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Tribunal Departamental Ético de Enfermería de Cundinamarca,

Bogotá D.C., Boyacá, Meta, Casanare, Amazonas y área de Influencia

Vichada, Guainía, Vaupés y Guaviare

SEGUNDO ENCUENTRO

Universidad Nacional

de Colombia

CENTRO DE

PENSAMIENTO EN

DERECHO A LA SALUD

ELIZABETH MURRAIN KNUDSON

MAGISTRADA TDEERCO

C.B.B.M.C.A.V.G.V.G.

PANEL

“RESPONSABILIDAD MÉDICA

Y DE LOS EQUIPOS DE

SALUD: UNA MIRADA DESDE

ENFERMERÍA”

C.B.B.M.C.A.V.G.V.G.

RESPONSABILIDAD

DEL PROFESIONAL DE ENFERMERIA

LEY 266 DE 1996

SISTEMA OBLIGATORIO DE GARANTIA DE LA

CALIDAD

LEY 911 DE 2004

STANDARES:

Talento Humano: Inscripción Departamental y RUN.

Medicamentos, Dispositivos Médicos e Insumos: Administración de

medicamentos, transfusiones sanguíneas y alimentación parenteral

y enteral, uso de equipos ( incubadoras, bombas de infusión) etc.

Procesos Prioritarios: Guías, protocolos, manuales, consentimiento

informado, “dolor”, “piel”, “servicios humanizados”, etc…

Historia Clínica y Registros: Notas de enfermería, eventos

adversos, etc.

Interdependencia: Traslado de Pacientes.

Interdependencia de Servicios: Traslados de pacientes.

ACCIÓN – OMISIÓN = SANCIÓN

LEY 911 de 2004, Artículo 39: instituidos como autoridad paraconocer los procesos disciplinarios éticos de losProfesionales que ejercen en Colombia y sancionar las faltasdeontológicas.

ACUERDO 173-2012 TNEE, Artículo 15, literales a y b:

•Abrir investigaciones solicitadas por las personas naturales ojurídicas debido a faltas en el ejercicio de enfermería, o deoficio.

•Analizar las quejas más frecuentes en relación con elcumplimiento de las responsabilidades deontológicasProfesionales con el fin de elaborar doctrina y promoveracciones preventivas, pedagógicas que fortalezcan el ejercicioidóneo y ético profesional.

COMPETENCIA

INVESTIGATIVA Instruir y fallar quejas

PEDAGÓGICA Conversatorios pedagógicosDoctrina - Jurisprudencia

PREVENTIVA Eventos pedagógicos -talleres

FUNCIONES

Acuerdo 173-2012 TNEE, Artículo 15, literales e y f:

• Notificar a las Secretarias de Salud, Entidades formadorasde Personal de Enfermería, Asociaciones de Profesionalesde Enfermería las faltas de mayor ocurrencia en el ejerciciode la practica a fin de que se adopten medidas preventivas,pedagógicas o correctivas que aseguren la calidad de lamisma.

• Mantener coordinación e intercambio con lasorganizaciones locales y regionales de Enfermería con losTribunales regionales de éticas de otras profesiones deSalud y con Entidades o Instituciones afines a su misión.

OBJETIVO

RESPONSABILIDADES

PROFESIONALES EN LA PRÁCTICA:

CON EL SUJETO DE CUIDADO: PERSONA, FAMILIA,COMUNIDAD. (ART. 9 – 18)

CON LAS COLEGAS Y OTROS MIEMBROS DEL RECURSOHUMANO EN SALUD: ART. 19 – 22.

CON LAS INSTITUCIONES Y LA SOCIEDAD: ART. 23 – 28.

CON LA DOCENCIA Y LA INVESTIGACIÓN: ART. 29 – 34.

CON LOS REGISTROS DE ENFERMERÍA: ART. 35 – 38.

CONDICIONES ACTUALES DEL

EJERCICIO: (1)

Condición salarial (Carvallo, 2014) se

encuentra en el 50% de los profesionales

entre $500.000 a $1.499.999, ¿cómo

superviven las profesionales?, la

mayoría de estas colegas se encuentran

vinculadas en el área asistencial directa.

CONDICIONES ACTUALES

DEL EJERCICIO: (2)

El 25.7% de las enfermeras se encuentra

con rango salarial entre $1.500.000 -

$1.999.999 y solamente el 16.7% con un

salario igual o superior a $2.000.000, la

mayoría de las cuales se encuentran

vinculadas en el área o cargos

administrativos y/o docentes.

