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DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS ADMINISTRACIÓN DE RENTAS DE ESTELÍ HISTORIA DE LA DIRECCION GENERAL DE INGRESOS Creación-Marco Jurídico Esta Institución nace el día 29 de junio de 1957, mediante la publicación del Decreto No. 243 "Ley creadora de la Dirección General de Ingresos", en La Gaceta, Diario Oficial No. 144 y la Ley Creadora de la Dirección General de Aduanas y reforma a la Ley creadora de la Dirección General de Ingresos publicada en la gaceta No. 69 del 6 de abril del dos mil dos. Ubicación Física Su primera ubicación fue un local situado frente a la esquina sureste del Palacio Nacional en el año de 1960, para luego trasladarse a una oficina del mismo. A raíz del terremoto que devastó la capital en 1972, la Institución se trasladó temporalmente al Instituto Pedagógico "La Salle", para retornar posteriormente al Palacio Nacional. En enero de 1995, la Institución se trasladó a su nuevo edificio en el que opera actualmente su sede central, situado al costado Norte de la Catedral Metropolitana de la Capital. Organización Interna Funcionó en primera instancia como una de las direcciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y la estructura comprendía una sede central para Managua y dieciséis Administraciones de Rentas para atención al público en los departamentos; siendo éstas Boaco, Estelí, Matagalpa, León, Granada, Chontales, Madrid, Masaya, Nueva Segovia, Río San Juan, Zelaya, Chinandega, Carazo, Rivas, Jinotega, y Puerto Cabezas (esta última funcionaba como Agencia Fiscal).

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Page 1: Auditoria Gubernamental 2- Aud.especial DGI-Esteli

DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS ADMINISTRACIÓN DE RENTAS DE ESTELÍ

HISTORIA DE LA DIRECCION GENERAL DE INGRESOS

Creación-Marco Jurídico

Esta Institución nace el día 29 de junio de 1957, mediante la publicación del Decreto No. 243 "Ley creadora de la Dirección General de Ingresos", en La Gaceta, Diario Oficial No. 144 y la Ley Creadora de la Dirección General de Aduanas y reforma a la Ley creadora de la Dirección General de Ingresos publicada en la gaceta No. 69 del 6 de abril del dos mil dos.

Ubicación Física

Su primera ubicación fue un local situado frente a la esquina sureste del Palacio Nacional en el año de 1960, para luego trasladarse a una oficina del mismo.

A raíz del terremoto que devastó la capital en 1972, la Institución se trasladó temporalmente al Instituto Pedagógico "La Salle", para retornar posteriormente al Palacio Nacional.

En enero de 1995, la Institución se trasladó a su nuevo edificio en el que opera actualmente su sede central, situado al costado Norte de la Catedral Metropolitana de la Capital.

Organización Interna

Funcionó en primera instancia como una de las direcciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y la estructura comprendía una sede central para Managua y dieciséis Administraciones de Rentas para atención al público en los departamentos; siendo éstas Boaco, Estelí, Matagalpa, León, Granada, Chontales, Madrid, Masaya, Nueva Segovia, Río San Juan, Zelaya, Chinandega, Carazo, Rivas, Jinotega, y Puerto Cabezas (esta última funcionaba como Agencia Fiscal).

El 23 de Enero de 1991 se inicia un proceso de desconcentración para la ciudad de Managua, al crearse la Dirección de Grandes Contribuyentes (hoy Dirección de Grandes Contribuyentes), mediante la publicación del Decreto No. 1-2005 que reformó y adicionó al Decreto 20-2003.

Posteriormente se crearon las Administraciones de Rentas de Sajonia, Centro Comercial Managua y Linda Vista. En Noviembre de 1996, conforme Disposición Administrativa 08-96, se creó la Administración de Rentas de Pequeños Contribuyentes, para administrar exclusivamente a los Contribuyentes de Cuota Fija.

Administración de Impuestos

En sus inicios la DGI administraba los impuestos de forma cedular, existiendo una Dirección para cada tipo de impuesto (Dirección de Impuesto de Ventas y Servicios ISV, Dirección de Impuesto

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a la Renta IR, etc.). El contribuyente tenía un número de cuenta por cada impuesto, para efectuar sus transacciones tributarias.

Con la Ley Creadora del Registro Único del Contribuyente publicada en la Gaceta, Diario Oficial No. 246 del 30 de Octubre de 1981, se establece un número único para todas las transacciones tributarias, con lo que nace la Cuenta Única, y el contribuyente empieza a ser atendido por procesos: Declaración, Pago, Solvencia, etc., independientemente del impuesto.

VISIÓN

Ser una Administración Tributaria profesional, ágil y sencilla al servicio del pueblo Nicaragüense.

