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Aplicación Ley 20.351 Medidas Presidenciales: Retención y Capacitación Precontratos Permiso de Capacitación

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Page 1: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

Aplicación Ley 20.351

Medidas Presidenciales:

•Retención y Capacitación•Precontratos

•Permiso de Capacitación

Page 2: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

1. Deducción a través de PPMLey 20.326

Enero del 2009

Se Autoriza para el año 2009 a los Contribuyentes deSe Autoriza para el año 2009 a los Contribuyentes deprimera Categoría a deducir contra PPM, en relación de losgastos incurridos en el financiamiento del programa decapacitación desarrollado bajo la normativa LEY 19.518.

Año 2010 y siguientes , siempre que, en el respectivo añotributario anterior, la empresa hubiese obtenido ingresosbrutos totales iguales o inferiores al equivalente a 100.000UF

Page 3: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

El monto a deducir como crédito en ladeclaración de cada mes, será el menor entre:

El de los gastos de capacitación que el contribuyen te haya efectuado en el mes que corresponda a la declaració n en que se lleve a cabo la deducción

El equivalente al 1% de las remuneraciones imponibl es

PPM : Operatoria Ley 20.326

Fuente: SENCE 26 junio 2009

El que resulte de dividir el crédito por gastos de capacitación imputado por la empresa en el año trib utario anterior, por doce, o por el número menor de meses en que hubiese efectuado actividades en el año comerci al respectivo. En caso de no tener gasto de capacitaci ón año anterior, opera como tope el 5% de los PPM.

El equivalente al 1% de las remuneraciones imponibl es

imputables a la franquicia tributaria de capacitaci ón

Page 4: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

PPM (Ley 20.326)

Si queda remanente porque PPM del mes inferior al crédito, se puede hacer uso al mes siguiente

Fuente: SENCE 26 junio 2009

Page 5: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

2. Retención y CapacitaciónLey 20.351Mayo 2009

Objetivo:

Fomentar la retención de trabajadores durante el período máscrítico de la crisis y el fortalecimiento de la empleabilidad de lostrabajadores de menores recursos, mediante un aumento delmonto imputable en contra de los pagos provisionalesmensuales (PPM) de gasto mensual de capacitación que realizala empresa.

Page 6: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

Retención y Capacitación¿En qué consiste?

Autorizar a las empresas a imputar en contra de sus PPM un monto adicional de descuento, equivalente de hasta 2.5 veces el gasto mensual de capacitación efectuado en sus trabajadores con remuneraciones brutas iguales o inferiores a $380.000.

I.- Retención• Los empresarios deberán retener la misma cantidad de trabajadores

Fuente: SENCE 26 junio 2009

• Los empresarios deberán retener la misma cantidad de trabajadores que tenían en el mes de abril 2009.

• Para ello se establecerá como requisito que:– El número de trabajadores que hayan cotizado, al me nos la mitad

del sueldo mínimo en el mes en que se pretende real izar la imputación, sea igual o mayor a los trabajadores qu e hayan cotizado al menos la mitad del sueldo mínimo del me s de abril 2009…. o

– El promedio de los trabajadores que hayan cotizado e n los 3 meses anteriores a aquel en que se pretende realizar la i mputación, sea igual o mayor a los trabajadores que hayan cotizado al menos la mitad del sueldo mínimo del mes de abril 2009.

Page 7: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

Ejemplo Requisito Retención

Requisito 1 Requisito 2

N° Cotizantes con remuneraciones superiores al 50% del sueldo mínimo en el mes en que liquida la acción es MAYOR o IGUAL al N° de Cotizantes con

Promedio N° Cotizantes con remuneraciones superiores al 50% del sueldo mínimo de últimos 3 meses al momento de liquidar es MAYOR o IGUAL al N° de Cotizantes

¿Puede acceder al descuento adiconal si liquida acciones con

Cotizantes al mes de Abril 50 Sólo cursos con trabajadores de remuneraciónMenor o igual a $380.000

Fuente: SENCE 26 junio 2009

Mes

remuneraciones superiores al 50% del sueldo mínimo del mes de Abril

con remuneraciones superiores al 50% del sueldo mínimo del mes de Abril

trabajadores cuyas remuneraciones brutas sean inferiores a 380.001?

Abril 50 no aplica Fuera vigencia Ley 20.351Mayo 50 no aplica Fuera vigencia Ley 20.351Junio 54 51,3 Fuera vigencia Ley 20.351Julio 52 52,0 si, cumple con requisito 1Agosto 45 50,3 si cumple con requisito 2Septiembre 45 47,3 noOctubre 48 46,0 noNoviembre 55 49,3 si, cumple con requisito 1Diciembre 49 50,7 si cumple con requisito 2Ene-10 45 49,7 noFeb-10 50 48,0 si, cumple con requisito 1

SII controla el número de cotizantes a través de AFP

Page 8: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

II.- Capacitación

• El crédito, que se imputará a los PPM, se aplicará sólo al gasto en capacitación de trabajadores dependientes con

Requisitos Retención y Capacitación

Fuente: SENCE 26 junio 2009

trabajadores dependientes con remuneraciones brutas iguales o menores a $380.000 mensual.

