diario oficial 8 de julio 2014 · estatutos de la iglesia profética cristo te llama, manantiales...

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S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 404 SAN SALVADOR, MARTES 8 DE JULIO DE 2014 NUMERO 125 - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] Pág. 4-13 14-19 20-27 28-30 Pág. 31 32-33 34-37 38-39 39-40 ORGANO LEGISLATIVO Tratado de Extradición entre la República de El Salvador y la República del Perú; Acuerdo Ejecutivo No. 742, del Ramo de Relaciones Exteriores, aprobándolo y Decreto Legislativo No. 713, ratificándolo. ...................................................................... Decreto No. 718.- Se establecen límites entre los municipios de Quezaltepeque y San Juan Opico, ambos del departamento de La Libertad. ............................................................................... ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Escritura pública, estatutos de la Fundación Alternativas y Decreto Ejecutivo No. 63, declarándola legalmente establecida, aprobándole sus estatutos y confiriéndole el carácter de persona jurídica. ...................................................................................... RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de la Iglesia Profética Cristo te Llama, Manantiales de Agua Viva y Acuerdo Ejecutivo No. 69, aprobándolos y confiriéndole el carácter de persona jurídica. ............................ MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-0012.- Se reconoce al Profesor Rodrigo Alfonso Hernández, como Director del Liceo “Rafael Mendoza”, ubicado en el municipio de Ahuachapán. .................................. AcuerdosNos.15-0155,15-0346y15-0654.-Reconocimiento de estudios académicos. ............................................................. MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuerdo No. 105.- Se solicita intervención del Fiscal General de la República, para que comparezca ante notario, a otorgar diligencias de remedición de inmuebles........................ Acuerdos Nos. 66, 107 y 108.- Ascensos y transferencias dentro del personal de la Fuerza Armada. ................................. ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 22-D y 439-D.- Autorizaciones para ejercer la profesión de abogado en todas sus ramas. ............................. DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro DIARIO OFICIAL DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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Page 1: Diario Oficial 8 de Julio 2014 · Estatutos de la Iglesia Profética Cristo te Llama, Manantiales de Agua Viva y Acuerdo Ejecutivo No. 69, aprobándolos y ... llegando así de esta

1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 404 SAN SALVADOR, MARTES 8 DE JULIO DE 2014 NUMERO 125

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]

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31

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39-40

ORGANO LEGISLATIVO

Tratado de Extradición entre la República de El Salvador y

la República del Perú; Acuerdo Ejecutivo No. 742, del Ramo de

Relaciones Exteriores, aprobándolo y Decreto Legislativo No.

713, ratifi cándolo. ......................................................................

Decreto No. 718.- Se establecen límites entre los municipios

de Quezaltepeque y San Juan Opico, ambos del departamento de

La Libertad. ...............................................................................

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN

Escritura pública, estatutos de la Fundación Alternativas y

Decreto Ejecutivo No. 63, declarándola legalmente establecida,

aprobándole sus estatutos y confi riéndole el carácter de persona

jurídica. ......................................................................................

RAMO DE GOBERNACIÓN

Estatutos de la Iglesia Profética Cristo te Llama, Manantiales

de Agua Viva y Acuerdo Ejecutivo No. 69, aprobándolos y

confi riéndole el carácter de persona jurídica. ............................

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

RAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-0012.- Se reconoce al Profesor Rodrigo

Alfonso Hernández, como Director del Liceo “Rafael Mendoza”,

ubicado en el municipio de Ahuachapán. ..................................

Acuerdos Nos. 15-0155, 15-0346 y 15-0654.- Reconocimiento

de estudios académicos. .............................................................

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL

RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

Acuerdo No. 105.- Se solicita intervención del Fiscal

General de la República, para que comparezca ante notario, a

otorgar diligencias de remedición de inmuebles. .......................

Acuerdos Nos. 66, 107 y 108.- Ascensos y transferencias

dentro del personal de la Fuerza Armada. .................................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 22-D y 439-D.- Autorizaciones para ejercer

la profesión de abogado en todas sus ramas. .............................

DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro

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Acuerdos Nos. 176-D y 186-D (2).- Autorizaciones para

ejercer las funciones de notario. .................................................

INSTITUCIONES AUTÓNOMAS

CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA

Decreto No. 22.- Políticas de Ahorro y Austeridad del Gasto

en las Entidades del Sector Gubernamental y Municipal. .........

Decreto No. 23.- Políticas Internas de Auditoría

Gubernamental. ..........................................................................

Decreto No. 24.- Reglamento para el Uso y Control de las

Tecnologías de Información y Comunicación en las Entidades

del Sector Público. .....................................................................

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Decreto No. 1.- Se prorroga vigencia de la Ordenanza

Transitoria de Exención del Pago de Intereses y Multas

Provenientes de Deudas por Tasas e Impuestos Municipales, de

la municipalidad de San Juan Nonualco. ...................................

Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal del

Cantón San José La Ceiba y Acuerdo No. 7, emitido por la

Alcaldía Municipal de Candelaria, departamento de Cuscatlán,

aprobándolos y confi riéndole el carácter de persona jurídica. ...

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Aviso de Inscripción ........................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Herencia Yacente ............................................................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia ................................................

Aceptación de Herencia ..................................................

Título Supletorio .............................................................

Título de Dominio............................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Señal de Publicidad Comercial ......................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Edicto de Emplazamiento ...............................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

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DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Título de Dominio............................................................

Renovación de Marcas ....................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Balances de Liquidación .................................................

Título Municipal ..............................................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Título de Dominio............................................................

Renovación de Marcas ....................................................

Marca de Fábrica ............................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Señal de Publicidad Comercial ......................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Otros .................................................................................

Marca de Servicios ..........................................................

Reposición de Póliza de Seguro ......................................

Reposición de Cheque .....................................................

Marca de Producto ..........................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resoluciones Nos. 107, 114, 117, 119, 131, 136, 138, 140,

141, 144, 148, 154, 160 y 161.- Reposiciones de títulos. ..........

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

ACUERDO No. 742/2011

Antiguo Cuscatlán, 16 de mayo de 2011

Visto el Tratado de Extradición entre la República de El Salvador y la República del Perú, suscrito el 7 de julio de 2005, en nombre y representa-

ción del Gobierno de la República de El Salvador, por el entonces Ministro de Relaciones Exteriores, Licenciado Francisco Esteban Laínez Rivas, el

cual consta de un preámbulo y dieciocho artículos; y tiene como objeto la entrega recíproca, según las normas y condiciones establecidas en el presente

Tratado y de conformidad con las normas legales vigentes de cada Parte, de las personas que son requeridas por las autoridades judiciales de la otra

Parte, por la comisión de un delito o para la ejecución de una pena privativa de libertad; el Organo Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores,

ACUERDA: a-) Aprobarlo en todas sus partes; y b-) Someterlo a consideración de la Honorable Asamblea Legislativa, para que si lo tiene a bien se

sirva otorgarle su ratifi cación. COMUNÍQUESE.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Martínez Bonilla.

DECRETO No. 713

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que el 7 de julio de 2005 fue suscrito el Tratado de Extradición entre la República de El Salvador y la República del Perú.

II. Que el referido Instrumento ha sido aprobado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 742/2011 del 16 de mayo de 2011 y sometido a consideración

de esta Asamblea Legislativa para su ratifi cación.

III. Que dicho Instrumento no contiene ninguna disposición contraria a la Constitución, siendo procedente su ratifi cación.

POR TANTO,

en uso de las facultades constitucionales y a iniciativa del entonces Presidente de la República, periodo 2009-2014, por medio del Ministro de

Relaciones Exteriores.

DECRETA:

Art. 1.- Ratifícase en todas sus partes el Tratado de Extradición entre la República de El Salvador y la República del Perú, el cual consta de un

preámbulo y dieciocho artículos, suscrito el 7 de julio de 2005 y aprobado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 742/2011 del 16 de mayo de 2011.

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los doce días del mes de junio del año dos mil catorce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES

PRESIDENTE

ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE

PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA

TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA

CARLOS ARMANDO REYES RAMOS

QUINTO VICEPRESIDENTE

GUILLERMO FRANCISCO MATA BENNETT MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL

PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO

SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA

TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO

IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA

QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO

FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ

SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los tres días del mes de julio del año dos mil catorce.

PUBLÍQUESE,

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

CARLOS ALFREDO CASTANEDA MAGAÑA,

VICEMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES,

INTEGRACIÓN Y PROMOCIÓN ECONÓMICA,

ENCARGADO DEL DESPACHO.

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

DECRETO No. 718.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que la existente delimitación entre los municipios que comprenden el Departamento de La Libertad, no se ajusta al presente desarrollo de

la tecnología en materia registral y de medición territorial; como tampoco a las vigentes circunstancias de desarrollo social y económico

del país.

II. Que con la tecnología registral y los modelos fotogramétricos actualmente disponibles por el Centro Nacional de Registros; es posible la

realización de una delimitación y demarcación precisa de dichos límites.

III. Que se ha desarrollado un proceso de diálogo entre las municipalidades involucradas con la asistencia del Centro Nacional de Registros y del

Instituto Geográfi co y del Catastro Nacional, llegando así de esta manera a la elaboración y fi rma del Acta de límite municipal QUEZALTEPEQUE

– SAN JUAN OPICO con referencia No. 0512-0515, la cual se toma como base para el contenido del presente decreto y se anexa como parte

integral del mismo.

IV. Que el Código Municipal en su Art. 23 establece que es facultad de la Asamblea Legislativa decretar la defi nición de los límites territoriales.

V. Que de conformidad al Art. 131 ordinal 5° de la Constitución es competencia de este Primer Órgano del Estado decretar, interpretar

auténticamente, reformar y derogar leyes secundarias.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Carlos Cortez Hernández, Nery Arely Díaz de Rivera, Mildred Guadalupe

Machado, Rafael Morán Tobar, Mario Eduardo Valiente Ortiz y Guadalupe Antonio Vásquez Martínez y del exdiputado Erik Mira Bonilla.

DECRETA:

Art. 1. Se establece como límite entre los Municipios de Quezaltepeque y San Juan Opico ambos del Departamento de La Libertad, el siguiente:

El trazo del límite municipal está formado por tres trayectos. El primer trayecto formado de tres tramos, determinados por cuatro puntos, nu-

merados del uno al cuatro, por linderos de parcelas; el segundo trayecto formado de dos tramos, determinados por tres puntos numerados del cuatro

al seis, por vía de comunicación terrestre; el tercer trayecto formado de cuatro tramos, determinados por cinco puntos numerados del seis al diez, por

linderos de parcelas.

Punto trifi nio de Inicio. Está ubicado en la intercepción entre la prolongación del lindero de propiedad que divide las parcelas mil ciento cin-

cuenta y ocho, del sector cero cinco quince R diecinueve y ciento tres, del sector cero cinco doce R cero nueve, con el eje central del río Sucio, siendo

éste el punto número uno, al mismo tiempo trifi nio para los municipios de San Matías, Quezaltepeque y San Juan Opico, todos del departamento de

La Libertad. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y dos punto ochenta y siete metros; Latitud

igual, trescientos tres mil cuatro punto noventa y nueve metros. Sus colindantes son, para el municipio de San Matías, parcela quinientos uno, del sector

cero cinco dieciséis R cero siete; para el municipio de Quezaltepeque, parcela ciento tres, del sector cero cinco doce R cero nueve y para el municipio

de San Juan Opico, parcela mil ciento cincuenta y ocho, del sector cero cinco quince R diecinueve.

Trayecto uno

Tramo uno, del punto número uno al punto número dos. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por linderos de parcelas, hasta llegar al

esquinero sureste de la parcela mil doscientos setenta y nueve, del sector cero cinco quince R diecinueve, lugar donde se ubica el punto número dos,

con una distancia aproximada de dos mil ochocientos setenta y cinco punto trece metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta

y cuatro mil novecientos treinta y cuatro punto noventa y ocho metros; Latitud igual, trescientos mil novecientos treinta punto catorce metros. Sus

colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela ciento tres (hacienda San Lorenzo), del sector cero cinco doce R cero nueve y parcela

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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

ciento tres (parte oriente), del sector cero cinco doce R doce; para el municipio de San Juan Opico, parcelas mil ciento cincuenta y ocho, mil ciento

sesenta, mil ciento treinta y nueve, mil ciento cuarenta, mil ciento cuarenta y uno, mil ciento sesenta y dos, mil ciento sesenta y tres, mil ciento sesenta

y cuatro, mil ciento sesenta y cinco, mil doscientos ochenta, mil doscientos ochenta y uno, mil doscientos ochenta y dos, mil doscientos ochenta y tres,

mil doscientos sesenta y seis, mil doscientos ochenta y cuatro, mil doscientos ochenta y cinco, mil doscientos sesenta y tres, mil doscientos sesenta y

cuatro y mil doscientos setenta y nueve, todas del sector cero cinco quince R diecinueve.

Tramo dos, del punto número dos al punto número tres. Con rumbo Sur cuarenta y tres grados, cincuenta y dos minutos, cuarenta y dos punto

noventa y siete segundos Este, atravesando la porción de rocas ígneas emanadas de la erupción del Volcán de San Salvador o Quezaltepec, denominada

"Lava Vieja", hasta interceptar el esquinero noreste de la parcela dos, del sector cero cinco doce R doce, lugar donde se ubica el punto número tres,

con una distancia aproximada de ochocientos cincuenta y tres punto cero cuatro metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta

y cinco mil quinientos veintiséis punto veinticinco metros; Latitud igual, trescientos mil trescientos quince punto veinticinco metros. Sus colindantes

son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela ciento tres (parte oriente del lugar conocido como Lava Vieja), del sector cero cinco doce R doce,

para el municipio de San Juan Opico, parcela ciento tres (parte poniente del lugar conocido como Lava Vieja), del sector cero cinco doce R doce.

Tramo tres, del punto número tres al punto número cuatro. Con rumbo Sureste, en línea recta, por linderos de parcelas, hasta interceptar el

eje central de la calle antigua que conduce de la ciudad de Quezaltepeque, al desvío de San Juan Opico, lugar donde se ubica el punto número cuatro,

con una distancia aproximada de seiscientos dieciocho punto sesenta y ocho metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta y cinco

mil setecientos dieciocho punto sesenta y un metros; Latitud igual, doscientos noventa y nueve mil setecientos treinta y uno punto treinta y nueve

metros. Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela ciento tres (parte oriente del lugar conocido como Lava Vieja), del sector

cero cinco doce R doce; para el municipio de San Juan Opico, parcela dos, del sector cero cinco doce R doce.

Trayecto dos

Tramo uno, del punto número cuatro al punto número cinco. Con rumbo Suroeste, en línea sinuosa, por el eje central de la calle antigua

que conduce de la ciudad de Quezaltepeque al desvío de San Juan Opico, hasta interceptar el eje central de la línea férrea, lugar donde se ubica el

punto número cinco, con una distancia aproximada de mil trescientos cuarenta y cuatro punto cero tres metros. Sus coordenadas son Longitud igual,

cuatrocientos sesenta y cinco mil ciento setenta y uno punto sesenta y un metros; Latitud igual, doscientos noventa y ocho mil seiscientos veintisiete

punto veinticinco metros. Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcelas ciento veinticuatro, ciento trece, ciento dieciséis, ciento

quince, ciento seis, ciento nueve, ciento veintisiete, ciento once, ciento siete, ciento doce, mil quinientos noventa y cuatro, mil quinientos noventa y

tres, ciento cuarenta y dos, ciento cuarenta y uno, ciento treinta y dos, ciento ocho, ciento treinta y ocho, ciento treinta y uno, ciento treinta y ciento

treinta y seis; para el municipio de San Juan Opico, parcelas dos, tres, uno y ciento tres, todas del sector cero cinco doce R doce, parcela quinientos

veintitrés (Autódromo El Jabalí), del sector cero cinco quince R veinte.

Tramo dos, del punto número cinco al punto número seis. Con rumbo Suroeste, en línea recta, por el eje central de la línea férrea, hasta

interceptar la prolongación del lindero nor poniente de la parcela cuatrocientos dos, del sector cero cinco doce R doce, lugar donde se ubica el punto

número seis, con una distancia aproximada de ciento veintisiete punto noventa y cuatro metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos

sesenta y cinco mil sesenta y dos punto treinta y nueve metros; Latitud igual, doscientos noventa y ocho mil quinientos sesenta punto sesenta y dos

metros. Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela cincuenta mil treinta y dos, del sector cero cinco doce R doce; para el mu-

nicipio de San Juan Opico, parcela quinientos veintitrés (Autódromo El Jabalí), del sector cero cinco quince R veinte.

Trayecto tres

Tramo uno, del punto número seis al punto número siete. Con rumbo Sureste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta interceptar

el esquinero sureste de la parcela quinientos veinte, del sector cero cinco doce R doce, lugar donde se ubica el punto número siete, con una distancia

aproximada de dos mil ochocientos sesenta y cinco punto cuarenta y seis metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta y seis

mil doscientos cinco punto ochenta metros; Latitud igual, doscientos noventa y siete mil seiscientos ochenta y cinco punto cincuenta y siete metros.

Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcelas cuatrocientos dos, cuatrocientos cuatro, cuatrocientos siete, cuatrocientos seis,

cuatrocientos cinco, cuatrocientos nueve, cuatrocientos once, cuatrocientos catorce, cuatrocientos cuarenta y cuatro, cuatrocientos quince, cuatrocientos

cuarenta y seis, cuatrocientos cuarenta y siete, cuatrocientos cuarenta y ocho, quinientos trece, cuatrocientos cincuenta y uno, cuatrocientos cuarenta y

tres, cuatrocientos cincuenta, cuatrocientos cincuenta y dos, quinientos veintisiete, quinientos veintiuno, quinientos veinticinco, ochocientos veintiséis

y quinientos veinte, todas del sector cero cinco doce R doce; para el municipio de San Juan Opico, parcela cuatrocientos once (parte poniente de la

porción de rocas ígneas emanadas de la erupción del Volcán de San Salvador o Quezaltepec, denominada Reserva Forestal "Lava Nueva"), del sector

cero cinco quince R veintiuno.

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

Tramo dos, del punto número siete al punto número ocho. Con rumbo Sur veintitrés grados, cincuenta minutos, cuarenta y ocho punto

ochenta y dos segundos Este, hasta interceptar el eje central de la calle que del Plan del Hoyo conduce al Cantón y Caserío El Matazano, lugar donde

se ubica el punto número ocho, con una distancia aproximada de mil setecientos cincuenta y tres punto noventa y cuatro metros. Sus coordenadas son

Longitud igual, cuatrocientos sesenta y seis mil novecientos catorce punto noventa y un metros; Latitud igual, doscientos noventa y seis mil ochenta

y uno punto treinta y seis metros. Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela cuatrocientos once (parte oriente de la porción de

rocas ígneas emanadas de la erupción del Volcán de San Salvador o Quezaltepec, denominada Reserva Forestal "Lava Nueva"), del sector cero cinco

quince R veintiuno; para el municipio de San Juan Opico, parcela cuatrocientos once (parte poniente de la porción de rocas ígneas emanadas de la

erupción del Volcán de San Salvador o Quezaltepec, denominada Reserva Forestal "Lava Nueva"), del sector cero cinco quince R veintiuno.

Tramo tres, del punto número ocho al punto número nueve. Con rumbo Sureste, en línea recta, por linderos de parcelas; hasta encontrar el

borde del cráter del volcán de San Salvador, conocido como El Boquerón, lugar donde se ubica el punto número nueve. Con una distancia aproximada

de cinco mil trescientos setenta y seis punto cero cuatro metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta y nueve mil doscientos

sesenta y cinco punto cuarenta y dos metros; Latitud igual, doscientos noventa y un mil cuatrocientos seis punto cincuenta y ocho metros. Sus colin-

dantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela cuatro del sector cero cinco doce R catorce, parcelas doce, y uno ambas del sector cero cinco

doce R quince, parcelas ciento sesenta y cinco, ciento sesenta y cuatro, ciento cincuenta y uno, ciento cincuenta y dos, doscientos treinta y doscientos

quince, todas del sector cero cinco doce R dieciséis; para el municipio de San Juan Opico, parcelas cuatrocientos dieciocho, cuatrocientos diecinueve,

cuatrocientos dieciséis, todas del sector cero cinco quince R veintiuno, parcelas ochenta y seis, ochenta y cinco, ochenta y cuatro, ochenta y tres,

novecientos veinticinco y doscientos noventa y tres, todas del sector cero cinco quince R veintitrés.

Tramo cuatro, del punto número nueve al punto número diez. Con rumbo Sur quince grados, tres minutos, cuarenta y ocho punto cero tres

segundos Oeste, sobre el cráter del volcán de San Salvador, conocido como El Boquerón; hasta llegar a la parte baja del centro de dicho cráter, lugar

donde se ubica el punto número diez. Con una distancia aproximada de setecientos noventa y seis punto veintinueve metros. Sus coordenadas son

Longitud igual, cuatrocientos sesenta y nueve mil cincuenta y ocho punto cuarenta y ocho metros; Latitud igual, doscientos noventa mil seiscientos

treinta y siete punto sesenta y cinco metros. Sus colindantes son, el cráter del volcán El Boquerón para ambos municipios.

Punto Común de llegada. Es el que se describe como punto número diez, se encuentra ubicado en la parte baja del centro del cráter, del volcán

de San Salvador conocido como El Boquerón, al mismo tiempo es punto común para los municipios de Colón, San Juan Opico, Quezaltepeque, Santa

Tecla, todos del departamento de La Libertad y Nejapa, del departamento de San Salvador.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinte días del mes de junio del año dos mil catorce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES

PRESIDENTE

ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDÉS SOTO GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE

PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA

TERCER VICEPRESIDENTE CUARTA VICEPRESIDENTA

CARLOS ARMANDO REYES RAMOS

QUINTO VICEPRESIDENTE

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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

GUILLERMO FRANCISCO MATA BENNETT MANUEL VICENTE MENJÍVAR ESQUIVEL PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO

SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA TERCERA SECRETARIA CUARTO SECRETARIO

IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ ERNESTO ANTONIO ANGULO MILLA QUINTA SECRETARIA SEXTO SECRETARIO

FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dos días del mes de julio del año dos mil catorce.

PUBLÍQUESE,

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA,

MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL.

REF.: No. 0512-0515

ACTA DE LÍMITE ENTRE LOS MUNICIPIOS DE

QUEZALTEPEQUE Y SAN JUAN OPICO

En el Centro Nacional de Registros, a las nueve horas y treinta minutos, del día nueve del mes de octubre del año dos mil trece, comparecen los infrascritos: Licenciado Carlos Antonio Figueroa, actuando en su calidad de Alcalde Municipal, señor José Antonio Ortiz, actuando en su calidad de Síndico Municipal, ambos del municipio de Quezaltepeque; Ingeniero Romeo José Barillas Panilla, actuando en su calidad de Alcalde Municipal, Mayor José Raúl Orellana Molina, actuando en su calidad de Síndico Municipal, ambos del municipio de San Juan Opico; Doctor José Enrique Argumedo Casula, actuando en su calidad de Director Ejecutivo del Centro Nacional de Registros (CNR) y el Ingeniero Rigoberto Ovidio Magaña Chavarría, actuando en su calidad de Director del Instituto Geográfi co y del Catastro Nacional (IGCN); con el objeto de darle lectura y ratifi cación a los datos de la descripción técnica contenidos en la presente acta, en la cual ambas municipalidades han defi nido su respectivo límite jurisdiccional administrativo, según acuerdos municipales, por Quezaltepeque, acta número nueve, acuerdo número cinco, del día cuatro de marzo del año dos mil ocho y por San Juan Opico, acta número veintiuno, acuerdo número siete, del día primero de diciembre del año dos mil doce.

DESCRIPCIÓN TÉCNICA

El trazo del límite municipal está formado por tres trayectos. El primer trayecto formado de tres tramos, determinados por cuatro puntos, nu-merados del uno al cuatro, por linderos de parcelas; el segundo trayecto formado de dos tramos, determinados por tres puntos numerados del cuatro al seis, por vía de comunicación terrestre; el tercer trayecto formado de cuatro tramos, determinados por cinco puntos numerados del seis al diez, por linderos de parcelas.

Punto trifi nio de Inicio. Está ubicado en la intercepción entre la prolongación del lindero de propiedad que divide las parcelas mil ciento cin-cuenta y ocho, del sector cero cinco quince R diecinueve y ciento tres, del sector cero cinco doce R cero nueve, con el eje central del río Sucio, siendo éste el punto número uno, al mismo tiempo trifi nio para los municipios de San Matías, Quezaltepeque y San Juan Opico, todos del departamento de La Libertad. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y dos punto ochenta y siete metros; Latitud igual, trescientos tres mil cuatro punto noventa y nueve metros. Sus colindantes son, para el municipio de San Matías, parcela quinientos uno, del sector cero cinco dieciséis R cero siete; para el municipio de Quezaltepeque, parcela ciento tres, del sector cero cinco doce R cero nueve y para el municipio de San Juan Opico, parcela mil ciento cincuenta y ocho, del sector cero cinco quince R diecinueve.

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

Trayecto uno

Tramo uno, del punto número uno al punto número dos. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por linderos de parcelas, hasta llegar al

esquinero sureste de la parcela mil doscientos setenta y nueve, del sector cero cinco quince R diecinueve, lugar donde se ubica el punto número dos,

con una distancia aproximada de dos mil ochocientos setenta y cinco punto trece metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta

y cuatro mil novecientos treinta y cuatro punto noventa y ocho metros; Latitud igual, trescientos mil novecientos treinta punto catorce metros. Sus

colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela ciento tres (hacienda San Lorenzo), del sector cero cinco doce R cero nueve y parcela

ciento tres (parte oriente), del sector cero cinco doce R doce; para el municipio de San Juan Opico, parcelas mil ciento cincuenta y ocho, mil ciento

sesenta, mil ciento treinta y nueve, mil ciento cuarenta, mil ciento cuarenta y uno, mil ciento sesenta y dos, mil ciento sesenta y tres, mil ciento sesenta

y cuatro, mil ciento sesenta y cinco, mil doscientos ochenta, mil doscientos ochenta y uno, mil doscientos ochenta y dos, mil doscientos ochenta y tres,

mil doscientos sesenta y seis, mil doscientos ochenta y cuatro, mil doscientos ochenta y cinco, mil doscientos sesenta y tres, mil doscientos sesenta y

cuatro y mil doscientos setenta y nueve, todas del sector cero cinco quince R diecinueve.

Tramo dos, del punto número dos al punto número tres. Con rumbo Sur cuarenta y tres grados, cincuenta y dos minutos, cuarenta y dos punto

noventa y siete segundos Este, atravesando la porción de rocas ígneas emanadas de la erupción del Volcán de San Salvador o Quezaltepec, denominada

"Lava Vieja", hasta interceptar el esquinero noreste de la parcela dos, del sector cero cinco doce R doce, lugar donde se ubica el punto número tres,

con una distancia aproximada de ochocientos cincuenta y tres punto cero cuatro metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta

y cinco mil quinientos veintiséis punto veinticinco metros; Latitud igual, trescientos mil trescientos quince punto veinticinco metros. Sus colindantes

son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela ciento tres (parte oriente del lugar conocido como Lava Vieja), del sector cero cinco doce R doce,

para el municipio de San Juan Opico, parcela ciento tres (parte poniente del lugar conocido como Lava Vieja), del sector cero cinco doce R doce.

Tramo tres, del punto número tres al punto número cuatro. Con rumbo Sureste, en línea recta, por linderos de parcelas, hasta interceptar el

eje central de la calle antigua que conduce de la ciudad de Quezaltepeque, al desvío de San Juan Opico, lugar donde se ubica el punto número cuatro,

con una distancia aproximada de seiscientos dieciocho punto sesenta y ocho metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta y cinco

mil setecientos dieciocho punto sesenta y un metros; Latitud igual, doscientos noventa y nueve mil setecientos treinta y uno punto treinta y nueve

metros. Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela ciento tres (parte oriente del lugar conocido como Lava Vieja), del sector

cero cinco doce R doce; para el municipio de San Juan Opico, parcela dos, del sector cero cinco doce R doce.

Trayecto dos

Tramo uno, del punto número cuatro al punto número cinco. Con rumbo Suroeste, en línea sinuosa, por el eje central de la calle antigua

que conduce de la ciudad de Quezaltepeque al desvío de San Juan Opico, hasta interceptar el eje central de la línea férrea, lugar donde se ubica el

punto número cinco, con una distancia aproximada de mil trescientos cuarenta y cuatro punto cero tres metros. Sus coordenadas son Longitud igual,

cuatrocientos sesenta y cinco mil ciento setenta y uno punto sesenta y un metros; Latitud igual, doscientos noventa y ocho mil seiscientos veintisiete

punto veinticinco metros. Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcelas ciento veinticuatro, ciento trece, ciento dieciséis, ciento

quince, ciento seis, ciento nueve, ciento veintisiete, ciento once, ciento siete, ciento doce, mil quinientos noventa y cuatro, mil quinientos noventa y

tres, ciento cuarenta y dos, ciento cuarenta y uno, ciento treinta y dos, ciento ocho, ciento treinta y ocho, ciento treinta y uno, ciento treinta y ciento

treinta y seis; para el municipio de San Juan Opico, parcelas dos, tres, uno y ciento tres, todas del sector cero cinco doce R doce, parcela quinientos

veintitrés (Autódromo El Jabalí), del sector cero cinco quince R veinte.

Tramo dos, del punto número cinco al punto número seis. Con rumbo Suroeste, en línea recta, por el eje central de la línea férrea, hasta

interceptar la prolongación del lindero nor poniente de la parcela cuatrocientos dos, del sector cero cinco doce R doce, lugar donde se ubica el punto

número seis, con una distancia aproximada de ciento veintisiete punto noventa y cuatro metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos

sesenta y cinco mil sesenta y dos punto treinta y nueve metros; Latitud igual, doscientos noventa y ocho mil quinientos sesenta punto sesenta y dos

metros. Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela cincuenta mil treinta y dos, del sector cero cinco doce R doce; para el mu-

nicipio de San Juan Opico, parcela quinientos veintitrés (Autódromo El Jabalí), del sector cero cinco quince R veinte.

Trayecto tres

Tramo uno, del punto número seis al punto número siete. Con rumbo Sureste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta interceptar

el esquinero sureste de la parcela quinientos veinte, del sector cero cinco doce R doce, lugar donde se ubica el punto número siete, con una distancia

aproximada de dos mil ochocientos sesenta y cinco punto cuarenta y seis metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta y seis

mil doscientos cinco punto ochenta metros; Latitud igual, doscientos noventa y siete mil seiscientos ochenta y cinco punto cincuenta y siete metros.

Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcelas cuatrocientos dos, cuatrocientos cuatro, cuatrocientos siete, cuatrocientos seis,

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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

cuatrocientos cinco, cuatrocientos nueve, cuatrocientos once, cuatrocientos catorce, cuatrocientos cuarenta y cuatro, cuatrocientos quince, cuatrocientos

cuarenta y seis, cuatrocientos cuarenta y siete, cuatrocientos cuarenta y ocho, quinientos trece, cuatrocientos cincuenta y uno, cuatrocientos cuarenta y

tres, cuatrocientos cincuenta, cuatrocientos cincuenta y dos, quinientos veintisiete, quinientos veintiuno, quinientos veinticinco, ochocientos veintiséis

y quinientos veinte, todas del sector cero cinco doce R doce; para el municipio de San Juan Opico, parcela cuatrocientos once (parte poniente de la

porción de rocas ígneas emanadas de la erupción del Volcán de San Salvador o Quezaltepec, denominada Reserva Forestal "Lava Nueva"), del sector

cero cinco quince R veintiuno.

Tramo dos, del punto número siete al punto número ocho. Con rumbo Sur veintitrés grados, cincuenta minutos, cuarenta y ocho punto

ochenta y dos segundos Este, hasta interceptar el eje central de la calle que del Plan del Hoyo conduce al Cantón y Caserío El Matazano, lugar donde

se ubica el punto número ocho, con una distancia aproximada de mil setecientos cincuenta y tres punto noventa y cuatro metros. Sus coordenadas son

Longitud igual, cuatrocientos sesenta y seis mil novecientos catorce punto noventa y un metros; Latitud igual, doscientos noventa y seis mil ochenta

y uno punto treinta y seis metros. Sus colindantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela cuatrocientos once (parte oriente de la porción de

rocas ígneas emanadas de la erupción del Volcán de San Salvador o Quezaltepec, denominada Reserva Forestal "Lava Nueva"), del sector cero cinco

quince R veintiuno; para el municipio de San Juan Opico, parcela cuatrocientos once (parte poniente de la porción de rocas ígneas emanadas de la

erupción del Volcán de San Salvador o Quezaltepec, denominada Reserva Forestal "Lava Nueva"), del sector cero cinco quince R veintiuno.

Tramo tres, del punto número ocho al punto número nueve. Con rumbo Sureste, en línea recta, por linderos de parcelas; hasta encontrar el

borde del cráter del volcán de San Salvador, conocido como El Boquerón, lugar donde se ubica el punto número nueve. Con una distancia aproximada

de cinco mil trescientos setenta y seis punto cero cuatro metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos sesenta y nueve mil doscientos

sesenta y cinco punto cuarenta y dos metros; Latitud igual, doscientos noventa y un mil cuatrocientos seis punto cincuenta y ocho metros. Sus colin-

dantes son, para el municipio de Quezaltepeque, parcela cuatro del sector cero cinco doce R catorce, parcelas doce, y uno ambas del sector cero cinco

doce R quince, parcelas ciento sesenta y cinco, ciento sesenta y cuatro, ciento cincuenta y uno, ciento cincuenta y dos, doscientos treinta y doscientos

quince, todas del sector cero cinco doce R dieciséis; para el municipio de San Juan Opico, parcelas cuatrocientos dieciocho, cuatrocientos diecinueve,

cuatrocientos dieciséis, todas del sector cero cinco quince R veintiuno, parcelas ochenta y seis, ochenta y cinco, ochenta y cuatro, ochenta y tres,

novecientos veinticinco y doscientos noventa y tres, todas del sector cero cinco quince R veintitrés.

Tramo cuatro, del punto número nueve al punto número diez. Con rumbo Sur quince grados, tres minutos, cuarenta y ocho punto cero tres

segundos Oeste, sobre el cráter del volcán de San Salvador, conocido como El Boquerón; hasta llegar a la parte baja del centro de dicho cráter, lugar

donde se ubica el punto número diez. Con una distancia aproximada de setecientos noventa y seis punto veintinueve metros. Sus coordenadas son

Longitud igual, cuatrocientos sesenta y nueve mil cincuenta y ocho punto cuarenta y ocho metros; Latitud igual, doscientos noventa mil seiscientos

treinta y siete punto sesenta y cinco metros. Sus colindantes son, el cráter del volcán El Boquerón para ambos municipios.

Punto Común de llegada. Es el que se describe como punto número diez, se encuentra ubicado en la parte baja del centro del cráter, del volcán

de San Salvador conocido como El Boquerón, al mismo tiempo es punto común para los municipios de Colón, San Juan Opico, Quezaltepeque, Santa

Tecla, todos del departamento de La Libertad y Nejapa, del departamento de San Salvador.

LIC. CARLOS ANTONIO FIGUEROA, JOSÉ ANTONIO ORTIZ,

ALCALDE MUNICIPAL DE QUEZALTEPEQUE. SÍNDICO MUNICIPAL DE QUEZALTEPEQUE.

ING. ROMEO JOSÉ BARILLAS PANILLA, MAYOR JOSÉ RAÚL ORELLANA MOLINA,

ALCALDE MUNICIPAL DE SAN JUAN OPICO. SÍNDICO MUNICIPAL DE SAN JUAN OPICO.

DR. JOSÉ ENRIQUE ARGUMEDO CASULA, ING. RIGOBERTO OVIDIO MAGAÑA CHAVARRÍA,

DIRECTOR EJECUTIVO DEL DIRECTOR DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO

CENTRO NACIONAL DE REGISTROS. Y DEL CATASTRO NACIONAL.

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

NÚMERO DOS. LIBRO DOS. En la ciudad de San Salvador, Departa-

mento de San Salvador, a las diecisiete horas y treinta minutos del día

treinta y uno de julio de dos mil trece. Ante mí, FRANCISCO ANTONIO

MARTÍNEZ VILLALOBOS, Notario, de este domicilio, comparecen

los señores: GILBERTO ALFONSO FAJARDO CÁRCAMO, de trein-

ta y ocho años, estudiante, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Depar-

tamento de La Libertad, a quien hoy conozco e identifi co por medio de

su Documento Único de Identidad número cero dos nueve dos siete

siete uno tres- siete y Número de Identifi cación Tributaria: cero uno cero

nueve guión dos cero cero tres siete cinco guión uno cero uno guión

cero; JOSÉ DANIEL MONGE ARTIGA, de treinta y seis años, Abo-

gado, del domicilio de San Salvador, a quien hoy conozco e identifi co

por medio de su Documento Único de Identidad Número cero dos siete

cinco dos seis dos uno- tres y Número de Identifi cación Tributaria: cero

seis uno cuatro guión dos dos cero tres siete siete guión uno uno cero

guión cero; RAUL ERNESTO TORREZ PAZ, de cuarenta y cinco años,

consultor, del domicilio de la ciudad de Santa Tecla, Departamento de

La Libertad, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Docu-

mento Único de Identidad Número cero uno ocho ocho cinco cinco

nueve dos - dos y Número de Identifi cación Tributaria: uno uno dos tres

guión dos siete cero nueve seis siete guión uno cero dos guión dos; JUAN

JOSÉ ORTIZ, de cuarenta años de edad, Licenciado en Administración

de Empresas, del domicilio de San Salvador, persona que hoy conozco

e identifi co a través de su Documento Único de Identidad número: cero

cero ocho tres ocho cuatro nueve siete guión nueve y Número de Iden-

tifi cación Tributaria: cero seiscientos catorce guión dos ocho cero cuatro

siete tres guión uno uno ocho guión uno; y ME DICEN: Que por una-

nimidad acuerdan la aprobación de los siguientes puntos: PRIMERO:

Se acuerda constituir una fundación de carácter apolítico, no lucrativa,

ni religiosa que se denominará FUNDACIÓN ALTERNATIVAS. SE-

GUNDO: Se aprueban íntegramente los estatutos que regirán la funda-

ción creada, que consta de treinta y dos artículos que se transcribirán a

continuación: ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN ALTERNATIVAS.

CAPÍTULO I. NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y

PLAZO. ARTÍCULO UNO. Créase en la ciudad de San Salvador,

Departamento de San Salvador, la Fundación de nacionalidad Salvado-

reña, que se denominará Fundación Alternativas, como una Entidad

apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se

denominará " La Fundación". ARTÍCULO DOS. El domicilio de la

Fundación será la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad,

pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera

de él. ARTÍCULO TRES. La Fundación se constituye por tiempo inde-

fi nido. CAPÍTULO II. OBJETO O FINALIDAD. ARTÍCULO CUATRO.

Los fi nes u objetos de la fundación consisten en: a) Promover la inves-

tigación y el análisis de la realidad nacional y regional en temas relativos

a lo social, político, cultural, económico y ambiental. b) Fomentar la

generación y capacidad de propuesta sobre políticas públicas nacionales

y regionales así como La promoción, divulgación y gestión de estudios

de investigación académica sobre las mismas, que incidan en el desa-

rrollo nacional y regional. c) Promover el desarrollo y la generación de

espacios de discusión y debate sobre temas de políticas públicas nacio-

nales y regionales. d) Promover, fomentar y desarrollar la cultura de la

democracia y la gobernabilidad democrática, la transparencia institu-

cional, la ética, la justicia y la paz a nivel nacional y regional. e) Esta-

blecer mecanismos de cooperación interinstitucional con instancias de

gobierno, organización no gubernamental, Universidades y sociedad

civil a nivel nacional e internacional para el impulso de políticas públi-

cas que favorezcan el desarrollo del país. f) Gestionar, con entidades

públicas y privadas a nivel nacional e internacional, recursos humanos,

materiales y económicos para el impulso de los procesos de formulación

de políticas públicas. CAPÍTULO III. DEL PATRIMONIO. ARTÍCU-

LO CINCO. El Patrimonio de la Fundación estará constituido por: a)

Un aporte inicial de Un Mil Doscientos Dólares de los Estados Unidos

de América, equivalentes a Diez Mil Quinientos Colones, que los miem-

bros fundadores han pagado. La aportación en dinero relacionado

queda en poder y bajo la responsabilidad de la Junta Directiva; b)

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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

Donaciones, herencias, legados, fi deicomisos, contribuciones de perso-

nas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamente; y

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas

provenientes de los mismos de conformidad con la ley. ARTÍCULO

SEIS. El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme

a las directrices que le manifi este la Asamblea General. CAPÍTULO IV.

DEL GOBIERNO DE LA FUNDACIÓN. ARTÍCULO SIETE. El go-

bierno de la Fundación será ejercido por: a) La Asamblea General; y b)

La Junta Directiva. CAPÍTULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL.

ARTÍCULO OCHO.- La Asamblea General, debidamente convocada,

es la autoridad máxima de la Fundación y estará integrada por la totali-

dad de los miembros Fundadores. ARTÍCULO NUEVE. La Asamblea

General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamen-

te cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General

sesionará válidamente con la asistencia de tres de sus miembros como

mínimo de los Miembros en primera convocatoria y en segunda convo-

catoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en los

casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las

resoluciones las tomará la Asamblea General con tres votos, excepto en

los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente. En caso

de empate en las votaciones, el que preside la sesión tendrá voto reso-

lutivo. ARTÍCULO DIEZ. Todo miembro que no pudiera asistir a

cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados

podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de

representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su re-

presentado. ARTÍCULO ONCE. Son atribuciones de la Asamblea

General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miem-

bros de la Junta Directiva; b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos

y el Reglamento Interno de la Fundación; c) Aprobar y/o modifi car los

planes, programas o presupuesto anual de la Fundación; d) Aprobar o

desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Fundación, presentada

por la Junta Directiva; e) Decidir sobre la compra, venta o enajenación

de los bienes inmuebles pertenecientes a la Fundación; y f) Decidir todos

aquellos asuntos de interés para la Fundación y que no estén contem-

plados en los presentes Estatutos. CAPÍTULO VI. DE LA JUNTA

DIRECTIVA. ARTÍCULO DOCE. La dirección y administración de la

Fundación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada

de la siguiente forma: Un Presidente, un Vicepresidente, Secretario, y

un Tesorero. La Junta Directiva administrará y dispondrá del patrimonio

de la misma, en los términos que establezcan las leyes y estos Estatutos.

ARTÍCULO TRECE. Los miembros de la Junta Directiva serán electos

para un período de dos años, pudiendo ser reelectos. ARTÍCULO CA-

TORCE. La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y

extraordinariamente cuantas veces sea necesario. ARTÍCULO QUINCE.

El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será de

tres de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayo-

ría de los asistentes. En caso de existir empate el Presidente tendrá voto

de calidad. ARTÍCULO DIECISEIS. La Junta Directiva tendrá las si-

guientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el

logro de los fi nes de la Fundación; b) Velar por la administración efi -

ciente y efi caz del patrimonio de la Fundación; c) Elaborar la Memoria

Anual de Labores de la Fundación; d) Promover la elaboración de planes,

programas, proyectos y presupuestos de la Fundación e informar a la

Asamblea General; e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Re-

glamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General y

de la misma Junta Directiva; f) Convocar a sesiones ordinarias y ex-

traordinarias de Asamblea General; g) Resolver todos los asuntos que

no sean competencia de la Asamblea General. ARTÍCULO DIECISIE-

TE. Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las sesiones Ordinarias

y Extraordinarias de Asamblea General; b) Velar por el cumplimiento

de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea

General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación;

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Fundación, pudiendo

otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva; d) Convocar

a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la

Junta Directiva; e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones

que tenga que hacer la Fundación; y f) Presentar la Memoria de Labores

de la Fundación y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.

ARTÍCULO DIECIOCHO. Son atribuciones del Vice-presidente: a)

Cumplir con todas las atribuciones del Presidente, incluida la represen-

tación, en ausencia o impedimento de éste, previa autorización de la

Junta Directiva, siempre que dicha ausencia no se prolongue por más

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de sesenta días o por el período que los demás miembros de la Junta

Directiva le concedan por motivos de fuerza mayor; b) Brindará su total

colaboración al Presidente. ARTÍCULO DIECINUEVE. Son atribucio-

nes del Secretario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de

Asamblea General y de Junta Directiva; b) Llevar el archivo de docu-

mentos y registros de los miembros de la Fundación; c) Extender todas

las certifi caciones que fueran solicitadas a la fundación; d) Hacer y

enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones; e) Ser el

órgano de comunicación de la Fundación. ARTÍCULO VEINTE. Son

atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la

Fundación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione; b)

Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Funda-

ción; y c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que

la Fundación tenga que realizar. CAPÍTULO VII. DE LOS MIEMBROS

FUNDADORES. ARTÍCULO VEINTIUNO. Son MIEMBROS FUN-

DADORES todas aquellas personas que han contribuido al fondo inicial

con el cual se constituye la Fundación. Los fundadores podrán designar

distinciones honorarias a todas aquellas personas que por su labor y

méritos en favor de la Fundación sean así nombrados por la Asamblea

General, así como también a todas aquellas personas naturales o jurídi-

cas, Instituciones, Entidades y Organismos Nacionales o Extranjeros,

así como Empresas que mediante invitación de la Junta Directiva apor-

ten contribuciones signifi cativas a la Fundación en efectivo o en especies

de acuerdo al criterio que para tal efecto establezca la Junta Directiva.

ARTÍCULO VEINTIDÓS. Son derechos de los miembros Fundadores:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General; b)

Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos

de la Fundación; y c) Los demás que les señalen los Estatutos y Regla-

mento Interno de la Fundación. ARTÍCULO VEINTITRÉS. Son debe-

res de los miembros Fundadores: a) Asistir a las sesiones Ordinarias y

Extraordinarias de Asamblea General; b) Cooperar en el desarrollo de

aquellas actividades propias de la Fundación; c) Cumplir y hacer cum-

plir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resolu-

ciones de la Asamblea General; y d) Los demás que les señalen los

Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación. ARTÍCULO VEIN-

TICUATRO. La calidad de miembro fundador se perderá por las causas

siguientes: a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno,

Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General; b) Por otras faltas

graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal

sanción; y c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPÍTULO VIII. DE LA DISOLUCIÓN. ARTÍCULO VEINTICINCO.

No podrá disolverse la Fundación sino por disposición de la ley o por

resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a

ese efecto y con un número de tres votos. ARTÍCULO VEINTISÉIS.

En caso de acordarse la disolución de la Fundación se nombrará una

Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asam-

blea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que

sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a

cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General señale.

CAPÍTULO IX. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DIS-

CIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN.

ARTÍCULO VEINTISIETE. Los estatutos de la Fundación tendrán

fuerza obligatoria sobre las mismas y sus miembros estarán obligados

a obedecerlos bajo las siguientes sanciones: I) FALTAS LEVES: a) La

inasistencia continua e injustifi cada a las sesiones de Asamblea General

y de Junta Directiva, según sea el caso; b) Indisciplina de incumplimien-

to de las funciones asignadas; II) FALTAS GRAVES: a) Promover

actividades contrarias a los fi nes de la fundación; b) Disponer del patri-

monio de la Fundación para fi nes particulares; c) Malversación de

fondos. III) SANCIONES. Los miembros de la Fundación se harán

acreedores a las medidas disciplinarias siguientes: a) Si cometiere una

falta leve, será amonestado por escrito por la Junta Directiva. b) Al

cometer una falta grave, podrá ser expulsado por acuerdo tomado en

Asamblea General con la votación de seis de los miembros fundadores

de la Fundación. IV) PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN. a) EN

CASOS DE FALTAS LEVES. Al tener conocimiento la Junta Directi-

va de una falta leve cometida por uno de los miembros de la Fundación,

deberá convocarlo inmediatamente a la próxima sesión, en la que en

forma conjunta se revisará la falta cometida y la Junta Directiva resol-

verá lo que corresponda; b) EN CASOS DE FALTAS GRAVES. La

Junta Directiva conocerá de las faltas graves cometidas por los miembros

de acuerdo con el procedimiento siguiente: Uno) Conocida la falta se

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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

comunicará al miembro para que dentro de los tres días hábiles siguien-

tes presente prueba en su defensa. Dos) Transcurrido dicho plazo, la

Junta Directiva decidirá si procede o no la sanción correspondiente, la

Junta Directiva deberá convocar a la Asamblea General para ratifi car

dicha sanción. Tres) Comunicada la sanción, el miembro tendrá derecho

a apelar ante la Asamblea General, dentro de las cuarenta y ocho horas

siguientes a su notifi cación; y planteada la apelación deberá convocarse

a Asamblea General para que conozca del asunto; en la sesión deberá

oírse al sancionado y resolver dentro de la misma. CAPÍTULO X.

DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO VEINTIOCHO. Para

reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favo-

rable de tres de los miembros en Asamblea General convocada para tal

efecto. ARTÍCULO VEINTINUEVE. Los documentos sujetos a regis-

tro deberán ser presentados dentro de los quince días siguientes a su

formalización. ARTÍCULO TREINTA. Todo lo relativo al orden inter-

no de la Fundación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá

en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por

la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. ARTÍCULO

TREINTA Y UNO. La Fundación se regirá por los presentes Estatutos

y demás disposiciones legales aplicables. ARTÍCULO TREINTA Y

DOS. Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su

publicación en el Diario Ofi cial. TERCERO. Que de conformidad al

artículo doce de los presentes estatutos, proceden a elegir a la Junta

Directiva de la Fundación, la cual por decisión unánime de los compa-

recientes queda integrada de la siguiente manera: PRESIDENTE:

GILBERTO ALFONSO FAJARDO CÁRCAMO. VICEPRESIDENTE:

RAÚL ERNESTO TORRES PAZ. SECRETARIO: JOSÉ DANIEL

MONGE ARTIGA. TESORERO: JUAN JOSÉ ORTÍZ. YO, EL NO-

TARIO: DOY FE: Que híce saber a los comparecientes, la advertencia

que señala el artículo noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Fun-

daciones sin Fines de Lucro, cerciorándome que los conocen, compren-

den y por eso otorgan el presente instrumento. Así se expresaron los

comparecientes, a quienes expliqué los efectos legales de este instru-

mento; y leído que les hube lo escrito en un solo acto, ratifi can su con-

tenido y fi rmamos. DOY FE. Entrelíneas: Organización no Guberna-

mental-Vale. Enmendados: siete siete- uno cero nueve guión dos

cero- tres-Valen. Más entrelíneas: -dos-Un-Valen.Más enmendados: San

Salvador-San Salvador-Valen. Más entrelíneas: ARTÍCULO TRECE.-

Vale.

FRANCISCO ANTONIO MARTÍNEZ VILLALOBOS,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, DEL FOLIO TRES FRENTE AL FOLIO SIETE

FRENTE, DE MI LIBRO DE PROTOCOLO NÚMERO DOS, QUE

VENCE EL DÍA VEINTIDÓS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATOR-

CE; Y PARA SER ENTREGADO A LA FUNDACIÓN ALTERNATI-

VAS, EXTIENDO, FIRMO Y SELLO EL PRESENTE TESTIMONIO,

EN LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE JULIO

DEL AÑO DOS MIL TRECE.

FRANCISCO ANTONIO MARTÍNEZ VILLALOBOS,

NOTARIO.

ES CONFORME con su original con el cual se confrontó en el Registro

de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de

Gobernación, San Salvador, a las once horas del día veinticuatro de

abril del año dos mil catorce.

LICDA. ANA DELMY MENDOZA CAMPOS,

DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO DE ASOCIACIONES Y

FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN ALTERNATIVAS

CAPÍTULO I.

NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO.

Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de San

Salvador, la Fundación de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará

Fundación Alternativas, como una Entidad apolítica, no lucrativa, ni

religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará " La Funda-

ción".

Art. 2.- El domicilio de la Fundación será la ciudad de Santa Tecla,

Departamento de La Libertad, pudiendo establecer fi liales en todo el

territorio de la República y fuera de él.

Art. 3.- La Fundación se constituye por tiempo indefi nido.

CAPÍTULO II

OBJETO O FINALIDAD

Art. 4.- Los fi nes u objetos de la fundación consisten en:

a) Promover la investigación y el análisis de la realidad nacional

y regional en temas relativos a lo social, político, cultural,

económico y ambiental.

b) Fomentar la generación y capacidad de propuesta sobre polí-

ticas públicas nacionales y regionales así como la promoción,

divulgación y gestión de estudios de investigación académica

sobre las mismas, que incidan en el desarrollo nacional y

regional.

c) Promover el desarrollo y la generación de espacios de dis-

cusión y debate sobre temas de políticas públicas nacionales

y regionales.

d) Promover, fomentar y desarrollar la cultura de la democracia y

la gobernabilidad democrática, la transparencia institucional,

la ética, la justicia y la paz a nivel nacional y regional.

e) Establecer mecanismos de cooperación interinstitucional

con instancias de gobierno, organización no gubernamental,

Universidades y sociedad civil a nivel nacional e internacio-

nal para el impulso de políticas públicas que favorezcan el

desarrollo del país.

f) Gestionar, con entidades públicas y privadas a nivel nacional

e internacional, recursos humanos, materiales y económicos

para el impulso de los procesos de formulación de políticas

públicas.

CAPÍTULO III

DEL PATRIMONIO

Art. 5.- El Patrimonio de la Fundación estará constituido por:

a) Un aporte inicial de Un Mil Doscientos Dólares de los

Estados Unidos de América, equivalentes a Diez Mil Qui-

nientos Colones, que los miembros fundadores han pagado.

La aportación en dinero relacionado queda en poder y bajo

la responsabilidad de la Junta Directiva;

b) Donaciones, herencias, legados, fi deicomisos, contribuciones

de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras,

respectivamente; y

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la

ley.

Art. 6.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva

conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.

CAPÍTULO IV

DEL GOBIERNO DE LA FUNDACIÓN

Art. 7.- El gobierno de la Fundación será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPÍTULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la

autoridad máxima de la Fundación y estará integrada por la totalidad

de los miembros Fundadores.

Art. 9.- La Asamblea General, se reunirá ordinariamente una

vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta

Directiva.

La Asamblea General sesionará validamente con la asistencia de

tres de sus miembros como mínimo de los Miembros en primera con-

vocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros

que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor

número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General

con tres votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una

mayoría diferente. En caso de empate en las votaciones, el que preside

la sesión tendrá voto resolutivo.

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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

Art. 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las

sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse

representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones

es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Art. 11.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros

de la Junta Directiva;

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Fundación;

c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto

anual de la Fundación;

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la

Fundación, presentada por la Junta Directiva;

e) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la Fundación; y

f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Fundación

y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPÍTULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 12.- La dirección y administración de la Fundación estará

confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente

forma: Un Presidente, un Vicepresidente, Secretario, y un Tesorero.

La Junta Directiva administrará y dispondrá del patrimonio de la

misma, en los términos que establezcan las leyes y estos Estatutos.

Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un

período de dos años, pudiendo ser reelectos.

Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al

mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda

sesionar será de tres de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados

por la mayoría de los asistentes. En caso de existir empate el Presidente

tendrá voto de calidad.

Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fi nes de la Fundación;

b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio

de la Fundación;

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación;

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos

y presupuestos de la Fundación e informar a la Asamblea

General;

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General

y de la misma Junta Directiva;

f) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea

General;

g) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General.

Art. 17.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General;

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación;

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Fundación,

pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta

Directiva;

d) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General y de la Junta Directiva;

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Fundación; y

f) Presentar la Memoria de Labores de la Fundación y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma.

Art. 18.- Son atribuciones del Vice-presidente:

a) Cumplir con todas las atribuciones del Presidente, incluida

la representación, en ausencia o impedimento de éste, previa

autorización de la Junta Directiva, siempre que dicha ausencia

no se prolongue por más de sesenta días o por el período que

los demás miembros de la Junta Directiva le concedan por

motivos de fuerza mayor;

b) Brindará su total colaboración al Presidente.

Art. 19.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General

y de Junta Directiva;

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la Fundación;

c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la

fundación;

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones;

e) Ser el órgano de comunicación de la Fundación.

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

Art. 20.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Fundación obtenga, en

el Banco que la Junta Directiva seleccione;

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad

de la Fundación; y

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que

la Fundación tenga que realizar.

CAPÍTULO VII

DE LOS MIEMBROS FUNDADORES

Art. 21.- Son MIEMBROS FUNDADORES, todas aquellas per-

sonas que han contribuido al fondo inicial con el cual se constituye la

Fundación. Los fundadores podrán designar distinciones honorarias a

todas aquellas personas que por su labor y méritos en favor de la Funda-

ción sean así nombrados por la Asamblea General, así como también a

todas aquellas personas naturales o jurídicas, Instituciones, Entidades y

Organismos Nacionales o Extranjeros, así como Empresas que mediante

invitación de la Junta Directiva aporten contribuciones signifi cativas a

la Fundación en efectivo o en especies de acuerdo al criterio que para

tal efecto establezca la Junta Directiva.

Art. 22.- Son derechos de los miembros Fundadores:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-

neral;

b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Fundación; y

c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Fundación.

Art. 23.- Son deberes de los miembros Fundadores:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General;

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la Fundación;

c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General;

y

d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Fundación.

Art. 24.- La calidad de miembro fundador se perderá por las causas

siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos

y Resoluciones de la Asamblea General;

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea

General merezcan tal sanción; y

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPÍTULO VIII

DE LA DISOLUCIÓN

Art. 25.- No podrá disolverse la Fundación sino por disposición

de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,

convocada a ese efecto y con un número de tres votos.

Art. 26.- En caso de acordarse la disolución de la Fundación se

nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas

por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los

bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se do-

narán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General

señale.

CAPÍTULO IX

SANCIONES A LOS MIEMBROS,

MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y

PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN.

Art. 27.- Los estatutos de la Fundación tendrán fuerza obligatoria

sobre las mismas y sus miembros estarán obligados a obedecerlos bajo

las siguientes sanciones:

I) FALTAS LEVES:

a) La inasistencia continua e injustifi cada a las sesiones de

Asamblea General y de Junta Directiva, según sea el caso;

b) Indisciplina de incumplimiento de las funciones asignadas;

II) FALTAS GRAVES:

a) Promover actividades contrarias a los fi nes de la funda-

ción;

b) Disponer del patrimonio de la Fundación para fi nes particu-

lares;

c) Malversación de fondos.

III) SANCIONES:

Los miembros de la Fundación se harán acreedores a las

medidas disciplinarias siguientes:

a) Si cometiere una falta leve, será amonestado por escrito por

la Junta Directiva.

b) Al cometer una falta grave, podrá ser expulsado por acuerdo

tomado en Asamblea General con la votación de seis de los

miembros fundadores de la Fundación.

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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

IV) PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN:

a) EN CASOS DE FALTAS LEVES: Al tener conocimiento

la Junta Directiva de una falta leve cometida por uno de los

miembros de la Fundación, deberá convocarlo inmediata-

mente a la próxima sesión, en la que en forma conjunta se

revisará la falta cometida y la Junta Directiva resolverá lo

que corresponda;

b) EN CASOS DE FALTAS GRAVES: La Junta Directiva

conocerá de las faltas graves cometidas por los miembros

de acuerdo con el procedimiento siguiente:

1) Conocida la falta se comunicará al miembro para que

dentro de los tres días hábiles siguientes presente prueba

en su defensa.

2) Transcurrido dicho plazo, la Junta Directiva decidirá

si procede o no la sanción correspondiente, la Junta

Directiva deberá convocar a la Asamblea General para

ratifi car dicha sanción.

3) Comunicada la sanción, el miembro tendrá derecho a

apelar ante la Asamblea General, dentro de las cuarenta

y ocho horas siguientes a su notifi cación; y planteada

la apelación deberá convocarse a Asamblea General

para que conozca del asunto; en la sesión deberá oírse

al sancionado y resolver dentro de la misma.

CAPÍTULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 28.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será ne-

cesario el voto favorable de tres de los miembros en Asamblea General

convocada para tal efecto.

Art. 29.- Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados

dentro de los quince días siguientes a su formalización.

Art. 30.- Todo lo relativo al orden interno de la Fundación no com-

prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de

la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado

por la Asamblea General.

Art. 31.- La Fundación se regirá por los presentes Estatutos y demás

disposiciones legales aplicables.

Art. 32.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día

de su publicación en el Diario Ofi cial.

DECRETO No. 63

EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA REPÚBLICA DE EL SALVA-

DOR,

DECRETA:

Art. 1.- Declárase legalmente establecida la FUNDACIÓN ALTER-

NATIVAS, constituida en la ciudad de San Salvador, Departamento de

San Salvador, a las diecisiete horas y treinta minutos del día treinta y uno

de julio de dos mil trece, por Escritura Pública, otorgada ante los ofi cios

del Notario FRANCISCO ANTONIO MARTÍNEZ VILLALOBOS.

Art. 2.- Apruébense en todas sus partes los Estatutos de la citada

institución, los cuales constan de TREINTA Y DOS Artículos, por no

contener nada contrario a las leyes del país y confi éresele el carácter de

Persona Jurídica de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones

y Fundaciones sin Fines de Lucro.

Art. 3.- Publíquense los referidos Estatutos en el Diario Ofi cial e

inscríbase en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de

Lucro FUNDACIÓN ALTERNATIVAS.

Art. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su

publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinte

días del mes de mayo de dos mil catorce.

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

Presidente de la República.

GREGORIO ERNESTO ZELAYANDÍA CISNEROS,

Ministro de Gobernación.

(Registro No. C003059)

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

RAMO DE GOBERNACION

ESTATUTOS DE LA IGLESIA

PROFÉTICA CRISTO TE LLAMA,

MANANTIALES DE AGUA VIVA.

CAPÍTULO I.

NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO.

Artículo UNO.- Créase en la ciudad de San Julián, departamento de Sonsonate, la Iglesia de nacionalidad salvadoreña, que se denominará IGLESIA PROFÉTICA CRISTO TE LLAMA, MANANTIALES DE AGUA VIVA, y que podrá abreviarse "IGLESIA MANANTIALES DE AGUA VIVA", como una Entidad de interés particular y religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará "La Iglesia".

Artículo DOS.- El domicilio de la Iglesia será la ciudad de San Julián, departamento de Sonsonate, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él.

Artículo TRES.- La Iglesia se constituye por tiempo indefi nido.

CAPÍTULO II.

FINES.

Artículo CUATRO.- Los fi nes de la Iglesia serán:

a) La proclamación, publicación y enseñanza del mensaje del Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo conforme a lo precep-tuado por la Santa Biblia.

b) Elevar el estado espiritual y moral de los miembros.

c) Difundir el conocimiento de la Biblia predicando sus princi-pios; y

d) Entablar y mantener relaciones con otras Iglesias u organismos nacionales e internacionales que persigan fi nalidades similares a los de la IGLESIA PROFÉTICA CRISTO TE LLAMA, MANANTIALES DE AGUA VIVA.

