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RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL. RIMA
PROYECTO:
“INSTALACIÓN DE PLANTA DE EXTRACCIÓN DE ACEITE Y EXPELLER DE SOJA, CANOLA Y OTROS
RUBROS”
PROPONENTE: COPRONAR LTDA.
REPRESENTANTE LEGAL: DARCI BORTOLOSO
-2017-
Relatorio de Impacto Ambiental (RIMA) ”COPRONAR LTDA. INSTALACION DE PLANTA DE EXTRACCIÓN DE ACEITE Y EXPELLER DE SOJA, CANOLA Y
OTROS RUBROS”
María Raquel Cáceres. Consultor Ambiental 2
Contenido
I. INTRODUCCIÓN .......................................................................................................................... 3
II. OBJETIVOS ................................................................................................................................. 4
III. IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO .............................................................................................. 4
4. ACCESO Y UBICACIÓN ................................................................................................................ 5
5. PROYECTOS ASOCIADOS ........................................................................................................... 6
6. TIPO DE ACTIVIDAD ................................................................................................................... 6
7. INVERSIÓN TOTAL ..................................................................................................................... 6
8. TECNOLOGÍA Y PROCESOS QUE SE APLICAN. ............................................................................ 6
IV. ÁREA DE ESTUDIO .................................................................................................................. 15
V. ALCANCE DE LA OBRA ............................................................................................................. 15
X. PLAN DE MONITOREO ............................................................................................................. 22
1. PROGRAMA DE SEGUIMIENTO DE MONITOREO .................................................................... 22
2. POGRAMA DE SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS PROPUESTAS ............................................... 22
3. MONITOREO DE DESECHOS SÓLIDOS ..................................................................................... 22
4. MONITOREO DE EFLUENTES LÍQUIDOS ................................................................................... 23
5. MONITOREO DE SEÑALIZACIÓN .............................................................................................. 23
6. MONITOREO DE SISTEMAS DE SEGURIDAD ............................................................................ 23
XI. CONSIDERACIONES LEGISLATIVAS Y NORMATIVAS ............................................................... 24
7. ALTERNATIVAS TÉCNICAS DELPROYECTO ............................................................................... 30
8. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES .................................................................................. 31
XII. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS ............................................................................................. 32
XIII. EQUIPO TECNICO .................................................................................................................. 32
Relatorio de Impacto Ambiental (RIMA) ”COPRONAR LTDA. INSTALACION DE PLANTA DE EXTRACCIÓN DE ACEITE Y EXPELLER DE SOJA, CANOLA Y
OTROS RUBROS”
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RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL
(RIMA)
I. INTRODUCCIÓN
La COOPERATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA LIMITADA
(COPRONAR) se constituye con el propósito de satisfacer las necesidades de
los productores en cuanto a en las actividades agropecuarias. La misma fue
fundada el 1º de febrero de 1992, por 65 agricultores que buscaron desarrollar
una agricultura auto-sostenible, producir nuevas técnicas, implantar nuevos
cultivos, comercializar sus productos y adquirir sus insumos en condiciones
ventajosas, y así, mantenerse al margen de la especulación comercial y
financiera.
Actualmente cuenta con 253 socios en total, de los cuales 69 son de la
sucursal La Fortuna y el restante de la Central 184 socios. El número de socios
productores activos llega a 230 hasta la fecha.
De ahí nace la idea de este proyecto que se denomina: Planta de Extracción
de Aceite y Expeler de Soja, Canola y Otros Rubros, basadas en tres
conceptos básicos y fundamentales; Necesidad de diversificar la producción,
Necesidad de generar mayor valor agregado a los granos (Canola, Girasol,
Soja y otros rubros) y la Necesidad de tener una ocupación para la mano de
obra familiar.
Las actividades descritas en este estudio, pretenden utilizar como
procedimiento la creación de las condiciones mínimas necesarias para hacer
compatibles los procesos de crecimiento económico y la protección del medio
ambiente, teniendo como objetivo el uso razonable de los recursos naturales.
Para compatibilizar las actividades, se presenta el Estudio de Impacto
Ambiental Preliminar (EIAp), cuyo proponente es la COOPERATIVA
COPRONAR LTDA., quien gerencia las actividades del complejo agroindustrial,
presentando un diagnóstico ambiental para de esta manera se pueda identificar
los posibles impactos generados por dichas actividades y sugerir o realizar
prácticas y/o actividades que minimicen los mismos, a través de las exigencias
de la Ley Nº: 294/93 de Evaluación de Impacto ambiental y los Decretos
Reglamentarios N°: 453/2013 y 954/13.
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II. OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
El objetivo del Proyecto denominado “Planta de Extracción de Aceite y Expeller
de soja, canola y otros rubros”, es obtener la licencia ambiental
correspondiente según la Ley N° 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental y
el Decreto Reglamentario N° 453/2013.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
o Determinar los recursos naturales que se ven afectados y de acuerdo a ello
formular las recomendaciones para mitigar los posibles impactos.
o Describir las condiciones que hacen referencia a los aspectos operativos
del proyecto.
o Analizar la influencia del marco legal ambiental vigente con relación al
proyecto.
o Proponer un plan de monitoreo para el control de las medidas mitigatorias
propuestas.
III. IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO 1. NOMBRE DEL PROYECTO
Identificación: “Instalación de Planta de Extracción de Aceite y Expeller de Soja, Canola y Otros Rubros”
Clase de Proyecto: PROYECTO A EJECUTARSE
2. NOMBRE DEL PROPIETARIO
- Proponente: COPRONAR LTDA.
- RUC: 80006620 – 0
- Dirección: Naranjal, Alto Paraná, Paraguay
- Representantes Legales:
- Darci Bortoloso - C.I.N°: 2.454.777
- Carlos Marcarini - C.I.N°: 2.530.940 - Valdimir Bianchessi - C.I.N°: 2.555.347
- Teléfono: (0676) 320210 / 320254 / 320135
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3. DATOS DEL INMUEBLE
- Lugar: Naranjal
- Distrito: Naranjal
- Departamento: Alto Paraná
Cuadro N° 1. Datos del Inmueble
4. ACCESO Y UBICACIÓN La propiedad objeto del estudio del proyecto se encuentra ubicada en el lugar
denominado Naranjal, del Distrito de Naranjal, Departamento de Alto Paraná,
Paraguay.
La ubicación según Coordenadas UTM es la siguiente, X: 678302; Y: 7125591
Se anexa croquis de ubicación del Lugar donde se va estar ejecutando el
proyecto.
Figura N° 2. Croquis de ubicación y acceso.
