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Plaza del Mentidero, 1 18198 Huétor Vega (Granada) Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail: [email protected] Página 1 de 24 AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR VEGA (Granada) C.I.F. P1810300 B ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DÍA 11 DE ABRIL DE 2016. SRES. ASISTENTES : PRESIDENTE. DON MARIANO MOLINA DEL PASO CONCEJALES DON JOSE MANUEL PRIETO ALONSO DOÑA ANA BELEN ARQUELLADAS VELAZQUEZ DON MARIANO GIRELA JUNCO DOÑA MARY CARMEN SERVILIA LOPEZ NIETO DON JOAQUIN LOPEZ-SIDRO GIL SECRETARIA ACCIDENTAL DOÑA JULIA AGUILERA MORENO En la Casa Consistorial de Huétor Vega (Granada) siendo las 13:00 horas del día once (11) de ABRIL de dos mil dieciséis, celebró sesión extraordinaria la Junta de Gobierno Local, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, don Mariano Molina del Paso asistiendo los Señores Concejales relacionados al margen, actuando como Secretaria accidental, doña Julia Aguilera Moreno. Asiste también el Sr. Interventor, don Iván Magán Ocaña. 1.- PROPUESTAS DE SECRETARIA 1.1 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 1.1.1 PRÓRROGA DE CONTRATO DEL SERVICIO DE ACTUALIZACION Y MATENIMIENTO DEL CATASTRO DEL AYUNTAMIENTO DE HUETOR VEGA Considerando que el 23 de abril de 2014 se formalizó contrato del Servicio de Actualización y mantenimiento del catastro del Ayuntamiento de Huétor Vega, con AREVALTA SERVICIOS CATASTRALES, S.L. Visto que en la cláusula quinta del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigió la licitación indica que La duración del contrato tendrá un plazo de vigencia de dos años, si bien podrá prorrogarse por mutuo acuerdo de las partes antes de la finalización de aquél por igual periodo de dos años. La duración total de contrato, incluidas las prórrogas, nunca puede exceder de cuatro años.

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    ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DÍA 11 DE ABRIL DE 2016.

    SRES. ASISTENTES : PRESIDENTE. DON MARIANO MOLINA DEL PASO CONCEJALES DON JOSE MANUEL PRIETO ALONSO DOÑA ANA BELEN ARQUELLADAS VELAZQUEZ DON MARIANO GIRELA JUNCO DOÑA MARY CARMEN SERVILIA LOPEZ NIETO DON JOAQUIN LOPEZ-SIDRO GIL SECRETARIA ACCIDENTAL DOÑA JULIA AGUILERA MORENO En la Casa Consistorial de Huétor Vega (Granada) siendo las 13:00 horas del día once (11) de ABRIL de dos mil dieciséis, celebró sesión extraordinaria la Junta de Gobierno Local, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, don Mariano Molina del Paso asistiendo los Señores Concejales relacionados al margen, actuando como Secretaria accidental, doña Julia Aguilera Moreno. Asiste también el Sr. Interventor, don Iván Magán Ocaña.

    1.- PROPUESTAS DE SECRETARIA

    1.1 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

    1.1.1 PRÓRROGA DE CONTRATO DEL SERVICIO DE ACTUALIZACION Y

    MATENIMIENTO DEL CATASTRO DEL AYUNTAMIENTO DE HUETOR VEGA

    Considerando que el 23 de abril de 2014 se formalizó contrato del Servicio de Actualización y mantenimiento del catastro del Ayuntamiento de Huétor Vega, con AREVALTA SERVICIOS CATASTRALES, S.L. Visto que en la cláusula quinta del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que

    rigió la licitación indica que “La duración del contrato tendrá un plazo de vigencia de dos años, si bien podrá prorrogarse por mutuo acuerdo de las partes antes de la finalización de aquél por

    igual periodo de dos años. La duración total de contrato, incluidas las prórrogas, nunca puede

    exceder de cuatro años. ”

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    Siendo intención de este Ayuntamiento que la empresa AREVALTA SERVICIOS CATASTRALES, S.L. continúe prestando el Servicio de Actualización y mantenimiento del catastro del Ayuntamiento de Huétor Vega, en las condiciones fijadas en el citado contrato de 23 de abril de 2014. Por ello, previa deliberación, y por unanimidad de sus miembros, la Junta de Gobierno Local ACUERDA: PRIMERO: Prorrogar el contrato del Servicio de Actualización y mantenimiento del catastro del Ayuntamiento de Huétor Vega en las mismas condiciones establecidas en el contrato de fecha 23 de abril de 2014 por DOS años más, continuando vigente hasta el 22 de abril de 2018.

    SEGUNDO: Notificar la presente resolución al interesado.

    1.2.- APROBACIÓN DE BASES PARA XI FESTIVAL JOVEN DE CORTOMETRAJES.

    Considerando que desde hace varios años se viene celebrando en Huétor Vega el festival joven de cortometrajes de Huétor Vega, con gran éxito de participación y aceptación del público, es necesario aprobar las bases del XI Festival Joven de Cortometrajes de Huétor Vega 2016 En virtud de todo lo cual, previa deliberación, y por unanimidad de sus miembros, la Junta de Gobierno Local

    ACUERDA

    PRIMERO: Aprobar las bases del XI Festival Joven de Cortometrajes de Huétor Vega 2016 con el siguiente tenor literal:

    BASES CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN - El concurso está abierto a personas con edades comprendidas entre 16 y 35 años. - El cortometraje es de tema libre. - La duración máxima será de 20 minutos. - La versión original puede estar en cualquier idioma, aquellas que no estén en español tendrán que ir subtituladas a éste. - Se podrán presentar tantos cortometrajes como se desee. El soporte de presentación será en formato de descarga. - No se podrán presentar cortometrajes premiados en ediciones anteriores. INSCRIPCIÓN, FORMA DE ENVÍO Y PLAZOS DE ENTREGA

    - La inscripción se formalizará a través de la página http://www.juventud.huetorvega.es/ rellenando el cuestionario online, los enlaces de descarga se adjuntaran en el cuestionario online.

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    - Los cortometrajes podrán ser enviados solo vía Internet incluyendo el enlace de descarga en el cuestionario de inscripción. - Con el cortometraje es obligatorio incluir tres fotografías de la película en formato digital y el cartel promocional, sinopsis (máximo 25 líneas), fotografía del director/a o directores/as en formato digital, hoja de créditos con el nombre de dirección, fotografía, montaje, actores, etc... - La fecha de admisión de los cortos será hasta el día 31 de Mayo de 2016 SELECCIÓN DE CORTOS - El jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio del ámbito creativo del cine y la imagen, siendo este determinado por la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Huétor Vega. - El jurado del concurso seleccionará 8 cortos finalistas que optarán a primer y segundo premio, éstos se exhibirán para recibir el premio del público el viernes 8 de julio a las 22:00 h. en el Carmen de San Rafael de Huétor Vega. PREMIOS Se establecen 2 premios y un premio del público, así como menciones especiales de calidad en las distintas categorías. - 1o PREMIO dotación económica de 1000€ y diploma - 2o PREMIO dotación económica de 400€ y diploma - PREMIO DEL PÚBLICO dotación económica de 200€ y diploma - MENCIÓN ESPECIAL DE CALIDAD A LA MEJOR DIRECCIÓN diploma - MENCIÓN ESPECIAL DE CALIDAD A LA MEJOR ACTRIZ diploma - MENCIÓN ESPECIAL DE CALIDAD AL MEJOR ACTOR diploma - MENCIÓN ESPECIAL DE CALIDAD A LA MEJOR FOTOGRAFÍA diploma - MENCIÓN ESPECIAL DE CALIDAD A LA MEJOR MÚSICA ORIGINAL diploma - MENCIÓN ESPECIAL DE CALIDAD AL MEJOR GUIÓN diploma - Todos los premios están sujetos a las obligaciones fiscales vigentes. ENTREGA DE PREMIOS - La entrega de premios, menciones especiales de calidad y proyección de las obras ganadoras será el viernes 8 de julio a las 22:00 h en el Carmen de San Rafael de Huétor Vega. - Los/as autores/as premiados/as deberán recoger personalmente el premio, o delegar en cualquier componente de su equipo o persona de confianza. - La participación en el concurso supone la aceptación total de las bases y valoración del jurado. - El jurado podrá declarar desiertos los premios, si así lo considera conveniente. DESTINO DE LAS OBRAS - Las copias de las obras quedarán en poder de la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Huétor Vega y formaran parte de su archivo audiovisual. - El/La autor/a de la obra autoriza su reproducción, sin contraprestación económica, pudiendo ser proyectada por la organización con el fin de promocionar el festival, reservándose el derecho de su exhibición pública.

