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B B O O L L E E T T I I N N O O F F I I C C I I A A L L Municipalidad de Comodoro Rivadavia Fecha de publicación: 24 de Enero de 2013 002 PODER EJECUTIVO MUNICIPAL Intendente Municipal SR. NESTOR JOSÉ DI PIERRO Vice Intendente Sr. CARLOS ALBERTO LINARES Secretaria de Gobierno y Función Pública Sr. ALBERTO RICARDO GAITAN Secretaría General y Relaciones Comunitarias Sra. GRACIELA VIVIANA IZQUIERDO Secretario de Cultura y Turismo Sr. DANIEL VLEMINCHX Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión Dr. DIEGO ALEJANDRO TOURIÑAN Secretario de Infraestructura, Obras y Serv. Públicos Ing. ABEL HORACIO BOYERO Secretaría de Desarrollo Humano y Familia Sra. ANA MARIA LLANOS MASSA Asesor Letrado Dr. OSCAR RICARDO P. HERRERA Secretaría de Seguridad Sr. CARLOS ALBERTO MARSO Agencia Descentralizada Comodoro Deportes Prof. LUCIO RODRIGUEZ TRIBUNAL DE CUENTAS Carlos Ignacio Jurich Eduardo Gastón Acevedo Osvaldo Daniel Gonzalez CONCEJALES - PJ CONCEJALES - UCR CONCEJALES - FPV Marcelo Rey José E. Gaspar Juan Pablo Luque Viviana Almirón Pablo Alejandro Martínez Viviana Navarro Néstor D. Espinosa Mario Alberto Soto Alicia Dubreuil Juan Carlos Vargas Silvia Beatriz García Sonia Pereyra INDICE Resoluciones Nº 010/13 Hasta 119/13 Ordenanzas Nº 3614-8/12, 6112-1/12, 7060-3/12, 9767-1/12,10.801/12, 10.802/12, 10.803/12, 10.804/12, 10.805/12, 10.806/12, 10.808/12, 10.809/12, 10.810/12, 10.811/12, 10.812/12, 10.813/12, 10.814/12, 10.815/12, 10.816/12, 10.817/12, 10.818/12, 10.819/12, 10.820/12, 10.821/12, 10.822/12, 10.823/12, 10.824/12, 10.825/12, 10.826/12, 10.827/12, 10.828/12, 10.829/12, 10.830/12, 10.831/12, 10.832/12, 10.833/12, 10.834/12, 10.835/12, 10.836/12, 10.837/12, 10.838/12, 10.839/12, 10.840/12, 10.841/12, 10.842/12, 10.843/12, 10.844/12, 10.845/12, 10.846/12, 10.847/12, 10.848/12. Dirección Gral. de Impresiones Oficiales (Subsecretaría de la Función Pública – Sec. de Gobierno y Función Pública) Horario de atención: Lunes a Viernes de 8,00 a 13,00 hs Complejo Ing. Luís A. Huergo Km.3.-Tel: 4559050 – Comodoro Rivadavia – Chubut Correo electrónico: boletinoficial@comodoro.gov.ar - [email protected] Página Oficial: http://www.comodoro.gov.ar/boletinoficial

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BBBOOOLLLEEETTTIIINNN OOOFFFIIICCCIIIAAALLL Municipalidad de Comodoro Rivadavia

Fecha de publicación: 24 de Enero de 2013 Nº 002

PODER EJECUTIVO MUNICIPAL

Intendente Municipal

SR. NESTOR JOSÉ DI PIERRO

Vice Intendente Sr. CARLOS ALBERTO LINARES

Secretaria de Gobierno y Función Pública Sr. ALBERTO RICARDO GAITAN Secretaría General y Relaciones Comunitarias Sra. GRACIELA VIVIANA IZQUIERDO Secretario de Cultura y Turismo Sr. DANIEL VLEMINCHX Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión

Dr. DIEGO ALEJANDRO TOURIÑAN Secretario de Infraestructura, Obras y Serv. Públicos

Ing. ABEL HORACIO BOYERO Secretaría de Desarrollo Humano y Familia Sra. ANA MARIA LLANOS MASSA Asesor Letrado Dr. OSCAR RICARDO P. HERRERA Secretaría de Seguridad Sr. CARLOS ALBERTO MARSO Agencia Descentralizada Comodoro Deportes Prof. LUCIO RODRIGUEZ

TRIBUNAL DE CUENTAS Carlos Ignacio Jurich

Eduardo Gastón Acevedo Osvaldo Daniel Gonzalez

CONCEJALES - PJ CONCEJALES - UCR CONCEJALES - FPV

Marcelo Rey José E. Gaspar Juan Pablo Luque Viviana Almirón Pablo Alejandro Martínez Viviana Navarro

Néstor D. Espinosa Mario Alberto Soto Alicia Dubreuil Juan Carlos Vargas

Silvia Beatriz García Sonia Pereyra

INDICE

Resoluciones Nº 010/13 Hasta 119/13 Ordenanzas Nº 3614-8/12, 6112-1/12, 7060-3/12, 9767-1/12,10.801/12, 10.802/12, 10.803/12, 10.804/12,

10.805/12, 10.806/12, 10.808/12, 10.809/12, 10.810/12, 10.811/12, 10.812/12, 10.813/12, 10.814/12, 10.815/12, 10.816/12, 10.817/12, 10.818/12, 10.819/12, 10.820/12, 10.821/12, 10.822/12, 10.823/12, 10.824/12, 10.825/12, 10.826/12, 10.827/12, 10.828/12, 10.829/12, 10.830/12, 10.831/12, 10.832/12, 10.833/12, 10.834/12, 10.835/12, 10.836/12, 10.837/12, 10.838/12, 10.839/12, 10.840/12, 10.841/12, 10.842/12, 10.843/12, 10.844/12, 10.845/12, 10.846/12, 10.847/12, 10.848/12.

Dirección Gral. de Impresiones Oficiales

(Subsecretaría de la Función Pública – Sec. de Gobierno y Función Pública) Horario de atención: Lunes a Viernes de 8,00 a 13,00 hs

Complejo Ing. Luís A. Huergo Km.3.-Tel: 4559050 – Comodoro Rivadavia – Chubut Correo electrónico: [email protected] - [email protected] Página Oficial: http://www.comodoro.gov.ar/boletinoficial

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RESOLUCION Nº 0010/13 (14-01-2013) Art. 1º. OTORGAR a la Empresa Patagonia Argentina SRL un subsidio de UN MILLON NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO

MIL DOSCIENTOS ONCE ($1.988.211) a fin de mantener el cuadro tarifario del transporte Público de Pasajeros, en un todo de acuerdo a la Ordenanza Nº 8827/07 y a los considerandos de la presente.

Art. 2º. Lo dispuesto en el Art. 1º se imputará a la partida 1200031200 ENTIDADES Subpartida 1200031220 - Subsidios de Transporte Partida del Presupuesto de Gastos en vigencia.

Art. 3º. REFRENDARAN la presente el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión y el Secretario de Gobierno y Función Pública.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION Nº 0011/13 (14-01-2013)

Art. 1º. DESIGNAR a partir del 3 de Diciembre de 2012 hasta el 20 de Enero de 2013, al señor CARRIZO, Delio Int. Nº 0218 - Legajo Nº 1647, en el Departamento de Inspectores (Dirección de Control de Apertura de Calzadas y Veredas) de la Dirección General de Pavimento y Conservación dependiente de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.

Art. 2º. AUTORIZAR a partir de la presente, se proceda a la liquidación del Suplemento previsto en el Art. 38º inc. c del EEPM en vigencia, al agente municipal designado en el Art. 1º, el que se remunerará conforme a la diferencia existente entre la categoría de revista 18 y la correspondiente al nivel jerárquico que subroga (Cat. 21).

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública, el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión y el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION Nº 0012/13 (14-01-2013)

Art. 1º. DESIGNAR, en forma provisoria, a partir del 01 de Octubre de 2012, a señor MARTINEZ, Leonardo N. Int. Nº 2424 - Legajo Nº 2632, en el cargo de Sobrestante (Dirección Técnica de Obras) de la Dirección General de Ejecución de Obras Viales dependiente de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.

Art. 2º. AUTORIZAR a partir de la presente, se proceda a la liquidación del Suplemento previsto en el Art. 38º inc. c del EEPM en vigencia, al agente municipal designado en el Art. 1º, el que se remunerará conforme a la diferencia existente entre la categoría de revista E- 13 y la correspondiente al nivel jerárquico Que subroga (Cat. 18).

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente el Sr. Secretario de Gobierno y Función de Pública, el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión y el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION Nº 0013/13 (14-01-2013)

Art. 1º. DESIGNAR, a partir del 21 de Agosto de 2012 hasta el 19 de Septiembre de 2012 al señor RIVAS, José Luís (lnt. Nº 2440 - Leg. Nº 2649), en el Departamento de Energía, dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos, Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.

Art. 2º. AUTORIZAR a partir de la presente, se proceda a la liquidación del Suplemento previsto en el Art. 38º inc. c del EEPM en vigencia, al agente municipal designado en el Art. 1º, el que se remunerará conforme a la diferencia existente entre la categoría de revista (Cat.13) y la correspondiente al nivel jerárquico que subroga (cat.21).

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION Nº 0014/13 (14-01-2013)

Art. 1º. DECLARAR el estado de emergencia climática en todo el Ejido de la ciudad de Comodoro Rivadavia. Art. 2º. REFRENDARÁN la presente Resolución el Secretario de Gobierno y Función Pública, el Secretario de Infraestructura,

Obras y Servicios Públicos, el Secretario de Seguridad, el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión y la Secretaria e Desarrollo Humano y Familia.

Art. 3º. De forma. RESOLUCION N° 0015/13 (14-01-2013)

Art. 1º. DECLARAR DE LEGITIMO ABONO la Factura “C” Nº 0001-00000021 de fecha 18 de Diciembre de 2012 correspondiente a CR Eventos de GONZALEZ Natalia Vanesa por la suma de Pesos Cuarenta y Cinco Mil ($ 45.000,00), en un todo de acuerdo a los considerandos respectivos.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Cuenta Especial Nº 1200060/0 del Banco del Chubut. Art. 3º. POR el Área de Sumarios, dependiente de Asesoría Letrada Municipal, iníciese el sumario correspondiente (Art. 79

de la Ordenanza 3834/91). Art. 4º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaria General y de Relaciones Comunitarias y el Sr. Secretario de

Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 5º. De forma.

RESOLUCION Nº 0016/13 (15-01-2013) Art. 1º. Rechazar el Recurso Jerárquico interpuesto por la firma “Solo Neumáticos SRL, en contra de la Resolución Nº 005-

11/OF, MCR. Art. 2º. Confirmar la multa impuesta mediante Resolución Nº 092/2010-IB correspondiente a dos (2) veces el importe del

Tributo determinado de Oficio. Art. 3º. Intimar al contribuyente para que dentro del plazo de quince (15) días de notificado de la presente, proceda a

regularizar su situación fiscal y abone la multa correspondiente, que asciende a la suma de pesos veintinueve mil novecientos cincuenta y dos con ochenta centavos ($ 29.952,80).

Art. 4º. Refrendará la presente el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 5º. De forma.

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RESOLUCION Nº 0017/13 (15-01-2013) Art. 1º. DESIGNAR, en forma provisoria a partir del 01 de Enero de 2013, al Agente Municipal Sr. DIAZ, Santos Daniel

Int.0450 - Legajo Nº 0568, en la Dirección de Comunicaciones de la Dirección General de Comunicaciones dependiente de la Secretaría de Gobierno y Función Pública.

Art. 2º. AUTORIZAR a partir de la presente, se proceda a la liquidación de Suplemento previsto en el Art.38º inc. c del EEPM en vigencia, al agente municipal designado en el art.1º, el que se remunerará conforme a la diferencia existente entre la categoría de revista 21 y la correspondiente al nivel jerárquico que subroga (cat.23).

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente Resolución el Secretario de Gobierno y Función Pública y el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION Nº 0018/13 (15-01-2013)

Art. 1º. DESIGNAR, en forma provisoria, a partir del 01 de Octubre de 2012, al señor CALBUCURA, José Eladio Int. Nº 1035 - Legajo Nº 1616, en el cargo Subconductor (Dirección Módulo de Oficios Especializados) de la Dirección General de Ejecución de Obras de Arquitectura dependiente de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.

