atención en protección de la niñez en colombia anexo2

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LM01. PN15 República de Colombia Ministerio de la Protección Social Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Dirección Técnica LINEAMIENTOS TÉCNICO ADMINISTRATIVOS Y ESTÁNDARES DE ESTRUCTURA DE LOS SERVICIOS DE BIENESTAR EN PROTECCIÓN – ANEXT FT-2 Grupo de Redacción Representante por las Instituciones Constanza Alarcón Por el ICBF Maria Francisca Concha Lina María Bernal Gabriela Rosa Vera Aida Villamil Barrios Versión 1.0 Septiembre 30 de 2004

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Page 1: Atención en Protección de La Niñez en Colombia Anexo2

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República de ColombiaMinisterio de la Protección Social

Instituto Colombiano de Bienestar FamiliarDirección Técnica

LINEAMIENTOS TÉCNICO ADMINISTRATIVOS Y ESTÁNDARES DE ESTRUCTURA DE LOS SERVICIOS DE BIENESTAR EN PROTECCIÓN – ANEXT FT-2

Grupo de Redacción Representante por las Instituciones Constanza Alarcón

Por el ICBF Maria Francisca Concha

Lina María BernalGabriela Rosa Vera Aida Villamil Barrios

Versión 1.0 Septiembre 30 de 2004

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PRESENTACION

CAPITULO 1 CONTEXTO

1.1. SITUACION DE LA NIÑEZ EN COLOMBIA1.1.1 Derechos y libertades civiles1.1.2. Entorno familiar y otro tipo de tutela1.1.3. Salud básica y bienestar1.1.4.1.1.4. Educación, esparcimiento y actividades culturales 1.1.5. Medidas especiales de protección1.1.5.1. Niñez en situaciones de excepción1.1.5.2. Niñez en situaciones de conflicto con la ley1.1.5.3. Niñez en situaciones de explotación y abuso1.1.5.4. Niñez perteneciente a minorías étnicas

1.2. MARCO NORMATIVO Y POLITICO

1.3. PRINCIPIOS1.3.1. Estado Social de Derecho1.3.2. Descentralización y Participación1.3.3. Corresponsabilidad

CAPITULO 2 MARCO ETICO Y CONCEPTUAL

2.1. PERSPECTIVA DE DERECHOS Y PROTECCIÓN INTEGRAL2.2. INTERÉS SUPERIOR 2.3. DESARROLLO HUMANO2.4. FAMILIA2.5. LA INFANCIA: UNA CATEGORÍA SOCIAL 2.6. CICLOS DE VIDA2.6.1. Primera Infancia2.6.2. La niñez2.6.3. La adolescencia 2.7. PERSPECTIVA DE GÉNERO2.8. REDES SOCIALES2.9. INCLUSIÓN SOCIAL2.10. PROCESO ADMINISTRATIVO DE PROTECCIÓN Y ADOPCIONES (PAP)2.11. MEDIOS2.11.1. Medio Socio Familiar2.11.2. Medio Institucional2.12. INSTITUCIÓN DE PROTECCIÓN

CAPITULO 3 PROCESO DE ATENCION

3.1. ASPECTOS TECNICOS3.1.1. El Sistema Nacional De Bienestar Familiar –SNBF-3.1.1.1. Esferas de acción del Sistema Nacional de Bienestar Familiar para la protección integral3.2. MODELO DE ATENCIÓN DENTRO DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL3. 2.1. Principios del modelo de atención3.2.2. Propuesta de atención para la protección integral

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3.2.2.1. Áreas de Derechos3.2.2.2. Componentes3.3. FASES DEL PROCESO DE ATENCION

CAPITULO 4 SERVICIOS DE PROTECCION INTEGRAL

4.1. LA VULNERACIÓN DE DERECHOS4.1.1. Riesgo4.1.2. Abandono o peligro 4.1.3. Maltrato o Abuso 4.1.4. Discapacidad en situación de peligro o abandono4.1.5. Trastornos mentales en situación de peligro o abandono 4.1.6. Problemas derivados del consumo de sustancias psicoactivas4.1.7. Mujer gestante y lactante 4.1.8. Situación de calle4.1.9. En condición de explotación laboral4.1.10. En condición de explotación sexual4.1.11. Victima del conflicto armado 4.1.12. En conflicto con la ley

4.2. SUBPROYECTOS Y MODALIDADES PARA LA PROTECCION INTEGRAL

4.2.1. SUBPROYECTO 01: MEDIO SOCIO FAMILIAR 4.2.1.1. Hogares sustitutos y amigos4.2.1.2. Hogar Tutor para niños y jóvenes desvinculados del conflicto armado4.2.1.3. Hogar biológico4.2.1.4. Subsidio condicionado para niñez en riesgo de vulneración de derechos.4.2.1.5. Casa hogar de protección4.2.1.6. Adopción4.2.1.7. Atención terapéutica a la familia 4.2.1.8. Casa refugio4.2.1.9. Atención a Población Focalizada4.2.1.9.1. Seminternado4.2.1.9.2. Externado4.2.1.9.3. Intervención de Apoyo4.2.1.9.4. Otras formas de atención 4.2.1.10. Preparación para la vida social y orientación vocacional

4.2.2. SUBPROYECTO 02 ATENCION EN LOS CENTROS ZONALES4.2.2.1. Atención extrajudicial a la niñez y la familia4.2.2.2. Atención en procesos civiles a la niñez y a la familia4.2.2.3. Asistencia y asesoría a la niñez y la familia4.2.2.4. Unidades móviles4.2.2.5. Pruebas biológicas de paternidad

4.2.3 SUBPROYECTO 03: ATENCIÓN EN MEDIO INSTITUCIONAL

4.2.3.1. Instituciones de protección – internado4.2.3.2. Centros de Emergencia4.2.3.3. Instituciones para atención a niñez víctima de la violencia armada

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4.2.3.3.1. Hogar transitorio.4.2.3.3.2. Centro de atención especializada CAE4.2.3.3.3. Casas juveniles de integración social y urbana

4.2.3.4. Instituciones de reeducación para adolescentes en conflicto con la ley4.2.3.4.1. Centro de recepción4.2.3.4.2. Centro de Observación4.2.3.4.3. Régimen Cerrado4.2.3.4.4. Régimen Semicerrado4.2.3.4.5. Residencias de Egreso

CAPITULO 5 ORGANIZACIÓN PARA DESARROLLAR EL PROCESO DE ATENCIÓN

5.1. ASPECTOS DE GESTION 5.1.1. Proyecto de atención institucional - PAI5.1.2. Criterios de ubicación5.1.3. Exigencias a la familia5.1.4. Plan de Atención Integral Individual PLATIN 5.1.5. Historia integral5.1.6. Estrategias de comunicación5.1.6.1. Comités de estudio de casos 5.1.6.2. Elaboración de informes5.1.6.3. Relación entre defensores y equipos técnicos5.1.6.4. Servicio de quejas, sugerencias y reclamos5.1.7 Orientaciones especiales5.1.7.1. Rotación5.1.7.2. Evasión de un niño del servicio5.1.7.3. Fallecimiento del niño en el servicio5.1.7.4. Faltas graves contra el ejercicio de los derechos de la niñez

5.2. SISTEMA DE PLANEACIÓN, ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN 5.2.1. Mecanismos de Atención5.2.1.1. Cronograma general. 5.2.1.2. Aspectos de personal5.2.1.3. Organigrama de la Institución..5.2.1.4. Planeación general de Actividades de la Institución.

5.2.2. Aspectos administrativos generales (Estándares de Estructura)5.2.2.1. Requisitos generales (jurídicos)5.2.2.2. Aspectos financieros5.2.2.3. Talento humano5.2.2.4. Condiciones locativas5.2.2.5. Dotación planta física5.2.2.6. Suministros y dotación para usuarios 5.2.2.6.1. Aspectos de Alimentación5.2.2.6.2. Dotación Personal de Usuarios

5.3. ASISTENCIA TÉCNICA5.4. SUPERVISIÓN5.5. VIGILANCIA

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ANEXOS

Anexo 1 PLATIN Anexo 2 Formato de Identificación InstitucionalAnexo 3 Estándares de estructura - Talento Humano. Anexo 4 Estándares de estructura – Condiciones Locativas Anexo 5 Estándares de estructura - Minutas Patrón de Alimentación.Anexo 6 Estándares de estructura - Suministro – Dotación Institucional y de Usuarios

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PRESENTACIÓN

Este documento señala el marco y las directrices sobre las que se rige la atención en protección de la niñez en Colombia, de cumplimiento para todas las entidades, instituciones, servicios o programas que en cualquier momento tengan niños bajo su cuidado, por lo tanto implican y determinan líneas y contextos de atención independientemente de que trabajen o no bajo un contrato con alguna entidad del Estado.

La elaboración de estos Lineamientos es el resultado de un proceso de concertación entre entidades que prestan servicios de protección y reeducación, servidores públicos de las regionales ICBF vinculados con servicios y un equipo de la Dirección Técnica y de la Dirección de Evaluación de la Sede Nacional.

Este material se constituye en insumo fundamental para la elaboración de documentos base del proceso de contratación de entidades prestadoras del servicio público de bienestar en protección y reeducación.

El propósito fundamental es presentar un marco general de los servicios de atención a los niños y adolescentes con derechos vulnerados, dar orientación sobre su funcionamiento y organización.

Como documento en construcción, se asume que para cada una de las situaciones de vulneración y los diferentes tipos de servicios, se deberá profundizar en las implicaciones psicosociales y jurídicas de la atención hasta llegar a perfilar objetivos específicos y modelos de atención; objetivos que no están previstos en el alcance de este material.

Para su elaboración se tomaron como documentos de base, entre otros, los siguientes desarrollados por el ICBF en los dos años anteriores: Lineamientos Técnico- Administrativos de los Servicios de Atención en Protección Medio Institucional, Lineamientos Técnico- Administrativos de los Servicios de Atención en Protección Medio Familiar, Lineamientos técnico administrativos de Hogares Sustitutos, Amigos y Biológicos, Documentos conceptuales de los ejes misionales: Nutriendo, Creciendo y Aprendiendo, Restableciendo Vínculos; Estándares de estructura Instituciones de régimen cerrado y semicerrado para la atención de adolescentes en conflicto con la ley y Tercer Informe País además de otras fuentes consultadas y relacionadas a lo largo del escrito.

Este documento está conformado por cinco capítulos que orientan el proceso de atención de los niños en protección y reeducación así: El primer capitulo presenta la situación de la niñez desde una mirada integral, desarrollada a través de la perspectiva de los derechos y las diversas situaciones de vulneración en que se pueden encontrar los niños y adolescentes. Este aparte esta complementado con el marco normativo y político además de los principios en los que se enmarca la atención a la niñez.

El segundo capitulo, lo constituye el marco ético y conceptual que determina las concepciones y principios básicos sobre los cuales se organiza la prestación de los servicios de atención en protección y reeducación, para llegar a los elementos fundamentales de la protección el proceso y el concepto de la institución.

El capitulo tercero se centra en la atención misma, presentando los principios, componentes y fases sobre los cuales se articulará el desarrollo del proceso de atención integral individual, dirigido a la restitución y garantía de derechos.

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El cuarto capitulo hace un presentación de las situaciones de vulneración así como los subproyectos y modalidades que se ofertan como opciones de protección integral, sin embargo son indicativos ya que cada regional, de acuerdo con su contexto y diversas condiciones socioculturales, puede proponer nuevas modalidades de atención que preferiblemente no impliquen opciones de internado o desvinculación de la familia; la invitación es plantear opciones que centradas en la familia y red de apoyo, faciliten el acceso de los niños y sus familias a los servicios de bienestar social sin acudir a dispositivos institucionales que impliquen ruptura de vínculos o aislamiento de las redes sociales comunitarias.

El último capitulo señala en tres apartes los requerimientos de planeación organización y los presupuestos básicos para el ejercicio de la asistencia técnica, seguimiento y vigilancia como función fundamental del ICBF.

Agradecemos los aportes de los representantes de las redes de instituciones que prestan servicios de bienestar en protección y de los servidores públicos regionales que han mostrado interés en la construcción y revisión del documento.

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CAPITULO 1

CONTEXTO

1.1. SITUACIÓN DE LA NIÑEZ EN COLOMBIA1

1.1.1 Derechos y libertades civiles2: Colombia durante el último quinquenio ha venido desarrollando políticas y realizando programas orientados a impulsar el fortalecimiento de una cultura democrática que promueva el derecho a la identidad, favorezca el reconocimiento y respeto por el otro, sus diferencias étnicas y culturales, fomente la libertad de expresión y la participación de los niños, niñas y adolescentes y proteja su derecho a la libre asociación.

Marco general3

El individuo es libre siempre y cuando actúe dentro del marco de la ley y solo puede ser castigado cuando infrinja la ley. La Constitución Política colombiana consagra este principio de libertad, y conmina al Estado a protegerlo. El derecho a la participación es la facultad que tiene todo individuo de intervenir en la actividad pública. De tal suerte, este derecho lo tiene toda persona, en tanto sea titular de derechos políticos, por el hecho de ser miembro de la sociedad a la cual pertenece.

Identidad: Componente central de este grupo de derechos, revisa la situación en torno a dos aspectos fundamentales: registro civil de nacimiento y manifestaciones de la identidad étnica y cultural. En esta última, desde la Carta Constitucional, el país paso de ser una nación mono cultural a ser reconocida como una multicultural.

Registro Civil de Nacimiento: Se expidieron, una serie de medidas orientadas a facilitar el acceso a los servicios de registro civil, para lo cual a través de normas internas se autorizó a los notarios, alcaldes y corregidores para prestar este servicio. Actualmente existen en el país 2.276 oficinas autorizadas para la prestación de servicios de registro, distribuidas así: 846 notarías, 42 inspecciones, 31 corregimientos, 10 alcaldías y 213 consulados que complementan la labor de las 1.134 oficinas de registro ubicadas en el país.

La ENDS 2000 muestra que en el país el 83.4% del total de nacimientos de niños menores de cinco años fueron registrados civilmente.

La proporción de niños con registro civil aumenta desde 67% entre los menores de un año hasta 89% entre los de cuatro años de edad.Se observa una importante diferencia entre el sector urbano 12,4% y el sector rural que asciende a 25.7%. Con base en ellas, se afirma que en materia de registro civil de nacimiento, existe aproximadamente un 16.5% de la población infantil por cubrir.

1 Datos tomados del Informe País, ICBF 20032 Artículos 7, 8, 13 a 17 y párrafo a) del artículo 37. CDN

3Este apartado tiene como fuente primaria a Naranjo, Vladimiro. Teoría constitucional e instituciones políticas. Bogotá: Temis. Sexta edición. 1995.

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Respeto de la diversidad étnica y cultural: El desarrollo de distintos programas de atención a la diversidad étnica y cultural en especial a los pueblos indígenas, ha implicado la adecuación institucional, que requieren previa concertación en torno a los planes de vida indígenas y reconocimiento de las autoridades indígenas como contraparte de las autoridades estatales, así como, a los cabildos como entidades públicas de carácter especial. Igualmente, se realizan talleres de capacitación para ampliar la comprensión sobre las diferencias étnicas, en especial los equipos de protección de los centros zonales responsables de la atención de estos pueblos.

Entre los logros resultado de la acción estatal, se señalan entre otros, el Plan Nacional de Cultura, "Hacia una Ciudadanía Democrática - Cultural" producto de una consulta participativa regional y local, la existencia a 2002 de 5.441 organizaciones orientadas a la promoción de las actividades culturales y artísticas para niños y adolescentes, tales como casas municipales de la cultura, museos, biblioteca, coros, bandas, escuelas de formación y agrupaciones artísticas y 768 organizaciones dedicadas a la realización de actividades religiosas.

Paralelamente desde el grupo de Etnocultura del Ministerio de la Cultura, se han realizado diferentes campañas y programas de sensibilización y divulgación.

El Ministerio de Educación Nacional cuenta con el Programa de Etnoeducación, cuyo objetivo fundamental es defender la condición humana y el respeto por la diversidad: multicultural, étnica, de género y opción personal de vida como recreación de la identidad nacional.

El cubrimiento reportado para 2001, en este programa es de 157.600 niños, niñas y jóvenes de poblaciones indígenas escolarizados, distribuidos por pueblos y departamentos en las cinco macro-regiones del país.El Ministerio de Educación Nacional, en colaboración con la Comisión Pedagógica Nacional de las Comunidades Negras y el Ministerio del Interior, adoptó medidas destinadas a respetar la autonomía e identidad cultural dentro de la política de etnoeducación.

Participación: Los resultados en esta área, se presentan agrupados en categorías que se consideran representativas para el ordenamiento y análisis de la información disponible en relación con el tema: formación y apropiación, Instancias de participación

Formación y Apropiación: Los avances en este campo, se encuentran fundamentalmente asociados al ámbito escolar. Se señalan entre otros, la institucionalización de los gobiernos escolares, de la figura de los personeros estudiantiles y de la construcción colectiva de los manuales de convivencia, aunque se tiene un cubrimiento del 90% de los establecimientos educativos de primaria y secundaria en el país. La Construcción de una cultura de paz en escuelas y colegios en Colombia, desarrollo de programas de formación escolar orientados a promover una cultura de participación democrática en diversos departamentos y municipio. El Modelo de Atención a Conflictos Escolares. Los niños/as y jóvenes recuperan su voz en el proceso de construcción de paz. Proyecto educativo: "Niños, Niñas y Jóvenes Constructores de Paz". Proyecto Nuevas Voces Ciudadanas – (Plan de Desarrollo Distrital de Bogotá)

Instancias de Participación. En el marco de la garantía del Derecho a la participación de niños y niñas se han creado una serie de instancias en donde éstos pueden ejercer este derecho, entre los que sobresale la organización y funcionamiento e los consejos, llegando al 2002 a 176 Consejos municipales y 3 departamentales.

Libertad de Expresión: El desarrollo de este derecho se inscribe en el marco del Plan de Comunicaciones para la Infancia PCIN, cuyo objetivo fue contribuir a generar cambios

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culturales y desarrollar políticas que reflejen el reconocimiento y respeto de las niñas y los niños como sujetos de derechos.

Acceso a la Información: El Ministerio de Cultura ha promovido la creación de bibliotecas públicas, actualmente existen 1187, de las cuales 448 cuentan con salas infantiles especializadas. Igualmente, existen en el país 53 ludotecas que atienden en promedio 1.200.000 niños y niñas entre 3 y 12 años de edad.

1.1.2. Entorno familiar y otro tipo de tutela: El Estado colombiano, considera 4a la Familia como la unidad básica de la sociedad, así lo ratifica en la Constitución Nacional de 1991 y así lo asume como prioridad nacional en los Planes de Desarrollo de los dos últimos períodos presidenciales. En este sentido, la unidad familiar es considerada la instancia fundamental formadora y constitutiva de sujetos de derecho, promotora inicial de relaciones democráticas.

Leyes y normas orientadas a regular el derecho a la familia: El Estado colombiano, se ha pronunciado a través de medidas legislativas y medidas de índole preventivo, de atención y seguimiento al entorno familiar que busca aportar elementos de soporte y fortalecimiento familiar.

En este marco constitucional el país promulgó durante este período varias leyes orientadas a la protección fortalecimiento y beneficio de la familia. (se describen en detalle en el Informe Oficial.)

Políticas, Planes y Programas: Entre los programas nacionales propuestos durante el quinquenio (1998 – 2002), inscrito en el Plan Nacional de Desarrollo “Cambio para construir la Paz” y en continuidad para el nuevo período con el Plan Nacional “Hacia un Estado Comunitario” 2002 – 2006, se cuenta con la política de paz y convivencia familiar denominado HAZ PAZ, dirigido a la prevención, la detección y vigilancia, y la atención a la violencia intrafamiliar, basado en principios de equidad, participación y descentralización. Su población objetivo la constituyen las familias haciendo énfasis en los niños, las niñas en situación de maltrato y las mujeres víctimas de la violencia conyugal, los adultos mayores en situación de abandono o maltrato.

En cuanto a programas dirigidos a fortalecer condiciones de equidad, se señala la labor promovida desde la Presidencia de la República a través de la Consejería de Equidad para la Mujer.

Las prioridades de política en materia de familia, buscan aplicar programas incluyentes, trazadas por perspectivas de género e intergeneracionales, que aunque han sido incipientes en el nivel nacional, con mejores formulaciones en lo local como el caso de la política de Bogotá, vienen generando el portal para una acción más integral.

En el período de análisis comprendido por este informe, (se formuló el Conpes 381 de 2000 que refiere entre otros, el programa de “Familias en Acción”, orientado a apoyar a familias de escasos recursos en educación y nutrición, con familias focalizadas por el SISBEN5

4 Artículos 5, 9, 10, 11, 18, 19, 20, 21, 25, 27 Y 39 CDN

5 Sistema de Selección de Beneficiarios

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Igualmente, se señalan las distintas estrategias y programas orientados a la atención de la familia, la capacitación de agentes institucionales y comunitarios para trabajar con grupos de familia específicos.6

El ICBF, atiende a los niños separados de sus padres a través de distintas alternativas que buscan proteger y restituir sus derechos. La situación de abandono o peligro, tratados en el Código del Menor Art. 31 . La atención se presta a través de tres escenarios: el medio familiar Hogares Sustitutos, Hogares Amigos, Casa Hogar de Protección y el programa de Adopciones), el medio social comunitario (gestión contratada en Seminternado, Externado e Intervención de Apoyo), La Atención en Zona (cuota alimentaria, custodia, cuidado personal, visitas, impugnación de paternidad y maternidad, investigación de paternidad, suspensión y privación de la patria potestad, permisos para salir del país, entre otros) y el medio institucional, en el ámbito de la corresponsabilidad buscando su integración familiar, comunitaria y social.

Situación del entorno familiar: En el país, la información estadística disponible esta basada en el hogar y no deja ver la familia extendida. Desde esta restricción, se pueden señalar 2 formas de caracterización de la familia colombiana: Según parentesco y por Ciclo de Vida.

Estadísticamente, se observa en los últimos años, como las familias según parentesco en Colombia, predominan hogares nucleares biparentales. Teniendo en el agregado nacional, un 48% de familias nucleares biparentales, seguidas por un 34% de la familia extensa.

En cuanto al tamaño de los hogares, el proceso de transición demográfica de los últimos años y especialmente de la transición de fecundidad, ha incidido en el tamaño del hogar, con una disminución significativa que pasó de 6.1 personas en el hogar en 1972, a 4.1 en 1998, y 2.6 en el 2002. Sin embargo, en familias en situación de pobreza el promedio es de 4.7 hijos aproximadamente.

La información histórica refiere, como la proporción de hogares con jefatura femenina sigue en aumento, puesto que en 1995 eran 24% y para el año 2000 está en 28%.

Respecto a la situación de los niños y niñas y su residencia, la encuesta refiere como la proporción de hijos adoptados se estimó en 8%, representando una disminución en comparación con la encuesta de 1995 (12%).

En cuanto a la situación de violencia intrafamiliar, concebida como un asunto de salud pública, de acuerdo con la aplicación de protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar se presenta una información alarmante de la situación:

Historias activas ICBFIngreso por maltrato 2000 2001 2002Maltrato psicológico 197 234 239Negligencia o descuido 2.087 2.432 2.677Maltrato físico 3.231 3.469 3.871Maltrato social 203 311 267Abuso sexual 1.081 1.190 1.450Maltrato durante la gestación 15 28 41

Total6.814 7.664 8.554

6 Cabe señalar que la característica de Integralidad de estos programas que a la par que fortalecen el rol de la familia, aportan a los procesos de formación y desarrollo de los niños y niñas. Por ello, algunos son tratado con mayor detalle en el Capítulo de Educación y Desarrollo.

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Fuente: ICBF – Aplicativo de Protección

Se observa un incremento sostenido en el registro de ingreso por maltrato, el 25% superior en el 2002 comparado con el año 2000, el abuso sexual con el 34% y el maltrato durante la gestación aumento casi dos veces al año.

Las cifras reportadas por el Instituto Nacional de Medicina Legal, muestran que en el año 2000 de los 68.585 dictámenes de VIF, el 15.9% de los casos correspondían a niños menores de 18 años; en el año 2001, de los 69.681 casos de Violencia intrafamiliar el 15.7% correspondieron a la violencia a menores de edad. Para el año 2002, reporta un total de 64.979 dictámenes de lesiones personales a causa de la denuncia instaurada a nivel judicial por casos de violencia intrafamiliar de los cuales el 15.9% corresponde a la violencia hacia los menores de edad. La tasa nacional de notificación para violencia intrafamiliar es de 184 casos por cada 100.000 habitantes7, 62% de los casos de violencia intrafamiliar reportados corresponden a maltrato conyugal, 26% a maltrato entre familiares y 16% a maltrato infantil. Es decir, de 178 dictámenes diarios de lesiones personales por violencia intrafamiliar, 28 corresponden a maltrato infantil, esto es el 15.7% (Forensis 2002, CRNV), para un total de 10.337 niños y niñas severamente lesionados por maltrato en 2002 en Colombia. La cifra no incluye abuso sexual infantil.

El Estado aborda el problema de violencia intrafamiliar y maltrato infantil formulando y poniendo en marcha la Política Nacional de Construcción de Paz y Convivencia Familiar - HAZ PAZ, que promueve la vigilancia, prevención y atención de la situación. Igualmente en el período de análisis se atendieron 353.008 familias a través del Programa Familias en Acción.

Respecto a la atención a la mujer bajo el principio de equidad, el Programa: Apoyo Integral a Mujeres Cabezas de Familia y Microempresarias rurales y urbanas. Así mismo se desarrollaron distintos programas locales en orientados prioritariamente a la mujer.

En cuanto a otros programas de atención a la Niñez, liderados por el ICBF, como Apoyo a las familias en formación y desarrollo, se logró en 1999 la atención a través del Educador Familiar a 96.634 usuarios, en Escuela para Padres a 31.235, en Orientación y Asesoría Familiar a 128.951, en Unidades Móviles a 4.310, en atención terapéutica a 60.856 y en asistencia integral a la familia indígena a 54.834. Siendo para el 2002 la atención total a través del programa de apoyo a las familias en su función socializadora de un 1.510.993 usuarios, distribuidos en atención8 desde el FAMI a 385.446 usuarios, el programa Materno Infantil a 299.097, en Educador Familiar a 290.160, Escuela para Familias a 399.008, nuevas modalidades 18.886.

La atención en el Medio Familiar para los niños y niñas en la situación de abandono y/o peligro presenta cambios significativos en las modalidades de atención, contando para 1999 con un total de 14.346 usuarios atendidos. En el año 2002, se incrementó la atención en el Medio Familiar con 17.731 usuarios, implementando y diversificando las modalidades de atención con 13.300 usuarios en HSN, 1.483 en HSE, 843 en Hogares de apoyo a la niñez 76 en Hogares Amigos y 99 niños y niñas atendidos en Casa Hogar.

Respecto al Programa de Adopciones. Durante el período 1997 – 2003, se ha reportado en el programa 18.227 niños y niñas, el 52.6% se encuentra en el rango de edad de 0 a 3 años, seguido por los niños y niñas mayores de 7 años con 29.9% y por los niños y niñas de 4 a 6 años con 17.5%.

7 Forensis 2002, CRNV8 Involucrando atención a a familia indígena.

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En 1999 el ICBF en medio socio familiar atendió a 10.628 usuarios, incrementando para el 2000 con un total de 11.601 usuarios atendidos. En el año 2002 se atendieron en seminternado 7.696 niños. En el externado se atendieron 8.553 niños ,el mismo año, el ICBF atendió a 27.374 niños, de los cuales 5.353 fueron atendidos por abandono o peligro. Estas cifras nos sugieren la creciente problemática y su complejidad al asociarse a otros flagelos que afectan la integridad física y psicológica de la niñez.

1.1.3. Salud básica y bienestar9: El área de derechos que abarca el tema de salud básica y bienestar contempla en su denominación la vida y supervivencia, las cuales se refieren a todos los derechos orientados a garantizar la vida, la salud, la alimentación y el bienestar de niños y niñas. Comprende los derechos a la vida, la salud y el medio ambiente saludable.

Leyes y normas orientadas a regular los derechos a la vida, la salud y el medio ambiente saludable: En el marco legal, se han configurado leyes que están vigentes y fundamentan la acción estatal en la búsqueda de garantía de los derechos humanos y en especial de los derechos de la niñez. Se señalan, entre otras, la Ley 100 de 1993 “Por la cual se establece el Sistema General de Seguridad Social”, la afiliación de los niños está mediada por la condición de la familia, limitando la garantía al aseguramiento y la asistencia sanitaria. La ley 99 de 1993, por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el sistema nacional ambiental SINA y se dictan otras disposiciones. Dentro del espíritu de la Ley 715 de 2001 se contempla el deber de asegurar que la salud pública esté al servicio de toda la población y en especial a la niñez, bajo criterios de equidad, eficiencia y sostenibilidad fiscal. En ambiente están las leyes 99 de 1993 y 142 de 1994.

Planes y políticas nacionales dirigidas a implementar los derechos a la vida, la salud y ambiente saludable: Se encuentran las fundamentales líneas de acción en los Planes Nacionales de Desarrollo: 1998 – 2001 “Cambio para construir la paz”; 2002-2006 “Hacia un Estado Comunitario”: Capítulo Familia y niñez; el Plan Nacional para la Promoción, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna 1998, el cual busca fortalecer estilos de vida saludables en torno al cuidado de los primeros años de infancia y el vínculo madre e hijo como factor protector de salud y bienestar; la Política de Salud Sexual y Reproductiva del 2003, el Plan Ampliado de Inmunizaciones (PAI); el Plan Nacional de Alimentación y Nutrición 1996 – 2005 el cual busca contribuir al mejoramiento de la situación alimentaria y nutricional de la población colombiana a través de acciones multisectoriales en las áreas de salud, nutrición, alimentación, educación, agricultura, comunicaciones y medio ambiente; el Plan de manejo de aguas residuales, el cual establece estrategias e instrumentos para mejorar la coordinación interinstitucional en pro de la calidad de los recursos hídricos superficiales generados por las aguas residuales municipales; el Programa la Cultura del Agua , cuyo fin es recuperar y conservar el recurso hídrico y el abastecimiento de la demanda de agua potable para consumo humano y la Política Nacional de Educación Ambiental, dirigida especialmente a los niños en edad preescolar y básica primaria con el fin de promover el valor del recurso hídrico para la calidad de vida y asumir con responsabilidad el cuidado de los recursos naturales.

La situación de la niñez en los derechos de la vida, la salud y el entorno saludable: Los siguientes constituyen los indicadores trazadores en relación con los derechos a la vida, la salud y el medio ambiente:

9 Artículos 6, 18, 23, 24, 26 y 27 CDN

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Mortalidad: En Colombia la Tasa de Mortalidad Infantil ha logrado descender durante los últimos años, pasando de 28.1 x 1.000 nacidos vivos en 1998, a 25.6 para el año 2002. La tasa en los varones fue de 31.1y para mujeres de 22.5.

La tasa de mortalidad en menores de cinco años se incrementó ligeramente entre 1998 y el 2002, pasó de 33 a 34 respectivamente.

Mortalidad por violencia: Durante el 2002 se realizaron 4.174 dictámenes medicolegales, por muerte violenta, en menores de edad, el 18.3% por accidente de tránsito, el 53% por homicidio, 6.6% por suicidios, 20.5% por muerte accidental y en el 1.7% no se establece la manera. Cinco de cada diez muertes violentas ocurren en niños y niñas entre 15 y 17 años.La tasa, por cien mil menores de 18 años, muestra un ligero descenso entre 1998 y el 2002, pasando de 23 a 25. En cuanto a la manera de muerte, la tasa de homicidios, se incremento en el mismo período, pasando de 10 a 1210.

Lesiones de causa externa no fatales: El subregistro es una limitante en la caracterización de este evento. En el 2002 el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses realizó 20.284 dictámenes medicolegales a menores de 18 años, el 48.5% por maltrato al menor, el 44.8% abuso sexual y el 6.55% violencia conyugal.

Se observa un incremento en la práctica de dictámenes medicolegales del 2.7% entre 1998 y el 2002 a expensas del abuso sexual y el maltrato al menor.

Morbilidad: A pesar de los logros alcanzados en la última década, las Infecciones respiratorias y la enfermedad diarreica en menores de cinco años, continúan constituyendo un problema de salud pública; estas ocupan los primeros lugares de morbilidad y mortalidad en este grupo de población, especialmente en los municipios con menor grado de desarrollo. Aunque las tasas de mortalidad por EDA han disminuido en los menores de 5 años, la incidencia en la salud infantil mantiene la tendencia.

Vacunación: Las coberturas de vacunación han decrecido sin alcanzar coberturas útiles11. En el año 2002 se observa un ligero incremento de las coberturas de vacunación en los menores de un año de edad. La inmunización contra paperas, rubéola y sarampión, alcanzó una cobertura del 93.3%, 18.6% por encima de la alcanzada en el año 2000, sin embargo ningún biológico presenta coberturas útiles.

Nutrición: Para el 2000 el 13.5% en los menores de cinco años presentaron desnutrición crónica12 . La desnutrición aguda13 en el 0.8% en los menores de 5 años, con severidad en el 0.1% de ellos. Los niños más afectados al igual que en la crónica son los de 12 a 24 meses, le siguen en prevalencia los de 3 años y los menores de 6 meses. La prevalencia de desnutrición global14 fue de 6.7%, con severidad del 0.8%; los más afectados son los de 12 a 24 meses entre quienes la desnutrición alcanza el 10%.

Lactancia Materna: Aunque los indicadores muestran un incremento importante en el tiempo de duración de la lactancia exclusiva en meses, pues se pasó de 0.6 meses en 1990 a 1.7 meses en el 2000, la duración de la lactancia exclusiva hasta los 6 meses ha bajado significativamente pasando del 15% en el 95 y al 11% en 2000. 10 Medicina Legal en Cifras. CRNV-INML y CF. 1998, 200211 Una cobertura útil es aquella que cubre como mínimo a 95% de la población de este grupo etáreo.12 Baja Talla /Edad y Género13 Bajo Peso/Talla y Género14 Bajo Peso/Edad y Género

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Salud Sexual y Reproductiva: Colombia cuenta para el año 2002 con 8.688.768 de adolescentes que representan la quinta parte de la población total; corresponden a 4.499.771 entre los 10 a los 14 años y 4.188.997 de los 15 a 19 años. El 52,8% (4.587.670,00) de los jóvenes colombianos están en condiciones de pobreza y el 23,75% (1.089.572) están en miseria. Hay 2.7 millones desescolarizados con una tasa de deserción escolar del 60%; sólo el 7.5% termina estudios universitarios y el 60% de los desplazados son menores de 18 años.15

El 15% de las adolescentes en el año 2000, ya eran madres y el 4% estaban en el embarazo de su primer hijo, para un total de 19% que estaban en gestación o habían tenido partos, en comparación con el 17% de la Encuesta del 95. Una de cada 5 adolescentes de 17 años ha estado alguna vez embarazada y una de cada tres de las adolescentes de 19 años. Los adolescentes enfrentan además limitaciones de acceso y de disponibilidad de servicios de salud sexual y reproductiva apropiados a sus necesidades particulares y el uso de anticonceptivos es muy bajo o se utilizan métodos de baja eficacia anticonceptiva.

Uso Anticonceptivos: Para el año 2000, la Encuesta Nacional de Demografía y Salud, muestra que la cobertura de uso anticonceptivo en las mujeres casadas o en unión fue de 77%16. El uso asciende al 84% entre las que no están en unión pero que son sexualmente activas y el 53% entre todas las mujeres en edad fértil.

Atención prenatal: La atención institucional a las gestantes pasó de 82% en 1995, al 91% en el 200017, de donde el 87% corresponde a la consulta por médico y el 4% a consulta por enfermería y quedando aún un 9% sin atención. La atención prenatal es mayor cuando se trata de primogénitos y se reduce con el número de hijos.

Mortalidad materna: En Colombia la mortalidad materna pasó de una tasa de 71 en 1998 a 67.7 x 100.000 nacidos vivos (n.v.) en 199918, con una tendencia de reducción de 34%. En la estructura nacional, la principal causa de muerte materna en Colombia es la toxemia (38%).

VIH/SIDA: En Colombia desde 1983 y hasta la fecha se han notificado 38.879 casos de la infección por VIH / SIDA, el 3.2% corresponden a menores de 15 años, de éstos el 78.3% son menores de 5 años. El 3.22% de los casos de la infección se presentan en niños y niñas por transmisión vertical de la madre al hijo.

La tasa de notificación por 100.000 habitantes aumentó de 7.48 en 1998 a 9.85 en 2002. En cuanto al número de casos pasó de 3.050 en el año 1998 a 4.313 en el año 2002. La razón masculino/femenino ha disminuido, pasando de 3.9 a 2.8 en este mismo periodo. Con el mayor número de casos en este periodo se encuentran los departamentos de Valle, Antioquia y la ciudad capital, Bogotá.

Atención a población con limitaciones o capacidades especiales: En 1997 se sancionó la Ley 361, para la protección y atención a la población con discapacidad y se creó el Comité Consultivo Nacional; y en 1999 se diseñó el Plan Nacional para la atención a las personas con discapacidad, con cinco áreas de acción: prevención, rehabilitación e integración social y familiar, integración laboral, integración educativa y accesibilidad a la información y al espacio público.

15 Centro de Investigaciones Salud y violencia CISALVA Universidad del Valle 1999 16 PROFAMILIA. Encuesta Nacional de Demografía y Salud, ENDS, Colombia 200017 PROFAMILIA. Encuesta Nacional de Demografía y Salud, ENDS, Colombia 200018 DANE, Estadísticas vitales, registro de defunciones 1998, 1999

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Atención en salud: La crisis económica de 1999 afectó de manera importante el aseguramiento en salud y por tanto el acceso de la población, al no presentarse incremento de cobertura durante ese año.

Uno de los logros alcanzados con el SGSS, es la financiación de la afiliación a la seguridad social en salud de más de 11 millones de personas pobres (8.483.138 millones de beneficiarios validados), lo que ha implicado un mayor gasto en salud, dirigido al 69% más pobre de la población. Dentro de este grupo se da prelación por Constitución Nacional a las mujeres gestantes y a los niños menores de un año. Otro aspecto positivo del Sistema es que cubre tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado, al afiliado y su grupo familiar.

Entorno saludable: En condiciones generales, el país ha mejorado, lo cual tiene una gran influencia en las condiciones de salud de la población colombiana, pero especialmente en los niños y niñas; la calidad sanitaria del ambiente físico es aún deficiente y se relaciona especialmente con la presencia de agentes patógenos, sin descartar los contaminantes fisicoquímicos. Aproximadamente 870 municipios de Colombia que tienen menos de 12.500 habitantes, presentan grandes problemas en el suministro de agua.

Cobertura acueducto – 2001: Entre los años 1993 y 2001, la cobertura de acueducto19 en la zona urbana ha progresado al pasar de un promedio de 76% al 95% en las grandes ciudades y las zonas metropolitanas (Bogotá, Cali, Medellín, Barranquilla), el 88% en las capitales de departamento y ciudades mayores de 100 mil habitantes y el 86% en el resto de la zona urbana.

En alcantarillado, la cobertura urbana se ha incrementado del 64% en 1993 a un 80% en el 2001, lo cual representa que aún 6.3 millones de personas no tiene este servicio. La situación más crítica se presenta en las capitales de departamento menores de 100 mil habitantes, en las cuales más del 54% de la población no cuenta con un manejo adecuado de las aguas residuales20 . Por debajo del 60% de cobertura del servicio de alcantarillado se encuentran el 30% de los municipios (más de 300 municipios) y ciudades como Florencia, Montería, Buenaventura y Maicao, entre otras, donde la cobertura del servicio no alcanza más del 50%.

El número de niños y niñas adolescentes víctimas de enfermedades causadas por contaminación del medio ambiente no está disponible; se cuenta con datos de las familias afectadas entre los años 1998 y 2002: en 1998 fueron 51.938; en 1999, 242.500; en el 2000, 94.453; en 2001, 39.811 y en 2002, 67.261 familias.

1.1.4.1.1.4. Educación, esparcimiento y actividades culturalesEducación, esparcimiento y actividades culturales2121 : : En el marco de los Derechos de los Niños el área del desarrollo, la constituyen todos aquellos aspectos que todas las personas menores de 18 años, necesitan para alcanzar su mayor potencial y logro de sus fines vitales en una dimensión de integralidad y realización plena. Implica el derecho a la educación, a la cultura, al juego y la recreación.

Leyes, Normas y Reglamentación. La Ley General de Educación 115 de 1994, señala las normas generales para regular el Servicio Público de la Educación que cumple una función social acorde con las necesidades e intereses de las personas, de la familia y la sociedad.

19 Cobertura Nominal de Acueducto: Suscriptores que cuentan con conexión a las redes de distribución pero con una continuidad menor de 24 horas al día y calidad del servicio menor del 100%20 Las situaciones más críticas se presentan en Puerto Inírida, Mitú, Puerto Carreño y San Andrés21 Artículos 28, 29 y 31 CDN Marco General. Aportes al III Informe País del Ministerio de Educación. Lucía León, Rodrigo Puentes y Candelaria Rodríguez. Agosto de 2003

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Planes y Políticas Nacionales En Educación: Se señalan entre otro, el Plan Decenal de Educación. Es el Plan de carácter indicativo nacional 1996–2005, constituye el marco de acción construido a 10 años.

Ppolíticas afirmativas en desarrollo de la educación de sectores vulnerables: La Ley General de Educación, en su título III, "modalidades de atención educativa a poblaciones", incluye la educación para personas con limitaciones o capacidades excepcionales, educación campesina y rural, educación para grupos étnicos, y educación para la rehabilitación social. Se presentan desde este marco los lineamientos para estas poblaciones considerando la acción y propuestas de otras entidades estatales como el ICBF. La situación educativa de la niñez: Teniendo como referencia indicadores básicos educativos se observa como el analfabetismo en el país ha disminuido de manera constante, pasando de 10,8% en 1990, a 7,5% en el 200122

Cobertura: En términos de la educación básica y media, la cobertura bruta/23 en 2002 llegó al 82%, mientras que la cobertura neta24 fue del 78%, sin descuidar la atención que merece la educación básica primaria.

En el caso del preescolar, la cobertura bruta del país alcanzó el 35% mientras la cobertura neta llegaba al 31%, sin embargo, en las zonas rurales esos porcentajes son del 29% y 24%, respectivamente.

Tomando en conjunto los datos de cobertura educativa, se tiene un índice de escolaridad combinada que mejoró de 0,59 en 1990, a 0,68 en 2001, pero cuyo crecimiento no ha sido constante puesto que alcanzó su máximo nivel en 1997 (0,72), para luego descender por efecto de la crisis económica y del consecuente aumento de la deserción escolar.25

Acceso y permanencia de Niños y niñas en la educación: La oferta oficial muestra los siguientes porcentajes en preescolar (64%), en primaria (79%), en secundaria (67%), y la educación privada superior con 71% de las matrículas.

Deserción: Los niveles de deserción pasaron entre 1998 y 2000, de 6.8% a 9.4% en preescolar, de 7.3% a 7.9% en primaria, de 6.1% a 6.5% en secundaria y de 3.6% a 3.8% en el nivel de educación media en estos años.

Las tasas mas altas de deserción se dan en el primer grado de primaria en un 18 %, igualmente tienen mayor tendencia a desertar en las zonas rurales con un 30%, en los niveles secundario y medio, predomina la deserción en el grado 6ª con un 15% y en el grado 9 con un 13%.

Educación y desarrollo durante la primera infancia: Se señalan acciones estatales tendientes a impulsar el apoyo a las familias en formación y desarrollo, se busca potencializarlas como contextos de desarrollo humano, que favorezcan el ejercicio de los derechos de la niñez y faciliten el cumplimiento de su función socializadora, constructora de valores y responsable del desarrollo afectivo a través de procesos de sensibilización,

22 Datos Encuesta Nacional Hogares DANE.23 Cobertura Bruta: Matrícula total en el nivel en consideración / Total de población en edad para ese nivel. En el presente caso, se trabaja la población de 5 y 6 años para preescolar; 7-11 años para primaria; 12-15 años para básica secundaria; 16 a 17 años para educación media.24 Cobertura Neta: Matrícula en edad para el nivel en consideración / Total de población en edad para ese nivel.25 Ibid.

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educación, formación y participación. FAMI, materno infantil y otros programas de apoyo como las escuelas para padres y familias, se pasó de 273.024 usuarios del programa en 1999, a 392.568 en el año 2002.

