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Cómo resolver los principales conflictos tipo en la relación farmacéutico-paciente MÓDULO 5 3,6 créditos

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Cómo resolver los principalesconflictos tipo en la relaciónfarmacéutico-paciente

MÓDULO 5

3,6 créditos

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INTRODUCCIÓN

Los temas anteriormente expuestos han hecho hincapié en las responsabilidades profesionalesy éticas relacionadas generalmente con la protección de datos y el uso racional del medicamen-to, esto es, con la adecuación técnica del medicamento al paciente y con los casos en los quecaminamos en los límites de nuestras competencias, como la dispensación de excepción. Sinembargo existen más casos en los que el farmacéutico deba hacer una actuación a veces no re-glada directamente por el ordenamiento legal y que supongan una cuestión ética en referenciaal acceso a medicamentos. El acceso supone uno de los objetivos de la estrategia farmacéuticade la Organización Mundial de la Salud (OMS) a seguir en los comienzos del siglo XXI1.

Partimos de la definición de Bermudez2 sobre acceso:"relación entre la necesidad de medicamentos y la oferta de los mismos, en la cual lanecesidad es satisfecha en el momento y en el lugar requerido por el paciente (consu-midor), con la garantía de calidad y la información suficientes para su uso adecuado"

De esta definición podemos extraer los elementos inherentes al acceso que exigen que todosse cumplan sin excepción para que el proceso se de correctamente:- Necesidad satisfecha en el momento y lugar requerido por el paciente, es decir, existe una

doble condición. De un lado, asequibilidad para el paciente del producto. Esto no significaque el producto en sí deba ser barato sino que el sistema garantiza que el individuo, al mar-gen de su situación económica, dispone de un acceso suficiente al mismo para proteger susalud. De otra parte, un sistema de distribución universal que no impida el acceso por cues-tiones geográficas o temporales.

- Con garantía de calidad, es decir, con los controles técnicos legislativos y administrativos im-prescindibles que nos permitan asegurar que el producto que llega al paciente está en lascondiciones idóneas para su consumo.

- Con información suficiente para su uso adecuado, es decir, el del uso racional del medica-mento, todo lo relativo a la formación del profesional y de la información del paciente sobresu medicación.

La realidad española es que a lo largo de la segunda mitad del siglo XX se ha realizado unimportante esfuerzo por parte de la sociedad y de la profesión por cumplir los dos primerosfactores: prestación farmacéutica gratuita o subvencionada, distribución de farmacias homogé-

Acceso a medicamentos

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nea en todo el territorio nacional, a la cabeza europea en el ratio farmacia/habitante, cobertu-ra de guardias las 24 horas del día, servicios diarios de abastecimiento de medicamentos, bue-nas prácticas de fabricación, legislación exhaustiva sobre calidad... siendo el reto del siglo XXIconsolidar el tercero. Sin embargo, los dos primeros objetivos, aunque conseguidos en su in-mensa mayoría, no dejan de tener flecos que escapan a cualquier regulación y que es conve-niente examinar con cierta atención a fin de darles una respuesta profesional y ética.

En este módulo se establecerán una serie de recomendaciones que, al tener un transfondoético, podrán ser sometidas a debate. El autor no pretende crear un manual de cómo actuaren cada caso sino tan sólo plantear ciertos puntos de referencia que ayuden al farmacéutico aresolver los casos que pueda encontrar en su quehacer profesional, donde finalmente es laconciencia de cada uno quien debe resolver, dado que a menudo no existe una normativa otradición ética particular sobre muchos temas o ésta es ambigua o deficiente. Esto no justificauna actuación meramente subjetiva ante situaciones objetivables. De hecho, la profesión far-macéutica, además de una extensa regulación legal, también dispone su propio código deon-tológico, aprobado por el Consejo general de Colegio de Farmacéuticos y revisado por últimavez en 20053, que los colegios oficiales de farmacéuticos están obligados a hacer cumplir ydesarrollar. Lamentablemente no son muchos colegios en España los que disponen de un co-mité deontológico en activo, encargado de la discusión y resolución de los casos que puedandarse en su territorio, aunque cabe esperar que el aumento de responsabilidad derivado deldesarrollo de los servicios cognitivos sea un acicate en esta dirección.

Nietzsche no confiaba mucho en la ética de los principios como eje vertebrador de la vida yentendía la ética de un carácter tan místico que la consideraba inabordable, pero para la ma-yoría de las personas que nos encontramos entre ambos, tanto para los que crean en unaética basada en principios religiosos-trascendentes como para los que lo hagan desde la in-manencia o de la intersubjetividad, es crucial llegar a acuerdos y a una ética concertada. Endefinitiva, es la ética, antes que la ley, la base imprescindible para la convivencia. En estemódulo no se pretende abordar todas las cuestiones éticas de la profesión sino principalmen-te las que hacen referencia al acceso a medicamentos.

Se marcarán como criterios a seguir:- Técnico-sanitario: necesidad o no de la intervención.- Bioético, basado en el principalismo ya expuesto el módulo 1, esto es, autonomía, benefi-

ciencia, no maleficiencia y justicia. - Juridico-legal, si lo hubiera.

1. PROBLEMAS DE ACCESO EN RELACIÓN AL PRECIO

España es un país con una altísima cobertura médica y farmacéutica. El costo de los medica-mentos es un asunto debatido a nivel macroeconómico en las cuentas del estado, pero los ciu-dadanos disfrutan de una buena cobertura que suele procurar los medicamentos que necesi-tan sin costo alguno para pensionistas o con importantes descuentos en los demás casos. Laasequibilidad del medicamento para el individuo es una cuestión de derechos humanos4. Elsistema sanitario deberá hacer posible con una inversión suficiente proporcionar este derecho,

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de la misma forma que debe proveer de agua potable y otros recursos básicos. Incluso las per-sonas indocumentadas pueden acudir gratuitamente a los centros de salud y acogerse a estosdescuentos si necesitan medicación. Esta cuestión obedece a dos principios:a) El principio de auxilio, es decir, el de socorro al individuo. Las sociedades avanzadas tienen

asumido el deber de cuidar y proteger los derechos básicos, incluido el derecho a la salud,de las personas que conforman su población, sean o no ciudadanos, por una cuestión deética social. En definitiva, estaríamos ante un caso de principio de justicia. (Véase primermódulo).

b) El principio de protección de salud pública. El desproteger a un sector de la población sólopuede desembocar en la práctica en problemas de salud pública para el resto de ciudada-nos.

