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AYUNTAMIENTO DE HIGUERUELAS Plaza de la Iglesia, 1 46162 Higueruelas (Valencia) C.I.F.: P-4614300-D Tel. 96 272 61 30 – Fax 96 272 60 72 Email: [email protected] www.higueruelas.es Expediente nº: 6/2018 Pliego de Cláusulas Administrativas Generales: PCAG Procedimiento: Contrato de [/Concesión de Servicios] por Procedimiento Negociado Sin Publicidad Asunto: Procedimiento negociado sin publicidad por haber sido declarado desierto el procedimiento abierto. Naturaleza del informe: [ ] Borrador [ ] Provisional [x] Definitivo Documento firmado por: El Alcalde y El Secretario PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACION POR EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICDAD DEL CONCTRATO DE CONCESIÓN DE SERVIOS: APERTURA CENTRO SOCIAL Y EXPLOTACIÓN DE BAR – CAFERERÍA 20185/2023. 1ª OBJETO : Se trata de la apertura del Centro Social y explotación de un Bar- cafetería, de titularidad municipal situado en el edificio del Hogar del Jubilado. En consecuencia es objeto del contrato la encomienda a título oneroso a una persona natural o jurídica la prestación del servicio público de explotación del Bar del Centro Social de Higueruelas, así como la apertura y conservación del mismo, cuya prestación es de titularidad y competencia del Ayuntamiento [en virtud de lo dispuesto en el artículo 25.2 letras e) y l), en cuanto a la atención inmediata a personas en riesgo de exclusión social y ocupación del tiempo libre], cuya contrapartida viene constituida exclusivamente por el derecho a explotar el servicio, sin perjuicio del abono a la Administración de un canon concesional. Asumiendo el concesionario el riesgo operacional, que no está garantizado por un régimen tarifario, dependiendo los beneficios de eficiente explotación del servicio por parte del concesionario. Siendo por tanto el objeto subsumible el tipo de contrato de gestión de servicios públicos, tal y como viene definido en el artículo 15 de la Ley 9/217, de Contratos del Sector Público. El presente expediente se tramita por el procedimiento negociado sin publicidad, al haberse declarado desierto el anterior procedimiento abierto por concurrir el supuesto de que no se hayan presentado ofertas o proposiciones, por lo que podrá adjudicarse el contrato mediante el procedimiento negociado sin publicidad, establecido en el artículo 168 de la Ley 9/2017, a cuyo tenor: a) En los contratos de obras, suministros, servicios, concesión de obras y concesión de servicios, en los casos en que: 1.º No se haya presentado ninguna oferta; ninguna oferta adecuada; ninguna solicitud de participación; o ninguna solicitud de participación adecuada en respuesta a un procedimiento abierto o a un procedimiento restringido, sin que en ningún caso se pueda incrementar el presupuesto base de licitación ni modificar el sistema de retribución, y que se envíe un informe a la Comisión Europea cuando esta así lo solicite. En los antecedentes del expediente por el procedimiento abierto declarado desierto por falta de licitadores, constan los actos preparatorios, como la aprobación del Estudio de Viabilidad de la concesión del servicio, que serán de plena aplicación al presente procedimiento. Así mismo, serán de aplicación en lo no previsto en este pliego el pliego de cláusulas administrativas y cuadro de características del contrato, aprobados Resolución de Alcaldía nº 156/2018, de 20 de octubre, especialmente en cuanto a las condiciones sustanciales de adjudicación, publicadas 1

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AYUNTAMIENTO DE HIGUERUELAS

Plaza de la Iglesia, 146162 Higueruelas (Valencia)C.I.F.: P-4614300-D

Tel. 96 272 61 30 – Fax 96 272 60 72Email: [email protected]

Expediente nº: 6/2018Pliego de Cláusulas Administrativas Generales: PCAGProcedimiento: Contrato de [/Concesión de Servicios] por Procedimiento Negociado Sin PublicidadAsunto: Procedimiento negociado sin publicidad por haber sido declarado desierto el procedimiento abierto.Naturaleza del informe: [ ] Borrador [ ] Provisional [x] DefinitivoDocumento firmado por: El Alcalde y El Secretario

PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACION POR EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICDAD DEL CONCTRATO DE CONCESIÓN DE SERVIOS: APERTURA CENTRO SOCIAL Y EXPLOTACIÓN DE BAR – CAFERERÍA 20185/2023.

1ª OBJETO : Se trata de la apertura del Centro Social y explotación de un Bar-cafetería, de titularidad municipal situado en el edificio del Hogar del Jubilado. En consecuencia es objeto del contrato la encomienda a título oneroso a una persona natural o jurídica la prestación del servicio público de explotación del Bar del Centro Social de Higueruelas, así como la apertura y conservación del mismo, cuya prestación es de titularidad y competencia del Ayuntamiento [en virtud de lo dispuesto en el artículo 25.2 letras e) y l), en cuanto a la atención inmediata a personas en riesgo de exclusión social y ocupación del tiempo libre], cuya contrapartida viene constituida exclusivamente por el derecho a explotar el servicio, sin perjuicio del abono a la Administración de un canon concesional. Asumiendo el concesionario el riesgo operacional, que no está garantizado por un régimen tarifario, dependiendo los beneficios de eficiente explotación del servicio por parte del concesionario.

Siendo por tanto el objeto subsumible el tipo de contrato de gestión de servicios públicos, tal y como viene definido en el artículo 15 de la Ley 9/217, de Contratos del Sector Público.