En cuanto a las modalidades de atención a los niños menores de 7 años, constituidos como espacios de socialización y formación, se desarrollan acciones en torno al funcionamiento de Hogares Comunitarios de Bienestar y Hogares infantiles Lactantes y Preescolares

La cobertura obtenida a 2002 de 30.6% en el nivel preescolar con un aumento significativo en casi 3 puntos porcentuales en comparación con el año 1998. Incremento del preescolar en 750 municipios.

Nivel de educación primaria: En 1999 los niños matriculados en primaria fueron 5.131.463, alcanzando en el 2000. La cobertura en este nivel se ha mantenido constante los últimos 3 años, para el 2002, 82.3%, con una tasa de repitencia de 6.62% y deserción de 56.2%, siendo preocupante esta última cifra, que muestra la no permanencia de los niños en la escuela. Igualmente la extraedad se calcula en 17% por debajo de la edad, y 10% por encima, lo que implica que de cada 100 niños matriculados aproximadamente 90 se encuentran en el rango de edad correspondiente al nivel educativo.

Nivel de educación secundaria: En el año 2000, los alumnos matriculados en secundaria aumentaron en un 38%, pasando de 3.087.777 en 199326, a 4.272.012, con una cobertura neta de 54.7% en el 2002, con una tasa de repitencia de 5.11% en el 2001 y deserción de 27% en el año 2000, aunque no se cuenta en el momento con datos disponibles para el 2002, se observa mayor permanencia en el nivel secundario en relación con la primaria, en cuanto a la extraedad, se observan por debajo el 19% y por encima el 12%27.

1.1.5. Medidas especiales de protección28 :En el marco de Protección Integral que contempla los postulados de respeto y cuidado para todos los niños y adolescentes colombianos, se establecen medidas especiales de protección de tipo judicial, educativo y asistencial, orientadas a restituir los derechos vulnerados y a garantizar el acceso de estos niños y adolescentes a los bienes y servicios fundamentales.

En este contexto, el análisis de la situación de la niñez en condiciones de vulneración y la acción estatal desarrollada durante los últimos cinco años, se presenta de conformidad con el articulado de la Convención, a través de cuatro (4) grandes grupos, a saber: Niñez en situaciones de excepción, Niñez en conflicto con la ley penal, Niñez en situaciones de explotación y abuso y, niñez perteneciente a minorías y grupos indígenas.

1.1.5.1. Niñez en situaciones de excepción:

Leyes, normas y reglamentación que regulan la protección especial de los niños y niñas: Colombia a través de la expedición de las Leyes 548 de 1999, 759 y ley 782 del 2002 y los Decretos reglamentarios 128 de 2002 y 833 de 2003, acogió las Declaraciones y Protocolos Internacionales en materia de promoción y protección de las mujeres, los niños y adolescentes en el conflicto armado.

26 Cálculos de la Misión Social del DNP, basados en datos del DANE.27 Según Min. Educación. Estadísticas Planeación. C-600 DANE. En aportes para el Informe. Agosto 20 de 2003.28 Artículos 22, 30, 32, 33, 34, 35, 37, 38, 39 y 49 CDN

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De igual forma en relación con la atención de la población desplazada se expidió el Decreto 489 de 1999, que le otorgó a la Red de Solidaridad Social, funciones relacionadas con la promoción y elaboración de programas de prevención del desplazamiento.

Las políticas y programas: sociales en materia de atención a desvinculados del conflicto armado y a desplazados, se ejecutan fundamentalmente a través de dos instituciones públicas: El instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la Red de Solidaridad Social, y cuentan con apoyo de cooperación internacional, especialmente de la Organización Internacional de Migraciones OIM y el Programa Mundial de Alimentos entre otros.

En respuesta a la situación de conflicto que atraviesa el país, a partir de 1999, el gobierno nacional adelanta programas intersectoriales para la desvinculación de los niños y adolescentes del conflicto armado y su reinserción social. El principal objetivo es apoyar el proceso de consolidación de la ruta de vida, una vez están fuera del conflicto armado.

En cuanto a las familias desplazadas, la política de atención está contenida en el documento CONPES 3057 de noviembre 10 de 1999, en el cual se formula el Plan de Acción para la prevención y Atención del Desplazamiento Forzado. La Red de Solidaridad Social como entidad coordinadora del Sistema Nacional de Atención Integral a la población desplazada SNAIPD, apoya e impulsa en los ámbitos territoriales, el desarrollo de programas y proyectos orientados a mitigar el fenómeno del desplazamiento forzado en Colombia.

Vinculados al Conflicto Armado: La dispersión de los sistemas de información oficial y no oficial, asociada a los altos niveles de subregistro creados por la situación del “conflicto”, muestran distintas estimaciones que más que datos concretos, evidencian la gravedad de la situación.

Datos referidos por la Defensoría del Pueblo29, registran alrededor de 6.000 niños vinculados a algún grupo armado.

De acuerdo con las cifras reportadas por el ICBF entre 1999 y 2003 se recibieron en el programa de atención especializada un total de 1426 niños y adolescentes desvinculados de los grupos armados por entrega voluntaria o captura.

La atención de la niñez desvinculada del conflicto armado es un tema prioritario para el país, que demanda cada vez más un mayor desarrollo de acciones del SNBF y la cooperación internacional.

Desplazados por la violencia: Condiciones asociadas al éxodo de las familias, como su temor a ser identificadas como desplazadas y su constante movilidad, dificultan el desarrollo de sistemas de información, razón por la cual existen diversas estimaciones frente al fenómeno. La Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento CODHES afirma que existen en el país desde 1985, 2´900.000 desplazados30.

Al 2002 el Sistema Único de Registro de Población Desplazada - SUR, puesto en marcha por la Red de Solidaridad Social desde al año 2001, cuyo objetivo fundamental es identificar a la población desplazada por el conflicto interno, mediante declaración frente a autoridades competentes, mantener un registro actualizado sobre sus características poblacionales y sobre la atención de emergencia, ha registrado un total de 1.300.000 personas desplazadas que

29 Boletín Defensoría del Pueblo. Diciembre 2002.30 CODHES, Informe ejecutivo.2003

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corresponde aproximadamente a 400.000 hogares colombianos, incluidos desplazamientos individuales y masivos31.

Este sistema muestra que más del 70% de los desplazados son mujeres y niños que llegan a las ciudades, en precarias condiciones, complejizando las problemáticas sociales de las mismas. De los menores de edad; 187.755 son niños y 182.248 niñas, para un total de 370.003 niños y adolescentes desplazados.

De los 1.098 municipios, 1.023 son expulsores de población y 899 a su vez son receptores de población desplazada, lo cual genera desequilibrios importantes en la organización y planeación municipal.

La atención de esta problemática se realiza a través de tres grandes estrategias: emergencia, restablecimiento y retorno.

A través de la Operación de Socorro y Recuperación - OPRS, convenio suscrito entre el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la Red de Solidaridad Social, la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional y el Programa Mundial de Alimentos, cuyo propósito principal es dar apoyo de emergencia a la población desplazada por la violencia en Colombia, se ha atendido 375.000 beneficiarios.

La acción estatal realizada desde el año 2002, cuenta a 2003 con 29 unidades móviles, que están presentes en 23 departamentos del país . Se estima que hasta ahora se han sido atendidos en 155 municipios un total de 25.202 familias, apoyo en seguridad alimentaría 46.386 personas y en atención psicosocial 61.761.

1.1.5.2. Niñez en situaciones de conflicto con la ley

Leyes, normas y reglamentaciones: El gobierno nacional ha presentado proyectos de reforma del Código del Menor - Decreto 2737/89, el cual entre otros aspectos, trata en su título V, todo lo relacionado con los menores autores o partícipes de una infracción penal. En Colombia los menores de 18 años se consideran penalmente inimputables, y se configura un procedimiento especial para su protección. Actualmente el gobierno nacional, prepara una propuesta de nueva legislación que será presentada al Congreso en el 2004.

Planes y programas Niñez en situación de conflicto con la ley penal. Los planes y programas formulados para la atención a esta población, giran en torno a la administración de la justicia aplicando la legislación vigente. el Código del Menor y los servicios prestados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Situación de la niñez en conflicto con la ley penal: Los adolescentes en situación de conflicto con la ley penal es un fenómeno creciente en el país, considerando indicadores trazadores referentes al número de procesos judiciales, tipos de delito y servicios de atención, a continuación se describe la situación durante el período 1998-2002:

Los procesos relacionados con adolescentes en conflicto con la ley aumentaron en un 38% durante este período, esto corresponde a 10.038, pasando de 25.765 en 1998, a 35.799 en el 2002. El mayor impacto de crecimiento se observa en los años 1998 y 1999, con un 17seguido

31 Red de Solidaridad Social. Informe Planeación Sistema Unico de Registro SUR. Agosto 2003

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por el de 1999 y 2002 con un 9%. Reportes oficiales de la Policía Nacional, refieren un promedio anual de captura de 6.481 infractores y de 7.960 contraventores32

En relación con el tipo de delitos, se observa que en el quinquenio, el más alto porcentaje de las infracciones son: el hurto (57.55%), seguido por las lesiones personales (20.21%), los delitos contra la administración pública y contra la libertad y el pudor sexual con un (5.93%).

Es de anotar que el país ha realizado esfuerzos orientados a mejorar la atención de los adolescentes infractores, logrando un incremento en el número de juzgados pasando de 21, en 1.995 a 49, en el 2002. En la actualidad los juzgados de menores tienen cubrimiento en 21 Distritos Judiciales y en todo el territorio nacional son apoyados por los juzgados de familia y los juzgados promiscuos.

La atención de los adolescentes infractores se realiza en servicios especializados de recepción, observación, ubicación institucional, residencias de egreso y programas de libertad asistida, los cuales tienen el objetivo de brindar atención y formación integral al adolescente en su proceso de reinserción a la familia y la comunidad.

De acuerdo con las medidas decretadas por los juzgados, aplicadas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, aproximadamente el 32% de los adolescentes son privados de la libertad y ubicados en centros de reeducación, el 48% en programas de libertad asistida, y el 20% restante se les aplica otras medidas que contribuyan a su integración social.

La cobertura en servicios del medio institucional, presenta algunas variaciones significativas especialmente en recepción que muestra disminución en 3.221 usuarios, mientras aumenta la atención en el medio cerrado, pasando de 704 en 1998, a 1.149 usuarios en el 2002. A pesar de los esfuerzos estatales por aumentar las medidas alternativas de atención, dadas las historias de vida y las condiciones socio-económicas de los adolescentes y sus familias, asociadas a la gravedad de los delitos, se mantiene la tendencia del internamiento.

Otro fenómeno asociado a esta problemática es el nivel de reincidencia, el cual alcanza en varios departamentos del país hasta un 25%.

Dada su incidencia en materia de derechos humanos y convivencia ciudadana, la problemática de niñez en conflicto con la ley, continúa siendo uno de los temas de mayor preocupación, debido a su tendencia de crecimiento y a los limitados avances en la acción estatal.

No obstante los avances logrados en esta materia, existen importantes debilidades operativas, entre ellas la insuficiencia de personal para el desarrollo del proceso legal (jueces, defensores, apoderados de oficio y equipo psicosocial de apoyo), la insuficiencia en la oferta de servicios, la concentración de la oferta en las principales ciudades, las dificultades para la coordinación y concurrencia de las entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, los débiles sistemas de información, seguimiento y evaluación, entre otras.

1.1.5.3. Niñez en situaciones de explotación y abuso

Leyes, normas y reglamentación: Son varias las leyes y decretos que regulan e impulsan acciones para erradicar el trabajo infantil, entre las que tenemos: La ley 515 de 1999 (Ratifica convenio 138 de la OIT), la Ley 704 de 2001 por la cual se adopta el convenio No.182 de la OIT, la Ley 782 de 2002, (art.13 y 14 determina formas de trabajo infantil protegido para

32 Boletín. Defensoría del Pueblo 2002.

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mayores de 16 años), el Decreto 933 de 2003 (Reglamenta funcionamiento contrato de aprendizaje), todas ellas orientadas a desarrollar una política nacional que asegure la abolición efectiva del trabajo de los niños, niñas y adolescentes, eleve progresivamente la edad mínima de admisión al empleo, prohíba y elimine las peores formas de trabajo infantil para todos los menores de 18 años, definidas éstas como todas las que afecten su desarrollo físico, psíquico y moral, incluida la utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas.

De manera consecuente con la problemática de explotación sexual que vive el país, en materia de formas de abuso y explotación de menores, se promulgaron las leyes 470 de 1998, 679 de 2001, 765 de 2002 y la Ley 800 de 2003, dirigidas a prevenir y sancionar el tráfico internacional de niños, así como a regular los aspectos civiles y penales del mismo.

En el tema de tráfico y trata de menores se expidió la Ley 747 de 2002, por medio de la cual se creó el tipo penal de trata y tráfico de personas y se reactivó el Comité de lucha contra el Tráfico de niños, niñas y mujeres, liderado por el Ministerio del Interior y de Justicia, en la búsqueda de estrategias nacionales que desarrollen las líneas de prevención y atención a víctimas, así como el fortalecimiento de la acción de autoridades de investigación y judicialización de redes dedicadas a este delito.

Trabajo Infantil: Actualmente se ha presentado finalizando el 2003, el tercer plan nacional para la erradicación del trabajo infantil, formulado desde una perspectiva descentralizada, que busca generar una mayor participación de los actores sociales territoriales.

La encuesta de caracterización de la población entre 5 y 17 años en Colombia- Noviembre 2001, –DANE e IPE , y las encuestas de Niñez y Adolescencia, de 1996 y de Calidad de Vida de 1997. Reportó un total de 1.568.000 niños, niñas y jóvenes que ejercían una ocupación, remunerada o no. Igualmente, se registran 184.000 niños, niñas y jóvenes que informaron estar buscando trabajo, que junto con los que se encontraban trabajando da un total de 1.752.000 personas entre 5 y 17 años, directamente relacionados con el mercado laboral.En cuanto a los rangos de edad, predominan en un 29.9% los niños y niñas entre 15 y 17 en trabajo, seguidos por los de 12 a 14 años en un 19%, los de 10 a 11 años en un 12.1% y un 5.1% niños entre 5 y 9 años. Las regiones con más altos índices de trabajo infantil son: región pacífica con un 18.5%, la oriental con 16.4%, la central con 15.6%, la atlántica con 13.8% y la ciudad de Bogotá con un 14.5%.

Ramas laborales en las que predomina la participación de los niños y niñasRamas laborales Agricultura Comercio Industria Servicios Otras

ramasHombres 31.5% 20.7% 7.9% 4.3% 5.5%Mujeres 36.4% 32.7% 12.5% 11.7% 6.1%

Peores formas de trabajo infantil en ColombiaActividad Cantidad Fuente

Conflicto Armado 6.000 Defensoría del PuebloExplotación Sexual 25.000 Defensoría del PuebloTrabajo Doméstico 323.000 UNICEFMinería 200.000 MinercolConstrucción 33.428 DANEIndustria 195.892 DANECultivos Ilícitos 200.000 Defensoría del Pueblo

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Comercio 187.744 DANE

Abuso y explotación sexual. La política en esta materia se orienta a la promoción, prevención y atención del fenómeno tanto del abuso sexual como de explotación sexual. Esta decisión política se traduce en la prestación de servicios de atención integral que entre otras brinda atención ambulatoria, a través de ONG especializadas quienes desarrollan una intervención dirigida a la modificación de estilos de vida y superación de la situación.

Otras problemáticas asociadas con el abuso y explotación son las situaciones de los niños y adolescentes habitantes de la calle y consumidores de sustancias psicoactivas.

Aunque no existen cifras nacionales, algunos estudios locales realizados en Bogotá33, ciudad con mayor incidencia de la problemática, permiten una aproximación a la dimensión del fenómeno.

La encuesta censal en Bogotá reportó 10.477 habitantes de la calle, de los cuales 1.786 no suministraron información (17%). Del total de personas encuestadas el 82.1% son hombres y el 17.7% mujeres, similar patrón al encontrado en 1999. De este total el 26.7% son menores de edad. Esta problemática se atiende en tres segmentos de acuerdo con su edad y la entidad responsable34. Los menores de 7 años son atendidos principalmente por el ICBF, los de 9 a 22 por el Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud –IDIPRON. El modelo de atención se fundamenta en la resocialización y tiene 6 fases: calle, atención en club, promoción de compromiso, personalización, socialización e integración a la sociedad.

Para la atención de estos niños y adolescentes el ICBF contrata 11 instituciones, en las cuales se atienden anualmente un número aproximado de entre 4.500 y 5.000 niños y niñas.

El consumo de psicoactivos: es otro de los temas a considerar dentro del panorama de la niñez en situaciones de abuso y explotación. Las investigaciones muestran cómo cada vez es mayor el consumo de sustancias psicoactivas en menores de edad. La Encuesta Nacional de consumo de sustancias psicoactivas en jóvenes escolarizados de 10 a 24 años realizada en 82 municipios, caracterizó el panorama nacional, en cuanto al comportamiento del consumo de alcohol, cigarrillo, marihuana, cocaína, heroína y éxtasis y confirmó las tendencias señaladas. En particular, en cuanto a la reducción en las edades de inicio, se calculó que hacia los 12,9 años, los niños colombianos tenían su primera experiencia con el alcohol, aunque un 15,2% de los usuarios iniciaba antes de los 10 años. En cuanto a la producción, el país no cuenta con datos respecto de los niños vinculados al cultivo de coca y amapola conocidos popularmente como “raspachines”, los estudios existentes son más de corte antropológico sobre historias de vida pero no estadístico.

En relación con los niños, niñas y adolescentes, se destaca de una parte la modalidad de vulneración denominada correos humanos “mula”, asociada con el gran tráfico internacional y de otra la utilización de los niños en los colegios y sitios recreativos, como medios para el tráfico interno. Este mercado clandestino es de muy difícil detección. En este sentido, la Fiscalía, reporta casos de requisas donde encuentran en el ámbito familiar a los niños cargados con la droga.

33 IDIPRON-DANE 1999 y 200134 Esa distribución es el resultado de la reglamentación jurídica. Op cit en el tercer censo sectorial 2001. Bogotá

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Las cifras de atención del ICBF muestran un incremento preocupante de niños, niñas y adolescentes afectados por esta problemática, pasando de 967 niños atendidos en 1998 a 3.148 en el 2002.

1.1.5.4. Niñez perteneciente a minorías étnicas

Leyes, normas y reglamentación: A partir de la Constitución Política de 1991, con fundamento en el reconocimiento de la nación colombiana como una nación multiétnica y pluricultural y en desarrollo de los derechos establecidos en beneficio de los pueblos indígena como grupos étnicos, el Estado colombiano avanzó en la expedición de normas que reglamentan y protegen los derechos de los indígenas en general.

Planes y programas Niñez pertenecientes a minorías étnicas: El objetivo de la política pública es el de fortalecer la etnicidad y la cultura propia de los pueblos, a través de programas orientados a apoyar el desarrollo de acciones que reafirmen su identidad cultural, usos y costumbres, dinamicen sus estructuras sociales y culturales, permitan mejorar sus condiciones de vida y posibilitar su crecimiento como personas y grupos capaces de ejercer los derechos que les son inherentes.

En cuanto a la protección especial para los niños, niñas y jóvenes indígenas35 se parte del principio de la facultad de los pueblos indígenas para administrar justicia en sus territorios. La política considera su proceso social y cultural, la efectividad de las estrategias de socialización endógenas y del control social (autorregulación).

La situación de la niñez perteneciente a grupos étnicos: Aunque los casos de protección son realmente escasos en los pueblos indígenas36 estadísticamente muestran que se relacionan básicamente con problemas de hambre y desnutrición, ya que es un hecho evidente en estas poblaciones el poco control sobre el medio natural y las áreas de producción, consecuencia de los efectos de las migraciones de colonos, la violencia, el narcotráfico y los cultivos ilícitos. La atención de estos casos se enmarca en la denominada protección multicultural, que busca la institucionalización del modelo de relación, defensor de familia – autoridades indígenas, fundamental para asegurar la protección de la niñez indígena, asegurando la integridad y preservación de estos pueblos.

La situación de los niños y niñas de las minorías étnicas, se ha visto afectada no solo, por condiciones estructurales relacionadas con la pobreza, sino por el conflicto interno y el desplazamiento forzoso. Sin embargo, aunque no se cuenta con información disponible al respecto, se reconoce la importancia de atender y proteger a la población indígena.

1. 2. MARCO NORMATIVO Y POLITICO

El ICBF desarrolla su misión en el marco de la Convención internacional de los Derechos del Niño, aprobada en la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, documento de carácter legal de obligatorio cumplimiento para los estados que buscan garantizar un compromiso mundial para la infancia.37

35

? Sanchez B. Esther. La aplicación práctica de la política de reconocimiento a la diversidad étnica y cultural. MinSalud. ICBF. Bogotá, 2002.36 Artículo 30 Código del Menor37 Constitución Política Nacional, 1991

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Esta convención, presenta tres elementos para la garantía de los Derechos de la Niñez: los valores que fundamentan cualquier acción en su favor, los instrumentos que humanizan el tratamiento y los fines que delimitan responsabilidades y exigen su cumplimiento, buscando el desarrollo integral de la niñez.

La Convención es aprobada por Colombia mediante la ley 12 de 1991. Esto implica el inicio hacia la transformación tanto del significado social de la niñez, como de los mecanismos legales, familiares, comunitarios e institucionales para su protección integral. La Convención es el resultado de un largo esfuerzo a nivel mundial por reconocer a los niños y adolescentes como sujetos plenos de derechos y en ese sentido, al ser suscrita por el país, se entiende la voluntad política para acoger sus postulados y el tipo de sujeto que se deriva de estos.

A partir de la Convención surge la Protección Integral para la niñez que se constituye en la ruta para la construcción de relaciones democráticas con los niños y adolescentes.

En Mayo de 2002, en la Asamblea General de la ONU se renuevan los compromisos suscritos en la Cumbre Mundial a favor de la Infancia en 1990, plasmado en el documento Un Mundo Justo para los Niños38, que da entre otros, los siguientes elementos para la elaboración de un plan de acción en el marco de la garantía de los derechos:

1) En un mundo que defienda los intereses de los niños deberá tenerse presente lo que más conviene a los niños en las etapas decisivas de su vida.

2) Reconocer que las decisiones y las medidas tomadas en favor de los niños afectan no sólo a la forma en que se desarrollan sino también a la forma en que progresan los países, por lo cual es necesario que el desarrollo físico, social, emocional, cognoscitivo y espiritual de los niños se considere una prioridad nacional y mundial.

3) Los objetivos y actividades concretas del Plan de Acción se deben dirigir a obtener tres importantes resultados que todo padre solícito desea obtener para sus hijos:

a) Que los niños adquieran una buena base para el futuro, en un medio acogedor y seguro que les permita sobrevivir, mantenerse físicamente sanos, mentalmente

b) despiertos, emocionalmente seguros y socialmente competentes, y en condiciones de aprender;

c) Que los niños terminen los estudios de enseñanza básica, que debe ser de buena calidad;

d) Que los adolescentes tengan la oportunidad de desarrollar plenamente su capacidad individual, en un entorno seguro y propicio que les proporcione los medios de participar en la sociedad y contribuir a ella.

4) La familia es la principal unidad de la sociedad y tiene la responsabilidad primordial de cuidar y proteger a los niños. Todas las instituciones de la sociedad deben respetar, proteger y ayudar a los padres y a las familias para que los niños puedan crecer y desarrollarse en un entorno estable y favorable.

5) Lograr que las familias, los encargados de cuidar a los niños y los propios niños tengan acceso a toda la información y los servicios que necesiten para promover

38 Un mundo justo para los niños, Naciones Unidas mayo de 2002Versión 1.0 Septiembre 30 de 2004 25

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la supervivencia del niño, su desarrollo, su protección y su participación en la sociedad, y a llegar a ellos por medio de las comunicaciones y actividades de movilización para promover nuevas actitudes y cambios que fomenten la tolerancia, la igualdad y la no violencia.

La Constitución Política39, reafirma y profundiza para el país los postulados de la Convención. En el artículo 44 se definen los derechos fundamentales de los niños, establece que los niños deben estar protegidos contra toda forma de abandono, de violencia física o moral, del secuestro, la venta, el abuso sexual, la explotación laboral o económica y los trabajos riesgos, gozarán de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales.

Igualmente determina que los “derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás”, establece el principio de la efectividad al definir que “cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores” y formula que la familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos.

El artículo 45 consagra que: “El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral. El Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a su cargo la protección, educación y progreso de la juventud “.

El Código del Menor (Decreto 2737 de 1989), recoge los derechos fundamentales del menor de edad, y determina los principios rectores que colocan el interés superior del niño sobre toda otra consideración, y define las situaciones irregulares bajo las cuales puede encontrarse un niño, así como las medidas que deben adoptarse para brindarle tutela.

Si bien el Código del Menor reconoce los derechos humanos de la niñez, diversos sectores académicos, institucionales y sociales del país, consideran indispensable emprender una reforma legislativa del Código, porque consideran que éste responde a la doctrina de la situación irregular en contraposición con la doctrina de la protección integral derivada de la Convención Internacional y la Constitución Política.

El código actual está diseñado para responder con procedimientos administrativos y legales a algunas situaciones problemáticas en que pueden encontrarse los niños y en ese sentido es excluyente porque no contempla normas que protejan a todos los niños en condiciones de equidad. Igualmente, al centrarse en las situaciones problemáticas de los niños, no como derechos vulnerados sino como condiciones inherentes a algunos niños, se corre el riesgo de generar mayor discriminación, rotulación y exclusión social. Esta forma de interpretar y aplicar la norma vigente, genera un tipo de vínculos entre el Estado y los niños caracterizadas por relaciones de poder inequitativas, autoritarias, donde los adultos deciden unilateralmente la vida de los niños sin contar con su participación generando un tipo de niño/adolescente objeto, dependiente y pasivo.

La Ley 07 de enero 24 de 1979, formula principios fundamentales para la protección de la niñez, establece el Sistema Nacional de Bienestar Familiar y reorganiza el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. En el artículo 12 define el Bienestar Familiar como un servicio público a cargo del Estado y que se prestará a través del “Sistema Nacional de Bienestar Familiar “.

39 Constitución política de Colombia, julio de 1991Versión 1.0 Septiembre 30 de 2004 26

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El Decreto 1137 de junio 29 de 1999, por el cual se organiza el Sistema Administrativo de Bienestar Familiar, establece que para los fines del Sistema de Bienestar Familiar, deberán concurrir armónica y racionalmente las entidades públicas y privadas de acuerdo a su competencia y que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar coordinará la integración funcional de dichas entidades.

Plan de Desarrollo y Política Social 2002-200640 (Ley 812 del 27 de junio de 2003), denominado HACIA UN ESTADO COMUNITARIO”, hace referencia a un estado participativo, descentralizado y gerencial. Para hacer realidad este postulado, el plan formula cuatro grandes objetivos:1) Brindar seguridad democrática2) Impulsar el crecimiento económico y generación de empleo3) Construir equidad social4) Incrementar la transparencia y eficiencia del Estado

El objetivo de construir Equidad social, plantea la necesidad de construir una sociedad más equitativa y para ello las políticas de desarrollo deben no sólo producir crecimiento económico más acelerado, sino una distribución más equilibrada que beneficie a todos los sectores de la población.

Los elementos que el gobierno nacional formula para desarrollar la estrategia de equidad social, niñez, juventud y familia, se encuentra en la denominada ampliación y mejoramiento de la protección y la seguridad social. En este frente, la acción del Estado se centrará en mejorar las condiciones de vida de los niños y la política se basará en el reconocimiento de éstos como sujetos sociales de derechos. Para ello tendrá en cuenta los siguientes elementos:

La formulación de la política publica de niñez y familia se hará de manera participativa La inversión de los recursos disponibles para los programas y servicios en favor de la niñez, la juventud y la familia, se hará en función de las necesidades identificadas en cada región y municipio y deberá contemplar tanto los recursos parafiscales como los recursos de los entes territoriales y los de cooperación internacional. La cofinanciación y la concertación, son estrategias que contribuirán a la optimización de recursos, al aumento de coberturas y a la cualificación de la atención.

La focalización de los beneficiarios del servicio público de bienestar familiar, se hará paulatinamente a través del SISBEN, en la medida en que éste se vaya aplicando según la nueva ficha diseñada por el DNP.

La atención de los niños y los adolescentes con derechos vulnerados se prioriza en los medios familiar y social, fortaleciendo a la familia para que pueda cumplir su rol social, desincentivando el medio institucional.

Las modalidades de atención deben obedecer a estándares técnicos construidos por el ICBF. Los programas y proyectos deben ser sostenibles y adaptables a las necesidades locales de las familias.

40 Los contenidos del Plan de Desarrollo Actual se tomaron del Documento: Plan Indicativo Institucional 2003-2006. Una gestión eficiente para beneficio de la niñez y la familia.(tercera versiòn) ICBF junio del 2003

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Plan Indicativo Institucional del ICBF41: En desarrollo de la línea política de Construir Equidad Social definida en el Plan de Desarrollo y correspondiente con su misión, el ICBF plantea su acción desde tres ejes que define como misionales:

1) Nutriendo: El abordaje del Eje Nutriendo se ha propuesto desde el concepto integrador de Seguridad Alimentaria y Nutricional (SAN); este “Comprende la disponibilidad suficiente y estable de los suministros de alimentos a nivel local, el acceso oportuno y permanente por parte de todas las personas a los alimentos que se precisan, en cantidad y calidad, el adecuado consumo y utilización biológica de los mismos, para lo cual es indispensable el acceso a los servicios básicos de saneamiento y de atención de salud y más que todo, la decisión política de los gobiernos para lograrla”.42

La malnutrición y las deficiencias de micro nutrientes afectan gran parte de la población colombiana, especialmente a los niños, niñas y las mujeres y está condicionada por factores económicos, sociales y políticos que influyen en la disponibilidad, consumo y aprovechamiento biológico de los alimentos.

El mejoramiento de la nutrición de la madre desde el periodo de la gestación, el embarazo y lactancia así como el mejoramiento temprano de la nutrición en la vida, que se asocian con la disminución de morbilidad y mortalidad infantil y preescolar, son estrategias prioritarias para promover el desarrollo humano y económico mediante la implementación de líneas de acción interdisciplinarias y multisectoriales. Acorde con la realidad social y económica del país, tanto como con las directrices internacionales, en el ICBF el eje nutriendo plantea un diagnóstico de la situación de seguridad nutricional y alimentaria del país, líneas de acción, estrategias y metas, para promover el mejoramiento de la situación nutricional y alimentaria, en especial la de los más pobres y vulnerables.

Los componentes del derecho a la alimentación son: el acceso, que es la posibilidad de todos los seres humanos de acceder a una alimentación adecuada y de manera sostenible; la calidad, los alimentos deben estar libres de sustancias perjudiciales ó tóxicas; culturalmente aceptables, respetando los usos y las costumbres, tanto en el tipo de alimentos como en sus variadas formas de preparación; deben ser compatibles con sus principios religiosos y con el respeto a la dignidad humana43.

2) Creciendo y aprendiendo Creciendo y aprendiendo como eje misional plantea los fundamentos políticos, conceptuales y estratégicos que generan, direccionan y regulan el cumplimiento de la misión que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar tiene con la familia, con los niños de la primera infancia, con los niños en edad escolar, con los adolescentes y con los adultos mayores.

Los referentes conceptuales del eje Creciendo y Aprendiendo están sustentados en los fundamentos filosóficos, políticos y éticos que subyacen a la concepción del desarrollo humano,

41 Plan Indicativo ICBF, 2003 Dirección de planeación42 Definición establecida en la conferencia de Organizaciones de la Sociedad Civil Latinoamericana y del Caribe, reunida en julio de 1996.

43 Alirio Uribe Muñoz. La tierra y el derecho Humano a la Alimentación en: Por el derecho a la tierra. Plataforma Colombiana de Derechos Humanos Democracia y Desarrollo. Publicaciones ILSA. Bogotá, Abril de 2002.

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a la del hombre como ser social e inacabado en permanente construcción y a la de la educación permanente ligada a los procesos sociales. Crecer está concebido como el crecer no sólo en lo físico, en lo material sino fundamentalmente en lo humano, lo afectivo, lo espiritual, y aprender como capacidad ilimitada de asimilar y reflexionar la experiencia de vida para que comprendiéndola se actúe con mayor conocimiento de las posibilidades que tienen los seres humanos para disfrutar la naturaleza y los bienes materiales, sociales y culturales.

La formación-capacitación se propone como un proceso que facilita la utilización de los conocimientos, combinando y reordenando los hechos según nuevas pautas, los valores humanizantes y la comprensión de la vida cotidiana.

3) Restableciendo vínculos Es el conjunto de políticas, lineamientos y servicios orientados a preservar y restablecer el pleno ejercicio de los derechos, la integración familiar, social y comunitaria de niños y adolescentes.

Busca emprender acciones de diverso orden orientadas a cualificar la respuesta Estatal para la protección integral de niños y familias con derechos vulnerados o en inminente peligro de vulneración. Entre otras:

Promover la permanencia de los niños en su familia y cuando esto no sea posible, priorizar como medida de colocación el medio familiar (hogar sustituto); si se requiere la atención institucional, ésta se hará en Instituciones que cumplan con los estándares de calidad definidos por el ICBF.

Fortalecer el trabajo con familia, mediante la articulación de los diferentes actores del SNBF. Revisar y adecuar la normatividad y los parámetros de atención a la Convención de los

Derechos del niño y demás instrumentos internacionales suscritos por Colombia.

La protección integral supone la constitución de los vínculos como un proceso dinámico que se forman y se transforman en distintos ámbitos que se entrelazan e interactúan. El sujeto esta constituido por múltiples subjetividades, producto de sus vínculos y relaciones, su comprensión de cambio y desarrollo interno generado por su relación del “adentro y afuera” como un todo funcionando articuladamente. Integrando constantemente la propia experiencia de vida personal y colectiva y su comprensión de mundo.

Desde una concepción de psicología evolutiva, los vínculos juegan un papel importante en el desarrollo de los niños, es a través de ellos que se consolida el proceso de socialización y simultáneamente se construye la personalidad.

Los vínculos pueden generar patrones que por repetición generan pautas de comportamiento, determinan estilos de relacionamiento y posibilidades de desarrollo para cumplir fines vitales.

A lo largo de la vida, cada ser humano continúa el afianzamiento y superación de apegos y pérdidas (lactante, primera infancia, niñez, adolescente, adulto, viejo). En cada uno de los ciclos de vida se producen vivencias importantes que generan apego o impulsan a la superación y crecimiento.

Es por esto de vital importancia para cada niño las relaciones, los vínculos, los encuentros, los desencuentros, el apoyo de redes afectivas y sociales con que cuente y donde cuenten con ellos siendo un propósito fundamental trabajar en fortalecer éstos como espacios prioritarios para una vida digna.

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1.3. PRINCIPIOS

1.3.1. Estado Social de Derecho44:La Constitución Política de 1991 al definir a Colombia como un Estado social de derecho produjo la pérdida del carácter sacramental de la ley y una preocupación mayor por la justicia material, efectiva, real que tiene por base el reconocimiento de los derechos humanos45.

En consecuencia, el fin esencial del Estado es el de ser garante de los Derechos de todos los ciudadanos, especialmente los derechos del Niño. Estos derechos se articulan culturalmente y se realizan históricamente, deben ser reconocidos públicamente y pueden ser exigidos por las personas y grupos sociales y son de hecho reivindicados por la sociedad civil en su conjunto. La garantía de estos derechos, además de fundamentarse moralmente en el modo de ser del mismo hombre, debe ser respaldada por la normatividad de las Instituciones y el Estado y tiene que ser definida políticamente tanto a nivel Nacional como Internacional por la sociedad misma.

Se pretende trazar políticas que se plasmen en programas y planes de largo alcance, fusionando de manera integrada los conceptos de prevención y protección. Prevalece el interés general sobre el particular, se abandona la visión individualista, para desarrollar la social. Desde éste carácter social, se impone la unidad, la descentralización, las formas participativas y pluralistas que deben determinar las acciones del estado. Por tanto se requiere garantizar la vinculación del municipio y propiciar que asuma la gestión de los intereses del estado.

Se modifica el criterio de subsidiariedad para pasar al de corresponsabilidad solidaria. No hay excusas de orden económico, ni político para no cumplir con la responsabilidad. Es preciso que el estado asuma conjuntamente con la familia y la sociedad civil el compromiso frente a la protección.

1.3.2. Descentralización y Participación: La Constitución del 91 introduce el derecho de participación en sus artículos 2, 40, 57, 78 y 369 y la enuncia como “la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación”. Un elemento básico de la participación son los denominados grupos de interés o personas implicadas y afectadas por un proceso de toma de decisiones. Los tipos de participación son: la participación económica en la cual los grupos de interés influyen y comparten el control sobre las iniciativas de desarrollo y de inversión de recursos; la participación social y cultural que favorece la intervención en las formas de vida de la comunidad y la participación política que permite tomar decisiones en la orientación y operación

del aparato estatal.46 Por otra parte la Ley 134 del 94 establece una amplia gama de mecanismos de participación política: voto, iniciativa popular, consulta popular, referendo, revocatoria del mandato, plebiscito y cabildo abierto.

En este sentido, la participación ciudadana es un instrumento para lograr mayor equidad social y eficacia en la gestión pública, es un aporte fundamental en el proceso de descentralización y supera el conflicto mediante el diálogo democrático. El control social surge como posibilidad para recuperar lo público por parte de los ciudadanos, constituye una forma de interlocución entre Estado y sociedad e implica el conocimiento y el desarrollo de capacidades para el manejo de las herramientas de participación. Las personas, comunidades y organizaciones

44 De Londoño, Gladis; Pérez, Lucia. La protección Integral. Documento de circulación interna ICBF 1998.45 Cfr. Ruiz, E. (2001) La dimensión ética de los proyectos sociales. ICBF, FARB, FES, UNICEF-Colombia. 46 DNP. Informe Desarrollo Humano Colombia, 2.000.

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civiles de la sociedad deben constituirse en interlocutores frente a los organismos públicos y estar en capacidad de representar intereses colectivos.

El control social se ejerce en procesos de la gestión pública como: contratación estatal, seguimiento de proyectos, seguimiento de planes de desarrollo. Existen diferentes mecanismos para el ejercicio del control social a) formales o institucionalizados para obtener información, de participación ciudadana y para la protección de los derechos ciudadanos y b) informales o no institucionalizados como concertaciones, cogestión que son opciones voluntarias de la comunidad.47

El ejercicio del Control Social implica asumir diferentes procesos:

Formación Ciudadana Movilización social Apoyo a la administración pública Promoción del cumplimiento

Los agentes involucrados en el ejercicio del control social son: la comunidad, los integrantes de los consejos para la política social, las autoridades de los entes territoriales, las personerías.

Un campo esencial de la participación es la incidencia en el logro de una descentralización que apunte a obtener una mayor eficiencia y equidad en la gestión pública. Si la comunidad organizada cogestiona los programas sociales descentralizados, se ajustarán estrictamente a las demandas reales, habrá una presión por transparencia en el uso de recursos que erradicará la corrupción y limitará las prácticas clientelistas, recibirán aportes permanentes de ideas para su mejora.48 Los programas sociales necesitan contar con respaldos amplios de la sociedad para poder cumplir con efectividad sus metas. Los programas deben explicar detalladamente a la opinión pública sus aportes tanto desde el punto de vista ético, como del productivo, y deben procurar en el marco de los mecanismos democráticos concertaciones sociales en su apoyo.

La descentralización al abrir espacios de participación en los municipios y localidades, brinda la posibilidad de canalizar las aspiraciones de la comunidad y generar poder al otorgar autonomía de decisión y de recursos. En consecuencia, una administración más cercana a la comunidad permite comprometerla, en la planeación, ejecución, evaluación y especialmente para que ejerza un mayor control sobre los servicios.

Dependiendo de la unión de los esfuerzos locales se logrará garantizar a nivel social, familiar, comunitario y político condiciones que aseguren el restablecimiento y realización plena de los derechos fundamentales. En este punto es importante resaltar la función del municipio y el rol que cumplen los Consejos de Política Social. Los Consejos de Política Social son fundamentales para la construcción y ejecución de políticas públicas sustentables y estables, que trascienden la gestión de Estado, Sociedad y Familia hacia facilitar desde lo público, el proceso constante de construcción de políticas estructurales que garanticen la inversión de recursos en la niñez, la juventud y la familia.

El Consejo de Política Social posibilita la articulación del Sistema Nacional de Bienestar Familiar –SNBF_ facilita los espacios para que la construcción de la política pública se desarrolle desde la comunidad. La construcción participativa de políticas públicas es lo que garantiza el proceso

47 ICBF.Dirección de Gestión Territorial. Control Social para la gestión territorial..2001.48 Klisberg B., Sulbrandt J. América Latina: una región en riesgo pobreza, inequidad e institucionalidad social. 2.000

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de descentralización y de participación, entendida como la acción comunicativa que permite la construcción de democracia.

Al movilizar a la comunidad en torno a sus necesidades e intereses, la descentralización permite lograr niveles de complementariedad de la acción pública con la acción privada y comunitaria. Fortalece la creación de una conciencia colectiva de lo público.

El reto fundamental de la descentralización es lograr a nivel local la construcción e implementación efectiva de la política, lo cual está en directa relación con la capacidad de gestión del gobierno regional y municipal y su liderazgo desde los consejos regionales y municipales de política social.

Descentralización en el ICBF: desde la expedición de la Constitución Nacional que hizo evidente el tema de la descentralización, el ICBF como entidad del Estado la asumió también como parte de su propuesta institucional y de sus políticas.

En el transcurso de estos últimos 12 años, en los planes institucionales de cada una de las administraciones, el tema de la descentralización ha sido evidenciado. Surgen propuestas que intentan abrir alternativas de cuál debe ser la orientación que se debe dar a la misma, teniendo en cuenta cuatro elementos básicos: la participación, las relaciones con otros actores del SNBF, los servicios y la organización interna del instituto.

1.3.3. Corresponsabilidad: La corresponsabilidad se traduce en la concurrencia de distintos niveles de responsabilidad sobre un mismo asunto, en este sentido, para la protección integral, significa que tanto, el estado, la familia como la sociedad, tienen un nivel diferente de responsabilidad, pero cada uno igualmente importante en garantizar las condiciones y el ejercicio de los derechos humanos a través de la formulación e implementación de políticas que brinden satisfacción y bienestar a la niñez y la familia49.

CAPITULO 2

MARCO ETICO Y CONCEPTUAL

49 RUIZ Esmeralda, Dimensión Ética de los Proyectos Sociales Proyecto Autoevaluación, fortalecimiento y estándares de calidad del Convenio ICBF- UNICEF, Fundación Restrepo Barco. Bogotá, Abril 2001

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Los principios consagrados en la Constitución política de 1991, los avances sobre los derechos de la infancia, junto con las nuevas realidades sociales, económicas, políticas y culturales que vive el país, así como también los aportes realizados por la investigación científica, exigen revisar y actualizar conceptos y planteamientos frente a la atención a la infancia50, para hacerlos concordantes con las normas legislativas, así como con los Planes de Desarrollo y principalmente con las realidades del país. “Actualmente existen problemas de articulación entre las realidades del país y el estado, y la capacidad de los organismos públicos para concurrir en la atención de la población es insuficiente”51; en este sentido, la articulación de acciones debe comenzar por la articulación y comprensión de concepciones frente a la población y las situaciones con las cuales se propone trabajar.

2.1. PERSPECTIVA DE DERECHOS Y PROTECCIÓN INTEGRAL

El cambio de paradigma para pensar la infancia, obliga un cambio en la forma como se conciben los procesos sociales, los actores y los aspectos relacionados con los niños52, con los adolescentes y con la Familia. La perspectiva de la Protección Integral que recoge los planteamientos de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, constituye el marco ético de las políticas, acciones, programas y decisiones que se tomen sobre la niñez y la adolescencia.

De acuerdo con el Observatorio de Infancia de la Universidad Nacional (2002)53, la perspectiva de la protección integral, proporciona el mejor marco para analizar tanto la situación de los niños y adolescentes, como las políticas públicas desarrolladas en la última década por varias razones:

Coloca al niño en la condición de sujetos de derechos y no como objeto de compasión.Pone el interés superior del niño como el elemento fundamental en el momento de tomar decisiones sobre un niño o niña o sobre un colectivo de niños y niñas.Considera que la Familia, la sociedad y el Estado son corresponsables del cumplimiento de dichos derechos.Incorpora la filosofía de la protección integral, haciendo evidente la necesidad de asegurar los derechos a toda la población infantil.Considera el niño y adolescente como sujetos participantes, no como objetos; hacedores de su propia vida y no sujetos pasivos.Permite abandonar miradas sectoriales o basadas en las circunstancias de la situación irregular.Amplia el espectro de dimensiones a tener en cuenta a la hora de evaluar o formular políticas y programas.En esta concepción se admite entonces que los niños y adolescentes necesitan de su infancia y la protección se da en el presente, por tanto se deben proteger sus derechos en el aquí y en el ahora. La dignidad humana, que es algo inherente a la persona misma, coloca los límites a la acción estatal. Los niños son un fin en si mismos y no un instrumento de la sociedad.

