asociaciÓn de agentes aduanales de …...2020/05/14 · asociaciÓn de agentes aduanales de...
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ASOCIACIÓN DE AGENTES
ADUANALES DE
GUADALAJARA
Comité Ejecutivo
2019 – 2021
GACETA INFORMATIVA AAAG Mayo 2020
Empresa certificada ISO 9001:2015
Orgulloso ganador del premio en la modalidad de servicios de exportación
Comité ejecutivo
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ÍNDICE
DIRECCIÓN Pagina
1° de mayo día internacional del trabajo. 3
Feliz día de las madres. 4
CALIDAD Pagina
Cocina Rodríguez – Acciones COVID-19. 5
Cocina Rodríguez – Día del niño. 7
OPERATIVO Pagina
Capacitaciones virtuales. 8
Consultas relevantes. 9
JURÍDICO Pagina
Derechos humanos ¿Qué son? 10
SISTEMAS Pagina
Emisión de información. 13
Errores presentados en el sistema de Prevalidación y Validación. 13
Operaciones de empresas con amparo de DTA. 14
APOYO Y SERVICIO Pagina
Gafetes. 16
TEMA DEL MES Pagina
Actividad manufacturera del mes de abril de 2020. 17
INFORMACIÓN DE INTERÉS Pagina
El T-MEC entrará en vigor el 1 de julio, confirma la USTR. 19
NOM-001-SCFI-2018 20
HUMOR Pagina
Imágenes con mucho humor. 22
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DIRECCIÓN
1° DE MAYO DIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO
LIC. BRENDA GARCÍA DURAN
Asistente de dirección y presidencia
1° DE MAYO
DÍA INTERNACIONAL DEL TRABAJO
Encargarse de sus
responsabilidades es
la mayor satisfacción
al final del día.
La mejor herencia es todo lo
que enseñas del trabajo.
Piensa, decide, acciona y espera los mejores resultados.
No existe mayor satisfacción que comer un plato de comida generado por tu esfuerzo.
Nunca es mucho ni tampoco es
poco si no lo haces, esmerarte
cada vez más, es la clave.
La felicidad en el
trabajo nos
permite mejorar
el nivel de
felicidad en
nuestra vida.
El mundo se mueve
gracias a la suma de
los pequeños
empujones de cada trabajador honesto.
La vida te podrá poner obstáculos pero los limites los pones tú.
Si te cansas, aprende a descansar; No a renunciar
Comité ejecutivo
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FELIZ DÍA DE LAS MADRES
LIC. BRENDA GARCÍA DURAN
Asistente de dirección y presidencia
FELIZ DÍA
DE LAS MADRES
10 DE MAYO DEL 2020
“Ningún lenguaje puede expresar el poder,
belleza y heroísmo del amor de una madre”
La Asociación de Agentes Aduanales de Guadalajara les desea un magnifico
día en compañía de sus seres queridos.
Comité ejecutivo
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CALIDAD
COCINA RODRÍGUEZ – ACCIONES COVID-19
En concordancia con las medidas preventivas tomadas por la AAAG para prevenir la propagación del virus
COVID-19 la Cocina Rodríguez:
Habilitó un numeró de celular para hacer pedidos con fin de evitar la aglomeración de personas en
el área de la cocina.
Teléfono
33 3063 0133
Entrega en la agencia aduanal
dentro de las instalaciones
generales de la AAAG
Otra de las medidas que se tomaron fue marcar en el área de la cocina las posiciones para que los
usuarios guarden una sana distancia al momento de acudir a la cocina a realizar la compra de sus
alimentos.
Sana distancia
Comité ejecutivo
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Realizó una donación en apoyo a los médicos de la clínica 46 que atienden los casos de COVID-19, la
donación se realiza el viernes 17 de abril del presente año.
