unidad didactica iv
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2013
SISTEMAS DE REGULACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN DE LA EDUCACIÓN
SUPERIOR DE PANAMA Y DE COLOMBIA EN EL MARCO DE LO
ESTABLECIDO POR LA LEY 30 DE AMBOS PAISES.
OBJETIVOS
Realizar un estudio comparativo de los sistemas de regulación que
permiten implementar los marcos normativos de la ley 30 de educación en
Colombia y Panamá.
Identificar las entidades y sus respectivos componentes supletorios para la
implementación de los mecanismos legales diseñados para regular, vigilar,
controlar y aprobar las IES y programas de educación superior en Colombia
y Panamá.
Describir los logros y avances del proceso de acreditación de educación
superior en Colombia y Panamá teniendo en cuenta la estructura de
aseguramiento y operacionalidad de los mismos.
INTRODUCCIÓN
La educación superior se puede considerar como motor fundamental en el
desarrollo económico, social y cultural de una sociedad desarrollada, a través de
la misma se contemplan los ejes productivos en donde concatenan el sector
empresarial, la universidad y la sociedad.
Las políticas internacionales no son ajenas a la constitución interna de la
estructura jurídica de las universidades y particularmente Colombia y Panamá,
están en constantes procesos de transformación, motivo por el cual este trabajo
destaca la importancia de los marcos normativos estipulados en la ley 30 de 1992
y la Ley 30 de 2006.
Es de anotar que todo proceso de índole social está regido constitucionalmente, a
saber, Colombia plantea la educación como derecho público y gratuito en su
artículo 67 Constitución Política al igual que la gaceta oficial de Panamá.
La necesidad de crear un sistema de educación superior que cumpla con los
estándares mínimos, a través de la inspección, control, vigilancia y mejoramiento
de la calidad de la educación universitaria, propósito por el cual se promulgan las
leyes 30 de educación superior en ambos países.
Se analizara la función de algunos órganos que apoyan la ejecución de los marcos
normativos anteriormente citados: como CNA, ICFES, CONACES y Ministerio de
Educación Nacional de Colombia y su importancia en los procesos de
aseguramiento de la calidad y se confrontaran con la CONEAUPA, CTF y Otras
entidades como el Ministerio de Educación de la República Panamá.
Por último se estimara el total de universidades que han superado el procesos de
acreditación, los logros y avances generales así como la dificultades que han
experimentado durante el desarrollo de esta etapa.
COLOMBIA PANAMÁ
Constitución Política:
Artículo 67, establece que la
Educación Superior es un
servicio público, tiene una
función social.
Artículo 69, garantiza la
autonomía universitaria.
Ley 30 de 1992: Por la cual
se organiza el servicio
público de la Educación
Superior. Artículos 53, 54 y
55.
Creación del Sistema
Nacional de Acreditación.
Ley 1188 de 2008: Por la
cual se regula el registro
calificado de programas de
educación superior y se
dictan otras disposiciones.
Decreto 2904 de 1994: por
el cual se reglamentan los
artículos 53 y 54 de la Ley
República de Panamá. Constitución Política de la
República de Panamá de 1972. Art.99. la
Universidad Oficial de la República es autónoma,
se le reconoce personería jurídica, patrimonio
propio y derecho de administrarlo
República de Panamá.
Ley 11 del 8 de junio de 1981. ley que permite a
la universidad consolidar su autonomía y sentar
las bases para la construcción de un nuevo
proyecto universitario, que se caracteriza por:
Una mayor vinculación con el desarrollo nacional.
Elegir las autoridades mediante una acción
concertada y de consenso entre los diversos
órganos de gobierno, en donde están
representados los estamentos principales de la
institución: docentes, estudiantes, administrativos,
autoridades.
República de Panamá. Ley 18 del 30 de agosto
de 1981. Gaceta Oficial No 19385 del 19 de
agosto de 1981. Bases legales de esta institución
han sido modificadas mediante actos
parlamentarios sucesivos que se dieron en 1984 y
en 1996.
30 de 1992.
