anexo za bovedillas

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Cumplimiento Anexo ZA Norma UNE-EN 15037-2 “Bovedillas de hormigón” Página 1 de 58 CUMPLIMIENTO ANEXO ZA UNE-EN 15037-2:2009 “BOVEDILLAS DE HORMIGÓN PARA SISTEMAS DE FORJADO DE VIGUETA Y BOVEDILLA” 1ª edición: Diciembre 2010

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requisitos para cumplir con la norma

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Cumplimiento Anexo ZA Norma UNE-EN 15037-2 “Bovedillas de hormigón” Página 1 de 58

CUMPLIMIENTO ANEXO ZA UNE-EN 15037-2:2009

“BOVEDILLAS DE HORMIGÓN

PARA SISTEMAS DE FORJADO DE VIGUETA Y BOVEDILLA”

1ª edición: Diciembre 2010

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Índice 0. Situación reglamentaria de las bovedillas

1. Futuro procedimiento general de Marcado CE

2. Alcance de la Norma

2.1. Objeto y campo de aplicación

2.2. Definiciones

2.3. Ejemplos más habituales

2.4. Anexo ZA de la UNE-EN 15037-2:2009

3. Procedimiento de verificación de la conformidad de las bovedillas

3.1. Sistema de evaluación de la conformidad

3.2. Asignación de tareas para la verificación de la conformidad de las

bovedillas de hormigón

4. Tareas del fabricante

4.1. Ensayo inicial de tipo

4.1.1. Generalidades

4.1.2. Características esenciales

4.1.2.1. Capacidad portante

4.1.2.2. Reacción al fuego

4.1.2.3. Aislamiento acústico al ruido aéreo y a la transmisión de

ruido por impacto

4.1.2.4. Resistencia térmica

4.1.2.5. Retracción por secado

4.1.2.6. Detalles constructivos

4.1.2.7. Durabilidad

4.1.2.8. Densidad seca bruta

4.1.2.9. Sustancias peligrosas

4.1.3. Muestreo para el ensayo de tipo inicial

4.2. Control de producción en fábrica

4.2.1. Organización

4.2.2. Sistema de control

4.2.3. Control de documentos

4.2.4. Control del proceso

4.2.5. Inspección y ensayo

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4.2.5.1. Inspección de equipo

4.2.5.2. Inspección de materiales

4.2.5.3. Inspección del proceso

4.2.5.4. Inspección del producto terminado

4.2.5.5. Reglas de cambio

4.3. Ensayos adicionales de las muestras tomadas en fábrica

5. Tareas del Organismo Notificado

5.1. Inspección inicial

5.2. Vigilancia, evaluación y aprobación continua

ANEXOS INFORMATIVOS

Anexo A. Relación de normas a las que se hace referencia desde la Norma

Anexo B. Organismos Notificados para la certificación de PH estructurales

Anexo C. Control del hormigón según la EHE-08

C.1. Instrucción EHE-08

C.2. Coeficientes de ponderación de la resistencia del hormigón y acero

C.3. Control del hormigón para elementos prefabricados, según la EHE-08

C.3.1 Control de la conformidad en la docilidad del hormigón

C.3.2 Control estadístico de la resistencia

Anexo D. Transición normativa: de las autorizaciones de uso al marcado CE

D.1. Evolución histórica

D.2. Las Autorizaciones de Uso vs Marcado CE

D.3. El futuro de las fichas técnicas

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0. Situación reglamentaria de las bovedillas

Las bovedillas de hormigón destinadas usualmente a servir de entrevigado en los tradicionales sistemas de forjado de vigueta y bovedillas, están cubiertas por la norma UNE-EN 15037-2:2009. No obstante, debe quedar claro que esto no significa necesariamente que estos productos estén exigidos ya a disponer de marcado CE para que puedan ser comercializados dentro del Espacio Económico Europeo, como ya sucede con otros elementos prefabricados de hormigón con aplicaciones estructurales y que están dentro de alguna de las normas europeas, según se recoge periódicamente en los comunicados del Diario Oficial de la Unión Europea: http://eur-lex.europa.eu/JOIndex.do?ihmlang=es Por tanto, las primeras preguntas que debemos resolver son:

- ¿Se exige el marcado CE para las bovedillas de hormigón incluidas en la UNE-EN 15037-2:2009? NO.

- ¿Puede el fabricante o su distribuidor autorizado certificar de forma voluntaria su producto con marcado CE, al tener disponible una norma? NO

No obstante, los fabricantes pueden voluntariamente adaptar sus procesos a lo que le será exigible en cuanto se defina el marcado CE de estos productos, de forma que esté preparado para dicho momento. Por norma general, los fabricantes comercializan otros productos además de las bovedillas a los que ya se les exige el marcado CE, por lo que desde un punto de vista opcional, pueden incluir las bovedillas dentro de las inspecciones de certificación. Este es el objeto de este documento: sentar las bases de lo que será el procedimiento de cumplimiento del Anexo ZA de la Norma (referencia normativa para el futuro cumplimiento del marcado CE). Para la definición del marcado CE de las bovedillas de hormigón es muy posible que aún haya que esperar 1 ó 2 años, debido a que la norma EN 15037 “Sistemas de forjado de vigueta y bovedilla”, consta de cinco partes y éstas se encuentran en un estado de desarrollo distinto:

Partes de las Norma UNE-EN 15037

Alcance Situación

UNE-EN 15037-1:2010 Viguetas Marcado CE obligatorio a partir del 1/01/11 UNE-EN 15037-2:2009 Bovedillas de hormigón Sin fechas de marcado CE UNE-EN 15037-3:2010 Bovedillas de arcilla cocida Sin fechas de marcado CE

UNE-EN 15037-4:2010 Bovedillas de poliestireno

expandido Marcado CE voluntario actualmente, obligatorio

a partir del 1/11/11

prEN 15037-5 Bovedillas con materiales

aligerantes Norma no aprobada todavía. Sin fechas de

marcado CE

Si el lector quiere profundizar más en qué representa el marcado CE, tiene a su disposición el documento “El Marcado CE en los prefabricados de hormigón estructurales”.

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1. Futuro procedimiento general de Marcado CE

La secuencia de acciones que se deberán llevar a cabo para poder comercializar las bovedillas de hormigón prefabricado destinadas a la construcción de sistemas de forjado y cubierta de vigueta y bovedilla, cuando esté establecido el marcado CE, podría ser la que se expone en el esquema siguiente:

AGENTE ACCIÓN CAPÍTULO DE LA GUÍA

FABRICANTE

¿El producto prefabricado de hormigón está dentro del campo de aplicación de la Norma UNE-EN 15037-2?

2. Alcance de la Norma

Los ensayos iniciales de tipo del producto los realiza el fabricante bajo su responsabilidad, en un laboratorio que disponga de competencia técnica adecuada para la realización de los ensayos y que esté suficientemente equipado y con los equipos debidamente calibrados, y que puede ser el propio o uno subcontratado. El fabricante debe a su vez disponer de un sistema de control de producción en fábrica.

4.1. Ensayo inicial de tipo

4.2. Control de producción en fábrica

ORGANISMO NOTIFICADO

En el sistema 2+ el fabricante está obligado a presentar su sistema de control de producción en fábrica a un tercero (Organismo Notificado), para que sea certificado por éste, en base a una inspección inicial de la fábrica y del propio control del producción en fábrica y de la vigilancia, evaluación y aprobación continua del control de producción en fábrica mediante auditorías anuales periódicas.

5. Tareas del Organismo Notificado

Anexo B. Organismos Notificados

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2. Alcance de la Norma

2.1. Objeto y campo de aplicación

Capítulo 1 UNE-EN 15037-2: Objeto y campo de aplicación.

Esta norma europea contempla los requisitos y los criterios básicos de comportamiento de las bovedillas fabricadas con hormigones de peso normal o con áridos ligeros, utilizadas conjuntamente con viguetas de hormigón prefabricado conformes con la Norma EN 15037-1, con o son losa de hormigón in situ, para la construcción de sistemas de forjado de vigueta y bovedilla, empleadas para la construcción de estructuras o edificios y otras obras de ingeniería civil, excepto puentes.

2.2. Definiciones

Capítulo 3 UNE-EN 15037-2: Términos y definiciones.

Art. 3.1. Anejo 12 EHE-08.

Bovedilla Elemento de hormigón colocado entre las viguetas. Clases según la norma:

- Bovedilla no resistente: Bovedilla sin función mecánica el sistema final de forjado (se designa como NR).

Se trata de la clase más habitual.

- Bovedilla semi-resistente: Bovedilla que participa en la transferencia de cargas a las viguetas (se designa como SR)

- Bovedilla resistente: Bovedilla con las mismas funciones que las bovedillas semi-

resistentes pero cuyas alas superiores pueden, en ciertas condiciones, comportarse como una losa de compresión en el sistema de forjado final (se designa como RR).

Vigueta Elemento lineal estructural de pequeña sección transversal, constituido de hormigón armado o pretensado, prefabricado en su totalidad o parcialmente. Puede incluir elementos que pueden o no contribuir a su resistencia (por ejemplo talón o estructura de arcilla). La Norma contempla tanto viguetas autoportantes (asegura la resistencia final del sistema de forjado, independientemente de cualquier otro elemento constitutivo del sistema) como no autoportantes (asegura la resistencia final del forjado conjuntamente con el hormigón moldeado in situ y eventualmente con las bovedillas).

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Sistema de forjado de vigueta y bovedilla (según EHE-08) Sistema constructivo formado por los siguientes elementos:

a) Viguetas prefabricadas de hormigón u hormigón y cerámica, armadas o pretensadas. b) Piezas de entrevigado (o bovedillas) cuya función puede ser de aligeramiento o

colaborante en la resistencia. Generalmente son de hormigón, cerámicas o de poliestireno expandido.

c) Armaduras: longitudinales, transversales y de reparto, colocadas previamente al hormigonado.

d) Hormigón vertido en obra para relleno de nervios y formación de la losa superior del forjado.

2.3. Ejemplos más habituales

Anexo B UNE-EN 15037-1 (informativo): Tipología de los sistemas de forjado de vigueta y bovedilla.

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2.4. Anexo ZA de la UNE-EN 15037-2:2009

ZA.1 UNE-EN 15037-2: Objeto, campo de aplicación y características relevantes Este anexo establecerá las condiciones del marcado CE (cuando sea de aplicación) de las bovedillas de hormigón prefabricado, objeto de esta norma.

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Tabla ZA.1 - Capítulos y apartados relevantes para las bovedillas de hormigón empleadas en sistemas de de vigueta y bovedillas

Características relevantes Capítulos de requisitos en esta norma

Niveles y/o

clases Notas y unidades

Capacidad portante (por ensayo) 4.3.3. Resistencia mecánica Ninguna Clase declarada A o B, expresada

en kN, Mpa Reacción al fuego (para bovedillas que se van a utilizar en elementos sometidos a requisitos de fuego)

4.3.4.2. Reacción al fuego

Euroclase A1 a F

Clase de reacción al fuego declarada

Aislamiento acústico al ruido aéreo y a la transmisión del ruido por impacto (cuando el producto esté destinado a

aplicaciones acústicas)

4.3.5. Propiedades acústicas

Ninguna dB o valor declarado de la

densidad seca bruta y configuración declarada

Resistencia térmica (cuando también se prevé utilizar el producto para

aplicaciones térmicas)

4.3.6. Propiedades térmicas

Ninguna

Valor declarado de la conductividad térmica en W/m·ºK ó valor declarado de la densidad

seca bruta y configuración declarada

Retracción por secado de los hormigones de áridos ligeros

4.3.8. Otros requisitos Ninguna

Detalles constructivos

4.3.1. Propiedades geométricas

Ninguna Clase A ó B declarada expresada en mm

4.3.2. Tolerancias de fabricación

Durabilidad 4.3.7 Durabilidad Ninguna Condiciones ambientales

Densidad seca bruta 4.3.8. Otros requisitos Ninguna Kg/m3

Sustancias peligrosas * Ninguna Conforme al capítulo ZA.3. Los requisitos relativos a una característica no son de aplicación en los Estados Miembros en los que no exista reglamentación al respecto para el uso previsto del producto. En este caso, los fabricantes que comercialicen sus productos en dichos Estados Miembros no están obligados a determinar, ni a declarar las prestaciones de sus productos en lo referente a dicha característica, y la información que acompaña al marcado CE (véase ZA.3) puede entonces incluir la opción “Prestación No Determinada” (PND). Sin embargo, esta opción no es aplicable cuando existe un límite umbral de la característica.

