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OSINERGMIN

Funciones y Organización

Marcos Guevara Salcedo

23 de noviembre de 2010

1

OSINERGMIN

Organismo Supervisor de la Inversión en

Energía y Minería.

Se creó por Ley N°26784, bajo el nombre

de Organismo Supervisor de la Inversión

en Energía (OSINERG).

Inicialmente se le otorgó competencia

para supervisar y fiscalizar las actividades

que desarrollan las empresas en los

subsectores electricidad e hidrocarburos.

2

Funciones de OSINERGMIN

A) Función Normativa: El Consejo

Directivo puede dictar, dentro de su

ámbito de competencia, reglamentos y

normas de carácter general, aplicables a

todas las entidades y usuarios que se

encuentren en las mismas condiciones.

La función normativa no comprende

aquella que le corresponde de acuerdo a

Ley del Ministerio de Energía y Minas,

responsable del sector energía.3

B) Función Reguladora: Facultad para fijar

las tarifas del servicio público de

electricidad, así como del servicio de

transporte de hidrocarburos y

distribución de gas natural por red de

ductos.

4

B) Función Reguladora: Facultad para fijar

las tarifas del servicio público de

electricidad, así como del servicio de

transporte de hidrocarburos y

distribución de gas natural por red de

ductos.

5

C) Función Supervisora: Función que

permite verificar el cumplimiento de las

obligaciones legales, técnicas y aquellas

derivadas de los contratos de concesión.

Asimismo, esta función permite verificar

el cumplimiento de cualquier mandato o

resolución emitida por el propio

OSINERGMIN.

6

D) Función Fiscalizadora y Sancionadora:

Permite imponer sanciones a las

entidades que realizan actividades sujetas

a su competencia por el incumplimiento

de las obligaciones legales, técnicas y

aquellas derivadas de los contratos de

concesión.

7

8

E) Función de Solución de Controversias:

Autoriza a los órganos competentes de

OSINERGMIN a resolver en la vía

administrativa los conflictos y las

controversias que, dentro del ámbito de

su competencia, surjan entre las

entidades, entre éstas y los Usuarios

Libres y entre éstos.

9

F) Función de solución de reclamos de

usuarios de servicio público.- Es ejercida

por las propias ENTIDADES, en primera

instancia administrativa, y en vía de

apelación por la Junta de Apelaciones de

Reclamos de Usuarios (JARU) en segunda

y última instancia administrativa.

10

¿Qué son los Servicios Públicos?

En términos generales, se entiende que los servicios públicos

son aquellas actividades que prioritariamente, más no

exclusivamente (pues puede delegarse su desarrollo a

agentes privados) desempeña el Estado, a través de las que

los ciudadanos tienen acceso a determinados suministros

que son considerados como indispensables por la sociedad y

deben prestarse de manera constante y segura.

Es el caso fundamentalmente de los servicios de agua y

alcantarillado, telefonía, así como energía.

11

Acerca de los Servicios Públicos

Energéticos:

Distribución de Electricidad

12

Panorama General de la Evolución

del Servicio Eléctrico en el Perú:

Hasta 1972:Operación compartida por agentes privados yestatales.

1972-1992 :Exclusividad de empresas del Estado paraproveer electricidad (operación verticalmente integrada enempresas públicas Electroperú S.A. y Electrolima S.A.).

1992 : Reforma del sector eléctrico

Decreto Ley Nº 25844 (Ley de ConcesionesEléctricas - LCE).

D.S 009-93-EM (Reglamento de la LCE)

Objetivo = Liberalizar el mercado y promover la competencia

13

Panorama General de la Evolución

del Servicio Eléctrico en el Perú: El citado marco normativo fue básico para la desintegración

vertical de los activos de generación, transmisión y distribuciónde energía eléctrica.

Generación =Producción de electricidad en diversas fuentes.

Transmisión =Transporte de la electricidad.

Distribución=Despacho de la energía hacia los clientesfinales.

Con los activos desintegrados se crearon nuevas empresas a lasque se otorgó concesiones para la operación.

Algunas de dicha empresas han sido transferidas a particulares víaprivatización, aunque la mayoría permanece bajo control Estatal.

