legislación laboral

Post on 19-Mar-2017

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Legislación laboral

Sergio Enrique Guillen Garcia

DEFINICIÓN DE DERECHO LABORALEs todo el conjunto de normas que hacen una regulación a las prestaciones de servicios de las personas, se puede generar entre personas bien sean naturales o jurídicas, a cambio de un remuneración.

También se puede basar en un principio protectorio, el cual el trabajador es beneficiado por normas y reglas que son aplicadas.

Principios fundamentales y generales de la legislación laboral

Obligatoriedad del trabajo

Este principio está manejado en el Art. 25 de CP, y hace énfasis en el deber de cada persona cuya edad y capacidad sean aptas para desempeñar una labor para contribuir al desarrollo socioeconómico del estado.

Protección del trabajo

El estado está en el deber de garantizar los derechos mínimos de cada trabajador. Como el trabajo es un derecho, como lo dicta el Art. 25 Cp el cual hace referencia a que todas las personas tienen derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.

el Art 9 CST además dice que los funcionarios tienen el deber de brindar toda atención debida y oportuna para cumplir las garantias de los trabajadores.

Igualdad de derechos

Todos los trabajadores son iguales ante la ley, por lo cual todos están en las mismas condiciones y por tanto, deben ser tratados de la misma manera, sin ser marginado bien sea por género, sexo, intelecto, forma, o cualquier otra opción.

Primacía de la realidad

En caso de discrepancia entre lo que puede ocurrir en la práctica y lo que surge de los documentos o dichos acuerdos, debe darse total prioridad a la realidad, a lo que muestran los hechos. Esto está en derecho constitucional Art. 53 CP.

El Art. 29 Núm. 2 CST hace referencia a dar prioridad a los datos que ofrece la realidad para así garantizar los derechos de los trabajadores siempre y cuando este reúna los requisitos esenciales de un contrato de trabajo. Art.29 Núm. 2 CST.

Estabilidad

se garantiza el respaldo de no ser removido de su cargo sin justa causa. este principio garantiza siempre y cuando el trabajador esté cumpliendo las condiciones establecidas en relación a su desempeño.

En caso de que el empleador desee dar por terminado el contrato, deberá responder por una indemnización al trabajador según Art. 53 CP

Favorabilidad

Según el Art. 21 CST, Cuando el trabajador necesite solucionar alguna discrepancia, se aplicará solo una normal, la cual será la que más le favorezca, ya que no es posible extraer cada una de las normas que puedan tener aplicación.

Irrenunciabilidad de beneficios mínimos

En el Art. 53 CP existe la "remuneración mínima vital y móvil" es el salario mínimo que recibe una persona a cambio de su trabajo y con el cual logra satisfacer necesidades básicas. Si una persona accede a un contrar en el cual se llegue a establecer un salario por debajo de lo establecido por la ley, dicho contrato es nulo debido a que vulnera los derechos irrenunciables.

Libertad de trabajo

Según la constitución política (CP) de Colombia, cada colombiano está en la libertad de ejercer o dedicarse a la profesión, arte, oficio u ocupación que prefiera siempre y cuando eso no represente una amenaza para la sociedad.

Las profesiones serán vigiladas y supervisadas por las autoridades correspondientes. Todo esto en concordancia al Art. 26 CP. En dado caso que no sea exigido formación académica son libres a menos que, como se mencionó antes, no representa amenaza alguna.

Bibliografía

●http://definicion.de/derecho-laboral/●http://www.mintrabajo.gov.co/componen/docman/doc_download/46-principios-y-derechos-fundamentales-en-el-trabajo.html

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