Finca N° Padrón N° Superficie
598 5.549 05 has 9.999 m2 6.822 cm2
TOTAL 05 has 9.999 m2 6.822 cm2
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5. PROYECTOS ASOCIADOS Los proyectos asociados son la extracción de aceite y expeller de las
oleaginosas (soja, canola, otros).
6. TIPO DE ACTIVIDAD Agroindustrial: Planta extractora de aceite y expeller de soja, canola y otras
oleaginosas.
7. INVERSIÓN TOTAL Las inversiones están calculadas sobre la base de las máquinas y equipos que
serán importadas desde el Brasil, así como, la construcción del depósito, el
terreno y los demás accesorios necesarios para poner en marcha la
producción, el cual consiste en el valor correspondiente aproximadamente a
U$$ 2.384.4198, 87.
8. TECNOLOGÍA Y PROCESOS QUE SE APLICAN.
Factores a considerar al definir la localización de la planta.
Especificaciones técnicas de la planta a ser instalada
Al momento de evaluar en que sitio es más conveniente la instalación de una
planta se debe tener en consideración numerosos factores junto con la
disponibilidad en abundancia de los recursos primarios que son la Canola -
Soja y Otros Granos.
Factores como la provisión de agua, la energía, gas y electricidad; la distancia
y el sistema de transporte existente que le comuniquen con los mercados
demandantes, la existencia de una fuerza de trabajo calificada y la cercanía de
una comunidad que le pueda dar soporte a la planta y a su personal, servicios
técnicos profesionales que son puntos importantes para el buen funcionamiento
de la planta de producción a ser instalada.
La localización de la planta debe considerar los siguientes factores que se
detallan a continuación.
A- La Existencia de Recursos Primarios: En este caso particular se
determina a través de series históricas y datos estadísticos de los
últimos 10 años que estipulan la disponibilidad de Canola – Soja y
otros granos en la zona para la utilización en el proyecto que se
disponen en el área de influencia del proyecto.
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B- Consumo de Agua: El consumo de agua que requerirá la planta estará
en función al método de obtención del Aceite, así como el tipo de
tecnología aplicada en el proceso. Se prevé la construcción de un
pozo tubular profundo para abastecer y asegurar las necesidades
de agua del proyecto a ser ejecutado.
C- Capacidad de Producción de Aceite de Canola a ser Instalada:
La industria tendrá capacidad para procesar 20.000 toneladas de
granos/día con la diferencia de que no utilizará químicos en su proceso de
elaboración. D- Capacidad de Trabajo a ser Instalada: La planta a ser instalada tendrá
capacidad de operar los 365 días del año, toda vez que cuente con las
materias primas disponibles.
E- Materia para Producción de Aceite: Canola – Soja y Otros Granos.
Flujograma Nº 1 del proceso de extracción de Aceite de los Granos Oleaginosos
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Proceso de Recepción, Almacenamiento del Grano y Extracción de
Aceite
Etapas del Proyecto:
Recepción, pesado, almacenamiento y conservación de granos.
Partimos de una oleoginosa que trae el productor del campo o viene de otro
centro de acopio, como la soja, la canela o el girasol e inicia el siguiente
camino:
a) Al llegar a la planta, se pesa, para saber cuántos kilos está entrando,
b) Se toma una muestra y se realiza un análisis para detectar las impurezas que tiene, el peso hectolítrico que posee y la humedad, y se realizan los cálculos de descuentos correspondientes,
c) Se transporta a una fosa o moega donde se efectúa la descarga,
d) Se procesa (este proceso consiste en prelimpiado, ventilado, zarandeado o mesa densimétrica , depiedrado con imanes), luego si es necesario,
e) Finalmente, se almacena adecuadamente en silos verticales u horizontales dotados con ventilación forzada y sensores de temperatura para mantener la humedad y la temperatura del grano siempre uniforme y estable.
Limpieza y Clasificación
La limpieza y clasificación de la semilla es importante porque, si el cuerpo
extraño posee aceites puede hacer variar los índices característicos del aceite
que se va obtener. Esta tarea se realiza utilizando cernideros (zarandas
especiales)
Descascarado:
Esta operación debe realizarse cuando la cáscara impide la extracción de
aceite, o bien cuando por no poseer materia grasa absorbe en el proceso de
extracción, disminuyendo el rendimiento y la calidad del subproducto. Ej.
Girasol, maní, algodón, entre otros. Se realiza con una descascaradora y luego
por medio de una zaranda se separa las cáscaras de las pepas.
Desecación y Molienda:
El secado se hace usando secadores verticales u horizontales, con la finalidad
de que la humedad no supere ciertos límites, sobre los cuales influiría en el
proceso de extracción. En la molienda se desgarran las células para dejar en
libertad el aceite contenido en ellas.
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Extracción del Aceite:
La extracción puede realizarse por diferentes métodos:
Por presión
Una vez que las semillas han sido molidas, se las somete al prensado. Las
prensas pueden ser hidráulicas o discontinuas y continuas.
En la actualidad la extracción por presión se lleva a cabo casi exclusivamente
por presas continuas, por la economía de sus instalaciones, pero no realiza una
profunda extracción de las materias grasas contenidas en sus semillas.
En recipientes calentadores de doble fondo se calienta la harina (semillas
molidas) a temperaturas que oscilan entre los 90ºC y 95ºC, dependiendo del
material con que se lo trabaje. El calentamiento busca eliminar el exceso de
humedad de la harina, con lo cual aumenta el rendimiento al lograrse mayores
presiones y facilitarse la fluidez del material trabajado.
Luego el material pasa a una cuba de acero, que posee en su interior un tornillo
sinfín, en el cual el número de espiras y el diámetro aumentan de un extremo al
otro, viéndose el material obligado a pasar por espacios cada vez más
reducidos, aumentando de esa manera la compresión se logra extraer el aceite.
El aceite obtenido se vierte en tanques de sedimentación, quedando como
subproducto el espeller, el cual generalmente se somete a una segunda
presión. El expeller final posee entre 6-7 % de aceite.
Posteriormente por un proceso de filtración, se elimina del aceite, todo lo que
no sea materia grasa, (resto de expeller, harina de molienda, materias
mucilaginosas). Se obtiene de esta manera el aceite crudo, el cual se almacena
en tanque o depósitos de hierro.
Los aceites industriales pueden usarse luego de esta operación, los aceites
comestibles deben ser sometidos a una posterior refinación.
En la prensa, se aplica energía y se exprime con acción mecánica, con fricción,
desgaste, genera calor y va sacando el aceite de una partícula va deslizando
contra superficies metálicas, con una presión importante. Cuanto más aceite se
quiere sacar más presión se debe realizar.
Todo es sistema está cerrado en una criba (cedazo o zaranda) en un extremo
hay una pieza que gira despacio por donde sale la torta.
