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1 A) B) C) D) Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad Coorporaciones y Fundaciones Opción Correcta Dificultad Esperada Conocimiento Yajaira Andrade Torres 1714117254 Derecho De acuerdo a su sexo o condición Eje Temático Derecho Registral Tema Especifico De las personas Nivel Taxonomico de la Pregunta BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA Justificación de Cada Opción Incorrecta: El artículo 41 del Código Civil, establece: [Persona natural].- Son personas todos los individuos de la especie humana, cualesquiera que sean su edad, sexo o condición. Divídense en ecuatorianos y extranjeros. A) se refiere a la definición de persona natural; C) Se refiere a la definición de personas natural, y D) Se refiere a tipos de personas jurídicas. Base: Las personas naturales se dividen en: Opciones de Respuesta: Personas humanas Nacionales o extranjeras B Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: El artículo 41 del Código Civil, establece: Art. 41 (Ex: 41).- [Persona natural].- Son personas todos los individuos de la especie humana, cualesquiera que sean su edad, sexo o condición. Divídense en ecuatorianos y extranjeros. Baja

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Page 1: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

1

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Coorporaciones y Fundaciones

Opción Correcta Dificultad Esperada

Conocimiento

Yajaira Andrade Torres 1714117254 Derecho

De acuerdo a su sexo o condición

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico De las personas

Nivel Taxonomico de la Pregunta

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

DATOS DEL AUTOR

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

El artículo 41 del Código Civil, establece: [Persona natural].- Son personas todos los

individuos de la especie humana, cualesquiera que sean su edad, sexo o condición.

Divídense en ecuatorianos y extranjeros. A) se refiere a la definición de persona natural;

C) Se refiere a la definición de personas natural, y D) Se refiere a tipos de personas

jurídicas.

Base:

Las personas naturales se dividen en:

Opciones de Respuesta:

Personas humanas

Nacionales o extranjeras

B

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 41 del Código Civil, establece: Art. 41 (Ex: 41).- [Persona natural].- Son personas

todos los individuos de la especie humana, cualesquiera que sean su edad, sexo o

condición. Divídense en ecuatorianos y extranjeros.

Baja

Page 2: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

2

A)

B)

C)

D)

Eje Temático Derecho Registral

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254 Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

DATOS DEL AUTOR

B) El propio Código Civil determina que son ecuatorianos los que la Constitución los declara

como tales. C) El COIP tipifica los delitos. D) La Ley de Datos no es correcto el nombre.

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 42 (Ex: 42).- [Ecuatorianos y extranjeros].- Son ecuatorianos los que la Constitución

Política de la República (1) declara tales. Los demás son extranjeros.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

El Código Orgánico Integral Penal

La Ley de Datos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Tema Especifico De las Personas

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Son ecuatorianos los que declara:

Opciones de Respuesta:

La Constitución de la República del Ecuador

El Código Civil

Page 3: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

3

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

Al goce de los derechos civiles que rige el Código Civil

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico De las personas

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

Al goce delos derechos políticos

Especialidad

1714117254

Al goce de los derechos sociales

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La ley no reconoce diferencia entre el ecuatoriano y el extranjero en cuanto :

El artículo 43 del Código Civil determina que la ley no reconoce diferencia entre el ecuatoriano

y el extranjero en lo que respecta a los derechos civiles que rigen el Código Civil, por lo tanto

las demás respuestas, contenidas en lo literales A), C) Y D) son incorrectos.

B)

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 43 (Ex: 43).- [Igualdad entre ecuatorianos y extranjeros].- La ley no reconoce diferencia

entre el ecuatoriano y el extranjero, en cuanto a la adquisición y goce de los derechos civiles

que

regla este Código. (Código Civil).

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Al goce de los derechos laborales

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 4: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

4

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El domicilio consiste en:

Opciones de Respuesta:

Las preguntas A), B) Y C) no son correctas porque de acuerdo a lo que determina el Código

Civil, el domicilio conllevada la residencia, acompañada, real o presuntivamente del ánimo

de permanecer en ella.

la residencia presuntiva

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico De las personas

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 45 (Ex: 45).- [Definición y división del domicilio].- El domicilio consiste en la residencia,

acompañada, real o presuntivamente, del ánimo de permanecer en ella.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

la residencia real

el ánimo de permanecer en un lugar

la residencia, acompañada, real o presuntivamente del ánimo de permanercer

en ella

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 5: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

5

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico De las personas

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

C)

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 46 (Ex: 46).- [Domicilio político].- El domicilio político es relativo al territorio del Estado

en general. El que lo tiene o adquiere, es o se hace miembro de la sociedad ecuatoriana,

aunque

conserve la calidad de extranjero.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El domicilio político es:

Opciones de Respuesta:

Es aquel del lugar de origen

Es aquel del lugar de votación

El que lo tiene o adquiere, es o se hace miembro de la sociedad ecuatoriana,

aunque

conserve la calidad de extranjero.

Es aquel que se adquiere al nacer

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 6: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

6

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

El lugar donde viven sus familiares

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico De las personas

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

El lugar donde una persona está de asiento, o donde ejerce habitualmente su

profesión u oficio

Especialidad

1714117254

El lugar en donde viven sus hijos

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El domicilio civil es:

El domicilio civil se define por el lugar de asiento de una persona o donde ejerce

habitualmente su pofesión o oficio, por lo tanto, las preguntas B), C) Y D) son incorrectas,

pues no depende del lugar donde viven sus familiares, o donde esporádicamente ejerce su

profesión o viven sus hijos para determinar el domicilio civil de una persona.

A)

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 48 (Ex: 48).- [Determinación del domicilio civil].- El lugar donde un individuo está de

asiento, o donde ejerce habitualmente su profesión u oficio, determina su domicilio civil o

vecindad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

El lugar donde un individuo esporádicamente ejercer su profesión

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 7: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

7

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

A Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

No se adquiere el domicilio civil:

Opciones de Respuesta:

Las preguntas B), C) Y D) son incorrectas porque la ley no determina que por el hecho de

habitar en un determinado lugar por un tiempo se adquiera el domicilio civil. Art. 51 (Ex: 51).-

[Conservación del domicilio civil].- El domicilio civil no se muda por el hecho de residir el

individuo largo tiempo en otra parte, voluntaria o forzadamente, siempre que conserve su

familia y el asiento principal de sus negocios en el domicilio anterior.

por el solo hecho de habitar en un lugar si se tiene en otra parte su hogar

doméstico

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico De las personas

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 49 (Ex: 49).- [Presunción del ánimo del no permanecer].- No se presume el ánimo de

permanecer, ni se adquiere consiguientemente domicilio civil en un lugar, por el solo hecho

de

habitar en él un individuo, por algún tiempo, casa propia o ajena, si tiene en otra parte su

hogar

doméstico, o por otras circunstancias aparece que la residencia es accidental, como la del

viajero,

o la del que ejerce una comisión temporal, o la del que se ocupa en algún tráfico ambulante.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

por el solo hecho de vivir 5 años en un lugar

por el solo hecho de vivir 6 meses en un lugar

por el solo hecho de vivir 15años en un mismo lugar

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 8: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

8

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico De las personas

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

Las respuestas A), B) Y C) son incorrectas porque el artículo 53 del Código Civil determina

que el domicilio de los individuos de la Fuerza Pública en servicio activo, será el lugar en

que se hallaren sirviendo.

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 53 (Ex: 53).- [Domicilio de los militares].- El domicilio de los individuos de la Fuerza

Pública en servicio activo, será el lugar en que se hallaren sirviendo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El domicilio de los militares es:

Opciones de Respuesta:

en el lugar en que se encuentran sus progenitores

en el lugar de su graduación

en el lugar en que se encuentra su familia

en el lugar que se hallaren sirviendo

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 9: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

9

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

En el lugar de su nacimiento

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico De las personas

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

En el domicilio individual de residencia de cada cónyuge

Especialidad

1714117254

En el lugar de nacimiento de su los hijos reconocidos previo al matrimonio

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los cónyuges tiene su domicilio originario

El artículo 57 del Código Civil establece que los cónyuges tiene como domicilio originario el

lugar del matrimonio .

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 57 (Ex: 57).- [Domicilio de los cónyuges].- Los cónyuges tendrán como domicilio originario

el del lugar del matrimonio y, posteriormente, uno o ambos podrán perder este domicilio y

adquirir otro, de acuerdo con las reglas generales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

En el lugar del matromonio

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 10: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

10

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

A)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El domicilio de los incapaces se rige por:

Opciones de Respuesta:

Las respuestas B), C) y D) son incorrectas porque el artículo 58 del Código Civil determina

que El que vive bajo patria potestad sigue el domicilio de quien la ejerce, y el que se halla

bajo tutela o curaduría, el de su tutor o curador.

De quien ejerce la patria potestad o el de su tutor o curador

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico De las personas

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 58 (Ex: 58).- [Domicilio de los incapaces].- El que vive bajo patria potestad sigue el

domicilio de quien la ejerce, y el que se halla bajo tutela o curaduría, el de su tutor o curador.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Del lugar habitual de residencia

Del lugar al que habitualmente viaja

Del lugar en el que trabaja

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 11: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

11

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Matrimonio

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

Las respuestas A), B) Y D) no son correctas porque el artículo 83 determina que las personas

menores de edad no pueden casarse.

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 83.- [Prohibición para los que no han cumplido dieciocho años].- Las personas que no

hubieren cumplido dieciocho años no podrán casarse.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una persona menor de edad puede casarse siempre y cuando

Opciones de Respuesta:

Un menor puede casarse con el consetimiento de sus padres

Un menor de edad puede casarse solo con el consentimiento de su tutor

Un menor de edad no puede casarse

Un menor de edad se puede casar solo si se encuentra emancipado

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 12: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

12

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

Cuando se han casado dos personas divorciadas

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Del matrimonio

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

Se han casado dos personas del mismo sexo

Especialidad

1714117254

Cuando se han casado parientes con segundo grado a afinidad

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El matrimonio es nulo cuando:

La pregunta A) es incorrecta por cuanto se ha aceptado el matrimonio igualitario en el Ecuador;

B) Las personas divorciadas se encuentran libres de vínculo matrimonial por lo tanto, pueden

contraer matrimonio; D) La respuesta no es lógica.

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 95.- [Casos de nulidad en el matrimonio].- Es nulo el matrimonio contraído por:

1. El cónyuge sobreviviente con el autor o cómplice del delito o tentativa de homicidio, asesinato,

sicariato o femicidio del cónyuge fallecido o que haya sobrevivido. 2. La persona menor de 18

años de edad. 3. La persona ligada por vínculo matrimonial no disuelto. 4. La persona con

discapacidad intelectual que afecte su consentimiento y voluntad. 5. Los parientes por

consanguinidad en línea recta.

6. Los parientes colaterales en segundo grado civil de consanguinidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Cuando se han casado parientes colaterales en segundo grado civil de

consanguinidead

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 13: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

13

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

A) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción de nulidad prescribe, generalmente, en:

Opciones de Respuesta:

Las respuestas señaladas en los literales B), C) Y D) son incorrectas porque el artículo 99 del

Código Civil determina que La acción de nulidad del matrimonio prescribe en el plazo de dos

años contados desde la fecha de la celebración, del momento en que se tuvo conocimiento de

la causal invocada o que pueda ejercerse la acción.

2 años

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Del matrimonio

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 99.- [Prescripción de la acción de nulidad].- La acción de nulidad del matrimonio

prescribe en el plazo de dos años contados desde la fecha de la celebración, del momento en

que

se tuvo conocimiento de la causal invocada o que pueda ejercerse la acción.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Nunca prescriben

6 años

En 10 años

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 14: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

14

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Matrimonio

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

Las respuestas determinadas en los literales A), B) Y C) pueden resultar en causa de divorcio.

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 105 (Ex: 104).- [Causas de terminación del matrimonio].- El matrimonio termina:

1. Por la muerte de uno de los cónyuges; 2. Por sentencia ejecutoriada que declare la nulidad

del matrimonio; 3. Por sentencia ejecutoriada que concede la posesión definitiva de los bienes

del desaparecido; y, 4. Por divorcio.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El matrimonio termina por:

Opciones de Respuesta:

Separación de los cónyuges

Por el adulterio

Por malos tratos

Por divorcio

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 15: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

15

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

La separación de los cónyuges por un mes

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Del matrimonio

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

El estado habitual de falta de armonía de las dos voluntades en la vida

matrimonial

Especialidad

1714117254

El enjuiciamiento civil de uno de los cónyuges

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Es causa de divorcio :

Las respuestas de los literales B), C) Y D) son incorrectas, porque el artículo 110 del Código

Civil establece: Son causas de divorcio: 1. El adulterio de uno de los cónyuges. 2. Los tratos

crueles o violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar. 3. El estado habitual de

falta de armonía de las dos voluntades en la vida matrimonial. 4. Las amenazas graves de un

cónyuge contra la vida del otro.

5. La tentativa de uno de los cónyuges contra la vida del otro.

6. Los actos ejecutados por uno de los cónyuges con el fin de involucrar al otro o a los hijos en

actividades ilícitas.

7. La condena ejecutoriada a pena privativa de la libertad mayor a diez años.

8. El que uno de los cónyuges sea ebrio consuetudinario o toxicómano.

9. El abandono injustificado de cualquiera de los cónyuges por más de seis meses

ininterrumpidos.

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Son causas de divorcio: 1. El adulterio de uno de los cónyuges. 2. Los tratos crueles o

violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar. 3. El estado habitual de falta de

armonía de las dos voluntades en la vida matrimonial. (Artículo 110 del Código Civil)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

La condena a prisión preventiva de uno de los cónyuges

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 16: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

16

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

C

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En todo divorcio el cónyuge que carece de lo necesario para su congrua sustentación tiene

derecho a que se le entregue:

Opciones de Respuesta:

El artículo 112 del Código Civil determina que En todo divorcio el cónyuge que carece de lo

necesario para su congrua sustentación tiene derecho a que se le entregue la quinta parte de

los bienes del otro, salvo que sea el causante del divorcio.

La mitad de los bienes del otro

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Del matrimonio

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 112 [Derecho sobre la quinta parte de los bienes del cónyuge].- En todo divorcio el

cónyuge que carece de lo necesario para su congrua sustentación tiene derecho a que se le

entregue la quinta parte de los bienes del otro, salvo que sea el causante del divorcio.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

La tercera parte de los bienes del otro

La quinta parte de los bienes del otro

No tiene derecho a ningún porcentaje

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 17: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

17

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Del matrimonio

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

El artículo 115 del Código Civil determina que para que el juez pronuncie la sentencia de

divorcio es un requisito indispensable que los padres resuelvan sobre la situación económica

de los hijos. Por lo tanto, las respuestas B), C) Y D) son incorrectas

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 115 (Ex: 115).- [Resolución de la situación económica de los hijos].- Para que se

pronuncie la sentencia de divorcio, es requisito indispensable que los padres resuelvan sobre

la situación económica de los hijos menores de edad, estableciendo la forma en que deba

atenderse a la conservación, cuidado, alimento y educación de los mismos. Para este efecto,

se procederá en la misma forma que cuando se trata de disolución del matrimonio por mutuo

consentimiento

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Es requisito indispensable para que se pronuncie la sentencia de divorcio

Opciones de Respuesta:

Que los padres resuelvan sobre la situación socio-económica de los hijos

Que los cónyuges resuelvan sobre la situación de los bienes

Que los cónyuges resuelvan sobre la liquidación de la sociedad conyugal

Que los padres resuelvan sobre la custodia de los animales

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 18: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

18

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

De acuerdo al domicilio del actor

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Del matrimonio

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

En el domicilio del cónyuge demandado

Especialidad

1714117254

En el lugar en que se celebró el matrimonio

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La competencia en los juicios de divorcio se fija por:

La competencia en los juicios de divorcio se fija por el territorio, en el lugar del domicilio del

demandado, por lo tanto, las respuestas B, C, Y D son incorrectas

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 117 (Ex: 117).- [Competencia territorial para el juicio de divorcio].- La demanda de divorcio

se propondrá ante la jueza o el juez de la familia, mujer, niñez y adolescencia del domicilio del

cónyuge demandado; si se hallare en territorio extranjero, la demanda se propondrá en el lugar

de su último domicilio en el Ecuador

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

De acuerdo al domicilio de los hijos en común

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 19: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

19

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

B Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Toda demanda de divorcio de un cónyuge contra el otro se tramitará en procedimiento:

Opciones de Respuesta:

El artículo 118 del Código Civil determina que las demandas de divorcio de tramitará en

procedimiento sumario, esto en concordancia con lo que determina el artículo 332 y 340 del

Código Civil, por lo tanto, las demás respuestas son incorrectas, A), C), Y D)

Monitorio

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Del matrimonio

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 118 (Ex: 118).- [Trámite del juicio de divorcio].- Toda demanda de divorcio de un cónyuge

contra el otro se tramitará en procedimiento sumario

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Sumario

Ordinario

Ejecutivo

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 20: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

20

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Del matrimonio

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

El artículo 127 del Código Civil determina que Toda acción de divorcio se extingue por la

muerte de uno de los cónyuges, aún en el caso de que la demanda se hallare ya propuesta,

y cualquiera que fuere el estado del juicio. Por lo tanto, las respuestas A), C) y D) son

incorrectas.

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 127 (Ex: 127).- [Extinción de la acción de divorcio].- Toda acción de divorcio se extingue

por la muerte de uno de los cónyuges, aún en el caso de que la demanda se hallare ya

propuesta, y cualquiera que fuere el estado del juicio.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción de divorcio se extingue por:

Opciones de Respuesta:

Reconciliación

Muerte de uno de los cónyuges

Por decisión del juez

Por la opsición de un tercero

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 21: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

21

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

Mientras no se ejecute la sentencia

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Del matrimonio

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

Mientras no se inscriba en el Registro Civil

Especialidad

1714117254

Mientras no se resuelvan la situación socio-económica de los hijos

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La sentencia de divorcio no surtirá efecto:

El artículo 128 del Código Civil, determina que la sentencia de divorcio no surte efecto

mientras no se inscriba en el Registro Civil

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

* Art. 128.- [Efectos e inscripción de la sentencia de divorcio].- La sentencia de divorcio no

surtirá efecto mientras no se inscribiere en la oficina de registro civil correspondiente. De la

sentencia que declare disuelto el vínculo matrimonial, una vez inscrita, se tomará razón al

margen del acta de inscripción del matrimonio, dejando constancia en autos del

cumplimiento de este requisito

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Mientras no se resuelva el recurso de apelación interpuesto

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 22: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

22

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

C Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La autoridad correspondiente no permitirá el matrimonio de:

Opciones de Respuesta:

El artículo 133 del Código Civil determina que La autoridad correspondiente, no permitirá el

matrimonio del progenitor soltero, viudo o divorciado que tuviere hijos bajo patria potestad,

que trata de volver a casarse, sin que se le presente certificado auténtico del nombramiento

de curador especial. Por lo tanto, las preguntas A) B) son incorrectas, la pregunta D) es

incorrecta porque es permitido, ahora el matrimonio entre personas del mismo sexo.

De las personas que se encuentren en unión de hecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Matrimonio

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 133 (Ex: 132).- [Prohibición de contraer matrimonio].- La autoridad correspondiente, no

permitirá el matrimonio del progenitor soltero, viudo o divorciado que tuviere hijos bajo patria

potestad, que trata de volver a casarse, sin que se le presente certificado auténtico del

nombramiento de curador especial para los objetos antedichos, o sin que preceda información

sumaria de que el viudo no tiene hijos de precedente matrimonio, que estén bajo su patria

potestad, o bajo su curaduría

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

De las personas solteras sin hijos

Del progenitor soltero, viudo o divorciado que tuviere hijos bajo patria potestad,

que trata de volver a casarse, sin que se le presente certificado auténtico del

nombramiento de curador especial.

De las personas del mismo sexo

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 23: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

23

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Matrimonio

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

Las preguntas A), B), y C) son incorrectas porque el el artículo 134 del Código Civil determina

que el progenitor soltero, viudo o divorciado que tuviere hijos bajo patria potestad, por cuya

negligencia hubiere dejado de hacerse en tiempo oportuno el inventario prevenido en el

artículo 131, perderá el derecho de suceder como legitimario, o como heredero abintestato, al

hijo cuyos bienes ha administrado.

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 134 (Ex: 133).- [Sanción por no hacer el inventario].- El progenitor soltero, viudo o

divorciado que tuviere hijos bajo patria potestad, por cuya negligencia hubiere dejado de

hacerse en tiempo oportuno el inventario prevenido en el artículo 131, perderá el derecho de

suceder como legitimario, o como heredero abintestato, al hijo cuyos bienes ha administrado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El protenitor, soltero, viudo, o divorciado que tuviere hijos bajo patria potestad que no realiza

el inventario:

Opciones de Respuesta:

Perderá la patria potestad

Pagará una multa del 10 % del avalúo de los bienes de sus hijos

Se ordenrá la prisión preventiva

Perderá el derecho a suceder

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 24: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

24

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

procrear por lo menos dos hijos

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Matrimonio

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

guardarse fe, socorrerse y ayudarse mutuamente en todos las circunstancias

Especialidad

1714117254

mantener el contrato por al menos dos meses

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los cónyugues estan obligados a:

Las preguntas B, C y D son incorrectas ya que el artículo 136 del Código Civil determina que

los cónyuges están obligados a guardarse fe, socorrerse y ayudarse mutuamente en todas

las circunstancias de la vida.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 136 (Ex: 134).- [Obligaciones mutuas de los cónyuges].- Los cónyuges están obligados a

guardarse fe, socorrerse y ayudarse mutuamente en todas las circunstancias de la vida.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

garantizar uma estabilidad economica

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 25: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

25

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

A Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los cónyuges deben suministrarse mutuamente lo necesario y contribuir al mantenimiento del

hogar común:

Opciones de Respuesta:

las preguntas B,C y D son incorrectas porque el 138 establece que los cónyuges deben

suministrarse mutuamente lo necesario y contribuir, según sus facultades.

según sus facultades

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Matrimonio

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 138 (Ex: 136).- [Mutuo auxilio].- Los cónyuges deben suministrarse mutuamente lo

necesario y contribuir, según sus facultades, al mantenimiento del hogar común.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

el hombre 50% y la mujer 50%

el hombre debe suministrar todo

los conyugues se dividen el 60% y el 40%

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 26: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

26

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Matrimonio

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

las respuestas A, B, y C son incorrectas ya que el articulo 141 del Código Civil determina que

Ni la mujer, ni el marido necesitan autorización del otro, para disponer de lo suyo, por acto

testamentario o entre vivos.

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 141 (Ex: 139).- [Capacidad de los cónyuges para disponer de sus bienes].- Ni la mujer, ni

el marido necesitan autorización del otro, para disponer de lo suyo, por acto testamentario o

entre vivos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cuál de los cónyuges necesita autorizació para disponer de los bienes propios?

Opciones de Respuesta:

el hombre

la mujer

por decisión previa

Ni la mujer ni el marido necesitan autorización para disponer de lo suyo

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 27: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

27

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

después del matrimonio

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Matrimonio

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

después de la declaratoria de nulidad del matrimonio

Especialidad

1714117254

solo durante el matrimonio

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En que momento pueden realizarse las capitulaciones matrimoniales:

las respuestas A,B y D son incorrectas ya que el Art. 150 del codigo civil dice que celebran los

esposos o los cónyuges antes, al momento de la celebración o durante el matrimonio, relativas

a los bienes, a las donaciones y a las concesiones que se quieran hacer el uno al otro, de

presente o de futuro.

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 150 (Ex: 149).- [Capitulaciones matrimoniales].- Se conocen con el nombre de

capitulaciones matrimoniales las convenciones que celebran los esposos o los cónyuges

antes, al momento de la celebración o durante el matrimonio, relativas a los bienes, a las

donaciones y a las concesiones que se quieran hacer el uno al otro, de presente o de futuro.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

antes y durante el matrimonio

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 28: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

28

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

B) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Pertenece a la sociedad ocnyugal:

Opciones de Respuesta:

las respuestas A,C y D son incorrectas porue el articulo 157 determina que pertenece al haber

de la sociedad conyugal: los salarios y emolumentos de todo género de empleos y oficios,

devengados durante el matrimonio.

el bien adquirido en estado de soltero

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Matrimonio

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 157 (Ex: 157).- [Haber de la sociedad conyugal].- El haber de la sociedad conyugal se

compone: 1. De los salarios y emolumentos de todo género de empleos y oficios, devengados

durante el matrimonio;

2. De todos los frutos, réditos, pensiones, intereses y lucro de cualquiera naturaleza, que

provengan, sea de los bienes sociales, sea de los bienes propios de cada uno de los

cónyuges, y que se devenguen durante el matrimonio; Concordancias: CC: 660; 663

3. Del dinero que cualquiera de los cónyuges aportare a la sociedad, o durante ella adquiriere;

obligándose la sociedad a la restitución de igual suma;

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

los salarios y emolumentos de todo género de empleos y oficios, devengados

durante el matrimonio.

las donaciones o herencias

El inmueble que fuere debidamente subrogado a otro inmueble propio de alguno

de los

cónyuges

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 29: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

29

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Matrimonio

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

A) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuando uno de los cónyuges actúa respecto de sus bienes propios, se responsabiliza:

Opciones de Respuesta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

Por su propio patrimonio

El artículo 146 del Código Civil determina que cada uno de los cónyuges actúa respecto de

sus propios bienes, solo responsabiliza su patrimonio propio.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 147 (Ex: 146).- [Responsabilidad sobre los bienes propios o sociales].- Cuando uno de los

cónyuges actúa respecto de sus bienes propios, sólo responsabiliza su propio patrimonio.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Por el patrimonio del otro cónyuge

Por el patrimonio de la sociedad conyugal

Por el patrimonio que corresponde a los gananciales

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 30: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

30

A)

B)

C)

D)

Art. 148 (Ex: 147).- [Prohibición de oponer nulidad por falta de autorización].- No puede

oponerse la nulidad fundada en la falta de autorización, sino por la mujer o por el marido, o

por sus herederos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Las respuestas A), B) y D) son incorrectas por cuanto el artículo 148 del Código Civil

determina que no puede oponerse la nulidad fundada en la falta de autorización, sino por la

mujer o por el marido, o por sus herederos.

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La nulidad por falta de autorización en la disposición de bienes de la sociedad conyugal

puede proponerla:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254 Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Opción Correcta Dificultad Esperada

C)

Opciones de Respuesta:

El afectado

El Juez puede declararla de oficio

Solo la mujer o por el marido o sus herederos

Un tercero interesado

Tema Especifico Matrimonio

Page 31: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

31

A)

B)

C)

D)

Derecho Registral

Número de Cédula

Capitulaciones matrimoniales

Las capitualaciones matrimoniales se deben otorgar :

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta:

DATOS DEL AUTOR

Fecha de Elaboración: 27/09/2019

Eje Temático

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Mediante contrato privado

Mediante un acuerdo verbal

Solo en el acta matrimonial

Opción Correcta

A) Baja

El artículo 151 del Código civil establece que las capitulaciones matrimoniales se otorgarán

por escritura pública o en el acta matrimonial

Opciones de Respuesta:

Mediante escritura pública o en el acta matrimonial

Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254 Derecho

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Tema Especifico

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 151 (Ex: 150).- [Otorgamiento de las capitulaciones matrimoniales].- Las capitulaciones

matrimoniales se otorgarán por escritura pública, o en el acta matrimonial.

Apellido y Nombre

Page 32: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

32

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Capitulaciones matrimoniales

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

Las preguntas A) , B) y C) son incorrectas porque en las capitulaciones patrimoniales se debe

designar ; los bienes que aportan al matrimonio, con expresión de su valor y la enumeración

de las deudas de cada uno

D)

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 152 (Ex: 151).- [Contenido de las capitulaciones matrimoniales].- En las capitulaciones

matrimoniales se designarán:

1. Los bienes que aportan al matrimonio, con expresión de su valor;

2. La enumeración de las deudas de cada uno;

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En las capitulaciones matrimoniales se debe desginar:

Opciones de Respuesta:

El día del matrimonio

Los hijos en común

Los hijos de cada uno de los cónyuges

Los bienes que aportan al matrimonio, con expresión de su valor; y la

enumeración de las deudas de cada uno de los cónyuges

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 33: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

33

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

Son irrevocables

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Capitulaciones matrimoniales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

Son revocables y pueden modificarse

Especialidad

1714117254

Solo puede revocarse después de disuelta la sociedad conyugal

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las capitulaciones matrimoniales

Las respuestas B, C, y D son incorrectas porque de acuerdo a lo que determina el artículo

155 del Código Civil, las capitulaciones matrimoniales son revocables y pueden modificarse

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 155 (Ex: 155).- [Revocabilidad y modificación de las capitulaciones].- Las capitulaciones

matrimoniales no se entenderán irrevocablemente otorgadas y podrán modificarse antes o

durante el matrimonio, de común acuerdo entre los cónyuges.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

No pueden modificarse

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 34: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

34

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

B) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las adquisiciones a título gratuito por cualquier de los cónyuges

Opciones de Respuesta:

Las preguntas A, C, Y D son incorrectas porque el Código Civil determina que las

adquisiciones hechas por cualquiera de los cónyuges, a título de donación, herencia o legado

se agregarán a los bienes del cónyuge donatario, heredero o legatario.

Aumenta el patrimonio de la sociedad conyugal

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Sociedad conyugal

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 158 (Ex: 158).- [Adquisiciones a título gratuito].- Las adquisiciones hechas por cualquiera

de los cónyuges, a título de donación, herencia o legado, se agregarán a los bienes del

cónyuge donatario, heredero o legatario; y las adquisiciones hechas por ambos cónyuges

simultáneamente, a cualquiera de estos títulos, no aumentarán el haber social, sino el de cada

cónyuge.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Pertenece al cónyuge donatario, heredero o legatario

Pertenece al patrimonio del otro cónyuge

Aumenta el patrimonio de la sociedad conyugal pero deberá restituirselo en casa

de liquidación

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 35: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

35

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Sociedad conyugal

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

El artículo 163 del Código Civil determina que la parte del tesoro que según la ley pertenece

al que lo encuentra se agragará al haber del cónyuge que lo encuentre

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 163 (Ex: 163).- [Tesoro que pertenece al que se lo encuentra].- La parte del tesoro que

según la ley pertenece al que lo encuentra, se agregará al haber del cónyuge que lo

encuentre; y la parte del tesoro que según la ley pertenece al dueño del terreno en que se

encuentra, se agregará al haber de la sociedad, si el terreno perteneciere a ésta, o al haber

del cónyuge que fuere dueño del terreno.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si uno de los cónyuges encuentra un tesoro se agregará:

Opciones de Respuesta:

Al haber propio del cónyuge que lo encuentre

Al haber de la sociedad conyugal

Al patrimonio de los hijos en común

Al dueño del terreno

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 36: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

36

A)

B)

C)

D)

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Sociedad conyugal

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254 Derecho

Las respuestas A, B Y C son incorrectas porque dichos bienes si pertenecen a la sociedad

conyugal.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Los salarios y frutos que se producen durante la sociedad conyugal

Las especies que uno de los cónyuges poseía a título de señor antes de ella,

aunque la prescripción o transacción con que las haya hecho verdaderamente

suyas se complete o verifique durante la sociedad;

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los bienes inmuebles que se adquieren durante la sociedad conyugal

Opción Correcta Dificultad Esperada

C)

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 167 (Ex: 167).- [Bienes adquiridos que no pertenecen a la sociedad conyugal].- La

especie adquirida durante la sociedad no pertenece a ésta, aunque se haya adquirido a título

oneroso, cuando la causa o título de la adquisición ha precedido a la sociedad.

Por consiguiente, no pertenecerán a la sociedad:

1. Las especies que uno de los cónyuges poseía a título de señor antes de ella, aunque la

prescripción o transacción con que las haya hecho verdaderamente suyas se complete o

verifique durante la sociedad;

Baja

No pertenece a la sociedad conyugal:

Opciones de Respuesta:

Los bienes que se adquieren durante la sociedad conyugal

Page 37: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

37

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

D) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Se reputan adquiridos durante la sociedad conyugal:

Opciones de Respuesta:

Son incorrectas las las respuestas A, B, Y C por cuanto los bienes adquiridos bajo esa

forma, no pertenencen a la sociedad conyugal

Los bienes adquiridos después de disuelta la sociedad conyugal

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Sociedad conyugal

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 168 (Ex: 168).- [Bienes adquiridos después de disuelta la sociedad conyugal].- Se

reputan adquiridos durante la sociedad los bienes que durante ella debieron adquirirse por

uno de los cónyuges, y que de hecho no se adquirieron sino después de disuelta la

sociedad, por no haberse tenido noticia de ellos, o por haberse embarazado injustamente su

adquisición o goce.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Los bienes adquiridos en el estado civil soltero

Los bienes que han sido donado

Los bienes que durante ella debieron adquirirse por uno de los cónyuges, y que

de hecho no se adquirieron sino después de disuelta la sociedad, por no haberse

tenido noticia de ellos, o por haberse embarazado injustamente su adquisición o Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 38: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

38

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Sociedad conyugal

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

Al tratarse de una presunción que pertenece a la sociedad conyugal al momento de

disolverse la sociedad conyugal, las respuestas C, B, D son incorrectas

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 170 (Ex: 170).- [Presunción de pertenecer a la sociedad].- Toda cantidad de dinero y de

cosas fungibles, todas las especies, créditos, derechos y acciones que existieren en poder de

cualquiera de los cónyuges al tiempo de disolverse la sociedad, se presumirán pertenecer a

ella, a menos que aparezca o se pruebe lo contrario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Se presume que pertenece a la sociedad conyugal:

Opciones de Respuesta:

Todo dinero, cosas fungibles, especies, créditos, derechos y acciones en poder

de cualquiera de los cónyuges al tiempo de disolverse la sociedad conyugal

Todo fruto que se produjo al momento del matrimonio

Todo bien que pertenece al peculio personal que a permanecido en la sociedad

conyugal por más de 15 años

Todo bien que fue heredado durante la vigencia de la sociedad conyugal

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 39: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

39

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

Al pago de las pensiones e intereses que corran en contra de la sociedad

conyugal o contra cualquiera de los cónyuges y que se devenguen durante la

sociedad

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Sociedad Conyugal

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

La subrogación de los bienes

Especialidad

1714117254

Solo al pago de intereses o pensiones que corran en contra de cualquiera los

cónyuges

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La sociedad conyugal esta obligada a:

De acuerdo al artículo 171 del Código Civil determina que La sociedad está obligada al pago:

1. De las pensiones e intereses que corran, sea contra la sociedad, sea contra cualquiera de

los cónyuges, y que se devenguen durante la sociedad. Por lo tanto, las respuestas A), C) y

D) son incorrectas .

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 171 (Ex: 171).- [Pasivo de la sociedad conyugal].- La sociedad está obligada al pago:

1. De las pensiones e intereses que corran, sea contra la sociedad, sea contra cualquiera de

los cónyuges, y que se devenguen durante la sociedad;

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Solo al pago de intereses o pensiones que corran en contra de la sociedd

conyugal

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 40: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

40

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

C Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La sociedad conyugal esta obligada al pago de:

Opciones de Respuesta:

Las respuestas A, C, D son incorrectas porque son bienes que están excluidos de la sociedad

conyugal, por lo tanto, no existe

Pago de las pensiones alimenticias que deba alguno de los cónyuges

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Sociedad conyugal

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 171 (Ex: 171).- [Pasivo de la sociedad conyugal].- La sociedad está obligada al pago: 3.

De las deudas personales de cada uno de los cónyuges, quedando el deudor obligado a

compensar a la sociedad lo que ésta invierta en ello;

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Pago de los bienes que vuelven a uno de los cónyuges, por la nulidad o

resolución de un contrato, o por haberse revocado una donación;

Las deudas personales de cada uno de los cónyuge

Pago de los bienes litigiosos, de los que, durante la sociedad, ha adquirido uno de

los cónyuges la posesión pacífica

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 41: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

41

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Sociedad conyugal

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

El artículo 177 del Código Civil establece que se debe recompensa a la sociedad por las

expensas de toda clase que se hayan hecho en los bienes de cualquiera de los cónyuges.

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 177 (Ex: 177).- [Recompensa por expensas útiles].- Se debe asimismo recompensa a la

sociedad por las expensas de toda clase que se hayan hecho en los bienes de cualquiera de

los cónyuges, en cuanto dichas expensas hayan aumentado el valor de los bienes, y en

cuanto

subsistiere este valor a la fecha de la disolución de la sociedad; a menos que este aumento

de valor exceda al de las expensas, pues, en tal caso, se deberá sólo el importe de éstas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Se debe recompensar a la sociedad conyugal

Opciones de Respuesta:

Por los gasto de manutención de los hijos

Por los gastos de manutención del cónyuge que no trabaja

Por las expensas de toda clase que se hayan hecho en los bienes de cualquiera

de los cónyuges, en cuanto dichas expensas hayan aumentado el valor de los

bienes, y en cuanto subsistiere este valor a la fecha de la disolución de la

sociedad

Por la vestimenta de cada cónyuge

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 42: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

42

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En base al código civil, señale cuántas partes intervienen en un contrato de arrendamiento.

A) Se reemplaza "2" por "3".

C) Se reemplaza "2" por "1".

D) Se reemplaza "2" por "4".

3

2

4

1

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1856.- Arrendamiento es un contrato en que las dos partes se obligan recíprocamente, la una a

conceder el goce de una cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra a pagar por este goce, obra o

servicio un precio determinado, salvo lo que disponen las leyes del trabajo y otras especiales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 43: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

43

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

El administrador de la sociedad conyugal puede disponer de los bienes de la

sociedad conyugal

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Sociedad conyugal

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

Es necesario la autorización expresa del otro cónyuge

Especialidad

1714117254

Es necesario la autorización expresa del otro cónyuge solo cuando se trate de

bienes muebles.

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para la disposición de los bienes de la sociedad conyugal:

Las respuestas B, C, Y D son incorrectas por cuanto para la disposición del artículo 181 del

Código Civil determina que para la disposición de los bienes de la sociedad conyugal es

necesario la autorización del otro cónyuge.

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 181 (Ex: 181).- [Autorización expresa para disposición de bienes sociales].- El cónyuge

a cuyo cargo está la administración ordinaria de los bienes sociales necesitará de la

autorización expresa del otro cónyuge para realizar actos de disposición, limitación,

constitución de gravámenes de los bienes inmuebles, de vehículos a motor y de las

acciones y participaciones mercantiles que pertenezcan a la sociedad conyugal

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Es necesario la autorización expresa del otro cónyuge solo cuando se trate de

bienes inmuebles

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 44: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

44

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

A) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Ante la disposición indebida de bienes de la sociedad conyugal ;

Opciones de Respuesta:

El artículo 184 del Código Civil determina que Si el cónyuge o sus herederos probaren

haberse enajenado, hipotecado o empeñado alguna parte de los bienes de la sociedad

conyugal, sin los requisitos prescritos en los artículos precedentes, podrán ejercer el derecho

de reivindicación, o pedir la restitución de la prenda o cancelación de la hipoteca, en los

casos en que, por regla general, se conceden estas acciones. Por lo tanto, las respuestas

B,C, D son incorrectas.

Se puede activar la acción de reinvidicación o pedir la restitución

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Sociedad conyugal

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 184 (Ex: 186).- [Derechos del cónyuge o sus herederos por la disposición indebida de

bienes sociales].- Si el cónyuge o sus herederos probaren haberse enajenado, hipotecado o

empeñado alguna parte de los bienes de la sociedad conyugal, sin los requisitos prescritos

en los artículos precedentes, podrán ejercer el derecho de reivindicación, o pedir la

restitución de la prenda o cancelación de la hipoteca, en los casos en que, por regla general,

se conceden estas acciones.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Se puede solo pedir la reinvindicación

Se puede solo pedir la restitución

Se debe liquidar la sociedad conyugal

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 45: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

45

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

Las opciones de respuesta B, C Y D son incorrectas porque el artículo 185 del Código Civil

determina que en caso de interdicción de uno de los cónyuges, o de ausencia de tres años o

más sin comunicación con su familia, la administración de la sociedad corresponderá al otro.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 185 (Ex: 189).- [Administración extraordinaria].- En caso de interdicción de uno de los

cónyuges, o de ausencia de tres años o más sin comunicación con su familia, la

administración de la sociedad corresponderá al otro.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La administración extraordinaria de la sociedad conyugal

Opciones de Respuesta:

Se produce en caso de interdicción de uno de los cónyuges, o de ausencia de

tres años o más sin comunicación con su familia, la administración de la

sociedad corresponderá al otro.

En caso de interdicción de uno de los cónyuges, o de ausencia de cinco años o

más sin comunicación con su familia, la administración de la sociedad

corresponderá al otro.

En caso de interdicción de uno de los cónyuges, o de ausencia de diez años o

más sin comunicación con su familia, la administración de la sociedad

corresponderá al otro.

En caso de interdicción de uno de los cónyuges, o de ausencia de un año o más

sin comunicación con su familia, la administración de la sociedad corresponderá

al otro.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 46: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

46

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

A los hijos menores de 18 años

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Sociedad conyugal

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

Al cónyuge a quien se le confie el ciudado de los hijos menores de edad, adultos

hasta 21 años o con discapacidad

Especialidad

1714117254

Al cónyuge que demandó el divorcio

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El derecho de uso y habitación sobre un único bien destinado a la vivienda, de la sociedad

conyugal, pertenece a:

* Art. 190.- [Derecho de uso y habitación sobre la vivienda].- El cónyuge a quien se le confíe el

cuidado de los hijos menores de dieciocho años, adultos hasta la edad de veintiún años que

demuestren que se encuentran cursando estudios en cualquier nivel educativo que les impida

o dificulte dedicarse a una actividad productiva y carezcan de recursos propios y suficientes;

y, aquellos de cualquier edad, que padezcan de una discapacidad o sus circunstancias físicas

o mentales les impida o dificulte procurarse los medios para subsistir por sí mismos, tendrá

derecho real de uso y habitación, en el caso de que exista un solo bien social destinado a

vivienda.

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

* Art. 190.- [Derecho de uso y habitación sobre la vivienda].- El cónyuge a quien se le confíe el

cuidado de los hijos menores de dieciocho años, adultos hasta la edad de veintiún años que

demuestren que se encuentran cursando estudios en cualquier nivel educativo que les impida

o dificulte dedicarse a una actividad productiva y carezcan de recursos propios y suficientes;

y, aquellos de cualquier edad, que padezcan de una discapacidad o sus circunstancias físicas

o mentales les impida o dificulte procurarse los medios para subsistir por sí mismos, tendrá

derecho real de uso y habitación, en el caso de que exista un solo bien social destinado a

vivienda.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

A los hijos discapacitados

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 47: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

47

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

D) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La sociedad conyugal se disuelve:

Opciones de Respuesta:

El artículo 189 del Código Civil determina en el numeral 3 que la sociedad conyugal se

disuelve por sentencia judicial

Por contraer matrimonio

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Sociedad conyugal

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 189 (Ex: 194).- [Disolución de la sociedad conyugal].- La sociedad conyugal se disuelve:

1. Por la terminación del matrimonio; 2. Por sentencia que concede la posesión definitiva de

los bienes del desaparecido; 3. Por sentencia judicial, a pedido de cualquiera de los

cónyuges; y,

4. Por la declaración de nulidad del matrimonio.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Por la existencia de la unión de hecho

Por el abandono por más de seis meses de uno de los cónyuges

Por sentencia judicial

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 48: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

48

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Sociedad conyugal

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

El artículo 191 del Código Civil determina que una vez disuelta la sociedad conyugal se debe

proceder con los inventarios y tasación de los bienes, por lo tanto, las respuestas A, B Y D son

incorrectos.

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 191 (Ex: 195).- [Inventario y tasación de bienes].- Disuelta la sociedad, se procederá

inmediatamente a la formación de un inventario y tasación de todos los bienes que

usufructuaba o de que era responsable, en el término y forma prescritos para la sucesión por

causa de muerte.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una vez disuelta la sociedad conyugal se procederá:

Opciones de Respuesta:

Con la liquidación directa de la sociedad conyugal

Con el remate de los bienes

Con la formación del inventario y tasación

Con la venta de los bienes

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 49: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

49

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

Solo perderán su porción en la misma cosa

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Sociedad conyugal

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

Estarán obligados a restituirla doblada

Especialidad

1714117254

perderán su porción en la misma cosa, y estarán obligados a restituirla doblada

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuando se oculten o distraigan los bienes de la sociedad conyugal perderá:

El artículo 193 del Código Civil determina que quel de los cónyuges o sus herederos que

dolosamente hubieren ocultado o distraído alguna cosa de la sociedad, perderán su porción

en la misma cosa, y estarán obligados a restituirla doblada.

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 193 (Ex: 198).- [Ocultación o distracción dolosa de un bien social].- Aquel de los

cónyuges o sus herederos que dolosamente hubieren ocultado o distraído alguna cosa de la

sociedad, perderán su porción en la misma cosa, y estarán obligados a restituirla doblada

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Perderán su porción en la misma cosa, y estarán obligados a restituirla

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 50: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

50

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

C) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los gananciales se dividirán entre los cónyuges en el siguiente porcentaje:

Opciones de Respuesta:

Las respuestas A, B, D son incorrectas porque los gananciales se dividen en partes iguales de

acuerdo a lo que determina el artículo 198 del Código Civil

45-55

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Gananciales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 198 (Ex: 204).- [División de las gananciales].- Hechas las antedichas deducciones, el

residuo se dividirá por mitades entre los dos cónyuges.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

70-30

50-50

40-60

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 51: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

51

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Sociedad conyugal

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

El artículo 201 del Código Civil determina que El cónyuge que, por efecto de una

hipoteca o prenda constituida sobre una especie que le ha cabido en la división de la masa

social, paga una deuda de la sociedad, tendrá acción contra el otro cónyuge para el reintegro

de la mitad de lo que pagare; y pagando una deuda del otro cónyuge, tendrá acción contra él

para el reintegro de todo lo que pagare.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 201 (Ex: 209).- [Reintegro por el pago de deudas].- El cónyuge que, por efecto de una

hipoteca o prenda constituida sobre una especie que le ha cabido en la división de la masa

social, paga una deuda de la sociedad, tendrá acción contra el otro cónyuge para el reintegro

de la mitad de lo que pagare; y pagando una deuda del otro cónyuge, tendrá acción contra él

para el reintegro de todo lo que pagare.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El cónyuge que pagaré la hipoteca de un bien de la sociedad conyugal tiene acción contra:

Opciones de Respuesta:

el otro cónyuge para el reintegro de la mitad de lo que pagare

el otro cónyuge para el reintegro de la quinta parte de lo que pagare

el otro cónyuge para el reintegro de la tercera parte de lo que pagare

el otro cónyuge para el reintegro del veinte y cinco porciento de lo que pagare

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 52: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

52

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

las porciones de los que renuncian aumentan en un 5% a la porción del otro.

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Gananciales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

las porciones de los que renuncian disminuyen a la porción del otro.

Especialidad

1714117254

las porciones de los que renuncian acrecen a la porción del otro

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si solo una parte de los herederos de uno de los cónyuges renuncia

El artículo 207 del Código Civil establece que Si sólo una parte de los herederos de uno de

los cónyuges renuncia, las porciones de los que renuncian acrecen a la porción del otro. Por

lo tanto las respuestas A, B, C son incorrectas

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 207 (Ex: 215).- [Acrecimiento por renuncia].- Si sólo una parte de los herederos de uno

de

los cónyuges renuncia, las porciones de los que renuncian acrecen a la porción del otro.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

las porciones de los que renuncian aumentan en un 50% a la porción del otro.

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 53: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

53

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

C) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Ninguno de los esposos podrá hacer donaciones al otro por causa de matrimonio, sino

hasta el valor de:

Opciones de Respuesta:

El artículo 210 del Código Civil determina que ninguno de los esposos podrá hacer

donaciones al otro por causa de matrimonio, sino hasta el valor de la cuarta parte de los

bienes propios que aportare. Por lo tanto, las respuestas A, B, y D son incorrectas.

la mitad de los bienes propios que aportare.

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Matrimonio

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 210 (Ex: 218).- [Limitación a las donaciones].- Ninguno de los esposos podrá hacer

donaciones al otro por causa de matrimonio, sino hasta el valor de la cuarta parte de los

bienes

propios que aportare.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

la tercera parte de los bienes propios que aportare.

la cuarta parte de los bienes propios que aportare.

la quinta parte de los bienes propios que aportare.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 54: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

54

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutelas y curadurias

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

El artículo 367 del Código Civil determina que las tutelas y las curadurías o curatelas son

cargos impuestos a ciertas personas, a favor de aquellos que no pueden gobernarse por sí

mismos, o administrar competentemente sus negocios, y que no se hallan bajo potestad de

padre o madre, que puedan darles la protección debida. Por lo tanto, las respuestas A, B y C

son incorrectas.

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 367 (Ex: 385).- [Definición].- Las tutelas y las curadurías o curatelas son cargos

impuestos a ciertas personas, a favor de aquellos que no pueden gobernarse por sí mismos,

o administrar

competentemente sus negocios, y que no se hallan bajo potestad de padre o madre, que

puedan darles la protección debida.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las tutelas y las curadurías o curatelas son cargos impuestos a ciertas personas, a favor de

aquellos que:

Opciones de Respuesta:

son menores de edad

son mayores de edad

no pueden gobernarse por sí mismos, o administrar competentemente sus

negocios, y que no se hallan bajo potestad de padre o madre

han sido declarados interdictos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 55: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

55

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

solo a las personas sometidas a ellas

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutelas y curadurias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

solo a los bienes

Especialidad

1714117254

a los descendientes

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La tutela y las curadurías generales se extienden,

El artículo 369 del Código Civil determina que La tutela y las curadurías generales se

extienden, no sólo a los bienes, sino a las personas sometidas a ellas.

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 369 (Ex: 387).- [Sujetos de las guardas].- La tutela y las curadurías generales se

extienden, no sólo a los bienes, sino a las personas sometidas a ellas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

no solo a los bienes, sino a las personas sometidas a ellas

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 56: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

56

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

A) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Están sujetos a tutela:

Opciones de Respuesta:

El artículo 370 del Código Civil determina que están sujetos a tutela los menores. Por lo tanto,

B, C, Y D son incorrectas . Los dementes , interdictos están sujetos a uradurias

Los menores

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutelas y curadurias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 370 (Ex: 388).- [Sujetos de tutela].- Están sujetos a tutela los menores.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Las persons hasta los 21 años

Los dementes

Los interdictos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 57: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

57

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutelas y Curadurias

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

El artículo 371 determina que están sujetos a curaduría general los interdictos. Por lo tanto,

las respuestas A, C, y D son incorrectas.

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 371 (Ex: 389).- [Sujetos de curaduría general].- Están sujetos a curaduría general los

interdictos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Están sujetos a curaduría:

Opciones de Respuesta:

Los niños

Los interdictos

Los adolescentes

Las personas menores de 21 años

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 58: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

58

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

los bienes del ausente, a la herencia yacente, y a los derechos eventuales del

que está por nacer

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutores y Curadores

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

los que admiistran bienes del interdicto

Especialidad

1714117254

los que administran bienes del mayor de edad

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Se llaman curadores de bienes los que se dan a:

Art. 372 (Ex: 390).- [Curadores de bienes].- Se llaman curadores de bienes los que se dan a

los bienes del ausente, a la herencia yacente, y a los derechos eventuales del que está por

nacer.

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 372 (Ex: 390).- [Curadores de bienes].- Se llaman curadores de bienes los que se dan a

los bienes del ausente, a la herencia yacente, y a los derechos eventuales del que está por

nacer.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

los que admiistran bienes del menor de edad

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 59: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

59

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

A Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Curador especial es el que se nombra para

Opciones de Respuesta:

El artículo 374 del Código Civil determina que curador especial es el que se nombra para un

negocio particular. Por lo tanto, las respuestas B,C,y D, son incorretas.

un negocio especial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y curadurias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 374 (Ex: 392).- [Curador especial].- Curador especial es el que se nombra para un negocio

particular.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

para un determinado hijo

para el toxicómano

para el drogadicto

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 60: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

60

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y Curadurias

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

El artículo 375 determina que los individuos sujetos a tutela o curaduría se llaman pupilos. Por

lo tanto, las respuestas A, B, y C eran incorrectas.

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 375 (Ex: 393).- [Pupilos].- Los individuos sujetos a tutela o curaduría se llaman pupilos

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los individuos sujetos a tutela o curaduría se llaman:

Opciones de Respuesta:

interdictos

Incapaces

niños

pupilos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 61: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

61

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

con tal que sean familiares

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutores y Curadores

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

con tal que sean hermanos

Especialidad

1714117254

con tal que hayan sido declarados interdictos en un mismo acto

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Podrán colocarse bajo una misma tutela o curaduría dos o más individuos:

El artículo 376 del Código Civil determina que podrán colocarse bajo una misma tutela o

curaduría dos o más individuos, con tal que haya entre ellos indivisión de patrimonios. Por lo

tanto, las respuestas A, B, y D son incorrectas.

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 376 (Ex: 394).- [Pluralidad de curadurías y curadores].- Podrán colocarse bajo una misma

tutela o curaduría dos o más individuos, con tal que haya entre ellos indivisión de patrimonios.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

con tal que haya entre ellos indivisión de patrimonios.

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 62: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

62

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

A) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las tutelas o curadurías pueden:

Opciones de Respuesta:

El artículo 381 del Código Civil determina que las tutelas o curadurías pueden ser

testamentarias, legítimas o dativas. Por lo tanto, son incorrecta las opciones B, C, y D

ser testamentarias, legítimas o dativas.

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutores y curadores

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 381 (Ex: 399).- [Clases de guardas].- Las tutelas o curadurías pueden ser testamentarias,

legítimas o dativas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

legales

ilegales

voluntarias

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 63: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

63

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias o curadorias

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

El artíulo 381 del Código Civil determina que las tutelas o curadurías pueden ser

testamentarias, legítimas o dativas. Son testamentarias las que se constituyen por acto

testamentario. Legítimas, las que se confieren por la ley a los parientes o cónyuge del pupilo.

Dativas, las que confiere el juez.

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 381 (Ex: 399).- [Clases de guardas].- Las tutelas o curadurías pueden ser testamentarias,

legítimas o dativas. Son testamentarias las que se constituyen por acto testamentario.

Legítimas, las que se confieren por la ley a los parientes o cónyuge del pupilo. Dativas, las

que confiere el juez.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las tutelas o curadurías dativas son:

Opciones de Respuesta:

las que se confiere ante el notario

las que confiere el juez

las que se dan en forma voluntaria

las que se otorga a los parientes

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 64: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

64

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

que ninguno de ellos esté bajo tenencia

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y curadurias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

que ninguno de ellos esté bajo la prisión preventiva

Especialidad

1714117254

sean huérfano

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Pueden, asimismo, dar curador, por testamento, a los menores o mayores interdictos,

El artículo 383 del Código Civil determina que pueden, asimismo, dar curador, por testamento,

a los menores o mayores interdictos, siempre que ninguno de ellos esté bajo patria potestad.

Por lo tanto, no son correctas las opciones A, B, y D.

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 383 (Ex: 401).- [Sujetos de curador testamentario].- Pueden, asimismo, dar curador, por

testamento, a los menores o mayores interdictos, siempre que ninguno de ellos esté bajo

patria potestad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

que ninguno de ellos esté bajo patria potestad

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 65: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

65

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

A) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las tutelas y curadurías testamentarias:

Opciones de Respuesta:

El artículo 409 del Código Civil determina que las tutelas y curadurías testamentarias

admiten

condición suspensiva y resolutoria, y señalamiento de día cierto en que principien o expiren.

Por lo tanto, las respuestas B, C, y D son incorrectas.

admiten solo condición resolutoria

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias o curadurias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 391 (Ex: 409).- [Plazo y condición].- Las tutelas y curadurías testamentarias admiten

condición suspensiva y resolutoria, y señalamiento de día cierto en que principien o expiren.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

admiten solo condición suspensiva

admiten condición suspensiva y resolutoria, y señalamiento de día cierto en que

principien o expiren.

admiten que principien o expiren

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 66: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

66

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y curadurias

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 27/09/2019

El artículo 393 del Código Cviil determina que los llamados a la guarda legítima son:

En primer lugar, el padre del menor; En segundo lugar, la madre.

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 393 (Ex: 411).- [Llamados a curaduría legítima].- Los llamados a la guarda legítima son:

En primer lugar, el padre del menor; En segundo lugar, la madre;

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los llamados a la guarda legítima son:

Opciones de Respuesta:

Primero el padre y luego la madre

Primero la madre y luego el padre

El abuelo en primer lugar

Los tíos en primer lugar

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 67: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

67

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

cuando el juez declara por sentencia

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y curadurias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

falta o expira la testamentaria

Especialidad

1714117254

cuando existe renuncia

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Tiene lugar la guarda legítima cuando

El artículo 392 del Código Civil determina que tiene lugar la guarda legítima cuando falta o

expira la testamentaria.

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 392 (Ex: 410).- [Procedencia de la guarda legítima].- Tiene lugar la guarda legítima

cuando falta o expira la testamentaria.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

cuando existe aceptación

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 68: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

68

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

B) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Se llama discernimiento

Opciones de Respuesta:

El artículo 398 del Código Cviil determina que toda tutela o curaduría debe ser discernida,

excepto la curaduría para pleito o ad-litem. En ésta el decreto del juez y la diligencia de

aceptación del cargo valen por discernimiento. Se llama discernimiento el decreto judicial que

autoriza al tutor o curador para ejercer su cargo.

la aceptación

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutores y curadores

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 398 (Ex: 416).- [Discernimiento].- Toda tutela o curaduría debe ser discernida, excepto la

curaduría para pleito o ad-litem. En ésta el decreto del juez y la diligencia de aceptación del

cargo valen por discernimiento. Se llama discernimiento el decreto judicial que autoriza al

tutor o curador para ejercer su cargo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

al decreto judicial que autoriza al tutor o curador para ejercer su cargo.

a la sentencia

al acta de aceptación del cargo

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 69: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

69

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y curadurias

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

El artículo 399 del Código Civil determina que: ni se les dará la administración de los bienes,

sin que preceda inventario solemne. Por lo tanto no son válidas las opciones A, B, C.

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 399 (Ex: 417).- [Requisitos].- Para discernir la tutela o curaduría será necesario que

preceda el otorgamiento de la fianza o caución a que el tutor o curador esté obligado.

Ni se les dará la administración de los bienes, sin que preceda inventario solemne

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

No se le dará la administración de los bienes la curador o tutor:

Opciones de Respuesta:

sin que exista la partición de los bienes

sin que exista una tasación de los bienes

Sin que preceda la liquidación

Sin que preceda inventario solemne

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 70: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

70

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

30 días subsiguientes

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutores y curadores

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

90 días subsiguientes

Especialidad

1714117254

60 días subsiguientes Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

el tutor o curador está obligado a inventariar los bienes del pupilo en:

El artículo 403 del Código Civil determina que el tutor o curador está obligado a inventariar

los bienes del pupilo en los noventa días subsiguientes al discernimiento, sin poder antes

tomar parte alguna en la administración, sino en cuanto fuere absolutamente necesario.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 403 (Ex: 421).- [Obligación de hacer inventario].- El tutor o curador está obligado a

inventariar los bienes del pupilo en los noventa días subsiguientes al discernimiento, sin

poder antes tomar parte alguna en la administración, sino en cuanto fuere absolutamente

necesario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

45 días subsiguientes

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 71: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

71

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

A Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El testador no puede:

Opciones de Respuesta:

El artículo 404 del Código Civil determina el testador no puede eximir al tutor o curador de la

obligación de hacer inventario. Por lo tanto, las demás opciones son incorrectas.

eximir al tutor o curador de la obligación de hacer el inventario

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y curadurias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 404 (Ex: 422).- [Prohibición de eximir de hacer el inventario].- El testador no puede

eximir al tutor o curador de la obligación de hacer inventario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

eximir al tutor o curador de la obligación de aceptar la curaduria

eximir al tutor o curador de la obligación de aceptar la tutoria

eximir al tutor o curador de la obligación de casarse con el pupilo

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 72: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

72

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutores y curadores

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

El artículo 406 del Código Civil determina que el inventario deberá ser hecho ante el

Secretario y testigos en la forma que en el Código Orgánico General de Procesos se

prescribe. Por lo tanto, las preguntas B, C, y D son incorrectas.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 406 (Ex: 424).- [Forma de inventario solemne].- El inventario deberá ser hecho ante el

Secretario y testigos en la forma que en el Código Orgánico General de Procesos se

prescribe.Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El inventario deberá ser hecho ante el Secretario y testigos en la forma que determina

Opciones de Respuesta:

El Código Orgánico General de Procesos

Código de Procedimiento Civil

Código de la Niñez y Adolescencia

La Ley Notarial

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 73: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

73

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

Los bienes raíces y muebles

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutores y Curadores

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

Solo sobre los bienes inmuebles

Especialidad

1714117254

Los bienes muebles y cosas fungibles

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El inventario debe realizarse sobre :

El artículo 407 del Código civil determina que en el inventario se hará relación de todos los

bienes raíces y muebles de la persona cuya hacienda se inventaría, particularizándolos uno a

uno, o señalando colectivamente los que consisten en número, peso o medida, con expresión

de la cantidad y calidad, y con las explicaciones necesarias para poner a cubierto la

responsabilidad del guardador. Por lo tanto las preguntas A, C, y D son incorrectas

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 407 (Ex: 425).- [Contenido del inventario].- En el inventario se hará relación de todos los

bienes raíces y muebles de la persona cuya hacienda se inventaría, particularizándolos uno a

uno, o señalando colectivamente los que consisten en número, peso o medida, con expresión

de la cantidad y calidad, y con las explicaciones necesarias para poner a cubierto la

responsabilidad del guardador.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Solo sobre los bienes muebles

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 74: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

74

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los pasajes oscuros o dudosos del inventario se interpretarán

Opciones de Respuesta:

El artículo 413 del Código Civil determina que los pasajes oscuros o dudosos del

inventario se interpretarán a favor del pupilo, a menos de prueba en contrario. Por lo tanto, las

opciones B,C, Y D son incorrectas.

a favor del púpilo

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y Curadurías

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 413 (Ex: 431).- [Interpretación del inventario].- Los pasajes oscuros o dudosos del

inventario se interpretarán a favor del pupilo, a menos de prueba en contrario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

a favor del guardador

a favor del tutor

en su sentido gramatical

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 75: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

75

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y Curadores

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

El artículo 418 del Código Civil determina que no será lícito al tutor o curador, sin previa decisión

judicial, enajenar los bienes raíces del pupilo, ni gravarlos con hipoteca o servidumbre, ni enajenar o

empeñar los muebles preciosos o que tengan valor de afección; ni podrá el juez autorizar esos

actos, sino por causa de utilidad o necesidad manifiestas.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 418 (Ex: 436).- [Prohibición de enajenar o gravar los bienes del pupilo].- No será lícito al tutor o

curador, sin previa decisión judicial, enajenar los bienes raíces del pupilo, ni gravarlos con hipoteca

o servidumbre, ni enajenar o empeñar los muebles preciosos o que tengan valor de afección; ni

podrá el juez autorizar esos actos, sino por causa de utilidad o necesidad manifiestas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

No es lícito al tutor o al curador enajenar los bienes raíces del pupilo

Opciones de Respuesta:

sin previa autorización judicial

sin previo consentimiento de del púpilo

sin previo el consentimiento del padre sobreviviente

sin previo autorización del Notario

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 76: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

76

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

permiso del Notario

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutores y Curadores

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

permiso del Juez

Especialidad

1714117254

permiso del progenitor sobreviviente

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El tutor o curador no podrá repudiar ninguna herencia deferida al pupilo, sin

El artículo 422 del Código Civil determina que el tutor o curador no podrá repudiar ninguna herencia

deferida al pupilo, sin permiso del juez, con conocimiento de causa, ni aceptarla sin beneficio de

inventario.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 422 (Ex: 440).- [Prohibición de repudiar herencia o aceptarlas sin beneficio de

inventario].- El tutor o curador no podrá repudiar ninguna herencia deferida al pupilo, sin permiso del

juez, con conocimiento de causa, ni aceptarla sin beneficio de inventario

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

permiso de quien ejerce la patria potestad

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 77: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

77

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

B) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Opciones de Respuesta:

Art. 423 (Ex: 441).- [Prohibición de repudiar donaciones o legados].- Las donaciones o

legados no podrán tampoco repudiarse sin autorización del juez

sin autorización del Notario

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y curadurías

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 423 (Ex: 441).- [Prohibición de repudiar donaciones o legados].- Las donaciones o

legados no podrán tampoco repudiarse sin autorización del juez.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

sin autorización del juez.

sin autorización del donante

sin autorización de quien ejerce la patria potestad

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 78: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

78

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y Curadurías

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

El artículo 425 del Código Civil determina que se necesita asimismo previa decisión judicial para

proceder a transacciones o compromisos sobre derechos del pupilo que se avalúen en más de mil

dólares de Estados Unidos de América, y sobre sus bienes raíces; y en cada caso la transacción o el

fallo del compromisario se someterán a la aprobación judicial, so pena de nulidad.

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 425 (Ex: 443).- [Autorización judicial para transacciones y compromisos].- Se necesita

asimismo previa decisión judicial para proceder a transacciones o compromisos sobre derechos

del pupilo que se avalúen en más de mil dólares de Estados Unidos de América, y sobre sus bienes

raíces; y en cada caso la transacción o el fallo del compromisario se someterán a la aprobación

judicial, so pena de nulidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Se necesita asimismo previa decisión judicial para proceder a transacciones o compromisos sobre

Opciones de Respuesta:

500 dólares

3000 dólares

5000 dólares

1000 dólares

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 79: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

79

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

excepto con autorización del juez

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y Curadurias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

excepto con autorización del curador

Especialidad

1714117254

solo con previa autorización del Notario

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Es prohibida la donación de bienes raíces del pupilo

El artículo 427 del Código Civil determina es prohibida la donación de bienes raíces del pupilo, aún

con previa autorización del juez.

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 427 (Ex: 445).- [Prohibición de donar bienes raíces del pupilo].- Es prohibida la donación de

bienes raíces del pupilo, aún con previa autorización del juez.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

aún con previa autorización del juez

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 80: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

80

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

B Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

No podrá el tutor o curador dar en arriendo ninguna parte de los predios rústicos del pupilo por más

Opciones de Respuesta:

El artículo 432 del Código Civil determina que: no podrá el tutor o curador dar en arriendo ninguna

parte de los predios rústicos del pupilo por más de ocho años, ni de los urbanos por más de cinco, ni

por más años que los que falten al pupilo para llegar a los dieciocho.

5 años

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y Curadurias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 432 (Ex: 450).- [Prohibición de arriendo de bienes del pupilo].- No podrá el tutor o

curador dar en arriendo ninguna parte de los predios rústicos del pupilo por más de ocho años, ni de

los urbanos por más de cinco, ni por más años que los que falten al pupilo para llegar a los

dieciocho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8 años

3 años

2 años

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 81: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

81

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y curadurías

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

El artículo 432 del Código Civil determina que no podrá el tutor o curador dar en arriendo ninguna

parte de los predios rústicos del pupilo por más de ocho años, ni de los urbanos por más de cinco, ni

por más años que los que falten al pupilo para llegar a los dieciocho. Por lo tanto las respuestas B,

C, y D, son incorrectas.

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 432 (Ex: 450).- [Prohibición de arriendo de bienes del pupilo].- No podrá el tutor o

curador dar en arriendo ninguna parte de los predios rústicos del pupilo por más de ocho años, ni de

los urbanos por más de cinco, ni por más años que los que falten al pupilo para llegar a los

dieciocho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

No podrá el tutor o curador dar en arriendo ninguna parte de los predios urbanos por más de:

Opciones de Respuesta:

cinco años

ocho años

dos años

diez años

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 82: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

82

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

Por acuerdo de las partes

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y Curadurías

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

El Notario

Especialidad

1714117254

Un perito

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El tutor o curador tiene derecho a que se le abone los gastos que haya hecho en el ejercicio de su

El artículo 439 del Código Civil determina que el tutor o curador tiene derecho a que se le

abone los gastos que haya hecho en el ejercicio de su cargo; y en caso de legítima reclamación, los

hará tasar el juez. Por lo tanto, no son correctas las opciones A, B, y D

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 439 (Ex: 457).- [Gastos de administración].- El tutor o curador tiene derecho a que se le

abone los gastos que haya hecho en el ejercicio de su cargo; y en caso de legítima reclamación, los

hará tasar el juez.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

El Juez

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 83: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

83

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

A) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Toda acción del pupilo contra el tutor o curador, en razón de la tutela o curaduría, prescribirá en:

Opciones de Respuesta:

Art. 450 (Ex: 468).- [Prescripción de las acciones contra el guardador].- Toda acción del

pupilo contra el tutor o curador, en razón de la tutela o curaduría, prescribirá en cuatro años,

contados desde el día en que el pupilo haya salido del pupilaje; sin que se comprenda en esta

disposición la acción que tiene para cobrar el saldo que resultare.