CAPÍTULO III.

DE LOS MIEMBROS.

Artículo CINCO.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Artículo SEIS.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de miem-bros:

a) Miembros Fundadores

b) Miembros Activos.

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que

suscriban el Acta de Constitución de la Iglesia.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta

Directiva acepte como tales en la Iglesia.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que

por su labor y méritos en favor de la Iglesia sean así nombrados por la

Asamblea General.

Artículo SIETE.- Son derechos de los miembros Fundadores y

Activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-

neral.

b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Iglesia.

c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Iglesia.

Artículo OCHO.- Son deberes de los miembros Fundadores y

Activos:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la Iglesia.

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Iglesia.

Artículo NUEVE.- La calidad de miembro se perderá por las causas

siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos

y resoluciones de la Asamblea General.

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea

General merezcan tal sanción.

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPÍTULO IV.

DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA.

Artículo DIEZ.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

CAPÍTULO V.

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Artículo ONCE.- La Asamblea General, debidamente convocada,

es la autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad

de los miembros Activos y Fundadores.

Artículo DOCE.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente

una vez al año, y Extraordinariamente cuando fuere convocada por la

Junta Directiva. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por

mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se

requiera una mayoría diferente.

Artículo TRECE.- Todo miembro que no pudiera asistir a cual-

quiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados,

podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de

representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su

representado.

Artículo CATORCE.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros

de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Iglesia.

c) Aprobar y/o modifi car los Planes, Programas o Presupuesto

Anual de la Iglesia.

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la

Iglesia, presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los

miembros.

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la Iglesia.

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y

que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPÍTULO VI.

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Artículo QUINCE.- La dirección y administración de la Iglesia

estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente

forma: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero y tres Vocales.

Artículo DIECISÉIS.- Los miembros de la Junta Directiva serán

electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos.

Artículo DIECISIETE.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamen-

te una vez al mes, y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Artículo DIECIOCHO.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.

Artículo DIECINUEVE.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Iglesia.

b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio de la Iglesia.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de Iglesia.

d) Promover la elaboración de Planes, Programas, Proyectos y Presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea Gene-ral.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los miembros de la Iglesia los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fi nes de la Iglesia.

g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General.

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General.

Artículo VEINTE.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.

d) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva.

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Iglesia.

f) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquier informe que le sea solicitado por la misma.

Artículo VEINTIUNO.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Iglesia.

c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la Iglesia.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones.

e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

Artículo VEINTIDÓS.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el

Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad

de la Iglesia.

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que

la Iglesia tenga que realizar.

Artículo VEINTITRÉS.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva.

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de

ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce

literal a) de estos Estatutos.

CAPÍTULO VII.

DEL PATRIMONIO.

Artículo VEINTICUATRO.- El Patrimonio de la Iglesia estará

constituido por:

a) Las cuotas de los miembros.

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-

mente.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la

ley.

Artículo VEINTICINCO.- El Patrimonio será administrado por la

Junta Directiva conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea

General.

CAPÍTULO VIII.

DE LA DISOLUCIÓN.

Artículo VEINTISÉIS.- No podrá disolverse la Iglesia sino por

disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General

Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que

represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.

Artículo VEINTISIETE.- En caso de acordarse la disolución de

la Iglesia se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco

personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó

la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus

compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la

Asamblea General señale.

CAPÍTULO IX.

DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo VEINTIOCHO.- Para reformar o derogar los presentes

Estatutos, será necesario el voto favorable de no menos del sesenta

por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal

efecto.

Artículo VEINTINUEVE.- La Junta Directiva tiene la obligación

de enviar al Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes

de enero de cada año, la nómina de los miembros y dentro de los cinco

días después de electa la nueva Junta Directiva, una Certifi cación del

Acta de elección de la misma, y en todo caso proporcionar al expresado

Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.

Artículo TREINTA.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia

no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento

Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva

y aprobado por la Asamblea General.

Artículo TREINTA Y UNO.- La IGLESIA PROFÉTICA CRISTO

TE LLAMA, MANANTIALES DE AGUA VIVA, se regirá por los

presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo TREINTA Y DOS.- Los presentes Estatutos entrarán en

vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 069

San Salvador, 6 de marzo de 2014.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA PROFETICA

CRISTO TE LLAMA, MANANTIALES DE AGUA VIVA, que podrá

abreviarse "IGLESIA MANANTIALES DE AGUA VIVA", compuestos

de TREINTA Y DOS artículos, fundada en la ciudad de San Julián, De-

partamento de Sonsonate, a las quince horas del día veintisiete de octubre

del año dos mil trece, y no encontrando en ellos ninguna disposición

contraria a las leyes del país, de conformidad con los Artículos 26 de la

Constitución de la República, Art. 34 numeral 6 del Reglamento Interno

del Órgano Ejecutivo, y Arts. 542 y 543 del Código Civil, el Órgano

Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en

todas sus partes confi riendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA

JURÍDICA. b) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.- EL

MINISTRO DE GOBERNACION, GREGORIO ERNESTO ZELA-

YANDIA CISNEROS.

(Registro No. F013984)

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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

ACUERDO No. 15-0012.-

San Salvador, 07 de enero de 2014

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, CONSIDERANDO: I) Que de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución

de la República de El Salvador, se establece que es obligación y fi nalidad primordial del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura

a la persona humana; así mismo se establece su responsabilidad de reglamentar, organizar e inspeccionar el sistema educativo, en los centros educa-

tivos ofi ciales y privados. En relación a lo anterior, compete al Ministerio de Educación, con base al Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento

Interno del Órgano Ejecutivo, autorizar las instituciones y servicios educativos que fueren necesarios, controlar y supervisar los centros ofi ciales y

privados de Educación, así como regular la creación, funcionamiento y nominación de los mismos; II) Que de conformidad a los Artículos 1, 12 y

80 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del servicio educativo de las instituciones ofi ciales y privadas;

para lo cual establece normas y mecanismos necesarios, que garanticen la calidad, efi ciencia y cobertura de la educación. En tal sentido la creación y

funcionamiento de los centros educativos privados se autorizan por Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Educación, el cual deberá sustentarse en com-

probaciones que garanticen la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y fi nancieros necesarios y el personal docente

califi cado de conformidad a los servicios que ofrezcan; III) Que el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación

de este Ministerio conoció sobre la solicitud de RECONOCIMIENTO DE DIRECTOR, dicha solicitud la presentó la señora Mirna Patricia Carranza

de Calderón, quien se identifi ca con Documento Único de Identidad N° 01920230-0, actuando en su calidad de propietaria del centro educativo privado

denominado LICEO "RAFAEL MENDOZA", propiedad que comprueba con Testimonio de Escritura Pública de venta, cesión y traspaso, celebrada

el día 19 de abril de 2013, ante los ofi cios notariales del Licenciado Juan Antonio Pérez González; el centro educativo antes mencionado se identifi ca

con el código N° 21202, con domicilio autorizado en 3a. Avenida Sur, N° 1-1, Municipio de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, proponiendo

para el cargo de Director de dicha institución al profesor RODRIGO ALFONSO HERNÁNDEZ conocido por RODRIGO ALFONSO NERIO, quien

se identifi ca con su Documento Único de Identidad N° 01027980-5, inscrito en el Registro de Escalafón Magisterial como RODRIGO ALFONSO

NERIO HERNÁNDEZ con Número de Identidad Profesional 1600205, como Profesor Docente Nivel dos guión cuarenta y nueve, en sustitución del

Profesor José María Contreras Gutiérrez, reconocido mediante Acuerdo N° 15-0103 de fecha 21 de enero de 2005; IV) Que después de comprobar la

legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, el Departamento de Acreditación Institucional de la

Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, mediante Resolución de fecha 13 de diciembre de 2013, resolvió RECONOCER COMO DIREC-

TOR de dicho centro educativo, al profesor RODRIGO ALFONSO HERNÁNDEZ conocido por RODRIGO ALFONSO NERIO, quien se identifi ca

con su Documento Único N° 01027980-5, Inscrito en el Registro de Escalafón Magisterial como RODRIGO ALFONSO NERIO HERNÁNDEZ con

Número de Identidad Profesional 1600205, como Profesor Docente Nivel dos guión cuarenta y nueve, en sustitución del Profesor José María Contreras

Gutiérrez, reconocido mediante Acuerdo N° 15-0103 de fecha 21 de enero de 2005. POR TANTO, de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de

la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, Artículos 1, 12 y 80

de la Ley General de Educación, Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente, Artículo 36 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente y en uso

de las facultades legales antes citadas, ACUERDA: 1) Confi rmar en todas sus partes la Resolución de fecha 13 de diciembre de 2013, emitida por el

Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, por medio de la cual se RECONOCE COMO

DIRECTOR, del Centro Educativo Privado denominado LICEO "RAFAEL MENDOZA", con código de infraestructura N° 21202, con domicilio

autorizado en 3a. Avenida Sur, N° 1-1, Municipio de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, al profesor RODRIGO ALFONSO HERNÁNDEZ

conocido por RODRIGO ALFONSO NERIO, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad N° 01027980-5, inscrito en el Registro de

Escalafón Magisterial como RODRIGO ALFONSO NERIO HERNÁNDEZ con Número de Identidad Profesional 1600205, como Profesor Docente

Nivel dos guión cuarenta y nueve, a partir del 13 de diciembre de 2013, en sustitución del Profesor José María Contreras Gutiérrez, según solicitud

presentada por la señora Mirna Patricia Carranza de Calderón, actuando en su calidad de propietaria del centro educativo en mención; 2) El presente

Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. PUBLÍQUESE.-

FRANZI HASBÚN BARAKE,

MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.

(Registro No. F013965)

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

ACUERDO No. 15-0155.-

San Salvador, 20 de Enero de 2014

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecu-

tivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó JHOAN SEBASTIAN ACOSTA ALARCÓN, de nacionalidad

salvadoreña, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Octavo Grado, realizados en Basisschool Aventurjin, Standdaarbuiten, Holanda en el

año 2013, con los de Sexto Grado de nuestro país; II) Que según Resolución de fecha 9 de enero de 2014 emitida por el Departamento de Acredita-

ción Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y

el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base a los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales

vigentes, resolvió autorizar la Equivalencia de estudios de Octavo Grado obtenido por JHOAN SEBASTIAN ACOSTA ALARCÓN en Basisschool

Aventurjin, Standdaarbuiten, Holanda. POR TANTO de conformidad a lo establecido por los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y

Artículo 4 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media

y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento de equivalencia de los estudios de Octavo Grado cursados en

Basisschool Aventurjin, Standdaarbuiten, Holanda, a JHOAN SEBASTIAN ACOSTA ALARCÓN reconociéndole su validez académica dentro de

nuestro sistema educativo, para matricularse en Séptimo Grado de nuestro país, 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.-

FRANZI HASBÚN BARAKE,

MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.

(Registro No. F014012)

ACUERDO No. 15-0346.-

San Salvador, 19 de Febrero de 2014

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,

CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó MAURICIO JOAQUÍN PÉREZ RIVAS, de nacionalidad argentina,

solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Primer Año del Nivel de Educación Secundaria, Ciclo Básico, realizados en el Establecimiento

Educativo San Francisco de Asís, de la Ciudad de Villa Elisa, La Plata, República Argentina en el año 2012 con los de Octavo Grado de nuestro país;

II) Que según Resolución de fecha 11 de febrero de 2014 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Edu-

cación de este Ministerio, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con

base a los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Equivalencia de estudios de

Primer Año del Nivel de Educación Secundaria, Ciclo Básico, obtenido por MAURICIO JOAQUÍN PÉREZ RIVAS en el Establecimiento Educativo

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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

San Francisco de Asís, de la Ciudad de Villa Elisa, La Plata, República Argentina. POR TANTO de conformidad a lo establecido por los Artículos

59 y 62 de la Ley General de Educación y Artículo 4 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia en Educación Básica y Media e

Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento de equivalencia

de los estudios de Primer Año del Nivel de Educación Secundaria, Ciclo Básico, cursados en el Establecimiento Educativo San Francisco de Asís, de

la Ciudad de Villa Elisa, La Plata, República Argentina, a MAURICIO JOAQUÍN PÉREZ RIVAS reconociéndole su validez académica dentro de

nuestro sistema educativo, para matricularse en Noveno Grado de nuestro país. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.-

FRANZI HASBÚN BARAKE,

MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.

(Registro No. F014037)

ACUERDO No. 15-0654.-

San Salvador, 24 de abril de 2014

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM: En uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,

CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó NOEMY BEATRIZ PÉREZ GALEANO, de nacionalidad salvadoreña,

solicitando INCORPORACIÓN de su Diploma de Aprobación del Examen de Estado al fi nalizar los Estudios de Instrucción Secundaria Superior-

Orden Técnico, Perito para el Turismo, extendido por el Ministerio de Instrucción de la Universidad y de la Investigación, Milan, República de Italia

en el año 2013; II) Que según Resolución de fecha 22 de Abril de 2014 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección

Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos

legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación

del Diploma de Aprobación del Examen de Estado al fi nalizar los Estudios de Instrucción Secundaria Superior-Orden Técnico, Perito para el Turismo

extendido por el Ministerio de Instrucción de la Universidad y de la Investigación, Milan, República de Italia a favor de NOEMY BEATRIZ PÉREZ

GALEANO. POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para

Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales

vigentes. ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento e Incorporación del Diploma de Aprobación del Examen de Estado al fi nalizar los Estudios de

Instrucción Secundaria Superior-Orden Técnico, Perito para el Turismo extendido por el Ministerio de Instrucción de la Universidad y de la Investi-

gación, Milan, República de Italia a favor de NOEMY BEATRIZ PÉREZ GALEANO reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema

educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.-

FRANZI HASBÚN BARAKE,

MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.

(Registro No. F014062)

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

ACUERDO No. 105.

San Salvador, 17 de junio del 2014.

EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, EN EL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL; I. CONSIDERANDO: a)

Que el Estado de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional es dueño y actual poseedor de un inmueble de naturaleza rústica, identifi cado como

segunda porción de la Hacienda San José, del Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, cuyo antecedente está inscrito a la Matrí-

cula número tres cero dos dos seis cuatro uno uno - cero cero cero cero cero del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del

Centro, Departamento de La Libertad, y es utilizado por la Brigada de Artillería; b) Que por sanidad jurídica y con el fi n de armonizar el área legal

con la física, es necesario efectuar Diligencias de Remedición de Inmuebles del bien raíz antes referido; c) Que de conformidad al Art. 193 Ordinal

5° de la Constitución de la República de El Salvador, corresponde al Fiscal General de la República representar al Estado en este tipo de Diligencias,

por lo que es procedente la intervención de ese Ministerio Público, para que comparezca al otorgamiento de las presentes Diligencias de Remedición

de Inmuebles del bien raíz que se detalla a continuación; II. DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL INMUEBLE SEGÚN ANTECEDENTE: Que el Esta-

do de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional es dueño y actual poseedor de un inmueble de naturaleza rústica inculto, situado en la jurisdic-

ción de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, que fue desmembrado de la Hacienda Pichichuela y constituye ahora la Hacienda San José,

que se describe así: de ciento sesenta y cuatro y media manzanas o sea ciento quince hectáreas quince áreas, que linda, AL ORIENTE, con el río

Sucio; AL NORTE, con terreno Valle San Nicolás, hoy de Mercedes Trujillo, río Sucio en medio; AL PONIENTE, con el de Rafael de Jesús Sol

Izaguirre y de la Hacienda San Nicolás, camino real en medio; y AL SUR, con la Hacienda El Sitio de la sucesión del Doctor Francisco Dueñas; que

el inmueble antes mencionado en la actualidad se haya dividido en dos porciones que se describen así: la primera, de ochenta y seis hectáreas noven-

ta y cinco áreas trescientos sesenta y seis metros cuadrados trece centímetros cuadrados, linda: AL NORTE, con terrenos del Valle San Nicolás hoy

de Mercedes Trujillo, río Sucio en medio; AL SUR, con la Hacienda El Sitio de la sucesión del Doctor Francisco Dueñas; AL ORIENTE, con el río

Sucio; y AL PONIENTE, con predio de Rafael Sol Izaguirre, camino de por medio y con la porción que se describirá, calle de por medio abierta en

el resto del terreno; y la segunda porción, de veintiocho hectáreas, linda: AL NORTE, termina en punta, con terreno de Rafael Sol Izaguirre, después

de la sucesión Argumedo, quien le vendió Hermógenes Arévalo y a Perfecta Navas, comprándole Jesús Ramírez Caravantes a Arévalo y María Emi-

lia Montoya heredó de Perfecta Navas, camino de por medio; AL SUR, con la Hacienda El Sitio de la sucesión de Francisco Dueñas, hoy Hacienda

San Andrés, de Dueñas Trigueros y Compañía; AL ORIENTE, con la porción antes descrita, calle de por medio abierta en el resto del terreno; y AL

PONIENTE, con el de Rafael de Jesús Sol Izaguirre, y de la Hacienda San Nicolás, hoy con terrenos de la Hacienda La Providencia de Ernesto Meléndez

Prado, camino real de por medio; que según medición practicada por los Ingenieros del Departamento de Ingeniería y Arquitectura del Ministerio de

Defensa y de Seguridad Pública la segunda porción en que se ha dividido el inmueble mayor, tiene realmente las siguientes medidas y colindancias,

de treinta y siete hectáreas ochenta y ocho áreas veintiséis centiáreas con setenta y dos centésimos de centiárea, equivalentes a cincuenta y cuatro

manzanas dos mil treinta y cinco varas cuadradas con ochenta y ocho centésimos de vara cuadrada; y se describe partiendo de la esquina Noroeste así:

Costado Norte, que en la descripción del inmueble general formó parte del lindero Poniente, partiendo del vértice número uno, representado en el

terreno por mojón de concreto con rumbo Sur ochenta y cinco grados treinta y cinco minutos veintiocho segundos Este y distancia de treinta metros

noventa y seis centímetros se llega al vértice número dos, del vértice número dos, con rumbo Sur ochenta y cuatro grados cuarenta minutos cincuen-

ta y siete segundos Este y distancia de veintiocho metros veintisiete centímetros encontramos el vértice número tres, del vértice número tres, con

rumbo Sur setenta y siete grados cincuenta y cinco minutos cincuenta y siete segundos Este y distancia de cuarenta metros ochenta centímetros en-

contramos el vértice número cuatro estos tres tramos colindan con terreno propiedad del señor Jesús Ramírez Caravantes, antes de Hermógenes Arévalo

quien le compró a la sucesión Argumedo quienes compraron a Rafael de Jesús Sol Izaguirre, camino de por medio a Caserío Minas, del vértice nú-

mero cuatro con rumbo Sur ochenta y tres grados veinticinco minutos once segundos Este y distancia de cuarenta y nueve metros treinta centímetros

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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

encontramos el vértice número cinco, del vértice número cinco con rumbo Sur setenta y nueve grados cincuenta y cinco minutos veintiún segundos

Este y distancia de treinta y cinco metros treinta y ocho centímetros encontramos el vértice número seis, representado en el terreno por un mojón de

concreto, estos dos tramos colindan con terrenos propiedad de María Emilia Montoya, quien heredó a Perfecta Navas que compró a la sucesión Ar-

gumedo quienes compraron a Rafael de Jesús Sol Izaguirre, camino de por medio a Caserío Minas; Costado Este u Oriente, del vértice número seis,

con rumbo Sur trece grados cuarenta y seis minutos cincuenta y ocho segundos Este y distancia de novecientos setenta y dos metros cincuenta y tres

centímetros y colindando con terrenos de la Hacienda San José, la cual en su origen formó parte de la Hacienda La Pichichuela propiedad del señor

Juan José Najarro padre, carretera de por medio a San Juan Opico, encontramos el vértice número siete representado en el terreno por mojón de

concreto; Costado Sur, del vértice número siete con rumbo Norte ochenta y tres grados diez minutos treinta y nueve segundos oeste y distancia de

doscientos sesenta y dos metros cincuenta y seis centímetros encontramos el vértice número ocho, del vértice número ocho con rumbo Norte

ochenta y tres grados cincuenta minutos trece segundos Oeste y distancia de trescientos ochenta y dos metros treinta y siete centímetros encontramos

el vértice número nueve representado en el terreno por mojón de concreto; ambos tramos colindan con terreno de propiedad de Dueñas Trigueros y

Compañía, Hacienda San Andrés antes Hacienda El Sitio de Francisco Dueñas; Costado Oeste o Poniente, del vértice número nueve con rumbo Norte

catorce grados nueve minutos veintiséis segundos Este y distancia de novecientos veinticinco metros setenta y ocho centímetros, colinda con terrenos

de la Hacienda La Providencia del señor Ernesto Meléndez Prado antes de Rafael de Jesús Sol Izaguirre y Hacienda San Nicolás, y llegamos al vér-

tice número uno que fue el punto de partida. Que el terreno mayor o Hacienda San José lo tiene inscrito a su favor, por el usufructo a favor del primero,

según inscripción número ciento cuatro del Libro ciento veintisiete, y a favor del segundo por la nuda propiedad, según inscripciones, ciento cincuenta y

uno del Lindero ciento treinta y siete, cincuenta y uno del Libro doscientos setenta y ocho, y noventa y seis del Libro doscientos cuarenta y nueve

todos del Departamento de La Libertad, III. DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL INMUEBLE SEGÚN LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO:

Descripción técnica de REMEDICIÓN de un inmueble de naturaleza rústica propiedad del Gobierno y Estado de El Salvador en el Ramo de la De-

fensa Nacional ubicado en Hacienda San José, Cantón San Nicolás Los Encuentros, carretera a San Juan Opico, kilometro treinta y siete y medio

jurisdicción de San Juan Opico, en el Departamento de La Libertad. El inmueble posee una extensión superfi cial de Trescientos ochenta mil ochocien-

tos seis punto noventa y nueve metros cuadrados y que parte del mojón Nororiente denominado como mojón Uno con coordenadas geodésicas longi-

tud: cuatrocientos sesenta mil novecientos doce punto veintidós y latitud: trescientos dos mil quinientos sesenta y tres punto cincuenta y dos, donde

inicia la presente descripción técnica: LINDERO ORIENTE: Partiendo del mojón uno se miden catorce tramos rectos Así: Tramo uno, con rumbo Sur

trece grados cincuenta y un minutos veintidós segundos Este y distancia de cuatrocientos veintiocho punto cuarenta y dos metros; Tramo dos, con

rumbo Sur trece grados treinta y tres minutos veintiocho segundos Este y distancia de veinte punto cuarenta y seis metros; Tramo tres, con rumbo Sur

doce grados cincuenta y ocho minutos cero cero segundos Este y distancia de sesenta y seis punto veintitrés metros; Tramo cuatro, con rumbo Sur

trece grados cuarenta y cuatro minutos cero un segundo Este y distancia de cero punto sesenta y tres metros; Tramo cinco, con rumbo Sur diecinueve

grados once minutos cincuenta y un segundos Este y distancia de uno punto cero cuatros metros; Tramo seis, con rumbo Sur trece grados veinticuatro

minutos cincuenta y dos segundos Este y distancia de tres punto veinticuatro metros; Tramo siete, con rumbo Sur catorce grados cincuenta minutos y

cuarenta y un segundos Este y distancia de ocho punto trece metros; Tramo ocho, con rumbo Sur doce grados cuarenta y dos minutos cero tres segun-

dos Este y distancia de cuatro punto cero un metros; Tramo nueve, con rumbo sur veinticuatro grados cuarenta y dos minutos y cero ocho segundos

Este y distancia de cero punto sesenta y siete metros; Tramo diez, con rumbo Sur trece grados treinta y cinco minutos y catorce segundos Este y dis-

tancia de ciento treinta y ocho punto setenta y tres metros; Tramo once, con rumbo Sur trece grados veinticinco minutos quince segundos Este y

distancia de doscientos sesenta y cuatro punto sesenta y siete metros; Tramo doce, con rumbo Norte setenta y tres grados cero nueve minutos y cua-

renta y ocho segundos Este y distancia de dos punto cuarenta y tres metros; Tramo trece, con rumbo Sur catorce grados treinta y un minutos cincuen-

ta y cuatro segundos Este y distancia de cuatro punto ochenta y tres metros; y Tramo catorce, con rumbo Sur once grados veintiún minutos treinta y

cinco segundos Este y distancia de quince punto noventa y nueve metros; se llega al mojón quince lindando los tramos anteriores con inmueble pro-

piedad de Universidad Centroamericana de El Salvador (UCA), con carretera a San Juan Opico, de por medio. LINDERO SUR: Partiendo del mojón

quince se miden treinta y ocho tramos rectos así: Tramo uno, con rumbo Norte ochenta y dos grados cuarenta y cinco minutos y cuarenta y nueve

segundos Oeste y distancia de diecisiete punto sesenta y un metros; Tramo dos, con rumbo Sur cero tres grados cero seis minutos y diecinueve segun-

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dos Oeste y distancia de dos punto setenta y siete metros; Tramo tres, con rumbo Norte ochenta y cuatro grados cuarenta y cuatro minutos y cuarenta

y tres segundos Oeste con distancia de noventa y nueve punto ochenta y seis metros; Tramo cuatro, con rumbo Norte setenta grados treinta y nueve

minutos y treinta y nueve segundos Oeste y distancia de seis punto setenta y seis metros; Tramo cinco, con rumbo Norte ochenta y tres grados treinta

y seis minutos y quince segundos Oeste y distancia de ciento veintidós punto sesenta y un metros; Tramo seis, con rumbo Norte ochenta y dos grados

cero cinco minutos y cincuenta y tres segundos Oeste y distancia de veinticinco punto treinta y seis metros; Tramo siete, con rumbo Norte ochenta

grados cincuenta y un minutos cuarenta y ocho segundos Oeste y distancia de treinta y tres punto dieciocho metros; Tramo ocho, con rumbo Norte

setenta y nueve grados dieciocho minutos y cincuenta segundos Oeste y distancia de veinticinco punto cincuenta y cuatros metros; Tramo nueve, con

rumbo Sur setenta y nueve grados treinta y un minutos cuarenta y seis segundos Oeste y distancia de dos punto diecinueve metros; Tramo diez, con

rumbo Norte setenta y siete grados treinta y ocho minutos y cincuenta ocho segundos Oeste y distancia de cuatro punto setenta y tres metros; Tramo

once, con rumbo Norte ochenta y cinco grados treinta y tres minutos y quince segundos Oeste y distancia de trece punto setenta y nueve metros;

Tramo doce, con rumbo Norte ochenta grados cincuenta y seis minutos y cuarenta y cuatro segundos Oeste y distancia de doce punto catorce metros;

Tramo trece, con rumbo Norte ochenta y un grados cero seis minutos y doce segundos Oeste y distancia de dieciocho punto ochenta y tres metros;

Tramo catorce, con rumbo Norte ochenta y cuatro grados cincuenta minutos y treinta y cuatro segundos Oeste y distancia de siete punto treinta y un

metros; Tramo quince, con rumbo Sur ochenta y nueve grados cincuenta y dos minutos y cero tres segundos Oeste y distancia de diez punto treinta y

un metros; Tramo dieciséis, con rumbo Norte ochenta y siete grados veintiséis minutos y cuarenta y cinco segundos Oeste y distancia de diez punto

cero siete metros; Tramo diecisiete, con rumbo Norte ochenta y dos grados veintiún minutos y treinta y siete segundos Oeste y distancia de diez

punto setenta y un metros; Tramo dieciocho, con rumbo Norte ochenta y nueve grados treinta y ocho minutos y cuarenta y ocho segundos Oeste y

distancia de catorce punto cuarenta y un metros; Tramo diecinueve, con rumbo Norte ochenta y ocho grados veintiocho minutos y veinte segundos

Oeste y distancia de nueve punto sesenta y tres metros; Tramo veinte, con rumbo Sur ochenta grados diecisiete minutos y treinta y tres segundos

Oeste y distancia de dos punto treinta y ocho metros; Tramo veintiuno, Con rumbo Norte ochenta y seis grados treinta y cinco minutos y cuarenta y

siete segundos Oeste y distancia de quince punto ochenta y seis metros; Tramo veintidós, con rumbo Norte ochenta y nueve grados cero minutos

y treinta y dos segundos Oeste y distancia de siete punto cuarenta y siete metros; Tramo veintitrés, con rumbo Norte ochenta y seis grados cero cinco

minutos y treinta y dos segundos Oeste y una distancia de cuatro punto sesenta metros; Tramo veinticuatro, con rumbo Norte ochenta y cinco grados

cuarenta y seis minutos y cero dos segundos Oeste y distancia de diez punto veinte metros; Tramo veinticinco, con rumbo Norte ochenta y cinco

grados treinta y ocho minutos y treinta y ocho segundos Oeste y distancia de doce punto veinticinco metros; Tramo veintiséis, con rumbo Norte

ochenta y tres grados cincuenta y nueve minutos cero tres segundos Oeste y una distancia de catorce punto veintisiete metros; Tramo veintisiete, con

rumbo Norte ochenta y cinco grados cuarenta y nueve minutos y treinta y cinco segundos Oeste con distancia de siete punto treinta y dos metros;

Tramo veintiocho, con rumbo Norte ochenta y dos grados veintidós minutos y veintisiete segundos Oeste y una distancia de cinco punto veintiún

metros; Tramo veintinueve, con rumbo Norte ochenta y dos grados once minutos treinta nueve segundos Oeste y distancia de once punto setenta y

siete metros; Tramo treinta: con rumbo Norte ochenta y ocho grados cuarenta y un minutos veintinueve segundos Oeste y distancia de cuatro punto

ochenta y un metros; Tramo treinta y uno: con rumbo Norte ochenta grados treinta y siete minutos y veinte segundos Oeste y una distancia de siete

punto treinta y dos metros; Tramo treinta y dos: con rumbo Norte ochenta grados cuarenta y tres minutos veintidós segundos Oeste y una distancia de

dieciséis punto cero siete metros; Tramo treinta y tres, con rumbo Norte ochenta grados cuarenta y siete minutos veintiocho segundos Oeste y distancia

de veintinueve punto setenta y siete metros; Tramo treinta y cuatro, con rumbo Norte ochenta y dos grados doce minutos y cuarenta segundos Oeste

y distancia de diez punto sesenta metros; Tramo treinta y cinco, con rumbo Norte ochenta y un grados veinte minutos y cuarenta y tres segundos

Oeste y una distancia de trece punto once metros; Tramo treinta y seis, con rumbo Norte ochenta y dos grados cincuenta y siete minutos cincuenta y

seis segundos Oeste y distancia de veinte punto setenta y ocho metros; Tramo treinta y siete, con rumbo Norte setenta y ocho grados once minutos

treinta y un segundos Oeste y distancia de cinco punto cuarenta metros; Tramo treinta y ocho, con rumbo Norte setenta y un grado cero dos minutos

cuarenta siete segundos Oeste y distancia de dos punto sesenta y nueve metros, se llega al mojón cincuenta y tres lindando los tramos anteriores con

inmuebles propiedad de José Antonio Lemus Sánchez, Cristina Elizabeth Lazo Paz, Elena Aurora Díaz, Telemovil El Salvador S.A., y otros, Víctor

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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

Manuel Mendoza Olivares, y Jorge Adalberto Mercado Echeverría. LINDERO PONIENTE: Partiendo del mojón cincuenta y tres se miden diecisie-

te tramos rectos así: Tramo uno, con rumbo Norte treinta grados cero un minutos y treinta y nueve segundos Este y distancia de nueve punto cuaren-

ta y tres metros; Tramo dos, con rumbo Norte trece grados cincuenta y cinco minutos y treinta y ocho segundos Este y distancia de trescientos treinta

y siete punto noventa y un metros; Tramo tres, con rumbo Norte treinta y cuatro grados treinta y seis minutos y cincuenta y tres segundos Este y una

distancia de ocho punto diecinueve metros; Tramo cuatro, con rumbo Norte veinticuatro grados cero nueve minutos y veintitrés segundos Este con

distancia de tres punto noventa y seis metros; Tramo cinco, con rumbo Norte veinte grados cero cinco minutos y treinta y cuatro segundos Este y una

distancia de ocho punto setenta y ocho metros; Tramo seis, con rumbo Norte cincuenta grados veintiún minutos y cincuenta y siete segundos Este y

distancia de cuatro punto veinticinco metros; Tramo siete, con rumbo Norte cero cero grados diecisiete minutos y diecisiete segundos Este y distancia de

uno punto sesenta y un metros; Tramo ocho, con rumbo Norte treinta y siete grados cincuenta y ocho minutos y cincuenta y cinco segundos Oeste y

distancia de tres punto noventa y seis metros; Tramo nueve, con rumbo Norte cincuenta y seis grados treinta y tres minutos y treinta y tres segundos

Oeste y distancia de cuatro punto cuarenta metros; Tramo diez, con rumbo Norte trece grados cincuenta y tres minutos y treinta y dos segundos Este

con una distancia de ciento sesenta y cuatro punto noventa y siete metros; Tramo once, con rumbo Norte veintisiete grados cero siete minutos y cua-

renta y seis segundos Este y distancia de tres punto treinta y dos metros; Tramo doce, con rumbo Norte ochenta y tres grados catorce minutos y cua-

renta segundos Este y distancia de cero punto treinta y un metros; Tramo trece, con rumbo Norte setenta y un grados quince minutos y veintinueve se-

gundos Este y distancia de seis punto cero nueve metros; Tramo catorce, con rumbo Norte veintiséis grados cero cuatro minutos y treinta y siete se-

gundos Este y una distancia de uno punto noventa y seis metros; Tramo quince, con rumbo Norte treinta y tres grados cincuenta y dos minutos y

trece segundos Oeste y distancia de ocho punto setenta y ocho metros; Tramo dieciséis, con rumbo Norte trece grados treinta y cinco minutos y trein-

ta segundos Este y distancia de dos punto cuarenta y tres metros; y Tramo diecisiete, con rumbo Norte trece grados cuarenta y nueve minutos y

treinta segundos Este y distancia de trescientos sesenta y cinco punto noventa y tres metros; se llega al mojón setenta lindando los tramos anteriores

con inmueble propiedad de Ernesto Meléndez Prado. LINDERO NORTE: Partiendo del mojón setenta se miden cinco tramos rectos así: Tramo uno,

con rumbo Sur ochenta y dos grados cuarenta y tres minutos y cincuenta y dos segundos Este y distancia de ciento sesenta y cinco punto ochenta y

cinco metros; Tramo dos, con rumbo Sur setenta y seis grados cincuenta minutos y cero siete segundos Este y distancia de ocho punto veintitrés metros;

Tramo tres, con rumbo Sur sesenta y cinco grados treinta y nueve minutos y cero nueve segundos Este y distancia de ocho punto veintinueve metros;

Tramo cuatro, con rumbo Sur cuarenta y seis grados cuarenta y cuatro minutos y veintisiete segundos Este y distancia de ocho punto treinta y un

metros; y Tramo cinco, con rumbo Sur treinta y siete grados veintiún minutos y treinta y nueve segundos Este y distancia de siete punto cuarenta y

cinco metros y se llega al mojón uno donde dio inicio la presente descripción técnica; lindando los tramos anteriores con inmuebles propiedad de

Emilio Antonio Ramírez Meléndez, Mario Aníbal Ramírez, Blanca Marta Ramírez Meléndez, Julio César Montoya, Guadalupe del Carmen Montoya,

Mercedes del Rosario Navas Montoya y Rosa Miriam Montoya, con calle que conduce a Cantón San Felipe de por medio. IV. El bien inmueble ob-

jeto de las presentes Diligencias de Remedición se estima en un valor comercial en la suma total de QUINIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTA-

DOS UNIDOS DE AMÉRICA; IV.- ACUERDO EJECUTIVO: En virtud de lo anterior, el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el

Ramo de la Defensa Nacional, ACUERDA: Que de conformidad al Artículo 193 Ordinal 5° de la Constitución de la República, se solicite la interven-

ción del señor Fiscal General de la República para que en nombre y representación del Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de la Defensa

Nacional, comparezca ante Notario a otorgar las Diligencias de Remedición de Inmuebles del bien raíz propiedad del Estado y Gobierno de El Salva-

dor asignado a este Ramo, ubicado en Hacienda San José, del Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad. V. DILIGENCIAS NO-

TARIALES: Desígnase a la Licenciada LÍCIDA STEPHANIE HERNÁNDEZ URQUILLA, Notaria del domicilio de Santa Tecla, para que ante sus

ofi cios notariales se otorguen las correspondientes Diligencias de Remedición de Inmuebles.- COMUNÍQUESE.

DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS,

GENERAL DE DIVISIÓN

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

ACUERDO No. 066.

San Salvador, 28 de junio de 2013.

El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional,

ACUERDA: ASCENDER al personal de señores Ofi ciales Superiores y Subalternos siguientes:

1.- De conformidad a los Artículos 168 ordinal 11° de la Constitución de la República; 42, 44, 45, 47 inciso 1°, 58, 60 y 76 de la Ley de la

Carrera Militar; 62 y 90 del Reglamento de la Ley de la Carrera Militar, se ascienden al grado de GENERAL DE BRIGADA para el Ejército

y GENERAL DE BRIGADA AÉREA para la Fuerza Aérea, Categoría de las Armas, dentro del Escalafón General respectivo y en Situación

Activa del mismo, a los señores Coroneles: 1) WILLY ROBERTO LARA RAMÍREZ y 2) CARLOS JAIME MENA TORRES.

2.- De conformidad a los Artículos 168 ordinal 11° de la Constitución de la República; 42, 44, 45, 47 inciso 1°, 60, 62, 76 y 81 de la Ley de la

Carrera Militar; 64, 90 y 94 del Reglamento de la Ley de la Carrera Militar, se asciende al grado de CORONEL, Categoría de las Armas,

dentro del Escalafón General respectivo y en Situación Activa del mismo, al señor Teniente Coronel: ALFREDO DE JESÚS ORTÍZ.

3.- De conformidad a los Artículos 168 ordinal 11° de la Constitución de la República; 42, 44, 45, 47 inciso 1°, 60, 65, 76 y 81 de la Ley de

la Carrera Militar y 65, 90 y 95 del Reglamento de la Ley de la Carrera Militar, se asciende al grado de CORONEL, Categoría de los Ser-

vicios, dentro del Escalafón General respectivo y en Situación Activa del mismo, al señor Teniente Coronel: ÁNGEL LEONEL FLORES

CORCIO.

4.- De conformidad a los Artículos 168 ordinal 11° de la Constitución de la República; 42, 44, 45, 47 inciso 1°, 60, 66, 67, 76 y 81 de la Ley

de la Carrera Militar; y 67, 90, 91 y 97 del Reglamento de la Ley de la Carrera Militar, se asciende al grado de TENIENTE CORONEL,

Categoría de los Servicios, dentro del Escalafón General respectivo y en Situación Activa del mismo, a la señora Mayor: MARÍA ARMIDA

AGUILAR RODRÍGUEZ.

5.- De conformidad a los Artículos 168 ordinal 11° de la Constitución de la República; 42, 44, 45, 47 inciso 1°, 60, 64, 76 y 81 de la Ley

de la Carrera Militar y 68, 90 y 98 del Reglamento de la Ley de la Carrera Militar, se ascienden al grado de MAYOR para el Ejército y

Fuerza Aérea, Categoría de las Armas, dentro del Escalafón General respectivo y en Situación Activa del mismo, a los señores Capitanes:

1) WILLIAM ERNESTO JIMÉNEZ MOZA y 2) EDUARDO ENRIQUE ALEMÁN MOLINA.

6.- De conformidad a los Artículos: 168 ordinal 11° de la Constitución de la República; 42, 44, 45, 47 inciso 1°, 51 inciso 2°, 60, 66, 67, 76

y 81 de la Ley de la Carrera Militar; 77, 90 y 99 del Reglamento de la Ley de la Carrera Militar, se asciende al grado de TENIENTE para

el Ejército y TENIENTE DE FRAGATA para la Fuerza Naval, Categoría de los Servicios, dentro del Escalafón General respectivo y en

Situación Activa del mismo, a los señores Subtenientes: 1) BORIS MARVIN LOUCEL FUENTES y 2) JOSÉ ADRIÁN SOLÓRZANO

GUTIÉRREZ, reconociéndoles tiempo de servicio a partir del 01ENE012.

A quienes desde el 30 de junio de 2013, se les da posesión de su nuevo grado, debiéndoseles guardar los fueros, honores y preeminencias que

por su jerarquía militar les corresponden. Los movimientos consignados en el presente Acuerdo surtirán efecto en planillas a partir del 01 de julio de

2013. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y

COMANDANTE GENERAL DE LA FUERZA ARMADA.

JOSÉ ATILIO BENÍTEZ PARADA,

GENERAL DE DIVISIÓN

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

ACUERDO No. 107

San Salvador, 27 de junio de 2014.

El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en el Art. 92 ordinal 2° de la Ley de la Carrera

Militar, ACUERDA: TRANSFERIR a partir del 01JUN014 al señor CAP. PA ERICK YOVANNY HUEZO CORNEJO, dentro del Escalafón

General de Ofi ciales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva, en la misma categoría.-

COMUNÍQUESE.

DAVID MUNGUÍA PAYÉS,

GENERAL DE DIVISIÓN,

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

ACUERDO No. 108

San Salvador, 27 de junio de 2014.

El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en el Art. 92 ordinal 2° de la Ley de la Carrera

Militar, ACUERDA: TRANSFERIR a partir del 01JUN014 al señor TTE. CAB. CARLOS ENRIQUE NIETO MARTÍNEZ, dentro del Escalafón

General de Ofi ciales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva, en la misma categoría.-

COMUNIQUESE.

DAVID MUNGUÍA PAYÉS,

GENERAL DE DIVISIÓN,

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

ACUERDO No. 22-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha dieciocho

de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada SHIRLEY YANCY AVELENDA CORDERO, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-

vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- C. ESCOLAN.- S. L. RIV. MARQUEZ.- R. MENA G.- RICARDO IGLESIAS.- R. M.

FORTIN H.- RICARDO A. ZAMORA.- DUEÑAS.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014117)

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

ACUERDO No. 439-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de marzo de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha

treinta y uno de enero de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado FRANCISCO ISAIAS LAZO MARTINEZ, para que ejerza la

profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expe-

diente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D.

L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F013945)

ACUERDO No. 176-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este

Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica

anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: LUIS ALEXANDER FERNANDEZ GARCIA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D. L. R. GALINDO.- R. M.

FORTIN H.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE

LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014000)

ACUERDO No. 186-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este

Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica

anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-

F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D. L. R.GALINDO.- R.

M. FORTIN H.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y

MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014052)

ACUERDO No. 186-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil catorce.- Habiendo aprobado el

examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este

Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica

anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CLAUDIA AUXILIADORA PORRAS REYES.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E.GONZALEZ.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D. L. R. GALINDO.- R.

M. FORTIN H.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y

MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F013989)

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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

INSTITUCIONES AUTONOMASCORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA

DECRETO No 22.

EL PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad a las facultades constitucionales, la Asamblea Legislativa anualmente aprueba el Presupuesto General de la Nación,

estableciendo en el mismo, que con el objeto de contribuir al manejo prudente y disciplinado del gasto público y como medida de sana

política fi scal, el Órgano Ejecutivo emitirá la Política de Ahorro y Austeridad del Sector Público, la cual se aplica a todas las instituciones

que se rigen por la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.

II. Que en atención a lo antes manifestado el Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda anualmente emite dicha Política, sin em-

bargo en el capítulo que establece los casos excepcionales, expresa que ésta, no le es aplicable aquellas entidades que gozan de autonomía

administrativa y fi nanciera, y que fi nancien la totalidad de sus gastos con recursos propios.

III. Que es necesario que todas las entidades del sector público y municipal contribuyan al manejo prudente y disciplinado del gasto público,

como sana política de ahorro y austeridad.

POR TANTO:

En uso de las facultades otorgadas en el Artículo 195, numeral 6 de la Constitución de la República de El Salvador,

DECRETA el siguiente Reglamento que contiene las:

POLITICAS DE AHORRO Y AUSTERIDAD DEL GASTO EN LAS ENTIDADES DEL SECTOR GUBERNAMENTAL Y MUNICIPAL

Art.1.- En las sesiones o reuniones de trabajo de los diferentes entes gubernamentales y municipales, no se deberá efectuar erogaciones en con-

cepto de consumo de alimentos servidos por restaurantes, hoteles, empresas o personas naturales proveedoras de este tipo de servicio.

Art. 2.- La compra de bebidas alcohólicas deberá restringirse para su consumo en actividades que el protocolo lo determine y dicho gasto deberá

ser publicado en el portal de transparencia de cada institución.

Art. 3.- Para el consumo de la telefonía celular, en cada entidad gubernamental y municipal, los titulares deberán regular la necesidad por medio

de acuerdo, en el cual deberán incluir únicamente a aquellos servidores, que por la naturaleza de su cargo se les deba asignar, estableciendo una cuota

máxima de consumo. Las asignaciones deberán ser publicadas en la página de transparencia de cada institución, y únicamente podrá excluirse la de

los titulares o presidentes de la misma.

Art. 4.- Se prohíbe la compra de bienes y servicios para regalías.

Art. 5.- Todo benefi cio adicional al sueldo mensual deberá estar incluido en el presupuesto institucional y regulado mediante reglamento, orde-

nanza o instructivo, según el caso.

Art. 6.- Con el propósito de evitar desperdicios y obsolescencias de los bienes, cada entidad del sector público y municipal deberá establecer

políticas para: el mantenimiento, uso y consumo racional de la energía eléctrica, aire acondicionado, papelería y útiles, agua potable y embotellada;

así como, de reciclaje y establecimientos de máximo y mínimos en el manejo de inventarios.

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

Art. 7.- Las instituciones que tienen fondos presupuestados para la adquisición de uniformes, implementos y herramientas de trabajo, deberán

adquirir aquellos que sean estricta y exclusivamente para proporcionar a personal administrativo y operativo.

Art. 8.- En caso que sea indispensable el arrendamiento de bienes inmuebles, deberá realizarse previamente un estudio de mercado, para establecer

cánones accesibles y acordes al lugar de la ubicación del inmueble.

Art. 9.- Las entidades gubernamentales sujetas a la Política de Ahorro y Austeridad del Sector Público que emite anualmente por el Órgano

Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, también deberán cumplir con estas disposiciones.

Dado en San Salvador, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil catorce.

LIC. ROSALÍO TÓCHEZ ZAVALETA,

PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA.

(Registro No. F014102)

DECRETO No. 23

EL PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO:

I. Que mediante Decreto No. 4 de fecha 22 de diciembre de 2005, publicado en el Diario Ofi cial No. 9, Tomo 370 de fecha 13 de enero de

2006, se emitió el Reglamento de Políticas Internas de Auditoría Gubernamental.

II. Que el artículo 22 de dicho Reglamento establece que éstas, serán revisadas a efecto de mantenerlas actualizadas.

III. Que mediante Decreto No. 2 de fecha 3 de febrero de 2014, publicado en el Diario Ofi cial No. 27, Tomo 402 de fecha 11 de febrero de 2014, se emitió el Reglamento de Normas de Auditoría Gubernamental.

IV. Que es necesario armonizar dichos Reglamentos.

POR TANTO,

De conformidad con los artículos 195, atribución 6ª de la Constitución de la República; 5, numeral 2, literal b; y 24, numeral 2, de la Ley de la

Corte de Cuentas de la República.

DECRETA EL SIGUIENTE REGLAMENTO, que contiene las:

POLÍTICAS INTERNAS DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL

CAPÍTULO I

ASPECTOS GENERALES

Art. 1.- La designación del número de auditores y el plazo de realización para la auditoría gubernamental, será previo análisis de aspectos como:

naturaleza, actividad, presupuesto ejecutado, tamaño, complejidad y ubicación de la Entidad objeto de la actividad de control.

Los auditores, no podrán participar en más de dos auditorías consecutivas en una misma entidad.

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

Art. 2.- El Director de Auditoría o el Jefe de la Ofi cina Regional, comunicará por escrito al Titular de la Entidad la fecha de inicio de la fi sca-

lización, indicando el período y clase de la actividad de control a realizar; así como la conformación del equipo de auditores, a la vez requerirá la

colaboración del personal de la entidad, el espacio físico y la preparación de la documentación necesaria para el desarrollo de dicha actividad.

Art. 3.- El plazo de la Orden de Trabajo, iniciará a partir de la instalación del equipo de auditores en la entidad a fi scalizar y terminará con la

presentación del Borrador de Informe de Auditoría a la Dirección de Auditoría u Ofi cina Regional.

CAPÍTULO II

APLICABLES AL AUDITOR

Art. 4.- En el desarrollo del proceso de fi scalización, el auditor deberá cumplir con las disposiciones contenidas en el Reglamento de Normas de

Auditoría Gubernamental y el Código de Ética del Servidor de la Corte de Cuentas.

Art. 5.- El Coordinador General, Directores, Subdirectores de Auditoría, Jefes y Subjefes de Ofi cinas Regionales, anualmente deberán presentar

al Presidente de la Corte de Cuentas la declaración de independencia, en donde garantice que procederá con objetividad en la práctica de la auditoría,

que está libre de impedimentos personales, externos y organizacionales; copia de la misma será remitida a la Dirección de Recursos Humanos, para

que forme parte de su expediente.

Art. 6.- En el inicio de cada fi scalización, los auditores deberán elaborar su declaración de independencia, la cual quedará en papeles de traba-

jo.

CAPÍTULO III

FASE DE PLANIFICACIÓN

Art. 7.- Para el desarrollo de toda actividad de fi scalización, el auditor gubernamental deberá aplicar las Normas de Auditoría Gubernamental y

los procedimientos establecidos en el Manual de Auditoría Gubernamental.

Art. 8.- El auditor gubernamental en el desarrollo de sus procedimientos, al identifi car presuntas defi ciencias, las comunicará de inmediato a las

personas relacionadas.

Los comentarios y documentación de descargo que presenten, serán analizados por el auditor a fi n de confi rmarlas o desvanecerlas; de confi r-

marse, se informarán como parte de los resultados de la fi scalización. Las que no constituyan alto riesgo, se considerarán como asuntos menores y se

comunicarán en Carta de Gerencia, la cual se adjuntará al Borrador de Informe de Auditoría.

Art. 9.- Los hallazgos contenidos en los informes emitidos por la Unidad de Auditoría Interna o Firmas Privadas, serán analizados y evaluados;

de comprobarlos, deberán ser incluidos en el Borrador de Informe de Auditoría.

Art. 10.- El Memorando de Planifi cación, será elaborado por el Jefe de Equipo y aprobado por el Director de Auditoría o Jefe de la Ofi cina

Regional en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción del mismo.

Art. 11.- La elaboración del borrador de informe de auditoría, se iniciará el siguiente día hábil posterior a la aprobación del Memorando de

Planifi cación.

CAPÍTULO IV

FASE DE EJECUCIÓN

Art. 12.- Los auditores al identifi car presuntas defi ciencias, las comunicarán por escrito a las personas relacionadas, señalando la normativa

incumplida, a fi n de garantizarles su derecho de defensa; concediéndoles hasta un plazo de cinco días hábiles, para que presenten las explicaciones

necesarias y la documentación pertinente.

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Art. 13.- En los papeles de trabajo dejará constancia del análisis a los comentarios, explicaciones y documentos, presentados por las personas

relacionadas con las presuntas defi ciencias, para determinar si se desvanecen o se ratifi can.

Art. 14.- Si la defi ciencia establecida por los auditores, fue señalada como hallazgo en el informe de la última auditoría, se hará constar su rei-

teración en los comentarios de los auditores.

Art. 15.- Concluido el Borrador de Informe de Auditoría, el Jefe de Equipo lo presentará al Director de Auditoría o Jefe de Ofi cina Regional,

para su revisión en un plazo máximo de diez días hábiles.

Art. 16.- El Director o Jefe de Ofi cina Regional, remitirá el Borrador de Informe de Auditoría al Jefe de Equipo, para que efectúe las correcciones

pertinentes en un plazo no mayor de cinco días hábiles, a fi n de programar su lectura.

Art. 17.- El Director de Auditoría o Jefe de Ofi cina Regional, programará y convocará al titular de la entidad del período auditado y a las personas

relacionadas con los hallazgos a la lectura del Borrador de Informe de Auditoría.

Art. 18.- Al titular de la entidad auditada, se le adjuntará un original del Borrador de Informe de Auditoría y a las demás personas se les remitirá

los hallazgos de auditoría con los cuales estén relacionados. Las notas de convocatoria a lectura, se entregarán con al menos cinco días hábiles de

anticipación a la fecha de su realización.

Art. 19.- Cuando el borrador de informe no presente hallazgos, no será necesario convocar a la lectura del mismo, elaborándose de inmediato

el informe fi nal y procediendo según el artículo 64, inciso cuarto de la Ley de la Corte de Cuentas y artículo 7, del Reglamento para la Remisión de

Informes de Auditoría a las Cámaras de Primera Instancia.

CAPÍTULO V

FASE DE INFORME

Art. 20.- El Director o Subdirector de Auditoría y el Jefe o Subjefe de la Ofi cina Regional, en su caso, así como el Jefe de Equipo y los miembros

del Equipo de Auditoría que sean necesarios, participarán en la lectura del Borrador de Informe de Auditoría.

Art. 21.- Para dejar constancia de la realización de la lectura y de la asistencia de los convocados, se elaborará Acta de Lectura del Borrador de

Informe de Auditoría, la cual será fi rmada por los asistentes a la lectura.

Art. 22.- El día de la lectura, el titular de la entidad auditada y los servidores relacionados con los hallazgos de auditoría, deberán presentar

comentarios y documentos que los sustenten. Caso contrario, se procederá a elaborar el Informe Final de Auditoría.

Art. 23.- El Jefe de Equipo y los auditores que correspondan, analizarán la documentación presentada en la lectura del Borrador de Informe de

Auditoría, en un plazo no mayor de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de realizada la misma, salvo casos excepcionales, autorizados

por el Director de Auditoría o Jefe de la Ofi cina Regional.

Del análisis realizado, se establecerá si los hallazgos de auditoría se subsanan, modifi can o ratifi can, lo cual deberá quedar sustentado en papeles

de trabajo. El Jefe de Equipo concluirá el Informe Final de Auditoría, el cual deberá presentarlo al Director de Auditoría o Jefe de Ofi cina Regional,

según el caso, para su revisión, emisión y fi rma.

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Si posterior a dicho análisis, resultare que las observaciones comunicadas en borrador de informe, se consideran asuntos de menor importancia,

se comunicarán simultáneamente con el informe de auditoría en carta de gerencia, la cual deberá ser dirigida al titular en funciones.

Art. 24.- El Director o Jefe de Ofi cina Regional, a partir de la fecha de recepción del informe de auditoría, lo revisará en un plazo no mayor de

diez días hábiles; girando instrucciones al Jefe del Equipo, para que realice las correcciones, si las hubiere, dentro de los cinco días hábiles contados

a partir de la fecha de recepción del mismo.

Art. 25.- Firmado el Informe Final de Auditoría que contenga hallazgos, el Jefe de Equipo o Auditor, notifi cará al titular de la entidad del período

auditado, entregándole un ejemplar del mismo; a las demás personas, se les notifi carán los hallazgos en los que estuvieren relacionados.

Si el Informe Final de Auditoría no contiene hallazgos, se procederá de conformidad al Art. 19 del presente Reglamento.

Art. 26.- El Jefe de Equipo elaborará la nota de antecedentes o detalle de las personas actuantes, según el caso, para revisión y fi rma del Director

de Auditoría o Jefe de Ofi cina Regional, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento para la Remisión de Informes de Auditoría a las Cámaras de

Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República.

El detalle de las personas actuantes o nota de antecedentes, deberá ser remitido juntamente con el Informe Final de Auditoría a la Coordinación

General Jurisdiccional, dentro de los ocho días hábiles después de la última notifi cación. Un original de dicho Informe será remitido a la Dirección

Administrativa.

Art. 27.- Las Direcciones de Auditoría y Ofi cinas Regionales mantendrán archivado un expediente que contenga: informe de auditoría, acta de

lectura, notifi caciones y nota de antecedentes o detalle de las personas actuantes.

CAPÍTULO VI

DISPOSICIONES FINALES

Art. 28.- Los Jefes de Equipo por cada actividad de fi scalización asignada, serán responsables desde el inicio hasta su fi nalización, de actualizar

toda la información que requiere el Sistema de Auditoría.

Art. 29.- Con el propósito de mantener actualizadas las presentes Políticas Internas de Auditoría Gubernamental, éstas deberán ser revisadas por

parte de una Comisión nombrada por el Presidente de esta Corte, cuando lo estime conveniente.

Art. 30.- Derógase el Decreto No. 4 publicado en el Diario Ofi cial No. 9, Tomo No. 370 de fecha trece de enero de dos mil seis.

Art. 31.- Las presentes Políticas Internas de Auditoría Gubernamental, entrarán en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en San Salvador, a los veinte días del mes de junio de dos mil catorce.

LIC. ROSALÍO TÓCHEZ ZAVALETA,

PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA.

(Registro No. F014099)

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DECRETO No. 24

EL PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO:

I. El acelerado incremento y desarrollo de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC), en las entidades gubernamentales y la

automatización de sus procesos con tendencia en la prestación de servicios a los ciudadanos en forma remota.

II. La aplicación de las TIC ocasiona nuevas formas de “riesgos en tecnología para las entidades”, por lo cual se vuelve imprescindible controlar

y fi scalizar de manera especializada la administración de los recursos tecnológicos.

III. Que las entidades públicas en su mayoría no han normalizado la administración y riesgos en lo concerniente a planifi cación y organización

de recursos, adquisición e implementación, entrega y soporte de servicios, monitoreo y evaluación, seguridad de la información entre otros

aspectos de las tecnologías de información y comunicación.

IV. Que la Ley de la Corte de Cuentas de la República, en su Art. 5, numeral 2), establece la atribución de dictar las políticas, normas técnicas

y demás disposiciones para la práctica del control interno en las entidades sujetas a la fi scalización.

POR TANTO:

En uso de las facultades conferidas por el artículo 195, numeral 6 de la Constitución de la República de El Salvador y el artículo 5, numeral 2

y artículo 24 numeral 1 de la Ley de la Corte de Cuentas de la República,

DECRETA el siguiente:

REGLAMENTO PARA EL USO Y CONTROL DE LAS TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

EN LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1.- El presente reglamento tiene por objeto establecer, normas, principios, lineamientos y estándares, aplicables a las tecnologías de infor-

mación y comunicación, para la optimización de recursos tecnológicos, que utilicen los sujetos a que se refi ere el artículo 3 de la Ley de la Corte de

Cuentas de la República y estipular los mecanismos que impulsarán su desarrollo y promoción en todo el ámbito del Estado, y tomando en cuenta que

conforme surjan nuevas tecnologías se hace necesario implementar nuevos controles internos de seguridad, integridad y confi abilidad de los sistemas

informáticos que se utilizan en el desarrollo de sus actividades.

Defi niciones

Art. 2.- A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

1) Amenaza: es un evento que puede desencadenar un incidente en la organización, produciendo daños materiales o pérdidas inmateriales en

sus activos.

2) Automatización: La automatización es un sistema donde se trasfi eren tareas realizadas habitualmente por operadores humanos a un conjunto

de elementos tecnológicos, que sirven para estandarizar los procesos de trabajo; desarrollar componentes reutilizables y confi gurables; y

automatizar actividades rutinarias con las tecnologías adecuadas.

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3) Característica de la información: Debe cumplir con la normativa interna de la Información y Comunicación, entre las cuales se mencionan

la veracidad, oportunidad, disponibilidad, confi abilidad, confi dencialidad.

4) Ciclo de vida del desarrollo de sistemas: Proceso que se sigue para construir, entregar y hacer evolucionar el sistema de información,

desde la concepción de una idea hasta la entrega y retiro del sistema.

5) COBIT: Objetivos de Control para Información y Tecnologías Relacionadas (COBIT, en inglés: Control Objectives for Information and

Related Technology). es una guía de mejores prácticas, dirigida al control y supervisión de tecnología de la información (TI). Posee una

serie de recursos que pueden servir de modelo de referencia para la gestión de TI en la Organización.

6) Contingencia: interrupción de la capacidad de acceso a información y procesamiento de la misma a través de computadoras necesarias

para la operación normal de un negocio.

7) Control de cambios: Conjunto de procedimientos para administrar las confi guraciones de los sistemas de información, mantener la calidad

del software y la capacidad. Se basa en las solicitudes de cambios.

8) Datos redundantes: La redundancia hace referencia al almacenamiento de los mismos datos varias veces en diferentes lugares o en el

mismo sistema de información.

9) DMZ: Tiene que ver con la seguridad informática, una zona desmilitarizada (conocida también como DMZ, sigla en inglés de demilitarized

zone) o red perimetral es una red local que se ubica entre la red interna de una organización y una red externa, generalmente en Internet.

10) Estándares abiertos: Especifi caciones técnicas, publicadas y controladas por alguna organización que se encarga de su desarrollo, las

cuales han sido aceptadas por la industria, estando a disposición de cualquier usuario para ser implementadas en un software libre u otro,

promoviendo la competitividad, interoperatividad o fl exibilidad.

11) Estudio de factibilidad: Análisis fi nancieros, económicos y operativos de una inversión (dada una opción tecnológica -estudio de pre-

factibilidad). En la fase de pre-inversión la eventual etapa subsiguiente es el diseño fi nal del proyecto.

12) Firma digital: Una fi rma digital es un mecanismo criptográfi co que permite al receptor de un mensaje fi rmado digitalmente determinar la

entidad originadora de dicho mensaje.

13) Gobernabilidad de las TIC: Una estructura de relaciones y procesos para dirigir y controlar la Entidad a fi n de lograr sus objetivos y

metas, agregando efectividad al mismo tiempo que se equilibra el riesgo con el uso de TIC en sus procesos.

14) Gobierno electrónico: Modelo de gestión pública que se fundamenta en el uso intensivo de las tecnologías de información para proveer

medios ágiles, confi ables y efectivos de información, comunicación y participación de los ciudadanos, para la prestación segura y directa

de servicios, y que tiene como objetivo fundamental transformar al Estado como resultado de las mejoras de los procesos y el aumento de

la efi ciencia y transparencia del Poder Público, generados por dichas tecnologías.

15) Huellas de auditoría en la base de datos: Elementos o líneas que permitan rastrear los caminos que siguen los datos a través del programa

y que se utilizan para comprobar la ejecución de las validaciones de datos previstos.

16) Integridad de la información: La información sólo puede ser modifi cada por quien está autorizado y de manera controlada.

17) Integridad de la plataforma tecnológica: Es la capacidad de la Plataforma de realizar la corrección y completitud de los datos en toda la

red.

