constitucion y la ley. A ello debe

incluirse que la misma Constitución reconoce los mismos derechos con los que cuentan los ecuatorianos y ecuatorianas

a los extranjeros.

Page 92: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

92

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De frente a la elaboración de una política pública determinada, un grupo de ciudadanos ecuatorianos emigrantes, cuyo

domicilio efectivamente se constituía en un país extranjero, solicitaron a las autoridades competentes audiencia pública

para efectivizar su participación e incidir en la toma de decisiones dentro la política pública que se estaba diseñando en

su lugar de origen. En vista de residir en el extranjero requirieron que tal participación se realizara a cabo vía Skype (una

aplicación gratuita que permite video llamadas de larga distancia). ¿Es posible que ciudadanos ecuatorianos emigrantes

cuyo domicilio se constituye en el extranjero puedan incidir en el diseño de políticas públicas vía Skype?

Las opciones A), B) y C) niegan los supuestos de participación en los diferentes niveles de gobierno, restringiendo la

participación de nacionales que cuentan con intereses para incidir en el diseño de política pública determinada.

Las personas no pueden solicitar audiencia pública para incidir en una política pública determinada,

considerando que tienen como domicilio un país extranjero.

Las personas que requieren la audiencia pública no se constituyen en una organización colectiva con

personalidad jurídica reconocida en el Ecuador.

El medio por el cual se intenta establecer la audiencia pública, esto es, Skype, no es uno reconocido por la

norma.

La participación de colectivos no requiere personalidad jurídica, domicilio en el Ecuador y cualqueir medio es

idóneo para efectivizar la audiencia pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Los artículos referentes a la participación en los diferentes niveles de gobierno, es decir, disposiciones 100, 101, 102 de

la Constitución definen la participación de la ciudadanía en los diferentes niveles de gobierno de manera amplia. La

organización colectiva no requiere de personalidad jurídica para que un grupo de personas intervenga en el diseño de

políticas públicas. El domicilio en el extranjero no es un impedimento para incidir en la política pública como ecuatoriano

o ecuatoriana. Y cualqueir medio es útil para generar la participación en los niveles del gobierno.

Page 93: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

93

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El Gobierno nacional emitió una Ley que restringe la creación de organizaciones no gubernamentales, bajo el

fundamento de que recientemente se han incrementado las solicitudes para la creación de este tipo de organizaciones

colectivas. Las personas afectadas interpusieron una acción de control de constitucionalidad. De acuerdo con la

Constitución, en relación con la participación de las organizaciones colectivas, esta acción debería sustentarse

principalmente considerando que:

Las demás opciones incorrectas mencionan aspectos aleatorios que no guardan relación con la importancia de la

organización colectiva como mecanismo de participación y funcionamiento de la democracia.

La organización colectiva es un mecanismo fundamental de la participación de la ciudadanía en el

funcionamiento de la democracia, y que, principalmente, es expresión y mecanismo de funcionamiento de la

soberanía popular.La organización colectiva es un mecanismo para el buen funcionamiento institucional del Estado.

Las buenas políticas públicas dependen del trabajo de las organizaciones colectivas.

La acción de constitucionalidad no procede porque si bien las organizacines colectivas estás reconocidas en la

Constitución, están sujetas a regulación legal.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La opción correcta, esto es, el inciso A), menciona el elemento sustantivo de las organizaciones colectivas. Estas se

constituyen en una pieza fundamental de la democracia, al presentarse como un mecanimos de participación en el

diseño de políticas públicas y toma de decisiones, por lo que se presentan como una forma de soberanía popular. La

comprensión de esta relación se extrae de una lectura de los artículos 96, 97, 98 y 99 de la Constitución.

Page 94: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

94

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las organizaciones de la sociedad civil, que buscan incidir en las políticas públicas, tienen un rol fundamental en el

funcionamiento de la democracia, pues tienen principalmente la función de:

Ninguna de las otras opciones tienen una relación con la temática de la participación de las organizaciones colectivas en

el diseño democrático, por lo menos, no de manera directa. Las opciones A), B) y D) son menciones aleatorias que no

están inmersas en la comprensión de lo que significa la organización colectiva como parte de la participación en

democracia.

Defender los derechos de las personas.

Diseñar políticas públicas.

Fortalecer el poder ciudadano.

Generar instituciones de orden en la sociedad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Comprender la figura de las organizaciones colectivas es primordial para el funcionamiento de la democracia,

principalmente, cuando estas se organizan para incidir en las políticas públicas o en la toma de decisiones. Esto es así

en el entendido de que la organización colectiva es la oportunidad de que el poder ciudadano encuentre mecanismos de

acción de frente a las instituciones estatales. Comprender que la organización colectización tiene por finalidad el

fortalecimiento del poder ciudadano es primordial en el diseño de la participación en la democracia, de acuerdo con el

artículo 96 de la Constitución.

Page 95: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

95

A)

B)

C)

D)

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una comunidad indígena se opone a que una persona ajena a su comunidad registre determinadas tierras como parte

de su propiedad. Frente a estos hechos se han resistido con protestas y marchas para que el registrador de la propiedad

no ejecute el registro correspondiente hasta que se aclaren los hechos relacionados al caso y se asuman decisiones en

la Asamblea comunitaria. ¿Pueden estos hechos ser reprochados constitucionalmente por obstruir el ejercicio de

funciones del registro de la propiedad?

La opción A) parte de una premisa equivocada al considerar que las comunidades no cuentan con personalidad jurídica

como colectivo. La opción C) interpreta que las protestas y marchas que reivindiquen derechos se constituyen en una

obstrucción a las funciones que ejercen las instituciones del Estado, lo cual resultaría en una interpretación contraria al

mismo artículo 98 de la Constitución. La opción D) parte de un supuesto que no mantiene relación con el caso concreto

que se plantea en la pregunta, pues el derecho a la resistencia no necesariamente encuentra relación con el derecho

colectivo a administrar su territorio según los elementos fácticos que expresa la pregunta.

Sí, porque las comunidades indígenas no se constituyen en una organización colectiva con personalidad

jurídica que les permita el ejercicio del derecho a la resistencia.

No, porque las protestas y marchas deben ser interpretadas como parte del ejercicio del derecho a la

resistencia reconocido en el artículo 98 de la Constitución.

Sí, porque las comunidades indígenas no cuentan con el derecho de obstruir las funciones públicas del Estado.

No, porque es reconocido el derecho colectivo de las comunidades indígenas a administrar su territorio.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La opción correcta es el inciso B), esta se funda en el artículo 98 de la Constitución que establece que "Los individuos y

los colectivos podran ejercer el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder publico o de las

personas naturales o juridicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales, y demandar

el reconocimiento de nuevos derechos."

Page 96: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

96

A)

B)

C)

D)

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿El derecho a la resistencia, reconocido en el artículo 98 de la Constitución, se ejerce únicamente acudiendo a las

instancias judiciales de conformidad a la Ley?

El inciso A) es incorrecto porque el derecho a la resistencia sí se encuentra reconocido en la Constitución. El inciso B) y

C) es incorrecto porque el artículo 99 de la Constitución no determina ese contenido, sino, más bien, todo lo opuesto a lo

que se expresa en ambos incisos.

La pregunta es impertinente porque el derecho a la resistencia no se encuentra reconocido en la Constitución

ecuatoriana.

Sí, el derecho a la resistencia solo habilita a acudir a las autoridades competentes a efecto de reclamar la

violación de derechos constitucionales.

Sí, la vulneración de derechos solo puede ser denunciada a través de las acciones constitucionales

correspondientes, que están reguladas en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control de

Constitucionalidad.

No, el derecho a la resistencia no solo se ejerce acudiendo a las instancias judiciales pertinentes, pues de

acuerdo al artículo 99 de la Constitución, acudir ante tales instancias no impide el ejercicio de otras acciones.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La opción correcta es el inciso D), considerando que el artículo 98 de la Constitución establece que: "Los individuos y los

colectivos podran ejercer el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder publico o de las personas

naturales o juridicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales, y demandar el

reconocimiento de nuevos derechos; y el artículo 99 de la Constitución determina que: "La accion ciudadana se ejercera

en forma individual o en representacion de la colectividad, cuando se produzca la violacion de un derecho o la amenaza

de su afectacion; sera presentada ante autoridad competente de acuerdo con la ley. El ejercicio de esta accion no

impedira las demas acciones garantizadas en la Constitucion y la ley."

Page 97: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

97

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una organización de la sociedad civil se opone a la explotación de minerales en determinada región, bajo el argumento

de que se lesionarían los derechos de la naturaleza. Habiendo acudido a las instancias legales correspondientes,

denunciando la falta de debate público y consultas previas, y en vista que sus peticiones fueron rechazadas para la

protección de los derechos de la naturaleza, la organización civil decidió bloquear el camino hacia la referida región con

la finalidad de evitar que se inicien las obras que viabilizarían la extracción de minerales. Como consecuencia de ello, el

Gobierno decidió retirar la personalidad jurídica de la organización bajo el argumento que sus acciones se desmarcan de

los principios democráticos y, más bien, se alínean con medidas de hecho al margen de la Constitución y las normas

jurídicas. ¿Suponiendo que la decisión de retirar la personalidad jurídica de la organización es viable jurídicamente, es

posible interpretar que la organización actuó contra los principios democráticos que se establecen en la Constitución?

La opción B) no se encuentra determinada en la Constitución, es decir, acudir a instancias judiciales no sustituye el

derecho a la resistencia, además, esto se refuerza con el artículo 99 de la Constitución que establece que: La accion

ciudadana se ejercera en forma individual o en representacion de la colectividad, cuando se produzca la violacion de un

derecho o la amenaza de su afectacion; sera presentada ante autoridad competente de acuerdo con la ley. El ejercicio

de esta accion no impedira las demas acciones garantizadas en la Constitucion y la ley. La opción C) no resulta una

razón al planteamiento constitucional que ofrece el caso, pues el reconocimiento de los derechos de la naturaleza no se

constituye en el fundamento del derecho a la resistencia. La opción D) no es correcta ya que la Constitución sí reconoce

el derecho a la resistencia en su artículo 98.

No, ya que la Constitución determina que entre los principios democráticos se encuentra el derecho de

resistencia de las personas individuales y colectivas.

Sí, porque la organización acudió a las instancias judiciales y estas rechazaron las acciones constitucionales

que interpusieron.

No, porque la Constitución reconoce derechos a la naturaleza.

Sí, porque no se encuentra reconocido en la Constitución el derecho a la resistencia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 98 de la Constitución reconoce el derecho a la resistencia de frente a acciones u omisiones del poder publico

o de las personas naturales o juridicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales. En

ese sentido, las acciones de resistencia de las organizaciones no pueden ser tachadas simplemente de contrarias a la

democracia, puesto que la Constitución determina que parte de esta se encuenta la posibilidad de que los ciudadanos y

colectividades puedan resistirse a medidas con la finalidad de reencausar la vigencia de la Constitución. El criterio de la

pregunta y su respuesta simplemente está dirigido a establecer que el contenido de democracia en la Constitución

ecuatoriana también incluye la posibildad de resistencia y su ejercicio no puede ser usado en contra de las personas

individuales o colectivas.

Page 98: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

98

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una organización de la sociedad, cuyo principal objeto de creación es incidir en la política pública sobre la educación

superior, establece en sus estatutos que su director principal será designado por su asamblea general de manera

vitalicia. ¿cuenta dicha regla institucional con el respaldo de la Constitución?

La opción A) es incorrecta porque muestra que las organizaciones no cuentan con directrices constitucionales y que por

tanto pueden autoregularse al margen de los principios democráticos. La opción B) no es la correcta porque sugiere que

los principios democráticos no son aplicables a organizaciones no estatales, lo cual es contrario al contenido del artículo

96 de la Constitución. La opción D) no es la correcta porque su fundamento no tiene ninguna relación con el

planteamiento del caso en concreto que se formula en la pregunta.

Sí, porque la Constitución reconoce, en su artículo 96, que las organizaciones de la sociedad civil actúan como

expresión de la soberanía popular y cuenta con plena autodeterminación.

Sí, porque la elección vitalicia, es decir, la ausencia de alternabilidad, solo se aplica a los poderes del Estado

respecto a sus autoridades, y no así a las organizaciones civiles que cuentan con plena autodeterminación.

No, porque a las organizaciones colectivas también rigen los principios democráticos.

No, porque las organizaciones civiles podrán desarrollar formas alternativas de mediación y solución de

conflictos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 96 de la Constitución determina que las organizaciones de la sociedad civil también deben regirse por los

principios democráticos; en ese sentido, la alternabilidad de sus dirigentes se constituyen en una premisa fundamental a

la hora de verificar la democracia interna de las organizaciones civiles. La pregunta está dirigida a comprender el

concepto de democracia y su contenido, verificando su campo de acción también en ámbitos de la sociedad civil.

Principalmente, la respuesta evidencia comprensión sobre el contenido de los principios democráticos, entre ellos, el

principio de alternabilidad.

Page 99: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

99

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una organización civil no gubernamental pretende incidir en una determinada política pública, sin embargo, el gobierno

ha deslegitimado su intervención alegando que tal organización mantiene de forma irregular a su director por más de 20

años, lo cual va en contra de:

La opción A) es una respuesta abstracta; la opción C) no coincide con la figura constitucional que sostiene la pregunta,

es decir, la participación en su dimención colectiva; y la opción D) se refiere a una figura constitucional diversa

relacionada a la autodeterminación de las organizaciones colectivas.

La Constitución ecuatoriana.

Su deber, como organización colectiva, de garantizar la alternabilidad de sus dirigentes.

La democracia representativa.

Su autodeterminación como organización colectiva.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 96 de la Constitución del Ecuador reconoce todas las formas de organización de la sociedad, para fortalecer

el poder ciudadano y sus formas de expresión, sin embargo, establece que deberán garantizar la democracia interna, la

alternabilidad de sus dirigentes y la rendición de cuentas.

Page 100: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

100

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de agosto de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Participación y organización del poder y fines del Estado

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución del Ecuador establece que la organización del poder está estrechamente relacionada con la

participación y el control popular de las instituciones, de tal modo que estas se instituyan dentro un proceso permanente

de construcción del poder ciudadano. En ese sentido, la participación se constituye:

Las demás opciones, es decir, incisos A), B) y D), constituyen la participación como un deber, se restringen únicamente

a la democracia representativa, o permiten entender que la participación es una atribución exclusiva de los ciudadanos

ecuatorianos, cuando los extranjeros gozan de los mismos derechos que los ecuatorianos, de conformidad a la

Constitución y las leyes.

En un deber ciudadano, que se ejerce principalmente a través del voto.

En una derecho únicamente de los ciudadanos ecuatorianos que ejercen a través de las instituciones públicas

y autoridades elegidas.

En un derecho de la ciudadanía en general, que se ejerce a través de la democracia representativa, directa y

comunitaria.

En un derecho de las personas que son elegidas por el pueblo conforme a la Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La opción correcta es el inciso C). La Constitución establece en el artículo 95 que la participación es un elemento

transversal en la organización del poder, y se constituye en un derecho de la ciudadanía para intervenir en la

administración del Estado a través de los mecanismos que ofrecen la democracia directa, representativa y comunitaria.

La finalidad de la pregunta reside en comprende la relación de conceptos entre derecho, participación y tipos de

democracia.

Page 101: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

101

A)

B)

C)

D)

La opciones A), B) y D) son supuestos escogidos aleatoriamente. Ni la rendición de cuentas o accountability ni la

separación de poderes se constituyen en respuestas correctas al planteamiento de la pregunta.

Rendición de cuentas.

Separación de poderes.

Independencia judicial interna.

Accountability .

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El numeral 1 del artículo 168 de la Constitución determina que: "La administración de justicia, en el cumplimiento de sus

deberes y en el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios: 1. Los órganos de la Función Judicial

gozaran de independencia interna y externa (…)."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Que los jueces puedan decidir de sus casos independientemente de las consideraciones de sus colegas u otros órganos

jurisdiccionales, se refiere al principio de:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 102: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

102

A)

B)

C)

D)

La opción A) es incorrecta porque su contenido no es el alcance del principio de unidad jurisdiccional, considerando que

este no impide que existan autoridades administrativas con facultades jurisdiccionales en el marco de la Constitución.

La opción C) es incorrecta porque sostiene un supuesto no previsto por la Constitución, pues no todos los conflictos

decantan en la competencia de la Corte Nacional.

La opción D) también está al margen de la Constitución, pues en el mismo artículo 168, arriba citado, reconoce que

pueden existir potestades jurisdiccionales que están reconocidas por la Constitución.

Ninguna autoridad administrativa puede desempeñar funciones de administración de justicia.

La administración de justicia está a cargo de la función judicial, sin que ello signifique que otras instancias

puedan ejercer jurisdicción de acuerdo a la Constitución.

Todos los conflictos jurídicos son competencia de la Corte Nacional de Justicia.

Ninguna otra institución estatal puede ejercer jurisdicción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

La pregunta evalúa la comprensión del principio de unidad jurisdiccional. En ese sentido, el numeral 3 del artículo 168 de

la Constitución establece que: "La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus

atribuciones, aplicará los siguientes principios: (…) 3. En virtud de la unidad jurisdiccional, ninguna autoridad de las

demás funciones del Estado podrá desempeñar funciones de administración de justicia ordinaria, sin perjuicio de las

potestades jurisdiccionales reconocidas por la Constitución."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En virtud de la unidad jurisdiccional:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 103: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

103

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos escogidos aleatoriamente al margen de la Constitución. Como se

evidencia en el artículo 168, arriba anotado, la justicia debe guiarse bajo un principio de informalidad antes que de

formalidad.

No, la Constitución establece que no se sacrificará la justicia por la omisión de formalidades.

Sí, porque aceptar el incumplimiento de formalidades vulnera el debido proceso de la otra parte.

No, porque la Constitución permite la presentación de documentación en copia simple dentro procesos

administrativos.

Sí, la Constitución determina que el cumplimiento de formalidades son ineludibles dentro todos los procesos en

vigencia de la seguridad jurídica.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Dentro los principios de la adminsitración de justiica, la Constitución dispone, en su artículo 168, que: "El sistema

procesal es un medio para la realización de la justicia. Las normas procesales consagrarán los principios de

simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal, y harán efectivas las garantías del

debido proceso. No se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro un proceso administrativo una de las partes presentó documentación en copia simple como descargos

importantes, que desvirtuarían su responsabilidad administrativa. Sin embargo, se ha señalado que la documentación no

está debidamente certificada, y que el incumplimiento de tal formalidad impide incluirlas en el análisis y valoración del

caso. ¿Tal decisión es acorde a los principios de la administración de justicia?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 104: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

104

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas son supuestos que están al margen de la Constitución y, concretamente, del artículo 168 de la

Constitución.

El proceso debe respetar el debido proceso bajo el cumplimiento de las formalidades procesales.

El proceso es el objetivo principal para resguardar la seguridad jurídica.

El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia.

El sistema procesal es un fin en sí mismo para la realización de la justicia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

La pregunta pretende evaluar la comprensión relacionada a la naturaleza del proceso, principalmente, el supuesto

constitucional de que este no se configure en lo princial de frente a la administración de justicia. Dentro los principios de

la adminsitración de justiica, la Constitución dispone, en su artículo 168, que: "El sistema procesal es un medio para la

realización de la justicia. Las normas procesales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia,

inmediación, celeridad y economía procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso. No se sacrificará la

justicia por la sola omisión de formalidades."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución declara que son principios de la administración de justicia la simplificación, uniformidad, eficacia,

inmediación, celeridad y economía procesal, a la vez que afirma que la justicia no puede ser sacrificada por el

cumplimiento de formalidades; desde el punto de vista procesal esto sugiere, que:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 105: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

105

A)

B)

C)

D)

Las respuestas incorrectas son supuestos generados de manera aleatoria y al margen del contenido constitucional

relacionada a la materia.

Únicamente a los procesos judiciales.

En la administración de justicia en vía judicial y administrativa.

En la administración de justicia en vía judicial.

En proceso constitucionales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Los principios citados en la pregunta regulan a la administración de justicia en general. Por un lado, el numeral 3 del

artículo 168 de la Constitución, sugiere que la administración de justicia no solo incluye a la justicia ordinaria, sino a toda

potestad jursdiccional reconocida por la Constitución. En ese sentido, el numeral 3 del artículo 168 establece que: La

administracion de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus atribuciones, aplicara los siguientes

principios: (…) 3. En virtud de la unidad jurisdiccional, ninguna autoridad de las demas funciones del Estado podra

desempenar funciones de administracion de justicia ordinaria, sin perjuicio de las potestades jurisdiccionales

reconocidas por la Constitucion.

Por otro lado, el artículo 169 determina que: El sistema procesal es un medio para la realizacion de la justicia. Las

normas procesales consagraran los principios de simplificacion, uniformidad, eficacia, inmediacion, celeridad y

economia procesal, y haran efectivas las garantias del debido proceso. No se sacrificara la justicia por la sola omision de

formalidades.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución declara que la simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal, son

principios que deben consagrarse en las normas procesales. Estas son aplicables:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 106: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

106

A)

B)

C)

D)

La opción A) no es la respuesta correcta porque permite trasladar principios queson propios de la justicia ordinaria, y no

necesariamente pueden responder a las normas propias de los pueblos y nacionalidades.

LA opción B) no es correcta porque plantea que los pueblos indígenas no están obligados a aplicar la Constitución.

La opción D) es incorrecta porque si bien la Constitución es de aplicación obligatoria para todos y todas, ello no significa

que regule ámbitos y derechos de manera específica, como es el caso de los pueblos indígenas.

Sí, ya que los principios aludidos aseguran que toda persona sea sujeta a un proceso justo, y ello incluye los

procesos llevados a cabo bajo la justicia indígena.

No, porque la justicia indígena no está obligada a aplicar la Constitución, por guiarse bajo sus propias normas.

No, debido a que la Constitución reconoce que las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades

indigenas ejerceran funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio.

Sí, puesto que la Constitución es la norma fundamental y obliga a todos y todas por igual.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

La pregunta pretende dar cuenta que los principios señalados en la pregunta son parte de la administración de justicia

judicial o administrativa; la justicia indígena cuenta con sus propias normas que no necesariamente coinciden con los

principios de la justicia ordinaria. El artículo 171 de la Constitución señala expresamente que: "Las autoridades de las

comunidades, pueblos y nacionalidades indigenas ejerceran funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones

ancestrales y su derecho propio, dentro de su ambito territorial, con garantia de participacion y decision de las mujeres.

Las autoridades aplicaran normas y procedimientos propios para la solucion de sus conflictos internos, y que no sean

contrarios a la Constitucion y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución establece que: "El sistema procesal es un medio para la realizacion de la justicia. Las normas

procesales consagraran los principios de simplificacion, uniformidad, eficacia, inmediacion, celeridad y economia

procesal, y haran efectivas las garantias del debido proceso." En ese sentido, ¿los principios procesales que se

mencionan son aplicables a la justicia indígena?

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 107: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

107

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos escogidos aleatoriamente, que no responden a la pregunta

planteada. La respuesta correcta se sustenta en el artículo 170 de la Constituciónb, arriba anotado.

Función pública.

Seguridad jurídica.

Carrera judicial.

Selección de los mejores.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 170 de la Constitución determina que: "Para el ingreso a la Funcion Judicial se observaran los criterios de

igualdad, equidad, probidad, oposicion, meritos, publicidad, impugnacion y participacion ciudadana.

Se reconoce y garantiza la carrera judicial en la justicia ordinaria. Se garantizara la profesionalizacion mediante la

formacion continua y la evaluacion periodica de las servidoras y servidores judiciales, como condiciones indispensables

para la promocion y permanencia en la carrera judicial."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La seleccion, permanencia, ascenso y remocion de los funcionarios jurisdiccionales están reconocidas en la

Constitución en el marco de la:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 108: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

108

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no responde al contenido mismo de carrera judicial, y se constituyen en respuestas al margen

de este, lo que hace que se constituyan en supuestos que no expresan correctamente el sentido conceptual de carrera

judicial.

Sí, porque si se cumplen los criterios citados en la pregunta se cumple con la carrera judicial.

No, porque tales criterios solo guían las reglas previamente establecidas para el ingreso de jueces, lo cual no

significa cumplir con la carrera judicial.

No, porque la Constitución establece que el Legislativo debe seleccionar a los jueces.

Sí, porque la carrera judicial involucra cumplir tales criterios para el ingreso de jueces.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

La pregunta exige conocer los alcances de la carrera judicial. Si bien esos criterios no son incompatibles con la carrera

judicial, esta última se constituye en un sistema de reglas previamente establecidas que objetivizan la seleccion,

permanencia, ascenso y remocion de jueces, a fin de evitar la existencia de factores políticos o de otra índole. Lo que

significa que asegurar el ingreso bajo esos criterio no significa cumplir a cabalidad la carrera judicial.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Ante la promesa electoral de reformar la justicia, el gobierno nacional planea el ingreso de nuevos jueces sin proceso de

selección y a través de decreto presidencial, respetando, sin embargo, los criterios de igualdad, equidad, probidad,

oposicion, meritos, publicidad, impugnacion y participacion ciudadana. Pues, la misma Constitución establece que: "Para

el ingreso a la Funcion Judicial se observaran los criterios de igualdad, equidad, probidad, oposicion, meritos, publicidad,

impugnacion y participacion ciudadana. Se reconoce y garantiza la carrera judicial en la justicia ordinaria. Se garantizara

la profesionalizacion mediante la formacion continua y la evaluacion periodica de las servidoras y servidores judiciales,

como condiciones indispensables para la promocion y permanencia en la carrera judicial." ¿Significa esto respetar la

carrera judicial?

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 109: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

109

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no se constituyen en criterios de la carrera judicial. Resultan ser supuestos aleatoriamente

escogidos, al marge del artículo 170 de la Constitución.

La ausencia de quejas y denuncias.

El seguimiento jurisprudencial de la Corte Nacional.

La formación continua y evaluación periódica.

La adquisición de título de maestría.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

La pregunta evalúa la comprensión de algunos criterios de la carrera judicial, que define la Constitución, y comprueba el

conocimiento de lo que involucra la carrera judicial. Esta, en su artículo 170, establece que: "Se reconoce y garantiza la

carrera judicial en la justicia ordinaria. Se garantizara la profesionalizacion mediante la formacion continua y la

evaluacion periodica de las servidoras y servidores judiciales, como condiciones indispensables para la promocion y

permanencia en la carrera judicial."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución, la promoción y permanencia en la carrera judicial tiene como condiciones

indispensables:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 110: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

110

A)

B)

C)

D)

Los demás incisos se constituyen en supuestos incorrectos. El inciso A) genera un supuesto evidente pero no distingue

el contenido conceptual de lo que significa la justicia indígena, esto es, la aplicación del derecho propio de las

comunidades, pueblos y nacionalidades.

El inciso B) supone la existencia de dos tipos de justicias sin ofrecer elementos que las distingan, dando a suponer que

existen dos funciones judiciales.

El inciso C) va contra la concepción esencial de la justicia indígena, esto es, aplicar el derecho propio de las

comunidades, pueblos y nacionalidades.

Que autoridades indígenas pueden aplicar la Constitución para resolver los conflictos en su comunidad.

Que existen dos funciones jurisdiccionales en el Ecuador, la justicia ordinaria y la justicia indígena.

Autoridades no judiciales aplican normas establecidas en la Ley, para resolver diferentes conflictos.

Autoridades no judiciales pueden aplicar normas no establecidas por el Estado, para resolver conflictos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

La pregunta evalúa el reconocimiento de la justicia indígena y la comprensión de lo que su concepto involucra. En

efecto, el artículo 171 de la Constitución reconoce que: "Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades

indigenas ejerceran funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de

su ambito territorial, con garantia de participacion y decision de las mujeres. Las autoridades aplicaran normas y

procedimientos propios para la solucion de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitucion y a los

derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales." Esto supone la existencia de normas al margen del

procedimiento legislativo y el Estado, que fundamentan la resolución de conflictos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La justicia indígena ejerce funciones jurisdiccionales, esto significa que:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 111: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

111

A)

B)

C)

D)

La opción A) es incorrecta, considerando que plantea un supuesto contrario al contenido del artículo 171 de la

Constitución.

La opción B) es incorrecta porque contradice el parágrafo segundo del artículo 171 de la Constitución.

La opción D) es incorrecta porque desnaturaliza la autonomía de la justicia indígena, al subordinar sus decisiones al

pronunciamiento de un juez ordinario.

No, la Constitución no le da competencia a la justicia indígena para afectar su propio territorio.

No, la Constitución no asegura que el Estado deba garantizar que las decisiones de la justicia indígena sean

respetadas.

Sí, la Constitución reconoce a las autoridades indígenas decidir sobre su propio derecho dentro de su ámbito

territorial y determina que el Estado garantice el cumplimiento de sus decisiones.

Sí, siempre que previamente las autoridades indígenas presenten orden judicial para tal registro.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 171 de la Constitución determina que:

"Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indigenas ejerceran funciones jurisdiccionales, con base

en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ambito territorial, con garantia de participacion y

decision de las mujeres. Las autoridades aplicaran normas y procedimientos propios para la solucion de sus conflictos

internos, y que no sean contrarios a la Constitucion y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos

internacionales.

El Estado garantizara que las decisiones de la jurisdiccion indigena sean respetadas por las instituciones y autoridades

publicas. Dichas decisiones estaran sujetas al control de constitucionalidad. La ley establecera los mecanismos de

coordinacion y cooperacion entre la jurisdiccion indigena y la jurisdiccion ordinaria."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una comunidad indígena, a través de su Asamblea, estableció redefinir la propiedad de alguno de sus miembros dentro

los límites de su territorio. Después de la decisión de la Asamblea, las autoridades de esta comunidad decidieron acudir

al registrador de la propiedad más cercano de su comunidad para que se realice el registro de la redefinición de

propiedades en la comunidad. ¿Puede el registrador de la propiedad realizar los registros solicitados por las autoridades

indígenas desde el punto de vista constitucional?

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 112: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

112

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas son supuestos que descomponen la respuesta correcta y se toma por separada sus opciones.

Tal como se observa en el artículo anotado arriba los jueces están sujetos a los tres instrumentos normativos que se

señalan.

La ley.

La Constitución y la ley.

La Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos y la ley.

Los instrumentos internacionales de derechos humanos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 172 determina que: "Las juezas y jueces administraran justicia con sujecion a la Constitucion, a los

instrumentos internacionales de derechos humanos y a la ley."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución de 2008 marca una diferencia importante cuando se refiere a la administración de justicia, pues

establece, como principio de la función judicial, que los jueces, en su tarea de administrar justicia, aplicarán:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 113: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

113

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se funda en supuestos al margen de la Constitución, pues plantean la posibilidad de eliminar la

impugnación en vía judicial.

Sí, porque la ley puede establecer jurisdicciones en la vía administrativa.

No, debido a que la Constitución asegura la impuganación en la vía judicial.

No, debido a que la Constitución no permite el ejercicio de potestades jurisdiccionales a autoridades

administrativas.

Sí, porque el proceso administrativo asegura independencia y doble instancia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 173 determina que "Los actos administrativos de cualquier autoridad del Estado podran ser impugnados, tanto

en la via administrativa como ante los correspondientes organos de la Funcion Judicial."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El Estado decidió implementar un nuevo proceso administrativo para la impugnación tributaria, cuyas autoridades serían

elegidas de modo que se asegure su independencia y autonomía en el ejercicio de su jurisdicción. Además, se

aseguraría una doble instancia posterior a las resoluciones determinativas de la administración tributaria. En ese sentido,

se estableció que con ello se concluiría el proceso y no cabría recurso ulterior. ¿Es constitucional la medida?

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 114: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

114

A)

B)

C)

D)

La opción A) es incorrecta debido a que la vía constitucional no es idónea para la impugnación de actos administrativos.

Y las opciones B) y C) son supuestos derivados del artículo 173 de la Constitución, pero que no expresan la respuesta

correcta.

En la vía constitucional.

En la vía administrativa.

En la vía judicial.

La vía administrativa y judicial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 173 de la Constitución determina que: "Los actos administrativos de cualquier autoridad del Estado podran ser

impugnados, tanto en la via administrativa como ante los correspondientes organos de la Funcion Judicial."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La impuganción de actos administrativos está asegurada en la Constitución en:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 115: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

115

A)

B)

C)

D)

Las opciones A), B) y D) son incorrectas, ya que se constituyen en supuestos planteados aleatoriamente al margen de lo

señalado en la Constitución.

Sí, la Constitiución determina que en la Función Judiical debe estar compuesta por 50% de hombres y 50% de

mujeres.

No, la Constitución determina que la designación de jueces debe obedecer a concursos de oposición y méritos.

Sí, la Constitución establece que la Función Judicial debe proponder a la paridad de género.

No, la Constitución reconoce el principio de igualdad y admite discriminación por género.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 176 establece que: "Los requisitos y procedimientos para designar servidoras y servidores judiciales deberan

contemplar un concurso de oposicion y meritos, impugnacion y control social; se propendera a la paridad entre mujeres y

hombres."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un estudio académico demostró que en la Función Judicial existen más jueces varones que mujeres. El Consejo de la

Judicatura señaló, frente a ello, que los jueces son elegidos con base en sus méritos, de acuerdo con la Constitución.

¿Es posible exigir constitucionalmente que el Consejo de la Judicatura implemente una política pública de inclusión de

mujeres en cargos judiciales?

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 116: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

116

A)

B)

C)

D)

Las opciones A), C) y D) son incorrectas debido a que se constituyen en supuestos aleatorios al margen de la

Constitución.

No, la Constitución establece que la selección y designación de jueces debe responder a un concurso de

oposición y méritos.

Sí, la Constitución determina que en los procesos de selección y designación de jueces debe estar sujeto a

control social.

No, la Constitución no contempla la posibilidad de impugnar constitucionalmente una política pública.

Sí, la Constitución declara que todo proceso de selección de jueces debe llevarse a cabo con los medios de

comunicación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B)

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

La pregunta se desenvuelve en el ámbito del control social y exige comprender que tal concepto se mueve de manera

transversal en diversas instituciones. En esta ocasión se aplica el control social en la función judicial. En ese sentido, el

artículo 176 de la Constitución establece que: "Los requisitos y procedimientos para designar servidoras y servidores

judiciales deberan contemplar un concurso de oposicion y meritos, impugnacion y control social; se propendera a la

paridad entre mujeres y hombres."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un proceso de selección de jueces fue llevado a cabo sin publicidad e intervención de la ciudadanía. No obstante, se

aseguró que en el proceso se eligieran a los mejores postulantes. A través de un riguroso proceso de evaluación se

consiguió seleccionar a los mejores profesionales para ejercer la función judicial. Sin embargo, el proceso fue

impugnado por ausencia de intervención de la sociedad civil. ¿Podría impugnarsae el proceso desde el punto de vista

constitucional?

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 117: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

117

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en suposiciones aleatorias al margen de la Constitución.

Sí, porque en contextos dede conmoción interna la presidente tiene la facultad de reformar la justicia.

No, porque la modificación de la estructura y función de los órganos jurisdiccinales está a cargo del Consejo de

la Judicatura.

No, porque la competencia de definir la estructura y función de los órganos jurisdiccionales la tiene la Asamblea

Nacional.

Sí, ya que dentro las atribuciones del presidente de la República se encuentra la posibilidad de reformar la

justicia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 177 de la Constitución establece que: "La Funcion Judicial se compone de organos jurisdiccionales, organos

administrativos, organos auxiliares y organos autonomos. La ley determinara su estructura, funciones, atribuciones,

competencias y todo lo necesario para la adecuada administracion de justicia."

El artículo 178 de la Constitución determina que: "La ley determinara la organizacion, el ambito de competencia, el

funcionamiento de los organos judiciales y todo lo necesario para la adecuada administracion de justicia."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En un contexto de grave crisis judicial, el gobierno nacional decidió redefinir la estructura y funciones de ciertos órganos

jurisdiccionales a través de un decreto presidencial, justificándose en diversos casos de corrupción. ¿Resultaría la

medida del gobierno constitucional?

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 118: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

118

A)

B)

C)

D)

Las opciones A), C) y D) son incorrectas, puesto que el artículo 178 de la Constitución deja claramente establecido que

el órgano que gobierna la función judicial es el Consejo de la Judicatura.

De la Corte Nacional de Justicia, las cortes provinciales de justicia, los tribunales y juzgades que establezca la

ley, y los juzgados de paz.

Del Consejo de la Judicatura.

De la Corte Nacional de Justicia.

Del Consejo de Participación Popular y Control Social.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 178 de la Constitución establece:

"Los organos jurisdiccionales, sin perjuicio de otros organos con iguales potestades reconocidos en la Constitucion, son

los encargados de administrar justicia, y seran los siguientes:

1. La Corte Nacional de Justicia.

2. Las cortes provinciales de justicia.

3. Los tribunales y juzgados que establezca la ley.

4. Los juzgados de paz.

El Consejo de la Judicatura es el organo de gobierno, administracion, vigilancia y disciplina de la Funcion Judicial.

La Funcion Judicial tendra como organos auxiliares el servicio notarial, los martilladores judiciales, los depositarios

judiciales y los demas que determine la ley.

La Defensoria Publica y la Fiscalia General del Estado son organos autonomos de la Funcion Judicial.

La ley determinara la organizacion, el ambito de competencia, el funcionamiento de los organos judiciales y todo lo

necesario para la adecuada administracion de justicia."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El órgano de gobierno de la función judicial está a cargo:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 119: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

119

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos aleatoriamente elegidos y no se fundamentan en el texto

constitucional, como puede evidenciarse en el numeral 2 del artículo 184 de la Constitución.

En cada precedente, es decir, cada decisión se configura como un precedente que se torna vinculante para la

misma Corte como para los demás Órganos del Estado.

En el uso y relevancia que adquiere una decisión en el litigio nacional.

En la triple reiteración de un precedente.

En la confirmación por segunda vez de cualquier precedente.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El numeral 2 del artículo 184 de la Constitución determina que: "Seran funciones de la Corte Nacional de Justicia,

ademas de las determinadas en la ley, las siguientes: 2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales

fundamentado en los fallos de triple reiteracion."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Corte Nacional de Justicia desarrolla su sistema de precedentes jurisprudenciales basado:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 120: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

120

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se sustentan en supuestos no incluidos en el texto de la Constitución.

No, porque los militares son procesados por sus propias normas procesales.

Sí, ya que la Constitución establece explícitamente que los militares serán juzgados por la justicia ordinaria.

Sí, porque la Constitución declara que los militares no cuentan con potestad jurisdiccional de ninguna índole.

No, ya que los hechos se suscitaron en el marco de ejercicios militares.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 188 de la Constitución establece que: "En aplicacion del principio de unidad jurisdiccional, los miembros de

las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional seran juzgados por la justicia ordinaria. Las faltas de caracter disciplinario

o administrativo seran sometidas a sus propias normas de procedimiento."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Como parte de un entranamiento militar, una persona habría fallecido supuestamente por la aplicación de sanciones

físicas disciplinarias. La orden de sanción habría salido de quién estaba al mando del cuerpo militar. Sin embargo, sería

aplicada por compañeros del mismo militar fallecido. Estas tres personas serían procesadas por las propias normas del

procedimiento militar. No obstante, los familiares del militar fallecido demandaban que los responsables sean procesados

por la justicia ordinaria. ¿El pedido es acorde a la Constitución?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 121: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

121

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas están al margen del artículo 189 de la Constitución, y se constituyen en supuestos escogidos

aleatoriamente.

Autoridades indígenas.

Jueces de paz.

Arbitros para la resoluicón alternativa de conflictos.

Juntas vecinales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 189 de la Constitución determina que: "Las juezas y jueces de paz resolveran en equidad y tendran

competencia exclusiva y obligatoria para conocer aquellos conflictos individuales, comunitarios, vecinales y

contravenciones, que sean sometidos a su jurisdiccion, de conformidad con la ley. En ningun caso podra disponer la

privacion de la libertad ni prevalecera sobre la justicia indigena.

Las juezas y jueces de paz utilizaran mecanismos de conciliacion, dialogo, acuerdo amistoso y otros practicados por la

comunidad para adoptar sus resoluciones, que garantizaran y respetaran los derechos reconocidos por la Constitucion.

No sera necesario el patrocinio de abogada o abogado.

Las juezas y jueces de paz deberan tener su domicilio permanente en el lugar donde ejerzan su competencia y contar

con el respeto, consideracion y apoyo de la comunidad. Seran elegidos por su comunidad, mediante un proceso cuya

responsabilidad corresponde al Consejo de la Judicatura y permaneceran en funciones hasta que la propia comunidad

decida su remocion, de acuerdo con la ley. Para ser jueza o juez de paz no se requerira ser profesional en Derecho."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Aquellas autoridades que son elegidas por su comunidad, para resolver los conflictos que emergen en la misma, a través

de un proceso cuya responsabilidad corresponde al Consejo de la Judicatura, y que no requiere de título de abogacía, se

constituyen en:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 122: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

122

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una junta vecinal determinada requiere de la ayuda de una autoridad que les permita resolver los conflictos que emergen

entre sus miembros. Sin embargo, entre estos no existe ningún profesional en Derecho y les interesa que dicha

autoridad sea elegida entre sus propios miembros. ¿Qué figura constitucional podría sugerirse a esta junta vecinal?

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos aleatoriamente escogidos, que no resuelven la pregunta

formulada dentro los parámetros del artículo 189 de la Constitución.

Solicitar al Consejo de la Judicatura la implementación de un juzgado.

La conformación de un Tribunal para que apliquen medios alternativos de solución de conflictos.

La conformación de una Asamblea vecinal que elija a sus autoridades.

La constitución de un jueces de paz.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La figura de jueces de paz es la opción constitucional viable frente al caso que se plantea. En ese sentido, el artículo 189

de la Constitución reconoce la conformación de jueces de paz, y establece que: Las juezas y jueces de paz resolveran

en equidad y tendran competencia exclusiva y obligatoria para conocer aquellos conflictos individuales, comunitarios,

vecinales y contravenciones, que sean sometidos a su jurisdiccion, de conformidad con la ley. En ningun caso podra

disponer la privacion de la libertad ni prevalecera sobre la justicia indigena.

Las juezas y jueces de paz utilizaran mecanismos de conciliacion, dialogo, acuerdo amistoso y otros practicados por la

comunidad para adoptar sus resoluciones, que garantizaran y respetaran los derechos reconocidos por la Constitucion.

No sera necesario el patrocinio de abogada o abogado.

Las juezas y jueces de paz deberan tener su domicilio permanente en el lugar donde ejerzan su competencia y contar

con el respeto, consideracion y apoyo de la comunidad. Seran elegidos por su comunidad, mediante un proceso cuya

responsabilidad corresponde al Consejo de la Judicatura y permaneceran en funciones hasta que la propia comunidad

decida su remocion, de acuerdo con la ley. Para ser jueza o juez de paz no se requerira ser profesional en Derecho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 123: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

123

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Seleccione la característica que no corresponde a los jueces de paz que la Constitución reconoce en su artículo 189:

Las opciones incorrectas se constituyen en características de los jueces de paz que reconoce la Constitución. En ese

sentido, el artículo 189 de la Constitución determina que: "Las juezas y jueces de paz resolveran en equidad y tendran

competencia exclusiva y obligatoria para conocer aquellos conflictos individuales, comunitarios, vecinales y

contravenciones, que sean sometidos a su jurisdiccion, de conformidad con la ley. En ningun caso podra disponer la

privacion de la libertad ni prevalecera sobre la justicia indigena.

Las juezas y jueces de paz utilizaran mecanismos de conciliacion, dialogo, acuerdo amistoso y otros practicados por la

comunidad para adoptar sus resoluciones, que garantizaran y respetaran los derechos reconocidos por la Constitucion.

No sera necesario el patrocinio de abogada o abogado.

Las juezas y jueces de paz deberan tener su domicilio permanente en el lugar donde ejerzan su competencia y contar

con el respeto, consideracion y apoyo de la comunidad. Seran elegidos por su comunidad, mediante un proceso cuya

responsabilidad corresponde al Consejo de la Judicatura y permaneceran en funciones hasta que la propia comunidad

decida su remocion, de acuerdo con la ley. Para ser jueza o juez de paz no se requerira ser profesional en Derecho."

Conoce conflictos individuales, comunitarios, vecinales y contravenciones.

Son elegidos por la propia comunidad.

Pueden disponer la privación de libertad en caso de asistencia familiar.

El proceso de elección es responsabilidad del Consejo de la Judicatura.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 189 de la Constitución determina que los jueces de paz establece que: "Las juezas y jueces de paz utilizaran

mecanismos de conciliacion, dialogo, acuerdo amistoso y otros practicados por la comunidad para adoptar sus

resoluciones, que garantizaran y respetaran los derechos reconocidos por la Constitucion."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 124: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

124

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La autoridad de los jueces de paz descansa principalmente en:

Las opciones incorrectas se sustentan en supuestos no contemplados en la Constitución, esto es, al margen de los

dispuesto en su artículo 189, puesto que, los jueces de paz fundan su autoridad, principalmente, en la legitimidad que

tengan frente a la comunidad.

La fuerza coercitiva que puede aplicar para cumplir sus resoluciones.

La legitimidad frente a la comunidad, a través del respeto, consideración y apoyo de esta.

Su elección por voto popular.

En la intervención del Consejo de la Judicatura para el proceso de selección.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 189 de la Constitución determina que: "Las juezas y jueces de paz resolveran en equidad y tendran

competencia exclusiva y obligatoria para conocer aquellos conflictos individuales, comunitarios, vecinales y

contravenciones, que sean sometidos a su jurisdiccion, de conformidad con la ley. En ningun caso podra disponer la

privacion de la libertad ni prevalecera sobre la justicia indigena.

Las juezas y jueces de paz utilizaran mecanismos de conciliacion, dialogo, acuerdo amistoso y otros practicados por la

comunidad para adoptar sus resoluciones, que garantizaran y respetaran los derechos reconocidos por la Constitucion.

No sera necesario el patrocinio de abogada o abogado.

Las juezas y jueces de paz deberan tener su domicilio permanente en el lugar donde ejerzan su competencia y contar

con el respeto, consideracion y apoyo de la comunidad. Seran elegidos por su comunidad, mediante un proceso cuya

responsabilidad corresponde al Consejo de la Judicatura y permaneceran en funciones hasta que la propia comunidad

decida su remocion, de acuerdo con la ley. Para ser jueza o juez de paz no se requerira ser profesional en Derecho."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 125: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

125

A)

B)

C)

D)

Las opciones A), C) y D) son incorrectas porque plantean supuestos al margen del contenido del artículo 189 arriba

anotado.

Denunciar que el Consejo de la Judicatura no tiene competencia para seguir con los procesos de selección de

jueces de paz, pues es competencia de las comunidades.

Denunciar que para constituirse como juez de paz no se requiere de título profesional en Derecho.

Denunciar que la competencia de elegir jueces de paz es de las comunidades.

Denunciar que en comunidades donde no existieran postulante con título en Derecho, debe eximirse de tal

requisito.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 189 de la Constitución determina que: "Las juezas y jueces de paz resolveran en equidad y tendran

competencia exclusiva y obligatoria para conocer aquellos conflictos individuales, comunitarios, vecinales y

contravenciones, que sean sometidos a su jurisdiccion, de conformidad con la ley. En ningun caso podra disponer la

privacion de la libertad ni prevalecera sobre la justicia indigena.

Las juezas y jueces de paz utilizaran mecanismos de conciliacion, dialogo, acuerdo amistoso y otros practicados por la

comunidad para adoptar sus resoluciones, que garantizaran y respetaran los derechos reconocidos por la Constitucion.

No sera necesario el patrocinio de abogada o abogado.

Las juezas y jueces de paz deberan tener su domicilio permanente en el lugar donde ejerzan su competencia y contar

con el respeto, consideracion y apoyo de la comunidad. Seran elegidos por su comunidad, mediante un proceso cuya

responsabilidad corresponde al Consejo de la Judicatura y permaneceran en funciones hasta que la propia comunidad

decida su remocion, de acuerdo con la ley. Para ser jueza o juez de paz no se requerira ser profesional en Derecho."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El Consejo de la Judicatura inició proceso de selección de jueces de paz en varias comunidades, y definió como requisito

para postular ser profesional en Derecho. Diversas comunidades reclamaron que tal requisito se constituía, en los

hechos, en un impedimento que imposibilitaría conformar a estos jueces de paz. ¿Qué deberían reclamar las

comunidades para conseguir su interés de conformar jueces de paz?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 126: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

126

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se sustentan en supuestos al margen de la Constitución. La Constitución señala expresamente

que no es necesario el patrocinio de abogado para presentar una causa ante los jueces de paz.

Sí, porque pretende efectivizar el ejercicio de los derechos de las personas, como ser el derecho a la defensa y

debido proceso.

No, porque acudir a los jueces de paz no requiere de patrocinio de abogado, de acuerdo con la misma

Constitución.

No, porque la Constitución acepta el patrocinio de abogado ante los jueces de paz si este es gratuito.

Sí, porque los proceso ante los jueces de paz puede ser patrocinados por abogados, según determina la misma

Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 189 de la Constitución establece que: "Las juezas y jueces de paz resolveran en equidad y tendran

competencia exclusiva y obligatoria para conocer aquellos conflictos individuales, comunitarios, vecinales y

contravenciones, que sean sometidos a su jurisdiccion, de conformidad con la ley. En ningun caso podra disponer la

privacion de la libertad ni prevalecera sobre la justicia indigena.

Las juezas y jueces de paz utilizaran mecanismos de conciliacion, dialogo, acuerdo amistoso y otros practicados por la

comunidad para adoptar sus resoluciones, que garantizaran y respetaran los derechos reconocidos por la Constitucion.

No sera necesario el patrocinio de abogada o abogado.

Las juezas y jueces de paz deberan tener su domicilio permanente en el lugar donde ejerzan su competencia y contar

con el respeto, consideracion y apoyo de la comunidad. Seran elegidos por su comunidad, mediante un proceso cuya

responsabilidad corresponde al Consejo de la Judicatura y permaneceran en funciones hasta que la propia comunidad

decida su remocion, de acuerdo con la ley. Para ser jueza o juez de paz no se requerira ser profesional en Derecho."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En una comunidad determinada un juez de paz empezó a exigir patrocinio de abogado, para que la intervención de las

partes sea efectiva, en el sentido de que pueda evidenciarse con mayor precisión la petición y defensa de estas.

¿Resulta la medida tomada por el juez de paz acorde a la Constitución?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 127: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

º27

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se sustentan en opciones aleatoriamente escogidas al margen de la Constitución.

Coercionar a la parte responsable con la fuerza pública.

Emitir una sanción a la parte responsable por incumplimiento de su determinación.

Convocar a las partes para iniciar un nuevo proceso de conciliación, diálogo o acuerdo amistoso.

Imponer privación de libertad hasta que se efectúe el pago correspondiente.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El parágrafo segundo del artículo 189 de la Constitución determina que: "Las juezas y jueces de paz utilizaran

mecanismos de conciliacion, dialogo, acuerdo amistoso y otros practicados por la comunidad para adoptar sus

resoluciones, que garantizaran y respetaran los derechos reconocidos por la Constitucion. No sera necesario el

patrocinio de abogada o abogado." En ese sentido, los jueces de paz solo tienen facultades de usar mecanismos

pacíficos de solución de conflictos a través de la concialición, diálogo y acuerdos amistosos. Le es imposible utilizar la

fuerza o coerción. La pregunta da cuenta de la naturaleza que tienen los jueces de paz.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En un conflicto entre vecinos de la misma comunidad por daños causados a la propiedad, se determinó que el vecino

responsable de los daños debería pagar con los gastos para reponer la cosa afectada. Sin embargo, este hizo caso

omiso a esta determinación y hasta la fecha no cubre con los gastos que involucran reponer la cosa afectada. El juez de

paz que conoció la causa puede:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 128: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

128

A)

B)

C)

D)

La opciones incorrectas se fundamentan en supuestos al margen del artículo 190, que regula sobre medios alternativos

de solución de conflictos.

la ley autorice expresamente la posibilidad de arbitraje en determinada empresa o institución pública.

se reciba la aprobación previa y favorable del presidente de la República.

se reciba la aprobación previa y favorable de la Asamblea Nacional.

se tenga un pronunciamiento previo y favorable de la Procuraduría General del Estado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

La pregunta evalúa la comprensión de lo que significa el arbitraje con empresas o instituciones públicas. En ese sentido,

el parágrafo segundo del artículo 190 de la Constitución establece que: "En la contratacion publica procedera el arbitraje

en derecho, previo pronunciamiento favorable de la Procuraduria General del Estado, conforme a las condiciones

establecidas en la ley."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El arbitraje en la contratación pública es posible siempre que:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 129: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

129

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no se sustentan en la necesidad de que toda persona cuente con una defensa legal, inclusive

cuando esta rechace contratar a un abogado.

