respetar los derechos de autor -...
Post on 29-Oct-2018
258 Views
Preview:
TRANSCRIPT
Respetar los Derechos de Autor
Recomendaciones para aprender a citar ideas de un autor en los trabajos
académicos Recopilado por German Chapeta
CONTENIDO Haga clic en el tema que prefiera
Propiedad Intelectual
Derechos de Autor
Normas y sanciones Consecuencias del
plagio
Copiar y Pegar Como Citar
Tipos de Citas
Bibliografía
Referenciar Fuentes
PROPIEDAD INTELECTUAL1
La Propiedad Intelectual es una disciplina normativa que protege la creaciones intelectuales provenientes de un esfuerzo, trabajo o destreza humanos, dignos de reconocimiento jurídico.
La Propiedad Intelectual comprende:
El derecho de autor y los derechos conexos; La propiedad industrial (que comprende la protección de los signos distintivos, de las nuevas creaciones, los circuitos integrados, los secretos industriales); y Las nuevas variedades vegetales.
En Colombia la Propiedad intelectual está protegida por la Ley 23 de 1982 y el Código Penal, por medio de la Dirección Nacional de Derechos de Autor.
1. DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHOS DE AUTOR. Preguntas [en línea]. (2013) [consultado el 2 de junio de 2013]. Disponible en http://www.derechodeautor.gov.co/web/guest/preguntas-frecuentes#1
DERECHOS DE AUTOR2
Es la protección que le otorga el Estado al creador de las obras literarias o artística
Los derechos morales son derechos personalísimos, a través de los cuales se busca salvaguardar el vínculo que se genera entre el autor y su obra, en tanto ésta constituye la expresión de su personalidad. En tal carácter, los derechos morales son inalienables, inembargables, intransferibles e irrenunciables.
Los derechos Patrimoniales son prerrogativas de naturaleza económico - patrimonial, con carácter exclusivo, que permiten a su titular controlar los distintos actos de explotación de que la obra puede ser objeto. Lo anterior implica que todo acto de explotación de la obra, amparado por un derecho patrimonial, deberá contar con la previa y expresa autorización del titular del derecho correspondiente, quien podrá señalar para tal efecto las condiciones onerosas o gratuitas que tenga a bien definir, en ejercicio de su autonomía privada.
2. DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHOS DE AUTOR. Preguntas [en línea]. (2013) [consultado el 2 de junio de 2013]. Disponible en http://www.derechodeautor.gov.co/web/guest/preguntas-frecuentes#1
DERECHOS MORALES Y PATRIMONIALES 3
A diferencia de los derechos morales, los derechos patrimoniales son en esencia transferibles y sometidos a un termino de duración de la protección que en Colombia, por regla general, es el de la vida del autor más ochenta años después de su muerte. Así mismo, los derechos patrimoniales pueden ser expropiados y están sujetos a licencias obligatorias y al régimen de las limitaciones o excepciones al derecho de autor consagradas por la Ley.
• Si bien los derechos morales son intransferibles, una persona natural o jurídica diferente al autor (titular originario) puede detentar la titularidad derivada de los derechos patrimoniales, a través de varias modalidades de transmisión: por un acto entre vivos, Contrato de cesión de derechos, obra por encargo, por ministerio de la ley, Obras creadas por servidores públicos. Por causa de muerte.
3. DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHOS DE AUTOR. Preguntas [en línea]. (2013) [consultado el 2 de junio de 2013]. Disponible en http://www.derechodeautor.gov.co/web/guest/preguntas-frecuentes#1
NORMAS Y SANCIONES
Artículo 61 de la Constitución Política de Colombia
Decisión Andina 351 de 1993
Código Civil, Artículo 671
Ley 23 de 1982
SANCIONES
Art. 244 Ley 23/82: Medidas cautelares: embargo y secuestro
preventivo
Art. 57 Decisión 351: pago de reparación adecuada en
compensación por perjuicios materiales
Art. 271 Código Penal: 4-8 años de prisión y multa de 26/1.000 SLMM
(reproducción/distribución una obra protegida por derecho de autor)
CONSECUENCIAS DEL PLAGIO
El plagio es el acto de copiar en forma parcial o total un contenido
intelectual o artístico, publicado en cualquier tipo de soporte por un
autor y hacerlo aparecer como propio.
Algunas personas utilizan estrategias como alterar el orden del
contenido, mezclar el contenido de varios textos para generar uno
nuevo, estas prácticas son consideradas como plagio.
El plagio tiene consecuencias judiciales, cognitivas y éticas. Por ello es
penalizado por la sociedad, las instituciones educativas y
reprobado por la tradición cultural. Quien hace plagio puede tener
sanciones económicas, privación de la libertad, expulsión de una
institución educativa, entre otras.