La presión que se obtiene es regulada entre el espacio libre y la potencia del
motor.
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Imagen N° 2. Prensa común de extracción de aceite y expeller
Por Solvente
Este sistema se caracteriza por su gran rendimiento, poco empleo de mano de
obra y fuerza motriz. Permitiendo la recuperación del solvente utilizado.
Para el eficaz cumplimiento de los fenómenos de ósmosis, difusión y
extracción, la materia prima debe recibir una adecuada preparación. Esta
consiste en el laminado de la misma, donde el material, sin sufrir extracción ni
molienda, toma forma de láminas delgadas que favorecen la difusión.
La semilla laminada circula por una cinta transportadora, donde queda
sometida a un rociado intenso del disolvente. La solución obtenida de aceite-
solvente denominada “micela” es enviada a destilación para separar el aceite
del solvente. A su vez la materia prima agotada se seca y tuesta para recuperar
el resto del solvente.
El disolvente usado es un hexano, siendo este el más inofensivo para la salud y
el que produce aceites más puros.
El subproducto de esta extracción es la harina, con no más de 1-2 % de aceite.
Por prensado de las harinas se obtienen los pellets.
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Imagen N° 3. Extractor tipo Crown para la extracción de aceites vegetales de semillas
oleaginosas por solventes
Sistema Combinado
Se hace una primera extracción utilizando el método por presión continua y
luego una segunda extracción con solvente.
Refinación:
La finalidad de la misma es la eliminación de impurezas, tales como ácidos
grasos libres, sustancias proteicas, resinas, algunas aminas estables,
carbohidratos y fosfátidos. Las operaciones son:
Neutralizado: para reducir el ácido graso de acidez de los aceites.
Decoloración o blanqueado: para la obtención de un aceite claro,
límpido y brillante.
Desodorización: se eliminan del aceite las sustancias que tienen
olores y sabores desagradables.
Desmargarizaión: es la eliminación de ciertos lípidos que
precipitan a temperatura ambiente, enturbiando el aceite.
El aceite de oliva generalmente no se lo somete a este proceso siendo
consumido como aceite crudo.
Envasado:
Previo envasado se lo estaciona en tanques especiales (de acero inoxidable),
para luego realizar las mezclas o bien dejarlo puro.
Aceite Residual:
Según el método de extracción empleado nos quedará como residuo:
Torta, residuo de una extracción por solvente.
Expeller, residuo de extracción por prensado.
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En cualquiera de los 2 queda algo de aceite además de aquello que no es
aceite, proteína, hidrato de carbono.
El objetivo económico es tratar de sacar la mayor cantidad de aceite posible,
pero la extracción absoluta no se puede lograr. Es por eso que normalmente la
industria aceitera en el mundo apuntaba a un límite de aceite residual en torta
del 1%.
El aceite que queda en la torta se aprovecha ya que es una fuente de proteínas
e hidratos de carbono por ejemplo para la alimentación animal.
Si se trata de residuo de soja se aplica un tratamiento, aislados proteicos y se
utiliza para alimentación humana.
La venta de la torta deja un buen margen, normalmente se paga por el PRO-
FAT (proteína – grasa) para lo cual se analiza el contenido en proteína y en
grasa y la suma de ambos en los mercados de exportación normalmente debe
ser 44% si se tiene menos baja el precio del PRO – FAT.
Proceso y equipos a ser utilizado en la planta de COPRONAR
El prensado que será implementado, se basa en la tecnología del
EXTRUSADO y PRENSADO, sin solventes, ni cocinadores, ni laminadores. Ya
que se cree que éste es el sistema que permite las mejores condiciones de
proceso y extracción. Por otra parte ayudando a que los sub productos del
mismo, sean de la mejor calidad. Manteniendo o mejorando todas las
cualidades nutricionales de los alimentos.
Descripción de la infraestructura requerida por el proyecto.
El terreno
El proyecto estará ubicado en un terreno con una dimensión de 250m x 200m,
siendo equivalente a 50.000 m² (5 hectáreas). Para este proyecto no será
necesario todo este predio, más los inversores consideran que futuramente
podrían instalarse otros tipos de industrias y para lo cual prefieren reservar
suficiente área y tener disponible.
Construcciones
El proyecto prevé la construcción de un depósito de 15 metros de ancho por 75
metros de largo, esto equivale a 1125 m². La altura máxima del techo será de
8.30 metros, quedando un espacio libre de 7 metros.
En este depósito se instalarán las máquinas y los equipos para la extracción
del aceite de los granos, así también y en la misma construcción, se prevé una
parte o celda, como depósito para el almacenamiento previo de los granos a
ser industrializados y otra parte o celda para el depósito del expeller como sub
producto final de la extracción.
El espacio que ocupará el depósito de granos será de 10m x 30m: 300m² x 4m
de altura; esto equivale a 1200 m³. Con esto se podrá almacenar un volumen
aproximado de 1020 Ton. que será suficiente para el procesamiento de 18 días
de la planta.
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De la misma forma se establece otro depósito de granos o celda dentro de la
construcción con las mismas dimensiones anteriores (1200m³) para el
almacenamiento del expeller. Esto podrá almacenar aproximadamente 1020
Ton. de expeller, capacidad para 18 días de procesamiento continuo.
La planta procesadora ocupará un espacio de 15m x 15m, igual a 225 m², en el
cual se realizará el trabajo de extracción de aceite y del expeller de los granos.
Instalación de Energía Eléctrica
El consumo de esta planta será de aproximadamente 380 KW/h o su
equivalente a 273.600 kw por hora, en su pleno funcionamiento. De ahí, se
requerirá de la instalación de una red de Media Tensión y la colocación de un
transformador con el mínimo de 600KVA de potencia.
9.2. Recursos Humanos
En cuanto a Recursos Humanos para las actividades de la Planta de Extracción
de Aceite la misma contará con un equipo de profesionales que se encargará
de todo el proceso, desde la administración, producción y comercialización.
Esta planta no requiere un número muy elevado de operadores, con una
cantidad de 10 a 15 funcionarios permanentes se podrá realizar todas las
actividades necesarias. Se prevé trabajar en 2 o 3 turnos diarios para el
aprovechamiento de la capacidad de las máquinas y de la planta.
9.3 Servicios
Suministro de energía: ANDE. Transformador Propio.
Suministro de Agua: Pozo Artesiano.
Telefonía Celular Internet
9.4 Medidas de Seguridad a ser implementadas por la planta:
Medidas de Seguridad:
- Se estipula en este proyecto la instalación de una red de prevención de
incendios, y la implementación de bocas hidrantes para la utilización ante
cualquier conato de incendio.
-Utilización de equipos de comprobada calidad, con características específicas
para soportar el desarrollo de actividades en la planta de extracción de aceite.