CONDICIONES ACTUALES DEL

EJERCICIO: (3)

El 73% de las enfermeras contratadas en

hospitales y clínicas se encuentran

contratadas bajo tercerízación, pues esto

abarata costos para las instituciones a

pesar de existir normatividad que impide

este tipo de vinculación laboral para el

personal misional (Cañón, 2011; Andrade,

2008; Velandia, 2011; Molina, 2009).

CONDICIONES ACTUALES

DEL EJERCICIO: (4)

Como consecuencia, las jornadas

laborales se encuentran entre 6 – 8

horas como turno reglamentario,

cuando en realidad las jornadas

laborales están siendo de 12, 18 - 24

horas como turnos habituales, (Mozo et

al, 2011; Molina, 2009; CTNE, 2010;

Gutiérrez, 2004, Solano).

CONDICIONES ACTUALES

DEL EJERCICIO: (5)

La “flexibilidad y tercerización”

promueve el ausentismo laboral, el

abandono frecuente de cargo ante

situaciones de enfermedad de las

enfermeras: Síndrome de Bournot /

Sobrecarga laboral, cansancio, crisis o

mejor oferta de trabajo en otro lado

(Mozo et al, 2011; Molina, 2009; CTNE,

2010; Gutiérrez, 2004, Solano).

CONDICIONES ACTUALES DEL

EJERCICIO: (6)

Teniendo en cuenta que el 73% del

personal de enfermería es cabeza de

hogar (Carvallo, 2014), el 45% tienen

entre 1 – 2 personas a cargo, 9% de 3 –

4 y el 1% más de cinco y, el 40% ni

siquiera tiene la posibilidad de tener

vivienda propia, menos posgraduación.

CONDICIONES ACTUALES DEL

EJERCICIO: (7)

Bajo esas condiciones salariales hay

gran necesidad de mantener dos y tres

vinculaciones laborales para sopesar

las condiciones mínimas de

supervivencia y condición humana.

Con esas condiciones sociolaborales

¿en que condiciones morales, físicas,

psicoemocionales y humanas se asume

el ejercicio profesional?.

CONDICIONES ACTUALES

DEL EJERCICIO: (8)

Aunado a todo ello, el escenario de los

hospitales y clínicas mantienen la mayor

parte del tiempo “por rentabilidad

financiera” que la inversión en

suministros, equipos y recurso

humano, sea precaria,

CONDICIONES ACTUALES

DEL EJERCICIO: (9)

Basta ver los reportes en medios de

comunicación tanto hablados como

escritos, el volumen creciente de quejas

y demandas, en donde se responsabiliza

de todo a la “jefe” y es ella la que debe

poner permanente la cara ante los

usuarios y familiares.

CONDICIONES ACTUALES DEL

EJERCICIO: (10)

Expropiadas del cuidado porque

Gerentes y Administrativos promueven

la contratación de auxiliares y les han

entregado el 74% del cuidado directo.

EVENTOS ADVERSOS IDENTIFICADOS

NOVIEMBRE 2004 – DICIEMBRE 2014

HUMANIZACIÓNEVENTO Nº %

MALTRATO VERBAL Y FÍSICO AL

PACIENTE74 14,22

OPORTUNIDAD EN LA ATENCIÓN 81 15,73

RELACIÓN CON LAS COLEGAS Y DEMAS

PERSONAS DEL EQUIPO DE SALUD37 6,25

OTROS:

INTEGRIDAD FÍSICA, RESPETO A LA

DIGNIDAD HUMANA, A LA INTIMIDAD,

PÉRDIDA DE ELEMENTOS PERSONALES.

154 31,46

TOTAL 346 67,66

Fuente: Estadísticas Oficina Jurídica TDEERCO

EVENTOS ADVERSOS IDENTIFICADOS

NOVIEMBRE 2004 – DICIEMBRE 2014

SEGURIDAD DEL PACIENTEEVENTO Nº %

ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS 64 12,06

CAIDA DE PACIENTES 42 7,32

INOBSERVANCIA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD 52 9,48

MAL PROCEDIMIENTO CON CATÉTERES:

CANALIZACIÓN VENA18 2,16

MAL PROCEDIMIENTO CON CATÉTERES:

PASO DE SONDA VESICAL14 1,29

TOTAL 190 32,31

REGISTROS DE ENFERMERÍA 498 93,57Fuente: Estadísticas Oficina Jurídica TDEERCO

ASPECTOS

DEMANDADOS:

Falta de atención oportuna y eficiente.

