analisis 75inc22

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  • 7/21/2019 Analisis 75inc22

    1/7

    UNIVERSALIDAD DESARROLLO

    PROGRESIVO

    INALIENABLES PRO HOMINE INTERDEPENDENCIA

    Declaracin

    Americana de los

    Derecos !

    De"eres delHom"re

    Ar#$c%lo & ' Todas las

    personas son iguales ante la

    ley y tienen los derechos y

    deberes consagrados en esta

    declaracin sin distincin de

    raza, sexo, idioma, credo niotra alguna

    Pre(m"%lo)'[..] El

    cumplimiento del deber de

    cada uno es exigencia del

    derecho de todos. Derechos y

    deberes se integran

    correlativamente en todaactividad social y poltica del

    hombre. i los derechos

    exaltan la libertad individual,

    los deberes expresan la

    dignidad de esa libertad.[..]

    Pre(m"%lo*' [..]Todos los

    hombres nacen libres e

    iguales en dignidad y

    derechos y, dotados como

    est!n por naturaleza de

    razn y conciencia, debenconducirse "raternalmente

    los unos con los otros.[..]

    Ar#$c%lo &+) 'e presume #ue

    todo acusado es inocente,

    hasta #ue se pruebe #ue es

    culpable.

    Ar#$c%lo &,) ' $os derechos de

    cada hombre est!n limitados po

    los derechos de los dem!s, por

    la seguridad de todos y por las

    %ustas exigencias del bienestar

    general y del desenvolvimientodemocr!tico.

    Declaracin

    %ni-ersal de los

    derecos

    %manos

    Ar#$c%lo &)' Toda persona

    tiene todos los derechos y

    libertades proclamados en

    esta Declaracin, sin distincin

    alguna de raza, color, sexo,

    idioma, religin, opininpoltica o de cual#uier otra

    ndole, origen nacional o

    social, posicin econmica,

    nacimiento o cual#uier otra

    condicin.

    &. 'dem!s, no se har!

    distincin alguna "undada en

    la condicin poltica, %urdica o

    internacional del pas o

    territorio de cuya %urisdiccin

    dependa una persona, tanto si

    se trata de un pas

    independiente, como de un

    territorio ba%o administracin

    "iduciaria, no autnomo o

    sometido a cual#uier otra

    limitacin de soberana.

    Ar#$c%lo ./) '(ada en la

    presente Declaracin podr!

    interpretarse en el sentido de

    #ue con"iere derecho alguno al

    Estado, a un grupo o una

    persona, para emprender y

    desarrollar actividades o

    realizar actos tendientes a la

    supresin de cual#uiera de los

    derechos y libertades

    proclamados en esta

    Declaracin.

    Ar#$c%lo 0) 1Todos los

    seres humanos nacen libres

    e iguales en dignidad y

    derechos y, dotados como

    est!n de razn y conciencia,

    deben comportarse

    "raternalmente los unos con

    los otros.

    Ar#$c%lo 2) '(adie podr! ser

    arbitrariamente detenido,

    preso ni desterrado.

    Pre(m"%lo*'[ ..])onsiderando

    #ue la libertad, la %usticia y la

    paz en el mundo tienen por

    base el reconocimiento de la

    dignidad intrnseca y de los

    derechos iguales e inalienablesde todos los miembros de la

    "amilia humana*[..]

    http://infoleg.mecon.gov.ar/?page_id=1000http://infoleg.mecon.gov.ar/?page_id=1000http://infoleg.mecon.gov.ar/?page_id=1000http://infoleg.mecon.gov.ar/?page_id=1000http://infoleg.mecon.gov.ar/?page_id=1000http://infoleg.mecon.gov.ar/?page_id=1000http://infoleg.mecon.gov.ar/?page_id=1000http://infoleg.mecon.gov.ar/?page_id=1000
  • 7/21/2019 Analisis 75inc22

    2/7

    Con-encin

    Americana so"re

    DerecosH%manos' Pac#o

    de San 3os4 de

    Cos#a Rica

    Ar#$c%lo 0)'+. $os Estados

    artes en esta )onvencin se

    comprometen a respetar los

    derechos y libertades

    reconocidos en ella y a

    garantizar su libre y pleno

    e%ercicio a toda persona #ue

    est- su%eta a su %urisdiccin,

    sin discriminacin alguna pormotivos de raza* color, sexo,

    idioma, religin, opiniones

    polticas de cual#uier otra

    ndole, origen nacional o

    social, posicin econmica,

    nacimiento o cual#uier otra

    condicin social.