-Se cuenta con extintores Tipo ABC para materiales sólidos, líquidos, eléctricos
y Espuma Mecánica, para líquidos inflamables, ubicados estratégicamente para
los casos que fueren necesarios.
-Se prevé la utilización de Equipos de Protección Individual (EPI) al personal
encargado como ser máscaras, cascos, botas u otros tipos de equipos de
protección individual, conforme al tipo de actividad a ser desempeñadas.
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-Estarán exhibidos varios carteles indicadores: accesos restringidos, y otros de
acuerdo a la actividad en cuestión y de indicación de la utilización obligatoria de
equipos de protección individual.
-Se prevé la realización de mantenimiento preventivos semestrales de todos los
equipos e instalaciones de la planta a fin de evitar cualquier tipo de accidentes /
incidentes que pueden representar días perdidos de producción.
- Realización de Charlas de Seguridad Industrial a los operarios de la planta
sobre temas diversos y problemas frecuentes que atañen al funcionamiento
correcto de la industria.
9.5 Desechos sólidos:
Durante la operación se generan restos de papeles, cartones, plásticos,
papeles sanitarios, orgánicos, otros; los mismos son provenientes de las
instalaciones planta de acopio de cereales y oficina central, que son
recolectados por los encargado de los sectores, y depositados en contenedores
para su posterior recolección y disposición final.
En el caso de las impurezas o restos de granos provenientes de los lugares de
almacenamiento estas serán almacenadas en bolsas para su posterior
comercialización o reutilización como balanceados.
9.6 Desechos líquidos:
Los residuos líquidos provenientes del uso de los sanitarios, poseen su pozo ciego, con su respectiva cámara séptica.
Los efluentes líquidos son tratados por medio de procesos de decantación
liberándolos libre de contaminantes al ciclo de la naturaleza.
9.7 Emisiones a la atmósfera:
Para la mitigación de polvos y emisiones particulados se prevé la instalación de
extractores de aire, cortinas rompe viento y caminos interno empedrado
debidamente señalizados para el transito ordenado.
9.8 Generación de ruidos:
El ruido generado por la actividad es por los vehículos que acuden al lugar, y
por la operación de maquinarias y equipos. Los trabajos se realizan los días
hábiles de la semana y en un horario normal de trabajo según los estipula la
ley.
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IV. ÁREA DE ESTUDIO
1. Ubicación geográfica
Basados en la verificación in situ y los documentos proporcionados por el
proponente del presente proyecto, como título de la propiedad, carta
topográfica, imagen satelital y plano de la propiedad, se pudo corroborar que la
propiedad objeto de este proyecto se halla ubicado en el Distrito de Naranjal,
Departamento de Alto Paraná.
La Georreferenciación del proyecto está dado en Proyección UTM (Universal
Transversa de Mercator) y fue efectuada con un GPS Garmin Etrex Vista.
1.1. Área de Influencia Directa - Indirecta
Área de Influencia Directa (AID): La superficie del terreno afectada por las instalaciones del proyecto, y delimitada por los límites de la propiedad, la cual recibe de forma directa los impactos generados por las actividades desarrolladas en el sitio.
Área de Influencia Indirecta (AII): Se considera la zona circundante a la propiedad en un radio de 500 metros exteriores a los linderos de la finca, que pueden recibir impactos de forma indirecta, productos de las acciones del proyecto. En dicho radio (500m) se encuentran ubicados inmuebles dedicados a la actividad agrícola.
V. ALCANCE DE LA OBRA a. Componente físico
a.1) Topografía:
El Distrito de Naranjal está constituido por una combinación de valles estrechos
por los que recorren los afluentes del río Paraná y por tierras altas y onduladas
con elevaciones que llegan a los 300 msnm
Precisamente, en las cercanías del Paraná, el terreno presenta ondulaciones
más importantes, llegando incluso a declives montañosos (del orden de los 45
a 70 %) formando un gran cañón por donde corre el río que sirve de frontera
con el Brasil y la Argentina.
En algunas zonas, los valles de los arroyos que alimentan al Paraná y que en
sus nacientes y primeros tramos son bastante estrechos se van ensanchando
hasta formar no muy grandes planicies de inundación (100 a 200 metros) y sin
pendiente, con declives que no sobrepasan el 3 %.
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a.2) Hidrografía:
El Río Paraná es el principal cauce hídrico y sirve de límite con el Brasil y la
Argentina. Los afluentes del mismo son los ríos Acaray (nace en la cordillera de
Caaguazú y recibe a su vez las aguas de del Itaquyry del Yguazú .Tiene unos
160 kilómetros de largo y en su recorrido se encuentra la represa homónima),
Monday (nace en los montes de Caaguazú y recorre unos 170 kilómetros),
Ñacunday, Itambey (posee saltos de hasta 20 metros de altura), Limoy (con
saltos de hasta 45 metros),
La irrigación del territorio es óptima y el drenaje de las aguas con dirección al
curso principal de agua permite favorecer el desarrollo de una agricultura
próspera.
a.3) Clima:
La temperatura media anual registrada fue de 23º C en el año 2.002, con
medias máximas de 29º C y mínima de 19º C. La temperatura mínima media
diaria se registra generalmente en el mes de julio y la temperatura máxima
media diaria durante el mes de enero.
La precipitación total en el 2.002 llegó a 1.990 mm, una de las mayores a nivel
nacional.
Las frecuentes lluvias producen gran humedad ambiental, muy favorable para
los cultivos agrícolas.
a.4) Suelo:
El suelo arcilloso es característico de Alto Paraná, es más duro y pesado que el
arenoso, de color rojo oscuro que cuando se mojan quedan extremadamente
resbalosos precisamente debido a su capacidad para retener el agua. Son
excelentes suelos agrícolas, menos expuestos a la erosión. Los suelos
arcillosos y las franco-arcillosas mezclas de arena y arcilla son aptos para la
agricultura, mientras que el arenoso es mejor para la explotación forestal.
b) Medio biológico
b.1) Flora:
Algunas especies de la flora que encuentran en el Distrito de Naranjal el hábitat adecuado a sus características son: el Ybyrá pajé, Laurel amarillo, Kurupá’y rá, Ñuatí kurusú, Taperyvá guazú, Pindó, Tajhy jhú. Por otra parte, la lista de especies de la flora que aún subsiste en Alto Paraná y que se encuentra amenazada incluye el kuri’y o pino paraná. En lo que respecta a los bosques, el originario, que cubría casi por entero la región, es del tipo higrofitico subtropical, asociado a otros tipos con una gran biodiversidad natural en situación de alto riesgo, debido a que el Departamento ha estado sometido a una fuerte presión en las tres últimas décadas.
