escrito informes modelo inspectoria del trabajo
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8/18/2019 Escrito Informes modelo inspectoria del trabajo
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
Ciudadano
INSPE!"# $E% !#&'&(" $E I)$&$ '"%I*+ ES!&$"
'"%I*,
Su Despacho.-
,&, E#*EE#& #E.I"N&% (en lo adelante %& EMP#ES&!
compa"ía an#nima domiciliada en la ciudad de $aracai%o! &stado
'ulia! inscrita en el Registro del Comercio ue llev# la Secretaria
del antiguo )uzgado de *rimera Instancia en lo Civil + de Comercio
de &stado 'ulia el , de ma+o de ,/! %a0o el 12 3/4! folios 45
al ,4! siendo su 6ltima modi7caci#n estatutaria mediante
Asam%lea &8traordinaria de Accionistas cele%rada el // de marzo
de /4,, e inscrita ante la 97cina de Registro $ercantil *rimero del
&stado 'ulia el 34 de ma+o /4,,! %a0o el 12 ,3! omo 3,-A-R$,!
tal como se evidencia de copias fotost;ticas ue producimos como
ane8o del presente marcadas con la letra nico de Informaci#n ?iscal (R.I.? ue a tal efecto lleva el
Servicio 1acional Integrado de Administraci#n Aduanera +
ri%utaria (S&1IA %a0o el 1@ )-4544434-! tal como se evidencia
de copia fotost;tica ue producimos como ane8o del presente
marcado con la letra
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8/18/2019 Escrito Informes modelo inspectoria del trabajo
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
EEEEEEEEEEEEEEEEEEEE! seg6n consta de instrumento poder
de%idamente autenticado ante la 1otaría EEEEEEEEE el EEEE de EEEE
de EEEEE! inserto %a0o el 12 EEEE! omo EEEEEEEE!! de los Bi%ros de
Autenticaciones llevados por dicha 1otaría! ue producimos en
copia fotost;tica como ane8o del presente con la letra
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
solicit# la apertura de la articulaci#n pro%atoria prevista en la B9! lo
cual fue acordado por esa Inspectoría.
al como se indic# en el acta de e0ecuci#n de denuncia de reenganche!
de la veri7caci#n de la n#mina + de los archivos de nuestra representada
se pudo constatar ue la relaci#n ue vincula a E% S"%II!&N!E con
%& EMP#ES&! es una relaci#n mercantil ue %& EMP#ES& sostiene con
$IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&,! sociedad
mercantil ue le presta el servicio de distri%uci#n de productos a %&
EMP#ES&! siendo E% S"%II!&N!E un tra%a0ador de $IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&,
&n consecuencia! estando dentro de la oportunidad prevista en la
Be+! %& EMP#ES& procedi# a presentar alegatos + promover
prue%as en el presente procedimiento de reenganche el /F deagosto de /4,.
Así pues en esa fecha %& EMP#ES& promovi# los siguientes
medios de prue%a:
A. $")MEN!&%ES:
De conformidad con lo previsto en los artículos 55 + 5 de la Be+
9rg;nica *rocesal del ra%a0o (en lo adelante B9*RA! se promueven los
medios de prue%a documentales ue a continuaci#n se enumeran:
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
,. Marcado de 1 a 13: Copia simple de documento constitutivo
estatutario de $IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+
,&,! inscrito ante el Registro $ercantil Segundo del &stado Golívar
el , de agosto del /4,3! %a0o el 12 3! omo 4-A R&H$&S&HG9
34 informe de preparaci#n del contador p6%lico %alance de
activos + pasivos + factura ue demuestra el pago de los %ienes
propiedad de la referida sociedad mercantil.
/. Marcado 14: Copia simple de constancia de Registro de
Informaci#n ?iscal (RI? N (-40288386-7 correspondiente a$IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&+ llevado
por el Servicio 1acional Integrado de Administraci#n Aduanera +
ri%utaria (S&1IA.
