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ÓDULO TURÍSTICO PRESA CAJÓN DE PEÑA MUNICIPIO DE TOMATLÁN, JALISCO
Manifestación De Impacto Ambiental Sector Turístico Modalidad Particular
CONTENIDO
I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
I.1 PROYECTO I.1.1 Nombre del proyecto I.1.2 Ubicación del proyecto I.1.3 Tiempo de vida útil de proyecto I.1.4 Presentación de la documentación legal
I.2 PROMOVENTE
I.2.1 Nombre o razón social I.2.2 Registro Federal de Contribuyentes del promovente I.2.3 Nombre y cargo del representante legal I.2.4 Dirección del promovente o de su representante legal para recibir u oír
notificaciones
I.3 RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.
I.3.1 Nombre o razón social I.3.2 Registro Federal de Contribuyentes o CURP I.3.3 Nombre del responsable técnico del estudio I.3.4 Dirección del responsable técnico del estudio
II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
II.1 INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO II.1.1 Naturaleza del proyecto II.1.2 Selección del sitio II.1.3 Ubicación física del proyecto y planos de localización II.1.4 Inversión requerida II.1.5 Dimensiones del proyecto II.1.6 Uso actual de suelo y/o cuerpos de agua en el sitio del proyecto y en sus
colindancias II.1.7 Urbanización del área y descripción de servicios requeridos
II.2 CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DEL PROYECTO
II.2.1 Programa general de trabajo II.2.2 Preparación del sitio
H. AYUNTAMIENTO DE TOMATLÁN / UNIDAD DE MANEJO FORESTAL EL TUITO, S.C.
Manifestación De Impacto Ambiental Sector Turístico Modalidad Particular
II.2.3 Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto II.2.4 Etapa de construcción II.2.5 Etapa de operación y mantenimiento II.2.6 Descripción de obras asociadas al proyecto II.2.7 Etapa de abandono del sitio II.2.8 Utilización de explosivos II.2.9 Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones
a la atmósfera II.2.10 Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los residuos
III. VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y, EN SU CASO, CON LA REGULACIÓN DEL USO DEL SUELO IV. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO
IV.1 DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO IV.2 CARACTERIZACIÓN Y ANÁLISIS DEL SISTEMA AMBIENTAL
IV.2.1 Aspectos abióticos IV.2.2 Aspectos bióticos IV.2.3 Paisaje IV.2.4 Medio socioecómico IV.2.5 Diagnóstico ambiental
V. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES
V.1 METODOLOGÍA PARA IDENTIFICAR Y EVALUAR LOS IMPACTOS AMBIENTALES.
V.1.1 Indicadores de impacto V.1.2 Lista indicativa de indicadores de impacto V.1.3 Criterios y metodologías de evaluación
VI. MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES.
VI.1 DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA O PROGRAMA DE MEDIDAS DE LA MITIGACIÓN O CORRECTIVAS POR COMPONENTE AMBIENTAL
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VI.2 IMPACTOS RESIDUALES
VII. PRONÓSTICO AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS
VII.1 PRONÓSTICO DEL ESCENARIO
VII.2 PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL
VII.3 CONCLUSIONES VIII. IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LA INFORMACIÓN SEÑALADA EN LAS FRACCIONES ANTERIORES
VIII.1 FORMATO DE PRESENTACIÓN VIII.1.1 Planos definitivos VIII.1.2 Fotografías VIII.1.3 Videos VIII.1.4 Listas de flora y fauna
VIII.2 OTROS ANEXOS
VIII.3 GLOSARIO DE TÉRMINOS
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Manifestación De Impacto Ambiental Sector Turístico Modalidad Particular
I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
I.1 PROYECTO
I.1.1 Nombre del proyecto Módulo Turístico Presa Cajón De Peñas.
I.1.2 Ubicación del proyecto
1. Entidad Federativa: Jalisco.
2. Municipio: Tomatlán.
3. Localización: Presa Cajón de Peña, Dique Tres.
El área solicitada se localiza conforme a la carta Topográfica de INEGI clave F-13-C-89, El Tule,
escala 1:50,000 entre las coordenadas ITRF 92 UTM 13 Norte:
X 484,260.00
484,550.00
Y 2’213,600.00 2’213,350.00
La presa Cajón de Peña está ubicada entre las coordenadas NAD27 Latitud 20°27'36'' -
19°21'00'' N, Longitud 105°41'24'' - 104°31'12'' W. Cuenta con una superficie de 3,006.45 Ha y un
área de embalse de 2,912 Ha. Esta presa se localiza aproximadamente a 13 Km. al noroeste de la
cabecera municipal de Tomatlán, en la Costa Norte del estado de Jalisco, sobre el centro-oeste del
Océano Pacífico de México.
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El área específica del proyecto se encuentra ubicada al norte del dique tres de dicha presa, a
tan solo 18 kilómetros al oeste de la carretera federal 200 Melaque-Puerto Vallarta. El acceso al
sitio del proyecto es mediante un camino revestido de 18 km que en/a la altura de la localidad Los
Diques se transforma en una terracería con rumbo al noreste para atravesar posteriormente el dique
tres de la presa. A este camino se accede a partir de Puerto Vallarta por la carretera costera 200 en el
tramo Barra De Navidad- Puerto Vallarta a la altura del Km. 128.
La zona de estudio forma parte de terrenos federales y se encuentra afuera del nivel de
aguas máximas de escorrentía (N.A.M.E.) de la presa.
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I.1.3 Tiempo de vida útil de proyecto
El presente estudio de impacto ambiental solicita autorización para el
establecimiento de un módulo turístico en la Presa Cajón de Peña que operará de forma
permanente en el dique tres de la misma.
I.1.4 Presentación de la documentación legal
El tipo de tenencia en el área de estudio es federal, situación que ha generado el
interés del Municipio de Tomatlán para solicitar la concesión de 02-00-87 Has.
correspondientes al predio rústico ubicado en el dique tres de la presa Cajón de Peña ante la
Comisión Nacional de Agua (CNA). Por lo anterior es requisito preliminar contar una
autorización en materia de impacto ambiental por las obras y actividades generadas a efecto
del establecimiento del módulo turístico en la presa.
A continuación se detallan los documentos legales anexos en el capítulo VIII del
presente estudio:
Copia simple: Credencial de Elector y Clave Única de Registro de Población (CURP) del
Regidor Municipal del Ayuntamiento de Tomatlán, Jalisco, por el periodo 2007-2009, el
.
Copia simple: Acta de Asamblea de la Sesión Extraordinaria número ocho del
Ayuntamiento de Tomatlán, Jalisco, por el periodo 2007-2009, donde se acredita al Lic.
para gestionar la concesión federal de 02-00-87 Has.
correspondientes al predio rústico ubicado en el dique tres de la presa Cajón de Peña de
dicho Municipio, ante la Comisión Nacional del Agua (CNA).
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DATOS PROTEGIDOS POR LA LFTAIPG
DATOS PROTEGIDOS POR LA LFTAIPG
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Copia simple: Credencial de Elector y Cédula Profesional del responsable de la presente
Manifestación de Impacto Ambiental, .
Copia simple: Declaración General de Pago de Derechos para la Recepción y Evaluación de
la presente Manifestación de Impacto Ambiental Sector Turístico Modalidad Particular.
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DATOS PROTEGIDOS POR LA LFTAIPG
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I.2 PROMOVENTE
I.2.1 Nombre o razón social Honorable Ayuntamiento De Tomatlán, Jalisco.
I.2.2 Registro Federal de Contribuyentes del promovente MTJ8001019CA
I.2.3 Nombre y cargo del representante legal
I.2.4 Dirección del promovente o de su representante legal para recibir u oír notificaciones
I.3 RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.
I.3.1 Nombre o razón social Unidad De Manejo Forestal El Tuito S.C.
I.3.2 Registro Federal de Contribuyentes o CURP RFC. UMF051112MN7
I.3.3 Nombre del responsable técnico del estudio
I.3.4 Dirección del responsable técnico del estudio
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Protección de datos personales LFTAIPG
Protección de datos personales LFTAIPG
Protección de datos personales LFTAIPGProtección de datos personales LFTAIPG
Protección de datos personales LFTAIPG
Protección de datos personales LFTAIPG
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II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
II.1 INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO.
II.1.1 Naturaleza del proyecto El objetivo principal del proyecto es el establecimiento de un Módulo Turístico de bajo
impacto al ambiente con apego a las leyes y normas vigentes. Actualmente la prestación de
servicios turísticos en la presa cajón de peña es una actividad que radica en la realización de tours
en el embalse y que recientemente brinda el servicio de hospedaje en su modalidad de cabañas.
Tales servicios los ofrecen personas de forma independiente, es decir, que no se encuentran
agrupadas bajo alguna organización y que son provenientes de Puerto Vallarta y de Guadalajara.
El establecimiento de este módulo turístico permitirá incrementar los servicios y atractivos
que se ofrecen en la presa, generando en consecuencia nuevas oportunidades de desarrollo para la
región así como empleos y certidumbre a la inversión privada.
II.1.2 Selección del sitio
Los criterios tomados para la elección del sitio fueron principalmente ecológicos,
sociales y políticos; ya que la población muestra un marcado interés en el desarrollo de
actividades turísticas de bajo impacto al ambiente que permitan aprovechar la belleza
paisajística y el potencial pesquero de la presa; así como los criterios definidos en la
Unidad de Gestión Ambiental (UAG) del Programa de Ordenamiento Ecológico de la Costa
de Jalisco (POE Costa de Jalisco, 1999).
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II.1.3 Ubicación física del proyecto y planos de localización
El área solicitada se localiza conforme a la carta Topográfica de INEGI clave F-13-C-89, El
Tule, escala 1:50,000 entre las coordenadas ITRF 92 UTM 13 Norte:
X 484,260.00
484,550.00
Y 2’213,600.00 2’213,350.00
UBICACIÓN DEL PROYECTO
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II.1.4 Inversión requerida
El proyecto para el establecimiento del módulo turístico requiere de una inversión total de
600,000.00 pesos de los cuales el 20% se destinará a la aplicación de medidas de restauración y
mitigación ambiental (120,000.00 pesos). Este recurso se encuentra inmerso en las obras y
actividades a efectuar en el sitio como parte de las medidas de mitigación ambiental.
RESUMEN DE LA MEMORIA DE CÁLCULO
CONCEPTO IMPORTE 1 BODEGA Y SANITARIO 150,000.00
2 INSTALACIONES 120,951.00
3 PALAPA 140,000.00
4 ASADOR (6 PIEZAS) 22,658.00
5 PALAPA TIPO SOMBRILLA (6 PIEZAS) 21,456.00
6 AREA DE EVISERADO Y FILETEADO 32,165.00
7 CERCADO PERIMETRAL 112,770.00
Inversión Total 600,000.00
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II.1.5 Dimensiones del proyecto
a) Superficie total del predio solicitada:
02-00-87 Has.
b) Superficie total a afectar por tipo de vegetación:
Tipo de Cubierta Vegetal m2 %
Sin cubierta vegetal 1,607 8
palmar abierto con pastizal inducido 13,860 69
Selva Secundaria Caducifolia 4,620 23 Superficie Total 20,087 100
c) Superficie para obras permanentes. Indicar su porcentaje respecto a la superficie total.
m2 %
Superficie sin alteración 13,449 67 Superficie con alteración por
establecimiento de obras permanentes
6,638 33
Superficie Total 20,087 100
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II.1.6 Uso actual de suelo y/o cuerpos de agua en el sitio del proyecto y en sus colindancias
De acuerdo a la cartografía de uso del suelo elaborada por INEGI el área se
encuentra cubierta por una mezcla de palmar con selvas medianas subcaducifolias
perturbadas con pastizal ( Pal-F(S)m(sc)-Pi ) y selvas medianas subcaducifolias con bajo
nivel de perturbación.
Esta carta fue elaborada por el procedimiento de fotointerpretación y verificación de
campo con fotografías aéreas escala 1:25000 tomadas en febrero de 1971, su primera
edición data de 1975. Por lo tanto refleja el uso del suelo antes de la construcción e
inundación de la presa.