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    - Los/as autores/as adquieren el compromiso de incorporar en su obra la referencia expresa al premio obtenido, incluyendo 11º Festival Joven de Cortometrajes de Huétor Vega - Concejalía de Juventud - Ayuntamiento de Huétor Vega. - La organización se reserva el derecho a variar cualquiera de los puntos de las presentes bases. La organización no se responsabiliza de los contenidos de las obras proyectadas. No se proyectarán obras que, a juicio del jurado, atenten contra la integridad moral de las personas. - Concejalía de Juventud - Ayuntamiento de Huétor Vega - Granada - Tlf. (+34)958300511 - [email protected]

    SEGUNDO: Publicar las presentes bases en el tablón de anuncios del Ayuntamiento así como en la página web para su general conocimiento.

    1.3 APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA CONTRA LA EXCLUSIÓN SOCIAL EN HUÉTOR VEGA

    Vista la preocupante situación de desempleo sufrida de forma continuada por centenares de ciudadanos de nuestro municipio, se hace imprescindible adoptar alguna actuación en ese sentido por parte de este Ayuntamiento. Vistos los informes desfavorables de Secretaría de 8 de abril de 2016 y de Intervención 31/2016, de 11 de abril, En virtud de todo lo cual, previa deliberación, y por 5 votos a favor, correspondientes al GM PP y 1 abstención correspondiente al GM CIUDADANOS -PARTIDO DE LA CIUDADANIA, la Junta de Gobierno Local,

    ACUERDA

    PRIMERO: Aprobar las bases reguladoras del programa contra la exclusión social en Huétor Vega, con el siguiente tenor literal:

    “PROGRAMA CONTRA LA EXCLUSIÓN SOCIAL 2016 DEL AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR

    VEGA.

    Artículo 1. Objeto del programa. Es objeto de estas bases regular el denominado “Programa contra la Exclusión Social de Huétor Vega” destinado a personas con especiales dificultades económicas, con la finalidad de contratar a aquellos previamente seleccionados, por un periodo de tres meses y para el desarrollo de actividades y obras de especial interés para la comunidad. Este programa está dotado presupuestariamente con 120.000 euros, por lo que se prevé la contratación de un total de cuarenta personas. Artículo 2. Personas destinatarias.

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    Las personas destinatarias del Programa contra la exclusión social del Ayuntamiento de Huétor Vega son las personas mayores de 18 años y menores de 65 años pertenecientes a una unidad familiar que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 3. A tal efecto se considera unidad familiar la constituida por la persona destinataria del Programa y, en su caso, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita en el correspondiente registro y los hijos e hijas de uno u otro si existieren, con independencia de su edad, así como en su caso las personas sujetas a tutela, guarda o acogimiento familiar que residan en la misma vivienda. Artículo 3. requisitos de las personas destinatarias. Las personas destinatarias del Programa contra la exclusión social deberán reunir los siguientes requisitos: a) Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa se encuentren en situación de demandante de empleo durante un período ininterrumpido igual o superior a un año. No obstante, se admitirán las solicitudes de aquéllas personas que hayan trabajado un máximo de 90 días a lo largo del citado año. b) Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa pertenezcan a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias: 1.º Que todos sus miembros tengan residencia efectiva en el municipio de Huétor Vega y estén empadronados en el mismo domicilio con anterioridad a la aprobación de las presentes bases por el órgano correspondiente. 2.º Que el importe máximo de los ingresos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar sea inferior a 1,5 veces el Indicador Público de renta de efectos Múltiples mensual. Se tomará como referencia el IPREM de 2016, fijado en 532,51 euros, por lo que el importe máximo de los ingresos mensuales debe ser inferior a 798,76 euros. A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa. 3.º Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante Informe Social que nos facilitarán los Servicios Sociales comunitarios, a solicitud del propio Ayuntamiento. Artículo 4. Prioridades en la adjudicación de los contratos suscritos en el marco del Programa contra la exclusión social del Ayuntamiento de Huétor Vega. 1. Entre las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 3, hayan presentado la solicitud para acogerse a la contratación en el marco de este Programa, tendrán prioridad para la adjudicación de la misma aquéllas que pertenezcan a unidades familiares en las que concurra por orden de prelación alguna de las circunstancias siguientes: a) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar donde todos los miembros que tengan la consideración de población activa, hayan permanecido inscritos ininterrumpidamente como demandantes de empleo durante los seis meses anteriores a la fecha de solicitud. b) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar que tenga la condición de familia numerosa de conformidad con la legislación vigente, y teniendo el título de familiar numerosa en vigor. c) Que entre los miembros de la unidad familiar de la persona solicitante haya, al menos, una persona menor de edad. d) Que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento o se encuentre en situación de dependencia, reconocida oficialmente.

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    e) Que la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental con, al menos, un hijo a cargo. f) Que la persona solicitante o alguno de los miembros de la unidad familiar sea víctima de violencia de género. g) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar con, al menos, dos hijos a cargo. 2. Si como consecuencia de la aplicación de los criterios anteriores resultasen unidades familiares con el mismo nivel de prelación, se procederá a priorizar aquéllas en las que concurran el máximo de circunstancias por orden de prelación. 3. Si nuevamente concurrieran situaciones de empate se estará al informe que emitan los Servicios Sociales comunitarios sobre el orden de prelación, considerando la intensidad y duración de las condiciones referidas. Artículo 5. Solicitud y documentación. 1. El procedimiento para acogerse a la contratación en el marco del Programa contra la exclusión social se iniciará previa solicitud de las personas interesadas en las dependencias del Ayuntamiento de Huétor Vega. 2. A la solicitud deberá acompañarse en todo caso: a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI), o en su caso, del Número de Identidad de extranjero (NIE) de la persona solicitante. b) En el supuesto de matrimonio, el correspondiente libro de familia. c) En el supuesto de uniones no matrimoniales, certificación de estar inscritos en el registro de Uniones de Hecho que corresponda. d) Certificado del Servicio Público de empleo correspondiente en el que se acredite que la persona solicitante se encuentra inscrito como demandante de empleo durante un periodo ininterrumpido igual o superior a un año. e) Declaración expresa responsable de la persona solicitante de los ingresos percibidos por todas las personas miembros de su unidad familiar durante los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación dentro del Programa contra la exclusión social del Ayuntamiento de Huétor Vega.

    3. En el caso, de que se den alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 4, deberá aportarse según corresponda, además:

    a) Certificado del Servicio Público de empleo, por cada uno de los miembros activos de la unidad familiar, en el que se acredite su situación como demandante de empleo durante los seis meses anteriores a la solicitud. b) Título de Familia Numerosa en vigor. c) Certificado de discapacidad o situación de dependencia. d) Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género e) Documentación acreditativa de la relación de tutela, guarda o acogimiento familiar. Artículo 6. Procedimiento.

    1. Tras la publicación de las presentes bases, entre los días 13 al 29 de abril de 2016, ambos inclusive, se abrirá plazo para la presentación de solicitudes en el Ayuntamiento.

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    2. Recibidas las solicitudes, el Ayuntamiento comprobará el cumplimiento de los requisitos exigidos en los apartados a) y b) del artículo 3, procediendo a recabar Informe de los Servicios Sociales comunitarios en el que conste que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.

    3. Una vez finalizado el plazo para la presentación de solicitudes, por parte de los Servicios Sociales

    se elaborará un listado con los ciudadanos seleccionados, atendiendo a los criterios sociales expresados anteriormente. Si se produjeran renuncias o vacantes, se irán cubriendo con solicitantes que no fueron inicialmente seleccionados, siguiendo los mismos criterios sociales planteados anteriormente.

