memoria de actividades 2007-2009
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2
ndice
I.
III.
X. XI.
AI. AII.
II.
VI. VII.IV.
VIII.
V.
IX.
-
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Carta del Presidente de la CNC 04
I.06Dos aos en perspectiva
II. 13Estructura organizativa
III. 22Actividad normativaIII.1 Reglamento. RD 261/2008 23III.2 Programa de clemencia 24III.3 Comunicacin de sanciones 25
IV. 26Conductas restrictivas de la competencia
IV.1 Introduccin 27IV.2 Expedientes sancionadores de prcticas prohibidas 27
A.Tramitacin de expedientes 27B.Expedientes incoados 29
C.Expedientes nalizados31
D.Expedientes sancionadoresresueltos por el Consejo 32
IV.3 Expedientes relativos a recursos 33IV.4 Expedientes sobre cuestiones incidentales
y ejecucin de sentencias 35IV.5 Sanciones impuestas por la CNC 37IV.6 Vigilancia y ejecucin 38IV.7 Actividad de inspeccin e investigacin 38
V. 40Control de concentraciones
V.1 Introduccin 41V.2 Operaciones de concentracin analizadas 41
A.Noticaciones 41B.Reenvo de expedientes
de y a la Comisin Europea 43C.Terminacin en primera fase 46D.Segunda fase 46
V.3 Otras actuaciones 47
VI. 48Promocin de la competencia
VI.1 Introduccin 49VI.2 Informes normativos 54VI.3 Ayudas pblicas 55VI.4 Estudios 57VI.5
Informes de apertura de grandesestablecimientos comerciales 60
VII. 62Relaciones con las Comunidades Autnomas
VII.1 Introduccin 63VII.2 Actividad desarrollada en el marco de la Ley 1/2002 63
A.Expedientes asignados 64B.Junta consultiva en materia de conictos 67C.Mecanismos de coordinacin 67
El Consejo de Defensa de la Competencia:67
1. Criterios de asignacin de expedientesen aplicacin de la Ley 1/2002 68
2.Promocin de la competencia 683. Distribucin comercial 684. Red de Cooperacin de rganos competentesen materia de Defensa de la Competencia (REC) 68
Otros mecanismos de coordinacin:69D.Colaboracin entre autoridades 69
VIII. 72Actividad internacional
VIII.1Unin Europea 73A. Participacin en el proceso normativo 73B.Reunin de Directores Generales
de Competencia 73C.Reuniones de Grupos y Subgrupos de trabajo
de la ECN 74D.Audiencias y Comits Consultivos
sobre expedientes comunitarios 74E.Da Europeo de la Competencia 74
VIII.2Asociacin de Autoridades de Competencia Europeas 74VIII.3Comit de Competencia de la OCDE 75
A.Comit de Competencia y sus gruposde trabajo 2 y 3 75
B.Foro Latinoamericano de Competencia 75VIII.4Red Internacional de Autoridades de Competencia (ICN) 76VIII.5Foro Iberoamericano de Defensa
de la Competencia 76VIII.6Cooperacin bilateral / Asistencia tcnica 76
IX. 78Capital humano
IX.1 Introduccin 79IX.2 Descripcin de la plantilla 79IX.3 Evolucin de la relacin de puestos
de trabajo y efectivos 82IX.4 Relaciones laborales 84
A.Plan de Accin Social 84B.Calendario laboral 85C.Formacin 86
IX.5 Retribuciones y Productividad 86
X. 88Recursos materiales: Ejecucin delpresupuesto y Sistemas de la Informacin
X.1 Presupuesto 89X.2 Gestin econmica 92X.3 Funcionamiento interno 94X.4 Liderazgo y cultura organizativa 94X.5 Tecnologas de la Informacin y las Comunicaciones 95
A.Inspecciones 96B.Proyectos de Administracin Electrnica 97C.Sistemas 99
XI. 102Actividad institucional
XI.1 Introduccin 103XI.2 VI y VII ediciones de la Escuela Iberoamericana
de Competencia 103XI.3 Cursos virtuales de Competencia para Iberoamrica 104XI.4 Los seminarios de especializacin CNC-AECID 104XI.5 Seminarios internos 105XI.6 Jornadas anuales de la CNC 105XI.7 Otras actividades 106
ndice de grficos y cuadros112
Anexos.AI. Resmenes de los estudios de la CNC 114AII. Resmenes de las resoluciones
del Consejo de la CNC en 2007-2009 122
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Carta del Presidente
Luis Berenguer Fuster
Presidente
Se han sentado las basespara convertir a la CNCen una institucin fuertee independiente, comprometidaen la defensa y promocinde la competencia
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5CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Carta del Presidente
Con la aprobacin de la Ley 15/2007 se abra paso a una
nueva etapa en la Defensa de la Competencia en nuestro
pas, con un marco normativo que representaba una apuesta
decidida por esta poltica como eje de desarrollo econmico.
La nueva Institucin creada tena que responder a estas
expectativas y para ello dise un plan de actuacin conunos objetivos tasados que deba cumplir en el periodo
2007-2009.
En los dos ejercicios transcurridos desde ese momento
se han sentado las bases para convertir a la CNC en una
Institucin fuerte e independiente comprometida en la
defensa y promocin de la competencia. Este proceso ha
sido doblemente complejo. Por una parte, hemos asistido
a la fusin de las dos Instituciones previas, SDC y TDC, con
todas las tensiones que cualquier proceso de integracin
de equipos y recursos conlleva. Simultneamente, se ha
producido un cambio brusco y acelerado de la coyuntura
econmica que ha abierto un periodo de reflexin sobre la
validez de los paradigmas que se postulaban en las polticas
de defensa de la competencia.
Hay que destacar los grandes avances realizados
en el proceso de creacin de una institucin slida y
bien dotada, capaz de afrontar los nuevos retos del siglo
XXI, que nos plantebamos como primer objetivo de
nuestro plan de lanzamiento. Algunas de las principales
novedades que se pueden resear seran las siguientes:
por una parte, la especializacin sectorial de la Direccin de
Investigacin que permitir un conocimiento ms detallado
de los agentes econmicos que operan en cada sector
proponiendo soluciones ms adaptadas a sus caractersticas
y particularidades. El proceso de fusin de Instituciones ha
facilitado la integracin de las unidades de servicio horizontal
a travs de la Secretara General y la Asesora Jurdica,
liberando recursos que pueden dedicarse ahora a las labores
de investigacin y promocin que se han encomendado a la
CNC. Por otra parte, hemos incorporado a nuestra estructura
la figura del Economista Jefe, que aadir rigor analtico a los
expedientes y resoluciones.
Desde el punto de vista normativo, algunos de los hitos
ms destacados de este primer bienio de existencia han sido
la aprobacin del Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero,
que recoge el Reglamento de Defensa de la Competencia y
la sancin del Estatuto de la CNC, publicado el 3 de marzo
de ese mismo ao. Con estas dos normas se completaba el
marco normativo de desarrollo de la Ley 15/2007. Adems
se han redactado unas instrucciones sobre el rgimen de
clemencia que detalla el procedimiento de esta novedosa
figura en el sistema espaol y en febrero de 2009 el Consejo
aprobaba la Comunicacin de Multas, que establece un
marco bien definido del rgimen sancionador, a la vez
que manda un mensaje de tolerancia cero respecto a las
conductas ms graves contra la competencia.
El Reglamento de Defensa de la Competencia ha
reforzado las facultades de inspeccin que otorgaba a la
CNC la nueva Ley y esto ha permitido un cambio radical en
el patrn de lucha contra las conductas restrictivas de la
competencia en nuestro pas: De los 52 expedientes incoadosen este bienio 26, es decir la mitad, lo han sido de oficio. Este
dato revela una actitud ms beligerante y activa por parte de
la Autoridad de Competencia, que no tiene precedentes en
nuestro sistema jurdico.
En coherencia con esta nueva posicin de la CNC, se
encuentra el extraordinario desarrollo de la poltica de
promocin de la competencia. Recogiendo la tradicin
de los informes que se aprobaron en los aos 90 por el
antiguo TDC, hemos impulsado en estos dos aos la
elaboracin de estudios tanto de carcter general comosectorial que pretenden fomentar normas liberalizadoras
que faciliten la eliminacin de aquellos obstculos que
dificultan el funcionamiento eficiente de los mercados e
estimulen una mayor competitividad internacional.
Desde el punto de vista cuantitativo, esta actividad ha
sido espectacular: se han elaborado ocho informes, que
ataen tanto a las Administraciones Pblicas para lograr
una regulacin ms favorecedora de la Competencia, hasta
a sectores concretos de la economa como el transporte
interurbano por carretera o los colegios profesionales.
Un captulo importante en nuestra nueva labor de
promocin durante esta primera etapa se ha centrado en
la elaboracin de informes sobre los proyectos de ley y
resto de normas de la Administracin Pblica. En este
mbito, el ejercicio de transposicin de la Directiva de
Servicios a nuestro ordenamiento nos ha permitido
interactuar con los Ministerios sectoriales correspondientes.
En estos dos aos hemos desplegado tambin
una intensa actividad internacional en todos los foros
e instituciones multilaterales. Consideramos que el
intercambio de opiniones y el debate con nuestros colegas
de Autoridades de Competencia son enriquecedores para
nuestra Institucin y los programas que desarrollamos.
Hemos reforzado tambin nuestro compromiso de
cooperacin con Iberoamrica a travs de nuevos
instrumentos como los cursos virtuales de formacin,
que se aaden a iniciativas consolidadas como la Escuela
Iberoamericana de Competencia, ya en su IX Edicin.
Nuestro objetivo, sin embargo, va ms all puesto que
pretendemos extender la cultura de la competencia a toda la
sociedad estimulando el debate y la sensibilidad sobre esta
materia. Para ello hemos redoblado nuestros esfuerzos de
transparencia y comunicacin de todas nuestras acciones,
fomentando la difusin de las novedades de la nueva Ley
entre la comunidad empresarial y los distintos colectivos
profesionales que estn en contacto directo con la CNC.
Hemos promovido tambin acuerdos de colaboracin con
Universidades y Centros de Formacin dentro y fuera de
Espaa que enriquecern el debate sobre el desarrollo de
nuestro sistema legal y la evaluacin de nuestros resultados.
En la obra que presento a continuacin realizamos
un repaso de lo que han supuesto estos dos primeros
aos de existencia. Nos separamos as del clsico
modelo de Memoria Anual que sigue el curso de los aos
naturales. Creemos que la aprobacin del nuevo marco
legal e institucional de la Ley 15/2007 ha supuesto una
transformacin radical de los procedimientos y contenidos
de nuestra Institucin. Pensamos por ello que era necesario
realizar una presentacin de los datos de la CNC que partiera
del momento de creacin de este nuevo rgano. A partir de
ahora las Memorias de la CNC se presentarn con carcteranual, pero en periodos que se iniciarn en septiembre de
un ejercicio y concluirn en agosto del ao siguiente.