18) ITIL: Librería de Infraestructura de Tecnología de Información (TI), es un conjunto de lineamientos sobre la administración y procuración

de servicios operativos de TI.

19) Impacto: Consecuencia de la materialización de una amenaza.

20) ISO 27000: Estándar para la seguridad de la información.

21) Modelo de madurez: El Modelo de Madurez, consiste en un método que evalúa el grado de control sobre los procesos de TI de una orga-

nización en una escala de 0 a 5, donde el menor (0) signifi ca "No existe" y el mayor "Optimizado" (5).

22) Pared de fuego en Informática: Conocido como cortafuegos (fi rewall en inglés), es una parte de un sistema o una red que está diseñada

para bloquear el acceso no autorizado, permitiendo al mismo tiempo comunicaciones autorizadas. Existen además dispositivos confi gurados

para permitir, limitar, cifrar, descifrar, el tráfi co de información sobre la base de un conjunto de normas y otros criterios.

23) Plataforma tecnológica: Son los elementos de Hardware y software como servidores, estaciones de trabajo PC´s, redes con que cuenta

una Entidad.

24) Plan de Contingencia: Conjunto de pasos o procedimientos necesarios para recuperar y estabilizar las operaciones informáticas en la

Entidad, en caso de producirse una eventualidad que afecte la operación normal de los sistemas de información. Dicho plan contiene las

medidas técnicas, humanas y organizativas necesarias para garantizar la continuidad del negocio y las operaciones de una compañía.

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25) Propiedad Intelectual: Es toda creación del intelecto humano. Los derechos de propiedad intelectual protegen los intereses de los creadores

al ofrecerles prerrogativas en relación con sus creaciones.

26) Riesgo: Evento fortuito e incierto resultante de las acciones humanas, sistemas de información o por la acción de una causa externa que

puede intervenir en el cumplimiento de la misión, visión, objetivos y metas que han sido defi nidos por la Entidad, causando perjuicios

directos e indirectos.

Se mide por medio de una combinación del impacto y la probabilidad de ocurrencia.

27) Seguridad de la información: Es el conjunto de medidas preventivas y reactivas de las instituciones y de los sistemas tecnológicos que

permiten resguardar y proteger la información buscando mantener la confi dencialidad, la disponibilidad e integridad de la misma.

28) Talento Humano: Capacidad de la persona que integra habilidades, destrezas, experiencias y aptitudes propias.

29) TIC: Conjunto de recursos, procedimientos y técnicas usadas en el procesamiento, almacenamiento y transmisión de información.

Las TIC (Tecnologías de la Información y Comunicación) son aquellas tecnologías que se necesitan para la gestión y transformación de

la información, y muy en particular el uso de ordenadores y programas que permiten crear, modifi car, almacenar, administrar, proteger y

recuperar esa información.

30) Ubicuidad en TIC: Signifi ca estar en todas partes al mismo tiempo.

La tecnología nos permite estar en diferentes lugares al mismo tiempo, la profunda conexión entre lo real y lo virtual, la disponibilidad de

la información a cualquier hora, desde cualquier lugar y con una variedad de dispositivos tecnológicos, que modifi can la forma de acceder

a la información y al conocimiento.

31) VPN: Es una red virtual que se crea dentro de otra red real, como puede ser Internet.

32) Vulnerabilidad: posibilidad de ocurrencia de la materialización de una amenaza sobre un Activo.

CAPÍTULO II

ORGANIZACIÓN DE TIC

Art. 3.- Cada entidad del sector público debe establecer una Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación, ubicada a un nivel jerárquico

que le permita ejercer la gobernabilidad e independencia funcional dentro de la entidad, conforme a su nivel de madurez tecnológico y de acuerdo a

su tamaño, alcance y ámbito de gestión. La escala de madurez se clasifi ca, según las siguientes categorías:

0 No existe: Los procesos gerenciales no son aplicados: No existen procesos reconocidos. La organización no ha reconocido que existe un pro-

blema que debe ser resuelto.

1 Inicial: Los procesos no están planifi cados y se encuentran desorganizados: No existen procesos estandarizados aunque sí procedimientos

que suelen ser aplicados de forma individual o conforme las necesidades que se presentan en un momento determinado.

2 Repetitivo: Los procesos siguen un patrón regular: Los procesos se han desarrollado a un determinado nivel y procedimientos similares

son seguidos por diferentes personas que realizan la misma tarea dentro de la empresa. No hay entrenamiento o comunicación formal de

estos procedimientos. Las responsabilidades están en manos del individuo.

3 Defi nido: Los procesos están documentados y comunicados: Los procedimientos han sido estandarizados, documentados y comunicados por

medio de entrenamiento. Sin embargo, está pendiente el cumplimiento de dichos procesos por cada individuo, con lo cual es poco probable

que las desviaciones sean detectadas. Los procedimientos por si solos no son sofi sticados pero son la formalización de mejores prácticas.

4 Gerenciado: Los procesos son monitoreados y medidos: Es posible la medición y monitorización conforme a los procedimientos y realizar

acciones donde existan procesos que no parezcan estar funcionando con efectividad. Los procesos están bajo constantes mejoras y se proveen

de buenas prácticas. Las herramientas de automatización son empleadas de manera limitada o fragmentada.

5 Optimizado: Basados en mejores prácticas y están automatizadas. Los procesos han sido refi nados a nivel de mejores prácticas, basados

en resultados de mejoras continuas y modelos de madurez respecto de otras organizaciones. Las TI son usadas para automatizar de manera

integral el fl ujo de trabajo, suministrando herramientas para mejorar la efectividad y la calidad, haciendo que la organización se adapte de

manera rápida a los cambios del entorno.

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Art. 4.- La entidad debe de defi nir y mantener actualizado el Manual de Organización y Funciones de la Unidad de TIC y de Puestos para el

personal, de manera que las funciones y responsabilidades queden claramente establecidas.

Art. 5.- La Unidad de TIC deberá proponer a la máxima autoridad la adopción de mejores prácticas (estándares abiertos) y controles para la

gestión de las TIC, que se requiera para el logro de los objetivos.

Art. 6.- La Unidad de TIC debe realizar un proceso de planifi cación de TIC de acuerdo con la planeación estratégica institucional, que facilite

la consecución de sus logros futuros.

Art. 7.- El Plan Estratégico de TIC debe:

a) Contener los objetivos e iniciativas estratégicas del área de TIC, que deben estar acordes a los objetivos estratégicos institucionales;

b) Defi nir cómo los objetivos estratégicos de TIC serán alcanzados y medidos, establecer los indicadores de desempeño de conformidad con

los objetivos estratégicos de TIC;

c) Contemplar el presupuesto operacional y de inversiones, las estrategias de suministro y de adquisición (contratación de servicios y adqui-

sición de equipos) y los requisitos legales;

d) Ser formalmente aprobado y divulgado para que sea ejecutado por las partes interesadas.

Art. 8.- La Unidad de TIC debe de elaborar los planes anuales operativos diseñados de tal manera que defi na los objetivos a cumplir y alineado

con los objetivos estratégicos y/o operativos institucionales, actividades a desarrollar, programación, indicadores de gestión y su seguimiento, recursos

de TIC, responsables y fechas de ejecución.

Art. 9.- La gestión de las Tecnologías de Información y Comunicación, es responsabilidad de la máxima autoridad y de la Unidad de TIC, la cual

debe contar con los recursos que garanticen el cumplimiento de los objetivos institucionales.

Art. 10.- La Unidad de TIC, elaborará y ejecutará el presupuesto asignado para la gestión de las tecnologías de información y comunicación

institucional y los proyectos tecnológicos viables a desarrollar, conforme a su nivel de madurez tecnológico de acuerdo a su tamaño, alcance y ámbito

de gestión, los objetivos estratégicos y operativos de la institución y acorde con el plan de compras institucional.

CAPÍTULO III

GESTIÓN DE RIESGOS DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

Art. 11.- La Unidad de TIC, deberá adoptar una metodología de gestión de riesgos, debiendo documentar el proceso de identifi cación, análisis,

administración y evaluación de riesgos de TIC.

Art. 12.- La Unidad de TIC, se asegurará que los controles internos diseñados mitiguen en gran medida los riesgos residuales obtenidos en el

análisis de riesgos, siendo factible y con menor inversión la administración de éstos.

CAPÍTULO IV

PROYECTOS DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACION Y COMUNICACIONES

Art. 13.- La Unidad de TIC, efectuará diagnóstico de las necesidades y requerimientos tecnológicos de las dependencias de la Entidad y deberá

proyectar las mejoras de las tecnologías de información y comunicaciones, considerando los costos de transición, viabilidad, capacidad técnica, ins-

talaciones, riesgos tecnológicos, vida útil y tasas de crecimiento de la infraestructura tecnológica.

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Art. 14.- La Entidad deberá contar con una comisión responsable de la ejecución de los proyectos de TIC, desde la fase de inicio hasta la puesta

en marcha del proyecto, defi niendo responsabilidades de cada miembro de la comisión.

CAPÍTULO V

SISTEMAS DE INFORMACIÓN

Art. 15.- La Unidad de TIC implementará la metodología para el ciclo de vida del desarrollo de sistemas, asegurando que los sistemas de infor-

mación sean efi caces, seguros, íntegros, efi cientes y económicos, que impidan la modifi cación no autorizada; asimismo, se ajuste al cumplimiento de

las leyes, reglamentos y normativa vigente que les sean aplicables y considerar además lo siguiente:

a) Se deberá priorizar y fomentar el desarrollo de los sistemas de información con recursos internos de la entidad.

b) Defi nir una adecuada separación de las funciones en los ambientes de desarrollo y producción.

c) Procedimientos de actualización en los manuales de usuario y técnico, para el uso de los sistema en producción y que se encuentra docu-

mentado el Control de cambios (versiones del Sistema) y los requerimientos se encuentren autorizados, realizados en el Sistema dentro del

mismo.

Art. 16.- La Unidad de TIC debe contar con políticas y procedimientos para el procesamiento de la información, desde su origen, relacionados

con la captura, actualización, procesamiento, almacenamiento y salida de los datos, que asegure que la información sea completa, precisa, confi able

y válida para la toma de decisiones.

Controles de cambio

Art. 17.- La Unidad de TIC, deberá identifi car los cambios en las soluciones automatizadas, conforme a un análisis técnico, económico y operativo,

con las diferentes alternativas de solución, analizando el impacto de la implementación de cambios, planifi cando las pruebas para reducir incidentes,

caídas de red, e implementando y documentando los cambios exitosos y en tiempo disponible.

Tercerización de servicios de TIC

Art. 18.- Al contratar servicios tecnológicos con terceros, la Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación deberá justifi car la terce-

rización del servicio de software, siendo responsables de administrar los aspectos técnicos en la adquisición de los bienes y/o servicios de tecnología

de información y comunicación.

Debe efectuarse una efectiva administración del riesgo, considerando acuerdos de confi dencialidad, contratos de garantía, viabilidad de la con-

tinuidad del proveedor, conformidad con los requerimientos de seguridad, proveedores alternativos, penalizaciones e incentivos, entre otros.

Art. 19.- La Unidad de TIC deberá implementar y gestionar la aprobación de una metodología estándar de desarrollo y adquisición de software,

realizado con terceros. Documentando en un expediente o portafolio el ciclo de vida de desarrollo de sistemas de los proyectos tecnológicos.

Art. 20.- La Unidad de TIC deberá contar con registros para el control de la vigencia de las garantías de fábrica que cubran desperfectos y ase-

guren el funcionamiento de los equipos de tecnología de información y comunicación, para lo cual creará procedimientos en conjunto con la Unidad

de Adquisiciones y Contrataciones Institucional.

Art. 21.- La Unidad de TIC, deberá emitir procedimientos de control para monitorear los servicios de enlaces brindados por terceros, asegurándose

que se cumpla con la recepción del servicio, la confi dencialidad e integridad de la información a la cual tengan acceso, y operación de la infraestructura

tecnológica.

Convenios y donaciones relacionados con TIC

Art. 22.- La máxima autoridad conforme a sus necesidades podrá realizar convenios entre instituciones u organismos para apoyarse con recursos

de tecnología de información y comunicaciones y para compartir información de las bases de datos, defi niendo el objetivo de la información o registros

a compartir y las políticas de seguridad para el acceso y confi dencialidad de la información.

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Art. 23.- La máxima autoridad y la Jefatura de la Unidad de TIC, defi nirán los procedimientos de los recursos tecnológicos a compartir con

Entidades y Organismos Gubernamentales, defi niendo los productos entregables, estándares de desarrollo de los sistemas a utilizar y la propiedad

intelectual del software.

Art. 24.- Las entidades deberán documentar la recepción de donaciones de hardware, software y aplicativos, evaluando previamente los aspectos

técnicos, como los códigos fuentes del software, manuales técnicos y de usuarios, mantenimientos y mejoras que podrá tener el software, aspectos

operativos (funcionamiento del software) y legales (propiedad intelectual).

Art. 25.- Los software procedentes de donaciones, deberán ser documentados en lo siguiente: Análisis de la adaptabilidad del sistema a los

procesos que se automatizarán, necesidades de información de los usuarios, la funcionalidad de los procesos que serán automatizados con el nuevo

software, la capacitación al personal técnico de la Unidad de TIC para la administración, mantenimientos y mejoras al sistema si éste lo permite y de

los usuarios que operarán el sistema de información.

CAPÍTULO VI

SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

Art. 26.- La máxima autoridad, gerencias y demás jefaturas, deberán asegurar la correcta administración de la seguridad de la información, es-

tableciendo y manteniendo controles que permitan que la información cumpla con las características de confi dencialidad, integridad, disponibilidad,

confi abilidad y cumplimiento legal.

Art. 27.- La Unidad de TIC administrará adecuadamente la seguridad física y lógica de sus recursos; estableciendo políticas y procedimientos

que permitan identifi car, autenticar y autorizar el acceso a los sistemas de información, sistemas operativos y bases de datos y dar seguimiento a las

transacciones que se ejecutan en los sistemas de información, bases de datos y sistemas operativos, así como el resguardo de servidores, switch y

otros dispositivos.

Art. 28.- La Unidad de TIC debe de establecer políticas y procedimientos de prevención, detección y corrección de virus; la utilización del correo

electrónico; restringir el tráfi co de información hacia dentro y fuera de la red institucional (pared de fuego) en todos aquellos puntos con acceso a redes

públicas de datos o VPN.

Seguridad de las bases de datos

Art. 29.- La Unidad de TIC, deberá garantizar la seguridad lógica a las bases de datos institucionales que resguardan información, evitando en

la medida de lo posible la generación de datos redundantes o repetitivos. El usuario del sistema de información es el responsable del contenido de la

información almacenada en las bases de datos.

Art. 30.- La Unidad de TIC deberá implementar y desarrollar políticas de control y designación de roles y responsabilidades de la administración

de la base de datos y usuarios de los sistemas de información. De igual forma deberá documentar, los procedimientos de solicitud, creación, mante-

nimiento, eliminación del usuario y cambios de claves.

Art. 31.- La Unidad de TIC deberá garantizar que las bases de datos contengan huellas de auditoría, que registren los eventos de las fechas y

actividades que realizan los usuarios, tales como: adición, eliminación, modifi cación de datos entre otros, con el fi n de garantizar la identifi cación de

los accesos a la información.

Art. 32.- La Unidad de TIC deberá garantizar la separación de funciones entre los administradores de base de datos, los desarrolladores de sistemas

y los que procesan los datos en los sistemas de información automatizados.

Art. 33.- La Unidad de TIC deberá realizar planes de respaldo y resguardo en sitio remoto y procedimientos para la recuperación de datos, que

permitan asegurar la información de acuerdo a su importancia y criticidad.

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

Seguridad de la infraestructura tecnológica

Art. 34.- La Unidad de TIC defi nirá políticas y procedimientos de seguridad que garantice la confi abilidad, integridad y compatibilidad de la

plataforma tecnológica y que contemple el suministro de energía eléctrica para la continuidad del negocio en caso de fallas temporales en la red

eléctrica.

Art. 35.- La Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación, deberá implementar medidas de seguridad física y lógica para las redes

institucionales, esquemas de red con DMZ, consolas de antivirus, manteniéndolos actualizados en la red. Para el caso de los equipos informáticos sin

acceso a la red, se deberán de crear políticas para su actualización.

Art. 36.- La Unidad de TIC debe de elaborar y ejecutar un plan de Mantenimiento de Equipo Informático debidamente diseñado, que contenga

objetivos, políticas, prioridades, programación de actividades en el que se identifi que a los responsables de ejecutarlas y la determinación de los costos

estimados; además, la identifi cación de metas programadas formuladas de manera precisa, factible, viable y medible, para que se pueda ejercer un

seguimiento, evaluación de objetivos y su cumplimiento. Este plan deberá ser comunicado a los niveles responsables de su ejecución.

Art. 37.- La Unidad de TIC deberá de contar con la documentación de soporte de las operaciones que realicen (físicas o electrónicas), para

justifi car e identifi car la naturaleza, fi nalidad y resultado de la actividad realizada. La documentación debe estar debidamente custodiada y contar con

procedimientos para su actualización oportuna.

Art. 38.- La máxima autoridad y la Unidad de TIC, deberán emitir políticas que fomenten el fl ujo oportuno de información interna por medio

del uso del correo electrónico institucional como medio ofi cial de comunicación, digitalización de documentos, utilización del sitio web institucional,

intranet e internet. Deberán defi nir por escrito los controles generales de los recursos de tecnología de información, para asegurar la efi ciencia, efec-

tividad, confi abilidad y seguridad de la información.

Continuidad de las operaciones

Art. 39.- La Unidad de TIC, deberá contar con un plan de contingencia autorizado por la máxima autoridad de la entidad, este plan debe ser viable,

que detalle las acciones, procedimientos y recursos fi nancieros, humanos y tecnológicos, considerando los riesgos y amenazas de TIC que afecten de

forma parcial o total la operatividad normal de los servicios de la Entidad, categorizando el tipo de acción a realizar en cuanto a la medición en tiempo

para el restablecimiento de las operaciones tecnológicas, este plan debe probarse y actualizarse atendiendo la realidad tecnológica de la entidad al

menos una vez al año. Deberá ser comunicado a los niveles pertinentes.

Art. 40.- El Área de TIC debe establecer y mantener actualizadas políticas y procedimientos para el respaldo y recuperación de la información,

que le permitan tener acceso a la misma durante periodos de contingencias, causados por desperfectos en los equipos, pérdida de información u otras

situaciones similares.

Art. 41.- La Unidad de TIC debe realizar un diagnóstico o estudio para determinar la necesidad de contar con cobertura de seguros para los prin-

cipales equipos de cómputo y comunicaciones, que le permitan mitigar el riesgo provocado ante cualquier tipo de contingencia y desastre natural.

CAPÍTULO VII

ENTREGA Y SOPORTE DE SERVICIOS

Art. 42.- La Unidad de TIC deberá identifi car y registrar los incidentes y problemas de TIC, categorizar, diagnosticar, resolver, controlar errores,

evaluar problemas graves y reportar los informes que contienen los problemas resueltos y pendientes, el estatus de su procesamiento y las solucio-

nes.

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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

Art. 43.- La Unidad de TIC deberá emitir procedimientos de control para gestionar la confi guración, cambios y liberación de versiones de software

mediante la defi nición de planes y políticas.

Art. 44.- La Unidad de TIC deberá desarrollar procedimientos de control para la instalación y desinstalación de software y dispositivos de infor-

mación y comunicación, los que deberán ser reinstalados para su funcionamiento y efectividad en el uso.

Licenciamiento de software

Art. 45.- Todo el software instalado en la entidad, deberá estar amparado con la respectiva licencia extendida por el fabricante, otorgando a la

entidad el derecho de instalación y uso de los mismos, de conformidad a lo establecido por la ley.

Art. 46.- La Unidad de Activo Fijo deberá de elaborar y actualizar un inventario de Software y aplicaciones. La Unidad de TIC deberá controlar

el software instalado en cada uno de los equipos informáticos institucionales.

Art. 47.- La Unidad de TIC es la responsable de la instalación de software libre, debiendo justifi car los usuarios las necesidades de su uso.

El software libre instalado debe cumplir con los aspectos técnicos informáticos.

Art. 48.- La Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación deberá mantener registros actualizados con las características técnicas de

la infraestructura tecnológica, licencias de software, aplicativos, manejadores de base de datos y la documentación de los controles de cambios de los

sistemas de información. Estos registros deberán conciliarse con los controles de inventarios de activo fi jo y con los registros contables.

Gobierno electrónico

Art. 49.- Las entidades que han adoptado un modelo de gestión de gobierno electrónico para el manejo de contratos, transacciones económicas,

compras, pagos, entre otros aspectos que se realizan on-line, deberán emitir procedimientos para el manejo de fi rma digital, estableciendo por escrito

los procesos, funcionarios responsables, medidas de seguridad ante los riesgos identifi cados, alcance, confi dencialidad en la comunicación, entre otros

aspectos.

CAPÍTULO VIII

DISPOSICIONES FINALES

Art. 50.- Con el propósito de mantener actualizado el presente Reglamento, éste deberá ser revisado por una Comisión nombrada por el Presidente

de esta Corte, cuando lo estime conveniente.

Art. 51.- El presente Reglamento entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en San Salvador, a los veinticuatro días del mes de junio del dos mil catorce.

LIC. ROSALÍO TÓCHEZ ZAVALETA,

PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA.

(Registro No. F014106)

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

ALCALDÍAS MUNICIPALESDECRETO No. 1

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN JUAN NONUALCO, DEPARTAMENTO DE LA PAZ.

CONSIDERANDO:

I. Que el Concejo Municipal de esta ciudad, promulgó LA ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCIÓN DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS E IMPUESTOS A FAVOR DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN NONUALCO, en fecha primero de octubre de dos mil ocho, publicada en el Diario Ofi cial, Número 193, Tomo No. 381, de fecha quince de Octubre de dos mil ocho.

II. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del municipio, es conveniente seguir otorgando incentivos tributarios con carácter transitorio que estimulen a los contribuyentes para el pago de sus deudas tributarias municipales.

III. Que esta determinación tiene como objeto benefi ciar a los habitantes de este municipio, que se encuentran en mora y además traerle mayores recursos al tesoro municipal, que actualmente se encuentra pasando por una situación difícil debido al pasivo contable con el que carga y esto daría un suspiro para el cumplimiento de algunas obligaciones.

POR TANTO:

En uso de sus facultades constitucionales, administrativas y legales,

DECRETA el siguiente:

DECRETO DE PRORROGA DE EXTENSIÓN DE PLAZO DE VIGENCIA DE LA ORDENANZA TRANSITORIA DE

EXENCIÓN DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS IMPUESTOS A

FAVOR DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN NONUALCO, DEPARTAMENTO DE LA PAZ.

Art. 1.- Se extiende el plazo de vigencia por tres meses contados a partir de los ocho días después de la publicación del presente Decreto, para que los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que adeuden tasas e impuestos al municipio de San Juan Nonualco, puedan acogerse al benefi cio de extensión de la ordenanza en referencia y solventar su deuda con esta Alcaldía.

Art. 2.- Todas las disposiciones comprendidas en la Ordenanza Transitoria de Exención aludida, favorece a las personas naturales y jurídicas a que se refi ere la expresada normativa, quienes deberán solicitar al Departamento de Cuentas Corrientes, los benefi cios establecidos en la misma, relacionados con la exención de intereses y multas, provenientes de las deudas por tasas e impuestos a favor del municipio de San Juan Nonualco; haciendo referencia a que solamente podrán gozar de los benefi cios que establece esta extensión de la ordenanza los contribuyentes que realicen sus pagos en forma total o a través de pagos parciales, siempre que éstos se paguen en el plazo de vigencia de la presente ordenanza.

Art. 3.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de la ciudad de San Juan Nonualco, a los diecinueve días de junio de dos mil catorce.

JOSÉ GUILLERMO RODAS RAMOS, BENICIO ADELIO RIVAS MIRANDA, ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL.

JESÚS RIVAS CALDERÓN, RAFAEL ORTÍZ, PRIMER REGIDOR. SEGUNDO REGIDOR.

ARNULFO ERNESTO HENRÍQUEZ HERNÁNDEZ, INÉS ALONSO BELLOSO RIVAS, TERCER REGIDOR. CUARTO REGIDOR.

FRANCISCO PICHE, JESÚS ALBERTO LÓPEZ DOMÍNGUEZ, QUINTO REGIDOR. SEXTO REGIDOR.

DAVID SALVADOR MANCÍA ORREGO,SECRETARIO.

(Registro No. F014098)

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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE

DESARROLLO COMUNAL DEL

CANTON SAN JOSE LA CEIBA

(ADESCOCASAJOCE).

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION,

DURACION Y DOMICILIO

Art. 1.- Créase la Asociación denominada ASOCIACION DE DE-SARROLLO COMUNAL DEL CANTON SAN JOSE LA CEIBA, que podrá abreviarse ADESCOCASAJOCE, y que en los presentes Estatutos se denominará la ASOCIACION. Créase la Asociación de Desarrollo Comunal del Cantón San José La Ceiba, siendo una entidad apolítica y no lucrativa, podrá participar en el campo social, económico, cultural, religioso, cívico, educativo y en cualquier otro que fuere legal y prove-choso a la comunidad, la cual estará regulada por el Código Municipal, y las Ordenanzas afi nes a la naturaleza de la Asociación aprobado por el Concejo Municipal, para tal efecto en la Ciudad de Candelaria, y por estos Estatutos, Reglamentos Internos y demás disposiciones aplicables.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en estos Estatutos y demás disposiciones aplicables.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será el Cantón San José La Ceiba, Jurisdicción de la Ciudad de Candelaria, departamento de Cuscatlán.

CAPITULO II

FINES

Art. 4.- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano, las obras productivas y físicas que proyecte la Asociación para ello deberá:

a) Promover el progreso de la respectiva comunidad, conjun-tamente con instituciones públicas y organismos privados, nacionales e internacionales que participen en los correspon-dientes programas.

b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades representativas comunales.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados en la localidad, en mayor integración de sus miembros y la mejor realización de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación promocional de los dirigentes y grupos comunales con el fi n de contribuir al mejoramiento de la organización de la comu-nidad, la administración de proyectos sociales, económicos y la elevación de los niveles educativos.

e) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la comunidad con el equipamiento y los medios indispensables para solucionar los distintos problemas que existieren en la comunidad.

f) Promover las organizaciones juveniles, haciéndolas partícipes de la responsabilidad de los Programas de Desarrollo.

g) Incrementar las actividades comunales a fi n de obtener re-cursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la comunidad.

h) Participar en los Planes de Desarrollo Locales, regionales y nacionales especialmente en la determinación de los proyec-tos contemplados en su plan de actividades y establecer los recursos que deben utilizarse.

CAPITULO III

CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS

Art. 5.- Los Asociados podrán ser:

a) Los Fundadores.

b) Los Activos.

c) Los Honorarios.

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo cuando las personas provengan de Comités Juveniles el requisito de edad antes mencionado será el de quince años.

Son Asociados Fundadores: Todos aquellos que hayan comparecido a la fi rma del Acta de Constitución de la Asociación.

Son Asociados Activos: Todas las personas que cumplan los re-quisitos señalados en el inciso primero, residentes dentro de los límites del Cantón San José La Ceiba.

Son Asociados Honorarios: Aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva les concede tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación y la comunidad.

Art. 6.- Son derechos y deberes de los Asociados Activos:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo solicitaren por escrito,

c) Elegir y ser electos para cargos de la Junta Directiva.

d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al incremento del número de miembros de la Asociación.

e) Asistir con puntualidad a las sesiones de la Asamblea General previa convocatoria escrita,

f) Cumplir estos Estatutos y obedecer los acuerdos de la Asamblea General y Junta Directiva siempre que estén relacionados con los fi nes de la asociación.

Art. 7.- Los Asociados honorarios gozarán de los derechos y prerrogativas que la Asamblea General les otorgue.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art.8.- El gobierno de la asociación estará constituido por:

a) La Asamblea General, que será la máxima autoridad de la Asociación.

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

b) La Junta Directiva, que será el órgano ejecutivo y estará integrada por el número de miembros que determinen los Estatutos.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 9.- La Asamblea General la componen todos los Asociados Activos y se instalará con la mayoría simple de Asociados Activos pudiendo haber representación de los Asociados no presentes, pero no podrán estar representados por más de una persona. Las resoluciones se acordarán por la mayoría de los votos de los presentes o representa-dos.

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente cada seis meses, y Extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva por iniciativa propia o a solicitud de quince miembros afi liados a la Asociación.

Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias se tratarán los aspectos comprendidos en la agenda y en cualquier otro punto que propongan los Asociados, en las Asambleas Generales Extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier acuerdo sobre otro aspecto será nulo.

Art. 12.- La convocatoria para la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, se hará por medio de convocatoria escrita, con tres días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda; indicándose en los mismos, el lugar, el día y la hora en que se ha de celebrar. Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después de la señalada con los Asociados que concurran, en este último caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para aquellos convocados en la forma prescrita en estos Estatutos que no concurrieren.

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado fi nanciero de la Asociación.

c) Destituir o retirar por causas justifi cadas a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos.

d) Retirar la calidad de miembros activos de la misma a los que hubieren renunciado, fallecido o perdido su calidad de Asociados.

e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-tes.

f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que sea necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos.

h) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo Presupues-to.

i) Otorga la calidad de Asociado Honorario.

j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales no previstas en los Estatutos y que demanden inmediata solución.

CAPITULO VI

PROCEDIMIENTOS ESPECIALES PARA LA

REMOCION DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS

Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados o

destituidos por acuerdo de la Asamblea General tomado por mayoría de

votos previa audiencia del interesado por infracciones a la Ordenanza,

Reglamento y Estatutos. Se consideran además como causales de retiro

o expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del Asociado que se traduzca en perjuicio

para la Asociación.

b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan

en perjuicio de la Asociación.

c) Obtener por medios fraudulentos benefi cios económicos de

la Asociación para sí o para terceros.

d) Realizar desórdenes públicos.

e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asociación

o de algún directivo o socio.

Art. 15.- Todos o partes de los miembros de la Junta Directiva,

electos por la Asamblea General podrán ser suspendidos como socios

temporalmente, si no amerita su destitución o retiro según la gravedad

del caso. Para proceder a la suspensión temporal la Junta Directiva

nombrará una comisión especial de dos de sus miembros para que

investiguen los hechos y oyendo el informe de éstos y las razones del

supuesto infractor que exponga en su defensa, resolverá tal destitución

nombrando a continuación los sustitutos. En el caso de destitución que

habla el literal c) del Art. 13. La Junta Directiva seguirá el procedimiento

anterior pero en este caso, será la Asamblea General que resolverá tal

destitución nombrando a continuación los sustitutos.

Art. 16.- En caso que la Junta Directiva dentro de diez días de

conocida la infracción no proceda de conformidad a los artículos an-

teriores, un número de diez Asociados por lo menos podrá convocar a

la Asamblea General, para que ésta nombre la comisión investigadora

para que sobre la base de su informe la Asamblea General proceda a

la destitución o retiro. El mismo procedimiento se seguirá cuando de

acuerdo a las infracciones debe de conocerse sobre la suspensión temporal,

destitución o retiro de toda la Junta Directiva cuando por tratarse de la

mayoría de los miembros de la Junta Directiva los restantes no inician el

procedimiento dentro del plazo que anteriormente se establece en todos

los casos de este artículo, será la Asamblea General la que resolverá la

suspensión temporal, destitución o retiro de los miembros y en la misma

sesión elegirá y dará posesión de la suspensión o por el resto del período

de los directivos sustituidos. La Asamblea General o Junta Directiva

notifi cará al interesado la suspensión temporal o defi nitiva a más tardar

dentro de cuarenta y ocho horas después de haber sido acordada.

Art. 17.- Resolución que establezca la suspensión temporal decre-

tada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso de

revisión, dentro del plazo del tercer día hábil de la notifi cación. De las

resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningún recurso.

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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

CAPITULO VII

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 18.- La Junta Directiva estará integrada por nueve miembros propietarios y los suplentes correspondientes electos en Asamblea Ge-neral por votación nominal y pública, ya sea para cargos separados o en planilla. En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: Presidente(a), Vicepresidentes(a), Secretario(a), Pro-Secretario(a), Tesorero(a), Pro-Tesorero(a), Síndico(a), y dos Vocales. Los cargos de la Junta Directiva serán adhonórem; sin embargo cuando el Asociado trabaje en actividades particulares y eventuales para la Asociación podrá cobrar retribución convencional o cuando el volumen del trabajo y la circunstancia lo amerite previo acuerdo aprobado en Asamblea Gene-ral.

Art. 19.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente por lo menos una vez al mes, y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario previa convocatoria que haga el Presidente o al menos dos de sus miembros. Para que la sesión sea válida, deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos, en caso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá doble voto.

Art. 20.- Son atribuciones de las Juntas Directivas:

a) Elaborar el proyecto de estatutos de la Asociación y proponerlo a la Asamblea General.

b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el Desarrollo Comunal, el Plan de Trabajo y el Presupuesto correspondiente.

c) Integrar comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar su mayor organización y desenvolvimiento.

d) Convocar a la Asamblea General a reuniones Ordinarias y Extraordinarias.

e) Coordinar con los organismos del Estado, las Municipalidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la región en proyectos de mejoramiento de la localidad.

f) Participar en sus casos en las investigaciones, planeamiento, ejecución y evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento de la localidad.

g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los orga-nismos que cooperan con sus programas, de las actividades que desarrolla.

h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las disposiciones emanadas de la Asamblea General.

i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación.

j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los Asociados.

k) Presentar a consideración y aprobación de la Asamblea General en la sesión Ordinaria de diciembre de cada año calendario la Memoria Anual de sus actividades.

l) Llamar al miembro suplente correspondiente de la Junta Di-rectiva, cuando el titular esté ausente o no concurriese a tres sesiones consecutivas por lo menos sin causa justifi cada,

m) Presentar a consideración de la Asamblea General con quince días de anticipación de cada ejercido administrativo, el Plan y el Presupuesto de la Asociación.

Art. 21.- El Presidente de la Junta Directiva es el Representante Legal de la Asociación, presidirá las sesiones de Asamblea General y de la Junta Directiva, y todo lo demás que fuese encomendado por la Asociación.

Art. 22.- El Vice-presidente, colaborará con el Presidente y lo sustituirá en caso de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por los miembros de la directiva.

Art. 23.- El Secretario, será el órgano de comunicación de la Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma y tendrá a su cargo los libros de actas de sesiones que celebre la Asamblea Ge-neral y la Junta Directiva, extenderá las certifi caciones que le solicite la Junta Directiva o la Asamblea General y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 24.- El Pro-secretario, colaborará con el Secretario y lo sus-tituirá en caso de ausencia o impedimento de éste, también llevará el control del inventario de los bienes de la Asociación y todo lo demás que le fuere encomendado por los miembros de la Junta Directiva o la Asamblea General.

Art. 25.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes de la Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de la misma. Se encargará además de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociación, en todo caso será autorizado los pagos por el Secretario y con Visto Bueno del Presidente de la Asociación. Todos los fondos serán depositados en cuenta de ahorro en una institución bancaria o crediticia, para la cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación y se registrarán las fi rmas del Tesorero, Presidente y el Síndico de la Asociación; se requerirá para todo retiro de fondos la concurrencia de fi rmas de los antes mencionados, una vez sea aprobado por la directiva y todo lo demás que fuere encomendado por la Asociación.

Art. 26.- El Pro- Tesorero, tendrá las mismas funciones del Tesorero colaborará y lo sustituirá en caso de ausencia o impedimento de éste, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Junta Directiva y la Asamblea General.

Art. 27.- El Síndico, velará porque los contratos que celebre la Asociación se ajuste a las prescripciones legales y a los acuerdos emiti-dos por la Junta Directiva; así como velar por el estricto cumplimiento de estos Estatutos y conciliar en asuntos legales, previa autorización de la Junta Directiva. A falta de Síndico, fungirán los Vocales por orden respectivamente autorizados en sesión de Junta Directiva. De entre los Vocales de la Asociación el Presidente propondrá un Comité de Vigi-lancia formado por tres miembros de la Asociación que tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones, trabajos, libros y demás documentos de la Asociación con el objetivo de velar porque el patrimonio de la Asociación sea aplicado y conservado en la consecución de sus fi nes.

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

Art. 28.- Los Vocales colaborarán con la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los miembros de la Junta Directiva que faltare a las sesiones o actividades de la misma y todo lo demás que le fuere encomendado.

Art. 29.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un período de dos años, podrán ser reelegidos para otro período si la Asamblea General así lo decidiere.

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

Art. 30.- El patrimonio de la Asociación será constituido por:

a) La contribución que aporten los Asociados Activos, materia-lizándolo con la cantidad de un dólar de los Estados Unidos de América, como aporte mínimo.

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes fuentes lícitas.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad lícita rea-lizada para obtener fondos al patrimonio de la Asociación.

d) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título lícito y las rentas que se obtengan de la administración de los mismos.

Art. 31.- De las utilidades obtenidas por la Asociación, se aportará el cinco por ciento para formar un Fondo de Reserva para incrementar el capital bancario a nombre de la misma. La Asociación llevará un libro especial de registro de capital, en el que deberá expresarse todo aumento o disminución del mismo. La Asociación para poder desarrollar sus fi nes sociales y de obras físicas siempre que conduzca a operaciones canali-zadas a través de recursos económicos deberá ser conocida y aprobada por la Junta Directiva cuando no exceda de un mil dólares Americanos, caso contrario lo aprobará la Asamblea General.

Art. 32.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo se obtuvieren ganancias, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los proyectos a los que puede ser aplicadas tales ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el Fondo de Reserva.

CAPITULO IX

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION

Art. 33.- La Asociación podrá ser disuelta mediante acuerdo en sesión de Asamblea General Extraordinaria convocada para tal efecto y para que dicha resolución sea válida, será necesario el voto de las tres cuartas partes de los que estén legalmente Asociados a la misma de lo contrario será nula la resolución.

Solamente podrá ser disuelta por las causas siguientes:

a) Disminución en el número de miembros en un cincuenta por ciento del mismo establecido en el Código Municipal y la Ordenanza, a fi nes a las Asociaciones Comunales, emitidas por el Concejo Municipal de la ciudad de Candelaria.

b) Por motivos que la respectiva Ordenanza aprobada por el Concejo Municipal disponga y demás disposiciones aplica-bles.

Art. 34.- En caso de disolución, si después de pagadas las obli-gaciones que tenga la Asociación hubiera un remanente, la Junta Di-rectiva deberá poner a disposición del Concejo Municipal el remanente que hubiere quedado después de treinta días, con la condición de ser destinados los fondos a Programas de Desarrollo Comunal a realizarse preferentemente en la localidad del domicilio de la Asociación.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

CERTIFICA: Que a página 145 en adelante del Libro de Actas y Acuerdos Municipales Tomo I, que esta Ofi cina lleva durante el pre-sente ejercicio se encuentra el Acta número VEINTICINCO de fecha DIECIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL CATORCE, que literalmente dice:

ACUERDO No. 7.- El Concejo Municipal considerando que por disposición legal estipulado en el Art. 4 Numeral 8 del Código Municipal establece que compete a los municipios la promoción de la participación ciudadana, responsable en la solución de los problemas locales en el fortalecimiento de la conciencia cívica y democrática de la población; Art. 30 Numeral 23 del Código Municipal regula como facultad del Concejo, conceder la personalidad jurídica a las Asociaciones Comunales; también el Art. 119 del Código Municipal establece que las Asociaciones Comunales, tendrán personalidad jurídica otorgada por el Concejo respectivo y teniendo a la vista los Estatutos de Constitución, creados por la "ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL DEL CANTON SAN JOSE LA CEIBA, CANDELARIA, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN, (ADESCOCASAJOCE)" habiendo cumplido con los requisitos exigidos para tal efecto y viendo que no contrarían la Ley, ni Ordenanza existente, el orden público, ni las buenas costumbres; este Concejo Municipal, en uso de sus facultades legales ACUERDA: CONCEDER PERSONERIA JURIDICA A LA ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL DEL CANTON SAN JOSE LA CEIBA, CANDELARIA, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN, (ADESCO-CASAJOCE) Y RECONOCER SU NACIMIENTO LEGAL PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES, PREVIA PUBLICACION DE LEY. Comuníquese este Acuerdo para los efectos legales consiguientes. Y no habiendo más que hacer constar se da por terminada la presente acta que fi rmamos.- J.A.P.B.// A.H.C.// F.CORTEZ.N.// A.A.A.// P.O.// M.N.A.C.// LUIS A. ORTIZ// L.A.A.// M.delC.R.M.// J.A.V.C.// L.D.M.R.// J.R.L.// G.M.F.B.Srio.// RUBRICADAS.

ES CONFORME CON SU ORIGINAL: Con el cual se confrontó y se certifi ca la presente en la Alcaldía Municipal de Candelaria, De-partamento de Cuscatlán, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil catorce.

JOSE ADALBERTO PERDOMO BELTRAN,

ALCALDE MUNICIPAL.

LICDA. GLORIA MARISOL FABIAN DE P.,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F014063)

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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

AVISO DE INSCRIPCION

LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA DEL DE-

PARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,

CERTIFICA Que: Habiendo cumplido con el procedimiento esta-

blecido en el Decreto Legislativo número TRESCIENTOS TREINTA

Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, tomo

número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-

cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones

Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN

AGROPECUARIA Y SERVICIOS MÚLTIPLES "CINCO DE NO-

VIEMBRE" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con domicilio en

el municipio de San Juan Opico, departamento de La Libertad, obtuvo su

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

Personalidad Jurídica, el día trece de enero de mil novecientos noventa

y siete; y fue inscrita en el libro cincuenta y siete del Registro que esta

Ofi cina lleva bajo la siguiente codifi cación: Mil cuatrocientos seis del

Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario

Ofi cial por una sola vez el asiento de inscripción correspondiente.

Santa Tecla, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil

catorce.

NOTIFÍQUESE.

LIC. ANGELA DEL CARMEN MANZANO,

JEFA DE LA SECCIÓN JURIDICA.

Of. 1 v. No. 681

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a

las ocho horas con veinte minutos del día veintiuno de mayo del año

dos mil catorce, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada dejada por el causante FULGENCIO

DE JESUS ESTRADA, quien fue de setenta años de edad, Agricultor,

fallecido el día seis de octubre de dos mil trece, siendo Metapán su úl-

timo domicilio; por parte del señor FULGENCIO ELISEO ESTRADA

FUNES, en calidad de hijo del referido causante.

En consecuencia, se le confi rió a dicho aceptante la administra-

ción y representación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días,

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas

con cuarenta minutos del día cuatro de junio de dos mil catorce.- LIC.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 663-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado,

a las diez horas y cincuenta minutos del día seis de junio del dos mil

catorce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que

a su defunción dejó la causante ENMA LIDIA DIAZ MARTINEZ, de

parte de las señoras NURIA NOHEMY DIAZ SORTO, de treinta y un

años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Perquín, Morazán,

con Documento Único de Identidad Número cero dos cero cinco cero tres

cinco cinco guión siete, y Número de Identifi cación Tributaria un mil

trescientos dieciséis guión uno tres cero nueve ocho dos guión uno cero

uno guión cero; y LISETH ESMERALDA DIAZ SORTO, de veintiocho

años de edad, estudiante, originaria de Perquín, Morazán, y del domicilio

de San Miguel, con Documento Único de Identidad Número cero tres

tres ocho cinco cinco cinco tres guión uno, y Número de Identifi cación

Tributaria un mil trescientos dieciséis guión uno, y Número de Identifi -

cación Tributaria un mil trescientos dieciséis guión cero cuatro uno uno

ocho cinco guión uno cero uno guión seis; por derecho propio que les

corresponde en calidad de hijas de la causante; quien a la fecha de su

fallecimiento era de sesenta y dos años de edad, doméstica, originaria

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

de Torola, y del domicilio de Perquín, Morazán; hija de NICOLASA

MARTINEZ DE DIAZ y JOSE RUBEN DIAZ MARTINEZ, conocido

por RUBEN DIAZ; falleció el día once de agosto del dos mil trece, en

Cantón Casa Blanca, Jurisdicción de Perquín, Departamento de Morazán;

siendo en ese lugar su último domicilio.

Se le confi rió a las aceptantes antes mencionadas y en la forma

establecida, la administración y representación interina de la Sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el

siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Departamento de Morazán, a los once días del mes de junio del

dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,

JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA

ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 664-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día, a las doce

horas y veinticinco minutos se ha tenido por aceptada expresamente,

con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor

FLORENTINO VELASQUEZ, quien falleció el día dieciocho de mayo

del dos mil nueve, en el Hospital Nacional San Juan de Dios, de la

ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio El Carmen, de este

Departamento, de parte de la señora BLANCA AMALIA TORRES

viuda DE VELASQUEZ, en calidad de cónyuge del causante.

Confi riéndole a dicha aceptante en la calidad antes mencionada la

administración y representación interina de la Sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la Sucesión, para que

en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo

demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cinco días del mes

de junio del dos mil catorce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 665-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las diez

horas y cincuenta y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresa-

mente, con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor

JOSE ANTONIO SANDOVAL BERRIOS, quien falleció el día siete de

marzo del dos mil trece, en el Hospital Regional ISSS de la ciudad de San

Miguel, siendo su último domicilio El Carmen, de este Departamento, de

parte del señor JOSE MANUEL BERRIOS, en calidad de hermano del

causante. Confi riéndole a dicho aceptante, en la calidad antes dicha, la

administración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para

que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cinco días del mes

de junio del dos mil catorce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 666-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y treinta

minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio

de inventario la herencia intestada que dejó el señor Walter Antonio

Avila Alvarado, quien falleció el día dos de febrero de dos mil trece,

en Calle Principal a Cantón Amapalita y Final Noventa Avenida Sur,

La Unión, siendo el Cantón Conchaguita, Jurisdicción de Conchagua,

Distrito y Departamento de La Unión, su último domicilio, de parte de

la señora ROSA ELVIRA AVILA, en calidad de madre del causante.

Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la

administración y representación interinas de la sucesión con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los trece días del mes

de marzo de dos mil catorce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 667-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y treinta

minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio

de inventario la herencia intestada que dejó el señor PEDRO ARIAS,

quien falleció el día catorce de noviembre de mil novecientos ochenta

y ocho, en el Barrio Las Flores, de esta ciudad, siendo este lugar, su

último domicilio, de parte de la señora Melva Olinda Zelaya, o Melva

Olinda Zelaya Arias, en calidad de hija del causante.

Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la

administración y representación interinas de la sucesión con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cinco días del mes

de mayo de dos mil catorce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 668-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día, a las nueve

horas y cincuenta y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresa-

mente, con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el

señor JOSE HERNAN ALVAREZ SOSA, quien falleció el día doce de

abril del dos mil doce, en Clínica Médica San Francisco, de la ciudad de

San Miguel, siendo su último domicilio La Villa de San José, Departa-

mento de La Unión, de parte la señora MARIA VITELIA ALVAREZ

ALVAREZ, conocida por MARIA VITELIA ALVAREZ, representada

por el Licenciado EMILIO NOE RUIZ SORTO, y representando a sus

menores hijos, ENSON STEVEN ALVAREZ ALVAREZ y ELIAM

ARIEL ALVAREZ ALVAREZ, éstos en calidad de hijos del causante.

Confi érese a dicha aceptante, en la calidad antes mencionada, la admi-

nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para

que el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiséis días

del mes de mayo del dos mil catorce. LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 669-2

TÍTULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO

SOLORZANO MARTÍNEZ, quien es de sesenta y seis años de edad,

jornalero, soltero, Salvadoreño, Originario y Residente en Barrio San

Luis, Quinta Calle Poniente, Casa Número Cinco, Nueva Guadalupe, San

Miguel, Portador de su Documento Único de Identidad Número: Cero un

millón novecientos veintisiete mil quinientos treinta y uno guión uno y

Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: Mil doscientos diez guión

cero cuarenta mil novecientos cuarenta y siete guión ciento uno guión

tres y lo hace representado por medio de su Apoderada, FRIDA MAR-

LENI GONZÁLEZ CAMPOS, mayor de edad, Abogado, del domicilio

de San Miguel, Portadora de Tarjeta de Identifi cación Número Once mil

novecientos diecisiete; solicitando se le extienda Título de Propiedad a

su favor sobre un inmueble de naturaleza urbana situado en Barrio San

Luis, Quinta Calle Poniente, Casa Número Cinco, Municipio de Nueva

Guadalupe, Departamento de San Miguel; dicho inmueble tiene una

capacidad superfi cial de QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS

CON DIECINUEVE CENTÍMETROS CUADRADOS, según datos pro-

porcionados por el solicitante y según datos proporcionados por Catastro

San Miguel es de QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS

CUADRADOS, siendo las medidas y linderos siguientes: AL NORTE:

Mide CATORCE METROS CON OCHENTA CENTÍMETROS, colinda

con la señora: MARÍA DEL TRANSITO BOLAÑOS, cerco de ladrillo

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

de bloque propio del solicitante; AL ORIENTE: Mide TREINTA Y

SIETE METROS, colinda con la señora: ANGÉLICA ULLOA VIUDA

DE MARTÍNEZ y JUAN FRANCISCO SOLORZANO, muro de ladri-

llo propio del solicitante y calle de por medio; AL PONIENTE: Mide

TREINTA Y SEIS METROS CON CINCUENTA CENTÍMETROS,

colinda con el señor: antes, ELISA DEL CARMEN BENAVIDES HER-

NÁNDEZ hoy JULIÁN MOLINA y MARÍA DEL CARMEN SOTO

muro de ladrillo propio del solicitante; AL SUR: Mide DIECISIETE

METROS CON SETENTA CENTÍMETROS, colinda con los señores:

antes con FRANCISCO BOLAINEZ CAMPOS y MARÍA EUFEMIA

ZELAYA DE BOLAINEZ hoy REINA DE LA PAZ AVILES, cerco

de alambre propio del solicitante. En dicho inmueble existe una casa

construida, de pared de ladrillo, techo de duralita, piso de cerámica,. El

terreno descrito no es ejidal, baldío, ni comunal, no es dominante, ni

sirviente, no tiene ninguna carga, ni derechos reales que pertenezcan a

otra persona, ni se encuentra en proindivisión con nadie. El inmueble

lo Valora en CUATRO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE NORTE AMÉRICA ($4,000.00).

Y para ser publicado acorde a ley, se extiende el presente edicto en

la Alcaldía Municipal de la ciudad de Nueva Guadalupe, a los veinticinco

días del mes de abril de dos mil catorce. FRANCISCO BENAVIDES

FUNES, ALCALDE MUNICIPAL DE NUEVA GUADALUPE. LIC.

RONALD OSWALDO AVILÉS LÓPEZ, SECRETARIO DEL CON-

CEJO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 670-2

TÍTULO SUPLETORIO

GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que a este Juzgado, se ha presentado la Licenciada

SONIA DEL CARMEN MONTERROSA QUINTANILLA, en calidad

de Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República, y en

representación del señor CRISTOBAL DE JESUS MONTECINOS

PABLO, de cuarenta y nueve años de edad, Jornalero, del domicilio de

Alegría, Departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad

Número: cero cero dos dos tres dos cinco ocho - cero; con Número de

Identifi cación Tributaria número: un mil ciento uno - ciento treinta mil

ciento setenta - ciento dos - cuatro, solicitando Título Supletorio de un

terreno de naturaleza rústica, ubicado en Cantón San Juan Dos, Munici-

pio de Alegría, Departamento de Usulután, de una extensión superfi cial

según Certifi cación Catastral de SIETE MIL QUINIENTOS CINCO

PUNTO CERO CINCO METROS CUADRADOS, colindancias son

las siguientes: LADO NORTE, con Andrés de Jesús Montecinos, AL

ORIENTE: con Luis Antonio Gutiérrez Rodríguez, quebrada de por

medio, AL SUR: con Luis Antonio Gutiérrez Rodríguez, calle de por

medio y Luis Antonio Gutiérrez Rodríguez, calle de por medio; AL

PONIENTE: con Raúl Antonio Moreno, calle de por medio. El terreno

descrito lo obtuvo por posesión material que adquirió de su padre Andrés

de Jesús Montecinos, la cual data desde el año mil novecientos noventa

y seis, y que ha ejercido de una forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida,

inmueble valorado en la suma de UN MIL TRESCIENTOS DÓLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

Santiago de María, a los tres días del mes de junio del año dos mil ca-

torce. LICDA. GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA. LICDA. SANDRA ELIZABETH GÓMEZ

GARAY, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 671-2

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó el señor JUAN

ANTONIO SIERRA QUINTANA, de cincuenta y tres años de edad,

Motorista, del domicilio de la población de Masahuat, de esta compren-

sión, solicitando se extienda a su favor TITULO SUPLETORIO de un

inmueble de naturaleza rústica situado en Cantón Las Piedras, Caserío

El Rodeo, de esta compresión territorial; de una extensión superfi cial de

QUINIENTOS TREINTA PUNTO OCHO MIL CIENTO SESENTA Y

TRES METROS CUADRADOS, con las colindancias siguientes: AL

NORTE, con José Misael Posadas Mejía; AL ORIENTE, con los señores

Marlín Johanna Mejía Martínez, Yeimy Jazmín Mejía Martínez, Yese-

nia Jazlin Mejía Martínez y César Udiel Mejía Posadas; AL SUR, con

Alcaldía Municipal de Metapán, calle de por medio; y AL PONIENTE,

con José Antonio Pérez Ramírez. El referido inmueble no se encuentra

en proindivisión, y no existe cargas reales que respetar; lo valúa en la

cantidad de DOS MIL DÓLARES.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce horas con

diez minutos del día dieciocho de junio del dos mil catorce. LIC. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 672-2

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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

HERENCIA YACENTE

LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo Civil de este Municipio Judicial.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las diez horas con cuarenta y un minutos del día cinco de junio de dos mil catorce.- Se ha declarado yacente la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Salvador, siendo la Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, su último domicilio, el día veintisiete de agosto de dos mil once, dejó el causante JÓSE MANUEL AGUILAR CAMPOS, y para que lo represente nómbrese como curador a la Licenciada EDA VERONICA MENA DUEÑAS, a quien se le hará saber de este nombramiento para su aceptación, juramentación y demás efectos legales.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención para que transcurridos el término de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto correspondiente, concurran a este tribunal a hacer uso de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-tamento de San Salvador, a las catorce horas con diez minutos del día seis de junio del año dos mil catorce.- LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL. LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 654-3

LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo Civil de este Municipio Judicial.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las catorce horas con treinta minutos del día veinte de mayo del dos mil catorce.- Se ha declarado yacente la herencia intestada que a su defunción ocurrida en Santiago Texacuangos, de este Departamento, siendo su último domicilio, el día once de septiembre de mil novecientos ochenta y ocho, dejó el causante ANDRES SEGURA REYES o ANDRES SE-GURA, y para que lo represente nómbrese como curador al Licenciado NELSON BENJAMIN VALDEZ GRANADOS, a quien se le hará saber de este nombramiento para su aceptación, juramentación y demás efectos legales.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención para que transcurridos el término de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-tamento de San Salvador, a las doce horas con treinta minutos del día cuatro de junio del año dos mil catorce.- LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL. LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 655-3

DE TERCERA PUBLICACIÓN

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

LIC. ROXANA GUADALUPE RECINOS ESCOBAR, Notario, de este

domicilio, con Despacho Notarial ubicado en Primera Calle Oriente, Casa

Número diez, Barrio El Centro, Ilobasco, Departamento de Cabañas.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

a las siete horas del día treinta de junio de dos mil catorce, se ha declarado

como HEREDERA DEFINITIVA INTESTADA CON BENEFICIO

DE INVENTARIO a la señora MARIA LEONARDA HENRRIQUEZ

DE GARCIA conocida por MARIA LEONARDA HENRIQUEZ DE

GARCIA, que a su defunción dejó el señor ANDRES ROMEO GARCIA

LOZANO conocido por ANDRES ROMEO GARCIA, ocurrida a las

trece horas del día doce de enero del año dos mil catorce, en su casa

de habitación ubicada en el Cantón Oratorio, Caserío El Tránsito, de

la jurisdicción de la Ciudad de Ilobasco, Departamento de Cabañas, a

consecuencia de Infarto, sin asistencia médica, en calidad cónyuge y

de cesionaria del derecho que les corresponderían en calidad de hija y

padres del causante respectivamente, a los señores Mayra del Carmen

García Henríquez, Pedro Rafael García Durán conocido por Rafael

García y María Elena Lozano de García conocida por María Elena Lo-

zano, habiéndosele conferido a la heredera declarada la representación

y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de Ilobasco, a las siete horas con treinta

minutos del día treinta de junio de dos mil catorce.

ROXANA GUADALUPE RECINOS ESCOBAR,

NOTARIO.

1 v. No. C003051

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE SAN

MIGUEL.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas dos minutos de este

día, se ha declarado HEREDEROS DEFINITIVOS, con benefi cio de

inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la causante

señora MARIA INES VIGIL DE ZELAYA; quien fue de treinta y seis

años de edad, fallecida el día cinco de julio de mil novecientos noventa

y nueve, siendo este Municipio el lugar de su último domicilio; a los

señores PETRONA VIGIL, KARLA VANESSA PERLA y JAY ADAM

ZELAYA. Confi riéndole en estas diligencias al aceptante la administra-

ción y representación DEFINITIVA de la sucesión, la cual será ejercida

junto con la curadora de bienes Licenciada MARIA GUADALUPE

CABRERA CRUZ, quien representa al señor JOSE INES ZELAYA

ALVARADO; como hijo de la causante.

Lo que hago del conocimiento del público, para los efectos legales

consiguientes.

Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las ocho horas tres

minutos del día diecinueve de junio de dos mil catorce.- LIC. DIANA

LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL, SAN MIGUEL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA

AYALA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

1 v. No. C003054

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ 2 DE LO CIVIL DE

MEJICANOS.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Tribunal, a

las quince horas del día treinta de abril de dos mil catorce, se ha declarado

a la señora NOEMI OFELINDA MARQUEZ DE CRUZ, HEREDERA

INTESTADA CON BENEFICIO DE INVENTARIO de la sucesión que

a su defunción le defi rió la causante DELMI TERESA MARQUEZ, quien

falleció en esta ciudad, su último domicilio, el día veintiséis de septiembre

de dos mil once; en concepto de HERMANA de la de cujus y como cesio-

naria de los derechos hereditarios que le correspondían a sus otros cinco

hermanos, señores: JORGE DE JESUS MARQUEZ SALAMANCA,

LUIS ANTONIO MARQUEZ SALAMANCA, JOSE ROLANDO

MARQUEZ SALAMANCA, MAURO ENRIQUE MARQUEZ

SALAMANCA, RAFAEL HUMBERTO MARQUEZ SALAMANCA

y MELVYN ALICIA MARQUEZ DE FERNANDEZ.

Confi érase a la heredera declarada la administración y representación

defi nitivas de la sucesión.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL DE MEJICANOS,

JUEZ 2; a las catorce horas del día seis de mayo de dos mil catorce.- DR.

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.-

LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

1 v. No. F013976

LICENCIADA DAMARIS ARGENTINA VASQUEZ CORNEJO,

Notario, del domicilio de Cojutepeque, departamento de Cuscatlán, con

ofi cina Notarial ubicada en Cuarta Avenida Norte número cinco "D" de

la ciudad de Cojutepeque, departamento de Cuscatlán, al público para

los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las

catorce horas del día trece de junio de dos mil catorce, se ha declarado

HEREDERO DEFINITIVO con benefi cio de Inventario de la Heren-

cia Intestada de los bienes que a su defunción dejó la señora JUANA

ANTONIA ARIAS HERNANDEZ, ocurrida el día dos de junio de dos

mil doce, en la ciudad de Ramona, Condado de San Diego, Estado de

California, Estados Unidos de América, de parte del señor SANTOS

ALIRIO CHAVEZ ARIAS, en su concepto de hijo y cesionario de los

Derechos Hereditarios que le correspondían al señor MANUEL DE JESUS

ARIAS EVANGELISTA, conocido por MANUEL ARIAS en concepto

de padre de la referida causante.- Habiéndosele conferido al aceptante

la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en la ciudad de Cojutepeque, departamento de Cuscatlán,

a los treinta días del mes de junio de dos mil catorce.

LIC. DAMARIS ARGENTINA VASQUEZ CORNEJO,

NOTARIO.

1 v. No. F014025

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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

MANUELA ALEXANDRA DE LA HELGUERA SACA, Notario, de

este domicilio, con ofi cinas ubicadas en Boulevard Orden de Malta Sur,

Edifi cio Eben-Ezer, cuarta planta, Urbanización Santa Elena, Antiguo

Cuscatlán.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las trece horas del día veintisiete de junio de dos mil catorce, se ha

declarado a la señora NURIA MARIA VIDALES DE GALVEZ, heredera

defi nitiva con benefi cio de inventario, de los bienes que a su defunción

ocurrida en el Hospital de Diagnóstico de la ciudad de San Salvador, el

día dos de noviembre de dos mil trece, dejó su padre, el señor MAURICIO

ORLANDO VIDALES RIVAS conocido por MAURICIO VIDALES

RIVAS, en su concepto de hija del causante; habiéndole concedido la

representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Lo que se avisa al público, para los efectos de ley.

Librado en Antiguo Cuscatlán, el día treinta de junio de dos mil

catorce.

MANUELA ALEXANDRA DE LA HELGUERA SACA,

NOTARIO.

1 v. No. F014077

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ TRES DEL JUZGADO

CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las diez

horas y treinta minutos del día cinco de mayo de dos mil catorce, se ha

declarado herederos defi nitivos con benefi cio de inventario de la herencia

intestada que a su defunción defi rió el causante señor MANUEL DE

JESUS CARDOZA MARENCO, quien falleció en el Instituto Salvado-

reño del Seguro Social de la Ciudad de Ilopango, el día once de octubre

de mil novecientos noventa y cuatro, siendo éste el lugar de su último

domicilio, a los señores YENI SARAI CARDOZA CORTEZ, WILMER

EMMANUEL CARDOZA CARRILLO, ERLINDA CARDOZA

LANDAVERDE, conocida por MARIA ERLINDA CARDOZA

LANDAVERDE y por MARIA ERLINDA CARDOZA, ENEYDA

MARICELA CARDOZA FLORES y KARINA MARISOL CARDOZA

FLORES, esta última por encontrarse fuera del país, por medio de su

Curadora Especial señora ERLINDA CARDOZA LANDAVERDE,

conocida por MARIA ERLINDA CARDOZA LANDAVERDE y por

MARIA ERLINDA CARDOZA, en calidad de madre e hijos sobrevi-

vientes, del "de Cujus".

Confi éraseles a los herederos declarados la administración y re-

presentación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil, Juez Tres

de San Salvador, a las diez horas y cinco minutos del día diecinueve de

mayo de dos mil catorce.- LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ,

JUEZ TRES, JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL

DE SAN SALVADOR.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,

SECRETARIO.