3. Marcado de 15 a 28: Copia simple de contrato de servicios de
transporte cele%rado el 34 de septiem%re de /4,3! entre ,&,
E#*EE#& #E.I"N&% + $IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S
#&N-M&!&+ ,&.! suscrito por el representante de dicha
sociedad mercantil.
. Marcado de 26 a 3: Copia simple de contratos de
arrendamiento de vehículos cele%rados el ,3 de marzo de /4,!
entre ,&, E#*EE#& #E.I"N&%! + $IS!#I')I$"#& 9
S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&. suscritos por el representante
de dicha sociedad mercantil.
. Marcado 37: Copia simple de comunicaci#n remitida por
$IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&. a ,&,
E#*EE#& #E.I"N&%! mediante la cual le envía el listado de
tra%a0adores ue la%oran en $IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
#&N-M&!&+ ,&.! indicando ue la%oran para dicha empresa
adem;s de ?rancisco )avier $ata Coa! titular de la Cdula de
Identidad 12 J.-,.55.3! el ciudadano Alv+s )os Rivas Rivilla!
titular de la Cdula de Identidad 12 J-/,.55.F/! suscrita por el
representante de la referida sociedad mercantil.
F. Marcado 38 a 36: Copia simple de autorizaciones para 7rma de
documentos + transacciones comerciales suscritos el /4 de
octu%re de /4,! + el ,3 de a%ril de /4,! por el representante de
$IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&.! mediantela cual autoriz# a E% S"%II!&N!E su7cientemente identi7cado
con anterioridad + al Ciudadano Buis &duardo *adilla! titular de la
Cdula de Identidad J-,,.,5F.4! a 7rmar facturas! notas de
d%ito! notas de crdito! a%onos de vacíos! correspondencias +
cualuier otro documento derivado de la relaci#n mercantil con
,&, E#*EE#& #E.I"N&%.
5. Marcado 36: Copia simple de comunicaci#n remitida por
$IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&. a ,&,
E#*EE#& #E.I"N&%! mediante la cual le indica%a el
compromiso de enviarle copia simple de declaraci#n del I.S.B.R.!
suscrita por el representante legal de dicha distri%uidora.
. Marcado 40: Copia simple de comunicaci#n remitida por
$IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&. a ,&,
E#*EE#& #E.I"N&%! mediante la cual le indica%a el
compromiso de enviarle copia simple de los certi7cados del curso
de manipulaci#n de alimentos de sus tra%a0adores! suscrita por el
representante legal de la distri%uidora.
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
. Marcado 41: Copia simple de comunicaci#n remitida por
$IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&. a ,&,
E#*EE#& #E.I"N&%! mediante la cual le indica%a el
compromiso de enviarle copia simple de la licencia de actividades
econ#micas! suscrita por el representante legal de la distri%uidora.
&l o%0eto por el cual se realiz# la promoci#n de estas prue%as es
demostrar la relaci#n 0urídica netamente mercantil e8istente entre %&
EMP#ES& + $IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&,! deprestaci#n de servicios de transporte + distri%uci#n de los productos por
$IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&,! para ,&
E#*EE#& #E.I"N&%.
Ahora %ien! en las prue%as promovidas se evidencia ue
$IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&,! presta servicios
de transporte + distri%uci#n de productos a %& EMP#ES&! siendo E%S"%II!&N!E un tra%a0ador de $IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S
#&N-M&!&+ ,&,! es entonces! ue entre %& EMP#ES& + E%
S"%II!&N!E no e8iste ni e8isti# relaci#n la%oral alguna! +a ue lo
6nico ue los vincula es una relaci#n netamente mercantil.
&n consecuencia! al no e8istir la relaci#n la%oral! es improcedente el
reenganche de E% S"%II!&N!E! así como el pago de cualuier
concepto derivado de una relaci#n de tra%a0o por parte de nuestra
representada.