Sin embargo, la actual crisis económica y el alto nivel de desempleo, la precariedad de muchosinmigrantes indocumentados y otros factores socioeconómicos están creando situaciones dedificultad de acceso económico a ciertos usuarios. Así, nos podemos encontrar el caso de per-sonas que necesitando el medicamento no pueden pagarlo.

Estas situaciones, lamentablemente más habituales cada día, las podemos resumir en las si-guientes:- Paciente puntual: usuario no habitual de la farmacia que solicita un medicamento o una indi-

cación farmacéutica, sin o con receta, y no puede pagar.- Paciente habitual: usuario habitual de la farmacia que solicita un medicamento o indicación

farmacéutica sin o con receta y no puede pagar.

Los farmacéuticos, una vez más, estamos obligado por la doble condición de empresario y desanitario. Como sanitario debemos prestar el auxilio posible y como empresarios debemosdefender nuestro sustento pero en los casos en los que los dos estén en liza es preferible darprioridad al sanitario mientras se mantengan las condiciones de proporcionalidad y teniendoen cuenta que en los casos en que se planteara la necesidad imperiosa de administrar unmedicamento a una persona que se encontrara desamparada y en peligro manifiesto y gravepara su salud, y no se hiciera simplemente por la imposibilidad en ese momento de abonarsu coste, dicha conducta podría llegar a tener trascendencia penal por omisión del deber desocorro5.

Como regla general, deberemos tener en cuenta los siguientes puntos:- Criterio técnico-sanitario: el hecho de que no dispongan de dinero no debe ser impedimento

para atenderlos profesional y respetuosamente como a cualquier otro usuario.- Criterio bioético: ante una necesidad de causa mayor es obligatoria la prestación de auxilio.

Por ejemplo, a un diabético que necesite la insulina y que peligre su vida deberá proporcio-nársele el medicamento, aunque no cumpla otros requisitos, como llevar receta o no poderlapagar. Caso contrario estaríamos incurriendo en una falta ética grave al ponderar la pérdidaeconómica por encima de la vida de una persona.

- Criterio jurídico: la prestación de auxilio está recogida en el ordenamiento jurídico.

En cuanto a las características de relación con el paciente, podemos tener como referencia lasque plantea la OMS. En algunos países se han establecido Estatutos de Pacientes para satisfa-

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cer los derechos de los pacientes. Estos estatutos tienen algunas características comunes en lorelativo a la manera en que se debería tratar a los pacientes, en particular:- Ser tratados con dignidad.- Ser atendidos por un farmacéutico al que puedan identificar por su nombre.- Estar seguros de la confidencialidad sobre su enfermedad y tratamiento.- Recibir servicios farmacéuticos en una farmacia que cumpla con los estándares de buena

práctica farmacéutica.- Esperar el mayor grado de honestidad de su farmacéutico en los trámites con sus seguros

médicos.- Ser asesorado y aconsejado sobre el uso adecuado de los medicamentos. Recibir la medica-

ción correcta y en la cantidad correcta. Recibir medicamentos seguros, de calidad y efectivos.Poder quejarse o expresar una necesidad.

- Participar en la toma de decisión sobre los temas que afecten a su salud y a su medicación.- Obtener una segunda opinión.

Al mismo tiempo los pacientes también tienen responsabilidades:- Ser razonables y educados.- Ayudar a su farmacéutico en el cumplimiento de los requerimiento legales en lo concernien-

te a los medicamentos.- Utilizar los medicamentos con cuidado. Comunicar cualquier problema que surja con su me-

dicación.

Presuponemos en estos casos que es cierto que no puede pagar. Existirán casos en que estono sea así y depende de la perspicacia de cada uno establecer este supuesto.

Paciente puntual: lo más habitual en este caso es encontrarnos a transeúntes que solicitanuna ayuda puntual. Si éste es el caso puede que su situación general de salud no sea lamás óptima. Tras recabar su situación deberíamos decidir por recomendarle un remedio, de-rivarlo al médico o las dos cosas. Caso de recomendarle un remedio, si éste puede obtener-se con receta, el usuario debería ser derivado al médico, tanto para recabar su opinióncomo para proporcionarle la pertinente receta si la necesitara. Caso de no requerir receta, elfarmacéutico deberá considerar si el usuario puede pasar sin el producto recomendado.Caso de no ser así o de que tenga una receta que aún así no pueda pagar, existen variasopciones. (Véase tabla 1)

Paciente crónico: en el caso de que el anterior usuario u otro distinto acudiera con receta perono pudiera pagar su parte. Aplicar el mismo proceso de dispensación que con cualquier otrousuario (Véase tabla 1).

Por otra parte, tenemos el caso de los medicamentos paraguas, donde existe un EFP de lamisma dosificación y composición que un medicamento ético. Normalmente, en estos casos, elmedicamento ético puede costar la mitad o incluso menos que el medicamento EFP. En casosde personas con escasos recursos hay que advertir de este hecho y recomendarle visitar el mé-dico. Además del ahorro por el descuento correspondiente a la receta, ahorrará en el preciodel medicamento. Este razonamiento parece igualmente aplicable a personas que no tenganescasos recursos. Sin embargo, en este caso, ya no existe un deber ético que impela a cumplir

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esta advertencia, tan sólo la lógica reivindicación de armonizar la norma de tal forma quetodos los medicamentos de igual composición puedan darse por parte del farmacéutico.

A su vez, nos podemos encontrar con el mismo problema pero en artículos de parafarmaciaque no son medicamentos. En este caso, el criterio elegido será el de buena voluntad del far-macéutico pero nos encontramos con que estos son a priori artículos para necesidades que nila sociedad ni el farmacéutico están obligados a satisfacer.

Otro problema relacionado es la donación de medicamentos a Países en Vías de Desarrollo(PVD). Una vía habitual de colaboración ha sido el envío de los restos de medicinas sobrantesen los domicilios y que no estuvieran terminados. Esta práctica está totalmente desautorizadapor las directrices de donaciones de la Organización Mundial de la Salud y el propio ministeriode salud dispone de una orden ministerial que implica cumplir las directrices de la OMS. Lasrazones principales por las que no se deben enviar estos restos de medicamentos son porpracticidad, - la mayor parte de los medicamentos usados en España o bien no son adecuadospara las patologías de los PVD o no son conocidos por los profesionales del país receptor- ypor respeto -no podemos usar como medicamentos lo que en España por ley está destinado asu eliminación, es decir, no podemos tener un doble estándar.