MISIÓN

Recaudar los tributos internos con equidad, transparencia y eficiencia, promoviendo la cultura Tributaria y cumpliendo con el Marco Legal, aportando al Gobierno recursos para el desarrollo económico y social del país.

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

Para el cumplimiento de la Misión Institucional se han establecido cuatro Objetivos Estratégicos para los próximos cinco años, que permitirán alcanzar cambios de manera que la Administración Tributaria sea eficiente y eficaz. 

1. Racionalizar y Fortalecer los procesos del trabajo Institucional.

2. Fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales, a través de la aplicación de políticas de Comunicación  y  Educación Tributaria.

3. Impulsar políticas de Recursos Humanos y Financieros que garanticen el cumplimiento de la Misión Institucional.

4. Fortalecer el Marco Jurídico Institucional.

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DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS ADMINISTRACIÓN DE RENTAS DE ESTELÍ

INFORME DE AUDITORÍA ESPECIAL DE RECAUDACIONES Y CUMPLIMIENTO LEGAL, PERÍODO DEL 1RO. DE JULIO AL 31 DE

DICIEMBRE DE 2006.

NATURALEZA DE LAS OPERACIONES.

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Dependencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Institución descentralizada:

La DGI, es una institución descentralizada con autonomía administrativa y financiera, cuyo objeto es aplicar y hacer cumplir las Leyes, actos y disposiciones que establecen o regulan ingresos a favor del Estado, que están bajo la jurisdicción de la Administración Tributaria, a tal efecto, anualmente recibe una partida presupuestaria, para ejecutar el cumplimiento de sus fines e impulsar una mayor eficiencia en la recaudación de todos los tributos.

Entidad Sustantiva Tributaria: Regula todo lo concerniente a la existencia y cuantía de las obligaciones tributarias.

La DGI es la encargada de administrar las leyes fiscales y recaudar los impuestos internos del país:

1. Impuesto sobre la Renta (IR).2. Impuesto al Valor Agregado (IVA).3. Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).4. Impuesto de Timbres Fiscales (ITF).

Entidad Administrativa Tributaria: Norma la ejecución de la función administrativa tributaria.

Entidad Recaudadora:

Todos los pagos que deban efectuarse a las instituciones del gobierno central en concepto de tasas, gravámenes, multas, tarifas por servicios y cualquier otro ingreso legalmente establecido, deberán ser enterados a las entidades competentes de la Dirección General de Ingresos o Dirección General de Servicios Aduaneros y serán depositados en las cuentas bancarias establecidas al efecto por la Tesorería General de la República del MHCP, e incorporarse en el Presupuesto General de la República.

Entidad Fiscalizadora: La Dirección General de Ingresos ejerce su acción fiscalizadora, a través de la Dirección de Fiscalización, y puede:

1. Dictar las disposiciones necesarias para el eficiente control, recaudación y fiscalización de los impuestos internos y demás ingresos que perciba el Estado, cuya recaudación esté encomendada por la Ley.

2. Practicar liquidaciones de oficio de los impuestos en caso de falta de presentación de declaraciones.

3. Estimar montos presuntivos del valor de las actividades gravadas y fijar el monto del débito fiscal, reducido por las cantidades acreditables que compruebe el responsable recaudador.

4. Determinar montos presuntivos para los contribuyentes que no hubieran presentado declaración en el plazo establecido o si la presentada no estuviera fundamentada en los libros contables que establece el Código de Comercio, otras leyes y el Reglamento de la Ley de

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Equidad Fiscal.

5. Verificar el precio o valor declarado o establecido de los actos o rentas gravadas, a fin de aceptarlo o modificarlo.

Entidad Administrativa: Define y norma las facultades y deberes de la administración, como:

1. Definir las políticas, directrices y disposiciones que regulan el sistema tributario, de conformidad con lo que establece la legislación vigente y velar por que se apliquen rigurosamente.

2. Velar por el cumplimiento del Código Tributario y demás normas tributarias vigente.

3. Autorizar a otras direcciones, dependencias u oficinas del Estado o instituciones para que sean oficinas recaudadoras.

4. Autorizar procedimientos especiales, de obligatorio cumplimiento por las autoridades, personas naturales, jurídicas o entidades involucradas, para el pago de los impuestos en determinadas rentas y operaciones gravadas, tendientes a facilitar la actividad del contribuyente o responsable recaudador y una adecuada fiscalización.5. Exigir la inscripción a las personas que realicen actividades gravadas, como responsable recaudador o inscribirlo de oficio cuando lo considere procedente.

6. Establecer los requisitos formales inherentes a la administración de los impuestos, que deban cumplir los contribuyentes, así como también, presentar la documentación correspondiente a los pagos realmente efectuados en concepto de esos impuestos.

