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1/46 APÉNDICE A ANEXO TÉCNICO CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS RELATIVOS A LA COMPILACIÓN, INTEGRACIÓN Y ELABORACIÓN DE LIBROS BLANCOS Y EL APOYO EN LA ENTREGA-RECEPCIÓN DE LA CESPT A. COMPILACIÓN, INTEGRACIÓN Y ELABORACIÓN DE LIBROS BLANCOS I. Descripción del Servicio En el Plan Nacional de Desarrollo en el apartado de Transparencia y Rendición de Cuentas, prevé que la rendición de cuentas y la transparencia son dos componentes esenciales en los que se fundamenta un gobierno democrático. En el combate a la corrupción se contempla la instrumentación de diversos objetivos y estrategias para consolidar la política de la administración púbica en materia de rendición de cuentas, información y transparencia, con la finalidad de contribuir al desarrollo de una cultura con apego a la legalidad, a la ética y a la responsabilidad pública. Por lo anterior, toda vez que no existe una normatividad para el Estado de Baja California en materia de Libros Blancos, en supletoriedad se utilizarán los Lineamientos Generales para la regulación de los procesos de entrega-recepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal, emitidos por la Secretaría de la Función Pública, los cuales contemplan un apartado para la Elaboración de Libros Blancos. La Comisión Estatal de Servicios Público de TIJUANA (CESPT) tiene la necesidad de contratar los servicios para la Compilación, Integración y Elaboración de Libros Blancos relacionados con Obra Pública, de 7 (siete) obras, las cuales se describen a continuación: 1. Rehabilitación del colector poniente. 2. Obras complementarias acueducto Tijuana-la Misión-Ensenada (contrato b). 3. Obras complementarias acueducto Tijuana-la Misión-Ensenada (contrato c). 4. Rehabilitación acueducto florido. 5. Construcción planta de tratamiento de aguas residuales "Las Maravillas". 6. Reposición del emisor líneas cuatas. segunda sección. 7. Construcción de PTAR Tecolote-La Gloria con recursos del Crédito Japonés. Con este propósito y después de haber verificado previamente en los archivos de la CESPT, la inexistencia de trabajos sobre la materia, así como la falta de personal capacitado o disponible para

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APÉNDICE A

ANEXO TÉCNICO

CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS RELATIVOS A LA COMPILACIÓN, INTEGRACIÓN Y ELABORACIÓN DE LIBROS BLANCOS Y EL APOYO EN LA ENTREGA-RECEPCIÓN DE LA CESPT

A. COMPILACIÓN, INTEGRACIÓN Y ELABORACIÓN DE LIBROS BLANCOS

I. Descripción del Servicio En el Plan Nacional de Desarrollo en el apartado de Transparencia y Rendición de Cuentas, prevé que la rendición de cuentas y la transparencia son dos componentes esenciales en los que se fundamenta un gobierno democrático. En el combate a la corrupción se contempla la instrumentación de diversos objetivos y estrategias para consolidar la política de la administración púbica en materia de rendición de cuentas, información y transparencia, con la finalidad de contribuir al desarrollo de una cultura con apego a la legalidad, a la ética y a la responsabilidad pública. Por lo anterior, toda vez que no existe una normatividad para el Estado de Baja California en materia de Libros Blancos, en supletoriedad se utilizarán los Lineamientos Generales para la regulación de los procesos de entrega-recepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal, emitidos por la Secretaría de la Función Pública, los cuales contemplan un apartado para la Elaboración de Libros Blancos. La Comisión Estatal de Servicios Público de TIJUANA (CESPT) tiene la necesidad de contratar los servicios para la Compilación, Integración y Elaboración de Libros Blancos relacionados con Obra Pública, de 7 (siete) obras, las cuales se describen a continuación:

1. Rehabilitación del colector poniente.

2. Obras complementarias acueducto Tijuana-la Misión-Ensenada (contrato b).

3. Obras complementarias acueducto Tijuana-la Misión-Ensenada (contrato c).

4. Rehabilitación acueducto florido.

5. Construcción planta de tratamiento de aguas residuales "Las Maravillas".

6. Reposición del emisor líneas cuatas. segunda sección.

7. Construcción de PTAR Tecolote-La Gloria con recursos del Crédito Japonés. Con este propósito y después de haber verificado previamente en los archivos de la CESPT, la inexistencia de trabajos sobre la materia, así como la falta de personal capacitado o disponible para

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su realización, se requiere la contratación de una persona física o moral (El Proveedor) que acredite tener la experiencia y conocimientos técnicos básicos necesarios para prestar el servicio de elaboración de Libros Blancos. Dichos servicios deberán ser prestados por las personas físicas o morales cuya actividad u objeto social sea entre otras la que comprendan la realización de libros blancos o este tipo de proyectos, que se interesen en participar en la Licitación Pública Nacional la CESPT-003-2019-BIENES-LPN y que demuestren por lo menos 5 años de experiencia en la prestación de estos servicios y haber participado en por los menos 5 proyectos de libros blancos de nivel federal, estatal o municipal, lo cual deberá de demostrar con los copia de los contratos los cuales serán verificados por la Convocante. La Licitante deberá de presentar dentro de su propuesta técnica un organigrama del personal propuesto para la ejecución, definiendo al Coordinador General de los trabajos y los Coordinadores tanto de los servicios de elaboración de libros blancos y de apoyo en la entrega recepción. El licitante deberá de entregar los currículos del personal propuesto el cual deberá de cumplir como mínimo el haber participado en tres proyectos en apoyo en la entrega recepción a entidades de nivel federal, estatal o municipal. Los Libros Blancos constituyen un instrumento imprescindible para materializar la política de transparencia en las acciones del gobierno y la rendición de cuentas en forma clara, ordenada y expedita, dos grandes compromisos asumidos por el estado mexicano en su esfuerzo por innovar y fortalecer la administración pública.

II. Objetivo del Servicio: Dejar constancia documental de la ejecución de programas y desde la planeación, programación, ejecución, seguimiento y control; presentando con su integración claridad, objetividad y transparencia en la aplicación de los recursos públicos destinados para los fines respectivos. Con el propósito de llevar a cabo una integración en tiempo y forma de los Libros Blancos, El Proveedor será responsable de lo siguiente:

1. Definir un programa de trabajo con entregables y fechas para el control de actividades.

2. Proporcionar a la CESPT en forma oportuna una herramienta confiable para llevar a cabo el seguimiento, control y evaluación de los diferentes procesos y tareas.

3. Mencionar en los Libros Blancos, que la información clasificada como restringida de

conformidad con las leyes de la materia, no es agregada, indicando en el anexo respectivo, la ubicación de dicha documentación y el área responsable de su guarda y custodia.

4. Instalación, operación, mantenimiento, resguardo y traslado del equipo de cómputo y

lo necesario para los servicios de digitalización propios de El Proveedor, sujetándose

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a los procedimientos institucionales. Para llevar a cabo la digitalización de la información documental, El Proveedor deberá diseñar un índice que cumpla con los Lineamientos Generales para la regulación de los procesos de entrega-recepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal, en lo que respecta al apartado de Libros Blancos, que permita identificar los expedientes para su ágil localización. El formato de archivo de documento digitalizado será en el formato Adobe Acrobat (PDF). Para la utilización y explotación de la información contenida en medios magnéticos no deberá requerirse ninguna licencia de software, únicamente será necesario insertar el medio magnético en cualquier equipo de cómputo.

5. Entregar impresos y en medio magnético los Libros Blancos y sus anexos.

6. Proporcionar el apoyo necesario a la CESPT, para que, conforme a la normatividad vigente, pueda compilar y clasificar la información documental que será parte integral de sus libros blancos.

7. Proporcionar a la CESPT la información que permita identificar los probables riesgos,

así como las propuestas y acciones para su solución y mitigación. La contratación que se plantea tendrá como propósito la realización de los servicios de Asesoría que comprendan la revisión, integración, diagnóstico, digitalización y elaboración de Libros Blancos.

III. Especificaciones Técnicas para los servicios de Asesoría para la Elaboración de Libros Blancos

El Proveedor definirá, en conjunto con un Coordinador General del programa que designe la CESPT, las tareas que conformarán el programa de actividades, destacando las fechas compromiso de los entregables, así como las actividades del equipo de trabajo de El Proveedor, ajustándose al período contratado, cuya fecha se inicia a partir de la firma del contrato de prestación de servicios. Para el desarrollo de los trabajos El Proveedor considerará como mínimo las siguientes actividades:

La integración de los expedientes a partir de un índice documental que el Proveedor determine en observación a lo dispuesto por los Lineamientos Generales para la regulación de los procesos de entrega-recepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal, en lo que respecta al apartado de Libros Blancos, para cada uno de los Libros Blancos contratados por su tipo.

Llevar a cabo la revisión y validación de los documentos, verificando que la documentación que integren los Libros Blancos se sustente jurídicamente al marco normativo vigente.

Proponer a la CESPT, como proceso de realimentación, un procedimiento para el escalamiento y corrección de inconsistencias, presentados durante el desarrollo del programa; una vez identificadas las inconsistencias, El Proveedor deberá proponer dentro de lo posible, medidas para su erradicación.

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El Proveedor asignará, de acuerdo con el programa de actividades, al personal y equipo necesarios para el programa, con el fin de dar cumplimiento a las fechas consignadas en el contrato, pudiendo El Proveedor designar a uno o varios equipos de trabajo a su consideración.

Para brindar la Asesoría correspondiente a la Revisión e Integración de los Libros Blancos, El Proveedor ejecutará los procedimientos derivados de la Metodología con que cuente para este propósito y deberá considerar como mínimo, lo siguiente:

i. Definir el índice documental de cada uno de los Libros Blancos.

ii. Será responsabilidad de la CESPT, entregar cada uno de los documentos señalados en el índice documental, para cada uno de los Libros Blancos definidos.

iii. Solicitar y recibir los documentos señalados en el índice documental de cada expediente, incluidos en el formato para la entrega-recepción de documentos, que será proporcionado por El Proveedor.

iv. Verificar, validar y realizar una propuesta de mejora en la integración de los Libros Blancos.

v. Identificar las posibles inconsistencias y proponer a la CESPT las medidas que permitan su corrección.

Para llevar a cabo el proceso de Digitalización de la información, El Proveedor deberá definir un índice general que cumpla con lo señalado por el marco normativo vigente, complementado con el índice documental contenido en la metodología propuesta por El Proveedor, en cada uno de los Libros Blancos. Al finalizar y como resultado de estas actividades de Revisión e Integración de los Libros Blancos y Digitalización de la documentación, El Proveedor deberá presentar un Informe Final, adicional a los Libros Blancos debidamente revisados, integrados, impresos y digitalizados. IV. Estructura y Actividades del Servicio:

El Proveedor deberá integrar y elaborar los libros blancos de acuerdo con la siguiente estructura y desarrollar las actividades relacionadas, de acuerdo con lo señalado a continuación:

a) ESTRUCTURA DE LOS LIBROS BLANCOS: El Proveedor deberá tomar en consideración lo establecido en los Lineamientos Generales para la regulación de los procesos de entrega-recepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal, en lo que respecta al apartado de Libros Blancos, emitidos por la Secretaría de la Función Pública, que señala los capítulos siguientes:

i. Presentación.

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En este apartado se describirá el nombre y objetivo del programa, proyecto o asunto de que se trate; periodo de vigencia que se documenta; ubicación geográfica; principales características técnicas; unidades administrativas participantes, así como nombre y firma del titular de la dependencia o entidad.

ii. Fundamento Legal y Objetivo del Libro Blanco.

iii. Antecedentes.

