atest. lesiones

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ATESTADO No.174-09-VII-DIRTEPOL-DIVTER-NORTE-01-C.LCI- DEINPOL . Asunto : Resultado de las investigaciones practicadas con relación a las investigaciones por Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud (Lesiones), en agravio de Fernando LAGUNA CONDE (43) y Gerardo Martín RIVERA MAYURI (51), hechos ocurridos el día 30AGO209, en la Asoc. de Propietarios Los Girasoles de Chuquitanta – Distrito San Martín de Porras.- Comp. : …….... F. P. P. L. N. ……… J. P. P. L. N. _____________________________________________________________ ____ I. IN FORMACION En el Libro de Ocurrencias de Calle Común que obra en esta Comisaria PNP., existe una signada con el No.1483, cuyo tenor literal es como sigue : “OCC. No.1483.- Hora:08.00.- Fecha:30AGO2009.- POR DELITO CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD (Lesiones).- En la hora y fecha anotado al margen se hizo presente a esta Comisaria PNP. la persona de Fernando LAGUNA CONDE (43), Nat. de Lima, conviviente, Albañil, 5to. Secundaria, DNI-10627040 y con domiciliado en la Mz. “A” – Lote 19 – Asoc. de Propietarios Los Girasoles de Chuquitanta – San Martín de Porras, quien denuncia :Que en la fecha siendo las 06.35 hrs. aprox. fue victima de Lesiones en el rostro ocasionado por la persona de Jorge Luis CARRILLO CARRILLO (a) “Petete”, domiciliado en el AA.HH. Cerro Candela Mz. “D” 2 – Lote 06 – S. M. de Porres, quien se encontraba acompañado de Luis Teodoro DAMIAN MENDOZA (a) “Pelado”, los mismos que se dieron a la fuga en un vehículo automóvil color Blanco de Placa GO-9095 conducido por el tal “Petete” y tres sujetos mas desconocidos. Asimismo indica que dichas personas le lanzaron un ladrillo en la cabeza al Sr. Gerardo Martín RIVERA MAYURI (52), QUIEN FUE CONDUCIDO AL HOSPITAL TODA

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lesiones

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ATESTADOS No

ATESTADO No.174-09-VII-DIRTEPOL-DIVTER-NORTE-01-C.LCI-DEINPOL.Asunto : Resultado de las investigaciones practicadas con relacin a las investigaciones por Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud (Lesiones), en agravio de Fernando LAGUNA CONDE (43) y Gerardo Martn RIVERA MAYURI (51), hechos ocurridos el da 30AGO209, en la Asoc. de Propietarios Los Girasoles de Chuquitanta Distrito San Martn de Porras.- Comp. : .... F. P. P. L. N. J. P. P. L. N. _________________________________________________________________

I. INFORMACION

En el Libro de Ocurrencias de Calle Comn que obra en esta Comisaria PNP., existe una signada con el No.1483, cuyo tenor literal es como sigue : OCC. No.1483.- Hora:08.00.- Fecha:30AGO2009.- POR DELITO CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD (Lesiones).- En la hora y fecha anotado al margen se hizo presente a esta Comisaria PNP. la persona de Fernando LAGUNA CONDE (43), Nat. de Lima, conviviente, Albail, 5to. Secundaria, DNI-10627040 y con domiciliado en la Mz. A Lote 19 Asoc. de Propietarios Los Girasoles de Chuquitanta San Martn de Porras, quien denuncia :Que en la fecha siendo las 06.35 hrs. aprox. fue victima de Lesiones en el rostro ocasionado por la persona de Jorge Luis CARRILLO CARRILLO (a) Petete, domiciliado en el AA.HH. Cerro Candela Mz. D 2 Lote 06 S. M. de Porres, quien se encontraba acompaado de Luis Teodoro DAMIAN MENDOZA (a) Pelado, los mismos que se dieron a la fuga en un vehculo automvil color Blanco de Placa GO-9095 conducido por el tal Petete y tres sujetos mas desconocidos. Asimismo indica que dichas personas le lanzaron un ladrillo en la cabeza al Sr. Gerardo Martn RIVERA MAYURI (52), QUIEN FUE CONDUCIDO AL HOSPITAL TODA VEZ QUE PERDIO EL CONOCIMIE TO. Lo que pone de conocimiento a la PNP. para las investigaciones del caso.- Fdo.: El Denunciante.- Fdo.: El Instructor: Ral ROLDAN MUOZ.- SOT1. PNP.- Un sello redondo. II. INVESTIGACIONES A. Diligencias efectuadas :1. A merito de la denuncia recepcionada con el Oficio No.3102 y 3103, se solicito al Instituto de Medicina Legal, se practiquen los exmenes mdicos legales a los agraviados Fernando LAGUNA CONDE (43) y Gerardo Martn RIVERA MAYURI (51).2. Se procedi a Citar Policialmente a las personas de Jorge Luis CARRILLO CARRILLO y Luis Teodoro DAMIAN MENDOZA, con la finalidad de recepcionarles sus manifestaciones y por ende el esclarecimiento de los hechos que se les imputa. 3. Se han recepcionado las manifestaciones de :

Fernando LAGUNA CONDE (43).