7. Administrar el Sistema de Información Tributaria (SIT).

8. Incrementar el universo de Contribuyentes.

9. Administrar el Registro Único de Contribuyentes (RUC).

10. Controlar y dar seguimiento a los servicios que brinda la Administración Tributaria, a fin de mantener una calidad óptima en los mismos.

11. Administrar y llevar un control de las exoneraciones establecidas por la Ley.

12. Informar diariamente al Ministerio de Hacienda y Crédito Público sobre las recaudaciones efectuadas, para la ejecución de la política tributaria.

13. Ordenar la intervención del negocio, a efecto administrativo del control de las operaciones gravadas y del pago de los impuestos en la forma y con las facultades que determine el Reglamento de la LEF, en los caso de suspensión de pagos, quiebra, insolvencia o falta reiterada de pago de impuestos del contribuyente y por cuenta del dueño del negocio.

Entidad Procesal Tributaria: Aplica las normas y principios en el ámbito contencioso administrativo de la tributación.

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1. Las autoridades fiscales están autorizadas por ley a revisar las declaraciones para el efecto de liquidar el impuesto y por tanto podrán hacer reparos o ajustes, exigir aclaraciones y adiciones, y efectuar los cambios que estime conveniente de acuerdo con las informaciones suministradas por el declarante o las que se hayan tenido de otras fuentes.

Entidad Penal Tributaria: Aplica las infracciones y sanciones en materia tributaria.

1. Realizar las gestiones administrativas y judiciales para exigir el pago de los impuestos e ingresos

EQUIPO ENCARGADO DEL TRABAJO EN LA AUDITORÍA ESPECIALPARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS ADMINISTRACIÓN DE RENTAS DE

ESTELÍ

Equipo de Trabajo Independiente

Categoría Nombre Iniciales de referencia

Años experiencia

Auditor encargadoCPA

Lic. Douglas Aguirre Miranda

DAM 10 AÑOS

Supervisor de la auditoria

Lic. Meyling Sánchez Jarquín

MSJ 8 AÑOS

Asistente de la auditoria

Lic. Hugo Espinoza Avilés

HEA 6 AÑOS

Asesor legal Dr. Daniel Blanco Briceño

DBB 6 AÑOS

Delegada de la CGR en las Segovia

Lic. María Montenegro Guardián

MMG 10 AÑOS

CREDENCIAL

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Estelí, 20 de mayo de 2007

Ing. Erick Olivas ObregónDirección General de IngresosAdministrador de rentas de EstelíSu despacho

Sus manos

Estimado Lic. Raúl Herrera:

Como es du su conocimiento la Contraloría General de la República, con fundamento art 155 inciso 3) de la Constitución Política numeral y 10) numeral 1) de su Ley Orgánica, y de conformidad con su credencial MCS-CGR-C-065-02-2007, de fecha 20 de febrero de 2007 para efectuar Auditoria Especial, por los hecho denunciados durante el periodo 01 de julio al 31 de diciembre de 2006, anomalías en el registro y control de las recaudaciones, incumplimiento de leyes, normas y regulaciones aplicables en los procedimientos de recaudación.

De acuerdo con la evidencia obtenida durante el proceso de Auditoría, hemos identificado situaciones relacionadas con su gestión en su carácter de Ex – Administrador de Rentas (del 01-07-03 al 14-03-07), que es necesaria sea aclarada o ampliadas como procedimientos establecidos por la ley.

En consecuencia, y como parte del debido proceso y amparadas en los artículos 26 numeral 4) de la constitución política, articulo 58 Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica y las Normas de Auditoria Gubernamental de Nicaragua 6.3.2, damos a conocer a usted la información provisional registrada en el respectivo expediente de auditoria que a continuación mencionamos:

Según reporte suministrado por la Dirección General de Ingresos existen diferencias en los meses de julio y diciembre del año 2006 con relación al SIT Estelí.

Las recaudaciones que se reportan en el SIGFA, correspondiente al segundo semestre de 2006, no coincide con el reporte que genera el Sistema de Información Tributaria (SIT).

Lic. Douglas Aguirre Lic. Meyling Sánchez Lic. Hugo EspinozaAuditor encargado Supervisor Asistente

NOTIFICACION INICIAL

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Estelí, 15 de febrero de 2007

Ing. Erick Olivas ObregónDirección General de IngresosAdministrador de rentas de EstelíSu despacho

Estimado Ingeniero Olivas:

El consejo superior de la Contraloría General de la republica, en uso de sus facultades que les confiere los art.154 de la Constitución Política, numeral 1) de su Ley Orgánica, emitió credencial de referencia MCS-CGR-C-065-02-2007, de fecha 20 de febrero de 2007 para efectuar Auditoria Especial, por los hecho denunciados durante el periodo 01 de julio al 31 de diciembre de 2006, anomalías en el registro y control de las recaudaciones, incumplimiento de leyes, normas y regulaciones aplicables en los procedimientos de recaudación. Acreditándose un equipo de trabajo integrado por: Douglas Aguirre Auditor encargado, Meyling Sánchez Auditor supervisor, Hugo Espinoza Auditor asistente, Daniel Blanco Asesor legal y María Montenegro delegada de la CGR.

