asamblea jk

18
Asambleas Departamentales & Concejos Municipales Juan Camilo López R. Publicidad y Mercadeo www.juancamilolr.tk Seminario IV Profesora Verena Lovich

Upload: juan-lopez

Post on 16-Jan-2015

662 views

Category:

Education


3 download

DESCRIPTION

asambleas departamentales y concejos municipales en colombia

TRANSCRIPT

Page 1: Asamblea jk

Asambleas Departamentales

&Concejos

Municipales

Juan Camilo López R.Publicidad y Mercadeo

www.juancamilolr.tk

Seminario IVProfesora

Verena Lovich

Page 2: Asamblea jk

Asambleas Departamentales

Page 3: Asamblea jk

La Asamblea Departamental en Colombia, son en cada departamento la corporación pública, de carácter político-administrativo, de elección

popular, la cual goza de autonomía administrativa y presupuesto propio. • Conformada por no menos de 11 diputados ni más

de 31• Elegidos popularmente para un periodo de 4 años. • La Asamblea Departamental emite Ordenanzas de

obligatorio cumplimiento en su jurisdicción territorial (Departamento).

• ¿Quién puede ser elegido Diputado?Para ser elegido Diputado se requiere ser ciudadano en ejercicio, no haber sido condenado a pena privativa de la libertad, con excepción de los delitos políticos o culposos y haber residido en la respectiva circunscripción electoral durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la elección.

Bogotá, la capital, es el único ente que no tiene representación en alguna asamblea departamental, aunque es la capital del departamento de Cundinamarca ,está organizada como Distrito Capital gozando de autonomía para la gestión de sus intereses.

Asamblea Departamental

¿Que son?

Page 4: Asamblea jk

Atlántico Caldas

Asamblea Departamental

Num disputados Nacionales

398

Num de concejales Nacionales

10.910

Huila Arauca

Amazonas Guajira Boyacá

Asamblea Departamentales Con su sitio web

Magdalena

Guainía

Page 5: Asamblea jk

Asamblea Departamental

Funciones

Las Asambleas están conformadas por diputados que realizan su labor de control político sobre los actos de los gobernadores, secretarios de despacho, gerentes y directores de institutos descentralizados.

• La Asamblea se reúne y presenta proyectos, que al ser aprobadas se convierten en ordenanzas de obligatorio cumplimiento en su jurisdicción.

• En la Constitución Nacional se establece el número de miembros de acuerdo a la población de los departamentos.

• Tiene su propio régimen de control y se reúnen para debatir proyectos, presupuestos, nombramientos, manejo de regalías, control publico.

Page 6: Asamblea jk

1. Reglamentar el ejercicio de las funciones y la prestación de los servicios a cargo del Departamento.

2. Expedir las disposiciones relacionadas con la planeación, el desarrollo económico y social, el apoyo financiero y crediticio a los municipios, el turismo, el transporte, el ambiente, las obras públicas, las vías de comunicación y el desarrollo de sus zonas de frontera.

3. Adoptar de acuerdo con la Ley los planes y programas de desarrollo económico y social y los de obras públicas, con la determinación de las inversiones y medidas que se consideren necesarias para impulsar su ejecución y asegurar su cumplimiento.

4. Decretar, de conformidad con la Ley, los tributos y contribuciones necesarios para el cumplimiento de las funciones departamentales.

5. Expedir las normas orgánicas del presupuesto departamental y el presupuesto anual de rentas y gastos.

6. Con sujeción a los requisitos que señale la Ley, crear y suprimir municipios, segregar y agregar territorios municipales y organizar provincias.

7. Dictar normas de policía en todo aquello que no sea materia de disposición legal.

Asamblea Departamental

Funciones principales

Page 7: Asamblea jk

Asamblea Departamental

Control de Poder

Page 8: Asamblea jk

Asamblea Departamental

Leyes y normativas

CAPITULO IIDEL RÉGIMEN DEPARTAMENTAL:

Artículos : 299 Organización de las Asambleas Departamentales 300 Funciones de las Asambleas Departamentales 301 Delegación de funciones de la Asamblea a los

Concejos

Constitución Política

Link: capitulo 2 Régimen departamental

Page 9: Asamblea jk

Asamblea DepartamentalGobernadores y

Alcaldes 2.012

AntioquiaGobernador: Sergio Fajardo Valderrama

Alcalde Medellín: Aníbal Gaviria Correa

Numero de Muni: 125

AtlánticoGobernador: José Antonio

Segebre BerardinellAlcalde Barranquilla:

Elsa Noguera de la Espriella

Numero de Muni: 23

BoyacáGobernador: Juan Carlos

Granados BecerraAlcalde Tunja:

Fernando Flórez Espinosa Numero de Muni: 123

CundinamarcaGobernador: Álvaro Cruz

Vargas Alcalde Bogotá D.C:

Gustavo Francisco Petro Urrego

Numero de Muni: 113

Valle del CaucaGobernador: Francisco José Lourido Muñoz

Alcalde Cali: Rodrigo Guerrero

Velasco Numero de Muni: 42

Distrito CapitalAlcalde: Gustavo

Francisco Petro Urrego

Page 10: Asamblea jk

Concejos Municipales

Page 11: Asamblea jk

Concejos Municipales

El Concejo Municipal es una Corporación Político Administrativa y Pública, elegida popularmente para periodos de cuatro (4) años, integrado por no menos de 7 ni mas de 21 miembros, llamados Concejales, quienes cumplen funciones constitucionales de Control Político sobre la administración Municipal. (Art. 312. Constitución)  

El Concejo Municipal constituye una de las instituciones más representativas del derecho constitucional y administrativo colombiano y permite mayores oportunidades de contacto directo entre la población y el Estado.

En la organización del Estado Colombiano, los Concejos Municipales tienen cuatro características esenciales, simultáneas y complementarias:

• Ser una Corporación Pública• Tener naturaleza político-administrativa• Sus miembros son elegidos popularmente• Carece de personalidad jurídica propia.• Estas características determinan su naturaleza jurídica, política y administrativa.

¿Que son?

Page 12: Asamblea jk

¿Desde cuándo se creó esta figura?La expresión se remonta a la Constitución de 1886, se conservó en el Acto Legislativo 3 de 1910 y en posteriores reformas constitucionales. ¿Cómo se define el número de concejales?De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 136 de 1994, la Registraduría Nacional del Estado Civil tiene a su cargo la determinación y publicación oportuna del número de concejales que puede elegir cada municipio.

¿Quiénes pueden votar por concejal?En la elección de los miembros de los Concejos sólo pueden participar los ciudadanos inscritos en el censo electoral de cada municipio, incluidos los extranjeros que hayan inscrito su cédula de extranjería.

¿Cuántos candidatos hay inscritos?En total 79.742 candidatos se inscribieron para participar en la elección de miembros de los Concejos Municipales el próximo 30 de octubre de 2011.

 ¿Cuántas curules se ocuparán?Los concejales ganadores ocuparán 12.061 cargos en 1.102 municipios del país.

Concejos Municipales

¿Elección y configuración?

Page 13: Asamblea jk

Concejos Municipales

 ¿Qué se requiere para ser concejal?Para ser concejal se requiere ser ciudadano en ejercicio, haber nacido o ser residente en el respectivo municipio o de la correspondiente área metropolitana durante los 6 meses anteriores a la fecha de inscripción de la candidatura o durante un período mínimo de tres años consecutivos en cualquier época.

¿Los habitantes de la isla de San Andrés eligen concejo?No. El departamento de San Andrés elige gobernador y asamblea pero no alcalde ni concejo porque San Andres no es municipio. Sin embargo Providencia sí es un municipio y por lo tanto allí sí se elige alcalde y concejo.

¿Requerimientos y casos espécieles?

¿Cuánto dura el período de un concejal?Los concejales son elegidos por un período de cuatro años, contados a partir del 1 de enero del año siguiente al de su elección y concluye el 31 de diciembre del último año del período.

Page 14: Asamblea jk

Control de Poder

Concejos Municipales

Page 15: Asamblea jk

¿Quiénes pueden aspirar al Concejo de Bogotá?Quienes aspiran a formar parte del Concejo de Bogotá, deben cumplir los mismos requisitos que para ser representante a la Cámara, es decir, ser ciudadano en ejercicio y tener más de 25 años a la fecha de la elección. Además, el candidato debe haber residido en la ciudad durante los dos años anteriores a la elección.

¿Cuáles son las inhabilidades para ser elegidos?• Quien haya sido condenado por sentencia judicial a la fecha de la inscripción• Quien haya sido empleado público o trabajador oficial seis meses antes de la

fecha de la elección, • Quien haya celebrado contratos con entidades públicas, quien haya sido

excluido del ejercicio de una profesión o sancionado más de dos veces por faltas a la ética profesional y a los deberes de un cargo público.

• Tampoco podrá ser concejal quien haya perdido la investidura o quien haya sido condenado por delitos contra el patrimonio del Estado.

Concejos Municipales

Page 16: Asamblea jk

Leyes y normativas

Artículos : 313 – 314 FUNCIONES CONSTITUCIONALES DEL CONCEJO

Constitución Política

Link: Funciones del concejo Articulo 313

Concejos Municipales

Page 17: Asamblea jk

Concejos Municipales

Sitios web

Clic en la imagen para ir al sitio web

Page 18: Asamblea jk

Fin

Gracias

www.juancamilolr.tk