autonomÍa del derecho a la informaciÓn
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EL DERECHO A LA INFORMACIÓN
Es la facultad jurídica del derecho de todo hombre a
la verdad.Debe entenderse el D. I. como aquel que se tiene
para manipular información. La información debe ser de
derechos y deberes.
NormasAplicables al Código Penal.
De la rama del Derecho público: TUTELA, REGLAMENTACIÓN,
DELIMITACIÓN DEL DERECHO SUBJETIVO, PERSONAL
INDIVIDUAL .Derecho natural: Constituciones
o leyes.
El derecho a saber y la obligación
de informar
El Derecho a la información, se compone de una
facultad o atribución doble: EL DERECHO A DAR INFORMACIÓN Y
EL DE RECIBIR INFORMACIÓN.
14 estados de la República Mexicana
han legislado de tener una Ley de:
12 de junio de 2002, se público en el
Diario Oficial de la Federación la:
El derecho a la información se entienda como una
realidad en los gobiernos de estar debidamente
informados y puedan tomar decisiones en las múltiples acciones que tenga relación
con la vida pública y personal.
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Secretarías
Es una extensión jurídica del artículo 6° Const. Modificado el
6 de diciembre de 1977, “El derecho a la Información será
garantizado por el Estado”.
La L.F.T.A.I.P.G. Contempla una serie de candados que prohíben la difusión de información a particulares cuando pongan en riesgo asuntos de carácter judicial, económico, información oficial queda como reservada, no podrá ser divulgada.
Información
secreta:
Comerciales.IndustrialesFiscalesBancariosFiduciariosAveriguacionesProcedimientos judiciales
Quedan sometidos a este marco jurídico los:
Poderes de la Unión
Órganos constitucionales autónomos como:
Para proveer la información no
tiene costo alguno.
En caso de que la información sea negada, el particular podrá apelar la decisión ante el poder judicial, mediante el juicio de amparo.
La Ley consta de 4 capítulos y 11 transitorios:
TITULO PRIMERO.- Consta 5 capitulos, contiene las disposiciones para todos los sujetos obligados.
TITULO SEGUNDO.- Establece el procedimiento de acceso a la información y el de revisión a cargo del Instituto Federal de Acceso a la Información. IFAI
TITULO TERCERO.- Consta de un capítulo único que da los principios a los cuales deberán sujetarse el poder legislativo, el poder judicial, los órganos constitucionales autónomos y los tribunales administrativos para establecer el acceso a la información.
TITULO CUARTO.- Contiene las responsabilidades en materia de acceso a la información de los servidores públicos de todos los poderes y órganos constitucionales autónomos.
El conjunto de
información
disponible para su
mayor difusión debe
estar en:
Esta información facilita el uso y
compresión para la EVALUACIÓN DE CALIDAD,
CONFIABILIDAD, OPORTUNIDAD y
VERACIDAD.
Los tiempos legales de una solicitud de información son:
1.- El envió de la solicitud son 20 días hábiles para recibir la notificación si la información es pública o no.2.- Si la notificación es positiva, la unidad de enlace tiene 10 días hábiles para entregarla.3.- Existen casos excepcionales, que serán de cinco días hábiles que tiene la unidad de enlace para notificar que no posee la información y orientará al solicitante donde puede encontrarla.
4.- 20 días adicionales por una vez que pueda requerir la unidad de enlace, para contratar y compilar la información.5.- El consto será de un peso por copia simple, 11 por copia certificada, 5 por un disquete y 10 por un CD, para pagar la reproducción de la información .
Los estados de la República Mexicana crearon su propia Ley de
SINALOAJALISCOQUERETARODURANGOAGUASCALIENTES
NUEVO LEÓN COLIMASAN LUIS POTOSÍGUANAJUATOMORELOS
COAHUILA DISTRITO FEDERALCHIHUAHUA BAJA CALIFORNIAZACATECAS
PUEBLAVERACRUZCHIAPASYUCATAN
Según Juan José Ríos Estavillo, las implicaciones del derecho a la información existen 3:
•Frente al hombre.•Frente al Estado.•Frente al derecho.