2. PROBLEMAS DE ACCESO EN RELACIÓN A LA CALIDAD

Lamentablemente el comercio de medicamentos falsificados es un hecho que se incremen-ta cada año que pasa. Si bien los países desarrollados con sistemas de distribución efica-ces son relativamente inmunes a la intrusión de partidas falsificadas, el desarrollo de uncomercio paralelo a las oficinas de farmacia crece cada año más en todo el mundo de -sarrollado.

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Actuación en caso de necesidad de medicamentos en pacientes sin recursosTABLA 1

● Donar el medicamento en parte o su totalidad: esta es la resolución más rápida pero no está exenta de res-

ponsabilidad. A efectos jurídicos, donar un medicamento no exime de cualesquiera otra obligación que ten-

gamos asignada por ley (calidad del medicamento, información, seguimiento...). Como está prohibido reali-

zar descuento en los medicamentos éticos (de prescripción médica) y un máximo del 10% en EFP, debería-

mos consignar este hecho en el libro de incidencias, acreditando que se trata de una donación que no tiene

fines comerciales.

No es aceptable donar medicamentos de los que desconocemos la procedencia o que no podemos garantizar

las condiciones de conservación, por ejemplo de pacientes que dejan sus medicamentos caducados en el

punto verde de la farmacia.● Dirigirse a programas de intervención social para personas sin recursos o 4º mundo.

- A menudo, las administraciones locales, a través de su asistente social, disponen de programas de aten-

ción a personas sin recursos.

- Existen entidades privadas de interés público que proporcionan ayuda a través de convenios y acuerdos:

- Farmacéuticos Sin Fronteras España. Tiene acuerdos con los COF Madrid y COF Zaragoza

- Caritas

Esta actuación es la recomendable en casos de pacientes habituales.

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Se calcula que alrededor del 10% de los medicamentos consumidos en el mundo son falsos osubestándar, alcanzando hasta el 50% en los países más empobrecidos.

Entendemos por medicamento falsificado6 aquel medicamento que deliberada y fraudulenta-mente incluye información falsa con respecto a su identidad y/u origen. Las falsificacionespueden aplicarse tanto a productos de marca como genéricos y pueden incluir artículos conlos ingredientes correctos o no, con insuficiente principio activo o sin ninguno o con un enva-sado falso. Esto significa que no sólo pueden no curar (al no disponer de un principio activo oen baja dosis) sino que además pueden ser tóxicos.

En cambio, los medicamentos subestándar son aquellos medicamentos que si bien contienenla sustancia anunciada en el envase, no lo hace en las cantidades o con los criterios de cali-dad necesarios (formula galénica, cantidad de pastillas...) pero en los que no existe un ánimodeliberado de fraude.

En España el comercio paralelo de medicamentos falsificados se da principalmente a través deinternet (Viagra, Cialis, Xenical...) aunque también existe un creciente negocio a través de em-presas dedicadas al deporte (principalmente anabolizantes). Se calcula que en torno al 1% delos medicamentos comercializados en España son falsificados.

Según el Pharmaceutical Security Institute7- organización financiada por la industria farma-céutica -, la mayor parte del comercio de medicamentos falsificados se desarrolla en Asia.Pero Aline Plançon, funcionaria de la INTERPOL, sostiene que en todo el mundo hay casosde medicamentos falsificados: "Hay un flujo de productos que llegan de todas partes ysalen hacia todas partes, y hay muchísimos centros de distribución".

La amenaza que supone la falsificación de productos farmacéuticos dista mucho de ser unanovedad: numerosas autoridades nacionales llevan mucho tiempo luchando contra esas ac-tividades. Si bien la OMS ha venido trabajando sobre esta cuestión compleja y políticamen-te delicada desde que la Asamblea Mundial de la Salud la abordó por primera vez en 1998,las actividades encaminadas a hacer cumplir la ley se intensificaron a partir de 2006, cuan-do se creó el Grupo Especial Internacional contra la Falsificación de Productos Médicos (IM-PACT), integrado por organizaciones internacionales, organismos encargados de hacer cum-plir la ley, la industria farmacéutica y organizaciones no gubernamentales.

Según una estimación publicada en los Estados Unidos de América por el Center for Medicine inthe Public Interest, este año (2010) la cifra de ventas de medicamentos falsificados podría ascen-der a 75.000 millones de dólares de los Estados Unidos, lo que equivaldría a un incremento del90% en cinco años. Resulta difícil determinar la magnitud del problema cuando hay tantas fuen-tes de información y diferentes definiciones del término "falsificación". Sabine Kopp, secretariaejecutiva interina del Grupo IMPACT y gestora del programa de la OMS de lucha contra la falsifi-cación de productos médicos, dice que la Organización está realizando un estudio comparativo dela legislación y la terminología utilizadas en la lucha contra la falsificación en diferentes países.

La variedad de productos falsificados también ha aumentado debido a la difusión del co-mercio por Internet, que abarca una gama desconcertante de fármacos, tanto de marca

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como genéricos. Según la OMS, en más del 50% de los casos se ha comprobado que losmedicamentos adquiridos a través de sitios web sin domicilio social declarado son produc-tos falsificados.

Como se señala en un informe de la Alianza Europea para el Acceso a Medicamentos Seguros,"en fechas relativamente recientes se comprobó con estupor que los consumidores tambiénpueden adquirir en línea falsificaciones de medicamentos de venta con receta que pueden sal-var vidas indicados en el tratamiento del cáncer y de enfermedades cardiovasculares graves".

Los analistas afirman que los países en desarrollo son un blanco ideal para los falsificado-res, porque allí los precios de los fármacos legítimos pueden resultar inasequibles para lamayoría de la población y los controles legales suelen ser deficientes.

También en los países de ingresos más altos, donde tanto las reglamentaciones como losmedios para imponer su cumplimiento son más estrictos, estas prácticas pueden resultarmuy rentables. Según el Medicines and Health Care Products Regulatory Agency del ReinoUnido, actualmente los falsificadores también fabrican imitaciones de medicamentos de pre-cio alto y con una demanda que asegura su venta rápida. "La falsificación responde funda-mentalmente a la posibilidad de conseguir enormes beneficios", observa la Sra. Kopp. Yañade: "Los delincuentes son especialistas en adaptarse a las situaciones que pueden repor-tarle mayores ganancias".