IMSS Hospital General Regional 46
LIC. SERGIO ADOLFO HORTA MORALES
Calidad e Innovación
Comité ejecutivo
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COCINA RODRÍGUEZ – DIA DEL NIÑO
Cocina Rodríguez regalo pelotas de plástico a los usuarios del
servicio de la cocina en conmemoración del día 30 de abril
“Día del Niño”
LIC. SERGIO ADOLFO HORTA MORALES
Calidad e Innovación
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OPERATIVO
CAPACITACIONES VIRTUALES
CURSO VIRTUAL “IMPORTANCIA DEL CONTROL DE COMERCIO ESTRATÉGICO”
EXPOSITOR: Mtra. Ingrid Citlalli Blanco Rubio
Día: Martes 12 de Mayo de 2020
Horario del curso: 10:00 a.m. a 12:00 p.m.
“CURSO-TALLER VIRTUAL DE LLENADO DEL PEDIMENTO”
EXPOSITOR: Lic. Sara Liliana Almazán Garibay
Día: Miércoles 20 de Mayo de 2020
Horario del curso: 10:00 a.m. a 12:00 p.m.
CURSO VIRTUAL “RECONOCIMIENTO PREVIO”
EXPOSITOR: Mtro. David Ernesto Conde Valero
Día: Jueves 28 de Mayo de 2020
Horario del curso: 9:30 a 11:00 a.m.
Comité ejecutivo
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CONSULTAS RELEVANTES
Certificados electrónicos
Consulta:
Derivado de diversas consultas relativas a la forma de verificar los Certificados de origen en copia emitidos en
papel o por medios electrónicos, durante la contingencia por COVID-19.
Respuesta:
Se les informo que en el siguiente enlace, podrán ser verificados los Certificados de origen emitidos en por los
países Bélgica, Brasil, Bulgaria, Canada, China, Dinamarca, Finlandia, Francia, Irán, Italia, Netherlands (Países
Bajos), Noruega, Portugal, Katar, Singapur, Eslovaquia, Eslovenia, Corea del Sur, Suecia, Emiratos Árabes Unidos
(UAE), Reino Unido y Estados Unidos de América:
https://certificates.iccwbo.org/
Respecto a los Certificados de Origen emitidos por España, los mismos tendrán un código seguro de
verificación, con el cual se podrá verificar la autenticidad del Certificado, en el siguiente enlace:
https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/inwinvoc/es.aeat.dit.adu.eeca.catalogo.vis.VisualizaSc?COMPLETA=N
O&ORIGEN=J
Base gravable desperdicios
Consulta:
En el supuesto de un cambio de régimen de importación temporal a definitivo de los desperdicios, se tiene la
duda respecto a si para la base gravable, se deberá tomar en cuenta el valor de los incrementables.
Respuesta:
Se informó que se deberá tomar en cuenta como base gravable para la determinación de las contribuciones, el
valor comercial de los desperdicios en territorio nacional en el estado en el que se encuentren, es decir, sin los
incrementables, conforme lo dispuesto en la Regla 1.6.9, primer párrafo de las Reglas Generales de Comercio
Exterior para 2019, así como también en el supuesto de la importación temporal vencida, en términos de la
Regla 2.5.2, fracción IV, tercer párrafo de las mismas Reglas.
LIC. LUZ ELENA RAMIREZ MARTINEZ
Gerente Operativo
LIC. YULIANA SÁNCHEZ GONZÁLEZ
Auxiliar Operativo
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JURÍDICO
DERECHOS HUMANOS ¿QUÉ SON?
Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad humana, cuya realización
efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de la persona. Este conjunto de prerrogativas se
encuentra establecido dentro del orden jurídico nacional, en nuestra Constitución Política, tratados
internacionales y las leyes.
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de
nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra
condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son
interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de
los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho
internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los
gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en
otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o
grupos.
El respeto hacia los derechos humanos de cada persona es un deber de todos. Todas las autoridades en el
ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos
humanos consignados en favor del individuo.
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Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las
debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia
dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito.