No, porque la Defensoría Pública asume defensa de personas con baja condición económica, social o cultural,

para contratar a un abogado.

No, porque la Constitución respeta la libertad de la persona de no asumir defensa.

Sí, porque ninguna persona puede enfrentar un proceso penal sin defensa legal técnica, y ante este supuesto

es competencia de la Defensoría Pública actuar.

Sí, porque la Defensoría Pública debe asumir la defensa de todos los acusados de asesinato.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El parágrafo primero del artículo 191 de la Constitución establece que: "La Defensoria Publica es un organo autonomo

de la Funcion Judicial cuyo fin es garantizar el pleno e igual acceso a la justicia de las personas que, por su estado de

indefension o condicion economica, social o cultural, no puedan contratar los servicios de defensa legal para la

proteccion de sus derechos." Dicha disposición asegura que en caso de indefensión se habilita la posibilidad de que la

defensoría pública asume la defensa de cualquier persona, inclusive ante su negativa de contratar un abogado. El

Estado no está habilitado a seguir un proceso penal sin que la parte imputada cuente con una defensa legal técnica.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En el caso de una mujer asesinada se tenía como principal sospechoso a su esposo multimillonario. Dentro el proceso

penal que se le inició formalmente, este declaró que la sospecha y acusación del Ministerio Público era una injusticia,

decidiendo no asumir defensa dentro el mencionado proceso, por lo que no contrató ningún abogado que le defendiera.

Frente a este hecho, ¿Puede la defensoría pública asumir la defensa de un multimillonario?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 130: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

130

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas son supuestos aleatorios que se encuentran al margen de la Constitución. La respuesta

correcta se fundamenta en el artículo 191 de la Constitución, arriba anotado.

A las de la Fiscalía General del Estado.

A las de la Procuraduría General del Estado.

A las del Consejo de la Judicatura.

A las del Consejo de Participación Popular y Control Social.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El parágrafo tercero del artículo 191 de la Constitución establece que: "La Defensoria Publica es indivisible y funcionara

de forma desconcentrada con autonomia administrativa, economica y financiera; estara representada por la Defensora

Publica o el Defensor Publico General y contara con recursos humanos, materiales y condiciones laborales equivalentes

a las de la Fiscalia General del Estado."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para asegurar el patrocinio y asesoria juridica de los derechos de las personas e igualdad en el campo del litigio, la

Defensora Publica o el Defensor Publico General y contara con recursos humanos, materiales y condiciones laborales

equivalentes:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 131: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

131

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas son supuestos que no responden al contenido del artículo constitucional arriba citado.

En el ámbito penal.

En el ámbito penal y familiar.

En el ámbito penal, familiar y niñez y adolescencia.

En todas las materias.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El parágrafo segundo del artículo 191 determina que: "La Defensoria Publica prestara un servicio legal, tecnico,

oportuno, eficiente, eficaz y gratuito, en el patrocinio y asesoria juridica de los derechos de las personas, en todas las

materias e instancias."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Defensoría Pública prestará servicios en:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 132: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

132

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos alternos fuera de lo que dispone la Constitución, concretamente,

el artículo 193, arriba anotado.

La Fiscalía General del Estado, en la evaluación de casos de manera conjunta.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para la implementación de políticas públicas a favor de las

personas de escasos recursos y grupos de atención prioritaria.

Las facultades de Derecho de las universidades, que organizaran y mantendran servicios de defensa y asesoria

juridica.

El Defensor del Pueblo, que ofrecerá ayuda técnica en la defensa de personas de escasos recursos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 193 de la Constitución determina que: "Las facultades de Jurisprudencia, Derecho o Ciencias Juridicas de las

universidades, organizaran y mantendran servicios de defensa y asesoria juridica a personas de escasos recursos

economicos y grupos que requieran atencion prioritaria."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Como parte de la política pública de prestación de servicios de defensa y asesoría jurídica a personas de escasos

recursos económicos y grupos que requieran atención prioritaria, la Constitución establece que la Defensoría Pública

estará acompañada en su misión por:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 133: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

133

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos no establecidos en la Constitución, concretamente, en el artículo 193.

La Fiscalía General del Estado.

La Defensoría Pública.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

La Contraloría General del Estado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 193 determina que: "Las facultades de Jurisprudencia, Derecho o Ciencias Juridicas de las universidades,

organizaran y mantendran servicios de defensa y asesoria juridica a personas de escasos recursos economicos y

grupos que requieran atencion prioritaria.

Para que otras organizaciones puedan brindar dicho servicio deberan acreditarse y ser evaluadas por parte de la

Defensoria Publica."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En un caso controvertido, un grupo de personas que fueron acusadas de algunos delitos estaban siendo defendidas por

una organización de la sociedad civil que presta servicios jurídicos a personas de escasos recursos. Sin embargo, se

acusó que esta organización no contaba con la acreditación y avaluación de:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 134: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

134

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas utilizan supuestos no definidos en la Constitución como correctos. El artículo 195 de la

Constitución, arriba anotado, da cuenta que la respuesta correcta es: La Fiscalía.

La Fiscalía General del Estado.

El Fiscal General.

El Procurador General del Estado.

La Defensoría Pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

La pregunta da cuenta de que el responsable de investigación preprocesal y procesal penal está a cargo de la fiscalía

como institución y no del Fiscal General. En ese sentido, el artículo 195 de la Constitución establece que: "

Art. 195.- La Fiscalia dirigira, de oficio o a peticion de parte, la investigacion preprocesal y procesal penal; durante el

proceso ejercera la accion publica con sujecion a los principios de oportunidad y minima intervencion penal, con especial

atencion al interes publico y a los derechos de las victimas. De hallar merito acusara a los presuntos infractores ante el

juez competente, e impulsara la acusacion en la sustanciacion del juicio penal.

Para cumplir sus funciones, la Fiscalia organizara y dirigira un sistema especializado integral de investigacion, de

medicina legal y ciencias forenses, que incluira un personal de investigacion civil y policial; dirigira el sistema de

proteccion y asistencia a victimas, testigos y participantes en el proceso penal; y, cumplira con las demas atribuciones

establecidas en la ley."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La dirección de la investigacion preprocesal y procesal penal está a cargo de:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 135: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

135

A)

B)

C)

D)

Los demás supuestos son incorrectos porque no expresan el concepto que se presenta en la pregunta, esto es, de

intervernción mínima penal.

Principio de proporcionalidad.

Principio de mínima intervención penal.

Principio de oportunidad.

Principio de eficacia penal.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El primer parágrafo del artículo 195 de la Constitución establece que: "La Fiscalia dirigira, de oficio o a peticion de parte,

la investigacion preprocesal y procesal penal; durante el proceso ejercera la accion publica con sujecion a los principios

de oportunidad y minima intervencion penal, con especial atencion al interes publico y a los derechos de las victimas. De

hallar merito acusara a los presuntos infractores ante el juez competente, e impulsara la acusacion en la sustanciacion

del juicio penal."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución, la Fiscalía no debe intervenir de frente a la regulación de todos los comportamientos de

la persona en sociedad, sino solo en aquellos más graves que dañan bienes jurídicos importante. ¿A qué principio

constitucional se refiere esto?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 136: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

136

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas manejan supuestos que no coinciden con el contenido de la pregunta, pues en ella se describe

el principio de oportunidad que le corresponde a la Fiscalía.

Eficacia penal.

Proporcionalidad.

Mínima intervención.

Oportunidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El primer parágrafo del artículo 195 de la Constitución dispone que: "La Fiscalia dirigira, de oficio o a peticion de parte, la

investigacion preprocesal y procesal penal; durante el proceso ejercera la accion publica con sujecion a los principios de

oportunidad y minima intervencion penal, con especial atencion al interes publico y a los derechos de las victimas. De

hallar merito acusara a los presuntos infractores ante el juez competente, e impulsara la acusacion en la sustanciacion

del juicio penal."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Fiscalía cuenta con la posibilidad de no adelantar un proceso penal contra alguien, puesto que en algunas

circunstancias existen ventajas en la renuncia de la acción penal que en el enjuiciamiento de una persona. Este

supuesto está reconocido en la Constitución bajo el principio de:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 137: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

137

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas son supuestos al margen de lo establecido en el artículo 195 de la Constitución, arriba anotado.

La Fiscalía.

La Policía Nacional

La Presidencia de la República, a través del ministerio del ramo.

Al Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El parágrafo segundo del artículo 195 de la Constitución determina que: "Para cumplir sus funciones, la Fiscalia

organizara y dirigira un sistema especializado integral de investigacion, de medicina legal y ciencias forenses, que

incluira un personal de investigacion civil y policial; dirigira el sistema de proteccion y asistencia a victimas, testigos y

participantes en el proceso penal; y, cumplira con las demas atribuciones establecidas en la ley."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La organización y dirección de un sistema especializado integral de investigacion de delitos, de medicina legal y ciencias

forenses, corresponde a:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 138: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

138

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se encuentran al margen de lo regulado por la Constitución. Pues es atribución del Fiscal

General generar las evaluaciones periódicas, además de que la permanencia se fundamenta en evaluaciones periódicas.

No, porque vulnera el derecho al trabajo de los servidores, que solo pueden ser destituidos bajo procedimiento.

Sí, porque la evaluación periódica es condición para la permanencia en la carrera fiscal.

No, porque el Fiscal General no cuenta con la atribución de reformar la Fiscalía.

Sí, porque el Fiscal cuenta con la atribución de despedir fiscales sin necesidad de evaluación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 197 de la Constitución determina que: "Se reconoce y garantiza la carrera fiscal, cuyas regulaciones se

determinaran en la ley.

La profesionalizacion con base en la formacion continua, asi como la evaluacion periodica de sus servidoras y

servidores, seran condiciones indispensables para la promocion y permanencia en la carrera fiscal."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En un contexto de crisis judicial, el nuevo Fiscal General del Estado decidió implementar una política pública por la cual

se desea reformar a la Fiscalía. En ese sentido, se promovió una evaluación de servidores en la que sus resultados

fueron adversos a muchos fiscales, debido a que se procedió a la destitución de aquellos que no pasaron la evaluación.

¿Resulta constitucional la medida asumida por el nuevo Fiscal, en el sentido de vulnerar la carrera fiscal?

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 139: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

139

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se encuentran al margen de lo dispuesto por la Constitución, según se confirma en el

contenido del artículo 198 constitucional, arriba anotado.

No, porque Presidencia de la República no cuenta con esa competencia.

No, porque solo la Asamblea tienen facultad para establecer quién dirigirá el aludido sistema de protección.

No, porque la Constitución establece que el referido sistema de protección corresponde a la Fiscalía General

del Estado.

No, porque la Constitución dispone que el aludido sistema de protección estará a cargo de una autoridad

autónoma designada por la Asamblea Nacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El parágrafo primero del artículo 198 de la Constitución dispone que: "La Fiscalia General del Estado dirigira el sistema

nacional de proteccion y asistencia a victimas, testigos y otros participantes en el proceso penal, para lo cual coordinara

la obligatoria participacion de las entidades publicas afines a los intereses y objetivos del sistema y articulara la

participacion de organizaciones de la sociedad civil."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En un caso relacionado a la corrupción, un testigo que estaba bajo protección, para declarar contra importantes

autoridades militares, fue acribillado en el domicilio en el que residía con su familia. Como consecuencia de ello, el

gobierno nacional sugirió que el sistema nacional de proteccion y asistencia a victimas, testigos y otros participantes en

el proceso penal, pasaría a competencia del Ministerio de Justicia. ¿Es viable tal propuesta, desde el punto de vista

constitucional?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 140: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

140

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas reunen supuestos escogidos aleatoriamente al margen de la Constitución.

Consejo de la Judicatura.

Servicio Nacional Notarial.

El servicio notarial no está a cargo de ninguna institución.

La Presidencia de la República, a través del Ministerio del ramo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 199 de la Constitución determina que: "Los servicios notariales son publicos. En cada canton o distrito

metropolitano habra el numero de notarias y notarios que determine el Consejo de la Judicatura. Las remuneraciones de

las notarias y notarios, el regimen de personal auxiliar de estos servicios, y las tasas que deban satisfacer los usuarios,

seran fijadas por el Consejo de la Judicatura. Los valores recuperados por concepto de tasas ingresaran al Presupuesto

General del Estado conforme lo que determine la ley." A la vez el artículo 200 señala que los notarios serán designados

por el Consejo de la Judicatura.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El servicio notarial está a cargo de:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 141: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

141

A)

B)

C)

D)

Los supuestos de las opciones incorretas no coinciden con el contenido del artículo 202, arriba anotado.

La Presidencia de la República.

Un Ministerio de Estado.

Un organismo de rehabilitación social compuesto por representantes de la Función Ejecutiva y profesionales.

Una institución autónoma específica encargada de la rehabilitación social.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 202 de la Constitución, en sus parágrafos tercero y cuarto, determina que: "El directorio del organismo de

rehabilitacion social se integrara por representantes de la Funcion Ejecutiva y profesionales que seran designados de

acuerdo con la ley. La Presidenta o Presidente de la Republica designara a la ministra o ministro de Estado que presidira

el organismo.

El personal de seguridad, tecnico y administrativo del sistema de rehabilitacion social sera nombrado por el organismo de

rehabilitacion social, previa evaluacion de sus condiciones tecnicas, cognoscitivas y psicologicas."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El sistema de rehabilitación social está a cargo de:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 142: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

142

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen del artículo 202 de la Constitución, arriba citado.

Elaborar informes sobre la condición de derechos humanos de los privados de libertad.

No existe constitucionalmente el sistema de rehabilitación social.

La reinserción social de privados de libertad y la protección y garantía de sus derechos.

Se cumpla con la privación de libertad de las personas condenadas con penas de privación, bajo el respeto de

sus derechos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 202 de la Constitución determina que: "El sistema de rehabilitacion social tendra como finalidad la

rehabilitacion integral de las personas sentenciadas penalmente para reinsertarlas en la sociedad, asi como la proteccion

de las personas privadas de libertad y la garantia de sus derechos."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El sistema de rehabilitación social tiene por finalidad:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 143: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

143

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen de lo establecido en el artículo 203 de la Constitución.

No, ya que la decisión del juez se encuentra fundamentada en un hecho fáctico que se constitiye en un

problema real.

Sí, ya que la Constitución determina que las personas detenidas provisionalmente solo pueden serlo en centros

de rehabilitación social y detención provisional.

Sí, porque la detención provisional solo puede ejecutarse en centros de rehabilitación social o en cuarteles

policiales.

No, porque procede la acción de protección.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 89 establece que: "La accion de habeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre

privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegitima, por orden de autoridad publica o de cualquier persona, asi como

proteger la vida y la integridad fisica de las personas privadas de libertad."

Por otro lado, el parágrago segundo del numeral 1 del artículo 203 de la Constitución dispone que: "Solo los centros de

rehabilitacion social y los de detencion provisional formaran parte del sistema de rehabilitacion social y estaran

autorizados para mantener a personas privadas de la libertad. Los cuarteles militares, policiales, o de cualquier otro tipo,

no son sitios autorizados para la privacion de la libertad de la poblacion civil."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un juez del ámbito penal dispuso la detención provisional de una persona en un cuartel militar, debido al hacinamiento

del centro de rehabilitación de su provincia. Por ello, la persona afectada con tal decisión interpuso acción de habeas

corpus. ¿Podría proceder esta acción?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 144: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

144

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no coinden con el texto constitucional conforme se desglosa más arriba.

Las personas procesadas penalmente de escasos recursos que no cuenten con defensa técnica.

Las víctimas de delitos.

Los privados de libertad o detenidos provisionalmente.

Los testigos de casos complejos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 202 de la Constitución regula el modo en que se integrará el sistema de rehabilitación social, y es el único

sistema que no cuenta con una institución autónoma de los demás poderes que lo respalde. Los testigos y las víctimas

cuentan con la Fiscalía General, las personas de escasos recursos cuentan con la Defensoría Pública, y los privados de

libertad cuentan con un sistema de rehabilitación que será compuesto por actores principalmente designado por el

Presidente. En ese sentido, el artículo 202 determina que: "El sistema garantizara sus finalidades mediante un

organismo tecnico encargado de evaluar la eficacia de sus politicas, administrar los centros de privacion de libertad y

fijar los estandares de cumplimiento de los fines del sistema.

Los centros de privacion de libertad podran ser administrados por los gobiernos autonomos descentralizados, de acuerdo

con la ley.

El directorio del organismo de rehabilitacion social se integrara por representantes de la Funcion Ejecutiva y

profesionales que seran designados de acuerdo con la ley. La Presidenta o Presidente de la Republica designara a la

ministra o ministro de Estado que presidira el organismo.

El personal de seguridad, tecnico y administrativo del sistema de rehabilitacion social sera nombrado por el organismo de

rehabilitacion social, previa evaluacion de sus condiciones tecnicas, cognoscitivas y psicologicas."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Función Judicial, además de su estructura y organización jurisdiccional, se encuentra establecida a partir de un

conjunto de entidades institucionales de diversa naturaleza, que, principalmente, atienden grupos de personas

vulnerables que deben afrontar el sistema penal. En ese sentido, ¿Cuál de estos grupos no cuenta con una institución

autónoma a los demás poderes, que pueda velar por sus intereses?

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 145: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

145

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas desconocen la figura del pleno de la Corte como principal instancia de esta.

Dos tercios de los jueces.

Por el pleno de la Corte.

Por cada una de las salas que compone la Corte Constitucional.

Por el presidente de la Corte Constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

La pregunta está dirigida a evidenciar la comprensión de la figura del pleno de la Corte, como instancia única para la

resolución de casos. En ese sentido, el artículo 429 de la Constitución determina que: "La Corte Constitucional es el

maximo organo de control, interpretacion constitucional y de administracion de justicia en esta materia. Ejerce

jurisdiccion nacional y su sede es la ciudad de Quito.

Las decisiones relacionadas con las atribuciones previstas en la Constitucion seran adoptadas por el pleno de la Corte."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Corte Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las decisiones de la Corte Constitucional relacionadas a sus atribuciones serán adoptadas por:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 146: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

146

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos equivocados al contenido del artículo 429, pues la Corte Constitucional no

se constituye en el máximo órgano de la Función Judicial, de la justicia indígena o de la jurisdicción judicial y

administrativa.

de la Función Judicial.

de la administración de justicia en materia constitucional.

de la Función Judicial y justicia indígena.

de la jurisdicción judicial y administrativa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 429 de la Constitución determina que: "La Corte Constitucional es el maximo organo de control, interpretacion

constitucional y de administracion de justicia en esta materia. Ejerce jurisdiccion nacional y su sede es la ciudad de

Quito.

Las decisiones relacionadas con las atribuciones previstas en la Constitucion seran adoptadas por el pleno de la Corte."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Corte Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Corte Constitucional es el máximo órgano:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 147: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

147

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen de lo establecido en la Constitución, específicamente,

en su artículo 429.

De la Asamblea Nacional, cuando se dispone emitir una ley interpretativa.

De la Corte Nacional de Justicia en las materias que le corresponden.

De la Corte Constitucional.

De hecho, no existe órgano de cierre, considerando que cada instancia cuenta con la facultad de consituirse en

órgano de cierre de la interpretación constitucional que le corresponde.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 429 de la Constitución determina que: "La Corte Constitucional es el maximo organo de control, interpretacion

constitucional y de administracion de justicia en esta materia. Ejerce jurisdiccion nacional y su sede es la ciudad de

Quito.

Las decisiones relacionadas con las atribuciones previstas en la Constitucion seran adoptadas por el pleno de la Corte."

Asimismo, el artículo 436 de la Constitución determina que: "La Corte Constitucional ejercera, ademas de las que le

confiera la ley, las siguientes atribuciones:

1. Ser la maxima instancia de interpretacion de la Constitucion, de los tratados internacionales de derechos humanos

ratificados por el Estado ecuatoriano, a traves de sus dictamenes y sentencias. Sus decisiones tendran caracter

vinculante. (…)"

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Corte Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El órgano de cierre de la facultad de interpretación constitucional es:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 148: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

148

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas abre la puerta de que las autoridades de la Corte puedan ser procesadas por otras instancias

de poder, y contradicen lo dispuesto por el artículo constitucional arriba anotado.

El Fiscal General del Estado.

Por la Asamblea Nacional.

Por una Comisión de los poderes que seleccionan a los miembros de la Corte.

Por los miembros de la misma Corte.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 431 de la Constitución determina que: "Los miembros de la Corte Constitucional no estaran sujetos a juicio

politico ni podran ser removidos por quienes los designen. No obstante, estaran sometidos a los mismos controles que el

resto de autoridades publicas y responderan por los demas actos u omisiones que cometan en el ejercicio de sus

funciones.

Sin perjuicio de la responsabilidad civil, en caso de responsabilidad penal unicamente seran acusados por la Fiscal o el

Fiscal General de la Nacion y juzgados por el pleno de la Corte Nacional de Justicia, para cuyo efecto se requerira el

voto conforme de las dos terceras partes de sus integrantes.

Su destitucion sera decidida por las dos terceras partes de los integrantes de la Corte Constitucional. El procedimiento,

los requisitos y las causas se determinaran en la ley."

Al mismo tiempo, la Corte Constitución dejó sentado en Resolucion de la Corte Constitucional No. 3, publicada en

Registro Oficial Suplemento 372 de 27 de Enero del 2011, que: "El articulo 431, primer inciso de la Constitucion, con

toda claridad excluye cualquier posibilidad de juicio politico o remocion en contra de jueces de la Corte Constitucional por

cualquier organismo que no sea la propia Corte Constitucional, con el voto favorable de las dos terceras partes de sus

miembros; tampoco hay otra norma constitucional que autorice lo contrario, por lo que no existe en la Carta Suprema

vacio o antinomia alguna que provoque dudas al respecto."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Corte Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los miembros de la Corte Constitucional solo pueden ser sometidos a juicio político por:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 149: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

149

A)

B)

C)

D)

Los supuestos incorrectos se constituyen en planteamientos al marge de lo arriba anotado.

Sí, porque la Constitución determina que solo la acusación es facultad exclusiva del Fiscal General del Estado.

No, puesto que los jueces constitucionales no pueden ser juzgados por delitos comunes hasta la conclusión de

sus funciones.

No, porque la facultad de indagar y acusar es exclusiva del Fiscal General del Estado.

No, porque se debe constituir una Comisión especial para tal efecto.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 431 de la Constitución determina que: "Los miembros de la Corte Constitucional no estaran sujetos a juicio

politico ni podran ser removidos por quienes los designen. No obstante, estaran sometidos a los mismos controles que el

resto de autoridades publicas y responderan por los demas actos u omisiones que cometan en el ejercicio de sus

funciones.

Sin perjuicio de la responsabilidad civil, en caso de responsabilidad penal unicamente seran acusados por la Fiscal o el

Fiscal General de la Nacion y juzgados por el pleno de la Corte Nacional de Justicia, para cuyo efecto se requerira el

voto conforme de las dos terceras partes de sus integrantes.

Su destitucion sera decidida por las dos terceras partes de los integrantes de la Corte Constitucional. El procedimiento,

los requisitos y las causas se determinaran en la ley."

Al mismo tiempo, la Corte Constitución dejó sentado en Resolucion de la Corte Constitucional No. 3, publicada en

Registro Oficial Suplemento 372 de 27 de Enero del 2011, que: "En el caso de responsabilidad penal por el eventual

cometimiento de delitos comunes como Jueces miembros de la Corte Constitucional, la indagacion y acusacion debera

ser realizada por la Fiscal o el Fiscal General de la Republica, y posteriormente juzgados por el Pleno de la Corte

Nacional de Justicia, mediante sentencia emitida con el voto conforme de las dos terceras partes de sus miembros."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Corte Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un juez de la Corte Constitucional se ha visto involucrado en una denuncia de violencia intrafamiliar interpuesta por su

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 150: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

150

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se encuentran al margen de lo establecido en el artículo 431 de la Constitución.

No, porque no pueden ser removidos por quienes los designen.

No, porque es una facultad del Consejo de la Judicatura.

Sí, pero solo si se cuenta con dos tercios de votos favorables a la destitución.

Sí, siempre que se evidente el delito en que incurrieron los jueces constitucionales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 431 de la Constitución determina que: "Los miembros de la Corte Constitucional no estaran sujetos a juicio

politico ni podran ser removidos por quienes los designen. No obstante, estaran sometidos a los mismos controles que el

resto de autoridades publicas y responderan por los demas actos u omisiones que cometan en el ejercicio de sus

funciones.

Sin perjuicio de la responsabilidad civil, en caso de responsabilidad penal unicamente seran acusados por la Fiscal o el

Fiscal General de la Nacion y juzgados por el pleno de la Corte Nacional de Justicia, para cuyo efecto se requerira el

voto conforme de las dos terceras partes de sus integrantes.

Su destitucion sera decidida por las dos terceras partes de los integrantes de la Corte Constitucional. El procedimiento,

los requisitos y las causas se determinaran en la ley."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Corte Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro una acción de inconstitucionalidad los jueces de la Corte Constitucional decidieron suspender los efectos de una

ley hasta que se pronuncie la decisión final sobre el control de constitucionalidad de la norma objeto de control. Frente a

este hecho, miembros de la Asamblea Nacional denunciaban que dicho acto resultaba contrario al principio de

presunción de constitucionalidad, y anunciaron que procesos de destitución. ¿Es posible que la Asamblea pueda

promover procesos de destitución de miembros de la Corte Constitucional?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 151: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

151

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos que permitirían la inaplicación del artículo 434 de la Constitución, en

relación a la paridad de hombre y mujeres.

No, porque la Constitución no establece que la paridad de hombre y mujeres es aplicable a la Corte

Constitucional.

Sí, porque la designación de jueces de la Corte Constitucional debe respetar la paridad de hombres y mujeres.

No, porque la elección de jueces de la Corte está guiada, principalmente, por el criterio meritocrático.

No, porque no se encuentra contemplada en la Constitución la posibilidad de impugnar el proceso de

designación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

La opción correcta se funda en el artículo 434 de la Constitución, que establece que: "Los miembros de la Corte

Constitucional se designaran por una comision calificadora que estara integrada por dos personas nombradas por cada

una de las funciones, Legislativa, Ejecutiva y de Transparencia y Control Social. La seleccion de los miembros se

realizara de entre las candidaturas presentadas por las funciones anteriores, a traves de un proceso de concurso

publico, con veeduria y posibilidad de impugnacion ciudadana. En la integracion de la Corte se procurara la paridad entre

hombres y mujeres." Mientras una disposición como esta se plasme en el texto constitucional, es de inmediato

cumplimiento, y en caso de incumplimiento quedan habilitadas las vías legales correspondientes para hacer cumplir la

Constitución.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Corte Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro un proceso de designación de jueces de la Corte Constitucional salieron elegidos 7 hombre y 2 mujeres. Frente a

ello, se ha criticado que el proceso no respetó la paridad entre hombres y mujeres. ¿Es posible impugnar el proceso por

ausencia de paridad entre hombres y mujeres?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 152: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

152

A)

B)

C)

D)

Los supuestos planteados en las opciones incorrectas se encuentran al margen de la disposición arriba citada, y

corresponden a diferentes figuras que corresponden al control de constitucionalidad.

Control de constitucionalidad posterior.

Acciones de incumplimiento.

Dictamen previo y vinculante de constitucionalidad.

De hecho, no son objeto de control de constitucionalidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Los supuestos que se formulan en la pregunta deben ser objeto de control previo de constitucionalidad, entre las

atribuciones de la Corte Constitucional se encuentra el artículo 438 de la Constitución, que establece: "La Corte

Constitucional emitira dictamen previo y vinculante de constitucionalidad en los siguientes casos, ademas de los que

determine la ley:

1. Tratados internacionales, previamente a su ratificacion por parte de la Asamblea Nacional.

2. Convocatorias a consultas populares de caracter nacional o a nivel de los gobiernos autonomos descentralizados.

3. Objeciones de inconstitucionalidad presentadas por la Presidenta o Presidente de la Republica en el proceso de

formacion de las leyes."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Corte Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los tratados internacionales, las convocatorias a consultas previas y las objeciones de inconstitucionalidad interpuestas

por el presidente en el proceso de formación de leyes, son objeto de:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 153: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

153

A)

B)

C)

D)

La opción A) es incorrecta porque menciona un supuesto ambiguo escogido de manera aleatoria.

La opción B) es incorrecta porque el carácter vinculante de sus decisiones no determina que naturaleza como órgano de

cierre.

La opción C) es incorrecta porque plantea uno de los supuestos, dejando de lado el carácter de inapelable.

Su posición institucional.

En el carácter vinculante de sus decisiones.

En el carácter definitivo de sus decisiones.

En que sus decisiones tendrán el carácter de definitivos e inapelables.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

La pregunta relaciona la naturaleza de la Corte como órgano de máxima instancia y de sus decisiones. El carácter de

estas últimas definen la naturaleza de la Corte como instancia de cierre, pues si sus decisiones no son definitivas e

inapelables se pondría en cuestionamiento su naturaleza como instancia de cierre. En ese sentido, el artículo 440 de la

Constitución establece que: "Las sentencias y los autos de la Corte Constitucional tendran el caracter de definitivos e

inapelables."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Corte Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución la Corte Constitucional es el maximo organo de control, interpretacion constitucional y de

administracion de justicia en esta materia, esto se refleja de mejor manera en:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 154: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

154

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos al margen de la Constitución.. La opción A) peca de constituirse en una

respuesta general. La opción B) plantea un supuesto obvio que no se constituye en un requisito para la admisión de la

acción extraordinaria de protección. La opción D) restringe la admisión de la acción a un supuesto en concreto, dejando

de lado otros que puedan emerger de los diferentes procesos y ser lesivos a otros derechos.

Se demuestre que la sentencia, auto o resolución viola la Constitución.

Se demuestre que la sentencia, auto o resolución ha sido emitida por una autoridad judicial.

Se demuestre lesión al debido proceso u otros derechos reconocidos en la Constitución.

Se demuestre que la decisión que se impugna no valoró los hecho y las pruebas del caso a luz de la

Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 437 de la Constitución determina que: "Los ciudadanos en forma individual o colectiva podran presentar una

accion extraordinaria de proteccion contra sentencias, autos definitivos y resoluciones con fuerza de sentencia. Para la

admision de este recurso la Corte constatara el cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Que se trate de sentencias, autos y resoluciones firmes o ejecutoriados.

2. Que el recurrente demuestre que en el juzgamiento se ha violado, por accion u omision, el debido proceso u otros

derechos reconocidos en la Constitucion."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Corte Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para la admisión de la acción extraordinaria de protección, además de que la sentencia, auto o resolución que se

impugna sea firme o ejecutoriado, es imprescindible que:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 155: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

155

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos fuera de los establecidos en el artículo 437 de la Constitución que

regula sobre las reglas de admisión de la acción extraordinaria de protección.

Se trate de una decisión judicial.

Se trate de una decisión firme o ejecutoriada.

Se hayan cumplido con los recaudos de ley.

Se interponga ante la Corte Constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 437 de la Constitución determina que: "Los ciudadanos en forma individual o colectiva podran presentar una

accion extraordinaria de proteccion contra sentencias, autos definitivos y resoluciones con fuerza de sentencia. Para la

admision de este recurso la Corte constatara el cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Que se trate de sentencias, autos y resoluciones firmes o ejecutoriados.

2. Que el recurrente demuestre que en el juzgamiento se ha violado, por accion u omision, el debido proceso u otros

derechos reconocidos en la Constitucion."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Corte Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para la admisión de la acción extraordinaria de protección, además de que se debe demostrar la violación del debido

proceso u otros derechos reconocidos en la Constitución, es imprescindible que:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 156: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

156

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen del artículo 438 de la Constitución, puesto que la

facultad de solicitar el control previo de constitucionalidad en la formación de leyes es del presidente de la República.

Objeciones de inconstitucionalidad presentadas por el presidente en la formación de leyes.

Objeciones de inconstitucionalidad presentadas por asambleístas en la formación de leyes.

Objeciones de inconstitucionalidad presentadas por autoridades públicas en la formación de leyes.

Objeciones de inconstitucionalidad presentadas por la sociedad civil en la formación de leyes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 438 de la Constitución dispone que: "La Corte Constitucional emitira dictamen previo y vinculante de

constitucionalidad en los siguientes casos, ademas de los que determine la ley:

1. Tratados internacionales, previamente a su ratificacion por parte de la Asamblea Nacional.

2. Convocatorias a consultas populares de caracter nacional o a nivel de los gobiernos autonomos descentralizados.

3. Objeciones de inconstitucionalidad presentadas por la Presidenta o Presidente de la Republica en el proceso de

formacion de las leyes."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Corte Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución dispone que el control previo de constitucionalidad es ejercido en determinados supuestos, es decir,

además del control previo de tratados internacionales y convocatorias a consultas populares, este se aplica en:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 157: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

157

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen del artículo 438 de la Constitución

Tratados internacionales de derechos humanos.

Convocatorias a consultas populares.

Objeciones de inconstitucionalidad presentadas por asambleístas en la formación de leyes.

La formación de decretos presidenciales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 438 de la Constitución dispone que: "La Corte Constitucional emitira dictamen previo y vinculante de

constitucionalidad en los siguientes casos, ademas de los que determine la ley:

1. Tratados internacionales, previamente a su ratificacion por parte de la Asamblea Nacional.

2. Convocatorias a consultas populares de caracter nacional o a nivel de los gobiernos autonomos descentralizados.

3. Objeciones de inconstitucionalidad presentadas por la Presidenta o Presidente de la Republica en el proceso de

formacion de las leyes."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Corte Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución dispone que el control previo de constitucionalidad es ejercido en determinados supuestos, es decir,

además del control previo de tratados internacionales y de la formación de leyes bajo objeción objeciones de

inconstitucionalidad presentadas por la Presidenta o Presidente de la Republica, este se aplica en:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 158: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

158

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas reflejan supuestos que no coinciden con las disposiciones citadas más arriba, por lo que la

opción correcta es legitimación activa abierta.

Legitmación activa restringida.

Legitmación pasiva.

Legitimación activa abierta.

Legitimación procesal

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 439 de la Constitución señala que: "Las acciones constitucionales podran ser presentadas por cualquier

ciudadana o ciudadano individual o colectivamente."

En esa misma línea, el artículo 9 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Normativo señala que: "Las

acciones para hacer efectivas las garantías jurisdiccionales previstas en la Constitución y esta ley, podrán ser ejercidas:

a) Por cualquier persona, comunidad, pueblo, nacionalidad o colectivo, quien actuará por sí misma o a través de

representante o apoderado; y,

b) Por el Defensor del Pueblo."

Al mismo tiempo, el artículo 77 de la misma Ley indica que: "La demanda de inconstitucionalidad puede ser propuesta

por cualquier persona, individual o colectivamente."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Corte Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución declara que ante la Corte Constitucional puede acudir cualquier persona individual o colectiva a través

de cualquier acción constitucional. ¿A través de qué figura jurídica procesal se expresa esta apertura?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 159: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

159

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos aleatoriamente escogidos al margen de la Constitución. Sin

embargo, la opción C) ha sido el argumento para señalar que las decisiones del Tribunal Contencioso Electoral no

pueden ser revisadas vía constitucional, no obstante, es pertinente tener presente, por un lado, que las funciones de

la Corte son de interpretación constitucional y protección de derechos, y, por otro lado, es necesario ponderar que

para la designación de miembros de la Corte se requiere de la intervención de tres de las funciones del Estado, y

para la del Tribunal Electoral solo una. Esto marca de alguna manera un peso de relevancia y legitimidad.

Sí, porque la Corte Constitucional se constituye en última instancia de la Función Judicial.

Sí, puesto que un conflicto electoral podría elevarse a un conflicto constitucional en caso de vulneración del

debido proceso o cualquier otro derecho constitucionalmente reconocido.

No, porque la misma Constitución establece que las decisiones del Tribunal Contencioso Electoral son de

última instancia, por lo que no cabe recurso ulterior.

No, puesto que la Corte Constitucional no cuenta con la facultad de revisar decisiones electorales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 221 de la Constitución determina que: "El Tribunal Contencioso Electoral tendra, ademas de las

funciones que determine la ley, las siguientes:

1. Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los organismos

desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones politicas.

2. Sancionar por incumplimiento de las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general por

vulneraciones de normas electorales.

3. Determinar su organizacion, y formular y ejecutar su presupuesto.

Sus fallos y resoluciones constituiran jurisprudencia electoral, y seran de ultima instancia e inmediato cumplimiento."

A la vez el artículo 94 de la Constitución dispone que: "La accion extraordinaria de proteccion procedera contra

sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por accion u omision derechos reconocidos en la

Constitucion, y se interpondra ante la Corte Constitucional. El recurso procedera cuando se hayan agotado los

recursos ordinarios y extraordinarios dentro del termino legal, a menos que la falta de interposicion de estos recursos

no fuera atribuible a la negligencia de la persona titular del derecho constitucional vulnerado."

Por último, el artículo 437 de la Constitución señala que: "Los ciudadanos en forma individual o colectiva podran

presentar una accion extraordinaria de proteccion contra sentencias, autos definitivos y resoluciones con fuerza de

sentencia. Para la admision de este recurso la Corte constatara el cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Que se trate de sentencias, autos y resoluciones firmes o ejecutoriados.

2. Que el recurrente demuestre que en el juzgamiento se ha violado, por accion u omision, el debido proceso u otros

derechos reconocidos en la Constitucion."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tribunal Contencioso Electoral

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El artículo 221 de la Constitución determina que los fallos del Tribunal Contencioso Electoral son de última instancia

e inmediato cumplimiento. ¿Teniendo en cuenta el texto constitucional podrían sus resoluciones o fallos ser

recurridos a través de la acción extraordinaria de proteción ante la Corte Constitucional?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 160: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

160

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos alternativos al margen de la Constitución.

Una comisión compuesta por miembros de la función ejecutiva, legislativa y de transparencia y control social.

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.

La Asambea Nacional.

Miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y la Asamblea Nacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 224 de la Constitución determina que: "Los miembros del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal

Contencioso Electoral seran designados por el Consejo de Participacion Ciudadana y Control Social, previa seleccion

mediante concurso publico de oposicion y meritos, con postulacion e impugnacion de la ciudadania, y garantia de

equidad y paridad entre hombres y mujeres, de acuerdo con la ley."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tribunal Contencioso Electoral

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los miembros del Tribunal Contencioso Electoral serán designados por:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 161: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

161

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen del artículo arriba citado.

la Función Judicial.

el Tribunal Contencioso Electoral.

la Corte Constitucional.

la Corte Nacional de Justicia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El numeral 1 del artículo 221 de la Constitución determina que: "El Tribunal Contencioso Electoral tendra, ademas de las

funciones que determine la ley, las siguientes:

1. Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los organismos

desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones politicas."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tribunal Contencioso Electoral

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los actos del Consejo Nacional Electoral pueden ser impugnados en:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 162: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

162

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en planteamientos al margen del artículo constitucional arriba citado.

el Consejo de Participación Popular y Control Social.

el Consejo Nacional Electoral.

el Tribunal Contencioso Electoral.

la Corte Nacional de Justicia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 221 de la Constitución establece que: "El Tribunal Contencioso Electoral tendra, ademas de las funciones que

determine la ley, las siguientes:

1. Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los organismos

desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones politicas.

2. Sancionar por incumplimiento de las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general por

vulneraciones de normas electorales.

3. Determinar su organizacion, y formular y ejecutar su presupuesto.

Sus fallos y resoluciones constituiran jurisprudencia electoral, y seran de ultima instancia e inmediato cumplimiento."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tribunal Contencioso Electoral

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El órgano encargado de sancionar el incumplimiento de normas sobre el financiamiento, propaganda, gasto electoral y

en general por vulneraciones de normas electorales, es:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 163: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

163

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se sustentan en supuestos no previstos por el artículo 416 de la Constitución.

En una norma jurídica.

En un derecho colectivo.

En una política pública.

En un principio de las relaciones internacionales del Ecuador.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El numeral 6 del artículo 416 de la Constitución determina que: "Las relaciones del Ecuador con la comunidad

internacional responderan a los intereses del pueblo ecuatoriano, al que le rendiran cuenta sus responsables y

ejecutores, y en consecuencia: (…) 6. Propugna el principio de ciudadania universal, la libre movilidad de todos los

habitantes del planeta y el progresivo fin de la condicion de extranjero como elemento transformador de las relaciones

desiguales entre los paises, especialmente Norte-Sur."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Relaciones internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En la Constitución, la ciudadanía universal se constituye:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 164: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

164

A)

B)

C)

D)

La opción A) es incorrecta porque se constituye en un supuesto abstracto que no marca diferencia con el sentido de la

pregunta. Las opciones C) y D) se constitutyen en supuestos al margen del artículo 416 de la Constitución.

En una norma constitucional.

En un princpio de las relaciones internacionales del Ecuador.

En una postura teórica sin relevancia constitucional.

En una política pública contra los países que las ejercen.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El numeral 8 del artículo 416 de la Constitución determina que: "Las relaciones del Ecuador con la comunidad

internacional responderan a los intereses del pueblo ecuatoriano, al que le rendiran cuenta sus responsables y

ejecutores, y en consecuencia: (…) 8. Condena toda forma de imperialismo, colonialismo, neocolonialismo, y reconoce

el derecho de los pueblos a la resistencia y liberacion de toda forma de opresion."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Relaciones Internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La condena de toda forma de imperialismo, colonialismo, neocolonialismo se constituye:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 165: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

165

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundamentan al margen de los lineamientos que ofrecen los principios constitucionales en el

ámbito de las relaciones internacionales, y que se expresan en el artículo 416 de la Constitución.

La Constitución no reconoce ningún principio relacionado a libre movilidad humana.

Sí, porque la Constitución establece que uno de los principios de las relaciones internacionales es la libre

movilidad humana.

No, porque la Constitución permite restringir la libre movilidad humana en casos de seguridad nacional.

No, porque la Constitución otorga la facultad al presidente de delimitar la política internacional relacionada a

migración.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El numeral 8 del artículo 416 de la Constitución determina que: "Las relaciones del Ecuador con la comunidad

internacional responderan a los intereses del pueblo ecuatoriano, al que le rendiran cuenta sus responsables y

ejecutores, y en consecuencia: (…) 6. Propugna el principio de ciudadania universal, la libre movilidad de todos los

habitantes del planeta y el progresivo fin de la condicion de extranjero como elemento transformador de las relaciones

desiguales entre los paises, especialmente Norte-Sur." Además de ello, el numeral 7 "Exige el respeto de los derechos

humanos, en particular de los derechos de las personas migrantes, y propicia su pleno ejercicio mediante el

cumplimiento de las obligaciones asumidas con la suscripcion de instrumentos internacionales de derechos humanos."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Relaciones internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un país vecino del Ecuador experiementa un enorme éxodo por causa de una crisis económica, y el gobierno nacional

ha implementado una política mediante la cuál se protegen sus fronteras y se exigen ciertas condiciones para el ingreso

de extranjeros al país. ¿Este tipo de política contraviene los principios constitucionales de las relaciones internacionales?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 166: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

166

A)

B)

C)

D)

Los supuestos de las opciones incorrectas se encuentran al margen del artículo 416 de la Constitución.

El ámbito de seguridad externa del Estado.

El ámbito de las relaciones internacionales.

El ámbito de los derechos colectivos de los pueblos.

El ámbito de la plurinacionalidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Dentro los principios de las relaciones internacionales, el artículo 416 de la Constitución establece que: "Las relaciones

del Ecuador con la comunidad internacional responderan a los intereses del pueblo ecuatoriano, al que le rendiran

cuenta sus responsables y ejecutores, y en consecuencia:

1. Proclama la independencia e igualdad juridica de los Estados, la convivencia pacifica y la autodeterminacion de los

pueblos, asi como la cooperacion, la integracion y la solidaridad."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Relaciones internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución reconoce como principio constitucional la independencia e igualdad jurídica de los Estados, la

convivencia pacifica y la autodeterminacion de los pueblos, asi como la cooperacion, la integracion y la solidaridad.

¿Qué ámbito regula este principio constitucional?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 167: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

167

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos al margen del artículo 417 de la Constitución.

La supremacía de la Constitución.

La preferencia de la ley.

El principio pro ser humano.

El principio de reserva legal.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 417 de la Constitución determina que: "Los tratados internacionales ratificados por el Ecuador se sujetaran a

lo establecido en la Constitucion. En el caso de los tratados y otros instrumentos internacionales de derechos humanos

se aplicaran los principios pro ser humano, de no restriccion de derechos, de aplicabilidad directa y de clausula abierta

establecidos en la Constitucion."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tratados e instrumentos internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución señala que los tratados internacionales deben sujetarse a la Constitución, sin embargo, plantea que los

tratados y otros documentos internacionales de derechos humanos se aplicaran considerando:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 168: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

168

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos al margen del artículo 417 de la Constitución.

El principio de no restricción de derechos.

La supremacía constitucional.

La reserva de ley.

La sujeción a la Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 417 de la Constitución determina que: "Los tratados internacionales ratificados por el Ecuador se sujetaran a

lo establecido en la Constitucion. En el caso de los tratados y otros instrumentos internacionales de derechos humanos

se aplicaran los principios pro ser humano, de no restriccion de derechos, de aplicabilidad directa y de clausula abierta

establecidos en la Constitucion."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tratados e instrumentos internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución señala que los tratados internacionales deben sujetarse a la Constitución, sin embargo, plantea que los

tratados y otros documentos internacionales de derechos humanos se aplicaran considerando:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 169: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

169

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos al margen del artículo 417 de la Constitución.

El principio de supremacía constitucional.

El principio de aplicabilidad directa.

El principio de reserva de ley.

La sujeción a la Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 417 de la Constitución determina que: "Los tratados internacionales ratificados por el Ecuador se sujetaran a

lo establecido en la Constitucion. En el caso de los tratados y otros instrumentos internacionales de derechos humanos

se aplicaran los principios pro ser humano, de no restriccion de derechos, de aplicabilidad directa y de clausula abierta

establecidos en la Constitucion."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tratados e instrumentos internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución señala que los tratados internacionales deben sujetarse a la Constitución, sin embargo, plantea que los

tratados y otros documentos internacionales de derechos humanos se aplicaran considerando:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 15 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 170: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

170

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas están al margen del artículo 418 y se constituyen en supuestos aleatorios.

A la Asamblea Nacional.

Al presidente de la Asamblea.

Al Procurador del Estado.

Al presidente de la República.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 418 de la Constitución establece que: " A la Presidenta o Presidente de la Republica le corresponde suscribir

o ratificar los tratados y otros instrumentos internacionales."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tratados e instrumentos internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La suscripción de tratados internacionales corresponde a:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 171: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

171

A)

B)

C)

D)

Los supuestos planteados en las opciones incorrectas se encuentran al margen del artículo 419 de la Constitución.

El presidente de la República.

La Asamblea Nacional.

El Procurador del Estado.

La Corte Constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 419 de la Constitución establece que: La ratificacion o denuncia de los tratados internacionales requerira la

aprobacion previa de la Asamblea Nacional en los casos que:

1. Se refieran a materia territorial o de limites.

2. Establezcan alianzas politicas o militares.

3. Contengan el compromiso de expedir, modificar o derogar una ley.

(…)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tratados e instrumentos internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La suscripcioón de tratados internacionales que se refieran a materia territorial o de limites, establezcan alianzas

politicas o militares, o contengan el compromiso de expedir, modificar o derogar una ley, deberán ser aprobados

previamente por:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 172: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

172

A)

B)

C)

D)

Los supuestos planteados en las opciones incorrectas se encuentran al margen del artículo 419 de la Constitución.

El presidente de la Asamblea Nacional.

La Procuraduría General del Estado.

La Corte Constitucional.

La Asamblea Nacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 419 de la Constitución establece que: La ratificacion o denuncia de los tratados internacionales requerira la

aprobacion previa de la Asamblea Nacional en los casos que:

(…)

4. Se refieran a los derechos y garantias establecidas en la Constitucion.

5. Comprometan la politica economica del Estado establecida en su Plan Nacional de Desarrollo a condiciones de

instituciones financieras internacionales o empresas transnacionales.

6. Comprometan al pais en acuerdos de integracion y de comercio.

(…)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tratados e instrumentos internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La suscripcioón de tratados internacionales que se refieran a los derechos y garantias establecidas en la Constitucion,

que comprometan la politica economica del Estado establecida en su Plan Nacional de Desarrollo a condiciones de

instituciones financieras internacionales o empresas transnacionales, o que comprometan al pais en acuerdos de

integracion y de comercio, deberán ser aprobados previamente por:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 173: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

173

A)

B)

C)

D)

Los supuestos planteados en las opciones incorrectas se encuentran al margen del artículo 419 de la Constitución.

La Corte Constitucional.

El presidente de la República.

El presidente de la Asamblea Nacional.

La Asamblea Nacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 419 de la Constitución establece que: La ratificacion o denuncia de los tratados internacionales requerira la

aprobacion previa de la Asamblea Nacional en los casos que:

(…)

7. Atribuyan competencias propias del orden juridico interno a un organismo internacional o supranacional.

8. Comprometan el patrimonio natural y en especial el agua, la biodiversidad y su patrimonio genetico.

(…)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tratados e instrumentos internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La suscripción de tratados internacionales que atribuyan competencias propias del orden juridico interno a un organismo

internacional o supranacional, o comprometan el patrimonio natural y en especial el agua, la biodiversidad y su

patrimonio genetico, deberán ser aprobados previamente por:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 174: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

174

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas sostienen presupuestos al margen de lo dispuestos por el artículo 420 de la Constitución.

De la aprobación de la Asamblea Nacional.

De un referéndum aprobatorio.

De la denuncia del presidente de la República.

Un tratado aprobado vía referéndum no puede ser denunciado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 420 de la Constitución determina que: "La ratificacion de tratados se podra solicitar por referendum, por

iniciativa ciudadana o por la Presidenta o Presidente de la Republica.

La denuncia de un tratado aprobado correspondera a la Presidenta o Presidente de la Republica. En caso de denuncia

de un tratado aprobado por la ciudadania en referendum se requerira el mismo procedimiento que lo aprobo."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tratados e instrumentos internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un grupo de ciudadanos desea que el Estado ecuatoriano denuncie un tratado internacional que ha sido aprobado en el

pasado mediante referéndum. En ese sentido, para efectivizar dicha denuncia se requiere previamente de:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 175: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

175

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen del artículo arriba anotado.

Solamente es posible ratificar un tratado a través de la Función Ejecutiva.

La ratificación de un tratado puede ser efectuada a través de la Asamblea Nacional y el Presidente de la

República.

La ratificación de un tratado es posible a través de referéndum, iniciativa ciudada y el presidente de la República.

La ratificación de un tratado corresponde de manera exclusiva al pleno de la Asamblea Nacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 420 de la Constituicón dispone que: "La ratificacion de tratados se podra solicitar por referendum, por

iniciativa ciudadana o por la Presidenta o Presidente de la Republica."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tratados e instrumentos internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿A partir de qué instituciones es posible ratificar un tratado?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 176: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

176

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen del artículo arriba anotado.

No, los procesos de ratificación de tratados está a cargo solamente de la Función Ejecutiva.

No, la solicitud de ratificación de tratados le corresponde únicamente a la Asamblea Nacional.

Sí, la Constitución permite ratificar tratados a través de plebiscitos.

Sí, la Constitución permite ratificar los tratados a través de referéndum e iniciativa ciudadana.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 420 de la Constituicón dispone que: "La ratificacion de tratados se podra solicitar por referendum, por

iniciativa ciudadana o por la Presidenta o Presidente de la Republica."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tratados e instrumentos internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Es posible solicitar la ratificación de tratados internacionales a través de mecanismos democráticos?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 177: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

177

A)

B)

C)

D)

La opciones incorrectas contradicen los dipuesto por el artículo 421, si bien varios de los supuestos podrían constituirse

en opciones correctas, se debe tener en cuenta el contenido del artículo 421 para identificar que la única opción correcta

es la opción B).

No, debido a que en el ámbito de los tratados rige el principio pacta sunt servanda .

Sí, porque la Constitución proscribe que tratados internacionales impacten negativamente el derecho a la salud

de las personas.

No, porque entre los principios de las relaciones internacionales la Constitución reconoce el derecho

internacional como norma de conducta.