En un estudio patrocinado por los laboratorios Pfizer en 14 países europeos -una de lasmayores investigaciones realizadas en esta esfera- se estimó que los ciudadanos de Europaoccidental gastan más de 14.000 millones de dólares de los Estados Unidos en adquirir me-dicamentos de fuentes ilícitas, muchos de ellos falsificados. Una parte importante del mer-cado corresponde a los llamados "medicamentos de estilo de vida". En este estudio secomprobó que casi la mitad de los medicamentos falsificados vendidos por Internet eranfármacos adelgazantes, seguidos por los antigripales. Otro mercado muy importante paralos medicamentos falsificados, tanto en Europa como en Asia, guarda relación con la dis-función eréctil, a cuya expansión contribuye el número creciente de farmacias en línea, quepermiten acceder a fármacos de venta con receta sin tener que recurrir a un médico. En unestudio citado por la revista holandesa International Journal of Clinical Practice se compro-bó que de 370 muestras de Viagra incautadas sólo 10 eran genuinas.

Como dice la Sra. Kopp, "las personas no siempre son conscientes de que están tomandomedicamentos falsificados. Incluso un solo caso de falsificación de medicamentos es in-aceptable, porque revela una deficiencia en el sistema de suministro de productos farma-céuticos y socava la credibilidad de los sistemas de salud".

La escala e ingeniosidad del comercio de productos falsificados supone un formidable des-afío para los encargados de hacer cumplir la ley. Además, el comercio internacional ofrece alos falsificadores oportunidades para introducir fácilmente sus productos en la cadena desuministros de los fármacos legítimos y disimular su origen. Como señala la Sra. Kopp, "in-cluso en los hospitales, hemos visto envíos en los que a lotes de medicamentos genuinos se

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habían añadido productos falsificados". Y comenta: "Los falsificadores simplemente modifi-caron los albaranes poniendo otro cero a la cantidad suministrada y luego añadieron lascajas de sus productos hasta completar el pedido".

Tanto los expertos sanitarios como el grupo IMPACT destacan que las deficiencias en lasleyes y reglamentaciones siguen siendo un grave impedimento para asegurar el cumpli-miento de la ley en la lucha contra las falsificaciones. Como señaló en enero de este añoGraham Jackson, director del International Journal of Clinical Practice, "entre los factoresque dificultan la aplicación de medidas eficaces figuran la falta de un claro consenso mun-dial acerca de lo que se entiende por 'medicamento falsificado' y el hecho de que activida-des que en un país son ilícitas pueden no serlo en otro".

Hace seis años la Conferencia Internacional de Organismos de Reglamentación Farmacéuticapidió a la OMS que preparara un proyecto de convención internacional, pero el proceso ha trope-zado con diversas dificultades. Hasta el momento no se ha alcanzado un consenso acerca deltexto de la convención y algunos gobiernos se siguen oponiendo a esa propuesta. Se han seguidodebatiendo diversas medidas encaminadas a reforzar el marco jurídico para la aplicación de la ley.

- Criterio técnico-sanitario: el uso de medicamentos adquiridos fuera de las redes legales es unpeligro para al salud por su posible falsificación o subestandarización

- Criterio bioético: el principio de beneficencia obliga a advertir a los usuarios de estos productos.- Criterio jurídico: como ciudadanos estamos obligados a poner en conocimiento de las autori-

dades los circuitos de comercialización de estos productos que podamos encontrarnos.

Como profesionales tenemos la obligación de denunciar estos casos de fraude que podamosencontrar. Asimismo, es imprescindible asegurar la garantía y confianza de los proveedores. Elsistema español de distribución es muy bueno pero de todos depende no bajar la guardia yestar alerta ante productos que no se ajusten a los requisitos habituales.

La realidad es que en contacto con el usuario podemos encontrarnos de modo abiertamentedeclarado o no con personas que utilizan productos adquiridos fuera de las redes legales. Porejemplo, puede darse el caso de que un usuario viene a buscar un medicamento hormonal sinla preceptiva receta que sospechamos se utiliza para potenciar la musculatura. La actuaciónnormal sería no dar la medicación y derivarlo al médico. Sin embargo, cierta conversación in-formal sobre para que lo quiere puede ayudarnos a detectar un uso indebido de medicamen-tos de dudosa procedencia y permitirnos advertir sobre las consecuencias de un uso inadecua-do, incidiendo en la educación sanitaria y en desalentar el consumo de estos productos.

Por otro lado, no puede olvidarse que la falsificación está castigada tanto en el plano administrati-vo como en el penal. En este sentido hay que significar que podemos hablar de la existencia de undelito de falsificación de medicamentos cuando la conducta falsificadora comprende además de laimitación o simulación del medicamento un peligro efectivo para la salud de los pacientes8. Y cuan-do la falsificación no reúne los dos requisitos referidos para ser de naturaleza penal, debe recordar-se que está también castigada en el plano administrativo a través de la Ley de garantías y uso ra-cional de los medicamentos y productos sanitarios, que la considera una infracción muy grave9.

Estas consideraciones son importantes también con los llamados "productos milagro", produc-tos que afirman poseer cualidades y propiedades medicinales y/o estéticas que no están con-trastados por ningún tipo de estudio científico ni están registrados como corresponde.

Unas veces van dirigidos a población enferma, pero la mayoría se dirigen a las personas sanasque quieren mejorar su aspecto o su rendimiento físico o intelectual, o bien disminuir los efec-tos de la edad10.

El reclamo con la frase comercial "de venta en farmacias", puesto por voluntad del fabricante,pretende utilizar la garantía y confianza que acredita la figura del farmacéutico para vender-los. No obstante, existe una norma legal que regula la publicidad de productos con pretendidafinalidad sanitaria. Esta norma prohíbe que se atribuyan efectos preventivos o terapéuticos es-pecíficos que no estén respaldados por pruebas acreditadas, y prohíbe también que profesio-nales de la salud amparen la publicidad dirigida al público. También está prohibido que seatribuyan un carácter sanitario sin tenerlo.

Es función nuestra el alejarnos de todo este tipo de productos que sólo pueden redundar enperjuicio del prestigio del farmacéutico. Prueba de ello son los diversos estudios planteadospor organizaciones de consumidores u otros donde se denuncia de forma habitual la presenciade estos productos en porcentajes mayores o menores de farmacias del país. A su vez, es im-portante comunicar al colegio de farmacéuticos provincial (existe un observatorio creado porel Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos encaminado a la detección y pre-vención de uso de estos productos) la sospecha que tengamos sobre este tipo de productos, afin de recabar información sobre los mismos y poder decidir su presencia o no en nuestra far-macia. Afortunadamente, su presencia es cada vez menor en nuestros establecimientos.