Art. 2º. AUTORIZAR a partir de la presente, se proceda a la liquidación del Suplemento previsto en el Art. 38º inc. c del EEPM en vigencia, al agente municipal designado en el Art. 1º, el que se remunerará conforme a la diferencia existente entre la categoría de revista 18 y la correspondiente al nivel jerárquico que subroga (Cat. 20).

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública, el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión y el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION Nº 0019/13 (15-01-2013)

Art. 1º. DESIGNAR como integrantes de la Comisión de Pre adjudicación de la Licitación Privada nro. 05/2012, S.E.F. y C. de G. “Contratación de una cuadrilla para trabajos de construcción de pavimento de hormigón, por un período de tres (3) meses” a las personas que se detallan a continuación: Al Asesor Letrado, Dr. Oscar HERRERA y/o quien el designe, por Asesoría Letrada. Al Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Abel Boyero y/o quien el designe. A la Cdora. Rita Cárdenas, por Secretaria de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 2º. REFRENDARÁN la presente Resolución el señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y el señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 3º. De forma. RESOLUCION Nº 0020/13 (14-01-2013)

Art. 1º. AUTORIZAR la Transferencia de la titularidad de la Licencia de autoremis Nº 220, solicitada por su titular Señor BUSTAMANTE, Américo Juan DNI. N° 6.947.232, a favor de su hijo el Señor BUSTAMANTE, Alejandro Martín DNI. Nº 28.451 .434 - previa presentación de la documentación correspondiente ante la Dirección Gral. De Transporte dependiente de la Subsecretaría de Control Operativo.

Art. 2º. Por la Secretaria de Economía, Finanzas y Control de Gestión (Dirección Gral. de Rentas) se procederá al trámite de eximición de pago del Canon de transferencia, por límite de edad del Titular determinado en la Ordenanza en vigencia 8611-2/06, en su art. 9º Inciso “b”.

Art. 3º. Por la Secretaría de Gobierno y Función Pública por intermedio de la Dirección General de Transporte - se efectuará las tramitaciones y confeccionará la documentación correspondiente de acuerdo a normas legales vigentes.

Art. 4º. REFRENDARÁ, la presente Resolución el Señor Secretario de Gobierno y Función Pública. Art. 5º. De forma.

RESOLUCION Nº 0021/13 (15-01-2013) Art. 1º. AUTORIZAR la Transferencia de la titularidad de la Licencia de autoremis Nº 289, solicitada por su titular Señor

BARROS, Vicente Oscar DNI. Nº 6.951.874, a favor de la Señora BATISTELLI, Camila Giselle DNI. Nº 36.889.394 previa presentación de la documentación correspondiente ante la Dirección Gral. de Transporte dependiente de la Subsecretaría de Control Operativo.

Art. 2º. Por la Secretaria de Economía, Finanzas y Control de Gestión (Dirección Gral. de Rentas) se procederá al pago del Canon de transferencia equivalente en 125.000 módulos ($6.250,00).

Art. 3º. Por la Secretaría de Gobierno y Función Pública por intermedio de la Dirección General de Transporte se efectuará las tramitaciones y confeccionará la documentación correspondiente de acuerdo a normas legales vigentes.

Art. 4º. REFRENDARÁ, la presente Resolución el Señor Secretario de Gobierno y Función Pública. Art. 5º. De forma.

RESOLUCION Nº 0022/13 (15-01-2013) Art. 1º. AUTORIZAR al Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión a abonar al Agente Municipal Sr. Ricardo

Fernández DNI. Nº 14.470.359 lnt. 960, categoría 18, 3 (tres) días de viático mas $1500 (pesos mil quinientos) por gastos de combustible; con motivo de asistir al “XXVIII Edición del Festival Nacional de la Esquila” a desarrollarse los días 11, 12 y 13 de Enero del presente año en la localidad de Rio Mayo.

Art. 2º. Lo dispuesto en el Art. 1º de la presente resolución será Imputado a la partida correspondiente de gastos en vigencia. Art. 3º. REFRENDARÁ la presente Resolución el Secretario de Cultura y Turismo y el Secretario de Economía, Finanzas y

Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

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RESOLUCION Nº 0023/13 (15-01-2013) Art. 1º. OTORGAR un subsidio, con cargo a rendir, por la suma de ($12.000,00) Doce mil pesos, a favor de la Sra., María

Laura Cerezo DNI. Nº 5.495.101 Prof., del Coro Polifónico Municipal destinado a solventar los gastos que les demandó el viaje del coro Polifónico Municipal al “XIX Festival Internacional de coros de Carísima, Santa Catalina de Brasil” el cual se llevó a cabo durante los días 21 al 25 de Noviembre de 2.012.

Art. 2º. Los gastos que demande lo establecido en el Artículo 1º de la presente será imputado de la cuenta Especial Nº 1200060/0 Cuenta de Terceros - Resolución Nº 432/12- Expte., Nº 1842 - S.C.-12 de la Secretaría de Cultura de la Provincia del Chubut.

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente el Sr., Secretario de Cultura y Turismo, y el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION Nº 0024/13 (15-01-2013)

Art. 1º. AUTORIZAR a la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión a abonar dos (2) días de viático a favor de los agentes dependientes de la Dirección Gral. de Hábitat, que se detallan a continuación, por el viaje realizado los días 19 y 20 de Diciembre del corriente año, en misión oficial a la ciudad de Rawson :

• SILVIO LAMBRECHT, DNI 25.901.383, equivalente Cat. 20, Contratado. • FABRICIO BAEZA, DNI 27343.950, equivalente Cat. 20, Int. 2907. P. Transit.

Art. 2º. Mas la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00) en concepto de gastos de combustible, a percibir por el Geólogo FABRICIO BAEZA.

Art. 3º. LO dispuesto en el Artículo anterior se imputará a la partida Gastos de Funcionamiento 1200010000 Servicios Varios 1200010300 - Viáticos y Estadía 1200010320.

Art. 4º. REFRENDARÁN el Señor Secretado de Infraestructura. Obras y Servicios Públicos y el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma. RESOLUCION Nº 0025/13 (15-01-2013)

Art. 1º. OTORGAR apoyo económico por un monto total de pesos, cuatro mil doscientos ($4.200,00) a favor de las personas detalladas en el Anexo I, los que forman parte de la presente Resolución, por los montos especificados en cada uno.

Art. 2º. Imputará lo dispuesto en la Cuenta Especial Nº 1200284/6 denominada MUNICIPALIDAD DE COMODORO RIVADAVIA Y FONDO ESPECIAL PARA LA NIÑEZ, LA ADOLESCENCIA Y LA FAMILIA.

Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. ANEXO

RESOLUCION Nº 0026/13 (15-01-2013)

Art. 1º. OTORGAR becas por la suma total de pesos Cinco Mil Novecientos Cuarenta ($5.940,00) a favor de las Siete (7) personas detalladas en el Anexo I de la presente Resolución, en el marco de las actividades deportivas y de recreación realizadas por el Proyecto “Centro de Día para Adultos Mayores”, durante el mes de Diciembre 2012, en un todo de acuerdo a los considerandos antes expuestos.

Art. 2º. IMPUTAR lo dispuesto en el artículo anterior en la partida de Transferencias Corrientes - Sub Partida Actividades no Lucrativas del presupuesto en vigencia.

Art. 3º. Una vez ingresados los fondos correspondientes al Expediente 3718/12 del Ministerio de Familia y Promoción Social de la Provincia del Chubut, REINTEGRAR el monto aludido a la Cuenta de Rentas Generales Nº 1200108/8.

Art. 4º. REFRENDARAN a presente la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma.

RESOLUCION Nº 0027/13 (15-01-2013)

Art. 1º. OTORGAR una beca por un monto total de pesos Doce Mil ($12.000,00) a favor de veinte y cinco (24) adolescentes detalladas en el Anexo I de la presente Resolución, por las actividades realizadas en el proyecto “Acompañamiento a Adolescentes y Jóvenes en estado de Vulnerabilidad Psicosocial y/o Conflicto con la Ley penal”, durante el periodo Diciembre 2012.

Art. 2º. IMPUTAR lo dispuesto en el artículo anterior en la Cuenta Especial Nº 1200060/0. Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía,

Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

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RESOLUCION Nº 0028/13 (15-01-2013)

Art. 1º. AUTORIZAR a la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión, abonar (7) siete días de viáticos a la agente Marcela Bayón: lnt. N° 396 Leg. Nº 739 DNI. Nº 17.380.754 - Cat. 20 en razón del viaje que realizará durante los días 09 al 15 de Enero/13 como Delegada del grupo del que viajará a Casquín.

Art. 2º. Lo dispuesto en el Artículo 1º será imputado del Presupuesto de gastos en vigencia. Art. 3º. REFRENDARÁN la presente el Sr., Secretario de Cultura y Turismo, el Secretario de Economía, Finanzas y Control

de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION Nº 0029/13 (15-01-2013) Art. 1º. AUTORIZAR, a la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión a abonar un (1) día de viático más $1.000

(Pesos mil) por gasto de combustible con cargo a rendir al Ing. Abel H BOYERO, Secretario de Infraestructura Obras y Servicios Públicos, con motivo del viaje a la Ciudad de Rawson el día 08 de Enero del corriente año para realizar gestiones oficiales, según lo expuesto en los considerandos.

Art. 2º. DICHO, gasto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia. Art. 3º. REFRENDARÁN la presente Resolución el Señor Secretario de Infraestructura Obras y Servicios Públicos y el Señor

Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION Nº 0030/13 (14-01-2013) Art. 1º. AUTORIZAR, a la Secretaría de Economía y Finanzas a abonar 2 (dos) días de viáticos al Arq. Aldo FLAGEL, Interno

Nº 1339, Cat. 24 de la Dirección Gral. De Ejecución de Obras de Arquitectura, dependiente de la Secretaria de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, con motivo del viaje a realizar a la ciudad de Buenos Aires, los días 10 y 11 de Enero del corriente año, para efectuar gestiones oficiales.

Art. 2º. DICHO, gasto será imputado a la partida correspondiente del prepuesto en vigencia. Art. 3º. REFRENDARÁN la presente Resolución el Señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y el Señor

Secretario de Economía y Finanzas. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N° 0031/13 (15-01-2013) Art. 1º. AUTORIZAR, a la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión a abonar (1) un día de viático al Secretario

de Infraestructura Obras y Servicios Públicos Ing. Abel BOYERO, con motivo del viaje a realizar a la ciudad de Buenos Aires el día 10 de Enero del corriente año en misión oficial.

Art. 2º. DICHO, gasto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia. Art. 3º. REFRENDARÁN la presente Resolución el señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y el señor

Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

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RESOLUCION Nº 0032/13 (15-01-2013) Art. 1º. AUTORIZAR a la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión a abonar (03) tres días de viáticos más la

suma de ($600,00) Seiscientos pesos en concepto de gastos de combustible con cargo a rendir al Sr., Daniel Vleminchx DNI. Nº 10.631.861 Secretario de Cultura y Turismo, por el viaje realizado en misión oficial a la ciudad de Rawson durante los días 05 al 07 de Enero de 2.013, en un todo de acuerdo a los considerandos respectivos.

Art. 2º. Lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente Resolución será imputado a la partida del presupuesto de gastos en vigencia.

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente el Sr., Secretario de Cultura y Turismo, el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION Nº 0033/13 (15-01-2013)

Art. 1º. AUTORIZAR, la entrega de $ 5.000 (pesos Cinco Mil) a la Sra. VANNI Ana José, DNI. Nº 30.292.271, a efectos que se haga efectivo el 1º Premio, al cortometraje “ESO ES”, correspondiente al 6º Festival Nacional de Cortometrajes “Corto Rodado” de Comodoro Rivadavia, a depositar en la cuenta bancaria Nº 000000119456, CBU: 2680000611000001194562, Banco Tierra del Fuego.

Art. 2º. AUTORIZAR, la entrega de $ 2.000 (pesos Dos Mil) a la Sra. FRANK, Lucila DNI. Nº: 30.082.293, a efectos que se haga efectivo el 2º Premio, al cortometraje “VIOLETA”, correspondiente al 6º Festival Nacional de Cortometrajes “Corto Rodado” de Comodoro Rivadavia, a depositar en la Cuenta Caja de Ahorros en pesos N° 116-67921/9 del Banco Francés CBU: 0170116240000006792198

Art. 3º. REFRENDARÁN, la presente el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión y el Sr. Secretario de Cultura y Turismo.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION Nº 0034/13 (15-01-2013)

Art. 1º. MODIFICAR el Artículo 1º) de la resolución nro. 1069/2012 DONDE Art. 2º. DICE:

Art. 3º. REFRENDARÁ la presente el señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION Nº 0035/13 (15-01-2013) Art. 1º. AUTORIZAR a la Secretaria de Economía, Finanzas y Control de Gestión a TRANSFERIR a la Cuenta Corriente del

Banco del Chubut SA., nro. 4600278/9, a nombre de la Agencia “Comodoro Conocimiento”, la suma de trescientos mil pesos ($ 30O.000, 00) como aporte presupuestario para atender los gastos de dicha Área para el mes de enero de 2013, en un todo de acuerdo a los considerandos respectivos.

