diario oficial 8 de julio 2014 · estatutos de la iglesia profética cristo te llama, manantiales...
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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 404 SAN SALVADOR, MARTES 8 DE JULIO DE 2014 NUMERO 125
-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi cial@imprentanacional.gob.sv
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ORGANO LEGISLATIVO
Tratado de Extradición entre la República de El Salvador y
la República del Perú; Acuerdo Ejecutivo No. 742, del Ramo de
Relaciones Exteriores, aprobándolo y Decreto Legislativo No.
713, ratifi cándolo. ......................................................................
Decreto No. 718.- Se establecen límites entre los municipios
de Quezaltepeque y San Juan Opico, ambos del departamento de
La Libertad. ...............................................................................
ORGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN
Escritura pública, estatutos de la Fundación Alternativas y
Decreto Ejecutivo No. 63, declarándola legalmente establecida,
aprobándole sus estatutos y confi riéndole el carácter de persona
jurídica. ......................................................................................
RAMO DE GOBERNACIÓN
Estatutos de la Iglesia Profética Cristo te Llama, Manantiales
de Agua Viva y Acuerdo Ejecutivo No. 69, aprobándolos y
confi riéndole el carácter de persona jurídica. ............................
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
RAMO DE EDUCACIÓN
Acuerdo No. 15-0012.- Se reconoce al Profesor Rodrigo
Alfonso Hernández, como Director del Liceo “Rafael Mendoza”,
ubicado en el municipio de Ahuachapán. ..................................
Acuerdos Nos. 15-0155, 15-0346 y 15-0654.- Reconocimiento
de estudios académicos. .............................................................
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL
RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
Acuerdo No. 105.- Se solicita intervención del Fiscal
General de la República, para que comparezca ante notario, a
otorgar diligencias de remedición de inmuebles. .......................
Acuerdos Nos. 66, 107 y 108.- Ascensos y transferencias
dentro del personal de la Fuerza Armada. .................................
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 22-D y 439-D.- Autorizaciones para ejercer
la profesión de abogado en todas sus ramas. .............................
DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro
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85
85-86
86-87
88-110
Acuerdos Nos. 176-D y 186-D (2).- Autorizaciones para
ejercer las funciones de notario. .................................................
INSTITUCIONES AUTÓNOMAS
CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA
Decreto No. 22.- Políticas de Ahorro y Austeridad del Gasto
en las Entidades del Sector Gubernamental y Municipal. .........
Decreto No. 23.- Políticas Internas de Auditoría
Gubernamental. ..........................................................................
Decreto No. 24.- Reglamento para el Uso y Control de las
Tecnologías de Información y Comunicación en las Entidades
del Sector Público. .....................................................................
ALCALDÍAS MUNICIPALES
Decreto No. 1.- Se prorroga vigencia de la Ordenanza
Transitoria de Exención del Pago de Intereses y Multas
Provenientes de Deudas por Tasas e Impuestos Municipales, de
la municipalidad de San Juan Nonualco. ...................................
Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal del
Cantón San José La Ceiba y Acuerdo No. 7, emitido por la
Alcaldía Municipal de Candelaria, departamento de Cuscatlán,
aprobándolos y confi riéndole el carácter de persona jurídica. ...
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACION
Aviso de Inscripción ........................................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Título de Propiedad ........................................................
Título Supletorio .............................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Herencia Yacente ............................................................
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia ................................................
Aceptación de Herencia ..................................................
Título Supletorio .............................................................
Título de Dominio............................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Señal de Publicidad Comercial ......................................
Convocatorias ..................................................................
Subasta Pública ...............................................................
Reposición de Certifi cados .............................................
Edicto de Emplazamiento ...............................................
Marca de Servicios ..........................................................
Marca de Producto ..........................................................
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175
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DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Herencia Yacente ............................................................
Título de Propiedad ........................................................
Título Supletorio .............................................................
Título de Dominio............................................................
Renovación de Marcas ....................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Subasta Pública ...............................................................
Reposición de Certifi cados .............................................
Balances de Liquidación .................................................
Título Municipal ..............................................................
Marca de Servicios ..........................................................
Marca de Producto ..........................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Herencia Yacente ............................................................
Título de Propiedad ........................................................
Título Supletorio .............................................................
Título de Dominio............................................................
Renovación de Marcas ....................................................
Marca de Fábrica ............................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Señal de Publicidad Comercial ......................................
Convocatorias ..................................................................
Subasta Pública ...............................................................
Reposición de Certifi cados .............................................
Otros .................................................................................
Marca de Servicios ..........................................................
Reposición de Póliza de Seguro ......................................
Reposición de Cheque .....................................................
Marca de Producto ..........................................................
SECCION DOCUMENTOS OFICIALES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resoluciones Nos. 107, 114, 117, 119, 131, 136, 138, 140,
141, 144, 148, 154, 160 y 161.- Reposiciones de títulos. ..........
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ORGANO LEGISLATIVO
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
ACUERDO No. 742/2011
Antiguo Cuscatlán, 16 de mayo de 2011
Visto el Tratado de Extradición entre la República de El Salvador y la República del Perú, suscrito el 7 de julio de 2005, en nombre y representa-
ción del Gobierno de la República de El Salvador, por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores, Licenciado Francisco Esteban Laínez Rivas, el
cual consta de un preámbulo y dieciocho artículos; y tiene como objeto la entrega recíproca, según las normas y condiciones establecidas en el presente
Tratado y de conformidad con las normas legales vigentes de cada Parte, de las personas que son requeridas por las autoridades judiciales de la otra
Parte, por la comisión de un delito o para la ejecución de una pena privativa de libertad; el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores,
ACUERDA: a-) Aprobarlo en todas sus partes; y b-) Someterlo a consideración de la Honorable Asamblea Legislativa, para que si lo tiene a bien se
sirva otorgarle su ratifi cación. COMUNÍQUESE.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Martínez Bonilla.
DECRETO No. 713
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que el 7 de julio de 2005 fue suscrito el Tratado de Extradición entre la República de El Salvador y la República del Perú.
II. Que el referido Instrumento ha sido aprobado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 742/2011 del 16 de mayo de 2011 y sometido a consideración
de esta Asamblea Legislativa para su ratifi cación.
III. Que dicho Instrumento no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, siendo procedente su ratifi cación.
POR TANTO,
en uso de las facultades constitucionales y a iniciativa del entonces Presidente de la República, periodo 2009-2014, por medio del Ministro de
Relaciones Exteriores.
DECRETA:
Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Tratado de Extradición entre la República de El Salvador y la República del Perú, el cual consta de un
preámbulo y dieciocho artículos, suscrito el 7 de julio de 2005 y aprobado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 742/2011 del 16 de mayo de 2011.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
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DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los doce días del mes de junio del año dos mil catorce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA
CARLOS ARMANDO REYES RAMOS
QUINTO VICEPRESIDENTE
GUILLERMO FRANCISCO MATA BENNETT MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA
TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA
QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los tres días del mes de julio del año dos mil catorce.
PUBLÍQUESE,
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
CARLOS ALFREDO CASTANEDA MAGAÑA,
VICEMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES,
INTEGRACIÓN Y PROMOCIÓN ECONÓMICA,
ENCARGADO DEL DESPACHO.
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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
DECRETO No. 718.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que la existente delimitación entre los municipios que comprenden el Departamento de La Libertad, no se ajusta al presente desarrollo de
la tecnología en materia registral y de medición territorial; como tampoco a las vigentes circunstancias de desarrollo social y económico
del país.
II. Que con la tecnología registral y los modelos fotogramétricos actualmente disponibles por el Centro Nacional de Registros; es posible la
realización de una delimitación y demarcación precisa de dichos límites.
III. Que se ha desarrollado un proceso de diálogo entre las municipalidades involucradas con la asistencia del Centro Nacional de Registros y del
Instituto Geográfi co y del Catastro Nacional, llegando así de esta manera a la elaboración y fi rma del Acta de límite municipal QUEZALTEPEQUE
– SAN JUAN OPICO con referencia No. 0512-0515, la cual se toma como base para el contenido del presente decreto y se anexa como parte
integral del mismo.
IV. Que el Código Municipal en su Art. 23 establece que es facultad de la Asamblea Legislativa decretar la defi nición de los límites territoriales.
V. Que de conformidad al Art. 131 ordinal 5° de la Constitución es competencia de este Primer Órgano del Estado decretar, interpretar
auténticamente, reformar y derogar leyes secundarias.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Carlos Cortez Hernández, Nery Arely Díaz de Rivera, Mildred Guadalupe
Machado, Rafael Morán Tobar, Mario Eduardo Valiente Ortiz y Guadalupe Antonio Vásquez Martínez y del exdiputado Erik Mira Bonilla.
DECRETA:
Art. 1. Se establece como límite entre los Municipios de Quezaltepeque y San Juan Opico ambos del Departamento de La Libertad, el siguiente:
El trazo del límite municipal está formado por tres trayectos. El primer trayecto formado de tres tramos, determinados por cuatro puntos, nu-
merados del uno al cuatro, por linderos de parcelas; el segundo trayecto formado de dos tramos, determinados por tres puntos numerados del cuatro
al seis, por vía de comunicación terrestre; el tercer trayecto formado de cuatro tramos, determinados por cinco puntos numerados del seis al diez, por
linderos de parcelas.
Punto trifi nio de Inicio. Está ubicado en la intercepción entre la prolongación del lindero de propiedad que divide las parcelas mil ciento cin-
cuenta y ocho, del sector cero cinco quince R diecinueve y ciento tres, del sector cero cinco doce R cero nueve, con el eje central del río Sucio, siendo
éste el punto número uno, al mismo tiempo trifi nio para los municipios de San Matías, Quezaltepeque y San Juan Opico, todos del departamento de
La Libertad. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y dos punto ochenta y siete metros; Latitud
igual, trescientos tres mil cuatro punto noventa y nueve metros. Sus colindantes son, para el municipio de San Matías, parcela quinientos uno, del sector
cero cinco dieciséis R cero siete; para el municipio de Quezaltepeque, parcela ciento tres, del sector cero cinco doce R cero nueve y para el municipio
de San Juan Opico, parcela mil ciento cincuenta y ocho, del sector cero cinco quince R diecinueve.
Trayecto uno
Tramo uno, del punto número uno al punto número dos. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por linderos de parcelas, hasta llegar al
esquinero sureste de la parcela mil doscientos setenta y nueve, del sector cero cinco quince R diecinueve, lugar donde se ubica el punto número dos,
con una distancia aproximada de dos mil ochocientos setenta y cinco punto trece metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta
y cuatro mil novecientos treinta y cuatro punto noventa y ocho metros; Latitud igual, trescientos mil novecientos treinta punto catorce metros. Sus
colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela ciento tres (hacienda San Lorenzo), del sector cero cinco doce R cero nueve y parcela
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ciento tres (parte oriente), del sector cero cinco doce R doce; para el municipio de San Juan Opico, parcelas mil ciento cincuenta y ocho, mil ciento
sesenta, mil ciento treinta y nueve, mil ciento cuarenta, mil ciento cuarenta y uno, mil ciento sesenta y dos, mil ciento sesenta y tres, mil ciento sesenta
y cuatro, mil ciento sesenta y cinco, mil doscientos ochenta, mil doscientos ochenta y uno, mil doscientos ochenta y dos, mil doscientos ochenta y tres,
mil doscientos sesenta y seis, mil doscientos ochenta y cuatro, mil doscientos ochenta y cinco, mil doscientos sesenta y tres, mil doscientos sesenta y
cuatro y mil doscientos setenta y nueve, todas del sector cero cinco quince R diecinueve.
Tramo dos, del punto número dos al punto número tres. Con rumbo Sur cuarenta y tres grados, cincuenta y dos minutos, cuarenta y dos punto
noventa y siete segundos Este, atravesando la porción de rocas ígneas emanadas de la erupción del Volcán de San Salvador o Quezaltepec, denominada
"Lava Vieja", hasta interceptar el esquinero noreste de la parcela dos, del sector cero cinco doce R doce, lugar donde se ubica el punto número tres,
con una distancia aproximada de ochocientos cincuenta y tres punto cero cuatro metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta
y cinco mil quinientos veintiséis punto veinticinco metros; Latitud igual, trescientos mil trescientos quince punto veinticinco metros. Sus colindantes
son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela ciento tres (parte oriente del lugar conocido como Lava Vieja), del sector cero cinco doce R doce,
para el municipio de San Juan Opico, parcela ciento tres (parte poniente del lugar conocido como Lava Vieja), del sector cero cinco doce R doce.
Tramo tres, del punto número tres al punto número cuatro. Con rumbo Sureste, en línea recta, por linderos de parcelas, hasta interceptar el
eje central de la calle antigua que conduce de la ciudad de Quezaltepeque, al desvío de San Juan Opico, lugar donde se ubica el punto número cuatro,
con una distancia aproximada de seiscientos dieciocho punto sesenta y ocho metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta y cinco
mil setecientos dieciocho punto sesenta y un metros; Latitud igual, doscientos noventa y nueve mil setecientos treinta y uno punto treinta y nueve
metros. Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela ciento tres (parte oriente del lugar conocido como Lava Vieja), del sector
cero cinco doce R doce; para el municipio de San Juan Opico, parcela dos, del sector cero cinco doce R doce.
Trayecto dos
Tramo uno, del punto número cuatro al punto número cinco. Con rumbo Suroeste, en línea sinuosa, por el eje central de la calle antigua
que conduce de la ciudad de Quezaltepeque al desvío de San Juan Opico, hasta interceptar el eje central de la línea férrea, lugar donde se ubica el
punto número cinco, con una distancia aproximada de mil trescientos cuarenta y cuatro punto cero tres metros. Sus coordenadas son Longitud igual,
cuatrocientos sesenta y cinco mil ciento setenta y uno punto sesenta y un metros; Latitud igual, doscientos noventa y ocho mil seiscientos veintisiete
punto veinticinco metros. Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcelas ciento veinticuatro, ciento trece, ciento dieciséis, ciento
quince, ciento seis, ciento nueve, ciento veintisiete, ciento once, ciento siete, ciento doce, mil quinientos noventa y cuatro, mil quinientos noventa y
tres, ciento cuarenta y dos, ciento cuarenta y uno, ciento treinta y dos, ciento ocho, ciento treinta y ocho, ciento treinta y uno, ciento treinta y ciento
treinta y seis; para el municipio de San Juan Opico, parcelas dos, tres, uno y ciento tres, todas del sector cero cinco doce R doce, parcela quinientos
veintitrés (Autódromo El Jabalí), del sector cero cinco quince R veinte.
Tramo dos, del punto número cinco al punto número seis. Con rumbo Suroeste, en línea recta, por el eje central de la línea férrea, hasta
interceptar la prolongación del lindero nor poniente de la parcela cuatrocientos dos, del sector cero cinco doce R doce, lugar donde se ubica el punto
número seis, con una distancia aproximada de ciento veintisiete punto noventa y cuatro metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos
sesenta y cinco mil sesenta y dos punto treinta y nueve metros; Latitud igual, doscientos noventa y ocho mil quinientos sesenta punto sesenta y dos
metros. Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela cincuenta mil treinta y dos, del sector cero cinco doce R doce; para el mu-
nicipio de San Juan Opico, parcela quinientos veintitrés (Autódromo El Jabalí), del sector cero cinco quince R veinte.
Trayecto tres
Tramo uno, del punto número seis al punto número siete. Con rumbo Sureste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta interceptar
el esquinero sureste de la parcela quinientos veinte, del sector cero cinco doce R doce, lugar donde se ubica el punto número siete, con una distancia
aproximada de dos mil ochocientos sesenta y cinco punto cuarenta y seis metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta y seis
mil doscientos cinco punto ochenta metros; Latitud igual, doscientos noventa y siete mil seiscientos ochenta y cinco punto cincuenta y siete metros.
Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcelas cuatrocientos dos, cuatrocientos cuatro, cuatrocientos siete, cuatrocientos seis,
cuatrocientos cinco, cuatrocientos nueve, cuatrocientos once, cuatrocientos catorce, cuatrocientos cuarenta y cuatro, cuatrocientos quince, cuatrocientos
cuarenta y seis, cuatrocientos cuarenta y siete, cuatrocientos cuarenta y ocho, quinientos trece, cuatrocientos cincuenta y uno, cuatrocientos cuarenta y
tres, cuatrocientos cincuenta, cuatrocientos cincuenta y dos, quinientos veintisiete, quinientos veintiuno, quinientos veinticinco, ochocientos veintiséis
y quinientos veinte, todas del sector cero cinco doce R doce; para el municipio de San Juan Opico, parcela cuatrocientos once (parte poniente de la
porción de rocas ígneas emanadas de la erupción del Volcán de San Salvador o Quezaltepec, denominada Reserva Forestal "Lava Nueva"), del sector
cero cinco quince R veintiuno.
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Tramo dos, del punto número siete al punto número ocho. Con rumbo Sur veintitrés grados, cincuenta minutos, cuarenta y ocho punto
ochenta y dos segundos Este, hasta interceptar el eje central de la calle que del Plan del Hoyo conduce al Cantón y Caserío El Matazano, lugar donde
se ubica el punto número ocho, con una distancia aproximada de mil setecientos cincuenta y tres punto noventa y cuatro metros. Sus coordenadas son
Longitud igual, cuatrocientos sesenta y seis mil novecientos catorce punto noventa y un metros; Latitud igual, doscientos noventa y seis mil ochenta
y uno punto treinta y seis metros. Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela cuatrocientos once (parte oriente de la porción de
rocas ígneas emanadas de la erupción del Volcán de San Salvador o Quezaltepec, denominada Reserva Forestal "Lava Nueva"), del sector cero cinco
quince R veintiuno; para el municipio de San Juan Opico, parcela cuatrocientos once (parte poniente de la porción de rocas ígneas emanadas de la
erupción del Volcán de San Salvador o Quezaltepec, denominada Reserva Forestal "Lava Nueva"), del sector cero cinco quince R veintiuno.
Tramo tres, del punto número ocho al punto número nueve. Con rumbo Sureste, en línea recta, por linderos de parcelas; hasta encontrar el
borde del cráter del volcán de San Salvador, conocido como El Boquerón, lugar donde se ubica el punto número nueve. Con una distancia aproximada
de cinco mil trescientos setenta y seis punto cero cuatro metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta y nueve mil doscientos
sesenta y cinco punto cuarenta y dos metros; Latitud igual, doscientos noventa y un mil cuatrocientos seis punto cincuenta y ocho metros. Sus colin-
dantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela cuatro del sector cero cinco doce R catorce, parcelas doce, y uno ambas del sector cero cinco
doce R quince, parcelas ciento sesenta y cinco, ciento sesenta y cuatro, ciento cincuenta y uno, ciento cincuenta y dos, doscientos treinta y doscientos
quince, todas del sector cero cinco doce R dieciséis; para el municipio de San Juan Opico, parcelas cuatrocientos dieciocho, cuatrocientos diecinueve,
cuatrocientos dieciséis, todas del sector cero cinco quince R veintiuno, parcelas ochenta y seis, ochenta y cinco, ochenta y cuatro, ochenta y tres,
novecientos veinticinco y doscientos noventa y tres, todas del sector cero cinco quince R veintitrés.
Tramo cuatro, del punto número nueve al punto número diez. Con rumbo Sur quince grados, tres minutos, cuarenta y ocho punto cero tres
segundos Oeste, sobre el cráter del volcán de San Salvador, conocido como El Boquerón; hasta llegar a la parte baja del centro de dicho cráter, lugar
donde se ubica el punto número diez. Con una distancia aproximada de setecientos noventa y seis punto veintinueve metros. Sus coordenadas son
Longitud igual, cuatrocientos sesenta y nueve mil cincuenta y ocho punto cuarenta y ocho metros; Latitud igual, doscientos noventa mil seiscientos
treinta y siete punto sesenta y cinco metros. Sus colindantes son, el cráter del volcán El Boquerón para ambos municipios.
Punto Común de llegada. Es el que se describe como punto número diez, se encuentra ubicado en la parte baja del centro del cráter, del volcán
de San Salvador conocido como El Boquerón, al mismo tiempo es punto común para los municipios de Colón, San Juan Opico, Quezaltepeque, Santa
Tecla, todos del departamento de La Libertad y Nejapa, del departamento de San Salvador.
Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinte días del mes de junio del año dos mil catorce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA
CARLOS ARMANDO REYES RAMOS
QUINTO VICEPRESIDENTE
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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
GUILLERMO FRANCISCO MATA BENNETT MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dos días del mes de julio del año dos mil catorce.
PUBLÍQUESE,
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA,
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL.
REF.: No. 0512-0515
ACTA DE LÍMITE ENTRE LOS MUNICIPIOS DE
QUEZALTEPEQUE Y SAN JUAN OPICO
En el Centro Nacional de Registros, a las nueve horas y treinta minutos, del día nueve del mes de octubre del año dos mil trece, comparecen los infrascritos: Licenciado Carlos Antonio Figueroa, actuando en su calidad de Alcalde Municipal, señor José Antonio Ortiz, actuando en su calidad de Síndico Municipal, ambos del municipio de Quezaltepeque; Ingeniero Romeo José Barillas Panilla, actuando en su calidad de Alcalde Municipal, Mayor José Raúl Orellana Molina, actuando en su calidad de Síndico Municipal, ambos del municipio de San Juan Opico; Doctor José Enrique Argumedo Casula, actuando en su calidad de Director Ejecutivo del Centro Nacional de Registros (CNR) y el Ingeniero Rigoberto Ovidio Magaña Chavarría, actuando en su calidad de Director del Instituto Geográfi co y del Catastro Nacional (IGCN); con el objeto de darle lectura y ratifi cación a los datos de la descripción técnica contenidos en la presente acta, en la cual ambas municipalidades han defi nido su respectivo límite jurisdiccional administrativo, según acuerdos municipales, por Quezaltepeque, acta número nueve, acuerdo número cinco, del día cuatro de marzo del año dos mil ocho y por San Juan Opico, acta número veintiuno, acuerdo número siete, del día primero de diciembre del año dos mil doce.
DESCRIPCIÓN TÉCNICA
El trazo del límite municipal está formado por tres trayectos. El primer trayecto formado de tres tramos, determinados por cuatro puntos, nu-merados del uno al cuatro, por linderos de parcelas; el segundo trayecto formado de dos tramos, determinados por tres puntos numerados del cuatro al seis, por vía de comunicación terrestre; el tercer trayecto formado de cuatro tramos, determinados por cinco puntos numerados del seis al diez, por linderos de parcelas.
Punto trifi nio de Inicio. Está ubicado en la intercepción entre la prolongación del lindero de propiedad que divide las parcelas mil ciento cin-cuenta y ocho, del sector cero cinco quince R diecinueve y ciento tres, del sector cero cinco doce R cero nueve, con el eje central del río Sucio, siendo éste el punto número uno, al mismo tiempo trifi nio para los municipios de San Matías, Quezaltepeque y San Juan Opico, todos del departamento de La Libertad. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y dos punto ochenta y siete metros; Latitud igual, trescientos tres mil cuatro punto noventa y nueve metros. Sus colindantes son, para el municipio de San Matías, parcela quinientos uno, del sector cero cinco dieciséis R cero siete; para el municipio de Quezaltepeque, parcela ciento tres, del sector cero cinco doce R cero nueve y para el municipio de San Juan Opico, parcela mil ciento cincuenta y ocho, del sector cero cinco quince R diecinueve.
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Trayecto uno
Tramo uno, del punto número uno al punto número dos. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por linderos de parcelas, hasta llegar al
esquinero sureste de la parcela mil doscientos setenta y nueve, del sector cero cinco quince R diecinueve, lugar donde se ubica el punto número dos,
con una distancia aproximada de dos mil ochocientos setenta y cinco punto trece metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta
y cuatro mil novecientos treinta y cuatro punto noventa y ocho metros; Latitud igual, trescientos mil novecientos treinta punto catorce metros. Sus
colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela ciento tres (hacienda San Lorenzo), del sector cero cinco doce R cero nueve y parcela
ciento tres (parte oriente), del sector cero cinco doce R doce; para el municipio de San Juan Opico, parcelas mil ciento cincuenta y ocho, mil ciento
sesenta, mil ciento treinta y nueve, mil ciento cuarenta, mil ciento cuarenta y uno, mil ciento sesenta y dos, mil ciento sesenta y tres, mil ciento sesenta
y cuatro, mil ciento sesenta y cinco, mil doscientos ochenta, mil doscientos ochenta y uno, mil doscientos ochenta y dos, mil doscientos ochenta y tres,
mil doscientos sesenta y seis, mil doscientos ochenta y cuatro, mil doscientos ochenta y cinco, mil doscientos sesenta y tres, mil doscientos sesenta y
cuatro y mil doscientos setenta y nueve, todas del sector cero cinco quince R diecinueve.
Tramo dos, del punto número dos al punto número tres. Con rumbo Sur cuarenta y tres grados, cincuenta y dos minutos, cuarenta y dos punto
noventa y siete segundos Este, atravesando la porción de rocas ígneas emanadas de la erupción del Volcán de San Salvador o Quezaltepec, denominada
"Lava Vieja", hasta interceptar el esquinero noreste de la parcela dos, del sector cero cinco doce R doce, lugar donde se ubica el punto número tres,
con una distancia aproximada de ochocientos cincuenta y tres punto cero cuatro metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta
y cinco mil quinientos veintiséis punto veinticinco metros; Latitud igual, trescientos mil trescientos quince punto veinticinco metros. Sus colindantes
son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela ciento tres (parte oriente del lugar conocido como Lava Vieja), del sector cero cinco doce R doce,
para el municipio de San Juan Opico, parcela ciento tres (parte poniente del lugar conocido como Lava Vieja), del sector cero cinco doce R doce.
Tramo tres, del punto número tres al punto número cuatro. Con rumbo Sureste, en línea recta, por linderos de parcelas, hasta interceptar el
eje central de la calle antigua que conduce de la ciudad de Quezaltepeque, al desvío de San Juan Opico, lugar donde se ubica el punto número cuatro,
con una distancia aproximada de seiscientos dieciocho punto sesenta y ocho metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta y cinco
mil setecientos dieciocho punto sesenta y un metros; Latitud igual, doscientos noventa y nueve mil setecientos treinta y uno punto treinta y nueve
metros. Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela ciento tres (parte oriente del lugar conocido como Lava Vieja), del sector
cero cinco doce R doce; para el municipio de San Juan Opico, parcela dos, del sector cero cinco doce R doce.
Trayecto dos
Tramo uno, del punto número cuatro al punto número cinco. Con rumbo Suroeste, en línea sinuosa, por el eje central de la calle antigua
que conduce de la ciudad de Quezaltepeque al desvío de San Juan Opico, hasta interceptar el eje central de la línea férrea, lugar donde se ubica el
punto número cinco, con una distancia aproximada de mil trescientos cuarenta y cuatro punto cero tres metros. Sus coordenadas son Longitud igual,
cuatrocientos sesenta y cinco mil ciento setenta y uno punto sesenta y un metros; Latitud igual, doscientos noventa y ocho mil seiscientos veintisiete
punto veinticinco metros. Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcelas ciento veinticuatro, ciento trece, ciento dieciséis, ciento
quince, ciento seis, ciento nueve, ciento veintisiete, ciento once, ciento siete, ciento doce, mil quinientos noventa y cuatro, mil quinientos noventa y
tres, ciento cuarenta y dos, ciento cuarenta y uno, ciento treinta y dos, ciento ocho, ciento treinta y ocho, ciento treinta y uno, ciento treinta y ciento
treinta y seis; para el municipio de San Juan Opico, parcelas dos, tres, uno y ciento tres, todas del sector cero cinco doce R doce, parcela quinientos
veintitrés (Autódromo El Jabalí), del sector cero cinco quince R veinte.
Tramo dos, del punto número cinco al punto número seis. Con rumbo Suroeste, en línea recta, por el eje central de la línea férrea, hasta
interceptar la prolongación del lindero nor poniente de la parcela cuatrocientos dos, del sector cero cinco doce R doce, lugar donde se ubica el punto
número seis, con una distancia aproximada de ciento veintisiete punto noventa y cuatro metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos
sesenta y cinco mil sesenta y dos punto treinta y nueve metros; Latitud igual, doscientos noventa y ocho mil quinientos sesenta punto sesenta y dos
metros. Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela cincuenta mil treinta y dos, del sector cero cinco doce R doce; para el mu-
nicipio de San Juan Opico, parcela quinientos veintitrés (Autódromo El Jabalí), del sector cero cinco quince R veinte.
Trayecto tres
Tramo uno, del punto número seis al punto número siete. Con rumbo Sureste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta interceptar
el esquinero sureste de la parcela quinientos veinte, del sector cero cinco doce R doce, lugar donde se ubica el punto número siete, con una distancia
aproximada de dos mil ochocientos sesenta y cinco punto cuarenta y seis metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta y seis
mil doscientos cinco punto ochenta metros; Latitud igual, doscientos noventa y siete mil seiscientos ochenta y cinco punto cincuenta y siete metros.
Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcelas cuatrocientos dos, cuatrocientos cuatro, cuatrocientos siete, cuatrocientos seis,
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cuatrocientos cinco, cuatrocientos nueve, cuatrocientos once, cuatrocientos catorce, cuatrocientos cuarenta y cuatro, cuatrocientos quince, cuatrocientos
cuarenta y seis, cuatrocientos cuarenta y siete, cuatrocientos cuarenta y ocho, quinientos trece, cuatrocientos cincuenta y uno, cuatrocientos cuarenta y
tres, cuatrocientos cincuenta, cuatrocientos cincuenta y dos, quinientos veintisiete, quinientos veintiuno, quinientos veinticinco, ochocientos veintiséis
y quinientos veinte, todas del sector cero cinco doce R doce; para el municipio de San Juan Opico, parcela cuatrocientos once (parte poniente de la
porción de rocas ígneas emanadas de la erupción del Volcán de San Salvador o Quezaltepec, denominada Reserva Forestal "Lava Nueva"), del sector
cero cinco quince R veintiuno.
Tramo dos, del punto número siete al punto número ocho. Con rumbo Sur veintitrés grados, cincuenta minutos, cuarenta y ocho punto
ochenta y dos segundos Este, hasta interceptar el eje central de la calle que del Plan del Hoyo conduce al Cantón y Caserío El Matazano, lugar donde
se ubica el punto número ocho, con una distancia aproximada de mil setecientos cincuenta y tres punto noventa y cuatro metros. Sus coordenadas son
Longitud igual, cuatrocientos sesenta y seis mil novecientos catorce punto noventa y un metros; Latitud igual, doscientos noventa y seis mil ochenta
y uno punto treinta y seis metros. Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela cuatrocientos once (parte oriente de la porción de
rocas ígneas emanadas de la erupción del Volcán de San Salvador o Quezaltepec, denominada Reserva Forestal "Lava Nueva"), del sector cero cinco
quince R veintiuno; para el municipio de San Juan Opico, parcela cuatrocientos once (parte poniente de la porción de rocas ígneas emanadas de la
erupción del Volcán de San Salvador o Quezaltepec, denominada Reserva Forestal "Lava Nueva"), del sector cero cinco quince R veintiuno.
Tramo tres, del punto número ocho al punto número nueve. Con rumbo Sureste, en línea recta, por linderos de parcelas; hasta encontrar el
borde del cráter del volcán de San Salvador, conocido como El Boquerón, lugar donde se ubica el punto número nueve. Con una distancia aproximada
de cinco mil trescientos setenta y seis punto cero cuatro metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta y nueve mil doscientos
sesenta y cinco punto cuarenta y dos metros; Latitud igual, doscientos noventa y un mil cuatrocientos seis punto cincuenta y ocho metros. Sus colin-
dantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela cuatro del sector cero cinco doce R catorce, parcelas doce, y uno ambas del sector cero cinco
doce R quince, parcelas ciento sesenta y cinco, ciento sesenta y cuatro, ciento cincuenta y uno, ciento cincuenta y dos, doscientos treinta y doscientos
quince, todas del sector cero cinco doce R dieciséis; para el municipio de San Juan Opico, parcelas cuatrocientos dieciocho, cuatrocientos diecinueve,
cuatrocientos dieciséis, todas del sector cero cinco quince R veintiuno, parcelas ochenta y seis, ochenta y cinco, ochenta y cuatro, ochenta y tres,
novecientos veinticinco y doscientos noventa y tres, todas del sector cero cinco quince R veintitrés.
Tramo cuatro, del punto número nueve al punto número diez. Con rumbo Sur quince grados, tres minutos, cuarenta y ocho punto cero tres
segundos Oeste, sobre el cráter del volcán de San Salvador, conocido como El Boquerón; hasta llegar a la parte baja del centro de dicho cráter, lugar
donde se ubica el punto número diez. Con una distancia aproximada de setecientos noventa y seis punto veintinueve metros. Sus coordenadas son
Longitud igual, cuatrocientos sesenta y nueve mil cincuenta y ocho punto cuarenta y ocho metros; Latitud igual, doscientos noventa mil seiscientos
treinta y siete punto sesenta y cinco metros. Sus colindantes son, el cráter del volcán El Boquerón para ambos municipios.
Punto Común de llegada. Es el que se describe como punto número diez, se encuentra ubicado en la parte baja del centro del cráter, del volcán
de San Salvador conocido como El Boquerón, al mismo tiempo es punto común para los municipios de Colón, San Juan Opico, Quezaltepeque, Santa
Tecla, todos del departamento de La Libertad y Nejapa, del departamento de San Salvador.
LIC. CARLOS ANTONIO FIGUEROA, JOSÉ ANTONIO ORTIZ,
ALCALDE MUNICIPAL DE QUEZALTEPEQUE. SÍNDICO MUNICIPAL DE QUEZALTEPEQUE.
ING. ROMEO JOSÉ BARILLAS PANILLA, MAYOR JOSÉ RAÚL ORELLANA MOLINA,
ALCALDE MUNICIPAL DE SAN JUAN OPICO. SÍNDICO MUNICIPAL DE SAN JUAN OPICO.
DR. JOSÉ ENRIQUE ARGUMEDO CASULA, ING. RIGOBERTO OVIDIO MAGAÑA CHAVARRÍA,
DIRECTOR EJECUTIVO DEL DIRECTOR DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO
CENTRO NACIONAL DE REGISTROS. Y DEL CATASTRO NACIONAL.
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ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN
NÚMERO DOS. LIBRO DOS. En la ciudad de San Salvador, Departa-
mento de San Salvador, a las diecisiete horas y treinta minutos del día
treinta y uno de julio de dos mil trece. Ante mí, FRANCISCO ANTONIO
MARTÍNEZ VILLALOBOS, Notario, de este domicilio, comparecen
los señores: GILBERTO ALFONSO FAJARDO CÁRCAMO, de trein-
ta y ocho años, estudiante, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Depar-
tamento de La Libertad, a quien hoy conozco e identifi co por medio de
su Documento Único de Identidad número cero dos nueve dos siete
siete uno tres- siete y Número de Identifi cación Tributaria: cero uno cero
nueve guión dos cero cero tres siete cinco guión uno cero uno guión
cero; JOSÉ DANIEL MONGE ARTIGA, de treinta y seis años, Abo-
gado, del domicilio de San Salvador, a quien hoy conozco e identifi co
por medio de su Documento Único de Identidad Número cero dos siete
cinco dos seis dos uno- tres y Número de Identifi cación Tributaria: cero
seis uno cuatro guión dos dos cero tres siete siete guión uno uno cero
guión cero; RAUL ERNESTO TORREZ PAZ, de cuarenta y cinco años,
consultor, del domicilio de la ciudad de Santa Tecla, Departamento de
La Libertad, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Docu-
mento Único de Identidad Número cero uno ocho ocho cinco cinco
nueve dos - dos y Número de Identifi cación Tributaria: uno uno dos tres
guión dos siete cero nueve seis siete guión uno cero dos guión dos; JUAN
JOSÉ ORTIZ, de cuarenta años de edad, Licenciado en Administración
de Empresas, del domicilio de San Salvador, persona que hoy conozco
e identifi co a través de su Documento Único de Identidad número: cero
cero ocho tres ocho cuatro nueve siete guión nueve y Número de Iden-
tifi cación Tributaria: cero seiscientos catorce guión dos ocho cero cuatro
siete tres guión uno uno ocho guión uno; y ME DICEN: Que por una-
nimidad acuerdan la aprobación de los siguientes puntos: PRIMERO:
Se acuerda constituir una fundación de carácter apolítico, no lucrativa,
ni religiosa que se denominará FUNDACIÓN ALTERNATIVAS. SE-
GUNDO: Se aprueban íntegramente los estatutos que regirán la funda-
ción creada, que consta de treinta y dos artículos que se transcribirán a
continuación: ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN ALTERNATIVAS.
CAPÍTULO I. NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y
PLAZO. ARTÍCULO UNO. Créase en la ciudad de San Salvador,
Departamento de San Salvador, la Fundación de nacionalidad Salvado-
reña, que se denominará Fundación Alternativas, como una Entidad
apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se
denominará " La Fundación". ARTÍCULO DOS. El domicilio de la
Fundación será la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad,
pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera
de él. ARTÍCULO TRES. La Fundación se constituye por tiempo inde-
fi nido. CAPÍTULO II. OBJETO O FINALIDAD. ARTÍCULO CUATRO.
Los fi nes u objetos de la fundación consisten en: a) Promover la inves-
tigación y el análisis de la realidad nacional y regional en temas relativos
a lo social, político, cultural, económico y ambiental. b) Fomentar la
generación y capacidad de propuesta sobre políticas públicas nacionales
y regionales así como La promoción, divulgación y gestión de estudios
de investigación académica sobre las mismas, que incidan en el desa-
rrollo nacional y regional. c) Promover el desarrollo y la generación de
espacios de discusión y debate sobre temas de políticas públicas nacio-
nales y regionales. d) Promover, fomentar y desarrollar la cultura de la
democracia y la gobernabilidad democrática, la transparencia institu-
cional, la ética, la justicia y la paz a nivel nacional y regional. e) Esta-
blecer mecanismos de cooperación interinstitucional con instancias de
gobierno, organización no gubernamental, Universidades y sociedad
civil a nivel nacional e internacional para el impulso de políticas públi-
cas que favorezcan el desarrollo del país. f) Gestionar, con entidades
públicas y privadas a nivel nacional e internacional, recursos humanos,
materiales y económicos para el impulso de los procesos de formulación
de políticas públicas. CAPÍTULO III. DEL PATRIMONIO. ARTÍCU-
LO CINCO. El Patrimonio de la Fundación estará constituido por: a)
Un aporte inicial de Un Mil Doscientos Dólares de los Estados Unidos
de América, equivalentes a Diez Mil Quinientos Colones, que los miem-
bros fundadores han pagado. La aportación en dinero relacionado
queda en poder y bajo la responsabilidad de la Junta Directiva; b)
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Donaciones, herencias, legados, fi deicomisos, contribuciones de perso-
nas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamente; y
c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas
provenientes de los mismos de conformidad con la ley. ARTÍCULO
SEIS. El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme
a las directrices que le manifi este la Asamblea General. CAPÍTULO IV.
DEL GOBIERNO DE LA FUNDACIÓN. ARTÍCULO SIETE. El go-
bierno de la Fundación será ejercido por: a) La Asamblea General; y b)
La Junta Directiva. CAPÍTULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL.
ARTÍCULO OCHO.- La Asamblea General, debidamente convocada,
es la autoridad máxima de la Fundación y estará integrada por la totali-
dad de los miembros Fundadores. ARTÍCULO NUEVE. La Asamblea
General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamen-
te cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General
sesionará válidamente con la asistencia de tres de sus miembros como
mínimo de los Miembros en primera convocatoria y en segunda convo-
catoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en los
casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las
resoluciones las tomará la Asamblea General con tres votos, excepto en
los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente. En caso
de empate en las votaciones, el que preside la sesión tendrá voto reso-
lutivo. ARTÍCULO DIEZ. Todo miembro que no pudiera asistir a
cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados
podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de
representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su re-
presentado. ARTÍCULO ONCE. Son atribuciones de la Asamblea
General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miem-
bros de la Junta Directiva; b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos
y el Reglamento Interno de la Fundación; c) Aprobar y/o modifi car los
planes, programas o presupuesto anual de la Fundación; d) Aprobar o
desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Fundación, presentada
por la Junta Directiva; e) Decidir sobre la compra, venta o enajenación
de los bienes inmuebles pertenecientes a la Fundación; y f) Decidir todos
aquellos asuntos de interés para la Fundación y que no estén contem-
plados en los presentes Estatutos. CAPÍTULO VI. DE LA JUNTA
DIRECTIVA. ARTÍCULO DOCE. La dirección y administración de la
Fundación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada
de la siguiente forma: Un Presidente, un Vicepresidente, Secretario, y
un Tesorero. La Junta Directiva administrará y dispondrá del patrimonio
de la misma, en los términos que establezcan las leyes y estos Estatutos.
ARTÍCULO TRECE. Los miembros de la Junta Directiva serán electos
para un período de dos años, pudiendo ser reelectos. ARTÍCULO CA-
TORCE. La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y
extraordinariamente cuantas veces sea necesario. ARTÍCULO QUINCE.
El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será de
tres de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayo-
ría de los asistentes. En caso de existir empate el Presidente tendrá voto
de calidad. ARTÍCULO DIECISEIS. La Junta Directiva tendrá las si-
guientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el
logro de los fi nes de la Fundación; b) Velar por la administración efi -
ciente y efi caz del patrimonio de la Fundación; c) Elaborar la Memoria
Anual de Labores de la Fundación; d) Promover la elaboración de planes,
programas, proyectos y presupuestos de la Fundación e informar a la
Asamblea General; e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Re-
glamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General y
de la misma Junta Directiva; f) Convocar a sesiones ordinarias y ex-
traordinarias de Asamblea General; g) Resolver todos los asuntos que
no sean competencia de la Asamblea General. ARTÍCULO DIECISIE-
TE. Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las sesiones Ordinarias
y Extraordinarias de Asamblea General; b) Velar por el cumplimiento
de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea
General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación;
c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Fundación, pudiendo
otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva; d) Convocar
a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la
Junta Directiva; e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones
que tenga que hacer la Fundación; y f) Presentar la Memoria de Labores
de la Fundación y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.
ARTÍCULO DIECIOCHO. Son atribuciones del Vice-presidente: a)
Cumplir con todas las atribuciones del Presidente, incluida la represen-
tación, en ausencia o impedimento de éste, previa autorización de la
Junta Directiva, siempre que dicha ausencia no se prolongue por más
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de sesenta días o por el período que los demás miembros de la Junta
Directiva le concedan por motivos de fuerza mayor; b) Brindará su total
colaboración al Presidente. ARTÍCULO DIECINUEVE. Son atribucio-
nes del Secretario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de
Asamblea General y de Junta Directiva; b) Llevar el archivo de docu-
mentos y registros de los miembros de la Fundación; c) Extender todas
las certifi caciones que fueran solicitadas a la fundación; d) Hacer y
enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones; e) Ser el
órgano de comunicación de la Fundación. ARTÍCULO VEINTE. Son
atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la
Fundación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione; b)
Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Funda-
ción; y c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que
la Fundación tenga que realizar. CAPÍTULO VII. DE LOS MIEMBROS
FUNDADORES. ARTÍCULO VEINTIUNO. Son MIEMBROS FUN-
DADORES todas aquellas personas que han contribuido al fondo inicial
con el cual se constituye la Fundación. Los fundadores podrán designar
distinciones honorarias a todas aquellas personas que por su labor y
méritos en favor de la Fundación sean así nombrados por la Asamblea
General, así como también a todas aquellas personas naturales o jurídi-
cas, Instituciones, Entidades y Organismos Nacionales o Extranjeros,
así como Empresas que mediante invitación de la Junta Directiva apor-
ten contribuciones signifi cativas a la Fundación en efectivo o en especies
de acuerdo al criterio que para tal efecto establezca la Junta Directiva.
ARTÍCULO VEINTIDÓS. Son derechos de los miembros Fundadores:
a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General; b)
Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos
de la Fundación; y c) Los demás que les señalen los Estatutos y Regla-
mento Interno de la Fundación. ARTÍCULO VEINTITRÉS. Son debe-
res de los miembros Fundadores: a) Asistir a las sesiones Ordinarias y
Extraordinarias de Asamblea General; b) Cooperar en el desarrollo de
aquellas actividades propias de la Fundación; c) Cumplir y hacer cum-
plir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resolu-
ciones de la Asamblea General; y d) Los demás que les señalen los
Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación. ARTÍCULO VEIN-
TICUATRO. La calidad de miembro fundador se perderá por las causas
siguientes: a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno,
Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General; b) Por otras faltas
graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal
sanción; y c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
CAPÍTULO VIII. DE LA DISOLUCIÓN. ARTÍCULO VEINTICINCO.
No podrá disolverse la Fundación sino por disposición de la ley o por
resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a
ese efecto y con un número de tres votos. ARTÍCULO VEINTISÉIS.
En caso de acordarse la disolución de la Fundación se nombrará una
Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asam-
blea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que
sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a
cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General señale.
CAPÍTULO IX. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DIS-
CIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN.
ARTÍCULO VEINTISIETE. Los estatutos de la Fundación tendrán
fuerza obligatoria sobre las mismas y sus miembros estarán obligados
a obedecerlos bajo las siguientes sanciones: I) FALTAS LEVES: a) La
inasistencia continua e injustifi cada a las sesiones de Asamblea General
y de Junta Directiva, según sea el caso; b) Indisciplina de incumplimien-
to de las funciones asignadas; II) FALTAS GRAVES: a) Promover
actividades contrarias a los fi nes de la fundación; b) Disponer del patri-
monio de la Fundación para fi nes particulares; c) Malversación de
fondos. III) SANCIONES. Los miembros de la Fundación se harán
acreedores a las medidas disciplinarias siguientes: a) Si cometiere una
falta leve, será amonestado por escrito por la Junta Directiva. b) Al
cometer una falta grave, podrá ser expulsado por acuerdo tomado en
Asamblea General con la votación de seis de los miembros fundadores
de la Fundación. IV) PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN. a) EN
CASOS DE FALTAS LEVES. Al tener conocimiento la Junta Directi-
va de una falta leve cometida por uno de los miembros de la Fundación,
deberá convocarlo inmediatamente a la próxima sesión, en la que en
forma conjunta se revisará la falta cometida y la Junta Directiva resol-
verá lo que corresponda; b) EN CASOS DE FALTAS GRAVES. La
Junta Directiva conocerá de las faltas graves cometidas por los miembros
de acuerdo con el procedimiento siguiente: Uno) Conocida la falta se
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comunicará al miembro para que dentro de los tres días hábiles siguien-
tes presente prueba en su defensa. Dos) Transcurrido dicho plazo, la
Junta Directiva decidirá si procede o no la sanción correspondiente, la
Junta Directiva deberá convocar a la Asamblea General para ratifi car
dicha sanción. Tres) Comunicada la sanción, el miembro tendrá derecho
a apelar ante la Asamblea General, dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a su notifi cación; y planteada la apelación deberá convocarse
a Asamblea General para que conozca del asunto; en la sesión deberá
oírse al sancionado y resolver dentro de la misma. CAPÍTULO X.
DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO VEINTIOCHO. Para
reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favo-
rable de tres de los miembros en Asamblea General convocada para tal
efecto. ARTÍCULO VEINTINUEVE. Los documentos sujetos a regis-
tro deberán ser presentados dentro de los quince días siguientes a su
formalización. ARTÍCULO TREINTA. Todo lo relativo al orden inter-
no de la Fundación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá
en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por
la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. ARTÍCULO
TREINTA Y UNO. La Fundación se regirá por los presentes Estatutos
y demás disposiciones legales aplicables. ARTÍCULO TREINTA Y
DOS. Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su
publicación en el Diario Ofi cial. TERCERO. Que de conformidad al
artículo doce de los presentes estatutos, proceden a elegir a la Junta
Directiva de la Fundación, la cual por decisión unánime de los compa-
recientes queda integrada de la siguiente manera: PRESIDENTE:
GILBERTO ALFONSO FAJARDO CÁRCAMO. VICEPRESIDENTE:
RAÚL ERNESTO TORRES PAZ. SECRETARIO: JOSÉ DANIEL
MONGE ARTIGA. TESORERO: JUAN JOSÉ ORTÍZ. YO, EL NO-
TARIO: DOY FE: Que híce saber a los comparecientes, la advertencia
que señala el artículo noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Fun-
daciones sin Fines de Lucro, cerciorándome que los conocen, compren-
den y por eso otorgan el presente instrumento. Así se expresaron los
comparecientes, a quienes expliqué los efectos legales de este instru-
mento; y leído que les hube lo escrito en un solo acto, ratifi can su con-
tenido y fi rmamos. DOY FE. Entrelíneas: Organización no Guberna-
mental-Vale. Enmendados: siete siete- uno cero nueve guión dos
cero- tres-Valen. Más entrelíneas: -dos-Un-Valen.Más enmendados: San
Salvador-San Salvador-Valen. Más entrelíneas: ARTÍCULO TRECE.-
Vale.
FRANCISCO ANTONIO MARTÍNEZ VILLALOBOS,
NOTARIO.
PASO ANTE MI, DEL FOLIO TRES FRENTE AL FOLIO SIETE
FRENTE, DE MI LIBRO DE PROTOCOLO NÚMERO DOS, QUE
VENCE EL DÍA VEINTIDÓS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATOR-
CE; Y PARA SER ENTREGADO A LA FUNDACIÓN ALTERNATI-
VAS, EXTIENDO, FIRMO Y SELLO EL PRESENTE TESTIMONIO,
EN LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE JULIO
DEL AÑO DOS MIL TRECE.
FRANCISCO ANTONIO MARTÍNEZ VILLALOBOS,
NOTARIO.
ES CONFORME con su original con el cual se confrontó en el Registro
de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de
Gobernación, San Salvador, a las once horas del día veinticuatro de
abril del año dos mil catorce.
LICDA. ANA DELMY MENDOZA CAMPOS,
DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO DE ASOCIACIONES Y
FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.
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ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN ALTERNATIVAS
CAPÍTULO I.
NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO.
Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de San
Salvador, la Fundación de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará
Fundación Alternativas, como una Entidad apolítica, no lucrativa, ni
religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará " La Funda-
ción".
Art. 2.- El domicilio de la Fundación será la ciudad de Santa Tecla,
Departamento de La Libertad, pudiendo establecer fi liales en todo el
territorio de la República y fuera de él.
Art. 3.- La Fundación se constituye por tiempo indefi nido.
CAPÍTULO II
OBJETO O FINALIDAD
Art. 4.- Los fi nes u objetos de la fundación consisten en:
a) Promover la investigación y el análisis de la realidad nacional
y regional en temas relativos a lo social, político, cultural,
económico y ambiental.
b) Fomentar la generación y capacidad de propuesta sobre polí-
ticas públicas nacionales y regionales así como la promoción,
divulgación y gestión de estudios de investigación académica
sobre las mismas, que incidan en el desarrollo nacional y
regional.
c) Promover el desarrollo y la generación de espacios de dis-
cusión y debate sobre temas de políticas públicas nacionales
y regionales.
d) Promover, fomentar y desarrollar la cultura de la democracia y
la gobernabilidad democrática, la transparencia institucional,
la ética, la justicia y la paz a nivel nacional y regional.
e) Establecer mecanismos de cooperación interinstitucional
con instancias de gobierno, organización no gubernamental,
Universidades y sociedad civil a nivel nacional e internacio-
nal para el impulso de políticas públicas que favorezcan el
desarrollo del país.
f) Gestionar, con entidades públicas y privadas a nivel nacional
e internacional, recursos humanos, materiales y económicos
para el impulso de los procesos de formulación de políticas
públicas.
CAPÍTULO III
DEL PATRIMONIO
Art. 5.- El Patrimonio de la Fundación estará constituido por:
a) Un aporte inicial de Un Mil Doscientos Dólares de los
Estados Unidos de América, equivalentes a Diez Mil Qui-
nientos Colones, que los miembros fundadores han pagado.
La aportación en dinero relacionado queda en poder y bajo
la responsabilidad de la Junta Directiva;
b) Donaciones, herencias, legados, fi deicomisos, contribuciones
de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras,
respectivamente; y
c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las
rentas provenientes de los mismos de conformidad con la
ley.
Art. 6.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva
conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.
CAPÍTULO IV
DEL GOBIERNO DE LA FUNDACIÓN
Art. 7.- El gobierno de la Fundación será ejercido por:
a) La Asamblea General; y
b) La Junta Directiva.
CAPÍTULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la
autoridad máxima de la Fundación y estará integrada por la totalidad
de los miembros Fundadores.
Art. 9.- La Asamblea General, se reunirá ordinariamente una
vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta
Directiva.
La Asamblea General sesionará validamente con la asistencia de
tres de sus miembros como mínimo de los Miembros en primera con-
vocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros
que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor
número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General
con tres votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una
mayoría diferente. En caso de empate en las votaciones, el que preside
la sesión tendrá voto resolutivo.
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Art. 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las
sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse
representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones
es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.
Art. 11.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros
de la Junta Directiva;
b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Fundación;
c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto
anual de la Fundación;
d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la
Fundación, presentada por la Junta Directiva;
e) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes
inmuebles pertenecientes a la Fundación; y
f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Fundación
y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
CAPÍTULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 12.- La dirección y administración de la Fundación estará
confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente
forma: Un Presidente, un Vicepresidente, Secretario, y un Tesorero.
La Junta Directiva administrará y dispondrá del patrimonio de la
misma, en los términos que establezcan las leyes y estos Estatutos.
Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un
período de dos años, pudiendo ser reelectos.
Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al
mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Art. 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda
sesionar será de tres de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados
por la mayoría de los asistentes. En caso de existir empate el Presidente
tendrá voto de calidad.
Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los
fi nes de la Fundación;
b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio
de la Fundación;
c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación;
d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos
y presupuestos de la Fundación e informar a la Asamblea
General;
e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento
Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General
y de la misma Junta Directiva;
f) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea
General;
g) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la
Asamblea General.
Art. 17.- Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General;
b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de
la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los
Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación;
c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Fundación,
pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta
Directiva;
d) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la
Asamblea General y de la Junta Directiva;
e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que
tenga que hacer la Fundación; y
f) Presentar la Memoria de Labores de la Fundación y cualquier
informe que le sea solicitado por la misma.
Art. 18.- Son atribuciones del Vice-presidente:
a) Cumplir con todas las atribuciones del Presidente, incluida
la representación, en ausencia o impedimento de éste, previa
autorización de la Junta Directiva, siempre que dicha ausencia
no se prolongue por más de sesenta días o por el período que
los demás miembros de la Junta Directiva le concedan por
motivos de fuerza mayor;
b) Brindará su total colaboración al Presidente.
Art. 19.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General
y de Junta Directiva;
b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros
de la Fundación;
c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la
fundación;
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las
sesiones;
e) Ser el órgano de comunicación de la Fundación.
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Art. 20.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y depositar los fondos que la Fundación obtenga, en
el Banco que la Junta Directiva seleccione;
b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad
de la Fundación; y
c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que
la Fundación tenga que realizar.
CAPÍTULO VII
DE LOS MIEMBROS FUNDADORES
Art. 21.- Son MIEMBROS FUNDADORES, todas aquellas per-
sonas que han contribuido al fondo inicial con el cual se constituye la
Fundación. Los fundadores podrán designar distinciones honorarias a
todas aquellas personas que por su labor y méritos en favor de la Funda-
ción sean así nombrados por la Asamblea General, así como también a
todas aquellas personas naturales o jurídicas, Instituciones, Entidades y
Organismos Nacionales o Extranjeros, así como Empresas que mediante
invitación de la Junta Directiva aporten contribuciones signifi cativas a
la Fundación en efectivo o en especies de acuerdo al criterio que para
tal efecto establezca la Junta Directiva.
Art. 22.- Son derechos de los miembros Fundadores:
a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-
neral;
b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen
los Estatutos de la Fundación; y
c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Fundación.
Art. 23.- Son deberes de los miembros Fundadores:
a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General;
b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de
la Fundación;
c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General;
y
d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Fundación.
Art. 24.- La calidad de miembro fundador se perderá por las causas
siguientes:
a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos
y Resoluciones de la Asamblea General;
b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea
General merezcan tal sanción; y
c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
CAPÍTULO VIII
DE LA DISOLUCIÓN
Art. 25.- No podrá disolverse la Fundación sino por disposición
de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,
convocada a ese efecto y con un número de tres votos.
Art. 26.- En caso de acordarse la disolución de la Fundación se
nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas
por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los
bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se do-
narán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General
señale.
CAPÍTULO IX
SANCIONES A LOS MIEMBROS,
MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN.
Art. 27.- Los estatutos de la Fundación tendrán fuerza obligatoria
sobre las mismas y sus miembros estarán obligados a obedecerlos bajo
las siguientes sanciones:
I) FALTAS LEVES:
a) La inasistencia continua e injustifi cada a las sesiones de
Asamblea General y de Junta Directiva, según sea el caso;
b) Indisciplina de incumplimiento de las funciones asignadas;
II) FALTAS GRAVES:
a) Promover actividades contrarias a los fi nes de la funda-
ción;
b) Disponer del patrimonio de la Fundación para fi nes particu-
lares;
c) Malversación de fondos.
III) SANCIONES:
Los miembros de la Fundación se harán acreedores a las
medidas disciplinarias siguientes:
a) Si cometiere una falta leve, será amonestado por escrito por
la Junta Directiva.
b) Al cometer una falta grave, podrá ser expulsado por acuerdo
tomado en Asamblea General con la votación de seis de los
miembros fundadores de la Fundación.
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IV) PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN:
a) EN CASOS DE FALTAS LEVES: Al tener conocimiento
la Junta Directiva de una falta leve cometida por uno de los
miembros de la Fundación, deberá convocarlo inmediata-
mente a la próxima sesión, en la que en forma conjunta se
revisará la falta cometida y la Junta Directiva resolverá lo
que corresponda;
b) EN CASOS DE FALTAS GRAVES: La Junta Directiva
conocerá de las faltas graves cometidas por los miembros
de acuerdo con el procedimiento siguiente:
1) Conocida la falta se comunicará al miembro para que
dentro de los tres días hábiles siguientes presente prueba
en su defensa.
2) Transcurrido dicho plazo, la Junta Directiva decidirá
si procede o no la sanción correspondiente, la Junta
Directiva deberá convocar a la Asamblea General para
ratifi car dicha sanción.
3) Comunicada la sanción, el miembro tendrá derecho a
apelar ante la Asamblea General, dentro de las cuarenta
y ocho horas siguientes a su notifi cación; y planteada
la apelación deberá convocarse a Asamblea General
para que conozca del asunto; en la sesión deberá oírse
al sancionado y resolver dentro de la misma.
CAPÍTULO X
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 28.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será ne-
cesario el voto favorable de tres de los miembros en Asamblea General
convocada para tal efecto.
Art. 29.- Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados
dentro de los quince días siguientes a su formalización.
Art. 30.- Todo lo relativo al orden interno de la Fundación no com-
prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de
la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado
por la Asamblea General.
Art. 31.- La Fundación se regirá por los presentes Estatutos y demás
disposiciones legales aplicables.
Art. 32.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día
de su publicación en el Diario Ofi cial.
DECRETO No. 63
EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA REPÚBLICA DE EL SALVA-
DOR,
DECRETA:
Art. 1.- Declárase legalmente establecida la FUNDACIÓN ALTER-
NATIVAS, constituida en la ciudad de San Salvador, Departamento de
San Salvador, a las diecisiete horas y treinta minutos del día treinta y uno
de julio de dos mil trece, por Escritura Pública, otorgada ante los ofi cios
del Notario FRANCISCO ANTONIO MARTÍNEZ VILLALOBOS.
Art. 2.- Apruébense en todas sus partes los Estatutos de la citada
institución, los cuales constan de TREINTA Y DOS Artículos, por no
contener nada contrario a las leyes del país y confi éresele el carácter de
Persona Jurídica de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones
y Fundaciones sin Fines de Lucro.
Art. 3.- Publíquense los referidos Estatutos en el Diario Ofi cial e
inscríbase en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de
Lucro FUNDACIÓN ALTERNATIVAS.
Art. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su
publicación en el Diario Ofi cial.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinte
días del mes de mayo de dos mil catorce.
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
Presidente de la República.
GREGORIO ERNESTO ZELAYANDÍA CISNEROS,
Ministro de Gobernación.
(Registro No. C003059)
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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
RAMO DE GOBERNACION
ESTATUTOS DE LA IGLESIA
PROFÉTICA CRISTO TE LLAMA,
MANANTIALES DE AGUA VIVA.
CAPÍTULO I.
NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO.
Artículo UNO.- Créase en la ciudad de San Julián, departamento de Sonsonate, la Iglesia de nacionalidad salvadoreña, que se denominará IGLESIA PROFÉTICA CRISTO TE LLAMA, MANANTIALES DE AGUA VIVA, y que podrá abreviarse "IGLESIA MANANTIALES DE AGUA VIVA", como una Entidad de interés particular y religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará "La Iglesia".
Artículo DOS.- El domicilio de la Iglesia será la ciudad de San Julián, departamento de Sonsonate, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él.
Artículo TRES.- La Iglesia se constituye por tiempo indefi nido.
CAPÍTULO II.
FINES.
Artículo CUATRO.- Los fi nes de la Iglesia serán:
a) La proclamación, publicación y enseñanza del mensaje del Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo conforme a lo precep-tuado por la Santa Biblia.
b) Elevar el estado espiritual y moral de los miembros.
c) Difundir el conocimiento de la Biblia predicando sus princi-pios; y
d) Entablar y mantener relaciones con otras Iglesias u organismos nacionales e internacionales que persigan fi nalidades similares a los de la IGLESIA PROFÉTICA CRISTO TE LLAMA, MANANTIALES DE AGUA VIVA.
CAPÍTULO III.
DE LOS MIEMBROS.
Artículo CINCO.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.
Artículo SEIS.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de miem-bros:
a) Miembros Fundadores
b) Miembros Activos.
c) Miembros Honorarios.
Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que
suscriban el Acta de Constitución de la Iglesia.
Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta
Directiva acepte como tales en la Iglesia.
Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que
por su labor y méritos en favor de la Iglesia sean así nombrados por la
Asamblea General.
Artículo SIETE.- Son derechos de los miembros Fundadores y
Activos:
a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-
neral.
b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen
los Estatutos de la Iglesia.
c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Iglesia.
Artículo OCHO.- Son deberes de los miembros Fundadores y
Activos:
a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General.
b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de
la Iglesia.
c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.
d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.
e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Iglesia.
Artículo NUEVE.- La calidad de miembro se perderá por las causas
siguientes:
a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos
y resoluciones de la Asamblea General.
b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea
General merezcan tal sanción.
c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
CAPÍTULO IV.
DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA.
Artículo DIEZ.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:
a) La Asamblea General; y
b) La Junta Directiva.
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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
CAPÍTULO V.
DE LA ASAMBLEA GENERAL.
Artículo ONCE.- La Asamblea General, debidamente convocada,
es la autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad
de los miembros Activos y Fundadores.
Artículo DOCE.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente
una vez al año, y Extraordinariamente cuando fuere convocada por la
Junta Directiva. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por
mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se
requiera una mayoría diferente.
Artículo TRECE.- Todo miembro que no pudiera asistir a cual-
quiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados,
podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de
representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su
representado.
Artículo CATORCE.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros
de la Junta Directiva.
b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Iglesia.
c) Aprobar y/o modifi car los Planes, Programas o Presupuesto
Anual de la Iglesia.
d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la
Iglesia, presentada por la Junta Directiva.
e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los
miembros.
f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes
inmuebles pertenecientes a la Iglesia.
g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y
que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
CAPÍTULO VI.
DE LA JUNTA DIRECTIVA.
Artículo QUINCE.- La dirección y administración de la Iglesia
estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente
forma: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero y tres Vocales.
Artículo DIECISÉIS.- Los miembros de la Junta Directiva serán
electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos.
Artículo DIECISIETE.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamen-
te una vez al mes, y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Artículo DIECIOCHO.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.
Artículo DIECINUEVE.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Iglesia.
b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio de la Iglesia.
c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de Iglesia.
d) Promover la elaboración de Planes, Programas, Proyectos y Presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea Gene-ral.
e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva.
f) Nombrar de entre los miembros de la Iglesia los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fi nes de la Iglesia.
g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General.
h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General.
i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General.
Artículo VEINTE.- Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General.
b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.
c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.
d) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Iglesia.
f) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.
Artículo VEINTIUNO.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva.
b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Iglesia.
c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la Iglesia.
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones.
e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.
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Artículo VEINTIDÓS.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el
Banco que la Junta Directiva seleccione.
b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad
de la Iglesia.
c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que
la Iglesia tenga que realizar.
Artículo VEINTITRÉS.- Son atribuciones de los Vocales:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Directiva.
b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de
ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce
literal a) de estos Estatutos.
CAPÍTULO VII.
DEL PATRIMONIO.
Artículo VEINTICUATRO.- El Patrimonio de la Iglesia estará
constituido por:
a) Las cuotas de los miembros.
b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas
naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-
mente.
c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las
rentas provenientes de los mismos de conformidad con la
ley.
Artículo VEINTICINCO.- El Patrimonio será administrado por la
Junta Directiva conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea
General.
CAPÍTULO VIII.
DE LA DISOLUCIÓN.
Artículo VEINTISÉIS.- No podrá disolverse la Iglesia sino por
disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General
Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que
represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.
Artículo VEINTISIETE.- En caso de acordarse la disolución de
la Iglesia se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco
personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó
la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus
compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la
Asamblea General señale.
CAPÍTULO IX.
DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo VEINTIOCHO.- Para reformar o derogar los presentes
Estatutos, será necesario el voto favorable de no menos del sesenta
por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal
efecto.
Artículo VEINTINUEVE.- La Junta Directiva tiene la obligación
de enviar al Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes
de enero de cada año, la nómina de los miembros y dentro de los cinco
días después de electa la nueva Junta Directiva, una Certifi cación del
Acta de elección de la misma, y en todo caso proporcionar al expresado
Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.
Artículo TREINTA.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia
no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento
Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva
y aprobado por la Asamblea General.
Artículo TREINTA Y UNO.- La IGLESIA PROFÉTICA CRISTO
TE LLAMA, MANANTIALES DE AGUA VIVA, se regirá por los
presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.
Artículo TREINTA Y DOS.- Los presentes Estatutos entrarán en
vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.
ACUERDO No. 069
San Salvador, 6 de marzo de 2014.
Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA PROFETICA
CRISTO TE LLAMA, MANANTIALES DE AGUA VIVA, que podrá
abreviarse "IGLESIA MANANTIALES DE AGUA VIVA", compuestos
de TREINTA Y DOS artículos, fundada en la ciudad de San Julián, De-
partamento de Sonsonate, a las quince horas del día veintisiete de octubre
del año dos mil trece, y no encontrando en ellos ninguna disposición
contraria a las leyes del país, de conformidad con los Artículos 26 de la
Constitución de la República, Art. 34 numeral 6 del Reglamento Interno
del Órgano Ejecutivo, y Arts. 542 y 543 del Código Civil, el Órgano
Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en
todas sus partes confi riendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA
JURÍDICA. b) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.- EL
MINISTRO DE GOBERNACION, GREGORIO ERNESTO ZELA-
YANDIA CISNEROS.
