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“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN

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“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE

LA EDUCACIÓN”

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Los hijos de los señores magistrados y servidores judiciales disfrutaron el día de ayer por adelantado la celebración de la fiesta de la navidad, que fue organizada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica en coordinación con los representantes del Sub Cafae-Ica, Comité de Damas y Sindicato de Trabajadores. Los niños pudieron disfrutar de un show de dalinas a cargo del grupo Fantasy Club y de golosinas y regalos que fueron entregados a su ingreso a la fiesta. En representación del señor presidente de la corte iqueña, dio las palabras de bienvenida el Eco. Federico Zamora Díaz, Gerente de la CSJ Ica, quien saludo a los niños y resaltó el verdadero significado de la navidad que es el amor y unión entre las familias. A su turno la señora Jessica Gilian León representante de los trabajadores judiciales ante el Sub Café Ica, agradeció la participación de los asistentes y los insto a divertirse con las sorpresas que fueron preparadas para los niños.

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EQUIPO DE FULBITO DE LA CORTE DE ICA, OBTUVO

SEGUNDO LUGAR EN CAMPEONATO INTERINSTITUCIONAL

Ganaron pase al Campeonato Regional.

El sábado último el equipo de fulbito de la Corte Superior de Justicia de

Ica, integrado por los servidores judiciales Miguel Ríos Aquije, Rafael Belli

Díaz, José Ruiz Lecarnaque, Víctor Meza Valdivia, Eduardo Savitzky Quispe,

Cesar Huamán, Fernando Choque Quincho, Harry Malqui, Santiago Aybar

Torero y Juan Carlos Martínez, obtuvieron el segundo lugar en el

Campeonato Interinstitucional (Instituciones Públicas y Privadas).

Con este triunfo ganaron el pase al Campeonato Regional donde se

medirán con los campeones y subcampeones de la Provincia de Nasca,

Palpa, Pisco y Chincha, que se realizara en el mes de febrero del año

2016. Felicitaciones a los ganadores.

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César Acuña: abren proceso contra

APP por uso de universidades JEE afirma que se está analizando denuncias presentadas contra dicha agrupación por

presunta propaganda electoral indebida

Una de las denuncias que pesan sobre la agrupación de César Acuña fue interpuesta por el abogado aprista Carlos Calderón.

Ello, por el supuesto uso de las universidades César Vallejo, Autónoma y Señor de Sipán. (Foto: El Comercio)

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 resolvió abrir proceso contra el partido Alianza para el Progreso (APP), liderado por el candidato presidencial César Acuña, a fin de determinar alguna infracción cometida por esta agrupación a las normas de propaganda electoral, en el marco de las elecciones generales del 2016.

En la resolución N.° 005-2015-JEE-LC1/JNE, emitida por el JEE, se determinan las denuncias presentadas contra esta organización política por presunta propaganda electoral indebida.

Una de las demandas fue interpuesta por el abogado aprista Carlos Calderón por el supuesto uso de las universidades César Vallejo, Autónoma y Señor de Sipán; mientras que la otra denuncia fue puesta de oficio luego del informe de la Dirección Nacional de

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Fiscalización del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), a raíz de una nota periodística que se le hizo a la institución educativa inicial N.° 017, Cuna Jardín El Agustino.

En el análisis, el JEE Lima Centro 1 apunta que corresponde disponer el inicio de un proceso contra la agrupación de César Acuña por presuntas infracciones a la Ley Orgánica de Elecciones, y al reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral aprobado por el JNE.

Vale anotar que APP tendrá tres días, desde el día siguiente de su notificación, para realizar los descargos al JEE Lima Centro 1.

De otro lado, el JEE Lima Centro 1 decidió, mediante Resolución N.° 002-2015-JEE-LC1/JNE, abrir proceso contra Azucena Rodríguez Carranza, directora del I. E. I. N.° 017, Cuna Jardín El Agustino, en pos de analizar la presunta comisión de una infracción a las normas que regulan el deber de neutralidad de los funcionarios públicos en el período electoral.

Según está establecido en la Ley Orgánica de Elecciones, está prohibido usar los cuarteles de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, las oficinas públicas, los locales de las municipalidades, colegios estatales o particulares, entre otros, para actos de propaganda electoral a favor o en contra de cualquier agrupación política o candidato.