    Ar#$c%lo &+)' $os Estados

    artes se comprometen a

    adoptar providencias, tanto a

    nivel interno como mediante la

    cooperacin internacional,

    especialmente econmica y

    t-cnica, para lograr

    progresivamente la plena

    e"ectividad de los derechos#ue se derivan de las normas

    econmicas, sociales y sobre

    educacin, ciencia y cultura,

    contenidas en la )arta de la

    rganizacin de los Estados

    'mericanos, re"ormada por el

    rotocolo de /uenos 'ires, en

    la medida de los recursos

    disponibles, por va legislativa

    u otros medios apropiados.

    Pre(m"%lo)'[0]

    1econociendo #ue los

    derechos esenciales del

    hombre no nacen del hecho

    de ser nacional de

    determinado Estado, sino

    #ue tienen como "undamento

    los atributos de la persona

    humana, razn por la cual%usti"ican una proteccin

    internacional, de naturaleza

    convencional coadyuvante o

    complementaria de la #ue

    o"rece el derecho interno de

    los Estados 'mericanos* [0]

    Ar#$c%lo 0&)' +. Toda persona

    a"ectada por in"ormaciones

    inexactas o agraviantes

    emitidas en su per%uicio a

    trav-s de medios de di"usin

    legalmente reglamentados o

    #ue se diri%an al p2blico en

    general, tiene derecho a

    e"ectuar por el mismo rganode di"usin su recti"icacin o

    respuesta en las condiciones

    #ue establezca la ley.

    Ar#$c%lo .&)' +. Toda persona

    tiene deberes para con la

    "amilia, la comunidad y la

    humanidad.

    &. $os derechos de cada

    persona est!n limitados por los

    derechos de los dem!s, por la

    seguridad de todos y por las

    %ustas exigencias del biencom2n, en una sociedad

    democr!tica.

    Pac#o

    In#ernacional de

    Derecos

    Econmicos5

    Sociales !

    C%l#%rales 1

    Ci-iles ! Pol$#icos

    ! s% Pro#ocolo

    6ac%l#a#i-o

    Ar#$c%lo &)' [..]&. $os Estados

    artes en el presente pacto secomprometen a garantizar el

    e%ercicio de los derechos #ue

    en -l se enuncian, sin

    discriminacin alguna por

    motivos de raza, color, sexo,

    idioma, religin, opinin

    poltica o de otra ndole, origen

    nacional o social, posicin

    econmica, nacimiento o

    cual#uier otra condicin social.

    [..]

    Ar#$c%lo 7)'[..] &.(o podr!

    admitirse restriccin omenoscabo de ninguno de los

    derechos humanos

    "undamentales reconocidos o

    vigentes en un pas en virtud

    de leyes, convenciones,

    reglamentos o costumbres, a

    pretexto de #ue el presente

    acto no los reconoce o los

    reconoce en menor grado.

    Ar#$c%lo .)'$os Estados

    artes en el presente pactose comprometen a asegurar

    a los hombres y a las

    mu%eres igual ttulo a gozar

    de todos los derechos

    econmicos, sociales y

    culturales enunciados en el

    presente pacto.

    Ar#$c%lo 8)'$os Estados

    artes en el presente pactoreconocen #ue, en el e%ercicio

    de los derechos garantizados

    con"orme al presente pacto

    por el Estado, -ste podr!

    someter tales derechos

    2nicamente a limitaciones

    determinadas por ley, slo en

    la medida compatible con la

    naturaleza de esos derechos y

    con el exclusivo ob%eto de

    promover el bienestar general

    en una sociedad democr!tica.

    Ar#$c%lo 7)' +. (inguna

    disposicin del presente pactopodr! ser interpretada en el

    sentido de reconocer derecho

    alguno a un Estado, grupo o

    individuo para emprender

    actividades o realizar actos

    encaminados a la destruccin

    de cual#uiera de los derechos

    liberales reconocidos en el pact

    o a su limitacin en medida

    mayor #ue la prevista en -.