(Registro No. F013984)
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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION
ACUERDO No. 15-0012.-
San Salvador, 07 de enero de 2014
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, CONSIDERANDO: I) Que de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución
de la República de El Salvador, se establece que es obligación y fi nalidad primordial del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura
a la persona humana; así mismo se establece su responsabilidad de reglamentar, organizar e inspeccionar el sistema educativo, en los centros educa-
tivos ofi ciales y privados. En relación a lo anterior, compete al Ministerio de Educación, con base al Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento
Interno del Órgano Ejecutivo, autorizar las instituciones y servicios educativos que fueren necesarios, controlar y supervisar los centros ofi ciales y
privados de Educación, así como regular la creación, funcionamiento y nominación de los mismos; II) Que de conformidad a los Artículos 1, 12 y
80 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del servicio educativo de las instituciones ofi ciales y privadas;
para lo cual establece normas y mecanismos necesarios, que garanticen la calidad, efi ciencia y cobertura de la educación. En tal sentido la creación y
funcionamiento de los centros educativos privados se autorizan por Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Educación, el cual deberá sustentarse en com-
probaciones que garanticen la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y fi nancieros necesarios y el personal docente
califi cado de conformidad a los servicios que ofrezcan; III) Que el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación
de este Ministerio conoció sobre la solicitud de RECONOCIMIENTO DE DIRECTOR, dicha solicitud la presentó la señora Mirna Patricia Carranza
de Calderón, quien se identifi ca con Documento Único de Identidad N° 01920230-0, actuando en su calidad de propietaria del centro educativo privado
denominado LICEO "RAFAEL MENDOZA", propiedad que comprueba con Testimonio de Escritura Pública de venta, cesión y traspaso, celebrada
el día 19 de abril de 2013, ante los ofi cios notariales del Licenciado Juan Antonio Pérez González; el centro educativo antes mencionado se identifi ca
con el código N° 21202, con domicilio autorizado en 3a. Avenida Sur, N° 1-1, Municipio de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, proponiendo
para el cargo de Director de dicha institución al profesor RODRIGO ALFONSO HERNÁNDEZ conocido por RODRIGO ALFONSO NERIO, quien
se identifi ca con su Documento Único de Identidad N° 01027980-5, inscrito en el Registro de Escalafón Magisterial como RODRIGO ALFONSO
NERIO HERNÁNDEZ con Número de Identidad Profesional 1600205, como Profesor Docente Nivel dos guión cuarenta y nueve, en sustitución del
Profesor José María Contreras Gutiérrez, reconocido mediante Acuerdo N° 15-0103 de fecha 21 de enero de 2005; IV) Que después de comprobar la
legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, el Departamento de Acreditación Institucional de la
Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, mediante Resolución de fecha 13 de diciembre de 2013, resolvió RECONOCER COMO DIREC-
TOR de dicho centro educativo, al profesor RODRIGO ALFONSO HERNÁNDEZ conocido por RODRIGO ALFONSO NERIO, quien se identifi ca
con su Documento Único N° 01027980-5, Inscrito en el Registro de Escalafón Magisterial como RODRIGO ALFONSO NERIO HERNÁNDEZ con
Número de Identidad Profesional 1600205, como Profesor Docente Nivel dos guión cuarenta y nueve, en sustitución del Profesor José María Contreras
Gutiérrez, reconocido mediante Acuerdo N° 15-0103 de fecha 21 de enero de 2005. POR TANTO, de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de
la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, Artículos 1, 12 y 80
de la Ley General de Educación, Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente, Artículo 36 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente y en uso
de las facultades legales antes citadas, ACUERDA: 1) Confi rmar en todas sus partes la Resolución de fecha 13 de diciembre de 2013, emitida por el
Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, por medio de la cual se RECONOCE COMO
DIRECTOR, del Centro Educativo Privado denominado LICEO "RAFAEL MENDOZA", con código de infraestructura N° 21202, con domicilio
autorizado en 3a. Avenida Sur, N° 1-1, Municipio de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, al profesor RODRIGO ALFONSO HERNÁNDEZ
conocido por RODRIGO ALFONSO NERIO, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad N° 01027980-5, inscrito en el Registro de
Escalafón Magisterial como RODRIGO ALFONSO NERIO HERNÁNDEZ con Número de Identidad Profesional 1600205, como Profesor Docente
Nivel dos guión cuarenta y nueve, a partir del 13 de diciembre de 2013, en sustitución del Profesor José María Contreras Gutiérrez, según solicitud
presentada por la señora Mirna Patricia Carranza de Calderón, actuando en su calidad de propietaria del centro educativo en mención; 2) El presente
Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. PUBLÍQUESE.-
FRANZI HASBÚN BARAKE,
MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.
(Registro No. F013965)
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ACUERDO No. 15-0155.-
San Salvador, 20 de Enero de 2014
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecu-
tivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó JHOAN SEBASTIAN ACOSTA ALARCÓN, de nacionalidad
salvadoreña, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Octavo Grado, realizados en Basisschool Aventurjin, Standdaarbuiten, Holanda en el
año 2013, con los de Sexto Grado de nuestro país; II) Que según Resolución de fecha 9 de enero de 2014 emitida por el Departamento de Acredita-
ción Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y
el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base a los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales
vigentes, resolvió autorizar la Equivalencia de estudios de Octavo Grado obtenido por JHOAN SEBASTIAN ACOSTA ALARCÓN en Basisschool
Aventurjin, Standdaarbuiten, Holanda. POR TANTO de conformidad a lo establecido por los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y
Artículo 4 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media
y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento de equivalencia de los estudios de Octavo Grado cursados en
Basisschool Aventurjin, Standdaarbuiten, Holanda, a JHOAN SEBASTIAN ACOSTA ALARCÓN reconociéndole su validez académica dentro de
nuestro sistema educativo, para matricularse en Séptimo Grado de nuestro país, 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.-
FRANZI HASBÚN BARAKE,
MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.
(Registro No. F014012)
ACUERDO No. 15-0346.-
San Salvador, 19 de Febrero de 2014
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,
CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó MAURICIO JOAQUÍN PÉREZ RIVAS, de nacionalidad argentina,
solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Primer Año del Nivel de Educación Secundaria, Ciclo Básico, realizados en el Establecimiento
Educativo San Francisco de Asís, de la Ciudad de Villa Elisa, La Plata, República Argentina en el año 2012 con los de Octavo Grado de nuestro país;
II) Que según Resolución de fecha 11 de febrero de 2014 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Edu-
cación de este Ministerio, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con
base a los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Equivalencia de estudios de
Primer Año del Nivel de Educación Secundaria, Ciclo Básico, obtenido por MAURICIO JOAQUÍN PÉREZ RIVAS en el Establecimiento Educativo
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San Francisco de Asís, de la Ciudad de Villa Elisa, La Plata, República Argentina. POR TANTO de conformidad a lo establecido por los Artículos
59 y 62 de la Ley General de Educación y Artículo 4 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia en Educación Básica y Media e
Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento de equivalencia
de los estudios de Primer Año del Nivel de Educación Secundaria, Ciclo Básico, cursados en el Establecimiento Educativo San Francisco de Asís, de
la Ciudad de Villa Elisa, La Plata, República Argentina, a MAURICIO JOAQUÍN PÉREZ RIVAS reconociéndole su validez académica dentro de
nuestro sistema educativo, para matricularse en Noveno Grado de nuestro país. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.-
FRANZI HASBÚN BARAKE,
MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.
(Registro No. F014037)
ACUERDO No. 15-0654.-
San Salvador, 24 de abril de 2014
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM: En uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,
CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó NOEMY BEATRIZ PÉREZ GALEANO, de nacionalidad salvadoreña,
solicitando INCORPORACIÓN de su Diploma de Aprobación del Examen de Estado al fi nalizar los Estudios de Instrucción Secundaria Superior-
Orden Técnico, Perito para el Turismo, extendido por el Ministerio de Instrucción de la Universidad y de la Investigación, Milan, República de Italia
en el año 2013; II) Que según Resolución de fecha 22 de Abril de 2014 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección
Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos
legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación
del Diploma de Aprobación del Examen de Estado al fi nalizar los Estudios de Instrucción Secundaria Superior-Orden Técnico, Perito para el Turismo
extendido por el Ministerio de Instrucción de la Universidad y de la Investigación, Milan, República de Italia a favor de NOEMY BEATRIZ PÉREZ
GALEANO. POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para
Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales
vigentes. ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento e Incorporación del Diploma de Aprobación del Examen de Estado al fi nalizar los Estudios de
Instrucción Secundaria Superior-Orden Técnico, Perito para el Turismo extendido por el Ministerio de Instrucción de la Universidad y de la Investi-
gación, Milan, República de Italia a favor de NOEMY BEATRIZ PÉREZ GALEANO reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema
educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.-
FRANZI HASBÚN BARAKE,
MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.
(Registro No. F014062)
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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
ACUERDO No. 105.
San Salvador, 17 de junio del 2014.
EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, EN EL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL; I. CONSIDERANDO: a)
Que el Estado de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional es dueño y actual poseedor de un inmueble de naturaleza rústica, identifi cado como
segunda porción de la Hacienda San José, del Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, cuyo antecedente está inscrito a la Matrí-
cula número tres cero dos dos seis cuatro uno uno - cero cero cero cero cero del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del
Centro, Departamento de La Libertad, y es utilizado por la Brigada de Artillería; b) Que por sanidad jurídica y con el fi n de armonizar el área legal
con la física, es necesario efectuar Diligencias de Remedición de Inmuebles del bien raíz antes referido; c) Que de conformidad al Art. 193 Ordinal
5° de la Constitución de la República de El Salvador, corresponde al Fiscal General de la República representar al Estado en este tipo de Diligencias,
por lo que es procedente la intervención de ese Ministerio Público, para que comparezca al otorgamiento de las presentes Diligencias de Remedición
de Inmuebles del bien raíz que se detalla a continuación; II. DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL INMUEBLE SEGÚN ANTECEDENTE: Que el Esta-
do de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional es dueño y actual poseedor de un inmueble de naturaleza rústica inculto, situado en la jurisdic-
ción de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, que fue desmembrado de la Hacienda Pichichuela y constituye ahora la Hacienda San José,
que se describe así: de ciento sesenta y cuatro y media manzanas o sea ciento quince hectáreas quince áreas, que linda, AL ORIENTE, con el río
Sucio; AL NORTE, con terreno Valle San Nicolás, hoy de Mercedes Trujillo, río Sucio en medio; AL PONIENTE, con el de Rafael de Jesús Sol
Izaguirre y de la Hacienda San Nicolás, camino real en medio; y AL SUR, con la Hacienda El Sitio de la sucesión del Doctor Francisco Dueñas; que
el inmueble antes mencionado en la actualidad se haya dividido en dos porciones que se describen así: la primera, de ochenta y seis hectáreas noven-
ta y cinco áreas trescientos sesenta y seis metros cuadrados trece centímetros cuadrados, linda: AL NORTE, con terrenos del Valle San Nicolás hoy
de Mercedes Trujillo, río Sucio en medio; AL SUR, con la Hacienda El Sitio de la sucesión del Doctor Francisco Dueñas; AL ORIENTE, con el río
Sucio; y AL PONIENTE, con predio de Rafael Sol Izaguirre, camino de por medio y con la porción que se describirá, calle de por medio abierta en
el resto del terreno; y la segunda porción, de veintiocho hectáreas, linda: AL NORTE, termina en punta, con terreno de Rafael Sol Izaguirre, después
de la sucesión Argumedo, quien le vendió Hermógenes Arévalo y a Perfecta Navas, comprándole Jesús Ramírez Caravantes a Arévalo y María Emi-
lia Montoya heredó de Perfecta Navas, camino de por medio; AL SUR, con la Hacienda El Sitio de la sucesión de Francisco Dueñas, hoy Hacienda
San Andrés, de Dueñas Trigueros y Compañía; AL ORIENTE, con la porción antes descrita, calle de por medio abierta en el resto del terreno; y AL
PONIENTE, con el de Rafael de Jesús Sol Izaguirre, y de la Hacienda San Nicolás, hoy con terrenos de la Hacienda La Providencia de Ernesto Meléndez
Prado, camino real de por medio; que según medición practicada por los Ingenieros del Departamento de Ingeniería y Arquitectura del Ministerio de
Defensa y de Seguridad Pública la segunda porción en que se ha dividido el inmueble mayor, tiene realmente las siguientes medidas y colindancias,
de treinta y siete hectáreas ochenta y ocho áreas veintiséis centiáreas con setenta y dos centésimos de centiárea, equivalentes a cincuenta y cuatro
manzanas dos mil treinta y cinco varas cuadradas con ochenta y ocho centésimos de vara cuadrada; y se describe partiendo de la esquina Noroeste así:
Costado Norte, que en la descripción del inmueble general formó parte del lindero Poniente, partiendo del vértice número uno, representado en el
terreno por mojón de concreto con rumbo Sur ochenta y cinco grados treinta y cinco minutos veintiocho segundos Este y distancia de treinta metros
noventa y seis centímetros se llega al vértice número dos, del vértice número dos, con rumbo Sur ochenta y cuatro grados cuarenta minutos cincuen-
ta y siete segundos Este y distancia de veintiocho metros veintisiete centímetros encontramos el vértice número tres, del vértice número tres, con
rumbo Sur setenta y siete grados cincuenta y cinco minutos cincuenta y siete segundos Este y distancia de cuarenta metros ochenta centímetros en-
contramos el vértice número cuatro estos tres tramos colindan con terreno propiedad del señor Jesús Ramírez Caravantes, antes de Hermógenes Arévalo
quien le compró a la sucesión Argumedo quienes compraron a Rafael de Jesús Sol Izaguirre, camino de por medio a Caserío Minas, del vértice nú-
mero cuatro con rumbo Sur ochenta y tres grados veinticinco minutos once segundos Este y distancia de cuarenta y nueve metros treinta centímetros
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encontramos el vértice número cinco, del vértice número cinco con rumbo Sur setenta y nueve grados cincuenta y cinco minutos veintiún segundos
Este y distancia de treinta y cinco metros treinta y ocho centímetros encontramos el vértice número seis, representado en el terreno por un mojón de
concreto, estos dos tramos colindan con terrenos propiedad de María Emilia Montoya, quien heredó a Perfecta Navas que compró a la sucesión Ar-
gumedo quienes compraron a Rafael de Jesús Sol Izaguirre, camino de por medio a Caserío Minas; Costado Este u Oriente, del vértice número seis,
con rumbo Sur trece grados cuarenta y seis minutos cincuenta y ocho segundos Este y distancia de novecientos setenta y dos metros cincuenta y tres
centímetros y colindando con terrenos de la Hacienda San José, la cual en su origen formó parte de la Hacienda La Pichichuela propiedad del señor
Juan José Najarro padre, carretera de por medio a San Juan Opico, encontramos el vértice número siete representado en el terreno por mojón de
concreto; Costado Sur, del vértice número siete con rumbo Norte ochenta y tres grados diez minutos treinta y nueve segundos oeste y distancia de
doscientos sesenta y dos metros cincuenta y seis centímetros encontramos el vértice número ocho, del vértice número ocho con rumbo Norte
ochenta y tres grados cincuenta minutos trece segundos Oeste y distancia de trescientos ochenta y dos metros treinta y siete centímetros encontramos
el vértice número nueve representado en el terreno por mojón de concreto; ambos tramos colindan con terreno de propiedad de Dueñas Trigueros y
Compañía, Hacienda San Andrés antes Hacienda El Sitio de Francisco Dueñas; Costado Oeste o Poniente, del vértice número nueve con rumbo Norte
catorce grados nueve minutos veintiséis segundos Este y distancia de novecientos veinticinco metros setenta y ocho centímetros, colinda con terrenos
de la Hacienda La Providencia del señor Ernesto Meléndez Prado antes de Rafael de Jesús Sol Izaguirre y Hacienda San Nicolás, y llegamos al vér-
tice número uno que fue el punto de partida. Que el terreno mayor o Hacienda San José lo tiene inscrito a su favor, por el usufructo a favor del primero,
según inscripción número ciento cuatro del Libro ciento veintisiete, y a favor del segundo por la nuda propiedad, según inscripciones, ciento cincuenta y
uno del Lindero ciento treinta y siete, cincuenta y uno del Libro doscientos setenta y ocho, y noventa y seis del Libro doscientos cuarenta y nueve
todos del Departamento de La Libertad, III. DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL INMUEBLE SEGÚN LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO:
Descripción técnica de REMEDICIÓN de un inmueble de naturaleza rústica propiedad del Gobierno y Estado de El Salvador en el Ramo de la De-
fensa Nacional ubicado en Hacienda San José, Cantón San Nicolás Los Encuentros, carretera a San Juan Opico, kilometro treinta y siete y medio
jurisdicción de San Juan Opico, en el Departamento de La Libertad. El inmueble posee una extensión superfi cial de Trescientos ochenta mil ochocien-
tos seis punto noventa y nueve metros cuadrados y que parte del mojón Nororiente denominado como mojón Uno con coordenadas geodésicas longi-
tud: cuatrocientos sesenta mil novecientos doce punto veintidós y latitud: trescientos dos mil quinientos sesenta y tres punto cincuenta y dos, donde
inicia la presente descripción técnica: LINDERO ORIENTE: Partiendo del mojón uno se miden catorce tramos rectos Así: Tramo uno, con rumbo Sur
trece grados cincuenta y un minutos veintidós segundos Este y distancia de cuatrocientos veintiocho punto cuarenta y dos metros; Tramo dos, con
rumbo Sur trece grados treinta y tres minutos veintiocho segundos Este y distancia de veinte punto cuarenta y seis metros; Tramo tres, con rumbo Sur
doce grados cincuenta y ocho minutos cero cero segundos Este y distancia de sesenta y seis punto veintitrés metros; Tramo cuatro, con rumbo Sur
trece grados cuarenta y cuatro minutos cero un segundo Este y distancia de cero punto sesenta y tres metros; Tramo cinco, con rumbo Sur diecinueve
grados once minutos cincuenta y un segundos Este y distancia de uno punto cero cuatros metros; Tramo seis, con rumbo Sur trece grados veinticuatro
minutos cincuenta y dos segundos Este y distancia de tres punto veinticuatro metros; Tramo siete, con rumbo Sur catorce grados cincuenta minutos y
cuarenta y un segundos Este y distancia de ocho punto trece metros; Tramo ocho, con rumbo Sur doce grados cuarenta y dos minutos cero tres segun-
dos Este y distancia de cuatro punto cero un metros; Tramo nueve, con rumbo sur veinticuatro grados cuarenta y dos minutos y cero ocho segundos
Este y distancia de cero punto sesenta y siete metros; Tramo diez, con rumbo Sur trece grados treinta y cinco minutos y catorce segundos Este y dis-
tancia de ciento treinta y ocho punto setenta y tres metros; Tramo once, con rumbo Sur trece grados veinticinco minutos quince segundos Este y
distancia de doscientos sesenta y cuatro punto sesenta y siete metros; Tramo doce, con rumbo Norte setenta y tres grados cero nueve minutos y cua-
renta y ocho segundos Este y distancia de dos punto cuarenta y tres metros; Tramo trece, con rumbo Sur catorce grados treinta y un minutos cincuen-
ta y cuatro segundos Este y distancia de cuatro punto ochenta y tres metros; y Tramo catorce, con rumbo Sur once grados veintiún minutos treinta y
cinco segundos Este y distancia de quince punto noventa y nueve metros; se llega al mojón quince lindando los tramos anteriores con inmueble pro-
piedad de Universidad Centroamericana de El Salvador (UCA), con carretera a San Juan Opico, de por medio. LINDERO SUR: Partiendo del mojón
quince se miden treinta y ocho tramos rectos así: Tramo uno, con rumbo Norte ochenta y dos grados cuarenta y cinco minutos y cuarenta y nueve
segundos Oeste y distancia de diecisiete punto sesenta y un metros; Tramo dos, con rumbo Sur cero tres grados cero seis minutos y diecinueve segun-
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dos Oeste y distancia de dos punto setenta y siete metros; Tramo tres, con rumbo Norte ochenta y cuatro grados cuarenta y cuatro minutos y cuarenta
y tres segundos Oeste con distancia de noventa y nueve punto ochenta y seis metros; Tramo cuatro, con rumbo Norte setenta grados treinta y nueve
minutos y treinta y nueve segundos Oeste y distancia de seis punto setenta y seis metros; Tramo cinco, con rumbo Norte ochenta y tres grados treinta
y seis minutos y quince segundos Oeste y distancia de ciento veintidós punto sesenta y un metros; Tramo seis, con rumbo Norte ochenta y dos grados
cero cinco minutos y cincuenta y tres segundos Oeste y distancia de veinticinco punto treinta y seis metros; Tramo siete, con rumbo Norte ochenta
grados cincuenta y un minutos cuarenta y ocho segundos Oeste y distancia de treinta y tres punto dieciocho metros; Tramo ocho, con rumbo Norte
setenta y nueve grados dieciocho minutos y cincuenta segundos Oeste y distancia de veinticinco punto cincuenta y cuatros metros; Tramo nueve, con
rumbo Sur setenta y nueve grados treinta y un minutos cuarenta y seis segundos Oeste y distancia de dos punto diecinueve metros; Tramo diez, con
rumbo Norte setenta y siete grados treinta y ocho minutos y cincuenta ocho segundos Oeste y distancia de cuatro punto setenta y tres metros; Tramo
once, con rumbo Norte ochenta y cinco grados treinta y tres minutos y quince segundos Oeste y distancia de trece punto setenta y nueve metros;
Tramo doce, con rumbo Norte ochenta grados cincuenta y seis minutos y cuarenta y cuatro segundos Oeste y distancia de doce punto catorce metros;
Tramo trece, con rumbo Norte ochenta y un grados cero seis minutos y doce segundos Oeste y distancia de dieciocho punto ochenta y tres metros;
Tramo catorce, con rumbo Norte ochenta y cuatro grados cincuenta minutos y treinta y cuatro segundos Oeste y distancia de siete punto treinta y un
metros; Tramo quince, con rumbo Sur ochenta y nueve grados cincuenta y dos minutos y cero tres segundos Oeste y distancia de diez punto treinta y
un metros; Tramo dieciséis, con rumbo Norte ochenta y siete grados veintiséis minutos y cuarenta y cinco segundos Oeste y distancia de diez punto
cero siete metros; Tramo diecisiete, con rumbo Norte ochenta y dos grados veintiún minutos y treinta y siete segundos Oeste y distancia de diez
punto setenta y un metros; Tramo dieciocho, con rumbo Norte ochenta y nueve grados treinta y ocho minutos y cuarenta y ocho segundos Oeste y
distancia de catorce punto cuarenta y un metros; Tramo diecinueve, con rumbo Norte ochenta y ocho grados veintiocho minutos y veinte segundos
Oeste y distancia de nueve punto sesenta y tres metros; Tramo veinte, con rumbo Sur ochenta grados diecisiete minutos y treinta y tres segundos
Oeste y distancia de dos punto treinta y ocho metros; Tramo veintiuno, Con rumbo Norte ochenta y seis grados treinta y cinco minutos y cuarenta y
siete segundos Oeste y distancia de quince punto ochenta y seis metros; Tramo veintidós, con rumbo Norte ochenta y nueve grados cero minutos
y treinta y dos segundos Oeste y distancia de siete punto cuarenta y siete metros; Tramo veintitrés, con rumbo Norte ochenta y seis grados cero cinco
minutos y treinta y dos segundos Oeste y una distancia de cuatro punto sesenta metros; Tramo veinticuatro, con rumbo Norte ochenta y cinco grados
cuarenta y seis minutos y cero dos segundos Oeste y distancia de diez punto veinte metros; Tramo veinticinco, con rumbo Norte ochenta y cinco
grados treinta y ocho minutos y treinta y ocho segundos Oeste y distancia de doce punto veinticinco metros; Tramo veintiséis, con rumbo Norte
ochenta y tres grados cincuenta y nueve minutos cero tres segundos Oeste y una distancia de catorce punto veintisiete metros; Tramo veintisiete, con
rumbo Norte ochenta y cinco grados cuarenta y nueve minutos y treinta y cinco segundos Oeste con distancia de siete punto treinta y dos metros;
Tramo veintiocho, con rumbo Norte ochenta y dos grados veintidós minutos y veintisiete segundos Oeste y una distancia de cinco punto veintiún
metros; Tramo veintinueve, con rumbo Norte ochenta y dos grados once minutos treinta nueve segundos Oeste y distancia de once punto setenta y
siete metros; Tramo treinta: con rumbo Norte ochenta y ocho grados cuarenta y un minutos veintinueve segundos Oeste y distancia de cuatro punto
ochenta y un metros; Tramo treinta y uno: con rumbo Norte ochenta grados treinta y siete minutos y veinte segundos Oeste y una distancia de siete
punto treinta y dos metros; Tramo treinta y dos: con rumbo Norte ochenta grados cuarenta y tres minutos veintidós segundos Oeste y una distancia de
dieciséis punto cero siete metros; Tramo treinta y tres, con rumbo Norte ochenta grados cuarenta y siete minutos veintiocho segundos Oeste y distancia
de veintinueve punto setenta y siete metros; Tramo treinta y cuatro, con rumbo Norte ochenta y dos grados doce minutos y cuarenta segundos Oeste
y distancia de diez punto sesenta metros; Tramo treinta y cinco, con rumbo Norte ochenta y un grados veinte minutos y cuarenta y tres segundos
Oeste y una distancia de trece punto once metros; Tramo treinta y seis, con rumbo Norte ochenta y dos grados cincuenta y siete minutos cincuenta y
seis segundos Oeste y distancia de veinte punto setenta y ocho metros; Tramo treinta y siete, con rumbo Norte setenta y ocho grados once minutos
treinta y un segundos Oeste y distancia de cinco punto cuarenta metros; Tramo treinta y ocho, con rumbo Norte setenta y un grado cero dos minutos
cuarenta siete segundos Oeste y distancia de dos punto sesenta y nueve metros, se llega al mojón cincuenta y tres lindando los tramos anteriores con
inmuebles propiedad de José Antonio Lemus Sánchez, Cristina Elizabeth Lazo Paz, Elena Aurora Díaz, Telemovil El Salvador S.A., y otros, Víctor
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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
Manuel Mendoza Olivares, y Jorge Adalberto Mercado Echeverría. LINDERO PONIENTE: Partiendo del mojón cincuenta y tres se miden diecisie-
te tramos rectos así: Tramo uno, con rumbo Norte treinta grados cero un minutos y treinta y nueve segundos Este y distancia de nueve punto cuaren-
ta y tres metros; Tramo dos, con rumbo Norte trece grados cincuenta y cinco minutos y treinta y ocho segundos Este y distancia de trescientos treinta
y siete punto noventa y un metros; Tramo tres, con rumbo Norte treinta y cuatro grados treinta y seis minutos y cincuenta y tres segundos Este y una
distancia de ocho punto diecinueve metros; Tramo cuatro, con rumbo Norte veinticuatro grados cero nueve minutos y veintitrés segundos Este con
distancia de tres punto noventa y seis metros; Tramo cinco, con rumbo Norte veinte grados cero cinco minutos y treinta y cuatro segundos Este y una
distancia de ocho punto setenta y ocho metros; Tramo seis, con rumbo Norte cincuenta grados veintiún minutos y cincuenta y siete segundos Este y
distancia de cuatro punto veinticinco metros; Tramo siete, con rumbo Norte cero cero grados diecisiete minutos y diecisiete segundos Este y distancia de
uno punto sesenta y un metros; Tramo ocho, con rumbo Norte treinta y siete grados cincuenta y ocho minutos y cincuenta y cinco segundos Oeste y
distancia de tres punto noventa y seis metros; Tramo nueve, con rumbo Norte cincuenta y seis grados treinta y tres minutos y treinta y tres segundos
Oeste y distancia de cuatro punto cuarenta metros; Tramo diez, con rumbo Norte trece grados cincuenta y tres minutos y treinta y dos segundos Este
con una distancia de ciento sesenta y cuatro punto noventa y siete metros; Tramo once, con rumbo Norte veintisiete grados cero siete minutos y cua-
renta y seis segundos Este y distancia de tres punto treinta y dos metros; Tramo doce, con rumbo Norte ochenta y tres grados catorce minutos y cua-
renta segundos Este y distancia de cero punto treinta y un metros; Tramo trece, con rumbo Norte setenta y un grados quince minutos y veintinueve se-
gundos Este y distancia de seis punto cero nueve metros; Tramo catorce, con rumbo Norte veintiséis grados cero cuatro minutos y treinta y siete se-
gundos Este y una distancia de uno punto noventa y seis metros; Tramo quince, con rumbo Norte treinta y tres grados cincuenta y dos minutos y
trece segundos Oeste y distancia de ocho punto setenta y ocho metros; Tramo dieciséis, con rumbo Norte trece grados treinta y cinco minutos y trein-
ta segundos Este y distancia de dos punto cuarenta y tres metros; y Tramo diecisiete, con rumbo Norte trece grados cuarenta y nueve minutos y
treinta segundos Este y distancia de trescientos sesenta y cinco punto noventa y tres metros; se llega al mojón setenta lindando los tramos anteriores
con inmueble propiedad de Ernesto Meléndez Prado. LINDERO NORTE: Partiendo del mojón setenta se miden cinco tramos rectos así: Tramo uno,
con rumbo Sur ochenta y dos grados cuarenta y tres minutos y cincuenta y dos segundos Este y distancia de ciento sesenta y cinco punto ochenta y
cinco metros; Tramo dos, con rumbo Sur setenta y seis grados cincuenta minutos y cero siete segundos Este y distancia de ocho punto veintitrés metros;
Tramo tres, con rumbo Sur sesenta y cinco grados treinta y nueve minutos y cero nueve segundos Este y distancia de ocho punto veintinueve metros;
Tramo cuatro, con rumbo Sur cuarenta y seis grados cuarenta y cuatro minutos y veintisiete segundos Este y distancia de ocho punto treinta y un
metros; y Tramo cinco, con rumbo Sur treinta y siete grados veintiún minutos y treinta y nueve segundos Este y distancia de siete punto cuarenta y
cinco metros y se llega al mojón uno donde dio inicio la presente descripción técnica; lindando los tramos anteriores con inmuebles propiedad de
Emilio Antonio Ramírez Meléndez, Mario Aníbal Ramírez, Blanca Marta Ramírez Meléndez, Julio César Montoya, Guadalupe del Carmen Montoya,
Mercedes del Rosario Navas Montoya y Rosa Miriam Montoya, con calle que conduce a Cantón San Felipe de por medio. IV. El bien inmueble ob-
jeto de las presentes Diligencias de Remedición se estima en un valor comercial en la suma total de QUINIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTA-
DOS UNIDOS DE AMÉRICA; IV.- ACUERDO EJECUTIVO: En virtud de lo anterior, el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el
Ramo de la Defensa Nacional, ACUERDA: Que de conformidad al Artículo 193 Ordinal 5° de la Constitución de la República, se solicite la interven-
ción del señor Fiscal General de la República para que en nombre y representación del Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de la Defensa
Nacional, comparezca ante Notario a otorgar las Diligencias de Remedición de Inmuebles del bien raíz propiedad del Estado y Gobierno de El Salva-
dor asignado a este Ramo, ubicado en Hacienda San José, del Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad. V. DILIGENCIAS NO-
TARIALES: Desígnase a la Licenciada LÍCIDA STEPHANIE HERNÁNDEZ URQUILLA, Notaria del domicilio de Santa Tecla, para que ante sus
ofi cios notariales se otorguen las correspondientes Diligencias de Remedición de Inmuebles.- COMUNÍQUESE.
DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS,
GENERAL DE DIVISIÓN
MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
ACUERDO No. 066.
San Salvador, 28 de junio de 2013.
El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional,
ACUERDA: ASCENDER al personal de señores Ofi ciales Superiores y Subalternos siguientes:
1.- De conformidad a los Artículos 168 ordinal 11° de la Constitución de la República; 42, 44, 45, 47 inciso 1°, 58, 60 y 76 de la Ley de la
Carrera Militar; 62 y 90 del Reglamento de la Ley de la Carrera Militar, se ascienden al grado de GENERAL DE BRIGADA para el Ejército
y GENERAL DE BRIGADA AÉREA para la Fuerza Aérea, Categoría de las Armas, dentro del Escalafón General respectivo y en Situación
Activa del mismo, a los señores Coroneles: 1) WILLY ROBERTO LARA RAMÍREZ y 2) CARLOS JAIME MENA TORRES.
2.- De conformidad a los Artículos 168 ordinal 11° de la Constitución de la República; 42, 44, 45, 47 inciso 1°, 60, 62, 76 y 81 de la Ley de la
Carrera Militar; 64, 90 y 94 del Reglamento de la Ley de la Carrera Militar, se asciende al grado de CORONEL, Categoría de las Armas,
dentro del Escalafón General respectivo y en Situación Activa del mismo, al señor Teniente Coronel: ALFREDO DE JESÚS ORTÍZ.
3.- De conformidad a los Artículos 168 ordinal 11° de la Constitución de la República; 42, 44, 45, 47 inciso 1°, 60, 65, 76 y 81 de la Ley de
la Carrera Militar y 65, 90 y 95 del Reglamento de la Ley de la Carrera Militar, se asciende al grado de CORONEL, Categoría de los Ser-
vicios, dentro del Escalafón General respectivo y en Situación Activa del mismo, al señor Teniente Coronel: ÁNGEL LEONEL FLORES
CORCIO.
4.- De conformidad a los Artículos 168 ordinal 11° de la Constitución de la República; 42, 44, 45, 47 inciso 1°, 60, 66, 67, 76 y 81 de la Ley
de la Carrera Militar; y 67, 90, 91 y 97 del Reglamento de la Ley de la Carrera Militar, se asciende al grado de TENIENTE CORONEL,
Categoría de los Servicios, dentro del Escalafón General respectivo y en Situación Activa del mismo, a la señora Mayor: MARÍA ARMIDA
AGUILAR RODRÍGUEZ.
5.- De conformidad a los Artículos 168 ordinal 11° de la Constitución de la República; 42, 44, 45, 47 inciso 1°, 60, 64, 76 y 81 de la Ley
de la Carrera Militar y 68, 90 y 98 del Reglamento de la Ley de la Carrera Militar, se ascienden al grado de MAYOR para el Ejército y
Fuerza Aérea, Categoría de las Armas, dentro del Escalafón General respectivo y en Situación Activa del mismo, a los señores Capitanes:
1) WILLIAM ERNESTO JIMÉNEZ MOZA y 2) EDUARDO ENRIQUE ALEMÁN MOLINA.
6.- De conformidad a los Artículos: 168 ordinal 11° de la Constitución de la República; 42, 44, 45, 47 inciso 1°, 51 inciso 2°, 60, 66, 67, 76
y 81 de la Ley de la Carrera Militar; 77, 90 y 99 del Reglamento de la Ley de la Carrera Militar, se asciende al grado de TENIENTE para
el Ejército y TENIENTE DE FRAGATA para la Fuerza Naval, Categoría de los Servicios, dentro del Escalafón General respectivo y en
Situación Activa del mismo, a los señores Subtenientes: 1) BORIS MARVIN LOUCEL FUENTES y 2) JOSÉ ADRIÁN SOLÓRZANO
GUTIÉRREZ, reconociéndoles tiempo de servicio a partir del 01ENE012.
A quienes desde el 30 de junio de 2013, se les da posesión de su nuevo grado, debiéndoseles guardar los fueros, honores y preeminencias que
por su jerarquía militar les corresponden. Los movimientos consignados en el presente Acuerdo surtirán efecto en planillas a partir del 01 de julio de
2013. COMUNÍQUESE.
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y
COMANDANTE GENERAL DE LA FUERZA ARMADA.
JOSÉ ATILIO BENÍTEZ PARADA,
GENERAL DE DIVISIÓN
MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA
ACUERDO No. 107
San Salvador, 27 de junio de 2014.
El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en el Art. 92 ordinal 2° de la Ley de la Carrera
Militar, ACUERDA: TRANSFERIR a partir del 01JUN014 al señor CAP. PA ERICK YOVANNY HUEZO CORNEJO, dentro del Escalafón
General de Ofi ciales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva, en la misma categoría.-
COMUNÍQUESE.
DAVID MUNGUÍA PAYÉS,
GENERAL DE DIVISIÓN,
MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
ACUERDO No. 108
San Salvador, 27 de junio de 2014.
El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en el Art. 92 ordinal 2° de la Ley de la Carrera
Militar, ACUERDA: TRANSFERIR a partir del 01JUN014 al señor TTE. CAB. CARLOS ENRIQUE NIETO MARTÍNEZ, dentro del Escalafón
General de Ofi ciales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva, en la misma categoría.-
COMUNIQUESE.
DAVID MUNGUÍA PAYÉS,
GENERAL DE DIVISIÓN,
MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
ACUERDO No. 22-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha dieciocho
de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada SHIRLEY YANCY AVELENDA CORDERO, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-
vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- C. ESCOLAN.- S. L. RIV. MARQUEZ.- R. MENA G.- RICARDO IGLESIAS.- R. M.
FORTIN H.- RICARDO A. ZAMORA.- DUEÑAS.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014117)
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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
ACUERDO No. 439-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de marzo de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha
treinta y uno de enero de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado FRANCISCO ISAIAS LAZO MARTINEZ, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expe-
diente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D.
L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS
AVENDAÑO.
(Registro No. F013945)
ACUERDO No. 176-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el
examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: LUIS ALEXANDER FERNANDEZ GARCIA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.
MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D. L. R. GALINDO.- R. M.
FORTIN H.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE
LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014000)
ACUERDO No. 186-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el
examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-
F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D. L. R.GALINDO.- R.
M. FORTIN H.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y
MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014052)
ACUERDO No. 186-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el
examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CLAUDIA AUXILIADORA PORRAS REYES.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.
MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E.GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D. L. R. GALINDO.- R.
M. FORTIN H.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y
MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F013989)
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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
INSTITUCIONES AUTONOMASCORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA
DECRETO No 22.
EL PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
I. Que de conformidad a las facultades constitucionales, la Asamblea Legislativa anualmente aprueba el Presupuesto General de la Nación,
estableciendo en el mismo, que con el objeto de contribuir al manejo prudente y disciplinado del gasto público y como medida de sana
política fi scal, el Órgano Ejecutivo emitirá la Política de Ahorro y Austeridad del Sector Público, la cual se aplica a todas las instituciones
que se rigen por la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.
II. Que en atención a lo antes manifestado el Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda anualmente emite dicha Política, sin em-
bargo en el capítulo que establece los casos excepcionales, expresa que ésta, no le es aplicable aquellas entidades que gozan de autonomía
administrativa y fi nanciera, y que fi nancien la totalidad de sus gastos con recursos propios.
III. Que es necesario que todas las entidades del sector público y municipal contribuyan al manejo prudente y disciplinado del gasto público,
como sana política de ahorro y austeridad.
POR TANTO:
En uso de las facultades otorgadas en el Artículo 195, numeral 6 de la Constitución de la República de El Salvador,
DECRETA el siguiente Reglamento que contiene las:
POLITICAS DE AHORRO Y AUSTERIDAD DEL GASTO EN LAS ENTIDADES DEL SECTOR GUBERNAMENTAL Y MUNICIPAL
Art.1.- En las sesiones o reuniones de trabajo de los diferentes entes gubernamentales y municipales, no se deberá efectuar erogaciones en con-
cepto de consumo de alimentos servidos por restaurantes, hoteles, empresas o personas naturales proveedoras de este tipo de servicio.
Art. 2.- La compra de bebidas alcohólicas deberá restringirse para su consumo en actividades que el protocolo lo determine y dicho gasto deberá
ser publicado en el portal de transparencia de cada institución.
Art. 3.- Para el consumo de la telefonía celular, en cada entidad gubernamental y municipal, los titulares deberán regular la necesidad por medio
de acuerdo, en el cual deberán incluir únicamente a aquellos servidores, que por la naturaleza de su cargo se les deba asignar, estableciendo una cuota
máxima de consumo. Las asignaciones deberán ser publicadas en la página de transparencia de cada institución, y únicamente podrá excluirse la de
los titulares o presidentes de la misma.
Art. 4.- Se prohíbe la compra de bienes y servicios para regalías.
Art. 5.- Todo benefi cio adicional al sueldo mensual deberá estar incluido en el presupuesto institucional y regulado mediante reglamento, orde-
nanza o instructivo, según el caso.
Art. 6.- Con el propósito de evitar desperdicios y obsolescencias de los bienes, cada entidad del sector público y municipal deberá establecer
políticas para: el mantenimiento, uso y consumo racional de la energía eléctrica, aire acondicionado, papelería y útiles, agua potable y embotellada;
así como, de reciclaje y establecimientos de máximo y mínimos en el manejo de inventarios.
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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
Art. 7.- Las instituciones que tienen fondos presupuestados para la adquisición de uniformes, implementos y herramientas de trabajo, deberán
adquirir aquellos que sean estricta y exclusivamente para proporcionar a personal administrativo y operativo.
Art. 8.- En caso que sea indispensable el arrendamiento de bienes inmuebles, deberá realizarse previamente un estudio de mercado, para establecer
cánones accesibles y acordes al lugar de la ubicación del inmueble.
Art. 9.- Las entidades gubernamentales sujetas a la Política de Ahorro y Austeridad del Sector Público que emite anualmente por el Órgano
Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, también deberán cumplir con estas disposiciones.
Dado en San Salvador, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil catorce.
LIC. ROSALÍO TÓCHEZ ZAVALETA,
PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA.
(Registro No. F014102)
DECRETO No. 23
EL PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
I. Que mediante Decreto No. 4 de fecha 22 de diciembre de 2005, publicado en el Diario Ofi cial No. 9, Tomo 370 de fecha 13 de enero de
2006, se emitió el Reglamento de Políticas Internas de Auditoría Gubernamental.
II. Que el artículo 22 de dicho Reglamento establece que éstas, serán revisadas a efecto de mantenerlas actualizadas.
III. Que mediante Decreto No. 2 de fecha 3 de febrero de 2014, publicado en el Diario Ofi cial No. 27, Tomo 402 de fecha 11 de febrero de 2014, se emitió el Reglamento de Normas de Auditoría Gubernamental.
IV. Que es necesario armonizar dichos Reglamentos.
POR TANTO,
De conformidad con los artículos 195, atribución 6ª de la Constitución de la República; 5, numeral 2, literal b; y 24, numeral 2, de la Ley de la
Corte de Cuentas de la República.
DECRETA EL SIGUIENTE REGLAMENTO, que contiene las:
POLÍTICAS INTERNAS DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL
CAPÍTULO I
ASPECTOS GENERALES
Art. 1.- La designación del número de auditores y el plazo de realización para la auditoría gubernamental, será previo análisis de aspectos como:
naturaleza, actividad, presupuesto ejecutado, tamaño, complejidad y ubicación de la Entidad objeto de la actividad de control.
Los auditores, no podrán participar en más de dos auditorías consecutivas en una misma entidad.
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Art. 2.- El Director de Auditoría o el Jefe de la Ofi cina Regional, comunicará por escrito al Titular de la Entidad la fecha de inicio de la fi sca-
lización, indicando el período y clase de la actividad de control a realizar; así como la conformación del equipo de auditores, a la vez requerirá la
colaboración del personal de la entidad, el espacio físico y la preparación de la documentación necesaria para el desarrollo de dicha actividad.
Art. 3.- El plazo de la Orden de Trabajo, iniciará a partir de la instalación del equipo de auditores en la entidad a fi scalizar y terminará con la
presentación del Borrador de Informe de Auditoría a la Dirección de Auditoría u Ofi cina Regional.
CAPÍTULO II
APLICABLES AL AUDITOR
Art. 4.- En el desarrollo del proceso de fi scalización, el auditor deberá cumplir con las disposiciones contenidas en el Reglamento de Normas de
Auditoría Gubernamental y el Código de Ética del Servidor de la Corte de Cuentas.
Art. 5.- El Coordinador General, Directores, Subdirectores de Auditoría, Jefes y Subjefes de Ofi cinas Regionales, anualmente deberán presentar
al Presidente de la Corte de Cuentas la declaración de independencia, en donde garantice que procederá con objetividad en la práctica de la auditoría,
que está libre de impedimentos personales, externos y organizacionales; copia de la misma será remitida a la Dirección de Recursos Humanos, para
que forme parte de su expediente.
Art. 6.- En el inicio de cada fi scalización, los auditores deberán elaborar su declaración de independencia, la cual quedará en papeles de traba-
jo.
CAPÍTULO III
FASE DE PLANIFICACIÓN
Art. 7.- Para el desarrollo de toda actividad de fi scalización, el auditor gubernamental deberá aplicar las Normas de Auditoría Gubernamental y
los procedimientos establecidos en el Manual de Auditoría Gubernamental.
Art. 8.- El auditor gubernamental en el desarrollo de sus procedimientos, al identifi car presuntas defi ciencias, las comunicará de inmediato a las
personas relacionadas.
Los comentarios y documentación de descargo que presenten, serán analizados por el auditor a fi n de confi rmarlas o desvanecerlas; de confi r-
marse, se informarán como parte de los resultados de la fi scalización. Las que no constituyan alto riesgo, se considerarán como asuntos menores y se
comunicarán en Carta de Gerencia, la cual se adjuntará al Borrador de Informe de Auditoría.
Art. 9.- Los hallazgos contenidos en los informes emitidos por la Unidad de Auditoría Interna o Firmas Privadas, serán analizados y evaluados;
de comprobarlos, deberán ser incluidos en el Borrador de Informe de Auditoría.
Art. 10.- El Memorando de Planifi cación, será elaborado por el Jefe de Equipo y aprobado por el Director de Auditoría o Jefe de la Ofi cina
Regional en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción del mismo.
Art. 11.- La elaboración del borrador de informe de auditoría, se iniciará el siguiente día hábil posterior a la aprobación del Memorando de
Planifi cación.
CAPÍTULO IV
FASE DE EJECUCIÓN
Art. 12.- Los auditores al identifi car presuntas defi ciencias, las comunicarán por escrito a las personas relacionadas, señalando la normativa
incumplida, a fi n de garantizarles su derecho de defensa; concediéndoles hasta un plazo de cinco días hábiles, para que presenten las explicaciones
necesarias y la documentación pertinente.
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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
Art. 13.- En los papeles de trabajo dejará constancia del análisis a los comentarios, explicaciones y documentos, presentados por las personas
relacionadas con las presuntas defi ciencias, para determinar si se desvanecen o se ratifi can.
Art. 14.- Si la defi ciencia establecida por los auditores, fue señalada como hallazgo en el informe de la última auditoría, se hará constar su rei-
teración en los comentarios de los auditores.
Art. 15.- Concluido el Borrador de Informe de Auditoría, el Jefe de Equipo lo presentará al Director de Auditoría o Jefe de Ofi cina Regional,
para su revisión en un plazo máximo de diez días hábiles.
Art. 16.- El Director o Jefe de Ofi cina Regional, remitirá el Borrador de Informe de Auditoría al Jefe de Equipo, para que efectúe las correcciones
pertinentes en un plazo no mayor de cinco días hábiles, a fi n de programar su lectura.
Art. 17.- El Director de Auditoría o Jefe de Ofi cina Regional, programará y convocará al titular de la entidad del período auditado y a las personas
relacionadas con los hallazgos a la lectura del Borrador de Informe de Auditoría.
Art. 18.- Al titular de la entidad auditada, se le adjuntará un original del Borrador de Informe de Auditoría y a las demás personas se les remitirá
los hallazgos de auditoría con los cuales estén relacionados. Las notas de convocatoria a lectura, se entregarán con al menos cinco días hábiles de
anticipación a la fecha de su realización.
Art. 19.- Cuando el borrador de informe no presente hallazgos, no será necesario convocar a la lectura del mismo, elaborándose de inmediato
el informe fi nal y procediendo según el artículo 64, inciso cuarto de la Ley de la Corte de Cuentas y artículo 7, del Reglamento para la Remisión de
Informes de Auditoría a las Cámaras de Primera Instancia.
CAPÍTULO V
FASE DE INFORME
Art. 20.- El Director o Subdirector de Auditoría y el Jefe o Subjefe de la Ofi cina Regional, en su caso, así como el Jefe de Equipo y los miembros
del Equipo de Auditoría que sean necesarios, participarán en la lectura del Borrador de Informe de Auditoría.
Art. 21.- Para dejar constancia de la realización de la lectura y de la asistencia de los convocados, se elaborará Acta de Lectura del Borrador de
Informe de Auditoría, la cual será fi rmada por los asistentes a la lectura.
Art. 22.- El día de la lectura, el titular de la entidad auditada y los servidores relacionados con los hallazgos de auditoría, deberán presentar
comentarios y documentos que los sustenten. Caso contrario, se procederá a elaborar el Informe Final de Auditoría.
Art. 23.- El Jefe de Equipo y los auditores que correspondan, analizarán la documentación presentada en la lectura del Borrador de Informe de
Auditoría, en un plazo no mayor de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de realizada la misma, salvo casos excepcionales, autorizados
por el Director de Auditoría o Jefe de la Ofi cina Regional.
Del análisis realizado, se establecerá si los hallazgos de auditoría se subsanan, modifi can o ratifi can, lo cual deberá quedar sustentado en papeles
de trabajo. El Jefe de Equipo concluirá el Informe Final de Auditoría, el cual deberá presentarlo al Director de Auditoría o Jefe de Ofi cina Regional,
según el caso, para su revisión, emisión y fi rma.
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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
Si posterior a dicho análisis, resultare que las observaciones comunicadas en borrador de informe, se consideran asuntos de menor importancia,
se comunicarán simultáneamente con el informe de auditoría en carta de gerencia, la cual deberá ser dirigida al titular en funciones.
Art. 24.- El Director o Jefe de Ofi cina Regional, a partir de la fecha de recepción del informe de auditoría, lo revisará en un plazo no mayor de
diez días hábiles; girando instrucciones al Jefe del Equipo, para que realice las correcciones, si las hubiere, dentro de los cinco días hábiles contados
a partir de la fecha de recepción del mismo.
Art. 25.- Firmado el Informe Final de Auditoría que contenga hallazgos, el Jefe de Equipo o Auditor, notifi cará al titular de la entidad del período
auditado, entregándole un ejemplar del mismo; a las demás personas, se les notifi carán los hallazgos en los que estuvieren relacionados.
Si el Informe Final de Auditoría no contiene hallazgos, se procederá de conformidad al Art. 19 del presente Reglamento.
Art. 26.- El Jefe de Equipo elaborará la nota de antecedentes o detalle de las personas actuantes, según el caso, para revisión y fi rma del Director
de Auditoría o Jefe de Ofi cina Regional, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento para la Remisión de Informes de Auditoría a las Cámaras de
Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República.
El detalle de las personas actuantes o nota de antecedentes, deberá ser remitido juntamente con el Informe Final de Auditoría a la Coordinación
General Jurisdiccional, dentro de los ocho días hábiles después de la última notifi cación. Un original de dicho Informe será remitido a la Dirección
Administrativa.
Art. 27.- Las Direcciones de Auditoría y Ofi cinas Regionales mantendrán archivado un expediente que contenga: informe de auditoría, acta de
lectura, notifi caciones y nota de antecedentes o detalle de las personas actuantes.
CAPÍTULO VI
DISPOSICIONES FINALES
Art. 28.- Los Jefes de Equipo por cada actividad de fi scalización asignada, serán responsables desde el inicio hasta su fi nalización, de actualizar
toda la información que requiere el Sistema de Auditoría.
Art. 29.- Con el propósito de mantener actualizadas las presentes Políticas Internas de Auditoría Gubernamental, éstas deberán ser revisadas por
parte de una Comisión nombrada por el Presidente de esta Corte, cuando lo estime conveniente.
Art. 30.- Derógase el Decreto No. 4 publicado en el Diario Ofi cial No. 9, Tomo No. 370 de fecha trece de enero de dos mil seis.
Art. 31.- Las presentes Políticas Internas de Auditoría Gubernamental, entrarán en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial.
Dado en San Salvador, a los veinte días del mes de junio de dos mil catorce.
LIC. ROSALÍO TÓCHEZ ZAVALETA,
PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA.
(Registro No. F014099)
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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
DECRETO No. 24
EL PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
I. El acelerado incremento y desarrollo de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC), en las entidades gubernamentales y la
automatización de sus procesos con tendencia en la prestación de servicios a los ciudadanos en forma remota.
II. La aplicación de las TIC ocasiona nuevas formas de “riesgos en tecnología para las entidades”, por lo cual se vuelve imprescindible controlar
y fi scalizar de manera especializada la administración de los recursos tecnológicos.
III. Que las entidades públicas en su mayoría no han normalizado la administración y riesgos en lo concerniente a planifi cación y organización
de recursos, adquisición e implementación, entrega y soporte de servicios, monitoreo y evaluación, seguridad de la información entre otros
aspectos de las tecnologías de información y comunicación.
IV. Que la Ley de la Corte de Cuentas de la República, en su Art. 5, numeral 2), establece la atribución de dictar las políticas, normas técnicas
y demás disposiciones para la práctica del control interno en las entidades sujetas a la fi scalización.
POR TANTO:
En uso de las facultades conferidas por el artículo 195, numeral 6 de la Constitución de la República de El Salvador y el artículo 5, numeral 2
y artículo 24 numeral 1 de la Ley de la Corte de Cuentas de la República,
DECRETA el siguiente:
REGLAMENTO PARA EL USO Y CONTROL DE LAS TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
EN LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1.- El presente reglamento tiene por objeto establecer, normas, principios, lineamientos y estándares, aplicables a las tecnologías de infor-
mación y comunicación, para la optimización de recursos tecnológicos, que utilicen los sujetos a que se refi ere el artículo 3 de la Ley de la Corte de
Cuentas de la República y estipular los mecanismos que impulsarán su desarrollo y promoción en todo el ámbito del Estado, y tomando en cuenta que
conforme surjan nuevas tecnologías se hace necesario implementar nuevos controles internos de seguridad, integridad y confi abilidad de los sistemas
informáticos que se utilizan en el desarrollo de sus actividades.
Defi niciones
Art. 2.- A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
1) Amenaza: es un evento que puede desencadenar un incidente en la organización, produciendo daños materiales o pérdidas inmateriales en
sus activos.
2) Automatización: La automatización es un sistema donde se trasfi eren tareas realizadas habitualmente por operadores humanos a un conjunto
de elementos tecnológicos, que sirven para estandarizar los procesos de trabajo; desarrollar componentes reutilizables y confi gurables; y
automatizar actividades rutinarias con las tecnologías adecuadas.
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3) Característica de la información: Debe cumplir con la normativa interna de la Información y Comunicación, entre las cuales se mencionan
la veracidad, oportunidad, disponibilidad, confi abilidad, confi dencialidad.
4) Ciclo de vida del desarrollo de sistemas: Proceso que se sigue para construir, entregar y hacer evolucionar el sistema de información,
desde la concepción de una idea hasta la entrega y retiro del sistema.
5) COBIT: Objetivos de Control para Información y Tecnologías Relacionadas (COBIT, en inglés: Control Objectives for Information and
Related Technology). es una guía de mejores prácticas, dirigida al control y supervisión de tecnología de la información (TI). Posee una
serie de recursos que pueden servir de modelo de referencia para la gestión de TI en la Organización.
6) Contingencia: interrupción de la capacidad de acceso a información y procesamiento de la misma a través de computadoras necesarias
para la operación normal de un negocio.
7) Control de cambios: Conjunto de procedimientos para administrar las confi guraciones de los sistemas de información, mantener la calidad
del software y la capacidad. Se basa en las solicitudes de cambios.
8) Datos redundantes: La redundancia hace referencia al almacenamiento de los mismos datos varias veces en diferentes lugares o en el
mismo sistema de información.
9) DMZ: Tiene que ver con la seguridad informática, una zona desmilitarizada (conocida también como DMZ, sigla en inglés de demilitarized
zone) o red perimetral es una red local que se ubica entre la red interna de una organización y una red externa, generalmente en Internet.
10) Estándares abiertos: Especifi caciones técnicas, publicadas y controladas por alguna organización que se encarga de su desarrollo, las
cuales han sido aceptadas por la industria, estando a disposición de cualquier usuario para ser implementadas en un software libre u otro,
promoviendo la competitividad, interoperatividad o fl exibilidad.
11) Estudio de factibilidad: Análisis fi nancieros, económicos y operativos de una inversión (dada una opción tecnológica -estudio de pre-
factibilidad). En la fase de pre-inversión la eventual etapa subsiguiente es el diseño fi nal del proyecto.
12) Firma digital: Una fi rma digital es un mecanismo criptográfi co que permite al receptor de un mensaje fi rmado digitalmente determinar la
entidad originadora de dicho mensaje.
13) Gobernabilidad de las TIC: Una estructura de relaciones y procesos para dirigir y controlar la Entidad a fi n de lograr sus objetivos y
metas, agregando efectividad al mismo tiempo que se equilibra el riesgo con el uso de TIC en sus procesos.
14) Gobierno electrónico: Modelo de gestión pública que se fundamenta en el uso intensivo de las tecnologías de información para proveer
medios ágiles, confi ables y efectivos de información, comunicación y participación de los ciudadanos, para la prestación segura y directa
de servicios, y que tiene como objetivo fundamental transformar al Estado como resultado de las mejoras de los procesos y el aumento de
la efi ciencia y transparencia del Poder Público, generados por dichas tecnologías.
15) Huellas de auditoría en la base de datos: Elementos o líneas que permitan rastrear los caminos que siguen los datos a través del programa
y que se utilizan para comprobar la ejecución de las validaciones de datos previstos.
16) Integridad de la información: La información sólo puede ser modifi cada por quien está autorizado y de manera controlada.
17) Integridad de la plataforma tecnológica: Es la capacidad de la Plataforma de realizar la corrección y completitud de los datos en toda la
red.
18) ITIL: Librería de Infraestructura de Tecnología de Información (TI), es un conjunto de lineamientos sobre la administración y procuración
de servicios operativos de TI.
19) Impacto: Consecuencia de la materialización de una amenaza.
20) ISO 27000: Estándar para la seguridad de la información.
21) Modelo de madurez: El Modelo de Madurez, consiste en un método que evalúa el grado de control sobre los procesos de TI de una orga-
nización en una escala de 0 a 5, donde el menor (0) signifi ca "No existe" y el mayor "Optimizado" (5).
22) Pared de fuego en Informática: Conocido como cortafuegos (fi rewall en inglés), es una parte de un sistema o una red que está diseñada
para bloquear el acceso no autorizado, permitiendo al mismo tiempo comunicaciones autorizadas. Existen además dispositivos confi gurados
para permitir, limitar, cifrar, descifrar, el tráfi co de información sobre la base de un conjunto de normas y otros criterios.
23) Plataforma tecnológica: Son los elementos de Hardware y software como servidores, estaciones de trabajo PC´s, redes con que cuenta
una Entidad.
24) Plan de Contingencia: Conjunto de pasos o procedimientos necesarios para recuperar y estabilizar las operaciones informáticas en la
Entidad, en caso de producirse una eventualidad que afecte la operación normal de los sistemas de información. Dicho plan contiene las
medidas técnicas, humanas y organizativas necesarias para garantizar la continuidad del negocio y las operaciones de una compañía.
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25) Propiedad Intelectual: Es toda creación del intelecto humano. Los derechos de propiedad intelectual protegen los intereses de los creadores
al ofrecerles prerrogativas en relación con sus creaciones.
26) Riesgo: Evento fortuito e incierto resultante de las acciones humanas, sistemas de información o por la acción de una causa externa que
puede intervenir en el cumplimiento de la misión, visión, objetivos y metas que han sido defi nidos por la Entidad, causando perjuicios
directos e indirectos.
Se mide por medio de una combinación del impacto y la probabilidad de ocurrencia.
27) Seguridad de la información: Es el conjunto de medidas preventivas y reactivas de las instituciones y de los sistemas tecnológicos que
permiten resguardar y proteger la información buscando mantener la confi dencialidad, la disponibilidad e integridad de la misma.
28) Talento Humano: Capacidad de la persona que integra habilidades, destrezas, experiencias y aptitudes propias.
29) TIC: Conjunto de recursos, procedimientos y técnicas usadas en el procesamiento, almacenamiento y transmisión de información.
Las TIC (Tecnologías de la Información y Comunicación) son aquellas tecnologías que se necesitan para la gestión y transformación de
la información, y muy en particular el uso de ordenadores y programas que permiten crear, modifi car, almacenar, administrar, proteger y
recuperar esa información.
30) Ubicuidad en TIC: Signifi ca estar en todas partes al mismo tiempo.
La tecnología nos permite estar en diferentes lugares al mismo tiempo, la profunda conexión entre lo real y lo virtual, la disponibilidad de
la información a cualquier hora, desde cualquier lugar y con una variedad de dispositivos tecnológicos, que modifi can la forma de acceder
a la información y al conocimiento.
31) VPN: Es una red virtual que se crea dentro de otra red real, como puede ser Internet.
32) Vulnerabilidad: posibilidad de ocurrencia de la materialización de una amenaza sobre un Activo.
CAPÍTULO II
ORGANIZACIÓN DE TIC
Art. 3.- Cada entidad del sector público debe establecer una Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación, ubicada a un nivel jerárquico
que le permita ejercer la gobernabilidad e independencia funcional dentro de la entidad, conforme a su nivel de madurez tecnológico y de acuerdo a
su tamaño, alcance y ámbito de gestión. La escala de madurez se clasifi ca, según las siguientes categorías:
0 No existe: Los procesos gerenciales no son aplicados: No existen procesos reconocidos. La organización no ha reconocido que existe un pro-
blema que debe ser resuelto.
1 Inicial: Los procesos no están planifi cados y se encuentran desorganizados: No existen procesos estandarizados aunque sí procedimientos
que suelen ser aplicados de forma individual o conforme las necesidades que se presentan en un momento determinado.
2 Repetitivo: Los procesos siguen un patrón regular: Los procesos se han desarrollado a un determinado nivel y procedimientos similares
son seguidos por diferentes personas que realizan la misma tarea dentro de la empresa. No hay entrenamiento o comunicación formal de
estos procedimientos. Las responsabilidades están en manos del individuo.
3 Defi nido: Los procesos están documentados y comunicados: Los procedimientos han sido estandarizados, documentados y comunicados por
medio de entrenamiento. Sin embargo, está pendiente el cumplimiento de dichos procesos por cada individuo, con lo cual es poco probable
que las desviaciones sean detectadas. Los procedimientos por si solos no son sofi sticados pero son la formalización de mejores prácticas.
4 Gerenciado: Los procesos son monitoreados y medidos: Es posible la medición y monitorización conforme a los procedimientos y realizar
acciones donde existan procesos que no parezcan estar funcionando con efectividad. Los procesos están bajo constantes mejoras y se proveen
de buenas prácticas. Las herramientas de automatización son empleadas de manera limitada o fragmentada.
5 Optimizado: Basados en mejores prácticas y están automatizadas. Los procesos han sido refi nados a nivel de mejores prácticas, basados
en resultados de mejoras continuas y modelos de madurez respecto de otras organizaciones. Las TI son usadas para automatizar de manera
integral el fl ujo de trabajo, suministrando herramientas para mejorar la efectividad y la calidad, haciendo que la organización se adapte de
manera rápida a los cambios del entorno.
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Art. 4.- La entidad debe de defi nir y mantener actualizado el Manual de Organización y Funciones de la Unidad de TIC y de Puestos para el
personal, de manera que las funciones y responsabilidades queden claramente establecidas.
Art. 5.- La Unidad de TIC deberá proponer a la máxima autoridad la adopción de mejores prácticas (estándares abiertos) y controles para la
gestión de las TIC, que se requiera para el logro de los objetivos.
Art. 6.- La Unidad de TIC debe realizar un proceso de planifi cación de TIC de acuerdo con la planeación estratégica institucional, que facilite
la consecución de sus logros futuros.
Art. 7.- El Plan Estratégico de TIC debe:
a) Contener los objetivos e iniciativas estratégicas del área de TIC, que deben estar acordes a los objetivos estratégicos institucionales;
b) Defi nir cómo los objetivos estratégicos de TIC serán alcanzados y medidos, establecer los indicadores de desempeño de conformidad con
los objetivos estratégicos de TIC;
c) Contemplar el presupuesto operacional y de inversiones, las estrategias de suministro y de adquisición (contratación de servicios y adqui-
sición de equipos) y los requisitos legales;
d) Ser formalmente aprobado y divulgado para que sea ejecutado por las partes interesadas.
Art. 8.- La Unidad de TIC debe de elaborar los planes anuales operativos diseñados de tal manera que defi na los objetivos a cumplir y alineado
con los objetivos estratégicos y/o operativos institucionales, actividades a desarrollar, programación, indicadores de gestión y su seguimiento, recursos
de TIC, responsables y fechas de ejecución.
Art. 9.- La gestión de las Tecnologías de Información y Comunicación, es responsabilidad de la máxima autoridad y de la Unidad de TIC, la cual
debe contar con los recursos que garanticen el cumplimiento de los objetivos institucionales.
Art. 10.- La Unidad de TIC, elaborará y ejecutará el presupuesto asignado para la gestión de las tecnologías de información y comunicación
institucional y los proyectos tecnológicos viables a desarrollar, conforme a su nivel de madurez tecnológico de acuerdo a su tamaño, alcance y ámbito
de gestión, los objetivos estratégicos y operativos de la institución y acorde con el plan de compras institucional.
CAPÍTULO III
GESTIÓN DE RIESGOS DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Art. 11.- La Unidad de TIC, deberá adoptar una metodología de gestión de riesgos, debiendo documentar el proceso de identifi cación, análisis,
administración y evaluación de riesgos de TIC.
Art. 12.- La Unidad de TIC, se asegurará que los controles internos diseñados mitiguen en gran medida los riesgos residuales obtenidos en el
análisis de riesgos, siendo factible y con menor inversión la administración de éstos.
CAPÍTULO IV
PROYECTOS DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACION Y COMUNICACIONES
Art. 13.- La Unidad de TIC, efectuará diagnóstico de las necesidades y requerimientos tecnológicos de las dependencias de la Entidad y deberá
proyectar las mejoras de las tecnologías de información y comunicaciones, considerando los costos de transición, viabilidad, capacidad técnica, ins-
talaciones, riesgos tecnológicos, vida útil y tasas de crecimiento de la infraestructura tecnológica.
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Art. 14.- La Entidad deberá contar con una comisión responsable de la ejecución de los proyectos de TIC, desde la fase de inicio hasta la puesta
en marcha del proyecto, defi niendo responsabilidades de cada miembro de la comisión.
CAPÍTULO V
SISTEMAS DE INFORMACIÓN
Art. 15.- La Unidad de TIC implementará la metodología para el ciclo de vida del desarrollo de sistemas, asegurando que los sistemas de infor-
mación sean efi caces, seguros, íntegros, efi cientes y económicos, que impidan la modifi cación no autorizada; asimismo, se ajuste al cumplimiento de
las leyes, reglamentos y normativa vigente que les sean aplicables y considerar además lo siguiente:
a) Se deberá priorizar y fomentar el desarrollo de los sistemas de información con recursos internos de la entidad.
b) Defi nir una adecuada separación de las funciones en los ambientes de desarrollo y producción.
c) Procedimientos de actualización en los manuales de usuario y técnico, para el uso de los sistema en producción y que se encuentra docu-
mentado el Control de cambios (versiones del Sistema) y los requerimientos se encuentren autorizados, realizados en el Sistema dentro del
mismo.
Art. 16.- La Unidad de TIC debe contar con políticas y procedimientos para el procesamiento de la información, desde su origen, relacionados
con la captura, actualización, procesamiento, almacenamiento y salida de los datos, que asegure que la información sea completa, precisa, confi able
y válida para la toma de decisiones.
Controles de cambio
Art. 17.- La Unidad de TIC, deberá identifi car los cambios en las soluciones automatizadas, conforme a un análisis técnico, económico y operativo,
con las diferentes alternativas de solución, analizando el impacto de la implementación de cambios, planifi cando las pruebas para reducir incidentes,
caídas de red, e implementando y documentando los cambios exitosos y en tiempo disponible.
Tercerización de servicios de TIC
Art. 18.- Al contratar servicios tecnológicos con terceros, la Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación deberá justifi car la terce-
rización del servicio de software, siendo responsables de administrar los aspectos técnicos en la adquisición de los bienes y/o servicios de tecnología
de información y comunicación.