Los derechos humanos son iguales y no discriminatorios. La no discriminación es un principio transversal en
el derecho internacional de derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos
humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención
Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la
Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la
discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así
sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo
estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres
e iguales en dignidad y derechos”.
Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y
los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La
obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos
humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los
derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben
adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así
como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos
de los demás.
La aplicación de los derechos humanos a la que se encuentran obligadas todas las autoridades se rige por los
principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
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El principio de la universalidad. Todas las personas son titulares de todos los derechos humanos. Dicho
principio se encuentra estrechamente relacionado a la igualdad y no discriminación. No obstante, para lograr la
igualdad real se debe atender a las circunstancias o necesidades específicas de las personas.
Principio de Interdependencia. Consiste en que cada uno de los derechos humanos se encuentran ligados
unos a otros, de tal manera que el reconocimiento de uno de ellos , así como su ejercicio, implica
necesariamente que se respeten y protejan múltiples derechos que se encuentran vinculados.
Principio de Indivisibilidad. Implica que los derechos humanos no pueden ser fragmentados sea cual fuere su
naturaleza. Cada uno de ellos conforma una totalidad, de tal forma que se deben reconocer, proteger y
garantizar de forma integral por todas las autoridades.
Principio de interdependencia e indivisibilidad. Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles
y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos
económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos
colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles,
interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la
privación de un derecho afecta negativamente a los demás.
Principio de Progresividad. Constituye una obligación del Estado para asegurar el progreso en el desarrollo
constructivo de los derechos humanos, al mismo tiempo, implica una prohibición para el Estado respecto a
cualquier retroceso de los derechos. El Estado debe proveer las condiciones más óptimas de disfrute de los
derechos y no disminuir ese nivel logrado.
FUENTE DE LA INFORMACION: https://www.cndh.org.mx/derechos-humanos/que-son-los-derechos-humanos
LIC. JOSE PEDRO ARELLANO HEREDIA
Gerente Jurídico
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SISTEMAS
EMISION DE INFORMACIÓN
NUMERO FECHA ASUNTO
CIRCULAR 107/2020 20/04/2020 HORARIO DE SERVICIO 1 Y 5 DE MAYO
TI. WILLIAMS DE JESÚS LARA TISCAREÑO
Gerente Sistemas
ERRORES PRESENTADOS EN EL SISTEMA DE PREVALIDACION Y VALIDACIÓN
Error de presentado Fundamento de Justificacion Autorizada o Rechazada.
554 06 00008967 SLC 0010738
FRACC:85489099 PARTIDA:8
ERROR: No deberá declarar
identificador XP con
complemento 1: T9, ya que la
fracción declarada no está
sujeta al cumplimiento de la y
por lo tanto no requiere
exceptuarla.
La excepción de las regulaciones se realiza de
conformidad el punto sexto, primer párrafo
del punto octavo, Último párrafo del punto
noveno y punto décimo, todos estos del
Acuerdo que establece la clasificación y
codificación de mercancías cuya importación
y exportación está sujeta a regulación por
parte de la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales publicado en el Diario
Oficial de la Federación el día 19 de diciembre
de 2012 y posteriores modificaciones en
relación a los apéndices 8 y 9 del anexo 22
de las Reglas Generales de Comercio Exterior
vigentes. Conforme al apéndice 9 las claves
aplicables a las regulaciones exceptuadas son:
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y
RECURSOS NATURALES CLAVE DESCRIPCIÓN
T7 -MERCANCÍA CUYA IMPORTACIÓN, ESTA
SUJETA A UNA AUTORIZACIÓN DE
IMPORTACIÓN O AVISO DE RETORNO POR
PARTE DE LA SEMARNAT OTORGADO POR LA
DIRECCIÓN GENERAL DE MATERIALES,
RESIDUOS Y ACTIVIDADES
RIESGOSAS.(PUNTOS QUINTO Y SEXTO
ACUERDO DE LA SEMARNAT). T9 -REGISTRO
DE VERIFICACIÓN * * El registro de
verificación se toma considera conforme al
Último párrafo del punto noveno del acuerdo
antes citado.