Art. 2º. REFRENDARA la presente el señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0036/13 (15-01-2013) Art. 1º. AUTORIZAR a la Secretaria de Economía, Finanzas y Control de Gestión a TRANSFERIR a la Cuenta Corriente del

Banco del Chubut SA., nro.006-001 - 0004600357/1, a nombre del Ente Comodoro Deportes, la suma de Un Millón quinientos mil pesos ($ 1.500.000) como aporte presupuestario para atender los gastos de dicha Área para el mes de enero de 2013, en un todo el acuerdo a los considerandos respectivos.

Art. 2º. REFRENDARA la presente el señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0037/13 (15-01-2013) Art. 1º. INCORPORAR en el Anexo I de la resolución nro. 4027/2011 a la Dirección de Parques y Paseos, con un monto, en

concepto de Caja Chica de $1.500,00 (Pesos Mil Quinientos), designando como responsable de la misma a la señora Graciela Viviana MUSIQUEL (lnt. 2330) y Subresponsable al señor Sergio BRUSCOLI, en un todo de acuerdo a los considerandos respectivos.

Art. 2º. IMPÚTESE lo dispuesto en el artículo precedente a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia. Art. 3º. REFRENDARA la presente el señor Secretario de Economía y Finanzas. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION Nº 0038/13 (15-01-2013) Art. 1º. REINTEGRAR al Dr. Jorge Ceferino ESPINDOLA Coordinador de Salud Bucal, DNI. Nº 14.274.057, la suma total de

Pesos $ 18.900,00. (Pesos Dieciocho Mil Novecientos), en concepto de equipamiento odontológico, destinado al Consultorio Odontológico que funciona en el Centro de Atención Primaria del Barrio Presidente Ortiz; según lo detallado en los considerandos.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la partida correspondiente del presupuesto vigente. Art. 3º. REFRENDARÁN la presente, a Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía,

Finanzas y Control de Gestión.

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Art. 4º. De forma. RESOLUCION Nº 0039/13 (15-01-2013)

Art. 1º. MODIFICAR, el ANEXO I de la Resolución Municipal Nº 3773/12 donde dice “Allapan María Graciela DNI. Nº 17.129.860 para garantizar el derecho a la convivencia familiar la educación y a la salud $1000 1 mes,” deberá decir “Allapan María Graciela DNI. Nº 17.129.659 para garantizar el derecho a la convivencia familiar la educación y a la salud $1000 1 mes,”

Art. 2º. REFRENDARAN la presente La Sra. Secretario de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 3º. De forma. RESOLUCION Nº 0040/13 (15-01-2013)

Art. 1º. INCORPORAR en el Anexo II de la Resolución N° 3005/12 a la Sra. MILLALONCO, María Cristina DNI. Nº 20.211.773 para el pago del subsidios sin cargo a rendir por un monto total de Pesos Doscientos ($200), por la participación en el Te del Día de la Madre realizado por la Secretaria de Desarrollo Humano y Familia.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes Sub partida Actividades No Lucrativas.

Art. 3º. REFRENDARAN la presente el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública, la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION Nº 0041/13 (15-01-2013)

Art. 1º. VETAR PARCIALMENTE la Ordenanza Nº 7060-3/12, en sus y 9º, conforme lo autoriza el artículo 83, de la Carta Orgánica ejercicio de las atribuciones señaladas en el artículo 96, numeral 3 de la C.O.M.

Art. 2º. REFRENDARÁ a presente Resolución el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0042/13 (15-01-2013) Art. 1º. REGLAMENTAR el Art. 8 inciso b) de la Ordenanza 5356/94. Art. 2º. Entiéndase por Informe Bromatológico al Análisis Microbiológico del Agua potable utilizada en las duchas, sanitarios y

demás, de los gimnasios, para el aseo y/o ingesta de los asistentes a las diferentes actividades en él desarrolladas y del personal que Elaboran los mismos.

Art. 3º. Los gimnasios cuya superficie utilizable sea de 50 m2 o menor deberán contar con un tanque de reserva de agua de 1000 lts y los de superficie mayor deberán tener una reserva de agua incrementada en forma proporcional a la superficie cubierta. Los tanques y/o cisternas deberán encontrase en perfectas condiciones de higiene y mantenimiento con tapas y cierres herméticas. En caso de ser necesario se verificaran los fondos de los mismos los que deberá estar libre de cualquier tipo de suciedad.

Art. 4º. El análisis de agua mencionado en el Art. 2º deberá realizarse con una frecuencia semestral y cumplir con los siguientes parámetros microbiológicos: El recuento heterótrofo en placa no deberá ser superior a 500 UFC/ml (Agar 35º C ± 0,5 0) Coliformes Totales: El número más probable no deberá ser mayor de 3/100 ml scherichiacoli: Ausencia en 100 ml

Pseudomona Aeruginosa: Ausencia en 100 ml Art. 5º. Cuanto a un gimnasio cuente con mas d un tanque de reserva de agua y estos no estén interconectados en una sola

bajada deberá realizarse un análisis por cada tanque. Art. 6º. Los análisis deberán ser presentados ante el requerimiento de la autoridad municipal y podrán ser realizados en

laboratorios particulares u oficiales habilitados. En caso de efectuarlos en el Laboratorio Municipal se deberán abonar las tasas correspondientes, fijadas en la Ordenanza Tributaria Anual.

Art. 7º. Si los análisis arrojan resultados DEFICIENTE (NO APTOS PARA EL CONSUMO, HIGIENE PERSONAL, ETC), deberá prohibirse el uso de agua del tanque, hasta tanto los análisis no arrojen resultados de APTITUD, Indicando esta prohibición de uso con cartelería bien visible en todos los lugares donde existan grifos.

Art. 8º. Deberá realizarse inmediatamente la limpieza y desinfección del tanque y/o cisterna y red interna de distribución de agua potable, con posterioridad a ello se deberán efectuar nuevos análisis para verificar la eficacia de la desinfección. Mientras dure la anomalía bacteriológica y el proceso de desinfección, deberá utilizarse, para la bebida agua de procedencia segura.

Art. 9º. Las infracciones a los requisitos y condiciones establecidas en la presente reglamentación serán sancionadas de acuerdo con lo prescripto en el Anexo VII (Sanciones e Infracciones) de la Ordenanza Tributaria Anual.

Art. 10º. Será autoridad de Aplicación la Dirección de Bromatología y Laboratorio dependiente de la Subsecretaría de Fiscalización de la Secretaría de Gobierno y Función Pública de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia.

Art. 11º. REFRENDARÁN la presente los Sres. Secretarios de Gobierno y Función Pública, de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 12º. De forma. RESOLUCION Nº 0043/13 (15-01-2013)

Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 6112-1/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión y la Secretaria

General y Relaciones Comunitarias. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0044/13 (15-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.802/12.

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Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0045/13 (15-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 10.810/1 2. Art. 2º. REFRENDARÁ la presente Resolución el Secretario de Gobierno y Función Pública. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0046/13 (15-01-2013) Art. 1º. RECHAZAR el reclamo promovido por el agente Hernán Alejandro SALINAS, interno 1260, Legajo 2036, de pago

retroactivo correspondiente al período Mayo de 2001 a Agosto de 2009, de la bonificación adicional mensual establecida en la Resolución Nro. 664/85, en mérito a los argumentos detallados en la presente.

Art. 2º. NOTIFIQUESE de la presente Resolución al agente Hernán Alejandro SALINAS. Art. 3º. REFRENDARA la presente Resolución el Señor Secretario de Gobierno y Función Pública y el Secretario de

Seguridad. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION Nº 0047/13 (15-01-2013) Art. 1º. Autorizar a la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión a realizar el día 15 de Marzo del 2013 un sorteo

de cuatro (4) viajes, cada uno, para dos personas con estadía y excursiones a los siguientes destinos: Córdoba, Iguazú, Mendoza y Ciudad de Buenos Aires. El mismo se realizará en forma gratuita entre los contribuyentes que registren cumplidas la totalidad de sus obligaciones tributarias respecto de los Impuestos Inmobiliario y Automotor, Tasa de Higiene Urbana y Contribución por Ocupación de Tierras Fiscales al 31/12/2012.

Art. 2º. No podrán participar del presente sorteo aquellos contribuyentes que registren deudas o financiación de las mismas, tanto en sede administrativa como judicial, por los tributos indicados en el artículo precedente.

Art. 3º. A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1° de la presente se emitirá el padrón de los contribuyentes en condiciones de participar del presente sorteo. Los mismos se confeccionarán asignando un número de orden ascendente según la siguiente secuencia.

Art. 4º. Partida impuesto Inmobiliario. Art. 5º. Partida Tasa de Higiene Urbana. Art. 6º. Partida de Contribución por Ocupación de tierras Fiscales. Art. 7º. Dominio Impuesto Automotor. Art. 8º. El sorteo se llevará a cabo con la presencia y actuación de Escribano Público el cual mediante uso de bolillero manual

procederá a la formación de los números de orden que resultarán ganadores Cumplido el sorteo y a los efectos de la adjudicación del premio, el ganador deberá presentar al momento de la entrega del mismo el recibo de pago correspondiente y su Documento Nacional de Identidad.

Art. 9º. En caso de que un mismo contribuyente resultase ganador de más de un premio se deberá realizar el sorteo de un nuevo número de orden.

Art. 10º. Cumplido el sorteo y a los efectos de la adjudicación del premio el ganador deberá presentar al momento de la entrega del mismo su Documento Nacional de Identidad a los fines de acreditar la titularidad del bien.

Art. 11º. El premio se hará entrega únicamente al contribuyente que hubiere resultado beneficiario del premio, el que no se canjeará por dinero y deberá ser retirado en plazo máximo de 60 días corridos contados a partir de la fecha de notificación en el domicilio del beneficiario. Transcurrido dicho plazo caducará el derecho a retirar el premio obtenido el que será destinado a futuros sorteos.

Art. 12º. El personal político de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia se encuentra excluido de la participación del presente sorteo.

Art. 13º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 14º. De forma.

RESOLUCION Nº 0048/13 (15-01-2013) Art. 1º. DECLARAR de Legítimo Abono, la Factura “C” N° 0001-00000001 de fecha 17/12/2012 por un valor de ($30.000,00)

Treinta mil pesos de la firma V.M.P. Servicios, por servicio de sonido e iluminación realizado en el Festival “Día de la Democracia y la Libertad” que se llevó a cabo el día 09 de Diciembre/12 en instalaciones del Centro cultural de esta ciudad.

Art. 2º. Lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente, será imputado de la partida del Presupuesto en vigencia. Art. 3º. REFRENDARÁN la presente el Sr., Secretario de Cultura y Turismo y el Secretario de Economía, Finanzas y Control

de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION Nº 0049/13 (15-01-2013) Art. 1º. DECLARAR DE LEGITIMO ABONO, la Factura ‘E” Nº 0001-00000103 por un importe total de $ 11.600. (Pesos once

mil seiscientos) de fecha 30 de Octubre de 2012, presentada por la Empresa Servicios generales y Transporte LUCA de Luz del Carmen RIVERA, con el alcance de los considerándoos expuestos en la presente Resolución.

Art. 2º. Lo dispuesto en el Artículo anterior se imputará a la Partida 1200000000 - Gastos de Funcionamiento, 1200010300 Servicios Varios 1200010360 Contratación Equipo Vial.

Art. 3º. Por el Área de Sumario, dependiente de la Asesoría Letrada, iníciese el Sumario Administrativo, conforme lo establece el Artículo 79º de la Ordenanza de Contabilidad.

Art. 4º. REFRENDARÁN la presente el señor Secretario de Infraestructura Obras y Servicios Públicos y el señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma.