Debe efectuarse una efectiva administración del riesgo, considerando acuerdos de confi dencialidad, contratos de garantía, viabilidad de la con-
tinuidad del proveedor, conformidad con los requerimientos de seguridad, proveedores alternativos, penalizaciones e incentivos, entre otros.
Art. 19.- La Unidad de TIC deberá implementar y gestionar la aprobación de una metodología estándar de desarrollo y adquisición de software,
realizado con terceros. Documentando en un expediente o portafolio el ciclo de vida de desarrollo de sistemas de los proyectos tecnológicos.
Art. 20.- La Unidad de TIC deberá contar con registros para el control de la vigencia de las garantías de fábrica que cubran desperfectos y ase-
guren el funcionamiento de los equipos de tecnología de información y comunicación, para lo cual creará procedimientos en conjunto con la Unidad
de Adquisiciones y Contrataciones Institucional.
Art. 21.- La Unidad de TIC, deberá emitir procedimientos de control para monitorear los servicios de enlaces brindados por terceros, asegurándose
que se cumpla con la recepción del servicio, la confi dencialidad e integridad de la información a la cual tengan acceso, y operación de la infraestructura
tecnológica.
Convenios y donaciones relacionados con TIC
Art. 22.- La máxima autoridad conforme a sus necesidades podrá realizar convenios entre instituciones u organismos para apoyarse con recursos
de tecnología de información y comunicaciones y para compartir información de las bases de datos, defi niendo el objetivo de la información o registros
a compartir y las políticas de seguridad para el acceso y confi dencialidad de la información.
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Art. 23.- La máxima autoridad y la Jefatura de la Unidad de TIC, defi nirán los procedimientos de los recursos tecnológicos a compartir con
Entidades y Organismos Gubernamentales, defi niendo los productos entregables, estándares de desarrollo de los sistemas a utilizar y la propiedad
intelectual del software.
Art. 24.- Las entidades deberán documentar la recepción de donaciones de hardware, software y aplicativos, evaluando previamente los aspectos
técnicos, como los códigos fuentes del software, manuales técnicos y de usuarios, mantenimientos y mejoras que podrá tener el software, aspectos
operativos (funcionamiento del software) y legales (propiedad intelectual).
Art. 25.- Los software procedentes de donaciones, deberán ser documentados en lo siguiente: Análisis de la adaptabilidad del sistema a los
procesos que se automatizarán, necesidades de información de los usuarios, la funcionalidad de los procesos que serán automatizados con el nuevo
software, la capacitación al personal técnico de la Unidad de TIC para la administración, mantenimientos y mejoras al sistema si éste lo permite y de
los usuarios que operarán el sistema de información.
CAPÍTULO VI
SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
Art. 26.- La máxima autoridad, gerencias y demás jefaturas, deberán asegurar la correcta administración de la seguridad de la información, es-
tableciendo y manteniendo controles que permitan que la información cumpla con las características de confi dencialidad, integridad, disponibilidad,
confi abilidad y cumplimiento legal.
Art. 27.- La Unidad de TIC administrará adecuadamente la seguridad física y lógica de sus recursos; estableciendo políticas y procedimientos
que permitan identifi car, autenticar y autorizar el acceso a los sistemas de información, sistemas operativos y bases de datos y dar seguimiento a las
transacciones que se ejecutan en los sistemas de información, bases de datos y sistemas operativos, así como el resguardo de servidores, switch y
otros dispositivos.
Art. 28.- La Unidad de TIC debe de establecer políticas y procedimientos de prevención, detección y corrección de virus; la utilización del correo
electrónico; restringir el tráfi co de información hacia dentro y fuera de la red institucional (pared de fuego) en todos aquellos puntos con acceso a redes
públicas de datos o VPN.
Seguridad de las bases de datos
Art. 29.- La Unidad de TIC, deberá garantizar la seguridad lógica a las bases de datos institucionales que resguardan información, evitando en
la medida de lo posible la generación de datos redundantes o repetitivos. El usuario del sistema de información es el responsable del contenido de la
información almacenada en las bases de datos.
Art. 30.- La Unidad de TIC deberá implementar y desarrollar políticas de control y designación de roles y responsabilidades de la administración
de la base de datos y usuarios de los sistemas de información. De igual forma deberá documentar, los procedimientos de solicitud, creación, mante-
nimiento, eliminación del usuario y cambios de claves.
Art. 31.- La Unidad de TIC deberá garantizar que las bases de datos contengan huellas de auditoría, que registren los eventos de las fechas y
actividades que realizan los usuarios, tales como: adición, eliminación, modifi cación de datos entre otros, con el fi n de garantizar la identifi cación de
los accesos a la información.
Art. 32.- La Unidad de TIC deberá garantizar la separación de funciones entre los administradores de base de datos, los desarrolladores de sistemas
y los que procesan los datos en los sistemas de información automatizados.
Art. 33.- La Unidad de TIC deberá realizar planes de respaldo y resguardo en sitio remoto y procedimientos para la recuperación de datos, que
permitan asegurar la información de acuerdo a su importancia y criticidad.
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Seguridad de la infraestructura tecnológica
Art. 34.- La Unidad de TIC defi nirá políticas y procedimientos de seguridad que garantice la confi abilidad, integridad y compatibilidad de la
plataforma tecnológica y que contemple el suministro de energía eléctrica para la continuidad del negocio en caso de fallas temporales en la red
eléctrica.
Art. 35.- La Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación, deberá implementar medidas de seguridad física y lógica para las redes
institucionales, esquemas de red con DMZ, consolas de antivirus, manteniéndolos actualizados en la red. Para el caso de los equipos informáticos sin
acceso a la red, se deberán de crear políticas para su actualización.
Art. 36.- La Unidad de TIC debe de elaborar y ejecutar un plan de Mantenimiento de Equipo Informático debidamente diseñado, que contenga
objetivos, políticas, prioridades, programación de actividades en el que se identifi que a los responsables de ejecutarlas y la determinación de los costos
estimados; además, la identifi cación de metas programadas formuladas de manera precisa, factible, viable y medible, para que se pueda ejercer un
seguimiento, evaluación de objetivos y su cumplimiento. Este plan deberá ser comunicado a los niveles responsables de su ejecución.
Art. 37.- La Unidad de TIC deberá de contar con la documentación de soporte de las operaciones que realicen (físicas o electrónicas), para
justifi car e identifi car la naturaleza, fi nalidad y resultado de la actividad realizada. La documentación debe estar debidamente custodiada y contar con
procedimientos para su actualización oportuna.
Art. 38.- La máxima autoridad y la Unidad de TIC, deberán emitir políticas que fomenten el fl ujo oportuno de información interna por medio
del uso del correo electrónico institucional como medio ofi cial de comunicación, digitalización de documentos, utilización del sitio web institucional,
intranet e internet. Deberán defi nir por escrito los controles generales de los recursos de tecnología de información, para asegurar la efi ciencia, efec-
tividad, confi abilidad y seguridad de la información.
Continuidad de las operaciones
Art. 39.- La Unidad de TIC, deberá contar con un plan de contingencia autorizado por la máxima autoridad de la entidad, este plan debe ser viable,
que detalle las acciones, procedimientos y recursos fi nancieros, humanos y tecnológicos, considerando los riesgos y amenazas de TIC que afecten de
forma parcial o total la operatividad normal de los servicios de la Entidad, categorizando el tipo de acción a realizar en cuanto a la medición en tiempo
para el restablecimiento de las operaciones tecnológicas, este plan debe probarse y actualizarse atendiendo la realidad tecnológica de la entidad al
menos una vez al año. Deberá ser comunicado a los niveles pertinentes.
Art. 40.- El Área de TIC debe establecer y mantener actualizadas políticas y procedimientos para el respaldo y recuperación de la información,
que le permitan tener acceso a la misma durante periodos de contingencias, causados por desperfectos en los equipos, pérdida de información u otras
situaciones similares.
Art. 41.- La Unidad de TIC debe realizar un diagnóstico o estudio para determinar la necesidad de contar con cobertura de seguros para los prin-
cipales equipos de cómputo y comunicaciones, que le permitan mitigar el riesgo provocado ante cualquier tipo de contingencia y desastre natural.
CAPÍTULO VII
ENTREGA Y SOPORTE DE SERVICIOS
Art. 42.- La Unidad de TIC deberá identifi car y registrar los incidentes y problemas de TIC, categorizar, diagnosticar, resolver, controlar errores,
evaluar problemas graves y reportar los informes que contienen los problemas resueltos y pendientes, el estatus de su procesamiento y las solucio-
nes.
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Art. 43.- La Unidad de TIC deberá emitir procedimientos de control para gestionar la confi guración, cambios y liberación de versiones de software
mediante la defi nición de planes y políticas.
Art. 44.- La Unidad de TIC deberá desarrollar procedimientos de control para la instalación y desinstalación de software y dispositivos de infor-
mación y comunicación, los que deberán ser reinstalados para su funcionamiento y efectividad en el uso.
Licenciamiento de software
Art. 45.- Todo el software instalado en la entidad, deberá estar amparado con la respectiva licencia extendida por el fabricante, otorgando a la
entidad el derecho de instalación y uso de los mismos, de conformidad a lo establecido por la ley.
Art. 46.- La Unidad de Activo Fijo deberá de elaborar y actualizar un inventario de Software y aplicaciones. La Unidad de TIC deberá controlar
el software instalado en cada uno de los equipos informáticos institucionales.
Art. 47.- La Unidad de TIC es la responsable de la instalación de software libre, debiendo justifi car los usuarios las necesidades de su uso.
El software libre instalado debe cumplir con los aspectos técnicos informáticos.
Art. 48.- La Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación deberá mantener registros actualizados con las características técnicas de
la infraestructura tecnológica, licencias de software, aplicativos, manejadores de base de datos y la documentación de los controles de cambios de los
sistemas de información. Estos registros deberán conciliarse con los controles de inventarios de activo fi jo y con los registros contables.
Gobierno electrónico
Art. 49.- Las entidades que han adoptado un modelo de gestión de gobierno electrónico para el manejo de contratos, transacciones económicas,
compras, pagos, entre otros aspectos que se realizan on-line, deberán emitir procedimientos para el manejo de fi rma digital, estableciendo por escrito
los procesos, funcionarios responsables, medidas de seguridad ante los riesgos identifi cados, alcance, confi dencialidad en la comunicación, entre otros
aspectos.
CAPÍTULO VIII
DISPOSICIONES FINALES
Art. 50.- Con el propósito de mantener actualizado el presente Reglamento, éste deberá ser revisado por una Comisión nombrada por el Presidente
de esta Corte, cuando lo estime conveniente.
Art. 51.- El presente Reglamento entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial.
Dado en San Salvador, a los veinticuatro días del mes de junio del dos mil catorce.
LIC. ROSALÍO TÓCHEZ ZAVALETA,
PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA.
(Registro No. F014106)
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ALCALDÍAS MUNICIPALESDECRETO No. 1
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN JUAN NONUALCO, DEPARTAMENTO DE LA PAZ.
CONSIDERANDO:
I. Que el Concejo Municipal de esta ciudad, promulgó LA ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCIÓN DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS E IMPUESTOS A FAVOR DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN NONUALCO, en fecha primero de octubre de dos mil ocho, publicada en el Diario Ofi cial, Número 193, Tomo No. 381, de fecha quince de Octubre de dos mil ocho.
II. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del municipio, es conveniente seguir otorgando incentivos tributarios con carácter transitorio que estimulen a los contribuyentes para el pago de sus deudas tributarias municipales.
III. Que esta determinación tiene como objeto benefi ciar a los habitantes de este municipio, que se encuentran en mora y además traerle mayores recursos al tesoro municipal, que actualmente se encuentra pasando por una situación difícil debido al pasivo contable con el que carga y esto daría un suspiro para el cumplimiento de algunas obligaciones.
POR TANTO:
En uso de sus facultades constitucionales, administrativas y legales,
DECRETA el siguiente:
DECRETO DE PRORROGA DE EXTENSIÓN DE PLAZO DE VIGENCIA DE LA ORDENANZA TRANSITORIA DE
EXENCIÓN DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS IMPUESTOS A
FAVOR DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN NONUALCO, DEPARTAMENTO DE LA PAZ.
Art. 1.- Se extiende el plazo de vigencia por tres meses contados a partir de los ocho días después de la publicación del presente Decreto, para que los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que adeuden tasas e impuestos al municipio de San Juan Nonualco, puedan acogerse al benefi cio de extensión de la ordenanza en referencia y solventar su deuda con esta Alcaldía.
Art. 2.- Todas las disposiciones comprendidas en la Ordenanza Transitoria de Exención aludida, favorece a las personas naturales y jurídicas a que se refi ere la expresada normativa, quienes deberán solicitar al Departamento de Cuentas Corrientes, los benefi cios establecidos en la misma, relacionados con la exención de intereses y multas, provenientes de las deudas por tasas e impuestos a favor del municipio de San Juan Nonualco; haciendo referencia a que solamente podrán gozar de los benefi cios que establece esta extensión de la ordenanza los contribuyentes que realicen sus pagos en forma total o a través de pagos parciales, siempre que éstos se paguen en el plazo de vigencia de la presente ordenanza.
Art. 3.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de la ciudad de San Juan Nonualco, a los diecinueve días de junio de dos mil catorce.
JOSÉ GUILLERMO RODAS RAMOS, BENICIO ADELIO RIVAS MIRANDA, ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL.
JESÚS RIVAS CALDERÓN, RAFAEL ORTÍZ, PRIMER REGIDOR. SEGUNDO REGIDOR.
ARNULFO ERNESTO HENRÍQUEZ HERNÁNDEZ, INÉS ALONSO BELLOSO RIVAS, TERCER REGIDOR. CUARTO REGIDOR.
FRANCISCO PICHE, JESÚS ALBERTO LÓPEZ DOMÍNGUEZ, QUINTO REGIDOR. SEXTO REGIDOR.
DAVID SALVADOR MANCÍA ORREGO,SECRETARIO.
(Registro No. F014098)
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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE
DESARROLLO COMUNAL DEL
CANTON SAN JOSE LA CEIBA
(ADESCOCASAJOCE).
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACION,
DURACION Y DOMICILIO
Art. 1.- Créase la Asociación denominada ASOCIACION DE DE-SARROLLO COMUNAL DEL CANTON SAN JOSE LA CEIBA, que podrá abreviarse ADESCOCASAJOCE, y que en los presentes Estatutos se denominará la ASOCIACION. Créase la Asociación de Desarrollo Comunal del Cantón San José La Ceiba, siendo una entidad apolítica y no lucrativa, podrá participar en el campo social, económico, cultural, religioso, cívico, educativo y en cualquier otro que fuere legal y prove-choso a la comunidad, la cual estará regulada por el Código Municipal, y las Ordenanzas afi nes a la naturaleza de la Asociación aprobado por el Concejo Municipal, para tal efecto en la Ciudad de Candelaria, y por estos Estatutos, Reglamentos Internos y demás disposiciones aplicables.
Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en estos Estatutos y demás disposiciones aplicables.
Art. 3.- El domicilio de la Asociación será el Cantón San José La Ceiba, Jurisdicción de la Ciudad de Candelaria, departamento de Cuscatlán.
CAPITULO II
FINES
Art. 4.- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano, las obras productivas y físicas que proyecte la Asociación para ello deberá:
a) Promover el progreso de la respectiva comunidad, conjun-tamente con instituciones públicas y organismos privados, nacionales e internacionales que participen en los correspon-dientes programas.
b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades representativas comunales.
c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados en la localidad, en mayor integración de sus miembros y la mejor realización de sus actividades.
d) Impulsar y participar en los programas de capacitación promocional de los dirigentes y grupos comunales con el fi n de contribuir al mejoramiento de la organización de la comu-nidad, la administración de proyectos sociales, económicos y la elevación de los niveles educativos.
e) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la comunidad con el equipamiento y los medios indispensables para solucionar los distintos problemas que existieren en la comunidad.
f) Promover las organizaciones juveniles, haciéndolas partícipes de la responsabilidad de los Programas de Desarrollo.
g) Incrementar las actividades comunales a fi n de obtener re-cursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la comunidad.
h) Participar en los Planes de Desarrollo Locales, regionales y nacionales especialmente en la determinación de los proyec-tos contemplados en su plan de actividades y establecer los recursos que deben utilizarse.
CAPITULO III
CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS
Art. 5.- Los Asociados podrán ser:
a) Los Fundadores.
b) Los Activos.
c) Los Honorarios.
Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo cuando las personas provengan de Comités Juveniles el requisito de edad antes mencionado será el de quince años.
Son Asociados Fundadores: Todos aquellos que hayan comparecido a la fi rma del Acta de Constitución de la Asociación.
Son Asociados Activos: Todas las personas que cumplan los re-quisitos señalados en el inciso primero, residentes dentro de los límites del Cantón San José La Ceiba.
Son Asociados Honorarios: Aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva les concede tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación y la comunidad.
Art. 6.- Son derechos y deberes de los Asociados Activos:
a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo solicitaren por escrito,
c) Elegir y ser electos para cargos de la Junta Directiva.
d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al incremento del número de miembros de la Asociación.
e) Asistir con puntualidad a las sesiones de la Asamblea General previa convocatoria escrita,
f) Cumplir estos Estatutos y obedecer los acuerdos de la Asamblea General y Junta Directiva siempre que estén relacionados con los fi nes de la asociación.
Art. 7.- Los Asociados honorarios gozarán de los derechos y prerrogativas que la Asamblea General les otorgue.
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
Art.8.- El gobierno de la asociación estará constituido por:
a) La Asamblea General, que será la máxima autoridad de la Asociación.
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b) La Junta Directiva, que será el órgano ejecutivo y estará integrada por el número de miembros que determinen los Estatutos.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 9.- La Asamblea General la componen todos los Asociados Activos y se instalará con la mayoría simple de Asociados Activos pudiendo haber representación de los Asociados no presentes, pero no podrán estar representados por más de una persona. Las resoluciones se acordarán por la mayoría de los votos de los presentes o representa-dos.
Art. 10.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente cada seis meses, y Extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva por iniciativa propia o a solicitud de quince miembros afi liados a la Asociación.
Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias se tratarán los aspectos comprendidos en la agenda y en cualquier otro punto que propongan los Asociados, en las Asambleas Generales Extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier acuerdo sobre otro aspecto será nulo.
Art. 12.- La convocatoria para la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, se hará por medio de convocatoria escrita, con tres días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda; indicándose en los mismos, el lugar, el día y la hora en que se ha de celebrar. Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después de la señalada con los Asociados que concurran, en este último caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para aquellos convocados en la forma prescrita en estos Estatutos que no concurrieren.
Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado fi nanciero de la Asociación.
c) Destituir o retirar por causas justifi cadas a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos.
d) Retirar la calidad de miembros activos de la misma a los que hubieren renunciado, fallecido o perdido su calidad de Asociados.
e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-tes.
f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que sea necesarios.
g) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos.
h) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo Presupues-to.
i) Otorga la calidad de Asociado Honorario.
j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales no previstas en los Estatutos y que demanden inmediata solución.
CAPITULO VI
PROCEDIMIENTOS ESPECIALES PARA LA
REMOCION DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS
Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados o
destituidos por acuerdo de la Asamblea General tomado por mayoría de
votos previa audiencia del interesado por infracciones a la Ordenanza,
Reglamento y Estatutos. Se consideran además como causales de retiro
o expulsión las siguientes:
a) Mala conducta del Asociado que se traduzca en perjuicio
para la Asociación.
b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan
en perjuicio de la Asociación.
c) Obtener por medios fraudulentos benefi cios económicos de
la Asociación para sí o para terceros.
d) Realizar desórdenes públicos.
e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asociación
o de algún directivo o socio.
Art. 15.- Todos o partes de los miembros de la Junta Directiva,
electos por la Asamblea General podrán ser suspendidos como socios
temporalmente, si no amerita su destitución o retiro según la gravedad
del caso. Para proceder a la suspensión temporal la Junta Directiva
nombrará una comisión especial de dos de sus miembros para que
investiguen los hechos y oyendo el informe de éstos y las razones del
supuesto infractor que exponga en su defensa, resolverá tal destitución
nombrando a continuación los sustitutos. En el caso de destitución que
habla el literal c) del Art. 13. La Junta Directiva seguirá el procedimiento
anterior pero en este caso, será la Asamblea General que resolverá tal
destitución nombrando a continuación los sustitutos.
Art. 16.- En caso que la Junta Directiva dentro de diez días de
conocida la infracción no proceda de conformidad a los artículos an-
teriores, un número de diez Asociados por lo menos podrá convocar a
la Asamblea General, para que ésta nombre la comisión investigadora
para que sobre la base de su informe la Asamblea General proceda a
la destitución o retiro. El mismo procedimiento se seguirá cuando de
acuerdo a las infracciones debe de conocerse sobre la suspensión temporal,
destitución o retiro de toda la Junta Directiva cuando por tratarse de la
mayoría de los miembros de la Junta Directiva los restantes no inician el
procedimiento dentro del plazo que anteriormente se establece en todos
los casos de este artículo, será la Asamblea General la que resolverá la
suspensión temporal, destitución o retiro de los miembros y en la misma
sesión elegirá y dará posesión de la suspensión o por el resto del período
de los directivos sustituidos. La Asamblea General o Junta Directiva
notifi cará al interesado la suspensión temporal o defi nitiva a más tardar
dentro de cuarenta y ocho horas después de haber sido acordada.
Art. 17.- Resolución que establezca la suspensión temporal decre-
tada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso de
revisión, dentro del plazo del tercer día hábil de la notifi cación. De las
resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningún recurso.
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CAPITULO VII
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 18.- La Junta Directiva estará integrada por nueve miembros propietarios y los suplentes correspondientes electos en Asamblea Ge-neral por votación nominal y pública, ya sea para cargos separados o en planilla. En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: Presidente(a), Vicepresidentes(a), Secretario(a), Pro-Secretario(a), Tesorero(a), Pro-Tesorero(a), Síndico(a), y dos Vocales. Los cargos de la Junta Directiva serán adhonórem; sin embargo cuando el Asociado trabaje en actividades particulares y eventuales para la Asociación podrá cobrar retribución convencional o cuando el volumen del trabajo y la circunstancia lo amerite previo acuerdo aprobado en Asamblea Gene-ral.
Art. 19.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente por lo menos una vez al mes, y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario previa convocatoria que haga el Presidente o al menos dos de sus miembros. Para que la sesión sea válida, deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos, en caso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá doble voto.
Art. 20.- Son atribuciones de las Juntas Directivas:
a) Elaborar el proyecto de estatutos de la Asociación y proponerlo a la Asamblea General.
b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el Desarrollo Comunal, el Plan de Trabajo y el Presupuesto correspondiente.
c) Integrar comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar su mayor organización y desenvolvimiento.
d) Convocar a la Asamblea General a reuniones Ordinarias y Extraordinarias.
e) Coordinar con los organismos del Estado, las Municipalidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la región en proyectos de mejoramiento de la localidad.
f) Participar en sus casos en las investigaciones, planeamiento, ejecución y evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento de la localidad.
g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los orga-nismos que cooperan con sus programas, de las actividades que desarrolla.
h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las disposiciones emanadas de la Asamblea General.
i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación.
j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los Asociados.
k) Presentar a consideración y aprobación de la Asamblea General en la sesión Ordinaria de diciembre de cada año calendario la Memoria Anual de sus actividades.
l) Llamar al miembro suplente correspondiente de la Junta Di-rectiva, cuando el titular esté ausente o no concurriese a tres sesiones consecutivas por lo menos sin causa justifi cada,
m) Presentar a consideración de la Asamblea General con quince días de anticipación de cada ejercido administrativo, el Plan y el Presupuesto de la Asociación.
Art. 21.- El Presidente de la Junta Directiva es el Representante Legal de la Asociación, presidirá las sesiones de Asamblea General y de la Junta Directiva, y todo lo demás que fuese encomendado por la Asociación.
Art. 22.- El Vice-presidente, colaborará con el Presidente y lo sustituirá en caso de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por los miembros de la directiva.
Art. 23.- El Secretario, será el órgano de comunicación de la Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma y tendrá a su cargo los libros de actas de sesiones que celebre la Asamblea Ge-neral y la Junta Directiva, extenderá las certifi caciones que le solicite la Junta Directiva o la Asamblea General y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 24.- El Pro-secretario, colaborará con el Secretario y lo sus-tituirá en caso de ausencia o impedimento de éste, también llevará el control del inventario de los bienes de la Asociación y todo lo demás que le fuere encomendado por los miembros de la Junta Directiva o la Asamblea General.
Art. 25.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes de la Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de la misma. Se encargará además de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociación, en todo caso será autorizado los pagos por el Secretario y con Visto Bueno del Presidente de la Asociación. Todos los fondos serán depositados en cuenta de ahorro en una institución bancaria o crediticia, para la cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación y se registrarán las fi rmas del Tesorero, Presidente y el Síndico de la Asociación; se requerirá para todo retiro de fondos la concurrencia de fi rmas de los antes mencionados, una vez sea aprobado por la directiva y todo lo demás que fuere encomendado por la Asociación.
Art. 26.- El Pro- Tesorero, tendrá las mismas funciones del Tesorero colaborará y lo sustituirá en caso de ausencia o impedimento de éste, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Junta Directiva y la Asamblea General.
Art. 27.- El Síndico, velará porque los contratos que celebre la Asociación se ajuste a las prescripciones legales y a los acuerdos emiti-dos por la Junta Directiva; así como velar por el estricto cumplimiento de estos Estatutos y conciliar en asuntos legales, previa autorización de la Junta Directiva. A falta de Síndico, fungirán los Vocales por orden respectivamente autorizados en sesión de Junta Directiva. De entre los Vocales de la Asociación el Presidente propondrá un Comité de Vigi-lancia formado por tres miembros de la Asociación que tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones, trabajos, libros y demás documentos de la Asociación con el objetivo de velar porque el patrimonio de la Asociación sea aplicado y conservado en la consecución de sus fi nes.
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Art. 28.- Los Vocales colaborarán con la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los miembros de la Junta Directiva que faltare a las sesiones o actividades de la misma y todo lo demás que le fuere encomendado.
Art. 29.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un período de dos años, podrán ser reelegidos para otro período si la Asamblea General así lo decidiere.
CAPITULO VIII
DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION
Art. 30.- El patrimonio de la Asociación será constituido por:
a) La contribución que aporten los Asociados Activos, materia-lizándolo con la cantidad de un dólar de los Estados Unidos de América, como aporte mínimo.
b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes fuentes lícitas.
c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad lícita rea-lizada para obtener fondos al patrimonio de la Asociación.
d) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título lícito y las rentas que se obtengan de la administración de los mismos.
Art. 31.- De las utilidades obtenidas por la Asociación, se aportará el cinco por ciento para formar un Fondo de Reserva para incrementar el capital bancario a nombre de la misma. La Asociación llevará un libro especial de registro de capital, en el que deberá expresarse todo aumento o disminución del mismo. La Asociación para poder desarrollar sus fi nes sociales y de obras físicas siempre que conduzca a operaciones canali-zadas a través de recursos económicos deberá ser conocida y aprobada por la Junta Directiva cuando no exceda de un mil dólares Americanos, caso contrario lo aprobará la Asamblea General.
Art. 32.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo se obtuvieren ganancias, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los proyectos a los que puede ser aplicadas tales ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el Fondo de Reserva.
CAPITULO IX
DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION
Art. 33.- La Asociación podrá ser disuelta mediante acuerdo en sesión de Asamblea General Extraordinaria convocada para tal efecto y para que dicha resolución sea válida, será necesario el voto de las tres cuartas partes de los que estén legalmente Asociados a la misma de lo contrario será nula la resolución.
Solamente podrá ser disuelta por las causas siguientes:
a) Disminución en el número de miembros en un cincuenta por ciento del mismo establecido en el Código Municipal y la Ordenanza, a fi nes a las Asociaciones Comunales, emitidas por el Concejo Municipal de la ciudad de Candelaria.
b) Por motivos que la respectiva Ordenanza aprobada por el Concejo Municipal disponga y demás disposiciones aplica-bles.
Art. 34.- En caso de disolución, si después de pagadas las obli-gaciones que tenga la Asociación hubiera un remanente, la Junta Di-rectiva deberá poner a disposición del Concejo Municipal el remanente que hubiere quedado después de treinta días, con la condición de ser destinados los fondos a Programas de Desarrollo Comunal a realizarse preferentemente en la localidad del domicilio de la Asociación.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
CERTIFICA: Que a página 145 en adelante del Libro de Actas y Acuerdos Municipales Tomo I, que esta Ofi cina lleva durante el pre-sente ejercicio se encuentra el Acta número VEINTICINCO de fecha DIECIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL CATORCE, que literalmente dice:
ACUERDO No. 7.- El Concejo Municipal considerando que por disposición legal estipulado en el Art. 4 Numeral 8 del Código Municipal establece que compete a los municipios la promoción de la participación ciudadana, responsable en la solución de los problemas locales en el fortalecimiento de la conciencia cívica y democrática de la población; Art. 30 Numeral 23 del Código Municipal regula como facultad del Concejo, conceder la personalidad jurídica a las Asociaciones Comunales; también el Art. 119 del Código Municipal establece que las Asociaciones Comunales, tendrán personalidad jurídica otorgada por el Concejo respectivo y teniendo a la vista los Estatutos de Constitución, creados por la "ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL DEL CANTON SAN JOSE LA CEIBA, CANDELARIA, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN, (ADESCOCASAJOCE)" habiendo cumplido con los requisitos exigidos para tal efecto y viendo que no contrarían la Ley, ni Ordenanza existente, el orden público, ni las buenas costumbres; este Concejo Municipal, en uso de sus facultades legales ACUERDA: CONCEDER PERSONERIA JURIDICA A LA ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL DEL CANTON SAN JOSE LA CEIBA, CANDELARIA, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN, (ADESCO-CASAJOCE) Y RECONOCER SU NACIMIENTO LEGAL PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES, PREVIA PUBLICACION DE LEY. Comuníquese este Acuerdo para los efectos legales consiguientes. Y no habiendo más que hacer constar se da por terminada la presente acta que fi rmamos.- J.A.P.B.// A.H.C.// F.CORTEZ.N.// A.A.A.// P.O.// M.N.A.C.// LUIS A. ORTIZ// L.A.A.// M.delC.R.M.// J.A.V.C.// L.D.M.R.// J.R.L.// G.M.F.B.Srio.// RUBRICADAS.
ES CONFORME CON SU ORIGINAL: Con el cual se confrontó y se certifi ca la presente en la Alcaldía Municipal de Candelaria, De-partamento de Cuscatlán, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil catorce.
JOSE ADALBERTO PERDOMO BELTRAN,
ALCALDE MUNICIPAL.
LICDA. GLORIA MARISOL FABIAN DE P.,
SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F014063)
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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
AVISO DE INSCRIPCION
LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA DEL DE-
PARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,
CERTIFICA Que: Habiendo cumplido con el procedimiento esta-
blecido en el Decreto Legislativo número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-
cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN
AGROPECUARIA Y SERVICIOS MÚLTIPLES "CINCO DE NO-
VIEMBRE" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con domicilio en
el municipio de San Juan Opico, departamento de La Libertad, obtuvo su
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
Personalidad Jurídica, el día trece de enero de mil novecientos noventa
y siete; y fue inscrita en el libro cincuenta y siete del Registro que esta
Ofi cina lleva bajo la siguiente codifi cación: Mil cuatrocientos seis del
Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario
Ofi cial por una sola vez el asiento de inscripción correspondiente.
Santa Tecla, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil
catorce.
NOTIFÍQUESE.
LIC. ANGELA DEL CARMEN MANZANO,
JEFA DE LA SECCIÓN JURIDICA.
Of. 1 v. No. 681
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN.
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a
las ocho horas con veinte minutos del día veintiuno de mayo del año
dos mil catorce, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario la herencia intestada dejada por el causante FULGENCIO
DE JESUS ESTRADA, quien fue de setenta años de edad, Agricultor,
fallecido el día seis de octubre de dos mil trece, siendo Metapán su úl-
timo domicilio; por parte del señor FULGENCIO ELISEO ESTRADA
FUNES, en calidad de hijo del referido causante.
En consecuencia, se le confi rió a dicho aceptante la administra-
ción y representación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días,
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas
con cuarenta minutos del día cuatro de junio de dos mil catorce.- LIC.
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.
MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 663-2
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado,
a las diez horas y cincuenta minutos del día seis de junio del dos mil
catorce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON
BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que
a su defunción dejó la causante ENMA LIDIA DIAZ MARTINEZ, de
parte de las señoras NURIA NOHEMY DIAZ SORTO, de treinta y un
años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Perquín, Morazán,
con Documento Único de Identidad Número cero dos cero cinco cero tres
cinco cinco guión siete, y Número de Identifi cación Tributaria un mil
trescientos dieciséis guión uno tres cero nueve ocho dos guión uno cero
uno guión cero; y LISETH ESMERALDA DIAZ SORTO, de veintiocho
años de edad, estudiante, originaria de Perquín, Morazán, y del domicilio
de San Miguel, con Documento Único de Identidad Número cero tres
tres ocho cinco cinco cinco tres guión uno, y Número de Identifi cación
Tributaria un mil trescientos dieciséis guión uno, y Número de Identifi -
cación Tributaria un mil trescientos dieciséis guión cero cuatro uno uno
ocho cinco guión uno cero uno guión seis; por derecho propio que les
corresponde en calidad de hijas de la causante; quien a la fecha de su
fallecimiento era de sesenta y dos años de edad, doméstica, originaria
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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
de Torola, y del domicilio de Perquín, Morazán; hija de NICOLASA
MARTINEZ DE DIAZ y JOSE RUBEN DIAZ MARTINEZ, conocido
por RUBEN DIAZ; falleció el día once de agosto del dos mil trece, en
Cantón Casa Blanca, Jurisdicción de Perquín, Departamento de Morazán;
siendo en ese lugar su último domicilio.
Se le confi rió a las aceptantes antes mencionadas y en la forma
establecida, la administración y representación interina de la Sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el
siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Departamento de Morazán, a los once días del mes de junio del
dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,
JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA
ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 664-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día, a las doce
horas y veinticinco minutos se ha tenido por aceptada expresamente,
con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor
FLORENTINO VELASQUEZ, quien falleció el día dieciocho de mayo
del dos mil nueve, en el Hospital Nacional San Juan de Dios, de la
ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio El Carmen, de este
Departamento, de parte de la señora BLANCA AMALIA TORRES
viuda DE VELASQUEZ, en calidad de cónyuge del causante.
Confi riéndole a dicha aceptante en la calidad antes mencionada la
administración y representación interina de la Sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la Sucesión, para que
en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo
demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cinco días del mes
de junio del dos mil catorce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 665-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las diez
horas y cincuenta y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresa-
mente, con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor
JOSE ANTONIO SANDOVAL BERRIOS, quien falleció el día siete de
marzo del dos mil trece, en el Hospital Regional ISSS de la ciudad de San
Miguel, siendo su último domicilio El Carmen, de este Departamento, de
parte del señor JOSE MANUEL BERRIOS, en calidad de hermano del
causante. Confi riéndole a dicho aceptante, en la calidad antes dicha, la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para
que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cinco días del mes
de junio del dos mil catorce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 666-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y treinta
minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio
de inventario la herencia intestada que dejó el señor Walter Antonio
Avila Alvarado, quien falleció el día dos de febrero de dos mil trece,
en Calle Principal a Cantón Amapalita y Final Noventa Avenida Sur,
La Unión, siendo el Cantón Conchaguita, Jurisdicción de Conchagua,
Distrito y Departamento de La Unión, su último domicilio, de parte de
la señora ROSA ELVIRA AVILA, en calidad de madre del causante.
Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la
administración y representación interinas de la sucesión con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel
lo demuestren en este Juzgado.
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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los trece días del mes
de marzo de dos mil catorce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 667-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y treinta
minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio
de inventario la herencia intestada que dejó el señor PEDRO ARIAS,
quien falleció el día catorce de noviembre de mil novecientos ochenta
y ocho, en el Barrio Las Flores, de esta ciudad, siendo este lugar, su
último domicilio, de parte de la señora Melva Olinda Zelaya, o Melva
Olinda Zelaya Arias, en calidad de hija del causante.
Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la
administración y representación interinas de la sucesión con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cinco días del mes
de mayo de dos mil catorce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 668-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día, a las nueve
horas y cincuenta y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresa-
mente, con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el
señor JOSE HERNAN ALVAREZ SOSA, quien falleció el día doce de
abril del dos mil doce, en Clínica Médica San Francisco, de la ciudad de
San Miguel, siendo su último domicilio La Villa de San José, Departa-
mento de La Unión, de parte la señora MARIA VITELIA ALVAREZ
ALVAREZ, conocida por MARIA VITELIA ALVAREZ, representada
por el Licenciado EMILIO NOE RUIZ SORTO, y representando a sus
menores hijos, ENSON STEVEN ALVAREZ ALVAREZ y ELIAM
ARIEL ALVAREZ ALVAREZ, éstos en calidad de hijos del causante.
Confi érese a dicha aceptante, en la calidad antes mencionada, la admi-
nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para
que el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiséis días
del mes de mayo del dos mil catorce. LIC. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 669-2
TÍTULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO
SOLORZANO MARTÍNEZ, quien es de sesenta y seis años de edad,
jornalero, soltero, Salvadoreño, Originario y Residente en Barrio San
Luis, Quinta Calle Poniente, Casa Número Cinco, Nueva Guadalupe, San
Miguel, Portador de su Documento Único de Identidad Número: Cero un
millón novecientos veintisiete mil quinientos treinta y uno guión uno y
Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: Mil doscientos diez guión
cero cuarenta mil novecientos cuarenta y siete guión ciento uno guión
tres y lo hace representado por medio de su Apoderada, FRIDA MAR-
LENI GONZÁLEZ CAMPOS, mayor de edad, Abogado, del domicilio
de San Miguel, Portadora de Tarjeta de Identifi cación Número Once mil
novecientos diecisiete; solicitando se le extienda Título de Propiedad a
su favor sobre un inmueble de naturaleza urbana situado en Barrio San
Luis, Quinta Calle Poniente, Casa Número Cinco, Municipio de Nueva
Guadalupe, Departamento de San Miguel; dicho inmueble tiene una
capacidad superfi cial de QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS
CON DIECINUEVE CENTÍMETROS CUADRADOS, según datos pro-
porcionados por el solicitante y según datos proporcionados por Catastro
San Miguel es de QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS
CUADRADOS, siendo las medidas y linderos siguientes: AL NORTE:
Mide CATORCE METROS CON OCHENTA CENTÍMETROS, colinda
con la señora: MARÍA DEL TRANSITO BOLAÑOS, cerco de ladrillo
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de bloque propio del solicitante; AL ORIENTE: Mide TREINTA Y
SIETE METROS, colinda con la señora: ANGÉLICA ULLOA VIUDA
DE MARTÍNEZ y JUAN FRANCISCO SOLORZANO, muro de ladri-
llo propio del solicitante y calle de por medio; AL PONIENTE: Mide
TREINTA Y SEIS METROS CON CINCUENTA CENTÍMETROS,
colinda con el señor: antes, ELISA DEL CARMEN BENAVIDES HER-
NÁNDEZ hoy JULIÁN MOLINA y MARÍA DEL CARMEN SOTO
muro de ladrillo propio del solicitante; AL SUR: Mide DIECISIETE
METROS CON SETENTA CENTÍMETROS, colinda con los señores:
antes con FRANCISCO BOLAINEZ CAMPOS y MARÍA EUFEMIA
ZELAYA DE BOLAINEZ hoy REINA DE LA PAZ AVILES, cerco
de alambre propio del solicitante. En dicho inmueble existe una casa
construida, de pared de ladrillo, techo de duralita, piso de cerámica,. El
terreno descrito no es ejidal, baldío, ni comunal, no es dominante, ni
sirviente, no tiene ninguna carga, ni derechos reales que pertenezcan a
otra persona, ni se encuentra en proindivisión con nadie. El inmueble
lo Valora en CUATRO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE NORTE AMÉRICA ($4,000.00).
Y para ser publicado acorde a ley, se extiende el presente edicto en
la Alcaldía Municipal de la ciudad de Nueva Guadalupe, a los veinticinco
días del mes de abril de dos mil catorce. FRANCISCO BENAVIDES
FUNES, ALCALDE MUNICIPAL DE NUEVA GUADALUPE. LIC.
RONALD OSWALDO AVILÉS LÓPEZ, SECRETARIO DEL CON-
CEJO MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 670-2
TÍTULO SUPLETORIO
GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que a este Juzgado, se ha presentado la Licenciada
SONIA DEL CARMEN MONTERROSA QUINTANILLA, en calidad
de Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República, y en
representación del señor CRISTOBAL DE JESUS MONTECINOS
PABLO, de cuarenta y nueve años de edad, Jornalero, del domicilio de
Alegría, Departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad
Número: cero cero dos dos tres dos cinco ocho - cero; con Número de
Identifi cación Tributaria número: un mil ciento uno - ciento treinta mil
ciento setenta - ciento dos - cuatro, solicitando Título Supletorio de un
terreno de naturaleza rústica, ubicado en Cantón San Juan Dos, Munici-
pio de Alegría, Departamento de Usulután, de una extensión superfi cial
según Certifi cación Catastral de SIETE MIL QUINIENTOS CINCO
PUNTO CERO CINCO METROS CUADRADOS, colindancias son
las siguientes: LADO NORTE, con Andrés de Jesús Montecinos, AL
ORIENTE: con Luis Antonio Gutiérrez Rodríguez, quebrada de por
medio, AL SUR: con Luis Antonio Gutiérrez Rodríguez, calle de por
medio y Luis Antonio Gutiérrez Rodríguez, calle de por medio; AL
PONIENTE: con Raúl Antonio Moreno, calle de por medio. El terreno
descrito lo obtuvo por posesión material que adquirió de su padre Andrés
de Jesús Montecinos, la cual data desde el año mil novecientos noventa
y seis, y que ha ejercido de una forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida,
inmueble valorado en la suma de UN MIL TRESCIENTOS DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
Santiago de María, a los tres días del mes de junio del año dos mil ca-
torce. LICDA. GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA. LICDA. SANDRA ELIZABETH GÓMEZ
GARAY, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 671-2
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN.
HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó el señor JUAN
ANTONIO SIERRA QUINTANA, de cincuenta y tres años de edad,
Motorista, del domicilio de la población de Masahuat, de esta compren-
sión, solicitando se extienda a su favor TITULO SUPLETORIO de un
inmueble de naturaleza rústica situado en Cantón Las Piedras, Caserío
El Rodeo, de esta compresión territorial; de una extensión superfi cial de
QUINIENTOS TREINTA PUNTO OCHO MIL CIENTO SESENTA Y
TRES METROS CUADRADOS, con las colindancias siguientes: AL
NORTE, con José Misael Posadas Mejía; AL ORIENTE, con los señores
Marlín Johanna Mejía Martínez, Yeimy Jazmín Mejía Martínez, Yese-
nia Jazlin Mejía Martínez y César Udiel Mejía Posadas; AL SUR, con
Alcaldía Municipal de Metapán, calle de por medio; y AL PONIENTE,
con José Antonio Pérez Ramírez. El referido inmueble no se encuentra
en proindivisión, y no existe cargas reales que respetar; lo valúa en la
cantidad de DOS MIL DÓLARES.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce horas con
diez minutos del día dieciocho de junio del dos mil catorce. LIC. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 672-2
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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
HERENCIA YACENTE
LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo Civil de este Municipio Judicial.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las diez horas con cuarenta y un minutos del día cinco de junio de dos mil catorce.- Se ha declarado yacente la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Salvador, siendo la Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, su último domicilio, el día veintisiete de agosto de dos mil once, dejó el causante JÓSE MANUEL AGUILAR CAMPOS, y para que lo represente nómbrese como curador a la Licenciada EDA VERONICA MENA DUEÑAS, a quien se le hará saber de este nombramiento para su aceptación, juramentación y demás efectos legales.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención para que transcurridos el término de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto correspondiente, concurran a este tribunal a hacer uso de sus derechos.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-tamento de San Salvador, a las catorce horas con diez minutos del día seis de junio del año dos mil catorce.- LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL. LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 654-3
LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo Civil de este Municipio Judicial.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las catorce horas con treinta minutos del día veinte de mayo del dos mil catorce.- Se ha declarado yacente la herencia intestada que a su defunción ocurrida en Santiago Texacuangos, de este Departamento, siendo su último domicilio, el día once de septiembre de mil novecientos ochenta y ocho, dejó el causante ANDRES SEGURA REYES o ANDRES SE-GURA, y para que lo represente nómbrese como curador al Licenciado NELSON BENJAMIN VALDEZ GRANADOS, a quien se le hará saber de este nombramiento para su aceptación, juramentación y demás efectos legales.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención para que transcurridos el término de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus derechos.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-tamento de San Salvador, a las doce horas con treinta minutos del día cuatro de junio del año dos mil catorce.- LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL. LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 655-3
DE TERCERA PUBLICACIÓN
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
LIC. ROXANA GUADALUPE RECINOS ESCOBAR, Notario, de este
domicilio, con Despacho Notarial ubicado en Primera Calle Oriente, Casa
Número diez, Barrio El Centro, Ilobasco, Departamento de Cabañas.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída
a las siete horas del día treinta de junio de dos mil catorce, se ha declarado
como HEREDERA DEFINITIVA INTESTADA CON BENEFICIO
DE INVENTARIO a la señora MARIA LEONARDA HENRRIQUEZ
DE GARCIA conocida por MARIA LEONARDA HENRIQUEZ DE
GARCIA, que a su defunción dejó el señor ANDRES ROMEO GARCIA
LOZANO conocido por ANDRES ROMEO GARCIA, ocurrida a las
trece horas del día doce de enero del año dos mil catorce, en su casa
de habitación ubicada en el Cantón Oratorio, Caserío El Tránsito, de
la jurisdicción de la Ciudad de Ilobasco, Departamento de Cabañas, a
consecuencia de Infarto, sin asistencia médica, en calidad cónyuge y
de cesionaria del derecho que les corresponderían en calidad de hija y
padres del causante respectivamente, a los señores Mayra del Carmen
García Henríquez, Pedro Rafael García Durán conocido por Rafael
García y María Elena Lozano de García conocida por María Elena Lo-
zano, habiéndosele conferido a la heredera declarada la representación
y administración defi nitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de Ilobasco, a las siete horas con treinta
minutos del día treinta de junio de dos mil catorce.
ROXANA GUADALUPE RECINOS ESCOBAR,
NOTARIO.
1 v. No. C003051
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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE SAN
MIGUEL.
AVISA: Que por resolución de las ocho horas dos minutos de este
día, se ha declarado HEREDEROS DEFINITIVOS, con benefi cio de
inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la causante
señora MARIA INES VIGIL DE ZELAYA; quien fue de treinta y seis
años de edad, fallecida el día cinco de julio de mil novecientos noventa
y nueve, siendo este Municipio el lugar de su último domicilio; a los
señores PETRONA VIGIL, KARLA VANESSA PERLA y JAY ADAM
ZELAYA. Confi riéndole en estas diligencias al aceptante la administra-
ción y representación DEFINITIVA de la sucesión, la cual será ejercida
junto con la curadora de bienes Licenciada MARIA GUADALUPE
CABRERA CRUZ, quien representa al señor JOSE INES ZELAYA
ALVARADO; como hijo de la causante.
Lo que hago del conocimiento del público, para los efectos legales
consiguientes.
Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las ocho horas tres
minutos del día diecinueve de junio de dos mil catorce.- LIC. DIANA
LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL, SAN MIGUEL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA
AYALA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.
1 v. No. C003054
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ 2 DE LO CIVIL DE
MEJICANOS.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Tribunal, a
las quince horas del día treinta de abril de dos mil catorce, se ha declarado
a la señora NOEMI OFELINDA MARQUEZ DE CRUZ, HEREDERA
INTESTADA CON BENEFICIO DE INVENTARIO de la sucesión que
a su defunción le defi rió la causante DELMI TERESA MARQUEZ, quien
falleció en esta ciudad, su último domicilio, el día veintiséis de septiembre
de dos mil once; en concepto de HERMANA de la de cujus y como cesio-
naria de los derechos hereditarios que le correspondían a sus otros cinco
hermanos, señores: JORGE DE JESUS MARQUEZ SALAMANCA,
LUIS ANTONIO MARQUEZ SALAMANCA, JOSE ROLANDO
MARQUEZ SALAMANCA, MAURO ENRIQUE MARQUEZ
SALAMANCA, RAFAEL HUMBERTO MARQUEZ SALAMANCA
y MELVYN ALICIA MARQUEZ DE FERNANDEZ.
Confi érase a la heredera declarada la administración y representación
defi nitivas de la sucesión.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL DE MEJICANOS,
JUEZ 2; a las catorce horas del día seis de mayo de dos mil catorce.- DR.
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.-
LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
1 v. No. F013976
LICENCIADA DAMARIS ARGENTINA VASQUEZ CORNEJO,
Notario, del domicilio de Cojutepeque, departamento de Cuscatlán, con
ofi cina Notarial ubicada en Cuarta Avenida Norte número cinco "D" de
la ciudad de Cojutepeque, departamento de Cuscatlán, al público para
los efectos de Ley.
AVISA: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las
catorce horas del día trece de junio de dos mil catorce, se ha declarado
HEREDERO DEFINITIVO con benefi cio de Inventario de la Heren-
cia Intestada de los bienes que a su defunción dejó la señora JUANA
ANTONIA ARIAS HERNANDEZ, ocurrida el día dos de junio de dos
mil doce, en la ciudad de Ramona, Condado de San Diego, Estado de
California, Estados Unidos de América, de parte del señor SANTOS
ALIRIO CHAVEZ ARIAS, en su concepto de hijo y cesionario de los
Derechos Hereditarios que le correspondían al señor MANUEL DE JESUS
ARIAS EVANGELISTA, conocido por MANUEL ARIAS en concepto
de padre de la referida causante.- Habiéndosele conferido al aceptante
la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.
Librado en la ciudad de Cojutepeque, departamento de Cuscatlán,
a los treinta días del mes de junio de dos mil catorce.
LIC. DAMARIS ARGENTINA VASQUEZ CORNEJO,
NOTARIO.
1 v. No. F014025
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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
MANUELA ALEXANDRA DE LA HELGUERA SACA, Notario, de
este domicilio, con ofi cinas ubicadas en Boulevard Orden de Malta Sur,
Edifi cio Eben-Ezer, cuarta planta, Urbanización Santa Elena, Antiguo
Cuscatlán.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las trece horas del día veintisiete de junio de dos mil catorce, se ha
declarado a la señora NURIA MARIA VIDALES DE GALVEZ, heredera
defi nitiva con benefi cio de inventario, de los bienes que a su defunción
ocurrida en el Hospital de Diagnóstico de la ciudad de San Salvador, el
día dos de noviembre de dos mil trece, dejó su padre, el señor MAURICIO
ORLANDO VIDALES RIVAS conocido por MAURICIO VIDALES
RIVAS, en su concepto de hija del causante; habiéndole concedido la
representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.
Lo que se avisa al público, para los efectos de ley.
Librado en Antiguo Cuscatlán, el día treinta de junio de dos mil
catorce.
MANUELA ALEXANDRA DE LA HELGUERA SACA,
NOTARIO.
1 v. No. F014077
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ TRES DEL JUZGADO
CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las diez
horas y treinta minutos del día cinco de mayo de dos mil catorce, se ha
declarado herederos defi nitivos con benefi cio de inventario de la herencia
intestada que a su defunción defi rió el causante señor MANUEL DE
JESUS CARDOZA MARENCO, quien falleció en el Instituto Salvado-
reño del Seguro Social de la Ciudad de Ilopango, el día once de octubre
de mil novecientos noventa y cuatro, siendo éste el lugar de su último
domicilio, a los señores YENI SARAI CARDOZA CORTEZ, WILMER
EMMANUEL CARDOZA CARRILLO, ERLINDA CARDOZA
LANDAVERDE, conocida por MARIA ERLINDA CARDOZA
LANDAVERDE y por MARIA ERLINDA CARDOZA, ENEYDA
MARICELA CARDOZA FLORES y KARINA MARISOL CARDOZA
FLORES, esta última por encontrarse fuera del país, por medio de su
Curadora Especial señora ERLINDA CARDOZA LANDAVERDE,
conocida por MARIA ERLINDA CARDOZA LANDAVERDE y por
MARIA ERLINDA CARDOZA, en calidad de madre e hijos sobrevi-
vientes, del "de Cujus".
Confi éraseles a los herederos declarados la administración y re-
presentación defi nitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil, Juez Tres
de San Salvador, a las diez horas y cinco minutos del día diecinueve de
mayo de dos mil catorce.- LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ,
JUEZ TRES, JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL
DE SAN SALVADOR.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,
SECRETARIO.
1 v. No. F014088
MIGUEL ANGEL AVELAR AMAYA, Notario, del domicilio de
San Juan Opico y del de San Salvador, con Ofi cina Jurídica Ubicada
en Avenida Dueñas # 1, Barrio El Centro 2ª Planta, San Juan Opico,
Departamento de La Libertad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las doce horas del día diez de junio del año dos mil catorce. Se ha
DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA AB-INTESTATO y con
benefi cio de inventario, a la señora: MARIA DOLORES PEREZ, en su
concepto de Cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían
al señor WILFREDO PEREZ RIVAS, en concepto de hijo sobrevivien-
te, de la Herencia Intestada que a su defunción dejara el señor JESUS
MARIANO RIVAS, quien falleció en el Hospital Amatepec, del Seguro
Social, en la ciudad de Soyapango, departamento de San Salvador, a las
veintitrés horas con cuarenta minutos del día doce de junio del año dos
mil doce, a consecuencia de Febrilidad Ventricular, Pie Diabético G IV,
Insufi ciencia Arterial e Hipertensión Arterial, en el concepto ya aludido
y habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva
de la mencionada sucesión y para ser publicado por una sola vez en el
Diario Ofi cial.
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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
Libro el presente aviso en la ciudad de Quezaltepeque, Departa-
mento de La Libertad, a los diez días del mes de junio del año dos mil
catorce.
LIC. MIGUEL ANGEL AVELAR AMAYA,
NOTARIO.
1 v. No. F014095
ACEPTACION DE HERENCIA
ANY CRISTY ARGUMEDO CAMPOS, mayor de edad, Abogado y
Notario, de este domicilio, con ofi cinas situadas en Paseo General Es-
calón y Noventa y nueve Avenida Norte, Edifi cio Atlantic Center, Local
Veintiséis, San Salvador, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que en las diligencias promovidas ante mis ofi cios
Notariales, se ha tenido expresamente por aceptada y con benefi cio de
Inventario, la herencia Testada que a su defunción dejó la señora MARIA
ANA DE JESUS SEGOVIA, conocida por MARIA ANA SEGOVIA,
MARIA SEGOVIA, MARIA ANA SEGOVIA FUNES y por MARIA
FUNES SEGOVIA, quien falleció el día veintinueve de mayo del año
dos mil catorce, en la ciudad de Apopa, de este Departamento, siendo
éste su último domicilio, de parte de la señora SANDRA CECILIA-
LARIOS DE AVILA conocida por SANDRA CECILIA SEGOVIA,
SANDRA CECILIA SEGOVIA LARIOS, SANDRA CECILIA LARIOS
SEGOVIA, y por SANDRA DE AVILA, en calidad de Heredera Testa-
mentaria sobreviviente de la causante; se le ha conferido a la aceptante la
administración y representación interina de la sucesión con las facultades
y restricciones de Ley.
Librado en San Salvador, el día veintisiete de junio de dos mil
catorce.
ANY CRISTY ARGUMEDO CAMPOS,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. C003040
JABIER CALDERON RIVERA, Notario, del domicilio de Usulután,
con ofi cina establecida en la Primera Avenida Sur, Local Número dos,
frente a Plaza Hidalgo, de la ciudad de Usulután.
HACE SABER: Que por resolucion del suscrito Notario, proveída
a las quince horas del día veintiuno de junio del año dos mil catorce,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario
la Herencia Testamentaria, que a su defuncion dejó la señora: EVA
CATALINA CAMPOS viuda DE MACHUCA, de parte de las señoras:
BLANCA LIDIA MACHUCA CAMPOS, EVANGELINA MACHUCA
CAMPOS, y LAURA VICENTA CAMPOS ROSALES, las dos primeras
en su calidad de hijas, y la última en su calidad de nuera, del de cujus,
habiendose conferido la administracion interina y representacion de la
sucesión TESTAMENTARIA, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días contados desde el siguiente a la
última publicacion del presente edicto.
Librado en la Ofi cina del Notario Jabier Calderón Rivera, en la
ciudad de Usulután, a las ocho horas del día treinta de junio del año dos
mil catorce.
JABIER CALDERON RIVERA,
NOTARIO.
1 v. No. F013941
SANDRA MORENA BALCACERES MERLOS, Notario, de este domi-
cilio, con Ofi cina ubicada en Tercera Avenida Norte y Diecinueve Calle
Poniente, número doscientos treinta y ocho, San Salvador, al público
para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día
dieciséis de febrero de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada y con
Benefi cio de Inventario la Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida
a las cinco horas con veinte minutos del día seis de octubre del dos mil
doce, en el Hospital Nacional Santa Teresa, de la ciudad de Zacatecoluca,
Departamento de La Paz, dejó la señora SANTOS ORELLANA DE
RODRIGUEZ, de parte del señor JOSE MARIA CRUZ RODRIGUEZ,
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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
en su calidad de esposo; a dicho aceptante se le ha conferido la Admi-
nistración y Representación Interina de la Sucesión con las Facultades
y Restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada
Ofi cina a deducirlo en el término de quince días, contados desde el día
siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la Ofi cina de la Notario SANDRA MORENA BAL-
CACERES MERLOS, en la ciudad de San Luis Talpa, Departamento
de La Paz, a las nueve horas del día siete de marzo de dos mil catorce.
LIC. SANDRA MORENA BALCACERES MERLOS,
NOTARIO.
1 v. No. F013972
EL LICENCIADO HERBERT FRANCISCO VALDES LEWY, mayor
de edad, Abogado y Notario, del domicilio de la ciudad de Ahuachapán,
con Ofi cina profesional situada en Calle Gerardo Barrios Oriente número
tres-cuatro, en esta ciudad, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia
Intestada promovidas ante mis ofi cios Notariales por la señora REGINA
MELANY PINEL GALLEGOS conocida por REGINA MELANY PI-
NEL GALLEGOS DE BOREMAN, REGINA PINEL DE BOREMAN,
REGINA MELANIA PINEL GALLEGOS y por REGINA MELANIA
HAGEL GALLEGOS, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario, la Herencia Intestada, que a su defunción dejó
la señora BEATRICE ELENA HAGEL GALLEGOS, quien falleció a
las diez horas y cuarenta minutos del día veintitrés de enero de dos mil
siete en la ciudad de Baltimore, Estado de Maryland, Estados Unidos de
América, siendo su último domicilio la ciudad de Ahuachapán, Departa-
mento de Ahuachapán, de parte de la señora REGINA MELANY PINEL
GALLEGOS conocida por REGINA MELANY PINEL GALLEGOS DE
BOREMAN, REGINA PINEL DE BOREMAN, REGINA MELANIA
PINEL GALLEGOS y por REGINA MELANIA HAGEL GALLEGOS,
se le ha conferido a la Aceptante la Administración y Representación
Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la Herencia Yacente.
Librado en la ciudad de Ahuachapán, el día diecinueve de marzo
de dos mil catorce.
LICENCIADO HERBERT FRANCISCO VALDES LEWY,
NOTARIO.
1 v. No. F013988
MARVIN ABRAHAM SALAMANCA MORENO, Notario, de este
domicilio, con ofi cina ubicada en Boulevard Los Héroes y Condominio
Los Héroes Norte, Local Tres - Diecinueve, San Salvador, al público.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito, proveída a las die-
cisiete horas diez minutos del día veinticinco de junio de dos mil catorce,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
Herencia Testamentaria, por parte de CARMEN JOSEFINA RAMON
BARRERA y MARLENE ESPERANZA RAMON DE ARIAS, ambas
aceptantes en sus calidades de herederas testamentarias, respecto de los
bienes que a su defi nición dejó la señora SONIA GUADALUPE RA-
MÓN BARRERA, de profesión Bachiller Comercial-Contador, soltera,
originaria de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio de
esta ciudad; falleció en Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de
San Salvador, a las diez horas y treinta minutos del día siete de febrero
de dos mil catorce, a la edad de cincuenta años. En la misma resolución,
se confi rió a las aceptantes la Administración y Representación Interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
En consecuencia, se cita a toda persona que crea y demuestre
fehacientemente, tener derechos sobre la referida herencia, para que se
presente a mi ofi cina, dentro del término de quince días, a contar desde
el siguiente a la última publicación de este Edicto.
Librado en mi Ofi cina. En la Ciudad de San Salvador, veintisiete
de junio de dos mil catorce.
MARVIN ABRAHAM SALAMANCA MORENO,
NOTARIO.
1 v. No. F013995
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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
LEONARDO MARCELO MEJIA MARTINEZ, Notario, del domicilio
de San Salvador, con ofi cina jurídica situada en Boulevard Tutunichapa
y Primera Diagonal, Condominio Tutunichapa, Local Once, Primera
Planta, San Salvador.
HAGO SABER: Que por resolución de las ocho horas del día cinco
de junio de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada Expresamente y
con Benefi cio de Inventario, la Sucesión Intestada que a su defunción
dejara el señor GERMAN MORALES SIGÜENZA, quien a la fecha de
su fallecimiento era de cuarenta y dos años de edad, soltero, agricultor,
originario de Acajutla, Departamento de Sonsonate, de nacionalidad
Salvadoreña, quien falleció el día veintidós de marzo del año dos mil
catorce, en Villa Jujutla, Cantón Guayapa Abajo, siendo Villa Jujutla,
departamento de Ahuachapán, su último domicilio, de parte del señor
PASTOR MORALES, en calidad de padre del causante, y por tanto
Heredero Universal, habiéndosele conferido la administración y repre-
sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a las ocho horas y treinta
minutos del día veintiocho de junio de dos mil catorce.
LIC. LEONARDO MARCELO MEJIA MARTINEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F013996
ANA MIRIAM QUITEÑO MEJIA, Notario, de este domicilio, con
ofi cina en Res. El Bosque, C. Principal Los Chorros, Número 45, Plan
del Pito, Mejicanos, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución proveída, a las siete horas
del día veintisiete del mes de junio de dos mil catorce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de Ilopango, siendo
su último domicilio Soyapango, Departamento de San Salvador, el día
treinta y uno de agosto de mil novecientos noventa y cinco, dejó la
señora EMERITA ISABEL TORRES VIUDA DE GARCIA conocida
por EMERITA ISABEL TORRES GONZALEZ, de parte de los señores
SARA MEYBELL GARCIA TORRES y RONY HORMIDAS GARCIA
TORRES, en calidad hijos sobrevivientes, habiéndoseles conferido la
Administración y Representación interina de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la Herencia Yaciente.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en las ofi cinas de la suscrita Notaria, en Mejicanos, vein-
tisiete de junio de dos mil catorce.
ANA MIRIAM QUITEÑO MEJIA,
NOTARIA.
1 v. No. F014018
ANA MIRIAM QUITEÑO MEJIA, Notario, de este domicilio con
ofi cina en Res. El Bosque, C. Principal Los Chorros, Número 45, Plan
del Pito, Mejicanos, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución proveída, a las siete horas
del día veintisiete del mes de junio de dos mil catorce, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada
que a su defunción ocurrida en la ciudad de Mejicanos, siendo su último
domicilio Mejicanos, Departamento de San Salvador, el día veinticuatro
de marzo de dos mil catorce, dejó la señora CORALIA QUINTEROS
conocida por CORALIA QUINTEROS RIVAS y por CORALIA RIVAS
QUINTEROS, de parte de los señores JOSE ROBERTO QUINTEROS
MARTINEZ y SAUL ERNESTO QUINTEROS, en calidad hijos
sobrevivientes, habiéndoseles conferido la Administración y Repre-
sentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de
los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en las ofi cinas de la suscrita Notaria, en Mejicanos, vein-
tisiete de junio de dos mil catorce.
ANA MIRIAM QUITEÑO MEJIA,
NOTARIA.
1 v. No. F014020
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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
CINDY PAMELA BARQUERO SAGASTIZADO, Notario, del do-
micilio de San Miguel, con ofi cina Jurídica ubicada en Tercera Avenida
Sur, Barrio La Merced, Casa Número Cuatrocientos Uno, Local Tres.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las nueve horas del día seis de febrero de dos mil catorce, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada
que a su defunción dejara el señor JORGE OVIDIO GRANADOS
LAZO, ocurrida a las trece horas y veinte minutos del día veintidós de
diciembre del dos mil ocho en el Barrio El Calvario, de Guatajiagua,
departamento de Morazán, sin asistencia médica, de parte de la señora
ANA DOLORES HERNANDEZ VIUDA DE GRANADOS, en concepto
de cónyuge sobreviviente del causante, habiéndose conferido sesión
de derechos hereditarios de parte de BLANCA LIDIA GRANADOS,
ROSMERY GRANADOS DE BENITES y ANA GLADIS GRANADOS
DE BENITEZ.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia para que se presenten a la referida
ofi cina, en el término de quince días contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ciudad de San Miguel, el día veinticuatro de junio
de dos mil catorce.
CINDY PAMELA BARQUERO SAGASTIZADO,
NOTARIA.
1 v. No. F014081
VICTOR EFRAIN ESCALANTE CAMPOS, Notario, con ofi cina en
Carretera a Planes de Renderos, Km. 8½, Casa No. 7, San Salvador,
al público.
HACE SABER: Que por resolución proveída, a las once horas del
día ocho de junio del año dos mil catorce, ha sido declarada HEREDERA
INTERINA, la señorita CONCEPCION ABREGO ABREGO, como
CESIONARIA de los derechos hereditarios que le correspondían al
señor RAFAEL ANTONIO MORALES ABREGO, hijo de la causante
LEONCIA DEL CARMEN VIUDA DE MORALES, conocida por
LEONCIA, LEONSA o LEONZA ABREGO VIUDA DE MORALES,
quien falleció el día catorce de marzo del año dos mil trece, siendo
su último domicilio la ciudad de Panchimalco, Departamento de San
Salvador. Habiéndosele conferido la Administración y Representación
Interina de la Sucesión.
Lo que se avisa para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los veinte días del mes de
junio del año dos mil catorce.
LIC. VICTOR EFRAIN ESCALANTE CAMPOS,
NOTARIO.
1 v. No. F014118
VICTOR EFRAIN ESCALANTE CAMPOS, Notario, con ofi cina en
Carretera a Planes de Renderos, Km. 8½, Casa No. 7, San Salvador,
al público.
HACE SABER: Que por resolución proveída, a las quince horas
del día cinco de junio del año dos mil catorce, han sido declarados
HEREDEROS INTERINOS, de la Herencia Intestada que a su defunción
el día doce de febrero del año dos mil catorce, en la ciudad de San Salva-
dor, siendo la ciudad de Panchimalco su último domicilio, dejó el señor
FRANCISCO RAMOS GUZMAN, a los señores ANDRES BENJAMIN
RAMOS URQUILLA, DENIS FRANCISCO RAMOS URQUILLA,
SANDRA ELIZABETH RAMOS URQUILLA, JUAN CARLOS
RAMOS MARTINEZ, DAISY VANESSA RAMOS MARTINEZ,
PABLO RAMOS ORELLANA y MARÍA LUISA GUZMAN VIUDA
DE RAMOS, en concepto de hijos y madre del causante, habiéndoseles
conferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión.
Lo que se avisa para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los quince días del mes
de junio del año dos mil catorce.
LIC. VICTOR EFRAIN ESCALANTE CAMPOS,
NOTARIO.