    Artículo 7. Contratación y condiciones.

    1. El Ayuntamiento de Huétor Vega contratará a aquellas personas que cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 3 hayan sido previamente seleccionadas.

    2. Producido el llamamiento al trabajador, la incomparecencia o imposibilidad manifiesta de

    localizar al/a trabajador/a se entenderá como renuncia a la suscripción del contrato. No obstante, en los supuestos en los que por razones de enfermedad u otras causas debidamente justificadas se demuestre la imposibilidad de comparecer, el trabajador afectado no pasará al último lugar de la lista, sino que mantendrá su puesto en la misma, y el turno pasará al siguiente del listado. Atendiendo a las circunstancias de cada caso, se considerará por el jefe de personal del Ayuntamiento la suficiente justificación de la causa que concurra. 3. Los contratos celebrados con cargo al Programa contra la Exclusión Social se realizarán conforme a la normativa laboral vigente y tendrán una duración determinada de tres meses. 4. La financiación de cada contrato incluido en el Programa no superará, incluyendo las cotizaciones a la Seguridad Social, los 1.000 euros en cómputo mensual. 5. Los contratos realizados con cargo al Programa de Ayuda a la contratación no podrán, en ningún caso, destinarse a suplir bajas o vacantes producidas en puestos de trabajo ocupados previamente en el Ayuntamiento. 6. Una vez finalizado el contrato, cesa toda obligación del Ayuntamiento de Huétor Vega, respecto a las personas contratadas. Especialmente, no podrá entenderse creada expectativa de contratación futura como consecuencia de la suscripción de los contratos objeto de este Programa. 7. Los contratos se realizarán mediante la modalidad de contrato por obra o servicio determinado. 8. El objeto de las tareas a desarrollar por las personas contratadas por este Programa tendrá especial interés para la comunidad.

    9. Todos los contratos formalizados con cargo al Programa contra la exclusión social de Huétor Vega deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2016. “

    SEGUNDO: Dar difusión a las presentes bases a través de la página web del Ayuntamiento y

    del tablón de anuncios.

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    2. PROPUESTAS DEL AREA DE URBANISMO. Expediente de obras: 2016 / OBRA16000017 Obras solicitadas: ADECUACIÓN DE LOCAL DE LA PLANTA SÓTANO PARA ACTIVIDAD DE PUNTO CALIENTE SEGÚN PROYECTO DE EJECUCIÓN REDACTADO POR LA ARQUITECTA TÉCNICA ENCARNACIÓN VEGA MONTERO VISADO EL 28/03/16 Localización: AVENIDA ANDALUCIA, 92. HUÉTOR VEGA. Visto el expediente de referencia, en que consta solicitud realizada por XXXXXXX con N.I.F. XXXXXXX de Licencia Municipal de Obras, expediente 17/2016, consistentes en ADECUACIÓN DE LOCAL DE LA PLANTA SÓTANO PARA ACTIVIDAD DE PUNTO CALIENTE SEGÚN PROYECTO DE EJECUCIÓN REDACTADO POR LA ARQUITECTA TÉCNICA XXXXXXX VISADO EL 28/03/16 en el inmueble sito en AVENIDA ANDALUCIA, 92 de este Municipio, Dado que constan igualmente el informe técnico y jurídico legalmente preceptivos conforme al Art.172.4ª) de la Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y el Decreto 60/2010, de 16 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Visto el informe de los Servicios Técnicos Municipales que informa FAVORABLEMENTE, las obras a realizar con las siguientes prescripciones: ANTES DE INICIO DE LAS OBRAS DEBERÁ DEPOSITAR LAS CORRESPONDIENTES FIANZAS. La Junta de Gobierno Local previa deliberación y por unanimidad de sus miembros, ACUERDA: PRIMERO: Conceder a TELOSBREAD, S.L. con N.I.F. B19548924 Licencia Municipal de Obras, Expediente 17/2016, consistentes en ADECUACIÓN DE LOCAL DE LA PLANTA SÓTANO PARA ACTIVIDAD DE PUNTO CALIENTE SEGÚN PROYECTO DE EJECUCIÓN REDACTADO POR LA ARQUITECTA TÉCNICA XXXXXXX VISADO EL 28/03/16. ANTES DEL INICIO DE LAS OBRAS DEBERÁ DEPOSITAR LAS CORRESPONDIENTES FIANZAS, en el inmueble sito en AVENIDA ANDALUCIA, 92 de este Municipio. SEGUNDO: Conforme a la Ordenanza Fiscal Nº 3 del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, y a la Ordenanza Fiscal Nº 6 de Tasa Municipal por Licencias Urbanísticas vigentes(BOP Nº73 de 19/4/13), se aplicará el 3,46% y 1,24% respectivamente sobre el valor real de la obra, que se establece con carácter PROVISIONAL en 24.903,69€. Lo anterior sin perjuicio de la posible LIQUIDACIÓN DEFINITIVA que en su día hubiere de practicar. Asimismo deberá depositar en las formas previstas en la ley el importe mediante aval bancario o en metálico de las fianzas indicadas en la liquidación que a continuación se aprueba en concepto de: REPOSICIÓN Y REPARACIÓN DE INFRAESTRUCTURA EXISTENTES. Conforme a lo dispuesto en el art. 8 de la Ordenanza Reguladora de Residuos de la Construcción y Demolición se deberá depositar una fianza en concepto de garantía de valorización y eliminación de residuos (BOP Nº 238 de 16/12/13). TERCERO: Aprobar la autoliquidación realizada por TELOSBREAD, S.L. por importe de 1.170'48€ en fecha 3 de febrero de 2016.

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    LIQUIDACIÓN

    Presupuesto de ejecución material 24.903,69

    CONCEPTO IMPORTE DE LA LIQUIDACIÓN

    IMPORTES AUTOLIQUIDADOS

    Importe a ingresar*

    FIANZA PARA GARANTIZAR LA ELIMINACION DE RESIDUOS

    -498,06 498,06

    REPOSICION Y REPARACION DE INFRAESTRUCTURAS

    -200,00 200,00

    TOTAL INGRESADO 1.170'48

    TOTAL A INGRESAR 698,06

    TERCERO: La licencia se concede sin perjuicio de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad, quedando sin efecto si se incumplen las condiciones a que estuviera subordinada. Y específicamente con sujeción a la LOUA, NNSS de Huétor Vega (BOP Nº 32 de 18/02/2004) y legislación vigente que resulte de aplicación. CUARTO: Plazos: Conforme al artículo 1.48. de las NNSS del Ayuntamiento de Huétor Vega, las obras deberán iniciarse en el plazo de 6 MESES a contar desde la fecha de notificación de su otorgamiento, o de la del correspondiente permiso de inicio; de no comenzarse en el referido plazo podrá solicitarse (previamente a la finalización del plazo máximo de inicio y por una sola vez) la prórroga de la licencia en vigor para un nuevo periodo de 6 meses. Para la terminación de las obras se establece un plazo de 36 meses desde la fecha de concesión de la licencia sin perjuicio de la solicitud de prórroga por otros 6 meses (solicitada previamente a la finalización del plazo máximo de terminación y por una sola vez). QUINTO: Caducidad de las licencias. La caducidad de las licencias procederá en el forma y en los plazos señalados por Art. 173 de la LOUA y Art.22 del Decreto 60/2010 del RDU de la CAA, así como en lo dispuesto en el artículo 1.48 de las NNSS de Huétor Vega. Expediente de obras: 2016 / OBRA16000036 Obras solicitadas: PONER DOS ESCALONES EN LA ENTRADA Localización: C/ CARMEN CHICO, 20 Visto el expediente de referencia, en que consta solicitud realizada por XXXXXXXX con DNI XXXXXXX de Licencia Municipal de Obras, expediente 36/2016, consistentes en PONER DOS ESCALONES EN LA ENTRADA en el inmueble sito en C/ CARMEN CHICO, 20 de este Municipio, Dado que constan igualmente el informe técnico y jurídico legalmente preceptivos conforme al Art.172.4ª) de la Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y el Decreto 60/2010, de 16 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Visto el informe de los Servicios Técnicos Municipales que informa FAVORABLEMENTE, las obras a realizar con las siguientes prescripciones: NINGUNA.

    mailto:[email protected]

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    La Junta de Gobierno Local previa deliberación y por unanimidad de sus miembros, ACUERDA: PRIMERO: Conceder a XXXXXXX con DNI XXXXXX Licencia Municipal de Obras, Expediente 36/2016, consistentes en PONER DOS ESCALONES EN LA ENTRADA en el inmueble sito en C/ CARMEN CHICO, 20 de este Municipio. SEGUNDO: Conforme a la Ordenanza Fiscal Nº 3 del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, y a la Ordenanza Fiscal Nº 6 de Tasa Municipal por Licencias Urbanísticas vigentes(BOP Nº73 de 19/4/13), se aplicará el 3,46% y 1,24% respectivamente sobre el valor real de la obra, que se establece con carácter PROVISIONAL en 200,00€. Lo anterior sin perjuicio de la posible LIQUIDACIÓN DEFINITIVA que en su día hubiere de practicar.