4 años

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y Curadurias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 450 (Ex: 468).- [Prescripción de las acciones contra el guardador].- Toda acción del

pupilo contra el tutor o curador, en razón de la tutela o curaduría, prescribirá en cuatro años,

contados desde el día en que el pupilo haya salido del pupilaje; sin que se comprenda en esta

disposición la acción que tiene para cobrar el saldo que resultare.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

10 años

5 años

15 años

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 84: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

84

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Tutorias y Curadurias

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

El artículo 461 del Código Civil determina que el tutor del menor adulto podrá, si lo juzgare

conveniente, confiar al pupilo la administración de alguna parte de los bienes pupilares; pero deberá

autorizar, bajo su responsabilidad, los actos del pupilo en esta administración. Por lo tanto, las

respuestas A, B, C, son incorrectas.

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 461 (Ex: 479).- [Administración autorizada del menor adulto].- El tutor del menor adulto

podrá, si lo juzgare conveniente, confiar al pupilo la administración de alguna parte de los bienes

pupilares; pero deberá autorizar, bajo su responsabilidad, los actos del pupilo en esta administración.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El tutor del menor adulto podrá, si lo juzgare conveniente, confiar al pupilo la administración de:

Opciones de Respuesta:

todos los bienes del pupilo

es prohibido confiar al pupilo la administración de sus bienes

solo previa autorización del juez

alguna parte de los bienes del pupilo

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 85: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

85

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

de oficio por el juez

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico

CURADURÍA DEL DISIPADOR, DEL

EBRIO CONSUETUDINARIO Y DEL TOXICÓMANO

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

por petición de la Fisclía

Especialidad

1714117254

por los deudores

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El artículo 464 del Código Civil determina que el juicio de interdicción podrá ser provocado por el

cónyuge del supuesto disipador, por cualquiera de sus consanguíneos hasta el cuarto grado, por sus

padres, hijos y hermanos.

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

* Art. 464.- [Juicio de interdicción].- El juicio de interdicción podrá ser provocado por el

cónyuge del supuesto disipador, por cualquiera de sus consanguíneos hasta el cuarto grado, por sus

padres, hijos y hermanos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

cónyuge del disipador

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 86: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

86

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

C Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Autorizan la interdicción

Opciones de Respuesta:

El artículo 466 del Código Civil determina que la disipación deberá probarse por hechos

repetidos de dilapidación, que manifiesten falta total de prudencia.

El juego habitual en que se arriesguen porciones considerables del patrimonio, donaciones

cuantiosas sin causa adecuada, gastos ruinosos, autorizan la interdicción.

Las gastos suntuarios

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico

CURADURÍA DEL DISIPADOR, DEL

EBRIO CONSUETUDINARIO Y DEL TOXICÓMANO

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 466 (Ex: 484).- [Prueba de la disipación].- La disipación deberá probarse por hechos

repetidos de dilapidación, que manifiesten falta total de prudencia.

El juego habitual en que se arriesguen porciones considerables del patrimonio, donaciones

cuantiosas sin causa adecuada, gastos ruinosos, autorizan la interdicción.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Los gastos necesario

El juego habitual en que se arriesguen porciones considerables del patrimonio,

donaciones cuantiosas sin causa adecuada, gastos ruinosos

Las deudas

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 87: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

87

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico

CURADURÍA DEL DISIPADOR, DEL

EBRIO CONSUETUDINARIO Y DEL TOXICÓMANO

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

El artículo 467 del Código Civil establece que mientras se decide la causa, podrá el juez, a

virtud de los informes verbales de los parientes o de otras personas, y oídas las explicaciones del

supuesto disipador, decretar la interdicción provisional. Por lo tanto, las respuestas A, B, y C son

incorrectas.

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 467 (Ex: 485).- [Prueba de la disipación].- Mientras se decide la causa, podrá el juez, a

virtud de los informes verbales de los parientes o de otras personas, y oídas las explicaciones del

supuesto disipador, decretar la interdicción provisional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El juez podrá decretar la interdicción provisional

Opciones de Respuesta:

en virtud de los informes periciales, y oídas las explicaciones del supuesto disipador

virtud de los informes de los acreedores y oídas las explicaciones del supuesto disipador

virtud de las declaraciones juradas de los parientes o de otras personas, y oídas las

explicaciones del supuesto disipador

en virtud de los informes verbales de los parientes o de otras personas, y oídas las

explicaciones del supuesto disipador

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 88: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

88

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

Deben inscribirse en el Registro de la Propiedad

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico

CURADURÍA DEL DISIPADOR, DEL

EBRIO CONSUETUDINARIO Y DEL TOXICÓMANO

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

Deben inscribirse en el Registro Civil

Especialidad

1714117254

Debe inscribirse en la Dinardap

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los decretos provisionales de interdicción:

Art. 468 (Ex: 486).- [Interdicción provisional].- Los decretos de interdicción provisional y

definitiva deberán inscribirse en el libro correspondiente del Registrador de la Propiedad, y

notificarse al público por un periódico del cantón, si lo hubiere, y por carteles que se fijarán en tres, a

lo menos, de los parajes más frecuentados del cantón. La inscripción y notificación deberán reducirse

a expresar que tal individuo, designado por su nombre, apellido y domicilio, no tiene la libre

administración de sus bienes.

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 468 (Ex: 486).- [Interdicción provisional].- Los decretos de interdicción provisional y

definitiva deberán inscribirse en el libro correspondiente del Registrador de la Propiedad, y

notificarse al público por un periódico del cantón, si lo hubiere, y por carteles que se fijarán en tres, a

lo menos, de los parajes más frecuentados del cantón. La inscripción y notificación deberán reducirse

a expresar que tal individuo, designado por su nombre, apellido y domicilio, no tiene la libre

administración de sus bienes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Deben inscribirse en el libro de interdicciones

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 89: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

89

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

D) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Opciones de Respuesta:

El artículo 469 del Código Civil determina que se conferirá la curaduría: 1. Al cónyuge;

2. A los padres y más ascendientes. Los padres casados no podrán ejercer este cargo, sin el

consentimiento del otro cónyuge 3. A los colaterales, hasta el cuarto grado. Por lo tanto, las

respuestas A, B,y C son incorrectas

a un defensor publico

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico

CURADURÍA DEL DISIPADOR, DEL

EBRIO CONSUETUDINARIO Y DEL TOXICÓMANO

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 469 (Ex: 487).- [Llamados a ejercer la curaduría].- Se conferirá la curaduría: 1. Al cónyuge;

2. A los padres y más ascendientes. Los padres casados no podrán ejercer este cargo, sin el

consentimiento del otro cónyuge 3. A los colaterales, hasta el cuarto grado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

a sus amigos más cercanos

a una persona extraña

al cónyuge

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 90: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

90

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico

CURADURÍA DEL DISIPADOR, DEL

EBRIO CONSUETUDINARIO Y DEL TOXICÓMANO

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

Art. 471 (Ex: 489).- [Aceptación o renuncia del curador].- El cónyuge puede aceptar o

renunciar la curaduría del disipador. Si no la acepta, tendrá derecho para pedir la liquidación de la

sociedad conyugal.

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 471 (Ex: 489).- [Aceptación o renuncia del curador].- El cónyuge puede aceptar o

renunciar la curaduría del disipador. Si no la acepta, tendrá derecho para pedir la liquidación de la

sociedad conyugal.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El cónyuge puede aceptar o renunciar la curaduría del disipador. Si no la acepta

Opciones de Respuesta:

tendrá derecho a la liquidación de los gananciales

tendrá derecho a la liquidación de la parte que corresponde a los hijos

tendrá derecho para pedir la liquidación de la sociedad conyugal.

tendrá derecho a que se aumente su proción de la sociedad conyugal

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 91: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

91

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

proporcionada a sus facultades

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico

CURADURÍA DEL DISIPADOR, DEL

EBRIO CONSUETUDINARIO Y DEL TOXICÓMANO

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

un 25 % del monto total de sus peculio

Especialidad

1714117254

un 30 % del monto total de sus peculio

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El disipador conservará siempre su libertad, y tendrá para sus gastos personales la libre disposición

Art. 474 (Ex: 492).- [Libertad personal y económica del disipador].- El disipador conservará

siempre su libertad, y tendrá para sus gastos personales la libre disposición de una cantidad de

dinero, proporcionada a sus facultades, y señalada por el juez.

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 474 (Ex: 492).- [Libertad personal y económica del disipador].- El disipador conservará

siempre su libertad, y tendrá para sus gastos personales la libre disposición de una cantidad de

dinero, proporcionada a sus facultades, y señalada por el juez.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

un 10 % del monto total de sus peculio

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 92: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

92

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

C Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El adulto que se halla en estado habitual de demencia, deberá ser privado de la administración de

sus bienes

Opciones de Respuesta:

El artículo 478 del Código Civil determina que el adulto que se halla en estado habitual de

demencia, deberá ser privado de la administración de sus bienes, aunque tenga intervalos lúcidos.

Por lo tanto, las respuestas A, B, Y D son incorrectas.

solo si tiene esquizofrenia

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico

CURADURÍA DEL DISIPADOR, DEL

EBRIO CONSUETUDINARIO Y DEL TOXICÓMANO

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 478 (Ex: 496).- [Curaduría del demente].- El adulto que se halla en estado habitual de

demencia, deberá ser privado de la administración de sus bienes, aunque tenga intervalos lúcidos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

solo es tiene demencia senil

aunque tenga intervalos lúcidos

solo si es indigente

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 93: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

93

A)

B)

C)

D)

93

A)

B)

C)

D)

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico CURADURÍA DEL DEMENTE

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

Art. 482 (Ex: 500).- [Medidas previas a la interdicción del demente].- El juez se informará de

la vida anterior y conducta habitual del supuesto demente, y oirá el dictamen de facultativos de su

confianza, sobre la existencia y naturaleza de la demencia. Pero no podrá decretar la interdicción sin

examinar personalmente al demandado, por medio de interrogatorios conducentes al objeto de

descubrir el estado de su razón

que se inforrme sobre la vida anterior y conducta habitual del supuesto demente

que escuche a su cónyuge

que escuche a sus acreedores

Opción Correcta

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254 Derecho

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 482 (Ex: 500).- [Medidas previas a la interdicción del demente].- El juez se informará de

la vida anterior y conducta habitual del supuesto demente, y oirá el dictamen de facultativos de su

confianza, sobre la existencia y naturaleza de la demencia. Pero no podrá decretar la interdicción sin

examinar personalmente al demandado, por medio de interrogatorios conducentes al objeto de

descubrir el estado de su razón

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Son medidas pevias a la interdicción de un demente:

Opciones de Respuesta:

que se realice un peritaje

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los actos o contratos celebrados por el demente posteriores a la sentencia de interdicción:

Opciones de Respuesta:

serán nulos en forma relativa

serán nulos en forma abosluta

pueden ser ratificados por el curador

pueden ser ratificados por el cónyuge

Opción Correcta Dificultad Esperada

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Curaduría del demente

Nivel Taxonomico de la Pregunta

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254 Derecho

El artículo 486 del Código Civil establece que los actos y contratos del demente, posteriores a la

sentencia de interdicción, serán nulos, aunque se alegue haberse ejecutado o celebrado en un

intervalo lúcido.

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 486 (Ex: 504).- [Valor de los actos y contratos del demente].- Los actos y contratos del

demente, posteriores a la sentencia de interdicción, serán nulos, aunque se alegue haberse

ejecutado o celebrado en un intervalo lúcido.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 94: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

94

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

D) Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El demente no será privado de su libertad personal

Opciones de Respuesta:

El artículo 487 del Código Civil determina que el demente no será privado de su

libertad personal, sino en los casos en que sea de temer que, usando de ella, se dañe a sí mismo, o

cause peligro o notable incomodidad a otros. Por lo tanto, las respuestas A, B, C son incorrectas

a menos que su cónyuge así lo disponga

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Curaduría de un demente

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 487 (Ex: 505).- [Libertad personal del demente].- El demente no será privado de su

libertad personal, sino en los casos en que sea de temer que, usando de ella, se dañe a sí mismo, o

cause peligro o notable incomodidad a otros.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

sino en los casos en que sea de temer que, usando de ella, se dañe a sí mismo, o cause

peligro o notable incomodidad a otros

a menos que sus padres así lo determinen

a menos que sus hijos así lo quieran

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 95: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

95

A)

B)

C)

D)

Art. 488 (Ex: 506).- [Empleo de los bienes del demente].- Los frutos de los bienes, y en caso

necesario, y con autorización judicial, los capitales, se emplearán principalmente en aliviar su

condición y en procurar su restablecimiento.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 488 (Ex: 506).- [Empleo de los bienes del demente].- Los frutos de los bienes, y en caso

necesario, y con autorización judicial, los capitales, se emplearán principalmente en aliviar su

condición y en procurar su restablecimiento.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Dificultad Esperada

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los frutos de los bienes con autorización judicial

Opciones de Respuesta:

se emplearán en aliviar su condición y procurar su restablecimiento

se emplearán en la inversión

se emplearán en el aumento de su capital

se emplearán en solo en sus gastos personales

Opción Correcta

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254 Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico CURADURÍA DEL DEMENTE

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Page 96: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

96

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

puede ser testamentaria, legítima o dativa

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico CURADURÍA DEL SORDO MUNDO

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

solo dativa

Especialidad

1714117254

solo testamentaria

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La curaduría de la persona sorda que no pueda darse a entender de manera verbal, por escrito o

El artículo 490 del Código Civil determina que la curaduría de la persona sorda que

no pueda darse a entender de manera verbal, por escrito o por lengua de señas, que ha llegado a

la pubertad, puede ser testamentaria, legítima o dativa

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

* Art. 490 (Ex: 508).- [Curaduría de la persona sorda].- La curaduría de la persona sorda que no

pueda darse a entender de manera verbal, por escrito o por lengua de señas, que ha llegado a la

pubertad, puede ser testamentaria, legítima o dativa

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

solo legítima

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 97: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

97

A)

B)

C)

D)

El 492 del Código Civil determina que los frutos de los bienes de la persona sorda que no pueda

darse a entender de manera verbal, por escrito o por lengua de señas, y en caso necesario, y con

autorización judicial, los capitales, se emplearán especialmente en aliviar su condición y en

procurarle la educación conveniente. Por lo tanto, las opciones B, C, Y D son incorrectas.

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los frutos de los bienes de la persona sorda

Opciones de Respuesta:

deberán emplearse especialmente en aliviar su condición y su educación

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

* Art. 492 (Ex: 510).- [Empleo de los bienes de la persona sorda].- Los frutos de los bienes de la

persona sorda que no pueda darse a entender de manera verbal, por escrito o por lengua de señas,

y en caso necesario, y con autorización judicial, los capitales, se emplearán especialmente en aliviar

su condición y en procurarle la educación conveniente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

D) Baja

deberán ser invertidos

deberán ser empleados en la salud

deberán ser en su calidad de vida

Opción Correcta

Tema Especifico Curaduría del sordomundo

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Dificultad Esperada

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Eje Temático Derecho Registral

Yajaira Andrade Torres 1714117254 Derecho

Page 98: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

98

A)

B)

C)

D)

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Derecho

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Curaduría de bienes

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

El arículo 494 del Código Civil determina que en general, habrá lugar al nombramiento de curador

de los bienes de una persona ausente cuando se reúnan las circunstancias siguientes: 1. Que no se

sepa de su paradero, o que a lo menos haya dejado de estar en comunicación con los suyos, y de la

falta de comunicación se originen perjuicios graves al mismo ausente o a terceros; y, 2. Que no haya

constituido procurador, o sólo le haya constituido para cosas o negocios especiales. Por lo tanto las

respuestas B,C Y D son incorrectas.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 494 (Ex: 512).- [Curador de bienes del ausente. Requisitos].- En general, habrá lugar al

nombramiento de curador de los bienes de una persona ausente cuando se reúnan las

circunstancias siguientes: 1. Que no se sepa de su paradero, o que a lo menos haya dejado de estar

en comunicación con los suyos, y de la falta de comunicación se originen perjuicios graves al mismo

ausente o a terceros; y, 2. Que no haya constituido procurador, o sólo le haya constituido para cosas

o negocios especiales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Habrá lugar al nombramiento de curador de los bienes de una persona ausente cuando

Opciones de Respuesta:

No se sepa su paradero y que no haya constituido procurador

Cuando se encuentre fuera del país

Cuando se encuentre en el servicio militar

Cuando abandone a su cónyuge

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 99: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

99

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

no podrá solicitar la liquidación de la sociedad conyugal

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico De la curaduría de bienes

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

no podrá divorciarse

Especialidad

1714117254

no podrá herederar

Opción Correcta Dificultad Esperada

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El cónyuge que obtuvo separación conyugal judicialmente autorizada no podrá

El artículo 499 del Código Civil determina que el cónyuge que obtuvo separación conyugal

judicialmente autorizada (1) no podrá ejercer esta curaduría con respecto de los bienes del otro

cónyuge.

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 499 (Ex: 517).- [Incompatibilidad por separación judicialmente autorizada].- El cónyuge

que obtuvo separación conyugal judicialmente autorizada no podrá ejercer esta curaduría con

respecto de los bienes del otro cónyuge.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

ejercer esta curaduría con respecto de los bienes del otro cónyuge.

Derecho

Número de Cédula

Opciones de Respuesta:

Yajaira Andrade Torres

Page 100: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

100

A)

B)

C)

D)

Derecho

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 28/09/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Yajaira Andrade Torres 1714117254

A Baja

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

el procurador constituido para ciertos actos o negocios del ausente, estará subordinadoOpciones de Respuesta:

El artículo 500 del Código Civil determina que el procurador constituido para ciertos actos o negocios

del ausente, estará subordinado al curador; el cual, sin embargo, no podrá separarse de las

instrucciones dadas por el ausente al procurador, sino con autorización del juez. Por lo tanto, las

respuestas incorrectas son B,C,Y D son incorrectas

al curador

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Curaduría de bienes

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 500 (Ex: 518).- [Subordinación al curador del procurador].- El procurador constituido

para ciertos actos o negocios del ausente, estará subordinado al curador; el cual, sin embargo, no

podrá separarse de las instrucciones dadas por el ausente al procurador, sino con autorización del

juez.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

a los herederos

al cónyuge

al ausente Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 101: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

101

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las obligaciones nacen:

De acuerdo a la norma expuesta, artículo 1453 del Código Civil, son incorreectas las respuestas B,C, Y D

del acuerdo de voluntades

del contrato oneroso

de la permuta

de la promesa

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1453.- Las obligaciones nacen, ya del concurso real de las voluntades de dos o más personas, como en

los contratos o convenciones; ya de un hecho voluntario de la persona que se obliga, como en la aceptación

de una herencia o legado y en todos los cuasicontratos; ya a consecuencia de un hecho que ha inferido

injuria o daño a otra persona, como en los delitos y cuasidelitos; ya por disposición de la ley, como entre los

padres y los hijos de familia. De acuerdo a la norma expuesta la respuesta correcta es la A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 102: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

102

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un contrato obliga:

De acuerdo al artículo 1454 del Código Civil son incorrectas las respuestas A), B), C)

a cumplir la ley

a cumplir la palabra de quien propone

negarse a cumplir algo

hacer o no hacer una cosa

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1454.- Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no

hacer alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 103: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

103

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10(2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El contrato es principal cuando:

De acuerdo, al artículo 1458 del Código Civil, son incorrectas las respuestas A), C), D)

cumple con los requisitos

subsiste por si mismo

no se entrega lo acordado

se encuentra firmado

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1458.- El contrato es principal cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra convención; y

accesorio cuando tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación principal, de manera que no

pueda subsistir sin ella. La respuesta correcta es B, de acuerdo a la normativa expuesta.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 104: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

104

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para que una persona se obligue con otra es necesario ser:

De acuerdo al artículo 1461 del Código Civil, son incorrectas las respuestas A), B), C)

mayor de edad

curador

tutor

capaz

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1461.- Para que una persona se obligue a otra por un acto o declaración de voluntad es necesario:

Que sea legalmente capaz;

Que consienta en dicho acto o declaración, y su consentimiento no adolezca de vicio;

Que recaiga sobre un objeto lícito; y,

Que tenga una causa lícita.

La capacidad legal de una persona consiste en poderse obligar por sí misma, y sin el ministerio o la

autorización de otra. De acuerdo a la normativa expuesta, la respuesta correcta es D.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 105: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

105

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuáles son los vicios que puede adolecer un contrato:

Art. 1467.- Los vicios de que puede adolecer el consentimiento son: error, fuerza y dolo. De acuerdo a lo

expuesto, son incorrectas las respuestas A), C) D).

fuerza, error y dolo

error, fuerza y dolo

dolo, fuerza y error

error, incapacidad y dolo

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1467.- Los vicios de que puede adolecer el consentimiento son: error, fuerza y dolo. De acuerdo, a lo

expuesto, la respuesta correcta es B.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 106: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

106

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La obligación condicionales :

Art. 1489.- Es obligación condicional la que depende de una condición, esto es, de un acontecimiento futuro

que puede suceder o no. De acuerdo a la referida norma, no son correctas las opciones B), C) D)

la que depende de una condición

la que depende de una de las partes

la que depende de un capaz

la que es lícita

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1489.- Es obligación condicional la que depende de una condición, esto es, de un acontecimiento futuro

que puede suceder o no. De acuerdo a la referida norma, es correcta la opción A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 107: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

7

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las condiciones de un contrato son:

Art. 1490.- La condición es positiva o negativa. La positiva consiste en que acontezca una cosa; la negativa,

en que una cosa no acontezca. De acuerdo a lo expuesto, no son correctas las opciones A, B, Y D .

legales y no legales

reales y legales

positivas y negativas

legítimas e ilegítimas

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1490.- La condición es positiva o negativa. La positiva consiste en que acontezca una cosa; la negativa,

en que una cosa no acontezca. La respuesta correcta es C, conforme lo expuesto .

Justificación de Cada Opción Incorrecta: A), B), D)

Page 108: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

108

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El plazo de un contrato puede ser:

Art. 1510.- El plazo es la época que se fija para el cumplimiento de la obligación, y puede ser expreso o

tácito. Es tácito el indispensable para cumplirla. La respuesta correcta es A, de acuerdo a lo expuesto. De

acuerdo a lo expuesto, no son correctas las opciones B), C), D)

expreso o tacito

condicional

convencional

legal

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1510.- El plazo es la época que se fija para el cumplimiento de la obligación, y puede ser expreso o

tácito. Es tácito el indispensable para cumplirla. La respuesta correcta es A, de acuerdo a lo expuesto.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 109: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

109

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La obligación altenativa se extingue

Art. 1515.- Obligación alternativa es aquella por la cual se deben varias cosas, de tal manera que la ejecución

de una de ellas exonera de la ejecución de las otras. De acuerdo, a lo expuesto, no son correctas las

opciones A, B, Y C

por la ejecución de todas

por la elección del deudor

por la ejecución de una de ellas

por la elección del acreedor

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1515.- Obligación alternativa es aquella por la cual se deben varias cosas, de tal manera que la ejecución

de una de ellas exonera de la ejecución de las otras. De acuerdo, a lo expuesto, la opción correcta es C

Justificación de Cada Opción Incorrecta: A), B) D)

Page 110: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

110

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un deudor puede obligar a un acreedor aceptar parte de una obligación:

Art. 1516.- Para que el deudor quede libre, debe pagar o ejecutar en su totalidad una de las cosas que

alternativamente deba; y no puede obligar al acreedor a que acepte parte de una y parte de otra. La elección

corresponde al deudor, a menos que se haya pactado lo contrario. De acuerdo a lo expuesto, no son correctas

las respuestas A), C), D)

Si

No

solo en casos especiales

cuando haya voluntad de las partes

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1516.- Para que el deudor quede libre, debe pagar o ejecutar en su totalidad una de las cosas que

alternativamente deba; y no puede obligar al acreedor a que acepte parte de una y parte de otra. La elección

corresponde al deudor, a menos que se haya pactado lo contrario. De acuerdo a lo expuesto la respuesta

correcta es B.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 111: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

11

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Son solidarias las obligaciones cuando:

Art. 1527.- En general, cuando se ha contraído por muchas personas o para con muchas la obligación de una

cosa divisible, cada uno de los deudores, en el primer caso, está obligado solamente a su parte o cuota en la

deuda; y cada uno de los acreedores, en el segundo, sólo tiene derecho para demandar su parte o cuota en el

crédito.

Pero en virtud de la convención, del testamento o de la ley, puede exigirse a cada uno de los deudores o por

cada uno de los acreedores el total de la deuda; y entonces la obligación es solidaria o in sólidum.

La solidaridad debe ser expresamente declarada en todos los casos en que no la establece la ley. De acuerdo

a la norma referida son incorreectas las respuestas A), B) C)

es con personas capaces

son legítimos

son herederos

se la realiza con varias personas

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1527.- En general, cuando se ha contraído por muchas personas o para con muchas la obligación de una

cosa divisible, cada uno de los deudores, en el primer caso, está obligado solamente a su parte o cuota en la

deuda; y cada uno de los acreedores, en el segundo, sólo tiene derecho para demandar su parte o cuota en el

crédito.

Pero en virtud de la convención, del testamento o de la ley, puede exigirse a cada uno de los deudores o por

cada uno de los acreedores el total de la deuda; y entonces la obligación es solidaria o in sólidum.

La solidaridad debe ser expresamente declarada en todos los casos en que no la establece la ley. De acuerdo

a la norma referida la opción correcta es D.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 112: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

112

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Si un deudor solidario ha realizado el pago de su parte, queda este libre ante el acreedor?

De acuerdo al artículo 1538 del Código Civil, son incorrectas las opciones B), C), D)

Efectivamente

Solo cuando todos los deudores han pagado

Debe pagar el deudor principal

Cuando el acreedor así lo determinara Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1538.- El deudor solidario que ha pagado la deuda, o la ha extinguido por alguno de los medios equivalentes al pago,

queda subrogado en la acción del acreedor con todos sus privilegios y seguridades; pero limitada, respecto de cada uno

de los codeudores, a la parte o cuota que tenga este codeudor en la deuda.

Si el negocio para el cual ha sido contraída la obligación solidaria, concernía solamente a alguno o algunos de los

deudores solidarios, quedarán éstos responsables entre sí, según las partes o cuotas que les correspondan en la deuda, y

los otros codeudores serán considerados como fiadores.

La parte o cuota del codeudor insolvente se reparte entre los demás a prorrata de las suyas, comprendidos aún aquellos a

quienes el acreedor haya exonerado de la solidaridad. De acuerdo a lo expuesto la opción correcta es A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 113: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

113

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En un contrato se puede incorporar cláusula penal

Art. 1551.- Cláusula penal es aquella en que una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación,

se sujeta a una pena, que consiste en dar o hacer algo en caso de no cumplir la obligación principal, o de

retardar su cumplimiento. De acuerdo a lo expuesto, no son correctas las respuestas B, C, Y D

Por acuerdo de las partes

Solo en los contratos de compraventa

Solo en los contratos con condición resolutoria

Esta prohibido por la ley

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1551.- Cláusula penal es aquella en que una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación,

se sujeta a una pena, que consiste en dar o hacer algo en caso de no cumplir la obligación principal, o de

retardar su cumplimiento. De acuerdo a lo expuesto, la respuesta correcta es la A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta: B), C) D)

Page 114: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

14

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Sino se estipulo un término en el cual debe cumplirse una obligación que sucede

Art. 1554.- Háyase o no estipulado un término dentro del cual deba cumplirse la obligación principal, el deudor no

incurre en la pena sino cuando se ha constituido en mora, si la obligación es positiva. Si la obligación es negativa,

el deudor incurre en la pena desde que ejecuta el hecho de que se ha obligado a abstenerse. De acuerdo a lo

expuesto, se puede evidenciar que las respuestas A, C, Y D son incorrectas

el deudor incurre en cláusula penal

el deudor no incurre en pena

el deudor tiene que pagar la obligación de inmediato

el deudor desiste

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1554.- Háyase o no estipulado un término dentro del cual deba cumplirse la obligación principal, el deudor no

incurre en la pena sino cuando se ha constituido en mora, si la obligación es positiva. Si la obligación es negativa,

el deudor incurre en la pena desde que ejecuta el hecho de que se ha obligado a abstenerse. De acuerdo a lo

expuesto, se puede evidenciar que la respuesta correcta es la B.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 115: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

115

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La razón para que un contrato pueda ser invalidado es:

Art. 1561.- Todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino

por su consentimiento mutuo o por causas legales. De acuerdo a lo expuesto, son incorrectas las respuestas B,

C, Y D

por mutuo consentimiento

por razones de cláusula penal

por convalidación

por no celebrar con persona capaz

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1561.- Todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino

por su consentimiento mutuo o por causas legales. De acuerdo a lo expuesto, la respuesta correcta es A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:B), C), D)

Page 116: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

116

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cuándo el deudor esta en mora?

Art. 1567.- El deudor está en mora:

1. Cuando no ha cumplido la obligación dentro del término estipulado, salvo que la ley, en casos especiales,

exija que se requiera al deudor para constituirle en mora;

2. Cuando la cosa no ha podido ser dada o ejecutada sino dentro de cierto espacio de tiempo, y el deudor lo

ha dejado pasar sin darla o ejecutarla; y,

3. En los demás casos, cuando el deudor ha sido judicialmente reconvenido por el acreedor. De acuerdo a lo

expuesto, son incorrectas las respuestas A, B, Y D.

Cuando no se ha establecido cláusula penal

Cuano ha conservado la cosa

Cuando no ha cumplido la obligación dentro del término estipulado

Cuando aceptado por donación

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1567.- El deudor está en mora:

1. Cuando no ha cumplido la obligación dentro del término estipulado, salvo que la ley, en casos especiales,

exija que se requiera al deudor para constituirle en mora;

2. Cuando la cosa no ha podido ser dada o ejecutada sino dentro de cierto espacio de tiempo, y el deudor lo

ha dejado pasar sin darla o ejecutarla; y,

3. En los demás casos, cuando el deudor ha sido judicialmente reconvenido por el acreedor. De acuerdo a lo

expuesto, la respuesta correcta es la C

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 117: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

117

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La promesa de compraventa produce obligaciones cuando:

Art. 1570.- La promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna; salvo que concurran las circunstancias

siguientes:

1. Que la promesa conste por escrito; y por escritura pública, cuando fuere de celebrar un contrato para cuya validez se

necesita de tal solemnidad, conforme a las disposiciones de este Código;

2. Que el contrato prometido no sea de los que las leyes declaran ineficaces;

3. Que la promesa contenga un plazo o condición que fije la época de la celebración del contrato; y,

4. Que en ella se especifique de tal manera el contrato prometido, que sólo falten, para que sea perfecto, la tradición de la

cosa, o las solemnidades que las leyes prescriban.

Concurriendo estas circunstancias habrá lugar a lo prevenido en el artículo precedente. De acuerdo a lo expuesto , son

incorrectas las respuestas A, B, Y D

Que el promitente comprador incurra en una incapacidad

La promesa contenga un plazo o condición que fije la época de la celebración del contrato

Que quien la suscribe no este facultado para hacerlo

Que no se haya especificado lo que se prometeOpción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1570.- La promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna; salvo que concurran las circunstancias

siguientes:

1. Que la promesa conste por escrito; y por escritura pública, cuando fuere de celebrar un contrato para cuya validez se

necesita de tal solemnidad, conforme a las disposiciones de este Código;

2. Que el contrato prometido no sea de los que las leyes declaran ineficaces;

3. Que la promesa contenga un plazo o condición que fije la época de la celebración del contrato; y,

4. Que en ella se especifique de tal manera el contrato prometido, que sólo falten, para que sea perfecto, la tradición de la

cosa, o las solemnidades que las leyes prescriban.

Concurriendo estas circunstancias habrá lugar a lo prevenido en el artículo precedente. De acuerd a lo expuesto, la Justificación de Cada Opción Incorrecta: A), C) D)

Page 118: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

118

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De qué manera se interpretan las cláusulas de un contrato

Art. 1580.- Las cláusulas de un contrato se interpretarán unas por otras, dándose a cada una el sentido que

mejor convenga al contrato en su totalidad. Podrán también interpretarse por las de otro contrato entre las

mismas partes y sobre la misma materia. O por la aplicación práctica que hayan hecho de ellas ambas

partes, o una de las partes con aprobación de la otra. De acuerdo a lo expuesto, no son correctas las

respuestas B, C, Y D

En el sentido que mejor convenga al contrato

Aquél que no sea capaza de surtir efecto alguno

A la naturaleza del contrato

Al tenor literal del contrato

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1580.- Las cláusulas de un contrato se interpretarán unas por otras, dándose a cada una el sentido que

mejor convenga al contrato en su totalidad. Podrán también interpretarse por las de otro contrato entre las

mismas partes y sobre la misma materia. O por la aplicación práctica que hayan hecho de ellas ambas

partes, o una de las partes con aprobación de la otra. De acuerdo a lo expuesto, la respuesta correcta es la

A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 119: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

119

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿ Cuál de las respuestas es la incorrecta, respecto a la extición de las obligaciones?

Art. 1583.- Las obligaciones se extinguen, en todo o en parte:

1. Por convención de las partes interesadas, que sean capaces de disponer libremente de lo suyo;

2. Por la solución o pago efectivo;

3. Por la novación;

4. Por la transacción;

5. Por la remisión;

6. Por la compensación;

7. Por la confusión;

8. Por la pérdida de la cosa que se debe;

9. Por la declaración de nulidad o por la rescisión;

10. Por el evento de la condición resolutoria; y,

11. Por la prescripción.

De la transacción y la prescripción se tratará al fin de este Libro; de la condición resolutoria se ha tratado en el Título De

las obligaciones condicionales. De acuerdo a lo expuesto son incorrectas las respuestas A, B, Y D.

por convención

por compensación

por donación

por la prescripción Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1583.- Las obligaciones se extinguen, en todo o en parte:

1. Por convención de las partes interesadas, que sean capaces de disponer libremente de lo suyo;

2. Por la solución o pago efectivo;

3. Por la novación;

4. Por la transacción;

5. Por la remisión;

6. Por la compensación;

7. Por la confusión;

8. Por la pérdida de la cosa que se debe;

9. Por la declaración de nulidad o por la rescisión;

10. Por el evento de la condición resolutoria; y,

11. Por la prescripción.

De la transacción y la prescripción se tratará al fin de este Libro; de la condición resolutoria se ha tratado en el Título De

las obligaciones condicionales. De acuerdo a lo expuesto la respuesta correcta es C. Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 120: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

120

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Quién puede hacerse el pago de un ablogación?

Art. 1588.- Puede pagar por el deudor cualquiera persona a nombre del deudor, aún sin su conocimiento o

contra su voluntad, y aún a pesar del acreedor.

Pero si la obligación es de hacer, y si para la obra de que se trata se ha tomado en consideración la aptitud o

talento del deudor, no podrá ejecutarse la obra por otra persona, contra la voluntad del acreedor. De acuerdo a

lo expuesto, son incorrectas las respuestas A, B, Y D.

los solidarios

los herederos

cualquier persona a nombre del deudor

una persona que este en mora

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1588.- Puede pagar por el deudor cualquiera persona a nombre del deudor, aún sin su conocimiento o

contra su voluntad, y aún a pesar del acreedor.

Pero si la obligación es de hacer, y si para la obra de que se trata se ha tomado en consideración la aptitud o

talento del deudor, no podrá ejecutarse la obra por otra persona, contra la voluntad del acreedor. De acuerdo a

lo expuesto, la respuesta correcta es C

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 121: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

121

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Qué tipos de nulidad existe en un contrato ?

Los tipos de nulidades de acuerdo al Código Civil son absolutas y relativas, por tal razón las opciones A), B)

D) son incorrectas

objetiva o subjetiva

positiva o negativa

absoluta y relativa

lícitas e ílicitas

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1697.- Es nulo todo acto o contrato a que falta alguno de los requisitos que la ley prescribe para el valor

del mismo acto o contrato, según su especie y la calidad o estado de las partes. La nulidad puede ser

absoluta o relativa. La respuesta correcta es la C de acuerdo al artículo referido.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 122: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

122

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Quién puede declarar la nulidad absoluta de un contrato?

Quien declara las nulidades absolutas unicamente es el Juez las demás respuestas B), C), D no son

correctas.

El Juez

El Notario

El Registrador

El afectado

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1699.- La nulidad absoluta puede y debe ser declarada por el juez, aún sin petición de parte, cuando

aparece de manifiesto en el acto o contrato; puede alegarse por todo el que tenga interés en ello, excepto el

que ha ejecutado el acto o celebrado el contrato, sabiendo o debiendo saber el vicio que lo invalidaba; y no

puede sanearse por la ratificación de las partes, ni por un lapso que no pase de quince años. De acuerdo a lo

expuesto la respuesta correcta es la A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 123: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

123

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Si uno de los cónyuges realiza actos o contratos sin autorización respecto a sus bienes, que tipo de

nulidad es?

De llegar uno de los coyuges suscribir contrato de bienes sin el consentimiento del otro coyuge, la nulidad se

vuelve relativa y la misma debe ser declarada por un juez, por lotanto las respuestas incorrectas son A) C)

D)

absoluta

relativa

objetiva

positiva

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1700.- La nulidad relativa será declarada por el juez a petición de parte. Deberá alegarse por aquellos en

cuyo beneficio la han establecido las leyes, por sus herederos o cesionarios. Podrá sanearse por el

transcurso del tiempo o por la ratificación de las partes.

Los actos realizados por uno de los cónyuges respecto de los bienes de la sociedad conyugal, sin el

consentimiento del otro cónyuge cuando este es necesario, son relativamente nulos, y la nulidad relativa

puede ser alegada por el cónyuge cuyo consentimiento era necesario y faltó.

Si uno de los cónyuges realiza actos o contratos relativos a los bienes del otro, sin tener su representación o

autorización, se produce igualmente nulidad relativa, que puede alegar el cónyuge al que pertenecen los

bienes objeto del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 124: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

123

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cuál es el plazo para pedir la rescisión de un contrato?

El Código Civil señala que son 4 años para solicitar la rescisión; sin embargo, si las partes ubieren designado

otro plazo se estaría a lo acordado, razón por la cual las respuestas incorrectas son A), B) C)

2 años

6 años

1 años

4 años

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1708.- El plazo para pedir la rescisión dura cuatro años.

Este cuadrienio se contará, en el caso de violencia, desde el día en que ésta hubiere cesado; y en el caso de

error o de dolo, desde el día de la celebración del acto o contrato.

Cuando la nulidad proviene de una incapacidad legal, se contará el cuadrienio desde el día en que haya

cesado esta incapacidad.

A las personas jurídicas que, por asimilación a los menores, tengan derecho para pedir la declaración de

nulidad, les correrá el cuadrienio desde la fecha del contrato.

Todo lo cual se entiende en los casos en que leyes especiales no hubieren designado otro plazo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 125: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

125

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10(2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La ratificación expresa o tácita del que no es capaz para celebrar contrato es valida:

No se considera validad la ratificación expresa del que no es capaz, las opciones A), B), D no son las

correctas.

Si lo ratifican los padres

Si cumple la mayoría de edad

No

si, siempre que tenga representación

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1714.- No vale la ratificación expresa o tácita del que no es capaz de contratar.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 126: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

126

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para determinar la prueba de una obligación en un contrato, se estará a lo que dispone:

El Código General de Procesos es quien determina la prueba, las demás normas no permiten realizar prueba

de un contrato, las letras A) C) D) son incorrectas.

Código Civil

Código Orgánico General de Procesos

Código de Comercio

Código de Procedimiento Civil

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1715.- Incumbe probar las obligaciones o su extinción al que alega aquellas o ésta.

Para la determinación de los medios de prueba se estará a lo que dispone el Código Orgánico General de

Procesos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 127: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

127

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un instrumento público tiene plena fe, en cuanto a:

No son correctas las opciones B) C) D) , toda vez que la fe es apartir del otorgamiento y fecha del

instrumento público

Otorgamiento y fecha

firma de los comparecientes

ratificación expresa

declaración de voluntad

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1717.- El instrumento público hace plena fe en cuanto al hecho de haberse otorgado y su fecha, pero no

en cuanto a la verdad de las declaraciones que en él hayan hecho los interesados. En esta parte no hace

plena fe sino contra los declarantes.

Las obligaciones y descargos contenidos en él hacen plena prueba respecto de los otorgantes y de las

personas a quienes se transfieran dichas obligaciones y descargos por título universal o singular.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 128: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

128

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254

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Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los asientos, registros y papeles domésticos, hacen fe para quienes han escrito o firmado un documento.

La respuesta es A) ya que quien lo suscribe esta al tanto de lo que en el documento se acordado, las

incorrectas son B) C) D)

Si hacen fe para quienes han escrito o firmado

Solo si han sido reconocidos ante una Notaria

Solo si han reconocidos ante un Juez

No existe valor legal

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1721.- Los asientos, registros y papeles domésticos únicamente hacen fe contra el que los ha escrito o

firmado, pero sólo en aquello que aparezca con toda claridad, y con tal que el que quiera aprovecharse de

ellos no los rechace en la parte que le fuere desfavorable.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 129: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

129

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En qué se obligan las partes en el contrato de compra venta:

Las respuestas A) C) D), no obligan a las partes a dar o pagar en dinero una compra venta, por lo tanto la

respuesta correcta es B)

en condonar la obligación

en dar una cosa y la otra pagar en dinero

en un compensación

en la novación de una cosa

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1732.- Compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa, y la otra a

pagarla en dinero. El que contrae la obligación de dar la cosa se llama vendedor, y el que contrae la de

pagar el dinero, comprador. El dinero que el comprador se obliga a dar por la cosa vendida se llama precio.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 130: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

130

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

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Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Quénes son hábiles para celebrar un contrato de venta ?

Las opciones incorrectas son A) B) D) ya que para que una persona no pueda celebrar contrato esta debe

ser dispuesta en la Ley.

el incapaz

el deudor

toda las personas que la ley no lo declare inhábil

el acreedor

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1734.- Son hábiles para el contrato de venta todas las personas que la ley no declara inhábiles para

celebrarlo o para celebrar todo contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 131: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

131

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿ Cuándo es nulo el contrato celebrado entre cónyuges y entre padres e hijos mientras?

Las Opciones A) C) D) son incorrectas ya que mientras sean incapaces quienes celebran un contrato no pueden

celebrar entre el conyuge y entre padres e hijos.

sean capaces

sean incapaces

subsista el parentesco

no se tenga el consentimiento

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1735.- Es nulo el contrato de venta entre cónyuges, y entre padres e hijos, mientras éstos sean incapaces.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 132: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

132

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los impuestos ficales o municipales, las costas de escritura y de cualquier otra solemnidad esta a cargo del:

Quien esta a cargo de los gastos por la venta es el vendedor, por lo que las opciones B) C) D) son incorrectas

vendedor

acreedor

donante

deudor

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1745.- Los impuestos fiscales o municipales, las costas de la escritura y de cualesquiera otras

solemnidades de la venta, serán de cargo del vendedor, a menos de pactarse otra cosa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 133: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

133

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

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Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿ Cuáles son obligaciones de un vendedor en un contrato?

Las opciones A) B) D) no son obligaciones que tenga un vendedor.

entregar el bien hipotecado

retener el usufructo

La entrega y saneamiento de cosa vendida

Las donaciones

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1764.- Las obligaciones del vendedor se reducen en general a dos: la entrega o tradición, y el

saneamiento de la cosa vendida.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 134: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

134

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

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Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿ Cuándo un contrato de compraventa puede rescindirse?

Las opciones A) C) D) no son opciones por las cuales se pueda rescindir un contrato.

no estar habilitado de acuerdo a la Ley

Lesión eneorme

estar en mora

no ser el poseedor de la cosa

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1828.- El contrato de compraventa puede rescindirse por lesión enorme.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 135: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

135

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

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Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Se conoce como permuta a:

De las opciones B) C) D) las mismas no corresponde a que se refiere la permuta.

el cambio de la obligación po otra

a dejar sin efecto la obligación principal

al pago del valor de la cosa

a la enajenación del bien

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1837.- Permuta o cambio es un contrato en que las partes se obligan mutuamente a dar una especie o

cuerpo cierto por otro.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 136: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

136

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La cesión de derechos no tendrá efectos sino hasta

Las respuestas A) B) D) no corresponden a cesión de derechos.

La donación

La permuta

La entrega del título

La compensación

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1841.- La cesión de un crédito personal, a cualquier título que se haga, no tendrá efecto entre el cedente y el

cesionario sino en virtud de la entrega del título.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 137: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

137

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Entre las obligaciones de un arrendador se encuentran:

La donación, el desalojo y el pago de impuestos no son obligaciones del arrendador. Por lo tanto las

respuestas A, C, Y DE son incorrectas

en realizar una donación

La entrega al arrendatario de la cosa arrendada

el desalojo

al pago del impuesto predial

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1865.- El arrendador está obligado:

1. A entregar al arrendatario la cosa arrendada;

2. A mantenerla en estado de servir para el fin a que ha sido arrendada; y,

3. A librar al arrendatario de toda turbación o embarazo en el goce de la cosa arrendada.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 138: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

138

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Mantener el bien a arrendarse en buen estado y realizar las reparaciones necesarias, a exepción de las

locativas, le corresponde a:

Las Opciones B) C) D) no corresponden a la obligación que tiene el arrendador

el arrendador

al administrador

al vendedor

al deudor

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1868.- La obligación de mantener la cosa arrendada en buen estado, consiste en hacer durante el

arriendo todas las reparaciones necesarias, a excepción de las locativas, las cuales corresponden

generalmente al arrendatario.

Pero estará obligado el arrendador aún a las reparaciones locativas, si los deterioros que las han hecho

necesarias provinieron de fuerza mayor o caso fortuito, o de la mala calidad de la cosa arrendada.

Las estipulaciones de los contratantes podrán modificar estas obligaciones.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 139: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

139

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si un arrendatario no destina el bien en los términos del contrato, el arrendador tiene la obligación de:

De acuerdo a lo expuesto, en la norma que precede, son incorrectas las respuestas A, B, Y C son incorrectas.

vender el bien

entregarlo en donación

reportarlo ante las oficinas de inquilinato

terminar el contrato

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1879.- El arrendatario está obligado a usar de la cosa según los términos o espíritu del contrato; y no podrá,

en consecuencia, hacerla servir a otros objetos que los convenidos, o a falta de convención expresa, a los que

la cosa está naturalmente destinada, o que deban presumirse, atentas las circunstancias del contrato o la

costumbre del país.

Si el arrendatario contraviene a esta regla, podrá el arrendador reclamar la terminación del arriendo, con

indemnización de perjuicios, o limitarse a esta indemnización, dejando subsistir el arriendo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 140: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

140

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuándo expira el arrendamiento de un bien:

Las opciones A) B) D) no expiran el arrendamiento de un bien.

por cambio de domicilio del arrendador

por venta del bien arrendado

por la destrucción total de la cosa arrendada

por grave conmoción interna

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1891.- El arrendamiento de cosas expira de los mismos modos que los otros contratos, y especialmente:

1. Por la destrucción total de la cosa arrendada;

2. Por la expiración del tiempo estipulado para la duración del arriendo;

3. Por la extinción del derecho del arrendador, según las reglas que más adelante se expresarán; y,

4. Por decisión judicial, en los casos que la ley ha previsto.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 141: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

141

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Vicios en el consentimiento

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los vicios del consentimiento son:

Art. 1467 (Ex: 1494).- [Vicios del consentimiento].- Los vicios de que puede adole

cer el consentimiento son: error, fuerza y dolo. Las respuestas A), C), Y D) son incorrectas de acuerdo a lo

que determinar el artículo 1467 del Código Civil

objeto ilícito

error, fuerza y dolo

causa ilícita

capacidad

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1467 (Ex: 1494).- [Vicios del consentimiento].- Los vicios de que puede adole

cer el consentimiento son: error, fuerza y dolo. La respuesta correcta es B)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 142: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

142

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Vicios en el consentimiento

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El error sobre un punto de derecho

Las respuestas A), C) y D) son incorrectas porque el Art. 1468 del Código Civil determina que el error sobre

un punto de derecho no vicia el consentimiento.

Vicia el consetimiento

No vicia el consentimiento

Es una nulidad absoluta

Es un vicio que puede ser ratificado por las partes

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La respuesta correcta es B) porque el artículo Art. 1468 determina que el error sobre un punto de derecho no

vicia el consentimiento.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 143: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

143

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Vicios en el consetimiento

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El error de hecho vicia el consetimiento cuando :

El artículo 1469 del Código Civil determina que el error de hecho vicia el consentimiento cuando recae sobre

la especie de acto o contrato que se ejecuta o celebra, como si una de las partes entendiese empréstito, y la

otra donación; o sobre la identidad de la cosa específica de que se trata, como si, en el contrato de venta, el

vendedor entendiese vender cierta cosa determinada, y el comprador entendiese comprar otra. Por lo tanto,

las respuestas A, B, Y D son incorrectas.

Cuando no se esta de acuerdo con calidad de la cosa que se adquiere

Cuando no se esta de acuerdo con calidad de la cosa que se vende

Recae sobre la especie de acto o contrato que se ejecuta o celebra

Cuando el objeto del contrato ha sido vendido con sobreprecio

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 1469 del Código Civil determina que el error de hecho vicia el consentimiento cuando recae

sobre la especie de acto o contrato que se ejecuta o celebra, como si una de las partes entendiese

empréstito, y la otra donación; o sobre la identidad de la cosa específica de que se trata, como si, en el

contrato de venta, el vendedor entendiese vender cierta cosa determinada, y el comprador entendiese

comprar otra. Por lo tanto, la respuesta correcta es la C)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 144: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

144

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Vicios en el consetimiento

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El error de hecho vicia el consentimiento cuando

El 1470 del Código Civil determina que el error de hecho vicia asimismo el consentimiento cuando la sustancia

o calidad esencial del objeto sobre que versa el acto o contrato es diversa de lo que se cree; como si por alguna

de las partes se supone que el objeto es una barra de plata, y realmente es una masa de algún otro metal

semejante. Por lo tanto, las respuestas A, B Y C son incorrectas

cuando existe sobreprecio en la cosa que se adquiere

cuando se esta de acuerdo con la calidad de la cosa

cuando no se esta de acuerdo con la calidad de la cosa

la sustancia o calidad esencial del objeto sobre que versa el acto o contrato es diversa de lo que se

cree

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 1470 determina que el error de hecho vicia asimismo el consentimiento cuando la sustancia o

calidad esencial del objeto sobre que versa el acto o contrato es diversa de lo que se cree; como si por alguna

de las partes se supone que el objeto es una barra de plata, y realmente es una masa de algún otro metal

semejante. Por lo tanto, la respuesta correcta es la D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 145: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

145

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254

Eje Temático Derecho Notarial

Tema Especifico Vicios en el consetimiento

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El errorsobrela calidad de la cosa vicia el consetimiento cuando

El error acerca de otra cualquiera calidad de la cosa no vicia el consentimiento de los que

contratan, sino cuando esa calidad es el principal motivo de una de ellas para contratar, y este motivo ha sido

conocido de la otra parte. Lasa respuestas A, B, Y D son incorrectas de acuerdo a lo que determina el

artículo 1470 del Código Civil.

cuando no se esta de acuerdo con la calidad de las cosas

esa calidad es el principal motivo de una de ellas para contratar, y este motivo ha sido conocido

de la otra parte.

cuando existe sobreprecio respecto a la calidad de la cosa

cuando la calidad de la cosa es baja

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El error acerca de otra cualquiera calidad de la cosa no vicia el consentimiento de los que

contratan, sino cuando esa calidad es el principal motivo de una de ellas para contratar, y este motivo ha sido

conocido de la otra parte, de acuerdo a lo que determina el artículo 1470 del Código Civil. Por lo tanto, la

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 146: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

146

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Vicios del consentimiento

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El error acerca de la persona con quien se tiene la intención de contratar

Art. 1471 (Ex: 1498).- [Error de hecho sobre la persona].- El error acerca de la persona con

quien se tiene intención de contratar no vicia el consentimiento, salvo que la consideración de esta persona

sea la causa principal del contrato. De acuerdo a la referida norma son incorrectas las respuestas A, B Y D.

no vicia el consentimiento

vicia el consentimiento

no vicia el consentimiento salvo que sea la consideración principal para contratar

vicia el consentimiento cuando no se está de acuerdo con la persona contratada

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1471 (Ex: 1498).- [Error de hecho sobre la persona].- El error acerca de la persona con

quien se tiene intención de contratar no vicia el consentimiento, salvo que la consideración de esta persona

sea la causa principal del contrato. De acuerdo a la norma referida del Código Civil, el consentimiento se

vicia en cuanto al error de la persona con quien se tiene la intención de contratar vicia el consetimiento

cuando esta sea la consideración principal para contratar . Por lo tanto, la respuesta correcta es C.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 147: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

147

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Vicios del consetimiento

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El vicio en cuanto al error de la persona con quien erradamente se ha contratado tendrá derecho a:

La persona con quien erradamente se ha contratado, tendrá derecho a ser

indemnizada de los perjuicios que, de buena fe, haya padecido por la nulidad del contrato. El artículo 1471

del Código Civil establece este derecho de indemnización, a partir de la buena fe, por lo tanto las respuestas

A, C, Y D son incorrectas.

La resciliación del contrato

a indeminización de los perjuicios que de buena fe se haya padecido

a la resolución del contrato

la nulidad de un contrato no conlleva el derecho a indeminización

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La persona con quien erradamente se ha contratado, tendrá derecho a ser

indemnizada de los perjuicios que, de buena fe, haya padecido por la nulidad del contrato, de acuerdo a lo

que determina el artículo 1471 del Código Civil . Por lo tanto la respuesta correcta es la B

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 148: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

148

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Vicios del consentimiento

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La fuerza no vicia el consentimiento

El artículo 1472 del Código Civil determina que la fuerza no vicia el consentimiento, sino cuando es capaz de

producir una impresión fuerte en una persona de sano juicio, tomando en cuenta su edad, sexo y condición.

Se mira como fuerza de este género todo acto que infunde a una persona justo temor de verse expuestos

ella, su cónyuge o alguno de sus ascendientes o descendientes, a un mal irreparable y grave. Por lo tanto, las

respuestas B, C, Y D son incorrectas.

solo cuando es capaz de producir una impresión fuerte en una persona de sano juicio

La fuerza no vicia el consentimiento

La fuerza vicia el consetimiento solo cuando existe amenazas escritas

La fuerza vicia el consetimiento solo cuando existe amenazas telefónicas

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 1472 del Código Civil determina que la fuerza no vicia el consentimiento, sino cuando es capaz de

producir una impresión fuerte en una persona de sano juicio, tomando en cuenta su edad, sexo y condición.

Se mira como fuerza de este género todo acto que infunde a una persona justo temor de verse expuestos

ella, su cónyuge o alguno de sus ascendientes o descendientes, a un mal irreparable y grave. Por lo tanto la

respuesta correcta es A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 149: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

149

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Vicios del consentimiento

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El temor reverencial :

El artículo 1472 del Código Civil determina que el temor reverencial, esto es, el solo temor de desagradar a

las personas a quienes se debe sumisión y respeto, no basta para viciar el consentimiento. Por lo tanto, las

respuestas B, C Y D son incorrectas.

No vicia el consetimiento

Vicia el consetimiento

Solo cuando se debe la obedencia debida

Solo cuando se debe respecto, sumisión

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 1472 del Código Civil determina que el temor reverencial, esto es, el solo temor de desagradar a

las personas a quienes se debe sumisión y respeto, no basta para viciar el consentimiento. Por lo tanto, la

respuesta correcta es A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 150: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

150

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La fuerza vicia el consentimiento cuando es realizada por:

El artículo 1473 del Código Civil determina que para que la fuerza vicie el consentimiento no es necesario

que la ejerza el que es beneficiado por ella; basta que se haya empleado la fuerza por cualquiera persona,

con el fin de obtener el consentimiento. De acuerdo a la norma citada , las respuestas A, C, y D son

incorrectas.

solo por los que hayan intervenido en el contrato

cualquier persona

la fuerza no es un vicio del consetimiento

solo si existe termo reverencial

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 1473 del Código Civil determina que para que la fuerza vicie el consentimiento no es necesario

que la ejerza el que es beneficiado por ella; basta que se haya empleado la fuerza por cualquiera persona,

con el fin de obtener el consentimiento. La respuesta correcta es B, de acuerdo a la norma citada en el

Cödigo Civil.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Vicios del consentimiento

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 151: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

151

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El dolo vicia el consentimiento

Art. 144 (Ex: 1501).- [Dolo].- El dolo no vicia el consentimiento sino cuando es obra de una de las partes, y

cuando, además, aparece claramente que sin él no hubieran contratado. De acuerdo a la norma citada las

respuestas incorrectas son A, C, Y D.

El dolo no vicia el consentimiento

solo cuando es obra de una de las partes, y cuando, además aparece que sin el no se hubiera

contratado

solo cuando es obra de ambas partes

solo cuando exista una sentencia penal que declare la existencia de dolo

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1474 (Ex: 1501).- [Dolo].- El dolo no vicia el consentimiento sino cuando es obra de una de las partes, y

cuando, además, aparece claramente que sin él no hubieran contratado. De acuerdo a la norma citada la

respuesta correcta es B.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Vicios del consentimiento

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 152: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

152

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El dolo

Art. 1475 (Ex: 1502).- [Prueba del dolo].- El dolo no se presume sino en los casos especialmente previstos

por la ley. En los demás debe probarse. De acuerdo a la norma citada, son incorrectas las respuestas A, C,

Y D.

se presume

debe probarse

no se presume

no requiere prueba

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1475 (Ex: 1502).- [Prueba del dolo].- El dolo no se presume sino en los casos especialmente previstos

por la ley. En los demás debe probarse. De acuerdo a la norma citada, la respuesta correcta es B.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Vicios del consentimiento

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 153: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

153

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

No solo las cosas que existen pueden ser objeto de una declaración de voluntad

Art. 1477 (Ex: 1504).- [Requisitos del objeto].- No sólo las cosas que existen pueden ser objeto de una

declaración de voluntad, sino las que se espera que existan; pero es menester que las unas y las otras sean

comerciables, y que estén determinadas, a lo menos en cuanto a su género. De acuerdo a la norma citada,

las respuestas incorrectas son B, C, y D.

También pueden ser las cosas que se espera que existan

Solo las cosas que existen pueden ser objeto de una declaración

Solo las cosas que se esperan que existan

Solo las cosas que no están en el comercio humano

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1477 (Ex: 1504).- [Requisitos del objeto].- No sólo las cosas que existen pueden ser objeto de una

declaración de voluntad, sino las que se espera que existan; pero es menester que las unas y las otras sean

comerciables, y que estén determinadas, a lo menos en cuanto a su género. De acuerdo a la norma citada,

la respuesta correcta es A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 154: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

154

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si el objeto es un hecho, es necesario que:

El artículo 1477 del Código Civil determina que si el objeto es un hecho, es necesario que sea física y

moralmente posible. Es físicamente imposible el contrario a la naturaleza, y moralmente imposible el

prohibido por las leyes, o contrario a las buenas costumbres o al orden público. De acuerdo a la norma

referida son incorrectas las respuestas A, B,Y D.

que sea prohibido por las leyes

que sea contrario a la naturaleza

sea física y moralmente posible

que sea contrario a las buenas costumbres

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 1477 del Código Civil determina que si el objeto es un hecho, es necesario que sea física y

moralmente posible. Es físicamente imposible el contrario a la naturaleza, y moralmente imposible el

prohibido por las leyes, o contrario a las buenas costumbres o al orden público. La respuesta correcta es C,

de acueredo a la normareferida.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 155: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

155

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Existe objeto ilícito cuando:

Art. 1478 (Ex: 1505).- [Objeto ílícito: contravención del Derecho Público].- Hay objeto ilícito

en todo lo que contraviene al Derecho Público ecuatoriano. Son incorrectas las respuestas A,B, Y C, de

acuerdo a la norma citada.

cuando las cosas se encuentran en el comercio

cuando no contravienen al Derecho Público

cuando existe sobreprecio

contraviene al Derecho Público ecuatoriano

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1478 (Ex: 1505).- [Objeto ílícito: contravención del Derecho Público].- Hay objeto ilícito

en todo lo que contraviene al Derecho Público ecuatoriano. La respuesta correcta es D, de acuerdo a la

norma citada.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 156: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

156

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El derecho de suceder por causa de uerte a una persona viva

Art. 1479 (Ex: 1506).- [Pactos sobre sucesión futura].- El derecho de suceder por causa de

muerte a una persona viva no puede ser objeto de una donación o contrato, aún cuando intervenga el

consentimiento de la misma persona. De acuerdo a la norma referida son incorretas las respuestas B, C, y

D.

constituye objeto ilícito

constituye un vicio del consentimiento

constituye un vicio causa ilícita

constituye un vicio de la capacidad

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1479 (Ex: 1506).- [Pactos sobre sucesión futura].- El derecho de suceder por causa de

muerte a una persona viva no puede ser objeto de una donación o contrato, aún cuando intervenga el

consentimiento de la misma persona. De acuerdo a la norma referida la respuesta correcta es A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 157: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

157

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Hay objeto ilícito en:

Art. 1480 (Ex: 1507).- [Enajenaciones con objeto ilícito].- Hay objeto ilícito en la enajenación:

De las cosas que no están en el comercio; De los derechos o privilegios que no pueden transferirse a otra

persona. De acuerdo a la norma citada son incorrectas las respuestas B, C, y D.

De los derechos o privilegios que no pueden transferirse

De las cosas que están en el comercio humano

En la venta de un bien hipotecado

En la venta de derechos y acciones

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1480 (Ex: 1507).- [Enajenaciones con objeto ilícito].- Hay objeto ilícito en la enajenación:

De las cosas que no están en el comercio; De los derechos o privilegios que no pueden transferirse a otra

persona. De acuerdo a la norma citada, la respuesta correcta es la A).

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 158: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

158

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Hay objeto ilícito :

Art. 1482 (Ex: 1509).- [Objeto ilícito].- Hay asimismo objeto ilícito en las deudas contraídas en juego de azar,

en la venta de libros cuya circulación está prohibida por autoridad competente, de láminas, pinturas,

estatuas, telecomunicaciones, audiovisuales obscenos, y de impresos condenados como abusivos de la

libertad de opinión y expresión; y generalmente, en todo contrato. Las respuestas A, B, C, son incorrectas

de acuerdo a la norma citada.

prohibido por las leyes.

en las deudas contraídas por los tutores sin autorización judicial

en las deudas contraídas por personas jurídicas

en las deudas contraídas por menores de edad

en las deudas contraídas por juegos de azar

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1482 (Ex: 1509).- [Objeto ilícito].- Hay asimismo objeto ilícito en las deudas contraídas en juego de azar,

en la venta de libros cuya circulación está prohibida por autoridad competente, de láminas, pinturas,

estatuas, telecomunicaciones, audiovisuales obscenos, y de impresos condenados como abusivos de la

libertad de opinión y expresión; y generalmente, en todo contrato prohibido por las leyes. La respuesta

correcta es la D, de acuerdo a la norma indicada..