En este apartado se deberán señalar las causas o problemática general que motivó la conceptualización y ejecución del programa, proyecto o asunto de que se trate.

iv. Marco Normativo Aplicable a las Acciones Realizadas Durante la Ejecución del Programa, Proyecto o Asunto.

v. Vinculación del Programa, Proyecto o asunto con el Plan Nacional de Desarrollo y Programas Sectoriales, Institucionales, regionales y/o Especiales.

Se señalará la vinculación existente entre el programa, proyecto o asunto de que se trate con el plan nacional de desarrollo que corresponda y el o los programas sectoriales, institucionales, regionales o especiales.

vi. Síntesis Ejecutiva del Programa, Proyecto o Asunto.

Este apartado incluirá una breve descripción cronológica de las principales acciones realizadas desde la planeación, ejecución, seguimiento y puesta en operación, hasta el informe final del responsable de su realización.

vii. Acciones Realizadas.

El objetivo de este apartado es integrar documentación suficiente que permita la evaluación de las principales acciones realizadas durante la ejecución y puesta en operación del programa, proyecto o asunto. Como mínimo deberá incluirse la documentación relativa a lo siguiente:

a) Programa de trabajo;

b) Presupuesto y calendario de gasto autorizado;

c) Integración de expedientes y/o de proyectos ejecutivos, y

d) Documentación soporte de la aplicación de los recursos, entre ésta, la correspondiente a los trámites y registros contables y presupuestarios realizados, incluyendo un cuadro resumen del total del presupuesto autorizado y ejercido y, en su caso, el soporte documental de los recursos enterados a la tesorería de la federación; a los procesos de adjudicación de bienes y/o servicios; a los convenios y/o contratos celebrados, entre otros.

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viii. Seguimiento y Control.

En este apartado se integrarán los informes periódicos sobre los avances y situación del programa, proyecto o asunto de que se trate, así como en su caso, las acciones realizadas para corregir o mejorar su ejecución; las auditorías practicadas y la atención a las observaciones determinadas.

ix. Resultados y Beneficios Alcanzados.

En este apartado se precisará el cumplimiento de los objetivos y metas del programa, proyecto o asunto, los resultados obtenidos y los beneficios alcanzados.

x. Informe Final del Servidor Público de la Dependencia o Entidad, Responsable de la Ejecución del Programa, Proyecto o Asunto.

b) ACTIVIDADES RELACIONADAS: Para cumplir en tiempo y forma con los servicios contratados, El Proveedor deberá incluir como parte de sus servicios, las siguientes actividades relacionadas:

A. Control de Calidad:

El Proveedor deberá de contar con un plan de control de calidad, que permita corroborar el avance del programa mediante la emisión de reportes y verificará permanentemente que se mantenga la uniformidad y congruencia en las actividades programadas, comparando el avance obtenido contra el planificado e informando los riesgos detectados, así como las acciones iniciadas para su mitigación.

B. Administración del Programa:

El Proveedor facilitará el acceso a una herramienta de colaboración y comunicación que permitirá generar reportes de avance periódico del programa, a fin de tener una visión global del proceso.

C. Tableros de Control:

Con base en el marco normativo vigente y la información proporcionada por la CESPT, el Proveedor desarrollará un tablero de control que muestre el avance y vigile el cumplimiento del seguimiento a la solución de los problemas en las áreas de riesgo detectadas por el coordinador general del programa y/o El Proveedor. El Proveedor deberá contar con una metodología para la integración, revisión, y digitalización de los libros blancos, en estricto apego a la normatividad vigente.

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V. Entregables: Los entregables se enlistan a continuación y las fechas de entrega se definirán conforme al programa de actividades que se elabore al momento de la contratación.

A. Elaboración del Programa de actividades

B. Integración de Índices de Contenido y de Documentación de los Libros Blancos.

C. Informes de seguimiento mensual

D. Dos ejemplares impresos de cada uno de los Libros Blancos, a efecto de ser resguardados por la CESPT.

E. Dos originales en medios magnéticos (disco externo de datos) de cada uno de los Libros Blancos, incluyendo la documentación soporte digitalizada.

F. Informe final de actividades.

Toda entrega de documentación y/o información de El Proveedor se hará en las oficinas de las CESPT. VI. Programa Calendarizado de Entregas:

Etapa Entregables Fecha de entrega % Factura

1

Elaboración del Programa de actividades

Recopilación, revisión y análisis de la información y documentación.

i. Presentación.

ii. Fundamento legal y objetivo del Libro Blanco.

iii. Antecedentes.

iv. Marco normativo aplicable a las acciones realizadas durante la ejecución del proyecto.

Interacción con el personal designado por la CESPT

Dentro de los 15 días hábiles posteriores a la formalización del contrato de prestación de servicios, previa presentación de los entregables descritos, a entera satisfacción de la convocante

30 %

2

Definición del Índice de Contenido del Libro Blanco, de manera conjunta con el Coordinador de la CESPT

Dentro de los últimos 5 días del mes de ___ previa presentación de los entregables descritos, a entera satisfacción de la

20%

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Etapa Entregables Fecha de entrega % Factura

Definición del Índice Documental.

Reporte de avance del periodo v. Vinculación de los proyectos con

el Plan Estatal de Desarrollo

convocante.

3

Reporte de avance del periodo

vi Acciones realizadas.

vii Seguimiento y control.

Dentro de los últimos 5 días del mes 2, previa presentación de los entregables descritos, a entera satisfacción de la convocante

15%

4

Reporte de avance del periodo

viii Resultados, beneficios alcanzados e impactos identificados.

vi Resumen ejecutivo del Informe final del servidor público responsable.

ix Anexos.

Dentro de los últimos 5 días del mes 3, previa presentación de los entregables descritos, a entera satisfacción de la convocante

15%

5

Entrega de Libros Blancos conforme a los Lineamientos Generales para la regulación de los procesos de entrega-recepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal, en lo que respecta al apartado de Libros Blancos, así como, el Informe Final de Actividades

El día _____, previa presentación de los Libros

Blancos, a entera satisfacción de la convocante

20%

VII. Periodo del servicio: El servicio tiene considerado una duración de 120 días naturales, los cuales podrán ser modificados únicamente mediante la celebración de un Convenio Modificatorio al Contrato de Prestación de Servicios, donde deberán señalarse las causas por las cuales se modificaría dicho periodo. VIII. Vigencia del contrato: La vigencia del Contrato de Prestación de Servicios inicia a partir de la firma del contrato y hasta un plazo que no excederá de 120 días naturales. IX. Lugar y prestación del servicio:

Los servicios se desarrollarán principalmente en las Oficinas de la CESPT, sin embargo, por la naturaleza propia del servicio, pudieran desarrollarse indistintamente en las Oficinas de El

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Proveedor.

X. Monto del servicio: Se formalizará un contrato con la CESPT, conforme a los montos mínimos y máximos establecidos. El importe será por $[0.00] (pesos 00/100 M.N.) XI. Anticipo:

Para el desarrollo de los servicios de Compilación, Integración y Elaboración de Libros Blancos, no se otorgará Anticipo alguno por parte de la CESPT. B. APOYO EN LA ENTREGA-RECEPCIÓN DE LA CESPT

I. Descripción del Servicio La Entrega-Recepción Institucional es el proceso administrativo, a través del cual se rinden cuentas de los programas, proyectos, acciones, compromisos, información, asuntos, recursos y situación que guardan aquellas Dependencias, Organismos o Municipios de la Administración Pública Estatal y Municipal, al término de la administración de gobierno. Para llevar a cabo este proceso, se ha considerado conveniente contar con el apoyo una persona física o moral (El Proveedor) que acredite tener la experiencia y conocimientos para prestar el servicio de acompañamiento durante el proceso de Entrega – Recepción de la CESPT, relacionado con los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión. Dichos servicios deberán ser prestados por las personas físicas o morales cuya actividad u objeto social sea entre otras la que comprendan el apoyo en la entrega recepción a entidades o este tipo de proyectos, que se interesen en participar en la Licitación Pública Nacional CESPT-003-2019-BIENES LPN y que demuestren por lo menos, haber participado en 3 proyectos de apoyo en la entrega recepción a entidades de nivel federal, estatal o municipal, lo cual deberá de demostrar con los copia de los contratos los cuales serán verificados por la Convocante. La Licitante deberá de presentar dentro de su propuesta técnica un organigrama del personal propuesto para la ejecución, definiendo al Coordinador General de los trabajos y los Coordinadores tanto de los servicios de elaboración de libros blancos y de apoyo en la entrega recepción. El licitante deberá de entregar los currículos del personal propuesto el cual deberá de cumplir como mínimo el haber participado en tres proyectos en la elaboración de libros blancos y tres proyectos en apoyo en la entrega recepción a entidades de nivel federal, estatal o municipal.

II. Marco Jurídico:

Todas las disposiciones referentes al proceso de Entrega – Recepción de los Servidores Públicos de la Administración Pública Estatal encuentran su fundamento en los siguientes ordenamientos jurídicos:

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1. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California

2. Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California.

3. Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Baja California.

4. Ley de las Comisiones Estatales de Servicios Públicos del Estado de Baja California.

5. Ley de Entrega y Recepción de los Asuntos y Recursos Públicos para el Estado de Baja California.

6. Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana.

III. Metodología para los servicios de Apoyo en la Entrega - Recepción El Proveedor definirá, en conjunto con un Coordinador General del programa que designe la CESPT, las tareas que conformarán el programa de actividades, destacando las fechas compromiso para cada una de las Actividades Preparatorias, así como las actividades del equipo de trabajo de El Proveedor, en lo que respecta a la Planeación, Integración y Fecha Final de la Entrega – Recepción; en todo caso deberán estar sujetas al período contratado, cuya fecha se inicia a partir de la firma del contrato de prestación de servicios. El proceso se estructura a través de las siguientes etapas:

a) ACTIVIDADES PREPARATORIAS: El Proveedor deberá llevar a cabo las siguientes actividades:

a) Verificación y conciliación del inventario de bienes muebles e inmuebles con la Subdirección

de Administración de Recursos del CESPT.

b) Verificación y conciliación del inventario físico con los saldos de los registros contables.

c) Las Subdirecciones, Unidades y Departamentos deben realizar las bajas de bienes muebles

pendientes.

d) Realizar las transferencias pendientes de bienes muebles e inmuebles para la actualización

de los registros contables.

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e) Verificación de la integración de los expedientes y documentación de las obras, estudios y

proyectos terminados, así como de los que se encuentran en proceso a las fechas de corte

definidas para el proceso de Entrega - Recepción.

f) Seguimiento a la solventación de las observaciones y recomendaciones determinadas en

los informes de auditorías practicadas por los despachos externos y los distintos órganos de

control, Auditoria Superior de la Federación, Secretaría de la Función Pública, Órgano

Superior de Fiscalización, Secretaría de Contraloría y Transparencia Gubernamental, de tal

manera que al cierre hayan sido atendidas las recomendaciones preventivas y correctivas.

g) Depuración de saldos en estados financieros: Deudores diversos, acreedores diversos, etc.

b) PLANEACIÓN: Para cumplir en tiempo y forma con los servicios contratados, El Proveedor deberá incluir como parte de sus servicios, las siguientes actividades relacionadas con la Planeación de los servicios:

a) El Titular de la CESPT designará a la persona que fungirá como enlace con los Titulares de

las diferentes Subdirecciones, Unidades y Departamentos.

b) La Contraloría tiene la facultad de realizar verificaciones de los avances del proceso de

entrega-recepción a través de oficios haciendo del conocimiento de los enlaces y titulares

de las diferentes subdirecciones los requerimientos de información para efectos del proceso,

así como los lineamientos o aspectos de control respecto de la información y documentos

que deban prepararse para este fin, de tal forma que los objetivos, procedimientos y

acciones sean claros en su definición y uniformes en su elaboración.