Aunque no es el objeto de este módulo, la presencia de productos milagro en circuitos comer-ciales ajenos a la farmacia inundan la vida moderna. A través de anuncios de radio, televisión,prensa e internet se comercializan todo tipo de productos cuyo único fin es lucrar a sus idea-dores a costa de los incautos y los desesperados: dietas milagrosas, plantas anticancerígenas,amuletos antisida... El farmacéutico, como profesional sanitario accesible, puede ser uno de losagentes de salud que más pueden hacer por la educación ciudadana en este sentido, advir-tiendo de la falta de efectividad e incluso de la potencial peligrosidad de algunos de estos ar-tículos.

3. PROBLEMAS EN RELACIÓN A LA DISTRIBUCIÓN

3.1. Medicamentos de diagnóstico hospitalario

Entendemos por medicamentos de diagnóstico hospitalario aquellos que se utilizan en el tra-tamiento de enfermedades que deben ser diagnosticadas en el medio hospitalario o en esta-blecimientos que dispongan de medios de diagnóstico adecuados o por determinados médicosespecialistas, aunque la administración y seguimiento pueda realizarse fuera del hospital.Desde el RD 5/2000 nos encontramos con el problema de que los medicamentos de alto coste,como son habitualmente los de diagnóstico hospitalario, o bien apenas reportan ningún bene-

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ficio o incluso pueden acabar costando dinero al farmacéutico. Existe en este caso un desajus-te legal que pone al farmacéutico entre la tesitura de atender al paciente y perder dinero obuscar la forma de evitar ese deterioro económico no atendiendo al paciente, derivándolo alhospital donde también se dispensan estos medicamentos.

Criterios:

- Técnico-sanitario: nos encontramos en un caso en que el paciente necesita el medicamento yno tiene ninguna responsabilidad de la negligencia administrativa. Habitualmente los medi-camentos de diagnóstico hospitalario son productos con una ventana terapéutica estrechaque precisan de monitorización y/o se encargan de dolencias graves, es decir, el paciente nopuede quedarse sin el medicamento y precisa de un seguimiento farmacoterapéutico.

- Bioético: el sistema debe atender al paciente, ya sea en la farmacia o en el hospital, perotambién debe pagar al farmacéutico por su trabajo.

- Jurídico-legal: toda receta correctamente prescrita y en ausencia de factores de riesgo sanita-rios debe dispensarse en una farmacia siempre y cuando se disponga en la farmacia. Lo con-trario supondría incurrir en la infracción grave de la Ley de garantías y uso racional de losmedicamentos y productos sanitarios, consistente en negarse a dispensar medicamentos oproductos sanitarios sin causa justificada11.

La realidad es que se han dado casos de pacientes que han debido peregrinar de farmacia enfarmacia buscando quien le suministre el medicamento. Por otra parte, existen farmacias enlas que dispensar medicamentos por valor de varios miles de euros con un retorno negativosupone un importante problema económico. Si bien la accesibilidad de estos medicamentos seencuentra en las farmacias hospitalarias, nos podemos encontrar casos del medio rural dondeel acceso a las mismas es complicado y a su vez donde las farmacias son más pequeñas ymenos sostenibles económicamente y el perjuicio económico de estos medicamentos es mayor.La resolución irá encaminada al cuidado de la salud del paciente en primer lugar y en segun-do lugar a la resolución del problema económico.

Cuando un paciente acude a por un medicamento de diagnóstico hospitalario, lo primero quehay que hacer es implantar un servicio de seguimiento debido a los potenciales efectos secun-darios, interacciones, RAM... que podemos localizar. Para ello deberemos disponer de toda lamedicación que toma a fin de poder realizar correctamente el seguimiento, es decir, el sumi-nistro de los medicamentos habituales que toma el paciente debería realizarse en la mismafarmacia. De otra forma sería complicado poder asegurar la correcta dispensación. No está demás, una vez garantizado el servicio farmacéutico, explicar al paciente la problemática existen-te con la medicación y el coste que supone para la farmacia.

En el caso de dificultades económicas serias de la farmacia, el problema debería plantearsea nivel del colegio de farmacéuticos. Entre las funciones de los colegios está el solventarestas situaciones y entra dentro de la lógica del sistema que el colectivo profesional arropea uno de sus colegas en una situación grave y ponga esa situación en conocimiento del ser-vicio farmacéutico autonómico, antes que una situación de "salvese quien pueda". No pare-

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ce que la vía adoptada por algunas comunidades autónomas, la de restringir el acceso demuchos de estos medicamentos sólo a farmacias hospitalarias, sea la mejor solución ya quepor un lado se usurpa una función legalmente establecida para el farmacéutico comunitarioy por otro se limita el acceso a los pacientes, sobre todo a aquellos alejados de los centroshospitalarios.

3.2. Distribución ilegal

Otra de las lamentables situaciones que nos podemos encontrar en el ejercicio profesional esel encuentro con colegas desleales que con fines espurios se saltan las normas deontológicas.

Entre las actividades más habituales podemos encontrar:- Descuentos de medicamentos en la misma farmacia a los pacientes12.- Reparto de medicamentos en residencias a cambio de un porcentaje del valor de las mismas,

es decir, un soborno, a los encargados de la medicación de la residencia13.- Reparto a domicilio de medicamentos éticos14.- Venta de medicamentos éticos sin la preceptiva receta15.

Es realmente problemático que se den este tipo de situaciones por parte de profesionales quetiene la responsabilidad de velar por el bien de sus pacientes y de respetar unas reglas dejuego que están encaminadas a permitir un acceso ubicuo y racional de los medicamentos.Existe un problema añadido en la normativa farmacéutica con respecto a otras profesiones yes la tremenda disparidad encontrada en los distintos países. Lo que en algunos países comoEspaña supone una infracción grave con multas de miles de euros, en otros países está permi-tido e incluso alentado en ocasiones por las autoridades. Esto plantea un problema de puntosde referencia. En este tipo de debates es preciso ser consecuentes y reconocer que el primerpunto a tener en cuenta es la legislación del propio país. Otras referencias de distintos paísespueden servir como instrumento para tratar de cambiar o adaptar nuestras leyes pero nuncapuede ser una excusa para saltarse las mismas.

