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“Educando para el Futuro, en Armonía con la Naturaleza”
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Reglamento de Evaluación
Escuela El Remanso
“Educando para el Futuro, en Armonía con la Naturaleza”
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Reglamento de Evaluación
Escuela El Remanso
I N T R O D U C C I Ó N El presente reglamento, tiene como objetivo establecer normas y procedimientos de evaluación y promoción escolar, en la Escuela El Remanso de la Comuna de El Monte, de conformidad a la legislación establecida por el Ministerio de Educación, con el decreto exento N° 511/1997, que regula la evaluación y promoción de los estudiantes(as) de educación general básica.
Este reglamento de evaluación se basa y considera los lineamientos
comunes y diferenciados del decreto de evaluación N° 511 del año 1997 de 1° a 8°
año básico.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo N°2 del decreto N°511 del año
1997, el establecimiento educacional establecerá un reglamento de evaluación
sobre la base de las disposiciones del decreto N°511 /1997.
En jornada de reflexión pedagógica el equipo de docentes directivos,
técnicos y de aula de la escuela el Remanso, han revisado los lineamientos del
reglamento vigente y han considerado necesario realizar modificaciones a los
componentes que forman parte del presente Reglamento de evaluación.
I.-Disposiciones Generales.
Artículo N°1; La Escuela El Remanso, tendrá un régimen de evaluación semestral,
para los niveles de educación que imparte.
Artículo N°2: La dirección del establecimiento comunicará a los estudiantes, padres
y apoderados, el Reglamento que regirá el proceso evaluativo y promoción, a través
de los profesores jefes y Unidad Técnica Pedagógica.
Artículo N°3.La Dirección del establecimiento comunicará y enviará a la
Departamento Provincial de Educación de Talagante, el documento oficial que
contempla cada componente del Reglamento, de acuerdo a lo dispuesto en el
decreto de evaluación N° 511/1997.
Artículo N°4.El equipo docente directivo, técnico y docentes de aula serán los
responsables técnicos y administrativos de la aplicación y supervisión de los
lineamientos del reglamento de evaluación, en función de los contenidos y
aprendizajes para cada asignatura.
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Artículo N°5. La Unidad Técnica Pedagógica, supervisará periódicamente el
proceso evaluativo de los estudiantes relativos al rendimiento, calificaciones y los
instrumentos evaluativos, con el objetivo de informar a los y las estudiantes,
docentes, padres y apoderados.
Artículo N°6. El equipo directivo y técnico asesorará a los padres, apoderados y
estudiantes en relación a sus responsabilidades, obligaciones y deberes escolares,
con el objeto de velar por el logro de objetivos, aprendizajes y disposiciones
internas.
Artículo N°7. El docente será el responsable de velar por el cumplimiento del
reglamento de evaluación, en relación a las actividades del proceso evaluativo, por
lo tanto serán responsables de:
Entregar a los estudiantes los criterios evaluativos con especificación de los
contenidos y conductas a evaluar, con una anticipación de 5 días como
mínimo, fecha plazos que debe completar el docente en relación a los
derechos de los estudiantes.
Confeccionar la tabla de especificaciones y los procedimientos evaluativos de
acuerdo a la planificación y los criterios evaluativos.
Entregar a UTP los instrumentos evaluativos con una anticipación de 3 días
antes de la fecha de aplicación.
Articulo N° 8 Con respecto a la evaluación de los estudiantes del Proyecto de
Integración Escolar (PIE), podemos señalar lo siguiente.
Se entiende por NEE, cuando un estudiante presenta algún tipo de problema
de aprendizaje, ya sea de origen emocional, físico, social o combinación de
estos a lo largo de su escolaridad que demanden alguna atención específica,
mayores recursos educativos de los necesarios para su edad.
Se entiende por evaluación diferenciada el procedimiento que considera,
respeta y asume al estudiante con NEE desde su realidad individual,
aplicando un procedimiento y/o instrumento evaluativo acorde a las
característica de la necesidad de aprendizaje que presenta cada estudiante.
Puede ser menores niveles de exigencia, integrar la interrogación al
estudiante con dificultades específicas de escritura, trabajo de investigación
etc.