    LIQUIDACIÓN

    Presupuesto de ejecución material 200,00

    CONCEPTO IMPORTE DE LA LIQUIDACIÓN

    IMPORTES AUTOLIQUIDADOS

    Importe a ingresar*

    TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS

    Tasa mínima 15,00

    ICIO -6,92 6,92

    TOTAL A INGRESAR 21,92

    TERCERO: La licencia se concede sin perjuicio de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad, quedando sin efecto si se incumplen las condiciones a que estuviera subordinada. Y específicamente con sujeción a la LOUA, NNSS de Huétor Vega (BOP Nº 32 de 18/02/2004) y legislación vigente que resulte de aplicación. CUARTO: Plazos: Conforme al artículo 1.48. de las NNSS del Ayuntamiento de Huétor Vega, las obras deberán iniciarse en el plazo de 6 MESES a contar desde la fecha de notificación de su otorgamiento, o de la del correspondiente permiso de inicio; de no comenzarse en el referido plazo podrá solicitarse (previamente a la finalización del plazo máximo de inicio y por una sola vez) la prórroga de la licencia en vigor para un nuevo periodo de 6 meses. Para la terminación de las obras se establece un plazo de 36 meses desde la fecha de concesión de la licencia sin perjuicio de la solicitud de prórroga por otros 6 meses (solicitada previamente a la finalización del plazo máximo de terminación y por una sola vez). QUINTO: Caducidad de las licencias. La caducidad de las licencias procederá en el forma y en los plazos señalados por Art. 173 de la LOUA y Art.22 del Decreto 60/2010 del RDU de la CAA, así como en lo dispuesto en el artículo 1.48 de las NNSS de Huétor Vega. LICENCIA DE SEGREGACIÓN EXP. 37/2016 Dada cuenta el expediente con referencia 37/2016, que se tramita en relación con la solicitud presentada por XXXXXXX y dirección en Paseo de la Estrella, 1 B y XXXXXXXXXXX y dirección en Paseo de la Estrella, 1 A de Huétor Vega de licencia de segregación/parcelación

    mailto:[email protected]

  • Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail: [email protected]

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    urbanística de la finca registral nº 2313 situada en el Paseo de la Estrella, 1 esquina Avenida Andalucía de este municipio y con una superficie de 1.551'12 m2. Vista la documentación aportada junto con la solicitud y los informes técnico y jurídico legalmente preceptivos al amparo de lo dispuesto en el artículo 172.4. a) de la LOUA y 12 del RDUA. La Junta de Gobierno Local previa deliberación y por unanimidad de sus miembros, ACUERDA:

    PRIMERO. Otorgar licencia de parcelación urbanística sobre la finca registral nº 2313 inscrita en el Registro de la Propiedad de la Zubia en el Tomo nº 335, libro 32, folio 90 de 1.551,12 m2 en dos fincas independientes según proyecto técnico redactado por el Arquitecto Técnico Esther Romero Ruiz, la cual tiene las siguientes características:

    Superficie total de la parcela 1.551'12 m2 situada en Paseo de la Estrella, 1 esquina Avenida Andalucía.

    Dicha finca se encuentra edificada y dividida a efectos catastrales en dos fincas independientes:

    Una primera, situada en la planta baja, destinada a local comercial con referencia catastral 9410001VG4191A0001GF, y

    Una segunda, situada en la planta primera y destinada a vivienda con referencia catastral 9410001VG4191A0002HG.

    SEGUNDO. Aprobar, sobre la finca de referencia, la realización de la referida división resultando tras la misma la constitución de dos parcelas de 945,49 (PARCELA A) y 605'63 (PARCELA B) m2 respectivamente.

    TERCERO. Declarar la innecesariedad de licencia de parcelación del edificio, no existiendo inconveniente urbanístico, no obstante, en la división horizontal propuesta dando lugar la misma a las siguientes fincas:

    EDIFICIO EN PARCELA A:

    Frente de fachada: > 12 m

    Superficie ocupada en planta baja: 293'51 m2, (31'04%) < 60%.

    Superficie ocupada en planta primera : 112'66 m2, (11'92%) < 60%.

    Edificabilidad total: 406'17 m2 (0'43 m2/ m2) < 0'85 m2/ m2. Cumple

    Uso Principal: Comercial en Planta Baja. Compatible: 1Vivienda en Planta Alta.

    mailto:[email protected]

  • Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail: [email protected]

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    Separación al frontero: Cumple

    Separación a restos de los linderos: Cumple

    EDIFICIO EN PARCELA B:

    Frente de fachada: > 12 m

    Superficie ocupada en planta baja: 286'68 m2, (47'34%) < 60%.

    Superficie ocupada en planta primera : 115'52 m2, (11'92%) < 60%.

    Edificabilidad total: 402'20 m2 (0'66 m2/ m2) < 0'85 m2/ m2.

    Uso Principal: Comercial en Planta Baja. Compatible: 1 Vivienda en Planta Alta.

    Separación al frontero: Cumple

    Separación a restos de los linderos: Cumple

    CUARTO. Notificar a los interesados indicando que la licencia se concede bajo las siguientes condiciones:

    A.- El otorgamiento de la licencia no supone la posibilidad de conversión en solares de las parcelas que resulten. B. Los actos por los que se apruebe el otorgamiento de licencias de parcelación llevarán consigo la autorización para su deslinde y amojonamiento, sin perjuicio de que se precisará la correspondiente licencia de obras, que podrá resolverse en acto único. C.- Las licencias municipales sobre parcelaciones y las declaraciones de innecesariedad de éstas se otorgan y expiden bajo la condición de la presentación en el municipio, dentro de los tres meses siguientes a su otorgamiento o expedición, de la escritura pública en la que se contenga el acto de parcelación. La no presentación en plazo de la escritura pública determina la caducidad de la licencia o de la declaración de innecesariedad por ministerio de la Ley, sin necesidad de acto aplicativo alguno. El plazo de presentación podrá ser prorrogado por razones justificadas. . D.- La licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero y no podrá ser invocada para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en la que hubiera incurrido el beneficiario en el ejercicio de sus actividades. QUINTO. Aprobar la siguiente liquidación de los ingresos de derecho público que se señalan a continuación:

    LIQUIDACIÓN PROVISIONAL en concepto de Tasa por tramitación de expediente,

    determinada con arreglo a la Ordenanza fiscal nº 6 Reguladora de Tasa Municipal por Licencias Urbanísticas (BOP Nº73 de 19/4/13), que asciende a 8.843'80€ (1,24 % sobre valor catastral que tengan señalados los terrenos y construcciones a efectos del IBI).

    Valor Catastral....................................................109.663'13€ Tasa Municipal (1'24% sV.C................................1.359'82€

    mailto:[email protected]

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    SEXTO. Comuníquese el presente acto administrativo al Registro de la Propiedad de La Zubia, a los efectos previstos en los artículos 67 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y 81 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística.

