artículo 16 y 17

Upload: caruh-universidad-huelva

Post on 03-Apr-2018

215 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/28/2019 Artculo 16 y 17

    1/1

    Artculo 16. Exmenes orales

    Las pruebas de evaluacin orales sern pblicas. La realizacin de una prueba oral

    exigir que haya sido recogida dicha circunstancia en el sistema de evaluacin

    publicado en la Gua Docente, en tiempo y forma oportunos.

    Artculo 17. Programacin de exmenes finales

    1. En los Centros en que as lo acuerde su Junta de Centro, la Direccin, a propuesta de

    aqulla, podr elaborar un calendario de exmenes finales para todo el curso y los

    distintos grupos. Dicho calendario se har pblico antes del comienzo del curso.

    2. De no aplicarse el apartado anterior, las fechas de exmenes finales sern fijadas de

    comn acuerdo entre los representantes de los estudiantes y el profesor de la asignatura,

    dentro del perodo de exmenes y evaluaciones finales del calendario acadmico, y

    debern depositarlo en la Secretara del Centro. En caso de desacuerdo arbitrar la

    Comisin de Docencia del Centro. La fecha de celebracin, con indicacin del aula yde la hora, deber ser debidamente sellada y registrada en la Secretara del Centro,

    entregando una copia en el Departamento para su publicacin con diez das, como

    mnimo, de antelacin.