1 v. No. F014119
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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juz-
gado, a las catorce horas y treinta y cuatro minutos del día doce de
mayo de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y
con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción
ocurrida el día diez de noviembre de dos mil ocho, en la ciudad de
San Salvador, que defi rió la causante señora NORMA VICTORIA
RAMIREZ SANCHEZ, siendo su último domicilio el de Ilopango, de
parte de la señora MARIA GERTRUDIS SANCHEZ DE LOPEZ,
en calidad de madre sobreviviente de la de cujus, y el niño BRYAN
ALEXANDER MENDOZA RAMIREZ y el adolescente DAVID
ANTONIO SANCHEZ RAMIREZ, estos últimos representados por
su Tutora Legítima MARIA GERTRUDIS SANCHEZ DE LOPEZ,
ambos en calidad de hijos sobrevivientes de la causante, y por repudiada
la herencia de parte del señor JUAN ANTONIO RAMIREZ CRUZ o
JUAN ANTONIO RAMIREZ, en concepto de padre de la de cujus.
Y se les ha conferido a los aceptantes la administración y repre-
sentación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y
restricciones legales, debiendo ejercerla el niño BRYAN ALEXANDER
MENDOZA RAMIREZ y el adolescente DAVID ANTONIO SANCHEZ
RAMIREZ, por medio de su Tutora Legítima MARIA GERTRUDIS
SANCHEZ DE LOPEZ.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para
que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en
la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador, a
las ocho horas diez minutos del día treinta de mayo de dos mil catorce.
LICDA. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO
CIVIL. LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SE-
CRETARIA.
3 v. alt. No. C003058-1
GUADALUPE MAYORAL GARCIA, JUEZA DE LO CIVIL
SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las
nueve horas y veinte minutos del día veinte de junio de dos mil catorce,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia intestada dejada a su defunción por la causante señora JUANA
MORENO URRUTIA conocida por JUANA MORENO, quien fue de
cuarenta años de edad, de ofi cios domésticos, fallecida el día veinticinco
de noviembre de mil novecientos noventa y tres, en Cantón Primavera,
de esta jurisdicción, siendo Quezaltepeque su último domicilio, con
Tarjeta de Identifi cación Tributaria 0605-170253-001-3, de parte del
señor EDGARDO ALEXANDER MORENO VIVAS, de cuarenta
años de edad, estudiante, de este domicilio, con Documento Único de
Identidad número 01539384-0 y Tarjeta de Identifi cación Tributaria
número 0512-141273-102-6, en el concepto de hijo y como cesionario
del derecho hereditario que en la referida sucesión le correspondía a la
señora MIRNA JEANETH VIVAS DE MEJIA, mayor de edad, ama
de casa, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número
01397746-0 y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número 0512-170675-
105-0, en el concepto de hija de la causante, a quien se le ha conferido
la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace saber al público en general, para que todo el que
tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado a hacer
valer el mismo durante el término de quince días después de la presente
publicación y demás efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las nueve
horas y veinticinco minutos del día veinte de junio de dos mil catorce.
LICDA. GUADALUPE MAYORAL GARCÍA, JUEZA DE LO CIVIL
SUPLENTE. LIC. EFRAÍN EDGARDO AVELAR BERMÚDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013942-1
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinticinco
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con bene-
fi cio de inventario de parte de los señores ROSA AMELIA ALVARADO
VIUDA DE MUNGUÍA, ROSA ELENA MUNGUÍA DE AYALA,
SABAS BERNARDO MUNGUÍA ALVARADO, MARIA MARCE-
LINA MUNGUIA DE ACEVEDO, JUAN FRANCISCO MUNGUÍA
ALVARADO, ESTEBANA DEL ROSARIO MUNGUIA ALVARADO,
PEDRO OMAR MUNGUÍA ALVARADO, GUADALUPE DE LOS
ANGELES ALVARADO MUNGUIA, LORENA ROSIBEL MUN-
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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
GUIA ALVARADO y JESÚS ANTONIO MUNGUÍA ALVARADO,
la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor NATIVIDAD DE
JESÚS MUNGUIA ROMERO conocido por NATIVIDAD DE JESÚS
MUNGUIA y por JESÚS MUNGUIA, quien fue de sesenta y siete años
de edad, Jubilado, casado, salvadoreño, originario y del domicilio de
Apastepeque, departamento de San Vicente, con Documento Único de
Identidad número cero cero cero cero cero cuatro ocho uno - ocho, y
Número de Identifi cación Tributaria uno cero cero uno - dos cinco uno
dos tres nueve - uno cero uno - seis, habiendo fallecido a la una hora
treinta minutos del día cuatro de noviembre del año dos mil siete, en
el Hospital General del ISSS, siendo la ciudad de Apastepeque, depar-
tamento de San Vicente, el lugar de su último domicilio, la primera en
calidad de cónyuge sobreviviente del causante, y los demás en concepto
de hijos del mismo causante.
Y se ha nombrado a los aceptantes administradores y representantes
interinos de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la Herencia Yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinticinco
días del mes de junio del año dos mil catorce. DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013980-1
SALVADOR ANTONIO IBARRA SANABRIA, JUEZ DE LO CIVIL
INTERINO DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por re-
solución proveída por este Tribunal, a las nueve horas del día trece de
febrero de mil novecientos noventa y ocho, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que
a su defunción ocurrida a las siete horas con treinta minutos del día
veinte de febrero de mil novecientos noventa y siete, en el Cantón
San Juan Chiquito, de la jurisdicción de El Porvenir, correspondiente
a este Distrito Judicial, siendo su último domicilio la Población de El
Porvenir; dejó el señor GILBERTO ANTONIO FRANCIA CORADO
conocido por GILBERTO FRANCIA, quien fue de setenta y ocho años
de edad, agricultor, viudo; de parte de los señores BENEDICTO RENE
FRANCIA SALAZAR, MARIA ELENA FRANCIA SALAZAR,
MANUEL DE JESUS FRANCIA y LAURA ISABEL FRANCIA, en
su concepto de Hijos del expresado causante; a quienes se les nombra
INTERINAMENTE administradores y representantes de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-
cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de
quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
edicto.
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las nueve horas veinte minutos
del día cuatro de marzo de dos mil nueve. LIC. SALVADOR ANTONIO
IBARRA SANABRIA, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. LIC. HENRY
OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013993-1
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día
nueve de junio de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresa-
mente y con benefi cio de inventario de parte de los señores MIGUEL
ANGEL CARBALLO CORTEZ, JUSTO PASTOR CARBALLO
CORTEZ, MARIA ELENA CARBALLO CORTEZ, SALVADOR
CARBALLO CQRTEZ, ROSELIA CARBALLO CORTEZ, SUSANA
CARBALLO CORTEZ, ANDRES ANTONIO CARBALLO CORTEZ,
TULA CARBALLO CORTEZ, y JOSE ARMANDO CARBALLO, la
herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor ESTEBAN
CARBALLO, quien fue de noventa y tres años de edad, agricultor en
pequeño, originario del municipio de Guadalupe, departamento de San
Vicente, fallecido a las diecisiete horas veintiún minutos del día ocho
de enero de mil novecientos noventa y dos, en el Barrio San José La
Carbonera, del municipio de Guadalupe, departamento de San Vicente,
en concepto de hijos del causante.
Y se ha nombrado a los aceptantes administradores y representantes
interinos de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la Herencia Yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las doce horas
cinco minutos del día nueve de junio de dos mil catorce. DRA. ANA
FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL
RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F014015-1
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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las diez
horas y treinta minutos, se ha tenido por aceptada expresamente con
benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó la señora ELSY
NOHEMY CANALES CASTILLO, quien falleció el día ocho de di-
ciembre del dos mil trece, en el Hospital San Bartolo de la ciudad de
San Salvador, siendo su último domicilio Conchagua, Departamento
de La Unión, de parte de los señores SILDHER ANAC MARTINEZ
CANALES y GABRIELA DEL CARMEN MARTINEZ CANALES,
en calidad de hijos de la causante. Confi riéndoles a dichos aceptantes, en
la calidad antes mencionada, la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para
que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los seis días del mes
de junio del dos mil catorce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F014032-1
ANA CECILIA SURIA DELGADO, JUEZA (2) DEL JUZGADO
PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las nueve horas y cuarenta y dos minutos del día veinticinco de mar-
zo de dos mil catorce, en las Diligencias de Aceptación de Herencia
Intestada, clasifi cadas bajo la REF. 35-DVC-13(2) y NUE. 05802-13-
CVDV-1CM2, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y
CON BENEFICIO DE INVENTARIO la herencia intestada, dejada
por el causante señor RODOLFO FRANCISCO MOLINA PÉREZ
conocido por RODOLFO FRANCISCO MOLINA, a su defunción
ocurrida el día veintiocho de marzo del año dos mil trece, en Séptima
Calle Poniente y Ochenta y Tres Avenida Norte, Casa número cuatro
mil trescientos veintidós, Colonia Escalón, San Salvador, siendo esta
Ciudad el lugar de su último domicilio, por parte de los señores LUIS
ALBERTO MOLINA PÉREZ conocido por LUIS ALBERTO MOLINA,
y la señora MARÍA DE LOS ÁNGELES MOLINA PÉREZ conocida
por MARÍA DE LOS ÁNGELES MOLINA SALMANZADEH, en sus
caracteres de cesionarios de derechos hereditarios de la señora MER-
CEDES ELENA PÉREZ conocida por MERCEDES ELENA PÉREZ
VDA. DE MOLINA, MERCEDES ELENA PÉREZ viuda DE MOLINA,
MERCEDES ELENA PÉREZ DE MOLINA, MERCEDES PÉREZ DE
MOLINA, MERCEDES ELENA NOUBLEAU PÉREZ DE MOLINA
y por MERCEDES ELENA NOUBLEAU PÉREZ, quien era heredera
Universal del causante en su calidad de madre del mismo; a quienes se
les ha conferido LA ADMINISTRACIÓN Y LA REPRESENTACIÓN
INTERINA DE LA SUCESIÓN, con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que dentro
del término de ley, se presenten a hacer uso de sus derechos, conforme
lo señala el Art. 1163 inc. 1° C.C., para lo cual líbrense y publíquense
los edictos de ley, los cuales deberán ser publicados en días hábiles, de
conformidad a los Arts. 142 Inc. 3°, en relación al 145 inc. 2° CPCM.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San
Salvador, a las nueve horas y cincuenta y dos minutos del día veinti-
cinco de marzo de dos mil catorce.- LICDA. ANA CECILIA SURIA
DELGADO, JUEZA (2) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL,
SAN SALVADOR.- LICDA. EDA LISSETH MEJÍA MONTERROSA,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F014040-1
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE BERLIN,
DEPARTAMENTO DE USULUTAN, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con treinta
minutos del día veinte de junio del presente año, se ha tenido por aceptada
expresamente la Herencia Intestada con Benefi cio de Inventario que a
su defunción dejara el Causante JOSE ELIAS ROMERO ESCOBAR,
conocido por JOSE ELIAS ROMERO, quien falleció a las trece horas
del día trece de enero de mil novecientos ochenta y cinco, en Barrio El
Calvario de la ciudad de Mercedes Umaña, departamento de Usulután,
a consecuencia de Infección en el Hígado, sin asistencia Médica, del
domicilio de Mercedes Umaña, departamento de Usulután; de parte de
los señores: ANA ELSY ROMERO GAITAN, con Documento Único de
Identidad número 01796630-6; y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria
número 1111-100956-102-0; MAURICIO ELIAS ROMERO GAITAN,
con Documento Unico de Identidad número 01477974-2; y Tarjeta de
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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
Identifi cación Tributaria número 1111-260763-102-0; y DOLORES
SAMARIS GAITAN DE RIVAS, con Documento Unico de Identidad
número 00467591-2, y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número 1111-
081165-101-1; en su calidad de hijos del Causante antes relacionado,
de los bienes que a su defunción dejara el mismo; confi riéndole a los
aceptantes la Administración y Representación Interina de la sucesión
con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente,
de conformidad a lo establecido en el Artículo 1163 del Código Civil.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que den-
tro del término de Ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus
derechos, lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos
legales consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de
Berlín, a los veinte días del mes de junio del año dos mil catorce.- LICDA.
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ
DE HENRIQUEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F014047-1
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta y
cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario de parte de la señora LUZ AMPARO URBINA
DE PANAMEÑO, la herencia Intestada que a su defunción dejó el
señor JUAN PANAMEÑO MENDEZ, quien fue de cincuenta y ocho
años de edad, jornalero, casado, salvadoreño, originario y del domicilio
de Tecoluca, departamento de San Vicente, habiendo fallecido el día
once de septiembre del año dos mil uno, en Colonia Santa Fe, Caserío
El Playón, jurisdicción de Tecoluca de este departamento, lugar de su
último domicilio, en concepto de conyuge sobreviviente del causante.
Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante interina
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los seis días
del mes de febrero del año dos mil catorce.- DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA ARMIDA MEJIA
DE MUÑOZ, SECRETARIO INTERINA.
3 v. alt. No. F014051-1
La Infrascrita, Jueza de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para
los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y treinta
minutos del día veintiséis de este mes, se ha tenido por aceptada expre-
samente, y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su
defunción dejó el causante PABLO SERRANO SOSA quien falleció el
día catorce de febrero de dos mil ocho en el Cantón Tierra Blanca de esta
jurisdicción, su último domicilio, por parte de MARIA ALBERTINA
ROQUE en concepto de cónyuge del causante. Nómbrase a la aceptante
interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia para que
dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la
tercera publicación de este aviso, se presente a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintiséis de mayo del
dos mil catorce.- LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE
BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F014082-1
LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA
IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, AL PÚBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cinco minutos
de este mismo día, dictada en las Diligencias Varias de Aceptación de
Herencia, clasifi cadas en este Juzgado con el NUE: 00620-14-CVDV-
1CM1-49/14(1); se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario, de parte de la señora IRIS CLARIBEL MÉNDEZ DE
BENÍTEZ en su carácter personal y como representante legal de la menor
IRIS MARIANA BENÍTEZ MÉNDEZ, la herencia intestada que a su
defunción dejó el causante señor JAIME MANUEL BENÍTEZ BAÑOS,
quien según certifi cación de partida de defunción, fue de treinta y cuatro
años de edad, Abogado, casado, siendo su último domicilio en Barrio
San Rafael, Novena Calle Oriente entre veintiuna y veintitrés Avenida
Sur, número sesenta y tres, de esta ciudad; fallecido en esta ciudad, a
las nueve horas del día tres de abril del año dos mil catorce; en virtud de
haberse acreditado su calidad de cónyuge sobreviviente e hija del causante
respectivamente, así como su calidad de cesionarias de los derechos que
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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
le correspondían a la señora Antonia de Jesús Baños de Benítez, en su
concepto de madre del causante; nombrándoseles INTERINAMENTE
representantes y administradoras de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente. Representación y
administración que será ejercida por la primera de las solicitantes en su
carácter personal y como representante legal de la menor Iris Mariana
Benítez Méndez. Dichas solicitantes actúan en las diligencias por me-
dio de su Apoderado General Judicial, Licenciado Juan José Magaña
Herrera.
En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con
igual o mejor derecho a la herencia de que se trata, para que en el plazo
de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto,
comparezcan a deducirlo a este Juzgado, ubicado en Cuarta Avenida
Sur, entre Once Calle Poniente y Calle José Mariano Méndez Poniente,
número Cuarenta y Uno de esta ciudad.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana,
veintiséis de junio del año dos mil catorce.- LIC. THELMA IDALIA
ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETA-
RIO.
3 v. alt. No. F014084-1
MARÍA ANGELA MIRANDA RIVAS, JUEZA SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las doce horas del día cinco de mayo del año dos mil catorce, se ha
tenido por ACEPTADA expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia intestada dejada por la causante, MARÍA INÉS NAVARRO
SIBRIAN, conocida por MARÍA INÉS NAVARRO, MARÍA NAVA-
RRO y por MARÍA INÉS NAVARRO viuda DE GALLEGOS, quien
fue de ochenta y un años de edad, de ofi cios domésticos, de nacionalidad
salvadoreña, soltera, del domicilio de San Salvador, hija de Inés Navarro
y Luisa Sibrián, a su defunción ocurrida a las diecinueve horas y treinta
minutos del día diecinueve de febrero de mil novecientos ochenta y dos,
en la ciudad de San Salvador, siendo San Salvador el lugar de su último
domicilio; por parte de MARÍA SANTOS GALLEGOS DE MORALES,
en su calidad de hija de la referida causante, a quien se le ha conferido
la administración y representación interina de la referida sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Por lo que se CITA a todos los que se crean con derecho a la su-
cesión para que dentro del término de ley se presenten a este Tribunal
a deducir su derecho.
Librado en el Juzgado Segundo de le Civil y Mercantil de San
Salvador, a las doce horas y quince minutos del día siete de mayo del
año dos mil catorce.- LICDA. MARÍA ANGELA MIRANDA RIVAS,
JUEZA "2" SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN
SALVADOR.- LIC. EDME GUADALUPE CUBÍAS GONZÁLEZ,
SECRETARIA DE ACTUACIONES INTERINA.
3 v. alt. No. F014086-1
TITULO SUPLETORIO
JORGE ALBERTO MORAN FUNES, Notario, de este domicilio y
del de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con ofi cina jurídica
ubicada en Tercera Avenida Norte, y Diecinueve Calle Poniente, número
doscientos treinta y ocho, Centro de Gobierno, San Salvador.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor
CARMEN OLIVERIO NAJERA MARTINEZ conocido por OLIVERIO
NAJERA MARTINEZ, de cuarenta y un años de edad, Contador, del
domicilio de Olocuilta, Departamento de La Paz, persona a quien conozco
pero identifi co por medio de Documento Único de Identidad número Cero
un millón quinientos cuatro mil novecientos treinta y siete-ocho; y con
Número de Identifi cación Tributaria Cero seiscientos dieciséis- ciento
cincuenta mil setecientos setenta y tres-ciento uno-cero. Solicitando
TITULO SUPLETORIO de un terreno rústico de su propiedad, el cual
está situado en Cantón Chaltepe, jurisdicción de Santo Tomás, de este
Departamento , con un Área Catastral superfi cial de NOVECIENTOS
TREINTA Y DOS PUNTO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRA-
DOS EQUIVALENTES A UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y
CUATRO PUNTO NOVENTA Y UN VARAS CUADRADAS, que
mide y linda: LINDERO NORTE partiendo del vértice Nor Poniente
está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo
uno, Sur este ochenta y seis grados cincuenta y tres minutos cero tres
segundos con una distancia de ocho punto catorce metros; colindando
con terrenos de PEDRO CONTRERAS CASTRO, con cerco fi jo y calle
de por medio.LINDERO ORIENTE partiendo del vértice Nor Oriente
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está formado por seis tramos con los siguientes rumbos y distancias:
Tramo uno, Sureste cero un grados treinta y cuatro minutos catorce
segundos con una distancia de veinticinco punto veinte metros; Tramo
dos, Sureste cero un grados cuarenta y ocho minutos cuarenta y nueve
segundos con una distancia de veinte punto cincuenta y tres metros; Tramo
tres, Sureste cero cero grados veintiocho minutos veintinueve segundos
con una distancia de catorce punto sesenta y tres metros; Tramo cuatro,
Sur Oeste cero cinco grados treinta y cinco minutos quince segundos
con una distancia de cinco punto setenta y siete metros; Tramo cinco,
Suroeste diez grados diez minutos catorce segundos con una distancia de
seis punto catorce metros; Tramo seis, Sureste cero dos grados cincuenta
y siete minutos veintiséis segundos con una distancia de cuatro punto
cuarenta y seis metros; colindando con terrenos de GABRIEL NAJERA
MARTINEZ, con cerco fi jo de por medio. LINDERO SUR partiendo del
vértice Sur Oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos
y distancias: Tramo uno, Noroeste sesenta y seis grados cincuenta y un
minutos cero dos segundos con una distancia de quince punto cuarenta
y siete metros; colindando con terrenos de SALVADOR HENRIQUE
CORDOVA, con cerco fi jo de por medio. LINDERO PONIENTE par-
tiendo del vértice Sur Poniente está formado por cinco tramos con los
siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Noroeste cero siete grados
veintinueve minutos cero un segundos con una distancia de ocho punto
cincuenta y nueve metros; Tramo dos, Noreste cero siete grados dieciocho
minutos diez segundos con una distancia de quince punto noventa metros;
Tramo tres, Noreste cero nueve grados veinte minutos cincuenta y tres
segundos con una distancia de quince punto cero nueve metros; Tramo
cuatro, Noreste cero cinco grados treinta y un minutos cero seis segundos
con una distancia de quince punto cincuenta y nueve metros; Tramo
cinco, Noreste cero cuatro grados trece minutos diez segundos con una
distancia de dieciséis punto treinta metros; colindando con terrenos de
CANDELARIA NAJERA CASTRO, con cerco fi jo de por medio. Así
se llega al vértice Nor Poniente, que es donde se inició la descripción.
Dicho inmueble lo valúa en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Las porciones de terreno
descrito no son dominantes, ni sirvientes, no posee accesorios, ni está en
proindivisión y no tiene cargas ni derechos que pertenezcan a terceras
personas.
Librado en la Ciudad de San Salvador, a los un días del mes de
julio de dos mil catorce.
JORGE ALBERTO MORAN FUNES,
NOTARIO.
1 v. No. C003056
JORGE ALBERTO MORAN FUNES, Notario, de este domidlio y
del de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con ofi cina jurídica
ubicada en Tercera Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, número
doscientos treinta y ocho, Centro de Gobierno, San Salvador.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor
CARMEN OLIVERIO NAJERA MARTINEZ conocido por OLIVERIO
NAJERA MARTINEZ, de cuarenta y un años de edad, Contador, del
domicilio de Olocuilta, Departamento de La Paz, persona a quien conozco
pero identifi co por medio de Documento Único de Identidad número cero
un millón quinientos cuatro mil novecientos treinta y siete-ocho; y con
Número de Identifi cación Tributaria Cero seiscientos dieciséis- ciento
cincuenta mil setecientos setenta y tres-ciento uno-cero. Solicitando
TITULO SUPLETORIO de un terreno rústico de su propiedad, el cual
está situado en Cantón Chaltepe, jurisdicción de Santo Tomás, de este
Departamento, con un Área Catastral superfi cial de UN MIL SESENTA
Y CINCO PUNTO DIECISIETE METROS CUADRADOS EQUIVA-
LENTES A UN MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO PUNTO CERO
OCHO VARAS CUADRADAS, que mide y linda: LINDERO NORTE
partiendo del vértice Nor Poniente está formado por un tramo con los
siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Noreste setenta y cinco
grados treinta y ocho minutos cuarenta y un segundos con una distancia
de ocho punto noventa y tres metros; colindando con terrenos de PEDRO
CONTRERAS CASTRO, con cerco fi jo. LINDERO ORIENTE partiendo
del vértice Nor Oriente está formado por nueve tramos con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo uno, Sureste cero cero grados veinticinco
minutos dieciséis segundos con una distancia de cinco punto quince
metros; Tramo dos, Sureste cero ocho grados diez minutos cincuenta y
ocho segundos con una distancia de diez punto cuarenta y cuatro metros;
Tramo tres, Sureste once grados cincuenta y un minutos cero dos segundos
con una distancia de doce punto cuarenta y nueve metros; Tramo cuatro,
Sureste veintiocho grados cuarenta y ocho minutos dieciséis segundos
con una distancia de siete punto cincuenta y siete metros; Tramo cinco,
Sureste cuarenta grados treinta y siete minutos cero tres segundos con
una distancia de nueve punto cincuenta y nueve metros; Tramo seis,
Sureste veinte grados cincuenta y siete minutos cincuenta segundos
con una distancia de veintiuno punto sesenta y cuatro metros; Tramo
siete, Sureste veinticinco grados cuarenta y cinco minutos diecisiete
segundos con una distancia de doce punto treinta y un metros; Tramo
ocho, Sureste diecisiete grados dieciocho minutos veintiséis segundos
con una distancia de siete punto cero dos metros; Tramo nueve, Sureste
diez grados quince minutos cincuenta y dos segundos con una distancia
de ocho punto diecinueve metros; colindando con terrenos de NAJERA
CASTRO, TOMAS, con cerco fi jo. LINDERO SUR partiendo del vér-
tice Sur Oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos
y distancias: Tramo uno, Suroeste ochenta y nueve grados cincuenta y
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nueve minutos treinta y ocho segundos con una distancia de dieciséis
punto setenta y tres metros; colindando con terrenos de RETANA SILVA,
RUBEN, con cerco fi jo LINDERO PONIENTE partiendo del vértice
Sur Poniente está formado por siete tramos con los siguientes rumbos
y distancias: Tramo uno, Noroeste quince grados cincuenta y nueve
minutos trece segundos con una distancia de catorce punto cincuenta y
cuatro metros; Tramo dos, Noroeste catorce grados diecisiete minutos
veintiocho segundos con una distancia de nueve punto cuarenta y dos
metros; Tramo tres, Noroeste catorce grados treinta y ocho minutos
treinta segundos con una distancia de diecinueve punto cincuenta y cuatro
metros; Tramo cuatro, Noroeste veinte grados once minutos cero dos
segundos con una distancia de veintiuno punto cincuenta y tres metros;
Tramo cinco, Noroeste cero cuatro grados diecinueve minutos veintiséis
segundos con una distancia de cinco punto cuarenta y un metros; Tramo
seis, Nor-Oeste doce grados veintinueve minutos veinte segundos con
una distancia de catorce punto cuarenta metros; Tramo siete, Noroeste
cero cuatro grados cincuenta y un minutos cuarenta y nueve segundos
con una distancia de tres punto ochenta y un metros; colindando con
terrenos de NAJERA CASTRO, TEODORA, con cerco fi jo. Así se llega
al vértice Nor -Poniente, que es donde se inició la descripción. Dicho
inmueble lo valúa en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Las porciones de terreno
descrito no son dominantes, ni sirvientes, no posee accesorios, ni está
en proindivisión y no tiene cargas ni derechos que pertenezcan a terceras
personas.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los un días del mes de
julio de dos mil catorce.
JORGE ALBERTO MORAN FUNES,
NOTARIO.
1 v. No. C003057
HUGO JAVIER DIAZ CAMPOS, Notario, de este domicilio, con
Despacho Notarial ubicado en Séptima Calle y Primera Avenida Sur
Número ciento siete, de esta ciudad.
HACE SABER: Que en mi ofi cina se ha presentado el señor
MIGUEL ANGEL RUBIO CANALES, de cincuenta y seis años de
edad, agricultor en pequeño, del domicilio de Corinto, Departamento de
Morazán, con Documento Único de Identidad número, cero tres millones
setenta y nueve mil ciento siete- uno, y con Tarjeta de Identifi cación
Tributaria número, un mil trescientos tres- doscientos un mil doscientos
cincuenta y siete- ciento uno- cero, a seguir Diligencias de Jurisdicción
Voluntaria de Título Supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado
en el Cantón San Felipe, jurisdicción de Corinto, Distrito de Osicala,
Departamento de Morazán, de la Capacidad Superfi cial de TRECE MIL
SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PUNTO VEINTICUATRO ME-
TROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE: Está conformado
por cinco tramos rectos, el primero noventa y un punto noventa y nueve
metros; el segundo tramo de treinta y dos punto cero metros; el tercer
tramo de treinta y cinco punto veintiún metros; el cuarto tramo de treinta
y seis punto ochenta y tres metros; el quinto tramo de veintiocho punto
cuarenta y seis metros; colindando con terrenos de María Hernández y
José Ernesto Canales, quebrada de por medio. AL ORIENTE: termina
en vértice. SUR: Está conformado por quince tramos, el primer tramo
de dieciséis punto cero siete metros; el segundo tramo de once punto
sesenta y siete metros; el tercer tramo de veintitrés punto cincuenta
metros; el cuarto tramo de veintiocho punto once metros; el quinto tramo
de cuatro punto noventa y tres metros; el sexto tramo de dieciocho punto
cuarenta y siete metros; el séptimo tramo de treinta y cuatro punto cero
siete metros; el octavo tramo de cuatro punto setenta y cuatro metros; el
noveno tramo de dieciséis punto cuarenta y un metros; el décimo tramo
de seis punto cero cinco metros; el décimo primero tramo de catorce
punto cincuenta y cinco metros; el décimo segundo tramo de sesenta y
dos punto treinta y un metros; el décimo tercero tramo de veinticuatro
punto cincuenta y seis metros; el décimo cuarto tramo de cinco punto
cero ocho metros; el décimo quince tramo de sesenta y uno punto no-
venta y uno metros; colindando con terrenos de María Maura Canales,
Miguel Ángel Rubio Canales, calle de por medio. AL PONIENTE: Está
conformado por tres tramos, el primero de veinticinco punto dieciocho
metros; el segundo tramo de diez punto cero metros; el tercero tramo
de cincuenta y seis punto treinta y siete metros; linda con terreno de
Porfi rio Benítez González, quebrada de por medio. Dicho inmueble lo
posee en forma quieta, pacífi ca, de buena fe e ininterrumpida desde el
año dos mil uno, por compraventa de posesión material que le hizo el
señor David Rubio Canales.
Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de San Miguel, a los treinta días del mes de
junio del año dos mi catorce.
HUGO JAVIER DIAZ CAMPOS,
NOTARIO.
1 v. No. F013971
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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
MIRNA LORENA MALDONADO MARTINEZ, Notario, con Ofi cina Jurídica en Barrio El Centro, Avenida Morazán, San Pedro Perulapán, contiguo a Alcaldía Municipal, para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que ante mis Ofi cios Notariales se ha presentado el Licenciado NESTOR YOVANY LAINEZ HUEZO, en calidad de Apoderado Especial de MARIO BENJAMIN GARCIA CAMPOS, conocido por MARIO BENJAMIN GARCIA, solicitando TITULO SUPLETORIO de un inmueble rústico, situado en Cantón La Loma, Jurisdicción de San Pedro Perulapán, departamento de Cuscatlán, de la extensión superfi cial de MIL DOSCIENTOS METROS CUADRADOS, que linda: AL ORIENTE, terreno de Luis Alonso García; AL NORTE, con Jorge Alberto Flores; AL PONIENTE, Calle al cementerio; y AL SUR, con terreno de Mario Bemjamín, Carlos Omar y Vilma, todos apellido García. No es dominante y ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos que pertenezcan a terceros. Lo valora en la suma de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en la ciudad de San Pedro Perulapán, a los treinta días del mes de junio de dos mil catorce.
MIRNA LORENA MALDONADO MARTINEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F014078
JOSE ABEL ZELAYA ZELAYA, Notario, del domicilio de San Miguel, con Ofi cina Profesional ubicada sobre la San Miguel.
HACE SABER: Que a mi Ofi cina Notarial se ha presentado la señora MARIA VICTORIA RIVAS DE ZELAYA, de sesenta años de edad, ofi cios domésticos, del domicilio de Guatajiagua, Departamento de Morazán, a quien hoy conozco pero identifi co por medio de su Documento Único de Identidad Número cero dos cero ocho cuatro dos siete dos-tres; y de la Tarjeta de Identifi cación Tributaria número uno tres cero nueve-uno cero cero cuatro cinco cuatro-uno cero uno-nueve, y promueve DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío Plan del Carbón, Cantón Abelines, Jurisdicción de Guatajiagua, Departamento de Morazán; con una superfi cie de VEINTE MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CINCUENTA Y SEIS DECIMETROS CUA-DRADOS, cuyos linderos actualmente son los siguientes: LINDERO NORTE: Sebastián Rivas Medrano, Alonso Rivas Guzmán, Catarina Rivas Guzmán. LINDERO ORIENTE: Ladislao Parada Pineda. LIN-DERO SUR: Eustaquio Rivas De Zelaya; y LINDERO PONIENTE: Roque Zelaya Rodríguez, Rubén Zelaya Coca. Todos los colindantes son del domicilio de Guatajiagua en el Departamento de Morazán; el terreno descrito no es dominante, ni sirviente, no está en proindivisión, ni tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas. En con-secuencia, por este medio notifi co para que si hubiere algún interesado en oponerse a las presentes diligencias, se presente a la referida ofi cina a hacer oposición dentro del término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la ciudad de San Miguel, a los veinte días del mes de Junio del año dos mil catorce.
JOSE ABEL ZELAYA ZELAYA,
NOTARIO.
1 v. No. F014079
JOSE ABEL ZELAYA ZELAYA, NOTARIO, del domicilio de San Miguel, con Ofi cina Profesional ubicada sobre la Séptima Calle Poniente de la ciudad de San Miguel.
HACE SABER: Que a mi Ofi cina Notarial se ha presentado la señora MELVYN JEANNETTE ZELAYA RIVAS, de veintiséis años de edad, Empleada, del domicilio de Guatajiagua en el Departamento de Morazán, a quien no conozco pero identifi co por medio de su Documento Único de Identidad Número cero tres siete tres cuatro tres uno cero-cuatro; y de la Tarjeta de Identifi cación Tributaria número uno tres cero nueve- cero tres cero cinco ocho siete-uno cero uno-ocho, y promueve DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío El Carbón, Cantón Abelines, Jurisdicción de Guatajiagua, Departamento de Morazán. El expresado inmueble tiene una superfi cie de CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE PUNTO CERO UN METROS CUADRADOS, cuyos linderos actualmente son los siguientes: LINDERO NORTE: con Roque Zelaya Rodríguez. LIN-DERO ORIENTE: con Roque Zelaya Rodríguez. LINDERO SUR: con Roque Zelaya Rodríguez; y LINDERO PONIENTE: con Roque Zelaya Rodríguez, Calle de por medio. Todos los colindantes son del domicilio de Guatajiagua en el Departamento de Morazán; el terreno descrito no es dominante, ni sirviente, no está en proindivisión, ni tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas. En consecuencia, por este medio notifi co para que si hubiere algún interesado en oponerse a las presentes diligencias, se presente a la referida ofi cina a hacer oposición dentro del término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la ciudad de San Miguel, a los seis días del mes de junio del año dos mil catorce.
JOSE ABEL ZELAYA ZELAYA,
NOTARIO.
1 v. No. F014080
JUAN CARLOS PICHE VASQUEZ, Notario, con Ofi cina Jurídica en Cuarta Calle Oriente, Barrio San Antonio, San Juan Nonualco, depar-tamento de La Paz, al público para efectos de Ley.
HACE SABER: Que ante mis ofi cios se ha presentado el señor RONAL ANTONIO DOMINGUEZ HERNANDEZ, solicitando título supletorio a su favor de un terreno rústico, situado en el Cantón La La-
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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
guneta, Jurisdicción de San Juan Nonualco, departamento de La Paz, de la capacidad superfi cial de MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, que linda: AL NORTE, con Esteban Oswaldo Carranza Rivera y otros; AL ORIENTE, con Dina Mabeth Alvarado Henríquez; AL SUR, con Genaro Domínguez Reyes; y AL PONIENTE, con Celia Henríquez; manifi esta el solicitante que adquirió dicho terreno por compra que le hizo al señor Manuel de Jesús Martínez.
San Juan Nonualco, treinta de junio del dos mil catorce.
JUAN CARLOS PICHE VASQUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F014100
ANA JULIA INTERIANO GUZMAN, Notario, con Ofi cina en esta ciudad, 5a Calle Pte. Número 25, Barrio El Calvario, Ciudad Barrios, San Miguel.
HACE SABER: Que en mi Ofi cina de Notario, se ha presentado la señora MARIA VIRGINIA RIVERA, de ochenta y un años de edad, de ofi cios del hogar, del domicilio de San Antonio del Mosco, Departamento de San Miguel, a quien identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número: cero tres millones ochocientos ocho mil seiscientos veintiséis-ocho; y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número un mil doscientos trece-ciento noventa mil trescientos treinta y tres-ciento uno-nueve, solicitando Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, ubicado en el Cantón San Marcos, Jurisdicción de San Antonio del Mosco, departamento de San Miguel, por compra de posesión que le hizo al señor, JUAN ANTONIO ROMERO, de la extensión superfi -cial de SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: ciento sesenta y cinco metros lindando con Dimas Rivera, Calle de por medio; AL NORTE: sesenta metros, lindando con Celestina Guevara; AL PONIENTE: cuarenta y un metros lindando con Jesús Portillo,; y AL SUR: setenta y cinco metros lindando con Margarita Rivera Romero y Panuceno Rivera y valora dicho inmueble en MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, que dicho inmueble lo adquirió por compra de posesión que le hizo al señor JUAN ANTONIO ROMERO, el día dieciocho de junio de dos mil doce.
Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de Ley.
Ciudad Barrios, ocho de julio de dos mil catorce.
ANA JULIA INTERIANO GUZMAN,
NOTARIO.
1 v. No. F017600
LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-PARTAMENTO DE MORAZAN.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Doctor LUIS REYES SANTOS, como Apoderado General Judicial del señor MANUEL DE JESUS ARRIAZA ALVARADO, solicitando Diligencias de Título Supletorio, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Calpules, Caserío Cacahuanance, Municipio de Sociedad, Depar-tamento de Morazán, con una extensión superfi cial de Treinta y Tres Mil Ochocientos Ochenta y Tres Punto Veintinueve Metros Cuadrados; de
las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: Doscientos setenta y siete punto cuarenta y nueve metros, con Saturnino Ulloa, con cerco de púas y calle de por medio; AL ORIENTE: Ciento treinta y ocho punto noventa y seis metros, con Rolando Ulloa, con cerco de púas; AL SUR: Doscientos diecisiete punto dieciocho metros, con Mauricio Alvarado, con cerco de púas, con Santos Gutiérrez Romero, con cerco de púas; y AL PONIENTE: Doscientos diecinueve punto sesenta y seis metros, con Marcos Ulloa, y cerco de púas. Valuando el inmueble por la cantidad de Siete Mil Dólares de los Estados Unidos de América. Inmueble que lo adquirió por herencia de la posesión que le dejó su padre SANTIAGO ALVARADO AMAYA.
Juzgado Primero de Primera Instancia de San Francisco Gotera, departamento de Morazán, a las doce horas y cinco del día veinticua-tro de junio de dos mil catorce.- LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003053-1
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor GUILLERMO TEJADA, quien es de ochenta y un años de edad, Agricultor, de este domicilio; por medio de su Procurador Licenciado JORGE ERNESTO CARPIO SANDOVAL, solicitando se extienda a su favor título supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón Cuyuiscat, Caserío Cuyuiscat, de esta comprensión, de una extensión superfi cial de TRES MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE METROS NOVENTA Y NUEVE DECIMETROS NOVENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS, que linda: AL NORTE, Jorge Alberto Cartagena; AL ORIENTE, German Mancía Quijada, antes de José Efraín Mancía y una parte con Humberto Rosales; AL SUR, Marta Castro, antes de Liborio Figueroa, hoy Moisés Paredes, callejón de por medio; y AL PONIENTE, Simona Gutiérrez, hoy su Sucesión. El refe-rido inmueble no es predio dominante, ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión con persona alguna, y lo valúa en la cantidad de CINCO MIL DOLARES.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce horas del día veinticuatro de junio del dos mil catorce.- LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE CARLOS HERNANDEZ MADRID, SECRETARIO INTO.
3 v. alt. No. F014055-1
MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLÍN, DEPARTAMENTO DE USU-LUTÁN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licen-ciado ELMER DARIO ORTIZ CORTEZ, en su calidad de Apoderado General Judicial del señor NERY ALEXIS AYALA PLEITEZ, de treinta y siete años de edad, Estudiante, del domicilio de Mercedes Umaña, departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad
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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
número cero un millón cuatrocientos quince mil doscientos noventa y ocho guión dos; y con Número de Identifi cación Tributaria un mil ciento once guión ciento noventa mil setecientos setenta y seis guión ciento uno guión nueve, solicitando Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rural, situado en Cantón El Caulote, Caserío La Manzanilla, Jurisdicción de Mercedes Umaña, departamento de Usulután, de un área de SEIS MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE PUNTO SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: con María Olimpia Mejía Avilés: AL SUR: con Salomón Mejía Avilés, Calle de por medio; y AL PONIENTE: con Manuel de Jesús Pleitez y Manuel Santiago Carrillo. Dicho inmueble no es dominante, ni sirviente, no tiene ninguna carga ni derecho real, que pertenezcan a otra persona o que deba respetarse; la propiedad que se pretende titular se valora en la cantidad de SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y el solicitante lo adquirió de parte de la señora MARIA HILDA MEJIA CORTEZ, por compra verbal que le hiciera el primero de enero del año mil novecientos noventa y ocho; manifestando el Apoderado del señor NERY ALEXIS AYALA PLEITEZ, que la posesión de la propiedad hasta la actualidad, ha sido en forma quieta, pacífi ca, pública, continua y sin estar en proindivisión con persona alguna.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Berlín, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil catorce.- LICDA. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F014060-1
TÍTULO DE DOMINIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se presentó el Licenciado RO-BERTO ANTONIO PÉREZ QUINTANILLA, de treinta y seis años de edad, Abogado, del domicilio de la ciudad de San Miguel, quien gestiona en nombre y representación en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL ESPECIAL, de la señora MARÍA ANGÉLICA FUENTES DE FUENTES, quien es de treinta años de edad, Estudiante, del domicilio de la ciudad de San Simón, Distrito de la ciudad de Osicala, Departamento de Morazán, portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero tres millones ciento noventa y cuatro mil seiscientos veintitrés guión nueve, con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil trescien-tos veintiuno guión doscientos mil quinientos ochenta y cuatro guión ciento dos guión seis, solicitando a favor de su representada TÍTULO DE DOMINIO de un solar y casa de naturaleza URBANA, situado en el BARRIO EL CALVARIO, de la CIUDAD DE SAN SIMÓN, Dis-trito de la ciudad de OSICALA, Departamento de MORAZÁN, el cual según la CERTIFICACIÓN DE LA DENOMINACIÓN CATASTRAL es identifi cado como MAPA Número: Cinco siete dos cero uno cinco cero uno y PARCELA Número: Cero cuatro tres uno pleca cero cero, el cual tiene la descripción técnica especial siguiente: AL COSTADO NORTE: Consta de UN TRAMO recto, descrito de la siguiente mane-ra: TRAMO UNO: Comprende del mojón uno al mojón dos, con una distancia de doce punto cero cero metros con rumbo Sur, setenta grados doce minutos cero cuatro segundos Este, colindando en este tramo con terrenos propiedad de la Iglesia Adventista del Séptimo Día, Calle de por medio y cerco de alambre propio de la titulante; AL COSTADO ORIENTE: Consta de UN TRAMO recto, descrito de la siguiente ma-nera: TRAMO UNO: Comprende del mojón dos al mojón tres, con una distancia de cuarenta y tres punto cero cero metros con rumbo Sur, cero un grados treinta minutos cuarenta y nueve segundos Oeste, colindando
en este tramo con terrenos propiedad del señor Moisés Santos, cerco de alambre propio, AL COSTADO SUR: Consta de UN TRAMO recto, descrito de la siguiente manera: TRAMO UNO: Comprende del mojón tres al mojón cuatro, con una distancia de doce punto cuarenta metros con rumbo Norte, treinta y siete grados treinta y siete minutos veinte segundos Oeste, colindando en este tramo con terrenos propiedad de la señora Sotera Hernández, Quebrada Seca y cerco de alambre propio de por medio; y AL COSTADO PONIENTE: Consta de un tramo recto, descrito de la siguiente manera: TRAMO UNO: Comprende del mojón cuatro al mojón uno, con una distancia de treinta y siete punto treinta y dos metros con rumbo Norte, cero tres grados cincuenta y ocho minutos veinte segundos Oeste, colindando en este tramo con resto de terrenos que le queda al vendedor, y cerco de alambre propio. El referido inmueble es de la Capacidad Superfi cial de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES PUNTO DIECIOCHO METROS CUADRADOS. Dicho inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante, ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca a persona distinta al poseedor ni está en proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad de TRES MIL DÓ-LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Y lo adquirió mediante compraventa verbal, otorgada a su favor en el mes de MAYO del año DOS MIL CUATRO, por el señor LUCIANO FUENTES DÍAZ, actualmente de sesenta y cinco años de edad, Agricultor, originario de la ciudad de San Simón, Distrito de la ciudad de Osicala, Departamento de Morazán, y del domicilio de la ciudad de San Simón, Distrito de la ciudad de Osicala, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número: Cero un millón ciento ochenta y seis mil cero ochenta y cuatro guión cinco, con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil trescientos veintiuno guión cero ochenta mil seiscientos cuarenta y nueve guión ciento uno guión seis. Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente la poseedora sumada a la de su antecesor data más de diez años y sigue siendo en forma quieta, pacífi ca, e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes son de este domicilio.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Simón, Distrito de Osicala, Departamento de MORAZÁN, a los treinta días del mes de junio del año dos mil catorce.- CARLOS MARIO DÍAZ AMAYA, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSÉ RODOLFO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C003060-1
MILTON GUADALUPE SERRANO RAMÍREZ, Alcalde Muni-cipal del Municipio de San Miguel de Mercedes, Departamento de Chalatenango.
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el señor NESTOR ARISTIDES ALVARADO MARTINEZ, de veinte años de edad, Estudiante, del domicilio de San Miguel de Mercedes, Departa-mento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad número cero cuatro ocho cinco cero uno cero dos-cuatro; y Número de Iden-tifi cación Tributaria cero cuatro tres cero-uno ocho cero siete nueve tres-uno cero uno-cero, en su concepto SOLICITA, Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbano, ubicado en el Barrio El Calva-rio, Primera Avenida Norte, Municipio de San Miguel de Mercedes, Departamento de Chalatenango, de la capacidad superfi cial de DIEZ MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO PUNTO CUARENTA METROS CUADRADOS, de las colindancias y linderos siguiente: AL ORIENTE: está formado por ocho tramos, tramo uno, mide sesenta metros, tramo dos, mide diez metros, tramo tres, mide dieciséis metros, tramo cuatro, mide treinta y siete metros, tramo cinco, mide treinta metros, tramo seis, mide diez metros, tramo siete, mide quince metros,
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tramo ocho, mide treinta metros, en todos estos tramos colinda con la sucesión de Otelia Quintanilla; AL SUR: Está formado por cinco tramos. Tramo uno, mide cinco metros, tramo dos, mide quince punto cincuenta metros, tramo tres, mide dieciséis metros, tramo cuatro, mide cuarenta y nueve punto cincuenta metros, tramo cinco, mide cincuenta y tres punto cincuenta metros, en todos estos tramos colinda con terrenos de la Sucesión de Napoleón Ramírez; AL PONENTE: Está formado por un tramo recto que mide doce punto sesenta metros, calle pública de por medio colinda con Antonio Zamora; AL NORTE: Está formado por cinco tramos, tramo uno, mide quince metros, tramo dos, mide dieciséis punto ochenta metros, en estos dos tramos colinda con terreno propie-dad de Armando Ramírez, tramo tres, mide setenta y seis punto veinte metros, tramo cuatro, mide treinta y cuatro metros, tramo cinco, mide veinticuatro punto setenta metros en estos tramos colinda con terreno propiedad de Bertila Aguilar. Dicho inmueble lo valora en la cantidad de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Este inmueble lo adquirió por compraventa que le hizo al señor Rigoberto Alvarado Castellano.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de San Miguel de Mercedes, a los treinta días del mes de junio de dos mil catorce.- MILTON GUADALUPE SERRANO RAMIREZ, ALCALDE MUNICIPAL.- ROSA IDALIA ALBERTO DE ORTIZ, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F013987-1
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2014133935
No. de Presentación: 20140197609
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado EDWIN MILTON SAMAYOA CHACON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de DISTRIBUIDORA DE AGUA SANTANECA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DIDEASA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras agua purifi cada montecristo y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PURIFICACION, ENVASADO, COMERCIALIZACION Y VENTA DE AGUA PURIFICADA.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de marzo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003038-1
No. de Expediente: 2014135437
No. de Presentación: 20140201257
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION PIRAMIDE, S.A. DE C.V. o COPI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras FLYING W BAR & GRILL EST. 1989 y diseño, que al idioma castellano se traduce como W VOLADORA BAR Y PARRILLA FUNDADO EN 1989, que servirá para: IDENTIFICAR ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DEDICADOS A SERVICIO DE RESTAURANTES.
La solicitud fue presentada el día doce de mayo del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de mayo del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003042-1
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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
No. de Expediente: 2014135545
No. de Presentación: 20140201455
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION PIRAMIDE, S.A. DE C.V. O COPI, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras FLYING W FAMOUS GRILL y diseño, que al idioma castellano se traduce como W VOLADORA FAMOSA PARRILLA, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIEN-TO DEDICADO A SERVICIO DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de mayo del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de mayo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003043-1
No. de Expediente: 2013125950
No. de Presentación: 20130182698
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la expresión You Make the Couple y diseño, que se traducen al castellano como Usted Hace La Pareja, que servirá para:
ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE
LOS SERVICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día nueve de abril del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dos de mayo del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003044-1
No. de Expediente: 2014134752
No. de Presentación: 20140199611
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LAURA
ELIZABETH GRANADEÑO RAMIREZ, en su calidad de REPRE-
SENTANTE LEGAL de MARELY CARLOS Y LAURA, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MACARALA,
S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras GRANJA DEL TIO CHEMA y diseño,
que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA QUE SE DEDICA
A: LA VENTA, DISTRIBUCION, COMERCIALIZACION, GRANOS
BASICOS, PRODUCTOS CARNICOS/LACTEOS.
La solicitud fue presentada el día tres de abril del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de abril del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003050-1
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SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2011113807
No. de Presentación: 20110159260
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado FERNAN-
DO ANTONIO BENITEZ PINEDA, en su calidad de APODERADO de
Kraft Foods Global Brands LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD
COMERCIAL,
CELEBRA EL NIÑO QUE HAY EN TI
Consistente en: la expresión CELEBRA EL NIÑO QUE HAY
EN TI, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO
CONSUMIDOR A LOS PRODUCTOS QUE LA EMPRESA OFRECE
TALES COMO: GALLETAS, PRODUCTOS DE GALLETERIA,
GALLETAS SALADAS [CRACKERS].
La solicitud fue presentada el día cuatro de noviembre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de noviembre del año dos mil doce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003000-1
No. de Expediente: 2014132928
No. de Presentación: 20140195636
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR
ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de
CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: las palabras LOBSTER FEST y diseño, traducida al
idioma castellano como: fi esta de langostas, que servirá para: ATRAER
LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO DE SER-
VICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de enero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de abril del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003045-1
No. de Expediente: 2014134524
No. de Presentación: 20140199066
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado OMAR
ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de
CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: la expresión MIX, BLEND, STIR, SHAKE, DRINK,
se traduce al castellano como: Combina, Mezcla, Revuelve, Agita, Bebe,
que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES
RESPECTO DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de marzo del año
dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de abril del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003046-1
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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
No. de Expediente: 2013132295
No. de Presentación: 20130194511
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado OMAR
ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de
CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: la expresión #justbeirish y diseño. El nombre
comercial al que hace referencia la presente expresión o señal de publi-
cidad comercial es PARADISE LOBSTER & STEAK HOUSE inscrita
al Número 209 del libro 10 de Nombres Comerciales, que servirá para:
ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR RESPEC-
TO DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de diciembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de enero del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003048-1
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIO-
NISTAS
La Junta Directiva de la "SOCIEDAD DE AHORRO Y CRÉDITO
APOYO INTEGRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA", que puede abreviarse
SOCIEDAD DE AHORRO Y CREDITO APOYO INTEGRAL, S. A.
o SAC INTEGRAL, S. A., por medio del suscrito Director Presidente
CONVOCA a sus accionistas para celebrar Junta General Ordinaria.
La sesión se llevará a cabo en primera convocatoria a las ocho (08:00)
horas del día miércoles 30 de julio de 2014, en la Sala de Sesiones de
las ofi cinas principales de la Sociedad, situadas en 47 Avenida Sur y
Alameda Roosevelt, Colonia Flor Blanca, San Salvador; y si no hubiere
quórum en esa fecha, se señala la misma hora, del día jueves 31 de julio
de 2014, en las mismas instalaciones de la Sociedad, para celebrar la
sesión en segunda convocatoria.
La agenda de la sesión será la siguiente:
1. Verifi cación del quórum;
2. Lectura y aprobación del acta anterior;
3. Elección de Junta Directiva;
4. Determinación de los emolumentos para los integrantes de la
Junta Directiva y miembros de Comités de Junta Directiva.
El quórum necesario para celebrar sesión será:
Para la designación del Presidente de la Junta Directiva se requerirá
quórum y votación del 75% de los votos ya sea en primera o segunda
convocatoria.
Para la elección de los demás miembros de la Junta Directiva y
para decidir el punto 4, será: En primera fecha de la convocatoria, la
mitad más una de las acciones en que está dividido el capital social y
que tengan derecho a voto, y las resoluciones serán válidas cuando se
tomen por la mayoría de los votos presentes. En la segunda fecha de la
convocatoria el quórum será cualquiera que sea el número de las acciones
presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de
votos de los presentes.
San Salvador, dos de julio de dos mil catorce.
LUIS ANTONIO CASTILLO RIVAS,
DIRECTOR PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.
3 v. alt. No. F014417-1
SEÑORES ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD AGROINDUSTRIAS
CENTROAMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, ABREVIADAMENTE AGROINDUSTRIAS CENTRO-
AMERICANA S.A. DE C.V.:
Por medio del presente se convoca a Junta General Ordinaria de Ac-
cionistas a llevarse a cabo en las ofi cinas ubicadas en el local CERO
UNO del Nivel DIEZ, del edifi cio Torre Futura, ubicado en CALLE EL
MIRADOR Y 87 AVENIDA NORTE DE LA COLONIA ESCALON,
a las ocho horas del día treinta de julio de 2014 en primera convocatoria
y, a las ocho horas del día treinta y uno de Julio de 2014 en segunda
convocatoria.
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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
AGENDA:
1) PRESENTACION DE BALANCE GENERAL DE LA
SOCIEDAD AL CIERRE DEL AÑO 2013.
2) ESTADO DE RESULTADOS DEL EJERCICIO 2013.
3) ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO.
4) INFORME DEL AUDITOR EXTERNO.
5) ELECCION DE JUNTA DIRECTIVA.
6) ELECCION DE AUDITOR EXTERNO Y FISCAL PARA
EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014.
Para celebrar la Junta Ordinaria de Accionistas tanto en primera
como en segunda convocatoria deberán estar presentes o representadas la
mitad más una de las acciones y las resoluciones se tomarán por mayoría
de votos presentes.
San Salvador, 3 de Julio de 2014.
RICARDO LUIS HERNANDEZ LINARES,
AUDITOR EXTERNO.
3 v. alt. No. F014685-1
CONVOCATORIA
DISTRIBUIDORA DEL CARIBE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CA-
PITAL VARIABLE
El suscrito Administrador Único Propietario de la Sociedad
"DISTRIBUIDORA DEL CARIBE, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-
PITAL VARIABLE", de acuerdo a las disposiciones del Artículo 230
del Código de Comercio de El Salvador, y con el objeto de cumplir lo
dispuesto en el Artículo 223 del Código de Comercio, por este medio,
convoca a Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará
el día treinta de julio del corriente año, de las diez horas en adelante, en
la dirección ochenta y tres avenida sur, casa número cuatrocientos tres,
Colonia Escalón, San Salvador, San Salvador, conforme la siguiente
agenda:
Punto Único de Carácter Extraordinario: Aumento de Capital en
su parte variable.
Para instalar legalmente dicha Junta en primera convocatoria se
necesita que estén presentes o representadas por lo menos las tres cuartas
partes de las acciones que integran el capital de la Sociedad y para tomar
resoluciones válidas se requiere la misma proporción de votos de las
acciones presentes o representadas.
Si no hubiere quórum en la primera fecha antes mencionada, se
convoca para el día primero de agosto del año en curso, en el mismo lugar
y hora, estableciéndose la Junta de carácter extraordinario con la mitad
más una de la acciones del capital que asistan o que estén debidamente
representadas y los acuerdos se tomarán por mayoría de votos presentes
o representados.
San Salvador, siete de julio de dos mil catorce.
ROBERTO MANUEL BAUTISTA MONTALVO,
ADMINISTRADOR ÚNICO PROPIETARIO.
3 v. alt. No. F014932-1
SUBASTA PUBLICA
MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL;
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por el Licenciado
JOSÉ LUIS ARIAS LÓPEZ, actuando en su calidad de Apoderado del
BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA, contra los demandados
señores MARIO RODOLFO MARTINEZ MURGA y ELSA DE LA
PAZ JURADO, reclamándole cantidad de dólares y accesorios de ley, se
venderá en pública subasta en fecha que oportunamente se determinará
en este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente:""" Un inmueble
de naturaleza urbana, situado en el Cantón Loma Alta, jurisdicción y
departamento de Santa Ana, marcado como lote número OCHO, del
polígono "D" de la Residencial "Bella Santa Ana", el cual se describe así:
NORTE, cinco metros, ORIENTE, dieciséis metros; SUR, cinco metros;
PONIENTE, dieciséis metros. El inmueble antes descrito tiene una ex-
tensión superfi cial de OCHENTA METROS CUADRADOS, y en él se
encuentra construida una casa de habitación de sistema mixto con todos
sus servicios. El inmueble anteriormente descrito, se encuentra inscrito
a favor de uno de los demandados, siendo el señor MARIO RODOLFO
MARTINEZ MURGA, según Sistema de Folio Real Computarizado
con matrícula número M CERO TRES MILLONES DIECIOCHO MIL
SEISCIENTOS VEINTINUEVE trasladado al Sistema de Folio Real
Automatizado bajo la Matrícula Número DOS CERO CERO UNO
TRES NUEVE OCHO OCHO- CERO CERO CERO CERO CERO
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de
Occidente, Santa Ana"""".
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta
que deberán de presentar sus respectivos documentos de identidad NIT.
y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,
cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento
similar.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL; San
Salvador, a las nueve horas del día seis de enero de dos mil catorce.
MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL.- POR: LIC. JUAN CARLOS
NAJARRO PEREZ, SECRETARIO INTO.
3 v. alt. No. F014070-1
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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014. REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS
AVISO
LA BOLSA DE PRODUCTOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse BOL-PROES, S.A. DE C.V.
COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el señor Ernesto Lima Mena, en su calidad de Representante Legal de la Unión de Cooperativas de Cafetaleros de Responsabilidad Limitada, la cual es propietaria del Certifi cado de acción número dos dos tres, que ampara una acción común, solicitando la Reposición de dicho Certifi cado por haberse extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición, se procederá a Reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, a los veinte días del mes de junio de dos mil catorce.
CARLOS EDUARDO OÑATE MUYSHONDT,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. F014008-1
AVISO
LA BOLSA DE PRODUCTOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse BOL-PROES, S.A. DE C.V.
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el señor Carlos Eduardo Oñate Muyshondt, en su calidad de propietario del Certifi cado de acción número cero uno dos nueve, que ampara una acción común, solicitando la Reposición de dicho Certifi cado por haberse extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición, se procederá a Reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, a los veinte días del mes de junio de dos mil catorce.
CARLOS EDUARDO OÑATE MUYSHONDT,
REPRESENTANTE LEGAL.
BOLSA DE PRODUCTO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F014010-1
AVISO
LA BOLSA DE PRODUCTOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse BOL-PROES, S.A. DE C.V.
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el señor Carlos Eduardo Oñate Muyshondt, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad Peñafl or, S.A. de C.V., la cual es propietaria del certifi cado de acción número cero uno tres uno, que ampara una acción común, solicitando la Reposición de dicho Certifi cado por haberse extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición, se procederá a Reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, a los veinte días del mes de junio de dos mil catorce.
CARLOS EDUARDO OÑATE MUYSHONDT,
REPRESENTANTE LEGAL.
BOLSA DE PRODUCTO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F014011-1
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
LA INFRASCRITA JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-TIL, SAN SALVADOR, LICENCIADA KARINA JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA, A LA DEMANDADA SEÑORA BLANCA LIDIA VIDES.
HACE SABER: Que en el proceso Común, promovido en esta sede judicial por el Abogado ANGEL SAMUEL TORRES ROJAS, mayor de edad, abogado, del domicilio de San Salvador, actuando en calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de los señores JORGE ALBERTO MONTERROSA, MIGUEL ANGEL MONTERROSA y CARLOS ALFREDO RIVERA MONTERROSA contra la señora BLANCA LIDIA VIDES.
Que ha comparecido a manifestar el Licenciado ANGEL SAMUEL TORRES ROJAS, en el carácter antes expresado, que ignora el paradero de la demandada señora BLANCA LIDIA VIDES, así como si tiene apoderado, curador o representante legal, para que los represente en el proceso y habiéndose realizado todas las averiguaciones pertinentes, de conformidad al artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil, lo procedente es que sea emplazada por medio de edictos, a fi n de ejercer su derecho de defensa en el referido proceso.
En consecuencia, emplácese a la señora BLANCA LIDIA VIDES, para que comparezca a este Tribunal en el plazo de veinte días hábiles siguientes a la tercera publicación de este edicto, a contestar la demanda incoada en su contra dentro del presente proceso, de conformidad a los artículos 283 y 284 del CPCM.
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Adviértase a la referida demandada que de no presentarse se procederá a nombrarle Curador Ad-Lítem para que la represente en el proceso, asimismo, que al contestar la demanda deberá darle cumpli-miento a lo regulado en el Art. 67 del CPCM, es decir, deberá hacerlo a través de procurador cuyo nombramiento recaiga en abogado de la República, mandato que contendrá las facultades reguladas en el Art. 69 Inc. 1° CPCM; y de no contar con recursos económicos sufi cientes recurra a la Procuraduría General de la República, para asistencia legal, de conformidad al Art. 75 CPCM.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las diez horas y quince minutos del día treinta de abril de dos mil catorce. LICDA. KARINA JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR. LICDA. LICINIA NUBES SILIEZER DE ROMERO, SECRETARIA.
1 v. No. F014074
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2014135888
No. de Presentación: 20140202101
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de SM MARKEN GMBH, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
SIMONIZ
Consistente en: la palabra SIMONIZ, que servirá para: AMPA-RAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD, GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de junio del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003006-1
No. de Expediente: 2014132589
No. de Presentación: 20140194953
CLASE: 43.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de POSADAS DE MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: la frase GAMMA de Fiesta Inn HOTELES y diseño, la palabra Inn se traduce al castellano como posada, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE HOSPEDAJE TEMPORAL. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003007-1
No. de Expediente: 2013130743
No. de Presentación: 20130190814
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DAVID SALOMON PORTILLO MARTINEZ, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Carlson, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
CARLSON
Consistente en: la palabra CARLSON, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE AGENCIAS DE VIAJES, ESPECÍFICAMENTE,
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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
HACER RESERVACIONES Y RESERVAS EN LIBRO DE TRANS-
PORTE Y PROPORCIONAR INFORMACIÓN AL RESPECTO DE
LAS MISMAS; DISEÑO Y ARREGLO DE PAQUETES DE VIAJES Y
VACACIONES; SUMINISTRO DE AGENCIA DE VIAJES EN LÍNEA
POR MEDIO DE INFORMACIÓN EN REDES DE COMPUTADORAS
CON EL FIN DE HACER RESERVAS Y RESERVAS EN LIBROS
PARA TRANSPORTE; SUMINISTRO DE VIAJES AÉREOS, PAQUE-
TES DE VACACIONES U OTRAS RECOMPENSAS POR VIAJES
EN RELACIÓN CON PROGRAMAS DE LEALTAD Y PROGRAMAS
DE PREMIOS POR INCENTIVOS. Clase: 39.
La solicitud fue presentada el día once de octubre del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de abril del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003037-1
No. de Expediente: 2014134875
No. de Presentación: 20140199823
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR
ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de
CORPORACIÓN PIRÁMIDE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras THE RIB CO., y diseño, se traduce
al castellano como: La Compañía de la costilla, que servirá para: AM-
PARAR: SERVICIOS DE RESTAURACIÓN. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de mayo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003041-1
No. de Expediente: 2014134045
No. de Presentación: 20140197814
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE MARVIN NUÑEZ MATA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVI-CIOS ODONTOLÓGICOS. Clase: 44.
La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F014023-1
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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2013130024
No. de Presentación: 20130189577
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Produc-tora La Florida, S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
NUTRIVIDA
Consistente en: la palabra NUTRIVIDA, que servirá para: AM-PARAR: ALIMENTO PARA BEBÉ. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día once de septiembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de mayo del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002995-1
No. de Expediente: 2014133441
No. de Presentación: 20140196656
CLASE: 32.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Tampico Beverages, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
TAMPICO QUE RICO
Consistente en: la frase TAMPICO QUE RICO, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS, INCLUYENDO: PONCHE, AGUA SABORIZADA, JUGOS DE FRUTAS QUE CON-TIENEN AGUA, BEBIDAS CON SABOR A FRUTAS, REFRESCOS; PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS: PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS NO CARBONATADAS, PREPARACIO-NES PARA HACER BEBIDAS DE PONCHE, AGUA SABORIZADA, JUGOS DE FRUTAS, BEBIDAS CON SABOR A FRUTAS, REFRES-COS; BEBIDAS CARBONATADAS: BEBIDAS CARBONATADAS CON SABOR A FRUTA; ESENCIAS PARA LA PREPARACIÓN DE BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS. Clase: 32.
La solicitud fue presentada el día siete de febrero del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de junio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002996-1
No. de Expediente: 2012115172
No. de Presentación: 20120162181
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WAL-MART DE MEXICO SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL DE CAPI-TAL VARIABLE que se abrevia: WAL-MART DE MEXICO, S.A.B. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras LA MODE y diseño, que se traduce al castellano como "moda", que servirá para: AMPARAR: CUERO Y CUERO DE IMITACIÓN, PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PIELES DE ANIMALES; BAÚLES Y MALETAS; PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES; FUSTAS Y ARTÍCULOS DE GUARNICIONERÍA. Clase: 18.
La solicitud fue presentada el día nueve de enero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de mayo del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002997-1
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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
No. de Expediente: 2014133516
No. de Presentación: 20140196858
CLASE: 31.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société
des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO.
ABRAZZOS STARS
Consistente en: la frase ABRAZZOS STARS, que servirá para:
AMPARAR: ALIMENTOS Y SUSTANCIAS ALIMENTICIAS PARA
LOS ANIMALES Y MASCOTAS INCLUYENDO BOTANAS,
BOCADILLOS Y BOCADITOS, HAMBURGUESAS, TOCINO Y
TIRAS DE CARNE, POLLO, CONEJO Y RES. Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dos de junio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002998-1
No. de Expediente: 2013129033
No. de Presentación: 20130188102
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado
DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO
de S.C. JOHNSON & SON, INC., de nacionalidad ESTADOUNI-
DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
TARJETAS DE PODER
Consistente en: la frase TARJETAS DE PODER, que servirá para:
AMPARAR: PREPARACIONES PARA ELIMINAR Y DESTRUIR PES-
TES; INSECTICIDAS; PRODUCTOS ANTIPOLILLAS; REPELENTES
DE INSECTOS; FUNGICIDAS; RODENTICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de junio del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002999-1
No. de Expediente: 2014134467
No. de Presentación: 20140198950
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de THE
LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de nacionalidad
PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras AMEGA PHARMA y diseño, que
servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y
VETERINARIAS; PREPARACIONES HIGIÉNICAS Y SANITARIAS
PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS
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PARA USO MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS;
COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS Y ANIMA-
LES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL
PARA EMPASTE E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTAN-
TES; PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS;
FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de junio del año dos mil catorce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003001-1
No. de Expediente: 2014134464
No. de Presentación: 20140198947
CLASE: 42.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de THE
LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de nacionalidad
PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras AMEGA PHARMA y diseño, que
servirá para: AMPARAR: SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓ-
GICOS, ASI COMO SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO
EN ESTOS ÁMBITOS; SERVICIOS DE ANÁLISIS E INVESTIGA-
CIÓN INDUSTRIALES; DISEÑO Y DESARROLLO DE EQUIPOS
INFORMÁTICOS Y DE SOFTWARE. Clase: 42.
