análisis jurídico del nuevo reglamento de intervención...

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES UNIANDES TESIS DE GRADO PREVIA LA OBTENCION DEL TITULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO TEMA: Análisis jurídico del nuevo reglamento de intervención de Intendentes y Comisarios: Título II de los permisos de funcionamiento AUTORA: GISSELA ESTEFANIA ZURITA CHIMBORAZO TUTORA: AB. PATTY DEL POZO FRANCO AÑO 2016

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

UNIANDES

TESIS DE GRADO PREVIA LA OBTENCION DEL TITULO DE ABOGADA DE

LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DE DERECHO

TEMA:

Análisis jurídico del nuevo reglamento de intervención de

Intendentes y Comisarios: Título II de los permisos de

funcionamiento

AUTORA:

GISSELA ESTEFANIA ZURITA CHIMBORAZO

TUTORA:

AB. PATTY DEL POZO FRANCO

AÑO

2016

CERTIFICACIÓN DE APROBACIÓN DE TESIS

En mi calidad de Tutor de Tesis, de la carrera de Derecho, designado por el

director de Carrera de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad

Regional Autónoma de los Andes.

CERTIFICO:

Que he asesorado el trabajo de titulación presentado por la Srta. GISSELA

ESTEFANIA ZURITA CHIMBORAZO, cuyo tema es: “Análisis jurídico del

nuevo reglamento de intervención de Intendentes y Comisarios:

Título II de los permisos de funcionamiento”, y luego de la revisión

exhaustiva se encuentra aprobado y listo para su presentación ante el oponente

y tribunal respectivo. Requisito previo para acceder al título de ABOGADA DE

LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR.

Babahoyo, 12 de diciembre del 2015

Atentamente

Ab. Patty Del Pozo Franco

C.I. 1204403834

Asesora de Tesis

DECLARACIÓN DE AUTORIA Y AUTORIZACIÓN

Yo GISSELA ESTEFANIA ZURITA CHIMBORAZO, con C.I. 120685171-7

manifiesto mi voluntad de ceder a la “Universidad Regional Autónoma de los

Andes”-UNIANDES- los derechos de autor del trabajo de titulación denominado

“Análisis jurídico del nuevo reglamento de intervención de

Intendentes y Comisarios: Título II de los permisos de

funcionamiento”, en aplicación del artículo 144 de la Ley Orgánica de

Educación Superior para que sea publicado en el repositorio Institucional de la

UNIANDES y la SENESCYT.

Atentamente

SRTA. GISSELA ESTEFANIA ZURITA CHIMBORAZO

C.I. 1206851717

AUTORA

DEDICATORIA

Esta tesis se la dedico a mi Dios quién supo guiarme por el buen camino, darme

fuerzas para seguir adelante y no desmayar en los problemas que se

presentaban, enseñándome a encarar las adversidades sin nunca desfallecer en

el intento. A mis padres y hermano por su apoyo, consejos, comprensión, amor,

ayuda en los momentos difíciles, y por ayudarme con los recursos necesarios

para llegar hasta donde me encuentro. Me han dado todo lo que soy como

persona, mis valores, mis principios, mi carácter, mi empeño, mi perseverancia,

mi coraje para conseguir mis objetivos.

AGRADECIMIENTO

Quiero aprovechar estas líneas para agradecer a todas las personas que

hicieron posible la realización y culminación de la presente Tesis. A Dios

por permitirme lograr mis sueños; A mis Padres Cenaida Chimborazo y Cleber

Zurita y hermano David Zurita por apoyarme incondicionalmente en la

realización de los mismos; Al gran equipo de Profesores y Autoridades que

laboran en esta prestigiosa Universidad, ya que gracias a su comprensión,

solidaridad y enseñanza me han ayudado a ser profesional día a día; A mi

Tutora de Tesis Ab. Patty de Pozo Franco, quien gracias a su enseñanza y

paciencia he logrado presentar mi tesis.

RESUMEN EJECUTIVO

Las intendencias son entes delegados de la representación del poder ejecutivo

que a través de la Gobernación ejercen el control de algunas obligaciones

administrativas y del orden público, entre estas funciones existe el de emitir

permisos de funcionamiento para cierto tipo de establecimientos, para el

cumplimiento de esta consigna, se fundamenta en un nuevo reglamento de

intervención de intendentes y comisarías de policía que como aspecto

problemático inspecciona aspectos sobre los cuales no tiene competencia.

Es precisamente esta la problemática fundamentada en la pregunta científica

sobre si el nuevo Reglamento de Intervención del Intendente y Comisarios tiene

los elementos necesarios para su correcta aplicación; siendo el objetivo valorar

la norma jurídica que este reglamento tiene para su ejecución.

Luego del estudio teórico se pudo determinar que el reglamento verifica

requisitos técnicos que no entran en su competencia y se contraponen con los

permisos que entidades como el Cuerpo de Bomberos y el Ministerio de Salud

Pública tiene competencia, lo cual fue convalidado con la investigación de

campo en donde se manifiesta de parte de los usuarios la intromisión de la

intendencia en temas que no le competen.

Como propuesta de solución, este autor propone un modelo de inspección que

verifique la existencia de los respectivos permisos y por medio de un sistema de

informático verificar las inspecciones hechas y en caso de no existir proceder a

la clausura y solo con la aprobación emitida en el sistema, proceder a la

eliminación de dicha censura.

ExecutiveSummary

The municipalities are entities delegates representing the executive branch

through the Government exercising control over some administrative and law

enforcement obligations, among these functions there is to issue operating

permits for certain types of establishments to comply with this slogan, is based

on a new regulation intervention mayors and police stations as problematic

aspect inspects aspects on which it has no jurisdiction.

Is this the problem based on the scientific question of whether the new regulation

Intervention Mayor and Commissioners have the elements necessary for its

proper application; the objective being to assess the legal rule that this regulation

is to run.

After the theoretical study it was determined that the regulation verifies technical

requirements that do not fall within its competence and contrasted with the

permissions that entities like the Fire Department and the Ministry of Public

Health has jurisdiction, which was validated with field research where manifests

from users quartermaster meddling in issues that do not concern him.

As a proposed solution, this author proposes a model of inspection to verify the

existence of the respective permits and through a computerized check

inspections made and in the absence of proceed with the closure and only with

the approval issued in the system, proceed to the elimination of such censorship.

Contenido

Certificación de Aprobación De Tesis

Declaración De Autoría Y Autorización

Dedicatoria

Agradecimientos

Resumen Ejecutivo

ExecutiveSummary

Antecedentes de la investigación .............................................................................................. 1

Situación problemática ............................................................................................................ 3

Problema científico ................................................................................................................... 4

Objeto de investigación ........................................................................................................... 5

Campo de acción ....................................................................................................................... 5

Identificación de la línea de investigación .......................................................................... 5

Objetivo general ......................................................................................................................... 5

Objetivos específicos ............................................................................................................... 5

Idea a defender ........................................................................................................................... 6

Variables de investigación ...................................................................................................... 6

Metodología a emplear: ............................................................................................................ 6

Métodos .................................................................................................................................... 6

Esquema de contenidos.............................................................................................................. 8

Aporte Teórico .............................................................................................................................. 9

Significación práctica ............................................................................................................... 9

CAPITULO I: ............................................................................................................................... 10

1. MARCO TEÓRICO ............................................................................................................ 10

1.1. Origen y Evolución del objeto de las intendencias ................................................ 10

Actuales Intendencias en Ecuador ...................................................................................... 16

1.2. Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de

investigación ......................................................................................................................... 17

Aspectos generales de las intendencias ....................................................................... 17

Modificación de competencias de las intendencias ...................................................... 22

Los Informes de inspección .............................................................................................. 23

1.3. Valoración crítica sobre los reglamentos de intervención de los

intendentes. ........................................................................................................................... 26

1.4. Conclusiones parciales del capitulo ................................................................... 28

CAPITULO II: .............................................................................................................................. 29

2. MARCO METODOLOGICO Y PLANTEAMIENTO DE PROPUESTA ........................ 29

2.1 Caracterización de la intendencia de Los Ríos ..................................................... 29

2.2 Descripción del procedimiento metodológico .................................................. 30

2.3 Propuesta del investigador.................................................................................... 42

2.4 Conclusiones parciales del capitulo ................................................................... 46

CAPITULO III: VALIDACION DE RESULTADOS ................................................................. 47

3.1 Procedimiento de aplicación de los resultados de la investigación .......................... 47

3.2Analisis de los resultados finales de la investigación .................................................. 48

3.3 Conclusiones parciales del capitulo .............................................................................. 49

CONCLUSIONES GENERALES ............................................................................................. 50

RECOMENDACIONES ............................................................................................................. 51

1

Antecedentes de la investigación

Las intendencias, desde el inicio de la nación se conformaron como

dependencias públicas subordinadas por el Ministerio de Gobierno –ahora

ministerio del Interior-, sus competencias van encaminadas a la coordinación de

las actividades de la policía, como se determina en el Registro oficial del 31 de

enero del 2003 (Registro Oficial, 2003) y son adscritas a la función ejecutiva.

En el año 2003 las intendencias formaban parte de las gobernaciones y sus

competencias estaban encaminadas al control de ciertas normativas y

reglamentos administrativos y al conocimiento y sanción de contravenciones y su

jefe directo era el gobernador de la provincia. (Registro Oficial, 2003, pág. 5)

Estos intendentes generales de policía según manifiesta el Reglamento

Orgánico Funcional Del Régimen Seccional Dependiente Del Ministerio De

Gobierno, Policía, Cultos Y Municipalidades(Registro Oficial, 2003, pág. 12)

tenía 18 atribuciones entre las cuales se detallan ejecutar el control de precios

que la ley exige, apoyar a la policía en controles aduaneros, conocer y resolver

los procesos de deportación de extranjeros, conferir permisos anuales de

funcionamiento, controlar locales de tolerancia, velar por el respeto de leyes

especiales como la Ley del Anciano, de Loterías, conocer de las infracciones de

violencia intrafamiliar y ejercer el control a adivinos y hechiceros y demás

contravenciones vigentes a la fecha.

Además es el órgano que emitía las autorizaciones para marchas, espectáculos

públicos y ferias además de informar a las autoridades de novedades en su

localidad sobre delitos o infracciones y también brindar su colaboración para el

ejercicio de control y coordinación con otras materias judiciales.

Un aspecto que vale la pena destacar es que similares funciones tienen las

comisarías de policía, siendo la principal diferencia que solo se asigna un

intendente por provincia y los comisarios son asignados en los cantones.

2

Con el advenimiento de la nueva Constitución de la República del Ecuador en el

año 2008 (Asamblea Nacional, 2008) algunas de las actividades que realizaban

las intendencias fueron delegadas a otros órganos es así que en el 21 de Junio

del 2012 se promulga el Instructivo para la Intervención de los Intendentes

Generales de Policía.(Registro Oficial, 2012) , fundamentalmente como lo

explica el mismo cuerpo legal por la creación de los Juzgados de

Contravenciones, Juzgados de Violencia contra la Mujer y la Familia y Juzgados

de Niñez y Adolescencia.

Su misión es la de administrar justicia en los territorios en donde tiene

competencia siendo sus principales asignaciones además de las que ya tenía

anteriormente, la de controlar a las empresas de seguridad privada, actuar en

materia de violencia intrafamiliar solo donde no existan juzgados especiales e

informar a las autoridades de infracciones que no estén bajo su competencia,

conocer de los juicios verbal sumario de índole contravencional. (Registro Oficial,

2012, pág. 2)

Sus actividades estaban compuestas por 29 actividades entre ellas la emisión

del Permiso anual de funcionamiento a los establecimientos contemplados en el

decreto Supremo 33 10-B, Permisos anuales de funcionamiento renovados,

entre otros.

Esta gestión se realizaba con el uso de un formulario que entre otros datos se

realizaba la inspección y se determinaba el cumplimiento o no de ciertos

requisitos los cuales podían ser comprobados a través de la simple observación

y finalmente era convalidado por el mismo usuario.

Por Acuerdo ministerial 5318ª del 30 de enero del 2015 (www.oficial.ec, 2015),

se modificaron las responsabilidades de las intendencias entre las que se

asignaban obligaciones para las cuales los intendentes no estaban plenamente

capacitados por lo que el 28 de julio con el Acuerdo Ministerial 5910 se revoca

este documento emitiéndose un nuevo reglamento de intervención de los

intendentes y comisarios.

3

En la ciudad de Babahoyo y según las cifras del (INEC, 2011) existen alrededor

de 320 establecimientos relacionados con la venta de bebidas alcohólicas,

bares, discotecas, moteles entre otros que requieren de este permiso, por lo que

los cambios presentados en este instructivo afectan directamente el desarrollo

de sus actividades.

Adicional se investigó si existían tesis o trabajos de investigación relacionados

dentro del fondo bibliotecario de la universidad o en otras universidades y no se

pudo encontrar ningún trabajo que afronte esta problemática.

Situación problemática

Dentro del artículo 9 del nuevo reglamento de intervención (5910), se explican

los requisitos que deben cumplir los establecimientos para poder obtener el

permiso anual de funcionamiento, algunos de ellos no detallan con especificidad

las evidencias precisas que los propietarios deben de obtener para legalizar sus

establecimientos.

Se cita por ejemplo el artículo 9 inciso 4 que en su parte pertinente redacta:

“Los locales y establecimientos comprendidos en las categorías 1,2 y 4 a más de

los requisitos señalados deberá contar con personal de seguridad y vigilancia

propio, entrenado para prevenir y disuadir cualquier alteración del orden que se

llegare a suscitar en dichos locales”; cabe entonces la pregunta de cómo se

puede convalidar este requisito.

Adicional en este nuevo reglamento de intervención expresa en su artículo 11

del procedimiento de renovación en su literal a, numeral 2 expresa que se

requiere verificar el expediente para detectar eventos previos y como lo detalla el

numeral 3 del mismo literal que, en caso de haber tenido novedades durante el

año anterior se debe de realizar una nueva inspección y evaluación del

establecimiento sin que de detalle específicamente los procedimientos a seguir

para dicha inspección, lo que hasta cierto punto podría convertirse en un alegato

de violación de un derecho constitucional consagrado en el Art. 11, numeral dos,

que expresa que nadie puede ser discriminado por su pasado judicial si es que

4

en su interior se ha cometido un delito y esta información conste en el

expediente.

En otro artículo, particularmente en el numeral 13 de mencionan las infracciones

en su inciso 8 sanciona a los locales en los que se encuentren sustancias

sujetas a fiscalización en su interior, sin determinar expresamente los límites y

condiciones, lo que en la práctica resulta en un dilema jurídico puesto a que no

es posible revisar los bolsillos y el cuerpo de cada uno de los clientes como para

poder garantizar que este hecho no ocurra, además que la ley permite ciertos

niveles de consumo de estas sustancias y de esto nada menciona el instructivo.

En el Artículo 18 se reitera la petición de la información si el establecimiento ha

sido sancionado anteriormente, sin detallar la valoración o fundamentación para

este petitorio.

En los requisitos para espectáculos públicos en el artículo 25 numeral 4 se exige

un plan de contingencia elaborado por la empresa de seguridad privada, sin

aclararse los elementos o reglas que dicho plan debe contener.

De igual manera en el artículo 27 numeral dos se solicitan el plan de emergencia

sin que se detalle bajo que normas o protocolos debe realizarse este plan y

quien es el responsable del mismo.

En el Artículo 29 se dispone que sea responsabilidad de la empresa de

seguridad privada dar el resguardo al interior del espectáculo, esta disposición

es inexacta pues no detalla norma o protocolo para valorar el efectivo

cumplimiento de esta disposición.

Por todos estos aspectos brevemente citados la problemática propuesta es la

inexactitud de los procedimientos del nuevo reglamento.

Problema científico

5

¿El nuevo Reglamento de Intervención del Intendente y Comisarios tiene los

elementos necesarios para su correcta aplicación?

Objeto de investigación

Reglamentos de intervención de los Intendentes generales de policía.

Campo de acción

Procedimiento para la entrega de permisos de funcionamiento de la intendencia

en la ciudad de Babahoyo en el año 2015.

Identificación de la línea de investigación

Retos y perspectivas de las relaciones jurídicas civiles. Su impacto en la

sociedad contemporánea.

Objetivo general

Valorar la normativa jurídica del nuevo reglamento para la intervención de

intendentes generales y los comisarios nacionales de policía del país.

Objetivos específicos

1- Fundamentar teóricamente a través de autores nacionales e

internacionales los elementos jurídicos relacionados con las intendencias.

2- Construir una metodología que permita analizar jurídicamente la

aplicación del reglamento analizado.

3- Proponer un mecanismo que permita mejorar la intervención de

intendentes generales y comisarios en la ciudad de Babahoyo.

4- Validar a través de expertos la propuesta planteada.

6

Idea a defender

De no investigar adecuadamente los mecanismos complementarios para el

control de establecimientos por un lado, se podría estar vulnerando derechos

consagrados en la Constitución de la República, abriendo la posibilidad de que

se exijan acciones de protección en contra de la intendencia y violentando los

derechos ciudadanos y por otro lado se estaría poniendo en riesgo a los

ciudadanos que asisten a este tipo de establecimientos.

Se escogió este tema en razón de que actualmente laboro como secretaria en la

Intendencia de Policía de Babahoyo y al encontrarnos en el proceso de

aplicación de este reglamento se han recibido muchas quejas sobre la

inexactitud del reglamento alegando que se violentan sus derechos sin que esta

entidad al momento no cuente con ningún sustento técnico que permita

deslindar de esta acusación a los ciudadanos.

Variables de investigación

Dependiente: Reglamento de intervención

Independiente: Aplicación de norma jurídica

Metodología a emplear:

Para asentar las bases del desarrollo de la investigación se hace necesario

definir la estrategia de investigación seleccionada tomando como referencia a

Sampiere et. Al. (2010).

Métodos

7

MÉTODOS DE LA INVESTIGACIÓN

Capítulo 1: Marco

teórico conceptual

Histórico –

Lógico

Analítico –

Sintético

Método de

Exposición

Analítico –

Sintético

Este método analiza científicamente los

hechos, ideas del pasado comparándolo

con hechos actuales.

Este método implica la descomposición

del fenómeno en sus partes constitutivas.

Capitulo2:

Diagnosticar la

situación actual

del problema,

mediante la

aplicación de una

metodología de

investigación

apropiada que

logre el diseño de

una propuesta de

solución.

Este método provee de estructura y

organización a material desordenado

pero también permite extraer los puntos

importantes de una amplia gama de

información.

Este método implica la descomposición

del fenómeno en sus partes constitutivas.

8

Capítulo 3:

Diseñar y Validar

las estrategias

para ejecución de

la propuesta

mediante la

evaluación de los

resultados

derivados de la

aplicación de la

propuesta o a

través de

expertos.

Deductivo

Al presentar los resultados de la

investigación a un especialista en

derecho se podrá deducir que la

aplicación de estos cambios mejorará la

situación jurídica de los involucrados.

Esquema de contenidos

En el capítulo 1: Marco teórico y conceptual

Definiciones históricas de las intendencias

Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre de diferentes fuentes

bibliográficas que existen tanto en el área pública y privada a nivel

nacional e internacional de las funciones y deberes de las intendencias.

La descripción de los derechos constitucionales relacionados con la

problemática a investigar.

Se concluye con la respuesta teórica de la pregunta científica y el

resumen de contenido teórico.

En el capítulo 2: Marco metodológico y Planteamiento de la Problema

En este capítulo se trata sobre la identificación de la intendencia de

policía.

Se explica los métodos, técnicas e instrumentos con los cuales se realiza

la investigación.

9

Se aplican instrumentos, modelos métodos y demás fundamentos

teóricos que sustentan la realidad a investigar.

Se analizan los datos obtenidos con las conclusiones que responden la

pregunta científica.

Se propone basados en los datos obtenidos una propuesta de solución

Se concluye con un resumen del capitulo

En el capitulo3: Validación de la propuesta

Se inicia con la referenciación de que es lo que se va a validar y si es a

través de la ejecución de la propuesta o con expertos.

Se instrumentaliza la validación detallando el cómo, cuándo y dónde se

ejecutara o se consultará.

Se presentan los resultados finales de la validación y se confirma con la

respuesta a la pregunta científica.

Y por último se culmina la investigación con las conclusiones, recomendaciones,

bibliografías y anexos

Aporte Teórico

Al ser una instrucción que recién tiene vigencia desde el inicio del año su

relación con los aspectos jurídicos vinculantes no han sido aún evidenciados en

estudios anteriores.

Significación práctica

Con esta investigación se podrá determinar a través del modelo a realizar la

existencia de vacíos jurídicos en los procedimientos de la intendencia.

10

CAPITULO I:

1. MARCO TEÓRICO

1.1. Origen y Evolución del objeto de las intendencias

El término intendente, según (Artola, 1991, pág. 36) tiene sus orígenes en

Francia, cercano al año 1551 promovido por el influjo de las eminencias

Mazarino y Richelieu; posteriormente fomentado por Luis XIV junto a su

ayudante ministerial Jean Baptiste Colbert.

En aquella época, los intendentes eran los que representaban al Monarca

en las divisiones territoriales del antiguo Régimen Francés, cuya tarea

principal era la desarrollo económico de las mismas. Además, tenían

delegaciones de equidad, comisaría y finca.

Como indica (Pozo Ruiz, 2005, pág. 6) uno de los cambios más importantes

de la administración en el reinado de Felipe V, fue crear las intendencias,

que fueron implementadas por los primeros consejeros del monarca, tras

la necesidad de enlazar la corte con sus organismos, las provincias, y

consejeros además de las autoridades militares.

El intendente era un funcionario de la realeza que dependía del monarca,

ejecutaba las políticas oficiales y sus delimitaciones que cambiaban en

concordancia con la época. Entre sus funciones primordiales, estaba la de

centralizar la administración, centralización que se usaba como enlace

jurídico entre Madrid y las capitales provincianas. El intendente era un

oficial de administración de mucha importancia en las provincias,

constituido y supervisado por la Gobernación, pero con total autonomía

para dar ordenanzas de carácter local.

Entre los múltiples objetivos de los intendentes, estaba la administración

del ejército, temas relacionados con los hacendados, asuntos de gobierno

y de justicia.

11

En ocasiones las misiones de los intendentes eran delegadas a una sola

persona, pero también estas obligaciones se detentaban a varias

intendencias; y en ellas, un funcionario se hacía cargo de asuntos de

gobierno y de hacienda.

En el año de 1724 los intendentes fueron retirados de las poblaciones o

ciudades en las que no existiera milicia; quedando la sociedad más ligada

a cuestiones militares. Es, posteriormente, en el mandato de Fernando VI a

mediados del mismo siglo, cuando la intendencia volvería a tomar

significación, ya en la reforma de una reciente y mucho más poderosa

política de administración.

Posteriormente como lo indica (Orduña Rebollo, 1997, pág. 17), por decisión

del noble de la Ensenada, en octubre del año 1749, se erigieron

nuevamente los gerentes (Intendentes) de las provincias. Admitía el

Dictamen, por la debilidad en que se encontraban muchos sectores del

reino por causa de guerras cotidianas y de los reclutamientos forzosos que

estas obligaban, así como los daños que se habían provocado a la

Hacienda Real.

Se valoraba, por ende, el reintegro de las Intendencias como una

disposición en concordancia con el nuevo ánimo de paz e imparcialidad

que el nuevo Reino.

El Intendente en Sevilla

Sevilla era una ciudad bajo el dominio de la realeza, y , desde el tiempo

en el que los Reyes eran católicos, estos tenían la asistencia de un

gobernante con múltiples permisos. Posteriormente, en el siglo XVIII se

incluyó la Superintendencia General de Rentas y la Intendencia General

del Ejército en Sevilla.

La administración en Sevilla fue desempeñada por célebres figuras de

laAristocracia, tales como el Conde de Miraflores, Jarosa, Ripalda. Uno de

los arquitectos de la supremacía borbónica en España fue Don Rodrigo

Caballero, quien fue gestor de Sevilla entre 1732 y 1738, luego de haber

ejercido la dignidad en Barcelona Valencia, Salamanca y La Coruña.

12

Por la cantidad de responsabilidades que requería un intendente su fundamental

tarea era motivar el desarrollo de actividades que le generen más rentabilidad al

reino español, delimitar los territorios y levantar un inventario de los recursos

disponibles y las obras que se debían realizar para mejorar la producción,

información que sería pasada al rey para que con su venia el intendente liderara

esos procesos.

Intendencia Indiana

Como indica (Rubio Mañé, 1983, pág. 287) el sistema de intendencias se fijó

posterior al siglo XVIII en los dominios del Imperio español en América y

las Filipinas, principalmente, por el buen ejercicio que tuvo el sistema en

España. Los reyes, inculcados en las doctrinas de la dictadura ilustrada,

anhelaban cambiar la gerencia de sus posesiones, emparejándola y

cultivando el bien común, junto con la idea de mejorar los ingresos de la

Real Hacienda y la defensa de esos demarcaciones.

Según (Andreo, 1997)en el aspecto de la sociedad americana, el proceso

de implementación de las intendencias instruidas fue un intento de

recuperar la administración colonial. Como primera instancia, este sistema

se originó en España con la administración suprema de Ejército en 1711,

la dirección General de Ejército y Marina en 1717, y la desavenencia de

toda la circunscripción de la península española en la intendencia de

1718. En el año de 1749 el rey Fernando VI acomodó el sistema con

una intendencia por cada provincia.

Como muestra (Domínguez Orta , 2010, pág. 7) los gestores tenían por

encomienda general el aumento de la economía y las salvaguardias de la

heredad. No obstante, no todos los intendentes tuvieron las mismas

licencias. El sistema ensayó múltiples cambios con el transcurso de los

años; como por ejemplo, en un principio se intentó separar los roles de los

intendentes de los del virrey o de los gobernadores; pero, se dieron

algunos pleitos en ciertos casos, lo que llevó a la resolución de juntar

ambas linajes en ciertas zonas.

13

Estos gerentes acostumbraban tener un asistente ilustrado, de manera

continua y de título real, además de subdelegados, que acataban sus

mandamientos; y que ejecutaban sus tareas en zonas territoriales

nombradas subdelegaciones o partidos, que pertenecían a los viejos

regimientos.

El rey Carlos IV dictaminó el Estatuto General de Intendentes en 1803,

que mantenía en un mismo cuerpo el ordenamiento de las intendencias,

no obstante, por la ordenanza Real del 11 de enero de 1804, el rey

replanteó al notificar contradicciones en algunos estatutos militares, al

manejo del ministro Manuel Godoy.

Intendencias en Cuba

Según ( Piqueras, 2005, pág. 65)después de la reconquista en la Habana,

que se encontraba en dominio de los ingleses, y por solicitud de Ambrosio

Funes de Villalpando que era el Capitán General de Cuba, el rey Carlos

III mandó a instituir en el año 1764 la primera Regencia americana.

Como primer administrador estuvo Miguel De Altarriba, quien adjudicó en el

año 1765.

Se decretaron nuevos mandatos en el año 1764, definiéndose que el

gobernador en la Habana también tendía oficios de Hacienda y de

ejército, otorgando reformas en los aspectos económicos, además del

crecimiento en las jurisdicciones políticas. Dichos mandatos se mantuvieron

hasta ser suplido en el año 1786, por la Nueva España.

En el año de 1766 se dio lugar en Luisiana La Intendencia de Nueva

Orleans, que desempeñaba funciones de Hacienda y Ejército Real,

otorgando autonomía a la Intendencia Cubana. Como primer gestor tuvo

Juan José de Loyola y Mendoza, quien estuvo al cuidado de Antonio de

Ullóa. Luisiana fue restituida a Francia en el 1803, en 1813 se dieron las

intendencias de Santiago de Cuba y Puerto Príncipe, cumpliendo

únicamente funciones de Hacienda.

14

El Virreinato de Nueva España

Como indica (Rees Jones, 1979)el virreinato de Nueva España fue como

se conocía los dominios del reino de España. El nombre le fue dado por

Hernán Cortés a los terrenos obtenidos posteriormente al declive de

México a cargo de los españoles, debido a las similitudes que comparó

con el Reino de España, hacía notables referencias a las similitudes del

clima.

En este periodo de virreinato se presentaron grandes ganancias en el

reinado de España, habiendo importantes minas en Guajanato, Hidalgo y

San Luís Potosí así como fuertes de remesas de las fortunas, mucho

menores en distritos peninsulares.

Previo a la llegada de los Colonos españoles, el territorio estaba dividido

en diminutos feudos, posteriormente; pactaron en consecuencia de un

infundado temor a sus deidades, el miedo a los dioses que asaltó a

todas las aldeas indígenas. Como pago por parte de los españoles,

atesoraron los pequeños distritos indígenas que hoy en día, son el

fundamento de una gran cantidad de estados mexicanos, con sus propias

costumbres e ideologías, que se mantiene en su totalidad gracias a las

adaptaciones españolas.

Ilustración 1: Distribución de las intendencias en el año 1818

Fuente: http://www.laguia2000.com/mexico/el-virreinato-de-nueva-espana

15

Para que los movimientos del virreinato sean adecuados, fue

imprescindible, contrario a lo creído antes, la influencia de los originarios

indígenas. El virreinato gobernaba de manera indirecta, y se ejecutaban los

poderes a través de los jefes indígenas, por lo que eran de suma

importancia, convirtiéndose la piedra angular del sistema.

Para mantener el sistema de dominio español, se aplicaban tasas de

impuestos para cada uno de los distritos indígenas, a cargo de

encomenderos. Estas autoridades, tenían un par de obligaciones

primordiales; mantener controlada a la comunidad de indígenas, y convertir

a los mismos al cristianismo.

Cabe recalcar, que la importancia del mandato español y su sistema de

tributos; no era conseguir ganancias económicas, sino difundir la doctrina

católica. Para cumplir este propósito, era fundamental la aceptación de los

jefes indígenas, ya que haciendo esto, el pueblo sería más fácil de

convencer.

Una de las revoluciones a las que conllevó esta conversión religiosa, fue

el paso de la poligamia a la monogamia, por lo tanto, tuvo que haber

cambio de sistemas de autoridad. Por otro lado, se transformaron todos

los santuarios indígenas en catedrales católicas, lo que propago

profundamente la ideología de clero.

Actuales Intendencias Españolas

Los dirigentes de la Intendencia en definidas zonas marciales, mantienen

el cargo de Intendentes. En la actualidad el equipo de Intendencia es una

grupo de control de finanzas y economía que concentra la jefatura de la

milicia, con roles de estimación, intervención, económico y mandatos de

documentación estatal o Supervisor de Torre.

Actuales Intendencias Argentinas

En este país, “Intendente” es el cargo que se recibe como mandatario

principal del poder ejecutivo en los cabildos, aunque dependiendo del

contexto territorial, esto puede variar.

16

Existen dos tipos de dirigencias, las intendencias que gobiernan

segmentaciones en una misma circunscripción, y las que ejecutan su

poder en las urbes y su campiña municipal.

Haciendo alusión al último mencionado, estos tipos de intendencias

pueden contener múltiples sucursales, las especificaciones jurídicas son

planteadas en los códigos provinciales, dicho mandato durará cuatro años.

Actuales Intendencias Chilenas

El Intendente es un delegado de naturaleza inmediata ante el Primer

Mandatario en su territorio nacional, que controla una zona del país, y en

quien cabe las responsabilidades de gobernación.

Es designado por el Presidente, y mantendrá su cargo mientras goce de

la aprobación y confianza del mismo. En caso de su ausencia, este será

reemplazado por el gobernador de la capital provincial, séase, el

mandatario de mayor rango en escala jerárquica. Además, cumple la

función del ejecutivo de mandatario y jefe de la asamblea territorial.

Actuales Intendencias Colombianas

El Intendente es el nivel número tres del Ejecutivo en la Policía Nacional,

lo que es igual a un Suboficial conocido como sargento segundo, lo que

es inmediatamente inferior a Subteniente. Por lo tanto, las intendencias se

basan netamente es la jerarquía militar.

Actuales Intendencias en Ecuador

Con la creación de los juzgados de contravenciones, las acciones de los

intendentes son encaminadas al control de actividades públicas y la verificación

de obligaciones de seguridad y control en establecimientos privados así como la

de control de precios y dar apoyo del tipo policial para diferentes diligencias

judiciales.

17

1.2. Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de

investigación

Aspectos generales de las intendencias

Para él(Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, 2015)es el

distrito donde se extiende la jurisdicción del intendente, además puede ser el

cuerpo del ejército que se encarga del abastecimiento y otros aspectos

logísticos. Además se reputa el término de intendente en la administración

pública al jefe superior.

Para (Artola, 1991) el termino deriva del latín “intendens” cuyo significado es

“dirigir o encaminar”Al intendente le competen “las funciones ejecutivas y

administrativas”.

En el año 2013 el acuerdo 0018 (Ministerio de Gobierno y Policia, 2003, pág. 2)

explica que en cada provincia debe existir un intendente general de policía el

cual es nombrado por el Gobernador y que tiene como principal función

coordinar al comando de policía cantonal.

Según el Acuerdo Ministerial 5910 (www.oficial.ec, 2015, pág. 9) para la

selección de este funcionario debe salir de una terna presentada ante la

Dirección de Control y Orden Publico, quien se encargara de evaluar y designar

al funcionario así como a los comisarios.

Cabe destacar que la capacidad de remoción y nombramiento de estos

funcionarios ya no es parte de las responsabilidades del Gobernador pues es al

Ministerio del Interior a quien se le debe de solicitar la autorización o no de dicho

cambio.

Se dan como responsabilidades a la dirección de Control y Orden público del

Ministerio del Interior las siguientes directrices:

1- Emitir disposiciones para garantizar la seguridad.

2- Aportar en el diseño de políticas y estrategias de control del orden

público.

18

3- Desarrollar mecanismos de control de especulación, espectáculos

públicos y movilizaciones.

4- Organizar y coordinar el trabajo de intendentes y comisarios.

5- Controlar el funcionamiento de las intendencias y comisarias.

6- Evaluar la terna que presenta el gobernador.

7- Coordinar a los jefes y tenientes políticos.

8- Ejercer las demás tareas que la ley le exija.

Mientras a los intendentes se les exige las siguientes responsabilidades:

1- Actuar acorde a disposiciones del Gobernador y superiores del Ministerio

del Interior.

2- Responsabilizarse del control de precios de los productos que se

controlan por ley.

3- Por consigna de la Dirección de Seguridad Ciudadana ejecutar la clausura

de las Compañías de Seguridad Privada.

4- De acuerdo al Decreto Supremo 3310-B controlar y emitir los permisos de

funcionamiento a establecimientos y sancionar cuando sea pertinente.

5- Autorizar las movilizaciones.

6- Controlar eventos públicos masivos como parques de diversión, juegos

mecánicos, ferias de integración y otros.

7- Informar a autoridad que corresponda el cometimiento de infracciones que

no son de su competencia.

8- Colaborar con la función judicial.

9- Ordenar como medida de protección el desalojo cuando se dé un

asentamiento ilegal.

10- Tomar acción para evitar el cometimiento de un delito siempre y cuando

se conozca que se trate de cometer.

11- Delegar las competencias a jefes y tenientes políticos.

12- Controlar rifas y sorteos.

13- Ingresar a la base de datos la información relacionada con su gestión.

14- Coordinar con la policía el orden público.

15- Los demás de ley.

19

Entre estas competencias definidas es necesario recalcar la labor que

tiene relación con los permisos de funcionamiento los cuales están

reglamentado para los intendentes entre sus cláusulas se define cuáles

son las categorías de establecimientos sobre los cuales se realiza el

control:

Categoría 1: son todos los centros de tolerancia y de diversión para

adultos, como prostíbulos, night club, baile, nudismo con venta o no de

alcohol.

En este aspecto el reglamento diferencia los centros de tolerancia

vespertinos a aquellos que funcionan de 11:00 a 20:00 y los nocturnos

que funcionan de 16:00 a 24:00 de lunes a jueves y sábado y domingo de

16:00 a 2:00, en ambos casos no trabajan los domingos.

Categoría 2: locales que venden y se consume bebidas alcohólicas como

bares, discotecas, cantinas, karaoke, salas de recepciones, billares con

venta de licor, galleras y otros con venta de bebidas. Están en esta

categoría los locales que venden licores para llevar sean licorerías o

depósitos.

Categoría 3: son aquellos que venden alimentos y bebidas preparadas

para consumo inmediato como cafeterías, restaurantes, panaderías,

fruterías, complejos deportivos, kioscos entre otros.

Son también parte de esta categoría los que vendan alimentos y bebidas

al por mayor como tiendas, bodega de alimentos, comisariatos,

micromercado de gasolineras y los centros de entretenimiento con

bebidas y alimentos preparados como videojuegos, juegos

electromecánicos y billares sin venta de licor.

Categoría 4: aquellos servicios de hospedaje con venta de alimentos y

licor como son hoteles, pensiones, residencias, hosterías, moteles y otros.

20

El objetivo de categorizar este tipo de establecimientos entre otras

condiciones se da para poder limitar el horario de funcionamiento de los

mismos, siendo por norma general que aquellos que vendan licor, no lo

puedan hacer los días domingo y en la mayoría de los casos no pueden

abrir ese día.

Categoría Descripción

Lunes

a

jueves

Viernes

y

sábado

Domingo

1

Centro de tolerancia vespertino 11:00 a 20:00 Cerrado

Centro de tolerancia nocturno

16:00

a

24:00

16:00 a

02:00 Cerrado

2

Bar, discoteca, karaoke, sala de

recepciones

16:00

a

24:00*

16:00 a

02:00 Cerrado

Licorerías 14:00 a 22:00 Cerrado

Depósitos de cerveza 06:00 a 22:00 Cerrado

3

Cafeterías, restaurantes,

heladerías, fuentes de soda,

complejos deportivos, kioscos.

06:00 a 00:00 y 24 horas en

zonas turísticas.

Comisariatos, micromercados,

depósitos de gaseosas.

06:00 a 22:00 y 24 horas

micromercados en

gasolineras

Video juegos, juegos mecánicos y

billares sin venta de alcohol 10:00 a 22:00

4 Hoteles, moteles, pensiones, hostal,

cabañas, 24 horas

En zonas turísticas se incrementa una hora más de cierre los fines de

semana.

Tabla 1: horarios autorizados por la intendencia

Fuente: Acuerdo 5318A Refórmese el Instructivo para la intervención de los

intendentes generales de policía del país.

Elaborado por: Autora

21

Partiendo de esta diferenciación se pude observar que los requisitos para cada

una de las categorías requieren estos documentos.

Requisitos categoría

1 2 3 4

Solicitud de permiso y formulario de datos del propietario y

administrador

* * * *

Fotocopia de cedula de ciudadanía o pasaporte * * * *

Ruc o Rise * * * *

Informe de inspección del establecimiento * * * *

Comprobante de ingreso de recuperación de costos * * * *

Declaración juramentada que exprese cumplimiento de

permisos de ARCA, patente municipal, permiso de uso de

suelo y permiso de cuerpo de bomberos

* * * *

Contar con personal de vigilancia propio y entrenado * * *

El procedimiento para la entrega del permiso el cual tiene una duración de

dos años es el siguiente:

1- El propietario entrega la solicitud al intendente junto a los requisitos

solicitados.

2- La autoridad destina a un funcionario para realizar la inspección

respectiva.

3- En 72 horas debe presentarse el informe al intendente sobre la

inspección realizada.

4- En caso de no pasar la inspección el intendente explicara los motivos

y devolverá los documentos.

5- El usuario será notificado en 48 horas.

6- En 5 días luego de la notificación deberá estar listo el permiso lo cual

puede ser realizado por correo electrónico.

Para la renovación se deberá presentar los tres primeros meses del año fiscal,

como primera instancia el intendente revisará el expediente para identificar el

comportamiento del negocio, si ha tenido novedades en el periodo anterior, el

intendente delegará a un funcionario para que realice una nueva inspección y la

22

respuesta a esta deberá ser presentada por el mismo 72 horas después de

realizada la inspección.

Conforme a los resultados de la inspección el intendente notificará al propietario

en 48 horas y el permiso será entregado en un término de 5 días.

Modificación de competencias de las intendencias

Hasta antes de la vigencia del Código Orgánico Integral Penal las intendencias

tenían como responsabilidades además de las descritas arriba, a través del

acuerdo no. 18 (Ministerio de Gobierno y Policia, 2003, pág. 16) conocer sobre

los procesos de deportación de extranjeros, conocer las infracciones

relacionadas con violencia intrafamiliar donde no existan jueces de la materia y;

conocer y resolver las causas contravencionales que se encontraban en el

Código Penal.

Con estas funciones, entre otros productos que proporcionaban a la comunidad

eran de su competencia dictar sentencias en asuntos de juicios

contravencionales, por daños y perjuicios producto de un juicio contravencional

y juicios por la Ley Orgánica de Defensa al Consumidor.

En el año 2014, en resolución 257 (Consejo de la Judicatura, 2014, pág. 2) se

hace referencia que acorde al numeral 3 del artículo 168 de la Constitución de la

República (Asamblea Nacional, 2008)solo la Función Judicial tiene la potestad

jurisdiccional es decir, la capacidad de juzgar e impartir justicia; si se considera

que entre las anteriores funciones de las Intendencias estaba la de sentenciar

las conductas contravencionales, esto generaba una antinomia jurídica.

En la resolución 217 del seis de octubre del 2014 (Consejo de la Judicatura,

2014, pág. 11) se menciona que acorde al literal f de la décima disposición

transitoria, se le permitiría a las intendencias mantener estas competencias

hasta que se crean los respectivos juzgados especializados o en su defecto se

amplié la competencia a jueces penales como así se dispuso. A partir de esta

fecha las intendencias no pueden recibir ninguna petición o denuncia

relacionada con las materias contravencionales.

23

Como parte de la transición estos debieron completar los procesos que se dieron

antes de la aplicación de la nueva ley y tuvieron 120 días para evacuar todos los

procesos.

Siendo estos los fundamentos de las actividades del intendente, su capacidad

de gestión relacionada con la administración de justicia –que en su momento fue

la razón de su creación- como encomendado especial de la función judicial,

quedo restringido a acciones más elementales, distanciándose de la resolución

de procesos judiciales y más bien siendo un organismo accesorio para el control

policial y de actividades públicas.

En este cambio se dio fundamentalmente por la incompatibilidad con la nueva

constitución que no permite que otro órgano que no sea la función judicial

imparta justicia, por lo que cabe preguntar ¿porque razón se suprimió esta

potestad de sancionar rápidamente actos que no perjudican de gran manera a la

sociedad, habiendo sido un mecanismo rápido para poder obtener justicia?

Como lo explica (Viera Navarrete, 2013, pág. 85) la capacidad que tenían los

intendentes de sancionar con prisión hasta por 30 días, el hecho de que eran

funcionarios de libre remoción y a órdenes de la autoridad ejecutiva y la total

exclusión de los principios constitucionales, hicieron que sea necesario suprimir

estas competencias.

Los principios que se vulneraban eran tan amplios, al no existir un debido

proceso, los ciudadanos carecían de mecanismos eficaces que les permita

acceder a una defensa justa, muchas veces sin las suficientes pruebas para

determinar el real cometimiento de la pena y una tipología que materializa de

manera objetiva las conductas punibles.

Los Informes de inspección

Para el desarrollo de su trabajo en relación a la expedición de permisos la

Intendencia utiliza un formato proporcionado por el Ministerio del Interior cuyo

contenido es:

1- Asunto: Informe de inspección

24

En este espacio se registran los datos del establecimiento asi como si es una

nueva inspección o una actualización.

2- Observaciones:

En esta parte se determina el tipo de construcción, si es propio o alquilado, el

número de puertas de acceso que posee y su tipo, las dimensiones del local, el

número de baños y sus condiciones, el número de luces de emergencia y de

extintores, si cuentan con salidas de emergencia, la existencia de escuelas,

centros médicos y religiosos y su cercanía además si el local funciona dentro de

una casa habitada.

3- Cuenta con permisos:

Se consulta si tiene los permisos del Cuerpo de Bomberos, Ministerio de Salud

Pública y Permiso Municipal.

4- Observaciones adicionales

En este espacio se coloca cualquier observación que el funcionario considere

importante agregar al informe.

Posterior a estos numerados, el documento expresa que el solicitante de manera

libre y voluntaria declara que fue suficientemente informado de los derechos y

obligaciones legales y las consecuencias de su incumplimiento sin vulnerar su

derecho al trabajo citando 9 condiciones:

1- Atender en los horarios permitidos.

2- No permitir el ingreso de personas ebrias ni que consuman fuera de su

local.

3- No permitir el ingreso de menores ni venderles licores ni cigarrillos.

4- Ubicar el local a más de 200 metros de distancia de iglesias, centros

educativos, hospitales o destacamentos o cualquier establecimiento de

concentración masiva.

5- Tener todos los permisos en copia y original.

6- Cumplir con la Ley Orgánica de Defensa al Consumidor, Código de la

Salud, contra incendios y demás normas legales.

25

7- En los billares colocar una mampara de aluminio y vidrio para

privacidad del local.

8- No permitir que se formen escándalos en el interior o exterior del local

y no sobrepasar el ruido a 50 decibeles.

9- No mantener materiales prohibidos como explosivos, combustibles y

drogas además de respetar los horarios establecidos.

Finaliza el documento con un texto donde se asume que el propietario ha

acatado cumplir estrictamente y someterse a las sanciones de clausura en caso

de no hacerlo.

5- Recomendación de otorgar el permiso

Se deja el casillero para que luego del texto “a su consideración recomienda

otorgar el permiso” el funcionario tache la palabra sí o no, finalizando con la

firma del propietario y la autoridad responsable.

En la parte final se deja un espacio para que en caso de que sea rechazado se

agregue la observación y el numeral que ha incumplido.

Este es el documento con el que se están realizando las inspecciones a todos

los establecimientos que requieren de la autorización del a intendencia para

poder realizar su actividad. (Ver Anexo)

26

1.3. Valoración crítica sobre los reglamentos de intervención de los

intendentes.

Como se pudo evidenciar existen una serie de condiciones que deben cumplir

los establecimientos para poder llevar a cabo su labor, en este sentido este autor

considera algunos puntos que presentan conflictos jurídicos y que se procederán

a cuestionar.

En el caso de los establecimientos de la categoría 1, 2 y 4 el requisito expresa el

contar con personal de vigilancia propio y entrenado sin embargo, en la

normativa no especifica cual es el tipo de certificación académica que deben

tener y quien es el responsable de emitirla, por lo que se considera que la

petición de este requisito es subjetivo y no ofrece una garantía de que se cumpla

de manera legal.

Además se solicita que al momento de presentar la renovación del permiso se

debe revisar el historial del negocio y si este tiene alguna novedad deberá ser

nuevamente inspeccionado, sin que se especifique de que se trata la inspección

y en qué sentido afecta la actualización, inclusive esta disposición por si misma

podría vulnerar derechos constitucionales como se expresa en el artículo 11

numeral dos que expresa que nadie podrá ser discriminado entre otras causas

por el pasado judicial.

En relación al formulario de inspección se pone en consideración los siguientes

aspectos:

En la sección dos literal c, se solicita que se determine cuantas puertas de

acceso posee y luego en el literal d, el tipo de puerta que tiene, esta información

al igual que la del número de baños (f) a más de ser informativa no puede ser

condicionante para una autorización pues no se ha presentado una resolución

que dé a esta autoridad la competencia de realizar este tipo de verificaciones y

en el peor de los casos valorar las condiciones de los baños (g) así como

elementos de luces de emergencia (h) y extintores (i) y salidas de emergencia

(j).

27

Otro aspecto cuestionable es que se verifica la existencia de escuelas, centros

médicos y religiosos cercanos al establecimiento, según la norma, estos no

pueden existir a 200 metros de estos locales, lo cual genera la incertidumbre

jurídica, pues este tipo de establecimientos no requieren de la autorización del a

intendencia para funcionar, siendo así entonces cabe la pregunta: ¿Qué

derechos tiene el dueño de un establecimiento supervisado por la intendencia a

poder continuar con su actividad si de un día para otro a un particular se le

ocurre poner frente a su establecimiento una escuela, un dispensario o una

iglesia?

Existe en este sentido una profunda contradicción jurídica sobre el derecho al

trabajo de los propietarios y los derechos de las personas a la libertad de culto,

educación y salud sin que se conozca a ciencia cierta cuál es el camino para

poder resolver en derecho esta contradicción.

En el mismo informe se incluye que el usuario fue informado de algunos

aspectos entre ellos cumplir con la Ley Orgánica de Defensa al Consumidor,

Código de la Salud, Contra incendios y demás normas legales, con esta

aseveración se pretende denotar que el conocimiento sobre estos cuerpos

jurídicos es proporcionado por la intendencia, situación que no es real y que en

un sentido amplio no compete a este órgano el “dar a conocer”, al menos no

está dentro de sus responsabilidades por lo que de más está asumir, o por lo

menos dar por entendido que esta de forma indebida capacitando en ese sentido

a los usuarios.

Compromete también a los propietarios a no sobrepasar los 50 decibeles de

sonido en sus establecimientos, sin que esta sea una normativa regulada por

esta autoridad lo que también seria arbitrario en caso de que se clausure por

este motivo.

En conclusión y luego del análisis realizado se respondiendo a la pregunta

científica ¿El nuevo Reglamento de Intervención del Intendente y Comisarios

tiene los elementos necesarios para su correcta aplicación?, este autor concluye

que el mecanismo de inspección de los intendentes y comisarios no cuenta con

los elementos jurídicos adecuados para poder ser aplicado.

28

1.4. Conclusiones parciales del capitulo

Desde el inicio de la colonia las intendencias han tenido la función de

representar a la máxima autoridad dentro de un territorio, en nuestro país el

intendente era el encargado del orden y la seguridad delegado por el

Gobernador, quien es la autoridad presidencial en la provincia, entre las

competencias que han tenido en la época moderna, están el control de loterías,

precios, permisos de funcionamientos y juzgar ciertos tipos de contravenciones.

Con el advenimiento de la nueva Constitución de la República en 2008, la

implementación del Código Orgánico Integral Penal en 2014 poco a poco se ha

suprimido algunas de las funciones que tenían los intendentes, dejando entre las

más importantes, el control de precios, espectáculos públicos, apoyo la función

judicial y la emisión de permisos de funcionamiento.

Estos permisos de manera específica son los relacionados con centros de

tolerancia, hoteles, moteles, billares y centros nocturnos además de licorerías,

billares y centros de abastos, su principal control es en el respeto a los horarios,

acceso a menores y control de consumo de bebidas y de los permisos que las

demás entidades públicas requieren.

Sin embargo luego de analizar los requisitos y los procedimientos de inspección

se pudo evidenciar que estos no están jurídicamente acorde a la real capacidad

y responsabilidad que tiene la intendencia lo que determino en teoría que el

reglamento y su mecanismo de inspección no es el adecuado a sus

competencias.

29

CAPITULO II:

2. MARCO METODOLOGICO Y PLANTEAMIENTO DE PROPUESTA

2.1 Caracterización de la intendencia de Los Ríos

La intendencia de la provincia de Los Ríosestá ubicada en las calles Calle Juan

Agnoleto y Juan X Marcos en la misma trabajan 3 funcionarios y las actividades

que en este lugar se realizan son los siguientes trámites:

Desalojos sumillados por el MAGAP

Emisión de permisos de funcionamiento

Emisión de autorizaciones para espectáculos públicos

Control de precios de la canasta básica

La máxima autoridad es la Abogada Eliana Rosemary Moran de Laman, y se

encuentra en el cargo desde el 4 de mayo del 2015.

En el año 2014 la intendencia emitió200 permisos de funcionamientos nuevos y

la renovación de 500registrados en el catastro de esta misma institución. Para el

año 2015 al momento se han realizado 347 permisos.

El procedimiento para la emisión de los permisos de funcionamiento

normalmente tienen una duración de 5 días posterior a la inspección, esta

dependencia cuenta al momento con 1 comisario que realiza esta supervisión

mientras que en el resto de la provincia en las parroquias lo realiza los tenientes

políticos y los comisarios en cada cantón.

El comisario es el Ab. Wilmer Pin Silva quien realiza las visitas a los locales para

la aplicación del formulario de inspección impuesto por el Ministerio del Interior.

30

2.2 Descripción del procedimiento metodológico

Se aplicó la metodológica de (Roberto Hernández Sampieri, METODOLOGÍA DE

LA INVESTIGACION, 1997)a través de una investigación exploratoria que

determinara las perspectivas jurídico-legales que tiene la autoridad competente

en relación a la ejecución del modelo de inspección dispuesto por la autoridad

nacional.

Además se consultó a los establecimientos sobre las condiciones sobre las

cuales se realizan las inspecciones de la Intendencia y si bajo su perspectiva

esta es adecuada para garantizar la seguridad de los ciudadanos.

El diseño de la investigación que se aplicara es no experimental del tipo

transeccional 1 descriptiva pues determinará la relación que existe entre el

reglamento de inspección y los principios jurídicos que lo regulan.

Para evidenciar el conflicto de la norma se procedió a realizar la consulta a los

propietarios de establecimientos que existen en la ciudad de Babahoyo, para

determinar el universo a investigar, se tomó como fuente primaria de información

el número de establecimientos registrados en la intendencia en el año 2015 y se

seleccionó una muestra no probabilística del 10% de cada uno de las categorías.

TIPO DE ESTABLECIMIENTO C.

Baquerizo C. Ponce TOTAL Muestra

10%

TOTAL CATEGORIA 1 3 3 1

TOTAL CATEGORIA 2 47 38 85 8

TOTAL CATEGORIA3 205 48 253 25

TOTAL CATEGORIA 4 5 1 6 1

257 90 347 35

Tabla 2: Universo de establecimientos registrados en el año 2015

Fuente: Intendencia

1Los diseños de investigación transeccional o transversal recolectan datos en un solo momento,

en un tiempo único. Su propósito es describir variables, y analizar su incidencia e interrelación

en un momento dado. Es como tomar una fotografía de algo que sucede.(Roberto Hernández

Sampieri, Metodología de la investigacion, 1997)

31

Cuestionario.

1- ¿Qué requisito especifico le han solicitado para demostrar que cuenta con

personal de vigilancia entrenado? (categoría 1 y 4)

a. Record policial

b. Hoja de vida

c. Contrato/rol de pago

d. Ninguno

e. Otro:_____

MUESTRAS a. Record policial

b. Hoja de vida

c. Contrato/rol de pago

d. Ninguno e. Otro

26 1 0 0 25 0

El 96% de los encuestados manifestaron que no se les ha exigido ningún

requisito para demostrar la capacidad técnica del personal de seguridad que

tienen en su establecimiento, requisito obligatorio para los establecimientos tipo

1 y 4 es decir hoteles, moteles, discotecas, bares entre otros, solo al 4% se le

exigió la presentación del record policial del responsable de control de acceso.

a. Record policial

4%

b. Hoja de vida 0%

c. Contrato/rol

de pago 0%

d. Ninguno 96%

e. Otro 0%

MUESTRAS

32

2- ¿ha tenido inconvenientes en su renovación de permiso por tener alguna

observación por parte de la intendencia en el pasado?

a. Si

b. No

MUESTRAS SI NO

35 27 8

El 77% de los encuestados manifiestan que han tenido problemas con la

intendencia para la renovación por el pasado administrativo, es decir por hechos

que ya han sido revisados o sancionados, lo cual vulnera el derecho de los

establecimientos al ser juzgados nuevamente por una infracción que ya fue

sancionada acorde a la ley, el 23% manifiesta no haber tenido problemas en

hacer sus trámites.

SI 77%

NO 23%

MUESTRAS

33

3- ¿ha tenido algún inconveniente en la renovación de su permiso por parte

de la intendencia por el tipo de puertas que posee?

a. Si

b. No

MUESTRAS SI NO

35 6 29

El 83% manifiesta no haber tenido inconvenientes por parte de la intendencia

debido al tipo de puertas que posee mientras que un 17% si ha tenido que hacer

cambios para poder acceder al permiso correspondiente.

SI 17%

NO 83%

MUESTRAS

34

4- ¿ha tenido algún inconveniente en la renovación de su permiso por parte

de la intendencia por la condición de los baños?

a. Si

b. no

MUESTRAS SI NO

35 5 30

El 86% de los encuestados manifestaron no haber tenido inconvenientes por

parte de la intendencia para obtener sus permisos debido a la condición de los

baños mientras que el 14% si tuvieron esa objeción de parte de la autoridad para

poder obtener el permiso respectivo.

SI 14%

NO 86%

MUESTRAS

35

5- ¿ha tenido algún inconveniente en la renovación de su permiso por parte

de la intendencia por luces de emergencias, extintores o salidas de

emergencia?

a. Si

b. no

MUESTRAS SI NO

35 26 9

En este sentido el 74% de los entrevistados manifestaron que ha sido un

obstáculo el obtener el permiso de funcionamiento debido a que para la

intendencia no eran adecuados los implementos de defensa contra incendios,

salidas de emergencia y señalética, mientras el 26% manifestó que no han sido

objetados por esta entidad en ese sentido.

SI 74%

NO 26%

MUESTRAS

36

6- ¿Qué cree que pasaría con su negocio si de un momento a otro se

establece un centro de salud, una escuela o una iglesia a menos de 200

metros de su local? (solo para categoría 1 y 4)

a. Perdería el permiso

b. Nada

MUESTRAS a. Perdería el permiso b. Nada

26 8 18

La percepción de los establecimientos encuestados es que si existieran

establecimientos cercanos como iglesias y centros de salud el 77% no serían

perjudicados mientras el 23% si considera que sus permisos serian suspendidos

por el tipo de prohibición vigente.

a. Perdería el permiso

31%

b. Nada 69%

37

7- ¿ha sido informado por parte de la intendencia sobre como cumplir con la

Ley de Defensa al Consumidor?

a. Si

b. No

MUESTRAS SI NO

35 18 17

El 51% de los establecimientos manifiestan haber sido informados sobre la Ley

de Defensa al Consumidor es decir, sobre los derechos que tienen sus clientes

al adquirir los bienes o servicios que ellos ofrecen, mientras un 49% determino

que no han recibido tal información.

SI 51%

NO 49%

MUESTRAS

38

8- ¿ha sido informado por parte de la intendencia sobre como cumplir con el

código de la salud?

a. Si

b. No

MUESTRAS SI NO

35 7 28

El 80% manifiesta que no ha recibido información alguna de parte de la

intendencia respecto al cumplimiento del código de la salud mientras que el 20%

reconoce haber sido informado en alguna manera sobre el tema.

SI 20%

NO 80%

MUESTRAS

39

9- ¿ha sido informado por parte de la intendencia sobre como cumplir con la

Ley contra incendios u otros?

a. Si

b. no

MUESTRAS SI NO

35 5 30

El 86% de los entrevistados manifiestan que no recibieron información alguna

sobre la ley de Defensa Contra Incendios al momento de realizar los trámites de

la intendencia y solo el 14% admitió haber recibido algún tipo de inducción

durante el proceso de obtención del permiso.

SI 14%

NO 86%

MUESTRAS

40

10- ¿considera que los requisitos que exige la intendencia en sus

inspecciones son los adecuados para su competencia?

a. Si

b. no

MUESTRAS SI NO

35 12 22

Se concluye con la pregunta en donde el 65% de los encuestados considera que

los requisitos que valora la Intendencia de Policía en el Cantón Babahoyo no son

pertinentes para las competencias que tienen, mientras un 35% determino que si

es adecuado el procedimiento de inspección que realizan.

SI 35%

NO 65%

MUESTRAS

41

Análisis de los resultados de la investigación

Luego del estudio de los resultados se puede evidenciar que no existe

regularidad dentro del proceso de inspección pues en ninguno de los casos se

pudo evidenciar una constante revisión de los mismos requisitos por ejemplo en

los de categoría 1 y 4 donde es obligatorio tener personal de vigilancia

entrenado solo a un local se le pidió el record policial como suficiente requisito

para poder controlar el acceso y el orden dentro del establecimiento.

Por otra parte 3 de 4 encuestados han sufrido de la vulneración al derecho a la

no discriminación por pasado judicial ya que se les ha puesto trabas en la

renovación de sus permisos por hechos e infracciones cometidas en años

anteriores, procesos que es de suponer la autoridad ya sancionó y aprobó las

correcciones que estos hechos produjeron por lo que no debería ser una traba

para el siguiente año.

Respecto a la revisión de requisitos, los cuales técnicamente no están en

capacidad de determinar si es el adecuado o no como por ejemplo: el tipo de

puertas, la condición de los baños, han sido pocos los que han tenido

observaciones por parte de la autoridad pese a que ningún inspector al

conocerse, cuenta con la preparación suficiente para determinar lo adecuado,

por otro lado en lo que refiere a luces de emergencia y equipos contra

incendios, las tres cuartas partes han tenido que mejorar sus instalaciones por

orden de la intendencia, contradiciendo lo que el Cuerpo de Bomberos autoriza

en sus respectivos permisos encontrándose una subrogación de funciones de

parte del ente de control.

Respecto a la capacitación recibida la mitad reconoce haber sido informado

sobre la Ley de Defensa al Consumidor y la minoría sobre el código de la salud y

la ley de Defensa Contra Incendios.

Finalmente dos terceras partes consideran que la intendencia en sus revisiones

anuales se subroga competencias que no son de su responsabilidad.

42

2.3 Propuesta del investigador

Para la correcta ejecución de las responsabilidades de los intendentes en

relación a los permisos de funcionamiento es necesario la corrección del decreto

supremo 3310-B para que la acción del intendente en las inspecciones se limite

a verificar el cumplimiento de los requisitos dispuestos por los diferentes

organismos de control como son: Ministerio de Salud Pública, Cuerpo de

Bomberos, Municipalidad del Cantón.

En su defecto, debería ser el trabajo interno de la Intendencia solicitar a dichas

entidades copias o acceso digital a los formularios de inspección que ellos

utilizaron para proporcionar el respectivo permiso, siendo potestad de la

autoridad competente –como efectivamente lo es- la verificación visual de que se

mantienen las características que al momento de dicha inspección se realizó en

el establecimiento , como por ejemplo: la presencia de los extintores reportados,

la presencia de los empleados que fueron carnetizados para atender al público,

la concordancia del tipo de establecimiento con el permiso municipal obtenido,

entre otros. En caso de no cumplirse será el intendente el que ordena la

clausura pero la apertura dependerá de que el organismo que tiene la

competencia de emitir el permiso, haga la nueva inspección y presente la

respectiva sanción dispuesta en sus respectivos reglamentos para poder así

autorizar la rotura del sello de clausura.

Por otra parte en relación a las obligaciones que si competen a la intendencia

estas deberían de ser informadas por medio de carteles en los propios

establecimientos a modo de vallas informativas, ya que es la obligación de los

dueños de los propietarios el conocer la ley, pero los visitantes también tienen el

derecho de estar informados de las limitaciones que en ese sentido la ley tiene

dependiendo del tipo de establecimiento que se trate, en este cartel también

debería de tener acceso a los números de contacto para que los propios

usuarios puedan en su momento reportar cualquier novedad que encuentren en

los establecimientos al momento de su visita.

Con esta propuesta el formato de inspección quedaría de la siguiente manera:

43

GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE LOS RIOS

INTENDENCIA DE POLICIA DE LOS RIOS

FICHA DE INSPECCION PARA PERMISO ANUAL DE ESTABLECIMIENTO

NO. DE RUC: ______________________________ FECHA: ________________

NOMBRE DEL PROPIETARIO: ________________________________________

A- Inspección de documentos previos:

INSTITUCION NO. COMPROBANTE CUMPLE

Ministerio de Salud

Cuerpo de Bomberos

Municipio

Ministerio Turismo

SAYCE

B- Información exhibida al público de acuerdo a su categoría:

INFORMACION CUMPLE

Definición de tipo de establecimiento y categoría.

Horario de atención.

Restricciones de acuerdo al tipo de establecimiento.

Prohibiciones a los clientes de acuerdo a su categoría.

Número de la intendencia para acceso al usuario.

C- Cumplimiento de asistencia a los talleres anuales de capacitación:

INSTITUCION FECHA NO. CERTIFICADO CUMPLE

Ministerio de Salud

Cuerpo de Bomberos

Municipio

Ministerio Turismo

SAYCE

Intendencia

Defensoría del pueblo (Def.

Consumidor)

FIRMA DEL INSPECTOR_______________________________________

FIRMA DEL PROPIETARIO: _____________________________________

44

En relación a la información exhibida fuera del establecimiento, su función es

cumplir con las obligaciones que son de exclusiva competencia de la Intendencia

conforme lo dispone el acuerdo Ministerial 0018 del año 2013 y que está en

plena vigencia entre las más trascendentales: control de precios, informar sobre

infracciones que no son de su competencia y tomar acción ante el conocimiento

de un delito.

Ejemplos de letreros para establecimientos:

Intendencia de policía de los Ríos

Nombre del

establecimiento:

El Pato

Establecimiento: Nigth club

Categoría: 1

Horario de atención: 11:00 a 20:00 (excepto domingos)

Restricciones de acuerdo

al tipo de

establecimiento:

Emitir sonidos a más de 50 decibeles.

Vender Bebidas alcohólicas en las afueras del

local.

Capacidad Máxima: 30 personas

Número de Salidas de emergencia: 3

No. De Extintores: 3

No. Baños: 2

Exhibición de permisos de Municipio, Bomberos,

SRI y Ministerio de Salud Publica

Prohibiciones a los

clientes de acuerdo a su

categoría.

Portar armas o ingresar con bebidas alcohólicas

Prohibido el ingreso y venta a menores de edad

Número de la intendencia

para acceso al usuario.

1800 INTENDENCIA

En relación a los programas de capacitación estos deberán ser implementados

por cada una de las entidades responsables y los respectivos informes de los

establecimientos que asistan deberán ser remitidos mensualmente para agregar

al expediente sin que haga falta la intervención del usuario en este trámite.

45

El proceso seria de la siguiente manera:

INICIO

INFORMES

CAPACITACIONES

MSP-CB-DP-MB

EXPEDIENTE

USUARIO

SOLICITUD

DEL USUARIO

INFORMES

PERMISOS MSP-

CB-DP-MB

¿CUMPLE

CAPACITACIONES?

¿CUMPLE

PERMISOS?

SI

SI

NO

NO

¿CUMPLE

INSPECCION?

SE EMITE EL PERMISO DE

FUNCIONAMIENTO

NO HACER LETRERO

CUMPLIR REQUISITOS

SI

Competencia de Intendencia

Gestión del solicitante

Competencia instituciones

46

2.4 Conclusiones parciales del capitulo

En este capítulo se pudo determinar las características operativas sobre las

cuales se desarrollan las actividades de la Intendencia en el Cantón Babahoyo,

en donde se realizan entre otras funciones la emisión de los permisos anuales

de funcionamiento de acuerdo al procedimiento determinado por decreto

ejecutivo y el uso de un formulario dispuesto por la Gobernación.

Dicho formulario contiene una serie de elementos que serán cuestionados por

para conocer si es que afectan la entrega de los certificados a los usuarios,

luego de la respectiva tabulación se pudo determinar que algunos de los

requisitos que este formulario controla, son impedimento para obtener el

permiso, pese a que no son competencia de este organismo inspeccionar y peor

aún aprobar aspectos que no son su responsabilidad como por ejemplo normas

contra incendios o de salud entre otros.

Con esta investigación se pretende resolver la pregunta científica propuesta:

¿El nuevo Reglamento de Intervención del Intendente y Comisarios tiene los

elementos necesarios para su correcta aplicación? Con lo que, luego del estudio

realizado se pudo determinar que este no contiene los elementos que por

derecho y la ley debería de contener.

Con esta conclusión se propone un modelo de gestión jurídica que se limite a

cumplir con las competencias que la ley le da a las Intendencias de Policía

delimitando específicamente la condición de las obligaciones que con cada una

de las entidades de acuerdo a su competencia debe de cumplir, e integrando

todos estos trámites en un expediente único que de manera automatizada

deberá ser de acceso directo tanto para la gobernación como para los propios

interesados.

47

CAPITULO III: VALIDACION DE RESULTADOS

3.1 Procedimiento de aplicación de los resultados de la investigación

Para la generación de la validación se decidió realizar una consulta a los

ciudadanos que se acercaban a realizar el trámite correspondiente al año 2015

solicitando su opinión de si es o no factible la aplicación de este nuevo modelo

de inspección.

En este sentido al momento de que entregaban los documentos para la solicitud

de inspección, se les agradeció que le faciliten a esta investigadora 3 minutos

para explicarles que para fines académicos se está proponiendo un nuevo

modelo de atención el cual consiste básicamente en los siguientes pasos.

1- El interesado deberá realizar los cursos y los tramites de inspección en

las diferentes entidades públicas de acuerdo a su establecimiento.

2- De manera interna estas entidades remitirán las fichas de inspección y los

permisos a la carpeta única que reposará en la intendencia.

3- El usuario deberá agregar a su petición de trámite la factura de compra

del letrero informativo propuesto.

4- El usuario recibirá en este momento el permiso de funcionamiento.

Adicional se presentó esta propuesta a la Ab. Eliana Rosemary Moran De Luca

actual intendenta del Cantón Babahoyo, realizando las siguientes preguntas:

1- ¿Considera que se puede mejorar el procedimiento de entrega de

permisos de funcionamiento?

2- ¿Considera que la propuesta presentada en el trabajo de investigación

respeta las competencias que cada organismo del Estado debe cumplir?

3- ¿Considera factible la integración de datos entre las diferentes

identidades?

4- ¿Qué recomendaciones podría dar para mejorar la propuesta exhibida en

este trabajo?

48

3.2Analisis de los resultados finales de la investigación

En relación a la consulta a los ciudadanos que se acercaban a realizar el

trámite, luego de explicarles la propuesta del nuevo modelo de inspección,

durante el mes de noviembre se presentaron en total 45 peticiones, al

consultarles sobre el cambio del modelo para el nuevo año, el 90% (40

personas) manifestaron que sería adecuado el cambio del modelo de

inspección, sobre todo porque se vincularía todos los tramites en un solo archivo

y si este está a disposición vía electrónica sería más eficaz tanto para ellos como

para la autoridad que realiza el control.

Como otra observación recurrente a la autoridad fue exigir que los demás

organismos como es el Ministerio de Salud Pública y la Defensoría del Pueblo,

realizan de mejor manera las capacitaciones porque es un requisito que

consideran necesario pero que hasta el momento no han recibido por lo que les

preocupa que dichos requisitos sean un impedimento para ejecutar su trámite.

Respecto a las preguntas realizadas a la Sra. Intendenta sus respuestas fueron:

1- ¿Considera que se puede mejorar el procedimiento de entrega de

permisos de funcionamiento?

Definitivamente todo trámite puede ser mejorado mientras este cumpla la

ley.

2- ¿Considera que la propuesta presentada en el trabajo de investigación

respeta las competencias que cada organismo del Estado debe cumplir?

El delimitar claramente la autoridad que debe controlar cada característica

de un negocio es lo adecuado pues son según sus competencias los

especialistas en determinar que es o no lo adecuado acorde a sus

conocimientos técnicos.

49

3- ¿Considera factible la integración de datos entre las diferentes

identidades?

No solo que es factible ya que es necesario dentro de las políticas del

gobierno de tramites cero papeles y cero colas, el integrar en una base de

datos sería lo más indicado.

4- ¿Qué recomendaciones podría dar para mejorar la propuesta exhibida en

este trabajo?

Sería adecuado describir de manera amplia las obligaciones y normativas

que se deben cumplir en cada una de las entidades públicas para que no

quepa la duda que el trabajo de la Intendencia es de control de

cumplimiento de la seguridad sin que esto exima a las diferentes

entidades a que también cumplan con su trabajo.

3.3 Conclusiones parciales del capitulo

En este capítulo se presentó la validación consistente en la confirmación del

nuevo modelo en manos de los mismos usuarios los que supieron manifestar en

su gran mayoría que les facilitaría su labor más que todo porque con el modelo

actual la Intendencia revisaba cosas que no eran su especialidad y generaban

inconvenientes a la hora de sacar los permisos.

Por otro lado la intendenta general de Policía luego de estudiar la propuesta

considera que es positiva para mejorar el servicio, que esto promulga la política

de cero papeles y cero trámites al dejar en manos de cada entidad el

cumplimiento de los controles respectivos.

50

CONCLUSIONES GENERALES

Las normas establecidas para la gestión de las Intendencias Generales de

Policía determinan de manera general que su función es de coordinación y

colaboración de la seguridad pública.

Que la responsabilidad de emitir los permisos anuales de funcionamiento debe

de estar limitada a las competencias que en derecho tiene y no permitir que en

las inspecciones que realice se ejecuten controles de salud, defensa contra

incendios y otros por carecer de los elementos jurídicos y técnicos para hacerlo.

Para los ciudadanos que requieren este permiso se evidenció que pese a usarse

el mismo formato han sido tratados de diferentes maneras, pues algunos se les

han exigido requisitos mientras que a otros no cuando no existe razón jurídica

para esa diferenciación.

La emisión de permisos tal cual se lo hace al momento vulnera los derechos de

los usuarios como el de discriminación por pasado judicial, de inocencia,

igualdad, equidad y al debido proceso al asumir la intendencia competencias

que no le corresponden.

Se propone un modelo que coordine e integre en una carpeta única todos los

trámites que requiere el usuario sin que se necesite la intervención del mismo.

51

RECOMENDACIONES

El reglamento de Gestión de las Intendencia, en relación a la emisión de

permisos de funcionamiento debería estar debidamente motivado en derecho y

no nacer de un decreto ejecutivo sin análisis doctrinario ni jurisprudencial.

Existe amplia doctrina y fundamentos de derecho administrativo que justifican el

cambio de ejecución de una nueva estrategia de acción de las políticas de

control de parte de la Intendencia fundamentándose en los principios de

desconcentración, simplicidad y coordinación que son universales para todos los

organismos del Estado.

Evitar la vulneración de los derechos ciudadanos al estructurar un modelo de

atención que no discrimine a los comerciantes por su categoría y si las

categorías deben tener requisitos especiales entonces se debería de crear un

formulario específico para erradicar esa práctica vulneradora de derechos de

equidad e igualdad.

La intendencia debe limitarse a su competencia de coordinadora y no tratar de

ser supervisora de salud, bomberos y otros.

El modelo sugerido propone una integración tecnológica que la Gobernación con

el apoyo de las Universidades locales podría ejecutar y servir de modelo para

todas las intendencias del país.

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http://www.oficial.ec/acuerdo-5318a-reformese-instructivo-intervencion-intendentes-

generales-policia-pais

ANEXOS

ENCUESTA A ESTABLECIMIENTOS DE LA CIUDAD DE BABAHOYO

NOMBRE DEL LOCAL: ____________________ DIRECCION: ____________________________________

1- ¿Qué requisito especifico le han solicitado para demostrar que cuenta con personal de

vigilancia entrenado? (categoría 1 y 4)

a. Record policial

b. Hoja de vida

c. Contrato/rol de pago

d. Ninguno

e. Otro:_____

2- ¿ha tenido inconvenientes en su renovación de permiso por tener alguna observación

por parte de la intendencia en el pasado?

a. Si

b. no

3- ¿ha tenido algún inconveniente en la renovación de su permiso por parte de la

intendencia por el tipo de puertas que posee?

a. Si

b. no

4- ¿ha tenido algún inconveniente en la renovación de su permiso por parte de la

intendencia por la condición de los baños?

a. Si

b. no

5- ¿ha tenido algún inconveniente en la renovación de su permiso por parte de la

intendencia por luces de emergencias, extintores o salidas de emergencia?

a. Si

b. no

6- ¿Qué cree que pasaría con su negocio si de un momento a otro se establece un centro

de salud, una escuela o una iglesia a menos de 200 metros de su local?

a. Perdería el permiso

b. Nada

7- ¿ha sido informado por parte de la intendencia sobre como cumplir con la Ley de

Defensa al Consumidor?

a. Si

b. no

8- ¿ha sido informado por parte de la intendencia sobre como cumplir con el código de la

salud?

a. Si

b. no

9- ¿ha sido informado por parte de la intendencia sobre como cumplir con la Ley contra

incendios u otros?

a. Si

b. no

10- ¿considera que los requisitos que exige la intendencia en sus inspecciones son los

adecuados para su competencia?

a. Si

b. No

NOMBRE DEL ENCUESTADO:_____________________________________

ENCUESTA A ESTABLECIMIENTOS DE LA CIUDAD DE BABAHOYO

NOMBRE LOCAL DIRECCION REQUISITO 2 3 4 5 6 7 8 9 10 NOMBRE

A B C D E SI

NO

SI

NO

SI

NO

SI

NO

SI

NO

SI

NO

SI

NO

SI

NO

SI

NO

1 EL SAPO ENAMORADO

VIA BABAHOYO -BABA 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Maria Alava Elsa

2 La canchita virtual

Martin Icaza entre 10 de Agosto y General Barona

1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Jorge Bravo Cabezas

3 Lirico Martn Icaza y General Barona

1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Celida Ortega Garcia

4 Billar del Rio Malecon y Roldos 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Jose Jarrin Delgado

5 Discoteca No Bar

General Barona entre 9 de Noviembre y Roldos

1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Carrasco Campuzano Paola

6 Bar Punto de Encuentro

Calle e y Juan X Marcos 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Armando Santana Tiglio

7 Billar Bradis D-K

Cdla. Emelrios Calle 2da. 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Alejandro Bravo Larco

8 Bar Rincon de Idolos

Calle Juan X marcos y Mejis 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Vasconez Galarza Fatima

9 Bar Café con Pierna

Flores y Custodio sanchez 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Geoconda Fajardo Guzman

10

Mooly Calle K y la 5ta. 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1

11

Regalo de Dios

Cdla. Los Laureles 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Maria Sigcha Silva

12

Marisol Juan X Marcos y Barreiro 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 NestorBazan Quinto

1 Las dos Barreiro y Custodio Sanchez 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Rosa

3 marias BenitezOlavarria

14

ABI Calle malecon y Barreiro 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Zoila Burgos Moreira

15

Carlitos 2 Vargas Machuca y Flores 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Carlos Alberto

16

Carlitos 1 Rocafuerte y primer callejon 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Carlos Alberto

17

Niño Diego Custodio Sanchez 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 SusanzaDiaz Ocaña

18

San Andres Bolivar y 5 de Junio 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Tomas Lozano Guaman

19

Doña Mami Rcto. San JoseVia San juan 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Monserrate Ormeño

20

Dinadec S.A. Via a Jujan 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Julio Alvarado Velez

21

Karlita Calle Principal 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 BohorquezVerruz

22

Barcelona Calle Mejia y 5 de Junio 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Jorge EvainVillacres

23

Sabor Manabita

10 de Agosto y Martin Icaza 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Miguel Mayorga Lemus

24

Javier Restaurante

Calle Flores y 1ra Peatonal 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 ParedezValdiviezo

25

Sabroson 5 de Junio y Olmedo 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Feliz Peñafiel Laje

26

Pereira 10 de Agosto y Rocafuerte 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Laura Perrero Vargas

27

3 Hermanas El Salto 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Maria Hinojoza Tamaño

2 Niña Paola El Salto 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 YelaVictor

8 Salinas

29

Gran Pan 5 de Junio 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Manuel GarciaAlvarez

30

Rosita Caldreon y 5to. Callejon 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Rosa Vargas Medina

31

Antony Av. Universitaria 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Marcos Duche Coloma

32

Romano Market

Gnral. Barona y Eloy Alfaro 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Rosa Noboa Jimenez

33

Detalles 10 de Agosto y Mejia 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Juan Alvarado Mayorga

34

Niña Paola Av. Principal y Malecon 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 Paolo Suarez Alvarez

35

La Luna Autohotel

Via a Jujan 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 William Zambrano Diaz

1 0 0 34

0 27

8 6 29

5 30

26

9 8 27

18

17

7 28

5 30

13

22

35 35 35 35 35 35 35 35 35 35

FORMULARIO DE INSPECCIONES A LOS ESTABLECIMIENTOS

LETRERO QUE DEBEN TENER CADA ESTABLECIMIENTO