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Se presentan en la zona las siguientes comunidades naturales: turberas, bosques en suelos saturados, bosques altos-con especies de hasta 25 metros-, medios-15-20 metros-, al igual que bosques de araucarias y cerrados.
b.2) Fauna:
Los afluentes del Ñacunday son el único hábitat de especies como el pato serrucho, el hokó hovy, el carpintero listado, el loro de pecho vináceo, así como la lechuza listada. La avifauna departamental incluye ynambúes, palomas, loros, cotorras, papagallos, horneros, y en la fauna podemos mencionar el mboreví (tapir-es el mamífero terrestre más grande América del Sur), yuru mí (oso hormiguero), En el sector de la fauna en peligro de extinción se encuentran el yaguá yvyguy, lobo pé, arira y, tirica, margay y guasutí.
c) Medio socio-económico
En las propiedades aledañas a la del estudio, se verifican en forma extensiva
campos de cultivo lo que hace a la zona eminentemente agrícola.
VI. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO PROPUESTO El proyecto de Instalación de Planta de Extracción de Aceite y Expeller de Soja,
Canola y otros rubros, ocupa la superficie de 05 has 9999 m², de las Finca N°
598, Padrón N°: 5549 del Distrito de Naranjal, Departamento de Alto Paraná.
VII. DETERMINACIÓN DE ALTERNATIVA PARA EL PROYECTO Para la selección de la ubicación de la instalación de la Planta de Extracción de
Aceite y Expeller, se tuvo en cuenta los siguientes aspectos económicos-
estratégicos:
- El predio se ubica en una zona peri-urbana para la accesibilidad de los
productores,
- A los efectos de una fácil distribución de los productos, se consideró la
instalación para el desarrollo de la actividad,
- Facilidad de acceso al predio,
- Esta localización estratégica, le permite practicidad en el control y operación
del centro de distribución,
- En la zona se ubican predominantemente, establecimientos agrícolas y la
Cooperativa COPRONAR, con muy pocas vivienda en las cercanías.
Además, con cada actividad desarrollada fueron considerados los siguientes
puntos:
- Aplicación de medidas de seguridad personal en los sectores (Utilización de
Equipos de Protección Individual, Tapa Boca, Guantes, Gafas, Botas, Orejeras),
- Aplicación de tecnología apropiada para la carga y descarga de los productos,
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- Instalación de franjas de protección alrededor del establecimiento.
La viabilidad del emprendimiento está determinada por los índices encontrados,
razón por la cual una correcta planificación de gestión brindaría el soporte
necesario para el funcionamiento dentro de padrones legales.
VIII. DETERMINACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES La determinación de los impactos se tiene en cuenta para la FASE
OPERATIVA O DE FUNCIONAMIENTO del proyecto en cuestión.
a) Etapa Operativa o de Funcionamiento de la Planta
a.1) Impactos Positivos
o Aprovechamiento de materia primas disponibles en la zona y posibilidad de operar durante todo el año.
o Aumento de Ingreso para la Agroindustria y el país. o Mano de obra: Empleos fijos y temporales.
a.2) Impactos Negativos
o Planta de Extracción de Aceite y Expeller.
- Generación de desechos sólidos:
Posibilidad de incendios en la planta debido a la acumulación de residuos
generados que son altamente inflamables, posible foco de incendio.
- Generación de desechos líquidos:
Debe tenerse en cuenta que después de todo proceso de obtención de aceites
de origen vegetal resultan desechos que pueden ser contaminantes si no
cuentan con el debido tratamiento.
Durante el proceso no son utilizados ningún tipo de producto químico
específico, solvente, gas, etc. Y casi nada de agua, de esta forma no hay
contaminantes en el ambiente ni para las personas externas, ni para los
trabajadores dentro de la planta.
- Contaminación del aire
Generación de partículas en suspensión provenientes de las actividades
contempladas dentro del proceso de almacenamiento de granos recibidos.
- Otras actividades con un impacto negativo sobre la atmosfera son la de
prensado, actividades pertenecientes a la fase de producción en la industria
que por lo general generan mucho ruido.
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-Posibilidad de contaminación del aire por la emisión de gases de combustión
de los camiones y vehículos.
- Accidentes del personal
-Riesgo de accidentes del personal en el desarrollo de actividades en la planta.
-Riesgos en la salud del personal por la inhalación de partículas suspendidas
en el aire en el área de trabajo.
IX. PLAN DE MITIGACION
Con el fin de mitigar los impactos negativos ambientales sobre los recursos y
elementos que serían afectados durante la etapa de operación del proyecto, se
recomienda las siguientes medidas factibles para corregir, evitar y atenuar
dichos efectos hasta niveles aceptables.
En cuanto a los posibles derrames o filtraciones del aceite por accidentes en el suelo, esto no afectaría el medio ambiente, ya que es un producto de muy fácil degradación, no es contaminante y no de deja residuos. No será necesario realizar ningún tipo de tratamiento de agua residual, ni fosas, ni estanques especiales.
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Cuadro N° 2. Impactos Ambientales Negativos y Medidas de Mitigación.
Sector Impactos Negativos Medidas Mitigadoras Responsable
Área de carga y descarga de camiones durante la recepción de materia prima e insumos Prensado Área de oficina y bascula
Generación de desechos
sólidos.
Emisión de partículas y
polvos a la atmosfera.
Emisión de olores y
partículas en la
atmosfera.
Generación de ruido
Emisión de partículas en
la atmosfera
Generación de residuos
sólidos y efluentes
cloacales
Acumulación de material
inflamable
-Clasificación de residuos
sólidos generados en el sector.
-Almacenamiento en
contenedores de los residuos
generados, de acuerdo al tipo
de material, para su posterior
venta a empresas recicladoras.
-Utilización de tapabocas,
guates y los equipos de
protección individual necesarios
para la operación- OREJERAS
-Revisión de las instalaciones
eléctricas de forma periódica
para evitar cualquier foco de
incendio en el área de labor.
-Contar con extintores para los
casos de incendios.
- Instalar red de prevención de
incendios y bocas hidrantes.
-Capacitación de los
funcionarios con respecto a los
sistemas preventivos de
seguridad.
-Utilizar equipos EPI
Proponente y
Personal
Encargado
Proponente y
Personal
Encargado
Proponente y
Personal
Encargado
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Cuadro N° 3. Medidas de atenuación de Impactos Ambientales Negativos sobre los recursos y elementos a ser afectados
Recursos
Medidas de atenuación
Suelo Piso del sector de recepción de materia prima, debe ser de mampostería impermeable fácil de limpiar.
Agua: Contaminación de Agua Superficial y
Subterránea
Realizar control periódico de análisis de agua utilizada para consumo de la empresa a fin de verificar su calidad. Utilizar sistemas de fosas sépticas, pozos absorbentes.