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I.Dos aos en perspectiva
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Se cumplen dos aos desde la creacin de la Comisin Nacional de la Compe-tencia (CNC) y si hubiera que resumir en una idea que es lo que ha caracteriza-do al nuevo organismo en este perodo, sin duda sera la de la proactividad entodos sus campos de actuacin.
Proactividad que se ha reflejado tanto en las tradicionales polticas de perse-cucin de conductas dainas (abuso de posicin de dominio y crteles)y elcontrol de las concentraciones, como en las nuevas funciones que la Ley deDefensa de la Competencia ha atribuido a la CNC, tal es el caso de la promo-cin de la competencia(advocacy).
Este aumento de actividad, no slo ha consolidado la imagen institucional de laCNC, sino que ha puesto a este organismo en el centro del debate pblico enmateria econmica por el papel dinamizador que ha ejercido la nueva autoridadde competencia. Asimismo, le ha situado como un referente clave a la hora deproponer reformas estructurales que ayuden a potenciar la libre competencia.Esto es de gran relevancia para garantizar el correcto funcionamiento de lasreglas del juego, mxime teniendo en cuenta el actual momento de crisis eco-nmica por el que estamos atravesando, el cual puede dar lugar a polticasintervencionistas o proteccionistas que perjudiquen el libre mercado.Para ello la CNC ha llevado a cabo un ejercicio de mxima transparencia ydifusin de todas sus actuaciones y comunicaciones, con clara vocacin deestar al servicio de los ciudadanos y con el objetivo de concienciar a la opininpblica y administraciones de la importancia que tiene la competencia efectivaen los mercados, lo que se traduce en ventajas ms que evidentes para losconsumidores.
7CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Dos aos en perspectiva
Programa de clemencia
Esta herramienta ha supuesto un clarorevulsivo en la deteccin de crtelesen nuestro pas por la autoridad decompetencia, en lnea con uno de los
objetivos fundamentales de la nuevaLey de Defensa de la Competencia, res-pecto a la lucha contra las prcticasms dainas: los crteles.
No slo por el nmero de solicitudesde clemencia presentadas el primerda dato que se hizo pblico por laCNC, puesto que los primeros solici-tantes de clemencia esperaron durantevarios das ante el Registro de la CNCpara presentar estas solicitudes, sinotambin considerando las solicitudes
de clemencia presentadas de for-ma regular tras este primer da, ylas consecuencias derivadas de lapuesta en marcha de este progra-
ma respecto de la lucha contra loscrteles (cuyo resultado quizs msevidente es el signicativo aumen-to del nmero de inspecciones enempresas realizadas por la CNC), seha de armar que este programa estconsiguiendo el principal objetivo desu implantacin en el sistema espa-ol de defensa de la competencia, ladeteccin de crteles y su sancina lo largo de 2009 respecto a lasprimeras solicitudes de clemenciapresentadas.
Isabel Lpez Glvez
Subdirectora de Crteles y Clemencia
Direccin de Investigacin
1.
Si hubiera que resumiren una idea que es lo queha caracterizado al nuevoorganismo en este perodo,sin duda sera la de laproactividad en todossus campos de actuacin
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Esta intensa labor ha dado sus frutos con el reciente reconocimiento, por partedel Gobierno, del papel clave que representa la competencia en cualquier sec-tor de la economa espaola para el buen funcionamiento del mercado.
Desde julio de 2009 todo proyecto de norma debe pasar obligatoriamente porel filtro del anlisis de competencia antes de su aprobacin. Este es un logrofundamental que viene a destacar la importancia que tiene la figura de la auto-ridad de competencia en Espaa.
El protagonismo que ha cobrado en la vida pblica la CNC ha sido posible engran medida porque la nueva Ley ha reforzado sus reas de actuacin y haconsolidado su independencia respecto del Gobierno, cuya facultad de ac-tuacin sobre las decisiones aprobadas por el Consejo de la CNC ha quedadorestringida, no habindose producido en estos dos aos ninguna intervencingubernamental sobre las decisiones de la CNC.
La CNC ha crecido, adems, en tamao y recursos, lo que le ha permitido unmayor conocimiento y especializacin por sectores econmicos. Esto se hatraducido en una mayor rapidez de actuacin en la instruccin de los expedien-tes sancionadores y en un incremento de la apertura de oficio de los mismos,por parte de la Direccin de Investigacin. sta es una unidad clave dentro delorganismo, ya que se encarga de perseguir las conductas anticompetitivas msdainas (abuso de posicin de dominio y crteles) as como de la instruccindel control de las operaciones de concentracin.
Un instrumento fundamental en la lucha contra los crteles y que ha actuadocomo un revulsivo a la hora de detectarlos y prevenirlos, ha sido el nuevoprograma de clemencia.La posibilidad de reducir sanciones o eximirse de
Comunicacin de Sanciones
Con el objetivo de disuadir de compor-tamientos anticompetitivos, mejorarla transparencia y objetividad en elclculo de las sanciones y favorecer
la seguridad jurdica de los operado-res econmicos, la Comisin Nacionalde la Competencia aprob, en el mesde febrero de 2009, la Comunicacinsobre la cuanticacin de las sancio-nes derivadas de infracciones de losartculos 1, 2 y 3 de la Ley de Defen-sa de la Competencia (LDC) y de losartculos 81 y 82 del Tratado de laComunidad Europea (TCE), en la quese establecen las directrices que, concarcter general, guiarn la actua-cin de la Comisin en el mbito de lacuanticacin de las sanciones.
El propsito de la Comunicacinsobre la cuanticacin de las san-ciones es desarrollar y publicitar loscriterios del nuevo rgimen sancio-
nador previsto en la Ley de Defensade la Competencia que contribuyan adisuadir a los potenciales infractoresde aquellos comportamientos quetienen consecuencias graves parael bienestar social. Para ello la Leydispone que las sanciones deben sercuanticadas atendiendo a la grave-dad de la infraccin y en proporcinal dao causado y al benecio ilcitoobtenido por el infractor.Pilar Snchez Nez
Consejera
2.
La CNC ha crecidoen tamao y recursos,lo que le ha permitido
un mayor conocimientoy especializacin porsectores econmicos
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9CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Dos aos en perspectiva
ellas, mediante la aportacin de pruebas de la existencia de un crtel, estfuncionando muy positivamente desde su puesta en marcha y ha permitidoaumentar con xito el nmero de inspecciones realizadas por los funcionariosde la CNC en las sedes de las empresas o asociaciones sospechosas de
infraccin. No olvidemos que las inspecciones son casi la nica herramientaeficaz de la que dispone la Direccin de Investigacin para recabar informa-cin necesaria que permita desmantelar crteles. En estos dos aos la CNCha realizado 56 inspecciones a empresas, que han dado lugar a la aperturade 15 expedientes sancionadores abiertos a empresas o asociaciones invo-lucradas.
En lnea con la poltica de transparencia en todas sus actuaciones, la CNC hapublicado la comunicacin sobre la cuantificacin de sancionesen funcinde la gravedad de la infraccin y el dao causado. Por un lado, con el objetivode disuadir de comportamientos anticompetitivos y, por otro, con el de mejorarla objetividad en el clculo de las multas, favoreciendo la seguridad jurdica delos operadores econmicos.
El beneficiario ltimo de las actuaciones de la CNC es el consumidor y la CNCno ha dudado en aplicar las medidas ms eficaces y necesarias para protegersus derechos. Al mayor incremento en la apertura de expedientes e investi-gaciones de oficio, se une tambin el aumento considerable de las sancionesimpuestas a las empresas y sectores que han infringido la Ley de Defensa dela Competencia. No se trata nicamente de imponer un castigo ejemplar a lasempresas que incumplan la ley, sino que sirve de aviso para evitar conductasanticompetitivas en el futuro. Slo en el primer semestre de 2009 se han im-puesto multas por un total de 62,3 millones de euros, lo que le ha convertido enel perodo ms sancionador desde la creacin de la CNC.
Terminacin Convencional
La exibilizacin del rgimen de ter-minacin convencional es una de lasprincipales novedades que introducela LDC en el procedimiento sancionador
por conductas restrictivas de la compe-tencia.
Este mecanismo es un modo extraordi-nario de terminacin del procedimientosancionador en materia de acuerdos yprcticas prohibidas que se basa en laaceptacin por parte de la CNC de loscompromisos ofrecidos por parte de lospresuntos infractores para resolver losefectos sobre la competencia derivadosde su conducta. Estos compromisos,que son vinculantes para las partes,surtirn plenos efectos una vez sean in-corporados a la resolucin que pongan al procedimiento.
La Direccin de Investigacin es elrgano encargado de las negociacio-nes de este tipo de acuerdos, siendoel Consejo el que, nalmente y en
su caso, acuerda la terminacin delexpediente por esta va si consideraque los compromisos propuestos sonlos adecuados.
En el 2008 se han tramitado con xitotres procedimientos de terminacinconvencional. Dos de ellos se reerena los convenios colectivos del sectorde seguridad y de telemarketing, y eltercer caso corresponde a un expe-diente relacionado con el sector de lasgasolinas, en el que se ha logrado unacuerdo previa propuesta de compro-misos por parte de CEPSA, Estacionesde Servicio S.A. en julio de 2009.
Clara Guzmn
Directora de Investigacin
3.
El beneciario ltimode las actuacionesde la CNC es el consumidor
y la CNC no ha dudadoen aplicar las medidasms ecaces y necesariaspara proteger sus derechos
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Por otra parte, la nueva unidad de promocin de la CNC, independiente aun-que complementaria de la unidad de investigacin, ha actuado de manera es-pecialmente activa a la hora de trasladar y concienciar a la opinin pblica ya las Administraciones de los beneficios derivados de las buenas prcticas
competitivas, con el fin de crear una cultura de competencia que arraigue enla sociedad.
Ya se ha hecho mencin de la importancia que tiene la obligatoriedad del an-lisis de competencia en todos los futuros proyectos normativos de la Admi-nistracin General del Estado. Precisamente para facilitar dicho anlisis a lasadministraciones pblicas, la CNC public, a principios de 2009, una Gua parala Elaboracin de Memorias de Competencia,basado en un documento me-todolgico anterior que merece tambin la pena sealar: las Recomendacio-nes a las Administraciones Pblicas para una Regulacin de los Mercados
ms Eficiente y Favorecedora de la Competencia.
Basndose en dichas orientaciones metodolgicas, la CNC ha publicado dis-tintos informes de investigacin y propuestas de liberalizacin o modificacinnormativa en aquellos sectores de la economa en los que la CNC detecta quela competencia se encuentra restringida por las caractersticas del mercado, dela regulacin o de otras actuaciones de las Administraciones Pblicas. Con estoquiere advertir de los peligros que ello conlleva para un buen funcionamiento delmercado y promover cambios entre todos los agentes implicados, que permitanalcanzar unos resultados ms eficientes y beneficiosos para los consumidores.