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a) Para los estudiantes que pertenecen al programa de integración se aplicará una
evaluación diferenciada, que considere instrumentos evaluativos de acuerdo a las
adecuaciones curriculares
b) Aplicar instrumentos evaluativos, que considere una evaluación diferenciada
para los y las estudiantes con necesidades educativas especiales, consignadas en
la planificación y las adecuaciones curriculares.
c)) Destinar el tiempo necesario a los estudiantes en la realización de las
evaluaciones si se estima en la adecuación curricular.
d) Apoyar la evaluación con material complementario (material concreto, visual, gráfico, etc.), si es necesario.
e) Elaborar en conjunto con el docente de la asignatura, profesional PIE y unidad
técnica los instrumentos evaluativos en la asignaturas de Lenguaje y Matemática,
cuando se requiere, en función de la necesidad del o la estudiante y la adecuación
correspondiente.
f) Establecer requerimiento para eximir a estudiantes de asignaturas como inglés,
religión u otras.
g) Coordinar y colaborar en la aplicación y revisión de los instrumentos evaluativos
entre el docente de la asignatura y profesional PIE.
h) Analizar y difundir los resultados de las evaluaciones de los estudiantes PIE, con
la Unidad Técnica, docentes de aula y profesionales PIE.
i) La unidad técnica deberá supervisar y velar por el cumplimiento de la normativa
y de las adecuaciones, que corresponde realizar a los y las estudiantes del
Programa de Integración.
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Articulo N°9 Las evaluaciones de los estudiantes deben corresponder a los
objetivos consignadas en la planificación curricular y en el registro del libro de
clases, según los procedimientos que a continuación se detallan y las
consideraciones que se establecen
Procedimiento de prueba:
Objetivas, de desarrollo y mixtas.
Procedimiento de observación:
lista de cotejo, escala de apreciación.
Procedimiento de observación desempeño
Rúbrica
Evaluación de carpeta
Registros anecdóticos
Presentaciones orales
Los instrumentos de evaluación deberán señalar el puntaje, el ítem
que evaluará el contenido y las conductas en cada asignatura que
lo amerite.
Elaborar, corregir, tabular los instrumentos evaluativos y posteriormente
registrar la calificación en el libro de clases en un plazo máximo de 10 días de
la asignatura correspondiente
Los docentes deberán informar a los estudiantes los resultados de las
evaluaciones y su calificación en un plazo no superior a dos semanas.
Realizar el análisis de los resultados obtenidos por los estudiantes, en
relación a los contenidos y las conductas evaluadas en conjunto con la unidad
técnica pedagógica.
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El análisis y difusión de los resultados de las evaluaciones de los y las
estudiantes por curso, por nivel y asignatura, estará a cargo de la unidad
técnico pedagógico y docentes de aula.
Si es necesario se presentan informes en los consejos de reflexión
pedagógica.
La Unidad Técnica debe monitorear los resultados de las evaluaciones en
relación a los aprendizajes esperados y el cumplimiento de metas (PME), en
la evaluación diagnóstica, intermedia y final.
En ausencia del profesor jefe (licencia médica), la Dirección solicitará su
reemplazo durante estas clases los y las estudiantes deberán cumplir con
las actividades programadas en la planificación que el profesor ausente ha
entregado previamente; ya sean guías, pruebas o trabajos), los que estarán
sujetos a las normas generales de evaluación. Estableciendo que los
docentes deberán dejar un stock de guías por ausencias en caso de licencias
o permisos de acuerdo a la asignatura que imparte.
Artículo N°10. Los deberes de los estudiantes en relación con el proceso evaluativo
serán los siguientes.
Conocer y cumplir con lo dispuesto en Reglamento de Evaluación.
Registrar la calendarización de las evaluaciones, trabajos y calificaciones de
las asignaturas en el diario mural o en sus respectivos cuadernos o agendas.
Rendir las evaluaciones calendarizadas (parciales de asignaturas, PME,
estandarizadas y de cobertura) para cada asignatura, en las fechas y horas
programadas.
