propiedad intelectual en la red
Post on 26-Jul-2015
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El inicio de nuestra historiaEquipos informáticos básicos
Sistemas de almacenamiento de baja capacidad, fáciles de copiar
Grupos reducidos en los cuales se intercambian contenidos
La evolución de la tecnología• Equipos y sistemas informáticos
Aumento del rendimiento en dispositivosReducción en los precios, acercando equipos
potentes al público en generalAumento en la capacidad de los dispositivos de
almacenamiento
• Sistemas de compresión Mejor calidad a mayor compresiónAumento de la popularidad de MPEG4 y MP3
Y llegó Internet…Globalización, con acceso a contenidos de
cualquier parte del mundoAmpliación de los contenidos a los que se
tenía acceso, más allá de los clásicos grupos de amigos
Páginas web y servidores FTP con muchas más posibilidades que las antiguas BBS
Los contenidos se enlazaban directamente, a contenidos locales o remotos
Los usuarios abandonan la posición pasiva, creando contenidos
Aparecen servicios como YouTube para compartir archivos
Los usuarios pueden aportar contenidos a páginas web de terceros
Resulta sencillo crear y mantener bases de datos de contenido audiovisual, enlazando posteriormente a dichas obras
El caso de YouTubeViacom
contra Youtube
Muchos vídeos no han sido creado por sus usuarios
Las productoras se han dado cuenta de su importancia
Exención de responsabilidad de los ISPNo existe una necesidad de control activo
hacia los ISP. La LSSI garantiza que solo serán responsables en casos determinados
Hay un gran número de usuarios, y un tráfico elevado
Dificultad de controlar todo tipo de material con los medios actuales (vídeo, música, … )
Dificultad de conocer de antemano la legalidad de la actuación de un usuario
Y además tenemos las redes P2P
Sistemas descentralizados y en los que se pueden obtener contenidos de cualquier tipo de forma sencilla
Las Redes P2PNo se enlaza al contenido como un archivo
propiamente dicho, sino mediante hash
Permite maximizar la eficiencia a la hora de compartir archivos
Difíciles de controlar, no están localizados en un único servidor
Su evolución dificulta la identificación de sus usuarios y del contenido compartido mediante sistemas de encriptación de las comunicaciones
Páginas web de ElinksMuchas páginas web recopilan Elinks, que no
son enlaces al contenido directamente. No hospedan contenidos
Se inician procesos para cerrar dichas páginas por presuntas infracciones a la Propiedad Intelectual. Caso Spanishare
Las entidades gestoras buscan criminalizar dichas actividades para intentar reprimir su gran éxito en número de usuarios
Pero qué contenido está protegido?Hace falta el símbolo © para establecer su
protección?
Si no se distribuye en el país, no está protegido?: Caso fansub y scanlations
Internet: El mundo sin Ley. Si el contenido está colgado, puedo apropiarme de él?
Páginas web creadas a partir de contenido creado por terceras personas, sin autorización de sus autores
Derecho a cita: actualmente limitado a casos docentes y de investigación
Si no es delito, es legal?
Diferencia entre la vía civil y la vía penal
El peligro de utilizar indiscriminadamente la vía penal
A por la vía penalArtículo 270 del Código Penal
Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro Y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios
Cómo identificar usuarios por la vía civil?No se precisa de autorización judicial para
conseguir lo que es público y el propio usuario de la red es quien lo ha introducido en la misma (IP)
Ley de retención de datos: Con autorización judicial y solo para delitos graves!
Dificultad de acceder a los datos protegidos fuera de la investigación de delitos
Los casos iniciados por las entidades gestoras carecen de requisitos para su tramitación por la vía penal
Canon sí, Canon noCopia descargada contra copia no adquirida
El Canon NO constituye una compensación por las descargas que se consideren ilegales
Constituye una compensación equitativa?
Grava correctamente cada dispositivo y medio?
Copia privadaCopia privada vs
BackupLa copia privada en
InternetNecesidad de que sean
realizadas a partir de obras a las que haya accedido legalmente y la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa
Las campañas de formaciónLa implantación de las campañas en soportes
originales
Los usuarios cada día están mejor formados en Nuevas Tecnologías y tienen acceso a sentencias y blogs jurídicos
Campañas de contenido controvertido: Si eres legal, eres legal
Decálogo – Antidecálogo – Anti-Antidecálogo
Facilidades a la hora de escoger cómo proteger su obra• Licencias
Creative Commons
Coloriuris
• Registros
SafeCreative
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