1 v. No. F014088

MIGUEL ANGEL AVELAR AMAYA, Notario, del domicilio de

San Juan Opico y del de San Salvador, con Ofi cina Jurídica Ubicada

en Avenida Dueñas # 1, Barrio El Centro 2ª Planta, San Juan Opico,

Departamento de La Libertad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las doce horas del día diez de junio del año dos mil catorce. Se ha

DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA AB-INTESTATO y con

benefi cio de inventario, a la señora: MARIA DOLORES PEREZ, en su

concepto de Cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían

al señor WILFREDO PEREZ RIVAS, en concepto de hijo sobrevivien-

te, de la Herencia Intestada que a su defunción dejara el señor JESUS

MARIANO RIVAS, quien falleció en el Hospital Amatepec, del Seguro

Social, en la ciudad de Soyapango, departamento de San Salvador, a las

veintitrés horas con cuarenta minutos del día doce de junio del año dos

mil doce, a consecuencia de Febrilidad Ventricular, Pie Diabético G IV,

Insufi ciencia Arterial e Hipertensión Arterial, en el concepto ya aludido

y habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva

de la mencionada sucesión y para ser publicado por una sola vez en el

Diario Ofi cial.

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

Libro el presente aviso en la ciudad de Quezaltepeque, Departa-

mento de La Libertad, a los diez días del mes de junio del año dos mil

catorce.

LIC. MIGUEL ANGEL AVELAR AMAYA,

NOTARIO.

1 v. No. F014095

ACEPTACION DE HERENCIA

ANY CRISTY ARGUMEDO CAMPOS, mayor de edad, Abogado y

Notario, de este domicilio, con ofi cinas situadas en Paseo General Es-

calón y Noventa y nueve Avenida Norte, Edifi cio Atlantic Center, Local

Veintiséis, San Salvador, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en las diligencias promovidas ante mis ofi cios

Notariales, se ha tenido expresamente por aceptada y con benefi cio de

Inventario, la herencia Testada que a su defunción dejó la señora MARIA

ANA DE JESUS SEGOVIA, conocida por MARIA ANA SEGOVIA,

MARIA SEGOVIA, MARIA ANA SEGOVIA FUNES y por MARIA

FUNES SEGOVIA, quien falleció el día veintinueve de mayo del año

dos mil catorce, en la ciudad de Apopa, de este Departamento, siendo

éste su último domicilio, de parte de la señora SANDRA CECILIA-

LARIOS DE AVILA conocida por SANDRA CECILIA SEGOVIA,

SANDRA CECILIA SEGOVIA LARIOS, SANDRA CECILIA LARIOS

SEGOVIA, y por SANDRA DE AVILA, en calidad de Heredera Testa-

mentaria sobreviviente de la causante; se le ha conferido a la aceptante la

administración y representación interina de la sucesión con las facultades

y restricciones de Ley.

Librado en San Salvador, el día veintisiete de junio de dos mil

catorce.

ANY CRISTY ARGUMEDO CAMPOS,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. C003040

JABIER CALDERON RIVERA, Notario, del domicilio de Usulután,

con ofi cina establecida en la Primera Avenida Sur, Local Número dos,

frente a Plaza Hidalgo, de la ciudad de Usulután.

HACE SABER: Que por resolucion del suscrito Notario, proveída

a las quince horas del día veintiuno de junio del año dos mil catorce,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario

la Herencia Testamentaria, que a su defuncion dejó la señora: EVA

CATALINA CAMPOS viuda DE MACHUCA, de parte de las señoras:

BLANCA LIDIA MACHUCA CAMPOS, EVANGELINA MACHUCA

CAMPOS, y LAURA VICENTA CAMPOS ROSALES, las dos primeras

en su calidad de hijas, y la última en su calidad de nuera, del de cujus,

habiendose conferido la administracion interina y representacion de la

sucesión TESTAMENTARIA, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días contados desde el siguiente a la

última publicacion del presente edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario Jabier Calderón Rivera, en la

ciudad de Usulután, a las ocho horas del día treinta de junio del año dos

mil catorce.

JABIER CALDERON RIVERA,

NOTARIO.

1 v. No. F013941

SANDRA MORENA BALCACERES MERLOS, Notario, de este domi-

cilio, con Ofi cina ubicada en Tercera Avenida Norte y Diecinueve Calle

Poniente, número doscientos treinta y ocho, San Salvador, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día

dieciséis de febrero de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada y con

Benefi cio de Inventario la Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida

a las cinco horas con veinte minutos del día seis de octubre del dos mil

doce, en el Hospital Nacional Santa Teresa, de la ciudad de Zacatecoluca,

Departamento de La Paz, dejó la señora SANTOS ORELLANA DE

RODRIGUEZ, de parte del señor JOSE MARIA CRUZ RODRIGUEZ,

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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

en su calidad de esposo; a dicho aceptante se le ha conferido la Admi-

nistración y Representación Interina de la Sucesión con las Facultades

y Restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada

Ofi cina a deducirlo en el término de quince días, contados desde el día

siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina de la Notario SANDRA MORENA BAL-

CACERES MERLOS, en la ciudad de San Luis Talpa, Departamento

de La Paz, a las nueve horas del día siete de marzo de dos mil catorce.

LIC. SANDRA MORENA BALCACERES MERLOS,

NOTARIO.

1 v. No. F013972

EL LICENCIADO HERBERT FRANCISCO VALDES LEWY, mayor

de edad, Abogado y Notario, del domicilio de la ciudad de Ahuachapán,

con Ofi cina profesional situada en Calle Gerardo Barrios Oriente número

tres-cuatro, en esta ciudad, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

Intestada promovidas ante mis ofi cios Notariales por la señora REGINA

MELANY PINEL GALLEGOS conocida por REGINA MELANY PI-

NEL GALLEGOS DE BOREMAN, REGINA PINEL DE BOREMAN,

REGINA MELANIA PINEL GALLEGOS y por REGINA MELANIA

HAGEL GALLEGOS, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario, la Herencia Intestada, que a su defunción dejó

la señora BEATRICE ELENA HAGEL GALLEGOS, quien falleció a

las diez horas y cuarenta minutos del día veintitrés de enero de dos mil

siete en la ciudad de Baltimore, Estado de Maryland, Estados Unidos de

América, siendo su último domicilio la ciudad de Ahuachapán, Departa-

mento de Ahuachapán, de parte de la señora REGINA MELANY PINEL

GALLEGOS conocida por REGINA MELANY PINEL GALLEGOS DE

BOREMAN, REGINA PINEL DE BOREMAN, REGINA MELANIA

PINEL GALLEGOS y por REGINA MELANIA HAGEL GALLEGOS,

se le ha conferido a la Aceptante la Administración y Representación

Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente.

Librado en la ciudad de Ahuachapán, el día diecinueve de marzo

de dos mil catorce.

LICENCIADO HERBERT FRANCISCO VALDES LEWY,

NOTARIO.

1 v. No. F013988

MARVIN ABRAHAM SALAMANCA MORENO, Notario, de este

domicilio, con ofi cina ubicada en Boulevard Los Héroes y Condominio

Los Héroes Norte, Local Tres - Diecinueve, San Salvador, al público.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito, proveída a las die-

cisiete horas diez minutos del día veinticinco de junio de dos mil catorce,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

Herencia Testamentaria, por parte de CARMEN JOSEFINA RAMON

BARRERA y MARLENE ESPERANZA RAMON DE ARIAS, ambas

aceptantes en sus calidades de herederas testamentarias, respecto de los

bienes que a su defi nición dejó la señora SONIA GUADALUPE RA-

MÓN BARRERA, de profesión Bachiller Comercial-Contador, soltera,

originaria de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio de

esta ciudad; falleció en Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de

San Salvador, a las diez horas y treinta minutos del día siete de febrero

de dos mil catorce, a la edad de cincuenta años. En la misma resolución,

se confi rió a las aceptantes la Administración y Representación Interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

En consecuencia, se cita a toda persona que crea y demuestre

fehacientemente, tener derechos sobre la referida herencia, para que se

presente a mi ofi cina, dentro del término de quince días, a contar desde

el siguiente a la última publicación de este Edicto.

Librado en mi Ofi cina. En la Ciudad de San Salvador, veintisiete

de junio de dos mil catorce.

MARVIN ABRAHAM SALAMANCA MORENO,

NOTARIO.

1 v. No. F013995

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

LEONARDO MARCELO MEJIA MARTINEZ, Notario, del domicilio

de San Salvador, con ofi cina jurídica situada en Boulevard Tutunichapa

y Primera Diagonal, Condominio Tutunichapa, Local Once, Primera

Planta, San Salvador.

HAGO SABER: Que por resolución de las ocho horas del día cinco

de junio de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada Expresamente y

con Benefi cio de Inventario, la Sucesión Intestada que a su defunción

dejara el señor GERMAN MORALES SIGÜENZA, quien a la fecha de

su fallecimiento era de cuarenta y dos años de edad, soltero, agricultor,

originario de Acajutla, Departamento de Sonsonate, de nacionalidad

Salvadoreña, quien falleció el día veintidós de marzo del año dos mil

catorce, en Villa Jujutla, Cantón Guayapa Abajo, siendo Villa Jujutla,

departamento de Ahuachapán, su último domicilio, de parte del señor

PASTOR MORALES, en calidad de padre del causante, y por tanto

Heredero Universal, habiéndosele conferido la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las ocho horas y treinta

minutos del día veintiocho de junio de dos mil catorce.

LIC. LEONARDO MARCELO MEJIA MARTINEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F013996

ANA MIRIAM QUITEÑO MEJIA, Notario, de este domicilio, con

ofi cina en Res. El Bosque, C. Principal Los Chorros, Número 45, Plan

del Pito, Mejicanos, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución proveída, a las siete horas

del día veintisiete del mes de junio de dos mil catorce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de Ilopango, siendo

su último domicilio Soyapango, Departamento de San Salvador, el día

treinta y uno de agosto de mil novecientos noventa y cinco, dejó la

señora EMERITA ISABEL TORRES VIUDA DE GARCIA conocida

por EMERITA ISABEL TORRES GONZALEZ, de parte de los señores

SARA MEYBELL GARCIA TORRES y RONY HORMIDAS GARCIA

TORRES, en calidad hijos sobrevivientes, habiéndoseles conferido la

Administración y Representación interina de la sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la Herencia Yaciente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en las ofi cinas de la suscrita Notaria, en Mejicanos, vein-

tisiete de junio de dos mil catorce.

ANA MIRIAM QUITEÑO MEJIA,

NOTARIA.

1 v. No. F014018

ANA MIRIAM QUITEÑO MEJIA, Notario, de este domicilio con

ofi cina en Res. El Bosque, C. Principal Los Chorros, Número 45, Plan

del Pito, Mejicanos, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución proveída, a las siete horas

del día veintisiete del mes de junio de dos mil catorce, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción ocurrida en la ciudad de Mejicanos, siendo su último

domicilio Mejicanos, Departamento de San Salvador, el día veinticuatro

de marzo de dos mil catorce, dejó la señora CORALIA QUINTEROS

conocida por CORALIA QUINTEROS RIVAS y por CORALIA RIVAS

QUINTEROS, de parte de los señores JOSE ROBERTO QUINTEROS

MARTINEZ y SAUL ERNESTO QUINTEROS, en calidad hijos

sobrevivientes, habiéndoseles conferido la Administración y Repre-

sentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de

los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en las ofi cinas de la suscrita Notaria, en Mejicanos, vein-

tisiete de junio de dos mil catorce.

ANA MIRIAM QUITEÑO MEJIA,

NOTARIA.

1 v. No. F014020

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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

CINDY PAMELA BARQUERO SAGASTIZADO, Notario, del do-

micilio de San Miguel, con ofi cina Jurídica ubicada en Tercera Avenida

Sur, Barrio La Merced, Casa Número Cuatrocientos Uno, Local Tres.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las nueve horas del día seis de febrero de dos mil catorce, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejara el señor JORGE OVIDIO GRANADOS

LAZO, ocurrida a las trece horas y veinte minutos del día veintidós de

diciembre del dos mil ocho en el Barrio El Calvario, de Guatajiagua,

departamento de Morazán, sin asistencia médica, de parte de la señora

ANA DOLORES HERNANDEZ VIUDA DE GRANADOS, en concepto

de cónyuge sobreviviente del causante, habiéndose conferido sesión

de derechos hereditarios de parte de BLANCA LIDIA GRANADOS,

ROSMERY GRANADOS DE BENITES y ANA GLADIS GRANADOS

DE BENITEZ.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia para que se presenten a la referida

ofi cina, en el término de quince días contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de San Miguel, el día veinticuatro de junio

de dos mil catorce.

CINDY PAMELA BARQUERO SAGASTIZADO,

NOTARIA.

1 v. No. F014081

VICTOR EFRAIN ESCALANTE CAMPOS, Notario, con ofi cina en

Carretera a Planes de Renderos, Km. 8½, Casa No. 7, San Salvador,

al público.

HACE SABER: Que por resolución proveída, a las once horas del

día ocho de junio del año dos mil catorce, ha sido declarada HEREDERA

INTERINA, la señorita CONCEPCION ABREGO ABREGO, como

CESIONARIA de los derechos hereditarios que le correspondían al

señor RAFAEL ANTONIO MORALES ABREGO, hijo de la causante

LEONCIA DEL CARMEN VIUDA DE MORALES, conocida por

LEONCIA, LEONSA o LEONZA ABREGO VIUDA DE MORALES,

quien falleció el día catorce de marzo del año dos mil trece, siendo

su último domicilio la ciudad de Panchimalco, Departamento de San

Salvador. Habiéndosele conferido la Administración y Representación

Interina de la Sucesión.

Lo que se avisa para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los veinte días del mes de

junio del año dos mil catorce.

LIC. VICTOR EFRAIN ESCALANTE CAMPOS,

NOTARIO.

1 v. No. F014118

VICTOR EFRAIN ESCALANTE CAMPOS, Notario, con ofi cina en

Carretera a Planes de Renderos, Km. 8½, Casa No. 7, San Salvador,

al público.

HACE SABER: Que por resolución proveída, a las quince horas

del día cinco de junio del año dos mil catorce, han sido declarados

HEREDEROS INTERINOS, de la Herencia Intestada que a su defunción

el día doce de febrero del año dos mil catorce, en la ciudad de San Salva-

dor, siendo la ciudad de Panchimalco su último domicilio, dejó el señor

FRANCISCO RAMOS GUZMAN, a los señores ANDRES BENJAMIN

RAMOS URQUILLA, DENIS FRANCISCO RAMOS URQUILLA,

SANDRA ELIZABETH RAMOS URQUILLA, JUAN CARLOS

RAMOS MARTINEZ, DAISY VANESSA RAMOS MARTINEZ,

PABLO RAMOS ORELLANA y MARÍA LUISA GUZMAN VIUDA

DE RAMOS, en concepto de hijos y madre del causante, habiéndoseles

conferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión.

Lo que se avisa para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los quince días del mes

de junio del año dos mil catorce.

LIC. VICTOR EFRAIN ESCALANTE CAMPOS,

NOTARIO.

1 v. No. F014119

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juz-

gado, a las catorce horas y treinta y cuatro minutos del día doce de

mayo de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción

ocurrida el día diez de noviembre de dos mil ocho, en la ciudad de

San Salvador, que defi rió la causante señora NORMA VICTORIA

RAMIREZ SANCHEZ, siendo su último domicilio el de Ilopango, de

parte de la señora MARIA GERTRUDIS SANCHEZ DE LOPEZ,

en calidad de madre sobreviviente de la de cujus, y el niño BRYAN

ALEXANDER MENDOZA RAMIREZ y el adolescente DAVID

ANTONIO SANCHEZ RAMIREZ, estos últimos representados por

su Tutora Legítima MARIA GERTRUDIS SANCHEZ DE LOPEZ,

ambos en calidad de hijos sobrevivientes de la causante, y por repudiada

la herencia de parte del señor JUAN ANTONIO RAMIREZ CRUZ o

JUAN ANTONIO RAMIREZ, en concepto de padre de la de cujus.

Y se les ha conferido a los aceptantes la administración y repre-

sentación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y

restricciones legales, debiendo ejercerla el niño BRYAN ALEXANDER

MENDOZA RAMIREZ y el adolescente DAVID ANTONIO SANCHEZ

RAMIREZ, por medio de su Tutora Legítima MARIA GERTRUDIS

SANCHEZ DE LOPEZ.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador, a

las ocho horas diez minutos del día treinta de mayo de dos mil catorce.

LICDA. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO

CIVIL. LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. C003058-1

GUADALUPE MAYORAL GARCIA, JUEZA DE LO CIVIL

SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las

nueve horas y veinte minutos del día veinte de junio de dos mil catorce,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia intestada dejada a su defunción por la causante señora JUANA

MORENO URRUTIA conocida por JUANA MORENO, quien fue de

cuarenta años de edad, de ofi cios domésticos, fallecida el día veinticinco

de noviembre de mil novecientos noventa y tres, en Cantón Primavera,

de esta jurisdicción, siendo Quezaltepeque su último domicilio, con

Tarjeta de Identifi cación Tributaria 0605-170253-001-3, de parte del

señor EDGARDO ALEXANDER MORENO VIVAS, de cuarenta

años de edad, estudiante, de este domicilio, con Documento Único de

Identidad número 01539384-0 y Tarjeta de Identifi cación Tributaria

número 0512-141273-102-6, en el concepto de hijo y como cesionario

del derecho hereditario que en la referida sucesión le correspondía a la

señora MIRNA JEANETH VIVAS DE MEJIA, mayor de edad, ama

de casa, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número

01397746-0 y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número 0512-170675-

105-0, en el concepto de hija de la causante, a quien se le ha conferido

la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace saber al público en general, para que todo el que

tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado a hacer

valer el mismo durante el término de quince días después de la presente

publicación y demás efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las nueve

horas y veinticinco minutos del día veinte de junio de dos mil catorce.

LICDA. GUADALUPE MAYORAL GARCÍA, JUEZA DE LO CIVIL

SUPLENTE. LIC. EFRAÍN EDGARDO AVELAR BERMÚDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013942-1

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinticinco

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con bene-

fi cio de inventario de parte de los señores ROSA AMELIA ALVARADO

VIUDA DE MUNGUÍA, ROSA ELENA MUNGUÍA DE AYALA,

SABAS BERNARDO MUNGUÍA ALVARADO, MARIA MARCE-

LINA MUNGUIA DE ACEVEDO, JUAN FRANCISCO MUNGUÍA

ALVARADO, ESTEBANA DEL ROSARIO MUNGUIA ALVARADO,

PEDRO OMAR MUNGUÍA ALVARADO, GUADALUPE DE LOS

ANGELES ALVARADO MUNGUIA, LORENA ROSIBEL MUN-

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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

GUIA ALVARADO y JESÚS ANTONIO MUNGUÍA ALVARADO,

la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor NATIVIDAD DE

JESÚS MUNGUIA ROMERO conocido por NATIVIDAD DE JESÚS

MUNGUIA y por JESÚS MUNGUIA, quien fue de sesenta y siete años

de edad, Jubilado, casado, salvadoreño, originario y del domicilio de

Apastepeque, departamento de San Vicente, con Documento Único de

Identidad número cero cero cero cero cero cuatro ocho uno - ocho, y

Número de Identifi cación Tributaria uno cero cero uno - dos cinco uno

dos tres nueve - uno cero uno - seis, habiendo fallecido a la una hora

treinta minutos del día cuatro de noviembre del año dos mil siete, en

el Hospital General del ISSS, siendo la ciudad de Apastepeque, depar-

tamento de San Vicente, el lugar de su último domicilio, la primera en

calidad de cónyuge sobreviviente del causante, y los demás en concepto

de hijos del mismo causante.

Y se ha nombrado a los aceptantes administradores y representantes

interinos de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinticinco

días del mes de junio del año dos mil catorce. DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013980-1

SALVADOR ANTONIO IBARRA SANABRIA, JUEZ DE LO CIVIL

INTERINO DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por re-

solución proveída por este Tribunal, a las nueve horas del día trece de

febrero de mil novecientos noventa y ocho, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que

a su defunción ocurrida a las siete horas con treinta minutos del día

veinte de febrero de mil novecientos noventa y siete, en el Cantón

San Juan Chiquito, de la jurisdicción de El Porvenir, correspondiente

a este Distrito Judicial, siendo su último domicilio la Población de El

Porvenir; dejó el señor GILBERTO ANTONIO FRANCIA CORADO

conocido por GILBERTO FRANCIA, quien fue de setenta y ocho años

de edad, agricultor, viudo; de parte de los señores BENEDICTO RENE

FRANCIA SALAZAR, MARIA ELENA FRANCIA SALAZAR,

MANUEL DE JESUS FRANCIA y LAURA ISABEL FRANCIA, en

su concepto de Hijos del expresado causante; a quienes se les nombra

INTERINAMENTE administradores y representantes de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-

cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las nueve horas veinte minutos

del día cuatro de marzo de dos mil nueve. LIC. SALVADOR ANTONIO

IBARRA SANABRIA, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. LIC. HENRY

OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013993-1

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día

nueve de junio de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con benefi cio de inventario de parte de los señores MIGUEL

ANGEL CARBALLO CORTEZ, JUSTO PASTOR CARBALLO

CORTEZ, MARIA ELENA CARBALLO CORTEZ, SALVADOR

CARBALLO CQRTEZ, ROSELIA CARBALLO CORTEZ, SUSANA

CARBALLO CORTEZ, ANDRES ANTONIO CARBALLO CORTEZ,

TULA CARBALLO CORTEZ, y JOSE ARMANDO CARBALLO, la

herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor ESTEBAN

CARBALLO, quien fue de noventa y tres años de edad, agricultor en

pequeño, originario del municipio de Guadalupe, departamento de San

Vicente, fallecido a las diecisiete horas veintiún minutos del día ocho

de enero de mil novecientos noventa y dos, en el Barrio San José La

Carbonera, del municipio de Guadalupe, departamento de San Vicente,

en concepto de hijos del causante.

Y se ha nombrado a los aceptantes administradores y representantes

interinos de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las doce horas

cinco minutos del día nueve de junio de dos mil catorce. DRA. ANA

FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL

RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014015-1

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las diez

horas y treinta minutos, se ha tenido por aceptada expresamente con

benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó la señora ELSY

NOHEMY CANALES CASTILLO, quien falleció el día ocho de di-

ciembre del dos mil trece, en el Hospital San Bartolo de la ciudad de

San Salvador, siendo su último domicilio Conchagua, Departamento

de La Unión, de parte de los señores SILDHER ANAC MARTINEZ

CANALES y GABRIELA DEL CARMEN MARTINEZ CANALES,

en calidad de hijos de la causante. Confi riéndoles a dichos aceptantes, en

la calidad antes mencionada, la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para

que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los seis días del mes

de junio del dos mil catorce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014032-1

ANA CECILIA SURIA DELGADO, JUEZA (2) DEL JUZGADO

PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las nueve horas y cuarenta y dos minutos del día veinticinco de mar-

zo de dos mil catorce, en las Diligencias de Aceptación de Herencia

Intestada, clasifi cadas bajo la REF. 35-DVC-13(2) y NUE. 05802-13-

CVDV-1CM2, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y

CON BENEFICIO DE INVENTARIO la herencia intestada, dejada

por el causante señor RODOLFO FRANCISCO MOLINA PÉREZ

conocido por RODOLFO FRANCISCO MOLINA, a su defunción

ocurrida el día veintiocho de marzo del año dos mil trece, en Séptima

Calle Poniente y Ochenta y Tres Avenida Norte, Casa número cuatro

mil trescientos veintidós, Colonia Escalón, San Salvador, siendo esta

Ciudad el lugar de su último domicilio, por parte de los señores LUIS

ALBERTO MOLINA PÉREZ conocido por LUIS ALBERTO MOLINA,

y la señora MARÍA DE LOS ÁNGELES MOLINA PÉREZ conocida

por MARÍA DE LOS ÁNGELES MOLINA SALMANZADEH, en sus

caracteres de cesionarios de derechos hereditarios de la señora MER-

CEDES ELENA PÉREZ conocida por MERCEDES ELENA PÉREZ

VDA. DE MOLINA, MERCEDES ELENA PÉREZ viuda DE MOLINA,

MERCEDES ELENA PÉREZ DE MOLINA, MERCEDES PÉREZ DE

MOLINA, MERCEDES ELENA NOUBLEAU PÉREZ DE MOLINA

y por MERCEDES ELENA NOUBLEAU PÉREZ, quien era heredera

Universal del causante en su calidad de madre del mismo; a quienes se

les ha conferido LA ADMINISTRACIÓN Y LA REPRESENTACIÓN

INTERINA DE LA SUCESIÓN, con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que dentro

del término de ley, se presenten a hacer uso de sus derechos, conforme

lo señala el Art. 1163 inc. 1° C.C., para lo cual líbrense y publíquense

los edictos de ley, los cuales deberán ser publicados en días hábiles, de

conformidad a los Arts. 142 Inc. 3°, en relación al 145 inc. 2° CPCM.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las nueve horas y cincuenta y dos minutos del día veinti-

cinco de marzo de dos mil catorce.- LICDA. ANA CECILIA SURIA

DELGADO, JUEZA (2) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL,

SAN SALVADOR.- LICDA. EDA LISSETH MEJÍA MONTERROSA,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

3 v. alt. No. F014040-1

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE BERLIN,

DEPARTAMENTO DE USULUTAN, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con treinta

minutos del día veinte de junio del presente año, se ha tenido por aceptada

expresamente la Herencia Intestada con Benefi cio de Inventario que a

su defunción dejara el Causante JOSE ELIAS ROMERO ESCOBAR,

conocido por JOSE ELIAS ROMERO, quien falleció a las trece horas

del día trece de enero de mil novecientos ochenta y cinco, en Barrio El

Calvario de la ciudad de Mercedes Umaña, departamento de Usulután,

a consecuencia de Infección en el Hígado, sin asistencia Médica, del

domicilio de Mercedes Umaña, departamento de Usulután; de parte de

los señores: ANA ELSY ROMERO GAITAN, con Documento Único de

Identidad número 01796630-6; y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria

número 1111-100956-102-0; MAURICIO ELIAS ROMERO GAITAN,

con Documento Unico de Identidad número 01477974-2; y Tarjeta de

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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

Identifi cación Tributaria número 1111-260763-102-0; y DOLORES

SAMARIS GAITAN DE RIVAS, con Documento Unico de Identidad

número 00467591-2, y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número 1111-

081165-101-1; en su calidad de hijos del Causante antes relacionado,

de los bienes que a su defunción dejara el mismo; confi riéndole a los

aceptantes la Administración y Representación Interina de la sucesión

con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente,

de conformidad a lo establecido en el Artículo 1163 del Código Civil.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que den-

tro del término de Ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus

derechos, lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos

legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de

Berlín, a los veinte días del mes de junio del año dos mil catorce.- LICDA.

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ

DE HENRIQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014047-1

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta y

cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario de parte de la señora LUZ AMPARO URBINA

DE PANAMEÑO, la herencia Intestada que a su defunción dejó el

señor JUAN PANAMEÑO MENDEZ, quien fue de cincuenta y ocho

años de edad, jornalero, casado, salvadoreño, originario y del domicilio

de Tecoluca, departamento de San Vicente, habiendo fallecido el día

once de septiembre del año dos mil uno, en Colonia Santa Fe, Caserío

El Playón, jurisdicción de Tecoluca de este departamento, lugar de su

último domicilio, en concepto de conyuge sobreviviente del causante.

Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante interina

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los seis días

del mes de febrero del año dos mil catorce.- DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA ARMIDA MEJIA

DE MUÑOZ, SECRETARIO INTERINA.

3 v. alt. No. F014051-1

La Infrascrita, Jueza de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para

los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y treinta

minutos del día veintiséis de este mes, se ha tenido por aceptada expre-

samente, y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó el causante PABLO SERRANO SOSA quien falleció el

día catorce de febrero de dos mil ocho en el Cantón Tierra Blanca de esta

jurisdicción, su último domicilio, por parte de MARIA ALBERTINA

ROQUE en concepto de cónyuge del causante. Nómbrase a la aceptante

interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia para que

dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la

tercera publicación de este aviso, se presente a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintiséis de mayo del

dos mil catorce.- LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE

BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014082-1

LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA

IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, AL PÚBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cinco minutos

de este mismo día, dictada en las Diligencias Varias de Aceptación de

Herencia, clasifi cadas en este Juzgado con el NUE: 00620-14-CVDV-

1CM1-49/14(1); se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario, de parte de la señora IRIS CLARIBEL MÉNDEZ DE

BENÍTEZ en su carácter personal y como representante legal de la menor

IRIS MARIANA BENÍTEZ MÉNDEZ, la herencia intestada que a su

defunción dejó el causante señor JAIME MANUEL BENÍTEZ BAÑOS,

quien según certifi cación de partida de defunción, fue de treinta y cuatro

años de edad, Abogado, casado, siendo su último domicilio en Barrio

San Rafael, Novena Calle Oriente entre veintiuna y veintitrés Avenida

Sur, número sesenta y tres, de esta ciudad; fallecido en esta ciudad, a

las nueve horas del día tres de abril del año dos mil catorce; en virtud de

haberse acreditado su calidad de cónyuge sobreviviente e hija del causante

respectivamente, así como su calidad de cesionarias de los derechos que

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

le correspondían a la señora Antonia de Jesús Baños de Benítez, en su

concepto de madre del causante; nombrándoseles INTERINAMENTE

representantes y administradoras de la sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente. Representación y

administración que será ejercida por la primera de las solicitantes en su

carácter personal y como representante legal de la menor Iris Mariana

Benítez Méndez. Dichas solicitantes actúan en las diligencias por me-

dio de su Apoderado General Judicial, Licenciado Juan José Magaña

Herrera.

En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con

igual o mejor derecho a la herencia de que se trata, para que en el plazo

de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto,

comparezcan a deducirlo a este Juzgado, ubicado en Cuarta Avenida

Sur, entre Once Calle Poniente y Calle José Mariano Méndez Poniente,

número Cuarenta y Uno de esta ciudad.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana,

veintiséis de junio del año dos mil catorce.- LIC. THELMA IDALIA

ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. F014084-1

MARÍA ANGELA MIRANDA RIVAS, JUEZA SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las doce horas del día cinco de mayo del año dos mil catorce, se ha

tenido por ACEPTADA expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia intestada dejada por la causante, MARÍA INÉS NAVARRO

SIBRIAN, conocida por MARÍA INÉS NAVARRO, MARÍA NAVA-

RRO y por MARÍA INÉS NAVARRO viuda DE GALLEGOS, quien

fue de ochenta y un años de edad, de ofi cios domésticos, de nacionalidad

salvadoreña, soltera, del domicilio de San Salvador, hija de Inés Navarro

y Luisa Sibrián, a su defunción ocurrida a las diecinueve horas y treinta

minutos del día diecinueve de febrero de mil novecientos ochenta y dos,

en la ciudad de San Salvador, siendo San Salvador el lugar de su último

domicilio; por parte de MARÍA SANTOS GALLEGOS DE MORALES,

en su calidad de hija de la referida causante, a quien se le ha conferido

la administración y representación interina de la referida sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Por lo que se CITA a todos los que se crean con derecho a la su-

cesión para que dentro del término de ley se presenten a este Tribunal

a deducir su derecho.

Librado en el Juzgado Segundo de le Civil y Mercantil de San

Salvador, a las doce horas y quince minutos del día siete de mayo del

año dos mil catorce.- LICDA. MARÍA ANGELA MIRANDA RIVAS,

JUEZA "2" SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN

SALVADOR.- LIC. EDME GUADALUPE CUBÍAS GONZÁLEZ,

SECRETARIA DE ACTUACIONES INTERINA.

3 v. alt. No. F014086-1

TITULO SUPLETORIO

JORGE ALBERTO MORAN FUNES, Notario, de este domicilio y

del de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con ofi cina jurídica

ubicada en Tercera Avenida Norte, y Diecinueve Calle Poniente, número

doscientos treinta y ocho, Centro de Gobierno, San Salvador.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor

CARMEN OLIVERIO NAJERA MARTINEZ conocido por OLIVERIO

NAJERA MARTINEZ, de cuarenta y un años de edad, Contador, del

domicilio de Olocuilta, Departamento de La Paz, persona a quien conozco

pero identifi co por medio de Documento Único de Identidad número Cero

un millón quinientos cuatro mil novecientos treinta y siete-ocho; y con

Número de Identifi cación Tributaria Cero seiscientos dieciséis- ciento

cincuenta mil setecientos setenta y tres-ciento uno-cero. Solicitando

TITULO SUPLETORIO de un terreno rústico de su propiedad, el cual

está situado en Cantón Chaltepe, jurisdicción de Santo Tomás, de este

Departamento , con un Área Catastral superfi cial de NOVECIENTOS

TREINTA Y DOS PUNTO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRA-

DOS EQUIVALENTES A UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y

CUATRO PUNTO NOVENTA Y UN VARAS CUADRADAS, que

mide y linda: LINDERO NORTE partiendo del vértice Nor Poniente

está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno, Sur este ochenta y seis grados cincuenta y tres minutos cero tres

segundos con una distancia de ocho punto catorce metros; colindando

con terrenos de PEDRO CONTRERAS CASTRO, con cerco fi jo y calle

de por medio.LINDERO ORIENTE partiendo del vértice Nor Oriente

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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

está formado por seis tramos con los siguientes rumbos y distancias:

Tramo uno, Sureste cero un grados treinta y cuatro minutos catorce

segundos con una distancia de veinticinco punto veinte metros; Tramo

dos, Sureste cero un grados cuarenta y ocho minutos cuarenta y nueve

segundos con una distancia de veinte punto cincuenta y tres metros; Tramo

tres, Sureste cero cero grados veintiocho minutos veintinueve segundos

con una distancia de catorce punto sesenta y tres metros; Tramo cuatro,

Sur Oeste cero cinco grados treinta y cinco minutos quince segundos

con una distancia de cinco punto setenta y siete metros; Tramo cinco,

Suroeste diez grados diez minutos catorce segundos con una distancia de

seis punto catorce metros; Tramo seis, Sureste cero dos grados cincuenta

y siete minutos veintiséis segundos con una distancia de cuatro punto

cuarenta y seis metros; colindando con terrenos de GABRIEL NAJERA

MARTINEZ, con cerco fi jo de por medio. LINDERO SUR partiendo del

vértice Sur Oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos

y distancias: Tramo uno, Noroeste sesenta y seis grados cincuenta y un

minutos cero dos segundos con una distancia de quince punto cuarenta

y siete metros; colindando con terrenos de SALVADOR HENRIQUE

CORDOVA, con cerco fi jo de por medio. LINDERO PONIENTE par-

tiendo del vértice Sur Poniente está formado por cinco tramos con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Noroeste cero siete grados

veintinueve minutos cero un segundos con una distancia de ocho punto

cincuenta y nueve metros; Tramo dos, Noreste cero siete grados dieciocho

minutos diez segundos con una distancia de quince punto noventa metros;

Tramo tres, Noreste cero nueve grados veinte minutos cincuenta y tres

segundos con una distancia de quince punto cero nueve metros; Tramo

cuatro, Noreste cero cinco grados treinta y un minutos cero seis segundos

con una distancia de quince punto cincuenta y nueve metros; Tramo

cinco, Noreste cero cuatro grados trece minutos diez segundos con una

distancia de dieciséis punto treinta metros; colindando con terrenos de

CANDELARIA NAJERA CASTRO, con cerco fi jo de por medio. Así

se llega al vértice Nor Poniente, que es donde se inició la descripción.

Dicho inmueble lo valúa en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Las porciones de terreno

descrito no son dominantes, ni sirvientes, no posee accesorios, ni está en

proindivisión y no tiene cargas ni derechos que pertenezcan a terceras

personas.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los un días del mes de

julio de dos mil catorce.

JORGE ALBERTO MORAN FUNES,

NOTARIO.

1 v. No. C003056

JORGE ALBERTO MORAN FUNES, Notario, de este domidlio y

del de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con ofi cina jurídica

ubicada en Tercera Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, número

doscientos treinta y ocho, Centro de Gobierno, San Salvador.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor

CARMEN OLIVERIO NAJERA MARTINEZ conocido por OLIVERIO

NAJERA MARTINEZ, de cuarenta y un años de edad, Contador, del

domicilio de Olocuilta, Departamento de La Paz, persona a quien conozco

pero identifi co por medio de Documento Único de Identidad número cero

un millón quinientos cuatro mil novecientos treinta y siete-ocho; y con

Número de Identifi cación Tributaria Cero seiscientos dieciséis- ciento

cincuenta mil setecientos setenta y tres-ciento uno-cero. Solicitando

TITULO SUPLETORIO de un terreno rústico de su propiedad, el cual

está situado en Cantón Chaltepe, jurisdicción de Santo Tomás, de este

Departamento, con un Área Catastral superfi cial de UN MIL SESENTA

Y CINCO PUNTO DIECISIETE METROS CUADRADOS EQUIVA-

LENTES A UN MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO PUNTO CERO

OCHO VARAS CUADRADAS, que mide y linda: LINDERO NORTE

partiendo del vértice Nor Poniente está formado por un tramo con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Noreste setenta y cinco

grados treinta y ocho minutos cuarenta y un segundos con una distancia

de ocho punto noventa y tres metros; colindando con terrenos de PEDRO

CONTRERAS CASTRO, con cerco fi jo. LINDERO ORIENTE partiendo

del vértice Nor Oriente está formado por nueve tramos con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo uno, Sureste cero cero grados veinticinco

minutos dieciséis segundos con una distancia de cinco punto quince

metros; Tramo dos, Sureste cero ocho grados diez minutos cincuenta y

ocho segundos con una distancia de diez punto cuarenta y cuatro metros;

Tramo tres, Sureste once grados cincuenta y un minutos cero dos segundos

con una distancia de doce punto cuarenta y nueve metros; Tramo cuatro,

Sureste veintiocho grados cuarenta y ocho minutos dieciséis segundos

con una distancia de siete punto cincuenta y siete metros; Tramo cinco,

Sureste cuarenta grados treinta y siete minutos cero tres segundos con

una distancia de nueve punto cincuenta y nueve metros; Tramo seis,

Sureste veinte grados cincuenta y siete minutos cincuenta segundos

con una distancia de veintiuno punto sesenta y cuatro metros; Tramo

siete, Sureste veinticinco grados cuarenta y cinco minutos diecisiete

segundos con una distancia de doce punto treinta y un metros; Tramo

ocho, Sureste diecisiete grados dieciocho minutos veintiséis segundos

con una distancia de siete punto cero dos metros; Tramo nueve, Sureste

diez grados quince minutos cincuenta y dos segundos con una distancia

de ocho punto diecinueve metros; colindando con terrenos de NAJERA

CASTRO, TOMAS, con cerco fi jo. LINDERO SUR partiendo del vér-

tice Sur Oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos

y distancias: Tramo uno, Suroeste ochenta y nueve grados cincuenta y

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

nueve minutos treinta y ocho segundos con una distancia de dieciséis

punto setenta y tres metros; colindando con terrenos de RETANA SILVA,

RUBEN, con cerco fi jo LINDERO PONIENTE partiendo del vértice

Sur Poniente está formado por siete tramos con los siguientes rumbos

y distancias: Tramo uno, Noroeste quince grados cincuenta y nueve

minutos trece segundos con una distancia de catorce punto cincuenta y

cuatro metros; Tramo dos, Noroeste catorce grados diecisiete minutos

veintiocho segundos con una distancia de nueve punto cuarenta y dos

metros; Tramo tres, Noroeste catorce grados treinta y ocho minutos

treinta segundos con una distancia de diecinueve punto cincuenta y cuatro

metros; Tramo cuatro, Noroeste veinte grados once minutos cero dos

segundos con una distancia de veintiuno punto cincuenta y tres metros;

Tramo cinco, Noroeste cero cuatro grados diecinueve minutos veintiséis

segundos con una distancia de cinco punto cuarenta y un metros; Tramo

seis, Nor-Oeste doce grados veintinueve minutos veinte segundos con

una distancia de catorce punto cuarenta metros; Tramo siete, Noroeste

cero cuatro grados cincuenta y un minutos cuarenta y nueve segundos

con una distancia de tres punto ochenta y un metros; colindando con

terrenos de NAJERA CASTRO, TEODORA, con cerco fi jo. Así se llega

al vértice Nor -Poniente, que es donde se inició la descripción. Dicho

inmueble lo valúa en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Las porciones de terreno

descrito no son dominantes, ni sirvientes, no posee accesorios, ni está

en proindivisión y no tiene cargas ni derechos que pertenezcan a terceras

personas.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los un días del mes de

julio de dos mil catorce.

JORGE ALBERTO MORAN FUNES,

NOTARIO.

1 v. No. C003057

HUGO JAVIER DIAZ CAMPOS, Notario, de este domicilio, con

Despacho Notarial ubicado en Séptima Calle y Primera Avenida Sur

Número ciento siete, de esta ciudad.

HACE SABER: Que en mi ofi cina se ha presentado el señor

MIGUEL ANGEL RUBIO CANALES, de cincuenta y seis años de

edad, agricultor en pequeño, del domicilio de Corinto, Departamento de

Morazán, con Documento Único de Identidad número, cero tres millones

setenta y nueve mil ciento siete- uno, y con Tarjeta de Identifi cación

Tributaria número, un mil trescientos tres- doscientos un mil doscientos

cincuenta y siete- ciento uno- cero, a seguir Diligencias de Jurisdicción

Voluntaria de Título Supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado

en el Cantón San Felipe, jurisdicción de Corinto, Distrito de Osicala,

Departamento de Morazán, de la Capacidad Superfi cial de TRECE MIL

SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PUNTO VEINTICUATRO ME-

TROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE: Está conformado

por cinco tramos rectos, el primero noventa y un punto noventa y nueve

metros; el segundo tramo de treinta y dos punto cero metros; el tercer

tramo de treinta y cinco punto veintiún metros; el cuarto tramo de treinta

y seis punto ochenta y tres metros; el quinto tramo de veintiocho punto

cuarenta y seis metros; colindando con terrenos de María Hernández y

José Ernesto Canales, quebrada de por medio. AL ORIENTE: termina

en vértice. SUR: Está conformado por quince tramos, el primer tramo

de dieciséis punto cero siete metros; el segundo tramo de once punto

sesenta y siete metros; el tercer tramo de veintitrés punto cincuenta

metros; el cuarto tramo de veintiocho punto once metros; el quinto tramo

de cuatro punto noventa y tres metros; el sexto tramo de dieciocho punto

cuarenta y siete metros; el séptimo tramo de treinta y cuatro punto cero

siete metros; el octavo tramo de cuatro punto setenta y cuatro metros; el

noveno tramo de dieciséis punto cuarenta y un metros; el décimo tramo

de seis punto cero cinco metros; el décimo primero tramo de catorce

punto cincuenta y cinco metros; el décimo segundo tramo de sesenta y

dos punto treinta y un metros; el décimo tercero tramo de veinticuatro

punto cincuenta y seis metros; el décimo cuarto tramo de cinco punto

cero ocho metros; el décimo quince tramo de sesenta y uno punto no-

venta y uno metros; colindando con terrenos de María Maura Canales,

Miguel Ángel Rubio Canales, calle de por medio. AL PONIENTE: Está

conformado por tres tramos, el primero de veinticinco punto dieciocho

metros; el segundo tramo de diez punto cero metros; el tercero tramo

de cincuenta y seis punto treinta y siete metros; linda con terreno de

Porfi rio Benítez González, quebrada de por medio. Dicho inmueble lo

posee en forma quieta, pacífi ca, de buena fe e ininterrumpida desde el

año dos mil uno, por compraventa de posesión material que le hizo el

señor David Rubio Canales.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Miguel, a los treinta días del mes de

junio del año dos mi catorce.

HUGO JAVIER DIAZ CAMPOS,

NOTARIO.

1 v. No. F013971

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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

MIRNA LORENA MALDONADO MARTINEZ, Notario, con Ofi cina Jurídica en Barrio El Centro, Avenida Morazán, San Pedro Perulapán, contiguo a Alcaldía Municipal, para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que ante mis Ofi cios Notariales se ha presentado el Licenciado NESTOR YOVANY LAINEZ HUEZO, en calidad de Apoderado Especial de MARIO BENJAMIN GARCIA CAMPOS, conocido por MARIO BENJAMIN GARCIA, solicitando TITULO SUPLETORIO de un inmueble rústico, situado en Cantón La Loma, Jurisdicción de San Pedro Perulapán, departamento de Cuscatlán, de la extensión superfi cial de MIL DOSCIENTOS METROS CUADRADOS, que linda: AL ORIENTE, terreno de Luis Alonso García; AL NORTE, con Jorge Alberto Flores; AL PONIENTE, Calle al cementerio; y AL SUR, con terreno de Mario Bemjamín, Carlos Omar y Vilma, todos apellido García. No es dominante y ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos que pertenezcan a terceros. Lo valora en la suma de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en la ciudad de San Pedro Perulapán, a los treinta días del mes de junio de dos mil catorce.

MIRNA LORENA MALDONADO MARTINEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F014078

JOSE ABEL ZELAYA ZELAYA, Notario, del domicilio de San Miguel, con Ofi cina Profesional ubicada sobre la San Miguel.

HACE SABER: Que a mi Ofi cina Notarial se ha presentado la señora MARIA VICTORIA RIVAS DE ZELAYA, de sesenta años de edad, ofi cios domésticos, del domicilio de Guatajiagua, Departamento de Morazán, a quien hoy conozco pero identifi co por medio de su Documento Único de Identidad Número cero dos cero ocho cuatro dos siete dos-tres; y de la Tarjeta de Identifi cación Tributaria número uno tres cero nueve-uno cero cero cuatro cinco cuatro-uno cero uno-nueve, y promueve DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío Plan del Carbón, Cantón Abelines, Jurisdicción de Guatajiagua, Departamento de Morazán; con una superfi cie de VEINTE MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CINCUENTA Y SEIS DECIMETROS CUA-DRADOS, cuyos linderos actualmente son los siguientes: LINDERO NORTE: Sebastián Rivas Medrano, Alonso Rivas Guzmán, Catarina Rivas Guzmán. LINDERO ORIENTE: Ladislao Parada Pineda. LIN-DERO SUR: Eustaquio Rivas De Zelaya; y LINDERO PONIENTE: Roque Zelaya Rodríguez, Rubén Zelaya Coca. Todos los colindantes son del domicilio de Guatajiagua en el Departamento de Morazán; el terreno descrito no es dominante, ni sirviente, no está en proindivisión, ni tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas. En con-secuencia, por este medio notifi co para que si hubiere algún interesado en oponerse a las presentes diligencias, se presente a la referida ofi cina a hacer oposición dentro del término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de San Miguel, a los veinte días del mes de Junio del año dos mil catorce.

JOSE ABEL ZELAYA ZELAYA,

NOTARIO.

1 v. No. F014079

JOSE ABEL ZELAYA ZELAYA, NOTARIO, del domicilio de San Miguel, con Ofi cina Profesional ubicada sobre la Séptima Calle Poniente de la ciudad de San Miguel.

HACE SABER: Que a mi Ofi cina Notarial se ha presentado la señora MELVYN JEANNETTE ZELAYA RIVAS, de veintiséis años de edad, Empleada, del domicilio de Guatajiagua en el Departamento de Morazán, a quien no conozco pero identifi co por medio de su Documento Único de Identidad Número cero tres siete tres cuatro tres uno cero-cuatro; y de la Tarjeta de Identifi cación Tributaria número uno tres cero nueve- cero tres cero cinco ocho siete-uno cero uno-ocho, y promueve DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío El Carbón, Cantón Abelines, Jurisdicción de Guatajiagua, Departamento de Morazán. El expresado inmueble tiene una superfi cie de CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE PUNTO CERO UN METROS CUADRADOS, cuyos linderos actualmente son los siguientes: LINDERO NORTE: con Roque Zelaya Rodríguez. LIN-DERO ORIENTE: con Roque Zelaya Rodríguez. LINDERO SUR: con Roque Zelaya Rodríguez; y LINDERO PONIENTE: con Roque Zelaya Rodríguez, Calle de por medio. Todos los colindantes son del domicilio de Guatajiagua en el Departamento de Morazán; el terreno descrito no es dominante, ni sirviente, no está en proindivisión, ni tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas. En consecuencia, por este medio notifi co para que si hubiere algún interesado en oponerse a las presentes diligencias, se presente a la referida ofi cina a hacer oposición dentro del término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de San Miguel, a los seis días del mes de junio del año dos mil catorce.

JOSE ABEL ZELAYA ZELAYA,

NOTARIO.

1 v. No. F014080

JUAN CARLOS PICHE VASQUEZ, Notario, con Ofi cina Jurídica en Cuarta Calle Oriente, Barrio San Antonio, San Juan Nonualco, depar-tamento de La Paz, al público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que ante mis ofi cios se ha presentado el señor RONAL ANTONIO DOMINGUEZ HERNANDEZ, solicitando título supletorio a su favor de un terreno rústico, situado en el Cantón La La-

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guneta, Jurisdicción de San Juan Nonualco, departamento de La Paz, de la capacidad superfi cial de MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, que linda: AL NORTE, con Esteban Oswaldo Carranza Rivera y otros; AL ORIENTE, con Dina Mabeth Alvarado Henríquez; AL SUR, con Genaro Domínguez Reyes; y AL PONIENTE, con Celia Henríquez; manifi esta el solicitante que adquirió dicho terreno por compra que le hizo al señor Manuel de Jesús Martínez.

San Juan Nonualco, treinta de junio del dos mil catorce.

JUAN CARLOS PICHE VASQUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F014100

ANA JULIA INTERIANO GUZMAN, Notario, con Ofi cina en esta ciudad, 5a Calle Pte. Número 25, Barrio El Calvario, Ciudad Barrios, San Miguel.

HACE SABER: Que en mi Ofi cina de Notario, se ha presentado la señora MARIA VIRGINIA RIVERA, de ochenta y un años de edad, de ofi cios del hogar, del domicilio de San Antonio del Mosco, Departamento de San Miguel, a quien identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número: cero tres millones ochocientos ocho mil seiscientos veintiséis-ocho; y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número un mil doscientos trece-ciento noventa mil trescientos treinta y tres-ciento uno-nueve, solicitando Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, ubicado en el Cantón San Marcos, Jurisdicción de San Antonio del Mosco, departamento de San Miguel, por compra de posesión que le hizo al señor, JUAN ANTONIO ROMERO, de la extensión superfi -cial de SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: ciento sesenta y cinco metros lindando con Dimas Rivera, Calle de por medio; AL NORTE: sesenta metros, lindando con Celestina Guevara; AL PONIENTE: cuarenta y un metros lindando con Jesús Portillo,; y AL SUR: setenta y cinco metros lindando con Margarita Rivera Romero y Panuceno Rivera y valora dicho inmueble en MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, que dicho inmueble lo adquirió por compra de posesión que le hizo al señor JUAN ANTONIO ROMERO, el día dieciocho de junio de dos mil doce.

Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de Ley.

Ciudad Barrios, ocho de julio de dos mil catorce.

ANA JULIA INTERIANO GUZMAN,

NOTARIO.

1 v. No. F017600

LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-PARTAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Doctor LUIS REYES SANTOS, como Apoderado General Judicial del señor MANUEL DE JESUS ARRIAZA ALVARADO, solicitando Diligencias de Título Supletorio, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Calpules, Caserío Cacahuanance, Municipio de Sociedad, Depar-tamento de Morazán, con una extensión superfi cial de Treinta y Tres Mil Ochocientos Ochenta y Tres Punto Veintinueve Metros Cuadrados; de

las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: Doscientos setenta y siete punto cuarenta y nueve metros, con Saturnino Ulloa, con cerco de púas y calle de por medio; AL ORIENTE: Ciento treinta y ocho punto noventa y seis metros, con Rolando Ulloa, con cerco de púas; AL SUR: Doscientos diecisiete punto dieciocho metros, con Mauricio Alvarado, con cerco de púas, con Santos Gutiérrez Romero, con cerco de púas; y AL PONIENTE: Doscientos diecinueve punto sesenta y seis metros, con Marcos Ulloa, y cerco de púas. Valuando el inmueble por la cantidad de Siete Mil Dólares de los Estados Unidos de América. Inmueble que lo adquirió por herencia de la posesión que le dejó su padre SANTIAGO ALVARADO AMAYA.

Juzgado Primero de Primera Instancia de San Francisco Gotera, departamento de Morazán, a las doce horas y cinco del día veinticua-tro de junio de dos mil catorce.- LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003053-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor GUILLERMO TEJADA, quien es de ochenta y un años de edad, Agricultor, de este domicilio; por medio de su Procurador Licenciado JORGE ERNESTO CARPIO SANDOVAL, solicitando se extienda a su favor título supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón Cuyuiscat, Caserío Cuyuiscat, de esta comprensión, de una extensión superfi cial de TRES MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE METROS NOVENTA Y NUEVE DECIMETROS NOVENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS, que linda: AL NORTE, Jorge Alberto Cartagena; AL ORIENTE, German Mancía Quijada, antes de José Efraín Mancía y una parte con Humberto Rosales; AL SUR, Marta Castro, antes de Liborio Figueroa, hoy Moisés Paredes, callejón de por medio; y AL PONIENTE, Simona Gutiérrez, hoy su Sucesión. El refe-rido inmueble no es predio dominante, ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión con persona alguna, y lo valúa en la cantidad de CINCO MIL DOLARES.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce horas del día veinticuatro de junio del dos mil catorce.- LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE CARLOS HERNANDEZ MADRID, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. F014055-1

MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLÍN, DEPARTAMENTO DE USU-LUTÁN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licen-ciado ELMER DARIO ORTIZ CORTEZ, en su calidad de Apoderado General Judicial del señor NERY ALEXIS AYALA PLEITEZ, de treinta y siete años de edad, Estudiante, del domicilio de Mercedes Umaña, departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad

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número cero un millón cuatrocientos quince mil doscientos noventa y ocho guión dos; y con Número de Identifi cación Tributaria un mil ciento once guión ciento noventa mil setecientos setenta y seis guión ciento uno guión nueve, solicitando Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rural, situado en Cantón El Caulote, Caserío La Manzanilla, Jurisdicción de Mercedes Umaña, departamento de Usulután, de un área de SEIS MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE PUNTO SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: con María Olimpia Mejía Avilés: AL SUR: con Salomón Mejía Avilés, Calle de por medio; y AL PONIENTE: con Manuel de Jesús Pleitez y Manuel Santiago Carrillo. Dicho inmueble no es dominante, ni sirviente, no tiene ninguna carga ni derecho real, que pertenezcan a otra persona o que deba respetarse; la propiedad que se pretende titular se valora en la cantidad de SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y el solicitante lo adquirió de parte de la señora MARIA HILDA MEJIA CORTEZ, por compra verbal que le hiciera el primero de enero del año mil novecientos noventa y ocho; manifestando el Apoderado del señor NERY ALEXIS AYALA PLEITEZ, que la posesión de la propiedad hasta la actualidad, ha sido en forma quieta, pacífi ca, pública, continua y sin estar en proindivisión con persona alguna.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Berlín, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil catorce.- LICDA. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014060-1

TÍTULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se presentó el Licenciado RO-BERTO ANTONIO PÉREZ QUINTANILLA, de treinta y seis años de edad, Abogado, del domicilio de la ciudad de San Miguel, quien gestiona en nombre y representación en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL ESPECIAL, de la señora MARÍA ANGÉLICA FUENTES DE FUENTES, quien es de treinta años de edad, Estudiante, del domicilio de la ciudad de San Simón, Distrito de la ciudad de Osicala, Departamento de Morazán, portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero tres millones ciento noventa y cuatro mil seiscientos veintitrés guión nueve, con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil trescien-tos veintiuno guión doscientos mil quinientos ochenta y cuatro guión ciento dos guión seis, solicitando a favor de su representada TÍTULO DE DOMINIO de un solar y casa de naturaleza URBANA, situado en el BARRIO EL CALVARIO, de la CIUDAD DE SAN SIMÓN, Dis-trito de la ciudad de OSICALA, Departamento de MORAZÁN, el cual según la CERTIFICACIÓN DE LA DENOMINACIÓN CATASTRAL es identifi cado como MAPA Número: Cinco siete dos cero uno cinco cero uno y PARCELA Número: Cero cuatro tres uno pleca cero cero, el cual tiene la descripción técnica especial siguiente: AL COSTADO NORTE: Consta de UN TRAMO recto, descrito de la siguiente mane-ra: TRAMO UNO: Comprende del mojón uno al mojón dos, con una distancia de doce punto cero cero metros con rumbo Sur, setenta grados doce minutos cero cuatro segundos Este, colindando en este tramo con terrenos propiedad de la Iglesia Adventista del Séptimo Día, Calle de por medio y cerco de alambre propio de la titulante; AL COSTADO ORIENTE: Consta de UN TRAMO recto, descrito de la siguiente ma-nera: TRAMO UNO: Comprende del mojón dos al mojón tres, con una distancia de cuarenta y tres punto cero cero metros con rumbo Sur, cero un grados treinta minutos cuarenta y nueve segundos Oeste, colindando

en este tramo con terrenos propiedad del señor Moisés Santos, cerco de alambre propio, AL COSTADO SUR: Consta de UN TRAMO recto, descrito de la siguiente manera: TRAMO UNO: Comprende del mojón tres al mojón cuatro, con una distancia de doce punto cuarenta metros con rumbo Norte, treinta y siete grados treinta y siete minutos veinte segundos Oeste, colindando en este tramo con terrenos propiedad de la señora Sotera Hernández, Quebrada Seca y cerco de alambre propio de por medio; y AL COSTADO PONIENTE: Consta de un tramo recto, descrito de la siguiente manera: TRAMO UNO: Comprende del mojón cuatro al mojón uno, con una distancia de treinta y siete punto treinta y dos metros con rumbo Norte, cero tres grados cincuenta y ocho minutos veinte segundos Oeste, colindando en este tramo con resto de terrenos que le queda al vendedor, y cerco de alambre propio. El referido inmueble es de la Capacidad Superfi cial de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES PUNTO DIECIOCHO METROS CUADRADOS. Dicho inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante, ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca a persona distinta al poseedor ni está en proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad de TRES MIL DÓ-LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Y lo adquirió mediante compraventa verbal, otorgada a su favor en el mes de MAYO del año DOS MIL CUATRO, por el señor LUCIANO FUENTES DÍAZ, actualmente de sesenta y cinco años de edad, Agricultor, originario de la ciudad de San Simón, Distrito de la ciudad de Osicala, Departamento de Morazán, y del domicilio de la ciudad de San Simón, Distrito de la ciudad de Osicala, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número: Cero un millón ciento ochenta y seis mil cero ochenta y cuatro guión cinco, con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil trescientos veintiuno guión cero ochenta mil seiscientos cuarenta y nueve guión ciento uno guión seis. Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente la poseedora sumada a la de su antecesor data más de diez años y sigue siendo en forma quieta, pacífi ca, e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes son de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Simón, Distrito de Osicala, Departamento de MORAZÁN, a los treinta días del mes de junio del año dos mil catorce.- CARLOS MARIO DÍAZ AMAYA, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSÉ RODOLFO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C003060-1

MILTON GUADALUPE SERRANO RAMÍREZ, Alcalde Muni-cipal del Municipio de San Miguel de Mercedes, Departamento de Chalatenango.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el señor NESTOR ARISTIDES ALVARADO MARTINEZ, de veinte años de edad, Estudiante, del domicilio de San Miguel de Mercedes, Departa-mento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad número cero cuatro ocho cinco cero uno cero dos-cuatro; y Número de Iden-tifi cación Tributaria cero cuatro tres cero-uno ocho cero siete nueve tres-uno cero uno-cero, en su concepto SOLICITA, Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbano, ubicado en el Barrio El Calva-rio, Primera Avenida Norte, Municipio de San Miguel de Mercedes, Departamento de Chalatenango, de la capacidad superfi cial de DIEZ MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO PUNTO CUARENTA METROS CUADRADOS, de las colindancias y linderos siguiente: AL ORIENTE: está formado por ocho tramos, tramo uno, mide sesenta metros, tramo dos, mide diez metros, tramo tres, mide dieciséis metros, tramo cuatro, mide treinta y siete metros, tramo cinco, mide treinta metros, tramo seis, mide diez metros, tramo siete, mide quince metros,

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tramo ocho, mide treinta metros, en todos estos tramos colinda con la sucesión de Otelia Quintanilla; AL SUR: Está formado por cinco tramos. Tramo uno, mide cinco metros, tramo dos, mide quince punto cincuenta metros, tramo tres, mide dieciséis metros, tramo cuatro, mide cuarenta y nueve punto cincuenta metros, tramo cinco, mide cincuenta y tres punto cincuenta metros, en todos estos tramos colinda con terrenos de la Sucesión de Napoleón Ramírez; AL PONENTE: Está formado por un tramo recto que mide doce punto sesenta metros, calle pública de por medio colinda con Antonio Zamora; AL NORTE: Está formado por cinco tramos, tramo uno, mide quince metros, tramo dos, mide dieciséis punto ochenta metros, en estos dos tramos colinda con terreno propie-dad de Armando Ramírez, tramo tres, mide setenta y seis punto veinte metros, tramo cuatro, mide treinta y cuatro metros, tramo cinco, mide veinticuatro punto setenta metros en estos tramos colinda con terreno propiedad de Bertila Aguilar. Dicho inmueble lo valora en la cantidad de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Este inmueble lo adquirió por compraventa que le hizo al señor Rigoberto Alvarado Castellano.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de San Miguel de Mercedes, a los treinta días del mes de junio de dos mil catorce.- MILTON GUADALUPE SERRANO RAMIREZ, ALCALDE MUNICIPAL.- ROSA IDALIA ALBERTO DE ORTIZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F013987-1

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2014133935

No. de Presentación: 20140197609

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado EDWIN MILTON SAMAYOA CHACON, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de DISTRIBUIDORA DE AGUA SANTANECA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DIDEASA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras agua purifi cada montecristo y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PURIFICACION, ENVASADO, COMERCIALIZACION Y VENTA DE AGUA PURIFICADA.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de marzo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003038-1

No. de Expediente: 2014135437

No. de Presentación: 20140201257

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION PIRAMIDE, S.A. DE C.V. o COPI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras FLYING W BAR & GRILL EST. 1989 y diseño, que al idioma castellano se traduce como W VOLADORA BAR Y PARRILLA FUNDADO EN 1989, que servirá para: IDENTIFICAR ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DEDICADOS A SERVICIO DE RESTAURANTES.