Los estudiantes que no se presenten a la evaluación en la fecha fijada,
deberán rendirla cuando el docente de la asignatura o la Unidad Técnica le
comunique, de acuerdo a los siguiente:
a) Con inasistencia justificada el estudiante podrá acordar entre el
docente o unidad técnica la fecha de aplicación de la evaluación y posterior
calificación.
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b) Con inasistencia sin justificación el estudiante, tendrá una ponderación
de un punto menos como nota máxima (6.0), la rendición de la evaluación será
acordada entre el docente de la asignatura, la Unidad Técnica y el estudiante.
Los estudiantes que concurran a eventos, o actividades en representación
de la escuela y beneficios de salud, escolar deberán informar a la Unidad
Técnica y Docentes de la asignatura, quienes tramitarán la postergación de
la evaluación.
Los y las estudiantes deberán informarse de los resultados de la evaluación,
respetando las conductas regulares, profesor asignatura, profesor jefe,
Unidad Técnica y Dirección.
Los estudiantes deberán cumplir responsablemente por un correcto proceso
evaluativo, las acciones que evidencien faltas a la validez y confiabilidad de
los resultados, serán revisadas y analizadas por el docente de la asignatura
y la Unidad Técnica para la toma de decisiones.
Los y las estudiantes deberán responder los instrumentos evaluativos
entregados por los docentes en el plazo establecido, y en los casos de
negación o no contestar los ítems, será evaluado con la nota mínima de un
2.0, en la respectiva asignatura. Previa certificación de la unidad técnica
pedagógica.
Los y las estudiantes deberán responder las evaluaciones institucionales
previamente avisadas y los resultados serán registradas con calificaciones
en las asignaturas correspondientes. (PME, cobertura, ensayo de SIMCE,
etc.).
Los estudiantes deberán cumplir responsablemente con los materiales
solicitados con anticipación para las evaluaciones correspondientes, en caso
de no presentarlos en la fecha establecida, su ponderación de calificación
será de un punto menos como nota máxima (6.0).
Ningún estudiante será calificado durante un periodo de ausencia o
inasistencia al establecimiento.
Los y las estudiantes que se ausentan por viaje, u otro motivo justificado,
tendrán la obligación de ponerse al día en las materias y pruebas en un
plazo de tres semanas.
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Los y las estudiantes, que lleguen atrasados a una evaluación deberán
ingresar a su clase y rendir la prueba inmediatamente en el tiempo que
resta al asignado o continuar en UTP
Si él o la estudiante, ingresa en un bloque de clases distinto al de una prueba
previamente calendarizada, esta se aplicará en la UTP.
Las y las estudiantes embarazadas, madres y/o padres contarán con las
facilidades académicas y administrativas como se estipula a través del
artículo N° 11 de la Ley 20.370 General de la educación 2009, además
deberán cumplir con los siguientes deberes:
a) Las estudiantes embarazadas, madres y/o padres se aplicarán las
mismas evaluaciones del común de los estudiantes. En el caso de
imposibilidad de asistir se recalendarizarán dichas evaluaciones en
coordinación con Unidad Técnica.
b). Justificar las inasistencias a clases por problemas de salud, con
certificado médico y mantener informado/a al profesor/a jefe y a la unidad
Técnica Pedagógica
c) Realizar todos los esfuerzos para terminar el año escolar, como asistir a
clases y cumplir con el calendario de evaluaciones, especialmente si están
con tutorías y/o recalendarización de pruebas y trabajos.
d) Realizar los trabajos de carpetas entregados por la Unidad Técnica que
respondan a actividades determinadas por los docentes de la asignaturas o
la Unidad Técnica para complementar el proceso evaluativo.
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Artículo N° 11. Es deber de los padres y apoderados informarse y participar de las
acciones relativas al proceso evaluativo.
Conocer el Reglamento de evaluaciones de los aprendizajes.
Dar seguimiento al cumplimiento de los deberes escolares y de las
actividades evaluativas de los estudiantes.
Cumplir con la normativa establecida al interior de la escuela para
informarse, plantear inquietudes, dudas, etc., relacionadas con el proceso
evaluativo, En primer lugar el docente, profesor jefe, unidad técnica y
dirección.