Decreto 1655 de 1999: Por
la cual se crea la Orden a la
Educación Superior y a la
Fe Pública "Luis López de
Mesa"
Decreto 1295 de 2010: Por
el cual se reglamenta el
registro calificado de que
trata la Ley 1188 de 2008 y
la oferta y desarrollo de
programas académicos de
educación superior.
Decreto 4322 de 2005: Por
el cual se crea la Orden a la
Acreditación Institucional de
Alta Calidad de la
Educación Superior
"Francisco José de Caldas"
Resolución 1440 de 2005:
Por la cual se fijan los
valores de los servicios y
viáticos de los pares
académicos que apoyan los
diferentes procesos de
evaluación y acreditación
del CNA.
Decreto Ejecutivo 50 de 23 de marzo de
1999, por el cual se reglamenta el
funcionamiento de los Centros de Enseñanza
Superior, oficiales y particulares y se dictan
otras medidas.
Resolución 6 del 4 de Octubre de 2011
Por la cual se aprueba el proceso de evaluación
externa institucional universitaria de Panamá.
Resolución 3 del 3 de Junio de 2011. Por lo cual
se desarrolla el Procedimiento Administrativo
aplicable a las Universidades Particulares que
incumplan requisitos y cometan faltas, conforme a
lo establecido en la Ley 30 de 20 de julio de 2006,
reglamentada por el Decreto Ejecutivo 511 de 5
de julio de 2010. (Resolución 3 del 3 de junio de
2011).
Decreto Ejecutivo 511 del 5 de Julio de 2010
Por el cual se reglamenta la Ley 30 del 20 de julio
de 2006, que crea el Consejo Nacional de
Evaluación y Acreditación Universitaria de
Panamá. (CONEAUPA)
Resolución 1 del 1 de Diciembre de 2010
Por lo cual se aprueban los fundamentos del
Modelo de Evaluación y Acreditación Universitaria
de Panamá y el Proceso de Autoevaluación
Institucional Universitaria. (Modificado por la
Resolución 1 del 25 de marzo de 2011).
Resolución 3010 de 2008:
Por la cual se reconoce el
registro calificado a
programas acreditados de
alta calidad.
Acuerdo CESU No. 06 de
1995: Por el cual se
adoptan las políticas
generales de acreditación y
se derogan las normas que
sean contrarias.
Acuerdo CESU 02 de 2005:
Por el cual se subroga el
Acuerdo 001 de 2000 del
Consejo Nacional de
Educación Superior -
CESU-, y con el cual se
expide el reglamento, se
determina la integración y
las funciones del Consejo
Nacional de Acreditación
Acuerdo CESU 02 de 2006:
Por el cual se adoptan
nuevas políticas para la
acreditación de programas
de pregrado e instituciones.
Decreto Ejecutivo 176, del 30 de Marzo de 2011.
Por lo cual se modifica el decreto ejecutivo 511 de
5 de julio de 2010, que reglamenta la ley 30 de 20
de julio de 2006 y se dictan otras disposiciones.
Resolución 4 del 20 de Junio de 2011
Por lo cual se establece el reglamento de
selección para nombramiento de personal de
concurso del Consejo Nacional de Evaluación y
Acreditación Universitaria de Panamá.
CONEAUPA surge a la vida jurídica mediante la
Ley 30 de 20 de julio de 2006, es creado como
un organismo evaluador y acreditador, rector del
Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación
para el Mejoramiento de la Calidad de la
Educación Superior Universitaria; independiente y
descentralizado, con autonomía financiera,
administrativa y reglamentaria, con patrimonio
propio y personería jurídica, y representativo de
los diferentes actores vinculados con el desarrollo
de la educación superior del país, al que
corresponderá establecer la coordinación
necesaria con el Ministerio de Educación y
la Comisión Técnica de Fiscalización.
Resolución 1 del 25 de Marzo de 2011. Por lo
cual se aprueba la modificación de los
fundamentos del modelo de Evaluación y
Acreditación Institucional Universitaria de Panamá
Acuerdo No.01 de 2010: Por
el cual se autoriza al
Consejo Nacional de
Acreditación para que
diseñe y promulgue los
lineamientos para la
acreditación de alta calidad
de los programas de
Maestría y Doctorado y se
unifican los rangos de
acreditación para los
programas de pregrado,
maestrías y doctorados e
instituciones. ¡Nuevo!