El presente expediente se tramita por el procedimiento negociado sin publicidad, al haberse declarado desierto el anterior procedimiento abierto por concurrir el supuesto de que no se hayan presentado ofertas o proposiciones, por lo que podrá adjudicarse el contrato mediante el procedimiento negociado sin publicidad, establecido en el artículo 168 de la Ley 9/2017, a cuyo tenor: a) En los contratos de obras, suministros, servicios, concesión de obras y concesión de servicios, en los casos en que: 1.º No se haya presentado ninguna oferta; ninguna oferta adecuada; ninguna solicitud de participación; o ninguna solicitud de participación adecuada en respuesta a un procedimiento abierto o a un procedimiento restringido, sin que en ningún caso se pueda incrementar el presupuesto base de licitación ni modificar el sistema de retribución, y que se envíe un informe a la Comisión Europea cuando esta así lo solicite.

En los antecedentes del expediente por el procedimiento abierto declarado desierto por falta de licitadores, constan los actos preparatorios, como la aprobación del Estudio de Viabilidad de la concesión del servicio, que serán de plena aplicación al presente procedimiento. Así mismo, serán de aplicación en lo no previsto en este pliego el pliego de cláusulas administrativas y cuadro de características del contrato, aprobados Resolución de Alcaldía nº 156/2018, de 20 de octubre, especialmente en cuanto a las condiciones sustanciales de adjudicación, publicadas

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en el Perfil del Contratante de la Plataforma de Contratación del Estado en fecha 26/10/2018.

.2ª INVENTARIO : Las instalaciones son propiedad Municipal consisten en: Un Local de 264 m2 de planta baja, un porche-terraza de unos 22 m2 y el siguiente mobiliario y menaje:

ARTICULO. MODELOUND.

Jarra de cerveza de 0,30 cc. Estrella Damm. 0,30 CC 23

Jarra de cerveza de 0,50 cc. Mahou, Heineken, San Miguel, Estrella dam y sin marca. 0,50 CC 42Vasos de chupito varios modelos incluidos los de barrechat Varios 24Vasos de cubata de tubo Tubo. 23Vasos de cubata ancho. Ancho 12Vasos de tubo de la marca Calsberg Pequeño 4Vasos de tubo de la marca Calsberg Grande 12Jarra de cerveza de 0,20 cc. San Miguel, Mahou, Águila y Estrella Dam 0,20 CC 37Tacitas de café varios modelos. Varios. 60Vasitos de carajillo y cortado, varios modelos Varios. 48Vasos de caña de la marca Mahou. Mahou 8Vasos de caña sin marca. sin marca 12Tazas de porcelana varios modelos y tamaños. Varios. 64Jarra de acero inoxidable para calentar la leche. Acero inox. 2Ceniceros de cristal de la marca Mahou. Mahou 4Copas de cristal varios modelos y medidas. Varios. 45Platos para los vasos de café. Porcelana 32Platos para los vasos de café con leche. Porcelana 28Servilletero metálico varias marcas. Metálico. 14Bandeja metálica de camarero. Metálica. 2Pinzas de acero inoxidable varios modelos. Acero inox. 6Bandeja de porcelana ovalada Porcelana. 8Plato de porcelana redondo plano Red. Plano. 52Plato de porcelana redondo ondo Red. Ondo. 81Platos de porcelana varios modelos. Varios 65

ARTICULO. MODELOUND.

Cafetera Marca. Expo bar de dos brazos 2 brazos 1Molinillo de café (de dos tamaños) 2

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Cocina de acero inoxidable marca Eurast UNI Eurast UNI 1Campana en acero inoxidable. Acero Inox 1Microondas Marca Orbegozo Orbegozo 1Freidora acero inoxidable. Acero Inox 2Nevera Marca LYNX 1Surtidor de papel (Pila de la cocina) Plástico 1Surtidor de jabón en pila de la colina y baños. 3Calentador de agua caliente para la cocina Cointra 1Embases de cristal para vino de comeche Grande 2Embases de cristal para vino de comeche Normales 8Bombonas de butano. 1Lavavajillas (línea blanca) LC 80 1Descalcificador para lava-vajillas. 1Soportes para lava-vajillas. Hierro 1Nevera de 4 puertas en acero inoxidable. Acero Inox 2Muebles modulares para la pared de la contra-barra en melanina módulos 4Mueble de acero inoxidable para la cafetera. 1Dispensador de producto desinfectante para los wáteres marca hy. Plástico. 2Dispensador de papel en los baños para secar monos marca Jofel. Plástico 2Dispensador de papel higiénico para los baños marca Jofel. Plástico 2Dispensador de papel higiénico para los baños sin marca Metal 1Dispensador de papel higiénico para los baños sin marca (almacén sin uso) Metal 3Espejos para los baños. 2Barra para sostener manteles de mesa. Madera. 1Balda como estantería sobre la barra de manteles de mesa. Madera. 1Cuadros para decorar las paredes (varios modelos) 12Perchas de cuatro ganchos Madera. 4Perchas de tres ganchos Madera. 1Pizarras para anunciar los menús. Caballete. 3Tostador Marca. Ufesa. Ufesa. 1

ARTICULO. MODELOUND.