    Con-encin 9ara

    la Pre-encin !

    sancin del Deli#o

    de Genocidio

    Ar#$c%lo 0)' $as partes

    contratantes con"irman #ue el

    genocidio, ya sea cometido en

    tiempo de paz o en tiempo de

    guerra, es un delito de

    derecho internacional #ue

    ellas se comprometen a

    prevenir y a sancionar.

    Ar#$c%lo 7)'$as artes

    contratantes se comprometen

    a adoptar, con arreglo a sus

    )onstituciones respectivas, las

    medidas legislativas

    necesarias para asegurar la

    aplicacin de las disposiciones

    de la presente )onvencin y

    especialmente a establecer

    sanciones penales e"icacespara castigar a las personas

    Ar#$c%lo +)'$as personas

    acusadas de genocidio o de

    uno cual#uiera de los actos

    enumerados en el artculo 333

    ser!n %uzgados por un tribunal

    competente del Estado en

    cuyo territorio el acto "ue

    cometido, o ante la corte penal

    internacional #ue sea

    competente respecto aa#uellas de las artes

    Ar#$c%lo ,)'Toda arte

    contratante puede recurrir a los

    rganos competentes de las

    (aciones 4nidas a "in de #ue

    -stos tomen, con"orme a la

    )arta de las (aciones 4nidas,

    las medidas #ue %uzguen

    apropiadas para la prevencin y

    la represin de actos de

    genocidio o de cual#uiera de losotros actos enumerados en el

    http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=28152http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=28152http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=28152http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=28152http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=28152http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=28152http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=28152http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?resaltar=true&id=23782http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?resaltar=true&id=23782http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?resaltar=true&id=23782http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?resaltar=true&id=23782http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?resaltar=true&id=23782http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?resaltar=true&id=23782http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?resaltar=true&id=23782http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?resaltar=true&id=23782http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?resaltar=true&id=23782http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=202959http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=202959http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=202959http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=202959http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=28152http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=28152http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=28152http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?resaltar=true&id=23782http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?resaltar=true&id=23782http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?resaltar=true&id=23782http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=202959http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=202959http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=202959
  • 7/21/2019 Analisis 75inc22

    3/7

    culpables de genocidio o de

    cual#uier otro de los actos

    enumerados en el artculo 333.

    contratantes #ue hayan

    reconocido su %urisdiccin.

    artculo 333.

    Con-encin

    In#ernacionalso"re la

    Eliminacin de

    #odas las :ormas

    de Discriminacin

    Racial

    Pre(m"%lo)')(5E()3D

    de #ue la existencia de

    barreras raciales esincompatible con los ideales

    de toda sociedad humana*

    Ar#$c%lo &)' +. $os Estados

    partes condenan la

    discriminacin racial y secomprometen a seguir, por

    todos los medios apropiados y

    sin dilaciones, una poltica

    encaminada a eliminar la

    discriminacin racial en todas

    sus "ormas y a promover el

    entendimiento entre todas las

    razas [..]

    Pre(m"%lo)'

    )(3DE1'(D #ue la

    Declaracin 4niversal deDerechos 6umanos

    proclama #ue todos los

    seres humanos nacen libres

    e iguales en dignidad y

    derechos, y #ue toda

    persona tiene todos los

    derechos y libertades

    enunciados en la misma sin

    distincin alguna, en

    particular por motivos de

    raza, color u origen nacional*

    Pre(m"%lo)'

    )(3DE1'(D #ue todos

    los hombres son iguales antela ley y tienen derecho a igual

    proteccin de la ley contra

    toda discriminacin y contra

    toda incitacin a la diminacin*

    Ar#$c%lo ;.7 $os

    estados partes se

    comprometen a tomarmedidas inmediatas y

    e"icaces, especialmente

    en las es"eras de la

    ense8anza, la

    educacin, la cultura y

    la in"ormacin, para

    combatir los pre%uicios

    #ue conduzcan a la

    discriminacin racial y

    para promover la

    comprensin, la

    tolerancia y la amistad

    entre las naciones y los

    diversos grupos raciales

    o -tnicos, as como

    para propagar los

    propsitos y principios

    de la )arta de las

    (aciones 4nidas, de la

    Declaracin 4niversal

    de los Derechos

    6umanos, de la

    Declaracin de las

    (aciones 4nidas sobre

    la eliminacin de todas

    las "ormas de

    discriminacin racial y

    de la presente

    )onvencin

    Con-encin

    con#ra la Tor#%ra !