La solicitud fue presentada el día doce de mayo del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de mayo del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003042-1

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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

No. de Expediente: 2014135545

No. de Presentación: 20140201455

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION PIRAMIDE, S.A. DE C.V. O COPI, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras FLYING W FAMOUS GRILL y diseño, que al idioma castellano se traduce como W VOLADORA FAMOSA PARRILLA, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIEN-TO DEDICADO A SERVICIO DE RESTAURANTE.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de mayo del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de mayo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003043-1

No. de Expediente: 2013125950

No. de Presentación: 20130182698

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión You Make the Couple y diseño, que se traducen al castellano como Usted Hace La Pareja, que servirá para:

ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE

LOS SERVICIOS DE RESTAURANTE.

La solicitud fue presentada el día nueve de abril del año dos mil

trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dos de mayo del año dos mil catorce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003044-1

No. de Expediente: 2014134752

No. de Presentación: 20140199611

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LAURA

ELIZABETH GRANADEÑO RAMIREZ, en su calidad de REPRE-

SENTANTE LEGAL de MARELY CARLOS Y LAURA, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MACARALA,

S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras GRANJA DEL TIO CHEMA y diseño,

que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA QUE SE DEDICA

A: LA VENTA, DISTRIBUCION, COMERCIALIZACION, GRANOS

BASICOS, PRODUCTOS CARNICOS/LACTEOS.

La solicitud fue presentada el día tres de abril del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de abril del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003050-1

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SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2011113807

No. de Presentación: 20110159260

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado FERNAN-

DO ANTONIO BENITEZ PINEDA, en su calidad de APODERADO de

Kraft Foods Global Brands LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

CELEBRA EL NIÑO QUE HAY EN TI

Consistente en: la expresión CELEBRA EL NIÑO QUE HAY

EN TI, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO

CONSUMIDOR A LOS PRODUCTOS QUE LA EMPRESA OFRECE

TALES COMO: GALLETAS, PRODUCTOS DE GALLETERIA,

GALLETAS SALADAS [CRACKERS].

La solicitud fue presentada el día cuatro de noviembre del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de noviembre del año dos mil doce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003000-1

No. de Expediente: 2014132928

No. de Presentación: 20140195636

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR

ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de

CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: las palabras LOBSTER FEST y diseño, traducida al

idioma castellano como: fi esta de langostas, que servirá para: ATRAER

LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO DE SER-

VICIOS DE RESTAURANTE.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de enero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de abril del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003045-1

No. de Expediente: 2014134524

No. de Presentación: 20140199066

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado OMAR

ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de

CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión MIX, BLEND, STIR, SHAKE, DRINK,

se traduce al castellano como: Combina, Mezcla, Revuelve, Agita, Bebe,

que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES

RESPECTO DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de marzo del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de abril del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003046-1

DIARIO

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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

No. de Expediente: 2013132295

No. de Presentación: 20130194511

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado OMAR

ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de

CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión #justbeirish y diseño. El nombre

comercial al que hace referencia la presente expresión o señal de publi-

cidad comercial es PARADISE LOBSTER & STEAK HOUSE inscrita

al Número 209 del libro 10 de Nombres Comerciales, que servirá para:

ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR RESPEC-

TO DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de diciembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de enero del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003048-1

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIO-

NISTAS

La Junta Directiva de la "SOCIEDAD DE AHORRO Y CRÉDITO

APOYO INTEGRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA", que puede abreviarse

SOCIEDAD DE AHORRO Y CREDITO APOYO INTEGRAL, S. A.

o SAC INTEGRAL, S. A., por medio del suscrito Director Presidente

CONVOCA a sus accionistas para celebrar Junta General Ordinaria.

La sesión se llevará a cabo en primera convocatoria a las ocho (08:00)

horas del día miércoles 30 de julio de 2014, en la Sala de Sesiones de

las ofi cinas principales de la Sociedad, situadas en 47 Avenida Sur y

Alameda Roosevelt, Colonia Flor Blanca, San Salvador; y si no hubiere

quórum en esa fecha, se señala la misma hora, del día jueves 31 de julio

de 2014, en las mismas instalaciones de la Sociedad, para celebrar la

sesión en segunda convocatoria.

La agenda de la sesión será la siguiente:

1. Verifi cación del quórum;

2. Lectura y aprobación del acta anterior;

3. Elección de Junta Directiva;

4. Determinación de los emolumentos para los integrantes de la

Junta Directiva y miembros de Comités de Junta Directiva.

El quórum necesario para celebrar sesión será:

Para la designación del Presidente de la Junta Directiva se requerirá

quórum y votación del 75% de los votos ya sea en primera o segunda

convocatoria.

Para la elección de los demás miembros de la Junta Directiva y

para decidir el punto 4, será: En primera fecha de la convocatoria, la

mitad más una de las acciones en que está dividido el capital social y

que tengan derecho a voto, y las resoluciones serán válidas cuando se

tomen por la mayoría de los votos presentes. En la segunda fecha de la

convocatoria el quórum será cualquiera que sea el número de las acciones

presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de

votos de los presentes.

San Salvador, dos de julio de dos mil catorce.

LUIS ANTONIO CASTILLO RIVAS,

DIRECTOR PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. F014417-1

SEÑORES ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD AGROINDUSTRIAS

CENTROAMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, ABREVIADAMENTE AGROINDUSTRIAS CENTRO-

AMERICANA S.A. DE C.V.:

Por medio del presente se convoca a Junta General Ordinaria de Ac-

cionistas a llevarse a cabo en las ofi cinas ubicadas en el local CERO

UNO del Nivel DIEZ, del edifi cio Torre Futura, ubicado en CALLE EL

MIRADOR Y 87 AVENIDA NORTE DE LA COLONIA ESCALON,

a las ocho horas del día treinta de julio de 2014 en primera convocatoria

y, a las ocho horas del día treinta y uno de Julio de 2014 en segunda

convocatoria.

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

AGENDA:

1) PRESENTACION DE BALANCE GENERAL DE LA

SOCIEDAD AL CIERRE DEL AÑO 2013.

2) ESTADO DE RESULTADOS DEL EJERCICIO 2013.

3) ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO.

4) INFORME DEL AUDITOR EXTERNO.

5) ELECCION DE JUNTA DIRECTIVA.

6) ELECCION DE AUDITOR EXTERNO Y FISCAL PARA

EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO

AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014.

Para celebrar la Junta Ordinaria de Accionistas tanto en primera

como en segunda convocatoria deberán estar presentes o representadas la

mitad más una de las acciones y las resoluciones se tomarán por mayoría

de votos presentes.

San Salvador, 3 de Julio de 2014.

RICARDO LUIS HERNANDEZ LINARES,

AUDITOR EXTERNO.

3 v. alt. No. F014685-1

CONVOCATORIA

DISTRIBUIDORA DEL CARIBE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CA-

PITAL VARIABLE

El suscrito Administrador Único Propietario de la Sociedad

"DISTRIBUIDORA DEL CARIBE, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-

PITAL VARIABLE", de acuerdo a las disposiciones del Artículo 230

del Código de Comercio de El Salvador, y con el objeto de cumplir lo

dispuesto en el Artículo 223 del Código de Comercio, por este medio,

convoca a Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará

el día treinta de julio del corriente año, de las diez horas en adelante, en

la dirección ochenta y tres avenida sur, casa número cuatrocientos tres,

Colonia Escalón, San Salvador, San Salvador, conforme la siguiente

agenda:

Punto Único de Carácter Extraordinario: Aumento de Capital en

su parte variable.

Para instalar legalmente dicha Junta en primera convocatoria se

necesita que estén presentes o representadas por lo menos las tres cuartas

partes de las acciones que integran el capital de la Sociedad y para tomar

resoluciones válidas se requiere la misma proporción de votos de las

acciones presentes o representadas.

Si no hubiere quórum en la primera fecha antes mencionada, se

convoca para el día primero de agosto del año en curso, en el mismo lugar

y hora, estableciéndose la Junta de carácter extraordinario con la mitad

más una de la acciones del capital que asistan o que estén debidamente

representadas y los acuerdos se tomarán por mayoría de votos presentes

o representados.

San Salvador, siete de julio de dos mil catorce.

ROBERTO MANUEL BAUTISTA MONTALVO,

ADMINISTRADOR ÚNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. No. F014932-1

SUBASTA PUBLICA

MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL;

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por el Licenciado

JOSÉ LUIS ARIAS LÓPEZ, actuando en su calidad de Apoderado del

BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA, contra los demandados

señores MARIO RODOLFO MARTINEZ MURGA y ELSA DE LA

PAZ JURADO, reclamándole cantidad de dólares y accesorios de ley, se

venderá en pública subasta en fecha que oportunamente se determinará

en este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente:""" Un inmueble

de naturaleza urbana, situado en el Cantón Loma Alta, jurisdicción y

departamento de Santa Ana, marcado como lote número OCHO, del

polígono "D" de la Residencial "Bella Santa Ana", el cual se describe así:

NORTE, cinco metros, ORIENTE, dieciséis metros; SUR, cinco metros;

PONIENTE, dieciséis metros. El inmueble antes descrito tiene una ex-

tensión superfi cial de OCHENTA METROS CUADRADOS, y en él se

encuentra construida una casa de habitación de sistema mixto con todos

sus servicios. El inmueble anteriormente descrito, se encuentra inscrito

a favor de uno de los demandados, siendo el señor MARIO RODOLFO

MARTINEZ MURGA, según Sistema de Folio Real Computarizado

con matrícula número M CERO TRES MILLONES DIECIOCHO MIL

SEISCIENTOS VEINTINUEVE trasladado al Sistema de Folio Real

Automatizado bajo la Matrícula Número DOS CERO CERO UNO

TRES NUEVE OCHO OCHO- CERO CERO CERO CERO CERO

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de

Occidente, Santa Ana"""".

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta

que deberán de presentar sus respectivos documentos de identidad NIT.

y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,

cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento

similar.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL; San

Salvador, a las nueve horas del día seis de enero de dos mil catorce.

MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL.- POR: LIC. JUAN CARLOS

NAJARRO PEREZ, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. F014070-1

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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014. REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS

AVISO

LA BOLSA DE PRODUCTOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse BOL-PROES, S.A. DE C.V.

COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el señor Ernesto Lima Mena, en su calidad de Representante Legal de la Unión de Cooperativas de Cafetaleros de Responsabilidad Limitada, la cual es propietaria del Certifi cado de acción número dos dos tres, que ampara una acción común, solicitando la Reposición de dicho Certifi cado por haberse extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición, se procederá a Reponer el Certifi cado en referencia.

San Salvador, a los veinte días del mes de junio de dos mil catorce.

CARLOS EDUARDO OÑATE MUYSHONDT,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. F014008-1

AVISO

LA BOLSA DE PRODUCTOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse BOL-PROES, S.A. DE C.V.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el señor Carlos Eduardo Oñate Muyshondt, en su calidad de propietario del Certifi cado de acción número cero uno dos nueve, que ampara una acción común, solicitando la Reposición de dicho Certifi cado por haberse extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición, se procederá a Reponer el Certifi cado en referencia.

San Salvador, a los veinte días del mes de junio de dos mil catorce.

CARLOS EDUARDO OÑATE MUYSHONDT,

REPRESENTANTE LEGAL.

BOLSA DE PRODUCTO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F014010-1

AVISO

LA BOLSA DE PRODUCTOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse BOL-PROES, S.A. DE C.V.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el señor Carlos Eduardo Oñate Muyshondt, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad Peñafl or, S.A. de C.V., la cual es propietaria del certifi cado de acción número cero uno tres uno, que ampara una acción común, solicitando la Reposición de dicho Certifi cado por haberse extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición, se procederá a Reponer el Certifi cado en referencia.

San Salvador, a los veinte días del mes de junio de dos mil catorce.

CARLOS EDUARDO OÑATE MUYSHONDT,

REPRESENTANTE LEGAL.

BOLSA DE PRODUCTO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F014011-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

LA INFRASCRITA JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-TIL, SAN SALVADOR, LICENCIADA KARINA JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA, A LA DEMANDADA SEÑORA BLANCA LIDIA VIDES.

HACE SABER: Que en el proceso Común, promovido en esta sede judicial por el Abogado ANGEL SAMUEL TORRES ROJAS, mayor de edad, abogado, del domicilio de San Salvador, actuando en calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de los señores JORGE ALBERTO MONTERROSA, MIGUEL ANGEL MONTERROSA y CARLOS ALFREDO RIVERA MONTERROSA contra la señora BLANCA LIDIA VIDES.

Que ha comparecido a manifestar el Licenciado ANGEL SAMUEL TORRES ROJAS, en el carácter antes expresado, que ignora el paradero de la demandada señora BLANCA LIDIA VIDES, así como si tiene apoderado, curador o representante legal, para que los represente en el proceso y habiéndose realizado todas las averiguaciones pertinentes, de conformidad al artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil, lo procedente es que sea emplazada por medio de edictos, a fi n de ejercer su derecho de defensa en el referido proceso.

En consecuencia, emplácese a la señora BLANCA LIDIA VIDES, para que comparezca a este Tribunal en el plazo de veinte días hábiles siguientes a la tercera publicación de este edicto, a contestar la demanda incoada en su contra dentro del presente proceso, de conformidad a los artículos 283 y 284 del CPCM.

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

Adviértase a la referida demandada que de no presentarse se procederá a nombrarle Curador Ad-Lítem para que la represente en el proceso, asimismo, que al contestar la demanda deberá darle cumpli-miento a lo regulado en el Art. 67 del CPCM, es decir, deberá hacerlo a través de procurador cuyo nombramiento recaiga en abogado de la República, mandato que contendrá las facultades reguladas en el Art. 69 Inc. 1° CPCM; y de no contar con recursos económicos sufi cientes recurra a la Procuraduría General de la República, para asistencia legal, de conformidad al Art. 75 CPCM.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las diez horas y quince minutos del día treinta de abril de dos mil catorce. LICDA. KARINA JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR. LICDA. LICINIA NUBES SILIEZER DE ROMERO, SECRETARIA.

1 v. No. F014074

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2014135888

No. de Presentación: 20140202101

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de SM MARKEN GMBH, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

SIMONIZ

Consistente en: la palabra SIMONIZ, que servirá para: AMPA-RAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD, GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de junio del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003006-1

No. de Expediente: 2014132589

No. de Presentación: 20140194953

CLASE: 43.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de POSADAS DE MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: la frase GAMMA de Fiesta Inn HOTELES y diseño, la palabra Inn se traduce al castellano como posada, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE HOSPEDAJE TEMPORAL. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003007-1

No. de Expediente: 2013130743

No. de Presentación: 20130190814

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DAVID SALOMON PORTILLO MARTINEZ, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Carlson, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

CARLSON

Consistente en: la palabra CARLSON, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE AGENCIAS DE VIAJES, ESPECÍFICAMENTE,

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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

HACER RESERVACIONES Y RESERVAS EN LIBRO DE TRANS-

PORTE Y PROPORCIONAR INFORMACIÓN AL RESPECTO DE

LAS MISMAS; DISEÑO Y ARREGLO DE PAQUETES DE VIAJES Y

VACACIONES; SUMINISTRO DE AGENCIA DE VIAJES EN LÍNEA

POR MEDIO DE INFORMACIÓN EN REDES DE COMPUTADORAS

CON EL FIN DE HACER RESERVAS Y RESERVAS EN LIBROS

PARA TRANSPORTE; SUMINISTRO DE VIAJES AÉREOS, PAQUE-

TES DE VACACIONES U OTRAS RECOMPENSAS POR VIAJES

EN RELACIÓN CON PROGRAMAS DE LEALTAD Y PROGRAMAS

DE PREMIOS POR INCENTIVOS. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día once de octubre del año dos mil

trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de abril del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003037-1

No. de Expediente: 2014134875

No. de Presentación: 20140199823

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR

ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de

CORPORACIÓN PIRÁMIDE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: las palabras THE RIB CO., y diseño, se traduce

al castellano como: La Compañía de la costilla, que servirá para: AM-

PARAR: SERVICIOS DE RESTAURACIÓN. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de mayo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003041-1

No. de Expediente: 2014134045

No. de Presentación: 20140197814

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE MARVIN NUÑEZ MATA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVI-CIOS ODONTOLÓGICOS. Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014023-1

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2013130024

No. de Presentación: 20130189577

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Produc-tora La Florida, S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

NUTRIVIDA

Consistente en: la palabra NUTRIVIDA, que servirá para: AM-PARAR: ALIMENTO PARA BEBÉ. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día once de septiembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de mayo del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002995-1

No. de Expediente: 2014133441

No. de Presentación: 20140196656

CLASE: 32.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Tampico Beverages, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

TAMPICO QUE RICO

Consistente en: la frase TAMPICO QUE RICO, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS, INCLUYENDO: PONCHE, AGUA SABORIZADA, JUGOS DE FRUTAS QUE CON-TIENEN AGUA, BEBIDAS CON SABOR A FRUTAS, REFRESCOS; PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS: PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS NO CARBONATADAS, PREPARACIO-NES PARA HACER BEBIDAS DE PONCHE, AGUA SABORIZADA, JUGOS DE FRUTAS, BEBIDAS CON SABOR A FRUTAS, REFRES-COS; BEBIDAS CARBONATADAS: BEBIDAS CARBONATADAS CON SABOR A FRUTA; ESENCIAS PARA LA PREPARACIÓN DE BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día siete de febrero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de junio del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002996-1

No. de Expediente: 2012115172

No. de Presentación: 20120162181

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WAL-MART DE MEXICO SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL DE CAPI-TAL VARIABLE que se abrevia: WAL-MART DE MEXICO, S.A.B. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras LA MODE y diseño, que se traduce al castellano como "moda", que servirá para: AMPARAR: CUERO Y CUERO DE IMITACIÓN, PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PIELES DE ANIMALES; BAÚLES Y MALETAS; PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES; FUSTAS Y ARTÍCULOS DE GUARNICIONERÍA. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día nueve de enero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de mayo del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002997-1

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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

No. de Expediente: 2014133516

No. de Presentación: 20140196858

CLASE: 31.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société

des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO.

ABRAZZOS STARS

Consistente en: la frase ABRAZZOS STARS, que servirá para:

AMPARAR: ALIMENTOS Y SUSTANCIAS ALIMENTICIAS PARA

LOS ANIMALES Y MASCOTAS INCLUYENDO BOTANAS,

BOCADILLOS Y BOCADITOS, HAMBURGUESAS, TOCINO Y

TIRAS DE CARNE, POLLO, CONEJO Y RES. Clase: 31.

La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dos de junio del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002998-1

No. de Expediente: 2013129033

No. de Presentación: 20130188102

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado

DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO

de S.C. JOHNSON & SON, INC., de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

TARJETAS DE PODER

Consistente en: la frase TARJETAS DE PODER, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA ELIMINAR Y DESTRUIR PES-

TES; INSECTICIDAS; PRODUCTOS ANTIPOLILLAS; REPELENTES

DE INSECTOS; FUNGICIDAS; RODENTICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil

trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de junio del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002999-1

No. de Expediente: 2014134467

No. de Presentación: 20140198950

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de THE

LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de nacionalidad

PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras AMEGA PHARMA y diseño, que

servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y

VETERINARIAS; PREPARACIONES HIGIÉNICAS Y SANITARIAS

PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

PARA USO MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS;

COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS Y ANIMA-

LES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL

PARA EMPASTE E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTAN-

TES; PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS;

FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de junio del año dos mil catorce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003001-1

No. de Expediente: 2014134464

No. de Presentación: 20140198947

CLASE: 42.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de THE

LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de nacionalidad

PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras AMEGA PHARMA y diseño, que

servirá para: AMPARAR: SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓ-

GICOS, ASI COMO SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO

EN ESTOS ÁMBITOS; SERVICIOS DE ANÁLISIS E INVESTIGA-

CIÓN INDUSTRIALES; DISEÑO Y DESARROLLO DE EQUIPOS

INFORMÁTICOS Y DE SOFTWARE. Clase: 42.

La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de junio del año dos mil catorce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003002-1

No. de Expediente : 2014134577

No. de Presentación: 20140199213

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COR-

PORATIVO INTERNACIONAL MEXICANO, S. DE R.L. DE C.V.,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO.

QUESANITOS

Consistente en: la palabra QUESANITOS, que servirá para:

AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ;

ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A

BASE DE CEREALES; PRODUCTOS DE PAN: PAN, CROISSANTS,

PRODUCTOS DE PASTELERÍA, A SABER: PRODUCTOS DE

GALLETERÍA: GALLETAS DE MANTEQUILLA, CONFITERÍA;

HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA,

POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS

(CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO, BARRAS DE REFRIGERIO.

Clase: 30.

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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de marzo del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de junio del año dos mil catorce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003003-1

No. de Expediente: 2014135190

No. de Presentación: 20140200731

CLASE: 01, 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Tyco

Fire Products, LP., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

INERGEN

Consistente en: la palabra INERGEN, que servirá para: AMPARAR:

COMPOSICIÓN QUIMICA PARA LA SUSPENSIÓN DE INCEN-

DIOS. Clase: 01. Para: AMPARAR: SISTEMAS DE EXTINCIÓN DE

INCENDIOS. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de abril del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dos de junio del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003005-1

No. de Expediente: 2014135739

No. de Presentación: 20140201813

CLASE: 09, 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CLARO

S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO Y SERVICIO.

Consistente en: un diseño identifi cado como Diseño de Globo, que

servirá para: AMPARAR: TELEFONOS, PERIFERICOS Y ACCESO-

RIOS. Clase: 09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNI-

CACIONES. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de mayo del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003008-1

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

No. de Expediente: 2014134311

No. de Presentación: 20140198359

CLASE: 09, 38.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CLARO

S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO Y SERVICIO.

Consistente en: las palabras Claro noticias y diseño, que servirá para:

AMPARAR: TELÉFONOS, PERIFÉRICOS Y ACCESORIOS. Clase:

09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003009-1

No. de Expediente: 2014134302

No. de Presentación: 20140198347

CLASE: 09, 38.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de

CLARO S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO.

Consistente en: las palabras Claro clube y diseño, que servirá para:

AMPARAR: TELÉFONOS, PERIFÉRICOS Y ACCESORIOS. Clase:

09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003010-1

No. de Expediente: 2014134308

No. de Presentación: 20140198353

CLASE: 09, 38.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de

CLARO S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO.

Consistente en: las palabras Claro kids y diseño, donde la

palabra Kids se traduce al castellano como Niños, que servirá para:

AMPARAR: TELÉFONOS, PERIFÉRICOS Y ACCESORIOS. Clase: 09.

Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Clase: 38.

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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003011-1

No. de Expediente: 2014134305

No. de Presentación: 20140198350

CLASE: 09, 38.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CLARO

S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO Y SERVICIO.

Consistente en: las palabras Claro ideas y diseño, que servirá para:

AMPARAR: TELÉFONOS, PERIFÉRICOS Y ACCESORIOS. Clase:

09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003012-1

No. de Expediente: 2014134317

No. de Presentación: 20140198368

CLASE: 09, 38.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CLARO

S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO Y SERVICIO.

Consistente en: las palabras Claro tv y diseño, que servirá para:

AMPARAR: TELÉFONOS, PERIFÉRICOS Y ACCESORIOS. Clase:

09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO bE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003013-1

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

No. de Expediente: 2014134320

No. de Presentación: 20140198373

CLASE: 09, 38.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CLARO

S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO Y SERVICIO,

Consistente en: las palabras Mi Claro y diseño, que servirá para:

AMPARAR: TELÉFONOS, PERIFÉRICOS Y ACCESORIOS. Clase:

09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003014-1

No. de Expediente: 2014134299

No. de Presentación: 20140198343

CLASE: 09, 38.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CLARO

S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO Y SERVICIO,

Consistente en: las palabras Claro + ideas y diseño, que servirá para:

AMPARAR: TELÉFONOS, PERIFÉRICOS Y ACCESORIOS. Clase:

09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003015-1

No. de Expediente: 2014134314

No. de Presentación: 20140198364

CLASE: 09, 38.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CLARO

S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO Y SERVICIO,

Consistente en: las palabras Claro salud y diseño, que servirá para:

AMPARAR: TELÉFONOS, PERIFÉRICOS Y ACCESORIOS. Clase:

09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

Clase: 38.

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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003016-1

No. de Expediente: 2014133738

No. de Presentación: 20140197236

CLASE: 33.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COM-PANHIA MULLER DE BEBIDAS, de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra 51 Cachaça y diseño, que se traduce al castellano como cachaza 51, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHOLICAS. Clase: 33.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003017-1

No. de Expediente: 2013131027

No. de Presentación: 20130191250

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Colgate-

Palmolive Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Adiós Olores

Consistente en: la frase Adiós Olores, que servirá para: AMPARAR:

DETERGENTES PARA LAVAVAJILLAS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de octubre del año dos mil trece.

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003018-1

No. de Expediente: 2013131029

No. de Presentación: 20130191252

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Colgate-

Palmolive Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Adiós a la espuma

Consistente en: la frase Adiós a la espuma, que servirá para:

AMPARAR: SUAVIZANTES Y ACONDICIONADORES PARA LA

ROPA. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos

mil trece.

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos, San Salvador, veinticinco de octubre del año dos mil trece.

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003019-1

No. de Expediente: 2013131028

No. de Presentación: 20130191251

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Colgate-Palmolive Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

GOOD BYE ODORS

Consistente en: la frase GOOD BYE ODORS, que se traduce al caste-llano como adiós olores, que servirá para: AMPARAR: DETERGENTES PARA LAVAVAJILLAS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil trece.

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003020-1

No. de Expediente: 2013130579

No. de Presentación: 20130190581

CLASE: 25, 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de A' GACI,

L.L.C., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,

A’GACI

Consistente en: la frase A'GACI, que servirá para: AMPARAR: ROPA, CALZADO Y ACCESORIOS DE VESTIR COMPRENDIDOS EN ESTA CLASE. Clase: 25. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TIENDA DE VENTA AL POR MENOR EN EL CAMPO DE ROPA, CALZADO Y ACCESORIOS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día siete de octubre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de junio del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003021-1

No. de Expediente: 2013131735

No. de Presentación: 20130192891

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CER-VECERIA LA RANA DORADA S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

LA RANA DORADA

Consistente en: la frase LA RANA DORADA, que servirá para: AMPARAR: CERVEZA. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de junio del año dos mil catorce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003022-1

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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

No. de Expediente: 2014134530

No. de Presentación: 20140199072

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado INES TAU-

RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de LEGO Juris

A/S, de nacionalidad DANESA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra duplo y diseño, que servirá para: AMPA-

RAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS,

TOPOGRÁFICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS,

ÓPTICOS, DE PESAR, DE MEDIDA, DE SEÑALIZACIÓN, DE

CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑAN-

ZA; APARATOS E INSTRUMENTOS PARA LA CONDUCCIÓN,

DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGU-

LACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE

GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O

IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS

ACÚSTICOS; DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS Y MECANIS-

MOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADO-

RAS, MÁQUINAS DE CALCULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIEN-

TO DE DATOS Y COMPUTADORAS; SOFTWARE; APARATOS

DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS; IMANES; APARATOS E INS-

TRUMENTOS ELÉCTRICOS (INCLUYENDO INALÁMBRICOS);

CINTAS DE VÍDEO, CINTAS MAGNÉTICAS CONTENIDAS EN

CASETES Y DISCOS DE GRAMÓFONO; MÁQUINAS PARLAN-

TES; PROGRAMAS Y SOFTWARE INFORMÁTICO GRABADO;

SOFTWARE INFORMÁTICO PARA SU USO EN DISEÑO ASISTIDO

POR COMPUTADORA; SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA

SU USO EN LA MANIPULACIÓN DE DIBUJOS Y ARCHIVOS DE

GRÁFICOS; SOFTWARE DE COMPUTADORA UTILIZADO PARA

CREAR CURVAS, SUPERFICIES Y SÓLIDOS DE DOS Y TRES

DIMENSIONES; PROGRAMAS INFORMÁTICOS (SOFTWARE

DESCARGABLE); APARATOS E INSTRUMENTOS ELECTRÓ-

NICOS Y ELECTROTÉCNICOS (COMPRENDIDOS EN LA CLASE

9); ORDENADORES Y EQUIPOS INFORMÁTICOS (INCLUIDOS

EN LA CLASE 9); ESPECIALMENTE TECLADOS, TERMINALES,

MONITORES, ESTACIONES DE DISCOS, INTERFACES, CABLES

DE INTERFAZ, DISCOS Y DISQUETES-DISCOS, PROGRAMAS

DE COMPUTADORA (SOFTWARE) (COMPRENDIDOS EN LA

CLASE 9); APARATOS E INSTRUMENTOS FOTOGRÁFICOS, E

FILMACIÓN Y ÓPTICOS; APARATOS E INSTRUMENTOS PARA

LA EDUCACIÓN; SOPORTES DE GRABACIÓN DE SONIDO E

IMAGEN, ESPECIALMENTE PELÍCULAS, DISCOS DE GRAMO-

FONO, CINTAS DE AUDIO, CASSETTES DE SONIDO, DISCOS

COMPACTOS, DISCOS DE VIDEO, CINTAS DE VIDEO; DIAPO-

SITIVAS; PELÍCULAS DE IMAGEN EN MOVIMIENTO [GRABA-

DAS]; PELÍCULAS DE ANIMACIÓN, INCLUIDAS LAS PELÍCULAS

CINEMATOGRÁFICAS ANIMADAS PREPARADAS PARA EX-

POSICIONES; PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS (INCLUIDAS

LAS PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS DESCARGABLES);

PUBLICACIONES IMPRESAS EN FORMATO ELECTRONICO LE-

GIBLE DIBUJOS ANIMADOS; JUEGOS PARA COMPUTADORAS

PORTATILES [PARA SU USO EXCLUSIVO CON RECEPTORES DE

TELEVISIÓN]; DISPOSITIVOS DE AUDIO DIGITAL, INCLUIDOS

LOS APARATOS DE AUDIO DIGITAL PORTÁTILES; APARATOS

Y DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS PARA SU USO CON REPRO-

DUCTORES DE AUDIO DIGITAL; APARATOS Y EQUIPOS DE

JUEGOS DE COMPUTADORA; PROGRAMAS DE JUEGOS DE

COMPUTADORA; SOFTWARE DE JUEGOS DE COMPUTADORA;

SOFTWARE QUE PROPORCIONA ACCESO MULTIUSUARIO A

UN ENTORNO VIRTUAL EN LÍNEA; JUEGOS INTERACTIVOS

DE COMPUTADORA MULTIMEDIA MULTIUSUARIO, ME-

MORIAS USB; PROGRAMAS INFORMÁTICOS EDUCATIVOS

UTILIZADOS PARA LA ENSEÑANZA DE MATEMÁTICAS,

CIENCIA Y TECNOLOGIA Y/O PARA SU UTILIZACIÓN EN

DISEÑO ASISTIDO POR COMPUTADORA DE MODELOS DE

JUGUETES Y ESTRUCTURAS; LENTES, INCLUYENDO LENTES

DE SOL; RECURSOS EDUCATIVOS PARA MAESTROS Y EDU-

CADORES, ESPECIFICAMENTE PROGRAMAS INFORMÁTICOS

DESCARGABLES PARA EL DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE

JUGUETES DE CONSTRUCCIÓN; IMÁGENES DESCARGABLES

PARA SU USO COMO FONDO DE PANTALLA Y PROTECTORES

DE PANTALLA; JUEGOS DE COMPUTADORA DESCARGABLES;

RECURSOS EDUCATIVOS PARA PROFESORES Y EDUCADO-

RES, ESPECÍFICAMENTE SOFTWARE DESCARGABLE PARA

LA CARGA DE IMÁGENES DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE

JUGUETES DE CONSTRUCCIÓN; ETIQUETAS REFLECTIVAS

QUE SE PUEDEN USAR EN LA ROPA CON EL FIN DE PREVENIR

ACCIDENTES DE TRÁFICO; ACCESORIOS DE COMPUTADORA,

ES DECIR, CABLES DE COMPUTADORA, CAJAS DE INTERFAZ

QUE SE UTILIZAN PARA CONECTAR LOS ROBOTS DE MODE-

LADO, MODELOS DE VEHÍCULOS U OTROS CONJUNTOS MO-

TORIZADOS DE CONSTRUCCIÓN PARA LA COMPUTADORA,

A TRAVÉS DEL CUAL EL OPERADOR DE LA COMPUTADORA

LOS PUEDA CONTROLAR, Y RANURAS PARA TARJETAS QUE

SE UTILIZAN PARA ADAPTAR LAS COMPUTADORAS A LOS

MISMOS; RADIOS, REPRODUCTORES DE CD, REPRODUCTORES

MP3, CÁMARAS DIGITALES. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de marzo del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de abril del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003023-1

DIARIO

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

No. de Expediente: 2013125892

No. de Presentación: 20130182577

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Motorola

Trademark Holdings, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la expresión M4DE y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: LÍNEA COMPLETA DE COMPONENTES Y ACCESORIOS

ELECTRÓNICOS Y MECÁNICOS PARA TELÉFONOS MÓVILES,

TABLETS, COMPUTADORAS PORTÁTILES, Y DISPOSITIVOS

DIGITALES ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO PARA

GRABAR, ORGANIZAR, TRANSMITIR, MANIPULAR Y REVISAR

ARCHIVOS DE TEXTO, DATOS, AUDIO Y VIDEO; ESTACIONES

DE CONEXIÓN ELECTRÓNICAS; SOPORTES ESPECIALMEN-

TE DISEÑADOS PARA SUJETAR LOS TELÉFONOS MÓVILES,

TABLETS, COMPUTADORAS PORTÁTILES Y DISPOSITIVOS

DIGITALES ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO; MON-

TAJES ESPECIALMENTE DISEÑADOS PARA SUJETAR LOS TE-

LÉFONOS MÓVILES, TABLETS, COMPUTADORAS PORTÁTILES

Y DISPOSITIVOS DIGITALES ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y

DE MANO; BATERÍAS, CARGADORES Y PAQUETES DE BATE-

RÍAS PARA SU USO CON TELÉFONOS MÓVILES, TABLETS,

COMPUTADORAS PORTÁTILES Y DISPOSITIVOS DIGITALES

ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO; CONECTORES ELÉC-

TRICOS, ALAMBRES, CABLES Y ADAPTADORES; PANTALLAS

INALÁMBRICAS A DISTANCIA; ADAPTADORES DE PROTOCO-

LOS INALÁMBRICOS; CONTROLES REMOTOS CABLEADOS

E INALAMBRICOS PARA TELÉFONOS MÓVILES, TABLETS,

COMPUTADORAS PORTÁTILES Y DISPOSITIVOS DIGITALES

ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO; AUDÍFONOS Y

AURICULARES; APARATOS DE TELECOMUNICACIONES,

ESPECÍFICAMENTE, ALTAVOCES, MICRÓFONOS Y AURICU-

LARES PARA SU USO CON TELÉFONOS MÓVILES, TABLETS,

COMPUTADORAS PORTÁTILES Y DISPOSITIVOS DIGITALES

ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO; SISTEMÁS DE TEA-

TRO EN CASA QUE COMPRENDEN ALTAVOCES ESTÉREO PARA

AUDIO, RECEPTORES DE VIDEO Y AUDIO Y REPRODUCTORES

DE AUDIO Y VIDEO; AMPLIFICADOR ESTÉREO DE AUDIO Y

BASES DE ESTACIONES DE ALTAVOCES ESTÉREO; ADAPTA-

DORES DE ESTÉREO PARA AUTOMÓVIL; GRABADORES DE

AUDIO Y VÍDEO; RECEPTORES DE AUDIO, VIDEO Y DE RADIO;

TRANSMISORES DE AUDIO, VIDEO Y RADIO; VISUALIZADO-

RES DE VIDEO, ESPECÍFICAMENTE, MONITORES DE VIDEO

PARA TELÉFONOS MÓVILES, TABLETS, COMPUTADORAS

PORTÁTILES Y DISPOSITIVOS DIGITALES ELECTRÓNICOS

PORTÁTILES Y DE MANO; DISPOSITIVOS DIGITALES DE DI-FUSIÓN DE MEDIOS; DISPOSITIVOS DIGITALES DE INTERNET A TELEVISIÓN; LECTORES ELECTRÓNICOS DE TARJETAS DE MEMORIA; ESTUCHES PROTECTORES, TODOS PARA SU USO CON TELÉFONOS MÓVILES, TABLETS, COMPUTADORAS PORTÁTILES, Y DISPOSITIVOS DIGITALES ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO PARA GRABAR, ORGANIZAR, TRANSMITIR, MANIPULAR Y REVISAR ARCHIVOS DE TEXTO, DATOS, AUDIO, IMÁGENES, Y VIDEO; MEJORAS Y PROTEC-TORES DE PANTALLA PARA TELÉFONOS MÓVILES, TABLETS, COMPUTADORAS PORTÁTILES Y DISPOSITIVOS DIGITALES ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO; BRAZALETES PARA ELECTRÓNICOS DIGITALES PORTÁTILES; TECLADOS; MOUSE DE COMPUTADORAS; STYLUS; GENERADORES DE IMÁGENES; LENTES PARA SU USO CON TELÉFONOS MÓVILES, TABLETS, COMPUTADORAS PORTÁTILES Y DISPOSITIVOS DIGITALES ELECTRÓNICOS PORTÁTILES Y DE MANO PARA GRABAR, OR-GANIZAR, TRANSMITIR, MANIPULAR Y REVISAR ARCHIVOS DE TEXTO, DATOS, AUDIO, IMÁGENES Y VIDEO; PERIFÉRICOS DE COMPUTACIÓN USABLES, ESPECIFICAMENTE, GAFAS USABLES, CÁMARAS, PANTALLAS, HARDWARE DE TELECO-MUNICACIONES Y DE REDES DE DATOS; COMPUTADORAS PORTÁTILES QUE SE LLEVAN EN LA MUÑECA; DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS PORTÁTILES NO MÉDICOS PRINCIPALMENTE PARA MEDIR, ALMACENAR, TRANSFERIR Y SINCRONIZAR LA INFORMACIÓN SOBRE EJERCICIOS FÍSICOS DE UN INDIVIDUO Y SUS NIVELES DE ACTIVIDAD, A SABER, LA FECHA, HORA, POSICIONAMIENTO GLOBAL, DIRECCIÓN, ALTITUD, VELO-CIDAD, DISTANCIA Y CALORÍAS; Y SENSORES DE PRESIÓN Y TEMPERATURA. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día cinco de abril del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de abril del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003024-1

No. de Expediente: 2013131049

No. de Presentación: 20130191280

CLASE: 04.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SILVIA

EUGENIA RODRÍGUEZ CEA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

DIARIO

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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

de AMSOIL, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

AMSOIL

Consistente en: la palabra AMSOIL, que servirá para: AMPARAR:

LUBRICANTES, ACEITES Y GRASAS, INCLUYENDO ACEITES

AUTOMOTRICES, ACEITES PARA MOTORES, ACEITES FINOS

PARA MOTORES; ACEITES Y GRASAS INDUSTRIALES; ACEI-

TES LUBRICANTES PARA MOTORES DE VEHÍCULOS; COM-

PUESTOS LUBRICANTES AUTOMOTRICES, ACEITE DIESEL,

ACEITE DE MOTORES MARINOS; GRASA PARA CADENAS;

GRASA PARA CHASIS; GRASA PARA PASTILLAS DE FRENO

Y PARA ZAPATAS DE FRENOS, ACEITES PARA ENGRANAJES

(VELOCIDADES); ACEITES DE TRANSMISION, FLUIDOS Y

ACEITES PARA CORTAR Y MOLER; ACEITES PENETRANTES

PARA SU USO CON CERRADURAS DE PUERTAS; ACEITES

DE FILTROS DE AIRE; COMPOSICIONES ABSORBENTES DE

POLVO, HUMECTANTES Y ASTRINGENTES; COMBUSTIBLES;

ILUMINANTES; ADITIVOS NO QUÍMICOS PARA COMBUSTI-

BLES, PARA LUBRICANTES Y PARA GRASAS; COMPOSICIONES

ABSORBENTES DE POLVO; HUMECTANTES Y ASTRINGENTES

EN LA NATURALEZA DE ACEITES; FLUIDOS DE PERFORACIÓN

Y ENFRIADORES PARA MAQUINARIA Y/O OPERACIONES DE

TRABAJO CON METALES. Clase: 04.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de abril del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003025-1

No. de Expediente: 2014134528

No. de Presentación: 20140199070

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DAVID

SALOMÓN PORTILLO MARTÍNEZ, en su calidad de GESTOR OFI-

CIOSO de Mozilla Foundation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: un diseño que se identifi ca como LOGO FIREFOX, que servirá para: TELEFONOS MOVILES; DISPOSITIVOS MOVILES DIGITALES PARA EL ENVÍO Y RECEPCIÓN DE LLAMADAS TELEFÓNICAS, CORREO ELECTRÓNICO Y OTROS DATOS DI-GITALES, PARA SU USO COMO UN REPRODUCTOR DE AUDIO EN FORMATO DIGITAL, Y PARA SU USO COMO UNA COM-PUTADORA PORTATIL, UN ASISTENTE PERSONAL DIGITAL, AGENDA ELECTRONICA, BLOC DE NOTAS ELECTRÓNICO, Y COMO CÁMARA; SOFTWARE DE SISTEMA OPERATIVO; SOFTWARE PARA SU USO EN LA ELABORACIÓN, EJECUCIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE OTRO SOFTWARE EN DISPOSITI-VOS DE COMUNICACIÓN MOVIL, COMPUTADORAS, REDES INFORMATICAS Y REDES GLOBALES DE COMUNICACIÓN; SOFTWARE DE INTERFAZ GRÁFICA PARA LOS USUARIOS; SOFTWARE DE HERRAMIENTAS DE DESARROLLO DE APLI-CACIONES; SOFTWARE PARA ACCEDER, ORGANIZAR Y GESTIONAR MULTIPLES APLICACIONES DE SOFTWARE, QUE SE VENDE COMO UN COMPONENTE INTEGRAL DEL SISTEMA OPERATIVO DE LA COMPUTADORA Y DEL SOFTWARE DE INTERFAZ GRÁFICA PARA EL USUARIO. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de marzo del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de abril del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003026-1

No. de Expediente: 2013132323

No. de Presentación: 20130194563

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado VICENTE

DE JESÚS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de Prada S.A.,

DIARIO

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO.

PRADA

Consistente en: la palabra PRADA, que servirá para: AMPARAR:

BOLSOS, INCLUYENDO BOLSOS DE MANO, BOLSOS DE VIA-

JE, BOLSOS PARA LA TARDE Y BOLSOS DE HOMBRO PARA

SEÑORITAS, BOLSOS DE CUERO PARA COMPRAS, BOLSOS

ESCOLARES, BOLSOS DE VIAJE PARA ZAPATOS, BOLSOS DE

PLAYA, BOLSOS TIPO BOSTON, BOLSOS PARA VIAJES COR-

TOS, Y BOLSOS PARA OPERA; PORTAFOLIOS INCLUYENDO

PORTAFOLIOS DE CUERO, PORTA TARJETAS DE CRÉDITO

HECHOS DE CUERO, BILLETERAS, ESTUCHES PARA LLAVES

DE CUERO, CARTERAS, BAÚLES INCLUYENDO BAÚLES PARA

VIAJES, MALETAS, BOLSAS PARA COSMÉTICOS VENDIDAS

VACÍAS, BOLSAS DEPORTIVAS INCLUIDAS EN ESTA CLASE,

BOLSAS PARA EQUIPOS ATLÉTICOS, BOLSAS DE VIAJE PARA

ROPA, PORTA TRAJES PARA VIAJES, MOCHILAS, BOLSAS DE

PAÑALES, TALEGOS, MALETINES, BOLSAS PARA ESCALAR

MONTAÑAS, MORRALES (SATCHELS), NECESERES VACÍOS,

PIELES, ESTUCHES Y CAJAS ELABORADAS CON CUERO, BOL-

SAS ELABORADAS CON CUERO PARA EMBALAJE, CORREAS

DE CUERO, SOMBRILLAS, CORREAS (LEASHES) DE CUERO,

VESTIMENTA PARA MASCOTAS. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de diciembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de abril del año dos mil catorce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003027-1

No. de Expediente: 2013128978

No. de Presentación: 20130187975

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado INES

TAURA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de MERIAL

LIMITED, de nacionalidad BRITÁNICA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO.

LONGRANGE

Consistente en: la palabra LONGRANGE, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS VETERINARIOS, INCLUYENDO PREPA-

RACIONES VETERINARIAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de abril del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003028-1

No. de Expediente: 2013130671

No. de Presentación: 20130190726

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado INES TAU-

RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO.

SANAFOR

Consistente en: la palabra SANAFOR, que servirá para: AMPA-

RAR: ADHESIVO ANTI MICROBIOS USADO EN LA MANUFAC-

TURA DE PRODUCTOS PLÁSTICOS TERMINADOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil

trece.

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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de abril del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003029-1

No. de Expediente: 2013129400

No. de Presentación: 20130188672

CLASE: 20, 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SILVIA EUGENIA RODRÍGUEZ CEA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Quickie Manufacturing Corporation, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra Quickie y diseño, traducida al castellano como Rapidin, que servirá para: AMPARAR: SEÑALES PARA PISO, HECHAS DE PLÁSTICO. Clase: 20. Para: AMPARAR: ESCOBAS INCLUYENDO ESCOBAS DE PRESIÓN, RECOGEDORES DE BASURA, TRAPEADORES, HERRAMIENTAS DE LIMPIEZA, BAL-DES, RESTREGADORES (MATERIAL DE LIMPIEZA), GUANTES, TRAPOS, ESPONJAS, LIMPIA-VIDRIOS, PAÑOS DE LIMPIEZA, MANGOS (MANECILLAS) DE REPUESTO, CEPILLOS, INCLU-YENDO CEPILLOS PARA ASEO DEL BAÑO, Y PALANGANAS. Clase: 21.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de abril del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003030-1

No. de Expediente: 2014134431

No. de Presentación: 20140198907

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DINA

CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de TOTAL

SA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO.

PLAXOLENE

Consistente en: la palabra PLAXOLENE, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS QUÍMICOS PARA LA INDUSTRIA; QUÍMICOS

PARA SU USO EN LA INDUSTRIA DEL CAUCHO; SOLVENTES

DERIVADOS DEL PETROLEO; PLASTIFICANTES. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de marzo del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de abril del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003031-1

No. de Expediente: 2013132283

No. de Presentación: 20130194486

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DINA

CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNI-

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

LEVER N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO.

OPTIMISMO NATURAL

Consistente en: la frase OPTIMISMO NATURAL, que servirá para:

AMPARAR: TÉ, INCLUYENDO TÉ HELADO; BEBIDAS A BASE

DE TÉ; MEZCLAS DE POLVOS DE TÉ, INCLUYENDO MEZCLAS

DE POLVOS DE TE HELADO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de marzo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003032-1

No. de Expediente: 2014134664

No. de Presentación: 20140199426

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DORA

ALICIA SERVANDO DE GUARDADO, en su calidad de GESTOR

OFICIOSO de MANUEL ROS FERNÁNDEZ, de nacionalidad ESPA-

ÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

OCTOBER

Consistente en: la palabra OCTOBER, que al idioma castellano se

traduce como OCTUBRE, que servirá para: AMPARAR: PRENDAS

CONFECCIONADAS, CALZADOS, SOMBRERERÍA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de abril del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003033-1

No. de Expediente: 2014133595

No. de Presentación: 20140197025

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Kenneth Cole

Productions, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO.

MANKIND

Consistente en: la palabra MANKIND, que al idioma castellano se

traduce como HUMANIDAD, que servirá para: AMPARAR: FRAGAN-

CIAS, COLONIAS, PERFUMERIA, DESODORANTES PARA USO

PERSONAL, ENJUAGUES PARA EL CUERPO, SPRAYS PARA EL

CUERPO, LOCIONES PARA EL CUERPO, CHAMPÚ, LOCIONES

PARA DESPÚES DEL AFEITADO, HIDRATANTES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de febrero del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003034-1

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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

No. de Expediente: 2013130766

No. de Presentación: 20130190840

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado VICEN-

TE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de Nike

International Ltd., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

LUNARLON

Consistente en: la palabra LUNARLON, que servirá para: AM-

PARAR: CALZADO, ROPA, ESPECIFICAMENTE: PANTALONES,

SHORTS, CAMISAS, CAMISETAS, JERSEYS, SUDADERAS,

PANTALONES DE CHÁNDAL, ROPA INTERIOR, SOSTENES

DEPORTIVOS, VESTIDOS, FALDAS, SUÉTERES, CHAQUETAS,

ABRIGOS, CALCETINES, MUÑEQUERAS, GUANTES, MITONES,

CINTURONES, MEDIAS, BRAZALETES, BANDAS PARA LA

CABEZA, CHALECOS, PRENDAS PARA LA CABEZA, ESPECI-

FICAMENTE: SOMBREROS, GORRAS, VISERAS, PAÑUELOS,

CAPUCHAS, JERSEYS, BANDAS PARA SUDOR, BUFANDAS,

TRAJES DE BAÑO, TACOS PARA JUGAR AL FÚTBOL, FÚTBOL

(AMERICANO), BÉISBOL, SOFTBALL, GOLF, CRICKET. Clase:

25.

La solicitud fue presentada el día catorce de octubre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de abril del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003035-1

No. de Expediente: 2014134224

No. de Presentación: 20140198164

CLASE: 19.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DORA

ALICIA SERVANDO DE GUARDADO, en su calidad de GESTOR

OFICIOSO de aquatherm GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solici-

tando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: MATE-

RIALES DE CONSTRUCCIÓN (NO METÁLICOS); TUBOS RÍGI-

DOS NO METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN; TUBERÍAS

DE FONTANERÍA DE PLÁSTICO Y PIEZAS DE CONEXIÓN DE

TUBERÍAS QUE SON ACCESORIOS PARA AGUA CALIENTE Y

FRÍA PARA SU USO CON FINES DE CALEFACCIÓN, CLIMATI-

ZACIÓN Y SANEAMIENTO; TUBERÍAS DE PLÁSTICO Y PIEZAS

DE CONEXIÓN DE TUBERÍAS SIENDO ACCESORIOS PARA SU

USO CON AGUA EN SISTEMAS DE ROCIADORES CONTRA

INCENDIOS. Clase: 19.

La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de abril del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZÁLEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003036-1

DIARIO

OFI

CIAL S

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ARA CONSULT

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

No. de Expediente: 2013131600

No. de Presentación: 20130192675

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-

TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de

ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se

abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

TENSEUR H

Consistente en: la frase TENSEUR H, que servirá para: AMPARAR:

MEDICAMENTO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013950-1

No. de Expediente: 2013131613

No. de Presentación: 20130192688

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-

TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de

ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se

abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

CLAVULENNEC

Consistente en: la palabra CLAVULENNEC, que servirá para:

AMPARAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de mayo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013952-1

No. de Expediente: 2013131609

No. de Presentación: 20130192684

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-

TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de

ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se

abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

IRBENNEC H

Consistente en: la frase IRBENNEC H, que servirá para: AMPA-

RAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año

dos mil trece.

DIARIO

OFI

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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013953-1

No. de Expediente: 2013131599

No. de Presentación: 20130192674

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-

TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de

ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se

abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

IRBENNEC

Consistente en: la palabra IRBENNEC, que servirá para: AMPA-

RAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de mayo del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZÁLEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013954-1

No. de Expediente: 2013131596

No. de Presentación: 20130192671

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-

TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de

ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se

abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

ARGINNEC

Consistente en: la palabra ARGINNEC, que servirá para: AMPA-

RAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de mayo del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZÁLEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013955-1

No. de Expediente: 2013131602

No. de Presentación: 20130192677

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-

TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de

DIARIO

OFI

CIAL S

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ARA CONSULT

A

NO TIEN

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se

abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

LEVONNEC

Consistente en: la palabra LEVONNEC, que servirá para: AMPA-

RAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de mayo del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZÁLEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013956-1

No. de Expediente: 2013131611

No. de Presentación: 20130192686

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-

TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de

ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se

abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

LIPIDIQUE

Consistente en: la palabra LIPIDIQUE, que servirá para: AMPA-

RAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de mayo del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZÁLEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013957-1

No. de Expediente: 2013131607

No. de Presentación: 20130192682

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-

TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de

ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se

abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

NEURONNEC

Consistente en: la palabra NEURONNEC, que servirá para: AM-

PARAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de mayo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013958-1

DIARIO

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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

No. de Expediente: 2013131606

No. de Presentación: 20130192681

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-

TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de

ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

ESOGASTRIQUE

Consistente en: la palabra ESOGASTRIQUE, que servirá para:

AMPARAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013959-1

No. de Expediente: 2013131598

No. de Presentación: 20130192673

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-

TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de

ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

ROSULENNEC

Consistente en: la palabra ROSULENNEC, que servirá para:

AMPARAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de mayo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013960-1

No. de Expediente: 2013131603

No. de Presentación: 20130192678

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-

TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de

ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

PANGASTRIQUE

Consistente en: la palabra PANGASTRIQUE, que servirá para:

AMPARAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año

dos mil trece.

DIARIO

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013962-1

No. de Expediente: 2013131605

No. de Presentación: 20130192680

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-

TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de

ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

VERROIDES

Consistente en: la palabra VERROIDES, que servirá para: AM-

PARAR: MEDICAMENTO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de mayo del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013963-1

No. de Expediente: 2014133989

No. de Presentación: 20140197721

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado BERNARDA

ADELA LIMA CASTANEDA, en su calidad de APODERADO de JUBIZ

INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra Marifer, que servirá para: AMPARAR:

SANDALIAS. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de junio del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014022-1

No. de Expediente: 2013125613

No. de Presentación: 20130182072

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ALEXAN-

DRA REGINA NASSER DE SAMOUR, en su calidad de REPRE-

DIARIO

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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

SENTANTE LEGAL de BRILLANTINA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BRILLANTINA, S.A. DE

C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras BON KAFFEE Gourmet 100 % Sal-

vadorean Coffee, se traduce al castellano como: Buen Café Gastrónomo

100% Café Salvadoreño, que servirá para: AMPARAR: CAFE EN

GRANO, CAFE EN POLVO, CAFE TOSTADO, CAFE MOLIDO,

CAFE INSTANTANEO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil

trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintidós de mayo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014041-1

No. de Expediente: 2013125612

No. de Presentación: 20130182071

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ALEXAN-

DRA REGINA NASSER DE SAMOUR, en su calidad de REPRE-

SENTANTE LEGAL de BRILLANTINA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BRILLANTINA, S.A. DE

C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras BON KAFFEE High Blend 100 %

Salvadorean Coffee y diseño, traducida al castellano las palabras: BON

KAFFEE como: buen café y HIGH BLEND como: alta combinación,

y Salvadorean Coffee como: Café Salvadoreño, que servirá para: AM-

PARAR: CAFE EN GRANO, CAFE EN POLVO, CAFE TOSTADO,

CAFE MOLIDO, CAFE INSTANTANEO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil

trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de mayo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014043-1

No. de Expediente: 2014135052

No. de Presentación: 20140200337

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado YASMIN

ELENA MEJIA RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO ESPE-

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

CIAL de EVEREST, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: EVEREST,

S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la expresión AIDA'S GRAND RESERVE y

diseño, se traduce al castellano como: Gran reserva, que servirá para:

AMPARAR: CAFE, AROMATIZANTES Y SABORIZANTES DE

CAFE, BEBIDAS A BASE DE CAFE. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de mayo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014065-1

No. de Expediente: 2014135279

No. de Presentación: 20140200951

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE GABINO

ORELLANA HERNANDEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

FOSFONEURON

Consistente en: la palabra FOSFONEURON, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS QUÍMICO Y FARMACÉUTICOS PARA

USO Y CONSUMO HUMANO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día cinco de mayo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintitrés de junio del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014075-1

No. de Expediente: 2014135660

No. de Presentación: 20140201638

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE GABINO

ORELLANA HERNANDEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

BAJA STRESS DJ

Consistente en: las palabras BAJA STRESS DJ, donde la palabra

Stress se traduce al castellano como Fatiga, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS QUÍMICOS Y FARMACÉUTICOS PARA USO

Y CONSUMO HUMANO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintidós de mayo del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de junio del año dos mil catorce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014076-1

DIARIO

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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

ACEPTACION DE HERENCIA

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con treinta

y cinco minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario de parte de la señora MARÍA AMANDA

MARTINEZ CAÑAS, la herencia intestada que a su defunción dejó el

señor MARTIN ARTURO MARTINEZ CAÑAS, quien fue de cuarenta

y cuatro años de edad, agricultor, salvadoreño, soltero, originario de

San Vicente, falleció el día doce de diciembre de mil novecientos noventa

y dos, en el Cantón San Diego, departamento de San Vicente, en este

distrito Judicial lugar de su último domicilio, en concepto de cesionaria

del derecho hereditario que le correspondía a la señora Santos Cañas

viuda de Martínez, en concepto de madre del causante.

Nómbrase a la aceptante administradora y representante interina

de la sucesión con las restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diez días del

mes de Junio, dos mil catorce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002865-2

LICDA. DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZA DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución proferida con fecha de las diez

horas con cinco minutos del día diecinueve de mayo del año dos mil catorce,

se ha tenido de parte de las señoras: ALEYDA YANIRA CONTRERAS

CABRERA y DAISY JUDITH CONTRERAS CABRERA, por aceptada

expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada

por la causante señora: CARLOTA CABRERA QUIÑONEZ, fallecida a

las diecinueve horas del día veinte de octubre del año dos mil cuatro, en

el Hospital Nacional San Juan de Dios de la ciudad de Santa Ana, siendo

este municipio su último domicilio, aceptantes que comparecen en calidad

de hijas de la señalada causante. Y se ha nombrado interinamente a las

aceptantes como representantes y administradoras de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las quince horas

con cincuenta y seis minutos del día veintitrés de junio del año dos mil

catorce.- LICDA. DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZA

DE LO CIVIL. LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

3 v. alt. No. C002866-2

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez

Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al Público para

efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de

las catorce horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su

defunción dejó el causante Anacleto Ortiz, de parte del señor MARCIAL

ORTIZ PEREZ, de sesenta y siete años de edad, Agricultor en pequeño,

del domicilio de Cacaopera, departamento de Morazán, con Documen-

to Único de Identidad Número: Cero un millón trescientos dieciocho

mil cuatrocientos treinta y nueve - dos; con Tarjeta de Identifi cación

Tributaria número: Un mil trescientos dos - trescientos mil seiscientos

cuarenta y siete - cero cero uno - cero; por derecho propio en calidad

hijo del mencionado causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue

de cincuenta y seis años de edad, Agricultor en pequeño, originario y del

domicilio de Cacaopera, departamento de Morazán, siendo éste su último

domicilio, hijo de Matilde Ortiz, falleció a las seis horas del día uno de

agosto del año de mil novecientos setenta y seis, a consecuencia de Fiebre

sin asistencia Médica.- Se le confi rió al aceptante antes mencionado y

en la forma establecida, la Administración y Representación Interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el

siguiente a la tercera publicación del edicto en el expresado periódico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, Morazán; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del día

veinticuatro de Junio de Dos Mil Catorce.- LIC. JORGE ALBERTO

GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. LICDA.

KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002868-2

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez

Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al Público para

efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de

las diez horas y cincuenta y cinco minutos del día cinco de Junio del

corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de

inventario, la herencia Testamentaria que a su defunción dejó la causante

María Lucía Chica Viuda de Rodríguez, de parte del señor Orlando

Alexis Rodríguez Chica, de cuarenta y cinco años de edad, Constructor,

del domicilio de Arambala, Departamento de Morazán, con documento

Único de Identidad Número cero cinco millones doscientos veintiocho

mil cuatrocientos noventa y siete guión siete, y Tarjeta de Identifi ca-

ción Tributaria Número Un mil trescientos uno guión cero ochenta mil

novecientos setenta y cuatro guión cuatro; y Tarjeta de Identifi cación

Tributaria Número Un mil trescientos uno guión cero ochenta mil no-

vecientos setenta y cuatro guión cuatro; como Asignatario testamentario

de la mencionada causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de

sesenta y nueve años de edad, de Ofi cios Domésticos, originaria y del

domicilio de Arambala, Departamento de Morazán, hija de Antonio y

Romana Girón; falleció a las siete horas y veinte minutos del día cinco

de Febrero del corriente año, en el Caserío Las Marías, Cantón Pueblo

Viejo, de Arambala, Departamento de Morazán; siendo esta misma

población lugar de su último domicilio.- Se le confi rió al aceptante antes

mencionado y en la forma establecida, la Administración y Represen-

tación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los

Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el

siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-

dico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Morazán; a las nueve horas y treinta y cinco minutos del día

seis de Junio de dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN

URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA.

KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002870-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las ocho

horas y quince minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con

benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor LUIS DEL

CID, quien falleció el día veinte de julio del dos mil trece, en el Caserío

El Tejar, Cantón El Pastor, Jurisdicción de Yayantique, Departamento

de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio; de parte de la señora

YENIS CELINA DEL CID RAMIREZ, en calidad de hija y cesionaria

de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora MARIA

DE LA PAZ RAMIREZ DE DEL CID, ésta en calidad de cónyuge del

causante. Confi riéndole a dicha aceptante, en la calidad antes mencio-

nada, la administración y representación interina de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para

que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecinueve días

del mes de mayo del dos mil catorce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002880-2

LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ,

Juez de lo Civil Interino de este distrito judicial, al público para los

efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante DAVID CALDERON

CERON, quien falleció el día veintinueve de marzo de dos mil doce, en

la Colonia Veintisiete de Septiembre de esta ciudad, su último domicilio,

por parte de SONIA ELIZABETH CALDERON MORAN y JUANA

CECILIA CALDERON MORAN, en concepto de herederas testamen-

tarias del referido causante. Nómbrase a las aceptantes, interinamente,

administradoras y representantes de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciséis de junio de dos

mil catorce.- LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA

GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. JORGE ALBERTO

RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013444-2

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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas quince

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con be-

nefi cio de inventario de parte de la señora MARIA CECILIA ROQUE

DE BONILLA, la herencia Intestada que a su defunción dejó el señor

BASILIO ROQUE, quien fue de noventa y tres años de edad, Jornalero,

soltero, salvadoreño, originario de Tecoluca de este departamento, y

del domicilio de San Vicente, departamento de San Vicente, habiendo

fallecido a las veintiuna horas veintiocho minutos del día veintiocho de

agosto del año dos mil trece, en el Hospital Nacional Santa Gertrudis

de esta ciudad, lugar de su último domicilio, en concepto de hija del

causante. Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinticinco

días del mes de junio del año dos mil catorce. DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013449-2

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,

a las diez horas y veinte minutos del día tres de junio del presente año;

se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor MANUEL DE

JESUS DELGADO GAMEZ, quien fue de setenta y siete años de

edad, Pensionado o Jubilado, Casado, con Número de Identifi cación

Tributaria: Cero ochocientos diez – ciento cuarenta y un mil ciento treinta

y cinco – uno cero uno –siete, fallecido el día catorce de julio del año

dos mil trece; siendo la ciudad de Apopa su último domicilio; de parte

de las señoras: MERCEDES CARDONA DE DELGADO, de sesenta

y cinco años de edad, Ama de Casa, Casada, del domicilio de Apopa,

con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil ciento veinte – ciento

treinta y un mil cuarenta y ocho – uno cero uno - cuatro; CRUZ DEL

CARMEN DELGADO DE ARCE, de cuarenta y tres años de edad,

Técnica en Computación, Casada, del domicilio de Mejicanos, con Nú-

mero de Identifi cación Tributaria: Cero seiscientos catorce – cero treinta

mil quinientos setenta – uno cero cuatro – cero; y ANA MERCEDES

DELGADO DE OSORIO, de treinta y nueve años de edad, Empleada,

del domicilio de Apopa, con Número de Identifi cación Tributaria: Cero

seiscientos catorce - ciento noventa mil seiscientos setenta y cuatro -

ciento veintinueve - cero; en calidad de Cónyuge sobreviviente e hijas

del Causante, respectivamente.