Precisamente, uno de los aspectos en los que la Direccin de Promocin habatallado ms intensamente en estos dos ltimos aos ha sido el esfuerzo por
En el mbito de las labores de pro-mocin de la competencia, la CNCpublic en el mes de junio de 2008 las
Recomendaciones a las Administra-ciones Pblicas para una regulacinde los mercados ms eciente y favo-recedora de la competencia, dondese recogen, por un lado, una serie deprincipios que debe respetar actividadregulatoria de la Administracin paraminimizar la carga econmica y eleventual perjuicio desde la perspecti-va del funcionamiento de la competen-cia en el mercado, y por otro, se anali-za la situacin en sectores concretos
de la economa espaola como ladistribucin comercial, la negociacincolectiva, los colegios profesionales, laenerga o la contratacin pblica.
Siguiendo las orientaciones meto-dolgicas contenidas en las Reco-mendaciones, en febrero de 2009 se
public La Gua para la elaboracinde Memorias de Competencia paraayudar a evaluar los proyectosnormativos de las distintas Adminis-traciones Pblicas desde el punto devista de la defensa de la competen-cia. La publicacin de esta Gua sermuy til a las distintas instanciasnormativas ya que tras la aproba-cin del Real Decreto 1083/2009,de 3 de julio, por el que se regulala memoria del anlisis de impacto
normativo, el anlisis de compe-tencia ser obligatorio a la hora deevaluar el impacto de las normasproyectadas.
Recomendaciones a las administraciones pblicaspara una regulacin de los mercados ms ecientey favorecedora de la competencia
4.
La CNC public, a principiosde 2009, una Gua para laElaboracin de Memorias
de Competencia
Inmaculada Gutirrez
Consejera
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11CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Dos aos en perspectiva
conseguir la correcta adaptacin de laDirectiva Europa de Servicios a la le-gislacin espaola, a travs de la llamada Ley mnibus. Con este objetivo, hapublicado varios informes en lnea con las directrices dadas por la ComisinEuropea, que marcan una lnea maestra de actuacin: regular bien cualquier
actividad econmica desde una perspectiva de defensa y promocin de lacompetencia efectiva en los mercados.
Por ltimo, merece la pena destacar, por su trascendencia pblica, entre lasactividades de promocin de la competencia llevadas a cabo por la CNC, lapublicacin en el verano de 2009 del esperado Informe sobre la competenciaen el sector de carburantes de automocin. El objetivo del anlisis y de las pro-puestas de la Comisin Nacional de la Competencia contenidos en el Informeera introducir mayor competencia en un sector de gran importancia econmicay cuyas deficiencias estructurales dificultan el juego de la competencia y facili-tan la aparicin de comportamientos colusivos.
De momento, las actividades de promocin de la competencia de la CNC sehan limitado a la emisin de informes y recomendaciones, mantenindoseindita la posibilidad otorgada por la Ley de Defensa de la Competencia de im-pugnar ante la jurisdiccin competente los actos administrativos y disposicio-nes de rango inferior a la ley de los que se deriven obstculos al mantenimientode una competencia efectiva en los mercados.
Tanto la Direccin de Investigacin como la de Promocin han aunado esfuer-zos para establecer un canal fluido con la opinin pblica, que informe de ma-nera precisa y con la mayor inmediatez de todas las resoluciones, actividadesy estudios realizados por la CNC. La nueva pgina Web de la CNC, lanzada
Desde el inicio del proceso de trans-posicin de la Directiva de Servicios,la CNC ha insistido en que debaaprovecharse la oportunidad para im-
pulsar un proceso de liberalizacin deamplio alcance en el sector servicios,que es una pieza clave de la estruc-tura econmica de Espaa. En estecontexto, la CNC ha logrado poner enel centro del debate pblico las me-joras que podra aportar un aumentode la competencia en los mercadosde servicios. As lo ha hecho constaren sendos informes publicados al hilode los dos hitos de la transposicin: laLey mnibus y la Ley Paraguas.
Merece la pena destacar tambin elInforme sobre La Reforma de la Leyde Comercio Minorista en el marco dela transposicin de la Directiva de Ser-
vicios. La normativa de la regulacincomercial se ve afectada plenamenteal obligar la Directiva de Serviciosa eliminar todo tipo de autorizacincomo regla general y mantener sloexcepcionalmente los regmenes deautorizacin que cumplan los crite-rios de no discriminacin, necesidady proporcionalidad, afectando directa-mente a la licencia comercial espe-cca otorgada por las ComunidadesAutnomas.
La transposicin de la Directiva de Servicios
5.
Juan Espinosa Garca
Subdirector de Relaciones con las AAPP
Direccin de Promocinde la Competencia
Seguiremos identicandopropuestas y prcticas quemejoren la competencia en
el mercado
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en 2009, adems de consolidar la imagen institucional del organismo, refuerzaeste compromiso y sirve de plataforma de comunicacin gil y sencilla para losciudadanos y las empresas.
Fomentar la cultura de la competencia entre las empresas, los consumidores,las administraciones pblicas y la sociedad en general sigue siendo esencialpara favorecer la disuasin de los comportamientos anticompetitivos, conse-guir el necesario apoyo social a las polticas de defensa de la competencia ylegitimar a la CNC en su papel de velar por el mantenimiento de la competenciaen los mercados.
En el futuro seguiremos trabajando en esta misma lnea, tanto entre las admi-nistraciones pblicas como en el sector empresarial. En lo que se refiere a lasprimeras, trataremos de abordar no slo sus actuaciones como reguladoressino tambin como participantes ms directos en la actividad econmica, a tra-vs de procesos de contratacin o de licitacin pblica. Y en cuanto al sectorempresarial, adems de continuar persiguiendo aquellos comportamientos quese consideran inaceptables desde una ptica de defensa de la competencia,seguiremos identificando propuestas y prcticas que mejoren la competenciaen el mercado, a travs de la publicacin de estudios sectoriales o cualquierotro instrumento, dentro de la poltica de promocin de la competencia.
Han sido dos aos intensos y seguiremos trabajando por y en pro de la compe-tencia. Es hora de asumir de una vez por todas que la competencia es buenapara todos, pero tambin es cosa de todos.
En estos dos aos la CNC ha buscadoconvertirse en verdadero think tankde la competencia, logrando que lasociedad se vuelva a plantear deter-
minadas regulaciones y modos defuncionamiento que impedan el desa-rrollo de sectores enteros de la econo-ma. En esta labor de sacar al debatepblico determinadas regulaciones desectores en las que la competencia sehalla aparentemente restringida, mere-ce la pena destacar por su relevanciael Informe sobre el Sector de ServiciosProfesionales y Colegios profesionales.
El Informe analizaba los problemas decompetencia de este sector y proponareformas en las normas que lo regulan,de modo que, en el acceso y ejercicio
de las distintas profesiones, se evitasela introduccin de reservas de activi-dad y restricciones a la competenciainnecesarias o desproporcionadas.Todo ello en la perspectiva de la opor-tunidad brindada por la transposicinde la Directiva de Servicios.
El Informe sobre servicios profesionales y colegios profesionales
Carmen Balsa Pascual
Subdirectora de Estudios
Direccin de Promocinde la Competencia
6.
Han sido dos aos intensosy seguiremos trabajandopor y en pro de la compe-
tencia. Es hora de asumirde una vez por todas que lacompetencia es buena paratodos, pero tambin es cosade todos
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II.Estructura organizativa
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5/28/2018 Memoria de Actividades 2007-2009
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14
Consejero
Emilio CondeFernndez-Oliva
Consejero
Julio Costas Comesaa
Subdirectora deIndustria y Energa
Beatriz de GuindosTalavera
Consejero
Miguel Cuerdo Mir
Consejera
MJessGonzlezLpez
Subdirector de la Sociedadde la Informacin
Francisco J. GarznMorales
Subdirectora de Servicios
Maria Jess MazoVenero
Subdirectora de Crtelesy Clemencia
Isabel Lpez Glvez
Consejera
Pilar Snchez Nez
Directora de Investigacin
Clara Guzmn Zapater
Consejera
Inmaculada GutierrezCarrizo
Presidente
Direccin de Investigacin
Consejo
Luis Berenguer Fuster
Presidente
Luis Berenguer Fuster
Vicepresidente
Fernando Torremochay Garca-Senz
-
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15CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Estructura organizativa
Secretario del Consejo
Alfredo Gonzlez-PanizoTamargo
Jefe de la Asesora Econmica
Juan Delgado Urdanibia
Subdirectora de EstudiosCarmen Balsa Pascual
Directora de PromocinIsabel Snchez Garcia
Subdirector de lasRelaciones con las AAPP
Juan Espinosa Garca
Subdirectora deRelaciones Internacionales
Patricia Cordovilla Gonzlez
Subdirectora de RRHH y GestinEconmica y Patrimonial
Lorena Gonzlez Olivares
Secretaria General
Mar Gutirrez LpezSubdirector de los Sistemasde la Informacin y las Comunicaciones
Francisco Javier Gass Gregori
Jefe de la Asesora Jurdica
Diego Castro-VillacaasPrez
Asesora Econmica
Direccin de Promocin de la Competencia
Secretara General
La estructura interna de la CNC responde
a lo dispuesto en la Ley de Defensa de laCompetencia y se halla desarrollada en suEstatuto.
Las funciones tradicionales de las autori-dades de la competencia, la instruccin yresolucin de los expedientes sanciona-dores y de control de concentraciones sehallan encomendadas respectivamente ala Direccin de Investigacin y al Consejode la CNC.
A ellos se ha aadido la Direccin dePromocin para potenciar las labores de
advocacyo promocin de la competencia.
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Licenciado en Derecho por la Universidad de
Valencia, ejerci como abogado especialista en
Derecho Mercantil, compaginando esta actividad
con la de Profesor en la Universidad de Valencia
y en el Colegio Universitario de Alicante.
Fue Diputado a las Cortes Generales desde 1979
hasta 1993, fecha en la que fue nombrado Con-
seller de Administracin Pblica y Portavoz del
Gobierno de la Generalitat Valenciana y miembro
del Comit de las Regiones hasta 1995. Fue Dipu-tado al Parlamento Europeo hasta el ao 2005.
Con anterioridad fue Vocal del Tribunal de Defen-
sa de la Competencia, siendo su Vicepresidente
desde 1998 hasta que en 1999 fue designado Vo-
cal del Tribunal de Defensa de la Competencia de
la Comunidad de Madrid, cargo en el que ces
al ser nombrado por el Consejo de Ministros de
30 de septiembre de 2005 Presidente del Tribu-
nal de la Competencia. En 2007 pas a ocupar el
puesto de Presidente de la Comisin Nacional de
la Competencia.