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 159: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

159

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Hay objeto ilícito en :

Art. 1482 (Ex: 1509).- [Objeto ilícito].- Hay asimismo objeto ilícito en las deudas contraídas en juego de azar,

en la venta de libros cuya circulación está prohibida por autoridad competente, de láminas, pinturas, estatuas,

telecomunicaciones, audiovisuales obscenos, y de impresos condenados como abusivos de la libertad de

opinión y expresión; y generalmente, en todo contrato prohibido por las leyes. De acuerdo a la normativa

señalada la respuesta correcta es la A, por lo tanto, las respuestas B,C, Y D son incorrectas.

en la venta de libros obscenos, condenados como abusivos a la libertad de oponión y expresión

en la venta de libros sin autorización judicial

en la venta de libros contrarios a la ideología política del gobierno

en la venta de libros sin el registro del autoridad de propiedad intelectual

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1482 (Ex: 1509).- [Objeto ilícito].- Hay asimismo objeto ilícito en las deudas contraídas en juego de azar,

en la venta de libros cuya circulación está prohibida por autoridad competente, de láminas, pinturas, estatuas,

telecomunicaciones, audiovisuales obscenos, y de impresos condenados como abusivos de la libertad de

opinión y expresión; y generalmente, en todo contrato prohibido por las leyes. De acuerdo a la norma referida

la respuesta correcta es A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 160: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

160

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La causa real y lícita

Art. 1483 (Ex: 1510).- [Causa. Concepto y requisitos].- No puede haber obligación sin una

causa real y lícita; pero no es necesario expresarla. La pura liberalidad o beneficencia es causa suficiente. Son

incorrectas las respuestas B, C, Y D son incorrectas, de acuerdo a la normativa señalada .

es necesario expresarla

no es necesaria expresarla

si no se encuentra expresada en el contrato carece de causa lícita

si no se encuentra expresada en el contrato carece de causa real

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1483 (Ex: 1510).- [Causa. Concepto y requisitos].- No puede haber obligación sin una

causa real y lícita; pero no es necesario expresarla. La pura liberalidad o beneficencia es causa suficiente. La

respuesta correcta es la B, de acuerdo a la norma citada.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 161: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

161

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

No podrá repetirse lo que se ha dado en pago por un objeto o causa ilícita

Art. 1484 (Ex: 1511).- [Sanción del objeto o causa ilícita].- No podrá repetirse lo que se ha dado o pagado por

un objeto o causa ilícita, a sabiendas. De acuerdo a la normativa expuesta son incorrectas las respuestas B,

C, Y D

a sabiendas

cuando se incurre en error de derecho

cuando se debía saber

cuando existe error en el motivo de la contratación

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1484 (Ex: 1511).- [Sanción del objeto o causa ilícita].- No podrá repetirse lo que se ha dado o pagado por

un objeto o causa ilícita, a sabiendas. De acuerdo a la referida norma la respuesta correcta es la A

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 162: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

162

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La renuncia a la acción de nulidad

Art. 1485 (Ex: 1512).- [Irrenunciabilidad de la acción de nulidad].- Los actos o contratos que

la ley declara inválidos, no dejarán de serlo por las cláusulas que en ellos se introduzcan y en que se

renuncie la acción de nulidad. De acuerdo a la norma señalada, son incorrectas las respuesta A, C, Y D.

es válida

no es válida

es válida por acuerdo de ambos contratantes

el jues puede declarar la válidez

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1485 (Ex: 1512).- [Irrenunciabilidad de la acción de nulidad].- Los actos o contratos que

la ley declara inválidos, no dejarán de serlo por las cláusulas que en ellos se introduzcan y en que se

renuncie la acción de nulidad. La respuesta correcta es B.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 163: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

163

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Es obligación condicional

Art. 1489 (Ex: 1516).- [Concepto de obligación condicional].- Es obligación condicional la que depende de una

condición, esto es, de un acontecimiento futuro que puede suceder o no. De acuerdo a la normativa señalada

son incorrectas las respuestas A, B, Y C.

la que no depende de una condición

la que es de cumplimiento inmediato

la que depende de un hecho pasado

la que depende de una condición

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1489 (Ex: 1516).- [Concepto de obligación condicional].- Es obligación condicional la que depende de una

condición, esto es, de un acontecimiento futuro que puede suceder o no. De acuerdo a la normativa señalada la

respuesta correcta es D.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 164: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

164

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La interpretación de las condiciones deben cumplirse

Art. 1500 (Ex: 1527).- [Interpretación de la condición].- Las condiciones deben cumplirse

literalmente, en la forma convenida. De acuerdo a la normativa señalada , son incorrectas las respuestas B,

C, Y D.

al tenor literal

de acuerdo a la interpretación el acreedor

de acuerdo a la intepretación del deudor

de acuerdo a la interpretación del juez

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1500 (Ex: 1527).- [Interpretación de la condición].- Las condiciones deben cumplirse

literalmente, en la forma convenida. De acuerdo la norma expuesta la respuesta correcta es A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Obligaciones

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 165: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

165

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

No puede exigirse el cumplimiento de la obligación condicional

Art. 1501 (Ex: 1528).- [Efectos de la condición suspensiva].- No puede exigirse el

cumplimiento de la obligación condicional, sino verificada la condición totalmente. Son incorrectas las

respuestas B, C, y D.

sino verificada la condición totalmente

por el cumplimiento del plazo

por no estar de acuerdo con la obligación condicional

por estar de acuerdo con el precio deon contrato

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1501 (Ex: 1528).- [Efectos de la condición suspensiva].- No puede exigirse el

cumplimiento de la obligación condicional, sino verificada la condición totalmente. La respuesta correcta es la

A, de acuerdo a lo indicado en el artículo refereido del código Civil.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 166: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

166

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Lo que se paga antes de cumplirse el plazo:

Art. 1511 (Ex: 1538).- [Efectos del plazo suspensivo].- Lo que se paga antes de cumplirse el plazo no está

sujeto a restitución. De acuerdo al artículo referido no son correctas las opciones B, C, Y D.

no está sujeto a restitución

está sujeto a restitución

es nulo

es invalido

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1511 (Ex: 1538).- [Efectos del plazo suspensivo].- Lo que se paga antes de cumplirse el plazo no está

sujeto a restitución. De acuerdo al artículo referido la respuesta correcta es A

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 167: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

167

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Obligación alternativa es

Art. 1515 (Ex: 1542).- [Definición].- Obligación alternativa es aquella por la cual se deben varias cosas, de tal

manera que la ejecución de una de ellas exonera de la ejecución de las otras. De acuerdo a lo expuesto, son

incorrectas las respuestas A, C, Y D.

son las condicionales

aquella por la cual se deben varias cosas , la ejecución de una de ellas exonera de la ejecución del

as otras

son de único cumplimiento

se encuentran prohibidas por la ley

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1515 (Ex: 1542).- [Definición].- Obligación alternativa es aquella por la cual se deben varias cosas, de tal

manera que la ejecución de una de ellas exonera de la ejecución de las otras. De acuerdo a lo expuesto, la

respuesta correcta es la B Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

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Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2010

DATOS DEL AUTOR

Page 168: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

168

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La obligación facultativa es

Art. 1521 (Ex: 1548).- [Definición].- Obligación facultativa es la que tiene por objeto una cosa determinada,

pero concediéndose al deudor la facultad de pagar con esta cosa o con otra que se designa. De acuerdo a la

normativa no son correctas las respuestas A, B, Y C.

es la sujeta a condición

es la sujeta a un plazo

es la que contiene varias alternativas para su cumplimiento

a que tiene por objeto una cosa determinada, pero concediéndose al deudor la facultad de pagar

con esta cosa o con otra que se designa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1521 (Ex: 1548).- [Definición].- Obligación facultativa es la que tiene por objeto una cosa determinada,

pero concediéndose al deudor la facultad de pagar con esta cosa o con otra que se designa. De acuerdo a la

normativa la respuesta correcta es D.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Obligaciones

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 169: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

169

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En caso de duda sobre si la obligación es alternativa o facultativa

Art. 1523 (Ex: 1550).- [Prevalencia de la obligación alternativa].- En caso de duda sobre si la obligación es

alternativa o facultativa, se tendrá por alternativa. De acuerdo a la norma señalada no son correctas las

respuestas A, B, Y D.

se entenderá no existente

se tendrá por facultativa

se tendrá por alterntiva

lo interpertará el Juez

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1523 (Ex: 1550).- [Prevalencia de la obligación alternativa].- En caso de duda sobre si la obligación es

alternativa o facultativa, se tendrá por alternativa. De acuerdo a la norma señalada la respuesta correcta es

C. Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Page 170: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

170

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las obligaciones de género

Art. 1524 (Ex: 1551).- [Definición].- Obligaciones de género son aquellas en que se debe

indeterminadamente un individuo de una clase o género determinado. De acuerdo a lo expuesto, son

incorrectas las respuestas A, C, Y D.

son aquellas que se debe una cosa determinada

son aquellas en que se debe indeterminadamente un individuo de una clase o género

determinado

es prohibido por la ley constituir obligaciones de género

se refieren a las obligaciones alternativas

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1524 (Ex: 1551).- [Definición].- Obligaciones de género son aquellas en que se debe

indeterminadamente un individuo de una clase o género determinado. De acuerdo a lo expuesto, la respuesta

correcta es la opción B.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 171: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

171

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

No es hábil para celebrar un contrato de compraventa

Art. 1734 (Ex: 1761).- [Capacidad].- Son hábiles para el contrato de venta todas las personas que la ley no

declara inhábiles para celebrarlo o para celebrar todo contrato. De acuerdo a la norma expuesta , es incorrecta

las respuestas A, C, Y D, por cuanto son capaces para celebrar contratos

el mayor de edad

el demente

los cónyuges

la personas jurídicas

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1734 (Ex: 1761).- [Capacidad].- Son hábiles para el contrato de venta todas las personas que la ley no

declara inhábiles para celebrarlo o para celebrar todo contrato. Los dementes no son capaces de celebrar

contratos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contrato

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 172: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

172

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El empleado público tiene prohibido:

Art. 1737 (Ex: 1764).- [Incapacidades de ciertas personas para comprar].- Al empleado

público se prohíbe comprar los bienes públicos o particulares que se vendan por su ministerio; y a los jueces,

abogados, procuradores o secretarios, los bienes en cuyo litigio han intervenido, y que se vendan a

consecuencia del litigio; aunque la venta se haga en pública subasta. De acuerdo a lo expuesto, son

incorrectas ls respuestas B A, C, Y D.

comprar bienes particulares

comprar bienes públicos o particulares

solicitar préstamos

solicitar asecensos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1737 (Ex: 1764).- [Incapacidades de ciertas personas para comprar].- Al empleado

público se prohíbe comprar los bienes públicos o particulares que se vendan por su ministerio; y a los jueces,

abogados, procuradores o secretarios, los bienes en cuyo litigio han intervenido, y que se vendan a

consecuencia del litigio; aunque la venta se haga en pública subasta. De acuerdo a la norma expuesta, la

respuesta correcta es la B.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 173: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

173

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La venta se reputa perfecta

Art. 1740 (Ex: 1767).- [Forma del contrato].- La venta se reputa perfecta desde que las partes han convenido

en la cosa y en el precio. De acuerdo a lo expuesto, las respuestas A, B, Y C son incorrectas,

desde que las partes han convenido en el precio

desde la entrega de la cosa

desde que las partes han convenido en la cosa y en el precio

desde que se firma el contrato

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1740 (Ex: 1767).- [Forma del contrato].- La venta se reputa perfecta desde que las partes han convenido

en la cosa y en el precio. De acuerdo ala norma referida la respuesta correcta es C).

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 174: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

174

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La venta de bienes raíces, servidumbres y la de una sucesión hereditaria

La venta de bienes raíces, servidumbres y la de una sucesión hereditaria, no se reputan perfectas ante la ley,

mientras no se ha otorgado escritura pública, o conste, en los casos de subasta, del auto de adjudicación

debidamente protocolizado e inscrito. De acuerdo a lo expuesto, son incorrectas A, B, Y D son incorrectas.

se reputan perfectas desde el pago del precio

se reputan perfectas con la entrega de la cosa

se reputan perfectas cuando se celebran por escritura pública.

se reputan perfectas desde la inscripción el el Registro de la Propiedad

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La venta de bienes raíces, servidumbres y la de una sucesión hereditaria, no se reputan perfectas ante la ley,

mientras no se ha otorgado escritura pública, o conste, en los casos de subasta, del auto de adjudicación

debidamente protocolizado e inscrito. El artículo 1740 del Código Civil, determina que debe celebrarse por

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 175: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

175

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El precio de la venta debe ser determinado por :

Art. 1747 (Ex: 1774).- [Determinación].- El precio de la venta debe ser determinado por los

contratantes. De acuerdo a la norma señalada, son incorrectas las respuestas A, B, Y C.

por el comprador

solo por el vendedor

solo por un notario

los contratantes

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1747 (Ex: 1774).- [Determinación].- El precio de la venta debe ser determinado por los

contratantes. Deacuerdo a lo expuesto, la respuesta correcta es D

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 176: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

176

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Podrá dejarse el precio al arbitrio

Art. 1748 (Ex: 1775).- [Determinación por tercero].- Podrá, asimismo, dejarse el+B14 precio al arbitrio de un

tercero; y si el tercero no lo determinare, podrá hacerlo por él cualquiera otra persona en que se convinieren los

contratantes. En caso de no convenirse, no habrá venta. De acuerdo a lo expuesto las respuestas A, C, Y D son

incorrectas.

solo del comprador

de un tecero , si asi lo convenieren las partes

solo del vendedor

solo de un Juez Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1748 (Ex: 1775).- [Determinación por tercero].- Podrá, asimismo, dejarse el precio al

arbitrio de un tercero; y si el tercero no lo determinare, podrá hacerlo por él cualquiera otra

persona en que se convinieren los contratantes. En caso de no convenirse, no habrá venta. De acuerdo a lo

expuesto, la respuesta correcta es la B

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 177: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

177

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Es nula la venta de :

Art. 1750 (Ex: 1777).- [Venta de la universalidad de todos los bienes].- Es nula la venta de

todos los bienes presentes o futuros, o de unos y otros, ya se venda el total o una cuota; pero será válida la

venta de todas las especies, géneros y cantidades que se designen por escritura pública, aunque se extienda

a cuanto el vendedor posea o espere adquirir, con tal que no comprenda objetos ilícitos. De acuerdo a lo

expuesto, son incorrectas las respuestas B, C, Y D.

todas los bienes presentes o futuros

de todas las especies que se designe por escritura pública

de todos los géneros y cantidades que se designe por escritura pública

de las cuotas

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1750 (Ex: 1777).- [Venta de la universalidad de todos los bienes].- Es nula la venta de

todos los bienes presentes o futuros, o de unos y otros, ya se venda el total o una cuota; pero será válida la

venta de todas las especies, géneros y cantidades que se designen por escritura pública, aunque se extienda

a cuanto el vendedor posea o espere adquirir, con tal que no comprenda objetos ilícitos. De acuerdo a lo

expuesto, la respuesta correcta es A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 178: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

178

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si la cosa es común de dos o más personas proindiviso sin sociedad

Art. 1751 (Ex: 1778).- [Venta de cosa común].- Si la cosa es común de dos o más personas

proindiviso, entre las cuales no intervenga contrato de sociedad, cada una de ellas podrá vender su cuota, aún sin

el consentimiento de las otras. De acuerdo a lo expuesto son incorectas las respuestas A, C, Y D

no pueden vender

cada una de ellas podrá vender su cuota

es necesario la autorización de la otra

es necesario la autorización del Notario Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1751 (Ex: 1778).- [Venta de cosa común].- Si la cosa es común de dos o más personas

proindiviso, entre las cuales no intervenga contrato de sociedad, cada una de ellas podrá vender su cuota, aún sin

el consentimiento de las otras. De acuerdo a lo expuesto, la respuesta correcta es B.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 179: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

179

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La venta de cosa ajena

Art. 1754 (Ex: 1781).- [Venta de cosa ajena].- La venta de cosa ajena vale, sin perjuicio de los derechos del

dueño de la cosa vendida, mientras no se extingan por el transcurso del tiempo. De acuerdo a lo expuesto,

son incorrectas las respuestas A, C, Y D.

No es válida

Es válida

Es nula

Se considera inexistente

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1754 (Ex: 1781).- [Venta de cosa ajena].- La venta de cosa ajena vale, sin perjuicio de los derechos del

dueño de la cosa vendida, mientras no se extingan por el transcurso del tiempo. De acuerdo al artículo

referido, es correcta la respuesta B.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/19/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 180: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

180

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La compra de cosa propia

La compra de cosa propia no vale; y el comprador tendrá derecho a que se le restituya lo que hubiere dado por

ella. Artículo 1755 del Código Civil , por lo tanto, las respuestas B,C,Y D son incorrectas .

No vale

Es válida

Necesita de ratificación

Se produce confusión

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

La compra de cosa propia no vale; y el comprador tendrá derecho a que se le restituya lo que hubiere dado por

ella. Artículo 1755 del Código Civil , por lo tanto la respuesta correcta es A

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 181: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

181

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si alguno vende separadamente una misma cosa a dos personas:

Art. 1757 (Ex: 1784).- [Venta separada a dos personas].- Si alguno vende separadamente una misma cosa a

dos personas, el comprador que haya entrado en posesión será preferido al otro. Si ha hecho la entrega a los

dos, aquél a quien se haya hecho primero será preferido. Si no se ha entregado a ninguno, prevalecerá el título

más antiguo. De acuerdo a lo expuesto, no son correctas las respuestas A, C, Y D.

al que haya ofertado primero

se preferirá al que haya entrado en posesión primero

al que haya pagado primero el precio

se preferirá al que haya posesionado luego

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1757 (Ex: 1784).- [Venta separada a dos personas].- Si alguno vende separadamente una misma cosa a

dos personas, el comprador que haya entrado en posesión será preferido al otro. Si ha hecho la entrega a los

dos, aquél a quien se haya hecho primero será preferido. Si no se ha entregado a ninguno, prevalecerá el título

más antiguo. La respuesta correcta es B.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 182: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

182

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La venta de cosa ajena, ratificada después por el dueño, confiere al comprador los derechos de tal, desde:

Art. 1758 (Ex: 1785).- [Ratificación de la venta de cosa ajena].- La venta de cosa ajena,

ratificada después por el dueño, confiere al comprador los derechos de tal, desde la fecha de la venta. De

acuerdo a lo expuesto son incorrectas las respuestas A, B, Y D .

la fecha de la promesa de compraventa

la fecha de la ratificación

la fecha de la venta

desde la fecha de la oferta

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1758 (Ex: 1785).- [Ratificación de la venta de cosa ajena].- La venta de cosa ajena,

ratificada después por el dueño, confiere al comprador los derechos de tal, desde la fecha de la venta. De

acuerdo a lo expuesto la respuesta correcta es la C.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 183: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

183

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La pérdida, deterioro o mejora de la especie o cuerpo cierto que se vende, pertenece

Art. 1760 (Ex: 1787).- [Riesgos en la compraventa. Mejoras].- La pérdida, deterioro o mejora de la especie o

cuerpo cierto que se vende, pertenece al comprador, desde el momento de perfeccionarse el contrato, aunque

no se haya entregado la cosa; salvo que se venda bajo condición suspensiva, y que se cumpla la condición;

pues entonces, pereciendo totalmente la especie mientras pende la condición, la pérdida será del vendedor, y

la mejora o deterioro pertenecerá al comprador. De acuerdo a la norma que se expone, son incorrectas las

respuestas B, C, Y D.

al comprador

al vendedor

al prominente comprador

al prominente vendedor

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1760 (Ex: 1787).- [Riesgos en la compraventa. Mejoras].- La pérdida, deterioro o mejora de la especie o

cuerpo cierto que se vende, pertenece al comprador, desde el momento de perfeccionarse el contrato, aunque

no se haya entregado la cosa; salvo que se venda bajo condición suspensiva, y que se cumpla la condición;

pues entonces, pereciendo totalmente la especie mientras pende la condición, la pérdida será del vendedor, y

la mejora o deterioro pertenecerá al comprador. De acuerdo a la norma expuesta, la respuesta correcta es la A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 184: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

184

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La pérdida, deterioro o mejora de la especie o cuerpo cierto que se vende, pertenece al comprador desde :

Art. 1760 (Ex: 1787).- [Riesgos en la compraventa. Mejoras].- La pérdida, deterioro o mejora de la especie o

cuerpo cierto que se vende, pertenece al comprador, desde el momento de perfeccionarse el contrato, aunque

no se haya entregado la cosa; salvo que se venda bajo condición suspensiva, y que se cumpla la condición;

pues entonces, pereciendo totalmente la especie mientras pende la condición, la pérdida será del vendedor, y

la mejora o deterioro pertenecerá al comprador. De acuerdo al artículo que precede son incorrectas las

respuestas A, B, Y D.

el momento que se promete en venta

el momento que se realiza la oferta

el momento que se perfecciona la venta

pertenece al vendedor

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1760 (Ex: 1787).- [Riesgos en la compraventa. Mejoras].- La pérdida, deterioro o mejora de la especie o

cuerpo cierto que se vende, pertenece al comprador, desde el momento de perfeccionarse el contrato, aunque

no se haya entregado la cosa; salvo que se venda bajo condición suspensiva, y que se cumpla la condición;

pues entonces, pereciendo totalmente la especie mientras pende la condición, la pérdida será del vendedor, y

la mejora o deterioro pertenecerá al comprador. De acuerdo al artículo que precede la respuesta correcta es la

C

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 185: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

185

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si se estipula que se vende a prueba, se entiende no haber contrato mientras

Art. 1763 (Ex: 1790).- [Venta a prueba o gusto].- Si se estipula que se vende a prueba, se

entiende no haber contrato mientras el comprador no declara que le agrada la cosa de que se trata; y la

pérdida, deterioro o mejora pertenece, entre tanto, al vendedor. De acuerdo a la norma indicada son incorrectas

las respuestas A, C, Y D

el comprador no paga el precio

el comprador no declara que le agrada la cosa de que se trata

el comprador no oferte

el vendedor no entregue la cosa

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1763 (Ex: 1790).- [Venta a prueba o gusto].- Si se estipula que se vende a prueba, se

entiende no haber contrato mientras el comprador no declara que le agrada la cosa de que se trata; y la

pérdida, deterioro o mejora pertenece, entre tanto, al vendedor. De acuerdo a lo expuesto, la respuesta

correcta es la B

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 186: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

186

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El vendedor está obligado a entregar la cosa vendida

Art. 1766 (Ex: 1793).- [Tiempo para la entrega de la cosa. Efectos de la mora].- El vendedor

está obligado a entregar la cosa vendida inmediatamente después del contrato, o a la época prefijada en él. De

acuerdo a lo expuesto, las respuestas incorrectas son A, B, Y D.

Después de 60 días de la suscripción del contrato

Después de 90 días de la suscripción del contrato

Inmediatamente

Después de 30 días de la suscripción del contrato

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1766 (Ex: 1793).- [Tiempo para la entrega de la cosa. Efectos de la mora].- El vendedor

está obligado a entregar la cosa vendida inmediatamente después del contrato, o a la época prefijada en él. De

acuerdo a lo expuesto, la respuesta correcta es la C

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/20/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 187: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

187

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El vendedor está obligado

Art. 1768 (Ex: 1795).- [Entrega de la cosa].- El vendedor está obligado a entregar lo que expresa el contrato.

De acuerdo a lo expuesto, no son correctas las respuestas B, C, Y D.

a entregar lo que se expresa en el contrato

a entregar lo que se promete en venta

a entregar lo que solicite el comprador

a entregar a entregar lo no pactado

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1768 (x: 1795).- [Entrega de la cosa].- El vendedor está obligado a entregar lo que expresa el contrato.

De acuerdo a lo expuesto, la respuesta correcta es la A

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 188: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

188

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Hay evicción de la cosa comprada, cuando el comprador

Art. 1778 (Ex: 1805).- [Concepto de evicción].- Hay evicción de la cosa comprada, cuando el comprador es

privado del todo o parte de ella por sentencia judicial. De acuerdo a lo expuesto, son incorrectas las respuestas

A, C, Y D.

es privado de una parte por resolución notarial

es privado del todo o parte de ella por sentencia judicial.

es privado de una cuota por resolución administrativa

es privado de todo por acuerdo con terceros

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1778 (Ex: 1805).- [Concepto de evicción].- Hay evicción de la cosa comprada, cuando el comprador es

privado del todo o parte de ella por sentencia judicial. De acuerdo a lo expuesto, la respuesta correcta es B.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 189: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

189

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El vendedor está obligado a sanear al comprador :

Art. 1779 (Ex: 1806).- [Evicción por causa anterior a la venta].- El vendedor está obligado a

sanear al comprador todas las evicciones que tengan una causa anterior a la venta, salvo en cuanto se haya

estipulado lo contrario. Las respuestas incorrectas son la A, B, Y D.

las evicciones posteriores a la venta

solo ciertas evicciones

todas las evicciones que tengan una causa anterior a la venta, salvo en cuanto se haya estipulado

lo contrario

ninguna evicción

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1779 (Ex: 1806).- [Evicción por causa anterior a la venta].- El vendedor está obligado a

sanear al comprador todas las evicciones que tengan una causa anterior a la venta, salvo en cuanto se haya

estipulado lo contrario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 190: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

190

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Es nulo todo pacto en que se exima

Art. 1782 (Ex: 1809).- [Renuncia de la acción].- Es nulo todo pacto en que se exima al vendedor del

saneamiento de evicción, siempre que en ese pacto haya habido mala fe de parte suya. De acuerdo a lo

expuesto, son incorrectas las respuestas B, C, Y D.

al vendedor del sanamiento de evicción

al comprador del sanamiento

a las partes del sanamiento

al Juez de sanamiento

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1782 (Ex: 1809).- [Renuncia de la acción].- Es nulo todo pacto en que se exima al vendedor del

saneamiento de evicción, siempre que en ese pacto haya habido mala fe de parte suya. De acuerdo a lo

expuesto, la respuesta correcta es la A

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 191: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

191

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción de saneamiento prescribe en:

Art. 1796 (Ex: 1823).- [Prescripción].- La acción de saneamiento por evicción prescribe en

cuatro años; mas por lo tocante a la sola restitución del precio, prescribe según las reglas

generales. De acuerdo a lo expuesto, las respuestas B,C Y D son incorrectas

4 años

10 años

5 años

6 años

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1796 (Ex: 1823).- [Prescripción].- La acción de saneamiento por evicción prescribe en

cuatro años; mas por lo tocante a la sola restitución del precio, prescribe según las reglas

generales. De acuerdo a lo expuesto, la respuesta correcta es la A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 192: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

192

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción redhibitoria la tiene

Art. 1797 (Ex: 1824).- [Concepto].- Se llama acción redhibitoria la que tiene el comprador para que se rescinda la

venta o se rebaje proporcionalmente el precio, por los vicios ocultos de la cosa vendida, raíz o mueble, llamados

redhibitorios. De acuerdo a lo expuesto, son incorrectas las respuestas A, B, y D.

el vendedor

el comprador

los herederos del vendedor

el Juez Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1797 (Ex: 1824).- [Concepto].- Se llama acción redhibitoria la que tiene el comprador para que se rescinda la

venta o se rebaje proporcionalmente el precio, por los vicios ocultos de la cosa vendida, raíz o mueble, llamados

redhibitorios, De acuerdo a lo expuesto la respuesta correcta es la B.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/20/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 193: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

193

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Art. 1800 (Ex: 1827).- [Acción redhibitoria o quanti minoris].- Los vicios redhibitorios dan

derecho al comprador para exigir o la rescisión de la venta o la rebaja del precio, según mejor le pareciere. De

acuerdo a lo expuesto, no son correctas las respuestas A, B, Y D

para exigir la rescisión de la venta y la rebaja del precio, según mejor le pareciere.

para exigir la nulidad

para exigir o la rescisión de la venta o la rebaja del precio, según mejor le pareciere.

para exigir la resciliación del contrato

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1800 (Ex: 1827).- [Acción redhibitoria o quanti minoris].- Los vicios redhibitorios dan

derecho al comprador para exigir o la rescisión de la venta o la rebaja del precio, según mejor le pareciere. De

acuerdo a lo expuesto, la respuesta correcta es C.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 194: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

194

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si el vendedor conocía los vicios y no los declaró, o si los vicios eran tales que el vendedor haya debido

conocerlos por razón de su profesión u oficio, estará obligado a:

Art. 1801 (Ex: 1828).- [Responsabilidad del vendedor].- Si el vendedor conocía los vicios y no los declaró, o si

los vicios eran tales que el vendedor haya debido conocerlos por razón de su profesión u oficio, estará obligado

no sólo a la restitución o rebaja del precio, sino a la

indemnización de perjuicios. Pero si el vendedor no conocía los vicios, ni eran tales que por su profesión u

oficio debiera conocerlos, sólo estará obligado a la restitución o rebaja del precio. De acuerdo a lo expuesto,

son incorrectasa las respuestas A, B, Y D .

solo a la rebaja del precio

solo a la restitución

a la restitución o rebaja del precio, y la indemnización de perjuicios

solo a la indeminización de perjuicios

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1801 (Ex: 1828).- [Responsabilidad del vendedor].- Si el vendedor conocía los vicios y no los declaró, o si

los vicios eran tales que el vendedor haya debido conocerlos por razón de su profesión u oficio, estará obligado

no sólo a la restitución o rebaja del precio, sino a la indemnización de perjuicios. Pero si el vendedor no

conocía los vicios, ni eran tales que por su profesión u oficio debiera conocerlos, sólo estará obligado a la

restitución o rebaja del precio. De acuerdo a lo expuesto, la respuesta correcta es la C

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 195: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

195

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción redhibitoria respecto de las cosas muebles es de:

Art. 1806 (Ex: 1833).- [Prescripción].- La acción redhibitoria dura seis meses respecto de las cosas muebles y un

año respecto de los bienes raíces, en todos los casos en que leyes especiales o las estipulaciones de los

contratantes no hubieren ampliado o restringido este plazo. El tiempo se cuenta desde la entrega real. De

acuerdo al artículo precedente las respuestasa A, C, Y D son incorrectas .

1 año

6 meses

4 años

10 años

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1806 (Ex: 1833).- [Prescripción].- La acción redhibitoria dura seis meses respecto de las cosas muebles y un

año respecto de los bienes raíces, en todos los casos en que leyes especiales o las estipulaciones de los

contratantes no hubieren ampliado o restringido este plazo. El tiempo se cuenta desde la entrega real. De

acuerdo al artículo referido la respuesta correcta es la B

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/19/2919

DATOS DEL AUTOR

Page 196: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

196

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La acción redhibitoria respecto de los bienes raíces

Art. 1806 (Ex: 1833).- [Prescripción].- La acción redhibitoria dura seis meses respecto de las cosas muebles y

un año respecto de los bienes raíces, en todos los casos en que leyes especiales o las estipulaciones de los

contratantes no hubieren ampliado o restringido este plazo. El tiempo se cuenta desde la entrega real. De

acuerdo a lo expuesto, son incorrectas las respuestas A, C, Y D

dos años

un año

diez años

cinco años

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1806 (Ex: 1833).- [Prescripción].- La acción redhibitoria dura seis meses respecto de las cosas muebles y

un año respecto de los bienes raíces, en todos los casos en que leyes especiales o las estipulaciones de los

contratantes no hubieren ampliado o restringido este plazo. El tiempo se cuenta desde la entrega real. De

acuerdo a lo expuesto la respuesta correcta es la B.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/19/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 197: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

197

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La promesa realizada a nombre de una tercera persona

Art. 1466 (Ex: 1493).- [Promesa por tercera persona].- Siempre que uno de los contratantes

se compromete a que por una tercera persona, de quien no es legítimo representante, ha de darse, hacerse o no

hacerse alguna cosa, esta tercera persona no contraerá obligación alguna, sino en virtud de su ratificación; y si ella

no ratifica, el otro contratante tendrá acción de perjuicios contra el que hizo la promesa. De acuerdo a lo expuesto,

son incorrectas las respuestas B, C, Y D

vale siempre que existaratificación

no tiene validez

es nula

se encuentra viciada por falta de capacidad Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1466 (Ex: 1493).- [Promesa por tercera persona].- Siempre que uno de los contratantes

se compromete a que por una tercera persona, de quien no es legítimo representante, ha de darse, hacerse o no

hacerse alguna cosa, esta tercera persona no contraerá obligación alguna, sino en virtud de su ratificación; y si ella

no ratifica, el otro contratante tendrá acción de perjuicios contra el que hizo la promesa. De acuerdo a las

consideraciones expuestas la respuesta correcta es la A

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 198: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

198

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Lo que una persona ejecuta a nombre de otra, estando facultada

Art. 1464 (Ex: 1491).- [Representación. Requisitos y efectos].- Lo que una persona ejecuta a nombre de otra,

estando facultada por ella o por la ley para representarla, surte respecto del representado iguales efectos que si

hubiese contratado él mismo. De acuerdo a lo expuesto son incorrectas las respuestas B, C, Y D

surte igual efectos que si hubiese contratado él mismo

no surte efectos

es necesario la ratificación para que surta efectos

es invalido

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1464 (Ex: 1491).- [Representación. Requisitos y efectos].- Lo que una persona ejecuta a nombre de otra,

estando facultada por ella o por la ley para representarla, surte respecto del representado iguales efectos que si

hubiese contratado él mismo. De acuerdo a lo expuesto la respuesta correcta es la A

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 199: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

199

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Son absolutamente incapaces

Art. 1463 (Ex: 1490).- [Incapaces. Efectos de sus actos].- Son absolutamente incapaces los

dementes, los impúberes y la persona sorda que no pueda darse a entender de manera verbal, por escrito o por

lengua de señas. De acuerdo al artículo referido no son correctas las opciones B, C, Y D

los dementes, los impúberes y los sorodos que no pueda darse a entender de manera verbal, por

escrito o por lengua de señas.

los dementes, los impúberes y los sorodos que si pueda darse a entender de manera verbal, por

escrito o por lengua de señas

los menores de edad

las personas jurídicas

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1463 (Ex: 1490).- [Incapaces. Efectos de sus actos].- Son absolutamente incapaces los

dementes, los impúberes y la persona sorda que no pueda darse a entender de manera verbal, por escrito o por

lengua de señas. De acuerdo a lo expuesto la respuesta correcta es la A

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 200: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

200

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La capacidad legal

El artículo 1461 del Código Civil determina que la capacidad legal de una persona consiste en poderse

obligar por sí misma, y sin el ministerio o la autorización de otra. De acuerdo a lo expuesto son incorrectas

las respuestas B, C, Y D.

consiste en poderse obligar por sí misma

consiste en poderse obligar a través de otra persona

consiste en la capacidad de ser suejtos de derechos

consiste en el reococimiento de los derehos humanos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

El artículo 1461 del Código Civil determina que la capacidad legal de una persona consiste en poderse

obligar por sí misma, y sin el ministerio o la autorización de otra. De acuerdo a lo expuesto la respuesta

correcta a es la opción A.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Contratos

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Evelyn Yajaira Andrade Torres 1714117254 Notarial

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 19/19/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 201: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

201

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “haya notificado la cesión al deudor” por la frase: “se suscribió el documento de crédito”. Código

Civil Art. 1854.

B) Se reemplazó la frase: “A pagar al cesionario el valor de lo que éste haya dado por el derecho cedido, con los intereses

desde la fecha en que se haya notificado la cesión al deudor”. por la frase: “A pagar al cedente el valor de los intereses que

éste no haya recibido por el derecho cedido”. Código Civil Art. 1854.

D) Se reemplazó la frase: “A pagar al cesionario el valor de lo que éste haya dado por el derecho cedido, con los intereses

desde la fecha en que se haya notificado la cesión al deudor” por la frase: “A pagar al cesionario el valor de lo que éste

haya dado por el derecho cedido, más todos los gastos que hayan generado la cesión”. Código Civil Art. 1854.

A pagar al cesionario el valor de lo que éste haya dado por el derecho cedido, con los intereses desde la fecha en

que se suscribió el documento de crédito.

A pagar al cedente el valor de los intereses que éste no haya recibido por el derecho cedido.

A pagar al cesionario el valor de lo que éste haya dado por el derecho cedido, con los intereses desde la fecha en

que se haya notificado la cesión al deudor.

A pagar al cesionario el valor de lo que éste haya dado por el derecho cedido, más todos los gastos que hayan

generado la cesión.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1854.- El deudor no estará obligado a pagar al cesionario sino el valor de lo que éste haya dado por el

derecho cedido, con los intereses desde la fecha en que se haya notificado la cesión al deudor.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique a que está obligado el deudor con el cesionario en virtud de la cesión del crédito:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 202: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

202

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “Desde que se cita judicialmente la demanda” por la frase: “Desde la contestación la

demanda”. Código Civil Art. 1852.-

C) Se reemplazó la frase: “Desde que se cita judicialmente la demanda” por la frase: “Desde que se dicta sentencia

de primera instancia”. Código Civil Art. 1852.-

D) Se reemplazó la frase: “Desde que se cita judicialmente la demanda” por la frase: “Desde que se notifica con la

cesión judicialmente al acreedor”. Código Civil Art. 1852.-

Desde la contestación la demanda.

Desde que se cita judicialmente la demanda.

Desde que se dicta sentencia de primera instancia.

Desde que se notifica con la cesión judicialmente al acreedor.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1852.- Se cede un derecho litigioso cuando el objeto directo de la cesión es el evento incierto de la

litis, del cual no se hace responsable el cedente. Se entiende litigioso un derecho, para los efectos de los siguientes

artículos, desde que se cita judicialmente la demanda.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique desde cuando se entiende litigioso un derecho, para los efectos establecidos en el Código Civil:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 203: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

203

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “es el evento incierto de la litis, del cual no se hace responsable el cedente”

por la frase: “es el evento de la litis, del cual se hace responsable el cedente”. Código Civil Art. 1852.

B) Se reemplazó la frase: “de la cesión es el evento incierto de la litis, del cual no se hace responsable el cedente”

por la frase: “de la cesión son derechos hereditarios que están en disputa”. Código Civil Art. 1852.

D) Se reemplazó la frase: “el objeto directo de la cesión es el evento incierto de la litis, del cual no se hace

responsable el cedente” por la frase: “el objeto directo de la cesión es un evento litigioso, del cual no forma parte el

cedente”. Código Civil Art. 1852.

Cuando el objeto directo de la cesión es el evento de la litis, del cual se hace responsable el cedente.

Cuando el objeto directo de la cesión son derechos hereditarios que están en disputa.

Cuando el objeto directo de la cesión es el evento incierto de la litis, del cual no se hace responsable el

cedente.

Cuando el objeto directo de la cesión es un evento litigioso, del cual no forma parte el cedente.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1852.- Se cede un derecho litigioso cuando el objeto directo de la cesión es el evento incierto de la

litis, del cual no se hace responsable el cedente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale cuando se cede un derecho litigioso:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 204: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

204

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “Las cuotas hereditarias que por el derecho de acrecer sobrevengan a ella, salvo que se

haya estipulado otra cosa” por la frase: “Los derechos de pago de impuestos por la cuota hereditaria, salvo que se

haya estipulado otra cosa”. Código Civil Art. 1851.

B) Se reemplazó la frase: “Las cuotas hereditarias que por el derecho de acrecer sobrevengan a ella, salvo que se

haya estipulado otra cosa” por la frase: “Los costos necesarios o prudenciales que se hayan hecho en razón de la

cuota hereditaria”. Código Civil Art. 1851.

C) Se reemplazó la frase: “Las cuotas hereditarias que por el derecho de acrecer sobrevengan a ella, salvo que se

haya estipulado otra cosa” por la frase: “Las deudas que por el derecho de acrecer sobrevengan a ella, salvo que se

haya estipulado otra cosa”. Código Civil Art. 1851.

Los derechos de pago de impuestos por la cuota hereditaria, salvo que se haya estipulado otra cosa.

Los costos necesarios o prudenciales que se hayan hecho en razón de la cuota hereditaria.

Las deudas que por el derecho de acrecer sobrevengan a ella, salvo que se haya estipulado otra cosa.

Las cuotas hereditarias que por el derecho de acrecer sobrevengan a ella, salvo que se haya estipulado otra

cosa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1851.- Cediéndose una cuota hereditaria, se entiende cederse al mismo tiempo las cuotas

hereditarias que por el derecho de acrecer sobrevengan a ella, salvo que se haya estipulado otra cosa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale que se entiende cederse al mismo tiempo de cederse una cuota hereditaria:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 205: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

205

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “los costos necesarios” por la frase: “la mitad de los costos necesarios”. Código Civil Art.

1851.

B) Se reemplazó la frase: “los costos necesarios” por la frase: “una cuarta parte de los costos necesarios”. Código

Civil Art. 1851.

D) Se aumentó la frase: “No está obligado”. Código Civil Art. 1851.

A indemnizar al cedente la mitad de los costos necesarios o prudenciales que éste haya hecho en razón de

la herencia.

A indemnizar al cedente una cuarta parte de los costos necesarios o prudenciales que éste haya hecho en

razón de la herencia.

A indemnizar al cedente los costos necesarios o prudenciales que éste haya hecho en razón de la herencia.

No está obligado a indemnizar al cedente los costos necesarios o prudenciales que éste haya hecho en

razón de la herencia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1851.- El cesionario, por su parte, estará obligado a indemnizar al cedente los costos necesarios o

prudenciales que éste haya hecho en razón de la herencia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique a qué está obligado el cesionario que adquiere derechos hereditarios:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 206: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

206

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “su valor al cesionario” por la frase: “una cuarta parte de su valor al cesionario”. Código

Civil Art. 1851.

B) Se reemplazó la frase: “su valor al cesionario” por la frase: “la mitad de su valor al cesionario”. Código Civil Art.

1851.

D) Se reemplazó la frase: “A reembolsar su valor al cesionario” por la frase: “No está obligado a reembolsar su

valor al cesionario”. Código Civil Art. 1851.

A reembolsar una cuarta parte de su valor al cesionario.

A reembolsar la mitad de su valor al cesionario.

A reembolsar su valor al cesionario.

No está obligado a reembolsar su valor al cesionario.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1851.- Si el heredero se hubiere aprovechado de los frutos, o percibido créditos, o vendidos

efectos hereditarios, estará obligado a reembolsar su valor al cesionario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique a qué está obligado el heredero si se hubiere aprovechado de los frutos, o percibido créditos, o

vendidos efectos hereditarios:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 207: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

207

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “de heredero o de legatario” por la frase: “de propietario absoluto de los bienes que

componen la herencia”. Código Civil Art. 1850.

C) Se reemplazó la frase: “De su calidad de heredero o de legatario” por la frase: “De garantizar el haber el compone

la herencia o legado”. Código Civil Art. 1850.

D) Se reemplazó la frase: “De su calidad de heredero o de legatario” por la frase: “Del pago de los impuestos que

causen la herencia o legado”. Código Civil Art. 1850.

De su calidad de propietario absoluto de los bienes que componen la herencia.

De su calidad de heredero o de legatario.

De garantizar el haber el compone la herencia o legado.

Del pago de los impuestos que causen la herencia o legado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1850.- El que cede a título oneroso un derecho de herencia o legado, sin especificar los efectos

de que se compone, no se hace responsable sino de su calidad de heredero o de legatario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique de qué se hace responsable el que cede a título oneroso un derecho de herencia o legado, sin

especificar los efectos de que se compone:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 208: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

208

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “De la existencia del crédito al tiempo de la cesión” por la frase: “De la solvencia futura del

deudor”. Código Civil Art. 1848.

B) Se reemplazó la frase: “De la existencia del crédito al tiempo de la cesión” por la frase: “De los intereses del

crédito”. Código Civil Art. 1848.

D) Se reemplazó la frase: “De la existencia del crédito al tiempo de la cesión” por la frase: “De la garantía del crédito

al tiempo de la cesión”. Código Civil Art. 1848.

De la solvencia futura del deudor.

De los intereses del crédito.

De la existencia del crédito al tiempo de la cesión.

De la garantía del crédito al tiempo de la cesión.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1848.- El que cede un crédito a título oneroso se hace responsable de la existencia del crédito al

tiempo de la cesión, esto es, de que verdaderamente le pertenecía en ese tiempo…

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique de qué se hace responsable el que cede un crédito a título oneroso:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 209: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

209

A)

B)

C)

D)

Si traspasa las fianzas. Código Civil Art. 1847.

Si traspasa los privilegios.Código Civil Art. 1847.

Si traspasa las hipotecas. Código Civil Art. 1847.

Las fianzas.

Las excepciones personales del cedente.

Los privilegios

Las hipotecas

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1847.- La cesión de un crédito comprende sus fianzas, privilegios e hipotecas; pero no traspasa

las excepciones personales del cedente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique que no traspasa la cesión de un crédito:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 210: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

210

A)

B)

C)

D)

B) Se reemplazó la frase: “sus fianzas, privilegios e hipotecas” por la frase: “las excepciones personales del cedente”.

Código Civil Art. 1847

C) Se reemplazó la frase: “sus fianzas, privilegios e hipotecas” por la frase: “sus ventajas, seguros e excepciones”.

Código Civil Art. 1847

D) Se reemplazó la frase: “sus fianzas, privilegios e hipotecas” por la frase: “sus fianzas, privilegios pero no

hipotecas”. Código Civil Art. 1847

Comprende sus fianzas, privilegios e hipotecas.

Comprende las excepciones personales del cedente.

Comprende sus ventajas, seguros e excepciones.

Comprende sus fianzas, privilegios pero no hipotecas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1847.- La cesión de un crédito comprende sus fianzas, privilegios e hipotecas; pero no traspasa las

excepciones personales del cedente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique que comprende la cesión de un crédito:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 211: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

211

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “existir el crédito” por la frase: “extinguido el crédito”. Código Civil Art. 1846.-

B) Se reemplazó la frase: “en manos del cedente, respecto del deudor y terceros” por la frase: “de plazo vencido y

de ejecución inmediata”. Código Civil Art. 1846.-

D) Se reemplazó la palabra: “cedente” por la palabra: “cesionario”. Código Civil Art. 1846.-

Se considerará extinguido el crédito en manos del cedente, respecto del deudor y terceros.

Se considerará el crédito de plazo vencido y de ejecución inmediata.

Se considerará existir el crédito en manos del cedente, respecto del deudor y terceros.

Se considerará válido el crédito en manos del cesionario, respecto del deudor y terceros.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1846.- Al no haber la notificación o aceptación sobredichas, podrá el deudor pagar al cedente, o

embargarse el crédito por acreedores del cedente; y en general, se considerará existir el crédito en manos del

cedente, respecto del deudor y terceros.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale como se considera al crédito al no haber la notificación o aceptación:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 212: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

212

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “en un hecho que la suponga, como la litis contestación con el cesionario, un principio de

pago al cesionario, etc.” por la frase: “en una afirmación a la cesión, que no puede suponerse, es decir debe ser

expresa de aceptación a la cesión realizada”. Código Civil Art. 1845.

C) Se reemplazó la frase: “en un hecho que la suponga, como la litis contestación con el cesionario, un principio de

pago al cesionario, etc.” por la frase: “en un hecho por parte del acreedor que la suponga, como la litis, un principio

de pedido de pago al deudor, etc.”. Código Civil Art. 1845.

D) Se reemplazó la frase: “en un hecho que la suponga, como la litis contestación con el cesionario, un principio de

pago al cesionario, etc.” por la frase: “en un hecho específico que debe ser expresado por escrito en el que se

verifique la aceptación por parte del deudor y el nuevo acreedor”. Código Civil Art. 1845.

Consiste en una afirmación a la cesión, que no puede suponerse, es decir debe ser expresa de aceptación

a la cesión realizada.

Consiste en un hecho que la suponga, como la litis contestación con el cesionario, un principio de pago al

cesionario, etc.

Consiste en un hecho por parte del acreedor que la suponga, como la litis, un principio de pedido de pago al

deudor, etc.

Consiste en un hecho específico que debe ser expresado por escrito en el que se verifique la aceptación

por parte del deudor y el nuevo acreedor.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1845.- La aceptación consistirá en un hecho que la suponga, como la litis contestación con el

cesionario, un principio de pago al cesionario, etc.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique en qué consiste la aceptación de la cesión:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 213: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

213

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “No se requerirá notificación alguna al deudor u obligado de tales derechos o créditos” por

la frase: “Se realizará a través de un Notario Público según el procedimiento establecido en el Código Civil”. Código

Civil Art. 1844.-

B) Se reemplazó la frase: “No se requerirá notificación alguna al deudor u obligado de tales derechos o créditos” por

la frase: “Se realizará en un periódico de circulación nacional, para que pueda tener noticia el deudor”. Código Civil

Art. 1844.-

C) Se reemplazó la frase: “No se requerirá notificación alguna al deudor u obligado de tales derechos o créditos” por

la frase: “Se realizará a través de un juez de lo Civil quien notificará al deudor u obligado de tales derechos o

créditos”. Código Civil Art. 1844.-

Se realizará a través de un Notario Público según el procedimiento establecido en el Código Civil.

Se realizará en un periódico de circulación nacional, para que pueda tener noticia el deudor.

Se realizará a través de un juez de lo Civil quien notificará al deudor u obligado de tales derechos o

créditos.

No se requerirá notificación alguna al deudor u obligado de tales derechos o créditos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1844.- ……Cuando se deba ceder y traspasar derechos o créditos para efecto de desarrollar

procesos de titularización realizados al amparo del Código Orgánico Monetario y Financiero, en lo correspondiente al

mercado de valores, cualquiera sea la naturaleza de aquellos, sea para transferirlos al fideicomiso mercantil o

patrimonio de propósito exclusivo o para que este transfiera al originador o a terceros, no se requerirá notificación

alguna al deudor u obligado de tales derechos o créditos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para el caso de cesión o traspaso de derechos o créditos para efecto de desarrollar procesos de

titularización realizados al amparo del Código Orgánico Monetario y Financiero, en lo correspondiente al

mercado de valores, indique como se realiza la notificación:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 214: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

214

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “Dejando, por veinticuatro horas, el documento cedido, en la notaría que hiciere la

notificación, para que pueda examinarlo el deudor, si lo quisiere; lo cual será certificado por el notario” por la frase:

“Publicando, por veinticuatro horas, el documento cedido, en un periódico de circulación nacional, para que pueda

tener noticia el deudor”. Código Civil Art. 1844.

B) Se reemplazó la frase: “Dejando, por veinticuatro horas, el documento cedido, en la notaría que hiciere la

notificación, para que pueda examinarlo el deudor, si lo quisiere; lo cual será certificado por el notario” por la frase:

“Dejando, por veinticuatro horas, el documento cedido, en poder del deudor, para que pueda examinarlo, si lo

quisiere”. Código Civil Art. 1844.

D) Se reemplazó la frase: “Dejando, por veinticuatro horas, el documento cedido, en la notaría que hiciere la

notificación, para que pueda examinarlo el deudor, si lo quisiere; lo cual será certificado por el notario“ por la frase:

“Dejando, por veinticuatro horas, el documento cedido, ante un depositario judicial, para que pueda examinarlo el

deudor, si lo quisiere; lo cual será certificado por dicho funcionario”. Código Civil Art. 1844.

Publicando, por veinticuatro horas, el documento cedido, en un periódico de circulación nacional, para que

pueda tener noticia el deudor.

Dejando, por veinticuatro horas, el documento cedido, en poder del deudor, para que pueda examinarlo, si lo

quisiere.

Dejando, por veinticuatro horas, el documento cedido, en la notaría que hiciere la notificación, para que

pueda examinarlo el deudor, si lo quisiere; lo cual será certificado por el notario.

Dejando, por veinticuatro horas, el documento cedido, ante un depositario judicial, para que pueda

examinarlo el deudor, si lo quisiere; lo cual será certificado por dicho funcionario.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1844.-…… Se cumplirá la exhibición prescrita en el artículo anterior, dejando, por veinticuatro

horas, el documento cedido, en la notaría que hiciere la notificación, para que pueda examinarlo el deudor, si lo

quisiere; lo cual será certificado por el notario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuándo se cumple la exhibición prescrita en el Art. 1843 del Código Civil, que indica que la

notificación debe hacerse con exhibición del título:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 215: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

215

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “en la oficina de registro e inscripciones, al margen de la inscripción hipotecaria” por la

frase: “en la oficina del catastro del Municipio correspondiente”. Código Civil Art. 1844.-

C) Se reemplazó la frase: “Si no se tomare razón de ella, en la oficina de registro e inscripciones, al margen de la

inscripción hipotecaria” por la frase: “Si no se hiciere la ampliación correspondiente del título original, y se tome nota

margen de la matriz”. Código Civil Art. 1844.-

D) Se reemplazó la frase: “Si no se tomare razón de ella, en la oficina de registro e inscripciones, al margen de la

inscripción hipotecaria” por la frase: “Si no hubiese comparecido a la escritura de cesión el deudor hipotecario para la

aceptación correspondiente”. Código Civil Art. 1844.-

Si no se tomare razón de ella, en la oficina del catastro del Municipio correspondiente.

Si no se tomare razón de ella, en la oficina de registro e inscripciones, al margen de la inscripción

hipotecaria.

Si no se hiciere la ampliación correspondiente del título original, y se tome nota margen de la matriz.

Si no hubiese comparecido a la escritura de cesión el deudor hipotecario para la aceptación correspondiente.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1844.- La cesión de un crédito hipotecario no surtirá efecto alguno, si no se tomare razón de ella,

en la oficina de registro e inscripciones, al margen de la inscripción hipotecaria.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuando no surtirá efecto la cesión de un crédito hipotecario:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 216: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

216

A)

B)

C)

D)

B) Se reemplazó la frase: “y se anotará el traspaso al margen de la matriz” por la frase: “y se anotará el traspaso en el libro

de anotaciones marginales”. Código Civil Art. 1844.-

C) Se reemplazó la frase: “el protocolo en que se haya otorgado y se anotará el traspaso al margen de la matriz” por la

frase: “la fecha de terminación del plazo y se anotará el traspaso en los libros del cedente”. Código Civil Art. 1844.-

D) Se reemplazó la frase: “el protocolo en que se haya otorgado y se anotará el traspaso al margen de la matriz” por la

frase: “el libro en que se haya otorgado y se anotará el traspaso en la copia certificada de la escritura pública”. Código Civil

Art. 1844.-

Se indique, además, el protocolo en que se haya otorgado y se anotará el traspaso al margen de la matriz

Se indique, además, el protocolo en que se haya otorgado y se anotará el traspaso en el libro de anotaciones

marginales.

Se indique, además, la fecha de terminación del plazo y se anotará el traspaso en los libros del cedente.

Se indique, además, el libro en que se haya otorgado y se anotará el traspaso en la copia certificada de la escritura

pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1844.- Si el título fuere una escritura pública, se indique, además, el protocolo en que se haya otorgado y

se anotará el traspaso al margen de la matriz, para que este sea válido.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique qué requisitos extras se requieren para que sea válida la notificación de traspaso de un crédito si el título

fuere una escritura pública:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 217: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

217

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “la nota de traspaso” por la frase: “un acta notarial”. Código Civil Art. 1844.-

B) Se reemplazó la frase: “del origen, la cantidad y la fecha del crédito” por la frase: “del nuevo acreedor”. Código

Civil Art. 1844.-

D) Se reemplazó la palabra: “deudor” por la palabra: “acreedor”. Código Civil Art. 1844.-

Se entrega al deudor un acta notarial con la determinación del origen, la cantidad y la fecha del crédito.

Se entrega al deudor la nota de traspaso con la determinación del nuevo acreedor.

Se entrega al deudor la nota de traspaso con la determinación del origen, la cantidad y la fecha del

crédito.

Se entrega al acreedor la nota de traspaso con la determinación del origen, la cantidad y la fecha del

crédito.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1844.- En toda notificación de traspaso de un crédito, que practique una o un notario público, se

entregará al deudor la nota de traspaso con la determinación del origen, la cantidad y la fecha del crédito. Si el

título fuere una escritura pública, se indicará, además, el protocolo en que se haya otorgado y se anotará el

traspaso al margen de la matriz, para que este sea válido.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cómo se realiza la notificación de traspaso de un crédito, que practique una o un notario público:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 218: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

218

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “con la designación del cesionario y bajo la firma del cedente” por la frase: “con la

designación del deudor y bajo la firma del cesionario”. Código Civil Art. 1843.-

C) Se reemplazó la frase: “que llevará anotado el traspaso del derecho, con la designación del cesionario y bajo la

firma del cedente” por la frase: “que llevará la designación del deudor y bajo la firma del cedente”. Código Civil Art.

1843.-

D) Se reemplazó la frase: “del cesionario y bajo la firma del cedente” por la frase: “con la designación del cesionario

y bajo la firma del cedente”. Código Civil Art. 1843.-

Con la exhibición del título, que llevará anotado el traspaso del derecho, con la designación del deudor y

bajo la firma del cesionario.

Con la exhibición del título, que llevará anotado el traspaso del derecho, con la designación del cesionario y

bajo la firma del cedente.

Con la exhibición del título, que llevará la designación del deudor y bajo la firma del cedente.

Con la exhibición del título, que llevará anotado el traspaso del derecho, con la designación del deudor.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1843.- La notificación debe hacerse con exhibición del título, que llevará anotado el traspaso del

derecho, con la designación del cesionario y bajo la firma del cedente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cómo debe realizarse la notificación de una cesión:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 219: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

219

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “Cuando ha sido notificada por el cesionario al deudor, o aceptada por éste”

por la frase: “Cuando no ha sido notificada por el cesionario al deudor, ni aceptada por éste”. Código Civil Art.

1842.-

B) Se reemplazó la frase: “Cuando ha sido notificada por el cesionario al deudor, o aceptada por éste”

por la frase: “Cuando el deudor ha comparecido a la cesión”. Código Civil Art. 1842.-

D) Se reemplazó la frase: “Cuando ha sido notificada por el cesionario al deudor, o aceptada por éste”

por la frase: “Cuando ha sido aceptada por el cedente y cesionario”. Código Civil Art. 1842.-

Cuando no ha sido notificada por el cesionario al deudor, ni aceptada por éste.

Cuando el deudor ha comparecido a la cesión.

Cuando ha sido notificada por el cesionario al deudor, o aceptada por éste.

Cuando ha sido aceptada por el cedente y cesionario.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1842.- La cesión no surte efecto contra el deudor ni contra terceros, mientras no ha sido

notificada por el cesionario al deudor, o aceptada por éste.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuando surte efecto la cesión contra el deudor o contra terceros:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 220: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

220

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “La entrega del título” por la frase: “La entrega del pago”. Código Civil Art. 1841.-

C) Se reemplazó la frase: “La entrega del título” por la frase: “La entrega de la garantía”. Código Civil Art. 1841.-

D) Se reemplazó la frase: “La entrega del título” por la frase: “La entrega del dinero”. Código Civil Art. 1841.-

La entrega del pago.

La entrega del título.

La entrega de la garantía.

La entrega del dinero.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1841.- La cesión de un crédito personal, a cualquier título que se haga, no tendrá efecto entre el

cedente y el cesionario sino en virtud de la entrega del título.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA CESION DE DERECHOS

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique bajo que condición surte efecto entre el cedente y el cesionario, la cesión de un crédito personal, que

se haga a cualquier título:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 221: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

221

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique en cuánto tiempo expira la acción rescisoria por lesión enorme:

A) Se reemplazó la palabra: “cuatro” por la palabra: “dos”. Código Civil Art. 1836.

B) Se reemplazó la palabra: “cuatro” por la palabra: “tres”. Código Civil Art. 1836.

D) Se reemplazó la palabra: “cuatro” por la palabra: “cinco”. Código Civil Art. 1836.

En dos años, contados desde la fecha del contrato.

En tres años, contados desde la fecha del contrato.

En cuatro años, contados desde la fecha del contrato.

En cinco años, contados desde la fecha del contrato.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1836.- La acción rescisoria por lesión enorme expira en cuatro años, contados desde la fecha del

contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 222: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

222

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “previamente purificarla de las hipotecas u otros derechos reales que haya constituido en

ella” por la frase: “previamente pagar los daños y perjuicios al vendedor”. Código Civil Art. 1835.

B) Se reemplazó la frase: “previamente purificarla de las hipotecas u otros derechos reales que haya constituido en

ella” por la frase: “purificarla de las hipotecas u otros derechos reales que haya constituido en ella, luego de haberla

restituido”. Código Civil Art. 1835.

C) Se reemplazó la frase: “previamente purificarla de las hipotecas u otros derechos reales que haya constituido en

ella” por la frase: “previamente sanear los vicios que haya tenido por causa del anterior propietario”. Código Civil

Art. 1835.

Deberá previamente pagar los daños y perjuicios al vendedor.

Deberá purificarla de las hipotecas u otros derechos reales que haya constituido en ella, luego de haberla

restituido.

Deberá previamente sanear los vicios que haya tenido por causa del anterior propietario.

Deberá previamente purificarla de las hipotecas u otros derechos reales que haya constituido en ella.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1835.- El comprador que se halle en el caso de restituir la cosa, deberá previamente purificarla

de las hipotecas u otros derechos reales que haya constituido en ella.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique que deberá hacer previamente el comprador que se halle en el caso de restituir la cosa por lesión

enorme:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 223: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

223

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “No valdrá la estipulación” por la frase: “Si valdrá la estipulación”. Código Civil Art. 1832.-

C) Se reemplazó la frase: “No valdrá la estipulación” por la frase: “Valdrá solo en el exceso”. Código Civil Art. 1832.-

D) Se reemplazó la frase: “No valdrá la estipulación” por la frase: “Valdrá con autorización de un juez”. Código Civil

Art. 1832.-

Si valdrá la estipulación.

No valdrá la estipulación.

Valdrá solo en el exceso.

Valdrá con autorización de un juez.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1832.- Si se estipulare que no podrá intentarse la acción rescisoria por lesión enorme, no valdrá

la estipulación; y si por parte del vendedor se expresare la intención de donar el exceso, se tendrá esta cláusula

por no escrita.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique si vale la estipulación que diga que no podrá intentarse la acción rescisoria por lesión enorme:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 224: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

224

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale en qué casos no habrá lugar a la acción rescisoria por lesión enorme:

A) Se reemplazó la palabra: “muebles” por la palabra: “inmuebles”. Código Civil Art. 1831.

C) Se reemplazó la palabra: “muebles” por la palabra: “hereditarios”. Código Civil Art. 1831.

D) Se reemplazó la frase: “ministerio de la justicia” por la frase: “instituciones financieras”. Código Civil Art. 1831.

En las ventas de bienes inmuebles, ni en las que se hubieren hecho por ministerio de la justicia.

En las ventas de bienes muebles, ni en las que se hubieren hecho por ministerio de la justicia.

En las ventas de bienes hereditarios, ni en las que se hubieren hecho por ministerio de la justicia.

En las ventas de bienes muebles, ni en las que se hubieren hecho por instituciones financieras.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1831.- No habrá lugar a la acción rescisoria por lesión enorme en las ventas de bienes muebles, ni

en las que se hubieren hecho por ministerio de la justicia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 225: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

225

A)

B)

C)

D)

B) Se reemplazó la frase: “aumentando en una décima parte” por la frase: “aumentando un veinticinco por ciento”.

Código Civil Art. 1830.

C) Se reemplazó la frase: “aumentando en una décima parte” por la frase: “aumentando un cincuenta por ciento”.

Código Civil Art. 1830.

D) Se reemplazó la frase: “Consentir en la rescisión, o restituir el exceso del precio recibido sobre el justo precio,

aumentando en una décima parte” por la frase: “No consentir en la rescisión, ni restituir el exceso del precio

recibido sobre el justo precio”. Código Civil Art. 1830.

Consentir en la rescisión, o restituir el exceso del precio recibido sobre el justo precio, aumentando en una

décima parte.

Consentir en la rescisión, o restituir el exceso del precio recibido sobre el justo precio, aumentando un

veinticinco por ciento.

Consentir en la rescisión, o restituir el exceso del precio recibido sobre el justo precio, aumentando un

cincuenta por ciento.

No consentir en la rescisión, ni restituir el exceso del precio recibido sobre el justo precio.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1830.- El comprador contra quien se pronuncia la rescisión podrá, a su arbitrio, consentir en ella,

o completar el justo precio, con deducción de una décima parte; y el vendedor, en el mismo caso, podrá, a su

arbitrio, consentir en la rescisión, o restituir el exceso del precio recibido sobre el justo precio, aumentando en una

décima parte.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique que opción tiene el vendedor contra quien se pronuncia la rescisión de la venta por lesión

enorme:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 226: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

226

A)

B)

C)

D)

B) Se reemplazó la frase: “con deducción de una décima parte” por la frase: “con deducción de una cuarta parte”.

Código Civil Art. 1830.-

C) Se reemplazó la frase: “con deducción de una décima parte” por la frase: “con deducción del cincuenta por

ciento”. Código Civil Art. 1830.-

D) Se reemplazó la frase: “Consentir en ella, o completar el justo precio, con deducción de una décima parte” por

la frase: “No consentir en ella, ni completar el justo precio”. Código Civil Art. 1830.-

Consentir en ella, o completar el justo precio, con deducción de una décima parte.

Consentir en ella, o completar el justo precio, con deducción de una cuarta parte.

Consentir en ella, o completar el justo precio, con deducción del cincuenta por ciento.

No consentir en ella, ni completar el justo precio.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1830.- El comprador contra quien se pronuncia la rescisión podrá, a su arbitrio, consentir en

ella, o completar el justo precio, con deducción de una décima parte....

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique que opción tiene el comprador contra quien se pronuncia la rescisión de la venta por lesión

enorme:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 227: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

227

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuándo el comprador sufre lesión enorme:

B) Se reemplazó la frase: “a la mitad” por la frase: “a la cuarta parte”. Código Civil Art. 1829.-

C) Se reemplazó la frase: “a la mitad del precio que paga por ella” por la frase: “al fijado por el departamento de

catastros del Registro de la Propiedad”. Código Civil Art. 1829.-

D) Se reemplazó la frase: “a la mitad” por la frase: “a la décima parte”. Código Civil Art. 1829.-

Cuando el justo precio de la cosa que compra es inferior a la mitad del precio que paga por ella.

Cuando el justo precio de la cosa que compra es inferior a la cuarta parte del precio que paga por ella.

Cuando el justo precio de la cosa que compra es inferior al fijado por el departamento de catastros del

Registro de la Propiedad.

Cuando el justo precio de la cosa que compra es inferior a la décima parte del precio que paga por ella.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1829.- El vendedor sufre lesión enorme cuando el precio que recibe es inferior a la mitad del

justo precio de la cosa que vende; y el comprador, a su vez, sufre lesión enorme cuando el justo precio de la cosa

que compra es inferior a la mitad del precio que paga por ella. El justo precio se refiere al tiempo del contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 228: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

228

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuándo el vendedor sufre lesión enorme:

B) Se reemplazó la frase: “a la mitad” por la frase: “cuarta parte”. Código Civil Art. 1829.-

C) Se reemplazó la frase: “del justo precio de la cosa que vende” por la frase: “establecido por la oficina de

catastro del Registro de la Propiedad”. Código Civil Art. 1829.-

D) Se reemplazó la frase: “a la mitad” por la frase: “a la décima parte”. Código Civil Art. 1829.-

Cuando el precio que recibe es inferior a la mitad del justo precio de la cosa que vende

Cuando el precio que recibe es inferior a la cuarta parte del justo precio de la cosa que vende

Cuando el precio que recibe es inferior a la mitad del precio establecido por la oficina de catastro del

Registro de la Propiedad

Cuando el precio que recibe es inferior a la décima parte del justo precio de la cosa que vende

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1829.- El vendedor sufre lesión enorme cuando el precio que recibe es inferior a la mitad del

justo precio de la cosa que vende; y el comprador, a su vez, sufre lesión enorme cuando el justo precio de la cosa

que compra es inferior a la mitad del precio que paga por ella. El justo precio se refiere al tiempo del contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 229: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

229

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuál es el efecto de la lesión enorme:

A) Se reemplazó la frase: “Que el contrato de compraventa puede rescindirse” por la frase: “Que aumente el

precio de la cosa vendida”. Código Civil Art. 1828.-

B) Se reemplazó la frase: “Que el contrato de compraventa puede rescindirse” por la frase: “Que el contrato de

compraventa deba rectificarse”. Código Civil Art. 1828.-

D) Se reemplazó la frase: “Que el contrato de compraventa puede rescindirse” por la frase: “Que el contrato de

compraventa no genere efecto para las partes”. Código Civil Art. 1828.-

Que aumente el precio de la cosa vendida.

Que el contrato de compraventa deba rectificarse.

Que el contrato de compraventa puede rescindirse.

Que el contrato de compraventa no genere efecto para las partes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1828.- El contrato de compraventa puede rescindirse por lesión enorme.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 230: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

230

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “de los contratos” por la frase: “de las obligaciones”. Código Civil Art. 1827.

B) Se reemplazó la frase: “de los contratos” por la frase: “de los actos voluntarios”. Código Civil Art. 1827.

D) Se reemplazó la frase: “de los contratos” por la frase: “de los comerciantes”. Código Civil Art. 1827.

A las reglas generales de las obligaciones.

A las reglas generales de los actos voluntarios.

A las reglas generales de los contratos.

A las reglas generales de los comerciantes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1827.- Pueden agregarse al contrato de venta cualesquiera otros pactos accesorios lícitos, y se regirán por

las reglas generales de los contratos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique a qué reglas se rigen los contratos de venta respecto a los pactos accesorios que se hagan en los mismos:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 231: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

231

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “Si, a menos que el comprador o la persona a quien éste hubiere enajenado la cosa, se allane a

mejorar en los mismos términos la compra” por la frase: “No; a menos que el comprador o la persona a quien éste hubiere

enajenado la cosa, pague por daños y perjuicios causados”. Código Civil Art. 1826.-

C) Se reemplazó la frase: “Si, a menos que el comprador o la persona a quien éste hubiere enajenado la cosa, se allane a

mejorar en los mismos términos la compra” por la frase: “Si, a menos que el comprador o la persona a quien éste hubiere

enajenado la cosa, pague la diferencia a quien mejore la compra”. Código Civil Art. 1826.-

D) Se reemplazó la frase: “Si, a menos que el comprador o la persona a quien éste hubiere enajenado la cosa, se allane a

mejorar en los mismos términos la compra” por la frase: “No, ya que el comprador o la persona a quien éste hubiere

enajenado la cosa, es propietario aunque haya pactado lo indicado”. Código Civil Art. 1826.-

No; a menos que el comprador o la persona a quien éste hubiere enajenado la cosa, pague por daños y

perjuicios causados.

Si, a menos que el comprador o la persona a quien éste hubiere enajenado la cosa, se allane a mejorar en los

mismos términos la compra.

Si, a menos que el comprador o la persona a quien éste hubiere enajenado la cosa, pague la diferencia a quien

mejore la compra.

No, ya que el comprador o la persona a quien éste hubiere enajenado la cosa, es propietario aunque haya

pactado lo indicado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1826.- Si se pacta que presentándose dentro de cierto tiempo, que no podrá pasar de un año, persona

que mejore la compra, se resuelva el contrato, se cumplirá lo pactado; a menos que el comprador o la persona a quien

éste hubiere enajenado la cosa, se allane a mejorar en los mismos términos la compra.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si se pacta que presentándose dentro de cierto tiempo, que no podrá pasar de un año, persona que mejore la

compra, se resuelva el contrato, indique si se puede cumplir lo pactado:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 232: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

232

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale cuál es el tiempo máximo para intentar la acción de retroventa:

A) Se reemplazó la palabra: “cuatro” por la frase: “dos”. Código Civil Art. 1825.-

B) Se reemplazó la palabra: “cuatro” por la frase: “tres”. Código Civil Art. 1825.-

D) Se reemplazó la palabra: “cuatro” por la frase: “cinco”. Código Civil Art. 1825.-

No podrá pasar de dos años, contados desde la fecha del contrato.

No podrá pasar de tres años, contados desde la fecha del contrato.

No podrá pasar de cuatro años, contados desde la fecha del contrato.

No podrá pasar de cinco años, contados desde la fecha del contrato.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1825.- El tiempo para intentar la acción de retroventa no podrá pasar de cuatro años, contados

desde la fecha del contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 233: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

233

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique si el derecho que nace del pacto de retroventa puede cederse:

A) Se reemplazó la palabra: “No” por la palabra: “Si”. Código Civil Art. 1824.-

C) Se reemplazó la frase: “No puede cederse” por la frase: “Puede cederlo solo el vendedor”. Código Civil Art.

1824.-

D) Se reemplazó la frase: “No puede cederse” por la frase: “Puede cederlo solo el comprador”. Código Civil Art.

1824.-

Si puede cederse

No puede cederse

Puede cederlo solo el vendedor

Puede cederlo solo el comprador

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1824.- El derecho que nace del pacto de retroventa no puede cederse.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 234: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

234

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “pero no de las invertidas en mejoras útiles o voluptuarias que se hayan hecho sin su

consentimiento” por la frase: “y las invertidas en mejoras útiles o voluptuarias que se hayan hecho”. Código Civil

Art. 1823.

B) Se reemplazó la frase: “que se hayan hecho sin su consentimiento” por la frase: “que se hayan aun con su

consentimiento”. Código Civil Art. 1823.

D) Se reemplazó la frase: “necesarias, pero no de las invertidas en mejoras útiles o voluptuarias que se hayan

hecho sin su consentimiento” por la frase: “invertidas en mejoras útiles o voluptuarias que se hayan hecho”.

Código Civil Art. 1823.

Al pago de las expensas necesarias y las invertidas en mejoras útiles o voluptuarias que se hayan hecho.

Al pago de las expensas necesarias, pero no de las invertidas en mejoras útiles o voluptuarias que se

hayan aun con su consentimiento.

Al pago de las expensas necesarias, pero no de las invertidas en mejoras útiles o voluptuarias que se

hayan hecho sin su consentimiento.

Al pago de las expensas invertidas en mejoras útiles o voluptuarias que se hayan hecho.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1823.- … Está obligado al pago de las expensas necesarias, pero no de las invertidas en

mejoras útiles o voluptuarias que se hayan hecho sin su consentimiento.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Respecto al pacto de retroventa señale a qué está obligado el vendedor:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 235: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

235

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “a hecho o culpa del comprador” por la frase: “a hecho o culpa suya”. Código Civil Art.