Si hablamos de los derechos fundamentales en niños y adolescentes, estamos refiriéndonos a seres humanos con una particularidad: el hallarse en etapas de máximas posibilidades de maduración y desarrollo, el ser personas en proceso de construcción y definición de su

50 Concepto que incluye el ciclo de vida de los seres humanos desde la gestación hasta los 18 años de vida: primera infancia, niñez y adolescencia 51 ICBF (2000) La protección Integral. Paradigma para el ICBF. Dirección Técnica. Subdirección de promoción y Fomento.52 Con la palabra niños, en todo el texto nos vamos a referir tanto a los niños como a las niñas 53 Observatorio de Infancia (2002) Estado del Arte sobre la Situación de la Niñez en Bogotá Durante la Ultima Década. DABS - Universidad nacional de Colombia

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identidad. En una etapa más, como tantas otras que tiene el ser humano de adquisiciones y pérdidas, de cambios y redefiniciones. Ello obliga a pensarlos en ese proceso, a acercarse a sus realidades y necesidades para entender qué requieren para ser tratados con dignidad y cuales son las obligaciones del estado, la sociedad y la familia que garantizan sus derechos humanos.

Quizás uno de los factores que de forma radical marca este acercamiento y reconocimiento particular a la condición de niño, niña, adolescente, es el de la representación cultural que una sociedad tiene de ellos. Desde la perspectiva de los derechos humanos, ellos son personas. No es que a través del desarrollo se conviertan en personas. El no pensarlos desde su nacimiento como personas obedece a una vulneración de derechos humanos. Esto mismo ocurre cuando el patrón de lo humano está configurado desde el ideal adulto, de lo masculino, lo blanco, lo heterosexual, lo occidental. Para pensar los derechos humanos de niños y adolescentes debemos empezar por reconocerles como personas, con una dignidad que no les es nada por nadie, ni ganada en el tiempo, ni construida en el desarrollo. Su existencia misma les hace titular de los derechos humanos.

Esta postura exige asumir a la niñez y a la adolescencia como asunto que nos compete a todos y que requiere un compromiso para la construcción de un país donde los niños y los adolescentes sean una preocupación prioritaria y que alrededor de ello y con ellos, se creen las condiciones propicias para practicar y desarrollar la democracia.

La protección del niño como un hecho presente, admite que los niños y adolescentes necesitan vivir su etapa de desarrollo y la protección se da en el presente, por tanto se protegen sus derechos en el aquí y el ahora. Los niños y adolescentes son un fin en sí mismos y no instrumentos de la sociedad.

2.2. INTERÉS SUPERIOR

En la aplicación de las normas legales, en las políticas públicas, en los programas relativos a la infancia y la adolescencia, en todas las actividades que realicen las entidades públicas y privadas y en las decisiones que tomen los padres y demás miembros de la familia, en relación con los niños, niñas y adolescentes se debe tener en cuenta el interés superior del niño.

El interés superior del niño implica la satisfacción de todos sus derechos, ya que todos son considerados como derechos fundamentales. En consecuencia, en las actuaciones se debe tener en cuenta que la satisfacción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes no puede limitarse en función del interés colectivo y que ante la imposibilidad de satisfacer simultáneamente todos los derechos se debe optar por la decisión que permita satisfacer el mayor número de ellos. Por otra parte, para determinar el interés superior hay que oír y respetar la opinión de los niños, niñas y adolescentes, considerando sus diversas formas de expresión y respetando su identidad y sus valores socio culturales.

2.3. DESARROLLO HUMANO

El Desarrollo Humano en el sentido propuesto por Amartya Sen, ¨ es un proceso conducente a la ampliación de las opciones de que disponen las personas... las tres opciones esenciales son: poder tener una larga vida y saludable, poder adquirir conocimientos y poder tener acceso a los

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recursos necesarios para disfrutar de un nivel de vida decoroso54 (PNUD 1990). Por otra parte, las Naciones Unidas en la política de Bienestar Social plantean que ¨ El bienestar humano, como propósito social, resulta de la elevación del nivel de vida, la realización de la justicia social y la ampliación de oportunidades para que la población pueda desarrollar sus capacidades superiores como ciudadanos sanos, educados, participantes y aportantes¨55

Este mejoramiento de las condiciones de vida, la realización de una justicia social, así como la ampliación de oportunidades son esenciales en la construcción de política pública social y particularmente de infancia y en la orientación y desarrollo de todas las acciones, modalidades, situaciones, respetando las especificidades y la etapa del desarrollo o ciclo de vida de las poblaciones con quienes se trabaje.

Se requiere entonces, transformar las prácticas sociales en todos los escenarios en los cuales los niños y los adolescentes estén presentes para garantizarles el ejercicio de los derechos: al interior de la familia, en las instituciones, en los grupos comunitarios. Desde el desarrollo humano se concibe a los niños y adolescentes como seres con permanente potencial de cambio, con derecho de tener un desarrollo integral que les posibilite el ejercicio de los derechos ciudadanos con la mayor calidad de vida posible y la realización como personas a lo largo de la vida, tal como lo plantea el Documento de Jamaica (2000) sobre políticas a favor de la niñez56.

Desde el ICBF57 se plantea que el desarrollo humano reconoce que las personas son en esencia seres sociales cuyo crecer y aprender dependen de condiciones materiales y de la calidad de las interacciones humanas. De ahí que para mejorar la situación de los niños, de los adolescentes, de las familias, de los adultos mayores se requiera generar un verdadero ambiente de bienestar, de manera que sean posibles el acceso a bienes y servicios, relaciones sociales basadas en la equidad, el respeto y en el reconocimiento de los otros como personas.

Se trata entonces de un proceso de transformación cultural que busca visualizar a la infancia, a la adolescencia, a la familia, y devolverles la importancia que parece haber perdido y a los adultos y a la sociedad en su conjunto, la responsabilidad que tienen en la construcción de condiciones que garanticen el desarrollo humano.

La verdadera apropiación de una nueva mirada hacia el niño, el adolescente, el adulto mayor y la familia supone no sólo la incorporación de nuevas prácticas (hacer o dejar de hacer ciertas cosas) sino también la transformación del sentido del quehacer diario con ellos (por qué y cómo lo hace).

No hay duda acerca del papel activo del sujeto en desarrollo, quien es parte esencial del proceso; no se trata de un agente pasivo sobre el cual recaen acciones, sino de un sujeto que interactúa con sus capacidades actuales para que en la interacción, se consoliden y construyan otras nuevas.

Los cambios y novedades propias del desarrollo, en tanto proceso, ocurren de manera secuencial y progresiva hacia estructuras más complejas en las formas de relación con el mundo.

54 Torrado, M.C, Reyes M. E. Y Duran, E. (2002) Bases para la Formulación de un Plan Nacional para el Desarrollo de la Primera Infancia. Observatorio sobre infancia. Universidad Nacional de Colombia55 Op. cit.56 Observatorio de Infancia (2002) Estado del Arte sobre la Situación de la Niñez en Bogotá Durante la Ultima Década. DABS - Universidad nacional de Colombia57 ICBF (Julio de 2003) EJES MISIONALES Capítulo Creciendo y Aprendiendo.

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Así mismo, se considera el desarrollo humano como un proceso continuo y acumulativo en el cual cada momento es importante y crítico por sus implicaciones; si bien se reconocen diferencias individuales, el ser que se desarrolla pasa por secuencias identificables (etapas). La edad cronológica es un criterio relativo, pues el desarrollo no debe entenderse solamente como un conjunto de comportamientos asociados con la edad. Sin embargo, el establecimiento de parámetros de desarrollo es una herramienta útil y válida para orientar la observación y reconocimiento de las características, intereses y necesidades que varían de acuerdo con el momento de desarrollo en que se encuentren.

Reconocer al sujeto en desarrollo como sujeto biológico y sociocultural implica aceptar la incidencia de factores como el aporte nutricional y la salud como fundamentos biológicos, y los contextos de socialización (familiar, institucional, comunitario) como fundamento social sobre el desarrollo. El desarrollo no puede disociarse de procesos biológicos como la maduración y el crecimiento ni de las dinámicas socioculturales donde se dan las interacciones con otras personas y con el mundo social y cultural, propias del proceso de socialización.

Al considerar el desarrollo como un derecho universal, tal como lo ha hecho la Convención Internacional sobre los derechos del Niño, se obliga a la familia, la sociedad y el estado a garantizar las condiciones para su realización. De esta manera el desarrollo deja de ser un asunto de dotaciones individuales para convertirse en una responsabilidad colectiva sobre la cual se puede actuar, premisa que sienta las bases para el diseño de políticas públicas en este campo.

2.4. FAMILIA58

Al revisar la etimología del término familia, se encuentra que su raíz fue usada para denotar exclusivamente a la servidumbre. Su significado fue ampliado alrededor del siglo XV, abarcando a todos los miembros de la casa. El vínculo central estaba conformado en esa familia medieval por un convenio tácito de lealtad y protección mutua. En la modernidad surge el contrato familiar, que sigue vigente hasta hoy en su forma esencial, a pesar de los cambios. La forma actual de familia se halla en proceso de cambio (en cuanto a composición, tipo de unión, permanencia del vínculo y estilo de relación intergeneracional), pero permanecerá su organización como grupo que satisface las necesidades psicoafectivas y sexuales, con base en una clase de vínculos que no se dan en otros contextos.

Desde el enfoque sistémico, la familia es un sistema en la medida en que está constituida por una red de relaciones; es natural porque responde a necesidades biológicas y psicológicas inherentes a la supervivencia humana; y tiene características propias, en cuanto a que no hay ninguna otra instancia social que hasta ahora haya logrado reemplazarla como fuente de satisfacción de las necesidades psicoafectivas tempranas de todo ser humano.

Para comprender el papel que juega la familia en el desarrollo de las personas, es necesario considerar que:

Comprende un lugar como grupo social, contextuado en un momento histórico, político y económico determinado. La familia nuclear es un grupo básico, fundamental, pero sólo uno de los que conforman las redes de inserción social de los sujetos. Su función fundamental para los

58 Este aparte del documento se retoma del Eje Misional del ICBF- RESTABLECIENDO VINCULOS (2003), el cual a su vez lo elabora con base al texto de Familia, Ciclo Vital y Psicoterapia Breve- Angela Hernández<, Editorial Búho, 1997

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más pequeños es la red de sostén del crecimiento y desarrollo. Para poder cumplir con esta función, sus miembros deben estar a la vez sostenidos por otras redes de sostén social.

La familia constituye el medio en el cual los sujetos en formación reciben las primeras informaciones, aprenden actitudes y modos de percibir la realidad, construyendo así los contextos significativos iniciales. Como parte integrante de la red social más amplia, es portadora de un sistema de ideas, creencias y actitudes que tamiza a través de su propia dinámica, de sus mitos y rituales.

Concebida la familia como conjunto de relaciones emocionales, es una forma de vida en común, constituida para satisfacer las necesidades emocionales de sus miembros a través de la interacción, donde el afecto, el odio, la complacencia y demás sentimientos muchas veces encontrados, proveen un ambiente dentro del cual los individuos viven procesos que determinarán su estilo de interacción en otros contextos, tales como la escuela, el trabajo y las relaciones afectivas fuera de su núcleo de origen.

Entre los miembros del grupo familiar existen una serie de lealtades, cuya intensidad, a pesar de que fluctúa a través de los años, la distingue de otras instancias sociales, a las cuales equivocadamente se ha equiparado la familia. Aunque instituciones como la escuela realicen tareas de socialización similares, en ninguna se da el grado de apego afectivo propio de la familia (Socialización primaria, en términos de Berger y Luckmann), teniendo en cuenta que por medio del afecto se generan no sólo los fenómenos de vinculación emocional concomitantes, sino que este sentimiento se constituye en un instrumento de control, en el buen sentido, o de manipulación cuando es mal usado en las relaciones interpersonales.

A pesar de la intensa interacción con el ambiente, cada familia es un organismo social que conserva su organización y su identidad, aunque a lo largo del tiempo cambien las relaciones efectivas que tienen sus integrantes. Esto significa que lo que se modifica es solamente el modo de conservar su organización, pero no su estructura esencial, pues de lo contrario perdería su autonomía y su identidad, dejando de ser reconocible como unidad y como totalidad.

Es necesario asumir que la estructura familiar es intrínsecamente dinámica dado que los integrantes de un núcleo familiar no se mantienen estáticos todo el tiempo sino que, como todo organismo, se desarrollan en el lapso de sucesivas fases o ciclos vitales que inciden en las personas, las parejas y en la propia estructura familiar. Dichas fases se interrelacionan todo el tiempo en la experiencia diaria y se manifiestan en procesos como la formación de nuevas parejas, la gestación y crianza de los hijos, el ingreso y sostenimientos de éstos en los ambientes escolares, la vivencia de hijos adolescentes, la transformación del núcleo familiar en una familia madura o anciana y finalmente la disolución de dicho núcleo por la muerte o separación de los cónyuges59.

Por tanto, la familia es medio y sujeto de procesos educativos. La educación de los padres y/o demás adultos cuidadores es de vital importancia en la formación de habilidades para la convivencia y resolución pacífica de los conflictos.

El ideal de un proceso de socialización en la familia, es que se realice en un ambiente de afecto y protección que posibilite el ejercicio de los derechos de cada uno de sus integrantes y el desarrollo físico, emocional y social de los niños, jóvenes y adultos que convivan en el hogar.

La Constitución Nacional de 1991 señala la importancia de fortalecer las relaciones, los derechos y obligaciones entre los individuos que conforman la familia, igualmente se ha referido

59 Eje CRECIENDO Y APRENDIENDO ICBF, 2003Versión 1.0 Septiembre 30 de 2004 37

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a la familia como elemento esencial de la convivencia colectiva, en los siguientes términos: “….. La familia, ámbito natural y propicio para el desarrollo del ser humano, merece la protección especial y la atención prioritaria del Estado en cuanto de su adecuada organización depende en gran medida la estable y armónica convivencia en el seno de la sociedad. Es la comunidad entera la que se beneficia de las virtudes que se cultivan y afirman en el interior de la célula familiar, y es también la que sufre grave daño a raíz de los vicios y desordenes que allí tengan origen.

Estamos convencidos de la importancia que tienen la calidad de las relaciones de los adultos con los niños y con los jóvenes, de tal manera que se les dé, lo que ellos necesitan de acuerdo con su etapa de desarrollo. Para ello es necesario que toda Colombia reconozca la existencia de un mundo y una vida infantil, de un mundo y una vida juvenil, con características, intereses y necesidades diferentes a las de los adultos. Hay que reconocerlos como seres humanos en formación. Pretendemos que los adultos se adentren en el mundo infantil y el mundo juvenil comprendiéndolos, conociendo y disfrutando de los procesos que ellos están viviendo, compartiendo sus intereses. Es decir, facilitándoles con amor su desarrollo.

Los niños, los jóvenes, los padres de familia, los adultos organizados de la comunidad, los agentes educativos comunitarios, los servidores públicos, los entes territoriales son quienes pueden crear espacios nuevos y distintos para la concreción de condiciones materiales y de relaciones sociales que posibiliten el desarrollo humano y la creación de una cultura garante de derechos. En este propósito subyace un proceso de formación recíproca: formación de niños y jóvenes y transformación-formación para los adultos en su actuación tanto colectiva como individual y requiere una actitud participativa orientada a la autogestión.

En este sentido, vincular a la Familia en los procesos de atención a los niños es imprescindible puesto que la Familia hace parte de la naturaleza misma del niño y se constituye en pilar fundamental de Socialización. Es pertinente tener en cuenta su naturaleza afectiva y de soporte social, puesto que las condiciones básicas para lograr un nivel adecuado de calidad de vida para los niños debe ser vista dentro del concepto de corresponsabilidad, es decir conjuntamente con la obligación del Estado y de la sociedad.

2.5. LA INFANCIA UNA CATEGORÍA SOCIAL Reflexionar sobre una concepción de infancia60 desde la Perspectiva de Derechos es novedosa en si misma y representa un planteamiento histórico innovador. Esta mirada deja entrever la invisibilidad en la que durante muchos siglos vivió la infancia. Hasta finales del siglo XVII la infancia como categoría social no existía, ésta se asumía como un periodo de dependencia física, luego de la cual se entraba al mundo de los adultos.

Inicialmente la infancia denota la idea de sujetos débiles para quienes la protección más que un derecho es una imposición. La concepción era salvaguardar a la sociedad de futuros delincuentes y lo que hoy claramente se considera como abuso y maltrato a los niños era algo normal en el proceso de educación y en todo caso perteneciente al ámbito de lo privado.

Al igual que en el ámbito internacional, la concepción de infancia en Colombia ha variado en los diferentes momentos históricos y por ende la política de niñez y juventud61. La formulación de políticas y programas especiales dirigidos a la infancia y la familia tienen en Colombia su origen

60 La infancia hace referencia a los ciclos de vida: primera infancia(desde la gestación hasta los 5 años de vida), niñez (de los 6 a los 12 años) y adolescencia de los 12 a los 18 años61 ICBF (Julio de 2003) EJES MISIONALES Capítulo Creciendo y Aprendiendo.

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hacia mediados del siglo XX como resultado de diversos procesos económicos y sociales, de ahí surge la preocupación social y política por el bienestar de la infancia, cuando se comprende que este grupo de población concede la garantía de futuro de un pueblo (Niño como medio no como fin)

Desde esta evolución histórica dada en Colombia, pero principalmente desde los principios mismos de la Convención internacional de los Derechos del Niño y tal como lo enuncia el observatorio de Infancia en el Estado del Arte:

El niño y el adolescente ya no son mirados como un conjunto de necesidades, sino como sujetos de derechos exigibles. Surge una nueva ética a favor de la infancia, todo niño o niña sin excepción nace con igualdad de derechos; estos son intrínsecos a su existencia y es deber de los adultos, representados en la Familia, la sociedad y el Estado garantizar el ejercicio pleno de ellos.

Se mira ahora al niño y al adolescente como sujetos participantes, no como objetos, como hacedores de su propia vida y no como receptores pasivos, para lo cual tienen derecho a ser escuchados, a tener su propia opinión. La igualdad en las relaciones humanas, la no-violencia, el respecto del otro, cualquiera sea su edad o condición, son principios en que se sustenta una sociedad democrática.

A partir de la Convención el único criterio éticamente aceptable, imperativo y universal para fundamentar las acciones de cualquier sector de la sociedad hacia los niños y adolescentes es su reconocimiento como sujetos participantes, como interlocutores válidos, plenos de derecho. Los principios básicos de la no discriminación, universalidad e interés superior del niño y adolescente están en la base de este imperativo.

Esta nueva concepción favorece que los niños y adolescentes se coloquen en igualdad de condiciones a los demás miembros de la familia. Se desmonta el concepto de ser pasivo para pasar a un concepto dinámico, activo y vivido al interior de la familia. Se sustrae al niño y adolescente de la categoría de los incapaces absolutos y relativos del positivismo jurídico, para convertirlos en titulares de derechos fundamentales prevalentes.

Este cambio de concepción de la infancia, no solo se ha presentado en el marco jurídico, sino también a nivel social, cultural, psicológico, entre otros. Estas transformaciones de concepción deben permear todas las dinámicas y estructuras sociales, con el propósito de que empiecen a ser la base para la construcción de nuevos imaginarios sobre la infancia y con ellos la instauración de nuevas prácticas y nuevas formas de relación con los niños y los adolescentes de Colombia.

2.6. CICLOS DE VIDA62

Dentro de los procesos de atención preventiva y de protección integral se evidencia las especificidades en las acciones según la etapa de vida. En consecuencia, para la protección integral es importante que tanto el proyecto de atención institucional – PAI- y el plan de atención integral individual PLATIN, deben organizarse de acuerdo con las necesidades en cada etapa de la vida.

2.6.1. Primera Infancia: La primera infancia es la etapa del ciclo vital que comprende el desarrollo de los niños desde su gestación hasta los 5 años de vida, etapa crítica para el

62 Documento Creciendo y aprendiendo op. Citada.Versión 1.0 Septiembre 30 de 2004 39

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desarrollo pleno del ser humanos en todos sus aspectos: biológico, psicológico y social, tal como lo demuestran múltiples investigaciones.

En este sentido, el documento del Observatorio sobre infancia de la Universidad nacional, “Bases para la formulación de un plan nacional para el desarrollo de la primera infancia“, plantea que:

“La evidencia resultante de estudios de diversas índole en áreas de neurociencias, salud, nutrición, sociología, psicología y educación entre otras, ha corroborado consensualmente que:

El periodo prenatal y los primeros años de vida tienen un impacto importante en el desarrollo posterior, tanto físico como socioemocional, y en este sentido, son cruciales para la estructuración de la personalidad, la inteligencia y el comportamiento social.

Al momento del nacimiento los niños cuentan ya con capacidades físicas, psicológicas y sociales, que sirven de fundamento para el aprendizaje, la comunicación, la socialización y en general para el desarrollo de habilidades, capacidades y competencias.

Es crítico reconocer y promover dichas capacidades desde el nacimiento, e incluso durante el período prenatal, momentos de enorme plasticidad y oportunidad para el desarrollo.

El primer año de vida es definitivo para el crecimiento físico y el estado nutricional, así como para la vinculación afectiva con la madre. Deficiencias en el estado de salud, físico y nutricional a menudo conllevan a riesgos en el desarrollo infantil. Por su parte una vinculación afectiva favorable, madre-hijo, es promotora de un desarrollo adecuado tanto físico como psicosocial y emocional, y contribuye de manera decisiva en el ajuste social y en las relaciones con otros.

El aporte básico de nutrientes se constituye como la base biológica que en buena parte sustenta el desarrollo psicológico y social.

Las células del cerebro crecen aceleradamente durante los dos o tres primeros años de vida y en el mismo periodo proliferan las conexiones neuronales. Este desarrollo cerebral depende tanto del estado de salud como de la calidad de las relaciones con los demás y con el ambiente que le rodea.

Las condiciones ambientales y específicamente las relacionales con los primeros agentes socializadores (familiares y responsables del cuidado temprano) marcan la pauta para el éxito o fracaso escolar posterior.

Las condiciones biológicas, ambientales o relacionales son necesarias pero no son suficientes por sí solas. Es un hecho que las condiciones ambientales puedan afectar a las condiciones estructurales de conexión neuronal y viceversa.

Gran parte del desarrollo de los procesos cognitivos que fundamentan la inteligencia del sujeto, ocurren antes de los siete años, igual ocurre con los procesos socioemocionales que fundamentan la calidad relacional del sujeto. El fracaso escolar está asociado a atención deficiente durante la primera infancia63

Las modalidades de atención para los niños de la primera infancia deben organizarse teniendo en cuenta la actividad rectora en cada etapa del desarrollo, así como las características, los intereses, las necesidades marcadas por su proceso de crecimiento y desarrollo. Por otra parte, la organización y funcionamiento debe respetar y rescatar las condiciones socioculturales y responder a las condiciones de las familias y a las necesidades de atención de los niños. Cualquiera que sea la modalidad de atención, debe garantizar el proceso de formación y capacitación tanto de las familias como de las personas responsables del cuidado y atención de los niños.

63 Universidad nacional, Observatorio sobre infancia, , Bases para la formulación de un plan nacional para el desarrollo de la primera infancia, Bogotá, abril de 2002, página 14

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2.6.2. La niñez: Los niños entre los 6 y los 11 años crecen y logran movimientos más coordinados fuertes y rápidos, requieren experimentar con actividades de movimiento en su cuerpo (correr, saltar, lanzar, juego de pelota) con lo cual ponen a prueba su cuerpo y adquieren nuevas capacidades. El derecho a la recreación adquiere una vitalidad incuestionable.

En este ciclo de vida adquieren la habilidad para pensar acerca de las cosas y solucionar los problemas, sin que estén presentes los objetos, porque ahora los pueden manipular simbólicamente. En su paulatina vinculación al mundo social, los niños de su misma edad cumplen un papel identificatorio y afectivo muy fuerte: empiezan a comprender los puntos de vista de otras personas, lo cual mejora su capacidad para comunicarse. Aprenden que existen diferencias entre las personas y que hay que aceptarlas.

La actividad rectora en esta etapa esta relacionada con la necesidad por demostrar que es capaz y que puede obtener éxito en las tareas que emprende. La participación escolar, el trabajo físico, el juego, la relación con niños y niñas de su edad le permiten consolidar su sentido de valoración y autoestima.

2.6.3. La adolescencia: Los muchachos de 12 hasta los 18 años, buscan autonomía, desean manejar su vida, ser independientes. Las necesidades prioritarias que deben satisfacer son la de organizar y administrar su vida y la de construir una imagen propia para sí mismo, para los demás y para la sociedad. Sienten la necesidad de ser apreciados. La familia o el grupo en el cual vive debe hacerse más flexible, permitir la movilidad del adolescente, se hace importante delegar funciones y responsabilidades con el fin de reforzar la autonomía.

Al final de esta etapa los muchachos comienzan la búsqueda de alguien más que le proporcione un afecto diferente al familiar y es la época de prepararse para enfrentar la vida. Sus necesidades prioritarias son las de tener amigos y el otro a quien amar.

Recogiendo los planteamientos de Elsa Castañeda64, hay que abandonar esquemas convencionales con los que se han estudiado los adolescentes; esto implica tratar de comprender el concepto de adolescente más que hacer un discurso científico sobre el tema: “En un país donde las desigualdades sociales, la inequidad de oportunidades y el acceso diferencial a servicios básicos persisten... necesariamente la adolescencia tendrá múltiples significados, diversas formas y matices para vivirla, sentirla y expresarla. Bastaría con cambiar de ciudad, estrato económico, de tipo de colegio o familia para comprender que cada desplazamiento produce una manera particular de ser adolescente”65. No obstante, es posible hablar sobre algunas generalidades que atraviesan a los adolescentes. Es importante aclarar que a nivel mundial no hay un acuerdo frente al criterio de la edad de inicio y terminación de la adolescencia, aspecto relevante en países que por sus condiciones no garantizan al joven las oportunidades para prepararse y poder defenderse en la vida adulta. En este documento, se tendrá en cuenta el criterio que considera adolescentes a quienes se encuentran entre los 12 y 18 años de edad66, y a niños en edad escolar y preadolescentes quienes estén en edad comprendida entre los 6 y los 11 años.

64 Castañeda Elsa “Adolescentes de final de siglo”. La Cultura fracturada, Proyecto, Atlántida Adolescencia y Escuela, Bogotá, 1995 65 Castañeda Elsa, Op.cit,,página 19166 No se debe confundir la mayoría de edad jurídica, que coincide con los 18 años y la adultez, que corresponde a un proceso esencialmente psicológico que ocurre hacia los 22 años. Cfr. Carvajal, G. Adolecer: la aventura de una metamorfosis. Tiresias. Bogotá.

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Diferencias culturales marcan distintas concepciones en las familias y sociedades sobre la adolescencia, lo que incide en la estructuración de la identidad. Este proceso se facilitará en aquellos contextos familiares, escolares y sociales que promuevan el reconocimiento, la inclusión y la participación del adolescente en la sociedad, la valoración de las potencialidades tanto del hombre como de la mujer y el papel que ambos cumplen en la familia y la sociedad.

Para el ICBF los adolescentes son actores decisivos del desarrollo del país, son una población fundamental sobre la cual se teje el desarrollo socio-cultural del país, por ello se requieren procesos y acciones que les mejoren las condiciones de incorporación a la vida social, les posibiliten el ejercicio de sus derechos y la construcción de ciudadanía.

La etapa de la adolescencia se caracteriza por un rápido desarrollo físico y fisiológico durante el cual maduran las funciones reproductoras y los órganos sexuales primarios. Alrededor de los 12 años en las niñas se produce la menarquia y alrededor de los 14 años en los varones empiezan a producir espermatozoides.

El adolescente desde la niñez viene experimentado diferentes cambios y vivencias sexuales que son como ensayos o pruebas para llegar a la reafirmación de la identidad. Frente a estos cambios y expresiones la familia, la escuela y la sociedad cumplen un papel muy importante, no sólo de información biológica sino de orientación y formación para el manejo de una sexualidad libre, placentera y responsable en ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos.

Para los adolescentes, una de las cosas más importantes es su apariencia personal, cómo se ven, cómo lo ven los demás y en que modo su cuerpo coincide con el patrón físico deseado. El adolescente desea comer y vestirse a su gusto, escuchar su música, encontrar su propia manera de recrearse, siente gran temor a hacer el ridículo, especialmente con sus grupos de amigos.

En la medida en que una sociedad provea modelos que correspondan a su realidad cultural, y fomente la valoración de aspectos intelectuales y morales, los adolescentes tendrán más posibilidades de apropiarse de sus cambios y aceptar su nueva imagen corporal y de avanzar en la construcción de su autoestima.

La redefinición de su identidad los lleva a confrontar esquemas normativos y sociales, a buscar algunas veces espacios de aislamiento y soledad o buscar grupos receptores de sus sueños, dudas, preocupaciones. Sus necesidades están relacionadas con la sensación de significancia, “yo valgo”; de competencia, “soy capaz”; de pertenencia, “soy aceptado”. Es decir necesitan ser reconocidos en su familia, en su grupo de amigos, en su vecindario.

Después de los 15 años empieza el adolescente a interesarse por su futuro, ello implica la revisión de sus gustos y aptitudes, busca conocer la opinión de sus padres y otros adultos, pero también quiere sacar sus propias conclusiones, necesita que se le escuche y que se le tomen en serio sus opiniones.

El adolescente vive en el plenamente el hoy, pero también se empieza a interrogar por el mañana. En este sentido los adolescentes necesitan tener la convicción de que pueden afrontar el futuro. Si la sociedad no garantiza condiciones de educación, trabajo, participación política, se produce temor y desesperanza en el joven para asumir nuevas responsabilidades cuando sea adulto.

En esta etapa es frecuente el conflicto frente a las normas de convivencia establecidas, las cuales deben concertarse de tal forma que permitan el desarrollo de su independencia y de su

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responsabilidad. El adolescente experimenta constantes cambios de humor, y en la búsqueda de su propia identidad acompañada del desarrollo de su sentido crítico, son frecuentes el rechazo a los consejos y opiniones de los adultos y los conflictos con sus padres, maestros y personas que representen autoridad.

Durante la adolescencia se desarrolla un gran sentido de la amistad buscando la asociación con grupos de pares con los cuales además de compartir sus gustos, deseos e inquietudes, pueden descubrir y demostrar habilidades que conllevan aceptación social.

La actividad rectora está relacionada con la necesidad de reconocimiento y participación en la familia y en la sociedad. La formulación de políticas, en consecuencia, debe tener en cuenta estrategias para la inserción de los adolescentes en espacios escolares y en grupos organizados que les permita aportar en cambios y transformaciones que redunden en su beneficio.

Es importante entonces, que los padres y adultos en general tengan una apropiada información sobre estos aspectos de la adolescencia, de manera que puedan comprender los cambios y comportamientos y cuenten con elementos para acompañar a sus hijos en esta etapa del desarrollo, en la que se generan muchos conflictos familiares.

2.7. PERSPECTIVA DE GÉNERO67

La Constitución Política de Colombia reconoce la igualdad entre hombres y mujeres y en su articulo 13 donde dispone que: Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.¨68 También reconoce el derecho al libre desarrollo de la personalidad en el artículo 16.

Así mismo reconoce el derecho a la intimidad personal y familiar en el artículo 15 y en su artículo 43 establece que ¨ La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado y recibirá de este subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada. El Estado apoyará de manera especial a la mujer cabeza de familia.¨69

El tema equidad de género es transversal a todas las acciones del proceso de atención, para partir de las diferencias de cada género, se debe tener clara conciencia del concepto, pues no se trata simplemente de introducir lo femenino en el dominio de lo masculino. Formar en la perspectiva de género incorporándola en la cultura institucional implica trabajar conceptos tales como paternidad, maternidad, responsabilidad, libertad, diversidad, convivir con el otro, ternura, amor, entre otros.

En el trabajo de género es necesario rescatar dos principios fundamentales ligados a la responsabilidad: igualdad y equidad. La igualdad hace alusión a la dignidad como seres humanos, independiente de su condición de hombre, mujer u orientación sexual, en relación con derechos y deberes. Equidad alude a igualdad de oportunidades para desarrollarse e incluye las diferencias.

67 Tomado del documento presentado en el encuentro del mes de octubre por las representantes de la red de instituciones y federación de ONGs de Antioquia68 Constitución Política de Colombia 199169 Constitución Política de Colombia 1991

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Si bien es válido que se visibilice desde el lenguaje lo relativo tanto a hombre como mujeres (ellos-ellas), es necesario que esto sea coherente con lo que se pone en acto en el cotidiano vivir de las instituciones.

Factores que dificultan el trabajo en género son la maternalización, la culpabilización de la mujer y la falta de responsabilidad en el hombre. Existe una crisis paradigmática en el siglo XXI, a qué llamamos madre, mujer y familia? El desarrollo tecnológico va mucho más allá del avance simbólico. Es necesario resignificar el concepto de masculino, femenino y lo relativo a lo sexual.

Reafirmamos que los derechos sexuales son Derechos Humanos fundamentalmente. Incluyen el derecho a la integridad corporal, al placer, al derecho a tomar decisiones respecto a la vida sexual como también el vivir libre de toda forma de violencia, discriminación, persecución y marginalización, incluyendo aquellas basadas en el estado civil o en la orientación sexual.

2.8. REDES SOCIALES

Se entiende, por redes sociales las relaciones que expresan los intercambios e interacciones complejas existentes entre lo comunitario y lo social, constitutivos del tejido social. Desarrollan discursos colectivos que las caracterizan como capacidades de sostén social para los miembros que las integran. “Tienen por finalidad la satisfacción de las necesidades de sus miembros (afectivas, informativas y materiales) y la transmisión de la cultura y valores que les son propios”70.

Dentro de las redes sociales se pueden particularizar los grupos primarios y secundarios. Son redes primarias los vínculos familiares, de amistad, vecindad, trabajo, estudio y ocio, donde priman las relaciones afectivas y el mutuo conocimiento.

Las redes sociales secundarias formales, por el contrario, están instituidas normativamente, desarrollando funciones específicas, con roles predeterminados para sus miembros e intercambios fundados en el derecho y los intereses económicos.

El análisis de las redes sociales ayuda a entender el funcionamiento de organizaciones y comunidades, las redes que giran en torno a individuos se pueden analizar desde el grado de conexión y si se basan en vínculos simples o múltiples (Gluckman, 1955). Las redes con base en vínculos múltiples son aquellas en las que la persona o unidad familiar se relacionan con otros a través de compartir varias dimensiones de actividad trabajo, religión, afinidad común, recreación.

La participación en la red para la toma de decisiones favorece el desarrollo familiar y personal. Así mismo, se observa en procesos cooperativos la multiplicación de grupos sociales conocidos como “autoayuda” y a un tercer nivel, más complejo, es la organización comunitaria encaminada a la solución de problemas comunitarios y de gestión ciudadana ante el Estado y la sociedad, en procesos de justicia, libertad y equidad social.

Existen investigaciones importantes que demuestran la importancia de los vínculos afectivos y las redes sociales (Bowlby y Myers) que encuentran una correlación significativa entre la pertenencia a la red y la disminución de enfermedades físicas y mentales. Los autores destacan

70 Castellano, B y otros. La perspectiva de redes naturales: un modelo de trabajo parea el servicio social. Buenos Aires: Humanitas, 1998, pág. 28.

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que la vinculación a redes ofrece soportes de orden emocional (cuidado y amor), tangible (ayuda directa y servicios), y de información (comunicación y orientación).

El trabajo a propiciarse mediante la estrategia de las redes, permitirá su construcción solidaria, un espacio para sujetos constructores de vínculos y lazos sociales, y no meramente, un lugar de objetivación y masificación. Surgen como una opción de grupos poblacionales para dar respuesta ante situaciones de desequilibrio, pero que podrían potenciarse como vías de institucionalización, creadoras de tejido social. Esto señala la necesidad de un marco ético en el cual se inscriba la intervención en redes.

2.9. INCLUSIÓN SOCIAL71

Hoy se habla del derecho a la inclusión, que implica vincular derechos sociales con obligaciones morales.

Para que haya inclusión, son necesarias dos condiciones que están necesariamente entrelazadas. La primera de ellas se refiere a una redistribución de los recursos que garantice a todos y todas independencia, propia voz, ejercicio de las libertades, para lo cual es necesario que la totalidad de la población tenga acceso a educación de calidad, nutrición, salud, cultura, posibilidades laborales y seguridad social. La segunda condición está referida al respeto que merecemos los miembros de una sociedad, lo cual significa un verdadero reconocimiento de todas y cada una de las personas que la conformamos. Recuperar las distintas miradas desde la perspectiva social de cada quien, hacer públicas esas miradas, ofrecer acceso a espacios de participación y brindar formación e información política son requisitos para que haya un efectivo reconocimiento de los distintos actores de la sociedad.Para ambos casos –la redistribución económica y el reconocimiento social– urge revisar nuestros modelos de estratificación social e identificar en ellos los ejes de subordinación existentes.La búsqueda de la inclusión social atañe a las instituciones sociales por cuanto el reconocimiento social o su contraparte –la subordinación– son valores culturales cuyos patrones han sido institucionalizados en la familia, las relaciones laborales, las iglesias, las entidades educativas, las relaciones de pareja, las agremiaciones, etc.En términos políticos, es apremiante que haya una redistribución de ingresos y el reconocimiento social, bajo el supuesto de que la una sin la otra no llevan a la inclusión social. Así mismo, es necesario que se abran canales de participación y el acceso a la educación de toda la población, ambas condiciones para acceder a la democracia.

Si lo conectamos con las dinámicas de la protección a los menores de edad, vemos que la participación, el acceso a servicios y las oportunidades reales de ganar competencias en procesos de inserción social no logran plasmarse, por la estructura piramidal de la sociedad, por el concepto de niños, niña y especialmente de adolescente que tenemos, tenemos como misión explicitar los factores que propician la exclusión de los niños y trabajar, desde las esferas de promoción, apoyo, asistencia y restablecimiento de derechos en la creación de mecanismos que garanticen la inclusión social de la niñez; desde los factores básicos que impidan que salgan de los circuitos naturales de atención y socialización, hasta la creación de espacios reales de participación para los niños que por una u otra circunstancia de vida no lograron entrar o permanecer en estos circuitos, con el fin de que logren ingresar con posibilidad de obtener un desarrollo personal integral.

2.10. PROCESO ADMINISTRATIVO DE PROTECCIÓN Y ADOPCIONES (PAP)72

71 Plan Nacional de Inclusión Social del Reino de España Junio 2001 – Junio 2003 Versión 1.0 Septiembre 30 de 2004 45

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Es un conjunto de actos administrativos de carácter individual proferidos por el Defensor de Familia, como autoridad administrativa, con el apoyo de un equipo interdisciplinario integrado por Psicólogo, Nutricionista, Trabajador Social, y que afectan total o parcialmente la relación legal de un niño en el ámbito familiar y por ende el ejercicio de su derecho fundamental a crecer en una familia. Se refiere a los artículos 36 a 56 del Código del Menor que lo reglamentan, se realiza de forma escrita de tal manera que toda actuación debe quedar registrada en la historia integral sociofamiliar como un expediente (Documentos, constancias y demás papeles pertenecientes a una misma investigación, debidamente ordenados y foliados).

Cuando los padres o las personas legalmente obligadas a dispensar los cuidados que requieren sus hijos, no están en capacidad de hacerlo, lo asume el Estado con criterio de subsidiariedad y corresponsabilidad de tal manera que éste fomentará por todos los medios, la estabilidad y el bienestar de la familia. El niño sólo podrá ser separado de ella en las circunstancias especiales definidas en la ley, con la finalidad exclusiva de protegerlo.

El proceso administrativo de protección es una herramienta normativa para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de la niñez. Cualquier acción tendiente a mejorar este proceso debe corresponder al interés superior del niño, respetando el mandato constitucional, en materia de medidas de restablecimiento de los derechos vulnerados.

El proceso administrativo de la protección implica:

Encontrar los motivos que sustentan la vulneración de los derechos, artículos 30 y 31 del código del menor.

Tener claro las fuentes de remisión de los casos con sus respectivos informes. Tener claro a donde se puede atender niños con derechos vulnerados, Centros Zonales o

centros de emergencia, en los cuales se debe brindar protección integral inmediata. recepcionar, instruir y remitir los casos.

Abrir la investigación, ordenar práctica de pruebas, recogiendo información de padres, de los niños y de terceros, recuperar o tramitar el registro civil, los certificados médicos y escolares, anexar informes social, psicológico y nutricional, recibir dictamen de medicina legal y tomar medida de protección provisional.

Las medidas de protección pueden ser: Amonestación o reintegro Atribución de custodia. Colocación familiar (Sustituto, familia hogar biológico). Ubicación en institución para la atención integral. Cualquiera otra cuya finalidad sea la de asegurar su cuidado personal y garantizar el

ejercicio de sus derechos Tramite para la adopción. Requiere consentimiento de los padres o autorización del

defensor. A partir de la apertura de la historia hasta la decisión en la toma de la medida no debe

sobrepasar un límite de tres meses.

El proceso Administrativo de protección implica la definición de la situación de abandono o peligro, que es la decisión motivada que toma el Defensor de Familia para proteger al niño, al término de la investigación. A partir de la cual decreta las medidas de protección a que haya lugar acordes con el interés superior del niño.

72 Tomado de documento preliminar de Diagnóstico del Proceso de Protección elaborado por el Grupo interareas de protección mayo 2004

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La Resolución de abandono o peligro, cuando ha sido notificada y han vencido los términos, sin haberse interpuesto los recursos que fueren procedentes, o cuando queda ejecutoriada la providencia que resuelve los interpuestos, queda en firme y se dice que está Ejecutoriada. En los casos de niños con declaratoria de peligro y cuando están siendo atendidos por una entidad con medida de ubicación para atención integral el equipo de profesionales de la institución dedicado a la atención directa a los niños deberá elaborar las valoraciones inicial y periódicas que requiera el equipo del Centro Zonal y Defensor para la toma de la decisión de reintegro familiar.

Reintegro Familiar: Es un paso hacia el cierre de la historia en el proceso administrativo de protección, es el retorno a la familia biológica como expresión fundamental del ejercicio del derecho a tener y desarrollarse en el seno de una red familiar.

Seguimiento: Es un momento fundamental y constituye las acciones de acompañamiento al niño durante el proceso y después del reintegro familiar o proceso de adopción que permite conocer los logros efectivamente alcanzados mediante la intervención o tratamiento en torno al restablecimiento de derechos, específicamente a la inserción a un medio sociofamiliar.

2.11. MEDIOS

El medio es la forma en que se organiza la atención, de acuerdo con el contexto, las condiciones de la red de apoyo familiar de cada uno de los niños y esta enmarcada en la perspectiva de derechos y definida por jornadas:

2.11.1. Medio Socio Familiar: Lo constituyen los servicios que brindan atención con el apoyo fundamental de las redes familiares, sociales y comunitarias en donde el centro de acción es la familia, para el desarrollo de actividades articuladas de promoción de los derechos, prevención del riesgo y de la amenaza, y de restablecimiento del ejercicio de los mismos. En este medio se encuentran además de los Hogares sustitutos, la atención a poblaciones en diversas circunstancias de vulneración de derechos en jornadas de seminternado, externado e intervención de apoyo

2.11.2. Medio Institucional: Lo constituyen los servicios de internado, donde el niño pasa 24 horas al día, que transitoriamente deben brindarle atención integral, velando por el ejercicio pleno de los derechos, desarrollando acciones para sustituir las funciones afectivas y de protección de la familia.

2.12. INSTITUCIÓN DE PROTECCIÓN

Es un centro de atención integral a la niñez y la familia que ofrece servicios de protección representadas en acciones que promueven, previenen o restablecen el ejercicio de los derechos.

Se constituyen en ambientes de socialización complementarios al de la familia de origen, cuando su medio de atención es el sociofamiliar y diferente cuando es el medio sustitutivo de la familia que brinda atención integral, a un niño o adolescente que debido a circunstancias de vulneración de derechos, por conflicto o ruptura de vínculos con su red familiar, debe ser asumido por el SNBF en el marco de su función garantista de derechos de la niñez.

Desde esta nueva perspectiva las instituciones en modalidad de internado, asumen la protección como cuidado complementario o sustitutivo del cuidado familiar ante la ausencia de los padres o bien ante su incapacidad para brindarles condiciones adecuadas para su desarrollo

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y formación; este cuidado institucional es transitorio y apunta, en todo caso, mientras sea viable, al reintegro de los niños y las niñas a sus familias y a su empoderamiento como ciudadanos.