En los descuentos, la primera víctima de este tipo de actuaciones suele ser el uso racionaldel medicamento. Al hacer incidir el peso de la oferta en el precio en vez de en el serviciono es de extrañar que lo primero que sucumbe sea el servicio farmacéutico, esto es, velarpor el uso racional del medicamento. Así, nos encontramos que los descuentos en las far-macias en medicamentos éticos plantea que lo importante para atraer un paciente a la far-macia es que le cueste menos dinero, no que salga con un seguimiento adecuado de su si-tuación. En el momento actual en el que la atención farmacéutica está ocupando su lugaren nuestra profesión, pivotar la oferta en el precio, además de ilegales es una auténticapiedra en el camino de construcción de la profesión, por lo que es una práctica que nosólo afecta al sufrido colega que debe soportar a su "compañero de enfrente", sino queademás nos afecta a todos en conjunto, desvalorizando la profesión y reduciéndola a unmero suministrador cuanto más barato sea mejor17. Lamentablemente la legislación actualpermite un descuento del 10% en las EFP, que no dejan de ser medicamentos y que debentener el mismo cuidado y seguimiento que los éticos. De esta manera, es la propia admi-nistración la que abre la puerta a que el peso de la profesión gravite en el precio y no enel uso racional.

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El caso de sobornos a residencias es doblemente grave. Si podemos aducir todos los argumen-tos del apartado anterior, además nos encontramos con el añadido que de que los usuarios deestas residencias, ancianos, precisan de unos servicios de atención farmacéutica y seguimientomuy completos. Y por último, un soborno a un empleado público (si es residencia pública) esun delito grave y a un empleado privado (si es residencia privada) no deja de ser un abuso deconfianza del farmacéutico y los empleados de la residencia sobre el anciano, ya que estánbuscando el beneficio propio y no el de la persona que se supone deben atender. Sería lógicoque el suministro a las residencias estuviera regulado por factores que garantizasen la calidadde la atención, como cercanía, servicios cognitivos... y que entre las funciones de los inspecto-res de farmacias también se incluyera la supervisión de las residencias, de la misma forma quese hace con los botiquines.

En el reparto de medicamentos éticos a domicilio, si bien en ocasiones pueda ser imprescin-dible por una cuestión de urgencia o aconsejable por un planteamiento de servicio domici-liario a pacientes con dificultad de movilidad y que está siendo estudiado en el algunos co-legios de farmacéuticos como opción para estos casos, la mayor parte de las veces es utili-zado fuera de ellos como otro argumento para ganar clientes. De nuevo, el acento se poneen algo que no es el uso racional del medicamento sino en aspectos secundarios como esen este caso la comodidad del usuario. Difícilmente se puede realizar un buen seguimientodel paciente yendo a domicilio ya que el lugar adecuado para hacerlo es la farmacia, máxi-me si el repartidor no es farmacéutico. Por otra parte, rompe la regla de juego de acceso. Elreparto a domicilio introduce un factor distorsionador en el mapa farmacéutico español deacceso donde lo que prima es la cercanía de la farmacia al paciente. Así, se abre la puerta aque se plantee que no importa la cercanía del servicio sino disponer de un buen transporte.Una farmacia con un amplio sistema logístico podría servir a muchos domicilios, rompiendoel modelo español. El servicio farmacéutico se limitaría a ver quien pone antes el medica-mento en una determinada dirección. Así, los "colegas" que usan este tipo de tretas nosólo perjudican a su sufrido compañero de enfrente sino que perjudican nuevamente a todala profesión.

Recordemos que el reparto de parafarmacia es legal, igualmente el reparto de medicamentospublicitarios. Para los que consideramos que un medicamento publicitario sigue siendo un me-dicamento que precisa de consejo sanitario personalizado, abrir la puerta del reparto domici-liario en un sistema que garantiza accesibilidad geográfica y temporal es un contrasentido.

Por otra parte, existe la problemática de la dispensación de medicamentos éticos sin receta.Por práctica espuria nos referimos a dispensar medicamentos que necesitan receta sin lamisma cuando no existe un diagnóstico médico previo que lo aconseje. De esta forma, en ladispensación excepcional o de urgencia podríamos encontrar casos donde fuera imperativodispensar un medicamento sin la receta, por ejemplo, un diabético que necesita insulina deforma inmediata o un paciente de EPOC que precisa su broncodilatador. Pero estos casos de-berán ser registrados en el libro de incidencias, justificando la actuación y contrastándola conel colegio de farmacéuticos donde la extensión de la receta posteriormente al hecho sería loadecuado. Como se ha visto en el apartado 2 sobre dispensación de excepción, ésta sigue sinser reconocida a nivel legal pese a que puede haber casos de impostergable necesidad que laavalen. La reivindicación de la dispensación de excepción debe ser uno de las constantes de

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nuestra profesión hasta lograrla pero para eso hace falta documentar casos en los que ocurre.De ahí una de las conveniencias del libro de incidencias.

Otra posibilidad es encontrarnos con la situación de ciertos medicamentos que en España pre-cisan receta médica y en otros países europeos no. Es llamativo el caso del sildenafilo, que hapasado en Inglaterra de precisar receta médica a venderse en supermercados17. El farmacéuti-co puede rememorar ese chiste donde dos que están en el infierno se interrogan mutuamentepor los motivos de su estancia en el mismo y uno dice: "yo estoy aquí por lo que ahora ya noes pecado". Lo mismo puede decir cualquier farmacéutico que reciba una multa por dispensarsin receta medicamentos que en el marco europeo no precisan de la misma. Pero ésta es unasituación de la legislación española que deberá mejorarse con argumentos y de la mano de laley, no a base de que cada uno interprete las leyes por su cuenta. En este sentido, parece ne-cesaria la adaptación de un nivel de medicamentos de indicación farmacéutica que estén bajosupervisión directa del farmacéutico.

Si el caso es simplemente dar un medicamento ante la petición de un usuario sin ningunajustificación sanitaria estamos en un caso de dispensación ilegal del medicamento. Una vezmás, incurrir en esta práctica sólo puede provocar una devaluación de la profesión. Inclusoen el caso frecuente de darlo por ahorrar la incomodidad al paciente de acudir al médicomás que por un afán lucrativo es un problema para la profesión. Primero porque el farmacéu-tico que cumple la ley se encuentra la sorpresa del paciente que comenta con naturalidad"pues en la farmacia x no me piden receta" creando un problema de comunicación impor-tante profesional-paciente. Segundo porque se sigue manteniendo una situación de ilegalidaden situaciones éticamente justificables de dispensación de excepción que como se resuelvena costa del farmacéutico (da al medicamento a riesgo de una multa) no traslada la proble-mática a la sociedad que es quien debe ser consciente de la necesidad de ajuste de la ley. Ytercero porque el profesional deja de serlo cuando prima más la conveniencia que el criterioprofesional.

