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REGISTRO ÚNICO DE SERVIDORES PÚBLICOS
QUE INTERVIENEN EN PROCEDIMIENTOS DE
CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO
DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y
CONCESIONES. (RUSPEF)
Abril 2017
CONTENIDO
1. Objetivo de la presentación
2. Objetivos del RUSPEF
3. Antecedentes
4. Marco normativo
5. RUSPEF
OBJETIVO DE LA PRESENTACIÓN
Transmitir la información normativa y operativa proporcionada por la SFP para el desarrollo del Registro Único de Servidores Públicos de las Entidades Federativas (RUSPEF) que intervienen en los procesos de contrataciones públicas, otorgamiento de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
OBJETIVO DEL RUSPEF
Objetivo General
• Integrar un registro para la identificación y clasificación de los servidores públicos que intervienen en los procedimientos de Contrataciones Públicas, Licencias, Concesiones y Permisos.
Objetivo Específico
• Contribuir al abatimiento de la corrupción, fortalecer la transparencia y la confianza en las instituciones de la Administración Pública Estatal.
ANTECEDENTES
El 3 de febrero de 2015, el Gobierno Federal inició la instrumentación de ocho
Acciones Ejecutivas con los objetivos de:
Reducir la corrupción
Prevenir el conflicto de interés en los
servidores públicos
Favorecer la transparencia y
rendición de cuentas
Incrementar la competitividad
Aumentar la confianza
ciudadana en las instituciones de
gobierno
Con la finalidad de ampliar la cobertura de dichas acciones se propuso la elaboración de una Agenda Común en el ámbito
estatal
54 Reunión Nacional de la CPCE-F
Su objetivo principal fue dar a conocer la Agenda Común de Acciones para Prevenir la Corrupción para que, con pleno respeto a la soberanía de las entidades federativas, se trabaje en la consolidación de las acciones ejecutivas anunciadas.
2ª. Asamblea Ordinaria de la CPCE-F
El 21 de mayo de 2015 se presentó y aprobó la “Agenda Común de Acciones para Prevenir la Corrupción”. Se establecieron las estrategias para llevar a cabo el cumplimiento de las mismas.
Acción
1
• Declaración de Posibles Conflictos de Interés
Acción
2
• Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés
Acción
3
• Reglas de Integridad para el Ejercicio de la Función Pública
Acción
4
• Protocolo de Actuación de los Servidores Públicos en Contacto con los Particulares
AGENDA COMÚN DE ACCIONES PARA PREVENIR LA CORRUPCIÓN
Acción
5
• Registro de Servidores Públicos que intervienen en procedimientos de contrataciones públicas, licencias, concesiones y permisos
Acción
6
• Creación de la Ventanilla Única para los Trámites y Servicios del Gobierno
Acción
7
• Ampliar el contenido de la lista pública de proveedores sancionados por el Gobierno de la Entidad Federativa
Acción
8
• Ampliar los mecanismos de colaboración con el sector privado, en materia de transparencia y combate a la corrupción
AGENDA COMÚN DE ACCIONES PARA PREVENIR LA CORRUPCIÓN
MARCO NORMATIVO
• Los recursos económicos de que dispongan la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
Artículo 134 CPEUM
• Los servidores públicos serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.
Artículo 108 CPEUM
• La SFP emitió el Registro de los Servidores Públicos, ya que tiene facultades para generar disposiciones en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal.
Artículo 37 fracciones VI y XVIII LOAPF
• Establece que la SFP está facultada para dictar las normas del funcionamiento y operación de los recursos humanos en la Administración Pública Federal.
Artículo 70 LFPRH
• Todo servidor público debe abstenerse de realizar conductas que impliquen intereses en conflicto y excusarse de intervenir en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tengan interés personal, familiar o de negocios.
Artículo 8 fracciones XI y XII de la LFRASP
Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción Publicada el 18 de julio de 2016 y entra en vigor al día siguiente de su publicación
Artículo 49. La Plataforma Digital Nacional del Sistema Nacional estará conformada por la información que a ella incorporen las autoridades integrantes del Sistema Nacional y contará, al menos, con los siguientes sistemas electrónicos: I. Sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de
presentación de declaración fiscal; II. Sistema de los Servidores públicos que intervengan en procedimientos de
contrataciones públicas; III. Sistema nacional de Servidores públicos y particulares sancionados; IV. Sistema de información y comunicación del Sistema Nacional y del Sistema Nacional
de Fiscalización; V. Sistema de denuncias públicas de faltas administrativas y hechos de corrupción, y VI. Sistema de Información Pública de Contrataciones.
Ley General de Responsabilidades Administrativas Publicada el 18 de julio de 2016 y entrará en vigor el 19 de julio de 2017.
Artículo 43. La Plataforma digital nacional incluirá, en un sistema específico, los nombres y adscripción de los Servidores Públicos que intervengan en procedimientos para contrataciones públicas, ya sea en la tramitación, atención y resolución para la adjudicación de un contrato, otorgamiento de una concesión, licencia, permiso o autorización y sus prórrogas, así como la enajenación de bienes muebles y aquellos que dictaminan en materia de avalúos, el cual será actualizado quincenalmente. Los formatos y mecanismos para registrar la información serán determinados por el Comité Coordinador. La información a que se refiere el presente artículo deberá ser puesta a disposición de todo público a través de un portal de Internet.