1823.

C) Se reemplazó la frase: “a hecho o culpa del comprador” por la frase: “a casos fortuitos o de fuerza mayor”. Código

Civil Art. 1823.

D) Se reemplazó la frase: “a hecho o culpa del comprador” por la frase: “a terceros”. Código Civil Art. 1823.

A ser indemnizado de los deterioros imputables a hecho o culpa suya.

A ser indemnizado de los deterioros imputables a hecho o culpa del comprador

A ser indemnizado de los deterioros imputables a casos fortuitos o de fuerza mayor.

A ser indemnizado de los deterioros imputables a terceros.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1823.- El vendedor tiene derecho a que el comprador le restituya la cosa vendida con sus

accesiones naturales. Tiene, asimismo, derecho a ser indemnizado de los deterioros imputables a hecho o culpa del

comprador.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Respecto al pacto de retroventa señale qué derecho tiene el vendedor:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 236: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

236

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “con sus accesiones naturales” por la frase: “con intereses”. Código Civil Art. 1823.-

B) Se reemplazó la frase: “con sus accesiones naturales” por la palabra: “duplicada”. Código Civil Art. 1823.-

D) Se reemplazó la frase: “con sus accesiones naturales” por la frase: “más los gastos que ocasionen la

devolución”. Código Civil Art. 1823.-

Que el comprador le restituya la cosa vendida con intereses.

Que el comprador le restituya la cosa vendida duplicada.

Que el comprador le restituya la cosa vendida con sus accesiones naturales.

Que el comprador le restituya la cosa vendida más los gastos que ocasionen la devolución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1823.- El vendedor tiene derecho a que el comprador le restituya la cosa vendida con sus

accesiones naturales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Respecto al pacto de retroventa señale qué derecho tiene el vendedor:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 237: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

237

A)

B)

C)

D)

B) Se reemplazó la frase: “No podrá resolverse la enajenación o gravamen, sino cuando la condición constaba en

el título respectivo” por la frase: “Se resolverá la enajenación o gravamen, aun cuando la condición no constaba en

el título respectivo”. Código Civil Art. 1822 en concordancia con el Art. 1507, ibidem.

C) Se reemplazó la frase: “sino cuando la condición constaba en el título respectivo, inscrito, u otorgado por

escritura pública” por la frase: “aun cuando la condición constaba en el título respectivo, inscrito, u otorgado por

escritura pública”. Código Civil Art. 1822 en concordancia con el Art. 1507, ibidem.

D) Se reemplazó la frase: “sino cuando la condición constaba en el título respectivo, inscrito, u otorgado por

escritura pública” por la frase: “de ninguna manera”. Código Civil Art. 1822 en concordancia con el Art. 1507,

ibidem.

No podrá resolverse la enajenación o gravamen, sino cuando la condición constaba en el título respectivo,

inscrito, u otorgado por escritura pública

Se resolverá la enajenación o gravamen, aun cuando la condición no constaba en el título respectivo,

inscrito, u otorgado por escritura pública.

No podrá resolverse la enajenación o gravamen, aun cuando la condición constaba en el título respectivo,

inscrito, u otorgado por escritura pública

No podrá resolverse la enajenación o gravamen, de ninguna manera.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1822.- El pacto de retroventa, en sus efectos contra terceros, se sujeta a lo dispuesto en los

Arts. 1506 y 1507.

Art. 1507.- Si el que debe un inmueble bajo condición lo enajena, o lo grava con hipoteca o servidumbre, no podrá

resolverse la enajenación o gravamen, sino cuando la condición constaba en el título respectivo, inscrito, u

otorgado por escritura pública.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuál es el efecto del pacto de retroventa, contra terceros en el caso de una cosa inmueble:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 238: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

238

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “No habrá derecho” por la frase: “Cabe el derecho”. Código Civil Art. 1822 en concordancia

con el Art. 1506 ibidem

C) Se reemplazó la frase: “No habrá derecho de reivindicarla” por la frase: “Cabe derecho de restitución”. Código Civil

Art. 1822 en concordancia con el Art. 1506 ibidem

D) Se reemplazó la frase: “de reivindicarla contra terceros poseedores de buena fe” por la frase: “de daños y

perjuicios contra terceros poseedores”. Código Civil Art. 1822 en concordancia con el Art. 1506 ibidem

Cabe el derecho de reivindicarla contra terceros poseedores de buena fe.

No habrá derecho de reivindicarla contra terceros poseedores de buena fe.

Cabe derecho de restitución contra terceros poseedores de buena fe.

No habrá derecho de daños y perjuicios contra terceros poseedores.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1822.- El pacto de retroventa, en sus efectos contra terceros, se sujeta a lo dispuesto en los Arts.

1506 y 1507.

Art. 1506.- Si el que debe una cosa mueble a plazo, o bajo condición suspensiva o resolutoria, la enajena, no habrá

derecho de reivindicarla contra terceros poseedores de buena fe.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuál es el efecto del pacto de retroventa, contra terceros en el caso de una cosa mueble:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 239: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

239

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique que es el pacto de retroventa:

A) Se reemplazó la frase: “El vendedor se reserva la facultad de recobrar la cosa vendida, entregando al comprador

la cantidad determinada que se estipulare, o en defecto de esta estipulación, lo que le haya costado la compra”. por

la frase: “El comprador se reserva la facultad de devolver la cosa comprada, pagando al vendedor la cantidad

determinada que se estipulare, o en defecto de esta estipulación, lo que le haya costado las mejoras”. Código Civil

Art. 1821.-

C) Se reemplazó la frase: “El vendedor se reserva la facultad de recobrar la cosa vendida, entregando al comprador

la cantidad determinada que se estipulare, o en defecto de esta estipulación, lo que le haya costado la compra” por la

frase: “El vendedor se reserva la facultad de recobrar la cosa vendida, sin necesidad de pago alguno al comprador”.

Código Civil Art. 1821.-

D) Se reemplazó la frase: “El vendedor se reserva la facultad de recobrar la cosa vendida, entregando al comprador

la cantidad determinada que se estipulare, o en defecto de esta estipulación, lo que le haya costado la compra” por la

frase: “El comprador se reserva la facultad de devolver la cosa comprada al vendedor si se presentaren vicios

ocultos”. Código Civil Art. 1821.-

El comprador se reserva la facultad de devolver la cosa comprada, pagando al vendedor la cantidad

determinada que se estipulare, o en defecto de esta estipulación, lo que le haya costado las mejoras.

El vendedor se reserva la facultad de recobrar la cosa vendida, entregando al comprador la cantidad

determinada que se estipulare, o en defecto de esta estipulación, lo que le haya costado la compra.

El vendedor se reserva la facultad de recobrar la cosa vendida, sin necesidad de pago alguno al comprador.

El comprador se reserva la facultad de devolver la cosa comprada al vendedor si se presentaren vicios

ocultos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1821.- Por el pacto de retroventa el vendedor se reserva la facultad de recobrar la cosa vendida,

entregando al comprador la cantidad determinada que se estipulare, o en defecto de esta estipulación, lo que le haya

costado la compra.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 240: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

240

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuál es el plazo máximo en el cual prescribe el pacto comisorio:

A) Se reemplazó la frase: “Cuatro años” por la frase: “Un año”. Código Civil Art. 1820.-

B) Se reemplazó la frase: “Cuatro años” por la frase: “Dos años”. Código Civil Art. 1820.-

C) Se reemplazó la frase: “Cuatro años” por la frase: “Tres años”. Código Civil Art. 1820.-

Un año, contado desde la fecha del contrato.

Dos años, contados desde la fecha del contrato.

Tres años, contados desde la fecha del contrato.

Cuatro años, contados desde la fecha del contrato.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1820.- El pacto comisorio prescribe en el plazo prefijado por las partes, si no pasare de cuatro

años, contados desde la fecha del contrato. Transcurridos estos cuatro años, prescribe necesariamente, sea que se

haya estipulado un plazo más largo o ninguno.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 241: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

241

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si se estipula que por no pagarse el precio al tiempo convenido, se resuelva ipso facto el contrato de venta,

señale qué tiempo tiene el comprador para hacerlo subsistir, pagando el precio:

B) Se reemplazó la palabra: “veinticuatro” por las palabras: “cuarenta y ocho”. Código Civil Art. 1819.-

C) Se reemplazó la palabra: “veinticuatro” por las palabras: “setenta y dos”. Código Civil Art. 1819.-

D) Se reemplazó la palabra: “veinticuatro” por las palabras: “noventa y seis”. Código Civil Art. 1819.-

Lo más tarde, en las veinticuatro horas subsiguientes a la notificación judicial de la demanda.

Lo más tarde, en las cuarenta y ocho horas subsiguientes a la notificación judicial de la demanda.

Lo más tarde, en las setenta y dos horas subsiguientes a la notificación judicial de la demanda.

Lo más tarde, en las noventa y seis horas subsiguientes a la notificación judicial de la demanda.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1819.- Si se estipula que por no pagarse el precio al tiempo convenido, se resuelva ipso facto el

contrato de venta, el comprador podrá, sin embargo, hacerlo subsistir, pagando el precio, lo más tarde, en las

veinticuatro horas subsiguientes a la notificación judicial de la demanda.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 242: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

242

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique qué se estipula por el pacto comisorio:

A) Se reemplazó la frase: “Que no pagándose el precio al tiempo convenido, se resolverá el contrato de venta”

por la frase: “Que pagándose el precio al tiempo convenido, no se resolverá el contrato de venta”. Código Civil

Art. 1817.-

B) Se reemplazó la frase: “se resolverá el contrato de venta” por la frase: “se pagara una multa del diez por ciento

del precio”. Código Civil Art. 1817.-

C) Se reemplazó la frase: “se resolverá el contrato de venta” por la frase: “éste se duplicará por una sola vez”.

Código Civil Art. 1817.-

Que pagándose el precio al tiempo convenido, no se resolverá el contrato de venta.

Que no pagándose el precio al tiempo convenido, se pagara una multa del diez por ciento del precio.

Que no pagándose el precio al tiempo convenido, éste se duplicará por una sola vez.

Que no pagándose el precio al tiempo convenido, se resolverá el contrato de venta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1817.- Por el pacto comisorio se estipula expresamente que no pagándose el precio al tiempo

convenido, se resolverá el contrato de venta.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 243: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

243

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si el comprador estuviere constituido en mora de pagar el precio en el lugar y tiempo dichos, indique qué

derecho tendrá el vendedor:

A) Se reemplazó la frase: “Exigir el precio o la resolución de la venta” por la frase: “Exigir la devolución de la cosa”.

Código Civil Art. 1813.-

C) Se reemplazó la frase: “el precio o la resolución de la venta, con resarcimiento de perjuicios” por la frase: “una

penalidad del diez por ciento del precio o la resolución de la venta”. Código Civil Art. 1813.-

D) Se reemplazó la frase: “con resarcimiento de perjuicios” por la frase: “pero no podrá pedir resarcimiento de

perjuicios”. Código Civil Art. 1813.-

Exigir la devolución de la cosa, con resarcimiento de perjuicios.

Exigir el precio o la resolución de la venta, con resarcimiento de perjuicios.

Exigir una penalidad del diez por ciento del precio o la resolución de la venta.

Exigir el precio o la resolución de la venta, pero no podrá pedir resarcimiento de perjuicios.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1813.- Si el comprador estuviere constituido en mora de pagar el precio en el lugar y tiempo

dichos, el vendedor tendrá derecho para exigir el precio o la resolución de la venta, con resarcimiento de

perjuicios.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 244: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

244

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique, según el Código Civil cuál es la principal obligación del comprador:

A) Se reemplazó la frase: “Pagar el precio convenido” por la frase: “Pagar los impuestos que generen la

transferencia de la cosa”. Código Civil Art. 1811.-

B) Se reemplazó la frase: “Pagar el precio convenido” por la frase: “Obligarse al saneamiento por evicción”.

Código Civil Art. 1811.-

D) Se reemplazó la frase: “Pagar el precio convenido” por la frase: “Pagar los intereses que generen la mora en el

pago del precio”. Código Civil Art. 1811.-

Pagar los impuestos que generen la transferencia de la cosa.

Obligarse al saneamiento por evicción.

Pagar el precio convenido.

Pagar los intereses que generen la mora en el pago del precio.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1811.- La principal obligación del comprador es la de pagar el precio convenido.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 245: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

245

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuánto dura la acción redhibitoria respecto de los bienes raíces.

A) Se reemplazó la frase: “Dura un año” por la frase: “Dura seis meses”. Código Civil Art. 1806.-

C) Se reemplazó la frase: “Dura un año” por la frase: “Dura dos años”. Código Civil Art. 1806.-

D) Se reemplazó la frase: “Dura un año” por la frase: “Dura tres años”. Código Civil Art. 1806.-

Dura seis meses

Dura un año

Dura dos años

Dura tres años

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1806.- La acción redhibitoria dura seis meses respecto de las cosas muebles y un año respecto de

los bienes raíces, en todos los casos en que leyes especiales o las estipulaciones de los contratantes no hubieren

ampliado o restringido este plazo. El tiempo se cuenta desde la entrega real.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 246: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

246

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuánto dura la acción redhibitoria respecto de las cosas muebles.

B) Se reemplazó la frase: “Dura seis meses” por la frase: “Dura un año”. Código Civil Art. 1806.-

C) Se reemplazó la frase: “Dura seis meses” por la frase: “Dura dos años”. Código Civil Art. 1806.-

D) Se reemplazó la frase: “Dura seis meses” por la frase: “Dura tres años”. Código Civil Art. 1806.-

Dura seis meses

Dura un año

Dura dos años

Dura tres años

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1806.- La acción redhibitoria dura seis meses respecto de las cosas muebles y un año respecto de

los bienes raíces, en todos los casos en que leyes especiales o las estipulaciones de los contratantes no hubieren

ampliado o restringido este plazo. El tiempo se cuenta desde la entrega real.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 247: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

247

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique qué sucede con el derecho del comprador si la cosa viciosa ha perecido después de

perfeccionado el contrato de venta:

A) Se reemplazó la frase: “No por eso perderá el comprador el derecho que hubiere tenido a la rebaja del precio,

aunque la cosa haya perecido en su poder y por su culpa” por la frase: “Perderá el comprador el derecho que

hubiere tenido a la rebaja del precio, si la cosa ha perecido en su poder y por su culpa”. Código Civil Art. 1802.-

B) Se reemplazó la frase: “aunque la cosa haya perecido en su poder y por su culpa” por la frase: “siempre y

cuando la cosa no haya perecido en su poder y por su culpa”. Código Civil Art. 1802.-

D) Se reemplazó la frase: “No por eso perderá el comprador el derecho que hubiere tenido a la rebaja del precio,

aunque la cosa haya perecido en su poder y por su culpa” por la frase: “Perderá el comprador el derecho que

hubiere tenido a la rebaja del precio, aunque la cosa no haya perecido en su poder y por su culpa”. Código Civil

Art. 1802.-

Perderá el comprador el derecho que hubiere tenido a la rebaja del precio, si la cosa ha perecido en su

poder y por su culpa.

No por eso perderá el comprador el derecho que hubiere tenido a la rebaja del precio, siempre y cuando

la cosa no haya perecido en su poder y por su culpa.

No por eso perderá el comprador el derecho que hubiere tenido a la rebaja del precio, aunque la cosa

haya perecido en su poder y por su culpa.

Perderá el comprador el derecho que hubiere tenido a la rebaja del precio, aunque la cosa no haya

perecido en su poder y por su culpa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1802.- Si la cosa viciosa ha perecido después de perfeccionado el contrato de venta, no por

eso perderá el comprador el derecho que hubiere tenido a la rebaja del precio, aunque la cosa haya perecido en

su poder y por su culpa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 248: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

248

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale qué derecho dan al comprador los vicios redhibitorios:

A) Se reemplazó la frase: “o la rescisión de la venta o la rebaja del precio, según mejor le pareciere” por la frase: “o

la rectificatoria de la venta o la rebaja del precio, según mejor le pareciere”. Código Civil Art. 1800.-

B) Se reemplazó la frase: “o la rescisión de la venta o la rebaja del precio, según mejor le pareciere” por la frase: “o

la rescisión de la venta o la devolución del precio, según mejor le pareciere”. Código Civil Art. 1800.-

D) Se reemplazó la frase: “o la rescisión de la venta o la rebaja del precio, según mejor le pareciere” por la frase: “la

indemnización por daños y perjuicios y la rebaja del precio”. Código Civil Art. 1800.-

Para exigir o la rectificatoria de la venta o la rebaja del precio, según mejor le pareciere.

Para exigir o la rescisión de la venta o la devolución del precio, según mejor le pareciere.

Para exigir o la rescisión de la venta o la rebaja del precio, según mejor le pareciere.

Para exigir la indemnización por daños y perjuicios y la rebaja del precio.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1800.- Los vicios redhibitorios dan derecho al comprador para exigir o la rescisión de la venta o la

rebaja del precio, según mejor le pareciere.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 249: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

249

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si se ha estipulado que el vendedor no está obligado al saneamiento por los vicios ocultos de la cosa, indique sin

embargo a que estará obligado:

A) Se reemplazó la frase: “de que tuvo conocimiento y de que no dio noticia al comprador” por la frase: “que no tuvo

conocimiento y por lo tanto no dio noticia al comprador”. Código Civil Art. 1799.-

B) Se reemplazó la frase: “de que tuvo conocimiento y de que no dio noticia al comprador” por la frase: “de que tuvo

conocimiento el comprador y de que no dio noticia al vendedor”. Código Civil Art. 1799.-

C) Se reemplazó la frase: “de que tuvo conocimiento y de que no dio noticia al comprador” por la frase: “de que no tuvo

conocimiento ni tampoco el comprador”. Código Civil Art. 1799.-

A sanear aquellos de que no tuvo conocimiento y por lo tanto no dio noticia al comprador

A sanear aquellos de que tuvo conocimiento el comprador y de que no dio noticia al vendedor

A sanear aquellos de que no tuvo conocimiento ni tampoco el comprador

A sanear aquellos de que tuvo conocimiento y de que no dio noticia al comprador

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1799.- Si se ha estipulado que el vendedor no está obligado al saneamiento por los vicios ocultos de la cosa,

estará, sin embargo, obligado a sanear aquellos de que tuvo conocimiento y de que no dio noticia al comprador.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 250: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

250

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuál de las siguientes opciones reúne la calidad de vicio redhibitorio:

A) Se reemplazó la frase: “la cosa vendida no sirva para su uso natural, o sólo sirva imperfectamente”

por la frase: “la cosa vendida aumente considerablemente su precio o valor”. Código Civil Art. 1798.-

C) Se reemplazó la frase: “la cosa vendida no sirva para su uso natural, o sólo sirva imperfectamente”

por la frase: “la cosa vendida no sea identificable”. Código Civil Art. 1798.-

D) Se reemplazó la frase: “la cosa vendida no sirva para su uso natural, o sólo sirva imperfectamente”.

por la frase: “la cosa vendida tenga que volver a propiedad del vendedor por culpa del comprador”. Código Civil

Art. 1798.-

Ser tales que por ellos la cosa vendida aumente considerablemente su precio o valor.

Ser tales que por ellos la cosa vendida no sirva para su uso natural, o sólo sirva imperfectamente.

Ser tales que por ellos la cosa vendida no sea identificable.

Ser tales que por ellos la cosa vendida tenga que volver a propiedad del vendedor por culpa del

comprador.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1798.- Son vicios redhibitorios los que reúnen las calidades siguientes:… Ser tales que por

ellos la cosa vendida no sirva para su uso natural, o sólo sirva imperfectamente, de manera que sea de presumir

que, conociéndolos el comprador, no la hubiere comprado, o la hubiera comprado a mucho menos precio...

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 251: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

251

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique qué es la acción redhibitoria:

A) Se reemplazó la frase: “Acción que tiene el comprador para que se rescinda la venta o se rebaje proporcionalmente

el precio, por los vicios ocultos de la cosa vendida” por la frase: “Acción que tiene el vendedor para que se rescinda la

venta o se aumente proporcionalmente el precio, por las mejoras de la cosa vendida”. Código Civil Art. 1797

C) Se reemplazó la frase: “Acción que tiene el comprador para que se rescinda la venta o se rebaje proporcionalmente

el precio, por los vicios ocultos de la cosa vendida” por la frase: “Acción que tiene el comprador para que se modifique

la venta o se devuelva el precio, por los vicios ocultos de la cosa vendida”. Código Civil Art. 1797

D) Se reemplazó la frase: “Acción que tiene el comprador para que se rescinda la venta o se rebaje proporcionalmente

el precio, por los vicios ocultos de la cosa vendida”

por la frase: “Acción que tiene el vendedor para que se rescinda la venta en virtud de que no se ha cancelado el

precio de la cosa vendida”. Código Civil Art. 1797

Acción que tiene el vendedor para que se rescinda la venta o se aumente proporcionalmente el precio, por las

mejoras de la cosa vendida.

Acción que tiene el comprador para que se rescinda la venta o se rebaje proporcionalmente el precio, por los

vicios ocultos de la cosa vendida.

Acción que tiene el comprador para que se modifique la venta o se devuelva el precio, por los vicios ocultos de

la cosa vendida.

Acción que tiene el vendedor para que se rescinda la venta en virtud de que no se ha cancelado el precio de

la cosa vendida.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1797.- Se llama acción redhibitoria la que tiene el comprador para que se rescinda la venta o se

rebaje proporcionalmente el precio, por los vicios ocultos de la cosa vendida, raíz o mueble, llamados redhibitorios.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 252: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

252

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique desde cuándo se cuenta el tiempo para la prescripción de la acción de saneamiento por evicción:

A) Se reemplazó la frase: “Desde la fecha de la sentencia de evicción; o si ésta no hubiere llegado a pronunciarse,

desde la restitución de la cosa” por la frase: “Desde la fecha de la celebración del contrato; o desde la restitución de

la cosa”. Código Civil Art. 1796.-

C) Se reemplazó la frase: “desde la restitución de la cosa” por la frase: “desde la fecha de pago al vendedor de la

cosa”. Código Civil Art. 1796.-

D) Se reemplazó la frase: “Desde la fecha de la sentencia de evicción; o si ésta no hubiere llegado a pronunciarse,

desde la restitución de la cosa” por la frase: “Desde la fecha de la resciliación; o si ésta no hubiere llegado a

realizarse, desde la restitución de la cosa”. Código Civil Art. 1796.-

Desde la fecha de la celebración del contrato; o desde la restitución de la cosa.

Desde la fecha de la sentencia de evicción; o si ésta no hubiere llegado a pronunciarse, desde la restitución

de la cosa.

Desde la fecha de la sentencia de evicción; o si ésta no hubiere llegado a pronunciarse, desde la fecha de

pago al vendedor de la cosa.

Desde la fecha de la resciliación; o si ésta no hubiere llegado a realizarse, desde la restitución de la cosa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1796.- La acción de saneamiento por evicción prescribe en cuatro años; mas por lo tocante a la

sola restitución del precio, prescribe según las reglas generales. Se contará el tiempo desde la fecha de la sentencia

de evicción; o si ésta no hubiere llegado a pronunciarse, desde la restitución de la cosa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 253: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

253

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique en cuánto tiempo prescribe la acción de saneamiento por evicción:

A) Se reemplazó la palabra: “cuatro” por la palabra: “un”. Código Civil Art. 1796

B) Se reemplazó la palabra: “cuatro” por la palabra: “dos”. Código Civil Art. 1796

C) Se reemplazó la palabra: “cuatro” por la palabra: “tres”. Código Civil Art. 1796

En un año

En dos años

En tres años

En cuatro años

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1796.- La acción de saneamiento por evicción prescribe en cuatro años; mas por lo tocante a la

sola restitución del precio, prescribe según las reglas generales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 254: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

254

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En el caso de la obligación de sanear la evicción por parte del vendedor, indique cuándo cesa la

obligación de restituir el precio:

A) Se reemplazó la palabra: “especificándolo” por la frase: “sin que sea necesario que esto se especifique”.

Código Civil Art. 1792.-

B) Se reemplazó la frase: “Cuando el que compró lo hizo a sabiendas de ser ajena la cosa, o si expresamente

tomó sobre sí el peligro de la evicción, especificándolo” por la frase: “Cuando el que vendió lo hizo a sabiendas de

ser ajena la cosa, y expresamente tomó sobre sí el peligro de la evicción”. Código Civil Art. 1792.-

C) Se reemplazó la frase: “Cuando el que compró lo hizo a sabiendas de ser ajena la cosa, o si expresamente

tomó sobre sí el peligro de la evicción, especificándolo” por la frase: “Cuando el que compró lo hizo sin saber que

la cosa fuese ajena, pero el vendedor tomó sobre sí el peligro de la evicción”. Código Civil Art. 1792.-

Cuando el que compró lo hizo a sabiendas de ser ajena la cosa, o si expresamente tomó sobre sí el

peligro de la evicción, sin que sea necesario que esto se especifique.

Cuando el que vendió lo hizo a sabiendas de ser ajena la cosa, y expresamente tomó sobre sí el peligro

de la evicción.

Cuando el que compró lo hizo sin saber que la cosa fuese ajena, pero el vendedor tomó sobre sí el

peligro de la evicción.

Cuando el que compró lo hizo a sabiendas de ser ajena la cosa, o si expresamente tomó sobre sí el

peligro de la evicción, especificándolo

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1792.- La estipulación que exime al vendedor de la obligación de sanear la evicción, no le

exime de la obligación de restituir el precio recibido…… Cesará la obligación de restituir el precio, si el que compró

lo hizo a sabiendas de ser ajena la cosa, o si expresamente tomó sobre sí el peligro de la evicción,

especificándolo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 255: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

255

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La estipulación que exime al vendedor de la obligación de sanear la evicción, no le exime de la obligación

de:

A) Se reemplazó la frase: “Restituir el precio recibido” por la frase: “Restituir los intereses recibidos”. Código Civil

Art. 1792.-

B) Se reemplazó la frase: “Restituir el precio recibido” por la frase: “Pagar una penalidad por incumplimiento”.

Código Civil Art. 1792.-

D) Se reemplazó la frase: “Restituir el precio recibido” por la frase: “Restituir otra cosa igual a la vendida”. Código

Civil Art. 1792.-

Restituir los intereses recibidos.

Pagar una penalidad por incumplimiento.

Restituir el precio recibido.

Restituir otra cosa igual a la vendida.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1792.- La estipulación que exime al vendedor de la obligación de sanear la evicción, no le exime

de la obligación de restituir el precio recibido.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 256: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

256

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuál de los siguientes comprende al saneamiento de evicción, a que está obligado el vendedor:

A) Se reemplazó la frase: “del precio, aunque la cosa, al tiempo de la evicción, valga menos” por la frase: “de la

cosa, aunque la cosa, al tiempo de la evicción, valga menos”. Código Civil Art. 1787.-

C) Se reemplazó la frase: “del precio, aunque la cosa, al tiempo de la evicción, valga menos” por la frase: “de la

cosa, en las condiciones que se encuentre, al tiempo de la evicción”. Código Civil Art. 1787.-

D) Se reemplazó la frase: “aunque la cosa, al tiempo de la evicción, valga menos” por la frase: “al valor de la cosa,

al tiempo de la evicción”. Código Civil Art. 1787.-

La restitución de la cosa, aunque la cosa, al tiempo de la evicción, valga menos.

La restitución del precio, aunque la cosa, al tiempo de la evicción, valga menos

La restitución de la cosa, en las condiciones que se encuentre, al tiempo de la evicción.

La restitución del precio, al valor de la cosa, al tiempo de la evicción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1787.- El saneamiento de evicción, a que está obligado el vendedor, comprende: 1. La restitución

del precio, aunque la cosa, al tiempo de la evicción, valga menos;…

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 257: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

257

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique si se puede eximir al vendedor del saneamiento de evicción:

B) Se reemplazó la frase: “Es nulo todo pacto en que se exima al vendedor del saneamiento de evicción, siempre

que en ese pacto haya habido mala fe de parte suya” por la frase: “Es válido todo pacto en que se exima al vendedor

del saneamiento de evicción”. Código Civil Art. 1782.-

C) Se reemplazó la frase: “Es nulo todo pacto en que se exima al vendedor del saneamiento de evicción, siempre

que en ese pacto haya habido mala fe de parte suya” por la frase: “Es válido todo pacto en que se exima al vendedor

del saneamiento de evicción, aunque en ese pacto haya habido mala fe de parte suya”. Código Civil Art. 1782.-

D) Se reemplazó la frase: “Es nulo todo pacto en que se exima al vendedor del saneamiento de evicción, siempre

que en ese pacto haya habido mala fe de parte suya” por la frase: “Es nulo todo pacto en que se exima al vendedor

del saneamiento de evicción, si no hubiese aceptación del comprador”. Código Civil Art. 1782.-

Es nulo todo pacto en que se exima al vendedor del saneamiento de evicción, siempre que en ese pacto

haya habido mala fe de parte suya.

Es válido todo pacto en que se exima al vendedor del saneamiento de evicción.

Es válido todo pacto en que se exima al vendedor del saneamiento de evicción, aunque en ese pacto haya

habido mala fe de parte suya.

Es nulo todo pacto en que se exima al vendedor del saneamiento de evicción, si no hubiese aceptación del

comprador.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1782.- Es nulo todo pacto en que se exima al vendedor del saneamiento de evicción, siempre que

en ese pacto haya habido mala fe de parte suya.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 258: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

258

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuál es la obligación del vendedor con el comprador en cuanto a la evicción:

A) Se reemplazó la palabra: “anterior” por la palabra: “posterior”. Código Civil Art. 1779.-

B) Se reemplazó la frase: “salvo en cuanto” por la frase: “aunque se haya”. Código Civil Art. 1779.-

D) Se reemplazó la frase: “que tengan una causa anterior a la venta, salvo en cuanto se haya estipulado lo

contrario” por la frase: “todas las evicciones que tengan una causa anterior y posterior a la venta”. Código Civil Art.

1779.-

A sanear todas las evicciones que tengan una posterior a la venta, salvo en cuanto se haya estipulado lo

contrario.

A sanear todas las evicciones que tengan una causa anterior a la venta, aunque se haya estipulado lo

contrario.

A sanear todas las evicciones que tengan una causa anterior a la venta, salvo en cuanto se haya

estipulado lo contrario.

A sanear todas las evicciones que tengan una causa anterior y posterior a la venta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1779.- El vendedor está obligado a sanear al comprador todas las evicciones que tengan una

causa anterior a la venta, salvo en cuanto se haya estipulado lo contrario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 259: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

259

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuando hay evicción de la cosa comprada:

A) Se reemplazó la frase: “Cuando el comprador es privado del todo o parte de ella por sentencia judicial” por la

frase: “Cuando el vendedor es privado del pago del precio por sentencia judicial”. Código Civil Art. 1778.-

C) Se reemplazó la frase: “Cuando el comprador es privado del todo o parte de ella por sentencia judicial” por la

frase: “Cuando el vendedor es condenado a pagar una penalidad por sentencia judicial”. Código Civil Art. 1778.-

D) Se reemplazó la frase: “Cuando el comprador es privado del todo o parte de ella por sentencia judicial” por la

frase: “Cuando el comprador es condenado a devolver todo o parte de ella por sentencia judicial”. Código Civil Art.

1778.-

Cuando el vendedor es privado del pago del precio por sentencia judicial.

Cuando el comprador es privado del todo o parte de ella por sentencia judicial.

Cuando el vendedor es condenado a pagar una penalidad por sentencia judicial.

Cuando el comprador es condenado a devolver todo o parte de ella por sentencia judicial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1778.- Hay evicción de la cosa comprada, cuando el comprador es privado del todo o parte de

ella por sentencia judicial.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 260: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

260

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La obligación de saneamiento comprende dos objetos indique cuáles son:

A) Se reemplazó la frase: “Amparar al comprador en el dominio y posesión pacífica de la cosa vendida, y

responder de los defectos ocultos de ésta” por la frase: “Amparar al vendedor de la cosa vendida, y responder por

los valores que no se hayan pagado”. Código Civil Art. 1777.-

B) Se reemplazó la frase: “Amparar al comprador en el dominio y posesión pacífica de la cosa vendida, y

responder de los defectos ocultos de ésta” por la frase: “Amparar al comprador por la superficie del inmueble que

se adquiere, y responder de los defectos ocultos de ésta”. Código Civil Art. 1777.-

C) Se reemplazó la frase: “Amparar al comprador en el dominio y posesión pacífica de la cosa vendida, y

responder de los defectos ocultos de ésta” por la frase: “Amparar al comprador en el dominio y posesión pacífica

de la cosa vendida, y responder al vendedor de la licitud de los fondos recibidos". Código Civil Art. 1777.-

Amparar al vendedor de la cosa vendida, y responder por los valores que no se hayan pagado.

Amparar al comprador por la superficie del inmueble que se adquiere, y responder de los defectos

ocultos de ésta.

Amparar al comprador en el dominio y posesión pacífica de la cosa vendida, y responder al vendedor de

la licitud de los fondos recibidos.

Amparar al comprador en el dominio y posesión pacífica de la cosa vendida, y responder de los defectos

ocultos de ésta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1777.- La obligación de saneamiento comprende dos objetos: amparar al comprador en el

dominio y posesión pacífica de la cosa vendida, y responder de los defectos ocultos de ésta, llamados vicios

redhibitorios.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 261: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

261

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si el predio se vende como cuerpo cierto, indique si tendrán el comprador o el vendedor derecho de pedir

rebaja o aumento del precio:

A) Se reemplazó la frase: “No habrá derecho, sea cual fuere la cabida del predio” por la frase: “Si habrá derecho,

dependiendo cual fuere la cabida del predio”. Código Civil Art. 1773.-

C) Se reemplazó la frase: “No habrá derecho, sea cual fuere la cabida del predio” por la frase: “Si habrá derecho, en

proporción a la nueva cabida del predio”. Código Civil Art. 1773.-

D) Se reemplazó la frase: “No habrá derecho, sea cual fuere la cabida del predio” por la frase: “No habrá derecho, a

menos que se determine la cabida del predio por parte del Municipio correspondiente”. Código Civil Art. 1773.-

Si habrá derecho, dependiendo cual fuere la cabida del predio.

No habrá derecho, sea cual fuere la cabida del predio.

Si habrá derecho, en proporción a la nueva cabida del predio.

No habrá derecho, a menos que se determine la cabida del predio por parte del Municipio correspondiente.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1773.- Si el predio se vende como cuerpo cierto, no habrá derecho por parte del comprador ni del

vendedor para pedir rebaja o aumento del precio, sea cual fuere la cabida del predio.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 262: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

262

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las obligaciones del vendedor se reducen en general a dos, indique cuáles son:

A) Se reemplazó la frase: “y el saneamiento de la cosa vendida” por la frase: “y el cobro del precio pactado”.

Código Civil Art. 1764.-

B) Se reemplazó la frase: “y el saneamiento de la cosa vendida” por la frase: “y el pago de los gastos que

ocasionan la transferencia”. Código Civil Art. 1764.-

D) Se reemplazó la frase: “y el saneamiento de la cosa vendida” por la frase: “y el resarcimiento de daños y

perjuicios”. Código Civil Art. 1764.-

La entrega o tradición, y el cobro del precio pactado.

La entrega o tradición, y el pago de los gastos que ocasionan la transferencia.

La entrega o tradición, y el saneamiento de la cosa vendida.

La entrega o tradición, y el resarcimiento de daños y perjuicios.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1764.- Las obligaciones del vendedor se reducen en general a dos: la entrega o tradición, y el

saneamiento de la cosa vendida.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 263: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

263

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique a quién pertenece la pérdida, deterioro o mejora de la especie o cuerpo cierto que se vende, desde

el momento de perfeccionarse el contrato, aunque no se haya entregado la cosa, cuando la venta no se ha

hecho bajo condición suspensiva.

A) Se reemplazó la comprador por la palabra vendedor. Código Civil Art. 1760.-

C) Se reemplazó la frase: “Pertenece al comprador” por la frase: “Pertenece al vendedor y al comprador en partes

iguales”. Código Civil Art. 1760.-

D) Se reemplazó la frase: “Pertenece al comprador” por la frase: “Pertenece al vendedor hasta el treinta por ciento

del valor de venta”. Código Civil Art. 1760.-

Pertenece al vendedor

Pertenece al comprador

Pertenece al vendedor y al comprador en partes iguales.

Pertenece al vendedor hasta el treinta por ciento del valor de venta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1760.- La pérdida, deterioro o mejora de la especie o cuerpo cierto que se vende, pertenece al

comprador, desde el momento de perfeccionarse el contrato, aunque no se haya entregado la cosa; salvo que se

venda bajo condición suspensiva, y que se cumpla la condición; pues entonces, pereciendo totalmente la especie

mientras pende la condición, la pérdida será del vendedor, y la mejora o deterioro pertenecerá al comprador.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 264: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

264

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Vendida y entregada a otro una cosa ajena, si el vendedor adquiere después el dominio de ella, desde

cuando se mirará al comprador como verdadero dueño:

A) Se reemplazó la frase: “Desde la fecha de la tradición” por la frase: “Desde la fecha de adquisición de dominio”.

Código Civil Art. 1759

C) Se reemplazó la frase: “Desde la fecha de la tradición” por la frase: “Desde la fecha de pago de la cosa”. Código

Civil Art. 1759

D) Se reemplazó la frase: “Desde la fecha de la tradición” por la frase: “Desde la fecha de la posesión”.

Código Civil Art. 1759

Desde la fecha de adquisición de dominio.

Desde la fecha de la tradición.

Desde la fecha de pago de la cosa.

Desde la fecha de la posesión.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1759.- Vendida y entregada a otro una cosa ajena, si el vendedor adquiere después el dominio de

ella, se mirará al comprador como verdadero dueño desde la fecha de la tradición. Por consiguiente, si el vendedor

la vendiere a otra persona después de adquirido el dominio, subsistirá el dominio de ella en el primer comprador.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 265: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

265

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La venta de cosa ajena, ratificada después por el dueño, que derecho confiere al comprador:

A) Se reemplazó la frase: “Los derechos de tal, desde la fecha de la venta” por la frase: “El derecho de exigir daños y

perjuicios”. Código Civil Art. 1758.-

C) Se reemplazó la frase: “Los derechos de tal, desde la fecha de la venta” por la frase: “El derecho de repetición

contra el dueño”. Código Civil Art. 1758.-

D) Se reemplazó la frase: “Los derechos de tal, desde la fecha de la venta” por la frase: “Los derechos de

copropietario, desde la fecha de la venta”. Código Civil Art. 1758.-

El derecho de exigir daños y perjuicios.

Los derechos de tal, desde la fecha de la venta.

El derecho de repetición contra el dueño.

Los derechos de copropietario, desde la fecha de la venta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1758.- La venta de cosa ajena, ratificada después por el dueño, confiere al comprador los derechos

de tal, desde la fecha de la venta.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 266: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

266

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si alguno vende separadamente una misma cosa a dos personas, indique cuál comprador tiene

preferencia si no se ha entregado a ninguno.

A) Se reemplazó la frase: “el título más antiguo” por la frase: “el que haya pagado primero”. Código Civil Art. 1757

B) Se reemplazó la frase: “el que haya pagado primero” por la frase: “el que haya demandado primero”. Código

Civil Art. 1757

C) Se reemplazó la frase: “el que haya demandado primero” por la frase: “el que haya tenido conocimiento

primero”. Código Civil Art. 1757

Prevalecerá el que haya pagado primero.

Prevalecerá el que haya demandado primero.

Prevalecerá el que haya tenido conocimiento primero.

Prevalecerá el título más antiguo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1757.- Si alguno vende separadamente una misma cosa a dos personas, el comprador que

haya entrado en posesión será preferido al otro. Si ha hecho la entrega a los dos, aquél a quien se haya hecho

primero será preferido. Si no se ha entregado a ninguno, prevalecerá el título más antiguo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 267: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

267

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si alguno vende separadamente una misma cosa a dos personas, indique cuál comprador tiene

preferencia si se ha hecho la entrega a los dos.

A) Se reemplazó la frase: “Aquél a quien se haya hecho primero será preferido” por la frase: “Aquél que hubiere

pagado primero el precio será preferido”. Código Civil Art. 1757.-

B) Se reemplazó la frase: “se haya hecho primero será preferido” por la frase: “se haya ofertado primero será

preferido”. Código Civil Art. 1757.-

D) Se reemplazó la frase: “Aquél a quien se haya hecho primero será preferido” por la frase: “Aquél que demande

primero será preferido”. Código Civil Art. 1757.-

Aquél que hubiere pagado primero el precio será preferido.

Aquél a quien se haya ofertado primero será preferido.

Aquél a quien se haya hecho primero será preferido.

Aquél que demande primero será preferido.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1757.- Si alguno vende separadamente una misma cosa a dos personas, el comprador que

haya entrado en posesión será preferido al otro. Si ha hecho la entrega a los dos, aquél a quien se haya hecho

primero será preferido. Si no se ha entregado a ninguno, prevalecerá el título más antiguo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 268: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

268

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si alguno vende separadamente una misma cosa a dos personas, indique cuál comprador tiene preferencia:

A) Se reemplazó la frase: “que haya entrado en posesión será preferido al otro” por la frase: “que haya realizado

primero el pago será preferido al otro”. Código Civil Art. 1757.-

B) Se reemplazó la frase: “que haya entrado en posesión será preferido al otro” por la frase: “que haya ingresado

primero la demanda será preferido al otro”. Código Civil Art. 1757.-

D) Se reemplazó la frase: “que haya entrado en posesión será preferido al otro” por la frase: “a quien fue ofertado

primero la cosa será preferido al otro”. Código Civil Art. 1757.-

El comprador que haya realizado primero el pago será preferido al otro.

El comprador que haya ingresado primero la demanda será preferido al otro.

El comprador que haya entrado en posesión será preferido al otro.

El comprador a quien fue ofertado primero la cosa será preferido al otro.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1757.- Si alguno vende separadamente una misma cosa a dos personas, el comprador que haya

entrado en posesión será preferido al otro. Si ha hecho la entrega a los dos, aquél a quien se haya hecho primero

será preferido. Si no se ha entregado a ninguno, prevalecerá el título más antiguo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 269: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

269

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si se ha estipulado entregar la cosa al cabo de cierto tiempo o en el evento de cierta condición, indique qué

sucede con los frutos naturales, pendientes al tiempo de la venta, y todos los frutos tanto naturales como

civiles que después produzca la cosa.

A) Se reemplazó la frase: “No pertenecerán los frutos al comprador, sino” por la frase: “Pertenecerán los frutos al

comprador, aunque no se encuentre”. Código Civil Art. 1756.-

C) Se reemplazó la frase: “No pertenecerán los frutos al comprador, sino vencido” por la frase: “Pertenecerán los

frutos al comprador y al vendedor en partes iguales hasta vencido”. Código Civil Art. 1756.-

D) Se reemplazó la palabra: “comprador” por la palabra: “vendedor”. Código Civil Art. 1756.-

Pertenecerán los frutos al comprador, aunque no se encuentre vencido el plazo, o cumplida la condición.

No pertenecerán los frutos al comprador, sino vencido el plazo, o cumplida la condición.

Pertenecerán los frutos al comprador y al vendedor en partes iguales hasta vencido el plazo, o cumplida la

condición.

No pertenecerán los frutos al vendedor, sino vencido el plazo, o cumplida la condición.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1756.- Los frutos naturales, pendientes al tiempo de la venta, y todos los frutos tanto naturales

como civiles que después produzca la cosa, pertenecerán al comprador, a menos que se haya estipulado entregar la

cosa al cabo de cierto tiempo o en el evento de cierta condición. En estos casos, no pertenecerán los frutos al

comprador, sino vencido el plazo, o cumplida la condición.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 270: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

270

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Si la venta de una cosa que al tiempo de perfeccionarse el contrato faltaba una parte considerable de ella,

qué opciones tendrá el comprador.

A) Se reemplazó la frase: “Podrá a su arbitrio, desistir del contrato, o darlo por subsistente, abonando el precio a

justa tasación” por la frase: “No podrá desistir del contrato, solo darlo por subsistente, abonando el precio a justa

tasación”. Código Civil Art. 1753

B) Se reemplazó la frase: “Podrá a su arbitrio, desistir del contrato, o darlo por subsistente, abonando el precio a

justa tasación” por la frase: “Podrá desistir del contrato, pero no podrá darlo por subsistente pagando el precio”.

Código Civil Art. 1753

D) Se reemplazó la frase: “Podrá a su arbitrio, desistir del contrato, o darlo por subsistente, abonando el precio a

justa tasación” por la frase: “No podrá desistir del contrato, ni darlo por subsistente”. Código Civil Art. 1753

No podrá desistir del contrato, solo darlo por subsistente, abonando el precio a justa tasación.

Podrá desistir del contrato, pero no podrá darlo por subsistente pagando el precio.

Podrá a su arbitrio, desistir del contrato, o darlo por subsistente, abonando el precio a justa tasación.

No podrá desistir del contrato, ni darlo por subsistente.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1753.- La venta de una cosa que al tiempo de perfeccionarse el contrato se supone existente y no

existe, no surte efecto alguno. Si faltaba una parte considerable de ella al tiempo de perfeccionarse el contrato,

podrá el comprador, a su arbitrio, desistir del contrato, o darlo por subsistente, abonando el precio a justa tasación.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 271: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

271

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Si la cosa es común de dos o más personas proindiviso, entre las cuales no intervenga contrato de

sociedad puede vender cada una de ellas su cuota?

A) Se reemplazó la frase: “Podrá aún sin el consentimiento de las otras” por la frase: “No podrá sin el consentimiento

de las otras”. Código Civil Art. 1751.-

C) Se reemplazó la frase: “Podrá aún sin el consentimiento de las otras” por la frase: “Podrá con autorización de juez

competente”. Código Civil Art. 1751.-

D) Se reemplazó la frase: “Podrá aún sin el consentimiento de las otras” por la frase: “No podrá sin el consentimiento

de la mayoría de las otras”. Código Civil Art. 1751.-

No podrá sin el consentimiento de las otras.

Podrá aún sin el consentimiento de las otras.

Podrá con autorización de juez competente.

No podrá sin el consentimiento de la mayoría de las otras.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1751.- Si la cosa es común de dos o más personas proindiviso, entre las cuales no intervenga

contrato de sociedad, cada una de ellas podrá vender su cuota, aún sin el consentimiento de las otras.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 272: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

272

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Según lo establecido en el Código Civil respecto al precio en una compraventa indique cuál es la respuesta

correcta:

B) Se reemplazó la frase: “al arbitrio de uno de los contratantes” por la frase: “al arbitrio de un tercero”. Código Civil

Art. 1748.-

C) Se reemplazó la frase: “al arbitrio de uno de los contratantes” por la frase: “al arbitrio de los contratantes”.

Código Civil Art. 1748.-

D) Se reemplazó la frase: “No podrá dejarse el precio al arbitrio de uno de los contratantes” por la frase: “Podrá

dejarse el precio al arbitrio de uno de los contratantes”. Código Civil Art. 1748.-

No podrá dejarse el precio al arbitrio de uno de los contratantes.

No podrá dejarse el precio al arbitrio de un tercero.

No podrá dejarse el precio al arbitrio de los contratantes

Podrá dejarse el precio al arbitrio de uno de los contratantes

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1748.- Podrá, asimismo, dejarse el precio al arbitrio de un tercero; y si el tercero no lo

determinare, podrá hacerlo por él cualquiera otra persona en que se convinieren los contratantes. En caso de no

convenirse, no habrá venta. No podrá dejarse el precio al arbitrio de uno de los contratantes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 273: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

273

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La venta puede ser:

A) Se reemplazó la frase: “y simple, o bajo condición” por la frase: “y compuesta, o bajo limitación”.Código Civil

Art. 1746

B) Se reemplazó la frase: “y simple, o bajo condición suspensiva o resolutoria” por la frase: “y complementaria, o

bajo condición suspensiva”. Código Civil Art. 1746

D) Se reemplazó la frase: “suspensiva o resolutoria” por la frase: “recíproca o resolutoria”. Código Civil Art. 1746

Pura y compuesta, o bajo limitación suspensiva o resolutoria.

Pura y complementaria, o bajo condición suspensiva.

Pura y simple, o bajo condición suspensiva o resolutoria.

Pura y simple, o bajo condición recíproca o resolutoria.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1746.- La venta puede ser pura y simple, o bajo condición suspensiva o resolutoria.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 274: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

274

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique a quién corresponden los impuestos fiscales o municipales, las costas de la escritura y de

cualesquiera otras solemnidades de la venta.

A) Se reemplazó la frase: “del vendedor, a menos de pactarse otra cosa” por la frase: “del comprador”.Código Civil

Art. 1745

C) Se reemplazó la frase: “del vendedor, a menos de pactarse otra cosa” por la frase: “del comprador, a menos de

pactarse otra cosa”.Código Civil Art. 1745

D) Se reemplazó la frase: “del vendedor, a menos de pactarse otra cosa” por la frase: “del vendedor”. Código Civil

Art. 1745

Serán de cargo del comprador.

Serán de cargo del vendedor, a menos de pactarse otra cosa.

Serán de cargo del comprador, a menos de pactarse otra cosa.

Serán de cargo del vendedor.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1745.- Los impuestos fiscales o municipales, las costas de la escritura y de cualesquiera otras

solemnidades de la venta, serán de cargo del vendedor, a menos de pactarse otra cosa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 275: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

275

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale cómo se debe proceder cuando se vende con arras, y los contratantes deciden retractarse:

A) Se reemplazó la frase: “perdiéndolas; y el que las ha recibido, restituyéndolas dobladas” por la frase: “las recupera; y el

que las ha recibido, restituyéndolas”. Código Civil Art. 1742.-

B) Se reemplazó la frase: “perdiéndolas; y el que las ha recibido, restituyéndolas dobladas” por la frase: “las recupera; y el

que las ha recibido, restituyéndolas sin los frutos que se haya percibido”. Código Civil Art. 1742.-

D) Se reemplazó la frase: “perdiéndolas; y el que las ha recibido, restituyéndolas dobladas” por la frase: “perdiéndolas en

la mitad; y el que las ha recibido, restituyéndolas dobladas”. Código Civil Art. 1742.-

El que ha dado las arras, las recupera; y el que las ha recibido, restituyéndolas.

El que ha dado las arras, las recupera; y el que las ha recibido, restituyéndolas sin los frutos que se haya

percibido.

El que ha dado las arras, perdiéndolas; y el que las ha recibido, restituyéndolas dobladas

El que ha dado las arras, perdiéndolas en la mitad; y el que las ha recibido, restituyéndolas dobladas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1742.- Si se vende con arras, esto es, dando una cosa en prenda de la celebración o ejecución del

contrato, se entiende que cada uno de los contratantes podrá retractarse: el que ha dado las arras, perdiéndolas; y el que

las ha recibido, restituyéndolas dobladas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 276: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

276

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale cuando se realiza la venta con arras:

A) Se reemplazó la frase: “Cuando se da una cosa en prenda de la celebración o ejecución del contrato” por la

frase: “Cuando el precio consiste parte en dinero y parte en otra cosa”. Código Civil Art. 1742.-

C) Se reemplazó la frase: “Cuando se da una cosa en prenda de la celebración o ejecución del contrato” por la

frase: “Cuando se establece un plazo de cuatro años para la devolución de la cosa”. Código Civil Art. 1742.-

D) Se reemplazó la frase: “Cuando se da una cosa en prenda de la celebración o ejecución del contrato” por la

frase: “Cuando se vende la cosa con gravamen o limitación”. Código Civil Art. 1742.-

Cuando el precio consiste parte en dinero y parte en otra cosa.

Cuando se da una cosa en prenda de la celebración o ejecución del contrato.

Cuando se establece un plazo de cuatro años para la devolución de la cosa.

Cuando se vende la cosa con gravamen o limitación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1742.- Si se vende con arras, esto es, dando una cosa en prenda de la celebración o ejecución

del contrato, se entiende que cada uno de los contratantes podrá retractarse: el que ha dado las arras,

perdiéndolas; y el que las ha recibido, restituyéndolas dobladas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 277: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

277

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En qué caso podrán las partes retractarse de la venta de la cosa vendida siempre y cuando no sean bienes

raíces, servidumbres y la de una sucesión hereditaria.

A) Se reemplazó la frase: “estipularen que la venta no se repute perfecta hasta el otorgamiento de escritura pública o

privada” por la frase: “estipularen que la venta no se repute perfecta hasta el otorgamiento del préstamo con el que

se hará el pago”. Código Civil Art. 1741.-

B) Se reemplazó la frase: “estipularen que la venta no se repute perfecta hasta el otorgamiento de escritura pública o

privada” por la frase: “estipularen que la venta no se repute perfecta hasta el otorgamiento del préstamo con el que

se hará el pago”. Código Civil Art. 1741.-

C) Se reemplazó la frase: “estipularen que la venta no se repute perfecta hasta el otorgamiento de escritura pública o

privada” por la frase: “estipularen que la venta no se repute perfecta hasta el otorgamiento del préstamo con el que

se hará el pago”. Código Civil Art. 1741.-

Si los contratantes estipularen que la venta no se repute perfecta hasta el otorgamiento del préstamo con el

que se hará el pago.

Si los contratantes no estipularen un plazo para la entrega de la cosa vendida.

Si los contratantes estipularen que la venta no se repute perfecta hasta el otorgamiento de garantías reales.

Si los contratantes estipularen que la venta no se repute perfecta hasta el otorgamiento de escritura pública

o privada.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1741.- Si los contratantes estipularen que la venta de otras cosas que las enumeradas en el inciso

segundo del artículo precedente no se reputen perfecta hasta el otorgamiento de escritura pública o privada, podrá

cualquiera de las partes retractarse mientras no se otorgue la escritura o no haya principiado la entrega de la cosa

vendida.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 278: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

278

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para el caso de venta con subasta de bienes raíces, cual es el requisito necesario para que se repute perfecta

ante la ley:

A) Se reemplazó la frase: “sea debidamente protocolizado e inscrito” por la frase: “sea realizado el respectivo

reconocimiento de firma e inscrito”. Código Civil Art. 1740.-

B) Se reemplazó la frase: “sea debidamente protocolizado e inscrito” por la frase: “sea debidamente publicado e

inscrito”. Código Civil Art. 1740.-

D) Se reemplazó la frase: “sea debidamente protocolizado e inscrito” por la frase: “sea debidamente catastrado e

inscrito”. Código Civil Art. 1740.-

El auto de adjudicación sea realizado el respectivo reconocimiento de firma e inscrito.

El auto de adjudicación sea debidamente publicado e inscrito.

El auto de adjudicación sea debidamente protocolizado e inscrito.

El auto de adjudicación sea debidamente catastrado e inscrito.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1740.- La venta se reputa perfecta desde que las partes han convenido en la cosa y en el precio,

salvo las excepciones siguientes: La venta de bienes raíces, servidumbres y la de una sucesión hereditaria, no se

reputan perfectas ante la ley, mientras no se ha otorgado escritura pública, o conste, en los casos de subasta, del auto

de adjudicación debidamente protocolizado e inscrito.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 279: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

279

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para el caso de venta directa de bienes raíces, servidumbres y la de una sucesión hereditaria, cual es el

requisito necesario para que se reputen perfectas ante la ley:

A) Se reemplazó la frase: “Que se haya otorgado escritura pública” por la frase: “Que haya consentimiento de las

partes”. Código Civil Art. 1740.-

C) Se reemplazó la frase: “Que se haya otorgado escritura pública” por la frase: “Que se haya entregado la cosa y

pagado el precio”. Código Civil Art. 1740.-

D) Se reemplazó la frase: “Que se haya otorgado escritura pública” por la frase: “Que se hayan reconocido las

firmas en el contrato privado de compraventa”. Código Civil Art. 1740.-

Que haya consentimiento de las partes.

Que se haya otorgado escritura pública.

Que se haya entregado la cosa y pagado el precio.

Que se hayan reconocido las firmas en el contrato privado de compraventa

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1740.- La venta se reputa perfecta desde que las partes han convenido en la cosa y en el precio,

salvo las excepciones siguientes: La venta de bienes raíces, servidumbres y la de una sucesión hereditaria, no se

reputan perfectas ante la ley, mientras no se ha otorgado escritura pública, o conste, en los casos de subasta, del

auto de adjudicación debidamente protocolizado e inscrito

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 280: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

280

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique desde cuando la venta se reputa perfecta:

A) Se reemplazó la frase: “y en el precio” por la frase: “y en la cantidad”. Código Civil Art. 1740.-

B) Se reemplazó la frase: “en la cosa y en el precio” por la frase: “en las cláusulas penales y el precio”. Código Civil

Art. 1740.-

D) Se reemplazó la frase: “la cosa y en el precio” por la frase: “en la entrega y en la forma de pago”. Código Civil

Art. 1740.-

Desde que las partes han convenido en la cosa y en la cantidad.

Desde que las partes han convenido en las cláusulas penales y el precio.

Desde que las partes han convenido en la cosa y en el precio.

Desde que las partes han convenido en la entrega y en la forma de pago.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1740.- La venta se reputa perfecta desde que las partes han convenido en la cosa y en el precio,

salvo las excepciones siguientes: La venta de bienes raíces, servidumbres y la de una sucesión hereditaria, no se

reputan perfectas ante la ley, mientras no se ha otorgado escritura pública, o conste, en los casos de subasta, del

auto de adjudicación debidamente protocolizado e inscrito. Los frutos y flores pendientes, los árboles cuya madera

se vende, los materiales de un edificio, y los que naturalmente adhieren al suelo, como piedras y sustancias

minerales de toda clase, no están sujetos a la excepción del inciso segundo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 281: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

281

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico DE LA COMPRAVENTA

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuando es nulo un contrato de compraventa:

A) Se reemplazó la frase: “es entre cónyuges” por la frase: “es entre hermanos no carnales”. Código Civil Art. 1735.-

B) Se reemplazó la frase: “es entre cónyuges" por la frase: “es entre padres e hijos mayores de edad”. Código Civil

Art. 1735.-

D) Se reemplazó la frase: “es entre cónyuges" por la frase: “es entre célibes”. Código Civil Art. 1735.-

Cuando el contrato de venta es entre hermanos no carnales

Cuando el contrato de venta es entre padres e hijos mayores de edad.

Cuando el contrato de venta es entre cónyuges.

Cuando el contrato de venta es entre célibes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1735.- Es nulo el contrato de venta entre cónyuges, y entre padres e hijos, mientras éstos sean

incapaces.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 282: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

282

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “Legales o judiciales” por la frase: “Directa e Indirecta”. Código Civil Art. 1729.-

C) Se reemplazó la frase: “Legales o judiciales” por la frase: “Legales o Humanas”. Código Civil Art. 1729.-

D) Se reemplazó la frase: “Legales o judiciales” por la frase: “Judiciales o Jurisprudenciales”. Código Civil Art.

1729.-

Directa e Indirecta

Legales o judiciales.

Legales o Humanas

Judiciales o Jurisprudenciales

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1729.- Las presunciones son legales o judiciales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Según lo establecido en el Código Civil las presunciones son:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 283: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

283

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la palabra: “Ochenta” por la palabra: “Cincuenta”. Código Civil Art. 1726.-

C) Se reemplazó la palabra: “Ochenta” por la palabra: “Cien”. Código Civil Art. 1726.-

D) Se reemplazó la palabra: “Ochenta” por la palabra: “Ochocientos”. Código Civil Art. 1726.-

Cincuenta dólares de los Estados Unidos de América.

Ochenta dólares de los Estados Unidos de América

Cien dólares de los Estados Unidos de América.

Ochocientos dólares de los Estados Unidos de América.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1726.- Deberán constar por escrito los actos o contratos que contienen la entrega o promesa de

una cosa que valga más de ochenta dólares de los Estados Unidos de América.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale la cantidad por la cual deberán constar por escrito los actos o contratos que contienen la entrega

o promesa de una cosa que valga más de:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 284: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

284

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “Cuando haya debido consignarse por escrito” por la frase: “Cuando los testigos no sean

domiciliados en el cantón del deudor”. Código Civil Art. 1725.-

B) Se reemplazó la frase: “Cuando haya debido consignarse por escrito” por la frase: “Cuando la obligación supere

los ochocientos dólares”. Código Civil Art. 1725.-

C) Se reemplazó la frase: “Cuando haya debido consignarse por escrito” por la frase: “Cuando no se haya

establecido un plazo”. Código Civil Art. 1725.-

Cuando los testigos no sean domiciliados en el cantón del deudor.

Cuando la obligación supere los ochocientos dólares.

Cuando no se haya establecido un plazo.

Cuando haya debido consignarse por escrito.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1725.- No se admitirá prueba de testigos respecto de una obligación que haya debido consignarse

por escrito.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuando no se admitirá prueba de testigos respecto de una obligación:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 285: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

285

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “No surtirán efecto contra terceros” por la frase: “Surten efecto en todo lo favorable al

deudor”. Código Civil Art. 1724.-

C) Se reemplazó la frase: “No surtirán efecto contra terceros” por la frase: “Surten efecto sólo en aquello que

aparezca con toda claridad”. Código Civil Art. 1724.-

D) Se reemplazó la frase: “No surtirán efecto contra terceros” por la frase: “Surten efecto en lo meramente

enunciativo, con tal que tenga relación directa con lo dispositivo del acto o contrato”. Código Civil Art. 1724.-

Surten efecto en todo lo favorable al deudor

No surtirán efecto contra terceros.

Surten efecto sólo en aquello que aparezca con toda claridad.

Surten efecto en lo meramente enunciativo, con tal que tenga relación directa con lo dispositivo del acto o

contrato.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1724.- Las escrituras privadas hechas por los contratantes, para alterar lo pactado en escritura

pública, no surtirán efecto contra terceros.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale cuál es el efecto que surten contra terceros las escrituras privadas hechas por los contratantes,

para alterar lo pactado en escritura pública:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 286: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

286

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “a la verdad de las declaraciones que en él hayan hecho los interesados” por la frase: “al

hecho de haberse otorgado”. Código Civil Art. 1717.-

B) Se reemplazó la frase: “a la verdad de las declaraciones que en él hayan hecho los interesados” por la frase: “a

la fecha de otorgamiento del instrumento público”. Código Civil Art. 1717.-

D) Se reemplazó la frase: “a la verdad de las declaraciones que en él hayan hecho los interesados” por la frase: “al

lugar de otorgamiento del instrumento público”. Código Civil Art. 1717.-

En cuanto al hecho de haberse otorgado.

En cuanto a la fecha de otorgamiento del instrumento público.

En cuanto a la verdad de las declaraciones que en él hayan hecho los interesados.

En cuanto al lugar de otorgamiento del instrumento público.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1717.- El instrumento público hace plena fe en cuanto al hecho de haberse otorgado y su fecha,

pero no en cuanto a la verdad de las declaraciones que en él hayan hecho los interesados. En esta parte no hace

plena fe sino contra los declarantes. Las obligaciones y descargos contenidos en él hacen plena prueba respecto

de los otorgantes y de las personas a quienes se transfieran dichas obligaciones y descargos por título universal o

singular.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale en cuanto a qué no hace plena fe el instrumento público:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 287: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

287

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “de la parte o partes que tienen derecho de alegar la nulidad” por la frase: “de una

sentencia emitida por un juez de lo civil”. Código Civil Art. 1713.-

B) Se reemplazó la frase: “de la parte o partes que tienen derecho de alegar la nulidad” por la frase:

“de una tercera parte afectada que tiene derecho de alegar la nulidad”. Código Civil Art. 1713.-

C) Se reemplazó la frase: “de la parte o partes que tienen derecho de alegar la nulidad” por la frase:

“de una sentencia emitida por la corte constitucional”. Código Civil Art. 1713.-

Tienen que emanar de una sentencia emitida por un juez de lo civil.

Tienen que emanar de una tercera parte afectada que tiene derecho de alegar la nulidad.

Tienen que emanar de una sentencia emitida por la corte constitucional.

Tienen que emanar de la parte o partes que tienen derecho de alegar la nulidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1713.- Ni la ratificación expresa ni la tácita serán válidas, si no emanan de la parte o partes que

tienen derecho de alegar la nulidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuál es el requisito de validez tanto para la ratificación expresa como para la tácita:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 288: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

288

A)

B)

C)

D)

B) Se reemplazó la palabra: “voluntaria” por la palabra: “impuesta”. Código Civil Art. 1712.-

C) Se reemplazó la palabra: “voluntaria” por la palabra: “involuntaria”. Código Civil Art. 1712.-

D) Se reemplazó la frase: “voluntaria de la obligación contratada” por la frase: “por un tercero de la obligación

contratada”. Código Civil Art. 1712.-

Es la ejecución voluntaria de la obligación contratada.

Es la ejecución impuesta de la obligación contratada.

Es la ejecución involuntaria de la obligación contratada.

Es la ejecución por un tercero de la obligación contratada.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1712.- La ratificación tácita es la ejecución voluntaria de la obligación contratada.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale qué es la ratificación tácita:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 289: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

289

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “Con las solemnidades a que por la ley está sujeto el acto o contrato que se ratifica” por la

frase: “Por instrumento privado con reconocimiento de firmas ante Notario Público”. Código Civil Art. 1711

B) Se reemplazó la frase: “Con las solemnidades a que por la ley está sujeto el acto o contrato que se ratifica” por la

frase: “Mediante escrito dirigido ante el juez competente”. Código Civil Art. 1711

D) Se reemplazó la frase: “Con las solemnidades a que por la ley está sujeto el acto o contrato que se ratifica” por la

frase: “Con las solemnidades que establezcan las partes intervinientes del contrato principal”. Código Civil Art. 1711

Por instrumento privado con reconocimiento de firmas ante Notario Público.

Mediante escrito dirigido ante el juez competente que concoce la causa.

Con las solemnidades a que por la ley está sujeto el acto o contrato que se ratifica.

Con las solemnidades que establezcan las partes intervinientes del contrato principal.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1711.- Para que la ratificación expresa sea válida, deberá hacerse con las solemnidades a que por

la ley está sujeto el acto o contrato que se ratifica.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale como debe realizarse la ratificación expresa para que ésta sea válida:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 290: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

290

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “Expresa o tácita” por la frase: “Condicional o Bajo Condición”. Código Civil Art. 1710

C) Se reemplazó la frase: “Expresa o tácita” por la frase: “Voluntaria o Impuesta”. Código Civil Art. 1710

D) Se reemplazó la frase: “Expresa o tácita” por la frase: “Directa o indirecta”. Código Civil Art. 1710

Condicional o Bajo Condición

Expresa o tácita.

Voluntaria o Impuesta

Directa o indirecta

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1710.- La ratificación necesaria para sanear la nulidad cuando el vicio del contrato es

susceptible de este remedio, puede ser expresa o tácita.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale de qué clase puede ser la ratificación necesaria para sanear la nulidad cuando el vicio del

contrato es susceptible de este remedio.

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 291: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

291

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “Desde el día de la celebración del acto o contrato” por la frase: “Desde el día que éste hubiere

cesado”. Código Civil Art. 1708

B) Se reemplazó la frase: “Desde el día de la celebración del acto o contrato” por la frase: “Desde la fecha de la

sentencia”. Código Civil Art. 1708

D) Se reemplazó la frase: “Desde el día de la celebración del acto o contrato” por la frase: “Desde el día de la

presentación de la demanda”. Código Civil Art. 1708

Desde el día que éste hubiere cesado.

Desde la fecha de la sentencia.

Desde el día de la celebración del acto o contrato.

Desde el día de la presentación de la demanda.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1708.- El plazo para pedir la rescisión dura cuatro años. Este cuadrienio se contará, en el caso de

violencia, desde el día en que ésta hubiere cesado; y en el caso de error o de dolo, desde el día de la celebración del acto

o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale desde cuándo se debe contar el plazo para pedir la rescisión en el caso de caso de error o de dolo.

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 292: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

292

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “Cuatro años” por la frase: “Dos años”. Código Civil Art. 1708.

B) Se reemplazó la frase: “Cuatro años” por la frase: “Tres años”. Código Civil Art. 1708.

D) Se reemplazó la frase: “Cuatro años” por la frase: “Cinco años”. Código Civil Art. 1708.

Dos años

Tres años

Cuatro años

Cinco años

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1708.- El plazo para pedir la rescisión dura cuatro años.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale cuál es el plazo según el Código Civil para pedir la rescisión:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 293: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

293

A)

B)

C)

D)

A) Se eliminó la palabra “No”. Código Civil Art. 1707.-

B) Se reemplazó la frase: “No aprovecha a las otras” por la frase: “Aprovecha a las otras en la parte que les

corresponde”. Código Civil Art. 1707.-

C) Se reemplazó la frase: “No aprovecha a las otras” por la frase: “Aprovecha a las otras siempre y cuando la otra

parte lo acepte”. Código Civil Art. 1707.-

Aprovecha a las otras.

Aprovecha a las otras en la parte que les corresponde.