Sí, porque la Constitución reconoce el derecho a la salud.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 421 de la Constitución determina que: "La aplicacion de los instrumentos comerciales internacionales no

menoscabara, directa o indirectamente, el derecho a la salud, el acceso a medicamentos, insumos, servicios, ni los

avances cientificos y tecnologicos."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tratados e instrumentos internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Desde la academica se ha verificado que un cojunto de tratados de libre comercio están manteniendo un impacto

negativo de cara al derecho a la salud, pues se está implementando una concepción de la salud como bien privado de

consumo que se obtiene en un mercado de servicios de salud, y se está relegando la misión del Estado de asegurar este

derecho fundamental. ¿Es posible denunciar estos tratados internacionales?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 178: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

178

A)

B)

C)

D)

La opción A) podría constituirse en una opción correcta, sin embargo, eso colleva aceptar una lectura literal del texto

constitucional, que excluye tener presente principios democráticos que transversalizan el contenido de la Constitución.

Las opciones C) y D) están fuera de los supuestos regulados por la Constitución.

No, puesto que la facultad de denunciar tratados internacionales es exclusiva del presidente de la República.

Sí, ya que la Constitución prevé la denuncia de tratados a través de la iniciativa ciudadana y referéndum.

No, porque la facultad de denuncia de tratados es de la Asamblea Legislativa.

Sí, a través de referéndum únicamente convocado por dos tercios de la Asamblea Nacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 420 de la Constitución determina que: "La ratificacion de tratados se podra solicitar por referendum, por

iniciativa ciudadana o por la Presidenta o Presidente de la Republica.

La denuncia de un tratado aprobado correspondera a la Presidenta o Presidente de la Republica. En caso de denuncia

de un tratado aprobado por la ciudadania en referendum se requerira el mismo procedimiento que lo aprobo."

Al mismo tiempo, el artículo 421 señala que: "La aplicacion de los instrumentos comerciales internacionales no

menoscabara, directa o indirectamente, el derecho a la salud, el acceso a medicamentos, insumos, servicios, ni los

avances cientificos y tecnologicos."

Si bien no existe un mandato expreso que permita la denuncia de tratados por vías de ejercicio de democracia directa, el

hecho que la Constitución acepte la ratificación a través de iniciativa ciudadana, abre la posibilidad de utilizar el mismo

mecanismo para la denuncia de tratados cuando estos afecten derechos constitucionalmente reconocidos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tratados e instrumentos internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un grupo de organizaciones de la sociedad civil ha denunciado públicamente que ciertos tratados de libre comercio

suscritos con algunos países se encuentran generando impactos negativos contra el derecho a la salud. Sin embargo, el

presidente ha señalado que es imposible denunciar esos tratados. ¿Existe alguna posibilidad democrática para

denunciar aquellos tratados?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 179: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

179

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos al margen del artículo 418 de la Constitución.

Al presidente de la Asamblea Nacional.

A la Corte Constitucional.

Al presidente de la República.

Al pleno de la Asamblea Nacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 418 de la Constitución dispones que: "A la Presidenta o Presidente de la Republica le corresponde suscribir o

ratificar los tratados y otros instrumentos internacionales."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tratados e instrumentos internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿A qué institución o autoridad corresponde suscribir o ratificar tratados internacionales?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 180: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

180

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean soluciones que no se respaldan en el artículo constitucional arriba citado.

Sí, un caso es la aplicación de tratados en derechos humanos bajo el principio pro ser humano.

No, porque los tratados internacionales se sujetarán a los establecido por la Constitución.

Sí, siempre que posterior a la suscripción se modifique la Constitución.

No, ya que la supremací de la Constituión impide que otras normas jurídicas se encuentren por encima de la

norma fundamental.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 417 de la Constitución dispones que: "Los tratados internacionales ratificados por el Ecuador se sujetaran a lo

establecido en la Constitucion. En el caso de los tratados y otros instrumentos internacionales de derechos humanos se

aplicaran los principios pro ser humano, de no restriccion de derechos, de aplicabilidad directa y de clausula abierta

establecidos en la Constitucion."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Tratados e instrumentos internacionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Es posible aplicar un tratado internacional de manera preferente a la Constitución?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 181: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

181

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos al margen de la constitución, pues esta conforma una justicia

constitucional para la declaración de inconstitucionalidad o violación de derechos. La presunción de constitucional está

prevista en la LOGJCC y específicamente para el control de constitucionalidad de normas. Y tanto para la opción A)

como C) prevalece el criterio antes expuesto.

Sí, en caso de violación de derechos humanos.

No, puesto que prevalece la presunción de constitucionalidad.

Sí, bajo el principio de inmediata aplicación de la Constitución, todo acto contrario contrario a la Constitución no

carece de eficacia jurídica.

No, requiere de un pronunciamiento de autoridad competente en la vía constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Toda declación de vulneración de derechos o inconstitucionalidad requiere de pronunciamiento en el ámbito

constitucional a través de alguna acción constitucional. La disposición citada en la pregunta no opera de manera

automática de cara a la denuncia de inconstitucionalidad o lesión de derechos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía de la Constitución

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El artículo 424 de la Constitución establece que: Las normas y los actos del poder publico deberan mantener

conformidad con las disposiciones constitucionales; en caso contrario careceran de eficacia juridica. ¿Opera de manera

automática la consecuencia judírica de esta disposición normativa ante la denuncia de inconstitucionalidad o lesión de

derechos?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 182: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

182

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos que están al margen de un entendimiento sistemático de la Constitución.

Además de no coincidir con el contenido del artículo 424 de la Constitución, arriba anotado.

No, la Constitución se constituye en la norma fundamental y bajo el principio de supremacía constitucional

todas las disposiciones jurídicas deben estar sujeras a ella.

Sí, en materia de derechos humanos se aplican solamente los tratados internacionales en derechos humanos,

quedando la Constitución para llenar vacíos del sistema internacional.

Sí, en materia de derechos humanos prevalece la norma más favorable a la persona de frente a los tratados

internacionales de derechos humanos.

No, ya que el artículo 425 establece que el orden jerárquico de aplicación de las normas comienza con la

Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 424 de la Constitución establece que: "La Constitucion es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra

del ordenamiento juridico. Las normas y los actos del poder publico deberan mantener conformidad con las

disposiciones constitucionales; en caso contrario careceran de eficacia juridica.

La Constitucion y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado que reconozcan derechos

mas favorables a los contenidos en la Constitucion, prevaleceran sobre cualquier otra norma juridica o acto del poder

publico."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía de la Constitución

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El artículo 424 de la Constitución define que: "La Constitucion es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del

ordenamiento juridico." ¿Existe algún supuesto reconocido constitucionalmente que permita inaplicar este regla?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 183: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

183

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en una lectura no sistemática de la Constitución, y dejan de lado, principalmente, el

contenido del artículo 424 de la Constitución.

Prevalece la Constitución bajo el principio de supremacía constitucional.

Prevalece la aplicación de la norma más favorable, aunque ella provenga de tratados internacionales,

considerando el principio pro ser humano.

Prevalece el criterio introducido bajo reforma constitucional, considerando que esta última fue introducida en

referéndum.

Prevalece el criterio introducido bajo reforma constitucional, puesto que los Estados cuentan con la facultad de

establecer sus políticas públicas de cara contra la corrupción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 424 de la Constitución resuelve el problema bajo el siguiente supuesto: La Constitucion es la norma

suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento juridico. Las normas y los actos del poder publico

deberan mantener conformidad con las disposiciones constitucionales; en caso contrario careceran de

eficacia juridica.

La Constitucion y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado que reconozcan

derechos mas favorables a los contenidos en la Constitucion, prevaleceran sobre cualquier otra norma

juridica o acto del poder publico.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía de la Constitución

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En el marco de un reforma constitucional se dispuso que los procesos por delitos de corrupción serían imprescriptibles.

Ante ello, un juez penal de cara a una solicitud de extinción penal por duración máxima del proceso debe decidir si

aplicar esta norma o el plazo razonable del sistema interamericano de derechos humanos. ¿De acuerdo con la

Constitución qué criterio debe prevalecer?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 184: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

184

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no responden al contenido del artículo 425 de la Constitución.

La Constitucion; los tratados y convenios internacionales; las leyes organicas; las leyes ordinarias; las normas

regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las

resoluciones; y los demas actos y decisiones de los poderes publicos.

Los tratados internacionales en derechos humanos; la Constitución; los tratados y convenios internacionales;

las leyes organicas; las leyes ordinarias; las normas regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y

reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demas actos y decisiones de los poderes

publicos.

No existe un orden jerárquico establecido en la Constitución.

La Constitución; los tratados y convenios internacionales; los tratados internacionales en derechos humanos;

las leyes ordinarias; las leyes orgánicas; las normas regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y

reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demas actos y decisiones de los poderes

publicos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 425 de la Constitución dispone que: "El orden jerarquico de aplicacion de las normas sera el siguiente: La

Constitucion; los tratados y convenios internacionales; las leyes organicas; las leyes ordinarias; las normas regionales y

las ordenanzas distritales; los decretos y reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demas

actos y decisiones de los poderes publicos."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución, el orden jerarquico de aplicacion de las normas es:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 185: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

185

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas son parte de la disposición constitucional citada, sin embargo no configuran por sí mismas la

respuesta correcta, puesto que, prácticamente, todas las instancias y autoridades están vinculadas por la Constitución.

Las autoridades administrativas y jueces de la función judicial.

Los jueces y la Corte Constitucional.

La Corte Constitucional.

Todas las autoridades e instituciones del Estado ecuatoriano.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El parágrafo segundo del artículo 425 de la Constitución establece que: "En caso de conflicto entre normas de distinta

jerarquia, la Corte Constitucional, las juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores publicos, lo

resolveran mediante la aplicacion de la norma jerarquica superior."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía de la Constitución

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿De acuerdo con la Constitución, qué autoridades o instituciones están llamadas a aplicar la Constitución en caso de

conflicto de normas de distinta jerarquía?

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 186: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

186

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no responden al contenido del artículo 425 de la Constitución. A ello debe sumarse lo

dispuesto en el artículo 426 de la Constitución que considera que: "Todas las personas, autoridades e instituciones

estan sujetas a la Constitucion."

La Constitucion; los tratados y convenios internacionales; las leyes organicas; las leyes ordinarias; las normas

regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las

resoluciones; y los demas actos y decisiones de los poderes publicos.

Los tratados internacionales en derechos humanos; la Constitución; los tratados y convenios internacionales;

las leyes organicas; las leyes ordinarias; las normas regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y

reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demas actos y decisiones de los poderes

publicos.

No existe un orden jerárquico establecido en la Constitución.

La Constitución; los tratados y convenios internacionales; los tratados internacionales en derechos humanos;

las leyes ordinarias; las leyes orgánicas; las normas regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y

reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demas actos y decisiones de los poderes

publicos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 425 de la Constitución dispone que: "El orden jerarquico de aplicacion de las normas sera el siguiente: La

Constitucion; los tratados y convenios internacionales; las leyes organicas; las leyes ordinarias; las normas regionales y

las ordenanzas distritales; los decretos y reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demas

actos y decisiones de los poderes publicos."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución, el orden jerarquico de aplicacion de las normas es:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 187: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

187

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos de solución fuera del contenido del artículo constitucional arriba citado.

Criterio de jerarquía.

Criterio de competencia.

Criterio temporal.

Criterio de especialidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El parágrado segundo del artículo 425 de la Constitución determina que: "En caso de conflicto entre normas de distinta

jerarquia, la Corte Constitucional, las juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores publicos, lo

resolveran mediante la aplicacion de la norma jerarquica superior."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía de la Constitución

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución ordena que el conflicto entre normas de distinta jerarquia se resuelve a través del:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 188: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

188

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas solo mencionan algunos supuestos de la disposición constitucional, pero dan cuenta del

supuesto que permite notar la opción D).

Literal y pro ser humano.

No existe ningún criterio de interpretación.

Literal; favorabilidad de los derechos; respeto de la voluntad del constituyente.

De hecho, permite cualquier criterio de interpretación que en doctrina se haya consolidado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

La disposición constitucional citada en la pregunta, efectivamente, cita un listado de criterios interpretativos, pero al

señalar en su parte in fine que está permitido los criterio de interpretación constitucional, abre una amplia posibilidad de

criterios que se van consolidando en doctrina. Por lo que, la respuesta correcta es la opción D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía de la Constitución

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El artículo 427 de la Constitución dispone que: "Las normas constitucionales se interpretaran por el tenor literal que mas

se ajuste a la Constitucion en su integralidad. En caso de duda, se interpretaran en el sentido que mas favorezca a la

plena vigencia de los derechos y que mejor respete la voluntad del constituyente, y de acuerdo con los principios

generales de la interpretacion constitucional." ¿Qué criterios interpretativos se encuentran en tal disposición?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 189: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

189

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas enlistan supuestos que también están incluidos en la Constitución, sin embargo, la esencia de

la Constitución de 2008 es poner en vigencia los derechos de las personas y, en ese sentido, ofrece criterios

interpretativos que vayan en esa dirección.

El criterio de respeto a la voluntad del constituyente.

El critero de mayor favorabilidad a los derechos de las personas.

El criterio literal.

El que esté acorde a la ideología del juez.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

De un entendimiento sistemático de la Constitución debe llegarse a conclusión de que ante la multiplicidad de criterios

interpretativos con diferentes resultados debe escogerse el que más favorezca la materialización de los derechos.

El artículo 424 de la Constitución, además de otras disposiciones, ofrece algunas luces al respecto, estableciendo que:

"La Constitucion y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado que reconozcan derechos

mas favorables a los contenidos en la Constitucion, prevaleceran sobre cualquier otra norma juridica o acto del poder

publico."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía de la Constitución

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En un caso concreto, un juez constitucional cuenta con la opción de interpretar las normas que envuelven a través de la

literalidad, el respeto de la voluntad constituyente y la favorabilidad de los derechos de las personas. ¿Qué criterio debe

prevalecer en caso de ofrecer diferentes resultados?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 190: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

190

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en diferentes instituciones del ámbito constitucional, sin embargo, la respuesta

precisa ante la formulación de pregunta es la opción C). Únicamente la opción D) plantea un supuesto al margen de la

Constitución.

sujeta a interpretación favorable a los derechos.

la norma fundamental dentro un sistema jurídico nacional.

de aplicación directa.

La Constitución no dispone de tal supuesto.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 426 de la Constitución dispone que:

"Todas las personas, autoridades e instituciones estan sujetas a la Constitucion.

Las juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores publicos, aplicaran directamente las normas

constitucionales y las previstas en los instrumentos internacionales de derechos humanos siempre que sean mas

favorables a las establecidas en la Constitucion, aunque las partes no las invoquen expresamente.

Los derechos consagrados en la Constitucion y los instrumentos internacionales de derechos humanos seran de

inmediato cumplimiento y aplicacion. No podra alegarse falta de ley o desconocimiento de las normas para justificar la

vulneracion de los derechos y garantias establecidos en la Constitucion, para desechar la accion interpuesta en su

defensa, ni para negar el reconocimiento de tales derechos."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía de la Constitución

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El hecho de que la Constitución disponga que no es posible alegar falta de ley para desechar acciones constitucionales

que busquen la protección de derechos, refleja que la Constitución es:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 191: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

191

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos contenidos en el artículo constitucional arriba citado. Vale la pena

aclarar que la opción D) hace referencia a tratados internacionales en general y no a los que se refieren a derechos

humanos.

Sí, la reserva legal le otorga la facultad a la Asamblea Nacional de desarrollar los derechos constitucionales.

No, la Constitución es norma jurídica y, por tanto, de inmediata y directa aplicación.

Sí, puesto que la Constitución es de directa aplicación cuando el Legislador ha desarrollado los supuestos

legales para materializar los derechos.

No, porque en esos supuestos deben aplicarse los tratados internacionales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 426 de la Constitución dispone que:

"Todas las personas, autoridades e instituciones estan sujetas a la Constitucion.

Las juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores publicos, aplicaran directamente las normas

constitucionales y las previstas en los instrumentos internacionales de derechos humanos siempre que sean mas

favorables a las establecidas en la Constitucion, aunque las partes no las invoquen expresamente.

Los derechos consagrados en la Constitucion y los instrumentos internacionales de derechos humanos seran de

inmediato cumplimiento y aplicacion. No podra alegarse falta de ley o desconocimiento de las normas para justificar la

vulneracion de los derechos y garantias establecidos en la Constitucion, para desechar la accion interpuesta en su

defensa, ni para negar el reconocimiento de tales derechos."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía de la Constitución

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un juez constitucional resolvió desechar una acción de protección bajo el argumento de que el derecho que se reclama

como lesionado no se encuentra desarrollado por la Función Legislativa, y que un pronunciamiento al efecto supondría

arrogarse competencias que la Constitución no le otorga. ¿Es procedente tal actuación?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 192: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

192

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos escogidos de manera aleatoria de espaldas al sentido de la disposición

constitucional citada.

Generales de interpretación constitucional.

Jerárquicos, donde el literal resulta el fundamental.

Enunciativos, que guían la labor interpretativa.

Excluyentes de otros criterios interpretativos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

La parte in fine de la disposición constitucional citada permite entender que los criterios de interpretación aludidos son

enunciativos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía de la Constitución

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De una lectura sistemática de la Constitución, el artículo 427 de la Constitución, que dispone que Las normas

constitucionales se interpretaran por el tenor literal que mas se ajuste a la Constitucion en su integralidad. En

caso de duda, se interpretaran en el sentido que mas favorezca a la plena vigencia de los derechos y que

mejor respete la voluntad del constituyente, y de acuerdo con los principios generales de la interpretacion

constitucional, debe entenderse como criterios:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 193: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

193

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen lo dispuesto por la disposición constitucional arriba citada. Es oportuno aclarar que

la opción A) podría resulta correcta, sin embargo, existe jurisprudencia de la Corte que ante eventos de la naturaleza que

se plantean ante la pregunta, la autoridad debe realizar la consulta a la Corte, considerando la presunción de

constitucionalidad y el sistema de control concentrado en el que se constituye la justicia constitucional.

inaplicar la ley y, en consecuencia, aplicar la Constitución.

tramitar consulta a la Corte Constitucional.

resolver la contradicción aplicando de manera directa la Constitución.

llevar el caso en consulta ante la Función Judicial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 428 de la Constitución dispone que:

"Cuando una jueza o juez, de oficio o a peticion de parte, considere que una norma juridica es contraria a la Constitucion

o a los instrumentos internacionales de derechos humanos que establezcan derechos mas favorables que los

reconocidos en la Constitucion, suspendera la tramitacion de la causa y remitira en consulta el expediente a la Corte

Constitucional, que en un plazo no mayor a cuarenta y cinco dias, resolvera sobre la constitucionalidad de la norma.

Si transcurrido el plazo previsto la Corte no se pronuncia, el perjudicado podra interponer la accion correspondiente."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía de la Constitución

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuando un operador jurídico considere que una ley es contraria a la Constitución debe:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 194: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

194

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el supuesto que encierra en el artículo constitucional arriba citado.

No, puesto que ello violaría el principio de juez imparcial.

No, porque tal supuesto vulneraría la igualdad procesal de las partes.

Sí, porque bajo la Constitución de 2008 los jueces cuentan con libertad de decisión en las causas que

involucran derechos.

Sí, ya que se reconoce en la Constitución el principio iura novit curia, por el cual no es necesario que las parte

citen el derecho.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El parágrafo tercero del artículo 428 de la Constitución establece que: "Las juezas y jueces, autoridades administrativas

y servidoras y servidores publicos, aplicaran directamente las normas constitucionales y las previstas en los

instrumentos internacionales de derechos humanos siempre que sean mas favorables a las establecidas en la

Constitucion, aunque las partes no las invoquen expresamente."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía de la Constitución

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En un caso concreto, un juez constitucional da cuenta que una norma internacional es más favorable que las

establecidas en la Constitución, sin embargo, la parte accionante no da cuenta de ello en su exposición. ¿Es posible que

el juez de la causa aplique la norma más favorable sin que ninguna de las partes la haya citado?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 195: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

195

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el contenido de la norma constitucional arriba expuesta.

Sí, la Corte Constitucional, cuando en los casos sometidos a su conocimiento concluya que una o varias

normas son contrarias a la Constitucion.

Sí, la Corte Constitucional, únicamente cuando exista unanimidad en el pleno.

No, ninguna institución cuenta con tal facultad.

Sí, la autoridad que emitió la norma.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El numeral 3 del artículo 436 de la Constitución establece que la Corte Constitucional tiene como atribución: Declarar

de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento concluya que

una o varias de ellas son contrarias a la Constitucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Corte Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Alguna autoridad cuenta con la posibilidad de declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 196: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

196

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas impiden poner en vigencia el artículo 424 de la Constitución, en el sentido de que evade que

actos inconstitucionales sean revisados por la jurisdicción constitucional, bajo criterios como el de autonomía

universitaria.

No, porque la norma no es de carácter general.

No, porque la Universidad cuenta con plena autonomía.

Sí, porque la Constitución prevalece sobre toda norma jurídica y acto del poder público.

Sí, pero no en la vía constitucional, sino ante la Función Judicial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 424 de la Constitución dispone que: "La Constitucion y los tratados internacionales de derechos humanos

ratificados por el Estado que reconozcan derechos mas favorables a los contenidos en la Constitucion, prevaleceran

sobre cualquier otra norma juridica o acto del poder publico."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía de la Constitución

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una Universidad pública dentro un proceso de selección de docentes fue denunciada por discriminación en la definición

de las reglas concretas de evaluación de méritos en el ejercicio de su autonomía universitaria, ya que estableció que el

quichua no sería considerado como un segundo idioma para la evaluación. Al respecto, no existe ninguna disposición

que regule el asunto. Por lo que los denunciantes alegaron que las normas del proceso vulneran disposiciones

constitucionales. ¿Puede demandarse la actuación de la Universidad en la vía constitucional?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 197: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

197

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no coinciden con una lectura sistemática de la Constitución, las opciones A) y D) se fundan en

supuestos que solo pueden prevalecer si se toman de manera aislada. La opción C) maneja un supuesto que no se

encuentra explícitamente establecido en la Constitución, y, en todo caso, esta dispone que cuando sea más favorable un

tratado internacional en derechos humanos prevalece este último instrumento. Sin que por ello se desplace el principio

de supremacía de la Constitución. De hecho, en la pregunta está inmerso el concepto de bloque de constitucionalidad.

Sí, la citada disposición deja en claro el orden jerárquico para la aplicación de normas.

No, la Constitución coloca las normas internacionales de derechos humanos en la misma jerarquía que la

Constitución, pudiendo ser aplicadas cuando sean más favorables a esta.

No, la misma Constitución establece que los tratados internacionales de derechos humanos prevalecen en el

orden interno de cara a las normas constitucionales.

Sí, el principio de supremacía de la Constitución deja sentado que en caso de conflicto prevalece la

Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

La Constitución, en su artículo 424, deja sentada que: "La Constitucion es la norma suprema y prevalece sobre

cualquier otra del ordenamiento juridico. Las normas y los actos del poder publico deberan mantener conformidad con

las disposiciones constitucionales; en caso contrario careceran de eficacia juridica.

La Constitucion y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado que reconozcan derechos

mas favorables a los contenidos en la Constitucion, prevaleceran sobre cualquier otra norma juridica o acto del poder

publico."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Bloque de constitucionalidad

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El artículo 425 de la Constitución dispone que: "El orden jerarquico de aplicacion de las normas sera el siguiente: La

Constitucion; los tratados y convenios internacionales; las leyes organicas; las leyes ordinarias; las normas regionales y

las ordenanzas distritales; los decretos y reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demas

actos y decisiones de los poderes publicos." ¿Esto significa que las normas constitucionales son jerárquicamente

superiores a los tratados internacionales de derechos humanos?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 198: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

198

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el contenido del artículo arriba citado.

Sujetos a desarrollo legislativo para su plena eficacia.

Sujetos de desarrollo jurisprudencial para su materialización.

Sujetos de control de convencionalidad.

Sujetos de inmediata y directa aplicación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El parágrafo terecero del artículo 426 de la Constitución dispone que: "Los derechos consagrados en la Constitucion y

los instrumentos internacionales de derechos humanos seran de inmediato cumplimiento y aplicacion. No podra

alegarse falta de ley o desconocimiento de las normas para justificar la vulneracion de los derechos y garantias

establecidos en la Constitucion, para desechar la accion interpuesta en su defensa, ni para negar el reconocimiento de

tales derechos."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía de la Constitución

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los derechos consagrados en la Constitucion y los instrumentos internacionales de derechos humanos seran:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 199: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

199

A)

B)

C)

D)

Teniendo presente la disposición constitucional arriba citada, ninguna otra opción que la opción C) es la correcta. Puesto

que la regla jurídica de este artículo dispone que el perjudicado debe interponer la acción que corresponda.

Se asume la inconstitucionalidad de la norma.

El juez o jueza de la causa asume competencia para decidir sobre la constitucionalidad de la norma.

El perjudicado debe interponer la acción constitucional que corresponda.

El juez o jueza debe ejercer la aplicación directa de la Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

En el segundo parágrafo del artículo 428 de la Constitución se dispone que: Si transcurrido el plazo previsto la Corte no

se pronuncia, el perjudicado podra interponer la accion correspondiente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía de la Constitución

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El artículo 428 de la Constitución dispone que Cuando una jueza o juez, de oficio o a peticion de parte, considere

que una norma juridica es contraria a la Constitucion o a los instrumentos internacionales de derechos

humanos que establezcan derechos mas favorables que los reconocidos en la Constitucion, suspendera la

tramitacion de la causa y remitira en consulta el expediente a la Corte Constitucional, que en un plazo no

mayor a cuarenta y cinco dias, resolvera sobre la constitucionalidad de la norma. ¿Qué ocurre si la Corte

Constitucional no emite pronunciamiento algunos al respecto?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 200: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

200

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas están al margen de lo dispuesto por el artículo 425 de la Constitución.

No, porque rige el principio de competencia.

No, porque las normas de gobiernos autónomos descentralizados prevalecen en sus regiones.

Sí, porque el orden jerárquico de aplicación de normas está claramente establecido en la Constitución.

Sí, porque la Asamblea Nacional es el órgano con mayor representación democrática.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

El artículo 425 de la Constitucón establece que:

"El orden jerarquico de aplicacion de las normas sera el siguiente: La Constitucion; los tratados y convenios

internacionales; las leyes organicas; las leyes ordinarias; las normas regionales y las ordenanzas distritales; los decretos

y reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demas actos y decisiones de los poderes publicos.

En caso de conflicto entre normas de distinta jerarquia, la Corte Constitucional, las juezas y jueces, autoridades

administrativas y servidoras y servidores publicos, lo resolveran mediante la aplicacion de la norma jerarquica superior.

La jerarquia normativa considerara, en lo que corresponda, el principio de competencia, en especial la titularidad de las

competencias exclusivas de los gobiernos autonomos descentralizados."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Supremacía de la Constitución

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El artículo 425 de la Constitución dispone que El orden jerarquico de aplicacion de las normas sera el siguiente:

La Constitucion; los tratados y convenios internacionales; las leyes organicas; las leyes ordinarias; las

normas regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y

las resoluciones; y los demas actos y decisiones de los poderes publicos. ¿Frente a ello prevalece una norma

legislativa de cara a una norma como parte del ejercicio de competencias exclusivas de los gobiernos autónomos

descentralizados?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 17 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 201: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

201

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro un caso de control abstracto de constitucionalidad los jueces constitucionales dieron cuenta que la norma

constitucional demandada de inconstitucionalidad esta en estrecha conexión con otras normas, que, de hecho,

sustentan la norma impugnada. ¿Puede el juez constitucional realizar el control de estas normas conexas?

Las opciones A) y C) se constituyen en supuesto que provienen del derecho civil, y no coinciden con el contenido de las

disposiciones constitucionales y legales que regulan el control abstracto de constitucionalidad.

La opción D) otorga una facultad sin restricciones al control de constitucionalidad que no se encuentra prevista en la

Constitución.

No, los jueces constitucionales deben sujetarse a la demanda o consulta constitucional.

Sí, la Constitución faculta y, a la vez, conmina que el juez constitucional realice un control integral.

No, porque ello significaría una decisión ultra petita, que vulnera el principio de congruencia.

Sí, la Constitución faculta a los jueces constitucionales realizar de oficio el control de cualquier norma.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 436 de la Constitución establece que: "La Corte Constitucional ejercera, ademas de las que le confiera la ley,

las siguientes atribuciones: (…) 3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos

sometidos a su conocimiento concluya que una o varias de ellas son contrarias a la Constitucion."

A la vez, la LOCJCC, en su artículo 76, dispone el principio de control integral, mediante el cual "Se deberá confrontar

la disposición acusada con todas las normas constitucionales, incluso por aquellas que no fueron invocadas

expresamente por el demandante."

Page 202: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

202

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El control de constitucionalidad debe estar guiado principalmente por la idea de:

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos contrarios a los principios arriba citados. La opción D) no expresa la

solución correcta en el sentido de que no responde al sentido de la pregunta formulada.

Búsqueda de normas incompatibles con la Constitución para declarar su ineficacia jurídica.

Expulsar las normas jurídicas contrarias a la Constitución sin excepciones.

Por el respeto a la conservación de las normas jurídicas.

Por el respeto a los derechos constitucionales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

De acuerdo con ciertos principios generales del control de constitucionalidad, esta actividad debe estar guiada por la idea

de respetar las normas jurídicas que el Legislador pone en vigencia. Detrás de ello se encuentra la idea de reflejar, a la

vez, un respeto por la importancia democrática de esta función. En ese sentido, el artículo 76 de la Ley Orgánica de

Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional declara que son principios generales del control de constitucionalidad:

la presunción de constitucionalidad, el in dubio pro legislatore, permanencia de las disposiciones del ordenamiento

jurídico, la interpretación conforme, y la declaratoria de inconstitucionalidad como último recurso.

Page 203: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

203

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La presunción de constitucionalidad de las disposiciones jurídicas se constituye en un principio general del control

abstracto de constitucionalidad, por el cual (valga la redundancia) se presume la constitucionalidad de las normas

jurídicas. ¿Cuál sería el impacto de este principio en el efecto de las sentencias?

Las opciones incorrectas están fuera de lo expuesto más arriba. Las opciones B) y D) van en dirección contraria de lo

que significa la presunción de constitucionalidad, permitiendo que los efectos de las sentencias de declaratorias de

inconstitucionalidad se produzcan retroactivamente.

De hecho, no cuenta con ningún efecto en concreto sobre las decisiones constitucionales.

La inconstitucionalidad de una norma podría declararse con efectos retroactivos.

En esencia, las decisiones serían para el futuro y no para el pasado.

Se asume la inconstitucionalidad desde su entrada en vigencia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La presunción de constitucionalidad es una característica del control abstracto de constitucionalidad cuyo efecto en las

decisiones, en esencia, resulta de su aplicación para el futuro. La inconstitucionalidad de una norma no puede ser

declarada con efectos retroactivos, es decir, desde el momento en que la norma entró en vigencia. La norma se presume

constitucional hasta que el órgano competente no la declara inconstitucional. Parte de la doctrina considera que este

principio solo asegura la presunción de constitucionalidad hasta que la Corte declare lo contrario, sin embargo, el efecto

en las sentencias es una característica también esencial de este principio. Esto no involucra eliminar las posibilidades

que existen de modular los efectos de las sentencias cuando el caso en concreto así lo exija.

Page 204: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

204

A)

B)

C)

D)

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismo de control constitucional

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro una acción de abstracta de constitucionalidad un juez constitucional observó que la norma impugnada puede

ser interpretada de manera compatible con la Constitución, pero también da cuenta que puede ser interpretada de tal

forma que contradice la Constitución. ¿Qué vía debe elegir el juez constitucional?

Las opciones incorrectas van en dirección contraria a este principio. Los jueces no cuentan con plena libertad para

escoger la interpretación que consideren ni tampoco su misión es, en esencia, expulsar toda norma que es

denunciada de inconstitucional.

La independencia judicial le permite al juez constitucional escoger cualquiera de las dos opciones.

El juez constitucional debe escoger aquella interpretación que le permite expulsar las normas que contradicen

de alguna manera la Constitución.

El juez constitucional debe hacer prevalecer la supremacía constitucional.

El juez constitucional debe escoger la interpretación conforme a la Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 76 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece como principio

general del control abstracto de constitucionalidad la interpretación conforme, que describe que "Cuando exista una

interpretación de la disposición jurídica que sea compatible con las normas constitucionales, no se declarará la

inconstitucionalidad y en su lugar se fijará la interpretación obligatoria compatible con aquella. De igual modo, cuando

una parte de una disposición jurídica la torne en su integridad inconstitucional, no se declarará la inconstitucionalidad

de toda ella, sino que se invalidará la parte inconstitucional y dejará vigente la disposición así reformada."

Page 205: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

205

A)

B)

C)

D)

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los principios in dubio pro legislatore , permanencia de las disposiciones del ordenamiento jurídico, interpretación

conforme, y declaratoria de inconstitucionalidad como último recurso, están dirigidos a:

Las opciones incorrectas se encuentran fuera de la regulación de la justicia constitucional, considerando que sus

supuestos colocan a esta en una posición al margen de la Constitución.

Al respeto de mayorías legislativas, elegidas por voto popular.

A evitar el ejercicio de control constitucional.

A controlar la justicia constitucional.

Tales principios no se encuentran vigentes en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, son parte de la doctrina

constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La LOGJCC establece un conjunto de principios generales que rigen al control abstracto de constitucionalidad, estos

principios sirven para equilibrar la justicia constitucional y el principio democrático, considerando que la misión de la

control constitucional puede resultar invasivo de la democracia si no se establecen condiciones que aseguren armonía.

Page 206: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

206

A)

B)

C)

D)

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si un juez constitucional encuentra que una parte de la norma impugnada torna inconstitucional su totalidad, debería

resolver la acción de inconstitucionalidad:

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos al margen del principio general de interpretación conforme, arriba

anotado.

declarando toda la disposición normativa como inconstitucional.

invalidando únicamente la parte inconstitucional, dejando vigente lo demás de la disposición.

rechazando la acción inconstitucionalidad.

declarando toda la disposición como inconstitucional y solicitando al órgano legislador emita una nueva

normativa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La respuesta correcta se funda en el principio general de interpretación conforme, establecida en el artículo 76 de la

Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. En su numeral 5 señala: "Cuando exista una

interpretación de la disposición jurídica que sea compatible con las normas constitucionales, no se declarará la

inconstitucionalidad y en su lugar se fijará la interpretación obligatoria compatible con aquella. De igual modo, cuando

una parte de una disposición jurídica la torne en su integridad inconstitucional, no se declarará la inconstitucionalidad

de toda ella, sino que se invalidará la parte inconstitucional y dejará vigente la disposición así reformada."

Page 207: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

207

A)

B)

C)

D)

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de contro constitucional (LOGJCC)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Existe plazo para interponer una acción de inconstitucionalidad?

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen de lo señalado en la disposición normativa arriba

anotada.

No existe ningún plazo para interponer una acción de inconstitucionalidad.

Las normas solo pueden ser impugnadas dentro el término prudente de un año.

Por razones de contenido no se tiene plazo y por razones de forma se cuenta con un año a partir de la

entrada en vigencia de la norma.

La norma no regula el plazo de interposición de la acción de inconstitucionalidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 78 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que: "El plazo para

interponer las acciones de inconstitucionalidad se regira por las siguientes reglas:

1. Por razones de contenido, las acciones pueden ser interpuestas en cualquier momento.

2. Por razones de forma, las acciones pueden ser interpuestas dentro del ano siguiente a su entrada en vigencia."

Page 208: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

208

A)

B)

C)

D)

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecasnimos de control constitucional

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Contra el auto de inadmisión de una acción de inconstitucionalidad:

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos no contemplados por la norma arriba citada.

procede recurso de revisión.

no procede recurso alguno.

procede recurso de reposición.

De hecho, no existe admisión dentro las acciones de inconstitucionalidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 83 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que: "La inadmision

se realizara mediante auto, cuando no cumpla los requisitos de la demanda y siempre que no sean subsanables,

debiendo indicarse con precision los requisitos incumplidos, para su respectiva correccion.

Se concedera el termino de cinco dias a la persona demandante para realizar la correccion. Cuando no se complete la

demanda en este termino, se la archivara.

Contra el auto de inadmision no procede recurso alguno."

Page 209: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

209

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro una acción abstracta de inconstitucionalidad un ciudadano cualquiera intervino para presentar una defensa a la

constitucionalidad de las disposiciones jurídicas demandadas. ¿Es posible la intervención de cualquier persona dentro

el proceso?

Las opciones incorrectas se sustentan en supuestos que se encuentran fuera del contenido de la norma arriba citada.

No, solo las autoridades públicas y quien demanda la norma de inconstitucional pueden intervenir dentro el

proceso.

Solo quien demanda la inconstitucionalidad de una norma y el representante del órgano emisor de esta

pueden intervenir en el proceso.

No, la LOGJCC no permite que cualqueir persona pueda intervenir dentro una acción de inconstitucionalidad.

Sí, cualquier persona pueda intervenir defender o impugnar la constitucionalidad de las normas demandadas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 85 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional determina que: "Sorteada la

causa y remitida a la jueza o juez ponente, este iniciara la sustanciacion. En el termino de diez dias siguientes al

sorteo, el organo emisor de la disposicion demandada o cualquier persona, podran intervenir para defender o

impugnar la constitucionalidad de las disposiciones juridicas demandadas.

La sentencia debera exponer de manera sucinta, clara, completa y precisa todos los argumentos de hecho y de

derecho expuestos por los intervinientes, y debera tenerlos en cuenta dentro de su analisis."

Page 210: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

210

A)

B)

C)

D)

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las sentencias dentro el control abstracto de constitucionalidad produce:

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen de la Constitución y la LOGJCC.

Efectos únicamente hacia el futuro, sin excepción.

Efectos hacia el futuro y, excepcionalmente, es posible retrotraer sus efectos.

Efectos hacia futuro o retroactivamente, es el juez constitucional quien con su sana crítica debe definir.

Efectos solo para el caso concreto.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 95 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional determina que: "Las

sentencias que se dicten en ejercicio del control abstracto de constitucionalidad surten efectos de cosa juzgada y

producen efectos generales hacia el futuro. De manera excepcional se podran diferir o retrotraer los efectos de las

sentencias, cuando sea indispensable para preservar la fuerza normativa y superioridad jerarquica de las normas

constitucionales, la plena vigencia de los derechos constitucionales, y cuando no afecte la seguridad juridica y el

interes general."

Page 211: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

211

A)

B)

C)

D)

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuando la declaratoria de inconstitucionalidad de una disposicion juridica produzca un vacio normativo que sea fuente

potencial de vulneracion de los derechos constitucionales o produzca graves danos, el juez constitucional podrá:

Las opciones incorrectas plantean soluciones al margen de lo señalado en la disposición arriba citada.

proponer una regla jurídica que entre en vigencia hasta que el Legislador subsane el vacío normativo.

postergar los efectos de la declaratoria de inconstitucionalidad.

declarar la inconstitucionalidad y ordenar al Legislador emita nueva normativa en 10 días.

Llamar a los órganos encargados de emitir la norma de reponer el vacío jurídico.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 95 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: "Cuando la

declaratoria de inconstitucionalidad de una disposicion juridica produzca un vacio normativo que sea fuente potencial

de vulneracion de los derechos constitucionales o produzca graves danos, se podra postergar los efectos de la

declaratoria de inconstitucionalidad."

Page 212: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

212

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional permite que el juez constitucional dentro las

acciones de control constitucional difiera o retrotraiga los efectos de las sentencias:

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos no contenidos en el artículo arriba citado.

en cualquier caso, cuando su sana crítica así lo defina.

cuando no afecte la seguridad jurídica y el interés general.

cuando tenga por finalidad preservar la fuerza normativa de la Constitución, la vigencia de los derechos

constitucionales, y cuando no afecte la seguridad juridica y el interes general.

cuando tenga por finalidad cuidar la vigencia de los derechos, y cuando no se atribuya competencias de otros

órganos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 95 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: Las

sentencias que se dicten en ejercicio del control abstracto de constitucionalidad surten efectos de cosa juzgada y

producen efectos generales hacia el futuro. De manera excepcional se podran diferir o retrotraer los efectos de las

sentencias, cuando sea indispensable para preservar la fuerza normativa y superioridad jerarquica de las normas

constitucionales, la plena vigencia de los derechos constitucionales, y cuando no afecte la seguridad juridica y el

interes general.

Page 213: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

213

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El efecto inmediato del control de constitucionalidad reside en:

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos alternativos a los señalados en la disposición arriba citada.

que no es posible interponer nueva acción contra la norma impugnada.

que el órgano que emitió la norma demandada ya no puede emitir nueva normativa en ese ámbito.

que el órgano que emitió la norma impugnada debe emitir nueva normativa.

que ninguna autoridad podra aplicar el contenido de la disposicion juridica declarada inconstitucional por

razones de fondo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 96 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional señala que: Las sentencias

que se dicten sobre las acciones publicas de inconstitucionalidad surten efectos de cosa juzgada, en virtud de lo cual:

1. Ninguna autoridad podra aplicar el contenido de la disposicion juridica declarada inconstitucional por razones de

fondo, mientras subsista el fundamento de la sentencia.

Page 214: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

214

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La órgano encargado de realizar el control de inconstitucionalidad de los actos administrativos con efectos generales

es:

Las opciones incorrectas manejan supuestos fuera del artículo 98 de la LOGJCC.

No existe control de constitucionalidad de actos administrativos.

los jueces provinciales, que actúan como jueces constitucionales para luego remitir el caso a la Corte

Constitucional.

la Corte Constitucional.

los jueces que conocen las acciones de protección.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 98 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

La Corte Constitucional conocera sobre las acciones de inconstitucionalidad respecto de cualquier acto normativo de

caracter general y de cualquier acto administrativo con efectos generales, de conformidad con las normas

establecidas en el capitulo anterior.

Page 215: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

215

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuando la Corte Constitucional interviene a través de un dictamen de procedimiento, sentencia de constitucionalidad

de la convocatoria a referendo y sentencia de constitucionalidad de las enmiendas, reformas y cambios

constitucionales, se refiere:

Las opciones incorrectas están fuera de lo señalado en la disposición arriba citada.

Control de enmiendas y reformas constitucionales.

Acción extraordinaria de protección.

Control abstracto de inconstitucionalidad.

Control constitucional de tratados internacionales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 99 de la LOGJCC señala: Para efectos del control constitucional de las enmiendas, reformas y cambios

constitucionales, la Corte Constitucional intervendra a traves de los siguientes mecanismos:

1. Dictamen de procedimiento.

2. Sentencia de constitucionalidad de la convocatoria a referendo.

3. Sentencia de constitucionalidad de las enmiendas, reformas y cambios constitucionales.

Page 216: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

216

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuando la enmienda, reforma o cambio constitucional se tramite a traves de un referendo, existira un control

constitucional:

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen de la disposición normativa arriba citada.

posterior de la respectiva convocatoria.

previo de la respetiva convocatoria.

posterior al referendo.

De hecho, no existirá ningún tipo de control.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 102 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: "Cuando la

enmienda, reforma o cambio constitucional se tramite a traves de un referendo, existira un control constitucional

previo de la respectiva convocatoria."

Page 217: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

217

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundas en diferentes supuestos al margen del artículo arriba citado.

Sentencia de constitucionalidad de las enmiendas, reformas y cambios constitucionales.

Sentencia de constitucionalidad de la convocatoria a referendo.

Dictamen de procedimiento, para indicar cuál de los procedimientos corresponde a la enmienda o reforma.

La Corte Constitucional no emitie ningún pronunciamiento frente a este tipo de control.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 99 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: Para efectos

del control constitucional de las enmiendas, reformas y cambios constitucionales, la Corte Constitucional intervendra a

traves de los siguientes mecanismos:

1. Dictamen de procedimiento.

2. Sentencia de constitucionalidad de la convocatoria a referendo.

3. Sentencia de constitucionalidad de las enmiendas, reformas y cambios constitucionales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Para el control constitucional del procedimiento de proyectos de enmienda o reforma a la Constitucion, la Corte

Constitucional emite:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 218: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

218

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas mencionan otras etapas o instrumentos objeto de control constitucional.

del proyecto normativo.

la enmienda y reforma constitucional propiamente.

el procedimiento de enmienda y reforma constitucional.

la convocatoria del referéndum de enmienda o reforma constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 103 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional determina que: La Corte

Constitucional efectuara un control formal de la convocatoria a referendo. En el desarrollo de este control, la Corte

Constitucional verificara al menos:

1. El cumplimiento de las reglas procesales para la realizacion de la convocatoria;

2. La competencia en el ejercicio del poder de reforma a la Constitucion; y,

3. La garantia plena de la libertad del elector, y en particular, el cumplimiento de las cargas de claridad y lealtad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Dentro el control constitucional de las enmiendas y reformas constitucionales, la verificación por parte de la Corte

Constitucional sobre el cumplimiento de las reglas procesales para la realizacion de la convocatoria; la competencia en

el ejercicio del poder de reforma a la Constitucion; y, la garantia plena de la libertad del elector, y en particular, el

cumplimiento de las cargas de claridad y lealtad; se refiere al control de constitucionalidad de:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 219: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

219

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos no contemplados por la disposición arriba anotada, que regula sobre

la temática que plantea la pregunta.

No, la Corte no cuenta con la facultad de ejercer control sobre los considerandos introductorios.

Sí, la Corte cuenta con la facultad de ejercer control también sobre los considerandos introductorios.

No, la Corte solo tiene competencia para ejercer control sobre la pregunta que será sometida a refendo.

El asambleísta no tiene la faculta de peticionar el mencionado control.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 104 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que: Para controlar

la constitucionalidad de los considerandos introductorios, la Corte Constitucional verificara el cumplimiento de los

siguientes requisitos:

1. No induccion de las respuestas en la electora o elector;

2. Concordancia plena entre el considerando que introduce la pregunta y el texto normativo. Esta concordancia

comprende la relacion entre las finalidades que se senalan en el considerando que introduce la pregunta y el texto

sometido a consideracion del pueblo;

3. Empleo de lenguaje valorativamente neutro y sin carga emotiva, sencillo y comprensible para el elector;

4. Relacion directa de causalidad entre el texto normativo sometido a aprobacion del pueblo y la finalidad o proposito

que se senala en el considerando que introduce la pregunta, de modo que una vez aprobada la disposicion juridica, la

finalidad perseguida se obtenga con una alta probabilidad; y,

5. No se proporcione informacion superflua o ninguna otra que no guarde relacion con el texto normativo a ser

aprobado por el electorado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional señala que cuando la enmienda, reforma o

cambio constitucional se tramite a traves de un referendo, existira un control constitucional previo de la respectiva

convocatoria. En ese sentido, un asambleísta ha solicitado que el control de la Corte recaiga también sobre los

considerandos introductorios de la pregunta que será sujeta a referéndum. ¿Es procedente tal petición?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 220: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

220

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos que no coinciden con el contenido de la pregunta, pues

plantean respuestas que no tienen relación con esta.

la pregunta que será sometida a referéndo.

el procedimiento de enmienda y reforma constitucional.

los considerandos que introduce a la pregunta y el texto normativo.

el texto normativo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C)

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 104 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que: Para controlar

la constitucionalidad de los considerandos introductorios, la Corte Constitucional verificara el cumplimiento de los

siguientes requisitos:

1. No induccion de las respuestas en la electora o elector;

2. Concordancia plena entre el considerando que introduce la pregunta y el texto normativo. Esta concordancia

comprende la relacion entre las finalidades que se senalan en el considerando que introduce la pregunta y el texto

sometido a consideracion del pueblo;

3. Empleo de lenguaje valorativamente neutro y sin carga emotiva, sencillo y comprensible para el elector;

4. Relacion directa de causalidad entre el texto normativo sometido a aprobacion del pueblo y la finalidad o proposito

que se senala en el considerando que introduce la pregunta, de modo que una vez aprobada la disposicion juridica, la

finalidad perseguida se obtenga con una alta probabilidad; y,

5. No se proporcione informacion superflua o ninguna otra que no guarde relacion con el texto normativo a ser

aprobado por el electorado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Si el control que ejerce la Corte Constitucional dentro un proceso de enmienda y reforma constitucional mediante

referéndo incluye una evaluación de no induccion de las respuestas en la electora o elector y un análisis en la

concordancia plena entre el prelegómeno que introduce la pregunta y el texto normativo; se está haciendo referencia al

control de:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 221: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

221

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuesto que no coinciden con la finalidad de la pregunta, esto es, identificar el

propósito último de ejercer control sobre el cuestionario que será sometido a referéndum y que los electores deberán

evaluar y emitir voto.

Asegurar el control de constitucionalidad.

Garantizar la libertad del elector o electora.

Que la Corte Constitucional cumpla su misión de controlador.

El procedimiento de enmienda o reforma constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 105 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: Para

garantizar la libertad del elector o electora, la Corte Constitucional verificara que el cuestionario sometido a votacion

cumpla, entre otros, con los siguientes parametros:

1. La formulacion de una sola cuestion por cada pregunta, salvo que exista una interrelacion e interdependencia entre

los distintos componentes normativos;

2. La posibilidad de aceptar o negar varios temas individualmente en la misma consulta. Se prohibe la aprobacion o

rechazo en bloque;

3. La propuesta normativa no este encaminada a establecer excepciones puntuales que beneficien un proyecto politico

especifico; y,

4. La propuesta normativa tenga efectos juridicos y modificaciones al sistema juridico.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

La finalidad, en última instancia, de ejercer control constitucional sobre el cuestionario que será sometido a

referéndum dentro un proceso de enmiendo o reforma constitucional, es:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 222: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

222

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas solo contemplan una de los componentes sujetos a control. La opción correcta reune a los

tres componentes que serán sujetos de control por la Corte Constitucional.

El procedimiento de enmienda y reforma.

El referéndum de consulta.

Las enmiendas o reformas constitucionales.

El procedimiento, el referéndum de consulta y las enmiendas y reformas constitucionales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D)

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 99 al 106 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional disponen sobre el

control de constitucionalidad de las enmiendas y reformas constitucionales y comprenden el procedimiento, el

referéndum de consulta y las enmiendas y reformas constitucionales propiamente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

El control constitucional de enmiendas y reformas constitucionales comprende:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 223: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

223

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas son los componentes individuales que integran la respuesta correcta.

el control del tratado internacional como tal.

la conformidad del tratado, los procedimientos para poner en vigencia el mismo y el trámite legislativo que

sigue el tratado.

el cumplimiento del trámite legislativo.

el cumplimiento de las reglas procedimentales en la negociación, suscripción y aprobación del tratado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 108 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: El control

constitucional de los tratados internacionales comprende la verificacion de la conformidad de su contenido con las

normas constitucionales, el examen del cumplimiento de las reglas procedimentales para su negociacion, suscripcion

y aprobacion, y el cumplimiento del tramite legislativo respectivo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

¿Qué comprende el control constitucional de los tratados internacionales?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 224: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

224

A)

B)

C)

D)

La opciones incorrectas corresponde a dos numerales del artículo arriba citado, excepto la opción D) que pone en

duda las atribuciones que se formulan en la pregunta.

Dictamen sobre la necesidad de aprobacion legislativa; Control constitucional previo a la aprobacion

legislativa; y, Control sobre las resoluciones mediante las que se imparte la aprobacion legislativa.

Control constitucional previo a la aprobacion legislativa

Dictamen sobre la necesidad de aprobacion legislativa

La competencia de la Corte no comprende las atribuciones que señala la pregunta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 107 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que: Para efectos

del control constitucional de los tratados internacionales, la Corte Constitucional intervendra a traves de los siguientes

mecanismos:

1. Dictamen sobre la necesidad de aprobacion legislativa;

2. Control constitucional previo a la aprobacion legislativa; y,

3. Control sobre las resoluciones mediante las que se imparte la aprobacion legislativa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Si la competencia de la Corte Constitucional en el control constitucional de los tratados internacionales comprende la

verificacion de la conformidad de su contenido con las normas constitucionales, el examen del cumplimiento de las

reglas procedimentales para su negociacion, suscripcion y aprobacion, y el cumplimiento del tramite legislativo

respectivo; seleccione los mecanismos por lo cuales la Corte debería intervenir en el mencionado proceso:

Derecho Constitucional

Tema Especifico

Nivel Taxonomico de la Pregunta

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 225: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

225

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen de las atribuciones de la Corte Constitucional, tal

como puede verificarse en la disposición arriba anotada.

del presidente de la República.

la Corte Constitucional.

la Asamblea Nacional.

del Procurador General.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 109 de la Ley Orgánica de Garantía Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: Los tratados

internacionales, previamente a su ratificacion por la Presidenta o Presidente de la Republica, seran puestos en

conocimiento de la Corte Constitucional, quien resolvera, en el termino de ocho dias desde su recepcion, si requieren

o no aprobacion legislativa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

La facultad para establecer si un tratado internacional requiere de aprobación legislativa es:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanimos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 226: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

226

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos fuera de lo dispuesto de la disposición arriba anotada.