', P#)E'& $E IN"#MES
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
De acuerdo al artículo , de la B9*RA! solicitamos a esa autoridad ue
reuiera la siguiente prue%a de informes:
P#IME#& INS!I!)I;N: Al Registro $ercantil Segundo del &stado
Golívar u%icado en la siguiente direcci#n: Avenida Bi%ertador SK1!
Caicara del 9rinoco! Ciudad Golívar! $unicipio Leres! &stado Golívar!
para ue informe so%re siguiente:
P#IME#": Si en dicha o7cina de registro reposa inserto el documento
constitutivo de la sociedad mercantil $IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,& inscrito ante el Registro $ercantil
Segundo del &stado Golívar el , de agosto del /4,3! %a0o el 12 3!
omo 4-A R&H$&S&HG9 34.
SE.)N$": Remita copias certi7cadas del documento antes
identi7cado! de las Actas de Asam%lea! + Galances de dicha sociedad
mercantil.
&l o%0eto por el cual se realizo la promoci#n de esta prue%a es demostrar
la e8istencia de la sociedad mercantil con la cual %& EMP#ES& sostuvo
la relaci#n mercantil.
SE.)N$& INS!I!)I;N: Al Servicio 1acional Integrado de
Administraci#n Aduanera + ri%utaria (S&1IA u%icado en la siguiente
direcci#n: ?inal Hran Avenida de Sa%ana Hrande! orre S&1IA! *.G. *laza
Jenezuela! $unicipio Bi%ertador! Caracas! ue informe so%re los
siguientes hechos:
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
P#IME#": Si la Sociedad $ercantil $IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S
#&N-M&!&+ ,&, inscrita ante el Registro de Informaci#n ?iscal (RI?
llevado por el Servicio 1acional Integrado de Administraci#n ri%utaria +
Aduanera (S&1IA %a0o el 12 1@ )-4/3-5! es contri%u+ente formal.
SE.)N$": Indiue los montos de las Declaraciones de Impuesto so%re
la Renta (ISRB + las Declaraciones de Impuesto so%re el Jalor Agregado
(IJA realizadas por $IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+
,&,! durante los a"os /4,3! /4, + /4,.
!E#E#": Remita copia certi7cada de los documentos ue demuestran
los hechos anteriormente se"alados.
&l o%0eto por el cual se realizo la promoci#n de esta prue%a es demostrar
ue la sociedad mercantil $IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-
M&!&+ ,&,! tiene actividad 7scal + en consecuencia! e0erce actos de
comercio como cualuier persona 0urídica luego! lo ue e8isti# entre la
sociedad mercantil antes se"alada + %& EMP#ES&! fue una relaci#n
netamente mercantil.
.
II$E %& P#E!ENSI;N
&n el presente caso! E% S"%II!&N!E inici# un procedimiento de
reenganche ante esa Inspectoría del ra%a0o de Ciudad Golívar! conla intenci#n de ue se le reconozca una relaci#n la%oral ue no
e8iste en el presente caso. Ma ue! como fue e8puesto en la
oportunidad legal pertinente! el referido ciudadano nunca 7gur#
como tra%a0ador para nuestra representada! pues lo ue vincula a
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
%& EMP#ES& + E% S"%II!&N!E es la relaci#n mercantil ue %&
EMP#ES& sostiene con $IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S
#&N-M&!&+ ,&,! siendo E% S"%II!&N!E tra%a0ador de
$IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&,! raz#n por
la cual carece de la cualidad personal para v;lidamente interponer
solicitud de reenganche! esto es! no es! ni fue un tra%a0ador
dependiente de nuestra representada.