En base a los recorridos de campo realizados para la elaboración del presente
documento se pudo confirmar que actualmente el área esta cubierta por un mosaico de
palmares abiertos, pastizales de especies introducidas, inducidos y mantenidos a través del
fuego y la ganadería extensiva, así como por manchones de selva mediana subcaducifolia
perturbada. Por otra parte el predio solicitado colinda en parte al norte y al sur con el
cuerpo de agua de la presa.
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II.1.7 Urbanización del área y descripción de servicios requeridos
Está contemplado construir el proyecto en una zona rural a las orillas de la presa Cajón de
Peña y por lo tanto no existen obras de urbanización integrales en la zona. Los únicos servicios con
que cuenta la zona del proyecto a desarrollar es un camino de penetración en terracería que conecta
a la zona con la carretera federal 200 la cual se encuentra a 18 Km de distancia, y una línea de la
Comisión Federal de Electricidad (CFE), la cual es capaz de suministrar la energía eléctrica
necesaria al proyecto.
Los servicios requeridos para la creación del módulo turístico son:
Una línea de electricidad con capacidad para proporcionar 20,000 watts la cual será suministrada
libre a bordo de predio por la Comisión Federal de Electricidad.
Una línea de agua potable que proporcione un gasto de 1.25 litros por segundo la cual será
controlada por dos tinacos reguladores cuya fuente de abastecimiento será el agua de la misma presa
la cual será clorada en los mismos tinacos de distribución.
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II.2 CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DEL PROYECTO
El concepto, las obras y actividades del proyecto contempla un área recreativa, área de
estacionamientos, área para botado de lanchas, área de muelle flotante, almacenamiento de
combustible, vialidades y senderos, berma perimetral, caseta de control de acceso,
inspección y vigilancia distribuidas en una superficie de 6,638 m2 que representa un 33%
del área total y áreas verdes en una superficie de 10,976 m2 que equivale a un 67%.
PLAN MAESTRO
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TAMIENTO DE TOMATLÁN / UNIDAD DE MANEJO FORESTAL EL TUITO, S.C.
CANTIDAD Nº CONCEPTO, OBRAS Y ACTIVIDADES U. DE M. COS CUS TOTALI ÁREA RECREATIVA M2 386 1,254 1,640 1. PALAPA PRINCIPAL (UNA) M2 97 315 412 PALAPAS TIPO SOMBRILLA (6 PIEZAS) M2 45 146 191 ASADORES (6 PIEZAS) M2 6 19 25
ÁREA PARA CASAS DE CAMPAÑA (8 CASAS) M2 148 482 630
PLATAFORMA PARA REUNIONES (UNA) M2 24 78 102
BODEGA Y SANITARIOS M2 66 214 280 II ÁREA DE ESTACIONAMIENTOS M2 1,720 800 2,520
E-1 EL PALMAR M2 952 443 1,395 E-2 EL COBANO M2 192 89 281 E-3 EL COYUL M2 576 268 844
III ÁREA PARA BOTADO DE LANCHAS M2 150 35 185
CARPA DE REGISTRO M2 12 3 15
ESTANQUE DE GEOMEMBRANA CON OXIDACIÓN M2 8 2 10
RAMPA DE BOTADO M2 130 30 160 IV ÁREA DE MUELLE FLOTANTE M2 240 200 440 ÁREA DE MANIOBRAS M2 45 38 83 ÁREA DE EVICERADO Y FILETEADO M2 62 52 114
CONTENEDORES DE BASURA (4 DEPÓSITOS) M2 6 4 10
PLATAFORMA DE DESEMBARQUE M2 62 52 114 PLATAFORMA FLOTANTE M2 62 52 114 LETRERO DE REGLAMENTACIÓN M2 3 2 5
V ALMACENAMIENTO DE COMBUSTIBLE M2 8 104 112
TANQUE DE COMBUSTIBLE DE 2,000 LITROS M2 3 39 42
BASE PARA TANQUE M2 4 52 56
CUNETAS PARA EVITAR DERRAMES CON UN RODAPIE DE 40 cm Y CON UNA CAPACIDAD DE 150% DE SU CONTENIDO
M2 1 13 14
VI VIALIDADES Y SENDEROS
H. AYUN
M2 2,650 0 2,650
VIALIDADES M2 1750 0 1,750 SENDEROS M2 900 0 900
VII BERMA PERIMETRAL (484 Ml) M2 1,452 0 1,452
VIII CASETA DE CONTROL DE ACCESO, INSPECCIÓN Y VIGILANCIA
M2 32 80 112
IX ÁREAS VERDES M2 0 10,976 10,976 TOTAL M2 6,638 13,449 20,087
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II.2.1 Programa general de trabajo MESES Obra y/o Actividades
1 2 3 4 5 6
Área recreativa
Área de estacionamientos
Área botado de lanchas
Área de muelle flotante
Almacén de combustible
Vialidades y senderos
Berma perimetral
Caseta control de acceso
II.2.2 Preparación del sitio
Para la preparación del sitio se baso e la etapa de planeación ejecución y de operación y
mantenimiento que se describen detalladamente en el apartado V.1.1.
II.2.3 Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto La disposición de escombro y materiales de desecho de la obra se dispondrán
temporalmente en un patio del mismo predio para su disposición final en el lugar
autorizado por el municipio. Se tendrá un campamento temporal para alberge de los
trabajadores y contaran con letrinas móviles. Bodega para resguardo y almacenamiento de
materiales y equipos utilizados en la obra, carpa-comedor para preparación y suministro de
alimentos.
II.2.4 Etapa de construcción
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Durante esta etapa del proyecto la cimentación se construirá a base de zapatas
aisladas de concreto armado sobre las que irá montada la estructura metálica base de las
instalaciones en general. El piso de las instalaciones será a base de losas de concreto
armado y los muros de bodegas y sanitarios se construirán con block de cemento huecos
con terminado de enjarre y aplanado fino. El techo de la palapa principal se construirá a
base de elementos prefabricados de teja de barro y fibra de vidrio montados sobre una
estructura metálica. La bodega y los sanitarios llevarán un techo a base de losa de concreto
armado con la inclinación necesario para el desalojo de las aguas de lluvia y un terminado
de teja de barro recocido. Las áreas de estacionamiento y el patio de maniobras tendrán un
piso con una base de terracerías nivelada y compactada así como un terminado con una
capa de gravilla de 3/4" y un espesor de 0.15 mt.
En las zonas de relleno y cortes de terracería esta proyectado construir muros de
mampostería a base de piedra de la región junteada con mortero arena cemento y
dependiendo de la altura requerida serán las dimensiones del muro.
El suministro de agua potable se tomará directamente de agua de la presa, la cual
será clorada y filtrada para su uso en las instalaciones del proyecto. El desalojo de aguas
negras y residuales se solucionará por medio de un sistema de fosa séptica tipo FOSAPLAS
o similar con sistema autolimpiable y una red sanitaria con sus respectivos registros para
limpieza.
El suministro de energía eléctrica se obtendrá de una línea derivada de las
instalaciones de la Comisión Federal de Electricidad libre a bordo de predio. Utilizando una
rampa natural en el terreno como rampa de botado, ésta se protegerá con mampostería en
los taludes y tendrá un terminado de rodamiento a base de una losa de concreto armado con
su respectiva canaleta para el desalojo de agua.
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El muelle flotante se construirá con pontones modulares de polietileno EZ dock o
similar los cuales irán sujetos con una bisagra de acero inoxidable a una pasarela de
aluminio EZ dock con superficie antiderrapante y una barandilla de protección la cual está
sujeta igualmente con bisagras a la plataforma de desembarque, la cual será construida con
muros de piedra de la región junteada con mortero arena cemento en proporción 1:5.
Toda la construcción mencionada generará un 10% del volumen total de obra como
escombros y residuos el cual se retirará en el momento de la limpieza de obra.
II.2.5 Etapa de operación y mantenimiento
La operación y mantenimiento de las instalaciones está programada para ser cubierta con la
prestación del servicio de seis personas previamente contratadas en forma permanente, las
cuales cubrirán los requisitos de capacitación necesarios para el optimo funcionamiento de
las instalaciones. Las funciones que deberán cumplir incluyen la inspección y vigilancia, el
mantenimiento de instalaciones, atención a visitantes, jardinería nativa, limpieza y
administración.
II.2.6 Descripción de obras asociadas al proyecto
Ampliación de la red de distribución eléctrica desde la localidad de los Diques al predio
sobre el derecho de vía del camino de acceso.
Rehabilitación del camino existente mediante el mejoramiento de la superficie de
rodamiento.
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II.2.7 Etapa de abandono del sitio
No se prevé el abandono del sitio, debido a que uno de los objetivos del proyecto es la
regulación del ingreso a la presa por lo que se considera que esta función del modulo
seguirá siendo de utilidad publica.
II.2.8 Utilización de explosivos No se almacenaran ni utilizaran explosivos en ninguna de las etapas del proyecto.
En este proyecto no se requerirá de la utilización de explosivos en ninguna de las etapas de
establecimiento y mucho menos durante su operación.
II.2.9 Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones a la
atmósfera
Los residuos que se generaran durante la operación de este proyecto no son
considerados peligrosos, estos consistirán en basura que será clasificada y dispuesta en
depósitos separados que se prevé sean recolectados por el servicio publico municipal de
recolección de basura; Los residuos del eviscerado serán dispuestos en el deposito de
residuos orgánicos en tanto se instrumenta un proyecto para su composteo o producción de
alimento para aves.
Las aguas residuales serán concentradas y tratadas por medio de un sistema de fosa
séptica tipo FOSAPLAS autolimpiable con una capacidad de 10 m3 que sustituirá a la
indicada en el proyecto ejecutivo con capacidad de 3 m3 .
II.2.10 Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los residuos
Se contará con contenedores con tapa para el deposito temporal por separado los residuos
orgánicos, plásticos, vidrio y metálicos. La disposición final se realizara cada tercer día por el
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servicio publico municipal el cual los trasportara al relleno sanitario de la localidad de El Tule o
donde el municipio disponga.
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III. VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y, EN SU CASO, CON LA REGULACIÓN DEL USO DEL SUELO
III.1 Análisis de la legislación aplicable al proyecto en materia ambiental.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo 27. La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del
territorio nacional corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el
derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares constituyendo la propiedad
privada.
La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las
modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el
aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de
hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el
desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población
rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los
asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de
tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la
fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para
preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para
disponer en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de
los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento
de la agricultura, de la ganadería, de silvicultura y de las demás actividades económicas en
el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la
propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad.
H. AYUNTAMIENTO DE TOMATLÁN / UNIDAD DE MANEJO FORESTAL EL TUITO, S.C.
Manifestación De Impacto Ambiental Sector Turístico Modalidad Particular
Corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales de la
plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas; de todos los minerales o
sustancias que en vetas mantos, masas o yacimientos.
Son propiedad de la nación las aguas de los mares territoriales en la extensión y
términos que fije el derecho internacional; las aguas marinas interiores; las de las lagunas y
esteros que se comuniquen permanentemente o intermitentemente con el mar; las de los
lagos interiores de formación natural que estén ligados directamente a corrientes
constantes; las de los ríos y sus afluentes directos o indirectos; desde el punto del cauce en
que se inicien las primeras aguas permanentes, intermitentes o torrenciales hasta su
desembocadura en el mar, lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional; las de las
corrientes constantes o intermitentes y sus afluentes directos o indirectos, cuando el cauce
de aquellas, en toda su extensión o en parte de ellas, sirva de límite al territorio nacional, o
a dos entidades federativas, o cuando pase de una entidad federativa a otra o cruce la línea
divisoria de la república; las de los lagos, lagunas o esteros cuyos basos, zonas o riveras,
estén cruzados por líneas divisorias de dos o mas entidades o entre la república o un país
vecino, o cuando el límite de las riveras sirva de lindero entre dos entidades federativas o a
la república con un país vecino; las de los manantiales que broten en las playas, zonas
marítimas, cauces, vasos o riveras de los lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional, y
las que se extraigan de las minas; y los cauces, lechos o riveras de los lagos y corrientes
interiores en la extensión que fija la ley. Las aguas del subsuelo pueden ser libremente
alumbradas mediante obras artificiales y apropiarse por el dueño del terreno pero cuando lo
exija el interés público o se afecten otros aprovechamientos, el Ejecutivo Federal podrá
reglamentar su extracción y utilización y aún establecer zonas vedadas al igual que para las
demás aguas de propiedad nacional. Cualesquiera otras aguas no incluidas en la
numeración anterior se considerarán como parte integrante de la propiedad de los terrenos
por los que corren o en los que se encuentren sus depósitos, pero si se localizaren en dos o
H. AYUNTAMIENTO DE TOMATLÁN / UNIDAD DE MANEJO FORESTAL EL TUITO, S.C.
Manifestación De Impacto Ambiental Sector Turístico Modalidad Particular
mas predios, el aprovechamiento de estas aguas se considerará de utilidad pública y
quedará sujeto a las disposiciones que dicten los estados.