Acuerdo No.04 de 2010: Por
el cual se modifica el
artículo segundo del
Acuerdo No. 02 del 23 de
junio de 2005. Modifica los
requisitos para ser elegido
miembro del
Consejo Nacional de
Acreditación
Acuerdo 02 de 2011: Por el
cual se establecen los
criterios para los procesos
de acreditación de
instituciones y programas
académicos de educación
y el proceso de Autoevaluación Universitaria de
Panamá.
Resolución 2 del 20 de Mayo de 2011
Por lo cual se establece la Contribución Anual de
las Universidades Particulares al Sistema
Nacional de Evaluación y Acreditación para el
Mejoramiento de la Calidad de la Educación
Superior Universitaria.
Resolución 5 de 20 de Junio de 2011
Por la cual se aprueba la guía para solicitar
autorización para la creación y funcionamiento de
Universidades.
Resolución 7 del 4 de Octubre de 2011
Por la cual se aprueba el Proceso de acreditación
institucional universidad de Panamá.
Decreto Ejecutivo 949 del 28 de Octubre de 2011.
Por la cual se reglamenta el funcionamiento de
Universidades e instituciones de Educación
Superior a distancia y la implementación de
Planes y Programas de Estudio a Distancia.
Decreto Ejecutivo 103 del 15 de Febrero de 2012.
Por la cual se adicionan artículos al Decreto
Ejecutivo 511 de 5 de Julio de 2010 y se dictan
otras disposiciones.
Resolución 32 de 20 de Diciembre de 2012
superior. ¡Nuevo!
Acuerdo 03 de 2011: Por el
cual se establecen los
lineamientos para la
acreditación de programas
de instituciones acreditadas
institucionalmente.
Acuerdo 02 de 2012: Tiene
por objeto establecer el
procedimiento general para
iniciar el proceso de
autoevaluación con miras a
la acreditación de
programas académicos.
Por la cual se aprueba la modificación de los
fundamentos del modelo de evaluación y
acreditación institucional universitaria de Panamá
contenidos en la resolución del 1 de diciembre de
2010, reformado por la resolución 1 de 25 de
marzo de 2011
Decreto Ejecutivo 1065 del 22 de Noviembre de
2012. Por la cual se modifica el artículo 91 del
decreto ejecutivo 511 del 5 de julio de 2010,
reformado por el decreto ejecutivo 176 del 30 de
marzo de 2011.
ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD EN COLOMBIA Y PANAMÁ
PAIS ORGANISMO DEPENDENCIA PROPÓSITOCARÁCTE
RPROCEDIMIENTO NIVEL
CO
LO
MB
IA
Comisión NacionalIntersectorial de Acreditación de
la Educación Superior
(CONACES)
Estatal
El registro calificado es el instrumento del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior mediante el cual el Estado verifica el cumplimiento de calidad por parte de las instituciones de educación superior.
Obligatoria
Autoevaluación, evaluación externa y
dictamen.
Coordina y evalúa los procesos de
Aseguramiento de la calidad.
Pregrado/Posgrado/
Instituciones
Consejo Nacional de Acreditación
CNA
Estatal La acreditación es el acto mediante el cual el estado adopta y hace público el reconocimiento que los pares académicos hacen de la comprobación que efectúa una institución sobre la calidad de sus programas académicos (de pregrado y posgrado), su organización y funcionamiento y el cumplimiento de su
Voluntaria autoevaluación, evaluación externa y
dictamen
PregradoPosgrado
instituciones
función social.
ICFES: InstitutoColombiano parael Fomento de la
Educación Superior
Estatal
El Estado en el ejercicio de su función de inspección y vigilancia de la educación se vale de exámenes de estado y pruebas externas para medir el nivel de cumplimiento de sus objetivos y buscar el mejoramiento continuo de la educación.
Obligatoria
Administra exámenes de egreso que se
aplican a los estudiantes al finalizar
la educación media (saber 11) y la
educación superior de pregrado (Saber Pro)
Pregrado
Ministerio de Educación Nacional
Estatal Coordinación Obligatoria Emite certificados de
acreditación.Pregrado/ Postgrado
PAIS ORGANISMO DEPENDENCIA PROPÓSITO
PA
NA
MÁ
Consejo Nacionalde Evaluacióny Acreditación Universitaria de Panamá (CONEAUPA)
EstatalEvalúa y acredita instituciones y programas de educación superior de
modo voluntario.