El contenido de la documentación e información es responsabilidad de los titulares de cada uno de los titulares de las diferentes áreas, de conformidad con sus facultades, funciones y competencia establecidos en el Reglamento Interno de la CESPT.

c) INTEGRACIÓN: Se refiere a los asuntos administrativos pendientes de atender, así como a la integración y supervisión de la información que se deberá preparar para llevar a cabo la entrega formal y oficial de los documentos, información y recursos de la CESPT.

a) Este trabajo implica la integración de la documentación e información en los anexos y

formatos definidos para tal fin por cada una de las áreas que conforman la estructura

orgánica de la CESPT.

b) La información deberá ordenarse y clasificarse por cada subdirección, unidad y

departamento en la base de datos que se estructure, conforme a los anexos definidos en la

normatividad del proceso.

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c) Para cada uno de los anexos, existen uno o más formatos en los que se consignará la

información de los recursos y asuntos propios de las funciones y responsabilidades de cada

subdirección, unidad y departamento.

d) Para el acta de Entrega – Recepción existe un instructivo en el que se señala en forma

descriptiva los datos que deberán considerarse para cada campo.

e) Captura por parte de El Proveedor, en la base de datos que se estructure para compilar la

información que aplique por subdirección, unidad y departamento, a las fechas de corte que

se establezcan.

f) Realizar el seguimiento permanente del avance y cumplimiento del proceso a través de los

Titulares de cada subdirección, unidad y departamento.

ENTREGA - RECEPCIÓN: El Proceso de Entrega – Recepción en las diferentes áreas de la CESPT, se formalizará mediante la elaboración del acta correspondiente, la entrega de discos compactos o en su caso, documentos con la información de los anexos; así como el acto protocolario de Entrega- Recepción. Dicho acto se efectuará ante la presencia de los representantes que designe para tales efectos la Dirección General de la CESPT. La verificación de los datos, la inspección y comprobación de la existencia física de los recursos, así como cualquier otra revisión, deberá llevarse a cabo por los servidores públicos responsables asignados para tal efecto. El Proveedor, será el encargado de apoyar en todo momento el desarrollo de este proceso, para lo cual se podrá llevar a cabo un proceso anterior a la fecha oficial, para revisar puntualmente con cada una de las subdirecciones, unidades y departamentos, que se cuente con todos los documentos y en su caso, actas y anexos que pudieran ser llenados con anticipación. IV. Estructura de la CESPT y Documentación e Información que se deberá solicitar a las

Subdirecciones, Unidades y Departamentos

Para el desarrollo de los servicios de Apoyo en la Entrega – Recepción de la CESPT, El Proveedor deberá tomar en cuenta el Organigrama General para poder establecer su metodología y actividades propias del servicio, como a continuación se muestra:

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Tomando en consideración la estructura interna de la CESPT, la Ley de Entrega y Recepción de los Asuntos y Recursos Públicos para el Estado de Baja California, normativas internas y cualquier otro lineamiento que pudiera aplicar al proceso de Entrega – Recepción, El Proveedor deberá establecer una Metodología que le permita identificar la documentación e información a solicitar a cada área de la CESPT, así como las fechas en las cuales será obligación de los titulares de las mismas, la entrega a El Proveedor. Dicha metodología, deberá ser avalada al principio del contrato de prestación de servicios por el enlace que para tal efecto designe el Director General de la CESPT. Para los efectos anteriores, El Proveedor deberá tomar en consideración para el desarrollo de los servicios, su metodología, los requerimientos de información y/o documentación, las facultades que cada uno de los Titulares de las diferentes áreas, tienen establecidos, en el entendido que dichos documentos a su vez formarán parte de la entrega recepción de la Dirección General. Las facultades se muestran de manera enunciativa, más no limitativa por cada una de las áreas señaladas en el organigrama, a continuación: Director General

I. Representar legalmente a la CESPT, con las facultades de apoderado general para pleitos y cobranzas, de administración y para actos de dominio, con todas las facultades que requieran cláusula especial conforme a la Ley; así como el de sustituir y delegar esta representación, en uno o más apoderados para que las ejerzan individual o conjuntamente;

II. Fijar las normas generales que han de regir en materia laboral, las escalas de salario y

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la administración del personal de CESPT, así como expedir las normas, políticas, lineamientos y sistemas complementarios que regulen el funcionamiento y los procedimientos en materia de planeación, ejecución de obra y financiero administrativo;

III. Presentar anualmente ante el Consejo de Administración para su análisis, discusión, y aprobación en su caso el proyecto de Programa Operativo y el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos del año siguiente;

IV. Presentar a la SIDUE para su análisis, discusión y aprobación en su caso el proyecto de Reglamento Interno de la CESPT, así como sus futuras modificaciones;

V. Presentar al Consejo para su aprobación los manuales técnicos y administrativos de la CESPT, previa valorización de la Secretaría y las Dependencias Normativas;

VI. Designar a quien supla sus ausencias temporales; VII. Resolver las dudas que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación del presente Reglamento, así como los casos no previstos en el mismo; y VIII. Las demás que le confieran los ordenamientos legales y vigentes

Unidad Jurídica

I. Atender todo tipo de asunto legal o procedimiento administrativo que derive o sea relativo a la operación de la CESPT;

II. Validar los contratos en que la CESPT sea participe, velando los intereses de la misma y observando el cumplimiento de las normas, leyes y reglamentos aplicables;

III. Representar a la CESPT ante todo tipo de autoridades para defensa de sus intereses; IV. Negociar con particulares y entidades públicas la adquisición de tierra y las

servidumbres de paso necesarias para obras de CESPT, observando la más estricta confidencialidad y en su caso estructurar los documentos legales necesarios para tal fin, coordinándose para ello con la Subdirección de Construcción, acatando y haciendo acatar en todo caso la normatividad aplicable;

V. Asistir al Director en la promoción ante las autoridades correspondientes de los trámites de expropiación por causa de utilidad pública, ocupación temporal, total o parcial de bienes o la limitación de derechos de dominio en los términos de ley, cuando las negociaciones a que se refiere la fracción anterior no tengan el resultado esperado, siempre y cuando se justifique causa de interés público;

VI. Promover ante notarios públicos y el Registro Público de la Propiedad, la protocolización e inscripción de todos los documentos necesarios para los fines de CESPT;

VII. Brindar la asesoría, apoyo, vigilancia a la Subrecaudación Auxiliar de Rentas adscrita a la CESPT, para el debido procedimiento Administrativo de Ejecución en contra de los usuarios morosos, tendiendo a la recuperación de la cartera vencida;

VIII. Tramitar los recursos o medios de impugnación que le competan, de acuerdo a lo establecido en las normas reglamentarias;

XIX. Promover el establecimiento y difusión de normas jurídicas en lo referente a la realización de obras y a la construcción, operación, administración, conservación y mantenimiento de los sistemas de captación, potabilización y conducción, almacenamiento y distribución;

X. Vigilar que se cumplan las disposiciones jurídicas que regulen las relaciones de trabajo entre la CESPT y sus empleados;

XI. Realizar estudios sobre disposiciones jurídicas en materia de usos del agua;

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domésticos, industriales, de servicios, agrícolas, de conservación de suelo y agua y de control de avenidas, y en su caso proponer las reformas, adiciones, modificaciones o derogaciones que procedan; y

XII. Proporcionar asesoría y asistencia en materia jurídica al resto de las unidades administrativas a efecto que el desarrollo de sus actividades sea de conformidad a la normatividad aplicable.

Unidad Auditoría Interna

I. Vigilar que el manejo y aplicación de los recursos públicos se efectúe de conformidad a las disposiciones legales aplicables;

II. Efectuar revisiones y auditorias del cumplimiento de las responsabilidades a cargo de cada uno de los niveles de la administración, y en su caso, promover, lo necesario para corregir las deficiencias u omisiones;

III. Informar al Director de la CESPT sobre los resultados de las revisiones practicadas y dar seguimiento a las acciones y medidas correctivas y que solventen las deficiencias detectadas;

IV. Participar en el Comité y Subcomité de Adquisiciones y vigilar que los procedimientos de contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios y obra pública, equipamiento, suministros y servicios de la CESPT se realicen con apego a las Leyes en la materia;

V. Investigar, desahogar y resolver procedimientos administrativos sobre actos u omisiones a cargo de los servidores públicos que de acuerdo a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos le competan;

VI. Coordinar los actos de entrega-recepción de los funcionarios de la CESPT; y VII. Examinar y evaluar, a través del órgano interno de control adscrito a la CESPT, los

sistemas, mecanismos y procedimientos de control de la CESPT. Unidad Relaciones Públicas

I. Diseñar e implementar estrategias de mercadotecnia y comunicación para estrechar la relación entre la CESPT y la ciudadanía;

II. Representar a la CESPT ante todo tipo de eventos públicos y ante los medios de comunicación;

III. Planificar y desarrollar la narrativa e imagen que la CESPT proyecta hacia los medios publicitarios y la ciudadanía;

IV. Planear y proponer para su autorización ante el Director las campañas publicitarias que requiere la CESPT, coordinándolas una vez autorizadas;

V. Definir, pautar y contratar los espacios adecuados para la difusión de las campañas publicitarias de la CESPT en los medios masivos y alternativos de comunicación, supervisando la ejecución, avance y cumplimiento de los espacios contratados;

VI. Monitorear las denuncias ciudadanas y demás casos inherentes a la CESPT que se dan a conocer a través de los medios masivos de comunicación y redes sociales; canalizando la atención de las mismas con las áreas correspondientes e informar al ciudadano una vez atendida la denuncia;

VII. Fungir como vocero autorizado, o si es el caso asignar un vocero autorizado, para emitir los posicionamientos de la CESPT en los medios masivos de comunicación;

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VIII. Efectuar análisis de necesidades de los usuarios y mercado, para retroalimentar y evaluar el progreso de las estrategias implantadas por la CESPT e identificar áreas de oportunidad para innovación y mejoras;

IX. Realizar el monitoreo de medios para identificar oportunamente situaciones de riesgo o daños al valor público de la CESPT;

X. Coordinar la participación de la CESPT ante grupos intermedios; XI. Elaborar y ejecutar el Programa de Cultura del Agua, promoviendo de forma activa el

buen uso del agua a través de la concertación y promoción de acciones educativas con el fin de contribuir a consolidar la participación de la ciudadanía en el manejo responsable del agua;

XII. Planear y coordinar la participación de la CESPT en: foros, exposiciones y eventos culturales que tengan que ver con el uso responsable, cuidado y conservación del agua;

XIII. En coordinación con el departamento de Recursos Humanos, organizar eventos internos que fomenten las relaciones interpersonales de los empleados de la CESPT;

XIV. Organizar y coordinar todos los eventos que realice el Organismo; y XV. Elaborar y ejecutar el Programa Anual de Comunicación y Relaciones Públicas,

elaborar y mantener actualizado el Manual de Imagen y Narrativa de la CESPT, siguiendo los lineamientos establecidos por las dependencias reguladoras.