Actitud y desempeño inadecuados en el servicio.

Falta de conocimiento clínico que genera “descuido” en la atenciónque se brinda.

Falta de valoración y aplicación del conocimiento disciplinar, técnicasy tecnologías.

Falta de liderazgo, gestión, gerencia y administración del cuidado.

No interacción oportuna, eficiente y capacidad de trabajo en equipo.

Comunicación inefectiva verbal y no verbal.

INTEGRANTES DEL EQUIPO DE SALUD

RELACIONADOS CON EL MOTIVO DE QUEJA

NOVIEMBRE 2004 – DICIEMBRE 2014

RESPONSABLE Nº %

ENFERMERA 153 28,65

AUXILIAR DE ENFERMERÍA 171 32,02

MÉDICOS 28 5,24

ANESTESIÓLOGO 2 0,37

PERSONAL ADMINISTRATIVO 8 1,49

PORTERO 1 0,18

TERAPIA RESPIRATORIA 1 0,18

FISIOTERAPIA 1 0,18

NUTRICIÓN 1 0,18

EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO INCLUYENDO A LA

ENFERMERA 2 0,37

NO SE IDENTIFICA PROFESIONAL DE ENFERMERÍA 146 27,34

OTROS 20 3,74

TOTAL 534 100

Fuente: Estadísticas Oficina Jurídica TDEERCO

FALLOS SEGÙN LEY 911 DE 2004,

ARTÌCULO 39

NOVIEMBRE 2004 – DICIEMBRE 2014

DECISIÓN Nº %

RESOLUCIONES INHIBITORIAS 191 35,77

FALLOS SANCIONATORIOS 43 7,86

PRESCRIPCIONES 74 13,85

PRECLUSIONES 144 26,96

REMITIDAS POR COMPETENCIA

REGIONAL5 0,93

TOTAL 456 85,39

NOTA: EXPEDIENTES EN GESTIÓN 78 14,6

Fuente: Estadísticas Oficina Jurídica TDEERCO

CONOCER LOS FALLOS SEGÙN

LEY 911 DE 2004,

ARTÌCULO 39

RESPONSABILIDAD Y COMPROMISO

DE VER LAS SITUACIONES TANTO

FAVORABLES COMO

DESFAVORABLES FRENTE A LA

PRÁCTICA PROFESIONAL (ART. 39,

40, 42 - 52, LEY 911 DE 2004).

RAZÓN POR LA CUAL:

RECOMENDACIONES ADMINISTRATIVAS

SEGÙN FALLO

AÑO DEL

FALLO

SOLICITADA

S

CUMPLIDA

S

Nº NO

CUMPLIDA

S

2007 1 0 1

2008 3 2 1

2009 3 3 0

2010 7 5 2

2011 11 6 5

2012 31 25 6

2013 36 31 5

2014 69 56 13

TOTAL 161 128 33

% 100 79,5 20,49

Fuente: Estadísticas Oficina Jurídica TDEERCO

RECOMENDACIONES ADMINISTRATIVAS

POR PROCESO Y/O PROCEDIMIENTOS

2007 - 2014PROCESO Y/O PROCEDIMIENTO Nº %

REGISTROS DE ENFERMERÍA 27 16,77

HUMANIZACIÓN 21 13,04

COMUNICACIÓN ASERTIVA 16 9,93

VIGILANCIA POR ENTES DE CONTROL 13 8,07

MANEJO DE PACIENTES EN URGENCIAS 13 8,07

MANEJO DE PACIENTES EN CONSULTA EXTERNA 3 1,86

ADHERENCIA, ELABORACION Y/O MEJORA DE

PROTOCOLOS15 9,31

SEGURIDAD DE PACIENTES 19 11,8

DELEGACIÓN 13 8,07

MEJORAS PROCESOS ADMINISTRATIVOS DE

ENFERMERÍA: CONTRATACIÓN, CARGA LABORAL,

UBICACIÓN SEGÚN CUALIFICACIÓN ACAD./EXPER.;

ETC.

17 10,55

CONTROL A ESTUDIANTES 4 2,48

TOTAL 161 100

CONCLUSIONES

Es necesario reivindicar y fortalecer los actos de cuidado

de enfermería, ante todo el conocimiento y las

características definitorias del cuidado básico.