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CAPITULO 3

PROCESO DE ATENCION

3.1. ASPECTOS TECNICOS

3.1.1. El Sistema Nacional De Bienestar Familiar –SNBF-: El SNBF es la instancia que brinda la oportunidad de avanzar en la transformación del Estado, involucrando organismos e instituciones públicas y privadas del orden nacional, departamental y municipal, bajo orientaciones, normas cuya finalidad es prestar un servicio público de atención a la niñez y la familia.

El SNBF es un sistema social que permite la aplicación de los principios de concurrencia del Estado, responsabilidad de la familia y corresponsabilidad entre ellos y la sociedad, para responder al ejercicio de los derechos.

Es un sistema abierto, dinámico y participativo; que interactúa permanentemente con la realidad social de las comunidades y grupos sociales y que realiza acciones articuladas e integrales de bienestar familiar.

Su Misión consiste en prestar el servicio público de bienestar familiar para reconstruir y fortalecer los lazos familiares, asegurar y apoyar el cumplimiento de los deberes de sus miembros, tutelar los derechos y brindar protección a niños, niñas, adolescentes y sus familias.

Para alcanzar esta misión, se han planteado los siguientes objetivos: Promover y ejecutar la política de infancia y familia en los ámbitos territoriales Regular y controlar participativamente el cumplimiento del objeto en lo pertinente a la

política de infancia y familia así como las relaciones que se generan entre los integrantes del Sistema, llamados a participar en la prestación del servicio público de bienestar familiar.

Las funciones del SNBF en cuanto se refiere al desarrollo de la política de infancia, adolescencia y familia son: Generar espacios de participación donde las diversas organizaciones sociales, públicas y

privadas puedan articular sus acciones Concertar políticas, programas y servicios con los diferentes actores Promover las iniciativas de la sociedad Promover la integración de todos los actores para garantizar los derechos de la niñez, la

familia y sus miembros Promover mecanismos de control por parte

El funcionamiento del SNBF genera y fortalece:

Una relación entre los diferentes niveles e instancias que permite una relación horizontal entre ellos, que facilita la orientación, realimentación, y vivenciar la descentralización, participación, solidaridad social y concertación. En consecuencia, es un Consejo Directivo el que define participativamente las políticas de infancia y familia y no una sola persona o institución.

Potencializar y maximizar el uso eficiente de los recursos asignados para el desarrollo social y el bienestar familiar.

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La implementación de la protección integral desde un entorno político, cultural, de democratización de procesos, con planeación local que permite crear y operar respuestas ante las diferentes situaciones que vive la familia en sus diversos ámbitos culturales.

En la organización del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, como parte del proceso de transformación del Estado y del sector público y de la articulación entre Estado – Sociedad – Familia, el ICBF debe asumir el liderazgo para ponerlo en práctica, desarrollarlo y fortalecerlo con el fin de lograr la unión de todos los esfuerzos públicos, su articulación con el sector privado y con el conjunto de la sociedad, en pro del bienestar de las familias colombianas.

El SNBF está constituido por el conjunto de organizaciones gubernamentales, organizaciones no gubernamentales, organizaciones sociales y organizaciones comunitarias que se proponen de una manera abierta y democrática el cumplimiento de objetivos comunes en torno al mejoramiento de la calidad de vida de la niñez y la familia, garantizando a través de la participación, la corresponsabilidad y la descentralización, la atención de las demandas de las comunidades bajo principios de equidad, eficiencia y racionalidad.

El SNBF está conformado por tres niveles, nacional, regional y municipal. Cada uno de estos niveles cumple las siguientes funciones y compromisos.

Nivel NacionalFormular la política de atención a la niñez, la adolescencia y la familia en concordancia con el plan nacional de desarrollo y las políticas sociales; Coordinar la acción de los agentes del SNBF en el ámbito nacional; y Preparar y tramitar las normas que regulan la prestación del servicio público de bienestar familiar

Nivel Regional Adoptar y adaptar la líneas de política definidas por la sede nacional del ICBF Apoyar la ampliación de coberturas de atención en los servicios, Coordinar el SNBF a nivel regional promoviendo la financiación y cofinanciación de

servicios de atención a la niñez y las familias en los ámbitos departamental, municipal y distrital;

Apoyar y promover el recaudo de los aportes parafiscales para garantizar el aporte del ICBF

Apoyar el control en la ejecución de los recursos asignados a los operadores del servicio de bienestar familiar

Nivel Municipal Diagnosticar las prioridades de atención en desarrollo de la política de niñez y familia,

identificando y articulando los servicios al plan municipal de desarrollo Garantizar la prestación del SPBF, coordinando las acciones para evitar la duplicidad

entre las instituciones que prestan estos servicios en el municipio Evaluar y sistematizar los alcances y avances de la política de niñez y familia en el

municipio, implantando mecanismos de participación para que la comunidad tenga autonomía y capacidad de decisión en torno a los proyectos y servicios de bienestar familiar en lo local y municipal

Financiar y cofinanciar servicios de atención a la niñez y las familias en el ámbito municipal

Apoyar el control de las instituciones prestadoras de servicios de bienestar familiar Contribuir en la orientación y distribución de los recursos asignados a los servicios de

bienestar familiar Proponer iniciativas de servicios y gestionar la asignación de recursos en su jurisdicción

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3.1.2. Esferas de acción del Sistema Nacional de Bienestar Familiar para la protección integral: La protección integral se concibe como el conjunto de normas, medidas, acciones y prácticas dirigidas a promover, restituir y garantizar el cumplimiento cabal de todos los derechos de la niñez.

La perspectiva de garantía de derechos está relacionada con la humanización de las condiciones de vida y expresan el proyecto de sociedad a que se aspira a llegar. Por lo tanto, implica reconocer los compromisos en el orden de lo ético y lo político que conlleva cada acción, decisión u omisión en el trabajo y obliga a entenderlo como una totalidad en la que cada una de estas acciones, decisiones u omisiones interactúa, depende y repercute en todas los demás y en la totalidad.

Promoción y fomento: La promoción entendida como las acciones encaminadas a garantizar mejores condiciones de vida física, psíquica y social de los individuos y las colectividades y al fomento en las personas de nuevas formas de mirar, sentir y actuar frente al propio bienestar y el bienestar de los otros. Lo anterior implica democratizar las relaciones familiares, asumir la infancia y la adolescencia con respeto y generar las condiciones para garantizarles el desarrollo armónico e integral, esto es convertir los espacios de socialización, (familiares, comunitarios, institucionales), en oportunidades donde los niños y los jóvenes puedan ejercer todos sus derechos.

La protección integral exige una profunda reflexión sobre lo que pensamos de los niños-as, de los adolescentes, lo que sentimos por ellos, lo que ellos sienten y la forma como nos relacionamos con ellos y las formas que ellos tienen de relacionarse. Reflexión intercultural encaminada a explorar e impulsar la construcción y respeto por los derechos de los niños y de los adolescentes desde los diferentes espacios familiares y comunitarios.

La promoción de los derechos implica un conjunto de acciones nacionales y locales que facilitan el proceso de cambio en las relaciones entre los niños/as y jóvenes y su entorno natural, familiar, social, cultural y político, que sea capaz de proteger y garantizar sus derechos, y hacer valer el interés superior del niño, la efectiva eliminación de todas las formas de discriminación. Significa un cambio en los sistemas simbólicos de la sociedad en su conjunto y de las comunidades locales en particular, sobre el significado de la infancia, de la adolescencia de sus derechos y de su situación como un tema de preocupación pública.

Apoyo a la familia: La protección integral busca el fortalecimiento de la familia como ambiente que cumpla con las funciones esenciales para la sociedad, especialmente en el ámbito de ser el espacio del afecto, de la formación de valores señalados en los artículos 42 y 44 de la Constitución Nacional.

En este contexto el rol del SNBF debe ser apoyarla con acciones efectivas, de manera que se den las condiciones que requiere para que pueda cumplir la satisfacción de las necesidades básicas materiales (vivienda, salud, nutrición, educación) y las necesidades humanas (calidad de las relaciones, desarrollo afectivo, autoestima familiar). La sociedad necesita de la familia y la familia requiere de ciertas condiciones sociales para estar-bien y ser la constructora de los valores que caracterizan la democracia: responsabilidad, tolerancia, obligación moral hacia otros y respeto por los derechos.

En concordancia con el anterior planteamiento, le corresponde al SNBF fortalecer y apoyar el bienestar de la familia para que en realidad sea el ambiente natural del desarrollo armónico e integral de los niños y del pleno ejercicio de sus derechos. Este propósito supone, convocar, animar, acercar, a los corresponsables del cumplimiento de los derechos de los niños. Se trata

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entonces de empoderar a la familia y empoderarla, conduce al fortalecimiento de la comunidad y a la reconstrucción del tejido social. Se trata de fortalecer las potencialidades de los individuos, familias y redes sociales para mejorar la calidad de vida personal, familiar y comunitaria.

Se busca la realización efectiva y progresiva de los derechos como el conjunto de acciones nacionales, locales y familiares que el aparato estatal y la sociedad fijan para garantizar el cumplimiento de los derechos de niños y los adolescentes de acuerdo con sus características de edad (vacunación o educación), género (no discriminación) y grupo étnico (igualdad y dignidad). Se trata de los bienes y servicios que se proveen a la infancia y a la adolescencia, de acuerdo con sus características etáreas, de género y de etnia para hacer efectiva la garantía de sus derechos.

Restitución de Derechos: Esta esfera de la protección integral comprende el conjunto de acciones de orden nacional, local y familiar dirigidas directamente a los niños, o a sus hogares o a otros sectores y adolescentes que tienen como impacto directo o indirecto el restablecimiento de los derechos violados como consecuencia de la situación de pobreza, el conflicto armado, el desplazamiento, la violencia familiar, el desempleo o la corrupción, entre otros. La atención debe orientarse a restituir, a los niños y a los adolescentes a quienes se les han vulnerado sus derechos, las condiciones individuales, familiares y sociales para que puedan volver a ejercerlos.

En este sentido la Protección Integral reconoce la relación entre derecho–cultura–y prácticas sociales y exige retomar la discusión sobre las implicaciones que el enfoque de derechos tiene en el restablecimiento de vínculos.

Desarrollar el sistema social de protección integral exige acciones orientadas a la restitución de derechos, al restablecimiento de vínculos y el desarrollo de nuevas respuestas a las necesidades de la infancia y de la adolescencia que garanticen la integración de las niños y los adolescentes a la vida social y comunitaria en su calidad de ciudadanos; esto es, el ejercicio pleno de sus derechos en cuanto dignidad, igualdad y participación.

En cuanto a demanda y acceso a los servicios de protección y restitución de derechos es importante, para definir prioridades y tomar decisiones, comprender las razones por las cuales familias, niños y adolescentes requieren atención, de tal manera que sea posible caracterizar la situación de vulneración de derechos y abrir el espectro de alternativas de solución en cada municipio o localidad.

En la gestión de restitución de derechos, el reto es ampliar las alternativas de atención que buscan resolver conflictos dentro de la familia. El objetivo es el de prevenir problemas de connotación jurídica, y crear intervenciones innovadoras, socialmente integradoras, que indaguen desde una mirada sistémica y compleja los problemas de los niños y de los adolescentes y otros problemas asociados y movilicen todos los recursos que el medio pueda ofrecer.

Se busca que las alternativas de atención en restablecimiento de vínculos tengan una participación permanente y eficaz en la gestión y planeación del desarrollo municipal, con base en un conocimiento riguroso de la realidad y a partir de procesos de seguimiento y evaluación de las acciones que permita una planificación coherente.

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3.2. MODELO DE ATENCIÓN DENTRO DE LA PROTECCION INTEGRAL

El modelo de atención dentro de la perspectiva de la protección integral, es concebido como la expresión sistémica e integral de un conjunto de aspectos y acciones interrelacionadas, que responden a una concepción filosófica, ética para un propósito definido, de acuerdo a unos lineamientos preestablecidos.

Implica estar ubicado en un marco Institucional, ético y filosófico, en un proyecto social, contemplar áreas de intervención, explicitar un Modelo pedagógico para desarrollar los procesos de gestión y atención.

3. 2.1. Principios del modelo de atención

Integralidad en el proceso: La organización lógica y secuencial de acciones requiere mantener la perspectiva de integralidad en el proceso. Esta integralidad se refiere principalmente a la concepción de niño, niña y adolescente, así como también a la necesidad de coordinar acciones en la intervención entre áreas del conocimiento, sectores e instituciones como salud, educación, justicia y trabajo entre otros, para proporcionar a los niños y jóvenes las mejores condiciones de acceso y calidad de los servicios.

En este sentido, el modelo de atención implica un concepto operativo de integralidad73, que se refleje en la oferta de servicios que permitan atender en su condición de sujeto de derechos y considere las diferentes circunstancias que el niño, el adolescente o su familia en su desarrollo vital hayan enfrentado. Supone reflejar todas las dimensiones del ser humano, por lo tanto el conjunto de sus derechos, ya que estos son interdependientes y conexos, enfatizando en el impacto que pudieran dejar las situaciones de vulneración a las que se han visto enfrentados.

De esta forma, las acciones del proceso de atención, deben diseñarse para propiciar el desarrollo integral de todos los jóvenes garantizando el acceso a todos los servicios en ejercicio de sus derechos.

Atención personalizada: Cada historia de vida es diferente y las razones por las cuales dos personas incurren en el mismo comportamiento pueden variar sustancialmente. En este sentido, la atención de los niños y adolescentes, si bien se desenvuelve a través de acciones pedagógicas, de capacitación y vida cotidiana comunes, debe tener en consideración la historia de vida personal y desde allí, diseñar con la activa participación del interesado, un Plan de Atención individual – PLATIN - que posibilite además del acceso a los servicios básicos, la restitución de sus derechos.

El niño, niña y adolescente en su contexto: Dar prioridad a la atención del niño en su contexto socio cultural, vinculándolo con su red de apoyo para fortalecer y respetar sus valores culturales, su identidad y la forma de concebir y relacionarse con el mundo y con los demás.

Preparación para la vida social y productiva: El paso de un niño o adolescente por un entorno socializante diferente a su familia de origen, debe visualizarse todo el tiempo desde su transitoriedad. En este sentido, las acciones que se desarrollen con ellos deben generar condiciones que lo preparen y le faciliten la construcción de un proyecto de vida para la inserción a la vida, evitando el aislamiento y la desadaptación social. El paso por cualquier

73 ICBF, equipo ínter áreas, estándares de estructura para la atención jóvenes en conflicto con la ley instituciones de régimen cerrado y semicerrado documento borrador

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programa debe generar herramientas propias, sostenibles para los niños y los adolescentes en los temas de autovaloración, participación, educación, generación de ingresos, acceso a salud y el restablecimiento de los vínculos familiares, temas básicos de la restitución de derechos para la construcción de corresponsabilidades.74

3. 2.2. Propuesta de atención para la protección integral: desde el marco de la Perspectiva de Derechos del Niñez, el proceso de atención es el conjunto de etapas que se organizan en acciones de manera sistemática que al ejecutarse con la participación del niño, niña o adolescente y su familia, le sirven de soporte y le posibilitan avanzar dignamente en su desarrollo integral teniendo en cuenta las características individuales y socio familiares que le son propias.

La intervención se desarrolla desde la articulación de áreas de derechos y componentes determinados a partir de las necesidades para el desarrollo humano integral de los niños, y los adolescentes y sus familias constituyendo la integralidad de la atención.

3.2.2.1. Áreas de derechos: La atención que se brinde en cualquiera de los servicios debe satisfacer las necesidades de los niños y los adolescentes inherentes a cada una de las áreas de derechos: a la vida y la supervivencia, al desarrollo, a la protección y a la participación Área de Vida y la SupervivenciaComprende los derechos de los niños y los adolescentes a la vida, a la supervivencia, a tener niveles de salud y nutrición adecuados, a acceder a los servicios médicos y de seguridad social y a tener un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social. La garantía de estos derechos puede efectuarse por prestación directa o mediante gestión de servicios con las entidades competentes dentro del SNBF.

Área de DesarrolloComprende los derechos de los niños y los adolescentes a todos los servicios que garanticen su pleno y armónico desarrollo como seres humanos, en las dimensiones física, intelectual, afectiva, moral y social.A no ser separado de sus padres y a mantener relación y contacto directo con ellos, al acceso a información y material que promueva su bienestar social, espiritual y moral y su salud física y mental, a la educación que desarrolle todas sus potencialidades, a tener su propia vida cultural, religión o idioma, a descansar, jugar y tener acceso a la cultura.

Área de ParticipaciónPara que sean tenidos en cuenta, es necesario que se facilite la expresión de los deseos y opiniones de los niños, y los adolescentes. De acuerdo con su edad, hay que procurar que participen al máximo en la toma de decisiones en aquellas cuestiones que les conciernan.

Relacionada con los derechos, de expresar la propia opinión y que ésta sea tenidaen cuenta en los asuntos que lo afectan, derecho a buscar recibir y difundir información, el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión el derecho a la libertad de asociación y a celebrar reuniones pacíficas.

Área de Protección

74 Se deben tener en cuenta las modalidades de atención, el tiempo que permanecen los niños en la institución, los casos de discapacidad y los casos excepcionales (con trastornos mentales).

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Comprende el derecho de los niños, niñas y jóvenes a ser protegidos contra toda forma de abuso, maltrato, explotación, discriminación o cualquier práctica que atente contra sus posibilidades de desarrollo integral como seres humanos.

Abarca los derechos de no ser discriminado, de que el interés del niño sea lo primero en todas las actuaciones con él, el derecho a tener un nombre, una nacionalidad, al registro civil y a conocer a sus padres, derecho a preservar las relaciones familiares, a que se le respete su vida privada.

Las acciones para la protección integral de los niños y adolescentes deben tener como premisa fundamental la de mantener y apoyar la unidad y estructura familiar, cuando esto sea lo apropiado. La familia debe ser el centro sobre el que debe recaer toda la intervención en protección.

En esta área están incluidas actividades sobre las cuales deben hacerse claridades especiales tales como el trabajo con familia75, y la gestión para la vinculación laboral76

3.2.2.2. Componentes

Familiar: Conjunto de acciones tendientes a privilegiar la participación activa y permanente de la red de apoyo familiar en el proceso de restitución de derechos o al carecer de ella, la elaboración y aceptación de su ausencia y las opciones de búsqueda de modelos alternativos para el restablecimiento de vínculos. Incluye igualmente las acciones de sustitución, afecto e instrumentales de la vida familiar cuando el Estado deba hacerse cargo de niños, niñas y adolescentes.

Pedagógico: Conjunto de acciones orientadas al desarrollo humano, a hacer efectivo el derecho a la educación y a la formación en valores fundamentales en la construcción de sujetos de derechos desde la perspectiva de ciclo de vida.

Cultural y de convivencia: Acciones orientadas a modificar los imaginarios y representaciones sociales sobre niñez, las prácticas sociales frente a los niños, niñas y adolescentes, las pautas de interacción con ellos y formarlos en el ejercicio de la autonomía, la ciudadanía, la toma de decisiones, la iniciativa y la responsabilidad social, que permitan la construcción de un Proyecto de Vida incluyente.

Terapéutico: Acciones orientadas a la reconstrucción de procesos vitales, restitución de vínculos y elaboración de duelos, con el fin de posibilitar el desarrollo personal, familiar y social del niño, niña o adolescente así como su estabilidad afectiva y emocional.

75 El objetivo esencial de la protección ha de ser el de proteger al niño, pero sobre la base de mantener y apoyar la unidad y estructura familiar. En tal sentido, se hace necesario el aporte de servicios dirigidos a estabilizar la situación familiar y a fortalecer a los padres para que cumplan con las responsabilidades que les corresponden. La familia ha de ser el centro sobre el que ha de recaer gran parte de la intervención en protección.

76 No se puede desconocer que la necesidad de trabajar para sostenerse o ayudar para el sostenimiento de su familia, es una realidad para muchos jóvenes. De tal manera que, resulta preferible realizar las gestiones necesarias para que el joven acceda al mundo laboral mientras esto se dé dentro del marco legal existente. Cabe anotar que en ningún caso los menores de edad pueden desempeñarse en los trabajos prohibidos enumerados en el Código del Menor y en aquellos enunciados como “las peores formas de trabajo Infantil” en el Plan Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil. También cabe recordar el criterio según el cual el joven menor de edad puede trabajar siempre que esto no afecte su asistencia regular a un centro docente, ni implique perjuicio para su salud física o mental.

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Sociolegal: Conjunto de acciones orientadas a garantizar la condición de ciudadanía sujeto de derechos, así como la oportunidad del proceso teniendo en cuenta el Interés Superior del niño.

Alimentación, Salud y Nutrición: Conjunto de acciones orientadas a la organización y gestión de la atención en salud , así como de la alimentación de acuerdo con los requerimientos nutricionales de los niños según sexo, edad, condición física y modalidad de atención, el estímulo y formación de adecuados hábitos alimentarios y la vigilancia nutricional.

Gestión: Con el fin de ampliar las posibilidades del ejercicio de los derechos y mejorar la calidad de la atención que se presta a los niños, todas las entidades prestadoras de los diferentes servicios y modalidades de protección integral deben articularse y establecer alianzas con otros actores del sistema, especialmente con los entes territoriales, con salud y con educación.

3.3. FASES DEL PROCESO DE ATENCION Desde el marco de la perspectiva de los derechos de la niñez, el proceso de atención comprende 4 fases en las que se ejecutan acciones con la participación del niño, niña o joven y su familia le sirven de soporte y le posibilitan avanzar dignamente en el curso de su desarrollo integral, teniendo en cuenta las características individuales y sociofamiliares que le son propias.

Todo el proceso de atención supone la realización de las actividades propias de cada fase, respetando y posibilitando el ejercicio de los derechos en las áreas: Vida y Supervivencia, Desarrollo, Protección y Participación.77

Ingreso: período inicial de relación del niño, niña o adolescente con el nuevo ambiente familiar sustituto o institucional. Tiene por objetivos, lograr la adaptación del niño a las condiciones de vida y la acogida por parte del nuevo entorno socializador y construir un diagnóstico integral de las condiciones físicas, psicológicas y de ejercicio de los derechos al niño, niña o adolescente78.

Intervención: período durante el cual el niño, niña o adolescente convive en el ambiente familiar sustituto o institucional. El objetivo es desarrollar el plan de atención integral individual (PLATIN) con la participación del niño, su familia y el equipo interdisciplinario de la institución o de la entidad contratista, teniendo en cuenta los resultados de un diagnóstico integral que involucra las áreas de derecho.

Egreso: etapa de preparación para la desvinculación del niño, niña o adolescente de la modalidad y su reintegro a su familia de origen o adoptiva. Esta etapa requiere especial atención para los adolescentes próximos a cumplir su mayoría de edad, declarados en abandono, o con restricciones para el retorno a su núcleo familiar.

Seguimiento: Con el fin de verificar el impacto y la efectividad del proceso de atención se debe realizar seguimiento, como mínimo durante 2 meses, a quienes estuvieron vinculados, para acompañarlos en su inserción social al medio familiar y social. El seguimiento debe ser realizado por la Institución que adelantó el proceso de atención, utilizando las posibilidades que da la modalidad de “Educador Familiar”

77 En el anexo 1 Atención con base en las áreas de derechos, se encuentran orientaciones para la realización de actividades en cada fase de acuerdo con las áreas de derechos. 78 Para servicios que atienden niñez o adolescentes en condición de explotación sexual, situación de calle, en condición de explotación laboral, es necesario tener en cuenta que el ingreso no se hace directamente por remisión del equipo de protección a la institución, sino que se dan previamente procesos de enganche, sensibilización, etc., y por tal razón no se pueden garantizar derechos desde el ingreso.

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CAPITULO 4

SERVICIOS DE PROTECCION INTEGRAL

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Como respuesta a las diversas situaciones que sufren los niños y adolescentes del país debido a que sus derechos fundamentales se encuentran seriamente amenazados o vulnerados; y con el objetivo principal de restablecer la garantía plena de esos derechos, el ICBF en coordinación con las entidades del SNBF, ha puesto en marcha servicios de atención para la protección integral a través del proyecto 138 denominado “PROTECCIÓN INTEGRAL A LA NIÑEZ Y LA FAMILIA PARA RESTITUIR Y GARANTIZAR SUS DERECHOS”

Así mismo, para el cumplimiento de las medidas socioeducativas impuestas a los adolescentes que al transgredir la ley penal vulneran los derechos de otras personas, en el marco del mismo proyecto se encuentran en funcionamiento los servicios que ordena la ley.

De acuerdo con las situaciones específicas tanto de los niños y adolescentes como de sus familias y en especial la capacidad que estas tengan para hacerle frente a las situaciones de riesgo, peligro o vulneración, los servicios de protección integral se orientan bien sea al contexto familiar propio con la atención que brindan los equipos interdisciplinarios de los Centros Zonales del ICBF a las demandas de carácter lega y psicosocial de la familia y las comunidades, o directamente a los niños y adolescentes a través de programas en un medio sociofamiliar o institucional por medio de contratación con entidades. De esta forma y para efectos de organización en la prestación de los servicios, el proyecto se desarrolla en tres Subproyectos conformados a su vez por diversas modalidades de atención. Los Subproyectos son: Medio Familiar, Atención en los Centros Zonales y Atención en medio institucional.

Las modalidades de atención corresponden a la forma en que se responde a las situaciones de amenaza, riesgo o vulneración de derechos, ofrecen una respuesta pertinente y particular a las necesidades y circunstancias que viven las comunidades en relación con la garantía de los derechos de los niños, niñas y jóvenes. Por tanto, requieren la acción mancomunada y solidaria del Estado, la Familia, la Comunidad y las Organizaciones Privadas y ser construidas a partir de los resultados obtenidos por los diagnósticos sociales situacionales, por los observatorios de infancia, juventud y familia u otras formas de conocimiento de la realidad social local, con el fin de responder a esta.

Programáticamente el ICBF ha diseñado diversas modalidades de atención con las que busca la garantía o restitución de derechos, teniendo en cuenta el grado de la vulneración y las circunstancias personales y familiares en que se pueda encontrar un niño, niña o adolescente y su red afectiva y de vínculos. En consecuencia, la definición de ofrecer la atención en una u otra modalidad depende del prediagnóstico que realice el equipo de protección con la participación, en la medida de las posibilidades, del niño o adolescente involucrado y la red familiar que pueda vincularse al proceso.

Es importante señalar que se debe privilegiar el mantenimiento del vínculo familiar y solo considerar como ultima opción la separación de un niño de su familia. El mayor esfuerzo debe ser para que permanezca en su propio medio apoyando y acompañando a la familia, si no es posible por seguridad del niño, se debe privilegiar la atención en medio sociofamiliar en Hogares Sustitutos y como opción excepcional y transitoria la ubicación en una modalidad institucional de internado que sustituya la vida familiar.

Jornadas de atención: La atención a los niños y adolescentes para la protección integral se realiza en diferentes jornadas tratando siempre de fortalecer el vínculo familiar cuando éste existe y la inserción social.

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Internado: atención durante las 24 horas, únicamente para la niñez en grave peligro o niñez en situación de abandono.

Seminternado: niños con red afectiva propia o sustituta que requieran fortalecer su proceso de socialización o que presenten serias limitaciones para su integración al sistema escolar

Externado: supone que los niños, niñas y adolescentes a quienes se les brinda este servicio, están integrados o en proceso de integración al sistema educativo pero necesitan apoyos especiales en la jornada alterna.

Tiempo parcial para acciones de apoyo: cuando el apoyo requerido es socio afectivo y emocional que puede desarrollarse a través de sesiones con la familia y acciones continuas y sistemáticas con los niños y adolescentes. Incluye además los programas de libertad asistida para adolescentes en conflicto con la ley

4.1. LA VULNERACIÓN DE DERECHOS

A continuación se describen los tipos y situaciones más frecuentes de vulneración de los derechos de los niños y adolescentes por las cuales se les vincula a procesos de protección integral.

4.1.1. Riesgo: involucra factores del contexto familiar que contribuyen a la vulnerabilidad para el cumplimiento de derechos de los niños, tales como nivel de pobreza, dinámica familiar, ubicación en zonas de conflicto armado, prácticas de crianza entre otros. En este sentido el trabajo para la superación de riesgos se orienta esencialmente al contexto familiar y comunitario de los niños, niñas y adolescentes.

4.1.2. Abandono o peligro: En el artículo 31 del Código del Menor vigente, se establecen las circunstancias en las cuales se considera que un niño se encuentra en situación de abandono o peligro: Fuere expósito Faltaren en forma absoluta o temporal las personas que, conforme a la ley, han de tener el

cuidado personal de su crianza y educación; o existiendo, incumplieren las obligaciones o deberes correspondientes, o carecieren de las calidades morales o mentales necesarias para asegurar la correcta formación del menor.

No fuere reclamado en un plazo razonable del establecimiento hospitalario, de asistencia social o del hogar sustituto en que hubiere ingresado, por las personas a quienes corresponde legalmente el cuidado personal de su crianza y educación.

Fuere objeto de abuso sexual o se le hubiese sometido a maltrato físico o mental por parte de sus padres o de las personas de quienes el menor dependa; o cuando unos u otros lo toleren.

Fuere explotado en cualquier forma, o utilizado en actividades contrarias a la ley, a la moral o a las buenas costumbres, o cuando tales actividades se ejecutasen en su presencia.

Presentare graves problemas de comportamiento o desadaptación social. Cuando su salud física o mental se vea amenazada gravemente por las desavenencias

entre la pareja, originadas en la separación de hecho o de derecho, en el divorcio, en la nulidad del matrimonio, o en cualesquiera otro motivo”.

La atención de los niños declarados en abandono en lo posible y a cualquier edad, debe desarrollarse prioritariamente en el marco de una familia sustituta o amiga. Para quienes han sido declarados en peligro, privilegiar los servicios que conservan y fortalecen el vínculo familiar, tales como seminternado, externado o intervención de apoyo con asesoría a la familia.

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4.1.3. Maltrato o Abuso: se entiende como el uso intencionado de la fuerza física, chantaje emocional u omisión de cuidado por parte de los padres o tutores que pueden ocasionar heridas, mutilación o incluso la muerte del niño, niña o adolescente. El maltrato infantil abarca una amplia gama de acciones que causan daño físico, emocional o mental en niños de cualquier edad.

Tal vez el tipo más común de malos tratos es el abandono, es decir, el daño físico o emocional a causa de deficiencias en la alimentación, el vestido, el alojamiento, la asistencia médica o la educación por parte de los padres o tutores. Una forma común de abandono entre los niños es la subalimentación, que conlleva un desarrollo deficiente e incluso a veces la muerte79

Esta es una de las causales más frecuentes por las que se declara una situación de peligro y se separa al niño, niña o adolescente de su red familiar, cuando se presume la responsabilidad de estos en el daño y vulneración de derechos.

4.1.4. Discapacidad en situación de peligro o abandono: Se considera discapacidad la limitación o disminución de funciones físicas o mentales de un niño, niña o adolescente, que en condiciones de otras carencias, rechazo o discriminación, puede generar la vulneración de derechos.

El ICBF presta atención en sus servicios a los niños niñas y adolescentes en situación de peligro o abandono con discapacidad mental, física, sensorial o múltiple, que requieren procesos de protección integral y cuyos vínculos familiares necesitan ser fortalecidos para su integración social.

Los niños, niñas y adolescentes en estas circunstancias serán atendidos en el servicio contratado por el ICBF, dada su condición de abandono o peligro que amerita protección, más no por la discapacidad cuya rehabilitación debe ser atendida por salud. Este servicio debe lograr el cumplimiento de las competencias de los sectores para proporcionar rehabilitación integral, acciones para la integración educativa y recreación.

4.1.5. Trastornos mentales en situación de peligro o abandono: se refiere a los niños y adolescentes que además de presentar trastornos mentales psiquiátricos, se encuentran en situación de abandono o peligro.

Para la atención a esta población se debe privilegiar los programas de Hospital día con el fin de lograr el máximo nivel de rehabilitación funcional e integración social y familiar. Los servicios de atención deberán cumplir con todos los protocolos de atención establecidos por el Ministerio de la Protección Social, debiéndose para su selección y seguimiento, exigir y obtener apoyo de la Secretaria de Salud de la Regional donde esté ubicado.

4.1.6. Problemas derivados del consumo de sustancias psicoactivas: Se refiere a niños, niñas y adolescentes, en situación de abandono, peligro o conflicto con la ley, que presenten un grado severo de adicción, que les impida llevar una vida organizada en las distintas áreas de desempeño (social, familiar, educativo etc.).

La institución debe prestar atención especializada en desintoxicación y ceñirse a las normas y procedimientos vigentes impartidos por el Ministerio de la Protección Social para estos programas. Por lo tanto, las Regionales deben coordinarse con las Secretarias de Salud para realizar el seguimiento y la asistencia técnica.

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La institución debe tener programas de orientación a las familias sobre los procedimientos a seguir para apoyar el tratamiento y prevenir la reincidencia.

El ingreso a este servicio supone la decisión voluntaria del niño o adolescente para cambiar su estilo de vida. La motivación para la toma de esta decisión puede hacerse a través de servicios de medio socio - familiar.

4.1.7. Mujer gestante y lactante: se refiere a mujeres menores y mayores de edad gestantes y/o lactantes; las adolescentes en situación de abandono o peligro físico o moral y sus hijos nacidos o por nacer que requieren los servicios de protección integral; o mujeres mayores de edad que se encuentran en situación de vulneración de derechos en relación con su estado de gestación y requieren protección para la vida y desarrollo del bebe por nacer.

En los servicios dirigidos a esta población deben ser ubicadas las adolescentes en el período de gestación más temprano posible (incluidas aquellas que se encuentren ubicadas en servicios de reeducación), de tal manera que no sólo se atienda el parto sino que se brinde una preparación y atención integral.

El servicio debe dar respuesta a las situaciones conflictivas derivadas de un embarazo precoz y/o indeseado que se ve agravado por el rechazo y abandono de la familia. El proceso de atención debe sentar las bases para el desarrollo de un proyecto de vida personal y familiar que permita la crianza responsable y la integración social.

El servicio debe favorecer el cuidado prenatal y la lactancia materna, estimular el desarrollo de hábitos adecuados en salud sexual y reproductiva, propender por la crianza y progenitura responsable, fortalecer los vínculos familiares y en general, facilitar el ejercicio de derechos de la madre y el bebé.

Con el fin de procurar minimizar el riesgo de que se vulnere el vínculo madre –hijo/a, para los casos en que la adolescente sea declarada en abandono, ella y su bebé pueden ser protegidos en servicios como el de Casa Hogar de Protección u Hogares Sustitutos.

4.1.8. Situación de calle80: Es necesario hacer una revisión ética y conceptual de las categorías que hasta el momento se han planteado en diferentes investigaciones81 en donde el concepto de “Habitante de la calle” ha sido utilizado como una definición amplia que refiere a una diversidad de grupos a partir de algunas situaciones particulares, necesidades o según hipótesis que se plantean sobre su realidad, y que como categoría amplia ha incluido los denominados grupos: “de la calle” y “en la calle”.

Se propone dar un salto cualitativo que supere la clasificación anteriormente referida, partiendo de tres caracterizaciones que vinculan a la niñez y la calle, para propiciar un acercamiento a una mirada desde los factores de protección y riesgo de vulneración de derechos:

80 Para mayor información consultar el documento “Programas de apoyo a los jóvenes y niños de la calle colombiana” - proyecto col/b7-310/97/0192 - unidad de gestión – icbf elementos de enfoque y desarrollo metodológico del proyecto, agosto 28 de 2003

81Oficina de la Primera Dama de la Nación. Red de Solidaridad Social y otras. “ Lo visible de lo invisible”. Bogotá: 1998. UNICEF Colombia. Universidad Nacional de Colombia. Creciendo en el asfalto. Bogotá: 2002Alcaldía de Pasto. ICBF Población vulnerable municipio de Pasto. San Juan de Pasto:2002

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Los niños, niñas y jóvenes para los cuales la calle ha reemplazado a la familia como factor esencial de desarrollo, es decir, han perdido casi en su totalidad el vínculo con su familia y la calle se convierte en opción de vida.

Los niños, niñas y jóvenes que por condiciones de miseria, pobreza, desempleo o muy bajos ingresos de los padres, violencia intrafamiliar, abuso, maltrato infantil, conflictos sociales, desplazamiento, etc., están en alto riego de ser expulsados a la calle.

Los niños, niñas y jóvenes que pasan algún tiempo en la calle (trabajando, en actividades que infringen la ley, sometidos a explotación sexual, en situación de mendicidad, entre otras), pero que generalmente duermen o realizan otras actividades en su hogar, es decir, conservan algún vínculo familiar.

Además del riesgo que implica el hecho de estar o permanecer en la calle, los niños, niñas y jóvenes están constantemente afectados por otras condiciones que vulneran de una manera crítica sus derechos y les niegan cada vez más el acceso a oportunidades de desarrollo, como son:

Consumo de sustancias psicoactivas Explotación y abuso sexual Explotación laboral Explotación en mendicidad Inducción a situaciones que implican conflicto con la ley Maltrato infantil Deserción escolar Participación en el conflicto armado urbano Desplazamiento forzado intraurbano y regional Vinculación a actividades delictivas

Para esta población es necesario adelantar, inicialmente, acciones de acercamiento, motivación y enganche, con el fin de brindarles protección integral partiendo del contexto donde han encontrado una forma de respuesta a sus dificultades familiares.

La atención debe involucrar acciones de fortalecimiento de las relaciones familiares y vinculación a nuevas redes sociales que permita a los niños, niñas y jóvenes redefinir su proyecto de vida.

4.1.9. En condición de explotación laboral82: niñas, niños y adolescentes en condición de explotación laboral, de acuerdo con alguna de las siguientes circunstancias:

Artículo 30, numeral 8, del Código del Menor: sea trabajador en condiciones no autorizadas por la ley

Artículo 31, numeral 2, del Código del Menor: Faltaren en forma absoluta o temporal, las personas que, conforme a la ley han de tener el cuidado personal de su crianza y educación; o existiendo, incumplieren las obligaciones o deberes correspondientes. Parágrafo 1: Se presume el incumplimiento del que trata el numeral 2 del presento artículo, cuando el menor está dedicado a la mendicidad o a la vagancia.

Artículo 31, numeral 5, del Código del Menor: Fuere explotado en cualquier forma, o utilizado en actividades contrarias a la ley, a la moral o a las buenas costumbres.

Se espera que los niños, niñas y adolescentes en condición de explotación laboral, hayan sido identificados en un proceso de búsqueda activa, en las zonas de alta incidencia de trabajo infantil, con prioridad para aquellos vinculados a las peores formas (Convenio 182 de OIT).

82 III Plan nacional de erradicación del trabajo infantil 2003 – 2006 ICBF – Ministerio de la Protección SocialVersión 1.0 Septiembre 30 de 2004 62

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En concordancia con el Convenio 182 de la OIT, ratificado por Colombia, se entiende por peores formas de trabajo infantil todas aquellas actividades que degraden la dignidad de los niños y las niñas, o que por su naturaleza o condiciones ocasione daño o pongan en peligro su desarrollo físico, psicológico, moral y espiritual, incluidas aquellas que los separen de su familia o los priven de la oportunidad de asistir y permanecer en el sistema escolar. Entre ellas se encuentran: la trata con cualquier fin, la esclavitud y prácticas análogas como la venta o la servidumbre por deudas; la utilización para mendicidad, el trabajo forzoso u obligatorio, y el reclutamiento y oferta de niños, niñas y adolescentes para la realización de actividades ilícitas.

Aunque el Convenio 182, incluye como peores formas de trabajo infantil la explotación sexual y la utilización de niños en el conflicto armado, estas condiciones específicas son atendidas en servicios diferenciados.

La Atención podrá definirse en cualquier intensidad de jornada según las características que la población usuaria y el contexto requieran, siempre y cuando los niños estén con su familia en las horas de la noche, de tal manera que se podrán programar modalidades que atienden en jornada de externado, intervención de apoyo o una nueva modalidad que se valide desde los usuarios y la regional, con plena justificación técnica y social y estudio de costos en relación con las otras modalidades similares que maneje la regional.

La atención que se brinde implica acciones con estos niños y niñas centradas en su integración al sistema educativo, el refuerzo y nivelación escolar y el trabajo de sensibilización y transformación de patrones de crianza con familias y comunidad.

Para los mayores de 15 años, se espera que se adelanten las acciones de gestión necesarias para vincularlos a trabajos que cumplan las condiciones de ley y a procesos de cualificación de su trabajo, de acuerdo con sus potencialidades y a la oferta del mercado. Deben establecerse convenios y alianzas con los entes territoriales, con el sector empresarial y educativo, garantizando oportunidades pertinentes de acuerdo con los diagnósticos de aptitudes e intereses que les permitan orientar su perfil ocupacional y estructurar un proyecto de vida.

Se deben desarrollar actividades de orientación y sensibilización con la familia de modo que se conviertan en promotores y facilitadores del desarrollo individual de los niños, a través de la integración al sistema escolar, la participación en actividades deportivas y culturales, interacción con grupos de pares, acceso a una ración alimentaria y contar con servicio de salud.

Así mismo, se debe garantizar la asistencia de la familia a espacios constructores de sociedad y comunidad, para que fortalezcan su función y busquen alternativas para mejorar los ingresos.

4.1.10. En condición de explotación sexual: niños, niñas y jóvenes menores de 18 años en situación de peligro a quienes se ha inducido, constreñido o estimulado para que ejerzan la prostitución, o que han sido víctimas de turismo, tráfico sexual y/o pornografía.

Los servicios para esta población deben tener en cuenta las orientaciones contempladas en las leyes 360 de 1997 (Delitos contra la libertad sexual y la Dignidad Humana) y 679 de 2001 (Estatuto para prevenir y contrarrestar la explotación sexual, la pornografía y el turismo sexual con menores); la Ley 704 del 2001 por medio de la cual se aprueba el Convenio 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación; la

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Ley 747 de 2002 por medio de la cual se hacen una reformas y adiciones al Código Penal (599/00) se crea el tipo penal de trata de personas y se dictan otras disposiciones.

La atención tiene como fin apoyar la reconstrucción del proyecto de vida de los menores de edad en condición de explotación sexual para que, con base en procesos de rehabilitación integral y terapéutica, se reintegren a la vida familiar y social.

El ingreso del niño a esta modalidad requiere la motivación a través de un proceso de acercamiento en el entorno donde se encuentra. Estas acciones se pueden realizar a través de los servicios del medio socio familiar.

La atención debe contemplar la coordinación necesaria con entidades de los sectores Justicia (Fiscalía, Medicina Legal), Seguridad (Policía) y Salud para garantizar el buen curso legal de las denuncias a que haya lugar y la atención oportuna frente a posibles Enfermedades de Transmisión Sexual y/o embarazo.

4.1.11. Victima del conflicto armado “Se refiere a Menores de 18 años de edad que han participado en acciones de guerra orientadas por un grupo armado irregular, sean éstas de inteligencia, logística o combate y han sido capturados, entregados voluntariamente o por el grupo armado irregular al estado u otra entidad nacional o internacional.

4.1.12. En conflicto con la ley83: se refiere a los adolescentes mayores de 12 y menores de 18 años que han infringido la ley penal, por lo cual son llevados a juzgados de menores o promiscuos de familia y sometidos al procedimiento jurídico establecido en el Título V del Código del Menor con el fin de reparar el daño causado a través del cumplimiento de las medidas socioeducativas que el juez estime convenientes.

4.2. SUBPROYECTOS Y MODALIDADES PARA LA PROTECCION INTEGRAL

A continuación se presenta una descripción general de los Subproyectos y Modalidades para la Protección integral de la familia y los niños, niñas y adolescentes con derechos vulnerados.

4.2.1. SUBPROYECTO 01: MEDIO SOCIO FAMILIAR

La familia constituye el medio en el cual los sujetos en formación reciben las primeras informaciones, aprenden actitudes y modos de percibir la realidad, construyendo así los contextos significativos iniciales. Como parte integrante de la red social más amplia, es portadora de un sistema de ideas, creencias y actitudes que tamiza a través de su propia dinámica, de sus mitos y rituales.

La familia proporciona vínculos afectivos, emocionales y relacionales imprescindibles para el bienestar y la satisfacción de sus miembros. El mantenimiento de estos vínculos se convierte en prioridad para el sano desarrollo, puesto que son un factor protector para el sujeto en todas las etapas del ciclo vital, reduciendo su vulnerabilidad frente a los factores estresantes físicos, mentales, sociales o de cualquier naturaleza y permitiéndole hacer frente a los mismos con mayor capacidad de afrontamiento.

