respuesta de care frente a represa pakitzapango
Post on 24-Jun-2015
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CARE responde a declaraciones del Ministro de Energía y Minas
La Central Asháninka del Rio Ene (CARE) expresa su preocupación y alerta a la opinión pública y
medios de comunicación en general sobre las recientes declaraciones emitidas por el Ministerio de
Energía y Minas en dónde ratifica la necesidad de un Acuerdo Energético Perú-Brasil, aduciendo
“seguridad energética” y compensación “económica y socialmente, incluso con algunas ventajas” en
el caso del desplazamiento de diversas comunidades indígenas.
Las empresas brasileñas han priorizado proyectos en la Amazonía como Pakitzapango, Tambo 40 y
Tambo 60, éstas en la provincia de Satipo, Región Junín. Dichos proyectos se superponen sobre el
territorio indígena Asháninka de la cuenca del Rio Tambo y Ene, comunidades que conforman la
zona de amortiguamiento de la Reserva comunal asháninka y el parque Otishi.
La Presidente de la CARE, Ruth Buendía Mestoquiari señala que estos proyectos, además de afectar
el medio ambiente de la zona, ocasionarían el desplazamiento de miles de indígenas, comunidades
que durante la guerra, la época de violencia social, sufrieron des desplazamientos forzados.
“Nosotros los asháninkas seguimos aún con las heridas abiertas de ésa terrible época, ahora
estamos repoblando nuestros territorios y al escuchar sobre estos proyectos sentimos inseguridad y
nos preguntamos a dónde pretenden trasladarnos, ¿en qué otro lugar hay un río para pescar y
nuestras chacras en donde podamos vivir, cómo se puede compensar eso?”.
Recordemos además que el Acuerdo Energético ya ha tenido cuestionamientos, entre otros temas,
porque se postergaba la soberanía energética, ya que la vigencia del acuerdo se extendía hacia los
50 años. En el caso de la concesión temporal sobre el proyecto Tambo 40, la Central Asháninka del
Río Ene (CARE) y el SERNANP han requerido la Nulidad de la concesión, ya que el MINEM habría
otorgado dicha concesión (en noviembre del 2010) sin contar con la Opinión Técnica previa
vinculante que debió emitir el SERNANP, sobre todo si tenemos en cuenta que es una concesión
ubicada sobre áreas naturales protegidas. Por tal razón, la CARE se reunió la semana pasada con el
Director de Concesiones Eléctricas del MINEM, quien indicó que próximamente se estará
resolviendo este pedido.
Hace dos días el poder ejecutivo presentó un proyecto de Ley (00391/2011-PE) para la aprobación
del acuerdo energético, al respecto, esperamos que se realice la revisión y debate
necesario invitando la participación de la sociedad civil, ya que se están comprometiendo nuestros
recursos naturales y la soberanía energética.
Finalmente, la Central Asháninka del Río Ene recuerda que, además del Convenio 169 de la OIT con
la reciente Ley de Consulta aprobada, tenemos a nivel internacional la Sentencia de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, sobre el caso Saramaka, la cual establece que cuando
proyectos de desarrollo o inversión a gran escala pudieran afectar la integridad de las tierras y
recursos naturales de un pueblo indígena el estado tiene el deber no sólo de consultar sino también
de obtener su consentimiento libre, previo e informado, de acuerdo con sus costumbres y
tradiciones. Esta sentencia es vinculante a todos los países miembros de la CIDH, como es el Perú.
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