Rechazada conforme al artículo sexto
del acuerdo de SEMARNAT ya que en
este caso se trata de una importación
a la cual solo está sujeta al permiso
T7 pero en este caso esta
cumplimento con la excepción del
mismo.
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556 05 00002329 MFC
0000890 FRACC:38089199
PARTIDA:1 Linea:30
ERROR: La clave
de la contribucion declarada
en el registro 556 campo 5: 31
no es valida o no
se encuentra vigente; de
conformidad con el Apendice
12 del Anexo 22 de las
RGCE.
De conformidad con el Apendice 12 de las
RGCE para 2019, toda vez que se trata de una
rectificacion para agregar el pago de IEPS,
clave "31" con FP "21" de conformidad con el
Apendice 12 y 13 de las RGCE, lo anterior
considerando que en su operacion original
9006107, clave V1 no se declaro dicha
informacion de IEPS
Liberada conforme al apéndice 12 de
las RGCE así como el artículo 89 de la
LA
557 07 00007549 IVA 0052153
FRACC:85072099 PARTIDA:1
ERROR: El importe del
Impuesto al Valor Agregado
no es correcto, el correcto es
$845 (importe en
pesos del IVA calculado ) en
virtud de que la base gravable
para el IVA es de
$5306.7 (importe en pesos de
la base gravable del IVA),
incluyendo el importe
de DTA por partida de
$313.72; de conformidad con
el Art. 1 fr. IV de la LIVA.
Se calcula el IVA con BG de DTA cuota fija
dando un total de 849.00 mxn. Cuando el
total del monto determinado del 8 al millar,
no exceda el importe de la cuota fija prevista
en la fraccion III del art 49, se debera pagar la
cuota fija y no el 92%, ya que asà lo indica el
supuesto legal.
Libera conforme al Art. 1 de la Ley
del IVA.
TI. WILLIAMS DE JESÚS LARA TISCAREÑO
Gerente Sistemas
OPERACIONES DE EMPRESAS CON AMPARO DE DTA
Sesolicita apoyo para levantar un reporte de mesa de ayuda RMA respecto a una operación la cual la empresa
cuenta con amparo de DTA, que por su valor de la mercancía por el cálculo del 8 al millar da la cuota mínima
$341.
Solvento con el siguiente comentario.
Atendiendo a la competencia con que cuenta la Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas para
resolver consultas relacionadas con el despacho aduanero, que no impliquen la interpretación jurídica, acorde
a lo dispuesto en el artículo 19, fracción LXXXIV en relación con el 20 Apartado B, fracción I del Reglamento
Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de
agosto de 2015 y con fundamento en los artículos 33, fracción I, inciso a) del Código Fiscal de la Federación, 1°,
7° fracción X, 8° fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, se comunica lo siguiente:
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El artículo 49 de la Ley Federal de Derechos prevé en su primer párrafo, fracciones I, II y III y segundo párrafo,
lo siguiente:
“Artículo 49.- Se pagará el derecho de trámite aduanero, por las operaciones aduaneras que se
efectúen utilizando un pedimento o el documento aduanero correspondiente en los términos de la
Ley Aduanera, conforme a las siguientes tasas o cuotas:
I. Del 8 al millar, sobre el valor que tengan los bienes para los efectos del impuesto general de
importación, en los casos distintos a los señalados en las siguientes fracciones o cuando se
trate de mercancías exentas conforme a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y
de Exportación o a los Tratados Internacionales.
II. Del 1.76 al millar sobre el valor que tengan los bienes, tratándose de la importación temporal
de bienes de activo fijo que efectúen las maquiladoras o las empresas que tengan programas
de exportación autorizados por la Secretaría de Economía o, en su caso, la maquinaria y
equipo que se introduzca al territorio nacional para destinarlos al régimen de elaboración,
transformación o reparación en recintos fiscalizados.