Módulos en DM pintados en verde. Madera. 2Modulo de madera de pino alistonada pintado color miel. Madera. 1Tubos fluorescentes de reserva de 20 wts. 20 Wts. 33Televisor marca PHILIPS 1Modulo de mesa alto para sosten del televisor. Mad/Metal 1Estufa de leña con cierre extraíble acero inoxi y tres acc. para la limpieza Metal 1Extractor marc. CATA GS-600 encima de la ventana Metal. 1Ruter Marc. TP-LINK 1Mata moscas Marca. KYOTO con mando a distancia. (Acero inoxidable.) Metal 1Extintor Marca EXTARSA de 6 kg. 1Toldo enrollable para dividir zona de almacén-bar. Color crema. Lona 1Ventiladores de colgar a techo. (Con aspas) Metálicos 3

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Tel. 96 272 61 30 – Fax 96 272 60 72Email: [email protected]

Lámpara colgante (Encima de la mesa de juego de villar) 1Mesa de juego de villar (no es municipal) empresa externa alquiladora 1Mesa de juego futbolín (no es municipal) empresa externa alquiladora. 1Taburetes de sentarse delante de la barra. 10Mesas de terraza de aluminio Marca Nahuo Aluminio 3Sillas de terraza de aluminio y madera Marca Mahou Alum/Mad 16Sillas estructura metálica con respaldo de plástico color marrón Net/Plas 106Mesas cuadradas estructura metálica y base de melanina color crema Met/Mad. 34Escuadras metálicas para soporte de altavoces. Metal. 2Mosquiteras para las ventanas. 6Tablón de corcho para anuncios. Mad/Corcho 1Toldo para la terraza con la propaganda de Mahou 22 Despachos al Servicio de Jubilados

ARTICULO. MODELOUND.

Tableros de parchís. 6Fichas del domino. 4Baraja de cartas española 2Tapetes para los juegos de mesa. 5Conjunto de barriletes para el juego de parchís. 4Tablero de ajedrez. (Sin fichas) 1

ARTICULO. MODELOUND.

Acero para el afilado de cuchillos 3Cuchillo jamonero. 2Cuchara de acero inoxidable. Acero Inox. 1Cucharón de acero inoxidable para guisar. Acero Inox. 1Cuchara de acero inoxidable con rejilla. Acero Inox. 1Paleta de guisar de teflón larga. Teflón. 1Cuchillos de menús metálicos. Metálicos. 60Tenedores de menus metálicos. Metálicos. 54Tenedores de postre o pinchitos. Metálicos. 33Copas de coñac 7Copas de degustación 13

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Vasos de doble de varias marcas, Heineken, Mahou, Volldamm, strongbow y mixta. 13Tazas de porcelana para café (varias marcas) Porcelana 60Tazas de porcelana para café con leche ( varias marcas) Porcelana 35Tazas de porcelana para cortado (varias marcas) Porcelana 34Jarras de un litro. Vidrio 7Jarras de dos litros. Vidrio 2

(El inventario se comprobará y actualizará por personal del Ayuntamiento previo a su adjudicación). 3ª PLAZO Y PRECIO : El plazo de la concesión será de 1 año prorrogable hasta 5 años, previa conformidad de ambas partes.El precio del contrato global será el resultado de multiplicar el canon por el nº de años máximos del contrato: 1.000 € X 5= 5.0000.-€

No obstante, si atendimos al volumen de negocio de la explotación, según la Memoria de viabilidad se prevén unos ingresos anuales de 21.310,08, lo que multiplicado por cinco años, el precio del contrato asciende a 106.550,40 y por lo tanto superior al 10 % de los recursos ordinario del Presupuesto, a efectos de determinar la competencia del Alcalde para la adjudicación del contrato en virtud de la Dª 2ª de la Ley 19/2017 LCSP. Sin perjuicio de lo anterior la Base de Ejecución nº 2 del Presupuesto, contiene una delegación en Alcaldía de los contratos cuya duración exceda de 4 años, y no exceda de la citada cuantía, siempre que esté prevista en el Presupuesto, circunstancia que se acredita mediante la previsión del subconcepto de ingresos 550.00, relativa al canon de explotación del servicio Bar Jubilado. 4ª HORARIO Y CANON : El Horario siempre se ajustará al establecido en el Reglamento de Espectáculos, Establecimientos Públicos y Actividades Recreativas de la Generalitat Valenciana.

El canon a pagar por la explotación del servicio será de 1000,00 Euros. Anuales al alza, incrementándose cada año según la subida del IPC.

El canon deberá ingresarse en la cuenta corriente del Ayuntamiento finalizado el plazo de ingreso el día 30 del mes en que hubiere realizado la adjudicación. No obstante podrá fraccionarse o aplazarse sin intereses, en dos pagos, debiendo hacerse efectivo el primer pago dentro de los 6 primeros meses siguientes a la adjudicación y el segundo dentro de los 12 meses a partir de la adjudicación.

5ª PRECIOS REDUCIDOS: Se implantarán precios privados reducidos para la Tercera Edad, siendo normales aquellos destinados al resto del usuarios y cuya relación será autorizada por el Ayuntamiento.

Jubilados y no jubilados deberán presentar carnet de identidad aplicándose la tarifa reducida sólo en caso de acreditación de la condición de jubilado, con residencia habitual en el municipio.

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El porcentaje de reducción a aplicar en los precios será el que resulte de las mejoras establecidas en los criterios de adjudicación.

6ª CONSERVACIÓN Y REPARACIONES : Transcurrido el plazo del contrato de concesión, el concesionario deberá proceder a la revisión de las instalaciones, bienes y material del servicio, que deberá de encontrarse en el mismo estado y en las mismas condiciones en que fueron otorgadas. El concesionario estará obligado a realizar por su cuenta, todas las reparaciones necesarias, respondiendo incluso de los deterioros producidos por los usuarios y a devolver las instalaciones y el mobiliario al terminar el contrato en el mismo estado en que se recibieron.