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LOURDES ALCORTA CUESTIONA TRANSFUGUISMO DE EXALCALDESA

Izquierda caviar está “en shock” por SusanaVillarán El nacionalismo solo suma odios, advierte Kenji Fujimori.

“Con todas estas alianzas y vientres de alquiler, uno a veces no sabe qué pensar, pero lo cierto es que a Susana Villarán la hubiera imaginado hasta con Keiko antes que con Urresti. La izquierda caviar está en shock, porque han quedado desenmascarados”, expresó la congresista Lourdes Alcorta.

Precisó que los comunistas siempre se caracterizaron por acusar a los militares de asesinatos y corrupción, pero es flagrante que la exalcaldesa de Lima ahora se una a un exgeneral que además ha tenido actitudes groseras contra las mujeres a quienes proclamaba defender.

Por su parte, el congresista Kenji Fujimori afirmó que la incorporación de Susana Villarán al nacionalismo está ligada al interés de esa agrupación en que su hermana Keiko, candidata de Fuerza Popular, no llegue a gobernar el país.

En su cuenta de Twitter, el legislador expresó que “para Susana Villarán más pesa el odio al fujimorismo que su defensa de género. Se alía a Daniel Urresti ‘para que no gane Keiko’. Qué propositiva”.

Kenji Fujimori afirmó que la adhesión de Susana Villarán “solo prueba” que el nacionalismo prefiere “sumar odios a su dizque defensa de género”.

DEFIENDE A URRESTI La exalcaldesa de Lima Susana Villarán de la Puente reconoció que ha causado polémica

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su decisión de integrar la fórmula presidencial que encabeza Daniel Urresti, pero destacó que así se motivará el debate de temas importantes como los derechos humanos.

“¿Por qué una defensora de los derechos humanos se une a la plancha del Partido Nacionalista?”, se preguntó Villarán, a lo que ella misma respondió que está convencida de la inocencia de Urresti en el juicio que se le sigue por el asesinato del periodista Hugo Bustíos. Villarán también confirmó que postulará al Congreso en la lista del nacionalismo.

EL DATO

“LUCHA CONJUNTA”

Nadine Heredia sostuvo el domingo que la suma de Susana Villarán a la plancha de Daniel Urresti como primera vicepresidenta representaba “la lucha conjunta con el nacionalismo contra prácticas fujimontesinistas y contra las esterilizaciones (forzadas)”.

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Procuraduría del Congreso decide apelar el fallo que favorece a Alan García Anoche trascendió que la Procuraduría del Congreso ya habría apelado el fallo de la

Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima que anuló los informes de la

Megacomisión y el proceso constitucional contra el hoy candidato presidencialAlan

García por el caso Narcoindultos, así como por las investigaciones de los colegios

emblemáticos, Business Track, del aeródromo de Collique y Agua para Todos.

PUEDES VER: Elecciones 2016: Keiko Fujimori y Alan García pierden puntos en intención

de voto

Como se recuerda, a pesar de sus vínculos con el Apra, el juez Jesús Soller Rodríguez no

se apartó del caso y tuvo el voto dirimente con el que decidió anular todo lo investigado

por el Congreso.

Por su parte, el congresista y ex presidente de la Megacomisión, Sergio Tejada, dijo

sentirse optimista y confiado en que si el Poder Judicial no revoca el fallo de Soller, será el

Tribunal Constitucional (TC) en donde se haga valer el derecho de justicia y de respeto de

los foros del Congreso.

COHERENCIA EN EL TC

Tejada recordó que hace un mes el Tribunal Constitucional se pronunció a favor y validó

las investigaciones del Parlamento respecto al caso Ecoteva, donde es investigado el ex

presidente Alejandro Toledo.

"Acá las cosas deben ser claras. Una comisión investigadora del Legislativo funciona muy

distinto a las instituciones judiciales. Cada una tiene su forma de actuar y eso el Tribunal

Constitucional ya lo ha demostrado y ha dado validez", declaró.

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Es importante precisar que a inicios de noviembre, el Tribunal Constitucional rechazó el

hábeas corpus presentado por la defensa del ex presidente Alejandro Toledo, con la que,

del mismo modo que ahora García, pretendía invalidar la investigación del Congreso del

caso Ecoteva.

La demanda de Alejandro Toledo solicitaba que se declare la nulidad de la moción en el

Congreso que le otorgó facultades especiales a la Comisión de Fiscalización para que lo

investigue.