Vocal del Tribunal de Defensa de la Competencia
y posteriormente Consejero de la Comisin Na-
cional de la Competencia desde marzo de 2004.
Fue nombrado Vicepresidente del Consejo de la
Comisin Nacional de la Competencia en marzo
de 2008. Fernando Torremocha es doctor en De-
recho por la Universidad Central y ha sido Ma-
gistrado del Tribunal Superior de Justicia del Pas
Vasco, adems de contar con una amplia trayec-
toria como abogado.
Presidente
Vicepresidente
Luis Berenguer Fuster
Fernando Torremocha y Garca-Senz
Consejo
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17CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Estructura organizativa
Vocal del Tribunal de Defensa de la Competencia
desde marzo de 2004. Desde 2007 es Conseje-
ro de la Comisin Nacional de la Competencia.
Cuenta con una amplia experiencia acadmica
en la Universidad San Pablo-CEU, especializn-
dose en el campo de las Ciencias Econmicas.
Emilio Conde es doctor en Ciencias Econmicas
y Empresariales por la Universidad de Granada.
Miguel Cuerdo es doctor en Ciencias Econmi-
cas por la Universidad Complutense de Madrid.
Es Consejero de la Comisin Nacional de la Com-
petencia desde su fundacin y, con anterioridad,
Vocal del Tribunal de Defensa de la Competenciaentre 2004-2007. Ha desarrollado una amplia ca-
rrera en el mbito acadmico, ligado a las univer-
sidades Rey Juan Carlos y Complutense, ambas
de Madrid.
Pilar Snchez ha estado largo tiempo ligada a
los organismos espaoles de defensa de la com-
petencia: como asesora, como Subdirectora de
Concentraciones y luego como Vocal del anti-
guo Tribunal de Defensa de la Competencia. Es
miembro del Consejo de la Comisin Nacional de
la Competencia desde su fundacin en 2007. Pi-
lar Snchez es Ingeniera Agrnoma y funcionaria
del Cuerpo Superior de Estadsticos del Estado.
Consejero
Consejero
Consejera
Emilio Conde Fernndez-Oliva
Miguel Cuerdo Mir
Pilar Snchez Nez
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Vocal del Tribunal de Defensa de la Competencia desde
2006. En el 2007 fue nombrado Consejero de la Comi-
sin Nacional de la Competencia. Vinculado estrecha-
mente al mundo universitario, fue Vicedecano de la
Facultad de Ciencias Jurdicas y del Trabajo de la Uni-
versidad de Vigo. Julio Costas es doctor en Derecho y
desde 2008, Catedrtico de Derecho Mercantil y rbitro
de la Comisin de la Propiedad Intelectual.
Es Licenciada en Ciencias Econmicas y Tcnico Co-
mercial y Economista del Estado y miembro del Consejo
de la Comisin Nacional de la Competencia desde su
creacin y desde 2006 Vocal del Tribunal de Defensa de
la Competencia. En 2004 fue nombrada SubdirectoraGeneral para Asuntos Jurdicos y Relaciones Institucio-
nales en la Direccin General de Defensa de la Compe-
tencia. Con anterioridad ocup puestos de responsabili-
dad en el mbito de las Administraciones Pblicas como
Consejera Econmica y Comercial en la Representacin
Permanente de Espaa ante la Unin Europea y Vicese-
cretaria General Tcnica para Asuntos Econmicos Pre-
supuestarios, en el Ministerio de Economa y Hacienda.
Inmaculada Gutirrez ha estado vinculada desde el ini-
cio de su carrera profesional a la defensa de la compe-
tencia, siendo Subdirectora de Estudios en el Tribunal
de Defensa de la Competencia, y Subdirectora Gene-
ral de Concentraciones en el Servicio de Defensa de la
Competencia, posteriormente ocup puestos directivos
en LECG y NERA. Desde 2006 fue Vocal del Tribunal de
Defensa de la Competencia y miembro del Consejo de
la Comisin Nacional de la Competencia desde 2007.
Inmaculada Gutirrez es Licenciada en Ciencias Econ-
micas y Tcnico Comercial y Economista del Estado.
Consejero
Consejera
Consejera
Julio Costas Comesaa
M Jess Gonzlez Lpez
Inmaculada Gutirrez Carrizo
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Alfredo Gonzlez-Panizo Tamargo es Abogado
del Estado y desde 2009 Secretario del Consejo
de la Comisin Nacional de la Competencia. An-
teriormente ha ejercido como Abogado del Es-
tado-Adjunto ante la Audiencia Nacional, comocoordinador del rea de Telecomunicaciones,
Energa e Infraestructuras.
Secretario del Consejo Alfredo Gonzlez-Panizo Tamargo
Clara Guzmn es licenciada en Derecho y Tc-
nico Comercial y Economista del Estado. Desde
2008 es la Directora de Investigacin de la Comi-
sin Nacional de la Competencia .Con anteriori-
dad fue Directora de Gabinete del Presidente de
la Comisin Nacional de la Competencia y Vocal
Asesor y Subdirectora General de Estudios en el
Tribunal de Defensa de la Competencia. Ha sido,
adems, Consejera Econmica y Comercial, en
la Embajada de Espaa en Mosc y en la Oficina
Comercial de Espaa en Dusseldorf.
Directora de Investigacin Clara Guzmn Zapater
Doctora en Economa por la Universidad de Cali-
fornia, Isabel Snchez es Directora de Promocin
de la Competencia de la Comisin Nacional de
la Competencia desde 2008. Ha estado ligada
a los organismos espaoles de defensa de la
Competencia siendo Directora de Gabinete del
Presidente de la Comisin Nacional de la Com-
petencia en el ao 2006 y anteriormente como
Subdirectora General de Informes en el Tribunal
de Defensa de la Competencia.
Directora de Promocin de la Competencia Isabel Snchez Garca
Comit de Direccin
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21CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Estructura organizativa
Es la Secretaria General de la Comisin Nacional
de la Competencia. Mar Gutirrez es funcionaria del
Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Es-
tado. Posee una amplia experiencia en la gestin de
recursos humanos avalada por cargos de responsa-
bilidad administrativa habiendo ejercido como Direc-
tora General de Recursos Humanos, Programacin
Econmica y Administracin Perifrica del Ministerio
de Administraciones Pblicas, Subdirectora General
de Gestin de Personal del Ministerio de Administra-
ciones Pblicas y Secretaria General de la DireccinGeneral del Libro, Archivos y Bibliotecas del Ministe-
rio de Educacin y Cultura y Deporte.
Secretaria General Mar Gutirrez Lpez
Directora del Gabinete del Presidente Mara Naranjo Crespo
Licenciada en Derecho y Ciencias Econmicas
y Empresariales, es Tcnico Comercial y Econo-
mista del Estado. Mara Naranjo es la Directora
de Gabinete del Presidente de la Comisin Na-
cional de Competencia desde 2008. Fue Aseso-ra del Presidente del Tribunal de Defensa de la
Competencia en el ao 2002 y posteriormente
Directora de la Divisin de Formacin del Insti-
tuto Espaol de Comercio Exterior y Secretaria
General de la Fundacin CECO.
Juan Delgado Urdanibia es Doctor en Economa por
la Universidad Carlos III, y desde 2008 Economista-
Jefe de la Comisin Nacional de la Competencia.
Ha estado vinculado al mundo de las Telecomuni-
caciones y Sociedad de la Informacin como eco-
nomista en la Direccin General de la Competencia
en la Comisin Europea y en Anlisis de Mercados
y Competencia en la Comisin del Mercado de las
Telecomunicaciones.
Jefe de la Asesora Econmica Juan Delgado Urdanibia
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III.Actividad normativa
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III.1
Aprobacindel Reglamentode Defensade la Competencia
El 22 de febrero de 2008, el Consejo de Ministros, mediante el Real Decreto261/2008, aprob el Reglamento de Defensa de la Competencia, de acuer-do con las previsiones de la Disposicin Final segunda de la Ley 15/2007,de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC). Este Reglamento, quefue publicado en el B.O.E. de 27 de febrero y entr en vigor al da siguiente,desarrolla cuestiones, tanto sustantivas como de procedimiento, contenidasen la LDC.
El Reglamento de Defensa de la Competencia se estructura en dos ttulos. Elprimero de ellos, de la Defensa de la Competencia, incide en determinadascuestiones sustantivas, ya previstas en la LDC, que precisaban de desarrolloreglamentario; especficamente se regulan cuestiones relacionadas con lasconductas de menor importancia, las concentraciones econmicas, las ayu-das pblicas y la promocin de la competencia.
El Ttulo II del Reglamento se refiere a los procedimientos en materia de de-fensa de la competencia y desarrolla cuatro procedimientos: el procedimien-
to sancionador en materia de conductas prohibidas, el procedimiento decontrol de concentraciones econmicas, el procedimiento arbitral y el pro-cedimiento de aprobacin de Comunicaciones. Adems el Ttulo II incluyecomo captulo inicial un conjunto de disposiciones comunes a todos ellos.
En los procedimientos regulados se desarrolla el contenido de las facultades deinspeccin, as como la colaboracin en materia de poderes de investigacincon otros rganos de distintas administraciones: Comunidades Autnomas,Comisin Europea y autoridades nacionales de competencia de otros EstadosMiembros.
Es necesario destacar la seccin especfica del Reglamento que desarro-
lla el programa de clemencia, regulando los procedimientos de exenciny de reduccin del importe de la multa previstos en la LDC (art. 65 y 66).La disposicin final tercera de la LDC haba pospuesto la entrada en vigordel programa de clemencia previsto en dichos preceptos a su desarrolloreglamentario, por lo que la aprobacin y entrada en vigor del Reglamentode Defensa de la Competencia signific la plena aplicacin del programa declemencia previsto en la LDC.
A partir de entonces las empresas o personas fsicas participantes en uncrtel pudieron solicitar una exencin del pago de la multa, siempre queaportaran elementos de prueba que permitieran a la Comisin Nacional dela Competencia (CNC) ordenar el desarrollo de una inspeccin en relacincon dicho crtel o comprobar efectivamente la infraccin de la LDC; igual-mente pudo solicitarse una reduccin del importe de la multa cuando sefacilitaran elementos de prueba que aportasen un valor aadido significativocon respecto a aqullos de los que ya dispona la CNC. Junto al desarrolloreglamentario de estas previsiones el Reglamento contempla la existenciade mecanismos de coordinacin con los rganos competentes de las Co-munidades Autnomas en los procedimientos de exencin, que garanticenuna aplicacin adecuada del mismo.
Por ltimo el Reglamento se completa con tres Anexos, relativos al conteni-do de la denuncia y a los formularios ordinario y abreviado de notificacin delas operaciones de concentracin econmica.
23CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Actividad normativa
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En definitiva, con la aprobacin del Reglamento de Defensa de la Competen-cia se dio cumplimiento a la previsin del apartado 2 de la Disposicin finalsegunda de la LDC que autorizaba al Gobierno a dictar en el plazo de seismeses de las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo delos procedimientos, el tratamiento de las conductas de menor importancia yel sistema de clemencia o exencin y de reduccin de multa a las empresasque colaboren en la lucha contra los crteles, completando de esta forma elnuevo marco normativo iniciado por la aprobacin de la LDC en 2007.
Tras la entrada en vigor el 28 de febrero de 2008 (seis meses despus dela entrada en vigor de la LDC) del programa de clemencia en el sistemaespaol de defensa de la competencia, se ha de incidir en el resultado po-sitivo de dicho programa, tanto por el nmero de solicitudes de clemenciapresentadas tanto de exencin del pago de la multa como de reduccin delimporte de sta, como por los resultados tras el examen y valoracin de
dichas solicitudes de clemencia.
Al margen de la anterior valoracin, hay que significar que con carcter pre-vio a su entrada en vigor, en la pgina web de la CNC se publicaron unas In-dicaciones provisionales para la tramitacin de las solicitudes del programade clemencia, las cuales fueron actualizadas tras el primer ao de puesta enmarcha de dicho programa, teniendo en cuenta la experiencia ya adquiriday las mejoras introducidas, como la posibilidad de presentar una solicitud atravs del Registro electrnico de la CNC desde marzo de 2009.
Aunque todava no es posible facilitar estadsticas en relacin con la apli-cacin de este programa, dada la confidencialidad que debe regir en la tra-
mitacin de dichos expedientes, es ya un hecho que esta herramienta hasupuesto un claro revulsivo en la deteccin de crteles en nuestro pas por laautoridad de competencia, en lnea con uno de los objetivos fundamentalesde la nueva Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, res-pecto a la lucha contra las prcticas ms dainas, en particular, los crteles.
No solo por el nmero de solicitudes de clemencia presentadas el primer dadato que se hizo pblico por la CNC, puesto que los primeros solicitantesde clemencia esperaron durante varios das ante el Registro de la CNC parapresentar estas solicitudes, sino tambin considerando las solicitudes declemencia presentadas de forma regular tras este primer da, y las conse-cuencias derivadas de la puesta en marcha de este programa respecto dela lucha contra los crteles (cuyo resultado quizs ms evidente es el sig-nificativo aumento del nmero de inspecciones en empresas realizadas porla CNC), se ha de afirmar que este programa est consiguiendo el principalobjetivo de su implantacin en el sistema espaol de defensa de la compe-tencia, la deteccin de crteles y, de acuerdo con los plazos procedimen-tales, su sancin a lo largo de 2009 respecto a las primeras solicitudes declemencia presentadas.
Por ltimo, hay que destacar la colaboracin y coordinacin entre la CNCy los servicios de la Comisin Europea y otras Autoridades Nacionales deCompetencia de la Unin Europea en los supuestos de solicitudes presenta-das antes varias Autoridades de Competencia.
III.2
Programade clemencia
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25CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Actividad normativa
En febrero de 20091, la Comisin Nacional de la Competencia public su pri-mera Comunicacin, utilizando las facultades que le otorga la Ley 15/2007para aclarar los principios que guan su aplicacin de esa Ley. La Comunica-cin se refiere a la cuantificacin de las sanciones derivadas de infraccionesde los artculos 1, 2 y 3 de la Ley 15/2007, y de los artculos 81 y 82 delTratado de la Comunidad Europea.
Las directrices elaboradas por la CNC parten de los preceptos de la Ley15/2007 y tienen en cuenta la experiencia pasada, la jurisprudencia esta-blecida, la doctrina comparada y el debate que internacionalmente se estdesarrollando. Con las directrices la CNC pretende conseguir que el meca-nismo de clculo de la sancin sea claro, uniforme, transparente y predeci-ble, y sobre todo, eficaz en su objetivo disuasorio y compensador, de modoque genere un nivel de sanciones coherente y proporcional a la infraccincometida.
Las directrices que conforman la Comunicacin no pretenden disear una
frmula magistral para calcular la terica sancin ptima, sino que con-tienen una metodologa para el clculo de sanciones en la que se exponenlos pasos a seguir, las variables que con mayor verosimilitud representan loscriterios establecidos en el artculo 64.1 de la Ley 15/2007, y la valoracincuantitativa de dichas variables cuando ello sea posible.
Esta metodologa, cercana a la seguida por otras autoridades de competen-cia y a la contenida en las Directrices publicadas por la Comisin Europea en2006, se estructura en tres fases. En la primera se establece el importe b-sico de la multa que trata de valorar cuestiones de carcter ms cuantitativo(efectos, dao, beneficio ilcito) y constituye un porcentaje del volumen deventas afectado por la infraccin. En la segunda se ajusta dicha cantidad
tras aplicar, en su caso, los agravantes y atenuantes que concurran, y tratan-do de incorporar variables ms cualitativas (fundamentalmente asociadas alas actuaciones de las empresas sancionadas). Y por ltimo, en la tercerafase, se ajusta la cantidad previamente obtenida a los lmitesestablecidosen la Ley.
Sin menoscabar la utilidad de estas directrices generales, la propia Comuni-cacin reconoce que excepcionalmente pueden darse circunstancias en lasque, para cumplir su objetivo sancionador, la CNC podr aplicar discrecio-nalmente otros criterios, discrecionalidad permitida por el legislador y quede usarse deber estar suficientemente fundamentada.
III.3
Comunicacinde sanciones
1. La Comunicacin es del 6 de febrero pero se public en el BOE el 11 de febrero de 2009.
Con las directrices queconforman la comunicacinla CNC pretende conseguirque el mecanismode clculo de la sancin
sea claro, uniforme,transparente y predecible
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IV.Conductas restrictivas de la competencia
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IV.1
IntroduccinDurante el ao 2007, como ya se ha indicado, se ha producido la entradaen vigor de la Ley 15/2007, lo que ha provocado en comparacin con lalegislacin anterior modificaciones en los procedimientos de conductas res-trictivas, entre las que cabe resear las siguientes:
la adopcin de los programas de clemencia, que tienen por objeto recom-pensar a las empresas que forman o han formado parte de un crtel por sucooperacin en la investigacin y deteccin del mismo;
la tipificacin de las infracciones y la graduacin de las sanciones en fun-cin del tipo de infraccin;
la desaparicin del procedimiento de autorizacin singular y el paso a unsistema de exencin legal;
la flexibilizacin del procedimiento de terminacin convencional;
la agilizacin y flexibilizacin del procedimiento de adopcin de medidascautelares;
el establecimiento de un sistema de exencin de conductas de minimis; y
la reduccin del plazo mximo de resolucin del procedimiento sanciona-dor a 18 meses.
A efectos estadsticos, en esta Memoria se han considerado los dos prime-ros aos de vida de la CNC, desde el 1 de septiembre de 2007 hasta el 31de agosto de 2009, correspondiendo la labor instructora a la Direccin deInvestigacin (DI), y la de resolucin al Consejo, en virtud del principio de
separacin de las fases de instruccin y resolucin.
A.Tramitacin de expedientes
Durante los aos 2007/08 y 2008/09, de 1 de septiembre a 31 de agosto, sehan dado de alta un total de 107 y 87 expedientes, respectivamente, En to-tal, 194 expedientes nuevos, lo que supone en trminos agregados el man-tenimiento de los ritmos de entrada de ejercicios anteriores. En el cuadro 1y siguientes se recogen los aspectos ms significativos de la actividad de la
DI en materia de conductas restrictivas de la competencia.
2007-2008 2008-2009
Total
Bianual
Expedientes
dados de alta
De ocio CNC 32 14 46
Por denuncia 75 73 148
Total anual 107 87 194
Expedientes
nalizados
DI 27 16 43
Enviados
al Consejo51 88 139
Total anual 78 104 182
27CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Conductas restrictivas de la competencia
IV.2
Expedientessancionadoresde prcticas prohibidas
Cuadro 1Relacin de expedientes
sancionadores tramitados
por la Direccin
de Investigacin
-
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28
De los 194 expedientes iniciados en este periodo, 148 corresponden a de-nuncias y 46 a expedientes iniciados de oficio, habindose incrementadosustancialmente respecto a aos anteriores el nmero de expedientes quela DI inicia sin mediar denuncia de parte.
Esta mayor proactividad y beligerancia ha sido posible, en parte, graciasa la especializacin sectorial de las unidades de la DI: Industria y Energa,Sociedad de la Informacin y Servicios. La especializacin, favorecida porel manejo de numerosos expedientes relacionados con un mismo sectoro sectores conexos, y siempre acompaada por una formacin continuaespecfica del personal de la CNC, permite un conocimiento ms profun-do y cercano de la realidad de cada uno de los sectores. El conocimientosimultneo de expedientes tanto sancionadores como de concentracionesdentro de cada Subdireccin genera sinergias que facilitan una mejor com-prensin de los problemas de competencia asociados a cada sector y estemayor conocimiento se traduce en una mayor rapidez en la instruccin delos expedientes.
En cuanto a las finalizaciones de los expedientes, en el bienio se han finalizadoun total de 182, correspondiendo 78 a 2007/08 y 104 a 2008/09.
En el mbito de la tramitacin de las finalizaciones cabe destacar la flexibili-zacin del rgimen de terminacin convencional que introduce la nueva LDCen el procedimiento sancionador por conductas restrictivas de la competen-cia. Mediante la va de la terminacin convencional, los presuntos infractoresproponen y negocian compromisos con la Direccin de Investigacin, quien,sin necesidad de contar con el acuerdo del resto de interesados en el expe-diente, puede elevar una propuesta de resolucin al Consejo de la CNC paraque ste, en su caso, declare la terminacin del procedimiento subordinada
al cumplimiento de los compromisos, siempre que stos pongan fin a losefectos restrictivos de las conductas investigadas y garanticen suficiente-mente el inters pblico.
Desde principios de 2008 tres expedientes han finalizado mediante termi-nacin convencional. Dos de ellos se refieren a los convenios colectivos delsector de seguridad y de contact center o telemarketing, respectivamente, Eltercero corresponde a un expediente relacionado con el sector de las gaso-linas, en el que se ha logrado un acuerdo previa propuesta de compromisospor parte de CEPSA, ESTACIONES DE SERVICIO S.A. en julio de 2009.Tras las entradas y salidas producidas en el ejercicio, el saldo de expedien-tes en tramitacin a 31 de agosto de 2009 es de 12 expedientes, cifra quese aade al remanente de aos anteriores. Adicionalmente, la DI ha llevado acabo otra serie de actuaciones en el marco de la Ley 15/2007, con el inicio ycierre de subsanaciones, trmite de diligencias previas y la respuesta a con-sultas, cuyas estadsticas del bienio 2007-2009 se aportan en el cuadro 2.