Comisión Técnica deFiscalización (CTF)
Integrada por las cinco universidades estatales
Realiza la fiscalización del funcionamiento de la universidades particulares y aprueba planes y programas de éstas
Otras instituciones Ministerio de Educación. Consejo de Rectores (órgano de consulta). Consejo Nacional de Educación (órgano de consulta).
Las siguientes universidades han sido reconocidas con la acreditación institucional por el Ministerio de Educación Nacional, previo concepto del Consejo Nacional de Acreditación, por demostrar altos niveles de calidad:
1. Pontificia Universidad Javeriana
2. Universidad del Norte
3. Universidad EAFIT
4. Universidad de Antioquia
5. Universidad Externado de Colombia
6. Universidad Industrial de Santander
7. Universidad del Valle
8. Universidad Tecnológica de Pereira
9. Universidad de Los Andes
10. Universidad Colegio Mayor Nuestra Señora del Rosario
11. Universidad de la Sabana
12. Universidad Pontificia Bolivariana
Según cifras del CNA, hasta el momento hay en Colombia 567 programas acreditados y con renovación de acreditación, 286 del sector oficial y 281 del privado.
De las 40 universidades que operan en Panamá, 27 deben pasar por el proceso
de evaluación y acreditación. Esas 27 eran las que tenían más de seis años de
funcionar.
Algunas de ellas como la Universidad Santa María La Antigua (USMA), la
Universidad Tecnológica de Panamá y la Universidad Autónoma de Chiriquí ya
han recibido el visto bueno de los pares externos y por ende la certificación de
acreditación del CONEAUPA.
Otras recientemente han recibido su acreditación como la Universidad
Latinoamericana de Ciencia y Tecnología (ULACIT) y la Universidad
Interamericana. Una semana antes se unieron a este proceso University of
Louisville e ISAE Universidad.
LOGROS Y RETOS DE LA ACREDITACIÓN
FORTALEZAS
La acreditación ha promovido en el país, la apropiación efectiva de una cultura de
la autoevaluación, conducente al mejoramiento continuo. Dicha cultura ha
contribuido al enriquecimiento de la comunicación académica y el desarrollo
cualitativo de programas y de la misma institución, y ha permitido revitalizar, en
cada institución, el papel de la Misión y del Proyecto Institucional. Esta cultura de
la autoevaluación se ha evidenciado incluso en instituciones que no se han
presentado al Sistema Nacional de Acreditación, pero que usan el modelo como
referente en sus procesos de planeación.
La autoevaluación con fines de acreditación, ha generado, además de la
colaboración de asociaciones de Facultades, el desarrollo de importantes trabajos
de reflexión académica, de reformas curriculares y de acercamientos a estrategias
para tratamientos interdisciplinarios, la conformación de grupos de investigación y
el fortalecimiento de la investigación formativa.
La Construcción de una comunidad académica, que se reconoce a sí misma a
partir de la interacción con sus pares, es uno de los principales logros de la
acreditación colombiana.
La participación de pares académicos extranjeros ha permitido fortalecer los
vínculos con la comunidad académica internacional. La socialización de la
información relativa al modelo y a sus resultados, ha generado conciencia pública
acerca de la importancia de la Educación Superior.
En ejercicio de su autonomía, las instituciones que participan en el Sistema
Nacional de Acreditación, han adoptado la política de rendición de cuentas y
transparencia en sus procesos.
Cada vez más, las Instituciones que han logrado acreditar sus programas, han
cooperado académicamente, especialmente en la etapa de autoevaluación, con
aquellas que están iniciando el proceso.
La acreditación promueve la organización y el fortalecimiento de los sistemas de
información académica; la adecuación y renovación de los procesos de
administración de recursos y la utilización de soportes tecnológicos apropiados
para el seguimiento tanto de estudiantes como de egresados.