83 Lineamientos técnico administrativos para la atención del menor infractor de la ley, ICBF 1994. “ Estándares de Estructura, instituciones para la atención de adolescentes en conflicto con la ley con medida de ubicación institucional en régimen cerrado y semicerrado, ICBF 2003

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Cuando ocurre una pérdida significativa, es decir, que está relacionada con los vínculos afectivos, se produce duelo. El niño y la niña sufren con la desaparición de los diferentes lazos de unión con otras personas, sus juguetes o su propio cuerpo y finalmente reparan el sufrimiento mediante la elaboración del duelo. Para que esta reparación se de satisfactoriamente como parte de su proceso vital, es fundamental que reciban el acompañamiento de adultos significativos. La superación de estas vivencias sociales se obtiene cuando la ganancia en aprendizajes y descubrimientos produce satisfacción al niño y niña y lo hace sentir capaz, importante y diferente de sus hermanos, de los otros niños y de los adultos.

Cuando los niños no se encuentran en ambientes familiares, es muy probable que busquen en figuras sustitutas la posibilidad de vincularse dependiendo de la edad en que se encuentran, ya que la recuperación del vacío afectivo, tiene que ver en gran medida con las oportunidades que el ambiente ofrezca en términos de la cercanía con personas cuyos recursos psicológicos sean suficientes y seguros.

La atención en medio socio - familiar debe privilegiarse respecto de la atención en medio institucional, ya que ofrece a los niños y niñas un contexto de familia sea el propio o uno sustituto transitorio, permitiendo fortalecer vínculos afectivos para garantizar su desarrollo armónico e integral84.

Definición: El medio socio familiar consiste en la protección integral de niños y adolescentes en el marco de una red afectiva familiar bien sea la de origen de los niños y adolescentes o sustituta cuando es indispensable la separación de su propia familia por representar riesgo para su vida y seguridad.

Objetivos Garantizar la restitución de derechos vulnerados de niños y adolescentes Brindar atención integral y de calidad a los niños y adolescentes vinculados a las

modalidades de medio Socio Familiar Fortalecer la corresponsabilidad de las familias y comunidades frente a la protección integral

de los niños y adolescentes Facilitar el acceso de niños y adolescentes y sus familias a los servicios del SNBF Fortalecer la capacidad de protección de la familia hacia los niños y adolescentes

Poblaciones Niños, niñas y adolescentes en situación de abandono o peligro con o sin discapacidad. Adolescentes en conflicto con la ley penal Niños, niñas y adolescentes desvinculados del conflicto armado Niños, niñas y adolescentes consumidores de sustancias psicoactivas Niños, niñas y adolescentes explotados sexual y laboralmente

84 Lineamientos Técnico Administrativos de Hogares Sustitutos, ICBF 2004Versión 1.0 Septiembre 30 de 2004 65

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4.2.1.1. Hogares Sustitutos y Amigos85/86: es una modalidad de atención en la cual una familia seleccionada y capacitada según criterios técnicos del ICBF, acoge voluntariamente y de tiempo completo a niños, niñas o adolescentes menores de 18 años con o sin discapacidad, con medida de colocación familiar, por encontrarse en situación de abandono o de peligro y les brinda en un ambiente afectivo, una atención integral que les garantice el cumplimiento y restitución de sus derechos.

El Hogar Amigo es una familia que de manera voluntaria solicita al ICBF acoger a un niño, niña o adolescente abandonado o en peligro para proporcionarle los cuidados necesarios en su desarrollo y brindarle una atención integral, mientras se define su situación legal. Los gastos de sostenimiento para la atención de los niños y adolescentes, son asumidos en su totalidad por la familia Amiga. El ICBF debe garantizar en coordinación con el ente territorial la afiliación al régimen de seguridad social en salud, y cubrir por el rubro de emergencias, los gastos de salud no contemplados en el POS.

Para el funcionamiento de los Hogares Amigos, se deben tener en cuenta los mismos procedimientos técnicos definidos para la implementación de los Hogares Sustitutos, incluido el proceso de selección, formación, capacitación y seguimiento. De igual manera, el tiempo de tránsito de los niños y niñas por el Hogar y las etapas del proceso de atención.

Los Hogares Sustitutos y Amigos para la niñez, corresponden a una atención en Medio Familiar puesto que las acciones para la restitución y/o garantía en el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se desarrollan en el marco de una red afectiva familiar sustituta.

El número de niños y adolescentes sin discapacidad a atender en cada hogar es entre 1 y 3, dependiendo de las condiciones individuales y de las condiciones de la familia sustituta o amiga. Su permanencia será hasta el momento en que se defina el reintegro a su familia de origen, la adopción o hasta que cumpla la mayoría de edad.

El número de niños o adolescentes con discapacidad en esta modalidad es de 1 por hogar, excepto en caso de grupo de hermanos, dependiendo de sus condiciones de salud y del tipo de discapacidad, así como de las condiciones de la familia sustituta o amiga. Su permanencia será hasta el momento en que se defina el reintegro al hogar, la adopción, el cambio o prórroga de la medida.

El ICBF debe gestionar la vinculación de los niños y adolescentes con discapacidad a los servicios de salud y rehabilitación, a la vez, coordinar con este sector y otras entidades del SNBF, la capacitación y formación a las familias sustitutas y de origen en la atención y cuidado de los niños y adolescentes con limitaciones físicas, sensoriales o mentales. Igualmente debe coordinar con el sector educativo lo necesario para garantizar la integración de los niños y niñas con discapacidad a la educación.

85 En la estructura programática 2004, corresponden al subproyecto 1, modalidades:01 Hogares Sustitutos para la Niñez en Situación de Peligro o Abandono 04 Hogares Sustitutos Amigos para la Niñez en Abandono y/o Peligro16 Hogares Sustitutos Tutores para niñez víctima del conflicto armado

86 Para mayor información consultar el documento “Lineamientos Técnico Administrativos – Atención en Medio Socio – Familiar, Hogares Sustitutos, Amigos y Biológicos, ICBF 2004

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4.2.1.2 Hogares Tutores para la atención a niños y jóvenes desvinculados del conflicto armado: es una modalidad de atención en la cual una familia seleccionada y capacitada según criterios técnicos del ICBF, acoge voluntariamente y de tiempo completo, a un niño, niña o joven menor de 18 años, con medida de colocación familiar al encontrarse en situación de peligro por haber sido utilizado por grupos armados ilegales en actividades contrarias a la Ley87, y le brinda en un ambiente afectivo una atención integral que le garantice y restituya sus derechos.

La permanencia del niño, niña o joven en esta modalidad es de carácter temporal, hasta cuando de conformidad con la Ley deba egresar.

Objetivo General

Proporcionar una atención integral a los niños y jóvenes desvinculados del conflicto armado, en un ambiente familiar tutor, en condiciones favorables que le facilite su proceso de desarrollo personal, familiar y social donde se le garanticen y restituyan sus derechos y se le propicie la inserción social88.

Objetivos Específicos

Brindar a los niños y jóvenes la oportunidad de vivir en familia una experiencia que les permita construir y reparar vínculos afectivos.

Propiciar la vinculación de los niños y jóvenes a servicios de salud y al sistema educativo formal y/o no formal.

Lograr la participación de los niños y jóvenes en actividades de tipo recreativo y cultural. Fortalecer y potencializar las capacidades vocacionales, prelaborales y laborales de los

niños y jóvenes que respondan a sus expectativas individuales. Fortalecer en los niños, jóvenes, el sentido de pertenencia a una red familiar y comunitaria

haciendo uso de los servicios y recursos del entorno. Brindar orientación y formación a los niños y jóvenes para el ejercicio de sus derechos

como ciudadanos. Generar procesos de formación y educación continuada con las familias de los hogares

tutores que garanticen una atención de calidad a los niños y jóvenes y redunde en la optimización de las relaciones de su propio grupo familiar.

Brindar atención terapéutica especializada a los niños y jóvenes, con el fin de elaborar situaciones traumáticas y habilitar sus recursos y potencialidades para ser competentes en la vida familiar, social y productiva.

Definir mecanismos y acciones de intervención con las familias de los niños y jóvenes que les permita movilizar sus propios recursos, fortalecer y conservar sus vínculos familiares que favorezcan su reintegro al medio familiar.

Coordinar con las entidades Departamentales y Municipales y en general con las instituciones del SNBF, la puesta en marcha de la política de niñez y familia, basados en la corresponsabilidad de atención de los niños y jóvenes para restituir sus derechos.

Población

87 La desvinculación se puede dar por entrega voluntaria, captura o por entrega negociada por parte del grupo armado.88 Generación de herramientas propias y sostenibles de los jóvenes desvinculados en los temas de participación, educación, generación de ingresos, reconstrucción de los vínculos familiares y salud como mecanismos de la restitución de derechos y construcción de corresponsabilidades.

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Niños y jóvenes menores de 17 años 3 meses, víctimas del conflicto armado que se han desvinculados de un grupo armado al margen de la Ley y que una vez analizada su situación sociofamiliar y su perfil particular, ameriten su ubicación en un Hogar Tutor.

Acciones

1) Selección de los niños y jóvenes para la ubicación en la modalidad

Un niño, niña o joven desvinculado del conflicto armado puede ser ubicado en un hogar tutor cuando el equipo Psicosocial de apoyo, emite concepto favorable con base en el diagnóstico que se haga del mismo.

Para emitir concepto favorable en la ubicación de un niño, niña o joven en hogar tutor se deben valorar entre otras las siguientes características, sin desconocer que prevalece la seguridad del joven:

Aspectos personales La capacidad del niño, niña o joven para convivir en un ambiente familiar y comunitario y responder a las normas y límites Su deseo manifiesto de vivir con un grupo familiar Su deseo de continuar vinculado al sistema educativo y/o prepararse en algún oficio que le

permita conseguir una independencia económica. Que no requieran tratamiento especializado por consumo de sustancias psicoactivas o por

presentar trastornos mentales graves.

Aspectos relacionados con el proceso de atención luego de su desvinculación. Avances del proceso a nivel individual en términos de manejo de normas, convivencia y

proyecto de vida que facilite la autonomía y responsabilidad frente a su vida. Cuando el niño o joven lleven poco tiempo de permanencia en el grupo armado y según

concepto del equipo técnico del centro zonal emite concepto favorable. En este caso puede pasar directamente a Hogar Tutor, siempre y cuando tenga menos de 17 años.

Cuando el niño o joven haya recibido atención en las etapas de Hogar Transitorio y CAE; no existen condiciones para reintegro familiar, y según concepto del equipo técnico del Centro Zonal, el joven está preparado para vivir en un grupo familiar y tenga máximo 17 años y tres meses.

Cuando el niño o joven haya recibido atención en la etapa de Hogar Transitorio y según concepto del equipo técnico del Centro Zonal, el joven está preparado para vivir en un grupo familiar y tenga máximo 17 años y tres meses.

Cuando el joven ha recibido atención en las etapas de Hogar Transitorio y CAE; existen condiciones para reintegro familiar y esta alternativa de atención permite el acercamiento previo con su familia biológica (nuclear o extensa) y tenga máximo 17 años tres meses.

Cuando los niños son menores de catorce años podrán ingresar directamente. Niñas en estado de gestación o lactantes con sus hijos. En situación de contingencia, cuando se produzcan entregas masivas89, y los niños y/o

jóvenes hayan permanecido en un servicio de emergencia (plan de contingencia), y según concepto del equipo técnico, estén preparados para vivir en un grupo familiar.

Como medida de emergencia en las Regionales en donde no se cuenta con el programa de atención en medio Institucional y se requiere ubicación provisional90, mientras se ubica el

89 Entrega masiva, se entiende superiores de diez (10) niños o jóvenes quienes son valorados por un equipo psicosocial.90 La Regional debe informar a la central de cupos de la Sede Nacional de forma inmediata

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cupo y se traslada el joven al programa. En este evento, a criterio de la regional, se puede capacitar a una familia como hogar de emergencia.

2) Selección de la Familia Tutora

La familia tutora requiere contar con fortalezas personales, y con un proceso de formación y orientación permanentes, que le permita asumir las necesidades de los niños y jóvenes, comprender su situación vivida en la violencia política y social, sus sentimientos de soledad, carencias afectivas y emocionales, temores y anhelos, ayudándoles a reconocer sus potencialidades y recursos y a reconstruir su ruta de vida con autonomía y responsabilidad.

Para la selección de la familia tutora se deben tener en cuenta los criterios y requisitos que se relacionan a continuación, los cuales deberán ser cumplidos por todas las familias interesadas en constituirse en hogar tutor.

La motivación en vincularse a los Hogares Tutores puede incluir uno o varios de los siguientes aspectos, de acuerdo al concepto del equipo psicosocial:

- Interés de brindar apoyo y afecto a niños y jóvenes afectados por factores de violencia. - Voluntad de acoger niños y jóvenes en forma incondicional.- Deseo de realizar un trabajo voluntario y solidario en la comunidad.- Compromiso con la protección y defensa de los derechos de los niños y jóvenes. Genograma y mapas relacionales adecuados de acuerdo a concepto de equipo psicosocial

que refleje:- Relaciones Familiares e Interpersonales: basadas en el respeto, la solidaridad, el afecto, la

comunicación.- Manejo de Conflictos: capacidad de la familia para afrontar las dificultades, superar

obstáculos y tomar decisiones involucrando a sus miembros en la resolución de los mismos. Estabilidad ocupacional y solvencia económica: capacidad de satisfacción de las

necesidades fundamentales de la familia. Escolaridad mínima de grado once y a partir de este mínimo se dará preferencia a quienes

hayan alcanzado mayor grado de educación. 91

Vivienda: ubicada en área urbana o rural concentrada, de fácil acceso. Para el caso de la urbana perteneciente a nivel socioeconómico 3 ó 4. Propia o arrendada (residencia mínima de 2 años en el sector). Con disposición de espacios proporcionales al número de miembros de la familia. Con disponibilidad de al menos un cuarto. No podrá existir otro programa de ICBF, ni deberán convivir otras personas o grupos familiares en calidad de arriendo (inquilinato).

Edad de los padres92 tutores. Entre 35 y 60 años Estructura familiar. Máximo 5 personas Sin antecedentes judiciales. Pasado judicial Ausencia de enfermedades mentales en miembros de la familia que resida en el hogar

tutor, certificada por médico. Ausencia de consumo de Sustancias Psicoactivas en la familia tutora, certificada por

médico. Familia preferiblemente afiliada al Sistema de Seguridad Social. Se preferencia a quienes se

encuentren vinculadas al sistema (EPS o ARS). Reconocimiento y aceptación de la comunidad: Gozar de buena imagen y reconocimiento,

verificado con vecinos o comunidad en la visita domiciliaria.

91 En caso de no encontrarse familias con nivel educativo de once grado por las condiciones particulares del departamento, la Regional del ICBF optará por definir el grado de escolaridad de las familias con base en el promedio académico de la región a nivel de básica secundaria. 92 Preferiblemente pareja y/o mujeres cabeza de familia

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Capacidad de Gestión: Capacidad para utilizar los recursos de su entorno en beneficio de los niños y jóvenes. Verificada en visita domiciliaria.

Trabajo en Grupo: Capacidad para vincularse en las acciones grupales generadas por las entidades contratistas.

Nota. Los requisitos para cumplir con el perfil deberán ser demostrados y/o soportados.

4.2.1.3. Hogar Biológico93 /94: es una modalidad de atención en el medio familiar de origen, dirigida a niños, niñas y adolescentes con discapacidad menores de 18 años, que se encuentran en situación de peligro y cuyas familias, identificadas mediante valoración socio- económica y familiar, presentan una alta vulnerabilidad social y carecen de oportunidades para satisfacer adecuadamente las necesidades fundamentales de sus niños o adolescentes. Consiste en un apoyo económico y acompañamiento por parte del ICBF con el compromiso de la familia para superar las condiciones de vulnerabilidad.

El Hogar Biológico es una medida de Protección amparada en el Numeral 6 del Art. 57 del Código del Menor que dice: “Cualesquiera otras (medidas), cuya finalidad sea la de asegurar su cuidado personal, proveer la atención de sus necesidades básicas o poner fin a los peligros que amenacen su salud o su formación moral”. Esta medida se caracteriza porque el niño, o adolescente no es separado de su medio familiar de origen, no obstante, se debe equiparar a lo establecido para la medida de colocación Familiar (Hogar Sustituto o Amigo) en la atención, seguimiento y formación a la familia.

Objetivos Garantizar a los niños y adolescentes con discapacidad y en condiciones de alta

vulnerabilidad socio-familiar, el derecho a vivir en el seno de su familia, fortalecer los factores protectores y reducir los factores de riesgo, mediante la promoción de procesos de socialización y crianza, la creación y fortalecimiento de redes sociales y comunitarias y de facilitar el acceso a los servicios a que tienen derecho para la atención de su discapacidad, a través del acompañamiento y asesoría técnica del ICBF y entidades del SNBF y de un apoyo económico por parte del ICBF.

Fortalecer a las familias biológicas en el ejercicio responsable de sus derechos y el cuidado de sus niños y adolescentes con discapacidad.

Población Niños, y adolescentes con discapacidad motriz, sensorial o cognitiva severa, profunda,

motriz (con incapacidad de desplazamiento independiente) y sin posibilidad de habilitación o rehabilitación, en situación de riesgo o peligro, cuyas familias carecen de las condiciones necesarias y suficientes para la satisfacción de sus necesidades básicas.

Niños y adolescentes con discapacidades moderadas que viven en condiciones ambientales, familiares o sociales carentes de recursos y posibilidades para satisfacer sus necesidades básicas y con dificultades para acceder a su habilitación o rehabilitación.

Perfil de la Familia para acceder al Apoyo del Hogar BiológicoFamilia clasificada en nivel 1 ó 2 del SISBÉN, con un niño o niña con discapacidad, o en caso de no estar Sisbenizada se compruebe mediante valoración socio- económica y socio- familiar

93 Lineamientos Técnico – Administrativos, Atención en Medio Socio-Familiar, Hogares Sustitutos, Amigos y Biológicos, ICBF 2004

94 En la Estructura programática 2004 corresponde al subproyecto 1, Modalidad 02 denominada: Hogares Sustitutos para la Niñez con Discapacidad en situación de Abandono y/o Peligro/Biológicos

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del ICBF, que sus ingresos son insuficientes para satisfacer sus necesidades de subsistencia y se determinen condiciones de alto riesgo social o familiar.

Se priorizan: Familia monoparental en condiciones de alto riesgo Que no cuente con ninguna red de apoyo familiar o social

Se considera criterio de exclusión:1. Cuando la familia está recibiendo apoyo por parte de otra entidad para el niño o niña con

discapacidad.

Acciones a cargo del ICBFBrindar consultoría para el fortalecimiento de las relaciones familiares y desarrollo de habilidades para el manejo de la discapacidad.

Realizar controles nutricionales periódicos para establecer los avances en el estado nutricional del niño y niña.

Vincular a las familias a Grupos de Estudio y a los procesos de capacitación y formación permanentes de los Hogares Sustitutos y Amigos, e incluir temas específicos relacionados con la discapacidad.

Gestionar con las entidades competentes del municipio o localidad, el acceso y atención, de tal forma que el niño y la niña sean atendidos oportuna y dignamente en los diferentes servicios.

Gestar con la familia y con el SNBF, procesos que propicien su autorrealización y desarrollo y orientar en la ejecución de planes caseros de habilitación y rehabilitación que permitan lograr el desarrollo físico, intelectual, social y moral, de acuerdo con la discapacidad.

Orientar y suministrar información que apoye a la familia en la búsqueda de alternativas sociolaborales, que le permitan fortalecer la capacidad de autosuficiencia o autogestión.

Promover la vinculación a redes familiares, sociales y comunitarias.

Realizar seguimiento mensual para establecer las condiciones en que se encuentran los niños y niñas beneficiarios del apoyo.

Acciones a cargo de la FamiliaRealizar gestiones que aseguren el acceso de los niños y niñas a los servicios de educación, rehabilitación, salud, y demás a los que tienen derecho.

Suministro diario de alimentación saludable y adecuada a las características de los niños y niñas beneficiarios.

Informar periódicamente al ICBF sobre las acciones adelantadas en beneficio de sus niños y niñas y certificar su vinculación a los diferentes servicios. Realizar los planes caseros de habilitación y rehabilitación requeridos por sus niños y niñas para facilitar su desarrollo físico, intelectual, social y moral, según orientaciones especializadas.

Fortalecer los lazos familiares y procurar un ambiente de aceptación, comprensión, afecto y seguridad en torno a sus niños y niñas con discapacidad.

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Procurar permanentemente oportunidades de esparcimiento y recreación a sus niños y niñas con discapacidad, así como la vinculación a actividades sociales y comunitarias.

Destinar el recurso asignado por el ICBF, exclusivamente para beneficio de los niños o niñas con discapacidad, e informar sobre su manejo al ICBF.

Participar de las reuniones, Grupos de Estudio y procesos de formación y capacitación a los cuales sean convocados por el ICBF.

Asistir a las citaciones y controles que solicite el Centro Zonal y facilitar el seguimiento, asesoría y orientación brindados.

Demostrar las gestiones adelantadas para mejoramiento de las condiciones familiares y los procesos de autogestión realizados para su autosostenimiento.

Adelantar acciones de búsqueda de alternativas sociolaborales para lograr su capacidad de autosuficiencia.

4.2.3.3. Subsidio Condicionado para Niñez en Riesgo de Vulneración de Derechos95: consiste en un apoyo económico a familias vulnerables, que adquieren el compromiso de vincularse a procesos de formación para fortalecer su capacidad en la crianza y cuidado de sus niños, niñas y adolescentes.

Componentes del subsidio Gestión en Salud Gestión en Educación Alimentación y nutrición Orientación y asesoría familiar Capacitación y formación

Las familias con el aporte económico pueden invertirlo en el transporte para desplazamiento de sus niños y niñas a los diferentes servicios, así como para adquirir elementos indispensables para su rehabilitación, en caso de discapacidad o enfermedad incapacitante, y adquirir elementos que contribuyan a su educación y formación, según la edad y actividad que desarrollen.

Objetivos Reducir el riesgo de abandono de niños y niñas menores de 18 años, cuyas familias están

identificadas en nivel 1 ó 2 del SISBEN, garantizando su derecho fundamental a tener una familia y no ser separados de ella debido a su condición de pobreza, a través de la vinculación a las redes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y la entrega de un

95Para mayor información ver documento Lineamientos Técnico- Administrativos, Subsidio Condicionado para Niñez en riesgo de vulneración de derechos, ICBF 2004 En la estructura programática 2004 corresponde al Subproyecto, Modalidades 03 del: Hogares de Apoyo (Biológicos) para la Niñez en Riesgo de Vulneración de Derechos- Subsidio y 17: Subsidios Condicionados para Protección

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subsidio económico mensual que facilite las condiciones para la atención adecuada de las necesidades fundamentales de sus niños y niñas.

Reducir la institucionalización de los niños y niñas en situación de peligro debido a condiciones de pobreza de sus familias.

Reducir la reincidencia de niños y niñas en los servicios de protección apoyando a las familias frente a situaciones de pobreza.

Promover la responsabilidad parental frente al cuidado de los niños, niñas y adolescentes. Propender por el fortalecimiento de los lazos familiares, generar sentido de pertenencia en

los niños y jóvenes desvinculados del conflicto armado hacia su entorno familiar y social, permitir la continuidad escolar y preparar para la vida laboral como opción diferente a la guerra.

Población: Niños y adolescentes menores de 18 años con y sin discapacidad, pertenecientes a familias clasificadas en SISBEN 1 y 2, que por condiciones de extrema pobreza de sus familias están en riesgo de vulneración de derechos.

Criterios de selección de familias: Para la asignación del Subsidio Condicionado, el equipo del área extrajudicial del Centro zonal, debe establecer las condiciones de riesgo en que se encuentra la familia por su situación de extrema pobreza o vulnerabilidad socio- familiar y verificar que adicionalmente cumplen con uno de los siguientes criterios: Clasificación en nivel 1 y 2 del SISBEN, no beneficiarias del programa Familias en Acción Clasificación en nivel 1 y 2 del SISBEN, con prioridad el nivel 1 de zonas urbanas y rurales Desplazadas, debidamente certificadas, que no están recibiendo servicios de la Red de

Solidaridad. Familias con jóvenes desvinculados del conflicto armado

Se priorizan: Familias que no están recibiendo subsidio económico o apoyo de otras entidades del SNBF

con los mismos fines. Familias monoparentales (con jefe único), sin empleo y con 5 hijos o más. Familias con cuatro hijos menores de 5 años. Familias con niños o niñas con discapacidad. Familias que no cuentan con ninguna red de apoyo social o familiar. Familias vinculadas a economía informal y con ingresos insuficientes para cubrir las

necesidades básicas. Familias no sisbenizadas, que como resultado del estudio socio - familiar y socio-

económico del ICBF, presentan condiciones de vulnerabilidad que ubican en alto riesgo a los niños y niñas de su grupo familiar.

Situaciones para asignar el Subsidio1) Reintegro a la familia de origen. Se refiere al cierre del proceso por reintegro familiar de niños y adolescentes que están ubicados en servicios de protección a quienes es posible decretar el reintegro familiar, dado que la evaluación de la situación socio - familiar evidencia condiciones favorables aunque persistan dificultades económicas, por lo cual se dará traslado del caso al equipo extrajudicial para la asignación del subsidio y el seguimiento.

2) Reincidencia de situaciones de riesgo. Cuando los niños, niñas o adolescentes que han sido reintegrados a su familia de origen, requieren nuevamente el apoyo del ICBF porque persisten situaciones de pobreza que afectan su desarrollo integral.

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3) Ingreso por primera vez. Cuando la familia solicita los servicios del ICBF, y se determina que los niños o adolescentes se encuentran en condiciones de riesgo por su situación de pobreza o vulnerabilidad socio- familiar.

Acciones a cargo del ICBF

Formación y Capacitación: Durante el tiempo de duración del Subsidio Condicionado, se debe buscar el fortalecimiento de las relaciones familiares definiendo en los planes de capacitación contenidos formativos y terapéuticos. En las actividades de formación se debe destacar la importancia del intercambio afectivo, resaltar la ganancia de formar parte de esta modalidad de atención como una oportunidad de fortalecer las relaciones familiares, más que de obtener beneficios económicos y materiales.

Vinculación a Redes: generar con los grupos de familias beneficiarias del municipio, localidad o barrio, procesos que propicien la conformación de redes sociales 96

y familiares con el objeto de promover un trabajo mancomunado y colectivo en el que converjan diferentes servicios públicos y/o privados orientados a la satisfacción de sus necesidades y las de su comunidad. A la vez, el trabajo en red posibilita en los niños, niñas y adolescentes, la interacción, participación, comunicación y aprendizaje grupal, y en las familias el desarrollo de potencialidades y fortalezas para la superación de sus problemáticas, con el apoyo de las entidades que se vinculen en este proceso.

Seguimiento: El seguimiento está bajo la responsabilidad del ICBF y se puede realizar con apoyo de: funcionarios de entidades del SNBF de la localidad o municipio, pasantes universitarios, miembros de redes sociales vinculadas y otros, de acuerdo con la gestión realizada por cada Regional o Agencia. En el caso de niños y adolescentes reintegrados a su familia que se encontraban ubicados en Institución, corresponde a los profesionales de la institución apoyar el seguimiento post- reintegro, al menos durante el primer año.

En el proceso de seguimiento, los encargados de las visitas deben tener un acercamiento directo con los niños y adolescentes beneficiarios, para conocer los cambios logrados, dificultades, necesidades y expectativas frente a esta forma de atención, así como la respuesta y cumplimiento de sus familias con los pactos y compromisos acordados.

Gestión: de coordinación para que las familias accedan a los servicios del Sistema Nacional de Bienestar Familiar

Acciones a cargo de la familia beneficiaria del SubsidioLa familia beneficiara del subsidio condicionado se debe comprometer a destinar el recurso en: La adquisición y suministro de alimentación balanceada y/o suplementos alimenticios. Controles nutricionales periódicos de los niños y niñas beneficiarios. Gestiones que aseguren el acceso y asistencia de los niños y niñas a los servicios de

atención en salud, educación, terapéuticos u otros especializados97, en caso de requerirse.

96 Las Redes Sociales son procesos interactivos de intercambio de experiencias y mecanismos de organización, a través de los cuales las acciones o conductas particulares tienen efecto positivo sobre el bienestar social, psicológico y/o físico de los individuos. Estas redes aportan a las relaciones sociales, atributos de contención, sostén, apoyo y tejido. Tomado de Memorias II Encuentro Hogares Sustitutos, 2001 “Pensar y Trabajar en redes”- Luna G. Jairo E. Universidad Nacional.

97 Terapia física o de rehabilitación, terapia psicológica o psiquiátrica, tratamientos ordenados por especialistas, según problemas de salud de los niños y niñas.

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Pago de matrículas o cuotas de participación para acceder a los programas existentes en la comunidad que incluyen este aporte y que sean requeridos por los niños y niñas beneficiarios.

Adquisición y suministro de medicamentos e implementos no cubiertos por el POS98. Transporte para desplazamiento a los diferentes servicios. Adquisición de leches especiales, complementos alimenticios, pañales, útiles escolares,

elementos para el desarrollo de planes caseros de habilitación o rehabilitación en caso de discapacidad, u otras necesidades de los niños o niñas beneficiarios.

Adicionalmente la familia se compromete a demostrar gestiones adelantadas para mejoramiento de las condiciones familiares y para su auto-sostenimiento

4.2.3.4. Casa Hogar de Protección99: es una modalidad de atención en la cual se brinda protección integral a niños y adolescentes en situación de abandono o peligro, a través de un ambiente semejante al de familia, conformado por un número reducido de niños y adolescentes con acompañamiento de adultos que representan las figuras de vínculos afectivos para la convivencia y el desarrollo integral.

El número de niños y adolescentes a atender en este servicio es de máximo 12.

Objetivos Restituir a los niños y adolescentes el ejercicio de sus derechos vulnerados en un ambiente

semejante al de familia Brindar protección integral a los niños y adolescentes en situación de abandono y peligro Brindar a los niños, niñas y adolescentes la oportunidad de vivir en familia una experiencia

que les permita construir y reparar vínculos afectivos. Fortalecer el sentido de pertenencia a una red familiar y comunitaria haciendo uso de los

servicios y recursos del entorno.

Población: Niños, niñas y adolescentes entre 7 y 18 años y hermanos de menor edad, en situación de

abandono o peligro con medida de colocación familiar en Casa Hogar de Protección por el Defensor de Familia.

Niños, niñas y adolescentes de difícil adopción

Priorización: Para la ubicación en el servicio Casa Hogar de Protección, se priorizarán las siguientes situaciones:

Niños y adolescentes abandonados con posibilidades mínimas de reintegro familiar, reportados como sujetos de adopción, minorías étnicas, y que requieren de un tiempo prolongado de permanencia en el servicio, por carencia de una red de apoyo familiar.

Niños y adolescentes en alguna situación excepcional de peligro, expuestos y afectados por hechos de violencia, maltrato infantil, víctimas de conflicto armado, experiencias de desplazamiento forzado que no cuentan con una red de apoyo familiar.

Niños y adolescentes hermanos con las características anteriores y hermanos de menor edad

Madres adolescentes abandonadas con sus hijos, que les permita desarrollar su progenitura responsable y fortalecer el vínculo afectivo madre-hijo.

98 POS: Plan Obligatorio de Salud.99 En la Estructura Programática 2004 Subproyecto 1 Modalidad 05: Casa Hogar De Protección

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No obstante los criterios anteriores, la modalidad Casa Hogar de Protección es una alternativa a la institucionalización y por lo tanto conviene promover su organización para grupos de niños y adolescentes con problemas comunes tales como: niños extraviados, inmigrantes solos procedentes de otras ciudades, discapacidad, consumo de sustancias psicoactivas, víctimas de delitos sexuales, explotación laboral, en conflicto con la ley y víctimas de la violencia entre otros.

AccionesDe vida cotidiana: se refiere a todas las actividades que normalmente se desarrollan en la convivencia familiar como alimentación, aseo, conversaciones, utilización del tiempo libre en recreación, actividades lúdicas entre otras. Para generar un ambiente de familia es indispensable la presencia constante de uno o varios adultos con capacidad suficiente para establecer vínculos afectivos y responsables con los niños y adolescentes y para generar un ambiente de respeto y solidaridad entre los miembros de la Casa Hogar.

Educación: es indispensable la vinculación de todos los niños y adolescentes a un programa educativo que les permita nivelarse y avanzar en su formación académica acorde con su edad, desarrollo, condiciones de salud e historia de vida.

Gestión con el SNBF: la entidad encargada de esta modalidad de servicio debe participar conjuntamente con el ICBF en la gestión y coordinación de acciones con los entes territoriales y con los sectores de salud, educación (incluida la formación prelaboral y laboral), recreación y cultura, trabajo, justicia entre otros, para lograr el acceso de los niños y niñas a los servicios y beneficios a que tienen derecho.

Atención especializada: se debe garantizar atención especializada en salud física y mental así como rehabilitación para todos los niños y adolescentes que lo requieran, bien sea de forma directa por la entidad encargada del servicio o a través de gestión con las entidades del SNBF.

4.2.1.6. Adopción100: la adopción es una medida de protección que restituye el derecho fundamental de los niños, niñas y jóvenes menores de 18 años declarados adoptables, a pertenecer, crecer y desarrollarse en una familia según el Artículo 92 del Código del Menor. A través de ella se establece de manera irrevocable una nueva vinculación paterno filial entre el niño/a y la familia adoptante.

Objetivo: Restituir el derecho fundamental de crecer en el seno de una familia a los niños, niñas y adolescentes, reportados al programa de adopción.

Población Niñas y niños menores de 18 años a quienes se les ha definido su situación legal y están en

condición de adoptables. Familias solicitantes colombianas y extranjeras idóneas que cumplan con los requisitos

técnicos y legales requeridos para adoptar un niño, niña o adolescente.

Acciones La atención de los niños y adolescentes que ingresen a un servicio filial de una institución

autorizada para desarrollar procesos de adopción, debe regirse por los lineamientos técnico administrativos de la atención en medio institucional definidos por el ICBF, y tener una licencia para la atención a niñez en protección.

100 Estructura Programática 2004 Subproyecto 1, Modalidad 06:Adopciones

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La identificación de los niños, o adolescentes, que se les haya definido legalmente su situación y sean candidatos a la adopción.

Apoyar al niño y adolescente en un proceso de atención psicosocial que le ayude a superar las pérdidas afectivas, teniendo en cuenta sus necesidades y potencialidades, compartiendo con ellos las decisiones que repercutirán en su futuro sea como adoptado o en su proyecto de vida en un programa.

Definir procesos de selección y preparación para las familias candidatas a la adopción teniendo en cuenta los criterios establecidos por el Nivel Nacional.

Realizar periódicamente los comités de adopción de acuerdo con la resolución 1267 del 94 modificada por la 1057 del 96 y la resolución 2525 del 2000. Reportar a la Sede Nacional los niños aptos para la adopción y las asignaciones del comité regional.

Realizar las asignaciones de los niños o adolescentes atendiendo a lo señalado en la resolución 1267 del 94 y el convenio relativo a la protección de menores y a la cooperación en materia de adopción internacional (Convenio de la Haya), para los países que están en vigor.

Realizar seguimiento post adopción a las familias y niños para apoyar el fortalecimiento de vínculos afectivos y el desarrollo de sus proyectos de vida.

Reporte a través del sistema de información de todas las decisiones tomadas en relación con: solicitantes aprobados, rechazados o desistidos, niños y niñas aptos para la adopción, niños y niñas asignados y sentencias de adopción.

4.2.1.7. Atención Terapéutica a la Familia101: consiste en sesiones de terapia familiar contratadas con ONGs o profesionales especializados por solicitud de quien demanda el servicio o por recomendación del profesional del Centro Zonal que lo estime necesario por observar grave deterioro en las relaciones familiares, problemas de maltrato, abuso sexual, violencia intrafamiliar, desplazamiento, conflicto armado, desastres naturales o cualquier hecho traumático que amerite atención especial.

Objetivos Prevenir la vinculación de niños y jóvenes al Proceso Administrativo de Protección. Propiciar espacios para potenciar mecanismos de apoyo familiar y social

Población: Grupos familiares con hijos menores de 18 años

Acciones Actividades dirigidas a generar condiciones que faciliten el reconocimiento en si mismo, de

fortalezas y cualidades, aprender a enfrentar y adaptarse a sus necesidades especiales, alcanzar un nivel de desarrollo personal y la construcción de su proyecto de vida, favoreciendo su autonomía física y psicológica.

Brindar espacios de interacción a la familia, para aprender a enfrentar las situaciones significativas que en ella ocurre.

Orientar la reestructuración del funcionamiento familiar para lograr una convivencia interpersonal más sana y positiva para sus diferentes miembros.

Ofrecer estrategias de abordaje individual, familiar, grupal y de seguimiento específico como parte fundamental del proceso terapéutico.

Intervenciones individuales, como las sesiones que se desarrollan con los individuos, que tienen como objetivo propiciar espacios de reflexión y comprensión sobre su propia realidad y su dinámica relacional, en el contexto de un grupo familiar, barrial, comunitario y sociocultural.

101 Estructura Programática 2004, Subproyecto 1 Modalidad 07: Atención Terapéutica

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Intervenciones Familiares, hacen referencia a las sesiones con dos o mas miembros de un grupo familiar, definido como la relación existente entre personas que comparten lazos afectivos, experiencias vitales cotidianas, espacios físicos habitacionales y se sienten vinculadas al mismo.

Intervenciones Grupales, se entiende como la creación de espacios terapéuticos de apoyo, donde participan personas integrantes de diferentes grupos familiares, que comparten intereses, problemáticas, ciclos vitales, que tienen como objetivo posibilitar el crecimiento personal y colectivo frente a su situación particular y su proyecto de vida.

Desarrollar talleres con grupos no mayores de 12 personas, integrantes de 4 o 5 familias. Debe hacerse énfasis en el trabajo por grupo familiar, contemplando en lo posible familia

nuclear y extensa, por lo cual la entidad contratante debe realizar un buen proceso de enganche, para involucrar como mínimo a 3 miembros de la misma familia , en el proceso de intervención, y de esta forma propender por el fortalecimiento del grupo familiar.

Trabajo psicológico que apoya la superación de duelos, la adopción de nuevas prácticas relacionales, definir roles y responsabilidades dentro del grupo familiar, evaluación de fortalezas y debilidades que poseen para orientar su estilo de vida y el reconocimiento de las oportunidades que existen en su contexto familiar y social.

Mediante gestión interinstitucional con las instancias del nivel territorial, se les informará de posibilidades de atención que pueden encontrar a través del acceso a las redes sociales existentes.

Cuando no existan ONGs que presten el servicio se podrá contratar con persona natural.

4.2.1.8. Casa Refugio102: servicio que presta atención integral a mujeres maltratadas y a sus hijos menores de edad, víctimas de violencia intrafamiliar, cuya permanencia en su lugar de residencia las coloca a ellas y sus hijos en situación de alto riesgo para su integridad física y emocional y que, por tanto, requieren de protección inmediata. La ubicación de la madre con sus hijos constituye una medida de protección provisional, no legal, mientras se aclara la situación de alto riesgo. El cupo incluye la atención integral a la madre y (4) hijos en promedio, menores de edad.

Objetivos Brindar una alternativa de seguridad a madres e hijos en alto riesgo Apoyar la superación de vulneración de derechos fundamentales por violencia intrafamiliar

Población: Mujeres con sus hijos, víctimas de violencia intrafamiliar103

Acciones Asesoría legal en coordinación con las comisarías de familia y Centros Zonales ICBF que

involucre valoración por parte de Medicina Legal en los casos en que resulte necesario. Gestión para asegurar el acceso a servicios de salud, actividades de intervención

terapéutica para el grupo familiar, apoyo y seguimiento al egreso. Actividades de orientación y pautas de convivencia familiar involucrando al agresor, en la

medida de lo posible. Actividades lúdicas, recreativas, pedagógicas y de apoyo escolar para los niños. La utilización de los cupos debe coordinarse con Comisarías y Defensorías de Familia. Se

espera que las Entidades Territoriales asuman parte de los costos. Se debe suministrar

102 Estructura Programática 2004, Subproyecto 1, Modalidad 08: Casa Refugio para Víctimas de Violencia Intrafamiliar

103 Se ha estipulado “madre” pues en la mayoría de los casos la violencia la ejerce hacia la figura femenina. No obstante, el adulto que haga parte del grupo familiar a ser protegido podría tratarse del padre.

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provisiones para que las madres preparen desayuno, almuerzo, comida y dos refrigerios; lo mismo que elementos de higiene y aseo personal.

4.2.1.9. Atención a Población Focalizada104: la atención a población focalizada involucra niños, adolescentes o familias en situación de amenaza o riesgo de vulneración de derechos, que pueden ser atendidos en las jornadas o servicios del medio sociofamiliar.

Considerando que las Regionales ICBF, entidades territoriales o del SNBF pueden desarrollar nuevas formas de atención o diferentes a las aquí planteadas por lo cual estos lineamientos aplicarán igualmente para dichos servicios; en consecuencia se considera que esta atención involucra todas las situaciones de riesgo o de vulneración de derechos en las diversas jornadas, incluyendo la posibilidad de plantear nuevas opciones de atención.

Situación de /Vulneración /Jornadas

Seminternado Externado Intervención de Apoyo

Otras formas de atención

Riesgo: X X X X

Abandono o peligro X X X X

Maltrato o Abuso X X X X

Discapacidad o Trastornos mentales en situación de peligro o abandono:

X X X X

Problemas derivados del consumo de sustancias psicoactivas

X X X X

Mujer gestante y lactante X X X X

Situación de calle X X X X

En condición de explotación laboral

X X X X

En condición de explotación sexual

X X X X

Victima del conflicto armado X X X X

En conflicto con la ley X X X X

Los niños y adolescentes usuarios de estos servicios podrán ser vinculados al proceso administrativo de protección de acuerdo con la situación de vulneración que presenten, las posibilidades y fortalezas de la relación con el medio familiar, considerando la diferenciación de:

Servicio: Programa de atención a la niñez organizado por jornadas determinadas.

Medida: Acción de protección contenida en el artículo 57 Código del Menor que se brinda a un niño, de acuerdo con lo establecido en los artículos 36, 37 del mismo código.

104 La Atención a esta población implica el Seminternado, el Externado e Intervenciones de Apoyo, que corresponden en la Estructura Programática 2004, al subproyecto1, Modalidades: 09, 10, 11,12, 13 y 14

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Situación de vulneración de derechos: Condición del niño en el ejercicio de sus derechos, en concordancia con lo determinado en el código del menor y los Lineamientos Técnico- Administrativos de los Servicios de Bienestar en Protección105, item 4.1, que describe los tipos y situaciones más frecuentes de vulneración de los derechos de los niños y adolescentes por las cuales se les vincula a procesos de protección integral.

De lo anterior se desprende que la definición de vinculación o no al Proceso Administrativo de Protección de un niño o adolescente, no se puede determinar por el tipo de servicio o jornada de atención, (excepto en lo institucional), sino que deberá estar definida por la condición del niño y su red de apoyo.

Si la situación del niño es de riesgo, por pobreza o falta de acceso a servicios, y se cuenta con el apoyo familiar, aunque esta requiera de asistencia y orientación para el fortalecimiento del vínculos, sin implicar situación de abandono o peligro no accederá a un proceso de protección, se podrá remitir a un servicio de seminternado, externado o apoyo mediante una ubicación del equipo psicosocial o sociolegal como acción preventiva si el equipo que esta a cargo de la situación así lo considera necesario.

Sólo tendrán proceso de protección quienes la situación de peligro, respecto del ejercicio de sus derechos y del vínculo con la familia, así lo requieran y serán ubicados mediante resolución del Defensor de Familia en el servicio que se considere pertinente.

4.2.1.9.1. Seminternado106: es una modalidad de protección integral en medio socio-familiar que consiste en una jornada de atención de ocho (8) horas diarias. Los niños y adolescentes beneficiarios de este servicio viven con sus propias familias y asisten a las jornadas que brinda la entidad.