Esta mayor proactividady beligerancia ha sidoposible, en parte, gracias
a la especializacinsectorial de las unidadesde la DI: Industria yEnerga, Sociedad de laInformacin y Servicios
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29CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Conductas restrictivas de la competencia
2007-2008 2008-2009
Total
Bianual
Subsanciones
Iniciadas 4 8 12
Cerradas 3 9 12
Diligencias
Previas
Inicio de
Diligencias
Previas
35 45 80
Cierre de
Diligencias
Previas
38 46 84
Consultas
Entrada 65 68 133
Respuestas 46 89 135
B.Expedientes incoados
Durante el bienio se han incoado 52 expedientes por conductas prohibidas,de los cuales 26 son consecuencia de la correspondiente denuncia y 26 deoficio. Durante 2007/08 se incoaron 31 expedientes (12 por denuncia y 19 deoficio). En 2008/09 han sido 21 (14 por denuncia y 7 de oficio).
En cuanto a la distribucin por sectores de actividad, en el grfico 1se apre-cia el importante peso de algunos mbitos en relacin con el total: industriamanufacturera (reparacin e instalacin), transporte y almacenamiento, so-
ciedad de la informacin, intermediacin financiera y seguros, y actividadesasociativas, colegiales y sindicales.
Cuadro 2Relacin de actuaciones
adicionales referentes
a los expedientes sancionadores
tramitados por la DI
Cuadro 3Expedientes incoados
por artculos infringidos
Artculo Concepto 2007-2008 2008-2009
art. 1
a) Fijacin de precios y condiciones comerciales 18 14
b) Limitacin de la produccin 3 5
c) Reparto de mercado 4 0
d) Condiciones discriminatorias 1 1e) Subordinacin prestaciones suplementarias innecesarias 1 0
art. 2
a) Imposicin de condiciones comerciales 3 1
b) Limitacin de la produccin, distribucin o desarrollo tcnico 0 1
c) Negativa venta 0 0
d) Imposicin de condiciones discriminatorias 0 1
e) Subordinacin prestaciones suplementarias innecesarias 0 0
art.3 2 0
art. 81 12 6
art. 82 2 1
art. 62.2.e 2 1Total de ocio CNC 19 7
Total incoados por denuncia 12 14
-
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30
30
Agricultura, ganadera y silvicultura
Energa
Industrias extractivas
Industria manufacturera (reparacin e instalacin)
Qumica y Farmacia
Construccin e Inmobiliaria
Transporte y almacenamiento
Sociedad de la Informacin
Distribucin comercial
Reciclaje, Tratamiento de residuos y aguas
Intermediacin financiera y Seguros
Administraciones Pblicas
Actividades asociativas, colegiales y sindicales
Actividades sanitarias y asistencia social
Otros
TOTAL
Grco 1Expedientes incoados por sectores de actividad
00 01 02
1
2
2
4
1
1
4
4
3
3
0
0
0
0
6
1
2
4
3
2
2
2
1
1
1
= 52+
1
0
0
0
1
03 04 05 06 07
31 21
2
4
0
7
4
1
6
7
3
3
4
6
1
4
0
2007 - 2008
2008 - 2009
TOTALBIANUAL
-
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31CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Conductas restrictivas de la competencia
Atendiendo a los artculos infringidos de la Ley 15/2007, el desglose de losexpedientes sancionadores incoados en los ejercicios 2007/08 y 2008/09queda reflejado en el cuadro 3.
En el cuadro 3 las cifras totales no coinciden con la suma de cada una de lasfilas, en la medida en que algunos expedientes sancionadores se incoan porvarias infracciones simultneamente.
C.Expedientes nalizados
Durante 2007/08 y 2008/09 la DI finaliz 182 expedientes, correspondiendo78 a 2007/08 y 104 a 2008/09. Del total bianual la DI finaliz directamente 43expedientes (2 por acumulacin, 31 por envo a los rganos de competenciade las CCAA y 10 por sobreseimiento con la Ley antigua) y remiti al Con-sejo de la CNC 139 expedientes (95 propuestas de archivo, 4 propuestas determinacin convencional, 33 informes propuesta en los que a juicio de laDireccin de Investigacin estaba acreditada la comisin de conductas pro-hibidas y 7 informes propuesta en los que a juicio de la Direccin de Inves-tigacin no haban quedado acreditadas conductas prohibidas) Se aportaigualmente una tabla (cuadro 4) descriptiva de la finalizacin de expedientespor concepto y ao.
2007-2008 2008-2009
Total
Bianual
DI
Acumulados 2 2
Enviadosa CCAA
15 16 31
Sobresedos Ley
antigua10 10
Total 27 16 43
Enviados
al Consejo
Propuestas
de Archivo32 63 95
Propuestas
Terminacin
Convencional
4 4
Informes
propuesta
con prctica
19 14 33
Informes
propuesta
sin prctica
7 7
Total 51 88 139
Cuadro 4Estadstica de expedientes nalizados
-
5/28/2018 Memoria de Actividades 2007-2009
33/224
32
D.Expedientes sancionadores resueltos por el Consejo
A continuacin se presenta un breve resumen de los expedientes resuel-tos por el Consejo de la CNC en el bienio 2007-2009 con una resolucin
sancionadora. Dichos expedientes se analizan segn se trate de conductascolusorias, o conductas abusivas de posicin dominante, tanto individualcomo colectiva. En cambio, no ha existido ninguna resolucin sancionadorapor falseamiento de la libre competencia con actos desleales.
Los resmenes no oficiales de estas 37 resoluciones sancionadoras y detodas las del Consejo de la CNC durante el bienio se ordenan cronolgica-mente en el Anexo II.
N de
Expediente Ttulo Fecha
Conductas colusorias
615/06 GESA GAS / INFOCAL-2 10-09-2007
617/06 Cajas Vascas y Navarra 18-10-2007
635/07 Colegio Odontlogos Estomatlogos
de Las Palmas
27-12-2007
629/07 Colegio Arquitectos Huelva 26-02-2008
623/07 Transportes Barcelona 01-04-2008
632/07 Feriantes Ayuntamiento de Peralta
(tambin abuso de dominio)
07-05-2008
MC/0001/08 Residuos Sanitarios 2 07-05-2008
633/07 Creuers de Sller 09-06-2008
MC/0002/08 Vinos de Jerez 30-06-2008
634/07 MDC Ingeniera / Productos Haller 21-07-2008
640/08 Patines a vela 29-12-2008
637/08 Peritos / Arquitectos de la Comunidad
Valenciana
09-02-2009
647/08 Distribuciones DAMM 19-02-2009
649/08 Productos Farmacuticos Genricos 24-03-2009
639/08 Colegio farmacuticos Castilla-La Mancha 14-04-2009
S/0064/08 Asociacin Espaola Veterinarios
Especialistas quidos
27-05-2009
2779/07 Consejo Regulador Denominacin de Origen
Vinos de Jerez y Manzanilla de Sanlcar
04-06-2009
MC/003/09 Migracion Cur 01-07-2009
648/08 Hormigones Cntabros 22-07-2009
652/0 Bp / Cepsa / Repsol 30-07-2009
Cuadro 5
Relacin de expedientessancionadores resueltos
por el Consejo
-
5/28/2018 Memoria de Actividades 2007-2009
34/224
33CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Conductas restrictivas de la competencia
N de
Expediente Ttulo
Fecha
Conductas abusivas de posicin dominante
616/06 Tanatorios Castelln 11-10-2007
619/06 Tanatorios Valencia 29-10-2007
622/06 Interora / Tanatorio Sevilla 3 18-12-2007
626/07 Canarias Explosivos 12-02-2008
624/07 Iberdrola 14-02-2008
627/07 Estacin Sur de Autobuses 31-03-2008
625/07 Gas Natural 25-04-2008
636/07 Fonogramas 09-12-2008
650/08 Funerarias Baleares 03-03-2009
638/08 Gas Natural 2 26-03-2009
641/08 Cntrica / Endesa 02-04-2009
642/08 Cntrica / Unin Fenosa 02-04-2009
643/08 Cntrica / Electra de Viesgo 02-04-2009
644/08 Cntrica / Iberdrola 02-04-2009
645/08 Cntrica / Hidrocantabrico 22-04-2009
646/08 Axin / Abertis 19-05-2009
651/08 AIE / T5 23-07-2009
La seccin cuarta del captulo primero del Ttulo IV de la Ley 15/2007, ascomo la seccin quinta del captulo primero del Ttulo III de la Ley 16/1989,contemplan los recursos que se pueden presentar ante el Consejo (antes Tri-bunal de Defensa de la Competencia) frente a las decisiones de la Direccinde Investigacin (antes Servicio de Defensa de la Competencia).
En el Anexo II se incluyen igualmente resmenes no oficiales de las Resolu-ciones relativas a este tipo de expedientes. El cuadro 6 ofrece una relacinde recursos resueltos por el Consejo ante acuerdos/decisiones del SDC/DI,distinguindose entre los que se presentaron por acuerdos de sobreseimien-to, de los de acuerdos de archivo y de otros acuerdos de la SDC/DI.