Libertad de recibir
información
• Recibir noticias,.
• Opiniones que se pudieren transmitir.
• Recibir información o el derecho a la noticia
• La veracidad, que es fundamental para la existencia del derecho a la información.
• Las denominadas personas públicas y privadas.
• La pluralidad de medios
El derecho a la información implica frente al hombre una serie de libertades como:
Mundialmente los países que reconocen en sus leyes
fundamentales la libertad de expresión libertad de expresión son:
Albania, Alemania, Andorra, Angola, Antigua, Armenia, Austria, Azerbayán, Bahamas, Barbados, Belice, Bielorrusia, Bostwana, Brasil, Bulgaria, Cabo Verde, Colombia, Congo, Croacia, Chechenia, Chípre, Dominica, Ecuador, Eritrea, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos, Estonia, Etiopía, Fiji, Finlandia, Gambia, Georgia, Granada, Guyana, Hungria, Islas Salomón, Jamaica, Kazakhantán, Kenia, Kiribati, Letonia, Liberia, Lituania, Macedonia, Madagascar, Malawi, Malta, Mauricio, Mongolia, Mozambique, Nicaragua, Nigeria, Noruega, Nueva Zelanda, Papua, Nueva Guinea, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, República Checa, Rumania, Rusia, San Christopher, Sta. Lucia, San vicente, Sierra Leona, Suazilandia, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Tailandia, Tanzania, Turquía, Venezuela, Uzbekistán, Zambia y Zimbabwe.
Libertad de pensamiento
• Porque el hombre tiene la necesidad de crear, imaginar, producir ideas.
• Ideología propia: política y religiosa.
• Creencias de todo tipo que pertenecen al ser humano.
Libertad de manifestación de
ideas
manifestación de ideas
• El hombre necesita comunicarse y expresar su forma de ver las cosas.
• Siguiendo el :
Pacto Internacional de Nueva York.
Convenio Europeo par la protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.
La libertad de expresión se compone de 2 derechos fundamentales: Libertad de Opinión y de Información.
Libertad de expresión
La manifestación de pensamientos, reflexiones o comentarios sobre ideas generales.
Comentarios sobre noticias relacionadas con acontecimientos o ideas que pueden implicar juicios de valores o creencias que se pueden manifestar por palabras, escritos y lenguaje simbólico.
El derecho de expresión ha sido un derecho que implica un derecho de pensamiento, el hombre no puede expresarse si no tiene educación, ya que es un elemento de transmisión de conciencia y canal que permite ejercer el derecho de expresión.
Libre acceso a la información.
“Es la facultad atribuida a los profesionales de la información (medios de comunicación), a los medios informativos en general y al público de acceder directamente a las fuentes de información y opiniones”.
La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
La protección de su propia
información
Es la información intima de un ser humano, constituida por los elementos de su: VIDA, TENDENCIAS, CREENCIAS, INTEGRIDAD FISICA E INTELECTUAL.
Definición de
HABEAS DATASe conoce como Hábeas Data al recurso legal a disposición de todo individuo que permite acceder a un banco de información o registro de datos que incluye referencias informativas sobre sí mismo. El sujeto tiene derecho a exigir que se corrijan parte o la totalidad de los datos en caso que éstos le generen algún tipo de perjuicio o que sean erróneos.
Todo ser humano tiene derecho y la garantía de que sus datos, archivos, información bases o bancos de datos salvaguardarlos y conocer de los mismos en forma amplia, clara e inmediata cuando el titular lo solicite a las autoridades correspondientes.
El derecho a la información forma una nueva rama del derecho, que tiene como origen la Sociedad de la Información y nace la Declaración de los Derechos Humanos en 1948.
En su artículo 19 “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinón y de expresión, el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar, recibir informaciones y opiniones, difundirlas, sin limitaciones de fronteras por cualquier medio de expresión”.
El manejo de la información jurídica
“ La informática se le define como “el conjunto de técnicas destinadas al tratamiento lógico y automatizado de la información”.
“Como la ciencia que estudia los ordenadores o computadoras, incluyendo su diseño, funcionamiento y utilización para el procesamiento de la información”.