En el caso que se refiere los dos párrafos anteriores, el dominio de la Nación es
inalienable e imprescriptible y la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos
de que se trata por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes
mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo
Federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes.
Frac VI.- Los Estados y el Distrito Federal, lo mismo que los municipios de toda la
república, tendrán plena capacidad para adquirir y poseer todos los bienes raíces necesarios
para los servicios públicos. Las leyes de la federación y de los estados en sus respectivas
jurisdicciones determinarán los casos en que sea de utilidad pública la ocupación de la
propiedad privada, y de acuerdo con dichas leyes la autoridad administrativa hará la
declaración correspondiente.
Artículo 115, Frac V. Que faculta a los municipios para formular, aprobar y administrar la
zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; participar en la creación y
administración de sus recursos territoriales; controlar y vigilar la utilización del suelo en
sus Jurisdicciones territoriales intervenir en la regulación de la tenencia de la tierra urbana,
otorgar licencias y permisos para construcciones y participar en la creación y
administración de zonas de reservas ecológicas, en el ámbito de su competencia.
LEY ESTATAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL
AMBIENTE.
Artículo 28. La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la
Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades
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que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos
en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los
ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente.
Para ello, en los casos que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes
pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente
la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría:
Fracc X.- Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros
conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales;
Artículo 30. Para obtener la autorización a que se refiere el Artículo 28 de esta Ley, los
interesados, deberán presentar a la Secretaría una manifestación de impacto ambiental, la
cual deberá contener, por los menos, una descripción de los posibles efectos en el o los
ecosistemas que pudieran ser afectados por la obra o actividad de que se trate, considerando
el conjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas, así como las medidas
preventivas, de mitigación y las demás necesarias para evitar y reducir al mínimo los
efectos negativos sobre ambiente.
Cuando se trate de actividades consideradas altamente riesgosas en los términos de
la presente Ley, la manifestación deberá incluir el estudio de riesgo correspondiente.
Si después de la presentación de una manifestación de impacto ambiental se realizan
modificaciones al proyecto de la obra o actividad respectiva, los interesados deberán en un
plazo no mayor de 10 días les notifique si es necesaria la presentación de información
adicional para evaluar los efectos al ambiente, que pudiesen ocasionar tales modificaciones,
en términos de los dispuesto en esta Ley.
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Los contenidos del informe preventivo, así como las características y las
modalidades de las manifestaciones de impacto ambiental y los estudios de riesgo serán
establecidos por el Reglamento de la presente Ley.
Artículo 32.- En el caso de que un plan o programa parcial de desarrollo urbano o de
ordenamiento ecológico del territorio incluyan obras o actividades de las señaladas en el
Artículo 28 de esta Ley, las autoridades competentes de los Estados, el Distrito Federal o
los Municipios, podrán presentar dichos planes o programas a la Secretaría, con el
propósito de que ésta emita la autorización que en materia de impacto ambiental
corresponda, respecto del conjunto de obras o actividades que se prevean realizar en un
área determinada, en los términos previstos en el Artículo 31 de esta Ley.
LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE
Artículo 15. Corresponde a los Gobiernos de los Municipios, de conformidad con esta Ley
y las Leyes locales en la materia, las siguientes atribuciones:
Fracc. XV.- Promover la construcción y mantenimiento de la infraestructura en las áreas
forestales del municipio.
Artículo 117. La Secretaría sólo podrá autorizar el cambio de uso del suelo en terrenos
forestales, por excepción, previa opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal
Forestal de que se trate y con base en los estudios técnicos justificativos que demuestren
que no se compromete la biodiversidad, si se provocará la erosión de los suelos, el deterioro
de la calidad del agua o la disminución en su captación; y que los usos alternativos del
suelo que se propongan sean más productivos a largo plazo. Estos estudios se deberán
considerar en conjunto y no de manera aislada.
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En las autorizaciones de cambio de uso del suelo en terrenos forestales, la autoridad
deberá dar respuesta debidamente fundada y motivada a las propuestas y observaciones
planteadas por los miembros del Consejo Estatal Forestal.
No se podrá otorgar autorización de cambio de uso de suelo en un terreno
incendiado sin que haya pasado 20 años, a menos que se acredite fehacientemente a la
Secretaría que el ecosistema se ha regenerado totalmente, mediante los mecanismos que
para tal efecto se establezcan en el reglamento correspondiente.
Las autorizaciones que se emitan deberán atender lo que, en su caso, dispongan los
programas de ordenamiento ecológico correspondiente, las normas oficiales mexicanas y
demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
La Secretaría, con la participación de la Comisión coordinará con la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la política de uso del suelo
para estabilizar su uso agropecuario, incluyendo el sistema de roza, tumba y quema,
desarrollando prácticas permanentes y evitando que la producción agropecuaria crezca a
costa de los terrenos forestales.
Las autorizaciones de cambio de uso de suelo deberán inscribirse en el Registro.
La Secretaría, con la participación de la Comisión, coordinará con diversas entidades
públicas, acciones conjuntas para armonizar y eficientar los programas de construcciones
de los sectores eléctrico, hidráulico y de comunicaciones, con el cumplimiento de la
normatividad correspondiente.
Artículo 126. La Secretaría y la Comisión, escuchando la opinión de los Consejos y
tomando en cuenta los requerimientos de recuperación en zonas degradadas y las
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condiciones y las condiciones socioeconómicas de los habitantes de las mismas,
promoverán la elaboración y aplicación de programas e instrumentos económicos que se
requieran para fomentar las labores de conservación y restauración de los recursos
forestales y las cuencas hídricas.
Las acciones de dichos programas y los instrumentos económicos a que se refiere el
párrafo anterior, serán incorporados en el Programa Especial Concurrente para el
Desarrollo Rural, incluyendo las previsiones presupuestarias de corto y mediano plazo,
necesarias para su instrumentación, dando preferencia a los propios dueños y poseedores de
los recursos forestales para su ejecución.
Artículo 127. Cuando se presenten procesos de degradación o desertificación, o graves
desequilibrios ecológicos en terrenos forestales o preferentemente forestales, la Comisión
formulará y ejecutará, en coordinación con los propietarios, programas de restauración
ecológica con el propósito de que se lleven a cabo las acciones necesarias para la
recuperación y restablecimiento de las condiciones que propicien la evolución y
continuidad de los procesos naturales que en ellos se desarrollaban, incluyendo el
mantenimiento del régimen hidrológico y la prevención de la erosión y la restauración de
los suelos forestales degradados.
Los propietarios, poseedores, usufructuarios o usuarios de terrenos forestales o
preferentemente forestales están obligados a realizar las acciones de restauración y
conservación pertinentes y aquellas que para tal caso dicte la Secretaría. En el caso de que
éstos demuestren carecer de recursos, la Secretaría los incorporará a los programas de
apoyo que instrumente, de acuerdo a las asignaciones que para tal fin se contemplen en el
Presupuesto de Egresos de la Federación o, en su caso, realizará por su cuenta, con acuerdo
de los obligados, los trabajos requeridos.
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EL REGLAMENTO DE LA LEY FORESTAL EN SUS ARTÍCULOS REFERENTES
AL CAMBIO DEL USO DE SUELO, ESPECIFICA LO SIGUIENTE:
Artículo 120. Para solicitar la autorización de cambio de uso del suelo en terrenos
forestales, el interesado deberá solicitarlo mediante el formato que expida la Secretaría, el
cual contendrá lo siguiente:
I. Nombre, denominación o razón social y domicilio del solicitante;
II. Lugar y fecha;
III. Datos y ubicación del predio o conjunto de predios, y
IV. Superficie forestal solicitada para el cambio de uso del suelo y el tipo de
vegetación por afectar.
Junto con la solicitud deberá presentarse el estudio técnico justificativo, asÍ como
copia simple de la identificación oficial del solicitante y original o copia certificada del
título de propiedad, debidamente inscrito en el registro público que corresponda o, en su
caso, del documento que acredite la posesión o el derecho para realizar actividades que
impliquen el cambio de uso del suelo en terrenos forestales, así como copia simple para su
cotejo. Tratándose de ejidos o comunidades agrarias, deberá presentarse original o copia
certificada del acta de asamblea en la que conste el acuerdo de cambio de uso del suelo en
el terreno respectivo, así como copia simple para su cotejo.
El derecho para realizar actividades que impliquen el cambio de uso del suelo, con
motivo del reconocimiento, exploración superficial y explotación petrolera en terrenos
forestales, se podrá acreditar con la documentación que establezcan las disposiciones
aplicables en materia petrolera.
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Para formulación y desarrollo de los programas de restauración ecológica, tendentes
a controlar los procesos de degradación de tierras, de desertificación o de desequilibrios
ecológicos en terrenos forestales o preferentemente forestales, la Comisión promoverá la
participación de los sectores público, social y privado. Asimismo, promoverá y organizará
las acciones voluntarias de conservación, protección y restauración forestal con los
propietarios o poseedores de los terrenos, mediante la celebración de convenios y demás
instrumentos aplicables.
Artículo 165. Para la formulación desarrollo de los programas de restauración ecológica,
tendientes a controlar los procesos de degradación de tierras, de desertificación o de
desequilibrios ecológicos en terrenos forestales o preferentemente forestales, la Comisión
promoverá la participación de los sectores público, social y privado. Asimismo, promoverá
y organizará las acciones voluntarias de conservación, protección y restauración forestal
con los propietarios o poseedores de los terrenos, mediante la celebración de convenios y
demás instrumentos aplicables.
LEY DE AGUAS NATURALES
Artículo 16. La presente Ley establece las reglas y condiciones para el otorgamiento de las
concesiones para explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, en
cumplimiento en lo dispuesto en el párrafo sexto del artículo 27 constitucional.
Son aguas nacionales las que se enuncian en el párrafo quinto del artículo 27 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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El régimen de propiedad nacional de las aguas subsistirá aún cuando las aguas,
mediante la construcción de obras, sean desviadas del cauce o vaso originales, se impida su
afluencia a ellos o sean objeto de tratamiento.
Las aguas residuales provenientes del uso de las aguas nacionales, también tendrán
el mismo carácter, cuando se descarguen en cuerpos receptores de propiedad nacional, aún
cuando sean objeto de tratamiento.
Artículo 17. Es libre la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales
superficiales por medios manuales para uso domestico a la fracción LVI del artículo 3 de
esta Ley, siempre que no se desvíen de su cauce ni se produzca una alteración en su calidad
o una disminución significativa en su caudal, en los términos de la reglamentación
aplicable.
No se requerirá concesión para la extracción de aguas marinas interiores y del mar
territorial, para su explotación, uso o aprovechamiento, salvo aquellas que tengan como fin
la desalinización, las cuales serán objeto de concesión.
Artículo 20. De conformidad con el carácter público del recurso hídrico, la explotación,
uso o aprovechamiento de las aguas nacionales se realizará mediante concesión o
asignación otorgada por el Ejecutivo Federal a través de “la Comisión” por medio de los
Organismos de Cuenca, o directamente por ésta cuando así le competa, de acuerdo con las
reglas y condiciones que dispone la presente Ley y sus reglamentos. Las concesiones y
asignaciones se otorgarán después de considerar a las partes involucradas, y el costo
económico y ambiental de las obras proyectadas.
Corresponde a los Organismos de Cuenca expedir los títulos de concesión,
asignación y permisos de descarga a los que se refiere la presente Ley y sus reglamentos,
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salvo en aquellos casos previstos en la fracción IX del artículo 9 de la presente Ley, que
queden reservados para la actuación directa de “la Comisión”.
La explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales por parte de personas
físicas o morales se realizará mediante concesión otorgada por el Ejecutivo Federal a
través de “la Comisión” por medio d e los Organismos de Cuenca, o por ésta cuando así
le competa, de acuerdo con las reglas y condiciones que estable esta Ley, sus reglamentos,
el título y las prórrogas que al efecto se emitan.
La explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales por dependencias y
organismos descentralizados de la administración pública federal, estatal o municipal, o el
Distrito Federal y sus organismos descentralizados se realizara mediante concesión
otorgada por el Ejecutivo Federal a través de “La Comisión” por medio de los
Organismos de Cuenca, o por ésta cuando así le competa, de acuerdo con las reglas y
condiciones que establece esta Ley y sus reglamentos. Cuando se trate de la prestación de
los servicios de agua con carácter público urbano o doméstico, incluidos los procesos que
estos servicios conllevan, la explotación uso o aprovechamiento de aguas nacionales, se
realizará mediante asignación otorgada por el Ejecutivo Federal a través de “La
Comisión” por medio de los Organismos de Cuenca, o por ésta cuando así le competa, a
los municipio, a los estados o al Distrito Federal, en correspondencia con la fracción VIII
del artículo 3 de la presente Ley. Los derechos amparados en las asignaciones no podrán ser
objeto de transmisión.
La asignación de agua a que se refiere el párrafo anterior se regirá por las mismas
disposiciones que se aplican a las concesiones salvo en la transmisión de derecho, y el
asignatario se considerara concesionarios para efectos de la presente Ley.
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Las asignaciones y asignaciones crearán derechos y obligaciones a favor de los
beneficiarios en los términos de la presente Ley.
El Gobierno Federal podrá coordinarse con los gobiernos de los estados y del
Distrito Federal, a través de convenios de colaboración administrativa y fiscal para la
ejecución por parte de estos últimos de determinados actos administrativos y fiscales
relacionados con el presente Título, en los términos de lo que establece esta Ley, la Ley de
Planeación, la Ley de Coordinación Fiscal y otras disposiciones aplicables, para contribuir
a la descentralización de la administración del agua.
Cuando las disposiciones a partir del presente Título se refiere a la actuación de
“La Comisión”, en los casos que a ésta le corresponda conforme a lo dispuesto en la
fracción IX del artículo 9 de la presente Ley, o del Organismo de Cuenca que corresponda,
se entenderá que cada instancia actuará en su ámbito de competencia y conforme a sus
facultades específicas, sin implicar concurrencia. En lo sucesivo, esta Ley se referirá a “la
Autoridad del Agua”, cuando el Organismo de Cuenca que corresponda actúe en los casos
dispuestos en la fracción y artículo antes referidos.
Artículo 21. La solicitud de concesión o asignación deberá contener al menos:
I. Nombre y domicilio del solicitante;
II. La cuenca hidrológica, acuífero en su caso, región hidrológica municipio y localidad
a que se refiere la solicitud;
III. El punto de extracción de las aguas nacionales que se soliciten;
IV. El volumen de extracción y consumo requeridos;
V. El uso inicial que se le dará al agua, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo
quinto del artículo 25 de la presente Ley; cuando dicho volumen se pretenda
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destinar a diferentes usos, se efectuará el desglose correspondiente para cada uno de
ellos;
VI. El punto de descarga de las aguas residuales con las condiciones de cantidad y
calidad;
VII. El proyecto de las obras a realizar o las características de las obras existentes para
su extracción y aprovechamiento, así como las respectivas para su descarga,
incluyendo tratamiento de las aguas residuales y los procesos y medidas para el
rehúso del agua, en su caso, y restauración del recurso hídrico; en adición deberá
presentarse el costo económico y ambiental de las obras proyectadas, esto último
conforme a lo dispuesto en la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al
Ambiente; y
VIII. La duración de la concesión o asignación que se solicita.
Conjuntamente con la solicitud de concesión o asignación para la explotación, uso
o aprovechamiento de aguas nacionales, se solicitará el permiso de descarga de aguas
residuales y el permiso para la realización de las obras que se requieran para la
explotación, uso o aprovechamiento de aguas y el tratamiento y descarga de las aguas
residuales respectivas. La solicitud especificará la aceptación plena del beneficiario sobre
su obligación de pagar regularmente y en su totalidad las contribuciones fiscales que se
deriven de la expedición del título respectivo y que pudiera derivarse de la extracción,
consumo y descarga de las aguas concesionadas o asignadas, así como los servicios
ambientales que correspondan. El beneficiario conocerá y deberá aceptar en forma expresa
las consecuencias fiscales y de vigencia del título respetivo que se expida en su caso,
derivadas del incumplimiento de las obligaciones de pago referidas.
Tratándose de solicitudes de concesión para el uso agrícola a que se refiere el
Capitulo II, del Título Sexto, de esta Ley, no se requerirá solicitar conjuntamente con la
concesión el permiso de descarga de aguas residuales, siempre que en la solicitud se asuma
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la obligación de sujetarse a las Normas Oficiales Mexicanas o a las condiciones particulares
de descarga que correspondan, y a lo dispuesto en el artículo 96 de esta Ley.
Artículo 21 bis. El promoverte deberá adjuntar a la solicitud a que se refiera el artículo
anterior, al menos los documentos siguientes:
I. Los que se acrediten la propiedad o posesión del inmueble en el que se
localizará la extracción de aguas, así como los relativos a la propiedad o
posesión de las superficies a beneficiar;
II. El documento que acredite la constitución de las servidumbres que se requieran;
III. La manifestación de impacto ambiental, cuando así se requiera conforme a la
Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente;
IV. El proyecto de las obras a realizar o las características de las obras existentes
para la extracción, aprovechamiento y descarga de las aguas motivo de la
solicitud;
V. La memoria técnica con los planos correspondientes que contengan la
descripción y características de las obras a realizar, para efectuar la explotación,
uso o aprovechamiento de las aguas a las cuales se refiere la solicitud, así como
la disposición y tratamiento de las aguas residuales resultantes y las demás
medidas para prevenir la contaminación de los cuerpos receptores, a efecto de
cumplir lo dispuesto en la Ley;
VI. La documentación técnica que soporte la solicitud en términos del volumen de
consumo requerido, el uso inicial que se le dará al agua y las condiciones de
cantidad y calidad de la descarga de aguas residuales respectivas; y
VII. Un croquis que indique la ubicación del predio, con los puntos de referencia
que permitan su localización y la del sitio donde se realizará la extracción de las
aguas nacionales; así como los puntos donde efectuar la descarga.
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Los estudios y proyectos a que se refiere este artículo, se sujetarán a las normas
y especificaciones técnicas que en su caso emita “La Comisión”.
NORMAS OFICIALES MEXICANAS
NOM-006-SEMARNAT-1997 (antes NOM-006-RECNAT-1997) Establece los
procedimientos, criterios y especificaciones para realizar el aprovechamiento, transporte y
almacenamiento de Hojas de Palma.
NOM-022-SEMARNAT-2003 Que establece las especificaciones para la preservación,
conservación, aprovechamiento sustentable y restauración de los humedales costeros en
zonas de manglar.
NOM-059-SEMARNAT-2001 (antes NOM-060-ECOL-1994) Establece las
especificaciones para mitigar los efectos adversos ocasionados en los suelos y cuerpos de
agua por el aprovechamiento forestal.
NOM-062-SEMARNAT-1994 (antes NOM-062-ECOL-1994) Establece las
especificaciones para mitigar los efectos adversos sobre la biodiversidad que se ocasionen
por el cambio de uso del suelo de terrenos foresta agropecuarios.
NOM-015-SEMARNAP/SAGAR-1997 Que regula el uso del fuego en terrenos forestales
y agropecuarios, y que establece las especificaciones, criterios y procedimientos para
ordenar la participación social y de gobierno en la detección y el combate de los incendios
forestales.
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III.2 Análisis de los instrumentos de planeación.
El área de interés forma parte la UGA Pe3019 USO CLAVE CRITERIOS
Pe 3 Se permite el aprovechamiento pesquero en los cuerpos de agua. Esta UGA limita al oeste con la UGA Ff3016 NO. DE UGA
LIMITANTE A LA SUSTENTABI-LIDAD
USO DEL SUELO PREDOMINANTE
USO COMPATIBLE
USO CONDICIONADO
Ff3016
MEDIA FLORA Y FAUNA
TURISMO FORESTAL
AGRICOLA PECUARIO ASENTAMIENTOS HUMANOS
USO CLAVE CRITERIOS Ff 3 Las unidades de Conservación, Manejo y Aprovechamiento
Sustentable de la Vida Silvestre (UMAS) deberán contar con un programa de manejo autorizado.
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IV. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO
INVENTARIO AMBIENTAL
IV.1 DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO
Inicialmente un topógrafo realizo un plano con curvas de nivel delimitando el polígono del
predio. Con el auxilio de dicho plano topográfico se localizó y definió el área por afectar y una vez
dispuestos en el predio, con la ayuda de un geoposicionador (marca Thales Navigation, modelo
MobileMapper) se localizaron los puntos que conforman el polígono perimetral del área solicitada y
dentro de este se realizó el muestreo a la vegetación.
IV.2 CARACTERIZACIÓN Y ANÁLISIS DEL SISTEMA AMBIENTAL
IV.2.1 Aspectos abióticos
Este apartado se realizo a través de referencias bibliográficas e investigación de campo, de
las características naturales, ambientales, hidrológicas, suelos, flora y fauna, clima, entre otros, tanto
de la cuenca en general, como de la presa y en particular del dique tres, estudiando a profundidad
aquellos elementos y actividades que repercuten en el sistema ambiental.
GEOLOGÍA
La presa Cajón de Peña se encuentra albergada en la provincia geológica de la Sierra Madre del Sur.
Esta provincia abarca la parte occidental del estado y limita al oeste con el Océano Pacífico y al este
y norte con el Eje Neovolcánico Transversal.
Esta zona se caracteriza estratigráficamente por el afloramiento de rocas metamórficas más antiguas
del estado, que pertenecen al jurásico, localizadas al sur de Puerto Vallarta, noreste de Mascota,
oeste de Talpa de Allende y noreste de Tecatitlán.
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En la porción occidental de la provincia, durante el cretácico superior, fue emplazado un gran
cuerpo de rocas ígneas intrusivas (batolito), el cual provocó fuertes deformaciones o dislocaciones
en las rocas resistentes.
Durante el periodo terciario se originaron los depósitos de rocas volcánicas que cubrieron gran parte
del área y, al mismo tiempo se formaron los depósitos de rocas sedimentarias continentales.
En el cuaternario se formaron los depósitos de suelos que se encuentran en los litorales y cerca de
las costas, así como los que rellenan los valles de esta región.
Dentro de la Geología Económica en esta provincia se encuentran minas de oro, plata, plomo, zinc,
cobre, barita y fierro que se explotan a cielo abierto; los pobladores de Cajón de Peña manifiestan
que tiempos atrás en las inmediaciones de la presa se explotaban minas de oro y plata, en la parte
alta del embalse.
El área solicitada para su concesión y objeto de este documento se encuentra formada por rocas de
origen volcánico del tipo conocido como Granito , de hecho toda el área kilómetros a la redonda
esta formada por este tipo de roca cubierta en algunas partes, como son pequeños valles o junto a
los arroyos por suelos del tipo aluvial, es decir material arrastrado y producto de la erosión. El
Granito que forma esta área presenta numerosas fracturas de las cuales dos se encuentran a tan solo
unos cientos de metros del área de estudio.
OROGRAFÍA
El oeste del Estado, comúnmente señalado como la región de la costa comprende tres tipos de
paisajes: la montaña que corresponde a la Sierra Madre del Sur, representada por el sistema de la
sierra de Cacoma y de Perote, el extenso piedemonte de la montaña que se extiende hasta el litoral
del Pacífico y la costa propiamente dicha.
Las estructuras del relieve que dominan en el sector donde se ubica la presa Cajón de Peña son las
siguientes:
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-Montañas Graníticas. - Montañas Graníticas Mixtas.
Este segundo tipo de paisaje de la región de la costa lo constituye el piedemonte de la Sierra de
Cacoma que se extiende de la vertiente oriental de ésta hasta el litoral marítimo y comprende los
municipios de Tomatlán y de la Huerta. Esta superficie piedemontaña está formada por planicies
escalonadas en tres niveles que descienden desde los 500 msnm hasta el litoy se han elaborado a
partir de bloques graníticos bajos pertenecientes al sistema de macizos plutónicos de la Sierra
Madre del Sur.