IV.3
Expedientesrelativos a recursos
-
5/28/2018 Memoria de Actividades 2007-2009
35/224
34
N de
Expediente Ttulo Fecha
a)Recursos contra acuerdos de archivo
r 725/07 Servicios Funerarios Granada 27-09-2007
r 703/06 Agencias de carga / CORREOS 20-12-2007
r 711/06 Fabricantes de calzado 20-12-2007
r 727/07 Agrupacin Sordos de Granada 11-02-2008
r 730/07 Graciosamar 26-02-2008
r 729/07 Ausbanc / Auscontrol 28-04-2008
r 722/07 Videoclubs Catalua 19-05-2008
r 721/07 Publicidad Ftbol 22-05-2008
b)Recursos contra acuerdos de sobreseimiento
R 697/06 Distribuidoras de GAS 19-09-2007
R 720/07,R 721/07 y
R 723/07
AXIN / ABERTIS y Acumulados 06-11-2007
R 704/06 Distribucin Renault 13-11-2007
R 691/06 DISA 27-11-2007
R 706/06 Cines Andaluca 3 29-11-2007
R 710/06 Castellana Subastas Holding 02-01-2008
R 714/07 Telecinco / AIE 04-02-2008
R 719/07 Farmacuticos Almera 26-02-2008
R 718/07 Puertos de Andaluca 13-03-2008
R 737/08 Federacin Espaola de Billar 20-05-2008
R 733/07 Galileo/Amadeus 29-07-2008
R 734/08 ASPA / ASEPEYO 30-10-2008
R 739/08 Distribuciones Renault 2 03-11-2008
R 736/08 Ford Espaa 17-12-2008
R 735/08 Distribucin de Gas / Alicante2 04-05-2009
R 738/68 BP / Properly 04-05-2009
N de
Expediente Ttulo Fecha
c) Recursos contra otros acuerdos del SDC/DI
r 728/07 v ASPA / MATEPSS 26-10-2007
r 732/07 v Repsol / Cepsa / BP 07-11-2007
R/0001/08 TASA / FENOSA 23-04-2008
R/0002/08 ABF / Activos GBI 20-05-2008
R/0007/08 Mediaproduccin 14-08-2008
R/0004/08 CP Espaa 03-10-2008
R/0005/08 LOreal 03-10-2008
R/0006/08 Stanpa 03-10-2008
R/0003/08 Tro Plus 27-10-2008
R/0008/08 Transitarios 03-02-2009
R/0009/08 Transitarios 2 03-02-2009
R/0010/08 Transitarios 3 03-02-2009
R/0014/08 Federacin Asociaciones
del Dulce26-03-2009
R/0015/08 Asociacin Fabricantes de Salsas 26-03-2009
R/0016/08 Asociacin Fabricantes
de Harina y Smolas26-03-2009
R/0017/08 Federacin de Industrias
de Alimentacin y Bebidas26-03-2009
R/0018/08 INPROVO 26-03-2009
R/0012/08 Federacin de Asociaciones
del Dulce27-03-2009
R/0019/08 Asociacin de Fabricantes
de Helados21-04-2009
R/0011/08 Colgate Palmolive 04-05-2009
R/0013/08 Ambulancias Conquenses 2 19-05-2009
R/0020/08 Vinos de Jerez 22-05-2009
R/0021/08 Corral de las Flamencas 25-06-2009
R/0022/08 Peluquera Profesional 16-07-2009
Cuadro 6Relacin de expedientes
de recursos resueltos
por el Consejo
-
5/28/2018 Memoria de Actividades 2007-2009
36/224
35CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Conductas restrictivas de la competencia
IV.4
Expedientes sobrecuestiones incidentales yejecucin de sentencias
Durante el bienio 2007-2009, el Consejo de la CNC dict 16 Resoluciones deejecucin de sentencia y 5 Resoluciones de cuestiones incidentales.
En el Anexo II se incluyen resmenes no oficiales de estas Resoluciones.
Cuadro 7Resumen de expedientes de ejecucin de sentencias del Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional
N Expediente
Fecha Ttulo
Sentencia
Audiencia Nacional
Sentencia
Tribunal Supremo
Resolucin de ejecucin
de sentencia
582/04
de 17/10/2007
Autoescuelasde Extremadura
Desestimado recurso
de Asociacin
Autoescuelas de Badajoz
Ordena cumplimientoResolucin TDC de 16/02/2005
582/04
de 17/10/2007
Autoescuelas
de Extremadura(Proserpina)
Desestimado recurso
de CRM
Ordena cumplimiento
Resolucin TDC de 16/02/2005
540/02
de 17/10/2007
Gas Natural Anula ResolucinTDC de 14/11/2003
por procedimiento
caducado
Ordena devolucin multacon intereses
578/04
de 17/10/2007
EKO-AMA MONDARIZ Desestimado recurso Ordena cumplimientoResolucin TDC de 2/11/2004
465/99
de 22/11/2007
Propiedad IntelectualAudiovisual
Confirma Resolucin
TDC de 27/07/2000
Ordena cumplimientoResolucin TDC de 27/07/2000
468/99 de
22/11/2007
Texaco 2 Desestimado recurso Ordena cumplimientoResolucin TDC de 27/07/2000
566/03 de22/11/2007 Protsicos dentales Desestimado recurso Ordena cumplimientoResolucin TDC de 27/05/2004
A 209/97
de 22/11/2007
Fichero Asnef-Sic Anula Resolucin TDCde 07/07/1997
Cancelar inscripcinde denegacin de autorizacinsingular del chero Asnefen el Registro Defensade la Competencia
520/01
de 26/03/2008
DISARED Desestima el recursode casacin interpuesto
contra la sentencia
de la AN
Ordena cumplimientoResolucin TDC de 31/05/2002
521/01
de 16/10/2008
Agentes PropiedadInmobiliaria
Estima parcialmente
el recurso de casacin
y anula la sancin
de 75.000 impuesta
Se acuerda ordenar la devolucinde la sancin y el cumplimientodel resto de pronunciamientos dela resolucin TDC de 30/05/2002
595/05
de 03/11/2008
AmbulanciasConquenses
Desestimado recurso Ordena cumplimientoResolucin TDC de 20/09/2006
476/99
de 05/03/2009
Agencias de Viaje Desestimado recurso Ordena cumplimientoResolucin TDC de 25/10/2000
591/05
de 05/03/2009
Agencias de Viajes Desestimado recurso Ordena cumplimientoResolucin TDC de 26/07/2006
513/01
de 12/03/2009
TUBOGAS/REPSOL Desestimado recurso Ordena cumplimientoResolucin TDC de 07/03/2002
531/02
de 12/03/2009
IntermediacinInmobiliaria
Desestimado recurso Ordena cumplimientoResolucin TDC de 12/11/2002
543/02de 24/06/2009 Transmediterranea /Euroferys / Buquebus
Desestimado recurso Ordena cumplimientoResolucin TDC de 13/01/2003
-
5/28/2018 Memoria de Actividades 2007-2009
37/224
36
N Expediente
Fecha Ttulo Incidente Resolucin de incidente
611/06,
de 21/02/2008
Excursiones
Puerto Sller
Fallecimiento
del sancionado
Declar extinguida la sancin impuesta
en resolucin TDC 03/04/2007
584/04,
de 25/03/2008
Prensa /
Correos
Sobre vigilancia
de la resolucin
TDC 16/06/2005
Declar justicado el cumplimiento de la
intimacin realizada a la denunciada (Correos)
para que se abstuviera de dar un trato
discriminatorio a editores de prensa profesional,
aplicndoles precios no equitativos en el mercado
de servicios postales a envos de publicacionesperidicas en el que tena posicin de dominio
630/07,
de 24/06/2008
DAMA / SGAE Sobre vigilancia del acuerdo
de terminacin convencional
con propuesta de multa coercitiva
por el SDC
Declar que el cumplimiento efectivo del acuerdo
de terminacin convencional de 27/11/2003,
rmado por SGAE, DAMA y SDC obliga a las partes
a su ejecucin
SNC/02/08,
de 24/07/2008
CASER-2 CASER aleg tramitacin irregular
del procedimiento sancionador,
vulneracin del principio de tipicidad
y desproporcin entre la conducta
descrita y la sancin propuesta
Consider rebajar la sancin debido al carcter
novedoso y distinto de las inspecciones de
competencia sobre las inspecciones en materia de
seguros a las que estaba habituado CASER
y a la colaboracin activa
S/0015/07,
de 04/09/2008
IMSERSO-ONCE Prescripcin de conducta abusiva
de posicin dominante por grupo
Fundacin ONCE
Se podra considerar la existencia de competencia
desleal por parte de la Fundacin ONCE, pero al
no ser una infraccin grave y dada la fecha de los
actos, la actuacin se considera preescrita
2707/06,
de 25/09/2008
ASEINGAS /
Distribuidores
de GLP
Para REPSOL BUTANO se realizar un seguimiento
en el expediente de vigilancia n 2208 VIG porque
tiene posicin de dominio en todo el mercado
nacional y existen indicios por la negativa de
suministro de informacin a ASEINGAS del
vencimiento de las revisiones peridicas
2754/07,
de 24/10/2008
Colegio
Notarial de
Granada
Se denunci que el mecanismo
de compensacin de honorarios
procedentes del turno inducido
distorsionaba la competencia
en el mercado de servicios de fe
pblica de Mlaga. Se cuestionaba
asimismo el turno de reparto
Archivo del expediente, en caso de que se asigne
a la agencia de Defensa de la Competencia de
Andaluca y previa remisin a ella de todo lo
actuado
594/05,
de 03/11/2008
Cines Campo Sobre cumplimiento
de la resolucin TDC
de 27/07/2006
Una vez denegada la peticin de suspensin
de la misma, mediante Auto de la AN de
27/12/2006, ordena su cumplimiento
547/02,
de 13/11/2008
Gas NaturalAlicante
Sobre el cumplimiento
de la resolucin TDC
de 18/06/2004
Ordena su cumplimiento
Cuadro 8Resoluciones
sobre cuestiones
incidentales
-
5/28/2018 Memoria de Actividades 2007-2009
38/224
37CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Conductas restrictivas de la competencia
IV.5
Sanciones impuestaspor la CNC
En el bienio 2007-2009 el Consejo de la CNC ha impuesto sanciones por unimporte total superior a 133,5 millones de euros derivadas de 30 expedien-tes sancionadores. El cuadro 9 recoge los detalles de la actividad sanciona-dora de la CNC durante este periodo.
Cuadro 9Sanciones impuestas
por el Consejo de la CNC
Ao Expte. Denominacin Fecha Importe
2007 615/06 GESA GAS / INFOCAL-2 10-sep-07 120.000,00
578/04 EKO-AMA MONDRIZ 17-oct-07 90.000,00
617/06 Cajas Vascas y Navarra 18-oct-07 24.000.000,00
635/07 Colegio OdontlogosEstomatlogosde Las Palmas
27-dic-07 385.000,00
2008 626/07 Canarias de Explosivos 12-feb-08 473.000,00
624/07 Iberdrola 14-feb-08 15.400.000,00
629/07 Colegio Arquitectos Huelva 26-feb-08 70.000,00
627/07 Estacin Sur de Autobuses 31-mar-08 464.781,00
623/07 Transportes Barcelona 01-abr-08 14.940.000,00
625/07 Gas Natural 25-abr-08 1.500.000,00
632/07 Feriantes Ayto. Peralta 07-may-08 7.000,00
633/07 Creuers de Sller 09-jun-08 144.000,00
634/07 MDC ingeniera / P. Haller 21-jul-08 356.000,00
SNC 02/08 Caser 2 24-jul-08 133.500,00
636/07 Fonogramas 09-dic-08 1.430.000,00
2009 637/08 Peritos / ArquitectosComunidad Valenciana
09-feb-09 121.000,00
647/08 Distribuciones Damm 19-feb-09 525.000,00
650/08 Funerarias Baleares 03-mar-09 500.000,00
649/08 Productos FarmacuticosGenricos
24-mar-09 1.000.000,00
638/08 Gas Natural 2 26-mar-09 492.000,00
641/08 Cntrica / Endesa 02-abr-09 15.300.000,00
642/08 Cntrica / Unin Fenosa 02-abr-09 5.000.000,00
643/08 Cntrica / Electra de Viesgo 02-abr-09 500.000,00
644/08 Cntrica / Iberdrola 02-abr-09 15.000.000,00
645/08 Cntrica / Hidrocantbrico 22-abr-09 833.000,00
646/08 Axin / Abertis 19-may-09 22.658.863,00
S/0064/08 Veterinarios Esp. Equidos 27-may-09 6.000,00
2779/07 Vinos Jerez 04-jun-09 400.000,00
651/08 AIE / T5 23-jul-09 770.000,00
648/08 Hormigones Cntabros 22-jul-09 2.816.384,05
652/08 Repsol-Cepsa-BP 29-jul-09 7.900.000,00
-
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39/224
38
IV.6
Vigilanciay ejecucin
IV.7Actividadde inspeccine investigacin
La Direccin de Investigacin ha continuado con su labor de vigilancia decumplimiento de las Resoluciones sancionadoras y de ejecucin de Senten-cia adoptadas por el Consejo, como antes lo hiciera el SDC con las resolu-ciones del TDC.
