seguros - agentes inmobiliarios de cataluña aegi
Post on 20-Jun-2015
53 Views
Preview:
TRANSCRIPT
Seguro Combinado para Agentes Inmobiliarios de
Cataluña pertenecientes a la Asociación Empresarial
de Gestión Inmobiliaria (Aegi)
Antecedentes
El Real Decreto 12/2010, de 2 de Febrero de 2010,
regula los requisitos para ejercer la actividad de agente
inmobiliario y crea el Registro de Agentes Inmobiliarios
de Cataluña
El Registro de Agentes Inmobiliarios de Cataluña es de
cumplimiento obligatorio y tiene como objetivo favorecer
la transparencia en el sector de la vivienda y garantizar
la protección de los usuarios en materia de vivienda.
Garantiza a la ciudadanía que el agente inmobiliario se
encuentra capacitado para dar un servicio eficiente y
de calidad, ya que certifica que tiene una formación
académica pertinente, experiencia en el ámbito en el
cual se desarrolla y solvencia económica.
Se tienen que inscribir todas las personas físicas o
jurídicas que se dedican, o quieran dedicarse, de
manera habitual y retribuida, a prestar servicios de
mediación, asesoramiento y gestión en transacciones
inmobiliarias en relación con operaciones de compra
venta, alquiler, permuta o cesión de bienes inmuebles.
El agente inmobiliario tiene que cumplir los siguientes
requisitos, entre los que se encuentra:
Póliza de seguros de responsabilidad civil, con
capital mínimo a asegurar por establecimiento
abierto al público en Cataluña de 100.000 € por
siniestro y 600.000 € por año, que garantice los
daños y perjuicios que puedan causar durante el
ejercicio de su actividad.
Seguro de caución de 60.000 € por establecimiento
abierto al público en Cataluña y año de cobertura.
La garantía estará en vigor todo el tiempo que
desarrollen su actividad mediadora parta responder
de las cantidades que reciban en el ejercicio de su
actividad, hasta que esas cantidades sean puestas
a disposición de las personas destinatarias
La Oferta de HCC Europe
HCC Europe ha diseñado un programa de seguros
combinado dirigido a los Agentes inmobiliarios de
Cataluña pertenecientes a AEGI, que ofrece la
oportunidad de cumplir con los dos requisitos
mencionados en el apartado anterior, simplificando y
facilitando de esta manera la contratación de estos
productos. El programa tiene las siguientes
características:
Se realiza la contratación del seguro de
Responsabilidad Civil como el de caución a través de
HCC Europe de manera conjunta.
La contratación de ambos seguros requerirá de un
análisis previo por parte de HCC Europe, para lo cual
deberá aportarse la documentación que se describe
en los formularios.
La gestión de cobro se realizará mediante
Domiciliación Bancaria.
Características del Seguro de
Caución
HCC Europe emitirá las fianzas individuales
exigidas por Real Decreto 12/2010, de 2 de Febrero
de 2010.
El objeto de esta fianza es responder de las
cantidades que reciban en el ejercicio de su
actividad, hasta que esas cantidades sean puestas
a disposición de las personas destinatarias
Las condiciones económicas para cada fianza de
Agente Inmobiliario emitida supondrán la aplicación
de una tasa anual renovable que será del 0,70%
sobre el capital asegurado de 60.000 €.
La póliza de caución tiene una duración de dos
años con una modalidad de cobro trimestral.
Características del Seguro de
R.C. Profesional El objeto asegurado será la Responsabilidad Civil
Profesional que pueda derivarse para el Asegurado, de
acuerdo con las leyes vigentes, por daños patrimoniales
causados involuntariamente a clientes o terceros por
hechos que derives de errores profesionales en que
pueda incurrir el Asegurado en el ejercicio libre de su
actividad profesional como Agente Inmobiliario, tal y
como dicha profesión venga regulada en los estatutos,
disposiciones y reglamentos vigentes.
Se entiende por daños patrimoniales, aquellos
menoscabos o perjuicios patrimoniales que sufran
clientes o terceros como consecuencia de los
mencionados errores profesionales y que no sean
reconducibles a un daño personal, material o
consecuencial de estos.
Garantías cubiertas:
R.C. Profesional
R.C. Explotación
R.C. Patronal
Inhabilitación Profesional
Daños a expedientes
Fianzas y Defensa civiles y penales
Liberación de Gastos
Compensación pro asistencia a juicio
Gastos de publicidad e imagen
Límite máximo de indemnización por anualidad : 1.000.000 €.
Límite máximo de indemnización por siniestro y establecimiento: 700.000 €.
Sublímite RC Patronal: 150.000 € por victima.
Sublímite inhabilitación: 1.800 € mensuales, máximo 12 meses.
Sublímite daños a expedientes: 150.000 €.
Sublímite Gastos de publicidad e imagen: 100.000 €.
Franquicia aplicables:
Fija de 300 € del importe del siniestro.
Daños a expedientes: 10% del siniestro con un mínimo
de 300 €.
Delimitación Temporal: Claims Made con una
cobertura retroactiva ilimitada
Ámbito Geográfico: Responsabilidades que se deriven
de los actos cubiertos por los contratos realizados en la
Unión Europea y Andorra conforme a la legislación y
buenas practicas del país donde haya acaecido el
siniestro.
Jurisdicción: Reclamaciones que se hayan ejercitado
directamente por el perjudicado ante Juzgados y
Tribunales españoles.
Inclusión de manera opcional, es decir, solo para aquellos asociados que así lo soliciten, la siguiente actividad de Técnico ayudante del proceso de certificación energética con un coste adicional en póliza de 10,61€ de prima total.
En caso de inclusión quedaría expresamente excluida la cobertura como técnico competente y la emisión del certificado de eficiencia energética.
Para aquellos asociados cuya facturación supere los 600.000€ se estudiara la inclusión de dicha actividad de manera individual.
Naturaleza del
Asegurado Número de Establecimientos Prima Total
Persona Física hasta 600.000 €
1 77,50 €
Persona Jurídica hasta 600.000 €
1 150,50 €
top related