El área de estudio presenta una elevación mínima de 120 msnm y una máxima de 160 msnm, de las
elevaciones más importantes y notables en los alrededores de la presa se encuentra el Cerro El
Limoncillo ubicado a tan solo 7 kilómetros al norte del área de estudio, presenta una elevación
máxima de 900 msnm.
HIDROLOGÍA.
La presa Cajón de Peña se ubica en la región hidrológica 15 Costa de Jalisco, de la vertiente del
Pacífico, localizada al suroeste del estado; dentro de esta región se integra la cuenca Río Tomatlán –
Tecuán.
El río Tomatlán sobre el cual se ubica la presa tiene su origen en la sierra de Cacoma, presenta una
dirección preferencial sur-suroeste hasta desembocar al Océano Pacífico; en el se encuentra una
estación hidrométrica: Cajón de Peña.
En la cuenca actualmente no existen muchos aprovechamientos significativos de los escurrimientos,
sin embargo el agua captada por la presa Cajón de Peña se destina preferentemente para usos
agrícolas y en menor porcentaje doméstico y pecuario.
Según la clasificación de Wilcox, la calidad del agua para riego es C1-s1 (agua de salinidad baja y
baja en sodio); el agua de baja salinidad puede usarse en la mayor parte de los cultivos, en casi
cualquier tipo de suelo con poca probabilidad de que se desarrolle salinidad. Requiere lavado, pero
éste no se logra en condiciones normales de riego, excepto en suelos de muy baja permeabilidad.
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El agua baja en sodio puede utilizarse para el riego de los suelos con poca probabilidad de alcanzar
niveles peligrosos de sodio intercambiable; no obstante, los cultivos sensibles como algunos frutales
y aguacates pueden acumular cantidades perjudiciales de sodio.
El drenaje se define como subparalelo y dendrítico, conformado por corrientes intermitentes y
perennes de los cuales surten a la presa como lo son: Río Tomatlán, arroyo La Quebrada, arroyo El
Sombrío, arroyo La Calera, arroyo El Guasimal, arroyo El Cacao, arroyo Flaco.
El área de estudio no cuenta con ríos o arroyos permanentes ni de temporal.
CLIMA
El clima tiene una gran influencia en la vegetación y la vida animal, incluyendo a los humanos.
Desempeña un papel significativo en muchos procesos fisiológicos.
El clima presente para la región de Cajón de Peña es del tipo Awo(h’)w(e), que corresponde a los
más secos de los esteparios; su régimen de lluvias es de verano, la isoyeta media anual es de 160
mm y la temperatura mínima es de 10° C, en tanto que la máxima extrema es de 40°C. Los meses
más lluviosos son agosto y septiembre en tanto que los más secos son mayo y junio (García, 1989).
Según la carta de climas Guadalajara escala 1:1000,000 del INEGI el clima predominante en la
zona es el Aw 1 (w) (i´) y la estación meteorológica mas cercana al área de estudio es la estación
Cajón de Peña clave 14-024 la que presenta los siguientes promedios de temperatura y de
precipitación:
AÑOS ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC ANUAL
T15 23.0 23.2 23.8 25.4 27.3 28.3 27.9 27.5 27.2 26.9 25.4 23.8 25.8
P21 17.4 5.3 8.4 7.0 7.7 46.0 319.8 333.2 348.3 155.8 29.7 29.4 1408.2
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TEMPERATURA MEDIA ANUAL
23,825,4
26,927,227,527,9
23 23,2 23,825,4
27,3 28,3
0
5
10
15
20
25
30
35
40
enero
febrer
omarz
oabr
ilmayo
junio julioago
sto
septiem
bre
octubre
noviembre
diciembre
Mes
tempera turapro medio de 15año s
Gra
dos C
entíg
rado
sTEMPERATURA MEDIA MENSUAL
Mes
PRECIPITACION PROMEDIO ANUAL
17,45,3 8,4 7 7,7
46
319,8333,2
348,3
155,8
29,7 29,4
0
50
100
150
200
250
300
350
400
enero
febrer
omarz
oabr
ilmayo
junio julioago
sto
septie
mbre
octubre
noviem
bre
diciem
bre
Mes
prec ipitac ió npro medio de21 año s
PRECIPITACIÓN MEDIA MENSUAL
Milí
met
ros
Mes
155,8
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IV.2.2 Aspectos bióticos
VEGETACIÓN
La vegetación es la suma total de todas las plantas en una comunidad específica; la vegetación es a
menudo clasificada en "Tipos de vegetación". De acuerdo con las características distinguibles de la
comunidad de plantas.
Selva mediana subcaducifolia. Se distribuye en manchones a lo largo del área de distribución de la
selva baja caducifolia, generalmente en zonas con mayor disponibilidad de agua. Las especies más
conspicuas de esta vegetación son: cedro macho (Sciadodendrom excelsum), ramón (Brosimun
alicastrum), primavera (Tabebuia donell-smithii), Acacia cymbispina, Achtocarpus gracilis,
Burcera instabilis, Caespinia coriaria. Este tipo de vegetación es el más abundante en las
inmediaciones de la Presa Cajón de Peña. Sin embargo en el área de estudio solo cubre el XXX%.
Pastizal inducido. Se establece después de deforestar un sitio. Las especies que comúnmente lo
conforman son: Cathestecum breviflorum, Setariopsis auriculata, Aristida adscencionis, Diectomis
fastigiata, Digitaria ciliaris. Este tipo de vegetación se encuentra dominada por las gramíneas o
pastos. Los arbustos y árboles son escasos, están dispersos y sólo se concentran en los márgenes de
ríos y arroyos.
Bosque de encino. Conformado por especies del género Quercus nombradas comúnmente Robles,
presenta árboles con alturas que normalmente oscilan entre 6 y 12 m y que ocasionalmente tienen
una altura máxima de hasta de 30 metros. Este tipo de bosque es abundante en la región montañosa,
que forma el parteaguas de la presa sin embargo en el área solicitada se encuentra representado por
tan solo unos cuantos individuos.
Los Quercus de esta especie, se caracterizan por ser caducifolios.
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FAUNA
Existe gran variedad de fauna silvestre en esta zona, como el venado cola blanca, jabalí, tejón,
mapache, así como felinos como leoncillo, tigrillo, ocelote y mucha variedad de aves como:
guacamaya, loro, chachalaca, paloma, choncho, garza, gaviota, etc.;
La presa Cajón de Peña se encuentra dentro en la región (Cajón de Peña- Chamela) designada por la
CONABIO como zona de protección para aves especialmente para la especie Ara militaris que es
una especie considerada en peligro de extinción por el gobierno mexicano según "NOM-ECOL-
059-2001”
Además se pueden observar 13 especies de aves raras, entre las que destaca el Garzón Cenizo
(Ardea herodias), (Ictero cuculado), (Icterus cucullatus), Trogones (Trogon elegans).
Es importante hacer mención que dentro de la presa Cajón de Peña podemos encontrar El
"tegogolo" (Pomacea patula) es un gasterópodo dulceacuícola comestible.
PROGRAMA DE CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
Para lograr la sustentabilidad de esta iniciativa será necesario identificar los impactos ambientales
que generarán las actividades que se promuevan en el marco del proyecto, así como promover las
medidas de mitigación que disminuyan considerablemente la afectación de los recursos naturales de
la zona.
IV.2.3 Paisaje
Con la construcción de la presa se modificó el paisaje de una forma dramática,
primero porque se eliminó casi la totalidad de la vegetación que se ubicaba dentro del baso
de la presa incluyendo áreas fuera del nivel de agua máximo de escorrentía (N.A.M.E.) y
segundo porque el cuerpo de agua creado de forma artificial transformó el entorno de una
manera positiva.
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IV.2.4 Medio socioecómico
CUADRO 2.1
TOTAL HOMBRES PORCENTAJE MUJERES PORCENTAJE
1,746,777 844,953 48.4 901,824 51.6
5,806 2,956 50.9 2,850 49.1
2,443,261 1,207,858 49.4 1,235,403 50.6
9,160 4,698 51.3 4,462 48.7
3,296,586 1,631,778 49.5 1,664,808 50.5
16,724 9,178 54.9 7,546 45.1
4,371,998 2,133,088 48.8 2,238,910 51.2
23,586 12,340 52.3 11,246 47.7
5,302,689 2,564,892 48.4 2,737,797 51.6
30,750 15,686 51.0 15,064 49.0
5,991,176 2,923,921 48.8 3,067,255 51.2
33,872 17,479 51.6 16,393 48.4
6,322,002 3,070,241 48.6 3,251,761 51.4
34,329 17,622 51.3 16,707 48.7
FUENTE: INEGI. Jalisco, VII, VIII, IX, X, XI y XII Censos Generales de Población y Vivienda 1950, 1960, 1970, 1980, 1990 y 2000.INEGI. Jalisco, Conteo de Población y Vivienda, 1995; Resultados Definitivos; Tabulados Básicos. Tomo I.
1950
ESTADO
MUNICIPIO
1960
ESTADO
MUNICIPIO
1970
ESTADO
MUNICIPIO
1980
ESTADO
MUNICIPIO
1990
ESTADO
MUNICIPIO
2000
1995
ESTADO
AÑO
POBLACIÓN TOTAL SEGÚN SEXOAños censales de 1950 a 2000
ESTADO
MUNICIPIO
MUNICIPIO
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TASA DE CRECIMIENTO MEDIA ANUAL Gráfica 2.aINTERCENSALDe 1950 a 2000(Porcentaje)
NOTA: Se estimó como:Tasa de crecimiento media anual = [ (Pob. al final del periodo / Pob. al inicio del periodo) 1/Núm. de años considerados - 1] x 100FUENTE: Cuadro 2.1
4.7
3.4
2.8
3.2
2.0 1.8
3.4
1.1
6.4
2.8
1950 A 1960 1960 A 1970 1970 A 1980 1980 A 1990 1990 A 2000
ESTADOMUNICIPIO
POBLACIÓN TOTAL POR TIPO DE LOCALIDAD Gráfica 2.eDE RESIDENCIAAños censales seleccionados de 1960 a 2000(Porcentaje)
FUENTE: INEGI. Jalisco, VIII, IX, XI y XII Censos Generales de Población y Vivienda 1960, 1970, 1990 y 2000. INEGI. Jalisco, Conteo de Población y Vivienda 1995; Resultados Definitivos; Tabulados Básicos. Tomo I.
16.1
30.6 31.2
100.0
83.9
69.4 68.8
22.3
77.7
1960 1970 1990 1995 2000
POBLACIÓN TOTAL1960:1970:1990:1995:2000:
9 16016 72430 75033 87234 329
LOCALIDAD RURAL:Es la que cuenta con menos de 2 500 habitantes.
LOCALIDAD URBANA:Se considera a la que cuenta con 2 500 y más habitantes, y para 1995 y 2000, incluye a las cabeceras municipales, independientemente del número de habitantes.
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POBLACIÓN URBANA Y RURAL POR GRANDES Gráfica 2.fGRUPOS DE EDAD a/
Al 14 de febrero de 2000(Porcentaje)
a/ Excluye la población de edad "No especificada".FUENTE: INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda 2000; Tabulados Básicos Nacionales y por Entidad Federativa; Base de Datos y Tabulados de la Muestra Censal (Disco Compacto).
5.2
57.1
37.7
65 Y MÁS AÑOS 5.6
54.4
40.0
15 A 64 AÑOS
0 A 14 AÑOS
POBLACIÓN URBANA:POBLACIÓN EN LOCALIDADES CON
2 500 Y MÁS HABITANTES: 10 580
POBLACIÓN RURAL:POBLACIÓN EN LOCALIDADES CON
MENOS DE 2 500 HABITANTES: 23 825
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IV.2.5 Diagnóstico ambiental
En la actualidad el área del proyecto se encuentra perturbada por la práctica de la ganadería
extensiva y la introducción de pastos de especies exóticas así como por los cambios de uso de suelo
realizados durante el establecimiento de la presa. Esto afecta el área en su fauna por el
aprovechamiento irregular y que consecuentemente ha disminuido drásticamente sus poblaciones.
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V. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES.
V.1 METODOLOGÍA PARA IDENTIFICAR Y EVALUAR LOS IMPACTOS AMBIENTALES.