&s por estas razones! ue %& EMP#ES& procede a dar respuesta
al fondo de sta solicitud de reenganche en los trminos
siguientes:
III$EENS&S $E "N$"
IMP#"E$ENI& $E %& S"%II!)$ $E #EEN.&NE
&n el presente caso! E% S"%II!&N!E interpuso solicitud de
reenganche! a7rmando la e8istencia de una relaci#n la%oral con %&
EMP#ES&. Sin em%argo! lo ue vincula a ste con %& EMP#ES&
es la relaci#n mercantil ue e8istía entre %& EMP#ES& e
$IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&,! siendo E%
S"%II!&N!E tra%a0ador de $IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S
#&N-M&!&+ ,&,! por ende no e8iste ni e8isti# relaci#n la%oral
entre %& EMP#ES& + E% S"%II!&N!E,
&s entonces ue! entre %& EMP#ES& + E% S"%II!&N!E e8iste
como 6nico vínculo una relaci#n mercantil entre %& EMP#ES& e
$IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&,! %asada en
la prestaci#n del servicio de distri%uci#n de productos por parte de
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
$IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&, Siendo E%
S"%II!&N!E representante (+ Chofer de $IS!#I')I$"#& 9
S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&,
&s entonces ue! la relaci#n ue e8iste entre am%as empresas!
donde una N $IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+
,&,-! le presta servicios de distri%uci#n de productos a la otra N%&
EMP#ES&-! siendo el o%0eto social de $IS!#I')I$"#& 9
S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&,+ prestar servicios de transporte
de productos por todo el territorio nacional! entre otras! por lo cual!
E% S"%II!&N!E es un tra%a0ador ( chofer de $IS!#I')I$"#& 9
S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&,
Asimismo! E% S"%II!&N!E no forma! ni form# parte de la
n#mina de %& EMP#ES&! siendo ello así ue! ste para ingresar a
las instalaciones de %& EMP#ES& de%ía estar identi7cado con elnom%re de la empresa! nom%re de la persona + cdula de
identidad.
&s entonces! ue entre %& EMP#ES& + E% S"%II!&N!E no
e8iste ni e8isti# relaci#n la%oral alguna! +a ue lo 6nico ue los
vincula es la relaci#n mercantil ue mantiene %& EMP#ES& con
$IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&, (donde E%
S"%II!&N!E 7gura como trana0ador.
&n consecuencia %& EMP#ES& no est; o%ligada a reenganchar a
E% S"%II!&N!E! pues entre ste + %& EMP#ES& no e8iste ni
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
e8isti# relaci#n la%oral alguna! al contrario! lo ue e8iste es una
relaci#n mercantil ! + por tanto solicit# en la oportunidad legal
pertinente la improcedencia del procedimiento de reenganche.
&s entonces ue! %& EMP#ES& nada de%e a E% S"%II!&N!E por
conceptos la%orales! visto ue entre ellos no e8iste relaci#n la%oral
alguna.
Ca%e destacar! ue en el escrito de promoci#n de prue%as +
alegatos! presentado en fecha /F de agosto de /4,! se e8puso de
forma clara ue en cuanto a la e8istencia de la relaci#n la%oral! el
artículo 3 de la B9 esta%lece lo siguiente:
?e
e deandante de?estre a prestaci=n persona de
servicio! indicando al efecto:
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
?e e actor de
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
directrices constitucionales! legales + reglamentarias vigentes! sino
las orientaciones 0urisprudenciales vinculantes! así como tam%in
el c6mulo pro%atorio aportado a los autos + así todos + cada uno
de los factores ue sumados generan la convicci#n necesaria para
ue en uso de sus atri%uciones + con el m;s alto sentido de la
)usticia dicte una *rovidencia Administrativa ue pone 7n a una
controversia esta%lecida.
&n el mismo orden argumentativo! 1uestro $;8imo ri%unal ha
sostenido reiteradamente ue la legislaci#n del tra%a0o conci%e la
relaci#n de tra%a0o como una prestaci#n personal de servicio
remunerada! ue se realiza por cuenta a0ena + %a0o la dependencia
de otro + ue por tanto es ?na veC deostrada a prestaci=n
persona de servicio >?e s?re a pres?nci=n de
a
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
Casaci#n Social del ri%unal Supremo de )usticia! en el caso:
$anuel M;nez contra &mpresa de Inspecci#n + Control de
Jenezuela C.A. (&.I.C.J.! con *onencia del $agistrado Dr. Buis
?ranceschi! en la ue se determin# la ine8istencia de relaci#n
la%oral entre las partes! + así solicitamos sea declarado.