14

Panorama General de la Evolución

del Servicio Eléctrico en el Perú:

Debido a las características intrinsecas de cada una de lasactividades de la industria, no es posible introducircompetencia en todas ellas.

Así, la transmisión y distribución son entendidas comoactividades con características de monopolio natural, por loque es deseable por consideraciones de eficiencia quesolamente una empresa preste esos servicios por zona.

En cambio, en la generación la competencia es deseable yposible.

15

La Actividad de Distribución

Eléctrica: La distribución es la provisión de electricidad a los

consumidores finales en un área de concesión.

Esta actividad comprende el traslado de energía eléctricadesde las redes de transmisión hacia los consumidoresfinales en un área de concesión.

Se requiere concesión emitida por el Ministerio deEnergía y Minas para operar en el mercado; se le otorgaexclusivamente a una empresa por área debido aconsideraciones de economías de escala crecientesilimitadas.

16

La Actividad de Distribución

Eléctrica:

La mayoría de las inversiones para el desarrollo deactividades del sector eléctrico son “hundidas”, de largaduración.

Los activos son específicos a un lugar, pues debeninstalarse en una ubicación puntual de la cual luego no sepueden mover.

La LCE estableció un “Mercado Regulado” compuesto por los consumidores que demandan hasta un mega watt (1MW) de potencia. A dichos agentes se les conoce como clientes del “Servicio Público de Electricidad”.

17

La Actividad de Distribución

Eléctrica:

El abastecimiento de energía eléctrica en el “MercadoRegulado” es brindado de forma exclusiva a los clientes por laempresa operadora que ostenta la concesión en la respectivaárea de distribución.

El cobro por el servicio se efectúa en mérito a tarifas reguladaspor OSINERGMIN.

Actualmente el número de suministros (clientes) en el mercadoregulado se aproxima a los 4 500 000.

La LCE, como parte de las reformas emprendidas, establecióademás un “Mercado Libre de Regulación” ó “Mercadode Clientes Libres”, en el que participan como consumidoresaquellos que demandan mas de un (1) Mw de potencia.

18

La Actividad de Distribución

Eléctrica:

Por lo general los clientes no sujetos a regulación tarifaría o“Clientes Libres” son empresas de gran magnitud.

Los “Clientes Libres” tienen la posibilidad de contratar susuministro con una distribuidora, pero también directamentecon una generadora.

El precio al que los “Clientes Libres” se proveen de energíay potencia depende de su capacidad negociadora frente a suproveedora.

Actualmente los clientes libres no son más de 250.

19

Acerca de los Servicios Públicos

Energéticos: Distribución de Gas

Natural por Red de Ductos

20

¿Qué es el Gas Natural?

El Gas Natural es una mezcla de gases que se encuentra

compuesta primordialmente, en más de un 90%, por

metano. En cambio, el Gas Licuado Petróleo (GLP) que es

el que se utiliza en los balones de gas, está conformado

esencialmente por propano.

El Gas Natural se encuentra albergado en depósitos

subterráneos, muchas veces asociado a la presencia de

petróleo; ambos hidrocarburos se formaron hace millones

de años por la descomposición y fosilización de animales y

plantas en sedimentos de piedra bajo la superficie,

sometidos luego a presión y calor, que convirtieron el

material orgánico en gas y petróleo.

21

¿Qué es el Gas Natural?

El factor principal que determina la transformación del

material orgánico en gas o petróleo es la temperatura; a

mayor temperatura (y mayor profundidad) es mas probable

que los reservorios existentes sean de Gas Natural.

La características mas valiosa que posee el gas natural, se

deriva de las propiedades del metano: tener un gas

descolorido e inodoro, que se quema con más facilidad que

otros combustibles, produciendo una llama pálida y

ligeramente luminosa.

22

¿Qué es el Gas Natural?

Para el uso del Gas Natural a nivel de industria y hogares, y

debido a su carácter incoloro e inodoro, se le añade una

sustancia llamada metilmercaptano, para que sea fácil

detectar una fuga de gas y evitar su ignición espontánea.

El Gas Natural está considerado como un combustible

mucho más limpio que el carbón ó el petróleo al generar

menos emanaciones contaminantes.