III. Tratándose de importaciones temporales de bienes distintos de los señalados en la fracción
anterior siempre que sea para elaboración, transformación o reparación en las empresas con
programas autorizados por la Secretaría de Economía (Industria Manufacturera, Maquiladora
y de Servicios de Exportación IMMEX): …
…
Cuando la cantidad que resulte de aplicar lo dispuesto en las fracciones I y II de este artículo sea
inferior a la señalada en la fracción III, se aplicará esta última.
…”
De lo anterior se desprende que, cuando el monto determinado del 8 ó 1.76 al millar, según corresponda, sea
inferior a la cuota fija prevista en la fracción III, debe aplicarse ésta última.
Por ello, en opinión de esta unidad administrativa se debe pagar el 92% cuando la determinación del monto
total correspondiente al 8 al millar exceda la cuota fija, ya que no se encuentra en el supuesto legal de pagar
esta última como lo señala el propio precepto.
Viceversa cuando el total del monto determinado del 8 al millar, no exceda el importe de la cuota fija prevista
en la fracción III del art 49, se deberá pagar la cuota fija y no el 92%, ya que así lo indica el supuesto legal.
Lo anterior, constituye únicamente la opinión de esta unidad administrativa, atendiendo a la facultad con que se cuenta para resolver consultas
relacionadas con el despacho aduanero, por lo que no es vinculante, emitiéndose con base en la normatividad aquí analizada y sin prejuzgar
sobre la existencia de algún otro antecedente que no se haya hecho del conocimiento, por lo que de ninguna manera debe considerarse como
un lineamiento normativo de observancia general. Contenido.
TI. WILLIAMS DE JESÚS LARA TISCAREÑO
Gerente Sistemas
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APOYO Y SERVICIO
GAFETES
Durante el periodo de ABRIL se
elaborarón 43 gafetes.
DEPENDIENTES
03
APOYO Y SERVICIO
38
APOYO Y SERVICIO
02
LIC. FRANCISCO JAVIER ENCISO SANTANA
Recursos Humanos y Servicios
AGENTE ADUANAL
MANDATARIO
DEPENDIENTES
APOYO Y SERVICIO
APOYO Y SERVICIOEN ALMACENES YCARGA
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TEMA DEL MES
ACTIVIDAD MANUFACTURERA DEL MES DE ABRIL DE 2020
LOS EFECTOS DE LA PANDEMIA EN LA ACTIVIDAD MANUFACTURERA
La actividad manufacturera de todos los países se contrajo en el mes de abril. Las industrias manufactureras de
China y Sudáfrica fueron las que tuvieron los registros más cercanos a la expansión (50 puntos), en cambio, los
sectores manufactureros de la India, Indonesia y Colombia fueron los más distantes de la expansión al registrar
niveles por debajo de 30 puntos.
El común denominador de esta baja general es la pandemia, sin embargo, en el caso de México, hay que tener
presente que los indicadores manufactureros tanto de Markit como del IMEF están por debajo de 50 puntos o
en contracción desde el año pasado y el Covid-19 solo ha sido el acelerador para el enfriamiento de su
actividad manufacturera.
Recordemos que existen los rebotes de gato muerto, es decir,
en la reactivación económica observaremos como los países
asiáticos (sobre todo China) como los europeos presentarán
saltos espectaculares que serán seguidos de caídas que
también serán sobresalientes. Será como echar andar un
gigantesco motor que lleva mucho tiempo sin funcionar y que,
aunque no sea imposible encenderlo será una tarea colosal
mantenerlo trabajando al mismo ritmo del 2018 y menciono
ese año porque el 2019 no fue nada positivo para México y
otras naciones que dependen de la industria automotriz.
Con un registro de 36 puntos, la industria manufacturera brasileña es la menos golpeada de Latinoamérica.
Hay que tener presente que el presidente de Brasil, Jair Bolsonaro no ha querido declarar una cuarentena
nacional, aunque algunos estados si la han declarado. Como Brasil hay otras naciones en el mundo que no han
detenido su actividad económica como Suecia. Sin embargo, la actividad manufacturera sueca quedo en 36
puntos, muy por debajo de Noruega, que tuvo el registro menos malo de Europa con 42 puntos y si declaró la
cuarentena.