Sí, porque todos los tratados deben ser aprobados por la Asamblea Nacional.

No, porque la Corte cuenta con la atribución de establecer si corresponde o no la aprobación del tratado por

parte de la Asamblea.

Sí, porque todos los tratados propuestos por la Asamblea deben seguir la aprobación de este órgano.

De hecho, el presidente debió remitir directamente a la Asamblea Nacional para que esta evalúe si

corresponde o no su aprobación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 109 de la Ley Orgánica de Garantía Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: Los tratados

internacionales, previamente a su ratificacion por la Presidenta o Presidente de la Republica, seran puestos en

conocimiento de la Corte Constitucional, quien resolvera, en el termino de ocho dias desde su recepcion, si requieren

o no aprobacion legislativa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

En un contexto de ratificación de tratado internacional el presidente de la República remitió el tratado suscrito para que

la Corte Constitucional evaluara si corresponde la aprobación de este en la Asamblea Nacional. Sin embargo, un

Asambleísta denunció el acto, señalando que la aprobación del tratado por parte de la Asamblea es un procedimiento

ineludible. ¿Resulta procedente esta denuncia?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 227: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

227

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos al margen de la disposición arriba anotada.

Sí, la Corte debe evaluar si el tratado requiere o no aprobación de la Asamblea.

No, el presidente debió remitir el tratado a la Asamblea para que esta evaluara la necesidad de aprobación del

tratado.

No, el tratado puede ser ratificado por el presidente sin necesidad de aprobación de la Asamblea.

Sí, pero la Corte no evaluará si corresponde o no la aprobación, sino que analizará la constitucionalidad del

tratado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 109 de la Ley Orgánica de Garantía Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: Los tratados

internacionales, previamente a su ratificacion por la Presidenta o Presidente de la Republica, seran puestos en

conocimiento de la Corte Constitucional, quien resolvera, en el termino de ocho dias desde su recepcion, si requieren

o no aprobacion legislativa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

En un contexto de ratificación de tratado internacional el presidente de la República remitió el tratado suscrito para que

la Corte Constitucional evaluara si corresponde la aprobación de este en la Asamblea Nacional. ¿Es correcto este

procedimiento?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 228: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

228

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se sustentan en supuestos no establecidos por la norma, concretamente, el artícuolo 110 de

la LOGJCC.

Ningún tratado puede ser demandado posterior a su suscripción.

Los tratados que hayan pasado por aprobación legislativa.

Los tratados suscritos que no hayan pasado por aprobación legislativa.

Todos los tratados que hayan sido suscritos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 110 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: La Corte

Constitucional realizara el control constitucional de los tratados internacionales, de la siguiente manera: (…) 4. Los

tratados internacionales suscritos que no requieran aprobacion legislativa, podran ser demandados dentro del plazo de

seis meses siguientes a su suscripcion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

¿Pueden los tratados internacionales ser demandados con posterioridad a su suscripción?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 229: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

229

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas manejan supuestos al margen del contenido de la disposición legal arriba anotada.

No, la Corte Constitucional no cuenta con la competencia de declarar la inconstitucionalidad de un tratado

internacional ya ratificado.

Sí, en su caso el Estado dejerá sin efecto el tratado internacional, considerando que se asume que los actos

por los cuales fue ratificado se declaran sin eficacia jurídica.

Sí, en su caso el Estado deben denunciar el tratado o las partes que correspondan, en su caso promover la

renegociación del tratado o promover reforma constitucional.

No, el control constitucional de tratados solo procede con anterioridad a la ratificación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 112 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional determina que: Las

sentencias y dictamenes correspondientes tendran los mismos efectos de las de constitucionalidad abstracta en

general, y en particular, los siguientes: (…) 4. Cuando se declara la inconstitucionalidad de un tratado ya ratificado, el

Estado debera denunciar el tratado ante el organo correspondiente, la orden de promover la renegociacion del tratado,

o promover la enmienda, reforma o cambio constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

¿Es posible declarar la inconstitucionalidad de un tratado cuando ya fue ratificado?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 230: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

230

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas manejan supuestos al margen del contenido de la disposición legal arriba anotada.

Sí, en caso de que se declare la inconstitucionalidad de un tratado ya ratificado, entre las opciones con la que

cuenta el Estado, es proceder al cambio constitucional.

Sí, no obstante, el tratado es expulsado del ordenamiento jurídico hasta que se consolide el cambio

constitucional.

No, la Corte no cuenta con la atribución de ejercer control constitucional de un tratado ya ratificado.

No, ninguna declaratoria de inconstitucionalidad puede promover la reforma constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 112 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional determina que: Las

sentencias y dictamenes correspondientes tendran los mismos efectos de las de constitucionalidad abstracta en

general, y en particular, los siguientes: (…) 4. Cuando se declara la inconstitucionalidad de un tratado ya ratificado, el

Estado debera denunciar el tratado ante el organo correspondiente, la orden de promover la renegociacion del tratado,

o promover la enmienda, reforma o cambio constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

¿Es posible que la declaratoria de inconstitucionalidad de un tratado internacional ya ratificado promueva la enmienda,

reforma o cambio constitucional?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 231: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

231

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas manejan supuestos al margen del contenido de la disposición legal arriba anotada.

No, en vista de que rige el principio pacta sunt servanda .

Sí, la Corte puede ordenar o sugerir la renegociación del tratado internacional.

No, la Corte no cuenta con la atribución de realizar el control constitucional de tratados ya ratificados.

Sí, siempre que la Asamblea apruebe la decisión de la Corte.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 112 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional determina que: Las

sentencias y dictamenes correspondientes tendran los mismos efectos de las de constitucionalidad abstracta en

general, y en particular, los siguientes: (…) 4. Cuando se declara la inconstitucionalidad de un tratado ya ratificado, el

Estado debera denunciar el tratado ante el organo correspondiente, la orden de promover la renegociacion del tratado,

o promover la enmienda, reforma o cambio constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

¿Si la Corte Constitucional declara la inconstitucionalidad de un tratado internacional ya ratificado, puede sugerir la

renegociación del tratado?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 232: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

232

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos previstos al margen de la disposición arriba anotada.

Sí, porque la Constitución prevé que en esas condiciones el tratado puede ser aprobado por mayoría de dos

tercios.

Sí, porque el control de constitucionalidad de la Corte no es vinculante.

No, porque la Asamblea no tiene competencia para aprobar tratados, el trámite debió haber pasado a

Presidencia.

No, puesto que debe promoverse reforma constitucional o presentar las reservas si fuera posible.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 112 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisidiccionales y Control Constitucional determina que: Las

sentencias y dictamenes correspondientes tendran los mismos efectos de las de constitucionalidad abstracta en

general, y en particular, los siguientes: (…) 2. Cuando se declara la inconstitucionalidad de uno de dichos tratados por

razones de fondo, la Asamblea Nacional se abstendra de aprobarlo hasta tanto se produzca la enmienda, reforma o

cambio constitucional. De ser procedentes las reservas, se podra aprobar cuando se las formule.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Dentro el proceso de ratificación de un tratado internacional, la Corte declaró algunos contenidos de este como

inconstitucional. A pesar de ello, la Asamblea Nacional tramitó la aprobación del tratado. ¿Resulta constitucional la

medida de la Asamblea?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 233: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

233

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos que no están contemplados en el artículo 112 arriba citado.

la Asamblea Nacional.

el presidente de la República.

el órgano que lo produjo.

la Corte Constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 112 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional determina que: Las

sentencias y dictamenes correspondientes tendran los mismos efectos de las de constitucionalidad abstracta en

general, y en particular, los siguientes: (…) 3. Cuando se declara la inconstitucionalidad por razones de forma, se

debera enmendar el vicio por el organo que lo produjo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Dentro la tramitación y ratificación de un tratado internacional, cuando la Corte Constitucional declare la

inconstitucionalidad del procedimiento por el cual se haya ratificado un tratado, el órgano encargado de enmendar el

vicio es:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 234: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

234

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se encuentran fuera de lo dispuesto en el disposición normativa arriba anotada.

las sentencias de constitucionalidad concreta.

las sentencias de constitucionalidad abstracta.

las acciones extraordinarias de protección.

Las sentencias de control de tratados internacionales tienen sus propios efectos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 112 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Las sentencias y dictamenes correspondientes tendran los mismos efectos de las de constitucionalidad abstracta en

general, y en particular, los siguientes:

1. Cuando el tratado requiera la aprobacion legislativa y la sentencia declare la conformidad del tratado internacional

con las normas constitucionales, se enviara a la Asamblea Nacional para la aprobacion respectiva;

2. Cuando se declara la inconstitucionalidad de uno de dichos tratados por razones de fondo, la Asamblea Nacional se

abstendra de aprobarlo hasta tanto se produzca la enmienda, reforma o cambio constitucional. De ser procedentes las

reservas, se podra aprobar cuando se las formule;

3. Cuando se declara la inconstitucionalidad por razones de forma, se debera enmendar el vicio por el organo que lo

produjo; y,

4. Cuando se declara la inconstitucionalidad de un tratado ya ratificado, el Estado debera denunciar el tratado ante el

organo correspondiente, la orden de promover la renegociacion del tratado, o promover la enmienda, reforma o cambio

constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Las sentencias y dictamenes correspondientes al control constitucional de tratados constitucionales tendran los

mismos efectos de:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 235: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

235

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas incluyen solo uno de los supuestos previstos por el artículo arriba citado, y la opción D) es

una respuesta escogida aleatoriamente al margen de la Constitución y la LOGJCC.

Los relacionados al procedimiento.

Sobre el contenido de la leyes y su compatibildiad con la Constitución.

Formal y material.

De cualquier naturaleza.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 113 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: La Corte

Constitucional ejercera el control constitucional formal y material sobre las normas legales de origen parlamentario

que hayan sido impugnadas a traves de una demanda de inconstitucionalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

¿Qué tipo de control ejerce la Corte Constitucional en su atribución de control constitucional de las disposiciones

legales de origen parlamentario?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 236: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

236

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos no previstos en la disposición arriba citada, que regula sobre la

pregunta formulada.

Formal y material.

Material.

Formal.

La Corte no ejerce un control de esta naturaleza.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 114 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: El control

formal de constitucionalidad tendra en cuenta los principios y reglas previstos en la Constitucion y la ley que regula la

Funcion Legislativa, y el cumplimiento de los principios de publicidad y unidad de materia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Cuando el control constitucional de las disposiciones legales de origen parlamentario se lo realiza teniendo en cuenta,

principalmente, los principios y reglas previstos en la Constitucion y la ley que regula la Funcion Legislativa, y el

cumplimiento de los principios de publicidad y unidad de materia, es un control:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanimos de control constitucional

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 237: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

237

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos al margen de lo dispuesto en la norma arriba anotada, que regula el

contenido de la pregunta formulada.

la verificación de que las propuestas legislativas sometidas a debate y votación hayan sido conocidas por la

población en general.

la verificacion de que las propuestas legislativas sometidas a debate y votacion hayan sido conocidas por

todas las y los asambleistas.

la verificación de que las propuestas legislativas sean conocidas por los principales órganos del Estado.

que la propuestas legislativas sean publicadas en medios de comunicación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 115 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: El control

formal de constitucionalidad comprendera la verificacion de la adopcion de todas las medidas idoneas y eficaces para

que las propuestas legislativas sometidas a debate y votacion, y las modificaciones que se introduzcan, sean

conocidas por todas las y los asambleistas.

Para tal efecto la Corte Constitucional verificara, entre otras cosas que:

1. Los proyectos parlamentarios incluyan un titulo o nombre que los identifique;

2. Los proyectos parlamentarios incluyan una exposicion y una descripcion de su contenido;

3. Los proyectos parlamentarios sean dados a conocer con la antelacion debida al inicio del debate y aprobacion

parlamentaria; y,

4. Las modificaciones al proyecto inicial sean dadas a conocer a todas las y los asambleistas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

El artículo 114 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que "El control

formal de constitucionalidad tendra en cuenta los principios y reglas previstos en la Constitucion y la ley que regula la

Funcion Legislativa, y el cumplimiento de los principios de publicidad y unidad de materia"; en ese sentido, la

publicidad se refiere a:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 238: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

238

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos no contemplados en la disposición arriba citada, que regula el

contenido de la pregunta formulada.

que la ley guarda conexión material con la Constitución.

que la ley siguió el procedimiento y publicidad establecidas en la Constitución.

que la ley guarda conexitud entre sus diferentes elementos, es decir, un hilo conducto sistemático.

que la ley es materialmente compatible con la Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 116 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional determina que:

El control formal de constitucionalidad comprendera la verificacion de la unidad de materia, para lo cual la Corte

Constitucional verificara, entre otras cosas, que:

1. Todas las disposiciones de una ley se refieran a una sola materia, por lo que debe existir entre todas ellas una

conexidad clara, especifica, estrecha, necesaria y evidente, de caracter tematico, teleologico o sistematico;

2. La totalidad del contenido del proyecto corresponda con su titulo;

3. Para determinar la conexidad entre las disposiciones legales, la Corte Constitucional debera tener en cuenta la

exposicion de motivos y las variaciones entre los textos originales y los definitivos, entre otros.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

El artículo 114 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que "El control

formal de constitucionalidad tendra en cuenta los principios y reglas previstos en la Constitucion y la ley que regula la

Funcion Legislativa, y el cumplimiento de los principios de publicidad y unidad de materia"; en ese sentido, la unidad

de materia se refiere a:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 239: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

239

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos no contemplados en la disposición arriba citada, que regula el

contenido de la pregunta formulada.

Formal.

Formal, relacionado a la unidad material.

Material.

Formal, relacionado a la publicidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 116 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional determina que:

El control formal de constitucionalidad comprendera la verificacion de la unidad de materia, para lo cual la Corte

Constitucional verificara, entre otras cosas, que:

1. Todas las disposiciones de una ley se refieran a una sola materia, por lo que debe existir entre todas ellas una

conexidad clara, especifica, estrecha, necesaria y evidente, de caracter tematico, teleologico o sistematico;

2. La totalidad del contenido del proyecto corresponda con su titulo;

3. Para determinar la conexidad entre las disposiciones legales, la Corte Constitucional debera tener en cuenta la

exposicion de motivos y las variaciones entre los textos originales y los definitivos, entre otros.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Si el control constitucional de disposiciones legales de origen parlamentario se concentra a verificar la coherencia y

conexidad de las normas y otros elementos que hacen a una ley, como su título y el contenido, se está realizando un

control:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 240: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

240

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos no contemplados en la disposición arriba citada, que regula el

contenido de la pregunta formulada.

Formal, relacionado al principiode transparencia.

Formal, relacionado a la unidad material.

Formal, relacionado a la publicidad.

Material y formal.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 116 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional determina que:

El control formal de constitucionalidad comprendera la verificacion de la unidad de materia, para lo cual la Corte

Constitucional verificara, entre otras cosas, que:

1. Todas las disposiciones de una ley se refieran a una sola materia, por lo que debe existir entre todas ellas una

conexidad clara, especifica, estrecha, necesaria y evidente, de caracter tematico, teleologico o sistematico;

2. La totalidad del contenido del proyecto corresponda con su titulo;

3. Para determinar la conexidad entre las disposiciones legales, la Corte Constitucional debera tener en cuenta la

exposicion de motivos y las variaciones entre los textos originales y los definitivos, entre otros.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Si el control constitucional de disposiciones legales de origen parlamentario se concentra a verificar la adopcion de

todas las medidas idoneas y eficaces para que las propuestas legislativas sometidas a debate y votacion, y las

modificaciones que se introduzcan, sean conocidas por todas las y los asambleistas; se está realizando un control:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 241: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

241

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se encuentran fuera de los supuestos que el artículo 117 de la LOGJCC establece para los

vicios subsanables.

No es posible ningún tipo de subsanación del error procedimental, corresponde la declaratoria de

inconstitucionalidad.

Sí posible la subsanar el error si el vicio es subsanable, en ese caso se devolverán los antecedentes para que

se proceda en ese sentido.

No es posible subsanar vicios de procedimiento cuando la norma entró en vigencia.

Sí es posible subsanar los vicios subsanables, solo si la autoridad que emitió el acto se encuentra en

funciones.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 117 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Si la Corte Constitucional encuentra vicios de procedimiento subsanables en la formacion del acto sujeto a su control,

ordenara devolverlo a la autoridad que lo profirio para que dentro del plazo que fije la Corte, respetando el legal o

reglamentariamente establecido, enmiende el defecto observado. Subsanado el vicio o vencido el plazo, la Corte

Constitucional procedera a decidir sobre la constitucionalidad del acto, cuando a ello hubiere lugar.

Dicho plazo no podra ser superior a treinta dias contados a partir del momento en que la autoridad este en capacidad

de subsanarlo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

¿Si la Corte Constitucional encuentra vicios de procedimiento en la formacion de la disposición legal de origen

parlamentario es posible que la autoridad que emitió el acto enmiende el error?

Derecho Constitucional

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 242: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

242

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas sustentan supuestos al margen del contenido del artículo 118 de la LOGJCC arriba anotado.

Formal, basado en la unidad material.

Material.

Material, basado en la publicidad.

Formal, basado en la publicidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 118 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: Para realizar

el control material la Corte Constitucional tendra en cuenta los principios generales de la justicia constitucional y los

metodos de interpretacion establecidos en esta Ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Considerando el control constitucional de las disposiciones legales de origen parlamentario, si la Corte Constitucional

realiza un control basado en los principios generales de la justicia constitucional y los metodos de interpretacion

establecidos en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, se trata de un control:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

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CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 243: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

243

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas A) y C) solo contienen uno de los elementos que constituyen la respuesta correcta, por lo

que son incompletas. La opción D) plantea un supuesto al margen de la Constitución.

Garantizar derechos de las personas.

Garantizar derechos y salvaguardar la separación de poderes.

Asegurar la separación de derechos, para que la Función Ejecutiva mantenga su rol constitucional.

La Corte no realiza el control de los decretos presidenciales que declaran estados de excepción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 119 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: El control

constitucional de los estados de excepcion tiene por objeto garantizar el disfrute pleno de los derechos

constitucionales y salvaguardar el principio de separacion y equilibrio de los poderes publicos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

El control constitucional de los estados de excepción tiene por objeto:

Derecho Constitucional

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 244: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

244

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en planteamientos no establecidos dentro el control constitucional de los

estados de excepción.

remitir el decreto a la Corte Constitucional para el respectivo control de constitucionalidad.

hacer prevalecer los derechos de los ciudadanos.

presentar el decreto a la Asamblea para su aprobación.

ejecutar el decreto sin necesidad de aprobación o control.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 124 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

El tramite para el control constitucional de los estados de excepcion se sujetara a las siguientes reglas:

1. La Presidenta o Presidente remitira el decreto a la Corte Constitucional dentro de las cuarenta y ocho horas

siguientes a su firma.

2. De no hacerlo, la Corte Constitucional lo conocera de oficio.

3. En lo no previsto en este capitulo, se seguiran las reglas previstas para el procedimiento general.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Si un presidente dicta estado de excepción ante conmoción interna, debe:

Derecho Constitucional

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 245: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

245

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en planteamientos no establecidos dentro el control constitucional de los

estados de excepción.

declarar la nulidad del estado de excepción por incumplimiento del procedimiento.

demandar al Ejecutivo se remitan los antecedentes para el respectivo control constitucional.

revisar de oficio el decreto que declara el estado de excepción.

De hecho, el control constitucional se realiza antes de que entre en vigencia el decreto.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 124 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

El tramite para el control constitucional de los estados de excepcion se sujetara a las siguientes reglas:

1. La Presidenta o Presidente remitira el decreto a la Corte Constitucional dentro de las cuarenta y ocho horas

siguientes a su firma.

2. De no hacerlo, la Corte Constitucional lo conocera de oficio.

3. En lo no previsto en este capitulo, se seguiran las reglas previstas para el procedimiento general.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Si un presidente decreta estado de excepción y no remite este para su posterior control de constitucional, la Corte

Constitucional puede:

Derecho Constitucional

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 246: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

246

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en planteamientos no establecidos dentro el control constitucional de los

estados de excepción.

Previamente a que se decrete el estado de excepción.

Posterior a la aprobación de la Asamblea Nacional.

Inmediatamente después de que entre en vigencia el decreto de estado de excepción.

Cuando alguien demande su inconstitucionalidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 124 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

El tramite para el control constitucional de los estados de excepcion se sujetara a las siguientes reglas:

1. La Presidenta o Presidente remitira el decreto a la Corte Constitucional dentro de las cuarenta y ocho horas

siguientes a su firma.

2. De no hacerlo, la Corte Constitucional lo conocera de oficio.

3. En lo no previsto en este capitulo, se seguiran las reglas previstas para el procedimiento general.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

¿En qué momento debe realizarse el control constitucional de los estados de excepción?

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 247: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

247

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos no contemplados por la normativa arriba mencionada.

Sí, el control constitucional efectuado sobre el decreto de estado de excepción elimina la posibilidad de que

otros órganos puedan ejercer un nuevo control o rechazo.

Sí, las decisiones constitucionales son vinculantes y no es posible su revisión en instancias políticas.

No, la Asamblea puede realizar un nuevo control constitucional.

No, la Ley prevé la coexistencia del control constitucional y control político, que le habilita a la Asamblea a

rechazar el decreto de estado de excepción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 125 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional determina que: La

declaratoria de constitucionalidad no impide el ejercicio del control politico de los estados de excepcion, ni la

revocatoria de los respectivos decretos por parte de la Asamblea Nacional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Ante un decreto de estado de excepción, la Corte Constitucional ha realizado el respectivo control constitucional, sin

embargo, la Asamblea Nacional rechaza la declaratoria de estado de excepción. ¿El control constitucional del estado

de excepción es determinante y vinculante para la Asamblea?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 248: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

248

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en componentes de la respuesta correcta, exceptuando la opción C) que se

contituye en un supuesto al margen de lo establecido en la Constitución.

necesidad, temporalidad y razonabilidad.

necesidad, proporcionalidad, legalidad, temporalidad, territorialidad y razonabilidad

El estado de excepción no está limitado por principios.

Legalidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 164 de la Constitución determina que: El estado de excepcion observara los principios de necesidad,

proporcionalidad, legalidad, temporalidad, territorialidad y razonabilidad. El decreto que establezca el estado de

excepcion contendra la determinacion de la causal y su motivacion, ambito territorial de aplicacion, el periodo de

duracion, las medidas que deberan aplicarse, los derechos que podran suspenderse o limitarse y las notificaciones

que correspondan de acuerdo a la Constitucion y a los tratados internacionales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

El estado de excepcion observara los principios de:

Derecho Constitucional

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 249: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

249

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no responden a la pregunta formulada, pues hacen a otras características del control

constitucional de estados de excepción.

temporalidad.

razonabilidad.

necesidad.

temporalidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo segundo del artículo 164 de la Constitución establece que:

El estado de excepcion observara los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad, temporalidad,

territorialidad y razonabilidad. El decreto que establezca el estado de excepcion contendra la determinacion de la

causal y su motivacion, ambito territorial de aplicacion, el periodo de duracion, las medidas que deberan aplicarse,

los derechos que podran suspenderse o limitarse y las notificaciones que correspondan de acuerdo a la

Constitucion y a los tratados internacionales.

El artículo 123 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Para efectos del control material, la Corte Constitucional verificara que las medidas dictadas con fundamento en el

estado de excepcion cumplan los siguientes requisitos:

1. Que sean estrictamente necesarias para enfrentar los hechos que dieron lugar a la declaratoria, y que las

medidas ordinarias sean insuficientes para el logro de este objetivo;

2. Que sean proporcionales al hecho que dio lugar a la declaratoria;

3. Que exista una relacion de causalidad directa e inmediata entre los hechos que dieron lugar a la declaratoria y

las medidas adoptadas;

4. Que sean idoneas para enfrentar los hechos que dieron lugar a la declaratoria;

5. Que no exista otra medida que genere un menor impacto en terminos de derechos y garantias;

6. Que no afecten el nucleo esencial de los derechos constitucionales, y se respeten el conjunto de derechos

intangibles; y,

7. Que no se interrumpa ni se altere el normal funcionamiento del Estado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Cuando el control constitucional de estados de excepción verifica que la medida se imprescindible para enfrentar

los hechos que dieron lugar a la declaratoria, y que las medidas ordinarias sean insuficientes para el logro de este

objetivo, se hace referencia al principio de:

Derecho Constitucional

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 250: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

250

A)

B)

C)

D)

Las respuestas incorrectas no dan respuesta a la pregunta formulada pues se contituyen en principios de distinta

naturaleza, tal como puede evidenciarse en las disposiciones normativas arriba citadas. La opción D) se constituye

en un supuesto al margen del marco normativo arriba citado.

temporalidad.

proporcionalidad.

territorialidad.

No viola ningún principio constitucional que rige a los estados de excepción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo segundo del artículo 164 de la Constitución establece que:

El estado de excepcion observara los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad, temporalidad,

territorialidad y razonabilidad. El decreto que establezca el estado de excepcion contendra la determinacion de la

causal y su motivacion, ambito territorial de aplicacion, el periodo de duracion, las medidas que deberan aplicarse,

los derechos que podran suspenderse o limitarse y las notificaciones que correspondan de acuerdo a la Constitucion

y a los tratados internacionales.

El artículo 123 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Para efectos del control material, la Corte Constitucional verificara que las medidas dictadas con fundamento en el

estado de excepcion cumplan los siguientes requisitos:

1. Que sean estrictamente necesarias para enfrentar los hechos que dieron lugar a la declaratoria, y que las medidas

ordinarias sean insuficientes para el logro de este objetivo;

2. Que sean proporcionales al hecho que dio lugar a la declaratoria;

3. Que exista una relacion de causalidad directa e inmediata entre los hechos que dieron lugar a la declaratoria y las

medidas adoptadas;

4. Que sean idoneas para enfrentar los hechos que dieron lugar a la declaratoria;

5. Que no exista otra medida que genere un menor impacto en terminos de derechos y garantias;

6. Que no afecten el nucleo esencial de los derechos constitucionales, y se respeten el conjunto de derechos

intangibles; y,

7. Que no se interrumpa ni se altere el normal funcionamiento del Estado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

El gobierno nacional decidió decretar estado de excepción por el desarrollo de diferentes marchas pacificas en

protesta de recientes medidas económicas. Entre las medidas se dispuso que toda protesta, pacífica o no, debe ser

disuelta por la fuerza pública y procederse a la privación de libertad de quienes lideren tales protestas. ¿Qué

principio, que rige los estados de excepción, viola una medida como esta?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 251: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

251

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas desconocen el supuesto que sostiene la respuesta correcta, que a la vez se fundamenta en

el artículo 123 de la LOGJCC.

Sí, porque no se afecta el derecho constitucional de ninguna persona.

Sí, siempre que se demuestre que tal medida asegura la seguridad del Estado.

No, porque entre los requisitos del estado de excepción se establece que no es posible interrumpir ni alterar

el normal funcionamiento del Estado.

No, porque el cierre de la Defensoría tiene como efecto la violación de derechos individuales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 123 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Para efectos del control material, la Corte Constitucional verificara que las medidas dictadas con fundamento en el

estado de excepcion cumplan los siguientes requisitos:

1. Que sean estrictamente necesarias para enfrentar los hechos que dieron lugar a la declaratoria, y que las medidas

ordinarias sean insuficientes para el logro de este objetivo;

2. Que sean proporcionales al hecho que dio lugar a la declaratoria;

3. Que exista una relacion de causalidad directa e inmediata entre los hechos que dieron lugar a la declaratoria y las

medidas adoptadas;

4. Que sean idoneas para enfrentar los hechos que dieron lugar a la declaratoria;

5. Que no exista otra medida que genere un menor impacto en terminos de derechos y garantias;

6. Que no afecten el nucleo esencial de los derechos constitucionales, y se respeten el conjunto de derechos

intangibles; y,

7. Que no se interrumpa ni se altere el normal funcionamiento del Estado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

¿Resulta constitucional si un decreto de estado de excepción determina como medida el cierre temporal de la

Defensoría del Pueblo?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 252: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

252

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen de las disposición arriba anotada.

de la norma producto de la iniciativa.

del tramite respectivo.

No existe control constitucional de las inciativas populares normativas.

El control es posterior a la vigencia de la norma.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 126 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: Cuando una

norma juridica sea el resultado de la iniciativa popular normativa, el control comprendera el examen de la

constitucionalidad del tramite respectivo. En tales circunstancias, el control tendra el mismo alcance y se ejercera en

los mismos terminos del regimen general del control constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Cuando una norma juridica sea el resultado de la iniciativa popular normativa, el control comprendera el examen de la

constitucionalidad:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 253: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

253

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas son supuestos no contemplados por la disposición normativa que sugiere la respuesta

correcta.

No existe control constitucional previo sobre consultas populares.

a requerimiento del presidente.

a solicitud de la Asamblea.

automática.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 127 de la Ley la Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional determina que: La Corte

Constitucional realizara un control automatico de constitucionalidad de todas las convocatorias a consulta popular. El

control de constitucionalidad se ejercera en los mismos terminos y condiciones que el control previsto en la Seccion

Tercera del Capitulo Cuarto del presente Titulo, y estara encaminado a garantizar la libertad de la electora o elector y

la constitucionalidad de las disposiciones juridicas o las medidas a adoptar a traves de este procedimiento.

Las disposiciones juridicas que fueren el resultado de un referendo, se someteran al regimen general del control

constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

El control constitucional sobre las convocatorias a consultas populares se ejerce por la Corte Constitucional de

manera:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 254: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

254

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas son supuestos no contemplados por la disposición normativa que sugiere la respuesta

correcta.

Está dirigido a garantizar la libertad de la electora o elector y la constitucionalidad de las disposiciones

juridicas o las medidas a adoptar a traves de la consulta popular.

Está destinado a asegurar la libertad de elección de los ciudadanos en el proceso de consulta popular.

Promover la seguridad jurídica entre la ciudadanía.

Revisar el texto o las medidas a tomar a través de la consulta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 127 de la Ley la Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional determina que: La Corte

Constitucional realizara un control automatico de constitucionalidad de todas las convocatorias a consulta popular. El

control de constitucionalidad se ejercera en los mismos terminos y condiciones que el control previsto en la Seccion

Tercera del Capitulo Cuarto del presente Titulo, y estara encaminado a garantizar la libertad de la electora o elector y

la constitucionalidad de las disposiciones juridicas o las medidas a adoptar a traves de este procedimiento.

Las disposiciones juridicas que fueren el resultado de un referendo, se someteran al regimen general del control

constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

¿Cuál es la finalidad del control constitucional de las consultas populares?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 255: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

255

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se contituyen en supuestos al margen de lo dispuesto normativamente, pues la Constitución

y la LOGJCC contemplan el contol constitucional de omisiones normativas.

control abstracto de constitucionalidad.

control constitucional de las omisiones normativas.

No existe ningún tipo de control que pueda conminar a una autoridad a hacer algo.

El control constitucional se ejerce contra actos de hacer.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 128 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: El control

abstracto de constitucionalidad comprende el examen de las omisiones normativas, cuando los organos competentes

omiten un deber claro y concreto de desarrollar normativamente los preceptos constitucionales. Este control se

sujetara al regimen general de competencia y procedimiento del control abstracto de constitucionalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Cuando los organos competentes omiten un deber claro y concreto de desarrollar normativamente los preceptos

constitucionales, posible promover el:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 256: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

256

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos aleatoriamente escogidos y al margen de la normativa que regula

sobre el control constitucional de las omisiones normativas.

De hecho, no es posible ejercer el control constitucional de una inacción normativa.

ejercer el control abstracto de constitucionalidad.

ejercer el control constitucional por omisión normativa.

promover la iniciativa normativa ciudadana.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La respuesta correcta se funda en la Constitución y Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control

Constitucional. El artículo 128 de la LOGJCC determina que: El control abstracto de constitucionalidad comprende el

examen de las omisiones normativas, cuando los organos competentes omiten un deber claro y concreto de

desarrollar normativamente los preceptos constitucionales. Este control se sujetara al regimen general de competencia

y procedimiento del control abstracto de constitucionalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Si la Asamblea Nacional no ejercer su atribución de regulación de un derecho determinado, es posible:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 257: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

257

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos aleatoriamente escogidos y al margen de la normativa que regula sobre

el control constitucional de las omisiones normativas.

la acción de defensa de derechos.

a través de un control constitucional abstracto.

por medio de una garantía jurisdiccional.

No se prevé ningún instrumento para ejecer control sobre omisiones constitucionales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La respuesta correcta se funda en la Constitución y Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

El artículo 128 de la LOGJCC determina que: El control abstracto de constitucionalidad comprende el examen de las

omisiones normativas, cuando los organos competentes omiten un deber claro y concreto de desarrollar normativamente

los preceptos constitucionales. Este control se sujetara al regimen general de competencia y procedimiento del control Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las omisiones normativas son impugnadas por:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 258: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

258

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos aleatoriamente escogidos y al margen de la normativa que regula sobre

el control constitucional de las omisiones normativas.

una obligación constitucional.

una obligación constitucional o legal.

cualquier obligación que pueda deducirse del ordenamiento constitucional.

un deber claro y concreto de desarrollar normativamente los preceptos constitucionales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La respuesta correcta se funda en la Constitución y Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

El artículo 128 de la LOGJCC determina que: El control abstracto de constitucionalidad comprende el examen de las

omisiones normativas, cuando los organos competentes omiten un deber claro y concreto de desarrollar normativamente

los preceptos constitucionales. Este control se sujetara al regimen general de competencia y procedimiento del control

abstracto de constitucionalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción constitucional de las omisiones normativas procede cuando los órganos competentes omiten:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 259: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

259

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos aleatoriamente escogidos y al margen de la normativa que regula

sobre el control constitucional de las omisiones normativas.

el control sobre omisiones normativas absolutas.

el control de omisiones normativas en general.

el control sobre omisiones normativas relativas.

No se prevé en la norma un control constitucional de tal naturaleza.Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo 2 del artículo 128 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece

que:

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El control constitucional que comprende la determinación y la eliminación de las exclusiones arbitrarias de

beneficios, cuando la disposición jurídica omita hipótesis o situaciones que deberían subsumirse dentro de su

presupuesto fáctico, y no exista una razón objetiva y suficiente que soporte la exclusión, es:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 260: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

260

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean soluciones al margen de lo establecido en la disposición normativa arriba citada.

determinar responsabilidades de los asambleístas que componen la comisión del ámbito que requiere

normativa.

demandar el cumplimiento de la decisión ante el presidente de la República.

que la Corte formule normativa básica para garantizar los derechos.

No existe mecanismo legal ulterior.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 129 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Las omisiones normativas tendran los siguientes efectos:

1. En el caso de las omisiones normativas absolutas, se concedera al organo competente un plazo determinado por la

Corte Constitucional para la respectiva subsanacion. En caso de que no se expida la normatividad en el plazo

concedido, la Corte Constitucional formulara por via jurisprudencial las reglas basicas correspondientes que sean

indispensables para garantizar la debida aplicacion y acatamiento de las normas constitucionales. Dichas reglas

basicas mantendran su vigencia hasta que se dicten por la Funcion o institucion correspondiente las normas

reguladoras de esa materia.

2. En el caso de las omisiones normativas relativas, cuando existiendo regulacion se omiten elementos normativos

constitucionalmente relevantes, seran subsanadas por la Corte Constitucional, a traves de las sentencias de

constitucionalidad condicionada.

El control sobre las omisiones normativas relativas comprende la determinacion y la eliminacion de las exclusiones

arbitrarias de beneficios, cuando la disposicion juridica omita hipotesis o situaciones que deberian subsumirse dentro

de su presupuesto factico, y no exista una razon objetiva y suficiente que soporte la exclusion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Si la Asamblea Nacional omite emitir una normativa trascendental para el ejercicio de un cojunto de derechos, a pesar

de que la Corte Constitucional hay declarado este hecho como inconstitucional, corresponde:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 261: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

261

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean soluciones al margen de lo establecido en la disposición normativa arriba citada.

por un periodo legislativo.

hasta que el órgano competente emita la normativa correspondiente.

De hecho, la Corte no tiene atribuciones para emitir normativa en materia de derechos.

La Corte debe señalar el plazo de vigencia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 129 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Las omisiones normativas tendran los siguientes efectos:

1. En el caso de las omisiones normativas absolutas, se concedera al organo competente un plazo determinado por la

Corte Constitucional para la respectiva subsanacion. En caso de que no se expida la normatividad en el plazo

concedido, la Corte Constitucional formulara por via jurisprudencial las reglas basicas correspondientes que sean

indispensables para garantizar la debida aplicacion y acatamiento de las normas constitucionales. Dichas reglas

basicas mantendran su vigencia hasta que se dicten por la Funcion o institucion correspondiente las normas

reguladoras de esa materia.

2. En el caso de las omisiones normativas relativas, cuando existiendo regulacion se omiten elementos normativos

constitucionalmente relevantes, seran subsanadas por la Corte Constitucional, a traves de las sentencias de

constitucionalidad condicionada.

El control sobre las omisiones normativas relativas comprende la determinacion y la eliminacion de las exclusiones

arbitrarias de beneficios, cuando la disposicion juridica omita hipotesis o situaciones que deberian subsumirse dentro

de su presupuesto factico, y no exista una razon objetiva y suficiente que soporte la exclusion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Si la Corte Constitucional emite las reglas básicas para el ejercicio de derechos como parte del ejercicio del control

constitucional de omisiones normativas, aquellas estarán en vigencia:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 262: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

262

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no están contempladas en la disposición normativa arriba anotada, y que regulan el

contenido que involucra la formulación de la pregunta.

No existe tal omisión relativa como parte del control constitucional de omisiones normativas.

la violación parcial de derechos.

la omisión de ciertas normas sustanciales dentro la regulación de determinada materia.

la omisión de sujetos pasivos que contempla la norma.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 129 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

2. En el caso de las omisiones normativas relativas, cuando existiendo regulacion se omiten elementos normativos

constitucionalmente relevantes, seran subsanadas por la Corte Constitucional, a traves de las sentencias de

constitucionalidad condicionada.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Una omisión relativa dentro el control constitucional de omisiones normativas es:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 263: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

263

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos no contemplados por la disposición normativa arriba citada.

omisiones absolutas por parte del legislador.

simplemente son omisiones normativas, pues la norma no contempla ninguna diferencia.

No existe un control de tal naturaleza que pueda ejercer la Corte Constitucional.

omisiones relativas por parte del legislador.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 129 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que: Las

omisiones normativas tendran los siguientes efectos:

1. En el caso de las omisiones normativas absolutas, se concedera al organo competente un plazo determinado por la

Corte Constitucional para la respectiva subsanacion. En caso de que no se expida la normatividad en el plazo

concedido, la Corte Constitucional formulara por via jurisprudencial las reglas basicas correspondientes que sean

indispensables para garantizar la debida aplicacion y acatamiento de las normas constitucionales. Dichas reglas

basicas mantendran su vigencia hasta que se dicten por la Funcion o institucion correspondiente las normas

reguladoras de esa materia.

2. En el caso de las omisiones normativas relativas, cuando existiendo regulacion se omiten elementos normativos

constitucionalmente relevantes, seran subsanadas por la Corte Constitucional, a traves de las sentencias de

constitucionalidad condicionada.

El control sobre las omisiones normativas relativas comprende la determinacion y la eliminacion de las exclusiones

arbitrarias de beneficios, cuando la disposicion juridica omita hipotesis o situaciones que deberian subsumirse dentro

de su presupuesto factico, y no exista una razon objetiva y suficiente que soporte la exclusion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Dentro el control constitucional de omisiones normativas, la determinacion y la eliminacion de las exclusiones

arbitrarias de beneficios, la omisión de hipotesis o situaciones que deberian subsumirse dentro de su presupuesto

factico, y inexistencia de razon objetiva y suficiente que soporte la exclusion, se constituye en:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 264: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

264

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contemplan supuestos al margen de lo jurídicamente establecido, de acuerdo a la

disposición normativa arriba citada.

ordenar que el Legislador emita una nueva normativa a la declaración de inconstitucionalidad.

postergar los efectos de la declaratoria de inconstitucionalidad.

declarar la inconstitucionalidad sin posibilidad de ninguna previsión al efecto.

No cuenta con atribuciones de prever efectos distintos a los de un legislador negativo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 130 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que: Cuando la

declaratoria de inconstitucionalidad de una disposicion juridica produzca una omision normativa que sea fuente

potencial de vulneracion de los derechos constitucionales o produzca graves danos, se podra postergar los efectos de

la declaratoria de inconstitucionalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Si dentro una acción abstracta de inconstitucionalidad la Corte Constitucional observa que la declaración de

inconstitucionalidad de la norma conllevará un vacío normativo, puede:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 265: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

265

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos que no están contemplados por la Constitución y la

LOGJCC, considerando que la Constitución manda a la Corte declarar la inconstitucionalidad de normas por

conexitud, según establece el numeral 3 del artículo 436 de la Constitución.

requerir a la Asamblea subsane la inconstitucionalidad.

declarar la inconstitucionalidad del acto administrativo y de la ley.

pronunciarse sobre lo demandado y no de manera ultra petita .

solicitar se presente una acción abstracta de inconstitucionalidad contra la ley que considera

inconstitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 135 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

Procedera la accion de inconstitucionalidad respecto de cualquier acto normativo o administrativo de caracter

general que vulnere normas constitucionales.

La constitucionalidad de dichos actos no se agota ni se presume por su sujecion a la ley. Cuando la

inconstitucionalidad del acto deriva de la inconstitucionalidad de la ley, se analizara la inconstitucionalidad conexa de

la norma correspondiente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Si dentro una demanda de control constitucional de un acto administrativo de carácter general, la Corte

Constitucional observa que la inconstitucionalidad de este acto deriva de una ley inconstitucional, esta debe:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 266: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

266

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no están contempladas como supuestos constitucionales o legales, según se puede

confirmar del texto constitucional y la LOGJCC.

a la Corte Constitucional le corresponden los actos normativos no parlamentarios y a la Sala de lo

Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia le corresponde el control de los actos

administrativos de carácter general.

únicamente a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional.

únicamente a la Corte Constitucional.

No existe control constitucional de actos administrativos de carácter general, su impugnación está reservada

al contencioso administrativo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 136 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que: Para el control

de los actos normativos y administrativos de caracter general, a la Corte Constitucional le corresponde el control de

constitucionalidad de todos los actos normativos y administrativos de caracter general.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

El control constitucional de los actos normativos no parlamentarios y actos administrativos de caracter general le

corresponde:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 267: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

267

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos contradictorios con la norma arriba anotada, que regula sobre el plazo

para la interposición de la acción de inconstitucionalidad.

a 30 días de la emisión del acto.

6 meses a partir de su emisión.

cualquier momento a partir de la expedición del acto.

durante la gestión de las autoridades que emitieron el acto.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 138 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que: La accion de

inconstitucionalidad puede ser solicitada en cualquier tiempo a partir de la expedicion del acto.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

El control constitucional de los actos normativos no parlamentarios y actos administrativos de caracter general pueden

ser activados en:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 268: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

268

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no están contempladas en la disposición arriba citada y tampoco en la LOGJCC.

No, para este tipo de control constitucional las sentencias solo son para el futuro.

Sí, en esencia las decisiones para este tipo de control son para el futuro y excepcionalmente puede

modularse los efectos de las sentencias.

No existe control constitucional de actos administrativos, considerando que le corresponde al contencioso

administrativo y no la justicia constitucional.

Las decisiones constitucional pueden ser para el futuro o pasado, depende del criterio del juez constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 139 de la Ley Orgáncia de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que: Por regla

general, la declaratoria de inconstitucionalidad de los actos normativos y administrativos de caracter general tendra

efectos hacia el futuro. Sin embargo, ello no excluye la posibilidad de modular los efectos de la sentencias cuando sea

para promover los derechos de las personas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional permite que el juez constitucional dentro las

acciones de control constitucional difiera o retrotraiga los efectos de las sentencias, ¿Esto es permitido para el control

constitucional de los actos normativos no parlamentarios y actos administrativos de caracter general?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 269: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

269

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no están contempladas en la disposición anunciada más arriba, y la opción C), que sí podría

constituirse en una opción correcta, se constituye en una opción general frente a la opción correcta.

a la acción extraordinaria de protección.

al control concreto de constitucionalidad.

al control de constitucionalidad.

No existe un control de esa naturaleza en la normativa ecuatoriana.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 141 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que: El control

concreto tiene como finalidad garantizar la constitucionalidad de la aplicacion de las disposiciones juridicas dentro de

los procesos judiciales.

Los jueces aplicaran las disposiciones constitucionales, sin necesidad que se encuentren desarrolladas en otras

normas de menor jerarquia. En las decisiones no se podra restringir, menoscabar o inobservar su contenido.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

El control que tiene como finalidad garantizar la constitucionalidad de la aplicacion de las disposiciones juridicas

dentro de los procesos judiciales se refiere:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 270: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

270

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas desnaturalizan el control concreto de constitucionalidad, que se describe en la disposición

normativa arriba citada.

la posiblidad de que puedan ser declaradas inconstitucionales las normas legales en la aplicación práctica de

los procesos.

la obligación de que los jueces ordinarios no pueden inobservar disposiciones constitucionales en sus

decisiones judiciales.

una atribución más de control constitucional para la Corte Constitucional.

supone que los jueces ordinarios no ejercen control constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 141 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que: El control

concreto tiene como finalidad garantizar la constitucionalidad de la aplicacion de las disposiciones juridicas dentro de

los procesos judiciales.

Los jueces aplicaran las disposiciones constitucionales, sin necesidad que se encuentren desarrolladas en otras

normas de menor jerarquia. En las decisiones no se podra restringir, menoscabar o inobservar su contenido.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

El control concreto de constitucionalidad supone:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 271: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

271

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se sustentan en supuestos que contradicen lo señalado por el artículo 142 de la LOGJCC.

Sí, el principio de aplicación directa de la Constitución permite tal supuesto.

Sí, la disposición normativa arriba citada permite colegir que el juez está habilitado a inaplicar una ley si

considera que es inconstitucional.

No, solo la Corte está habilitada a ejercer el control constitucional.

No, de acuerdo a procedimiento el juez de la causa debe realizar la consulta a la Corte Constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 142 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que: Las juezas y

jueces, las autoridades administrativas y servidoras y servidores de la Funcion Judicial aplicaran las disposiciones

constitucionales, sin necesidad que se encuentren desarrolladas en otras normas de menor jerarquia. En las

decisiones no se podra restringir, menoscabar o inobservar su contenido.

En consecuencia, cualquier jueza o juez, de oficio o a peticion de parte, solo si tiene duda razonable y motivada de que

una norma juridica es contraria a la Constitucion o a los instrumentos internacionales de derechos humanos que

establezcan derechos mas favorables que los reconocidos en la Constitucion, suspendera la tramitacion de la causa y

remitira en consulta el expediente a la Corte Constitucional, la que en un plazo no mayor a cuarenta y cinco dias

resolvera sobre la constitucionalidad de la norma.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

El artículo 142 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que: Las juezas y

jueces, las autoridades administrativas y servidoras y servidores de la Funcion Judicial aplicaran las

disposiciones constitucionales, sin necesidad que se encuentren desarrolladas en otras normas de menor

jerarquia. En las decisiones no se podra restringir, menoscabar o inobservar su contenido; ¿Esto permite que

el juez de una causa inaplique una ley bajo la posibilidad de ser inconstitucional?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 272: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

272

A)

B)

C)

D)

La opción A) es incorrecta en vista de que la Ley dispone que el juez debe promover consulta a la Corte, si bien una

lectura de la Constitución podría abrir la posibilidad de considerar esta opción como correcta, el criterio hegemónico es

aquél que considera al sistema de control constitucional ecuatoriano como uno concentrado, en el que control se

reserva a la Corte Constitucional (Ver Sentencia No. 001-SCN-CC, Caso No. 0535-12-CN)

La opción C) presenta una solución que exime a los jueces ordinarios de aplicar la Constitución, es decir, la

presunción de constitucionalidad no puede ser llevada al extremo de anular la propia jerarquía de la Constitución.

La opción D) es un supuesto contrario a la norma arriba citada.

inaplicar la norma jurídica contraria y aplicar la Constitución.

promover la acción concreta de inconstitucionalidad.

presumir la constitucionalidad de la norma.

debe aplicar la norma jurídica si algunas de las parte no promueve acción concreta de inconstitucionalidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 142 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que: Las juezas y

jueces, las autoridades administrativas y servidoras y servidores de la Funcion Judicial aplicaran las disposiciones

constitucionales, sin necesidad que se encuentren desarrolladas en otras normas de menor jerarquia. En las

decisiones no se podra restringir, menoscabar o inobservar su contenido.

En consecuencia, cualquier jueza o juez, de oficio o a peticion de parte, solo si tiene duda razonable y motivada de que

una norma juridica es contraria a la Constitucion o a los instrumentos internacionales de derechos humanos que

establezcan derechos mas favorables que los reconocidos en la Constitucion, suspendera la tramitacion de la causa y

remitira en consulta el expediente a la Corte Constitucional, la que en un plazo no mayor a cuarenta y cinco dias

resolvera sobre la constitucionalidad de la norma.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Si el juez de una causa identifica que una norma jurídica es contraria a la Constitución, debe:

Derecho Constitucional

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 273: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

273

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos no contemplados por la LOGJCC, concretamente el artículo

arriba citado.

suspenderse hasta un pronunciamiento de la Corte.

continuar hasta el momento de dictarse sentencia.

continuar con normalidad.

De hecho, se toma la acción por no presentada.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 142 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

Las juezas y jueces, las autoridades administrativas y servidoras y servidores de la Funcion Judicial aplicaran las

disposiciones constitucionales, sin necesidad que se encuentren desarrolladas en otras normas de menor

jerarquia. En las decisiones no se podra restringir, menoscabar o inobservar su contenido.

En consecuencia, cualquier jueza o juez, de oficio o a peticion de parte, solo si tiene duda razonable y motivada de

que una norma juridica es contraria a la Constitucion o a los instrumentos internacionales de derechos humanos

que establezcan derechos mas favorables que los reconocidos en la Constitucion, suspendera la tramitacion de la

causa y remitira en consulta el expediente a la Corte Constitucional, la que en un plazo no mayor a cuarenta y

cinco dias resolvera sobre la constitucionalidad de la norma.

Si transcurrido el plazo previsto la Corte Constitucional no se pronuncia, el proceso seguira

sustanciandose. Si la Corte Constitucional resolviere luego de dicho plazo, la resolucion no tendra efecto

retroactivo, pero quedara a salvo la accion extraordinaria de proteccion por parte de quien hubiere sido perjudicado

por recibir un fallo o resolucion contraria a la resolucion de la Corte Constitucional.

No se suspendera la tramitacion de la causa, si la norma juridica impugnada por la jueza o juez es resuelta en

sentencia.

El tiempo de suspension de la causa no se computara para efectos de la prescripcion de la accion o del proceso.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Si dentro un proceso penal se promueve una acción concreta de inconstitucionalidad, y la Corte no se ha

pronunciado dentro el plazo de ley, el proceso debe:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 274: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

274

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos no contemplados por la LOGJCC, concretamente el artículo

arriba citado.

aplicar retroactivamente la sentencia constitucional y emitir nuevamente sentencia dentro el proceso

principal.

anular la sentencia y emitir una nueva.

aplicar la decisión constitucional a futuros casos.

interponer una acción extraordinaria de protección.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 142 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

Las juezas y jueces, las autoridades administrativas y servidoras y servidores de la Funcion Judicial aplicaran las

disposiciones constitucionales, sin necesidad que se encuentren desarrolladas en otras normas de menor

jerarquia. En las decisiones no se podra restringir, menoscabar o inobservar su contenido.

En consecuencia, cualquier jueza o juez, de oficio o a peticion de parte, solo si tiene duda razonable y motivada de

que una norma juridica es contraria a la Constitucion o a los instrumentos internacionales de derechos humanos

que establezcan derechos mas favorables que los reconocidos en la Constitucion, suspendera la tramitacion de la

causa y remitira en consulta el expediente a la Corte Constitucional, la que en un plazo no mayor a cuarenta y

cinco dias resolvera sobre la constitucionalidad de la norma.