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3. Procedimiento de verificación de la conformidad de las bovedillas

ZA.2 UNE-EN 15037-2: Procedimiento de verificación de la conformidad de las

bovedillas de hormigón para sistemas de forjado de vigueta y bovedilla

3.1. Sistema de evaluación de la conformidad El sistema de verificación de la conformidad de las bovedillas prefabricadas de hormigón para sistemas de forjado y bovedilla es el sistema 2+. En este sistema, los ensayos iniciales de tipo del producto los realiza el fabricante bajo su responsabilidad, en un laboratorio que disponga de competencia técnica adecuada para la realización de los ensayos y que esté suficientemente equipado y con los equipos debidamente calibrados, y que puede ser el propio o uno subcontratado, sin necesidad de que esté notificado o acreditado por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación). El fabricante debe a su vez disponer de un sistema de control de producción en fábrica y realizar ensayos adicionales de muestras tomadas en fábrica. En el sistema 2+ el fabricante está obligado a presentar su sistema de control de producción en fábrica a un tercero (Organismo Notificado), para que sea certificado por éste, en base a una inspección inicial de la fábrica y del propio control del producción en fábrica y de la vigilancia, evaluación y aprobación continua del control de producción en fábrica mediante auditorías anuales periódicas.

Sistema Tareas del fabricante Tareas del Organismo Notificado Documentos

2+

Ensayo inicial de tipo Control de Producción en fábrica (CPF) Ensayos adicionales de muestras tomadas en fábrica

Certificación del CPF sobre la base de: - Inspección inicial de la fábrica y del CPF. - Vigilancia, evaluación y aprobación continua del CPF

Cuando sea aplicable el marcado CE: Declaración de conformidad de marcado CE del fabricante Certificado del CPF emitido por el Organismo Notificado Mientras tanto: el Organismo Notificado podría expedir un documento que avala el cumplimiento del Anexo ZA de la Norma

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3.2. Asignación de tareas para la verificación de la conformidad de las bovedillas de hormigón La verificación de la conformidad de este tipo de bovedillas para sistemas de forjado de vigueta y bovedilla, para las características esenciales indicadas en la tabla ZA.1, debe estar basada en el procedimiento de evaluación de la conformidad indicado en la tabla ZA.3, resultante de la aplicación de los capítulos de ésta u otras normas que se indican en la misma. Tablas ZA.3 Asignación de tareas para la evaluación de la conformidad de las bovedillas de hormigón prefabricado, para sistemas de forjado de vigueta y bovedilla bajo el sistema 2+

Tareas del fabricante Contenido de la tarea Capítulos a aplicar para la

evaluación de la conformidad

Ensayo de tipo inicial Todas las características de la tabla ZA.1

6.2. de la Norma UNE-EN 13369 + Anexo A Norma UNE-EN 15037-2

Control de Producción en fábrica (CPF)

Parámetros relativos a todas las características de la tabla ZA.1.

6.3. de la Norma UNE-EN 13369 + Anexo B Norma UNE-EN 15037-2

Ensayos adicionales sobre muestras tomadas en fábrica

Todas las características de la tabla ZA.1

6.2.3. de la Norma UNE-EN 13369

Tareas del Organismo Notificado

Contenido de la tarea Capítulos a aplicar para

la evaluación de la conformidad

Certificación del CPF en base a:

Inspección inicial de la fábrica y del CPF

Parámetros relativos a todas las características de la tabla ZA.1., en particular: - dimensiones y clases de tolerancias dimensionales; - resistencia mecánica

6.3. de la Norma UNE-EN 13369 + Anexo B Norma UNE-EN 15037-2 Vigilancia continua,

evaluación y aprobación del CPF

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4. Tareas del fabricante

4.1. Ensayo inicial de tipo

6.2. UNE-EN 13369: Ensayo de tipo.

4.1.1. Generalidades Los ensayos iniciales de tipo del producto considerado tienen la función de establecer las características y prestaciones básicas del producto como representativos de la producción normal. Se realizarán una sola vez en tanto en cuanto se mantengan invariables las características de fabricación del producto (modelo, hormigón empleado, etc.). El ensayo de tipo consiste en someter a una muestra representativa de un producto y/o probetas a los ensayos y/o cálculos pertinentes para comprobar las propiedades. En el caso de verificación de las características por cálculo, se somete a un modelo representativo del producto a los cálculos pertinentes para determinar sus propiedades o para verificar que se cumplen las previstas.

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4.1.2. Características esenciales

 

4.1.2.1. Capacidad portante Características relevantes Capítulos de requisitos Notas y unidades

Capacidad portante (por ensayo)

4.3.3. Resistencia mecánica UNE-EN 15037-2 Clase declarada A o B,

expresada en kN, Mpa 4.3.3.4. Resistencia mecánica. Verificación por ensayo. UNE-EN 13369

El fabricante debe declarar que clase de resistencia mecánica cumplen las bovedillas: clase R1 o clase R2: Clase R1: Las siguientes propiedades deben ser verificadas:

- la resistencia a las cargas concentradas (ensayo según 5.2.1.), para cada tipo de bovedilla: las bovedillas deben ser clasificadas en tipos definidos por las características de fallo de carga obtenidas en la resistencia al ensayo de cargas concentradas. La Tabla 1 da una resistencia característica mínima (5 percentil) para cada tipo de bovedilla.

Tabla 1 – Tipos de bovedillas de hormigón

Tipo de bovedilla Resistencia característica mínima

a las cargas concentradas (5 percentil) en kN No resistente (NR) 1,5

Semi-resistente (SR) 2,0 Resistente (RR) 2,5

NOTA Valores mayores pueden ser declarados por el fabricante. Para bovedillas resistentes y semi-resistentes utilizadas conjuntamente con viguetas autoportantes, sin capa de compresión, el ensayo de resistencia a cargas concentradas puede ser reemplazado por el ensayo transversal descrito en el apartado 5.2.4.

- la característica longitudinal de la resistencia a compresión (ensayo según 5.2.3.), para las bovedillas resistentes y semi-resistentes: cuando el fabricante declare una resistencia a compresión longitudinal de al menos 20 MPa con vistas a tenerlo en cuenta en el cálculo del sistema de forjado final, la resistencia a compresión longitudinal de las bovedillas resistentes y semi-resistentes.

Clase R2: las siguientes propiedades deben ser verificadas:

- la resistencia a flexión (ensayo según 5.2.2.): Todos los tipos de bovedillas de hormigón deben resistir una carga linealmente distribuida de no menos que P = 12·L (kN) actuando en el centro del punto menos favorable, siendo L la longitud expresada en m y. La carga lineal no debe ser menor de 2 kN.

- la resistencia a compresión longitudinal de las bovedillas resistentes y semi-resistentes (ensayo según 5.2.3.): cuando el fabricante declare una resistencia a compresión longitudinal de al menos 16 MPa con vistas a tenerlo en cuenta en el cálculo del sistema de forjado final, la resistencia a compresión longitudinal de las bovedillas resistentes y semi-resistentes.

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4.1.2.2. Reacción al fuego  

Características relevantes Capítulos de requisitos

Niveles y/o clases Notas y unidades

Reacción al fuego (para bovedillas que se van a utilizar en elementos sometidos a requisitos de

fuego)

4.3.4.2. UNE-EN 15037-2 Euroclase A1

a F Clase de reacción al

fuego declarada 4.3.4.4. UNE-EN 13369

Los productos prefabricados de hormigón fabricados con base cemento, fabricados sin materias orgánicas, se pueden declarar como clase A1 de reacción al fuego sin necesidad de ensayo. Los productos prefabricados de hormigón fabricados con base cemento que incluyan materias orgánicas en cantidades superiores al 1% en masa o volumen, deben ensayarse y clasificarse de acuerdo con la Norma Europea EN 13501-1. NOTA: Véase también REAL DECRETO 312/2005, de 18 de marzo, por el que se aprueba la clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego.  

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4.1.2.3. Aislamiento acústico al ruido aéreo y a la transmisión de ruido por impacto

Características relevantes Capítulos de requisitos

Niveles y/o clases Notas y unidades

Aislamiento acústico al ruido aéreo y a la transmisión del ruido por impacto (cuando el

producto esté destinado a aplicaciones acústicas)

4.3.5. UNE-EN 15037-2

Ninguna dB o valor declarado de la

densidad seca bruta y configuración declarada 4.3.5. UNE-EN

13369 UNE-EN 15037-2 Por razones de cálculo del sistema de forjado final y en ausencia de resultados de medidas, el método mostrado en el Anexo L de la Norma Europea UNE-EN 15037-1:2010 puede ser utilizado (aislamiento a ruido aéreo y por impacto). Cuando sea relevante por los usos, deben ser declarados alternativamente la densidad seca bruta (según 3.8.: masa por unidad de volumen bruto después del secado de una masa constante) y la configuración de las bovedillas (véase 4.3.1.4.). NOTA: en España contamos con el Catálogo de Elementos Constructivos (documento que permite la comprobación del CTE), que presenta una relación del comportamiento acústico de varias tipologías de sistemas de forjado más comunes (véase el capítulo 3.18.1.) y cuyos datos están avalados por el Ministerio de Vivienda. + info en www.codigotecnico.org UNE-EN 13369 Las propiedades de aislamiento acústico son el aislamiento acústico al ruido aéreo y el aislamiento acústico al ruido por impacto. Cuando se exija *, deben proporcionarse las propiedades acústicas pertinentes para el tipo de producto. El aislamiento acústico al ruido aéreo de un producto debe ser estimado por cálculo o medido conforme a la Norma Europea EN ISO 140-3. Se debe expresar en bandas de tercio de octava en el rango de 100 a 3.150 Hz y como una cantidad numérica individual en términos de adaptación espectral conforme a la Norma Europea EN ISO 717-1. El aislamiento al ruido por impacto de un producto debe ser estimado por cálculo o medido conforme a la Norma Europea EN ISO 140-6. Se debe expresar en bandas de tercio de octava en el rango de 100 a 3.150 Hz y como una cantidad numérica individual en términos de adaptación espectral conforme a la Norma Europea EN ISO 717-2. Cuando los valores de aislamiento acústico se estimen por cálculo, se deben proporcionar los detalles de los modelos de cálculo y los datos de entrada. NOTA 1: Las estimaciones por cálculo pueden efectuarse de acuerdo con el anexo B de la Norma Europea EN 12354-1:2000 y con el anexo B de la Norma Europea EN 12354-2:2000. NOTA 2: Los valores pueden proporcionarse en el rango de frecuencias extendidas de 50 a 5.000 Hz de acuerdo a las Normas EN ISO 717-1 y EN ISO 717-2. NOTA 3: Los valores en las bandas de tercio de octava son adecuados para el cálculo de aislamiento acústico en los trabajos de acuerdo con el modelo detallado de la Norma EN 12354. * Normalmente no se exige al producto individual, pues su valor por si solo es irrelevante; es el sistema constructivo completo (por ejemplo, todos las capas que conforman un forjado o un cerramiento vertical) sobre el que hay que medir la característica acústica (transmisión a ruido aéreo y/o a ruido por impacto), y no el producto individual (este valor no es totalmente relevante).