Durante el bienio 2007-2009 la DI ha emitido 80 informes parciales (41 en2007/08 y 39 en 2008/09, que no terminan la vigilancia pero informan alConsejo de temas puntuales relacionados con la vigilancia de su resolucin:pago de la sancin, publicacin, cumplimiento de condiciones determina-das, etc. Igualmente la DI ha emitido 2 informes finales (que proponen alConsejo el cierre de la vigilancia del expediente) y ha procedido a realizardos apremios contra empresas que no haban pagado la sancin impuestapor el Consejo de la CNC.
Las inspecciones, son casi la nica herramienta eficaz de la que disponela Direccin de Investigacin de la CNC, en la mayora de los casos, pararecabar la informacin necesaria sobre conductas anticompetitivas, siendoespecialmente decisivas en la deteccin y el desmantelamiento de carteles.
Tras la ampliacin de las facultades de inspeccin atribuidas por la nue-va Ley 15/2007 (bsicamente, el reforzamiento de la autoridad del personalinspector, la ampliacin de los locales a los que puede acceder, la posibi-lidad de precintar locales u otros documentos o bienes de las empresasinspeccionadas y la posibilidad de realizar inspecciones domiciliarias) desdeel 1 de septiembre de 2007 el nmero de inspecciones se ha incrementadosustancialmente, dando lugar, a su vez, a la apertura de 12 expedientes
sancionadores en los que 60 empresas u operadores econmicos han sidoincoados.
El cuadro 10 describe los principales datos de la actividad inspectora de laDI en el bienio 2007-2009.
Cuadro 10Actividad inspectora de la
Direccin de Investigacin
Inspecciones
2007-2008 2008-2009
N empresas nacionales 36 20
N inspectores 156 91
N expedientes nacionales 9 6
Comunitarias 5 0
Expedientes no colaboracin 1
-
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39
-
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V.Control de concentraciones
-
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41
Los ejercicios 2007/08 y 2008/09 han sido los dos primeros en los que se haaplicado la Ley 15/2007. sta ha supuesto, en lo que al control de concentra-ciones se refiere, importantes modificaciones respecto a la normativa anterior,entre las que destacan las siguientes:
la unificacin en el tratamiento de aquellas empresas en participacin concarcter concentrativo y cooperativo; el alineamiento del tratamiento de lasOPAs con el comunitario;
el alineamiento con las normas comunitarias relativas a las exenciones alconcepto de concentracin sujeto a control;
el incremento del umbral de cuota de mercado hasta un 30%; la ampliacindel alcance de la consulta previa; la posibilidad de presentacin de compro-misos tanto en primera como en segunda fase;
la introduccin de un nuevo formulario abreviado con una tasa reducida; y
la posibilidad de presentar una prenotificacin con carcter previo a la pre-sentacin formal del formulario de notificacin.
En cualquier caso es el reforzamiento del rol y de la independencia de la autori-dad espaola de defensa de la competencia el cambio ms relevante respectodel sistema anterior. En primer lugar, porque el extinto Tribunal de Defensa de laCompetencia, hoy Consejo de la CNC, ha pasado de ser un rgano consultivoa ser el rgano de resolucin de todos los expedientes de control de concentra-ciones. De hecho, la intervencin del Consejo de Ministros ha quedado reducidaa los casos en los que la resolucin del Consejo de la CNC en segunda fasedel control de concentraciones implique una prohibicin de la operacin o una
aprobacin con condiciones o compromisos. Adems, la resolucin de la CNCagota el anlisis desde el punto de vista de la competencia: es decir, el Consejode Ministros podra aprobar la operacin o modificar las condiciones aduciendootros motivos de inters general distintos a los de la defensa de la competencia.Durante el bienio 2007-2009 el Consejo de Ministros no ha intervenido en estembito, a pesar de que ha tenido la oportunidad de hacerlo en tres ocasiones.
A.Noticaciones
En el bienio 2007-2009 se han notificado con la nueva LDC 175 operacionesde concentracin, de las que 96 se han producido en 2007/08 y 79 en 2008/09.Cabe sealar que 56 de estas notificaciones presentadas en Espaa fuerontambin presentadas en otros Estados Miembros de la Unin Europea (multi-notificaciones).
Destaca la utilizacin por parte de los operadores econmicos del nuevo for-mulario abreviado y de la posibilidad de presentar una prenotificacin con ca-rcter previo a la presentacin formal del formulario de notificacin, de acuerdoa las estadsticas aportadas en el cuadro 11.
El extinto Tribunal deDefensa de la Competencia,hoy Consejo de la CNC,
ha pasado de ser unrgano consultivo a serel rgano de resolucinde todos los expedientes decontrol de concentraciones
V.1
Introduccin
V.2
Operaciones
de concentracinanalizadas
CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Control de concentraciones 41
-
5/28/2018 Memoria de Actividades 2007-2009
43/224
42
Por ltimo, es pertinente destacar que el criterio de la cuota de mercado, pesehaber sido incrementado hasta el 30%, sigue siendo el umbral, por oposicinal de facturacin, ms relevante a la hora de determinar la notificacin de ope-raciones de concentracin, representando 104 de las 175 operaciones notifi-cadas. Otras 25 operaciones fueron notificadas en base a los dos umbrales.
2007-2008 2008-2009 Total
Presentadas
Con prenoticacin 66 55 121
Sin prenoticacin 30 24 54
Procedimiento
F. ordinario 57 38 95
F. abreviado 39 41 80
Multinoticaciones
Multinoticacin 33 23 56
No multinoticacin 63 56 119
Umbrales
noticacin
(a) Cuota de mercado 62 42 104
(b) Facturacin 21 25 46
(a) / (b) Ambos 13 12 25
En el grfico 2se desglosa el porcentaje de operaciones notificadas enfuncin del tipo de operacin durante los ejercicios 2007/08 y 2008/09,diferencindose cinco grupos: adquisicin de control exclusivo, control
conjunto, creacin de empresa en participacin, fusin, y adquisicin deactivos.
Como en aos anteriores, las tomas de control exclusivo de una empresa porparte de otra han constituido el grueso de las concentraciones notificadascon un total de 134 notificaciones en el bienio. Se notificaron, asimismo, enese periodo 19 operaciones de control conjunto, cuatro empresas creadas enparticipacin con plenas funciones, 6 fusiones y 12 operaciones de adquisi-cin de activos.
El grfico 3muestra el nmero de operaciones por sectores de actividad, en-tre los que destaca el protagonismo de las concentraciones notificadas en elsector de la Industria manufacturera (reparacin e instalacin), la distribucin
comercial y la intermediacin financiera y los seguros.
Como ya se ha dicho, la Ley 15/2007 ha introducido un nuevo formularioabreviado con tasa reducida para aquellas operaciones que cumplan unaserie de requisitos relacionados con la cuota de mercado de las empresaspartcipes o el volumen de facturacin de una empresa en participacin.
En el grfico 4se presentan las operaciones notificadas en 2007/08, 2008/09y el total bianual con arreglo a la Ley 15/2007 por tipo de procedimiento.
En el grfico se observa que de las 96 operaciones notificadas en 2007/08con la Ley 15/2007, ms de un 40% de las mismas se ha beneficiado de su
presentacin a travs de formulario abreviado. Este porcentaje se ha incre-mentado en 2008/09 hasta superar el 50%.
Cuadro 11Noticaciones
de operaciones
de concentracin
2007-2009
-
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43CNCMemoria de Actividades 2007-2009 Control de concentraciones
La Ley 15/2007 ha establecido, asimismo, la posibilidad de presentar unaprenotificacin con el fin de aclarar los aspectos formales o sustantivos dela operacin de concentracin con carcter previo a la presentacin formaldel formulario de notificacin.
En el grfico 5se reflejan las operaciones notificadas en el bienio 2007-2009con arreglo a la Ley 15/2007 con y sin prenotificacin. Se observa que paracada uno de los dos aos considerados de las operaciones notificadas conla Ley 15/2007, ms del 60% de las mismas han sido prenotificadas.
B.Reenvo de expedientes de y a la Comisin Europea
En el bienio 2007-2009 ha continuado la cooperacin dentro de la red deautoridades de competencia de los Estados miembros que se ha plasmadoen el importante nmero de operaciones en las que la DI ha aceptado elreenvo a la Comisin Europea en fase de prenotificacin, contribuyendo asa un eficaz funcionamiento del sistema de reenvos basado en el principiode subsidiariedad y de autoridad mejor posicionada y regulado en el Regla-mento 139/2004.
Adicionalmente, dos1de las operaciones notificadas en Espaa durante elejercicio 2007-2008 fueron reenviadas a la Comisin Europea a travs delmecanismo previsto en el artculo 22 del Reglamento (CE) 139/2004.
2007-2008 2008-2009
Total
Bianual
Reenvos
Reenvos artculo 9 0 0 0
Reenvos artculo 9
(Espaa)0 0 0
Reenvos artculo 22 0 0 0
Reenvos artculo 22
(Espaa)2 0 2
Reenvos en
prenoticacin
Reenvos artculo 4.4 7 8 15
Reenvos artculo 4.4
(Espaa)0 0 0
Reenvos artculo 4.512 16 28
Reenvos artculo 4.5
(Espaa)14 8 22
Cuadro 12Reenvos de noticaciones
de concentraciones
1. Expedientes C/0011/07 ABF / ACTIVOS GBI, que dio lugar al Caso comunitario M.4980 ABF/GBI
BUSINESS y C/0055/08 ARSENAL/DSP que dio lugar al Caso comunitario M.5153 ARSENAL/DSP.
-
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44
Control exclusivo
Control conjunto
Creacin de empresa en participacin
Fusin
Adquisicin de activos
F. ordinario
F. abreviado
TOTAL
Con prenotificacin
Sin prenotificacin
TOTAL
Grco 2Tipo de operacin noticada
Grco 4Tipo de procedimiento
de noticacin
Grco 5Uso de la prenoticacin
83
57
66
6
39
30
3
2
2
51
38
55
13
41
24
1
10
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