Si transcurrido el plazo previsto la Corte Constitucional no se pronuncia, el proceso seguira sustanciandose. Si la

Corte Constitucional resolviere luego de dicho plazo, la resolucion no tendra efecto retroactivo, pero quedara

a salvo la accion extraordinaria de proteccion por parte de quien hubiere sido perjudicado por recibir un

fallo o resolucion contraria a la resolucion de la Corte Constitucional.

No se suspendera la tramitacion de la causa, si la norma juridica impugnada por la jueza o juez es resuelta en

sentencia.

El tiempo de suspension de la causa no se computara para efectos de la prescripcion de la accion o del proceso.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Si una persona que sigue un proceso cualquiera interpone acción concreta de inconstitucionalidad y la Corte

Constitucional emite un pronunciamiento favorable después de que el proceso ya cuenta con una sentencia, se

debe:

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Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 275: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

275

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos contemplados al margen de la disposición normativa arriba

mencionada.

en el caso concreto.

los mismos efectos de las sentencias en la acción extraordinaria de protección.

los mismos efectos de las sentencias en el control abstracto de constitucionalidad.

erga omnes .

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 143 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

El fallo de la Corte Constitucional tendra los siguientes efectos:

1. Cuando se pronuncie sobre la compatibilidad de la disposicion juridica en cuestion con las normas constitucionales,

el fallo tendra los mismos efectos de las sentencias en el control abstracto de constitucionalidad.

2. Cuando se pronuncie unicamente sobre la constitucionalidad de la aplicacion de la disposicion juridica, el fallo

tendra efectos entre las partes y para casos analogos. Para tal efecto, se debera definir con precision el supuesto

factico objeto de la decision, para que hacia el futuro las mismas hipotesis de hecho tengan la misma solucion juridica,

sin perjuicio de que otras hipotesis produzcan el mismo resultado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Cuando la Corte Constitucional se pronuncie dentro una acción concreta de inconstitucionalidad sobre la

compatibilidad de la disposicion juridica en cuestion con las normas constitucionales, el fallo tendrá efectos:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanimos de control constitucional

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 276: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

276

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos contemplados al margen de la disposición normativa arriba

mencionada.

entre las partes y para casos analogos.

erga omnes .

solo entre las partes.

entre las partes y generales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 143 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

El fallo de la Corte Constitucional tendra los siguientes efectos:

1. Cuando se pronuncie sobre la compatibilidad de la disposicion juridica en cuestion con las normas constitucionales,

el fallo tendra los mismos efectos de las sentencias en el control abstracto de constitucionalidad.

2. Cuando se pronuncie unicamente sobre la constitucionalidad de la aplicacion de la disposicion juridica, el fallo

tendra efectos entre las partes y para casos analogos. Para tal efecto, se debera definir con precision el supuesto

factico objeto de la decision, para que hacia el futuro las mismas hipotesis de hecho tengan la misma solucion juridica,

sin perjuicio de que otras hipotesis produzcan el mismo resultado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Cuando la Corte Constitucional se pronuncie dentro una acción concreta de inconstitucionalidad unicamente sobre la

constitucionalidad de la aplicacion de la disposicion juridica, el fallo tendrá efectos:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Mecanismos de control constitucional

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 277: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

277

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en componentes de la respuesta correcta. La expresión exacta la genera la

misma opción correcta.

las personas.

individuos, colectivos y naturaleza.

las personas y pueblos indígenas.

individuos, comunidades, pueblos, nacionalidades, colectivos y naturaleza.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 10 de la Constitución establece que: Las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son

titulares y gozaran de los derechos garantizados en la Constitucion y en los instrumentos internacionales.

La naturaleza sera sujeto de aquellos derechos que le reconozca la Constitucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

La Constitución ecuatoriana reconoce derechos a:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 278: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

278

A)

B)

C)

D)

Las opciones B) y D) son incorrectas porque plantean supuestos al margen de lo establecido en la Constitución. La

opción A) es incorrecta porque deja de lado el otro componente que sí se configura en la respuesta correcta.

la Constitución.

el ordenamiento jurídico ecuatoriano.

la Constitución y en los instrumentos internacionales.

la Ley.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 10 de la Constitución establece que: Las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son

titulares y gozaran de los derechos garantizados en la Constitucion y en los instrumentos internacionales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y gozaran de los derechos garantizados

en:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 279: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

279

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se encuentran al margen de lo señalo en el artículo 11 de la Constitución.

No, porque el juez debe tramitar toda acción de protección sin requisitos y formalidades.

Sí, porque la parte no presentó poder.

No, porque la Constitución reconoce la posibilidad de exigir de forma individual o colectiva la protección de

derechos.

Sí, porque efectivamente la Constitución reconoce la posibilidad de demandar protección de manera

individual.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 11 de la Constitución establece que:

El ejercicio de los derechos se regira por los siguientes principios:

1. Los derechos se podran ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva ante las

autoridades competentes; estas autoridades garantizaran su cumplimiento. (…)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Una persona perteneciente a un colectivo vió oportuno presentar acción de protección por la vulneración de los

derechos colectivos que la Constitución le reconoce a su comunidad. No obstante, el juez constitucional rechazó la

demanda por actuar individualmente para proteger derechos colectivos sin la debida representación legal. ¿Es

procedente la salida del juez constitucional?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 280: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

280

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas A) y C) están fuera del contenido sobre igualdad que reconoce la Constitución. La opción D)

plantea un supuesto que no ofrece respuesta a la pregunta formulada, a diferencia de la opción correcta.

Sí, el derecho de libertad permite tal supuesto.

No, la Constitución prohibe la discriminación de cualquier tipo.

Sí, el derecho admisión está reconocido en la Constitución.

No, porque los derechos son plenamente justiciables.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 11 de la Constitución establece que:

2. Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y oportunidades.

Nadie podra ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de genero, identidad

cultural, estado civil, idioma, religion, ideologia, filiacion politica, pasado judicial, condicion socio-economica, condicion

migratoria, orientacion sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia fisica; ni por cualquier otra

distincion, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el

reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionara toda forma de discriminacion.

El Estado adoptara medidas de accion afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos

que se encuentren en situacion de desigualdad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Un letrero colgado en la puerta de una discoteca, que decía "nos reservamos el derecho de admisión", sirvió para

impedir que una pareja gay ingresaran como clientes. ¿Es posible que privados puedan reservarse el derecho de

admisión?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 281: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

281

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el contenido de la disposición constitucional arriba anotada.

No, el despido resultaría en una agresión al principio de no discriminación.

No, porque el contrato debe concluir su vigencia.

Sí, porque el contrato fue suscrito con una mujer y el contrato con un hombre resultaría un nuevo contrato,

que le permite al empleador elegir entre suscribir o no este nuevo contrato.

Sí, la Constitución ampara la libertad contractual.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 11 de la Constitución establece que:

2. Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y oportunidades.

Nadie podra ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de genero, identidad

cultural, estado civil, idioma, religion, ideologia, filiacion politica, pasado judicial, condicion socio-economica, condicion

migratoria, orientacion sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia fisica; ni por cualquier otra

distincion, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el

reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionara toda forma de discriminacion.

El Estado adoptara medidas de accion afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos

que se encuentren en situacion de desigualdad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Una trabajadora que culminó con su proceso de transgénero fue despedida ultueriormente por autoidentificarse como

hombre. El empleador se ampara en la libertad contractual. ¿Es posible despedir a una persona que fue contratada

como mujer pero que luego solicita sea contratado como hombre?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 282: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

282

A)

B)

C)

D)

La opciones incorrectas plantean otros supuestos distintos al de orientación sexual.

La Constitución no ofrece un supuesto claro para este caso.

La no discriminación por sexo.

La no discriminación por orientación sexual.

La no discriminación por identidad de género.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 11 de la Constitución establece que:

2. Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y oportunidades.

Nadie podra ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de genero, identidad

cultural, estado civil, idioma, religion, ideologia, filiacion politica, pasado judicial, condicion socio-economica, condicion

migratoria, orientacion sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia fisica; ni por cualquier otra

distincion, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el

reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionara toda forma de discriminacion.

El Estado adoptara medidas de accion afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos

que se encuentren en situacion de desigualdad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Un asesor de paracaidismo para tranquilizar a una clienta que receleba pegarse a él durante un salto, le reveló que era

"100% gay". Al enterarse de esto su empleador lo despidió. ¿Bajo qué supuesto constitucional podría tutelarse a esta

persona?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 283: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

283

A)

B)

C)

D)

La opción B) no se constituye en una opción correcta porque se encuentra al margen de la Constitución. La opción C)

es un planteamiento distinto al caso formulado en la pregunta. Y la opción D) se configura en una solución que

contradice en esencia la disposición normativa arriba anotada.

La no discriminación por identidad de género.

La Constitución no ofrece un supuesto claro para este caso.

La no discriminación por orientación sexual.

No existe protección plausible, pues prevalece la libertad contractual.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 11 de la Constitución establece que:

2. Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y oportunidades.

Nadie podra ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de genero, identidad

cultural, estado civil, idioma, religion, ideologia, filiacion politica, pasado judicial, condicion socio-economica, condicion

migratoria, orientacion sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia fisica; ni por cualquier otra

distincion, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el

reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionara toda forma de discriminacion.

El Estado adoptara medidas de accion afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos

que se encuentren en situacion de desigualdad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Una mujer transgénero de Quito, fue despedida en 2013 en una funeraria cuando le dijo a su jefe la transición en la

que se hallaba y pretendía hacer pública en el trabajo, donde hasta entonces había sido contratada siete años atrás

como un hombre llamado Carlos. ¿Bajo qué supuesto constitucional podría tutelarse a esta persona?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 284: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

284

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no responden al contenido de la pregunta, cuya opción correctas se sustentan en la

disposición normativa arriba citada.

Son aplicables a través del desarrollo legislativo.

Son de directa e inmediata aplicación por todos los servidores públicos.

A través de la reserva de ley.

A través de la jerarquía normativa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 3 del artículo 11 de la Constitución dispone que: 3. Los derechos y garantias establecidos en la

Constitucion y en los instrumentos internacionales de derechos humanos seran de directa e inmediata aplicacion por y

ante cualquier servidora o servidor publico, administrativo o judicial, de oficio o a peticion de parte.

Para el ejercicio de los derechos y las garantias constitucionales no se exigiran condiciones o requisitos que no esten

establecidos en la Constitucion o la ley.

Los derechos seran plenamente justiciables. No podra alegarse falta de norma juridica para justificar su violacion o

desconocimiento, para desechar la accion por esos hechos ni para negar su reconocimiento.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

¿De qué manera son aplicables los derechos y garantías de las personas reconocidos en la Constitución y tratados

internacionales?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 285: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

285

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos en la dirección contraria a lo dispuesto por norma arriba citada.

No, porque todos los derechos son de igual jerarquía.

Sí, si ese colectivo pertence a un grupo históricamente vulnerable.

No, porque eso solo puede ser establecido mediante sentencia constitucional.

Sí, puesto que la Constitución reconoce que ciertos derechos prevalecen sobre otros.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A)

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 6 del artículo 11 de la Constitución dispone que: 6. Todos los principios y los derechos son inalienables,

irrenunciables, indivisibles, interdependientes y de igual jerarquia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

¿Es posible que un colectivo alegue que sus derechos, en inicio, prevalecen sobre ciertos derechos individuales?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 286: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

286

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el contenido de la disposción constitucional arriba anotada.

Sí, el gobierno nacional define las políticas públicas en relación a los derechos, de acuerdo al contexto

nacional.

Sí, siempre que tal regulación se haya efectuado a través de una ley.

No, porque va en contra del principio de progresividad.

No, porque el caso no evidencia que tales cambios se hayan efectuado a través de una ley.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 8 del artículo 11 dispone que: 8. El contenido de los derechos se desarrollara de manera progresiva a

traves de las normas, la jurisprudencia y las politicas publicas. El Estado generara y garantizara las condiciones

necesarias para su pleno reconocimiento y ejercicio.

Sera inconstitucional cualquier accion u omision de caracter regresivo que disminuya, menoscabe o anule

injustificadamente el ejercicio de los derechos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

A nivel nacional se generaron una serie de condiciones para asegurar un conjunto de derechos a un grupo de

personas. Sin embargo, el gobierno nacional estableció una nueva política pública respecta a esos derechos y eliminó

injustamente ciertas condiciones, que aseguraban la materialización de aquellos derechos. ¿Es posible este tipo de

regulación desde el punto de vista constitucional?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 287: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

287

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se desmarcan de lo establecido en la disposición constitucional arriba anotada.

En inicio, no existe ningún principio que determine el marco de desarrollo de los derechos.

principio de jerarquía constitucional

principio de legalidad.

principio de progresividad y no regresión.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 8 del artículo 11 dispone que: 8. El contenido de los derechos se desarrollara de manera progresiva a

traves de las normas, la jurisprudencia y las politicas publicas. El Estado generara y garantizara las condiciones

necesarias para su pleno reconocimiento y ejercicio.

Sera inconstitucional cualquier accion u omision de caracter regresivo que disminuya, menoscabe o anule

injustificadamente el ejercicio de los derechos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

El contenido de los derechos debe ser desarrollado, principalmente, en el marco del:

Derecho Constitucional

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 288: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

288

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas si bien plantean soluciones que consisten en deberes fundamentales del Estado, es

imprescindible dar cuenta que la Constitución ecuatoriana plantea la protección de derechos como la principal finalidad

del Estado.

Defender la soberanía nacional.

Fortalecer la unidad nacional.

Respetar los derechos.

Promover el desarrollo equitativo y solidario.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 9 del artículo 11 de la Constitución establece que;

9. El mas alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

¿Cuál es el principal deber del Estado de acuerdo con la Constitución del Ecuador?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 289: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

289

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos que no coinciden con el contenido de la disposición normativa arriba

citada.

No plantea ningún tipo de consecuencia explícita frente a este mandato.

El incumplimiento acarrea responsabilidad administrativa.

Promueve los procesos que correspondan iniciar.

Determina que los servidores públicos que violen derechos deben reparar tales violaciones.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 9 del artículo 11 de la Constitución dispone que: 9. El mas alto deber del Estado consiste en respetar

y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitucion.

El Estado, sus delegatarios, concesionarios y toda persona que actue en ejercicio de una potestad publica,

estaran obligados a reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o deficiencia en la

prestacion de los servicios publicos, o por las acciones u omisiones de sus funcionarias y funcionarios, y

empleadas y empleados publicos en el desempeno de sus cargos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

La Constitución del Ecuador plantea que El mas alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los

derechos garantizados en la Constitucion; ¿Cuál es la consecuencia jurídica explícita que determina la

Constitución frente al incumplimiento de este mandato?

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Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 290: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

290

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no ofrecen la respuesta que se encuentra establecida en la Constitución, considerando que

en la disposición normativa que arriba se cita, se cuenta como principal supuesto el derecho de repetición contra los

servidores públicos que incurrieran en violación de derechos.

Ejercer el derecho de repetición.

Inhabilitar la contratación en el servicio público de tales servidores.

Buscar únicamente la responsabilidad penal.

Buscar la responsabilidad civil, penal y administrativa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 9 del artículo 11 de la Constitución dispone que:

9. El mas alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitucion.

El Estado, sus delegatarios, concesionarios y toda persona que actue en ejercicio de una potestad publica, estaran

obligados a reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o deficiencia en la prestacion de los

servicios publicos, o por las acciones u omisiones de sus funcionarias y funcionarios, y empleadas y empleados

publicos en el desempeno de sus cargos.

El Estado ejercera de forma inmediata el derecho de repeticion en contra de las personas responsables del dano

producido, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales y administrativas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

La Constitución declara que el más alto deber del Estado es la protección de derechos, para ello dispone, como

consecuencia jurídica, que todos los servidores públicos estarán obligados a repara las violaciones de derechos en la

que estos incurran. Frente a ello el Estado tiene la obligación de:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 291: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

291

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos distantes de los establecido en la disposición constitucional

arriba citada.

Sí, los servidores públicos deben responder de forma individual por la violación de derechos.

Sí, la Constitución establece que el Estado debe promover el derecho de repetición contra aquellos servidores

que violen derechos.

No, porque no cuenta con atribuciones para tal acto.

No, porque la Constitución establece que el Estado es responsable por deternciones arbitrarias.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 9 del artículo 11 de la Constitución dispone que: 9. El mas alto deber del Estado consiste en respetar y

hacer respetar los derechos garantizados en la Constitucion.

El Estado, sus delegatarios, concesionarios y toda persona que actue en ejercicio de una potestad publica, estaran

obligados a reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o deficiencia en la prestacion de los

servicios publicos, o por las acciones u omisiones de sus funcionarias y funcionarios, y empleadas y empleados

publicos en el desempeno de sus cargos.

El Estado ejercera de forma inmediata el derecho de repeticion en contra de las personas responsables del dano

producido, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales y administrativas.

El Estado sera responsable por detencion arbitraria, error judicial, retardo injustificado o inadecuada

administracion de justicia, violacion del derecho a la tutela judicial efectiva, y por las violaciones de los

principios y reglas del debido proceso.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Un ciudadano decidió demandar al Estado por detenciones arbitrarias. ¿Puede el Procurador del Estado alegar que

tales detenciones son responsabilidad de los efectivos de la polícia, lo cual exime de responsabilidad al Estado?

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 292: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

292

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas sostienen supuestos al margen de lo que se dispone en el artículo 11 de la Constitución.

Identificar a los responsables.

Repara a la persona e identificar a los responsables.

Asumir su responsabilidad internacional.

Buscar que los servidores públicos responsables reparen a la persona afectada en sus derechos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 9 del artículo 11 de la Constitución dispone que:

9. El mas alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitucion.

El Estado, sus delegatarios, concesionarios y toda persona que actue en ejercicio de una potestad publica, estaran

obligados a reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o deficiencia en la prestacion de los

servicios publicos, o por las acciones u omisiones de sus funcionarias y funcionarios, y empleadas y empleados

publicos en el desempeno de sus cargos.

El Estado ejercera de forma inmediata el derecho de repeticion en contra de las personas responsables del dano

producido, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales y administrativas.

El Estado sera responsable por detencion arbitraria, error judicial, retardo injustificado o inadecuada administracion de

justicia, violacion del derecho a la tutela judicial efectiva, y por las violaciones de los principios y reglas del debido

proceso.

Cuando una sentencia condenatoria sea reformada o revocada, el Estado reparara a la persona que haya sufrido pena

como resultado de tal sentencia y, declarada la responsabilidad por tales actos de servidoras o servidores publicos,

administrativos o judiciales, se repetira en contra de ellos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Si la sentencia condenatoria de una persona es revocada, el Estado debe:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 293: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

293

A)

B)

C)

D)

Las opciones A) y B) plantean un supuesto constitucionalmente correcto, sin embargo, la figura del estado de

excepción se constituye en una excepción a la regla, que no deja de ser objeto de control constitucional.

No, la Constitución establece que ninguna norma juridica –menos un decreto– podra restringir el contenido

de los derechos ni de las garantias constitucionales.

No, porque el gobierno nacional no cuenta con la competencia para decretar un estado de excepción de tal

naturaleza.

Sí, la Constitución otorga la posibilidad de que el Presidente, a través de un estado de excepción, pueda

limitar ambos derechos.

Sí, durante los estados de excepción el gobierno tiene la facultad de limitar cualqueir derecho constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Si bien el artículo 11 de la Constitución establece lo que la opción A) plantea, el artículo 165 dispone que: Durante el

estado de excepcion la Presidenta o Presidente de la Republica unicamente podra suspender o limitar el ejercicio del

derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de transito, libertad de asociacion y

reunion, y libertad de informacion, en los terminos que senala la Constitucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

El gobierno nacional decretó estado de excepción, y entre las medidas adoptadas limitó el ejercicio de la libertad de

información y de asociación. ¿Es constitucional la restricción de estos derechos?

Derecho Constitucional

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 294: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

294

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no coinciden con la solución que ofrece la Constitución.

No, la Constitución prohibe alegar este tipo de argumentos.

Sí, el vacío normativo no causa responsabilidad a servidores públicos y sí al Estado.

Sí, porque la violación de derechos se genera en inicio por la omisión normativa del Legislador.

No, porque es posible aplicar directamente la Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 3 del artículo 11 de la Constitución dispone que; 3. Los derechos y garantias establecidos en la

Constitucion y en los instrumentos internacionales de derechos humanos seran de directa e inmediata aplicacion por y

ante cualquier servidora o servidor publico, administrativo o judicial, de oficio o a peticion de parte.

Para el ejercicio de los derechos y las garantias constitucionales no se exigiran condiciones o requisitos que no esten

establecidos en la Constitucion o la ley.

Los derechos seran plenamente justiciables. No podra alegarse falta de norma juridica para justificar su violacion o

desconocimiento, para desechar la accion por esos hechos ni para negar su reconocimiento.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

En un proceso por violación de derechos constitucionales los supuestos responsables alegaron en su defensa

desconocimiento de la violación de derechos por falta de normativa concreta al respecto. ¿Es posible alegar este

argumento en defensa?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 295: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

295

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en algunos supuestos de la opción correctas y la opción D) se encuentra al

margen de la Constitución.

inalienables, irrenunciables, indivisibles, interdependientes y de igual jerarquia

inalienables, irrenunciables e indivisibles.

indivisibles, interdependientes y de igual jerarquia

La Constitución no establece principios de esta naturaleza.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 6 del artículo 11 de la Constitución dispone que: 6. Todos los principios y los derechos son inalienables,

irrenunciables, indivisibles, interdependientes y de igual jerarquia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Cuando la Constitución desarrlla sobre los principios de aplicación de los derechos, declara que los derechos son:

Derecho Constitucional

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 296: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

296

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en componentes de la respuesta correcta.

La jurisprudencia.

Las normas.

Las políticas públicas.

La normas, las políticas públicas y la jurisprudencia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 8 del artículo 11 de la Constitución dispone que: 8. El contenido de los derechos se desarrollara de manera

progresiva a traves de las normas, la jurisprudencia y las politicas publicas. El Estado generara y garantizara las

condiciones necesarias para su pleno reconocimiento y ejercicio.

Sera inconstitucional cualquier accion u omision de caracter regresivo que disminuya, menoscabe o anule

injustificadamente el ejercicio de los derechos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

La progresividad en el desarrollo de los derechos debe ser ejecutada por:

Derecho Constitucional

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 297: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

297

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen de los dispuesto en el artículo constitucional arriba

citado.

Materializar derechos.

Implementar políticas públicas.

Procurar la unidad del Estado.

Ejecutar políticas públicas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 9 del artículo 11 de la Constitución dispone que: 9. El mas alto deber del Estado consiste en respetar y

hacer respetar los derechos garantizados en la Constitucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

¿De acuerdo con la Constitución cuál es la principal finalidad del Estado?

Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 298: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

298

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no corresponden a la citada dispoción constitucional.

el juez de la causa.

el juez de la causa y los funcionarios jurisdiccionales.

el Estado.

el Ministerio Público y la Función Judicial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 9 del artículo 11 de la Constitución dispone que: El Estado sera responsable por detencion arbitraria, error

judicial, retardo injustificado o inadecuada administracion de justicia, violacion del derecho a la tutela judicial efectiva, y

por las violaciones de los principios y reglas del debido proceso.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Ante error judicial en un proceso penal, la Constitución establece que el responsable será:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 299: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

299

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos que no coinciden con el contenido de la normativa arriba citada.

identificar y declarar la responsabilidad de los involucrados.

No existe ningún deber explícito frente a tal supuesto.

reparar a la persona y declarar la responsabilidad de servidores.

perseguir penalmente a los responsables.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 9 del artículo 11 de la Constitución dispone que: Cuando una sentencia condenatoria sea reformada o

revocada, el Estado reparara a la persona que haya sufrido pena como resultado de tal sentencia y, declarada la

responsabilidad por tales actos de servidoras o servidores publicos, administrativos o judiciales, se repetira en contra

de ellos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

Si una persona es condenada injustamente por la Función Judicial, es deber del Estado, de acuerdo con la

Constitución, de:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 300: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

300

A)

B)

C)

D)

Ninguna de las opciones incorrectas plantea como solución los supuestos que ofrece el artículo 11 de la Constitución.

que se encuentre desarrollada en una ley.

que más favorezca a los derechos.

respete la seguridad jurídica.

que consideren debe aplicarse.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 5 del artículo 11 de la Constitución determina que: 5. En materia de derechos y garantias constitucionales,

las servidoras y servidores publicos, administrativos o judiciales, deberan aplicar la norma y la interpretacion que mas

favorezcan su efectiva vigencia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático

Base:

En materia de derechos, la Constitución ordena que todos los servidores públicos deben aplicar la norma:

Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de aplicación de los derechos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 20 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Page 301: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

301

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico Principios que regulan la administración pública

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución reparte el sector público en los poderes:

Las opciones incorrectas plantean un criterio distinto al argumento que sostiene la respuesta correcta.

Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial.

Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial y Poder Electoral.

Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Electoral y Poder de Transparencia y Control Social.

La Constitución no define las funciones a partir de Poderes, sino de Funciones.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 225 de la Constitución deja sentado que:

El sector publico comprende:

1. Los organismos y dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y

Control Social.

A la vez, se debe tener presente que en cada título correspondiente a cada órgano se hace a lusión a Función.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 302: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

302

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico Principios que regulan la administración pública

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las principales funciones del sector público en el Ecuador residen en:

Las opciones incorrectas juega con los componentes de la respuesta correcta, siendo la respuesta correcta la opción D).

La Función Ejecutiva, Legislativa y Judicial.

La Función Ejecutiva, Legislativa, Judicial y Electoral.

La Función Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y deTransparencia y Control Social.

La Función Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral, Transparencia y Control Social

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 225 de la Constitución deja sentado que:

El sector publico comprende:

1. Los organismos y dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y

Control Social.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 303: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

303

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico Principios que regulan la administración pública

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las gobiernos provinciales pertenecen:

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos no contemplados en la Constitución y escogidos de manera aleatoria.

no pertenecen al sector público.

a la Función Ejecutiva.

régimen autónomo descentralizado.

al régimen de personas jurídicas del sector público.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artíuclo 225 de la Constitución dispone que:

El sector publico comprende:

1. Los organismos y dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y

Control Social.

2. Las entidades que integran el regimen autonomo descentralizado.

3. Los organismos y entidades creados por la Constitucion o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la

prestacion de servicios publicos o para desarrollar actividades economicas asumidas por el Estado.

4. Las personas juridicas creadas por acto normativo de los gobiernos autonomos descentralizados para la prestacion de

servicios publicos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 304: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

304

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico Principios que regulan la administración pública

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El ingreso al servicio publico, el ascenso y la promocion en la carrera administrativa se realizaran:

Las opciones incorrectas ofrecen supuestos al margen de la disposición constitucional arriba anotada

en la forma que determine la ley.

mediante elección popular.

mediante concurso de méritos y oposición.

mediante libre nombramiento.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 228 de la Constitución establece que: El ingreso al servicio publico, el ascenso y la promocion en la carrera

administrativa se realizaran mediante concurso de meritos y oposicion, en la forma que determine la ley, con excepcion

de las servidoras y servidores publicos de eleccion popular o de libre nombramiento y remocion. Su inobservancia

provocara la destitucion de la autoridad nominadora.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 305: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

305

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico Principios que regulan la administración pública

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Qué define la calidad de servidor o servidora pública?

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen de lo formulado en la Constitución.

La relación laboral bajo dependencia.

Trabajar, prestar servicios o ejercer un cargo dentro del sector público.

Trabajar dentro el sector público.

Ser remunerado por el Estado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 229 determina que: Seran servidoras o servidores publicos todas las personas que en cualquier forma o a

cualquier titulo trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, funcion o dignidad dentro del sector publico.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 306: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

306

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico Principios que regulan la administración pública

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una ministra de Estado se vio envuelta en una situación delicada respecto a su orientación sexual. Un medio de

comunicación logró captar imágenes de ella y su pareja del mismo sexo. Debido a ello, el presidente solicitó su renuncia.

¿Resulta constitucional este acto?

La opción A) y B) resultan incorrectas. Si bien el presidente cuenta con la atribución de nombrar y remover ministras de

Estado, y a la vez estas servidoras públicas son de libre nombramiento; podría resultar plausible que la acción que refleja

nuestro caso resulte constitucional, sin embargo, hay que tener presente que dicho acto se funda en una discriminación

por orientación sexual, lo cual es reprochable desde el punto de vista constitucional.

La opción D) resulta incorrecta pues plantea un supuesto al margen de la Constitución.

Sí, el presidente tiene la atribución de nombrar y remover a las ministras de Estado.

Sí, las ministras de Estado son de libre nombramiento.

No, la Constitución prohíbe en el servicio público acciones de discriminación.

No, las ministras de Estado no pueden ser removidas hasta cumplir una gestión.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artíuclo 230 de la Constitución dispone que:

En el ejercicio del servicio publico se prohibe, ademas de lo que determine la ley:

1. Desempenar mas de un cargo publico simultaneamente a excepcion de la docencia universitaria siempre que su

horario lo permita.

2. El nepotismo.

3. Las acciones de discriminacion de cualquier tipo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 307: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

307

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos al margen de lo establecido en el artículo constitucional arriba citado.

Debe renunciar, porque ningún servidor público puede ejercer más de un cargo público.

La Constitución dispone que el servicio público y la docencia universitaria son incompatibles.

Sí puede ejercer ambos cargo por ser compatibles desde el punto de vista constitucional.

No es posible el ejercicio de ambos cargos a tiempo completo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 230 de la Constitución establece que:

En el ejercicio del servicio publico se prohibe, ademas de lo que determine la ley:

1. Desempenar mas de un cargo publico simultaneamente a excepcion de la docencia universitaria siempre que su

horario lo permita.

2. El nepotismo.

3. Las acciones de discriminacion de cualquier tipo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios que regulan la administración pública

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona que fungía como docente a tiempo completo de una universidad pública, fue designada como servidor

público. ¿Debe renunciar o puede ejercer la docencia paralelamente a sus funciones?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 308: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

308

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen de la Constitución, específicamente, al margen de la

disposición arriba citada.

No, el servicio público y la docencia universitaria son compatibles irrestrictamente.

No, la Constitución promueve la compatibilidad del servicio público y la docencia universitaria.

Sí, que los horarios sean compatibles.

Sí, que la universidad no sea pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 230 de la Constitución dispone que:

En el ejercicio del servicio publico se prohibe, ademas de lo que determine la ley:

1. Desempenar mas de un cargo publico simultaneamente a excepcion de la docencia universitaria siempre que su

horario lo permita.

2. El nepotismo.

3. Las acciones de discriminacion de cualquier tipo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios que regulan la administración pública

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución prohibe que en el servicio público se desempeñe más de un cargo público simultáneamente a excepción

de la docencia universitaria. Sin embargo, ¿plantea la Constitución alguna condición?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 309: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

309

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en planteamientos al marge de los dispuesto en el artículo 231 de la

Constitución.

No existe ninguna condición constitucionalmente establecida de tal naturaleza.

autorización de levantar el sigilo bancario.

declaración patrimonial jurada.

copia de certificados bancarios.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 231 de la Constitución dispone que:

Las servidoras y servidores publicos sin excepcion presentaran, al iniciar y al finalizar su gestion y con la periodicidad

que determine la ley, una declaracion patrimonial jurada que incluira activos y pasivos, asi como la autorizacion para

que, de ser necesario, se levante el sigilo de sus cuentas bancarias; quienes incumplan este deber no podran

posesionarse en sus cargos. Los miembros de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional haran una declaracion

patrimonial adicional, de forma previa a la obtencion de ascensos y a su retiro.

La Contraloria General del Estado examinara y confrontara las declaraciones e investigara los casos en que se presuma

enriquecimiento ilicito. La falta de presentacion de la declaracion al termino de las funciones o la inconsistencia no

justificada entre las declaraciones hara presumir enriquecimiento ilicito.

Cuando existan graves indicios de testaferrismo, la Contraloria podra solicitar declaraciones similares a terceras

personas vinculadas con quien ejerza o haya ejercido una funcion publica.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios que regulan la administración pública

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las servidoras y servidores publicos sin excepcion presentaran, al iniciar y al finalizar su gestion y con la periodicidad

que determine la ley, una:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 310: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

310

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se sustentan en supuestos no contemplados en la Constitución.

Sí, considerando que uno de los principios del servicio público es la meritocracia.

No, porque la Constitución prohibe esa relación de intereses.

Sí, porque el cargo es de libre nombramiento.

No, porque los banqueros no pueden ingresar al servicio público.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 232 de la Constitución dispone que:

No podran ser funcionarias ni funcionarios ni miembros de organismos directivos de entidades que ejerzan la potestad

estatal de control y regulacion, quienes tengan intereses en las areas que vayan a ser controladas o reguladas o

representen a terceros que los tengan.

Las servidoras y servidores publicos se abstendran de actuar en los casos en que sus intereses entren en conflicto con

los del organismo o entidad en los que presten sus servicios.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios que regulan la administración pública

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El propietario de un banco con mucha trayectoria profesional y ética viene siendo sugerido para posicionarse como

superintendente de bancos. ¿Permitiría la Constitución tal postulación?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 311: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

311

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos no contemplados en la Constitución.

No, la Constitución dispone que las personas con sentencia condenatoria en ese ámbito no puede aspirar a

cargo de elección popular.

Sí, si bien la Constitución mantiene el supuesto de la anterior opción, aún no se cuenta con sentencia

ejecutoriada.

No, la Consituticón establece que las personas acusadas por ese tipo de delitos no pueden posturlar a cargos

de elección popular.

Sí, la Constitución no plantea ninguna prohibición para los cargos de elección popular.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 233 de la Constitución dispone que:

Las personas contra quienes exista sentencia condenatoria ejecutoriada por los delitos de peculado, enriquecimiento

ilicito, concusion, cohecho, trafico de influencias, oferta de realizar trafico de influencias, y testaferrismo; asi como,

lavado de activos, asociacion ilicita, y delincuencia organizada relacionados con actos de corrupcion; estaran impedidos

para ser candidatos a cargos de eleccion popular, para contratar con el Estado, para desempenar empleos o cargos

publicos y perderan sus derechos de participacion establecidos en la presente Constitucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios que regulan la administración pública

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un candidato a la presidencia cuya popularidad se encuentra en segundo lugar, fue notificado con una sentencia

condenatoria por tráfico de influencias. En los medios de impugnación aseguró que apelaría dicha decisión. ¿Puede

continuar con su candidatura?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 312: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

312

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas maneja supuestos que no están contempladas en la Constitución, y contradicen la disposición

constitucional arriba citada.

No, solo los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles para la Constitución.

No, porque todos los delitos prescriben, de acuerdo a la Constitución.

Sí, de acuerdo a la Constitución los delitos de enriquecimiento ilítico son imprescriptibles.

Sí, porque el Ministerio Público cuenta con la atribución sin restricción temporal en todos los delitos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 233 de la Constitución dispone que:

Las servidoras o servidores publicos y los delegados o representantes a los cuerpos colegiados a las instituciones del

Estado, estaran sujetos a las sanciones establecidas por delitos de peculado, cohecho, concusion y enriquecimiento

ilicito. La accion para perseguirlos y las penas correspondientes seran imprescriptibles y en estos casos, los juicios se

iniciaran y continuaran incluso en ausencia de las personas acusadas. Estas normas tambien se aplicaran a quienes

participen en estos delitos, aun cuando no tengan las calidades antes senaladas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios que regulan la administración pública

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El Ministerio Público inició proceso por delito de enriquecimiento ilícito contra una determinada persona. Esta alegó que

el delito prescribió. Sin embargo, el Ministerio Público continuó con el proceso alegando que dicho delito es

imprescriptible. ¿Es acorde a la Constitución esta acción?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 313: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

313

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas sustentan supuesto al margen de la Constitución.

El proceso debe suspenderse para respetar el debido proceso, hasta la comparecencia de la persona.

La Constitución no regula temas procesales.

El proceso debe continuar por la naturaleza del delito, inclusive ante la incomparecencia de la persona.

Debe notificarse en el nuevo domicilio.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 233 de la Constitución dispone que:

Las servidoras o servidores publicos y los delegados o representantes a los cuerpos colegiados a las instituciones del

Estado, estaran sujetos a las sanciones establecidas por delitos de peculado, cohecho, concusion y enriquecimiento

ilicito. La accion para perseguirlos y las penas correspondientes seran imprescriptibles y en estos casos, los juicios se

iniciaran y continuaran incluso en ausencia de las personas acusadas. Estas normas tambien se aplicaran a quienes

participen en estos delitos, aun cuando no tengan las calidades antes senaladas.

Las personas contra quienes exista sentencia condenatoria ejecutoriada por los delitos de peculado, enriquecimiento

ilicito, concusion, cohecho, trafico de influencias, oferta de realizar trafico de influencias, y testaferrismo; asi como,

lavado de activos, asociacion ilicita, y delincuencia organizada relacionados con actos de corrupcion; estaran impedidos

para ser candidatos a cargos de eleccion popular, para contratar con el Estado, para desempenar empleos o cargos

publicos y perderan sus derechos de participacion establecidos en la presente Constitucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios que regulan la administración pública

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona que estaba siendo procesada por cohecho se trasladó de domicilio, lo que evitó que se le siga notificando

con los actuados del proceso. ¿Ante su incomparecencia qué medida debe asumirse dentro el proceso, según la

Constitución?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 314: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

314

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no se encuentran contempladas en la disposición constituciona arriba citada.

La Constitución no establece otros casos de imprescriptibilidad.

violación de derechos humanos.

traición a la patria.

En delitos de peculado, cohecho, concusion y enriquecimiento ilicito

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrado segundo del artículo 233 de la Constitución dispone que:

Las servidoras o servidores publicos y los delegados o representantes a los cuerpos colegiados a las instituciones del

Estado, estaran sujetos a las sanciones establecidas por delitos de peculado, cohecho, concusion y enriquecimiento

ilicito. La accion para perseguirlos y las penas correspondientes seran imprescriptibles y en estos casos, los juicios se

iniciaran y continuaran incluso en ausencia de las personas acusadas. Estas normas tambien se aplicaran a quienes

participen en estos delitos, aun cuando no tengan las calidades antes senaladas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

uir

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios que regulan la administración pública

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción para perseguir delitos y las penas correspondientes son imprescriptibles, además de en delitos de lesa

humanidad y delitos contra la integridad sexual y reproductiva de niñas, niños y adolescentes, en casos de:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 315: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

315

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no se contemplan en la Constitución y menos en el artículo arriba citado.

Reserva de ley.

Garantía normativa.

Jerarquía normativa.

La Constitución no reconoce nada parecido.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 84 de la Constitución establece que:

La Asamblea Nacional y todo organo con potestad normativa tendra la obligacion de adecuar, formal y materialmente, las

leyes y demas normas juridicas a los derechos previstos en la Constitucion y los tratados internacionales, y los que sean

necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades. En ningun caso,

la reforma de la Constitucion, las leyes, otras normas juridicas ni los actos del poder publico atentaran contra los

derechos que reconoce la Constitucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías normativas

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El hecho de que la Constituicón obligue a todo órgano con potestad normativa a adecuar toda regulación a los derechos

previstos en la Constitución y en los tratados internacionales, es denominado como:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 316: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

316

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se sustentan en supuestos incorrectos, como se puede verificar en el texto del artículo 84 de la

Constitución. La opción C) se constituye en un supuesto al margen de la Constitución.

una garantía jurisdiccional.

una garantía normativa.

No tiene ninguna relevancia en la Constitución ecuatoriana.

el principio de jerarquía.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 84 de la Constitución establece que:

La Asamblea Nacional y todo organo con potestad normativa tendra la obligacion de adecuar, formal y materialmente, las

leyes y demas normas juridicas a los derechos previstos en la Constitucion y los tratados internacionales, y los que sean

necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades. En ningun caso,

la reforma de la Constitucion, las leyes, otras normas juridicas ni los actos del poder publico atentaran contra los

derechos que reconoce la Constitucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías normativas

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución establece que en ningún caso la reforma de la Constitucion, las leyes, otras normas juridicas ni los

actos del poder publico atentaran contra los derechos que reconoce la Constitucion. Este postulado se constituye en:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 317: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

317

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen de la Constitución.

un mandato para que los órganos con potestad normativa regulen siempre desde y para los derechos.

un mecanismo para promover la seguridad jurídica en el desarrollo normativo.

una protección para que el Legislador regule en respeto del texto constitucional.

No se presenta esta garantía normativa en la Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 84 de la Constitución establece que:

La Asamblea Nacional y todo organo con potestad normativa tendra la obligacion de adecuar, formal y materialmente, las

leyes y demas normas juridicas a los derechos previstos en la Constitucion y los tratados internacionales, y los que sean

necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades. En ningun caso,

la reforma de la Constitucion, las leyes, otras normas juridicas ni los actos del poder publico atentaran contra los

derechos que reconoce la Constitucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías normativas

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Entre las garantías constitucionales, la Constitución desarrolla la garantía normativa. En esencia, esta garantía es:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 318: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

318

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos no previstos por la Constitución y se configuran en supuestos

escogidos aleatoriamente.

una política pública de libre mercado.

el acceso a la alimentación.

la soberanía alimentaria.

No existe un derecho colectivo que represente el caso formulado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 84 de la Constitución establece que:

La Asamblea Nacional y todo organo con potestad normativa tendra la obligacion de adecuar, formal y materialmente, las

leyes y demas normas juridicas a los derechos previstos en la Constitucion y los tratados internacionales, y los que sean

necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades. En ningun caso,

la reforma de la Constitucion, las leyes, otras normas juridicas ni los actos del poder publico atentaran contra los

derechos que reconoce la Constitucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Como parte de una política pública de apertura económica se ha afectado la producción nacional de algunos alimentos

tradicionales. Ello está llevando a una progresiva dependencia de productos extranjeros. Este hecho para la Constitución

significa afectar el derecho colectivo a:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 319: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

319

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no se constituyen en supuestos que no se sostienen en el texto constitucional. La pregunta

está dirigida a identificar el concepto de soberanía alimentaria, reconocido como un derecho colectivo.

derechos colectivos.

la soberanía alimentaria.

la igualdad en el mercado.

No existe afectación constitucional, pues se promulga el libre mercado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 84 de la Constitución establece que:

La Asamblea Nacional y todo organo con potestad normativa tendra la obligacion de adecuar, formal y materialmente, las

leyes y demas normas juridicas a los derechos previstos en la Constitucion y los tratados internacionales, y los que sean

necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades. En ningun caso,

la reforma de la Constitucion, las leyes, otras normas juridicas ni los actos del poder publico atentaran contra los

derechos que reconoce la Constitucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La liberalización económica en el ámbito de la producción alimenticia ha generado una nociva afectación a la producción

agrícola familiar a nivel nacional, esto deriva, desde el punto de vista constitucional, a una afectación de:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 320: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

320

A)

B)

C)

D)

La pregunta plantea identificar el concepto de soberanía alimentaria. La opción D) podría resultar correcta, sin embargo,

no es precisa como la respuesta correcta. Las otras dos opciones se constituyen en supuestos elegidos de manera

aleatoria.

una política pública alimenticia.

No se reconoce tal derecho constitucional.

la soberanía alimentaria.

un derecho colectivo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 84 de la Constitución establece que:

La Asamblea Nacional y todo organo con potestad normativa tendra la obligacion de adecuar, formal y materialmente, las

leyes y demas normas juridicas a los derechos previstos en la Constitucion y los tratados internacionales, y los que sean

necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades. En ningun caso,

la reforma de la Constitucion, las leyes, otras normas juridicas ni los actos del poder publico atentaran contra los

derechos que reconoce la Constitucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El derecho de los pueblos a definir sus propias políticas de agricultura y alimentación, a proteger y regular su producción

y el comercio agrícola interior es parte de:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 321: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

321

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se configuran en supuestos aleatoriamente escogidos. A la pregunta formulada, el artículo 15

de la Constitución otorga una respuesta directa.

El presidente debe realizar la elección con base en los intereses nacionales.

Prima la soberanía alimentaria sobre la soberanía energética.

Debe realizar una ponderación para establecer cuál debe prevalecer sobre la otra.

La Asamblea Nacional debe decidir, con base en informes técnicos, si prevalece una o la otra.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B)

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo primero del artículo 15 de la Constitución dispone que:

El Estado promovera, en el sector publico y privado, el uso de tecnologias ambientalmente limpias y de energias

alternativas no contaminantes y de bajo impacto. La soberania energetica no se alcanzara en detrimento de la soberania

alimentaria, ni afectara el derecho al agua.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si una política pública tiene como medida ampliar la frontera petrolera con el objetivo de conseguir soberanía energética,

pero ello choca con la posibilidad de alcanzar soberanía alimentaria. ¿cúal de ambas debe primar?

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 322: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

322

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se configuran como supuestos escogidos de manera aleatoria, sin considerar el texto de la

disposición constitucional arriba citado.

La Constitución no ofrece una regla de solución a la problemática planteada.

El gobierno nacional debe ofrecer una solución en la que prevalezca el interés nacional.

La Constituicón dispone que la soberanía energética no puede afectar el derecho al agua.

La Constitución señala que en casos de esta naturaleza debe resolverse mediante consulta popular.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo primero del artículo 15 de la Constitución dispone que:

El Estado promovera, en el sector publico y privado, el uso de tecnologias ambientalmente limpias y de energias

alternativas no contaminantes y de bajo impacto. La soberania energetica no se alcanzara en detrimento de la soberania

alimentaria, ni afectara el derecho al agua.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La ampliación de la frontera petrolera como parte de una política pública para alcanzar la soberanía enegética ha

colisionado con el derecho al agua, considerando que dicha ampliación involucra afectar ríos importantes para la

agricultura de varias familias. ¿qué solución ofrece la Constitución?

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 323: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

323

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos elegidos aleatoriamente. Si bien la opción A) hace referencia a

una respuesta correcta, debe tenerse presente la especificidad de la respueta correcta. La opción C) se constituye en

una opción que no responde al problema formulado. Y la opción D) se configura en una opción al margen de la

Constitución.

de los derechos colectivos.

del derecho a un ambiente sano.

del derecho a la salud pública.

No se clasifica como parte de ningún derecho, y sí como parte de una política pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo segundo del artículo 15 de la Constitución dispone que:

Se prohibe el desarrollo, produccion, tenencia, comercializacion, importacion, transporte, almacenamiento y uso de

armas quimicas, biologicas y nucleares, de contaminantes organicos persistentes altamente toxicos, agroquimicos

internacionalmente prohibidos, y las tecnologias y agentes biologicos experimentales nocivos y organismos

geneticamente modificados perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la soberania alimentaria o los

ecosistemas, asi como la introduccion de residuos nucleares y desechos toxicos al territorio nacional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución prohibe el desarrollo, produccion, tenencia, comercializacion, importacion, transporte, almacenamiento

y uso de armas quimicas, biologicas y nucleares; esta prohibición es parte:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 324: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

324

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se sustentan en supuestos que contradicen con lo señalado en el artículo 15 de la

Constitución, pues fueron escogidos de manera aleatoria.

del derecho a la salud.

al sistema jurídico ecuatoriano.

del derecho a un ambiente sano.

del derecho a un territorio libre de desechos tóxicos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo segundo del artículo 15 de la Constitución dispone que:

Se prohibe el desarrollo, produccion, tenencia, comercializacion, importacion, transporte, almacenamiento y uso de

armas quimicas, biologicas y nucleares, de contaminantes organicos persistentes altamente toxicos, agroquimicos

internacionalmente prohibidos, y las tecnologias y agentes biologicos experimentales nocivos y organismos

geneticamente modificados perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la soberania alimentaria o los

ecosistemas, asi como la introduccion de residuos nucleares y desechos toxicos al territorio nacional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La introduccion de residuos nucleares y desechos toxicos al territorio nacional es una vulneración:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 325: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

325

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos escogidos de manera aleatoria y al margen de lo señalado en el

artículo 15 de la Constitución.

a la circulación de tecnología limpia.

a la salud humana.

No existe un derecho de esa naturaleza.

un ambiente sano.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo primero del artículo 15 de la Constitución dispone que:

El Estado promovera, en el sector publico y privado, el uso de tecnologias ambientalmente limpias y de energias

alternativas no contaminantes y de bajo impacto. La soberania energetica no se alcanzara en detrimento de la soberania

alimentaria, ni afectara el derecho al agua.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución establece que el Estado debe promover el uso tecnologias ambientalmente limpias y de energias

alternativas no contaminantes y de bajo impacto; esto es parte del derecho a:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 326: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

326

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas incluyen vida como un derecho, cuando no lo es, y juega con los componentes de la respuesta

correcta.

Vida; agua y alimentación; salud; trabajo y seguridad social.

Vida; agua y alimentación; salud; hábitat y vivienda; trabajo y seguridad social.

Agua y alimentación; ambiente sano; comunicación e información; cultura y ciencia; educación; hábitat y

vivienda; salud; trabajo y seguridad social.

Educación; hábitat y vivienda; salud; trabajo y seguridad social.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Respuesta correcta se sustentan en la capítulo segundo del Título II de la Constitución.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los derechos del buen vivir son:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 327: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

327

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos escogidos de manera aleatoria y no reflejan en contenido del

artículo 16 de la Constitución.

comunicación e información.

al acceso a tecnologías de la información.

a la libre información.

No se prevé ningún derecho con ese contenido.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La sección tercera del capítulo II, inmerso en el título I, regula sobre el derecho de comunicación e información. En ese

sentido, el artículo 16 señala que: Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:

1. Una comunicacion libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ambitos de la interaccion social,

por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios simbolos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un grupo de personas de una comunidad alegaron que no cuentan con una comunicacion libre, intercultural, incluyente,

diversa y participativa, con ello acusan que se les viola el derecho a:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 328: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

328

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos escogidos de manera aleatoria.

una política pública.

un deber para la función ejecutiva.

el derecho a comunicación e información.

un derecho colectivo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 16 de la Constitución, haciendo referencia a los derechos de comunicación e información, señala que:

Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:

1. Una comunicacion libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ambitos de la interaccion social,

por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios simbolos.

2. El acceso universal a las tecnologias de informacion y comunicacion.

3. La creacion de medios de comunicacion social, y al acceso en igualdad de condiciones al uso de las frecuencias del

espectro radioelectrico para la gestion de estaciones de radio y television publicas, privadas y comunitarias, y a bandas

libres para la explotacion de redes inalambricas.

4. El acceso y uso de todas las formas de comunicacion visual, auditiva, sensorial y a otras que permitan la inclusion de

personas con discapacidad.

5. Integrar los espacios de participacion previstos en la Constitucion en el campo de la comunicacion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La creacion de medios de comunicacion social, y al acceso en igualdad de condiciones al uso de las frecuencias del

espectro radioelectrico para la gestion de estaciones de radio y television publicas, privadas y comunitarias, y a bandas

libres para la explotacion de redes inalambricas; en la Constitución es parte de:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 329: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

329

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas corresponden a otro tipo de derechos, que también están inmersos a la información y

comunicación. Pero no hacen a lusión al acceso a la información propiamente.

El acceso en igualdad de condiciones al uso de las frecuencias del espectro radioelectrico.

El acceso universal a las tecnologias de informacion y comunicacion.

El derecho a integrar los espacios de participacion previstos en la Constitucion en el campo de la comunicacion.

El acceso y uso de todas las formas de comunicacion visual, auditiva, sensorial y a otras que permitan la

inclusion de personas con discapacidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 16 de la Constitución establece un conjunto de derechos relacionados a la comunicación e información. En

ese sentido, el numeral 2 reconoce el derecho a el acceso universal a las tecnologias de informacion y comunicacion. El

supuesto planteado en la pregunta representa el acceso a la información, por lo que se sustenta en este supuesto

normativo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un estudio dio cuenta que muchas personas que solicitan información, tropiezan a menudo con condiciones

excesivamente formales para presentar solicitudes, plazos importantes o tarifas elevadas, y sistemas engorrosos para

cuestionar las respuestas a las solicitudes presentadas. ¿Qué derecho se vulnera bajo este supuesto?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 330: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

330

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundamentan en supuestos al margen de la naturaleza del problema y formulan respuestas

que no tienen relación con el acceso a la información. A la vez, la opción D) se constituyen en un supuesto al margen de

la Constitución.

Una comunicación participativa.

El derecho a una comunicación intercultural.

El acceso de informacion y comunicacion.

No se lesiona ningún derecho previsto en la Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 16 de la Constitución reconoce el derecho de acceso universal a las tecnologías de información y

comunicación. El problema formulado en la pregunta tienen estrecha relación con el derecho a acceso a la información.