23

¿Para que sirve el Gas Natural?

El Gas Natural es aplicado en diversos ámbitos:

1. Generación Eléctrica.- A través de centrales de

generación de “ciclo combinado” (coexistencia de turbinas

de vapor de agua y de turbinas en que combustiona gas) se

puede obtener energía eléctrica a más bajo costo.

2. Industrias.- Es utilizado como combustible y puede

significar un ahorro para la gran industria.

24

¿Para que sirve el Gas Natural?

3. Residencial y Comercial.- Utilización en artefactos

gasodomésticos (fundamentalmente cocina, calefacción de

ambiente y calentador de agua-terma) a costo menor que los

equipos alimentados por otras fuentes de energía como la

electricidad, el GLP ó Kerosene.

4. Vehicular.- El Gas Natural Comprimido, también llamado

Gas Natural Vehicular (GNV) puede ser una alternativa

económica y menos contaminante, en especial para el

transporte público.

25

La Industria del Gas Natural:

Dadas las características propias a la ubicación física (en

profundidades) y geográfica (generalmente en regiones

distantes) del Gas Natural, la estructura del negocio de Gas

Natural es compleja e implica varios componentes, siendo

estos los siguientes:

Exploración

Explotación(producción)

Transporte

Distribución

Se trata evidentemente de una industria de red, la cual se

encuentra desintegrada verticalmente (agente diferentes a

cargo de cada una de las actividades).26

La Industria del Gas Natural:

El Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de

Ductos, divide a los consumidores según su volumen de

consumo, existiendo:

Consumidor Regulado: Adquiere menos de 30 000

metros cúbicos día y debe contratar directamente con el

distribuidor.

Consumidor Independiente: Consume más de 30 000

metros cúbicos día y puede elegir si adquiere el Gas Natural

de alguien distinto al distribuidor (Ejemplo: el productor).

27

La Industria del Gas Natural:

La Resolución Nº 097-2004-OS/CD de OSINERGMIN ha

establecido cuatro (4) categorías tarifarias para los

consumidores regulados de gas:

Categoría de ConsumidorConsumo de Gas Natural

(m3/mes)

A

(Residencial ó Doméstico)Hasta 300

B

(Comercial Menor)De 3001 hasta 17 500

C

(Pequeña y Mediana Industria)De 17 501 hasta 300 000

D

(Gran Industria y Vehicular)

Mas de 30 000 y menos de 300 000

m3/día

28

• En la actualidad solamente existe una empresa

distribuidora de Gas Natural, CÁLIDDA, que brinda el

servicio de Lima y Callao desde 2004.

• A la fecha, se está efectuando un proceso para constituir

otras empresas de distribución de gas en el sur del país.

• De igual manera, se publicó una norma para promover la

creación de empresas municipales de distribución de gas

natural (Ley N° 29496 y Decreto Supremo N° 058-2010-

EM).

29

La Regulación

30

Regulación Tarifaria y de otras

Variables:

¿Por qué la Regulación?

Estamos ante Servicios Públicos.

El prestador actúa en calidad de monopolio natural.

Pueden existir conflictos entre los intereses públicos (buen

servicio a bajo costo) y privados (maximizar utilidades).

31

Regulación Tarifaria y de otras

Variables:

¿Para qué la Regulación?

Promover un equilibrio que asegure la inversión privada y la

protección de los consumidores.

Establecer tarifas justas y garantizar un servicio de calidad y

seguro.

Controlar las actividades importantes para la sociedad por

medio de un sistema regulatorio.

32

Regulación Tarifaria y de otras

Variables:Conforme señala el especialista colombiano Jairo Rubio Escobar

“Debemos tener presente que la mayoría de servicios públicos se

nos presentan como monopolios naturales, en virtud de las

economías de escala. Por eso en muchas ocasiones resulta más

eficiente que el servicio público sea prestado por una sola empresa

y no por varias. Por lo tanto, en esos casos, frente a un monopolio

natural, la regulación es fundamental.”

Agrega luego que “La regulación es la herramienta esencial con la

que cuenta el Estado para resolver las fallas del mercado (….) la

regulación sirve para promover una asignación similar a la de una

situación de competencia y para que las empresas adopten

comportamientos eficientes”.