Y se les confi rió a las aceptantes en el carácter indicado, la Admi-

nistración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las quince horas

y treinta minutos del día tres de junio del año dos mil catorce.- DRA.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA. LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013458-2

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado a

las catorce horas y treinta y cuatro minutos del día veintiuno de febrero de

dos mil trece, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el día dos

de Noviembre de dos mil siete, por la causante GLORIA ELIZABETH

GONZALEZ DE CANALES en la ciudad de San Salvador, siendo su

último domicilio el de la ciudad de Soyapango, de parte de los señores

ANA MARÍA CANALES GONZALEZ o ANA MARÍA CANALES DE

MENDOZA, y ELIEZAR JONATHAN CANALES GONZALEZ, en su

calidad de hijos sobrevivientes de la de cujus. Y se les ha Conferido a

los aceptantes la administración y representación interina de los bienes

de la sucesión con las facultades y restricciones legales.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador,

a las doce horas diez minutos del día veintidós de marzo de dos mil

trece.- LICDA. GENNY SHILA RAMÍREZ DE AREVALO, JUEZ

DE LO CIVIL. LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013500-2

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, Jueza de lo

Civil, de este distrito judicial, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante JOSE MARIA ALVAREZ

GONZALEZ, quien falleció el día veinticinco de marzo de dos mil

doce, en Calle El Chorrón, Caserío Loma de Tepilo, Cantón San José

Carrizal, Santa María Ostuma, La Paz, su último domicilio, por parte de

TRANSITO ALVAREZ CERON, en concepto de hija y además como

cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a JULIANA

CERON DE ALVAREZ, PABLO ALVAREZ CERON, FRANCIS-

CO ALVAREZ CERON, MIGUEL ALVAREZ CERON y DANIEL

ALVAREZ CERON, la primera en concepto de cónyuge sobreviviente

y los demás como hijos del referido causante. Nómbrase a la aceptante,

interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente;

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las quince horas y

treinta minutos del día veintiséis de junio de dos mil catorce.- LIC.

GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA DE LO

CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013532-2

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas diez minutos

de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario de parte de la señora ESTENIA MARGARITA PLATERO

DERAS, la herencia Intestada que a su defunción dejó el señor MA-

NUEL ISIDRO PLATERO, quien fue de cincuenta y siete años de edad,

Jornalero, casado, salvadoreño, originario y del domicilio de Verapaz,

departamento de San Vicente, habiendo fallecido a las seis horas del

día treinta de junio del año mil novecientos noventa y dos, en el Cantón

San Pedro Agua Caliente, jurisdicción de Verapaz de este departamento,

siendo la ciudad de Verapaz, departamento de San Vicente, el lugar de su

último domicilio, en concepto de hija del causante y como cesionaria del

derecho hereditario que en esta sucesión les correspondía a los señores

María Adelina Deras Viuda de Platero, Juan Antonio Platero Deras y

José Luis Platero Deras, la primera como cónyuge sobreviviente del

causante y los demás como hijos del mismo causante. Y se ha nombrado

a la aceptante administradora y representante interina de la sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los cinco días del

mes de junio del año dos mil catorce. DRA. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013560-2

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las nueve horas diez minutos del día veintinueve de mayo del corriente

año, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia intestada que al fallecer dejó el causante señor José Francisco

Quintanilla, fallecido a las veintiuna horas cuarenta minutos del día treinta

y uno de diciembre de dos mil trece, en la ciudad de San Rafael Oriente,

Departamento de San Miguel, siendo la Ciudad de San Rafael Oriente,

Departamento de San Miguel, su último domicilio, de parte de la señora:

Idalia Esmeralda Hernández Quintanilla, de treinta y cinco años de edad,

Salvadoreña, de Ofi cios Domésticos, con domicilio de la ciudad de San

Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, con Documento Único

de Identidad número cero doscientos sesenta y un millones quinientos

noventa y cinco mil novecientos veintinueve guión uno y con Identifi cación

Tributaria número un mil doscientos dieciocho guión cero setenta mil

setecientos setenta y ocho guión ciento uno guión cero, en su concepto

de hija del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que

les correspondían a las señoras Sulma Azucena Hernández Quintanilla,

de treinta y un años de edad, Salvadoreña, de Ofi cios Domésticos, del

Domicilio de San Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, con Do-

cumento Único de Identidad número cero un millón ochocientos noventa y

ocho mil ciento dieciséis guión tres y con Identifi cación Tributaria número

un mil doscientos dieciocho guión cero cuarenta mil novecientos ochenta

y dos guión ciento uno guión ocho, Julia Ileana Hernández Quintanilla,

de veinticinco años de edad, Salvadoreña, de Ofi cios Domésticos, del

domicilio de San Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, quien

se Identifi ca con su Documento Único de Identidad número cero tres

millones novecientos cincuenta y un mil trescientos treinta y tres guión

uno y con Identifi cación Tributaria número un mil doscientos dieciocho

guión ciento cincuenta mil doscientos ochenta y ocho guión ciento uno

guión nueve y Xiomara Yasmina Quintanilla Hernández, de veintitrés

años de edad, Salvadoreña, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de San

Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, quien se Identifi ca con su

Documento Único de Identidad número cero cuatro millones trescientos

setenta y dos mil ochocientos noventa guión seis y con Identifi cación

Tributaria número un mil doscientos dieciocho guión doscientos setenta

y un mil noventa guión ciento uno guión uno, en su calidad de hijas del

causante. Nómbrase a la aceptante en el carácter dicho administradora y

representante interina de la sucesión de que se trata, con las facultades y

restricciones que corresponde a la curadora de la herencia. Publíquense

los edictos de ley.

Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, diez horas

treinta y siete minutos del día veintinueve de mayo de dos mil catorce.-

LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. INGRID VANESSA VÁSQUEZ

BARAHONA, SECRETARIA,.

3 v. alt. No. F013590-2

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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, Juez

de lo Civil Interino de este distrito judicial,

AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente,

con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó CARLOS

CERRITOS GALDAMEZ, que falleció el día uno de octubre de dos

mil trece, en el cantón La Cruz del Mojón, jurisdicción de Santiago

Nonualco, Departamento de La Paz, su último domicilio, por parte de

CARLOS ALBERTO LOPEZ CERRITOS, en concepto de hijo del

causante; y se ha nombrado al aceptante, interinamente, administrador

y representante de la sucesión.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este

aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los dieciocho días del

mes de junio de dos mil catorce. LIC. ROBERTO MAURICIO ANTO-

NIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTO.- JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013596-2

La Infrascrita, Jueza de lo Civil de este distrito judicial, al público para

los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y treinta

minutos del día veintiséis de este mes, se ha tenido por aceptada expre-

samente, y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó la causante FELIPA LUGARDA LEONOR MOLINA o

FELIPA LUGARDA LEONOR o LUGARDA LEONOR, quien falleció

el día ocho de septiembre de mil novecientos setenta y ocho, en el Barrio

San José de esta ciudad, su último domicilio, por parte de MERCEDES

GUADALUPE ABARCA LEONOR, en concepto de hija de la causante.

Nómbrase a la aceptante interinamente, administradora y representante

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de

la tercera publicación de este aviso, se presente a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintiséis de mayo del

dos mil catorce. LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BA-

RRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013601-2

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO:

HACE SABER: Que por resolución pronunciada de las once horas

treinta minutos del día cuatro del corriente mes y año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

dejada por el señor JOAQUIN ANDRES MEJIA OSORIO, fallecido el

día catorce de mayo del dos mil doce, en esta ciudad, siendo la Pobla-

ción de Sonzacate, su último domicilio, de parte de la señora MARIA

IRMA LOPEZ DE MEJIA, como cónyuge sobreviviente y además

como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían a

los señores Araceli del Tránsito Osorio, José Rigoberto Mejía López y

Nelson Guillermo Mejía Arana, la primera como madre y los dos últimos

como hijos del Causante.-

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cincuenta minutos

del día diez de junio del año dos mil catorce. LIC. LUIS ANTONIO

BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. CECILIA

DEL CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013641-2

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinte

minutos del día veinticuatro de junio de dos mil catorce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de las

señoritas LUCINDA ARELY MENDOZA PEREZ y GLORIA ESTELA

MENDOZA PEREZ, la herencia intestada que a su defunción dejó el

causante señor WILLIAN ALEXANDER PEREZ, quien fue de veintidós

años de edad, jornalero, originario de Guadalupe, departamento de San

Vicente, fallecido a las veintidós horas cincuenta minutos del día vein-

tiocho de mayo del dos mil doce, en la fi nca Lito Argueta, Las Moras,

Cantón Agua Agria, del municipio de Guadalupe, lugar de su último

domicilio, como cesionarias del derecho hereditario que en la sucesión

del causante le correspondía a la señora BLANCA LILIAN MELIDA

PEREZ VIUDA DE MENDOZAo BLANCA LILIAN MELIDA PEREZ

MARROQUIN, ésta en su calidad de madre del referido causante. Y se

ha nombrado a las aceptantes, administradoras y representantes, interinas

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas

treinta minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil catorce.

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN

MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013654-2

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a

las catorce horas y quince minutos del día veinte de junio del presente

año, fue aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó la causante PETRONA RAMÍREZ

VIUDA DE RAMÍREZ, quien falleció el día once de diciembre de dos

mil ocho, a la edad de setenta y seis años, ama de casa, viuda, originaria

de San Sebastián, Departamento de San Vicente, siendo esta Ciudad y

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

Departamento, su último domicilio; de parte de los señores GLORIA

RAMÍREZ RAMÍREZ, BLANCA ANTONIA RAMÍREZ RAMÍREZ, ahora BLANCA ANTONIA RAMÍREZ DE HENRÍQUEZ, TEODO-LINA MARTÍNEZ DE CARPIO, y GEREMÍAS ALVARADO, con Números de Identifi cación Tributaria en el orden respectivo la primera: cero quinientos nueve – doscientos un mil ciento cincuenta y cinco – cero cero uno – tres, la segunda: cero quinientos nueve –ciento veintiún mil ciento sesenta y uno – ciento uno – ocho; la tercera: cero novecientos tres – ciento setenta mil novecientos cuarenta y ocho – cero cero dos – dos y el último: cero novecientos tres – ciento sesenta mil quinientos cincuenta y dos – cero cero uno - cinco; los cuatro en su calidad de herederos testamentarias por ser hijos de la causante PETRONA RA-MÍREZ VIUDA DE RAMÍREZ, y el último además como cesionario de los derechos hereditarios que como herederos testamentarios les correspondían a los señores Ana Cecilia Ramírez Ramírez, ahora Ana Cecilia Ramírez de Torres, María del Carmen Ramírez Ramírez ahora María del Carmen Ramírez de Alfaro, Manuel Antonio Ramos Ramírez conocido por Andrés Ramírez Ramírez, Rosa Haydee Garzón conocida por Rosa Haydee Ramírez Ramírez, y por Rosa Haide Ramírez, Juan Antonio Ramírez Domínguez, Griselda Massiel Ramírez Guadrón, Lucky Santageluz Ramírez Guadrón, Roque Andrés Ramírez Guadrón, Manuel Armando Ramírez Ramírez, Roberto Ramírez Ramírez y Pedro Ramírez Ramírez. Lo anterior según Cesiones de Derechos Hereditarios la primera cesión otorgada en esta Ciudad, a las diecinueve horas del día dieciséis de abril del dos mil diez, la segunda Cesión otorgada en esta misma Ciudad, a las catorce horas y treinta minutos del día veintitrés de mayo de dos mil diez; la tercera cesión otorgada en esta Ciudad, a las once horas y treinta minutos del día quince de octubre de dos mil trece, y la cuarta cesión otorgada en esta Ciudad, a las diecinueve horas del día veinticuatro de enero del presente año, las dos primeras otorgadas ante los ofi cios de la notaria ANA LILIAN LÓPEZ PALOMO, y las dos últimas ante los ofi cios de la notaria ANA ISABEL DURAN DE MALDONADO; confi riéndose a los herederos declarados la ADMINIS-TRACION Y REPRESENTACION INTERINA de la sucesión referida, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, de conformidad a lo establecido en el Art. 1163 Inc. 1° del Código Civil; Citándose a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días posteriores a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los veinte días del mes de junio de dos mil catorce. LICDA. DIGNA GLADIS MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013665-2

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas con treinta y cinco minutos del día once de junio del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente la Herencia Intestada con Benefi cio de Inventario que a su defunción dejara el Causante FRANCISCO ALONSO GONZÁLEZ, conocido FRANCISCO ALONSO GONZÁLEZ ALFARO y FRANCISCO ALFONSO GONZÁLEZ ALFARO, quien falleció el día dieciséis de septiembre del año dos mil diez, en Cantón

Los Horcones, del municipio de Mercedes Umaña, departamento de Usulután, sin asistencia médica, a consecuencia de Insufi ciencia Renal; del domicilio de Mercedes Umaña, departamento de Usulután; de parte de la señora DOLORES DE LA CRUZ GONZÁLEZ DE PANIAGUA, con Documento Único de Identidad número 02275720-9; y con Número de Identifi cación Tributaria 1111-100570-102-1; en su calidad de hija del referido Causante, y como cesionaria de los derechos Hereditarios que en abstracto le correspondían al señor MIGUEL ANGEL GONZÁLEZ MENDOZA, quien también era hijo del referido Causante, de los bienes que a su defunción dejara el de cujus; confi riéndole a la aceptante la Ad-ministración y Representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, de conformidad a lo establecido en el Artículo 1163 del Código Civil.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que den-tro del término de Ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus derechos, lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Berlín, a los veinticinco días del mes de febrero del año dos mil cator-ce. LICDA. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013679-2

RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRERAS, Juez de Primera Instancia de la ciudad de Armenia, Sonsonate.

HACE SABER: Que a las 12:30 horas de este día se emitió re-solución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por Arturo Hernández c/p Arturo Hernández Pintín y por Arturo Pintín Hernández, quien falleció a consecuencia de insufi ciencia renal, el día 18 de abril de 2004, a la edad de 67 años de edad, salvadoreño, casado, agricultor en pequeño, hijo de Angela Hernández Aguilar y padre desconocido, originaria y con último domicilio en cantón "San Lucas", Cuisnahuat, Sonsonate, de parte de Marcelina Ramírez viuda de Hernández, María Teresa Hernández de Herrera, Ernestina Hernández de Clara, Dolores Hernández de Rosales, Elías Hernández Ramírez, Abraham Hernández Ramírez, Malquias Hernández Ramírez, Juana Esperanza Hernández Ramírez y Santos Eulalia Hernández Ramírez, la primera cónyuge sobreviviente y los restantes hijos sobrevivientes del de cujus.

Se nombró interinamente a las personas ya referidas administra-dores y representantes de la sucesión de la causante, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público en general para que todo aquél que se crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto en el Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia, Sonsonate, a los diecinueve de mayo del año dos mil catorce. LIC. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013698-2

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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

DINORA BERNARDA GONZÁLEZ DE CONTRERAS, Notaria, del

domicilio de esta ciudad, con Despacho Jurídico ubicado en Avenida

Doctor Emilio Álvarez, Edifi cio López Bertrand, Número 213, Tercer

Nivel, Local 33, Colonia Médica, de esta ciudad, al público para los

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita, pronunciada a las

catorce horas del día veintitrés de junio de dos mil catorce, se ha tenido

por ACEPTADA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la Herencia

Intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de San Salvador,

el día veintinueve de junio del año dos mil, dejara el señor VICENTE

ESCALANTE LÓPEZ, conocido por VICENTE ESCALANTE y por

VICENTE CRUZ ESCALANTE, casado, zapatero, quien falleció a

la edad de ochenta y ocho años, en la ciudad de San Salvador, el día

veintinueve de junio del año dos mil, siendo su último domicilio, la

ciudad de Mejicanos, departamento de San Salvador, con Cédula de

Identidad Personal número cero uno - cero tres - cero cero uno uno cinco

uno dos, sin Carné de Identifi cación Tributaria; de parte de la señora

MARIA ISABEL MOLINA DE ESCALANTE, conocida por MARIA

YSABEL MOLINA DE ESCALANTE, MARIA ISABEL MOLINA,

ISABEL MOLINA y por MARIA YSABEL MOLINA, de ochenta y ocho

años de edad, de las atenciones del hogar, del domicilio de Mejicanos,

departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad

número cero un millón ochocientos diez mil novecientos catorce - tres, y

Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos ocho - cero treinta

mil novecientos veinticinco - ciento uno - uno, en calidad de cónyuge del

de cujus y como Cesionaria del Derecho Hereditario que en la sucesión

del causante mencionado, les correspondía a los señores GENARO

MAURICIO ESCALANTE MOLINA, de setenta y un años de edad,

Licenciado en Economía, con Documento Único de Identidad número

cero un millón quinientos treinta y siete mil seiscientos ochenta y ocho-

cero; JOAQUÍN VICENTE ESCALANTE MOLINA, de sesenta y tres

años de edad, Ingeniero Industrial, con Documento Único de Identidad

número cero cero trescientos treinta y cinco mil cuatrocientos sesenta

y cinco - dos y Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos

catorce - doscientos sesenta mil setecientos cincuenta - cero cero

dos - tres; LUIS ENRIQUE ESCALANTE MOLINA, de sesenta y

dos años de edad, Licenciado en Contaduría Pública, con Documento

Único de Identidad número cero tres millones cuatrocientos noventa y

nueve mil setecientos noventa y cuatro - seis y Número de Identifi cación

Tributaria cero seiscientos catorce - trescientos diez mil ochocientos

cincuenta y uno - cero cero cinco - cero; y a las señoras VIDALIA ISA-

BEL ESCALANTE MOLINA, de sesenta años de edad, Ofi cinista, con

Documento Único de Identidad número cero tres millones novecientos

cinco mil novecientos noventa y cinco - cinco; ANA SILVIA FREMIOT

ESCALANTE MOLINA, de cincuenta y siete años de edad, Licenciada en

Administración de Empresas, con Documento Único de Identidad número

cero un millón setecientos cuarenta y seis mil setecientos uno- nueve y

Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- doscientos

diez mil ochocientos cincuenta y seis - cero once - nueve; CRISTINA

ROSA ARELY ESCALANTE MOLINA, de cincuenta y seis años de

edad, Licenciada en Administración Pública, del domicilio de la ciudad

de Los Ángeles Estado de California, Estados Unidos de América, con

Documento Único de Identidad número cero cero doscientos cincuenta y

seis mil ochocientos cuarenta y nueve - cuatro y Número de Identifi cación

Tributaria cero seiscientos catorce - doscientos mil ciento cincuenta y ocho

- cero cero cinco - cero; DOLORES CECILIA ESCALANTE MOLINA,

de cincuenta y cuatro años de edad, Secretaria, con Documento Único

de Identidad número cero cero cuatrocientos siete mil ciento sesenta

y nueve - siete y Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos

ocho - doscientos cincuenta mil doscientos sesenta - cero cero seis - siete;

GLADIS FELISA ESCALANTE MOLINA, de cincuenta y cuatro años

de edad, Secretaria, con Documento Único de Identidad número cero

cero trescientos cincuenta y cinco mil seiscientos setenta y dos - cinco

y Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos ocho- doscientos

cincuenta mil doscientos sesenta - cero cero cuatro - tres; y BLANCA

ALICIA ESCALANTE MOLINA conocida por MODESTA BLANCA

ALICIA ESCALANTE MOLINA, de cincuenta y tres años de edad,

Doctora en Cirugía Dental, con Documento Único de Identidad número

cero cero ciento cincuenta y cuatro mil cuatrocientos tres - uno; todos los

cedentes son del domicilio de Mejicanos, departamento de San Salvador,

a excepción de la señora Cristina Rosa Arely Escalante Molina; en ca-

lidad de hijos sobrevivientes del causante, confi riendo a la aceptante la

Administración y Representación Interina de la Herencia Intestada, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia para que se presenten a la mencionada

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente Edicto.

Librado en la ofi cina de la Notaria DINORA BERNARDA

GONZALEZ DE CONTRERAS, en la ciudad de San Salvador, a los

veinticuatro días del mes de junio de dos mil catorce.

DINORA BERNARDA GONZALEZ DE CONTRERAS,

NOTARIA.

3 v. alt. No. F013716-2

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

CARLOS GILBERTO PORTILLO, Notario, de este domicilio, con ofi -

cina en Edifi cio Ciento Veintinueve, Segunda Avenida Norte o Avenida

Monseñor Oscar Arnulfo Romero, Número Ciento Veintinueve, Segunda

Planta, Local Doscientos Dieciséis, San Salvador.

AVISA: Que por resolución dictada por el Suscrito, a las quince

horas del día cinco de junio, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción

dejó la causante señora MARIA TERESA AGUIRRE CAMPOS VIUDA

DE AVILES, defunción ocurrida el día veintitrés de julio del año dos

mil doce, en el Hospital General del Seguro Social de la ciudad de San

Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de Ilopango, Departamento

de San Salvador, al señor JOSE HECTOR AVILES AGUIRRE, en su

concepto de hijo y de heredero testamentario de la de Cujus; a quien se

ha conferido la administración y representación interina de los bienes

de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

Lo que hace saber para los efectos legales subsiguientes.

San Salvador, cinco de junio de dos mil catorce.

CARLOS GILBERTO PORTILLO,

NOTARIO.

3 v. c. No. F013903-2

HERENCIA YACENTE

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado

a las doce horas cincuenta minutos del día once de marzo de dos mil

catorce, se declaró YACENTE LA HERENCIA INTESTADA que a

su defunción ocurrida el día seis de abril de dos mil uno, en la ciudad

y departamento de San Salvador, dejó el causante señor GUILLERMO

IRAHETA RODRIGUEZ, siendo su último domicilio la ciudad de

Ilopango; y se nombró curador para que le represente al Licenciado

RENY FRANCISCO CORNEJO ROSALES.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: a las nueve horas

cuarenta minutos del día veinte de marzo de dos mil catorce. LICDA.

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL (2).

LIC. LUIS ROBERTO REYES ESCOBAR, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. F013673-2

TÍTULO DE PROPIEDAD

JESÚS ANTONIO SORIANO HERNÁNDEZ, ALCALDE MU-

NICIPAL DE CONCEPCIÓN QUEZALTEPEQUE, CHALATE-

NANGO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó el señor MIGUEL

ALFONSO LÓPEZ FUENTES, de treinta y seis años de edad, comer-

ciante, del domicilio de Concepción Quezaltepeque, Departamento

de Chalatenango, con Documento Único de Identidad número cero

cuatro millones trescientos sesenta y siete mil ciento veintidós - dos,

con Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos seis - cero

cuarenta mil quinientos setenta y ocho - ciento uno - cinco; a solicitar

TÍTULO DE PROPIEDAD, de Un inmueble de naturaleza URBANA,

ubicado en el Barrio El Centro, Avenida Principal Sur y Segunda Calle

Poniente, de esta jurisdicción, del cual es dueño y actual poseedor en

forma quieta, exclusiva, pública, pacífi ca, de buena fe, sin interrupción

de ninguna persona o autoridad de la República, y que su posesión unida

a la de su antecesor suma más de diez años consecutivos, el inmueble

tiene un área superfi cial de NOVENTA Y SEIS PUNTO CUARENTA

Y CINCO METROS CUADRADOS, cuya descripción es la siguiente:

AL NORTE, partiendo del vértice nor-poniente donde se localiza el

mojón número uno al mojón dos, un tramo recto sur sesenta y siete

grados doce minutos treinta y nueve segundos este, con una distancia

de once punto cuarenta y nueve metros, colinda con propiedad de Marta

Alicia López de Pérez, pared de adobe de por medio propia del inmueble

que se describe; AL ORIENTE, del mojón dos al mojón tres, un tramo

recto sur veinte grados once minutos cero cero segundos oeste, con una

distancia de siete punto ochenta y nueve metros, colinda con propiedad

de Willian Soto, Calle Pública de por medio y pared de adobe propia del

inmueble que se describe; AL SUR, está formado por tres tramos así:

tramo uno del mojón tres al mojón cuatro norte sesenta y siete grados

veintisiete minutos treinta y siete segundos oeste con una distancia de

ocho punto diez metros, tramo dos del mojón cuatro al mojón cinco sur

veintidós grados cero cero minutos cincuenta y cinco segundos oeste

con una distancia de uno punto doce metros, tramo tres del mojón cinco

al mojón seis norte sesenta y ocho grados veintiocho minutos cincuenta

y seis segundos con una distancia de tres punto setenta y tres metros,

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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

colinda con Nicolás Alberto Fuentes y Mercado Municipal, Calle Pública

de por medio y pared de ladrillo propia del inmueble que se describe;

y AL PONIENTE, un tramo recto del mojón seis al mojón uno norte

veintidós grados treinta y siete minutos diecinueve segundos este con

una distancia de nueve punto doce metros, hasta llegar al punto donde se

inició la presente descripción, colinda con propiedad de Cecilia Fuentes,

pared de adobe de por medio propia del inmueble que se describe. El

referido inmueble lo adquirió por donación que le hizo de forma verbal

el anterior poseedor señor Nicolás Alberto Fuentes, quien ya falleció,

según Escritura de Declaración Jurada de Posesión Material de Inmueble,

otorgada en la Ciudad y Departamento de San Salvador, a las ocho horas

del día treinta de abril de dos mil catorce, ante los ofi cios notariales de

WILSON FRANCISCO FLORES ZELADA. Dicho inmueble lo valúa en

la suma de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA; y careciendo de antecedente inscrito en el correspondiente

Registro de Propiedad Raíz e Hipotecas.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley consiguien-

tes.

Dado en la Alcaldía Municipal de Concepción Quezaltepeque,

Chalatenango, a los veintitrés días del mes de junio del dos mil catorce.

ING. JESÚS ANTONIO SORIANO HERNÁNDEZ, ALCALDE MUNI-

CIPAL. LICDA. BRENDA ELIZABETH GALDÁMEZ ZAMORA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F013471-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se presentó María Isabel

Rodríguez de Salguero, de noventa y cinco años de edad, ama de casa,

del domicilio de San Rafael, departamento de Chalatenango, con Docu-

mento Único de Identidad cero uno seis tres seis uno seis cuatro - dos,

con Número de Identifi cación Tributaria cero cuatro tres uno - dos cero

uno uno uno ocho - uno cero uno - uno, solicitando se le extienda a su

favor, Título de Propiedad de un inmueble urbano ubicado en el Barrio El

Centro, Avenida Roosevelt, y Calle Delgado, Número s/n, jurisdicción de

San Rafael, departamento de Chalatenango, de una extensión superfi cial

de cuatrocientos sesenta y nueve punto veintiocho metros cuadrados,

de las medidas y colindancias siguientes: al ORIENTE: mide dieciocho

metros, colinda con María Luisa Hernández de Paulson y James Russell

Paulson, Avenida Roosevelt de por medio, al NORTE: mide veintisiete

punto cincuenta metros, colinda con Vilma Jovita Gutiérrez Escobar,

al PONIENTE: mide dieciocho metros, colinda con Mario Enrique

Rivera, y al SUR: mide veintisiete punto cincuenta metros, colinda con

propiedad de Luis Américo Rivera Guardado, Calle Delgado de por

medio. No es dominante, ni sirviente, no tiene cargas o derechos reales

de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie. Lo adquirió por

Herencia del señor Juan Miguel Salguero, según escritura pública de

Protocolización de Declaratoria de Heredera a su favor, número setenta

y nueve, otorgada en la ciudad de San Salvador, departamento de San

Salvador, el día ocho de febrero de dos mil catorce, ante los ofi cios de

la notario Elsa Yaneth Vaquerano Amaya. Lo valora en la cantidad de

UN MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA ($1,500.00).

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: San Rafael, departamento de Chalatenango,

veinte de junio de dos mil catorce. ROBERTO ALIRIO GUARDADO

OLIVA, ALCALDE MUNICIPAL. MANUEL DE JESÚS CHACÓN,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F013508-2

TÍTULO SUPLETORIO

LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de

Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de

Ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General

Judicial de la señora EUGENIA VIGIL VIGIL, a solicitar a favor de ésta

TÍTULO SUPLETORIO, sobre: Un terreno de naturaleza rústica, situado

en el Caserío El Barrial, Cantón Cerro Pando, Municipio de Meanguera,

Departamento de Morazán, de la extensión superfi cial de CUATRO MIL

CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO CUARENTA Y

OCHO METROS CUADRADOS, que mide y linda: al NORTE, ochenta

y siete punto ochenta metros con terrenos de los señores Juan Argueta y

Colombo Argueta; al ORIENTE, noventa punto sesenta y tres metros,

con terreno del vendedor Luis Beltrán Díaz Ramos; al SUR, quince punto

sesenta metros, con terreno de Luis Ramos, calle vecinal de por medio

que de Meanguera conduce al Mozote; y al PONIENTE, ciento cuarenta

punto treinta y cuatro metros, con terreno de Isabel Chicas. Lo valora

en la cantidad de UN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA; y lo adquirió por compra venta verbal de la posesión

material que le efectuó el señor LUIS BELTRAN DIAZ RAMOS.

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, a las diez horas y veintiocho minutos del día veinte de junio de

dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ

2°. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS

DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002869-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZÁN, AL PÚBLICO PARA EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como apoderado General

Judicial del señor HECTOR BALMORIS HERNANDEZ, a solicitar a

favor de éste TÍTULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica,

situado en el Cantón San Lucas, municipio de Gualococti, departamento

de Morazán, de la extensión superfi cial de DOS MIL CUATROCIEN-

TOS VEINTISIETE PUNTO CINCUENTA Y CUATRO METROS

CUADRADOS, que tiene la siguiente descripción técnica: Se inicia en

el vértice Norponiente y en sentido horario dice: AL NORTE, consta de

cinco tramos así: Tramo uno, del mojón uno al mojón dos, distancia de

ocho punto sesenta y siete metros, rumbo Norte treinta y cinco grados

cero seis minutos treinta y cinco segundos Este; Tramo dos, del mojón

dos al mojón tres, distancia de cuatro punto veinticuatro metros, rumbo

Norte cincuenta y dos grados cero siete minutos cero seis segundos Este;

Tramo tres, del mojón tres al mojón cuatro, distancia de cuatro punto

treinta y ocho metros, rumbo Norte sesenta y nueve grados cuarenta y

nueve minutos cuarenta y un segundos Este; Tramo cuatro del mojón

cuatro al mojón cinco, distancia de treinta y nueve punto treinta y nueve

metros, rumbo Sur ochenta y seis grados cero un minutos diez segundos

Este; y Tramo cinco, del mojón cinco al mojón seis, distancia de ocho

punto veintisiete metros, rumbo Norte treinta y tres grados treinta y

tres minutos cuarenta y nueve segundos Este, lindan con terreno de

Lucía Gómez; AL ORIENTE, consta de cinco tramos así: Tramo uno,

del mojón seis al mojón siete, distancia de veintiuno punto veinticinco

metros, rumbo Sur treinta y dos grados once minutos cincuenta y tres

segundos Este; Tramo dos, del mojón siete al mojón ocho, distancia de

diez punto sesenta y tres metros, rumbo Sur cero cinco grados cuarenta

y tres minutos treinta y seis segundos Este; Tramo tres, del mojón ocho

al mojón nueve, distancia de doce punto veinticuatro metros, rumbo Sur

once grados cero un minutos cincuenta segundos Este; Tramo cuatro, del

mojón nueve al mojón diez, distancia de siete punto cincuenta metros,

rumbo Sur veintitrés grados treinta y un minutos treinta y seis segundos

Este; y Tramo cinco, del mojón diez al mojón once, distancia de siete

punto cuarenta y seis metros, rumbo Sur veintiséis grados cero siete

minutos treinta y cuatro segundos Este, lindan con terreno de Florinda

Gómez, calle de por medio que de Gualococti conduce a la Carretera

Longitudinal del Norte; AL SUR, consta de tres tramos así: Tramo uno,

del mojón once al mojón doce, distancia de ocho punto cincuenta y dos

metros, rumbo Norte ochenta y ocho grados veintiséis minutos cuarenta

y un segundos Oeste; Tramo dos, del mojón doce al mojón trece, distan-

cia de ocho punto cincuenta y dos metros, rumbo Norte ochenta y siete

grados cero cuatro minutos treinta y dos segundos Oeste; y Tramo tres,

del mojón trece al mojón catorce, distancia de ocho punto cincuenta y

dos metros, rumbo Norte setenta y ocho grados cuarenta y un minutos

cuarenta y cinco segundos Oeste, lindan con terreno de Miguel Ángel

Pérez; y AL PONIENTE, consta de siete tramos así: Tramo uno, del

mojón catorce al mojón quince, distancia de diez punto veinte metros,

rumbo Norte sesenta y seis grados treinta y tres minutos cuarenta y dos

segundos Oeste; Tramo dos, del mojón quince al mojón dieciséis, distancia

de diez punto cinco metros, rumbo Norte sesenta y nueve grados trece

minutos cero dos segundos Oeste; Tramo tres, del mojón dieciséis al

mojón diecisiete, distancia de uno punto cuarenta y cinco metros, rumbo

Norte cincuenta y seis grados cero seis minutos cuarenta y tres segundos

Oeste; Tramo cuatro, del mojón diecisiete al mojón dieciocho, distancia

de dieciocho punto veintiocho metros, rumbo Norte cincuenta y seis

grados diez minutos cuarenta y seis segundos Oeste, lindan con terreno

de Antonio Amaya, Carretera Longitudinal del Norte de por medio;

Tramo cinco, del mojón dieciocho al mojón diecinueve, distancia de

diez punto noventa y cinco metros, rumbo Norte treinta y cuatro grados

veintitrés minutos diecisiete segundos Oeste; Tramo seis, del mojón

diecinueve al mojón veinte, distancia de diez punto sesenta y cuatro

metros, rumbo Norte cuarenta y cuatro grados cuarenta y seis minutos

cincuenta y nueve segundos Oeste; y Tramo siete, del mojón veinte al

mojón uno, distancia de tres punto treinta y seis metros, rumbo Norte

sesenta y ocho grados cero tres minutos veinte segundos Oeste, linda

con terreno de Ana Vilma Pérez, Carretera Longitudinal del Norte de

por medio. Dicho inmueble lo adquirió por compra verbal de Posesión

material que le hizo a la señora RITA ENRIQUE REYES HERNANDEZ;

se estima en el precio de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Departamento de Morazán, a los veinticinco días del mes de junio

del dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,

JUEZ 2°. DE 1a. INSTANCIA. LIC. CARLOS AMILCAR PINEDA

NOLASCO, SECRETARIO INTERINO.

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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN MIGUEL: AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado los licen-

ciados JOSE SAUL CARRANZA POSADA y DAYSI ELIZABETH

CARRANZA RIVERA, en calidad de apoderados generales judiciales

del señor RODOLFO MARTIN CASTELLON FUNES, solicitando

título supletorio sobre un inmueble de naturaleza rústica, situado en el

Cantón Las Mesas, municipio de Sesori, departamento de San Miguel,

con una extensión superfi cial de dieciséis mil ciento veintisiete punto

treinta y nueve metros cuadrados, equivalentes a dos manzanas, tres

mil setenta y cinco punto cincuenta y dos varas cuadradas, la presente

descripción se inicia en el vértice noroeste partiendo su sentido horario,

con coordenadas geodésicas NORTE doscientos ochenta y nueve mil

trescientos doce punto cuarenta y dos metros; ESTE quinientos setenta

y dos mil ochocientos veintiséis punto treinta y cuatro metros, LINDE-

RO NORTE: está formado por tres tramos por los siguientes rumbos

y distancias: del mojón uno al mojón dos con rumbo sur, cincuenta y

tres grados cuarenta y cinco minutos cincuenta y seis segundos, Este,

una distancia de cuarenta punto sesenta y tres metros; del mojón dos al

mojón tres, con rumbo sur sesenta y un grados dieciocho minutos treinta

y seis segundos, este y una distancia de cuarenta y ocho punto setenta

y seis metros; del mojón tres al mojón cuatro con rumbo sur setenta y

dos grados, cincuenta y nueve minutos, veintiséis segundos, este y una

distancia de setenta y ocho punto cuarenta y seis metros; colindando

en estos tramos con inmuebles propiedad de ISIDRO ORELLANA

SEGOVIA, con lindero de cerco de púas llegando así al vértice noreste.

LINDERO ORIENTE: Está formado por diez tramos, con los siguientes

rumbos y distancias, del mojón cuatro al mojón cinco con rumbo sur

quince grados cincuenta y cinco minutos, veintidós segundos oeste, y una

distancia de veintiuno punto treinta y cuatro metros, del mojón cinco al

mojón seis, con rumbo sur quince grados, dieciocho minutos, cuarenta

y nueve segundos, oeste, y una distancia de cinco punto trece metros;

del mojón seis al mojón siete con rumbo sur diecisiete grados, cuarenta

minutos, cuarenta y ocho segundos, oeste, y una distancia de cuatro punto

setenta y cuatro metros; del mojón siete al mojón ocho, con rumbo sur

veinte grados, cincuenta y nueve minutos, treinta y tres segundos, oeste,

y una distancia de diez punto sesenta y nueve metros; del mojón ocho

al mojón nueve con rumbo sur treinta y tres grados, veintiún minutos,

veintiséis segundos, oeste y una distancia de doce punto dieciocho metros;

del mojón nueve al mojón diez, con rumbo sur cuarenta y cinco grados,

cuarenta y cuatro minutos veinte segundos, oeste, y una distancia de

catorce punto sesenta y cuatro metros; del mojón diez al mojón once,

con rumbo sur cuarenta y un grados, cero siete minutos cuarenta y ocho

segundos oeste, y una distancia de cuatro punto setenta y tres metros;

del mojón once al mojón doce, con rumbo sur cincuenta y tres grados,

treinta y seis minutos, diecisiete segundos, oeste y una distancia de tres

punto diecinueve metros, del mojón doce al mojón trece, con rumbo sur

veintiocho grados, cincuenta y tres minutos, cuarenta y nueve segundos,

oeste y una distancia de nueve punto setenta metros; del mojón trece al

mojón catorce, con rumbo sur cincuenta grados, cuarenta y seis minutos,

cuarenta y nueve segundos, oeste, y una distancia de catorce punto cero uno

metros; colindando en estos tramos, con inmueble propiedad de ANGEL

MEDINA GUEVARA, con camino vecinal, de por medio, llegando así

al vértice Sur este. LINDERO SUR: está formado por siete tramos, con

los siguientes rumbos y distancias: del mojón catorce al mojón quince

con rumbo norte, sesenta y un grados, cero cero minutos cincuenta y

nueve segundos, oeste, y una distancia de sesenta y cinco punto treinta

metros; del mojón quince al mojón dieciséis con rumbo norte sesenta

y cuatro grados, catorce minutos cuarenta y tres segundos, oeste y una

distancia de veintisiete punto noventa y tres metros; del mojón dieciséis

al mojón diecisiete con rumbo norte, sesenta y cuatro grados, cuarenta

y ocho minutos diez segundos, oeste y una distancia de dieciséis punto

cincuenta metros; del mojón diecisiete al mojón dieciocho, con rumbo

norte sesenta y cuatro grados, catorce minutos, cero nueve segundos oeste

y una distancia de dieciséis punto cero ocho metros; del mojón dieciocho

al mojón diecinueve con rumbo norte cuarenta y tres grados, cincuenta

y cuatro minutos, cuarenta segundos oeste y una distancia de uno punto

cincuenta y cinco metros; del mojón diecinueve al mojón veinte, con

rumbo norte setenta y un grados, dieciséis minutos, cero ocho segundos,

oeste y una distancia de dieciocho punto treinta y siete metros; del mojón

veinte al mojón veintiuno con rumbo norte, sesenta y cinco grados doce

minutos, diez segundos oeste y una distancia de cinco punto treinta y

siete metros, colindando en estos tramos, con inmueble propiedad de la

señora GREGORIA FUNES VIUDA DE CASTELLON actualmente

propiedad del mismo titulante con lindero de cerco de púas llegando

así, al vértice sur oeste. LINDERO PONIENTE: Está formado por ocho

tramos con los siguientes rumbos y distancias: del mojón veintiuno al

mojón veintidós, con rumbo norte veintiocho grados, veinte minutos,

veintiséis segundos este, y una distancia once punto cero nueve metros;

del mojón veintidós al mojón veintitrés, con rumbo norte veinticuatro

grados, veintitrés minutos, dieciséis segundos este y una distancia de

tres punto ochenta y ocho metros; del mojón veintitrés al mojón veinti-

cuatro del rumbo norte, diecisiete grados treinta y cuatro minutos, trece

segundos este, y una distancia de quince punto cuarenta y cuatro metros,

del mojón veinticuatro al mojón veinticinco con rumbo norte veintiún

grados veintisiete minutos treinta y seis segundos este, y una distancia

de siete punto noventa y cinco metros; del mojón veinticinco al mojón

veintiséis, con rumbo norte, dieciséis grados, treinta y nueve minutos,

cero dos segundos este y una distancia de veinte punto sesenta y ocho

metros; del mojón veintiséis al mojón veintisiete con rumbo norte,

veinticuatro grados, cero cuatro minutos, treinta y dos segundos este y

una distancia de diez punto ochenta y dos metros; del mojón veintisiete

al mojón veintiocho, con rumbo norte veintitrés grados, treinta y tres

minutos cero ocho segundos este y una distancia de veintiséis punto

ochenta y tres metros; del mojón veintiocho al mojón uno, con rumbo

norte veintisiete grados cuarenta y cinco minutos once segundos este

y una distancia de diez punto sesenta y ocho metros; colindando en

estos tramos con el inmueble propiedad de TOMASA MEDRANO

HERNANDEZ, con lindero de cerco de púas, llegando así al vértice

noroeste que es donde se inició la presente descripción; se valora en la

cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA, no es dominante ni sirviente, no tiene carga ni derecho

real que pertenezca a otra persona, ni se encuentra en proindivisión con

nadie.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, San Miguel:

a los cinco días del mes de mayo de dos mil catorce.- LICDA. DIANA

LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL, SAN MIGUEL. LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA

AYALA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

3 v. alt. No. F013477-2

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

TÍTULO DE DOMINIO

DR. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR, Alcalde Municipal del

municipio y departamento de Chalatenango.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FLOR DE MA-

RIA URBINA DE LOPEZ, de veintinueve años de edad, Licenciada en

Enfermería, del domicilio de la Ciudad y departamento de Chalatenango,

con Documento Único de Identidad número cero uno cinco tres dos cero

seis dos - siete, y Número de Identifi cación Tributaria cero cuatro cero

siete - dos nueve cero siete ocho cuatro - uno cero uno - cero, en su con-

cepto SOLICITA Título de Dominio de un solar urbano, situado en Final

Pasaje Principal, Colonia Zacamil, Barrio San Antonio, jurisdicción de

la Ciudad y departamento de Chalatenango, de una Extensión Superfi cial

de CIENTO CINCUENTA Y SEIS PUNTO VEINTIUN METROS

CUADRADOS, de la descripción siguiente: Partiendo del vértice noreste

del inmueble se describen los siguientes rumbos y distancias. LINDERO

ORIENTE: Está formado por un tramo: tramo uno, sur treinta y ocho

grados, tres minutos, cincuenta y un segundos Este, con una distancia

de nueve punto setenta y seis metros, colindando con inmuebles de José

Jeremías Martínez. LINDERO SUR: Está formado por tres tramos: tramo

uno, sur cuarenta y seis grados, diecisiete minutos, cuarenta segundos

Oeste, con una distancia de cinco punto setenta metros; tramo dos, sur

cincuenta y un grados, veintiséis minutos, veintisiete segundos Oeste, con

una distancia de uno punto veinticinco metros; tramo tres, sur cincuenta

y un grados, cuarenta y dos minutos, veinticuatro segundos Oeste, con

una distancia de ocho punto setenta y cuatro metros, colindando con

inmuebles de Ricardo de Jesús Menjívar Alvarenga y de Cándida Del-

gado, calle de por medio en ambos colindantes. LINDERO PONIENTE:

Está formado por un tramo: tramo uno, norte treinta y seis grados, ocho

minutos, veintiocho segundos Oeste, con una distancia de diez punto

cero ocho metros, colindando con inmueble de Evelyn Roxana Acevedo

Monterrosa. LINDERO NORTE: Está formado por un tramo: tramo

uno, norte cincuenta grados, cincuenta y dos minutos, un segundo Este,

con una distancia de quince punto treinta y dos metros; colindando con

inmueble de Elizabeth Marisol Beltrán. Así se llega al vértice noreste

que es donde se inició la presente descripción. En el inmueble antes

descrito existen construidas dos casas de sistema mixto. El inmueble

descrito no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia ni está

en proindivisión con nadie. Lo valora en la cantidad de CINCO MIL

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo adquirió

por compra verbal que le hizo a la señora María Azucena Urbina.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal, Chalatenango, a los dieciséis días del mes de

junio de dos mil catorce.- DR. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR,

ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F013663-2

Dr. JOSÉ RIGOBERTO MEJÍA MENJÍVAR, Alcalde Municipal del

Municipio y Departamento de Chalatenango.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor

William Ovidio Gómez Ortíz, de cuarenta y cuatro años de edad, Em-

pleado, del domicilio de esta ciudad, con Documento Único de Identidad

número cero cuatro cero tres cero cinco nueve seis - uno y Número de

Identifi cación Tributaria cero cuatro cero siete – tres cero cero seis seis

nueve – uno cero uno - cinco; quien solicita Título de Dominio de un

inmueble Urbano y construcciones, situado en el Barrio El Calvario,

pasaje 3, de esta ciudad, de la extensión superfi cial de DOSCIENTOS

OCHO METROS CUADRADOS, de la descripción siguiente: LINDERO

NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo

con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, sur cincuenta y dos

grados, doce minutos, once punto setenta y tres segundos Este, con una

distancia de siete punto ochenta y siete metros; colinda con inmueble

de Celestina Menjívar, con pared de ladrillo propio del titulante; LIN-

DERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado por

cuatro tramos con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, sur

veinticinco grados, diecinueve minutos, cuarenta y nueve segundos

Oeste, con una distancia de seis punto setenta y dos metros; tramo dos,

sur veinticuatro grados, cuarenta y tres minutos, treinta y siete punto,

mide veintitrés metros setenta y ocho centímetros colinda con el resto del

inmueble mayor de donde se segregó el que se describe, propiedad del

señor EZEQUIEL ORELLANA, tapial de ladrillo propio del inmueble

que se describe; AL SUR, mide catorce metros setenta y ocho centíme-

tros colinda con propiedad de RUBÉN GERBER SALINAS, dividido

por cerco de piedra propio del colindante y tapial de ladrillo propio del

solar que se describe. Se hace constar que este inmueble es de forma

triangular por carecer de rumbo Norte. El inmueble descrito, tiene una

casa construida de paredes de ladrillo y techo de teja y lo valúa en la

cantidad de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA. El inmueble descrito no es sirviente ni dominante, no tiene

cargas ni derechos reales que deben respetarse, ni está en proindivisión

con otra persona.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Chalatenango, a los quince días del mes de

Enero de dos mil catorce.- DR. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR,

ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F013664-2

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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014. RENOVACIÓN DE MARCAS

No. de Expediente: 2002025038

No. de Presentación: 20140200403

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

HERIBERTO REYES CISNEROS, mayor de edad, ABOGADO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de QUIMEX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: QUIMEX, S.A. DE C.V., del domicilio

de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00225 del Libro 00184 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la palabra "CIPROMED"; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diez días del mes de junio del año dos mil catorce.

PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013634-2

No. de Expediente: 2000006552

No. de Presentación: 20130185893

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado GERMAN

MARON GARCIA, mayor de edad, COMERCIANTE, del domicilio de

SAN SALVADOR, de nacionalidad ESPAÑOLA, actuando como APO-

DERADO de LABORATORIOS COMBISA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de San Marcos, Departamento

de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-

NOVACION, para la inscripción Número 00070 del Libro 00180 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra DICLOFAN

escrita en letras de molde, mayúsculas; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los siete días del mes de noviembre del año dos mil trece.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013682-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2014134945

No. de Presentación: 20140199927

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO

EFRAIN CISNEROS GARCIA, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Vidriería Los Angeles

Consistente en: las palabras Vidriería Los Angeles, que servirá

para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA

VENTA DE VIDRIO, ESPEJOS Y OTROS PRODUCTOS AFINES.

La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil

catorce.

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de junio del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013591-2

No. de Expediente: 2014135321

No. de Presentación: 20140201054

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALEX OMAR

CRUZ REYES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de

PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras ADDICT Sport y diseño, que al idio-

ma castellano se traducen como Adicto al Deporte, que servirá para:

IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A VENTA

DE ROPA, CALZADO Y ACCESORIOS DEPORTIVOS.

La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de mayo del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013624-2

SUBASTA PÚBLICA

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

Tribunal, por el Licenciado SAMUEL LANDAVERDE HERNANDEZ,

en su carácter de Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VI-

VIENDA, contra el señor JOSE ALFONSO RECINOS, conocido por

JOSE ALFONSO RECINOS CARCAMO, reclamándole cantidad de

dinero y costas procesales, se ha ordenado la venta en Pública Subasta

en este Tribunal de inmueble inscrito a favor de los deudores señores

señor JOSE ALFONSO RECINOS, conocido por JOSE ALFONSO

RECINOS CARCAMO, a la Matrícula número M SEIS CERO DOS

SEIS CUATRO OCHO DOS SIETE-CERO CERO CERO CERO

CERO ( M 60264827-00000 ), cuya descripción técnica es la siguiente:

Comunidad Los Santos I, Block Seis, Pasaje San Esteban, Lote número

Once, situado en la Jurisdicción de Soyapango, Departamento de San

Salvador, Departamento de San Salvador, de una extensión superfi cial

de CUARENTA METROS CUADRADOS, cuyas medidas perimetrales

son las siguientes; AL NORTE: Ocho punto cero cero metros; AL

ORIENTE: Cinco punto cero cero metros; AL SUR: Ocho punto cero

cero metros; y AL PONIENTE: Cinco punto cero cero metros, inscrito a

favor del hipotecante señor JOSE ALFONSO RECINOS, conocido por

JOSE ALFONSO RECINOS CARCAMO. Dicho inmueble se encuentra

hipotecado a favor del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, a la

Matrícula, número M SEIS CERO DOS SEIS CUATRO OCHO DOS

SIETE-CERO CERO CERO CERO CERO ( M 60264827-00000),

número Asiento Dos.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y demás

efectos legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las diez horas ocho

minutos del día veintidós de mayo de dos mil catorce.- LIC. JOSE HUGO

ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ (1) DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN

ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013462-2

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado RAMON JOSE ANDRES

MENDEZ QUINTEROS, con Número de Identifi cación Tributaria: cero

seis uno cuatro-dos cuatro cero ocho seis dos-cero cero dos-cero; como

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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL

PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma de Derecho

Público, del domicilio de San Salvador, con Número de Identifi cación

Tributaria: cero seis uno cuatro- cero siete cero cinco siete cinco-

cero cero dos-seis; contra la señora DIANA ELVIS QUINTANILLA

MONTERROSA, de diecinueve años de edad a la fecha del Contrato,

Comerciante, del domicilio de Apopa, con Número de Identifi cación

Tributaria: cero seis uno cuatro-dos siete cero uno ocho siete-uno uno

siete-uno; representada por su Curadora Ad-Lítem nombrada Licenciada

MERCEDES MARLENE MARTINEZ SALMERON, de treinta y dos

años de edad, Abogada, del domicilio de San Salvador, con Número de

Identifi cación Tributaria: uno cuatro uno ocho-dos cero uno cero ocho

cero-uno cero uno-tres; reclamándole el pago de SEIS MIL TRESCIEN-

TOS CINCUENTA Y UN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA CON VEINTITRES CENTAVOS DE DOLAR, en concepto

de capital; más intereses del SIETE PUNTO NOVENTA Y SIETE POR

CIENTO ANUAL sobre saldos insolutos desde el día veintinueve de

enero del año dos mil ocho, hasta su completo pago, y en concepto de

Primas de Seguros de Vida Colectivo, Decreciente y de daños la suma

de SESENTA Y CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA CON CATORCE CENTAVOS DE DÓLAR, comprendidas

desde el día uno de febrero del año dos mil ocho, hasta el día veinticinco

de mayo del año dos mil nueve; más costas procesales; se ha ordenado

VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha

y por el precio que oportunamente se indicará, un inmueble urbano y

construcciones que contiene marcado con el NUMERO DIECISEIS,

POLIGONO TREINTA Y DOS, PASAJE Q SUR, URBANIZACION

VALLE VERDE TERCERA ETAPA, situado en Cantón San Nicolás,

Jurisdicción de Apopa, Departamento de San Salvador; de una extensión

superfi cial de CINCUENTA METROS CUADRADOS o SETENTA Y

UNA PUNTO CINCUENTA Y CUATROS VARAS CUADRADAS, con

perimetrales así: NORTE Y SUR: diez punto cero metros; y PONIENTE

Y ORIENTE: cinco punto cero metros, según Razón y Constancia de

Inscripción el inmueble descrito es LOTE DIECISEIS, POLIGONO

TREINTA Y DOS, URBANIZACION VALLE VERDE, TERCERA

ETAPA, QUINTA DESMEMBRACION, CANTON SAN NICOLAS,

APOPA, SAN SALVADOR; Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real

Computarizado, en la Matrícula Número: SEIS CERO CERO OCHO

UNO DOS OCHO NUEVE -CERO CERO CERO CERO CERO.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas y

treinta y cinco minutos del día dos de abril del año dos mil catorce.- DRA.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. F013465-2

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado CARLOS FABREGAT

TORRENTS, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número nueve

mil cuatrocientos cuarenta y siete-doscientos setenta mil ciento setenta

y uno-ciento uno-cuatro, como Apoderado General Judicial del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria

número cero seiscientos catorce-cero setenta mil quinientos setenta y

cinco-cero cero dos-seis; contra el señor CARLOS MARTIN RAMIREZ,

conocido por CARLOS MARTIN CASTRO RAMIREZ, con Tarjeta de

Identifi cación Tributaria número cero seiscientos catorce-cero setenta mil

seiscientos setenta y dos-ciento siete-ocho, de veintidós años de edad a

la fecha del contrato, Estudiante, siendo la Ciudad de Apopa su último

domicilio conocido, actualmente de paradero ignorado, representado por

su Curadora Ad-Lítem nombrada Licenciada LUVY LESLYE RIVAS

DE CRIOLLO, de treinta y dos años de edad, Abogada, del domicilio

de Santa Tecla, con Número de Identifi cación Tributaria: cero seiscien-

tos catorce-ciento ochenta mil trescientos ochenta-ciento siete-cuatro;

reclamándole el pago de la cantidad de CINCO MIL SETECIENTOS

CATORCE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de ca-

pital; la tasa de interés convencional del siete punto noventa y siete por

ciento anual sobre saldos, adeudados, desde el veintiséis de septiembre

de dos mil siete, en adelante; y la suma de CIENTO TREINTA Y TRES

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CON SE-

TENTA CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de primas de seguros

y de daños, comprendidos desde el uno de noviembre de dos mil siete,

hasta el treinta de marzo de dos mil diez; y costas procesales reclamadas;

se ha ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo

Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, el

inmueble identifi cado como LOTE urbano y construcciones que contiene

marcado con el NUMERO CINCUENTA, GRUPO DIECISIETE, PA-

SAJE CUATRO, DEL REPARTO LOS ANGELES, JURISDICCION

DE APOPA, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, el cual tiene

un área construida de cuarenta y dos punto cincuenta metros cuadrados:

valorada en Treinta y Ocho Mil Quinientos Colones; el cual se loca-

liza y se describe así: LOTE NUMERO CINCUENTA, DEL GRUPO

DIECISIETE, PASAJE CUATRO, DEL REPARTO LOS ANGELES,

APOPA; el lote es de naturaleza urbana y en él hay construida una casa

de sistema mixto y con todos sus servicios y tiene la localización, medidas

y linderos siguientes: A partir de la intersección de la Calle Tomayate y

el Pasaje número Cuatro se mide sobre el eje del pasaje número cuatro,

ciento treinta punto cincuenta metros con rumbo Norte, cero dos grados

cuarenta y tres punto cero minutos Oeste, y con defl exión izquierda

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

de noventa grados y con distancia de dos punto cincuenta metros se

llega al esquinero Sur Oriente del lote que se describe, el cual tiene los

siguientes linderos y medidas; AL ORIENTE: con distancia de cinco

metros y rumbo Norte, cero dos grados cuarenta y tres punto cero minu-

tos Oeste, y linda con lote número diecinueve y número veintiuno, del

grupo veinte, que son o han sido propiedad de SURGE, S.A. DE C.V.,

pasaje cuatro de cinco metros de ancho de por medio; AL NORTE: con

distancia de doce metros y rumbo Sur, ochenta y siete grados diecisiete

punto cero minutos Oeste, linda con lote número cincuenta y dos, del

grupo diecisiete que es o ha sido propiedad de SURGE, S.A. DE C.V.;

AL PONIENTE: con distancia de cinco metros y rumbo Sur, cero dos

grados cuarenta y tres punto cero minutos Este, linda con lote número

cuarenta y nueve, del grupo diecisiete, que es o ha sido propiedad de

SURGE, S.A. DE C.V.; y AL SUR: con distancia de doce metros y rumbo

Norte, ochenta y siete grados diecisiete punto cero minutos Este, linda

con lote número cuarenta y ocho, del grupo diecisiete, que es o ha sido

propiedad de SURGE, S.A. DE C.V.; el lote así descrito tiene un área

de SESENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y

CINCO VARAS CUADRADAS OCHENTA Y CINCO CENTESIMOS

DE VARA CUADRADA. Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en el Sistema de Infor-

mación Registro y Catastro, Matrícula número: SESENTA MILLONES

CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS

TRES-CERO CERO CERO CERO CERO.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas

quince minutos del día catorce de marzo de dos mil catorce.- DRA.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013466-2

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Mercantil, promovido por el Licenciado NATIVIDAD DE

LEON BENITEZ, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número

cero seiscientos quince-ciento sesenta mil quinientos cuarenta y tres-

cero cero uno-cero, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador,

como Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número cero

seiscientos catorce-cero setenta mil quinientos setenta y cinco-cero

cero dos-seis; Institución de Crédito, Autónoma, de Derecho Público,

del domicilio de San Salvador; contra el señor MANUEL STANLEY

CONTRERAS SOSA, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número:

cero seiscientos dos-cero cuarenta mil novecientos setenta y seis-ciento

dos-dos, de veintidós años de edad a la fecha del contrato, Empleado,

siendo la ciudad de Apopa su último domicilio conocido, actualmente

de paradero ignorado, representado por medio de su Curador Ad-Lítem,

Licenciado MIGUEL ANGEL MERINO PALACIOS, de treinta años de

edad, Abogado, del domicilio de Mejicanos; reclamándole la cantidad

de SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CON SESENTA Y UNO

CENTAVOS DE DOLAR en concepto de capital, más el interés pactado

del NUEVE POR CIENTO ANUAL sobre saldos insolutos, contado

desde el día trece de octubre de dos mil cuatro, en adelante; la cantidad

de DOSCIENTOS CINCUENTA DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA, CON NOVENTA Y UNO CENTAVOS

DE DOLAR, en concepto de Primas de Seguro de Vida Colectivo

Decreciente y de Daños a la Propiedad, comprendidas desde el día uno

de noviembre de dos mil cuatro, hasta el veintitrés de marzo de dos mil

nueve; y costas procesales reclamadas; se ha ordenado VENDER EN

PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio

que oportunamente se indicará, un inmueble de naturaleza antes rústica,

hoy urbana, situado en el Cantón San Nicolás, Jurisdicción de Apopa,

Departamento de San Salvador; que forma parte de la Urbanización

SANTA TERESA DE LAS FLORES, identifi cado en el plano respectivo

como lote número VEINTICUATRO, del BLOCK CUATRO, PASAJE

TRES, el cual tiene una extensión superfi cial de CINCUENTA PUNTO

CERO CERO METROS CUADRADOS. Inscrito en el Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en el Sis-

tema de Información Registro y Catastro, Matrícula número SESENTA

MILLONES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO-CERO

CERO CERO CERO CERO.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas cin-

cuenta y nueve minutos del día seis de febrero de dos mil catorce.- DRA.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013467-2

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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil promovido por el Licenciado REYNALDO ALFONSO

HERRERA CHAVARRIA, con Número de Identifi cación Tributaria:

un mil doscientos diecisiete-doscientos sesenta mil doscientos setenta

y siete-ciento uno-siete; en calidad de Apoderado General Judicial con

Cláusula Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con

Número de Identifi cación Tributaria: cero seiscientos catorce-cero setenta

mil quinientos setenta y cinco-cero cero dos-seis; contra el señor JOSE

ADALBERTO PINEDA ROMERO, de veintiséis años de edad a la fecha

del mutuo hipotecario, Jornalero, del domicilio de La Libertad, con Nú-

mero de Identifi cación Tributaria: un mil doscientos cinco-ciento veinte

mil seiscientos setenta y dos-ciento uno-tres; representado por medio

de su Curador Ad-Lítem nombrado, Licenciado FAUSTO ANTONIO

GUTIERREZ MOLINA, de treinta y cinco años de edad, Abogado,

del domicilio de Santa Tecla; reclamándole el pago de NUEVE MIL

CUARENTA Y OCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR, en

concepto de capital, más intereses pactados del SEIS POR CIENTO

ANUAL sobre saldos, contados a partir del veintidós de abril del año

dos mil tres, hasta el día treinta y uno de diciembre del año dos mil

cuatro; del SIETE POR CIENTO ANUAL sobre saldos, desde el día uno

de enero del año dos mil cinco, hasta el día treinta y uno de diciembre

del año dos mil cinco, del SIETE PUNTO SETENTA Y SIETE POR

CIENTO ANUAL sobre saldos, desde el día uno de enero del año dos

mil seis, hasta el día treinta y uno de diciembre del año dos mil seis; y

del SIETE PUNTO NOVENTA Y SIETE POR CIENTO ANUAL sobre

saldos, contados a partir del día uno de enero del año dos mil siete, en

adelante; y la suma de QUINIENTOS VEINTINUEVE DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON SETENTA Y SIETE

CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de Primas de Seguro de Vida

Colectivo, Decreciente y de Daños a la Propiedad, comprendidas del día

uno de mayo del año dos mil tres, hasta el día veintiocho de mayo del año

dos mil diez, más las costas procesales; se ha ordenado VENDER EN

PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio

que oportunamente se indicará, un lote de terreno de naturaleza urbana,

marcado en el plano respectivo con el Número QUINCE DEL POLIGONO

NUMERO DOCE, PASAJE "F" PONIENTE, DE LA URBANIZACION

LOS NARANJOS, situada en Jurisdicción de Apopa, Departamento de

San Salvador; el cual tiene las medidas y linderos siguientes: Partiendo

del punto de intersección de los ejes de la Avenida Los Naranjos, y del

Pasaje "F" Poniente, se mide sobre el eje de este último una distancia

de cincuenta punto cincuenta y seis metros, con rumbo Sur, cincuenta y

tres grados treinta y tres punto noventa y un minutos Oeste, llegando así

a un punto con defl exión derecha de noventa grados y con una distancia

de dos punto cincuenta metros se localiza el esquinero Sur-Oriente del

lote cuyas medidas y linderos son: AL SUR: Línea recta de rumbo Sur,

cincuenta y tres grados treinta y tres punto noventa y un minutos Oeste,

y distancia de seis punto cero cero metros, lindando con lotes números:

doce y catorce del Polígono catorce de la misma Urbanización, Pasaje

F Poniente de cinco punto cero cero metros de ancho de por medio; AL

PONIENTE: Línea recta de rumbo Norte, treinta y seis grados veintiséis

punto cero nueve minutos Oeste, y distancia de diez punto cero cero

metros, lindando con el lote número diecisiete del Polígono doce de la

misma Urbanización; AL NORTE: Línea recta de rumbo Norte, cincuenta

y tres grados treinta y tres punto noventa y un minutos Este, y distancia

de seis punto cero cero metros, lindando con el lote número catorce del

Polígono doce de la misma Urbanización; y AL ORIENTE: Línea recta

de rumbo Sur, treinta y seis grados veintiséis punto cero nueve minutos

Este, y distancia de diez punto cero cero metros, lindando con el lote

número trece, del Polígono doce de la misma Urbanización. Llegando

así al esquinero Sur-Oriente del inmueble que fue donde dio inicio la

presente descripción. El inmueble así descrito tiene una extensión super-

fi cial de SESENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS,

equivalentes a ochenta y cinco punto ochenta y cinco varas cuadradas;

Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real Computarizado, en

la Matrícula Número: SEIS CERO CERO CINCO UNO SEIS TRES

CINCO-CERO CERO CERO CERO CERO.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y

treinta minutos del día veinticinco de abril del año dos mil catorce.- DRA.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. F013470-2

MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el JUICIO

EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por el BANCO AGRICOLA,

SOCIEDAD ANONIMA, contra el señor RAFAEL ORLANDO RO-

SALES SERVELLON, reclamándole cantidad de dólares y accesorios

de Ley, se venderá en Pública Subasta en fecha que oportunamente se

determinará en este Juzgado del bien inmueble embargado siguiente: "

Un inmueble de naturaleza urbana, según registro es rural, construcciones

que contiene marcado en el plano respectivo con el número trescientos

veintiocho, Polígono nueve, de la Urbanización ALTA VISTA, Jurisdic-

ción de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, de una extensión

superfi cial de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, cuyas

medidas perimetrales son: AL NORTE Y AL SUR: Diez metros, AL

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

ORIENTE Y PONIENTE: Siete punto cincuenta metros. Dicho inmueble

se encuentra inscrito a favor del demandado señor RAFAEL ORLANDO

ROSALES SERVELLON, bajo el número SEIS CERO CERO UNO

SIETE SIETE TRES TRES-CERO CERO CERO CERO CERO, del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento".