    Expediente de obras: 2016 / OBRA16000046

    Dirección de notificación: PASEO DE LA BOMBA, 12 BAJO 18008 GRANADA. Obras solicitadas: ELIMINACIÓN DE TABIQUE (SEGÚN CROQUIS) Y SUSTITUCIÓN DE ALICATADO EN CUARTOS DE BAÑO 45 m2

    Localización: CAMINO REAL DE LOS NEVEROS, 29 Visto el expediente de referencia, en que consta solicitud realizada por XXXXXXX con DNI XXXXXX de Licencia Municipal de Obras, expediente 46/2016, consistentes en ELIMINACIÓN DE TABIQUE (SEGÚN CROQUIS) Y SUSTITUCIÓN DE ALICATADO EN CUARTOS DE BAÑO 45m2 en el inmueble sito en CAMINO REAL DE LOS NEVEROS, 29 de este Municipio, Dado que constan igualmente el informe técnico y jurídico legalmente preceptivos conforme al Art.172.4ª) de la Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y el Decreto 60/2010, de 16 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Visto el informe de los Servicios Técnicos Municipales que informa FAVORABLEMENTE, las obras a realizar con las siguientes prescripciones: NINGUNA. La Junta de Gobierno Local previa deliberación y por unanimidad de sus miembros, ACUEDA: PRIMERO: Conceder a XXXXXXX con DNI XXXXXXX Licencia Municipal de Obras, Expediente 46/2016, consistentes en ELIMINACIÓN DE TABIQUE (SEGÚN CROQUIS) Y SUSTITUCIÓN DE ALICATADO EN CUARTOS DE BAÑO 45 m2 en el inmueble sito en CAMINO REAL DE LOS NEVEROS, 29 de este Municipio. SEGUNDO: Conforme a la Ordenanza Fiscal Nº 3 del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, y a la Ordenanza Fiscal Nº 6 de Tasa Municipal por Licencias Urbanísticas vigentes(BOP Nº73 de 19/4/13), se aplicará el 3,46% y 1,24% respectivamente sobre el valor real de la obra, que se establece con carácter PROVISIONAL en 2.000,00€. Lo anterior sin perjuicio de la posible LIQUIDACIÓN DEFINITIVA que en su día hubiere de practicar. Conforme a lo dispuesto en el art. 8 de la Ordenanza Reguladora de Residuos de la Construcción y Demolición se deberá depositar una fianza en concepto de garantía de valorización y eliminación de residuos (BOP Nº 238 de 16/12/13)

    LIQUIDACIÓN

    Presupuesto de ejecución material 2.000,00

    mailto:[email protected]

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    CONCEPTO IMPORTE DE LA LIQUIDACIÓN

    IMPORTES AUTOLIQUIDADOS

    Importe a ingresar*

    TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS

    -24,80 24,80

    ICIO -69,20 69,20

    FIANZA PARA GARANTIZAR LA ELIMINACION DE RESIDUOS

    -120,00 120,00

    TOTAL A INGRESAR 214,00

    TERCERO: La licencia se concede sin perjuicio de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad, quedando sin efecto si se incumplen las condiciones a que estuviera subordinada. Y específicamente con sujeción a la LOUA, NNSS de Huétor Vega (BOP Nº 32 de 18/02/2004) y legislación vigente que resulte de aplicación. CUARTO: Plazos: Conforme al artículo 1.48. de las NNSS del Ayuntamiento de Huétor Vega, las obras deberán iniciarse en el plazo de 6 MESES a contar desde la fecha de notificación de su otorgamiento, o de la del correspondiente permiso de inicio; de no comenzarse en el referido plazo podrá solicitarse (previamente a la finalización del plazo máximo de inicio y por una sola vez) la prórroga de la licencia en vigor para un nuevo periodo de 6 meses. Para la terminación de las obras se establece un plazo de 36 meses desde la fecha de concesión de la licencia sin perjuicio de la solicitud de prórroga por otros 6 meses (solicitada previamente a la finalización del plazo máximo de terminación y por una sola vez). QUINTO: Caducidad de las licencias. La caducidad de las licencias procederá en el forma y en los plazos señalados por Art. 173 de la LOUA y Art.22 del Decreto 60/2010 del RDU de la CAA, así como en lo dispuesto en el artículo 1.48 de las NNSS de Huétor Vega. Expediente de obras: 2016 / OBRA16000047 Obras solicitadas: PICADO Y LEVANTADO DE SOLERÍA. LOSA DE HORMIGÓN MAESTRADA. SOLADO DE PATIO Y FRAGUADO (30 m2) Localización: C/ SOLANA, 1 Visto el expediente de referencia, en que consta solicitud realizada por XXXXXX con DNI XXXXXXX de Licencia Municipal de Obras, expediente 47/2016, consistentes en PICADO Y LEVANTADO DE SOLERÍA. LOSA DE HORMIGÓN MAESTRADA. SOLADO DE PATIO Y FRAGUADO (30 m2) en el inmueble sito en C/ SOLANA, 1 de este Municipio, Dado que constan igualmente el informe técnico y jurídico legalmente preceptivos conforme al Art.172.4ª) de la Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y el Decreto 60/2010, de 16 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Visto el informe de los Servicios Técnicos Municipales que informa FAVORABLEMENTE, las obras a realizar con las siguientes prescripciones: NINGUNA. LA Junta de Gobierno Local previa deliberación y por unanimidad de sus miembros, ACUERDA:

    mailto:[email protected]

  • Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail: [email protected]

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    PRIMERO: Conceder a XXXXXX con DNI XXXXXX Licencia Municipal de Obras, Expediente 47/2016, consistentes en PICADO Y LEVANTADO DE SOLERÍA. LOSA DE HORMIGÓN MAESTRADA. SOLADO DE PATIO Y FRAGUADO (30 m2) en el inmueble sito en C/ SOLANA, 1 de este Municipio. SEGUNDO: Conforme a la Ordenanza Fiscal Nº 3 del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, y a la Ordenanza Fiscal Nº 6 de Tasa Municipal por Licencias Urbanísticas vigentes(BOP Nº73 de 19/4/13), se aplicará el 3,46% y 1,24% respectivamente sobre el valor real de la obra, que se establece con carácter PROVISIONAL en 1.866,00€. Lo anterior sin perjuicio de la posible LIQUIDACIÓN DEFINITIVA que en su día hubiere de practicar. Conforme a lo dispuesto en el art. 8 de la Ordenanza Reguladora de Residuos de la Construcción y Demolición se deberá depositar una fianza en concepto de garantía de valorización y eliminación de residuos (BOP Nº 238 de 16/12/13)

    LIQUIDACIÓN

    Presupuesto de ejecución material 1.866,00

    CONCEPTO IMPORTE DE LA LIQUIDACIÓN

    IMPORTES AUTOLIQUIDADOS

    Importe a ingresar*

    TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS

    -23,14 23,14

    ICIO -64,56 64,56

    FIANZA PARA GARANTIZAR LA ELIMINACION DE RESIDUOS

    -120,00 120,00

    TOTAL A INGRESAR 207,70

    TERCERO: La licencia se concede sin perjuicio de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad, quedando sin efecto si se incumplen las condiciones a que estuviera subordinada. Y específicamente con sujeción a la LOUA, NNSS de Huétor Vega (BOP Nº 32 de 18/02/2004) y legislación vigente que resulte de aplicación. CUARTO: Plazos: Conforme al artículo 1.48. de las NNSS del Ayuntamiento de Huétor Vega, las obras deberán iniciarse en el plazo de 6 MESES a contar desde la fecha de notificación de su otorgamiento, o de la del correspondiente permiso de inicio; de no comenzarse en el referido plazo podrá solicitarse (previamente a la finalización del plazo máximo de inicio y por una sola vez) la prórroga de la licencia en vigor para un nuevo periodo de 6 meses. Para la terminación de las obras se establece un plazo de 36 meses desde la fecha de concesión de la licencia sin perjuicio de la solicitud de prórroga por otros 6 meses (solicitada previamente a la finalización del plazo máximo de terminación y por una sola vez). QUINTO: Caducidad de las licencias. La caducidad de las licencias procederá en el forma y en los plazos señalados por Art. 173 de la LOUA y Art.22 del Decreto 60/2010 del RDU de la CAA, así como en lo dispuesto en el artículo 1.48 de las NNSS de Huétor Vega. Expediente de obras: 2016 / OBRA16000049

    mailto:[email protected]

  • Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail: [email protected]

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    Obras solicitadas: RETIRADA DE CESPED Y SOLADO 25 m2