33

Regulación Tarifaria y de otras

Variables:

La referencia a los servicios públicos regulados, lleva como

correlato la necesidad de que exista un ente regulador,

supervisor y fiscalizador del desempeño de las empresas

prestadoras de dichos servicios.

En el caso peruano, en lo que concierne a los servicios

públicos de electricidad y de gas natural por red de ductos, el

citado ente es el Organismo Supervisor de la Inversión en

Energía y Minería – OSINERGMIN.

34

Rol de las Reguladoras

Fuente: OSINERGMIN 2010. “El servicio de excelencia en la gestión pública: Caso OSINERGMIN”, pág. 14.

EmpresasPromover

la eficiencia económica

Población

Gobierno

Proteger los derechos

de la población

Garantizarlas inversiones

Cumplimiento del

marco normativo y

contractual

Supervisión de

Compromisos

35

Características de los Reclamos de

Usuarios frente a Prestadores de

Servicios Públicos Energéticos

36

En el Perú, cuando el consumidor de un bien o el usuario

de un servicio cualquiera cuestiona la conducta de su

contraparte proveedora, puede acudir desde un primer

momento a un mecanismo heterocompositivo que se

tramita ante una autoridad administrativa: INDECOPI. Al

interior de esa entidad se encuentran insertas las dos (2)

instancias competentes para solucionar el conflicto: La

Comisión de Protección al Consumidor (CPC), como

primera instancia, y , en caso de apelación, la Sala de

Defensa de la Competencia del Tribunal de INDECOPI.

37

En cambio, cuando el reclamo se plantea en el ámbito de

los servicios públicos energéticos, quién actúa como

primera instancia resolutiva no es una autoridad exógena

a la relación en controversia, sino que ese rol recae en

uno de los agentes directamente involucrados en el

problema: La propia empresa concesionaria de

distribución de energía. Solamente en caso se plantee un

recurso de apelación contra lo resuelto por la empresa

prestadora, es que intervendrá un tercero ejerciendo el

rol de autoridad: La Junta de Apelaciones de Reclamos de

Usuarios (JARU), que es un tribunal administrativo de

OSINERGMIN.

38

Lo antes mencionado, evidencia otra peculiaridad propia a

lo que sucede con los reclamos de servicios públicos: A

diferencia de los procedimientos que se siguen ante las

dependencias del INDECOPI, que son de naturaleza

manifiestamente trilateral ( el denunciante se dirige a una

autoridad para que dirima un conflicto entre él y su

proveedor), los reclamos de usuarios de servicios públicos

se tornan trilaterales “en términos reales” (más allá de la

ficción legal del artículo 219 de la Ley del Procedimiento

Administrativo General) recién cuando el expediente es

conocido en vía de apelación por los tribunales

especializados de los organismos reguladores, como es el

caso de la JARU.

39

Otra diferencia sustancial entre el procedimiento que se sigue

ante el INDECOPI y aquél que puede culminar en

OSINERGMIN, se aprecia en lo concerniente a los sujetos

legitimados para plantear el reclamo.

En el ámbito de INDECOPI la calidad de denunciante o

reclamante solamente corresponde a quienes califiquen como

consumidor o usuario según la Normativa General de

Protección al Consumidor. El artículo 3 del TUO de la Ley de

Protección al Consumidor entiende como tales a “las personas

naturales que en la adquisición use o disfrute de un bien o

contratación de un servicio actúan en un ámbito ajeno a una

actividad empresarial ó profesional y, excepcionalmente, a los

microempresarios que evidencien una situación de asimetría

informativa con el proveedor respecto de aquellos productos o

servicios no relacionados con el giro propio del negocio”.

40

Algo similar, aunque ampliado a las personas jurídicas, establece

el artículo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 29751 – Código

de Protección y Defensa del Consumidor.

En cambio, en lo que se refiere a los servicios públicos

energéticos, se considera como agentes aptos para actuar como

reclamantes, al titular del suministro, a los usuarios y a los

terceros con legítimo interés. De acuerdo a la normativa que

rige los reclamos en los servicios públicos energéticos, se

entiende que son:

Titular del suministro: Aquellos que tienen suscrito un contrato

para el abastecimiento de energía con una empresa

concesionaria de distribución y también a aquellos otros cuyo

nombre aparece en el recibo.

