requisitos para la presentacion de planos electricos y simbologia a utilizar

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“REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE PLANOS Y SIMBOLOGIA A UTILIZAR”

Introducción

Las instituciones públicas que son las garantes de que el proceso de presentación de planos en la República de Panamá, específicamente en la Ciudad de Panamá, se dé con todos los controles y parámetros necesarios y exigidos por estas diversas entidades o ministerios.

Información de planos

Nombre del proyecto de urbanización. Este no debe repetirse en un mismo corregimiento.

Datos catastrales de la propiedad (número de finca, tomo/rollo, folio/documento y superficie).

Firma y sello del profesional idóneo (arquitecto(a) responsable del proyecto.

Nombre claro, firma y cédula del propietario o representante

legal.

Localización regional a escala 1:5000, que indique las vías principales y edificaciones públicas existentes en el área

Simbología

NORMAS LOCALES PARA CONSTRUCCIONES EN LA CIUDAD DE PANAMÁ

1. Localización regional del lote a escala 1:1,000, indicando el poste o transformador eléctrico más cercano al proyecto.

2. todas las cargas, luminarias, protecciones, cables, tuberías, etc.

Información básica por cumplir en la sección de electricidad (S.P.I.A.)

3. El plano del diseño de las instalaciones eléctricas debe incluir lo siguiente:

3.1. Cuadros de carga de los tableros eléctricos y los tableros de distribución.

3.2. Se presentará un diagrama de distribución del sistema eléctrico, indicando claramente todas las cargas servidas.

3.3. Resumen completo de la carga eléctrica, indicando la carga instalada, la carga de reserva, la carga total del sistema en KVA y AMPS y el tamaño de la acometida, indicando si es aérea o subterránea.

• 4. Memoria Técnica que cumpla con las normas, requerimientos y criterios vigentes.

• 5. Sello y firma de los planos por el profesional idóneo responsable.

• 6. La distribución eléctrica se hará sobre la planta o plantas del proyecto indicándola ubicación de luminarias, tomacorrientes, interruptores, tableros de carga y de distribución, medidores y de otros elementos especializados del sistema

• 7. En caso de edificaciones que no sean unifamiliares, se deberá coordinar previamente con el IRHE el punto de entrega de la acometida

8. Todo interruptor, tablero o elemento eléctrico expuesto a condiciones desfavorables (lluvia, polvo o gases explosivos, etc.),

9. En los planos de reformas y/o adiciones, se debe indicar claramente lo existente a mantener o eliminar, presentando una lectura de carga antes de la reforma

10. Las tuberías eléctricas alimentadoras de edificaciones residenciales multifamiliares o comerciales, deberán estar ubicadas en áreas de uso común.

11. Todos los edificios o estructuras que tengan una altura mayor de 30 m, los destinados a usos peligrosos o que estén situados en áreas de alta incidencia de rayos, deberán contar lo siguiente según sea el caso:

• 11.1 Sistema de pararrayos con su terminal, cable de bajada expuesto y sistema de aterrizaje.

• 11.2.Sistema de luces de prevención de aviones.

• 11.3. Un método aprobado para soportar las líneas en las tuberías verticales. Estos soportes se deben repetir cada 30 metros de altura.

• 13. Toda la tubería eléctrica no metálica, deberá llevar un alambre desnudo de continuidad, según la Tabla 250-95 del RIE.

• 14. Las cajillas y cajas de paso deben ser pintadas con anticorrosivo Las tuberías metálicas que van directamente enterradas serán pintadas con pintura asfáltica (BITUMINOSA)

• 15. Los edificios para hospitales y clínicas que cuenten con quirófanos, deben contar con una planta eléctrica para dar servicio a las luminarias y equipos de los quirófanos y áreas críticas, luminarias de pasillos y escaleras, elevadores y cualquier otro equipo eléctrico que sea esencial a juicio del diseñador

• 16. En unidades de aire acondicionado pequeñas de sistemas separados (mini Split), se deberá suministrar el medio de desconexión al lado de la unidad condensa-dora

• AUTORIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS (A.S.E.P.)

El Reglamento para las Instalaciones Eléctricas (RIE) es un esfuerzo de la Sociedad Panameña de Ingenieros y Arquitectos, para establecer una regulación en los diseños e instalaciones eléctricas en el territorio nacional, con el fin de proteger la vida y bienes de todos los usuarios.

El RIE es de obligatorio cumplimiento en la República de Panamá, y está compuesto por un Documento Base, que es la Norma NFPA 70 (National Fire Protection Association) Edición en Español y un Anexo, conformado por las Resoluciones de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura (JTIA) que modifican o se anexan al Documento Base, el cual lo constituye la Norma NFPA 70 NEC 99 (National Electric Code), Edición en Español, que fue adoptado mediante la Resolución JTIA No. 537 de 24 de Julio de 2002, cuyo contenido general es el siguiente:

ARTICULO90 - INTRODUCCIÓN

ARTICULO100 - DEFINICIONES

ARTICULO110 - GENERALIDADES

ARTICULO200 - USOS E IDENTIFICACIÓN DE LOS CONDUCTORES PUESTOS A TIERRA

ARTICULO210 - CIRCUITOS RAMALES

ARTICULO215 - ALIMENTADORES

ARTICULO220 - CÁLCULO DE CIRCUITOS RAMALES Y ALIMENTADORES

ARTICULO230 - SERVICIOS

ARTICULO240 - PROTECCIÓN DE SOBRECORRIENTE

ARTICULO250 - PUESTA A TIERRA

ARTICULO280 - PARARRAYOS

• BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ

Los planos están compuestos por: Plantas Arquitectónicas Secciones Elevaciones Detalles Estructura Plomería Electricidad Y otros según requerimiento

Descripción del Servicio

La solicitud para la aprobación de planos es aplicado en la Dirección Nacional de Seguridad, Prevención e Investigación de Incendios y el Departamento de Ventanilla Única que implementa el Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, el mismo constituye un servicio Este servicio tiene como propósito la revisión y aprobación de planos que son presentados en la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales del Municipio de Panamá, que cumplen con los requisitos técnicos contemplados en el Reglamento de Aprobación de Planos.

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