Unidad Informática

I. Diseñar y mantener las redes de telecomunicación requeridas para la operación del organismo, integrando sistemas de seguridad para garantizar el funcionamiento óptimo de los sistemas informáticos incorporados en la CESPT;

II. Efectuar análisis de lógica de negocios en las diversas áreas de la CESPT con el fin de incorporar soluciones informáticas que aumenten la productividad y faciliten el desarrollo de las actividades;

III. Desarrollar y administrar sistemas integrales de tecnología de la información que se adecúen a las necesidades laborales del personal de la CESPT y permitan mejorar el desempeño de los mismos;

IV. Responsable de la seguridad y resguardo de los equipos en los que se encuentran contenidos los sistemas y bases de datos de la CESPT;

V. Garantizar el resguardo e integridad de todas las bases de datos digitales que sean propiedad de la CESPT;

VI. Establecer los sistemas de seguridad para el acceso a todas las bases de datos y sistemas informáticos de la CESPT, garantizando la integridad de la información contenida en las mismas, y evitando cualquier acceso no autorizado; y

VII. Proporcionar soporte técnico a todos los empleados de CESPT, en lo relacionado con equipos de cómputo, redes de telecomunicación, servicios de Internet y sistemas informáticos, con la finalidad que éstos puedan realizar sus actividades diarias.

Unidad Transparencia

I. Fungir como enlace de Transparencia de la CESPT ante las dependencias correspondientes;

II. Recabar y difundir la información correspondiente a las obligaciones de transparencia a que se refieren las Leyes de Transparencia; y propiciar que ésta se actualice

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periódicamente, conforme la normatividad aplicable; III. Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información, cumpliendo en tiempo

y forma de acuerdo a lo establecido en las Leyes de Transparencia; IV. Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y,

en su caso, orientarlos sobre los sujetos obligados competentes conforme a la normatividad aplicable;

V. Realizar los trámites internos necesarios para la atención de las solicitudes de acceso a la información;

VI. Efectuar las notificaciones a los solicitantes; VII. Proponer al Comité de Transparencia los procedimientos internos que aseguren la

mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información, conforme a la normatividad aplicable;

VIII. Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, respuestas, resultados, costos de reproducción y envío;

IX. Promover e implementar políticas de transparencia proactiva procurando su accesibilidad;

X. Fomentar la transparencia y accesibilidad al interior del sujeto obligado; XI. Hacer del conocimiento de la instancia competente la probable responsabilidad por el

incumplimiento de las obligaciones previstas en las Leyes de Transparencia vigentes y en las demás disposiciones aplicables; y

XII. Las demás que se desprendan de la normatividad aplicable Subdirección Atención a Usuarios

I. Atender las solicitudes de servicio de los usuarios de la CESPT, procurando satisfacer sus expectativas a través de soluciones creativas y flexibles, ya sea de manera presencial, telefónica o por medio de servicios de Internet;

II. Comercializar los servicios que ofrece la CESPT y coordinar las acciones tendientes a la recuperación de las inversiones de infraestructura hidráulica;

III. Vigilar que todas las contrataciones de servicios que proporciona la CESPT, cumplan con los requisitos legales aplicables;

IV. Coordinar la realización de actividades relacionadas a recaudar las retribuciones correspondientes a todos los servicios proporcionados por la CESPT;

V. Administrar la base de datos que contiene la información relacionada con las cuentas de los usuarios de los servicios que presta la CESPT;

VI. Vigilar que se apoye a los grupos vulnerables en el establecimiento de condiciones adecuadas para la instalación y contratación de los servicios de agua y alcantarillado sanitario en sus comunidades.;

VII. Consolidar la participación ciudadana orientada al control, vigilancia y evaluación, en la aplicación de recursos de infraestructura hidráulica; y

VIII. Coordinar que se lleven a cabo las acciones para la recuperación de créditos fiscales generados por los usuarios que incumplen con el pago de los servicios que proporciona la CESPT.

Departamento Padrón y Facturación

I. Administrar el padrón de todos los usuarios de la CESPT y validar la veracidad de la

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documentación e información que lo integra; II. Realizar las acciones necesarias para medir oportunamente el consumo de los servicios

prestados, cuantificar los importes y expedir las facturas correspondientes en tiempo y forma;

III. Identificar y solventar los errores de facturación y los medidores dañados, a efecto de asegurar la cuantificación correcta de los importes facturados;

IV. En coordinación con el Departamento de Proyectos Estratégicos e Innovación, efectuar las acciones tendientes a reducir las pérdidas aparentes en el sistema de agua potable;

V. Establecer los límites en los importes para la ejecución de ajustes y demás políticas relacionadas con la facturación que han de realizarse en los Centros de Atención al Público a cargo de las Oficinas Comerciales correspondientes; y

VI. Localizar y regularizar tomas clandestinas y descargas no registradas, aplicando las sanciones correspondientes;

Departamento Vinculación Ciudadana

I. Atender y orientar a las organizaciones y grupos sociales de zonas subdesarrolladas a fin de promover dentro de la CESPT sus peticiones asequibles, en relación a los servicios que proporciona la CESPT; y en coordinación con la Subdirección de Construcción gestionar la realización de éstas;

II. Promover y llevar la gestión de los Programas de Contraloría Social, involucrando a la participación ciudadana en el desarrollo de obras de infraestructura hidráulica, mejorando así los procesos de rendición de cuentas y transparencia en torno a la asignación y manejo de los recursos públicos;

III. Promover activamente ante los usuarios la contratación de los servicios disponibles en su zona, priorizando aquellas zonas que sean beneficiadas por obras de ampliación de la infraestructura hidráulica; y

IV. Establecer y mantener vínculos institucionales de coordinación y cooperación, con instancias de los tres niveles de gobierno en materia de desarrollo social, con la finalidad de generar sinergias entre las diversas dependencias vinculadas y contribuir en el bienestar social de la población

Departamento Atención al Público

I. Brindar los servicios de atención comunes a todos los usuarios de la CESPT, tales como: la contratación de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario, elaboración de convenios, aclaraciones de facturas, recaudación de facturas y demás trámites;

II. Brindar el servicio de atención telefónica las 24 horas los 365 días del año a los usuarios de la CESPT; y

III. Identificar áreas de oportunidad para mejorar el servicio de atención a los usuarios y coordinar las acciones que conduzcan a la implementación de las mejoras;

Departamento Atención Especializada

I. Brindar el servicio de atención y seguimiento a trámites y servicios aplicables a desarrolladores de inmuebles, corporativos y dependencias gubernamentales;

II. Realizar la contratación de servicios de tratamiento conjunto, confinamiento de lodos,

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dotación de agua residual tratada, y demás trámites centralizados; y III. Atender a usuarios que requieran tramitar permisos de descargas de aguas residuales,

y en coordinación con el departamento de Control de Descargas aplicar las sanciones correspondientes en los casos que se detecte que no cumplan con los mismos.

Departamento Cobranza

I. Coordinar la implantación de las estrategias formuladas por la Subdirección de Atención a Usuarios, para la recuperación de ingresos, verificando su progreso a fin de realizar las adecuaciones pertinentes;

II. Ejecutar las acciones de cobranza preventiva y correctiva con personal de CESPT, y supervisar que se lleven a cabo las acciones de cobranza encomendadas a empresas externas.

III. Llevar a cabo las acciones necesarias para la recuperación de ingresos de usuarios que presentan atraso en sus pagos; y para la recuperación de inversiones en obra pública;

IV. Ejecutar las estrategias formuladas por la Subdirección de Atención a Usuarios, coordinándose con el Departamento de Residencias y el Departamento de Redes Hidráulicas correspondiente, para la instalación y retiro de reductores; y

V. Efectuar directamente las acciones de recuperación de las inversiones en la obra pública;

Departamento Subrecaudación Aux. de Rentas

I. Recaudar coactivamente los créditos fiscales exigibles de la CESPT; II. Aplicar las sanciones administrativas correspondientes por violación a las disposiciones

fiscales; III. Ejercer los procedimientos administrativos de ejecución con relación a los créditos

fiscales y demás facultades delegadas por el Secretario de Planeación y Finanzas del Estado.

Subdirección Mantenimiento Hidráulico

I. Dirigir y controlar el proceso de mantenimiento preventivo, correctivo y de modificación de todas las instalaciones pertenecientes a la infraestructura hidráulica de la CESPT, procurando garantizar óptimas condiciones de operatividad y seguridad de las mismas;

II. Presidir el Comité para la Elaboración del Programa Anual de Mantenimiento de Infraestructura Hidráulica, con base en lo establecido en el Informe Anual de Estatus de Operación emitido por la subdirección de Agua y Saneamiento;

III. Vigilar que se lleven a cabo las actividades plasmadas en el Programa Anual de Mantenimiento de Infraestructura Hidráulica, de acuerdo con los recursos presupuestarios asignados;

IV. Definición de los planes de mantenimiento de nuevas instalaciones que pasarán a formar parte de la infraestructura hidráulica, durante la fase de obtención, haciendo especial énfasis, en la fase de transferencias de éstas al finalizar el periodo de garantía, e incorporarlas al mantenimiento general de la CESPT;

V. Velar por la conservación y buen uso del equipo y maquinaria utilizados por los servicios

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a su cargo; VI. Colaborar con la subdirección de Agua y Saneamiento, instruyendo y enseñando

aspectos relacionados al mantenimiento y métodos adecuados de operación de sistemas y equipos;

VII. Evaluar la información estadística relacionada con los programas de mantenimiento hidráulico, analizando índices y tendencias, con el objetivo de detectar y aplicar técnicas modernas en búsqueda de la mejora continua en el proceso de mantenimiento;

VIII. Verificar la existencia de los materiales y repuestos necesarios para llevar a cabo los mantenimientos programados o correctivos, solicitando oportunamente los que fueran necesarios; así como gestionar la devolución al almacén de la CESPT de aquellos que mantengan su valor y resulten sobrantes de mantenimientos concluidos, velando porque esta actividad se realice en condiciones óptimas y seguras;

IX. Programar y ejecutar oportunamente la prestación de los servicios solicitados por la subdirección de Atención a Usuarios, relacionados a instalación de tomas y descargas;

X. Fungir como proveedor de acciones de mantenimiento solicitadas por la subdirección de Agua y Saneamiento;

Departamento Redes Hidráulicas I

I. Ejecutar las acciones plasmadas en el Programa Anual de Mantenimiento de Infraestructura Hidráulica, que correspondan al área geográfica de su competencia;

II. Ejecutar directamente la instalación de los servicios de agua, alcantarillado y reúso en los domicilios de los usuarios que así lo soliciten, y que se encuentren dentro del área geográfica de su competencia;

III. Ejecutar directamente acciones y obras de preservación y rehabilitación de la infraestructura hidráulica que se encuentren dentro del área geográfica de su competencia;

IV. Ejecutar, en coordinación con el Departamento Cobranza y el Departamento de Obras, todas las acciones tendientes a la recuperación de cartera vencida dentro de su área de competencia, tales como la instalación sistemática de reductores y el retiro de los mismos cuando los usuarios morosos regularicen su adeudo;

V. Registrar la información estadística relacionada con los programas de mantenimientos hidráulico correspondiente a los Distritos de su competencia; y

VI. Elaborar el Informe Mensual de Mantenimiento a Infraestructura Hidráulica, correspondiente a las instalaciones ubicadas en los Distritos de su competencia, en el cual debe documentar las acciones de mantenimiento preventivo y correctivo que se hayan llevado a cabo.