Se hace saber a las personas que se presente a participar a la subasta

que deberán de presentar sus respectivos documentos de Identidad, Nit.

y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,

cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento

similar

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a

las once horas con cincuenta minutos del día seis de enero de dos mil

catorce.- MSC. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS NAJARRO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013575-2

MASTER MARÍA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el JUICIO

EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por el Licenciado MARTÍN

SALVADOR MORALES SOMOZA, actuando en su calidad de Apo-

derado del BANCO PROMERICA, SOCIEDAD ANÓNIMA, contra

LA SOCIEDAD PEPINO´S, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, y los señores JOAQUÍN ROBERTO MEZA DELGADO,

JORGE FELIPE ZARRUK ZARRUK, conocido por JORGE FELIPE

ZARRUK, y ELSA MARINA BERNAL viuda DE ARTEAGA, cono-

cida por ELSA MARINA BERNAL DE ARTEAGA, reclamándoles

cantidad de dólares y accesorios de Ley, se venderá en Pública Subasta

en fecha que oportunamente se determinará en este Juzgado de los

bienes inmuebles embargados siguientes: "PRIMER INMUEBLE: Un

inmueble urbano, situado en el Condominio Urbanización Residencial

San Luis, situado en Avenida Número Uno y Boulevard Universitario

de la Urbanización Residencial San Luis, de este Departamento, y que

especialmente se describe así: APARTAMENTO NUMERO TRECE-A

del Edifi cio C-DOS del Condominio Residencial San Luis, el AREA que

le corresponde a dicho apartamento es de una Extensión Superfi cial de

CINCUENTA Y SEIS PUNTO TREINTA METROS CUADRADOS,

equivalentes a OCHENTA PUNTO CINCUENTA Y CINCO VARAS

CUADRADAS, la medida cúbica en la construcción del apartamento

es de ciento siete punto cincuenta y seis metros cúbicos, entre el nivel

del piso terminado a la losa y el cielo falso. Para la descripción nos

apoyaremos en el vértice Nor-Oeste, ya conocido en la descripción del

Edifi cio C-Dos, desde el cual se mide una distancia de veinticuatro me-

tros, con rumbo Sur, treinta grados quince punto tres décimas de minuto

Oeste, para localizar el propio vértice Sur-Oeste, del apartamento que

a continuación se describe; AL SUR, línea de dos tramos en diferentes

niveles, el primero en cero más cero cero cero, con una distancia de uno

punto noventa y ocho metros con rumbo Sur, cincuenta y nueve grados

cuarenta y cuatro punto siete décimas de minutos Este, lindando con el

Jardín del apartamento número catorce-A del mismo edifi cio C-Dos,

tapial medianero de por medio, al fi nal de esa línea subimos perpen-

dicularmente con una distancia de dos punto setenta metros y se llega

al segundo nivel cero más dos punto setenta, teniendo este tramo una

distancia de seis punto noventa y dos metros con rumbo Sur, cincuenta

y nueve grados cuarenta y cuatro punto siete décimas de minuto Este,

lindando con el apartamento número Catorce-A del mismo edifi cio

C-dos, pared medianera de por medio; AL ORIENTE, línea quebrada

compuesta de tres tramos, el primero de dos punto cuarenta y cinco metros

con rumbo Norte, treinta grados quince punto tres décimas de minuto

Este, el segundo de uno punto diez metros con rumbo Sur, cincuenta y

nueve grados cuarenta y cuatro punto siete décimas de minutos Este, el

tercero de tres punto cero cinco metros con rumbo Norte, treinta grados

quince punto tres décimas de minuto Este, lindando con el Apartamento

número Tres-A y Cuatro-A del edifi cio D-Uno del mismo Condominio,

espacio aéreo de por medio; AL NORTE, línea quebrada compuesta por

cuatro tramos, estando los tres primeros en el nivel cero más dos punto

setenta y miden el primero dos punto cincuenta y dos metros con rumbo

Norte, cincuenta y nueve grados cuarenta y cuatro punto siete décimas

de minutos Oeste, el segundo de cero punto cuarenta y cinco metros con

rumbo Norte, treinta grados quince punto tres décimas de minuto Este,

el tercero de cinco punto cincuenta metros con rumbo Norte, cincuenta

y nueve grados cuarenta y cuatro punto siete décimas de minuto Oeste,

lindando en estos tres tramos con el apartamento número Doce-A, del

mismo edifi cio C-Dos, pared medianera de por medio, al fi nal del tercer

tramo descrito bajamos perpendicularmente con una distancia de dos

punto setenta metros y se llega al nivel cero más cero cero cero, donde

se continúa con una distancia de uno punto noventa y ocho metros con

rumbo Norte, cincuenta y nueve grados cuarenta y cuatro punto siete

décimas de minutos Oeste, lindando con el jardín del apartamento número

doce-A, del mismo Edifi cio C-dos, tapial medianero de por medio; AL

PONIENTE, distancia de seis metros con rumbo Sur, treinta grados quince

punto tres décimas de minutos Oeste, lindando con los jardines de los

apartamentos tres-A y Cuatro-A del Edifi cio C-Uno, tapial medianero

de por medio. Por la parte bajo o piso linda con el apartamento número

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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

trece del mismo edifi cio, obra gruesa de por medio y por la parte alta o

cielo falso, con espacio aéreo, techo de por medio, el que se encuentra

inscrito a favor de la última de los demandados señora ELSA MARI-

NA BERNAL viuda DE ARTEAGA, conocida por ELSA MARINA

BERNAL DE ARTEAGA, por ser de su propiedad, en el Registro de la

Propiedad Raíz de la Primera Sección del Centro, del Departamento de

San Salvador, bajo el número SESENTA Y SEIS del Libro CUATRO

MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS de propiedad. "SEGUNDO

INMUEBLE: Un inmueble de naturaleza urbana, situado en la jurisdicción

de esta ciudad y Departamento, marcado como lote "B" de la zona "B",

de la Urbanización Residencial San Luis, en donde se ha desarrollado

el Proyecto de Urbanización denominado "RESIDENCIAL PINARES

DE SAN LUIS". Especialmente sobre un lote de la misma naturaleza y

construcciones de sistema mixto que contiene, marcado con el número

SESENTA Y UNO, cuya descripción técnica es la siguiente: Partiendo de

la intersección de los ejes formados por la Senda Los Pinares A y Senda

Los Pinares C, se mide sobre este último con rumbo Sur, ochenta y nueve

grados veintitrés punto un minuto Oriente, una distancia de cuarenta y

dos metros haciendo estación en este punto, se hace una defl exión de

noventa grados derecha y distancia de cuatro punto cincuenta metros se

llega al mojón número uno de donde se inicia la presente descripción.

SUR: Partiendo del mojón número uno se mide con rumbo Sur, ochenta

y nueve grados veintitrés punto un minuto Oriente, una distancia de seis

metros y se llega al mojón número dos, linda en este costado con lotes

números veinticuatro y veinticinco de Residencial Pinares de San Luis,

Senda Los Pinares C de nueve metros de ancho de por medio. PONIEN-

TE: Partiendo del mojón número dos se mide con rumbo Norte, cero

cero grados treinta y seis punto nueve minutos Oriente, una distancia de

veinte metros y se llega al mojón número tres, linda en este costado con

lote número sesenta y dos de Residencial Pinares de San Luis. NORTE:

Partiendo del mojón número tres se mide con rumbo Norte, ochenta

y nueve grados veintitrés punto un minuto Este, una distancia de seis

metros y se llega al mojón número cuatro, linda en este costado con lote

número sesenta y cinco de Residencial Pinares de San Luis. ORIENTE:

Partiendo del mojón número cuatro se mide con rumbo Sur, cero cero

grados treinta y seis punto nueve minutos Este, una distancia de veinte

metros y se llega al mojón número uno, de donde se inició la presente

descripción, linda en este costado con lote número sesenta de Residencial

Pinares de San Luis. El AREA del lote descrito es de CIENTO VEINTE

METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO SESENTA Y UNO

PUNTO SETENTA VARAS CUADRADAS, propiedad de la última de

los demandados señora ELSA MARINA BERNAL viuda DE ARTEAGA,

conocida por ELSA MARINA BERNAL DE ARTEAGA, el cual se

encuentra inscrito a su favor en el Registro de la Propiedad Raíz de la

Primera Sección del Centro, del Departamento de San Salvador, bajo

la Matrícula de Folio Real número CERO UNO-CERO CINCUENTA

MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS-CERO CERO CERO,

Asiento número CUATRO."

Se hace saber a las personas que se presente a participar a la subasta,

que deberán de presentar sus respectivos documentos de Identidad Nit.,

y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,

cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento

similar

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a

las diez horas con cinco minutos del día veintiocho de abril de dos mil

catorce.- MASTER MARÍA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE,

JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LICDA. SANDRA AMPARO

RIVAS JOYA, SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. F013652-2

REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS

AVISO

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA.

COMUNICA: Que a sus Ofi cinas ubicadas en Km. 10 carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 380800, solicitando la reposición de

dicho CERTIFICADO por DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO

42/100 (US$ 2,571.42).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

SAN FRANCISCO GOTERA , viernes 20 de junio de 2014.

MARÍA ENMA ORTIZ GOMEZ,

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.

Agencia SAN FRANCISCO GOTERA.

3 v. alt. No. C002872-2

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

AVISO

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA.

COMUNICA: Que a sus Ofi cinas ubicadas en Km. 10 carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 12964, solicitando la reposición

de dicho CERTIFICADO por UN MIL SETENTA Y SIETE 14/100

(US$1,177.14).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

SAN FRANCISCO GOTERA, Viernes 20 de junio de 2014.

MARÍA ENMA ORTIZ GÓMEZ,

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.

Agencia SAN FRANCISCO GOTERA.

3 v. alt. No. C002873-2

AVISO

EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S.A.

COMUNICA: Que a sus Ofi cinas se ha presentado el propietario

del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo # 20120064596 de Agencia

Centro, emitido el día 04/01/2010 a un plazo de 180 días el cual devenga

una tasa de interés anual del 2.50%, solicitando la reposición de dicho

Certifi cado, por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la

tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición,

se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

San Salvador, 26 de junio del dos mil catorce.

KRISTYA ISELA ACEVEDO,

SUB JEFE DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F013534-2

AVISO

SISA, VIDA, S.A., SEGUROS DE PERSONAS.

COMUNICA: Que a sus Ofi cinas ubicadas en Km. 10 ½ Carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el Asegurado por el Seguro de Vida Co-

lectivo, Póliza VIBA-74857, Certifi cado número 70709 notifi cando del

extravío de dicho certifi cado. Que por haberse extraviado el antes referido

Certifi cado, de conformidad a lo establecido en la Condición General

Vigésima Tercera, denominada "Reposición", de la Póliza arriba citada

y a lo preceptuado por el Art. 1003 del Código de Comercio, solicita la

reposición de dicho Certifi cado que originalmente fue emitido por una

suma asegurada de SIETE MIL 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA.

Por lo anterior, se hace del conocimiento del público en general,

para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después

de la tercera publicación de este aviso y sino hubiere ninguna oposición,

se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

Santa Tecla, 05 de febrero de 2014.

LICDA. BEATRIZ DE MAGAÑA,

GERENTE DE COMERCIALIZACIÓN MASIVA,

SISA, VIDA, S.A. SEGUROS DE PERSONAS.

3 v. alt. No. F013587-2

AVISO

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA.

COMUNICA: Que a sus Ofi cinas ubicadas en Km. 10 Carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 001PLA000000041, solicitando la

reposición de dicho CERTIFICADO por OCHOCIENTOS CINCUENTA

Y SIETE 88/100 (US$ 857.88).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

SAN SALVADOR, miércoles 02 de julio de 2014.

ROXANA DE ALAS,

SUBGERENTE.

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,

AGENCIA TORRE.

3 v. alt. No. F014299-2

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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE

CHIRILAGUA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licencia-

do EDWIN ALBERTO HERNANDEZ PORTILLO, mayor de edad,

Abogado, del Domicilio de San Miguel, Departamento de San Miguel,

portador de su Tarjeta de Abogado número trece mil cuarenta y uno; en su

calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de la señora

CLAUDIA LIZETH DURAN MERCADO, solicitando se le extienda

TITULO MUNICIPAL A SU FAVOR; sobre un inmueble de naturaleza

urbana, situado en el Barrio El Calvario, de la ciudad de Chirilagua,

departamento de San Miguel, en la cual existe una casa construida con

sistema mixto, con agua y luz, techo de teja, y con todos sus accesorios

de CUARENTA METROS CUADRADOS, poseyéndolo por más de

treinta años en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida, de la Capacidad

Superfi cial de CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES METROS

CUADRADOS PUNTO DIECISEIS DECIMETROS CUADRADOS

de las medidas y lindero siguientes: AL ORIENTE: Veintiocho metros,

colinda con Romilia Martínez; AL NORTE: Quince metros cuarenta y

siete centímetros, colinda con sucesión de Paula Moreno, calle pública

de por medio; AL PONIENTE: Veintiocho metros, colinda con Guiller-

mo Marcia, divididos por cerco de piedra; y AL SUR: Quince metros

cuarenta y siete centímetros, colinda con Tomás Monterrosa divididos

por cercos de piedras; que la titulante lo adquirió por Compra venta de

Posesión Material que le hizo el señor JOSE FELIX DURAN RUIZ; el

referido inmueble no es dominante, ni sirviente, no está en proindivisión

con nadie o de ajena pertenencia.

Lo que hago del conocimiento público, para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de la ciudad de Chirilagua, Departamento de San

Miguel, a los veintinueve días del mes de mayo de dos mil catorce.- JAI-

ME RAFAEL MERCADO PAIZ, ALCALDE MUNICIPAL.- SANDRA

YANIRA GARCIA DE CAMPOS, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F013546-2

MARCA DE SERVICIO

No. de Expediente: 2014135214

No. de Presentación: 20140200794

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MEYBI LORENA GONZALEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: las palabras TAXI MUJER y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIO DE TRANSPORTE. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de mayo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002883-2

No. de Expediente: 2014135627

No. de Presentación: 20140201582

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SELENE ELIZABETH PORTILLO GONZALEZ, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: las palabras CÓDIGO MÉDICO y diseño, que ser-virá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD, GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de mayo del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de mayo del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013452-2

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2014135634

No. de Presentación: 20140201595

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARIO GUILLERMO KOCH ESCOBAR, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA CUSCATLAN S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

POCKAPPS

Consistente en: la palabra POCKAPPS, que al idioma castellano se traduce como Aplicaciones Pock, que servirá para: AMPARAR: COLONIA, VASELINA, TALCO, ACEITE, SHAMPOO, ACON-DICIONADOR, JABÓN LIQUIDO, LOCIÓN, DESODORANTE, ESMALTE, REMOVEDOR DE ESMALTE PARA UÑAS, CREMA, Y POLVOS COMPACTOS, AEROSOL FIJADOR PARA CABELLO, GELATINA PARA CABELLO, TINTES PARA CABELLO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de mayo del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002877-2

No. de Expediente: 2014134938

No. de Presentación: 20140199916

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DIONIDAS CARCAMO CANALES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de GRUPO D' DICARK, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRUPO D' DICARK, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra GUANAQUITO'S y diseño, que servirá para: AMPARAR: CALZADO. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día nueve de abril del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002882-2

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

No. de Expediente: 2014134943

No. de Presentación: 20140199925

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO

EFRAIN CISNEROS GARCIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO.

Consistente en: las palabras vidriería los angeles y diseño, que

servirá para: AMPARAR: VIDRIO PARA VENTANAS Y PUERTAS,

MARCOS DE VIDRIO PARA VENTANAS Y PUERTAS, VIDRIO

ARMADO, ENTREPAÑOS, VIDRIERIA DE COLORES, VIDRIO

AISLANTE, Clase: 20.

La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de junio del año dos mil catorce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013593-2

No. de Expediente: 2013130132

No. de Presentación: 20130189771

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALEX OMAR

CRUZ REYES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de

PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras DUBAI y diseño, que servirá para:

AMPARAR: CALZADO Y ROPA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de septiembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de mayo del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013625-2

No. de Expediente: 2014135709

No. de Presentación: 20140201732

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE

ALBERTO VILLEGAS PINEDA, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras FLYBOARD EXTREME y diseño,

se traduce al castellano la palabra extreme como: Extrema, que servirá

para: AMPARAR: ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.

Clase: 41.

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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de mayo del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de junio del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013627-2

No. de Expediente: 2014134605

No. de Presentación: 20140199331

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

HERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADO

de FAMOLCAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: FAMOLCAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: PAN;

GALLETAS; PASTELES Y REPOSTERIA. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de junio del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013630-2

No. de Expediente: 2014134637

No. de Presentación: 20140199394

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

HERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADO

de FAMOLCAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

que se abrevia: FAMOLCAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra PARAISO y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PAN; GALLETAS; PASTELES Y REPOSTERIA.

Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de junio del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013632-2

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

No. de Expediente: 2014134641

No. de Presentación: 20140199399

CLASE 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS

ALONSO VALIENTE DE ALARCON, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de HEALTHCO PRODUCTS, SOCIEDAD ANONI-

MA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en la palabra Nutrimiel y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS,

PRODUCTOS HIGIENICOS PARA LA MEDICINA, SUSTANCIAS

DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO Y ALIMENTOS PARA BEBES.

Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de junio del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013683-2

No. de Expediente: 2014134640

No. de Presentación: 20140199398

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS

ALONSO VALIENTE DE ALARCON, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de HEALTHCO PRODUCTS, SOCIEDAD ANONI-

MA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras BEE SWEET y diseño, que al idioma

castellano se traduce como ABEJA DULCE, que servirá para: AM-

PARAR: MIEL, JARABE DE MELAZA, HARINAS, Y HELADOS

COMESTIBLES. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de junio del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013684-2

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137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

ACEPTACION DE HERENCIA

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las catorce horas y veinticinco minutos del día siete de mayo del corriente año, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer a las trece horas del día diecinueve de febrero del año mil novecientos ochenta y siete, en el Caserío Pueblo Nuevo, Cantón Gueripe, Jurisdicción de Concepción de Oriente, departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara el causante Onofre Rodríguez u Onofre Rodríguez Espinal, a favor de la señora Gloria Estela Rodríguez, en concepto de nieta por derecho de transmisión que le correspondía a la causante Santos Anselma Rodríguez Bonilla, quien a su vez era hija del causante antes mencionado y madre de la aceptante, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 N° 1° del Código Civil.

En consecuencia, se le confi rió a la aceptante en el carácter dicho, la administración y representación interina de los bienes de la indicada Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-tamento de La Unión, a los doce días del mes de mayo del año dos mil catorce.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CI-VIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002763-3

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las catorce horas y cinco minutos del día nueve de junio del presente año, fue aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante CARLOS HUMBERTO HERNÁNDEZ, conocido por HUMBERTO HERNÁNDEZ, quien falleció el día trece de septiembre de mil novecientos noventa y seis, a la edad de noventa años, Agricultor en Pequeño, casado, originario de Verapaz, Departamento de San Vicente, siendo esta Ciudad y De-partamento, su último domicilio, de parte de la señora MARÍA DEL CARMEN HERNÁNDEZ DE RAMOS, conocida tributariamente por MARÍA DEL CARMEN HERNÁNDEZ CALDERÓN, con Número de Identifi cación Tributaria cero quinientos nueve-diecinueve cero tres sesenta-ciento uno-dos; en su calidad de hija del causante.

Confi riéndose a la heredera declarada la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA de la Sucesión referida, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, de conformidad a lo establecido en el Art. 1163 Inc. 1° del Código Civil.

DE TERCERA PUBLICACIÓN

Citándose a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a deducirlo en el término de quince días posteriores

a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los

nueve días del mes de junio de dos mil catorce.- LICDA. DIGNA GLADIS

MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.

JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002774-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, de

las nueve horas cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada y con

benefi cio de inventario de parte de la señora EFIGENIA ELIZABETH

MARTÍNEZ MENA y el menor BRAYAN ALEXANDER MARTÍ-

NEZ CASTANEDA representado legalmente por medio de su madre

señora ANA ISABEL CASTANEDA, de la Herencia Intestada dejada

a su defunción por el señor PABLO ARTURO MARTÍNEZ PLEITEZ,

fallecido en el Hospital Nacional San Rafael de la Ciudad de Nueva San

Salvador, hoy Santa Tecla, a las diecisiete horas cincuenta minutos del

día seis de octubre del año dos mil diez, siendo San Pablo Tacachico

su último domicilio, en calidad de hijos del causante y cesionarios del

derecho hereditario que le correspondía a la señora DINA PLEITEZ hoy

viuda DE MARTINEZ, en calidad de madre del causante, por medio de

sus Apoderados Licenciados FRANCISCO ALONSO MENA MORÁN

y MARÍA PETRONA PINEDA DE MENA.

Confi riéndosele a los aceptantes en el concepto indicado la ad-

ministración y representación interina de la indicada Sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente,

ordenándose a la vez se citen a las personas que se crean con derecho a

la Sucesión para que se presenten a deducirla dentro de los quince días,

subsiguientes a este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico, a

las nueve horas diez minutos del día nueve de junio del año dos mil

catorce.- LIC. DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002779-3

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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE USULUTAN, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y cuarenta y cinco de este día, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor JOSE ALFREDO RAMIREZ JIMENEZ, en la Sucesión Intestada que éste dejó al fallecer el día veintisiete de febrero del año dos mil doce, en el Hospital Nacional San Pedro de esta ciudad de Usulután, siendo la ciudad de Santa María, lugar que tuvo como su último domicilio, de parte de los señores ROSA IRMA RAMIREZ DE RIVERA y BLANCA ESTELA RAMIREZ DE GUTIERREZ, ambas en calidad de hijas del causante.

Confi riéndosele a las aceptantes dichas, la Administración y Re-presentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días, después de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los catorce días del mes de octubre del dos mil trece.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012896-3

LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las doce horas y siete minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSÉ RAFAEL FERNÁNDEZ ALVARADO, fallecido el día trece de octubre de dos mil doce, en el Caserío El Potrillo, Cantón San Francisco, Jurisdicción de Ilobasco, Departamento de Cabañas, y del último domicilio de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, de parte de la señora ROXANA EMELINDA RIVERA DE FERNANDEZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente, y como representante legal de sus menores hijos RAFAEL ENRIQUE FERNANDEZ RIVERA y KEYRI BRISSEYDA FERNANDEZ RI-VERA, éstos dos últimos en su calidad de hijos del referido causante.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas y diecisiete minutos del día veintinueve de abril del año dos mil catorce.- LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSÉ ORLANDO BELTRÁN MEJÍA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012919-3

FREDY ARMANDO RODRIGUEZ TOBAR, Notario, del domicilio de Ahuachapán, con Ofi cina establecida en Cuarta Avenida Sur, número uno guión diez "A", de la ciudad de Ahuachapán.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas del día veintitrés de junio de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la heren-cia intestada que a su defunción dejó el causante LUCIO MARTINEZ PEREZ, defunción ocurrida en El Calvario, Nahuizalco, Departamento de Sonsonate, a las una hora cero minutos del día diecinueve de febrero del año dos mil catorce, de parte de los señores LILIANA CAROLINA SION MENENDEZ y RICHARD WILSON SION MENENDEZ, en calidad de Nietos del causante.

Habiéndoles conferido la administración y representación interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, cita a todos a los que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, desde el siguiente a la tercera publicación.

Librado en la Oficina del Notario FREDY ARMANDO RODRIGUEZ TOBAR, en la ciudad de Ahuachapán, a las nueve horas del día veinticuatro de junio del año dos mil catorce.

LIC. FREDY ARMANDO RODRIGUEZ TOBAR,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F012944-3

KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, Jueza (3) Quinto de lo Civil y Mercantil del Distrito Judicial de San Salvador, al público.

HACE SABER: Que en las DILIGENCIAS DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA INTESTADA, promovidas en este Juzgado bajo el NUE. 02903-14-CVDV-5 CM3, y referencia interna 23-DV-14-7, por resolución proveída por la suscrita Jueza, a las quince horas con veinte minutos del día diez de junio de dos mil catorce, se ha tenido por ACEP-TADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de parte de la señora CARMEN PÉREZ DE CHACÓN, en calidad de hija de la de cujus, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, el día veinticuatro de enero de dos mil nueve, dejó MARÍA VÍCTOR MODESTA BELTRÁN DE PÉREZ, conocida por MARÍA VÍCTOR MODESTA BELTRÁN, MARÍA MODESTA BELTRÁN, MARÍA VICTORIA MODESTA BELTRÁN DE PÉREZ y por MARÍA VICTORIA MODESTA BELTRÁN, quien tuvo su último domicilio en esta ciudad; en su carácter de heredera intestada.

Y a quien se le ha conferido la administración y representación interina de la Sucesión con benefi cio de inventario, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público, para que los que se crean con derecho a dicha herencia se presenten a deducirlo en el término de quince días, posteriores a la tercera publicación de este aviso.

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139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los diez días del mes de junio de dos mil catorce.- LICDA. KARLA MARÍA REGINA MUR-CIA CARRILLO, JUEZA (3) QUINTO DE LO CIVIL Y MERCAN-TIL.- LICDA. TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES RUBIO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012967-3

MARIA YOLANDA BLANCO CHICAS, Notario, del domicilio de Ilopango, con Ofi cina ubicada en Residencia Santa Lucía, Polígono M, casa once, Ilopango.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las diecisiete horas del día trece de junio de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expre-samente y con benefi cio de inventario, la herencia abintestato que a su defunción dejara el señor LEONEL DE JESUS FIGUEROA FUENTES o LEONEL DE JESUS FIGUEROA, quien a la fecha de su fallecimiento era de setenta y ocho años de edad, empleado, cuyo último domicilio fue la ciudad de Cuscatancingo, departamento de San Salvador, casado, Salvadoreño y originario de San Luis del Carmen, departamento de Chalatenango, ocurrida en el Hospital Nacional Rosales, departamento de San Salvador, a consecuencia de COLANGITIS, a las ocho horas con cuarenta minutos del día doce de noviembre del dos mil trece, de parte de los señores GLORIA ESPERANZA MEDRANO DE FIGUEROA, SAUL AMILCAR FIGUEROA PALACIOS, SUSANA DEL CARMEN FIGUEROA MEDRANO o SUSANA DEL CARMEN FIGUEROA DE QUIJADA, MARIA ELENA FIGUEROA MEDRANO, en su calidad de esposa e hijos sobrevivientes.

Habiéndoles conferido la administración y representación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario: Ilopango, trece de junio de dos mil catorce.

MARIA YOLANDA BLANCO CHICAS,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F012999-3

JOSÉ ADONAY CHÁVEZ HERRERA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina en Urbanización General Manuel José Arce, Avenida Artillería Polígono "B" número siete, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las trece horas del día veintitrés de junio del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción ocurrida en Municipio de Colón, departamento de La Libertad, el día diez de junio del año dos mil tres, dejó el señor DESIDERIO RAMÍREZ GÁMEZ, de parte del señor AGUSTÍN RAMÍREZ, hijo del causante.

Habiéndosele conferido la administración y representación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia para que se presenten a la referida Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario JOSÉ ADONAY CHÁVEZ HERRERA. En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día veinticinco de junio del año dos mil catorce.

LIC. JOSÉ ADONAY CHÁVEZ HERRERA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F013005-3

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas cincuenta minutos del día seis de junio del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de las señoras MARIA LUCIA SERRANO DE LUCERO, conocida como MARIA LUCIA SERRANO CHICAS y como MARIA LUCIA SE-RRANO, MARIA CLAUDIA LUCERO SERRANO y del menor LUIS FERNANDO LUCERO SERRANO, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor CLAUDIO DE JESÚS LUCERO ESPINOZA conocido por CLAUDIO DE JESÚS LUCERO, quien fue de sesenta y tres años de edad, Agricultor, casado, salvadoreño, con Documento Único de Identidad número cero cero cero sesenta y siete mil doscientos diez-ocho; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número un mil diez-doscientos un mil doscientos cuarenta y nueve-cero cero dos-nueve; fallecido el día dos de julio del año dos mil trece, en el Cantón San Nicolás Lempa, Jurisdicción de Tecoluca, siendo éste el lugar de su último domicilio, la primera en concepto de cónyuge del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que en la Sucesión le correspondía a Mario Antonio Lucero Serrano, Teresa de Jesús Lucero Serrano, Salvador Lucero Serrano y Juan Carlos Lucero Serrano, todos en calidad de hijos del causante, y la segunda y tercero en concepto de hijos del causante.

Y se ha nombrado a los aceptantes administradores y representantes interinos de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; debiendo ejercerla el menor Luis Fernando Lucero Serrano, por medio de su representante legal señora María Lucía Serrano de Lucero, conocida como María Lucía Serrano Chicas y como María Lucía Serrano, hasta cumplir su mayoría de edad.

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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los seis días del mes de junio del año dos mil catorce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. TATIANA ARMIDA MEJIA DE MUÑOZ, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F013042-3

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las catorce horas y treinta minutos del día nueve de mayo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA DE JESUS CRUZ TORREZ, quien fue de ochenta y un años de edad, soltera, de ofi cios de hogar, originaria y del domicilio de Jucuapa, Departamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña, hija de Yndalecio Cruz Hernández y Ascensión de Jesús Torrez (ambos ya fallecidos); quien falleció en el Cantón El Amatón, Jurisdicción de Jucuapa, Departamento de Usulután, a las veinte horas y treinta minutos del día nueve de mayo de mil novecientos noventa y uno; de parte del señor JOSE VENANCIO CRUZ, de cuarenta y dos años de edad, Jornalero, originario de Jucuapa, Departamento de Usulután y del domicilio de Cantón El Amatón, de esta Jurisdicción, Departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad número cero tres cero tres siete uno uno nueve guión ocho; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número un mil ciento nueve guión trescientos mil ciento setenta y dos guión ciento tres guión ocho; en concepto de hijo de la Causante, Art. 988 N° 1 del C.C.

Confi érase al heredero declarado en el carácter indicado la Admi-nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presente a deducirlo dentro del término de quince días, a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: JUCUAPA, A LAS CATORCE HORAS Y CINCUENTA MINUTOS DEL DIA NUEVE DE MAYO DEL DOS MIL CATORCE.- LIC. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013067-3

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LA UNION, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las nueve horas del día veintiuno de mayo del corriente año, se le declaró heredero expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que

al fallecer a las diecinueve horas del día diez de septiembre de dos mil once, en el Barrio Las Delicias, de esta ciudad, Departamento de La Unión, su último domicilio, dejó el causante Francisco Suria Martínez, conocido por Francisco Suria, de parte del señor Will Alfredo Suria, en concepto de cesionario del derecho hereditario que en la referida Sucesión le correspondía a la señora Clementina Suria Parada, en su carácter de hija sobreviviente del referido causante, de conformidad con el artículo 1699 del Código Civil.

Se le confi ere al heredero declarado en el carácter dicho la ad-ministración y representación INTERINA de los bienes de la indicada Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los veintidós días del mes de mayo de dos mil catorce.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013104-3

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE MEJICANOS.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Tribunal, a las quince horas del día nueve de junio de dos mil catorce, se ha de-clarado a la señora BLANCA MARGARITA RODRIGUEZ viuda DE MEJIA y a los menores KATHERINE CAROLINA, DIANA BEATRIZ y BRYAN STEVE, todos de apellidos MEJIA RODRIGUEZ, HERE-DEROS INTESTADOS CON BENEFICIO DE INVENTARIO de la Sucesión que a su defunción le defi rió el causante ARSENIO DE LOS ANGELES MEJIA, quien falleció en esta ciudad, su último domicilio, el día ocho de junio de dos mil siete; la primera en concepto de cónyuge sobreviviente y además como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora ERLINDA FRANCISCA MEJIA, como madre del de cujus; y los menores expresados, en calidad de hijos del causante.

Se confi rió a los ACEPTANTES, la administración y representa-ción interinas de la Sucesión; las que en el caso de los menores citados, deberán ser ejercidas por medio de su madre y representante legal.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL DE MEJICANOS, JUEZ 2; quince horas treinta minutos del día nueve de junio de dos mil catorce.- DR. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE MEJICANOS.- LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013122-3

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141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo

Civil de este Municipio Judicial,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las

ocho horas con cinco minutos del día seis de junio de dos mil catorce.-

Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta Ciudad de San

Marcos, siendo también su último domicilio, el día diez de marzo de mil

novecientos cincuenta y nueve, dejó el causante CIRIACO AYALA,

de parte de los señores MARÍA ELENA AYALA SÁNCHEZ y JOSÉ

AYALA SÁNCHEZ, en su calidad de hijos del referido de cujus.- Se

ha conferido a los aceptantes la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención,

para que transcurridos el término de quince días después de la tercera

publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus

derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día once

de junio de dos mil catorce. LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA

CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ

GOMEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013147-3

EL LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE

LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolu-

ción de este Juzgado, de las ocho horas con treinta y seis minutos del

día veintitrés de mayo del año dos mil catorce. SE HA TENIDO POR

ACEPTADA, expresamente y con benefi cio de inventario de parte de

las señoras JESSICA YAMILETH SARAVIA PÉREZ y CLAUDIA

GABRIELA SARAVIA PÉREZ, la herencia intestada dejada por el

causante señor SINFOROSO SARAVIA, quien falleció el día cinco

de febrero del año dos mil siete, en Talnique, Departamento de La

Libertad, siendo su último domicilio Talnique, Departamento de La

Libertad, quien fue de cien años de edad, jornalero, viudo, originario de

Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, y cuyos padres fueron los

señores JUAN SARAVIA Y CLEOTILDE PAREDES; aceptación que

hacen las citadas señoras JESSICA YAMILETH SARAVIA PÉREZ y

CLAUDIA GABRIELA SARAVIA PÉREZ, ambas mayores de edad

y del domicilio de Talnique, Departamento de La Libertad, por derecho

de representación en sus calidades de hijas sobrevivientes del señor

SILVESTRE DE JESÚS SARAVIA NAVARRO, hijo del causante. Y

SE LE HA CONFERIDO A LAS ACEPTANTES la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente. Por lo anterior se cita a los que

se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal

a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a

la tercera publicación del presente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: SANTA TECLA,

a las ocho horas con cincuenta minutos del día veintitrés de mayo del

año dos mil catorce. LIC. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ

DE LO CIVIL DE SANTA TECLA.- LICDA. VERONICA TATIANA

MARTINEZ ESPINAL, SECRETARIA INTERINA.-

3 v. alt. No. F013149-3

FIDIAS ISMAEL ELÍAS MARTINEZ, Notario, del domicilio de

la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con ofi cina

ubicada en Séptima Calle Oriente Block Tres, Número Cinco, de la

Colonia Santa Mónica,

HACE CONSTAR: Que por resolución del suscrito Notario,

proveída a las dieciséis horas del dieciocho de junio del dos mil catorce,

se ha tenido por ACEPTADA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO,

la herencia Intestada que a su defunción dejó la causante ROSA LILIAN

GUARDADO DE ABREGO conocida por ROSA LYLIAN GUARDA-

DO DE ABREGO, ocurrida en el Hospital del Instituto Salvadoreño del

Seguro Social de San Salvador, a las veintiún horas cuarenta minutos,

del día dieciséis de enero del dos mil catorce; del domicilio y Municipio

de Zaragoza, Departamento de La Libertad, siendo éste su último do-

micilio, de parte de los señores JOSE GUSTAVO ABREGO RAUDA,

o JOSE GUSTAVO ABREGO y a IRIS MARGARITA ABREGO DE

POLANCO conocida por IRIS MARGARITA ABREGO, en calidad el

primero como cónyuge sobreviviente de la causante, y la segunda como

hija de la causante, y además como cesionarios de los derechos que les

correspondían como hijos de la causante a los señores JAIME GUSTAVO

ABREGO GUARDADO, NUBIA MARLENE ABREGO DE VIDES,

conocida por NUBIA MARLENE ABREGO, habiéndoseles conferido

la Administración y Representación Interina de la Sucesión, facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia

por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida

herencia para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince

días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente

edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario FIDIAS ISMAEL ELIAS

MARTINEZ, en la ciudad de Santa Tecla, a los veintitrés días del mes

de junio del año dos mil catorce.

LIC. FIDIAS ISMAEL ELIAS MARTINEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F013170-3

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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ DE LO CIVIL DE ME-

JICANOS, JUEZ DOS.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las catorce horas

y diez minutos del día diez de junio de dos mil catorce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

Intestada que a su defunción defi rió la causante señora MARIA MACARIA

SANTOS DE PEREZ, ocurrida el día tres de junio del año dos mil doce,

en la ciudad de Mejicanos, siendo ésta su último domicilio, de parte de

los señores MAXIMA ELIZABETH PEREZ DE DE LA CRUZ, JOSE

BENITO PEREZ SANTOS, EUSEBIA PEREZ DE JIMENEZ, MARIA

JUANA PEREZ DE ALEGRIA, BERNARDINO PEREZ SANTOS,

PASCUALA PEREZ SANTOS, en su calidad de hijos de la causante,

y MAXIMO PEREZ PEREZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente

de la causante.

Confi érase a los aceptantes la Administración y Representación

interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: a los que se crean con mejor derecho a la herencia referida,

para que se presenten en el término de ley, a hacer uso de sus derechos

en la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, Juez Dos, a las

catorce horas y veinticinco minutos del día diez de junio de dos mil

catorce. DR. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ DE LO

CIVIL DE MEJICANOS, JUEZ 2.- LIC. VICTORINO ALEXANDER

PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013175-3

LICENCIADO JOSÉ MIGUEL LEMUS ESCALANTE, JUEZ CUARTO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

nueve horas con veintiún minutos del día seis de junio del año dos mil

catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, de parte del señor RAÚL AUGUSTO RUIZ conocido por

RAÚL AUGUSTO PLATERO RUIZ, en calidad de cesionario de los

derechos hereditarios que le correspondían al señor ORLANDO DANIEL

PLATERO RUIZ, como heredero Universal de la herencia testamentaria

que a su defunción dejó la señora ROSA LILIAN RUIZ PINEL, quien

fue de cincuenta y cuatro años de edad, divorciada, originaria de San

Francisco Gotera, siendo su último domicilio el de esta ciudad, hija de

los señores Marta Emilia Pinel y Manuel de Jesús Ruíz.

Confi érase al aceptante la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corres-

ponde a los curadores de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Sal-

vador, a las nueve horas con treinta minutos del día seis de junio del año

dos mil catorce. LIC. JOSÉ MIGUEL LEMUS ESCALANTE, JUEZ

CUARTO DE LO CIVIL Y DE LO MERCANTIL.- DRA. JACQUE-

LINE XIOMARA AQUINO PALACIOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013177-3

LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO

CIVIL, DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA.

AVISA: Que por resolución de las nueve horas del día dos de julio

del año dos mil catorce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente

y con benefi cio de inventario la herencia que a su defunción dejara el

causante señor FRANCISCO RODRIGO GUIROLA BEECHE, ocu-

rrida el día quince de diciembre del año dos mil doce, en San Salvador,

Departamento de San Salvador, quien a la fecha de su fallecimiento era

de sesenta y dos años de edad, casado, Licenciado en Administración

de Empresas, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La

Libertad con documento Único de Identidad número cero dos siete siete

ocho ocho nueve uno- dos, y con número de Identifi cación Tributaria

cero cinco uno uno- cero cuatro uno cero cinco cero- cero cero uno-

cero, casado con la señora GLORIA CASTANEDA FERMAN, siendo

su último domicilio Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad,

originario de Santa Tecla, departamento de La Libertad, hijo de los señores

Victoria Beeche y Raúl Guirola; de nacionalidad salvadoreña, de parte

del señor RAUL ANTONIO GUIROLA BEECHE, como cesionario

de los derechos hereditarios que correspondían a la señora VICTORIA

MARIA BEECHE TINOCO DE GUIROLA, conocida por VICTORIA

BEECHE DE GUIROLA, ANA VICTORIA BEECHE DE GUIROLA,

VICTORIA BEECHE Y VICTORIA BEECHEE. Por lo anterior se cita

a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este

Tribunal a deducirlo en el término de QUINCE DÍAS HABILES contados

desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

JUZGADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, a las nueve

horas con veinte minutos del día dos de julio del año dos mil catorce.

LIC. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL

DE SANTA TECLA.- LICDA. ERIKA MICHELLE SIBRIAN RUIZ,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F017179-3

HERENCIA YACENTE

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal

a las doce horas del día siete del presente mes y año, se ha declarado

yacente la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor

FELIX CAMPOS, quien falleció el día siete de junio de mil novecientos

sesenta, en San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, siendo

ese su último domicilio.

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143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

Se ha nombrado curadora para que lo represente a la Licenciada

TERESA DE JESUS DELGADO CERON, a quien se le hará saber

este nombramiento para su aceptación, juramentación y demás efectos

legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas

del día diez de marzo del año dos mil catorce.- LIC. MANUEL PAZ

CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN

MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013167-3

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal, se ha presentado

el Licenciado Gerber Aníbal Castro Vides, mayor de edad, Abogado,

del domicilio de San Martín, portador de su Documento Único de

Identidad número cero dos millones trescientos sesenta y tres mil

doscientos sesenta y seis - cuatro; Apoderado General Judicial de la

señora MARIA SARA HERNANDEZ; de sesenta y cuatro años de

edad, doméstica, de este domicilio, con Documento Único de Identidad

número: CERO CINCO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA MIL

CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS —TRES; y con Número de

Identifi cación Tributaria: CERO SETECIENTOS SIETE — CIENTO

VEINTE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE — CIENTO

UNO — CERO; promoviendo diligencias de Título de Propiedad de

un terreno de naturaleza rural, de origen ejidal, situado en Colonia La

Providencia fi nal avenida dos norte, sin número, de esta Ciudad, de

una extensión superfi cial de TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA

Y NUEVE PUNTO CERO CINCO METROS CUADRADOS, que

técnicamente se describe: LINDERO ORIENTE: partiendo del vértice

Nor Oriente está formado por cuatro tramos, con los siguientes rumbos

y distancias: Tramo uno, Sur, doce grados, cincuenta y seis minutos,

cero nueve segundos; Oeste, con una distancia de trece punto cero cuatro

metros; Tramo dos, Sur, doce grados, cincuenta y seis minutos, once

segundos, Oeste, con una distancia de diecisiete punto cuarenta y siete

metros; Tramo tres, Sur, veintitrés grados, cuarenta y cinco minutos,

veinticinco segundos; Oeste, con una distancia de nueve punto treinta

y siete metros; Tamo cuatro, Sur, cero un grados, diez minutos, cero

ocho segundos; Este, con una distancia de cuatro punto cuarenta y cinco

metros, colindando en estos tramos con terreno propiedad de María

Alba Hernández de Paz, calle que conduce a Suchitoto y San Martín

de por medio, LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur Oriente, está

formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia: Tramo uno,

Norte, sesenta y ocho grados, cuarenta y tres minutos, cincuenta y cinco

segundos, Oeste, con una distancia de ochenta y cinco punto noventa

metros, colindando en este tramo con terreno propiedad de Evangelina

Molina Hernández; LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice Sur

Poniente está conformado por cuatro tramos, con los siguientes rumbos

y distancias: Tramo uno, Norte, cero seis grados, cuarenta y nueve

minutos, veintinueve segundos, Este, con una distancia de diez punto

cero tres metros, colindando en este tramo con terreno propiedad de

María Raquel Lemus; Tramo dos, Norte, cero seis grados, cuarenta y

dos minutos, treinta y nueve segundos, Este, con una distancia de diez

punto veintiún metros, colindando en este tramo con terreno propiedad

de Melvin Barahona; Tramo tres, Norte, cero siete grados, cuarenta y

cinco minutos, cincuenta y nueve segundos, Este, con una distancia de

nueve punto cincuenta y seis metros, colindando este tramo con terreno

propiedad de Pablo de León; Tramo cuatro, Norte, once grados, cero

seis minutos, cero siete segundos, Este, con una distancia de dieciocho

punto treinta metros, colindando en este tramo con terreno propiedad de

Cecilia Majano; LINDERO NORTE: Partiendo del vértice Nor Poniente

está formado por cuatro tramos, con los siguientes rumbos y distancias:

Tramo uno, Sur, sesenta y cuatro grados, cuarenta minutos, treinta y dos

segundos, Este, con una distancia de nueve punto setenta y siete metros,

Tramo dos, Sur, sesenta y ocho grados, cero un minuto, diez segundos,

Este, con una distancia de nueve punto sesenta y nueve metros, colindando

en estos tramos con terreno propiedad de Rosa María Monge; Tramo

tres, Sur, sesenta y cinco grados, cincuenta y siete minutos, treinta y tres

segundos, Este, con una distancia de diecinueve punto noventa metros;

colindando este tramo con terreno propiedad del Banco Agrícola, Tramo

cuatro, Sur, sesenta y siete grados, cero siete minutos, treinta y cinco

segundos, Este, con una distancia de cincuenta y uno punto cuarenta

y tres metros; colindando en este tramo con terreno propiedad de José

María Chavarría, Gonzalo Antonio Rodríguez, Ángel Antonio, y terreno

propiedad de Juan Carlos García. Así se llega al vértice Nor Oriente, que

es el punto donde se inició esta descripción.- Lo adquirió por compra a

la señora Ercilia Hernández, ya fallecida; y lo estima en la suma de DOS

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Los

colindantes son de este domicilio y de San Salvador.- Que el inmueble

no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, no es dominante

ni sirviente, ni está en proindivisión con ninguna persona.-

Lo que hace saber al público en general, para los efectos de ley.-

Alcaldía Municipal de la Ciudad de San Bartolomé Perulapía, a los

trece días del mes de junio del año dos mil catorce.- LIC. CRISTIAN

MARVIN SERMEÑO ARIAS, ALCALDE MUNICIPAL.- JUAN

RICARDO VÁSQUEZ GUZMÁN, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F013075-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado

CARLOS ALFREDO PORTILLO CRUZ, quien actúa en nombre y re-

presentación de la señora ALVA LUZ PORTILLO DE POCASANGRE,

de sesenta y seis años de edad, Ama de Casa, de este domicilio, con

Documento Único de Identidad número: cero dos millones ochocientos

noventa y cuatro mil doscientos cincuenta y dos- siete y Tarjeta de

Identifi cación Tributaria número un mil doscientos dieciséis- ciento

veinte mil seiscientos cuarenta y siete- ciento uno- siete; solicitando

TITULO DE PROPIEDAD, de una porción de terreno de naturaleza

urbana, situado en el Barrio El Calvario, de esta villa, de la capacidad

superfi cial de CIENTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS

VEINTISÉIS DECÍMETROS CUADRADOS Y SEIS CENTÍMETROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE:

mide siete metros con setenta y cinco centímetros, linda con propiedad

de la señora María Antonia Chica Viuda de Cruz, siendo una vereda

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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

de un metro de ancho que da paso al solar de Georgina Ester Chica de

Fuentes, lindero sin materializar; AL NORTE: mide dieciocho metros

con cinco centímetros, linda con propiedad de la señora Georgina Ester

Chica de Fuentes, divide pared de la casa de la colindante de por medio;

AL PONIENTE: mide seis metros, linda con propiedad del señor Miguel

Ángel Barrera, calle principal de por medio; y AL SUR: mide dieciocho

metros con diez centímetros, linda con propiedad de la señora María An-

tonia Medrano Viuda de Cruz, lindero sin materializar. Que el inmueble

descrito no es dominante ni sirviente, no tiene ninguna carga, ni derecho

real que pertenezca a otra persona, ni se encuentra en proindivisión

con nadie y su representada lo valúa en la cantidad de VEINTE MIL

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Que el in-

mueble lo adquirió su representada mediante contrato de Compraventa

de Posesión Material, que a su favor hizo GEOFREDO AGUIRRE, el

día veintiocho de abril del presente año, quien tenía más de doce años

de poseerlo, por lo tanto le asiste el derecho de posesión que el anterior

dueño ejerció en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida. Que durante

el tiempo de poseer el inmueble ha ejercido sobre él actos de verdadera

dueña, tales como cuidarlo, sin que persona alguna desde aquella fecha

hasta hoy le haya disputado la posesión, reconociéndole tal concepto

todos sus deudos, amigos y vecinos en general. Que el inmueble antes

descrito carece de documento inscrito o que se pueda inscribir.

Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de Ley consiguientes.

Alcaldía Municipal de San Luis de la Reina, departamento de San Miguel, a los trece días del mes de junio del año dos mil catorce.- JOSE FERMIN SORTO REQUENO, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANTONIO MARQUEZ GUZMÁN, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F013192-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado CARLOS ALFREDO PORTILLO CRUZ, quien actúa en nombre y representación de la señora MARÍA VIRGINIA HERNÁNDEZ LÓPEZ, de setenta y un años de edad, de Ofi cios Domésticos, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero un millón ciento no-venta y nueve mil setecientos catorce- siete y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número un mil doscientos once- doscientos sesenta mil quinientos cuarenta y dos- ciento uno- cuatro; solicitando TITULO DE PROPIEDAD, de una porción de terreno de naturaleza urbana, situado en el Barrio San Antonio, de esta Villa, de la capacidad superfi cial de TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES PUNTO SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide treinta y seis metros con treinta centímetros, linda con propiedad del señor Marcedonio Portillo y propiedad de la señora Isabel Zúniga Cedillos, cerco de alambre medianero de por medio; AL NORTE: mide once metros con treinta y cinco centímetros, linda con propiedad del señor Fidel Argueta, calle de por medio; AL PONIENTE: mide treinta y cuatro metros, linda con propiedad de la señora Nohemí Medina Hernández, en una parte pared de adobe de por medio y en otra parte cerco de alambre de por medio; y AL SUR: mide diez metros con cuarenta y ocho centímetros, linda con propiedad de la señora Virginia Dolores Medina Hernández, cerco de alambre propio de por medio, en

el inmueble existe construida una casa techo de tejas paredes de adobe. Que el inmueble descrito no es dominante ni sirviente, no tiene ninguna carga, ni derecho real que pertenezca a otra persona, ni se encuentra en proindivisión con nadie y su representada lo valúa en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Que el inmueble lo adquirió su representada mediante contrato de Compraventa de Posesión Material, que a su favor hizo LIDIO HENRÍQUEZ RAMOS, el día veintiocho de abril de mil novecientos noventa, quien tenía más de dieciocho años de poseerlo, por lo tanto le asiste el derecho de posesión que el anterior dueño ejerció en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida. Que durante el tiempo de poseer el inmueble ha ejercido sobre él actos de verdadera dueña, tales como cuidarlo, hacer construcciones, modifi -caciones, sin que persona alguna desde aquella fecha hasta hoy le haya disputado la posesión, reconociéndole tal concepto todos sus deudos, amigos y vecinos en general. Que el inmueble antes descrito carece de documento inscrito o que se pueda inscribir.

Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de Ley consiguientes.

Alcaldía Municipal de San Luis de la Reina, departamento de San Miguel, a los trece días del mes de junio del año dos mil catorce.-JOSE FERMIN SORTO REQUENO, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ GUZMÁN, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F013195-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora BLANCA LIDIA MORALES VIUDA DE VASQUEZ, de sesenta años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio; con Documento Único de Identidad número: cero cero ochocientos sesenta mil ciento setenta guión tres; y Número de Identifi cación Tributaria: un mil doscientos ocho - cero diez mil cuatrocientos cincuenta y cuatro - ciento uno - cero; solicitando se le extienda Título de Propiedad, a favor de ella misma, de un inmueble de naturaleza urbana ubicado en Barrio San Isidro, de la jurisdicción de Lolotique, distrito de Chinameca, departamento de San Miguel, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE; Treinta y tres punto cincuenta y seis metros y colinda con terreno de los señores Dolores Ramos, Manuel Vásquez y Francisco García, calle principal de por medio; AL NORTE: Treinta y uno punto sesenta y cinco metros colinda con terreno del señor Rigoberto Martínez Ramos, cerco propio de por medio; AL PONIENTE; Treinta y cuatro punto sesenta metros, colinda con propiedad del señor Juan Ramos cerco propio de por medio; y AL SUR; Treinta y un metros colindando con Francisco Ramos, cerco de alambre de por medio, en el inmueble descrito existe una construcción de tipo mixta, lo adquirió por donación verbal que le hiciera su esposo el señor José Victorino Vásquez Trejo. Este inmueble no es ejido, baldío, ni comunal, no es dominante, ni sirviente, no tiene ninguna carga, ni derecho real que pertenezcan a otra persona, ni se encuentra en proindivisión con nadie.

Y para ser publicado en el Diario Ofi cial, se extiende el presente edicto, en la Alcaldía Municipal de la ciudad Lolotique, a los diecinue-ve días del mes de junio de dos mil catorce. JOSE RENE DE LA O PERDOMO, ALCALDE MUNICIPAL.- LICDA. MARIA CRISTINA CAMPOS, SECRETARIA MUNICIPAL.

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145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

TITULO SUPLETORIO

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos de Ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado SATURNINO ADILSON DIAZ PEREIRA, como Apoderado General Judicial del señor JULIO CESAR ARGUETA AMAYA, a solicitar a favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Lucas, jurisdicción de Gualococti, Dis-trito de Osicala, Departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS SETENTA PUNTO TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS; cuya descripción siguiendo un sentido horario es la que sigue: AL NORTE, consta de veintitrés tramos, los primeros cinco tramos con rumbo Noreste; el primero mide cinco punto doce metros; el segundo mide cinco punto veintiocho metros; el tercero mide veintiuno punto veinte metros; el cuarto mide once metros; el quinto mide seis punto cuarenta y siete metros; del tramo seis al veintitrés con rumbo Sureste miden, el sexto mide seis punto cero ocho metros; el séptimo mide nueve punto noventa y ocho metros; el octavo mide ocho punto sesenta y cinco metros; el noveno mide doce punto sesenta y cuatro metros; el décimo mide ocho punto cincuenta y cuatro metros; el décimo primero mide ocho punto treinta y cuatro metros; el décimo segundo mide cinco punto noventa y siete metros; el décimo tercero mide cuatro punto diecisiete metros; el décimo cuarto mide cinco punto catorce metros; el décimo quinto mide seis punto ochenta y un metros; el décimo sexto mide dieciséis punto sesenta y siete metros; el décimo séptimo mide dieciséis punto cuarenta y seis metros; el décimo octavo mide uno punto trece metros; el décimo noveno mide tres punto noventa y cuatro metros; el vigésimo mide ocho punto treinta y cuatro metros; el vigésimo primero mide tres punto sesenta y ocho metros; el vigésimo segundo mide siete punto setenta y dos metros; y el vigésimo tercero mide tres punto cero ocho metros; colinda del tramo primero al sexto con Claudio Ulloa, del tramo sexto al décimo tercero con Macario Ulloa, del tramo décimo tercero al vigésimo cuarto con Juan Clímaco Ulloa, cerco de alambre de por medio; AL ORIENTE, consta de doce tramos, los primeros dos tramos con rumbo Sureste; el primero mide cuatro punto trece metros; el segundo mide seis punto cuarenta y cinco metros; el tercero con rumbo Suroeste mide diez punto diez metros; el cuarto con rumbo Suroeste mide seis punto diez metros; el quinto con rumbo Suroeste mide trece punto cero tres metros; el sexto con rumbo Sureste mide nueve punto ochenta y un metros; el séptimo con rumbo Suroeste mide veintitrés punto cuarenta y seis metros; el octavo con rumbo Suroeste mide nueve punto cuarenta y nueve metros; el noveno con rumbo Sureste mide ocho punto veintisiete metros; el décimo con rumbo Sureste mide quince punto noventa y ocho metros; el décimo primero con rumbo Sureste mide veinte punto noventa y un metros; y el décimo segundo con rumbo Suroeste mide ocho punto cuarenta y seis metros, colindando en todos estos tramos con terreno de la señora Reina Solís, cerco de alambre de por medio, teniendo el acceso o ser-vidumbre el terreno en titulación en el primer tramo de este rumbo; AL SUR, consta de cuatro tramos todos con rumbo Suroeste; el primero mide diez punto cuarenta y siete metros; el segundo mide dieciocho punto veintitrés metros; el tercero mide diecinueve punto veintisiete metros; y el cuarto mide dieciséis punto treinta y cuatro metros; colinda con terreno de Euberto Solís, cerco de alambre de por medio; y AL PONIENTE, consta de diecisiete tramos, del tramo uno al catorce con rumbo Noroeste; el primero mide diecinueve punto catorce metros; el segundo mide dieciocho punto cuarenta y siete metros; el tercero mide doce punto cuarenta y cuatro metros; el cuarto mide once punto ochenta y ocho metros; el quinto mide dieciséis punto veintinueve metros; el

sexto mide quince punto veintiún metros; el séptimo mide seis punto noventa y un metros; el octavo mide diez punto cuarenta y dos metros; el noveno mide treinta y uno punto setenta y un metros; el décimo mide doce punto sesenta y un metros; el décimo primero mide dieciséis punto sesenta y nueve metros; el décimo segundo mide cuatro punto veintiséis metros; el décimo tercero mide trece punto cero un metros; el décimo cuarto mide diez punto setenta y tres metros; y del décimo quinto tramo al décimo séptimo con rumbo Noreste; el primero mide siete punto veintiséis metros; el segundo mide ocho punto veinticinco metros; y el tercero mide dos punto treinta y un metros, colinda del tramo primero al octavo con terreno de Humberto González, del tramo octavo al décimo séptimo con terreno de Leónidas Rosa, cerco de alambre de por medio, hasta llegar a donde se comenzó.- El mencionado inmueble lo valora en la cantidad de MIL SETECIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y, lo adquirió por compraventas de la posesión material que en forma sucesiva por Escrituras Públicas, le efectuaron los señores FELIPE SANCHEZ; MARIA DEL CARMEN GOMEZ; APOLONIO CRUZ; SANTOS ERNESTO ULLOA; y, JOSE GERARDO ULLOA SANTOS.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-cisco Gotera, Morazán; a las quince horas y veinticinco minutos del día seis de mayo de dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1ª. INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002762-3

LEONEL LAINEZ DURÁN, Notario, con Ofi cina Jurídica en calle principal Barrio El Centro Jucuapa, Departamento de Usulután.

HACE SABER: Que a mi Ofi cina se ha presentado el señor: JOSÉ ATANASIO SURA IBARRA, de generales expresadas en la solicitud de folios uno, solicitando TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústico ubicado en cantón Las Marías, municipio de Chinameca, Departamento de San Miguel; de una extensión superfi cial de OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS PUNTO CATORCE METROS CUADRADOS, y se describe así: LINDERO NORTE, Trece punto cero un metros, colindando con propiedad de Cristina Durán, cerco vivo y quebrada de por medio. LINDERO ORIENTE: Cuarenta punto cincuenta y siete metros, colindado con Aquilino Otorga, cerco vivo y calle de por medio. LINDERO SUR: Cuarenta y cuatro punto cero ocho metros, linda con José Ricardo Coreas, cerco vivo de por medio. LINDERO PONIENTE: Cincuenta y dos punto treinta y uno metros, linda con Carlos Robles, cerco vivo y quebrada de por medio. No está en proindivisión y no es predio dominante ni sirviente, y lo adquirió por venta que le hiciera el señor Alcides Jiménez, cuya posesión la ejerce desde hace más de trece años. Todos los colindantes viven en el municipio de Chinameca, y está valorado en la cantidad de: DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, lo que pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Jucuapa, Departamento de Usulután, once de junio de dos mil catorce.-

LEONEL LAINEZ DURÁN,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F012980-3

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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

ALICIA JEANNETTE ALVARENGA HERNANDEZ, JUEZA

PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE, DE SAN

FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZÁN.