41

Usuario: Es toda persona natural ó jurídica que utiliza un

servicio público de energía, cuyas tarifas son fijadas por

OSINERGMIN.

Tercero con Legítimo Interés: Es cualquier persona que sin ser

usuario ni titular de suministro, formula un reclamo a fin que se

expida una resolución por medio de la que se solucione una

situación que le vulneraría algún derecho.

42

Una diferencia adicional se presenta en lo relativo a las

resoluciones que emiten los órganos del INDECOPI (CPC y el

Tribunal) respecto a lo que sucede cuando se pronuncia la JARU

de OSINERGMIN acerca de un reclamo.

En las resoluciones de INDECOPI, en caso se determine la

transgresión de las normas que protegen al consumidor por

parte del proveedor denunciado, se podrán dictar medidas

correctivas para subsanar la afectación ocasionada al

consumidor denunciante, pero además, simultáneamente será

habitual que se imponga en el mismo acto administrativo una

sanción al denunciado.

43

En cambio, cuando la JARU emite sus resoluciones de respuesta

a los recursos de apelación, si determina que el reclamo es

fundado y que la razón asiste al reclamante, lo que ocurrirá será

únicamente que se dispondrá que la empresa distribuidora de

energía adopte la correspondiente medida correctiva (corregir

el importe de dinero consignado erróneamente en el recibo,

disponer el cese del cobro de conceptos inadecuadamente

incluidos en el recibo, disponer el reembolso al usuario del

dinero aportado por este a la concesionaria para la ampliación

de infraestructura eléctrica, etc).

44

En aquellos casos en que el reclamo sea declarada fundado, la

JARU efectuará una labor ulterior de verificación de

cumplimiento de sus mandatos por parte de las concesionarias.

Si se advierte que no se acató lo ordenado, la Secretaría Técnica

de los Órgano Resolutivos ( STOR), órgano de apoyo de la

JARU, estará en aptitud de iniciar un procedimiento

administrativo sancionador que podría culminar con la

imposición de una multa por parte de JARU, a la concesionaria

que no acató su mandato.

En caso de apelación, la materia será elevada al Tribunal de

Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería –

TASTEM.

45

46

Hidrocarburos

• Principal fuente de Energía (60.3%) del total de energía

primaria consumida en el Perú.

•Existe déficit en la balanza de hidrocarburos. Dependencia a

las importaciones de petróleo crudo y derivados como el

Diesel 2 y el GLP.

Situación antes de los 90

47

•Crisis financiera de PETROPERU (empresa estatal).

•Los precios de los combustibles se encontraban

subsidiados.

•Producción y reservas de petróleo en descenso.

•Disminución de actividades de exploración.

•PETROPERU: Monopolio de todas las actividades de

hidrocarburos, excepto exploración y explotación

Reformas en el Sub Sector

Hidrocarburos

48

• Reestructuración de Petroperu

•Liberalización de la industria.

•Privatización de empresas estales.

•Los precios se rigen por la oferta y la demanda, por ello

en este mercado no hay lugar para cualquier tipo de

regulación tarifaria.

49

Funciones de OSINERGMIN

Control Metrológico

Control de Calidad

Órganos de OSINERGMIN

50

• Consejo Directivo

•Gerencia General

•Gerencias de Línea: Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos,

Fiscalización Minera, Fiscalización de Gas Natural y Fiscalización Eléctrica

•Tribunal de Solución de Controversias.

•Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios (JARU)

•Tribunal de Apelaciones de Sanciones en temas de Energía y Minería

(TASTEM)

•Cuerpos Colegiados.

Ámbito de OSINERGMIN

Electricidad

Hidrocarburos líquidos

Gas Natural

Minería

Consejo Directivo Tribunal de Apelaciones y Sanciones en

Energía y Minería

Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios

Tribunal de Solución de

Controversias

Fiscalización RegulaciónCuerpos

Colegiados

Fijación tarifas

Normativa

Fiscalización -Supervisión

Reclamos de Usuarios

Solución de Controversias

Post-Privatización

51

GRACIAS

52

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