COPIAR Y PEGAR
4. REPUNLICA DE COLOMBIA. Ley 23 de 1982,Artículo 31 [online] Bogota:2013 [consultado el 3 de junio de 2013] Disponible en: http://www.derechodeautor.gov.co/documents/10181/182597/23.pdf/a97b8750-8451-4529-ab87-bb82160dd226
“Es permitido citar a un autor transcribiendo los pasajes necesarios,
siempre que éstos no sean tantos y seguidos que razonadamente
puedan considerarse como una reproducción simulada y
sustancial, que redunde en perjuicio del autor de la obra de donde
se toman. En cada cita deberá mencionarse el nombre del autor de
la obra citada y el título de dicha obra.”4
La Ley 23 de 1982 autoriza el procedimiento para hacer el registro de
las citas que se requieren para sustentar un trabajo en el escenario
académico.
Copiar y pegar o copy paste es una práctica ilegal que no se justifica
por la ignorancia de las Normas Icontec.
COMO CITAR
Redactar un escrito es como tejer una red o como pintar un paisaje,
porque hay que combinar diversos colores, formas y texturas para
que la obra sea reconocida. De igual modo, un escrito tiene la
presencia de varias voces, eso se llama intertextualidad. Para
entrelazar las ideas nuestras con las de los autores que citamos se
utilizan expresiones que sirven para anunciar y unir las ideas que
citamos.
Por ejemplo: según X autor, en palabras de …, como lo afirma X, lo
anterior es reafirmado por X cuando expresa que ….
En todo caso una cita dentro de un escrito se anuncia, se introduce y
luego se comenta, se explica o ejemplifica.
No se recomienda incluir las citas sin interconectarlas con el contenido
redactado por el estudiante.
TIPOS DE CITAS Ser consciente de qué tipo de cita está realizando para registrarla con las
formalidades que le corresponden.
Citas Textuales
Cita Breve
Cita
Extensa
Cita de cita
TIPOS DE CITAS .
5. INSTITUTO COLOMBIANO DE NORMAS TECNICAS Y CERTIFICACION. NTC 1487. Bogotá: ICONTEC, 2010.p.2
• Cita Breve5
Es una cita directa o textual, consiste en copiar las ideas del texto citado en el trabajo personal . La referencia bibliográfica se registra al pie de la página.
Su extensión es menor de 5 renglones , se escribe entre comillas dentro del texto, se numera consecutivamente , después de las comillas y antes del signo de puntuación.
TIPOS DE CITAS .
6. INSTITUTO COLOMBIANO DE NORMAS TECNICAS Y CERTIFICACION. NTC 1487. Bogotá: ICONTEC, 2010.p.3
• Cita Extensa 6
Es una cita directa o textual, consiste en copiar las ideas del texto citado en el trabajo personal . La referencia bibliográfica se registra al pie de la página.
Su extensión es mayor de 5 renglones, se escribe dos espacios después del contenido que la anuncia, centrada a cuatro espacios por cada lado, no se utilizan comillas, se numera en la última palabra de la cita.
Cuando se omite contenido, se indica con tres puntos suspensivos …
Si se hace alguna modificación, se representa entre paréntesis rectangulares []
TIPOS DE CITAS .
6. INSTITUTO COLOMBIANO DE NORMAS TECNICAS Y CERTIFICACION. NTC 1487. Bogotá: ICONTEC, 2010.p.3
• Cita de cita 6
Es una cita que puede ser breve o extensa. Su registro cumple con las condiciones formales ya estipuladas para cada caso.
Se introduce en el texto con una expresión similar a esta:
El autor A, citado por el autor B, afirma que …
El autor y libro que se referencia al pie de página es el que fue consultado por el estudiante .
TIPOS DE CITAS .
7. INSTITUTO COLOMBIANO DE NORMAS TECNICAS Y CERTIFICACION. NTC 1487. Bogotá: ICONTEC, 2010.p.3
Cita indirecta7
Se llama cita indirecta porque consiste en citar las ideas de un autor pero expresarlas con palabras propias del estudiante.
Es como parafrasear el texto.
Esta cita se escribe dentro del cuerpo del trabajo, sin comillas y el número se la cita se escribe después del apellido del autor y antes de citar la idea.
TIPOS DE CITAS .
7. INSTITUTO COLOMBIANO DE NORMAS TECNICAS Y CERTIFICACION. NTC 1487. Bogotá: ICONTEC, 2010.p.3
Ibid. Significa en el mismo lugar y se utiliza para no repetir los datos de una fuente que se cita dos o más veces en forma consecutiva. Se escribe Ibid., y el número de la página. Por ejemplo: Ibid., p.98. Op. Cit. Para citar en una misma fuente en forma no consecutiva . Significa en la obra citada. Se registra primero el APELLIDO del autor separado con una coma y luego Op. Cit., página de la cita. Ejemplo: ZULETA, Op. Cit., p.15
REFERENCIAR FUENTES
8. AutoresEditores. Estilos de referencias bibliográficas Normas Icontec. [online] Bogota:2011 [consultado el 3 de junio de 2013] Disponible en: http://www.autoreseditores.com/blog/2011/08/28/estilos-de-referencias-bibliograficas-normas-icontec/
Referencia bibliográfica para libros8
APELLIDO, Nombre. Título. Subtítulo. Número de la edición. Lugar de
publicación: nombre del editor, año de publicación. Número de los
volúmenes y tomos (si se trata de obras con más de un volumen, se
debe indicar el número del volumen sin mencionar la paginación).