Departamento Redes Hidráulicas II

I. Ejecutar las acciones plasmadas en el Programa Anual de Mantenimiento de Infraestructura Hidráulica, que correspondan al área geográfica de su competencia;

II. Ejecutar directamente la instalación de los servicios de agua, alcantarillado y reúso en los domicilios de los usuarios que así lo soliciten, y que se encuentren dentro del área geográfica de su competencia;

III. Ejecutar directamente acciones y obras de preservación y rehabilitación de la infraestructura hidráulica que se encuentren dentro del área geográfica de su

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competencia; IV. Ejecutar, en coordinación con el Departamento Cobranza y el Departamento de Obras,

todas las acciones tendientes a la recuperación de cartera vencida dentro de su área de competencia, tales como la instalación sistemática de reductores y el retiro de los mismos cuando los usuarios morosos regularicen su adeudo;

V. Registrar la información estadística relacionada con los programas de mantenimientos hidráulico correspondiente a los Distritos de su competencia; y

VI. Elaborar el Informe Mensual de Mantenimiento a Infraestructura Hidráulica, correspondiente a las instalaciones ubicadas en los Distritos de su competencia, en el cual debe documentar las acciones de mantenimiento preventivo y correctivo que se hayan llevado a cabo.

Departamento Electromecánica I

I. Ejecutar los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo, de mejoras y/o modificaciones, establecidos en el Programa Anual de Mantenimiento de Infraestructura Hidráulica, en todo lo relacionado a instalaciones electromecánicas que se encuentren dentro del área geográfica de su competencia;

II. Ejecutar las acciones tendientes al ahorro de consumo de energía eléctrica de las diferentes instalaciones que se encuentren dentro del área geográfica de su competencia, en coordinación con las diferentes unidades administrativas;

III. Operar y mantener el sistema de telemetría de las instalaciones de agua potable, tratamiento, alejamiento y reúso;

IV. Registrar la información estadística relacionada con los programas de mantenimiento a instalaciones de su competencia; y

V. Elaborar el Informe Mensual de Mantenimiento a Infraestructura Hidráulica, correspondiente a las instalaciones de su competencia, en el cual debe documentar las acciones de mantenimiento preventivo y correctivo que se hayan llevado a cabo.

Departamento Electromecánica II

I. Ejecutar los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo, de mejoras y/o modificaciones, establecidos en el Programa Anual de Mantenimiento de Infraestructura Hidráulica, en todo lo relacionado a instalaciones electromecánicas que se encuentren dentro del área geográfica de su competencia;

II. Ejecutar las acciones tendientes al ahorro de consumo de energía eléctrica de las diferentes instalaciones que se encuentren dentro del área geográfica de su competencia, en coordinación con las diferentes unidades administrativas;

III. Operar y mantener el sistema de telemetría de las instalaciones de agua potable, tratamiento, alejamiento y reúso;

IV. Registrar la información estadística relacionada con los programas de mantenimiento a instalaciones de su competencia; y

V. Elaborar el Informe Mensual de Mantenimiento a Infraestructura Hidráulica, correspondiente a las instalaciones de su competencia, en el cual debe documentar las acciones de mantenimiento preventivo y correctivo que se hayan llevado a cabo.

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Departamento Obras y Mantenimiento Interno

I. Ejecutar la construcción de obras en las redes hidráulicas que por su dimensión y presupuesto puedan ser realizadas con personal y recursos propios; y

II. Proporcionar el mantenimiento exterior a las plantas y tanques de almacenamiento que formen parte de la infraestructura hidráulica de la CESPT.

Subdirección Construcción

I. Vigilar que los procesos de licitación, adjudicación, contratación y ejecución de obras la ampliación, rehabilitación y modificación de la infraestructura realizadas por terceros, se realicen de acuerdo con los montos y la normatividad aplicable en la materia;

II. Vigilar que las obras que contrata la CESPT se realicen de acuerdo con las condiciones y especificaciones técnicas, así como de calidad y tiempo indicado en los contratos correspondientes;

III. Valorar y si es el caso atender las solicitudes de obras de ampliación, reposición o modificación de infraestructura que soliciten las unidades administrativas;

IV. Dirigir, validar y vigilar el cumplimiento de los programas de las obras a cargo de la subdirección a su cargo;

V. Recibir y si es el caso aprobar el pago de las estimaciones y finiquitos de obra que presenten las empresas contratistas y remitirlas a la subdirección de Administración de Recursos para su respectivo pago;

VI. Dirigir la ejecución del protocolo de finiquito y el de entrega-recepción de obra, convocando a las todas unidades administrativas que deban realizar acciones para que este se pueda llevar a cabo y a las que se deba informar de su ejecución;

VII. Vigilar que se integren y actualicen lo expedientes técnicos de cada una de las obras que se ejecuten, de conformidad con la normatividad vigente aplicable; y

VIII. Vigilar que se mantengan actualizados los catálogos de precios unitarios de obra, de acuerdo con los costos de materiales, mano de obra, herramienta y equipos vigentes.

Departamento Proyectos de Obra

I. Diseñar y elaborar los proyectos de las obras civiles de instalación, reposición y ampliación de la infraestructura hidráulica;

II. Hacer visitas los lugares en donde se pretende ejecutar los proyectos de obra que le fue encomendado realizar, para verificar que la factibilidad de ejecución en la ubicación seleccionada;

III. Verificar que se lleven a cabo o en su caso llevar a cabo todos los trámites requeridos por las instancias municipales, estatales y federales, necesarias para que el proyecto que se elabore sea factible de ejecutarse;

IV. Analizar y expedir opiniones técnicas para el suministro de los servicios de agua potable y alcantarillado; y V. Revisar y validar proyectos externos de construcción de redes de agua potable y alcantarillado.

Departamento Licitaciones de Obra

I. Llevar a cabo los procesos de licitación y adjudicación de obras de instalación,

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ampliación, rehabilitación y modificación de la infraestructura realizadas por terceros, de acuerdo con los montos y la normatividad aplicable en la materia;

II. Contratar bajo los términos de las disposiciones legales aplicables, a las empresas que ejecutarán las acciones y obras civiles de instalación, reposición y ampliación de la infraestructura hidráulica de la CESPT;

III. Mantener actualizado el Catálogo de Precios Unitarios, de acuerdo con los costos vigentes de materiales, mano de obra, herramienta y equipos; y

IV. En coordinación con las unidades administrativas pertinentes, llevar a cabo protocolo de finiquito y de entrega-recepción de todas las obras ejecutadas por terceros y que pasarán a formar parte del patrimonio de la CESPT.

Departamento Residencias

I. Dirigir y controlar la ejecución de todas las obras civiles de ampliación, modificación y reposición de la infraestructura hidráulica;

II. Realizar todos los trámites necesarios de competencia municipal, estatal y federal para que se pueda iniciar la construcción de las obras;

III. Ejecutar directamente obras civiles de ampliación y reposición de la infraestructura hidráulica; y IV. En coordinación con el Departamento Licitaciones de Obra ejecutar protocolo de finiquito de obras de ampliación y reposición de la infraestructura hidráulica.

Subdirección Agua y Saneamiento

I. Coordinar la operación eficiente de toda la infraestructura hidráulica de la CESPT, con el fin de garantizar la prestación de todos los servicios relativos al agua potable, alcantarillado sanitario, tratamiento de aguas residuales y reúso de agua tratada;

II. Evaluar las condiciones y necesidades de la infraestructura hidráulica y remitir los informes correspondientes a las unidades administrativas, verificando que se dé el seguimiento correspondiente;

III. Colaborar con la subdirección de Construcción en el proceso de ejecución del protocolo de finiquito y entrega-recepción de obras;

IV. Administrar la base de datos con la información de identificación, clasificación y ubicación de todas las instalaciones de la infraestructura hidráulica de la CESPT, verificando la veracidad de la información que contiene ésta;

V. Coordinar que se verifique el cumplimiento de los parámetros de las Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones aplicables, en lo relacionado a potabilización, saneamiento, descargas de aguas residuales, tratamiento de agua residual y reúso de agua residual tratada, supervisando que se apliquen, en los casos que proceda, las sanciones establecidas en la Ley del Agua; y

VI. Colaborar con la subdirección de Mantenimiento en la elaboración del Programa Anual de Mantenimiento de Infraestructura Hidráulica.

Departamento Agua Potable

I. Captar el agua de las diversas fuentes de abastecimiento; II. Conducir el agua desde las fuentes de abastecimiento hasta las plantas potabilizadoras

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y a los tanques de regulación; III. Potabilizar el agua bajo los términos de las Normas Oficiales Mexicanas vigentes

aplicables; IV. Distribuir el agua potable hasta los domicilios de los usuarios; y V. Suministrar agua potable a camiones cisterna para distribución en zonas sin servicio de

agua potable. Departamento Saneamiento

I. Recolectar en el alcantarillado las aguas residuales de los usuarios y transportarlas hasta las plantas de tratamiento;

II. Tratar las aguas residuales y estabilizar y disponer adecuadamente los lodos producidos;

III. Distribuir el agua residual tratada a usuarios que requieran; IV. Conducir, mediante emisores, el agua residual tratada remanente hasta los cuerpos

receptores; V. Proporcionar el tratamiento conjunto de aguas residuales bajo los términos de las

Normas Oficiales Mexicanas vigentes aplicables; VI. Suministrar agua residual sin tratar; VII. Confinar lodos de plantas de tratamientos privadas; y VIII. Recibir el agua residual proveniente de camiones cisterna y regular el servicio de

recolección que proporcionan. Departamento Evaluación de Infraestructura

I. Efectuar activamente labores de análisis y evaluación técnica para identificar de manera oportuna las acciones de operación o mantenimiento requeridas en la infraestructura hidráulica, a efecto de optimizar la prestación de los servicios;

II. Emitir el Informe Anual de Estatus de Operación, que servirá como base para la elaboración del Programa Anual de Mantenimiento de Infraestructura Hidráulica;

III. Identificar áreas de oportunidad para introducir los servicios de agua potable, alcantarillado y reúso de agua residual tratada, priorizando aquellas zonas en cuyas obras de ampliación hayan quedado incompletas;

IV. Proyectar las acciones y obras de preservación y rehabilitación de la infraestructura hidráulica; y

V. Detectar fugas no visibles dentro de los predios de los usuarios. Departamento Control de Calidad

I. Muestrear y analizar químicamente agua potable; II. Muestrear y analizar químicamente aguas residuales; III. Realizar los programas de monitoreo y análisis físico-químico y bacteriológico de aguas

residuales; IV. Vigilar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas vigentes para regular las

descargas de aguas residuales en los sistemas de drenaje y alcantarillado en los municipios de Tijuana y Playas de Rosarito, y en su caso proporcionar la información necesaria al departamento de Atención Especializada para que se apliquen las

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sanciones establecidas en Ley del Agua; y V. Llevar a cabo el muestreo y análisis de lodos, en coordinación con el Departamento de

Saneamiento. Subdirección Administración de Recursos

I. Administrar y procurar los recursos humanos, financieros, materiales, bienes patrimoniales y servicios de apoyo a la CESPT, así como los registros documentales de cada uno de éstos;

II. Proveer a todas de las unidades administrativas en lo relativo a la fuerza laboral y los insumos requeridos para que operen adecuadamente;

III. Ejercer los controles necesarios para mantener en condiciones óptimas las finanzas y los recursos que proporciona;

IV. Identificar fuentes de financiamiento que sufraguen los costos directos e indirectos de la CESPT y que no estén directamente ligados al Programa de Inversión Pública y los proyectos de desarrollo institucional;

V. Tramitar la obtención de todas las fuentes de financiamiento y dar seguimiento a los compromisos que de éstas deriven; y VI. Vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y contribuciones de ley, derivadas de las operaciones de la CESPT; así como proporcionar a las dependencias reguladoras la información financiera que le sea requerida como resultado de su operación.