Aire
Aireación (aberturas puertas y ventanas amplias) ventilación constante en los depósitos, extractor de aire u otros lugares de espacios confinados. Disponer de Barreras Vegetales en las cercanías de las instalaciones.
Fauna
Evitar la entrada de animales (pájaros) a los depósitos a través de las aberturas, utilizar tela metálica o similar. Realización mensual de servicios de fumigación para control de plagas, roedores y alimañas a fin de evitar la contaminación de cereales almacenados.
Salud: Riesgos a la Salud
y de Accidentes
Medidas de Protección a los empleados EPI (Equipos de Protección Individual) de carácter obligatorio para la empresa. Diseñar un sistema de emergencia y protección contra incendios (poseer dotación de extintores). Contar con carteles indicativos en los diversos sectores, y discriminar las áreas y accesos. Instalación de Boca Hidrante en algunos sectores de la unidad.
Sociedad: Desarrollo de la
Economía Regional y Local.
El suministro de productos y servicios directa e indirectamente ligados a la empresa en el incremento de la producción, del comercio, asistencia es lo que es usualmente visto como impacto positivo. Incluir a la sociedad local en la ejecución del proyecto como mano de obra local. Contribuir a obras sociales de la sociedad.
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X. PLAN DE MONITOREO El Plan de Monitoreo tiene como objetivo controlar la implementación de las
medidas atenuantes a los impactos del proyecto durante su implementación.
El monitoreo de las medidas de mitigación consistirá en controles periódicos
sobre el correcto funcionamiento de las recomendaciones acerca de los
desechos sólidos, líquidos, entre otros.
1. PROGRAMA DE SEGUIMIENTO DE MONITOREO
Los programas de seguimientos son funciones de apoyo a la gerencia del
proyecto desde una perspectiva de control de calidad ambiental. El programa
de monitoreo permite establecer los lineamientos para verificar cualquier
discrepancia relevante, en relación con los resultados y establecer sus causas.
2. POGRAMA DE SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS PROPUESTAS
El programa de seguimiento es la etapa culminante del proceso de
incorporación de la variable ambiental en los proyectos de desarrollo, ya que se
representa la vigilancia y el control de todas las medidas que se previeron en
este trabajo.
Brinda la oportunidad de retroalimentar los instrumentos de predicción
utilizados, al suministrar información sobre estadísticas ambientales. Asimismo,
como instrumento para la toma de decisiones, el programa representa la acción
cotidiana, la atención permanente y el mantenimiento del equilibrio en la
ecuación ambiente - actividad productiva, que se establece en el esfuerzo
puntual representado por el trabajo.
3. MONITOREO DE DESECHOS SÓLIDOS
Los desechos sólidos deberán disponerse en recipientes especiales para su
posterior transporte al vertedero municipal.
Se deberá monitorear periódicamente el área del proyecto, a fin de retirar los
residuos que fueron depositados por parte del personal o personas que
acceden al lugar.
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4. MONITOREO DE EFLUENTES LÍQUIDOS
Los desechos líquidos deberán disponerse en plantas de tratamiento y/o
estabilizadoras de manera a disminuir el potencial impacto ambiental
ocasionado. Se deberá monitorear periódicamente el área de las instalaciones
del proyecto, a fin de verificar los residuos que fueron depositados.
5. MONITOREO DE SEÑALIZACIÓN
Es de suma importancia que las señalizaciones sean instaladas a fin de que los
conductores y personal se familiaricen y respeten desde un principio las
inacciones de los mismos.
Se deberá contar con carteles indicadores de prohibido arrojar basuras,
precauciones, seguridad y procedimientos, que deberán estar ubicados en
lugares estratégicos dentro y en los alrededores del área del proyecto, a fin de
tener a la vista los procedimientos a ser respetados.
6. MONITOREO DE SISTEMAS DE SEGURIDAD
Normas básica de seguridad:
o Cumplir los objetivos en materia de salud y seguridad.
o Todo el personal está obligado a cumplir con todas las normas de
seguridad.
o Toda leyenda, aviso o advertencia de seguridad, constituyen normas
que deben ser cumplidas.
o Mantener el área de trabajo limpia y ordenada.
o Utilizar equipos de protección personal para trabajar.
o Conocer y respetar las normas de trabajo, operación de las maquinarias
y equipos en general.
o Conocer la ubicación de las salidas comunes y de emergencias de su
área.
Capacitación: Consiste en dar a conocer al personal las técnicas tanto
teóricas como prácticas para el cumplimiento eficiente y seguro de sus labores.
Así como también para actuar en caso de emergencias.
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XI. CONSIDERACIONES LEGISLATIVAS Y NORMATIVAS
“Constitución Nacional”
La Constitución Nacional del Paraguay del año 1992 contempla la Protección
del Medio Ambiente en el máximo nivel jerárquico, ya que el Capítulo I,
incorpora y desarrolla conceptos tales como:
Artículo 6: De la calidad de vida: El derecho a la vida inherente a la persona
humana.
Artículo 7: Del derecho a un ambiente saludable: Toda persona tiene derecho
a habitar en un ambiente saludable.
Artículo 8: De la Protección Ambiental: Las Actividades Susceptibles de
producir alteración ambiental serán reguladas por la Ley, así mismo, ésta podrá
restringir o prohibir aquellas que califique peligrosas. Todo daño al ambiente
importara la obligación de recomponer o indemnizar.
Artículo 38: Del derecho a la protección de los intereses difusos: Toda persona
tiene derecho, individual o colectivamente, a reclamar a las autoridades
públicas medidas para la defensa del ambiente y otros que por su naturaleza
jurídica pertenezcan a la comunidad y hagan relación con la calidad de vida.
Ley N° 294/93. Evaluación de Impacto Ambiental
Artículo 1: Declarase Obligatoria la Evaluación de Impacto Ambiental.
Se entenderá por Impacto Ambiental, a los efectos legales, toda modificación
del medio ambiente provocada por obras o actividades humanas que tengan,
como consecuencia positiva o negativa, directa o indirecta, afectar la vida en
general, la biodiversidad, la calidad o una cantidad significativa de los
recursos naturales o ambientales y su aprovechamiento, el bienestar, la salud,
la seguridad personal, los hábitos y costumbres, el patrimonio cultural o los
medios de vida legítimos.
Artículo 2: Se entenderá por Evaluación de Impacto Ambiental a los efectos
legales el estudio científico que permita identificar, prever y estimar impactos
ambientales, en toda obra o actividad proyectada o en ejecución.