En virtud de lo anterior y en cumplimiento del trámite de audiencia como parte del debido proceso consignado en nuestra Constitución Política hacemos de su conocimiento el inicio de la referida auditoria y le solicitamos su contribución en razón del cargo que ocupa, en consecuencia se le tiene como parte dentro de este proceso administrativo.

Es oportuno informarle que están a su disposición para revisar y examinar si lo tuviera a bien, el expediente administrativo (papeles de trabajo), una vez conformados para que pueda formular por escritos sus peticiones que estimare conveniente u obtener a su costa las copias de los mismos, así mismo se le comunica que podrá ser asistido por un representante legal que para tal efecto delegue dentro del proceso de auditoria de igual manera en caso de ausencia deberá acreditar dicha representación.

No omito manifestarle que durante el transcurso de la presente auditoria, los auditores acreditados estarán en constante comunicación con usted, solicitando su apoyo y colaboración en el suministro de información relacionada con su gestión, pudiendo ser citado para recibirle su declaración testimonial, sobre la diligencia de auditoria y de los resultados preliminares o hallazgo de auditoria, si lo hubiere a su cargo, será debidamente notificado otorgándosele el tiempo necesario a fin que ejerza sus derechos.

Lic. Luis Montenegro Lic. Dino Hernández Lic. José pasosPresidente consejo superior vice-presidente consejo superior miembro propietario c.superior

CC: funcionarios y ex funcionarios de Admon de rentas, Estelí

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DENUNCIA

Estelí, 17 de enero de 2007

La Dirección de denuncia ciudadana de la Contraloría General de la Republica, recibió una denuncia sobre supuestos hechos irregulares realizados por Licenciado Raúl Herrera Rivera, Ex – Administrador de Rentas de Estelí (DGI), durante el periodo 01 de julio al 31 de diciembre de 2006.

Puntos denunciados:

Incumplimiento de registro y control de las recaudaciones

Incumplimiento de leyes, normas y regulaciones aplicables en los procedimientos de recaudación.

CITACION PARA DECLARACION TESTIMONIAL

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Estimados señores:

Lic. Raúl Benito Herrera Rivera Ex Administrador de Rentas (01-07-03 / 14-03-07)Lic. Jorge Luis Treminio Torres Contador FiscalLic. Sandra Pérez Gutiérrez Jefe de Oficina de RecaudacionesLic. José Benito Pérez Benavides Jefe de Oficina de FiscalizaciónSra. Martha Lorena González Calero Jefe de Oficina de CobranzaIng. Sonia María Rodríguez Briones Delegada de InformáticaLic. Reyna Isabel Talavera Torres Jefe de Oficina de Asistencia al Contribuyente

Como es de su conocimiento la Contraloría General de la Republica, en uso de sus facultades que le confieren los art. 154 y 155 numeral 3) de la Constitución Política de Nicaragua y art. 10 numeral 1) de su Ley Orgánica, se encuentra realizando Auditoria Especial en la Dirección General de Ingresos - Administración de rentas de Estelí, para determinar responsabilidades si las hubiere, sobre los hechos denunciados referentes a presuntas anomalías en:

1. Incumplimiento de registro y control de las recaudaciones2. Incumplimiento de leyes, normas y regulaciones aplicables en los procedimientos de

recaudación.

Lo anterior de conformidad a credencial de referencia MCS-CGR-C-065-02-2007, de fecha 20 de febrero de 2007, a fin de comprobar los hechos denunciados la que fue debidamente notificada.

En consecuencia, solicitamos sus amables comparecencias en la oficina de la Contraloría General de la Republica, de conformidad con el art.53, de nuestra Ley Orgánica, a fin de que rindan su apreciable testimonio en las diligencias que éste órgano superior de control está realizando, para tal efecto deberán presentarse el día lunes 14 de abril al 16 de abril del año en curso, a las 9:00 a.m. y 2:00 p.m. respectivamente en las instalaciones de la DGI, administración de rentas Estelí, en la oficina asignada a los Auditores de la CGR.

Atentamente,

Lic. Douglas AguirreAuditor encargado C.G.R.

CC./Pt.