&n torno a la e8istencia de la relaci#n la%oral! la Sala de Casaci#n
Social! en sentencia 12 de fecha ,3 de agosto de /44/! sent#
criterios en cuanto a los reuisitos o elementos determinantes en
una relaci#n 0urídica la%oral! la cual esta%leci#:
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8/18/2019 Escrito Informes modelo inspectoria del trabajo
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
consiguiente! admite prue%a en contrario! + el pretendidopatrono puede! en el caso! alegar + demostrar la
e8istencia de un hecho o con0unto de hechos uepermitan desvirtuar la e8istencia de la relaci#n de tra%a0o!por no c?pirse a?na de as condiciones deexistencia+ taes coo a a
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
E% S"%II!&N!E nunca tuvo una relaci#n la%oral ni de ninguna
otra naturaleza con %& EMP#ES&. ,&, E#*EE#& #E.I"N&%
nunca pact# o convino con E% S"%II!&N!E la prestaci#n de
servicios. E% S"%II!&N!E nunca le prest# a ,&, E#*EE#&
#E.I"N&% un servicio personal! tal como falsamente lo alega en
su demanda! por lo tanto ,&, E#*EE#& #E.I"N&% nunca se
apropi# o %ene7ci# de servicio alguno prestado por E%
S"%II!&N!E.
,&, E#*EE#& #E.I"N&% nunca tuvo una relaci#n de
su%ordinaci#n ni de dependencia con E% S"%II!&N!E! tal + como
ha sido previa + reiteradamente e8puesto! es decir! nunca le
imparti# una instrucci#n de tra%a0o ni e0ecut# medida disciplinaria
alguna contra l con ocasi#n de un negado servicio prestado de
dicho ciudadano! pues este servicio nunca se efectu# en formapersonal para ,&, E#*EE#& #E.I"N&%.
*or lo tanto es evidente ue! de conformidad con lo esta%lecido en
los artículos 3! 3 + de la B9! nunca e8isti# una relaci#n de
tra%a0o entre E% S"%II!&N!E + ,&, E#*EE#& #E.I"N&%.
&s por lo anterior! ue en virtud de nunca ha%er e8istido relaci#n
la%oral alguna entre nuestra representada + E% S"%II!&N!E! mal
podría e8istir la 7gura del despido! tal + como ha sido e8puesto
previamente.
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
&n efecto! si no e8isti# una prestaci#n de servicios personal! ni el
pago de una contraprestaci#n euivalente en dinero por ese
negado servicio personal! ni una relaci#n de su%ordinaci#n +
dependencia entre E% S"%II!&N!E + nuestra representada! es
forzoso concluir! conforme a las referidas normas (Artículos 3! 3
+ de la B9! ue no e8isti# la relaci#n o el contrato de
tra%a0o ue E% S"%II!&N!E alega! + en consecuencia ,&,
E#*EE#& #E.I"N&% no de%e reenganchar ni pagar concepto
la%oral alguno a E% S"%II!&N!E.
Ca%e se"alar! ue ,&, E#*EE#& #E.I"N&% desde ue fue
constituida! cele%ra contratos de distri%uci#n con empresas ue
aduieren sus productos + los distri%u+en a nivel nacional! a los
efectos de poder distri%uir los productos desde las sedes de
nuestra representada hacia los diferentes clientes de la regi#n.
&stas empresas distri%uidoras! a travs de sus propias gandolas +
camiones ue utilizan por dem;s para transportar distintas
mercancías de distintas empresas! distri%u+en a nivel nacional
mercancías + productos a ciertos lugares cada cierto tiempo!
mediante un contrato de distri%uci#n. &stas empresas
distri%uidoras no s#lo tienen una relaci#n mercantil con nuestra
representada! pues tam%in lo hacen con cualuier otra empresa
ue venda productos ue les interese distri%uir! por lo tanto es
evidente ue no fueron conce%idas para prestar servicios en forma
e8clusiva para ,&, E#*EE#& #E.I"N&% + tampoco revisten
car;cter permanente.