Gerardo Martn RIVERA MAYURI (51). Christian Junior DAGA INOCENTE (31).

Jorge Luis CARRILLO CASTILLO (23).

Jhon Richard FLORES SANABRIA (27).

Juan Pascual CARRILLO CASTILLO(29).

Luis Teodoro DAMIAN MENDOZA (19)

4. Se instruy la Constancia de Notificacin a las siguientes personas : - Jorge Luis CARRILLO CASTILLO (23).

- Jhon Richard FLORES SANABRIA (27).

- Juan Pascual CARRILLO CASTILLO (29).

- Luis Teodoro DAMIAN MENDOZA (19).

5. Se han recepcionado los siguientes documentos : Certificado Mdico Legal No.030370-L.

Certificado Mdico Legal No.030503-L.

III. ANTECEDENTES POLICIALES Y/O REQUISITORIAS

Se ha solicitado a la Oficina de Cmputo de la Comisara LAURA Caller Ibrico Los Olivos, los posibles Antecedentes Policiales y/o Requisitorias que pudieran registrar las personas de : Jorge Luis CARRILLO CASTILLO (23), Jhon Richard FLORES SANABRIA (27), Juan Pascual CARRILLO CASTILLO (29) y Luis Teodoro DAMIAN MENDOZA (19), quienes informaron : NEGATIVO.IV. ANALISIS DE LOS HECHOS A. El 30AGO2009, a las 08.00 horas se hizo presente a esta Comisaria PNP., el Sr. FERNANDO LAGUNA CONDE (43) a fin de formalizar su denuncia por Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud (Lesiones), motivos por el cual se le expidi el Oficio No.3102 a fin de que se le practique el examen medico legal, sealando como responsable a la persona de Jorge Luis CARRILLO CASTILLO; asimismo indico que su vecino el Sr. Gerardo Martn RIVERA MAYURI (51), tambin fue victima de Lesiones, a quien se le expidi el Oficio No.3103 para el examen medico legal respectivo, sindicando a Jhon Richard FLORES SANABRIA como el responsable de las lesiones, motivos por el cual se llevo a cabo las diligencias policiales que el caso amerita.

B. Entrevistado Fernando LAGUNA CONDE (43), indico que el 30AGO2009, a las 06.25 horas aprox., cuando haba culminado la fiesta patronal que se haba realizado en la Asoc. de Propietarios Los Girasoles de Chuquitanta Distrito de San Martn de Porres, cuando se encontraba con un grupo de vecinos libando cervezas se presento la esposa del Sr. Christian DAGA pidindoles ayuda ya que cinco sujetos estaban golpeando a su cnyuge, motivos por el cual juntamente con el Sr. Gerardo Martn RIVERA MAYURI (51), se constituyeron al lugar a fin de defender a Christian DAGA, siendo rechazados por este grupo de personas lanzndole piedras y botellas, los mismos que subieron a un vehculo automvil de Placa GO-9095, por lo que el agraviado corri a su domicilio, pero al escuchar ruidos sali nuevamente y se percata que uno de las cinco personas quien responde al nombre de Jhon FLORES SANABRIA le lanza un pedazo de ladrillo a su vecino Gerardo RIVERA MAYURI, corriendo a defenderlo pelendose con Jhon FLORES, circunstancias que otro de los sujetos quien responde al nombre de Jorge Luis CARRILLO CASTILLO le lanza una piedra y le impacta en el rostro quedndose semi inconsciente. C. La persona de Gerardo Martn RIVERA MAYURI (51), ha corroborado lo indicado por Fernando LAGUNA CONDE, refiriendo que por versin de sus vecinos le indicaron que la persona que responde al nombre de Jhon FLORES SANABRIA fue quien le lanzo un ladrillo en la cabeza, asimismo refiere desconocer quien le haya ocasionado las lesiones a su vecino Fernando LAGUNA CONDE. D. Asimismo la persona de Christian Junior DAGA INOCENTE (31), admiti haber tenido una pelea, con una sola persona desconocida, quien se encontraba con un grupo de cinco muchachos, ante tales hechos sus vecinos trataron de defenderle, pero el grupo de personas empez arrojarles piedras y botellas hacindoles correr, logrando reconocer a Jorge Luis CARRILLO CASTILLO y su hermano Pascual CARRILLO CASTILLO quienes integraban el grupo de personas que acompaaban al sujeto con quien se lio a golpes, los mismos que se retiraron en un vehculo automvil de Placa GO-9095, adems ha referido no haber observado quien o quienes le ocasionaron las lesiones a los agraviados Fernando LAGUNA CONDE y Gerardo Martn RIVERA MAYURI.E. Interrogado Jorge Luis CARRILLO CASTILLO (23), en presencia de su Abogado Dr. Ramiro ARAUJO SANCHEZ, con relacin a los hechos suscitados ha indicado no haber lanzado piedra alguna a nadie, presenciando cuando un grupo de personas agredan a su amigo Jhon FLORES, por tal motivo ingresaron a defenderlo, reaccionando los pobladores del lugar lanzndole piedras hacia su persona como de sus acompaantes, por tal motivo subi al vehculo que conduca acompaado de sus amigos y se retiraron del lugar.