El proceso de la acreditación como fenómeno institucional extiende la cobertura de
la autoevaluación, motivando una valoración analítica general, mayor compromiso
con la pertinencia de los estudios, y la cualificación del profesorado, de su ejercicio
docente y de la intervención en la investigación.
Además del espacio de intercambio académico que ofrece la etapa de evaluación
externa, son realizados encuentros y seminarios en los cuales los pares con
experiencia tienen la posibilidad de aportar sus conocimientos a los pares
potenciales.
DEBILIDADES
A pesar de que el modelo de acreditación y sus características de calidad deben
ser aplicables a cualquier institución de Educación Superior, es muy probable que
la lógica de conceptos y prescripciones metodológicas esté altamente mediada por
un lenguaje más propio de la educación estrictamente universitaria. En este
sentido ciertas modalidades de Educación Superior pueden percibir que el modelo
no las interpreta suficientemente, como en el caso de las Instituciones Técnicas y
Tecnológicas.
Se ha considerado, en algunos escenarios académicos, que el modelo es
demasiado exhaustivo y minucioso, y puede tener muchas variables e indicadores.
Actualmente el Consejo está trabajando en una nueva versión de los lineamientos
para la acreditación de programas que pretende concentrarse en los aspectos más
fundamentales y dejar a las instituciones el diseño y construcción de indicadores
específicos de acuerdo con su naturaleza. ƒ Aunque el Consejo cuenta con una
importante base de datos de pares académicos para la evaluación en las diversas
áreas del conocimiento, ésta es aún insuficiente debido al limitado número de
pares que se han usado en algunas áreas.
Hacen falta políticas y programas de fomento que orienten recursos financieros de
apoyo a los planes de mejoramiento diseñados para superar las debilidades y
afianzar las fortalezas identificadas en los programas e instituciones acreditadas.
Se han presentado casos aislados de instituciones que expresan su desacuerdo,
en ocasiones respaldados en sustentos verídicos, con relación a la labor
desempeñada por los Pares Académicos, en el sentido de la superficialidad o la
distancia que toman respecto al modelo del CNA, de la poca disposición al diálogo
y de los desacuerdos que han expresado con el enfoque de algún programa
académico.
AMENAZAS
El proceso de acreditación implica un gasto económico considerablemente
elevado. Este es, en parte, asumido por el gobierno, y las instituciones cubren los
costos de la etapa de autoevaluación y los programas de mejoramiento que de ella
resulten. A futuro pueden derivarse dificultades de esta situación, en ausencia de
políticas de fomento y asignación diferenciada de recursos con base en la
acreditación.
Burocratización del proceso, en el sentido que la acreditación podría reducirse a
un ejercicio normativo y procedimental. Es necesario mantener el espíritu de
evaluación de la calidad en lo sustantivo.
Falta de estímulos: es necesario fortalecer un sistema de estímulos a la
acreditación voluntaria que permita que dicha acreditación tenga consecuencias
prácticas, más allá del reconocimiento social.
Percepción de la acreditación como panacea: la acreditación no puede sustituir la
responsabilidad del estado y de las instituciones en la solución de los problemas
del sistema.
En conclusión, la esencia de la acreditación en Colombia se define en la
capacidad de las instituciones académicas de autorregularse, de participar
activamente en su proceso de mejoramiento, para garantizar la prestación de un
servicio de calidad. Se trata de un modelo que permite ejercer la autonomía con
rendición de cuentas, no de un modelo correccional e intervencionista. Los logros
de estos últimos ocho años son evidentes, sin embargo el Sistema deberá
enfrentar aún diversos riesgos y amenazas. La supervivencia de la acreditación
en Colombia dependerá de la participación protagónica de las propias
instituciones, a quienes se debe la legitimidad del sistema. Los gobiernos podrán
apoyar su desarrollo estableciendo políticas, estímulos y reglas de juego; pero el
futuro de la acreditación está en manos de la misma comunidad académica que la
ideó como mecanismo idóneo para el cabal cumplimiento.
La Acreditación es un testimonio que da el Estado sobre la calidad de un
programa o institución con base en un proceso previo de evaluación en el cual
intervienen la institución, las comunidades académicas y el Consejo Nacional de
Acreditación (CNA)
RESPECTO DEL ESTATUS ACTUAL EN PANAMÁ Y COLOMBIA.