    Localización: C/ FERNANDO ESCOBAR MANZANO, 19 Visto el expediente de referencia, en que consta solicitud realizada por XXXXXXXX con DNI XXXXX de Licencia Municipal de Obras, expediente 49/2016, consistentes en RETIRADA DE CESPED Y SOLADO 25 m2 en el inmueble sito en C/ FERNANDO ESCOBAR MANZANO, 19 de este Municipio, Dado que constan igualmente el informe técnico y jurídico legalmente preceptivos conforme al Art.172.4ª) de la Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y el Decreto 60/2010, de 16 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Visto el informe de los Servicios Técnicos Municipales que informa FAVORABLEMENTE, las obras a realizar con las siguientes prescripciones: NINGUNA. La Junta de gobierno Local previa deliberación y por unanimidad de sus miembros, ACUERDA: PRIMERO: Conceder a XXXXXX con DNI XXXXXX Licencia Municipal de Obras, Expediente 49/2016, consistentes en RETIRADA DE CESPED Y SOLADO 25 m2 en el inmueble sito en C/ DOCTOR ESCOBAR MANZANO, 19 de este Municipio. SEGUNDO: Conforme a la Ordenanza Fiscal Nº 3 del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, y a la Ordenanza Fiscal Nº 6 de Tasa Municipal por Licencias Urbanísticas vigentes(BOP Nº73 de 19/4/13), se aplicará el 3,46% y 1,24% respectivamente sobre el valor real de la obra, que se establece con carácter PROVISIONAL en 1.000,00€. Lo anterior sin perjuicio de la posible LIQUIDACIÓN DEFINITIVA que en su día hubiere de practicar. Conforme a lo dispuesto en el art. 8 de la Ordenanza Reguladora de Residuos de la Construcción y Demolición se deberá depositar una fianza en concepto de garantía de valorización y eliminación de residuos (BOP Nº 238 de 16/12/13)

    LIQUIDACIÓN

    Presupuesto de ejecución material 1.000,00

    CONCEPTO IMPORTE DE LA LIQUIDACIÓN

    IMPORTES AUTOLIQUIDADOS

    Importe a ingresar*

    TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS

    TASA MÍNIMA 15,00

    ICIO -34,60 34,60

    FIANZA PARA GARANTIZAR LA ELIMINACION DE RESIDUOS

    -120,00 120,00

    TOTAL A INGRESAR 169,60

    TERCERO: La licencia se concede sin perjuicio de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad, quedando sin efecto si se incumplen las condiciones a que estuviera subordinada. Y

    mailto:[email protected]

  • Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail: [email protected]

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    específicamente con sujeción a la LOUA, NNSS de Huétor Vega (BOP Nº 32 de 18/02/2004) y legislación vigente que resulte de aplicación. CUARTO: Plazos: Conforme al artículo 1.48. de las NNSS del Ayuntamiento de Huétor Vega, las obras deberán iniciarse en el plazo de 6 MESES a contar desde la fecha de notificación de su otorgamiento, o de la del correspondiente permiso de inicio; de no comenzarse en el referido plazo podrá solicitarse (previamente a la finalización del plazo máximo de inicio y por una sola vez) la prórroga de la licencia en vigor para un nuevo periodo de 6 meses. Para la terminación de las obras se establece un plazo de 36 meses desde la fecha de concesión de la licencia sin perjuicio de la solicitud de prórroga por otros 6 meses (solicitada previamente a la finalización del plazo máximo de terminación y por una sola vez). QUINTO: Caducidad de las licencias. La caducidad de las licencias procederá en el forma y en los plazos señalados por Art. 173 de la LOUA y Art.22 del Decreto 60/2010 del RDU de la CAA, así como en lo dispuesto en el artículo 1.48 de las NNSS de Huétor Vega. Expediente de obras: 2016 / OBRA16000050 Obras solicitadas: FIRME DE HORMIGÓN DE 5 cm DE ESPESOR EN PLACETA 350 m2

    Localización: C/ UMBRÍA, 30 Visto el expediente de referencia, en que consta solicitud realizada por XXXXXX con DNI XXXXXX de Licencia Municipal de Obras, expediente 50/2016, consistentes en FIRME DE HORMIGÓN DE 5 cm, DE ESPESOR EN PLACETA 350 m2 en el inmueble sito en C/ UMBRIA, 30 de este Municipio, Dado que constan igualmente el informe técnico y jurídico legalmente preceptivos conforme al Art.172.4ª) de la Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y el Decreto 60/2010, de 16 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Visto el informe de los Servicios Técnicos Municipales que informa FAVORABLEMENTE, las obras a realizar con las siguientes prescripciones: NINGUNA. La Junta de Gobierno Local previa deliberación y por unanimidad de sus miembros, ACUERDA: PRIMERO: Conceder a XXXXXXX con DNI XXXXXXX Licencia Municipal de Obras, Expediente 50/2016, consistentes en FIRME DE HORMIGÓN DE 5 cm, DE ESPESOR EN PLACETA 350 m2 en el inmueble sito en C/ UMBRÍA, 30 de este Municipio. SEGUNDO: Conforme a la Ordenanza Fiscal Nº 3 del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, y a la Ordenanza Fiscal Nº 6 de Tasa Municipal por Licencias Urbanísticas vigentes(BOP Nº73 de 19/4/13), se aplicará el 3,46% y 1,24% respectivamente sobre el valor real de la obra, que se establece con carácter PROVISIONAL en 2.760,00€. Lo anterior sin perjuicio de la posible LIQUIDACIÓN DEFINITIVA que en su día hubiere de practicar.

    LIQUIDACIÓN

    Presupuesto de ejecución material 2.760,00

    CONCEPTO IMPORTE DE LA IMPORTES Importe a ingresar*

    mailto:[email protected]

  • Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail: [email protected]

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    LIQUIDACIÓN AUTOLIQUIDADOS

    TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS

    -34,22 34,22

    ICIO -95,50 95,50

    TOTAL A INGRESAR 129,72

    TERCERO: La licencia se concede sin perjuicio de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad, quedando sin efecto si se incumplen las condiciones a que estuviera subordinada. Y específicamente con sujeción a la LOUA, NNSS de Huétor Vega (BOP Nº 32 de 18/02/2004) y legislación vigente que resulte de aplicación. CUARTO: Plazos: Conforme al artículo 1.48. de las NNSS del Ayuntamiento de Huétor Vega, las obras deberán iniciarse en el plazo de 6 MESES a contar desde la fecha de notificación de su otorgamiento, o de la del correspondiente permiso de inicio; de no comenzarse en el referido plazo podrá solicitarse (previamente a la finalización del plazo máximo de inicio y por una sola vez) la prórroga de la licencia en vigor para un nuevo periodo de 6 meses. Para la terminación de las obras se establece un plazo de 36 meses desde la fecha de concesión de la licencia sin perjuicio de la solicitud de prórroga por otros 6 meses (solicitada previamente a la finalización del plazo máximo de terminación y por una sola vez). QUINTO: Caducidad de las licencias. La caducidad de las licencias procederá en el forma y en los plazos señalados por Art. 173 de la LOUA y Art.22 del Decreto 60/2010 del RDU de la CAA, así como en lo dispuesto en el artículo 1.48 de las NNSS de Huétor Vega. GAS NATURAL ANDALUCÍA, S.A. (A-41225889).- Solicitada por XXXXXX con DNI XXXXXXX en representación de Gas Natural de Andalucía, S.A. con NIF A-41225889 y dirección en C/ Fernando Escobar Manzano, 1 Huétor Vega 18198 (Granada), la correspondiente autorización para ejecutar los trabajos de CANALIZACIÓN CON TUBERÍA DE POLIETILENO CON UNA LONGITUD TOTAL DE 49'97 METROS, CON 3 ACOMETIDAS para suministro de gas natural en C/ Pintor Morcillo, 22 – 14 y Avenida Doña Juana, 63 conforme a la documentación aportada. Visto el informe favorable en fecha 7 de abril de 2016 emitido por el Técnico Municipal, la Junta de Gobierno Local previa deliberación y por unanimidad de sus miembros, ACUERDA:

    1º.- Autorizar a Gas Natural los trabajos de CANALIZACIÓN CON TUBERÍA DE

    POLIETILENO CON UNA LONGITUD TOTAL DE 49'97 METROS, CON 3 ACOMETIDAS para suministro de gas natural en C/ Pintor Morcillo, 22 – 14 y Avenida Doña Juana, 63 siempre que se ajusten a la documentación aportada y al informe del Técnico Municipal, debiendo necesariamente tras la finalización de las obras reponerse el pavimento de las calles afectadas, cuyo coste correrá íntegramente a cargo de Gas Natural Andalucía, S.A. sin perjuicio de la reposición de las infraestructuras y servicios que resulten afectados por dicha actuación,

    Se señalicen y adopten las medidas necesarias para garantizar la seguridad de las personas y los bienes durante la ejecución de las obras correspondientes.