Ejemplo: AYRES, Frank. Cálculo. Traducido por Yelka María García. 4
ed. Bogotá D.C.: McGraw-Hill, 2001. 596 p.
REFERENCIAR FUENTES
9. AutoresEditores. Estilos de referencias bibliográficas Normas Icontec. [online] Bogota:2011 [consultado el 3 de junio de 2013] Disponible en: http://www.autoreseditores.com/blog/2011/08/28/estilos-de-referencias-bibliograficas-normas-icontec/
Referencia bibliográfica para artículo de revista9
Autor(es) del artículo. Título del artículo. En: Título de la publicación
periódica. Fecha de publicación, mes y año. Número del volumen,
antecedido con la palabra vol, número de la entrega (en caso de que
no tenga se coloca la palabra no), paginación, número inicial y final.
Ejemplo: DUNN, Scott. Secretos de Windows. En: PC Word. Abril,
2002. vol. 6, no. 98, p. 56-64.
Ejemplo: CLIFFORD, Stepanie. La nueva ciencia de la contratación.
En: Gestión, Abril-mayo, 2007, vol. 10 no. 2, p. 80-85
REFERENCIAR FUENTES
10. AutoresEditores. Estilos de referencias bibliográficas Normas Icontec. [online] Bogota:2011 [consultado el 3 de junio de 2013] Disponible en: http://www.autoreseditores.com/blog/2011/08/28/estilos-de-referencias-bibliograficas-normas-icontec/
Referencia bibliográfica para Artículo de Periódico
APELLIDO (S), Nombre. Nombre del artículo. En: nombre del
periódico. Ciudad: (fecha de publicación), Pagina.
Ejemplo
CARVAJAL CRESPO. Tobías. Los años que se fueron. En: El
espectador. Bogota: (16 sept, 2003), P.2c.
REFERENCIAR FUENTES
Ejemplo
CARROLL, Lewis. Alice's Adventures in Wonderland [en línea]. Texinfo ed. 2.1. [Dortmund, Germany] : WindSpiel, noviembre 1994 [citado 10 febrero 1995]. Disponible en World Wide Web: http://www.germany.eu.net/books/carroll/ alice.html>.
Otras referencias
10. AutoresEditores. Estilos de referencias bibliográficas Normas Icontec. [online] Bogota:2011 [consultado el 3 de junio de 2013] Disponible en: http://www.autoreseditores.com/blog/2011/08/28/estilos-de-referencias-bibliograficas-normas-icontec/
Referencia bibliográfica para documentos digitales10
Responsabilidad principal (Obligatorio). Título (Obligatorio) .Tipo de soporte (Obligatorio).
Responsabilidad secundaria (Opcional). Edición (Obligatorio). Lugar de publicación
(Obligatorio). Editorial (Obligatorio), Fecha de edición (Obligatorio). Fecha de
actualización/revisión (Obligatorio). Fecha de la cita (Obligatorio para documentos en línea;
opcional para los demás). Serie (Opcional). Notas (Opcional) . Disponibilidad y acceso
(Obligatorio para documentos en línea; opcional para los demás) Número normalizado
(Obligatorio)
BIBLIOGRAFÍA
CENTRO COLOMBIANO DE DERECHOS DE AUTOR. Preguntas frecuentes. [online] Bogotá: 1990, [Consultado el 2 de junio de 2013]. Disponible en: http://www.cecolda.org.co/index.php/la-asociacion/publicaciones
DIRECCION NACIONAL DE DERECHOS DE AUTOR. Normatividad y jurisprudencia. [online] Bogotá: 2013, [Consultado el 3 de junio de 2013], Disponible en: http://www.derechodeautor.gov.co/web/guest/decision-andina
HERNANDEZ PINO, Ulises. El derecho de autor en la era digital. Red de Investigación Educativa - ieRed Universidad del Cauca [online]. Popayán: v2. 2012-05-28, [Consultado el 2 de junio de 2013]. Disponible en: http://www.iered.org/miembros/ulises/representacion-ideas/Derechos-Autor/index.html
GIRÓN CASTRO, Sonia Jannett. Anotaciones sobre el plagio. [online] Bogotá: 2008. [Consultado el 25 de mayo de 203] Disponible en: http://www.usergioarboleda.edu.co/libro%20plagio.pdf
top related