La finalidad última de las normativas sobre el medicamento es garantizar el uso racional delmismo y el profesional farmacéutico deberá resolver asegurando este extremo. La legalidad nosiempre coincide con la eticidad y es en estos casos donde el farmacéutico hará bien en ac-tuar afinando lo más posible su desempeño, además de buscar el respaldo profesional, a tra-vés del registro de incidencias y de la transparencia en sus decisiones. Por último, para los queno se ajustan ni a la legalidad ni a la eticidad sólo queda mostrar la repulsa del resto de laprofesión ante actuaciones que de no rechazarse y dejarse impunes sólo pueden conducir alempobrecimiento de todo el colectivo.

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ANEXO I.

Código de Ética y Deontología Farmacéutica

Creación: Consejo General de Colegios de Farmacéuticos de EspañaFecha: marzo de 2001 Comprobado el 31 de octubre de 2005El farmacéutico, cualquiera que sea la modalidad de su ejercicio profesional, desempeña unasactividades que es preciso orientar éticamente. Este Código de Ética y Deontología de la pro-fesión Farmacéutica constituye un texto de mínimos asumible por todos los farmacéuticos es-pañoles, susceptible de ser ampliado y desarrollado por los farmacéuticos de las diferentesmodalidades profesionales y de las distintas organizaciones territoriales del Estado, respetandolos Principios básicos en él recogidos.

Definición y ámbito de aplicación

La Deontología farmacéutica es el conjunto de principios y reglas éticas que han de inspirar yguiar la conducta profesional del farmacéutico.

La profesión farmacéutica contribuye al bienestar de la persona y de la sociedad. El Código deÉtica y Deontología Farmacéutica obliga a todos los farmacéuticos en el ejercicio de su profe-sión, cualquiera que sea la modalidad en que la practiquen.

El incumplimiento de algunas de las normas de este Código constituye una falta deontológicasusceptible de sanción, de acuerdo con las normas disciplinarias fijadas por los Estatutos Ge-nerales de la Organización Profesional Farmacéutica.

La Organización Profesional Farmacéutica velará por el eficaz cumplimiento de todos los pre-ceptos de este Código y propondrá las actualizaciones que éste pueda requerir para adecuarloal paso del tiempo de modo que se cumplan sus principios generales.

La Organización Profesional Farmacéutica asume como uno de sus objetivos primordiales lapromoción y el desarrollo de la deontología profesional, comprometiéndose a difundir el cono-cimiento de los preceptos de este Código entre los farmacéuticos y obligándose a velar por sucumplimiento, así como mantener secreta la información y la documentación relacionada conlas cuestiones deontológicas de sus colegiados.

I. Principios generales

1. El farmacéutico, para contribuir a la mejora de la salud, a la prevención y al diagnóstico dela enfermedad y el uso racional de los medicamentos, se compromete a cumplir y hacer cum-plir este Código, que recoge los principios éticos mínimos en que debe basarse su actuaciónprofesional y las responsabilidades y obligaciones que contrae en el ejercicio de la misma.

2. El farmacéutico, en su ejercicio profesional, excederá el estricto cumplimiento de las nor-mas legislativas vigentes y adoptará un comportamiento ético en todas sus actividades.

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3. El farmacéutico considerará prioritaria la mejora de la salud y la cooperación con sus colegasy con otros profesionales y supeditará a esos objetivos sus legítimos intereses particulares.

4. El farmacéutico colaborará con las administraciones sanitarias para hacer efectivo el dere-cho el derecho a la salud de las personas.

5. El farmacéutico prestará su colaboración a la Organización Profesional Farmacéutica paraque ésta pueda desempeñar las funciones de representación, dignificación y defensa de laprofesión.

6. El farmacéutico orientará sus actos profesionales de modo que los medicamentos, los pro-ductos sanitarios y las tecnologías sanitarias puedan cumplir su función social y la pobla-ción se vea beneficiada por los avances de las ciencias farmacéuticas.

7. El farmacéutico ejercerá su profesión de modo que contribuya a la dignidad, al bienestar ya la salud de los pacientes y evitará cuantas acciones pongan en entredicho esos princi-pios fundamentales.

8. El farmacéutico contribuirá al uso eficiente de los recursos humanos, tecnológicos, tera-péuticos y económicos y muy especialmente en lo que concierne al uso de los medicamen-tos y productos sanitarios sometidos al régimen de financiación pública.

9. El farmacéutico adoptará la más exigente actitud ética, incluso cuando no le sea solicitadani requerida, en todo el proceso de investigación, ensayo, autorización, fabricación, distri-bución, promoción, custodia, publicidad, dispensación y seguimiento de los medicamentos,así como en todas las facetas de su ejercicio profesional.

10. El farmacéutico se abstendrá de participar en todo tipo de actuaciones, estén o no relacio-nadas con su profesión, en que sus conocimientos y habilidades sean puestas al serviciode actos que atenten contra la vida, la dignidad humana o contra los derechos del hom-bre.

11. El farmacéutico mantendrá actualizados sus conocimientos científicos y técnicos en los quetiene basada su competencia profesional.

II. Relaciones con el paciente

12. Es responsabilidad del farmacéutico contribuir a la mejora de la salud y calidad de vidadel paciente, promoviendo su derecho a la prevención y diagnóstico de la enfermedad y atratamientos terapéuticos eficaces y seguros.

13. El farmacéutico, mediante la práctica de sus conocimientos, facilitará la correcta aplicaciónde los medios preventivos, diagnósticos y terapéuticos.

14. El farmacéutico proporcionará una información veraz y adecuada a cada paciente, no pro-moviendo, en ningún caso, expectativas terapéuticas inadecuadas.

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15. El farmacéutico antepondrá el beneficio del paciente a sus legítimos intereses personales,profesionales o económicos.

16. El farmacéutico respetará la dignidad del paciente y su derecho individual a la libertad deaceptar o rechazar un tratamiento.

17. El farmacéutico respetará las características culturales y personales de los pacientes, no es-tableciendo diferencias basadas en nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquierotra circunstancia.

18. El farmacéutico y sus colaboradores están obligados al secreto profesional. El farmacéuti-co protegerá y salvaguardará el derecho del paciente a la confidencialidad de sus datos.

19. El farmacéutico establecerá con el paciente una comunicación personalizada que humani-ce y facilite el acto profesional.