NOTIFICACION DE HALLAZGO

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Estelí, 15 de junio de 2007

Ing. Erick Olivas ObregónDirección General de IngresosAdministrador de rentas de EstelíSu despacho

Sus manos

Estimado Lic. Raúl Herrera:

Como es du su conocimiento la Contraloría General de la República, con fundamento art 155 inciso 3) de la Constitución Política numeral y 10) numeral 1) de su Ley Orgánica, y de conformidad con su credencial MCS-CGR-C-065-02-2007, de fecha 20 de febrero de 2007 para efectuar Auditoria Especial, por los hecho denunciados durante el periodo 01 de julio al 31 de diciembre de 2006, anomalías en el registro y control de las recaudaciones, incumplimiento de leyes, normas y regulaciones aplicables en los procedimientos de recaudación.

De acuerdo con la evidencia obtenida durante el proceso de Auditoría, hemos identificado situaciones relacionadas con su gestión en su carácter de Ex – Administrador de Rentas (del 01-07-03 al 14-03-07), que es necesaria sea aclarada o ampliadas como procedimientos establecidos por la ley.

En consecuencia, y como parte del debido proceso y amparadas en los artículos 26 numeral 4) de la constitución política, articulo 58 Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica y las Normas de Auditoria Gubernamental de Nicaragua 6.3.2, damos a conocer a usted la información provisional registrada en el respectivo expediente de auditoria que a continuación mencionamos:

1. Diferencias entre los reportes de Recaudaciones de la Administración de Rentas de Estelí, y los reportes generados por la DGI Central y el SIGFA.

2. Debilidades en la recepción de los formularios de Declaraciones de Impuestos.

3. Falta de llenado de información en los formatos de Declaraciones de Impuestos

CC./Pt.

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CARTA SALVAGUARDA

Estelí, 10 de mayo de 2007

SeñoresAuditoresContraloría General de la RepublicaPresente

Señores auditores:

Esta carta de representación se proporciona en conexión con su auditoria especial de recaudaciones y cumplimiento legal, período del 1ro. de julio al 31 de diciembre de 2006.

Reconocemos nuestra responsabilidad por la presentación confiable de los procesos y los informes de recaudación de acuerdo con las Normas Técnicas de Control Interno y de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.

Confirmamos, nuestro mejor entendimiento y creencia, en las siguientes representaciones:

1. Hemos puesto a disposición todos los reportes emitidos por la DGI y el SIT (sistema de información tributaria).

2. Formularios de declaraciones presentadas por los contribuyentes de los diferentes impuestos.

3. Manual de procedimientos administrativos del proceso de recaudación.

Ing. Erick Olivas Lic. Jorge Treminio Ing. Sonia RodríguezAdmón. de rentas Contador fiscal delegada de informática

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CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO

1.1 de Ambiente de Control

CUESTIONARIOCONTESTE

SI O NO

FIRMA DEL

AUDITOR

1. ¿La dirección ha establecido por escrito un código de conducta que sea aplicable tanto al personal directivo como al subalterno y sirva como referencia para evaluar la actitud y el comportamiento de ambos?

2. ¿El código de conducta considera los conflictos de intereses o establece normas éticas para regular la conducta del personal?

3. ¿El código de conducta se ha difundido en toda la unidad a cargo de la administración?

4. ¿Se ha comunicado al personal la forma en que deberá proceder cuando observe conductas impropias?

5. ¿Se ha establecido por escrito una política en cuanto a los obsequios y muestras de hospitalidad que puede aceptar el personal?

Comité de Auditoría

1. ¿La dirección promueve evaluaciones externas del ambiente de control y de los controles internos y actúa de conformidad con los resultados de esas evaluaciones?

2. ¿Las cartas a la administración de los auditores externos se examinan y contestan al nivel de la dirección?

3. ¿La dirección promueve los informes de auditoría interna sobre los controles?

4. ¿Se ha integrado un comité de auditoría que supervise las relaciones con los auditores internos y externos?

5. ¿La dirección actúa cuando el personal infringe los códigos de conducta o las disposiciones legales aplicables?

6. ¿La dirección contraviene en ocasiones los procedimientos, los códigos de conducta o los controles internos? ¿Esas infracciones se documentan e investigan?

7. ¿La dirección proporciona recursos suficientes para que el trabajo de auditoría interna sea apropiado? Al respecto, debe considerarse si la función de auditoría interna se cumple con la amplitud, calidad e independencia necesarias.

b) Políticas de Recursos Humanos

1. ¿Los puestos superiores que están vacantes se dan a conocer ampliamente entre las personas con la competencia necesaria para ocuparlos (dentro y/o fuera de la organización)?

2. ¿Los mecanismos para la designación y promoción del personal son transparentes y se basan en criterios objetivos y apropiados para evitar el favoritismo y el nepotismo?