Justificar por escrito, con certificado médico u otro documento, y UTP, la
inasistencia del estudiante el día de la evaluación.
Asistir a las reuniones que se convoquen para la entrega de antecedentes e
informes relativos a enseñanza aprendizaje.
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DE LA EVALUACIÓN
Artículo N° 12. En el establecimiento se aplicará la evaluación diagnóstica,
formativa y sumativa, de acuerdo a la siguiente descripción:
Evaluación diagnóstica: recoge información del estado inicial de los
estudiantes, en las áreas del saber, ser y hacer. Con el objetivo de tomar
decisiones de las estrategias pedagógicas, la asignación de recursos y
determinar los métodos a aplicarse.
Evaluación de proceso – formativa: brinda información necesaria y oportuna
para tomar decisiones que reorienten el proceso de enseñanza-aprendizaje
de los y las estudiantes de las estrategias. Además entrega información del
desarrollo de las actividades del plan a seguir en el proceso evaluativo.
Evaluación sumativa: brinda información acerca de los logros alcanzados por
los estudiantes en el desarrollo de habilidades en cada asignatura y
contenidos tratados, es decir, los aprendizajes alcanzados por los y las
estudiantes.
La evaluación de los aprendizajes en las asignaturas deberán considerar los
siguientes elementos.
a) En la asignatura de lenguaje la evaluación deberá considerar a lo menos un
50% comprensión lectora y sus habilidades.
b) En la asignatura de matemática la evaluación deberá considerar a lo menos
un 50% de evaluación de resolución de problemas y sus habilidades.
c) En las asignaturas de historia, ciencias naturales deberán considerar los
contenidos y habilidades de la asignatura y un 40% de la evaluación
destinada a la comprensión lectora o resolución de problemas.
Las evaluaciones podrán ser individuales, grupales, autoevaluación,
coevaluación y heteroevaluación.
Las evaluaciones y trabajos calificados deberán realizarse dentro y fuera del
aula, con la respectiva pauta de evaluación y ponderación.
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En consideración a la eficacia del proceso evaluativo, se establece que los
resultados de una evaluación que sea inferior a 40% de logro deberán
comunicarse, tomar las remediales y decisiones en conjunto con la unidad
técnica acerca de la calificación, registro y estrategias pedagógicas a
implementar.
La unidad técnica implementará semestralmente pruebas de cobertura, que
considerarán los contenidos tratados en el semestre y tendrá una
ponderación coeficiente uno.
Se calendarizarán un máximo de 2 evaluaciones por día, en relación a
procedimientos parciales. En el caso de evaluaciones semestrales, se
calendarizarán 1 diaria en las áreas cognitivas (Lenguaje, Matemática,
Ciencias Naturales, Historia, Geografía, Formación ciudadana e Inglés)
Los instrumentos de evaluación deberán señalar el puntaje total y la ponderación de la evaluación en relación a la escala de calificación.
Los estudiantes, no podrán ser retirados del establecimiento educacional,
cuando tengan calendarizada una evaluación, a menos que se encuentre con
problemas de salud certificadas por parte del apoderado, o el estudiante
muestre problemas de salud en la escuela u otros casos fortuitos.
Los estudiantes no podrán ser calificados durante el periodo de ausencia del
colegio por inasistencias o atrasos a clases.
La unidad técnica pedagógica entregará la calendarización de las
evaluaciones semestrales para cada asignatura.
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El promedio de las evaluaciones aplicadas en los talleres serán registradas
en las asignaturas que se indican considerando una nota por semestre.
Taller de Lenguaje Lenguaje y Comunicación
Taller de Matemática Matemáticas
Taller de Deporte Educación Física
Taller Artístico
Música, Arte o Tecnología
Taller de Inglés Inglés en el segundo ciclo Lenguaje en el primer ciclo
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DE LA CALIFICACIÓN
Artículo N° 13. La calificación corresponde a los resultados de la evaluación
expresados en una escala de 2 a 7, hasta con un decimal.