Aprovecha a las otras siempre y cuando la otra parte lo acepte.

No aprovecha a las otras.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1707.- Cuando dos o más personas han contratado con un tercero, la nulidad declarada a favor de

una de ellas no aprovechará a las otras.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuando dos o más personas han contratado con un tercero, y se ha declarado la nulidad a favor de una de

ellas, señale qué sucede respecto a la otra u otras personas contratantes.

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 294: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

294

A)

B)

C)

D)

B) Se reemplazó la frase: “Reivindicatoria contra terceros poseedores” por la frase: “Amparo posesorio contra el

propietario”. Código Civil Art. 1706.-

C) Se reemplazó la frase: “Reivindicatoria contra terceros poseedores” por la frase: “De protección ante la Corte

Constitucional”. Código Civil Art. 1706.-

D) Se reemplazó la palabra: “Reivindicatoria” por la frase: “Por incumplimiento”. Código Civil Art. 1706.-

Reivindicatoria contra terceros poseedores; sin perjuicio de las excepciones legales.

Amparo posesorio contra el propietario; sin perjuicio de las excepciones legales.

De protección ante la Corte Constitucional; sin perjuicio de las excepciones legales.

Por incumplimiento contra terceros poseedores; sin perjuicio de las excepciones legales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1706.- La nulidad judicialmente declarada da acción reivindicatoria contra terceros poseedores;

sin perjuicio de las excepciones legales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Qué tipo de acción da la nulidad judicialmente declarada:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 295: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

295

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “para ser restituidas al mismo estado en que se hallarían si no hubiese existido el acto o

contrato nulo” por la frase: “a una penalidad del diez por ciento de la cuantía establecida en el contrato”. Código Civil

Art. 1704.-

B) Se reemplazó la frase: “para ser restituidas al mismo estado en que se hallarían si no hubiese existido el acto o

contrato nulo” por la frase: “a la resciliación del acto o contrato nulo a costa del accionante”. Código Civil Art. 1704.-

D) Se reemplazó la frase: “al mismo estado en que se hallarían si no hubiese existido el acto o contrato nulo” por la

frase: “al estado en que se hallan actualmente el o los objetos del contrato nulo”. Código Civil Art. 1704.-

Derecho a una penalidad del diez por ciento de la cuantía establecida en el contrato

Derecho a la resciliación del acto o contrato nulo a costa del accionante

Derecho para ser restituidas al mismo estado en que se hallarían si no hubiese existido el acto o contrato

nulo

Derecho para ser restituidas al estado en que se hallan actualmente el o los objetos del contrato nulo

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1704.- La nulidad pronunciada en sentencia que tiene fuerza de cosa juzgada, da a las partes

derecho para ser restituidas al mismo estado en que se hallarían si no hubiese existido el acto o contrato nulo; sin

perjuicio de lo prevenido sobre el objeto o causa ilícita.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Qué derecho da a las partes la nulidad pronunciada en sentencia que tiene fuerza de cosa juzgada:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 296: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

296

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “A las personas que están bajo tutela o curaduría” por la frase: “A las personas

absolutamente incapaces”. Código Civil Art. 1703.-

C) Se reemplazó la frase: “A las personas que están bajo tutela o curaduría” por la frase: “A las personas que

están representadas por mandatarios”. Código Civil Art. 1703.-

D) Se reemplazó la frase: “A las personas que están bajo tutela o curaduría” por la frase: “A las personas que

tienen la libre administración de sus bienes”. Código Civil Art. 1703.-

A las personas absolutamente incapaces

A las personas que están bajo tutela o curaduría

A las personas que están representadas por mandatarios

A las personas que tienen la libre administración de sus bienes

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1703.- El Estado, los consejos provinciales, las municipalidades, y los establecimientos públicos

creados como tales y regulados por leyes especiales se asimilan, en cuanto a la nulidad de sus actos o contratos,

a las personas que están bajo tutela o curaduría.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

A qué personas se asimilan el Estado, los consejos provinciales, las municipalidades, y los

establecimientos públicos creados como tales y regulados por leyes especiales, en cuanto a la nulidad de

sus actos o contratos.

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 297: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

297

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la palabra: “relativamente” por la palabra: “absolutamente”. Código Civil Art. 1700

B) Se reemplazó la frase: “Son relativamente nulos” por la frase: “Son absolutamente nulos en la parte del

cónyuge que no compareció”. Código Civil Art. 1700

Se reemplazó la frase: “Son relativamente nulos” Por la frase: “Son válidos si compareció el cónyuge que tiene la

administración conyugal”. Código Civil Art. 1700

Son absolutamente nulos

Son absolutamente nulos en la parte del cónyuge que no compareció.

Son relativamente nulos

Son válidos si compareció el cónyuge que tiene la administración conyugal

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1700…. Los actos realizados por uno de los cónyuges respecto de los bienes de la sociedad

conyugal, sin el consentimiento del otro cónyuge cuando este es necesario, son relativamente nulos, y la nulidad

relativa puede ser alegada por el cónyuge cuyo consentimiento era necesario y faltó...

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale qué tipo de nulidad acarrea cuando los actos realizados por uno de los cónyuges respecto de los

bienes de la sociedad conyugal, son realizados sin el consentimiento del otro cónyuge cuando este es

necesario:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 298: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

298

A)

B)

C)

D)

B) Se reemplazó la palabra: “ratificación” Por la palabra: “resciliación”. Código Civil Art. 1700.-

C) Se reemplazó la frase: “Por el transcurso del tiempo o por la ratificación de las partes” Por la frase:

“Por el pago de una caución realizada por las partes”. Código Civil Art. 1700.-

D) Se reemplazó la frase: “Por el transcurso del tiempo o por la ratificación de las partes” Por la frase:

“Por el pago por daños y perjuicios”. Código Civil Art. 1700.-

Por el transcurso del tiempo o por la ratificación de las partes.

Por la transcurso del tiempo o por la resciliación de las partes.

Por el pago de una caución realizada por las partes.

Por el pago de daños y perjuicios a la parte afectada.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1700.- La nulidad relativa será declarada por el juez a petición de parte. Deberá alegarse por

aquellos en cuyo beneficio la han establecido las leyes, por sus herederos o cesionarios. Podrá sanearse por el

transcurso del tiempo o por la ratificación de las partes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale las causales por las cuales puede sanearse la nulidad relativa:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 299: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

299

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazó la frase: “El Juez” Por la frase: “El Notario”. Código Civil Art. 1699

B) Se reemplazó la frase: “El Juez” Por la frase: “El Fiscal”. Código Civil Art. 1699

C) Se reemplazó la frase: “El Juez” Por la frase: “El Registrador”. Código Civil Art. 1699

El Notario

El Fiscal

El Registrador

El juez

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1699.- La nulidad absoluta puede y debe ser declarada por el juez, aún sin petición de parte,

cuando aparece de manifiesto en el acto o contrato; puede alegarse por todo el que tenga interés en ello, excepto el

que ha ejecutado el acto o celebrado el contrato, sabiendo o debiendo saber el vicio que lo invalidaba; y no puede

sanearse por la ratificación de las partes, ni por un lapso que no pase de quince años.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Quién debe declarar la nulidad absoluta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 300: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

300

A)

B)

C)

D)

A) Si produce nulidad absoluta según lo determinado en el art. 1698 del Código Civil

B) Si produce nulidad absoluta según lo determinado en el art. 1698 del Código Civil

D) Si produce nulidad absoluta según lo determinado en el art. 1698 del Código Civil

Objeto o causa ilícita.

Omisión de algún requisito o formalidad que las leyes prescriben para el valor de ciertos actos o contratos.

Actos y contratos que no se hayan agregado los documentos habilitantes.

Actos y contratos de personas absolutamente incapaces.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1698.- La nulidad producida por un objeto o causa ilícita, y la nulidad producida por la omisión de

algún requisito o formalidad que las leyes prescriben para el valor de ciertos actos o contratos, en consideración a la

naturaleza de ellos, y no a la calidad o estado de las personas que los ejecutan o acuerdan, son nulidades

absolutas. Hay asimismo nulidad absoluta en los actos y contratos de personas absolutamente incapaces.

Cualquiera otra especie de vicio produce nulidad relativa, y da derecho a la rescisión del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale cuál de las siguientes opciones no produce nulidad absoluta:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 301: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

301

A)

B)

C)

D)

A) Se reemplazaron las palabras: “Absoluta o relativa” por las palabras: “Legal o ilegal”. (Código Civil Art. 1697)

C) Se reemplazaron las palabras: “Absoluta o relativa” por las palabras: “Simple o compuesta”. (Código Civil Art.

1697)

D) Se reemplazaron las palabras: “Absoluta o relativa” por las palabras: “Parcial o Total”. (Código Civil Art. 1697)

Legal o ilegal

Absoluta o relativa.

Simple o compuesta

Parcial o Total

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil Art. 1697.- Es nulo todo acto o contrato a que falta alguno de los requisitos que la ley prescribe para el

valor del mismo acto o contrato, según su especie y la calidad o estado de las partes. La nulidad puede ser absoluta

o relativa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

Ron Larco Pablo Santiago 1716132772 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico DE LA NULIDAD Y LA RESCISION

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Según el Código Civil la nulidad puede ser:

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 18/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 302: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

302

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique a qué se obliga el arrendador en un contrato de arrendamiento.

B) Se reemplaza toda la respuesta correcta por "Conceder el goce de una cosa y ejecutar un servicio".

C) Se reemplaza toda la respuesta correcta por "Conceder el goce de una cosa y ejecutar una obra".

D) Se reemplaza toda la respuesta correcta por "Conceder el usufructo de un bien".

Conceder el goce de una cosa o ejecutar una obra o prestar un servicio.

Conceder el goce de una cosa y ejecutar un servicio

Conceder el goce de una cosa y ejecutar una obra

Conceder el usufructo de un bien.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Cídigo Civil, Art. 1856.- Arrendamiento es un contrato en que las dos partes se obligan recíprocamente, la una

a conceder el goce de una cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra a pagar por este goce, obra o

servicio un precio determinado, salvo lo que disponen las leyes del trabajo y otras especiales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 303: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

303

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique a qué se obliga el arrendatario en un contrato de arrendamiento.

A) Se reemplaza la respuesta correcta por "A pagar la garantía de uso".

B) Se reemplaza la respuesta correcta por " A pagar los daños ocasionados".

D) Se reemplaza la respuesta correcta por " A pagar por el usufructo del bien arrendado".

A pagar la garantía de uso

A pagar los daños ocasionados.

A pagar por el goce, obra o servicio.

A pagar por el usufructo del bien arrendado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1856.- Arrendamiento es un contrato en que las dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el

goce de una cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra a pagar por este goce, obra o servicio un precio

determinado, salvo lo que disponen las leyes del trabajo y otras especiales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 304: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

304

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Determine cuáles son los bienes que pueden ser objeto de un contrato de arrendamiento.

A) Se reemplaza la respuesta correcta por "Todas las cosas corporales".

B) Se reemplaza la respuesta correcta por " Todas las cosas incorporales".

C) Se reemplaza la respuesta correcta por " Todas las cosas intangibles".

Todos las cosas corporales.

Todas las cosas incorporales.

Todas las cosas intangibles.

Todas las cosas corporales o incorporales que pueden usarse sin consumirse.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1857.- Son susceptibles de arrendamiento todas las cosas corporales o incorporales que pueden usarse

sin consumirse; excepto aquellas que la ley prohíbe arrendar, y los derechos estrictamente personales, como los de

habitación y uso.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 305: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

305

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo al Código Civil, señale qué no es suceptible de formalizar a través de un contrato de arrendamiento.

B) Se reemplaza toda la respuesta correcta por "Los derechos de terceros".

C) Se reemplaza toda la respuesta correcta por "Los derechos exclusivamente de habitación".

D) Se reemplaza toda la respuesta correcta por " Los derechos de uso".

Los derechos estrictamente personales, los de habitación y uso.

Los derechos de terceros.

Los derechos exclusivamente de habitación.

Los derechos de uso.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1857.- Son susceptibles de arrendamiento todas las cosas corporales o incorporales que pueden usarse

sin consumirse; excepto aquellas que la ley prohíbe arrendar, y los derechos estrictamente personales, como los de

habitación y uso.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 306: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

306

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En caso de arrendamiento de cosa ajena, qué acción tiene el arrendatario de buena fe en contra del arrendador, en caso

de evicción.

A) Se reemplaza la palabra "saneamiento" por "restitución".

C) Se reemplaza la palabra "saneamiento" por "compensación".

D) Se reemplaza la palabra "saneamiento" por "remisión".

Acción de restitución.

Acción de saneamiento.

Acción de compensación.

Acción de remisión.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1857.- Son susceptibles de arrendamiento todas las cosas corporales o incorporales que pueden usarse

sin consumirse; excepto aquellas que la ley prohíbe arrendar, y los derechos estrictamente personales, como los de

habitación y uso.

Puede arrendarse aún la cosa ajena, y el arrendatario de buena fe tendrá acción de saneamiento

contra el arrendador, en caso de evicción.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 307: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

307

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En la figura del contrato de arrendamiento contemplada en el Código Civil, el precio puede consistir en:

B) Se reemplaza las palabras "o frutos naturales de la cosa arrendada" por "en efectivo o transferencias".

C) Se reemplaza las palabras "o frutos naturales de la cosa arrendada" por "o servicios".

D) Se reemplaza las palabras "o frutos naturales de la cosa arrendada" por "en efectivo o cheque certificado".

Dinero o frutos naturales de la cosa arrendada.

Dinero en efectivo o transferencias.

Dinero o servicios.

Dinero en efectivo o cheque certificado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1858.- El precio puede consistir, ya en dinero, ya en frutos naturales de la cosa arrendada; y en este

segundo caso puede fijarse una cantidad determinada o una cuota de los frutos de cada cosecha.

Llámase renta cuando se paga periódicamente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 308: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

308

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indiqué quién señala el precio en los contratos de arrendamiento descritos en el código civil.

A) Se reemplaza "Por los contratantes" por "Por la oficina de catastro del Registro Mercantil".

B) Se reemplaza "Por los contratantes" por "Por la oficina de catastro del Municipio de cada cantón".

C) Se reemplaza "Por los contratantes" por "Por la oficina de catastro del Registro Mercantil".

Por la oficina de catastro del Registro de la Propiedad.

Por la oficina de catastro del Municipio de cada cantón.

Por la oficina de catastro del Registro Mercantil.

Por los contratantes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1859.- El precio podrá determinarse de los mismos modos que en el contrato de venta.

Código Civil Art. 1747.- El precio de la venta debe ser determinado por los contratantes. Podrá hacerse esta determinación

por cualesquiera medios o indicaciones que lo fijen. Si se trata de cosas fungibles, y se vende al corriente de plaza, se

entenderá el del día de la entrega, a menos de expresarse otra cosa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 309: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

309

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En los contratos de arrendamiento de cosas qué nombre tiene la parte que da el goce de ellas.

A) Se reemplaza la palabra "Arrendador" por " Arrendatario".

C) Se reemplaza la palabra "Arrendador" por "Comprador".

D) Se reemplaza la palabra "Arrendador" por "Vendedor".

Arrendatario

Arrendador

Comprador

Vendedor

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil,Art. 1860.- En el arrendamiento de cosas, la parte que da el goce de ellas se llama arrendador, y la parte

que da el precio, arrendatario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 310: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

310

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En los contratos de arrendamiento de cosas qué nombre tiene la parte que da el precio.

B) Se reemplaza la palabra "Arrendatario" por "Arrendador".

C) Se reemplaza la palabra "Arrendatario" por "Vendedor".

D) Se reemplaza la palabra "Arrendatario" por "Comprador".

Arrendatario.

Arrendador.

Vendedor.

Comprador.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil,Art. 1860.- En el arrendamiento de cosas, la parte que da el goce de ellas se llama arrendador, y la parte

que da el precio, arrendatario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 311: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

311

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale bajo que forma puede efectuarse la entrega de la cosa que se da en arriendo.

B) Se reemplaza la palabra "tradición" por "accesión".

C) Se reemplaza la palabra "tradición" por "posesión".

D) Se reemplaza la palabra "tradición" por "ocupación".

Cualquier forma de tradición reconocidas por la ley.

Cualquier forma de accesión reconocidas por la ley.

Cualquier forma de posesión reconocidas por la ley.

Cualquier forma de ocupación reconocidas por la ley.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1861.- La entrega de la cosa que se da en arriendo podrá hacerse bajo cualquiera de las formas de

tradición reconocidas por la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 312: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

312

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En caso de que una misma cosa sea arrendada a dos personas diferentes, indique quién tiene preferencia.

A) Se reemplaza las palabras "a quien se haya entregado la cosa" por "que pague mayor precio de arriendo".

C) Se reemplaza las palabras "a quien se haya entregado la cosa" por "que entregue una garantía de 2 meses".

D) Se reemplaza las palabras "a quien se haya entregado la cosa" por "que firme el contrato por escritura pública".

El arrendatario que pague mayor precio de arriendo.

El arrendatario a quien se haya entregado la cosa.

El arrendatario que entregue una garantía de 2 meses.

El arrendatario que firme el contrato por escritura pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1863.- Si se ha arrendado separadamente una misma cosa a dos personas, el arrendatario a quien se

haya entregado la cosa será preferido; si se ha entregado a los dos, la entrega posterior no valdrá; si a ninguno, el título

anterior prevalecerá.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 313: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

313

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale la normativa a la cual está sujeta la contratación de arrendamiento de bienes públicos.

A) Se reemplaza "Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública" por "Ley de Inquilinato".

B) Se reemplaza "Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública" por "Ley de Empresas Públicas".

C) Se reemplaza " Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública" por "Código Orgánico de Organización

Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD".

Ley de inquilinato.

Ley de Empresas Públicas.

Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD.

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1864.- Los arrendamientos de bienes nacionales, municipales o de establecimientos públicos, están

sujetos a la Ley de Contratación Pública y otras leyes; y en lo que no lo estuvieren, a las disposiciones del presente

Título.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 314: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

314

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale una obligación del arrendador en el contrato de arrendamiento de cosas.

A) Se reemplaza "A entregar al arrendatario la cosa arrendada" por "Inscribir el contrato de arrendamiento en la

oficina de catastro del Municipio".

C) Se reemplaza "A entregar al arrendatario la cosa arrendada" por "Registrar el contrato en una Notaría".

D) Se reemplaza "A entregar al arrendatario la cosa arrendada" por "Elevar el contrato de arrendamiento a escritura

pública".

Inscribir el contrato de arrendamiento en la oficina de catastro del Municipio.

A entregar al arrendatario la cosa arrendada.

Registrar el contrato en una Notaria.

Elevar el contrato de arrendamiento a escritura pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1865.- El arrendador está obligado:

1.- A entregar al arrendatario la cosa arrendada;

2.- A mantenerla en estado de servir para el fin a que ha sido arrendada; y,

3.- A librar al arrendatario de toda turbación o embarazo en el goce de la cosa arrendada.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 315: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

315

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique una obligación del arrendador en el contrato de arrendamiento de cosas.

B) Se reemplaza las palabras "A mantener las cosas en estado de servir para el fin a que han sido arrendadas" por " A

inscribir el contrato de arrendamiento de bienes muebles en el Registro Mercantil".

C) Se reemplaza las palabras "A mantener las cosas en estado de servir para el fin a que han sido arrendadas" por "A

inscribir el contrato de arrendamiento de bienes muebles en el Registro de la Propiedad".

D) Se reemplaza las palabras A mantener las cosas en estado de servir para el fin a que han sido arrendadas" por "A

inscribir el contrato de arrendamiento de cosas en una Notaría".

A mantener las cosas en estado de servir para el fin a que han sido arrendadas.

A inscribir el contrato de arrendamiento de bienes muebles en el Registro Mercantil.

A inscribir el contrato de arrendamiento de bienes muebles en el Registro de la Propiedad.

A inscribir el contrato de arrendamiento de cosas en una Notaría.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1865.- El arrendador está obligado:

1.- A entregar al arrendatario la cosa arrendada;

2.- A mantenerla en estado de servir para el fin a que ha sido arrendada; y,

3.- A librar al arrendatario de toda turbación o embarazo en el goce de la cosa arrendada.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 316: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

316

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Determine qué derecho tiene el arrendatario sobre el arrendador que por su negligencia se ha puesto en la imposibilidad de

entregar la cosa objeto del contrato de arrendamiento.

A) Se reemplaza las palabras "a desistir del contrato con indemnización de perjuicios" por "a ser el propietario de la cosa

objeto del contrato de arrendamiento".

B) Se reemplaza las palabras "a desistir del contrato con indemnización de perjuicios" por "a disponer libremente de la cosa

objeto del contrato de arrendamiento".

D) Se reemplaza las palabras "a desisitir del contrato con indemnización de perjuicios" por "de reclamar una nueva cosa en

arrendamiento".

Tendrá derecho a ser el propietario de la cosa objeto del contrato de arrendamiento.

Tendrá derecho de disponer libremente de la cosa objeto del contrato de arrendamiento.

Tendrá derecho a desistir del contrato con indemnización de perjuicios.

Tendrá derecho de reclamar una nueva cosa en arrendamiento.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1866.- Si el arrendador, por hecho o culpa suya o de sus agentes o dependientes, se ha puesto en la

imposibilidad de entregar la cosa, el arrendatario tendrá derecho para desistir del contrato, con indemnización de perjuicios.

Habrá lugar a esta indemnización aún cuando el arrendador haya creído erróneamente y de buena

fe que podía arrendar la cosa; salvo que la imposibilidad haya sido conocida del arrendatario, o

provenga de fuerza mayor o caso fortuito.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 317: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

317

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale en qué consiste la obligación de mantener la cosa arrendada en buen estado.

B) Se reemplaza "Consiste en hacer durante el arriendo todas las reparaciones necesarias, a excepción de las locativas, las

cuales corresponden generalmente al arrendatario" por "Consiste en tener al día el inmueble arrendado en el pago del

impuesto predial".

C) Se reemplaza "Consiste en hacer durante el arriendo todas las reparaciones necesarias, a excepción de las locativas, las

cuales corresponden generalmente al arrendatario" por "Consiste en que la cosa arrendada no tenga gravámenes".

D) Se reemplaza "Consiste en hacer durante el arriendo todas las reparaciones necesarias, a excepción de las locativas, las

cuales corresponden generalmente al arrendatario" por "Consiste en pagar las alícuotas en caso de que el bien esté sujeto

al Régimen de Propiedad Horizontal".

Consiste en hacer durante el arriendo todas las reparaciones necesarias, a excepción de las locativas, las cuales

corresponden generalmente al arrendatario.

Consiste en tener al día el inmueble arrendado en el pago del impuesto predial.

Consiste en que la cosa arrendada no tenga gravamen.

Consiste en pagar las alícuotas en caso de que el bien esté sujeto al Régimen de Propiedad Horizontal.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1868.- La obligación de mantener la cosa arrendada en buen estado, consiste en hacer durante el arriendo

todas las reparaciones necesarias, a excepción de las locativas, las cuales corresponden generalmente al arrendatario.

Pero estará obligado el arrendador aún a las reparaciones locativas, si los deterioros que las han

hecho necesarias provinieron de fuerza mayor o caso fortuito, o de la mala calidad de la cosa

arrendada.

Las estipulaciones de los contratantes podrán modificar estas obligaciones.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 318: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

318

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique contra quién debe presentarse la acción de terceros sobre derechos de la cosa arrendada.

A) Se reemplaza "arrendador" por "arrendatario".

C) Se reemplaza "arrendador" por "arrendador y arrendatario".

D) Se reemplaza "arrendador" por "Registrador de la Propiedad".

Dirigida contra el arrendatario.

Dirigida contra el arrendador

Dirigida contra el arrendador y arrendatario

Dirigida contra el Registrador de la Propiedad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1872.- La acción de terceros que pretendan derecho a la cosa arrendada, se dirigirá contra el arrendador.

El arrendatario estará sólo obligado a noticiarle la turbación o molestia que reciba de dichos

terceros, por consecuencia de los derechos que alegan; y si lo omitiere o dilatare culpablemente,

abonará los perjuicios que de ellos se sigan al arrendador.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 319: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

319

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale qué derecho tiene el arrendatario cuando existen vicios sobre la cosa arrendada.

A) Se reemplaza las palabras "a la terminación del arrendamiento y aún a la rescisión del contrato" por "a indemnizacón de

perjuicios, manteniendo vigente el contrato de arrendamiento".

B) Se reemplaza las palabras "a la terminación del arrendamiento y aún a la rescisión del contrato" por "a indemnización de

daños, manteniendo vigente el contrato de arrendamiento".

C) Se reemplaza las palabras "a la terminación del arrendamiento y aún a la rescisión del contrato" por "a la indemnización de

daños y perjuicios, manteniendo vigente el contrato de arrendamiento".

Derecho a indeminación de perjucios, manteniendo vigente el contrato de arrendamiento.

Derecho a indemnización de daños, manteniendo vigente el contrato de arrendamiento.

Derecho a indeminzación de daños y perjuicios, manteniendo vigente el contrato de arrendamiento.

Derecho a la terminación del arrendamiento y aún a la rescisión del contrato.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1873.- El arrendatario tiene derecho a la terminación del arrendamiento y aún a la rescisión del contrato,

según los casos, si el mal estado o calidad de la cosa le impide hacer de ella el uso para que fue arrendada, sea que el

arrendador conociese o no el mal estado o calidad de la cosa al tiempo del contrato, y aún en el caso de haber empezado a

existir el vicio de la cosa después del contrato, pero sin culpa del arrendatario.

Y si el impedimento para el goce de la cosa es parcial, o si la cosa se destruye en parte, el juez

decidirá, según las circunstancias, si debe tener lugar la terminación del arrendamiento, o

concederse una rebaja del precio o renta.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 320: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

320

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique qué puede hacer el arrendatario sobre las mejoras útiles que realizó en la cosa arrendada y que fueron consentidas

por el arrendador.

B) Se reemplaza las palabras "separarlas y llevarse los materiales, siempre que no exista detrimento de la cosa arrendada" por

"separarlas aún cuando exista detrimento de la cosa arrendada".

C) Se reemplaza las palabras "separarlas y llevarse los materiales, siempre que no exista detrimento de la cosa arrendada"

por "venderlas a un tercero junto con la cosa arrendada".

D) Se reemplaza las palabras "separarlas y llevarse los materiales, siempre que no exista detrimento de la cosa arrendada"

por "destruir la cosa arrendada".

Podrá separarlas y llevarse los materiales, siempre que no exista detrimento de la cosa arrendada.

Podrá separarlas aún cuando exista detrimento de la cosa arrendada.

Podrá venderlas a un tercero junto con la cosa arrendada.

Podrá destruir la cosa arrendada.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1877.- El arrendador no está obligado a pagar el costo de las mejoras útiles en que no ha consentido con la

expresa condición de abonarlas; pero el arrendatario podrá separar y llevarse los materiales, sin detrimento de la cosa

arrendada; a menos que el arrendador esté dispuesto a abonarle lo que valdrían los materiales considerándolos separados.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 321: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

321

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale que acción puede tomar el arrendador en caso de que el arrendatario de un fin distinto a la cosa dada en

arrendamiento.

A) Se reemplaza las palabras "puede reclamar la terminación del arriendo, con indemnización de perjuicios, o limitarse a

esta indemnización, dejando subsistir el arriendo" por "no puede tomar ninguna acción".

B) Se reemplaza las palabras "puede reclamar la terminación del arriendo, con indemnización de perjuicios, o limitarse a

esta indemnización, dejando subsistir el arriendo" por "puede iniciar una acción de restitución".

C) Se reemplaza las palabras "puede reclamar la terminación del arriendo, con indemnización de perjuicios, o limitarse a

esta indemnización, dejando subsistir el arriendo" por "puede iniciar una acción de saneamiento".

El arrendador no puede tomar ninguna acción.

El arrendador puede iniciar una acción de restitución.

El arrendador puede iniciar una acción de saneamiento.

El arrendador puede reclamar la terminación del arriendo, con indemnización de perjuicios, o limitarse a esta

indemnización, dejando subsistir el arriendo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1879.- El arrendatario está obligado a usar de la cosa según los términos o espíritu del contrato; y no

podrá, en consecuencia, hacerla servir a otros objetos que los convenidos, o a falta de convención expresa, a los que la

cosa está naturalmente destinada, o que deban presumirse, atentas las circunstancias del contrato o la costumbre del país.

Si el arrendatario contraviene a esta regla, podrá el arrendador reclamar la terminación del arriendo, con indemnización de

perjuicios, o limitarse a esta indemnización, dejando subsistir el arriendo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 322: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

322

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique qué derecho se genera a favor del arrendador, en caso de que por culpa del arrendador se produce un deterioro

de la cosa objeto del contrato de arrendamiento.

A) Se reemplaza las palabras "dar fin al arrendamiento y reclamar perjuicios al arrendatario" por " iniciar una acción de

restitución".

C) Se reemplaza las palabras "dar fin al arrendamiento y reclamar perjuicios al arrendatario" por "iniciar una acción de

sustitución".

D) Se reemplaza las palabras "dar fin al arrendamiento y reclamar perjuicios al arrendatario" por "reclamar solo lucro

cesante".

Derecho de iniciar una acción de restitución.

Derecho de dar fin al arrendamiento y reclamar perjuicios al arrendatario.

Derecho de iniciar una acción de sustitución.

Derecho de reclamar solo lucro cesante.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1880.- El arrendatario empleará en la conservación de la cosa el cuidado de un buen padre de familia.

Faltando a esta obligación, responderá de los perjuicios; y aún tendrá derecho el arrendador para dar fin al arrendamiento,

en el caso de grave y culpable deterioro.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 323: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

323

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale de las siguientes opciones, una que corresponda como obligación del arrendatario.

A) Se reemplaza toda la opción correcta por "Inscribir el contrato de arredamiento en el Registro de la Propiedad".

C) Se reemplaza toda la opción correcta por "Efectuar el reconocimiento de firmas del contrato de arrendamiento ante un

Notario Público.

D) Se reemplaza toda la opción correcta por "Inscribir el contrato de arrendamiento en la oficina de catastro Municipal".

Inscribir el contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad

Efectuar las reparaciones locativas.

Efectuar el reconocimiento de firmas del contrato de arrendamiento ante un Notario público.

Inscribir el contrato de arrendamiento en la oficina de catastro Municipal.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1881.- El arrendatario está obligado a las reparaciones locativas.

Se entiende por reparaciones locativas las que, según la costumbre del país, son de cargo de los

arrendatarios, y en general, las de los deterioros que ordinariamente se producen por culpa del arrendatario o de sus

dependientes, como descalabros de paredes o cercas, albañales y acequias,

rotura de cristales, etc.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 324: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

324

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique las personas por las cuales se extiende la responsabilidad del arrendatario.

B) Se reemplaza las palabras "familia, huéspedes y dependientes" por "huéspedes y vecinos"

C) Se reemplaza las palabras "familia, huéspedes y dependientes" por "dependientes".

D) Se reemplaza las palabras "familia, huéspedes y dependientes" por "amistades".

De su familia, huéspedes y dependientes.

De sus huéspedes y vecinos.

De sus dependientes.

De sus amistades.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1882.- El arrendatario es responsable no sólo de su propia culpa, sino de la de su familia, huéspedes

y dependientes

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 325: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

325

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones señale cuál es una obligación del arrendatario.

A) Se reemplaza las palabras "El pago del precio o renta" por "A la inscripción del contrato de arrendamiento en el

Registro de la Propiedad".

B) Se reemplaza las palabras "El pago del precio o renta" por "A elevar el contrato de arrendamiento a escritura

pública ante Notario".

C) Se reemplaza las palabras "El pago del precio o renta" por "A inscribir el contrato de arrendamiento en la oficina de

catastro Municipal".

A la inscripción del contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad.

A elevar el contrato de arrendamiento a escritura pública ante Notario.

A inscribir el contrato de arrendamiento en la oficina de catastro Municipal.

El pago del precio o renta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1883.- El arrendatario está obligado al pago del precio o renta.

Podrá el arrendador, para seguridad de este pago y de las indemnizaciones a que tenga derecho,

retener todos los frutos existentes de la cosa arrendada, y todos los objetos con que el arrendatario la haya

amoblado, guarnecido o provisto, y que le pertenecieren; y se entenderá que le pertenecen, a menos de prueba en

contrario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 326: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

326

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale qué facultad tiene el arrendador para asegurar el pago del precio del contrato de arrendamiento.

A) Se reemplaza las palabras "Retener todos los frutos existentes de la cosa arrendada y todo los objetos con que el

arrendatario la haya amoblad" por "Iniciar una acción de restitución".

C) Se reemplaza las palabras "Retener todos los frutos existentes de la cosa arrendada y todo los objetos con que el

arrendatario la haya amoblado" por "Iniciar una acción de saneamiento".

D) Se reemplaza las palabras "Retener todos los frutos existentes de la cosa arrendada y todo los objetos con que el

arrendatario la haya amoblado" por "Solicitar el desalojo inmediato".

Iniciar una acción de restitución.

Retener todos los frutos existentes de la cosa arrendada y todo los objetos con que el arrendatario la haya

amoblado.

Iniciar una acción de saneamiento.

Solicitar el desalojo inmediato.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1883.- El arrendatario está obligado al pago del precio o renta.

Podrá el arrendador, para seguridad de este pago y de las indemnizaciones a que tenga derecho,

retener todos los frutos existentes de la cosa arrendada, y todos los objetos con que el arrendatario la haya amoblado,

guarnecido o provisto, y que le pertenecieren; y se entenderá que le pertenecen, a menos de prueba en contrario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 327: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

327

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique que alternativa tienen el arrendador y arrendatario, cuando no hay acuerdo en el precio de renta.

A) Se reemplaza las palabras "el justoprecio que determine un perito" por "el valor del último contrato que firmó el

arrendador".

B) Se reemplaza las palabras "el justorprecio que determine un perito" por "la decisión de un juez civil".

D) Se reemplaza las palabras "el justoprecio que determine un perito" por "por la costumbre".

Se regirán por el valor del último contrato que firmó el arrendador.

Se regirán por la decisión de un juez civil.

Se regirán por el justoprecio que determine un perito.

Se regiran por la costumbre.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1884.- Si entregada la cosa al arrendatario, hubiere disputa acerca del precio o renta, y por una o

por otra parte no se produjere prueba legal de lo estipulado a este respecto, se estará al justiprecio de peritos; y los

costos de esta operación se dividirán entre el arrendador y el arrendatario, por partes iguales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 328: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

328

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En base al Código Civil, señale cómo se reparten los costos de la contratación de un perito cuando las partes no están de

acuerdo con el precio de renta en un contrato de arrendamiento

B) Se reemplaza las palabras "se dividen entre el arrendador y arrendatario en partes iguales" por "lo asume directamente

el arrendador".

C) Se reemplaza las palabras "se dividen entre el arrendador y arrendatario en partes iguales" por "lo asume directamente

el arrendatario".

D) Se reemplaza las palabras "se divide entre el arrendador y arrendatario en partes iguales" por "se lo asume 70% el

arrendador y 30% el arrendatario".

Los costos se dividen entre el arrendador y arrendatario en partes iguales.

Los costos lo asume directamente el arrendador.

Los costos lo asume directamente el arrendatario.

Los costos se lo asume 70% el arrendador y 30% el arrendatario.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1884.- Si entregada la cosa al arrendatario, hubiere disputa acerca del precio o renta, y por una o por

otra parte no se produjere prueba legal de lo estipulado a este respecto, se estará al justiprecio de peritos; y los costos de

esta operación se dividirán entre el arrendador y el arrendatario, por partes iguales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 329: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

329

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

A falta de estipulación o costubre sobre el periodo de precio o renta, de conformidad a las reglas del Código Civil indique en

qué tiempo se paga la renta de predios rústicos.

A) Se reemplaza la palabra "años" por "meses".

C) Se reemplaza la palabra "años" por "semanas".

D) Se reemplaza la palabra "años" por "semestres".

Por meses.

Por años.

Por semanas

Por semestres.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1885.- El pago del precio o renta se hará en los períodos estipulados, o a falta de estipulación, conforme a

la costumbre del país, y no habiendo estipulación ni costumbre fija, según las reglas que siguen:

La renta de predios urbanos se pagará por meses, la de predios rústicos por años.

Si una cosa mueble o semoviente se arrienda por cierto número de años, meses o días, cada una de las pensiones

periódicas se deberá inmediatamente después de la expiración del respectivo año, mes o día.

Si se arrienda por una sola cantidad, se deberá ésta luego que termine el arrendamiento.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 330: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

330

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

A falta de estipulación o costubre sobre el periodo de precio o renta, de conformidad a las reglas del Código Civil indique en

qué tiempo se paga la renta de predios urbanos.

A) Se reemplaza la palabra "meses" por "trimestres".

B) Se reemplaza la palabra "meses" por "años".

D) Se reemplaza la palabra "meses" por "semanas".

Por trimestres

Por años

Por meses

Por semanas

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1885.- El pago del precio o renta se hará en los períodos estipulados, o a falta de estipulación, conforme a la

costumbre del país, y no habiendo estipulación ni costumbre fija, según las reglas que siguen:

La renta de predios urbanos se pagará por meses, la de predios rústicos por años.

Si una cosa mueble o semoviente se arrienda por cierto número de años, meses o días, cada una de las pensiones periódicas

se deberá inmediatamente después de la expiración del respectivo año, mes o día.

Si se arrienda por una sola cantidad, se deberá ésta luego que termine el arrendamiento.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 331: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

331

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cual es la obligación del arrendatario, cuando por su culpa se termina el arrendamiento.

B) Se elimina las palabras "A indemnizar por perjuicios al arrendador y".

C) Se reemplaza las palabras "por perjuicios" por "por lucro cesante".

D) Se reemplaza toda la opción correcta por "A pagar tres meses de renta".

A indemnizar por perjuicios al arrendador y pagar la renta por el tiempo que faltare hasta el día que por medio del

desahucio habría cesado el arriendo.

A pagar la renta por el tiempo que faltare hasta el día que por medio del desahucio habría cesado el arriendo.

A indemnizar por lucro cesante al arrendador y pagar la renta por el tiempo que faltare hasta el día que por medio

del desahucio habría cesado el arriendo.

A pagar tres meses de renta.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1886.- Cuando por culpa del arrendatario se pone término al arrendamiento, estará el arrendatario

obligado a la indemnización de perjuicios, y especialmente al pago de la renta por el tiempo que falte hasta el día en que,

desahuciando, hubiera podido hacer cesar el arriendo, o en que el arriendo hubiera terminado sin desahucio.

Podrá, con todo, eximirse de este pago, proponiendo, bajo su responsabilidad, persona idónea que le sustituya por el tiempo

que falte, y prestando al efecto fianza u otra seguridad suficiente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 332: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

332

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cómo puede el arrendatario eximirse del pago de indemnización por perjuicios, cuando se da por terminado un

contrato de arrendamiento por su culpa.

A) Se reemplaza las palabras"bajo su responsabilidad una persona que lo sustituya y presentando fianza u otra seguridad

suficiente" por "solo una garantía prendaria".

C) Se reemplaza las palabras "bajo su responsabilidad una persona que lo sustituya y presentando fianza u otra seguridad

suficiente" por "solo una garantía personal".

D) Se reemplaza las palabras "bajo su responsabilidad una persona que lo sustituya y presentando fianza u otra seguridad

suficiente" por "el pago de intereses".

Presentando solo una garantía prendaria.

Proponiendo bajo su responsabilidad una persona que lo sustituya y presentando fianza u otra seguridad suficiente.

Proponiendo solo una garantía personal.

Proponiendo el pago de intereses.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1886.- Cuando por culpa del arrendatario se pone término al arrendamiento, estará el arrendatario obligado

a la indemnización de perjuicios, y especialmente al pago de la renta por el tiempo que falte hasta el día en que,

desahuciando, hubiera podido hacer cesar el arriendo, o en que el arriendo hubiera terminado sin desahucio.

Podrá, con todo, eximirse de este pago, proponiendo, bajo su responsabilidad, persona idónea que le sustituya por el tiempo

que falte, y prestando al efecto fianza u otra seguridad suficiente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 333: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

333

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale el requisito que debe obtener el arrendatario para ceder el arriendo o subarrendar.

A) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Pago de una tasa para ceder o subarrendar".

B) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Celerbar el contrato de cesión o subarriendo por escritura pública".

D) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Inscribir el contrato de cesión o subarriendo en el Registro de la

Propiedad".

Pago de una tasa para ceder o subarrendar

Celebrar el contrato de cesión o subarreiendo por escritura pública.

Autorización expresa del arrendador.

Inscribir el contrato de cesión o subarriendo en el Registro de la Propiedad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1887.- El arrendatario no tiene la facultad de ceder el arriendo, ni de subarrendar, a menos que se le haya

expresamente concedido; pero en este caso, no podrá el cesionario o subarrendatario usar o gozar de la cosa en otros términos

que los estipulados con el arrendatario directo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 334: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

334

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones, indique una obligación del arrendatario.

A) Se reemplaza las palabras "a restituir la cosa al fin del arrendamiento" por "a tomar posesión indefinida de la cosa dada

en arrendamiento".

B) Se reemplaza las palabras "a restiruir la cosa al fin del arrendamiento" por "a presentar una oferta de compra al

arrendador".

C) Se reemplaza las palabras "a restituir la cosa al fin del arrendamiento" por "a presentar un nuevo arrendatario".

Está obligado a tomar posesión indefinida de la cosa dada en arrendamiento.

Está obligado a presentar una oferta de compra al arrendador.

Está obligado a presentar un nuevo arrendatario.

Está obligado a restituir la cosa al fin del arrendamiento.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1888.- El arrendatario está obligado a restituir la cosa al fin del arrendamiento.

Deberá restituirla en el estado en que le fue entregada, tomándose en consideración el deterioro

ocasionado por el uso y goce legítimos.

Si no constare el estado en que le fue entregada, se entenderá haberla recibido en regular estado de servicio, a menos que

pruebe lo contrario.

En cuanto a los daños y pérdidas sobrevenidos durante su goce, deberá probar que no sobrevinieron por su culpa, ni por

culpa de sus huéspedes, dependientes o subarrendatarios; y a falta de esta prueba, será responsable.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 335: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

335

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones, señale cómo se verifica la restitución al finalizar un contrato de arrendamiento de una cosa raiz.

A) Se elimina de la respuesta las palabras "poniéndola a disposición del arrendador y entregándole las llaves".

C) Se elimina de la respuesta las palabras "Desocupándola completamente, poniéndola a disposición del arrendador y".

D) Se elimina de la respuesta las palabras "Desocupándola completamente y entregándole las llaves".

Desocupándola completamente.

Desocupándola completamente, poniéndola a disposición del arrendador y entregándole las llaves.

Entregándole las llaves al arrendador.

Poniéndola a disposición del arrendador.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1889.- La restitución de la cosa raíz se verificará desocupándola enteramente, poniéndola a disposición del

arrendador, y entregándole las llaves.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 336: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

336

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo al Código Civil, de las siguientes opciones señale un modo de expiración de arrendameinto de cosas.

A) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Por no elevar a escritura pública el contrato de arrendamiento".

B) Se reemplaza toda la opcíon de respuesta correcta por "Por no inscribir el contrato de arrendamiento en el Registro de

la Propiedad".

C) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Por no inscribir el contrato de arrendameinto en Notaría

Pública".

Por no elevar a escritura pública el contrato de arrendamiento.

Por no inscribir el contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad.

Por no inscribir el contrato de arrendamiento en Notaría Pública.

Por la destrucción total de las cosas arrendadas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1891.- El arrendamiento de cosas expira de los mismos modos que los otros contratos, y especialmente:

1.- Por la destrucción total de la cosa arrendada;

2.- Por la expiración del tiempo estipulado para la duración del arriendo;

3.- Por la extinción del derecho del arrendador, según las reglas que más adelante se expresarán; y,

4.- Por decisión judicial, en los casos que la ley ha previsto.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 337: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

337

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo al Código Civil, de las siguientes opciones señale un modo de expiración de arrendameinto de cosas.

B) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Por no inscribir el contrato en el Registro de la Propiedad".

C) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Por no elevar a escritura pública el contrato de arrendamiento".

D) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Por no inscribir el contrato en Notaría Pública".

Por la expiración del tiempo estipulado para la duración del arriendo.

Por no inscribir el contrato en el Registro de la Propiedad.

Por no elevar a escritura pública el contrato de arrendamiento.

Por no inscribir el contrato en Notaría Pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1891.- El arrendamiento de cosas expira de los mismos modos que los otros contratos, y especialmente:

1.- Por la destrucción total de la cosa arrendada;

2.- Por la expiración del tiempo estipulado para la duración del arriendo;

3.- Por la extinción del derecho del arrendador, según las reglas que más adelante se expresarán; y,

4.- Por decisión judicial, en los casos que la ley ha previsto.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 338: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

338

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo al Código Civil, de las siguientes opciones señale un modo de expiración de arrendameinto de cosas.

A) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Por decisión administrativa".

C) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Por falta de inscripción en el Registro de la Propiedad".

D) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Por falta de inscripción en Notaría Pública".

Por decisión administrativa.

Por decisión judicial.

Por falta de inscripción en el Registro de la Propiedad.

Por falta de inscripción en Notaría Pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1891.- El arrendamiento de cosas expira de los mismos modos que los otros contratos, y especialmente:

1.- Por la destrucción total de la cosa arrendada;

2.- Por la expiración del tiempo estipulado para la duración del arriendo;

3.- Por la extinción del derecho del arrendador, según las reglas que más adelante se expresarán; y,

4.- Por decisión judicial, en los casos que la ley ha previsto.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 339: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

339

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale el nombre de la figura jurídica mediante al cual se notifica la terminación de un contrato de arrendamiento de cosas

muebles.

A) Se reemplaza la palabra "Desahucio" por "Finiquito".

B) Se reemplaza la palabra "Desahucio" por "Citación".

D) Se reemplaza la palabra "Desahucio" por "Apremio".

Finiquito.

Citación.

Desahucio.

Apremio.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1892.- Si no se ha fijado tiempo para la duración del arriendo, o si el tiempo no es determinado por el

servicio especial a que se destina la cosa arrendada, o por la costumbre, ninguna de las dos partes podrá hacerlo cesar

sino por desahucio, esto es, noticiándoselo anticipadamente a la otra parte.

La anticipación se ajustará al período o medida del tiempo que regula los pagos. Si se arrienda a tanto por día, semana,

mes, el desahucio será respectivamente de un día, de una semana, de un mes.

El desahucio empezará a correr al mismo tiempo que el próximo período.

Lo dispuesto en este artículo no se extiende al arrendamiento de inmuebles, de que se trata en losJustificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 340: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

340

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique el tiempo que se debe notificar anticipadamente el desahucio de un contrato de arrendamiento de cosas muebles

cuya renta se paga de manera semanal.

A) Se reemplaza las palabras "De una semana" por "De 15 días".

C) Se reemplaza las palabras "De una semana" por "De tres semanas".

D) Se reemplaza las palabras "De una semana" por "De 30 días".

De 15 días.

De una semana.

De tres semanas

De 30 días.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

ódigo Civil, Art. 1892.- Si no se ha fijado tiempo para la duración del arriendo, o si el tiempo no es determinado por el

servicio especial a que se destina la cosa arrendada, o por la costumbre, ninguna de las dos partes podrá hacerlo cesar

sino por desahucio, esto es, noticiándoselo anticipadamente a la otra parte.

La anticipación se ajustará al período o medida del tiempo que regula los pagos. Si se arrienda a tanto por día, semana,

mes, el desahucio será respectivamente de un día, de una semana, de un mes.

El desahucio empezará a correr al mismo tiempo que el próximo período.

Lo dispuesto en este artículo no se extiende al arrendamiento de inmuebles, de que se trata en losJustificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 341: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

341

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique cuál es el requisito para proceder a la revocatoria de la cesación de un contrato de arrendamiento de cosas.

A) Se reemplaza las palabras "El consentimiento de la otra parte" por "Autorización judicial".

B) Se reemplaza las palabras "El consentimiento de la otra parte" por "Publicación de la revocatoria en un períodoco

de circulación nacional".

C) Se reemplaza las palabras "El consentimiento de la otra parte" por "Elevar a escritura pública la revocatoria".

Autorización judicial.

Publicación de la revocatoria en un periódico de circulación nacional.

Elevar a escritura pública la revocatoria.

El consentimiento de la otra parte.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1893.- El que ha dado noticia para la cesación del arriendo, no podrá después revocarla, sin el

consentimiento de la otra parte.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 342: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

342

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Determine qué tipo de plazos se puede aplicar en contratos de arrendamiento de cosas.

B) Se reemplaza las palabras "Plazo forzoso y plazo voluntario" por "Plazo indefinido".

C) Se reemplaza las palabras "Plazo forzoso y plazo voluntario" por "Plazo fijo".

D) Se reemplaza las palabras "Plazo forzoso y plazo voluntario" por "Plazo facultativo".

Plazo forzoso y plazo voluntario.

Plazo indefinido.

Plazo fijo.

Plazo facultativo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1894.- Si se ha fijado tiempo forzoso para una de las partes y voluntario para la otra, se observará lo

estipulado; y la parte que puede hacer cesar el arriendo a su voluntad, estará, sin embargo, sujeta a dar la noticia

anticipada.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 343: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

343

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale en qué caso no es neceario el desahucio en contrato de arrendamiento de cosas.

A) Se reemplaza las palabras "fijo" por "indefinido"

B) Se reemplaza las palabras "a tiempo fijo" por "que fueron inscritos en el Registro de la Propiedad".

D) Se reemplaza las palabras "a tiempo fijo" por "que fueron elevados a escritura pública".

En contratos de arrendamiento a tiempo indefinido.

En contratos de arrendamiento que fueron inscritos en el Registro de la Propiedad.

En contratos de arrendamiento a tiempo fijo.

En contratos de arrendamiento que fueron elevados a escritura pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1895.- Si en el contrato se ha fijado tiempo para la duración del arriendo, o si la duración es

determinada por el servicio especial a que se destinó la cosa arrendada, o por la costumbre, no será necesario

desahucio.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 344: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

344

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En caso de que un contrato de arrendamiento de cosas termine con desahucio o por vencimiento del plazo de

duración, señale hasta cuándo el arrendatario debe pagar la renta.

A) Se reemplaza las palabras "de todos los días que falten para que cese el contrato" por "solo hasta el día que se

notifica con el desahucio".

C) Se reemplaza las palabras" de todos los días que falten para que cese el contrato" por "solo hasta el día que el

arrendatario restituye la cosa".

D) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "No paga renta del último perídodo de arrendamiento".

Debe pagar la renta solo hasta el día que se notifica con el desahucio.

Debe pagar la renta de todos los días que falten para que cese el contrato.

Debe pagar la renta solo hasta el día que el arrendatario restituye la cosa.

No paga renta del último período de arrendamiento.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1896.- Cuando el arrendamiento debe cesar en virtud del desahucio de cualquiera de las partes, o

por haberse fijado su duración en el contrato, el arrendatario estará obligado a pagar la renta de todos los días que

falten para que cese, aunque voluntariamente restituya la cosa antes del último día.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 345: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

345

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale qué derecho se genera a favor del arrendatario cuando se procede a la expropiación por causa de utilidad pública.

A) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Derecho a reclamar el pago de interses".

B) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Derecho a recibir un bien de igual características por parte del

Estado".

C) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Derecho a solicitar la restitución de seis meses de renta".

Derecho a reclamar el pago de interses.

Derecho a recibir un bien de igual características de parte del Estado.

Derecho a solicitar la restitución de seis meses de renta.

Derecho a recibir una indemnización de perjuicios por el Estado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1901.- En el caso de expropiación por causa de utilidad pública se observarán las reglas siguientes:

1.- Se dará al arrendatario el tiempo preciso para utilizar las labores principiadas y coger los frutos

pendientes;

2.- Si la causa de la expropiación fuere de tanta urgencia que no dé lugar a ello, o si el arrendamiento se hubiere estipulado

por cierto número de años, todavía pendientes a la fecha de la expropiación, y así constare por escritura pública, se deberá

al arrendatario indemnización de perjuicios por el Estado o la corporación expropiadora; y,

3.- Si sólo una parte de la cosa arrendada ha sido expropiada, habrá lugar a la regla del Art. 1871,

inciso tercero.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 346: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

346

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique los requisitos que debe cumplirse para que el acreedor hipotecario se encuentre en la obligación de respetar el

contrato de arrendamiento.

A) Se reemplaza las palabras "por escritura pública e inscrita en el Registro de la Propiedad antes de la inscripción

hipotecaria" por "a plazo fijo y con renta mensual".

C) Se reemplaza las palabras "por escritura pública e inscrita en el Registro de la Propiedad antes de la inscripción

hipotecaria" por "por documento privado y con renta mensual".

D) Se reemplaza la palabra "antes" por "después".

Que el arrendamiento sea a plazo fijo y con renta mensual.

Que el arrendamiento sea por escritura pública e inscrita en el Registro de la Propiedad antes de la inscripción

hipotecaria.

Que el arrendamiento sea por documento privado y con renta mensual

Que el arrendamiento sea por escritura pública e inscrita en el Registro de la Propiedad después de la

inscripción hipotecaria.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1903.- Estarán obligados a respetar el arriendo:

1.- Aquel a quien se transfiere el derecho del arrendador por un título lucrativo;

2.- Aquel a quien se transfiere el derecho del arrendador, a título oneroso, si el arrendamiento se ha

hecho por escritura pública; exceptuados los acreedores hipotecarios; y,

3.- Los acreedores hipotecarios, si el arrendamiento se ha hecho por escritura pública, inscrita en el libro

correspondiente del Registrador de la Propiedad antes de la inscripción hipotecaria.

El arrendatario de bienes raíces podrá requerir por sí solo la inscripción de dicha escritura.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 347: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

347

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En caso de embargo de la cosa dada en arrendamiento, indique qué ocurre con el contrato de arrendamiento.

A) Se reemplaza las palabras "Subsistirá el arriendo" por "Termina automáticamente el arriendo".

B) Se reemplaza las palabras "Subsistirá el arriendo" por "Se suspende el contrato de arrendamiento".

C) Se reemplaza las palabras "Subsistirá el arriendo" por "Se procede al desalojo inmediato del arrendatario".

Termina automáticamente el arriendo.

Se suspende el contrato de arrendamiento.

Se procede al desalojo inmediato del arrendatario.

Subsustirá el arriendo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1906.- Si por el acreedor o acreedores del arrendador se trabare ejecución y embargo en la cosa

arrendada, subsistirá el arriendo, y se sustituirán el acreedor o acreedores en los derechos y obligaciones del

arrendador.

Si se adjudicare la cosa al acreedor o acreedores, tendrá lugar lo dispuesto en el Art. 1903.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 348: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

348

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique qué acción puede tomar el arrendador en caso de que se declare la insolvencia del arrendatario y

sus acreedores no presenten fianza suficiente para sustituir al arrendatario.

B) Se reemplaza las palabras "a dar por concluido el arrendamiento e iniciar acción de perjuicios contra el

arrendatario" por "de reclamar solo lucro cesante".

C) Se reemplaza las palabras "a dar por concluido el arrendamiento e iniciar acción de perjuicios contra el

arrendatario" por "de reclamar solo daño emergente".

D) Se reemplaza las palabras "a dar por concluido el arrendamiento e iniciar acción de perjuicios contra el

arrendatario" por "de iniciar acción de restitución".

El arrendador tendrá derecho a dar por concluido el arrendamiento e iniciar acción de perjuicios

contra el arrendatario.

El arrendador tendrá derecho de reclamar solo lucro cesante.

El arrendador tendrá derecho de reclamar solo daño emergente.

El arrendador tendrá derecho de iniciar acción de restitución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1909.- La insolvencia declarada del arrendatario no pone necesariamente fin al arriendo.

El acreedor o acreedores podrán sustituirse al arrendatario, prestando fianza a satisfacción del

arrendador.

No siendo así, el arrendador tendrá derecho para dar por concluido el arrendamiento, y le competerá

acción de perjuicios contra el arrendatario, según las reglas generales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 349: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

349

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale en qué consiste las reparaciones locativas que está obligado el inquilino en arrendamiento de casas, almacenes u

otros edificios.

B) Se reemplaza las palabras "A mantener el inmueble en el estado en que lo recibió" por "A mejorar en un 10% el estado

del inmueble".

C) Se reemplaza las palabras "A mantener el inmueble en el estado en que lo recibió" por "A mejorar en un 20% el estado

del inmueble".

D) Se reemplaza las palabras "A mantener el inmueble en el estado en que lo recibió" por "A mejorar en un 30% el estado

del inmueble".

A mantener el inmueble en el estado en que lo recibió.

A mejorar en un 10% el estado del inmueble.

A mejorar en un 20% el estado del inmueble.

A mejorar en un 30% el estado del inmueble.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1911.- Las reparaciones llamadas locativas a que está obligado el inquilino o arrendatario de casa, se

reducen a mantener el edificio en el estado en que lo recibió; pero no es responsable de los deterioros que provengan del

tiempo y uso legítimos, o de fuerza mayor o caso fortuito, o de la mala calidad del edificio, por su vetustez, por la

naturaleza del suelo, o por defectos de construcción.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 350: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

350

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones indique una obligación de conservación por parte del inquilino.

A) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "A instalar cámaras de seguridad".

B) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "A instalar un sistema de alarma".

D) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "A instalar un sistema de riego para jardines".

A instalar cámaras de seguridad.

A instalar un sistema de alarma.

A reponer, en las ventanas, puertas y tabiques, los cristales quebrados.

A instalar un sistema de riego para jardines.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1912.- Estará obligado especialmente el inquilino:

1o.- A conservar la integridad interior de las paredes, techos, pavimentos y cañerías, reponiendo las piedras, ladrillos y tejas

que durante el arrendamiento se quiebren o desencajen;

2o.- A reponer, en las ventanas, puertas y tabiques, los cristales quebrados; y,

3o.- A mantener en estado de servicio las puertas, ventanas y erraduras.

Se entenderá que ha recibido el edificio en buen estado bajo todos estos respectos, a menos que se pruebe lo contrario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 351: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

351

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale que derechos se generan a favor del arrendador, en caso de que el arrendatario demuestre negligencia grave

en el cumplimiento de sus obligaciones.

A) Se reemplaza las palabras "y el cese inmediato del arrendamiento" por "y lucro cesante".

B) Se reemplaza las palabras "de indemnización de perjuicios y el cese inmediato del arrendamiento" por "a la

restitución total del inmueble".

D) Se reemplaza las palabras "de indemnización de perjuicios y el cese inmeadiato del arrendamiento" por "a iniciar

acciones de saneamiento".

Tendrá derecho de indemnización de perjuicios y lucro cesante.

Tendrá derecho a la restitución total del inmueble.

Tendrá derecho de indemnización de perjuicios y el cese inmediato del arrendamiento.

Tendrá derecho a iniciar acciónes de saneamiento.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1913.- El inquilino está, además, obligado a mantener las paredes, pavimentos y demás partes

interiores del edificio medianamente aseadas; a mantener limpios los pozos, acequias y cañerías y a deshollinar las

chimeneas.

La negligencia grave en el cumplimiento de cualquiera de estas obligaciones dará derecho al arrendador para

indemnización de perjuicios y aún para hacer cesar inmediatamente el arriendo, en casos graves.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 352: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

352

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones, indique en qué caso el arrendador puede expeler a un inquilino que tiene facultad de

subarrendar el inmueble.

A) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Cuando no registró el contrato de subarriendo.

C) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Cuando no inscribió el contrato de subarriendo en el Registro de la

Propiedad".

D) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Cuando el subarrendatario no paga 2 rentas consecutivas".

Cuando no registró el contrato de subarriendo.

Cuando subarrienda a personas de notoria mala conducta, quienes también pueden ser igualmente expelidas.

Cuando no inscrinbió el contrato de subarriendo en el Registro de la Propiedad.

Cuando el subarrendatario no paga 2 rentas consecutivas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1914.- El arrendador tendrá derecho para expeler al inquilino que empleare la casa o edificio en un objeto

ilícito, o que teniendo facultad de subarrendar, subarriende a personas de notoria mala conducta, las que podrán ser

igualmente expelidas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 353: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

353

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones, indique en qué caso el arrendador puede expeler a un inquilino de una casa o edificio.

A) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Cuando incumpla en el pago de 2 rentas consecutivas".

B) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Cuando no inscriba el contrato de arrendamiento en el Registro

de la Propiedad".

C) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Cuando no inscriba el contrato de arrendamiento en una Notaría

Pública".

Cuando incumpla en el pago de 2 rentas consecutivas.

Cuando no inscriba el contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad.

Cuando no inscriba el contrato de arrendamiento en una Notaría Pública.

Cuando empleare la casa o edificio en un objeto ilícito.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1914.- El arrendador tendrá derecho para expeler al inquilino que empleare la casa o edificio en un

objeto ilícito, o que teniendo facultad de subarrendar, subarriende a personas de notoria mala conducta, las que

podrán ser igualmente expelidas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 354: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

354

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale en qué caso el plazo de arrendamiento de los muebles que están dentro de una casa o aposento, es diferente

al plazo de arrendamiento de la casa o aposento.

A) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Cuando no se inscribe el detalle de los muebles en el Registro

de la Propiedad".

B) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Cuando no se levanta acta notarial del estado de los muebles".

D) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Cuando el plazo del contrato de arrendamiento de la casa

supera los 2 años".

Cuando no se incribe el detalle de los muebles en el Registro de la Propiedad.

Cuando no se levanta acta notarial del estado de lo muebles.

Cuando las partes lo hayan estipulado en el contrato.

Cuando el plazo del contrato de arrendamiento de la casa supera los 2 años.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1915.- Si se arrienda una casa o aposento amoblado, se entenderá que el arriendo de los muebles es

por el mismo tiempo que el del edificio, a menos de estipulación contraria.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 355: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

355

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale en qué caso el arrendador de una tienda o almacén es responsable de la pérdida de mercaderías que allí se

guardan.

B) Se reemplaza la palabra "arrendador" por "arrendatario".

C) Se reemplaza las palabras "por culpa del arrendador" por "por saqueo".

D) Se reemplaza las palabras "por culpa del arrendador" por "por actos de vandalismo".

Cuando la pérdida hubiere sido por culpa del arrendador.

Cuando la pérdida hubiere sido por culpa del arrendatario.

Cuando la pérdida hubiese sido por saqueo.

Cuando la pérdida hubiese sido por actos de vandalismo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1916.- El que da en arriendo un almacén o tienda, no es responsable de la pérdida de las

mercaderías que allí se introduzcan, sino en cuanto la pérdida hubiere sido por su culpa.

Será especialmente responsable del mal estado del edificio, salvo que haya sido manifiesto, o conocido del

arrendatario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 356: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

356

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale en qué caso el colono tiene facultad para derrivar árboles para aprovechar del lugar objeto de arrendamiento.

A) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Cuando el colono tenga más de 5 años residiendo en el lugar objeto

de arrendamiento".

C) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Cuando los árboles derrivados no den frutos".

D) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Cuando sean árboles que esén cercanos a carreteras".

Cuando el colono tenga más de 5 años residiendo en el lugar objeto de arrendamiento.

Cuando se haya expresado esa facultad en el contrato de arrendamiento.

Cuando los árboles derrivados no den frutos.

Cuando sean árboles que estén cercanos a carreteras.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1923.- La facultad que tenga el colono para sembrar o plantar no incluye la de derribar los árboles para

aprovecharse del lugar ocupado por ellos; salvo que así se haya expresado en el contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 357: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

357

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones señale qué obligación tiene el colono que arrienda un terreno y conoce su extensión y

linderos.

B) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "El colono debe colocar señalética en los límites del terreno

arrendado".

C) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "El colono debe acudir donde un Notario a fin de levantar un

acta que detalle la extensión y límites del terreno arrendado".

D) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por " El colono debe levantar cerramientos en los límites del terreno

arrendado".

El colono debe cuidar que no se usurpe ninguna parte del terreno arrendado.

El colono debe colocar señalética en los límites del terreno arrendado.

El colono debe acudir donde un Notario a fin de levantar un acta que detalle la extensión y límites del terrreno

arrendado.

El colono debe levantar cerramientos en los límites del terreno arrendado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1924.- El colono cuidará de que no se usurpe ninguna parte del terreno arrendado, y será

responsable de su omisión en avisar al arrendador, siempre que le hayan sido conocidos la extensión y linderos de la

heredad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 358: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

358

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En base al Código Civil, indique en qué tiempo debe darse el desahucio en contratos de arrendamiento de predios rústicos

en los que no se estipuló un tiempo fijo de duración del arrendamiento.

A) Se reemplaza las palabras "un año" por "seis meses".

C) Se reemplaza las palabras "un año" por "tres meses".

D) Se reemplaza las palabras "un año" por "un mes".

Con anticipación de seis meses.

Con anticipación de un año.

Con anticipación de tres meses

Con anticipación de un mes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1927.- No habiendo tiempo fijo para la duración del arriendo, deberá darse el desahucio con anticipación

de un año, para hacerlo cesar.

El año se entenderá del modo siguiente:

El día del año en que principió la entrega del fundo al colono, se mirará como el día inicial de todos los años sucesivos; y el

año de anticipación se contará desde este día inicial, aunque el desahucio se haya dado algún tiempo antes.

Las partes podrán acordar otra regla, si lo juzgaren conveniente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 359: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

359

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En base al Código Civil, indique que se debe aplicar en contratos de arrendamiento de predios rústicos en los que no se

estipuló un tiempo de pago por arrendamiento.

B) Se reemplaza las palabras "la costumbre del lugar" por "como norma supletoria la ley de inquilinato".

C) Se reemplaza las palabras "la costumbre del lugar" por "la consignación ante un juzgado civil".

D) Se reemplaza las palabras "la costumbre del lugar" por "la consignación ante un Notario Público".

Se debe aplicar la costumbre del lugar.

Se debe aplicar como norma supletoria la ley de inquilinato.

Se debe aplicar la consignación ante un juzgado civil.

Se debe aplicar la consignación ante un Notario Público.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1928.- Si nada se ha estipulado sobre el tiempo del pago, se observará la costumbre del lugar.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 360: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

360

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique en qué caso el contrato para la construcción de una obra material, puede ser considerado un contrato de

arrendamiento.

A) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Cuando se trata de obras literarias".

B) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Cuando en el contrato se señala que las controversias serán

resueltas por un juez de inquilinato".

D) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "Cuando la parte que ejecuta la obra es artesano calificado".

Cuando se trata de obras literarias.

Cuando en el contrato se señala que las controversias serán resueltas por un juez de inquilinato.

Cuando la materia es suministrada por la persona que encargó la obra.

Cuando la parte que ejecuta la obra es artesano calificado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1930.- Si el artífice suministra la materia para la confección de una obra material, el contrato es de

venta, pero no se perfecciona sino por la aprobación del que ordenó la obra.

Por consiguiente, el peligro de la cosa no pertenece al que ordenó la obra sino desde su aprobación, salvo que se

haya constituido en mora de declarar si la aprueba o no.

Si la materia es suministrada por la persona que encargó la obra, el contrato es de arrendamiento.

Si la materia principal es suministrada por el que ha ordenado la obra, poniendo el artífice lo demás, el contrato es de

arrendamiento. En el caso contrario, de venta.

El arrendamiento de obra se sujeta a las reglas generales del contrato de arrendamiento, sin perjuicio de las

especiales que siguen.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 361: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

361

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En los contratos de arrendamiento de transporte, qué nombre toma la persona que envía o despacha la carga.

A) Se reemplaza la palabra "Consignante" por "Girador".

B) Se reemplaza la palabra "Consignante" por "Ordenante".

C) Se reemplaza la palabra "Consignante" por "Despachador".

Girador.

Ordenante.

Despachador.

Consignante.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1948.- Arrendamiento de transporte es un contrato en que una parte se compromete, mediante cierto flete o

precio, a transportar o hacer transportar una persona o cosa de un paraje a otro.

El que se encarga de transportar se llama generalmente acarreador, y toma los nombres de arriero,

carretero, barquero, naviero, etc., según el modo de hacer el transporte.

El que ejerce la industria de hacer transportar personas o cargas, se llama empresario de transportes.

La persona que envía o despacha la carga se llama consignante, y la persona a quien se envía

consignatario.Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 362: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

362

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En los contratos de arrendamiento de transporte, qué nombre toma la persona a quien se envía la carga.

B) Se reemplaza la palabra "Consignatario" por "Receptor".

C) Se reemplaza la palabra "Consignatario" por "Acarreador".

D) Se reemplaza la palabra "Consignatario" por "Navegante".

Consignatario.

Receptor.

Acarreador.

Navegante.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1948.- Arrendamiento de transporte es un contrato en que una parte se compromete, mediante cierto

flete o precio, a transportar o hacer transportar una persona o cosa de un paraje a otro.

