el impuesto general a las rentas - casos

Post on 03-Feb-2016

226 Views

Category:

Documents

0 Downloads

Preview:

Click to see full reader

DESCRIPTION

ejercicios de los diferentes tipos de impuestos generales a la renta

TRANSCRIPT

Casos prácticos

DOCENTE:

VILLAVICENCIO TORRES LUIS MAX

INTEGRANTES:

GIRALDEZ CORO, JENNYFER

Caso N.º 1

Mi padre tiene pensado alquilar el departamento  ubicado en Manco Cápac 576, Pueblo Libre el cual esta valorizado según Autoevaluó en S/. 400.000 y desea hacerlo formalmente. ¿Qué tipo de impuesto deberá pagar, de que monto y como calcularía este?

SOLUCION:

Cualquier persona propietaria de un predio o algún mueble que decide alquilarlos se encuentra obligado a pagar el impuesto de a la Renta de Primera Categoría. La tasa a pagar es del 5% del monto de Alquiler.

Cabe indicar que, en el caso del arrendamiento, para determinar la renta bruta, el monto del alquiler no debe ser inferior al seis por ciento (6%) del valor del predio determinado en el autoavalúo, declarado de acuerdo con la Ley del Impuesto Predial, salvo las excepciones contenidas en la ley. En este caso el monto de alquiler no debe ser menor a S/. 2000 (400.000*6% / 12). Digamos que mi padre desea alquilarlo a ese valor, entonces el pagaría S/. 100 a la SUNAT; el cual lo puede realizar de manera virtual con Declaración Simplificada (con clave sol)

Caso N°2

La señora Nataly Gomez compró un inmueble en marzo de 2010 a S/ 120,000 Nuevos Soles. En dicho inmueble estuvo viviendo hasta que decidió venderlo por motivos de viaje en el mes de diciembre de 2011 percibiendo un monto de S/. 150,000 Nuevos Soles. La señora Nataly no tiene otros inmuebles en su propiedad. Determine el Impuesto definitivo mensual de segunda categoría

SOLUCION:

La señora Nataly debe tributar por la ganancia de capital que ha obtenido al vender el inmueble. Al respecto debe tenerse presente lo estipulado en el Decreto Supremo N° 313-2009-EF publicado el 30.12.2009, el que ha dispuesto que para actualizar el costo computable en la enajenación de inmuebles que no sean casa habitación, se deberá multiplicar el costo por el índice de corrección monetaria correspondiente al mes y año de adquisición del inmueble, añadiendo que el referido índice será publicado mensualmente dentro de los primeros cinco (5) días calendario por el MEF mediante Resolución Ministerial.

De esta manera el 6 de enero de 2010 se publicó la R.M 027-2012-EF/15 que aprobó los índices de corrección monetaria para las enajenaciones efectuadas durante el mes de diciembre de 2011.

Concepto S/. Valor de venta 150,000Costo computable actualizado por el Índice de Corrección Monetaria (120,000 x 1.10)

132,000

Ganancia de Capital 18,000Impuesto calculado (18,000 x 5% ) 900

La señora Nataly debe tributar por la ganancia de capital que ha obtenido al vender el inmueble. La ganancia de capital es de S/. 18,000 Nuevos Soles (150,000 – 132,000) y deberá tributar el 5% de dicho monto, es decir S/. 900 Nuevos Soles (18,000 x 5%).

Caso N°3

La Sra. Juana Valdivia desea abrir una ferretería en el mes de Enero de 2016 y se acogió al Régimen General del impuesto a la Renta. Al finalizar el año 2016 calcula que su utilidad será de S/. 120,000. ¿Cuánto pagara de impuesto y de qué tipo?

SOLUCION:

Se sabe que cada empresa comprendida en el Régimen General, podrá entonces deducir todos los gastos relacionados a la actividad que desarrolle, y el resultado que obtenga será la utilidad neta o renta neta fiscal sobre la cual aplicará la tasa del 30% hasta el ejercicio 2014 y a partir del 2015 la tasa es de 28%, por impuesto a la renta de tercera categoría.

A la Sra. Juana le correspondería un monto de S/. 33,600 (120,000 * 28%).

Caso N° 4

Acabo de conseguir un trabajo en planilla con un S/. 7,500. ¿de cuánto será el impuesto que se me descontara por concepto de 5ta categoría en un año?

SOLUCION:

Mi sueldo de S/. 7,500 al mes suma un ingreso anual de S/. 105,000. A este monto se le debe deducir un monto plano que se aplica a todos los trabajadores de 7 UIT (S/. 26,600), con lo que el Impuesto a la Renta se calculara sobre S/. 78,400 el cual se le aplicará tres tramos de 8%, 14% y 17%, por superar las 20 UIT.

El 8% se aplicará sobre los primeros 5 UIT del ingresos (S/. 19,000) por lo que se pagaría S/. 1,520.

El segundo tramo será por los ingresos hasta 20 UIT (S/. 76,000), pero como ya se pagó S/. 19,000 se resta este monto (S/. 76,000 – S/. 19,000) y el 14% se aplica sobre S/. 57,000 y el tributo será S/. 7,980.

El último tramo de 17% se aplica sobre la diferencia de los S/. 78,400 y lo ya pagado (S/. 19,000 + S/. 57,000), es decir sobre S/. 2,400, por lo que el impuesto será de S/. 408.

Al sumar los tres tramos (S/. 1,520 + S/. S/. 7, 980 + S/. 408) se obtiene que el Impuesto a la renta total por el año trabajado será de S/. 9,908.

Por lo que se me descontara S/. 825.67 en planilla por concepto de 5ta categoría.

Caso N°5

Pedro Luis trabaja como abogado y por dicho trabaja en transcurso del año a recibido el total de S/. 130,00 de ingresos. ¿Cuánto le corresponde pagar como renta de 4ta categoría?

SOLUCION:

Al ingreso anual percibido por Pedro le debe deducir un monto plano que se aplica a todos los trabajadores de 7 UIT (S/. 26,600), con lo que el Impuesto a la Renta se calculara sobre S/. 103,400 el cual se le aplicará tres tramos de 8%, 14% y 17%, por superar las 20 UIT.

El 8% se aplicará sobre los primeros 5 UIT del ingresos (S/. 19,000) por lo que se pagaría S/. 1,520.

El segundo tramo será por los ingresos hasta 20 UIT (S/. 76,000), pero como ya se pagó S/. 19,000 se resta este monto (S/. 76,000 – S/. 19,000) y el 14% se aplica sobre S/. 57,000 y el tributo será S/. 7,980.

El último tramo de 17% se aplica sobre la diferencia de los S/. 103,400 y lo ya pagado (S/. 19,000 + S/. 57,000), es decir sobre S/. 27,400, por lo que el impuesto será de S/. 4658.

Al sumar los tres tramos (S/. 1,520 + S/. 7, 980 + S/. 4658) se obtiene que el Impuesto a la renta total por el año trabajado será de S/. 14,158.

ANEXO 1

top related