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RESOLUCION Nº 0050/13 (15-01-2013) Art. 1º. CONTRATAR en forma directa a la firma Etap s.r.l. en concepto de alquiler de colectivo para 62 pasajeros tramo

Comodoro Rivadavia, Córdoba / Comodoro Rivadavia, para el traslado de la Delegación que nos representará en el 41º Certamen para nuevos valores Pre -Cosquin en la ciudad de Córdoba que se llevará a cabo durante los días 11 y 12 de Enero 2.013, en un todo de acuerdo en lo dispuesto por el artículo 54, 1, A, Inciso f) de la Ordenanza de Contabilidad.

Art. 2º. AUTORIZAR a la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión a abonar a la firma Etap s.r.l. la suma de cincuenta y seis mil ochocientos pesos ($56.800,00), en concepto de en concepto de alquiler de colectivo para 62 pasajeros tramo Comodoro Rivadavia /Córdoba / Comodoro Rivadavia; en un todo de acuerdo a los considerandos expuestos y a lo dispuesto en el artículo anterior.

Art. 3º. El gasto que implique el cumplimiento de la presente deberá será afectado a la Partida de gastos de presupuesto en vigencia.

Art. 4º. REFRENDARÁN la presente el Sr., Secretario de Cultura y Turismo, el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma.

RESOLUCION Nº 0051/13 (15-01-2013) Art. 1º. DESIGNAR a la Contadora Iara manso, interno nro. 2013, legajo nro. 2619, categoría 24 de la planta permanente,

como Directora General de Relaciones Fiscales, dependiente de la Subsecretaria de Recursos Fiscales, de la Secretaria de Economía, Finanzas y Control de Gestión, a partir del 01 de enero de 2013, en un todo de acuerdo a los considerandos expuestos.

Art. 2º. REFRENDARAN la presente el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión y el señor Secretario de Gobierno y Función Pública.

Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0052/13 (15-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 10.803/12. Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0053/13 (16-01-2013) Art. 1º. VETAR TOTALMENTE la Ordenanza 3614-8/12, conforme lo autoriza artículo 83, de la Carta Orgánica Municipal en

ejercicio de las atribuciones señaladas en el artículo 96, numeral 3 de la C.O.M. Art. 2º. REFRENDARÁ la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0054/13 (16-01-2013) Art. 1º. VETAR PARCIALMENTE la Ordenanza Nº 10.801/12, en sus artículos 3º, 4º,5º y 8º, conforme lo autoriza el artículo

83, de la Carta Orgánica Municipal en ejercicio de las atribuciones señaladas en el artículo 96, numeral 3 de la C.O.M. Art. 2º. REFRENDARÁ la presente Resolución el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0055/13 (16-01-2013) Art. 1º. DECLARAR DE LEGITIMO ABONO, Las Factura “C” Nº 001-00000106 por la suma de $24.500 (Pesos Veinticuatro

Mil Quinientos), de fecha 31 de Diciembre del 2012, presentada por la Firma Servicios Generales y Transporte LUCA, en el Despacho de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.

Art. 2º. Lo dispuesto en el Artículo anterior se imputará a la Partida 120035000 - Trabajos Públicos, 1200350200 - Mantenimiento de Espacios Públicos 1200350203- Mantenimiento de Espacios correspondiente al presupuesto en vigencia.

Art. 3º. POR el Área de Sumario, dependiente de la Asesoría Letrada, iníciese el Sumario Administración, conforme lo establece el Artículo 79º de la Ordenanza de Contabilidad.

Art. 4º. REFRENDARÁN la presente el señor Secretario de Infraestructura Obras y Servicios Públicos y el señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma.

RESOLUCION Nº 0056/13 (16-01-2013) Art. 1º. AUTORIZAR, en un todo de acuerdo al Artículo 8º de la Ordenanza Nº 10.303/11, a la Secretaría de Economía,

Finanzas y Control de Gestión a compensar partidas, de acuerdo al siguiente detalle:

DESAFECTAR Secretaría de Gobierno y Función Pública 1200021000 BIENES DE CAPITAL 1200021210 Otros 50.000,00- TOTAL A DESAFECTAR 50.000,00- AFECTAR Secretaria de Gobierno y Función Pública 1200021000 BIENES DE CAPITAL 1200021190 Equipos de Computación 50.000,00- TOTAL A AFECTAR 50.000,00-

Art. 2º. REFRENDARAN la presente el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública, y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 3º. De forma.

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RESOLUCION Nº 0057/13 (16-01-2013) Art. 1º. DESIGNAR como integrantes del Equipo de Formulación de la Unidad Ejecutora Municipal, y con la finalidad de dar

cumplimiento a las diferentes etapas del Proyecto Ejecutivo Integral (P.E.I.) del Programa de Mejoramiento Barrial (PROMEBA) del Bº Máximo Abásolo y San Cayetano, a los siguientes profesionales:

- Coordinador Programa Mejoramiento Barrial (PROMEBA): Arq. Marcelo SOLOHAGA - Responsable Formulación del Programa: Tec. Amb. Susana MALERBA - Responsable Social Lic.: Catalina HUENTEQUEO - Responsable Legal: Dra. Mariana PAREDES - Responsable Ambiental: Geog. Fabricio BAEZA - Responsable Urbano Arq. Silvio LAMBRECHT

Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0058/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.804/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0059/13 (16-01-2013) Art. 1º. PREADJUDICAR EN VENTA conforme al art. 54º de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12 a favor

de la Sra. RAMIREZ, Marisol Natalia DNI. Nº 35.936.812, la parcela “16” de la manzana “84” del Barrio DON BOSCO de esta Ciudad, con una Superficie de 201.01 m2, Partida Nº 54635 para dar solución habitacional.

Art. 2º. OTORGAR a favor de la Sra. RAMIREZ, Marisol Natalia DNI. Nº 35.936.812 un plazo de 90 días corridos a partir de la demarcación, para realizar la efectiva posesión del lote pre adjudicado, lo cual implica cercar el predio para su guarda y un plazo de 180 días corridos a partir de la notificación de la presente para la presentación de la documentación técnica, mediante el correspondiente inicio del expediente de obra; vencidos dichos plazos y constatado el incumplimiento de las condiciones impuestas, se procederá al recupero del mismo en forma automática, conforme al Art. 11° de la O. G.T.F

Art. 3º. PROHIBICION DE CESION: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos de Pre adjudicación o adjudicación, sin previa autorización municipal; será nula y de ningún valor la transferencia título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente, conforme lo establece el Art. 15º) de la Ordenanza precitada.

Art. 4º. PROCEDER a la publicación de la presente Resolución y a la apertura del REGISTRO DE IMPUGNACIONES de acuerdo a lo estipulado en el Art. 10º) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12.

Art. 5º. CUMPLIDO con la Pre-Adjudicación, se procederá a la Adjudicación en venta, conforme al Artículo 12º) de la Ordenanza General de Tierras.

Art. 6º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Infraestructura Obras y Servicios Públicos. Art. 7º. De forma.

RESOLUCION Nº 0060/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.809/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0061/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 9767-1/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0062/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.806/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos.- Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0063/13 (16-01-2013) Art. 1º. AUTORIZAR la Comisión de Servicio de los agentes municipales • PAIRO Francisco (DNI. Nº 16.756.635), Interno Nº 742, Cat. 21. • SOTO Oscar (DNI. Nº 29.090.494), Interno Nº 2447, Cat. 21(a/c). Art. 2º. AUTORIZAR a la Secretaria de Economía, Finanzas y Control a abonar tres (03) días de viáticos a favor de: • LLANOS MASSA Ana María (DNI. Nº 14.086.340), Secretaria de Desarrollo Humano y Familia. • PAIRO Francisco (DNI. Nº 16.756.635), Interno Nº 742, Cat. 21. • SOTO Oscar (DNI. Nº 29.090.494), Interno Nº 2447, Cat. 21(a/c). Art. 3º. IMPUTAR los gastos que demande el cumplimiento del artículo 2º de la presente a la partida correspondiente del

Presupuesto de Gastos en vigencia. Art. 4º. REFRENDARAN la presente, la Señora Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Señor Secretario de

Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 5º. De forma.

RESOLUCION Nº 0064/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.822/12. Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos.-

Page 11: B BOOLLEETTIINN OOFFIICCIIAALL · 2013-02-04 · Art. 1º. DESIGNAR, en forma provisoria, a partir del 01 de Octubre de 2012, a señor MARTINEZ, Leonardo N. Int. Nº 2424 - Legajo

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Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0065/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.834/12. Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos.- Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0066/13 (16-01-2013) Art. 1º. Reintegrar al Señor Intendente Municipal, Sr. Néstor José Di Pierro, la suma de Pesos CUATRO MIL SEISCIENTOS

SETENTA Y TRES CON 00/00 ($ 4.673,00) en concepto de pago de las facturas Nº 0001 - 00000159 de Paula Verónica Caucigh ($ 2.000,00); Nº 0001- 00004087 de Cantina Marcelino S.R.L. ($ 1.362,00) y Nº 0001 - 00000159 de Puchero Center S.R.L. ($ 1.311,00) en un todo de acuerdo a los considerandos respectivos.

Art. 2º. Reintegrar al Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión, Dr. Diego Alejandro Touriñan, la suma de Pesos DOS MIL TRESCIENTOS QUINCE CON 00/00 ($ 2.315,00) en concepto de pago de la factura Nº 0001 - 00000160 de Paula Verónica Caucigh en un todo de acuerdo a los considerandos respectivos.

Art. 3º. Impútese el gasto que implique el cumplimiento del artículo primero en la partida correspondiente al presupuesto en vigencia.

Art. 4º. Refrendaran la presente el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión y la Sra. Secretaria General y de las Relaciones Comunitarias.

Art. 5º. De forma.

RESOLUCION Nº 0067/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.829/12. Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0068/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.836/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0069/13 (16-01-2013) Art. 1º. Transferir la suma de pesos $100.000 (pesos cien mil) al Ente Autárquico Comodoro Deportes, con obligación de

rendir cuentas, para ser destinado al Programa Apoyo a Instituciones Deportivas (Res. 2957/12). Art. 2º. Imputar lo dispuesto en el artículo anterior a la cuenta especial de Responsabilidad Social Empresaria nro. 06-01-

4600624/4 del Banco del Chubut SA. Art. 3º. Refrendarán la presente los Secretarios de Gobierno y Función Pública, y Secretario de Economía, Finanzas Y

Control De Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION Nº 0070/13 (16-01-2013) Art. 1º. MODIFICAR el Artículo Nº 1 de la Resolución Nº 1848/02, designando como representantes en la Comisión de

Precios y Renegociación de Contratos de Obra Pública, en un todo de acuerdo a los considerandos respectivos a la Contadora Nora Cabaleiro y/o Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión

Art. 2º. REFRENDERÁ la presente el Señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0071/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.838/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0072/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.837/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0073/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.839/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0074/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.840/1 2.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0075/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.841/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

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RESOLUCION Nº 0076/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.842/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0077/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.843/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0078/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10,844/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos., Art. 3º. De forma

RESOLUCION Nº 0079/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.845/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0080/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.821/1 2.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma

RESOLUCION N° 0081/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 10.831/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0082/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.832/12.- Art. 2º. REFRENDARÁ la presente Resolución el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0083/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.813/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0084/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.812/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Infraestructura. Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0085/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.811/12. Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0086/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.846/12.- Art. 2º. REFRENDARÁ la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0087/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.847/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0088/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.848/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0089/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10. 826/1 2.- Art. 2º. REFRENDARÁ la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos Art. 3º. De forma

RESOLUCION Nº 0090/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.833/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.

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Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0091/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.820/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0092/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.819/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0093/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 10.817/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0094/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.818/12. Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0095/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10816/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0096/13 (16-01-2013) Art. 1º. Autorizar la contratación en forma directa de la provisión del combustible para la flota municipal hasta agotar el

importe indicado en cada caso, de acuerdo al siguiente detalle:

-BELVEDERE S.A. (Estación de Servicio Belvedere) $ 400.000,00 (pesos cuatrocientos mil). -PETROPAT S.R.L. (Estación de Matías) $ 700.000,00 (pesos setecientos mil). -NOSELLA, EDDA LUCÍA ADUA (Estación de Servicio 13 de Diciembre) 600.000,00 (pesos Seiscientos mil).

-ZONA CERO S.A. (Estación de Servicio Zona Cero) $ 200.000,00 (pesos doscientos mil). -CYL S.R.L. (Estación de Servicio Mapú-Antú) $ 150.000,00 (pesos ciento cincuenta mil).

Art. 2º. El presente gasto será imputado en la partida Combustibles y Lubricantes del presupuesto en vigencia correspondiente al ejercicio 2013.