Objetivos Restituir a los niños y adolescentes el ejercicio de sus derechos vulnerados sin

desvincularlos de su medio familiar Brindar protección integral a los niños y adolescentes en situación de peligro Fortalecer los vínculos familiares con el fin de superar los factores de riesgo de vulneración Preparar, habilitar y empoderar familias en su función como primeros responsables en la

garantía de derechos de los niños, niñas y adolescentes. Prevenir situaciones de abandono

PoblaciónNiños, niñas y adolescentes en situación de riesgo o peligro con o sin discapacidad cuyas familias están en posibilidad de cuidarlos con el apoyo del Estado. Estos servicios pueden ser especializados en situaciones de peligro tales como:

Consumo de sustancias psicoactivas Víctimas de delitos sexuales En condiciones de explotación laboral Víctimas de la violencia Niños, niñas y adolescentes con trastorno mental o psiquiátrico Adolescentes en conflicto con la ley penal

105 Que como documento base de la contratación son el soporte para la organización y prestación de los servicios. 106 El Seminternado, el Externado e Intervenciones de Apoyo, en la Estructura Programática 2004, corresponden al subproyecto1, Modalidades: 09, 10, 11,12, 13 y 14

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AccionesEducación: Estos programas deben desarrollar modelos pedagógicos alternativos, reconocidos y aprobados por la Secretaria de Educación respectiva, en donde se promueva la integración al aula regular, en coordinación con entidades del SNBF y entes territoriales, según sus competencias.

Familia: Es prioritario que el modelo de atención contemple la formación y la participación de la familia como primera responsable, para fortalecer su función de garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Actividades recreativas, culturales y de capacitación

Alimentación y dotación: El servicio debe garantizar a los niños y adolescentes el aporte nutricional según el estándar (anexo 5) diario, representado en dos refrigerios y almuerzo; y la dotación definida en el anexo 6 para esta modalidad de atención.

Gestión: Un componente muy importante de estos programas debe ser el uso de mecanismos de gestión interinstitucional y conformación de redes sociales de apoyo en favor de la infancia y la juventud.

4.2.1.9.2. Externado107: es una modalidad de protección integral en medio socio-familiar que consiste en una jornada de atención de cuatro horas diarias. Los niños y adolescentes beneficiarios de este servicio viven con sus propias familias y asisten a las jornadas que brinda la entidad.

Objetivos Brindar protección integral a los niños y adolescentes en situación de riesgo Fortalecer los vínculos familiares con el fin de superar los factores de riesgo de

vulneración Prevenir situaciones de abandono

PoblaciónNiños y adolescentes con o sin discapacidad, vinculados o no al sistema educativo, que se encuentren en situación de vulneración de derechos o de alto riesgo de que esto ocurra y cuyos vínculos de afecto y solidaridad con su red familiar o social deben ser fortalecidos.

Acciones Atención psicosocial según el perfil de los niños y de apoyo a la convivencia con la red

familiar Acciones pedagógicas complementarias de la jornada escolar Complementación alimentaria (1 refrigerio y almuerzo) Recreativas, culturales y de capacitación

Familia: Es prioritario que el modelo de atención contemple la formación y participación de las familias para fortalecerlas en su función de garantes primarios de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Gestión: Un componente muy importante de estos programas debe ser el uso de mecanismos de gestión interinstitucional y conformación de redes sociales de apoyo en favor de la infancia y la juventud.

107 En la Estructura programática 2004, Subproyecto 1, Modalidades: 09, 10, 11,12, 13 y 14

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4.2.1.9.3. Intervención de Apoyo108: servicios de atención ambulatorios que se configuran en un proceso de apoyo y orientación psicológica y socio - familiar con el fin de garantizar y restituir condiciones para el ejercicio pleno de los derechos de la niñez. El servicio debe cumplir con el número de intervenciones profesionales, las cuales pueden hacerse a nivel personal, familiar y/o con referentes de la red de apoyo que se consideren necesarios, para cumplir con el plan de atención individual y objetivos del servicio.

Se define intervención como la acción que se desarrolla directamente en el marco del proceso definido en un Plan de Atención Individual. Cada uno de los encuentros profesionales deberá ser registrado en la carpeta de la historia socio–familiar del niño, niña o adolescente, dejando constancia de los logros o avances según el plan de atención individual.

La Intervención de apoyo incluye la atención a niñez en situación de explotación laboral en búsqueda activa, acercamiento y motivación en calle, acercamiento y enganche con niñez en condiciones de explotación sexual.

La vinculación a este servicio puede ser por remisión del Centro Zonal cuando la solicitud de apoyo se ha presentado directamente por los niños, sus familias o autoridades competentes; o por acciones de búsqueda y motivación para vincularse al apoyo por parte del ICBF o entidad del SNBF

Objetivos Proporcionar apoyo específico para superar situaciones de riesgo o peligro

Complementar las condiciones sociofamiliares para el pleno ejercicio de derechos de niños y adolescentes

Prevenir el abandono

Prevenir la reincidencia en la infracción

Población Niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y peligro

Adolescentes infractores de la ley con medida de Libertad Asistida y reglas de conducta

Acciones

Las acciones de apoyo responderán al plan de acción individual del niño, o adolescente, y pueden ser: terapia familiar, psicoterapia individual, intervención con grupo de pares, visitas al medio socio-familiar o gestión y acompañamiento a la integración escolar, acciones de nivelación académica, entrevistas con los padres o redes socio–familiares, actividades culturales o lúdicas de prevención de la drogadicción y el alcoholismo, de orientación y asesoría, talleres con la familia para la comprensión de su problemática y en la superación de la situación conflictiva. También se pueden incluir actividades educativas, dando prioridad a la nivelación académica, para los adolescentes que la requieran y coordinación con otras entidades para continuar su educación y su proceso formativo.

108 En la Estructura programática2004. Subproyecto1, Modalidades 09, 10, 11,12, 13 y 14

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En las Regionales o Agencias donde existan zonas en las que no haya oferta de entidades para contratar la prestación de estos servicios, se podrá efectuar la contratación con personas naturales con experiencia en el tema, previa autorización de la Dirección Técnica.

Para niños y adolescentes en situación de calle y víctimas de explotación sexual incluye acciones de acercamiento

Para niños y adolescentes explotados laboralmente incluye acciones de búsqueda activa utilizando la estrategia propuesta por la OIT.

Para adolescentes en conflicto con la ley incluye elaboración de informes a juzgados

4.2.1.9.4. Otras formas de atención : Implica las propuestas novedosas por parte de las entidades prestadoras del Servicio Público de Bienestar, Entes territoriales u otras entidades del SNBF que sean revisadas o avaladas por la Regional ICBF a través del otorgamiento del reconocimiento jurídico y de la licencia de funcionamiento o que deben seguir el marco ético conceptual y procedimental de este lineamiento.

4.2.1.10. Preparación para la Vida Social y Orientación Vocacional109: es una modalidad de atención en la cual se otorga un apoyo económico para la capacitación de los adolescentes mayores de 14 años con declaratoria de abandono y sin posibilidades de adopción, para facilitar su integración social y brindarles oportunidades de preparación para una subsistencia autónoma e independiente con calidad de vida.

Duración del apoyo: el aporte económico asignado, podrá extenderse hasta que el adolescente culmine su proceso de capacitación o formación educativa, prelaboral o laboral, considerando hasta máximo, 3 años después de cumplida la mayoría de edad.

Objetivo: Ofrecer a los adolescentes sin posibilidad de adopción, oportunidades de desarrollo integral y construcción de proyecto de vida que orienten su realización personal y su vinculación al entorno social.

PoblaciónAdolescentes mayores de 14 años con declaratoria de abandono y sin posibilidades de adopción.

Se privilegiarán los reportados al programa de adopción con declaratoria de abandono, ubicados en Hogares Sustitutos con características especiales, en situación de peligro que no cuenten con red de apoyo familiar.

Acciones: Este servicio debe desarrollarse a través de gestión interinstitucional e intersectorial, suscribiendo convenios con OGs y/o ONGs nacionales o internacionales, para financiar proyectos que tenga como objetivo promover el desarrollo personal y social de los niños, niñas y adolescentes propiciando su integración social y comunitaria, favoreciendo la construcción de redes afectivas de apoyo o modelos alternativos de familia y primordialmente su autosostenimiento.

109 En la Estructura Programática 2004 corresponde al subproyecto 1 Modalidad15

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Caracterización de la población: Establecer el los posibles beneficiarios del apoyo (adolescentes mayores de 14 años declarados en abandono, sin posibilidades de adopción) y su nivel de escolaridad, capacidades, intereses, aptitudes, expectativas.

Caracterización del contexto: Posibilidades de formación académica, prelaboral y laboral en la región y estudio de mercadeo, respecto de oferta y demanda laboral. Así mismo las posibilidades de la Regional para cogestionar, cofinanciar y coordinar interinstitucionalmente, de acuerdo con las necesidades de los adolescentes, con entes territoriales, entidades que tengan competencia en la región, ONGs nacionales e Internacionales, o gestión con personas naturales benefactoras (padrinos).

Acompañamiento y orientación: Para el proceso de selección del área de interés de estudio y/o capacitación, de tal manera que se garantice la viabilidad del proyecto de formación.

4.2.2. SUBPROYECTO 02 ATENCION EN LOS CENTROS ZONALES

Definición: Los servicios de protección integral a la familia son acciones que desarrollan servidores públicos de los Centros Zonales del ICBF de forma directa o en coordinación con los diferentes agentes del SNBF, ante demandas de apoyo por parte de padres y familiares que, por encontrarse en situación económica precaria o por deterioro de sus vínculos familiares, presentan riesgo o vulneración de derechos fundamentales de los niños y adolescentes.

Objetivos: Fortalecer los vínculos familiares como contexto fundamental para el ejercicio de los

derechos de los niños y adolescentes y como prevención del abandono y la vulneración de derechos

Brindar apoyo a la familia para el restablecimiento de derechos vulnerados de niños y adolescentes.

Poblaciones: Incluye cualquier miembro de una familia o comunidad que demanda apoyo del ICBF, por considerar que su situación económica o las dificultades en la convivencia, ponen en riesgo el ejercicio de los derechos de un niño o adolescente

4.2.2.1. Atención Extrajudicial a la Niñez y la Familia110: son las actividades desarrolladas por el Defensor de Familia con apoyo del equipo interdisciplinario, a favor de los intereses del niño, niña o adolescente, encaminadas a obtener la garantía de los derechos de los mismos a través de la conciliación o de la presentación de la respectiva demanda, aplicando normas de derecho de familia y de menores en la solución de sus conflictos conforme a los decretos 2272 y 2737 del Código del menor.

Objetivo: Garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes menores de edad

Población: Niños, niñas y adolescentes con derechos vulnerados

Acciones Las acciones que desarrolla este servicio son: procesos de conciliar conflictos, tramitar

permisos para salir del país, tramitar registros civiles, elaboración de demandas y protección

110 Modalidad 1 del Subproyecto 2 en la estructura programática 2004

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legal de los niños, citación del presunto padre para procurar el reconocimiento voluntario de un hijo extramatrimonial y otros conforme a lo ordenado por la legislación vigente.

El equipo del área extrajudicial con el coordinador del centro zonal a la cabeza, será el encargado de tramitar todo lo relativo al subsidio condicionado, en aquellos casos que el equipo técnico lo evalué y así lo aconseje.

4.2.2.2. Atención en Procesos Civiles a la Niñez y a la Familia111: son las actividades desarrolladas por el Defensor de Familia ante los jueces de Familia, tendientes a garantizar los derechos de los menores de edad en asuntos de familia, aplicando las normas de derechos de Familia y de menores, conforme a los decretos 2272 y 2737 de 1989 Código del menor y ley 640 de enero de 2001.

Objetivo: Garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales de niños y adolescentes menores de edad.

Población: Niños, niñas y adolescentes con derechos vulnerados. Acciones: Las acciones que adelanta este servicio son:

Demanda de alimentos, custodias, cuidado personal, visitas y protección legal del menor, ejecución de alimentos, citación judicial para el reconocimiento de hijo extramatrimonial, investigación e impugnación de la paternidad y maternidad legítima perdida, suspensión y rehabilitación de la patria potestad y otros ordenados conforme a la legislación vigente.

Además de las anteriores, asistir a las audiencias en representación de los intereses de niños, niñas ante los juzgados de familia y promiscuos de familia.

Enviar memoriales para agilizar procesos

4.2.2.3. Asistencia y Asesoría a la Niñez y la Familia112: consiste en la atención psicosocial que brinda el Centro Zonal a familias que se detectan en situación de riesgo de vulneración de derechos en cualquiera de los programas que desarrolle el Centro Zonal.

Objetivos: Fortalecer las relaciones familiares para la convivencia y el desarrollo de vínculos Prevenir la vulneración de derechos de niños y adolescentes Promover las redes familiares y sociales Facilitar a las familias más vulnerables el acceso a los servicios de bienestar

Población: Redes familiares, de niños y adolescentes en riesgo, que demandan asesoría para resolver sus dificultades y conflictos.

Acciones Orientación individual y grupal en forma directa o canalizando familias que demandan apoyo a

otros servicios del Sistema Nacional de Bienestar Familiar. Procesos reflexivos en el contexto de los derechos humanos y de derecho internacional

humanitario. La atención y orientación psicosocial corresponde a actividades de orientación individual,

familiar y grupal, que permita analizar el sentido de sus acciones cotidianas y el significado construido en la funcionalidad o disfuncionalidad, con el fin de promover potencialidades que les permitan enfrentar y superar el conflicto, cambiar procesos de interacción familiar y reestructurar el sistema familiar, en un contexto reflexivo de Derechos Humanos que facilite

111 Modalidad 2 del Subproyecto 2 en la estructura programática 2004112 Modalidad 3 del Subproyecto 2 en la estructura programática 2004

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la toma de decisiones. La intervención debe facilitar la reconstrucción psico-afectiva de familias afectadas por hechos de violencia.

Actividades individuales, como las acciones que se desarrollan con los individuos, que tienen como objetivo propiciar espacios de reflexión y comprensión sobre su propia realidad y su dinámica relacional, en el contexto de un grupo familiar, barrial, comunitario y sociocultural.

Actividades Familiares, hacen referencia a la intervención con dos o mas miembros de un grupo familiar, definido como la relación existente entre personas que comparte lazos afectivos, experiencias vitales cotidianas, espacios físicos habitacionales y se sienten vinculadas al mismo.

Actividades Grupales, se entienden como la creación de espacios formativos, donde participan personas integrantes de diferentes grupo familiares, que comparten intereses, problemáticas, ciclos vitales, que tienen como objetivo posibilitar el crecimiento personal y colectivo frente a su situación particular y su proyecto de vida.

En este contexto los talleres se constituyen en una metodología innovadora, participativa, interactiva, pedagógica y creativa, con contenidos teórico- prácticos, con soporte conceptual de fácil asimilación para los usuarios, que permita el logro de los objetivos del programa.

Acciones preventivas con los grupos poblacionales de acuerdo a los diagnósticos sociales situacionales de cada Centro Zonal en las áreas en donde se refleje la incidencia de mayores problemáticas.

Coordinación intra-institucional con otros proyectos o programas a fin de brindar atención integral a los usuarios.

Actividades de seguimiento y evaluación permanente para cualificar la atención, para lo cual el proponente deberá realizar acompañamiento a los procesos individuales, familiares y grupales y definir indicadores de seguimiento, evaluación e impacto.

En el contexto de atención a familias desplazadas, son acciones complementarias de apoyo emocional y afectivo, paralelas con el apoyo alimentario y de organización comunitaria que se brinde en la emergencia.

Gestión con entes territoriales, Instituciones del SNBF, OGs, ONGs, Universidades, en un contexto de concertación, cofinanciación, contraprestación de servicios y cogestión para realización de talleres, conferencias o encuentros con grupos familiares y/o comunitarios.

Cuando se considera necesaria la asesoría familiar se remitirá a los profesionales encargados en el Centro Zonal o a las (ONGs) contratadas por el ICBF, teniendo en cuenta la cobertura de la demanda del Centro Zonal. Puede igualmente hacerse la remisión a las entidades que tengan la obligación de prestar asesoría cuando se establece que la persona ha adquirido el derecho por régimen contributivo o subsidiado para este servicio.(Cajas de compensación, EPS Y ARS)

La función del servidor público coordinador del centro zonal, será la de realizar las gestiones necesarias con las instituciones mencionadas anteriormente para garantizar la atención de los casos.

Casos de Violencia Intrafamiliar:Cuando la persona que acude a solicitar el servicio, manifieste o así se establezca en la entrevista preliminar, que el caso es referente a violencia intrafamiliar, debe remitirse a las instancias legalmente establecidas para ello, como son: Comisarías de Familia, juez civil

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municipal o promiscuo municipal. No obstante podrán acudir a los jueces de paz o conciliadores en equidad como lo establece la ley 575/2000.

En los casos de violencia intrafamiliar en las comunidades indígenas el competente para conocer de estos casos es la respectiva autoridad indígena, conforme a lo previsto en la Constitución Nacional Art. 246.

Si en estos casos de violencia intrafamiliar, se haya involucrado un niño, o adolescente, como víctima del hecho, el ICBF deberá tomar la medida de protección a su favor, sin perjuicio de poner en conocimiento de las autoridades antes mencionadas el hecho, para que bajo su competencia asuman las acciones correspondientes.

En los casos de víctimas de la violencia por conflicto armado se realizarán los procedimientos establecidos por la Dirección General para el manejo e intervención de los mismos.

4.2.2.4. Unidades Móviles113: es la integración de servicios especializados ofrecidos a través de un grupo de profesionales de diferentes disciplinas y entidades que conforman el SNBF, o que son vinculados para este propósito, que se desplazan a regiones de difícil acceso y cobertura, donde se han presentado situaciones de violencia intrafamiliar, maltrato infantil, incluido el abuso sexual y ruptura del tejido social por efecto del conflicto armado y/o desastres naturales, que vulneren los derechos de los niños, niñas, adolescentes y mujeres, que interfieren en el normal desarrollo de las relaciones familiares. La atención especializada es directa a la niñez y/o familias en el medio comunitario.

Dicha atención es realizada por la Unidad Móvil de Atención a Víctimas de la Violencia, la cual interactúa con la población en situación de emergencia, prestando atención humanitaria inmediata y en situación de no-emergencia de acuerdo con el plan de acción departamental114.

La Unidad Móvil es un equipo de trabajo multidisciplinario conformado por profesionales de Psicología, Nutrición, Trabajo Social, Maestro en Artes y un quinto opcional entre Pedagogía, Terapia Ocupacional, Sociología y Antropología, que gestiona, coordina y realiza articulación intra e interinstitucional a través del SNBF, SNPAD y SNAIPD, para la atención humanitaria oportuna prioritariamente a la población en situación de emergencia, y en situación de no-emergencia de acuerdo con el Plan de Acción Departamental115.

Objetivo generalAtender de manera directa, integral y especializada a niños, y adolescentes y familias víctimas del conflicto armado y violencia intra familiar generado por éste y a víctimas de desastres naturales, para atenuar las consecuencias del evento, actuando inmediatamente donde se presente una emergencia y acompañando a las poblaciones en alto riesgo que continúan siendo afectadas, según el Plan de Acción Departamental.

Objetivos específicos Mejorar las condiciones psicosociales de la población sujeto. Mejorar las condiciones alimentarias y nutricionales de la población sujeto.113 Modalidad 4 del Subproyecto 2 en la estructura programática 2004.Unidades Móviles de atención a víctimas de la violencia, documento borrador, ICBF 2003114 Ver Plan de Acción Departamental en Fases de Acción de la Unidad Móvil.115 En situaciones de emergencia tanto por desastres naturales como por conflicto armado, se brinda Atención Humanitaria de Emergencia y se hace acompañamiento según el plan contingente que se coordine con la autoridad competente. El Plan de Acción Departamental se hace únicamente por conflicto armado para atender a las poblaciones que continúan afectadas por éste, de acuerdo con los análisis de la situación de conflicto armado (ver Fases de Acción de la Unidad Móvil).

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Gestionar el apoyo educativo y cultural para apoyar a las víctimas de la violencia. Orientar y vincular a programas ICBF-SNBF y/o SNAIPD a los menores de edad víctimas de

la violencia que requieran protección, en las situaciones particulares: amenazados, afectados por minas antipersonales, por violencia intra familiar, entre otras.

Propiciar la articulación con las entidades presentes en los sistemas de atención a la población víctima de la violencia y en situación de desplazamiento.

Gestionar y coordinar institucional y comunitariamente con el fin de apoyar las organizaciones de las poblaciones víctimas de la violencia por conflicto armado; o víctimas de desastres naturales.

Población Niños, adolescentes, mujeres lactantes y gestantes y familias víctimas de la violencia generada

por el conflicto armado (donde el conflicto y sus consecuencias son más intensos) o víctimas de desastres naturales, de áreas rurales o urbanas, indígenas, afro descendientes o campesinos.

En todos los eventos, la Unidad Móvil deberá focalizar o priorizar los grupos que presentan mayor riesgo y/o mayor afectación. Especial prioridad a las familias desplazadas, víctimas de violencia intrafamiliar, con mujeres cabeza de familia, con niños y adolescentes con discapacidad, maltratados, abusados, con trastornos psiquiátricos, los ancianos solos.

Acciones: La Unidad Móvil ofrecerá la atención profesional a familias y sus miembros a través de acciones interinstitucionales educativo–formativas, recepción, atención, canalización y remisión de casos, en sectores de alto riesgo, altos índices de violencia intrafamiliar y víctimas de conflicto ar-mado o de desastre natural así:

Atención Psicosocial: Todas las víctimas padecen algún grado de sufrimiento emocional y reaccionan de manera distinta, es necesario actuar sobre los grupos sociales para reducir el impacto y estimularlos para que participen en la reconstrucción social y reparación integral. El sentido del trabajo desde este eje es: prevenir la aparición o exacerbación de problemáticas psicosociales y potenciar recursos internos de la gente, tanto colectivos como individuales.

Seguridad alimentaria: Relaciona la orientación que se brinda a los menores de 18 años, mujeres gestantes, madres lactantes en complementación alimentaria, educación, salud y nutrición. El ICBF oferta un paquete complementario de alimentos con los cuales busca beneficiar a niño/as y jóvenes, mujeres gestantes, madres lactantes y familias.

Gestión y apoyo cultural y educativo: Son todas aquellas acciones dirigidas a la promoción de la educación como mecanismo de protección de derechos (vinculación, permanencia y ampliación de oportunidades en el sistema educativo, formal, informal y no formal; lo mismo que a nivel laboral). Busca estimular la construcción de lazos sociales y familiares entre la población afectada por el Conflicto Armado, en procura de afianzar la autoestima, la cultura, la participación y el resarcimiento de las condiciones sociales perdidas o vulnerada por el Conflicto Armado.

Orientación para la atención en programas ICBF-SNBF -SNAIPD116 y SNPAD117: Canalización de esfuerzos interinstitucionales - entidades del Sistema nacional de bienestar familiar o del sistema nacional de atención integral a la población desplazada-, según competencias, para brindar atención especializada a las personas que lo requieran, en términos de salud, atención psicosocial, educación, proyectos productivos, oportunidades laborales.

116 Sistema Nacional de atención integral a la población desplazada117 Sistema nacional de prevención y atención a desastres

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Gestión y coordinación institucional y comunitaria: La vinculación de las instituciones principalmente del orden local, regional y nacional para intervenir en estrategias coordinadas de acción en esta materia.

4.2.2.5. Pruebas Biológicas de Paternidad118: consiste en la realización de exámenes de laboratorio conducentes a establecer la filiación, específicamente la paternidad o maternidad respecto de un niño, niña o adolescente

Objetivo: Garantizar el derecho a la filiación y proteger el derecho del niño o de la niña a tener un nombre y una familia.

Población: Los niños y sus presuntos padres que se encuentren en procesos de impugnación de paternidad, filiación extramatrimonial y sucesiones, y que exista orden por parte de la autoridad competente para la práctica de la prueba genética.

Acciones La ejecución de ésta modalidad es competencia del Nivel Nacional y puede ser delegada a las

regionales mediante comunicación de la Dirección Técnica Las Regionales deberán consolidar la información de las solicitudes enviadas por las

autoridades competentes, a través del modulo de genética de la aplicación sociolegal. En los 10 primeros días del mes siguiente se deberá enviar la información actualizada a la Sede

Nacional Los oficios petitorios sólo deben remitirse cuando la Subdirección de Intervenciones Directas lo

solicite

4.2.3. SUBPROYECTO 03: ATENCIÓN EN MEDIO INSTITUCIONAL

La concepción actual de las Instituciones propende por la garantía de los derechos fundamentales, centrando su objetivo final en el respeto y la dignidad del ser humano. Se propicia la " autorealización", considerando que cada niño y adolescente debe ser capaz de satisfacer sus necesidades, desempeñar un rol activo en la familia y la sociedad y vivir una vida digna, independiente y con total reconocimiento de sus potencialidades.

Desde esta nueva perspectiva las instituciones asumen la protección como cuidado institucional de los niños y los adolescentes, complementario o sustitutivo del cuidado familiar ante la ausencia de los padres o bien ante su incapacidad para brindarles condiciones adecuadas para su desarrollo y formación; este cuidado institucional es transitorio y apunta, en todo caso, mientras sea viable, al reintegro de los niños y las niñas a sus familias y a su empoderamiento como ciudadanos-as.

La vinculación de niños y adolescentes a servicios de medio institucional debe ser considerada por los Defensores de Familia y los equipos interdisciplinarios de los Centros Zonales como el último recurso para brindarles protección, ya que el medio institucional si bien cubre todos los aspectos de subsistencia y atención integral, por su misma esencia priva a los niños y adolescentes de su derecho fundamental a crecer en el seno de una familia, indispensable para su pleno desarrollo como personas y ciudadanos.

De igual forma, para los adolescentes en conflicto con la ley, según lo dispuesto en el Código del Menor artículo 208, las medidas institucionales deben ser consideradas como último recurso por la autoridad competente.118 Modalidad 5 del Subproyecto 2, en la estructura programática 2004

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Definición: El Medio Institucional consiste en la protección integral de niños y adolescentes a través de instituciones con carácter de internado que implica una atención de 24 horas día, dado que es indispensable la separación de su medio familiar por representar riesgo para su integridad. Incluye así mismo, las instituciones para adolescentes en conflicto con la ley en cumplimiento de las medidas de reeducación impuestas por el juez competente

La entidad que asume la atención integral en protección debe ser abierta a la comunidad para cumplir con uno de sus principales objetivos: lograr que los niños y adolescentes se integren y no permanezcan marginados socialmente. En tal sentido, debe permitir y favorecer la mayor vinculación posible con el entorno y gestionar la prestación de servicios con otros entes del SNBF, de la comunidad o del Estado, según la competencia que tengan éstos frente a la niñez.

Objetivos Garantizar la restitución de derechos vulnerados de niños y adolescentes Brindar atención integral y de calidad a los niños y adolescentes vinculados a las

modalidades Institucionales promoviendo un ambiente familiar en el proceso de atención Dar cumplimiento a las medidas de reeducación impuestas por los jueces de menores y

promiscuos de familia a los adolescentes en conflicto con la ley Gestionar convenios y realizar acciones conjuntas con la familia, la sociedad civil,

comunidad, instituciones y agencias gubernamentales para promover la corresponsabilidad en la garantía de los derechos de los niños y adolescentes.

Poblaciones Niños y adolescentes en situación de abandono o peligro con o sin discapacidad. Adolescentes en conflicto con la ley penal Niños y adolescentes víctimas de la violencia Niños y adolescentes consumidores de sustancias psicoactivas en peligro o abandono Adolescentes gestantes y lactantes en peligro o abandono Niños y adolescentes pobladores de calle Niños y adolescentes víctimas de explotación sexual Niños y adolescentes con trastornos mentales psiquiátricos

4.2.3.1. Instituciones de Protección – Internado119: es una institución que presta servicio de atención Integral a niños y adolescentes vinculados al Proceso Administrativo de Protección y con medida de “Atención Integral en un Centro de Protección” (Artículo 57, numeral 4 Código del Menor)

En el parágrafo 1° del artículo 83 del mismo Código se aclara: “para que el Centro de Protección Especial cumpla su objetivo, debe ser abierto a la vida en comunidad, permitiéndole al menor participar en ella, en la medida de lo posible, y en actividades relacionadas con la salud, educación, capacitación y recreación, entre otras120”.

Objetivos Restablecer los derechos vulnerados de los niños y adolescentes Garantizar el ejercicio pleno de los derechos de todos los niños y adolescentes ubicados

en instituciones de protección

119Modalidad 1 del Subproyecto 3 en la estructura programática 2004 120 Decreto 2737 de 1989 – Código del Menor

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Llevar a cabo un Plan de atención Individual con cada niño y adolescente orientado a su desarrollo pleno como persona y ciudadano

Acompañar a los niños y adolescentes y proporcionarles espacios para la elaboración de situaciones traumáticas y duelos de su historia de vida

Propiciar el reintegro familiar y social de los niños y adolescentes bajo condiciones que garanticen el ejercicio pleno de sus derechos

Población Niños y adolescentes con o sin discapacidad en situación de peligro o abandono con medida de ubicación en Centro de Protección por Defensor de Familia.

AccionesSustitutivas de la vida familiar: incluye alimentación completa de acuerdo con los estándares establecidos por el ICBF anexos en el capítulo de aspectos administrativos, dotación personal, escolar, de muebles y enseres, asistencia en salud, recreación y demás de la vida cotidiana.

Educación: todos los niños y adolescentes de la instituciones de protección, deben estar vinculados al sistema educativo formal según su nivel. Esta vinculación debe darse preferiblemente en establecimiento de la comunidad cercanos a la institución.

Formación prelaboral: para los adolescentes es importante brindar talleres de formación prelaboral con el fin de desarrollar habilidades, destrezas y competencias y preparar su egreso con la posibilidad de sostenerse.

Acciones psicosociales: Los niños y adolescentes deben tener acceso a la atención terapéutica y a los procesos de socialización que requieran y, adicionalmente, es indispensable la realización de acciones con la familia de origen, tendientes al restablecimiento de los vínculos familiares y a establecer condiciones para el reingreso

Acciones recreativas, lúdicas, de ocupación del tiempo libre y culturales

Gestión: con otras entidades del sistema, redes comunitarias y todas las instancias que representen una posibilidad de mayor acceso de los niños a los circuitos sociales, culturales y económicos para su pleno desarrollo.

4.2.3.2. Centros de Emergencia121: servicio de atención integral que se brinda de manera inmediata a niños, y adolescentes que se encuentran en situación de abandono o peligro, mientras se adelantan las diligencias pertinentes y los Defensores de Familia adoptan las medidas de protección del caso.

Es un servicio de recepción permanente (sin límite de día u hora de llegada), atención inmediata y ubicación transitoria.

En este servicio de protección una entidad asume durante las 24 horas del día y por un lapso estimado en cinco días calendario, las funciones de protección de los niños, y adolescentes, tendientes a satisfacer sus necesidades básicas y a contribuir a su desarrollo físico y psicosocial.

Objetivo

121 En la estructura programática 2004 corresponde al código 8 de la Modalidad 1 del Subproyecto 3

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Brindar un plan de atención breve con perspectiva de derechos, que responda a las necesidades inmediatas del niño y adolescente.

PoblaciónNiños y adolescentes en las siguientes circunstancias:

Que se encuentran extraviados y no pueden facilitar información acerca de sus parientes o datos para la ubicación rápida de su lugar de residencia.

Que se encuentran evadidos de sus casas y no es posible la ubicación rápida de su familia. Que se encuentran evadidos de servicios de protección. Que se encuentran expósitos. Que se encuentran en condiciones de mendicidad. Que se encuentran en condición de abandono por falta imprevista, temporal e inmediata de

las personas que conforme a la ley han de tener su cuidado. En peligro grave por tratarse de víctimas de maltrato, abuso sexual o explotación sin

posibilidad de atención en su medio familiar. Remisión directa al Centro de Emergencia por Autoridades como la Policía, Fiscalía,

Comisaría, juzgados entre otras, Hospitales, entidades o instituciones, particulares o comunidad, que los encuentre en situación de abandono o peligro, el Centro de Emergencia, deberá exigir oficio remisorio o boleta de la autoridad respectiva.

Cuando el niño o niña ha sido colocado a disposición del Centro Zonal por fuera del horario laboral y no puede ser ubicado en otro servicio inmediatamente.

AccionesEl equipo profesional del Centro de Emergencia al ingreso del niño, debe realizar el un estudio preliminar de su situación personal, iniciar acciones para la localización de su familia y proceder a efectuar el reintegro si el concepto del equipo técnico sobre las condiciones sociofamiliares hacen viable esta decisión. Si agotada la investigación sociofamiliar el equipo interdisciplinario establece que no es viable el reintegro del niño o adolescente a su familia, o ésta no ha sido localizada, remitirá la historia al equipo interdisciplinario del Centro Zonal del lugar donde fue encontrado o reside el niño o adolescente, para tomar las medidas a que haya lugar.

Durante la permanencia del niño o adolescente en el servicio, debe definirse y desarrollarse un Plan de Atención breve, oportuno y eficaz, con perspectiva de derechos, que involucre acciones sustitutivas del cuidado familiar, actividades pedagógicas, recreativas y culturales y que responda a las necesidades inmediatas. La organización de las actividades responderá a las características de edad, sexo y condición física y mental de los niños y adolescentes.

El Plan de Atención debe incluir la realización de un estudio preliminar que permita, oriente y soporte la conveniente ubicación del niño o niña en otros servicios.

En las regionales donde no se cuente con este servicio, la atención inmediata debe ofrecerse a través de Hogares sustitutos o Instituciones de Protección, con quienes, previamente, se haya llegado a un acuerdo para este fin.

OrientacionesPara los casos que son recepcionados por el Centro de Emergencia de primera vez, se debe hacer apertura de historia sociofamiliar y adelantar las acciones del proceso administrativo de protección, (ubicar familia, establecer lugar de residencia del niño, valoraciones) para proceder a remitir el caso mediante auto de traslado al respectivo centro zonal para su intervención.

Estos centros deben funcionar de manera independiente de los centros de recepción y observación para adolescentes en conflicto con la ley.

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A los Centros de Emergencia deben designarse los Defensores de Familia y los Equipos Interdisciplinarios necesarios para adelantar las diligencias pertinentes de protección en el tiempo estipulado por la ley, 48 horas.

El personal especializado de agentes de la Policía de Menores debe prestar el apoyo requerido para el cumplimiento de las acciones propias del Centro de Emergencia (artículo 86 del Código del Menor).

En el caso de ciudades donde hay alta afluencia de niños inmigrantes es necesario establecer un servicio especial para su atención, tipo casa hogar de protección que permita establecer una gestión especializada y expedita; esta gestión se debe coordinar con el ente territorial.

4.2.3.3. Instituciones para Atención a Niñez Víctima de la Violencia Armada122: servicio de atención integral en protección que se brinda de manera inmediata a menores de 18 años de edad, con el fin de garantizar la restitución de sus derechos vulnerados por ser victimas de la violencia.

El Programa de Niños, Niñas y Jóvenes Desvinculados del Conflicto Armado se constituye en un proceso orientado a la restitución de derechos por medio de estrategias de educación para la vida social y productiva, y la inserción social en un esquema de vida alterno a la guerra.

El enfoque del programa es la Inserción Social, concebida como la generación de herramientas propias y sostenibles de los jóvenes desvinculados en los temas de autovaloración, participación, educación, generación de ingresos, reconstrucción de los vínculos familiares y salud, como básicos de la restitución de derechos y construcción de corresponsabilidades de estos jóvenes consigo mismos, su familia y la sociedad.El modelo de atención contempla tres fases desarrolladas a través de las diferentes formas de atención e igualmente los componentes del programa, estos últimos transversales a todo el proceso de atención de los niños, niñas y jóvenes considerados sujeto de derechos:

Población

Menores de12 a 18 años de edad que han participado en las acciones de guerra orientadas por un grupo armado irregular, sean éstas de inteligencia, logística o combate y haya sido capturado, entregado voluntariamente o por el grupo armado irregular al Estado u otra entidad nacional o internacional.

Objetivos

General: Contribuir a la reconstrucción de una ruta de vida por fuera de la guerra, de los niños, niñas y jóvenes desvinculados del conflicto armado interno, en el marco de la garantía de los Derechos del Niño, la construcción de ciudadanía, democracia, y con una perspectiva de género; con el firme propósito de retornar estos niños al mundo de los niños.

122 Documento de Lineamientos, en construcción en la Sede Nacional del ICBF. Modalidad 2 del Subproyecto 3 en la estructura programática 2004

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Específicos

Crear dinámicas institucionales que permitan en el sujeto sus posibilidades expresivas y de construcción de autonomía, así como de conciencia social y de transformación desde la historia de cada uno.

Propender por la comprensión e interpretación de los procesos y acontecimientos de los jóvenes.

Fortalecer y potencializar las capacidades vocacionales, educativas, prelaborales, laborales, afectivas y relacionales de los niños, niñas y jóvenes, reconociendo su diversidad cultural e historia de vida.

Contemplar el proceso de atención más allá del cuidado de los jóvenes, con una visión que recoja el sentido y ruta de vida de cada uno de ellos y tenga previsto en todo momento que las acciones deben dirigirse a la inserción social.

Identificar estándares mínimos y parámetros claros para el desarrollo del programa a través de sus componentes, de tal manera que se garantice calidad en el servicio.

Fortalecer el trabajo de redes, desde escenarios comunitarios, de instituciones y organizaciones locales que permitan la inserción social de los niños, niñas y jóvenes.

Coordinar con el sistema Nacional de Bienestar Familiar el diseño de políticas basadas en la corresponsabilidad de la atención de los menores que por ley tienen que garantizas sus Derechos.

Propiciar acciones permanentes hacia el restablecimiento de las relaciones familiares a fin de logra la reunificación familiar.

Desarrollar acciones terapéuticas orientadas a crear sentido de pertenencia, identidad y participación de los niños, niñas y jóvenes con su entorno.

Identificar y formar en competencias básicas en los jóvenes para el desarrollo de proyectos productivos y de generación de ingresos.

4.2.3.3.1. En Hogar Transitorio: se constituye en la primera fase de la modalidad Institucional de atención a niños, niñas y jóvenes desvinculados del conflicto armado. La permanencia en el servicio oscila entre 15 a 45 días, y se atienden de 25 a 30 niños, niñas o jóvenes de ambos sexos.

El Hogar Transitorio es el lugar de llegada, bienvenida generación de confianza y acogida. Todas las acciones deben estar presididas por el interés superior del joven, desde la perspectiva de sus derechos y necesidades.

Objetivo:

Definir el perfil de cada niño, niña o joven a través de valoraciones en las diferentes áreas con el fin de determinar las acciones en la continuidad de su proceso de atención.

Realizar un proceso de motivación, reflexión, orientación y resignificación de su historia de vida para la continuidad del proceso.

Población:

Menores de 12 a 18 años de edad que se hayan desvinculado de grupos armados irregulares ya sea por captura o entrega voluntaria, constituyéndose la ubicación como una medida pedagógica y de protección, la cual debe ser ordenada por el juez de menores o promiscuo de familia o el Defensor de Familia correspondiente.

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Acciones:Las actividades a desarrollar deberán estar inmersas en los componentes del Programa (jurídico, salud y nutrición, familiar, pedagógico y terapéutico).

Se deben contemplar:

Valoración de las condiciones en que llega el niño y adolescente, para propiciar los espacios y ambientes que desarrollen actividades inmediatas en aspectos de nutrición, salud, descanso, acogida y calor humano.

Establecimiento de relaciones basadas en un ambiente de confianza, respeto e igualdad, incluye algunas actividades como la bienvenida, exploración de expectativas, reconocimiento del espacio y los compañeros del hogar, así como la información sobre el funcionamiento de la Institución y proceso que se adelantara en esta fase, se debe tener en cuenta las condiciones en que llega el joven.

Construcción del manual de convivencia con los jóvenes Elaboración del diagnóstico en todas las áreas de derechos para la identificación de su

perfil, y la elaboración del plan de atención integral individual. Acompañamiento permanente al joven frente a las condiciones emocionales incluyendo

algunas actividades como talleres ocupacionales, lúdicos, culturales y recreativos de auto cuidado y espacios de reflexión y expresión en el ejercicio de las concertaciones establecidas para la convivencia.

Preparación del joven frente a la decisión de traslado y ubicación, arrojada por el prediagnóstico surgido de las valoraciones.

Iniciación del contacto familiar con miras al reintegro, siempre y cuando la situación lo permita.

4.2.3.3.2. Centro de Atención Especializada- CAE : se constituye en la segunda fase del programa de atención institucional a niños y Jóvenes desvinculados del conflicto armado. La permanencia en el servicio es de 8 a 12 meses dependiendo del desarrollo del proceso individual y se atienden de 25 a 30 jóvenes de ambos sexos.

Objetivos: Desarrollar una intervención especializada al niño, niña o joven de acuerdo a las valoraciones y diagnóstico, involucrando a todas las áreas y los componentes del programa: pedagógico, jurídico, salud y nutrición, familia y terapéutico, con la participación del niño, niña o joven y su familia, permitiendo su desarrollo personal integral de tal manera que se preparen hacia su proceso de inserción social.

Población:Niños, niñas y adolescentes de 12 a 18 años provenientes de la primera etapa de atención, y que hayan cumplido con los estándares de resultado establecidos para la misma.

Acciones:se deben desarrollar acciones a favor de los jóvenes, tendientes a restituir y garantizar sus derechos propiciando su desarrollo físico y psicosocial, intervenciones médicas, nutricionales, sociales, de nivelación y refuerzo académico, escolar, vocacionales, ocupacionales, deportivas, culturales y laborales.

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La atención también debe estar orientada al reconocimiento y construcción de cada ruta de vida de los niños, niñas y jóvenes en pro de la vinculación a escenarios de inserción social dignos, donde tenga cabida su participación y desarrollo.

Se deben contemplar:

Continuar el proceso coherente con la fase inicial en términos de los elementos fundamentales para el establecimiento de relaciones basados en un ambiente de confianza, respeto y equidad.

Desarrollar actividades como la bienvenida, exploración de expectativas, reconocimiento del espacio y los compañeros del hogar, la exploración sobre las experiencias y condiciones vividas en la fase anterior, así como la información sobre el funcionamiento de la institución y proceso que se adelantara en esta fase. Se tendrá en cuenta el prediagnóstico planteado en la primera fase de atención, para el ajuste al plan de atención integral individual.

Construir el manual de convivencia a través de espacios de reflexión y expresión en el ejercicio de las concertaciones establecidas para la convivencia y el auto cuidado de y con los jóvenes y las transformaciones normativas que se dispongan consecuentemente.

Profundizar en las valoraciones y atención en las áreas de salud, nutrición, educación, psicosociales, vocacionales, ocupacionales, deportivas, culturales y laborales.

Desarrollar el plan de atención integral individual y el acompañamiento permanente frente a las condiciones emocionales y cognitivas.

Realizar actividades pedagógicas como talleres ocupacionales, lúdicos, culturales y recreativos, formación para el trabajo en procesos integrales y completos: (ambientación prelaboral y formación laboral), basados en el tiempo de permanencia de los niños, niñas y jóvenes en el CAE y en relación con los requerimientos del plan de atención que la institución construya y los lineamientos estipulen.

Preparar a los niños, niñas y jóvenes frente a la decisión de traslado y ubicación, arrojada por las valoraciones permanentes y el análisis de caso que establezcan sobre cada uno de ellos el equipo técnico de la institución y del Centro Zonal del ICBF, como parte de su propio proceso.

Establecer recomendaciones orientadas a la continuidad de los procesos de construcción, en los jóvenes planteando diferentes posibilidades para la ultima fase del proceso de atención.

4.2.3.3.3. Casa Juvenil de Integración Social: se constituye en la tercera fase del programa de atención institucional a niños, niñas y jóvenes desvinculados del conflicto armado. La permanencia en el servicio es de 1 año y se atienden de 5 a 12 jóvenes de ambos sexos, con el acompañamiento de un animador social, quien es el responsable permanente del funcionamiento adecuado de la casa.

La edad para ser ubicados en esta modalidad es a partir de los 17 años, y en caso de que el joven llegue a la mayoría de edad estando en el programa, se requiere que la autoridad competente del caso si la hubiere (Juez Promiscuo de Familia, Juez de Menores o Juez Promiscuo Municipal) ordene como medida la continuidad de la ubicación institucional.

Objetivo:Lograr que los/las jóvenes que han pasado por la segunda fase de atención del programa y no tienen familia o que teniéndola ésta no puede brindarles protección por diversas motivaciones previamente sustentadas, vivan el proceso de inserción social desarrollando acciones de manera responsable, cotidiana, autónoma e independiente.

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PoblaciónNiños, niñas y adolescentes de 17 a 18 años provenientes de la segunda fase de atención y que hayan cumplido con los estándares establecidos para la misma.

Acciones:Las acciones de la Casa Juvenil deben planearse para lograr una inclusión social que le permita al/la joven desinstitucionalizarse del Programa.

Se deben contemplar:

Continuar el proceso en forma coherente con la fase anterior en términos de los elementos fundamentales para el establecimiento de relaciones basados en un ambiente de confianza, respeto y equidad.