3. ¿Se efectúan revisiones independientes de las remuneraciones (por ejemplo, mediante un área de asesoría o un consejo en la

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materia), incluyendo los pagos que se hacen al personal que deja de prestar sus servicios?

4. ¿Para las evaluaciones del desempeño se aplican criterios de integridad y éticos?

5. ¿Se efectúan revisiones independientes (por ejemplo, mediante el órgano de auditoría interna, auditores externos o un consejo de supervisión) de la función y de la competencia de los principales funcionarios?

6. ¿Las responsabilidades se delegan de manera apropiada?7. ¿Las políticas para el reclutamiento del personal se han

establecido por escrito? Personal con la capacitación necesaria, debidamente enterado de los requerimientos de los puestos vacantes y con aptitudes para realizar entrevistas examinaría las solicitudes de empleo y efectuaría las entrevistas de reclutamiento.

8. ¿Se han establecido procedimientos apropiados para verificar la experiencia, competencia y referencias de los candidatos?

9. ¿Las políticas para la contratación del personal prevén la investigación de antecedentes penales?

10. ¿Se informa al personal de nuevo ingreso de sus responsabilidades y de las expectativas de la administración, de preferencia mediante una descripción detallada de los puestos que se mantendrá actualizada durante el tiempo en que preste sus servicios?

11. ¿Se han establecido procedimientos apropiados para corregir o prevenir las deficiencias de desempeño?

12. ¿Se han establecido procedimientos disciplinarios apropiados para los casos en que el personal infrinja el código de conducta de la organización o incurra en otras conductas inaceptables?

c) Estructura Organizacional

1. ¿Se ha definido claramente la estructura de la organización? ¿Se han establecido líneas claras para la presentación de informes que abarquen todas las funciones y el personal de la organización?

2. ¿Se han definido claramente las responsabilidades de los funcionarios a cargo de la administración de las recaudaciones (de preferencia por escrito)?

3. ¿Posee el consejo directivo (o su equivalente) la competencia y experiencia necesarias (en campos tales como economía, finanzas, contabilidad y sistemas de información)?

4. ¿Se cuenta con manuales de procedimientos actualizados que incluyan tanto los procedimientos operacionales como los procedimientos financieros/ contables que deban aplicarse para la administración de la deuda pública?

d) Sistemas Computarizados de Información

1. ¿El sistema computarizado de información es administrado por un funcionario de alto nivel?

2. ¿Quienes se encargan de desarrollar los programas de cómputo, tienen prohibido operar las computadoras y utilizar los programas con datos reales?

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3. ¿El programa de registro de las recaudaciones y base de datos de Contribuyentes con su información están protegidos y el responsable de su custodia sólo los facilita a personal autorizado?

4. ¿El responsable de la custodia del programa de recaudaciones y de su información tiene acceso al equipo de cómputo para operar programas o modificar los datos?

5. ¿Las contraseñas se asignan formalmente, se modifican de manera regular y están protegidas para evitar que sean utilizadas por personas no autorizadas?

6. ¿Se han asignado códigos de identificación a las terminales para evitar que terminales no autorizadas tengan acceso a las líneas de comunicación?

7. ¿Existen listas del personal autorizado que especifican los límites de su autorización y esas listas se mantienen actualizadas y se verifican?

8. ¿La información confidencial se cifra para proteger su transmisión?

9. ¿El hardware relacionado con las recaudaciones tiene adheridos marbetes con números de identificación y se ha asignado a personal específico? ¿Los registros financieros se concilian con los resultados de los inventarios?

10. ¿Cuándo los programas de cómputo se modifican se efectúan pruebas para verificar que la información se procese correctamente?

11. ¿El sistema de cómputo incluye reglas, como controles de edición, para verificar la exactitud de la información que se introduce a la computadora?

12. ¿Se informa oportunamente a los funcionarios responsables los errores en que se incurre al procesar las transacciones correspondientes?

13. ¿Se utilizan los controles de archivo para verificar que se actualice la información correcta y evitar la destrucción accidental de los archivos?

14. ¿Se conservan copias de respaldo de los archivos, programas y documentos relacionados con las recaudaciones?

15. ¿Se han documentado debidamente los programas, aplicaciones y procedimientos que se emplean para procesar la información relacionada con la deuda?

1.2 Evaluación de Riesgos

Evaluación de Riesgos

1. ¿El personal responsable de la custodia de los documentos (declaraciones, efectivo, etc.) está separado de la contabilidad?

2. ¿El personal responsable de la contabilidad tiene acceso al efectivo, a las declaraciones, o a las cuentas bancarias?

