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Efectos sobre la recaudación en Latinoamérica mediante la

implementación de la Factura Electrónica

Sergio Chaverri Cerdas

La Facturación Electrónica en el mundo

Nuestra experiencia está basada en proveer soluciones de Facturación Electrónica desde 2003, en: Chile, Brasil, México, Argentina, Costa Rica, Colombia, Uruguay, Perú y Ecuador.

Comparativo entre Modelos de Latinoamérica

Más información en www.southconsulting.com

¿Qué se suele entender por Facturación Electrónica?

¿Qué se suele entender por Facturación Electrónica?

• Convertir las facturas de papel en documentos digitales;

• Mayor control de la recaudación por parte de las Entidades Tributarias;

• Ahorro de costos por parte de las empresas (impresión, almacenamiento, envío, tiempo, etc.);

• Mayor eficiencia y automatización de los procesos de negocio por parte de las empresas.

Todo eso es cierto, pero la Facturación Electrónica es mucho mas….

La Facturación Electrónica…

• Facilita el financiamiento de las PYME, a través del anticipo de sus Cuentas por Cobrar (e-Factoring);

• Facilita el pago electrónico B2b, mejorando los procesos de recaudación de las empresas;

• Rompe la asimetría empresarial existente entre las PYME y las grandes empresas.

La Facturación Electrónica…

• Le permite a las empresas relacionarse fácilmente, aprovechando el intercambio de sus documentos de negocio;

• Acerca las más modernas tecnologías a las PYME, para que puedan manejar mejor sus negocios;

• Viabiliza el surgimiento de la Red Social Empresarial.

Pero para que todo eso sea posible…

• Todos los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) deben tener un formato estándar (XML);

• Deben considerarse como DTE todos los documentos que intervienen en los procesos comerciales y logísticos (Facturas, Notas de Crédito/Débito, Guías de Remisión);

• Los DTE deben ser firmados digitalmente por las empresas emisoras utilizando Certificados Digitales, para garantizar su integridad y autenticidad;

• Los DTE deben validarse en la plataforma de la Autoridad Tributaria, pero no necesariamente en tiempo-real, para lo cual deben pre-aprobarse los rangos de numeración consecutiva por cada tipo de documento;

Pero para que todo eso sea posible…

• La Autoridad Tributaria debe entregar un web-service que permita comprobar la validez de los DTE recibidos;

• Debe promoverse el intercambio de DTE vía Email entre contribuyentes; Empresarial.

• Los DTE deben poder imprimirse y dicha representación gráfica debe contar con mecanismos de seguridad que permitan validar su integridad y autenticidad también (códigos de barras);

• Debe normarse la Aceptación y/o Rechazo de las Facturas Electrónicas, que también deben ser mensajes (XML) firmados digitalmente;

Pero para que todo eso sea posible…

• Las facturas a consumidor final no deben validarse en la plataforma de la Autoridad Tributaria, debido a su alto volumen;

• Debe existir un Registro de Cesión de Créditos, en el cual las empresas que hagan Factoring de Facturas Electrónicas estén obligadas a registrar dichas operaciones;

• Recomendamos que exista una solución gratuita para pequeñas empresas, provista por la Autoridad Tributaria, cuyos DTE generados tengan el mismo formato que el resto de los DTE.

Modelo de Operación del e-Factoring

Modelo de Operación del e-Factoring

ENTIDADES DE FACTORING(CESIONARIOS)

ENTIDADTRIBUTARIA

(SII)

PYME

PYME

PYMECOMPRADORES

GRANDESY MEDIANOS

CertificadoDigital

CertificadoDigital

Los Proveedores hacen llegar sus facturas electrónicas (DTE) a sus respectivos clientes, previamente validadas ante la Entidad Tributaria.

Los Compradores confirman electrónicamente las facturas recibidas.

ENTIDADES DE FACTORING(CESIONARIOS)

ENTIDADTRIBUTARIA

(SII)

PYME

PYME

PYMECOMPRADORES

GRANDESY MEDIANOS

CertificadoDigital

CertificadoDigital

Modelo de Operación del e-Factoring

Los Proveedores (Cedentes) deciden anticipar sus Cuentas por Cobrar (facturas electrónicas) con algún Banco y/o Entidad de Factoring.

Las facturas son validadas respecto a su:1. Integridad y autenticidad (Firma Digital);2. Validez tributaria (plataforma de la Entidad

Tributaria);3. Validez “Financiera” (Registro de Cesión de

Créditos);4. Validez Comercial (Confirmación de parte del

Pagador);5. Conformidad del Cesionario con la operación.

Las Entidades de Factoring aceptan las operaciones y confirman las respectivas condiciones comerciales.

Las empresas Cedentes firman digitalmente las operaciones y las confirman a través del Registro de Cesión de Créditos de la Entidad Tributaria.

Todas las partes son notificadas sobre las operaciones efectivamente realizadas.

VIDEO

MUCHAS GRACIAS!

Sergio Chaverrisergio.chaverri@southconsulting.com

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