Artículo 3°. (Ley 911/2004) El acto de cuidado de

enfermería es el ser y esencia del ejercicio de la Profesión.

Se fundamenta en sus propias teorías y tecnologías y en

conocimientos actualizados de las ciencias biológicas,

sociales y humanísticas. Pero las personas saturadas o

fatigadas no pueden pensar y cuidar con humanismo,

calidad y excelencia. (Art. 1 – 3 Ley 266/96).

CONCLUSIONES (2)

Es necesario recordar nuestra razón de Ser

Disciplinar “el Acto de Cuidado de Enfermería”, el

cual se desarrolla en la atención directa del

Sujeto de Cuidado (persona, familia o

comunidades).

Alejadas de las funciones sustantivas como

Enfermeras y permitiendo que las Auxiliares

asuman este rol, podemos ver en el contexto

actual el impacto tan lesivo en la condición de

salud de nuestra sociedad.

CONCLUSIONES (3)

Los departamentos de enfermería y gestión humana deben abogar por profesionales idóneos y competentes.

Fortalecer la contratación de profesionales y auxiliares

egresados de instituciones de educación certificadas y acreditadas. ¿Saben que de las 689 escuelas y programas de enfermería que existen en Bogotá y Cundinamarca solamente 30 se encuentran debidamente certificadas ante las Secretarías de Salud local?.

Administrativa y Asistencialmente “…Reflexionar sobre

las situaciones cotidianas de la práctica y los problemas que inciden en las relaciones, el ejercicio profesional, la educación y en las organizaciones…”. (Art. 26 Ley 911/2004)

CONCLUSIONES (4)

Bajo estas condiciones de formación técnica y

tecnológica ¿cómo es posible que el 74% del

cuidado directo se encuentre en el equipo de

Auxiliares simplemente por rentabilidad

financiera?

Delegación, solo bajo los parámetros del

Artículo 8 y parágrafo de la Ley 911 de 2004 y el

Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad.

CONCLUSIONES (5)

Es necesario asumir individual y colectivamente la reivindicación de la eficiencia, eficacia, calidad, humanismo, idoneidad e identidad de la enfermería en Colombia.

Está en mora la realización de un trabajo intersectorial

sobre dos aspectos: carga laboral en enfermería, relación / proporción enfermeras pacientes por nivel de complejidad y características de servicios.

CONCLUSIONES (6)

En Enfermería el ¿PODER PARA QUÉ?, para

mejorar las condiciones del gremio, para brindar

calidad y humanismo tanto al sujeto de cuidado

como a las colegas, Direcciones de Enfermería

con conocimiento disciplinar, al igual que

Coordinadora, Supervisoras, Auditoras, Gestoras,

etc.

Ni Enfermeras ¡DOLORAN!, ni ignorantes DEL

ROL DISCIPLINAR con iniciativa.

CONCLUSIONES (7)

Es innegable que la presencia de Profesionales

en Enfermería mejora significativamente el

cuidado ofertado en los servicios, la calidad de

vida de la población en general (literatura, EBE,

investigaciones, publicaciones).

Es necesario mejorar las condiciones del gremio,

para brindar calidad y humanismo tanto al

sujeto de cuidado como a las colegas,

CONCLUSIONES (8)

Se exige, el cumplimiento honesto,

permanente y real de los indicadores de

habilitación y acreditación más allá del

tiempo, modo y lugar en que se realizan las

visitas de inspección, vigilancia y evaluación.

BIBLIOGRAFÍA

Decretos Reglamentarios Vigentes: Sistema Obligatorio deGarantía de la Calidad, de la Atención en Salud en Colombia.

Estadísticas del Tribunal, Oficina Jurídica, noviembre de 2001 adiciembre de 2014.

Informe a Gerentes de Hospitales y Clínicas, Oficina de TalentoHumano en Salud Ministerio de Salud, Secretaria Distrital deSalud, octubre 3 de 2013.

Ley 266 de 1996, “Por la cual se reglamenta la Profesión deEnfermería en Colombia y se dictan otras disposiciones”.

Ley 911 de 2004 “Estatuto Deontológico de Enfermería enColombia”.

TRIBUNAL DEPARTAMENTAL ÉTICO DE

ENFERMERÍA DE CBBMCAGVGVC.B.B.M.C.A.V.G.V.G.

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