3. ¿El registro de las transacciones está segregado en tal forma que el mismo personal no podría registrar una transacción desde su origen hasta su asiento final en los auxiliares y en el libro mayor?

4. ¿Los especialistas que participan en las transacciones, sus

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supervisores y el personal que procesa la información poseen niveles técnicos comparables de experiencia y competencia en el campo de recaudación de tributos?

5. ¿Son confiables los sistemas establecidos para capturar, procesar y reportar las transacciones? ¿Cumplen las normas técnicas vigentes?

6. ¿Las transacciones se efectúan de acuerdo con las leyes, las estipulaciones restrictivas?

7. ¿Los funcionarios a cargo de la recepción, revisión de declaraciones, exoneraciones se rehúsan a proporcionar información a los auditores?

8. ¿No se han adoptado medidas para subsanar debilidades de control interno detectadas en auditorías anteriores?

9. ¿Es considerable el riesgo de que los funcionarios contravengan las políticas y procedimientos aplicables con fines ilícitos y de lucro personal?

10. ¿Se numeran en forma consecutiva y codificada los documentos de declaraciones que se utilizan en las transacciones de recaudación de ingresos?

11. ¿Existen diferencias sin conciliar entre las cifras de los depósitos y pagos bancarios y las registradas en la contabilidad?

12. ¿Se efectúan transacciones de crédito o débito fiscal que no se justifican?

13. ¿Se han instalado nuevos sistemas computarizados de información sin efectuar las pruebas necesarias?

14. ¿Se han introducido nuevas transacciones sin comprender cabalmente sus efectos en la situación financiera y presupuestal del gobierno?

1.3 Actividades de Control

1. ¿Se ha establecido un plan estratégico y un manual de procedimientos para las recaudaciones?

2. ¿Las transacciones se autorizan y efectúan conforme a las disposiciones e instrucciones de las autoridades superiores responsables de su administración a fin de cumplir objetivos específicos?

3. ¿Para el registro se han diseñado formas apropiadas que se utilicen correctamente para asentar todos los tributos, tasas, etc., a cargo de cada Contribuyente, incluyendo datos tales como la fecha de las transacciones, su monto original, el periodo?

4. ¿Está restringido el acceso a los documentos y a los recursos captados?

5. ¿Las confirmaciones de las operaciones se concilian con los registros contables del gobierno?

6. Revisa un auditor independiente los controles internos?

1.4 Información y Comunicación

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1. ¿Las autoridades superiores gubernamentales obtienen oportunamente la información que necesitan para que el presupuesto incluya previsiones confiables?2. ¿Los funcionarios que administran las recaudaciones obtienen diariamente información respecto al estado del flujo de efectivo del gobierno con objeto de contratar los financiamientos necesarios para garantizar su liquidez a un costo razonable?3. ¿Los informes contienen información actualizada sobre las recaudaciones, la reestructuración de la deuda y la deuda de las empresas privadas apoyadas por el Estado que se ha contratado con la garantía del gobierno central?

1.5 Monitoreo y Supervisión

1. ¿Existen registros de auditorías internas anteriores sobre las transacciones? Revisar las recomendaciones derivadas de las auditorías internas y verificar que se hayan efectuado las acciones correctivas pertinentes.

2. ¿Los informes de las auditorías internas se presentan a las autoridades superiores responsables de establecer las políticas?

3. Obtener los registros de las auditorías internas y los informes de la administración donde el presupuesto se compare con el desempeño real en cuanto a las metas de recaudación.

4. Si se ha efectuado un número reducido de transacciones por montos muy elevados, habría que ampliar los procedimientos de auditoría para verificar que los fondos captados se hayan registrado en la cuenta de caja y su ingreso esté soportado por los recibos correspondientes.

5. ¿Se verifica la eficacia de las actividades regulares de control cuando se desarrollan y establecen nuevos sistemas de contabilidad e información?

6. ¿El personal está obligado a hacer constar con su firma que se han efectuado actividades esenciales para el control interno?

7. ¿Las quejas de los Contribuyentes se investigan oportunamente para determinar sus causas?

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PROGRAMA DE AUDITORIA

HECHO POR INDICE

I. OBJETIVOS

Determinar cumplimiento y confiabilidad del control interno, cumplimiento legal de las operaciones y efectividad de las mismas.

Comprobar el cumplimiento, confiabilidad y suficiencia del Control Interno existente en el proceso de recaudación establecido por la Dirección General de Ingresos y aplicables en la Administración de Rentas de Estelí, para el registro y control de las recaudaciones durante el período del 1ro. de julio al 31 de diciembre de 2006.

Comprobar el cumplimiento de leyes, normas y regulaciones aplicables en los procedimientos de recaudación de los diferentes tributos en la Administración de Rentas de Estelí, durante el período del 1ro. de julio al 31 de diciembre de 2006.