Art. 3º. REFRENDARAN la presente resolución el Sr. Secretario de Economía y Finanzas y el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.

Art. 4º. De forma.

RESOLUCION Nº 0097/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.815/1 2.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0098/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.814/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0099/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.828/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0100/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.825/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0101/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.835/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0102/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.827/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

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RESOLUCION Nº 0103/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº10. 823/1 2.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0104/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.824/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0105/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.830/12.- Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0106/13 (16-01-2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza Nº 10.808112 Art. 2º. REFRENDARÁ la presente Resolución el Secretario de Gobierno y Función Pública. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0107/13 (17-01-2013) Art. 1º. AUTORIZAR, a la Secretaria de Economía, Finanzas y Control de Gestión a abonar el Servicio Adicional de Policía

por la suma de pesos un millón ciento veinte un mil quinientos veinte seis con 00/100 ($ 1.121.526,00), en los términos del Artículos 54, 1 A inciso f) de la Ordenanza de Contabilidad nº 38444/02 en todo un acuerdo a los considerandos expuestos.

Art. 2º. Encomendar a la Dirección General de Seguridad y Protección Patrimonial a realizar todos los procedimientos pertinentes para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º de presente Resolución.

Art. 3º. El importe mencionado en el articulo 1° será imputado al presupuesto de gastos en vigencia: Otros Gastos: Otros Servicios.

Art. 4º. REFRENDARA la presente el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión y Sr. Secretario de Gobierno y Punción Pública.

Art. 5º. De forma.

RESOLUCION Nº 0108/13 (17-01-2013) Art. 1º. MODIFICAR el artículo 1º) de la Resolución Nro. 3656/2012 donde dice: ADJUDICAR la Licitación Privada Nº

05/2012... Debe decir: ADJUDICAR la Licitación Pública Nº 05/2012..., en todo un acuerdo a los considerandos puestos.

Art. 2º. REFRENDARÁN la presente Resolución el señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y el señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0109/13 (17-01-2013) Art. 1º. OTORGAR subsidios sin cargo a rendir a favor de los beneficiarios detallados en los Anexo I y II, por el monto Total

de Pesos Diecinueve Mil Ochocientos Noventa y Ocho ($ 19. 898 00 ) los cuales forman parte de la presente Resolución por los montos especificados en cada uno.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de trasferencias Corrientes - Sub partida Actividades No Lucrativas.

Art. 3º. REFRENDARAN la presente a Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma.

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RESOLUCION Nº 0110/13 (17-01-2013) Art. 1º. REINTEGRAR al Sr. Intendente Municipal Néstor Dl PIERRO, la suma total de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS

NOVENTA Y NUEVE ($2.499.) en concepto de gastos ocasionados por la adquisición de indumentaria deportiva, en un todo de acuerdo a lo mencionado en los considerandos.

Art. 2º. Lo dispuesto en el artículo anterior se imputará en la partida correspondiente del presupuesto en vigencia. Art. 3º. REFRENDARA la presente el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION Nº 0111/13 (17-01-2013) Art. 1º. DECLARAR DE LEGITIMO ABONO la Factura “C” 0001-00002480 de fecha 02/01/2013 correspondiente a Paparazzi

Fotografías de Raúl Oscar ARTURO, por un importe de $ 20.000. (Pesos Veinte Mil), en un todo de acuerdo a los considerandos respectivos.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Gastos de Funcionamiento - Otros Gastos Otros Servicios del Programa Dirección de Prensa y Comunicación Institucional dependiente de la Secretaría General y de Relaciones Comunitarias.

Art. 3º. POR el Área de Sumarios, dependiente de Asesoría Letrada Municipal, iníciese el sumario correspondiente (Art. 79º de la Ordenanza 3834/91).

Art. 4º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaria General y de Relaciones Comunitarias y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma.

RESOLUCION Nº 0112/13 (17-01-2013) Art. 1º. DECLARAR DE LEGITIMO ABONO, el importe total de 19.000,00 (Pesos Diecinueve Mil ), correspondiente a las

facturas detalladas en el Anexo I presentada por la Proveedora Automotriz, con los alcances de los considerando expuestos en la presente Resolución.

Art. 2º. Lo dispuesto en el Artículo anterior se imputara a la Partida 1200010000- Gastos de Funcionamiento, 1200010300- Servicios Varios, 1200010350- Contratación Equipo Vial.

Art. 3º. Por el área de Sumario, dependiente de la Asesoría Letrada, iníciese el sumario administrativo, conforme lo establece el Artículo 79º de la Ordenanza de Contabilidad.

Art. 4º. REFRENDARAN la presente el Secretario de Infraestructura Obras y Servicios Públicos y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y control de Gestión.

Art. 5º. De forma.

RESOLUCION Nº 0113/13 (17-01-2013) Art. 1º. INCORPORAR, al listado de la Resolución 3574/12 al personal contratado que se detalla en el ANEXO I adjunto al

presente. Art. 2º. MODIFICAR, el monto del aumento a percibir establecido en la Resolución 3574/12 para la Sra. Paredes conforme lo

establecido en el Anexo II adjunto al presente. Art. 3º. AUTORICESE, a la Secretaria de Economía, Finanzas y Control de Gestión a realizar las adecuaciones

presupuestarias necesarias que posibiliten el cumplimiento de lo dispuesto en los Arts. Primero y segundo de la presente.

Art. 4º. REFRENDARAN, la presente el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión y el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública.

Art. 5º. De forma.

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RESOLUCION Nº 0114/13 (18-01-2013) Art. 1º. RECHAZAR el Reclamo Resarcitorio Previo interpuesto por el Sr. Idalio DOS SANTOS PIRES contra la

Municipalidad de Comodoro Rivadavia conforme a las causas y a los considerandos respectivos. Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Señor Secretario de Infraestructura Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION Nº 0115/13 (18-01-2013) Art. 1º. RENOVAR los contratos de Locación de Obra, de las personas que se detallan en el Anexo I, para cumplir funciones

en la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión, por el lapso de 06 (seis) meses, durante el periodo 01 de Enero de 2013 al 30 de Junio 2.013.

Art. 2º. AUTORIZAR, al Señor Subsecretario de Recursos Humanos, a suscribir los contratos de Locación de Obra de las personas contratadas de acuerdo al artículo anterior.

Art. 3º. Los gastos que demande el cumplimiento del Art. 1° de la presente serán imputados al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2013.

Art. 4º. Refrendarán la presente el Señor Secretario de Gobierno y Función Pública y el Señor Secretario de Economía Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma.

ANEXO I

RESOLUCION Nº 0116/13 (18-01-2013) Art. 1º. RENOVAR, mediante Locación de Obra, al Sr. Ángel Ezequiel MANQUEMILLA, DNI: 36.053.020 para cumplir

funciones en la Dirección General de Tránsito, dependiente de la Secretaria de Gobierno y Función Pública, por el lapso de tres (03) meses, durante el periodo de 01 de Octubre de 2012 al 31 de Diciembre de 2012.

Art. 2º. AUTORIZAR, al Señor Subsecretario de Recursos Humanos, a suscribir los contratos de Locación de Obra de las personas contratadas de acuerdo al artículo anterior.

Art. 3º. Los gastos que demande el cumplimiento del Art. 1º de la presente serán imputados al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2013.

Art. 4º. REFRENDARA la presente resolución el Señor Secretario de Gobierno y Función Pública, y el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma.

RESOLUCION Nº 0117/13 (18-01-2013) Art. 1º. RENOVAR el contrato mediante Locación de Obra, a la Sra. Ana Mariela RUIZ, DNI: Nº 26.857.226 para cumplir

funciones en la Dirección General de Licencia de Conducir, dependiente de la Secretaria de Gobierno y Función Pública, por el lapso de 06 (seis) meses, durante el período 01 de Enero de 2013 al 30 de Junio 2.013,

Art. 2º. AUTORIZAR, al Señor Subsecretario de Recursos Humanos, a suscribir los contratos de Locación de Obra de las personas contratadas de acuerdo al artículo anterior.

Art. 3º. Los gastos que demande el cumplimiento del Art. 1º de la presente serán imputados al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2013.

Art. 4º. Refrendarán la presente el Señor Secretario de Gobierno y Función Pública y el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma.

RESOLUCION Nº 0118/13 (18-01-2013) Art. 1º. RENOVAR el contrato mediante Locación de Obra, a la Srta. María Alejandra ASKENAZI, DNI: 29.902.902 para

cumplir funciones en la Asesoría Letrada Municipal, por el lapso de dos (06) meses, durante el periodo de 01 de Enero de 2013 al 30 de Junio de 2013.

Art. 2º. AUTORIZAR, al Señor Subsecretario de Recursos Humanos, suscribir los contratos de Locación de Obra de las personas contratadas de acuerdo al artículo anterior

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Art. 3º. Los gastos que demande el cumplimiento del Art. 1° de la presente serán Imputados al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2013.

Art. 4º. REFRENDARAN la presente resolución el Señor Secretario de Gobierno y Función Pública y el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma.

RESOLUCION Nº 0119/13 (18-01-2013) Art. 1º. RENOVAR los contratos de Locación de Obra, de las personas que se detallan en el anexo I, para cumplir funciones

en la Secretaria de Cultura y Turismo, por el lapso de tres (03) meses, durante el periodo de 01 de Enero de 2013 al 31 de Marzo de 2013.

Art. 2º. AUTORIZAR, al Señor Subsecretario de Recursos Humanos, suscribir los contratos de Locación de Obra de las personas contratadas de acuerdo al artículo anterior.

Art. 3º. Los gastos que demande el cumplimiento del Art. 1º de la presente serán imputados al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2013.

Art. 4º. REFRENDARAN la presente resolución el Señor Secretario de Cultura y Turismo, el Señor Secretario de Gobierno y Función Pública y el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma.

ANEXO I

Ordenanza Nº 3614-8/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: MODIFICAR los usos y límites de zonificación establecidos por la Ordenanza 3614-7/12 (Uso de suelo) asignando

para las Áreas del Ejido demarcadas en plano Anexo X, la caracterización de ZONA DE AMPLIACIÓN URBANA.- Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese

y cumplido ARCHÍVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 6112-1/12

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EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

Artículo 1º: INCORPORAR artículo 4º a la Ordenanza Nº 6112/96, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ESTABLECER que toda iniciativa para solicitar cambios de nombres en calles de la ciudad debe ser presentada ante el Concejo Deliberante con la aceptación del 75% de los vecinos que viven en dichas calles. La presentación de la mencionada solicitud deberá estar acompañada por una planilla en la que consten: Apellido – Nombre – DNI y dirección de cada vecino relevado”.- Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.- Ordenanza Nº 7060-3/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

Artículo 1º: SUSTITUYASE el artículo 9º de la Ordenanza Nº 7060/00, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 9º: Procedimiento Técnico – Administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental está integrado por las siguientes etapas:

a) La presentación de la solicitud de categorización. b) La categorización de las actividades y/o proyectos.

c) La presentación del Manifiesto de Impacto Ambiental acompañado de un Estudio Técnico de Impacto Ambiental. d) El Dictamen Técnico e) La Audiencia Pública de los interesados y potenciales afectados. f) La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) g) El Certificado de Alta Ambiental. Artículo 2º: SUSTITUYASE el artículo 15º de la Ordenanza Nº 7060/00, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 15º: Para las actividades, Proyectos, Programas o Emprendimientos categorizados como de Mediano Impacto Ambiental que no deban someterse al Procedimiento Técnico – Administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental la autoridad de aplicación otorga una Constancia de Categorización acompañada del respectivo Certificado de Alta Ambiental.- Artículo 3º: SUSTITUYASE el artículo 30º de la Ordenanza Nº 7060/00, el que quedará redactado de la siguiente manera:

XIV – DEL CERTIFICADO DE ALTA AMBIENTAL Artículo 30º: Cuando la Autoridad de Aplicación se expida por la aprobación de la actividad – Proyecto –

Programa o Emprendimiento, se extiende a favor del interesado, dentro de los cinco (5) días, el Certificado de Alta Ambiental, el cual se define como el documento que acredita el cumplimiento de la normativa de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). Se le dará la misma difusión establecida para el Certificado de Habilitación y/o Autorización.