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Argentina: Mauricio Macri sufre su primer revés en el gobierno Un juez federal declaró inconstitucional el decreto por el cual el presidente designó a dos miembros de la Corte Suprema.

Textos: Correo | Agencias [email protected] | Fotos: AFP

21 de Diciembre del 2015 - 18:14| Buenos Aires -

Un juez federal en Argentina declaró este lunesinconstitucional la controvertida

designación de dos jueces de la Corte Suprema por decreto que hizo el

presidente Mauricio Macri, la cual levantó la primera polémica de su gestión y su primer

revés judicial.

El juez Alejo Ramos Padilla declaró inconstitucional el decreto por el cual Macri

designó a Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti como miembros de la Corte sin pasar

por la aprobación del senado, controlado por la oposición kirchnerista.

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La decisión del juez ordena a la Corte que se abstenga de tomarles el juramento que

estaba previsto para enero o febrero de 2016. Sin embargo reconoce que en cuanto los

dos candidatos propuestos reciban el acuerdo del Senado, automáticamente el fallo

cesará en sus efectos.

Ramos Padilla sostuvo que las designaciones de Rosenkrantz y Rosatti que hizo el

presidente son "inválidas", en un fallo que responde a una medida cautelar presentada

la semana pasada por el ciudadano Mariano José Orbaiceta.

En medio del amplio rechazo que provocó en Argentina la designación por decreto de los

dos jueces, Macri había postergado la asunción de los magistrados hasta el próximo

año.

La primera gran controversia del gobierno de Macri empezó el lunes, cuatro días

después de su asunción el pasado 10 de diciembre.

Macri pudo haber convocado sesiones extraordinarias del Congreso en el verano

austral (diembre, enero y febrero) para que el Senado ratificara sus designaciones,

siguiendo el mecanismo constitucional.

El presidente se amparó en un artículo de la Constitución que permite al Ejecutivo

nombrar "en comisión", es decir interinamente, los cargos que necesitan de la

aprobación del Senado, pero prestigiosos constitucionalistas indicaron que la potestad del

poder ejecutivo de designar cargos "en comision" no incluye a miembros de la

justicia.

La decisión llegó a mostrar las primeras fisuras de la alianza conservadora Cambiemos

que lo llevó al poder con el respaldo del partido Unión Cívica Radical (UCR) y además

detonó la convocatoria a una primera marcha en su contra el jueves pasado. (AFP)

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Francisco Távara: Piden destituir a titular del Jurado Nacional de Elecciones Martes 22 de diciembre del 2015 | 07:40

Aprista exigió su salida ante el Consejo Nacional de la Magistratura por supuesto favoritismo

hacia César Acuña.

Francisco Távara, presidente del JNE negó que favoreciera a APP. (Roberto Cáceres)

El aprista Carlos Calderón solicitó al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) la

destitución del titular del Jurado Nacional de Elecciones (JNE),*Francisco Távara, a quien

acusa de “haber incurrido en grave inconducta personal y profesional”, por un supuesto

favoritismo al candidato presidencial César Acuña.

[Presidente del JNE admite que fue distinguido por universidad de César Acuña

pero descartó compadrazgo]

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Calderón basa su pedido en que Távara es honoris causa de la Universidad César Vallejo

(UCV), del líder de Alianza para el Progreso (APP), y porque habría sido docente de esa

casa de estudios.

[Movadef integra frente que intenta inscribirse nuevamente ante el JNE]

Asimismo, indica que su hija Lois Távara laboró en otra de las universidades de Acuña.

También lo acusa de salvarlo de la vacancia en el 2013 cuando era alcalde de Trujillo y de

haber incidido para que se rebaje de S/.9 millones a S/.2 millones una multa a APP.

[JNE pide a funcionarios públicos que respeten principio de neutralidad]

En su momento, Távara negó que exista “compadrazgo alguno” con el líder de APP.

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Más de 500 detenidos en primeros

10 días de declaratoria de

emergencia en el Callao

ANDINA

07:33.

Lima, dic. 22. Al cumplirse los primeros 10 días del estado de emergencia en el Callao, la Policía

Nacional del Perú detuvo a 561 personas en conflicto con la ley, desarticuló 51 bandas

delincuenciales, y decomisó 74 armas, 17 réplicas y 829 municiones, informó hoy el ministro del

Interior, José Pérez Guadalupe.

Durante la presentación de la nueva sede de la unidad policial Los Halcones, en el primer puerto,

Pérez Guadalupe agregó que también se han decomisado 13 granadas de guerra, así como 301 kilos

de droga y 15,821 paquetes de marihuana.