7ª POTESTADES DE LA CORPORACIÓN : La Corporación que actúa como concedente, ostentara sin perjuicio de las que procedan las potestades siguientes:

1.- Ordenar discrecionalmente, como podría disponer si gestionase directamente el servicio las modificaciones en la concesión aconsejase el interés público.

2.- Fiscalizar la gestión del concesionario.

3.- Asumir temporalmente la ejecución directa del servicio en los casos en que no lo presentase o no lo pudiere prestar el concesionario por circunstancias imputables o no al mismo.

4.- Imponer al concesionario las correcciones pertinentes por razón de las infracciones que cometiere.

5.- Rescatar la concesión.

6.- Suprimir el servicio.

8ª OBLIGACIONES DE LA CORPORACIÓN : La Corporación que actúa como concedente se compromete a:

1.- Otorgar al concesionario la protección adecuada para que pueda prestar el servicio debidamente. 2.- Mantener el equilibrio financiero del concesionante para lo cual:

a) Compensará económicamente al concesionario por razón de las modificaciones que le ordenase introducir en el servicio y que incrementen los costes o disminuyeren las retribuciones.

b) Revisará las condiciones de la concesión cuando aun sin mediar modificaciones en el servicio circunstancias sobrevenidas o imprevisibles-no imputables a la gestión del negocio- determinaren, en cualquier sentido la ruptura de la economía de la concesión.

3.- Indemnizar al concesionario por los daños y perjuicios que le ocasionare la asunción directa de la gestión del servicio, si esta se produjere por motivos de interés público independientes de culpa del concesionario.

4.- Indemnizar al concesionante por el rescate de la concesión o en caso de supresión del servicio.

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9ª OBLIGACIONES CONCESIONARIO : Serán obligaciones del concesionario:

1.- Prestar el servicio de modo dispuesto en la concesión y ordenado posteriormente por la Administración concedente, incluso en el caso de circunstancias sobrevenidas e imprevisibles que ocasionaren una subversión en la económica de la concesión y sin más interrupciones que las que se habrían producido en el supuesto de gestión directa municipal o provincial.

2.- Admitir el goce del servicio a toda persona que cumpla los requisitos dispuestos reglamentariamente; especialmente a las personas de la tercera edad que tendrá derecho de acceso y reunión en las dependencias del edificio destinadas a tal fin.

3.- Indemnizar a terceros del daño que les ocasione en la prestación del servicio salvo si se hubieran realizado en cumplimiento de una cláusula impuesta por la Corporación con carácter ineludible.

4.- No enajenar bienes afectados a la concesión que hubieren de revertir a la Entidad concedente ni gravarlos salvo autorización expresa de la Corporación.

5.- Ejercer por sí la concesión y no cederla ni traspasarla a terceros.

6.- El 100% de los gastos de luz, correrán a cargo del concesionario. El concesionario dará su nombre y su número de cuenta corriente a la compañía a efectos de pago de los recibos.

7.- El teléfono será propiedad del Ayuntamiento, pero el arrendatario dará su nombre y su número de cuenta corriente a la compañía a efectos de pago de los recibos.

8.- El local deberá mantener las condiciones de limpieza e higiene necesarias en todo momento.

9.- Prestar fianza por importe máximo de 1 anualidad del canon de arrendamiento.

10.- Comunicar al Ayuntamiento el cierre por vacaciones con 15 días de antelación, para su aprobación municipal. Dicho cierre no podrá exceder de 10 días consecutivos y hasta un máximo de 22 días hábiles al año.

11.- Comunicar y obtener autorización del Ayuntamiento para el cierre temporal, por motivos justificados apreciados por el Ayuntamiento.

12.- En caso de renuncia, comunicar la misma al Ayuntamiento por escrito con una antelación de 15 días a la fecha prevista de cese de la actividad, procediéndose en caso contrario a al imposición de las penalidades a que se refiere la cláusula 14 del presente pliego.

13º.- El pago del recibo de la T.T.R.U (Tasa de tratamiento de residuos urbanos de cada año).

10ª DERECHOS DEL CONCESIONARIO: Serán derechos del concesionario:

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1.- Percibir la retribución correspondiente por la prestación del servicio.

2.- Obtener compensación económica que mantenga el equilibrio financiero del arrendamiento.

3.- Utilizar los bienes de dominio público necesarios para el servicio.

4.- El concesionario recibirá como retribución los beneficios obtenidos por la explotación del Bar propiedad municipal.

5.- En todo caso la retribución prevista para el concesionario deberá ser calculada de modo que permita, mediante una buena y ordenada administración, amortizar durante el plazo de la concesión, el costo del establecimiento del servicio y cubrir los gastos de explotación y un margen normal de beneficios.

11ª CONSERVACIÓN DE LOS BIENES : Los bienes e instalaciones objeto de la convocatoria serán entregadas, en el mismo estado de conservación en que fueron entregados al concesionario, en el momento de la reversión.

12º DESIGNACIÓN DE INTERVENTOR Y DEL RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DE CONTRATO : La Corporación designará un Interventor Técnico que con relación a la concesión, vigilará la conservación del material e informará a la corporación sobre las reparaciones y reposiciones necesarias para mantenerlos en las condiciones previstas.

Se designa responsable de la ejecución del contrato al funcionario D. Enrique Gil Gil.

14ª PENALIDADES: Si el concesionario incurriese en incumplimiento grave consistente en el cierre unilateral y sin previo aviso y autorización del Ayuntamiento, se le impondrán penalidades a razón de 20 € por cada día de cierre injustificado. Se consideraran asimismo graves los incumplimientos sobre normativa y condiciones de salubridad e higiene del local e instalaciones pudiendo acordarse el cierre con incautación de la fianza.