El procedimiento y técnicas empleadas para la identificación, medición, calificación,
clasificación y evaluación de los impactos ambientales tienen como base, las
disposiciones contenidas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección
al Ambiente y su Reglamento en materia de evaluación de impacto ambiental, La Ley
de Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento y Las Normas Oficiales Mexicanas.
Se estableció la relación precisa entre cada etapa del proceso y el recurso
impactado dándole signo e importancia.
Se califico cada impacto de acuerdo a los parámetros siguientes:
• Signo.
- Positivo.
- Negativo.
• Importancia.
- Alta
- Media
- Baja
• Unidad de medida
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• Extensión
• Duración
- Breve
- Temporal
- Permanente
• Reversivilidad
- Reversible
- Irreversible
• Medidas preventivas y/o correctivas.
• Calendarización
• Responsable de su ejecución
La metodología propuesta adopta las orientaciones para la evaluación de los Impactos
Ambientales de las actividades forestales preparadas por Robert C. Zimmermann Consultor de
la FAO; el modelo propuesto por el Dr. Vicente Conesa Fernández-Vitora a través de la
Matriz de doble entrada quién a su vez incorporo las Normas 85/337 de la Directiva de la
Comunidad Europea y el Real Decreto 1131/1998 promulgado por el Gobierno Español; y que
los autores del presente proponen.
V.1.1 Indicadores de impacto
Por la complejidad del entorno y su carácter de sistema, se agrupo a los componentes y
elementos del medio ambiente en forma de árbol con dos niveles para su mejor comprensión:
• Primer nivel, sistemas: medio abiótico, medio biótico y medio
socioeconómico.
• Segundo nivel, subsistemas: aire, suelo, agua, flora, fauna, infraestructura
humana, economía y población.
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Por su parte las actividades mas importantes durante la actividad del establecimiento
del módulo turístico se dividieron en las siguientes cuatro etapas con la finalidad de
establecer con claridad la etapa del proyecto en que se presentará cada impacto ambiental:
• Etapa de Planificación
• Etapa de Ejecución
• Etapa de Operación
Las actividades a realizar por etapa se desglosan a continuación:
1. Etapa de Planificación
Durante esta etapa se consideran las acciones realizadas para promover la
regulación y manejo de los embalses en el estado de Jalisco a través de la Secretaría de
Desarrollo Rural. Entre estos proyectos se encuentra el proyecto para el Desarrollo Integral
de la Presa Cajón de Peña del que forma parte la construcción de infraestructura básica
diseñada como módulo turístico.
Esta acciones requieren de la autorización de Secretaría del Medio Ambiente y
Recursos Naturales (SEMARNAT) mismas que son requisito para obtener la concesión
para la ocupación de terrenos federales que compete a la Comisión Nacional del Agua.
Esta fase se compone de tres partes:
a. Elaboración del proyecto y de la Manifestación de Impacto Ambiental Sector Turísmo
Modalidad Particular.
b. Obtención de la autorización en materia de impacto ambiental.
c. Integración del expediente de solicitud para obtener la concesión de la Comisión
Nacional del Agua (CNA).
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2. Etapa de Ejecución
En esta etapa se realizarán todas la obras señaladas en el plan maestro que consisten en:
a. Mantenimiento y rehabilitación de caminos.
b. Señalamiento y acondicionamiento de senderos.
c. Construcción de las obras señaladas en el plan maestro.
d. Restauración de taludes con diseño de jardinería de especies nativas.
e. Restauración de vegetación en áreas verdes.
3. Etapa de Operación
Esta etapa consiste en regular las actividades de deportivas, de esparcimiento y del
ocio, entre las se encuentran la pesca y el campismo brindando los servicios básicos de
calidad.
a. Control de acceso, inspección y vigilancia.
b. Establecimiento de un reglamento para el adecuado uso de las instalaciones, del embalse
y de los avisos de arribo.
c. Un adecuado manejo y seguro manejo del combustible, residuos sólidos y aguas
residuales.
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V.1.2 Lista indicativa de indicadores de impacto
Actividad/Recurso Impactado
Impactos Generados
CONSTRUCCIÓN DE CAMINOS suelo Formación de cárcavas por desagüe incorrecto de caminos.
Fuente permanente de sedimentos. agua Aumento de escorrentía superficial por ser un área desnuda y compacta. Fragmentación y reducción de sus poblaciones flora Se abren vías de acceso a recolectores Se abren vías de acceso a cazadores furtivos. Destrucción de madrigueras y áreas de reproducción.
fauna
Destrucción de hábitats de refugio y reproducción.
LIMPIA DE VEGETACIÓN HERBÁCEA Y ARBUSTIVA suelo Suelo desnudo que genera erosión
Incremento de sedimentos. agua Aumento de escorrentía superficial por ser un área desnuda.
Flora Fragmentación y reducción de sus poblaciones Fauna Destrucción de madrigueras y áreas de reproducción.
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V.1.3 Criterios y metodologías de evaluación
En el anexo de la Guía para la Presentación de la Manifestación de Impacto
Ambiental del Sector Turístico Modalidad Particular (SEMARNAT, 2002) se presenta una
relación de diversas metodologías comúnmente utilizadas para la evaluación de los
impactos ambientales entre las que destaca la elaboración de listas para realizar una
evaluación de tipo preliminar de los impactos y sus medidas de mitigación. De igual
manera por medio de una tabla se comparan seis métodos diferentes de los cuales la Matriz
de Cribado resultó con la mas alta puntuación después del Método Batelle-Columbus por su
utilidad relativa obteniendo una calificación global de 12 puntos como se muestra a
continuación:
Identificación Predicción Interpretación Comunicación Inspección Valor Matriz de Cribado
Alta Alta Media-Alta Baja-Media Baja 12
Matriz de Leopold
Alta Media-Alta Media Baja-Media Baja 10
Diagrama de Flujo
Alta Media Baja-Media Media-Alta Baja 9
Lista de Control
Media Media-Alta Media-Alta Media Baja 10
Superposición Media Baja Baja-Media Alta Media 9
Batelle-Columbus
Alta Alta Alta Ba-Media Baja-Media 14
Puntuación: Baja 0 Baja-Media 1 Media 2 Media-Alta 3 Alta 4
Bajo este antecedente se optó por presentar la evaluación de los impactos ambientales
generados por el proyecto como una matriz de cribado como se muestra en el capítulo VIII Anexo 1
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VI. MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES.
VI.1 DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA O PROGRAMA DE MEDIDAS DE LA MITIGACIÓN O CORRECTIVAS POR COMPONENTE AMBIENTAL
CONSTRUCCIÓN DE CAMINOS
- Durante el mantenimiento de la maquinaria se evitarán derrames
de combustible, aceite o lubricante que en caso de ocurrir se
depositarán en tambos de 200 litros.
- Creación de refugios con residuos vegetales.
- La presencia del personal inhibe el acceso a cazadores o
recolectores.
LIMPIA DE VEGETACIÓN DE FAUNA Y ARBUSTIVA
- Se reubicarán los residuos vegetales en las zonas con pendientes
mayores al 15%.
- Se respetará el arbolado maduro y grupos de palmas.
- De requerirse el uso del fuego este se hará en forma de
manchones para evitar su dispersión.
-
VI.2 IMPACTOS RESIDUALES
El cambio de uso del suelo para esta área se realizó previa autorización durante la etapa de
construcción de la presa en 1975 por lo que no es requisito la elaboración de un Estudio
Técnico Justificativo para cambio de uso del suelo.
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VII. PRONÓSTICO AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS.
VII.1 PRONÓSTICO DEL ESCENARIO • En las áreas verdes se promoverá el establecimiento y conservación de especies
nativas mejorando la calidad ambiental del sitio.
• Actualmente las poblaciones de palmas son individuos juveniles dañados por el
pastoreo causa de deterioro que será eliminada.
VII.2 PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL Se contará con vigilancia permanente y se abatirá el saqueo y mal uso de los recursos
naturales del sitio.
VII.3 CONCLUSIONES Este proyecto contribuirá a la regulación del uso del embalse con lo que se mitigará futuros
impactos negativos en la zona.
El establecimiento de este módulo turístico generará un espacio adecuado para desarrollar
actividades recreativas, de esparcimiento y deportivas, generando un beneficio económico a la
población local.
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VIII. IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LA INFORMACIÓN SEÑALADA EN LAS FRACCIONES ANTERIORES
VIII.1 FORMATO DE PRESENTACIÓN
VIII.1.1 Matriz de Cribado
VIII.1.2 Planos definitivos
VIII.1.3 Fotografías
VIII.1.4 Videos (no se anexa)
VIII.1.5 Listas de flora y fauna
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LISTADO DE LOS MAMÍFEROS REPORTADOS PARA LA COSTA DE JALISCO
Nombre científico Nombre común NOM-059-ECOL-2001 Familia Marmosidae Tlacuatzin canescens Tlacuachín -- Familia Didelphidae Didelphys virginiana Tlacuache -- Familia Dasypodidae Dasypus novemcinctus Armadillo -- Familia Soricidae Cryptotis parva Musaraña-orejillas mínima 2 subespecies de 4 conocidas se les
considera Pr no endémica
Megasorex gigas Musaraña-desértica sureña Pr endémica Notiosorex evotis Musaraña-desértica norteña Se le considera sub-especie (Notiosorex
crawfordi evotis) y como A no endémica
Familia Emballonuridae Balantiopteryx plicata Murciélago Diclidurus albus Murciélago blanco Saccopteryx bilineata Murciélago Familia Noctilionidae Noctilio leporinus Murciélago pescador Familia Mormoopidae Mormoops megalophylla Murciélago Pteronotus Dhabi Murciélago Pteronotus parnellii Murciélago Pteronotus personatus Murciélago Familia Phyllostomidae Macrotus waterhousii Murciélago Glyphonycteris sylvestris Murciélago Micronycteris microtis Murciélago Desmodus rotundus Murciélago vampiro Anoura geoffroyi Murciélago Choeroniscus godmani Murciélago Choeronycteris mexicana Murciélago trompudo Pr no endémica Glossophaga commissarisi Murciélago Glossophaga leachii Murciélago Glossophaga soricina Murciélago Hylonycteris underwoodi Murciélago Leptonycteris curasoae Murciélago-hocicudo de A no endémica
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Nombre científico Nombre común NOM-059-ECOL-2001 curazao
Musonycteris harrisoni Murciélago platanero A no endémica Artibeus hirsutus Murciélago Artibeus intermedius Murciélago Artibeus jamaicensis Murciélago Carollia subrufa Murciélago Centurio senex Murciélago Chiroderma salvini Murciélago Dermanura azteca Murciélago Dermanura phaeotis Murciélago Dermanura tolteca Murciélago Enchisthenes hartii Murciélago Pr no endémica Sturnira lilium Murciélago Sturnira Ludovico Murciélago Familia Natalidad Natalus stramineus Murciélago Familia Vespertilionidae Eptesicus furinalis Murciélago Eptesicus fuscus Murciélago Lasiurus blossevillii Murciélago Lasiurus cinereus Murciélago Lasiurus intermedius Murciélago Lasiurus xanthinus Murciélago Myotis carteri Murciélago, miotis negro Se le considera como sub-especie bajo el
nombre de ( Myotis nigricans carteri ) y como Pr no endémica
Myotis fortidens Murciélago Myotis volans Murciélago Myotis yumanensis Murciélago Rhogeessa gracilis Murciélago Rhogeessa parvula Murciélago Familia Antrozoidae Bauerus dubiaquercus Murciélago Familia Molossidae Cynomops mexicanus Murciélago Eumops perotas Murciélago Eumops underwoodi Murciélago Molossus aztecas Murciélago Molossus rufus Murciélago Molossus sinaloae Murciélago
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Nombre científico Nombre común NOM-059-ECOL-2001 Nyctinomops aurispinosus Murciélago Nyctinomops femorosaccus Murciélago Nyctinomops laticaudatus Murciélago Nyctinomops macrotis Murciélago Promops centralis Murciélago Tadarida brasiliensis Murciélago Familia Canidae Canis latrans Coyote Urocyon cinereoargenteus Zorra gris Familia Felidae Herpailurus yagouaroundi Leoncillo, jaguarundi A no endémica Leopardus pardales Ocelote P no endémica Leopardus wiedii Tigrillo P no endémica Lynx rufus Lince, gato montés -- Puma concolor Puma -- Panthera onca Jaguar, tigre P no endémica Familia Mustelidae Lontra longicaudis Nutria de río, perro de agua A no endémica Mustela frenata Comadreja Familia Mephitidae Conepatus leuconotus Zorrillo Mephitis macroura Zorrillo listado Spilogale pygmaea Zorrillo pigmeo A no endémica Familia Procyonidae Bassariscus astutus Cacomixtle Nasua Larica Tejón, coatí Porción lotor Mapache Familia Cervidae Odocoileus virginianus Venado cola blanca Familia Tayassuidae Tayassu tajacu Pecarí de collar Familia Sciuridae Sciurus colliaei Ardilla Spermophilus annulatus Ardilla, tezmo Familia Geomyidae Pappogeomys bulleri Tuza, Tuza de
Mazamitla Endémica a Nay, Jal y Col posiblemente conespecífica a Pappogeomys alcorni considerada como Pr y endémica en esta NOM.
