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OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS y

OTRAS ENTIDADES NO PÚBLICAS EN ECUADOR

Cristhian Bahamonde Galarza

Director General de Política Pública DPE Santiago de Chile, 17 de abril de 2018

¿Qué dice la Constitución sobre el Derecho de Acceso a la Información Pública?

Art. 18 numeral 2., señala: “Acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas (…)

• Art. 1.- Principio de Publicidad de la Información Pública.- Toda la información que emane o que esté en poder de las instituciones, organismos y entidades, personas jurídicas de derecho público o privado que, para el tema materia de la información tengan participación del Estado o sean concesionarios de éste (…).

Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP)

Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP)

Entidades sujetas a la Ley: • Las organizaciones de trabajadores y servidores de las instituciones del Estado

• Las instituciones de educación superior que perciban rentas del Estado

• Las organizaciones no gubernamentales (ONGs)

• Las personas jurídicas de derecho privado

• Los Partidos Políticos

Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP)

Art. 16.- Información Pública de los Partidos Políticos.- Todos los partidos y organizaciones políticas que reciben recursos del Estado, deberán publicar anualmente en forma electrónica, sus informes

sobre el uso detallado de los

fondos a ellos asignados.

Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP)

Art. 15.- En 60 días desde la recepción de los informes de gasto electoral, presentados por las agrupaciones políticas o candidatos, el CNE debe publicar

en su sitio web los montos recibidos y gastados de campaña electoral.

En el Art. 331.- Obligaciones de las organizaciones políticas: 9. Cumplir con las obligaciones en

materia de transparencia y acceso a su información.

Art. 108.- Los partidos y movimientos políticos son organizaciones públicas no

estatales (…)

ORGANIZACIONES POLITICAS APROBADAS

TIPO DE ORGANIZACIÓN No.

PARTIDOS POLITICOS 7

MOVIMIENTOS NACIONALES 11

MOVIMIENTOS PROVINCIALES 47

MOVIMIENTOS CANTONALES 86

MOVIMIENTOS PARROQUIALES 14

TOTAL 165

Obligaciones según la LOTAIP a:

• Transparencia Activa (Art. 7) • Presentar un informe anual a la

Defensoría del Pueblo (Art. 12) • Atender oportunamente los pedidos de

información pública (art. 19) • Partidos: Publicar un informe detallado

sobre el uso de los fondos asignados (art. 16)

Limitaciones o vacíos legales:

• Amplio universo o catastro de entes obligados y variable

• Transparencia activa. Qué y cómo informar?

• Faltan responsabilidades claras y un adecuado régimen de sanciones

• Dificultades para un adecuado control • Poca o ninguna jurisprudencia

Información y Contactos

Cristhian Bahamonde Galarza Director General de Política Pública

CONSULTAS Email: cbahamonde@dpe.gob.ec

@crisbahamonde

MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN

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