- Si incurriese en incumplimientos leves, tales como falta de comunicación del cierre con antelación suficiente y otros incumplimientos leves se le impondrán penalidades a razón de 10 € por día.

Todo ello sin perjuicio de optar por la rescisión del contrato.

De dicho incumplimiento responderá el concesionario con incautación de fianza, si transcurrido el plazo para el pago de penalidades no se hubieran satisfecho, sin perjuicio del cobro de las mismas por vía de apremio.

15ª SECUESTRO TEMPORAL : Si el concesionario incurriera en incumplimiento de carácter muy grave que pusiera en peligro la buena prestación del servicio público, incluida la desobediencia a órdenes de modificaciones, la Administración podrá asimismo declarar en secuestro la concesión, regulado en los art. 134 y 135 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.

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16º.- DECLARACIÓN DE CADUCIDAD : Procederá la declaración de caducidad de la concesión en los supuestos recogidos en el art. 136 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.

La declaración de caducidad se acordará por la Corporación y determinará el cese de la gestión por el concesionario, la incautación de los elementos afectados y de la fianza, y la convocatoria para adjudicar nuevamente la concesión.

A este efecto en el plazo de 1 mes desde que la caducidad ha sido ejecutada la Corporación incoara expediente justiprecio de la concesión sin modificar ninguna de las cláusulas de la misma y con intervención del titular caducado que se decidirá por defecto de acuerdo por el Jurado Provincial de expropiación y conforme al procedimiento de la Ley de Expropiación forzosa. Acordada la tasación por el acuerdo mutuo o por el Jurado Provincial de expropiación se convocara en el plazo de 1 mes licitación según el procedimiento recogido en el art. 137 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.

17ª NORMAS DE CONTRATACIÓN:

El órgano de contratación podrá articular el procedimiento en fases sucesivas, a fin de reducir progresivamente el número de ofertas a negociar mediante la aplicación de los criterios de adjudicación señalados en el anuncio de licitación o en el pliego de cláusulas administrativas particulares, indicándose en estos si se va a hacer uso de esta facultad. El número de soluciones que lleguen hasta la fase final deberá ser lo suficientemente amplio como para garantizar una competencia efectiva, siempre que se hayan presentado un número suficiente de soluciones o de candidatos adecuados.

[NOTA: Durante la negociación, las mesas de contratación y los órganos de contratación velarán porque todos los licitadores reciban igual trato. En particular no facilitarán, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados licitadores con respecto al resto.Los órganos de contratación informarán por escrito a todos los licitadores cuyas ofertas no hayan sido excluidas, de todo cambio en las especificaciones técnicas u otra documentación de la contratación que no establezca los requisitos mínimos a que se refiere el artículo 166, y les darán plazo suficiente para que presenten una nueva oferta revisada.]

Los órganos de contratación, en su caso, a través de los servicios técnicos de ellos dependientes, negociarán con los licitadores las ofertas iniciales y todas las ofertas ulteriores presentadas por éstos, excepto las ofertas definitivas, que estos hayan presentado para mejorar su contenido y para adaptarlas a los requisitos indicados en el pliego de cláusulas administrativas particulares y en el anuncio de licitación, en su caso, y en los posibles documentos complementarios, con el fin de identificar la mejor oferta, de conformidad con lo previsto en el artículo 145.

No se negociarán los requisitos mínimos de la prestación objeto del contrato ni tampoco los criterios de adjudicación.

En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas, de las razones para su aceptación o rechazo y de las ventajas obtenidas en la negociación.

[NOTA: En el curso del procedimiento las mesas de contratación y los órganos de

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contratación cumplirán con su obligación de confidencialidad, por lo que no revelarán a los demás participantes los datos designados como confidenciales que les haya comunicado un candidato o licitador sin el previo consentimiento de este. Este consentimiento no podrá tener carácter general, sino que deberá especificar a qué información se refiere.]

Cuando el órgano de contratación decida concluir las negociaciones, informará a todos los licitadores y establecerá un plazo común para la presentación de ofertas nuevas o revisadas.

A continuación, la mesa de contratación verificará que las ofertas definitivas se ajustan a los requisitos mínimos, y que cumplen todos los requisitos establecidos en el pliego; valorará las mismas con arreglo a los criterios de adjudicación; elevará la correspondiente propuesta; y el órgano de contratación procederá a adjudicar el contrato.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 150.2 de la LCSP, una vez aceptada la propuesta de la mesa por el órgano de contratación, los servicios correspondientes requerirán al licitador que haya presentado la mejor oferta, para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de las circunstancias a las que se refieren las letras a) a c) del apartado 1 del artículo 140 si no se hubiera aportado con anterioridad, tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra; de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos.

[NOTA: De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido.]

El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.

La resolución de adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días.

La notificación se realizará por medios electrónicos de conformidad con la Disposición adicional decimoquinta. Sin perjuicio de los dispuesto transitoriamente para los registros electrónicos por Ley 39/2018, y RD ley 11/2018, que establece una nueva moratoria para la implantación de los mismos.

