historia de la salud en colombia
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Etapa Atención médica por personal II civil La medicina aporta prestigio La medicina rural escasea Hospital de la iglesia
Etapa Atención médica por personal II civil La medicina aporta prestigio La medicina rural escasea Hospital de la iglesia
Etapa Hospitales creados por religiosos
I Existían curanderos, botánicos y empíricos
SIGLOXVII
SIGLOXIX
Expedición botánica rescata planta con poder curativo El estado no interviene en la salud
Expedición botánica rescata planta con poder curativo El estado no interviene en la salud
El gobierno administra algunosEtapa I hospitales. 1861 hospitales se organizan
jurídicamente
Etapa II Empiezan a crearse secretariasde salud en estados,
departamentos, municipios.
El gobierno administra algunosEtapa I hospitales. 1861 hospitales se organizan
jurídicamente
Etapa II Empiezan a crearse secretariasde salud en estados,
departamentos, municipios.
El gobierno financia algunos hospitalesEtapa I Las capitales construyen hospitales
Etapa Aparecen entidades como ISS-CAJANAL II Se crean centros de salud privados
Etapa No hay articulación III organizacional Dispersión institucional
El gobierno financia algunos hospitalesEtapa I Las capitales construyen hospitales
Etapa Aparecen entidades como ISS-CAJANAL II Se crean centros de salud privados
Etapa No hay articulación III organizacional Dispersión institucional
SIGLOXX
Creado en 1975 (decreto ley 56)Objetivo: integrar los servicios de saludConsidera tres niveles de complejidad Primero: local o municipal (Hospital, centro y puesto de salud)Secundario: regional. Hospital regionalTerciario: especializado. Hospital UniversitarioUn sistema de remisión de pacientes (referencia) que enlaza los tres nivelesOrden orgánico y administrativo: orden nacional, seccional, regional, local.
Creado en 1975 (decreto ley 56)Objetivo: integrar los servicios de saludConsidera tres niveles de complejidad Primero: local o municipal (Hospital, centro y puesto de salud)Secundario: regional. Hospital regionalTerciario: especializado. Hospital UniversitarioUn sistema de remisión de pacientes (referencia) que enlaza los tres nivelesOrden orgánico y administrativo: orden nacional, seccional, regional, local.
SISTEMA NACIONAL DE SALUD
Estudio nacional indica que el SNS no es efectivo:a.Mortalidad infantil promedio 40%b.Mortalidad materna 1/1000NVc.Años de vida potencialmente perdidos 7380/100000d.Esperanza de vida al nacer 65 años
Estudio nacional indica que el SNS no es efectivo:a.Mortalidad infantil promedio 40%b.Mortalidad materna 1/1000NVc.Años de vida potencialmente perdidos 7380/100000d.Esperanza de vida al nacer 65 años
1989
1. Ausencia de política de salud coherente e integrala. Uso ineficiente de recursos (nivel de complejidad,
pertinencia)b. No hay macro ni micropolíticas (investigación, docencia,
políticas hospitalarias, medicamentos, recurso humano, educación en salud)
2. Falta de integralidad del sistema, enfatizando en lo curativoa. Salud reparativa (infraestructura, políticas)b. Campañas de P y P poco impacto, no política nacional
1. Ausencia de política de salud coherente e integrala. Uso ineficiente de recursos (nivel de complejidad,
pertinencia)b. No hay macro ni micropolíticas (investigación, docencia,
políticas hospitalarias, medicamentos, recurso humano, educación en salud)
2. Falta de integralidad del sistema, enfatizando en lo curativoa. Salud reparativa (infraestructura, políticas)b. Campañas de P y P poco impacto, no política nacional
Todo lo anterior debido a:
3. Disociación entre las necesidades y las prácticasa. Educación de recurso humano reparativo y no
preventivob. La administración del recurso no se relaciona con la
epidemiología (necesidades en salud… curativas)
4. Limitada capacidad de gestióna. Falta de administración del sistemab. Falta de desarrollo administrativoc. Práctica administrativa centrada en “apagar incendios”d. Ausencia de PE, gerencia participativae. Falta de criterios de eficiencia, efectividad, calidad
3. Disociación entre las necesidades y las prácticasa. Educación de recurso humano reparativo y no
preventivob. La administración del recurso no se relaciona con la
epidemiología (necesidades en salud… curativas)
4. Limitada capacidad de gestióna. Falta de administración del sistemab. Falta de desarrollo administrativoc. Práctica administrativa centrada en “apagar incendios”d. Ausencia de PE, gerencia participativae. Falta de criterios de eficiencia, efectividad, calidad
5. Disociación de postulados y prácticaa.Falta de respaldo político a las políticasb.Falta de decisión para la acciónc.Falta de asignación de recursos para la regionalización y la atención primaria
5. Disociación de postulados y prácticaa.Falta de respaldo político a las políticasb.Falta de decisión para la acciónc.Falta de asignación de recursos para la regionalización y la atención primaria
Y también a:
LEY 10 DE 1990LEY 10 DE 19901990
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
ARTICULO 48. La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley. Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social. El Estado, con la participación de los particulares, ampliará progresivamente la cobertura de la Seguridad Social que comprenderá la prestación de los servicios en la forma que determine la Ley. La Seguridad Social podrá ser prestada por entidades públicas o privadas, de conformidad con la ley. No se podrán destinar ni utilizar los recursos de las instituciones de la Seguridad Social para fines diferentes a ella. La ley definirá los medios para que los recursos destinados a pensiones mantengan su poder adquisitivo constante.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
ARTICULO 48. La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley. Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social. El Estado, con la participación de los particulares, ampliará progresivamente la cobertura de la Seguridad Social que comprenderá la prestación de los servicios en la forma que determine la Ley. La Seguridad Social podrá ser prestada por entidades públicas o privadas, de conformidad con la ley. No se podrán destinar ni utilizar los recursos de las instituciones de la Seguridad Social para fines diferentes a ella. La ley definirá los medios para que los recursos destinados a pensiones mantengan su poder adquisitivo constante.