Departamento Recursos Humanos

I. Seleccionar, reclutar y formar al personal que labora en las diversas áreas de la CESPT, a efecto de empatar de forma óptima los perfiles de los empleados a los cargos que se le asignen;

II. Mantener actualizada la base de datos de empleados y la de cédulas de descripción de puestos de la CESPT, siguiendo los lineamientos establecidos por las dependencias reguladoras;

III. Llevar el control asistencial y compensar de manera adecuada al personal de la CESPT por la labor desempeñada;

IV. Realizar las actividades tendientes a mejorar la seguridad e higiene de los empleados; V. Coordinar la elaboración del Programa Anual de Capacitación y verificar que se lleven

ejecuten todas las acciones plasmadas en el mismo; y VI. Llevar a cabo todas aquellas acciones referentes a las relaciones laborales entre el

personal y la CESPT Departamento Finanzas

I. Administrar transparentemente los recursos financieros de la CESPT de conformidad al Presupuesto Anual vigente;

II. Llevar la contabilidad de los activos y los pasivos de la CESPT de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Manual de Contabilidad de la CESPT, aplicando los controles y medidas necesarias para garantizar el aprovechamiento de los recursos financieros, emitiendo los informes correspondientes en tiempo y forma;

III. Identificar las fuentes que se requieran para el financiamiento de los costos directos e

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indirectos de la operación de la CESPT, exceptuando aquellas que sirvan para financiar los programas de inversión pública y proyectos de desarrollo institucional;

IV. Efectuar todas las diligencias relacionadas con la obtención de los recursos de todas las fuentes de financiamiento identificadas y dar seguimiento a los compromisos y obligaciones que de ellas deriven, coordinando a las diversas áreas de la CESPT correspondientes para su cumplimiento oportuno; y

V. Llevar control del ejercicio del presupuesto, emitiendo los informes en la periodicidad que corresponda.

Departamento Bienes y Servicios

I. Administrar de forma diligente y transparente, los recursos materiales y los servicios requeridos por la CESPT, exceptuando aquellos servicios relacionados con la Obra Pública;

II. Suministrar en tiempo y forma los bienes y servicios necesarios para su operación, a todas las unidades administrativas de la CESPT;

III. Llevar a cabo todas las licitaciones relacionadas con la adquisición de bienes y servicios, bajo los términos de la normatividad legal aplicable, excepto las relacionadas con la Obra Pública;

IV. Con la debida delegación de facultades otorgada por el Director de la CESPT, presidir el Comité de Adquisiciones y el Subcomité de Adquisiciones;

V. Proporcionar el mantenimiento adecuado a los bienes, unidades de transporte, maquinaria, e instalaciones que no forman parte de la infraestructura hidráulica, con el fin de consérvalos en condiciones óptimas;

VI. Mantener actualizados el Padrón de Proveedores y el Padrón de Bienes Muebles e Inmuebles, verificando la veracidad de la información que los integra;

VII. Identificar, promover y coadyuvar a la Unidad Jurídica para la inscripción y regularización de los bienes inmuebles de la CESPT; y

VIII. Aplicar los controles y medidas necesarias para optimizar el uso de los bienes materiales.

Subdirección Planeación e Innovación

I. Planificar, formalizar y coordinar las acciones de desarrollo a corto, mediano y largo plazo por medio de programas, proyectos y planes de trabajo que definan el rumbo de la CESPT y garanticen la prestación de los servicios;

II. Servir de vínculo entre la Dirección General y todas las unidades administrativas y operativas de la CESPT;

III. Instrumentar y coordinar las actividades de planeación, programación, presupuesto, seguimiento y evaluación, de los programas y metas que se generen, vigilando que éstos mantengan congruencia en su elaboración y contenido;

IV. Coadyuvar en la definición de criterios y prioridades de asignación presupuestal, verificando la vinculación entre el presupuesto y el Programa Operativo Anual, y cuidando que éstos cumplan con los objetivos Institucionales y con los ordenamientos legales aplicables en la materia;

V. Determinar acciones concretas que atiendan las necesidades relacionadas a los servicios que presta la CESPT y definir indicadores de evaluación institucional y de

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administración, metas y fechas de cumplimiento; VI. Coordinar el establecimiento de políticas, procedimientos y la elaboración de manuales

de operación de todas las unidades administrativas, bajo la observancia de ordenamientos legales aplicables;

VII. Administrar la base de datos de todas las solicitudes de servicio que se generen en el proceso de atención a usuarios; y

VIII. Vigilar que se implemente y mantenga el sistema de gestión de calidad, en las distintas áreas de la CESPT, de acuerdo a los requisitos de la norma ISO 9001 vigente.

Departamento Control y Distribución

I. Administrar sistémicamente la asignación, el flujo y la complementación de las solicitudes de servicio destinadas a las áreas ejecutoras;

II. Establecer reglas y políticas relacionadas generación y complementación de solicitudes de servicio;

III. Supervisar al personal a su cargo que se encuentra en cada uno de los Distritos de la CESPT; verificando que realice su trabajo de acuerdo a los procedimientos establecidos; y

IV. Analizar el desempeño y establecer el marco de información, proporcionando resúmenes de estadísticas del desempeño de las áreas ejecutoras, a fin de brindar orientación a las diversas unidades administrativas y facilitar la toma de decisiones.

Departamento Programación Operativa y Presupuestal

I. Gestionar la creación de metas de corto, mediano y largo plazo para todas las unidades administrativas de la CESPT, coordinando la aplicación de los planes, proyectos y programas institucionales resultantes, observando los lineamientos establecidos por las dependencias reguladoras y procurando instaurar un enfoque orientado a resultados;

II. Coordinar a todas las áreas de la CESPT para la elaboración del Programa Operativo Anual y el Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos de la CESPT; y

III. Evaluar mensualmente el progreso de las metas y objetivos, e informar a la Dirección General y a las dependencias reguladoras que lo soliciten, los avances mediante un sistema de indicadores gerenciales y mediante los informes establecidos por las dependencias reguladoras.

Departamento Organización Institucional

I. En coordinación con las diferentes unidades administrativas analizar las actividades de las áreas y, diseñar, implementar y evaluar estrategias organizativas para adaptar las funciones, procesos y la estructura de acuerdo a las necesidades cambiantes de los usuarios y de la CESPT ocupándose también de coordinar la implantación de los programas y proyectos relacionados con la misma;

II. Elaborar las propuestas de modificación de la estructura organizacional, y en coordinación con el departamento de Recursos Humanos y el departamento de Programación Operativa y Presupuestal, ejecutar las actividades requeridas para la obtener las autorizaciones del Consejo de Administración y de las dependencias reguladoras; y

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III. Elaborar y actualizar el Reglamento Interno, Manual de Organización, Manual de Procedimientos y el Manual de Servicios al Público.

Departamento Gestión de la Calidad

I. Diseñar estrategias de mejora continua; II. Coordinar la implantación de los Sistemas de Gestión de Calidad, verificando que

cumplan con todos lineamientos establecidos en la norma ISO 9001 vigente y enfocándolos a fortalecer la eficiencia y eficacia de las de los procesos, y procurado mantener certificados los procesos intervenidos, ante los Órganos que correspondan; y

III. Coordinar el Programa de Control Interno de la CESPT a efecto de que se dé seguimiento a las recomendaciones e integrarlas dentro de las estrategias de mejora continua.

Departamento Proyectos Estratégicos e Innovación

I. Desarrollar proyectos de investigación de nuevas técnicas y soluciones aprovechables para la operación de la CESPT y los servicios proporcionados a los usuarios, y coordinar la aplicación de aquellos proyectos que resulten viables;

II. Planificar el desarrollo sistemático de infraestructura hidráulica; III. Coordinar las acciones para ejecutar el Programa Integral de Control de Pérdidas de

Agua de la CESPT; y IV. Procurar activamente la identificación de fuentes para el financiamiento de los

programas de inversión pública y los proyectos a su cargo.

V. Entregables: Los entregables se enlistan a continuación y las fechas de entrega se definirán conforme al programa de actividades que se elabore al momento de la contratación.

A. Elaboración del Programa de actividades

B. Integración de Documentación e Información que deberá solicitarse a cada Subdirección, Unidad y Departamento.

C. Informes de seguimiento mensual

D. Informe final de actividades.

Toda entrega de documentación y/o información de El Proveedor se hará en las oficinas de las CESPT.

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VI. Programa Calendarizado de Entregas:

Etapa Entregables Fecha de entrega %

Factura

1

Elaboración del Programa de actividades

Interacción con el personal designado por la CESPT

Identificación de la información y documentación por subdirección, unidad y departamento

Dentro de los 15 días hábiles posteriores a la formalización del contrato de prestación de servicios, previa presentación de los entregables descritos, a entera satisfacción de la convocante

30 %

2

Recopilación, revisión y análisis de la información y documentación. Reporte de avance del periodo

Dentro de los 5 días posteriores al mes 2 del contrato, previa presentación de los entregables descritos, a entera satisfacción de la convocante

20%

3

Recopilación, revisión y análisis de la información y documentación. Reporte de avance del periodo

Dentro de los 5 días posteriores al mes 3 del contrato, previa presentación de los entregables descritos, a entera satisfacción de la convocante

20%

4

Acompañamiento en el proceso de Entrega – Recepción, durante el proceso oficial Informe Final de Actividades

El día [**], previa presentación del Informe Final de Actividades, a entera satisfacción de la convocante

30%

VII. Periodo del servicio: El servicio tiene considerado una duración de 120 días naturales, los cuales podrán ser modificados únicamente mediante la celebración de un Convenio Modificatorio al Contrato de Prestación de Servicios, donde deberán señalarse las causas por las cuales se modificaría dicho periodo. VIII. Vigencia del contrato: La vigencia del Contrato de Prestación de Servicios inicia a partir de la firma del contrato y hasta un plazo que no excederá de 120 días naturales. IX. Lugar y prestación del servicio:

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Los servicios se desarrollarán principalmente en las Oficinas de la CESPT, sin embargo, por la naturaleza propia del servicio, pudieran desarrollarse indistintamente en las Oficinas de El Proveedor.

X. Monto del servicio: Se formalizará un contrato con la CESPT, conforme a los montos mínimos y máximos establecidos. El importe será por $[0.00] (pesos 00/100 M.N.) XI. Anticipo:

Para el desarrollo de los servicios de Compilación, Integración y Elaboración de Libros Blancos, no se otorgará Anticipo alguno por parte de la CESPT.

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APÉNDICE B

(MODELO DE CONTRATO)

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Contrato que para la Prestación del Servicio de xxxxx celebran, por una parte, la Comisión

Estatal de Servicios Públicos de Tijuana, a quien en lo sucesivo se le denominará “LA CESPT",

representada por [*}, y por la otra parte, la sociedad mercantil denominada “xxxxx”, S.A. de C.V.,

a quien en lo sucesivo se le denominará “EL PROVEEDOR”, representada por la xxxx, en su

carácter de xxxxxx, al tenor de las declaraciones y cláusulas siguientes:

D E C L A R A C I O N E S

I. DECLARA “LA CONTRATANTE”:

I.1 Que es un Organismo Público Descentralizado Estatal, con personalidad jurídica, patrimonio

propio, creada mediante la Ley de las Comisiones Estatales de Servicios Públicos del Estado de

Baja California, publicada en el Periódico Oficial del Estado el día diez de febrero de mil novecientos

setenta y nueve.

I.2 Que su Director General tiene facultades para suscribir el presente contrato con el

nombramiento otorgado por el C. Gobernador del Estado, mediante designación de fecha [*]. Y

acredita personalidad con la escritura pública número [*]

I.3 Tener facultades para realizar todo lo relativo al cumplimiento y realización de los sistemas de

agua potable y alcantarillado de aguas negras del Municipio de Tijuana, Baja California; la ejecución

directa o por contratación de las obras a que se refieren dichos sistemas; la operación y

mantenimiento de los sistemas de que se trata; la prestación a los usuarios de los servicios

mencionados; la recaudación de los derechos que conforme a la Ley a Convenio que celebren; y,

el desarrollo de actividades que directa o indirectamente conduzcan a lograr los objetivos indicados.