La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de junio del año dos mil catorce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003002-1
No. de Expediente : 2014134577
No. de Presentación: 20140199213
CLASE: 30.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COR-
PORATIVO INTERNACIONAL MEXICANO, S. DE R.L. DE C.V.,
de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO.
QUESANITOS
Consistente en: la palabra QUESANITOS, que servirá para:
AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ;
ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A
BASE DE CEREALES; PRODUCTOS DE PAN: PAN, CROISSANTS,
PRODUCTOS DE PASTELERÍA, A SABER: PRODUCTOS DE
GALLETERÍA: GALLETAS DE MANTEQUILLA, CONFITERÍA;
HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA,
POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS
(CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO, BARRAS DE REFRIGERIO.
Clase: 30.
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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de marzo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de junio del año dos mil catorce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003003-1
No. de Expediente: 2014135190
No. de Presentación: 20140200731
CLASE: 01, 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Tyco
Fire Products, LP., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
INERGEN
Consistente en: la palabra INERGEN, que servirá para: AMPARAR:
COMPOSICIÓN QUIMICA PARA LA SUSPENSIÓN DE INCEN-
DIOS. Clase: 01. Para: AMPARAR: SISTEMAS DE EXTINCIÓN DE
INCENDIOS. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de abril del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dos de junio del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003005-1
No. de Expediente: 2014135739
No. de Presentación: 20140201813
CLASE: 09, 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CLARO
S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO Y SERVICIO.
Consistente en: un diseño identifi cado como Diseño de Globo, que
servirá para: AMPARAR: TELEFONOS, PERIFERICOS Y ACCESO-
RIOS. Clase: 09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNI-
CACIONES. Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de mayo del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003008-1
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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
No. de Expediente: 2014134311
No. de Presentación: 20140198359
CLASE: 09, 38.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CLARO
S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO Y SERVICIO.
Consistente en: las palabras Claro noticias y diseño, que servirá para:
AMPARAR: TELÉFONOS, PERIFÉRICOS Y ACCESORIOS. Clase:
09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.
Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003009-1
No. de Expediente: 2014134302
No. de Presentación: 20140198347
CLASE: 09, 38.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de
CLARO S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO.
Consistente en: las palabras Claro clube y diseño, que servirá para:
AMPARAR: TELÉFONOS, PERIFÉRICOS Y ACCESORIOS. Clase:
09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.
Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003010-1
No. de Expediente: 2014134308
No. de Presentación: 20140198353
CLASE: 09, 38.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de
CLARO S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO.
Consistente en: las palabras Claro kids y diseño, donde la
palabra Kids se traduce al castellano como Niños, que servirá para:
AMPARAR: TELÉFONOS, PERIFÉRICOS Y ACCESORIOS. Clase: 09.
Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Clase: 38.
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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003011-1
No. de Expediente: 2014134305
No. de Presentación: 20140198350
CLASE: 09, 38.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CLARO
S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO Y SERVICIO.
Consistente en: las palabras Claro ideas y diseño, que servirá para:
AMPARAR: TELÉFONOS, PERIFÉRICOS Y ACCESORIOS. Clase:
09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.
Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003012-1
No. de Expediente: 2014134317
No. de Presentación: 20140198368
CLASE: 09, 38.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CLARO
S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO Y SERVICIO.
Consistente en: las palabras Claro tv y diseño, que servirá para:
AMPARAR: TELÉFONOS, PERIFÉRICOS Y ACCESORIOS. Clase:
09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.
Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO bE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003013-1
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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
No. de Expediente: 2014134320
No. de Presentación: 20140198373
CLASE: 09, 38.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CLARO
S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO Y SERVICIO,
Consistente en: las palabras Mi Claro y diseño, que servirá para:
AMPARAR: TELÉFONOS, PERIFÉRICOS Y ACCESORIOS. Clase:
09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.
Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003014-1
No. de Expediente: 2014134299
No. de Presentación: 20140198343
CLASE: 09, 38.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CLARO
S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO Y SERVICIO,
Consistente en: las palabras Claro + ideas y diseño, que servirá para:
AMPARAR: TELÉFONOS, PERIFÉRICOS Y ACCESORIOS. Clase:
09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.
Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003015-1
No. de Expediente: 2014134314
No. de Presentación: 20140198364
CLASE: 09, 38.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CLARO
S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO Y SERVICIO,
Consistente en: las palabras Claro salud y diseño, que servirá para:
AMPARAR: TELÉFONOS, PERIFÉRICOS Y ACCESORIOS. Clase:
09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.
Clase: 38.
DIARIO
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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003016-1
No. de Expediente: 2014133738
No. de Presentación: 20140197236
CLASE: 33.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COM-PANHIA MULLER DE BEBIDAS, de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra 51 Cachaça y diseño, que se traduce al castellano como cachaza 51, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHOLICAS. Clase: 33.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003017-1
No. de Expediente: 2013131027
No. de Presentación: 20130191250
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Colgate-
Palmolive Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Adiós Olores
Consistente en: la frase Adiós Olores, que servirá para: AMPARAR:
DETERGENTES PARA LAVAVAJILLAS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de octubre del año dos mil trece.
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003018-1
No. de Expediente: 2013131029
No. de Presentación: 20130191252
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Colgate-
Palmolive Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Adiós a la espuma
Consistente en: la frase Adiós a la espuma, que servirá para:
AMPARAR: SUAVIZANTES Y ACONDICIONADORES PARA LA
ROPA. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos
mil trece.
DIARIO
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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador, veinticinco de octubre del año dos mil trece.
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003019-1
No. de Expediente: 2013131028
No. de Presentación: 20130191251
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Colgate-Palmolive Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
GOOD BYE ODORS
Consistente en: la frase GOOD BYE ODORS, que se traduce al caste-llano como adiós olores, que servirá para: AMPARAR: DETERGENTES PARA LAVAVAJILLAS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil trece.
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003020-1
No. de Expediente: 2013130579
No. de Presentación: 20130190581
CLASE: 25, 35.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de A' GACI,
L.L.C., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,
A’GACI
Consistente en: la frase A'GACI, que servirá para: AMPARAR: ROPA, CALZADO Y ACCESORIOS DE VESTIR COMPRENDIDOS EN ESTA CLASE. Clase: 25. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TIENDA DE VENTA AL POR MENOR EN EL CAMPO DE ROPA, CALZADO Y ACCESORIOS. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día siete de octubre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de junio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003021-1
No. de Expediente: 2013131735
No. de Presentación: 20130192891
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CER-VECERIA LA RANA DORADA S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
LA RANA DORADA
Consistente en: la frase LA RANA DORADA, que servirá para: AMPARAR: CERVEZA. Clase: 32.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de junio del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003022-1
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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
No. de Expediente: 2014134530
No. de Presentación: 20140199072
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado INES TAU-
RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de LEGO Juris
A/S, de nacionalidad DANESA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra duplo y diseño, que servirá para: AMPA-
RAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS,
TOPOGRÁFICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS,
ÓPTICOS, DE PESAR, DE MEDIDA, DE SEÑALIZACIÓN, DE
CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑAN-
ZA; APARATOS E INSTRUMENTOS PARA LA CONDUCCIÓN,
DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGU-
LACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE
GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O
IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS
ACÚSTICOS; DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS Y MECANIS-
MOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADO-
RAS, MÁQUINAS DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIEN-
TO DE DATOS Y COMPUTADORAS; SOFTWARE; APARATOS
DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS; IMANES; APARATOS E INS-
TRUMENTOS ELÉCTRICOS (INCLUYENDO INALÁMBRICOS);
CINTAS DE VÍDEO, CINTAS MAGNÉTICAS CONTENIDAS EN
CASETES Y DISCOS DE GRAMÓFONO; MÁQUINAS PARLAN-
TES; PROGRAMAS Y SOFTWARE INFORMÁTICO GRABADO;
SOFTWARE INFORMÁTICO PARA SU USO EN DISEÑO ASISTIDO
POR COMPUTADORA; SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA
SU USO EN LA MANIPULACIÓN DE DIBUJOS Y ARCHIVOS DE
GRÁFICOS; SOFTWARE DE COMPUTADORA UTILIZADO PARA
CREAR CURVAS, SUPERFICIES Y SÓLIDOS DE DOS Y TRES
DIMENSIONES; PROGRAMAS INFORMÁTICOS (SOFTWARE
DESCARGABLE); APARATOS E INSTRUMENTOS ELECTRÓ-
NICOS Y ELECTROTÉCNICOS (COMPRENDIDOS EN LA CLASE
9); ORDENADORES Y EQUIPOS INFORMÁTICOS (INCLUIDOS
EN LA CLASE 9); ESPECIALMENTE TECLADOS, TERMINALES,
MONITORES, ESTACIONES DE DISCOS, INTERFACES, CABLES
DE INTERFAZ, DISCOS Y DISQUETES-DISCOS, PROGRAMAS
DE COMPUTADORA (SOFTWARE) (COMPRENDIDOS EN LA
CLASE 9); APARATOS E INSTRUMENTOS FOTOGRÁFICOS, E
FILMACIÓN Y ÓPTICOS; APARATOS E INSTRUMENTOS PARA
LA EDUCACIÓN; SOPORTES DE GRABACIÓN DE SONIDO E
IMAGEN, ESPECIALMENTE PELÍCULAS, DISCOS DE GRAMO-
FONO, CINTAS DE AUDIO, CASSETTES DE SONIDO, DISCOS
COMPACTOS, DISCOS DE VIDEO, CINTAS DE VIDEO; DIAPO-
SITIVAS; PELÍCULAS DE IMAGEN EN MOVIMIENTO [GRABA-
DAS]; PELÍCULAS DE ANIMACIÓN, INCLUIDAS LAS PELÍCULAS
CINEMATOGRÁFICAS ANIMADAS PREPARADAS PARA EX-
POSICIONES; PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS (INCLUIDAS
LAS PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS DESCARGABLES);
PUBLICACIONES IMPRESAS EN FORMATO ELECTRONICO LE-
GIBLE DIBUJOS ANIMADOS; JUEGOS PARA COMPUTADORAS
PORTATILES [PARA SU USO EXCLUSIVO CON RECEPTORES DE
TELEVISIÓN]; DISPOSITIVOS DE AUDIO DIGITAL, INCLUIDOS
LOS APARATOS DE AUDIO DIGITAL PORTÁTILES; APARATOS
Y DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS PARA SU USO CON REPRO-
DUCTORES DE AUDIO DIGITAL; APARATOS Y EQUIPOS DE
JUEGOS DE COMPUTADORA; PROGRAMAS DE JUEGOS DE
COMPUTADORA; SOFTWARE DE JUEGOS DE COMPUTADORA;
SOFTWARE QUE PROPORCIONA ACCESO MULTIUSUARIO A
UN ENTORNO VIRTUAL EN LÍNEA; JUEGOS INTERACTIVOS
DE COMPUTADORA MULTIMEDIA MULTIUSUARIO, ME-
MORIAS USB; PROGRAMAS INFORMÁTICOS EDUCATIVOS
UTILIZADOS PARA LA ENSEÑANZA DE MATEMÁTICAS,
CIENCIA Y TECNOLOGIA Y/O PARA SU UTILIZACIÓN EN
DISEÑO ASISTIDO POR COMPUTADORA DE MODELOS DE
JUGUETES Y ESTRUCTURAS; LENTES, INCLUYENDO LENTES
DE SOL; RECURSOS EDUCATIVOS PARA MAESTROS Y EDU-
CADORES, ESPECIFICAMENTE PROGRAMAS INFORMÁTICOS
DESCARGABLES PARA EL DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE
JUGUETES DE CONSTRUCCIÓN; IMÁGENES DESCARGABLES
PARA SU USO COMO FONDO DE PANTALLA Y PROTECTORES
DE PANTALLA; JUEGOS DE COMPUTADORA DESCARGABLES;
RECURSOS EDUCATIVOS PARA PROFESORES Y EDUCADO-
RES, ESPECÍFICAMENTE SOFTWARE DESCARGABLE PARA
LA CARGA DE IMÁGENES DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE
JUGUETES DE CONSTRUCCIÓN; ETIQUETAS REFLECTIVAS
QUE SE PUEDEN USAR EN LA ROPA CON EL FIN DE PREVENIR
ACCIDENTES DE TRÁFICO; ACCESORIOS DE COMPUTADORA,
ES DECIR, CABLES DE COMPUTADORA, CAJAS DE INTERFAZ
QUE SE UTILIZAN PARA CONECTAR LOS ROBOTS DE MODE-
LADO, MODELOS DE VEHÍCULOS U OTROS CONJUNTOS MO-
TORIZADOS DE CONSTRUCCIÓN PARA LA COMPUTADORA,
A TRAVÉS DEL CUAL EL OPERADOR DE LA COMPUTADORA
LOS PUEDA CONTROLAR, Y RANURAS PARA TARJETAS QUE
SE UTILIZAN PARA ADAPTAR LAS COMPUTADORAS A LOS
MISMOS; RADIOS, REPRODUCTORES DE CD, REPRODUCTORES
MP3, CÁMARAS DIGITALES. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de marzo del año
dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de abril del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003023-1
DIARIO
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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
No. de Expediente: 2013125892
No. de Presentación: 20130182577
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ULISES
SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Motorola
Trademark Holdings, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la expresión M4DE y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: LÍNEA COMPLETA DE COMPONENTES Y ACCESORIOS
ELECTRÓNICOS Y MECÁNICOS PARA TELÉFONOS MÓVILES,
TABLETS, COMPUTADORAS PORTÁTILES, Y DISPOSITIVOS
DIGITALES ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO PARA
GRABAR, ORGANIZAR, TRANSMITIR, MANIPULAR Y REVISAR
ARCHIVOS DE TEXTO, DATOS, AUDIO Y VIDEO; ESTACIONES
DE CONEXIÓN ELECTRÓNICAS; SOPORTES ESPECIALMEN-
TE DISEÑADOS PARA SUJETAR LOS TELÉFONOS MÓVILES,
TABLETS, COMPUTADORAS PORTÁTILES Y DISPOSITIVOS
DIGITALES ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO; MON-
TAJES ESPECIALMENTE DISEÑADOS PARA SUJETAR LOS TE-
LÉFONOS MÓVILES, TABLETS, COMPUTADORAS PORTÁTILES
Y DISPOSITIVOS DIGITALES ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y
DE MANO; BATERÍAS, CARGADORES Y PAQUETES DE BATE-
RÍAS PARA SU USO CON TELÉFONOS MÓVILES, TABLETS,
COMPUTADORAS PORTÁTILES Y DISPOSITIVOS DIGITALES
ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO; CONECTORES ELÉC-
TRICOS, ALAMBRES, CABLES Y ADAPTADORES; PANTALLAS
INALÁMBRICAS A DISTANCIA; ADAPTADORES DE PROTOCO-
LOS INALÁMBRICOS; CONTROLES REMOTOS CABLEADOS
E INALAMBRICOS PARA TELÉFONOS MÓVILES, TABLETS,
COMPUTADORAS PORTÁTILES Y DISPOSITIVOS DIGITALES
ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO; AUDÍFONOS Y
AURICULARES; APARATOS DE TELECOMUNICACIONES,
ESPECÍFICAMENTE, ALTAVOCES, MICRÓFONOS Y AURICU-
LARES PARA SU USO CON TELÉFONOS MÓVILES, TABLETS,
COMPUTADORAS PORTÁTILES Y DISPOSITIVOS DIGITALES
ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO; SISTEMÁS DE TEA-
TRO EN CASA QUE COMPRENDEN ALTAVOCES ESTÉREO PARA
AUDIO, RECEPTORES DE VIDEO Y AUDIO Y REPRODUCTORES
DE AUDIO Y VIDEO; AMPLIFICADOR ESTÉREO DE AUDIO Y
BASES DE ESTACIONES DE ALTAVOCES ESTÉREO; ADAPTA-
DORES DE ESTÉREO PARA AUTOMÓVIL; GRABADORES DE
AUDIO Y VÍDEO; RECEPTORES DE AUDIO, VIDEO Y DE RADIO;
TRANSMISORES DE AUDIO, VIDEO Y RADIO; VISUALIZADO-
RES DE VIDEO, ESPECÍFICAMENTE, MONITORES DE VIDEO
PARA TELÉFONOS MÓVILES, TABLETS, COMPUTADORAS
PORTÁTILES Y DISPOSITIVOS DIGITALES ELECTRÓNICOS
PORTÁTILES Y DE MANO; DISPOSITIVOS DIGITALES DE DI-FUSIÓN DE MEDIOS; DISPOSITIVOS DIGITALES DE INTERNET A TELEVISIÓN; LECTORES ELECTRÓNICOS DE TARJETAS DE MEMORIA; ESTUCHES PROTECTORES, TODOS PARA SU USO CON TELÉFONOS MÓVILES, TABLETS, COMPUTADORAS PORTÁTILES, Y DISPOSITIVOS DIGITALES ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO PARA GRABAR, ORGANIZAR, TRANSMITIR, MANIPULAR Y REVISAR ARCHIVOS DE TEXTO, DATOS, AUDIO, IMÁGENES, Y VIDEO; MEJORAS Y PROTEC-TORES DE PANTALLA PARA TELÉFONOS MÓVILES, TABLETS, COMPUTADORAS PORTÁTILES Y DISPOSITIVOS DIGITALES ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO; BRAZALETES PARA ELECTRÓNICOS DIGITALES PORTÁTILES; TECLADOS; MOUSE DE COMPUTADORAS; STYLUS; GENERADORES DE IMÁGENES; LENTES PARA SU USO CON TELÉFONOS MÓVILES, TABLETS, COMPUTADORAS PORTÁTILES Y DISPOSITIVOS DIGITALES ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO PARA GRABAR, OR-GANIZAR, TRANSMITIR, MANIPULAR Y REVISAR ARCHIVOS DE TEXTO, DATOS, AUDIO, IMÁGENES Y VIDEO; PERIFÉRICOS DE COMPUTACIÓN USABLES, ESPECIFICAMENTE, GAFAS USABLES, CÁMARAS, PANTALLAS, HARDWARE DE TELECO-MUNICACIONES Y DE REDES DE DATOS; COMPUTADORAS PORTÁTILES QUE SE LLEVAN EN LA MUÑECA; DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS PORTÁTILES NO MÉDICOS PRINCIPALMENTE PARA MEDIR, ALMACENAR, TRANSFERIR Y SINCRONIZAR LA INFORMACIÓN SOBRE EJERCICIOS FÍSICOS DE UN INDIVIDUO Y SUS NIVELES DE ACTIVIDAD, A SABER, LA FECHA, HORA, POSICIONAMIENTO GLOBAL, DIRECCIÓN, ALTITUD, VELO-CIDAD, DISTANCIA Y CALORÍAS; Y SENSORES DE PRESIÓN Y TEMPERATURA. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día cinco de abril del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de abril del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003024-1
No. de Expediente: 2013131049
No. de Presentación: 20130191280
CLASE: 04.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SILVIA
EUGENIA RODRÍGUEZ CEA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO
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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
de AMSOIL, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
AMSOIL
Consistente en: la palabra AMSOIL, que servirá para: AMPARAR:
LUBRICANTES, ACEITES Y GRASAS, INCLUYENDO ACEITES
AUTOMOTRICES, ACEITES PARA MOTORES, ACEITES FINOS
PARA MOTORES; ACEITES Y GRASAS INDUSTRIALES; ACEI-
TES LUBRICANTES PARA MOTORES DE VEHÍCULOS; COM-
PUESTOS LUBRICANTES AUTOMOTRICES, ACEITE DIESEL,
ACEITE DE MOTORES MARINOS; GRASA PARA CADENAS;
GRASA PARA CHASIS; GRASA PARA PASTILLAS DE FRENO
Y PARA ZAPATAS DE FRENOS, ACEITES PARA ENGRANAJES
(VELOCIDADES); ACEITES DE TRANSMISION, FLUIDOS Y
ACEITES PARA CORTAR Y MOLER; ACEITES PENETRANTES
PARA SU USO CON CERRADURAS DE PUERTAS; ACEITES
DE FILTROS DE AIRE; COMPOSICIONES ABSORBENTES DE
POLVO, HUMECTANTES Y ASTRINGENTES; COMBUSTIBLES;
ILUMINANTES; ADITIVOS NO QUÍMICOS PARA COMBUSTI-
BLES, PARA LUBRICANTES Y PARA GRASAS; COMPOSICIONES
ABSORBENTES DE POLVO; HUMECTANTES Y ASTRINGENTES
EN LA NATURALEZA DE ACEITES; FLUIDOS DE PERFORACIÓN
Y ENFRIADORES PARA MAQUINARIA Y/O OPERACIONES DE
TRABAJO CON METALES. Clase: 04.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de abril del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003025-1
No. de Expediente: 2014134528
No. de Presentación: 20140199070
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DAVID
SALOMÓN PORTILLO MARTÍNEZ, en su calidad de GESTOR OFI-
CIOSO de Mozilla Foundation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: un diseño que se identifi ca como LOGO FIREFOX, que servirá para: TELEFONOS MOVILES; DISPOSITIVOS MOVILES DIGITALES PARA EL ENVÍO Y RECEPCIÓN DE LLAMADAS TELEFÓNICAS, CORREO ELECTRÓNICO Y OTROS DATOS DI-GITALES, PARA SU USO COMO UN REPRODUCTOR DE AUDIO EN FORMATO DIGITAL, Y PARA SU USO COMO UNA COM-PUTADORA PORTATIL, UN ASISTENTE PERSONAL DIGITAL, AGENDA ELECTRONICA, BLOC DE NOTAS ELECTRÓNICO, Y COMO CÁMARA; SOFTWARE DE SISTEMA OPERATIVO; SOFTWARE PARA SU USO EN LA ELABORACIÓN, EJECUCIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE OTRO SOFTWARE EN DISPOSITI-VOS DE COMUNICACIÓN MOVIL, COMPUTADORAS, REDES INFORMATICAS Y REDES GLOBALES DE COMUNICACIÓN; SOFTWARE DE INTERFAZ GRÁFICA PARA LOS USUARIOS; SOFTWARE DE HERRAMIENTAS DE DESARROLLO DE APLI-CACIONES; SOFTWARE PARA ACCEDER, ORGANIZAR Y GESTIONAR MULTIPLES APLICACIONES DE SOFTWARE, QUE SE VENDE COMO UN COMPONENTE INTEGRAL DEL SISTEMA OPERATIVO DE LA COMPUTADORA Y DEL SOFTWARE DE INTERFAZ GRÁFICA PARA EL USUARIO. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de marzo del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de abril del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003026-1
No. de Expediente: 2013132323
No. de Presentación: 20130194563
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado VICENTE
DE JESÚS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de Prada S.A.,
DIARIO
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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO.
PRADA
Consistente en: la palabra PRADA, que servirá para: AMPARAR:
BOLSOS, INCLUYENDO BOLSOS DE MANO, BOLSOS DE VIA-
JE, BOLSOS PARA LA TARDE Y BOLSOS DE HOMBRO PARA
SEÑORITAS, BOLSOS DE CUERO PARA COMPRAS, BOLSOS
ESCOLARES, BOLSOS DE VIAJE PARA ZAPATOS, BOLSOS DE
PLAYA, BOLSOS TIPO BOSTON, BOLSOS PARA VIAJES COR-
TOS, Y BOLSOS PARA OPERA; PORTAFOLIOS INCLUYENDO
PORTAFOLIOS DE CUERO, PORTA TARJETAS DE CRÉDITO
HECHOS DE CUERO, BILLETERAS, ESTUCHES PARA LLAVES
DE CUERO, CARTERAS, BAÚLES INCLUYENDO BAÚLES PARA
VIAJES, MALETAS, BOLSAS PARA COSMÉTICOS VENDIDAS
VACÍAS, BOLSAS DEPORTIVAS INCLUIDAS EN ESTA CLASE,
BOLSAS PARA EQUIPOS ATLÉTICOS, BOLSAS DE VIAJE PARA
ROPA, PORTA TRAJES PARA VIAJES, MOCHILAS, BOLSAS DE
PAÑALES, TALEGOS, MALETINES, BOLSAS PARA ESCALAR
MONTAÑAS, MORRALES (SATCHELS), NECESERES VACÍOS,
PIELES, ESTUCHES Y CAJAS ELABORADAS CON CUERO, BOL-
SAS ELABORADAS CON CUERO PARA EMBALAJE, CORREAS
DE CUERO, SOMBRILLAS, CORREAS (LEASHES) DE CUERO,
VESTIMENTA PARA MASCOTAS. Clase: 18.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de diciembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de abril del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003027-1
No. de Expediente: 2013128978
No. de Presentación: 20130187975
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado INES
TAURA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de MERIAL
LIMITED, de nacionalidad BRITÁNICA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO.
LONGRANGE
Consistente en: la palabra LONGRANGE, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTOS VETERINARIOS, INCLUYENDO PREPA-
RACIONES VETERINARIAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de abril del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003028-1
No. de Expediente: 2013130671
No. de Presentación: 20130190726
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado INES TAU-
RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON
& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el
registro de la MARCA DE PRODUCTO.
SANAFOR
Consistente en: la palabra SANAFOR, que servirá para: AMPA-
RAR: ADHESIVO ANTI MICROBIOS USADO EN LA MANUFAC-
TURA DE PRODUCTOS PLÁSTICOS TERMINADOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil
trece.
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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de abril del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003029-1
No. de Expediente: 2013129400
No. de Presentación: 20130188672
CLASE: 20, 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SILVIA EUGENIA RODRÍGUEZ CEA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Quickie Manufacturing Corporation, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra Quickie y diseño, traducida al castellano como Rapidin, que servirá para: AMPARAR: SEÑALES PARA PISO, HECHAS DE PLÁSTICO. Clase: 20. Para: AMPARAR: ESCOBAS INCLUYENDO ESCOBAS DE PRESIÓN, RECOGEDORES DE BASURA, TRAPEADORES, HERRAMIENTAS DE LIMPIEZA, BAL-DES, RESTREGADORES (MATERIAL DE LIMPIEZA), GUANTES, TRAPOS, ESPONJAS, LIMPIA-VIDRIOS, PAÑOS DE LIMPIEZA, MANGOS (MANECILLAS) DE REPUESTO, CEPILLOS, INCLU-YENDO CEPILLOS PARA ASEO DEL BAÑO, Y PALANGANAS. Clase: 21.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de abril del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003030-1
No. de Expediente: 2014134431
No. de Presentación: 20140198907
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DINA
CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de TOTAL
SA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO.
PLAXOLENE
Consistente en: la palabra PLAXOLENE, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS QUÍMICOS PARA LA INDUSTRIA; QUÍMICOS
PARA SU USO EN LA INDUSTRIA DEL CAUCHO; SOLVENTES
DERIVADOS DEL PETROLEO; PLASTIFICANTES. Clase: 01.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de marzo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de abril del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003031-1
No. de Expediente: 2013132283
No. de Presentación: 20130194486
CLASE: 30.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DINA
CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNI-
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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
LEVER N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO.
OPTIMISMO NATURAL
Consistente en: la frase OPTIMISMO NATURAL, que servirá para:
AMPARAR: TÉ, INCLUYENDO TÉ HELADO; BEBIDAS A BASE
DE TÉ; MEZCLAS DE POLVOS DE TÉ, INCLUYENDO MEZCLAS
DE POLVOS DE TE HELADO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de marzo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003032-1
No. de Expediente: 2014134664
No. de Presentación: 20140199426
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DORA
ALICIA SERVANDO DE GUARDADO, en su calidad de GESTOR
OFICIOSO de MANUEL ROS FERNÁNDEZ, de nacionalidad ESPA-
ÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
OCTOBER
Consistente en: la palabra OCTOBER, que al idioma castellano se
traduce como OCTUBRE, que servirá para: AMPARAR: PRENDAS
CONFECCIONADAS, CALZADOS, SOMBRERERÍA. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de abril del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003033-1
No. de Expediente: 2014133595
No. de Presentación: 20140197025
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ULISES
SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Kenneth Cole
Productions, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el
registro de la MARCA DE PRODUCTO.
MANKIND
Consistente en: la palabra MANKIND, que al idioma castellano se
traduce como HUMANIDAD, que servirá para: AMPARAR: FRAGAN-
CIAS, COLONIAS, PERFUMERIA, DESODORANTES PARA USO
PERSONAL, ENJUAGUES PARA EL CUERPO, SPRAYS PARA EL
CUERPO, LOCIONES PARA EL CUERPO, CHAMPÚ, LOCIONES
PARA DESPÚES DEL AFEITADO, HIDRATANTES. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiuno de febrero del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003034-1
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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
No. de Expediente: 2013130766
No. de Presentación: 20130190840
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado VICEN-
TE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de Nike
International Ltd., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
LUNARLON
Consistente en: la palabra LUNARLON, que servirá para: AM-
PARAR: CALZADO, ROPA, ESPECIFICAMENTE: PANTALONES,
SHORTS, CAMISAS, CAMISETAS, JERSEYS, SUDADERAS,
PANTALONES DE CHÁNDAL, ROPA INTERIOR, SOSTENES
DEPORTIVOS, VESTIDOS, FALDAS, SUÉTERES, CHAQUETAS,
ABRIGOS, CALCETINES, MUÑEQUERAS, GUANTES, MITONES,
CINTURONES, MEDIAS, BRAZALETES, BANDAS PARA LA
CABEZA, CHALECOS, PRENDAS PARA LA CABEZA, ESPECI-
FICAMENTE: SOMBREROS, GORRAS, VISERAS, PAÑUELOS,
CAPUCHAS, JERSEYS, BANDAS PARA SUDOR, BUFANDAS,
TRAJES DE BAÑO, TACOS PARA JUGAR AL FÚTBOL, FÚTBOL
(AMERICANO), BÉISBOL, SOFTBALL, GOLF, CRICKET. Clase:
25.
La solicitud fue presentada el día catorce de octubre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de abril del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003035-1
No. de Expediente: 2014134224
No. de Presentación: 20140198164
CLASE: 19.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DORA
ALICIA SERVANDO DE GUARDADO, en su calidad de GESTOR
OFICIOSO de aquatherm GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solici-
tando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: MATE-
RIALES DE CONSTRUCCIÓN (NO METÁLICOS); TUBOS RÍGI-
DOS NO METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN; TUBERÍAS
DE FONTANERÍA DE PLÁSTICO Y PIEZAS DE CONEXIÓN DE
TUBERÍAS QUE SON ACCESORIOS PARA AGUA CALIENTE Y
FRÍA PARA SU USO CON FINES DE CALEFACCIÓN, CLIMATI-
ZACIÓN Y SANEAMIENTO; TUBERÍAS DE PLÁSTICO Y PIEZAS
DE CONEXIÓN DE TUBERÍAS SIENDO ACCESORIOS PARA SU
USO CON AGUA EN SISTEMAS DE ROCIADORES CONTRA
INCENDIOS. Clase: 19.
La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de abril del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZÁLEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003036-1
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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
No. de Expediente: 2013131600
No. de Presentación: 20130192675
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-
TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de
ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se
abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
TENSEUR H
Consistente en: la frase TENSEUR H, que servirá para: AMPARAR:
MEDICAMENTO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013950-1
No. de Expediente: 2013131613
No. de Presentación: 20130192688
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-
TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de
ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se
abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
CLAVULENNEC
Consistente en: la palabra CLAVULENNEC, que servirá para:
AMPARAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de mayo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013952-1
No. de Expediente: 2013131609
No. de Presentación: 20130192684
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-
TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de
ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se
abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
IRBENNEC H
Consistente en: la frase IRBENNEC H, que servirá para: AMPA-
RAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año
dos mil trece.
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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013953-1
No. de Expediente: 2013131599
No. de Presentación: 20130192674
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-
TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de
ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se
abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
IRBENNEC
Consistente en: la palabra IRBENNEC, que servirá para: AMPA-
RAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de mayo del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZÁLEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013954-1
No. de Expediente: 2013131596
No. de Presentación: 20130192671
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-
TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de
ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se
abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
ARGINNEC
Consistente en: la palabra ARGINNEC, que servirá para: AMPA-
RAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de mayo del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZÁLEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013955-1
No. de Expediente: 2013131602
No. de Presentación: 20130192677
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-
TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de
DIARIO
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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se
abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
LEVONNEC
Consistente en: la palabra LEVONNEC, que servirá para: AMPA-
RAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de mayo del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZÁLEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013956-1
No. de Expediente: 2013131611
No. de Presentación: 20130192686
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-
TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de
ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se
abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
LIPIDIQUE
Consistente en: la palabra LIPIDIQUE, que servirá para: AMPA-
RAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de mayo del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZÁLEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013957-1
No. de Expediente: 2013131607
No. de Presentación: 20130192682
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-
TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de
ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se
abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
NEURONNEC
Consistente en: la palabra NEURONNEC, que servirá para: AM-
PARAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de mayo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013958-1
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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
No. de Expediente: 2013131606
No. de Presentación: 20130192681
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-
TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de
ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
ESOGASTRIQUE
Consistente en: la palabra ESOGASTRIQUE, que servirá para:
AMPARAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013959-1
No. de Expediente: 2013131598
No. de Presentación: 20130192673
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-
TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de
ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
ROSULENNEC
Consistente en: la palabra ROSULENNEC, que servirá para:
AMPARAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de mayo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013960-1
No. de Expediente: 2013131603
No. de Presentación: 20130192678
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-
TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de
ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
PANGASTRIQUE
Consistente en: la palabra PANGASTRIQUE, que servirá para:
AMPARAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año
dos mil trece.
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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013962-1
No. de Expediente: 2013131605
No. de Presentación: 20130192680
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-
TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de
ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
VERROIDES
Consistente en: la palabra VERROIDES, que servirá para: AM-
PARAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de mayo del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013963-1
No. de Expediente: 2014133989
No. de Presentación: 20140197721
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado BERNARDA
ADELA LIMA CASTANEDA, en su calidad de APODERADO de JUBIZ
INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra Marifer, que servirá para: AMPARAR:
SANDALIAS. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de junio del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F014022-1
No. de Expediente: 2013125613
No. de Presentación: 20130182072
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ALEXAN-
DRA REGINA NASSER DE SAMOUR, en su calidad de REPRE-
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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
SENTANTE LEGAL de BRILLANTINA, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BRILLANTINA, S.A. DE
C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras BON KAFFEE Gourmet 100 % Sal-
vadorean Coffee, se traduce al castellano como: Buen Café Gastrónomo
100% Café Salvadoreño, que servirá para: AMPARAR: CAFE EN
GRANO, CAFE EN POLVO, CAFE TOSTADO, CAFE MOLIDO,
CAFE INSTANTANEO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de mayo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F014041-1
No. de Expediente: 2013125612
No. de Presentación: 20130182071
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ALEXAN-
DRA REGINA NASSER DE SAMOUR, en su calidad de REPRE-
SENTANTE LEGAL de BRILLANTINA, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BRILLANTINA, S.A. DE
C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras BON KAFFEE High Blend 100 %
Salvadorean Coffee y diseño, traducida al castellano las palabras: BON
KAFFEE como: buen café y HIGH BLEND como: alta combinación,
y Salvadorean Coffee como: Café Salvadoreño, que servirá para: AM-
PARAR: CAFE EN GRANO, CAFE EN POLVO, CAFE TOSTADO,
CAFE MOLIDO, CAFE INSTANTANEO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de mayo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F014043-1
No. de Expediente: 2014135052
No. de Presentación: 20140200337
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado YASMIN
ELENA MEJIA RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO ESPE-
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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
CIAL de EVEREST, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: EVEREST,
S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la expresión AIDA'S GRAND RESERVE y
diseño, se traduce al castellano como: Gran reserva, que servirá para:
AMPARAR: CAFE, AROMATIZANTES Y SABORIZANTES DE
CAFE, BEBIDAS A BASE DE CAFE. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de mayo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F014065-1
No. de Expediente: 2014135279
No. de Presentación: 20140200951
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE GABINO
ORELLANA HERNANDEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO,
FOSFONEURON
Consistente en: la palabra FOSFONEURON, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS QUÍMICO Y FARMACÉUTICOS PARA
USO Y CONSUMO HUMANO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día cinco de mayo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintitrés de junio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F014075-1
No. de Expediente: 2014135660
No. de Presentación: 20140201638
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE GABINO
ORELLANA HERNANDEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO,
BAJA STRESS DJ
Consistente en: las palabras BAJA STRESS DJ, donde la palabra
Stress se traduce al castellano como Fatiga, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS QUÍMICOS Y FARMACÉUTICOS PARA USO
Y CONSUMO HUMANO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintidós de mayo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de junio del año dos mil catorce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F014076-1
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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
ACEPTACION DE HERENCIA
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con treinta
y cinco minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario de parte de la señora MARÍA AMANDA
MARTINEZ CAÑAS, la herencia intestada que a su defunción dejó el
señor MARTIN ARTURO MARTINEZ CAÑAS, quien fue de cuarenta
y cuatro años de edad, agricultor, salvadoreño, soltero, originario de
San Vicente, falleció el día doce de diciembre de mil novecientos noventa
y dos, en el Cantón San Diego, departamento de San Vicente, en este
distrito Judicial lugar de su último domicilio, en concepto de cesionaria
del derecho hereditario que le correspondía a la señora Santos Cañas
viuda de Martínez, en concepto de madre del causante.
Nómbrase a la aceptante administradora y representante interina
de la sucesión con las restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diez días del
mes de Junio, dos mil catorce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002865-2
LICDA. DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZA DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO.
HACE SABER: Que por resolución proferida con fecha de las diez
horas con cinco minutos del día diecinueve de mayo del año dos mil catorce,
se ha tenido de parte de las señoras: ALEYDA YANIRA CONTRERAS
CABRERA y DAISY JUDITH CONTRERAS CABRERA, por aceptada
expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada
por la causante señora: CARLOTA CABRERA QUIÑONEZ, fallecida a
las diecinueve horas del día veinte de octubre del año dos mil cuatro, en
el Hospital Nacional San Juan de Dios de la ciudad de Santa Ana, siendo
este municipio su último domicilio, aceptantes que comparecen en calidad
de hijas de la señalada causante. Y se ha nombrado interinamente a las
aceptantes como representantes y administradoras de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de
Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las quince horas
con cincuenta y seis minutos del día veintitrés de junio del año dos mil
catorce.- LICDA. DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZA
DE LO CIVIL. LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. C002866-2
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez
Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al Público para
efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de
las catorce horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su
defunción dejó el causante Anacleto Ortiz, de parte del señor MARCIAL
ORTIZ PEREZ, de sesenta y siete años de edad, Agricultor en pequeño,
del domicilio de Cacaopera, departamento de Morazán, con Documen-
to Único de Identidad Número: Cero un millón trescientos dieciocho
mil cuatrocientos treinta y nueve - dos; con Tarjeta de Identifi cación
Tributaria número: Un mil trescientos dos - trescientos mil seiscientos
cuarenta y siete - cero cero uno - cero; por derecho propio en calidad
hijo del mencionado causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue
de cincuenta y seis años de edad, Agricultor en pequeño, originario y del
domicilio de Cacaopera, departamento de Morazán, siendo éste su último
domicilio, hijo de Matilde Ortiz, falleció a las seis horas del día uno de
agosto del año de mil novecientos setenta y seis, a consecuencia de Fiebre
sin asistencia Médica.- Se le confi rió al aceptante antes mencionado y
en la forma establecida, la Administración y Representación Interina
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el
siguiente a la tercera publicación del edicto en el expresado periódico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, Morazán; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del día
veinticuatro de Junio de Dos Mil Catorce.- LIC. JORGE ALBERTO
GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. LICDA.
KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002868-2
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez
Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al Público para
efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de
las diez horas y cincuenta y cinco minutos del día cinco de Junio del
corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de
inventario, la herencia Testamentaria que a su defunción dejó la causante
María Lucía Chica Viuda de Rodríguez, de parte del señor Orlando
Alexis Rodríguez Chica, de cuarenta y cinco años de edad, Constructor,
del domicilio de Arambala, Departamento de Morazán, con documento
Único de Identidad Número cero cinco millones doscientos veintiocho
mil cuatrocientos noventa y siete guión siete, y Tarjeta de Identifi ca-
ción Tributaria Número Un mil trescientos uno guión cero ochenta mil
novecientos setenta y cuatro guión cuatro; y Tarjeta de Identifi cación
Tributaria Número Un mil trescientos uno guión cero ochenta mil no-
vecientos setenta y cuatro guión cuatro; como Asignatario testamentario
de la mencionada causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de
sesenta y nueve años de edad, de Ofi cios Domésticos, originaria y del
domicilio de Arambala, Departamento de Morazán, hija de Antonio y
Romana Girón; falleció a las siete horas y veinte minutos del día cinco
de Febrero del corriente año, en el Caserío Las Marías, Cantón Pueblo
Viejo, de Arambala, Departamento de Morazán; siendo esta misma
población lugar de su último domicilio.- Se le confi rió al aceptante antes
mencionado y en la forma establecida, la Administración y Represen-
tación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los
Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el
siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-
dico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Morazán; a las nueve horas y treinta y cinco minutos del día
seis de Junio de dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN
URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA.
KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002870-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las ocho
horas y quince minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con
benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor LUIS DEL
CID, quien falleció el día veinte de julio del dos mil trece, en el Caserío
El Tejar, Cantón El Pastor, Jurisdicción de Yayantique, Departamento
de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio; de parte de la señora
YENIS CELINA DEL CID RAMIREZ, en calidad de hija y cesionaria
de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora MARIA
DE LA PAZ RAMIREZ DE DEL CID, ésta en calidad de cónyuge del
causante. Confi riéndole a dicha aceptante, en la calidad antes mencio-
nada, la administración y representación interina de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para
que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecinueve días
del mes de mayo del dos mil catorce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002880-2
LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ,
Juez de lo Civil Interino de este distrito judicial, al público para los
efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción dejó el causante DAVID CALDERON
CERON, quien falleció el día veintinueve de marzo de dos mil doce, en
la Colonia Veintisiete de Septiembre de esta ciudad, su último domicilio,
por parte de SONIA ELIZABETH CALDERON MORAN y JUANA
CECILIA CALDERON MORAN, en concepto de herederas testamen-
tarias del referido causante. Nómbrase a las aceptantes, interinamente,
administradoras y representantes de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciséis de junio de dos
mil catorce.- LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA
GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. JORGE ALBERTO
RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013444-2
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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas quince
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con be-
nefi cio de inventario de parte de la señora MARIA CECILIA ROQUE
DE BONILLA, la herencia Intestada que a su defunción dejó el señor
BASILIO ROQUE, quien fue de noventa y tres años de edad, Jornalero,
soltero, salvadoreño, originario de Tecoluca de este departamento, y
del domicilio de San Vicente, departamento de San Vicente, habiendo
fallecido a las veintiuna horas veintiocho minutos del día veintiocho de
agosto del año dos mil trece, en el Hospital Nacional Santa Gertrudis
de esta ciudad, lugar de su último domicilio, en concepto de hija del
causante. Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinticinco
días del mes de junio del año dos mil catorce. DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013449-2
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,
a las diez horas y veinte minutos del día tres de junio del presente año;
se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor MANUEL DE
JESUS DELGADO GAMEZ, quien fue de setenta y siete años de
edad, Pensionado o Jubilado, Casado, con Número de Identifi cación
Tributaria: Cero ochocientos diez – ciento cuarenta y un mil ciento treinta
y cinco – uno cero uno –siete, fallecido el día catorce de julio del año
dos mil trece; siendo la ciudad de Apopa su último domicilio; de parte
de las señoras: MERCEDES CARDONA DE DELGADO, de sesenta
y cinco años de edad, Ama de Casa, Casada, del domicilio de Apopa,
con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil ciento veinte – ciento
treinta y un mil cuarenta y ocho – uno cero uno - cuatro; CRUZ DEL
CARMEN DELGADO DE ARCE, de cuarenta y tres años de edad,
Técnica en Computación, Casada, del domicilio de Mejicanos, con Nú-
mero de Identifi cación Tributaria: Cero seiscientos catorce – cero treinta
mil quinientos setenta – uno cero cuatro – cero; y ANA MERCEDES
DELGADO DE OSORIO, de treinta y nueve años de edad, Empleada,
del domicilio de Apopa, con Número de Identifi cación Tributaria: Cero
seiscientos catorce - ciento noventa mil seiscientos setenta y cuatro -
ciento veintinueve - cero; en calidad de Cónyuge sobreviviente e hijas
del Causante, respectivamente.
Y se les confi rió a las aceptantes en el carácter indicado, la Admi-
nistración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con las
facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las quince horas
y treinta minutos del día tres de junio del año dos mil catorce.- DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA. LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013458-2
GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado a
las catorce horas y treinta y cuatro minutos del día veintiuno de febrero de
dos mil trece, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el día dos
de Noviembre de dos mil siete, por la causante GLORIA ELIZABETH
GONZALEZ DE CANALES en la ciudad de San Salvador, siendo su
último domicilio el de la ciudad de Soyapango, de parte de los señores
ANA MARÍA CANALES GONZALEZ o ANA MARÍA CANALES DE
MENDOZA, y ELIEZAR JONATHAN CANALES GONZALEZ, en su
calidad de hijos sobrevivientes de la de cujus. Y se les ha Conferido a
los aceptantes la administración y representación interina de los bienes
de la sucesión con las facultades y restricciones legales.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para
que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en
la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador,
a las doce horas diez minutos del día veintidós de marzo de dos mil
trece.- LICDA. GENNY SHILA RAMÍREZ DE AREVALO, JUEZ
DE LO CIVIL. LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013500-2
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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, Jueza de lo
Civil, de este distrito judicial, al público para los efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción dejó el causante JOSE MARIA ALVAREZ
GONZALEZ, quien falleció el día veinticinco de marzo de dos mil
doce, en Calle El Chorrón, Caserío Loma de Tepilo, Cantón San José
Carrizal, Santa María Ostuma, La Paz, su último domicilio, por parte de
TRANSITO ALVAREZ CERON, en concepto de hija y además como
cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a JULIANA
CERON DE ALVAREZ, PABLO ALVAREZ CERON, FRANCIS-
CO ALVAREZ CERON, MIGUEL ALVAREZ CERON y DANIEL
ALVAREZ CERON, la primera en concepto de cónyuge sobreviviente
y los demás como hijos del referido causante. Nómbrase a la aceptante,
interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente;
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las quince horas y
treinta minutos del día veintiséis de junio de dos mil catorce.- LIC.
GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA DE LO
CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013532-2
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas diez minutos
de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario de parte de la señora ESTENIA MARGARITA PLATERO
DERAS, la herencia Intestada que a su defunción dejó el señor MA-
NUEL ISIDRO PLATERO, quien fue de cincuenta y siete años de edad,
Jornalero, casado, salvadoreño, originario y del domicilio de Verapaz,
departamento de San Vicente, habiendo fallecido a las seis horas del
día treinta de junio del año mil novecientos noventa y dos, en el Cantón
San Pedro Agua Caliente, jurisdicción de Verapaz de este departamento,
siendo la ciudad de Verapaz, departamento de San Vicente, el lugar de su
último domicilio, en concepto de hija del causante y como cesionaria del
derecho hereditario que en esta sucesión les correspondía a los señores
María Adelina Deras Viuda de Platero, Juan Antonio Platero Deras y
José Luis Platero Deras, la primera como cónyuge sobreviviente del
causante y los demás como hijos del mismo causante. Y se ha nombrado
a la aceptante administradora y representante interina de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los cinco días del
mes de junio del año dos mil catorce. DRA. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013560-2
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las nueve horas diez minutos del día veintinueve de mayo del corriente
año, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia intestada que al fallecer dejó el causante señor José Francisco
Quintanilla, fallecido a las veintiuna horas cuarenta minutos del día treinta
y uno de diciembre de dos mil trece, en la ciudad de San Rafael Oriente,
Departamento de San Miguel, siendo la Ciudad de San Rafael Oriente,
Departamento de San Miguel, su último domicilio, de parte de la señora:
Idalia Esmeralda Hernández Quintanilla, de treinta y cinco años de edad,
Salvadoreña, de Ofi cios Domésticos, con domicilio de la ciudad de San
Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, con Documento Único
de Identidad número cero doscientos sesenta y un millones quinientos
noventa y cinco mil novecientos veintinueve guión uno y con Identifi cación
Tributaria número un mil doscientos dieciocho guión cero setenta mil
setecientos setenta y ocho guión ciento uno guión cero, en su concepto
de hija del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que
les correspondían a las señoras Sulma Azucena Hernández Quintanilla,
de treinta y un años de edad, Salvadoreña, de Ofi cios Domésticos, del
Domicilio de San Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, con Do-
cumento Único de Identidad número cero un millón ochocientos noventa y
ocho mil ciento dieciséis guión tres y con Identifi cación Tributaria número
un mil doscientos dieciocho guión cero cuarenta mil novecientos ochenta
y dos guión ciento uno guión ocho, Julia Ileana Hernández Quintanilla,
de veinticinco años de edad, Salvadoreña, de Ofi cios Domésticos, del
domicilio de San Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, quien
se Identifi ca con su Documento Único de Identidad número cero tres
millones novecientos cincuenta y un mil trescientos treinta y tres guión
uno y con Identifi cación Tributaria número un mil doscientos dieciocho
guión ciento cincuenta mil doscientos ochenta y ocho guión ciento uno
guión nueve y Xiomara Yasmina Quintanilla Hernández, de veintitrés
años de edad, Salvadoreña, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de San
Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, quien se Identifi ca con su
Documento Único de Identidad número cero cuatro millones trescientos
setenta y dos mil ochocientos noventa guión seis y con Identifi cación
Tributaria número un mil doscientos dieciocho guión doscientos setenta
y un mil noventa guión ciento uno guión uno, en su calidad de hijas del
causante. Nómbrase a la aceptante en el carácter dicho administradora y
representante interina de la sucesión de que se trata, con las facultades y
restricciones que corresponde a la curadora de la herencia. Publíquense
los edictos de ley.
Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, diez horas
treinta y siete minutos del día veintinueve de mayo de dos mil catorce.-
LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. INGRID VANESSA VÁSQUEZ
BARAHONA, SECRETARIA,.
3 v. alt. No. F013590-2
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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, Juez
de lo Civil Interino de este distrito judicial,
AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente,
con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó CARLOS
CERRITOS GALDAMEZ, que falleció el día uno de octubre de dos
mil trece, en el cantón La Cruz del Mojón, jurisdicción de Santiago
Nonualco, Departamento de La Paz, su último domicilio, por parte de
CARLOS ALBERTO LOPEZ CERRITOS, en concepto de hijo del
causante; y se ha nombrado al aceptante, interinamente, administrador
y representante de la sucesión.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este
aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los dieciocho días del
mes de junio de dos mil catorce. LIC. ROBERTO MAURICIO ANTO-
NIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTO.- JORGE
ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013596-2
La Infrascrita, Jueza de lo Civil de este distrito judicial, al público para
los efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y treinta
minutos del día veintiséis de este mes, se ha tenido por aceptada expre-
samente, y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su
defunción dejó la causante FELIPA LUGARDA LEONOR MOLINA o
FELIPA LUGARDA LEONOR o LUGARDA LEONOR, quien falleció
el día ocho de septiembre de mil novecientos setenta y ocho, en el Barrio
San José de esta ciudad, su último domicilio, por parte de MERCEDES
GUADALUPE ABARCA LEONOR, en concepto de hija de la causante.
Nómbrase a la aceptante interinamente, administradora y representante
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de
la tercera publicación de este aviso, se presente a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintiséis de mayo del
dos mil catorce. LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BA-
RRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013601-2
LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-
PLENTE DE ESTE DISTRITO:
HACE SABER: Que por resolución pronunciada de las once horas
treinta minutos del día cuatro del corriente mes y año, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada
dejada por el señor JOAQUIN ANDRES MEJIA OSORIO, fallecido el
día catorce de mayo del dos mil doce, en esta ciudad, siendo la Pobla-
ción de Sonzacate, su último domicilio, de parte de la señora MARIA
IRMA LOPEZ DE MEJIA, como cónyuge sobreviviente y además
como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían a
los señores Araceli del Tránsito Osorio, José Rigoberto Mejía López y
Nelson Guillermo Mejía Arana, la primera como madre y los dos últimos
como hijos del Causante.-
Se ha conferido a la aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cincuenta minutos
del día diez de junio del año dos mil catorce. LIC. LUIS ANTONIO
BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. CECILIA
DEL CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013641-2
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinte
minutos del día veinticuatro de junio de dos mil catorce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de las
señoritas LUCINDA ARELY MENDOZA PEREZ y GLORIA ESTELA
MENDOZA PEREZ, la herencia intestada que a su defunción dejó el
causante señor WILLIAN ALEXANDER PEREZ, quien fue de veintidós
años de edad, jornalero, originario de Guadalupe, departamento de San
Vicente, fallecido a las veintidós horas cincuenta minutos del día vein-
tiocho de mayo del dos mil doce, en la fi nca Lito Argueta, Las Moras,
Cantón Agua Agria, del municipio de Guadalupe, lugar de su último
domicilio, como cesionarias del derecho hereditario que en la sucesión
del causante le correspondía a la señora BLANCA LILIAN MELIDA
PEREZ VIUDA DE MENDOZAo BLANCA LILIAN MELIDA PEREZ
MARROQUIN, ésta en su calidad de madre del referido causante. Y se
ha nombrado a las aceptantes, administradoras y representantes, interinas
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas
treinta minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil catorce.
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN
MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013654-2
LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a
las catorce horas y quince minutos del día veinte de junio del presente
año, fue aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
intestada que a su defunción dejó la causante PETRONA RAMÍREZ
VIUDA DE RAMÍREZ, quien falleció el día once de diciembre de dos
mil ocho, a la edad de setenta y seis años, ama de casa, viuda, originaria
de San Sebastián, Departamento de San Vicente, siendo esta Ciudad y
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Departamento, su último domicilio; de parte de los señores GLORIA
RAMÍREZ RAMÍREZ, BLANCA ANTONIA RAMÍREZ RAMÍREZ, ahora BLANCA ANTONIA RAMÍREZ DE HENRÍQUEZ, TEODO-LINA MARTÍNEZ DE CARPIO, y GEREMÍAS ALVARADO, con Números de Identifi cación Tributaria en el orden respectivo la primera: cero quinientos nueve – doscientos un mil ciento cincuenta y cinco – cero cero uno – tres, la segunda: cero quinientos nueve –ciento veintiún mil ciento sesenta y uno – ciento uno – ocho; la tercera: cero novecientos tres – ciento setenta mil novecientos cuarenta y ocho – cero cero dos – dos y el último: cero novecientos tres – ciento sesenta mil quinientos cincuenta y dos – cero cero uno - cinco; los cuatro en su calidad de herederos testamentarias por ser hijos de la causante PETRONA RA-MÍREZ VIUDA DE RAMÍREZ, y el último además como cesionario de los derechos hereditarios que como herederos testamentarios les correspondían a los señores Ana Cecilia Ramírez Ramírez, ahora Ana Cecilia Ramírez de Torres, María del Carmen Ramírez Ramírez ahora María del Carmen Ramírez de Alfaro, Manuel Antonio Ramos Ramírez conocido por Andrés Ramírez Ramírez, Rosa Haydee Garzón conocida por Rosa Haydee Ramírez Ramírez, y por Rosa Haide Ramírez, Juan Antonio Ramírez Domínguez, Griselda Massiel Ramírez Guadrón, Lucky Santageluz Ramírez Guadrón, Roque Andrés Ramírez Guadrón, Manuel Armando Ramírez Ramírez, Roberto Ramírez Ramírez y Pedro Ramírez Ramírez. Lo anterior según Cesiones de Derechos Hereditarios la primera cesión otorgada en esta Ciudad, a las diecinueve horas del día dieciséis de abril del dos mil diez, la segunda Cesión otorgada en esta misma Ciudad, a las catorce horas y treinta minutos del día veintitrés de mayo de dos mil diez; la tercera cesión otorgada en esta Ciudad, a las once horas y treinta minutos del día quince de octubre de dos mil trece, y la cuarta cesión otorgada en esta Ciudad, a las diecinueve horas del día veinticuatro de enero del presente año, las dos primeras otorgadas ante los ofi cios de la notaria ANA LILIAN LÓPEZ PALOMO, y las dos últimas ante los ofi cios de la notaria ANA ISABEL DURAN DE MALDONADO; confi riéndose a los herederos declarados la ADMINIS-TRACION Y REPRESENTACION INTERINA de la sucesión referida, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, de conformidad a lo establecido en el Art. 1163 Inc. 1° del Código Civil; Citándose a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días posteriores a la tercera publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los veinte días del mes de junio de dos mil catorce. LICDA. DIGNA GLADIS MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013665-2
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas con treinta y cinco minutos del día once de junio del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente la Herencia Intestada con Benefi cio de Inventario que a su defunción dejara el Causante FRANCISCO ALONSO GONZÁLEZ, conocido FRANCISCO ALONSO GONZÁLEZ ALFARO y FRANCISCO ALFONSO GONZÁLEZ ALFARO, quien falleció el día dieciséis de septiembre del año dos mil diez, en Cantón
Los Horcones, del municipio de Mercedes Umaña, departamento de Usulután, sin asistencia médica, a consecuencia de Insufi ciencia Renal; del domicilio de Mercedes Umaña, departamento de Usulután; de parte de la señora DOLORES DE LA CRUZ GONZÁLEZ DE PANIAGUA, con Documento Único de Identidad número 02275720-9; y con Número de Identifi cación Tributaria 1111-100570-102-1; en su calidad de hija del referido Causante, y como cesionaria de los derechos Hereditarios que en abstracto le correspondían al señor MIGUEL ANGEL GONZÁLEZ MENDOZA, quien también era hijo del referido Causante, de los bienes que a su defunción dejara el de cujus; confi riéndole a la aceptante la Ad-ministración y Representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, de conformidad a lo establecido en el Artículo 1163 del Código Civil.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que den-tro del término de Ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus derechos, lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos legales consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Berlín, a los veinticinco días del mes de febrero del año dos mil cator-ce. LICDA. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013679-2
RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRERAS, Juez de Primera Instancia de la ciudad de Armenia, Sonsonate.
HACE SABER: Que a las 12:30 horas de este día se emitió re-solución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por Arturo Hernández c/p Arturo Hernández Pintín y por Arturo Pintín Hernández, quien falleció a consecuencia de insufi ciencia renal, el día 18 de abril de 2004, a la edad de 67 años de edad, salvadoreño, casado, agricultor en pequeño, hijo de Angela Hernández Aguilar y padre desconocido, originaria y con último domicilio en cantón "San Lucas", Cuisnahuat, Sonsonate, de parte de Marcelina Ramírez viuda de Hernández, María Teresa Hernández de Herrera, Ernestina Hernández de Clara, Dolores Hernández de Rosales, Elías Hernández Ramírez, Abraham Hernández Ramírez, Malquias Hernández Ramírez, Juana Esperanza Hernández Ramírez y Santos Eulalia Hernández Ramírez, la primera cónyuge sobreviviente y los restantes hijos sobrevivientes del de cujus.
Se nombró interinamente a las personas ya referidas administra-dores y representantes de la sucesión de la causante, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público en general para que todo aquél que se crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto en el Diario Ofi cial.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia, Sonsonate, a los diecinueve de mayo del año dos mil catorce. LIC. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013698-2
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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
DINORA BERNARDA GONZÁLEZ DE CONTRERAS, Notaria, del
domicilio de esta ciudad, con Despacho Jurídico ubicado en Avenida
Doctor Emilio Álvarez, Edifi cio López Bertrand, Número 213, Tercer
Nivel, Local 33, Colonia Médica, de esta ciudad, al público para los
efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita, pronunciada a las
catorce horas del día veintitrés de junio de dos mil catorce, se ha tenido
por ACEPTADA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la Herencia
Intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de San Salvador,
el día veintinueve de junio del año dos mil, dejara el señor VICENTE
ESCALANTE LÓPEZ, conocido por VICENTE ESCALANTE y por
VICENTE CRUZ ESCALANTE, casado, zapatero, quien falleció a
la edad de ochenta y ocho años, en la ciudad de San Salvador, el día
veintinueve de junio del año dos mil, siendo su último domicilio, la
ciudad de Mejicanos, departamento de San Salvador, con Cédula de
Identidad Personal número cero uno - cero tres - cero cero uno uno cinco
uno dos, sin Carné de Identifi cación Tributaria; de parte de la señora
MARIA ISABEL MOLINA DE ESCALANTE, conocida por MARIA
YSABEL MOLINA DE ESCALANTE, MARIA ISABEL MOLINA,
ISABEL MOLINA y por MARIA YSABEL MOLINA, de ochenta y ocho
años de edad, de las atenciones del hogar, del domicilio de Mejicanos,
departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad
número cero un millón ochocientos diez mil novecientos catorce - tres, y
Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos ocho - cero treinta
mil novecientos veinticinco - ciento uno - uno, en calidad de cónyuge del
de cujus y como Cesionaria del Derecho Hereditario que en la sucesión
del causante mencionado, les correspondía a los señores GENARO
MAURICIO ESCALANTE MOLINA, de setenta y un años de edad,
Licenciado en Economía, con Documento Único de Identidad número
cero un millón quinientos treinta y siete mil seiscientos ochenta y ocho-
cero; JOAQUÍN VICENTE ESCALANTE MOLINA, de sesenta y tres
años de edad, Ingeniero Industrial, con Documento Único de Identidad
número cero cero trescientos treinta y cinco mil cuatrocientos sesenta
y cinco - dos y Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos
catorce - doscientos sesenta mil setecientos cincuenta - cero cero
dos - tres; LUIS ENRIQUE ESCALANTE MOLINA, de sesenta y
dos años de edad, Licenciado en Contaduría Pública, con Documento
Único de Identidad número cero tres millones cuatrocientos noventa y
nueve mil setecientos noventa y cuatro - seis y Número de Identifi cación
Tributaria cero seiscientos catorce - trescientos diez mil ochocientos
cincuenta y uno - cero cero cinco - cero; y a las señoras VIDALIA ISA-
BEL ESCALANTE MOLINA, de sesenta años de edad, Ofi cinista, con
Documento Único de Identidad número cero tres millones novecientos
cinco mil novecientos noventa y cinco - cinco; ANA SILVIA FREMIOT
ESCALANTE MOLINA, de cincuenta y siete años de edad, Licenciada en
Administración de Empresas, con Documento Único de Identidad número
cero un millón setecientos cuarenta y seis mil setecientos uno- nueve y
Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- doscientos
diez mil ochocientos cincuenta y seis - cero once - nueve; CRISTINA
ROSA ARELY ESCALANTE MOLINA, de cincuenta y seis años de
edad, Licenciada en Administración Pública, del domicilio de la ciudad
de Los Ángeles Estado de California, Estados Unidos de América, con
Documento Único de Identidad número cero cero doscientos cincuenta y
seis mil ochocientos cuarenta y nueve - cuatro y Número de Identifi cación
Tributaria cero seiscientos catorce - doscientos mil ciento cincuenta y ocho
- cero cero cinco - cero; DOLORES CECILIA ESCALANTE MOLINA,
de cincuenta y cuatro años de edad, Secretaria, con Documento Único
de Identidad número cero cero cuatrocientos siete mil ciento sesenta
y nueve - siete y Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos
ocho - doscientos cincuenta mil doscientos sesenta - cero cero seis - siete;
GLADIS FELISA ESCALANTE MOLINA, de cincuenta y cuatro años
de edad, Secretaria, con Documento Único de Identidad número cero
cero trescientos cincuenta y cinco mil seiscientos setenta y dos - cinco
y Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos ocho- doscientos
cincuenta mil doscientos sesenta - cero cero cuatro - tres; y BLANCA
ALICIA ESCALANTE MOLINA conocida por MODESTA BLANCA
ALICIA ESCALANTE MOLINA, de cincuenta y tres años de edad,
Doctora en Cirugía Dental, con Documento Único de Identidad número
cero cero ciento cincuenta y cuatro mil cuatrocientos tres - uno; todos los
cedentes son del domicilio de Mejicanos, departamento de San Salvador,
a excepción de la señora Cristina Rosa Arely Escalante Molina; en ca-
lidad de hijos sobrevivientes del causante, confi riendo a la aceptante la
Administración y Representación Interina de la Herencia Intestada, con
las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia para que se presenten a la mencionada
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente Edicto.
Librado en la ofi cina de la Notaria DINORA BERNARDA
GONZALEZ DE CONTRERAS, en la ciudad de San Salvador, a los
veinticuatro días del mes de junio de dos mil catorce.
DINORA BERNARDA GONZALEZ DE CONTRERAS,
NOTARIA.
3 v. alt. No. F013716-2
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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
CARLOS GILBERTO PORTILLO, Notario, de este domicilio, con ofi -
cina en Edifi cio Ciento Veintinueve, Segunda Avenida Norte o Avenida
Monseñor Oscar Arnulfo Romero, Número Ciento Veintinueve, Segunda
Planta, Local Doscientos Dieciséis, San Salvador.
AVISA: Que por resolución dictada por el Suscrito, a las quince
horas del día cinco de junio, se ha tenido por aceptada expresamente y
con benefi cio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción
dejó la causante señora MARIA TERESA AGUIRRE CAMPOS VIUDA
DE AVILES, defunción ocurrida el día veintitrés de julio del año dos
mil doce, en el Hospital General del Seguro Social de la ciudad de San
Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de Ilopango, Departamento
de San Salvador, al señor JOSE HECTOR AVILES AGUIRRE, en su
concepto de hijo y de heredero testamentario de la de Cujus; a quien se
ha conferido la administración y representación interina de los bienes
de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
Lo que hace saber para los efectos legales subsiguientes.
San Salvador, cinco de junio de dos mil catorce.
CARLOS GILBERTO PORTILLO,
NOTARIO.
3 v. c. No. F013903-2
HERENCIA YACENTE
GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado
a las doce horas cincuenta minutos del día once de marzo de dos mil
catorce, se declaró YACENTE LA HERENCIA INTESTADA que a
su defunción ocurrida el día seis de abril de dos mil uno, en la ciudad
y departamento de San Salvador, dejó el causante señor GUILLERMO
IRAHETA RODRIGUEZ, siendo su último domicilio la ciudad de
Ilopango; y se nombró curador para que le represente al Licenciado
RENY FRANCISCO CORNEJO ROSALES.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para
que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en
la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: a las nueve horas
cuarenta minutos del día veinte de marzo de dos mil catorce. LICDA.
GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL (2).