1991
ARTICULO 49. La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley. Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad. La ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria. Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad.
ARTICULO 49. La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley. Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad. La ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria. Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad.
1991/CP
LEY 100Trasformar el viejo sistema de corte asistencialista en un SGSSS basado en aseguramiento
CONTRIBUTIVOAumentar los aportes, Acabar con el monopolio, Determinar UPC, Creación de un CNSSS
SUBSIDIADOConsecución de nuevos recursos, transición de los viejos recursos, Aseguramiento, gradualidad
LEY 100Trasformar el viejo sistema de corte asistencialista en un SGSSS basado en aseguramiento
CONTRIBUTIVOAumentar los aportes, Acabar con el monopolio, Determinar UPC, Creación de un CNSSS
SUBSIDIADOConsecución de nuevos recursos, transición de los viejos recursos, Aseguramiento, gradualidad
1993
Año de cambio de Gobierno. El Gobierno saliente dedica la primera mitad del año a expedir las normas reglamentarias, incluida la reforma del Ministerio de Salud y el fortalecimiento de la Superintendencia Nacional de Salud.
Año de cambio de Gobierno. El Gobierno saliente dedica la primera mitad del año a expedir las normas reglamentarias, incluida la reforma del Ministerio de Salud y el fortalecimiento de la Superintendencia Nacional de Salud.
1994
Año de inicio de la implementación. En el régimen contributivo se autorizan la primera decena de aseguradoras (Entidades Promotoras de Salud – EPS)
Año de inicio de la implementación. En el régimen contributivo se autorizan la primera decena de aseguradoras (Entidades Promotoras de Salud – EPS)
1995
Año de ajustes. En el régimen contributivo, treinta Entidades Promotoras de Salud entran a competir por los afiliados. Crisis interna se apoya en los sindicatos con el nombramiento como Ministro de Trabajo de un líder sindical
Año de ajustes. En el régimen contributivo, treinta Entidades Promotoras de Salud entran a competir por los afiliados. Crisis interna se apoya en los sindicatos con el nombramiento como Ministro de Trabajo de un líder sindical
1996
Año de consolidación del Sistema, crucial para que éste pasara la prueba definitiva de sus contradicciones, en medio de un amplio debate sobre sus ventajas y deficiencias, que llega incluso a los altos tribunales.Consolidación del POS
Año de consolidación del Sistema, crucial para que éste pasara la prueba definitiva de sus contradicciones, en medio de un amplio debate sobre sus ventajas y deficiencias, que llega incluso a los altos tribunales.Consolidación del POS
1997
Año de la crisis hospitalaria. El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud aprueba nuevamente el incremento de la Unidad de Capitación a las EPS
Año de la crisis hospitalaria. El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud aprueba nuevamente el incremento de la Unidad de Capitación a las EPS
1998
Año de la caída de las EPS públicas. El año comienza con la decisión del Consejo Nacional de Seguridad Social de no aumentar la Unidad de Capitación del Régimen Subsidiado, que significa una reducción real del 15% de su valor en pesos constantes.
Año de la caída de las EPS públicas. El año comienza con la decisión del Consejo Nacional de Seguridad Social de no aumentar la Unidad de Capitación del Régimen Subsidiado, que significa una reducción real del 15% de su valor en pesos constantes.
1999
El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud aprueba un incremento de la Unidad de Capitación en el Régimen Contributivo y Susbsidiado que únicamente compensa la inflación del año anterior
El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud aprueba un incremento de la Unidad de Capitación en el Régimen Contributivo y Susbsidiado que únicamente compensa la inflación del año anterior
2000
Crisis estatal
NormatividadSGSSS
Crisis estatal
NormatividadSGSSS
2000-2010
Reforma de la Ley 100: •Incremento de MAPIPOS•Medicamentos POS•Cambios en la afiliación y aportes del régimen subsidiado y contributivo
Reforma de la Ley 100: •Incremento de MAPIPOS•Medicamentos POS•Cambios en la afiliación y aportes del régimen subsidiado y contributivo
2007
2007 Decretos de emergencia social:•Unificar POSC-POSS•Guías nacionales de manejo médico
Decretos de emergencia social:•Unificar POSC-POSS•Guías nacionales de manejo médico
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