I.4 Que cuenta con los recursos presupuestales disponibles y necesarios para cubrir el monto

pactado en este contrato, en términos de la normativa aplicable.

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I.5 La celebración del presente contrato es consecuencia del Procedimiento de xxxxx, de

conformidad con lo previsto por la Ley y su Reglamento.

I.6 Que para efectos del presente contrato señala como su domicilio el ubicado Blvd. Federico

Benítez No. 4057, Colonia 20 de Noviembre, Tijuana, B.C. C.P. 22430;

II. DECLARA “EL PROVEEDOR”

II.1 Que es de nacionalidad mexicana y acredita su existencia legal mediante la Escritura Pública

Número xxxxxx, de fecha xx de xxxx, de xxxx, volumen xx, pasada ante la fe del Licenciado xxxx,

Titular de la Notaría Pública Número xxxxx.

Que, de acuerdo a su objeto social, entre sus actividades, tiene la de:

xxxx

II.2 La C. xxxxxxxx, acredita su personalidad como xxxxxx, mediante Escritura Pública Número

xxx, de fecha xxxxxx de febrero de dos mil xxxx, pasada ante la fe del Licenciado xxxx, Titular de

la Notaría Pública Número xxxxx del xxxx, manifestando bajo protesta de decir verdad que dichas

facultades no le han sido revocadas ni modificadas.

II.3 Que está jurídicamente capacitada y que cuenta con los elementos técnicos y necesarios, los

conocimientos, la experiencia profesional, los recursos y la infraestructura propia, suficiente y

necesaria para obligarse en los términos y condiciones del presente instrumento.

II.4 Que cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes número xxxxxxx.

II.5 Que, bajo protesta de decir verdad, no se encuentra considerada dentro de los supuestos

establecidos por el artículo 49 de la Ley.

II.6 Que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

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II.7 Que para efectos del presente contrato señala como su domicilio el inmueble ubicado en calle

xxxxx, Número 1, Piso, en la Colonia Xxxx, Delegación xxxx, Código Postal xxxxx, Ciudad de

México.

III. AMBAS PARTES DECLARAN.

Que están de acuerdo en que el presente instrumento, no se encuentra viciado por ignorancia,

inexperiencia, desproporción, lesión, error, violencia, dolo o mala fe, en razón de ser su libre y

espontánea voluntad para obligarse en la forma y términos de este instrumento.

Expuesto lo anterior, las partes formalizan el presente contrato, al tenor de las siguientes:

C L Á U S U L A S

Primera. Objeto del Contrato.

El objeto del presente contrato es la Prestación de los Servicios Relativos a La Compilación,

Integración y Elaboración de Libros Blancos y El Apoyo en la Entrega-Recepción de la CESPT

referente a 7 (siete) Obras, mismas que se describen a continuación:

1. Rehabilitación del Colector Poniente.

2. Obras complementarias Acueducto Tijuana-la Misión-Ensenada (contrato b).

3. obras complementarias acueducto Tijuana-la Misión-Ensenada (contrato c).

4. Rehabilitación Acueducto Florido.

5. Construcción Planta de Tratamiento de aguas residuales "Las Maravillas".

6. Reposición del emisor líneas Cuatas. Segunda sección. 7. [ ]

Y cuya descripción pormenorizada se realiza en el Apéndice A de la Convocatoria, la Junta de

Aclaraciones, en las Propuestas Técnica y Económica presentadas por “EL PROVEEDOR”,

así como en el Acta de Fallo, mismos que una vez firmados por las partes forman parte integrante

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del presente contrato e identifican como Anexo del Contrato.

Las partes estipulan que en caso de discrepancia entre la Licitación Pública Nacional [*] y el

modelo de contrato, prevalecerá lo establecido en Licitación Pública Nacional.

.

Segunda. Plazo y Condiciones del Pago del Precio de la Prestación de los Servicios.

El importe total a pagar por la prestación de los servicios objeto de este contrato, es por el monto

de $xxxx (xxxxxx pesos 00/100 M.N.) más el Impuesto al Valor Agregado por la cantidad de

$xxxxx (xxxxxxxxx pesos 00/100 M.N.) resulta la cantidad total de $xxxxx ( xxxxxxxxx pesos

00/100 M.N.)

El precio es fijo, no puede variar durante el cumplimiento y vigencia del contrato, lo que se pacta

en cumplimiento de la Ley.

La moneda en que se cotizó y efectuará el pago será en pesos mexicanos.

Las condiciones de pago del precio son las siguientes:

“LA CESPT” no pagará a “EL PROVEEDOR” cuando la prestación de los servicios no cumpla

con las especificaciones convenidas en el Anexo del Contrato, así como cuando “EL

PROVEEDOR”.

El pago de la prestación de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago

que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de penas convencionales por atraso, en el

entendido de que si el contrato es rescindido no procederá el cobro de dichas penas, ni la

contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.

“LA CESPT” realizará la deducción que será del 1 % (uno por ciento) sobre el monto de los

servicios prestados parcial o deficientemente, aplicado directamente sobre el pago mensual en que

ocurra el incumplimiento.

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En caso de que las facturas entregadas por “EL PROVEEDOR” para su pago, presenten errores o

deficiencias, “LA CESPT” dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción,

indicará por escrito ò por correo electrónico a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá

corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que “EL

PROVEEDOR” presente las correcciones, no se computará para efectos de la Ley.

El pago de los servicios no podrá exceder de [*] (*) días naturales contados a partir de la entrega

de la factura respectiva, previa prestación de los servicios.

El Licitante ganador deberá facturar a nombre de:

COMISIÓN ESTATAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DE TIJUANA,

RFC: CES790211HK4.

DOMICILIO: Blvd. Federico Benítez 4057, Colonia 20 de Noviembre, Tijuana, Baja California, C.P.

22100.

Para efectos de contabilizar el plazo de [*] (*) días naturales contados a partir de la entrega de la

factura respectiva, se tendrá como recibida la factura o el documento que reúna los requisitos

fiscales correspondientes, a partir de que “EL PROVEEDOR” los entregue a “LA CESPT” junto

con el servicio, conforme a los términos del contrato celebrado.

Dentro del plazo de [*] (*) días naturales, “LA CESPT” deberá requerir, en su caso, a “EL

PROVEEDOR”, la corrección de errores o deficiencias contenidos en la factura o en el

documento que reúna los requisitos fiscales correspondientes, tramitar el pago de dicha factura o

documento y realizar el pago a “EL PROVEEDOR”.

Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “EL PROVEEDOR” deberá reintegrar las

cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes. Los intereses se calcularán

sobre las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes, y se computarán por

días naturales, desde la fecha de pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las

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cantidades a disposición de “LA CESPT”.

Los impuestos y derechos que procedan serán pagados por cuenta de “EL PROVEEDOR”; el

procedimiento que deberá seguirse en cada caso es el que marca la legislación respectiva.

“LA CESPT” pagará a “EL PROVEEDOR” el precio de los servicios a través de medios

electrónicos, por lo que “EL PROVEEDOR” proporcionará el número “clabe”, cuenta y cualquier

información que resulte necesaria para efectos de realizar la transferencia bancaria.

Para que las facturas puedan entrar a revisión deberán contener el visto bueno de

“LA CESPT” de conformidad con lo siguiente:

La recepción de las facturas será de lunes a viernes dentro del horario de 9:30 a 15:00

horas y de 16:00 a 18:00.

Por primera y única vez “EL PROVEEDOR” deberá entregar copia simple del contrato, con la

factura de los servicios proporcionados.

En caso de existir error en la factura esta será devuelta por la Dirección de Servicios, e indicará por

escrito a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir, dentro de los 3 (tres) días hábiles

siguientes al de su recepción a partir de las 9:00 a 17:00 horas.

El pago se efectuará mediante transferencia electrónica por lo que “EL PROVEEDOR” deberá

entregar al Departamento de Adquisiciones el formato del Sistema de Pagos Electrónicos

Interbancarios (SPEI).

En caso de que “EL PROVEEDOR” no requiera el pago mediante depósito electrónico, deberá

presentar escrito, dirigido al Director de Servicios, en el cual solicite su pago mediante cheque.

Tercera. Fecha o Plazo, Lugar y Condiciones de la Prestación del Servicio.

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“EL PROVEEDOR” se compromete a que el plazo de la vigencia del contrato es del XX (XXXXX)

de xxxx al xx (xxxxxx) de xxxxxxxx del 201X (dos mil xxxx).

El lugar y las condiciones para la prestación los servicios se indican en el Apéndice A de la

Convocatoria.

Cuarta. Anticipos.

En términos de la fracción XIV, del artículo 28 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios

para el Estado de Baja California, “LA CESPT”, entregará un anticipo al PROVEEDOR de hasta el

50% (cincuenta por ciento) del valor del presente contrato, es decir la cantidad de:

Quinta. Verificación de las Especificaciones y Aceptación de los Servicios.

“LA CESPT” considerará recibidos y aceptados los servicios objeto del presente instrumento

contractual, una vez que el “EL PROVEEDOR” realice la prestación de los servicios conforme a las

condiciones y especificaciones señaladas en el Apéndice A de la Convocatoria de la Licitación,

Junta de Aclaraciones y su Propuesta tanto Técnica como Económica.

“EL PROVEEDOR” otorga su conformidad de que hasta en tanto ello no se cumpla, estos no se

tendrán por recibidos o aceptados.

Sexta. Supervisión y Recepción de los Servicios.

“LA CESPT” por conducto de la Lic. xxxxxxx, quien ocupa el cargo de xxxxxxxxx, supervisará y

considerará recibidos y aceptados los servicios objeto del presente instrumento contractual, una vez

que “EL PROVEEDOR” realice la prestación de los servicios conforme a las condiciones señaladas

en el Apéndice A de la Convocatoria.

Séptima. Penas Convencionales por Atraso.

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Las condiciones, términos y procedimiento para la aplicación de penas convencionales por atraso

en la prestación de los servicios por causas imputables a “EL PROVEEDOR”, se pacta de la

siguiente forma:

La pena convencional será del 1% (uno por ciento) del valor de los servicios no prestados, sin

incluir el Impuesto al Valor Agregado.

Para el cobro de la pena convencional se aplicará directamente sobre el pago en que ocurra el

incumplimiento.

Octava. Garantía de Cumplimiento de la Calidad del Servicio.

“EL PROVEEDOR” deberá presentar un escrito mediante el cual garantice la calidad de los

servicios a realizar, señalando que cuenta con la infraestructura necesaria, los recursos, técnicas,

procedimientos y equipos suficientes y adecuados, para el tipo de servicio contratado, así como

para cumplirlo, de conformidad con lo dispuesto en la Convocatoria, Junta de Aclaraciones y su

Propuesta tanto Técnica, como Económica, durante la vigencia del presente contrato.

El periodo mínimo de garantía a ofrecer por parte de los Licitantes deberá ser durante la vigencia

del contrato correspondiente. Esta garantía tendrá por objeto responder contra el incumplimiento

que se presente en el servicio prestado. El periodo de garantía empezará a correr a partir de la

fecha de la firma del contrato.

Novena. Garantía del Cumplimiento del Contrato.