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
&n consecuencia! no e8iste relaci#n alguna entre ,&,
E#*EE#& #E.I"N&% + los tra%a0adores! accionistas o
ch#feres de las empresas distri%uidoras o de transporte! por
cuanto son ellas las ue contratan a su personal! conforme al
criterio ue ellos ha+an de7nido + ue s#lo ellos conocen! pues
nuestra representada no tiene conocimiento como se efect6a esta
contrataci#n.
Bos vehículos ue distri%u+en o transportan productos no
pertenecen todos a las mismas empresas! ni son usadas siempre
las mismas empresas para distri%uir las mercancías de ,&,
E#*EE#& #E.I"N&%. Ca%e indicar! ue estas actividades
implican evidentemente el acceso de los ch#feres de dichas
empresas a las instalaciones de ,&, E#*EE#& #E.I"N&% en
donde el vehículo de la empresa contratista aparca para cargar +descargar la mercancía o los productos ue distri%uir;n! lo cual
nunca implica ue ha+a una relaci#n de tra%a0o entre esos
ch#feres + ,&, E#*EE#& #E.I"N&%! pues el solo acceso a
las instalaciones de una empresa no es #%ice para ue e8ista una
relaci#n de tra%a0o.
Ba 0urisprudencia venezolana ha reiterado ue la 7gura del
contrato de distri%uci#n no es una relaci#n la%oral! + en
consecuencia menos a6n puede considerarse ue e8iste una
relaci#n la%oral entre los tra%a0adores! accionistas! ch#feres o
transportistas de la empresa distri%uidora con la empresa ue
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8/18/2019 Escrito Informes modelo inspectoria del trabajo
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
vende sus productos para la distri%uci#n. Así lo se"al# la Sala de
Casaci#n Social del ri%unal Supremo de )usticia! en sentencia del
/ de ma+o de /44! (Caso: ?orever Biving *roducts Jenezuela!
S.R.B.:
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
nuevo distri%uidor independiente captado a esta%lecercon sus propios recursos! su propia organizaci#n -redes
multinivel- de promoci#n! distri%uci#n + venta de losproductos asimismo! se esta%lece ue las gananciasdepender;n de la ha%ilidad comercial del productorindependiente + la utilidad de la diferencia entre el preciode compra + el precio de venta! por lo ue coie estaSaa+ >?e a nat?raeCa de vDnc?o >?e ?ni= a actorcon a deandada F?e de carGcter ercanti+ cooacertadaente o esta
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
due"a de los factores de producci#n uien asume losriesgos del proceso productivo + de la colocaci#n del
producto -a0enidad-! o%lig;ndose a retri%uir la prestaci#nreci%ida -remuneraci#n-! por tanto! ese a0eno organiza +dirige el mecanismo para la o%tenci#n de tales frutos! +es 0usto allí cuando la dependencia o su%ordinaci#n seintegra al concepto de a0enidad! coligiendo así ue eltra%a0o dependiente deriva del hecho de prestar unservicio por cuenta de otro.&n el caso su% e8amine! en aplicaci#n de loprecedentemente e8puesto! o%serva la Sala ue el actor atravs de las políticas -de redes de crecimiento multinivel-esta%lecidas por la empresa mercantil ?orever Biving*roducts S.R.B.! mediante la solicitud de distri%uidorindependiente as?Da os riesos en reaci=n a acontraprestaci=n de s?s servicios+ toda veC+ >?econ s?s propios rec?rsos de
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
de dependencia realizado! ue >?ed= desvirt?ada apres?nci=n de a reaci=n a?e a actividaddespeada versa
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
precios entre las compras a C.A. C&RJ&C&RUA R&HI91AB +las ventas a sus clientes seg6n las facturas consignadas.