• Se entenderá por la remuneración bruta lo dictado el artículo 41 del Código del Trabajo

Page 9: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

Cálculo Retención y Capacitación

1. El de los gastos de 1. El de los gastos de capacitación que el capacitación que el contribuyente haya efectuado contribuyente haya efectuado

1) Descuento PPM 20.3261) Descuento PPM 20.326Se descontará el monto menor entre:Se descontará el monto menor entre:

Paso 1

El monto menor de El monto menor de estos dos será el:estos dos será el:

Fuente: SENCE 26 junio 2009

contribuyente haya efectuado contribuyente haya efectuado en el mes que corresponda a la en el mes que corresponda a la declaración en que se lleve a declaración en que se lleve a cabo la deduccióncabo la deducción

2. El equivalente al 1% de las 2. El equivalente al 1% de las remuneraciones imponibles remuneraciones imponibles imputables a la franquicia imputables a la franquicia tributaria de capacitación tributaria de capacitación

estos dos será el:estos dos será el:

Crédito a descontar Crédito a descontar Art 6, Art 6,

Ley 20.326Ley 20.326

Page 10: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

Gasto Cap. Trab 380.000Gasto Cap. Trab 380.000

2) Descuento Adicional PPM 20.3512) Descuento Adicional PPM 20.351Monto resultante del siguiente cálculoMonto resultante del siguiente cálculo

Monto Menor Monto Menor Crédito a Crédito a x x

Cálculo Retención y Capacitación

Paso 2

Fuente: SENCE 26 junio 2009

=

Gasto Cap. Trab 380.000Gasto Cap. Trab 380.000

Gasto Cap. TotalGasto Cap. TotalCrédito a Crédito a

descontar art 6, descontar art 6, Ley 20.326Ley 20.326

x 2,52,5x

Monto adicional a descontar art 11, Ley 20.351Monto adicional a descontar art 11, Ley 20.351

Page 11: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

3) Descuento Total de los PPM3) Descuento Total de los PPMLey 20.326 y 20.351Ley 20.326 y 20.351

Paso 3

Cálculo Retención y Capacitación

Fuente: SENCE 26 junio 2009

Monto adicional a Monto adicional a descontar art 11, Ley descontar art 11, Ley

20.35120.351

Resultado de paso 2Resultado de paso 2

Monto Menor Monto Menor Crédito a descontar art 6, Crédito a descontar art 6,

Ley 20.326Ley 20.326Resultado paso 1Resultado paso 1

+

Page 12: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

Ejercicio Retención y Capacitación

Gasto Mensual Capacitación y/o Aporte del mes

1% MensualPromedio Gasto en Cap año

anterior/12Monto del Crédito

art.6 Ley 20.326

$ 5.000.000 $ 2.000.000 Se elimina $ 2.000.000

B Gasto mensual Capacitación en

Trabajadores con remuneraciones menores a $380.001

A Gasto Mensual Capacitación

Monto menor entre

Paso 1 PPM 20.326

Paso 2 PPM ADICIONAL Ley

Fuente: SENCE 26 junio 2009

$ 5.000.000 $ 3.000.000

B/AMonto del Crédito

art.6 Ley 20.326Multiplicador

Descuento Ley 20.351

0,6 $ 2.000.000 2,5 $ 3.000.000

Monto del Crédito art.6 Ley 20.326

Resultado Cálculo

$ 2.000.000 $ 3.000.000 $ 5.000.000

Paso 3 Descuento Total de los PPM Ley 20.326 y 20.351

ADICIONAL Ley 20.351

Descuento total a los PPM

Page 13: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

3. Precontrato de Capacitación Ley 20.351Mayo 2009

Objetivo :

Fomentar la posibilidad de que los potencialestrabajadores de la empresa opten a una capacitación que permita una mejor inserción, mediante la capacitación realizada vía precontratos.

Page 14: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

¿En qué consiste?Los gastos realizados en capacitación vía Precontrato, podrán serdescontados con un tope adicional de un 0.25% adicional de lasremuneraciones pagadas al personal y que se podrá deducir enforma anual o mensual (vía PPM)

• Duración de la capacitación financiados con FT se extiende a 6 meses.

Precontrato de Capacitación

Fuente: SENCE 26 junio 2009

• Duración de la capacitación financiados con FT se extiende a 6 meses.• Se podrá entregar bono de movilización y alimentación a los

beneficiarios (con un tope del 10% del gasto a total a descontar)• Obliga a considerar un seguro que cubra posibles accidente laborales

en el trayecto a la capacitación. (con un tope del 5% del gasto a total a descontar)

• Los eventuales trabajadores contratados bajo la modalidad a que se refiere este artículo, no podrán superar en el mes respectivo, el cincuenta por ciento (50%) de la planilla mensual de cotizantes de la empresa del mes anterior a aquel en que se efectúe el descuento.(Mes de Liquidación del Curso)

Page 15: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

AUTORIZACIÓN DE VIÁTICOS¿Que se entenderá por gastos de viáticos?Solo los gastos de alimentación que sean reales y apropiados, para lo cual seaceptarán gasto en restaurantes, o servicios de cheque de restaurante, o el pagodel almuerzo en el casino de la empresa.