“EL PROVEEDOR” deberá garantizar el cumplimiento del contrato, mediante fianza expedida

por una institución afianzadora, constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de

Fianzas, por un importe del 10% (diez por ciento) del importe total del contrato, sin incluir el

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Impuesto al Valor Agregado, a favor de la CESPT, la cual deberá entregarse dentro de los 10

(diez) días naturales siguientes a la firma del contrato.

I. La póliza de la fianza deberá contener, como mínimo, las siguientes previsiones:

a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el

contrato;

b) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento

total de las obligaciones contractuales;

c) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que

garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del

contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los

juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme,

y

d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de

ejecución previstos en la ley federal de instituciones de fianzas para la efectividad de

las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por mora, con

motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.

II. En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas “EL PROVEEDOR” para el cumplimiento

de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o

al plazo del contrato, se deberá realizar la modificación correspondiente a la fianza;

III. Cuando al realizarse el finiquito resulten saldos a cargo de “EL PROVEEDOR” y éste

efectúe la totalidad del pago en forma incondicional, “LA CESPT” cancelará la fianza

respectiva, y

Las modificaciones a las fianzas deberán formalizarse con la participación que corresponda a la

afianzadora, en términos de las disposiciones aplicables.

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Se hace el señalamiento de que la obligación garantizada será indivisible y que en caso de

presentarse algún incumplimiento se hará efectivas las garantías por el monto total de la

garantía de cumplimiento del contrato que procedan.

Una vez cumplidas las obligaciones de “EL PROVEEDOR” a satisfacción de “LA CESPT”, el

Servidor Público facultado procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento

de las obligaciones contractuales para que se dé inicio a los trámites para la cancelación de la

garantía del cumplimiento del contrato.

Décima. Garantía de calidad de servicio y cualquier otra Responsabilidad.

“EL PROVEEDOR” de los servicios quedará obligado ante “LA CESPT” a responder de la

calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido,

mediante la garantía de cumplimiento del contrato.

Décima Primera. Derechos de Propiedad Intelectual, patentes y/o marcas.

En caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la

responsabilidad estará a cargo de “EL PROVEEDOR”.

“EL PROVEEDOR” se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que

pudiera causar a “LA CESPT” o a terceros, si con motivo de la prestación del servicio contratado

viola derechos de autor, patentes y/o marcas registradas, de terceros u otro derecho inherentes a

la propiedad intelectual, en tal virtud, “EL PROVEEDOR” manifiesta en este acto bajo protesta de

decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito,

establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor y Ley de la Propiedad Industrial.

En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de “LA CESPT”, por cualquiera de las

causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso en el domicilio previsto

en este instrumento a “EL PROVEEDOR”, para que éste, utilizando los medios correspondientes

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al caso, garantice salvaguardar a “LA CESPT” de cualquier controversia, liberándole de toda

responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.

Décima Segunda. Modificaciones.

“LA CESPT” y “EL PROVEEDOR” acuerdan que se podrá incrementar el monto del contrato o de

la cantidad de servicios solicitados, mediante modificaciones al presente contrato, siempre que las

mismas no rebasen, en conjunto, el 20% (veinte) por ciento del monto o cantidad establecida

originalmente y debiendo ser el precio de los servicios igual al pactado originalmente.

LA CESPT” podrá solicitar a “EL PROVEEDOR” incrementar la cantidad de los servicios

contratados, para que se entreguen o presten dentro del plazo originalmente convenido o, si el área

contratante lo considera conveniente, ampliar la vigencia del contrato. En caso de que “EL

PROVEEDOR” acepte, “LA CESPT” convendrá con el mismo el incremento del monto del contrato.

Cuando “LA CESPT” requiera ampliar únicamente el plazo o la vigencia del contrato y esto no

implique incremento en el monto total contratado o de las cantidades de servicios contratados, si

cuenta con el consentimiento de “EL PROVEEDOR”, se podrá suscribir el convenio modificatorio

para ampliar la vigencia. La modificación del plazo pactado en el contrato para la entrega de los

servicios sólo procederá por caso fortuito, fuerza mayor o causas atribuibles a “LA CESPT”, la cual

deberá dejar constancia que acredite dichos supuestos en el expediente de contratación respectivo.

En los supuestos previstos en el párrafo anterior no procederá aplicar a “EL PROVEEDOR” penas

convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser

solicitada por “EL PROVEEDOR” o “LA CESPT”. Las modificaciones por ampliación de la vigencia

de contratos de servicios, si “LA CESPT” requiere la continuidad, una vez concluido el ejercicio

fiscal en el que originalmente terminó su vigencia, siempre y cuando la ampliación de la vigencia no

exceda el primer trimestre del ejercicio “LA CESPT”, fiscal siguiente y resulte indispensable para

no interrumpir la operación regular de quedando sujetos el ejercicio y pago de dichas contrataciones

a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal siguiente, por lo que sus efectos estarán

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condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos; el precio de los servicios

sujetos a la ampliación será igual al pactado originalmente.

Cualquier modificación a los contratos deberá formalizarse por escrito, los instrumentos legales

respectivos serán suscritos por el Servidor Público que lo haya hecho en el contrato o quien lo

sustituya o esté facultado para ello.

“LA CESPT” con la aceptación de “EL PROVEEDOR” podrá realizar modificaciones hasta en un

20% (veinte por ciento) de la cantidad o presupuesto máximo de alguna partida originalmente

pactada, utilizando para su pago el presupuesto de otra u otras partidas previstas en el propio

contrato, siempre que no resulte un incremento en el monto máximo total del contrato, sin perjuicio

de lo dispuesto en la Ley.

Décima Tercera. Causales De la Rescisión Administrativa del Contrato.

Las causales de rescisión administrativa, enunciativa y no limitativamente, son:

Firmado el contrato correspondiente, “LA CESPT” podrá rescindir administrativamente el mismo,

en caso de que “EL PROVEEDOR” no cumpla con lo solicitado en la Convocatoria de la Licitación

y sus Anexos, no cumpla con Propuesta Técnica y Económica y por no dar cumplimiento a todas y

cada una de las obligaciones pactadas en el presente contrato.

Décima Cuarta. Procedimiento de Rescisión Administrativa.

“LA CESPT” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato cuando “EL

PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de sus obligaciones, conforme al procedimiento

siguiente:

I. Se iniciará a partir de que a “EL PROVEEDOR” le sea comunicado por escrito el incumplimiento

en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles exponga lo que a su derecho

convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes;

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II. Transcurrido el término a que se refiere la fracción anterior, “LA CESPT” contará con un plazo

de 15 (quince) días para resolver, considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer

“EL PROVEEDOR”, la determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá ser

debidamente fundada, motivada y comunicada “EL PROVEEDOR” dentro de dicho plazo, y

III. Cuando se rescinda el contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer

constar los pagos que deba efectuar la “LA CESPT” por concepto de los servicios recibidos hasta

el momento de rescisión.

Iniciado un procedimiento de conciliación “LA CESPT”, bajo su responsabilidad, podrá suspender

el trámite del procedimiento de rescisión.

Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se hiciere la prestación de los

servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “LA

CESPT” de que continúa vigente la necesidad de los mismos, aplicando, en su caso, las penas

convencionales correspondientes.

“LA CESPT” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento

advierta que la rescisión del contrato pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que

tiene encomendadas; en este supuesto, deberá elaborar un dictamen en el cual justifique que los

impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían

más inconvenientes.

SI no se da por rescindido el contrato, “LA CESPT” establecerá con “EL PROVEEDOR” otro plazo,

que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento;

Cuando por motivo del atraso en la prestación del servicio o el procedimiento de rescisión se ubique

en un ejercicio fiscal diferente a aquél en que hubiere sido adjudicado el contrato, “LA CESPT”

podrá recibir los servicios, previa verificación de que continúa vigente la necesidad de los mismos y

se cuenta con partida y disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal vigente, debiendo

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modificarse la vigencia del contrato con los precios originalmente pactados, cualquier pacto en

contrario a lo dispuesto en este artículo se considerará nulo.

Décima Quinta. Terminación Anticipada.

“LA CESPT” podrá dar por terminado anticipadamente el contrato cuando concurran razones

de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los

servicios originalmente contratados, y se demuestre que, de continuar con el cumplimiento de las

obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al estado, o se determine la nulidad

de los actos que dieron origen al contrato.

En estos supuestos “LA CESPT” reembolsará a “EL PROVEEDOR” los gastos no recuperables

en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se

relacionen directamente con el contrato correspondiente.

Décima Sexta. Confidencialidad.

“EL PROVEEDOR” se obliga a no divulgar por escrito, verbalmente o por cualquier otro medio la

información que obtenga para el desarrollo de la contratación de los servicios y mantener en la más

estricta confidencialidad, los resultados parciales y finales de la misma, absteniéndose de dar a

conocer cualquier información al respecto.

Décima Séptima. Cesión de Derechos.

“EL PROVEEDOR” no podrá ceder los derechos y obligaciones derivados del presente contrato,

en forma parcial o total, a favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro,

en cuyo caso deberá contar con el consentimiento de “LA CESPT”, de conformidad con lo

dispuesto en el último párrafo del artículo 46 de la Ley.

Décima Octava. Responsabilidad laboral, civil y fiscal.

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“EL PROVEEDOR” reconoce y acepta que cuenta con los elementos propios a que se refieren los

artículos 13 y 15 de la Ley Federal del Trabajo, siendo en consecuencia único patrón de todas y

cada una de las personas que intervenga en el desarrollo y ejecución de los servicios pactados en

este contrato, liberando a “ LA CESPT” de cualquier responsabilidad laboral que sobre el particular

se llegara a presentar en su contra, también subsiste para “EL PROVEEDOR”, la responsabilidad

civil y fiscal cuando derive de obligaciones que nacen de actos emanados del presente contrato.

“EL PROVEEDOR”, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto

de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones

legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.

Asimismo, “EL PROVEEDOR” reconoce y acepta que, con relación al presente contrato, actúa

exclusivamente como proveedor independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento

jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en

términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre “EL PROVEEDOR”, incluyendo sus

vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y “LA CESPT”.

Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos

establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes

mencionadas, que pueda afectar los intereses de “LA CESPT”, “EL PROVEEDOR” queda

obligado a sacarlo en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a

resarcir a “LA CESPT”, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto.

Décima Novena. Legislación Aplicable.

Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de lo expresado en el objeto de

este contrato, a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, a la Leyes del Estado de Baja

California.

Vigésima. No Adhesión.

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“EL PROVEEDOR” se obliga ante “LA CESPT” a no sujetar el cumplimiento del presente contrato,

a los contratos del servicio que “EL PROVEEDOR” ofrece al público en general, como contratos

de adhesión, entendidos como tales los elaborados unilateralmente en formatos.

Vigésima Primera. Jurisdicción.

La solución de las controversias se sujetará a lo previsto por la Ley.

Por lo que toca a los procedimientos para resolución de controversias, distintos al procedimiento de

conciliación previsto en la ley, las partes convienen que, para la interpretación y cumplimiento de

este contrato, así como para lo no previsto en el mismo, se someterán a la competencia de los

tribunales federales, con jurisdicción en Tijuana, Baja California.

Previa lectura y debidamente enteradas las partes del contenido, alcance y fuerza legal del presente

contrato y en virtud de que se ajusta a la expresión de su libre voluntad, lo firman al calce y al

margen y ratifican en todas sus partes, en cuatro ejemplares, corriendo agregado al presente las

documentales que acreditan lo mencionado en las declaraciones y cláusulas que se señalan, en la

Ciudad de Tijuana, Baja California.

POR “LA CESPT”

POR “EL PROVEEDOR”

c.