La calificación mínima de aprobación será de 4.0.
d) La calificación mínima a registrar será de 2.0 para enseñanza básica.
Las calificaciones de los estudiantes serán informadas a los apoderados en
forma parcial, semestral y anual en cada asignatura evaluada.
La calificación obtenida por los estudiantes en la asignatura de religión, no
incidirá en la promoción.
Se calificarán los resultados de las evaluaciones de proceso y producto de
acuerdo a lo establecido en la planificación curricular considerando el
instrumento y la ponderación establecida
Se deberán registrar en cada asignatura un mínimo de calificaciones de
acuerdo a lo establecido en la asignatura y ponderación de horas según se
indica, en relación a la siguiente cuadro:
ASIGNATURA CURSO N° CALIFICACIONES
SEMESTRAL
LENGUAJE 1° Básico a 8° Básico 8 (1° a 4°) 6 (5° a 8°)
MATEMATICAS 1° Básico a 8° Básico 6
CIENCIAS 1° Básico a 8° Básico 5
HISTORIA 1° Básico a 8° Básico. 5
INGLÉS 5° Básico a 8° Básico 5
MUSICA 1° Básico a 8° Básico. 4
E. FISICA 1° Básico a 4° Básico 4
ARTE 1° Básico a 8° Básico. 4
TECNOLOGÍA 1°Básico a 8°Básico. 4
RELIGION 1°Básico a 8°Básico 4
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Los resultados de las pruebas, trabajos y otras evaluaciones, deberán
entregarse a los estudiantes en un plazo no superior a dos semanas desde
su realización, las que deberán registrarse en el libro de clases siendo el
profesor de la asignatura el responsable de registrar la calificación y cumplir
con los plazos establecidos.
El alumno tiene derecho a la revisión de la calificación, cuando entienda que
esta, no se encuentra conforme a los criterios establecidos o acordados.
En el caso de un estudiante obtenga un promedio semestral o anual que de
3.9, deberá realizarse una evaluación que considere un instrumento
evaluativo en relación a los contenidos tratados, por medio de una evaluación
extraordinaria obteniendo la nota mínima de aprobación (4.0)
Las calificaciones que los estudiantes obtengan en todas las asignaturas del
Plan de Estudios, deberán referirse exclusivamente a aspectos del
rendimiento escolar, y en ningún caso a materias de tipo conductual.
La calificación anual de la asignatura de religión se expresará en conceptos
y no incidirá en la promoción. Las calificaciones parciales se regirán por las
mismas normas aplicadas a todas las asignaturas del plan de estudios, se
expresarán en conceptos, según la siguiente escala.
Muy bueno (6.0 a 7.0) Bueno (5.0 a 5.9)
Suficiente (4.0 a 4.9) Insuficiente (2.0 a 3.9)
Los resultados de las evaluaciones semestrales de cobertura, deberán
ponderarse a la calificación y registrar la nota en la asignatura
correspondiente.
“Educando para el Futuro, en Armonía con la Naturaleza”
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Los resultados de la evaluación que sean ponderadas a calificación y que
sean inferiores a un 40% de los estudiantes, en relación a la nota mínima
(4.0), deben informar a la UTP sobre el proceso y tomar acuerdos en
conjunto.
La ponderación de las calificaciones será aproximada considerando uno o
dos decimales, que se aproximaran al primer decimal o al entero según
corresponda al criterio establecido (entre seis y nueve de rango).
DE LA PROMOCIÓN
Artículo N°14. Serán promovidos todos los estudiantes, que cumplan con el 85% de asistencia a clases. No obstante el director del establecimiento y el profesor jefe podrán autorizar la promoción de alumnas de 1° a 4° básico, con porcentajes inferiores, de acuerdo al análisis de los resultados y antecedentes pedagógicos.
En el caso del segundo ciclo 5° a 8° básico, podrán autorizar la promoción con porcentajes inferiores al 85% con autorización de Director, profesor jefe y refrendado por el Consejo de profesores, de acuerdo al análisis de los resultados y antecedentes recopilados.
El director con el profesor de la asignatura deberán resolver las situaciones
especiales de evaluación y promoción.