El que se encarga de transportar se llama generalmente acarreador, y toma los nombres de arriero,

carretero, barquero, naviero, etc., según el modo de hacer el transporte.

El que ejerce la industria de hacer transportar personas o cargas, se llama empresario de transportes.

La persona que envía o despacha la carga se llama consignante, y la persona a quien se envía

consignatario.Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 363: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

363

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En los contratos de arrendamiento de transporte, con que nombre generalmente se conoce a quien se encarga de realizar

el transporte.

A) Se reemplaza la palabra "Acarreador" por "Ordenante".

C) Se reemplaza la palabra "Acarreador" por "Consignante".

D) Se reemplaza la palabra "Acarreador" por "Consignatario".

Ordenante.

Acarreador.

Consignante.

Consignatario.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1948.- Arrendamiento de transporte es un contrato en que una parte se compromete, mediante cierto flete

o precio, a transportar o hacer transportar una persona o cosa de un paraje a otro.

El que se encarga de transportar se llama generalmente acarreador, y toma los nombres de arriero,

carretero, barquero, naviero, etc., según el modo de hacer el transporte.

El que ejerce la industria de hacer transportar personas o cargas, se llama empresario de transportes.

La persona que envía o despacha la carga se llama consignante, y la persona a quien se envía

consignatario.Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 364: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

364

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En los contratos de arrendamiento de transporte, con que nombre se conoce al que hace transporte de personas o cargas.

B) Se reemplaza las palabras "Empresario de Transportes" por "Conductor".

C) Se reemplaza las palabras "Empresario de Transportes" por "Emprendedor".

D) Se reemplaza las palabras "Empresario de Transportes" por "Transportista privado".

Empresario de Transportes.

Conductor.

Emprendedor

Transportista privado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1948.- Arrendamiento de transporte es un contrato en que una parte se compromete, mediante cierto flete o

precio, a transportar o hacer transportar una persona o cosa de un paraje a otro.

El que se encarga de transportar se llama generalmente acarreador, y toma los nombres de arriero,

carretero, barquero, naviero, etc., según el modo de hacer el transporte.

El que ejerce la industria de hacer transportar personas o cargas, se llama empresario de transportes.

La persona que envía o despacha la carga se llama consignante, y la persona a quien se envía

consignatario.Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 365: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

365

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo al Código Civil, de las siguientes opciones señale una responsabilidad del empresario de transporte.

A) Se reemplaza las palabras "la idoneidad y buena conducta de las personas que emplea" por "inscribir los contratos de

transporte en el Registro Mercantil".

C) Se reemplaza las palabras "la idoneidad y buena conducta de las personas que emplea" por "obtener su matrícula de

comercio".

D) Se reemplaza las palabras "la idoneidad y buena conducta de las personas que emplea" por "celebrar los contratos de

transporte de personas o cosas ante un Notario Público".

Es responsable de inscribir los contratos de transporte en el Registro Mercantil.

Es responsable de la idoneidad y buena conducta de las personas que emplea.

Es responsable de obtener su matrícula de comercio.

Es responsable de celebrar los contratos de transporte de personas o cosas ante un Notario Público.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 1949.- Las obligaciones que aquí se imponen al acarreador, se entienden impuestas al empresario de

transportes, como responsable de la idoneidad y buena conducta de las personas que emplea.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 366: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

366

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique con que otro nombre se conoce a la Agencia Oficiosa en el Código Civil.

A) Se reemplaza las palabras "Gestión de negocios ajenos" por "Agencia de negocios propios".

B) Se reemplaza las palabras "Gestión de negocios ajenos" por "Gestión de venta particular".

D) Se reemplaza las palabras "Gestión de negocios ajenos" por "Agencia de negocios particulares.

Agencia de negocios propios.

Gestión de venta particular.

Gestion de negocios ajenos.

Agencia de negocios particulares.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2186.- La agencia oficiosa o gestión de negocios ajenos, llamada comúnmente gestión de negocios, es un

cuasicontrato por el cual el que administra sin mandato los negocios de alguna persona, se obliga para con ésta, y la obliga en

ciertos casos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 367: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

367

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale qué tipo de fuente de obligación es el de Agencia Oficiosa o Gestión de Negocios Ajenos.

A) Se reemplaza la palabra "Cuasicontrato" por "Delito".

B) Se reemplaza la palabra "Cuasicontrato" por "Cuasidelito".

C) Se reemplaza la palabra "Cuasicontrato" por "Contrato".

Delito.

Cuasidelito

Contrato.

Cuasicontrato.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2186.- La agencia oficiosa o gestión de negocios ajenos, llamada comúnmente gestión de negocios, es un

cuasicontrato por el cual el que administra sin mandato los negocios de alguna persona, se obliga para con ésta, y la obliga en

ciertos casos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 368: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

368

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale una característica principal de la Agencia Oficiosa.

B) Se reemplaza las palabras "sin mandato" por "con mandato".

C) Se reemplaza las palabras "administra los negocios de otra persona sin mandato" por "relaciona solo a bienes raices".

D) Se reemplaza las palabras "administra los negocios de otra persona sin mandato" por "relaciona solo a bienes muebles"

Se administra los negocios de otra persona sin mandato.

Se administra los negocios de otra persona con mandato.

Se relacina solo a bienes raices.

Se relaciona solo a bienes muebles.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2186.- La agencia oficiosa o gestión de negocios ajenos, llamada comúnmente gestión de negocios, es un

cuasicontrato por el cual el que administra sin mandato los negocios de alguna persona, se obliga para con ésta, y la obliga en

ciertos casos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 369: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

369

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El Código Civil compara las obligaciones del agente oficioso con:

A) Se reemplaza las palabras "del mandatario" por "de tutores".

C) Se reemplaza las palabras "del mandatario" por "de herederos".

D) Se reemplaza las palabras "del mandatario" por "de albaceas".

Las de tutores.

Las del mandatario.

Las de herederos.

Las de albaceas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2187.- Las obligaciones del agente oficioso o gerente son las mismas que las del mandatario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 370: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

370

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale como el Código Civil ejemplifica la responsabilidad del agente oficioso.

B) Se reemplaza las palabras "de un buen padre de familia" por "como un gerente de empresa de transporte".

C) Se reemplaza las palabras "de un buen padre de familia" por "de un arrendador de bienes raices".

D) Se reemplaza la palabra "padre" por "hijo".

Debe emplear los cuidados de un buen padre de familia.

Debe emplear los cuidados como un gerente de empresa de transporte.

Debe emplear los cuidados de un arrendador de bienes raices.

Debe emplear los cuidades de un buen hijo de familia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2188.- Debe, en consecuencia, emplear en la gestión los cuidados de un buen padre de familia; pero su

responsabilidad podrá ser mayor o menor en razón de las circunstancias que le hayan determinado a la gestión.

Si se ha hecho cargo de ella para salvar de un peligro inminente los intereses ajenos, sólo es

responsable del dolo o de la culpa grave; y si ha tomado voluntariamente la gestión, es responsable hasta de la culpa leve; salvo

que se haya ofrecido a tomarla, impidiendo que otros la tomasen; pues en este caso responderá de toda culpa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 371: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

371

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El agente oficioso que se ha hecho cargo de una gestión para salvar de un peligro inminente los intereses ajenos, es

reponsable por:

A) Se reemplaza las palabras "De dolo o culpa grave" por "Solo culpa".

B) Se reemplaza las palabras "De dolo o culpa grave" por "Solo culpa leve".

D) Se reemplaza las palabras "De dolo o culpa grave" por "Del lucro cesante".

Solo culpa.

Solo culpa leve.

De dolo o de culpa grave.

Del lucro cesante.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2188.- Debe, en consecuencia, emplear en la gestión los cuidados de un buen padre de familia; pero su

responsabilidad podrá ser mayor o menor en razón de las circunstancias que le hayan determinado a la gestión.

Si se ha hecho cargo de ella para salvar de un peligro inminente los intereses ajenos, sólo es

responsable del dolo o de la culpa grave; y si ha tomado voluntariamente la gestión, es responsable hasta de la culpa leve;

salvo que se haya ofrecido a tomarla, impidiendo que otros la tomasen; pues en este caso responderá de toda culpa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 372: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

372

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El agente oficioso que se ha hecho cargo voluntariamente de una gestión, es reponsable hasta:

A) Se reemplaza las palabras "De la culpa leve" por "De dolo".

B) Se reemplaza las palabras "De la culpa leve" por "De dolo intencional".

C) Se reemplaza la palabra "leve" por "grave".

De dolo.

De dolo intencional

De la culpa grave.

De la culpa leve.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2188.- Debe, en consecuencia, emplear en la gestión los cuidados de un buen padre de familia; pero su

responsabilidad podrá ser mayor o menor en razón de las circunstancias que le hayan determinado a la gestión.

Si se ha hecho cargo de ella para salvar de un peligro inminente los intereses ajenos, sólo es

responsable del dolo o de la culpa grave; y si ha tomado voluntariamente la gestión, es responsable hasta de la culpa leve; salvo

que se haya ofrecido a tomarla, impidiendo que otros la tomasen; pues en este caso responderá de toda culpa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 373: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

373

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El agente oficioso que se ha ofrecido a tomar una gestión impidiendo que otros la tomasen, es reponsable de:

A) Se reemplaza las palabras "De toda culpa" por "Presentar una acción reinvindicatoria".

C) Se reemplaza las palabras "De toda culpa" por "Presentar una acción de saneamiento".

D) Se reemplaza las palabras "De toda culpa" por "Presentar una acción de posesión".

Presentar una acción reinvindicatoria.

De toda culpa.

Presentar una acción de saneamiento.

Presentar una acción de posesión.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2188.- Debe, en consecuencia, emplear en la gestión los cuidados de un buen padre de familia; pero su

responsabilidad podrá ser mayor o menor en razón de las circunstancias que le hayan determinado a la gestión.

Si se ha hecho cargo de ella para salvar de un peligro inminente los intereses ajenos, sólo es

responsable del dolo o de la culpa grave; y si ha tomado voluntariamente la gestión, es responsable hasta de la culpa leve;

salvo que se haya ofrecido a tomarla, impidiendo que otros la tomasen; pues en este caso responderá de toda culpa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 374: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

374

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique hasta cuándo debe el agente oficioso encargarse de la gestión del negocio.

B) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Has ta que cumpla 6 meses de gestión".

C) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Hasta que cumpla 3 meses de gestión".

D) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Hasta que cumpla 12 meses de gestión".

Hasta que el interesado pueda tomarla directamente o encargarla a otro.

Hasta que cumpla 6 meses de gestión.

Hasta que cumpla 3 meses de gestión.

Hasta que cumpla 12 meses de gestión.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2189.- Debe, asimismo, encargarse de todas las dependencias del negocio, y continuar en la gestión hasta

que el interesado pueda tomarla, o encargarla a otro.

Si el interesado fallece, deberá continuar en la gestión hasta que los herederos dispongan.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 375: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

375

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique de las siguientes opciones, cuál es la definición que da el Código Civil sobre la Anticresis.

A) Se reemplaza las palabras "cosa raíz" por "bien mueble".

B) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Contrato por el que se entrega al acreedor un transporte".

C) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Contrato por el que se entrega al acreedor una hipoteca".

Contrato por el que se entrega al acreedor un bien mueble, para que se pague con sus frutos.

Contrato por el que se entrega al acreedor un transporte.

Contrato por el que se entrega al acreedor una hipoteca.

Contrato por el que se entrega al acreedor una cosa raíz, para que se pague con sus frutos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2337.- Anticresis es un contrato por el que se entrega al acreedor una cosa raíz, para que se pague con

sus frutos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 376: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

376

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique el requisito que se debe cumplir para que sea considerada en anticresis la cosa raíz de un tercero.

A) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "La cosa raíz debe tener un tiempo de construcción menor a 10 años".

C) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "La inscripción del contrato de anticresis en el Registro de la Propiedad".

D) Se reemplaza la opción de respuesta correcta por "La cosa raíz debe tener un tiempo de construcción no menor a 5 años".

La cosa raíz debe tener un tiempo de construcción menor a 10 años.

El tercero debe expresar su consentimiento en la anticresis.

La inscripción del contrato de anticresis en el Registro de la Propiedad.

La cosa raíz debe tener un tiempo de construcción no menor a 5 años.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2338.- La cosa raíz puede pertenecer al deudor, o a un tercero que consienta en la anticresis.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

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MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 377: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

377

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale cómo se perfecciona el contrato de anticresis.

B) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Por la inscripción del contrato de anticresis en el Registro de la

Propiedad".

C) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Por la inscripción del contrato de anticresis en el Municipio".

D) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Por elevar a escritura pública el contrato de anticresis".

Por la tradición del inmueble.

Por la inscripción del contrato de anticresis en el Registro de la Propiedad.

Por la inscripción del contrato de anticresis en el Municipio.

Por elevar a escritura pública el contrato de anticresis.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2339.- El contrato de anticresis se perfecciona por la tradición del inmueble.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

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MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 378: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

378

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En el caso de que el crédito produjere intereses, señale qué derecho tiene el acreedor respecto de los frutos del inmueble

dado en anticresis.

A) Se reemplaza las palabras "de intereses" por "del capital".

B) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Para que la utilida dde los frutos se los consigne en un banco".

D) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Para que la utilidad de los frutos no se impute al crédito".

Para que la imputación de los frutos se haga primeramente al pago del capital.

Para que la utilidad de los frutos se los consigne en un banco.

Para que la imputación de los frutos se haga primeramente al pago de intereses.

Para que la utilidad de los frutos no se impute al crédito.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2344.- Si el crédito produjere intereses, tendrá derecho el acreedor para que la imputación de los frutos se

haga primeramente a ellos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 379: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

379

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique qué derecho se genera a favor del deudor en caso de que los frutos de la cosa raíz dada en anticresis y que son

percibidos por el acreedor, superan el monto máximo de interés.

B) Se reemplaza las palabras "que dicho exceso se impute al capital u obligación principal" por "a solicitar que el acreedor

devuelva el exceso".

C) Se reemplaza las palabras "que dicho exceso se impute al capital u obligación principal" por "a presentar una acción de

restitución".

D) Se reemplaza las palabras "que dicho exceso se impute al capital u obligación principal" por "a presentar una acción de

novación".

Tendrá derecho a que dicho exceso se impute al capital u obligación principal.

Tendrá derecho a solicitar que el acreedor devuelva el exceso.

Tendrá derecho a presentar una acción de restitución.

Tendrá derecho a presentar una acción de novación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2345.- Las partes podrán estipular que los frutos se compensen con los intereses, en su totalidad, o en sus

correspondientes valores.

Pero si el deudor demostrare que el valor de los frutos efectivamente percibidos por el acreedor, supera el monto del máximo

interés que legalmente podía cobrarse, tendrá derecho a que dicho exceso se impute al capital u obligación principal.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 380: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

380

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique en qué momento el deudor puede pedir la restitución de la cosa raíz dada en anticresis.

A) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Solo en caso de que se declare la insolvencia del acreedor".

C) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Solo en caso de haber inscrito el contrato de anticresis en el

Registro de la Propiedad".

D) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Solo en caso de haber pagado la totalidad de los intereses

pactados".

Solo en caso de que se declare la insolvencia del acreedor.

Solo después de la extinción total de la deuda.

Solo en caso de haber inscrito el contrato de anticresis en el Registro de la Propiedad.

Solo en caso de haber pagado la totalidad de los intereses pactados.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2346.- El deudor no podrá pedir la restitución de la cosa dada en anticresis, sino después de la extinción total

de la deuda; pero el acreedor podrá restituirla en cualquier tiempo y perseguir el pago de su crédito por los otros medios

legales, sin perjuicio de lo que se hubiere estipulado en contrario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 381: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

381

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

A) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Luego de 30 días de la terminación del contrato de anticresis".

B) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Luego de 60 días de la terminación del contrato de anticresis".

C) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Luego de 90 días de la terminación del contrato de anticresis"

En cualquier tiempo de duración del contrato de anticresis.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2346.- El deudor no podrá pedir la restitución de la cosa dada en anticresis, sino después de la extinción total

de la deuda; pero el acreedor podrá restituirla en cualquier tiempo y perseguir el pago de su crédito por los otros medios legales,

sin perjuicio de lo que se hubiere estipulado en contrario.

Baja

Conocimiento

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Luego de 90 días de la terminación del contrato de anticresis.

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique en qué momento el acreedor puede restituir de la cosa raíz recibida en anticresis.

Opciones de Respuesta:

Luego de 30 días de la terminación del contrato de anticresis.

Luego de 60 días de la terminación del contrato de anticresis.

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 382: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

382

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones, indique qué bienes no pueden ser objeto del contrato de anticresis.

B) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Los bienes rústicos".

C) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Los bienes con más de 10 años de construcción".

D) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Los bienes con más de 15 años de construcción".

Los bienes que forman el patrimonio familiar.

Los bienes rústicos.

Los bienes con más de 10 años de construcción.

Los bienes con más de 15 años de construcción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 839.- Los bienes que forman el patrimonio familiar son inalienables y no están sujetos a embargo ni a

gravamen real, excepto el de las servidumbres preestablecidas y el de las que llegaren a ser forzosas y legales.

Código Civil, Art. 840.- Tampoco podrán dichos bienes ser objeto de división, comodato, sociedad, renta vitalicia, ni anticresis,

sino de acuerdo con este Título.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 383: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

383

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique ante qué relación jurídica se forma entre el mandante y un tercero que tiene interés real en la gestión de un negocio,

cuando el primero obra sin autorización del otro.

A) Se reemplaza "Agencia oficiosa" por "Abuso de confianza".

C) Se reemplaza "Agencia oficiosa" por "Procuración".

D) Se reemplaza "Agencia oficiosa" por "Mandato especial".

Abuso de confianza.

Agencia Oficiosa.

Procuración.

Mandato especial

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2024.- Si el negocio interesa juntamente al que hace el encargo y al que lo acepta, o a cualquiera de estos

dos y a un tercero, o a ambos y a un tercero, o a un tercero exclusivamente, hay verdadero mandato.

Si el mandante obra sin autorización del tercero, hay entre estos dos el cuasicontrato de la

agencia oficiosa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 384: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

384

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique los tres tipos de cuasicontratos que señala el Código Civil.

A) Se reemplaza las palabras "y la comunidad" por "el mandato".

B) Se reemplaza las palabras "el pago de lo no debido" por "el mandato".

D) Se reemplaza las palabras "y la comunidad" por "y transporte".

La agencia oficiosa, el mandato y el pago de lo no debido.

La agencia oficiosa, el mandato y la comunidad.

La agencia oficiosa, el pago de lo no debido y la comunidad.

La agencia oficiosa, el pago de lo no debido y transporte.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2185.- Hay tres principales cuasicontratos: la agencia oficiosa, el pago de lo no debido, y la comunidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 385: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

385

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique en qué consiste la acción rescisoria pauliana, contemplada en el Código Civil.

A) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "La acción que tienen los acreedores para obtener la

restitución de los bienes entregados a favor del deudor".

C) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "La acción que tienen los deudores para obtener la

condonación de intereses por parte del acreedor".

La acción que tiene los acreedores para obtener la restitución de los bienes entregados a favor del deudor.

La acción que tiene los acreedores para obtener la rescisión de los contratos realizados por el deudor en

perjuicio de los derechos de los primeros.

La acción que tienen los deudores para obtener la condonación de intereses por parte del acreedor.

La acción que tienen los deudores para solicitar la suspensión del mandamiento de ejecución.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2370.- En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se

observarán las disposiciones siguientes:

1.- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas,

prendas, anticresis o constitución de patrimonio familiar, que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, estando

de mala fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero;

2.- Los actos y contratos no comprendidos bajo el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación

a título gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores; y,

3.- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores expiran en un año, contado desde la

fecha del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 386: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

386

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique que tiempo tiene el acreedor para iniciar una acción rescisoria pauliana contra los actos y contratos celebrados

por el deudor.

A) Se reemplaza la palabra "Un" por "Dos".

C) Se reemplaza la palabra "Un" por "Tres".

D) Se reemplaza la palabra "Un" por "Cinco".

Dos años contados desde la fecha del acto o contrato.

Un año contado desde la fecha del acto o contrato.

Tres años contados desde la fecha del acto o contrato.

Cinco años contados desde la fecha del acto o contrato.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2370.- En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se

observarán las disposiciones siguientes:

1.- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas,

prendas, anticresis o constitución de patrimonio familiar, que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, estando de

mala fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero;

2.- Los actos y contratos no comprendidos bajo el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a

título gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores; y,

3.- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores expiran en un año, contado desde la

fecha del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 387: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

387

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale una condición determina en el Código Civil, para que se proceda la acción rescisoria pauliana.

B) Se reemplaza la palabra "mala" por "buena".

C) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Que el acto o contrato sea celebrado mediante escritura pública".

D) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Que el acto o contrato sea celebrado mediante documento

privado".

Que entre el deudor y el tercero haya mala fe en la celebración del acto o contrato.

Que entre el deudor y el tercero haya buena fe en la celebración del acto o contrato.

Que el acto o contrato sea celebrado mediante escritura pública.

Que el acto o contrato sea celebrado mediente documento privado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2370.- En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se

observarán las disposiciones siguientes:

1.- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas,

prendas, anticresis o constitución de patrimonio familiar, que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, estando de mala

fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero;

2.- Los actos y contratos no comprendidos bajo el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a título

gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores; y,

3.- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores expiran en un año, contado desde la

fecha del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 388: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

388

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones indique qué tipo de obligaciones o contratos no son suceptibles de acción rescisoria pauliana.

A) Se reemplaza "Cuasicontratos" por "Contratos onerosos".

B) Se reemplaza "Cuasicontratos" por "Hipotecas".

D) Se reemplaza "Cuasicontratos" por "Prendas".

Contratos onerosos

Hipotecas

Cuasicontratos

Prendas

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2370.- En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se

observarán las disposiciones siguientes:

1.- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas,

prendas, anticresis o constitución de patrimonio familiar, que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, estando de

mala fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero;

2.- Los actos y contratos no comprendidos bajo el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a

título gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores; y,

3.- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores expiran en un año, contado desde la

fecha del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 389: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

389

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones indique qué tipo de obligaciones o contratos si son suceptibles de acción rescisoria pauliana.

B) Se reemplaza las palabras "Contratos onerosos" por "Cuasicontratos".

C) Se reemplaza las palabras "Contratos onerosos" por "Obligaciones alternativas"

D) Se reemplaza las palabras "Contratos onerosos" por "Obligaciones condicionales y modales".

Contratos onerosos

Cuasicontratos

Obligaciones alternativas

Obligaciones condicionales y modales

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2370.- En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se

observarán las disposiciones siguientes:

1.- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas,

prendas, anticresis o constitución de patrimonio familiar, que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, estando de

mala fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero;

2.- Los actos y contratos no comprendidos bajo el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a

título gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores; y,

3.- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores expiran en un año, contado desde la

fecha del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 390: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

390

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones indique qué tipo de obligaciones o contratos si son suceptibles de acción rescisoria pauliana.

A) Se reemplaza la palabra "Prenda" por "Agencia oficiosa".

C) Se reemplaza la palabra "Prenda" por "Contrato de comunidad".

D) Se reemplaza la palabra "Prenda" por "Obligaciones con cláusula penal".

Agencia oficiosa

Prenda

Contrato de comunidad

Obligaciones con cláusula penal

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2370.- En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se

observarán las disposiciones siguientes:

1.- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas,

prendas, anticresis o constitución de patrimonio familiar, que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, estando de

mala fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero;

2.- Los actos y contratos no comprendidos bajo el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a

título gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores; y,

3.- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores expiran en un año, contado desde la

fecha del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 391: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

391

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones señale una condición para opere la acción rescisoria pauliana.

B) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Que el deudor no inscriba el contrato en el Registro Mercantil,

en caso de bienes muebles".

C) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Que el deudor no inscriba el contrato en el Registro de la

Propiedad, en caso de bienes inmuebles".

D) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Que el deudor se retrase en dos cuotas de pago

consecutivas".

Que el deudor no haya pagado la deuda o dimitido bienes.

Que el deudor no inscriba el contrato en el Registro Mercantil, en caso de bienes muebles.

Que el deudor no inscriba el contrato en el Registro de la Propiedad, en caso de bienes inmuebles.

Que el deudor se retrase en dos cuotas de pago consecutivas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2370.- En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se

observarán las disposiciones siguientes:

1.- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas,

prendas, anticresis o constitución de patrimonio familiar, que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, estando de

mala fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero;

2.- Los actos y contratos no comprendidos bajo el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a

título gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores; y,

3.- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores expiran en un año, contado desde la

fecha del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 392: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

392

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones señale una condición para opere la acción rescisoria pauliana.

A) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Que se trate de cuasicontratos".

B) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Que la obligación esté vencida por más de 2 años".

C) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Que la obligación esté vencida por más de 3 años".

Que se trate de cuasicontratos.

Que la obligación esté vencida por más de 2 años.

Que la obligación sea exigible, no haya operado la prescripción.

Que la obligación esté vencida por más de 3 años.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2370.- En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se

observarán las disposiciones siguientes:

1.- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas,

prendas, anticresis o constitución de patrimonio familiar, que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, estando de

mala fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero;

2.- Los actos y contratos no comprendidos bajo el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a

título gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores; y,

3.- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores expiran en un año, contado desde la

fecha del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 393: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

393

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones señale una condición sobre negocio del deudor para opere la acción rescisoria pauliana.

A) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Que el negocio no tenga permisos de funcionamiento".

B) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Que el negocio no tenga matrícula de comercio".

C) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Que el deudor y el tercero sean familiares hasta el cuarto

grado de consanguinidad".

Que el negocio no tenga permisos de funcionamiento.

Que el negocio no tenga matrícula de comercio.

Que el deudor y el tercero sean familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad.

Que el deudor y el tercero conocían el mal estado de los negocios del primero.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2370.- En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se

observarán las disposiciones siguientes:

1.- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas,

prendas, anticresis o constitución de patrimonio familiar, que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, estando de

mala fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero;

2.- Los actos y contratos no comprendidos bajo el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a

título gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores; y,

3.- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores expiran en un año, contado desde la

fecha del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 394: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

394

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones señale una condición para opere la acción rescisoria pauliana.

B) Se reemplaza las palabras "fraudulento sea posterior al crédito" por "sea celebrado por escritura pública".

C) Se reemplaza las palabras "fraudulento sea posterior al crédito" por "sea celebrado por documento privado".

D) Se reemplaza las palabras "fraudulento sea posterior al crédito" por "se haya efectuado antes del crédito".

Que el acto o contrato fraudulento sea posterior al crédito.

Que el acto o contrato sea celebrado por escritura pública

Que el acto o contrato sea celebrado por documento privado

Que el acto o contrato se haya efectuado antes del crédito.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2370.- En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se

observarán las disposiciones siguientes:

1.- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas,

prendas, anticresis o constitución de patrimonio familiar, que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, estando de mala

fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero;

2.- Los actos y contratos no comprendidos bajo el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a título

gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores; y,

3.- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores expiran en un año, contado desde la

fecha del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 395: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

395

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Señale cual es el efecto concreto de la acción rescisoria pauliana.

A) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Constituir en mora al deudor".

B) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "La aplicación de penalidades al deudor".

D) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Que el acreedor incremente su patrimonio".

Constituir en mora al deudor.

La aplicación de penalidades al deudor.

Es dejar sin efecto el acto o contrato que efectuó el deudor con un tercero de mala fe en perjuicio del acreedor.

Que el acreedor incremente su patrimonio.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2370.- En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se

observarán las disposiciones siguientes:

1.- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas,

prendas, anticresis o constitución de patrimonio familiar, que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, estando de mala

fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero;

2.- Los actos y contratos no comprendidos bajo el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a

título gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores; y,

3.- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores expiran en un año, contado desde la

fecha del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 396: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

396

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones indique qué tipo de obligaciones o contratos si son suceptibles de acción rescisoria pauliana.

B) Se reemplaza la palabra "Anticresis" por "Agencia oficiosa".

C) Se reemplaza la palabra "Anticresis" por "Mandatos".

D) Se reemplaza la palabra "Anticresis" por "Prescripción".

Anticresis

Agencia oficiosa

Mandatos

Prescripción

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2370.- En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se

observarán las disposiciones siguientes:

1.- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas,

prendas, anticresis o constitución de patrimonio familiar, que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, estando de mala

fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero;

2.- Los actos y contratos no comprendidos bajo el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a título

gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores; y,

3.- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores expiran en un año, contado desde la

fecha del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 397: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

397

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones indique qué tipo de obligaciones o contratos si son suceptibles de acción rescisoria pauliana.

A) Se reemplaza las palabras "Constitución de patrimonio familiar" por "Mandato".

B) Se reemplaza las palabras "Constitución de patrimonio familiar" por "Agencia oficiosa".

C) Se reemplaza las palabras "Constitución de patrimonio familiar" por "El pago de lo no debido".

Mandato.

Agencia oficiosa

El pago de lo no debido

Constitución de patrimonio familiar.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2370.- En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se

observarán las disposiciones siguientes:

1.- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas,

prendas, anticresis o constitución de patrimonio familiar, que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, estando de mala

fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero;

2.- Los actos y contratos no comprendidos bajo el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a título

gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores; y,

3.- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores expiran en un año, contado desde la

fecha del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 398: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

398

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De las siguientes opciones indique qué tipo de obligaciones o contratos no son suceptibles de acción rescisoria pauliana.

A) Se reemplaza la palabra "Mandato" por "Hipoteca".

C) Se reemplaza la palabra "Mandato" por "Prenda".

D) Se reemplaza la palabra "Mandato" por "Contratos onerosos".

Hipoteca

Mandato

Prenda

Contratos onerosos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2370.- En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se observarán

las disposiciones siguientes:

1.- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas,

prendas, anticresis o constitución de patrimonio familiar, que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, estando de mala fe el

otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero;

2.- Los actos y contratos no comprendidos bajo el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a título

gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores; y,

3.- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores expiran en un año, contado desde la

fecha del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 399: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

399

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Para que se aplique la acción rescisoria pauliana, los actos o contratos del deudor con terceros señale qué requisito básico

debe considerarse:

A) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Que el contrato haya sido elevado a escritura pública".

B) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Que el contrato sea celebrado mediante documento privado".

D) Se reemplaza toda la opción de respuesta correcta por "Que se declare al deudor insolvente".

Que el contrato haya sido elevado a escritura pública.

Que el contrato sea celebrado mediante documento privado.

Que los actos o contratos sean ejecutados antes de la cesión de bienes o antes de la apertura del concurso

respectivo.

Que se declare al deudor insolvente.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2370.- En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se

observarán las disposiciones siguientes:

1.- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas,

prendas, anticresis o constitución de patrimonio familiar, que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, estando de mala

fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero;

2.- Los actos y contratos no comprendidos bajo el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a

título gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores; y,

3.- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores expiran en un año, contado desde la

fecha del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 400: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

400

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Indique qué debe probarse por parte del acreedor para que surta efecto la acción rescisoria pauliana.

B) Se reemplaza las palabras "La mala fe del deudor y el perjuicio al acreedor" por "La buena fe del deudor".

C) Se reemplaza las palabras "La mala fe del deudor y el perjuicio al acreedor" por "Solo el perjuicio del acreedor".

D) Se reemplaza las palabras "La mala fe del deudor y el perjuicio al acreedor" por "La insolvencia del deudor".

La mala fe del deudor y el perjuicio del acreedor.

La buena fe del deudor.

Solo el perjuicio del acreedor.

La insolvencia del deudor.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Código Civil, Art. 2370.- En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se

observarán las disposiciones siguientes:

1.- Los acreedores tendrán derecho para que se rescindan los contratos onerosos, y las hipotecas,

prendas, anticresis o constitución de patrimonio familiar, que el deudor haya otorgado en perjuicio de ellos, estando de mala

fe el otorgante y el adquirente, esto es, conociendo ambos el mal estado de los negocios del primero;

2.- Los actos y contratos no comprendidos bajo el número precedente, inclusos las remisiones y pactos de liberación a título

gratuito, serán rescindibles, probándose la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores; y,

3.- Las acciones concedidas en este artículo a los acreedores expiran en un año, contado desde la

fecha del acto o contrato.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Código Civil

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

MOYA COLLANTES WILSON LEONARDO 1714307640 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático Derecho Registral

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 401: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

401

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

varios pisos, varios departamentos o local los subsuelos y las buhardillas habitables, siempre que

sean independientes de los demás pisos, departamentos o locales y por tanto tengan acceso

directo desde un espacio público o un espacio condominial conectado y accesible desde un

espacio público.

Eje Temático

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta

tres pisos y varios departamentos o local los subsuelos y las buhardillas habitables, siempre que

sean independientes de los demás pisos, departamentos o locales y por tanto tengan acceso

directo desde un espacio público o un espacio condominial conectado y accesible desde un

espacio público.

Conocimiento

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal el título de propiedad podrá considerar como:

Opciones de Respuesta:

piso, departamento o local los subsuelos y las buhardillas habitables, siempre que sean

independientes de los demás pisos, departamentos o locales y por tanto tengan acceso directo

desde un espacio público o un espacio condominial conectado y accesible desde un espacio

público.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso segundo

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso segundo

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso segundo

solamente departamentos o locales los subsuelos y las buhardillas habitables, siempre que sean

dependientes de los demás pisos, departamentos o locales y por tanto tengan acceso directo

desde un espacio público o un espacio condominial conectado y accesible desde un espacio

público.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso segundo.- El título de propiedad podrá considerar como

piso, departamento o local los subsuelos y las buhardillas habitables, siempre que sean independientes de

los demás pisos, departamentos o locales y por tanto tengan acceso directo desde un espacio público o un

espacio condominial conectado y accesible desde un espacio público.

Baja

Page 402: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

402

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso cuarto

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso cuarto

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso cuarto

la vereda a que tiene frente el edificio, o a la calle de nivel más bajo cuando el edificio tenga frente

a más de una calle, o del nivel del terreno sobre el que esté construido el edificio.

la calle a que tiene frente el edificio, o a la calle de nivel más bajo cuando el edificio tenga frente a

más de una calle, o del nivel del terreno sobre el que esté construido el edificio.

la calle a que tiene frente a la casa, o a la calle de nivel más bajo cuando el edificio tenga frente a

más de una calle, o del nivel del terreno sobre el que esté construido el edificio.

solamente al edificio del frente, o a la calle de nivel más bajo cuando el edificio tenga frente a más

de una calle, o del nivel del terreno sobre el que esté construido el edificio.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso cuarto.- Se denomina planta baja la que está a nivel de

la calle a que tiene frente el edificio, o a la calle de nivel más bajo cuando el edificio tenga frente a más de

una calle, o del nivel del terreno sobre el que esté construido el edificio.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal se denomina planta baja la que está a nivel de:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 403: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

403

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso quinto

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso quinto

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso quinto

quedan debajo del primer piso. Si hay más de una planta en el subsuelo, tomará el número ordinal,

conforme se alejan de la planta baja.

quedan por arriba del subsuelo. Si hay más de una planta en el subsuelo, tomará el número

ordinal, conforme se alejan de la planta baja.

quedan debajo de la planta baja. Si hay más de una planta en el subsuelo, tomará el número

ordinal, conforme se alejan de la planta baja.

quedan debajo de la planta baja y por arriba del oarqueadero. Si hay más de una planta en el

subsuelo, tomará el número ordinal, conforme se alejan de la planta baja.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso quinto.- Se denominan plantas de subsuelo las que

quedan debajo de la planta baja. Si hay más de una planta en el subsuelo, tomará el número ordinal,

conforme se alejan de la planta baja.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal se denominan plantas de subsuelo las que:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 404: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

404

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso sexto

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso sexto

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso sexto

al que queda inmediatamente debajo de la planta baja; segundo piso al que queda inmediatamente

superior al primero; y así en adelante.

al que queda arriba de la planta comunal; segundo piso al que queda inmediatamente superior al

primero; y así en adelante.

al que queda inmediatamente encima de los parqueaderos; segundo piso al que queda

inmediatamente superior al primero; y así en adelante.

al que queda inmediatamente encima de la planta baja; segundo piso al que queda

inmediatamente superior al primero; y así en adelante.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso sexto.- Se denomina primer piso al que queda

inmediatamente encima de la planta baja; segundo piso al que queda inmediatamente superior al primero; y

así en adelante.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal se denomina primer piso:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 405: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

405

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso final

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso final

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso final

la planta a la que están adscritos y no podrán considerarse como pisos independientes.

la planta a la que están adscritos y podrán considerarse como pisos independientes.

la planta a la que no están adscritos y no podrán considerarse como pisos independientes.

la planta alta a la que están adscritos y no podrán considerarse como pisos independientes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1.- Inciso final.- Los entrepisos formarán parte de la planta a la

que están adscritos y no podrán considerarse como pisos independientes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal los entrepisos formarán parte de:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 406: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

406

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 2

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 2

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 2

su parqueadero, departamento o local y condómino en los bienes destinados al uso común de los

copropietarios del condominio inmobiliario.

su piso, departamento o local y condómino en los bienes destinados al uso común de los

copropietarios del condominio inmobiliario.

su casa, departamento o local y condómino en los bienes destinados al uso común de los

copropietarios del condominio inmobiliario.

exclusivamente de su piso, o local comercial en los bienes destinados al uso común de los

copropietarios del condominio inmobiliario.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 2.- Cada propietario será dueño exclusivo de su piso,

departamento o local y condómino en los bienes destinados al uso común de los copropietarios del

condominio inmobiliario.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal cada propietario será dueño exclusivo de:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

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VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 407: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

407

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 3

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 3

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 3

no necesariamente para la existencia, seguridad y conservación del edificio y los que permitan a

todos y cada uno de los propietarios el uso y goce de su piso, departamento o local, tales como el

terreno, los cimientos, estructuras, los muros y la techumbre.

los unicos y exclusivos para la existencia, seguridad y conservación del edificio y los que permitan

a todos y cada uno de los propietarios el uso y goce de su piso, departamento o local, tales como el

terreno, los cimientos, estructuras, los muros y la techumbre.

los necesarios para la existencia, seguridad y conservación del edificio y los que permitan a todos y

cada uno de los propietarios el uso y goce de su piso, departamento o local, tales como el terreno,

los cimientos, estructuras, los muros y la techumbre.

los necesarios unicamente para la existencia, del edificio y los que permitan a todos y cada uno de

los propietarios el uso y goce de su piso, departamento o local, tales como el terreno, los cimientos,

estructuras, los muros y la techumbre.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 3.- En los casos de edificaciones de más de un piso, se reputan

bienes comunes y de dominio indivisible para cada uno de los propietarios del inmueble, los necesarios

para la existencia, seguridad y conservación del edificio y los que permitan a todos y cada uno de los

propietarios el uso y goce de su piso, departamento o local, tales como el terreno, los cimientos, estructuras,

los muros y la techumbre.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal en los casos de edificaciones de más de un piso, se

reputan bienes comunes y de dominio indivisible para cada uno de los propietarios del inmueble:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 408: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

408

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 3 Inciso segundo

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 3 Inciso segundo

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 3 Inciso segundo

las instalaciones de servicios generales, tales como electricas y sanitarias, gas y agua potable, los

vestíbulos, patios, puertas de entrada, escalera, accesorios, habitación del portero y sus

dependencias, y otros establecidos por las municipalidades en sus ordenanzas, salvo lo dispuesto

en el artículo siguiente.

las instalaciones de servicios generales solamente y agua potable, los vestíbulos, patios, puertas

de entrada, escalera, accesorios, habitación del portero y sus dependencias, y otros establecidos

por las municipalidades en sus ordenanzas, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente.

las instalaciones de servicios públicos, tales como calefacción, refrigeración, energía eléctrica,

alcantarillado, gas y agua potable, los vestíbulos, patios, puertas de entrada, escalera, accesorios,

habitación del portero y sus dependencias, y otros establecidos por las municipalidades en sus

ordenanzas, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente.

las instalaciones de servicios generales, tales como calefacción, refrigeración, energía eléctrica,

alcantarillado, gas y agua potable, los vestíbulos, patios, puertas de entrada, escalera, accesorios,

habitación del portero y sus dependencias, y otros establecidos por las municipalidades en sus

ordenanzas, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 3, Inciso segundo.- También se considerarán bienes comunes y

de dominio indivisible las instalaciones de servicios generales, tales como calefacción, refrigeración,

energía eléctrica, alcantarillado, gas y agua potable, los vestíbulos, patios, puertas de entrada, escalera,

accesorios, habitación del portero y sus dependencias, y otros establecidos por las municipalidades en sus

ordenanzas, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal También se considerarán bienes comunes y de

dominio indivisible:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 409: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

409

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 4

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 4

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 4

valor del piso, departamento o local de su dominio. Los derechos de cada propietario en los bienes

comunes, son inseparables del dominio, uso y goce de su respectivo departamento, piso o local.

En la transferencia, gravamen o embargo de un departamento, piso o local se entenderán

comprendidos esos derechos y no podrán efectuarse estos mismos actos con relación a ellos,

separadamente del piso, departamento o local a que acceden.

valor real del piso, departamento o local de su dominio. Los derechos de cada propietario en los

bienes comunes, son inseparables del dominio, uso y goce de su respectivo departamento, piso o

local. En la transferencia, gravamen o embargo de un departamento, piso o local se entenderán

comprendidos esos derechos y no podrán efectuarse estos mismos actos con relación a ellos,

separadamente del piso, departamento o local a que acceden.

valor comercial del piso, departamento o local de su dominio. Los derechos de cada propietario en

los bienes comunes, son inseparables del dominio, uso y goce de su respectivo departamento, piso

o local. En la transferencia, gravamen o embargo de un departamento, piso o local se entenderán

comprendidos esos derechos y no podrán efectuarse estos mismos actos con relación a ellos,

separadamente del piso, departamento o local a que acceden.

valor de mercado del piso, departamento o local de su dominio. Los derechos de cada propietario

en los bienes comunes, son inseparables del dominio, uso y goce de su respectivo departamento,

piso o local. En la transferencia, gravamen o embargo de un departamento, piso o local se

entenderán comprendidos esos derechos y no podrán efectuarse estos mismos actos con relación

a ellos, separadamente del piso, departamento o local a que acceden.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 4.- El derecho de cada propietario sobre el valor de los bienes

comunes será proporcional al valor del piso, departamento o local de su dominio. Los derechos de cada

propietario en los bienes comunes, son inseparables del dominio, uso y goce de su respectivo

departamento, piso o local. En la transferencia, gravamen o embargo de un departamento, piso o local se

entenderán comprendidos esos derechos y no podrán efectuarse estos mismos actos con relación a ellos,

separadamente del piso, departamento o local a que acceden.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. El derecho de cada propietario sobre el valor de los

bienes comunes será proporcional al:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 410: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

410

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 5

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 5

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 5

la administración, cuidado y reparación de los bienes comunes, así como al pago de la prima de

seguro, en proporción al valor de su piso, departamento o local, sin perjuicio de las estipulaciones

expresas de las partes.

la administración, conservación y reparación de los bienes comunes, así como al pago de la prima

de seguro, en proporción al valor de su piso, departamento o local, sin perjuicio de las

estipulaciones expresas de las partes.

conservación y reparación de los bienes comunes, así como al pago de la prima de seguro, en

proporción al valor de su piso, departamento o local, sin perjuicio de las estipulaciones expresas de

las partes.

la administración, conservación y reparación de las areas comunales, así como al pago de la prima

de seguro, en proporción al valor de su piso, departamento o local, sin perjuicio de las

estipulaciones expresas de las partes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 5.- Cada propietario deberá contribuir a las expensas necesarias

a la administración, conservación y reparación de los bienes comunes, así como al pago de la prima de

seguro, en proporción al valor de su piso, departamento o local, sin perjuicio de las estipulaciones expresas

de las partes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Cada propietario deberá contribuir a las expensas

necesarias a:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 411: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

411

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Cada propietario podrá servirse de los bienes

comunes, siempre que:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 6

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 6

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 6

los utilice según su función y no perturbe el uso legítimo de los demás.

los utilice según su destino ordinario y no perturbe el uso legítimo de los demás vecinos y

condominos.

los utilice según su destino ordinario y no perturbe el uso legítimo de los demás.

los utilice según su ubicación y no perturbe el uso legítimo de los demás.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 6.- Cada propietario podrá servirse de los bienes comunes,

siempre que los utilice según su destino ordinario y no perturbe el uso legítimo de los demás.

Page 412: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

412

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Cada propietario usará su piso, departamento o local

en la forma prevista en el Reglamento de Copropiedad y, en consecuencia:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 7

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 7

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 7

si podrá hacerlo servir a otros objetos que los establecidos en dicho Reglamento, o a falta de éste a

los que el edificio esté destinado o que deban presumirse de su naturaleza. No podrá ejecutar acto

alguno que comprometa la seguridad, solidez y salubridad del edificio. Tales restricciones regirán,

igualmente, respecto del arrendatario y demás personas a quienes el propietario conceda el uso o

el goce de su piso, departamento o local.

podrá hacerlo pero no podrá servir a otros objetos que los establecidos en dicho Reglamento, o a

falta de éste a los que el edificio esté destinado o que deban presumirse de su naturaleza. No

podrá ejecutar acto alguno que comprometa la seguridad, solidez y salubridad del edificio. Tales

restricciones regirán, igualmente, respecto del arrendatario y demás personas a quienes el

propietario conceda el uso o el goce de su piso, departamento o local.

no podrá hacerlo servir a otros objetos que los establecidos en dicho Reglamento, o a falta de éste

a los que el edificio esté destinado o que deban presumirse de su naturaleza. No podrá ejecutar

acto alguno que comprometa la seguridad, solidez y salubridad del edificio. Tales restricciones

regirán, igualmente, respecto del arrendatario y demás personas a quienes el propietario conceda

el uso o el goce de su piso, departamento o local.

no podrá hacerlo servir a otros objetos que los establecidos en la Ley, o a falta de éste a los que el

edificio esté destinado o que deban presumirse de su naturaleza. No podrá ejecutar acto alguno

que comprometa la seguridad, solidez y salubridad del edificio. Tales restricciones regirán,

igualmente, respecto del arrendatario y demás personas a quienes el propietario conceda el uso o

el goce de su piso, departamento o local.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 7.- Cada propietario usará su piso, departamento o local en la

forma prevista en el Reglamento de Copropiedad y, en consecuencia, no podrá hacerlo servir a otros

objetos que los establecidos en dicho Reglamento, o a falta de éste a los que el edificio esté destinado o

que deban presumirse de su naturaleza. No podrá ejecutar acto alguno que comprometa la seguridad,

solidez y salubridad del edificio. Tales restricciones regirán, igualmente, respecto del arrendatario y demás

personas a quienes el propietario conceda el uso o el goce de su piso, departamento o local.

Page 413: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

413

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Ninguno de los copropietarios puede hacer:

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 7 Inciso segundo

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 7 Inciso segundo

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 7 Inciso segundo

obras que signifiquen modificaciones de la estructura resistente, ni hacer aumentos de edificación

en ningún sentido, ni horizontal ni vertical. Para realizar esta clase de obras se necesita la

aprobación del 85% de los copropietarios.

obras que signifiquen ampliaciones de la estructura resistente, ni hacer aumentos de edificación en

ningún sentido, ni horizontal ni vertical. Para realizar esta clase de obras se necesita la aprobación

del 85% de los copropietarios.

construcciones que signifiquen derrocamientos de la estructura resistente, ni hacer aumentos de

edificación en ningún sentido, ni horizontal ni vertical. Para realizar esta clase de obras se necesita

la aprobación del 75% de los copropietarios.

obras que signifiquen modificaciones de la estructura resistente, ni hacer aumentos de edificación

en ningún sentido, ni horizontal ni vertical. Para realizar esta clase de obras se necesita la

aprobación del 75% de los copropietarios.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 7.- Inciso segundo.- Ninguno de los copropietarios puede hacer

obras que signifiquen modificaciones de la estructura resistente, ni hacer aumentos de edificación en

ningún sentido, ni horizontal ni vertical. Para realizar esta clase de obras se necesita la aprobación del 75%

de los copropietarios.

Page 414: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

414

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Para realizar modificaciones en la fachada,

siempre que no implique cambios o afectación a la estructura, se requerirá de la aprobación del:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 7 Inciso tercero

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 7 Inciso tercero

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 7 Inciso tercero

75% de los copropietarios.

60% de los copropietarios.

65% de los copropietarios.

85% de los copropietarios.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 7.- Inciso tercero.- Para realizar modificaciones en la fachada,

siempre que no implique cambios o afectación a la estructura, se requerirá de la aprobación del 60% de los

copropietarios.

Page 415: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

415

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Con las limitaciones de esta Ley, cada copropietario

podrá:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 8

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 8

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 8

ejercer los derechos parcialmente de dueño sin necesidad de consentimiento de los demás

condominos.

ejercer las acciones que se derivan de su condición de dueño sin necesidad de consentimiento de

los demás copropietarios.

ejercer los derechos que se derivan de su condición de dueño sin necesidad de consentimiento de

los demás copropietarios.

ejercer los derechos que se derivan de su condición de dueño con necesidad de consentimiento de

todos los condominos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 8.- Con las limitaciones de esta Ley, cada copropietario podrá

ejercer los derechos que se derivan de su condición de dueño sin necesidad de consentimiento de los

demás copropietarios.

Page 416: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

416

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 9

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 9

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 9

solamente en un terreno, gravará su cuota en el terreno desde la fecha de la inscripción, y al piso,

departamento o local que se construya, sin necesidad de nueva inscripción.

un terreno en que el deudor es unico propietario, gravará su cuota en el terreno desde la fecha de

la inscripción, y al piso, departamento o local que se construya, sin necesidad de nueva inscripción.

un terreno en que el deudor es condueño, gravará su cuota en el terreno desde la fecha de la

adquisición, y al piso, departamento o local que se construya, sin necesidad de nueva inscripción.

un terreno en que el deudor es condueño, gravará su cuota en el terreno desde la fecha de la

inscripción, y al piso, departamento o local que se construya, sin necesidad de nueva inscripción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 9.- La hipoteca constituida sobre un piso, departamento o local

que ha de construirse en un terreno en que el deudor es condueño, gravará su cuota en el terreno desde la

fecha de la inscripción, y al piso, departamento o local que se construya, sin necesidad de nueva

inscripción.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. La hipoteca constituida sobre un piso, departamento o

local que ha de construirse en:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 417: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

417

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10

luego del Registro Catastral, en una de las notarías del cantón, un plano general que establezca

con claridad los terrenos y espacios construidos condominiales y los terrenos y espacios

construidos de propiedad exclusiva.

luego del Registro municipal, en una de las notarías del cantón, un plano general que establezca

con claridad los terrenos y espacios construidos condominiales y los terrenos y espacios

construidos de propiedad exclusiva.

luego del Registro municipal, en cualquier notaría del país, un plano general que establezca con

claridad los terrenos y espacios construidos condominiales y los terrenos y espacios construidos de

propiedad exclusiva.

luego del Registro Catastral, en una de las notarías del cantón, un plano general que establezca

con claridad las instalaciones electricas y sanitarias, espacios construidos condominiales y los

terrenos y espacios construidos de propiedad exclusiva.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10.- Terminada la construcción de un condominio inmobiliario, se

protocolizará, luego del Registro Catastral, en una de las notarías del cantón, un plano general que

establezca con claridad los terrenos y espacios construidos condominiales y los terrenos y espacios

construidos de propiedad exclusiva. Se inscribirá una copia en el Registro de la Propiedad, en un libro

especial que se llevará para el efecto. La copia del plano se guardará en el archivo del Registrador y en el

Registro Catastral.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Terminada la construcción de un condominio

inmobiliario, se protocolizará:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 418: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

418

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10 literal a)

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10 literal a)

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10 literal a)

singularización y linderos del inmueble

Ubicación y linderos del inmueble

superficie y linderos del inmueble

Ubicación y superficie del inmueble

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10.- Terminada la construcción de un condominio inmobiliario, se

protocolizará, luego del Registro Catastral, en una de las notarías del cantón, un plano general que

establezca con claridad los terrenos y espacios construidos condominiales y los terrenos y espacios

construidos de propiedad exclusiva. Se inscribirá una copia en el Registro de la Propiedad, en un libro

especial que se llevará para el efecto. La copia del plano se guardará en el archivo del Registrador y en el

Registro Catastral. El plano contendrá los siguientes detalles: a) Ubicación y linderos del inmueble; b)

Ubicación y número que corresponda a cada terreno y espacio construido de propiedad exclusiva; y, c)

Ubicación de las instalaciones de luz y fuerza, agua potable, teléfono, calefacción y ventilación si las

hubiere, desagües, y de los demás bienes comunes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Terminada la construcción de un condominio

inmobiliario, se protocolizará, luego del Registro Catastral, en una de las notarías del cantón, un plano

general que contendrá entre otros de los detalles :

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 419: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

419

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10 literal b)

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10 literal b)

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10 literal b)

Ubicación y número que corresponda a cada manzana y espacio construido de propiedad

exclusiva

linderos y número que corresponda a cada terreno y espacio construido de propiedad exclusiva

Ubicación y número que corresponda a cada terreno y espacio construido de propiedad exclusiva

linderos y número que corresponda a cada manzana y espacio construido de propiedad exclusiva

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10.- Terminada la construcción de un condominio inmobiliario, se

protocolizará, luego del Registro Catastral, en una de las notarías del cantón, un plano general que

establezca con claridad los terrenos y espacios construidos condominiales y los terrenos y espacios

construidos de propiedad exclusiva. Se inscribirá una copia en el Registro de la Propiedad, en un libro

especial que se llevará para el efecto. La copia del plano se guardará en el archivo del Registrador y en el

Registro Catastral. El plano contendrá los siguientes detalles: a) Ubicación y linderos del inmueble; b)

Ubicación y número que corresponda a cada terreno y espacio construido de propiedad exclusiva; y, c)

Ubicación de las instalaciones de luz y fuerza, agua potable, teléfono, calefacción y ventilación si las

hubiere, desagües, y de los demás bienes comunes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Terminada la construcción de un condominio

inmobiliario, se protocolizará, luego del Registro Catastral, en una de las notarías del cantón, un plano

general que contendrá entre otros de los detalles :

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 420: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

420

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10 literal c)

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10 literal c)

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10 literal c)

Unicamente de las instalaciones de luz y fuerza, y no teléfono, calefacción y ventilación y si las hubiere,

desagües, y de los demás bienes comunes.

Ubicación del lote deterreno, de las instalaciones de luz y fuerza, agua potable, teléfono, calefacción y

ventilación si las hubiere, desagües, y de los demás bienes comunes.

Ubicación de las instalaciones de luz y energia, agua potable y agua reciclada, teléfono, calefacción y

ventilación si las hubiere, desagües, y de los demás bienes comunes.

Ubicación de las instalaciones de luz y fuerza, agua potable, teléfono, calefacción y ventilación si las

hubiere, desagües, y de los demás bienes comunes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10.- Terminada la construcción de un condominio inmobiliario, se

protocolizará, luego del Registro Catastral, en una de las notarías del cantón, un plano general que establezca con

claridad los terrenos y espacios construidos condominiales y los terrenos y espacios construidos de propiedad

exclusiva. Se inscribirá una copia en el Registro de la Propiedad, en un libro especial que se llevará para el efecto.

La copia del plano se guardará en el archivo del Registrador y en el Registro Catastral. El plano contendrá los

siguientes detalles: a) Ubicación y linderos del inmueble; b) Ubicación y número que corresponda a cada terreno y

espacio construido de propiedad exclusiva; y, c) Ubicación de las instalaciones de luz y fuerza, agua potable,

teléfono, calefacción y ventilación si las hubiere, desagües, y de los demás bienes comunes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Terminada la construcción de un condominio inmobiliario, se

protocolizará, luego del Registro Catastral, en una de las notarías del cantón, un plano general que contendrá entre

otros de los detalles :

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 421: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

421

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. innumerado

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. innumerado

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. Innumerado

terminar la construcción de todos los espacios comunes de los inmuebles declarados en propiedad horizontal

o constituidos en condominio, antes de la entrega definitiva de la obra a los copropietarios.

terminar la construcción en un 50% de todos los espacios comunes de los inmuebles declarados en propiedad

horizontal o constituidos en condominio, antes de la entrega definitiva de la obra a los copropietarios.

terminar la construcción en un 75% de todos los espacios comunes de los inmuebles declarados en propiedad

horizontal o constituidos en condominio, antes de la entrega definitiva de la obra a los copropietarios.

terminar la construcción en un 90% de todos los espacios comunes de los inmuebles declarados en propiedad

horizontal o constituidos en condominio, antes de la entrega definitiva de la obra a los copropietarios.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. ... (innumerado).- El constructor y el promotor inmobiliario están obligados a

terminar la construcción de todos los espacios comunes de los inmuebles declarados en propiedad horizontal o

constituidos en condominio, antes de la entrega definitiva de la obra a los copropietarios.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. El constructor y el promotor inmobiliario están obligados a:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 422: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

422

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. El Reglamento Interno deberá ser aprobado por el voto de por lo

menos:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 11 inciso segundo

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 11 inciso segundo

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 11 inciso segundo

la mitad de los copropietarios.

las tres terceras partes de los copropietarios.

las dos terceras partes de los copropietarios.

las dos terceras partes de los condominos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 11.- inciso segundo.- El Reglamento Interno deberá ser aprobado por el voto

de por lo menos las dos terceras partes de los copropietarios.

Page 423: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

423

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. El Reglamento Interno de Copropiedad deberá:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 11 inciso tercero

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 11 inciso tercero

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 11 inciso tercero

en todo caso, ser protocolizado en el Juzgado del cantón e inscrito en el Registro de la Propiedad

respectivo.

en todo caso, ser cerificado en una notaría del cantón e inscrito en el Registro de la Propiedad respectivo.

en todo caso, ser protocolizado en una notaría del cantón e inscrito en el Registro Mercantil respectivo.

en todo caso, ser protocolizado en una notaría del cantón e inscrito en el Registro de la Propiedad

respectivo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 11.- inciso tercero.- El Reglamento Interno de Copropiedad deberá, en

todo caso, ser protocolizado en una notaría del cantón e inscrito en el Registro de la Propiedad respectivo.

Page 424: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

424

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. El Reglamento Interno de Copropiedad contendrá las normas sobre:

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12

administración y conservación de los bienes comunes, funciones que correspondan a la Asamblea de los

Copropietarios, facultades y obligaciones y forma de elección del administrador, distribución de las cuotas de

administración entre los copropietarios y todo lo que converge a los intereses de los copropietarios y al

mantenimiento y conservación del edificio.

administración y conservación de los bienes comunes y particulares, funciones que correspondan a la Asamblea

de los Copropietarios, facultades y obligaciones y forma de elección del administrador, distribución de las cuotas

de administración entre los copropietarios y todo lo que converge a los intereses de los copropietarios y al

mantenimiento y conservación del edificio.

administración y conservación de los bienes particulares, funciones que correspondan a la Asamblea de los

Copropietarios, facultades y obligaciones y forma de elección del administrador, distribución de las cuotas de

administración entre los copropietarios y todo lo que converge a los intereses de los copropietarios y al

mantenimiento y conservación del edificio.

administración fianciera de los bienes comunes, funciones que correspondan a la Asamblea de los Copropietarios,

facultades y obligaciones y forma de elección del administrador, distribución de las cuotas de administración entre

los copropietarios y todo lo que converge a los intereses de los copropietarios y al mantenimiento y conservación

del edificio.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- El Reglamento Interno de Copropiedad contendrá las normas sobre

administración y conservación de los bienes comunes, funciones que correspondan a la

Asamblea de los Copropietarios, facultades y obligaciones y forma de elección del administrador, distribución de las cuotas

de administración entre los copropietarios y todo lo que converge a los intereses de los copropietarios y al mantenimiento y

conservación del edificio.

Page 425: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

425

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. La imposición de gravámenes extraordinarios, la construcción

de mejoras voluntarias y cualquiera sensible alteración en el goce de

los bienes comunes, requerirá el consentimiento de:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 inciso tercero

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 inciso tercero

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 inciso tercero

los dos cuartas partes de los copropietarios asistentes a la respectiva reunión, sin perjuicio de la obtención

de la autorización que para el efecto deba otorgar la respectiva Municipalidad.

los dos tercios de los copropietarios asistentes a la respectiva reunión, sin perjuicio de la obtención de la

autorización que para el efecto deba otorgar la respectiva Municipalidad.

la mitad mas uno de los copropietarios asistentes a la respectiva reunión, sin perjuicio de la obtención de

la autorización que para el efecto deba otorgar la respectiva Municipalidad.

los dos quintos de los copropietarios asistentes a la respectiva reunión, sin perjuicio de la obtención de la

autorización que para el efecto deba otorgar la respectiva Municipalidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- inciso tercero.- La imposición de gravámenes extraordinarios, la

construcción de mejoras voluntarias y cualquiera sensible alteración en el goce de

los bienes comunes, requerirá el consentimiento de los dos tercios de los copropietarios asistentes a la respectiva

reunión, sin perjuicio de la obtención de la autorización que para el efecto deba otorgar la

respectiva Municipalidad.

Page 426: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

426

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Los administradores, remunerados o no, serán:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 inciso final

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 inciso final

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 inciso final

los presidentes del condominio.

los contadores del condominio.

los representantes legales del condominio.

los dueños del condominio.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- inciso final.- Los administradores, remunerados o no, serán

los representantes legales del condominio.

Page 427: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

427

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. La liquidación que por expensas necesarias emita el

Administrador o el Presidente del condominio, una vez aprobada en asamblea general de copropietarios, tendrá el

carácter de:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 13

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 13

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 13

titulo de promesa.

contrato.

título endosable.

título ejecutivo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 13.- La liquidación que por expensas necesarias emita el Administrador o el

Presidente del condominio, una vez aprobada en asamblea general de copropietarios, tendrá el carácter de título

ejecutivo; y, para que lasobligaciones sean exigibles en juicio ejecutivo, deberán ser claras, determinadas, líquidas,

puras y de plazo vencido. Se considerará que ha vencido el plazo cuando no se hubiere pagado dos o más expensas.

Page 428: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

428

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 14

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 14

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 14

ninguno de los copropietarios podrá pedir la división del suelo ni de los demás bienes comunes.

el 75% de los copropietarios podrán pedir la división del suelo y de los demás bienes comunes.

el 50% de los copropietarios podrán pedir la división del suelo y de los demás bienes comunes.

el 75% de los condóminos podrán pedir la división del suelo y de los demás bienes comunes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 14.- Mientras exista el edificio, ninguno de los copropietarios podrá

pedir la división del suelo ni de los demás bienes comunes.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Mientras exista el edificio:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 429: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

429

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 14 inciso segundo

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 14 inciso segundo

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 14 inciso segundo

ninguno de los copropietarios podrá pedir la división de dichos bienes.

cualquiera de los copropietarios podrá pedir la división de dichos bienes.

el 75% de los copropietarios podrán pedir la división de dichos bienes.

al mrenos el 50% de los copropietarios podrán pedir la división de dichos bienes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 14.- inciso segundo.- Si el edificio se destruyere en su totalidad o se

deteriorare en una proporción que represente, a lo menos, las tres cuartas partes de su valor, o se ordenare su

demolición de conformidad con el Art. 895 del Código Civil, cualquiera de los copropietarios podrá pedir la

división de dichos bienes.

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Si el edificio se destruyere en su totalidad o se

deteriorare en una proporción que represente, a lo menos, las tres cuartas partes de su valor, o se ordenare su

demolición de conformidad con el Art. 895 del Código Civil,:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 430: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

430

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 15 numeral 1

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 15 numeral 1

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 15 numeral 1

todos los propietarios deberán concurrir a la reparación de los bienes individuales con una suma de dinero

proporcional a los derechos que sobre ellos tenga

Cada propietario deberá concurrir al Municipio para la reparación de los bienes comunes con una suma

de dinero proporcional a los derechos que sobre ellos tenga

Cada propietario deberá concurrir a la reparación de los bienes comunes con una suma de dinero

proporcional a los derechos que sobre ellos tenga.

Solamente el condomiono deberá concurrir a la reparación de los bienes comunes con una suma de

dinero proporcional a los derechos que sobre ellos tenga

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 15.- Si la destrucción no fuere de tal gravedad, los copropietarios están

obligados a reparar el edificio sujetándose a las reglas siguientes: 1) Cada propietario deberá concurrir a la

reparación de los bienes comunes con una suma de dinero proporcional a los derechos que sobre ellos tenga;

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Si la destrucción no fuere de tal gravedad, los copropietarios

están obligados a reparar el edificio sujetándose a las reglas siguientes que una de ellas es:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 431: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

431

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 15 numeral 2

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 15 numeral 2

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 15 numeral 2

Dicha cuota, voluntaria que se acepte de conformidad al Reglamento Interno de Copropiedad, será exigible

ejecutivamente, con arreglo a lo dispuesto en el Art. 13, y el administrador estará obligado a cobrarla, so

pena de responder de todo perjuicio.

Dicha cuota, acordada en la asamblea que se celebre de conformidad al Reglamento Interno de

Copropiedad, será exigible ejecutivamente, con arreglo a lo dispuesto en el Art. 13, y el administrador no

estará obligado a cobrarla, sin sanción de responder de todo perjuicio.

Dicha cuota, equivalente al 75% acordada en la asamblea que se celebre de conformidad al Reglamento

Interno de Copropiedad, será exigible ejecutivamente, con arreglo a lo dispuesto en el Art. 13, y el

administrador estará obligado a cobrarla, so pena de responder de todo perjuicio.

Dicha cuota, acordada en la asamblea que se celebre de conformidad al Reglamento Interno de

Copropiedad, será exigible ejecutivamente, con arreglo a lo dispuesto en el Art. 13, y el administrador

estará obligado a cobrarla, so pena de responder de todo perjuicio.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 15.- Si la destrucción no fuere de tal gravedad, los copropietarios están

obligados a reparar el edificio sujetándose a las reglas siguientes: 2) Dicha cuota, acordada en la asamblea que se

celebre de conformidad al Reglamento Interno de Copropiedad, será exigible ejecutivamente, con arreglo a lo

dispuesto en el Art. 13, y el administrador estará obligado a cobrarla, so pena de responder de todo perjuicio.

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Si la destrucción no fuere de tal gravedad, los copropietarios

están obligados a reparar el edificio sujetándose a las reglas siguientes que una de ellas es:

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VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 432: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

432

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 15 inciso segundo

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 15 inciso segundo

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 15 inciso segundo

del respectivo propietario; y estará obligado a realizar todas aquellas que conciernan a la conservación o

permanente utilidad del piso, departamento o local.

del Administrator; y estará obligado a realizar todas aquellas que conciernan a la conservación o

permanente utilidad del piso, departamento o local.

del Representante Legal; y estará obligado a realizar todas aquellas que conciernan a la conservación o

permanente utilidad del piso, departamento o local.

del respectivo Gerente y Presidente; y estarán obligados a realizar todas aquellas que conciernan a la

conservación o permanente utilidad del piso, departamento o local.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 15.- inciso segundo.- Las reparaciones de cada piso, departamento o

local serán de cargo exclusivo del respectivo propietario; y estará obligado a realizar todas aquellas que

conciernan a la conservación o permanente utilidad del piso, departamento o local.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Las reparaciones de cada piso, departamento o local serán

de cargo exclusivo:

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Page 433: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

433

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 15 inciso tercero

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 15 inciso tercero

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 15 inciso tercero

las tres cuartas partes del perjuicio.

todo perjuicio.

el 50% del perjuicio.

del 75% del perjuicio.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 15.- inciso tercero.- Si por no realizarlo oportunamente estas

reparaciones disminuyesen el valor del edificioo se ocasionaren graves molestias o seexpusiera a algún peligro a

los demás propietarios, el infractor responderá de todo perjuicio.

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Si por no realizarlo oportunamente estas

reparaciones disminuyesen el valor del edificioo se ocasionaren graves molestias o se expusiera a algún peligro a

los demás propietarios, el infractor responderá de:

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Page 434: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

434

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16

no obligatorio.

facultativo

obligatorio.

indispensable

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 16.- Es obligatorio el seguro contra incendio y daños de ascensor de

todo edificio regido por esta Ley.

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. El seguro contra incendio y daños de ascensor de todo

edificio regido por esta Ley es:

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Page 435: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

435

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 17

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 17

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 17

no subsistirán las hipotecas en las mismas condiciones que antes.

se extingen parcialmente las hipotecas en las mismas condiciones que antes.

subsistirán las hipotecas en otras condiciones que antes.

subsistirán las hipotecas en las mismas condiciones que antes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 17.- Si el edificio destruido total o parcialmente fuere reconstruido,

subsistirán las hipotecas en las mismas condiciones que antes.