De conformidad con el criterio reiterado de esta Saladesde la sentencia 12 de ,3 de agosto de /44/!admitida la prestaci#n personal de servicio! correspondeahora determinar si los hechos esta%lecidos porapreciaci#n de las prue%as! desvirt6an los elementos dela relaci#n de tra%a0o aplicando el test de dependencia.a ?orma de determinar el tra%a0o: el tra%a0o consisteen la distri%uci#n + venta de malta + cerveza en una rutadeterminada + con car;cter de e8clusividad propios de uncontrato de distri%uci#n mercantil.% iempo de tra%a0o + otras condiciones de tra%a0o: laempresa esta%lece la hora de entrega de los productos +el distri%uidor es li%re de organizar su 0ornada de tra%a0odiario + la me0or manera de cu%rir su ruta de distri%uci#n.c ?orma de efectuarse el pago: consta de las facturasconsignadas ue el actor paga%a un precio por la comprade sus productos + co%ra%a otro por la venta! de cu+adiferencia + cantidad de productos resulta su ingreso.d ra%a0o personal! supervisi#n + control disciplinario:el tra%a0o puede realizarse en forma personal o delegadaen otro personal el cual es responsa%ilidad del actor.e Inversiones! suministro de herramientas! materiales+ mauinaria: si %ien el vehículo es propiedad de lademandada! el actor asume los gastos de mantenimientodel mismo de conformidad con el contrato de comodato.f 9tros: asunci#n de ganancias o prdidas por lapersona ue e0ecuta el tra%a0o o presta el servicio! laregularidad del tra%a0o! la e8clusividad o no para lausuaria. &l actor es responsa%le de la variaci#n de susingresos seg6n la cantidad de productos vendida + elmismo determina si realiza el tra%a0o de manera personalo delegada! lo cual afectar; la e8clusividad del serviciopersonal para la empresa. Bo ue sí es e8clusivo es ueno se puede distri%uir en el vehículo otros productos ueno sean los vendidos por la empresa.Adicionalmente! so%re los criterios a"adidos por la Salacomo son la naturaleza 0urídica del pretendido patrono detratarse de una persona 0urídica! e8aminar su
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
materiales! euipos + personal! en forma independiente! con plena
autonomía tcnica + administrativa! lo cual! evidencia ue esta
6ltima era una organizaci#n comercial aut#noma! con amplia
independencia para su funcionamiento + cumplimiento de sus
o%ligaciones luego! la pretensi#n deducida por E% S"%II!&N!E
carece de fundamentos en los cuales ampararse! pues! no se
veri7can en el presente caso los elementos de7nitorios de una
relaci#n de tra%a0o.
Aunado a lo anterior! en el presente caso no e8iste! ni ha e8istido
una relaci#n la%oral! pues! tal + como consta en sus propios
estatutos! $IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&,!
es una sociedad mercantil (persona 0urídica ue desempe"a
actividades relacionadas con compra! venta! comercializaci#n!
almacenamiento + distri%uci#n al ma+or + detal de mercancías! la
cual! era llevada a ca%o con sus propias herramientas (elementoimportante para de7nir la 7gura del contratista! desvirtu;ndose
con ello! el alegato esgrimido por E% S"%II!&N!E con relaci#n a
la e8istencia de una relaci#n la%oral con %& EMP#ES&! visto ue
la relaci#n ue e8isti# entre am%as empresas fue una relaci#n
mercantil (Contratistas.
Contrario a lo se"alado por E% S"%II!&N!E en su solicitud! larelaci#n ue e8isti# entre %& EMP#ES& + ste a travs de la
empresa $IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&,!
fue una relaci#n de contratista en los trminos esta%lecidos en el
artículo de la B9! el cual! es del tenor siguiente:
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Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
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Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
a
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
tra%a0ador E% S"%II!&N!E! es ue la pretensi#n deducida por
ste es improcedente.
Al respecto! se se"alaron las dos (/ sentencias líderes en esta
materia las cuales esta%lecen los criterios ue de%en considerarse
para determinar cu;ndo se est; en presencia o no de una relaci#n
de tra%a0o! a travs del denominado
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
/44/! hasta la presente fecha! como referencia esencial para
determinar cu;ndo la relaci#n 0urídica es de car;cter la%oral o no.