La notificación y la publicidad deberán contener la información necesaria que permita a los interesados en el procedimiento de adjudicación interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación, y entre ella en todo caso deberá figurar la siguiente:

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Plaza de la Iglesia, 146162 Higueruelas (Valencia)C.I.F.: P-4614300-D

Tel. 96 272 61 30 – Fax 96 272 60 72Email: [email protected]

a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.b) Con respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, los motivos por los que no se haya admitido su oferta, incluidos, en los casos contemplados en el artículo 126, apartados 7 y 8, los motivos de la decisión de no equivalencia o de la decisión de que las obras, los suministros o los servicios no se ajustan a los requisitos de rendimiento o a las exigencias funcionales; y un desglose de las valoraciones asignadas a los distintos licitadores, incluyendo al adjudicatario.

c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de este con preferencia respecto de las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas; y, en su caso, el desarrollo de las negociaciones o el diálogo con los licitadores.

En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato.

De conformidad con el artículo 153 de la LCSP, el contrato deberá formalizarse en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.

Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 44, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. Las Comunidades Autónomas podrán incrementar este plazo, sin que exceda de un mes.

Los servicios dependientes del órgano de contratación requerirán al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.

En los restantes casos, la formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.

De conformidad con el artículo 154 de la LCSP, la formalización del contrato deberá publicarse, junto con el correspondiente contrato, en un plazo no superior a quince días tras el perfeccionamiento del contrato en el perfil de contratante del órgano de contratación.

De conformidad con el artículo 346 de la LCSP, se comunicará al Registro de Contratos del Sector Público los datos básicos del contrato adjudicado, entre los que figurará la identidad del adjudicatario, el importe de adjudicación de los mismos, junto con el desglose correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido.

17. 1.- DOCUMENTACIÓN:

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Deberán presentarse solicitudes de participación en la Secretaría de la Corporación en el plazo 10 días naturales desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en la página web de la Entidad, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, (sin perjuicio de otros medios de publicación adicional y complementaria, que no determinarán el inicio del plazo de presentación de solicitudes de participación), en el Registro electrónico del Ayuntamiento, sede electrónica o presencialmente en el Ayuntamiento y horario de 9 h. a 15 h, o cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, transitoriamente aplicable, en virtud de la DT 7ª de la Ley 39/2015, y RDLey 11/2018, de 321 de agosto (en tales caso, salvo que se presente en el Registro del Ayuntamiento, el licitador deberá enviar al ayuntamiento copia de la presentación de su solicitud de participación mediante fax o correo electrónico, antes de que finalice el plazo de presentación de instancia, en otro caso, podrá quedar excluido del procedimiento si su oferta tuviera entrada en el Registro de municipal un vez valoradas las ofertas por la mesa de contratación,

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

1ª FASE ACREDITACIÓN DE CAPACIDAD:

a) Fotocopia del D.N.I del licitador.b) Documento acreditativo de que el licitador se encuentra al día en sus

obligaciones tributarias o declaración responsable de este sentido.c) Declaración responsable de licitador de no encontrarse comprendido en

ninguno de los casos de incompatibilidad o incapacidad para contratar con el Ayuntamiento, ni de prestación para contratar a que se refiere el art. 71 de LCSP.

d) Acreditación de su capacidad, (Art. 90 Ley 9/2017 LCSP): alta Registro de Autónomos, alta IAE, epígrafe sector: Es decir, en el epígrafe 673.2, que incluyen los cafés o bares que no disponen de comedor o local separado en donde se preste el servicio de restaurante y que utilizan las mismas mesas del bar para servir comidas, fotocopia del IAE, carné de manipulador o formación equivalente (pudiendo sustituirse mediante declaración responsable del compromiso de reunir este requisito en el plazo de 15 días desde que fuera requerido para ello, una vez recaída propuesta de adjudicación).

e) Acreditación de experiencia (salvo empresas de nueva creación) previa en el sector de hostelería y restauración, mediante currículum vitae, acompañado de vida laboral. Relación de los servicios directamente relacionados con el objeto del contrato, realizados en los últimos 3 años que incluya importe, fechas y destinatario, público y privado de los mismos, mediante certificados o declaración de empresario. Indicación del personal y medio de que dispone, titulaciones académicas y profesionales del solicitante, y en su caso, indicación de la parte del contrato que el solicitante tiene eventualmente el propósito de subcontratar.

f) Acreditación de la solvencia económica y financiera, mediante declaración del responsable de entidades bancarias, en las que el solicitante sea titular de cuentas, de que dispone de los recursos suficientes para hacer frente al pago del canon de una anualidad y atiende regularmente sus pagos.

2ª FASE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIÓN ECONÓMICAS Y MEJORAS.

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a) Canon de explotación: Proposición en la que se exprese con letra y cifra la cantidad que se ofrece como canon anual.

b) Mejoras: Cuantos documentos estime el licitador han de favorecer su proposición.

A tal efecto los criterios de adjudicación, y la valoración de los mismos se realizará con arreglo al cuadro de características y pliegos aprobados para el procedimiento abierto declarado desierto por resolución de Alcaldía.

17.2º.- FASES Y PLAZOS DE SELECCIÓN:

1ª Fase acreditación de la capacidad y solvencia técnica y económica para la gestión, dirección y prestación del servicio.

El plazo de presentación de solicitudes de participación según modelo que figura en Anexo 1, será de 10 días naturales contados desde el anuncio de este pliego simultáneamente en el tablón de anuncios y en el web oficial de este Ayuntamiento.

Dichas solicitudes se presentarán acompañadas de la documentación señalada en la base 17.1 anterior.

La Mesa de Contratación convocará a los solicitantes, que reúnan los requisitos establecidos en el pliego, a una Entrevista Personal a fin de comprobar la experiencia aportada, conocimientos técnicos, eficacia, y fiabilidad, y la capacidad para la gestión, dirección y prestación del servicio. Pudiendo excluir motivadamente del proceso a aquellos solicitantes que no reúnan la capacidad suficiente, a su juicio, para la realización del objeto del contrato.