La lección tanto para Brasil como para Suecia es que si todo el mundo para su actividad, las cadenas de
suministro se rompen y por lo tanto tendrán menos pedidos, menos producción y menos exportaciones, ya
que ambas naciones forman parte de esa cadena y no tendrá objeto el que saturen sus inventarios cuyos
productos no tendrán demanda por un buen tiempo.
LA SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD MANUFACTURERA MEXICANA
Dice el dicho popular que “mal de otros es un consuelo de tontos”, sin embargo, hay que decir que la actividad
manufacturera de nuestro país registró niveles menos malos que Canadá y Colombia, o sea que la caída no
estuvo tan mal como la esperábamos.
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El tema es que caímos y las caídas duelen. Duelen por los empleos perdidos y por los negocios que cierran y
que probablemente en mucho tiempo no se van a activar o nunca volverán abrir. Seamos realistas en cuanto a
la actividad manufacturera, desde 2019 los registros de México indicaban menos actividad, menos operaciones,
muchos despidos. En este escenario de enfriamiento, el tema se torna más complicado, pues hubo falta de
sincronía con el mundo en el tema de la pandemia y si en el tema de la reactivación económica seguimos
insistiendo en la falta de sintonía con el mundo y en querer imponer nuestro criterio, entonces tendremos
muchos obstáculos para estar produciendo al ritmo del mundo. Brasil, Suecia y otras naciones que de forma
absoluta o parcial se han salido de las medidas recomendadas por la Organización Mundial de la Salud hasta
ahora no muestran una actividad económica sobresaliente al resto de los países, pues su producción esta
ligada a los pedidos que les hacen sobre todo Estados Unidos, China y Alemania que si detienen sus
economías de poco servirá que éstos las mantengan activas.
El reporte de Markit sobre la actividad manufacturera en
México hace énfasis en el recorte de plantillas laborales en el
mes de abril1 y en la interrupción de las cadenas logísticas y
como afectaron a las fábricas que siguieron laborando.
Los números rojos derivados de los reportes del INEGI sobre la
producción, exportación y venta de vehículos en el mercado
interno en el mes de abril solamente vienen a confirmar la
contracción de la actividad manufacturera mexicana.
El tráfico ferroviario también nos muestra el desplome del comercio exterior2:
Para calibrar la magnitud de las malas noticias,
basta en el caso de México observar que en la
semana 18 del 2020, solamente se movieron
133 vagones para el sector automotriz. Las
cifras en esta ocasión solo confirman las malas
noticias y espero que en el próximo reporte ya
tengamos cifras que nos muestren que el
botón de encendido ya está activado pues en
esta aventura tendremos momentos en que
alucinaremos ver la luz y otros en que
alucinaremos una oscuridad infinita. Sin
embargo, no olvidemos que estos son
momentos de oportunidad y de reinventar
estrategias para sobrevivir y hasta dominar en
las nuevas condiciones del mercado.
FUENTE DE LA INFORMACIÓN:
1 https://www.markiteconomics.com/Public/Home/PressRelease/87528f974fbd442e894301dfed243ccf
2 https://www.aar.org/wp-content/uploads/2020/05/2020-05-06-railtraffic.pdf
SERGIO ENRIQUE BARBOSA PADILLA
AAAG
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INFORMACIÓN DE INTERÉS
EL T-MEC ENTRARÁ EN VIGOR EL 1 DE JULIO, CONFIRMA LA USTR
El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) entrará en vigor el próximo 1 de julio, luego de que
los tres países concluyeron sus reglamentaciones uniformes y procesos internos.
El representante comercial de Estados Unidos, Robert Lighthizer, notificó este viernes al Congreso de su país
que Canadá y México han tomado las medidas necesarias para cumplir con sus compromisos en virtud del T-
MEC y que el tratado entrará en vigencia el 1 de julio del 2020.