A la vez el artículo 18 señala que las personas cuentan con el derecho a:

2. Acceder libremente a la informacion generada en entidades publicas, o en las privadas que manejen fondos del

Estado o realicen funciones publicas. No existira reserva de informacion excepto en los casos expresamente

establecidos en la ley. En caso de violacion a los derechos humanos, ninguna entidad publica negara la informacion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si las autoridades no tienen posibilidades de responder oportunamente a solicitudes o de tomar la iniciativa de facilitar

información de categorías fundamentales, se lesiona el derecho a:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 331: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

331

A)

B)

C)

D)

Las opciones A) y B) son incorrectas porque contradicen lo señalado por el artículo 19 de la Constitución.Y la opción D)

sostiene un supuesto al margen de la Constitución.

No, se sustenta en la libertad de expresión.

No, la publicidad debe expresar explícitamente indicios de discriminación.

Sí, está prohibida la publicidad que induzca a la discriminación.

La Constitución no regula sobre el tema.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 19 de la Constitución dispone que:

La ley regulara la prevalencia de contenidos con fines informativos, educativos y culturales en la programacion de los

medios de comunicacion, y fomentara la creacion de espacios para la difusion de la produccion nacional independiente.

Se prohibe la emision de publicidad que induzca a la violencia, la discriminacion, el racismo, la toxicomania, el sexismo,

la intolerancia religiosa o politica y toda aquella que atente contra los derechos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si un anuncio publicitario muestra la inmigración como un problema, al extremo de evidenciarse sutiles signos de

discriminación, ¿la publicidad es reprochable desde el punto de vista constitucional?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 332: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

332

A)

B)

C)

D)

Las opciones contradicen lo dispuesto explícitamente por el artículo arriba citado.

La Constitución no prevé disposición alguna sobre tal problemática.

Sí, porque se sostienen en la libertad de expresión.

No, porque están prohibidas las publidades sexistas.

No, porque viola el derecho a la igualdad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 19 de la Constitución dispone que:

La ley regulara la prevalencia de contenidos con fines informativos, educativos y culturales en la programacion de los

medios de comunicacion, y fomentara la creacion de espacios para la difusion de la produccion nacional independiente.

Se prohibe la emision de publicidad que induzca a la violencia, la discriminacion, el racismo, la toxicomania, el sexismo,

la intolerancia religiosa o politica y toda aquella que atente contra los derechos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una conocida marca difundió un nuevo producto a través de una publicidad que promueve modelos que consolidan

pautas tradicionalmente fijadas para cada uno de los géneros, ¿Es constitucionalmente permitida tal prublicidad?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 333: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

333

A)

B)

C)

D)

La opciones incorrectas contradicen una regla clara establecida en el artículo 19 de la Constitución.

No, la Constitución protege la libertad de expresión.

Sí, la Constitución prevé una regla que prohibe la publicidad sexista.

La Constitución no ofrece una regla concreta para solucionar la problemática planteada.

Sí, a través del principio de igualdad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 19 de la Constitución dispone que:

La ley regulara la prevalencia de contenidos con fines informativos, educativos y culturales en la programacion de los

medios de comunicacion, y fomentara la creacion de espacios para la difusion de la produccion nacional independiente.

Se prohibe la emision de publicidad que induzca a la violencia, la discriminacion, el racismo, la toxicomania, el sexismo,

la intolerancia religiosa o politica y toda aquella que atente contra los derechos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un anuncio publicitario que presento los cuerpos de las mujeres y sus cambios debidos a la edad como “problemas” que

es preciso ocultar y/o corregir, ha sido acusado de sexista. ¿Es posible prohibir su reproducción desde el punto de vista

constitucional?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 334: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

334

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos al margen de los establecido en el citado artículo 56 de la Constitución.

de los colectivos en el Ecuador.

de la sociedad ecuatoriana de forma autónoma, con sus propios modos de organización.

de la sociedad ecuatoriana.

del Estado ecuatoriano.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta busca identificar que los grupos mencionados en la pregunta forman parte del Estado ecuatoriano. En ese

sentido, el artículo 56 de la Constitución dispone que:

Las comunidades, pueblos, y nacionalidades indigenas, el pueblo afroecuatoriano, el pueblo montubio y las comunas

forman parte del Estado ecuatoriano, unico e indivisible.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución declara que las comunidades, pueblos, y nacionalidades indigenas, el pueblo afroecuatoriano, el pueblo

montubio y las comunas forman parte:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 335: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

335

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos que desconocen los dos principios inmersos en la disposición

constitucional arriba citada. Ambos principios también son aplicables entre comunidades, pueblos o nacionalidades.

Sí, el pueblo indígena ejerce su autonomía.

No, en vista que tal acción resulta en una forma de discriminación contra la pequeña comunidad.

Sí, la autodeterminación de los pueblos y nacionalidades les habilita ejercer sus formas de resolución de

conflictos.

La Constitución no prevé disposiciones constitucionales al efecto.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 57 de la Constitución dispone que:

Se reconoce y garantizara a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indigenas, de conformidad con la

Constitucion y con los pactos, convenios, declaraciones y demas instrumentos internacionales de derechos humanos,

los siguientes derechos colectivos:

1. Mantener, desarrollar y fortalecer libremente su identidad, sentido de pertenencia, tradiciones ancestrales y formas de

organizacion social.

2. No ser objeto de racismo y de ninguna forma de discriminacion fundada en su origen, identidad etnica o cultural.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En el interior del territorio de un pueblo indígena se alberga otra comunidad indígena más pequeña con menos destrezas

en la caza y siembra, por lo que el pueblo indígena más grande a relegado a esta pequeña comunidad de las políticas

públicas que se implementaron en la región. ¿Está acorde a la Constitución tal acción?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 336: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

336

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas están dirigidas a desconocer el resarcimiento por discriminación como un derecho colectivo. La

disposición arriba citada determina de manera explícita que tal supuesto se constituye en un derecho colectivo.

No, previamente debe llevarse a cabo proceso civil.

Sí, el resarcimiento por discriminación se constituye en un derecho colectivo.

La Constitución no establece ninguna norma sobre la problemática planteada.

No, el resarcimiento colectivo que se demanda no procede, considerando que no se constituye en un derecho

colectivo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 3 del artículo 57 de la Constitución determina que:

Se reconoce y garantizara a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indigenas, de conformidad con la

Constitucion y con los pactos, convenios, declaraciones y demas instrumentos internacionales de derechos humanos,

los siguientes derechos colectivos:

3. El reconocimiento, reparacion y resarcimiento a las colectividades afectadas por racismo, xenofobia y otras formas

conexas de intolerancia y discriminacion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un grupo de jóvenes de una comunidad fueron discriminados por una universidad. Frente a ello, el líder de la comunidad

demanda el pago de un resarcimiento a la misma comunidad. ¿Procede constitucionalmente el pago de un resarcimiento

a la comunidad?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 337: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

337

A)

B)

C)

D)

Todas las opciones incorrectas manejan supuestos contrarios a los contenidos en la disposición normativa arriba citada.

No, el principio de igualdad impide tal supuesto.

La Constitución no regula el pago de impuesto de tierras comunitarias, y deja a la ley tal supuesto.

No, la Constitución prevé un impuesto anula para las tierras comunitarias.

Sí, las tierras comunitarias están exentas del pago de impuestos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 4 del artículo 57 de la Constitución esteblece que:

Se reconoce y garantizara a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indigenas, de conformidad con la

Constitucion y con los pactos, convenios, declaraciones y demas instrumentos internacionales de derechos humanos,

los siguientes derechos colectivos:

4. Conservar la propiedad imprescriptible de sus tierras comunitarias, que seran inalienables, inembargables e

indivisibles. Estas tierras estaran exentas del pago de tasas e impuestos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Las tierras comunitarias son libres del pago de impuestos?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 338: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

338

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos aleatoriamente escogidos al margen de la Constitución.

la implementación de políticas públicas.

una consulta previa, libre e informada.

la participación de los indígenas en la explotación de esos recursos.

la autorización de la Asamblea Nacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 7 del artículo 57 de la Constitución dispone que:

Se reconoce y garantizara a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indigenas, de conformidad con la

Constitucion y con los pactos, convenios, declaraciones y demas instrumentos internacionales de derechos humanos,

los siguientes derechos colectivos:

7. La consulta previa, libre e informada, dentro de un plazo razonable, sobre planes y programas de prospeccion,

explotacion y comercializacion de recursos no renovables que se encuentren en sus tierras y que puedan afectarles

ambiental o culturalmente; participar en los beneficios que esos proyectos reporten y recibir indemnizaciones por los

perjuicios sociales, culturales y ambientales que les causen. La consulta que deban realizar las autoridades competentes

sera obligatoria y oportuna. Si no se obtuviese el consentimiento de la comunidad consultada, se procedera conforme a

la Constitucion y la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si se planifica la explotación de recursos no renovables dentro territorios indígenas es imprescindible:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 339: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

339

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos contrarios a los que contiene el numeral 7 del artículo 57 de la

Constitución.

opcional.

libre e inmediata.

obligatoria y oportuna.

libre y oportuna.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 7 del artículo 57 de la Constitución dispone que:

Se reconoce y garantizara a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indigenas, de conformidad con la

Constitucion y con los pactos, convenios, declaraciones y demas instrumentos internacionales de derechos humanos,

los siguientes derechos colectivos:

7. La consulta previa, libre e informada, dentro de un plazo razonable, sobre planes y programas de prospeccion,

explotacion y comercializacion de recursos no renovables que se encuentren en sus tierras y que puedan afectarles

ambiental o culturalmente; participar en los beneficios que esos proyectos reporten y recibir indemnizaciones por los

perjuicios sociales, culturales y ambientales que les causen. La consulta que deban realizar las autoridades

competentes sera obligatoria y oportuna. Si no se obtuviese el consentimiento de la comunidad consultada, se

procedera conforme a la Constitucion y la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para las autoridades públicas, la consulta que debe realizarse a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades

para la extracción de recursos no renovables, es:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 340: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

340

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas desconocen el supuesto que plantea la disposición arriba citada.

No, la Constitución prohibe ello a efecto de evitar prebendas.

Sí, los indígenas tienen el derecho de participar de los beneficios.

La Constitución no prevé ninguna norma sobre la pregunta formulada.

No, todos los beneficios deben dirigirse a las arcas públicas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 7 del artículo 57 de la Constitución dispone que:

Se reconoce y garantizara a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indigenas, de conformidad con la

Constitucion y con los pactos, convenios, declaraciones y demas instrumentos internacionales de derechos humanos,

los siguientes derechos colectivos:

7. La consulta previa, libre e informada, dentro de un plazo razonable, sobre planes y programas de prospeccion,

explotacion y comercializacion de recursos no renovables que se encuentren en sus tierras y que puedan afectarles

ambiental o culturalmente; participar en los beneficios que esos proyectos reporten y recibir indemnizaciones

por los perjuicios sociales, culturales y ambientales que les causen. La consulta que deban realizar las

autoridades competentes sera obligatoria y oportuna. Si no se obtuviese el consentimiento de la comunidad consultada,

se procedera conforme a la Constitucion y la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Si se aprueba la explotación de recursos no renovables en territorio indígena, sus miembros deben recibir beneficios?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 341: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

341

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cómo se procede si dentro una consulta previa para la explotación de recursos naturales no renovables resulta una

oposión mayoritaria de la comunidad respectiva?

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos no contemplados por la Constitución, tal como puede

evidenciarse en las disposiciones arriba mencionadas.

Se respeta la decisión de la Comunidad y el Estado debe abstenerse de la explotación de recursos.

La decisión de la consulta previa no es vinculante para el Estado.

La decision de ejecutar o no el proyecto sera adoptada por resolucion debidamente motivada de la instancia

administrativa superior.

La Constitución prohíbe la explotación de recursos naturales no renovables en territorios de comunas,

comunidades, pueblos o nacionalidades.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 7 del artículo 57 de la Constitución determina que:

7. La consulta previa, libre e informada, dentro de un plazo razonable, sobre planes y programas de prospeccion,

explotacion y comercializacion de recursos no renovables que se encuentren en sus tierras y que puedan afectarles

ambiental o culturalmente; participar en los beneficios que esos proyectos reporten y recibir indemnizaciones por los

perjuicios sociales, culturales y ambientales que les causen. La consulta que deban realizar las autoridades competentes

sera obligatoria y oportuna. Si no se obtuviese el consentimiento de la comunidad consultada, se procedera conforme a

la Constitucion y la ley.

El parágrafo tercero del artículo 398 de la Constitución establece que:

Si del referido proceso de consulta resulta una oposicion mayoritaria de la comunidad respectiva, la decision de ejecutar

o no el proyecto sera adoptada por resolucion debidamente motivada de la instancia administrativa superior

correspondiente de acuerdo con la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 342: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

342

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En un concflicto de tierras dentro de una comunidad, las autoridades dispusieron una nueva distribución de tierras, de

acuerdo a sus propias normas, pero decidieron formalizar esa distribución en el registro de la propiedad. ¿Es posible

proceder a este registro?

Las opciones incorrectas van contra el derecho colectivo de la comunidad, no solo contra la posibilidad de regirse bajo

sus propias normas sino limitar su autodeterminación en un plano de diálogo intercultural con las instituciones estatales.

No, pues no existe documentación que sustente la propiedad.

Sí, pues los registradores están conminados al registro de toda solicitud.

Sí, puesto que las comunidades se rigen bajo sus propias normas y la Constitución garantiza ello.

No, considerando que el registro de la propiedad no aplica para las formas de administración de la tierra de las

comunidades.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 10 del artículo 57 de la Constitución dispone que:

10. Crear, desarrollar, aplicar y practicar su derecho propio o consuetudinario, que no podra vulnerar derechos

constitucionales, en particular de las mujeres, ninas, ninos y adolescentes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 343: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

343

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 22 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si la Asamblea Nacional promueve legislar algún ámbito que inmiscuye a las comunas, comunidades, pueblos o

nacionalidades, se debe:

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos no previstos en la Constitución.

otorgar voz a esa comunidad, pueblo o nacionalidad en las sesiones legislativa.

No se prevé ninguna norma sobre el proceso legislativo involucrado con comunidades, pueblos y nacionalidades.

requerir previamente la aprobación de esa comunidad, pueblo o nacionalidad.

consultar a esa comunidad, pueblo o nacionalidad sobre la medida legislativa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral décimoséptimo del artículo 57 establece que:

17. Ser consultados antes de la adopcion de una medida legislativa que pueda afectar cualquiera de sus derechos

colectivos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 344: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

344

A)

B)

C)

D)

La opción A) no es la respuesta correcta porque permite trasladar principios queson propios de la justicia ordinaria, y no

necesariamente pueden responder a las normas propias de los pueblos y nacionalidades.

LA opción B) no es correcta porque plantea que los pueblos indígenas no están obligados a aplicar la Constitución.

La opción D) es incorrecta porque si bien la Constitución es de aplicación obligatoria para todos y todas, ello no significa

que regule ámbitos y derechos de manera específica, como es el caso de los pueblos indígenas.

Sí, ya que los principios aludidos aseguran que toda persona sea sujeta a un proceso justo, y ello incluye los

procesos llevados a cabo bajo la justicia indígena.

No, porque la justicia indígena no está obligada a aplicar la Constitución, por guiarse bajo sus propias normas.

No, debido a que la Constitución reconoce que las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades

indigenas ejerceran funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio.

Sí, puesto que la Constitución es la norma fundamental y obliga a todos y todas por igual.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La pregunta pretende dar cuenta que los principios señalados en la pregunta son parte de la administración de justicia

judicial o administrativa; la justicia indígena cuenta con sus propias normas que no necesariamente coinciden con los

principios de la justicia ordinaria. El artículo 171 de la Constitución señala expresamente que: "Las autoridades de las

comunidades, pueblos y nacionalidades indigenas ejerceran funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones

ancestrales y su derecho propio, dentro de su ambito territorial, con garantia de participacion y decision de las mujeres.

Las autoridades aplicaran normas y procedimientos propios para la solucion de sus conflictos internos, y que no sean

contrarios a la Constitucion y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales."

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución establece que: "El sistema procesal es un medio para la realizacion de la justicia. Las normas

procesales consagraran los principios de simplificacion, uniformidad, eficacia, inmediacion, celeridad y economia

procesal, y haran efectivas las garantias del debido proceso." En ese sentido, ¿los principios procesales que se

mencionan son aplicables a la justicia indígena?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 345: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

345

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos al margen de lo transcrito en el numeral décimosexto del artículo 57 de la

Constitución.

No, porque tal derecho no se encuentra en el texto de la Constitución.

No, porque el diseño e implementación de políticas económicas corresponde a la Función Ejecutiva.

Sí, la participación de representantes de los pueblos indígenas en el diseño de políticas que les afecte se

contituye en un derecho colectivo.

Sí, toda política pública debe convocar a las organiaciones civiles y pueblos indígenas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral décimosexto del artículo 57 de la Constitución dispone que:

Se reconoce y garantizara a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indigenas, de conformidad con la

Constitucion y con los pactos, convenios, declaraciones y demas instrumentos internacionales de derechos humanos,

los siguientes derechos colectivos:

16. Participar mediante sus representantes en los organismos oficiales que determine la ley, en la definicion de las

politicas publicas que les conciernan, asi como en el diseno y decision de sus prioridades en los planes y proyectos del

Estado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El gobierno nacional implementó nuevas políticas económicas que afectan a toda la población, principalmente a los más

necesitados. En ese sentido, los indígenas iniciaron protestas contra el gobierno por no haber convocado a un diálogo

nacional para la formulación de las nuevas políticas económicas. Los indígenas han señalado que la necesidad de

convocatoria se constituye en un derecho colectivo de las comuna, comunidades, pueblos y nacionalidades. ¿Es

procedente la protección de tal derecho?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 346: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

346

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se sustentan en supuestos diferentes del planteado en la disposición normativa arriba citada.

Sí, pues la vestimenta se constituye en un derecho colectivo de los pueblos indígenas.

Sí, pero a través del derecho individual a la identidad.

No, la protección de vestimenta no se constituyen en derecho colectivo de los pueblos indígenas.

No, las máximas autoridades de cada institución pueden regular aspectos como la vestimenta de sus servidores

públicos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral décimonoveno del artículo 57 de la Constitución dispone que:

Se reconoce y garantizara a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indigenas, de conformidad con la

Constitucion y con los pactos, convenios, declaraciones y demas instrumentos internacionales de derechos humanos,

los siguientes derechos colectivos:

19. Impulsar el uso de las vestimentas, los simbolos y los emblemas que los identifiquen.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En una institución pública la máxima autoridad dispuso que sus servidores públicos deben usar una determinada

vestimenta para asistir a sus fuentes de trabajo. Un grupo de indígenas se vieron afectados con dicha medida pues su

pueblo cuenta con una vestimenta propia. ¿Es posible de protección de la vestimenta de este grupo como un derecho

colectivo?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 347: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

347

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no dan cuenta que la pregunta formulada está dirigida a identificar el derecho colectivo de los

pueblos y nacionalidades a que se incluya en la educación pública la diversidad cultural. En ese sentido, ninguna de las

opciones incorrectas se alínea con lo dispuesto en el numeral vigésimoprimero.

No, porque la educación pública es facultad del gobierno nacional.

La Constitución no prevé normas sobre la relación educación e interculturalidad.

Sí, la cultura de los pueblos y nacionalidades se deben reflejar en la educación pública, pues se constituye en

un derecho colectivo.

No, puesto que la eduación pública es facultad exclusiva del gobierno nacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral vigésimoprimero del artículo 57 de la Constitución dispone que:

Se reconoce y garantizara a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indigenas, de conformidad con la

Constitucion y con los pactos, convenios, declaraciones y demas instrumentos internacionales de derechos humanos,

los siguientes derechos colectivos:

21. Que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones, historias y aspiraciones se reflejen en la educacion publica

y en los medios de comunicacion; la creacion de sus propios medios de comunicacion social en sus idiomas y el acceso

a los demas sin discriminacion alguna.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una nueva política sobre la educación pública entró en vigencia, sin embargo, no ha incluido aspectos interculturales en

esta. ¿Se contituye este hecho contrario a la Constitución, en relación a los derechos?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 348: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

348

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen la disposición normativa arriba citada.

Sí, bajo la condición que se realice una consulta previa.

Sí, los recursos naturales son propiedad del Estado ecuatoriano.

No, la Constitución prohibe la extracción de recursos en este tipo de territorios.

La Constitución no prevé normas al problema planteado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 57 de la Constitución dispone que:

Los territorios de los pueblos en aislamiento voluntario son de posesion ancestral irreductible e intangible, y en ellos

estara vedada todo tipo de actividad extractiva. El Estado adoptara medidas para garantizar sus vidas, hacer respetar su

autodeterminacion y voluntad de permanecer en aislamiento, y precautelar la observancia de sus derechos. La violacion

de estos derechos constituira delito de etnocidio, que sera tipificado por la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Es posible la explotación de recursos naturales en territorios que pertenecen a pueblos en aislamiento voluntario?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 349: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

349

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el contenido del artículo 57 de la Constitución, arriba citado.

responsabilidad administrativa.

delito de etnocidio.

No existe un supuesto de esta naturaleza en la Constitución.

responabilidad civil.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 57 de la Constitución dispone que:

Los territorios de los pueblos en aislamiento voluntario son de posesion ancestral irreductible e intangible, y en ellos

estara vedada todo tipo de actividad extractiva. El Estado adoptara medidas para garantizar sus vidas, hacer respetar su

autodeterminacion y voluntad de permanecer en aislamiento, y precautelar la observancia de sus derechos. La violacion

de estos derechos constituira delito de etnocidio, que sera tipificado por la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La violación de derechos colectivos de pueblos en aislamiento voluntario constituye:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 350: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

350

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el contenido del artículo 57 de la Constitución, arriba citado.

Sí, a través de una consulta previa es posible implementar un proyecto de extracción.

Sí, únicamente si la comunidad otorga su consentimiento.

No, la Constitución prohibe la extracción en territorios de pueblos en aislamiento.

La Constitución no presenta ninguna norma sobre el problema planteado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 57 de la Constitución dispone que:

Los territorios de los pueblos en aislamiento voluntario son de posesion ancestral irreductible e intangible, y en ellos

estara vedada todo tipo de actividad extractiva. El Estado adoptara medidas para garantizar sus vidas, hacer respetar su

autodeterminacion y voluntad de permanecer en aislamiento, y precautelar la observancia de sus derechos. La violacion

de estos derechos constituira delito de etnocidio, que sera tipificado por la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos colectivos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En el territorio de una comunidad en aislamiento voluntario se descubrieron reservas petroleras. ¿Es posible proyectar la

extracción de estos recursos previa consulta a la comunidad?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Page 351: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

351

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si las garantías jurisdiccionales establecidas en la Constitución pueden ser formuladas por cualquier persona, grupo de

personas, comunidad, pueblo o nacionalidad, significa que:

Las opciones incorrectas se fundan en planteamientos aleatoriamente escogidos y al margen del texto constitucional.

las acciones constitucionales cuenta con legitimación pasiva cerrada.

las acciones constitucionales mantienen su legitimación activa abierta.

la legitimación activa está proscrita en la Constitución.

la legitimación activa puede ser restringida por la ley.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 86 de la Constitución dispone que:

Las garantias jurisdiccionales se regiran, en general, por las siguientes disposiciones:

1. Cualquier persona, grupo de personas, comunidad, pueblo o nacionalidad podra proponer las acciones previstas en la

Constitucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 352: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

352

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El procedimiento de las garantías jurisdiccionales se caracteriza por ser:

las opciones incorrectas se fundamentan en componentes de la respuesta correcta.

sencillo, rápido, eficaz y oral.

sencillo, rápido y oportuno.

sencillo, rápido , eficaz y oportuno.

La Constitución no establece características para el procedimiento de las garantías jurisdiccionales, puesto que

cada acción cuenta con sus propios principios.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 86 de la Constitución dispone que:

2. Sera competente la jueza o juez del lugar en el que se origina el acto o la omision o donde se producen sus efectos, y

seran aplicables las siguientes normas de procedimiento:

a) El procedimiento sera sencillo, rapido y eficaz. Sera oral en todas sus fases e instancias.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 353: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

353

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si una persona interpone una acción de protección sin en el patrocinio de un abogado su acción debe:

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos al margen del artículo arriba citado.

tramitada, bajo la condición de incluir el patrocinio de un abogado.

ser rechazada, para que se requiere el patrocinio de un abogado.

ser tramitada.

ser observada para la respectiva subsanación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 86 de la Constitución dispone que:

Las garantias jurisdiccionales se regiran, en general, por las siguientes disposiciones:

2. Sera competente la jueza o juez del lugar en el que se origina el acto o la omision o donde se producen sus efectos, y

seran aplicables las siguientes normas de procedimiento:

a) El procedimiento sera sencillo, rapido y eficaz. Sera oral en todas sus fases e instancias.

b) Seran habiles todos los dias y horas.

c) Podran ser propuestas oralmente o por escrito, sin formalidades, y sin necesidad de citar la norma infringida. No sera

indispensable el patrocinio de un abogado para proponer la accion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 354: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

354

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si una autoridad determinada cuyas funciones cumple en la ciudada de Quito, emite una normativa determinada cuyos

efectos se producen en la amazonía, puede interponerse la acción en:

Las opciones incorrectas contradicen los dipuesto por la disposición constitucional arriba citada.

Donde se produce el acto lesivo.

Donde se producen los efectos del acto lesivo.

Donde se constituye el acto lesivo o donde este produce sus efectos.

Ante cualquier juez en territorio nacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 86 de la Constitución determina que:

2. Sera competente la jueza o juez del lugar en el que se origina el acto o la omision o donde se producen sus efectos

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 355: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

355

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si una persona que ha sido afectada en sus derechos interpone una acción constitucional sin citar la normativa en la

que se sustenta su petición, el juez debe:

Las opciones incorrectas contradicen el supuesto formulado por el artículo 86 de la Constitución.

inadmitir la acción por falta a los requisitos de interposición.

admitir la acción sin evaluar sobre la ausencia de cita de las normas infringidas.

devolver la acción para que sea subsanada en el término de ley.

rechazar in limine la acción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 86 de la Constitución dispone que:

2. Sera competente la jueza o juez del lugar en el que se origina el acto o la omision o donde se producen sus efectos, y

seran aplicables las siguientes normas de procedimiento:

a) El procedimiento sera sencillo, rapido y eficaz. Sera oral en todas sus fases e instancias.

b) Seran habiles todos los dias y horas.

c) Podran ser propuestas oralmente o por escrito, sin formalidades, y sin necesidad de citar la norma infringida. No

sera indispensable el patrocinio de un abogado para proponer la accion.

d) Las notificaciones se efectuaran por los medios mas eficaces que esten al alcance del juzgador, del legitimado activo

y del organo responsable del acto u omision.

e) No seran aplicables las normas procesales que tiendan a retardar su agil despacho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 356: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

356

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro una acción de protección el juez promovió la notificación de la parte demandada vía WhatsApp, verificando

previamente que el medio utilizado cumpla con su finalidad. ¿Está habilitado el juez para promover este tipo de

notificación?

Las opciones incorrectas plantean supuestos al margen de la disposición constitucional arriba citada, y la opción D) no

incluye el elemento de la eficacia de la notificación.

No, el juez debe promover la notificación a través de la formalidades de ley.

No, la notificación solo puede efectuarse de manera personal.

Sí, cualquier medio es válido para la notificación si este se constituye en eficaz.

Sí, la Constitución promueve que la notificación puede efectuarse por el medio que se considere pertinente,

esto dependerá de la valoración del juez.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 86 de la Constitución dispone que:

2. Sera competente la jueza o juez del lugar en el que se origina el acto o la omision o donde se producen sus efectos, y

seran aplicables las siguientes normas de procedimiento:

a) El procedimiento sera sencillo, rapido y eficaz. Sera oral en todas sus fases e instancias.

b) Seran habiles todos los dias y horas.

c) Podran ser propuestas oralmente o por escrito, sin formalidades, y sin necesidad de citar la norma infringida. No sera

indispensable el patrocinio de un abogado para proponer la accion.

d) Las notificaciones se efectuaran por los medios mas eficaces que esten al alcance del juzgador, del

legitimado activo y del organo responsable del acto u omision.

e) No seran aplicables las normas procesales que tiendan a retardar su agil despacho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 357: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

357

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una comunidad indígena interpuso una acción presentándose ante la autoridad jurisdiccional competente y relatando

colectivamente los hechos que promueven su acción. El juez debería:

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos que se formulan en el artículo constitucional arriba citado.

aceptar su demanda, considerando que para las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades no rigen las

reglas que involucren el uso de litigio escrito.

rechazar la acción por falta de patrocinio.

rechazar la demanda por no haberse promovida la misma por escrito.

aceptar su demanda como presentada, a pesar de ser interpuesta oralmente.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 86 de la Constitución dispone que:

2. Sera competente la jueza o juez del lugar en el que se origina el acto o la omision o donde se producen sus efectos, y

seran aplicables las siguientes normas de procedimiento:

a) El procedimiento sera sencillo, rapido y eficaz. Sera oral en todas sus fases e instancias.

b) Seran habiles todos los dias y horas.

c) Podran ser propuestas oralmente o por escrito, sin formalidades, y sin necesidad de citar la norma infringida. No sera

indispensable el patrocinio de un abogado para proponer la accion.

d) Las notificaciones se efectuaran por los medios mas eficaces que esten al alcance del juzgador, del legitimado activo

y del organo responsable del acto u omision.

e) No seran aplicables las normas procesales que tiendan a retardar su agil despacho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 358: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

358

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro una acción constitucional determinada el juez constitucional pretende aplicar normas civiles para un vacío en el

procedimiento, sin embargo, tal aplicación colisiona con la rapidez del proceso; en ese sentido, el juez debería:

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos contrario a los supuestos que contiene la disposición

constitucional arriba citada.

igualmente aplicar la norma civil para llenar el vacío procedimental.

La Constitución no prevé una una solución explícita frente a este planteamiento.

rechazar la aplicación de la norma, y asegurar la rapidez del proceso.

asgurar la legalidad del proceso.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 86 de la Constitución dispone que:

2. Sera competente la jueza o juez del lugar en el que se origina el acto o la omision o donde se producen sus efectos, y

seran aplicables las siguientes normas de procedimiento:

a) El procedimiento sera sencillo, rapido y eficaz. Sera oral en todas sus fases e instancias.

b) Seran habiles todos los dias y horas.

c) Podran ser propuestas oralmente o por escrito, sin formalidades, y sin necesidad de citar la norma infringida. No sera

indispensable el patrocinio de un abogado para proponer la accion.

d) Las notificaciones se efectuaran por los medios mas eficaces que esten al alcance del juzgador, del legitimado activo

y del organo responsable del acto u omision.

e) No seran aplicables las normas procesales que tiendan a retardar su agil despacho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 359: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

359

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cuando se demanda a una institución pública a través de alguna acción constitucional quién cuenta con la carga de la

prueba?

Las opciones incorrectas contradicen lo dispuesto por la disposición constitucional arriba citada.

Ambas partes del proceso.

La parte demandante.

La institución pública.

Se siguen la reglas civiles al efecto.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 3 del artículo 86 de la Constitución dispone que:

Las garantias jurisdiccionales se regiran, en general, por las siguientes disposiciones:

3. Presentada la accion, la jueza o juez convocara inmediatamente a una audiencia publica, y en cualquier momento del

proceso podra ordenar la practica de pruebas y designar comisiones para recabarlas. Se presumiran ciertos los

fundamentos alegados por la persona accionante cuando la entidad publica requerida no demuestre lo

contrario o no suministre informacion. La jueza o juez resolvera la causa mediante sentencia, y en caso de

constatarse la vulneracion de derechos, debera declararla, ordenar la reparacion integral, material e inmaterial, y

especificar e individualizar las obligaciones, positivas y negativas, a cargo del destinatario de la decision judicial, y las

circunstancias en que deban cumplirse.

Las sentencias de primera instancia podran ser apeladas ante la corte provincial. Los procesos judiciales solo finalizaran

con la ejecucion integral de la sentencia o resolucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 360: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

360

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro una acción de protección el juez recibió las pruebas de ambas partes y escuchó los argumentos de estas, sin

embargo, el juez considera que es pertinente producir determinada prueba para comprobar ciertos hechos. ¿Cómo debe

actuar el juez frente a ello?

Las opciones incorrectas contradicen lo dispuesto por la disposición constitucional arriba citada.

El juez no está habilitado a promover la producción de prueba.

El juez debe resolver el caso, pues solo puede ordenar la producción de prueba antes de la intervención de las

partes.

El juez puede ordenar la producción de prueba en cualquier momento del proceso.

La Constitución no prevé ningúna regla concreta que resuelva este planteamiento.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 3 del artículo 86 de la Constitución dispone que:

Las garantias jurisdiccionales se regiran, en general, por las siguientes disposiciones:

3. Presentada la accion, la jueza o juez convocara inmediatamente a una audiencia publica, y en cualquier momento del

proceso podra ordenar la practica de pruebas y designar comisiones para recabarlas. Se presumiran ciertos los

fundamentos alegados por la persona accionante cuando la entidad publica requerida no demuestre lo contrario o no

suministre informacion. La jueza o juez resolvera la causa mediante sentencia, y en caso de constatarse la vulneracion

de derechos, debera declararla, ordenar la reparacion integral, material e inmaterial, y especificar e individualizar las

obligaciones, positivas y negativas, a cargo del destinatario de la decision judicial, y las circunstancias en que deban

cumplirse.

Las sentencias de primera instancia podran ser apeladas ante la corte provincial. Los procesos judiciales solo finalizaran

con la ejecucion integral de la sentencia o resolucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 361: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

361

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El incumplimiento de una sentencia de acción de protección por parte de un serdor público, conlleva que el juez

disponga:

Las opciones incorrectas contradicen el supuesto de la disposición constitucional arriba anotada que sustenta la

respuesta correcta.

la remisión de antecedentes al Ministerio Público.

la remisión de antecedentes a la Contraloría General del Estado.

la destitución del servidor público.

ordenar el cumplimiento vía aplicación de la fuerza pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 4 del artículo 86 de la Constitución dispone que:

Las garantias jurisdiccionales se regiran, en general, por las siguientes disposiciones:

4. Si la sentencia o resolucion no se cumple por parte de servidoras o servidores publicos, la jueza o juez ordenara su

destitucion del cargo o empleo, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que haya lugar. Cuando sea un

particular quien incumpla la sentencia o resolucion, se hara efectiva la responsabilidad determinada en la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 362: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

362

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para las garantías jurisdiccionales de la Constitución los días hábiles son:

Las opciones incorrectas contradicen el supuesto regulado por la disposición constitucional arriba citada.

los regulados por ley.

de lunes a viernes.

todos los días.

La Constitución no regula este supuesto.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 86 establece que:

2. Sera competente la jueza o juez del lugar en el que se origina el acto o la omision o donde se producen sus efectos, y

seran aplicables las siguientes normas de procedimiento:

a) El procedimiento sera sencillo, rapido y eficaz. Sera oral en todas sus fases e instancias.

b) Seran habiles todos los dias y horas.

c) Podran ser propuestas oralmente o por escrito, sin formalidades, y sin necesidad de citar la norma infringida. No sera

indispensable el patrocinio de un abogado para proponer la accion.

d) Las notificaciones se efectuaran por los medios mas eficaces que esten al alcance del juzgador, del legitimado activo

y del organo responsable del acto u omision.

e) No seran aplicables las normas procesales que tiendan a retardar su agil despacho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 363: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

363

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona presentó su acción de protección en un día domingo, de acuerdo con la Constitución, el juez debe:

Las opciones incorrectas contradicen el supuesto regulado por la disposición constitucional arriba citada.

solicitar se presente la acción al día siguiente.

rechazar la acción por ser interpuesta en día inhábil.

La Constitución no establece ninguna regla sobre la materia.

tramitar la acción, debido a que para las garantía jurisdiccionales todos los días son hábiles.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 86 establece que:

2. Sera competente la jueza o juez del lugar en el que se origina el acto o la omision o donde se producen sus efectos, y

seran aplicables las siguientes normas de procedimiento:

a) El procedimiento sera sencillo, rapido y eficaz. Sera oral en todas sus fases e instancias.

b) Seran habiles todos los dias y horas.

c) Podran ser propuestas oralmente o por escrito, sin formalidades, y sin necesidad de citar la norma infringida. No sera

indispensable el patrocinio de un abogado para proponer la accion.

d) Las notificaciones se efectuaran por los medios mas eficaces que esten al alcance del juzgador, del legitimado activo

y del organo responsable del acto u omision.

e) No seran aplicables las normas procesales que tiendan a retardar su agil despacho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 364: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

364

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución, entre las principales características de las garantías jurisdiccionales es que pueden ser

propuestas:

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos aislados de la respuesta correcta, excepto por la opción D) que no

está contemplado por la Constitución.

oralmente y sin patrocinio de abogado.

oralmente o por escrito, sin necesidad de citar la norma infringida y sin patrocinio de abogado.

oralmente o por escrito, sin formalidades, sin necesidad de patrocinio de abogado y sin necesidad de citar la

norma infringida.

No existe tal regulación en la Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 86 establece que:

2. Sera competente la jueza o juez del lugar en el que se origina el acto o la omision o donde se producen sus efectos, y

seran aplicables las siguientes normas de procedimiento:

a) El procedimiento sera sencillo, rapido y eficaz. Sera oral en todas sus fases e instancias.

b) Seran habiles todos los dias y horas.

c) Podran ser propuestas oralmente o por escrito, sin formalidades, y sin necesidad de citar la norma

infringida. No sera indispensable el patrocinio de un abogado para proponer la accion.

d) Las notificaciones se efectuaran por los medios mas eficaces que esten al alcance del juzgador, del legitimado activo

y del organo responsable del acto u omision.

e) No seran aplicables las normas procesales que tiendan a retardar su agil despacho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 365: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

365

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro las garantías jurisdiccionales, todas las sentencias ejecutoriadas deben ser remitidas a la Corte Constitucional,

para:

Las opciones incorrectas contradicen lo dispuesto por la citada disposición constitucional.

que esta revise en última instancias todas las acciones formuladas por los ciudadanos.

el desarrollo de su jurisprudencia.

De hecho, solo se remiten aquellos casos que son impugnados ante la Corte Constitucional.

La Constitución no plantea ningún supuesto al formulado en la pregunta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 5 del artículo 86 de la Constitución establece que:

5. Todas las sentencias ejecutoriadas seran remitidas a la Corte Constitucional, para el desarrollo de su jurisprudencia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 366: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

366

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución las medidas cautelares están destinadas para:

Las opciones incorrectas se encuentran al margen de lo dispuesto en el artículo 87 de la Constitución arriba anotado.

las acciones constitucionales de protección de derechos.

todas las acciones constitucionales que tiene prevista la Constitución.

las acciones constitucionales normativas.

las acciones de control normativo y de protección de derechos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 87 de la Constitución determina que:

Se podran ordenar medidas cautelares conjunta o independientemente de las acciones constitucionales de proteccion de

derechos, con el objeto de evitar o hacer cesar la violacion o amenaza de violacion de un derecho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 367: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

367

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si un grupo de personas que consideran que un acto administrativo de carácter general viola sus derechos, ¿procede

medida cautelar dentro la acción de control constitucional que formularán?

Las opciones incorrectas se encuentran al margen de lo dispuesto en el artículo 87 de la Constitución arriba anotado.

Sí, puesto que la medida cuatelar pretende el cese de la violación de derechos.

Sí, porque las medidas cautelares están previstas para las acciones de control normativo y protección de

derechos.

No, ya que las medidas cautelares solo proceden dentro acciones de protección de derechos.

No, porque no se preveen medidas cautelares dentro las acciones constitucionales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 87 de la Constitución determina que:

Se podran ordenar medidas cautelares conjunta o independientemente de las acciones constitucionales de proteccion de

derechos, con el objeto de evitar o hacer cesar la violacion o amenaza de violacion de un derecho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 368: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

368

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un servidor público fue destituido por orden de un juez constitucional, por incumplimiento de sentencia constitucional

ejecutoriada, asimismo, se ha iniciado proceso penal en su contra. ¿Procede el inicio de proceso penal?

Las opciones incorrectas contradicen lo señalado en la disposición constitucional arriba citada.

Sí, la destitución no excluye la responsabilidad civil o penal.

No, puesto que se estaría sancionando dos veces por el mismo hecho.

La Constitución no prevé una solución concreta para este planteamiento.

No, porque la Constitución prevé que si procede la destitución se disuelve la posibilidad de iniciar proceso penal.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 4 del artículo 86 de la Constitución dispone que:

4. Si la sentencia o resolucion no se cumple por parte de servidoras o servidores publicos, la jueza o juez ordenara su

destitucion del cargo o empleo, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que haya lugar. Cuando sea un

particular quien incumpla la sentencia o resolucion, se hara efectiva la responsabilidad determinada en la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 369: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

369

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las sentencias que son conocidas por jueces constitucionales dentro las acciones de protección de derechos puede ser

apeladas ante:

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos que contradicen la disposición constitucional arriba citada.

la Corte Constitucional.

De hecho, no son sujetas a apelación y, en su lugar, son enviadas a la Corte para el desarrollo de su

jurisprudencia.

la Corte Provincial.

No está previsto ningún tipo de apelación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo segundo del numeral 3 del artículo 86 de la Constitución señala que:

Las sentencias de primera instancia podran ser apeladas ante la corte provincial. Los procesos judiciales solo finalizaran

con la ejecucion integral de la sentencia o resolucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 370: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

370

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción de protección puede ser interpuesta contra:

Las opciones incorrecta contradicen el supuesto contenido en el artículo 88 de la Constitución.

Toda autoridad pública administrativa o judicial.

Toda autoridad pública administrativa.

Toda autoridad pública no judicial.

cualquier persona o servidor público.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 88 de la Constitución señala que:

La accion de proteccion tendra por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitucion, y

podra interponerse cuando exista una vulneracion de derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier

autoridad publica no judicial; contra politicas publicas cuando supongan la privacion del goce o ejercicio de los

derechos constitucionales; y cuando la violacion proceda de una persona particular, si la violacion del derecho provoca

dano grave, si presta servicios publicos impropios, si actua por delegacion o concesion, o si la persona afectada se

encuentra en estado de subordinacion, indefension o discriminacion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 371: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

371

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El gobierno nacional puso en vigencia una nueva política pública, que de acuerdo a un grupo de sus destinatarios afecta

directamente sus derechos contenidos en la Constitución. Ante ello, procede la acción:

Las opciones incorrectas contradicen los señalado por el artículo 88 de la Constitución.

de protección.

de control abstracto de constitucionalidad.

de control de constitucionalidad contra actos administrativos con efectos generales.

extraordinaria de protección.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 88 de la Constitución señala que:

La accion de proteccion tendra por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitucion, y

podra interponerse cuando exista una vulneracion de derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier

autoridad publica no judicial; contra politicas publicas cuando supongan la privacion del goce o ejercicio de los

derechos constitucionales; y cuando la violacion proceda de una persona particular, si la violacion del derecho

provoca dano grave, si presta servicios publicos impropios, si actua por delegacion o concesion, o si la persona afectada

se encuentra en estado de subordinacion, indefension o discriminacion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 372: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

372

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción de protección procede contra políticas públicas cuando:

Las opciones incorrectas contradicen los señalado por el artículo 88 de la Constitución.

De hecho, la acción de protección no precede contra políticas públicas, sino la acción de control constitucional.

sean emitidas por autoridades públicas no judiciales.

suponga la privación en el goce o ejercicio de derechos constitucionales.

contravenga la Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 88 de la Constitución señala que:

La accion de proteccion tendra por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitucion, y

podra interponerse cuando exista una vulneracion de derechos constitucionales, por actos u omisiones de

cualquier autoridad publica no judicial; contra politicas publicas cuando supongan la privacion del goce o ejercicio de los

derechos constitucionales; y cuando la violacion proceda de una persona particular, si la violacion del derecho provoca

dano grave, si presta servicios publicos impropios, si actua por delegacion o concesion, o si la persona afectada se

encuentra en estado de subordinacion, indefension o discriminacion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 373: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

372

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción de protección procede contra:

Las opciones incorrectas contradicen los señalado por el artículo 88 de la Constitución.

autoridades públicas administrativas y sus políticas públicas.

autoridade judiciales y administrativas.

particulares, autoridades administrativas y policías.

los particulares, políticas públicas y autoridades públicas no judiciales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 88 de la Constitución señala que:

La accion de proteccion tendra por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitucion, y

podra interponerse cuando exista una vulneracion de derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier

autoridad publica no judicial; contra politicas publicas cuando supongan la privacion del goce o ejercicio de los derechos

constitucionales; y cuando la violacion proceda de una persona particular, si la violacion del derecho provoca dano grave,

si presta servicios publicos impropios, si actua por delegacion o concesion, o si la persona afectada se encuentra en

estado de subordinacion, indefension o discriminacion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 374: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

374

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una autoridad pública puso en vigencia una nueva política pública a favor de ciertos derechos constitucionales, sin

embargo, dejó de lado algunas acciónes para materializar esta política pública. ¿Procede la acción de protección?

Las opciones incorrectas contradicen los señalado por el artículo 88 de la Constitución.

La acción de protección no procede contra políticas públicas.

La acción de protección solo procede contra autoridades públicas judiciales.

La acción de protección solo procede contra actos de autoridades públicas no judiciales.

La acción de protección procede contra actos de hacer y no hacer de autoridades públicas no judiciales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 88 de la Constitución señala que:

La accion de proteccion tendra por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitucion, y

podra interponerse cuando exista una vulneracion de derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier

autoridad publica no judicial; contra politicas publicas cuando supongan la privacion del goce o ejercicio de los derechos

constitucionales; y cuando la violacion proceda de una persona particular, si la violacion del derecho provoca dano grave,

si presta servicios publicos impropios, si actua por delegacion o concesion, o si la persona afectada se encuentra en

estado de subordinacion, indefension o discriminacion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 375: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

375

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción de hábeas corpues protege:

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos incompletos de la opción correcta.

la libertad.

la integridad física, la libertad y la vida.

la libertad e integridad física.

la libertad y la vida.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 89 de la Constitución establece que:

La accion de habeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella de forma ilegal,

arbitraria o ilegitima, por orden de autoridad publica o de cualquier persona, asi como proteger la vida y la integridad

fisica de las personas privadas de libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 376: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

376

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El paciente de un hospital fue impedido de salir del mismo hasta cancelar su deuda por el tratamiento que recibió.

¿Procede la acción de hábeas corpues en este supuesto?

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos incompletos de la opción correcta.

No, puesto que no se trata de una privación de libertad por autoridad pública.

Sí, debido a que se considera una privación de libertad, que procede contra particulares.

No, el hábeas corpus solo procede contra privaciones de libertad ilegales, arbitrarias o ilegítimas.

La Constitución no prevé respuesta al planteamiento formulado por la pregunta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 89 de la Constitución establece que:

La accion de habeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella de forma ilegal,

arbitraria o ilegitima, por orden de autoridad publica o de cualquier persona, asi como proteger la vida y la integridad

fisica de las personas privadas de libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 377: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

377

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona legalmente detenida solicitó visita médica por graves problemas en su salud. Sin embargo, la autoridad

judicial le ha negado su petición. ¿Es posible interponer acción de hábeas corpus?

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos incompletos de la opción correcta.

Sí, la acción de hábeas corpus protege el derecho a la salud.

Sí, la acción de hábeas corpus protege el derecho a la vida.

No, la personas está legalmente detenida y la acción de hábeas corpues solo procede contra la libertad.

No, porque contra decisiones judiciales procede la acción extraordinaria de protección.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 89 de la Constitución establece que:

La accion de habeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella de forma ilegal,

arbitraria o ilegitima, por orden de autoridad publica o de cualquier persona, asi como proteger la vida y la integridad

fisica de las personas privadas de libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 378: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

378

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción constitucional que protege indiferentemente la vida, integridad física y libertad es:

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos incompletos de la opción correcta.

la acción de protección.

la acción extraordinaria de protección.

la acción de hábeas corpus.

No, existe una acción constitucional de esa naturaleza.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 89 de la Constitución establece que:

La accion de habeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella de forma ilegal,

arbitraria o ilegitima, por orden de autoridad publica o de cualquier persona, asi como proteger la vida y la integridad

fisica de las personas privadas de libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 379: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

379

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución prevé que la acción de hábeas corpus debe resolverse dentro:

Las opciones incorrectas se sustentan en supuestos contradictorios al que refleja el artículo 89 de la Constitución.

las 24 horas de interpuesta la acción.

las 48 horas de interpuesta la acción.

No existe previsión de esto en la Constitución.

Finalizada la audiencia, señalada dentro las 24 horas de interpuesta la acción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo segundo del artículo 89 de la Constitución dispone que:

Inmediatamente de interpuesta la accion, la jueza o juez convocara a una audiencia que debera realizarse en las

veinticuatro horas siguientes, en la que se debera presentar la orden de detencion con las formalidades de ley y las

justificaciones de hecho y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenara la comparecencia de la

persona privada de libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor

publico y de quien la haya dispuesto o provocado, segun el caso. De ser necesario, la audiencia se realizara en el lugar

donde ocurra la privacion de libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 380: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

380

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuando la Constitución hace referencia de que la acción de hábeas corpus tutela la libertad, vida e integridad física,

hace referencia:

Las respuestas incorrectas contradicen los dispuesto por el artículo 88 de la Constitución.

a que protege los tres derechos de manera indiferente.

a que protege estos derechos relacionados a los privados de libertad.

El hábeas corpus solo protege la libertad.

Para los derechos a la vida e integridad física procede la acción de protección.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 89 de la Constitución establece que:

La accion de habeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella de forma ilegal,

arbitraria o ilegitima, por orden de autoridad publica o de cualquier persona, asi como proteger la vida y la integridad

fisica de las personas privadas de libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 381: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

381

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si un juez constituiconal verifica que la policía detuvo a un supuesto delicuente, que ha sido objeto de tratos inhumanos

y discriminatorios, debe:

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos del artículo 89 de la Constitución.

valorar los hechos para pronunciarse sobre la detención.

avocarse a declarar la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los actos dque se denuncian.

disponer la libertad inmediata de la persona.

imponer medidas alternativas a la privación de libertad, cuando fuere aplicable.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo cuarto del artículo 89 de la Constitución señala que:

En caso de verificarse cualquier forma de tortura, trato inhumano, cruel o degradante se dispondra la libertad de la

victima, su atencion integral y especializada, y la imposicion de medidas alternativas a la privacion de la libertad cuando

fuera aplicable.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 382: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

382

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constituciona, si una privación de libertad fue

dispuesta por la Corte Provincial de Justicia, el afectado debe apelar:

Las opciones incorrectas contradicen lo dispuesto por la normativa arriba citada.

al presidente de la Corte Nacional de Justicia.

al presidente de la Corte Constitucional.

a cualquier juez.

a la Corte Provincial más cercana.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 44 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional estgablece que:

La accion de habeas corpus, en lo que no fueren aplicables las normas generales, seguira el siguiente tramite:

4. Procede la apelacion de conformidad con las normas comunes a las garantias jurisdiccionales. Cuando la privacion

haya sido dispuesta en la Corte Provincial de Justicia, se apelara ante la Presidenta o Presidente de la Corte Nacional; y,

cuando hubiere sido dispuesta por la Corte Nacional de Justicia, se apelara ante cualquier otra sala que no ordeno la

prision preventiva.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 383: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

383

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si una autoridad judicial emite la detención de una persona, sin embargo, su decisión adolece de fundamentación,

¿procede el hábeas corpus?

Las opciones incorrectas plantean supuestos que contradicen lo señalado en la normativa arriba citada.

Sí, el hábeas corpues protege la libertad.

Sí, frente a decisiones infundadas, que dispongan la detención, procede el hábeas corpus.

No, el hábeas corpus no procede contra decisiones judiciales.

No, contra las decisiones judiciales procede la acción extraordinaria de protección.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 43 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

La accion de habeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad fisica y otros derechos conexos de

la persona privada o restringida de libertad, por autoridad publica o por cualquier persona, tales como:

1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegitima, proteccion que incluye la garantia de que la

detencion se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a excepcion de los casos de flagrancia

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 384: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

384

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La detención por deudas de pensiones alimenticias puede ser demandada a través de:

Las opciones incorrectas sugieren que la detención por deudas de pensiones alimenticias es ilegal, cuando, de hecho,

se constituye en una excepción.