Si se observasen defectos en la documentación presentada podrá concederse un plazo de 5 días naturales de subsanación.

2ª Fase. Los solicitantes que hayan acreditado capacidad suficiente para realizar el contrato a juicio de la Mesa de Contratación, deberán proponer las condiciones de la prestación del servicio establecidas en la base 17.4. A tal efecto, los licitadores presentaran sus ofertas o proposiciones económicas en el plazo de 2 días hábiles contados desde la invitación por escrito realizada por el Ayuntamiento, o en su caso mediante anuncio en el Tablón de edictos.

Las proposiciones se presentarán en sobre cerrado que podrá ser lacrado y precintado.

17.3.- APERTURA Y NEGOCIACIÓN:

El Órgano de Contratación, convocará a los licitadores que hubieran presentado ofertas a que comparezcan en las dependencias municipales a fin de asistir al acto de negociación, a través de una comisión técnica, de él dependiente, levantando Acta sucinta de todo ello y procediendo en la forma indicada en el artículo 169 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, LCSP.

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La comisión técnica podrá solicitar de cualquier oferente que aclare su propuesta, con carácter previo a la propuesta de adjudicación, levantado acta sucinta de lo actuado. Asimismo, podrá acordar un nuevo plazo de 2 días para que presenten nuevas ofertas mejoradas con carácter definitivo.

17.4.- ADJUDICACIÓN.

Los criterios de selección por orden decreciente serán:

Varios :

MEJOR CANON OFRECIDO: 70 puntos: Según formula siguiente: PL = (PL) / (PM) * 70 PL = puntuación otorgada al licitador. PL = Puja sobre el canon ofrecida por el licitador/PM = Puja máxima ofertada. K= 70 puntos.

MEJORAS EN EL PROYECTO DE EXPLOTACIÓN: hasta el 30 puntos:

a) Mejora en las instalaciones, valorada económicamente, hasta 10 puntos: PL = COL/COMO x K PL = puntuación otorgada al licitador. COL = cuantía oferta del licitador. CMO = cuantía máxima ofertada. K = 10 puntos.

b) Mejora en proyecto de explotación, mayores servicios, acompañada de valoración )hasta 10 puntos: PL = COL/CMO x K PL = puntuación otorgada al licitador. COL = cuantía oferta del licitador. CMO = cuantía máxima ofertada. K = 10 puntos.

c)Mejora en porcentaje de descuento a los jubilados con residencia habitual en municipio hasta 10 puntos: PL = % DL/DMO x K PL = puntuación otorgada por el licitador. COL = cuantía % ofertada del licitador/CMO = cuantía % máxima ofertada. K = 10 puntos.

El contrato se perfeccionará con la adjudicación definitiva. En virtud de la adjudicación definitiva la Corporación y el concesionario quedaran obligados a su cumplimiento.

17.5.- MESA DE CONTRATACIÓN

La Mesa de Contratación para la valoración de las solicitudes y propuestas presentadas estará compuesta por

1.- Presidente D. Melanio Estaban Martínez (Alcalde)2.- Vocal: Mª Isabel Martínez Aguilar (Concejal grupo popular)3.- Vocal: Dª Layla Paz Martínez Díez (grupo socialista) 4.- Vocal y Secretario: D. Fermín Parrilla Galdón en su doble condición de vocal y Secretario, en calidad de Secretario – Interventor.5.- Enrique Gil Gil, que actuará como Secretario de la Comisión, quien da fe del acto, y tendrá voz pero no voto.

En caso de empate decidirá la Presidencia con su voto de calidad.

17.6.- FORMALIZACIÓN :

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Efectuada la adjudicación se notificará en el plazo de 10 días al concesionario requiriéndose para que dentro de los 10 días siguientes presente documento acreditativo de haber constituido la fianza definitiva, que consistirá en una anualidad del canon a satisfacer por el concesionario a la Corporación (1.000 €). En la misma notificación se le citará que en día y hora que se le indique concurra a formalizar el contrato.

18ª CARÁCTER DEL CONTRATO INALTERABLE:

El contrato será inalterable a partir de la adjudicación y deberá ser cumplido con estricta sujeción a sus cláusulas y el presente pliego de condiciones, únicamente podrá ser modificado mediante nueva licitación, salvo en los casos previstos en la legislación vigente.

19ª.- TRASPASO:

El concesionario no podrá ceder ni traspasar los derechos que nazcan del remate sin obtener la autorización del Ayuntamiento, que podrá discrecionalmente concederle o denegarle; y en todo caso deberá de cumplirse lo dispuesto en el art. 52 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales.

20ª- INTERPRETACIÓN:

La administración municipal interpretará el presente contrato y resolverá las dudas que ofrezca su cumplimiento, sin perjuicio de los recursos que proceden en vía jurisdiccional.Los acuerdos de la Corporación Municipal que se adopten al respecto serán inmediatamente ejecutivos.

En la interpretación de este pliego se tendrán en cuenta también las cláusulas del documento firmadas por el concesionario.

21ª.- LEGISLACIÓN COMPLEMENTARIA:

Para lo no previsto en este pliego de condiciones se estará a lo dispuesto en la siguiente legislación:Ley 7/85.RD. 781/86.Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, de 8 noviembre y R.D 1098/2001 por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.RSCL de 17 de Julio de 1955.