Serán promovidos todos los estudiantes de 1° a 8° básico, que hubieran
aprobado todas las asignaturas de aprendizaje.
Serán promovidos todos los estudiantes de 1° a 8°, que no hubieren
aprobado una asignatura, siempre que su promedio sea igual o superior a
4.5.
Serán promovidos todos los estudiantes de 1° a 8°, que no hubieren
aprobado 2 asignaturas, siempre que su promedio sea igual o superior de
5.0.
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La situación final de promoción de los estudiantes, deberá quedar resuelta al
término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, la escuela emitirá
y entregará a los estudiantes un certificado anual de estudios, que indique
asignaturas, nivel cursado, calificación y situación final.
En el caso de las estudiantes embarazadas, madres y/o padres se regirán
por los mismos criterios evaluativos anteriormente descritos y en relación a
la asistencia se aplicará lo estipulado en el reglamento 2004 que regula lo
establecido en la Ley 20.370, articulo N°11.
DE LA EXIMICIÓN DE ASIGNATURAS DE APRENDIZAJE
Artículo N° 15. Los estudiantes podrán eximirse de una asignatura de acuerdo a lo
establecido en el decreto de evaluación.
En la asignatura de educación física, un estudiante (a) sólo podrá ser eximida
de la actividad física, previa presentación de los documentos que respalden
la situación. En caso que un estudiante se exima durante un semestre, la
calificación final anual corresponderá a la calificación obtenida durante el
semestre en que fue evaluado y el semestre en que la actividad física fue
cambiada por otro instrumento de evaluación.
Esto se llevará a cabo por solicitud escrita del apoderado del estudiante, a la
Dirección de la Escuela, la que deberá ser acompañada del certificado y/o
informe general y con fecha actualizada del profesional externo claramente
la causal exacta de la solicitud de eximición.
“Educando para el Futuro, en Armonía con la Naturaleza”
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DISPOSICIONES ESPECIALES
Toda situación especial que se presente en los estudiantes y que les impidan
cumplir con normalidad con la asistente a evaluaciones o condiciones
mínimas de ellas, serán analizadas por la dirección, quién consultara a los
docentes si es necesario. En este caso se incluyen situaciones
excepcionales, tales como enfermedades graves prolongadas, embarazos
adolescentes, accidentes escolares con secuelas y reposos estrictos.
Todas y cada una de las situaciones excepcionales que se presenten durante
el año escolar, deberán acreditarse mediante la presentación de la
documentación y evidencia respectiva.
Todas las situaciones de evaluación de estudiantes, deberán quedar
resueltas dentro del periodo escolar correspondiente.
ANEXO REGLAMENTO DE EVALUACIÓN NIVEL PRE-BÁSICA
En primer y segundo nivel de transición la evaluación será un proceso
constante, permanente y sistemático, con el fin de obtener y analizar
información relevante sobre todo el proceso de enseñanza aprendizaje, que
permita obtener conclusiones para la toma de decisiones y retroalimentar el
proceso.
Se realizarán evaluaciones durante la realización de proyectos de trabajo,
otros, que posibilite obtener información variada de tipo diagnóstica,
formativa y acumulativa.
Los instrumentos utilizados para la recolección de información de se
adecuarán al contexto, actividad y aprendizaje esperado que se pretenda
evaluar. Se dará participación a los niños y niñas (autoevaluación y
coevaluación) y las familias, como también la comunidad educativa.
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La Educadora de Párvulos emitirá un informe final e informe al hogar
destinado a los padres y apoderados.
Si al término del año escolar un estudiante no tiene las habilidades y
conocimientos mínimos para ingresar a primer año básico, se solicitará la
evaluación de los profesionales del equipo PIE del establecimiento, la que
determinará el tipo de apoyo a las necesidades y capacidades del estudiante.
CONSIDERACIONES FINALES
Cualquier situación específica que no se haya considerado en el presente
reglamento, será resuelta por la Dirección, la que podrá consultar y
asesorarse por el equipo de gestión, consejo de profesores y Unidad técnica
pedagógica del establecimiento.
Unidad Educativa Escuela El Remanso El Monte, Agosto 2018
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