Desarrollar actividades como la bienvenida, exploración de expectativas, reconocimiento del espacio y los compañeros del hogar, la exploración sobre las experiencias y condiciones vividas en la fase anterior, así como la información sobre el funcionamiento de la casa y el proceso que se adelantara en esta fase.

Continuar el proceso hacia la autonomía que le permita la inserción social a través de espacios de reflexión y expresión en el ejercicio de las concertaciones establecidas para la convivencia y el autocuidado.

Desarrollar procesos de inserción social en las diversas áreas de atención (educativa, cultural, deportiva, recreativa, productiva, familiar y laboral.)

Ofrecer un conjunto de servicios alrededor de: educación básica (según el nivel de cada persona), nivelación escolar (en caso de ser necesario), escuelas deportivas, culturales, recreativas y fortalecer la formación laboral para desarrollar competencias especificas que permitan su vinculación al mercado laboral o a la ejecución de proyectos productivos.

Vinculación del joven con una red amplia de servicios, para la satisfacción de necesidades básicas y su desarrollo físico, psicosocial, educativo, afectivo y laboral.

Apoyar a los/las jóvenes en la búsqueda de soluciones reales a sus problemáticas de manera integral.

4.2.3.4. Instituciones de Reeducación para Adolescentes en Conflicto con la Ley123: En el Título V (artículos del 163 al 219) del Decreto 2737/89 Código del Menor, se determinan las disposiciones generales, actuación procesal y las medidas aplicables a los menores de edad infractores de la ley penal entre 12 y 18 años, así como su cumplimiento.

De estas disposiciones legales, se desprenden las diferentes modalidades de atención para los jóvenes entre 12 y 18 años que han infringido la ley penal, las cuales deben ser diseñadas, organizadas y puestas en marcha bajo la coordinación del ICBF como ente rector del SNBF . Los entes territoriales y el SENA, son igualmente responsables de la cofinanciación y funcionamiento de estos servicios, según lo dispuesto en el artículo 204, parágrafo 2 del C.M.

En Sentencia N° C-019/1993 de la Corte Constitucional en relación con el artículo 167, que determina al juez de menores y promiscuo de familia como única instancia en los procesos relativos a infractores mayores de 12 años y menores de 18, aún cuando declara exequible dicho artículo, aclara “siempre que se interprete y aplique en el sentido de que los procesos relativos a menores infractores de la ley penal son de única instancia, cuando en ellos NO se decrete o imponga una medida privativa de la libertad”. En caso contrario, dicha medida podrá ser objeto de impugnación ante una instancia superior (para el caso ante las Salas de Familia

123 Revisar el documento Lineamientos Técnico Administrativos para la Atención de los Menores infractores a la ley penal. Para la estructura programática 2004 Subproyecto 3 Modalidad 3.

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de los Tribunales Superiores), sin perjuicio de los recursos de reposición que contempla el mismo Código. La sentencia agrega que sólo interpretada de esa manera, se puede afirmar que la norma es constitucional. De otra forma sería inconstitucional por violación del artículo 93 de la carta Política, que establece que los convenios internacionales ratificados por el Congreso prevalecen en el orden interno.

Con base en lo anterior, el Defensor de Familia que asista al joven durante el proceso, deberá tener en cuenta este recurso a la luz de la Convención sobre los Derechos del Niño, siempre que se imponga una medida, que si bien protectora o pedagógica, sea privativa de la libertad, como es el caso de la Ubicación Institucional en régimen cerrado, Recepción y Observación.

Los jóvenes que han cometido una infracción requieren de manera simultánea un proceso judicial y otro pedagógico. Es claro que la vinculación al proceso de reeducación se ocasiona por una infracción a la norma penal, sin embargo la condición de niño-adolescente en desarrollo, implica que el sentido de las medidas impuestas desde el orden jurídico no puede ser diferente al de adelantar un acompañamiento pedagógico y reflexivo a fin de lograr su fortalecimiento como sujeto de derechos y al mismo tiempo respetuoso del derecho ajeno.

Es por esto que las características familiares, sociales, económicas y culturales de cada adolescente infractor de la ley al ser diferentes y particulares deben ser tenidas en cuenta tanto en su proceso jurídico (sin discriminación por condición económica) como en el pedagógico; e igualmente necesario que el proceso jurídico se articule con el técnico en todos los asuntos y decisiones sobre los jóvenes vinculados, como es el caso de los conceptos psicosociales de las instituciones en el momento de tomar la medida y determinar la ubicación.

Desde una mirada amplia de familia donde más que la consanguinidad interesan los vínculos familiares significativos en la vida de los aadolescentes, el proceso de atención sería incompleto si desconoce la importancia de integrar a la familia como contexto primario para el ejercicio de sus derechos.

En consecuencia, dada la importancia que tiene la red familiar en la vida de los sujetos, tanto en la configuración de los problemas como en la solución de los mismos y en especial en la consolidación de un ambiente apropiado para el reintegro, es indispensable que la institución vincule de manera activa y en todos los momentos del proceso a los familiares que representan para cada adolescente su mundo vincular primario y significativo.

Si bien la medidas de institucionalización impuestas a los jóvenes en conflicto con la ley desde el orden jurídico terminan por decisión del juez, produciéndose el reintegro familiar con o sin otras medidas alternas, ello no es garantía para que los jóvenes logren una integración óptima a sus contextos familiares y sociales.

Por lo anterior, es necesario que las instituciones contemplen en el proceso de atención, el acompañamiento a los egresados, al menos por seis meses, con el fin de afianzar logros y apoyar las gestiones que sean necesarias para una integración efectiva.

Por implicar restricción al derecho de locomoción del adolescente que requieren medidas especiales de seguridad, la ubicación en centros de Recepción, Observación y Cerrado, debe ser utilizada como último recurso.

Objetivo

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Propiciar cambios significativos en la situación del adolescente que ha infringido la ley penal y su familia, de manera que puedan superar la problemática que presentan y manejar de forma adecuada sus relaciones, derechos y responsabilidades.

PoblaciónAdolescentes de ambos sexos mayores de 12 y menores de 18 años que han sido autores o partícipes de una infracción a la ley penal y puestos a disposición de la autoridad competente (Juez de Menores o Promiscuo de Familia).

Aún cuando un joven cumpla 18 años si se comprueba su participación en una infracción antes de cumplidos los 18 años, le aplica el sistema de justicia de menores de edad.

Así mismo, la atención en los servicios de reeducación pueden prorrogarse hasta los 21 años de edad.

4.2.3.4.1. Centro de Recepción: se refiere al sitio donde es ubicado el adolescentes, una vez que es aprehendido o remitido por el juez. Consiste en una institución (Centro Especializado de Recepción) de carácter cerrado y con medidas de seguridad que garanticen la permanencia de los jóvenes.

Es un servicio de atención y recibimiento de 24 horas al día y de permanencia transitoria, de carácter cerrado.

Objetivos Realizar un estudio preliminar del adolescente y su familia, que le sirva al Juez competente para definir su situación y a la vez sea un insumo para el programa al cual se remita.

Iniciar con el adolescente, y en lo posible con su familia, un proceso de reflexión, sensibilización y cambio de actitud frente a la norma y de motivación frente al proceso de atención.

AccionesRealizar por parte de un equipo interdisciplinario, un estudio preliminar o prediagnóstico del adolescente y su medio familiar, el cual servirá de base al Juez, para resolver su situación y si es el caso, adoptar en forma provisional una medida que responda a la gravedad de la infracción y a las circunstancias personales y sociofamiliares encontradas.

Paralelamente al estudio preliminar del sujeto, debe iniciarse con él un proceso de reflexión, sensibilización y cambio de actitud frente a la norma.

A pesar del corto tiempo de permanencia de los adolescentes en el Centro Especializado de Recepción (10 días en promedio), debe realizarse con éstos, actividades que respondan a una atención integral tales como: actividades pedagógicas, de capacitación, deportivas, recreativas, de vida cotidiana, terapéuticas y de evaluación. Igualmente acciones de enganche con la familia para garantizar su participación activa en el proceso de atención. 4.2.3.4.2. Centro de Observación: es un servicio de atención integral de carácter cerrado para la protección y reeducación de adolescentes en conflicto con la ley por ser presuntos autores o partícipes de una infracción penal y a quienes el Juez de Menores o Promiscuo de Familia competente les ha decretado ubicación en la etapa de observación.

Esta etapa se cumple en una institución de carácter cerrado, que ofrezca las debidas seguridades para la permanencia de los adolescentes infractores allí ubicados por el juez

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competente. La permanencia en este servicio es de 60 días prorrogables a 90 por disposición del Juez.

ObjetivoEl objetivo de la Etapa de Observación es que un equipo interdisciplinario, profundice en el estudio y elabore un diagnóstico integral del adolescente infractor, con el fin de recomendar al Juez la medida mas indicada para sus circunstancias y el tratamiento a seguir tanto con el joven como con su familia.

Acciones Deben desarrollarse todo tipo de actividades pedagógicas, de capacitación, deportivo-recreativas, culturales, terapéuticas, de vida cotidiana, entre otras, que respondan a una atención integral y permitan al adolescente iniciar o continuar un proceso de conocimiento y reflexión de su situación particular y motivarse hacia la reformulación de su proyecto de vida. Igualmente vincular a la familia en el proceso formativo del adolescente.

4.2.3.4.3. Régimen Cerrado: es el que se brinda al adolescente con medida de ubicación Institucional, que requiere de especiales medidas de seguridad de tipo físico y de vigilancia externa.

Es un servicio de atención integral de carácter cerrado, para la protección y reeducación de adolescentes autores o partícipes de una infracción penal, a quienes el Juez de Menores o Promiscuo de Familia les ha decretado medida de Ubicación Institucional en régimen cerrado.

ObjetivosReplantear el proyecto de vida, propiciar la comprensión del daño causado, superar las condiciones que llevaron a cometer la infracción y lograr la integración social y familiar.

AccionesBrindar protección integral al adolescente, posibilitándole espacios de desarrollo personal, fortaleciendo en él, el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales de terceros, buscando su reintegro constructivo a la sociedad, y vinculando a su familia en el proceso de crecimiento personal y de integración a la sociedad.

Disponer los elementos necesarios en cuanto a recurso humano (Equipo Interdisciplinario completo), Infraestructura física, dotación, programa de atención, reglamento, proyecto educativo institucional y demás aspectos que se requieran para garantizar la atención integral de los jóvenes allí ubicados.

4.2.3.4.4 Régimen Semicerrado: en este son ubicados los adolescentes infractores con medida de ubicación institucional, cuya situación no reviste mayor gravedad y por lo tanto no requieren de especiales medidas físicas de seguridad ni de vigilancia externa.

El centro de ubicación institucional en régimen semicerrado es un servicio de atención integral para la protección y reeducación de adolescentes, autores o partícipes de una infracción penal, a quienes el Juez de Menores o Promiscuo de Familia competente les ha decretado medida de Ubicación Institucional en régimen semicerrado.

Se diferencia del centro cerrado en que no requiere de vigilancia especial pero donde es necesaria la autorización del Juez competente para salir. Los adolescentes allí ubicados tienen salida ordinaria de fin de semana.

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ObjetivosReplantear el proyecto de vida, propiciar la comprensión del daño causado, superar las condiciones que llevaron a cometer la infracción y lograr la integración social y familiar.

AccionesBrindar protección integral al adolescente, posibilitándole espacios de desarrollo personal, fortaleciendo en él, el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales de terceros, buscando su reintegro constructivo a la sociedad, y vinculando a su familia en el proceso de crecimiento personal y de integración a la sociedad.

Disponer los elementos necesarios en cuanto a recurso humano (Equipo Interdisciplinario completo), Infraestructura física, dotación, programa de atención, reglamento, proyecto educativo institucional y demás aspectos que se requieran para garantizar la atención integral de los adolescentes allí ubicados.

4.2.3.4.5. Residencias de Egreso: consiste en el servicio que se organiza para atender aquellos adolescentes infractores que ya han pasado por una institución de reeducación, pero que por carecer de familia o no ser ésta idónea para continuar apoyando su proceso de cambio, el juez les decreta la medida postinstitucional de ubicación en Residencia de Egreso.

La prestación de este servicio puede hacerse a través de tres tipos de residencias a saber:

Hogar Complementario: Se trata de un hogar ya formado, que ofrece las condiciones para albergar uno o dos adolescentes. La administración está a cargo del jefe de hogar y la supervisión y asesoría a cargo del equipo técnico responsable.

Hogar Autogestionado: Consiste en una casa pequeña, con capacidad para albergar alrededor de 6 adolescentes. El funcionamiento está a cargo de los mismos jóvenes y la administración conjunta entre los jóvenes y el equipo técnico. Este último a su vez, es el encargado de brindar orientación y supervisión al desarrollo del programa.

Hogar del Joven: Consiste en un hogar semejante a una pequeña institución, con capacidad para albergar entre 12 y 15 adolescentes. Su funcionamiento y administración son responsabilidad de un adulto coordinador del hogar, quien debe recibir a su vez, asesoría por parte de un equipo técnico interdisciplinario.

PoblaciónAdolescentes entre 16 y 21 años de edad a quienes el Juez de Menores o Promiscuo de Familia competente les haya decretado dicha medida post-institucional.

ObjetivosFacilitar el reintegro gradual de los adolescentes egresados de procesos de atención en servicios de reeducación en régimen cerrado o semicerrado al entorno social, de manera que se asuman a sí mismos en condiciones de autonomía.

Proporcionar a los adolescentes que ya han pasado por un proceso de reeducación, un hogar transitorio que les permita hacer buen uso de su libertad e incorporarse de manera autónoma y adecuada al medio comunitario.

Acciones

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Las actividades que se llevan a cabo en este tipo de servicio, son aquellas de vida cotidiana, lúdico-deportivas y demás, similares a las otras institucionales. De manera especial y prioritaria, se deben realizar actividades tendientes a la consecución de un empleo digno para el joven, complementado con la posibilidad de vinculación a programas académicos o de capacitación.

CAPITULO 5

ORGANIZACIÓN PARA DESARROLLAR EL PROCESO DE ATENCIÓN

Los mecanismos de atención hacen referencia al conjunto de aspectos de carácter operativo decisivos para garantizar la calidad en los procesos de atención a los niños y niñas en protección. Dentro de estos mecanismos se encuentran aspectos relevantes del proceso que requieren precisión y claridad para garantizar el proceso de restitución de derechos que se desarrollan con la población infantil.

5.1. ASPECTOS DE GESTION

5.1.1. Proyecto de Atención Institucional – PAI: para la atención integral se requiere la elaboración del Proyecto de Atención Institucional (PAI), que debe incluir la misión, la visión, los principios filosóficos, los objetivos generales de la entidad administradora y de orientación para el servicio, así como la definición y organización del proceso de atención que se plantea desarrollar con los niños, niñas y jóvenes usuarios del servicio.

Las fases deben responder de forma coherente y clara al modelo de atención, deben estar definidas y limitadas con criterios claros, los cuales faciliten la comprensión de la forma como

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un niño avanza en el proceso, así como de las condiciones para tomar estas decisiones. Aunque se respetan las diferencias y ritmos individuales, la propuesta debe precisar los tiempos promedio estimados de duración por cada fase o etapa.

Igualmente debe precisar y describir de que manera se materializa en los modelos de atención las áreas de intervención propuestas.

El Proyecto de Atención Institucional (PAI) debe asumirse como de construcción permanente y retroalimentarse no solo desde la mirada de posibles casos aislados sino desde un ejercicio de comprensión frente a las comunidades y poblaciones. De esta manera, la oferta institucional de los servicios de protección debe actualizarse de manera constante frente a la demanda regional vigente, con criterio de pertinencia.

La Institución debe fomentar el uso de los servicios y recursos de ayuda, ya sea que los ofrezca de forma directa o que mediatice a través de gestión. Desde una mirada de contexto, los servicios de protección deben asumir entre sus tareas la promoción de programas de prevención del maltrato infantil, que estimulen la responsabilidad comunitaria respecto a los derechos de los niños así como la extensión de buenas prácticas de atención a la infancia, y el desarrollo de dispositivos que permitan la detección de situaciones de riesgo o amenaza de vulneración, de forma que se pueda llevar a cabo una intervención temprana, manteniendo al niño o a la niña en su propio medio familiar.

5.1.2. Criterios de Ubicación : Los criterios de ubicación de los niños y adolescentes en un servicio, Hogar sustituto o institución, deben responder básicamente al interés superior del niño, respetando perfil del hogar, términos pactados en los acuerdos y a lo establecido en los modelos de atención. En este sentido, debe ser claro para el ICBF cuales son las características de la población a atender para la cual fue contratado el organismo oferente.

Lo anterior debe estar sustentado en la perspectiva de ciclo de vida, donde se reconoce las diferencias que se van dando en los procesos evolutivos de la niñez; Igualmente se reconoce la especificidad y especialización de las propuestas teniendo en cuenta los grupos de edad y las condiciones de la población. La carpeta con que el niño ingresa a un servicio debe contener resumen de historia, valoración inicial o prediagnóstico, boleta de ubicación y certificado de vinculación a protección ICBF con destino a ARS, para hacer gestión en salud.

5.1.3. Exigencias a la Familia: desde el principio de corresponsabilidad de la familia es importante señalar que ella debe acompañar al niño, niña o adolescente en el proceso de atención, por lo tanto implica una obligatoriedad de asistir a las actividades programadas por la entidad que atiende el niño, o al centro zonal cuando sea citada, en caso de ser estrictamente necesario se puede solicitar a la Defensoría de Familia citarla para hacerle conocer sus compromisos y firmar un acta en tal sentido.

La corresponsabilidad de la familia en los servicios se refiere al cumplimiento de sus funciones desde lo vincular e instrumental, es decir ser protagonista con el niño, niña o adolescente de los procesos que los impliquen, la participación activa y en los casos en que sea necesario su separación deberán en lo posible aportar al ICBF para el sostenimiento de sus hijos de acuerdo con lo definido en los artículos 57, (parágrafo 1) 213, 214, 215, y 234 del Decreto 2737 de 1989 (Código del Menor).

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En lo posible, la vinculación de la familia deberá garantizarse como un compromiso adquirido en la notificación del auto que abre investigación.

5.1.4. Plan de Atención Integral Individual PLATIN: es la organización sistemática de las acciones que configuran el proceso de atención integral individual, permite plasmar para el niño o adolescente un plan de vida dentro del proceso y se constituye en insumo para su proyecto de vida.

Máximo a las seis semanas de haber ingresado el niño a un servicio de protección el equipo técnico encargado del caso, debe enviar a la Defensora de Familia y su equipo el Plan de Atención Integral Individual (PLATIN), el cual constituye como su nombre lo dice un plan que define los objetivos y las acciones que van a desarrollar los equipos técnicos de las instituciones a partir de los propósitos definidos con el niño, niña o adolescente y su familia, así como de sus derechos vulnerados. Es el instrumento que define la ruta de trabajo que se va a seguir, en tal sentido debe ser elaborado con la participación activa de la familia y el niño.

Las acciones descritas en el PLATIN deben permitir visualizar los ejes transversales a todas las acciones dirigidas a los niños y niñas: Perspectiva de Derechos, De ciclo de vida, de Género, de Desarrollo Humano, Familia, Redes Sociales e Inserción Social. (ver formato anexo1)

La elaboración de este PLATIN debe responder al principio de flexibilidad, de tal manera que permita y facilite hacer revisiones y ajustes permanentemente, de acuerdo con los avances y cambios que tenga el proceso de los niños. Además, si existe riesgo de fracaso, deben contemplarse actuaciones alternativas a las adoptadas en primer lugar.

Para las entidades que prestan servicios de atención de emergencia, centros de recepción y hogar transitorio, el PLATÍN se entenderá representado por prediagnóstico o el estudio preliminar con el concepto integral y las recomendaciones de intervención con el niño.

El equipo zonal deberá revisar un porcentaje de planes de acuerdo con el número de casos que maneje.

5.1.5. Historia Integral: cada niño o adolescente debe tener su Historia Integral Individual en una carpeta independiente. Esta carpeta debe estar actualizándose permanentemente y encontrarse organizada de manera que contenga información referente a los antecedentes, el Registro Civil y demás documentos de identidad, la historia socio-familiar, la boleta de ingreso o la remisión en la que se especifique la medida definida, el Diagnóstico Integral, el Plan de Atención Individual, los aspectos del trabajo con familia, las valoraciones por áreas de intervención, el registro de las intervenciones y todo lo relacionado con el seguimiento y la evolución del caso realizada en el centro zonal o en los servicios de emergencia o recepción.

La Historia Integral debe permanecer disponible en el lugar donde se encuentra ubicado el niño o adolescente y debe manejarse con criterio de confidencialidad, poniéndose sólo a disposición del equipo técnico de la Institución y de los funcionarios de seguimiento y/o asesoría tanto del ICBF como de otros organismos que ejerzan el control.

Para el servicio de Hogares Sustitutos y Hogares Tutores

Los Centros Zonales y las entidades contratistas que administran el servicio de Hogares sustitutos deberán llevar archivos de los Hogares Sustitutos y Tutores a su cargo así:

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Carpeta familias sustitutas, amigas y biológicas. En el caso de Hogares Sustitutos, Tutores y Amigos, el equipo que participa del proceso de selección debe abrir una carpeta a cada familia aprobada, donde reposen todos los documentos de la persona responsable, como: formulario de solicitud, documentos, certificaciones, evaluaciones, estudio social, instrumento de selección con la calificación y conceptos emitidos, copia de la resolución de aprobación del hogar, constancias de capacitaciones recibidas, actas y los demás que se vayan produciendo durante el tiempo de existencia del Hogar.

Se incluyen en la carpeta, igualmente, copia de los seguimientos realizados y de los planes de mejoramiento. En el caso de Hogar Tutor y Biológico, se incluyen todos los documentos correspondientes a la familia aprobada, estudio social, certificaciones, constancias médicas, constancias de capacitaciones recibidas, de seguimientos realizados y de planes de mejoramiento. De estos documentos debe conservarse una carpeta en las instalaciones de la entidad contratista y otra en el Centro Zonal.

Carpeta niño o adolescente. A los niños, niñas o adolescentes ubicados en Hogar Sustituto, Tutor, Amigo o Biológico, se abre en el Centro Zonal, la Historia Socio- familiar, y se archivan junto con la misma, todos los documentos pertinentes: auto que avoca conocimiento, registro civil o certificado de nacido vivo, fotografías, declaraciones, valoraciones de medicina legal, resultados de estudios sociales, valoraciones psicológicas, nutricionales y de salud, actuaciones y conceptos de los profesionales que intervienen, exámenes, resumen de historia clínica, certificaciones, acta de colocación familiar, boleta de egreso o documento que certifique la terminación de la medida, resoluciones, y otros pertinentes al proceso que se adelanta. Así mismo debe archivarse copia de los seguimientos mensuales o extraordinarios realizados. En los archivos de la entidad contratista debe existir una carpeta por cada niño y niña, con el registro civil, vacunas, exámenes médicos, tratamientos, informes producidos respecto a las valoraciones al ingreso, tránsito por el servicio y egreso, seguimiento realizado por el equipo de la entidad, y demás documentos pertinentes.

Carpeta dotaciones: La entidad contratista o Centro Zonal, debe tener una carpeta que contenga copia de las diferentes evaluaciones de necesidades de dotación de los Hogares Sustitutos y Tutores, así como las constancias y relaciones de dotaciones y reposiciones entregadas a los niños y niñas de los hogares Sustitutos, con firma de recibido por parte de la persona responsable del hogar.

Carpeta responsable del hogar Se debe orientar a la familia para que en cada Hogar Sustituto, Tutor, Amigo o Biológico se lleve un archivo consistente en una carpeta que contenga copia de los principales documentos pertinentes a su proceso de selección o aprobación, entre ellos: la resolución de apertura del hogar, constancias de actividad laboral, constancias de capacitaciones recibidas, actas y otros que se vayan generando durante el tiempo de existencia del hogar. Así mismo, se debe archivar en la carpeta, copia de los seguimientos realizados por el ICBF o entidad contratada, y copia de los planes de mejoramiento.

Carpeta niño o adolescente: Por cada niño, niña o adolescente del Hogar Sustituto, Tutor, Amigo o Biológico, la persona responsable del Hogar debe tener una carpeta que contenga: el acta de colocación familiar, registro civil o certificado de nacido vivo, fotografías, exámenes y fórmulas médicas, carné de vacunas, carné de salud, resumen de historia clínica, evaluaciones médicas, odontológicas y nutricionales, certificados escolares, informes y calificaciones, registro o historia de la evolución del niño o niña durante el tiempo

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que dure la medida, así como constancia de las dotaciones recibidas, cuando es Hogar Sustituto, y demás documentos que surjan durante el tiempo que permanezca en el Hogar.

Hogares de Apoyo Subsidio Condicionado

Para la modalidad de Subsidios Condicionados el centro Zonal debe: abrir la Historia Sociofamiliar, donde debe quedar consignado el concepto del equipo técnico por el cual se decide la asignación del subsidio y los informes periódicos de la evolución del mismo. La historia debe ser archivada en carpeta donde reposan todos los documentos presentados.

5. 1.6. Estrategias de Comunicación

5.1.6.1. Comités de Estudio de Casos : los comités de estudio de casos constituyen el principal mecanismo de comunicación en el proceso de atención de los niños y niñas que se encuentran en situación de protección. Hacen referencia al espacio de trabajo en equipo que se genera entre los equipos psicosociales de la institución y los del ICBF, así como la Defensora de Familia que tiene a cargo el caso. El propósito central de los comités es discutir y evaluar los avances que se han hecho en cada caso, con el fin de redefinir tareas por parte de ambos equipos y avanzar de forma ágil y eficiente en la definición de la situación social, familiar y legal del niño. Se deben tener en cuenta los siguientes aspectos en el desarrollo de los comités:

Se programaran comités de estudio de caso para analizar y tomar decisiones sobre proceso de atención a niños que presenten dificultades especiales en el desarrollo del mismo.

La periodicidad de los comités de estudio de casos, debe responder a las características y avances de cada caso, aún así no debe exceder un tiempo mayor a tres meses para que se programe su desarrollo.

El comité de estudio de caso puede ser convocado por la Defensora de Familia o sugerido por el equipo a cargo del caso con la suficiente antelación para permitir la planeación adecuada, dependiendo las novedades y avances tanto en la investigación social como en los procesos de intervención.

De cada comité se debe levantar un acta en la cual se registren los principales aspectos de la discusión, las evidencias de la investigación sociolegal y psicológica realizada, así como los compromisos y plazos adquiridos por cada miembro del comité frente al caso. Estas actas deben quedar debidamente firmadas y archivadas en la historia Integral del niño (tanto de la institución como la del ICBF).

En general, los comités deben facilitar el trabajo en equipo que se requiere para poder avanzar en la solución de cada uno de los casos que ingresan al sistema de protección.

5.1.6.2. Elaboración de Informes: los informes constituyen el mecanismo escrito a través del cual se registra de forma clara y sistemática los datos pertinentes relacionados con el conocimiento, comprensión y avance de cada niño, con el propósito de facilitar la toma de decisión de los casos que ingresan al sistema de protección. Estos informes deben ser elaborados por los equipos técnicos de las organizaciones oferentes y enviados en los plazos previstos a la Defensora de Familia y su equipo técnico.

Cualquier intervención externa especializada, que se desarrolle deberá quedar registradas en la historia integral, de lo cual deberá enviarse copia al equipo de protección a cargo del caso.

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Todos los informes y valoraciones deben ser avalados por cada uno de los profesionales responsables, con la firma, el nombre, el registro profesional y la fecha de su elaboración.

Informes de Seguimiento : a partir de la construcción del PLATIN, se empiezan a contar periodos trimestrales para la elaboración de informes de seguimiento. Los informes de seguimiento deben dar cuenta de los avances que ha tenido el niño o adolescente a partir de la gestión e intervención del equipo de la Institución, entidad administradora o centro zonal que estén a cargo de los casos.

Los informes de seguimiento deben contener la siguiente información:1. Datos de identificación2. Objetivos del periodo3. Logros de acuerdo con los objetivos4. Estrategias de intervención utilizadas5. Redefinición del PLATIN (objetivos, acciones, tiempos y recursos)6. Recomendaciones

Informes de cierre: con el fin de permitir el cierre del proceso de protección la entidad que presta a la atención, deberá elaborar un informe de cierre una vez el niño ha sido ubicado en la familia de origen o adoptiva allegando los documentos legales necesarios, actas de entrega, sentencia de adopción etc.

Al final del proceso de atención se debe elaborar un informe de cierre del caso que de cuenta de cuales fueron los motivos por los cuales se decidió el reintegro y cuales los compromisos de cada una de las partes. Debe contemplar mínimo los siguientes aspectos: Datos de identificación Síntesis de los logros obtenidos durante el proceso de intervención con el niño o

adolescente. Motivos por los cuales decidió el equipo y la defensora hacer el cierre del caso. Si el caso es de reintegro a su familia biológica, definir cuales son los compromisos que

adquirió la familia para con el niño.

Teniendo en cuenta que el Código del Menor exige términos que deben ser cumplidos dentro del Proceso Técnico Administrativo de Protección, se aclara que es potestad del Instituto solicitar los informes extraordinarios que considere pertinentes cuando así lo juzgue necesario. En tal sentido, de manera adicional a los informes trimestrales, las instituciones quedan obligadas a presentar todos los informes extraordinarios que solicite el Instituto sobre los casos específicos de niños, niñas o jóvenes.

Al requerir de un informe extraordinario, el funcionario del Instituto deberá explicitar el objetivo del mismo y el plazo de entrega. Se espera que los funcionarios a cargo de los casos, que reciben los informes presentados por la entidad contratista, ofrezcan la retroalimentación pertinente sobre la forma en que fue usada la información para la toma de decisiones.

Cabe aclarar que la periodicidad de tres meses no cobija a los servicios de Recepción y Observación puesto que el joven permanece en ellos por un menor lapso de tiempo. Por tanto, en el caso del servicio de Recepción el informe a entregar es el de Prediagnóstico dentro de los diez días siguientes a su ingreso y en el de Observación deben entregarse: un informe inicial, otro informe previo al cumplimiento de la medida impuesta por el Juez (de máximo 60 días) y, en caso de que se prorrogue la medida, uno previo al egreso del servicio (máximo a los 90 días).

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En todos los casos de Reeducación, el contenido del informe y la forma de presentación (avalado por cada uno de los profesionales responsables, con la firma, el nombre, el registro profesional y la fecha de su elaboración) debe ser la misma que en protección.

5.1.6.3. Relación entre Defensores y equipos técnicos: de la coordinación y cooperación que se alcance entre los equipos técnicos, tanto del ICBF como de la Institución, así como también de los Defensores de Familia, depende la agilidad en el proceso de restitución de derechos para niños, niñas y adolescentes. Si bien las decisiones de carácter sociolegal del niño recaen en primera instancia en el Defensor de Familia, es deber de los equipos técnico de la entidad administradora del servicio como del ICBF, generar en la medida de lo posible la información, datos y conceptos que se requieran para poder tomar decisiones. Igualmente, es deber de las entidades administradoras estar pendiente de los avances y las demoras en los procesos de toma de decisión y de definición de situación legal de los niños, niñas y adolescentes, con el fin de disminuir al máximo el tiempo de permanencia dentro del sistema, que deben estar regulados en primera instancia, por lo definido en el código del menor, pero también acompañados por una gestión eficiente.

5.1.6.4. Servicio de quejas, sugerencias y reclamos: En todas las instituciones que prestan el servicio público de bienestar en protección deberá instalarse en lugar visible, un afiche con los derechos del niño dentro del servicio y señalarse la dirección del ICBF Regional y Nacional y el teléfono de la línea nacional y los de cada ciudad del servicio de Orientación, quejas, denuncias y reclamos. El aviso será de tamaño de un pliego entre 95 cmts. de alto por 70 Cmts. de ancho en letra clara y de tamaño y colorido que permita su fácil lectura. En caso de atender niños con debilidad visual o ciegos el aviso deberá presentarse en lenguaje braile.

Además de lo anterior, en las instituciones de internado deberá ubicarse un teléfono que conecte directamente y sin intermediario con la línea gratuita nacional de bienestar de uso de los niños, para la presentación de quejas, sugerencias o reclamos.

Entendiendo que algunas instituciones por seguridad no pueden permitir llamadas no controladas, se hace necesario que dicha línea este dirigida expresamente a la línea del servicio de quejas reclamos y sugerencias nacional del ICBF.

5.1.7 Orientaciones especiales: Son recomendaciones o indicaciones de referencia para la actuación en situaciones especiales dentro del marco de la perspectiva de derechos.

5.1.7.1. Rotación: La rotación es el número de niños que pasan por un cupo en determinado tiempo.

El criterio fundamental para determinar la permanencia de un niño en un servicio son sus condiciones personales para el ejercicio de sus derechos y sus vínculos familiares, en otras palabras su interés superior.

No obstante lo anterior, para efectos de programación de los servicios, de acuerdo con el comportamiento histórico de las permanencias en los servicios y lo estipulado por la ley como Centros de Emergencia e instituciones de reeducación entre otros, se han establecido unas rotaciones estimadas

Rotación en Hogares Sustitutos: Un niño ubicado en hogar sustituto podrá permanecer en él hasta que cambien las condiciones que dieron origen a esta medida o hasta que salga en adopción.

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Es importante considerar para ello la empatía o vinculo desarrollado entre la familia y el niño, el cual en caso de ser de conflicto deberá trabajarse desde los programas de asistencia y asesoría a la familia; cuando no se logre cambiar positivamente implicara la reubicación del niño en otra familia sustituta o la revisión de la medida cuando por las circunstancias del niño y para restituirle sus derechos se considere necesaria.

Si el vínculo establecido entre la familia y el niño, niña o adolescente es afectivo y de empatía este (a), permanecerá allí hasta que se tenga una mejor opción para el restablecimiento de sus derechos.

Para los niños en situación de peligro su permanencia en hogar sustituto no puede ser mayor a 6 meses, tiempo en el cual algún servicio de apoyo o protección integral a la familia habrá adelantado una intervención que favorezca la reestructuración de relaciones al interior de la familia especialmente con el niño, niña o adolescente que ha sido vinculado al proceso de protección.

Rotación Hogar Tutor: El número de niños o niñas a atender en cada hogar esta entre 1 y 2, dependiendo de las condiciones individuales y de las condiciones de la familia tutora. Su permanencia será hasta que la autoridad competente lo defina.

Rotación en servicios de protección

Servicio RotaciónInternado Hasta un niño o adolescente cupo año

Solo podrán permanecer más de un año en una institución niños o adolescentes que tengan declaratoria de abandono

Seminternado Hasta dos niños o adolescentes cupo año según la valoración que haga el equipo de la institución en coordinación con el equipo del centro zonal encargado del caso.

Externado Hasta dos niños o adolescentes cupo año según la valoración que haga el equipo de la institución en coordinación con el equipo del centro zonal encargado del caso.

Intervención de Apoyo

Hasta dos niños o adolescentes cupo año según la valoración que haga el equipo de la institución en coordinación con el equipo del centro zonal encargado del caso.

Rotación en servicios de atención a niñez víctima del conflicto armado

Servicio RotaciónHogar Transitorio 12 adolescentes/ añoCentro de Atención Especializada para niñez desvinculada del conflicto armado

1 adolescente/ año

Casas Juveniles 1 adolescente/ añoCentro de Protección Especial 1 adolescente/ año

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Rotación en servicios de reeducación Servicio Rotación

Recepción 24 adolescentes /añoObservación Entre 4 y 6 adolescentes

/añoDe Ubicación en medio Cerrado 1 adolescente/ añoSemicerrado 1 adolescente/ añoResidencia de Egreso 1 adolescente /añoSeminternado en inserción social124 2 adolescente / añoIntervención de Apoyo – Libertad Asistida Reglas de conducta.

2 adolescentes/ año

Se pueden concebir los servicios de protección en el Medio Socio – Familiar como etapas del proceso de transición entre el internado y el reintegro familiar total del niño, niña o joven. Así mismo, pueden concebirse los servicios propios del proyecto “Asistencia a la Niñez y Apoyo a la Familia para Posibilitar a los Niños el Ejercicio de sus Derechos” (hogares comunitarios, hogares infantiles, clubes prejuveniles y juveniles, etc.). De esta manera, el concepto de protección inherente a la intervención dirigida a la infancia, ha de ampliarse hasta incluir el de promoción del bienestar infantil.

Si bien el Defensor de Familia es la autoridad competente para liderar el desarrollo y culminación del Proceso Administrativo de Protección y modificar la medida decretada, la toma de decisiones frente a la vida de un niño o niña en particular debe asumirse con total responsabilidad y cuidado, por ello, se debe contar con el concepto del equipo interdisciplinario de la Institución y del Centro Zonal de manera que se consideren todos los elementos de juicio posibles. En tal sentido, las entidades contratistas deben participar activamente en el proceso de decisión frente a la modificación de la medida y el egreso.

Para el caso de protección – reeducación, la duración del proceso está determinada por los tiempos de las medidas legales impuestas.

5.1.7.2. Evasión de un niño del servicio: Frente a un niño, niña o joven con constatada tendencia a la evasión / deserción, debe informarse al Instituto y realizarse un análisis de caso conjunto (ICBF – Institución), con el fin de que se tomen las decisiones pertinentes a que haya lugar cuya base fundamental ha de ser el criterio del Interés Superior del Niño. En todo caso, la evasión / deserción en sí misma no debe ser causal para no recibir nuevamente al niño o para solicitar su cambio de institución.Toda evasión amerita un análisis especial por parte del equipo institucional y del centro zonal y en caso de retorno debe hacerse un trabajo pedagógico de reflexión para el niño, o adolescente y para la entidad desde su enfoque y modelo de atención.

5.1.7.3. Fallecimiento del niño en el servicio: En caso de muerte de un niño o niña durante su ubicación en el servicio, la entidad debe dar aviso al Instituto por vía telefónica de manera urgente e inmediata y confirmarlo por escrito el día hábil siguiente.

La comunicación escrita debe dirigirse al Defensor de Familia a cargo del seguimiento del caso, debe adjuntar el resumen de la historia clínica y la epicrisis (en caso de haber sido

124 Modelo desarrollado en ala Regional AntioquiaVersión 1.0 Septiembre 30 de 2004 110

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hospitalizado) y debe dar a conocer los hechos y circunstancias en los cuales se produjo el fallecimiento.

5.1.7.4. Faltas graves contra el ejercicio de los derechos de la niñez: En el marco de la perspectiva de Derechos, se consideran conductas vulneradoras de los derechos de la niñez entre otras las mencionadas a continuación, por lo tanto constituyen una guía para la protección de los niños, así mismo implica que de de ser ejercidas por una persona o entidad a quien se le ha confiado su cuidado, en garantía o restitución de sus derechos conllevará sanciones acordes a la gravedad de la misma Imponer sanciones que atenten contra la integridad física o mental y el desarrollo de la

personalidad de los niños, niñas y jóvenes. Discriminación por raza, sexo, orientación sexual, condición física o mental u religiosa Castigo físico. Maltrato psicológico. Negligencia en el cuidado del niño, niña o joven por parte de la entidad. Privación total ó parcial de alimentos ó retardo en los horarios de comida. Utilizar en la preparación de los alimentos ingredientes que, previo estudios fisicoquímicos y

microbiológicos, el ICBF considera como nocivos para la salud. Privación del suministro de medicamentos o uso de medicamentos cuya fecha de

vencimiento se haya cumplido. Negligencia en la solicitud oportuna de atención en salud. Negación en la provisión de dotación personal (cama, colchón, ropa de cama, vestuario,

elementos de aseo o material pedagógico). Utilización de celdas de castigo. Exclusión de los programas de formación académica o de capacitación. Negación del derecho a las visitas o de la comunicación con la familia como forma de

castigo. Permisividad frente actos de maltrato o abuso entre los niños, niñas y/o jóvenes usuarios de

los programas. Omisión deliberada de acciones de denuncia y comunicación ante las autoridades

competentes de actos de maltrato o abuso sexual hacia niños, niñas y/o jóvenes. Esta omisión adquiere mayor gravedad en caso de que el agresor sea una persona autorizada a relacionarse con ellos.

Utilización de los niños y niñas con fines de explotación económica y en trabajos que atenten contra su salud física, emocional o su integridad personal.

Incumplimiento de normas de seguridad y prevención de desastres o de cualquier riesgo para la salud y la integridad de los niños, niñas o jóvenes.

Incumplimiento de las normas de seguridad en el transporte de los niños y niñas, de acuerdo con lo estipulado en el Código de Tránsito y demás normas relacionadas con el transporte escolar.

Ejecutar el egreso definitivo del servicio o suspender la atención del niño, niña o joven de la institución sin la autorización del equipo técnico ICBF encargado del caso.

Ocultar al Instituto información sobre los niños y niñas bajo protección de la institución, que eventualmente diera lugar a un cambio de medida o toma de decisiones importante en el marco del proceso de protección.

Cualquiera otra que, a juicio del Instituto, esté en contra del Interés Superior del Niño.

El incurrir en cualquiera de estas acciones, será causal de: a) terminación unilateral del contrato con el ICBF sin requerimiento previo - si existe relación de esta naturaleza con el Instituto - y la aplicación de las cláusulas de incumplimiento y multas a que dé lugar, y b) suspensión de la licencia de funcionamiento; todo lo cual, sin perjuicio de las sanciones penales o disciplinarias a que haya lugar.

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Cada programa institucional debe divulgar esta relación de prohibiciones e incluirla tanto en el reglamento interno del personal como en sus manuales de convivencia. Así mismo, debe dar a conocer estos lineamientos técnicos a su personal y a sus usuarios.

5.2. SISTEMA DE PLANEACIÓN, ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN

A continuación se tratarán algunos aspectos que contribuyen a garantizar los derechos de los niños, niñas y jóvenes constituyéndose en soporte del área técnica para el desarrollo de las actividades. Estos aspectos apuntan al buen funcionamiento del servicio, la adecuada distribución del presupuesto, la correcta ubicación del personal, la óptima utilización del tiempo, la racionalización de costos y la claridad en los deberes y derechos de las entidades contratistas.

5.2.1. Mecanismos de Atención

5.2.1.1. Cronograma General: en desarrollo del PAI, se debe presentar un cronograma de actividades para dar cuenta de los tiempos destinados a las actividades propias del proceso de atención institucional durante el año en vigencia.

5.2.1.2. Aspectos de Personal. La institución debe: Contar con el Talento Humano (Personal administrativo, profesional, docente y de

servicios) idóneo para la atención directa de los niños, niñas y jóvenes. La idoneidad del personal deberá estar certificada en capacitación, experiencia y perfil; Por ello, la institución debe exigir copia de los títulos de los profesionales y técnicos, de las certificaciones de experiencia laboral y de la tarjeta profesional, cuando sea el caso. Estos documentos deben permanecer en el lugar en el que se presta el servicio y a disposición de las entidades que ejercen acciones de inspección, vigilancia y control.

Garantizar que la calidad y cantidad del personal contratado para el desarrollo del proceso de atención, estén acorde con el número, características y circunstancias de los niños atendidos. (ver anexo 2)

Disponer de un Manual de Funciones y un Plan de Formación Permanente para el personal.

Cumplir con las obligaciones laborales (seguridad social - afiliación a salud y pensiones -, caja de compensación, pago de parafiscales o prestaciones sociales de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y el tipo de contratación).

5.2.1.3. Organigrama de la Institución. La entidad administradora presentará un organigrama en el que se defina claramente las responsabilidades frente a la prestación del servicio. El organigrama debe evidenciar la organización administrativa de la entidad y de los diferentes tipos de servicio que se ofrecen en la institución.

5.2.1.4. Planeación general de Actividades de la Institución. Esta organización debe dar cuenta de los tiempos destinados a las actividades propias del proceso de atención institucional durante el periodo de un año. Debe incluirse información sobre procesos organizacionales como planeación, evaluación, jornadas pedagógicas o de capacitación.

En la planeación deben establecerse los espacios de reunión periódica en los que se analicen de manera interdisciplinaria los casos de los niños usuarios y de sus familias. Deben suscribirse las actas correspondientes a estas reuniones.

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5.2.2. Aspectos Administrativos Generales (Estándares de Estructura)Las entidades que administren o presten servicios de bienestar en protección para su constitución y su organización deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:

5.2.2.1. Requisitos Generales (Jurídicos): Se refiere a la documentación legal que debe obtener una entidad para constituirse como institución prestadora de servicios de bienestar en protección:

Personería Jurídica: Corresponde al reconocimiento que el Estado hace de la existencia de la institución y su razón social, mediante el cual la faculta para ejercer derechos y contraer obligaciones dentro del marco de la ley y de sus estatutos.