    o#ros Tra#os o

    Penas cr%eles

    Pre(m"%lo)'[.. ])onsiderando

    #ue, de con"ormidad con los

    principios proclamados en la

    carta de las (aciones 4nidas,

    el reconocimiento de losderechos iguales e

    Ar#$c%lo &)' +. Todo Estado

    arte tomar! medidas

    legislativas, administrativas,

    %udiciales o de otra ndole

    e"icaces para impedir los actosde tortura en todo territorio

    Pre(m"%lo)'

    [0]1econociendo #ue estos

    derechos emanan de la

    dignidad inherente de la

    persona humana.[0]

    Ar#$c%lo.)' +. (ing2n Estado

    arte proceder! a la

    expulsin, devolucin o

    extradicin de una persona a

    otro Estado cuando hayarazones "undadas para creer

    Ar#ic%lo 0+)'&. $a presenteconvencin se entender! sin

    per%uicio de lo dispuesto en

    otros instrumentos

    internacionales o leyesnacionales #ue prohban los

    http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=122553http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=122553http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=122553http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=122553http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=122553http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=122553http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=122553http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=23568http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=23568http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=23568http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=23568http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=122553http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=122553http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=122553http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=23568http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=23568
  • 7/21/2019 Analisis 75inc22

    4/7

    In%manos o

    De;, y reconocida en la

    Declaracin 4niversal deDerechos 6umanos, en el acto

    http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=23568http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=23568http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=26305http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=26305http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=26305http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=26305http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=26305http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=249http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=249http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=249http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=23568http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=23568http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=26305http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=26305http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=26305http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=249http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=249http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=249
  • 7/21/2019 Analisis 75inc22

    5/7

    los impedimentos "sicos, el

    nacimiento o cual#uier otra

    condicin del ni8o, de sus

    padres o de sus

    representantes legales

    necesario, dentro del marco

    de la cooperacin

    internacional.

    Teniendo presente#ue los

    pueblos de las (aciones

    4nidas han rea"irmado en la

    )arta su "e en los derechos

    "undamentales del hombre y

    en la dignidad y el valor de la

    persona humana, y #ue ha

    decidido promover el

    progreso social y elevar elnivel de vida dentro de un

    concepto m!s amplio de la

    libertad[0]

    comprometen a asegurar al

    ni8o la proteccin y el cuidado

    #ue sean necesarios para su

    bienestar, teniendo en cuenta

    los derechos y deberes de sus

    padres, tutores u otras

    personas responsables de -l

    ante la ley y, con ese "in,

    tomar!n todas las medidaslegislativas y administrativas

    adecuadas.

    3nternacional de Derechos

    )iviles y olticos ?en particular,

    en los artculos &@ y &

  • 7/21/2019 Analisis 75inc22

    6/7

    cr$menes de lesa

    %manidad

    bA $os crmenes de lesa

    humanidad cometidos tanto en

    tiempo de guerra como en

    tiempo de paz, seg2n la

    de"inicin dada en el Estatuto

    del Tribunal Cilitar

    3nternacional de (uremberg,

    [0], as como la expulsin por

    ata#ue armado u ocupacin ylos actos inhumanos debidos a

    la poltica de apartheid y el

    delito de genocidio de"inido en

    la )onvencin de +;

  • 7/21/2019 Analisis 75inc22

    7/7

    "igurar en la legislacin de un

    Estado arte o en el derecho

    internacional en vigor en dicho

    Estado. (o se restringir!n ni

    derogar!n ninguno de los

    derechos humanos y las

    libertades "undamentales

    reconocidos o existentes en

    los Estados artes en lapresente )onvencin de

    con"ormidad con la ley, las

    convenciones y los convenios,

    los reglamentos o la

    costumbre con el pretexto de

    #ue en la presente

    )onvencin no se reconocen

    esos derechos o libertades o

    se reconocen en menor

    medida.

    )onvencin 3nternacional sobre

    la proteccin de los derechos de

    todos los traba%adores

    migratorios y de sus "amiliares,

    [..]

    .