LIC. LUIS ROBERTO REYES ESCOBAR, SECRETARIO INTO.
3 v. alt. No. F013673-2
TÍTULO DE PROPIEDAD
JESÚS ANTONIO SORIANO HERNÁNDEZ, ALCALDE MU-
NICIPAL DE CONCEPCIÓN QUEZALTEPEQUE, CHALATE-
NANGO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó el señor MIGUEL
ALFONSO LÓPEZ FUENTES, de treinta y seis años de edad, comer-
ciante, del domicilio de Concepción Quezaltepeque, Departamento
de Chalatenango, con Documento Único de Identidad número cero
cuatro millones trescientos sesenta y siete mil ciento veintidós - dos,
con Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos seis - cero
cuarenta mil quinientos setenta y ocho - ciento uno - cinco; a solicitar
TÍTULO DE PROPIEDAD, de Un inmueble de naturaleza URBANA,
ubicado en el Barrio El Centro, Avenida Principal Sur y Segunda Calle
Poniente, de esta jurisdicción, del cual es dueño y actual poseedor en
forma quieta, exclusiva, pública, pacífi ca, de buena fe, sin interrupción
de ninguna persona o autoridad de la República, y que su posesión unida
a la de su antecesor suma más de diez años consecutivos, el inmueble
tiene un área superfi cial de NOVENTA Y SEIS PUNTO CUARENTA
Y CINCO METROS CUADRADOS, cuya descripción es la siguiente:
AL NORTE, partiendo del vértice nor-poniente donde se localiza el
mojón número uno al mojón dos, un tramo recto sur sesenta y siete
grados doce minutos treinta y nueve segundos este, con una distancia
de once punto cuarenta y nueve metros, colinda con propiedad de Marta
Alicia López de Pérez, pared de adobe de por medio propia del inmueble
que se describe; AL ORIENTE, del mojón dos al mojón tres, un tramo
recto sur veinte grados once minutos cero cero segundos oeste, con una
distancia de siete punto ochenta y nueve metros, colinda con propiedad
de Willian Soto, Calle Pública de por medio y pared de adobe propia del
inmueble que se describe; AL SUR, está formado por tres tramos así:
tramo uno del mojón tres al mojón cuatro norte sesenta y siete grados
veintisiete minutos treinta y siete segundos oeste con una distancia de
ocho punto diez metros, tramo dos del mojón cuatro al mojón cinco sur
veintidós grados cero cero minutos cincuenta y cinco segundos oeste
con una distancia de uno punto doce metros, tramo tres del mojón cinco
al mojón seis norte sesenta y ocho grados veintiocho minutos cincuenta
y seis segundos con una distancia de tres punto setenta y tres metros,
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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
colinda con Nicolás Alberto Fuentes y Mercado Municipal, Calle Pública
de por medio y pared de ladrillo propia del inmueble que se describe;
y AL PONIENTE, un tramo recto del mojón seis al mojón uno norte
veintidós grados treinta y siete minutos diecinueve segundos este con
una distancia de nueve punto doce metros, hasta llegar al punto donde se
inició la presente descripción, colinda con propiedad de Cecilia Fuentes,
pared de adobe de por medio propia del inmueble que se describe. El
referido inmueble lo adquirió por donación que le hizo de forma verbal
el anterior poseedor señor Nicolás Alberto Fuentes, quien ya falleció,
según Escritura de Declaración Jurada de Posesión Material de Inmueble,
otorgada en la Ciudad y Departamento de San Salvador, a las ocho horas
del día treinta de abril de dos mil catorce, ante los ofi cios notariales de
WILSON FRANCISCO FLORES ZELADA. Dicho inmueble lo valúa en
la suma de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA; y careciendo de antecedente inscrito en el correspondiente
Registro de Propiedad Raíz e Hipotecas.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley consiguien-
tes.
Dado en la Alcaldía Municipal de Concepción Quezaltepeque,
Chalatenango, a los veintitrés días del mes de junio del dos mil catorce.
ING. JESÚS ANTONIO SORIANO HERNÁNDEZ, ALCALDE MUNI-
CIPAL. LICDA. BRENDA ELIZABETH GALDÁMEZ ZAMORA,
SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F013471-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se presentó María Isabel
Rodríguez de Salguero, de noventa y cinco años de edad, ama de casa,
del domicilio de San Rafael, departamento de Chalatenango, con Docu-
mento Único de Identidad cero uno seis tres seis uno seis cuatro - dos,
con Número de Identifi cación Tributaria cero cuatro tres uno - dos cero
uno uno uno ocho - uno cero uno - uno, solicitando se le extienda a su
favor, Título de Propiedad de un inmueble urbano ubicado en el Barrio El
Centro, Avenida Roosevelt, y Calle Delgado, Número s/n, jurisdicción de
San Rafael, departamento de Chalatenango, de una extensión superfi cial
de cuatrocientos sesenta y nueve punto veintiocho metros cuadrados,
de las medidas y colindancias siguientes: al ORIENTE: mide dieciocho
metros, colinda con María Luisa Hernández de Paulson y James Russell
Paulson, Avenida Roosevelt de por medio, al NORTE: mide veintisiete
punto cincuenta metros, colinda con Vilma Jovita Gutiérrez Escobar,
al PONIENTE: mide dieciocho metros, colinda con Mario Enrique
Rivera, y al SUR: mide veintisiete punto cincuenta metros, colinda con
propiedad de Luis Américo Rivera Guardado, Calle Delgado de por
medio. No es dominante, ni sirviente, no tiene cargas o derechos reales
de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie. Lo adquirió por
Herencia del señor Juan Miguel Salguero, según escritura pública de
Protocolización de Declaratoria de Heredera a su favor, número setenta
y nueve, otorgada en la ciudad de San Salvador, departamento de San
Salvador, el día ocho de febrero de dos mil catorce, ante los ofi cios de
la notario Elsa Yaneth Vaquerano Amaya. Lo valora en la cantidad de
UN MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA ($1,500.00).
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: San Rafael, departamento de Chalatenango,
veinte de junio de dos mil catorce. ROBERTO ALIRIO GUARDADO
OLIVA, ALCALDE MUNICIPAL. MANUEL DE JESÚS CHACÓN,
SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F013508-2
TÍTULO SUPLETORIO
LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de
Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de
Ley.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General
Judicial de la señora EUGENIA VIGIL VIGIL, a solicitar a favor de ésta
TÍTULO SUPLETORIO, sobre: Un terreno de naturaleza rústica, situado
en el Caserío El Barrial, Cantón Cerro Pando, Municipio de Meanguera,
Departamento de Morazán, de la extensión superfi cial de CUATRO MIL
CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO CUARENTA Y
OCHO METROS CUADRADOS, que mide y linda: al NORTE, ochenta
y siete punto ochenta metros con terrenos de los señores Juan Argueta y
Colombo Argueta; al ORIENTE, noventa punto sesenta y tres metros,
con terreno del vendedor Luis Beltrán Díaz Ramos; al SUR, quince punto
sesenta metros, con terreno de Luis Ramos, calle vecinal de por medio
que de Meanguera conduce al Mozote; y al PONIENTE, ciento cuarenta
punto treinta y cuatro metros, con terreno de Isabel Chicas. Lo valora
en la cantidad de UN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA; y lo adquirió por compra venta verbal de la posesión
material que le efectuó el señor LUIS BELTRAN DIAZ RAMOS.
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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, a las diez horas y veintiocho minutos del día veinte de junio de
dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ
2°. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS
DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002869-2
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZÁN, AL PÚBLICO PARA EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como apoderado General
Judicial del señor HECTOR BALMORIS HERNANDEZ, a solicitar a
favor de éste TÍTULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica,
situado en el Cantón San Lucas, municipio de Gualococti, departamento
de Morazán, de la extensión superfi cial de DOS MIL CUATROCIEN-
TOS VEINTISIETE PUNTO CINCUENTA Y CUATRO METROS
CUADRADOS, que tiene la siguiente descripción técnica: Se inicia en
el vértice Norponiente y en sentido horario dice: AL NORTE, consta de
cinco tramos así: Tramo uno, del mojón uno al mojón dos, distancia de
ocho punto sesenta y siete metros, rumbo Norte treinta y cinco grados
cero seis minutos treinta y cinco segundos Este; Tramo dos, del mojón
dos al mojón tres, distancia de cuatro punto veinticuatro metros, rumbo
Norte cincuenta y dos grados cero siete minutos cero seis segundos Este;
Tramo tres, del mojón tres al mojón cuatro, distancia de cuatro punto
treinta y ocho metros, rumbo Norte sesenta y nueve grados cuarenta y
nueve minutos cuarenta y un segundos Este; Tramo cuatro del mojón
cuatro al mojón cinco, distancia de treinta y nueve punto treinta y nueve
metros, rumbo Sur ochenta y seis grados cero un minutos diez segundos
Este; y Tramo cinco, del mojón cinco al mojón seis, distancia de ocho
punto veintisiete metros, rumbo Norte treinta y tres grados treinta y
tres minutos cuarenta y nueve segundos Este, lindan con terreno de
Lucía Gómez; AL ORIENTE, consta de cinco tramos así: Tramo uno,
del mojón seis al mojón siete, distancia de veintiuno punto veinticinco
metros, rumbo Sur treinta y dos grados once minutos cincuenta y tres
segundos Este; Tramo dos, del mojón siete al mojón ocho, distancia de
diez punto sesenta y tres metros, rumbo Sur cero cinco grados cuarenta
y tres minutos treinta y seis segundos Este; Tramo tres, del mojón ocho
al mojón nueve, distancia de doce punto veinticuatro metros, rumbo Sur
once grados cero un minutos cincuenta segundos Este; Tramo cuatro, del
mojón nueve al mojón diez, distancia de siete punto cincuenta metros,
rumbo Sur veintitrés grados treinta y un minutos treinta y seis segundos
Este; y Tramo cinco, del mojón diez al mojón once, distancia de siete
punto cuarenta y seis metros, rumbo Sur veintiséis grados cero siete
minutos treinta y cuatro segundos Este, lindan con terreno de Florinda
Gómez, calle de por medio que de Gualococti conduce a la Carretera
Longitudinal del Norte; AL SUR, consta de tres tramos así: Tramo uno,
del mojón once al mojón doce, distancia de ocho punto cincuenta y dos
metros, rumbo Norte ochenta y ocho grados veintiséis minutos cuarenta
y un segundos Oeste; Tramo dos, del mojón doce al mojón trece, distan-
cia de ocho punto cincuenta y dos metros, rumbo Norte ochenta y siete
grados cero cuatro minutos treinta y dos segundos Oeste; y Tramo tres,
del mojón trece al mojón catorce, distancia de ocho punto cincuenta y
dos metros, rumbo Norte setenta y ocho grados cuarenta y un minutos
cuarenta y cinco segundos Oeste, lindan con terreno de Miguel Ángel
Pérez; y AL PONIENTE, consta de siete tramos así: Tramo uno, del
mojón catorce al mojón quince, distancia de diez punto veinte metros,
rumbo Norte sesenta y seis grados treinta y tres minutos cuarenta y dos
segundos Oeste; Tramo dos, del mojón quince al mojón dieciséis, distancia
de diez punto cinco metros, rumbo Norte sesenta y nueve grados trece
minutos cero dos segundos Oeste; Tramo tres, del mojón dieciséis al
mojón diecisiete, distancia de uno punto cuarenta y cinco metros, rumbo
Norte cincuenta y seis grados cero seis minutos cuarenta y tres segundos
Oeste; Tramo cuatro, del mojón diecisiete al mojón dieciocho, distancia
de dieciocho punto veintiocho metros, rumbo Norte cincuenta y seis
grados diez minutos cuarenta y seis segundos Oeste, lindan con terreno
de Antonio Amaya, Carretera Longitudinal del Norte de por medio;
Tramo cinco, del mojón dieciocho al mojón diecinueve, distancia de
diez punto noventa y cinco metros, rumbo Norte treinta y cuatro grados
veintitrés minutos diecisiete segundos Oeste; Tramo seis, del mojón
diecinueve al mojón veinte, distancia de diez punto sesenta y cuatro
metros, rumbo Norte cuarenta y cuatro grados cuarenta y seis minutos
cincuenta y nueve segundos Oeste; y Tramo siete, del mojón veinte al
mojón uno, distancia de tres punto treinta y seis metros, rumbo Norte
sesenta y ocho grados cero tres minutos veinte segundos Oeste, linda
con terreno de Ana Vilma Pérez, Carretera Longitudinal del Norte de
por medio. Dicho inmueble lo adquirió por compra verbal de Posesión
material que le hizo a la señora RITA ENRIQUE REYES HERNANDEZ;
se estima en el precio de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Departamento de Morazán, a los veinticinco días del mes de junio
del dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,
JUEZ 2°. DE 1a. INSTANCIA. LIC. CARLOS AMILCAR PINEDA
NOLASCO, SECRETARIO INTERINO.
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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN MIGUEL: AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado los licen-
ciados JOSE SAUL CARRANZA POSADA y DAYSI ELIZABETH
CARRANZA RIVERA, en calidad de apoderados generales judiciales
del señor RODOLFO MARTIN CASTELLON FUNES, solicitando
título supletorio sobre un inmueble de naturaleza rústica, situado en el
Cantón Las Mesas, municipio de Sesori, departamento de San Miguel,
con una extensión superfi cial de dieciséis mil ciento veintisiete punto
treinta y nueve metros cuadrados, equivalentes a dos manzanas, tres
mil setenta y cinco punto cincuenta y dos varas cuadradas, la presente
descripción se inicia en el vértice noroeste partiendo su sentido horario,
con coordenadas geodésicas NORTE doscientos ochenta y nueve mil
trescientos doce punto cuarenta y dos metros; ESTE quinientos setenta
y dos mil ochocientos veintiséis punto treinta y cuatro metros, LINDE-
RO NORTE: está formado por tres tramos por los siguientes rumbos
y distancias: del mojón uno al mojón dos con rumbo sur, cincuenta y
tres grados cuarenta y cinco minutos cincuenta y seis segundos, Este,
una distancia de cuarenta punto sesenta y tres metros; del mojón dos al
mojón tres, con rumbo sur sesenta y un grados dieciocho minutos treinta
y seis segundos, este y una distancia de cuarenta y ocho punto setenta
y seis metros; del mojón tres al mojón cuatro con rumbo sur setenta y
dos grados, cincuenta y nueve minutos, veintiséis segundos, este y una
distancia de setenta y ocho punto cuarenta y seis metros; colindando
en estos tramos con inmuebles propiedad de ISIDRO ORELLANA
SEGOVIA, con lindero de cerco de púas llegando así al vértice noreste.
LINDERO ORIENTE: Está formado por diez tramos, con los siguientes
rumbos y distancias, del mojón cuatro al mojón cinco con rumbo sur
quince grados cincuenta y cinco minutos, veintidós segundos oeste, y una
distancia de veintiuno punto treinta y cuatro metros, del mojón cinco al
mojón seis, con rumbo sur quince grados, dieciocho minutos, cuarenta
y nueve segundos, oeste, y una distancia de cinco punto trece metros;
del mojón seis al mojón siete con rumbo sur diecisiete grados, cuarenta
minutos, cuarenta y ocho segundos, oeste, y una distancia de cuatro punto
setenta y cuatro metros; del mojón siete al mojón ocho, con rumbo sur
veinte grados, cincuenta y nueve minutos, treinta y tres segundos, oeste,
y una distancia de diez punto sesenta y nueve metros; del mojón ocho
al mojón nueve con rumbo sur treinta y tres grados, veintiún minutos,
veintiséis segundos, oeste y una distancia de doce punto dieciocho metros;
del mojón nueve al mojón diez, con rumbo sur cuarenta y cinco grados,
cuarenta y cuatro minutos veinte segundos, oeste, y una distancia de
catorce punto sesenta y cuatro metros; del mojón diez al mojón once,
con rumbo sur cuarenta y un grados, cero siete minutos cuarenta y ocho
segundos oeste, y una distancia de cuatro punto setenta y tres metros;
del mojón once al mojón doce, con rumbo sur cincuenta y tres grados,
treinta y seis minutos, diecisiete segundos, oeste y una distancia de tres
punto diecinueve metros, del mojón doce al mojón trece, con rumbo sur
veintiocho grados, cincuenta y tres minutos, cuarenta y nueve segundos,
oeste y una distancia de nueve punto setenta metros; del mojón trece al
mojón catorce, con rumbo sur cincuenta grados, cuarenta y seis minutos,
cuarenta y nueve segundos, oeste, y una distancia de catorce punto cero uno
metros; colindando en estos tramos, con inmueble propiedad de ANGEL
MEDINA GUEVARA, con camino vecinal, de por medio, llegando así
al vértice Sur este. LINDERO SUR: está formado por siete tramos, con
los siguientes rumbos y distancias: del mojón catorce al mojón quince
con rumbo norte, sesenta y un grados, cero cero minutos cincuenta y
nueve segundos, oeste, y una distancia de sesenta y cinco punto treinta
metros; del mojón quince al mojón dieciséis con rumbo norte sesenta
y cuatro grados, catorce minutos cuarenta y tres segundos, oeste y una
distancia de veintisiete punto noventa y tres metros; del mojón dieciséis
al mojón diecisiete con rumbo norte, sesenta y cuatro grados, cuarenta
y ocho minutos diez segundos, oeste y una distancia de dieciséis punto
cincuenta metros; del mojón diecisiete al mojón dieciocho, con rumbo
norte sesenta y cuatro grados, catorce minutos, cero nueve segundos oeste
y una distancia de dieciséis punto cero ocho metros; del mojón dieciocho
al mojón diecinueve con rumbo norte cuarenta y tres grados, cincuenta
y cuatro minutos, cuarenta segundos oeste y una distancia de uno punto
cincuenta y cinco metros; del mojón diecinueve al mojón veinte, con
rumbo norte setenta y un grados, dieciséis minutos, cero ocho segundos,
oeste y una distancia de dieciocho punto treinta y siete metros; del mojón
veinte al mojón veintiuno con rumbo norte, sesenta y cinco grados doce
minutos, diez segundos oeste y una distancia de cinco punto treinta y
siete metros, colindando en estos tramos, con inmueble propiedad de la
señora GREGORIA FUNES VIUDA DE CASTELLON actualmente
propiedad del mismo titulante con lindero de cerco de púas llegando
así, al vértice sur oeste. LINDERO PONIENTE: Está formado por ocho
tramos con los siguientes rumbos y distancias: del mojón veintiuno al
mojón veintidós, con rumbo norte veintiocho grados, veinte minutos,
veintiséis segundos este, y una distancia once punto cero nueve metros;
del mojón veintidós al mojón veintitrés, con rumbo norte veinticuatro
grados, veintitrés minutos, dieciséis segundos este y una distancia de
tres punto ochenta y ocho metros; del mojón veintitrés al mojón veinti-
cuatro del rumbo norte, diecisiete grados treinta y cuatro minutos, trece
segundos este, y una distancia de quince punto cuarenta y cuatro metros,
del mojón veinticuatro al mojón veinticinco con rumbo norte veintiún
grados veintisiete minutos treinta y seis segundos este, y una distancia
de siete punto noventa y cinco metros; del mojón veinticinco al mojón
veintiséis, con rumbo norte, dieciséis grados, treinta y nueve minutos,
cero dos segundos este y una distancia de veinte punto sesenta y ocho
metros; del mojón veintiséis al mojón veintisiete con rumbo norte,
veinticuatro grados, cero cuatro minutos, treinta y dos segundos este y
una distancia de diez punto ochenta y dos metros; del mojón veintisiete
al mojón veintiocho, con rumbo norte veintitrés grados, treinta y tres
minutos cero ocho segundos este y una distancia de veintiséis punto
ochenta y tres metros; del mojón veintiocho al mojón uno, con rumbo
norte veintisiete grados cuarenta y cinco minutos once segundos este
y una distancia de diez punto sesenta y ocho metros; colindando en
estos tramos con el inmueble propiedad de TOMASA MEDRANO
HERNANDEZ, con lindero de cerco de púas, llegando así al vértice
noroeste que es donde se inició la presente descripción; se valora en la
cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA, no es dominante ni sirviente, no tiene carga ni derecho
real que pertenezca a otra persona, ni se encuentra en proindivisión con
nadie.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, San Miguel:
a los cinco días del mes de mayo de dos mil catorce.- LICDA. DIANA
LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL, SAN MIGUEL. LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA
AYALA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.
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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
TÍTULO DE DOMINIO
DR. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR, Alcalde Municipal del
municipio y departamento de Chalatenango.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FLOR DE MA-
RIA URBINA DE LOPEZ, de veintinueve años de edad, Licenciada en
Enfermería, del domicilio de la Ciudad y departamento de Chalatenango,
con Documento Único de Identidad número cero uno cinco tres dos cero
seis dos - siete, y Número de Identifi cación Tributaria cero cuatro cero
siete - dos nueve cero siete ocho cuatro - uno cero uno - cero, en su con-
cepto SOLICITA Título de Dominio de un solar urbano, situado en Final
Pasaje Principal, Colonia Zacamil, Barrio San Antonio, jurisdicción de
la Ciudad y departamento de Chalatenango, de una Extensión Superfi cial
de CIENTO CINCUENTA Y SEIS PUNTO VEINTIUN METROS
CUADRADOS, de la descripción siguiente: Partiendo del vértice noreste
del inmueble se describen los siguientes rumbos y distancias. LINDERO
ORIENTE: Está formado por un tramo: tramo uno, sur treinta y ocho
grados, tres minutos, cincuenta y un segundos Este, con una distancia
de nueve punto setenta y seis metros, colindando con inmuebles de José
Jeremías Martínez. LINDERO SUR: Está formado por tres tramos: tramo
uno, sur cuarenta y seis grados, diecisiete minutos, cuarenta segundos
Oeste, con una distancia de cinco punto setenta metros; tramo dos, sur
cincuenta y un grados, veintiséis minutos, veintisiete segundos Oeste, con
una distancia de uno punto veinticinco metros; tramo tres, sur cincuenta
y un grados, cuarenta y dos minutos, veinticuatro segundos Oeste, con
una distancia de ocho punto setenta y cuatro metros, colindando con
inmuebles de Ricardo de Jesús Menjívar Alvarenga y de Cándida Del-
gado, calle de por medio en ambos colindantes. LINDERO PONIENTE:
Está formado por un tramo: tramo uno, norte treinta y seis grados, ocho
minutos, veintiocho segundos Oeste, con una distancia de diez punto
cero ocho metros, colindando con inmueble de Evelyn Roxana Acevedo
Monterrosa. LINDERO NORTE: Está formado por un tramo: tramo
uno, norte cincuenta grados, cincuenta y dos minutos, un segundo Este,
con una distancia de quince punto treinta y dos metros; colindando con
inmueble de Elizabeth Marisol Beltrán. Así se llega al vértice noreste
que es donde se inició la presente descripción. En el inmueble antes
descrito existen construidas dos casas de sistema mixto. El inmueble
descrito no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia ni está
en proindivisión con nadie. Lo valora en la cantidad de CINCO MIL
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo adquirió
por compra verbal que le hizo a la señora María Azucena Urbina.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal, Chalatenango, a los dieciséis días del mes de
junio de dos mil catorce.- DR. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR,
ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F013663-2
Dr. JOSÉ RIGOBERTO MEJÍA MENJÍVAR, Alcalde Municipal del
Municipio y Departamento de Chalatenango.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor
William Ovidio Gómez Ortíz, de cuarenta y cuatro años de edad, Em-
pleado, del domicilio de esta ciudad, con Documento Único de Identidad
número cero cuatro cero tres cero cinco nueve seis - uno y Número de
Identifi cación Tributaria cero cuatro cero siete – tres cero cero seis seis
nueve – uno cero uno - cinco; quien solicita Título de Dominio de un
inmueble Urbano y construcciones, situado en el Barrio El Calvario,
pasaje 3, de esta ciudad, de la extensión superfi cial de DOSCIENTOS
OCHO METROS CUADRADOS, de la descripción siguiente: LINDERO
NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo
con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, sur cincuenta y dos
grados, doce minutos, once punto setenta y tres segundos Este, con una
distancia de siete punto ochenta y siete metros; colinda con inmueble
de Celestina Menjívar, con pared de ladrillo propio del titulante; LIN-
DERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por
cuatro tramos con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, sur
veinticinco grados, diecinueve minutos, cuarenta y nueve segundos
Oeste, con una distancia de seis punto setenta y dos metros; tramo dos,
sur veinticuatro grados, cuarenta y tres minutos, treinta y siete punto,
mide veintitrés metros setenta y ocho centímetros colinda con el resto del
inmueble mayor de donde se segregó el que se describe, propiedad del
señor EZEQUIEL ORELLANA, tapial de ladrillo propio del inmueble
que se describe; AL SUR, mide catorce metros setenta y ocho centíme-
tros colinda con propiedad de RUBÉN GERBER SALINAS, dividido
por cerco de piedra propio del colindante y tapial de ladrillo propio del
solar que se describe. Se hace constar que este inmueble es de forma
triangular por carecer de rumbo Norte. El inmueble descrito, tiene una
casa construida de paredes de ladrillo y techo de teja y lo valúa en la
cantidad de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA. El inmueble descrito no es sirviente ni dominante, no tiene
cargas ni derechos reales que deben respetarse, ni está en proindivisión
con otra persona.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal de Chalatenango, a los quince días del mes de
Enero de dos mil catorce.- DR. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR,
ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F013664-2
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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014. RENOVACIÓN DE MARCAS
No. de Expediente: 2002025038
No. de Presentación: 20140200403
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE
HERIBERTO REYES CISNEROS, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de QUIMEX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: QUIMEX, S.A. DE C.V., del domicilio
de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00225 del Libro 00184 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra "CIPROMED"; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los diez días del mes de junio del año dos mil catorce.
PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013634-2
No. de Expediente: 2000006552
No. de Presentación: 20130185893
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado GERMAN
MARON GARCIA, mayor de edad, COMERCIANTE, del domicilio de
SAN SALVADOR, de nacionalidad ESPAÑOLA, actuando como APO-
DERADO de LABORATORIOS COMBISA, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de San Marcos, Departamento
de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-
NOVACION, para la inscripción Número 00070 del Libro 00180 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra DICLOFAN
escrita en letras de molde, mayúsculas; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013682-2
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2014134945
No. de Presentación: 20140199927
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO
EFRAIN CISNEROS GARCIA, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
Vidriería Los Angeles
Consistente en: las palabras Vidriería Los Angeles, que servirá
para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA
VENTA DE VIDRIO, ESPEJOS Y OTROS PRODUCTOS AFINES.
La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil
catorce.
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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de junio del año dos mil catorce.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013591-2
No. de Expediente: 2014135321
No. de Presentación: 20140201054
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALEX OMAR
CRUZ REYES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de
PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras ADDICT Sport y diseño, que al idio-
ma castellano se traducen como Adicto al Deporte, que servirá para:
IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A VENTA
DE ROPA, CALZADO Y ACCESORIOS DEPORTIVOS.
La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de mayo del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013624-2
SUBASTA PÚBLICA
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este
Tribunal, por el Licenciado SAMUEL LANDAVERDE HERNANDEZ,
en su carácter de Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VI-
VIENDA, contra el señor JOSE ALFONSO RECINOS, conocido por
JOSE ALFONSO RECINOS CARCAMO, reclamándole cantidad de
dinero y costas procesales, se ha ordenado la venta en Pública Subasta
en este Tribunal de inmueble inscrito a favor de los deudores señores
señor JOSE ALFONSO RECINOS, conocido por JOSE ALFONSO
RECINOS CARCAMO, a la Matrícula número M SEIS CERO DOS
SEIS CUATRO OCHO DOS SIETE-CERO CERO CERO CERO
CERO ( M 60264827-00000 ), cuya descripción técnica es la siguiente:
Comunidad Los Santos I, Block Seis, Pasaje San Esteban, Lote número
Once, situado en la Jurisdicción de Soyapango, Departamento de San
Salvador, Departamento de San Salvador, de una extensión superfi cial
de CUARENTA METROS CUADRADOS, cuyas medidas perimetrales
son las siguientes; AL NORTE: Ocho punto cero cero metros; AL
ORIENTE: Cinco punto cero cero metros; AL SUR: Ocho punto cero
cero metros; y AL PONIENTE: Cinco punto cero cero metros, inscrito a
favor del hipotecante señor JOSE ALFONSO RECINOS, conocido por
JOSE ALFONSO RECINOS CARCAMO. Dicho inmueble se encuentra
hipotecado a favor del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, a la
Matrícula, número M SEIS CERO DOS SEIS CUATRO OCHO DOS
SIETE-CERO CERO CERO CERO CERO ( M 60264827-00000),
número Asiento Dos.
Se admitirán posturas siendo legales.
Lo que se hace saber al público para su conocimiento y demás
efectos legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las diez horas ocho
minutos del día veintidós de mayo de dos mil catorce.- LIC. JOSE HUGO
ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ (1) DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN
ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013462-2
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado RAMON JOSE ANDRES
MENDEZ QUINTEROS, con Número de Identifi cación Tributaria: cero
seis uno cuatro-dos cuatro cero ocho seis dos-cero cero dos-cero; como
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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL
PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma de Derecho
Público, del domicilio de San Salvador, con Número de Identifi cación
Tributaria: cero seis uno cuatro- cero siete cero cinco siete cinco-
cero cero dos-seis; contra la señora DIANA ELVIS QUINTANILLA
MONTERROSA, de diecinueve años de edad a la fecha del Contrato,
Comerciante, del domicilio de Apopa, con Número de Identifi cación
Tributaria: cero seis uno cuatro-dos siete cero uno ocho siete-uno uno
siete-uno; representada por su Curadora Ad-Lítem nombrada Licenciada
MERCEDES MARLENE MARTINEZ SALMERON, de treinta y dos
años de edad, Abogada, del domicilio de San Salvador, con Número de
Identifi cación Tributaria: uno cuatro uno ocho-dos cero uno cero ocho
cero-uno cero uno-tres; reclamándole el pago de SEIS MIL TRESCIEN-
TOS CINCUENTA Y UN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA CON VEINTITRES CENTAVOS DE DOLAR, en concepto
de capital; más intereses del SIETE PUNTO NOVENTA Y SIETE POR
CIENTO ANUAL sobre saldos insolutos desde el día veintinueve de
enero del año dos mil ocho, hasta su completo pago, y en concepto de
Primas de Seguros de Vida Colectivo, Decreciente y de daños la suma
de SESENTA Y CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA CON CATORCE CENTAVOS DE DÓLAR, comprendidas
desde el día uno de febrero del año dos mil ocho, hasta el día veinticinco
de mayo del año dos mil nueve; más costas procesales; se ha ordenado
VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha
y por el precio que oportunamente se indicará, un inmueble urbano y
construcciones que contiene marcado con el NUMERO DIECISEIS,
POLIGONO TREINTA Y DOS, PASAJE Q SUR, URBANIZACION
VALLE VERDE TERCERA ETAPA, situado en Cantón San Nicolás,
Jurisdicción de Apopa, Departamento de San Salvador; de una extensión
superfi cial de CINCUENTA METROS CUADRADOS o SETENTA Y
UNA PUNTO CINCUENTA Y CUATROS VARAS CUADRADAS, con
perimetrales así: NORTE Y SUR: diez punto cero metros; y PONIENTE
Y ORIENTE: cinco punto cero metros, según Razón y Constancia de
Inscripción el inmueble descrito es LOTE DIECISEIS, POLIGONO
TREINTA Y DOS, URBANIZACION VALLE VERDE, TERCERA
ETAPA, QUINTA DESMEMBRACION, CANTON SAN NICOLAS,
APOPA, SAN SALVADOR; Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real
Computarizado, en la Matrícula Número: SEIS CERO CERO OCHO
UNO DOS OCHO NUEVE -CERO CERO CERO CERO CERO.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas y
treinta y cinco minutos del día dos de abril del año dos mil catorce.- DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-
RIO.
3 v. alt. No. F013465-2
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado CARLOS FABREGAT
TORRENTS, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número nueve
mil cuatrocientos cuarenta y siete-doscientos setenta mil ciento setenta
y uno-ciento uno-cuatro, como Apoderado General Judicial del FONDO
SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria
número cero seiscientos catorce-cero setenta mil quinientos setenta y
cinco-cero cero dos-seis; contra el señor CARLOS MARTIN RAMIREZ,
conocido por CARLOS MARTIN CASTRO RAMIREZ, con Tarjeta de
Identifi cación Tributaria número cero seiscientos catorce-cero setenta mil
seiscientos setenta y dos-ciento siete-ocho, de veintidós años de edad a
la fecha del contrato, Estudiante, siendo la Ciudad de Apopa su último
domicilio conocido, actualmente de paradero ignorado, representado por
su Curadora Ad-Lítem nombrada Licenciada LUVY LESLYE RIVAS
DE CRIOLLO, de treinta y dos años de edad, Abogada, del domicilio
de Santa Tecla, con Número de Identifi cación Tributaria: cero seiscien-
tos catorce-ciento ochenta mil trescientos ochenta-ciento siete-cuatro;
reclamándole el pago de la cantidad de CINCO MIL SETECIENTOS
CATORCE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de ca-
pital; la tasa de interés convencional del siete punto noventa y siete por
ciento anual sobre saldos, adeudados, desde el veintiséis de septiembre
de dos mil siete, en adelante; y la suma de CIENTO TREINTA Y TRES
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CON SE-
TENTA CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de primas de seguros
y de daños, comprendidos desde el uno de noviembre de dos mil siete,
hasta el treinta de marzo de dos mil diez; y costas procesales reclamadas;
se ha ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo
Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, el
inmueble identifi cado como LOTE urbano y construcciones que contiene
marcado con el NUMERO CINCUENTA, GRUPO DIECISIETE, PA-
SAJE CUATRO, DEL REPARTO LOS ANGELES, JURISDICCION
DE APOPA, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, el cual tiene
un área construida de cuarenta y dos punto cincuenta metros cuadrados:
valorada en Treinta y Ocho Mil Quinientos Colones; el cual se loca-
liza y se describe así: LOTE NUMERO CINCUENTA, DEL GRUPO
DIECISIETE, PASAJE CUATRO, DEL REPARTO LOS ANGELES,
APOPA; el lote es de naturaleza urbana y en él hay construida una casa
de sistema mixto y con todos sus servicios y tiene la localización, medidas
y linderos siguientes: A partir de la intersección de la Calle Tomayate y
el Pasaje número Cuatro se mide sobre el eje del pasaje número cuatro,
ciento treinta punto cincuenta metros con rumbo Norte, cero dos grados
cuarenta y tres punto cero minutos Oeste, y con defl exión izquierda
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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
de noventa grados y con distancia de dos punto cincuenta metros se
llega al esquinero Sur Oriente del lote que se describe, el cual tiene los
siguientes linderos y medidas; AL ORIENTE: con distancia de cinco
metros y rumbo Norte, cero dos grados cuarenta y tres punto cero minu-
tos Oeste, y linda con lote número diecinueve y número veintiuno, del
grupo veinte, que son o han sido propiedad de SURGE, S.A. DE C.V.,
pasaje cuatro de cinco metros de ancho de por medio; AL NORTE: con
distancia de doce metros y rumbo Sur, ochenta y siete grados diecisiete
punto cero minutos Oeste, linda con lote número cincuenta y dos, del
grupo diecisiete que es o ha sido propiedad de SURGE, S.A. DE C.V.;
AL PONIENTE: con distancia de cinco metros y rumbo Sur, cero dos
grados cuarenta y tres punto cero minutos Este, linda con lote número
cuarenta y nueve, del grupo diecisiete, que es o ha sido propiedad de
SURGE, S.A. DE C.V.; y AL SUR: con distancia de doce metros y rumbo
Norte, ochenta y siete grados diecisiete punto cero minutos Este, linda
con lote número cuarenta y ocho, del grupo diecisiete, que es o ha sido
propiedad de SURGE, S.A. DE C.V.; el lote así descrito tiene un área
de SESENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y
CINCO VARAS CUADRADAS OCHENTA Y CINCO CENTESIMOS
DE VARA CUADRADA. Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en el Sistema de Infor-
mación Registro y Catastro, Matrícula número: SESENTA MILLONES
CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS
TRES-CERO CERO CERO CERO CERO.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas
quince minutos del día catorce de marzo de dos mil catorce.- DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013466-2
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Mercantil, promovido por el Licenciado NATIVIDAD DE
LEON BENITEZ, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número
cero seiscientos quince-ciento sesenta mil quinientos cuarenta y tres-
cero cero uno-cero, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador,
como Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA
VIVIENDA, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número cero
seiscientos catorce-cero setenta mil quinientos setenta y cinco-cero
cero dos-seis; Institución de Crédito, Autónoma, de Derecho Público,
del domicilio de San Salvador; contra el señor MANUEL STANLEY
CONTRERAS SOSA, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número:
cero seiscientos dos-cero cuarenta mil novecientos setenta y seis-ciento
dos-dos, de veintidós años de edad a la fecha del contrato, Empleado,
siendo la ciudad de Apopa su último domicilio conocido, actualmente
de paradero ignorado, representado por medio de su Curador Ad-Lítem,
Licenciado MIGUEL ANGEL MERINO PALACIOS, de treinta años de
edad, Abogado, del domicilio de Mejicanos; reclamándole la cantidad
de SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CON SESENTA Y UNO
CENTAVOS DE DOLAR en concepto de capital, más el interés pactado
del NUEVE POR CIENTO ANUAL sobre saldos insolutos, contado
desde el día trece de octubre de dos mil cuatro, en adelante; la cantidad
de DOSCIENTOS CINCUENTA DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, CON NOVENTA Y UNO CENTAVOS
DE DOLAR, en concepto de Primas de Seguro de Vida Colectivo
Decreciente y de Daños a la Propiedad, comprendidas desde el día uno
de noviembre de dos mil cuatro, hasta el veintitrés de marzo de dos mil
nueve; y costas procesales reclamadas; se ha ordenado VENDER EN
PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio
que oportunamente se indicará, un inmueble de naturaleza antes rústica,
hoy urbana, situado en el Cantón San Nicolás, Jurisdicción de Apopa,
Departamento de San Salvador; que forma parte de la Urbanización
SANTA TERESA DE LAS FLORES, identifi cado en el plano respectivo
como lote número VEINTICUATRO, del BLOCK CUATRO, PASAJE
TRES, el cual tiene una extensión superfi cial de CINCUENTA PUNTO
CERO CERO METROS CUADRADOS. Inscrito en el Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en el Sis-
tema de Información Registro y Catastro, Matrícula número SESENTA
MILLONES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO-CERO
CERO CERO CERO CERO.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas cin-
cuenta y nueve minutos del día seis de febrero de dos mil catorce.- DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013467-2
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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Civil promovido por el Licenciado REYNALDO ALFONSO
HERRERA CHAVARRIA, con Número de Identifi cación Tributaria:
un mil doscientos diecisiete-doscientos sesenta mil doscientos setenta
y siete-ciento uno-siete; en calidad de Apoderado General Judicial con
Cláusula Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con
Número de Identifi cación Tributaria: cero seiscientos catorce-cero setenta
mil quinientos setenta y cinco-cero cero dos-seis; contra el señor JOSE
ADALBERTO PINEDA ROMERO, de veintiséis años de edad a la fecha
del mutuo hipotecario, Jornalero, del domicilio de La Libertad, con Nú-
mero de Identifi cación Tributaria: un mil doscientos cinco-ciento veinte
mil seiscientos setenta y dos-ciento uno-tres; representado por medio
de su Curador Ad-Lítem nombrado, Licenciado FAUSTO ANTONIO
GUTIERREZ MOLINA, de treinta y cinco años de edad, Abogado,
del domicilio de Santa Tecla; reclamándole el pago de NUEVE MIL
CUARENTA Y OCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR, en
concepto de capital, más intereses pactados del SEIS POR CIENTO
ANUAL sobre saldos, contados a partir del veintidós de abril del año
dos mil tres, hasta el día treinta y uno de diciembre del año dos mil
cuatro; del SIETE POR CIENTO ANUAL sobre saldos, desde el día uno
de enero del año dos mil cinco, hasta el día treinta y uno de diciembre
del año dos mil cinco, del SIETE PUNTO SETENTA Y SIETE POR
CIENTO ANUAL sobre saldos, desde el día uno de enero del año dos
mil seis, hasta el día treinta y uno de diciembre del año dos mil seis; y
del SIETE PUNTO NOVENTA Y SIETE POR CIENTO ANUAL sobre
saldos, contados a partir del día uno de enero del año dos mil siete, en
adelante; y la suma de QUINIENTOS VEINTINUEVE DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON SETENTA Y SIETE
CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de Primas de Seguro de Vida
Colectivo, Decreciente y de Daños a la Propiedad, comprendidas del día
uno de mayo del año dos mil tres, hasta el día veintiocho de mayo del año
dos mil diez, más las costas procesales; se ha ordenado VENDER EN
PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio
que oportunamente se indicará, un lote de terreno de naturaleza urbana,
marcado en el plano respectivo con el Número QUINCE DEL POLIGONO
NUMERO DOCE, PASAJE "F" PONIENTE, DE LA URBANIZACION
LOS NARANJOS, situada en Jurisdicción de Apopa, Departamento de
San Salvador; el cual tiene las medidas y linderos siguientes: Partiendo
del punto de intersección de los ejes de la Avenida Los Naranjos, y del
Pasaje "F" Poniente, se mide sobre el eje de este último una distancia
de cincuenta punto cincuenta y seis metros, con rumbo Sur, cincuenta y
tres grados treinta y tres punto noventa y un minutos Oeste, llegando así
a un punto con defl exión derecha de noventa grados y con una distancia
de dos punto cincuenta metros se localiza el esquinero Sur-Oriente del
lote cuyas medidas y linderos son: AL SUR: Línea recta de rumbo Sur,
cincuenta y tres grados treinta y tres punto noventa y un minutos Oeste,
y distancia de seis punto cero cero metros, lindando con lotes números:
doce y catorce del Polígono catorce de la misma Urbanización, Pasaje
F Poniente de cinco punto cero cero metros de ancho de por medio; AL
PONIENTE: Línea recta de rumbo Norte, treinta y seis grados veintiséis
punto cero nueve minutos Oeste, y distancia de diez punto cero cero
metros, lindando con el lote número diecisiete del Polígono doce de la
misma Urbanización; AL NORTE: Línea recta de rumbo Norte, cincuenta
y tres grados treinta y tres punto noventa y un minutos Este, y distancia
de seis punto cero cero metros, lindando con el lote número catorce del
Polígono doce de la misma Urbanización; y AL ORIENTE: Línea recta
de rumbo Sur, treinta y seis grados veintiséis punto cero nueve minutos
Este, y distancia de diez punto cero cero metros, lindando con el lote
número trece, del Polígono doce de la misma Urbanización. Llegando
así al esquinero Sur-Oriente del inmueble que fue donde dio inicio la
presente descripción. El inmueble así descrito tiene una extensión super-
fi cial de SESENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS,
equivalentes a ochenta y cinco punto ochenta y cinco varas cuadradas;
Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera
Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Computarizado, en
la Matrícula Número: SEIS CERO CERO CINCO UNO SEIS TRES
CINCO-CERO CERO CERO CERO CERO.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y
treinta minutos del día veinticinco de abril del año dos mil catorce.- DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-
RIO.
3 v. alt. No. F013470-2
MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el JUICIO
EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por el BANCO AGRICOLA,
SOCIEDAD ANONIMA, contra el señor RAFAEL ORLANDO RO-
SALES SERVELLON, reclamándole cantidad de dólares y accesorios
de Ley, se venderá en Pública Subasta en fecha que oportunamente se
determinará en este Juzgado del bien inmueble embargado siguiente: "
Un inmueble de naturaleza urbana, según registro es rural, construcciones
que contiene marcado en el plano respectivo con el número trescientos
veintiocho, Polígono nueve, de la Urbanización ALTA VISTA, Jurisdic-
ción de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, de una extensión
superfi cial de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, cuyas
medidas perimetrales son: AL NORTE Y AL SUR: Diez metros, AL
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ORIENTE Y PONIENTE: Siete punto cincuenta metros. Dicho inmueble
se encuentra inscrito a favor del demandado señor RAFAEL ORLANDO
ROSALES SERVELLON, bajo el número SEIS CERO CERO UNO
SIETE SIETE TRES TRES-CERO CERO CERO CERO CERO, del
Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento".
Se hace saber a las personas que se presente a participar a la subasta
que deberán de presentar sus respectivos documentos de Identidad, Nit.
y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,
cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento
similar
Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a
las once horas con cincuenta minutos del día seis de enero de dos mil
catorce.- MSC. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS NAJARRO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013575-2
MASTER MARÍA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el JUICIO
EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por el Licenciado MARTÍN
SALVADOR MORALES SOMOZA, actuando en su calidad de Apo-
derado del BANCO PROMERICA, SOCIEDAD ANÓNIMA, contra
LA SOCIEDAD PEPINO´S, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, y los señores JOAQUÍN ROBERTO MEZA DELGADO,
JORGE FELIPE ZARRUK ZARRUK, conocido por JORGE FELIPE
ZARRUK, y ELSA MARINA BERNAL viuda DE ARTEAGA, cono-
cida por ELSA MARINA BERNAL DE ARTEAGA, reclamándoles
cantidad de dólares y accesorios de Ley, se venderá en Pública Subasta
en fecha que oportunamente se determinará en este Juzgado de los
bienes inmuebles embargados siguientes: "PRIMER INMUEBLE: Un
inmueble urbano, situado en el Condominio Urbanización Residencial
San Luis, situado en Avenida Número Uno y Boulevard Universitario
de la Urbanización Residencial San Luis, de este Departamento, y que
especialmente se describe así: APARTAMENTO NUMERO TRECE-A
del Edifi cio C-DOS del Condominio Residencial San Luis, el AREA que
le corresponde a dicho apartamento es de una Extensión Superfi cial de
CINCUENTA Y SEIS PUNTO TREINTA METROS CUADRADOS,
equivalentes a OCHENTA PUNTO CINCUENTA Y CINCO VARAS
CUADRADAS, la medida cúbica en la construcción del apartamento
es de ciento siete punto cincuenta y seis metros cúbicos, entre el nivel
del piso terminado a la losa y el cielo falso. Para la descripción nos
apoyaremos en el vértice Nor-Oeste, ya conocido en la descripción del
Edifi cio C-Dos, desde el cual se mide una distancia de veinticuatro me-
tros, con rumbo Sur, treinta grados quince punto tres décimas de minuto
Oeste, para localizar el propio vértice Sur-Oeste, del apartamento que
a continuación se describe; AL SUR, línea de dos tramos en diferentes
niveles, el primero en cero más cero cero cero, con una distancia de uno
punto noventa y ocho metros con rumbo Sur, cincuenta y nueve grados
cuarenta y cuatro punto siete décimas de minutos Este, lindando con el
Jardín del apartamento número catorce-A del mismo edifi cio C-Dos,
tapial medianero de por medio, al fi nal de esa línea subimos perpen-
dicularmente con una distancia de dos punto setenta metros y se llega
al segundo nivel cero más dos punto setenta, teniendo este tramo una
distancia de seis punto noventa y dos metros con rumbo Sur, cincuenta
y nueve grados cuarenta y cuatro punto siete décimas de minuto Este,
lindando con el apartamento número Catorce-A del mismo edifi cio
C-dos, pared medianera de por medio; AL ORIENTE, línea quebrada
compuesta de tres tramos, el primero de dos punto cuarenta y cinco metros
con rumbo Norte, treinta grados quince punto tres décimas de minuto
Este, el segundo de uno punto diez metros con rumbo Sur, cincuenta y
nueve grados cuarenta y cuatro punto siete décimas de minutos Este, el
tercero de tres punto cero cinco metros con rumbo Norte, treinta grados
quince punto tres décimas de minuto Este, lindando con el Apartamento
número Tres-A y Cuatro-A del edifi cio D-Uno del mismo Condominio,
espacio aéreo de por medio; AL NORTE, línea quebrada compuesta por
cuatro tramos, estando los tres primeros en el nivel cero más dos punto
setenta y miden el primero dos punto cincuenta y dos metros con rumbo
Norte, cincuenta y nueve grados cuarenta y cuatro punto siete décimas
de minutos Oeste, el segundo de cero punto cuarenta y cinco metros con
rumbo Norte, treinta grados quince punto tres décimas de minuto Este,
el tercero de cinco punto cincuenta metros con rumbo Norte, cincuenta
y nueve grados cuarenta y cuatro punto siete décimas de minuto Oeste,
lindando en estos tres tramos con el apartamento número Doce-A, del
mismo edifi cio C-Dos, pared medianera de por medio, al fi nal del tercer
tramo descrito bajamos perpendicularmente con una distancia de dos
punto setenta metros y se llega al nivel cero más cero cero cero, donde
se continúa con una distancia de uno punto noventa y ocho metros con
rumbo Norte, cincuenta y nueve grados cuarenta y cuatro punto siete
décimas de minutos Oeste, lindando con el jardín del apartamento número
doce-A, del mismo Edifi cio C-dos, tapial medianero de por medio; AL
PONIENTE, distancia de seis metros con rumbo Sur, treinta grados quince
punto tres décimas de minutos Oeste, lindando con los jardines de los
apartamentos tres-A y Cuatro-A del Edifi cio C-Uno, tapial medianero
de por medio. Por la parte bajo o piso linda con el apartamento número
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trece del mismo edifi cio, obra gruesa de por medio y por la parte alta o
cielo falso, con espacio aéreo, techo de por medio, el que se encuentra
inscrito a favor de la última de los demandados señora ELSA MARI-
NA BERNAL viuda DE ARTEAGA, conocida por ELSA MARINA
BERNAL DE ARTEAGA, por ser de su propiedad, en el Registro de la
Propiedad Raíz de la Primera Sección del Centro, del Departamento de
San Salvador, bajo el número SESENTA Y SEIS del Libro CUATRO
MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS de propiedad. "SEGUNDO
INMUEBLE: Un inmueble de naturaleza urbana, situado en la jurisdicción
de esta ciudad y Departamento, marcado como lote "B" de la zona "B",
de la Urbanización Residencial San Luis, en donde se ha desarrollado
el Proyecto de Urbanización denominado "RESIDENCIAL PINARES
DE SAN LUIS". Especialmente sobre un lote de la misma naturaleza y
construcciones de sistema mixto que contiene, marcado con el número
SESENTA Y UNO, cuya descripción técnica es la siguiente: Partiendo de
la intersección de los ejes formados por la Senda Los Pinares A y Senda
Los Pinares C, se mide sobre este último con rumbo Sur, ochenta y nueve
grados veintitrés punto un minuto Oriente, una distancia de cuarenta y
dos metros haciendo estación en este punto, se hace una defl exión de
noventa grados derecha y distancia de cuatro punto cincuenta metros se
llega al mojón número uno de donde se inicia la presente descripción.
SUR: Partiendo del mojón número uno se mide con rumbo Sur, ochenta
y nueve grados veintitrés punto un minuto Oriente, una distancia de seis
metros y se llega al mojón número dos, linda en este costado con lotes
números veinticuatro y veinticinco de Residencial Pinares de San Luis,
Senda Los Pinares C de nueve metros de ancho de por medio. PONIEN-
TE: Partiendo del mojón número dos se mide con rumbo Norte, cero
cero grados treinta y seis punto nueve minutos Oriente, una distancia de
veinte metros y se llega al mojón número tres, linda en este costado con
lote número sesenta y dos de Residencial Pinares de San Luis. NORTE:
Partiendo del mojón número tres se mide con rumbo Norte, ochenta
y nueve grados veintitrés punto un minuto Este, una distancia de seis
metros y se llega al mojón número cuatro, linda en este costado con lote
número sesenta y cinco de Residencial Pinares de San Luis. ORIENTE:
Partiendo del mojón número cuatro se mide con rumbo Sur, cero cero
grados treinta y seis punto nueve minutos Este, una distancia de veinte
metros y se llega al mojón número uno, de donde se inició la presente
descripción, linda en este costado con lote número sesenta de Residencial
Pinares de San Luis. El AREA del lote descrito es de CIENTO VEINTE
METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO SESENTA Y UNO
PUNTO SETENTA VARAS CUADRADAS, propiedad de la última de
los demandados señora ELSA MARINA BERNAL viuda DE ARTEAGA,
conocida por ELSA MARINA BERNAL DE ARTEAGA, el cual se
encuentra inscrito a su favor en el Registro de la Propiedad Raíz de la
Primera Sección del Centro, del Departamento de San Salvador, bajo
la Matrícula de Folio Real número CERO UNO-CERO CINCUENTA
MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS-CERO CERO CERO,
Asiento número CUATRO."
Se hace saber a las personas que se presente a participar a la subasta,
que deberán de presentar sus respectivos documentos de Identidad Nit.,
y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,
cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento
similar
Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a
las diez horas con cinco minutos del día veintiocho de abril de dos mil
catorce.- MASTER MARÍA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE,
JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LICDA. SANDRA AMPARO
RIVAS JOYA, SECRETARIA INTA.
3 v. alt. No. F013652-2
REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS
AVISO
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA.
COMUNICA: Que a sus Ofi cinas ubicadas en Km. 10 carretera
a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE
DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 380800, solicitando la reposición de
dicho CERTIFICADO por DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO
42/100 (US$ 2,571.42).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
SAN FRANCISCO GOTERA , viernes 20 de junio de 2014.
MARÍA ENMA ORTIZ GOMEZ,
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.
Agencia SAN FRANCISCO GOTERA.
3 v. alt. No. C002872-2
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AVISO
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA.
COMUNICA: Que a sus Ofi cinas ubicadas en Km. 10 carretera
a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE
DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 12964, solicitando la reposición
de dicho CERTIFICADO por UN MIL SETENTA Y SIETE 14/100
(US$1,177.14).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
SAN FRANCISCO GOTERA, Viernes 20 de junio de 2014.
MARÍA ENMA ORTIZ GÓMEZ,
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.
Agencia SAN FRANCISCO GOTERA.
3 v. alt. No. C002873-2
AVISO
EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S.A.
COMUNICA: Que a sus Ofi cinas se ha presentado el propietario
del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo # 20120064596 de Agencia
Centro, emitido el día 04/01/2010 a un plazo de 180 días el cual devenga
una tasa de interés anual del 2.50%, solicitando la reposición de dicho
Certifi cado, por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la
tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición,
se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, 26 de junio del dos mil catorce.
KRISTYA ISELA ACEVEDO,
SUB JEFE DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F013534-2
AVISO
SISA, VIDA, S.A., SEGUROS DE PERSONAS.
COMUNICA: Que a sus Ofi cinas ubicadas en Km. 10 ½ Carretera
a Santa Tecla, se ha presentado el Asegurado por el Seguro de Vida Co-
lectivo, Póliza VIBA-74857, Certifi cado número 70709 notifi cando del
extravío de dicho certifi cado. Que por haberse extraviado el antes referido
Certifi cado, de conformidad a lo establecido en la Condición General
Vigésima Tercera, denominada "Reposición", de la Póliza arriba citada
y a lo preceptuado por el Art. 1003 del Código de Comercio, solicita la
reposición de dicho Certifi cado que originalmente fue emitido por una
suma asegurada de SIETE MIL 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA.
Por lo anterior, se hace del conocimiento del público en general,
para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después
de la tercera publicación de este aviso y sino hubiere ninguna oposición,
se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
Santa Tecla, 05 de febrero de 2014.
LICDA. BEATRIZ DE MAGAÑA,
GERENTE DE COMERCIALIZACIÓN MASIVA,
SISA, VIDA, S.A. SEGUROS DE PERSONAS.
3 v. alt. No. F013587-2
AVISO
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA.
COMUNICA: Que a sus Ofi cinas ubicadas en Km. 10 Carretera
a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE
DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 001PLA000000041, solicitando la
reposición de dicho CERTIFICADO por OCHOCIENTOS CINCUENTA
Y SIETE 88/100 (US$ 857.88).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
SAN SALVADOR, miércoles 02 de julio de 2014.
ROXANA DE ALAS,
SUBGERENTE.
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,
AGENCIA TORRE.
3 v. alt. No. F014299-2
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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
3 v.
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No.
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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
TITULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHIRILAGUA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licencia-
do EDWIN ALBERTO HERNANDEZ PORTILLO, mayor de edad,
Abogado, del Domicilio de San Miguel, Departamento de San Miguel,
portador de su Tarjeta de Abogado número trece mil cuarenta y uno; en su
calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de la señora
CLAUDIA LIZETH DURAN MERCADO, solicitando se le extienda
TITULO MUNICIPAL A SU FAVOR; sobre un inmueble de naturaleza
urbana, situado en el Barrio El Calvario, de la ciudad de Chirilagua,
departamento de San Miguel, en la cual existe una casa construida con
sistema mixto, con agua y luz, techo de teja, y con todos sus accesorios
de CUARENTA METROS CUADRADOS, poseyéndolo por más de
treinta años en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida, de la Capacidad
Superfi cial de CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES METROS
CUADRADOS PUNTO DIECISEIS DECIMETROS CUADRADOS
de las medidas y lindero siguientes: AL ORIENTE: Veintiocho metros,
colinda con Romilia Martínez; AL NORTE: Quince metros cuarenta y
siete centímetros, colinda con sucesión de Paula Moreno, calle pública
de por medio; AL PONIENTE: Veintiocho metros, colinda con Guiller-
mo Marcia, divididos por cerco de piedra; y AL SUR: Quince metros
cuarenta y siete centímetros, colinda con Tomás Monterrosa divididos
por cercos de piedras; que la titulante lo adquirió por Compra venta de
Posesión Material que le hizo el señor JOSE FELIX DURAN RUIZ; el
referido inmueble no es dominante, ni sirviente, no está en proindivisión
con nadie o de ajena pertenencia.
Lo que hago del conocimiento público, para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de la ciudad de Chirilagua, Departamento de San
Miguel, a los veintinueve días del mes de mayo de dos mil catorce.- JAI-
ME RAFAEL MERCADO PAIZ, ALCALDE MUNICIPAL.- SANDRA
YANIRA GARCIA DE CAMPOS, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F013546-2
MARCA DE SERVICIO
No. de Expediente: 2014135214
No. de Presentación: 20140200794
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MEYBI LORENA GONZALEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras TAXI MUJER y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIO DE TRANSPORTE. Clase: 39.
La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de mayo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002883-2
No. de Expediente: 2014135627
No. de Presentación: 20140201582
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SELENE ELIZABETH PORTILLO GONZALEZ, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras CÓDIGO MÉDICO y diseño, que ser-virá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD, GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de mayo del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de mayo del año dos mil catorce.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013452-2
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2014135634
No. de Presentación: 20140201595
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARIO GUILLERMO KOCH ESCOBAR, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA CUSCATLAN S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
POCKAPPS
Consistente en: la palabra POCKAPPS, que al idioma castellano se traduce como Aplicaciones Pock, que servirá para: AMPARAR: COLONIA, VASELINA, TALCO, ACEITE, SHAMPOO, ACON-DICIONADOR, JABÓN LIQUIDO, LOCIÓN, DESODORANTE, ESMALTE, REMOVEDOR DE ESMALTE PARA UÑAS, CREMA, Y POLVOS COMPACTOS, AEROSOL FIJADOR PARA CABELLO, GELATINA PARA CABELLO, TINTES PARA CABELLO. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de mayo del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002877-2
No. de Expediente: 2014134938
No. de Presentación: 20140199916
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DIONIDAS CARCAMO CANALES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de GRUPO D' DICARK, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRUPO D' DICARK, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra GUANAQUITO'S y diseño, que servirá para: AMPARAR: CALZADO. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día nueve de abril del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002882-2
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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
No. de Expediente: 2014134943
No. de Presentación: 20140199925
CLASE: 20.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO
EFRAIN CISNEROS GARCIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO.
Consistente en: las palabras vidriería los angeles y diseño, que
servirá para: AMPARAR: VIDRIO PARA VENTANAS Y PUERTAS,
MARCOS DE VIDRIO PARA VENTANAS Y PUERTAS, VIDRIO
ARMADO, ENTREPAÑOS, VIDRIERIA DE COLORES, VIDRIO
AISLANTE, Clase: 20.
La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de junio del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013593-2
No. de Expediente: 2013130132
No. de Presentación: 20130189771
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALEX OMAR
CRUZ REYES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de
PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras DUBAI y diseño, que servirá para:
AMPARAR: CALZADO Y ROPA. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de septiembre del año
dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de mayo del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013625-2
No. de Expediente: 2014135709
No. de Presentación: 20140201732
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE
ALBERTO VILLEGAS PINEDA, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras FLYBOARD EXTREME y diseño,
se traduce al castellano la palabra extreme como: Extrema, que servirá
para: AMPARAR: ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.
Clase: 41.
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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de mayo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de junio del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013627-2
No. de Expediente: 2014134605
No. de Presentación: 20140199331
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE
HERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADO
de FAMOLCAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: FAMOLCAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: PAN;
GALLETAS; PASTELES Y REPOSTERIA. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de junio del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013630-2
No. de Expediente: 2014134637
No. de Presentación: 20140199394
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE
HERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADO
de FAMOLCAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
que se abrevia: FAMOLCAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra PARAISO y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PAN; GALLETAS; PASTELES Y REPOSTERIA.
Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de junio del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013632-2
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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
No. de Expediente: 2014134641
No. de Presentación: 20140199399
CLASE 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS
ALONSO VALIENTE DE ALARCON, en su calidad de REPRESEN-
TANTE LEGAL de HEALTHCO PRODUCTS, SOCIEDAD ANONI-
MA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en la palabra Nutrimiel y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS,
PRODUCTOS HIGIENICOS PARA LA MEDICINA, SUSTANCIAS
DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO Y ALIMENTOS PARA BEBES.
Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
seis de junio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013683-2
No. de Expediente: 2014134640
No. de Presentación: 20140199398
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS
ALONSO VALIENTE DE ALARCON, en su calidad de REPRESEN-
TANTE LEGAL de HEALTHCO PRODUCTS, SOCIEDAD ANONI-
MA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras BEE SWEET y diseño, que al idioma
castellano se traduce como ABEJA DULCE, que servirá para: AM-
PARAR: MIEL, JARABE DE MELAZA, HARINAS, Y HELADOS
COMESTIBLES. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de junio del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013684-2
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137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
ACEPTACION DE HERENCIA
ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las catorce horas y veinticinco minutos del día siete de mayo del corriente año, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer a las trece horas del día diecinueve de febrero del año mil novecientos ochenta y siete, en el Caserío Pueblo Nuevo, Cantón Gueripe, Jurisdicción de Concepción de Oriente, departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara el causante Onofre Rodríguez u Onofre Rodríguez Espinal, a favor de la señora Gloria Estela Rodríguez, en concepto de nieta por derecho de transmisión que le correspondía a la causante Santos Anselma Rodríguez Bonilla, quien a su vez era hija del causante antes mencionado y madre de la aceptante, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 N° 1° del Código Civil.
En consecuencia, se le confi rió a la aceptante en el carácter dicho, la administración y representación interina de los bienes de la indicada Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-tamento de La Unión, a los doce días del mes de mayo del año dos mil catorce.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CI-VIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002763-3
LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD.
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las catorce horas y cinco minutos del día nueve de junio del presente año, fue aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante CARLOS HUMBERTO HERNÁNDEZ, conocido por HUMBERTO HERNÁNDEZ, quien falleció el día trece de septiembre de mil novecientos noventa y seis, a la edad de noventa años, Agricultor en Pequeño, casado, originario de Verapaz, Departamento de San Vicente, siendo esta Ciudad y De-partamento, su último domicilio, de parte de la señora MARÍA DEL CARMEN HERNÁNDEZ DE RAMOS, conocida tributariamente por MARÍA DEL CARMEN HERNÁNDEZ CALDERÓN, con Número de Identifi cación Tributaria cero quinientos nueve-diecinueve cero tres sesenta-ciento uno-dos; en su calidad de hija del causante.
Confi riéndose a la heredera declarada la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA de la Sucesión referida, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, de conformidad a lo establecido en el Art. 1163 Inc. 1° del Código Civil.
DE TERCERA PUBLICACIÓN
Citándose a las personas que se crean con derecho a la herencia,
para que se presenten a deducirlo en el término de quince días posteriores
a la tercera publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los
nueve días del mes de junio de dos mil catorce.- LICDA. DIGNA GLADIS
MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002774-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, de
las nueve horas cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada y con
benefi cio de inventario de parte de la señora EFIGENIA ELIZABETH
MARTÍNEZ MENA y el menor BRAYAN ALEXANDER MARTÍ-
NEZ CASTANEDA representado legalmente por medio de su madre
señora ANA ISABEL CASTANEDA, de la Herencia Intestada dejada
a su defunción por el señor PABLO ARTURO MARTÍNEZ PLEITEZ,
fallecido en el Hospital Nacional San Rafael de la Ciudad de Nueva San
Salvador, hoy Santa Tecla, a las diecisiete horas cincuenta minutos del
día seis de octubre del año dos mil diez, siendo San Pablo Tacachico
su último domicilio, en calidad de hijos del causante y cesionarios del
derecho hereditario que le correspondía a la señora DINA PLEITEZ hoy
viuda DE MARTINEZ, en calidad de madre del causante, por medio de
sus Apoderados Licenciados FRANCISCO ALONSO MENA MORÁN
y MARÍA PETRONA PINEDA DE MENA.
Confi riéndosele a los aceptantes en el concepto indicado la ad-
ministración y representación interina de la indicada Sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente,
ordenándose a la vez se citen a las personas que se crean con derecho a
la Sucesión para que se presenten a deducirla dentro de los quince días,
subsiguientes a este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico, a
las nueve horas diez minutos del día nueve de junio del año dos mil
catorce.- LIC. DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002779-3
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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE USULUTAN, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las ocho horas y cuarenta y cinco de este día, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor JOSE ALFREDO RAMIREZ JIMENEZ, en la Sucesión Intestada que éste dejó al fallecer el día veintisiete de febrero del año dos mil doce, en el Hospital Nacional San Pedro de esta ciudad de Usulután, siendo la ciudad de Santa María, lugar que tuvo como su último domicilio, de parte de los señores ROSA IRMA RAMIREZ DE RIVERA y BLANCA ESTELA RAMIREZ DE GUTIERREZ, ambas en calidad de hijas del causante.
Confi riéndosele a las aceptantes dichas, la Administración y Re-presentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días, después de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los catorce días del mes de octubre del dos mil trece.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012896-3
LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las doce horas y siete minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSÉ RAFAEL FERNÁNDEZ ALVARADO, fallecido el día trece de octubre de dos mil doce, en el Caserío El Potrillo, Cantón San Francisco, Jurisdicción de Ilobasco, Departamento de Cabañas, y del último domicilio de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, de parte de la señora ROXANA EMELINDA RIVERA DE FERNANDEZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente, y como representante legal de sus menores hijos RAFAEL ENRIQUE FERNANDEZ RIVERA y KEYRI BRISSEYDA FERNANDEZ RI-VERA, éstos dos últimos en su calidad de hijos del referido causante.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas y diecisiete minutos del día veintinueve de abril del año dos mil catorce.- LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSÉ ORLANDO BELTRÁN MEJÍA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012919-3
FREDY ARMANDO RODRIGUEZ TOBAR, Notario, del domicilio de Ahuachapán, con Ofi cina establecida en Cuarta Avenida Sur, número uno guión diez "A", de la ciudad de Ahuachapán.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas del día veintitrés de junio de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la heren-cia intestada que a su defunción dejó el causante LUCIO MARTINEZ PEREZ, defunción ocurrida en El Calvario, Nahuizalco, Departamento de Sonsonate, a las una hora cero minutos del día diecinueve de febrero del año dos mil catorce, de parte de los señores LILIANA CAROLINA SION MENENDEZ y RICHARD WILSON SION MENENDEZ, en calidad de Nietos del causante.
Habiéndoles conferido la administración y representación interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, cita a todos a los que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, desde el siguiente a la tercera publicación.
Librado en la Oficina del Notario FREDY ARMANDO RODRIGUEZ TOBAR, en la ciudad de Ahuachapán, a las nueve horas del día veinticuatro de junio del año dos mil catorce.
LIC. FREDY ARMANDO RODRIGUEZ TOBAR,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F012944-3
KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, Jueza (3) Quinto de lo Civil y Mercantil del Distrito Judicial de San Salvador, al público.
HACE SABER: Que en las DILIGENCIAS DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA INTESTADA, promovidas en este Juzgado bajo el NUE. 02903-14-CVDV-5 CM3, y referencia interna 23-DV-14-7, por resolución proveída por la suscrita Jueza, a las quince horas con veinte minutos del día diez de junio de dos mil catorce, se ha tenido por ACEP-TADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de parte de la señora CARMEN PÉREZ DE CHACÓN, en calidad de hija de la de cujus, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, el día veinticuatro de enero de dos mil nueve, dejó MARÍA VÍCTOR MODESTA BELTRÁN DE PÉREZ, conocida por MARÍA VÍCTOR MODESTA BELTRÁN, MARÍA MODESTA BELTRÁN, MARÍA VICTORIA MODESTA BELTRÁN DE PÉREZ y por MARÍA VICTORIA MODESTA BELTRÁN, quien tuvo su último domicilio en esta ciudad; en su carácter de heredera intestada.