Determinar si existen incumplimientos a leyes, normas y regulaciones aplicables e identificar a los funcionarios y/o ex funcionarios responsables, en caso de haberlos.

II. PROCEDIMIENTOS

1. Evalúe el control interno de los procesos de recaudaciones.

2. Solicite el plan de recaudaciones y los informes mensuales de recaudación y determine el nivel de cumplimiento por tipo de tributo.

3. Solicite un detalle de los contribuyentes por tipo de régimen y seleccione una muestra de ellos para verificación.

4. Solicite las declaraciones de la muestra seleccionada y verifique:

a) Los pagos oportunos conforme el régimen correspondiente y la revisión aritmética de las declaraciones

b) La declaración oportuna y las sustituciones

5. Tome una muestra de contribuyentes de cuota fija y revise el

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expediente correspondiente, determine cuando fue la última valoración para determinar volumen de ingresos e inspección realizada para la clasificación

6. Solicite el detalle de multas impuestas en el período y las dispensas realizadas, verifique si se efectuaron conforme establece la legislación vigente.

7. Determine la actualización de estadísticas y control de ingresos por tributo.

8. Determine el cumplimiento de las recaudaciones, establezca las desviaciones y sus causas.

9. Verifique los casos de emisión de notas de crédito o debito fiscal y compruebe que se hayan autorizado en el marco de la legislación vigente.

10. Compruebe la actualización de la base de datos de los contribuyentes

11. Solicite el detalle de cuentas por cobrar, determine la antigüedad de saldos, y compruebe las gestiones que haya efectuado la administración de rentas para evitar su prescripción y obtener el pago correspondiente.

12. Solicitar los reportes de recaudación de la administración , y los generados por la DGI central y el SIGFA

13. Requerir el manual de procedimiento administrativo del proceso de recaudación.

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MEMORANDO DE PLANEACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS ADMINISTRACIÓN DE RENTAS DE ESTELÍ, AUDITORÍA ESPECIAL DE RECAUDACIONES Y CUMPLIMIENTO LEGAL, PERÍODO DEL 1RO. DE JULIO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006.

Descripción del servicio:1. Comprobar el cumplimiento, confiabilidad y suficiencia del Control Interno

existente en el proceso de recaudación establecido por la Dirección General de Ingresos y aplicables en la Administración de Rentas de Estelí, para el registro y control de las recaudaciones durante el período del 1ro. de julio al 31 de diciembre de 2006.

2. Comprobar el cumplimiento de leyes, normas y regulaciones aplicables en los procedimientos de recaudación de los diferentes tributos en la Administración de Rentas de Estelí, durante el período del 1ro. de julio al 31 de diciembre de 2006.

3. Determinar si existen incumplimientos a leyes, normas y regulaciones aplicables e identificar a los funcionarios y/o ex funcionarios responsables, en caso de haberlos.

Descripción del cliente y del negocioLa DGI, es una institución descentralizada con autonomía administrativa y financiera, cuyo objeto es aplicar y hacer cumplir las Leyes, actos y disposiciones que establecen o regulan ingresos a favor del Estado

Descripción general

Su principal actividad es recaudar los tributos internos con equidad, transparencia y eficiencia, promoviendo la cultura Tributaria y cumpliendo con el Marco Legal, aportando al Gobierno recursos para el desarrollo económico y social del país.

Materialidad (importancia relativa) Revisión y análisis de procedimientos y formatos

Detalle de la Recaudación de la Administración a su cargo, durante el período del 1ro. de julio al 31 de diciembre de 2006 monto que verificamos en un 100%

Reporte sobre las Recaudaciones de la Administración de Rentas de Estelí registradas en el subsistema de Ingresos del SIGFA, para compararlo con los datos proporcionados por el Administrador de Rentas de Estelí, por el período del 1ro. de julio al 31 de diciembre de 2006

De un total de 185 contribuyentes inscritos en la Administración de Rentas de Estelí, según listado emitido por el Sistema de Información Tributaria (SIT), seleccionamos al azar una muestra de 12 expedientes equivalentes al 6.5%

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 Plan de trabajo:Con base en la reunión sostenida con los ejecutivos de la empresa, las siguientes son las fechas tentativas de importancia correspondiente al trabajo de auditoría:

09/02/07 Actividades previas30/03/07 Proceso de planeación06/03/07 Procedimientos de auditoría (pruebas de control)27/04/07 Procedimientos sustantivos de auditoría02/07/07 Reunión final y terminación de la auditoría09/07/07 Discusión del borrador del informe16/07/07 Entrega del informe de auditoría y carta a la gerencia de las observaciones y recomendaciones

Se ha presupuestado 592 horas