III. Relaciones entre los farmacéuticos y con otros profesionales sanitarios

20. El farmacéutico cooperará con sus colegas y con otros profesionales sanitarios actuandocon respeto, lealtad e integridad en sus relaciones profesionales sea cual fuere la relaciónjerárquica que exista entre ellos.

21. El farmacéutico cooperará con sus colegas y otros profesionales de la salud para el benefi-cio del paciente y la sociedad.

22. El farmacéutico evitará prácticas, comportamientos o condiciones de trabajo que puedan per-judicar su independencia y objetividad en el correcto desarrollo de su ejercicio profesional.

23. El farmacéutico respetará las actuaciones de sus colegas y de otros profesionales sanita-rios, aceptando la abstención de actuar cuando alguno de los profesionales de su equipomuestre una objeción razonada de ciencia o de conciencia.

24. El farmacéutico evitará la competencia desleal y el desprestigio de la profesión farmacéuti-ca.

IV. Relaciones con la sociedad

25. El farmacéutico asumirá las responsabilidades que le correspondan para contribuir a lamejora de la salud de la población.

26. El farmacéutico procurará que la distribución de los recursos sanitarios se efectúe con cri-terios de ecuanimidad, objetividad y transparencia.

27. El farmacéutico respetará las disposiciones legales y regulaciones normativas y cooperaráen su modificación cuando, según su opinión científica y técnica, se contribuya a un mayorbeneficio del individuo.

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28. La responsabilidad y libertad personal del farmacéutico le faculta para ejercer su derechoa la objeción de conciencia, respetando la libertad y el derecho a la vida y la salud del pa-ciente.

V. Relaciones con la corporación farmacéutica

29. El farmacéutico deberá cumplir el Estatuto General de la profesión farmacéutica, Estatutosdel Consejo Autonómico, Estatutos del Colegio Oficial de Farmacéuticos al que pertenezcay otros Reglamentos de Régimen Interior, en su caso, así como los acuerdos, disposicionesy decisiones de las Asambleas Generales y otros Órganos de Gobierno de la OrganizaciónFarmacéutica Colegial que se adopten dentro de sus respectivas competencias.

30. El farmacéutico deberá poner en conocimiento del Colegio todo acto de intrusismo, ejerci-cio irregular o agravios que surjan en el ejercicio profesional, o de los que afecten a cual-quier otro colegiado y tenga conocimiento.

31. El farmacéutico, sus compañeros y sus representantes corporativos en el ejercicio de susfunciones, mantendrán relaciones de respeto mutuo. Asimismo, la Corporación Farmacéuti-ca ha de esforzarse en conseguir que las normas éticas de éste Código sean respetadas yprotegidas por la Ley, defendiendo a los colegiados que se vean perjudicados por causadel cumplimiento de sus principios éticos.

32. El farmacéutico demandará que su corporación ponga todos los medios a su alcance a finde contribuir a su formación continuada.

33. El farmacéutico podrá comunicar al Colegio de Farmacéuticos su condición de objetor deconciencia a los efectos que considere procedentes. El Colegio le prestará el asesoramientoy la ayuda necesaria.

VI. Relaciones con las instituciones

34. El farmacéutico está obligado a velar por el prestigio de la institución donde desarrolla sulabor profesional.

35. El farmacéutico, a través de su Corporación, tiene el deber de velar por la buena calidadde la enseñanza de la profesión farmacéutica, incluyendo los principios éticos y deontoló-gicos.

VII. Publicidad

36. El farmacéutico no deberá promover ni participar en técnicas publicitarias que comprome-tan la salud de los ciudadanos, y la seguridad y eficacia de los medicamentos.

37. En ausencia de normativa legal específica, la publicidad sobre los establecimientos y servi-cios profesionales relacionados con cualquier clase de ejercicio de la profesión será comu-nicada al Colegio Oficial de Farmacéuticos correspondiente para su consideración.

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VIII. Investigación y docencia

38. El farmacéutico, en la experimentación sobre seres humanos, considerará prioritaria lasalud de los participantes en los ensayos.

39. El farmacéutico como investigador no dará a conocer de modo prematuro o sensacionalis-ta nuevos avances científicos insuficientemente contrastados, no exagerará su significado;ni falsificará o inventará datos; ni plagiará publicaciones de otros autores y en general noutilizará con poca seriedad y rigor los datos obtenidos estando obligado a mantener unaclara distinción entre los procedimientos en fase de ensayo y los que ya han sido oficial-mente validados.

40. El farmacéutico, cuando en su ejercicio profesional desarrolla actividad docente, tiene eldeber de velar por la buena calidad de enseñanza de la profesión farmacéutica, haciendoespecial mención de los principios éticos y deontológico, consustanciales con la misma.

BIBLIOGRAFÍA Y COMENTARIOS

1. Estrategia farmacéutica de la OMS. Lo esencial son los países. 2004-2007.

2. Bermudez et al, 2002.

3. Véase Anexo I.

4. Comisión de DDHH de la ONU. 2001.

5. Art 195 y 196 del Código Penal.

6. http://www.who.int/medicines/services/counterfeit/overview/en/

7. http://www.who.int/bulletin/volumes/88/4/10-020410/es/

8. V. art. 362.1, 2º y 3º del Código Penal. Las consecuencias de este delito son las de prisión de 6 meses a 3 años másmulta y más inhabilitación especial para ejercer la profesión de 1 a 3 años.

9. V. art. 101.2, c, 2º. La sanción a aplicar será la de multa de hasta un millón de euros o del quíntuplo del beneficioobtenido, más cierre del establecimiento por cinco años.

10. Colegio Oficial de Farmacéuticos de Barcelona. Artículos. Productos milagro.

11. Art. 101.2,b), 15ª, de la Ley 29/2006.

12. La vulneración de la prohibición de descuentos es una infracción muy grave, de acuerdo con lo previsto en el art.101.2, c), 18ª, de la Ley 29/2006.

13. Ver infracción de la nota anterior.

14. Esta conducta es también una infracción muy grave según el art. 101.2,c), 11ª, de la Ley 29/2006.

15. En este caso se trata de una infracción grave, por preverlo así el art. 101.2, c), 16ª, de la misma Ley 29/2006.

16. Como ejemplo de generalizarse esta situación podríamos llegar al llamativo caso de una farmacia de México haceunos años (donde los descuentos son legales) cuyo reclamo para atraer pacientes era "Estos son descuentos y lodemás son cuentos".

17. En Inglaterra y otros países europeos los medicamentos de autocuidado pueden venderse fuera de las farmaciasocasionando paradojas como la presente.

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