La entidad debe estar legalmente constituida, con mínimo 6 meses de antelación para celebrar contratos con ICBF, debe disponer de Estatutos acordes con los objetivos de la prestación de servicios de bienestar en protección.

Para la evaluación y contratación la entidad debe presentar estatutos y Personería Jurídica o certificado de existencia y representación legal correspondiente (Cámara de Comercio, Alcaldías, Secretarias de Educación, etc.), expedido con una antelación no superior a tres meses (3) a la fecha de presentación del formulario de inscripción o actualización y demás documentos o soportes en consonancia con las normas de contratación vigentes.

NIT : Se refiere al número de identificación tributaria que ha sido asignado a la entidad; la institución debe presentar copia del certificado con el NIT asignado.

Licencia de funcionamiento: Toda institución que preste servicios de protección debe contar con licencia de funcionamiento expedida por el ICBF u entidades autorizadas, de acuerdo al tipo de institución puede ser otorgada por secretarias de salud o educación para un servicio determinado y sobre el inmueble donde se prestará el servicio ofrecido.

Para instituciones de Protección, Licencia de Funcionamiento. Para instituciones de Salud, inscripción en el Registro Especial de instituciones prestadoras de servicios de salud y Declaración de cumplimiento de requisitos esenciales presentado ante la entidad territorial correspondiente. Para las instituciones de Educación, Licencia de Funcionamiento o reconocimiento de carácter oficial expedido por la entidad territorial correspondiente.

La licencia de funcionamiento como Casa de Adopción no aplica para la prestación de servicios de protección. Cada servicio debe tener una licencia específica; en consecuencia las casas de adopción que brindan atención en protección de niños deberán tramitar una licencia de funcionamiento independiente para este servicio y regirse por los lineamientos aquí definidos, independientemente de que celebren contratos de aportes o convenios con las regionales ICBF para la prestación de servicios de protección.

Concepto Sanitario: Hace referencia al reconocimiento que hace el Ministerio de Protección Social a través del Ente Delegado para tal efecto, sobre el cumplimiento institucional frente a todos los requisitos de sanidad.

Formato de identificación institucional: Se refiere a la información básica que el ICBF debe tener de cada entidad como registro básico, La institución presenta diligenciada completamente la hoja de identificación y su contenido corresponde a lo solicitado, este formato se actualizará cada año. (anexo 2)

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Gestión: Entendida como las actividades que debe desarrollar una entidad administradora o que brinde servicios de bienestar en protección o reeducación, para cumplir con perspectiva garantista de los derechos de la niñez; las cuales están relacionadas con facilitar el acceso a servicios de bienestar social de uso comunitario o público, gestión para la acceso a servicios del régimen de seguridad social en salud, en educación, capacitación, cultura, recreación y deporte, así como el acceso a la información y orientación a la familia para facilitar la inclusión social y comunitaria. Esta gestión y coordinación en la prestación del servicio, supone un aporte de por lo menos un 5% del valor del aporte ICBF.

5.2.2.2. Aspectos FinancierosSe refiere a la organización del sistema contable y la capacidad financiera de la entidad:

Sistema de Contabilidad: Entendido como el registro oportuno de cada una de las transacciones económicas de la institución que refleje fielmente y en forma clara su situación económica La Institución tiene un sistema de contabilidad de acuerdo con las normas de contabilidad aceptadas en Colombia (Decreto 2649/2650 de 1993)

Capacidad Financiera: Se deberá acreditar la autonomía de recursos para financiar el servicio para el que se solicita reconocimiento jurídico o se postula por lo menos durante un mes, para lo cual el ICBF podrá aplicar indicadores como índice de liquidez y capacidad de endeudamiento.

5.2.2.3. Talento Humano: Se refiere al recurso humano con que debe contar una entidad para la adecuada prestación de los servicios.

Talento humano disponible: Hace referencia al talento humano que ofrece la entidad para desarrollar el proyecto de atención. La institución ofrece el talento humano según la tabla anexa. (Anexo No. 3) así:

Tabla 1: Para los servicios contratados de Medio sociofamiliar población focalizada, Casa Hogar de protección en protección para niñez en situación de abandono o peligro con situaciones de vida y problemáticas asociadas y casa refugio para la atención de victimas de violencia intrafamiliar con sus hijos. Tabla 2: Para los servicios contratados de Medio Institucional población focalizada en protección para niñez en situación de abandono o peligro con situaciones de vida y problemáticas asociadas, para Niñez y adolescencia víctimas de la violencia y para adolescentes en conflicto.

El ICBF presenta una tabla de talento humano básico exigido en cada servicio, cada entidad justificara el agregar otros perfiles o profesionales especializados que requiera para desarrollar su modelo de atención de acuerdo con el enfoque y las características específicas de la población que atiende. Se podrán determinar un número de hasta 4 profesionales que soportan el modelo pedagógico y se encargan de atención directa al niño.

Talento Humano Hogar Tutor: Cada entidad contratista deberá contar con un equipo psicosocial conformado por un psicólogo, un trabajador social por cada 40 cupos y promotor familiar por cada 20 cupos.

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Manual de Funciones: Hace referencia a la existencia de un manual que especifique los perfiles requeridos para cada trabajador y las funciones generales que deben cumplirse en los cargos.

Cada institución debe contar con un manual de funciones que especifica los perfiles y las labores diarias, semanales, mensuales, anuales y ocasionales que debe ejecutar cada trabajador.

Reglamento Interno de Trabajo: Se entiende como el compendio de derechos y deberes de los empleados que laboran en la institución, la institución debe contar con un reglamento interno de trabajo, aprobado por la división territorial del trabajo del Ministerio de la Protección Social, y expuesto en un lugar visible de acceso a todos los empleados.

Inducción para el talento humano: La institución debe contar con un plan específico para capacitar a los nuevos empleados en aspectos relacionados con el contexto institucional, misión, visión, principios rectores, objetivos y en general todos los asuntos relacionados con el cargo, contemplando todos los aspectos relacionados con el cargo, funciones y contexto institucional.

Para el desarrollo de áreas de intervención se establecerá una organización de talento humano, sin embargo es importante señalar que algunas de las áreas las debe obligatoriamente desarrollar un equipo de base que pueda establecer la secuencia de acciones y vinculo con los niños.

Plan de Capacitación: La institución deberá contar con un plan de capacitación y actualización de los profesionales y el personal que se encarga de la atención a la niñez en lo relacionado con modelo pedagógico para la atención, la problemática que atiende la entidad.

Se solicita equipo de base institucional para las áreas Familiar, Pedagógica y de convivencia; el equipo que atiende las áreas de Terapéutica y Nutrición y Salud puede ser contratado. Sociolegal: es un área de responsabilidad compartida con el equipo del centro Zonal del ICBF

5.2.2.4. Condiciones Locativas: Toda entidad deberá acreditar una planta física adecuada para el servicio que oferta, sobre la cual se otorga la licencia de funcionamiento.

La institución cuenta con los espacios para la organización del servicio ofertado de acuerdo con su complejidad y características de la población atender que a continuación se relacionan con luz, ventilación, sin goteras en el techo, sin grietas en las paredes, sin ventanas incompletas o vidrios rotos, sin puertas inseguras o deterioradas, sin presencia de humedad y sin pisos irregulares o agrietados y con un área proporcional en metros cuadrados al número de jóvenes que va a atender ( Anexo 4)

5.2.2.5. Dotación Planta Física: Hace referencia a los insumos, muebles, enseres e implementos que ofrece la entidad para desarrollar el proceso de atención, se espera una dotación en buen estado y mantenimiento permanente. (Anexo 6)

5.2.2.6. Suministros y Dotación para Usuarios: Los suministros y dotación de usuarios son los elementos que se otorgaran individualmente a cada usuario según el servicio. (Tablas del Anexo 6)

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5.2.2.6.1. Aspectos de alimentación

Objetivos de la alimentación

Cubrir las necesidades de calorías y nutrientes acordes con las características de los beneficiarios de los servicios: edad, sexo y tiempo de permanencia ó asistencia a los servicios.

Suministro de alimentación sana y la formar adecuados hábitos alimentarios que favorezcan vida saludable en todos los ciclos de vida y prevenir la ocurrencia de enfermedades crónicas asociadas a la alimentación como la obesidad, hipertensión, diabetes y enfermedades cerebro vasculares.

Parámetros

La alimentación equilibrada es un derecho consagrado en la Constitución Nacional, base del desarrollo de los individuos y de la sociedad. Para su cumplimiento se deben aplicar los principios de corresponsabilidad y cofinanciación entre la familia, la sociedad y el estado.

En los servicios de protección se debe aplicar lo pertinente de los “Lineamientos de alimentación ICBF-SNBF”, marco para el manejo de la alimentación para servicios de prevención y protección, razón por la cual no se hace extensivo su desarrollo en éstos lineamientos y sólo se desarrollan aspectos específicos. Los responsables de la atención de los niños en las modalidades de protección deben adquirir y mantener en existencia, provisiones necesarias y suficientes para la alimentación de los niños, niñas y jóvenes bajo su protección.

Para ello en donde sea pertinente, se organizan los servicios de alimentos, de tal manera que cumplan con los estándares de infraestructura y recurso humano, así como el cumplimiento de todas las disposiciones que en materia de manejo de alimentos y prevención de riesgos derivados de su manejo, establecidos en el decreto 3075 de 1979, expedido por el Ministerio de Salud hoy de la Protección Social.

La alimentación, debe planificarse y suministrarse de acuerdo con lo establecido en las Minutas Patrón que corresponden a los estándares de estructura de alimentación diseñados por el ICBF y que se adjuntan en el Anexo Nº 5.

Los estándares están organizados por grupos de edad, sexo y tiempos de consumo dependiendo del servicio en el que esté vinculado el niño. La diferenciación por sexo para servicios con solo niños ó niñas se aplica a partir de los 8 años, acorde con lo establecido en las “Recomendaciones de consumo diario de calorías y nutrientes para la población colombiana ICBF, 1988.

Los aportes mínimos por tiempo de consumo, se establecieron de acuerdo con los promedios ponderados de los grupos de edad adoptados y definidos, es una meta nutricional muy importante el asegurar los aportes de calorías, proteínas, grasas, calcio, vitamina a, hierro y fibra dietaria.

La responsabilidad de la planificación de la alimentación, en los servicios de protección, está orientada a la elaboración de los ciclos de minutas que cumplan con lo estipulado en las minutas patrón ó estándares suministradas por el ICBF, así como a la planeación de compra ó adquisición de víveres, y a todo el procesamiento hasta el suministro de los alimentos a los

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usuarios, garantizando en todo momento la calidad ó inocuidad de los alimentos para que no se produzcan enfermedades transmitidas por alimentos ó ETAs.

Para prevenir la ocurrencia de enfermedades transmitidas por alimentos, además de la capacitación en manipulación de alimentos que debe ser certificada por los organismos de salud competentes, se debe capacitar al personal de manipuladoras en la aplicación de BPM- buenas prácticas de manufactura y seguridad industrial, así como la estandarización de recetas y nuevas preparaciones.

Anualmente se debe disponer de por lo menos 2 ciclos de menús cada uno de 21 días. Estos ciclos deben ajustarse a la minuta patrón: grupos de alimentos, cantidades, aporte nutricional, a los hábitos alimentarios de los usuarios, y demás especificaciones técnicas establecidas y deben ser elaborados en las diferentes regiones de acuerdo con las costumbres alimenticias y culturales propias.

Para el cumplimiento de la Minuta patrón durante la planeación de los ciclos de menús, se debe tener en cuenta:

Leche: Se debe suministrar diariamente, para niños menores de 1 año el suministro debe ser de leches de fórmula modificadas y no de leche entera de vaca sin modificar.

Carnes: Se debe incluir todos los días, puede ser: pollo, pescado, cerdo, carne de res, limitar el uso de enlatados.

Hígado, mínimo 2 veces al mes. Arroz: Con variedad en sabores y colores. Hortalizas ó verduras: Diariamente se debe suministrar verduras amarillas y verdes. Las

ensaladas de verduras deben combinar mínimo 2 variedades. Jugos de fruta: Suministro diario, ó fruta entera. No se permite el uso de refrescos

industrializados. Grasa: Para cocción y ocasionalmente para freír un alimento. La grasa, que se utilice

debe ser vegetal. No se debe usar aceite de palma. Condimentos: Se deben usar con moderación y preferir los naturales.

Lactancia materna: Se debe fortalecer y favorecer la lactancia materna exclusiva hasta los seis meses de edad, en los servicios con madres gestantes y lactantes. En los servicios en donde haya niños menores de seis meses que no puedan ser lactados por sus madres, previo el acompañamiento por parte de un profesional de la salud, se debe suministrar leche de fórmula modificada, en ningún caso leche de vaca entera, líquida ni reconstituida sin modificar, debido a las implicaciones que para la salud de los niños menores de 1 año, tiene su suministro.

Alimentación complementaria: Para los niños entre 6 y 12 meses de edad se debe complementar la leche materna con la introducción adecuada de complementación alimentaria.- ver “Lineamientos de alimentación ICBF-SNBF”

Los momentos de consumo de alimentos, debe estar rodeados de un espacio agradable, de cordialidad y de formación en adecuados hábitos de alimentación, y asegurarse que la alimentación que se suministre sea saludable.

La alimentación normal, se debe adecuar para aquellos niños y niñas que así lo requieran por prescripción médica ó nutricional, mediante la planificación de dietas terapéuticas, así como la atención individual en casos de niños con discapacidad que así lo requieran.

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Aporte de calorías y nutrientes por tiempo de consumo y medios: El aporte de calorías y nutrientes de cada tiempo de consumo que se deben cubrir en cada servicio de acuerdo con los medios en donde se atienden son:

- Medio Socio familiar

Aporte de calorías y nutrientes MEDIO SOCIO – FAMILIAR(Atención Especial a población focalizada)

Tiempos de consumo Porcentaje de aporte

Seminternado ExternadoIntervención de

Apoyo

Desayuno 20%-25 NA NA NA

Almuerzo 30-35% A A NA

Cena 30-35% NA NA NA

Refrigerio 1 7.5-10% A A A

Refrigerio 2 7.5-10% A NA NA

A: Aplica NA: No Aplica

- Medio Socio familiar e institucional :

Aporte de calorías y nutrientes MEDIO SOCIO – FAMILIAR MEDIO

Tiempos de consumo

Porcentaje de aporte

Hogares Sustitutos/Casa

Hogar /Casa Refugio

Hogar Tutor

INSTITUCIONAL

Desayuno 20- 25% A 25% A A

Almuerzo 30-35% A 30% A A

Cena 30-35% A 25% A A

Refrigerio 1 7.5- 10% A 10% A A

Refrigerio 2 7.5- 10% A 10% A A

A: Aplica NA: No aplica

Los demás aspectos relacionados con la alimentación se encuentran en los “Lineamientos de alimentación ICBF-SNBF”125

- Educación alimentaria y nutricional: Con el propósito de fortalecer los conocimientos en aspectos de alimentación y nutrición así como a la formación de hábitos alimentarios saludables, dirigida a:

Personal encargado de la manipulación de los alimentos Educadores y principalmente institucional Familia

125 “Lineamientos de alimentación ICBF-SNBF”? . ICBF- Subdirección de Lineamientos y Estándares. Bogotá, D.C., 2004.

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Niños, Niñas y Jóvenes

5.2.2.6.2. Dotación Personal de Usuarios: Cada niño debe disponer de su dotación personal en buen estado. La entrega periódica de esta dotación se debe establecer de acuerdo con la rotación del servicio contratado y debe estar conforme con la edad y el sexo del niño. Los requerimientos en materia de dotación personal se detallan en el anexo 6 tablas 1, 2, 3 y 4

Una vez el niño, niña o joven ingrese al servicio, la institución debe entregarle la dotación individual estipulada en óptimas condiciones. Los niños y niñas deben hacer uso real y efectivo de estos elementos.

En cumplimiento del principio de corresponsabilidad y con base en lo estipulado en los artículos 57, 81 y 213 del Código del Menor, es posible que los padres o guardadores contribuyan al sostenimiento del niño, niña o joven mientras éste se encuentre bajo medida de protección. La institución no debe asumir tal exigencia de manera directa sino que se debe establecer con la autoridad competente (Defensor o Juez) la forma cómo se hará efectivo este aporte para el beneficio de niño, niña o adolescente, a través del ICBF.

5.3. ASISTENCIA TÉCNICA

Proceso de fortalecimiento del servicio público de bienestar familiar, a partir de los resultados de la autoevaluación, la supervisión y la regulación, orientado a generar condiciones de desarrollo que permitan el mejoramiento del servicio, mediante el acompañamiento, el intercambio de saberes y experiencias, la capacitación y el desarrollo de herramientas y habilidades por parte de pares del prestador del servicio, expertos en el tema a asistir126.

La asistencia técnica es un proceso integral, punto de anclaje entre los diferentes niveles del ICBF y del SNBF, un proceso de acompañamiento permanente a la operacionalización de la política de infancia y familia, un espacio creativo de apoyo a las regionales, orientado a generar condiciones de desarrollo que permitan el mejoramiento del servicio.

Se traduce en apoyo y guía específicas a la calidad y desarrollo de los servicios, que busca la coparticipación, el trabajo reflexivo, la construcción colectiva, el intercambio de saberes, la articulación intrainstitucional e intersectorial.

Busca asegurar la coherencia conceptual con la práctica, a través de la aplicación de los lineamientos técnicos, administrativos y financieros, de las diferentes modalidades para que respondan al sentido que cada una de ellas tienen y se logren los objetivos y los estándares propuestos.

La asistencia técnica debe ser un proceso flexible en sus procedimientos e instrumentación para que de cabida a la diversidad Regional y desde la misma un lugar a las diferencias locales. Tiene de fondo una movilización de saberes de los diversos actores involucrados en el desarrollo de la política de infancia y familia, saberes de diversos orígenes y profundidad que buscan responder a las exigencias de las dinámicas sociales, en lo cual todos somos participantes responsables.

126 Las formas de asistencia técnica pueden ir desde las capacitaciones presenciales hasta las videoconferencias, los grupos virtuales de discusión o el envío de documentos.

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La asistencia técnica se otorga no solo en situaciones de carencia, sino en razón de la participación colectiva y comprometida en la transformación de los servicios, la gestión en cada uno de los niveles.

En este sentido la propuesta de asistencia técnica, se ubica dentro de un paradigma que reconoce la búsqueda de sentido, la resignificación cultural, lo cual implica la capacidad de transformar y recrear los saberes, las relaciones y las prácticas sociales, reflexionando sobre las propias acciones. Esto invita a pasar de lo institucional a lo trans – institucional, de lo individual a lo colectivo, de los espacios y tiempos institucionales a los espacios y tiempos comunitarios y locales, de entidad prestadora de servicios a transformadora de cultura.

Parte de los conceptos… de integralidad porque es coherente con la misión y los principios institucionales, hace partícipes a los diferentes actores, articula los diferentes niveles de competencia y se construye a partir de los resultados de los procesos (Investigación, Políticas y Planeación).

…de asesoría y acompañamiento porque profundiza sobre el sentido de las acciones y orienta su curso, mejora la calidad de los procesos, entiende el papel de los actores como motor de cambio, motiva iniciativas y apoya aportando elementos para la toma de decisiones.

… asesoría entendida como proceso permanente de orientación que se traduce en apoyo y guía específicas a la calidad y desarrollo de los servicios.

… acompañamiento, cuyo significado es”estar con” compartir, es decir construir juntos en búsqueda de un objetivo común.

… potencializa los recursos, es decir es efectiva, pues fomenta el desarrollo de actitudes, capacidades y conocimientos de los actores, optimiza el aprovechamiento de las condiciones físicas y sociales y contribuye al cumplimiento de los objetivos propuestos.

Las principales características del proceso de Asistencia Técnica son:

Continuidad, contempla tres tiempos para las acciones (antes, durante y después).

Oportunidad, se ofrece en el momento preciso. (anticipado y coyuntural)

Pertinencia, con contenidos coherentes y ajustados a las situaciones y circunstancias presentes, sobre todo referidos a un contexto social.

Equidad, proporcional a la necesidad.

Transversalidad, implícita en todos los procesos funcionales y estructurales.

Concertación, negociada y conciliada.

Sistematización y organización que permita una secuencia lógica y coherente de los procesos.

Con estrategias como: Formación continuada, acompañamiento y apoyo a la gestión, socialización de documentos y coordinación intra e interinstitucional

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Objetivos Brindar asistencia técnica a las regionales y centros zonales del ICBF y a las organizaciones

del orden nacional y territorial que prestan el servicio público de bienestar familiar en lo relacionado con el proyecto " Protección Integral ala Niñez y la Familia para garantizar y restituir sus derechos"

Coordinar la implementación de estrategias y mecanismos que contribuyan a promover el ejercicio del Control Social al servicio público de bienestar en protección.

Orientar la implementación en el nivel territorial de los lineamientos relativos al proyecto Protección Integral a la Niñez y la Familia para garantizar y restituir sus derechos.

Acciones

Se deben elaborar planes de asistencia técnica que tengan en cuenta: Todos los procesos que la integran: Capacitación, asesoría, supervisión, evaluación. Todos los niveles organizativos: nacional, regional, zonal, municipal y comunitario. Distribución del presupuesto en todos los procesos que contempla la asistencia técnica

(Subproyectos, Modalidades y Códigos, según programación). La cogestión, corresponsabilidad y cofinanciación de los Entes Territoriales, y otros

integrantes del SNBF. Resultados de la gestión de la vigencia anterior. El recurso humano, la complejidad, la ubicación, la concentración ó dispersión de los

servicios, entre otros, para determinar la frecuencia ó periodicidad, así como las herramientas, instrumentos e insumos necesarios.

5.5. SUPERVISIÓN

Conjunto de actividades sistemáticas de observación, registro y verificación del nivel de cumplimiento de la atención a la niñez y la familia frente a los estándares de proceso y resultado; utilizando estrategias de seguimiento y asesoría que permitan mejorar la calidad del servicio y garantizar los derechos de la infancia.

Para efectos de este componente se esta desarrollando un modelo de supervisión de aplicación a las entidades que prestan servicios de bienestar en protección con contratos de aporte con el ICBF.

La evaluación debe ser un sistema que permita establecer el grado de alcance de los objetivos de un proyecto, la pertinencia de los métodos utilizados, el aprovechamiento de sus recursos y el impacto en sus beneficiarios, mediante la recolección, el seguimiento, el análisis, la investigación y la retroalimentación de información clave que permita prescribir las decisiones necesarias para mejorar los resultados.

5.6. VIGILANCIA

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Adicionalmente a los procesos de asistencia técnica y supervisión, el ICBF, en cumplimiento de su misión para con los niños y la familia deberá ejercer acciones de vigilancia, inspección y control de acuerdo con lo definido en la normatividad vigente127:

Decreto 2388 es reglamentario de la ley 7 y en su artículo 9 “Los organismos, instituciones, entidades o agencias de derecho público, que habitualmente realicen actividades relacionadas con la protección preventiva y especial del menor, se consideran como adscritos al Sistema y los organismos, instituciones, entidades y agencias de carácter privado que cumplan la misma función se consideran como vinculados”.

Artículo 12 “Las actividades que realicen las entidades, adscritas, vinculadas o propias del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, deberán cumplirse con estricta sujeción a las normas del servicio y los reglamentos dictados por el ICBF”

El Decreto 1137 en su artículo 17 numerales 3, 5, 10 y 11) Son funciones del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar , las siguientes: 3. Dictar las normas administrativas indispensables para regular la prestación del servicio, el cumplimiento pleno de sus objetivos y el funcionamiento del SNBF; 5. Coordinar su acción con los otros organismos públicos y privados e integrar el Sistema Nacional de Bienestar familiar a todos los que cumplen las actividades del servicio de bienestar familiar o estén llamados a cumplirlos; 10. Asistir al Presidente de la República en la inspección y vigilancia de que trata el Numeral 26 del artículo 189 de la Constitución Política sobre la Constitución Política, sobre las instituciones de utilidad común que tengan como objetivo la protección de la familia y de los menores de edad. 11. Señalar y hacer cumplir los requisitos de funcionamiento de las instituciones y establecimientos de protección del menor de edad y la familia y de las instituciones que desarrollan programas de adopción.

La ley 734 de 2002 en su artículo 25 que “son destinatarios de la ley disciplinaria y los particulares contemplados en el artículo 53 del libro tercero de este código”.

El presente régimen se aplica a los particulares… que presten servicios público a cargo del Estado de los contemplados en el artículo 366 de la Constitución Política o administren recursos de éste…Cuando se trate de personas jurídicas la responsabilidad disciplinaria será exigible del representante legal o de los miembros de la junta directiva” (artículo 53).

Lo anterior, implica, su sujeción a la Constitución, a la ley y a los reglamentos que se fijen para la prestación del servicio público de bienestar familiar, lo que conlleva la consiguiente responsabilidad de actuar de conformidad con lo expresamente autorizado y permitido para la consecución de la específica finalidad pública social que se persigue; los cual se constituye en garantía para los beneficiarios de los servicios, conservando el ICBF los controles que corresponden a la administración pública cuando de prestar el servicio público de bienestar familiar, por parte de los agentes del SNBF se trate.

Adicionalmente, hay que tener en cuenta que para la prestación directa de los servicios y desarrollo de programas de bienestar familiar para los niños y la familia por parte de entidades vinculadas al SNBF, en general se celebran contratos de aporte con personas jurídicas.

Así el conjunto o la red de prestadores particulares organizados en entidades u organismos de utilidad común sin ánimo de lucro se constituyen en un sistema ampliado y subutilizado en cuanto a la s exigencias que de carácter técnico y contractual se realizan y pactan. Esto aplica a

127 Concepto de la Oficina jurídica del 30 de Abril de 2004 sobre Agentes particulares vinculados al Sistema Nacional de Bienestar Familiar, prestadores del servicio público de Bienestar familiar que cumplen funciones Administrativas.

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la disponibilidad de equipos técnicos en las instituciones, si se trata de resaltar la importancia y los resultados que se puedan obtener en la prestación del servicio público de bienestar familiar, en particular en cuanto al proceso administrativo de protección y el tiempo que permanezcan los niños con medidas de protección institucional –internados-, cuando se puedan aunar esfuerzos técnicos de los equipos profesionales de las instituciones y del Centro Zonal para agilizar trámites e intervenciones profesionales que permitan decidir la situación del niño y la familia con mayor eficiencia coadyuvando al Defensor de Familia en su gestión para restituir con mayor oportunidad y eficiencia los derechos de los niños. Ese modelo de trabajo conjunto, es muy importante en un esquema democrático y social de derecho donde la participación de los particulares en los sistemas administrativos es relevante.

En consecuencia, para la prestación del servicio público de bienestar familiar, de acuerdo con los lineamientos técnicos que expide el ICBF y de conformidad con lo pactado en los contratos de aporte, las instituciones que prestan el servicio deben contar con personal profesional idóneo para integrar el equipo técnico institucional, conformado por profesionales de distintas disciplinas, equipos que con fundamento en los artículos 38 y 59 del Código del menor rinden informes y conceptos al Defensor de Familia, relacionados estos, con la situación personal y sociofamiliar de los niños bajo protección del ICBF y, con la expresa finalidad de tomar decisiones de carácter administrativo que tienen importantes efectos jurídicos.

Así las cosas, en ejercicio de funciones administrativas los equipos de las instituciones expiden conceptos profesionales autorizados y coadyuvan al cumplimiento de la misión del ICBF en cuanto a la protección y debida garantía de los derechos fundamentales de los niños y las familias.

Como conclusión el concepto presenta “Los programas que desarrollan para la protección de los niños las instituciones del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, se deben cumplir con estricta sujeción a las normas del servicio y a los reglamentos que dicta el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Teniendo en cuenta las provisiones normativas señaladas, se destaca la colaboración que pueden brindar los equipos técnicos interdisciplinarios de la red de instituciones privadas que integran el SNBF. Así las cosas, es de capital importancia para contribuir a agilizar las gestiones y actuaciones jurídico-técnicas relacionadas con el desarrollo del proceso administrativo de protección de los niños, fortalecer el trabajo en pro de la unidad familiar y fortalecer los lazos de estrecha coordinación y armónica colaboración entre lo público y lo privado, impulsando eficientemente el cumplimiento de la función administrativa, para alcanzar las más altas finalidades del Estado Social de Derecho, la protección de los derechos fundamentales de los menores de edad y la garantía desu interés jurídico superior.

Las facultades legales del Defensor de Familia y la idoneidad de los profesionales que integran los equipos técnicos, ha de emplearse en toda su potencialidad, porque es parte de la exigencia de prestación del servicio de bienestar familiar, el que las instituciones prestatarias del mismo, como particulares o agentes privados constituidos en entidades de utilidad común sin animo de lucro, en el cumplimiento de las funciones administrativas, integren equipos técnicos interdisciplinarios, con la finalidad no solamente de atender a los niños y a su entorno socio-familiar, sino fundamentalmente de coadyuvar a la realización y garantía de sus derechos, lo cual está también estrechamente relacionado con el deber constitucional, legal y social de los servidores públicos al servicio del ICBF, de aplicar en el ámbito de sus competencias, los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad y dar cumplimiento a las reglas que se fijen para fortalecer los procesos de descentralización, delegación y desconcentración de funciones”.

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ANEXO 1 MODELO DE PLATIN

(Plan de Atención Integral Individual)

1. IDENTIFICACION

Nombres y apellidos:Fecha de nacimiento: Edad:Escolaridad: NUIP/ documento de identidad:Medio/ modalidad/ servicio:Historia ICBF No.: Fecha de ingreso:Fecha de elaboración:

2. MOTIVO DE INGRESO:

3. DIAGNOSTICO INTEGRAL:

4. PLAN POR AREA DE DERECHO

COMPONENTES OBJETIVO* METAS (con tiempos) ACTIVIDADES RESPONSABLES Familiar Pedagógica Cultural y de

Convivencia Terapéutico Sociolegal Nutrición y

Salud. Gestión

*Nota: El objetivo corresponde al del área de derechos, como está descrito para en el proceso de atención del PAI. Lo que diferencia la atención individual son las metas, que corresponderían a la identificación de los derechos vulnerados.

OBSERVACIONES / COMPROMISOS ICBF ___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________Firma profesionales Institucionales

Firma Director o Coordinador del programa

Firma niño, niña o adolescente

Firma familiaFirma equipo ICBF   

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FORMATO SEGUIMIENTO AL PLATIN (Plan de Atención Integral Individual)

Identificación: Fecha:

Avances obtenidos en desarrollo del PLATÍN (con relación al cumplimiento de las metas, y teniendo en cuenta fortalezas y oportunidades):

Obstáculos presentados para el desarrollo del PLATÍN (con relación a las metas, teniendo en cuenta amenazas y debilidades):

Reformulación del PLATÍN (diseño de nuevas metas):

Recomendaciones:

Firmas:

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ANEXO 2FORMATO DE IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONAL

Debe diligenciarse una hoja por servicioIDENTIFICACION DEL SERVICIO

Prestadora de servicios de Capacidad instalada disponibleAdministración de Hogares Sustitutos

Administración de Casa Hogar – Casa refugio

Internado Seminternado Externado Intervención de Apoyo

Hombres Mujeres

INFORMACION DE LA INSTITUCIONNombre de la Institución:

Nombre del Director:

Licencia de Funcionamiento o certificado de requisitos esenciales No.

Otorgada por

Ciudad Departamento Teléfono

Dirección

AA Correo electrónico Fax

Tenencia del inmueble

Propio Arrendado Comodato Otro

INFORMACION DE LA ENTIDADNombre de la EntidadRepresentante LegalNombre Identificación

Sede Administrativa

Ciudad Departamento Teléfono

Dirección Fax

AA Correo Electrónico Nit

Cobertura

Municipal Departamental Nacional Internacional

Naturaleza

Privada Pública S.A. Lucro C.A. Lucro Canónica Mixta

Relación con el SNBF

Adscrita Vinculada Propia No pertenece

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ANEXO 3Tabla 1

Estándares de Estructura - Talento Humano Medio Socio Familiar

TALENTO HUMANO-HORAS/MES/ATENCION EN MEDIO SOCIOFAMILIAR 1

AREAS PERSONAL

Sem

inte

rnad

o

Ext

ern

ado

Inte

rven

ció

n

de

Ap

oy

o

Pre

par

ació

n p

ara

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ida

soci

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p

rev

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nal

Cas

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efu

gio

Pel

igro

Pel

igro

Pel

igro

Co

nfl

icto

co

n l

a L

ey

ADMINISTRATIVA

Representante legal de la entidad x x x X x XResponsable del servicio (Coordinador General) TC TC TC TC TC

24

Secretaria (para 100 niños/adolescentes) ½ T

½ T 0 0 0 0

Garantizar servicio de contabilidad y revisoría fiscal x x x x ½ T x

AREA PROFESIONAL Y DE FORMACION

 Calculado

para 60 cupos

Calculado para 100

cupos

Calculado por cada 100 cupos

Para 10 Cupos5

 

Psicólogo TC½ T TC TC 2 TC ½ T

Trabajador Social TC½ T TC TC 1TC ½ T

Nutricionista 40 20 0 0 ½ T 24Especialista(s) de Area2 ( TC

½ T ½ T ½ T o 0

Formador Diurno TC½ T 0 0

Ver nota ½ T

Auxiliar de Enfermeria5 ½ T 48 0 0 0 0

SERVICIOSServicios Generales 80 80 80 80 0 0

Cocina 160120 0 0 0 0

NOTA TC: Tiempo completo de acuerdo con las jornadas laborales vigentes½ T: Medio tiempo completo de acuerdo con las jornadas laborales vigentes.Aparte de las anteriores puede aparecer intensidad por horas/mes, lo cual debe entenderse como un tiempo parcial, por debajo del medio tiempo o parcial entre el medio tiempo y el tiempo completo, en este último caso se entiende el tiempo completo más horas adicionales que deberán ser asumidas con otra persona de refuerzo.

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La excepción está en formador para Casa Hogar de Protección y Residencias de Egreso donde se aclara más adelante cómo se asume esa intensidad horaria.Se aclara: Que para la modalidad , Preparación para la vida social y orientación prevocacional, además de lo anterior se requiere:

Un terapeuta ocupacional de TC , por cada 100 cupos Una pareja de Formadores por cada casa a cambio del formador diurno (para programas de genero

femenino, la se recomienda formadoras, de ser posible con formación en pedagogía reeducativa. Dos formadores auxiliares de tiempo completo (para rotar) Un conductor para programas de 50 cupos en adelante 4 instructores de Talleres para cada 100 cupos cuando los talleres se desarrollen en la institución.Funciones generales del recuso humano, las cuales pueden ampliarse de acuerdo a los lineamientos de la modalidad. Un Psicólogo de tiempo completo, que garantice el apoyo desde su área de procesos

formativos y de intervención terapéutica propiamente dicha dentro de cada grupo. Un Trabajador Social de tiempo completo , para realizar la coordinación

interinstitucional y garantizar procesos efectivos de vinculación educativa y de capacitación laboral, con OG u ONG. Gestión para la consecución de documentos legales. Garantizar procesos formativos y experiencias prácticas en aspectos como: elaboración y entrega de hojas de vida, preparación para entrevistas laborales y acompañamiento durante el proceso de vinculación laboral.

Un Terapeuta Ocupacional, de tiempo completo, para desarrollar acciones encaminadas a establecer habilidades, destrezas e intereses de los jóvenes con el fin de poder capacitarlos y vincularlos laboralmente desde su perfil ocupacional. Realizar seguimiento y asesoría durante toda la capacitación y formación prelaboral y laboral con el fin de superar las dificultades surgidas durante el desarrollo de ésta. Brindar Asesoria y seguimiento al programa de salud ocupacional, con el fin de brindar condiciones adecuadas a los jóvenes durante el ejercicio la formación prelaboral y laboral, con el fin de evitar la ocurrencia de enfermedades y/o accidentes laborales.

1 La categoría peligro incluye la atención de las diferentes poblaciones: psiquiátrico, discapacidad, consumo de sustancias psicoactivas, explotación laboral, abuso sexual, explotación sexual.

2El Especialista de Área depende del enfoque y la población que se atiende, puede ser entre otros: Psicopedagogo, Terapista Ocupacional, Pedagogo Reeducador, Instructor de Arte. El tiempo de dedicación definido en el cuadro, se repartirá de acuerdo a las necesidades de uno o varios especialistas.

3 El especialista de área para los Hogares Tutores corresponde a un Promotor familiar, 1 por cada 20 adolescentes4 En la modalidad Casa Hogar de Protección, el educador diurno y nocturno debe entenderse como un acompañante permanente para los niños y adolescentes. Significa que en esta modalidad los niños y adolescentes requieren una figura afectiva con formación pedagógica que cumpla el rol de acompañarlos en la construcción de vida familiar y en su proceso de desarrollo de manera permanente.5El auxiliar de enfermería solo aplica para los servicios de psiquiatría y para los de discapacidad que lo requieran.6 Se entiende por cupo la disponibilidad de atención para uno de los padres con sus hijos7 Se entiende por cupo la atención para cada niño o adolescente

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ANEXO 3Tabla 2

Estándares de Estructura - Talento Humano Medio Institucional -Internado

TALENTO HUMANO – HORAS/MES - ATENCION EN MEDIO INSTITUCIONAL

AREAS

Protección Desvinculados Reeducación

Ins

titu

ció

n d

e P

rote

cci

ón

Cen

tro

s d

e E

me

rgen

cia

Ho

ga

res

tra

nsi

tori

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Cen

tro

s d

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ten

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ció

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Ob

ser

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o

Sem

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rad

o

Res

iden

cia

de

Eg

res

o

AREA ADMINISTRATIVA                    Representante Legal por entidad

X x x x x x x x X xResponsable del servicio TC TC TC TC TC TC TC TC TC TCCoordinador (por cada 100 niños o adolescentes)           TC TC TC TC  Secretaria (para cada 100 niños o adolescentes) TC TC TC TC ½ T TC TC TC TC TCGarantiza servicio de contabilidad y revisoría fiscal

X x x X x x x x X x

AREA PROFESIONAL Y DE FORMACION

Calculado para 40 cupos

Calculado para 30 cupos

Para 12 cupos

Calculado para 40 cupos

Para 12

cupos8

Médico 0 40 0 0 0 40 32 32 0 0Odontólogo 0 40 0 0 0 40 40 40 0 0Psicólogo TC TC TC TC 48 TC TC TC TC 0Trabajador Social TC TC TC TC 48 TC TC TC TC ½ TNutricionista1 40 40 ½ T ½ T 16 20 20 20 20 0Especialista(s) de Area2 ½ T ½ T ½ T ½ T 0 ½ T ½ T ½ T ½ T 0Instructores de Taller3 ½ T 0 0 0 0 ½ T ½ T ½ T ½ T 0

Formador Diurno4 2 TC 2 TC 2

TC2

TC2

TC2

TC2

TC2

TC2

TC ½ TFormador Nocturno TC TC TC TC TC TC TC TC TC TCAuxiliar de Enfermeria5 0 ½ T 0 0 0 ½ T 0 0 0 0

AREA DE SERVICIOS6

Calculado para 50 cupos

Servicios Generales TC TC 0 0 0 TC TC TC TC 0Cocina TC TC 240 240 0 TC TC TC TC 0Conductor7 ½ T         ½ T ½ T ½ T ½ T  NOTATC: Tiempo completo de acuerdo con las jornadas laborales vigentes½ T: Medio tiempo completo de acuerdo con las jornadas laborales vigentes.Aparte de las anteriores puede aparecer intensidad por horas/mes, lo cual debe entenderse como un tiempo parcial, por debajo del medio tiempo o parcial entre el medio tiempo y el tiempo completo, en este último caso se entiende el tiempo completo más horas adicionales que deberán

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ser asumidas con otra persona de refuerzo.La excepción está en formador para Casa Hogar de Protección y Residencias de Egreso donde se aclara más adelante cómo se asume esa intensidad horaria.Adicionalmente en el medio institucional se debe garantizar el acompañamiento con formadores diurnos y nocturnos los fines de semana en la misma proporción.1 Para discapacidad, psiquiátrico y gestantes/lactantes la relación es de 72 horas mensuales por cada 40 cupos 2 El especialista de área puede ser un profesional en pedagogía, artes, psicosocial o del área de la salud. Para la población de desvinculados del conflicto armado, se entiende por especialista del área al psicopedagogo o Terapista Ocupacional preferiblemente este ultimo3Aplica únicamente para mayores de 12 años4 para niños menores de 7 años y adolescentes en conflicto con la ley, la relación de formadores diurnos es de uno (1) por cada 25 niños o adolescentes 5 En las instituciones que atienden problemas psiquiátricos y discapacidad mental profunda y múltiple, la Auxiliar de enfermería reemplaza los formadores diurnos y nocturnos.6 La relación es para cada 50 cupos7 El conductor representa el servicio de transporte que debe garantizar la entidad para el traslado de los adolescentes como mínimo a los juzgados y a los niños y adolescentes a servicios de saludEn la modalidad Residencias de Egreso, el educador diurno y nocturno debe entenderse como un acompañante permanente para los adolescentes. Significa que en esta modalidad los adolescentes requieren una figura afectiva con formación pedagógica que cumpla el rol de acompañarlos en la construcción de vida familiar y en su proceso de desarrollo de manera permanente.

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BIBLIOGRAFIA

1. DOCUMENTOS EJES MISIONALES

A. Referentes generales de los ejes misionalesOrlando Scoppetta, Subdirección de Investigaciones, María Teresa de Lagos, Dirección Técnica, Martha Isabel Ariza, Margarita Montenegro Subdirección de Asesoría Territorial, Ligia García, Oficina Control Interno, Lilias Flórez Subdirección de Intervenciones Directas, Clara Leal Oficina de cooperación y convenios. Documento Final 2003

B. Eje creciendo y aprendiendoMaría Francisca Concha, Jacqueline Mejía Lineamientos y Estándares, Martha Caipa Subdirección de Asesoría Territorial, Susana Leal Subdirección de Intervenciones Directas, María del Carmen Sánchez, Subdirección de Seguimiento y Análisis, Clara Inés Tobón, Dirección General, Lilia Fuentes de Roa Dirección Técnica, Esperanza Rojas de Becerra: Dirección Gestión Humana Documento Final 2003 C. Eje restableciendo vínculosLina María Bernal: Lineamientos y Estándares, Sara Inés Ochoa: Subdirección de Seguimiento y Análisis, con aportes de: Carolina Arévalo, Oficina Control Interno, Rosalba Valencia Cuesta y Teresa del Pilar Urdaneta Subdirección de Lineamientos y Estándares Documento Final 2003

2. LINEAMIENTOS Y ESTÁNDARES:

a. Modalidad Hogar Tutor. Ana Carmenza Molano, Clara Alicia Ovalle, María Amparo Arana Lasso, Nidian Puentes, Rosalba Valencia, Rocío Enciso Rocio Enciso, Equipo Interdisciplinario Regional Quindío Subdirección de Intervenciones Directas Documento de trabajo 2004.

b. Hogares Sustitutos. Elenita Motta Serna, Rosalba Valencia y Lina María Bernal Vélez Subdirección de Lineamientos y Estándares Documento preliminar 2004.

c. Lineamientos Técnico Administrativos de los Servicios de Atención en Medio Institucional y Medio Socio Familiar. Equipo de trabajo: Elenita Motta Serna, Lilias Flórez Peñalosa, Sandra Gabriela Burgos, con la colaboración de Carlos Hurtado, Rosalba Valencia, Betty Bolívar, Angela Nocua y Aida Villamil Subdirección de Intervenciones Especializadas 2002.

d. Lineamientos Técnico - Administrativos Atención A Niños Niñas Y Jóvenes Desvinculados del Conflicto Armado. Subdirección de Intervenciones Directas Documento preliminar 2004

e. Estándares de estructura Instituciones para la atención de adolescentes en conflicto con la ley con medida de ubicación institucional en régimen cerrado y semicerrado. Equipo de trabajo: Jóvenes Luis Fernando Reyes y Lizeth Méndez; Terciarios Capuchinos: Alberto Gómez, Salvador Morales; ICBF: Mateo Restrepo Villegas, Juan Manuel Vega, María del Carmen Sanchez, Liliana Rodríguez Moreno, Sandra Gabriela Burgos, Lina María Bernal Vélez y Aida Villamil .

3. TERCER INFORME PAÍS. DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN ICBF, 2003.4. Plan Indicativo Institucional ICBF 20025. Código del Menor decreto 2737/89 6. Constitución Nacional7. Convención Internacional de Derechos del Niño8. La Dimensión Ética de los proyecto Sociales. Esmeralda, Ruiz González Instituto Colombiano de Bienestar

Familiar, Fundación Antonio Restrepo Barco, UNICEF Colombia, Editorial Panamericana, formas e Impresos Bogotá 2001.

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