    No interfieran en la entrada y salida de vehículos en las cocheras independientemente de la existencia de vado en la misma.

    mailto:[email protected]

  • Plaza del Mentidero, 1 – 18198 – Huétor Vega (Granada) – Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail: [email protected]

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    C.I.F. P1810300 B

    Asimismo, debiendo de conformidad con el Art. 172.5º de la LOUA 7/2002, 17 de Diciembre (BOE nº 12 de 14 de enero de 2003) comunicar su comienzo con al menos diez días de antelación a los Servicios Técnicos Municipales para su replanteo y solicitar si fuera preciso, autorización para el corte de tráfico.

    2º.- Dar traslado del presente al peticionario, para su constancia y efectos oportunos.

    EXP. 8/2016. ALTA VADO PERMANENTE. C/ RACIMO, S/N (NUEVE PLAZAS) Vista la petición de XXXXXXXX en calidad de representante de la Comunidad de Propietarios Las Viñas III Manzana C de Huétor Vega (Granada) con NIF XXXXXXX y domicilio a efectos de notificación en C/ Primavera, 19 Local C-D 18006 Granada de autorización para la instalación de un Vado Permanente en la entrada y salida de vehículos en la cochera de NUEVE PLAZAS sita en C/ Racimo, S/N. Vista la documentación presentada y visto el Informe favorable emitido por la Policía Local con fecha 8 de abril de 2016 en el que se hace constar: “Que el mencionado garaje, tiene una capacidad de 9 vehículos. Que debido a las características especiales de la salida del garaje, y el sentido de la calle con dirección única de salida hacia la Avenida Libertad, hace que la señalización del vado con la placa se tenga que colocar en la parte exterior del acerado, así como con señales de prohibido estacionar......)”, la Junta de Gobierno Local previa deliberación y por unanimidad de sus miembros, ACUERDA: 1º.- Conceder a la comunidad de Propietarios Las Viñas III Manzana C sin perjuicio de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad, autorización para la instalación de un Vado Permanente, (NUEVE PLAZAS) al que le ha sido asignado el EXP. Nº 8/2016, a instalar en la entrada de la cochera sita en Racimo, S/N haciéndole constar a la titular del mencionado vado que habrá de estar a lo dispuesto en la ordenanza municipal sobre regulación del tráfico y circulación de vehículos a motor de éste municipio, y cumplir lo señalado en los artículos (ver al dorso) 80,81,82,83,84,85,86,87 y 88 de la señalada ordenanza (BOP Nº 187 del 30/09/11) aprobándose la autoliquidación en fecha 01/04/2016 practicada de la cuota única por concesión de placa de Vado por importe de 30'00€, la autoliquidación practicada por importe de 31'50€ de los tres últimos trimestres, así como la autoliquidación realizada por el importe de 50'40€ correspondiente a la cuota anual por las nueve plazas de acuerdo con la Ordenanza Fiscal Nº 14 reguladora (BOP.Nº 232 de 7/12/11), debiendo retirar las placas correspondientes en el Área de Urbanismo, siendo su instalación y conservación a cargo de la titular. 2º.- Aprobar la devolución de ingresos indebidos por importe de 12'60€ correspondientes a la cuota por número de plazas de trimestre vencido a ingresar en la cta. nº ES 45 3023 0031 10 5712603405 Caja Rural de Granada. 3º.- Dar traslado del presente a la peticionaria para su constancia, advirtiéndole que esta autorización no le permite el estacionamiento continuado de su propio vehículo a la entrada de la cochera, pues el vado concedido le autoriza únicamente la entrada y salida del mismo de su cochera, en el emplazamiento indicado, debiendo estar permanentemente colocado para que del mismo se desprendan los efectos legalmente previstos, dando lugar cualquiera alteración de los

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    términos de la presente autorización (cambio de ubicación, no estar visible permanentemente.........) a la revocación de la misma, continuando el mismo vigente hasta que por el peticionario no se solicite en forma la correspondiente baja. 3º.- Dese traslado al Área de Obras y Servicios para la instalación de la señalización vertical y placa de vado según las indicaciones de la Jefatura de la Policía Local, asimismo a la Intervención Municipal para su toma de razón y aplicación contables.

    EXP. 10/2016. ALTA VADO PERMANENTE. C/ PÁMPANO, 7 Vista la petición de XXXXXXXX con domicilio en C/ Pámpano, 7 de Huétor Vega (Granada) de autorización para la instalación de un Vado Permanente en la entrada y salida de vehículos en la cochera sita en dicha dirección, visto el Informe favorable emitido por la Policía Local con fecha 8 de abril de 2016 en el que se hace constar: “No existe impedimento para acceder a lo solicitado”, la Junta de Gobierno Local previa deliberación y por unanimidad de sus miembros, ACUERDA:

    1º.- Conceder a XXXXXXX sin perjuicio de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad, autorización para la instalación de un Vado Permanente, al que le ha sido asignado el EXP. Nº 10/2016, a instalar en la entrada de la cochera sita en C/ Pámpano, 7 haciéndole constar al titular del mencionado vado que habrá de estar a lo dispuesto en la ordenanza municipal sobre regulación del tráfico y circulación de vehículos a motor de éste municipio, y cumplir lo señalado en los artículos (ver al dorso) 80,81,82,83,84,85,86,87 y 88 de la señalada ordenanza (BOP Nº 187 del 30/09/11) aprobándose la autoliquidación en fecha 05/04/2016 practicada de la cuota única por concesión de placa de Vado por importe de 30'00€, así como la autoliquidación practicada por importe de 31'50€ de los tres últimos trimestres de acuerdo con la Ordenanza Fiscal Nº 14 reguladora (BOP.Nº 232 de 7/12/11), debiendo retirar las placas correspondientes en el Área de Urbanismo, siendo su instalación y conservación a cargo del titular. 2º.- Dar traslado del presente al peticionario para su constancia, advirtiéndole que esta autorización no le permite el estacionamiento continuado de su propio vehículo a la entrada de la cochera, pues el vado concedido le autoriza únicamente la entrada y salida del mismo de su cochera, en el emplazamiento indicado, debiendo estar permanentemente colocado para que del mismo se desprendan los efectos legalmente previstos, dando lugar cualquiera alteración de los términos de la presente autorización (cambio de ubicación, no estar visible permanentemente.........) a la revocación de la misma, continuando el mismo vigente hasta que por el peticionario no se solicite en forma la correspondiente baja. 3º.- Dese traslado asimismo a la Intervención Municipal para su toma de razón y aplicación contables.

    DACIÓN DE CUENTAS DEL DECRETO Nº 317/2016

    Se da cuenta del decreto nº 317/2016 que literalmente dice:

    DECRETO Nº 317/2016: AUTORIZACIÓN VADO PERMENTE EXP. Nº9 /2016.