Artículo 4º: SUSTITUYASE el artículo 31º de la Ordenanza Nº 7060/00, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 31º: Los Certificados de Alta Ambiental deben contener: a) El nombre del Titular b) La ubicación del establecimiento. c) El rubro de la actividad. d) La categoría del establecimiento. e) El plazo o duración temporal de la actividad, proyecto, programa o emprendimiento. Artículo 5º: MODIFIQUESE el artículo 32º de la Ordenanza Nº 7060/00, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 32º: El Certificado de Alta Ambiental cuando correspondiere, mediante Declaración Jurada, deberá renovarse, conforme a las condiciones que establezca la reglamentación, de acuerdo a los siguientes plazos: Alto Impacto Ambiental cada dos (2) años. Mediano Impacto Ambiental cada cuatro (4) años. Artículo 6º: SUSTITUYASE el artículo 39º de la Ordenanza Nº 7060/00, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 39º: La Autoridad de Aplicación ordena la suspensión de las actividades, proyectos, programas o emprendimientos cuando concurrieran algunas de las siguientes circunstancias: a) Encubrimiento y/u ocultamiento de datos, su falseamiento, adulteración o manipulación maliciosa en el procedimiento de evaluación y de renovación del Certificado de Alta Ambiental. b) Incumplimiento o transgresión de las condiciones ambientales impuestas para la ejecución del proyecto. Artículo 7º: SUSTITUYASE el artículo 42º de la Ordenanza Nº 7060/00, el que quedará redactado de la siguiente manera:

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Artículo 42º: En el Rubro General de Evaluación Ambiental se registra la siguiente información: a) Los Manifiestos de Impacto Ambiental y Estudios Técnicos de Impacto Ambiental presentados. b) Las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) y los Certificados de Alta Ambiental otorgados. c) La nómina de responsables de actividades, proyectos, programas o emprendimientos sometidos al Procedimiento Técnico Administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental. d) La constancia de las Audiencias Públicas. e) Todo otro dato que la reglamentación considere importante. Artículo 8º: MODIFIQUESE el artículo 52º de la Ordenanza Nº 7060/00, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 52º: Crease el Impuesto por Impacto Ambiental, cuya contribución será abonada por las personas físicas o jurídicas, titulares o responsables de la actividad, proyecto, programa o emprendimiento sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, una vez producida su categorización y en su caso, previo a la emisión del Certificado de Alta Ambiental o de renovación de alta ambiental. El Poder Ejecutivo Municipal reglamentará el presente artículo estableciendo las categorías de tributación.

Podrán determinarse categorías específicas en el caso de actividades, proyectos, programas o emprendimientos especiales, que por sus características particulares requieran de la aplicación de legislación, reglamentación o procedimientos de evaluación en particular.

El presente impuesto será definido en el Código Fiscal Municipal y sus valores estarán incorporados en las respectivas ordenanzas tributarias anuales. El pago del tributo establecido en el presente artículo en ningún caso reemplaza el pago de las tasas por actuación administrativas que pudieran corresponder.

Artículo 9º: INCORPORASE como artículo 53º de la Ordenanza Nº 7060/00, el siguiente: Artículo 53º: Créase el “Fondo Especial para la gestión y ejecución de proyectos ambientales y la evaluación

y control ambiental de proyectos”. El fondo creado estará destinado a: a) Adquirir materiales, equipamiento y demás elementos que resulten necesarios para

cumplir con los objetivos de gestión y ejecución de proyectos ambientales y/o para la evaluación y control ambiental de proyectos.

b) Capacitar al Personal Municipal para el cumplimiento de los objetivos fijados en el inciso a).-

c) Solventar las contrataciones y adquisiciones que resulten necesarias para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el inciso a).-

d) Atender y satisfacer la demanda de equipamiento que se verifiquen en el ámbito de la estructura de la Subsecretaria de Ambiente o el organismo que en el futuro la reemplace, con motivo del ejercicio de su actividad específica.

El Fondo Especial se integrará con:

a) El Cincuenta por Ciento (50%) de la recaudación anual en Concepto de Impuesto por Impacto Ambiental.

b) Donaciones y legados. c) Los recursos que prevean las respectivas ordenanzas de presupuesto. d) Los recursos que fueren asignados por otras normas que se dicten al efecto.

El Fondo Especial formará parte de las Partidas Presupuestarias que anualmente se asignen a la Subsecretaria de Ambiente o los organismos que en el futuro la reemplacen y se depositará en la Cuenta Especial que a tal efecto habrá de crearse.-

Artículo 10º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial,

regístrese y cumplido ARCHÍVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 9767-1/12

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

Artículo 1º: PRORROGASE el plazo de vigencia establecido en el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 9767/10 – hasta el 31 de Diciembre de 2013.-

Artículo 2º: VENCIDO el plazo establecido en el artículo anterior, caducarán los beneficios establecidos en la presente Ordenanza (Pago del Terreno 50 % del valor de Venta Fiscal, obtención del Título de Propiedad sin la presentación del Libre Deuda por todo concepto y la correspondiente – Documentación Técnica ante la Dirección Gral. de Obras Particulares.-

Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.801/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

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Artículo 1º: ADHIERASE al Decreto Nº 939/2000, que crea el Régimen de Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada, en función de la Aplicación de las Leyes Nº 26.682 – Marco Regulatorio de Medicina Prepaga, Ley Nº 23.660 de Obras Sociales, Ley Nº 23.661 del Sistema Nacional de Seguros de Salud y Decretos Reglamentarios Nº 1993/2011 de Reglamentación de la Ley Nº 26.682 y Decreto Ley 1991/2011 – Modificatorio de la Ley Nº 26.682.-

Artículo 2º: En el Marco de lo establecido por las legislaciones mencionadas en el artículo 1º de la presente, Facultase al Poder Ejecutivo Municipal a la generación de los Convenios que se consideren necesarios para dar cumplimiento a lo normado por el artículo 8º del Decreto 939/2000.-

Artículo 3º: En cumplimiento a lo normado por el artículo 13º del Decreto Nº 969/2000, corresponde a la Subsecretaria de Salud, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Humano y Familia, administrar las herramientas necesarias para la Creación de una Cuenta Especial que deberá ser administrada por la misma Subsecretaria de Salud (Exclusivamente), a los fines de percibir y regular la Administración de los Montos Económicos que por las prestaciones medicas y/o relacionadas a la Salud, se perciban.-

Artículo 4º: AUTORIZASE mediante la presente, a la Subsecretaria de Salud a coordinar las pautas y/o programas que considere necesarias para el efectivo cumplimiento de lo normado en el Art. 13º inc. c del Decreto 939/2000.-

Artículo 5º: FACULTASE a la Subsecretaria de Salud con un plazo de 180 días a partir de promulgada la presente, a los fines de adecuar su funcionamiento a las normativas mencionadas.

Artículo 6º: CONFORME a lo establecido por la Ley 26.682 y su Decreto modificatorio Nº 1991/2011, autorizase al Poder Ejecutivo Municipal a realizar la implementación de políticas, conviniendo oportunamente con las Obras Sociales y prestadoras prepagas de salud, tendientes a la recuperación de costos en razón a las prestaciones médicas realizadas del Régimen a los Afiliados de las mismas.-

Artículo 7º: TODOS aquellos montos económicos que se perciban por imposición de la presente Ordenanza deberán, sin excepciones, ser depositados en la Cuenta Especial que se cree oportunamente para la Aplicación del Régimen de Hospitales Públicos de gestión descentralizada.-

Artículo 8º: EN virtud a lo legislado por los artículos 18º, 19º y 20º del Decreto 1993/2011, Facultase al Poder Ejecutivo Municipal, a través de la Subsecretaria de Salud, a realizar las gestiones necesarias a los fines de cumplimentarse lo allí normado en razón de alcanzar el efectivo cumplimiento de la presente Ordenanza.-

Artículo 9º: DISPONGASE la aplicación de la Resolución Nº 148/2012, emanada por el Ministerio de Salud de la Nación a los fines de encuadrar a los Centros de Salud de la ciudad de Comodoro Rivadavia en el régimen de Hospitales Públicos de gestión descentralizada.-

Artículo 10º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.802/12

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

Artículo 1º: ACEPTAR en los términos prescriptos en el art. 73, inc. 10) de la Carta Orgánica Municipal la transferencia a título gratuito a favor de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut, el Inmueble identificado como Ejido 06, Circunscripción 1, Sector 1, Manzana 74, Solar c, según lo establecido en el artículo 1, inc. a y b de la Ley 26.006.-

Artículo 2º: INCORPORAR el Inmueble identificado precedentemente a los Bienes de Dominio Privado del Ejido Municipal. Artículo 3º: DESTINAR el Inmueble individualizado en el inc. a) del art. 1º de la Ley 26.006, para ampliar las instalaciones de la

Municipalidad de Comodoro Rivadavia.- Artículo 4º: RECONOCER el Derecho de Uso de la Parcela individualizada en el inc. b) del artículo 1º de la Ley 26.006 a

favor de la Unidad Regional de la Policía de la Provincia del Chubut.- Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese

y cumplido ARCHÍVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DECIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.803/12

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con excepción a los artículos 10, 12, 13 y 26 de la Ordenanza General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor de los beneficiarios de la Cooperativa de trabajo y consumo “Patagonia ambiental limitada”, las parcelas que se detallan en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente Ordenanza, del Barrio CENTENARIO – Km.14 de esta ciudad, con cargo a la construcción de Viviendas por parte del IPV y DU.-

Artículo 2º: Los Beneficiarios deberán realizar ante la Dirección General de Rentas, el compromiso de pago de valores de la Tierra.

Artículo 3º: El Municipio se compromete llevar a cabo, a su costo todas las tareas necesarias a efectos de posibilitar la constitución de derechos reales sobre el Inmueble para ser transferido a partir de la fecha en que se efectué el pago del valor de venta.-

Artículo 4º: En caso que el IPV y DU, no construya la vivienda el inmueble será restituido a favor del “MUNICIPIO”.- Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese

y cumplido ARCHÍVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.804/12

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EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

Artículo 1º: DESAFECTAR del DOMINIO PÚBLICO y AFECTAR al DOMINIO PRIVADO MUNICIPAL, parte de las calles ubicadas al Sudoeste de las Mzas. 75, 76, 77 y 78 que se encuentra detalladas en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente Ordenanza, ubicadas en la Zona del CENTENARIO – Km. 14 de esta Ciudad.-

Artículo 2º: PROCEDER por el Ejecutivo Municipal a la correspondiente Autorización de Modificación de Mensura del Sector demarcado en el ANEXO I de la presente Ordenanza.-

Artículo 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.805/12

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

Artículo 1º: ABROGASE la Ordenanza Nº 10.306/11 y 10.306-1/12, la que deberá ser dada de baja del Digesto Municipal. Artículo 2º: FIJASE en los términos del art. 95 de la Carta Orgánica Municipal, a partir del 01 de Enero de 2.013, la

remuneración del Sr. Intendente Municipal en 7 (Siete) Sueldos Básico de la Categoría 24 (Veinticuatro) del Personal de Planta Permanente Municipal. –

Artículo 3º: FIJASE, a partir del 01 de Enero de 2013, la remuneración del Sr. Vice Intendente Municipal en el 90% (Noventa por Ciento), del Sueldo fijado al Sr. Intendente Municipal.-

Artículo 3º: ESTABLECER a partir del 01 de Enero de 2.013 la siguiente porcentualidad para los funcionarios municipales, en relación con la remuneración fijada en el artículo anterior para el Señor Intendente Municipal:

a) Secretarios: el 85%.- b) Subsecretarios el 65%.- c) Asesor Letrado: el 80%.- d) Contador General: el 75%.- e) Asesor y Coordinadores hasta un máximo del 30 %.- f) Jueces de Faltas: el 80%.- g) Concejales: el 85%.- h) Miembros del Tribunal de Cuenta el 85%.- i) Presidente Ente Comodoro Deportes el 85%.- j) Presidente Ente Comodoro Conocimiento el 85%.-

Artículo 5º: ESTABLECER a partir del 01 de Enero de 2.013 la siguiente porcentualidad para los funcionarios municipales, en relación con la remuneración fijada en el artículo anterior para el Señor Vice intendente Municipal:

a) Secretario Legislativo: el 75%.- b) Secretario Administrativo: el 75%.- Artículo 6º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial,

regístrese y cumplido ARCHÍVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.806/12

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

Artículo 1º: ABROGAR de las Ordenanzas detalladas en el ANEXO I de la presente los lotes indicados, por no cumplir con la finalidad y Objetivos del Programa MEJORAMIENTO BARRIAL.-

Artículo 2º: RESERVAR los lotes detallados en el ANEXO I de la presente para regularizar la situación de los actuales ocupantes en el marco de la Ordenanza de Tierras Nº 10.417/12.-

Artículo 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.808/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: IMPONER el nombre de VALENTIN GONZALO al Gimnasio Municipal Nº 2 del Barrio Pueyrredon, situado entre las

calles Avenida Constituyentes, Avenida J. F. Kennedy, calle Dr. Tejo y Avenida Libertad de la Ciudad de Comodoro Rivadavia.-

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Artículo 2º: DICHA imposición se hará efectiva el día 23 de Febrero del 2013, conjuntamente con los actos que se lleven a cabo durante los festejos del Aniversario de nuestra Ciudad.-

Artículo 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.809/12

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

Artículo 1º: AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal, a Adjudicar en Venta, como excepción a la Ordenanza de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, al 50 % (Cincuenta por Ciento) del valor de venta las parcelas que conforman las Manzanas 15, 27, 28, 29, 30, 31, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 42, 43, 44, 45, 46, macizo 47, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 66 y 67 del Barrio Abel Amaya, según nomenclatura provincial, por encontrarse comprendidos en el Programa de Mejoramiento de Barrios instrumentado por la Secretaria de Políticas Sociales de la Provincia del Chubut en un todo en acuerdo a la zona de intervención según plano identificado como ANEXO I, y al informe del estado legal y catastral detallado en el ANEXO II de la presente.