Familia Heteromyidae
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Nombre científico Nombre común NOM-059-ECOL-2001 Liomys pictus Ratón espinoso Familia Muridae Baiomys musculus Ratón pigmeo Baiomys taylori Ratón pigmeo Hodomys alleni Rata Neotoma mexicana Rata magueyera Nyctomys sumichrasti Rata arborícola Oligoryzomys fulvescens Ratón Oryzomys couesi Rata arrocera Oryzomys melanosis Rata arrocera Osgoodomys banderanus Ratón Peromyscus maniculatus Ratón norteamericano 7sub-especies de un total de 16 se
consideran A endémicas
Peromyscus perfulvus Ratón Reithrodontomys fulvescens Ratón Sigmodon alleni Rata algodonera Sigmodon mascotensis Rata algodonera Xenomys Nelson Rata arborícola, Rata
de Magdalena Pr endémica
Familia Leporidae Sylvilagus cunicularius Conejo Sylvilagus floridanus Conejo LISTADO DE LOS ANFIBIOS Y REPTILES REPORTADOS PARA LA
COSTA DE JALISCO
Nombre científico Nombre común NOM-059-ECOL-2001 CLASE AMPHIBIA ORDEN ANURA Familia Bufonidae Bufo marinus Sapo común -- Bufo marmoreus Sapito -- Bufo mazatlanensis Sapito -- Familia Hylidae Hyla sartori Ranita rayada, rana-de árbol de
Taylor A endémica
Hyla smaragdina Ranita, rana-de árbol esmeralda Pr endémica Hyla smithii Ranita -- Pachymedusa dacnicolor Rana verde --
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Nombre científico Nombre común NOM-059-ECOL-2001 Phrynoyas venulosa Rana -- Pternohyla fodiens Rana chata -- Smilisca baudini Rana -- Triprion spatulatus Rana pico de pato -- Familia Leptodactylidae Eleutherodactylus hobartsmithi Ranita -- Eleutherodactylus modestus Ranita, rana-chirriadora dedos
chatos Pr endémica
Eleutherodactylus nitidus Ranita -- Eleutherodactylus occidentalis Ranita -- Leptodactylus melanonotus Ranita -- Familia Microhylidae Gastrophryne usta Sapito, Sapo-boca angosta
huasteco Pr no endémica
Hypopachus variolosus Sapito -- Familia Ranidae Rana forreri Rana común, rana de Forrer Pr no endémica CLASE REPTILIA ORDEN SQUAMATA Familia Anguidae Gerrhonotus liocephalus Alicante Pr no endémica Familia Corytophanidae Basiliscus vittatus Tequereque -- Familia Eublepharidae Coleonyx elegans Cuija A no endémica Familia Gekkonidae Hemidactylus frenatus Besucona Es una especie introducida
de Asia. Phyllodactylus lanei Pata de res ¿? Endémico a mex. ver
sinonimias Familia Helodermatidae Heloderma horridum Escorpión A no endémica Familia Iguanidae Ctenosaura pectinata Garrobo, iguana-espinosa A endémica Iguana iguana Iguana, Iguana verde Pr no endémica Familia Phrynosomatidae Phrynosoma asio Camaleón, lagartija-cornuda Pr no endémica Sceloporus horridus Roño espinoso -- Sceloporus melanorhinus Roño de árbol --
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Nombre científico Nombre común NOM-059-ECOL-2001 Sceloporus pyrocephalus Roño -- Sceloporus utiformis Roño de suelo -- Urosaurus bicarinatus Roñito -- Familia Polychrotidae Anolis nebulosus Roño de paño -- Anolis schmidti Roño de paño -- Familia Scincidae Eumeces parvulus Salamanquesca de cola azul -- Mabuya brachypoda Salamanquesca rayada -- Sphenomorphus assatus Salamanquesca cola roja -- Familia Teiidae Ameiva undulata Cuije de cola oscura -- Cnemidophorus communis Cuije de cola roja Pr endémica Cnemidophorus lineattissimus Cuije de cola azul Pr endémica Familia Boidae Boa constrictor Ilamacoa o Boa -- Familia Colubridae Clelia scytalina Culebra -- Coniophanes lateritius Culebra -- Conophis vittatus Chirrionera -- Dipsas gaigeae Falsa coralillo Pr no endémica Dryadophis melanolomus Culebra verde -- Drymarchon corais Tilcuate o Apalcuate -- Drymobius margaritiferus Tapetillo -- Hypsiglena torquata Culebra -- Imantodes gemmistratus Cordelillo Pr no endémica Lampropeltis triangulum Falsa corralillo A no endémica Leptodeira maculata Culebra ojo de gato del suroeste Pr endémica Leptophis diplotropis Culebra verde, culebra perico A endémica Manolepis putnami Culebra -- Masticophis mentovarius Chirrionera A no endémica Oxybelis aeneus Bejuquillo -- Pseudoficimia frontalis Ilamacoa -- Pseudoleptodeira latifasciata Culebra -- Pseudoleptodeira uribei Culebra Pr endémica Rhadinaea hesperia Culebra R. h. baileyi Pr endémica Salvadora mexicana Chirrionera Pr endémica Senticolis triaspis Culebra -- Sibon nebulata Culebra --
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Nombre científico Nombre común NOM-059-ECOL-2001 Sibon philippi Culebra Pr endémica Symphimus leucostomus Culebra -- Tantilla bocourti Culebrita -- Tantilla calamarina Culebrita Pr endémica Thamnophis valida Culebra de agua -- Trimorphodon biscutatus Ilamacoa de noche -- Familia Elapidae Micrurus distans Corralillo Pr no endémica Pelamis platurus Serpiente de mar -- Familia Leptotyphlopidae Leptotyphlops humilis Culebra lombriz -- Familia Loxocemidae Loxocemus bicolor Ilamacoa -- Familia Viperidae Agkistrodon bilineatus Zolcuate o Gamarrilla A no endémica Crotalus basiliscus Cascabel Pr endémica ORDEN TESTUDINES Familia Bataguridae Rhinoclemmys pulcherrima Casco rojo, tortuga de monte
pintada, tortuga sabanera Pr no endémica
Rhinoclemmys rubida Casco amarillo Ver si no es Staurotypus rubida que es Pr no endémica
Familia Cheloniidae Caretta caretta Tortuga-marina, caguama, P endémica Chelonia agassizi Tortuga prieta, T.-marina verde P no endémica Eretmochelys imbricata Tortuga-marina de carey P no endémica Lepidochelys olivacea Tortuga golfina, T. marina
escamosa-del Pacífico Pr no endémica
Familia Dermochelyidae Dermochelys coriacea Laúd, tortuga-marina laúd P no endémica Familia Kinosternidae Kinosternon integrum Casquito de burro, Tortuga-
pecho quebrado mexicana Pr no endémica
ORDEN CROCODYLIA Familia Crocodylidae Crocodylus acutus Cocodrilo de río ó
Cocodrilo americano Pr no endémica
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LISTADO DE LAS AVES REPORTADAS PARA EL AICA C-68
PUBLICADO POR CONABIO
Especie Abundacia Estacionalidad Notas
Tachybaptus dominicus RARA RESIDENTE
Pelecanus erythrorhynchos RARA RESIDENTE DE
INVIERNO
Phalacrocorax brasilianus ABUNDANTE RESIDENTE
Anhinga anhinga RARA RESIDENTE
Fregata magnificens RARA TRANSITORIO
Tigrisoma mexicanum RARA RESIDENTE
Ardea herodias ABUNDANTE RESIDENTE
Casmerodius albus ABUNDANTE RESIDENTE
Egretta thula RARA RESIDENTE
Egretta caerulea RARA RESIDENTE
Bubulcus ibis RARA RESIDENTE
Butorides virescens ABUNDANTE RESIDENTE
Nycticorax nycticorax RARA RESIDENTE
Nyctanassa violacea RARA RESIDENTE DE VERANO
Eudocimus albus RARA RESIDENTE
Mycteria americana RARA RESIDENTE DE VERANO
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Especie Abundacia Estacionalidad Notas
Dendrocygna bicolor RARA TRANSITORIO
Dendrocygna autumnalis ABUNDANTE RESIDENTE
Callipepla douglasii RARA RESIDENTE
Fulica americana RARA RESIDENTE
Charadrius vociferus RARA TRANSITORIO
Himantopus mexicanus RARA RESIDENTE
Anas acuta RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Anas discors RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Aythya affinis RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Oxyura jamaicensis RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Coragyps atratus ABUNDANTE RESIDENTE
Cathartes aura ABUNDANTE RESIDENTE
Pandion haliaetus ABUNDANTE RESIDENTE
Buteogallus anthracinus RARA RESIDENTE
Buteo nitidus RARA RESIDENTE
Polyborus plancus RARA RESIDENTE
Falco sparverius ABUNDANTE RESIDENTE DE INVIERNO
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Especie Abundacia Estacionalidad Notas
Falco mexicanus RARA TRANSITORIO
Ortalis poliocephala ABUNDANTE RESIDENTE
Penelope purpurascens RARA RESIDENTE
Jacana spinosa RARA RESIDENTE
Heteroscelus incanus RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Actitis macularia ABUNDANTE RESIDENTE DE INVIERNO
Larus atricilla RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Larus heermanni RARA TRANSITORIO
Sterna caspia RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Columba flavirostris ABUNDANTE RESIDENTE
Columbina inca ABUNDANTE RESIDENTE
Columbina passerina RARA RESIDENTE
Columbina talpacoti RARA RESIDENTE
Leptotila verreauxi ABUNDANTE RESIDENTE
Aratinga canicularis ABUNDANTE RESIDENTE
Ara militaris ABUNDANTE RESIDENTE
Campephilus guatemalensis ABUNDANTE RESIDENTE
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Especie Abundacia Estacionalidad Notas
Amazona finschi RARA RESIDENTE
Piaya cayana ABUNDANTE RESIDENTE
Crotophaga sulcirostris ABUNDANTE RESIDENTE
Tyto alba ABUNDANTE RESIDENTE
Glaucidium brasilianum ABUNDANTE RESIDENTE
Ciccaba virgata ABUNDANTE RESIDENTE
Chordeiles acutipennis RARA RESIDENTE
Nyctibius griseus RARA RESIDENTE
Phaethornis superciliosus RARA RESIDENTE
Cynanthus sordidus RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Cynanthus latirostris RARA RESIDENTE
Amazilia beryllina RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Amazilia rutila ABUNDANTE RESIDENTE
Amazilia violiceps RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Heliomaster constantii RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Archilochus colubris RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Trogon citreolus ABUNDANTE RESIDENTE
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Especie Abundacia Estacionalidad Notas
Trogon elegans ABUNDANTE RESIDENTE
Momotus mexicanus ABUNDANTE RESIDENTE
Ceryle torquata ABUNDANTE RESIDENTE
Chloroceryle amazona RARA RESIDENTE
Melanerpes formicivorus RARA RESIDENTE DE VERANO
Melanerpes chrysogenys ABUNDANTE RESIDENTE
Picoides scalaris RARA RESIDENTE
Xiphorhynchus flavigaster ABUNDANTE RESIDENTE
Empidonax flavescens ABUNDANTE RESIDENTE
Sayornis nigricans RARA RESIDENTE
Pyrocephalus rubinus RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Myiarchus tuberculifer RARA TRANSITORIO
Myiarchus tyrannulus RARA RESIDENTE
Pitangus sulphuratus RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Megarynchus pitangua ABUNDANTE RESIDENTE
Myiozetetes similis ABUNDANTE RESIDENTE
Myiodynastes luteiventris RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Tyrannus melancholicus RARA RESIDENTE
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Especie Abundacia Estacionalidad Notas
Tyrannus crassirostris RARA TRANSITORIO
Pachyramphus aglaiae RARA RESIDENTE
Tityra semifasciata ABUNDANTE RESIDENTE
Tachycineta albilinea ABUNDANTE RESIDENTE
Stelgidopteryx serripennis RARA RESIDENTE
Calocitta formosa RARA RESIDENTE
Cyanocorax sanblasianus ABUNDANTE RESIDENTE
Thryothorus sinaloa RARA RESIDENTE
Thryothorus felix RARA RESIDENTE
Uropsila leucogastra RARA RESIDENTE
Polioptila caerulea ABUNDANTE RESIDENTE DE INVIERNO
Catharus guttatus RARA TRANSITORIO
Turdus assimilis RARA RESIDENTE
Turdus rufopalliatus RARA RESIDENTE
Vireo solitarius RARA TRANSITORIO
Vireo gilvus RARA TRANSITORIO
Vireo olivaceus RARA RESIDENTE DE VERANO
Vermivora ruficapilla RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Parula pitiayumi RARA RESIDENTE DE
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Especie Abundacia Estacionalidad Notas
INVIERNO
Dendroica nigrescens RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Mniotilta varia RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Oporornis tolmiei RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Wilsonia pusilla RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Icteria virens RARA RESIDENTE
Granatellus venustus RARA RESIDENTE
Habia rubica RARA TRANSITORIO
Piranga rubra RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Piranga ludoviciana RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Rhodinocichla rosea RARA RESIDENTE
Saltator coerulescens RARA RESIDENTE
Pheucticus chrysopeplus RARA RESIDENTE
Cyanocompsa parellina RARA RESIDENTE
Passerina cyanea RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Passerina versicolor RARA RESIDENTE DE INVIERNO
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Especie Abundacia Estacionalidad Notas
Passerina leclancherii RARA RESIDENTE
Passerina ciris RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Volatinia jacarina RARA RESIDENTE
Aimophila ruficauda RARA RESIDENTE
Quiscalus mexicanus RARA RESIDENTE
Molothrus aeneus RARA RESIDENTE DE VERANO
Molothrus ater RARA RESIDENTE DE VERANO
Icterus wagleri RARA RESIDENTE
Icterus spurius RARA RESIDENTE DE INVIERNO
Icterus cucullatus RARA RESIDENTE
Icterus pustulatus ABUNDANTE RESIDENTE
Cacicus melanicterus MUY ABUNDANTE RESIDENTE
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VIII.1.6 Anexo Fotográfico
Panorámica del sitio. Tipo de vegetación: palmar abierto con pi
Dique tres, panorámica del sitio. Vista del sitio.