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    En Huétor Vega a, 5 de abril de 2016

    Vista la petición de XXXXXXX con domicilio en C/ Austria, 18 de Huétor Vega (Granada) de autorización para la instalación de un Vado Permanente en la entrada y salida de vehículos en cochera sita en dicha dirección, visto el Informe favorable emitido por la Policía Local con fecha 1 de abril 2016,

    En virtud de las atribuciones que la Ley me confiere, de conformidad con el Art. 21 de la Ley

    7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

    RESUELVO

    PRIMERO: Avocar temporalmente la competencia para la concesión de licencias de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre delegada en la Junta de Gobierno Local mediante Decreto nº 565 de 18 de junio de 2015. SEGUNDO: Conceder a sin perjuicio de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad, autorización para la instalación de un Vado Permanente, al que le ha sido asignado el EXP. Nº 9/2016, a instalar en la entrada de la cochera sita en C/ Austria, 18 haciéndole constar a la titular del mencionado vado que habrá de estar a lo dispuesto en la ordenanza municipal sobre regulación del tráfico y circulación de vehículos a motor de éste municipio, y cumplir lo señalado en los artículos (ver al dorso) 80,81,82,83,84,85,86,87 y 88 de la señalada ordenanza (BOP Nº 187 del 30/09/11) aprobándose la autoliquidación en fecha 31/03/2016 practicada de la cuota única por concesión de placa de Vado de 30'00€, así como la autoliquidación practicada por importe de 31'50€ de los tres últimos trimestres de acuerdo con la Ordenanza Fiscal Nº 14 reguladora (BOP.Nº 232 de 7/12/11), debiendo retirar la placa correspondiente en el Área de Urbanismo, siendo su instalación y conservación a cargo del titular. TERCERO: Dar traslado del presente al peticionario para su constancia, advirtiéndole que esta autorización no le permite el estacionamiento continuado de su propio vehículo a la entrada de la cochera, pues el vado concedido le autoriza únicamente la entrada y salida del mismo de su cochera, en el emplazamiento indicado, debiendo estar permanentemente colocado para que del mismo se desprendan los efectos legalmente previstos, dando lugar cualquiera alteración de los términos de la presente autorización (cambio de ubicación, no estar visible permanentemente.........) a la revocación de la misma, continuando el mismo vigente hasta que por el peticionario no se solicite en forma la correspondiente baja. CUARTO: Dese traslado a la Intervención Municipal para su toma de razón y aplicación contables.

    Así lo mando y firmo el Sr. Alcalde-Presidente, en lugar y fecha del encabezamiento, ante mi la Secretaria Acctal de lo que doy fe. El Alcalde La Secretaria Acctal Mariano Molina del Paso Julia Aguilera Moreno

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    3. PROPUESTAS DEL AREA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y PERSONAL. 3.1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE RELACIÓN DE FACTURAS

    Dada cuenta de la relación de facturas nº F/2016/17, y vistas las deficiencias observadas por la Intervención General y puestas de manifiesto en la relación contable de las mismas incluida en el expediente, reparo 1/2014, estando presente el Alcalde, se levanta el reparo conforme al art. 217 de TRLRHL, la Junta de Gobierno Local, por 5 votos a favor, correspondientes al GM PP y 1 abstención correspondiente al GM CIUDADANOS -PARTIDO DE LA CIUDADANIA, acordó la APROBACIONde la Relación de Facturas nº F/2016/17 por importe de CUATRO MIL CIENTO QUINCE EUROS CON OCHENTA Y SEIS CENTIMOS ( 4.115,86 €), conforme al siguiente detalle:

    Aplicación Importe Nombre Ter. Texto Libre

    2016 330 21200 166,47 TREBOLUZ S.L. N FTRA: A-160681 SUMINISTROS PARA ILUMINACION CASA DE LA MUSICA

    MULTIAPLICACION

    1.084,72 GASOLINERA MARTIN

    N FTRA: E17 SUMINISTRO GASOLEO VEHICULOS MUNICIPALES MES FEBRERO

    2016 450 21000 53,97 TREBOLUZ S.L. N FTRA: A-160059-2 FACTURA COMPLEMENTARIA A LA NUMERO A-160059 POR NO INCLUIR IVA

    2016 330 21200 692,53 TREBOLUZ S.L. N FTRA: A-160735 OBRA SALA DE EXPOSICIONES MOLINO DE PAPEL CARMEN DE SAN RAFAEL

    2016 920 22200 89,36 VOZELIA N FTRA: 11129-201603-223808 MANTENIMIENTO DE LINEAS VOZELIA MES DE MARZO

    2016 920 22604 2.006,58 VARGAS ARANDA, MARIANO JOSE

    N FTRA: 57/2016 SERVICIO DE ASISTENCIA LETRADA Y REPRESENTACION A TRAVES DE PROCURADOR MES DE MARZO

    TOTAL 4.093,63

    Ordenar que por la Tesorería municipal, de conformidad con la Base 5.1.3. de ejecución del Presupuesto de 2016, se proceda a la comprobación, con carácter previo a la realización del pago, de que el/os tercero/s se encuentra/n al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Pública municipal y, en caso contrario proceder a la compensación de deudas. 3.2.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE RELACIÓN DE FACTURAS

    Dada cuenta de la relación de facturas nº F/2016/29, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros asistentes, acordó la APROBACION de la Relación de Facturas

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    nº F/2016/29 por importe de VEINTI OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UN EUROS CON CUARENTA Y DOS CENTIMOS (28.741,42 €), conforme al siguiente detalle:

    Aplicación Importe Nombre Ter. Texto Libre

    2016 920 22710 554,16 KONE ELEVADORES,SA N FTRA: 0951430677 MANTENIMIENTO DE ASCENSORES MES DE FEBRERO

    2016 493 22799 400,00 IGNACIO ALBA MUÑOZ N FTRA: 12 SERVICIOS OFICINA DEL CONSUMIDOR MES DE MARZO

    2016 920 22200 156,73 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A. SOC. UNIPE

    N FTRA: 60-C698-410155 FACTURACION CONCERTADA EMPRESAS VARIABLE MES DE MARZO

    2016 920 22200 297,04 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A. SOC. UNIPE

    N FTRA: 60-C698-410154 FACTURACION CONCERTADA EMPRESAS FIJA MES DE MARZO

    2016 231 22629 1.818,90 RAMIREZ RAYA FRANCISCO

    N FTRA: 5 TRATAMIENTOS REALIZADOS EN EL CAIT EN EL MES DE MARZO

    2016 920 22200 260,15 TELEFONICA SERVICIOS MOVILES S.A.UNIPERS

    N FTRA: DGT16000030668 SERVICIO POSTVENTA DE MOVISTAR PERIODO ENERO-MARZO

    2016 920 22700 928,33 CERCOLIM S.L.

    N FTRA: 15528 DESRATIZACION DE EDIF., INSTALACIONES Y CENTROS ESCOLARES MUNICIPALES MES DE MARZO

    2016 920 22700 16.044,88 CERCOLIM S.L.

    N FTRA: 15527 SERVICIOS DE LIMPIEZA DE EDIF., INSTALACIONES Y CENTROS ESCOLARES MUNICIPALES MES DE MARZO

    2016 334 22626 6.674,80 AMALGAMA GESTION CULTURAL,SL

    N FTRA: 000004 GESTION Y CLASES EN LA ESCUELA DE MUSICA Y DANZA MES DE MARZO

    MULTIAPLICACION

    693,48 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A. SOC. UNIPE

    N FTRA: 28-D680-751506 SERVICIO TELEFONIA MOVIL MES MARZO

    2016 920 22711 232,32 UBUNET TELECOM, S.L. N FTRA: F2016Y000255 SERVICIOS MANTENIMIENTO CENTRALITA MES DE MARZO

    2016 920 22799 680,63 MC SPA SOCIEDAD DE PREVENCION, SL

    N FTRA: SPA/19872/2016 CUOTA PRIMER TRIMESTRE 2016 PREVENCION INTEGRAL

    TOTAL 28.741,42

    Ordenar que por la Tesorería municipal, de conformidad con la Base 5.1.3. de ejecución del Presupuesto de 2016, se proceda a la comprobación, con carácter previo a la realización del

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    pago, de que el/os tercero/s se encuentra/n al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Pública municipal y, en caso contrario proceder a la compensación de deudas

    No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión por la Presidencia a las 13:45 horas del día de la fecha, para constancia de todo lo cual levanto la presente acta que firma conmigo el Alcalde-Presidente, la Secretaria accidental, que doy fe.

    Vº Bº EL ALCALDE LA SECRETARIA ACCTAL DON MARIANO MOLINA DEL PASO DOÑA JULIA AGUILERA MORENO

    mailto:[email protected]