Luego de ello, Estados Unidos se convirtió en el tercer país en notificar a las otras partes que había completado
sus procedimientos internos para implementar el acuerdo, el paso final necesario para que el T-MEC entre en
vigor.
“La entrada en vigor del T-MEC marca el comienzo de un nuevo capítulo
histórico para el comercio de América del Norte al apoyar un comercio
más equilibrado y recíproco, que conduce a mercados más libres, un
comercio más justo y un crecimiento económico robusto en América del
Norte”, dijo la Representación Comercial de la Casa Blanca (USTR) en un
comunicado.
Después de más de un año de consultas adicionales con el Congreso, el 10 de diciembre del 2019, Estados
Unidos, México y Canadá firmaron un protocolo de enmienda al T-MEC que fortalece aún más el cumplimiento
de sus compromisos laborales y ambientales. El Senado de México ratificó el acuerdo el 19 de junio del 2019, y
tendrá que implementar sus compromisos a través de cambios en sus leyes y reglamentos antes de su entrada
en vigor.
En particular, en Estados Unidos, al menos 30 días antes de la entrada en vigencia del T-MEC, el presidente
debe notificar al Congreso de su país que ha determinado que las otras partes han tomado las medidas legales
y reglamentarias necesarias para cumplir con sus compromisos en virtud del acuerdo.
Una vez que todas las partes hayan implementado esas medidas legales y regulatorias, el acuerdo entrará en
vigencia “el primer día del tercer mes siguiente a la última notificación”.
“El acuerdo contiene mejoras significativas y enfoques modernizados de las normas de origen, acceso
al mercado agrícola, propiedad intelectual, comercio digital, servicios financieros, trabajo y muchos
otros sectores. Estas mejoras generarán más empleos, brindarán protecciones laborales más sólidas y
ampliarán el acceso al mercado, creando nuevas oportunidades para los trabajadores, agricultores y
ganaderos estadounidenses”, añadió la USTR.
Fuente de la información: https://www.eleconomista.com.mx/empresas/El-T-MEC-entrara-en-vigor-el-1-de-julio-confirma-la-USTR-20200427-0019.html
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NOM-001-SCFI-2018
NOM-001-SCFI-2018: Aparatos electrónicos – Requisitos de Seguridad y métodos de prueba
El Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE), aprobó por
unanimidad la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SCFI-2018, Aparatos electrónicos – Requisitos de
seguridad y métodos de prueba, la cual cancela a la NOM-001-SCFI-1993.
El pasado 17 de septiembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación y se establece que su vigencia
iniciará el 14 de mayo de 2020.
Hablamos de una de las Normas Oficiales Mexicanas pilares en el Sistema Mexicano de Metrología,
Normalización y Evaluación de la Conformidad (SISMENEC), y que, se constituyen como el instrumento idóneo
para la protección de los intereses del consumidor dado el papel tan importante que ocupan los productos
que certifica en nuestra vida cotidiana.
OBJETIVO
Esta Norma Oficial Mexicana aplica a equipos electrónicos y sus accesorios:
• Equipos electrónicos que se fabriquen, importen, comercialicen, distribuyan o arrienden en México, con
el objetivo central de prevenir riesgos a los consumidores y a su patrimonio.
• Aparatos que utilizan para su alimentación la energía eléctrica del servicio público, con tensiones
monofásicas de alimentación hasta 277 V c.a. a 60 Hz y/o tensiones trifásicas hasta 480 V c.a. entre líneas
a 60 Hz; así como de otras fuentes de energía, tales como pilas, baterías, acumuladores, autogeneración y
fuentes alternativas de alimentación hasta 500 V c.c.
• Equipos electrónicos nuevos, de segunda línea, descontinuados, reconstruidos, reacondicionados, usados
o de segunda mano.