Y a quien se le ha conferido la administración y representación interina de la Sucesión con benefi cio de inventario, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público, para que los que se crean con derecho a dicha herencia se presenten a deducirlo en el término de quince días, posteriores a la tercera publicación de este aviso.
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139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los diez días del mes de junio de dos mil catorce.- LICDA. KARLA MARÍA REGINA MUR-CIA CARRILLO, JUEZA (3) QUINTO DE LO CIVIL Y MERCAN-TIL.- LICDA. TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES RUBIO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012967-3
MARIA YOLANDA BLANCO CHICAS, Notario, del domicilio de Ilopango, con Ofi cina ubicada en Residencia Santa Lucía, Polígono M, casa once, Ilopango.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las diecisiete horas del día trece de junio de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expre-samente y con benefi cio de inventario, la herencia abintestato que a su defunción dejara el señor LEONEL DE JESUS FIGUEROA FUENTES o LEONEL DE JESUS FIGUEROA, quien a la fecha de su fallecimiento era de setenta y ocho años de edad, empleado, cuyo último domicilio fue la ciudad de Cuscatancingo, departamento de San Salvador, casado, Salvadoreño y originario de San Luis del Carmen, departamento de Chalatenango, ocurrida en el Hospital Nacional Rosales, departamento de San Salvador, a consecuencia de COLANGITIS, a las ocho horas con cuarenta minutos del día doce de noviembre del dos mil trece, de parte de los señores GLORIA ESPERANZA MEDRANO DE FIGUEROA, SAUL AMILCAR FIGUEROA PALACIOS, SUSANA DEL CARMEN FIGUEROA MEDRANO o SUSANA DEL CARMEN FIGUEROA DE QUIJADA, MARIA ELENA FIGUEROA MEDRANO, en su calidad de esposa e hijos sobrevivientes.
Habiéndoles conferido la administración y representación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la Ofi cina del Notario: Ilopango, trece de junio de dos mil catorce.
MARIA YOLANDA BLANCO CHICAS,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F012999-3
JOSÉ ADONAY CHÁVEZ HERRERA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina en Urbanización General Manuel José Arce, Avenida Artillería Polígono "B" número siete, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las trece horas del día veintitrés de junio del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia intestada que a su defunción ocurrida en Municipio de Colón, departamento de La Libertad, el día diez de junio del año dos mil tres, dejó el señor DESIDERIO RAMÍREZ GÁMEZ, de parte del señor AGUSTÍN RAMÍREZ, hijo del causante.
Habiéndosele conferido la administración y representación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia para que se presenten a la referida Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la Ofi cina del Notario JOSÉ ADONAY CHÁVEZ HERRERA. En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día veinticinco de junio del año dos mil catorce.
LIC. JOSÉ ADONAY CHÁVEZ HERRERA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F013005-3
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas cincuenta minutos del día seis de junio del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de las señoras MARIA LUCIA SERRANO DE LUCERO, conocida como MARIA LUCIA SERRANO CHICAS y como MARIA LUCIA SE-RRANO, MARIA CLAUDIA LUCERO SERRANO y del menor LUIS FERNANDO LUCERO SERRANO, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor CLAUDIO DE JESÚS LUCERO ESPINOZA conocido por CLAUDIO DE JESÚS LUCERO, quien fue de sesenta y tres años de edad, Agricultor, casado, salvadoreño, con Documento Único de Identidad número cero cero cero sesenta y siete mil doscientos diez-ocho; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número un mil diez-doscientos un mil doscientos cuarenta y nueve-cero cero dos-nueve; fallecido el día dos de julio del año dos mil trece, en el Cantón San Nicolás Lempa, Jurisdicción de Tecoluca, siendo éste el lugar de su último domicilio, la primera en concepto de cónyuge del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que en la Sucesión le correspondía a Mario Antonio Lucero Serrano, Teresa de Jesús Lucero Serrano, Salvador Lucero Serrano y Juan Carlos Lucero Serrano, todos en calidad de hijos del causante, y la segunda y tercero en concepto de hijos del causante.
Y se ha nombrado a los aceptantes administradores y representantes interinos de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; debiendo ejercerla el menor Luis Fernando Lucero Serrano, por medio de su representante legal señora María Lucía Serrano de Lucero, conocida como María Lucía Serrano Chicas y como María Lucía Serrano, hasta cumplir su mayoría de edad.
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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los seis días del mes de junio del año dos mil catorce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. TATIANA ARMIDA MEJIA DE MUÑOZ, SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. F013042-3
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las catorce horas y treinta minutos del día nueve de mayo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA DE JESUS CRUZ TORREZ, quien fue de ochenta y un años de edad, soltera, de ofi cios de hogar, originaria y del domicilio de Jucuapa, Departamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña, hija de Yndalecio Cruz Hernández y Ascensión de Jesús Torrez (ambos ya fallecidos); quien falleció en el Cantón El Amatón, Jurisdicción de Jucuapa, Departamento de Usulután, a las veinte horas y treinta minutos del día nueve de mayo de mil novecientos noventa y uno; de parte del señor JOSE VENANCIO CRUZ, de cuarenta y dos años de edad, Jornalero, originario de Jucuapa, Departamento de Usulután y del domicilio de Cantón El Amatón, de esta Jurisdicción, Departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad número cero tres cero tres siete uno uno nueve guión ocho; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número un mil ciento nueve guión trescientos mil ciento setenta y dos guión ciento tres guión ocho; en concepto de hijo de la Causante, Art. 988 N° 1 del C.C.
Confi érase al heredero declarado en el carácter indicado la Admi-nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presente a deducirlo dentro del término de quince días, a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: JUCUAPA, A LAS CATORCE HORAS Y CINCUENTA MINUTOS DEL DIA NUEVE DE MAYO DEL DOS MIL CATORCE.- LIC. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013067-3
LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LA UNION, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las nueve horas del día veintiuno de mayo del corriente año, se le declaró heredero expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que
al fallecer a las diecinueve horas del día diez de septiembre de dos mil once, en el Barrio Las Delicias, de esta ciudad, Departamento de La Unión, su último domicilio, dejó el causante Francisco Suria Martínez, conocido por Francisco Suria, de parte del señor Will Alfredo Suria, en concepto de cesionario del derecho hereditario que en la referida Sucesión le correspondía a la señora Clementina Suria Parada, en su carácter de hija sobreviviente del referido causante, de conformidad con el artículo 1699 del Código Civil.
Se le confi ere al heredero declarado en el carácter dicho la ad-ministración y representación INTERINA de los bienes de la indicada Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los veintidós días del mes de mayo de dos mil catorce.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013104-3
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE MEJICANOS.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Tribunal, a las quince horas del día nueve de junio de dos mil catorce, se ha de-clarado a la señora BLANCA MARGARITA RODRIGUEZ viuda DE MEJIA y a los menores KATHERINE CAROLINA, DIANA BEATRIZ y BRYAN STEVE, todos de apellidos MEJIA RODRIGUEZ, HERE-DEROS INTESTADOS CON BENEFICIO DE INVENTARIO de la Sucesión que a su defunción le defi rió el causante ARSENIO DE LOS ANGELES MEJIA, quien falleció en esta ciudad, su último domicilio, el día ocho de junio de dos mil siete; la primera en concepto de cónyuge sobreviviente y además como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora ERLINDA FRANCISCA MEJIA, como madre del de cujus; y los menores expresados, en calidad de hijos del causante.
Se confi rió a los ACEPTANTES, la administración y representa-ción interinas de la Sucesión; las que en el caso de los menores citados, deberán ser ejercidas por medio de su madre y representante legal.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL DE MEJICANOS, JUEZ 2; quince horas treinta minutos del día nueve de junio de dos mil catorce.- DR. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE MEJICANOS.- LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013122-3
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141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo
Civil de este Municipio Judicial,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las
ocho horas con cinco minutos del día seis de junio de dos mil catorce.-
Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta Ciudad de San
Marcos, siendo también su último domicilio, el día diez de marzo de mil
novecientos cincuenta y nueve, dejó el causante CIRIACO AYALA,
de parte de los señores MARÍA ELENA AYALA SÁNCHEZ y JOSÉ
AYALA SÁNCHEZ, en su calidad de hijos del referido de cujus.- Se
ha conferido a los aceptantes la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención,
para que transcurridos el término de quince días después de la tercera
publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus
derechos.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-
tamento de San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día once
de junio de dos mil catorce. LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA
CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ
GOMEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013147-3
EL LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE
LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolu-
ción de este Juzgado, de las ocho horas con treinta y seis minutos del
día veintitrés de mayo del año dos mil catorce. SE HA TENIDO POR
ACEPTADA, expresamente y con benefi cio de inventario de parte de
las señoras JESSICA YAMILETH SARAVIA PÉREZ y CLAUDIA
GABRIELA SARAVIA PÉREZ, la herencia intestada dejada por el
causante señor SINFOROSO SARAVIA, quien falleció el día cinco
de febrero del año dos mil siete, en Talnique, Departamento de La
Libertad, siendo su último domicilio Talnique, Departamento de La
Libertad, quien fue de cien años de edad, jornalero, viudo, originario de
Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, y cuyos padres fueron los
señores JUAN SARAVIA Y CLEOTILDE PAREDES; aceptación que
hacen las citadas señoras JESSICA YAMILETH SARAVIA PÉREZ y
CLAUDIA GABRIELA SARAVIA PÉREZ, ambas mayores de edad
y del domicilio de Talnique, Departamento de La Libertad, por derecho
de representación en sus calidades de hijas sobrevivientes del señor
SILVESTRE DE JESÚS SARAVIA NAVARRO, hijo del causante. Y
SE LE HA CONFERIDO A LAS ACEPTANTES la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente. Por lo anterior se cita a los que
se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal
a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a
la tercera publicación del presente edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: SANTA TECLA,
a las ocho horas con cincuenta minutos del día veintitrés de mayo del
año dos mil catorce. LIC. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ
DE LO CIVIL DE SANTA TECLA.- LICDA. VERONICA TATIANA
MARTINEZ ESPINAL, SECRETARIA INTERINA.-
3 v. alt. No. F013149-3
FIDIAS ISMAEL ELÍAS MARTINEZ, Notario, del domicilio de
la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con ofi cina
ubicada en Séptima Calle Oriente Block Tres, Número Cinco, de la
Colonia Santa Mónica,
HACE CONSTAR: Que por resolución del suscrito Notario,
proveída a las dieciséis horas del dieciocho de junio del dos mil catorce,
se ha tenido por ACEPTADA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO,
la herencia Intestada que a su defunción dejó la causante ROSA LILIAN
GUARDADO DE ABREGO conocida por ROSA LYLIAN GUARDA-
DO DE ABREGO, ocurrida en el Hospital del Instituto Salvadoreño del
Seguro Social de San Salvador, a las veintiún horas cuarenta minutos,
del día dieciséis de enero del dos mil catorce; del domicilio y Municipio
de Zaragoza, Departamento de La Libertad, siendo éste su último do-
micilio, de parte de los señores JOSE GUSTAVO ABREGO RAUDA,
o JOSE GUSTAVO ABREGO y a IRIS MARGARITA ABREGO DE
POLANCO conocida por IRIS MARGARITA ABREGO, en calidad el
primero como cónyuge sobreviviente de la causante, y la segunda como
hija de la causante, y además como cesionarios de los derechos que les
correspondían como hijos de la causante a los señores JAIME GUSTAVO
ABREGO GUARDADO, NUBIA MARLENE ABREGO DE VIDES,
conocida por NUBIA MARLENE ABREGO, habiéndoseles conferido
la Administración y Representación Interina de la Sucesión, facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia
por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida
herencia para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince
días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente
edicto.
Librado en la Ofi cina del Notario FIDIAS ISMAEL ELIAS
MARTINEZ, en la ciudad de Santa Tecla, a los veintitrés días del mes
de junio del año dos mil catorce.
LIC. FIDIAS ISMAEL ELIAS MARTINEZ,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F013170-3
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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ DE LO CIVIL DE ME-
JICANOS, JUEZ DOS.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las catorce horas
y diez minutos del día diez de junio de dos mil catorce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia
Intestada que a su defunción defi rió la causante señora MARIA MACARIA
SANTOS DE PEREZ, ocurrida el día tres de junio del año dos mil doce,
en la ciudad de Mejicanos, siendo ésta su último domicilio, de parte de
los señores MAXIMA ELIZABETH PEREZ DE DE LA CRUZ, JOSE
BENITO PEREZ SANTOS, EUSEBIA PEREZ DE JIMENEZ, MARIA
JUANA PEREZ DE ALEGRIA, BERNARDINO PEREZ SANTOS,
PASCUALA PEREZ SANTOS, en su calidad de hijos de la causante,
y MAXIMO PEREZ PEREZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente
de la causante.
Confi érase a los aceptantes la Administración y Representación
interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: a los que se crean con mejor derecho a la herencia referida,
para que se presenten en el término de ley, a hacer uso de sus derechos
en la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, Juez Dos, a las
catorce horas y veinticinco minutos del día diez de junio de dos mil
catorce. DR. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ DE LO
CIVIL DE MEJICANOS, JUEZ 2.- LIC. VICTORINO ALEXANDER
PERAZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013175-3
LICENCIADO JOSÉ MIGUEL LEMUS ESCALANTE, JUEZ CUARTO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
nueve horas con veintiún minutos del día seis de junio del año dos mil
catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario, de parte del señor RAÚL AUGUSTO RUIZ conocido por
RAÚL AUGUSTO PLATERO RUIZ, en calidad de cesionario de los
derechos hereditarios que le correspondían al señor ORLANDO DANIEL
PLATERO RUIZ, como heredero Universal de la herencia testamentaria
que a su defunción dejó la señora ROSA LILIAN RUIZ PINEL, quien
fue de cincuenta y cuatro años de edad, divorciada, originaria de San
Francisco Gotera, siendo su último domicilio el de esta ciudad, hija de
los señores Marta Emilia Pinel y Manuel de Jesús Ruíz.
Confi érase al aceptante la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corres-
ponde a los curadores de la herencia yacente.
Fíjense y publíquense los edictos de ley.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Sal-
vador, a las nueve horas con treinta minutos del día seis de junio del año
dos mil catorce. LIC. JOSÉ MIGUEL LEMUS ESCALANTE, JUEZ
CUARTO DE LO CIVIL Y DE LO MERCANTIL.- DRA. JACQUE-
LINE XIOMARA AQUINO PALACIOS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013177-3
LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO
CIVIL, DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA.
AVISA: Que por resolución de las nueve horas del día dos de julio
del año dos mil catorce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente
y con benefi cio de inventario la herencia que a su defunción dejara el
causante señor FRANCISCO RODRIGO GUIROLA BEECHE, ocu-
rrida el día quince de diciembre del año dos mil doce, en San Salvador,
Departamento de San Salvador, quien a la fecha de su fallecimiento era
de sesenta y dos años de edad, casado, Licenciado en Administración
de Empresas, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La
Libertad con documento Único de Identidad número cero dos siete siete
ocho ocho nueve uno- dos, y con número de Identifi cación Tributaria
cero cinco uno uno- cero cuatro uno cero cinco cero- cero cero uno-
cero, casado con la señora GLORIA CASTANEDA FERMAN, siendo
su último domicilio Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad,
originario de Santa Tecla, departamento de La Libertad, hijo de los señores
Victoria Beeche y Raúl Guirola; de nacionalidad salvadoreña, de parte
del señor RAUL ANTONIO GUIROLA BEECHE, como cesionario
de los derechos hereditarios que correspondían a la señora VICTORIA
MARIA BEECHE TINOCO DE GUIROLA, conocida por VICTORIA
BEECHE DE GUIROLA, ANA VICTORIA BEECHE DE GUIROLA,
VICTORIA BEECHE Y VICTORIA BEECHEE. Por lo anterior se cita
a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este
Tribunal a deducirlo en el término de QUINCE DÍAS HABILES contados
desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
JUZGADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, a las nueve
horas con veinte minutos del día dos de julio del año dos mil catorce.
LIC. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL
DE SANTA TECLA.- LICDA. ERIKA MICHELLE SIBRIAN RUIZ,
SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F017179-3
HERENCIA YACENTE
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal
a las doce horas del día siete del presente mes y año, se ha declarado
yacente la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor
FELIX CAMPOS, quien falleció el día siete de junio de mil novecientos
sesenta, en San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, siendo
ese su último domicilio.
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143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
Se ha nombrado curadora para que lo represente a la Licenciada
TERESA DE JESUS DELGADO CERON, a quien se le hará saber
este nombramiento para su aceptación, juramentación y demás efectos
legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas
del día diez de marzo del año dos mil catorce.- LIC. MANUEL PAZ
CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN
MEJIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013167-3
TITULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal, se ha presentado
el Licenciado Gerber Aníbal Castro Vides, mayor de edad, Abogado,
del domicilio de San Martín, portador de su Documento Único de
Identidad número cero dos millones trescientos sesenta y tres mil
doscientos sesenta y seis - cuatro; Apoderado General Judicial de la
señora MARIA SARA HERNANDEZ; de sesenta y cuatro años de
edad, doméstica, de este domicilio, con Documento Único de Identidad
número: CERO CINCO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS —TRES; y con Número de
Identifi cación Tributaria: CERO SETECIENTOS SIETE — CIENTO
VEINTE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE — CIENTO
UNO — CERO; promoviendo diligencias de Título de Propiedad de
un terreno de naturaleza rural, de origen ejidal, situado en Colonia La
Providencia fi nal avenida dos norte, sin número, de esta Ciudad, de
una extensión superfi cial de TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA
Y NUEVE PUNTO CERO CINCO METROS CUADRADOS, que
técnicamente se describe: LINDERO ORIENTE: partiendo del vértice
Nor Oriente está formado por cuatro tramos, con los siguientes rumbos
y distancias: Tramo uno, Sur, doce grados, cincuenta y seis minutos,
cero nueve segundos; Oeste, con una distancia de trece punto cero cuatro
metros; Tramo dos, Sur, doce grados, cincuenta y seis minutos, once
segundos, Oeste, con una distancia de diecisiete punto cuarenta y siete
metros; Tramo tres, Sur, veintitrés grados, cuarenta y cinco minutos,
veinticinco segundos; Oeste, con una distancia de nueve punto treinta
y siete metros; Tamo cuatro, Sur, cero un grados, diez minutos, cero
ocho segundos; Este, con una distancia de cuatro punto cuarenta y cinco
metros, colindando en estos tramos con terreno propiedad de María
Alba Hernández de Paz, calle que conduce a Suchitoto y San Martín
de por medio, LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur Oriente, está
formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia: Tramo uno,
Norte, sesenta y ocho grados, cuarenta y tres minutos, cincuenta y cinco
segundos, Oeste, con una distancia de ochenta y cinco punto noventa
metros, colindando en este tramo con terreno propiedad de Evangelina
Molina Hernández; LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice Sur
Poniente está conformado por cuatro tramos, con los siguientes rumbos
y distancias: Tramo uno, Norte, cero seis grados, cuarenta y nueve
minutos, veintinueve segundos, Este, con una distancia de diez punto
cero tres metros, colindando en este tramo con terreno propiedad de
María Raquel Lemus; Tramo dos, Norte, cero seis grados, cuarenta y
dos minutos, treinta y nueve segundos, Este, con una distancia de diez
punto veintiún metros, colindando en este tramo con terreno propiedad
de Melvin Barahona; Tramo tres, Norte, cero siete grados, cuarenta y
cinco minutos, cincuenta y nueve segundos, Este, con una distancia de
nueve punto cincuenta y seis metros, colindando este tramo con terreno
propiedad de Pablo de León; Tramo cuatro, Norte, once grados, cero
seis minutos, cero siete segundos, Este, con una distancia de dieciocho
punto treinta metros, colindando en este tramo con terreno propiedad de
Cecilia Majano; LINDERO NORTE: Partiendo del vértice Nor Poniente
está formado por cuatro tramos, con los siguientes rumbos y distancias:
Tramo uno, Sur, sesenta y cuatro grados, cuarenta minutos, treinta y dos
segundos, Este, con una distancia de nueve punto setenta y siete metros,
Tramo dos, Sur, sesenta y ocho grados, cero un minuto, diez segundos,
Este, con una distancia de nueve punto sesenta y nueve metros, colindando
en estos tramos con terreno propiedad de Rosa María Monge; Tramo
tres, Sur, sesenta y cinco grados, cincuenta y siete minutos, treinta y tres
segundos, Este, con una distancia de diecinueve punto noventa metros;
colindando este tramo con terreno propiedad del Banco Agrícola, Tramo
cuatro, Sur, sesenta y siete grados, cero siete minutos, treinta y cinco
segundos, Este, con una distancia de cincuenta y uno punto cuarenta
y tres metros; colindando en este tramo con terreno propiedad de José
María Chavarría, Gonzalo Antonio Rodríguez, Ángel Antonio, y terreno
propiedad de Juan Carlos García. Así se llega al vértice Nor Oriente, que
es el punto donde se inició esta descripción.- Lo adquirió por compra a
la señora Ercilia Hernández, ya fallecida; y lo estima en la suma de DOS
MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Los
colindantes son de este domicilio y de San Salvador.- Que el inmueble
no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, no es dominante
ni sirviente, ni está en proindivisión con ninguna persona.-
Lo que hace saber al público en general, para los efectos de ley.-
Alcaldía Municipal de la Ciudad de San Bartolomé Perulapía, a los
trece días del mes de junio del año dos mil catorce.- LIC. CRISTIAN
MARVIN SERMEÑO ARIAS, ALCALDE MUNICIPAL.- JUAN
RICARDO VÁSQUEZ GUZMÁN, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F013075-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO.
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado
CARLOS ALFREDO PORTILLO CRUZ, quien actúa en nombre y re-
presentación de la señora ALVA LUZ PORTILLO DE POCASANGRE,
de sesenta y seis años de edad, Ama de Casa, de este domicilio, con
Documento Único de Identidad número: cero dos millones ochocientos
noventa y cuatro mil doscientos cincuenta y dos- siete y Tarjeta de
Identifi cación Tributaria número un mil doscientos dieciséis- ciento
veinte mil seiscientos cuarenta y siete- ciento uno- siete; solicitando
TITULO DE PROPIEDAD, de una porción de terreno de naturaleza
urbana, situado en el Barrio El Calvario, de esta villa, de la capacidad
superfi cial de CIENTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS
VEINTISÉIS DECÍMETROS CUADRADOS Y SEIS CENTÍMETROS
CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE:
mide siete metros con setenta y cinco centímetros, linda con propiedad
de la señora María Antonia Chica Viuda de Cruz, siendo una vereda
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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
de un metro de ancho que da paso al solar de Georgina Ester Chica de
Fuentes, lindero sin materializar; AL NORTE: mide dieciocho metros
con cinco centímetros, linda con propiedad de la señora Georgina Ester
Chica de Fuentes, divide pared de la casa de la colindante de por medio;
AL PONIENTE: mide seis metros, linda con propiedad del señor Miguel
Ángel Barrera, calle principal de por medio; y AL SUR: mide dieciocho
metros con diez centímetros, linda con propiedad de la señora María An-
tonia Medrano Viuda de Cruz, lindero sin materializar. Que el inmueble
descrito no es dominante ni sirviente, no tiene ninguna carga, ni derecho
real que pertenezca a otra persona, ni se encuentra en proindivisión
con nadie y su representada lo valúa en la cantidad de VEINTE MIL
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Que el in-
mueble lo adquirió su representada mediante contrato de Compraventa
de Posesión Material, que a su favor hizo GEOFREDO AGUIRRE, el
día veintiocho de abril del presente año, quien tenía más de doce años
de poseerlo, por lo tanto le asiste el derecho de posesión que el anterior
dueño ejerció en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida. Que durante
el tiempo de poseer el inmueble ha ejercido sobre él actos de verdadera
dueña, tales como cuidarlo, sin que persona alguna desde aquella fecha
hasta hoy le haya disputado la posesión, reconociéndole tal concepto
todos sus deudos, amigos y vecinos en general. Que el inmueble antes
descrito carece de documento inscrito o que se pueda inscribir.
Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de Ley consiguientes.
Alcaldía Municipal de San Luis de la Reina, departamento de San Miguel, a los trece días del mes de junio del año dos mil catorce.- JOSE FERMIN SORTO REQUENO, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANTONIO MARQUEZ GUZMÁN, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F013192-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO.
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado CARLOS ALFREDO PORTILLO CRUZ, quien actúa en nombre y representación de la señora MARÍA VIRGINIA HERNÁNDEZ LÓPEZ, de setenta y un años de edad, de Ofi cios Domésticos, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero un millón ciento no-venta y nueve mil setecientos catorce- siete y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número un mil doscientos once- doscientos sesenta mil quinientos cuarenta y dos- ciento uno- cuatro; solicitando TITULO DE PROPIEDAD, de una porción de terreno de naturaleza urbana, situado en el Barrio San Antonio, de esta Villa, de la capacidad superfi cial de TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES PUNTO SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide treinta y seis metros con treinta centímetros, linda con propiedad del señor Marcedonio Portillo y propiedad de la señora Isabel Zúniga Cedillos, cerco de alambre medianero de por medio; AL NORTE: mide once metros con treinta y cinco centímetros, linda con propiedad del señor Fidel Argueta, calle de por medio; AL PONIENTE: mide treinta y cuatro metros, linda con propiedad de la señora Nohemí Medina Hernández, en una parte pared de adobe de por medio y en otra parte cerco de alambre de por medio; y AL SUR: mide diez metros con cuarenta y ocho centímetros, linda con propiedad de la señora Virginia Dolores Medina Hernández, cerco de alambre propio de por medio, en
el inmueble existe construida una casa techo de tejas paredes de adobe. Que el inmueble descrito no es dominante ni sirviente, no tiene ninguna carga, ni derecho real que pertenezca a otra persona, ni se encuentra en proindivisión con nadie y su representada lo valúa en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Que el inmueble lo adquirió su representada mediante contrato de Compraventa de Posesión Material, que a su favor hizo LIDIO HENRÍQUEZ RAMOS, el día veintiocho de abril de mil novecientos noventa, quien tenía más de dieciocho años de poseerlo, por lo tanto le asiste el derecho de posesión que el anterior dueño ejerció en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida. Que durante el tiempo de poseer el inmueble ha ejercido sobre él actos de verdadera dueña, tales como cuidarlo, hacer construcciones, modifi -caciones, sin que persona alguna desde aquella fecha hasta hoy le haya disputado la posesión, reconociéndole tal concepto todos sus deudos, amigos y vecinos en general. Que el inmueble antes descrito carece de documento inscrito o que se pueda inscribir.
Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de Ley consiguientes.
Alcaldía Municipal de San Luis de la Reina, departamento de San Miguel, a los trece días del mes de junio del año dos mil catorce.-JOSE FERMIN SORTO REQUENO, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ GUZMÁN, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F013195-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora BLANCA LIDIA MORALES VIUDA DE VASQUEZ, de sesenta años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio; con Documento Único de Identidad número: cero cero ochocientos sesenta mil ciento setenta guión tres; y Número de Identifi cación Tributaria: un mil doscientos ocho - cero diez mil cuatrocientos cincuenta y cuatro - ciento uno - cero; solicitando se le extienda Título de Propiedad, a favor de ella misma, de un inmueble de naturaleza urbana ubicado en Barrio San Isidro, de la jurisdicción de Lolotique, distrito de Chinameca, departamento de San Miguel, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE; Treinta y tres punto cincuenta y seis metros y colinda con terreno de los señores Dolores Ramos, Manuel Vásquez y Francisco García, calle principal de por medio; AL NORTE: Treinta y uno punto sesenta y cinco metros colinda con terreno del señor Rigoberto Martínez Ramos, cerco propio de por medio; AL PONIENTE; Treinta y cuatro punto sesenta metros, colinda con propiedad del señor Juan Ramos cerco propio de por medio; y AL SUR; Treinta y un metros colindando con Francisco Ramos, cerco de alambre de por medio, en el inmueble descrito existe una construcción de tipo mixta, lo adquirió por donación verbal que le hiciera su esposo el señor José Victorino Vásquez Trejo. Este inmueble no es ejido, baldío, ni comunal, no es dominante, ni sirviente, no tiene ninguna carga, ni derecho real que pertenezcan a otra persona, ni se encuentra en proindivisión con nadie.
Y para ser publicado en el Diario Ofi cial, se extiende el presente edicto, en la Alcaldía Municipal de la ciudad Lolotique, a los diecinue-ve días del mes de junio de dos mil catorce. JOSE RENE DE LA O PERDOMO, ALCALDE MUNICIPAL.- LICDA. MARIA CRISTINA CAMPOS, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F013206-3
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145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
TITULO SUPLETORIO
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos de Ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado SATURNINO ADILSON DIAZ PEREIRA, como Apoderado General Judicial del señor JULIO CESAR ARGUETA AMAYA, a solicitar a favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Lucas, jurisdicción de Gualococti, Dis-trito de Osicala, Departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS SETENTA PUNTO TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS; cuya descripción siguiendo un sentido horario es la que sigue: AL NORTE, consta de veintitrés tramos, los primeros cinco tramos con rumbo Noreste; el primero mide cinco punto doce metros; el segundo mide cinco punto veintiocho metros; el tercero mide veintiuno punto veinte metros; el cuarto mide once metros; el quinto mide seis punto cuarenta y siete metros; del tramo seis al veintitrés con rumbo Sureste miden, el sexto mide seis punto cero ocho metros; el séptimo mide nueve punto noventa y ocho metros; el octavo mide ocho punto sesenta y cinco metros; el noveno mide doce punto sesenta y cuatro metros; el décimo mide ocho punto cincuenta y cuatro metros; el décimo primero mide ocho punto treinta y cuatro metros; el décimo segundo mide cinco punto noventa y siete metros; el décimo tercero mide cuatro punto diecisiete metros; el décimo cuarto mide cinco punto catorce metros; el décimo quinto mide seis punto ochenta y un metros; el décimo sexto mide dieciséis punto sesenta y siete metros; el décimo séptimo mide dieciséis punto cuarenta y seis metros; el décimo octavo mide uno punto trece metros; el décimo noveno mide tres punto noventa y cuatro metros; el vigésimo mide ocho punto treinta y cuatro metros; el vigésimo primero mide tres punto sesenta y ocho metros; el vigésimo segundo mide siete punto setenta y dos metros; y el vigésimo tercero mide tres punto cero ocho metros; colinda del tramo primero al sexto con Claudio Ulloa, del tramo sexto al décimo tercero con Macario Ulloa, del tramo décimo tercero al vigésimo cuarto con Juan Clímaco Ulloa, cerco de alambre de por medio; AL ORIENTE, consta de doce tramos, los primeros dos tramos con rumbo Sureste; el primero mide cuatro punto trece metros; el segundo mide seis punto cuarenta y cinco metros; el tercero con rumbo Suroeste mide diez punto diez metros; el cuarto con rumbo Suroeste mide seis punto diez metros; el quinto con rumbo Suroeste mide trece punto cero tres metros; el sexto con rumbo Sureste mide nueve punto ochenta y un metros; el séptimo con rumbo Suroeste mide veintitrés punto cuarenta y seis metros; el octavo con rumbo Suroeste mide nueve punto cuarenta y nueve metros; el noveno con rumbo Sureste mide ocho punto veintisiete metros; el décimo con rumbo Sureste mide quince punto noventa y ocho metros; el décimo primero con rumbo Sureste mide veinte punto noventa y un metros; y el décimo segundo con rumbo Suroeste mide ocho punto cuarenta y seis metros, colindando en todos estos tramos con terreno de la señora Reina Solís, cerco de alambre de por medio, teniendo el acceso o ser-vidumbre el terreno en titulación en el primer tramo de este rumbo; AL SUR, consta de cuatro tramos todos con rumbo Suroeste; el primero mide diez punto cuarenta y siete metros; el segundo mide dieciocho punto veintitrés metros; el tercero mide diecinueve punto veintisiete metros; y el cuarto mide dieciséis punto treinta y cuatro metros; colinda con terreno de Euberto Solís, cerco de alambre de por medio; y AL PONIENTE, consta de diecisiete tramos, del tramo uno al catorce con rumbo Noroeste; el primero mide diecinueve punto catorce metros; el segundo mide dieciocho punto cuarenta y siete metros; el tercero mide doce punto cuarenta y cuatro metros; el cuarto mide once punto ochenta y ocho metros; el quinto mide dieciséis punto veintinueve metros; el
sexto mide quince punto veintiún metros; el séptimo mide seis punto noventa y un metros; el octavo mide diez punto cuarenta y dos metros; el noveno mide treinta y uno punto setenta y un metros; el décimo mide doce punto sesenta y un metros; el décimo primero mide dieciséis punto sesenta y nueve metros; el décimo segundo mide cuatro punto veintiséis metros; el décimo tercero mide trece punto cero un metros; el décimo cuarto mide diez punto setenta y tres metros; y del décimo quinto tramo al décimo séptimo con rumbo Noreste; el primero mide siete punto veintiséis metros; el segundo mide ocho punto veinticinco metros; y el tercero mide dos punto treinta y un metros, colinda del tramo primero al octavo con terreno de Humberto González, del tramo octavo al décimo séptimo con terreno de Leónidas Rosa, cerco de alambre de por medio, hasta llegar a donde se comenzó.- El mencionado inmueble lo valora en la cantidad de MIL SETECIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y, lo adquirió por compraventas de la posesión material que en forma sucesiva por Escrituras Públicas, le efectuaron los señores FELIPE SANCHEZ; MARIA DEL CARMEN GOMEZ; APOLONIO CRUZ; SANTOS ERNESTO ULLOA; y, JOSE GERARDO ULLOA SANTOS.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-cisco Gotera, Morazán; a las quince horas y veinticinco minutos del día seis de mayo de dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1ª. INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002762-3
LEONEL LAINEZ DURÁN, Notario, con Ofi cina Jurídica en calle principal Barrio El Centro Jucuapa, Departamento de Usulután.
HACE SABER: Que a mi Ofi cina se ha presentado el señor: JOSÉ ATANASIO SURA IBARRA, de generales expresadas en la solicitud de folios uno, solicitando TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústico ubicado en cantón Las Marías, municipio de Chinameca, Departamento de San Miguel; de una extensión superfi cial de OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS PUNTO CATORCE METROS CUADRADOS, y se describe así: LINDERO NORTE, Trece punto cero un metros, colindando con propiedad de Cristina Durán, cerco vivo y quebrada de por medio. LINDERO ORIENTE: Cuarenta punto cincuenta y siete metros, colindado con Aquilino Otorga, cerco vivo y calle de por medio. LINDERO SUR: Cuarenta y cuatro punto cero ocho metros, linda con José Ricardo Coreas, cerco vivo de por medio. LINDERO PONIENTE: Cincuenta y dos punto treinta y uno metros, linda con Carlos Robles, cerco vivo y quebrada de por medio. No está en proindivisión y no es predio dominante ni sirviente, y lo adquirió por venta que le hiciera el señor Alcides Jiménez, cuya posesión la ejerce desde hace más de trece años. Todos los colindantes viven en el municipio de Chinameca, y está valorado en la cantidad de: DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, lo que pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.
Jucuapa, Departamento de Usulután, once de junio de dos mil catorce.-
LEONEL LAINEZ DURÁN,
NOTARIO.
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ALICIA JEANNETTE ALVARENGA HERNANDEZ, JUEZA
PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE, DE SAN
FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZÁN.
HACE SABER: Que a este Juzgado, se ha presentado el Licen-
ciado VICTOR MANUEL ARGUETA RIVAS, en su carácter de
Apoderado General Judicial del señor JOSE ROGELIO ESCOLERO
PEREZ, solicitando TÍTULO SUPLETORIO de DOS INMUEBLES
DE naturaleza RÚSTICA, situado en el Cantón Maiguera, Caserío Los
Llanitos, de la jurisdicción de Guatajiagua, Departamento de Morazán;
siendo el primero de la capacidad superfi cial de TRECE MIL CUA-
TROCIENTOS CUARENTA PUNTO VEINTISÉIS METROS CUA-
DRADOS, equivalentes a UNA MANZANA NUEVE MIL DOSCIEN-
TOS TREINTA PUNTO SETENTA VARAS CUADRADAS; de las
medidas y linderos siguientes: AL NORTE: partiendo del vértice Nor
Poniente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y
distancias: TRAMO UNO, Sur sesenta y cinco grados veinticinco mi-
nutos, treinta y ocho segundos este con una distancia de cuarenta y
cuatro punto ochenta metros; colindando con ROLANDO VELIS, con
cerco de púas de por medio; TRAMO DOS, Sur sesenta y cuatro grados,
cincuenta y nueve minutos cero seis segundos Este con una distancia de
ochenta y nueve punto ochenta metros; colinda con MARIA OLINDA
RIVAS, con cerco de púas de por medio; LINDERO ORIENTE: par-
tiendo del vértice Nor oriente está formado por ocho tramos con los
siguientes rumbos y distancias: TRAMO UNO, Sur veintinueve grados
cero siete minutos cero tres segundos Oeste con una distancia de vein-
ticuatro punto noventa y cinco metros; TRAMO DOS, Sur sesenta y
cinco grados cuarenta y nueve minutos treinta segundos Este con una
distancia de veinte punto doce metros; colindando con Alcaldía Muni-
cipal de Guatajiagua; con muro de piedra y malla ciclón del colindante
de por medio; TRAMO TRES, Sur cuarenta y dos grados veintitrés
minutos cero cero segundos Oeste con una distancia de seis punto die-
cisiete metros; TRAMO CUATRO, Sur cuarenta y siete grados treinta
y seis minutos veinticuatro segundos oeste con una distancia de ocho
punto cuarenta y un metros; TRAMO CINCO, Sur cuarenta y cuatro
grados quince minutos y seis segundos oeste con una distancia de nue-
ve punto cero tres metros; TRAMO SEIS; Sur cincuenta y tres grados
cero un minuto cero un segundo Oeste con una distancia de seis punto
setenta y cuatro metros; TRAMO SIETE, Sur sesenta y un grados vein-
tiséis minutos diez segundos Oeste con una distancia de nueve punto
trece metros; TRAMO OCHO, Sur sesenta y nueve grados cero cuatro
minutos veintidós segundos Oeste con un a distancia de ocho punto
cincuenta y nueve metros; colindando con ANA GIL PEREZ, con Calle
Nacional de por medio; LINDERO SUR, partiendo del vértice Sur
Oriente está formado por ocho tramos con los siguientes rumbos y
distancias: TRAMO UNO, Sur sesenta y cuatro grados treinta y siete
minutos cuarenta y ocho segundos Oeste con una distancia de once
punto quince metros; TRAMO DOS, Sur ochenta grados cero ocho
minutos cincuenta y nueve segundos Oeste con una distancia de nueve
punto treinta y ocho metros; TRAMO TRES, Sur ochenta y seis grados
treinta y ocho minutos veinticuatro segundos Oeste con una distancia
de once punto sesenta y ocho metros; TRAMO CUATRO, Norte ochen-
ta y ocho grados diecisiete minutos once segundos Oeste con una dis-
tancia de diecisiete punto cuarenta y dos metros; TRAMO CINCO,
Norte ochenta y cuatro grados quince minutos veintidós segundos Oes-
te con una distancia de treinta punto cuarenta y nueve metros; TRAMOS
SEIS, Norte ochenta grados cincuenta y dos minutos cuarenta y tres
segundos Oeste con una distancia de sesenta punto veintiún metros;
TRAMO SIETE, Norte sesenta y un grados treinta y seis minutos vein-
tinueve segundos Oeste con una distancia de cuatro punto catorce metros;
TRAMO OCHO, Norte veinticuatro grados cuarenta y seis minutos
veintiún segundos Oeste con una distancia de dos punto veintiséis metros;
colindando con SUCESION DE BAUDILIO LOPEZ, con Calle Nacio-
nal de por medio. LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur
Poniente está formado por nueve tramos con los siguientes rumbos y
distancias: TRAMO UNO, Norte quince grados cincuenta y dos minu-
tos treinta y ocho segundos Este con una distancia de uno punto trece
metros; TRAMOS DOS, Norte veintinueve grados cincuenta y nueve
minutos cero seis segundos Este con una distancia de catorce punto
noventa y tres metros; TRAMOS TRES, Norte treinta y un grados
cuarenta y un minutos treinta y un segundos Este con una distancia de
catorce punto cero ocho metros; colindando con MERCEDES COCA,
con Calle Nacional de por medio; TRAMO CUATRO, Norte treinta y
ocho grados dieciséis minutos veintiún segundos Este con una Distancia
de catorce punto cincuenta y cuatro metros; colindando con FERMIN
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COCA, con Calle Nacional de por medio; TRAMO CINCO, Norte
veintiocho grados catorce minutos once segundos Este con una distancia
de doce punto veintiún metros; TRAMO SEIS, Norte diecisiete grados
cincuenta y seis minutos once segundos este con una distancia de die-
cinueve punto veinticinco metros; TRAMO SIETE, Norte diecinueve
grados con cero nueve minutos treinta y dos segundos Este con una
distancia de dieciséis punto ochenta y nueve metros; TRAMO OCHO,
Norte treinta y cuatro grados once minutos diez segundos Este con una
distancia de cinco punto once metros; TRAMO NUEVE, Norte veintio-
cho grados cuarenta y cuatro minutos cincuenta y nueve segundos Este
con una distancia de dieciocho punto cincuenta y cuatro metros; colin-
dando con JOSE ROGEKLIO ESCOLERO FUENTES, con Calle Na-
cional de por medio. Así se llega al vértice Nor Poniente, que es el
punto donde se inicio esta descripción. El segundo inmueble denomi-
nado PARCELA DOS, propiedad de JOSE ROGELIO ESCOLERO
FUENTES; UBICADO en Cantón Maiguera, Caserío Los Llanitos,
jurisdicción de Guatajiagua, Departamento de Morazán, con una exten-
sión superfi cial de TRECE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA
PUNTO SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS EQUIVALEN-
TES A UNA MANZANA NUEVE MIL TRESCIENTOS DOS PUNTO
OCHENTA Y TRES VARAS CUADRADAS, LINDERO NORTE:
Partiendo del vértice Nor poniente está formado por cinco tramos con
los siguientes rumbos y distancias: TRAMO UNO, Sur sesenta y siete
grados cuarenta y tres minutos veintiséis segundos Este con una distan-
cia de treinta y dos punto ochenta metros; TRAMO DOS, Sur sesenta
y seis grados cuarenta y seis minutos treinta y cuatro segundos Este con
una distancia de catorce punto ochenta y tres metros; TRAMO TRES,
Sur sesenta y ocho grados treinta y seis minutos diecisiete segundos Este
con una distancia de veintisiete punto cincuenta y seis metros; TRAMO
CUATRO, Sur sesenta y siete grados treinta y cinco minutos veinticua-
tro segundos Este con una distancia de veintiún punto cero nueve metros;
TRAMO CINCO, Sur sesenta y ocho grados cincuenta y seis minutos
quince segundos Este con una distancia de cuarenta y un punto ochenta
y nueve metros; colindando con sucesión de EFRAIN ESCOLERO, con
cerco de púas de por medio. LINDERO ORIENTE: partiendo del vér-
tice Nor Oriente está formado por ocho tramos con los siguientes
rumbos y distancias: TRAMO UNO, Sur diez grados cincuenta y siete
minutos cincuenta y dos segundos Oeste con una distancia de diez
punto sesenta y cinco metros; TRAMO DOS, Sur cero ocho grados
treinta y tres minutos cincuenta y cuatro segundos Oeste con una dis-
tancia de diez punto ochenta y ocho metros; TRAMO TRES, Sur cero
cinco grados veintiocho minutos treinta y seis segundos Oeste con una
distancia de doce punto sesenta y nueve metros; TRAMO CUATRO,
Sur cero cuatro treinta y un minutos cuarenta y siete segundos Este con
una distancia de seis punto cincuenta y siete metros, colindando con
ROLANDO VELIS, con Calle Nacional de por medio; TRAMO CINCO,
Sur catorce grados cero tres minutos cincuenta y nueve segundos Oeste
con una distancia de veinte punto cincuenta y dos metros; TRAMO
SEIS, Sur dieciocho grados treinta y ocho minutos cincuenta y un se-
gundos Oeste con una distancia de diecisiete punto noventa y un metros
; TRAMO SIETE, Sur once grados treinta y un minutos cero cuatro
segundos Oeste con una distancia de veinticinco punto cincuenta y tres
metros; TRAMO OCHO, Sur veinte grados diez minutos trece segundos
Oeste con una distancia de ocho punto sesenta y siete metros; colindan-
do con JOSÉ ROGELIO ESCOLERO FUENTES, con Calle Nacional
de por medio, LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur Oriente está
formado por once tramos con los siguientes rumbos y distancias: TRA-
MO UNO, Norte sesenta y ocho grados veintiún minutos cuarenta y
cinco segundos Oeste con una distancia de ocho punto sesenta y cuatro;
TRAMO DOS, Norte sesenta y dos grados cincuenta y un minutos
cincuenta y nueve segundos Oeste con una distancia de siete punto
diecinueve metros; TRAMO TRES, Norte cincuenta grados treinta y un
minutos cuarenta y cinco segundos Oeste con un a distancia de cinco
punto sesenta y un metros; TRAMO CUATRO, Norte sesenta y cuatro
grados veintisiete minutos treinta y tres segundos Oeste con una distan-
cia de siete punto treinta y un metros colindando con FERMIN COCA,
con quebrada de invierno de por medio; TRAMO CINCO, Norte cin-
cuenta y siete grados once minutos quince segundos Oeste con una
distancia de seis punto noventa metros; TRAMOS SEIS, Norte cincuen-
ta y cuatro grados cincuenta y dos minutos veintiocho segundos Oeste
con una distancia de diecisiete punto treinta y cuatro metros; TRAMO
SIETE, Norte sesenta y nueve grados catorce minutos treinta y cuatro
segundo Oeste con una distancia de seis punto catorce metros; TRAMO
OCHO, Sur setenta y seis grados cero nueve minutos dieciocho segun-
dos Oeste con una distancia de seis punto veintiocho metros; TRAMO
NUEVE, Sur cuarenta grados cuarenta y seis minutos cuarenta y cinco
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segundos Oeste con una distancia de cinco punto cincuenta y un metros;
TRAMO DIEZ, Sur veintisiete grados veinticuatro minutos quince se-
gundos Oeste con una distancia de ocho punto sesenta y cinco metros;
colindando con ANA ETELVINA PEREZ COCA, con quebrada de
invierno de por medio; TRAMO ONCE, Sur ochenta y dos grados cero
cero minutos cero dos segundos Oeste con una distancia de siete punto
treinta y siete metros; colindando con JULIANA PEREZ, con cerco de
púas de por medio. LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice Sur
Poniente está formado por nueve tramos con los siguientes rumbos y
distancias: TRAMO UNO, Norte cuarenta y cuatro grados cero cuatro
minutos cuarenta y cinco segundos Oeste con una distancia de siete
punto sesenta y siete metros; TRAMO DOS, Norte veintinueve grados
cero cuatro minutos treinta y cinco segundos Oeste con una distancia
de diez punto sesenta y dos metros; TRAMO TRES, Norte doce grados
cincuenta y ocho minutos trece segundos Oeste con una distancia de
treinta punto cuarenta y un metros; TRAMO CUATRO, Norte veinte
grados treinta y un minutos treinta y cinco segundos Oeste con una dis-
tancia de diecinueve punto veinticuatro metros; TRAMO CINCO,
Norte cero siete grados veintisiete minutos cero un segundo Oeste con
una distancia de dieciséis punto veinticinco metros; TRAMO SEIS,
Norte veinticuatro grados veinticinco minutos cero siete segundos
Oeste con una distancia de trece punto cuarenta y cuatro metros; TRAMO
SIETE; Norte veinticinco grados cero siete minutos trece segundos
Oeste con una distancia de quince punto sesenta y ocho metros; TRAMO
OCHO, Norte cero cinco grados diez minutos cero siete segundos Este
con una distancia de treinta y cuatro punto veintisiete metros; TRAMO
NUEVE, Norte dieciséis grados veintisiete minutos treinta segundos
Este con una distancia de ocho punto cuarenta metros; colindando con
JULIANA PEREZ, con cerco de púas de por medio; Así se llegó al
vértice Nor Poniente, que es el punto donde se inicio esta descripción.
Los cuales valúa en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CADA UNO. Dichos inmuebles
los adquirió EL PRIMERO por Compraventa de Posesión Material y
EL SEGUNDO por COMPRA VERBAL que le hizo la señora
GUILLERMINA FUENTES, conocida por GUILLERMA FUEN-
TES.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera,
a las quince horas y veinticinco minutos del día veintiséis de marzo
de dos mil catorce. LICDA. ALICIA JEANNETTE ALVARENGA
HERNANDEZ, JUEZA 1°. DE 1a. INSTANCIA SUPLENTE. LIC.
YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012995-3
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos
de Ley.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
SANTOS EVELE GARCIA GUEVARA, como Apoderado General
Judicial de la señorita CRUZ ELISETH RAMIREZ RAMIREZ, a
solicitar a favor de ésta TÍTULO SUPLETORIO, sobre un terreno
de naturaleza rústica, situado en el Cantón Agua Zarca, jurisdicción
de Osicala, Departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial
de QUINIENTOS CINCO PUNTO SETENTA Y OCHO METROS
CUADRADOS, que mide y linda al ORIENTE, está formado por tres
tramos: Uno: de Mojón uno a mojón dos cuatro punto setenta y ocho
metros; Tramo Dos: de mojón dos a mojón tres diez punto quince
metros; Tramo Tres: de mojón tres a mojón cuatro siete punto sesenta
y un metros colindando con Felipe Claros Mojano y Sebastián Claros
Majano, con cerca de alambre de púas de por medio; al NORTE, está
formado por un tramo, de mojón nueve a mojón uno diecinueve punto
cincuenta y cinco metros colindando con María Lidia Membreño cerco
de alambre y púas de por medio; al PONIENTE, está formado por cua-
tro tramos: Tramo Uno: de mojón cinco a mojón seis de cuatro punto
sesenta metros; Tramo dos: de mojón seis a mojón siete, catorce punto
setenta y cuatro metros; Tramo Tres, de mojón siete a mojón ocho con
una distancia de ocho punto cero dos metros; Tramo Cuatro, de mojón
ocho a mojón nueve con una distancia de nueve punto ochenta y nueve
metros; colindando con Felícita Domínguez y Leónidas Díaz, cerca
de alambre y púas de por medio; al SUR, está formado un tramo, de
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mojón cuatro a mojón cinco con una distancia de treinta y cuatro punto
cincuenta y seis metros, colindando con Elmer Antonio Domínguez
Majano, cerca de alambre de púas de por medio, hasta llegar donde se
comenzó a hacer la descripción. El mencionado inmueble lo valora en la
cantidad de QUINCE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA; y lo adquirió por compraventa de la posesión material por
Escrituras Públicas, le efectuó el señor GUADALUPE MARADIAGA
LOVO.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, Morazán; a las ocho horas y veinticinco minutos del día dieci-
séis de junio de dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN
URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA
ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013096-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
FRANCISCO JAVIER GÓMEZ COLOCHO, en su calidad de Apoderado
General Judicial con Cláusula Especial de los señores JOSE ALCIDES
RODRIGUEZ PORTILLO y MORENA LUZ DERAS ELÍAS, solici-
tando Título Supletorio de un terreno de naturaleza rústico, situado en
Caserío Loma de Frío, del Cantón San Antonio, Jurisdicción de San Juan
Opico, Departamento de La Libertad, marcado catastralmente como
parcela número doscientos setenta y dos, del mapa o sector Catastral
CERO QUINIENTOS QUINCE R CERO NUEVE, de una extensión
superfi cial de SEISCIENTOS ONCE PUNTO CERO CIENTO OCHEN-
TA Y CINCO METROS CUADRADOS, de los linderos y colindantes
siguientes: AL NORTE colinda con Úrsula del Rosario Pineda Viuda
de Deras, calle de por medio y María Marta López Monge, calle de por
medio.- AL ORIENTE, colinda con Ana Etelia Rodas Hércules y Vilma
Cecilia Rodas de Iraheta.- AL SUR, colinda con Ancelmo Guerrero
Parada, pasaje sin número de por medio, y Delia Hércules, pasaje sin
número de por medio.- y AL PONIENTE, Aurelio Granados Palacios,
pasaje sin número de por medio.- Que dicho inmueble lo adquirieron
por compra de forma verbal que les hicieron al señor JUAN AMILCAR
ESCALANTE AGUILAR, y el antes mencionado no poseía ningún tipo
de documento que le amparara el dominio sobre el inmueble antes citado,
y en consecuencia no se encuentra inscrito, ni es inscribible por carecer
de antecedente debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad
respectivo, y que poseen en forma quieta, e ininterrumpida el inmueble
antes descrito, asimismo se encuentra en proindivisión únicamente entre
los solicitantes de dichas diligencias en la actualidad, no es dominante,
ni sirviente, y no tiene cargas reales que deban respetarse y el valor
lo estiman en la suma de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Juan Opico, a
los cinco días del mes de junio del año dos mil catorce. LIC. DAVID
AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013127-3
TÍTULO DE DOMINIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado
JOSE ERNESTO CHICAS VIGIL, en carácter de Apoderado General
Judicial con Cláusula Especial de la señora MATILDE MARQUEZ
GUTIERREZ, de setenta y un años de edad, de ofi cios domésticos, del
domicilio de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, con
Documento Único de Identidad número: Cero uno uno cinco ocho cero
cero uno - tres y con número de Identifi cación Tributaria: Uno tres dos
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cuatro - uno cuatro cero tres cuatro dos - uno cero uno - cero; solicitando
Título de Dominio o Propiedad a favor de su mandante, sobre un terreno
de naturaleza Urbana, situado en Colonia La Paz, de esta población de
San Francisco Gotera, que según documento en mención es de la
capacidad superfi cial de CIENTO NOVENTA PUNTO TRES METROS
CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE,
mide veinte metros lindando con terreno de Andrés Flores, muro de
ladrillo de por medio propio de la compradora; AL SUR, mide nueve
punto cincuenta metros lindando con Paulina Romero, pared de ladrillo
de por medio; AL PONIENTE, mide veinte metros, linda con Fabio Ortiz,
calle de por medio; y AL NORTE, mide nueve punto cincuenta metros
lindando con Leocadio Argueta, pared de blocke de por medio; en dicho
inmueble existe una casa, techo de tejas, paredes de blocke, piso de ladrillo
construida a expensas de la compradora. Inmueble que se valora en la
cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA. El cual obtuvo por compraventa de posesión material que
le hiciera el señor RICARDO ARTURO MELENDEZ MACAY. En el
inmueble existe construida una casa piso de ladrillo, paredes de ladrillo,
techo de tejas, con servicios de Agua Potable y Energía Eléctrica.
Los colindantes son todos de este domicilio por lo que se avisa al
público para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de San Francisco Gotera, Departamento de
Morazán, a los nueve días del mes de junio del año dos mil catorce.
CARLOS CALIXTO HERNANDEZ GOMEZ, ALCALDE MUNICI-
PAL. DORE SANTIAGO GONZALEZ GUZMAN, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013098-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE MEANGUERA
DEL GOLFO.
AVISA: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado NILSON
ADEMIR VALDEZ GRANDE, en calidad de Apoderado de los señores
EDUARDO ARNOLDO OSORIO ZELAYA y ANA AUXILIADORA
CANALES OSORIO, solicitando a favor de sus poderdantes TÍTULO
DE DOMINIO, de un terreno de naturaleza urbana situado en el Barrio
El Ángel, jurisdicción de Meanguera del Golfo, departamento de La
Unión, según folio veintisiete y veintiocho de libro de solicitudes de
Títulos de Propiedad y Dominio de predios Urbanos del año dos mil
catorce. Solicitud número catorce, a las nueve horas con diez minutos
del día veintiocho de abril del año dos mil catorce; de la extensión
superfi cial de TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE PUNTO CERO
DOS METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL PONIENTE:
Mide nueve punto cuarenta y cuatro metros, linda con los señores Ismael
Osorio y Vicenta Reyes; AL NORTE: veintidós punto setenta y cinco
metros, linda con el señor Sergio Rivas; AL ORIENTE: veintidós punto
treinta y cinco metros, linda con el señor Genaro Grande ya fallecido;
y AL SUR: diecinueve punto ochenta y seis metros, linda con la señora
Suyapa Auxiliadora Osorio, y resto del terreno con servidumbre de
por medio: En el inmueble antes descrito existe construida una casa de
sistema mixto. Dicho inmueble no es dominante, ni sirviente, no tiene
cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión
con nadie, y lo adquieron por compraventa de posesión material que le
hicieron a la señora MARIA ELENA OSORIO, en el año de dos mil
doce, posesión que los solicitantes manifi estan haber ejercido en forma
quieta, pacífi ca, pública e interrumpidamente; y por más de diez años
consecutivos y valoran este inmueble en la cantidad de DIEZ MIL
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Se avisa al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: Meanguera del Golfo, Departamento de La
Unión, a los veinte días del mes de junio de dos mil catorce. LIC. LUIS
ANTONIO DHEMING, ALCALDE MUNICIPAL. LICDA. MARTHA
LIDIA FLORES ARANA, SECRETARIA MUNICIPAL.
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151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014. RENOVACIÓN DE MARCAS
No. de Expediente: 2001013512
No. de Presentación: 20120166402
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ALE-JANDRO NASRI SACA MELENDEZ, mayor de edad, MÉDICO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPARTAMENTO DE LA LI-BERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODE-RADO de IGNEA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IGNEA, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00190 del Libro 00155 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión IQ ANTIANÉMICO, en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002713-3
No. de Expediente: 2001013508
No. de Presentación: 20120166400
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ALE-JANDRO NASRI SACA MELENDEZ, mayor de edad, MÉDICO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de IGNEA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IGNEA, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00159 del Libro 00155 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión IQ ENERGIZANTE en letras mayúsculas ubicadas de izquierda a derecha; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002714-3
No. de Expediente: 2001013514
No. de Presentación: 20120166398
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ALE-JANDRO NASRI SACA MELENDEZ, mayor de edad, MÉDICO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de IGNEA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IGNEA, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENO-VACIÓN, para la inscripción Número 00160 del Libro 00155 de INS-CRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión IQ CEREBRAL en letras mayúsculas ubicadas de izquierda a derecha; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002715-3
No. de Expediente: 2002023761
No. de Presentación: 20140194979
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado KELLY BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-DERADO de NOVARTIS AG, del domicilio de 4002 Basilea, Suiza, de
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nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00227 del Libro 00181 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra ASUNRA en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil catorce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002730-3
No. de Expediente: 2002021894
No. de Presentación: 20140194828
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ESSILOR INTERNATIONAL (COMPAGNIE GENERALE D'OPTIQUE), del domicilio de 147 rue de París, 94220 Charenton Le Pont, Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00054 del Libro 00181 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las palabras DUAL ADD; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil catorce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013035-3
No. de Expediente: 2000009019
No. de Presentación: 20140195243
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO ANTONIO BERNABE RODEZNO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CENTRAL AMERICAN BRANDS INC., del domicilio de UGLAND HOUSE, APARTADO TRESCIENTOS NUEVE, GEORGE TOWN, GRAND CAYMAN, ISLAS CAYMAN, de nacionalidad BRITANICA, soli-citando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00128 del Libro 00176 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LA PALABRA POLYAGRO, ESCRITA EN LETRAS MAYÚSCULAS, CORRIEN-TES Y DE MOLDE, SIN DISEÑO ESPECIAL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil catorce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013064-3
No. de Expediente: 2002022784
No. de Presentación: 20130190119
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de FÁBRICA MOLINERA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FÁBRICA MOLINERA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00205 del libro 00177 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, con-sistente en las palabras del COMAL y diseño; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
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153DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil catorce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013081-3
MARCA DE FÁBRICA
No. de Expediente: 2012120926
No. de Presentación: 20120172989
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CARLOS MAURICIO GUZMAN SEGOVIA, en su calidad de APODERADO de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO.
Consistente en: las palabras La Rioja EMBUTIDOS PREMIUM y diseño. Se traduce al castellano la palabra premium como: calidad, que servirá para: AMPARAR: EMBUTIDOS DIVERSOS, SALCHICHAS, JAMÓN, MORTADELA, CHORIZO Y TODO TIPO DE EMBUTIDOS, CARNES, PESCADO, AVES Y CAZA, EXTRACTOS DE CARNE, FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y COCIDAS, JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS, HUEVOS, LECHE Y PRO-DUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil trece.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013077-3
No. de Expediente: 2012120925
No. de Presentación: 20120172988
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CARLOS MAURICIO GUZMAN SEGOVIA, en su calidad de APODERADO de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO.
Consistente en: la palabra La Rioja EMBUTIDOS PREMIUM y diseño. Se traduce al castellano la palabra premium como: calidad, que servirá para: AMPARAR: EMBUTIDOS DIVERSOS, SALCHICHAS, JAMÓN, MORTADELA, CHORIZO Y TODO TIPO DE EMBUTIDOS, CARNES, PESCADO, AVES Y CAZA, EXTRACTOS DE CARNE, FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y COCIDAS, JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS, HUEVOS, LECHE Y PRO-DUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de septiembre del año dos mil trece.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013080-3
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2014135140
No. de Presentación: 20140200519
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE GE-
RARDO FLORES GUANDIQUE, en su calidad de REPRESENTANTE
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LEGAL de GRG, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRG, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.
Consistente en: las palabras OFTALMO & PLÁSTICO CENTRO DE OFTALMOLOGÍA Y CIRUGÍA PLÁSTICA y diseño, que ser-virá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A: SERVICIOS MÉDICOS OFTALMOLÓGICOS, DE CIRUGÍA PLÁSTICA, ASÍ COMO EL ARRENDAMIENTO DE LOCALES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de mayo del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZÁLEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002728-3
No. de Expediente: 2014134285
No. de Presentación: 20140198265
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MELVA LILIANA SERRANO DE SANDOVAL, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.
Consistente en: la palabra PRESTOCASH y diseño, que al idioma castellano se traduce como préstamo de dinero, que servirá para: INDEN-TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A: PRÉSTAMO DE DINERO.
La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de marzo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002768-3
No. de Expediente: 2014134055
No. de Presentación: 20140197824
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE
ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO
de BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA que
se abrevia: BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-
CIAL.
Consistente en: las palabras BAC FINANCIAL NETWORK, que
se traducen al castellano como Red Financiera Bac, que servirá para:
IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO
A PRESTAR SERVICIOS BANCARIOS Y FINANCIEROS.
La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciséis de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002792-3
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155DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
No. de Expediente: 2003031326
No. de Presentación: 20030035662
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE
ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD
ANONIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL S.A.,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL.
Consistente en: las palabras BAC El Salvador y diseño, que servirá
para: ESTABLECIMIENTOS FINANCIEROS PROPIEDAD DE MI
REPRESENTADA CONOCIDOS COMO AGENCIAS BANCARIAS Y
FINANCIERAS, DEDICADOS A LA PRESTACION DE TODO TIPO
DE SERVICIO EN OPERACIONES BANCARIAS Y FINANCIERAS,
SITUADO EN LA 55 AVENIDA SUR, CONDOMINIO CENTRO
ROOSEVELT, DE ESTA CIUDAD.
La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil
tres.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de mayo del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002793-3
No. de Expediente: 2014134047
No. de Presentación: 20140197816
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE
ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANO-
NIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL.
Consistente en: las palabras BAC CORP SECURITIES, se traduce
al castellano como: Corporación de custodia de valores Bac, que servirá
para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL QUE
SE DEDICARA A PRESTAR SERVICIOS BANCARIOS, FINANCIE-
ROS Y DE CUSTODIA DE VALORES.
La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de abril del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002795-3
No. de Expediente: 2014133599
No. de Presentación: 20140197029
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS
VASQUEZ LOPEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de
PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.
Consistente en: la frase Instituto de Formación Teoría y Praxis,
INFOTYP y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRE-
SA DEDICADA A SERVICIOS DE EDUCACION Y CAPACITA-
CION.
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La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dos de abril del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012943-3
No. de Expediente: 2014132695
No. de Presentación: 20140195154
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERA-
DO de UNION COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: UNICOMER
DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., UNICOMER, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL.
LOCO LUIS
Consistente en: la frase LOCO LUIS, que servirá para: IDENTIFI-
CAR ESTABLECIMIENTOS DEDICADOS A LA DISTRIBUCION Y
VENTA AL DETALLE DE PRODUCTOS ELECTRODOMESTICOS,
TALES COMO REFRIGERADORAS, COCINAS, LAVADORAS,
ENSERES ELECTRICOS Y NO ELECTRICOS PARA EL HOGAR,
RADIOS, TELEVISORES, APARATOS REPRODUCTORES DE
SONIDO Y AUDIO, COMPUTADORAS, GRABADORAS, CD'S,
MUEBLES; ASI COMO LA PRESTACION DE SERVICIOS DE
SEGUROS, FINANCIEROS, MONETARIOS Y CREDITICIOS, DE
REPARACION E INSTALACION.
La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de marzo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012954-3
No. de Expediente: 2014132888
No. de Presentación: 20140195559
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERIK
EDGARDO LARIOS ROMANO, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL.
Consistente en: la palabra FACINI y diseño, que servirá para:
IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A COMPRA VENTA
DE RELOJERIA Y JOYERIA.
La solicitud fue presentada el día veinte de enero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de febrero del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012988-3
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157DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
No. de Expediente: 2014135420
No. de Presentación: 20140201234
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MOISES
JACOBO HASBUN SACA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL.
Consistente en: la palabra BURRICO y diseño, que servirá para:
IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A: PRO-
DUCCION Y VENTA DE ALIMENTOS PARA EL CONSUMO
HUMANO.
La solicitud fue presentada el día doce de mayo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de mayo del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZÁLEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013085-3
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2014134729
No. de Presentación: 20140199551
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ALE-
JANDRO NASRI SACA MELENDEZ, en su calidad de REPRESEN-
TANTE LEGAL de IGNEA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: IGNEA, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL
DE PUBLICIDAD COMERCIAL.
EXCELENCIA EN LA DIGESTION
Consistente en: la expresión EXCELENCIA EN LA DIGESTION.
Las Marcas a la que hacen referencia la presente expresión o señal de
publicidad comercial son IQ ENERGIZANTE, inscrita bajo el número
159 del libro 155; IQ ANTIANEMICO, inscrita al número 190 del libro
155; IQ CEREBRAL, inscrita al número 160 del libro 155; AEROBIC,
inscrita al número 153 del libro 102; NEOBACINA, inscrita al número
228 del libro 167; ORALDEX, inscrita al número 85 del libro 183;
TOSIMIEL inscrita al número 96 del libro 101, todas de inscripción de
marcas, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO
CONSUMIDOR SOBRE LOS PRODUCTOS FARMACÉUTICOS.
La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
seis de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002716-3
No. de Expediente: 2014134730
No. de Presentación: 20140199552
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ALE-
JANDRO NASRI SACA MELENDEZ, en su calidad de REPRESEN-
TANTE LEGAL de IGNEA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: IGNEA, S.A. DE C.V., de nacionalidad
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158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL
DE PUBLICIDAD COMERCIAL.
DIGESTION PERFECTA
Consistente en: las palabras DIGESTION PERFECTA, que servirá
para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR
SOBRE PRODUCTOS FARMACEUTICOS.
La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de mayo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002720-3
No. de Expediente: 2014134728
No. de Presentación: 20140199550
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ALE-
JANDRO NASRI SACA MELENDEZ, en su calidad de REPRESEN-
TANTE LEGAL de IGNEA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: IGNEA, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL
DE PUBLICIDAD COMERCIAL.
PERFECCION EN LA DIGESTION
Consistente en: la expresión PERFECCION EN LA DIGESTION.