La detención por deudas de pensiones alimenticias es permitida.

la acción de hábeas corpus.

la acción extraordinaria de protección, considerando que la decisión provienen de una autoridad judicial.

la acción de protección.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 43 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

La accion de habeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad fisica y otros derechos conexos de

la persona privada o restringida de libertad, por autoridad publica o por cualquier persona, tales como:

6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 385: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

385

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El familiar de una persona que fue detenida sin conocerse su paradero, interpuso un hábeas corpus contra ciertos

miembros de la Policía, sin embargo, la persona no fue exhibida en audiencia; frente a ello, el juez debe:

Las opciones incorrectas contradicen la regla que resuelve el planteamiento formulado, de acuerdo con el artículo arriba

citado.

suspender la audiencia y ordenar que la persona se exhibida.

declarar procedente el hábeas corpus y disponer la libertad de la persona.

ordenar a las autoridades demandadas apersonar a la persona en el término de 8 horas.

llevar a cabo la audiencia y analizar si procede o no la acción de hábeas corpus.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 45 de la Ley Orgánica de Garantías Constitucional y Control Constitucional dispone que:

Las juezas y jueces observaran las siguientes reglas:

1. En caso de verificarse cualquier forma de tortura se dispondra la libertad de la victima, su atencion integral y

especializada, y la imposicion de medidas alternativas a la privacion de la libertad.

2. En caso de privacion ilegitima o arbitraria, la jueza o juez declarara la violacion del derecho, dispondra la inmediata

libertad y la reparacion integral. La privacion arbitraria o ilegitima se presumira en los siguientes casos:

a) Cuando la persona no fuere presentada a la audiencia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 386: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

386

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si en la tramitación de una acción de hábeas corpus el juez constitucional verifica que dentro determinado proceso penal

se mantiene la privación arbitraria del procesado, este debe disponer:

Las opciones incorrectas contradicen lo establecido en la normativa arriba citada.

conceder la tutela y ordenar que el juez de la causa tome una decisión sobre los fundamentos de la sentencia.

devolver la causa y ordenar que se subsane el error.

la inmediata libertad de la persona.

No existe una regla concreta en la ley al respecto.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 45 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

Las juezas y jueces observaran las siguientes reglas:

1. En caso de verificarse cualquier forma de tortura se dispondra la libertad de la victima, su atencion integral y

especializada, y la imposicion de medidas alternativas a la privacion de la libertad.

2. En caso de privacion ilegitima o arbitraria, la jueza o juez declarara la violacion del derecho, dispondra la

inmediata libertad y la reparacion integral.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 387: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

387

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona contra la cual se sigue proceso penal ha sido sometida a detención preventiva cuyos fundamentos han sido

cuestionados constitucionalmente, si la Corte Constitucional en desarrollo de su jurisprudencia conoce el caso y

confirma aquello, y que se continúa con la detención preventiva, debe:

Las opciones incorrectas contradicen lo establecido en la normativa arriba citada.

ordenar que el juez de la causa revise su decisión.

desarrollar jurisprudencia para futuros casos.

disponer la inmediata libertad del detenido.

desarrollar su jurisprudencia únicamente.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 45 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

Las juezas y jueces observaran las siguientes reglas:

1. En caso de verificarse cualquier forma de tortura se dispondra la libertad de la victima, su atencion integral y

especializada, y la imposicion de medidas alternativas a la privacion de la libertad.

2. En caso de privacion ilegitima o arbitraria, la jueza o juez declarara la violacion del derecho, dispondra la inmediata

libertad y la reparacion integral.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 388: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

388

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona fue privada de libertad. Según las autoridades fiscales y policiales, bajo orden judicial por sospecha de

comercializar sustancias controladas. Sin embargo, la orden judicial nunca fue expuesta al momento de la aprehensión.

El juez constitucional debe:

Las opciones incorrectas contradicen la regla dispuesta por la LOGJCC, arriba anotada.

evaluar los hechos y resolver el caso.

presumir la arbitrariedad de la privación de libertad.

tramitar el hábeas corpus de acuerdo con las normas vigentes.

No se prevé regla alguna para el supuesto planteado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 45 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

Las juezas y jueces observaran las siguientes reglas:

1. En caso de verificarse cualquier forma de tortura se dispondra la libertad de la victima, su atencion integral y

especializada, y la imposicion de medidas alternativas a la privacion de la libertad.

2. En caso de privacion ilegitima o arbitraria, la jueza o juez declarara la violacion del derecho, dispondra la inmediata

libertad y la reparacion integral. La privacion arbitraria o ilegitima se presumira en los siguientes casos:

a) Cuando la persona no fuere presentada a la audiencia.

b) Cuando no se exhiba la orden de privacion de libertad.

c) Cuando la orden de privacion de libertad no cumpla los requisitos legales o constitucionales.

d) Cuando se hubiere incurrido en vicios de procedimiento en la privacion de libertad.

e) En los casos en que la privacion de la libertad es llevada a cabo por particulares, cuando no se justifique la privacion

de libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 389: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

389

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si una persona es aprehendida incumpliendo los requisitos legales y constitucionales al efecto, el juez constitucional,

comprando ello, debe:

Las opciones incorrectas contradicen la regla dispuesta por la LOGJCC, arriba anotada.

analizar los hechos de manera objetiva y resolver según sus conclusiones.

No se prevé ninguna regla en concreto frente a este supuesto, por lo que el juez de proponer una solución al

caso a partir de una evaluación objetiva.

devolver los antecedentes al juez del proceso, para que decida en función de los fundamentos de su sentencia.

presumir que la privación de libertad fue arbitraria.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 45 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

Las juezas y jueces observaran las siguientes reglas:

1. En caso de verificarse cualquier forma de tortura se dispondra la libertad de la victima, su atencion integral y

especializada, y la imposicion de medidas alternativas a la privacion de la libertad.

2. En caso de privacion ilegitima o arbitraria, la jueza o juez declarara la violacion del derecho, dispondra la inmediata

libertad y la reparacion integral. La privacion arbitraria o ilegitima se presumira en los siguientes casos:

a) Cuando la persona no fuere presentada a la audiencia.

b) Cuando no se exhiba la orden de privacion de libertad.

c) Cuando la orden de privacion de libertad no cumpla los requisitos legales o constitucionales.

d) Cuando se hubiere incurrido en vicios de procedimiento en la privacion de libertad.

e) En los casos en que la privacion de la libertad es llevada a cabo por particulares, cuando no se justifique la privacion

de libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 390: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

390

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un fiscal procedió a detener a una persona a través de la fuerza pública, sin embargo, se confirmó dentro un hábeas

corpus que el mencionado fiscal no informó el motivo de la detención ni los derechos que le correspondían. El juez

constitucional debe:

Las opciones incorrectas contradicen la regla dispuesta por la LOGJCC, arriba anotada.

presumir que la detención fue arbitraria y disponer la libertad de la persona detenida.

presumir la constitucionalidad de la detención.

presumir la arbitrariedad de la detención y ordenar al juez de la causa resuelva la situación de la persona

afectada.

No se prevé ninguna regla concreta para la solución del planteamiento formulado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 45 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

Las juezas y jueces observaran las siguientes reglas:

1. En caso de verificarse cualquier forma de tortura se dispondra la libertad de la victima, su atencion integral y

especializada, y la imposicion de medidas alternativas a la privacion de la libertad.

2. En caso de privacion ilegitima o arbitraria, la jueza o juez declarara la violacion del derecho, dispondra la inmediata

libertad y la reparacion integral. La privacion arbitraria o ilegitima se presumira en los siguientes casos:

a) Cuando la persona no fuere presentada a la audiencia.

b) Cuando no se exhiba la orden de privacion de libertad.

c) Cuando la orden de privacion de libertad no cumpla los requisitos legales o constitucionales.

d) Cuando se hubiere incurrido en vicios de procedimiento en la privacion de libertad.

e) En los casos en que la privacion de la libertad es llevada a cabo por particulares, cuando no se justifique la privacion

de libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 391: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

391

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

391

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si la privación de libertad de una persona es llevada a cabo por personas particulares y, posteriormente, comprueba que

tal detención era injustificada, el juez constitucional debe:

Las opciones incorrectas contradicen la regla dispuesta por la LOGJCC, arriba anotada.

remitir el caso ante juez competente para que los hechos sean evaluados.

remitir el caso al Fiscal de turno para establecer su procede el inicio de proceso penal.

presumir la privación como arbitraria y disponer la libertad de la persona.

No se establece regla ninguna sobre el supuesto planteado en la pregunta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 45 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

Las juezas y jueces observaran las siguientes reglas:

1. En caso de verificarse cualquier forma de tortura se dispondra la libertad de la victima, su atencion integral y

especializada, y la imposicion de medidas alternativas a la privacion de la libertad.

2. En caso de privacion ilegitima o arbitraria, la jueza o juez declarara la violacion del derecho, dispondra la inmediata

libertad y la reparacion integral. La privacion arbitraria o ilegitima se presumira en los siguientes casos:

a) Cuando la persona no fuere presentada a la audiencia.

b) Cuando no se exhiba la orden de privacion de libertad.

c) Cuando la orden de privacion de libertad no cumpla los requisitos legales o constitucionales.

d) Cuando se hubiere incurrido en vicios de procedimiento en la privacion de libertad.

e) En los casos en que la privacion de la libertad es llevada a cabo por particulares, cuando no se justifique la privacion

de libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 392: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

392

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona que formuló hábeas corpus por haber sido detenida arbitrariamente consiguió una resolución a su favor,

sin embargo, cuando presentó la decisión judicial a la policía, esta le informó que el Fiscal inició proceso penal contra su

persona y le indicaron que sería llevado ante juez competente. ¿Es procedente tal actuación?

La opciones incorrectas contradicen el supuesto de la normativa arriba citada.

Sí, porque se inició un proceso penal contra la persona detenida.

No, porque existe una decisión constitucional de hábeas corpus a su favor, y corresponde la inmediata libertad.

Sí, porque el Fiscal llevará a la persona detenida ante un Juez penal para que disponga sobre su situación.

No, porque la Ley establece que ante la imputación corresponde que el juez penal conozca la causa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 3 del artículo 45 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

Las juezas y jueces observaran las siguientes reglas:

3. La orden judicial que dispone la libertad sera obedecida inmediatamente por los encargados del lugar de la privacion

de libertad, sin que sea admisible ningun tipo de observacion o excusa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 393: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

393

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si se verifica que la policía procedió a actos de tortura contra una persona, que la Fiscalía considera es responsable de

ciertos hechos delictivos e inició proceso penal contra ella, el juez constitucional que conoció la acción de hábeas corpus

debe:

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos planteados por la normativa arriba citada.

No se prevé ninguna regla concreta sobre tal planteamiento.

conceder la acción de hábeas corpues y remitir al procesado ante el juez penal para que decida sobre su

situació.

disponer su libertad e imponer medidas alternativas a la privación de libertad.

rechazar la acción de hábeas corpus, señalando que se ha iniciado proceso penal y corresponde que las

autoridades ordinarias se pronuncien sobre el asunto.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 45 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Las juezas y jueces observaran las siguientes reglas:

1. En caso de verificarse cualquier forma de tortura se dispondra la libertad de la victima, su atencion integral y

especializada, y la imposicion de medidas alternativas a la privacion de la libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 394: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

394

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El artículo 45 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

La privacion arbitraria o ilegitima se presumira en los siguientes casos:

a) Cuando la persona no fuere presentada a la audiencia.

b) Cuando no se exhiba la orden de privacion de libertad.

c) Cuando la orden de privacion de libertad no cumpla los requisitos legales o constitucionales.

d) Cuando se hubiere incurrido en vicios de procedimiento en la privacion de libertad.

e) En los casos en que la privacion de la libertad es llevada a cabo por particulares, cuando no se justifique la privacion

de libertad.

Las opciones incorrectas contradicen lo expuesto previamente y desconocen los supuestos que plantea la LOGJCC, en

su artículo 45.

Estas se constituyen en reglas concretas que si se comrpueban los supuestos de hecho debe aplicarse su

consecuencia jurídica.

Se constituyen en principios, que pueden ser aplicados o no, según el caso.

Son directrices que pueden guiar o no las decisiones de los jueces constitucionales.

Se constituyen en derechos constitucionales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La respuesta correcta se fundamenta en el mismo texto legal arriba anotado. Estas se constituyen en reglas concretas

que de comprobarse los supuestos de hechos debe aplicarse su consecuencia jurídica, esto es, presumir el acto que se

denuncia como arbitrario o ilegítimo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 395: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

395

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Qué garantía jurisdiccional tiene por objeto garantizar el acceso a información de alguna institución del Estado?

Las opciones incorrectas desconocen la garantía jurisdiccional que formula el artículo 91 de la Constitución.

Acción de protección por omisión de obligaciones constitucionales.

Acción de acceso a la información pública.

Acción de habeas data.

No se prevé ninguna garantía jurisdiccional de este tipo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 91 de la Constitución establece que:

La accion de acceso a la informacion publica tendra por objeto garantizar el acceso a ella cuando ha sido denegada

expresa o tacitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o fidedigna. Podra ser interpuesta incluso

si la negativa se sustenta en el caracter secreto, reservado, confidencial o cualquiera otra clasificacion de la informacion.

El caracter reservado de la informacion debera ser declarado con anterioridad a la peticion, por autoridad competente y

de acuerdo con la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 396: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

396

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La accion de acceso a la informacion publica tendra por objeto garantizar el acceso a ella cuando:

Las opciones incorrectas desconocen la garantía jurisdiccional que formula el artículo 91 de la Constitución.

sea denegada por oficio.

sea denegada de manera explítica o tácitamente.

sea denegada a través del silencio administrativo.

sea denegada a través de respuesta fundamentada.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 91 de la Constitución establece que:

La accion de acceso a la informacion publica tendra por objeto garantizar el acceso a ella cuando ha sido denegada

expresa o tacitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o fidedigna. Podra ser interpuesta incluso

si la negativa se sustenta en el caracter secreto, reservado, confidencial o cualquiera otra clasificacion de la informacion.

El caracter reservado de la informacion debera ser declarado con anterioridad a la peticion, por autoridad competente y

de acuerdo con la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 397: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

397

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Si una persona que solicitó información pública recibió esta de manera incompleta, corresponde plantear la acción de

acceso a la información pública?

Las opciones incorrectas desconocen la garantía jurisdiccional que formula el artículo 91 de la Constitución.

No, puesto que se ofreció una respuesta a la solicitud de acceso, sin embargo, las instituciones pueden

reservarse información clasificada.

Sí, porque esta acción también procede cuando la información se entrega de manera incompleta.

Sí, porque las personas cuentan con el derecho constitucional.

No, porque la acción no procede contra el supuesto de que se entregue información incompleta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 91 de la Constitución establece que:

La accion de acceso a la informacion publica tendra por objeto garantizar el acceso a ella cuando ha sido denegada

expresa o tacitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o fidedigna. Podra ser interpuesta incluso

si la negativa se sustenta en el caracter secreto, reservado, confidencial o cualquiera otra clasificacion de la informacion.

El caracter reservado de la informacion debera ser declarado con anterioridad a la peticion, por autoridad competente y

de acuerdo con la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 398: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

398

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El carácter reservado de la información, frente al acceso a la información pública debe ser declarado:

Las opciones incorrectas desconocen la garantía jurisdiccional que formula el artículo 91 de la Constitución.

en cualquier momento por la autoridad pública.

antes de haber sido solicitada la información por cualquier ciudadano.

al momento de pronunciarse sobre la solicitud de información.

La autoridad cuenta con libertad de declarar reserva de información pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 91 de la Constitución establece que:

La accion de acceso a la informacion publica tendra por objeto garantizar el acceso a ella cuando ha sido denegada

expresa o tacitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o fidedigna. Podra ser interpuesta incluso

si la negativa se sustenta en el caracter secreto, reservado, confidencial o cualquiera otra clasificacion de la informacion.

El caracter reservado de la informacion debera ser declarado con anterioridad a la peticion, por autoridad competente y

de acuerdo con la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 399: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

399

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona solicitó información pública a determinada institución, sin embargo, esta respondió a su requerimiento

señalando que tal información ha sido declarada como reservada hace un año. ¿Procede una acción de acceso a la

información pública?

Las opciones incorrectas desconocen la garantía jurisdiccional que formula el artículo 91 de la Constitución.

Sí, puesto que está prohibida la declaración de reserva de información.

No, puesto que la reserva fue declarada con anterioridad a la solicitud de la persona interesada.

Sí, ya que esta garantía asegura el acceso a todo tipo de información pública en cualquier momento.

No se prevé ninguna acción ante el supuesto planteado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 91 de la Constitución establece que:

La accion de acceso a la informacion publica tendra por objeto garantizar el acceso a ella cuando ha sido denegada

expresa o tacitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o fidedigna. Podra ser interpuesta incluso

si la negativa se sustenta en el caracter secreto, reservado, confidencial o cualquiera otra clasificacion de la informacion.

El caracter reservado de la informacion debera ser declarado con anterioridad a la peticion, por autoridad competente y

de acuerdo con la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 400: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

400

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24 de septiembre de 2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución prevé como garantía jurisdiccional la acción de acceso a la información pública; ante tal garantía, ¿es

posible solicitar acceso a información que ha sido clasficada como reservada o confidencial?

Las opciones incorrectas desconocen la garantía jurisdiccional que formula el artículo 91 de la Constitución.

No, la Constitución protege la reserva de información cuando así es declarada por autoridad competente.

No, el acceso a la información procede únicamente cuando la información no se encuestra clasificada como

reservada o confidencial.

Sí, en caso de que la reserva o confidencialidad no se haya dispuesto con anterioridad a la solicitud, no haya

sido dictada por autoridad competente o en el marco de la ley.

Sí, el acceso a la información está asegurado a pesar de la reserva o confidencialidad, pues esta se subordina

a aquella.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 91 de la Constitución establece que:

La accion de acceso a la informacion publica tendra por objeto garantizar el acceso a ella cuando ha sido denegada

expresa o tacitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o fidedigna. Podra ser interpuesta incluso

si la negativa se sustenta en el caracter secreto, reservado, confidencial o cualquiera otra clasificacion de la informacion.

El caracter reservado de la informacion debera ser declarado con anterioridad a la peticion, por autoridad competente y

de acuerdo con la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 401: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

401

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Procede la acción de acceso a la información pública contra entidades privadas?

Las opciones incorrectas se sustentan en supuestos al margen de la normativa arriba citada.

No, la demanda en esta acción solo puede estar dirigida contra entidades públicas.

No, la legitimación pasiva de la acción solo la mantienen las entidades públicas.

Sí, cuando las entidades privadas tengan participación del Estado o sean concesionarios de este.

Sí, la acción procede contra toda entidad, publica o privada, que mantenga información de interés público.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo 47 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

Se considerara informacion publica toda aquella que emane o que este en poder de entidades del sector publico o

entidades privadas que, para el tema materia de la informacion, tengan participacion del Estado o sean concesionarios de

este.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 402: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

402

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una entidad privada, que es concesionaria de un servicio público, fue requerida para presentar información sobre su

funcionamiento, sin embargo, esta empresa a negado la solicitud bajo el argumento de no constituirse como una entidad

pública. ¿Procede la acción de acceso a la información pública ante este planteamiento?

Las opciones incorrectas presentan supuestos al margen de lo dispuesto por la LOGJCC.

No, las entidades privadas no pueden ser demandadas a través de esta acción.

No, la documentación de entidades privadas no es pública.

Sí, la entidades privadas que sean concesionarias pueden ser demandadas a través de esta acción.

Sí, todas las personas naturales y jurídicas pueden ser demandadas a través de esta acción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrado segundo del artículo 47 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece

que:

Se considerara informacion publica toda aquella que emane o que este en poder de entidades del sector publico o

entidades privadas que, para el tema materia de la informacion, tengan participacion del Estado o sean concesionarios de

este.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 403: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

403

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción que permite el acceso a información sobre los bienes de uno es:

Las opciones incorrectas no coinciden con los supuestos planteados en la disposición constitucional arriba citada.

la acción de acceso a la información pública.

la acción de habeas data.

No existe ninguna acción prevista que permita tal supuesto.

la acción de protección.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo primero del artículo 92 de la Constitución establece que:

Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendra derecho a conocer de la

existencia y a acceder a los documentos, datos geneticos, bancos o archivos de datos personales e informes que sobre si

misma, o sobre sus bienes, consten en entidades publicas o privadas, en soporte material o electronico. Asimismo tendra

derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad, el origen y destino de informacion personal y el tiempo de

vigencia del archivo o banco de datos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 404: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

404

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción de habeas data puede ser interpuesta contra entidades:

Las opciones incorrectas no coinciden con los supuestos planteados en la disposición constitucional arriba citada.

públicas.

públicas y privadas.

privadas.

públicas, organizaciones de la sociedad civil y privados.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo primero del artículo 92 de la Constitución establece que:

Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendra derecho a conocer de la

existencia y a acceder a los documentos, datos geneticos, bancos o archivos de datos personales e informes que sobre si

misma, o sobre sus bienes, consten en entidades publicas o privadas, en soporte material o electronico. Asimismo tendra

derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad, el origen y destino de informacion personal y el tiempo de

vigencia del archivo o banco de datos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 405: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

405

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona solicitó información personal de una tercera persona, sin embargo, le negaron el requerimiento a pesar de

presentar documentación que certificaba la respectiva autorización del titular de la información. ¿Puede esta persona

interponer con éxito la acción de habeas data?

Las opciones incorrectas plantean supuestos contrarios al señalado en la disposición arriba citada.

No, puesto que la interposición está reservada únicamente a la persona titular de los datos personales.

No existe regla concreta que resuelva este planteamiento.

Sí, la misma Constitución habilita que una tercera persona pueda interponer esta acción a nombre de otra.

Sí, lla acción cuenta con legitimación activa abierta, cualquier persona puede interponer esta acción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo primero del artículo 92 de la Constitución establece que:

Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendra derecho a conocer de la

existencia y a acceder a los documentos, datos geneticos, bancos o archivos de datos personales e informes que sobre

si misma, o sobre sus bienes, consten en entidades publicas o privadas, en soporte material o electronico. Asimismo

tendra derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad, el origen y destino de informacion personal y el

tiempo de vigencia del archivo o banco de datos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 406: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

406

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona en el ámbito de la política otorgó autorización pública para que su entrevistador accediera a información

personal, sin embargo, la entidad que custodia dicha información ha denegado su acceso. ¿Es posible que este

entrevistador interponga una acción de habeas data alegando que cuenta con la autorización del titular de la

información?

Las opciones incorrectas B) y C) no se constituyen en supuestos contemplados dentro la normativa arriba citada.

La opción D) podría plantear un conflicto, si bien la normativa arriba citada sugiere que ante autorización del titular la

entidad que resguarda la información debe difundir la información, la disposición de la LOGJCC sugiere que solo el

titular y representatne legitimado podrían interponer la acción de hábeas data. El entrevistador no se constituye en

representante legitimado.

No, la legitimación activa está reservada al titular o a tercera persona legitimada.

Sí, puesto que la entidad a cargo de la información puede otorgar la información con autorización del titular.

No se prevé una norma que regule este supuesto.

Sí, puesto que existe autorización del titular y ello legitima al entrevistador como tercero.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 92 de la Constitución establece que:

Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendra derecho a conocer de la

existencia y a acceder a los documentos, datos geneticos, bancos o archivos de datos personales e informes que sobre

si misma, o sobre sus bienes, consten en entidades publicas o privadas, en soporte material o electronico. Asimismo

tendra derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad, el origen y destino de informacion personal y el

tiempo de vigencia del archivo o banco de datos.

Las personas responsables de los bancos o archivos de datos personales podran difundir la informacion

archivada con autorizacion de su titular o de la ley.

La persona titular de los datos podra solicitar al responsable el acceso sin costo al archivo, asi como la actualizacion de

los datos, su rectificacion, eliminacion o anulacion. En el caso de datos sensibles, cuyo archivo debera estar autorizado

por la ley o por la persona titular, se exigira la adopcion de las medidas de seguridad necesarias. Si no se atendiera su

solicitud, esta podra acudir a la jueza o juez. La persona afectada podra demandar por los perjuicios ocasionados.

Por otro lado, el artículo 57 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone, sobre la

letiimación activa, que:

Toda persona, natural o juridica, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto,

podra interponer una accion de habeas data.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 407: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

407

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La garantía jurisdiccional que involucra el derecho a conocer datos personales, el uso que se haga de ellos, su finalidad,

el origen y destino de informacion personal y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos, se refiere a:

Las opciones incorrectas contradicen con el contenido de la disposición normativa arriba citada.

la acción de acceso a la información pública.

la acción de protección.

la acción de hábeas data.

la acción de hábeas corpus.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo primero del artículo 92 de la Constitución dispone que:

Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendra derecho a conocer de la

existencia y a acceder a los documentos, datos geneticos, bancos o archivos de datos personales e informes que sobre

si misma, o sobre sus bienes, consten en entidades publicas o privadas, en soporte material o electronico. Asimismo

tendra derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad, el origen y destino de informacion personal y el

tiempo de vigencia del archivo o banco de datos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 408: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

408

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona denunció que una entidad tiene equivocadamente registrada sus datos personales, lo cual llevó a un conflicto

en su ámbito laboral. La rectificación de la información es costosa. ¿Puede demandar la gratuidad de esta rectificación la

persona afectada?

Las opciones incorrectas formulan supuestos contradictorios a los contenidos en la normativa arriba expuesta.

No, la acción de hábeas data no alcanza tal supuesto.

No, la acción de hábeas corpus solo tutela el derecho a la información.

Sí, la gratuidad de la rectificación es parte de la protección de esta garantía jurisdiccional.

No se prevé ninguna regla sobre el supuesto planteado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 92 de la Constitución establece que:

Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendra derecho a conocer de la

existencia y a acceder a los documentos, datos geneticos, bancos o archivos de datos personales e informes que sobre si

misma, o sobre sus bienes, consten en entidades publicas o privadas, en soporte material o electronico. Asimismo tendra

derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad, el origen y destino de informacion personal y el tiempo de

vigencia del archivo o banco de datos.

Las personas responsables de los bancos o archivos de datos personales podran difundir la informacion archivada con

autorizacion de su titular o de la ley.

La persona titular de los datos podra solicitar al responsable el acceso sin costo al archivo, asi como la actualizacion de los

datos, su rectificacion, eliminacion o anulacion. En el caso de datos sensibles, cuyo archivo debera estar autorizado por la

ley o por la persona titular, se exigira la adopcion de las medidas de seguridad necesarias. Si no se atendiera su solicitud,

esta podra acudir a la jueza o juez. La persona afectada podra demandar por los perjuicios ocasionados.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 409: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

409

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuando se niega el acceso a los documentos, datos geneticos, bancos o archivos de datos personales e informes que

consten en entidades publicas o esten en poder de personas naturales o juridicas privadas, corresponde interponer:

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos planteados por la normativa arriba citada.

la acción de protección.

la acción de acceso a la información pública.

la acción de hábeas data.

la acción por incumplimiento.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 50 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Se podra interponer la accion de habeas data en los siguientes casos:

1. Cuando se niega el acceso a los documentos, datos geneticos, bancos o archivos de datos personales e informes que

consten en entidades publicas o esten en poder de personas naturales o juridicas privadas.

2. Cuando se niega la solicitud de actualizacion, rectificacion, eliminacion o anulacion de datos que fueren erroneos o

afecten sus derechos.

3. Cuando se da un uso de la informacion personal que viole un derecho constitucional, sin autorizacion expresa, salvo

cuando exista orden de jueza o juez competente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 410: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

410

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuando se niega la solicitud de actualizacion, rectificacion, eliminacion o anulacion de datos que fueren erroneos o

afecten los derechos de una persona, la Constitución prevé:

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos planteados por la normativa arriba citada.

la acción de protección.

la acción de acceso a la información pública.

la acción de hábeas data.

la acción por incumplimiento.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 50 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Se podra interponer la accion de habeas data en los siguientes casos:

1. Cuando se niega el acceso a los documentos, datos geneticos, bancos o archivos de datos personales e informes que

consten en entidades publicas o esten en poder de personas naturales o juridicas privadas.

2. Cuando se niega la solicitud de actualizacion, rectificacion, eliminacion o anulacion de datos que fueren erroneos o

afecten sus derechos.

3. Cuando se da un uso de la informacion personal que viole un derecho constitucional, sin autorizacion expresa, salvo

cuando exista orden de jueza o juez competente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 411: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

411

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuando se da un uso de la informacion personal que viole un derecho constitucional, sin autorizacion expresani

orden de jueza o juez competente, puede interponerse:

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos planteados por la normativa arriba citada.

la acción de hábeas data.

la acción de protección.

la acción de acceso a la información pública.

No existe garantía jurisdiccional prevista para tal supuesto.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 50 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Se podra interponer la accion de habeas data en los siguientes casos:

1. Cuando se niega el acceso a los documentos, datos geneticos, bancos o archivos de datos personales e

informes que consten en entidades publicas o esten en poder de personas naturales o juridicas privadas.

2. Cuando se niega la solicitud de actualizacion, rectificacion, eliminacion o anulacion de datos que fueren

erroneos o afecten sus derechos.

3. Cuando se da un uso de la informacion personal que viole un derecho constitucional, sin autorizacion expresa,

salvo cuando exista orden de jueza o juez competente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 412: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

412

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción de hábeas data puede ser interpuesta por:

Las opciones incorrectas plantean supuestos que contradicen los supuestos de la normativa arriba citada.

por la persona afectada en sus derechos y por cualquier persona con interés en la información de otra persona.

por cualquier persona que requiera información personal de otra persona, siempre que medie un interés

general.

por la persona, natural o jurídica, afectada en sus derechos.

por la persona, natural o jurídica, afectada en sus derechos o representante legitimado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Sobre la legitimación activa, el artículo 51 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional,

dispone que:

Toda persona, natural o juridica, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, podra

interponer una accion de habeas data.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 413: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

413

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas corresponden a otras acciones constitucionales, que no coinciden con los supuestos planteados

del artículo 93 de la Constitución.

la acción de protección.

la acción de cumplimiento.

la acción por incumplimiento.

No existe una garantía jurisdiccional que garantíce el supuesto planteado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 93 de la Constitucón dispone que:

La acción por incumplimiento tendrá por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran el sistema jurídico, así

como el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de derechos humanos, cuando la norma o

decisión cuyo cumplimiento se persigue contenga una obligación de hacer o no hacer clara, expresa y exigible. La acción

se interpondrá ante la Corte Constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La posibilidad de garantizar la aplicación de las normas que integran el sistema jurídico, es ofrecida por:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 414: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

414

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en otras acciones constitucionales, excepto la opción B) que es inexistente.

la acción extraordinaria de protección.

la acción de cumplimiento.

la acción por incumplimiento.

la acción de protección.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 93 de la Constitucón dispone que:

La acción por incumplimiento tendrá por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran el sistema jurídico,

así como el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de derechos humanos, cuando la

norma o decisión cuyo cumplimiento se persigue contenga una obligación de hacer o no hacer clara, expresa y exigible.

La acción se interpondrá ante la Corte Constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción que permite garantizar el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de derechos

humanos es:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 415: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

415

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos no previstos por la normativa arriba anotada.

cualquier juez o jueza.

la Corte Provincial.

la Corte Constitucional.

la Corte Nacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 93 de la Constitución establece que:

La acción por incumplimiento tendrá por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran el sistema jurídico, así

como el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de derechos humanos, cuando la norma o

decisión cuyo cumplimiento se persigue contenga una obligación de hacer o no hacer clara, expresa y exigible. La acción

se interpondrá ante la Corte Constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción por incumplimiento debe ser interpuesta ante:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 416: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

416

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos no previstos por la normativa arriba anotada.

una obligación de hacer o no hacer.

una obligación de hacer o no hacer clara, expresa y exigible.

una obligación cuyo destinatario se encuentra claramente identificado.

una obligación jurídica con destinatario identificado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 93 de la Constitución establece que:

La acción por incumplimiento tendrá por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran el sistema jurídico, así

como el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de derechos humanos, cuando la norma o

decisión cuyo cumplimiento se persigue contenga una obligación de hacer o no hacer clara, expresa y exigible. La acción

se interpondrá ante la Corte Constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para que la acción por incumplimiento proceda la norma o decisión cuyo cumplimiento se persigue debe contener:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 417: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

417

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos no previstos por la normativa arriba anotada.

acción de protección.

acción extraordinaria de protección.

acción por incumplimiento.

acción de cumplimiento.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 93 de la Constitución establece que:

La acción por incumplimiento tendrá por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran el sistema jurídico,

así como el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de derechos humanos, cuando la

norma o decisión cuyo cumplimiento se persigue contenga una obligación de hacer o no hacer clara, expresa y exigible.

La acción se interpondrá ante la Corte Constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En caso de que el Estado ecuatoriano cumpla parcialmente una decisión de la Corte Interamericana, los favorecidos

con esta última deben interponer:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 418: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

418

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en planteamientos al margen de la normativa arriba citada.

el Estado.

las autoridades públicas.

el procurador del Estado.

cualquier autoridad pública o particulares.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 53 de la Ley Orgánica de Garantía Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

La acción por incumplimiento procederá en contra de toda autoridad pública y contra de personas naturales o jurídicas

particulares cuando actúen o deban actuar en ejercicio de funciones públicas, o presten servicios públicos. Procederá

contra particulares también en el caso de que las sentencias, decisiones o informes de organismos internacionales de

protección de derechos humanos impongan una obligación a una persona particular determinada o determinable.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La legitimación pasiva en la acción por incumplimiento se constituye en:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 419: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

419

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos de la normativa arriba citada.

reclamo previo ante quién debe cumplir la norma o decisión.

reclamo judicial.

agotar previamente las vías que ofrece el ordenamiento jurídico.

No es imprescidible ningún requisito, pues es posible interpone directamente esta acción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 54 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Con el propósito de que se configure el incumplimiento, la persona accionante previamente reclamará el cumplimiento de

la obligación a quien deba satisfacerla. Si se mantuviera el incumplimiento o la autoridad pública o persona particular no

contestare el reclamo en el término de cuarenta días, se considerará configurado el incumplimiento.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para la interposición de una acción por incumplimiento es imprescindible:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 420: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

420

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos en contradicción con la normativa arriba citada.

Sí, la acción por incumplimiento tiene por objeto garantizar el cumplimiento de sentencias de organismos

internacionales.

Sí, la acción por incumplimiento tiene tal objeto y la declaración debe interpretarse como incumplimiento.

No, previamente es necesario acudir a las instancias que deben cumplir la sentencia de la Corte.

No existen ninguna regla prevista, que regule el supuesto formulado en la pregunta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 54 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

Reclamo previo.- Con el propósito de que se configure el incumplimiento, la persona accionante previamente reclamará

el cumplimiento de la obligación a quien deba satisfacerla. Si se mantuviera el incumplimiento o la autoridad pública o

persona particular no contestare el reclamo en el término de cuarenta días, se considerará configurado el incumplimiento.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro un caso ante la Corte Interamericana, esta emitió sentencia que declara la responsabilidad del Estado, en ese

sentido, dictó reparaciones económicas a favor de las víctimas. El Estado ha declarado que no cumplirá tal sentencia por

ser injusta. Las víctimas, en conocimiento de la sentencia y esta firmación, interpusieron la acción por incumplimiento.

¿Procede esta acción ante tal supuesto?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 421: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

421

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos en contradicción con la normativa arriba citada.

realizar el reclamo previo ante la autoridad que debe cumplir con la norma o sentencia internacional.

recibir la notificación de la sentencia internacional de manera formal.

guardar espera por 4 meses para que se configure el incumplimiento.

No existe ninguna regla para que configure el incumplimiento.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 54 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

Reclamo previo.- Con el propósito de que se configure el incumplimiento, la persona accionante previamente

reclamará el cumplimiento de la obligación a quien deba satisfacerla. Si se mantuviera el incumplimiento o la autoridad

pública o persona particular no contestare el reclamo en el término de cuarenta días, se considerará configurado el

incumplimiento.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro la acción por incumplimiento, para que se configure el incumplimiento como tal, se debe:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 422: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

422

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos contrarios a la normativa arriba citada.

contra cualquier tipo de sentencias o decisiones.

contra sentencias de jueces nacionales.

contra sentencias de organismos internacionales.

contra sentencias de jueces nacionales y de organismos internacionales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 52 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

La acción por incumplimiento tiene por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran el sistema jurídico, así

como el cumplimiento de sentencias, decisiones o informes de organismos internacionales de protección de derechos

humanos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Contra qué tipo de sentencias o decisiones procede la acción por incumplimineto?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 423: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

423

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en planteamientos que contradicen los supuestos de la normativa arriba citada.

Sí, el incumplimiento de la norma permite que cualquier persona exija su cumplimiento mediante esta acción.

Sí, es posible exigir el cumplimiento de cualquier norma, esto incluye normas constitucionales.

No, la acción por incumplimiento no incluye la omisión de mandatos constitucionales.

No se prevé ninguna regla concreta que resuelva el planteamiento formulado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 56 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Causales de inadmisión.- La acción por incumplimiento no procede en los siguientes casos:

1. Si la acción es interpuesta para proteger derechos que puedan ser garantizados mediante otra garantía jurisdiccional.

2. Si se trata de omisiones de mandatos constitucionales.

3. Si existe otro mecanismo judicial para lograr el cumplimiento de la norma, sentencia, decisión o informe, salvo en los

casos en los cuales, de no admitirse la acción por incumplimiento, se provoque un perjuicio grave e inminente para el

accionante.

4. Si no se cumplen los requisitos de la demanda.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Procede la acción por incumplimiento si una persona intenta que se cumpla un mandato constitucional que reconoce

derechos a su colectivo?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 424: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

424

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en planteamientos que contradicen los supuestos de la normativa arriba citada.

Sí, efectuado el incumplimiento de cualquier norma procede la acción.

No, si existe otro mecanismo judicial será inadmitida la acción.

Sí, la acción por incumplimiento no tiene causales de inadmisión.

No, todo incumplimiento de alguna norma supone la habilitación de esta acción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 56 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Causales de inadmisión.- La acción por incumplimiento no procede en los siguientes casos:

1. Si la acción es interpuesta para proteger derechos que puedan ser garantizados mediante otra garantía jurisdiccional.

2. Si se trata de omisiones de mandatos constitucionales.

3. Si existe otro mecanismo judicial para lograr el cumplimiento de la norma, sentencia, decisión o informe, salvo en los

casos en los cuales, de no admitirse la acción por incumplimiento, se provoque un perjuicio grave e inminente para el

accionante.

4. Si no se cumplen los requisitos de la demanda.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si una persona pretende hacer cumplir una norma, pero el ordenamiento ofrece otro mecanismo judicial para ello,

¿procede la acción por incumplimiento?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 425: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

425

A)

B)

C)

D)

Las respuestas incorrectas contradicen este supuesto.

ante cualquier juez.

ante la Corte Provincial.

ante la Corte Constitucional.

ante el presidente de la Corte Constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 57 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional señala que la demanda debe

interponer ante la Corte Constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción por incumplimiento debe interponerse:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 426: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

426

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no corresponden a la aludida acción constitucional y la opción D) es un supuesto no

contemplado en el ordenamiento.

la acción de protección.

la acción extraordinaria de protección.

la acción por incumplimiento.

Ninguna acción constitucional contiene tal garantía jurisdiccional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 94 de la Constitución dispone que:

La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por

acción u omisión derechos reconocidos en la Constitución, y se interpondrá ante la Corte Constitucional. El recurso

procederá cuando se hayan agotado los recursos ordinarios y extraordinarios dentro del término legal, a menos que la

falta de interposición de estos recursos no fuera atribuible a la negligencia de la persona titular del derecho

constitucional vulnerado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción que tiene por objeto la protección de los derechos constitucionales y el debido proceso en sentencias, autos

definitivos, y resoluciones con fuerza de sentencia, es:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 427: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

427

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos no contemplados en las normas.

ante la Corte Constitucional.

ante cualquier juez.

ante la Corte Provincial.

ante la Corte Nacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 94 de la Constitución dispone que:

La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por

acción u omisión derechos reconocidos en la Constitución, y se interpondrá ante la Corte Constitucional. El recurso

procederá cuando se hayan agotado los recursos ordinarios y extraordinarios dentro del término legal, a menos que la falta

de interposición de estos recursos no fuera atribuible a la negligencia de la persona titular del derecho constitucional

vulnerado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción extraordinaria de protección se interpone:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 428: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

428

A)

B)

C)

D)

Las respuestas incorrectas contradicen los supuestos contemplados en la disposición constitucional arriba citada.

No, es imprescindible para esta acción agotar todos los recursos de ley.

Sí, pues la negligencia no es atribuible a la persona.

Sí, puesto que esta acción no cuenta con ningún requisito previo.

No, puesto que la acción solo procede contra decisiones de la Corte Nacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 94 de la Constitución dispone que:

La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por

acción u omisión derechos reconocidos en la Constitución, y se interpondrá ante la Corte Constitucional. El recurso

procederá cuando se hayan agotado los recursos ordinarios y extraordinarios dentro del término legal, a menos que la

falta de interposición de estos recursos no fuera atribuible a la negligencia de la persona titular del derecho

constitucional vulnerado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona que considera se ha visto afectada en sus derechos constitucionales por una sentencia de la Función

Judicial desea interponer la acción extraordinaria de protección, sin embargo, no ha agotado los recursos de apelación

por negligencia de su defensa técnica. ¿Procede esta acción frente a este supuesto?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 429: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

429

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos que regulan la legitimación activa arriba citada.

a las personas que hayan sido o debían ser parte del proceso de donde emerge la necesidad de interponer esta

acción.

a cualquier persona con interés en el proceso.

a las personas que haya sido parte del proceso de donde emerge la necesidad de interponer esta acción y al

defensor del pueblo.

cualquier persona en nombre del interesado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 59 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Legitimación activa.- La acción extraordinaria de protección puede ser interpuesta por cualquier persona o grupo de

personas que han o hayan debido ser parte en un proceso por sí mismas o por medio de procurador judicial.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La legitimación activa de la acción extraordinaria de proteccíon está reservada a:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 430: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

430

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no tienen presente los supuestos regulados por la disposición normativa arriba citada.

No, puesto que para quienes debieron ser parte del proceso y no fueron, el término correrá desde que tuvieron

conocimiento de la providencia.

No, porque la acción no cuenta con término para su interposición.

Sí, puesto que la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que el término

para accionar es de 20 días.

Sí, pero, debido a que la persona no fue parte del proceso.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 60 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Término para accionar.- El término máximo para la interposición de la acción será de veinte días contados desde la

notificación de la decisión judicial a la que se imputa la violación del derecho constitucional, para quienes fueron parte;

y, para quienes debieron serlo, el término correrá desde que tuvieron conocimiento de la providencia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona que se ha visto perjudicada en sus derechos por la emisión de una sentencia judicial y que no ha podido

ser parte del proceso, interpuso acción extraordinaria de protección. Sin embargo, la parte victoriosa en el proceso

alegó que ya transcurrieron 20 días a partir de la notificación con la decisión judicial. ¿Esto hace improcedente la

acción?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 431: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

431

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no tienen presente los supuestos regulados por la disposición normativa arriba citada.

desde la notificación de la decisión judicial a las partes del proceso.

No existe término para la interposición de esta acción.

desde que tuvieron conocimiento de la providencia.

No existe término para la interposición de esta acción para personas que mantienen interés en el proceso pero

que no fueron parte de él.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 60 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Término para accionar.- El término máximo para la interposición de la acción será de veinte días contados desde la

notificación de la decisión judicial a la que se imputa la violación del derecho constitucional, para quienes fueron parte;

y, para quienes debieron serlo, el término correrá desde que tuvieron conocimiento de la providencia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El término para interponer una acción extraordinaria de protección para una persona que no asistió al proceso corre

desde:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 432: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

432

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en supuestos que contradicen la normativa arriba citada.

admitir la demanda y dar curso a la acción.

inadmitir la acción por ser improcedente dentro procesos electorales.

inadmitir la acción, debido a que esta es improcedente contra resoluciones del Tribunal Contencioso Electoral.

No se prevé ninguna regla concreta por lo que debe tramitarse la acción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 62 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Admisión.- La acción extraordinaria será presentada ante la judicatura, sala o tribunal que dictó la decisión definitiva;

éste ordenará notificar a la otra parte y remitir el expediente completo a la Corte Constitucional en un término máximo

de cinco días.

La sala de admisión en el término de diez días deberá verificar lo siguiente:

(…)

7. Que la acción no se plantee contra decisiones del Tribunal Contencioso Electoral durante procesos electorales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro un proceso electoral, una organización política cuestiona una decisión del Tribunal Contencioso Electoral por

supuestamente vulnerar derechos políticos.Por lo que interpusieron acción extraordinaria de protección. Ante ello la

Corte debe:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 433: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

433

A)

B)

C)

D)

La opción A) se constituye en respuesta incorrecta puesto que la norma da a entender que la acción procede contra el

Tribunal Contencioso Electoral, siempre que no esté abierto un proceso electoral.

La opción C) contradice el supuesto normativa arriba anotado.

La opción D) señala un supuesto normativo, sin embargo, no aplica en el caso planteado en la pregunta.

No procede esta acción contra decisiones del Tribunal Contencioso Electoral.

Esta acción procede cuando no se está dentro un proceso electoral.

Esta acción procede contra cualquier decisión del Tribunal Contencioso Electoral.

Esta acción no procede durante procesos electorales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 62 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Admisión.- La acción extraordinaria será presentada ante la judicatura, sala o tribunal que dictó la decisión definitiva; éste

ordenará notificar a la otra parte y remitir el expediente completo a la Corte Constitucional en un término máximo de cinco

días.

La sala de admisión en el término de diez días deberá verificar lo siguiente:

(…)

7. Que la acción no se plantee contra decisiones del Tribunal Contencioso Electoral durante procesos electorales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Antes de ingresar a un proceso electoral, una organización política se ha visto desfavorecida con una decisión del Tribunal

Contencioso Electoral. ¿Podría esta organización interponer la acción extraordinaria de protección?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 434: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

434

A)

B)

C)

D)

Las respuestas incorrectas no se constituyen en supuestos acordes a la normativa arriba citada.

Sí, la Corte es la instancia la que debe valorar si se admite o no la acción.

Sí, no existe ninguna cláusula de inadmisión de frente al supuesto que plantea la pregunta.

No, existe una cláusula de inadmisión de la acción cuando esta permita solventar una violación de derechos.

No existe ningún tipo de supuesto normativo que regule este planteamiento.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 62 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Admisión.- La acción extraordinaria será presentada ante la judicatura, sala o tribunal que dictó la decisión definitiva; éste

ordenará notificar a la otra parte y remitir el expediente completo a la Corte Constitucional en un término máximo de cinco

días.

La sala de admisión en el término de diez días deberá verificar lo siguiente:

(…)

8. Que el admitir un recurso extraordinario de protección permita solventar una violación grave de derechos, establecer

precedentes judiciales, corregir la inobservancia de precedentes establecidos por la Corte Constitucional y sentenciar

sobre asuntos de relevancia y trascendencia nacional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un grupo históricamente vulnerable consiguió una sentencia favorable de la Corte Nacional de Justicia, sin embargo, se

anunció que la otra parte interpondría una acción extraordinaria de protección. Pero es de conocimiento público que la

interposición de esta acción provocaría solventar una grave vulneración de derechos. ¿Procede la acción extraordinaria

de protección?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 435: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

435

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no se sustentan en la normativa arriba citada ni ingresan en sus supuestos.

apelar ante el presidente de la Corte Constitucional.

requerir una revisión de la decisión de inadmisión.

No procede ningún recurso ulterior a la inadmisión.

requerir revisión en la Corte Nacional de Justicia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 62 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Si [la Corte] declara la inadmisibilidad, archivará la causa y devolverá el expediente a la jueza, juez o tribunal que dictó la

providencia y dicha declaración no será susceptible de apelación; si la declara admisible se procederá al sorteo para

designar a la jueza o juez ponente, quien sin más trámite elaborará y remitirá el proyecto de sentencia, al pleno para su

conocimiento y decisión.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona que interpuso la acción extraordinaria de protección recibió la notificación de que esta fue inadmitida, para

asistir su derecho a la doble instancia puede:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 436: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

436

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundamentan en supuestos no contemplados en la Constitución y contradicen la normativa

arriba citada.

No, la autodeterminación de los pueblos y nacionalidades impide que sean motivo de revisión.

No, puesto que la justicia indígena tiene la misma jerarquía que la Función Judicial.

Sí, a través de la acción extraordinaria de protección contra decisiones que emerjan de la aplicación de jusiticia

indígena.

No existe ninguna acción constitucional que permita cuestionar las decisiones de la justicia indígena.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 65 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Ambito.- La persona que estuviere inconforme con la decisión de la autoridad indígena en ejercicio de funciones

jurisdiccionales, por violar los derechos constitucionalmente garantizados o discriminar a la mujer por el hecho de ser

mujer, podrá acudir a la Corte Constitucional y presentar la impugnación de esta decisión, en el término de veinte días de

que la haya conocido.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Constitución reconoce el derecho colectivo de los pueblos y nacionalidades de resolver sus propios conflictos a través

de la aplicación de sus propias normas, reconociendo constitucionalmente a la justicia indígena como parte a la

autodeterminación. ¿Es posible cuestionar esta las decisiones de la justicia indígena?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 437: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

437

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundamentan en supuestos no contemplados en la Constitución y contradicen la normativa

arriba citada.

la violación de la Constitución y las leyes.

la violación de derechos constitucionales.

la violación de derechos constitucionales y el debido proceso.

la violación de derechos constitucionales y discriminación de la mujer.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 65 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Ambito.- La persona que estuviere inconforme con la decisión de la autoridad indígena en ejercicio de funciones

jurisdiccionales, por violar los derechos constitucionalmente garantizados o discriminar a la mujer por el hecho de ser

mujer, podrá acudir a la Corte Constitucional y presentar la impugnación de esta decisión, en el término de veinte días

de que la haya conocido.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los supuestos que habilitan interponer la acción extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena

son:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 438: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

438

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen de lo establecido en la normativa arriba citada. La

particularidad de la pregunta reside, precisamente, en considerar los principios que rigen a los derechos colectivos de

los pueblos y nacionalidades y la naturaleza de su administración de justicia.

la sujeción de la justicia indígena a la ley y el estado de derecho.

las reglas normativas que el legislador haya emitido en esta materia.

los principios que, sobre esta materia, se encuentren establecidos en la Constitución e instrumentos

internacionales.

la Constitución como en cualquier otra garantía jurisdiccional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo segundo del artículo 65 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional

establece, haciendo referencia a la Corte Constitucional, que:

Se observarán los principios que, sobre esta materia, se encuentran determinados en la Constitución, instrumentos

internacionales de derechos humanos de los pueblos y nacionalidades indígenas, demás instrumentos de derechos

humanos, Código Orgánico de la Función Judicial y la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro las acciones extraordinarias de protección, la Corte Constitucional para resolver los casos debe considerar:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 439: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

439

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundamentan en supuestos que contradicen la idea expuesta más arriba. Si bien la opción

A) refleja una aparente respueta correcta, aceptar esta involucraría que los jueces, por ejemplo, de acciones de

protección no están vinculados a los principios que se citan en la pregunta. La opción B) no cuenta con la especificación

con la que cuenta la opción C), lo cual define que esta exprese una mejor respuesta que aquella. Y la opción D)

representa un criterio al margen de la Constitución.

únicamente las acciones extraordinarias de protección constra decisiones de la justicia indígena.

todas las acciones constitucionales.

todas las acciones constitucionales en el que toquen temas sobre la materia de los pueblos indígenas.