ALCANCE
Las características de protección de esta norma aplican a los usuarios de los productos, pero también al
personal operativo o de mantenimiento que entren en contacto con los aparatos certificados en riesgo,
previniendo el mal uso razonablemente previsible, cuando su instalación, conservación y uso, correspondan a
la finalidad que tengan, conforme los siguientes principios:
1. Protección contra choque eléctrico;
2. Protección contra peligros mecánicos;
3. Protección contra radiación óptica;
4. Protección contra fuego;
5. Protección contra efectos térmicos, y
6. Protección contra efectos biológicos y químicos.
NOTA. Esta Norma Oficial Mexicana no incluye requisitos sobre el desempeño, la aptitud a la función o
características de funcionamiento del equipo electrónico.
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Preguntas y Respuestas NOM-001-SCFI-2018
Fuente de la información:
https://www.nyce.org.mx/preguntas-y-respuestas-nom-001-scfi-2018/
LIC. LUZ ELENA RAMIREZ MARTINEZ
Gerente Operativo
LIC. YULIANA SÁNCHEZ GONZÁLEZ
Auxiliar Operativo
¿Mi certificado actual de NOM-001-SCFI-1993, sigue siendo
vigente? ¿Hasta cuándo puedo utilizarlo?
Los certificados de la NOM-001-SCFI-1993 mantienen su vigencia
conforme lo indicado en el transitorio cuarto de la NOM.
CUARTO. – Los certificados de conformidad vigentes que hayan sido
emitidos respecto de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SCFI-1993,
con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la presente Norma
definitiva, continuarán vigentes hasta que concluya el periodo marcado
en los mismos y, dichos productos podrán comercializarse hasta agotar
el inventario al amparo del certificado.
¿Se pueden seguir agrupando
varios modelos en familia?
¿Cuántos equipos podrían ser
agrupados?
La NOM-001-SCFI-2018 sí permite
este procedimiento.
Así se indica en el Apéndice
B (Normativo). – Agrupación de
equipos electrónicos y/o sistemas
como una familia de equipos
electrónicos y/o sistemas; es como se
podrán diferentes modelos en familia
y no existe un límite de cantidad de
modelos a agruparse.
¿Cuándo entra en vigor
la NOM-001-SCFI-
2018?
La norma entra en vigor
el próximo jueves 14 de
mayo de 2020. Esto
corresponde al período
de 240 días posteriores
a su publicación, como
lo marca el Diario Oficial
de la Federación.
¿El proceso de certificación será el
mismo? ¿Qué novedades debo
considerar de ahora en adelante?
En esencia, el proceso de
certificación es el mismo. Ahora la
misma Norma Oficial Mexicana
incluye el Procedimiento de
evaluación de la conformidad que
considera los siguientes esquemas
de certificación:
Esquema de certificación con
seguimiento del equipo
electrónico o sistema en
punto de venta
(comercialización) o fábrica o
bodega.
Esquema de certificación con
seguimiento del equipo
electrónico y/o sistema en
punto de venta
(comercialización) o fábrica o
bodega y al sistema de
rastreabilidad.
Esquema de certificación con
base en el sistema de control
de la calidad de las líneas de
producción.
Esquema de certificación por
lote.
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HUMOR GRÁFICO
IMÁGENES CON MUCHO HUMOR
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ALEJANDRO VILLANUEVA PORRAS
Comunicaciones
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CONTACTO
La gaceta tiene como finalidad mantenerlos informados de las diversas actividades y trámites que llevan a cabo
los departamentos para beneficio de sus asociados y afiliados.
En caso de tener propuestas respecto a la presentación o temas que sean de su interés favor de enviarlos al
correo electrónico [email protected]
“LA VIDA DE UN HOMBRE ES
LO QUE SUS PENSAMIENTOS QUIEREN QUE SEA”
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ASOCIACIÓN DE AGENTES ADUANALES DE GUADALAJARA, A.C.
www.aaag.org.mx
www.facebook.com/AsociacionDeAgentesAduanalesDeGuadalajaraAc
www.twitter.com/aaagdl