REGISTRO DE SERVIDORES PÚBLICOS
ETAPAS PRINCIPALES DEL REGISTRO DE SERVIDORES PÚBLICOS
Identificación y clasificación
de los funcionarios
Integrar en un portal público el Registro de los Servidores
Capacitación de los
servidores públicos
identificados
Evaluación de los servidores
públicos
Certificación de servidores
públicos
El registro permite:
Identificar y clasificar los niveles de
responsabilidad de los servidores públicos
Direccionar su capacitación para
prevenir un potencial conflicto de interés
Contribuir al adecuado desempeño de sus
funciones.
• Identificación: está compuesto con base a los datos básicos de los servidores públicos que desempeñan alguna actividad en los procedimientos señalados.
• Clasificación: está compuesto por el nivel de responsabilidad que tiene cada servidor público cuando interviene en los procedimientos de contrataciones públicas, licencias, concesiones y permisos, desglosados en catálogos para su identificación.
El sistema constituye un mecanismo para
realizar la identificación y
clasificación de los servidores públicos y
sus niveles de responsabilidad
CARACTERÍSTICAS DEL RUSPEF
IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
Son registrados todos los servidores públicos que intervienen en las contrataciones públicas, otorgamiento de licencias, permisos, concesiones y autorizaciones, así como la enajenación de bienes muebles de la administración pública estatal y en la asignación y emisión de dictámenes en materia de avalúos y justipreciación de rentas.
La clasificación de los
servidores públicos es
independiente de:
Su nivel jerárquico y puesto
Que se trate de personal sindicalizado o de confianza
Que su contratación tenga el carácter de eventual.
CATÁLOGOS DE IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, LICENCIAS,
CONCESIONES Y PERMISOS
Cuatro catálogos
de clasificación
Contrataciones públicas
Concesiones, licencias, permisos, autorizaciones y sus
prórrogas
Enajenación de Bienes Muebles
Asignación y emisión de dictámenes en
materia de avalúos y justipreciación de
rentas
CATÁLOGOS DE IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVIENEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, LICENCIAS,
CONCESIONES Y PERMISOS
Cada catálogo cuenta con 4 apartados:
Identificador del objeto de responsabilidad: asigna un número que vincula el “objeto de
responsabilidad” con el “nivel de responsabilidad”
Objeto de responsabilidad: se integra con los actos que se realizan en cada procedimiento y se vinculan de forma directa con un potencial
conflicto de interés
Elementos de orientación: aclaraciones específicas que permiten a las dependencias
clasificar los niveles de responsabilidad de los servidores públicos respecto al objeto de
responsabilidad
Nivel de responsabilidad: rango en que se ubica el servidor público respecto a su objeto
de responsabilidad
Resolución
Elaborar Revisar
Firmar,
autorizar o
dictaminar
SupervisarEmitir o
suscribir
1
Propuestas de asignaciones de
avalúos o justipreciaciones de
renta
Comprende únicamente los
avalúos y las justipreciaciones de
renta.
N/A
2Asignación de avalúos y
justipreciaciones de renta a peritos
Comprende las asignaciones que
determinan las entidades
encargadas de los temas en
materia de valuación
3 Emisión de dictámenes valuatorios
Comprende los dictámenes
valuatorios que autorizan en
materia de avalúos, según el
ámbito de competencia
Identificador de
Objeto de
Responsabilidad
Objeto de responsabilidad Elementos de orientación
Niveles de responsabilidad
Atención o Tramitación
1. ¿En mi dependencia o entidad se ejercen recursos provenientes de Programas y Fondos Federales?
2. ¿Se ejercen bajo alguno de los procedimientos catalogados para el Registro Único de Servidores Públicos: a) Contrataciones Públicas b) Concesiones, licencias, permisos, autorizaciones y sus prórrogas c) Enajenación de bienes muebles d) Asignación y emisión de dictámenes en materia de avalúos y
justipreciación de rentas?
EJERCICIO INICIAL
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES QUE EN DICIEMBRE DE 2015 INFORMARON ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DE REGISTRAR EN EL RUSPEF
• Secretaría de Educación • Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado • Secretaría de Obras Públicas (Secretaría de Infraestructura) • Secretaría de Salud • Secretaría del Trabajo (Secretaría de Economía y del Trabajo) • CONALEP • CECYTE • CONARTE • Corporación de Desarrollo Agropecuario de Nuevo León • CODETUR • Festival Internacional de Santa Lucía • ICIFED • ICET • Instituto de la Defensoría Pública de Nuevo León • Instituto de Innovación y Transferencia de Tecnología de Nuevo León • Instituto de la Vivienda de Nuevo León
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES QUE EN DICIEMBRE DE 2015 INFORMARON QUE SE ENCONTRABAN EN LOS SUPUESTOS DE REGISTRAR EN EL RUSPEF
• Instituto Estatal de Cultura Física y Deporte (INDE) • Instituto Estatal de las Mujeres • Museo de Historia Mexicana • Parque Fundidora • Parques y Vida Silvestre de Nuevo León • Red Estatal de Autopistas de Nuevo León (REA) • Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey • Servicios de Salud de Nuevo León • Sistema de Caminos de Nuevo León • Sistema de Transporte Colectivo Metrorrey • Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Nuevo León (DIF) • Unidad de Integración Educativa • Universidad Politécnica de Apodaca • Universidad Tecnológica Cadereyta • Universidad Tecnológica Gral. Mariano Escobedo • Universidad Tecnológica Linares • Universidad Tecnológica Santa Catarina
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