Estos principios solo rigen a la justicia indígena.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Considerando que el Estado ecuatoriano se declara como uno intercultural la respuesta correcta es la opción que mejor

refleja el sentido de la pregunta formulada. Si bien el artículo 66 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y

Control Constitucional establece que la Corte debe considerar estos principios para resolver la acción extraordinaria de

protección contra decisiones de la justicia indígena, esto no significa una exclusión en casos donde derechos colectivos

puedan tratarse en otras acciones.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La interculturalidad, el pluralismo jurídico y la autodeterminación de los pueblos, son principios que los jueces

constitucionales deben considerar para:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 440: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

440

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no se acomodan a los supuestos normativos arriba citados.

reconocer el derecho colectivo de los pueblos indígenas.

evitar que los casos en materia de justicia indígena reciban una interpretación etnocéntrica y monocultural.

incidir que los casos se desarrollen en la correcta aplicación de la ley.

cumplir tratados internacionales sobre la materia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 1 del artículo 66 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

1. Interculturalidad.- El procedimiento garantizará la comprensión intercultural de los hechos y una interpretación

intercultural de las normas aplicables a fin de evitar una interpretación etnocéntrica y monocultural. Para el

entendimiento intercultural, la Corte deberá recabar toda la información necesaria sobre el conflicto resuelto por las

autoridades indígenas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El principio de interculturalidad, principalmente, pretende:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 441: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

441

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no coinciden con el contenido descriptivo de la normativa arriba citada relacionada a

pluralismo jurídico.

la coexistencia de sistemas normativos, principalmente, estatales y de los pueblos y nacionalidades.

la coexistencia de sistemas normativos en sujeción a la ley y seguridad jurídica.

la existencia de sistemas jurídicos delimitados por sus respectivas competencias.

la existencia de sistemas jurídicos marcadamente delimitados.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 66 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

2. Pluralismo jurídico.- El Estado ecuatoriano reconoce, protege y garantiza la coexistencia y desarrollo de los sistemas

normativos, usos y costumbres de las nacionalidades, pueblos indígenas y comunidades de conformidad con el carácter

plurinacional, pluriétnico y pluricultural del Estado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, el pluralismo jurídico debe ser

entendido como:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 442: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

442

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen de lo que dispone la normativa arriba citada.

que los pueblos gozan de pleno derecho para resolver sus cuestiones como consideren pertinente.

que gozan de autonomía financiera.

que ejercen sus funciones únicamente teniendo presente su derecho indígena propio.

que los pueblos y nacionalidades gozarán del máximo de autonomía y el mínimo de restricciones en sus

funciones jurisdiccionales, de conformidad a su derecho indígena propio.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 3 del artículo 66 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

3. Autonomía.- Las autoridades de las nacionalidades, pueblos y comunidades indígenas, gozarán de un máximo de

autonomía y un mínimo de restricciones en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, dentro de su ámbito territorial,

de conformidad con su derecho indígena propio.

No obstante el reconocimiento de un máximo de autonomía, tiene los límites establecidos por la Constitución vigente, los

instrumentos internacionales de derechos de los pueblos indígenas y esta ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que para la acción extraordinaria contra

decisiones de la justicia indígena rige como principio la autonomía. Esta se refiere a:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 443: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

443

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen de lo que dispone la normativa arriba citada.

únicamente la Constitución.

la ley.

la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos de los pueblos indígenas y la Ley Orgánica de

Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos de los pueblos indígenas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 3 del artículo 66 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

3. Autonomía.- Las autoridades de las nacionalidades, pueblos y comunidades indígenas, gozarán de un máximo de

autonomía y un mínimo de restricciones en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, dentro de su ámbito territorial,

de conformidad con su derecho indígena propio.

No obstante el reconocimiento de un máximo de autonomía, tiene los límites establecidos por la Constitución vigente, los

instrumentos internacionales de derechos de los pueblos indígenas y esta ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El principio de autonomía que rige a la acción extraordinaria de protección contra las decisiones de la justicia indígena

tiene sus límites en:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 444: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

444

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen de lo que dispone la normativa arriba citada.

La observancia de las normas, usos y costumbres, y procedimientos que hacen parte del derecho indígena a

través de un entendimiento intercutural con el debido proceso constitucional.

La obervancia del debido proceso constitucional.

No existe tal principio en la normativa de esta acción.

el seguimiento de reglas y procedimientos preestablecidos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 3 del artículo 66 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

4. Debido proceso.- La observancia de las normas, usos y costumbres, y procedimientos que hacen parte del derecho

propio de la nacionalidad, pueblo o comunidad indígena constituyen el entendimiento intercultural del principio

constitucional del debido proceso.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El debido proceso dentro la acción extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena debe entenderse

como:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 445: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

445

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el contenido de la normativa arriba citada.

el de pluralismo jurídico.

el de autonomía de los pueblos indígenas.

el de interculturalidad.

el de debido proceso en su perspectiva intercultural.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 66 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucionales establece que:

La Corte Constitucional deberá respetar los siguientes principios y reglas:

1. Interculturalidad.- El procedimiento garantizará la comprensión intercultural de los hechos y una interpretación

intercultural de las normas aplicables a fin de evitar una interpretación etnocéntrica y monocultural. Para el

entendimiento intercultural, la Corte deberá recabar toda la información necesaria sobre el conflicto resuelto por las

autoridades indígenas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Uno de los principios que rige la accción extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena, intenta

evitar la interpretación etnocéntrica y monocultural de los hechos y las normas que envuelven los casos. Este principio

es:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 446: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

446

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el contenido de la normativa arriba citada.

la interculturalidad.

el pluralismo jurídico.

la autonomía de los pueblos.

No existe tal principio en el ordenamiento jurídico.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La Corte Constitucional deberá respetar los siguientes principios y reglas:

2. Pluralismo jurídico.- El Estado ecuatoriano reconoce, protege y garantiza la coexistencia y desarrollo de los sistemas

normativos, usos y costumbres de las nacionalidades, pueblos indígenas y comunidades de conformidad con el carácter

plurinacional, pluriétnico y pluricultural del Estado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El principio que exige que la Corte Constitucional garantice la coexistencia y desarrollo de los sistemas jurídicos de los

pueblos indígenas, es:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 447: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

447

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el contenido de la normativa arriba citada.

pluralismo jurídico.

autonomía.

interculturalidad.

debido proceso.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 66 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

La Corte Constitucional deberá respetar los siguientes principios y reglas:

3. Autonomía.- Las autoridades de las nacionalidades, pueblos y comunidades indígenas, gozarán de un máximo de

autonomía y un mínimo de restricciones en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, dentro de su ámbito territorial,

de conformidad con su derecho indígena propio.

No obstante el reconocimiento de un máximo de autonomía, tiene los límites establecidos por la Constitución vigente, los

instrumentos internacionales de derechos de los pueblos indígenas y esta ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La posibilidad de que las autoridades indígenas gocen de un máximo de autodeterminación y un mínimo de restricciones

a esta autodeterminación responde al principio de:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 448: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

448

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el contenido de la normativa arriba citada.

No, porque vulnera el principio de objetividad.

No, puesto que su decisión estaría constituyéndose en ultra petita.

Sí, porque el juez constitucional está en libertad de averiguar la verdad.

Sí, porque la Ley le permite requerir opinión técnica en temas relacionados a la justicia indígena.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 66 de la Ley rgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional señala, en relación a la acción

extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena, que:

La Corte Constitucional deberá respetar los siguientes principios y reglas:

11. Opinión técnica.- La jueza o juez ponente podrá solicitar la opinión técnica de una persona experta en temas

relacionados con justicia indígena y recibir opiniones de organizaciones especializadas en estos temas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un juez constitucional que debe decidir una acción extraodinaria de protección contra decisiones de la jusiticia indígena,

asume que, además de escuchar a las partes y tener presente sus pruebas, es necesario solicitar la opinión técnica de

una persona experta. ¿Es posible esta actuación activa del juez constitucional?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 449: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

449

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos contemplados en la normativa arriba citada.

únicamente la persona afectada con la decisión de la justicia indígena.

las autoridades indígenas.

cualquier persona o grupo de personas.

cualquier miembro del pueblo indígena.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 66 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

La Corte Constitucional deberá respetar los siguientes principios y reglas:

6. Legitimación activa.- Cualquier persona o grupo de personas podrá presentar esta acción. Cuando intervenga una

persona a nombre de la comunidad, deberá demostrar la calidad en la que comparece.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena puede ser interpuesta por:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 450: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

450

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el supuesto contenido en la normativa arriba citada.

resolver respetando la autonomía y autodeterminación de los pueblos indígenas.

impedir que la justicia indígena viole derechos de participación de las mujeres.

abstenerse de interpretar el derecho indígena para resolver según sus criterios.

promover la interculturalidad de los pueblos indígenas respetando sus decisiones.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 66 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional estable que:

La Corte Constitucional deberá respetar los siguientes principios y reglas:

14. Violación de derechos de las mujeres.- Las juezas o jueces deberán impedir que en sentencias de justicia indígena se

alegue la costumbre, la interculturalidad o el pluralismo jurídico para violar los derechos humanos o de participación de las

mujeres.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro una acción extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena se alegó que la costumbre para

justificar la exclusión de las mujeres en la participación de la comunidad. Ante este hecho, los jueces constitucionales

deben:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 451: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

451

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el contenido de la disposición arriba citada.

del principio constitucional del debido proceso.

de la autodeterminación de establecer el derecho propio de los pueblos indígenas.

intercultural del principio constitucional del debido proceso.

No existe diferencia en el debido proceso de los pueblos indígenas, puesto que estos deben acomodarse a la

Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 66 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

La Corte Constitucional deberá respetar los siguientes principios y reglas:

4. Debido proceso.- La observancia de las normas, usos y costumbres, y procedimientos que hacen parte del derecho

propio de la nacionalidad, pueblo o comunidad indígena constituyen el entendimiento intercultural del principio

constitucional del debido proceso.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro la acción extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena, el debido proceso es la

observación de las normas, usos y costumbres, y procedimientos que hacen parte del derecho propio de la

nacionalidad, pueblo o comunidad indígena constituyen el entendimiento:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 452: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

452

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no coinciden con el contenido de la normativa arriba citada, que describen, precisamente, lo

que son las garantias jurisdiccionales.

las garantías jurisdiccionales.

las medidas cautelares.

los principios y derechos constitucionales.

la acción de protección.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 6 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Finalidad de las garantías.- Las garantías jurisdiccionales tienen como finalidad la protección eficaz e inmediata de los

derechos reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, la declaración de

la violación de uno o varios derechos, así como la reparación integral de los daños causados por su violación.

Las medidas cautelares tienen como finalidad prevenir, impedir o interrumpir la violación de un derecho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El instituto que tienen como finalidad la protección eficaz e inmediata de los derechos reconocidos en la Constitución y

en los instrumentos internacionales de derechos humanos, la declaración de la violación de uno o varios derechos, así

como la reparación integral de los daños causados por su violación, son:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 453: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

453

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos planteados en la normativa arriba citada.

las garantías jurisdiccionales.

la medida cautelar.

la acción de protección.

las acciones constitucionales de defensa de derechos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 6 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Finalidad de las garantías.- Las garantías jurisdiccionales tienen como finalidad la protección eficaz e inmediata de los

derechos reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, la declaración de

la violación de uno o varios derechos, así como la reparación integral de los daños causados por su violación.

Las medidas cautelares tienen como finalidad prevenir, impedir o interrumpir la violación de un derecho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El instituto jurídico que tiene como finalidad prevenir, impedir o interrumpir la violación de un derecho, es:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 454: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

454

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el supuesto planteado en la normativa arriba citada.

instancia de revisión de las decisiones de la justicia indígena.

garantía jurisdiccional de los derechos constitucionales.

un recurso de apelación ante la Corte Constitucional.

un recurso de apelación ante la Corte Nacional de Justicia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 6 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Finalidad de las garantías.- Las garantías jurisdiccionales tienen como finalidad la protección eficaz e inmediata de los

derechos reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, la declaración de

la violación de uno o varios derechos, así como la reparación integral de los daños causados por su violación.

Las medidas cautelares tienen como finalidad prevenir, impedir o interrumpir la violación de un derecho.

Salvo los casos en que esta ley dispone lo contrario, la acción de protección, el hábeas corpus, la acción de acceso a la

información pública, el hábeas data, la acción por incumplimiento, la acción extraordinaria de protección y la acción

extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena, se regulan de conformidad con este capítulo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena está regulada como:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 455: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

455

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos al margen de la normativa arriba citada.

de manera discrecional.

por sorteo.

por la relevancia del caso.

No existe tal etapa pues debe realizar la revisión de todos los casos que se remiten a la Corte.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 25 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

Art. 25.- Selección de sentencias por la Corte Constitucional.- Para la selección de las sentencias por la Corte

Constitucional, se tendrán en cuenta las siguientes reglas:

1. Todas las sentencias ejecutoriadas de garantías jurisdiccionales serán remitidas en el término de tres días contados a

partir de su ejecutoría a la Corte Constitucional, para su conocimiento y eventual selección y revisión.

2. La Sala de Selección, después de conocer las sentencias, escogerá discrecionalmente aquellas sentencias objeto de la

revisión. El caso seleccionado se hará conocer a través del portal de internet de la Corte Constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Corte Constitucional realiza la selección de sentencias para el desarrollo de la jurisprudencia:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 456: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

456

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el supuesto de la normativa arriba citada.

inconstitucional porque vulnera el debido proceso en cuanto a la fundamentación de las decisiones judiciales.

procedente, considerando que la Ley Ogánica de Garantías Jurisdicionales y Control Constitucional dispone

que la exclusión de revisión no requiere fundamentación.

No existe regulación concreta sobre el problema que plantea la pregunta.

ilegal, en cuanto la LOGJCC exige que la selección de casos para el desarrollo de jurisprudencia debe estar

acompañada de motivación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 25 de la Ley Ogánica de Garantías Jurisdicionales y Control Constitucional dispone que:

Selección de sentencias por la Corte Constitucional.- Para la selección de las sentencias por la Corte Constitucional, se

tendrán en cuenta las siguientes reglas:

1. Todas las sentencias ejecutoriadas de garantías jurisdiccionales serán remitidas en el término de tres días contados a

partir de su ejecutoría a la Corte Constitucional, para su conocimiento y eventual selección y revisión.

2. La Sala de Selección, después de conocer las sentencias, escogerá discrecionalmente aquellas sentencias objeto de

la revisión. El caso seleccionado se hará conocer a través del portal de internet de la Corte Constitucional.

3. La exclusión de la revisión no requiere de motivación expresa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona que interpuso acción de protección y que agotó la etapa de apelación, acudió a la Corte Constitucional para

solicitar que su caso sea seleccionado para el desarrollo de jurisprudencia, sin embargo, la Corte rechazo su pedido y la

selección de su caso sin ningún fundamento. Tal actuación es:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 457: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

457

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se consituyen en elementos de la respuesta correcta, tal como puede comprobarse en la

normativa arriba citada.

Gravedad del asunto y relevancia o trascendencia del asunto.

Novedad del caso e inexistencia de precedente judicial.

Gravedad, relevancia nacional, novedad y negación de los precedentes judiciales fijados por la Corte.

Negación de los precedentes judiciales fijados por la Corte Constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 4 del artículo 25 de la Ley Orgánica de Garantía Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

4. La Sala de Selección tendrá en cuenta los siguientes parámetros para la selección, que deberán ser explicados en el

auto de selección:

a) Gravedad del asunto.

b) Novedad del caso e inexistencia de precedente judicial.

c) Negación de los precedentes judiciales fijados por la Corte Constitucional. d) Relevancia o trascendencia nacional

del asunto resuelto en la sentencia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para la selección de las sentencias por la Corte Constitucional para el desarrollo de jurisprudencia, la Sala de Selección

de esta debe considerar:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 458: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

458

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos que se anotan en la normativa arriba citada.

El procurador y ministro de justicia.

El presidente de la Corte Constitucional.

El Defensor del Pueblo o algún juez de la Corte Constitucional.

Esta es competencia única de la Sala de Selección de la Corte Constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 4 y 5 del artículo 25 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establecen

que:

4. La Sala de Selección tendrá en cuenta los siguientes parámetros para la selección, que deberán ser explicados en el

auto de selección:

a) Gravedad del asunto.

b) Novedad del caso e inexistencia de precedente judicial.

c) Negación de los precedentes judiciales fijados por la Corte Constitucional. d) Relevancia o trascendencia nacional

del asunto resuelto en la sentencia.

5. La Defensora o Defensor del Pueblo o cualquier jueza o juez de la Corte Constitucional podrá solicitar la selección de

la sentencia, a partir de las causales descritas en el numeral anterior.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Dentro la selección de sentencias para el desarrollo de la jurisprudencia, los únicos actores que pueden solicitar la

selección de la sentencia son:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 459: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

459

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el supuesto que ofrece la normativa arriba citada.

la suspencisón de los efectos de la sentencia.

la no suspensión de los efectos de la sentencia.

No existe una norma que regule este planteamiento.

la paralización de todo trámite hasta que la Corte emita la sentencia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

En el último parágrafo del artículo 25 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece

que:

El trámite de selección o revisión no suspende los efectos de la sentencia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si un caso de acción de protección es seleccionado por la Corte Constitucional para el desarrollo de jurisprudencia, que a

la vez involucrará la emisión de un nueva sentencia, se tiene que el efecto es:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 460: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

460

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos planteados en la normativa arriba anotada.

El presidente de la Corte Constitucional.

El juez constitucional de turno al efecto.

Una comisión especial de la Corte compuesta por turnos por los jueces constitucionales.

la Sala de Selección de la Corte Constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 25 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Selección de sentencias por la Corte Constitucional.- Para la selección de las sentencias por la Corte Constitucional,

se tendrán en cuenta las siguientes reglas:

1. Todas las sentencias ejecutoriadas de garantías jurisdiccionales serán remitidas en el término de tres días contados

a partir de su ejecutoría a la Corte Constitucional, para su conocimiento y eventual selección y revisión.

2. La Sala de Selección, después de conocer las sentencias, escogerá discrecionalmente aquellas sentencias objeto

de la revisión. El caso seleccionado se hará conocer a través del portal de internet de la Corte Constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La instancia encargada de realizar la selección de sentencias para el desarrollo de la jurisprudencia es:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 461: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

461

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se contituyen en supuestos que contradicen la opción correctas, de acuerdo con la

normativa arriba citada.

de aplicación más favorable a los derechos.

de optimización de los principios constitucionales.

de obligatoriedad del precedente constitucional.

de aplicación directa de la Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 2 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Principios de la justicia constitucional.- Además de los principios establecidos en la Constitución, se tendrán en

cuenta los siguientes principios generales para resolver las causas que se sometan a su conocimiento:

1. Principio de aplicación más favorable a los derechos.- Si hay varias normas o interpretaciones aplicables a un

caso concreto, se debe elegir la que más proteja los derechos de la persona.

2. Optimización de los principios constitucionales.- La creación, interpretación y aplicación del derecho deberá

orientarse hacia el cumplimiento y optimización de los principios constitucionales.

3. Obligatoriedad del precedente constitucional.- Los parámetros interpretativos de la Constitución fijados por la

Corte Constitucional en los casos sometidos a su conocimiento tienen fuerza vinculante. La Corte podrá alejarse de

sus precedentes de forma explícita y argumentada garantizando la progresividad de los derechos y la vigencia del

estado constitucional de derechos y justicia.

4. Obligatoriedad de administrar justicia constitucional.- No se puede suspender ni denegar la administración de

justicia por contradicciones entre normas, oscuridad o falta de norma jurídica.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de la justicia constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si en un caso concreto existen varias normas o interpretaciones aplicables a un caso concreto, se debe aplicar el

principio:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 462: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

462

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no se sujetan a los supuestos arriba anotados.

aplicar la ley jerárquicamente superior.

aplicar la interpretación acorde a la Constitución.

aplicar la intepretación que mejor se ajuste a la seguridad jurídica.

aplicar la interpretación más favorable a los derechos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 2 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Principios de la justicia constitucional.- Además de los principios establecidos en la Constitución, se tendrán en

cuenta los siguientes principios generales para resolver las causas que se sometan a su conocimiento:

1. Principio de aplicación más favorable a los derechos.- Si hay varias normas o interpretaciones aplicables a un

caso concreto, se debe elegir la que más proteja los derechos de la persona.

2. Optimización de los principios constitucionales.- La creación, interpretación y aplicación del derecho deberá

orientarse hacia el cumplimiento y optimización de los principios constitucionales.

3. Obligatoriedad del precedente constitucional.- Los parámetros interpretativos de la Constitución fijados por la

Corte Constitucional en los casos sometidos a su conocimiento tienen fuerza vinculante. La Corte podrá alejarse de

sus precedentes de forma explícita y argumentada garantizando la progresividad de los derechos y la vigencia del

estado constitucional de derechos y justicia.

4. Obligatoriedad de administrar justicia constitucional.- No se puede suspender ni denegar la administración de

justicia por contradicciones entre normas, oscuridad o falta de norma jurídica.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El juez constitucional de una causa identificó que para resolver el caso concreto debe elegir entre dos

interpretaciones de la norma que resuelve este. De acuerdo con los principios de la justicia constitucional este debe:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 463: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

463

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no se sujetan a los supuestos arriba anotados.

que el juez constitución debe seguir los precedentes constitucionales.

que el juez constitucional debe aplicar la Constitución de manera directa.

que el juez constitucional no puede dejar de resolver un caso por contradicciones entre normas.

que el juez constitucional no debe dejar de pronunciarse por motivos de aplicación de los derechos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 2 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Principios de la justicia constitucional.- Además de los principios establecidos en la Constitución, se tendrán en

cuenta los siguientes principios generales para resolver las causas que se sometan a su conocimiento:

1. Principio de aplicación más favorable a los derechos.- Si hay varias normas o interpretaciones aplicables a un

caso concreto, se debe elegir la que más proteja los derechos de la persona.

2. Optimización de los principios constitucionales.- La creación, interpretación y aplicación del derecho deberá

orientarse hacia el cumplimiento y optimización de los principios constitucionales.

3. Obligatoriedad del precedente constitucional.- Los parámetros interpretativos de la Constitución fijados por la

Corte Constitucional en los casos sometidos a su conocimiento tienen fuerza vinculante. La Corte podrá alejarse de

sus precedentes de forma explícita y argumentada garantizando la progresividad de los derechos y la vigencia del

estado constitucional de derechos y justicia.

4. Obligatoriedad de administrar justicia constitucional.- No se puede suspender ni denegar la administración de

justicia por contradicciones entre normas, oscuridad o falta de norma jurídica.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Principios de la justicia constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional la obligatoriedad de

administrar justicia constitucional implica:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 464: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

464

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas señalan principios que no responden al planteamiento formulado, según se puede evidenciar

en la normativa arriba citada.

el principio de igualdad.

el principio de proporcionalidad.

el principio de aplicación más favorable a los derechos.

No se prevé ninguna solución al planteamiento formulado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 2 del artículo 3 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

2. Principio de proporcionalidad.- Cuando existan contradicciones entre principios o normas, y no sea posible

resolverlas a través de las reglas de solución de antinomias, se aplicará el principio de proporcionalidad. Para tal efecto,

se verificará que la medida en cuestión proteja un fin constitucionalmente válido, que sea idónea, necesaria para

garantizarlo, y que exista un debido equilibrio entre la protección y la restricción constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Ante la contradicción entre principios constitucionales dentro un caso concreto, y no sea posible resolverlas a través de

las reglas de solución de antinomias, se aplicará:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 465: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

465

A)

B)

C)

D)

Las respuestas incorrectas no describen el contenido que se plantea en la pregunta. De acuerdo con la normativa arriba

citada la descripción corresponde a la ponderación.

aplicación preferente de los derechos.

aplicación de ponderación.

aplicación del principio de igualdad.

aplicación de proporcionalidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 3 del artículo 3 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

3. Ponderación.- Se deberá establecer una relación de preferencia entre los principios y normas, condicionada a las

circunstancias del caso concreto, para determinar la decisión adecuada. Cuanto mayor sea el grado de la no satisfacción

o de afectación de un derecho o principio, tanto mayor tiene que ser la importancia de la satisfacción del otro.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional señala que cuanto mayor sea el grado de la no

satisfacción o de afectación de un derecho o principio, tanto mayor tiene que ser la importancia de la satisfacción del

otro. Este método de interpretación es la:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 466: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

466

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no se sustentan en la normativa arriba citada.

interpretación dinámica.

interpretación sistemática.

interpretación teleológica.

No se prevé tal método de interpretación en la Ley.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 5 del artículo 3 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

5. Interpretación sistemática.- Las normas jurídicas deberán ser interpretadas a partir del contexto general del texto

normativo, para lograr entre todas las disposiciones la debida coexistencia, correspondencia y armonía.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional señala que las normas jurídicas deberán ser

interpretadas a partir del contexto general del texto normativo, para lograr entre todas las disposiciones la debida

coexistencia, correspondencia y armonía. Este método de interpretación es:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 467: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

467

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas definen otros tipos de interpetación, tal como puede evidenciarse en la normativa arriba

citada.

interpretación teleológica.

interpretación sistemática.

ponderación.

interpretación evolutiva.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 6 del artículo 3 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

6. Interpretación teleológica.- Las normas jurídicas se entenderán a partir de los fines que persigue el texto

normativo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuando las normas jurídicas se entienden a partir de los fines que persigue el texto normativo, se trata de:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 468: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

468

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en supuestos que representan diferentes tipos de interpretación, distintos al

previsto en la normativa arriba citada.

la interpretación sistemática.

la interpretación teleológica.

la interpretación evolutiva o dinámica.

ponderación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 4 del artículo 3 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

4. Interpretación evolutiva o dinámica.- Las normas se entenderán a partir de las cambiantes situaciones que ellas

regulan, con el objeto de no hacerlas inoperantes o ineficientes o de tornarlas contrarias a otras reglas o principios

constitucionales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La interpretación que permite que las normas se entiendan a partir de las cambiantes situaciones que ellas regulan, con

el objeto de no hacerlas inoperantes o ineficientes o de tomarlas contrarias a otras reglas o principios constitucionales, es:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 469: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

469

A)

B)

C)

D)

Las respuestas incorrectas se constituyen en otros principios procesales de la justicia constitucional, tal como puede

evidenciarse en la normativa arrba citada.

Doble instancia.

Economía procesal.

Formalidad condicionada.

Comprensión efectiva.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 11 del artículo 4 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

11. Economía procesal.- En virtud de este principio, la jueza o juez tendrá en cuenta las siguientes reglas:

a) Concentración.- Reunir la mayor cantidad posible de cuestiones debatidas, en el menor número posible de

actuaciones y providencias. La jueza o juez deberá atender simultáneamente la mayor cantidad de etapas procesales.

b) Celeridad.- Limitar el proceso a las etapas, plazos y términos previstos en la ley, evitando dilaciones innecesarias.

c) Saneamiento.- Las situaciones o actuaciones afectadas por la omisión de formalidades pueden ser convalidadas por

la parte en cuyo favor se establecen.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La concentración, celeridad y saneamiento son parte del principio procesal de la justicia constitucional de:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 470: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

470

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el supuesto contenido en la normativa arriba citada.

No, eso vulnera el principio de imparcialidad.

Sí, a través de la aplicación directa de la Constitución.

Sí, a través del principio iura novit curia.

No, una actuación de ese tipo implicaría que el juez decide de manera ultra petita.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 13 del artículo 4 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

13. Iura novit curia.- La jueza o juez podrá aplicar una norma distinta a la invocada por los participantes en un proceso

constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Puede un juez dentro un proceso constitucional aplicar una norma distinta a la invocada por las partes?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 471: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

471

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos que contiene la normativa arriba citada.

a que se tomarán en cuenta principios procesales de la legislación ordinaria en la medida que sean

compatibles con la naturaleza del control constitucional.

a que las acciones constitucionales proceden después de agotados los mecasnimos que ofrece la legislación

ordinaria.

No existe un principio procesal con tal denominación.

a que los jueces aplicarán la Constitución preferentemente a las leyes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 14 del artículo 4 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional señala que:

14. Subsidiaridad.- Se tomarán en cuenta los demás principios procesales establecidos en la legislación ordinaria, en la

medida en que sean compatibles con la naturaleza del control constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional el principio procesal de subsidariedad hace

referencia:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 472: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

472

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no corresponden a los supuestos contemplados en la normativa arriba citada.

concentración.

economía procesal.

celeridad.

saneamiento.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 11 del artículo 4 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

11. Economía procesal.- En virtud de este principio, la jueza o juez tendrá en cuenta las siguientes reglas:

a) Concentración.- Reunir la mayor cantidad posible de cuestiones debatidas, en el menor número posible de

actuaciones y providencias. La jueza o juez deberá atender simultáneamente la mayor cantidad de etapas procesales.

b) Celeridad.- Limitar el proceso a las etapas, plazos y términos previstos en la ley, evitando dilaciones innecesarias.

c) Saneamiento.- Las situaciones o actuaciones afectadas por la omisión de formalidades pueden ser convalidadas por

la parte en cuyo favor se establecen.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La obligación del juez constitucional de limitar el proceso a las etapas, plazos y términos previstos en la ley, evitando

dilaciones innecesarias, deviene del principio de:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 473: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

473

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no corresponden a los supuestos contemplados en la normativa arriba citada.

celeridad.

concentración.

saneamiento.

comnprensión efectiva.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 11 del artículo 4 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

11. Economía procesal.- En virtud de este principio, la jueza o juez tendrá en cuenta las siguientes reglas:

a) Concentración.- Reunir la mayor cantidad posible de cuestiones debatidas, en el menor número posible de

actuaciones y providencias. La jueza o juez deberá atender simultáneamente la mayor cantidad de etapas procesales.

b) Celeridad.- Limitar el proceso a las etapas, plazos y términos previstos en la ley, evitando dilaciones innecesarias.

c) Saneamiento.- Las situaciones o actuaciones afectadas por la omisión de formalidades pueden ser convalidadas por

la parte en cuyo favor se establecen.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La obligación del juez constitucional de reunir la mayor cantidad posible de cuestiones debatidas, en el menor número

posible de actuaciones y providencias, se sustenta en la regla de:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 474: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

474

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos de la normativa arriba anotada.

Sí, através de la modulación de los efectos de las sentencias.

No, las sentencias son para el futuro.

No, las sentencias tienen efectos inter partes.

No existe nada previsto en la normativa vigente.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 5 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Modulación de los efectos de las sentencias.- Las juezas y jueces, cuando ejerzan jurisdicción constitucional, regularán

los efectos en el tiempo, la materia y el espacio de sus providencias para garantizar la vigencia de los derechos

constitucionales y la supremacía constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Pueden los jueces constitucionales regular los efectos en el tiempo, la materia y el espacio de sus resoluciones?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 475: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

475

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos de la normativa arriba anotada.

en cualquier caso que así lo requiera.

en los casos que considere oportuno el juez constitucional.

para garantizar la vigencia de los derechos y la supremacía constitucional.

para garantizar la Constitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 5 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Modulación de los efectos de las sentencias.- Las juezas y jueces, cuando ejerzan jurisdicción constitucional, regularán

los efectos en el tiempo, la materia y el espacio de sus providencias para garantizar la vigencia de los derechos

constitucionales y la supremacía constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La modulación de los efectos de las sentencias por parte de los jueces constitucionales procede:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 476: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

476

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no coinciden con los supuestos de la normativa arriba anotada.

el principio de optimización de los principios constitucionales.

el principio de comprensión efectiva.

la interpretación evolutiva.

el principio iura novit curia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Principios procesales.- La justicia constitucional se sustenta en los siguientes principios procesales:

13. Iura novit curia.- La jueza o juez podrá aplicar una norma distinta a la invocada por los participantes en un proceso

constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El principio que permite a los jueces constitucionales aplicar una norma distinta a la invocada por los participantes en un

proceso constitucional, es:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 477: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

477

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se fundan en planteamientos aleatoriamente escogidos y al margen del texto constitucional.

las acciones constitucionales cuenta con legitimación pasiva cerrada.

las acciones constitucionales mantienen su legitimación activa abierta.

la legitimación activa está proscrita en la Constitución.

la legitimación activa puede ser restringida por la ley.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 86 de la Constitución dispone que:

Las garantias jurisdiccionales se regiran, en general, por las siguientes disposiciones:

1. Cualquier persona, grupo de personas, comunidad, pueblo o nacionalidad podra proponer las acciones previstas en

la Constitucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si las garantías jurisdiccionales establecidas en la Constitución pueden ser formuladas por cualquier persona, grupo de

personas, comunidad, pueblo o nacionalidad, significa que:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 478: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

478

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en otros tipos de principios. La normativa arriba citada describe el principio de la

respuesta correcta.

la dirección del proceso como principio procesal constitucional.

el impulso de oficio como principio procesal constitucional.

una formalidad condicionada.

celeridad en el proceso.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

6. Dirección del proceso.- La jueza o juez deberá dirigir los procesos de forma activa, controlará la actividad de los

participantes y evitará las dilaciones innecesarias. En función de este principio, la jueza o juez podrá interrumpir a los

intervinientes para solicitar aclaraciones o repreguntar, determinar el objeto de las acciones, encauzar el debate y demás

acciones correctivas, prolongar o acortar la duración de la audiencia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si un juez constitucional interrumpe a las partes para solicitar aclaraciones o repreguntar, o asumir cualquier acción

correctiva, para dirigir el proceso de forma activa, resulta ser el ejercicio de:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 479: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

479

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en otros tipos de principios. La normativa arriba citada describe el principio de

la respuesta correcta.

Formalidad condicionada.

Impulso de oficio.

Dirección del proceso.

Economía procesal.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

6. Dirección del proceso.- La jueza o juez deberá dirigir los procesos de forma activa, controlará la actividad de los

participantes y evitará las dilaciones innecesarias. En función de este principio, la jueza o juez podrá interrumpir a los

intervinientes para solicitar aclaraciones o repreguntar, determinar el objeto de las acciones, encauzar el debate y

demás acciones correctivas, prolongar o acortar la duración de la audiencia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿En función de qué principio el juez constitucional puede interrumpir a los intervinientes para solicitar aclaraciones o

repreguntar, determinar el objeto de las acciones, encauzar el debate y demás acciones correctivas, prolongar o acortar

la duración de la audiencia?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 480: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

480

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas se constituyen en otros tipos de principios. La normativa arriba citada describe el principio de

la respuesta correcta.

impulso de oficio.

formalidad condicionada.

dirección del proceso.

No existe ningún principio con tal contenido.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 7 del artículo 4 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Principios procesales.- La justicia constitucional se sustenta en los siguientes principios procesales:

7. Formalidad condicionada.- La jueza o juez tiene el deber de adecuar las formalidades previstas en el sistema jurídico

al logro de los fines de los procesos constitucionales. No se podrá sacrificar la justicia constitucional por la mera

omisión de formalidades.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El deber que tiene un juez constitucional de adecuar las formalidades previstas en el sistema jurídico al logro de los

fines de los procesos constitucionales, se constituye en el principio de:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 481: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

481

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si las garantías jurisdiccionales establecidas en la Constitución pueden ser formuladas por cualquier persona, grupo de

personas, comunidad, pueblo o nacionalidad, significa que:

Las opciones incorrectas se fundan en planteamientos aleatoriamente escogidos y al margen del texto constitucional.

las acciones constitucionales cuenta con legitimación pasiva cerrada.

las acciones constitucionales mantienen su legitimación activa abierta.

la legitimación activa está proscrita en la Constitución.

la legitimación activa puede ser restringida por la ley.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 86 de la Constitución dispone que:

Las garantias jurisdiccionales se regiran, en general, por las siguientes disposiciones:

1. Cualquier persona, grupo de personas, comunidad, pueblo o nacionalidad podra proponer las acciones previstas en

la Constitucion.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 482: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

482

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cuál es el efecto jurídico de las medidas cuatelares?

Las opciones incorrectas contradicen el contenido de la norma arriba citada.

El otorgamiento genera indicios de responsabilidad en la violación de derechos.

Tiene valor probatorio en una futura acción.

Genera indicios y constituye prueba en una futura acción.

No constituyen un prejuzgamiento de la violación de derechos ni constituirá valor probatorio dentro una futura

acción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 28 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Efecto jurídico de las medidas.- El otorgamiento de medidas cautelares y su adopción no constituirá prejuzgamiento

sobre la declaración de la violación ni tendrán valor probatorio en el caso de existir una acción por violación de derechos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 483: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

483

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El mecanismo que tiene por objeto evitar o cesar la amenaza o violación de derechos es:

Las opciones incorrectas no corresponden a la descripción de la normativa arriba citada.

la acción de protección.

las medidas cautelares.

la acción extraordinaria de protección.

No existe un mecanismo de tal naturaleza.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 26 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Finalidad.- Las medidas cautelares tendrán por objeto evitar o cesar la amenaza o violación de los derechos reconocidos

en la Constitución y en instrumentos internacionales sobre derechos humanos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 484: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

484

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas no se acomodan a los supuestos que ofrece la normativa arriba citada.

Sí, puesto que los requisitos para que proceda la acción son violación a un derecho y acción u omisión de una

autoridad pública.

Sí, puesto que se hace presente la violación del derecho, la acción de una autoridad pública y la inexistencia de

mecanismo judicial efectivo, considerando que esto no alcanza a los administrativos.

No, además de la violación y acción u omisión, es imprescindible la inexistencia de otro mecanismo de defensa

judicial.

La acción de protección puede ser interpuesta sin la necesidad de agotar otros mecanismos legales de defensa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 40 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Requisitos.- La acción de protección se podrá presentar cuando concurran los siguientes requisitos:

1. Violación de un derecho constitucional;

2. Acción u omisión de autoridad pública o de un particular de conformidad con el artículo siguiente; y,

3. Inexistencia de otro mecanismo de defensa judicial adecuado y eficaz para proteger el derecho violado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona que considera sus derechos violados por acciones de una autoridad pública desea interponer una acción de

protección, sin embargo, un abogado le señaló que para su problema existe un mecanismo efectivo en la vía

administrativa. ¿Procedería la acción de protección ante este planteamiento?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 485: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

485

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Contra todo acto discriminatorio efectuado por cualquier persona procede:

Las opciones incorrectas no responden al contenido de la normativa arriba citada.

la acción extraordinaria de protección.

la acción de protección.

medidas cautelares.

No existe ninguna acción concreta contra la discriminación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 5 del artículo 41 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdicionales y Control Constitucional establece que:

Procedencia y legitimación pasiva.- La acción de protección procede contra:

(…)

5. Todo acto discriminatorio cometido por cualquier persona.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 486: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

486

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuando personas naturales o empresas privadas presten servicios públicos impropios o de interés público, que afecten

derechos, procede:

Las opciones incorrectas señalan acciones que no corresponden, según se evidencia en la normativa arriba citada.

la acción de protección.

la medida cautelar.

la acción por incumplimiento.

No se prevé una acción para tal supuesto.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 4 del artículo 41 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Procedencia y legitimación pasiva.- La acción de protección procede contra:

4. Todo acto u omisión de personas naturales o jurídicas del sector privado, cuando ocurra al menos una de las

siguientes circunstancias:

a) Presten servicios públicos impropios o de interés público;

b) Presten servicios públicos por delegación o concesión;

c) Provoque daño grave;

d) La persona afectada se encuentre en estado de subordinación o indefensión frente a un poder económico, social,

cultural, religioso o de cualquier otro tipo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 487: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

487

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuando una persona se encuentra en estado de subordinación o indefensión frente a un poder religioso, puede interponer:

Las opciones incorrectas señalan acciones que no corresponden, según se evidencia en la normativa arriba citada.

una acción de hábeas data.

una acción extraordinaria de protección.

una acción de protección.

No existe una acción concreta para proteger este supuesto.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 4 del artículo 41 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Procedencia y legitimación pasiva.- La acción de protección procede contra:

4. Todo acto u omisión de personas naturales o jurídicas del sector privado, cuando ocurra al menos una de las siguientes

circunstancias:

a) Presten servicios públicos impropios o de interés público;

b) Presten servicios públicos por delegación o concesión;

c) Provoque daño grave;

d) La persona afectada se encuentre en estado de subordinación o indefensión frente a un poder económico, social,

cultural, religioso o de cualquier otro tipo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 488: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

488

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una organización política recibió la notifciación de una resolución de parte del Consejo Nacional Electoral, que

considera vulnera sus derechos constitucionales. ¿Procede la acción de protección ante tal supuesto?

Las respuestas incorrectas plantean supuestos contradictorios al contenido de la normativa arriba anotada.

Sí, puesto que esta acción procede contra todo acto de autoridad pública no judicial.

No es posible impugnar resoluciones del Consejo Nacional Electoral.

No, porque las resoluciones del Consejo Nacional Electoral se impugnan ante el Tribuncal Contencioso

Electoral.

Sí, considerando que se constituye existe la violación de un derecho constitucional y la acción de una autoridad

pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 42 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccional y Control Constitucional establece que:

Improcedencia de la acción.- La acción de protección de derechos no procede:

1. Cuando de los hechos no se desprenda que existe una violación de derechos constitucionales.

2. Cuando los actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que de tales actos se deriven daños susceptibles de

reparación.

3. Cuando en la demanda exclusivamente se impugne la constitucionalidad o legalidad del acto u omisión, que no

conlleven la violación de derechos.

4. Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en la vía judicial, salvo que se demuestre que la vía no fuere

adecuada ni eficaz.

5. Cuando la pretensión del accionante sea la declaración de un derecho.

6. Cuando se trate de providencias judiciales.

7. Cuando el acto u omisión emane del Consejo Nacional Electoral y pueda ser impugnado ante el Tribunal Contencioso

Electoral.

En estos casos, de manera sucinta la jueza o juez, mediante auto, declarará inadmisible la acción y especificará la

causa por la que no procede la misma.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 489: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

489

A)

B)

C)

D)

Las respuestas incorrectas plantean supuestos contradictorios al contenido de la normativa arriba anotada.

Sí, puesto que los derechos reconocidos no involucra la negación de otros derechos.

No, la acción de protección es improcedente para la declaración de derechos.

No, la acción no procede contra políticas públicas.

Sí, considerando que la acción protección permite la declaración de nuevos derechos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 42 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccional y Control Constitucional establece que:

Improcedencia de la acción.- La acción de protección de derechos no procede:

1. Cuando de los hechos no se desprenda que existe una violación de derechos constitucionales.

2. Cuando los actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que de tales actos se deriven daños susceptibles de

reparación.

3. Cuando en la demanda exclusivamente se impugne la constitucionalidad o legalidad del acto u omisión, que no

conlleven la violación de derechos.

4. Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en la vía judicial, salvo que se demuestre que la vía no fuere

adecuada ni eficaz.

5. Cuando la pretensión del accionante sea la declaración de un derecho.

6. Cuando se trate de providencias judiciales.

7. Cuando el acto u omisión emane del Consejo Nacional Electoral y pueda ser impugnado ante el Tribunal Contencioso

Electoral.

En estos casos, de manera sucinta la jueza o juez, mediante auto, declarará inadmisible la acción y especificará la causa

por la que no procede la misma.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona perteneciente a un grupo históricamente excluido y discriminado considera que la Constitución y las normas

internacionales no prevén un derecho que se ha venido demandando desde este grupo. Ante te ello, se emitió una política

pública que no incluye el derecho demandado. ¿Procede la acción de protección en este supuesto?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 490: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

490

A)

B)

C)

D)

La opciones incorrectas no se acomodan al supuesto planteado por la normativa arriba anotada.

disponer la inmediata excarcelación de la persona.

ordenar al juez de la causa imponga una medida alternativa a la prisión preventiva.

inadmitir la acción ordenando que el afectado agote los mecanismos que ofrece la ley.

disponer que el juez revise la prisión preventiva.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 8 del artículo 43 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y otros derechos conexos de

la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier persona, tales como:

8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión preventiva por haber

transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos sancionados con reclusión

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona que guarda prisión preventiva por más del tiempo señalado por ley interpuso directamente acción de hábeas

corpus para conseguir su libertad. En esta situación el juez constitucional puede:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 491: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

491

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el supuesto planteado por la norma arriba citada.

inadmitir la acción y ordenar se acuda en primera instancia al juez de la causa.

ordenar que el juez revise su decisión.

disponer la inmediata libertad y ordenar su excarcelación.

No se prevé una solución legal al problema planteado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El numeral 8 del artículo 43 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y otros derechos conexos de

la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier persona, tales como:

7. A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por una jueza o

juez

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona que fue favorecida con la libertad después de haber sido procesada por delitos políticos, interpuso

directamente acción de hábeas corpus después de que las autoridades policiales hicieran caso omiso a la orden judicial.

En tal situación el juez de garantías constitucionales debe:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 492: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

492

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el supuesto planteado por la normativa arriba citada.

otorgar un plazo prudente para que la persona sea presentada.

suspender la audiencia y ordenar que la persona sea presentada.

declarar que la detención es arbitraria e ilegítima, disponiendo su libertad inmediata.

No se prevé ninguna regla en concreto para el problema planteado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 45 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Reglas de aplicación.- Las juezas y jueces observarán las siguientes reglas:

1. En caso de verificarse cualquier forma de tortura se dispondrá la libertad de la víctima, su atención integral y

especializada, y la imposición de medidas alternativas a la privación de la libertad.

2. En caso de privación ilegítima o arbitraria, la jueza o juez declarará la violación del derecho, dispondrá la inmediata

libertad y la reparación integral. La privación arbitraria o ilegítima se presumirá en los siguientes casos:

a) Cuando la persona no fuere presentada a la audiencia.

b) Cuando no se exhiba la orden de privación de libertad.

c) Cuando la orden de privación de libertad no cumpla los requisitos legales o constitucionales.

d) Cuando se hubiere incurrido en vicios de procedimiento en la privación de libertad.

e) En los casos en que la privación de la libertad es llevada a cabo por particulares, cuando no se justifique la privación

de libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La madre de una persona detenida interpuso una acción de hábeas corpus, alegando que desconoce el paradero de su

hijo. En audiencia pública, las autoridades demandadas informaron que no pudieron presentar a la persona detenida,

por lo que slicitaron la suspensión de la audiencia. Ante ello, el juez debe:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 493: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

493

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas plantean supuestos que contradicen lo señalado en la normativa arriba citada.

Sí, el hábeas corpues protege la libertad.

Sí, frente a decisiones infundadas, que dispongan la detención, procede el hábeas corpus.

No, el hábeas corpus no procede contra decisiones judiciales.

No, contra las decisiones judiciales procede la acción extraordinaria de protección.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 43 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

La accion de habeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad fisica y otros derechos conexos de

la persona privada o restringida de libertad, por autoridad publica o por cualquier persona, tales como:

1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegitima, proteccion que incluye la garantia de que la

detencion se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a excepcion de los casos de flagrancia

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si una autoridad judicial emite la detención de una persona, sin embargo, su decisión adolece de fundamentación.

¿Ante este hecho, procede el hábeas corpus?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 494: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

494

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen lo establecido en la normativa arriba citada.

conceder la tutela y ordenar que el juez de la causa tome una decisión sobre los fundamentos de la sentencia.

devolver la causa y ordenar que se subsane el error.

la inmediata libertad de la persona.

No existe una regla concreta en la ley al respecto.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 45 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dispone que:

Las juezas y jueces observaran las siguientes reglas:

1. En caso de verificarse cualquier forma de tortura se dispondra la libertad de la victima, su atencion integral y

especializada, y la imposicion de medidas alternativas a la privacion de la libertad.

2. En caso de privacion ilegitima o arbitraria, la jueza o juez declarara la violacion del derecho, dispondra la

inmediata libertad y la reparacion integral.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si en la tramitación de una acción de hábeas corpus el juez constitucional verifica que dentro determinado proceso

penal se mantiene la privación arbitraria del procesado, este debe disponer:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 495: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

495

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el supuesto concreto que ofrece la normativa arriba citada.

solicitar a que la persona sea llevada inmeditamente ante juez penal para que decida sobre su situación

procesal.

declara arbitraria la detención y disponer la libertad de la persona.

No existe una disposición concreta que resuelva el problema planteado.

declarar la libertad de la persona solo si las autoridades demandadas no presentaron el informe respectivo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 45 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que:

Reglas de aplicación.- Las juezas y jueces observarán las siguientes reglas:

1. En caso de verificarse cualquier forma de tortura se dispondrá la libertad de la víctima, su atención integral y

especializada, y la imposición de medidas alternativas a la privación de la libertad.

2. En caso de privación ilegítima o arbitraria, la jueza o juez declarará la violación del derecho, dispondrá la inmediata

libertad y la reparación integral. La privación arbitraria o ilegítima se presumirá en los siguientes casos:

a) Cuando la persona no fuere presentada a la audiencia.

b) Cuando no se exhiba la orden de privación de libertad.

c) Cuando la orden de privación de libertad no cumpla los requisitos legales o constitucionales.

d) Cuando se hubiere incurrido en vicios de procedimiento en la privación de libertad.

e) En los casos en que la privación de la libertad es llevada a cabo por particulares, cuando no se justifique la privación

de libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona que fue detenida por la policía alega que se incurrieron en varias irregularidades. Tales irregularidades no

fueron desvirtuadas por los policías demandados, por lo que, el juez debe:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 496: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

496

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas desconocen la garantía jurisdiccional que formula el artículo 91 de la Constitución.

No, puesto que se ofreció una respuesta a la solicitud de acceso, sin embargo, las instituciones pueden

reservarse información clasificada.

Sí, porque esta acción también procede cuando la información se entrega de manera incompleta.

Sí, porque las personas cuentan con el derecho constitucional.

No, porque la acción no procede contra el supuesto de que se entregue información incompleta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 91 de la Constitución establece que:

La accion de acceso a la informacion publica tendra por objeto garantizar el acceso a ella cuando ha sido denegada

expresa o tacitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o fidedigna. Podra ser interpuesta incluso

si la negativa se sustenta en el caracter secreto, reservado, confidencial o cualquiera otra clasificacion de la

informacion. El caracter reservado de la informacion debera ser declarado con anterioridad a la peticion, por autoridad

competente y de acuerdo con la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Si una persona que solicitó información pública recibió esta de manera incompleta, corresponde plantear la acción de

acceso a la información pública?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 497: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

497

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen los supuestos contemplados en la normativa arriba citada.

No, las empresas privadas no se constituyen en sujetos pasivos de esta acción.

No, puesto la información que manejan las empresas privadas no se consideran públicas.

Sí, tanto las entidades públicas como privadas pueden ser demandadas mediante esta acción.

Solo si la empresa es concesionaria o tiene participación del Estado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo segundo del artículo 47 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece

que:

Se considerará información pública toda aquella que emane o que esté en poder de entidades del sector público o

entidades privadas que, para el tema materia de la información, tengan participación del Estado o sean concesionarios

de éste.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Es posible interponer una acción de acceso a la información pública contra empresa privada?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 498: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

498

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas desconocen la garantía jurisdiccional que formula el artículo 91 de la Constitución.

Sí, puesto que está prohibida la declaración de reserva de información.

No, puesto que la reserva fue declarada con anterioridad a la solicitud de la persona interesada.

Sí, ya que esta garantía asegura el acceso a todo tipo de información pública en cualquier momento.

No se prevé ninguna acción ante el supuesto planteado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 91 de la Constitución establece que:

La accion de acceso a la informacion publica tendra por objeto garantizar el acceso a ella cuando ha sido denegada

expresa o tacitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o fidedigna. Podra ser interpuesta incluso

si la negativa se sustenta en el caracter secreto, reservado, confidencial o cualquiera otra clasificacion de la informacion.

El caracter reservado de la informacion debera ser declarado con anterioridad a la peticion, por autoridad competente y

de acuerdo con la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona solicitó información pública a determinada institución, sin embargo, esta respondió a su requerimiento

señalando que tal información ha sido declarada como reservada hace un año. ¿Procede una acción de acceso a la

información pública?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 499: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

499

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas contradicen el supuesto contenido en la normativa arriba citada.

ordenar que la entidad demandada señale dónde se encuentra dicha información.

rechazar la demanda.

declarar la demanda como no formulada.

No se prevé ninguna disposición concreta al efecto.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo segundo del artículo 48 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece

que:

Si la información no consta en el archivo de la institución solicitada, la entidad pública deberá comunicar el lugar o

archivo donde se encuentra la información solicitada.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona interpuso acción de acceso a la información pública, sin embargo, la entidad pública ha señalado que tal

información no se encuentra en su base de datos ni archivos institucionales. En ese caso el juez constitucional debe:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de septiembre

DATOS DEL AUTOR

Page 500: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de

500

A)

B)

C)

D)

Las opciones incorrectas corresponden a otras acciones constitucionales, tal como puede verificarse en la normativa

arriba citada.

la acción de protección.

la acción de cumplimiento.

la acción por incumplimiento.

la acción extraordinaria de protección.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El parágrafo segundo del artículo 52 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional

establece que:

Esta acción [por incumplimiento] procederá cuando la norma, sentencia, decisión o informe cuyo cumplimiento se

persigue contengan una obligación de hacer o no hacer, clara, expresa y exigible.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

GUSTAVO MEDINACELI 1753427622 DERECHO CONSTITUCIONAL

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La accción constitucional que para su procedencia exige que la norma, sentencia, decisión o informe cuya

efectivización se persigue contengan una obligación de hacer o no hacer, clara, expresa y exigible, es:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28 de septiembre

DATOS DEL AUTOR