Adelantó que en el transcurso de esta mañana se reunirá el Consejo de Estado para analizar la

situación de la emergencia en el Callao.

(FIN) LIT/LIT

Publicado: 22/12/2015

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EN MATERIA CIVIL

Comienza octavo pleno casatorio

Corte Suprema uniformizará criterios para resolver casos de disposición unilateral de bienes conyugales.

Los jueces de las salas civiles permanente y transitoria de la Corte Suprema inician hoy el Octavo Pleno Casatorio Civil a fin de uniformizar los criterios jurisprudenciales aplicables para la solución de los recursos de casación referidos a los actos de disposición unilateral de bienes conyugales.

martes, 22 de diciembre de 2015

Así, la máxima instancia judicial del país no solo busca controlar la correcta interpretación y

aplicación de la norma jurídica al caso concreto, sino también salvaguardar el interés general dando

certidumbre e igualdad en la aplicación o interpretación del derecho, con miras a su unidad y

racionalidad.

Análisis

El debate se centra en el análisis de la Casación N° 3006-2015-JUNÍN interpuesta en el marco de un

proceso de nulidad de acto jurídico, en que las salas civiles supremas establecerán pautas

interpretativas con efectos vinculantes para las decisiones que en el futuro adopten los órganos

jurisdiccionales del país respecto a los casos de disposición de bienes de la sociedad de gananciales

por uno de los cónyuges sin la intervención del otro.

El tema materia de dicha casación implica dilucidar si el acto jurídico por el que uno de los

cónyuges dispone de bienes de la sociedad de gananciales sin la intervención del otro es un acto

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jurídico nulo, anulable o ineficaz, lo que presupone fijar los alcances del artículo 315 del Código

Civil.

A criterio del experto en derecho de familia Enrique Varsi Rospigliosi, la sociedad conyugal es

titular de los bienes sociales, por lo que los cónyuges conjuntamente son los únicos legitimados para

disponer de ellos o comprometer el patrimonio social, salvo que se trate de actos de disposición

relacionados con la potestad doméstica en los que será necesaria la intervención de uno solo o

cuando una ley especial así lo disponga.

Por tanto, considera que el acto practicado contraviniendo esa regla general de la intervención

conyugal conjunta para la disposición de bienes sociales debe ser sancionada con la anulabilidad

En ese sentido, cuando uno de los cónyuges disponga unilateralmente de los bienes sociales, el

cónyuge que no interviene en el acto de disposición o sus herederos podrán demandar la

anulabilidad del mismo, detalló.

Como la sanción, además, es la anulabilidad y no la nulidad del acto de disposición unilateral,

sostuvo que es posible la confirmación de este acto por quienes están facultados para demandar la

anulabilidad, a pesar que un sector de la jurisprudencia registral declare la improcedencia de la

convalidación.

Varsi Rospigliosi propone la modificación, en ese sentido, del mencionado artículo del Código

Civil, considerando que no se requeriría la intervención de ambos cónyuges para los actos de

adquisición de bienes muebles.

Ineficacia

A juicio del experto en derecho civil Fort Ninamancco, si un cónyuge dispone de bienes sociales

irrogándose facultades de representación del otro que en realidad no tiene, se configura un supuesto

de ineficacia por ausencia de poder de representación, según el artículo 161 del Código Civil.

En cambio, sostuvo que el supuesto usual donde un solo cónyuge, actuando en nombre propio,

vende bienes sociales, debe someterse a la regulación de la compraventa de bien ajeno. Por tanto, el

cónyuge que no celebró aquel contrato, si lo estima conveniente, podrá solicitar que ese acto sea

declarado ineficaz o inoponible a la sociedad de gananciales.

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JURISPRUDENCIA UNIFORME

Materia Civil Título: Extensión de la Motivación de Resoluciones Judiciales

La motivación de las resoluciones cumple esencialmente dos funciones: Endoprocesal y extraprocesal. La primera tiene lugar al interior del proceso, respecto de las partes, terceros legitimados y de los propios órganos jurisdiccionales, la segunda tiene lugar en el ámbito externo del proceso y está dirigida al control del comportamiento funcional de los órganos jurisdiccionales.

Base Legal: Art.139 inciso 5° de la Constitución Política del Estado

Casación N°. 01468-2011 – CALLAO Resolución de adjunta en PDF