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Si el edificio destruido total o parcialmente fuere reconstruido:

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Page 436: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

436

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 18

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 18

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 18

unánime de los propietarios.

del 50% de los propietarios.

del 75% de los propietarios..

unánime de los representantes legales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 18.- Las indemnizaciones provenientes de seguros quedarán

afectadas en primer término a la reconstrucción del edificio en los casos en que ésta sea procedente y salvo

acuerdo unánime de los propietarios.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Las indemnizaciones provenientes de seguros quedarán

afectadas en primer término a la reconstrucción del edificio en los casos en que ésta sea procedente y salvo

acuerdo:

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Page 437: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

437

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 18 inciso segundo

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 18 inciso segundo

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 18 inciso segundo

entre los condominos, en proporción al derecho de cada cual.

entre los propietarios, en proporción al derecho de cada cual.

entre los propietarios y el Municipio, en proporción al derecho de cada cual.

entre los condominos y el Municipio, en proporción al 50% de cada cual.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 18.- inciso segundo.- En caso de que el inmueble no pueda ser reconstruido, el

importe de la indemnización se distribuirá entre los propietarios, en proporción al derecho de cada cual.

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. En caso de que el inmueble no pueda ser reconstruido, el importe de la

indemnización se distribuirá:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Page 438: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

438

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 18 inciso tercero

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 18 inciso tercero

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 18 inciso tercero

son los sueldos pendientes, si los hubiere.

son las deudas por mantenimiento, si los hubiere.

son los créditos hipotecarios, si los hubiere.

son los impuestos pendientes, si los hubiere.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 18.- inciso tercero.- Si el importe de la indemnización no se

destinare a construcción o reconstrucción del edificio, lo primero que se pagará con dicha indemnización son

los créditos hipotecarios, si los hubiere.

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Si el importe de la indemnización no se

destinare a construcción o reconstrucción del edificio, lo primero que se pagará con dicha indemnización:

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Page 439: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

439

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 19

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 19

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 19

a los gobiernos seccionales

administraciones zonales

Registros de la Propiedad

a las municipalidades

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 19.- Corresponde a las municipalidades determinar los requisitos y

aprobar los planos a que deben sujetarse las edificaciones a las cuales se refiere esta Ley.

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Corresponde determinar los requisitos y aprobar los

planos a que deben sujetarse las edificaciones a las cuales se refiere esta Ley a:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Page 440: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

440

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 19 inciso segundo

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 19 inciso segundo

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 19 inciso segundo

Los Notarios.

El Registrador Mercantil

El Registrador de la Propiedad.

las municipalidades

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 19.- inciso segundo.- Los notarios no podrán autorizar ninguna

escritura pública sobre constitución o traspaso de la propiedad de un piso o departamento, ni los registradores de

la propiedad inscribirán tales escrituras si no se inserta en ellas lacopia auténtica de la correspondiente declaración

municipal y del Reglamento de Copropiedad de que tratan los Arts. 11 y 12.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. No podrán autorizar ninguna escritura pública sobre

constitución o traspaso de la propiedad de un piso o departamento, si no se inserta en ellas lacopia auténtica de la

correspondiente declaración municipal y del Reglamento de Copropiedad de que tratan los Arts. 11 y 12.:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

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Page 441: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

441

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 19 inciso segundo

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 19 inciso segundo

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 19 inciso segundo

Los Notarios.

El Registrador de la Propiedad.

El Registrador Mercantil

las municipalidades

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 19.- inciso segundo.- Los notarios no podrán autorizar ninguna

escritura pública sobre constitución o traspaso de la propiedad de un piso o departamento, ni los registradores

de la propiedad inscribirán tales escrituras si no se inserta en ellas lacopia auténtica de la correspondiente

declaración municipal y del Reglamento de Copropiedad de que tratan los Arts. 11 y 12.

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. No podrán inscribir ninguna escritura pública sobre

constitución o traspaso de la propiedad de un piso o departamento, si no se inserta en ellas lacopia auténtica de

la correspondiente declaración municipal y del Reglamento de Copropiedad de que tratan los Arts. 11 y 12.:

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Page 442: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

442

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 20

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 20

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 20

el precio del avalúo comercial.

el precio del avalúo referencial.

el precio del avalúo municipal.

el precio del avalúo de un perito valuador.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 20.- Se tendrá como valor de cada piso, departamento o local, el precio

del avalúo municipal.

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Se tendrá como valor de cada piso, departamento o local:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Page 443: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

443

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 21

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 21

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 21

conjuntamente de todos los pisos, departamentos o locales que existan en los edificios.

separadamente para cada uno de los propietarios y arrendatarios de pisos, departamentos o locales que

existan en los edificios.

individualmente para cada uno de los propietarios de departamentos o locales que existan en los edificios.

separadamente para cada uno de los pisos, departamentos o locales que existan en los edificios.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 21.- Los avalúos que ordenen las leyes tributarias deben hacerse

separadamente para cada uno de los pisos, departamentos o locales que existan en los edificios.

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Los avalúos que ordenen las leyes tributarias deben hacerse:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Eje Temático

Page 444: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

444

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 22

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 22

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 22

Las instituciones del sistema financiero y los organismos de derecho público o de derecho privado con

finalidad social o pública.

Solamente las instituciones del sistema financiero y no los organismos de derecho público o de derecho

privado con finalidad social o pública.

Unica y exclusdivamente los organismos de derecho público o de derecho privado con finalidad social o

pública.

Las instituciones del sistema financiero y los organismos de derecho público excepto los de de derecho

privado con finalidad social o pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 22.- Las instituciones del sistema financiero y los organismos de

derecho público o de derecho privado con finalidad social o pública, quedan autorizados para dividir las

hipotecas constituidas a su favor sobre edificios sometidos al régimen de esta Ley, entre los diferentes pisos,

departamentos o locales que integran tales edificios, a prorrata del valor de cada uno de ellos.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Quedan autorizados para dividir las hipotecas constituidas

a su favor sobre edificios sometidos al régimen de esta Ley, entre los diferentes pisos, departamentos o locales

que integran tales edificios, a prorrata del valor de cada uno de ellos:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Eje Temático

Page 445: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

145

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 23

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 23

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 23

de las obligaciones correspondientes a los respectivos gravámenes.

exclusivamente, de las obligaciones correspondientes a los respectivos gravámenes.

exclusivamente, de las aportaciones correspondientes a los respectivos gravámenes.

exclusivamente, de las obligaciones correspondientes a las respectivas alicuotas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 23.- Una vez efectuada la división de la correspondiente hipoteca y

hecha la inscripción en la oficina del Registro de la Propiedad, los dueños de cada piso, departamento o local

serán responsables, exclusivamente, de las obligaciones correspondientes a los respectivos gravámenes.

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Una vez efectuada la división de la correspondiente hipoteca

y hecha la inscripción en la oficina del Registro de la Propiedad, los dueños de cada piso, departamento o local

serán responsables:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 446: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

446

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Se presumirá para todos los efectos legales, incluido los

tributarios, que la administración del condominio:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. Fnal. Innumerado

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. Fnal. Innumerado

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. Fnal. Innumerado

si persigue fines de lucro si los valores percibidos se hubieren invertido o utilizado en los gastos y

necesidades comunes del inmueble, salvo que se ejerciere alguna otra actividad económica.

persigue fines de lucro si los valores percibidos se hubieren utilizado en los gastos administrativos del

inmueble, salvo que se ejerciere alguna otra actividad económica.

no persigue fines de lucro si los valores percibidos se hubieren invertido o utilizado en los gastos y

necesidades comunes del inmueble, salvo que se ejerciere alguna otra actividad económica.

persigue fines de lucro cuando se hubieren invertido o utilizado los valores en los gastos y necesidades

comunes de los condominos, salvo que se ejerciere alguna otra actividad económica.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. Fnal. Innumerado Art. ...- Se presumirá para todos los efectos

legales, incluido los tributarios, que la administración del condominio no persigue fines de lucro si los valores

percibidos se hubieren invertido o utilizado en los gastos y necesidades comunes del inmueble, salvo que se

ejerciere alguna otra actividad económica.

Page 447: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

447

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. El Reglamento General a la Ley de

Propiedad Horizontal tiene por objeto establecer:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 1

los acuerdos que deben regir para todos los inmuebles cuyo dominio estuviera constituido en condominio o

declarado en régimen de propiedad horizontal.

las resoluciones que deben regir para todos los inmuebles cuyo dominio estuviera constituido en

condominio o declarado en régimen de propiedad horizontal.

las ordenanzas que deben regir para todos los inmuebles cuyo dominio estuviera constituido en

condominio o declarado en régimen de propiedad horizontal.

los principios y normas que deben regir para todos los inmuebles cuyo dominio estuviera constituido en

condominio o declarado en régimen de propiedad horizontal.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 1.- OBJETO.- El presente Reglamento General

tiene por objeto establecer los principios y normas que deben regir para todos los inmuebles cuyo dominio

estuviera constituido en condominio o declarado en régimen de propiedad horizontal.

Page 448: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

448

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Eje Temático

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. De tratarse de un inmueble constituido

en condominio o declarado en régimen de propiedad horizontal cuyo fin sea el comercio, en el reglamento

interno se deberá hacer constar:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 2

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 2

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 2

las normas para su comercializacion y publicidad.

las normas para su promoción y publicidad.

las normas unicamente para su promoción.

las normas unicamente para su publicidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 2.- AMBITO GENERAL DE LAS

RELACIONES DE COPROPIEDAD. ……..De tratarse de un inmueble constituido en condominio o declarado

en régimen de propiedad horizontal cuyo fin sea el comercio, en el reglamento interno se deberá hacer

constar las normas para su promoción y publicidad.

Page 449: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

449

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Los copropietarios y ocupantes, a

cualquier título, serán responsables solidarios de:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 3

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 3

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 3

las destrucciones ocasionadas de lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal, en el presente

Reglamento General y en el reglamento interno que cada condominio dicte para su administración,

conservación y mejoramiento.

los daños ocasionados por la omision de lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal, en el

presente Reglamento General y en el reglamento interno que cada condominio dicte para su

administración, conservación y mejoramiento.

los daños ocasionados por la violación o el incumplimiento de lo establecido en la Ley de Propiedad

Horizontal, en el presente Reglamento General y en el reglamento interno que cada condominio dicte

para su administración, conservación y mejoramiento.

los daños ocasionados por la mala práctica de lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal, en el

presente Reglamento General y en el reglamento interno que cada condominio dicte para su

administración, conservación y mejoramiento.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 3.- inciso segundo.- Los copropietarios y

ocupantes, a cualquier título, serán responsables solidarios de los daños ocasionados por la violación o el

incumplimiento de lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal, en el presente Reglamento General y en

el reglamento interno que cada condominio dicte para su administración, conservación y mejoramiento.

Page 450: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

450

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. En la Declaratoria de Propiedad Horizontal,

que será aprobada por la respectiva Municipalidad donde se encuentre el bien inmueble, se hará constar:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 4

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 4

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 4

unicamente la naturaleza para el cual se construye el condominio estableciéndose, específicamente, si se

trata de un conjunto de vivienda, de un centro comercial exclusivamente o de un conjunto mixto. Sobre la

base de estas especificaciones se deberá elaborar el respectivo reglamento interno, según sea el caso.

unicamente el fin para el cual se construye el condominio estableciéndose, específicamente, si se trata de

un conjunto de vivienda, de un centro comercial exclusivamente o de un conjunto mixto. Sobre la base de

estas especificaciones se deberá elaborar el respectivo reglamento interno, según sea el caso.

para que se construye el condominio estableciéndose, específicamente, si se trata de un conjunto de

vivienda, de un centro comercial exclusivamente o de un conjunto mixto. Sobre la base de estas

especificaciones se deberá elaborar el respectivo reglamento interno, según sea el caso.

la naturaleza y el fin para el cual se construye el condominio estableciéndose, específicamente, si se trata

de un conjunto de vivienda, de un centro comercial exclusivamente o de un conjunto mixto. Sobre la base

de estas especificaciones se deberá elaborar el respectivo reglamento interno, según sea el caso.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 4.- DETERMINACION DEL INMUEBLE POR SU

NATURALEZA Y FINES.- En la Declaratoria de Propiedad Horizontal, que será aprobada por la respectiva

Municipalidad donde se encuentre el bien inmueble, se hará constar la naturaleza y el fin para el cual se construye

el condominio estableciéndose, específicamente, si se trata de un conjunto de vivienda, de un centro comercial

exclusivamente o de un conjunto mixto. Sobre la base de estas especificaciones se deberá elaborar el respectivo

reglamento interno, según sea el caso.

Page 451: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

451

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Se reputan bienes comunes y de dominio

inalienable e indivisible para cada uno de los copropietarios del inmueble:

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 5

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 5

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 5

los necesarios para la existencia, seguridad y conservación del conjunto de vivienda o del centro

comercial constituido en condominio o declarado en propiedad horizontal y los que permiten a todos y

cada uno de los copropietarios el uso y goce de su piso, departamento o local comercial, tales como el

terreno sobre el cual se ha constituido el inmueble en propiedad horizontal, las acometidas centrales de

los servicios de agua potable, alcantarillado, energía eléctrica y teléfonos, las áreas verdes, vías de

acceso y espacios comunales y, en general, todos aquellos que consten como tales en la Declaratoria

de Propiedad Horizontal.

los que permiten a todos y cada uno de los copropietarios el uso y goce de su piso, departamento o local

comercial, tales como el terreno sobre el cual se ha constituido el inmueble en propiedad horizontal, las

acometidas centrales de los servicios de agua potable, alcantarillado, energía eléctrica y teléfonos, las

áreas verdes, vías de acceso y espacios comunales y, en general, todos aquellos que consten como

tales en la Declaratoria de Propiedad Horizontal.

unicamente para la conservación del conjunto de vivienda o del centro comercial constituido en

condominio o declarado en propiedad horizontal y los que permiten a todos y cada uno de los

copropietarios el uso y goce de su piso, departamento o local comercial, tales como el terreno sobre el

cual se ha constituido el inmueble en propiedad horizontal, las acometidas centrales de los servicios de

agua potable, alcantarillado, energía eléctrica y teléfonos, las áreas verdes, vías de acceso y espacios

comunales y, en general, todos aquellos que consten como tales en la Declaratoria de Propiedad

Horizontal.

solamente para la existencia, del conjunto de vivienda o del comercio constituido en condominio o

declarado en propiedad horizontal y los que permiten a todos y cada uno de los copropietarios el uso y

goce de su piso, departamento o local comercial, tales como el terreno sobre el cual se ha constituido el

inmueble en propiedad horizontal, las acometidas centrales de los servicios de agua potable,

alcantarillado, energía eléctrica y teléfonos, las áreas verdes, vías de acceso y espacios comunales y,

en general, todos aquellos que consten como tales en la Declaratoria de Propiedad Horizontal.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 5.- SE ENTIENDEN COMO BIENES COMUNES.-

Se reputan bienes comunes y de dominio inalienable e indivisible para cada uno de los copropietarios del

inmueble, los necesarios para la existencia, seguridad y conservación del conjunto de vivienda o del centro

comercial constituido en condominio o declarado en propiedad horizontal y los que permiten a todos y cada uno

de los copropietarios el uso y goce de su piso, departamento o local comercial, tales como el terreno sobre el

cual se ha constituido el inmueble en propiedad horizontal, las acometidas centrales de los servicios de agua

potable, alcantarillado, energía eléctrica y teléfonos, las áreas verdes, vías de acceso y espacios comunales y,

en general, todos aquellos que consten como tales en la Declaratoria de Propiedad Horizontal.

Page 452: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

452

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. La copropiedad, uso y goce sobre los

bienes comunes son:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 6

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 6

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 6

proporcionales de la propiedad, uso y goce de los bienes exclusivos.

proporcionales e inseparables de la propiedad, uso y goce de los bienes exclusivos.

inseparables de la propiedad, uso y goce de los bienes exclusivos.

proporcionales e inseparables de la propiedad, de los bienes exclusivos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 6.- DERECHOS INSEPARABLES.- La

copropiedad, uso y goce sobre los bienes comunes son proporcionales e inseparables de la propiedad, uso y

goce de los bienes exclusivos. En la enajenación, gravamen, embargo o limitación de dominio de éstos, estará

incluida la respectiva cuota sobre aquéllos, en los términos de este Reglamento General.

Page 453: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

453

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 7

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 7

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 7

al administrados en sus derechos de uso sobre los bienes comunes del inmueble en propiedad horizontal

y en las obligaciones inherentes al régimen de propiedad horizontal.

al representante legal en sus derechos de uso sobre los bienes comunes del inmueble en propiedad

horizontal y en las obligaciones inherentes al régimen de propiedad horizontal.

al propietario en sus derechos de uso sobre los bienes comunes del inmueble en propiedad horizontal y

en las obligaciones inherentes al régimen de propiedad horizontal.

al condomino en sus derechos de uso sobre los bienes comunes del inmueble en propiedad horizontal y

en las obligaciones inherentes al régimen de propiedad horizontal.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 7.- DERECHOS DEL USUARIO.- El arrendatario,

comodatario, usuario, acreedor anticrético, usufructuario, sustituirá al propietario en sus derechos de uso sobre

los bienes comunes del inmueble en propiedad horizontal y en las obligaciones inherentes al régimen de

propiedad horizontal.

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. El arrendatario, comodatario, usuario,

acreedor anticrético, usufructuario, sustituirá:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 454: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

454

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 8 inciso segundo

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 8 inciso segundo

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 8 inciso segundo

sirven a todos los condominos y permiten usar y gozar de los bienes exclusivos.

sirven a todos los copropietarios y permiten gozar de los bienes exclusivos.

sirven a todos los copropietarios y permiten exclusivamente usar de los bienes exclusivos.

sirven a todos los copropietarios y permiten usar y gozar de los bienes exclusivos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 8.- DE LOS BIENES COMUNES GENERALES

E INDIVIDUALES.- inciso segundo.- Se denominan bienes comunes generales, todos aquellos que sirven a

todos los copropietarios y permiten usar y gozar de los bienes exclusivos.

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Se denominan bienes comunes

generales, todos aquellos que:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 455: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

455

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 8 inciso tercero

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 8 inciso tercero

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 8 inciso tercero

todos aquellos cuyo uso y goce corresponden limitadamente a los copropietarios de cada bloque,

edificio, torre, o conjunto en particular.

todos aquellos cuyo uso y goce corresponden ilimitadamente a los copropietarios de cada bloque,

edificio, torre, o conjunto en particular.

unica y exusivamente cuyo uso y goce corresponden limitadamente a los copropietarios de cada

bloque, edificio, torre, o conjunto en particular.

todos aquellos cuyo uso y satisfacción corresponden limitadamente a los copropietarios de cada

bloque, edificio, torre, o conjunto en particular.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 8.- DE LOS BIENES COMUNES GENERALES

E INDIVIDUALES.- inciso tercero.- Se denominan bienes comunes individuales, todos aquellos cuyo uso y goce

corresponden limitadamente a los copropietarios de cada bloque, edificio, torre, o conjunto en particular, entre

ellos: los accesos al edificio, bloque, torre o conjunto, las escaleras y ascensores que son utilizados por los

copropietarios o usuarios de cada bloque, edificio, torre, o conjunto, así como las instalaciones de los servicios

públicos que son compartidos por dichos copropietarios y usuarios y los demás bienes que sean declarados

como tales en la respectiva Declaratoria de Propiedad Horizontal.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Se denominan bienes comunes

individuales:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 456: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

456

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10

La Asamblea de Condominos.

La Asamblea de Copropietarios.

La Asamblea Ordinaria de Copropietarios.

La Asamblea Extraordinaria de Copropietarios.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 10.- REPARACION DE LOS BIENES

COMUNES.- La Asamblea de Copropietarios aprobará la reparación de bienes comunes, de acuerdo con la

propuesta presentada por la persona que ejerce la administración del inmueble constituido en condominio o

declarado en régimen de propiedad horizontal.

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. La reparación de bienes comunes, de

acuerdo con la propuesta presentada por la persona que ejerce la administración del inmueble constituido en

condominio o declarado en régimen de propiedad horizontal será aprobada por:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 457: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

457

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 10

no podrá proceder a su inmediata realización sin esperar autorización de la Asamblea de

Copropietarios.

podrá proceder a su inmediata realización y esperando autorización de la Asamblea de Copropietarios.

podrá proceder a su inmediata realización sin esperar autorización de la Asamblea General y

Extraordinaria de Copropietarios.

podrá proceder a su inmediata realización sin esperar autorización de la Asamblea de Copropietarios.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 10.- REPARACION DE LOS BIENES

COMUNES.- Si se tratan de reparaciones necesarias y urgentes por inminente peligro de ruina del inmueble o

amenaza para la seguridad o salubridad de las personas que ejercen el derecho de dominio, el administrador

podrá proceder a su inmediata realización sin esperar autorización de la Asamblea de Copropietarios.

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Si se tratan de reparaciones necesarias y

urgentes por inminente peligro de ruina del inmueble o amenaza para la seguridad o salubridad de las personas

que ejercen el derecho de dominio, el administrador:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 458: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

458

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal a)

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal a)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal a)

Modificar o alterar las tablas de alícuotas de cada bloque, torre o conjunto, para vivienda y para

comercio, constantes en la escritura pública de Declaratoria de Propiedad Horizontal;

modificar el 100% o alterar en forma alguna, ni aun a título de mejora, los bienes comunes del inmueble

en propiedad horizontal;

modificar sin autorización o alterar en forma alguna, ni aun a título de mejora, los bienes comunes del

inmueble en propiedad horizontal;

Dañar, modificar o alterar en forma alguna, ni aun a título de mejora, los bienes comunes del inmueble

en propiedad horizontal;

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente: a) Dañar, modificar o alterar en forma alguna, ni aun a título de mejora, los

bienes comunes del inmueble en propiedad horizontal;

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Una de las PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 459: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

459

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal b)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal b)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal b)

Hacer uso abusivo de los bienes comunes o contrario a su destino natural u obstaculizar de algún

modo el legítimo derecho y uso de los demás;

Hacer uso exlusivo de los bienes comunes o contrario a su destino natural u obstaculizar de algún

modo el legítimo derecho y uso de los demás;

Hacer uso abusivo de los bienes publicos o contrario a su destino natural u obstaculizar de algún modo

el legítimo derecho y uso de los demás;

Hacer uso para generar ingresos de los bienes comunes o contrario a su destino natural u obstaculizar

de algún modo el legítimo derecho y uso de los demás;

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente: b) Hacer uso abusivo de los bienes comunes o contrario a su destino

natural u obstaculizar de algún modo el legítimo derecho y uso de los demás;

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Una de las PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 460: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

460

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal c)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal c)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal c)

Dejar de pagar las expensas comunales fijadas para la administración, conservación y mejoramiento

de los bienes comunes;

Dejar de pagar las expensas ordinarias y extraordinarias fijadas para la administración, conservación y

mejoramiento de los bienes comunes;

Dejar de pagar las expensas ordinarias y extraordinarias fijadas para la suledos, conservación y

mejoramiento de los bienes comunes;

Dejar de pagar las expensas ordinarias y extraordinarias fijadas para la administración, conservación y

mejoramiento de los bienes inmuebles particulares;

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente: c) Dejar de pagar las expensas ordinarias y extraordinarias fijadas para la

administración, conservación y mejoramiento de los bienes comunes;

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Una de las PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 461: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

461

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal d)

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal d)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal d)

se permite colocar objetos tales como: ropa, alfombras o similares en la fachada del inmueble

constituido en condominio o declarado en propiedad horizontal;

Colocar objetos tales como: cuadros o parlantes o similares en la fachada del inmueble constituido en

condominio o declarado en propiedad horizontal;

Colocar objetos tales como: ropa, alfombras o similares en la fachada del inmueble constituido en

condominio o declarado en propiedad horizontal;

Colocar objetos tales como: ropa, alfombras o similares en la fachada del inmueble constituido en

condominio o declarado en propiedad individual;

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente: d) Colocar objetos tales como: ropa, alfombras o similares en la fachada del

inmueble constituido en condominio o declarado en propiedad horizontal;

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Una de las PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 462: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

462

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal e)

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal e)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal e)

libre tánsito a las áreas comunes que sirvan de locomoción, o dificultar su acceso, con muebles u objetos

que impidan el libre tránsito o afecten la estética, buena presentación y limpieza del inmueble, quedando

facultada la Administración para el inmediato retiro de los mismos.

Obstruir las áreas comunes que sirvan de locomoción, o dificultar su acceso, con muebles u objetos que

impidan un buena presentación y limpieza del inmueble, quedando facultada la Administración para el

inmediato retiro de los mismos.

Obstruir las áreas comunes que sirvan de locomoción, o dificultar su acceso, con muebles u objetos que

impidan el libre tránsito o afecten la estética, buena presentación y limpieza del inmueble, quedando

facultada los copropietarios para el inmediato retiro de los mismos.

Obstruir las áreas comunes que sirvan de locomoción, o dificultar su acceso, con muebles u objetos que

impidan el libre tránsito o afecten la estética, buena presentación y limpieza del inmueble, quedando

facultada la Administración para el inmediato retiro de los mismos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto de

los bienes comunes lo siguiente: e) Obstruir las áreas comunes que sirvan de locomoción, o dificultar su acceso,

con muebles u objetos que impidan el libre tránsito o afecten la estética, buena presentación y limpieza del

inmueble, quedando facultada la Administración para el inmediato retiro de los mismos. La imposición de

sanciones se la realizará de conformidad con la Ley de Propiedad Horizontal, el presente Reglamento General y

lo que conste para dicho efecto en el reglamento interno que se dicte para cada inmueble;

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Una de las PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto de

los bienes comunes lo siguiente:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 463: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

463

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal f)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal f)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal f)

Instalar máquinas que causen ruidos, produzcan vibraciones, interfieran o distorsionen las ondas

radiales y de televisión o alteren el flujo de la corriente eléctrica;

se permite instalar máquinas que no causen mucho ruidos, produzcan vibraciones, interfieran o

distorsionen las ondas radiales y de televisión o alteren el flujo de la corriente eléctrica;

Instalar equipos codificados y máquinas de juegos de azar que produzcan vibraciones, interfieran o

distorsionen las ondas radiales y de televisión o alteren el flujo de la corriente eléctrica;

Instalar cafeterias publicas que causen ruidos, produzcan vibraciones, interfieran o distorsionen las

ondas radiales y de televisión o alteren el flujo de la corriente eléctrica;

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente: f) Instalar máquinas que causen ruidos, produzcan vibraciones, interfieran o

distorsionen las ondas radiales y de televisión o alteren el flujo de la corriente eléctrica;

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Una de las PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 464: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

464

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal g)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal g)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal g)

se utoriza almacenar sustancias explosivas, tóxicas, insalubres, malolientes o de prohibida tenencia;

Almacenar sustancias explosivas, tóxicas, insalubres, malolientes o de prohibida tenencia;

Almacenar sustancias comestibles, antitecnicas, insalubres, malolientes o de prohibida tenencia;

Almacenar productos carnicos de consumo masivo de tenencia irregular;

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente: g) Almacenar sustancias explosivas, tóxicas, insalubres, malolientes o de

prohibida tenencia;

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Una de las PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 465: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

465

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal h)

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal h)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal h)

Pintar o colocar rótulos de alimentos exclusivamente, carteles, letreros, anuncios, avisos, inscripciones

o signos en la fachada del inmueble en propiedad horizontal, en las paredes o en cualquiera de las

áreas comunes;

Pintar o colocar rótulos, carteles, letreros, anuncios, avisos, inscripciones o signos en la fachada del

inmueble en propiedad horizontal, en las paredes o en cualquiera de las áreas particulares;

Pintar o colocar rótulos, carteles, letreros, anuncios, avisos, inscripciones o signos en la fachada del

inmueble en propiedad horizontal, en las paredes o en cualquiera de las áreas comunes;

Pintar o colocar rótulos, carteles, letreros, anuncios, avisos, inscripciones o signos en la fachada del

inmueble en propiedad comunal, en las paredes o en cualquiera de las áreas comunes;

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente: h) Pintar o colocar rótulos, carteles, letreros, anuncios, avisos, inscripciones

o signos en la fachada del inmueble en propiedad horizontal, en las paredes o en cualquiera de las áreas

comunes;

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Una de las PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 466: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

466

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal i)

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal i)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal i)

Oponerse a la salida a sus departamentos de vivienda o local comercial, de la persona que ejerza la

Administración, obreros o técnicos designados por ella para el control de funcionamiento o reparación de

los daños existentes en los bienes comunes;

Oponerse a la entrada a sus edificios o local comercial, de la persona que ejerza la Administración,

obreros o técnicos designados por ella para el control de funcionamiento o reparación de los daños

existentes en los bienes comunes;

Facultar la entrada a sus departamentos de vivienda o local comercial, de la persona que ejerza la

Administración, obreros o técnicos designados por ella para el control de funcionamiento o reparación de

los daños existentes en los bienes comunes;

Oponerse a la entrada a sus departamentos de vivienda o local comercial, de la persona que ejerza la

Administración, obreros o técnicos designados por ella para el control de funcionamiento o reparación de

los daños existentes en los bienes comunes;

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto de

los bienes comunes lo siguiente: i) Oponerse a la entrada a sus departamentos de vivienda o local comercial, de

la persona que ejerza la Administración, obreros o técnicos designados por ella para el control de funcionamiento

o reparación de los daños existentes en los bienes comunes;

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Una de las PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto de

los bienes comunes lo siguiente:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 467: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

467

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal j)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal j)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal j)

Efectuar descuentos, reducciones, deducciones ni compensaciones de ninguna naturaleza respecto de

los pagos que deben hacer, sean éstos por expensas comunales u otros valores. Las reclamaciones

deben formularse por escrito y una vez pagados los valores facturados o liquidados

Efectuar descuentos del 50%, reducciones, deducciones ni compensaciones de ninguna naturaleza

respecto de los pagos que deben hacer, sean éstos por expensas comunales u otros valores. Las

reclamaciones deben formularse por escrito y una vez pagados los valores facturados o liquidados

Efectuar descuentos del 90%, reducciones, deducciones ni compensaciones de ninguna naturaleza

respecto de los pagos que deben hacer, sean éstos por expensas comunales u otros valores. Las

reclamaciones deben formularse por escrito y una vez pagados los valores facturados o liquidados

Efectuar descuentos del 75%, reducciones, deducciones ni compensaciones de ninguna naturaleza

respecto de los pagos que deben hacer, sean éstos por expensas comunales u otros valores. Las

reclamaciones deben formularse por escrito y una vez pagados los valores facturados o liquidados

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente: j) Efectuar descuentos, reducciones, deducciones ni compensaciones de

ninguna naturaleza respecto de los pagos que deben hacer, sean éstos por expensas comunales u otros

valores. Las reclamaciones deben formularse por escrito y una vez pagados los valores facturados o liquidados;

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Una de las PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 468: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

468

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal k)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal k)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal k)

Dar en préstamo su piso, departamento o local a alguna persona sin previa comunicación escrita

otorgada por la administración del edificio o condominio declarado en propiedad horizontal, en la que

certifique que está al día en el pago de sus obligaciones para con el condominio.

Dar en venta o arriendo su piso, departamento o local a alguna persona sin previa comunicación

escrita otorgada por la administración del edificio o condominio declarado en propiedad horizontal, en

la que certifique que está al día en el pago de sus obligaciones para con el condominio.

Dar en comodato su piso, departamento o local a alguna persona sin previa comunicación escrita

otorgada por la administración del edificio o condominio declarado en propiedad horizontal, en la que

certifique que está al día en el pago de sus obligaciones para con el condominio.

Dar en donación su piso, departamento o local a alguna persona sin previa comunicación escrita

otorgada por la administración del edificio o condominio declarado en propiedad horizontal, en la que

certifique que está al día en el pago de sus obligaciones para con el condominio.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente: k) Dar en venta o arriendo su piso, departamento o local a alguna persona

sin previa comunicación escrita otorgada por la administración del edificio o condominio declarado en

propiedad horizontal, en la que certifique que está al día en el pago de sus obligaciones para con el

condominio.

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Una de las PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 469: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

469

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal l)

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal l)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal l)

La Gerencia General por tanto, será responsable ante la Asamblea General o ante el Organo de

Administración competente del condominio o edificio declarado en propiedad horizontal de comunicar los

arriendos y ventas que se efectúen por los copropietarios;

La Presidencia por tanto, será responsable ante la Asamblea General o ante el Organo de Administración

competente del condominio o edificio declarado en propiedad horizontal de comunicar los arriendos y

ventas que se efectúen por los copropietarios;

La Administración por tanto, será responsable ante la Asamblea General o ante el Organo de

Administración competente del condominio o edificio declarado en propiedad horizontal de comunicar los

arriendos y ventas que se efectúen por los copropietarios;

La Administración por tanto, no será responsable ante la Asamblea General o ante el Organo de

Administración competente del condominio o edificio declarado en propiedad horizontal de comunicar los

arriendos y ventas que se efectúen por los copropietarios;

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- PROHIBICIONES PARA COPROPIETARIOS

Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN PROPIEDAD

HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las personas que ejerzan

derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto de los bienes comunes

lo siguiente: l) La Administración por tanto, será responsable ante la Asamblea General o ante el Organo de

Administración competente del condominio o edificio declarado en propiedad horizontal de comunicar los

arriendos y ventas que se efectúen por los copropietarios;

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Una de las PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto de

los bienes comunes lo siguiente:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 470: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

470

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal m)

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal m)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal m)

podrá proceder a su inmediata realización y esperando autorización de la Asamblea de Copropietarios.

Utilizar los patios, aceras o demás lugares del condominio o edificio declarado en propiedad horizontal

como sitios de almacenamiento, de reunión, de trabajo u otros fines similares, salvo que exista

autorización expresa y por escrito de la Administración.

Colocar objetos tales como: ropa, alfombras o similares en la fachada del inmueble constituido en

condominio o declarado en propiedad individual;

Utilizar los corredores, escaleras, terrazas o demás lugares comunales del condominio o edificio

declarado en propiedad horizontal como sitios de almacenamiento, de reunión, de trabajo u otros fines

similares, salvo que exista autorización expresa y por escrito de la Administración.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente: m) Utilizar los corredores, escaleras, terrazas o demás lugares comunales

del condominio o edificio declarado en propiedad horizontal como sitios de almacenamiento, de reunión, de

trabajo u otros fines similares, salvo que exista autorización expresa y por escrito de la Administración.

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Una de las PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto

de los bienes comunes lo siguiente:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 471: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

471

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 13

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 13

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 13

el piso, casa o departamento de vivienda o local comercial perteneciente a los copropietarios que se

encuentran delimitados en los planos de propiedad horizontal, susceptibles de aprovechamiento

independiente, con los elementos y accesorios que se encuentran en ellos, tales como: puertas

interiores, servicios sanitarios, armarios y aquellos no declarados como bienes comunes.

solamente el piso de vivienda o local comercial perteneciente a los copropietarios que se encuentran

delimitados en los planos de propiedad horizontal, susceptibles de aprovechamiento independiente, con

los elementos y accesorios que se encuentran en ellos, tales como: puertas interiores, servicios

sanitarios, armarios y aquellos no declarados como bienes comunes.

unicamente el departamento de vivienda o local comercial perteneciente a los copropietarios que se

encuentran delimitados en los planos de propiedad horizontal, susceptibles de aprovechamiento

independiente, con los elementos y accesorios que se encuentran en ellos, tales como: puertas

interiores, servicios sanitarios, armarios y aquellos no declarados como bienes comunes.

el piso, casa o departamento de vivienda o local comercial perteneciente a los bienes comunales que se

encuentran delimitados en los planos de propiedad horizontal, susceptibles de aprovechamiento

independiente, con los elementos y accesorios que se encuentran en ellos, tales como: puertas

interiores, servicios sanitarios, armarios y aquellos no declarados como bienes comunes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 13.- BIENES EXCLUSIVOS.- Son bienes de

dominio exclusivo: el piso, casa o departamento de vivienda o local comercial perteneciente a los copropietarios

que se encuentran delimitados en los planos de propiedad horizontal, susceptibles de aprovechamiento

independiente, con los elementos y accesorios que se encuentran en ellos, tales como: puertas interiores,

servicios sanitarios, armarios y aquellos no declarados como bienes comunes.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Son bienes de dominio exclusivo:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 472: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

472

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal a)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal a)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal a)

Que la obra proyectada no comprometa a la Declarado en Propiedad Horizontal, salvo que dichas

modificaciones, además de no comprometerlas, cuenten con la autorización de los copropietarios

asistentes a la Asamblea de Copropietarios en la que se trate y apruebe dicha solicitud y que, además,

se encuentre en conformidad con lo previsto en la Ley de Propiedad Horizontal, el Reglamento General

y el reglamento interno de cada inmueble que oportunamente se dicte

Que la obra proyectada no comprometa la estructura resistente, la seguridad, solidez o salubridad del

inmueble constituido en condominio o Declarado en Propiedad Horizontal, salvo que dichas

modificaciones, además de no comprometerlas, cuenten con la autorización de los copropietarios

asistentes a la Asamblea de Copropietarios en la que se trate y apruebe dicha solicitud y que, además,

se encuentre en conformidad con lo previsto en la Ley de Propiedad Horizontal, el Reglamento General

y el reglamento interno de cada inmueble que oportunamente se dicte

Que las construcciones existentes no comprometa la salubridad del inmueble constituido en condominio

o Declarado en Propiedad Horizontal, salvo que dichas modificaciones, además de no comprometerlas,

cuenten con la autorización de los copropietarios asistentes a la Asamblea de Copropietarios en la que

se trate y apruebe dicha solicitud y que, además, se encuentre en conformidad con lo previsto en la Ley

de Propiedad Horizontal, el Reglamento General y el reglamento interno de cada inmueble que

oportunamente se dicte

Que la obra proyectada no comprometa la estructura resistente, la seguridad, solidez o salubridad del

inmueble constituido en condominio o Declarado en Propiedad Horizontal, salvo que dichas

modificaciones, además de no comprometerlas, cuenten con la autorización del Administrador y que,

además, se encuentre en conformidad con lo previsto en la Ley de Propiedad Horizontal, el Reglamento

General y el reglamento interno de cada inmueble que oportunamente se dicte

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 16.- REQUISITOS PARA MODIFICAR LOS

BIENES EXCLUSIVOS.- Para introducir modificaciones en los bienes exclusivos es necesario: a) Que la obra

proyectada no comprometa la estructura resistente, la seguridad, solidez o salubridad del inmueble constituido

en condominio o Declarado en Propiedad Horizontal, salvo que dichas modificaciones, además de no

comprometerlas, cuenten con la autorización de los copropietarios asistentes a la Asamblea de Copropietarios

en la que se trate y apruebe dicha solicitud y que, además, se encuentre en conformidad con lo previsto en la

Ley de Propiedad Horizontal, el presente Reglamento General y el reglamento interno de cada inmueble que

oportunamente se dicte; y,

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Para introducir modificaciones en los

bienes exclusivos es necesario:

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DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 473: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

473

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal b)

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal b)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal b)

podrá proceder a su inmediata realización sin esperar autorización de la Asamblea de Copropietarios.

Que el unicamente el administrador obtenga los permisos respectivos de construcción por parte de la

respectiva Municipalidad, si ello fuere necesario.

Que el propietario obtenga los permisos respectivos de construcción por parte de la respectiva

Municipalidad, si ello fuere necesario.

Que el propietario obtenga los permisos respectivos de construcción por parte de la respectiva junta

parroquial, si ello fuere necesario.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 16.- REQUISITOS PARA MODIFICAR LOS

BIENES EXCLUSIVOS.- Para introducir modificaciones en los bienes exclusivos es necesario: b) Que el

propietario obtenga los permisos respectivos de construcción por parte de la respectiva Municipalidad, si ello

fuere necesario.

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Para introducir modificaciones en los

bienes exclusivos es necesario:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 474: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

474

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. innumerado

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. innumerado

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. Innumerado

terminar la construcción de todos los espacios comunes de los inmuebles declarados en propiedad horizontal

o constituidos en condominio, antes de la entrega definitiva de la obra a los copropietarios.

terminar la construcción en un 50% de todos los espacios comunes de los inmuebles declarados en

propiedad horizontal o constituidos en condominio, antes de la entrega definitiva de la obra a los

copropietarios.

terminar la construcción en un 75% de todos los espacios comunes de los inmuebles declarados en

propiedad horizontal o constituidos en condominio, antes de la entrega definitiva de la obra a los

copropietarios.

terminar la construcción en un 90% de todos los espacios comunes de los inmuebles declarados en

propiedad horizontal o constituidos en condominio, antes de la entrega definitiva de la obra a los

copropietarios.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. ... (innumerado).- El constructor y el promotor inmobiliario están obligados a

terminar la construcción de todos los espacios comunes de los inmuebles declarados en propiedad horizontal o

constituidos en condominio, antes de la entrega definitiva de la obra a los copropietarios.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. El constructor y el promotor inmobiliario están obligados a:

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VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 475: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

475

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 4

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 4

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 4

unicamente la naturaleza para el cual se construye el condominio estableciéndose, específicamente, si

se trata de un conjunto de vivienda, de un centro comercial exclusivamente o de un conjunto mixto.

Sobre la base de estas especificaciones se deberá elaborar el respectivo reglamento interno, según

sea el caso.

unicamente el fin para el cual se construye el condominio estableciéndose, específicamente, si se trata

de un conjunto de vivienda, de un centro comercial exclusivamente o de un conjunto mixto. Sobre la

base de estas especificaciones se deberá elaborar el respectivo reglamento interno, según sea el caso.

para que se construye el condominio estableciéndose, específicamente, si se trata de un conjunto de

vivienda, de un centro comercial exclusivamente o de un conjunto mixto. Sobre la base de estas

especificaciones se deberá elaborar el respectivo reglamento interno, según sea el caso.

la naturaleza y el fin para el cual se construye el condominio estableciéndose, específicamente, si se

trata de un conjunto de vivienda, de un centro comercial exclusivamente o de un conjunto mixto. Sobre

la base de estas especificaciones se deberá elaborar el respectivo reglamento interno, según sea el

caso.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 4.- DETERMINACION DEL INMUEBLE POR

SU NATURALEZA Y FINES.- En la Declaratoria de Propiedad Horizontal, que será aprobada por la respectiva

Municipalidad donde se encuentre el bien inmueble, se hará constar la naturaleza y el fin para el cual se

construye el condominio estableciéndose, específicamente, si se trata de un conjunto de vivienda, de un centro

comercial exclusivamente o de un conjunto mixto. Sobre la base de estas especificaciones se deberá elaborar

el respectivo reglamento interno, según sea el caso.

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. En la Declaratoria de Propiedad

Horizontal, que será aprobada por la respectiva Municipalidad donde se encuentre el bien inmueble, se hará

constar:

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VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 476: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

476

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 22

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 22

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 22

Las instituciones del sistema financiero y los organismos de derecho público o de derecho privado con

finalidad social o pública.

Solamente las instituciones del sistema financiero y no los organismos de derecho público o de derecho

privado con finalidad social o pública.

Unica y exclusdivamente los organismos de derecho público o de derecho privado con finalidad social o

pública.

Las instituciones del sistema financiero y los organismos de derecho público excepto los de de derecho

privado con finalidad social o pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 22.- Las instituciones del sistema financiero y los organismos de

derecho público o de derecho privado con finalidad social o pública, quedan autorizados para dividir las hipotecas

constituidas a su favor sobre edificios sometidos al régimen de esta Ley, entre los diferentes pisos, departamentos

o locales que integran tales edificios, a prorrata del valor de cada uno de ellos.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Quedan autorizados para dividir las hipotecas constituidas a

su favor sobre edificios sometidos al régimen de esta Ley, entre los diferentes pisos, departamentos o locales que

integran tales edificios, a prorrata del valor de cada uno de ellos:

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DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 477: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

477

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 15 numeral 2

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 15 numeral 2

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 15 numeral 2

Dicha cuota, voluntaria que se acepte de conformidad al Reglamento Interno de Copropiedad, será

exigible ejecutivamente, con arreglo a lo dispuesto en el Art. 13, y el administrador estará obligado a

cobrarla, so pena de responder de todo perjuicio.

Dicha cuota, acordada en la asamblea que se celebre de conformidad al Reglamento Interno de

Copropiedad, será exigible ejecutivamente, con arreglo a lo dispuesto en el Art. 13, y el administrador no

estará obligado a cobrarla, sin sanción de responder de todo perjuicio.

Dicha cuota, equivalente al 75% acordada en la asamblea que se celebre de conformidad al Reglamento

Interno de Copropiedad, será exigible ejecutivamente, con arreglo a lo dispuesto en el Art. 13, y el

administrador estará obligado a cobrarla, so pena de responder de todo perjuicio.

Dicha cuota, acordada en la asamblea que se celebre de conformidad al Reglamento Interno de

Copropiedad, será exigible ejecutivamente, con arreglo a lo dispuesto en el Art. 13, y el administrador

estará obligado a cobrarla, so pena de responder de todo perjuicio.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 15.- Si la destrucción no fuere de tal gravedad, los copropietarios están

obligados a reparar el edificio sujetándose a las reglas siguientes: 2) Dicha cuota, acordada en la asamblea que

se celebre de conformidad al Reglamento Interno de Copropiedad, será exigible ejecutivamente, con arreglo a lo

dispuesto en el Art. 13, y el administrador estará obligado a cobrarla, so pena de responder de todo perjuicio.

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Si la destrucción no fuere de tal gravedad, los copropietarios

están obligados a reparar el edificio sujetándose a las reglas siguientes que una de ellas es:

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DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 478: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

478

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 17 literal a)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 17 literal a)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 17 literal a)

Modificar o alterar las tablas de alícuotas de cada bloque, torre o conjunto, para vivienda y para

comercio, constantes en la escritura pública de Declaratoria de Propiedad Horizontal;

Efectuar las reparaciones necesarias a la conservación, mantenimiento y mejora de cada uno de sus

pisos, departamentos o locales comerciales, haciéndose responsables de los daños que por su culpa

se hayan causado o se causen a los bienes comunes o a otro bien exclusivo;

Efectuar las mejoras de cada uno de sus pisos, departamentos o locales comerciales, haciéndose

responsables de los daños que por su culpa se hayan causado o se causen a los bienes comunes o a

otro bien exclusivo;

Efectuar las reparaciones necesarias a la conservación, mantenimiento y mejora de cada uno de los

patios, haciéndose responsables de los daños que por su culpa se hayan causado o se causen a los

bienes comunes o a otro bien exclusivo;

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 17.- literal a).- DE LAS OBLIGACIONES DE

LOS PROPIETARIOS Y USUARIOS, A CUALQUIER TITULO, RESPECTO DE LOS BIENES EXCLUSIVOS.-

Son obligaciones de los propietarios o usuarios respecto de los bienes exclusivos las siguientes: a) Efectuar las

reparaciones necesarias a la conservación, mantenimiento y mejora de cada uno de sus pisos, departamentos o

locales comerciales, haciéndose responsables de los daños que por su culpa se hayan causado o se causen a

los bienes comunes o a otro bien exclusivo;

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS

PROPIETARIOS Y USUARIOS, A CUALQUIER TITULO, RESPECTO DE LOS BIENES EXCLUSIVOS.-Son

obligaciones de los propietarios o usuarios respecto de los bienes exclusivos las siguientes::

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 479: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

479

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 19

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 19

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 19

La realización de uno o más de los actos bailables

Efectuar las reparaciones necesarias a la conservación

La realización de uno o más de los actos prohibidos

Efectuar mejoras de uno de los patios

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 19.- SANCIONES.- La realización de uno o más

de los actos prohibidos, será sancionado de conformidad con la Ley de Propiedad Horizontal, el presente

Reglamento General y el reglamento interno que se dicte para cada inmueble, sin prejuicio del pago de las

reparaciones e indemnizaciones a que hubiere lugar.

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. será sancionado de conformidad con la

Ley de Propiedad Horizontal, el presente Reglamento General y el reglamento interno que se dicte para cada

inmueble, sin prejuicio del pago de las reparaciones e indemnizaciones a que hubiere lugar:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 480: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

480

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 19 inciso segundo

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 19 inciso segundo

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 19 inciso segundo

Asamblea de socios

Asamblea General extraordinaria

Asamblea General ordinaria

Asamblea General

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 19.- inciso segundo.- En caso de mora en el

pago de las expensas ordinarias y extraordinarias, los copropietarios reunidos en Asamblea General acordarán

y dispondrán a la persona que ejerza la administración del inmueble declarado en propiedad horizontal, cobre

los respectivos intereses de mora calculados a base de la tasa de interés activa vigente del Banco Central del

Ecuador, por cada mes o fracción de mes decurrido sin cancelación, a más de los correspondientes gastos de

cobranza extrajudicial y judicial que se ocasionen.

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. En caso de mora en el pago de las

expensas ordinarias y extraordinarias, los copropietarios reunidos en:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 481: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

481

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 22

C) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 22

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 22

Las instituciones del sistema financiero y los organismos de derecho público o de derecho privado con

finalidad social o pública.

Solamente las instituciones del sistema financiero y no los organismos de derecho público o de derecho

privado con finalidad social o pública.

Unica y exclusdivamente los organismos de derecho público o de derecho privado con finalidad social o

pública.

Las instituciones del sistema financiero y los organismos de derecho público excepto los de de derecho

privado con finalidad social o pública.

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 22.- Las instituciones del sistema financiero y los organismos de

derecho público o de derecho privado con finalidad social o pública, quedan autorizados para dividir las

hipotecas constituidas a su favor sobre edificios sometidos al régimen de esta Ley, entre los diferentes pisos,

departamentos o locales que integran tales edificios, a prorrata del valor de cada uno de ellos.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. Quedan autorizados para dividir las hipotecas constituidas

a su favor sobre edificios sometidos al régimen de esta Ley, entre los diferentes pisos, departamentos o locales

que integran tales edificios, a prorrata del valor de cada uno de ellos:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 482: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

482

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16

B) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16

D) LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16

no obligatorio.

facultativo

obligatorio.

indispensable

Opción Correcta Dificultad Esperada

LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 16.- Es obligatorio el seguro contra incendio y daños de ascensor de

todo edificio regido por esta Ley.

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone la Ley de Propiedad Horizontal. El seguro contra incendio y daños de ascensor de todo

edificio regido por esta Ley es:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 483: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

483

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal a)

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal a)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal a)

Ejercer su derecho de copropiedad sobre los bienes particulares del inmueble en propiedad horizontal y

usar de ellos en la forma y con las limitaciones legales y reglamentarias establecidas;

Ejercer su derecho de copropiedad sobre los bienes comunes del inmueble en propiedad horizontal y

usar de ellos en la forma y sin las limitaciones legales y reglamentarias;

Ejercer su derecho de copropiedad sobre los bienes comunes del inmueble en propiedad horizontal y

usar de ellos en la forma y con las limitaciones legales y reglamentarias establecidas;

Que el propietario obtenga los permisos respectivos de construcción por parte de la respectiva junta

parroquial, si ello fuere necesario.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 20.- DERECHOS Y OBLIGACIONES. Son

derechos y obligaciones de los copropietarios: a) Ejercer su derecho de copropiedad sobre los bienes comunes

del inmueble en propiedad horizontal y usar de ellos en la forma y con las limitaciones legales y reglamentarias

establecidas;

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Uno de los derechos y obligaciones de

los copropietarios es:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 484: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

484

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal b)

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal b)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal b)

Ejercer su derecho de propiedad sobre los bienes vecinales del inmueble en propiedad horizontal y usar

y disponer de ellos en la forma y con las limitaciones impuestas por la Ley de Propiedad Horizontal y

este Reglamento General, y el Reglamento Interno de Administración del Inmueble.

Ejercer su derecho de propiedad sobre los bienes exclusivos del inmueble en propiedad horizontal y

usar y disponer de ellos en la forma y sin las limitaciones impuestas por la Ley de Propiedad Horizontal.

Utilizar los patios del edificio declarado en propiedad horizontal como sitios de almacenamiento, de

reunión, de trabajo u otros fines similares, salvo que exista autorización expresa y por escrito de la

Administración.

Ejercer su derecho de propiedad sobre los bienes exclusivos del inmueble en propiedad horizontal y

usar y disponer de ellos en la forma y con las limitaciones impuestas por la Ley de Propiedad Horizontal

y este Reglamento General, y el Reglamento Interno de Administración del Inmueble.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 20.- DERECHOS Y OBLIGACIONES. Son

derechos y obligaciones de los copropietarios: b) Ejercer su derecho de propiedad sobre los bienes exclusivos

del inmueble en propiedad horizontal y usar y disponer de ellos en la forma y con las limitaciones impuestas por

la Ley de Propiedad Horizontal y este Reglamento General, y el Reglamento Interno de Administración del

Inmueble.

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Uno de los derechos y obligaciones de los

copropietarios es:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 485: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

485

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal e)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal e)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal e)

Desempeñar los cargos y comisiones que les sean asignados por los órganos competentes de la

administración;

Desempeñar los cargos y comisiones que les sean asignados por los órganos municipales;

Desempeñar los cargos y comisiones que les sean asignados por los órganos competentes

parroquiales;

Desempeñar los cargos y comisiones que les sean asignados por los órganos competentes de la

presidencia del Conjunto;

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 20.- DERECHOS Y OBLIGACIONES. Son

derechos y obligaciones de los copropietarios: e) Desempeñar los cargos y comisiones que les sean asignados

por los órganos competentes de la administración;

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Uno de los derechos y obligaciones de

los copropietarios es:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 486: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

486

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal e)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal e)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal e)

Desempeñar los cargos y comisiones que les sean asignados por los órganos competentes de la

administración;

Desempeñar los cargos y comisiones que les sean asignados por los órganos municipales;

Desempeñar los cargos y comisiones que les sean asignados por los órganos competentes

parroquiales;

Desempeñar los cargos y comisiones que les sean asignados por los órganos competentes de la

presidencia del Conjunto;

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 20.- DERECHOS Y OBLIGACIONES. Son

derechos y obligaciones de los copropietarios: e) Desempeñar los cargos y comisiones que les sean asignados

por los órganos competentes de la administración;

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Uno de los derechos y obligaciones de los

copropietarios es:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 487: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

487

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal f)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal f)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal f)

Es facultativo permitir a la persona que ejerza la administración del inmueble constituido en condominio

o declarado en propiedad horizontal, realizar la inspección o las reparaciones de los bienes comunes;

Permitir a la persona que ejerza la administración del inmueble constituido en condominio o declarado en

propiedad horizontal, realizar la inspección o las reparaciones de los bienes comunes;

Permitir a la persona que ejerza unicamente la gerencia general del inmueble constituido en condominio

o declarado en propiedad horizontal, realizar la inspección o las reparaciones de los bienes comunes;

Permitir a la persona que ejerza unicamente la presidencia del inmueble constituido en condominio o

declarado en propiedad horizontal, realizar la inspección o las reparaciones de los bienes comunes;

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 20.- DERECHOS Y OBLIGACIONES. Son

derechos y obligaciones de los copropietarios: f) Permitir a la persona que ejerza la administración del inmueble

constituido en condominio o declarado en propiedad horizontal, realizar la inspección o las reparaciones de los

bienes comunes;

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Uno de los derechos y obligaciones de los

copropietarios es:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 488: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

488

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal c)

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal c)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 12 literal c)

Dejar de pagar las expensas comunales fijadas para la administración, conservación y mejoramiento de

los bienes comunes;

Dejar de pagar las expensas ordinarias y extraordinarias fijadas para la administración, conservación y

mejoramiento de los bienes comunes;

Dejar de pagar las expensas ordinarias y extraordinarias fijadas para la suledos, conservación y

mejoramiento de los bienes comunes;

Dejar de pagar las expensas ordinarias y extraordinarias fijadas para la administración, conservación y

mejoramiento de los bienes inmuebles particulares;

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 12.- PROHIBICIONES PARA COPROPIETARIOS

Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN PROPIEDAD

HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las personas que ejerzan

derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto de los bienes comunes

lo siguiente: c) Dejar de pagar las expensas ordinarias y extraordinarias fijadas para la administración,

conservación y mejoramiento de los bienes comunes;

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Una de las PROHIBICIONES PARA

COPROPIETARIOS Y USUARIOS DE INMUEBLES CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO O DECLARADOS EN

PROPIEDAD HORIZONTAL.- Está prohibido a los copropietarios, arrendatarios, y, en general, a todas las

personas que ejerzan derecho de uso sobre bienes exclusivos de inmuebles en propiedad horizontal, respecto de

los bienes comunes lo siguiente:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 489: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

489

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal k)

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal k)

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 16 literal k)

Obtener bajo su exclusiva responsabilidad del Gerente, todas las autorizaciones legales, municipales,

administrativas y demás que fueren necesarias

Obtener bajo su exclusiva responsabilidad en conjunto con los copropietarios, todas las autorizaciones

legales, municipales, administrativas y demás que fueren necesarias

Obtener bajo su exclusiva responsabilidad, todas las autorizaciones legales, municipales, administrativas

y demás que fueren necesarias

Obtener bajo exclusiva responsabilidad del Administrador, todas las autorizaciones legales, municipales,

administrativas y demás que fueren necesarias

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 20.- DERECHOS Y OBLIGACIONES. Son

derechos y obligaciones de los copropietarios: k) Obtener bajo su exclusiva responsabilidad, todas las

autorizaciones legales, municipales, administrativas y demás que fueren necesarias; y,

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Uno de los derechos y obligaciones de los

copropietarios es:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 490: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

490

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 21

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 21

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 21

en forma conjunta con los impustos prediales y las expensas comunes de administración y de cualquier otro

valor que fije la Asamblea de Copropietarios

las expensas comunes de gatos de obras y de cualquier otro valor que fije la Asamblea de Copropietarios

los impuestos prediales y de cualquier otro valor que fije la Asamblea de Copropietarios

las expensas comunes de administración y de cualquier otro valor que fije la Asamblea de Copropietarios

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 21.- DERECHO DE USO DE SERVICIOS

COMUNALES.- Para que los copropietarios o usuarios tengan derecho a recibir y usar los servicios comunes, tales

como: energía eléctrica, telefonía, aire acondicionado, agua potable, servicios de limpieza, música ambiental,

seguridad y otros, deberán estar al día en el pago de las expensas comunes de administración y de cualquier otro

valor que fije la Asamblea de Copropietarios, o el Organo encargado de establecer las políticas de administración del

inmueble.

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Para que los copropietarios o usuarios tengan

derecho a recibir y usar los servicios comunes, tales como: energía eléctrica, telefonía, aire acondicionado, agua

potable, servicios de limpieza, música ambiental, seguridad y otros, deberán estar al día en el pago de:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 491: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

491

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 29

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 29

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 29

las que fije la Asamblea Extraordinaria de Copropietarios para obras ocasionales emergentes o

inversiones en el inmueble en propiedad horizontal, y no se destinarán para cubrir expensas ordinarias.

las que fije la Asamblea de Copropietarios para obras ocasionales emergentes o inversiones en el

inmueble en propiedad horizontal, y no se destinarán para cubrir expensas ordinarias.

son solamente indispensables para la administración, conservación, reparación y seguridad de los

bienes comunestarios

las que fije la Asamblea Ordinaria de Copropietarios para obras ocasionales emergentes o inversiones

en el inmueble en propiedad horizontal, y no se destinarán para cubrir expensas ordinarias.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 29.- EXPENSAS EXTRAORDINARIAS.-

Expensas extraordinarias son las que fije la Asamblea de Copropietarios para obras ocasionales emergentes o

inversiones en el inmueble en propiedad horizontal, y no se destinarán para cubrir expensas ordinarias.

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Expensas extraordinarias son:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 492: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

492

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 34

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 34

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 34

correlativa y equivalente a la alícuota de propiedad y uso que corresponda al departamento de vivienda

o local comercial, según sea el caso.

las que fije la Asamblea de Copropietarios para obras ocasionales emergentes o inversiones en el

inmueble en propiedad horizontal, y no se destinarán para cubrir expensas ordinarias.

correlativa y equivalente a la alícuota de dominio que corresponda al departamento de vivienda o local

comercial, según sea el caso.

correlativa y equivalente al porcentaje de dominio que corresponda al departamento de vivienda o local

comercial, según sea el caso.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 34.- DERECHO DE VOTO.- Cada copropietario

en la Asamblea General tendrá derecho a voto en forma correlativa y equivalente a la alícuota de dominio que

corresponda al departamento de vivienda o local comercial, según sea el caso.

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Cada copropietario en la Asamblea

General tendrá derecho a voto en forma:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 493: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

493

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 38

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 38

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 38

el 50% los copropietarios, en cuyo caso se tratará de una Asamblea Universal.

el 85% de los copropietarios, en cuyo caso se tratará de una Asamblea Universal.

el 75% de los copropietarios, en cuyo caso se tratará de una Asamblea Universal.

todos los copropietarios, en cuyo caso se tratará de una Asamblea Universal.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 38.- ASAMBLEA UNIVERSAL.- La Asamblea

Universal podrá reunirse sin previa convocatoria en cualquier momento, siempre que concurran todos los

copropietarios, en cuyo caso se tratará de una Asamblea Universal.

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. La Asamblea Universal podrá reunirse sin

previa convocatoria en cualquier momento, siempre que concurran:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 494: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

494

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 50

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 50

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 50

sin previa convocatoria en cualquier momento o lugar, siempre que concurran todos sus miembros

principales, en cuyo caso se tratará de una reunión universal.

unicamente previa convocatoria en cualquier momento o lugar, siempre que concurran todos sus

miembros principales, en cuyo caso se tratará de una reunión universal.

sin previa convocatoria en fecha determinada o lugar, siempre que concurran todos sus miembros

principales, en cuyo caso se tratará de una reunión universal.

sin previa convocatoria en cualquier momento y lugar escogido y determinado, siempre que concurran

todos sus miembros principales, en cuyo caso se tratará de una reunión universal.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 50.- REUNIONES UNIVERSALES.- El Directorio

General podrá reunirse sin previa convocatoria en cualquier momento o lugar, siempre que concurran todos sus

miembros principales, en cuyo caso se tratará de una reunión universal.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. El Directorio General podrá reunirse:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

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Page 495: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

495

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 61

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 61

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 61

solemte el Presidente en todo lo relacionado al Régimen de Propiedad Horizontal.

el Presidente o el Administrador en todo lo relacionado al Régimen de Propiedad Horizontal.

solamente el Administrador en todo lo relacionado al Régimen de Propiedad Horizontal.

el Presidente o el Administrador en todo lo relacionado a juicios de coactivas

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 61.- REPRESENTACION LEGAL.- La

representación legal, judicial y extrajudicial de los copropietarios del inmueble constituido en condominio o

declarado en propiedad horizontal la ejerce, individual o conjuntamente, el Presidente o el Administrador en todo

lo relacionado al Régimen de Propiedad Horizontal.

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. La representación legal, judicial y

extrajudicial de los copropietarios del inmueble constituido en condominio o declarado en propiedad horizontal la

ejerce:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 496: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

496

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 64

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 64

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 64

a prorrata de cada alícuota de propiedad de todos arrendatarios y demás personas que ostenten

derechos sobre ellos.

a prorrata de cada alícuota de propiedad de todos condominos y demás personas que ostenten

derechos sobre ellos.

a prorrata de cada alícuota de propiedad de todos los copropietarios y demás personas que ostenten

derechos sobre ellos.

a prorrata del porcentaje equivalente de propiedad de todos los copropietarios y demás personas que

ostenten derechos sobre ellos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 64.- PROMOCION Y PUBLICIDAD.- Para el

caso de inmuebles declarados en propiedad horizontal cuya finalidad sea el comercio, los costos de publicidad y

promoción de los mismos serán asumidos a prorrata de cada alícuota de propiedad de todos los copropietarios y

demás personas que ostenten derechos sobre ellos.

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Para el caso de inmuebles declarados en

propiedad horizontal cuya finalidad sea el comercio, los costos de publicidad y promoción de los mismos serán

asumidos:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 497: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

497

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

A) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 65

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 65

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 65

controlar el buen funcionamiento de atención al público dentro de los cuales deben permanecer abiertos

todos los locales comerciales.

controlar una buena de atención al público dentro de los cuales deben permanecer abiertos todos los

locales comerciales.

no es su función controlar los horarios de atención al público dentro de los cuales deben permanecer

abiertos todos los locales comerciales.

controlar los horarios mínimos y máximos de atención al público dentro de los cuales deben permanecer

abiertos todos los locales comerciales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 65.- HORARIO DE ATENCION AL PUBLICO.- Al

Administrador de un inmueble constituido en condominio o declarado en propiedad horizontal, cuya finalidad sea

el comercio, le corresponde controlar los horarios mínimos y máximos de atención al público dentro de los cuales

deben permanecer abiertos todos los locales comerciales.

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Al Administrador de un inmueble

constituido en condominio o declarado en propiedad horizontal, cuya finalidad sea el comercio, le corresponde:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 498: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

498

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cuáles son las fuentes de las obligaciones?

B) ART 1453 CC se reemplaza lo correcto por los contratos, los delitos y la ley

C) ART 1453 CC se reemplaza lo correcto por los cuasicontratos, los cuasidelitos y la ley

D) ART 1453 CC se reemplaza lo correcto por la constitución, la ley, los reglamentos

los contratos, los cuasicontratos, los delitos, los cuasidelitos y la ley

los contratos, los delitos y la ley

los cuasicontratos, los cuasidelitos y la ley

la constitución, la ley, los reglamentos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1453CC.- Las obligaciones nacen, ya del concurso real de las voluntades de dos o más personas, como en

los contratos o convenciones; ya de un hecho voluntario de la persona que se obliga, como en la aceptación de

una herencia o legado y en todos los cuasicontratos; ya a consecuencia de un hecho que ha inferido injuria o

daño a otra persona, como en los delitos y cuasidelitos; ya por disposición de la ley, como entre los padres y los

hijos de familia.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 21/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 499: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

499

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo al Código Civil, las obligaciones nacen

A) ART 1453 CC: se reemplaza lo correcto por del concurso de dos o más personas como en los contratos o

convenciones

C) ART 1453 CC: se reemplaza lo correcto por del concurso real de las voluntades de dos o más personas

D) ART 1453 CC: se reemplaza lo correcto por en los contratos o convenciones

del concurso de dos o más personas como en los contratos o convenciones

del concurso real de las voluntades de dos o más personas como en los contratos o convenciones

del concurso real de las voluntades de dos o más personas

en los contratos o convenciones

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1453 CC.- Las obligaciones nacen, ya del concurso real de las voluntades de dos o más personas, como en

los contratos o convenciones;

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 21/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 500: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

500

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Qué es una obligación?

A) ART 596CC: se reemplaza lo correcto por un derecho real

B) ART 596CC: se reemplaza lo correcto por un derecho personalisimo

D) ART 596CC: se reemplaza lo correcto por un derecho humano

es un derecho real

es un derecho personalisimo

es un derecho personal

es un derecho humano

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 596CC:.- Derechos personales o créditos son los que sólo pueden reclamarse de ciertas personas que, por

un hecho suyo o la sola disposición de la ley, han contraído las obligaciones correlativas; como el que tiene el

prestamista contra su deudor, por el dinero prestado, o el hijo contra el padre por alimentos. De estos derechos

nacen las acciones personales.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 21/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 501: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

501

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Qué es un contrato o convención?

A) ART. 1453 CC: se reemplaza lo correcto por concurso de voluntad de una persona

B) ART. 1453 CC: se reemplaza lo correcto por hecho voluntario de la persona

C) ART. 1453 CC: se reemplaza lo correcto por injuria o daño a otra persona

concurso de voluntad de una persona

hecho voluntario de la persona

injuria o daño a otra persona

es un concurso de voluntades de dos o más personas

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1453 CC.- Las obligaciones nacen, ya del concurso real de las voluntades de dos o más personas, como en

los contratos o convenciones; ya de un hecho voluntario de la persona que se obliga, como en la aceptación de

una herencia o legado y en todos los cuasicontratos; ya a consecuencia de un hecho que ha inferido injuria o daño

a otra persona, como en los delitos y cuasidelitos; ya por disposición de la ley, como entre los padres y los hijos de

familia.

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO NOTARIAL

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 21/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 502: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

502

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Qué es un cuasicontrato?

B) ART. 1453 CC: se reemplaza lo correcto por concurso real de las voluntades de dos o más personas

C) ART. 1453 CC: se reemplaza lo correcto por injuria o daño a otra persona

D) ART. 1453 CC: se reemplaza lo correcto por disposición de la ley

un hecho voluntario por medio de lo cual una persona se obliga

concurso real de las voluntades de dos o más personas

injuria o daño a otra persona

disposición de la ley

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1453 CC.- Las obligaciones nacen, ya del concurso real de las voluntades de dos o más personas, como

en los contratos o convenciones; ya de un hecho voluntario de la persona que se obliga, como en la

aceptación de una herencia o legado y en todos los cuasicontratos; ya a consecuencia de un hecho que ha

inferido injuria o daño a otra persona, como en los delitos y cuasidelitos; ya por disposición de la ley, como

entre los padres y los hijos de familia.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

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SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 21/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 503: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

503

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Qué es un delito, según el Código Civil?