Las marcas a las que hace referencia la presente expresión o señal de
publicidad comercial son IQ ENERGIZANTE, inscrita al Número 00159
del libro 00155; IQ ANTIANEMICO inscrita al Número 00190 del libro
00155; IQ CEREBRAL inscrita al Número 00160 del libro 00155; AE-
ROBIC inscrita al Número 00153 del libro 00102; NEOBACINA inscrita
al Número 00228 del libro 00167; ORALDEX inscrita al Número 00085
del libro 00183; TOSIMEL inscrita al Número 00096 del libro 00101 de
Marcas, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO
CONSUMIDOR SOBRE: PRODUCTOS FARMACEUTICOS.
La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de mayo del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002721-3
CONVOCATORIAS
La Junta Directiva de la sociedad COLEGIO GARCIA FLAMENCO,
S.A. DE C.V., por medio del suscrito Presidente, convoca a los accio-
nistas para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas, que se
celebrará el día veinticuatro de julio del corriente año, de las diez horas
en adelante, en las instalaciones del Colegio "GARCIA FLAMENCO",
ubicadas en Final 57 Avenida Norte, Colonia Miramonte, conforme la
siguiente agenda:
I- Comprobación del quórum y fi rma del acta respectiva.
II- Lectura del acta anterior.
III- Informe sobre el resultado de la Asamblea General de Padres
de Familia, que conoció sobre el proyecto justifi cativo para
incremento del monto de colegiaturas de los años 2015 y
2016; sus consecuencias y tomar decisiones al respecto.
Para instalar legalmente la Junta se necesita que estén presentes o
representadas por lo menos la mitad más una de las acciones que integran
el capital de la Sociedad y para tomar resoluciones válidas se requiere
la mayoría de votos de las acciones presentes o representadas.
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159DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
Si no hubiere quórum en la primera fecha antes mencionada, se
convoca para el día veinticinco de julio del año en curso, en el mismo
lugar y hora, estableciéndose la Junta con cualquier número de socios
que asistan o que estén debidamente representados y los acuerdos se
tomarán por mayoría de votos presentes o representados.
San Salvador, 25 de junio de 2014.
ING. M. GUILLERMO NOVOA YÚDICE,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C002778-3
SUBASTA PÚBLICA
JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las diez
horas de esta fecha, en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por el Licen-
ciado Luis Mario Martínez Recinos, y continuado por su representante
procesal Licenciada SANDRA GUADALUPE VALIENTE AREVALO,
en contra del señor VICTOR ARMANDO TEJADA MENDEZ, se ha
ordenado vender en pública subasta en el mejor postor, UN INMUEBLE
de naturaleza urbano, ubicado en agrupación CUARENTA Y OCHO,
Lote Número NUEVE, Pasaje TRECE, IVU, Los cuarenta y cuatro;
que mide y linda; LADO CERO UNO; NORTE: Dieciséis punto cero
cero metros; SUR: Dieciséis punto cero cero metros; ORIENTE: Seis
punto cero cero metros; PONIENTE: Seis punto cero metros; de una
extensión superfi cial de NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS
DE EXTENSIÓN SUPERFICIAL. El cual se encuentra inscrito a favor
de VICTOR ARMANDO TEJADA MENDEZ bajo la MATRICULA
DOS CERO CERO UNO CINCO UNO CUATRO TRES - CERO
CERO CERO CERO CERO, del Sistema de Folio Real Automatizado
del Centro Nacional de Registros de la Primera Sección de Occidente,
Santa Ana.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las diez
horas quince minutos del día siete de marzo del año dos mil catorce. LIC.
JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. LIC. HUGO ALCIDES MARTINEZ SANTILLANA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012890-3
LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, Juez de lo Civil
del Distrito Judicial de Soyapango.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil clasifi cado al
NUE: 0635509CMEJC01-C01 promovido por la Abogada Dinora Alicia
Larios Landaverde, en carácter de apoderada del Banco Citibank de El
Salvador, que se abrevia Citibank de El Salvador, S.A., Banco Citi de
El Salvador, S.A., o simplemente Banco Citi, S.A., antes denominado
Banco Cuscatlán de El Salvador Sociedad Anónima, contra la señora
Martha Evelyn Arbizú de Coreas conocida por Martha Evelyn Arbizú
Guadrón, se ha ordenado vender en pública subasta el inmueble que se
ha embargado en el relacionado juicio; venta que en fecha oportuna se
señalará en este Tribunal, el cual se describe a continuación: inmueble
de naturaleza urbana situado en Condominio Residencial Las Brisas,
apartamento número QUINCE primer nivel, Edifi cio "B", Colonia San
José, jurisdicción de Soyapango, del Departamento de San Salvador,
con una extensión superfi cial de CINCUENTA PUNTO NOVENTA Y
CINCO METROS CUADRADOS, con un área construida de TREINTA
Y CUATRO PUNTO SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS
correspondientes al volumen de ciento veintidós punto veintiocho metros
cúbicos, que mide "AL NORTE, tres tramos, el primero de tres punto
cero cero metros, el segundo de uno punto cero cero metros, y el tercero
de tres punto cero cero metros, linda con pasaje peatonal, AL ORIENTE:
ocho punto ocho metros, linda con apartamento número diecisiete del
mismo condominio; AL SUR, seis punto cero cero metros, linda con
acceso al estacionamiento; AL PONIENTE, siete punto ochenta y tres
metros, linda con apartamento número trece del mismo condominio" y
es propiedad de la señora Martha Evelyn Arbizú de Coreas conocida
por Martha Evelyn Arbizú Guadrón, inscrito bajo la matrícula número
60017231- A0008 del Registro Social de Inmuebles, Departamento de
San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las nueve horas
con veinte minutos del día diecinueve de mayo de dos mil catorce. EN-
MENDADO. SESENTA. VALE. LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA
RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. MARÍA ESTELA SORIANO
NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013144-3
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160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS
AVISO
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.
COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Km. 10, Carretera
a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE
DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 007p1a000590420, solicitando la
reposición de dicho CERTIFICADO por TRECE MIL QUINIENTOS
00/100 (US$13,500.00).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
SAN MIGUEL, Viernes 20 de junio de 2014.
LIC. DAVID ALEXANDER VILLALOBOS,
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA
AGENCIA SAN MIGUEL.
3 v. alt. No. F012942-3
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia SAN MIGUEL, se ha presentado
el propietario del Certifi cado No. 574541 del Depósito a Plazo Fijo
emitido el 07 de agosto de 2012, a 360 días prorrogables, solicitando la
Reposición de dicho Certifi cado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de Reposición del Certifi cado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la Reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 24 de junio de 2014.
LICDA. ANA LUISA MURILLO DE CHILE,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
3 v. alt. No. F013052-3
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia SAN MIGUEL, se ha presentado
el propietario del Certifi cado No. 560379 del Depósito a Plazo Fijo
emitido el 08 de agosto de 2011, a 360 días prorrogables, solicitando la
Reposición de dicho Certifi cado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de Reposición del Certifi cado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la Reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 24 de junio de 2014.
LICDA. ANA LUISA MURILLO DE CHILE,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
3 v. alt. No. F013053-3
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia METAPAN, se ha presentado el propie-
tario del Certifi cado No. 126945 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 09
de enero de 1999, a 180 días prorrogables, solicitando la Reposición de
dicho Certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de Reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486
y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 24 de junio de 2014.
LICDA. ANA LUISA MURILLO DE CHILE,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
3 v. alt. No. F013055-3
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161DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
SCOTIABANK EL SALVADOR, S A.
AVISA: Que en su agencia LA UNIÓN, se ha presentado el propie-
tario del Certifi cado No. 534157 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 12
de agosto de 2009, a 60 días prorrogables, solicitando la Reposición de
dicho Certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de Reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486
y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la Reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 24 de junio de 2014.
LICDA. ANA LUISA MURILLO DE CHILE,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
3 v. alt. No. F013056-3
OTROS
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD SAL-
VADOREÑA QUE SE DENOMINA NEGOCIOS E INTERESES,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR ESTE
MEDIO
CERTIFICA: Que en el libro de actas que lleva la sociedad, se
encuentra asentada el Acta número DIECISIETE de fecha veinticuatro de
enero de dos mil once que en su punto tres de carácter extraordinario
literalmente dice:
AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL DE LA SOCIEDAD, MO-
DIFICACION DEL PACTO SOCIAL PARA SU ADECUACION AL
MARCO LEGAL VIGENTE Y MODIFICAR TODAS SUS CLAUSU-
LAS DEL PACTO SOCIAL PARA DARLES UN NUEVO ORDEN
CORRELATIVO E INCORPORAR EN UN SOLO INSTRUMENTO
LOS ESTATUTOS. El Presidente hizo del conocimiento de la Junta que
en atención a lo prescrito por las últimas reformas verifi cadas al Código
de Comercio deben ajustarse algunos aspectos de la Sociedad, como es
el caso del valor nominal de las acciones se propuso a la junta modifi car
el capital social de la sociedad, disminuyendo el capital social mínimo
y aumentando el capital social variable, con el propósito de modifi car
el valor nominal de las acciones de ONCE 43/100 DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA a DIEZ 00/100 DOLARES de los
Estados Unidos de América (US$10.00).
Consecuentemente se propone disminuir el capital social mínimo
a un monto de DOS MIL 00/100 DOLARES (US$ 2,000.00), quedando
en consecuencia un capital social variable de Nueve mil cuatrocientos
veintiocho 57/100 dólares (US$ 9,428.57), el cual será incrementado
por un monto de QUINIENTOS SETENTA Y UNO 43/100 dólares
(US$571.43).
Completando un Capital Social de DOCE MIL 00/100 dólares
(US$12,000.00) representado y dividido en 1200 acciones de un valor
nominal de DIEZ 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América
cada una, del cual DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA (US$ 2,000.00) corresponden al Capital Social Mínimo
y DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
(US$ 10,000.00) corresponden a la parte variable del capital.
Con el nuevo ajuste se procede a la emisión de 1200 nuevas acciones
con un valor nominal de DIEZ 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA (US$ 10.00) cada una.
Como resultado de la modifi cación del pacto social acordada y con
el propósito de adecuar los estatutos de la sociedad al marco legal vigente,
se acuerda por todos los accionistas, modifi car todas las cláusulas del
pacto social y condiciones que al efecto sean necesarias, asignándoles
nuevo correlativo e incorporar en un solo instrumento los estatutos que
en adelante regirán a la sociedad y se designa como ejecutor especial del
presente acuerdo al Ingeniero Enrique Alberto Sol Meza, facultándolo
para comparecer ante Notario en el otorgamiento del instrumento público
que corresponde y suscribir cualquier documento que al efecto resulte
necesario.
San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil catorce.
SALVADOR SÁNCHEZ CERNA,
SECRETARIO JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS.
NEGOCIOS E INTERESES, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F013160-3
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL ORDI-
NARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIE-
DAD SALVADOREÑA QUE SE DENOMINA RODANO, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR ESTE MEDIO
CERTIFICA: Que en el libro de actas que lleva la sociedad, se
encuentra asentada el Acta número ONCE de fecha quince de enero de
dos mil once que en su punto tres de carácter extraordinario literalmente
dice:
DISMINUCION DE CAPITAL SOCIAL DE LA SOCIEDAD,
MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL PARA SU ADECUACION
AL MARCO LEGAL VIGENTE Y MODIFICAR TODAS LAS CLAU-
SULAS DEL PACTO SOCIAL PARA DARLES UN NUEVO ORDEN
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162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
CORRELATIVO E INCORPORAR EN UN SOLO INSTRUMENTO
LOS ESTATUTOS. El Presidente hizo del conocimiento de la Junta que
en atención a lo prescrito por las últimas reformas verifi cadas al Código
de Comercio deben ajustarse algunos aspectos de la Sociedad, como
es el caso del valor nominal de las acciones por lo que propuso a la Junta
modifi car el capital social de la sociedad, con el propósito de incrementar
el valor nominal de las acciones de ONCE 43/100 (US$11.43) Dólares
de los Estados Unidos de América a DOCE 00/100 (US$12.00) Dólares
de los Estados Unidos de América.
Que a consecuencia de la liquidación de pérdidas acumuladas de
los ejercicios 2008, 2009 y 2010 y liquidación del capital suscrito no
pagado, el capital social de la sociedad es de TRES MIL TRESCIENTOS
TREINTA Y SIETE 79/100 DOLARES (US$ 3,337.79). En tal sentido
se propone ajustar el capital social mínimo disminuyéndolo a DOS MIL
DIECISEIS 00/100 DOLARES (US$ 2,016.00) e incrementar el capital
social por un monto de VEINTIDOS 21/100 DOLARES, para totalizar
un capital social de TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA 00/100
DOLARES (US$ 3,360.00).
Con el nuevo ajuste se procede a la emisión de 280 nuevas acciones
con un valor nominal de Doce 00/100 Dólares de los Estados Unidos de
América (US$ 12.00) cada una.
Como consecuencia de la disminución en el Capital Social Mínimo
acordado y posterior aumento de capital y con el propósito de adecuar los
Estatutos de la Sociedad al marco legal vigente, se acuerda por todos los
accionistas, modifi car todas las cláusulas del pacto social y condiciones
que al efecto sean necesarias, asignándoles un nuevo orden correlativo e
incorporar en un solo instrumento los Estatutos que en adelante regirán
a la sociedad y se designa como Ejecutor Especial del presente acuerdo
al Ingeniero Enrique Alberto Sol Meza, facultándolo para comparecer
ante Notario en el otorgamiento del instrumento público que corresponde
y suscribir cualquier documento que al efecto resulte necesario.
Se hace constar que el capital social antes del aumento acordado,
se encuentra totalmente suscrito y pagado.
San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil catorce.
ROXANA AQUINO,
SECRETARIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS.
RODANO, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F013165-3
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL ORDI-
NARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIE-
DAD SALVADOREÑA QUE SE DENOMINA POAS, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR ESTE MEDIO
CERTIFICA: Que en el libro de actas que lleva la sociedad, se
encuentra asentada el Acta número NUEVE de fecha quince de enero de
dos mil once que en su punto tres de carácter extraordinario literalmente
dice:
DISMINUCION DE CAPITAL SOCIAL DE LA SOCIEDAD,
MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL PARA SU ADECUACION
AL MARCO LEGAL VIGENTE Y MODIFICAR TODAS LAS CLAU-
SULAS DEL PACTO SOCIAL PARA DARLES UN NUEVO ORDEN
CORRELATIVO E INCORPORAR EN UN SOLO INSTRUMENTO
LOS ESTATUTOS. El Presidente hizo del conocimiento de la Junta que
en atención a lo prescrito por las últimas reformas verifi cadas al Código
de Comercio deben ajustarse algunos aspectos de la Sociedad, como es
el caso del valor nominal de las acciones de la sociedad, en ese sentido,
se propone a la Junta Ajustar el Capital Mínimo de la Sociedad con el
propósito de modifi car el valor nominal de las acciones de ONCE 43/100
Dólares de los Estados Unidos de América (US $11.43) a DIEZ 00/100
Dólares de los Estados Unidos de América (US$10.00).
Siendo que en la actualidad el Capital Social y Mínimo de POAS,
S.A. de C.V. es de ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO
DOLARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR
(US$11,428.57) representado y dividido en 1000 acciones de un valor
nominal de CIEN COLONES, cada una, pero por liquidación de pérdidas
acumuladas de ejercicios anteriores y por amortización y liquidación
de la cuenta por cobrar de los accionistas el Capital Social ha quedado
reducido a la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS AMERICA (US$2,000.00).
Consecuentemente se propone ajustar el capital social y mínimo;
el cual se acuerda determinarlo en la suma de DOS MIL 00/100 DO-
LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US $2,000.00),
como consecuencia del acuerdo tomado, se procede a la emisión de 200
acciones de un valor nominal de DIEZ 00/100 DÓLARES (US$10.00),
cada una.
Por lo anterior se acuerda atender el procedimiento legal para
formalizar la disminución de capital social convenido y en consecuencia
emítanse en su momento, las acciones respectivas. Se hace constar que el
capital social, se encontraba Totalmente Suscrito y Pagado al momento
de la disminución del capital.
Como resultado de la disminución del Capital Social Mínimo
acordado y con el propósito de adecuar los Estatutos de la Sociedad
al marco legal vigente, se acuerda por todos los accionistas, modifi car
todas las cláusulas del pacto social y condiciones que al efecto sean
necesarias, asignándoles un nuevo orden correlativo e incorporar en un
solo instrumento los Estatutos que en adelante regirán a la sociedad y
se designa como Ejecutor Especial del presente acuerdo al Ingeniero
Enrique Alberto Sol Meza, facultándolo para comparecer ante Notario
en el otorgamiento del instrumento público que corresponde y suscribir
cualquier documento que al efecto resulte necesario.
Y no habiendo más puntos que tratar se da por terminada la presente
y para los efectos legales se fi rma.
San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil catorce.
SANDRA LOURDES SOL WILSON,
SECRETARIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS.
POAS, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F013166-3
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163DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL ORDI-
NARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIE-
DAD SALVADOREÑA QUE SE DENOMINA TAMESIS, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR ESTE MEDIO
CERTIFICA: Que en el libro de actas que lleva la sociedad, se
encuentra asentada el Acta número ONCE de fecha quince de enero de
dos mil once que en su punto tres de carácter extraordinario literalmente
dice:
3. DISMINUCION DE CAPITAL SOCIAL DE LA SOCIEDAD,
MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL PARA SU ADECUACION
AL MARCO LEGAL VIGENTE Y MODIFICAR TODAS LAS CLAU-
SULAS DEL PACTO SOCIAL PARA DARLE UN NUEVO ORDEN
CORRELATIVO E INCORPORAR EN UN SOLO INSTRUMENTO
LOS ESTATUTOS, MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL Y
DESIGNACION DE EJECUTOR ESPECIAL. El Presidente hizo del
conocimiento de la Junta que en atención a lo prescrito por las últimas
reformas verifi cadas al Código de Comercio deben ajustarse algunos
aspectos de la Sociedad, como es el caso del valor nominal de las ac-
ciones, en vista de lo cual propuso a la Junta modifi car el capital social
de la sociedad, con el propósito de incrementar el valor nominal de las
acciones de ONCE 43/100 (US$11.43) Dólares de los Estados Unidos
de América a DOCE 00/100 (US$12.00) Dólares de los Estados Unidos
de América.
Que a consecuencia de la liquidación de pérdidas acumuladas de
los ejercicios 2008, 2009 y 2010 y liquidación del capital suscrito no
pagado, el capital social de la sociedad es de TRES MIL OCHOCIEN-
TOS VEINTIUNO 59/100 DOLARES (US$ 3,821.59). En tal sentido
se propone ajustar el capital social mínimo disminuyéndolo a DOS
MIL DIECISEIS 00/100 DOLARES (US$2,016.00) e incrementar el
capital social por un monto de DIECIOCHO 41/100 Dólares de los
Estados Unidos de América (US$18.41) para totalizar un Capital Social
de TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA 00/100 DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 3,840.00). Dicho
incremento será realizado por aporte de los accionistas mediante com-
pensación de deudas que la sociedad tiene para con ellos, encontrándose
presentes en dicha Junta aceptándolo de manera expresa y emitido su
total y absoluto acuerdo; de la siguiente manera: El Ingeniero Enrique
Alberto Sol Meza la cantidad de DIECISEIS 56/100 DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$16.56) y Doña Dora
Silvia Wilson de Sol la cantidad de UNO 85/100 DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA (US$1.85).
Con el nuevo ajuste se procede a la emisión de 320 nuevas acciones
con un valor nominal de Doce 00/100 Dólares de los Estados Unidos de
América (US$12.00) cada una.
Por lo anterior se acuerda atender el procedimiento legal para for-
malizar el aumento de capital convenido y ajuste de capital social mínimo
y en consecuencia emítanse en su momento, las acciones respectivas.
Se hace constar que el capital social antes del aumento acordado, se en-
cuentra totalmente suscrito y pagado. Y con el propósito de adecuar los
Estatutos de la Sociedad al marco legal vigente, se acuerda por todos los
accionistas, modifi car todas las cláusulas del pacto social y condiciones
que al efecto sean necesarias, asignándoles un nuevo orden correlativo e
incorporar en un solo instrumento los Estatutos que en adelante regirán
a la sociedad y se designa como Ejecutor Especial del presente acuerdo
al Ingeniero Enrique Alberto Sol Meza, facultándolo para comparecer
ante Notario en el otorgamiento del instrumento público que corresponde
y suscribir cualquier documento que al efecto resulte necesario.
San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil catorce.
ROXANA AQUINO,
SECRETARIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS.
TAMESIS, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F013168-3
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD SAL-
VADOREÑA QUE SE DENOMINA EL AGUIJON, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR ESTE MEDIO
CERTIFICA: Que en el libro de actas que lleva la sociedad, se
encuentra asentada el Acta número NUEVE de fecha once de enero de
dos mil once que en su punto dos de carácter extraordinario literalmente
dice:
AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL, MODIFICACION DEL
PACTO SOCIAL PARA SU ADECUACION AL MARCO LEGAL
VIGENTE. El Presidente hizo del conocimiento de la Junta que en
atención a lo prescrito por las últimas reformas verifi cadas al Código
de Comercio deben ajustarse algunos aspectos de la Sociedad, como es
el caso del valor nominal de las acciones, por lo que propuso a la junta
modifi car el capital social de la sociedad, con el propósito de incrementar
el valor nominal de las acciones a DOCE 00/100 DOLARES de los
Estados Unidos de América.
En tal sentido se propone ajustar el capital social mínimo dismi-
nuyéndolo a DOS MIL DIECISEIS 00/100 DOLARES (US$ 2,016.00)
e incrementar el capital social en su parte variable por un monto de
NOVENTA Y UN 44/100 Dólares ($ 91.44) y NUEVE MIL NOVE-
CIENTOS OCHENTA Y CUATRO 00/100 DOLARES (US$ 9,984.00),
corresponden a la parte variable del capital social. Totalizando un capital
social de ONCE MIL QUINIENTOS VEINTE 00/100 DOLARES
(US$11,520.00). Con el nuevo ajuste se procede a la emisión de 960
nuevas acciones con un valor nominal de DOCE 00/100 DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$12.00) cada una.
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164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
Como consecuencia de la modifi cación del pacto social acordado
y con el propósito de adecuar los estatutos de la sociedad al marco
legal vigente, se acuerda por todos los accionistas, modifi car todas las
cláusulas del pacto social y condiciones que al efecto sean necesarias,
asignándoles nuevo correlativo e incorporar en un solo instrumento
los estatutos que en adelante regirán a la sociedad y se designa como
ejecutor especial del presente acuerdo al Ingeniero Enrique Alberto Sol
Meza, facultándolo para comparecer ante Notario en el otorgamiento del
instrumento público que corresponde y suscribir cualquier documento
que al efecto resulte necesario.
San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil catorce.
ERNESTO SOL MEZA,
SECRETARIO JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS.
EL AGUIJON, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F013172-3
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EX-
TRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD SALVA-
DOREÑA QUE SE DENOMINA MITE, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, POR ESTE MEDIO
CERTIFICA: Que en el libro de actas que lleva la sociedad, se
encuentra asentada el Acta número TREINTA Y OCHO de fecha trece de
enero de dos mil once que en su punto dos de carácter extraordinario
literalmente dice:
AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL, MODIFICACION DEL
PACTO SOCIAL PARA SU ADECUACION AL MARCO LEGAL
VIGENTE. El Presidente hizo del conocimiento de la Junta que en
atención a lo prescrito por las últimas reformas verifi cadas al Código
de Comercio deben ajustarse algunos aspectos de la Sociedad, como es
el caso del valor nominal de las acciones, por lo cual propuso a la Junta
modifi car el capital social de la sociedad, con el propósito de incrementar
el valor nominal de las acciones de ONCE 43/00 DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA(US$11.43) a DOCE 00/100 DO-
LARES de los Estados Unidos de América (US$12.00).
En tal sentido se propone ajustar el capital social mínimo, dismi-
nuyéndolo en un monto de DOS MIL VEINTIOCHO 00/100 DOLA-
RES (US$2,028.00) e incrementar el capital social en su parte variable
mediante el traslado del capital fi jo y mediante aporte de la cantidad de
CINCUENTA Y SEIS 00/100 Dólares (US$ 56.00), realizado mediante
aporte que tres de los accionistas realizarán por compensación de deudas
que la sociedad tiene para con ellos.
Con el nuevo ajuste se procede a la emisión de 13,338 nuevas
acciones con un valor nominal de DOCE 00/100 DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$12.00) cada una.
Quedando en consecuencia un capital social de CIENTO SESENTA
MIL CINCUENTA Y SEIS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA (US$ 160,056.00), del cual DOS MIL VEINTIOCHO DO-
LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 2,028.00),
corresponden al capital social mínimo y CIENTO CINCUENTA Y OCHO
MIL VEINTIOCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA (US$158,028.00) corresponden al capital social variable.
Como consecuencia de la disminución en el Capital Social Mínimo
acordado y posterior aumento de capital y con el propósito de adecuar los
Estatutos de la Sociedad al marco legal vigente, se acuerda por todos los
accionistas, modifi car todas las cláusulas del pacto social y condiciones
que al efecto sean necesarias, asignándoles un nuevo orden correlativo e
incorporar en un solo instrumento los Estatutos que en adelante regirán
a la sociedad y se designa como Ejecutor Especial del presente acuerdo
al Ingeniero Enrique Alberto Sol Meza, facultándolo para comparecer
ante Notario en el otorgamiento del instrumento público que corresponde
y suscribir cualquier documento que al efecto resulte necesario.
Se hace constar que el capital social antes del aumento acordado,
se encuentra totalmente suscrito y pagado.
San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil catorce.
RICARDO SOL MEZA,
SECRETARIO JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS.
MITE, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F013174-3
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EX-
TRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD SALVA-
DOREÑA QUE SE DENOMINA CERFRAN, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, POR ESTE MEDIO
CERTIFICA: Que en el libro de actas que lleva la sociedad, se
encuentra asentada el Acta número NUEVE de fecha veinte de enero de
dos mil once que en su punto tres de carácter extraordinario literalmente
dice:
MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL Y DESIGNACION
DE EJECUTOR ESPECIAL Y MODIFICAR TODAS LAS CLAUSU-
LAS DEL PACTO SOCIAL PARA DARLES UN NUEVO ORDEN
CORRELATIVO E INCORPORAR EN UN SOLO INSTRUMENTO
LOS ESTATUTOS. El Presidente hizo del conocimiento de la Junta que
en atención a lo prescrito por las últimas reformas verifi cadas al Código
de Comercio deben ajustarse algunos aspectos de la Sociedad, como es
el caso del valor nominal de las acciones, además se propuso a la Junta
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165DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
modifi car el capital social de la sociedad, con el propósito de ajustar el
valor nominal de las acciones de ONCE 43/100 (US$ 11.43) Dólares de
los Estados Unidos de América a DOCE 00/100 (US$12.00) Dólares de
los Estados Unidos de América.
Siendo que en la actualidad el capital social de CERFRAN, S.A. de
C.V. es de ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES
CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR (US$11,428.57)
representado y dividido en 1000 acciones de un valor nominal de CIEN
COLONES, cada una, pero por liquidación de pérdidas acumuladas de
ejercicios anteriores el Capital Social ha quedado reducido a la cantidad
de CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS 16/100 DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS AMERICA (US$ 5,536.16).
En tal sentido se propone ajustar el capital social mínimo dismi-
nuyéndolo a la cantidad de DOS MIL DIECISEIS 00/100 DOLARES
(US$2,016.00) e incrementar el capital social en su parte variable por un
monto de SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES 83/100
dólares (US$ 6,463.84), para completar un capital social de DOCE MIL
DOLARES 00/100 DOLARES (US$ 12,000.00) representado y dividido
en 1000 acciones de un valor de DOCE 00/100 (US$12.00) cada una,
del cual DOS MIL DIECISEIS 00/100 DOLARES (US$ 2,016.00) co-
rresponden al capital social mínimo y NUEVE MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y CUATRO 00/100 DOLARES (US$9,984.00), corres-
ponden a la parte variable del capital social.
Con el nuevo ajuste se procede a la emisión de 1000 nuevas acciones
con un valor nominal de DOCE 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA (US $12.00) cada una.
Como consecuencia de la disminución en el Capital Social Mínimo
acordado y posterior aumento de capital y con el propósito de adecuar los
Estatutos de la Sociedad al marco legal vigente, se acuerda por todos los
accionistas, modifi car todas las cláusulas del pacto social y condiciones
que al efecto sean necesarias, asignándoles un nuevo orden correlativo e
incorporar en un solo instrumento los Estatutos que en adelante regirán
a la sociedad y se designa como Ejecutor Especial del presente acuerdo
al Ingeniero Enrique Alberto Sol Meza, facultándolo para comparecer
ante Notario en el otorgamiento del instrumento público que corresponde
y suscribir cualquier documento que al efecto resulte necesario.
Se hace constar que el capital social antes del aumento acordado,
se encuentra totalmente suscrito y pagado.
San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil catorce.
ERNESTO SOL MEZA,
SECRETARIO JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS.
CERFRAN S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F013176-3
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL ORDI-
NARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIE-
DAD SALVADOREÑA QUE SE DENOMINA FERMER, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR ESTE MEDIO
CERTIFICA: Que en el libro de actas que lleva la sociedad, se
encuentra asentada el Acta número DIECINUEVE de fecha catorce de
enero de dos mil once que en su punto tres de carácter extraordinario
literalmente dice:
AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL, MODIFICACION DEL
PACTO SOCIAL PARA SU ADECUACION AL MARCO LEGAL
VIGENTE. El Presidente hizo del conocimiento de la Junta que en
atención a lo prescrito por las últimas reformas verifi cadas al Código
de Comercio deben ajustarse algunos aspectos de la Sociedad, como es
el caso del valor nominal de las acciones, por lo cual propuso a la Junta
modifi car el capital social de la sociedad, con el propósito de incrementar
el valor nominal de las acciones a DOCE 00/100 DOLARES de los Es-
tados Unidos de América. Siendo que en la actualidad el capital social
y mínimo de FERMER, S. A. DE C. V. es de CINCUENTA Y SIETE
MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y
CINCO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA (US$ 57,142.85) representado y dividido en 5,000 Acciones
de un valor nominal de CIEN COLONES, cada una.
Consecuentemente se propone disminuir el capital social mínimo
quedando en un monto de DOCE MIL 00/100 Dólares (US$12,000.00) e
incrementar el capital variable por un monto de VEINTICINCO 15/100
Dólares (US$25.15), totalizando un capital social de CINCUENTA
Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO 00/100 DÓLARES
(US$57,168.00).
Con el nuevo ajuste se procede a la emisión de 4,764 nuevas ac-
ciones con un valor nominal de DOCE 00/100 Dólares de los Estados
Unidos de América ($12.00) cada una. El pago del incremento se deberá
realizar mediante cheque certifi cado emitido a favor de la sociedad.
Como consecuencia de la modifi cación del pacto social acordado
y con el propósito de adecuar los estatutos de la sociedad al marco legal
vigente, se acuerda por todos los accionistas, modifi car todas las cláusulas
del pacto social y condiciones que al efecto sean necesarias, asignándoles
nuevo correlativo e incorporar en un solo instrumento los estatutos que
en adelante regirán a la sociedad y se designa como ejecutor especial
del presente acuerdo al Licenciado Ernesto Sol Meza, facultándolo para
comparecer ante Notario en el otorgamiento del instrumento público
que corresponde y suscribir cualquier documento que al efecto resulte
necesario.
San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil catorce.
RAFAEL ERNESTO SOL AGUILAR,
SECRETARIO JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS.
FERMER, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F013180-3
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MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2013130233
No. de Presentación: 20130189918
CLASE: 41.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: la frase ARTEC.A. y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE CAPACITACION Y DIRECCION
DIRIGIDOS AL SECTOR ARTESANAL, PARA PROMOVER LA
COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS, ESPECIFICAMENTE:
VESTUARIO, CALZADO, ACCESORIOS, JOYERIA Y ARTICULOS
PARA EL HOGAR. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dos de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002725-3
No. de Expediente: 2014133906
No. de Presentación: 20140197577
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO
de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
AUXELVO
Consistente en: la palabra AUXELVO, que servirá para: AMPA-
RAR: SERVICIOS DE RECOLECCION Y CONSERVACION DE
TEJIDOS BIOLOGICOS, SANGRE, CÉLULAS; SERVICIOS DE
DIAGNOSTICO MEDICO; SERVICIOS DE TRATAMIENTO MEDI-
CO; SERVICIOS DE SUMINISTRO DE INFORMACION MEDICA Y
DATOS MEDICOS PARA LA REALIZACION DE DIAGNOSTICOS
Y TRATAMIENTOS MEDICOS. Clase: 44.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de marzo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002740-3
No. de Expediente: 2014133902
No. de Presentación: 20140197573
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
KARTEAN
Consistente en: la palabra KARTEAN, que servirá para: AMPA-
RAR: SERVICIOS DE RECOLECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE
TEJIDOS BIOLÓGICOS, SANGRE, CÉLULAS; SERVICIOS DE
DIAGNÓSTICO MÉDICO; SERVICIOS DE TRATAMIENTO MÉDI-
CO; SERVICIOS DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN MÉDICA Y
DATOS MÉDICOS PARA LA REALIZACIÓN DE DIAGNÓSTICOS
Y TRATAMIENTOS MÉDICOS. Clase: 44.
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167DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecisiete de marzo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002741-3
No. de Expediente: 2014133908
No. de Presentación: 20140197579
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
KYMRIAH
Consistente en: la palabra KYMRIAH, que servirá para: AMPA-
RAR: SERVICIOS DE RECOLECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE
TEJIDOS BIOLÓGICOS, SANGRE, CÉLULAS; SERVICIOS DE
DIAGNÓSTICO MÉDICO; SERVICIOS DE TRATAMIENTO MÉDI-
CO; SERVICIOS DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN MÉDICA Y
DATOS MÉDICOS PARA LA REALIZACIÓN DE DIAGNÓSTICOS
Y TRATAMIENTOS MÉDICOS. Clase: 44.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecisiete de marzo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002742-3
No. de Expediente: 2014134184
No. de Presentación: 20140198072
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado EDNA
CAROLINA LOPEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO de
Millicom International Cellular S.A., de nacionalidad LUXEMBUR-
GUESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras tigo SPORTS y diseño, se traduce al
castellano como: Tigo Deportes, que servirá para: AMPARAR: PRO-
VISIÓN Y PRODUCCIÓN DE CONTENIDO AUDIO Y VISUAL
RELACIONADOS CON LA CAPACITACIÓN, DEPORTE Y CUL-
TURA; SERVICIOS EDUCATIVOS Y DE ENTRETENIMIENTO
POR MEDIO DE RADIO, TELEVISIÓN, TELEFONÍA, INTERNET,
BASE DE DATOS EN LINEA; ENTRETENIMIENTO DE RADIO Y
TELEVISIÓN EN TODO TIPO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN,
ES DECIR, TELEVISIÓN, COMPUTADORA, ESTÉREO PERSO-
NAL, REPRODUCTOR MULTIMEDIA PORTÁTIL, ASISTENTE
PERSONAL, TELEFONÍA MÓVIL, REDES DE COMPUTADORAS,
INTERNET; SERVICIOS RECREATIVOS; ACTIVIDADES DEPOR-
TIVAS Y CULTURALES; PRODUCCIÓN Y REALIZACIÓN DE ES-
PECTÁCULOS, OBRAS DE TEATRO Y DE OTRAS ACTUACIONES
DE DIVERSIÓN; PRODUCCIÓN DE CINE, RADIO, EMISIONES
TELEVISIVAS, PRESENTACIÓN DE INFORMES, DISCUSIONES
DEBATES Y VIDEO; ORGANIZACIÓN DE COMPETENCIAS,
ESPECTÁCULOS, LOTERÍA, JUEGOS DE EDUCACIÓN Y ENTRE-
TENIMIENTO MONTAJE DE PROGRAMAS AUDIOVISUALES,
MULTIMEDIA Y RADIO, TEXTOS Y/O IMÁGENES, FIJAS O EN
MOVIMIENTO, Y/O SONIDOS MUSICALES O NO, Y/O SONIDOS
DE LLAMADA DE USO INTERACTIVO U OTRO; SUMINISTRO DE
ESTUDIO DE CINE; SERVICIOS DE ESTUDIOS DE GRABACIÓN Y
ESTUDIOS DE GRABACIÓN; SERVICIOS DE INFORMACIÓN DE
DIVERSIÓN, EDUCACIÓN Y ENTRETENIMIENTO; ALQUILER
DE APARATOS DE PROYECCIÓN DE CINE, DECODIFICADO-
RES, CODIFICADORES; ALQUILER DE APARATOS AUDIOVI-
SUALES E INSTRUMENTOS, ES DECIR, EQUIPOS DE RADIO
Y TELEVISIÓN, APARATOS DE AUDIO Y VIDEO, CÁMARAS,
EQUIPOS DE SONIDO PERSONALES, REPRODUCTORES DE
VIDEO PORTÁTILES, EQUIPOS DE TEATRO; ORGANIZACIÓN
DE CONFERENCIAS, EXPOSICIONES, SEMINARIOS, SIMPOSIOS
Y CONFERENCIAS CON FINES CULTURALES O EDUCATIVOS
RELACIONADOS CON LA TELEVISIÓN Y LA RADIO; SUMINIS-
TRO DE INFORMACIÓN; RESERVACIÓN DE BUTACAS PARA
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168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
ESPECTÁCULOS; CONSULTORÍA PARA LA PRODUCCIÓN DE
PROGRAMAS DE VIDEO; SERVICIOS DE JUEGOS OFRECIDOS
EN LINEA (DESDE UNA RED DE COMPUTADORA), SERVICIOS
DE JUEGOS DE AZAR; EDICIÓN Y PUBLICACIÓN DE TEXTOS
(EXCEPTO TEXTOS PUBLICITARIOS), DE MEDIOS DE AUDIO
Y VIDEO Y CONTENIDO MULTIMEDIA (DISCOS INTERACTI-
VOS, DISCOS COMPACTOS, DISCOS DE ALMACENAMIENTO);
PUBLICACIÓN ELECTRÓNICA DE LIBROS Y PERIÓDICOS EN
LINEA; PUBLICACIÓN Y PRÉSTAMO DE LIBROS Y TEXTOS
(EXCEPTO TEXTOS PUBLICITARIOS). Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de abril del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002748-3
No. de Expediente: 2014135675
No. de Presentación: 20140201667
CLASE: 37.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE
ROBERTO MERINO GARAY, en su calidad de APODERADO
GENERAL JUDICIAL de AUTOMAX, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AUTOMAX, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras EXCEL Online y diseño, que se traducen
al castellano como sobresalir en línea, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE REPARACION DE VEHICULOS AUTOMOTORES.
Clase: 37.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de mayo del año dos mil catorce.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002759-3
No. de Expediente: 2014134046
No. de Presentación: 20140197815
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LEONARDO
JOSE MARTINEZ CAÑADA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
PAYWEY.COM
Consistente en: las palabras PAYWEY.COM, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS FINANCIEROS. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de junio del año dos mil catorce.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002788-3
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169DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
No. de Expediente: 2014134070
No. de Presentación: 20140197839
CLASE: 35.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE
ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO
de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que
se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-
CIOS,
Consistente en: las palabras MiPOS CREDOMATIC y diseño, que
servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTION
DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMER-
CIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciséis de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002796-3
No. de Expediente: 2014134050
No. de Presentación: 20140197819
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE
ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANO-
NIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras BAC CORP SECURITIES, se traduce
al castellano como: Corporación de custodia de valores Bac, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTION DE
NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACION COMERCIAL;
TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de abril del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002798-3
No. de Expediente: 2014134058
No. de Presentación: 20140197827
CLASE: 35.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE
ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO
de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que
se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-
CIOS,
Consistente en: las palabras BAC FINANCIAL NETWORK,
que se traducen al castellano como Red Financiera Bac, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTIÓN DE
NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL;
TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
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170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciséis de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002799-3
No. de Expediente: 2014134061
No. de Presentación: 20140197830
CLASE: 35.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE
ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO
de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que
se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-
CIOS,
Consistente en: las palabras BAC INTERNATIONAL BANK,
que se traducen al castellano como Banco Internacional Bac, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTIÓN DE
NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL;
TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciséis de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002800-3
No. de Expediente: 2014134064
No. de Presentación: 20140197833
CLASE: 35.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE
ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO
de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que
se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-
CIOS,
Consistente en: las palabras BANCO DE AMÉRICA CENTRAL,
que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD;
GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN
COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciséis de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002801-3
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171DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
No. de Expediente: 2014134067
No. de Presentación: 20140197836
CLASE: 35.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,
Consistente en: la palabra CREDOMATIC y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002802-3
No. de Expediente: 2013129568
No. de Presentación: 20130188917
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado JOSE ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,
Consistente en: la palabra mipromo y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIA-LES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002803-3
No. de Expediente: 2013129564
No. de Presentación: 20130188913
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,
Consistente en: la expresión mipromo.com y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS CO-MERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002804-3
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172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
No. de Expediente: 2013129569
No. de Presentación: 20130188918
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado JOSE ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,
Consistente en: la palabra mipromo y diseño, que servirá para: AMPARAR: SEGUROS; OPERACIONES FINANCIERAS; OPERA-CIONES MONETARIAS; Y NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002805-3
No. de Expediente: 2013129566
No. de Presentación: 20130188915
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,
Consistente en: la expresión mipromo.com y diseño, que servirá para: AMPARAR: SEGUROS; OPERACIONES FINANCIERAS; OPERACIONES MONETARIAS; Y NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002806-3
No. de Expediente: 2013129547
No. de Presentación: 20130188885
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,
Consistente en: la expresión PromoMatic y diseño, que servirá para: AMPARAR: SEGUROS; OPERACIONES FINANCIERAS; OPERACIONES MONETARIAS; Y NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002807-3
DIARIO
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173DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
No. de Expediente: 2014133972
No. de Presentación: 20140197680
CLASE: 37.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GISELA MA-RISOL CORDERO DE GARCIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras ST SOLESTEC, S.A. DE C.V., que ser-virá para: AMPARAR: SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN:SERVICIOS DE REPARACIÓN:SERVICIOS DE INSTALACION. Clase: 37.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013017-3
No. de Expediente: 2014133973
No. de Presentación: 20140197681
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GISELA MA-RISOL CORDERO DE GARCIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras DS DIGITAL SOLUTIONS y diseño; que se traducen al castellano como SOLUCIONES DIGITALES, que servirá para: AMPARAR: GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; VENTA DE EQUIPOS INFORMATICOS. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año
dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de marzo del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013019-3
No. de Expediente: 2014133971
No. de Presentación: 20140197679
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GISELA MA-
RISOL CORDERO DE GARCIA, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra www.piensads.com; Sobre los elementos
www. y .com, individualmente considerados no se le concede exclusivi-
dad por ser de uso común o necesarios en el comercio, que servirá para:
AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTIÓN DENEGOCIOSCOMERCIA-
LES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA..
Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año
dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de marzo del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013021-3
DIARIO
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174 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
No. de Expediente: 2013125342
No. de Presentación: 20130181532
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de ALFAGRES S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra ALFA y diseño, que servirá para: AMPA-RAR: SERVICIOS DE IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, COMPRA, VENTA, COMERCIALIZACIÓN, DE PRODUCTOS TALES COMO: DUCHAS METÁLICAS, LAVAMANOS METÁLICOS, ELEMEN-TOS DE GRIFERÍA METÁLICOS, ACCESORIOS METÁLICOS PARA BAÑO Y COCINA, MUEBLES METÁLICOS PARA BAÑO Y COCINA, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN NO METÁLICOS; TUBOS RÍGIDOS NO METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN; ASFALTO, PEZ Y BETÚN; CONSTRUCCIONES TRANSPOR-TABLES NO METÁLICAS; MONUMENTOS NO METÁLICOS, ALFOMBRAS, FELPUDOS, ESTERAS, LINÓLEUM Y OTROS REVESTIMIENTOS DE SUELOS; GRAMA, TAPICERÍAS MURA-LES QUE NO SEAN DE MATERIAS TEXTILES, PINTURA PARA EXTERIORES E INTERIORES, PEGAMENTOS, SOLUCIONES REMOVEDORAS, LIMPIADOR MULTIUSOS ANTIBACTERIAL, DESENGRASANTE ANTIBACTERIAL, DESINFECTANTE PARA BAÑOS, LIMPIADOR DE VIDRIOS, LIMPIADOR Y PROTECTOR DE MADERA, PROTECTOR DE PISOS Y PAREDES, SHAMPOO PARA ALFOMBRAS Y TAPIZADOS, CERA AUTO BRILLANTE. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día siete de marzo del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de mayo del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013036-3
No. de Expediente: 2013125343
No. de Presentación: 20130181533
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de ALFAGRES S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra alfagres y diseño, que servirá para: AMPA-
RAR: SERVICIOS DE IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, COMPRA,
VENTA, COMERCIALIZACIÓN, DE PRODUCTOS TALES COMO:
DUCHAS METÁLICAS, LAVAMANOS METALICOS, ELEMEN-
TOS DE GRIFERÍA METÁLICOS, ACCESORIOS METÁLICOS
PARA BAÑO Y COCINA, MUEBLES METÁLICOS PARA BAÑO Y
COCINA, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN NO METÁLICOS;
TUBOS RÍGIDOS NO METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN;
ASFALTO, PEZ Y BETÚN; CONSTRUCCIONES TRANSPOR-
TABLES NO METÁLICAS; MONUMENTOS NO METÁLICOS,
ALFOMBRAS, FELPUDOS, ESTERAS, LINÓLEUM Y OTROS
REVESTIMIENTOS DE SUELOS; GRAMA, TAPICERÍAS MURA-
LES QUE NO SEAN DE MATERIAS TEXTILES, PINTURA PARA
EXTERIORES E INTERIORES, PEGAMENTOS, SOLUCIONES
REMOVEDORAS, LIMPIADOR MULTIUSOS ANTIBACTERIAL,
DESENGRASANTE ANTIBACTERIAL, DESINFECTANTE PARA
BAÑOS, LIMPIADOR DE VIDRIOS, LIMPIADOR Y PROTECTOR
DE MADERA, PROTECTOR DE PISOS Y PAREDES, SHAMPOO
PARA ALFOMBRAS Y TAPIZADOS, CERA AUTO BRILLANTE.
Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día siete de marzo del año dos mil
trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de mayo del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013037-3
DIARIO
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175DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO
AVISO
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en ge-
neral, que se ha presentado CARMEN DE JESUS SALES DE AVILA
del domicilio de SAN SALVADOR, solicitando reposición de su póliza
de seguro de vida 94060349 emitida el 07/06/1994. Si dentro de 30 días
contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare
oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 13 de junio de 2014.
ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,
RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.
3 v. alt. No. C002754-3
AVISO
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en
general, que se ha presentado ANA RUTH GONZALEZ NAVARRO
del domicilio de SAN SALVADOR, solicitando reposición de su póliza
de seguro de vida 11499 emitida el 31/05/2007. Si dentro de 30 días
contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare
oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 16 de junio de 2014.
ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,
RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.
3 v. alt. No. C002755-3
AVISO
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general,
que se ha presentado EUGENIO ALCIDES PALENCIA CACERES del
domicilio de CHALATENANGO, solicitando reposición de su póliza
de seguro de vida 17266 emitida el 20/12/2010. Si dentro de 30 días
contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare
oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 13 de junio de 2014.
ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,
RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.
3 v. alt. No. C002756-3
AVISO
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado JULIA DEL CARMEN CLARA DE MAGAÑA del domicilio de SONSONATE, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 15550 emitida el 28/07/2009. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 11 de junio de 2014.
ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,
RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.
3 v. alt. No. C002757-3
AVISO
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado ALCIDES CUADRA FLORES del domicilio de SAN MIGUEL, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 11557 emitida el 15/06/2007. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 11 de junio de 2014.
ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,
RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.
3 v. alt. No. C002758-3
REPOSICION DE CHEQUE
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia METROCENTRO se ha presentado el propietario del cheque de gerencia serie "B" No. 0072089 emitido el 02 de mayo de 2014, solicitando la reposición de dicho cheque, lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del cheque de gerencia relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del cheque antes mencionado.
San Salvador, 24 de junio de 2014.
LICDA. ANA LUISA MURILLO DE CHILE,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F013057-3
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176 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2014134438
No. de Presentación: 20140198914
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado ALEJAN-DRO NASRI SACA MELENDEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de IGNEA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IGNEA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADORE-ÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
DIGESTONE
Consistente en: la palabra DIGESTONE, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de marzo del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de abril del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002717-3
No. de Expediente: 2014133503
No. de Presentación: 20140196831
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DAVID FRANCISCO MAGAÑA FERNANDEZ, en su calidad de REPRE-SENTANTE LEGAL de LABORATORIO SOLARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIO SOLARIS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
FLEBOCREAM Consistente en: la palabra FLEBOCREAM, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de febrero del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002718-3
No. de Expediente: 2014134439
No. de Presentación: 20140198915
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ALEJAN-
DRO NASRI SACA MELENDEZ, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de IGNEA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: IGNEA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
DIGEMAX
Consistente en: la palabra DIGEMAX, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de marzo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de marzo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002719-3
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177DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
No. de Expediente: 2014134822
No. de Presentación: 20140199730
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado HUMBERTO GERARDO LARA ALAS, en su calidad de APODERADO de PIMI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO,
Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: AZUCAR, HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS COMESTIBLES, MIEL, JARABE DE MELAZA, LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día siete de abril del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de junio del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002722-3
No. de Expediente: 2014133551
No. de Presentación: 20140196921
CLASE: 16, 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,
Consistente en: la palabra PM y diseño, que servirá para: AMPA-RAR: PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS
NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IM-PRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACION; FOTOGRAFIAS; ARTICULOS DE PAPELERIA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERIA O PARA USO DOMESTICO; MATERIAL PARA AR-TISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCION O MATERIAL DIDACTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES);CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES DE IMPREN-TA. Clase: 16. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE ALMACENES DE VENTA AL POR MENOR Y ALMACENES POR DEPARTAMENTOS, ESPECIFICAMENTE COSMETICOS, PERFUMERIA, ARTICULOS PARA LIMPIEZA PERSONAL, JOYERIA, VESTUARIO, CALZADO, SOMBRERERIA, ACCESORIOS PARA EL VESTUARIO COMO CINCHOS, CARTERAS, BILLETERAS, ARTICULOS DECORA-TIVOS PARA EL CABELLO. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002726-3
No. de Expediente: 2014134297
No. de Presentación: 20140198304
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: Diseño de oso, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES. Clase: 28.
La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de marzo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002727-3
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178 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
No. de Expediente: 2014134226
No. de Presentación: 20140198172
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de Philip Morris Products S.A., de nacionalidad SUIZA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras SMOOTH TASTE y diseño, se traduce
al castellano como: Sabor Suave, que servirá para: AMPARAR: TABA-
CO, PROCESADO O SIN PROCESAR; PRODUCTOS DE TABACO,
INCLUYENDO LOS PUROS, CIGARROS, CIGARRILLOS, TABACO
PARA CONFECCIONAR SUS PROPIOS CIGARRILLOS, TABACO
PARA PIPA, TABACO PARA MASTICAR, TABACO EN POLVO Y
CIGARROS HECHOS DE UNA MEZCLA DE TABACO Y CLAVO
DE OLOR; SUSTITUTOS DEL TABACO (NO PARA USO MÉDICO);
ARTÍCULOS PARA FUMADORES, INCLUYENDO EL PAPEL DE
CIGARRILLOS Y TUBOS PARA CIGARRILLOS, FILTROS PARA
CIGARRILLO, ESTUCHES PARA TABACO, CAJAS DE CIGARRI-
LLO Y CENICEROS, PIPAS, APARATOS DE BOLSILLO PARA
ENROLLAR CIGARRILLOS, ENCENDEDORES, FÓSFOROS. Clase:
34.
La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de marzo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002731-3
No. de Expediente: 2014134230
No. de Presentación: 20140198176
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO
de Philips Morris Products S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras ASH CONTROL y diseño, que al
idioma castellano se traduce como CONTROL DE CENIZA, que ser-
virá para: AMPARAR: TABACO, PROCESADO O SIN PROCESAR;
PRODUCTOS DE TABACO, INCLUYENDO LOS PUROS, CIGA-
RROS, CIGARRILLOS, TABACO PARA CONFECCIONAR SUS
PROPIOS CIGARRILLOS, TABACO PARA PIPA, TABACO PARA
MASTICAR, TABACO EN POLVO Y CIGARROS HECHOS DE UNA
MEZCLA DE TABACO Y CLAVO DE OLOR; SUSTITUTOS DEL
TABACO (NO PARA USO MEDICO); ARTÍCULOS PARA FUMA-
DORES, INCLUYENDO EL PAPEL DE CIGARRILLOS Y TUBOS
PARA CIGARRILLOS, FILTROS PARA CIGARRILLO, ESTUCHES
PARA TABACO, CAJAS DE CIGARRILLO Y CENICEROS, PIPAS,
APARATOS DE BOLSILLO PARA ENROLLAR CIGARRILLOS,
ENCENDEDORES, FÓSFOROS. Clase: 34.
La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de marzo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002732-3
DIARIO
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179DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
No. de Expediente: 2014134211
No. de Presentación: 20140198113
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de Philip Morris Products S.A., de nacionalidad SUIZA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras LESS SMELL y diseño, traducida al
castellano como: menos olor, que servirá para: AMPARAR: TABACO,
PROCESADO O SIN PROCESAR; PRODUCTOS DE TABACO, IN-
CLUYENDO LOS PUROS, CIGARROS, CIGARRILLOS, TABACO
PARA CONFECCIONAR SUS PROPIOS CIGARRILLOS, TABACO
PARA PIPA, TABACO PARA MASTICAR, TABACO EN POLVO Y
CIGARROS HECHOS DE UNA MEZCLA DE TABACO Y CLAVO
DE OLOR; SUSTITUTOS DEL TABACO(NO PARA USO MÉDICO);
ARTÍCULOS PARA FUMADORES, INCLUYENDO EL PAPEL DE
CIGARRILLOS Y TUBOS PARA CIGARRILLOS, FILTROS PARA
CIGARRILLO, ESTUCHES PARA TABACO, CAJAS DE CIGARRI-
LLO Y CENICEROS, PIPAS, APARATOS DE BOLSILLO PARA
ENROLLAR CIGARRILLOS, ENCENDEDORES, FÓSFOROS. Clase:
34.
La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de marzo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002733-3
No. de Expediente: 2014133914
No. de Presentación: 20140197585
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el
registro de la MARCA DE PRODUCTO.
AUXELVO
Consistente en: la palabra AUXELVO, que servirá para: AM-
PARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y BIOLÓGICAS
PARA USO Y DIAGNÓSTICO MÉDICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecisiete de marzo del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002734-3
No. de Expediente: 2014133392
No. de Presentación: 20140196559
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO
DIARIO
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180 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO.
JADNEXX
Consistente en: la palabra JADNEXX, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de febrero del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002735-3
No. de Expediente: 2014133912
No. de Presentación: 20140197583
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO
de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO.
TRENZLO
Consistente en: la palabra TRENZLO, que servirá para: AM-
PARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y BIOLÓGICAS
PARA USO Y DIAGNÓSTICO MÉDICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD, INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de marzo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002736-3
No. de Expediente: 2013130860
No. de Presentación: 20130190967
CLASE: 19.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO de
Columbia Forest Products, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras columbia FOREST PRODUCTS y
diseño, que se traducen al castellano como Productos Forestales Colum-
bia, que servirá para: AMPARAR: MADERA CONTRACHAPADA,
CHAPAS DE MADERA, CONTRACHAPADO, MADERA, FIBRA
DE MADERA Y PRODUCTOS COMPUESTOS DE AGROFIBRA,
TABLEROS DE PARTÍCULA Y TABLEROS DE FIBRA DE MEDIA
DENSIDAD. Clase: 19.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de octubre del año dos
mil trece.
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181DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de abril del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002737-3
No. de Expediente: 2014133909
No. de Presentación: 20140197580
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO
de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO.
CRENZLO
Consistente en: la palabra CRENZLO, que servirá para: AM-
PARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y BIOLÓGICAS
PARA USO Y DIAGNÓSTICO MÉDICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de marzo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002738-3
No. de Expediente: 2014133915
No. de Presentación: 20140197586
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO
de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO.
CINFINI
Consistente en: la palabra CINFINI, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y BIOLÓGICAS PARA USO
Y DIAGNÓSTICO MÉDICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cuatro de marzo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002739-3
No. de Expediente: 2013130064
No. de Presentación: 20130189664
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado RENÉ ERIC
IRAHETA FIGUEROA, en su calidad de APODERADO de JORGE
DIARIO
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182 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
FRANCISCO AMAYA CORTEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras HARINA DE ARROZ PRINCESS
y diseño, se traduce al castellano Princess como: Princesa, que servirá
para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA,
SAGU, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES
HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y CONFITERÍA,
HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA-
DURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE,
SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día once de septiembre del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciséis de enero del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002743-3
No. de Expediente: 2013124600
No. de Presentación: 20130180091
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CHI- CHAN
WANG, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MAXXIZA,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-
TO.
Consistente en: la palabra AEROPOSTER y diseño, que servirá
para: AMPARAR: MOCHILAS, BOLSO ESCOLAR, CARTERA DE
TELA, CASUAL O DE CUERO. Clase: 18.
La solicitud fue presentada el día ocho de febrero del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de junio del año dos mil catorce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C002746-3
No. de Expediente: 2014134614
No. de Presentación: 20140199348
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado HECTOR EUGENIO ESCOBAR CONTRERAS, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de GRUPO PAILL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRUPO PAILL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
TIOVA
Consistente en: la palabra TIOVA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS E HIGIÉNI-COS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de junio del año dos mil catorce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002771-3
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183DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
No. de Expediente: 2014134612
No. de Presentación: 20140199346
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado HECTOR
EUGENIO ESCOBAR CONTRERAS, en su calidad de REPRESEN-
TANTE LEGAL de GRUPO PAILL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRUPO PAILL, S.A. DE C.V.,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO.
MONTAIR
Consistente en: la palabra MONTAIR, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS O
HIGIENICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
seis de junio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002772-3
No. de Expediente: 2014134052
No. de Presentación: 20140197821
CLASE: 16.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ
ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO
de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA que
se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-
TO.
Consistente en: las palabras BAC CREDIT CORP, que se tra-
ducen al castellano como Corporación De Créditos Bac, que servirá
para: AMPARAR: PRODUCTOS HECHOS DE PAPEL, CARTÓN
Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN
OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE
ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFIAS; ARTÍCULOS DE PAPE-
LERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA
USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES;
MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEP-
TO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL
DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS
PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES);
CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA. Clase:
16.
La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002789-3
No. de Expediente: 2014134049
No. de Presentación: 20140197818
CLASE: 16.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ
ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO
de BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA que
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184 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
se abrevia: BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-
TO.
Consistente en: las palabras BAC CORP SECURITIES, que se
traducen al castellano como Corporación De Custodia de Valores Bac,
que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS HECHOS DE PAPEL,
CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPREN-
DIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MA-
TERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS
DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O
PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCE-
LES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EX-
CEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL
DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS
PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES);
CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA. Clase:
16.
La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002790-3
No. de Expediente: 2013129567
No. de Presentación: 20130188916
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ
ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO
de BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA que
se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-
TO.
Consistente en: la palabra mipromo y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS
NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IM-
PRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS;
ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE
PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA AR-
TISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE
OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN
O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS
PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS
CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPREN-
TA. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos
mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de mayo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002808-3
No. de Expediente: 2013129565
No. de Presentación: 20130188914
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ
ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO
de BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA que
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185DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
se abrevia: BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO.
Consistente en: la expresión mipromo.com y diseño, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRO-DUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFIAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EX-CEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil trece.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil catorce.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002809-3
No. de Expediente: 2014134073
No. de Presentación: 20140197842
CLASE: 16.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO de BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras PUNTO DE VENTA CREDOMA-TIC y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS HECHOS
DE PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO
COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IM-
PRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS;
ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE
PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA AR-
TISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE
OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN
O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS
PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS
CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPREN-
TA. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de mayo del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C002810-3
No. de Expediente: 2014135785
No. de Presentación: 20140201895
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado WILFREDO
FLORES MORALES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de ALUMINIOS SUPERIOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: ALUS, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-
TO.
Consistente en: las palabras PREMIUM STONE y diseño, que se
traduce como Piedra Premier, que servirá para: AMPARAR: UTENSI-
LIOS CULINARIOS, BATERIAS DE COCINA, ACCESORIOS DE
COCINA Y CULINARIOS. Clase: 21.
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186 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de junio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012938-3
No. de Expediente: 2014134481
No. de Presentación: 20140198992
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de LABORATORIOS STEIN, SOCIEDAD ANÓNIMA, de
nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO.
STEIN OXICOD
Consistente en: las palabras STEIN OXICOD, que servirá para:
AMPARAR: MEDICAMENTOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de abril del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012953-3
No. de Expediente: 2014135351
No. de Presentación: 20140201104
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAUL AR-
MANDO GUERRA VALDES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO.
Consistente en: las palabras Sweet Moment Bakery y diseño, se
traduce al castellano como: Pastelería dulce momento, que servirá para:
AMPARAR: PANADERÍA. Clase: 30:
La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de junio del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013000-3
No. de Expediente: 2014134008
No. de Presentación: 20140197756
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ
GUILLERMO MIRANDA, en su calidad de APODERADO de
DIARIO
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187DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
FREDEGMAN DE JESÚS REYES, de nacionalidad NICARAGÜENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra AMERICAN COOL y diseño, se traduce
al castellano como: Americano Relajado, que servirá para: AMPARAR:
CAMISAS, VESTIDOS, FALDAS, BLUSAS, SUDADERAS, CHA-
QUETAS, PANTALONES, TRAJES, ZAPATOS, CALCETINES, ME-
DIAS, PANTIMEDIAS, SOSTENES, CORSES, FAJAS, LIGUEROS,
PIJAMAS, BATAS, SOMBREROS Y GORRAS. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de junio del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA,
3 v. alt. No. F013059-3
No. de Expediente: 2014135094
No. de Presentación: 20140200422
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ERNESTO
ANTONIO BERNABE RODEZNO, en su calidad de APODERADO de
CENTRAL AMERICAN BRANDS, INC., de nacionalidad BRITANI-
CA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
AGREE
Consistente en: la palabra AGREE, se traduce al castellano como:
consentir, que servirá para: AMPARAR: ALIMENTOS PARA MAS-
COTAS. Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos
mil catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciseis de junio del año dos mil catorce.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013061-3
No. de Expediente: 2014134791
No. de Presentación: 20140199678
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CLARA LUZ
MARROQUIN ECHEVERRÍA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO.
ARTRICRIM
Consistente en: la palabra ARTRICRIM, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día cuatro de abril del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de junio del año dos mil catorce.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013146-3
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188 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESMINISTERIO DE EDUCACIÓN
RESOLUCIÓN No. 107/2014.
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de enero de dos mil catorce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE CIUDAD CREDISA, Municipio de Soyapango, Departamento
de San Salvador, extendido con fecha 11 de mayo de 2009 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en el INSTITUTO
NACIONAL DE CIUDAD CREDISA, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, a ROSICELA JAZMÍN RODRÍGUEZ MEJÍA.
Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F021205)
RESOLUCIÓN No. 114/2014.
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de febrero de dos mil catorce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Industrial obtenido en el INSTITUTO TÉCNICO DE EXALUMNOS SALESIANOS, Municipio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verifi car la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, opción Arquitectura, obtenido en
el INSTITUTO TÉCNICO DE EXALUMNOS SALESIANOS, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ANA SILVIA MENA
OLIVA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F022634)
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189DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
RESOLUCIÓN No. 117/2014.
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de enero de dos mil catorce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el LICEO EVANGÉLICO DE EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, exten-dido con fecha 30 de noviembre de 1994 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Matemática Física, obtenido en el LICEO EVANGÉLICO DE EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MANUEL HÉCTOR CABEZAS ARGUETA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F021277)
RESOLUCIÓN No. 119/2014.
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de febrero de dos mil catorce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el INSTITUTO DE EDUCACIÓN PERMANENTE PARA PERSONAS JÓVENES Y ADULTAS, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 28 de abril de 2009 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO DE EDUCACIÓN PERMANENTE PARA PERSONAS JÓVENES Y ADULTAS, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, a SONIA TERESA QUINTANILLA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F022929)
RESOLUCIÓN No. 131/2014.
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de febrero de dos mil catorce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el COLEGIO CHAMPAGNAT, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO CHAMPAGNAT, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a MÓNICA RAQUEL HERNÁNDEZ JIMÉNEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F021821)
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190 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
RESOLUCIÓN No. 136/2014.
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de enero de dos mil catorce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud obtenido en el CENTRO ACADÉMICO ALFRED NOBEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 28 de noviembre de 2003 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud, obtenido en el CENTRO ACADÉMICO ALFRED NOBEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a NURIA CONCEPCIÓN CÓRDOVA PRADO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F021598)
RESOLUCIÓN No. 138/2014.
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diez días del mes de febrero de dos mil catorce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el INSTITUTO NACIONAL SAN LUIS, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL SAN LUIS, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, a JOSUÉ DANIEL COTO OLIVA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F023115)
RESOLUCIÓN No. 140/2014
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil catorce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial obtenido en el INSTITUTO EMILIANI, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, exten-dido con fecha 29 de noviembre de 2002 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, opción Electrónica, obtenido en el INSTITUTO EMILIANI, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ERNESTO ANTONIO ROMERO VÁSQUEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F021587)
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191DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.
RESOLUCIÓN No. 141/2014.
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintinueve días del mes de enero de dos mil catorce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el LICEO CRISTIANO REVERENDO JUAN BUENO DE LA COLONIA SAN BENITO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 28 de enero de 2009 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facul-tades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el LICEO CRISTIANO REVERENDO JUAN BUENO DE LA COLONIA SAN BENITO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a VERÓNICA MARCELA MARTÍNEZ BERNAL. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F022731)
RESOLUCIÓN No. 144/2014.
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de febrero de dos mil catorce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el INSTITUTO NACIONAL GENERAL MANUEL JOSÉ ARCE, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL GENERAL MANUEL JOSÉ ARCE, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a HENRY ALFREDO MAURICIO VELASCO Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F023621)
RESOLUCIÓN No. 148/2014.
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los siete días del mes de febrero de dos mil catorce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el INSTITUTO DIOCESANO SAN JUAN EVANGELISTA, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 20 de diciembre de 2011 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en el INSTITUTO DIOCESANO SAN JUAN EVANGELISTA, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a VÍCTOR ALFONSO MIRANDA ALVARADO Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F023057)
DIARIO
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192 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404
RESOLUCIÓN No. 154/2014.
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil catorce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el INSTITUTO NACIONAL THOMAS JEFFERSON, Municipio de Sonsonate, Departamento de Sonsonate, extendido con fecha 27 de febrero de 2009 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL THOMAS JEFFERSON, Municipio de Sonsonate, Departamento de Sonsonate, a MELVIN AZAEL CARRANZA JIMÉNEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F021749)
RESOLUCIÓN No. 160/2014.
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de febrero de dos mil catorce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el CENTRO EDUCATIVO DENVER, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 22 de noviembre de 1996 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Humanidades, obtenido en el CENTRO EDUCATIVO DENVER, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JORGE BERNARDO CARRILLO SANDOVAL. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F022075)
RESOLUCIÓN No. 161/2014.
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil catorce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el INSTITUTO CULTURAL OXFORD, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en el INSTITUTO CULTURAL OXFORD Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JUAN ANTONIO RIVERA CANDELARIO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F021799)
Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.
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