F. La persona de Jhon Richard FLORES SANABRIA (27), ha negado todas las imputaciones vertidas en su contra aduciendo que un grupo de persona le ataco y ante tales hechos sus amigos le defendieron, suscitndose una pelea entre todos, lo cual uno de sus amigos les subi a su vehculo que conduca y se retiraron del lugar, versin que ha sido corroborados por las personas de Juan Pascual CARRILLO CASTILLO y Luis Teodoro DAMIAN MENDOZA, quienes participaron en la gresca que indican haberse suscitado.

G. Por las consideraciones expuestas anteriormente se presume que los agraviados y otros han tenido una gresca con los denunciados, motivos por el cual las personas de Fernando LAGUNA CONDE y Gerardo Martn RIVERA MAYURI, resultaron con lesiones tal y conforme se corrobora con los Certificados Mdicos Legales No.030370-L y No.030503-L., los mismos que responsabilizan a las personas de Jorge Luis CARRILLO CASTILLO y Jhon Richard FLORES SANABRIA como los autores del hecho, ocurrido el da 30AGO2009, en la Asoc. de Propietarios Los Girasoles de Chuquitanta Distrito de San Martn de Porras. V. CONCLUSION Que, las personas de Jorge Luis CARRILLO CASTILLO (23) y Jhon Richard FLORES SANABRIA (27), resultaran ser los presuntos autores del Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud (Lesiones), tal y conforme se corrobora con los Certificados Mdicos Legales No.030370-L y No.030503-L., en agravio de Fernando LAGUNA CONDE (43) y Gerardo Martn RIVERA MAYURI (51), existiendo como elemento de juicio la sindicacin directa de los agraviados, hechos ocurridos el 30AGO2009, en la Asoc. de Propietarios Los Girasoles de Chuquitanta Distrito de San Martn de Porras; tal y conforme se detalla en el cuerpo del presente documento. VI. SITUACION DE LOS IMPLICADOS

Que, las personas de Jorge Luis CARRILLO CASTILLO (23) y Jhon Richard FLORES SANABRIA (27), han sido NOTIFICADOS para que se presenten ante su Despacho las veces que se requiera de su presencia.VII. ANEXOS

Se adjuntan los siguientes documentos :

- Siete Manifestaciones. - Cuatro Constancia de Notificacin.

- Dos Certificados Mdicos Legales No.030370-L y No.03050L. Lima, 19 de Octubre del 2009.

EL INSTRUCTOR

ES CONFORME

_____________________

Ral ROLDAN MUOZ.

SOT1. PNP.

Lima, 19 de Octubre del 2009.

Oficio No.3731-09-VII-DIRTEPOL-DIVTER-NORTE-01-C.LCI-DEINPOL.

Seor : Fiscal Titular de la Fiscala Provincial Penal del Cono Norte.

Asunto : Atestado No.174-09-VII-DIRTERPOL-DIVTER-NORTE-01-C.LCI-DEINPOL., por motivos que se indica.- REMITE. Es grato dirigirme a Ud. a fin de remitir adjunto al presente el documento indicado en el asunto a folios ( ), instruido en esta Comisara PNP. a mi mando por Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud (Lesiones), en agravio de Fernando LAGUNA CONDE (43), resultando como presunto autor la persona de Jorge Luis CARRILLO CASTILLO (23), hecho ocurrido el 30AGO2009, en la Asoc. de Propietarios Los Girasoles de Chuquitanta Distrito de San Martn de Porres. Aprovecho la oportunidad para reiterarle mis saludos y alta estima personal.

Dios guarde a Ud.

EAOE/rrm.