Dicho test de la%oralidad! esta%lece ue para determinar la
e8istencia o no de un contrato en fraude de le+! es necesario
analizar los par;metros siguientes:
,. ?orma de determinar el tra%a0o.
/. iempo de tra%a0o + otras condiciones de tra%a0o.
3. ?orma de efectuarse el pago.
. ra%a0o personal! supervisi#n + control disciplinario.
. Inversiones! suministro de herramientas! materiales +
mauinaria.
F. Asunci#n de ganancias o prdidas por la persona ue e0ecuta
el tra%a0o o presta el servicio.
5. Ba regularidad del tra%a0o.. Ba e8clusividad o no para la usuaria.
. Ba naturaleza 0urídica del pretendido patrono.
,4. De tratarse de una persona 0urídica! e8aminar su
constituci#n! o%0eto social! si es funcionalmente operativa! si
cumple con cargas impositivas! realiza retenciones legales! lleva
li%ros de conta%ilidad.
,,. *ropiedad de los %ienes e insumos con los cuales se veri7ca
la prestaci#n de servicio.
,/. Ba naturaleza + uantum de la contraprestaci#n reci%ida por
el servicio! m;8ime si el monto perci%ido es mani7estamente
superior a uienes realizan una la%or idntica o similar.
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
,3. 9tros.
De las prue%as ue se promovieron en el escrito de alegatos +
promoci#n de prue%as claramente se desprende la e8istencia de
una relaci#n mercantil entre %& EMP#ES& + $IS!#I')I$"#& 9
S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&, ( de la cual E% S"%II!&N!E
es tra%a0ador! en virtud del contrato de distri%uci#n cele%rado
entre ellos! mediante la persona 0urídica de la ue es tra%a0ador E%
S"%II!&N!E ($IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+
,&,! uedando totalmente demostrada la relaci#n mercantil ue
e8isti# entre am%as empresas! resultando improcedente la
pretensi#n de reenganche e0ercida por E% S"%II!&N!E en el
presente caso.
I*"N%)SI"NES
&n virtud de las consideraciones antes e8puestas! se puede
concluir lo siguiente:
,. E% S"%II!&N!E aleg# en su escrito de solicitud de
reenganche! ha%er sido despedido por %& EMP#ES& en este
sentido! tenía la carga de pro%ar la e8istencia de la relaci#n
de tra%a0o.
/. Como se desprende de las prue%as promovidas por %&
EMP#ES&! la relaci#n e8istente entre esta + &B S9BICIA1&
es una relaci#n mercantil + no la%oral! por cuanto E%
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Expediente N° 018-2015-01-00473Partes: Cesar Ramirez vs. C.A. Cervecería Regional.
Motivo: Solicitud de reenganche.Escrito: Informes.
S"%II!&N!E es tra%a0ador de $IS!#I')I$"#& 9
S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&,
3. Siendo ue %& EMP#ES& demostr# ue la relaci#n con E%
S"%II!&N!E+ es de naturaleza mercantil + no una relaci#n
de tra%a0o! por cuanto E% S"%II!&N!E es tra%a0ador de
$IS!#I')I$"#& 9 S)MINIS!#"S #&N-M&!&+ ,&, + no
se con7gura ning6n despido! por lo ue E% S"%II!&N!E!
carece de cualidad para interponer la presente acci#n! por
cuanto no es! ni ha sido tra%a0ador de %& EMP#ES&
. Siendo ello así! la solicitud de reenganche incoada por E%
S"%II!&N!E de%e necesariamente declararse SI1 BVHAR! +
así lo solicitamos.
*PE!I!"#I"
Se solicita ue el presente escrito de informes sea agregado al
e8pediente + se declare SIN %). la solicitud de reenganche
incoada por E% S"%II!&N!E.
&n Ciudad Golívar! &stado Golívar! a la fecha de su presentaci#n.
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