A nivel de aseguramiento de la calidad, Panamá cuenta con la Ley 30 del 20 de
julio de 2006, que crea el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el
Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria y establece
como ente rector al Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria
de Panamá (CONEAUPA). El Sistema está constituido por seis organismos:
Ministerio de Educación.
Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria de Panamá -
CONEAUPA.
Comisión Técnica de Fiscalización – CTF. (Universidad de Panamá con el
resto de las universidades oficiales).
Universidades oficiales y particulares autorizadas por decreto ejecutivo.
Consejo de Rectores (órgano de consulta).
Consejo Nacional de Educación (órgano de consulta).
CONEAUPA es el órgano evaluador y acreditador, responsable de los procesos de
acreditación obligatoria de instituciones y programas de educación superior. La
Comisión Técnica de Fiscalización (CTF), realiza la fiscalización del
funcionamiento de las universidades particulares y aprueba planes y programas de
éstas. La acreditación voluntaria solo es válida para las universidades que tienen
un decreto provisional de funcionamiento, hasta que se les otorgue el definitivo. La
infraestructura de la Educación Superior alcanza un total de 50 IES, de las cuales
39 son no universitarias y 11 universitarias. De estas últimas, de orden privado y
una pública.
LOGROS EN EL PROCESOS DE ACREDITACIÓN EN PANAMÁ
Orientación y seguimiento, durante más de un año, a todas las
universidades legalmente establecidas en el país, para que realicen su
proceso de autoevaluación según la matriz de evaluación del CONEAUPA.
Se ha creado la figura de observadores nacionales. Personas de
reconocida trayectoria y solvencia moral para contextualizar a los pares
extranjeros, asegurar la transparencia de los procesos y retroalimentar al
CONEAUPA sobre oportunidades de mejoramiento de los mismos. Estos
pares fueron capacitados por CONEAUPA en una jornada de la cual resultó
un documento sobre sus funciones, principios éticos y acuerdo de
confidencialidad.
El CONEAUPA obtiene información directa de los procesos para
mejorarlos.
Los pares académicos evaluadores de Centroamérica y Colombia se
capacitaron presencialmente con el propósito de contar con la participación
directa de alrededor de 30 posibles pares por país y poder evaluar de
primera mano, algunas actitudes que difícilmente se observan en la
modalidad virtual y tele presencial. La capacitación incluyó un taller con
roles diferentes: pares académicos evaluadores, universidad evaluada y
observadores que evaluaban el desempeño de los otros dos roles.
Se ha mantenido el CONEAUPA y sus objetivos en la mente de la
ciudadanía mediante su participación constante en medios de comunicación
escritos, radiales y televisivos.
CONEAUPA ha obtenido el apoyo de la sociedad civil en el desarrollo de
sus procesos, los cuales ha estado informando en eventos académicos
dentro y fuera del país, promovidos por universidades, agencias de
acreditación, gremios, otros, a través de su Secretaria Ejecutiva y de los
miembros de la Comisión Técnica de Evaluación y Acreditación (CTEA).
También se ha estado participando en movimientos civiles para el
mejoramiento de la educación, ej. Unidos por la Educación, Fundación para
el Desarrollo Económico y Social de Panamá (FUDESPA), el Panamá que
Queremos; este último promovido por la Arquidiócesis de Panamá.
BIBLIOGRAFÍA
1. Ley 30 del 20 de julio de 2006 que Crea el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria. Panamá. 2006.
2. Ministerio de Educación, Dirección Nacional de Planeamiento Educativo, Departamento de Estadística. (2010),http://www.meduca.gob.pa/Estadistica_Educativa/2010/INDICADORES_2010_(PRELIMINAR).pdf
3. María José Lemeitre. Educación Superior informe 2012.organización de Estados Iberoamericanos. www.mineducación.gov.co. Fecha de consulta Abril 7 de 2013.
4. Juan Bosco Bernal. LA EDUCACION SUPERIOR EN PANAMA: SITUACION, PROBLEMAS Y DESAFIOS Theorethikos, año V, número 2, julio-diciembre Universidad Francisco Gavidia San Salvador, El Salvador. 2011
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