Sabal mexicana. Visita al sitio del proyecto.
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VIII.2 GLOSARIO DE TÉRMINOS
Abiótico: Relativo a lo no vivo, estructuras, formaciones, elementos inertes. La parte no viviente en
la estructura de cualquier ecosistema o lugar.
Abundancia: El número de individuos de cada especie en una comunidad.
Adaptabilidad: Capacidad de ajustarse a las demandas de un nuevo medio, especialmente a
condiciones de clima, suelo y bióticas.
Adaptación: El cambio que sufren las estructuras y hábitos de un organismo o colonia de
organismos al adaptarse mejor a un medio nuevo, o a los cambios introducidos en su hábitat natural.
La adaptación toma varias generaciones.
Agua subterránea: La que se encuentra dentro de la litósfera. Incluye el agua de constitución que
se incorpora a las rocas en el momento de su formación. // El agua higroscópica que es retenida por
capilaridad. // El agua intersticial que llena los espacios, que puede circular y que falta en los suelos
congelados.
Agua superficial: El agua en la superficie de la tierra expuesta a la atmósfera, la forman los ríos,
arroyos, lagos, lagunas, presas, mares internos y el océano.
Altitud: Distancia vertical de un objeto o punto sobre un plano de comparación, usualmente el nivel
del mar.
Ambiente: El conjunto de elementos naturales o inducidos por el hombre que interactúan en un
espacio y tiempo determinados.
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Área agropecuaria: Terreno que se utiliza para la producción agrícola o la cría de ganado, el cual
ha perdido la vegetación original por las propias actividades antropogénicas.
Área de influencia: Es el área donde se presentarán o tendrán influencia los impactos benéficos o
adversos de un proyecto. Un mismo proyecto puede tener diferentes áreas de influencia,
dependiendo de los factores ambientales que se vayan a ver afectados.
Área del proyecto: Es la superficie que ocuparán físicamente las obras, instalaciones, servicios,
infraestructura, terrenos, entre otras cosas, de un proyecto determinado.
Área rural: Zona con núcleos de población frecuentemente dispersos menores a 5,000 habitantes.
Generalmente, en estas áreas predominan las actividades agropecuarias.
Área urbana: Zona caracterizada por presentar asentamientos humanos concentrados de más de
15,000 habitantes. En estas áreas se asientan la administración pública, el comercio organizado y la
industria y presenta alguno de los siguientes servicios: drenaje, energía eléctrica y red de agua
potable.
Beneficioso o perjudicial: Positivo o negativo.
Brecha: Vía de comunicación provocada por el tránsito peatonal, animal o vehicular y que carece
de trazo específico.
Biodiversidad: Es la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otros,
los ecosistemas terrestres, marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los
que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los
ecosistemas.
Cambio de uso de suelo: Modificación de la vocación natural o predominante de los terrenos,
llevada a cabo por el hombre a través de la remoción total o parcial de la vegetación.
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Camino de terracería: Camino acondicionado con materiales naturales (piedra bola, tezontle, etc.),
para el tránsito de vehículos y/o personas.
Carretera pavimentada: Camino hecho sobre la base de un revestimiento, con materiales
resistentes para el tránsito de vhículos pesados y con una superficie tersa de rodamiento de asfalto.
Clase diamétrica: Cada uno de los intervalos en que se ha dividido la amplitud total de los
diámetros de los árboles o troncos para su clasificación y uso.
Componentes ambientales críticos: Serán definidos de acuerdo con los siguientes criterios:
fragilidad, vulnerabilidad, importancia en la estructura y función del sistema, presencia de especies
de flora, fauna y otros recursos naturales considerados en alguna categoría de protección, así como
aquellos elementos de importancia desde el punto de vista cultural, religioso y social.
Componentes ambientales relevantes: Se determinarán sobre la base de la importancia que tienen
en el equilibrio y mantenimiento del sistema, así como por las interacciones proyecto-ambiente
previstas.
Cuenca: Es un área delimitada por partes altas, esto da lugar a que sea receptora de aguas de lluvia,
escurrimientos y caudales de ríos.
Daño ambiental: Es el que ocurre sobre algún elemento ambiental a consecuencia de un impacto
ambiental adverso.
Daño a los ecosistemas: Es el resultado de uno o más impactos ambientales sobre uno o varios
elementos ambientales o procesos del ecosistema que desencadenan un desequilibrio ecológico.
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Daño grave al ecosistema: Es aquel que propicia la pérdida de uno o varios elementos ambientales,
que afecta la estructura o función, o que modifica las tendencias evolutivas o sucesionales del
ecosistema.
Desequilibrio ecológico grave: Alteración significativa de las condiciones ambientales en las que
se prevén impactos acumulativos, sinérgicos y residuales que ocasionarían la destrucción, el
aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas.
Duración: El tiempo de duración del impacto; por ejemplo, permanente o temporal.
Endémico (a): De área de distribución restringida. // Originario o propio de un lugar.
Erosión: Resultado de la interacción de los agentes activos (agua, clima, factores bióticos o
antropogénicos) sobre un agente pasivo que es el suelo; esot trae como consecuencia el traslado de
partículas de suelo de un lugar a otro.
Especie: Unidad básica de la clasificación de los organismos que incluye a grandes rasgos a todos
los individuos que se parecen entre sí más que a otros y que por fecundación recíproca producen
descendencia fértil.
Especies de difícil regeneración: Las especies vulnerables a la extinción biológica por la
especificidad de sus requerimientos de hábitat y de las condiciones para su reproducción.
Flora: Conjunto de plantas que habitan en una región analizado desde el punto de vista de la
diversidad de los organismos.
Hábitat: Lugar donde vive un organismo o una comunidad de ellos. Este término implica un grupo
particular de condiciones ambientales por lo que generalmente se usa en un sentido mas concreto
que “medio ambiente”. Es el medio ambiente o un sitio en particular ocupado por un organismo,
especie o comunidad.
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Impacto ambiental: Modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o de la
naturaleza.
Impacto ambiental acumulativo: El efecto en el ambiente que resulta del incremento de los
impactos de acciones particulares ocasionado por la interacción con otros que se efectuaron en el
pasado o que están ocurriendo en el presente.
Impacto ambiental residual: El impacto que persiste después de la aplicación de medidas de
mitigación.
Impacto ambiental significativo o relevante: Aquel que resulta de la acción del hombre o de la
naturaleza, que provoca alteraciones en los ecosistemas y sus recursos naturales o en la salud,
obstaculizando la existencia y desarrollo del hombre y de los demás seres vivos, así como la
continuidad de los procesos naturales.
Impacto ambiental sinérgico: Aquel que se produce cuando el efecto conjunto de la presencia
simultánea de varias acciones supone una incidencia ambiental mayor que la suma de las
incidencias individuales contempladas aisladamente.
Importancia: Indica qué tan significativo es el efecto del impacto en el ambiente. Para ello se
considera lo siguiente:
a) La condición en que se encuentran el o los elementos o componentes ambientales que se verán
afectados.
b) La relevancia de la o las funciones afectadas en el sistema ambiental.
c) La calidad ambiental del sitio, la incidencia del impacto en los procesos de deterioro.
d) La capacidad ambiental expresada como el potencial de asimilación del impacto y la de
regeneración o autorregulación del sistema.
e) El grado de concordancia con los usos del suelo y/o de los recursos naturales actuales y
proyectados.
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Irreversible: Aquel cuyo efecto supone la imposibilidad o dificultad extrema de retornar por
medios naturales a la situación existente antes de que se ejecutara la acción que produce el impacto.
Magnitud: Extensión del impacto con respecto al área de influencia a través del tiempo, expresada
en términos cuantitativos.
Medidas de compensación: Conjunto de acciones que tienen como fin el compensar el deterioro
ambiental ocasionado por los impactos ambientales asociados a un proyecto, ayudando así a
restablecer las condiciones ambientales que existían antes de la realización de las actividades del
proyecto.
Medidas de prevención: Conjunto de acciones que deberá ejecutar el promovente para evitar
efectos previsibles de deterioro del ambiente.
Medidas de mitigación: Conjunto de acciones que deberá ejecutar el promovente para atenuar el
impacto ambiental y restablecer o compensar las condiciones ambientales existentes antes de la
perturbación que se causare con la realización de un proyecto en cualquiera de sus etapas.
Naturaleza del impacto: Se refiere al efecto benéfico o adverso de la acción sobre el ambiente.
Reversibilidad: Ocurre cuando la alteración causada por impactos generados por la realización de
obras o actividades sobre el medio natural puede ser asimilada por el entorno debido al
funcionamiento de procesos naturales de la sucesión ecológica y de los mecanismos de
autodepuración del medio.
Sistema ambiental: Es la interacción entre el ecosistema (componentes abióticos y bióticos) y el
subsistema socioeconómico (incluidos los aspectos culturales) de la región donde se pretende
establecer el proyecto.
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Urgencia de aplicación de medidas de mitigación: Rapidez e importancia de las medidas
correctivas para mitigar el impacto, considerando como criterios si el impacto sobrepasa umbrales o
la relevancia de la pérdida ambiental, principalmente cuando afecta las estructuras o funciones
críticas.
Vegetación natural: Conjunto de elementos arbóreos, arbustivos y herbáceos presentes en el área
por afectar por la obras de infraestructura eléctrica y sus asociadas.
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