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4.1.2.4. Resistencia térmica

Características relevantes Capítulos de requisitos

Niveles y/o clases Notas y unidades

Resistencia térmica (cuando también se prevé utilizar el producto para aplicaciones

térmicas)

4.3.6. UNE-EN 15037-2

Ninguna

Valor declarado de la conductividad térmica en W/m·ºK ó valor declarado

de la densidad seca bruta y configuración declarada

4.3.6. UNE-EN 13369

UNE-EN 15037-2 Cuando sea relevante por los usos, deben ser declarados alternativamente la densidad seca bruta (según 3.8.: masa por unidad de volumen bruto después del secado de una masa constante) y la configuración de las bovedillas (véase 4.3.1.4.). UNE-EN 13369

NOTA: el Catálogo de Elementos Constructivos (documento que permite la comprobación del CTE), también presenta una relación de los valores térmicos de varias tipologías de sistemas de forjado más comunes (véase el capítulo 3.18.1.) y cuyos datos están avalados por el Ministerio de Vivienda. + info en www.codigotecnico.org

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4.1.2.5. Retracción por secado

 

Características relevantes Capítulos de requisitos

Niveles y/o clases

Notas y unidades

Retracción por secado de los hormigones de áridos ligeros

4.3.8. UNE-EN 15037-2 Ninguna

Para las bovedillas de hormigones ligeros, la retracción de secado no debe ser mayor que el valor declarado. Debe ser medido de acuerdo al apartado 5.4.

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4.1.2.6. Detalles constructivos

 

Características relevantes Capítulos de requisitos Niveles y/o clases Notas y unidades

Detalles constructivos 4.3.1.2. y 8. UNE-EN 15037-2 Ninguna Clase A ó B declarada

expresada en mm

Tolerancias de fabricación (según 4.3.1.2.) El fabricante de las bovedillas de hormigón debe declarar cuáles de las siguientes clases de tolerancias cumple: a) General para las tres clases: - ± 10 mm. para la longitud L , la anchura l y la altura h (véase la Figura 7); - ± 3 mm. para la anchura del rebaje; b) Clase T1: - ± 5 mm. para todas las demás dimensiones; c) Clase T2: - longitud L: ± 5 mm; - anchura l y altura h: (0; +5) mm; NOTA: Tolerancias menores pueden ser declaradas por el fabricante.

NOTA: Medida de las dimensiones según 5.1. Documentación Técnica (según 8, UNE-EN 15037-2): La geometría de las bovedillas de hormigón debe ser compatible con las viguetas utilizadas en el sistema de forjado, particularmente con respecto a la conexión entre la vigueta y cualquier elemento de hormigón in-situ.

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El fabricante debe entregar el cálculo del sistema de forjado en la documentación técnica. Las recomendaciones para el cálculo de los sistemas de forjado de vigueta y bovedillas se indican en los anexos informativos de la Norma Europea EN 15037-1, sobre el monolitismo de los sistemas de forjado compuestos (Anexo C), detalles constructivos de los apoyos y las armaduras de anclaje (Anexo D), cálculo de los sistemas de forjado compuestos (Anexo E), efecto diafragma (Anexo G), resistencia al fuego (Anexo K) y aislamiento acústico (Anexo L). Documentación Técnica (según 8, UNE-EN 13369). Informativo. La documentación técnica debe recoger los detalles constructivos de los elementos en lo que respecta a los datos geométricos y propiedades complementarias de los materiales e insertos, incluyendo los datos de construcción, tales como dimensiones, tolerancias, planos de armado, recubrimientos de hormigón, condiciones de apoyo transitorias y finales esperadas y las condiciones de elevación. Para productos prefabricados de hormigón estructurales, la documentación técnica o de proyecto comprende los siguientes apartados:

a) Cálculos de proyecto, con las condiciones de carga y las consiguientes verificaciones de los estados último y de servicio, así como los coeficientes de seguridad utilizados.

b) La especificación técnica, que incluye:

- La especificación de producción para los procesos de fábrica: o Planos de producción con los detalles de los productos prefabricados (dimensiones,

armaduras y acero pretensado, dispositivos de elevación, anclajes, etc.) o Datos de producción con las propiedades requeridas de los materiales y las tolerancias

de los productos y de los pesos. - Las instrucciones para el manejo, almacenamiento y transporte; - La especificación de montaje para la instalación:

o Planos de instalación consistentes en plantas y secciones con la posición y las conexiones de los productos en los trabajos terminados.

o Datos de instalación con las propiedades requeridas in situ del material. o Instrucciones de instalación con los datos necesarios para el manejo, almacenaje,

ajuste, conexión y trabajos de finalización. La información técnica consiste en los datos generales que describen el producto y su utilización en edificación y otros trabajos de ingeniería. Contiene esquemas con las dimensiones principales, indicaciones de las prestaciones que correspondan y cualquier otra información de utilidad para definir el uso del producto.    

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4.1.2.7. Durabilidad

Características relevantes Capítulos de

requisitos Niveles y/o

clases Notas y unidades

Durabilidad 4.3.7. UNE-EN 15037-2 Ninguna Condiciones ambientales4.3.7. UNE-EN 13369

UNE-EN 15037-2 La durabilidad de las bovedillas debe ser consistente con la durabilidad de las viguetas utilizadas para la construcción del sistema de forjado. UNE-EN 13369 Las siguientes especificaciones se refieren a productos estructurales de hormigón con una vida útil prevista conforme a la Norma Europea EN 1992-1-1. La durabilidad de los elementos prefabricados de hormigón está asegurada por los siguientes requisitos cuando sean de aplicación:

Apartado UNE-EN 13369

Apartado EN 206-1 EHE-08

Contenido mínimo de cemento 4.2.1.1 5.2.1 37.3.2. Relación máxima de agua/cemento 4.2.1.1 5.2.1 37.3.2.

Contenido máximo de cloruro del hormigón 4.2.1.1 5.2.7 31 y 37.4. Contenido máximo de álcalis 4.2.1.1 5.2.3.4 No aplica

Protección del hormigón recién fabricado contra la pérdida de humedad 4.2.1.3 - No aplica

Hidratación adecuada mediante tratamiento térmico 4.2.1.4 - No aplica Resistencia mínima del hormigón 4.2.2.1 4.3.1 31.4.*

Recubrimiento mínimo del hormigón y calidad del hormigón de recubrimiento

4.3.7.4 Anexos A y B - 37.2.4.

Uso de métodos de diseño del funcionamiento (cuando sean de aplicación) - 5.3.3

Anexo J No aplica

NOTA: En el caso de productos de hormigón no estructurales, o cuando la vida útil prevista de los productos de hormigón sea más corta o más larga que el valor correspondiente en la Norma Europea En 1992-1-1 (50 años), el fabricante puede adoptar las especificaciones de durabilidad al campo específico de aplicación del producto. Esto se suele aplicar a estructuras temporales, a productos de hormigón con una vida de servicio limitada y a productos de hormigón con un programa específico destinado al mantenimiento de su durabilidad. Integridad Interna La estabilidad química debe garantizarse mediante la correcta elección de los materiales, cuya idoneidad se establece siguiendo el apartado 4.1.1 de la UNE-EN 13369. La excesiva propagación de la microfisuración debe evitarse mediante la limitación de las tensiones de compresión en el hormigón (apartados 5.10.2.2 y 7.2 de la Norma Europea EN 1992-1-1:2004).

Integridad Superficial Cuando sea pertinente, debe garantizarse la resistencia superficial del hormigón contra los procesos de deterioro tales como reacciones químicas, efectos de ciclos hielo-deshielo, abrasión mecánica, etc. mediante disposiciones adecuadas. Los requisitos técnicos para la integridad superficial pueden seguir lo indicado en el apartado 5.3 de la Norma Europea EN 206-1 y, siempre que sea posible, se debería utilizar el método de proyecto relacionado con una prestación (véanse el apartado 5.3.3 y el anexo J de dicha Norma Europea) para facilitar la comprobación de dicha prestación.

Absorción de agua Cuando se especifique, se debe medir según se indica en el anexo G de la UNE-EN 13369.

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4.1.2.8. Densidad seca bruta

Características

relevantes Capítulos de requisitos en

esta norma Niveles y/o

clases Notas y

unidades Densidad seca bruta 4.3.8. Otros requisitos Ninguna Kg/m3

Cuando sea relevante por los usos, deben ser declarados alternativamente la densidad seca bruta (según 3.8.: masa por unidad de volumen bruto después del secado de una masa constante).

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4.1.2.9. Sustancias peligrosas

Características

relevantes Capítulos de

requisitos Niveles y/o

clases Notas y unidades

Sustancias peligrosas * Ninguna Conforme al capítulo

ZA.3.

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4.1.3. Muestreo para el ensayo de tipo inicial

  Anexo A. UNE-EN 15037-2 (Normativo): Muestreo para el ensayo de tipo inicial y para

ensayos independientes de lotes Este procedimiento de muestreo debe ser utilizado para el ensayo de tipo inicial y en el caso de que haya un requisito para la evaluación del producto en el cumplimiento de un ensayo independiente. Sólo aquellas propiedades declaradas por el fabricante deben ser evaluadas por este procedimiento. El número de unidades requeridas para determinar el cumplimiento con la especificación debe ser muestreada de un lote de hasta 200 m3 o una parte de la misma (véanse Tablas 2 y 3 y A.2.4). La elección del método de muestreo será normalmente dictado por el formulario físico del lote en cuestión. Muestreo aleatorio Cuando sea posible, el método de muestreo aleatorio debe ser utilizado, de forma que cualquier bovedilla del lote tiene la misma probabilidad de ser seleccionada de la muestra. El número adecuado de bovedillas debe ser seleccionado al azar, tomándolas del lote sin tener en consideración la condición o la calidad de aquellas seleccionadas salvo las que se encuentren dañadas en el transporte que se desecharán. NOTA En la práctica, el muestreo aleatorio es normalmente conveniente cuando las bovedillas que forman el lote están siendo movidas sueltas (sin empaquetar) desde un lugar o cuando han sido divididas en un gran número de pequeñas pilas o montones, p.ej. colocadas sobre unos andamios. Muestreo representativo Cuando no es posible o conveniente realizar un muestreo aleatorio (p.ej. cuando las bovedillas de un enorme montón o de montones con acceso limitado a unas pocas), debe utilizarse un procedimiento de muestreo representativo.

- Muestreo de una pila: El lote debe ser dividido en al menos seis secciones reales o imaginarias, en un tamaño similar. Idéntica cantidad de unidades debe ser seleccionada de forma aleatoria de cada una de estas secciones, de forma que se cubra el número exigido de unidades sin tener en consideración la calidad de las seleccionadas excepto aquéllas que se hayan dañado en el transporte que no se deben seleccionar.

NOTA Si es necesario se eliminarán algunas secciones de la pila o pilas a fin de acceder a las bovedillas de las que se tomarán las muestras.

- Muestreo de un lote formado por pilas: Al menos seis montones deben ser seleccionados de forma aleatoria del lote. Los embalajes deben ser eliminados y un número idéntico de unidades debe ser muestreado al azar de cada uno de los embalajes abiertos a fin de ofrecer el número exigido de unidades sin tener en

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consideración la calidad de las seleccionadas excepto aquéllas que se hayan dañado en el transporte que no se deben seleccionar.

División de la muestra Cuando las unidades de la muestra se toman para más de un ensayo, la cantidad total debe ser recogida conjuntamente y dividida cogiendo las unidades aleatoriamente del total de la muestra para formar cada sucesiva sub-muestra. El número exacto de bovedillas de hormigón requeridas para los ensayos (dimensiones y características superficiales, resistencia a las cargas concentradas, resistencia a compresión longitudinal) debe ser tomado aleatoriamente de todas las muestreadas del lote por uno de los métodos indicados en el apartado A.2.2. Número de bovedillas exigidas por ensayo La muestra por ensayo para cada característica afectada es:

Características relevantes Método de

ensayo Cantidad de bovedillas

n1 n2 Propiedades geométricas y características superficiales

- - -

Resistencia mecánica - 3 por ensayo

6 por ensayo

Densidad seca bruta - - - Retracción por secado - - -

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4.2. Control de producción en fábrica

Para asegurarse de que el producto que sale de la fábrica es el inicialmente diseñado y que se pueden garantizar los valores declarados que acompañarán al Marcado CE, el fabricante debe someter su producción a un control siguiendo para ello los procedimientos y operaciones establecidos en la Norma UNE-EN 15037-2.

6.3. y Anexo B UNE-EN 15037-2: Control de producción en fábrica. 6.3. UNE-EN 13369: Control de producción en fábrica.

Se considera que un fabricante que dispone de un sistema de calidad conforme a la Norma EN ISO 9001 y que tenga en cuenta los requisitos de la Norma UNE-EN 13369, satisface los requisitos del control de producción en fábrica, según se describe a continuación.

4.2.1. Organización Las tareas, responsabilidades y autoridad del personal implicado en el control de producción en fábrica deben ser documentadas, mantenidas e implantadas, incluyendo los procedimientos para las siguientes actividades:

a) Demostración de conformidad del producto en las etapas apropiadas. b) Identificación y registro de cualquier caso de no conformidad. c) Tratamiento de no conformidades. d) Establecimiento de las causas de no conformidad y de las posibles acciones correctoras

(proyecto, materiales o procedimientos de fabricación). Un esquema de organización debe indicar las actividades del personal implicado en los puntos anteriores.

4.2.2. Sistema de control El fabricante debe establecer, documentar, mantener e implantar un sistema de control de producción en fábrica que asegure que el producto comercializado satisface los requisitos de esta norma y cumple los valores especificados o declarados. El sistema de control de producción en fábrica debe estar constituido por procedimientos, instrucciones, inspecciones regulares, ensayos y utilización de los resultados para controlar el equipo, las materias primas, los procesos de producción y los productos.

4.2.3. Control de documentos Los documentos deben estar controlados de manera que en el lugar de trabajo se disponga únicamente de copias válidas. Dichos documentos son los procedimientos, instrucciones de trabajo, normas, informes de producción, planos y los procedimientos de control de producción en fábrica.

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Los planos y documentos de producción deben proporcionar las especificaciones y todos los datos necesarios para la fabricación del producto. Estos planos y documentos deben estar fechados y aprobados para la fabricación por una persona designada por el fabricante.

4.2.4. Control del proceso El fabricante debe identificar las características relevantes de la fábrica y/o el proceso de producción. Además, debe definir los criterios y planificar los procesos de producción que afecten directamente a la conformidad del producto.

4.2.5. Inspección y ensayo

Anexo D UNE-EN 13369: Esquemas de inspección Anexo B UNE-EN 15037-2: Esquemas de inspección de las bovedillas de hormigón

La inspección y el ensayo se deben realizar sobre el equipo, las materias primas y otros materiales de entrada, el proceso de producción y los productos. En los esquemas de inspección se deben establecer los objetos, criterios, métodos y frecuencias relacionados con la inspección y el ensayo. La frecuencia de las verificaciones e inspecciones, y los métodos que no estén especificados en la norma, deben ser definidos de forma que se obtenga una conformidad permanente del producto. Los esquemas de inspección recogidos en las tablas D.1 a D.4 de la UNE-EN 13369, así como los esquemas complementarios de la UNE-EN 15037-2, son esquemas de referencia. El fabricante debe aplicar las partes pertinentes de estos esquemas, a menos que él pueda demostrar que los cambios que introduce alcanzan igual nivel de confianza en la conformidad del producto. Las reglas de cambio para los objetos del nivel de inspección indicados en los esquemas de inspección se recogen en la tabla D.5. Los resultados de la inspección que se expresen en términos numéricos, todos los resultados de la inspección que requieran una acción correctora, así como los resultados de ensayo, deben registrarse y estar disponibles para su consulta. Los ensayos se deben realizar de acuerdo con los métodos mencionados en la norma correspondiente o aplicando métodos de ensayo alternativos con una correlación comprobada, o con una relación segura, respecto a los métodos normalizados. Los resultados del ensayo deben satisfacer los criterios de conformidad especificados y deben estar disponibles para su consulta.

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4.2.5.1. Inspección de equipo Los equipos utilizados en fábrica para pesar, medir y efectuar los ensayos, deben calibrarse e inspeccionarse siguiendo el esquema de referencia que se muestra a continuación:

Tablas D.1 – Inspección de equipos

D.1.1.- Equipo de medición y ensayo OBJETO MÉTODO OBJETIVO FRECUENCIA

1 Equipo de ensayo de resistencia Salvo indicación en contra en el

método de ensayo, calibración con un equipo calibrado según normas nacionales y utilizado exclusivamente con este fin

Funcionamiento y precisión correctos

- Durante la (re)instalación o después de una reparación importante - Una vez al año

2 Equipo de pesaje

3 Equipo de medición de dimensiones

4 Equipo de medición de temperatura y humedad

D.1.2.- Equipo de almacenamiento y producción

OBJETO MÉTODO OBJETIVO FRECUENCIA

1 Almacenamiento de materiales

Inspección visual u otro método apropiado

Ausencia de contaminación

- Durante la instalación - Semanalmente

2

Equipo de dosificación por peso o volumétrica

Inspección visual Funcionamiento correcto Diariamente

3

Calibración con un equipo calibrado según normas nacionales y utilizado exclusivamente con este fin

Precisión declarada por el fabricante

- Durante la (re)instalación o después de una reparación importante - Por peso: una vez al año - Volumétrica: dos veces al año - En caso de duda

4

Equipo para la medición continua del contenido de agua en los áridos finosb

Comparación de la cantidad real con la lectura del medidor

Precisión declarada por el fabricante

- Durante la (re)instalación - Dos veces al año - En caso de duda

5 Mezcladoras Inspección visual Desgaste y funcionamiento correcto

Semanalmente

6 Moldes Inspección visual

Estado (por ejemplo, desgaste y deformación)

Regularmente, dependiendo del tipo de material y de la frecuencia de uso

7 Equipo de pretensado

Calibración con un equipo calibrado según normas nacionales y utilizado exclusivamente con este fin

Funcionamiento y precisión correctos

- Durante la (re)instalación - Dos veces al año - En caso de duda

8 Inspección visual Desgaste del equipo de anclaje

Semanalmente para cada equipo utilizado

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OBJETO MÉTODO OBJETIVO FRECUENCIA

9 Equipo/máquina de moldeo

Instrucciones de inspección del fabricante

Compactación correcta del hormigón

Instrucciones de inspección del fabricante

a Los reglamentos nacionales prevalecen si requieren una frecuencia mayor. b Sólo si el equipo está disponible y el fin no está cubierto por una(s) inspección(es) apropiada(s), según el apartado D.3.1

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4.2.5.2. Inspección de materiales Las materias primas y otros materiales de entrada deben ser inspeccionados para comprobar que cumplen con lo establecido en la documentación técnica (véase apartado 4.2.3. Control de documentos). Los esquemas de referencia para inspecciones, mediciones y ensayos son los siguientes:

Tablas D.2 – Inspección de materiales D.2.1.- Todos los materiales OBJETO MÉTODO OBJETIVO FRECUENCIA

1 Todos los materiales

Inspección previa a la aceptación del albarán y/o de la etiqueta del embalaje que muestren la conformidad con el pedidoB

Determinar si el envío se ajusta a lo solicitado y si la procedencia es adecuada

Cada entrega

D.2.2.- Materiales no sometidos a una evaluación de la conformidad antes de la entrega C

OBJETO MÉTODO OBJETIVO FRECUENCIA

1 Cemento y otros materiales aglomerantesC

Métodos de ensayo adecuados

Conformidad con los requisitos (véase el apartado 4.1.2 Materiales constituyentes del hormigón)A

Cada entrega

2

Áridos

Inspección visual de la granulometría y las impurezas previa a la descarga

Conformidad con los requisitos (véase el apartado 4.1.2 Materiales constituyentes del hormigón)A

- Cada entrega - En caso de entrega por cinta transportadora y de la misma fuente, periódicamente dependiendo de las condiciones locales o de entrega

3 Análisis tamizado según la Norma Europea EN 933-1

Evaluar la conformidad con la granulometría acordada

- 1ª entrega de una nueva fuente - En caso de duda, siguiendo una inspección visual - Periódicamente, dependiendo de las condiciones locales o de entrega

4 Método de ensayo adecuado

Valoración de impurezas o contaminantes

5

Ensayo de absorción de agua según la Norma Europea EN 1097-6D

Evaluación del contenido efectivo de agua en el hormigón (véase el apartado 5.4.2 Contenido de cemento y relación agua/cemento de la EN-206)D

- 1ª entrega de una nueva fuente -En caso de duda, siguiendo una inspección visual

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OBJETO MÉTODO OBJETIVO FRECUENCIA

6

AditivosF

Inspección visual Conformidad con la apariencia normal

Cada entrega 7 Ensayo según Norma

Europea EN 934-2 Densidad uniforme

8

Ensayos de identificación según la Norma Europea EN 934-2 (por ejemplo: densidad, infrarrojos, etc.)

Conformidad con los datos aportados por el fabricante En caso de duda

9 Adiciones/pigmentosF

Inspección visual Conformidad con la apariencia normal

- Cada entrega - Periódicamente durante la producción de hormigón 10 Método de ensayo

adecuadoH Densidad uniformeH

11 Ensayo de pérdida al fuegoG

Identificación de cambios en el contenido de carbono que puedan afectar al hormigón con aire ocluidoG

- Cada entrega que se vaya a realizar de hormigón con aire ocluido

12 Agua no procedente de un red de distribución pública

Ensayo según Norma Europea EN 1008

Determinar que el agua no contiene sustancias perjudiciales

- 1er uso de una nueva fuente - Agua de un curso de agua libre: mínimo 3 veces al año, dependiendo de las condiciones locales - Otras fuentes: una vez al año - En caso de duda

13

Agua reciclada

Inspección visual Comprobar el contenido de sólidos y de contaminantes (véase el apartado 4.1.2 Materiales constituyentes del hormigón de la UNE-EN 13369)A

Semanalmente

14 Ensayo según EN 1008 En caso de duda

15

Acero

Inspección visual Conformidad con los requisitos (vénase los apartados 4.1.3 Armadura de acero y 4.1.4 Acero pretensado, de la UNE-EN 13369)A

Cada entrega

16 Método de ensayo adecuado

17 Anclajes y conectores Método del fabricante

Conformidad con los requisitos (véase el apartado 4.1.5 Anclajes y conectores de la UNE-EN 13369)A

Cada entrega

A Los requisitos de esta norma se pueden completar con los requisitos de los fabricantes. B La hoja de pedido debe mencionar las especificaciones. C Materiales no comprobados antes de la entrega por el fabricante del producto prefabricado o por

una tercera parte aceptada por él. D No es necesario si el objetivo se cumple mediante otra inspección apropiada (según los apartados

D.3.1 o D.4.1). E Se recomienda tomar muestras una vez por semana de cada tipo de cemento y almacenarlas

para ensayo en caso de duda. F Se recomienda tomar muestras de cada entrega y almacenarlas para ensayo en caso de duda. G Sólo para adiciones en polvo a granel para el uso del hormigón con aire ocluido. H Sólo para adiciones en suspensión.

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NOTA: La Directiva de Productos de Construcción (89/106/CE) no exige que el fabricante emplee para la fabricación del producto componentes con marcado CE, sean o no fabricados, o extraídos en el caso de los áridos, por él mismo para su uso propio, si bien el uso de componentes con marcado CE reduce las necesarias comprobaciones de sus características en la fase de control de producción que sí habría que hacer en caso de emplear materiales sin marcado CE. Lo normal es que estos componentes lleven el marcado CE si el fabricante los adquiere en el mercado europeo y estos ya disponen de norma armonizada o DITE. Sin embargo, hay algunos componentes que de forma excepcional todavía no lo llevan por no disponer aún de norma armonizada ni de DITE. En este caso, el fabricante, durante el proceso de control de los materiales empleados en la fabricación, tendrá que determinar todas las prestaciones del componente, empleando para ello la norma nacional de producto adecuada y las normas de ensayo especificadas en la misma de acuerdo con el sistema de evaluación de la conformidad especificado en la norma armonizada del prefabricado estructural. Por otro lado, puede ser que el componente, aún disponiendo de norma armonizada o DITE, haya sido fabricado para uso propio (autosuministro). En este caso es necesario que el fabricante entienda que ese componente es para consumo interno en la fábrica y que no puede ser puesto en el mercado, y que debe, como en el caso anterior, comprobar las características del componente empleando para ello la norma armonizada. Las garantías y responsabilidades del fabricante, serán asumidas con la Declaración CE de conformidad y el marcado CE, que serán de aplicación al producto terminado, lo que llevará implícita la adecuación de los componentes empleados.

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4.2.5.3. Inspección del proceso Los esquemas de referencia para inspecciones, mediciones y ensayos son los siguientes:

Tablas D.3 – Inspección del proceso

D.3.1.- Hormigón A OBJETO MÉTODO OBJETIVO FRECUENCIA

1 Composición de la mezcla (excepto contenido de agua)

- Comprobación visual en equipo de pesaje - Comprobación según documentos de producción

Conformidad con la composición prevista (dosificación en peso o volumen)

- Diariamente para cada composición empleada - Después de cada cambio

2 Análisis apropiado

Conformidad con los valores de mezcla previstos (sólo dosificación en volumen)

Mensualmente para cada composición empleada

3 Contenido de agua en el hormigón fresco

Método apropiado Aportar datos para la relación agua/cemento

- Diariamente para cada composición empleada - Después de cada cambio - En caso de duda

4 Contenido de cloruros en el hormigón

Por cálculo Asegurar que no se excede el máximo contenido en cloruros

En caso de incremento de contenido en cloruro de los componentes

5 Relación agua/cemento del hormigón fresco

Por cálculo (véase el apartado 5.4.2 Contenido de cemento y relación agua/cemento de la EN-206)

Comprobar la relación agua/cemento especificada

Diariamente, si se especifica

6

Contenido de aire del hormigón fresco cuando se especifiqueB

Ensayo según EN 12350-7 para hormigón normal y pesado, y la Norma Americana ASTM C 173 para hormigón aligerado

Comprobar la conformidad con el contenido de aire ocluido especificado

Primera amasada de cada día de producción hasta estabilizar valores

7 Mezcla del hormigón Inspección visual Mezcla correcta Diariamente en cada mezcla

8 Resistencia potencial Ensayo 5.1.1 de EN 13369 Comprobar conformidad

con valor previstoC

Diariamente para cada tipo de hormigónF

9 Resistencia estructural

Comprobar conformidad con valor previstoD

Cada 5 días de producción por cada tipo de hormigónF

10

Densidad del hormigón endurecido, ligero o pesadoE

Ensayo según EN 12390-7

Comprobar la densidad especificada (véase el apartado 4.2.2 Hormigón endurecido de la UNE-EN 13369)

Diariamente para cada tipo de hormigón

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D.3.2.- Otros objetos del proceso OBJETO MÉTODO OBJETIVO FRECUENCIA 1

Armadura y posibles anclajes para elevación

Inspección visualH Conformidad con el tipo pedido, la cantidad, la forma, las dimensiones y la posición requeridas

Diariamente

2 MediciónH Según el producto y/o el proceso

3

Soldadura

Inspección visual Calidad de las soldaduras Diariamente

4 Métodos de ensayo apropiados

Conformidad del acero soldado (apartado 4.2.3.1 Proceso del acero de armar de la UNE-EN 13369)

Según el producto y/o el proceso

5

Enderezado

Inspección visual Calidad del enderezado Diariamente

6 Métodos de ensayo apropiados

Conformidad del acero enderezado (apartado 4.2.3.1 Proceso del acero de armar de la UNE-EN 13369)

Según el producto y/o el proceso

7

Moldes y bancadas

Inspección visual

Limpieza y engrasado Diariamente

8 Comprobar el desgaste y la deformación

Según el material del molde y frecuencia de uso

9 Medición Determinación de las dimensiones

Cada nuevo molde o después de modificación importante

10 Pretensado Medición de la fuerza o de la elongación

Fuerza correcta (apartado 4.2.3.2 Tesado y pretensado de la UNE-EN 13369)

Según el producto y/o el proceso

11 Antes del hormigonado Inspección visual Conformidad con los

planos de producción

Diariamente, con frecuencia dependiendo de la fase de moldeo

12 Hormigonado Inspección visual Compactación correcta Diariamente

13

Protección contra el secado

Inspección visual Conformidad con la especificación (apartado 4.2.1.3 Curado (Protección contra la pérdida de humedad) de la UNE-EN 13369) y los procedimientos de fábrica documentados

Diariamente

14 Verificación de las condiciones pertinentes Semanalmente

15 Endurecimiento acelerado

Verificación de las condiciones pertinentes

Conformidad con la especificación y con los procedimientos de fábrica documentados

Diariamente

16 Medición de las temperaturas Según el proceso

17 Procedimiento de desmoldeo Según sea apropiado

Conformidad con la especificación y con los procedimientos de fábrica documentados

Según el proceso y las especificaciones

18 Deslizamiento de tendones

Comprobación apropiada/medición

Conformidad con la especificación (apartado 4.2.3.2 Tesado y pretensado de la UNE-EN 13369)

Según el producto y/o el procesoI

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A Los ensayos y frecuencias indicados se pueden adaptar o incluso eliminar cuando se obtenga información equivalente directa o indirectamente del producto.

B Sólo para hormigón que contenga aire ocluido (tabla F.1 Valores límite recomendados para la composición y las propiedades del hormigón de la EN 206).

C Por ejemplo, la clase de resistencia pedida en el caso de la resistencia a compresión (apartado 4.2.2.1 Hormigón endurecido. Clases de resistencia, de la UNE-EN 13369).

D Según los requisitos del proceso del fabricante. E Sólo si se especifica la propiedad. F Alternativamente se puede aplicar el apartado 8.2.1.2 Plan de muestreo y ensayo, de la EN 206. G Este esquema de inspección se puede adaptar o completar para objetivos especificados de los

productos. H Comprobar con los planos de producción aprobados. I La frecuencia de la medición efectiva puede depender de la posibilidad de comprobación visual en las

secciones de corte. J En esta tabla, un elemento se considera diferente cuando se fabrica en otro molde.

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4.2.5.4. Inspección del producto terminado Se debe preparar e implantar un plan de toma de muestras y de ensayo del producto acabado para la verificación de todas sus propiedades (incluyendo el marcado).

Tabla D.4 – Inspección del producto terminado

D.4.1.- Ensayo de producto OBJETO MÉTODO OBJETIVO A FRECUENCIA A

1 Absorción del aguaB

Valor previsto (véase el apartado 4.3.7.4 Resistencia a la corrosión del acero, y el anexo G Ensayo de absorción de agua, de la UNE-EN 13369)

Ensayo según el anexo G Ensayo de absorción de agua, de la UNE-EN 13369

Cada 5 días de producción por tipo de hormigón endurecido utilizado

3 Marcado/etiquetado Inspección visual Conformidad con requisitos de UNE-EN 13369

Diariamente

4 Almacenamiento Inspección visual

- Conformidad con requisitos de UNE-EN 13369 - Separación productos no conformes

Diariamente

5 Suministro Inspección visual Fechas correctas de suministro, carga y documentos de carga

Diariamente

Dimensiones - anchura - longitud - altura - espesor del ala superior - anchura y profundidad del rebaje - anchura de las almas y láminas (cuando sea relevante

Según se describe en el apartado 5.1

Conformidad con el perfil declarado por el fabricante (véase 4.3.1)

Para cada tipo y clase: - 6 bovedillas por cada 4.000 m3 por máquina ó - 6 bovedillas por cada 30.000 operaciones por máquina y - en el caso de cambio del molde

6 Características superficiales

Inspección visual (véase el apartado 5.1.2)

Conformidad con el apartado 4.3.2

Diariamente

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OBJETO MÉTODO OBJETIVO A FRECUENCIA A

7

Resistencia mecánica - resistencia a cargas concentradas o resistencia transversal (cuando sea relevante)

Según se describe en el apartado 5.2.1 ó en el 5.2.4

Conformidad con la clase declarada por el fabricante (véase el apartado 4.3.3.2)

Para cada tipo y clase: - 3 bovedillas por cada 5 días de producción y en días distintos ó - 3 bovedillas por cada 1.000 m3/ máquina ó - 3 bovedillas por cada 8.000 operaciones por máquina y - en el caso de cambio importante en los procedimientos de fabricación

- resistencia a flexión (cuando sea relevante)

Según se describe en el apartado 5.2.2

Conformidad con la clase declarada por el fabricante (véase 4.3.3.3)

- resistencia a compresión longitudinal (cuando sea relevante)

Según se describe en el apartado 5.2.3

Conformidad con la resistencia a compresión longitudinal declarada por el fabricante (véanse los apartados 4.3.3.2 ó 4.3.3.3)

8

Densidad seca bruta de la bovedilla

Según se describe en el apartado 5.3

Conformidad con la densidad seca bruta de la bovedilla declarada por el fabricante (véase el apartado 4.3.8)

Una vez al año ó en el caso de cambio importante en los procedimientos de fabricación

9

Retracción por secado del hormigón ligero

Según se describe en el apartado 5.4

Conformidad con la retracción por secado declarada por el fabricante (véase el apartado 4.3.8)

Una vez cada tres años y cuando haya un cambio en las materias primas y/o en la dosificación

A Los ensayos indicados y las frecuencias pueden ser adaptados o incluso eliminados cuando se obtenga información equivalente directa o indirectamente del producto o proceso.

NOTA: los contenidos de los esquemas en letra cursiva son modificaciones y/o añadidos del Anexo B de la UNE-EN 15037-2, a los esquemas del Anexo D de la UNE-EN 13369.

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4.2.5.5. Reglas de cambio Las reglas de cambio del nivel de inspección sólo son de aplicación para los objetos de inspección (véanse las tablas D.1 a D.4) relacionados con los ensayos de muestras de productos, unidades o probetas que proporcionen resultados cuantificados y revisados respecto a los valores especificados o declarados. Las reglas de cambio se aplican para cada objeto seleccionado por separado. Dependiendo del objeto, se puede dar un resultado individual o uno relativo a un grupo de resultados obtenidos a partir de una muestra. INSPECCIÓN NORMAL La frecuencia de inspección debe ser conforme con las tablas D.1 a D.4. INSPECCIÓN NORMAL A REDUCIDA La inspección reducida corresponde a la mitad de la inspección normal. Se puede utilizar cuando la inspección normal es efectiva y se hayan aceptado los 10 resultados anteriores sucesivos. INSPECCIÓN REDUCIDA A NORMAL Cuando se esté efectuando la inspección reducida, la inspección normal debe reinstaurarse si se da cualquiera de los siguientes casos:

- No se acepta un resultado. - O la producción se vuelve irregular o se retrasa. - U otras condiciones justifican la instauración de la inspección normal.

INSPECCIÓN NORMAL A INTENSA La inspección intensa corresponde a la doble de la frecuencia de la inspección normal. Se debe utilizar cuando en la inspección normal, de cinco o menos resultados consecutivos, dos no se hayan aceptado. INSPECCIÓN INTENSA A NORMAL La inspección intensa continua hasta que cinco resultados hayan sido aceptados. Entonces se puede reanudar la inspección normal. PARADA NORMAL Si se tiene que mantener la inspección intensa durante 10 resultados consecutivos, la producción se debe parar. Se debe investigar la causa del fallo y tomar las medidas correctoras necesarias para restablecer la conformidad del producto. La inspección se debe reanudar con la inspección intensa.

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4.3. Ensayos adicionales de las muestras tomadas en fábrica

6.2.3. UNE-EN 13369: Ensayo de tipo adicional. Siempre que haya un cambio en el proyecto, composición del hormigón, tipo de acero, método de fabricación u otros, que puedan modificar significativamente alguna de las propiedades del producto, se deben llevar a cabo ensayos de tipo adicionales adecuados, según las características esenciales declaradas en el capítulo 4.2. de esta guía.

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5. Tareas del Organismo Notificado

Anexo E UNE-EN 13369: Evaluación de la conformidad por una tercera parte.

La DPC establece que, para el sistema de evaluación de la conformidad 2+, además de las características y valores que deben cumplir los productos para poder llevar el marcado CE, el cumplimiento de estas características debe ser evaluado de una forma concreta y definida por unos Organismos (llamados de tercera parte) externos al fabricante. Organismo de Notificación, de certificación o de tercera parte Organismo imparcial con la competencia y la responsabilidad necesarias para efectuar la certificación de conformidad de acuerdo con normas de procedimiento y de gestión establecidas. Las tareas del Organismo Notificado para el Control de Producción en Fábrica, según un sistema 2+, son:

- Inspección inicial de la fábrica y del Control de Producción en Fábrica. - Inspección, evaluación y aprobación continua del Control de Producción en Fábrica

(incluyendo supervisión de las mediciones y de los ensayos de materiales, procesos y productos), si así se estableciese.

5.1. Inspección inicial Tiene por objeto determinar si se cumplen los requisitos del capítulo 4.2. de esta guía (Control de Producción en Fábrica). El organismo notificado inicia su trabajo llevando a cabo una inspección de la fábrica (desde la zona de entrada de componentes hasta su expedición), en la que puede ir comprobando diferentes aspectos como:

- La adecuación de los medios de producción y el proceso de producción en relación al manual de calidad y en relación con su aptitud para que los productos cumplan las especificaciones de la correspondiente norma de producto.

- El funcionamiento de los equipos utilizados para pesar, medir y efectuar los ensayos. - La existencia de unos esquemas o procedimientos documentados para inspecciones,

mediciones y ensayos - La adecuación de los locales o terrenos para el almacenamiento de materias primas,

materiales y productos terminados. - En caso de disponer de laboratorio propio, debe ser inspeccionado.

Pueden darse dos casos, según si la línea de producción ya ha sido analizada o no para certificar otros productos. En el caso de un nuevo tipo de producto de uso estructural en una línea existente, se tendrá en cuenta toda la información sobre cambios importantes que afecten al control de producción en fábrica. En función de los cambios en el manual de Control de Producción, el Organismo Notificado decidirá si es necesaria una inspección particular.

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Todos los resultados de la inspección inicial, especialmente aquellos relativos al sistema de Control de Producción en Fábrica manejado por el fabricante y la valoración de la aceptación del sistema, deben documentarse en un informe. De cada inspección se preparara un informe confidencial que se enviara al fabricante, en el que se reflejarán, en el caso de que existan, las desviaciones encontradas y los plazos en los que el fabricante deberá corregirlas. Éste deberá determinar las causas de dicha no-conformidad, tomar las medidas correctoras pertinentes y realizar una revisión de todos los procedimientos de control de producción en fábrica. Todas y cada una de las acciones y decisiones deberán documentarse en un informe sujeto a inspección por la Dirección durante la revisión llevada a cabo por la misma.

5.2. Vigilancia, evaluación y aprobación continua Si el Organismo Notificado así lo dispusiese (en tanto no haya marcado CE de este producto), para la vigilancia rutinaria, la evaluación y la aprobación del Control de Producción en Fábrica, el objetivo principal de la tercera parte es comprobar si se mantiene la conformidad con los requisitos del capítulo 4.2. de esta guía.

La tercera parte debe definir y manejar un programa de rutina, de manera que se inspeccionen todos los aspectos esenciales de la producción en fábrica al menos una vez al año para los aspectos del sistema y al menos dos veces al año para el resto de los aspectos. Durante la inspección rutinaria, los resultados del control de producción del fabricante también se deben examinar para asegurar que el ensayo pedido se ha llevado a cabo con la frecuencia apropiada y que se han emprendido las acciones adecuadas, incluyendo la calibración y el mantenimiento del equipo de ensayo. Además, se debería revisar el cumplimiento de los requisitos de marcado. Puede además presenciar la ejecución de los ensayos rutinarios de resistencia en muestras de hormigón y las comprobaciones de las tolerancias y otras características particulares del producto, que forman parte de los esquemas de inspección del sistema de control de la producción en fábrica. La tercera parte debe examinar anualmente que las correlaciones o las relaciones de seguridad para los ensayos indirectos son todavía válidos tal y como los estableció el fabricante. Los resultados de las inspecciones rutinarias se deben documentar en los registros de inspección. En el caso de que se detecten no conformidades sobre el producto, se seguirá el procedimiento descrito anteriormente. Adicionalmente, el fabricante deberá determinar inmediatamente la cantidad afectada e informar a los clientes afectados cuando dicho producto haya sido expedido. El fabricante debe tener organizado y guardar un registro de todas las no conformidades y quejas relativas al producto cubierto por esta vigilancia del control de producción en fábrica y tenerlo a disposición del Organismo Notificado cuando lo requiera.

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Al finalizar la inspección de seguimiento, el Organismo Notificado decidirá si el certificado de conformidad sigue siendo válido. En caso que todas las evaluaciones de seguimiento sean conformes, comunicara al fabricante de que el certificado inicial sigue siendo válido.

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Anexo A. Relación de normas a las que se hace referencia desde la Norma

UNE-EN 15037-2:2009 Productos prefabricados de hormigón. Sistemas de forjado de vigueta y bovedilla. Parte 2: bovedillas de hormigón

UNE-EN 15037-1:2010 Productos prefabricados de hormigón. Sistemas de forjado de vigueta y bovedilla. Parte 1: viguetas

UNE-EN 13369:2006/AC:2008 Reglas comunes para productos prefabricados de hormigón

Directiva Europea 89/106/CEE Relativa a la aproximación de disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre productos de construcción

Real Decreto 1630/1992 R.D. por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE

Directiva Europea 93/68/CEE Por la que se modifican, entre otras, la Directiva de productos de construcción 89/106/CEE

Real Decreto 1328/1995 R.D. por el que se modifica en aplicación de la directiva 93/68/CEE, las disposiciones para la libre circulación de los productos de construcción.

EN 1992-1-1:2004 Eurocódigo 2: Proyecto de estructuras de hormigón - Parte 1.1: Reglas generales y reglas para edificación

EN 1990 Eurocódigo 0: Bases de cálculos de estructuras.

EHE-08 Instrucción de hormigón estructural

UNE-EN 206-1:2008 Hormigón. Parte 1: especificaciones, prestaciones, producción y conformidad

UNE-EN 12350-1:2006 Ensayos de hormigón fresco. Parte 1: Toma de muestras.

UNE-EN 12350-7:2001 Ensayos de hormigón fresco. Parte 7: Determinación del contenido de aire. Métodos de presión.

UNE-EN 12390-1:2001 Ensayos de hormigón endurecido. Parte 1: Forma, medidas y otras características de las probetas y moldes.

UNE-EN 12390-2:2001 Ensayos de hormigón endurecido. Parte 2: Fabricación y curado de probetas para ensayos de resistencia.

UNE-EN 12390-3:2001 Ensayos de hormigón endurecido. Parte 3: Determinación de la resistencia a compresión de probetas.

ASTM C 173 Método de prueba estándar para determinar el contenido de aire del concreto recién mezclado por el método volumétrico.

UNE-EN 1008:2007

Agua de amasado para hormigón. Especificaciones para la toma de muestras, los ensayos de evaluación y aptitud al uso incluyendo las aguas de lavado de las instalaciones de reciclado de la industria del hormigón, así como el agua de amasado para hormigón

UNE-EN 13501-2:2004

Clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de su comportamiento ante el fuego. Parte 2: clasificación a partir de datos obtenidos en los ensayos de resistencia al fuego excluidas las instalaciones de ventilación.

UNE-EN-ISO 140-3:1995 Medición del aislamiento acústico en los edificios y de los elementos de construcción. Parte 3: Medición en laboratorio del aislamiento acústico al ruido aéreo de los elementos de construcción.

UNE-EN-ISO 140-6:1999 Medición del aislamiento acústico en los edificios y de los elementos de construcción. Parte 6: Medición in situ del aislamiento acústico de suelos al ruido de impactos.

UNE-EN 12354-1:2000 Estimación de las características acústicas de las edificaciones a partir de las características de sus elementos. Parte 1: Aislamiento acústico del ruido aéreo entre recintos.

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UNE-EN 12354-2:2001 Estimación de las características acústicas de las edificaciones a partir de las características de sus elementos. Parte 1: Aislamiento acústico a ruido de impactos en elementos horizontales.

UNE-EN 933-1:1998 Ensayos para determinar las propiedades geométricas de los áridos. Parte 1: Determinación de la granulometría de las partículas. Método del tamizado.

UNE-EN 1097-6:2001 Ensayos para determinar las propiedades mecánicas y físicas de los áridos. Parte 6: Determinación de la densidad de las partículas y la absorción de agua.

UNE-EN 934-2:2010 Aditivos para hormigones, morteros y pastas. Parta 2: Aditivos para hormigones. Definiciones, requisitos, conformidad, marcado y etiquetado.

UNE-EN 1008:2007 Agua de amasado para hormigón.

UNE-EN-ISO 12572:2002 Prestaciones higrotérmicas de los productos y materiales para edificios. Determinación de las propiedades de transmisión de vapor de agua.

UNE-EN-ISO 9001:2008 Sistemas de gestión de la calidad. Requisitos.

Existen además unas guías de referencia, denominadas Guías de la Comisión, que son elaboradas para aclaración de aspectos poco concretos de la Directiva y que es conveniente tener en cuenta para entender el contenido de las normas citadas:

- Guía A: ”La designación de organismos notificados en el campo de la directiva de productos de construcción” que informa sobre los requisitos que se imponen a los organismos de certificación, inspección y ensayo para su notificación.

- Guía B: “La definición del control de producción en fábrica en las especificaciones técnicas de los productos de construcción”.

- Guía D: “El marcado CE según la Directiva de Productos de Construcción” que aclara el contenido del marcado CE y su significado.

- Guía K: “Los sistemas de certificación de conformidad y el papel y tareas de los organismos notificados en el campo de la directiva de productos de construcción”, que permite entender los sistemas de certificación empleados en la directiva y las funciones de los organismos notificados y de los fabricantes en los mismos.

- Guía L: “Aplicación y uso de los Eurocódigos”, que expone los distintos métodos de presentación de la información que debe acompañar al marcado CE.

- Guía M: “La evaluación de conformidad según la DPC: Los ensayos iniciales de tipo y

el control de producción en fábrica”

Estas guías se pueden obtener a través del servicio de publicaciones del Ministerio de Fomento:

Fax: 915 976 186 [email protected] Además, los Organismos Notificados europeos han elaborado un Position Paper “GNB-CPD SG13”, lo que constituye una guía para los propios organismos en la certificación de productos prefabricados de hormigón:

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NOTA: Todas estas guías están disponibles en ingles para descargar de forma gratuita en: http://ec.europa.eu/enterprise/newapproach/nando/index.cfm?fuseaction=cpd.positionpapers&CFID=4381427&CFTOKEN=e0761a6bce10a43e-98B6A782-C25E-C9A8-D671D57BAC72D83D&jsessionid=f00366eaa01f4dc9ad50694d285436736611

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Anexo B. Organismos Notificados para la certificación de PH estructurales

En este apartado se incluye la lista de los Organismos Notificados que, en el momento de publicación de esta guía, pueden acudir los fabricantes de bovedillas de hormigón prefabricado para sistemas de forjado de vigueta y bovedilla, que están dentro del campo de aplicación de la Norma UNE-EN 15037-2 y que a priori tendrán competencia en España para realizar las tareas de certificación del control de producción en fábrica (para todos los productos prefabricados de hormigón obligados a tener el marcado CE por el sistema 2+). Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR) D. Luis Lázaro Calle Génova, 6 28004 Madrid Teléfono 91 432 60 00 Fax 91 310 46 83 e-mail: [email protected] Instituto Tecnológico de la Construcción AIDICO Dña. Eva Navarro Parque Tecnológico de Valencia. Avenida de Benjamín Franklin, 17. Apartado 98 46980 Paterna Valencia Teléfono 96 131 82 78 Fax 96 131 80 33 e-mail: [email protected] LGAI Technological Center, S.A. (APPLUS) D. Feliciano García Campus de la UAB- Apartado de correos, 18 08193 Bellaterra (Barcelona) Teléfono 93 567 20 00 Fax 93 567 20 01 e-mail: [email protected] Bureau Veritas Quality International España, S.A. (BVQI–E) D. Santiago Poudereux Francisca Delgado, 11. Polígono Arroyo de la Vega 28108 Alcobendas (Madrid) Teléfono 91 270 22 00 Fax 91 270 22 99 / 91 270 22 98 e-mail: [email protected]

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CEMOSA. Ingeniería y Control D. Alfonso Valenzuela Benaque, 9 29004 Málaga Teléfono 95 223 08 42 Fax 95 223 12 14 e-mail: [email protected] CERTIMEDIA D. Antonio Martos Estrella de Elola, 32, 1º B 28340 Valdemoro (Madrid) Teléfono 918 095 284 Fax 918 081 746 e-mail: [email protected] CIDEMCO. Centro de Investigación Tecnológica Dña. Eva Sánchez Pol. Lasao – Área Anardi, nº 5 - Apartado 134 P.O. Box 20730 Azpeitia (Guipúzcoa) Teléfono 943 816 800 Fax 943 816 074 e-mail: [email protected] European Quality Assurance Spain (EQA) D. José Luis de Paz Buenafuente, 3 28023Madrid Teléfono 91 307 86 48/ 902 44 90 01 Fax 91 357 40 28 e-mail: [email protected]

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Anexo C. Control del hormigón según la EHE-08

C.1. Instrucción EHE-08 Se trata del reglamento de referencia para los niveles de seguridad de las estructuras de hormigón en España. Cuando en la norma de producto se habla de procedimientos nacionales, se debe entender que, para productos destinados a su comercialización en España, son de aplicación los que establece la Instrucción EHE (con las excepciones en ella mencionadas).

C.2. Coeficientes de ponderación de la resistencia del hormigón y acero La EHE-08 contempla, en su Artículo 91.1, tres niveles de garantía para los elementos prefabricados de hormigón estructural:

a) En el caso general de elementos prefabricados elaborados con hormigón conforme a la UNE-EN 206-1:2008, (marcado CE) se empleará en el proyecto del elemento prefabricado un coeficiente de ponderación, en situación persistente o transitoria, de 1,70 para el hormigón y 1,15 para el acero.

b) El prefabricador puede optar por fabricar el hormigón conforme a los criterios establecidos en la EHE-08 (Artículo 86.9.), con lo que se le aplicará a la resistencia característica de los productos que fabrique con este tipo de control, un coeficiente de ponderación de 1,50 (y 1,15 para el acero).

c) Dichos coeficientes podrán disminuirse hasta 1,35 y 1,10, respectivamente, en el caso

de que elemento prefabricado esté en posesión de un Distintivo de Calidad con un nivel de garantía conforme al apartado 5.3. del Anejo 19 de la Instrucción.

a. Para el acero, deberá además cumplirse que: i. Control de la ejecución de la estructura con nivel intenso y tolerancias

de colocación de la armadura conformes con Anejo 11 de esta Instrucción y/o

ii. Acero para las armaduras pasivas esté en posesión de un distintivo de calidad

b. Para el hormigón, deberá además cumplirse que: i. Control de la ejecución de la estructura con nivel intenso y desviación

de la geometría de la sección transversal conformes con Anejo 11 de esta Instrucción.

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Coeficientes de seguridad

Productos prefabricados de hormigón HORMIGÓN ACERO

γc γs Con obligación de marcado CE (control según Norma Europea UNE-EN 206-1:2008)

1,70 1,15

Control del hormigón según EHE-08, acreditado por organismo de control o entidad de certificación (voluntario para productos con marcado CE)

1,50 1,15

Elemento prefabricado con distintivo de calidad oficialmente reconocido, conforme al Anejo 19 de la EHE-08 (+ control de la ejecución de la estructura a nivel intenso según Capítulo XVII EHE-08) (1)

1,35 1,10

(1) Según los comentarios relativos al Art. 15.3. “Coeficientes parciales de seguridad de los materiales”, para la aplicación de los coeficientes menores (1,35 y 1,10), el fabricante de elementos prefabricados en posesión del Distintivo de Calidad deberá proporcionar unas instrucciones de puesta en obra de dichos elementos que permitan controlar su montaje con un nivel intenso, según se establece en el Art. 92. Por tanto, parece razonable que el prefabricador elija realizar el control de conformidad del hormigón de forma que los coeficientes de minoración de los materiales sean lo menor posibles.

C.3. Control del hormigón para elementos prefabricados, según la EHE-08

Art. 86.9. EHE-08 “Control del hormigón para elementos prefabricados”.

Esta modalidad de control es de aplicación general a los hormigones de autoconsumo fabricados en centrales fijas ubicadas en instalaciones destinadas a la fabricación industrial de elementos prefabricados estructurales. Son de aplicación los criterios específicos establecidos para los materiales en el artículo 85 y los ensayos indicados en el apartado 86.3. El control descrito en los apartados siguientes deberá ser realizado por el fabricante de los elementos en su propia planta, pudiendo la Dirección Facultativa disponer la comprobación de la conformidad de dicho control, de acuerdo con lo indicado en el artículo 91.

C.3.1. Control de la conformidad en la docilidad del hormigón Los ensayos de consistencia del hormigón fresco se realizarán, de acuerdo con lo indicado en el apartado 86.3.1, cuando se fabriquen probetas para controlar la resistencia. En el caso de hormigones autocompactantes, la conformidad del hormigón en relación con su docilidad se determinará de acuerdo con lo establecido en el Anejo 17. Cuando el valor obtenido esté dentro de las tolerancias marcadas en la tabla 86.5.2.1. se aceptará. La desviación de estos criterios implicará la evaluación y su justificación.

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Art. 31.5 Docilidad del hormigón La docilidad del hormigón será la necesaria para que, con los métodos previstos de puesta en obra y compactación, el hormigón rodee las armaduras sin solución de continuidad con los recubrimientos exigibles y rellene completamente los encofrados sin que se produzcan coqueras. La docilidad del hormigón se valorará determinando su consistencia por medio del ensayo de asentamiento, según UNE-EN 12350-2. Las distintas consistencias y los valores límite del asentamiento del cono, serán los siguientes: Tipo de consistencia

Asentamiento (cm)

Tolerancia (cm)

Intervalo resultante (cm)

Seca (S) 0-2 0 0-2 Plástica (P) 3-5 ±1 2-6 Blanda (B) 6-9 ±1 5-10 Fluida (F) 10-15 ±2 8-17 Liquida (L) 16-20 ±2 14-22

Salvo en aplicaciones específicas que así lo requieran, se evitará el empleo de las consistencias seca y plástica. No podrá emplearse la consistencia líquida, salvo que se consiga mediante el empleo de aditivos superplastificantes. En todo caso, la consistencia del hormigón que se utilice será la especificada en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, definiendo aquella por su tipo o por el valor numérico de su asentamiento en cm. En el caso de hormigones autocompactantes, se estará a lo dispuesto en el Anejo 17.

C.3.2. Control estadístico de la resistencia Para el control de la resistencia, de acuerdo al Artículo 91.5.3.2. se considera como lote el conjunto del mismo tipo de hormigón con el que se ha fabricado la totalidad de elementos prefabricados de una misma tipología, siempre que no hayan sido fabricados en un período de tiempo superior a un mes. Art. 91.5.3.2. Lotes para la comprobación de la conformidad de los elementos prefabricados En el caso de elementos normalizados prefabricados en serie, se define como lote la cantidad de elementos de la misma tipología, que forma parte de la misma remesa y procedentes del mismo fabricante, siempre que sus fechas de fabricación no difieran más de tres meses. En el caso elementos prefabricados específicamente para la obra según un proyecto concreto, se define como lote la totalidad de los elementos de la misma remesa y procedentes del mismo fabricante.

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Todas las amasadas del mismo lote estarán elaboradas con los mismos materiales componentes y tendrán la misma dosificación nominal, no permitiéndose mezclar en el mismo lote elementos pertenecientes a distintas columnas de la tabla 86.9.2. El control estadístico de la resistencia deberá obtenerse a partir de los resultados de los ensayos acumulados del mismo tipo de hormigón en la misma planta durante un mes, con independencia de que los elementos prefabricados con las amasadas de ese lote pertenezcan a más de una obra.

Tabla 86.9.2 Límites máximos de los lotes de control de la resistencia para hormigones empleados en la fabricación de elementos prefabricados

Límites máximos Pretensado Armado Periodo de fabricación mensual mensual Frecuencia de ensayo (hasta 300 m3 por tipo) * diaria diaria Nº de ensayos mínimos 16 16

* En producciones superiores a 300 m3 por tipo y día, se incrementará en una toma diaria más. Realización de los ensayos El proyecto o, en su caso, el Prefabricador identificará la resistencia característica que debe cumplir cada tipo de hormigón que utilice en la realización de los elementos prefabricados estructurales que fabrique. La conformidad de la resistencia del hormigón de cada lote se comprobará determinando la misma en todas las amasadas sometidas a control a partir de sus resultados, mediante la aplicación de los criterios de conformidad establecidos en 86.9.2 Las tomas de muestras se realizarán aleatoriamente entre las amasadas del mismo tipo de hormigón dentro del período considerado. Se realizará un control de contraste externo de la resistencia del hormigón con una frecuencia nunca inferior a 2 determinaciones al mes para el total de la producción, procurando un muestreo equitativo de los hormigones. Criterios de aceptación o rechazo de la resistencia del hormigón El criterio de aceptación de la resistencia del hormigón fabricado en central y destinado a elementos prefabricados estructurales se define según la expresión siguiente:

donde: x Valor medio de los resultados obtenidos en las N amasadas ensayadas, s Valor de la desviación típica correspondiente a la producción del tipo de hormigón

suministrado en N/mm2, obtenida a partir de los 35 últimos resultados.

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fck Valor de la resistencia característica especificada por el fabricante para el tipo de hormigón utilizado. En casos excepcionales, cuando no exista producción continua de un tipo de hormigón, dando lugar a que las tomas mensuales sean inferiores a las 16 establecidas para el lote en la tabla 86.9.2, se estimarán los lotes con periodicidad semanal mediante la fórmula siguiente:

donde: x Valor medio de los resultados obtenidos en la N amasadas ensayadas, K2 Valor del coeficiente reflejado en la tabla 86.9.2.3. según el número de amasadas N, rn Valor del recorrido muestral definido como: rn = xN – x1 fck Valor de la resistencia característica especificada por el fabricante para el tipo de hormigón utilizado.

Tabla 86.9.2.3.

Coeficiente Número de amasadas ensayadas

2 3 4 5 6 K2 1,66 1,02 0,82 0,73 0,66

Decisiones derivadas del control de la resistencia del hormigón En el caso de producirse un no conformidad del hormigón el Prefabricador deberá comunicarlo a las correspondientes Direcciones Facultativas, que valorarán la oportunidad de aplicar los criterios establecidos para el hormigón fabricado en central, de acuerdo con 86.7.3.

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Anexo D. Transición normativa: de las autorizaciones de uso al marcado CE  

D.1. Evolución histórica El sistema constructivo más reglamentado en la historia de la edificación en España es, sin lugar a dudas, el de los forjados. La solución habitualmente más utilizada en nuestros edificios ha sido el tradicional sistema de forjado de vigueta y bovedilla, que durante muchos años ha estado obligado a disponer de la correspondiente Autorización de Uso, a fin de permitir su empleo en las obras de edificación españolas. La reciente exigencia del marcado CE para las viguetas de hormigón prefabricado de forma obligatoria a partir de enero de 2011 y de aplicación voluntaria durante el año 2010, supone la última etapa de un largo proceso de transformación normativa que comenzó en 1941 y que ha ido evolucionando de forma continua hasta la fecha. 1941: Se definieron una serie de restricciones en el empleo de acero y se publicaron las primeras normas técnicas para el cálculo de estos elementos. 1966: La enorme trascendencia estructural de los forjados y el acusado aumento de los colapsos en la época de la post-guerra española, motivó que la Administración decidiese establecer un procedimiento reglamentario más amplio y profundo que permitiese asegurar la adecuación y correcto cumplimiento de estos sistemas con la normativa existente. Este procedimiento, al que se le denominó Autorización de Uso, se materializó en el Decreto 124/1966 y en él se establecieron unas normas para garantizar el cumplimiento de las características proyectadas de los elementos resistentes para pisos y cubiertas, reduciéndose así el empleo de productos defectuosos y, como consecuencia, los daños que por esta causa se venían produciendo en las obras. 1980: Se aprueba el Real Decreto 1630/1980, todavía vigente en algunas de sus partes, recogiendo la experiencia acumulada en la utilización de este sistema constructivo y adecuándose a los cambios que se habían ido produciendo en la reglamentación oficial en materia de redacción y ejecución de proyectos de obras de hormigón. Este Real Decreto supuso un salto cualitativo importante pues, entre otras cuestiones, exigía que el fabricante de elementos prefabricados dispusiese de una ficha de características técnicas que proporcionara datos relevantes para el cálculo, la ejecución y el control del forjado. 1998: Aprobación de la Instrucción de Hormigón Estructural EHE-98. 2002: Aprobación de la Instrucción para el Proyecto y la Ejecución de Forjados Unidireccionales de Hormigón Estructural realizados con elementos prefabricados (EFHE-02 2008: Aprobación de la Instrucción de Hormigón Estructural actual, EHE-08, que marca de algún modo el final de las Autorizaciones de Uso.

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D.2. Las Autorizaciones de Uso vs Marcado CE La Instrucción EHE-08, marco normativo general que regula el proyecto y la construcción de las estructuras de hormigón en España, aprobada mediante el Real Decreto 1247/2008, vigente desde el 1 de diciembre de 2008, establece en su disposición adicional primera que “en el caso de elementos resistentes para pisos y cubiertas que incluyan elementos prefabricados de hormigón que deban ostentar obligatoriamente el marcado CE, no será exigible la Autorización de Uso a que hace referencia el Real Decreto 1630/1980, de 18 de julio, sobre fabricación y empleo de elementos resistentes para pisos y cubiertas”. Por lo tanto, productos como las losas alveolares (UNE-EN 1168), las prelosas (UNE-EN 13747) o los elementos para forjados nervados (UNE-EN 13224), que ya disponían en ese momento de marcado CE obligatorio, dejaron de estar sometidos a tener que disponer de una Autorización de Uso para permitir su empleo en forjados. Esta obligación se ha mantenido, no obstante, para las viguetas armadas y pretensadas en tanto no estuviesen obligadas a ostentar el marcado CE para su comercialización dentro del Espacio Económico Europeo. El pasado 18 de diciembre de 2009, la Comisión Europea, en el marco de aplicación de la Directiva de Productos de Construcción (89/106/CEE), publicó una nueva comunicación de los productos de construcción obligados a ostentar el marcado CE en la que se incluía por primera vez la norma europea de viguetas prefabricadas de hormigón para sistemas de forjado de vigueta y bovedilla, UNE-EN 15037-1:2010, definiendo un periodo inicial de aplicación voluntaria del marcado CE por parte del fabricante durante el año 2010, y obligatorio a partir del 1 enero de 2011 Esta nueva situación tiene unas implicaciones directas a nivel reglamentario, puesto que obliga a la derogación del Real Decreto 1630/1980 a partir del 1 de enero de 2011, fecha en la que dejarán de ser obligatorias las Autorizaciones de Uso para elementos que constituyan parte de pisos y cubiertas.

Exigencia reglamentaria

PERIODO 1/12/2008 (1) a

31/12/2009 1/01/2010 a 31/12/2010

A partir del 1/01/2011

Autorización de Uso Obligatoria (2) Obligatoria (3) No (se derogará el Real Decreto 1630/1980)

Marcado CE No (aunque ya estaba aprobada la norma europea desde 2007)

Voluntario Obligatorio

(1) Fecha de entrada en vigor de la Instrucción EHE-08. (2) Para obras conforme a EHE-08, las Autorizaciones de Uso debe estar adaptadas a la EHE-08. (3) El Ministerio de Vivienda publicará en breve un Real Decreto de derogación del RD 1630/1980, en el quedebe definirse si el fabricante que opte por la vía del marcado CE quedará eximido de tener la Autorización de Uso o si ambas herramientas reglamentarias pueden coexistir simultáneamente durante 2010. Desde el punto de vista regulador, este hecho provoca que la Administración comenzará a ceder el protagonismo a los fabricantes que, a partir de ahora, serán los únicos responsables de

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la garantía de sus productos, en primer lugar, con la aportación del marcado CE obligatorio y, en un segundo plano, el fabricante podrá voluntariamente proporcionar un nivel de cumplimiento adicional, mediante la posesión de un Distintivo de Calidad Oficialmente Reconocido (DOR), otorgado por un organismo certificador acreditado, que sea conforme a los requisitos definidos en el Anejo 19 de la EHE-08. También hay que dejar claro que aunque el fabricante pueda ya optar por poner en marcha todas las acciones necesarias para poner el marcado CE en sus viguetas, el Ministerio de Vivienda seguirá tramitando durante el año 2010 todas las solicitudes de Autorizaciones de Uso que reciba, aunque su validez no se prolongue más allá del próximo mes de diciembre. Pero vayamos paso por paso. La primera pregunta que nos podemos hacer es si la transición normativa de las Autorizaciones de Uso al marcado CE supone un salto cualitativo y cuantitativo importante para el fabricante; la respuesta debe ser no. La entrada en vigor de la Instrucción EHE-08 fue aprovechada por el Ministerio de Vivienda (regulador y concesionario de las Autorizaciones de Uso) para, en vista de la inminente entrada del marcado CE, adaptar en parte las exigencias de dichas autorizaciones a las que iban a ser establecidas con el marcado CE. El cambio más importante fue el de pasar de tener que demostrar que el fabricante disponía de un plan de autocontrol de la calidad de la producción, a tener que justificar la existencia de un sistema de autocontrol de producción en fábrica conforme a las exigencias de la EHE-08, mediante la aportación de un certificado de dicho control, resultado de la conformidad de la evaluación realizada por un organismo de control o una entidad de certificación en una auditoría inicial y auditorías periódicas posteriores. Es decir, se pasaba de tener un plan de autocontrol evaluado por el propio fabricante, a otro cuya validez es verificada periódicamente por un agente externo y acreditado. De hecho, esta certificación del control de producción en fábrica es ya, básicamente, la misma que se lleva a cabo para la mayor parte de los prefabricados de hormigón estructurales, obligados a poseer el marcado CE. Por lo tanto, esta exigencia supuso simplemente una ampliación del alcance de la certificación para aquellos fabricantes de viguetas que ya fabricasen otros productos estructurales con marcado CE, y un cambio más importante para aquellos que sólo fabricasen viguetas o, además, otros prefabricados que aunque estuvieran obligados a ostentar el marcado CE no necesiten una verificación por tercera parte (sistema 4 de evaluación de la conformidad). La diferencia fundamental entre ambos marcos reglamentarios es que con las Autorizaciones de Uso el fabricante debe aportar una memoria de cálculo y unas fichas técnicas de los elementos para los que solicita la autorización.

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Documentación Autorizaciones de

Uso Marcado CE

Fichas técnicas y memoria de cálculo conforme a la Instrucción EHE-08

Obligatorio

Voluntario (aunque pueda ser recomendable debido a que es una información valiosa que el mercado pueda seguir demandando)

Certificado expedido por un organismo certificador en base a una auditoría inicial y posteriores periódicas

Obligatorio Obligatorio

Declaración de conformidad del fabricante

No Obligatorio

La memoria de cálculo describe el sistema del forjado, los tipos de materiales utilizados (hormigón y acero) y su designación, así como las expresiones de cálculo empleadas para determinar las características mecánicas del sistema que se dan en las fichas técnicas. Cada serie homogénea de elementos resistentes del sistema y de las unidades construidas con ellos se describen en una ficha técnica, en la que se detallan:

- La configuración geométrica de la vigueta. - La descripción del elemento de aligeramiento (bovedilla) y del forjado, los materiales

empleados, el armado de la vigueta y las características mecánicas de la vigueta aislada.

- Las características mecánicas para cada tipo de forjado y vigueta: momento último positivo, momento de fisuración, rigidez fisurada y no fisurada, momentos límite de servicio para cada clase de exposición ambiental, valores de cortante y de rasante.

El certificado del control de producción en fábrica es concedida por un organismo certificador en base a una inspección inicial de la fábrica y a la verificación de que el fabricante tiene establecido, y mantiene en el tiempo, un control de producción en fábrica conforme con los requisitos definidos en las partes obligatorias (Anexo ZA) de la norma europea de producto que le afecte. La verificación externa del control de producción en fábrica asegura que el fabricante cumple los requisitos normativos que le son aplicables, relativos por ejemplo a la calidad de los materiales empleados, las tolerancias dimensionales, la correcta colocación de las armaduras, los recubrimientos mínimos, etc. Si a esto añadimos que las viguetas, al igual que cualquier otro producto prefabricado de hormigón, son el resultado de un proceso industrial, se reduce al máximo el riesgo de utilización de productos defectuosos en obra pues el control se hace ya en la fábrica. De hecho, el Art. 79 de la EHE-08 permite que el control de recepción en obra de productos en posesión del marcado CE se puede limitar a una simple verificación documental, eliminando operaciones de control y ensayos redundantes y, por tanto, agilizando la ejecución y reduciendo costes. Debe distinguirse que, en el caso de las Autorizaciones de Uso, el control del hormigón debe realizarse conforme a lo definido en la EHE-08, y en el caso del marcado CE el control debe seguirse con respecto a la norma europea UNE-EN 206-1. No obstante, el fabricante puede

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seguir voluntariamente los criterios de control definidos en la Instrucción EHE-08, en cuyo caso la Instrucción le permite reducir el coeficiente parcial de seguridad del hormigón de 1,7 a 1,5. Aspecto Autorizaciones de

Uso Marcado CE

Control del hormigón según EHE-08

Obligatorio Voluntario (si se quiere reducir el coeficiente de minoración del hormigón de 1,7 a 1,5)

Norma de referencia Norma europea UNE-EN 15037-1:2010

Intervención administrativa Ministerio de Vivienda

Ministerio Industria (y CC.AA.)

Aunque la Instrucción EHE-08 entró en vigor el 1 de diciembre de 2008, el Real Decreto 1247/2008 por el que se aprobaba contenía una disposición transitoria que posponía su entrada en vigor para una serie de situaciones. En el caso de las Autorizaciones de Uso vigentes en esos momentos, es decir, las concedidas conforme a las Instrucciones EHE-98 y EFHE-02, se ha permitido seguir empleándolas en los siguientes casos:

a) En obras promovidas por las Administraciones Públicas cuyas órdenes de redacción o estudio de los proyectos correspondientes se hubiesen efectuado antes de la entrada en vigor de la Instrucción (1/12/08) y siempre que las obras se inicien en un plazo no superior a tres años desde dicha fecha (antes del 1/12/11).

b) En obras de índole privado cuya fecha del encargo del proyecto fuese anterior al 1/12/08 y las obras se hubiesen iniciado en el plazo de un año (antes del 1/12/09).

Para dar respuesta a esta situación, que podía prolongarse durante varios años, y dada la circunstancia de que el periodo de validez de las Autorizaciones de Uso expedidas era de cinco años, el Ministerio de Vivienda concedió una prórroga indefinida para ellas, siempre que se destinasen a obras que se fueran a ejecutar con proyectos redactados conforme a las Instrucciones EHE-98 y EFHE-02. En cualquiera de ambos casos (Autorizaciones de Uso, nuevas o antiguas), su fecha de caducidad será el 31 de diciembre de 2010, por ser obligatorio el marcado CE a partir del día siguiente.

D.3. El futuro de las fichas técnicas Como ya se ha indicado, las fichas técnicas dejarán de ser obligatorias con la entrada en vigor del marcado CE. No obstante, dada la enorme valía que representan para proyectistas y otros agentes, los fabricantes podrán seguir proporcionándolas de forma opcional. Otro caso es el de los DOR para elementos prefabricados destinados a forjados unidireccionales (tanto viguetas como los otros productos antes mencionados), para los que es condición necesaria la tenencia de estas fichas. No debe olvidarse que la posesión de uno de estos distintivos permitirá aplicar unos coeficientes de seguridad menores a los materiales (hormigón y acero, según capítulo C.2. de esta guía). En este caso ya no es el Ministerio de Vivienda quien

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se encargará de sellar las fichas, como ocurre con las Autorizaciones de Uso, sino el propio organismo certificador que conceda el distintivo de calidad objeto de reconocimiento.

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Para más información, pueden dirigirse al Departamento Técnico Estructural de ANDECE:

Alejandro López Vidal Responsable Técnico Estructural

[email protected] · [email protected] T +34 91 323 82 75