AUTORIZACIÓN DE TRASLADO¿Qué se entenderá por gastos de traslado?En lo que respecta a los gastos de traslado, podrán considerarse como gastos lalocomoción colectiva, a saber, microbuses, metro, buses, etc.

Precontrato de Capacitación

Fuente: SENCE 26 junio 2009

locomoción colectiva, a saber, microbuses, metro, buses, etc.

AUTORIZACIÓN DE SEGUROEn cuanto a los gastos necesarios para cubrir los accidentes que puedanexperimentar los eventuales trabajadores con motivo de su asistencia a losprogramas de capacitación, cabe señalar que el cumplimiento de este requisitodeberá verificarse a través del contrato de seguro (póliza de seguros), que celebreel empleador con la empresa aseguradora, que cubra tales riesgos, el cual deberácontener la nómina de los asegurados e indicar el monto de la prima mensual deseguro a pagar por cada uno de los participantes en el programa.Deberá presentar obligatoriamente al momento de comunicar

Page 16: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

Requisitos para la inscripción del Curso

•Presentar Fotocopia de la Cédula de Identidad de losParticipantes

•Copia de la póliza de seguro de los participantes, que indique elmonto que se pagará.

Precontrato de Capacitación

Fuente: SENCE 26 junio 2009

•Precontrato de Capacitación que incluya los datos del curso queefectuará el participante, así como los detalles de la póliza y de laasignación por viático y traslado (formato modelo descargabledesde nuestro Portal Web).

Page 17: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

4. Permiso de Capacitación Ley 20.351Mayo 2009

Objetivo :

Permitir que los trabajadores(as) de nuestro país accedan a un Permiso Especial para capacitación con la finalidad de mantener su empleo por un período de hasta 5 meses, tiempo durante el cual se capacitan.

Page 18: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?

Los trabajadores y trabajadoras que cumplan con los siguientes requisitos:

- Estar afiliados al Seguro de Cesantía - Contrato indefinido - 6 cotizaciones continuas acreditadas a la fecha de la inscripción -Que hayan firmado un acuerdo de capacitación con su empleador y sean inscritos en cursos de capacitación en el portal inscritos en cursos de capacitación en el portal www.permisodecapacitacion.cl

¿Qué trabajadores y trabajadoras no pueden acceder al beneficio?

- Que no estén afiliados en el seguro de cesantía. - Los trabajadores y trabajadoras con fuero laboral - Trabajadores/as con menos de 6 meses de cotizaciones continuas acreditadas con el mismo empleador, en el seguro de cesantía - Que tengan contrato a honorarios o a plazo fijo por obra o servicio determinado.

Fuente: SENCE junio 2009

Page 19: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

Beneficios para el Trabajador/a:

•Prestación mensual equivalente al 50% del promedio de sus últimas 6 remuneraciones imponibles con un tope de $190.000.

•Capacitación sin costo, para adquirir o reforzar sus competencias laborales.

•Acceso a salud a través de FONASA, bajo la modalidad institucional o de libre elección. libre elección.

•Mantención del derecho a las asignaciones familiares de que fuere beneficiario

•Las cotizaciones previsionales serán pagadas por el Fondo de Cesantía Solidario (FCS).

•Mantiene sus derechos laborales.

Fuente: SENCE junio 2009

Page 20: Aplicacion de La Ley 20351 SOFOFA

Beneficios para los Empleadores:

•Aumenta la liquidez de su empresa vía ahorro de remuneraciones mientras sus trabajadores se encuentren con Permiso de Capacitación.

•Durante la vigencia del Permiso de capacitación sólo debe pagar:

�Una cotización adicional en la Cuenta Individual del 20% del �Una cotización adicional en la Cuenta Individual del 20% del beneficio de cada trabajador �Ley 16.744 de accidentes laborales y profesionales.

Fuente: SENCE junio 2009

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¿Como se financian los beneficios a los trabajadore s?

Las prestaciones a los trabajadores son financiadas con cargo al Seguro Cesantía en modalidad de cuenta individual y fondo de cesantía solidario.

Los cursos de los trabajadores tienen dos vías de financiamiento:

-Empresas afiliadas a OTIC (organismos Técnicos Intermedios de Capacitación) que mantienen excedentes al 1°de Julio del 2009, por medio de estos.

-Empresas que no mantienen excedentes o no están afiliadas a OTIC los cursos son pagados con cargo a recursos del Fondo de Cesantía Solidario.

Fuente: SENCE junio 2009