Régimen jurídico:

El contrato que regula el presente pliego tiene carácter administrativo conforme a lo

señalado en el artículo 25 de la LCSP 2017 y se regirá , en cuanto a su preparación,

adjudicación, efectos y extinción, en lo no previsto en el mismo por la legislación

básica del Estado en materia de contratación: la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de

Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico

español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y

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2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en adelante LCSP, por el Reglamento

General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real

Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre, en cuanto no se oponga a lo establecido en

la LCSP, en adelante RGLCAP, y, por el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el

que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del

Sector Público, por la normativa autonómica de desarrollo en materia de contratos

(1) , y por la de Régimen Local, aplicándose, supletoriamente las normas estatales

sobre contratación que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho

administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.

Serán de aplicación supletoria la regulación establecida en la LCSP respecto al

contrato de concesión de obras, siempre que resulte compatible con la naturaleza

del presente contrato, conforme al artículo 297 de la LCSP 2017.

Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en el presente pliego y

sus anexos, el pliego de prescripciones técnicas particulares, el estudio de viabilidad

o en su caso, de un estudio de viabilidad económico-financiera redactado conforme

al artículo 285 de la LCSP 2017, y cuando el contrato comprenda la ejecución de

obras, conforme al Proyecto de construcción y explotación de las obras

Será de aplicación, lo dispuesto en el Estudio de Viabilidad económico – financiera

en cuanto que establece y regula, asimismo, de acuerdo con lo previsto en el

artículo 284 de la LCSP 2017, su régimen jurídico, se determina el alcance de las

prestaciones en favor de los administrados, y se regulan los aspectos de carácter

jurídico, económico y administrativo relativos a la prestación del servicio.

El contrato se ajustará al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se

entenderán parte integrante de aquél.

En caso de discrepancia entre el presente pliego y el resto de documentación que

reviste carácter contractual, prevalecerá el presente pliego. Si la divergencia se

produce entre los documentos que forman parte del proyecto de construcción y

explotación y del proyecto de obras corresponderá a la Dirección Facultativa, en la

fase de construcción la resolución de la misma y al responsable del contrato en la

fase de explotación de las obras.

22ª CLÁUSULA DE IUS VARIANDI.

La administración se reservara la posibilidad de modificar las actividades que se prestan en este contrato de concesión, ampliándolas en su caso, previa la

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correspondiente compensación económica para mantener el equilibrio económico del contrato de concesión según se establece en la legislación vigente.

23ª CLÁUSULA ADICIONAL.

La Corporación podrá utilizar el Local y material del Hogar del Jubilado en los casos que se crea oportuno.

Se entiende en todo caso que los gastos de mantenimiento son a cuenta del arrendatario.

24ª RESERVA DE USO PÚBLICO :

La Corporación se reserva el Derecho de habilitar dentro del Local un espacio reservado únicamente para jubilados.

Anexo I: Modelo de solicitud para participar en la primera fase consistente en una Entrevista Personal del procedimiento negociado sin publicidad “Gestión del Servicio Público Apertura Centro _Social y explotación de Bar-cafetería” .Higueruelas.

“SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA PRIMERA FASE DE ENTREVISTA PERSONAL DEL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD “GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE APERTURA CENTRO SOCIAL Y EXPLOTACIÓN BAR-CAFETERÍA DEL LOCAL SOCIAL CON DESTINO A LA TERCERA EDAD DE HIGUERUELAS.

Don/Doña , mayor de edad, con domicilio en . ..., con D.N.I. n 0 . ..., y en nombre propio (o en representación de ,

como acredita por ) enterado de la convocatoria de procedimiento negociado sin publicidad anunciada en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento en fecha ------, solicita tomar parte en la misma, a cuyo efecto adjunta la documentación exigida en el pliego a efectos de constatar que se ajusta a los requisitos y criterios objetivos de capacidad exigidos para su admisión.Lugar, fecha y firma.”

Los licitadores presentarán simultáneamente con el modelo de solicitud y junto a la documentación que acredite la concurrencia de los requisitos objetivos de participación, en el mismo sobre, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del D.N.I del licitador.b) Documento acreditativo de que el licitador se encuentra al día en sus

obligaciones tributarias o declaración responsable de este sentido.c) Declaración responsable de licitador de no encontrarse comprendido en

ninguno de los casos de incompatibilidad o incapacidad para contratar con el Ayuntamiento, ni de prestación para contratar a que se refiere el art. 71 del LCSP.

d) Acreditación de su capacidad, alta Registro de Autónomos, fotocopia del IAE, carné de manipulador (pudiendo sustituirse mediante declaración

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responsable del compromiso de reunir este último requisito con carácter previo al inicio de la prestación del servicio).

e) Acreditación, de experiencia previa en el sector de hostelería y restauración, mediante currículum vitae, acompañado de vida laboral. Relación de los servicios directamente relacionados con el objeto del contrato, realizados en los últimos 3 años que incluya importe, fechas y destinatario, público y privado de los mismos, mediante certificados o declaración de empresario. Indicación del personal y medio de que dispone, titulaciones académicas y profesionales del solicitante, y en su caso, indicación de la parte del contrato que el solicitante tiene eventualmente el propósito de subcontratar.

f) Acreditación de la solvencia económica y financiera, mediante declaración del responsable de entidades bancarias, en las que el solicitante sea titular de cuentas, de que dispone de los recursos suficientes para hacer frente al pago del canon de una anualidad y atiende regularmente sus pagos.

DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Pliego ha sido aprobado por Resolución de la Alcaldía. EL SECRETARIO.

DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

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