Artículo 2º: SERÁN excluidas de la presente normativa: Las parcelas que cuenten con Titulo de Propiedad.

a) Las parcelas con Resolución que propicie el otorgamiento del Título de Propiedad, de fecha anterior al 20 de Diciembre de 2011 (fecha de inicio del Programa).

b) Las parcelas cuyo valor de venta haya sido cancelado con anterioridad a la fecha de inicio de obras del Programa (20 de Diciembre de 2011).

c) Las parcelas que no resulten exclusivamente de uso residencial, con excepción de pequeños comercios anexos a la vivienda familiar y que justifiquen el mismo como única fuente de ingreso familiar;

d) Las parcelas con mejoras no habitadas por sus titulares y/o las que se encuentren baldías, y aquellas en los cuales sean detectadas familias en condición de locatarias.

e) Las parcelas que no sean destinadas a uso residencial, como comercios, asociaciones, cooperativas, iglesias y otras organizaciones, quedarán excluidas de los alcances de la presente Ordenanza, debiendo aplicarse respecto a estas, las disposiciones de la Ordenanza General de Tierras Fiscales vigente;

f) Las parcelas sobre las que se efectuarán ventas, cesiones y transferencias de mejoras sin la correspondiente autorización municipal durante la ejecución del presente Programa.

Artículo 3º: A efectos de obtener el Título de Propiedad, los beneficiarios deberán previamente haber cancelado el valor de venta fiscal del lote adjudicado, prescindiéndose para ello de la presentación del Certificado de Libre Deuda en concepto de Impuestos, Redes, Tasas, Contribuciones y Servicios, como así también de la correspondiente Documentación Técnica en la Dirección de Obras particulares.

Artículo 4º: Lo establecido en el artículo anterior, es el solo efecto del otorgamiento del Título de Propiedad, debiendo los adjudicatarios beneficiados, presentar el libre de deuda por todo concepto y la documentación técnica, ante el requerimiento de las aéreas municipales pertinentes.

Artículo 5º: Los beneficios concedidos por el presente Programa tendrán vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2015. Vencido dicho plazo, la regularización se realizará conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras vigente.-

Artículo 6º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DECIEMBRE DE 2012.-

ANEXO II -PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

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ANEXO II -PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

ANEXO II- PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

ANEXO II - PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

ANEXO II - PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

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ANEXO II - PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

ANEXO II - PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

ANEXO II - PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

ANEXO II -PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

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ANEXO II - PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

ANEXO II - PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

ANEXO II - PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

ANEXO II - PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

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ANEXO II - PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

ANEXO II - PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

ANEXO II - PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

ANEXO II - PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

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ANEXO II - PROMEBACH BARRIO ABEL AMAYA

Ordenanza Nº 10.810/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: OTORGAR Diez (10) metros lineales de reserva de estacionamiento para Transporte de Caudales a la Firma

HSBC BANK ARGENTINA S.A, sobre calle San Martín al 635, de acuerdo a lo normado por la Ordenanza Municipal Nº 9035/07, Resolución Municipal Nº 756/08 ANEXOS II, de Lunes a Viernes desde las 08:00 hs hasta las 15:00 hs.-

Artículo 2º: El Ejecutivo Municipal mediante las Aéreas correspondientes deberá fiscalizar el cobro del canon correspondiente, estipulado en la Ordenanza Nº 4324/93 – art. 6º.-

Artículo 3º: A través de la Dirección Gral. de Serigrafía y Señalización, deberá proceder a la adecuación e instalación de las señales respectivas, a los efectos de dar cumplimiento a lo normado en los artículos precedentes.

Artículo 4º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.811/12

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el Artículo 12º de la Ordenanza General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. SUAZO, Fabián Alberto D.N.I Nº 32.955.716, el lote “13” de la manzana “76” del Barrio Prospero Palazzo, con una superficie de 200,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 24.000,00. Partida Inmobiliaria Nº 43.353.- Expediente Municipal Nº 2325-S-06.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. SUAZO, Fabián Alberto D.N.I Nº 32.955.716.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.812/12

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el Artículo 12º de la Ordenanza General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. DIAZ, Elizabeth D.N.I Nº 14.075.566, el lote “01” de la manzana “15” del Barrio Centenario, con una superficie de 1.593,65 m2., cuyo valor total de venta es de $ 159.365,00. Partida Inmobiliaria Nº 51.383.- Expediente Municipal Nº 2205-D-99.-

Page 28: B BOOLLEETTIINN OOFFIICCIIAALL · 2013-02-04 · Art. 1º. DESIGNAR, en forma provisoria, a partir del 01 de Octubre de 2012, a señor MARTINEZ, Leonardo N. Int. Nº 2424 - Legajo

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Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. DIAZ, Elizabeth D.N.I Nº 14.075.566.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.813/12

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el Artículo 12º de la Ordenanza General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. SAAVEDRA MUÑOZ, José Belarmino D.N.I Nº 92.653.365, la parcela “05” de la manzana “30” del Barrio Centenario, con una superficie de 1.508,87 m2., cuyo valor total de venta es de $ 150.887,00. Partida Inmobiliaria Nº 58592.- Expediente Municipal Nº 2172-S-10.-.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. SAAVEDRA MUÑOZ, José Belarmino D.N.I Nº 92.653.365.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.814/12

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el Artículo 12º de la Ordenanza General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. NAVARRETE, Claudia Alejandra D.N.I Nº 17.780.219, el lote “01” de la manzana “77” del Barrio Laprida, con una superficie de 223,08 m2., cuyo valor total de venta es de $ 13.384,80. Partida Inmobiliaria Nº 52817.- Expediente Municipal Nº 2437-N-00.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. NAVARRETE, Claudia Alejandra D.N.I Nº 17.780.219.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.815/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el Artículo 12º de la Ordenanza

General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. CHILEBAUM, Raúl Federico D.N.I Nº 23.034.267, la parcela “02” de la manzana “11” del Barrio Bella Vista Norte, con una superficie de 6.152,35 m2., cuyo valor total de venta es de $ 264.551,05. Partida Inmobiliaria Nº 53427.- Expediente Municipal Nº 625-L-82.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. CHILEBAUM, Raúl Federico D.N.I Nº 23.034.267.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

Page 29: B BOOLLEETTIINN OOFFIICCIIAALL · 2013-02-04 · Art. 1º. DESIGNAR, en forma provisoria, a partir del 01 de Octubre de 2012, a señor MARTINEZ, Leonardo N. Int. Nº 2424 - Legajo

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DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.816/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el Artículo 12º de la Ordenanza

General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. CUBA, Estanislao D.N.I Nº 23.166.078, la parcela “08” de la manzana “51” del Barrio Centenario, con una superficie de 280,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 36.400,00. Partida Inmobiliaria Nº 60097.- Expediente Municipal Nº 0058-C-09.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. CUBA, Estanislao D.N.I Nº 23.166.078.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.817/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el Artículo 12º de la Ordenanza

General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. MANSILLA, Rubén D.N.I Nº 13.564.022, el lote “03” de la manzana “12” del Barrio J.J.Castelli, con una superficie de 343,75 m2., cuyo valor total de venta es de $ 65.312,50. Partida Inmobiliaria Nº 41895.- Expediente Municipal Nº 6019-M-93.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la

firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. MANSILLA, Rubén D.N.I Nº 13.564.022.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.818/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el Artículo 12º de la Ordenanza

General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. OYARZUN, Viviana Beatriz D.N.I Nº 20.237.515, el lote “09” de la manzana “70” del Barrio Ciudadela, con una superficie de 234,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 32.760,00. Partida Inmobiliaria Nº 53047.- Expediente Municipal Nº 4264-O-00.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, favor de la Sra. OYARZUN, Viviana Beatriz D.N.I Nº 20.237.515.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.819/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el Artículo 12º de la Ordenanza

General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. CURRUHINCA, Claudia Leticia D.N.I Nº 27.277.505, la parcela “01” de la manzana “71” del Barrio Centenario, con una superficie de 280,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 36.400,00. Partida Inmobiliaria Nº 60394.- Expediente Municipal Nº 7252-C-00.-

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Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. CURRUHINCA, Claudia Leticia D.N.I Nº 27.277.505.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.820/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el Artículo 12º de la Ordenanza

General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. ROJAS RAMOS, Artemio Hernán D.N.I Nº 18.446.491 y LIZARRAGA, Mirta Teresa D.N.I Nº 18.446.491, el lote “08” de la manzana “74” del Barrio Prospero Palazzo, con una superficie de 312,50 m2., cuyo valor total de venta es de $ 37.500,00. Partida Inmobiliaria Nº 44623.- Expediente Municipal Nº 3027-R-02.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. ROJAS RAMOS, Artemio Hernán D.N.I Nº 18.446.491 y LIZARRAGA, Mirta Teresa D.N.I Nº 18.446.491.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.821/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el Artículo 12º de la Ordenanza

General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. RIQUELME, Víctor Atilano D.N.I Nº 21.560.956, el lote “20” de la manzana “70” del Barrio Prospero Palazzo, con una superficie de 321,43 m2., cuyo valor total de venta es de $ 38.571,60. Partida Inmobiliaria Nº 37768.- Expediente Municipal Nº 2402-R-02.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. RIQUELME, Víctor Atilano D.N.I Nº 21.560.956.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.822/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el Artículo 12º de la Ordenanza

General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. MALDONADO VIGOROUX, Roció Viviana D.N.I Nº 92.536.242, el lote “10” de la manzana “73” del Barrio Prospero Palazzo, con una superficie de 280,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 33.600,00. Partida Inmobiliaria Nº 43315.- Expediente Municipal Nº 6313-M-02.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. MALDONADO VIGOROUX, Roció Viviana D.N.I Nº 92.536.242.-

Page 31: B BOOLLEETTIINN OOFFIICCIIAALL · 2013-02-04 · Art. 1º. DESIGNAR, en forma provisoria, a partir del 01 de Octubre de 2012, a señor MARTINEZ, Leonardo N. Int. Nº 2424 - Legajo

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Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.823/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el Artículo 12º de la Ordenanza

General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. GUTIERREZ, Juan Carlos D.N.I Nº 17.129.951, la parcela “13” de la manzana “25” del Barrio Centenario, con una superficie de 450,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 67.500,00. Partida Inmobiliaria Nº 55891.- Expediente Municipal Nº 1119-G-00.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin

previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. GUTIERREZ, Juan Carlos D.N.I Nº 17.129.951.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.824/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en el Artículo 12º de la Ordenanza

General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. GUEVARA, Mauro Fernando D.N.I Nº 23.270.150, la parcela “21” de la manzana “60” del Barrio Centenario, con una superficie de 288,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 37.440,00. Partida Inmobiliaria Nº 60229.- Expediente Municipal Nº 1359-M-03.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. GUEVARA, Mauro Fernando D.N.I Nº 23.270.150.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.825/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. CANEO, Susana Gabriela D.N.I Nº 22.868.833 y WARLET, Jorge Alberto D.N.I Nº 18.521.646, el lote “08” de la manzana “851” del Barrio Ceferino Namuncurá, con una superficie de 317,64 m2., cuyo valor total de venta es de $ 38.116,80. Partida Inmobiliaria Nº 18774.- Expediente Municipal Nº 3234-R-76.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. CANEO, Susana Gabriela D.N.I Nº 22.868.833 y WARLET, Jorge Alberto D.N.I Nº 18.521.646.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.826/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. MILLATUREO, Carlos Alberto D.N.I Nº 20.139.044, el lote “16” de la manzana