Artículo 7: Se requerirá Evaluación de Impacto Ambiental para los siguientes
proyectos de obras o actividades públicas o privadas:
c) Los complejos y unidades industriales de cualquier tipo.
n) Depósitos y sus sistemas operativos.
s) Cualquier otra obra o actividad que por sus dimensiones o intensidad sea
susceptible de causar impactos ambientales.
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Decreto 453/2013. Reglamenta la Ley N° 294/93 de “Evaluación de Impacto Ambiental” y su modificatoria, la Ley N° 345/1994, y se deroga el Decreto N° 14281/1996.
Capítulo I
De las obras y actividades que requieren la obtención de una declaración de
impacto ambiental.
Artículo N° 2. Las obras y actividades mencionadas en el Artículo 7° de la Ley
N° 294/93 que requieren la obtención de una Declaración de Impacto Ambiental
son las siguientes:
a) Los asentamientos humanos, las colonizaciones y las urbanizaciones,
sus planes directores y reguladores:
6. Las obras que de acuerdo con planes de ordenamiento urbano y territorial municipales requieran de evaluación de impacto ambiental. Sin perjuicio de ello, las siguientes obras y su operación requerirán de declaración de impacto ambiental: g) Estación de expendio de combustibles líquidos o gaseosos
c) Los complejos y unidades industriales
1. Los complejos y unidades industriales deben presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) o un Estudio de Disposición de Efluentes Líquidos, Residuos Sólidos, Emisiones Gaseosas y/o Ruido; (EDE) de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 del presente Decreto, el cual fue elaborado en base a la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU) de las Naciones Unidas, Revisión 2 del año 1968. Todo EDE, al igual que el EIA, deberá contar con un relatorio de impacto ambiental. 2. Cualquier obra o actividad industrial o comercial que utilice o tenga en depósito sustancias o residuos en todo o en parte peligrosos debe presentar un Estudio de Impacto Ambiental. Las sustancias o residuos peligrosos son las incluidas en los Anexos 1, 2 y 3 del Convenio de Basilea "Sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación", adoptado en Basilea el 22 de marzo de 1989, aprobado por Ley N° 567/95. m) Depósitos y sus sistemas operativos
1. Depósitos de sustancias alimenticias, inflamables, tóxicas o peligrosas.
2. Silos con capacidad de almacenaje de más de 3. 000 toneladas.
r) Cualquier otra obra o actividad que por sus dimensiones o intensidad
sea susceptible de causar impactos ambientales.
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1. Estas actividades serán determinadas mediante Resolución de la Secretaría del Ambiente previa aprobación del Consejo de Ministros del Poder Ejecutivo.
Ley N° 1561/00 que crea la Secretaria Nacional del Ambiente (SEAM), el
Sistema Nacional del Ambiente (SISNAM) y el Consejo Nacional del
Ambiente (CONAM)
Artículo 1: Donde la Ley tiene por Objeto, la de crear y regular el
funcionamiento de los organismos responsables de la elaboración,
coordinación, ejecución y fiscalización de la política y gestión ambiental
nacional. Asimismo dentro del capítulo I, Art. 2 instituye el Sistema Nacional del
Ambiente, denominado por las siglas SISNAM. El SISNAM, entonces,
comprende los órganos abocados a la cuestión ambiental, de orden nacional,
sean estos, Instituciones Públicas centralizadas o no, y Privadas.
De acuerdo a la Reglamentación del Decreto Ley N˚ 10.579N de fecha 20 de
septiembre del 2.000, el SISNAM se encuentra conformada por las Entidades
Públicas Centralizadas y Descentralizadas de los Gobiernos, Nacional,
Departamental y Municipal que tengan participación en la Política Ambiental
Nacional, así como las Entidades Privadas y ONGs. Cuyas actividades
incumben a la Política Ambiental Nacional.
El SISNAM, rige a través de dos órganos que lo componen, a saber A).
Consejo Nacional del Ambiente y B). La Secretaría del Ambiente.
Ley N° 716/96. Que Sanciona Delitos Contra el Medio Ambiente
Artículo 1: Esta Ley protege el Medio Ambiente y la calidad de vida humana
contra quienes ordenan, ejecutan o a razón de sus atribuciones, permitan o
autoricen actividades atentatorias contra el equilibrio del ecosistema, la
sustentabilidad de los recursos naturales y la calidad de vida humana.
Artículo10: Será sancionada con penitencia de seis a dieciocho meses y multa
de 100 (cien) a 500 (quinientos) jornales mínimos legales para actividades
diversas no especificadas.
c) Las que injustificadamente se niegan a cooperar en impedir o prevenir las violaciones de las regulaciones ambientales; o los atentados, accidentes, fenómenos naturales peligrosos, catástrofes o siniestros.
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Ley 4241/10 De Restablecimiento de bosques protectores de causes
hídricos
Art. 05: Establecer los parámetros mínimos que se deberán restaurar
conforme al ancho del cauce hídrico y las particularidades del área de
influencia de los mismos, los cuales constituyen la base para planificar las
zonas de bosques protectores de causes hídricos para la Región Oriental,
conforme al siguiente cuadro:
Ancho del Cause Ancho Mínimo del Bosque
Protector en Cada Margen
Mayor o Igual a 100 m 100 m
50 a 99 60 m
20 a 49 40 m
5 a 19 30 m
1,5 a 4,9 20 m
Menor a 1,5 m 10 m
Zona de Influencia de Nacientes Se preverá en cada caso de tipo de
nacientes
Art. 08: El Ancho del bosque protector de las nacientes, tendrá como mínimo
treinta (30) metros de radio de protección, pudiendo ampliarse de acuerdo a las
características de la misma.
Art. 10: En las zonas en las que naturalmente nunca hubiera habido bosques
adyacentes o causes hídricos y/o nacientes, no estarán obligados a realizar
tareas de forestación, aunque deberán respetarse las limitaciones y
condiciones que las autoridades competentes hubieran establecido para las
zonas de protección de fuentes hídricas.
Art. 11: Para medir el ancho de los causes, conforme al art. 5, se tomara la
distancia de barranca a barranca; en caso de ancho variable, se tomara la
mayor medida del curso en un tramo recto, excluyendo los recodos.
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Ley N° 836/80. Código Sanitario
TITULO II DE LA SALUD Y EL MEDIO CAPITULO I DEL SANEAMIENTO AMBIENTAL - DE LA CONTAMINACIÓN Y POLUCIÓN
Artículo 66.- Queda prohibida toda acción que deteriore el medio natural,
disminuyendo su calidad, tornándola riesgoso para la salud.
Artículo 67.- El Ministerio determinará los límites de tolerancia para la emisión
o descarga de contaminantes o poluidores en la atmósfera, el agua y el suelo y
establecerá las normas a que deben ajustarse las actividades laborales,
industriales, comerciales y del transporte, para preservar el ambiente de
deterioro.