A) ART. 1453 CC: se reemplaza lo correcto por un hecho voluntario por medio de lo cual una persona se obliga

C) ART. 1453 CC: se reemplaza lo correcto por concurso real de las voluntades de dos o más personas

D) ART. 1453 CC: se reemplaza lo correcto por disposición de la ley

un hecho voluntario por medio de lo cual una persona se obliga

hecho que ha inferido injuria o daño a otra persona

concurso real de las voluntades de dos o más personas

disposición de la ley

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1453 CC.- Las obligaciones nacen, ya del concurso real de las voluntades de dos o más personas, como

en los contratos o convenciones; ya de un hecho voluntario de la persona que se obliga, como en la aceptación

de una herencia o legado y en todos los cuasicontratos; ya a consecuencia de un hecho que ha inferido injuria

o daño a otra persona, como en los delitos y cuasidelitos; ya por disposición de la ley, como entre los padres y

los hijos de familia.

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SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 21/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 504: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

504

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿A qué se obliga una persona por medio de una obligación?

A) ART 1454 CC: se reemplaza lo correcto por a dar o hacer

B) ART 1454 CC: se reemplaza lo correcto por a dar o no hacer

C) ART 1454 CC: se reemplaza lo correcto por lo que conste por escrito en el contrato

a dar o hacer

a dar o no hacer

lo que conste por escrito en el contrato

a dar, hacer o no hacer

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1454 CC.- Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no

hacer alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas.

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 21/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 505: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

505

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las obligaciones de acuerdo a los intervinientes pueden ser

B) ART 1455 CC: se reemplaza lo correcto por acreedor y deudor

C) ART 1455 CC: se reemplaza lo correcto por contrato y cuasicontrato

D) ART 1455 CC: se reemplaza lo correcto por aleatorio y conmutativo

unilaterales y bilaterales

acreedor y deudor

contrato y cuasicontrato

aleatorio y conmutativo

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1455 CC.- El contrato es unilateral cuando una de las partes se obliga para con otra, que no contrae

obligación alguna; y bilateral, cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente.

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 21/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 506: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

506

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un hecho voluntario de una de las partes, que es lícito constrituye

A) ART 2184 CC se reemplaza lo correcto por un contrato

C) ART 2184 CC se reemplaza lo correcto por un delito

D) ART 2184 CC se reemplaza lo correcto por un cuasidelito

un contrato

un cuasicontrato

un delito

un cuasidelito

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 2184 CC.- Las obligaciones que se contraen sin convención, nacen, o de la ley, o del hecho voluntario

de una de las partes. Las que nacen de la ley se expresan en ella.

Si el hecho de que nacen es lícito, constituye un cuasicontrato. Si el hecho es ilícito y cometido con

intención de dañar, constituye un delito. Si el hecho es culpable, pero cometido sin intención de dañar,

constituye un cuasidelito.

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 21/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 507: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

507

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un hecho voluntario de una de las partes, que es ilícito y cometido con intención de dañar constrituye

A) ART 2184 CC se reemplaza lo correcto por un contrato

B) ART 2184 CC se reemplaza lo correcto por un cuasicontrato

D) ART 2184 CC se reemplaza lo correcto por un cuasidelito

un contrato

un cuasicontrato

un delito

un cuasidelito

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 2184 CC.- Las obligaciones que se contraen sin convención, nacen, o de la ley, o del hecho voluntario de

una de las partes. Las que nacen de la ley se expresan en ella.

Si el hecho de que nacen es lícito, constituye un cuasicontrato. Si el hecho es ilícito y cometido con intención

de dañar, constituye un delito. Si el hecho es culpable, pero cometido sin intención de dañar, constituye un

cuasidelito.

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 21/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 508: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

508

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un hecho voluntario de una de las partes, que es culpable, pero cometido sin intención de dañar

constrituye

A) ART 2184 CC se reemplaza lo correcto por un contrato

B) ART 2184 CC se reemplaza lo correcto por un cuasicontrato

C) ART 2184 CC se reemplaza lo correcto por un delito

un contrato

un cuasicontrato

un delito

un cuasidelito

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 2184 CC.- Las obligaciones que se contraen sin convención, nacen, o de la ley, o del hecho voluntario

de una de las partes. Las que nacen de la ley se expresan en ella.

Si el hecho de que nacen es lícito, constituye un cuasicontrato. Si el hecho es ilícito y cometido con

intención de dañar, constituye un delito. Si el hecho es culpable, pero cometido sin intención de dañar,

constituye un cuasidelito.

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 21/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 509: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

509

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los principales cuasicontratos son

B) ART 2185 CC: se reemplaza lo correcto por los contratos, convenciones, delitos y cuasidelitos

C) ART 2185 CC: se reemplaza lo correcto por pago de lo no debido y actos de mala fe

D) ART 2185 CC: se reemplaza lo correcto por mandato, compraventa y agencia oficiosa

la agencia oficiosa, el pago de lo no debido, y la comunidad

los contratos, convenciones, delitos y cuasidelitos

pago de lo no debido y actos de mala fe

mandato, compraventa y agencia oficiosa

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 2185 CC.- Hay tres principales cuasicontratos: la agencia oficiosa, el pago de lo no debido, y la

comunidad.

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 21/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 510: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

510

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Todo contrato legalmente celebrado es

A) ART 1561 CC: se reemplaza lo correcto por ley para terceros

C) ART 1561 CC: se reemplaza lo correcto por ley para la sociedad

D) ART 1561 CC: se reemplaza lo correcto por ley una de las partes

ley para terceros

ley para los contratantes

ley para la sociedad

ley una de las partes

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1561 CC: .- Todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser

invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales.

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 21/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 511: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

511

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El que ha cometido un delito o cuasidelito que ha inferido daño a otro, está obligado a

A) ART 2214 CC: se reemplaza lo correcto por la indemnización

B) ART 2214 CC: se reemplaza lo correcto por la pena que imponga la ley

D) ART 2214 CC: se reemplaza lo correcto por defenderse

la indemnización

la pena que imponga la ley

la indemnización y la pena que imponga la ley

defenderse

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 2214 CC.- El que ha cometido un delito o cuasidelito que ha inferido daño a otro, está obligado a la

indemnización; sin perjuicio de la pena que le impongan las leyes por el delito o cuasidelito.

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 21/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 512: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

512

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Según el Código Civil ¿ Quiénes pueden pedir la indemnización en un delito o cuasidelito?

A) ART 2215 CC: se reemplaza lo correcto por dueño o poseedor de la cosa que ha sufrido el daño, o su

heredero, el usufructuario, el habitador o el usuario

B) ART 2215 CC: se reemplaza lo correcto por el heredero, el usufructuario, el habitador o el usuario y

quien tiene obligación de responder por ella

C) ART 2215 CC: se reemplaza lo correcto por cualquier persona

dueño o poseedor de la cosa que ha sufrido el daño, o su heredero, el usufructuario, el

habitador o el usuario

el heredero, el usufructuario, el habitador o el usuario y quien tiene obligación de responder por

ella

cualquier persona

dueño o poseedor de la cosa que ha sufrido el daño, o su heredero, el usufructuario, el

habitador o el usuario y quien tiene obligación de responder por ella

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 2215 CC.- Puede pedir esta indemnización, no sólo el que es dueño o poseedor de la cosa que ha

sufrido el daño, o su heredero, sino el usufructuario, el habitador o el usuario, si el daño irroga perjuicio a

su derecho de usufructo o de habitación o uso. Puede también pedirla, en otros casos, el que tiene la cosa

con obligación de responder de ella; pero sólo en ausencia del dueño.

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 21/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 513: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

513

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los derechos de crédito son también conocidos como

B) ART 596 CC se reemplaza lo correcto por derechos personalísimos

C) ART 596 CC se reemplaza lo correcto por derechos humanos

D) ART 596 CC se reemplaza lo correcto por derechos económicos

derechos personales

derechos personalísimos

derechos humanos

derechos económicos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

ART 596 CC: Derechos personales o créditos son los que sólo pueden reclamarse de ciertas personas que,

por un hecho suyo o la sola disposición de la ley, han contraído las obligaciones correlativas; como el que tiene

el prestamista contra su deudor, por el dinero prestado, o el hijo contra el padre por alimentos. De estos

derechos nacen las acciones personales.

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 514: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

514

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo al Código Civil un ejemplo de las obligaciones que nacen de la ley es

A) ART 1453 CC: se reemplaza lo correcto por entre acreedor y deudor

C) ART 1453 CC: se reemplaza lo correcto por aceptación de una herencia o legado

D) ART 1453 CC: se reemplaza lo correcto por un daño a una tercera persona

entre acreedor y deudor

entre padres e hijos

aceptación de una herencia o legado

un daño a una tercera persona

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1453CC.- Las obligaciones nacen, ya del concurso real de las voluntades de dos o más personas, como

en los contratos o convenciones; ya de un hecho voluntario de la persona que se obliga, como en la

aceptación de una herencia o legado y en todos los cuasicontratos; ya a consecuencia de un hecho que ha

inferido injuria o daño a otra persona, como en los delitos y cuasidelitos; ya por disposición de la ley, como

entre los padres y los hijos de familia.

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 515: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

515

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿ cuándo un contrato es unilateral?

A) Art. 1455 CC se reemplaza lo correcto por cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente.

B) Art. 1455 CC se reemplaza lo correcto por cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente.

D) Art. 1455 CC se reemplaza lo correcto por cuando una de las partes se encuentra formada por varias

personas

cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente.

cuando puede contractualmente convertirse en unilateral

cuando una de las partes se obliga para con otra, que no contrae obligación alguna

cuando una de las partes se encuentra formada por varias personas

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1455 CC.- El contrato es unilateral cuando una de las partes se obliga para con otra, que no contrae

obligación alguna; y bilateral, cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 516: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

516

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿ cuándo un contrato es bilateral?

A) Art. 1455 CC se reemplaza lo correcto por ccuando una de las partes se encuentra formada por varias

personas

B) Art. 1455 CC se reemplaza lo correcto por cuando puede contractualmente convertirse en unilateral

C) Art. 1455 CC se reemplaza lo correcto por cuando una de las partes se obliga para con otra, que no contrae

obligación alguna

cuando una de las partes se encuentra formada por varias personas

cuando puede contractualmente convertirse en unilateral

cuando una de las partes se obliga para con otra, que no contrae obligación alguna

cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1455 CC.- El contrato es unilateral cuando una de las partes se obliga para con otra, que no contrae

obligación alguna; y bilateral, cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 517: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

517

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los contratos de acuerdo a su utilidad se dividen en

B) ART 1456 CC: se reemplaza lo correcto por unilateral y bilateral

C) ART 1456 CC: se reemplaza lo correcto por aleatorio y conmutativo

D) ART 1456 CC: se reemplaza lo correcto por principal y accesorio

gratuito o de beneficencia y oneroso

unilateral y bilateral

aleatorio y conmutativo

principal y accesorio

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1456 CC.- El contrato es gratuito o de beneficencia cuando sólo tiene por objeto la utilidad de una de las

partes, sufriendo la otra el gravamen; y oneroso, cuando tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes,

gravándose cada uno a beneficio del otro.

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 518: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

518

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cúando un contrato es gratuito?

A) ART 1456 CC: se reemplaza lo correcto por cuando tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes

B) ART 1456 CC: se reemplaza lo correcto por cuando solo tiene por objeto la utilidad de una de las partes

D) ART 1456 CC: se reemplaza lo correcto por cuando ninguna de las partes tiene utilidad

cuando tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes

cuando solo tiene por objeto la utilidad de una de las partes

cuando solo tiene por objeto la utilidad de una de las partes, sufriendo la otra el gravámen

cuando ninguna de las partes tiene utilidad

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1456 CC.- El contrato es gratuito o de beneficencia cuando sólo tiene por objeto la utilidad de una de las

partes, sufriendo la otra el gravamen; y oneroso, cuando tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes,

gravándose cada uno a beneficio del otro.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO NOTARIAL

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 519: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

519

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Según el Código Civil, cada parte puede ser

A) ART 1454 CC: se reemplaza lo correcto por una sola persona

B) ART 1454 CC: se reemplaza lo correcto por mas de una persona

C) ART 1454 CC: se reemplaza lo correcto por un conglomerado de personas

una sola persona

mas de una persona

una o muchas personas.

un conglomerado de personas

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1454 CC.- Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no

hacer alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 21/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 520: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

520

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cúando un contrato es oneroso?

B) ART 1456 CC: se reemplaza lo correcto por cuando solo tiene por objeto la utilidad de una de las partes

C) ART 1456 CC: se reemplaza lo correcto por cuando solo tiene por objeto la utilidad de una de las partes,

sufriendo la otra el gravámen

D) ART 1456 CC: se reemplaza lo correcto por cuando ninguna de las partes tiene utilidad

cuando tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes

cuando solo tiene por objeto la utilidad de una de las partes

cuando solo tiene por objeto la utilidad de una de las partes, sufriendo la otra el gravámen

cuando ninguna de las partes tiene utilidad

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1456 CC.- El contrato es gratuito o de beneficencia cuando sólo tiene por objeto la utilidad de una de las

partes, sufriendo la otra el gravamen; y oneroso, cuando tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes,

gravándose cada uno a beneficio del otro.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 521: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

521

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El contrato oneroso puede ser:

A) ART 1457 CC: se reemplaza lo correcto por unilateral o bilateral

C) ART 1457 CC: se reemplaza lo correcto por gratuito u oneroso

D) ART 1457 CC: se reemplaza lo correcto por personal o real

unilateral o bilateral

conmutativo o aleatorio

gratuito u oneroso

personal o real

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1457 CC.- El contrato oneroso es conmutativo cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer

una cosa que se mira como equivalente a lo que la otra parte debe dar o hacer a su vez; y si el equivalente

consiste en una contingencia incierta de ganancia o pérdida, se llama aleatorio.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 522: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

522

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un contrato es conmutativo cuando

A) ART 1457 CC: se reemplaza lo correcto por cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una

cosa

B) ART 1457 CC: se reemplaza lo correcto por cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una

cosa que es incierta

D) ART 1457 CC: se reemplaza lo correcto por cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una

cosa lo que la otra parte debe dar o hacer a su vez

cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa

cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa que es incierta

cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa que se mira como equivalente a

lo que la otra parte debe dar o hacer a su vez

cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa lo que la otra parte debe dar o

hacer a su vez

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1457 CC.- El contrato oneroso es conmutativo cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una

cosa que se mira como equivalente a lo que la otra parte debe dar o hacer a su vez; y si el equivalente

consiste en una contingencia incierta de ganancia o pérdida, se llama aleatorio.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 523: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

523

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cuándo un contrato es aleatorio?

A) ART 1457 CC se reemplaza lo correcto por cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa

B) ART 1457 CC se reemplaza lo correcto por cuando tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una

obligación principal, de manera que no pueda subsistir sin ella

C) ART 1457 CC se reemplaza lo correcto por cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra convención

cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa

cuando tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación principal, de manera que no

pueda subsistir sin ella

cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra convención

cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa que se mira como equivalente a lo

que la otra parte debe dar o hacer a su vez; y si el equivalente consiste en una contingencia incierta

de ganancia o pérdida

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1457 CC.- El contrato oneroso es conmutativo cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una

cosa que se mira como equivalente a lo que la otra parte debe dar o hacer a su vez; y si el equivalente consiste

en una contingencia incierta de ganancia o pérdida, se llama aleatorio.

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 524: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

524

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los contratos de acuerdo a lo que aseguran se clasifican en

B) ART 1458 CC: se reemplaza lo correcto por unilateral o bilateral

C) ART 1458 CC: se reemplaza lo correcto por conmutativo o aleatorio

D) ART 1458 CC: se reemplaza lo correcto por gratuito u oneroso

principal y accesorio

unilateral o bilateral

conmutativo o aleatorio

gratuito u oneroso

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1458 CC: El contrato es principal cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra convención; y

accesorio cuando tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación principal, de manera que no

pueda subsistir sin ella.

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 525: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

525

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cúando un contrato es principal?

A) ART 1458 CC: se reemplaza lo correcto por cuando tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una

obligación principal, de manera que no pueda subsistir sin ella

C) ART 1458 CC: se reemplaza lo correcto por cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una

cosa

D) ART 1458 CC: se reemplaza lo correcto por cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una

cosa lo que la otra parte debe dar o hacer a su vez

cuando tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación principal, de manera que no

pueda subsistir sin ella

cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra convención

cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa

cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa lo que la otra parte debe dar o

hacer a su vez

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1458 CC: El contrato es principal cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra convención; y

accesorio cuando tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación principal, de manera que no

pueda subsistir sin ella.

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 526: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

526

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cúando un contrato es accesorio?

B) ART 1458 CC: se reemplaza lo correcto porcuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra

convención

C) ART 1458 CC: se reemplaza lo correcto por cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una

cosa

D) ART 1458 CC: se reemplaza lo correcto por cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una

cosa lo que la otra parte debe dar o hacer a su vez

cuando tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación principal, de manera que no

pueda subsistir sin ella

cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra convención

cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa

cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa lo que la otra parte debe dar o

hacer a su vez Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1458 CC: El contrato es principal cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra convención; y

accesorio cuando tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación principal, de manera que no

pueda subsistir sin ella.

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 527: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

527

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los contratos de acuerdo a la forma en que se perfeccionan se clasifican en

A) ART 1459 CC: se reemplaza lo correcto por principal y accesorio

B) ART 1459 CC: se reemplaza lo correcto por unilateral o bilateral

C) ART 1459 CC: se reemplaza lo correcto por conmutativo o aleatorio

principal y accesorio

unilateral o bilateral

conmutativo o aleatorio

real, solemne y consensual

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1459CC.- El contrato es real cuando, para que sea perfecto, es necesaria la tradición de la cosa a que se

refiere; es solemne cuando está sujeto a la observancia de ciertas formalidades especiales, de manera que sin

ellas no surte ningún efecto civil; y es consensual cuando se perfecciona por el solo consentimiento.

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 528: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

528

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cúando un contrato es real?

B) ART 1459 CC: se reemplaza lo correcto por cuando está sujeto a la observancia de ciertas formalidades

especiales, de manera que sin ellas no surte ningún efecto civil

C) ART 1459 CC: se reemplaza lo correcto por cuando se perfecciona por el solo consentimiento.

D) ART 1459 CC: se reemplaza lo correcto por cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra

convención

cuando para que sea perfecto, es necesaria la tradición de la cosa a que se refiere

cuando está sujeto a la observancia de ciertas formalidades especiales, de manera que sin ellas

no surte ningún efecto civil

cuando se perfecciona por el solo consentimiento.

cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra convención

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1459CC.- El contrato es real cuando, para que sea perfecto, es necesaria la tradición de la cosa a que se

refiere; es solemne cuando está sujeto a la observancia de ciertas formalidades especiales, de manera que

sin ellas no surte ningún efecto civil; y es consensual cuando se perfecciona por el solo consentimiento.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 529: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

529

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cúando un contrato es solemne?

A) ART 1459 CC: se reemplaza lo correcto por cuando para que sea perfecto, es necesaria la tradición de

la cosa a que se refiere

C) ART 1459 CC: se reemplaza lo correcto por cuando se perfecciona por el solo consentimiento.

D) ART 1459 CC: se reemplaza lo correcto por cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra

convención

cuando para que sea perfecto, es necesaria la tradición de la cosa a que se refiere

cuando está sujeto a la observancia de ciertas formalidades especiales, de manera que sin

ellas no surte ningún efecto civilcuando se perfecciona por el solo consentimiento.

cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra convención

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1459CC.- El contrato es real cuando, para que sea perfecto, es necesaria la tradición de la cosa a que

se refiere; es solemne cuando está sujeto a la observancia de ciertas formalidades especiales, de manera

que sin ellas no surte ningún efecto civil; y es consensual cuando se perfecciona por el solo

consentimiento.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 530: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

530

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cúando un contrato es consensual?

A) ART 1459 CC: se reemplaza lo correcto por cuando para que sea perfecto, es necesaria la tradición de la cosa

a que se refiere

B) ART 1459 CC: se reemplaza lo correcto por cuando cuando está sujeto a la observancia de ciertas

formalidades especiales, de manera que sin ellas no surte ningún efecto civil

D) ART 1459 CC: se reemplaza lo correcto por cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra convención

cuando para que sea perfecto, es necesaria la tradición de la cosa a que se refiere

cuando está sujeto a la observancia de ciertas formalidades especiales, de manera que sin ellas no

surte ningún efecto civilcuando se perfecciona por el solo consentimiento.

cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra convención

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1459CC.- El contrato es real cuando, para que sea perfecto, es necesaria la tradición de la cosa a que se

refiere; es solemne cuando está sujeto a la observancia de ciertas formalidades especiales, de manera que sin

ellas no surte ningún efecto civil; y es consensual cuando se perfecciona por el solo consentimiento.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 531: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

531

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En cada contrato se distinguen cosas

A) ART 1460 CC: se reemplaza lo correcto por de su esencia, de su naturaleza

B) ART 1460 CC: se reemplaza lo correcto por de su esecia y las puramente accidentales

C) ART 1460 CC: se reemplaza lo correcto por las que se agregan por claúsulas especiales

de su esencia, de su naturaleza

de su esecia y las puramente accidentales

las que se agregan por claúsulas especiales

de su esencia, de su naturaleza y las puramente accidentales

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1460CC.- Se distinguen en cada contrato las cosas que son de su esencia, las que son de su naturaleza, y

las puramente accidentales. Son de la esencia de un contrato aquellas cosas sin las cuales, o no surte efecto

alguno, o degenera en otro contrato diferente; son de la naturaleza de un contrato las que, no siendo esenciales

en él se entienden pertenecerle, sin necesidad de una cláusula especial; y son accidentales a un contrato

aquéllas que ni esencial ni naturalmente le pertenecen, y que se le agregan por medio de cláusulas especiales.

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 532: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

532

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las obligaciones de acuerdo a su naturaleza se clasifican en

A) ART 1486 CC: se reemplaza lo correcto por condicionales y modales

C) ART 1486 CC: se reemplaza lo correcto por a plazo y alternativas

D) ART 1486 CC: se reemplaza lo correcto por divisibles e indivisibles

condicionales y modales

civiles y naturales

a plazo y alternativas

divisibles e indivisibles

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1486 CC.- Las obligaciones son civiles o meramente naturales. Civiles, las que dan derecho para exigir su

cumplimiento. Naturales, las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas autorizan para

retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

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Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 533: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

533

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿De acuerdo al Código Civil, cuándo una obligación es civil?

A) ART 1486 CC: se reemplaza lo correcto por cuando no confieren derecho para exigir su cumplimiento

B) ART 1486 CC: se reemplaza lo correcto por cuando la ley la reconoce reconoce

D) ART 1486 CC: se reemplaza lo correcto por cuando la ley no la reconoce

cuando no confieren derecho para exigir su cumplimiento

cuando la ley la reconoce

cuando existe derecho para exigir su cumplimiento

cuando la ley no la reconoce

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1486 CC.- Las obligaciones son civiles o meramente naturales. Civiles, las que dan derecho para exigir su

cumplimiento. Naturales, las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas

autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 534: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

534

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿De acuerdo al Código Civil, cuándo una obligación es meramente natural?

B) ART 1486 CC: se reemplaza lo correcto por cuando la ley la reconoce

C) ART 1486 CC: se reemplaza lo correcto por cuando existe derecho para exigir su cumplimiento

D) ART 1486 CC: se reemplaza lo correcto por cuando la ley no la reconoce

cuando no confieren derecho para exigir su cumplimiento

cuando la ley la reconoce

cuando existe derecho para exigir su cumplimiento

cuando la ley no la reconoce

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1486 CC.- Las obligaciones son civiles o meramente naturales. Civiles, las que dan derecho para exigir su

cumplimiento. Naturales, las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas

autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 535: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

535

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo al código civil son obligaciones naturales

A) ART 1486 CC: se reemplaza lo correcto por las que dan derecho a exigir su cumplimiento

C) ART 1486 CC: se reemplaza lo correcto por las que no tienen causa real y lícita

D) ART 1486 CC: se reemplaza lo correcto por las fianzas prendas e hipotecas

las que dan derecho a exigir su cumplimiento

las obligaciones civiles extinguidas por la prescripcion

las que no tienen causa real y lícita

las fianzas prendas e hipotecas

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1486 CC.- Las obligaciones son civiles o meramente naturales. Civiles, las que dan derecho para exigir su

cumplimiento. Naturales, las que no confieren derecho para exigir su cumplimiento; pero que, cumplidas

autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 536: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

536

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Cuándo una obligación es condicional?

A) ART 1489 CC: se reemplaza lo correcto por las que dan derecho a exigir su cumplimiento

C) ART 1489 CC: se reemplaza lo correcto por las que no tienen causa real y lícita

D) ART 1489 CC: se reemplaza lo correcto por las fianzas prendas e hipotecas

las que dan derecho a exigir su cumplimiento

la que depende de una condición

las que no tienen causa real y lícita

las fianzas prendas e hipotecas

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1489 CC.- Es obligación condicional la que depende de una condición, esto es, de un

acontecimiento futuro que puede suceder o no.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 537: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

537

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Qué es una condición?

A) ART 1489 CC: se reemplaza lo correcto por un acto que extingue la obligacion

B) ART 1489 CC: se reemplaza lo correcto por el motivo que induce al acto o contrato

D) ART 1489 CC: se reemplaza lo correcto por los actos o contratos que la ley declara invalidos

un acto que extingue la obligacion

el motivo que induce al acto o contrato

un acontecimiento futuro que puede suceder o no

los actos o contratos que la ley declara invalidos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1489 CC.- Es obligación condicional la que depende de una condición, esto es, de un

acontecimiento futuro que puede suceder o no.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 538: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

538

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La condicion es

A) ART 1490 CC: se reemplaza lo correcto por principal y accesoria

B) ART 1490 CC: se reemplaza lo correcto por unilateral o bilateral

C) ART 1490 CC: se reemplaza lo correcto por conmutativa o aleatoria

principal y accesoria

unilateral o bilateral

conmutativa o aleatoria

positiva o negativa

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1490CC.- La condición es positiva o negativa.

La positiva consiste en que acontezca una cosa; la negativa, en que una cosa no acontezca.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 539: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

539

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿En qué consiste la condición positiva?

B) ART 1490 CC: se reemplaza lo correcto por en que no acontezca una cosa

C) ART 1490 CC: se reemplaza lo correcto por en que se haga una cosa

D) ART 1490 CC: se reemplaza lo correcto por en que no se haga una cosa

en que acontezca una cosa

en que no acontezca una cosa

en que se haga una cosa

en que no se haga una cosa

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1490CC.- La condición es positiva o negativa.

La positiva consiste en que acontezca una cosa; la negativa, en que una cosa no acontezca.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 540: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

540

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿En qué consiste la condición negativa?

A) ART 1490 CC: se reemplaza lo correcto por en que acontezca una cosa

C) ART 1490 CC: se reemplaza lo correcto por en que se haga una cosa

D) ART 1490 CC: se reemplaza lo correcto por en que no se haga una cosa

en que acontezca una cosa

en que no acontezca una cosa

en que se haga una cosa

en que no se haga una cosa

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1490CC.- La condición es positiva o negativa.

La positiva consiste en que acontezca una cosa; la negativa, en que una cosa no acontezca.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 24/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 541: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

541

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Cuáles son las caracteristicas de una condición positiva

A) ART 1491 CC: se reemplaza lo correcto por estar prohibida por la ley

B) ART 1491 CC: se reemplaza lo correcto por ser imposible y contraria a la ley

D) ART 1491 CC: se reemplaza lo correcto por ser opuesta a las buenas costumbres

estar prohibida por la ley

ser imposible y contraria a la ley

ser física y moralmente posible

ser opuesta a las buenas costumbres

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1491 CC.- La condición positiva debe ser física y moralmente posible.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 542: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

542

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO NOTARIAL

Eje Temático

Base:

Si la condición es negativa de una cosa físicamente imposible….

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1492 CC: se reemplaza lo correcto por la obligación es condicional

B) ART 1492 CC: se reemplaza lo correcto por la obligación es accesoria

C) ART 1492 CC: se reemplaza lo correcto por la obligación es meramente natural

la obligación es condicional

la obligación es accesoria

la obligación es meramente natural

la obligación es pura y simple

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1492 CC.- Si la condición es negativa de una cosa físicamente imposible, la obligación es pura y simple. Si

consiste en que el acreedor se abstenga de un hecho inmoral o prohibido, vicia la disposición.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 543: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

543

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

De acuerdo al Código Civil, se mirarán como condiciones imposibles las que estan concebidas en términos

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

B) ART 1491 CC: se reemplaza lo correcto por imposibles

C) ART 1491 CC: se reemplaza lo correcto por indeterminadas

D) ART 1491 CC: se reemplaza lo correcto por inconsistentes

ininteligibles

imposibles

indeterminadas

inconsistentes

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

ART 1491 CC: ...Se mirarán también como imposibles las que están concebidas en términos ininteligibles…

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 544: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

544

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

¿cuándo una condición es potestativa?

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1493 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende de la voluntad de un tercero

C) ART 1493 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende en parte de la voluntad del acreedor y en

parte de la voluntad de un tercero

D) ART 1493 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende de la voluntad del juez

cuando depende de la voluntad de un tercero

cuando depende de la voluntad del acreedor o del deudor

cuando depende en parte de la voluntad del acreedor y en parte de la voluntad de un tercero

cuando depende de la voluntad del juez

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1493 CC.- Se llama condición potestativa la que depende de la voluntad del acreedor o del deudor;

casual, la que depende de la voluntad de un tercero, o de un acaso; mixta, la que en parte depende de la

voluntad del acreedor, y en parte de la voluntad de un tercero, o de un acaso.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 545: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

545

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

¿cuándo una condición es casual?

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

B) ART 1493 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende de la voluntad del acreedor o del deudor

C) ART 1493 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende en parte de la voluntad del acreedor y en

parte de la voluntad de un tercero

D) ART 1493 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende de la voluntad del juez

cuando depende de la voluntad de un tercero

cuando depende de la voluntad del acreedor o del deudor

cuando depende en parte de la voluntad del acreedor y en parte de la voluntad de un tercero

cuando depende de la voluntad del juez

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1493 CC.- Se llama condición potestativa la que depende de la voluntad del acreedor o del deudor;

casual, la que depende de la voluntad de un tercero, o de un acaso; mixta, la que en parte depende de la

voluntad del acreedor, y en parte de la voluntad de un tercero, o de un acaso.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 546: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

246

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

¿cuándo una condición es mixta?

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1493 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende de la voluntad de un tercero

B) ART 1493 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende de la voluntad del acreedor o del deudor

D) ART 1493 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende de la voluntad del juez

cuando depende de la voluntad de un tercero

cuando depende de la voluntad del acreedor o del deudor

cuando depende en parte de la voluntad del acreedor y en parte de la voluntad de un tercero

cuando depende de la voluntad del juez

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1493 CC.- Se llama condición potestativa la que depende de la voluntad del acreedor o del deudor;

casual, la que depende de la voluntad de un tercero, o de un acaso; mixta, la que en parte depende de la

voluntad del acreedor, y en parte de la voluntad de un tercero, o de un acaso.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 547: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

547

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

¿cuándo una condición es nula?

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1494 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende de la voluntad de un tercero

B) ART 1494 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende de la voluntad del acreedor o del deudor

D) ART 1494 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende de la voluntad del juez

cuando depende de la voluntad de un tercero

cuando depende de la voluntad del acreedor o del deudor

cuando depende en parte de la voluntad de la persona que se obliga

cuando depende de la voluntad del juez

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1494CC.- Son nulas las obligaciones contraídas bajo una condición potestativa que consista en la mera

voluntad de la persona que se obliga.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 548: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

548

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

¿cuándo una condición es resolutoria?

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1495 CC: se reemplaza lo correcto por cuando mientras no se cumple suspende la adquisición de

un derecho

C) ART 1495 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende en parte de la voluntad de la persona que

se obliga

D) ART 1495 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende de la voluntad del juez

cuando mientras no se cumple suspende la adquisición de un derecho

cuando por su cumplimiento se extingue un derecho

cuando depende en parte de la voluntad de la persona que se obliga

cuando depende de la voluntad del juez

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1495 CC.- La condición se llama suspensiva si, mientras no se cumple, suspende la adquisición de un

derecho; y resolutoria, cuando por su cumplimiento se extingue un derecho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 549: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

549

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

Según el Código Civil: si la condición suspensiva es o se hace imposible

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1496 CC se reemplaza lo correcto por se tendra por no escrita

B) ART 1496 CC se reemplaza lo correcto por sera nula

D) ART 1496 CC se reemplaza lo correcto por todas las anteriores

se tendra por no escrita

sera nula

se tendra por fallida

todas las anteriores

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1496 CC.- Si la condición suspensiva es o se hace imposible, se tendrá por fallida.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 550: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

550

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO NOTARIAL

Eje Temático

Base:

Según el Código Civil: si la condición resolutoria que es imposible por su naturaleza, o ininteligible, o inductiva a

un hecho ilegal o inmoral

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1496 CC se reemplaza lo correcto por todas las siguientes

B) ART 1496 CC se reemplaza lo correcto por sera nula

C) ART 1496 CC se reemplaza lo correcto por se tendra por fallida

todas lassiguientes

sera nula

se tendra por fallida

se tendra por no escrita

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1496 CC.- ...La condición resolutoria que es imposible por su naturaleza, o ininteligible, o inductiva a un

hecho ilegal o inmoral, se tendrá por no escrita…

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 551: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

551

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO NOTARIAL

Eje Temático

Base:

Según el Código Civil: si la condición resolutoria que es imposible por su naturaleza, o ininteligible, o inductiva a

un hecho ilegal o inmoral

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1496 CC se reemplaza lo correcto por todas las siguientes

B) ART 1496 CC se reemplaza lo correcto por sera nula

C) ART 1496 CC se reemplaza lo correcto por se tendra por fallida

todas las siguientes

sera nula

se tendra por fallida

se tendra por no escrita

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1496 CC.- ...La condición resolutoria que es imposible por su naturaleza, o ininteligible, o inductiva a un

hecho ilegal o inmoral, se tendrá por no escrita…

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 552: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

552

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 25/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO NOTARIAL

Eje Temático

Base:

¿cuándo una condición es suspensiva?

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

B) ART 1495 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende de la voluntad del acreedor o del deudor

C) ART 1495 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende en parte de la voluntad de la persona que se

obliga

D) ART 1495 CC: se reemplaza lo correcto por cuando depende de la voluntad del juez

cuando mientras no se cumple suspende la adquisición de un derecho

cuando depende de la voluntad del acreedor o del deudor

cuando depende en parte de la voluntad de la persona que se obliga

cuando depende de la voluntad del juez

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1495 CC.- La condición se llama suspensiva si, mientras no se cumple, suspende la adquisición de un

derecho; y resolutoria, cuando por su cumplimiento se extingue un derecho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 553: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

553

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 26

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 26

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 26

son indispensables y necesarias para la administración, conservación, reparación y seguridad de los

bienes comunes

solamente necesarias para la administración, conservación, reparación y seguridad de los bienes

comunes

son solamente indispensables para la administración, conservación, reparación y seguridad de los bienes

comunestarios

son indispensables y necesarias para el buen vivir, conservación, reparación y seguridad de los bienes

comunes

Opción Correcta Dificultad Esperada

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 26.- EXPENSAS ORDINARIAS.- Son expensas

ordinarias las que son indispensables y necesarias para la administración, conservación, reparación y seguridad

de los bienes comunes e incluyen: gastos de administración, remuneración de conserjes y empleados del

condominio, energía eléctrica para las áreas comunes, agua potable para las áreas comunes, seguridad y

vigilancia, mantenimiento de ascensores, mantenimiento de jardines y áreas comunes, mantenimiento de equipos,

útiles de limpieza, reparaciones ordinarias del inmueble, de su equipamiento y combustibles para equipos del

condominio y su seguro.

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Son expensas ordinarias las que:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

Page 554: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

554

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Tema Especifico REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

VINUEZA SALINAS JORGE FROYLAN 0602540668 Derecho Notarial y Registral

Eje Temático

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Conforme lo dispone el Reglamento a la Ley de Propiedad Horizontal. Todos los inmuebles declarados

bajo el régimen de propiedad horizontal o constituidos en condominio, deberán:

B) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 2

C) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 2

D) REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL Art. 2

cumplir los requisitos contemplados en la Ley de Propiedad Horizontal, este Reglamento General y

los reglamentos internos que se dicten para su administración, uso, conservación, reparación,

mantenimiento y seguridad.

cumplir los requisitos contemplados uniocamente la Ley de Propiedad Horizontal, y los

reglamentos internos que se dicten para su administración, uso, conservación, reparación,

mantenimiento y seguridad.

cumplir los requisitos contemplados en el Codigo Civill, este Reglamento General y los

reglamentos internos que se dicten para su administración, uso, conservación, reparación,

mantenimiento y seguridad.

cumplir los principios y fundamentos contemplados en la Ley de Propiedad Horizontal, este

Reglamento General y los reglamentos internos que se dicten para su administración, uso,

conservación, reparación, mantenimiento y seguridad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

REGLAMENTO A LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL- Art. 2.- AMBITO GENERAL DE LAS

RELACIONES DE COPROPIEDAD.- Todos los inmuebles declarados bajo el régimen de propiedad

horizontal o constituidos en condominio, deberán cumplir los requisitos contemplados en la Ley de

Propiedad Horizontal, este Reglamento General y los reglamentos internos que se dicten para su

administración, uso, conservación, reparación, mantenimiento y seguridad.

Page 555: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

555

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La condición suspensiva que no se cumpliere en el lapso de

B) ART 1498 CC se reemplaza lo correcto por 5 años, se entenderá fallida

C) ART 1498 CC se reemplaza lo correcto por 25 años, se entenderá fallida

D) ART 1498 CC se reemplaza lo correcto por 10 años, se entenderá fallida

15 años, se entenderá fallida

5 años, se entenderá fallida

25 años, se entenderá fallida

10 años, se entenderá fallida

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1498 CC.- ...La condición suspensiva que no se cumpliere en el lapso de quince años, se entenderá

fallida; y la condición resolutoria que no se cumpliere en el mismo tiempo, se entenderá no escrita, a menos

que, en uno y otro caso, sea la muerte de una persona uno de los elementos de la condición.…

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 556: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

556

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las condiciones deben cumplirse literalmente en la forma

A) ART 1500 CC se reemplaza lo correcto por prevista

C) ART 1500 CC se reemplaza lo correcto por establecida

D) ART 1500 CC se reemplaza lo correcto por entendida

prevista

convenida

establecida

entendida

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1500CC.- Las condiciones deben cumplirse literalmente, en la forma convenida.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 557: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

557

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En los contratos bilaterales que tipo de condición va envuelta?

A) ART 1505 CC se reemplaza lo correcto por suspensiva

B) ART 1505 CC se reemplaza lo correcto por mixta

D) ART 1505 CC se reemplaza lo correcto por casual

suspensiva

mixta

resolutoria

casual

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1505CC.- En los contratos bilaterales va envuelta la condición resolutoria de no cumplirse por uno de los

contratantes lo pactado.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 558: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

558

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El plazo puede ser

A)Art. 1510CC: se reemplaza lo correcto por suspensivo o resolutorio

B) Art. 1510CC: se reemplaza lo correcto por civil o natural

C) Art. 1510CC: se reemplaza lo correcto por condicional o modal

suspensivo o resolutorio

civil o natural

condicional o modal

expreso o tacito

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1510CC .- El plazo es la época que se fija para el cumplimiento de la obligación, y puede ser expreso o

tácito. Es tácito el indispensable para cumplirla.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 559: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

559

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

¿Quién podrá en casos especiales señalar el plazo para el cumplimiento de una obligación?

B) ART 1510 CC: se reemplaza lo correcto por el acreedor

C) ART 1510 CC: se reemplaza lo correcto por el deudor

D) ART 1510 CC: se reemplaza lo correcto por el tercera interesado

el juez

el acreedor

el deusor

el tercero interesado

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

ART 1510 CC: No podrá el juez, sino en casos especiales que las leyes designen, señalar plazo para el

cumplimiento de una obligación. Sólo podrá interpretar el concebido en términos vagos u oscuros, sobre cuya

inteligencia y aplicación discuerden las partes.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 560: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

560

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo al Código civil ¿Qué es el plazo?

A)Art. 1510CC: se reemplaza lo correcto por el modo que se fija para el cumplimiento de una obligación

C) Art. 1510CC: se reemplaza lo correcto por la hora que se fija para el cumplimiento de una obligacion

D) Art. 1510CC: se reemplaza lo correcto por el tiempo que se fija para el cumplimiento de una obligación

el modo que se fija para el cumplimiento de una obligación

la epoca que se fija para el cumplimiento de una obligacion

la hora que se fija para el cumplimiento de una obligacion

el tiempo que se fija para el cumplimiento de una obligación

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1510CC .- El plazo es la época que se fija para el cumplimiento de la obligación, y puede ser expreso o

tácito. Es tácito el indispensable para cumplirla.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 561: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

561

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo al Código Civil, lo que se paga antes de cumplirse el plazo

A) ART 1511 CC: se reemplaza lo correcto por no esta sujeto a plazo

B) ART 1511 CC: se reemplaza lo correcto por no esta sujeto a condición

D) ART 1511 CC: se reemplaza lo correcto por no esta sujeto a quiebra

no esta sujeto a plazo

no esta sujeto a condición

no esta sujeto a restitución

no esta sujeto a quiebra

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1511CC.- Lo que se paga antes de cumplirse el plazo no está sujeto a restitución.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 562: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

562

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

el plazo de acuerdo a su origen puede ser

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1510 CC: se reemplaza lo correcto por legal, judicial y expreso

B) ART 1510 CC: se reemplaza lo correcto por legal, convencional y tácito

C) ART 1510 CC: se reemplaza lo correcto por expreso, tácito y convencional

legal, judicial y expreso

legal, convencional y tácito

expreso, tácito y convencional

convencional, legal y judicial

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1510 CC.- El plazo es la época que se fija para el cumplimiento de la obligación, y puede ser expreso o

tácito. Es tácito el indispensable para cumplirla.

No podrá el juez, sino en casos especiales que las leyes designen, señalar plazo para el

cumplimiento de una obligación. Sólo podrá interpretar el concebido en términos vagos u oscuros, sobre cuya

inteligencia y aplicación discuerden las partes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 563: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

563

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

¿Qué se entiende por obligación alternativa?

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

B) ART 1515 CC: se reemplaza lo correcto por aquella por la cual se deben varias cosas

C) ART 1515 CC: se reemplaza lo correcto por aquella por la ejecución de una de ellas exonera de la

ejecución de las otras

D) ART 1515 CC: se reemplaza lo correcto por aquella por la cual se deben varias cosas, de tal manera que la

ejecución

aquella por la cual se deben varias cosas, de tal manera que la

ejecución de una de ellas exonera de la ejecución de las otras

aquella por la cual se deben varias cosas

aquella por la ejecución de una de ellas exonera de la ejecución de las otras

aquella por la cual se deben varias cosas, de tal manera que la

ejecución

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1515 CC:.- Obligación alternativa es aquella por la cual se deben varias cosas, de tal manera que la

ejecución de una de ellas exonera de la ejecución de las otras.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 564: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

564

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO NOTARIAL

Eje Temático

Base:

Quién elige la alternativa de pago en las obligaciones alternativas

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1517 CC se reemplaza lo correcto por el acreedor

C) ART 1517 CC se reemplaza lo correcto por el juez

D) ART 1517 CC se reemplaza lo correcto por el tercero interesado

el acreedor

el deudor

el juez

el tercero interesado

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1517CC.- Correspondiendo la elección al deudor, no puede el acreedor demandar

determinadamente una de las cosas debidas, sino bajo la alternativa en que se le deben.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 565: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

565

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO NOTARIAL

Eje Temático

Base:

¿Cúando se considera cumplida una obligación anternativa?

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1516 CC: se reemplaza lo correcto por debe pagar en su totalidad

B) ART 1516 CC: se reemplaza lo correcto por debe ejecutar en su totalidad una de las cosas

D) ART 1516 CC: se reemplaza lo correcto por todas las anteriores

debe pagar en su totalidad

debe ejecutar en su totalidad una de las cosas

debe pagar o ejecutar en su totalidad una de las cosas que alternativamente deba

todas las anteriores

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1516CC.- Para que el deudor quede libre, debe pagar o ejecutar en su totalidad una de las cosas que

alternativamente deba; y no puede obligar al acreedor a que acepte parte de una y parte de otra.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 566: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

566

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

En las obligaciones alternativas, el deudor no puede obligar al acreedor a

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1516 CC: se reemplaza lo correcto pagar en su totalidad una de las obligaciones que

altenativamente se deben

B) ART 1516 CC: se reemplaza lo correcto ejecutar en su totalidad una de las obligaciones que

altenativamente se deben

C) ART 1516 CC: se reemplaza lo correcto elegir una de las alternativas de las obligaciones que

altenativamente se deben

pagar en su totalidad una de las obligaciones que altenativamente se deben

ejecutar en su totalidad una de las obligaciones que altenativamente se deben

elegir una de las alternativas de las obligaciones que altenativamente se deben

que acepte el pago el ejecucion y pago parte de una y parte de otra una de las obligaciones

que altenativamente se deben

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1516 CC.- Para que el deudor quede libre, debe pagar o ejecutar en su totalidad una de las cosas que

alternativamente deba; y no puede obligar al acreedor a que acepte parte de una y parte de otra.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 567: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

567

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En las obligaciones alternativas, el deudor no puede obligar al acreedor a

A) ART 1516 CC: se reemplaza lo correcto pagar en su totalidad una de las obligaciones que

altenativamente se deben

B) ART 1516 CC: se reemplaza lo correcto ejecutar en su totalidad una de las obligaciones que

altenativamente se deben

C) ART 1516 CC: se reemplaza lo correcto elegir una de las alternativas de las obligaciones que

altenativamente se deben

pagar en su totalidad una de las obligaciones que altenativamente se deben

ejecutar en su totalidad una de las obligaciones que altenativamente se deben

elegir una de las alternativas de las obligaciones que altenativamente se deben

que acepte el pago el ejecucion y pago parte de una y parte de otra una de las obligaciones

que altenativamente se deben

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1516 CC.- Para que el deudor quede libre, debe pagar o ejecutar en su totalidad una de las cosas que

alternativamente deba; y no puede obligar al acreedor a que acepte parte de una y parte de otra.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 29/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 568: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

568

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La elección que realiza el deudor puede ser

B) Art 1516 CC: se reemplaza lo correcto por alternativa o facultativa

C) Art 1516 CC: se reemplaza lo correcto por positiva o negativa

D)Art 1516 CC: se reemplaza lo correcto por de dar o hacer

expresa o tácita

alternativa o facultativa

positiva o negativa

de dar o hacer

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1516 CC.- Para que el deudor quede libre, debe pagar o ejecutar en su totalidad una de las cosas que

alternativamente deba; y no puede obligar al acreedor a que acepte parte de una y parte de otra.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 569: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

569

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La elección que realiza el deudor es expresa cuando

A) Art 1516 CC: se reemplaza lo correcto por cuando en el contrato se hace constar

C) Art 1516 CC: se reemplaza lo correcto por cuando se ha comenzado a cumplir una de las alternativas

D)Art 1516 CC: se reemplaza lo correcto por cuando el deudor queda libre de pagar

cuando en el contrato se hace constar

efectivamente se señala al realizarse la elección

cuando se ha comenzado a cumplir una de las alternativas

cuando el deudor queda libre de pagar

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1516 CC.- Para que el deudor quede libre, debe pagar o ejecutar en su totalidad una de las cosas que

alternativamente deba; y no puede obligar al acreedor a que acepte parte de una y parte de otra.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 570: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

570

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La elección que realiza el deudor es tácita cuando

A) Art 1516 CC: se reemplaza lo correcto por cuando en el contrato se hace constar

B) Art 1516 CC: se reemplaza lo correcto por efectivamente se señala al realizarse la elección

D)Art 1516 CC: se reemplaza lo correcto por cuando el deudor queda libre de pagar

cuando en el contrato se hace constar

efectivamente se señala al realizarse la elección

cuando se ha comenzado a cumplir una de las alternativas

cuando el deudor queda libre de pagar

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1516 CC.- Para que el deudor quede libre, debe pagar o ejecutar en su totalidad una de las cosas que

alternativamente deba; y no puede obligar al acreedor a que acepte parte de una y parte de otra.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 571: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

571

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Según el Código Civil ¿Cuándo puede el acreedor elegir la forma de pago?

A) ART 1516 CC: se reemplaza lo correcto por cuando lo autoriza la ley

B) ART 1516 CC: se reemplaza lo correcto por cuando lo permite el deudor

C) ART 1516 CC: se reemplaza lo correcto por cuando el deudor ha caido en mora

cuando lo autoriza la ley

cuando lo permite el deudor

cuando el deudor ha caido en mora

cuando consta en el contrato

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1516CC.- Para que el deudor quede libre, debe pagar o ejecutar en su totalidad una de las cosas que

alternativamente deba; y no puede obligar al acreedor a que acepte parte de una y parte de otra. La elección

corresponde al deudor, a menos que se haya pactado lo contrario.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 572: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

572

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Según el Código Civil si se extinguen todas las cosas comprendidas en la obligación alternativa, sin culpa

del deudor, la obligación

B) ART 1520 CC: se reemplaza lo correcto por subsiste

C) ART 1520 CC: se reemplaza lo correcto por cae en mora

D) ART 1520 CC: se reemplaza lo correcto por se mantiene en pago en otras especies

se extingue

subsiste

cae en mora

se mantiene en pago otras especies

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1520 CC.- Si perecen todas las cosas comprendidas en la obligación alternativa, sin culpa del deudor,

se extingue la obligación.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 573: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

573

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Según el Código Civil si se extinguen todas las cosas comprendidas en la obligación alternativa, con culpa del

deudor, la obligación

A) ART 1520 CC: se reemplaza lo correcto por se extingue

C) ART 1520 CC: se reemplaza lo correcto por cae en mora

D) ART 1520 CC: se reemplaza lo correcto por esta sujeto a restitución

se extingue

subsiste

cae en mora

esta sujeto a restitución

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1520 CC.- Si perecen todas las cosas comprendidas en la obligación alternativa, sin culpa del deudor, se

extingue la obligación. Si con culpa del deudor, estará éste obligado a pagar el precio de cualquiera de las cosas

que elija, cuando la elección le corresponde; o a pagar el precio de cualquiera de las cosas que el acreedor elija,

cuando la elección corresponde al acreedor.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO NOTARIAL

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 574: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

574

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En las obligaciones alternativas, cuando la eleccion corresponde al deudor; el acreedor puede demandar el

cumplimiento de la obligación con

A) ART 1517 CC: se reemplaza lo correcto por una de las cosas debidas

B) ART 1517 CC: se reemplaza lo correcto por pago del precio de una de las cosas debidas

D) ART 1517 CC: se reemplaza lo correcto por todas las cosas debidas

una de las cosas debidas

pago del precio de una de las cosas debidas

bajo la alternativa

todas las cosas debidas

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1517CC.- Correspondiendo la elección al deudor, no puede el acreedor demandar

determinadamente una de las cosas debidas, sino bajo la alternativa en que se le deben.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 575: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

575

A)

B)C)D)

Base:

¿Cúando una obligación es facultativa?

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Art. 1521 CC.- Obligación facultativa es la que tiene por objeto una cosa determinada, pero

concediéndose al deudor la facultad de pagar con esta cosa o con otra que se designa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO Eje Temático

A) ART 1521 CC: se reemplaza lo correcto por aquella por la cual se deben varias cosas, de tal manera que la

ejecución de una de ellas exonera de la ejecución de las otras

B) ART 1521 CC: se reemplaza lo correcto por la que esta sujeta a una condición

C) ART 1521 CC: se reemplaza lo correcto por la que esta sujeta a un plazo

aquella por la cual se deben varias cosas, de tal manera que la ejecución de una de ellas exonera

de la ejecución de las otras

la que esta sujeta a una condiciónla que esta sujeta a un plazola que tiene por objeto una cosa determinada, pero concediéndose al deudor la facultad de pagar

con esta cosa o con otra que se designa.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D BajaJustificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Page 576: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

576

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

¿Cuántas opciones de pago admite la obligación facultativa?

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

B) ART 1521 CC: se reemplaza lo correcto por cinco

C) ART 1521 CC: se reemplaza lo correcto por diez

D) ART 1521 CC: se reemplaza lo correcto por doce

dos

cinco

diez

doce

Opción Correcta Dificultad Esperada

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1521CC.- Obligación facultativa es la que tiene por objeto una cosa determinada, pero

concediéndose al deudor la facultad de pagar con esta cosa o con otra que se designa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 577: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

577

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO NOTARIAL

Eje Temático

Base:

¿En la obligación facultativa que pasa si la cosa perece sin culpa del deudor?

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1522 CC: se reemplaza lo correcto por nace una nueva obligación

C) ART 1522 CC: se reemplaza lo correcto por puede exigir el cumplimiento de la obligación

D) ART 1522 CC: se reemplaza lo correcto por podra pedir otra cosa

nace una nueva obligación

no tiene derecho a pedir cosa alguna

puede exigir el cumplimiento de la obligación

podra pedir otra cosa

Opción Correcta Dificultad Esperada

B) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1522 CC.- En la obligación facultativa el acreedor no tiene derecho para pedir otra cosa que aquella a que el

deudor está directamente obligado; y si dicha cosa perece sin culpa del deudor y antes de haberse éste

constituido en mora, no tiene derecho para pedir cosa alguna.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 578: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

578

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

En caso de duda sobre si la obligación es alternativa o facultativa, se tendrá por

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1523 CC: se reemplaza lo correcto por facultativa

B) ART 1523 CC: se reemplaza lo correcto por condicional

D) ART 1523 CC: se reemplaza lo correcto por solidaria

facultativa

condicional

alternativa

solidaria

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1523CC.- En caso de duda sobre si la obligación es alternativa o facultativa, se tendrá por alternativa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 579: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

579

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

¿cuándo una obligación es de género?

Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1524 CC: se reemplaza lo correcto por cuando se debe determinadamente un individuo de una

clase o género determinado

B) ART 1524 CC: se reemplaza lo correcto por cuando se debe determinadamente un individuo de una

clase

C) ART 1524 CC: se reemplaza lo correcto por cuando se debe indeterminadamente un individuo de una

clase

cuando se debe determinadamente un individuo de una clase o género determinado

cuando se debe determinadamente un individuo de una clase

cuando se debe indeterminadamente un individuo de una clase

cuando se debe indeterminadamente un individuo de una clase o género determinado

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1524 CC.- Obligaciones de género son aquellas en que se debe indeterminadamente un individuo de

una clase o género determinado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 580: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

580

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo al Código Civil, en la obligación de género, el acreedor no puede pedir

B) ART 1525 CC: se reemplaza lo correcto por indeterminadamente ningún individuo;

C) ART 1525 CC: se reemplaza lo correcto por determinadamente algún individuo

D) ART 1525 CC: se reemplaza lo correcto por indeterminadamente algún individuo

determinadamente ningún individuo

indeterminadamente ningún individuo

determinadamente algún individuo

indeterminadamente algún individuo

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1525CC.- En la obligación de género, el acreedor no puede pedir determinadamente ningún individuo; y el

deudor queda libre de ella, entregando cualquier individuo del género, con tal que sea de calidad a lo menos

mediana.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 581: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

581

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo al Código Civil, en la obligación de género el deudor queda libre de ella

A) ART 1525 CC: se reemplaza lo correcto por entregando un individuo determinado del género

C) ART 1525 CC: se reemplaza lo correcto por entregando ningún individuo determinado del género

D) ART 1525 CC: se reemplaza lo correcto por entregando un individuo sin género determinado

entregando un individuo determinado del género

entregando cualquier individuo del género

entregando ningún individuo determinado del género

entregando un individuo sin género determinado

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1525CC.- En la obligación de género, el acreedor no puede pedir determinadamente ningún individuo; y el

deudor queda libre de ella, entregando cualquier individuo del género, con tal que sea de calidad a lo menos

mediana.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 582: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

582

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En las obligaciones de género, la pérdida de algunas cosas del género

A) ART 1526 CC: se reemplaza lo correcto por extingue la obligación

B) ART 1526 CC: se reemplaza lo correcto por nova la obligación

D) ART 1526 CC: se reemplaza lo correcto por anula la obligación

extingue la obligación

nova la obligación

no extingue la obligación

anula la obligación

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1526 CC.- La pérdida de algunas cosas del género no extingue la obligación; y el acreedor no puede

oponerse a que el deudor las enajene o destruya, mientras subsistan otras para el cumplimiento de lo que debe.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 583: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

583

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Una obligación es solidaria cuando

A) ART 1527 CC: se reemplaza lo correcto por se ha contraido por muchas personas

B) ART 1527 CC: se reemplaza lo correcto por se ha contraido para con muchas personas

C) ART 1527 CC: se reemplaza lo correcto por se ha contraído por una persona

se ha contraido por muchas personas

se ha contraido para con muchas personas

se ha contraído por una persona

se ha contraído por muchas personas o para con muchas personas

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1527CC. - En general, cuando se ha contraído por muchas personas o para con muchas la obligación de

una cosa divisible, cada uno de los deudores, en el primer caso, está obligado solamente a su parte o cuota en

la deuda; y cada uno de los acreedores, en el segundo, sólo tiene derecho para demandar su parte o cuota en

el crédito.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 584: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

584

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En las obligaciones solidarias la obligación debe ser

B)ART 1527 CC: se reemplaza lo correcto por determinada

C) ART 1527 CC: se reemplaza lo correcto por enajenable

D) ART 1527 CC: se reemplaza lo correcto por diversa

divisible

determinada

enajenable

diversa

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1527CC.- En general, cuando se ha contraído por muchas personas o para con muchas la obligación

de una cosa divisible, cada uno de los deudores, en el primer caso, está obligado solamente a su parte o

cuota en la deuda; y cada uno de los acreedores, en el segundo, sólo tiene derecho para demandar su

parte o cuota en el crédito.

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico FUENTES DE LA OBLIGACION

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 585: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

585

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La promesa de compraventa debe ser

A) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por de forma verbal

C) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por escritura pública

D) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por documento de crédito

de forma verbal

por escrito; y por escritura pública

por escritura pública

por documento de crédito

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1570 CC.- La promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna; salvo que concurran las

circunstancias siguientes: 1. Que la promesa conste por escrito; y por escritura pública, cuando fuere de celebrar

un contrato para cuya validez se necesita de tal solemnidad, conforme a las disposiciones de este Código;

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático Derecho Registral

Tema Especifico PROMESA DE COMPRAVENTA

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 586: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

586

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

Según el Código Civil , para que una promesa de compraventa cause obligacion requiere de

Derecho Registral

Tema Especifico PROMESA DE COMPRAVENTA

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por 5 circunstancias

B) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por 10 circunstancias

D) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por 2 circunstancias

5 circunstancias

10 circunstancias

4 circunstancias

2 circunstancias

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1570.- La promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna; salvo que concurran

las circunstancias siguientes:

1. Que la promesa conste por escrito; y por escritura pública, cuando fuere de celebrar un contrato

para cuya validez se necesita de tal solemnidad, conforme a las disposiciones de este Código;

2. Que el contrato prometido no sea de los que las leyes declaran ineficaces;

3. Que la promesa contenga un plazo o condición que fije la época de la celebración del contrato; y,

4. Que en ella se especifique de tal manera el contrato prometido, que sólo falten, para que sea

perfecto, la tradición de la cosa, o las solemnidades que las leyes prescriban.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 587: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

587

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

La promesa de compraventa cuando las solemnidades lo requieren debe realizarse por

Derecho Registral

Tema Especifico PROMESA DE COMPRAVENTA

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por convenio oral de las partes

B) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por escrito

C) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por documento privado

convenio oral de las partes

escrito

documento privado

escritura pública

Opción Correcta Dificultad Esperada

d Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1570CC.- La promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna; salvo que concurran las

circunstancias siguientes: 1. Que la promesa conste por escrito; y por escritura pública, cuando fuere de

celebrar un contrato para cuya validez se necesita de tal solemnidad, conforme a las disposiciones de este

Código;

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 588: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

588

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

En la promesa de compraventa, para que la misma surta efecto el contrato prometido no debe ser de los que las

leyes declaran

Derecho Registral

Tema Especifico PROMESA DE COMPRAVENTA

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

B) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por ineficientes

C) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por inexistentes

D) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por validos

ineficaces

ineficientes

inexistentes

válidos

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1570CC.- La promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna; salvo que concurran las

circunstancias siguientes: 1. Que la promesa conste por escrito; y por escritura pública, cuando fuere de celebrar

un contrato para cuya validez se necesita de tal solemnidad, conforme a las disposiciones de este Código;

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 589: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

589

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

La promesa debe contener

Derecho Registral

Tema Especifico PROMESA DE COMPRAVENTA

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1570 CC se reemplaza lo correcto por un plazo o género

C) ART 1570 CC se reemplaza lo correcto por una condición o determinación

D) ART 1570 CC se reemplaza lo correcto por una obligación o plazo

un plazo o género

un plazo o condición

una condición o determinación

una obligación o plazo

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1570CC.- La promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna; salvo que concurran las

circunstancias siguientes: 1. Que la promesa conste por escrito; y por escritura pública, cuando fuere de

celebrar un contrato para cuya validez se necesita de tal solemnidad, conforme a las disposiciones de este

Código;

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 590: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

590

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

Según el Código Civil, la promesa debe contener un plazo o condición que fije la

Derecho Registral

Tema Especifico PROMESA DE COMPRAVENTA

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1570 CC se reemplaza lo correcto por la época de cumplimiento del contrato

B) ART 1570 CC se reemplaza lo correcto por la época de terminación del contrato

D) ART 1570 CC se reemplaza lo correcto por la epoca del nacimiento de la obligación

la época de cumplimiento del contrato

la época de terminación del contrato

la época de la celebración del contrato

la epoca del nacimiento de la obligación

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1570CC.- La promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna; salvo que concurran las

circunstancias siguientes: 1. Que la promesa conste por escrito; y por escritura pública, cuando fuere de

celebrar un contrato para cuya validez se necesita de tal solemnidad, conforme a las disposiciones de este

Código;

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 591: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

591

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

Según el Código Civil, la promesa de compraventa debe

Derecho Registral

Tema Especifico PROMESA DE COMPRAVENTA

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por sobreentender el contrato prometido

B) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por contener la obligación de dar

C) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por la indemnizacion en caso de incumplimiento

sobreentender el contrato prometido

contener la obligación de dar

la indemnizacion en caso de incumplimiento

especificar detalladamente el contrato prometido

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1570CC.- La promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna; salvo que concurran las

circunstancias siguientes: 1. Que la promesa conste por escrito; y por escritura pública, cuando fuere de

celebrar un contrato para cuya validez se necesita de tal solemnidad, conforme a las disposiciones de este

Código;

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 592: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

592

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

Según el Código Civil, la promesa de compraventa debe especificar de tal manera el contrato prometido, que

sólo falten, para que sea …

Derecho Registral

Tema Especifico PROMESA DE COMPRAVENTA

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

B) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por válido

C) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por nulo

D) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por claro

perfecto

válido

nulo

claro

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1570CC.- La promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna; salvo que concurran las

circunstancias siguientes: 1. Que la promesa conste por escrito; y por escritura pública, cuando fuere de

celebrar un contrato para cuya validez se necesita de tal solemnidad, conforme a las disposiciones de este

Código;

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 593: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

593

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

Según el Código Civil, la promesa de compraventa debe especificar de tal manera el contrato prometido, que

sólo falten, para que sea perfecto

Derecho Registral

Tema Especifico PROMESA DE COMPRAVENTA

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

B) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por la tradición de la cosa

C) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por el pago de impuestos

D) ART 1570 CC: se reemplaza lo correcto por todos los anteriores

la tradición de la cosa

el pago del precio

el pago de impuestos

todos los anteriores

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1570CC.- La promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna; salvo que concurran las

circunstancias siguientes: 1. Que la promesa conste por escrito; y por escritura pública, cuando fuere de

celebrar un contrato para cuya validez se necesita de tal solemnidad, conforme a las disposiciones de este

Código;

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 594: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

294

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

La promesa de compraventa es una obligacion de

Derecho Registral

Tema Especifico PROMESA DE COMPRAVENTA

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1569 CC: se reemplaza lo correcto por dar

C) ART 1569 CC: se reemplaza lo correcto por no hacer

D) ART 1569 CC: se reemplaza lo correcto por unilateral

dar

hacer

no hacer

unilateral

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1569CC.- Si la obligación es de hacer, y el deudor se constituye en mora, podrá pedir el acreedor, junto

con la indemnización de la mora, cualquiera de estas dos cosas, a elección suya:

para cuya validez se necesita de tal solemnidad, conforme a las disposiciones de este Código;

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 595: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

595

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

En una promesa de compraventa cuando una de las partes cae en mora, la otra puede pedir

Derecho Registral

Tema Especifico PROMESA DE COMPRAVENTA

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1569 CC: se reemplaza lo correcto por la anulación del contrato

B) ART 1569 CC: se reemplaza lo correcto por la devolución del pago

D) ART 1569 CC: se reemplaza lo correcto por nada porque no produce obligación

la anulación del contrato

la devolución del pago

la indemización de la mora

nada porque no produce obligación

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1569 CC.- Si la obligación es de hacer, y el deudor se constituye en mora, podrá pedir el acreedor, junto

con la indemnización de la mora, cualquiera de estas dos cosas, a elección suya

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 596: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

596

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

Es nulo todo contrato de promesa de compraventa que no ha sido celebrado

Derecho Registral

Tema Especifico PROMESA DE COMPRAVENTA

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1697 CC. Se reemplaza lo correcto por por escritura pública

B) ART 1697 CC. Se reemplaza lo correcto por por vía oral

C) ART 1697 CC. Se reemplaza lo correcto por por documento ejecutivo

por escritura pública

por vía oral

por documento ejecutivo

por escrito

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1697 CC.-Es nulo todo acto o contrato a que falta alguno de los requisitos que la ley

prescribe para el valor del mismo acto o contrato, según su especie y la calidad o estado de las

partes. La nulidad puede ser absoluta o relativa”

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 597: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

597

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

El contrato de promesa de compraventa de acuerdo a las partes que intervienen es un contrato

Derecho Registral

Tema Especifico PROMESA DE COMPRAVENTA

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

B) ART 1455 CC: se reemplaza lo correcto por unilateral

C) ART 1455 CC: se reemplaza lo correcto por formal

D) ART 1455 CC: se reemplaza lo correcto por esencial

bilateral

unilateral

formal

esencial

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1455 CC.- El contrato es unilateral cuando una de las partes se obliga para con otra, que no contrae

obligación alguna; y bilateral, cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 598: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

598

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO

Eje Temático

Base:

La obligación que nace de la promesa de compraventa prescribe en

Derecho Registral

Tema Especifico PROMESA DE COMPRAVENTA

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 2415 CC: se reemplaza lo correcto por 1 año

C) ART 2415 CC: se reemplaza lo correcto por 4 años

D) ART 2415 CC: se reemplaza lo correcto por 30 años

1 año

10 años

4 años

30 años

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 2415 CC.- Este tiempo es, en general, de cinco años para las acciones ejecutivas y de diez para las

ordinarias. La acción ejecutiva se convierte en ordinaria por el lapso de cinco años; y convertida en

ordinaria, durará solamente otros cinco.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 599: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Derecho BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 26/09/2019 DATOS DEL AUTOR Apellido y Nombre Número

599

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 30/10/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

SANTILLAN TORRES MARIA FERNANDA 1715239362 DERECHO NOTARIAL

Eje Temático

Base:

La promesa de compraventa de acuerdo a la forma en que se perfecciona es un contrato

Derecho Registral

Tema Especifico PROMESA DE COMPRAVENTA

Nivel Taxonómico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

A) ART 1459 CC: se reemplaza lo correcto por real

B) ART 1459 CC: se reemplaza lo correcto por consensual

D) ART 1459 CC: se reemplaza lo correcto por accesorio

real

consencual

solemne

accesorio

Opción Correcta Dificultad Esperada

C) Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 1459CC.- El contrato es real cuando, para que sea perfecto, es necesaria la tradición de la cosa a que se

refiere; es solemne cuando está sujeto a la observancia de ciertas formalidades especiales, de manera que sin

ellas no surte ningún efecto civil; y es consensual cuando se perfecciona por el solo consentimiento.

Justificación de Cada Opción Incorrecta: