análisis de artículos de la contitucion de la republica bolivariana de venezuela

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  • 7/21/2019 Anlisis de artculos De la Contitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela

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    Artculo 19. El Estado garantizar a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminacinalguna, el goce y

    ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derecos umanos. !u respeto y garanta son obligatorios para

    los rganos del "oder "#blico de conformidad con la $onstitucin, los tratos sobre derecos umanos suscritos y ratificados

    por la %ep#blica y las leyes &ue los desarrollen.

    garantizar el goce y el ejercicio de los derechos humanos, y establece que el respeto y la garanta de los mismos, es obligatorio para

    todos los rganos del Poder Pblico

    Artculo '(. )oda persona tiene dereco al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin ms limitaciones &ue las &ue derivan

    del dereco de las dems y del orden p#blico y social.

    defiende el derecho que tiene toda persona a desarrollar libremente su personalidad

    Artculo '1. )odas las personas son iguales ante la ley, y en consecuencia*

    +o se permitirn discriminaciones fundadas en la raza, elseo, el credo,la condicin social o a&uellas &ue, en

    general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de

    igualdad, de los derecos y libertades de toda persona.

    -a ley garantizar las condiciones jurdicas y administrativas para &ue la igualdad ante la ley sea real y efectiva

    adoptar medidas positivas a favor de personas o grupos&ue puedan ser discriminados, marginados o vulnerables proteger

    especialmente a a&uellas personas &ue por alguna de las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de

    debilidad manifiesta y sancionar los abusos o maltratos &ue contra ellas se cometan.

    !lo se dar el trato oficial de ciudadano o ciudadana salvo las frmulas diplomticas.

    +o se reconocen ttulos nobiliarios ni distinciones ereditarias.

    Esta ley tiene como fin fundamental, garantizar la igualdad entre todos los ciudadanos de la Nacin; eitando la discriminacinracial, o

    de algunos otros aspectos tales como, se!o, credo, o condicin social"

    #ambi$n establece que la ley, se encargara de hacer efectia la defensa de la igualdad, adoptando medidas a faor de personas o

    grupos que puedan ser discriminados, y adem%s sancionar% los abusos o maltratos cometidos en contra de ellos"

    Establece tambi$n que se le dar% el trato oficial de ciudadano o ciudadana, de acuerdo a las frmulas diplom%ticas, y adem%s establece

    que no se conceder%n ttulos nobiliarios ni distinciones hereditarias"

    Artculo ''. -a enunciacin de los derecos y garantas contenidos en esta $onstitucin y en los instrumentos internacionales

    sobre derecos umanos no debe entenderse como negacin de otros &ue, siendo inerentes a la persona, no figuren

    epresamente en ellos. -a falta de ley reglamentaria de estos derecos no menoscaba el ejercicio de los mismos.

    Esta ley, garantiza, que todos los derechos humanos ser%n garantizados, aun cuando no est$n citados te!tualmente en la ley

    Artculo '/. -os tratados, pactos y convenciones relativos a derecos umanos, suscritos y ratificados por 0enezuela, tienen

    jerar&ua constitucional y prevalecen en el orden interno, en la media en &ue contengannormassobre su goce y ejercicio ms

    favorable a las establecidas por esta $onstitucin y la ley de la %ep#blica, y son de aplicacin inmediata y directa por los

    tribunales y dems rganos del "oder "#blico.

    Este artculo confiere una significacin especial a los tratados, pactos, y conenios suscritos y ratificados por &enezuela, enmateriade'erechos humanos

    Artculo '. +inguna disposicin legislativa tendr efecto retroactivo, ecepto cuando imponga menor pena. -as leyes

    deprocedimientose aplicarn desde el momento mismo de entrada en vigencia aun en los procesos &ue se allaren en curso

    pero en los procesos penales, las pruebasya evacuadas se estimarn en cuanto beneficien al reo o rea, conforme a la ley

    vigente para la feca en &ue se promovieron.

    $uando aya dudas se aplicar la norma &ue beneficie al reo o rea.

    garantizar un trato digno a los reos, referidas a las entradas en igencia de las leyes de procedimiento aun en los procesos que se

    hallen en curso (dem%s, establece que ninguna ley, tendr% efecto retroactio, sobre otra, a menos que sean para imponer menor pena"

    Artculo '2. )odo acto dictado en ejercicio del "oder "#blico &ue viole o menoscabe los deberes garantizados por esta

    $onstitucin y la ley es nulo, y los funcionarios p#blicos y funcionarias p#blicas &ue lo ordenen o ejecuten incurren en

    responsabilidad penal, civil y administrativa, seg#n los casos, sin &ue les sirva de ecusa rdenes superiores.

    Este artculo establece sanciones a los funcionarios pblicos, que mediante un acto dictado iolen o los deberes garantizados por la)onstitucin y la ley, incurriendo en responsabilidad penal, ciil y administratia, sin que sira de e!cusa el que haya sido productode

    ejecutar accionesmediante rdenes superiores"

    Artculo '3. )oda persona tiene dereco a ser amparada por los tribunales en el goce y ejercicio de los derecos y garantas

    constitucionales, aun de a&uellos inerentes a la persona &ue no figuren epresamente en esta $onstitucin o en los

    instrumentos internacionales sobre derecos umanos.

    El procedimiento de la accinde amparoconstitucional ser oral, p#blico, breve, gratuito y no sujeto a formalidad, y

    laautoridadjudicial competente tendr potestad para restablecer inmediatamente la situacin jurdica infringida o la situacin

    &ue ms se asemeje a ella. )odo tiempo ser bil y el tribunal lo tramitar con preferencia a cual&uier otro asunto.

    -a accin de amparo a la libertad o seguridad podr ser interpuesta por cual&uier persona, y el detenido o detenida ser

    puesto bajo la custodia del tribunal de manera inmediata, sin dilacin alguna

    El ejercicio de este dereco no puede ser afectado, en modo alguno, por la declaracin del estado de ecepcin o de la

    restriccin de garantas constitucionales.

    Este artculo defiende los derechos a todo ciudadano, de poder ser amparado ante los tribunales, en el goce de sus derechos y

    garantas constitucionales" #ambi$n refiere que el amparo constitucional deber% ser oral pblico, bree, gratuito y no estar sujeto a

    formalidad" (dem%s, establece que la accin de amparo podr% ser interpuesta por cualquier persona, y el detenido ser% puesto bajo la

    custodia del tribunal de manera inmediata" Establece tambi$n que el ejercicio de este derecho no puede ser afectado en ninguna

    manera, por la declaracin del estado de e!cepcin o restriccin de garantas constitucionales"

    http://www.monografias.com/trabajos28/nociones-fundamentales-discriminacion/nociones-fundamentales-discriminacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/nociones-fundamentales-discriminacion/nociones-fundamentales-discriminacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/personalidad/personalidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/sexo-sensualidad/sexo-sensualidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/sexo-sensualidad/sexo-sensualidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos-pdf/credos/credos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos-pdf/credos/credos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/grupo/grupo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/grupo/grupo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/discriminacion/discriminacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/romandos/romandos.shtml#PRUEBAShttp://www.monografias.com/trabajos12/elproduc/elproduc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/acciones/acciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/acciones/acciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/derjuic/derjuic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/derjuic/derjuic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/personalidad/personalidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/sexo-sensualidad/sexo-sensualidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos-pdf/credos/credos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/grupo/grupo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/discriminacion/discriminacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/romandos/romandos.shtml#PRUEBAShttp://www.monografias.com/trabajos12/elproduc/elproduc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/acciones/acciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/derjuic/derjuic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/nociones-fundamentales-discriminacion/nociones-fundamentales-discriminacion.shtml
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    Artculo '4. )oda persona tiene dereco de acceder a la informaciny a losdatos&ue sobre si misma o sobre bienes consten

    enregistrosoficiales o privados, con las ecepciones &ue establezca la ley, as como de conocer el uso &ue se aga de los

    mismos y su finalidad, y a solicitar ante el tribunal competente la actualizacin, la rectificacin o la destruccin de a&uellos, si

    fuese errneos o afectasen ilegtimamente sus derecos. 5gualmente, podr acceder a documentosde cual&uier naturaleza

    &ue contengan informacin cuyoconocimientosea de inter6spara comunidades o grupos de personas. 7ueda a salvo el

    secreto de las fuentesde informacin periodstica y de otras profesiones &ue determine la ley.

    Este artculo le otorga el derecho a todo ciudadano, de acceder a la informacin y datos que sobre s mismo o sobre bienes conste en

    registros oficiales o priados, conocer el uso que se haga de los mismos, su finalidad; y adem%s podr% solicitar ante el tribunal

    competente la actualizacin, rectificacin, y destruccin de aquellos, si fuesen errneos o afectasen ilegalmente sus derechos" *in

    embargo, regula algunas e!cepciones"

    Artculo '9. El Estado estar obligado a investigar y sancionar legalmente losdelitoscontra los derecos umanos cometidos

    por sus autoridades.

    -as acciones para sancionar los delitos de lesa umanidad, violaciones graves a los derecos umanos y los crmenes

    deguerrason imprescriptibles. -as violaciones de derecos umanos y los delitos de lesa umanidad sern investigados y

    juzgados por los tribunales ordinarios. 8icos delitos &uedan ecluidos de los beneficios &ue puedan conllevar suimpunidad,

    incluidos el indulto y la amnista.

    Este artculo, obliga al Estado a inestigar y sancionar legalmente los delitos contra los derechos humanos, cometidos por sus

    autoridades" 'eclara como imprescriptibles las acciones para sancionar los delitos de lesa humanidad, iolaciones graes a derechos

    humanos y crmenes de guerra

    Artculo /1. )oda persona tiene dereco, en los t6rminos establecidos por los tratados, pactos y convenciones sobre derecos

    umanos ratificados por la %ep#blica, a dirigir peticiones o &uejas ante los rganos internacionales creados para tales fines,

    con el objeto de solicitar el amparo a sus derecos umanos.

    El Estado adoptar, conforme a procedimientosestablecidos en esta $onstitucin y la ley, las medidas &ue sean necesarias

    para dar cumplimiento a las decisiones emanadas de los rganos internacionales previstos en este artculo.

    Este artculo, le garantiza el derecho a todo ciudadano de la +epblica a dirigir peticiones o quejas ante los rganos internacionales,

    creados para tal fin, con el objeto de solicitar amparo a sus derechos" *egn este artculo, El Estado, adoptar% las medidas que sean

    necesarias para dar cumplimiento a las decisiones emanadas de los rganos internacionales preistos en la este artculo"

    $aptulo 55 8e la +acionalidad y $iudadana

    !eccin "rimera* de la +acionalidad

    Artculo /'. !on venezolanos y venezolanas por nacimiento*

    )oda persona nacida en territorio de la %ep#blica.

    )oda persona nacida en territorio etranjero, ijo o ija de padre venezolano por nacimiento y madre venezolana por

    nacimiento.

    )oda persona nacida en territorio etranjero, ijo o ija de padre venezolano por nacimiento o madre venezolana por

    nacimiento, siempre &ue establezca su residencia en el territorio de la %ep#blica o declaren su voluntad de acogerse a lanacionalidad venezolana.

    )oda persona nacida en territorio etranjero de padre venezolano por naturalizacin o madre venezolana por

    naturalizacin, siempre &ue antes de cumplir diecioco aos de edad, establezca su residencia en el territorio de la %ep#blica

    y antes de cumplir veinticinco aos de edad declare su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.

    Este artculo le confiere el derecho de ser enezolanos y enezolanas por nacimiento a toda persona nacida en el territorio nacional,

    nacida en territorio e!tranjero, hijo de padre y madre enezolanos por nacimiento, hijos de padre o madre enezolanos por nacimiento,

    que establezcan su residencia en el territorio enezolano, o declaren su oluntad de acogerse a la nacionalidad enezolana"

    "

    http://www.monografias.com/trabajos7/sisinf/sisinf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sisinf/sisinf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/regi/regi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/regi/regi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/tain/tain.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/tain/tain.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/formulac/formulac.shtml#FUNChttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/artguerr/artguerr.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/artguerr/artguerr.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/artguerr/artguerr.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/impunidad/impunidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/impunidad/impunidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/sisinf/sisinf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/regi/regi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/tain/tain.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/formulac/formulac.shtml#FUNChttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/artguerr/artguerr.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/impunidad/impunidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtml
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