Artículo 68.- El Ministerio promoverá programas encaminados a la prevención
y control de la contaminación y de polución ambiental y dispondrá medidas
para su preservación, debiendo realizar controles periódicos del medio para
detectar cualquier elemento que cause o pueda causar deterioro de la
atmósfera, el suelo, las aguas y los alimentos.
CAPITULO IV DE LA SALUD OCUPACIONAL Y DEL MEDIO LABORAL Artículo 86.- El Ministerio determinará y autorizará las acciones tendientes a la
protección de la salubridad del medio laboral para eliminar los riesgos de
enfermedad, accidente o muerte, comprendiendo a toda clase de actividad
ocupacional.
Artículo 87.- El Ministerio dictará normas técnicas y ejercerá el control de las
condiciones de salubridad de los establecimientos comerciales, industriales y
de salud, considerando la necesaria protección de los trabajadores y de la
población en general.
Artículo 88.- Se requerirá la previa autorización del Ministerio para la
concesión de patente o permiso para el funcionamiento de establecimientos
industriales y otros lugares de trabajo, así como para ampliar o modificar las
instalaciones existentes
Artículo 89.- El Ministerio podrá cancelar la autorización otorgada a los
establecimientos industriales, comerciales, o de salud, cuyo funcionamiento
representen riesgos para la salud.
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Ley Nº 385/94. De Semillas y Protección de Cultivares
Artículo 1º.-La presente Ley tiene por objeto promover una eficiente actividad
de obtención de cultivares; producción, circulación, comercialización y control
de calidad de semillas; asegurar a los agricultores y usuarios en general la
identidad y calidad de la semilla que adquieren y proteger el derecho de los
creadores de nuevos cultivares, en armonía con los acuerdos intra regionales
firmados o a firmarse y con las normas internacionales en materia de semillas.
Artículo 3º.-Cualquier persona natural o jurídica podrá dedicarse a trabajos de
obtención de cultivares o líneas; producción, procesamiento, análisis en
laboratorio, circulación y comercialización de semillas sin más limitaciones que
las de ajustar sus actividades a las disposiciones legales y reglamentaciones
vigentes.
Artículo 4º.-El ministerio de Agricultura y Ganadería es la autoridad
competente en materia de semillas, controla el cumplimiento de las
disposiciones de la presente ley y la aplica a través de su organismo técnico, la
Dirección de Semillas.
CAPITULO VI COMERCIO DE SEMILLAS REGISTRO NACIONAL DE COMERCIANTES DE SEMILLAS
Artículo 56.- Habilitase en la Dirección de Semillas el Registro Nacional de
Comerciantes de Semillas en el que se deberán inscribir, con carácter
obligatorio, las personas naturales o jurídicas que se dediquen al comercio de
semillas, a fin de la fiscalización oficial de la mencionada actividad. La
reglamentación establecerá los requisitos para la inscripción.
Artículo 57.- La inscripción tendrá validez durante el plazo que se establezca
en la reglamentación, debiendo renovarse a su vencimiento.
El Ministerio de Justicia y Trabajo, MJT- el art. 50 de la Constitución Nacional establece el derecho que toda persona tiene que ser protegida por el Estado en su vida, integridad física, su libertad, su seguridad, su propiedad, su honor y su reputación, y reconoce en el Art. 93, el derecho que todos los habitantes tiene la protección y promoción de la salud. El Ministerio de Justicia y Trabajo es la institución del Estado que debe hacer cumplir el Reglamento General Técnico de Seguridad, Medicina e Higiene en el trabajo, creado por Decreto Ley N 14.390/92, que es el Marco Legal que incorpora todo lo referente a las condiciones de Seguridad e Higiene que ampara al trabajador. La Empresa Agroindustrial Tres Fronteras S.A. cuyo representante Legal el Sr.
Fabiano Wilkon Batistti, proponente del estudio ambiental, administra de forma
directa y es responsable de las actividades desarrolladas en el proyecto.
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7. ALTERNATIVAS TÉCNICAS DELPROYECTO
Para la selección de la ubicación de la instalación de la Planta de Extracción de
Aceite y Expeller, se tuvo en cuenta los siguientes aspectos económicos-
estratégicos:
- El predio se ubica en una zona peri-urbana para la accesibilidad de los
productores,
- A los efectos de una fácil distribución de los productos, se consideró la
instalación para el desarrollo de la actividad,
- Facilidad de acceso al predio,
- Esta localización estratégica, le permite practicidad en el control y operación
del centro de distribución,
- En la zona se ubican predominantemente, establecimientos industriales, con
muy pocas vivienda en las cercanías.
Además, con cada actividad desarrollada fueron considerados los siguientes
puntos:
- Aplicación de medidas de seguridad personal en los sectores,
- Aplicación de tecnología apropiada para la carga y descarga de los productos,
- Instalación de franjas de protección alrededor del establecimiento.
La viabilidad del emprendimiento está determinada por los índices encontrados,
razón por la cual una correcta planificación de gestión brindaría el soporte
necesario para el funcionamiento dentro de padrones legales.
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8. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
El proyecto denominado “Instalación de Planta de Extracción de Aceite y
Expeller de Soja, Canola y Otros Rubros” consiste en la producción de
aceite y expeller a partir de cereales como la soja, canola y otras oleaginosas,
que representa una actividad de gran importancia económica para la región y
para el país ya que estará ubicado en una zona de producción agrícola cuya
posibilidad genera una fuente de comercialización importante.
La instalación de la Planta, debe contar con una adecuada aplicación de
medidas de seguridad para las labores en todos los sectores de la unidad
evitando así la incidencia de accidentes; además debe disponer de una clara
señalización, con carteles indicativos para identificar los sectores en cuestión.
Se concluye que el proyecto es legalmente viable y las medidas de mitigación
son técnicas como económicamente aplicables, todas las recomendaciones
vertidas en este estudio, se encuentran enmarcadas dentro de las normativas
legales y ambientales vigentes en el país.
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XII. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS DGDTIR/STP (Dirección General de Desarrollo Territorial e Integración
Regional/ Secretaría Técnica de Planificación). Diagnóstico departamental. X
Departamento de Alto Paraná, 2.007. 137 p.
PRUT: (Proyecto de Racionalización del Uso de la Tierra), 1995.
LEYES AMBIENTALES. Bajo Responsabilidad de la SEAM. Recopilado por la
Secretaria del Medio Ambiente (SEAM).
XIII. EQUIPO TECNICO - Consultor Ambiental
Ing. Agr. María Raquel Cáceres
C.I.N°: 850.944
CTCA I - 665
- Colaborador
Ing. Agroamb. Sofía Carolina Servián
C.I.N°: 4.665.18.
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