Page 32: B BOOLLEETTIINN OOFFIICCIIAALL · 2013-02-04 · Art. 1º. DESIGNAR, en forma provisoria, a partir del 01 de Octubre de 2012, a señor MARTINEZ, Leonardo N. Int. Nº 2424 - Legajo

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“821” del Barrio Ceferino Namuncurá, con una superficie de 270,56 m2., cuyo valor total de venta es de $ 51.406,40. Partida Inmobiliaria Nº 32563.- Expediente Municipal Nº 2684-M-95.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. MILLATUREO, Carlos Alberto D.N.I Nº 20.139.044.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.827/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. ALVAREZ, Lucia del Carmen D.N.I Nº 18.407.413, el lote “03” de la manzana “843” del Barrio Ceferino Namuncurá, con una superficie de 315,70 m2., cuyo valor total de venta es de $ 22.099,00. Partida Inmobiliaria Nº 19097.- Expediente Municipal Nº 2656-A-03.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. ALVAREZ, Lucia del Carmen D.N.I Nº 18.407.413.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.828/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. ROTONDO, Isaac Ceferino D.N.I Nº 20.013.665 y SANCHEZ, Gilda Yanina D.N.I Nº 22.632.110, la parcela “09” de la manzana “166” del Barrio Centro, con una superficie de 242,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 187.308,00. Partida Inmobiliaria Nº 63407.- Expediente Municipal Nº 4640-R-07.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. ROTONDO, Isaac Ceferino D.N.I Nº 20.013.665 y SANCHEZ, Gilda Yanina D.N.I Nº 22.632.110.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.829/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. TORO, Ángel Alfredo D.N.I Nº 28.603.938 y la Sra. DIAZ. Lorena Soledad D.N.I Nº 42.315.705, la parcela “08” de la manzana “24” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 278,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 44.480,00. Partida Inmobiliaria Nº 55508.- Expediente Municipal Nº 80-T-10.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la

firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin

previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Page 33: B BOOLLEETTIINN OOFFIICCIIAALL · 2013-02-04 · Art. 1º. DESIGNAR, en forma provisoria, a partir del 01 de Octubre de 2012, a señor MARTINEZ, Leonardo N. Int. Nº 2424 - Legajo

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Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. TORO, Ángel Alfredo D.N.I Nº 28.603.938 y la Sra. DIAZ. Lorena Soledad D.N.I Nº 42.315.705.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.830/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. NANCUANTE, Mirta Leonor D.N.I Nº 32.604.646 y el Sr. MIRANDA, Gabriel Alejandro D.N.I Nº 31.794.437, el lote “04” de la manzana “175” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 200,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 24.000,00. Partida Inmobiliaria Nº 53120.- Expediente Municipal Nº 4712-R-05.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. NANCUANTE, Mirta Leonor D.N.I Nº 32.604.646 y el Sr. MIRANDA, Gabriel Alejandro D.N.I Nº 31.794.437.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.831/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. SILVA, Teresa D.N.I Nº 12.593.708, el lote “14” de la manzana “906” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 312,50 m2., cuyo valor total de venta es de $ 56.250,00. Partida Inmobiliaria Nº 19386.- Expediente Municipal Nº 4263-B-73.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. SILVA, Teresa D.N.I Nº 12.593.708.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.832/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. MUÑOZ, Lorena Mónica D.N.I Nº 26.580.028, la parcela “08” de la manzana “175” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 192,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 23.040,00. Partida Inmobiliaria Nº 53124.- Expediente Municipal Nº 4610-M-05.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. MUÑOZ, Lorena Mónica D.N.I Nº 26.580.028.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.833/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

Page 34: B BOOLLEETTIINN OOFFIICCIIAALL · 2013-02-04 · Art. 1º. DESIGNAR, en forma provisoria, a partir del 01 de Octubre de 2012, a señor MARTINEZ, Leonardo N. Int. Nº 2424 - Legajo

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ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. CÁRCAMO, Nelly Isolde D.N.I Nº 18.669.695, el lote “14” de la manzana “854” del Barrio Ceferino Namuncurá, con una superficie de 462,45 m2., cuyo valor total de venta es de $ 78.616,50. Partida Inmobiliaria Nº 32468.- Expediente Municipal Nº 470-C-01.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. CÁRCAMO, Nelly Isolde D.N.I Nº 18.669.695.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.834/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. CHANAMPA, Sandra Leonor D.N.I Nº 30.936.296, la parcela “07” de la manzana “175” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 200,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 24.000,00. Partida Inmobiliaria Nº 53.123.- Expediente Municipal Nº 4418-C-03.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. CHANAMPA, Sandra Leonor D.N.I Nº 30.936.296.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.835/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. AGUILAR. José Abel D.N.I Nº 18.792.298 y de la Sra. VICENTE, Alejandra Elizabeth D.N.I Nº 26.571.446, la parcela “17” de la manzana “169” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 192,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 30.720,00. Partida Inmobiliaria Nº 54095.- Expediente Municipal Nº 4793-A-02.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. AGUILAR. José Abel D.N.I Nº 18.792.298 de la Sra. VICENTE, Alejandra Elizabeth D.N.I Nº 26.571.446.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.836/12

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. JIMENEZ PAREDES, Graciela Sonia D.N.I Nº 13.253.358, el lote “19” de la manzana “830” del Barrio Ceferino Namuncurá, con una superficie de 228,43 m2., cuyo valor total de venta es de $ 62.132,96. Partida Inmobiliaria Nº 34834.- Expediente Municipal Nº 134-J-66.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Page 35: B BOOLLEETTIINN OOFFIICCIIAALL · 2013-02-04 · Art. 1º. DESIGNAR, en forma provisoria, a partir del 01 de Octubre de 2012, a señor MARTINEZ, Leonardo N. Int. Nº 2424 - Legajo

35

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. JIMENEZ PAREDES, Graciela Sonnia D.N.I Nº 13.253.358.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.837/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. OSSES, Luís Tomás D.N.I Nº 18.084.836, la parcela “05” de la manzana “24” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 220,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 35.200,00. Partida Inmobiliaria Nº 55505.- Expediente Municipal Nº 443-O-94.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. OSSES, Luís Tomás D.N.I Nº 18.084.836.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.838/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. CAYUPEL, Berta D.N.I Nº 12.596.296 y del Sr. TORO, Juan Carlos D.N.I Nº 7.328.668, la parcela “08” de la manzana “172” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 200,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 24.000,00. Partida Inmobiliaria Nº 53081.- Expediente Municipal Nº 4105-C-96.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. CAYUPEL, Berta D.N.I Nº 12.596.296 y del Sr. TORO, Juan Carlos D.N.I Nº 7.328.668.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.839/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. RODRIGUEZ, Antonia Teófila D.N.I Nº 16.746.594, la parcela “01” de la manzana “178” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 198,77 m2., cuyo valor total de venta es de $ 23.854,40. Partida Inmobiliaria Nº 56593.- Expediente Municipal Nº 2885-R-04.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. RODRIGUEZ, Antonia Teófila D.N.I Nº 16.746.594.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.840/12

Page 36: B BOOLLEETTIINN OOFFIICCIIAALL · 2013-02-04 · Art. 1º. DESIGNAR, en forma provisoria, a partir del 01 de Octubre de 2012, a señor MARTINEZ, Leonardo N. Int. Nº 2424 - Legajo

36

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. TORO, Félix Héctor D.N.I Nº 26.758.427 y la Sra. DIAZ, Analia Valeria D.N.I Nº 25.065.865, el lote “07” de la manzana “922” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 220,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 35.200,00. Partida Inmobiliaria Nº 41352.- Expediente Municipal Nº 508-C-98.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. TORO, Félix Héctor D.N.I Nº 26.758.427 y la Sra. DIAZ, Analia Valeria D.N.I Nº 25.065.865.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.841/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. BARRIENTOS, Rubén Darío D.N.I Nº 11.006.458, el lote “22” de la manzana “854” del Barrio Ceferino Namuncurá, con una superficie de 178,89 m2., cuyo valor total de venta es de $ 30.411,30. Partida Inmobiliaria Nº 32476.- Expediente Municipal Nº 2309-B-80.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. BARRIENTOS, Rubén Darío D.N.I Nº 11.006.458.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.842/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. CÁRCAMO, Julio Cesar D.N.I Nº 17.129.722, el lote “05” de la manzana “920” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 220,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 35.200,00. Partida Inmobiliaria Nº 41329.- Expediente Municipal Nº 1437-C-98.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. CÁRCAMO, Julio Cesar D.N.I Nº 17.129.722.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.843/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. RIVERO FUNES, Vanesa Liliana D.N.I Nº 26.287.415, la parcela “27” de la manzana “178” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 205,99 m2., cuyo valor total de venta es de $ 24.718,80. Partida Inmobiliaria Nº 56619.- Expediente Municipal Nº 1962-R-03.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Page 37: B BOOLLEETTIINN OOFFIICCIIAALL · 2013-02-04 · Art. 1º. DESIGNAR, en forma provisoria, a partir del 01 de Octubre de 2012, a señor MARTINEZ, Leonardo N. Int. Nº 2424 - Legajo

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Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. RIVERO FUNES, Vanesa Liliana D.N.I Nº 26.287.415.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.844/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. CHIQUELLI, Elena Mirta D.N.I Nº 13.412.855, la parcela “28” de la manzana “178” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 210,83 m2., cuyo valor total de venta es de $ 25.299,60. Partida Inmobiliaria Nº 56620.- Expediente Municipal Nº 8164-C-03.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. CHIQUELLI, Elena Mirta D.N.I Nº 13.412.855.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.845/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. BARRIENTOS, Dorila del Carmen D.N.I Nº 23.286.752, la parcela “11” de la manzana “24” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 220,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 35.200,00. Partida Inmobiliaria Nº 55511.- Expediente Municipal Nº 437-R-94.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la

firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. BARRIENTOS, Dorila del Carmen D.N.I Nº 23.286.752.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.846/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. FERNANDEZ, María de los Ángeles D.N.I Nº 22.122.581, la parcela “17” de la manzana “178” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 200,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 24.000,00. Partida Inmobiliaria Nº 56609.- Expediente Municipal Nº 6277-F-03

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. FERNANDEZ, María de los Ángeles D.N.I Nº 22.122.581

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.847/12

Page 38: B BOOLLEETTIINN OOFFIICCIIAALL · 2013-02-04 · Art. 1º. DESIGNAR, en forma provisoria, a partir del 01 de Octubre de 2012, a señor MARTINEZ, Leonardo N. Int. Nº 2424 - Legajo

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EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA

Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras Fiscales Nº 10.417/12, a favor de la Sra. PEREZ, Silvina Beatriz D.N.I Nº 28.872.275, la parcela “02” de la manzana “175” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 192,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 23.040,00. Partida Inmobiliaria Nº 53118.- Expediente Municipal Nº 3102-P-04.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor de la Sra. PEREZ, Silvina Beatriz D.N.I Nº 28.872.275.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-

Ordenanza Nº 10.848/12 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1º: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo establecido en la Ordenanza General de Tierras

Fiscales Nº 10.417/12, a favor del Sr. ALLENDE, Cristian Fabián D.N.I Nº 26.219.590 y HARO, Sigrid Analia D.N.I Nº 25.065.676, el lote “13” de la manzana “922” del Barrio Stella Maris, con una superficie de 220,00 m2., cuyo valor total de venta es de $ 35.200,00. Partida Inmobiliaria Nº 41358.- Expediente Municipal Nº 706-A-97.-

Artículo 2º: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de tierras fiscales hasta la firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme al primer párrafo “Disposiciones Reglamentarias”, de la Ordenanza Tributaria Anual vigente.-

Artículo 3º: PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de derecho de adjudicación, sin previa autorización municipal. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente Ordenanza.-

Artículo 4º: CANCELADO el valor del terreno y cumplido los requisitos exigidos en la Ordenanza General de Tierras Fiscales, otorgar TITULO DE PROPIEDAD, a favor del Sr. ALLENDE, Cristian Fabián D.N.I Nº 26.219.590 y HARO, Sigrid Analia D.N.I Nº 25.065.676.-

Artículo 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA VIGESIMOSEXTA REUNIÓN, DECIMONOVENA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2012.-