HACE SABER: Que a este Juzgado, se ha presentado el Licen-

ciado VICTOR MANUEL ARGUETA RIVAS, en su carácter de

Apoderado General Judicial del señor JOSE ROGELIO ESCOLERO

PEREZ, solicitando TÍTULO SUPLETORIO de DOS INMUEBLES

DE naturaleza RÚSTICA, situado en el Cantón Maiguera, Caserío Los

Llanitos, de la jurisdicción de Guatajiagua, Departamento de Morazán;

siendo el primero de la capacidad superfi cial de TRECE MIL CUA-

TROCIENTOS CUARENTA PUNTO VEINTISÉIS METROS CUA-

DRADOS, equivalentes a UNA MANZANA NUEVE MIL DOSCIEN-

TOS TREINTA PUNTO SETENTA VARAS CUADRADAS; de las

medidas y linderos siguientes: AL NORTE: partiendo del vértice Nor

Poniente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y

distancias: TRAMO UNO, Sur sesenta y cinco grados veinticinco mi-

nutos, treinta y ocho segundos este con una distancia de cuarenta y

cuatro punto ochenta metros; colindando con ROLANDO VELIS, con

cerco de púas de por medio; TRAMO DOS, Sur sesenta y cuatro grados,

cincuenta y nueve minutos cero seis segundos Este con una distancia de

ochenta y nueve punto ochenta metros; colinda con MARIA OLINDA

RIVAS, con cerco de púas de por medio; LINDERO ORIENTE: par-

tiendo del vértice Nor oriente está formado por ocho tramos con los

siguientes rumbos y distancias: TRAMO UNO, Sur veintinueve grados

cero siete minutos cero tres segundos Oeste con una distancia de vein-

ticuatro punto noventa y cinco metros; TRAMO DOS, Sur sesenta y

cinco grados cuarenta y nueve minutos treinta segundos Este con una

distancia de veinte punto doce metros; colindando con Alcaldía Muni-

cipal de Guatajiagua; con muro de piedra y malla ciclón del colindante

de por medio; TRAMO TRES, Sur cuarenta y dos grados veintitrés

minutos cero cero segundos Oeste con una distancia de seis punto die-

cisiete metros; TRAMO CUATRO, Sur cuarenta y siete grados treinta

y seis minutos veinticuatro segundos oeste con una distancia de ocho

punto cuarenta y un metros; TRAMO CINCO, Sur cuarenta y cuatro

grados quince minutos y seis segundos oeste con una distancia de nue-

ve punto cero tres metros; TRAMO SEIS; Sur cincuenta y tres grados

cero un minuto cero un segundo Oeste con una distancia de seis punto

setenta y cuatro metros; TRAMO SIETE, Sur sesenta y un grados vein-

tiséis minutos diez segundos Oeste con una distancia de nueve punto

trece metros; TRAMO OCHO, Sur sesenta y nueve grados cero cuatro

minutos veintidós segundos Oeste con un a distancia de ocho punto

cincuenta y nueve metros; colindando con ANA GIL PEREZ, con Calle

Nacional de por medio; LINDERO SUR, partiendo del vértice Sur

Oriente está formado por ocho tramos con los siguientes rumbos y

distancias: TRAMO UNO, Sur sesenta y cuatro grados treinta y siete

minutos cuarenta y ocho segundos Oeste con una distancia de once

punto quince metros; TRAMO DOS, Sur ochenta grados cero ocho

minutos cincuenta y nueve segundos Oeste con una distancia de nueve

punto treinta y ocho metros; TRAMO TRES, Sur ochenta y seis grados

treinta y ocho minutos veinticuatro segundos Oeste con una distancia

de once punto sesenta y ocho metros; TRAMO CUATRO, Norte ochen-

ta y ocho grados diecisiete minutos once segundos Oeste con una dis-

tancia de diecisiete punto cuarenta y dos metros; TRAMO CINCO,

Norte ochenta y cuatro grados quince minutos veintidós segundos Oes-

te con una distancia de treinta punto cuarenta y nueve metros; TRAMOS

SEIS, Norte ochenta grados cincuenta y dos minutos cuarenta y tres

segundos Oeste con una distancia de sesenta punto veintiún metros;

TRAMO SIETE, Norte sesenta y un grados treinta y seis minutos vein-

tinueve segundos Oeste con una distancia de cuatro punto catorce metros;

TRAMO OCHO, Norte veinticuatro grados cuarenta y seis minutos

veintiún segundos Oeste con una distancia de dos punto veintiséis metros;

colindando con SUCESION DE BAUDILIO LOPEZ, con Calle Nacio-

nal de por medio. LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur

Poniente está formado por nueve tramos con los siguientes rumbos y

distancias: TRAMO UNO, Norte quince grados cincuenta y dos minu-

tos treinta y ocho segundos Este con una distancia de uno punto trece

metros; TRAMOS DOS, Norte veintinueve grados cincuenta y nueve

minutos cero seis segundos Este con una distancia de catorce punto

noventa y tres metros; TRAMOS TRES, Norte treinta y un grados

cuarenta y un minutos treinta y un segundos Este con una distancia de

catorce punto cero ocho metros; colindando con MERCEDES COCA,

con Calle Nacional de por medio; TRAMO CUATRO, Norte treinta y

ocho grados dieciséis minutos veintiún segundos Este con una Distancia

de catorce punto cincuenta y cuatro metros; colindando con FERMIN

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147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

COCA, con Calle Nacional de por medio; TRAMO CINCO, Norte

veintiocho grados catorce minutos once segundos Este con una distancia

de doce punto veintiún metros; TRAMO SEIS, Norte diecisiete grados

cincuenta y seis minutos once segundos este con una distancia de die-

cinueve punto veinticinco metros; TRAMO SIETE, Norte diecinueve

grados con cero nueve minutos treinta y dos segundos Este con una

distancia de dieciséis punto ochenta y nueve metros; TRAMO OCHO,

Norte treinta y cuatro grados once minutos diez segundos Este con una

distancia de cinco punto once metros; TRAMO NUEVE, Norte veintio-

cho grados cuarenta y cuatro minutos cincuenta y nueve segundos Este

con una distancia de dieciocho punto cincuenta y cuatro metros; colin-

dando con JOSE ROGEKLIO ESCOLERO FUENTES, con Calle Na-

cional de por medio. Así se llega al vértice Nor Poniente, que es el

punto donde se inicio esta descripción. El segundo inmueble denomi-

nado PARCELA DOS, propiedad de JOSE ROGELIO ESCOLERO

FUENTES; UBICADO en Cantón Maiguera, Caserío Los Llanitos,

jurisdicción de Guatajiagua, Departamento de Morazán, con una exten-

sión superfi cial de TRECE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA

PUNTO SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS EQUIVALEN-

TES A UNA MANZANA NUEVE MIL TRESCIENTOS DOS PUNTO

OCHENTA Y TRES VARAS CUADRADAS, LINDERO NORTE:

Partiendo del vértice Nor poniente está formado por cinco tramos con

los siguientes rumbos y distancias: TRAMO UNO, Sur sesenta y siete

grados cuarenta y tres minutos veintiséis segundos Este con una distan-

cia de treinta y dos punto ochenta metros; TRAMO DOS, Sur sesenta

y seis grados cuarenta y seis minutos treinta y cuatro segundos Este con

una distancia de catorce punto ochenta y tres metros; TRAMO TRES,

Sur sesenta y ocho grados treinta y seis minutos diecisiete segundos Este

con una distancia de veintisiete punto cincuenta y seis metros; TRAMO

CUATRO, Sur sesenta y siete grados treinta y cinco minutos veinticua-

tro segundos Este con una distancia de veintiún punto cero nueve metros;

TRAMO CINCO, Sur sesenta y ocho grados cincuenta y seis minutos

quince segundos Este con una distancia de cuarenta y un punto ochenta

y nueve metros; colindando con sucesión de EFRAIN ESCOLERO, con

cerco de púas de por medio. LINDERO ORIENTE: partiendo del vér-

tice Nor Oriente está formado por ocho tramos con los siguientes

rumbos y distancias: TRAMO UNO, Sur diez grados cincuenta y siete

minutos cincuenta y dos segundos Oeste con una distancia de diez

punto sesenta y cinco metros; TRAMO DOS, Sur cero ocho grados

treinta y tres minutos cincuenta y cuatro segundos Oeste con una dis-

tancia de diez punto ochenta y ocho metros; TRAMO TRES, Sur cero

cinco grados veintiocho minutos treinta y seis segundos Oeste con una

distancia de doce punto sesenta y nueve metros; TRAMO CUATRO,

Sur cero cuatro treinta y un minutos cuarenta y siete segundos Este con

una distancia de seis punto cincuenta y siete metros, colindando con

ROLANDO VELIS, con Calle Nacional de por medio; TRAMO CINCO,

Sur catorce grados cero tres minutos cincuenta y nueve segundos Oeste

con una distancia de veinte punto cincuenta y dos metros; TRAMO

SEIS, Sur dieciocho grados treinta y ocho minutos cincuenta y un se-

gundos Oeste con una distancia de diecisiete punto noventa y un metros

; TRAMO SIETE, Sur once grados treinta y un minutos cero cuatro

segundos Oeste con una distancia de veinticinco punto cincuenta y tres

metros; TRAMO OCHO, Sur veinte grados diez minutos trece segundos

Oeste con una distancia de ocho punto sesenta y siete metros; colindan-

do con JOSÉ ROGELIO ESCOLERO FUENTES, con Calle Nacional

de por medio, LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur Oriente está

formado por once tramos con los siguientes rumbos y distancias: TRA-

MO UNO, Norte sesenta y ocho grados veintiún minutos cuarenta y

cinco segundos Oeste con una distancia de ocho punto sesenta y cuatro;

TRAMO DOS, Norte sesenta y dos grados cincuenta y un minutos

cincuenta y nueve segundos Oeste con una distancia de siete punto

diecinueve metros; TRAMO TRES, Norte cincuenta grados treinta y un

minutos cuarenta y cinco segundos Oeste con un a distancia de cinco

punto sesenta y un metros; TRAMO CUATRO, Norte sesenta y cuatro

grados veintisiete minutos treinta y tres segundos Oeste con una distan-

cia de siete punto treinta y un metros colindando con FERMIN COCA,

con quebrada de invierno de por medio; TRAMO CINCO, Norte cin-

cuenta y siete grados once minutos quince segundos Oeste con una

distancia de seis punto noventa metros; TRAMOS SEIS, Norte cincuen-

ta y cuatro grados cincuenta y dos minutos veintiocho segundos Oeste

con una distancia de diecisiete punto treinta y cuatro metros; TRAMO

SIETE, Norte sesenta y nueve grados catorce minutos treinta y cuatro

segundo Oeste con una distancia de seis punto catorce metros; TRAMO

OCHO, Sur setenta y seis grados cero nueve minutos dieciocho segun-

dos Oeste con una distancia de seis punto veintiocho metros; TRAMO

NUEVE, Sur cuarenta grados cuarenta y seis minutos cuarenta y cinco

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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

segundos Oeste con una distancia de cinco punto cincuenta y un metros;

TRAMO DIEZ, Sur veintisiete grados veinticuatro minutos quince se-

gundos Oeste con una distancia de ocho punto sesenta y cinco metros;

colindando con ANA ETELVINA PEREZ COCA, con quebrada de

invierno de por medio; TRAMO ONCE, Sur ochenta y dos grados cero

cero minutos cero dos segundos Oeste con una distancia de siete punto

treinta y siete metros; colindando con JULIANA PEREZ, con cerco de

púas de por medio. LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice Sur

Poniente está formado por nueve tramos con los siguientes rumbos y

distancias: TRAMO UNO, Norte cuarenta y cuatro grados cero cuatro

minutos cuarenta y cinco segundos Oeste con una distancia de siete

punto sesenta y siete metros; TRAMO DOS, Norte veintinueve grados

cero cuatro minutos treinta y cinco segundos Oeste con una distancia

de diez punto sesenta y dos metros; TRAMO TRES, Norte doce grados

cincuenta y ocho minutos trece segundos Oeste con una distancia de

treinta punto cuarenta y un metros; TRAMO CUATRO, Norte veinte

grados treinta y un minutos treinta y cinco segundos Oeste con una dis-

tancia de diecinueve punto veinticuatro metros; TRAMO CINCO,

Norte cero siete grados veintisiete minutos cero un segundo Oeste con

una distancia de dieciséis punto veinticinco metros; TRAMO SEIS,

Norte veinticuatro grados veinticinco minutos cero siete segundos

Oeste con una distancia de trece punto cuarenta y cuatro metros; TRAMO

SIETE; Norte veinticinco grados cero siete minutos trece segundos

Oeste con una distancia de quince punto sesenta y ocho metros; TRAMO

OCHO, Norte cero cinco grados diez minutos cero siete segundos Este

con una distancia de treinta y cuatro punto veintisiete metros; TRAMO

NUEVE, Norte dieciséis grados veintisiete minutos treinta segundos

Este con una distancia de ocho punto cuarenta metros; colindando con

JULIANA PEREZ, con cerco de púas de por medio; Así se llegó al

vértice Nor Poniente, que es el punto donde se inicio esta descripción.

Los cuales valúa en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CADA UNO. Dichos inmuebles

los adquirió EL PRIMERO por Compraventa de Posesión Material y

EL SEGUNDO por COMPRA VERBAL que le hizo la señora

GUILLERMINA FUENTES, conocida por GUILLERMA FUEN-

TES.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera,

a las quince horas y veinticinco minutos del día veintiséis de marzo

de dos mil catorce. LICDA. ALICIA JEANNETTE ALVARENGA

HERNANDEZ, JUEZA 1°. DE 1a. INSTANCIA SUPLENTE. LIC.

YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012995-3

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos

de Ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

SANTOS EVELE GARCIA GUEVARA, como Apoderado General

Judicial de la señorita CRUZ ELISETH RAMIREZ RAMIREZ, a

solicitar a favor de ésta TÍTULO SUPLETORIO, sobre un terreno

de naturaleza rústica, situado en el Cantón Agua Zarca, jurisdicción

de Osicala, Departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial

de QUINIENTOS CINCO PUNTO SETENTA Y OCHO METROS

CUADRADOS, que mide y linda al ORIENTE, está formado por tres

tramos: Uno: de Mojón uno a mojón dos cuatro punto setenta y ocho

metros; Tramo Dos: de mojón dos a mojón tres diez punto quince

metros; Tramo Tres: de mojón tres a mojón cuatro siete punto sesenta

y un metros colindando con Felipe Claros Mojano y Sebastián Claros

Majano, con cerca de alambre de púas de por medio; al NORTE, está

formado por un tramo, de mojón nueve a mojón uno diecinueve punto

cincuenta y cinco metros colindando con María Lidia Membreño cerco

de alambre y púas de por medio; al PONIENTE, está formado por cua-

tro tramos: Tramo Uno: de mojón cinco a mojón seis de cuatro punto

sesenta metros; Tramo dos: de mojón seis a mojón siete, catorce punto

setenta y cuatro metros; Tramo Tres, de mojón siete a mojón ocho con

una distancia de ocho punto cero dos metros; Tramo Cuatro, de mojón

ocho a mojón nueve con una distancia de nueve punto ochenta y nueve

metros; colindando con Felícita Domínguez y Leónidas Díaz, cerca

de alambre y púas de por medio; al SUR, está formado un tramo, de

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149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

mojón cuatro a mojón cinco con una distancia de treinta y cuatro punto

cincuenta y seis metros, colindando con Elmer Antonio Domínguez

Majano, cerca de alambre de púas de por medio, hasta llegar donde se

comenzó a hacer la descripción. El mencionado inmueble lo valora en la

cantidad de QUINCE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA; y lo adquirió por compraventa de la posesión material por

Escrituras Públicas, le efectuó el señor GUADALUPE MARADIAGA

LOVO.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, Morazán; a las ocho horas y veinticinco minutos del día dieci-

séis de junio de dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN

URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA

ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013096-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

FRANCISCO JAVIER GÓMEZ COLOCHO, en su calidad de Apoderado

General Judicial con Cláusula Especial de los señores JOSE ALCIDES

RODRIGUEZ PORTILLO y MORENA LUZ DERAS ELÍAS, solici-

tando Título Supletorio de un terreno de naturaleza rústico, situado en

Caserío Loma de Frío, del Cantón San Antonio, Jurisdicción de San Juan

Opico, Departamento de La Libertad, marcado catastralmente como

parcela número doscientos setenta y dos, del mapa o sector Catastral

CERO QUINIENTOS QUINCE R CERO NUEVE, de una extensión

superfi cial de SEISCIENTOS ONCE PUNTO CERO CIENTO OCHEN-

TA Y CINCO METROS CUADRADOS, de los linderos y colindantes

siguientes: AL NORTE colinda con Úrsula del Rosario Pineda Viuda

de Deras, calle de por medio y María Marta López Monge, calle de por

medio.- AL ORIENTE, colinda con Ana Etelia Rodas Hércules y Vilma

Cecilia Rodas de Iraheta.- AL SUR, colinda con Ancelmo Guerrero

Parada, pasaje sin número de por medio, y Delia Hércules, pasaje sin

número de por medio.- y AL PONIENTE, Aurelio Granados Palacios,

pasaje sin número de por medio.- Que dicho inmueble lo adquirieron

por compra de forma verbal que les hicieron al señor JUAN AMILCAR

ESCALANTE AGUILAR, y el antes mencionado no poseía ningún tipo

de documento que le amparara el dominio sobre el inmueble antes citado,

y en consecuencia no se encuentra inscrito, ni es inscribible por carecer

de antecedente debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad

respectivo, y que poseen en forma quieta, e ininterrumpida el inmueble

antes descrito, asimismo se encuentra en proindivisión únicamente entre

los solicitantes de dichas diligencias en la actualidad, no es dominante,

ni sirviente, y no tiene cargas reales que deban respetarse y el valor

lo estiman en la suma de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Juan Opico, a

los cinco días del mes de junio del año dos mil catorce. LIC. DAVID

AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.

LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013127-3

TÍTULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado

JOSE ERNESTO CHICAS VIGIL, en carácter de Apoderado General

Judicial con Cláusula Especial de la señora MATILDE MARQUEZ

GUTIERREZ, de setenta y un años de edad, de ofi cios domésticos, del

domicilio de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, con

Documento Único de Identidad número: Cero uno uno cinco ocho cero

cero uno - tres y con número de Identifi cación Tributaria: Uno tres dos

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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

cuatro - uno cuatro cero tres cuatro dos - uno cero uno - cero; solicitando

Título de Dominio o Propiedad a favor de su mandante, sobre un terreno

de naturaleza Urbana, situado en Colonia La Paz, de esta población de

San Francisco Gotera, que según documento en mención es de la

capacidad superfi cial de CIENTO NOVENTA PUNTO TRES METROS

CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE,

mide veinte metros lindando con terreno de Andrés Flores, muro de

ladrillo de por medio propio de la compradora; AL SUR, mide nueve

punto cincuenta metros lindando con Paulina Romero, pared de ladrillo

de por medio; AL PONIENTE, mide veinte metros, linda con Fabio Ortiz,

calle de por medio; y AL NORTE, mide nueve punto cincuenta metros

lindando con Leocadio Argueta, pared de blocke de por medio; en dicho

inmueble existe una casa, techo de tejas, paredes de blocke, piso de ladrillo

construida a expensas de la compradora. Inmueble que se valora en la

cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA. El cual obtuvo por compraventa de posesión material que

le hiciera el señor RICARDO ARTURO MELENDEZ MACAY. En el

inmueble existe construida una casa piso de ladrillo, paredes de ladrillo,

techo de tejas, con servicios de Agua Potable y Energía Eléctrica.

Los colindantes son todos de este domicilio por lo que se avisa al

público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de San Francisco Gotera, Departamento de

Morazán, a los nueve días del mes de junio del año dos mil catorce.

CARLOS CALIXTO HERNANDEZ GOMEZ, ALCALDE MUNICI-

PAL. DORE SANTIAGO GONZALEZ GUZMAN, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013098-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE MEANGUERA

DEL GOLFO.

AVISA: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado NILSON

ADEMIR VALDEZ GRANDE, en calidad de Apoderado de los señores

EDUARDO ARNOLDO OSORIO ZELAYA y ANA AUXILIADORA

CANALES OSORIO, solicitando a favor de sus poderdantes TÍTULO

DE DOMINIO, de un terreno de naturaleza urbana situado en el Barrio

El Ángel, jurisdicción de Meanguera del Golfo, departamento de La

Unión, según folio veintisiete y veintiocho de libro de solicitudes de

Títulos de Propiedad y Dominio de predios Urbanos del año dos mil

catorce. Solicitud número catorce, a las nueve horas con diez minutos

del día veintiocho de abril del año dos mil catorce; de la extensión

superfi cial de TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE PUNTO CERO

DOS METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL PONIENTE:

Mide nueve punto cuarenta y cuatro metros, linda con los señores Ismael

Osorio y Vicenta Reyes; AL NORTE: veintidós punto setenta y cinco

metros, linda con el señor Sergio Rivas; AL ORIENTE: veintidós punto

treinta y cinco metros, linda con el señor Genaro Grande ya fallecido;

y AL SUR: diecinueve punto ochenta y seis metros, linda con la señora

Suyapa Auxiliadora Osorio, y resto del terreno con servidumbre de

por medio: En el inmueble antes descrito existe construida una casa de

sistema mixto. Dicho inmueble no es dominante, ni sirviente, no tiene

cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión

con nadie, y lo adquieron por compraventa de posesión material que le

hicieron a la señora MARIA ELENA OSORIO, en el año de dos mil

doce, posesión que los solicitantes manifi estan haber ejercido en forma

quieta, pacífi ca, pública e interrumpidamente; y por más de diez años

consecutivos y valoran este inmueble en la cantidad de DIEZ MIL

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: Meanguera del Golfo, Departamento de La

Unión, a los veinte días del mes de junio de dos mil catorce. LIC. LUIS

ANTONIO DHEMING, ALCALDE MUNICIPAL. LICDA. MARTHA

LIDIA FLORES ARANA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F013099-3

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151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014. RENOVACIÓN DE MARCAS

No. de Expediente: 2001013512

No. de Presentación: 20120166402

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ALE-JANDRO NASRI SACA MELENDEZ, mayor de edad, MÉDICO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPARTAMENTO DE LA LI-BERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODE-RADO de IGNEA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IGNEA, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00190 del Libro 00155 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión IQ ANTIANÉMICO, en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002713-3

No. de Expediente: 2001013508

No. de Presentación: 20120166400

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ALE-JANDRO NASRI SACA MELENDEZ, mayor de edad, MÉDICO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de IGNEA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IGNEA, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00159 del Libro 00155 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión IQ ENERGIZANTE en letras mayúsculas ubicadas de izquierda a derecha; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002714-3

No. de Expediente: 2001013514

No. de Presentación: 20120166398

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ALE-JANDRO NASRI SACA MELENDEZ, mayor de edad, MÉDICO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de IGNEA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IGNEA, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENO-VACIÓN, para la inscripción Número 00160 del Libro 00155 de INS-CRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión IQ CEREBRAL en letras mayúsculas ubicadas de izquierda a derecha; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002715-3

No. de Expediente: 2002023761

No. de Presentación: 20140194979

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado KELLY BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-DERADO de NOVARTIS AG, del domicilio de 4002 Basilea, Suiza, de

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152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00227 del Libro 00181 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra ASUNRA en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil catorce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002730-3

No. de Expediente: 2002021894

No. de Presentación: 20140194828

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ESSILOR INTERNATIONAL (COMPAGNIE GENERALE D'OPTIQUE), del domicilio de 147 rue de París, 94220 Charenton Le Pont, Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00054 del Libro 00181 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las palabras DUAL ADD; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil catorce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013035-3

No. de Expediente: 2000009019

No. de Presentación: 20140195243

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO ANTONIO BERNABE RODEZNO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CENTRAL AMERICAN BRANDS INC., del domicilio de UGLAND HOUSE, APARTADO TRESCIENTOS NUEVE, GEORGE TOWN, GRAND CAYMAN, ISLAS CAYMAN, de nacionalidad BRITANICA, soli-citando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00128 del Libro 00176 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LA PALABRA POLYAGRO, ESCRITA EN LETRAS MAYÚSCULAS, CORRIEN-TES Y DE MOLDE, SIN DISEÑO ESPECIAL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil catorce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013064-3

No. de Expediente: 2002022784

No. de Presentación: 20130190119

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de FÁBRICA MOLINERA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FÁBRICA MOLINERA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00205 del libro 00177 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, con-sistente en las palabras del COMAL y diseño; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

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153DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil catorce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013081-3

MARCA DE FÁBRICA

No. de Expediente: 2012120926

No. de Presentación: 20120172989

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CARLOS MAURICIO GUZMAN SEGOVIA, en su calidad de APODERADO de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en: las palabras La Rioja EMBUTIDOS PREMIUM y diseño. Se traduce al castellano la palabra premium como: calidad, que servirá para: AMPARAR: EMBUTIDOS DIVERSOS, SALCHICHAS, JAMÓN, MORTADELA, CHORIZO Y TODO TIPO DE EMBUTIDOS, CARNES, PESCADO, AVES Y CAZA, EXTRACTOS DE CARNE, FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y COCIDAS, JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS, HUEVOS, LECHE Y PRO-DUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013077-3

No. de Expediente: 2012120925

No. de Presentación: 20120172988

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CARLOS MAURICIO GUZMAN SEGOVIA, en su calidad de APODERADO de CALLEJA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en: la palabra La Rioja EMBUTIDOS PREMIUM y diseño. Se traduce al castellano la palabra premium como: calidad, que servirá para: AMPARAR: EMBUTIDOS DIVERSOS, SALCHICHAS, JAMÓN, MORTADELA, CHORIZO Y TODO TIPO DE EMBUTIDOS, CARNES, PESCADO, AVES Y CAZA, EXTRACTOS DE CARNE, FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y COCIDAS, JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS, HUEVOS, LECHE Y PRO-DUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de septiembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013080-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2014135140

No. de Presentación: 20140200519

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE GE-

RARDO FLORES GUANDIQUE, en su calidad de REPRESENTANTE

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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

LEGAL de GRG, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRG, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.

Consistente en: las palabras OFTALMO & PLÁSTICO CENTRO DE OFTALMOLOGÍA Y CIRUGÍA PLÁSTICA y diseño, que ser-virá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A: SERVICIOS MÉDICOS OFTALMOLÓGICOS, DE CIRUGÍA PLÁSTICA, ASÍ COMO EL ARRENDAMIENTO DE LOCALES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de mayo del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZÁLEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002728-3

No. de Expediente: 2014134285

No. de Presentación: 20140198265

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MELVA LILIANA SERRANO DE SANDOVAL, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.

Consistente en: la palabra PRESTOCASH y diseño, que al idioma castellano se traduce como préstamo de dinero, que servirá para: INDEN-TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A: PRÉSTAMO DE DINERO.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002768-3

No. de Expediente: 2014134055

No. de Presentación: 20140197824

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO

de BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA que

se abrevia: BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-

CIAL.

Consistente en: las palabras BAC FINANCIAL NETWORK, que

se traducen al castellano como Red Financiera Bac, que servirá para:

IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO

A PRESTAR SERVICIOS BANCARIOS Y FINANCIEROS.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002792-3

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155DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

No. de Expediente: 2003031326

No. de Presentación: 20030035662

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD

ANONIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL S.A.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL.

Consistente en: las palabras BAC El Salvador y diseño, que servirá

para: ESTABLECIMIENTOS FINANCIEROS PROPIEDAD DE MI

REPRESENTADA CONOCIDOS COMO AGENCIAS BANCARIAS Y

FINANCIERAS, DEDICADOS A LA PRESTACION DE TODO TIPO

DE SERVICIO EN OPERACIONES BANCARIAS Y FINANCIERAS,

SITUADO EN LA 55 AVENIDA SUR, CONDOMINIO CENTRO

ROOSEVELT, DE ESTA CIUDAD.

La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil

tres.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de mayo del año dos mil catorce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002793-3

No. de Expediente: 2014134047

No. de Presentación: 20140197816

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANO-

NIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL.

Consistente en: las palabras BAC CORP SECURITIES, se traduce

al castellano como: Corporación de custodia de valores Bac, que servirá

para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL QUE

SE DEDICARA A PRESTAR SERVICIOS BANCARIOS, FINANCIE-

ROS Y DE CUSTODIA DE VALORES.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de abril del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002795-3

No. de Expediente: 2014133599

No. de Presentación: 20140197029

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

VASQUEZ LOPEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de

PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.

Consistente en: la frase Instituto de Formación Teoría y Praxis,

INFOTYP y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRE-

SA DEDICADA A SERVICIOS DE EDUCACION Y CAPACITA-

CION.

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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dos de abril del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012943-3

No. de Expediente: 2014132695

No. de Presentación: 20140195154

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERA-

DO de UNION COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: UNICOMER

DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., UNICOMER, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL.

LOCO LUIS

Consistente en: la frase LOCO LUIS, que servirá para: IDENTIFI-

CAR ESTABLECIMIENTOS DEDICADOS A LA DISTRIBUCION Y

VENTA AL DETALLE DE PRODUCTOS ELECTRODOMESTICOS,

TALES COMO REFRIGERADORAS, COCINAS, LAVADORAS,

ENSERES ELECTRICOS Y NO ELECTRICOS PARA EL HOGAR,

RADIOS, TELEVISORES, APARATOS REPRODUCTORES DE

SONIDO Y AUDIO, COMPUTADORAS, GRABADORAS, CD'S,

MUEBLES; ASI COMO LA PRESTACION DE SERVICIOS DE

SEGUROS, FINANCIEROS, MONETARIOS Y CREDITICIOS, DE

REPARACION E INSTALACION.

La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de marzo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012954-3

No. de Expediente: 2014132888

No. de Presentación: 20140195559

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERIK

EDGARDO LARIOS ROMANO, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL.

Consistente en: la palabra FACINI y diseño, que servirá para:

IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A COMPRA VENTA

DE RELOJERIA Y JOYERIA.

La solicitud fue presentada el día veinte de enero del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de febrero del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012988-3

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157DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

No. de Expediente: 2014135420

No. de Presentación: 20140201234

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MOISES

JACOBO HASBUN SACA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL.

Consistente en: la palabra BURRICO y diseño, que servirá para:

IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A: PRO-

DUCCION Y VENTA DE ALIMENTOS PARA EL CONSUMO

HUMANO.

La solicitud fue presentada el día doce de mayo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de mayo del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZÁLEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO.

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013085-3

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2014134729

No. de Presentación: 20140199551

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ALE-

JANDRO NASRI SACA MELENDEZ, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de IGNEA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: IGNEA, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL

DE PUBLICIDAD COMERCIAL.

EXCELENCIA EN LA DIGESTION

Consistente en: la expresión EXCELENCIA EN LA DIGESTION.

Las Marcas a la que hacen referencia la presente expresión o señal de

publicidad comercial son IQ ENERGIZANTE, inscrita bajo el número

159 del libro 155; IQ ANTIANEMICO, inscrita al número 190 del libro

155; IQ CEREBRAL, inscrita al número 160 del libro 155; AEROBIC,

inscrita al número 153 del libro 102; NEOBACINA, inscrita al número

228 del libro 167; ORALDEX, inscrita al número 85 del libro 183;

TOSIMIEL inscrita al número 96 del libro 101, todas de inscripción de

marcas, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO

CONSUMIDOR SOBRE LOS PRODUCTOS FARMACÉUTICOS.

La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002716-3

No. de Expediente: 2014134730

No. de Presentación: 20140199552

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ALE-

JANDRO NASRI SACA MELENDEZ, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de IGNEA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: IGNEA, S.A. DE C.V., de nacionalidad

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158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL

DE PUBLICIDAD COMERCIAL.

DIGESTION PERFECTA

Consistente en: las palabras DIGESTION PERFECTA, que servirá

para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR

SOBRE PRODUCTOS FARMACEUTICOS.

La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de mayo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002720-3

No. de Expediente: 2014134728

No. de Presentación: 20140199550

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ALE-

JANDRO NASRI SACA MELENDEZ, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de IGNEA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: IGNEA, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL

DE PUBLICIDAD COMERCIAL.

PERFECCION EN LA DIGESTION

Consistente en: la expresión PERFECCION EN LA DIGESTION.

Las marcas a las que hace referencia la presente expresión o señal de

publicidad comercial son IQ ENERGIZANTE, inscrita al Número 00159

del libro 00155; IQ ANTIANEMICO inscrita al Número 00190 del libro

00155; IQ CEREBRAL inscrita al Número 00160 del libro 00155; AE-

ROBIC inscrita al Número 00153 del libro 00102; NEOBACINA inscrita

al Número 00228 del libro 00167; ORALDEX inscrita al Número 00085

del libro 00183; TOSIMEL inscrita al Número 00096 del libro 00101 de

Marcas, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO

CONSUMIDOR SOBRE: PRODUCTOS FARMACEUTICOS.

La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de mayo del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002721-3

CONVOCATORIAS

La Junta Directiva de la sociedad COLEGIO GARCIA FLAMENCO,

S.A. DE C.V., por medio del suscrito Presidente, convoca a los accio-

nistas para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas, que se

celebrará el día veinticuatro de julio del corriente año, de las diez horas

en adelante, en las instalaciones del Colegio "GARCIA FLAMENCO",

ubicadas en Final 57 Avenida Norte, Colonia Miramonte, conforme la

siguiente agenda:

I- Comprobación del quórum y fi rma del acta respectiva.

II- Lectura del acta anterior.

III- Informe sobre el resultado de la Asamblea General de Padres

de Familia, que conoció sobre el proyecto justifi cativo para

incremento del monto de colegiaturas de los años 2015 y

2016; sus consecuencias y tomar decisiones al respecto.

Para instalar legalmente la Junta se necesita que estén presentes o

representadas por lo menos la mitad más una de las acciones que integran

el capital de la Sociedad y para tomar resoluciones válidas se requiere

la mayoría de votos de las acciones presentes o representadas.

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159DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

Si no hubiere quórum en la primera fecha antes mencionada, se

convoca para el día veinticinco de julio del año en curso, en el mismo

lugar y hora, estableciéndose la Junta con cualquier número de socios

que asistan o que estén debidamente representados y los acuerdos se

tomarán por mayoría de votos presentes o representados.

San Salvador, 25 de junio de 2014.

ING. M. GUILLERMO NOVOA YÚDICE,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C002778-3

SUBASTA PÚBLICA

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las diez

horas de esta fecha, en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por el Licen-

ciado Luis Mario Martínez Recinos, y continuado por su representante

procesal Licenciada SANDRA GUADALUPE VALIENTE AREVALO,

en contra del señor VICTOR ARMANDO TEJADA MENDEZ, se ha

ordenado vender en pública subasta en el mejor postor, UN INMUEBLE

de naturaleza urbano, ubicado en agrupación CUARENTA Y OCHO,

Lote Número NUEVE, Pasaje TRECE, IVU, Los cuarenta y cuatro;

que mide y linda; LADO CERO UNO; NORTE: Dieciséis punto cero

cero metros; SUR: Dieciséis punto cero cero metros; ORIENTE: Seis

punto cero cero metros; PONIENTE: Seis punto cero metros; de una

extensión superfi cial de NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS

DE EXTENSIÓN SUPERFICIAL. El cual se encuentra inscrito a favor

de VICTOR ARMANDO TEJADA MENDEZ bajo la MATRICULA

DOS CERO CERO UNO CINCO UNO CUATRO TRES - CERO

CERO CERO CERO CERO, del Sistema de Folio Real Automatizado

del Centro Nacional de Registros de la Primera Sección de Occidente,

Santa Ana.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las diez

horas quince minutos del día siete de marzo del año dos mil catorce. LIC.

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. LIC. HUGO ALCIDES MARTINEZ SANTILLANA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012890-3

LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, Juez de lo Civil

del Distrito Judicial de Soyapango.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil clasifi cado al

NUE: 0635509CMEJC01-C01 promovido por la Abogada Dinora Alicia

Larios Landaverde, en carácter de apoderada del Banco Citibank de El

Salvador, que se abrevia Citibank de El Salvador, S.A., Banco Citi de

El Salvador, S.A., o simplemente Banco Citi, S.A., antes denominado

Banco Cuscatlán de El Salvador Sociedad Anónima, contra la señora

Martha Evelyn Arbizú de Coreas conocida por Martha Evelyn Arbizú

Guadrón, se ha ordenado vender en pública subasta el inmueble que se

ha embargado en el relacionado juicio; venta que en fecha oportuna se

señalará en este Tribunal, el cual se describe a continuación: inmueble

de naturaleza urbana situado en Condominio Residencial Las Brisas,

apartamento número QUINCE primer nivel, Edifi cio "B", Colonia San

José, jurisdicción de Soyapango, del Departamento de San Salvador,

con una extensión superfi cial de CINCUENTA PUNTO NOVENTA Y

CINCO METROS CUADRADOS, con un área construida de TREINTA

Y CUATRO PUNTO SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS

correspondientes al volumen de ciento veintidós punto veintiocho metros

cúbicos, que mide "AL NORTE, tres tramos, el primero de tres punto

cero cero metros, el segundo de uno punto cero cero metros, y el tercero

de tres punto cero cero metros, linda con pasaje peatonal, AL ORIENTE:

ocho punto ocho metros, linda con apartamento número diecisiete del

mismo condominio; AL SUR, seis punto cero cero metros, linda con

acceso al estacionamiento; AL PONIENTE, siete punto ochenta y tres

metros, linda con apartamento número trece del mismo condominio" y

es propiedad de la señora Martha Evelyn Arbizú de Coreas conocida

por Martha Evelyn Arbizú Guadrón, inscrito bajo la matrícula número

60017231- A0008 del Registro Social de Inmuebles, Departamento de

San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las nueve horas

con veinte minutos del día diecinueve de mayo de dos mil catorce. EN-

MENDADO. SESENTA. VALE. LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA

RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. MARÍA ESTELA SORIANO

NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013144-3

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160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Km. 10, Carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 007p1a000590420, solicitando la

reposición de dicho CERTIFICADO por TRECE MIL QUINIENTOS

00/100 (US$13,500.00).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

SAN MIGUEL, Viernes 20 de junio de 2014.

LIC. DAVID ALEXANDER VILLALOBOS,

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA

AGENCIA SAN MIGUEL.

3 v. alt. No. F012942-3

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SAN MIGUEL, se ha presentado

el propietario del Certifi cado No. 574541 del Depósito a Plazo Fijo

emitido el 07 de agosto de 2012, a 360 días prorrogables, solicitando la

Reposición de dicho Certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de Reposición del Certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la Reposición del Certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 24 de junio de 2014.

LICDA. ANA LUISA MURILLO DE CHILE,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No. F013052-3

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SAN MIGUEL, se ha presentado

el propietario del Certifi cado No. 560379 del Depósito a Plazo Fijo

emitido el 08 de agosto de 2011, a 360 días prorrogables, solicitando la

Reposición de dicho Certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de Reposición del Certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la Reposición del Certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 24 de junio de 2014.

LICDA. ANA LUISA MURILLO DE CHILE,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No. F013053-3

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia METAPAN, se ha presentado el propie-

tario del Certifi cado No. 126945 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 09

de enero de 1999, a 180 días prorrogables, solicitando la Reposición de

dicho Certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos

de Reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486

y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 24 de junio de 2014.

LICDA. ANA LUISA MURILLO DE CHILE,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No. F013055-3

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161DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

SCOTIABANK EL SALVADOR, S A.

AVISA: Que en su agencia LA UNIÓN, se ha presentado el propie-

tario del Certifi cado No. 534157 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 12

de agosto de 2009, a 60 días prorrogables, solicitando la Reposición de

dicho Certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos

de Reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486

y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la Reposición del Certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 24 de junio de 2014.

LICDA. ANA LUISA MURILLO DE CHILE,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No. F013056-3

OTROS

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD SAL-

VADOREÑA QUE SE DENOMINA NEGOCIOS E INTERESES,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR ESTE

MEDIO

CERTIFICA: Que en el libro de actas que lleva la sociedad, se

encuentra asentada el Acta número DIECISIETE de fecha veinticuatro de

enero de dos mil once que en su punto tres de carácter extraordinario

literalmente dice:

AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL DE LA SOCIEDAD, MO-

DIFICACION DEL PACTO SOCIAL PARA SU ADECUACION AL

MARCO LEGAL VIGENTE Y MODIFICAR TODAS SUS CLAUSU-

LAS DEL PACTO SOCIAL PARA DARLES UN NUEVO ORDEN

CORRELATIVO E INCORPORAR EN UN SOLO INSTRUMENTO

LOS ESTATUTOS. El Presidente hizo del conocimiento de la Junta que

en atención a lo prescrito por las últimas reformas verifi cadas al Código

de Comercio deben ajustarse algunos aspectos de la Sociedad, como es

el caso del valor nominal de las acciones se propuso a la junta modifi car

el capital social de la sociedad, disminuyendo el capital social mínimo

y aumentando el capital social variable, con el propósito de modifi car

el valor nominal de las acciones de ONCE 43/100 DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA a DIEZ 00/100 DOLARES de los

Estados Unidos de América (US$10.00).

Consecuentemente se propone disminuir el capital social mínimo

a un monto de DOS MIL 00/100 DOLARES (US$ 2,000.00), quedando

en consecuencia un capital social variable de Nueve mil cuatrocientos

veintiocho 57/100 dólares (US$ 9,428.57), el cual será incrementado

por un monto de QUINIENTOS SETENTA Y UNO 43/100 dólares

(US$571.43).

Completando un Capital Social de DOCE MIL 00/100 dólares

(US$12,000.00) representado y dividido en 1200 acciones de un valor

nominal de DIEZ 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América

cada una, del cual DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA (US$ 2,000.00) corresponden al Capital Social Mínimo

y DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

(US$ 10,000.00) corresponden a la parte variable del capital.

Con el nuevo ajuste se procede a la emisión de 1200 nuevas acciones

con un valor nominal de DIEZ 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA (US$ 10.00) cada una.

Como resultado de la modifi cación del pacto social acordada y con

el propósito de adecuar los estatutos de la sociedad al marco legal vigente,

se acuerda por todos los accionistas, modifi car todas las cláusulas del

pacto social y condiciones que al efecto sean necesarias, asignándoles

nuevo correlativo e incorporar en un solo instrumento los estatutos que

en adelante regirán a la sociedad y se designa como ejecutor especial del

presente acuerdo al Ingeniero Enrique Alberto Sol Meza, facultándolo

para comparecer ante Notario en el otorgamiento del instrumento público

que corresponde y suscribir cualquier documento que al efecto resulte

necesario.

San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil catorce.

SALVADOR SÁNCHEZ CERNA,

SECRETARIO JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE

ACCIONISTAS.

NEGOCIOS E INTERESES, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F013160-3

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL ORDI-

NARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIE-

DAD SALVADOREÑA QUE SE DENOMINA RODANO, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR ESTE MEDIO

CERTIFICA: Que en el libro de actas que lleva la sociedad, se

encuentra asentada el Acta número ONCE de fecha quince de enero de

dos mil once que en su punto tres de carácter extraordinario literalmente

dice:

DISMINUCION DE CAPITAL SOCIAL DE LA SOCIEDAD,

MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL PARA SU ADECUACION

AL MARCO LEGAL VIGENTE Y MODIFICAR TODAS LAS CLAU-

SULAS DEL PACTO SOCIAL PARA DARLES UN NUEVO ORDEN

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162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

CORRELATIVO E INCORPORAR EN UN SOLO INSTRUMENTO

LOS ESTATUTOS. El Presidente hizo del conocimiento de la Junta que

en atención a lo prescrito por las últimas reformas verifi cadas al Código

de Comercio deben ajustarse algunos aspectos de la Sociedad, como

es el caso del valor nominal de las acciones por lo que propuso a la Junta

modifi car el capital social de la sociedad, con el propósito de incrementar

el valor nominal de las acciones de ONCE 43/100 (US$11.43) Dólares

de los Estados Unidos de América a DOCE 00/100 (US$12.00) Dólares

de los Estados Unidos de América.

Que a consecuencia de la liquidación de pérdidas acumuladas de

los ejercicios 2008, 2009 y 2010 y liquidación del capital suscrito no

pagado, el capital social de la sociedad es de TRES MIL TRESCIENTOS

TREINTA Y SIETE 79/100 DOLARES (US$ 3,337.79). En tal sentido

se propone ajustar el capital social mínimo disminuyéndolo a DOS MIL

DIECISEIS 00/100 DOLARES (US$ 2,016.00) e incrementar el capital

social por un monto de VEINTIDOS 21/100 DOLARES, para totalizar

un capital social de TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA 00/100

DOLARES (US$ 3,360.00).

Con el nuevo ajuste se procede a la emisión de 280 nuevas acciones

con un valor nominal de Doce 00/100 Dólares de los Estados Unidos de

América (US$ 12.00) cada una.

Como consecuencia de la disminución en el Capital Social Mínimo

acordado y posterior aumento de capital y con el propósito de adecuar los

Estatutos de la Sociedad al marco legal vigente, se acuerda por todos los

accionistas, modifi car todas las cláusulas del pacto social y condiciones

que al efecto sean necesarias, asignándoles un nuevo orden correlativo e

incorporar en un solo instrumento los Estatutos que en adelante regirán

a la sociedad y se designa como Ejecutor Especial del presente acuerdo

al Ingeniero Enrique Alberto Sol Meza, facultándolo para comparecer

ante Notario en el otorgamiento del instrumento público que corresponde

y suscribir cualquier documento que al efecto resulte necesario.

Se hace constar que el capital social antes del aumento acordado,

se encuentra totalmente suscrito y pagado.

San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil catorce.

ROXANA AQUINO,

SECRETARIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE

ACCIONISTAS.

RODANO, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F013165-3

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL ORDI-

NARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIE-

DAD SALVADOREÑA QUE SE DENOMINA POAS, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR ESTE MEDIO

CERTIFICA: Que en el libro de actas que lleva la sociedad, se

encuentra asentada el Acta número NUEVE de fecha quince de enero de

dos mil once que en su punto tres de carácter extraordinario literalmente

dice:

DISMINUCION DE CAPITAL SOCIAL DE LA SOCIEDAD,

MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL PARA SU ADECUACION

AL MARCO LEGAL VIGENTE Y MODIFICAR TODAS LAS CLAU-

SULAS DEL PACTO SOCIAL PARA DARLES UN NUEVO ORDEN

CORRELATIVO E INCORPORAR EN UN SOLO INSTRUMENTO

LOS ESTATUTOS. El Presidente hizo del conocimiento de la Junta que

en atención a lo prescrito por las últimas reformas verifi cadas al Código

de Comercio deben ajustarse algunos aspectos de la Sociedad, como es

el caso del valor nominal de las acciones de la sociedad, en ese sentido,

se propone a la Junta Ajustar el Capital Mínimo de la Sociedad con el

propósito de modifi car el valor nominal de las acciones de ONCE 43/100

Dólares de los Estados Unidos de América (US $11.43) a DIEZ 00/100

Dólares de los Estados Unidos de América (US$10.00).

Siendo que en la actualidad el Capital Social y Mínimo de POAS,

S.A. de C.V. es de ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO

DOLARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR

(US$11,428.57) representado y dividido en 1000 acciones de un valor

nominal de CIEN COLONES, cada una, pero por liquidación de pérdidas

acumuladas de ejercicios anteriores y por amortización y liquidación

de la cuenta por cobrar de los accionistas el Capital Social ha quedado

reducido a la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS AMERICA (US$2,000.00).

Consecuentemente se propone ajustar el capital social y mínimo;

el cual se acuerda determinarlo en la suma de DOS MIL 00/100 DO-

LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US $2,000.00),

como consecuencia del acuerdo tomado, se procede a la emisión de 200

acciones de un valor nominal de DIEZ 00/100 DÓLARES (US$10.00),

cada una.

Por lo anterior se acuerda atender el procedimiento legal para

formalizar la disminución de capital social convenido y en consecuencia

emítanse en su momento, las acciones respectivas. Se hace constar que el

capital social, se encontraba Totalmente Suscrito y Pagado al momento

de la disminución del capital.

Como resultado de la disminución del Capital Social Mínimo

acordado y con el propósito de adecuar los Estatutos de la Sociedad

al marco legal vigente, se acuerda por todos los accionistas, modifi car

todas las cláusulas del pacto social y condiciones que al efecto sean

necesarias, asignándoles un nuevo orden correlativo e incorporar en un

solo instrumento los Estatutos que en adelante regirán a la sociedad y

se designa como Ejecutor Especial del presente acuerdo al Ingeniero

Enrique Alberto Sol Meza, facultándolo para comparecer ante Notario

en el otorgamiento del instrumento público que corresponde y suscribir

cualquier documento que al efecto resulte necesario.

Y no habiendo más puntos que tratar se da por terminada la presente

y para los efectos legales se fi rma.

San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil catorce.

SANDRA LOURDES SOL WILSON,

SECRETARIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE

ACCIONISTAS.

POAS, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F013166-3

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163DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL ORDI-

NARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIE-

DAD SALVADOREÑA QUE SE DENOMINA TAMESIS, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR ESTE MEDIO

CERTIFICA: Que en el libro de actas que lleva la sociedad, se

encuentra asentada el Acta número ONCE de fecha quince de enero de

dos mil once que en su punto tres de carácter extraordinario literalmente

dice:

3. DISMINUCION DE CAPITAL SOCIAL DE LA SOCIEDAD,

MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL PARA SU ADECUACION

AL MARCO LEGAL VIGENTE Y MODIFICAR TODAS LAS CLAU-

SULAS DEL PACTO SOCIAL PARA DARLE UN NUEVO ORDEN

CORRELATIVO E INCORPORAR EN UN SOLO INSTRUMENTO

LOS ESTATUTOS, MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL Y

DESIGNACION DE EJECUTOR ESPECIAL. El Presidente hizo del

conocimiento de la Junta que en atención a lo prescrito por las últimas

reformas verifi cadas al Código de Comercio deben ajustarse algunos

aspectos de la Sociedad, como es el caso del valor nominal de las ac-

ciones, en vista de lo cual propuso a la Junta modifi car el capital social

de la sociedad, con el propósito de incrementar el valor nominal de las

acciones de ONCE 43/100 (US$11.43) Dólares de los Estados Unidos

de América a DOCE 00/100 (US$12.00) Dólares de los Estados Unidos

de América.

Que a consecuencia de la liquidación de pérdidas acumuladas de

los ejercicios 2008, 2009 y 2010 y liquidación del capital suscrito no

pagado, el capital social de la sociedad es de TRES MIL OCHOCIEN-

TOS VEINTIUNO 59/100 DOLARES (US$ 3,821.59). En tal sentido

se propone ajustar el capital social mínimo disminuyéndolo a DOS

MIL DIECISEIS 00/100 DOLARES (US$2,016.00) e incrementar el

capital social por un monto de DIECIOCHO 41/100 Dólares de los

Estados Unidos de América (US$18.41) para totalizar un Capital Social

de TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA 00/100 DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 3,840.00). Dicho

incremento será realizado por aporte de los accionistas mediante com-

pensación de deudas que la sociedad tiene para con ellos, encontrándose

presentes en dicha Junta aceptándolo de manera expresa y emitido su

total y absoluto acuerdo; de la siguiente manera: El Ingeniero Enrique

Alberto Sol Meza la cantidad de DIECISEIS 56/100 DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$16.56) y Doña Dora

Silvia Wilson de Sol la cantidad de UNO 85/100 DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA (US$1.85).

Con el nuevo ajuste se procede a la emisión de 320 nuevas acciones

con un valor nominal de Doce 00/100 Dólares de los Estados Unidos de

América (US$12.00) cada una.

Por lo anterior se acuerda atender el procedimiento legal para for-

malizar el aumento de capital convenido y ajuste de capital social mínimo

y en consecuencia emítanse en su momento, las acciones respectivas.

Se hace constar que el capital social antes del aumento acordado, se en-

cuentra totalmente suscrito y pagado. Y con el propósito de adecuar los

Estatutos de la Sociedad al marco legal vigente, se acuerda por todos los

accionistas, modifi car todas las cláusulas del pacto social y condiciones

que al efecto sean necesarias, asignándoles un nuevo orden correlativo e

incorporar en un solo instrumento los Estatutos que en adelante regirán

a la sociedad y se designa como Ejecutor Especial del presente acuerdo

al Ingeniero Enrique Alberto Sol Meza, facultándolo para comparecer

ante Notario en el otorgamiento del instrumento público que corresponde

y suscribir cualquier documento que al efecto resulte necesario.

San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil catorce.

ROXANA AQUINO,

SECRETARIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE

ACCIONISTAS.

TAMESIS, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F013168-3

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD SAL-

VADOREÑA QUE SE DENOMINA EL AGUIJON, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR ESTE MEDIO

CERTIFICA: Que en el libro de actas que lleva la sociedad, se

encuentra asentada el Acta número NUEVE de fecha once de enero de

dos mil once que en su punto dos de carácter extraordinario literalmente

dice:

AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL, MODIFICACION DEL

PACTO SOCIAL PARA SU ADECUACION AL MARCO LEGAL

VIGENTE. El Presidente hizo del conocimiento de la Junta que en

atención a lo prescrito por las últimas reformas verifi cadas al Código

de Comercio deben ajustarse algunos aspectos de la Sociedad, como es

el caso del valor nominal de las acciones, por lo que propuso a la junta

modifi car el capital social de la sociedad, con el propósito de incrementar

el valor nominal de las acciones a DOCE 00/100 DOLARES de los

Estados Unidos de América.

En tal sentido se propone ajustar el capital social mínimo dismi-

nuyéndolo a DOS MIL DIECISEIS 00/100 DOLARES (US$ 2,016.00)

e incrementar el capital social en su parte variable por un monto de

NOVENTA Y UN 44/100 Dólares ($ 91.44) y NUEVE MIL NOVE-

CIENTOS OCHENTA Y CUATRO 00/100 DOLARES (US$ 9,984.00),

corresponden a la parte variable del capital social. Totalizando un capital

social de ONCE MIL QUINIENTOS VEINTE 00/100 DOLARES

(US$11,520.00). Con el nuevo ajuste se procede a la emisión de 960

nuevas acciones con un valor nominal de DOCE 00/100 DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$12.00) cada una.

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164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

Como consecuencia de la modifi cación del pacto social acordado

y con el propósito de adecuar los estatutos de la sociedad al marco

legal vigente, se acuerda por todos los accionistas, modifi car todas las

cláusulas del pacto social y condiciones que al efecto sean necesarias,

asignándoles nuevo correlativo e incorporar en un solo instrumento

los estatutos que en adelante regirán a la sociedad y se designa como

ejecutor especial del presente acuerdo al Ingeniero Enrique Alberto Sol

Meza, facultándolo para comparecer ante Notario en el otorgamiento del

instrumento público que corresponde y suscribir cualquier documento

que al efecto resulte necesario.

San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil catorce.

ERNESTO SOL MEZA,

SECRETARIO JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE

ACCIONISTAS.

EL AGUIJON, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F013172-3

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EX-

TRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD SALVA-

DOREÑA QUE SE DENOMINA MITE, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, POR ESTE MEDIO

CERTIFICA: Que en el libro de actas que lleva la sociedad, se

encuentra asentada el Acta número TREINTA Y OCHO de fecha trece de

enero de dos mil once que en su punto dos de carácter extraordinario

literalmente dice:

AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL, MODIFICACION DEL

PACTO SOCIAL PARA SU ADECUACION AL MARCO LEGAL

VIGENTE. El Presidente hizo del conocimiento de la Junta que en

atención a lo prescrito por las últimas reformas verifi cadas al Código

de Comercio deben ajustarse algunos aspectos de la Sociedad, como es

el caso del valor nominal de las acciones, por lo cual propuso a la Junta

modifi car el capital social de la sociedad, con el propósito de incrementar

el valor nominal de las acciones de ONCE 43/00 DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA(US$11.43) a DOCE 00/100 DO-

LARES de los Estados Unidos de América (US$12.00).

En tal sentido se propone ajustar el capital social mínimo, dismi-

nuyéndolo en un monto de DOS MIL VEINTIOCHO 00/100 DOLA-

RES (US$2,028.00) e incrementar el capital social en su parte variable

mediante el traslado del capital fi jo y mediante aporte de la cantidad de

CINCUENTA Y SEIS 00/100 Dólares (US$ 56.00), realizado mediante

aporte que tres de los accionistas realizarán por compensación de deudas

que la sociedad tiene para con ellos.

Con el nuevo ajuste se procede a la emisión de 13,338 nuevas

acciones con un valor nominal de DOCE 00/100 DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$12.00) cada una.

Quedando en consecuencia un capital social de CIENTO SESENTA

MIL CINCUENTA Y SEIS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA (US$ 160,056.00), del cual DOS MIL VEINTIOCHO DO-

LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 2,028.00),

corresponden al capital social mínimo y CIENTO CINCUENTA Y OCHO

MIL VEINTIOCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA (US$158,028.00) corresponden al capital social variable.

Como consecuencia de la disminución en el Capital Social Mínimo

acordado y posterior aumento de capital y con el propósito de adecuar los

Estatutos de la Sociedad al marco legal vigente, se acuerda por todos los

accionistas, modifi car todas las cláusulas del pacto social y condiciones

que al efecto sean necesarias, asignándoles un nuevo orden correlativo e

incorporar en un solo instrumento los Estatutos que en adelante regirán

a la sociedad y se designa como Ejecutor Especial del presente acuerdo

al Ingeniero Enrique Alberto Sol Meza, facultándolo para comparecer

ante Notario en el otorgamiento del instrumento público que corresponde

y suscribir cualquier documento que al efecto resulte necesario.

Se hace constar que el capital social antes del aumento acordado,

se encuentra totalmente suscrito y pagado.

San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil catorce.

RICARDO SOL MEZA,

SECRETARIO JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE

ACCIONISTAS.

MITE, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F013174-3

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EX-

TRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD SALVA-

DOREÑA QUE SE DENOMINA CERFRAN, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, POR ESTE MEDIO

CERTIFICA: Que en el libro de actas que lleva la sociedad, se

encuentra asentada el Acta número NUEVE de fecha veinte de enero de

dos mil once que en su punto tres de carácter extraordinario literalmente

dice:

MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL Y DESIGNACION

DE EJECUTOR ESPECIAL Y MODIFICAR TODAS LAS CLAUSU-

LAS DEL PACTO SOCIAL PARA DARLES UN NUEVO ORDEN

CORRELATIVO E INCORPORAR EN UN SOLO INSTRUMENTO

LOS ESTATUTOS. El Presidente hizo del conocimiento de la Junta que

en atención a lo prescrito por las últimas reformas verifi cadas al Código

de Comercio deben ajustarse algunos aspectos de la Sociedad, como es

el caso del valor nominal de las acciones, además se propuso a la Junta

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165DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

modifi car el capital social de la sociedad, con el propósito de ajustar el

valor nominal de las acciones de ONCE 43/100 (US$ 11.43) Dólares de

los Estados Unidos de América a DOCE 00/100 (US$12.00) Dólares de

los Estados Unidos de América.

Siendo que en la actualidad el capital social de CERFRAN, S.A. de

C.V. es de ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES

CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR (US$11,428.57)

representado y dividido en 1000 acciones de un valor nominal de CIEN

COLONES, cada una, pero por liquidación de pérdidas acumuladas de

ejercicios anteriores el Capital Social ha quedado reducido a la cantidad

de CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS 16/100 DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS AMERICA (US$ 5,536.16).

En tal sentido se propone ajustar el capital social mínimo dismi-

nuyéndolo a la cantidad de DOS MIL DIECISEIS 00/100 DOLARES

(US$2,016.00) e incrementar el capital social en su parte variable por un

monto de SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES 83/100

dólares (US$ 6,463.84), para completar un capital social de DOCE MIL

DOLARES 00/100 DOLARES (US$ 12,000.00) representado y dividido

en 1000 acciones de un valor de DOCE 00/100 (US$12.00) cada una,

del cual DOS MIL DIECISEIS 00/100 DOLARES (US$ 2,016.00) co-

rresponden al capital social mínimo y NUEVE MIL NOVECIENTOS

OCHENTA Y CUATRO 00/100 DOLARES (US$9,984.00), corres-

ponden a la parte variable del capital social.

Con el nuevo ajuste se procede a la emisión de 1000 nuevas acciones

con un valor nominal de DOCE 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA (US $12.00) cada una.

Como consecuencia de la disminución en el Capital Social Mínimo

acordado y posterior aumento de capital y con el propósito de adecuar los

Estatutos de la Sociedad al marco legal vigente, se acuerda por todos los

accionistas, modifi car todas las cláusulas del pacto social y condiciones

que al efecto sean necesarias, asignándoles un nuevo orden correlativo e

incorporar en un solo instrumento los Estatutos que en adelante regirán

a la sociedad y se designa como Ejecutor Especial del presente acuerdo

al Ingeniero Enrique Alberto Sol Meza, facultándolo para comparecer

ante Notario en el otorgamiento del instrumento público que corresponde

y suscribir cualquier documento que al efecto resulte necesario.

Se hace constar que el capital social antes del aumento acordado,

se encuentra totalmente suscrito y pagado.

San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil catorce.

ERNESTO SOL MEZA,

SECRETARIO JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE

ACCIONISTAS.

CERFRAN S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F013176-3

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL ORDI-

NARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIE-

DAD SALVADOREÑA QUE SE DENOMINA FERMER, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, POR ESTE MEDIO

CERTIFICA: Que en el libro de actas que lleva la sociedad, se

encuentra asentada el Acta número DIECINUEVE de fecha catorce de

enero de dos mil once que en su punto tres de carácter extraordinario

literalmente dice:

AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL, MODIFICACION DEL

PACTO SOCIAL PARA SU ADECUACION AL MARCO LEGAL

VIGENTE. El Presidente hizo del conocimiento de la Junta que en

atención a lo prescrito por las últimas reformas verifi cadas al Código

de Comercio deben ajustarse algunos aspectos de la Sociedad, como es

el caso del valor nominal de las acciones, por lo cual propuso a la Junta

modifi car el capital social de la sociedad, con el propósito de incrementar

el valor nominal de las acciones a DOCE 00/100 DOLARES de los Es-

tados Unidos de América. Siendo que en la actualidad el capital social

y mínimo de FERMER, S. A. DE C. V. es de CINCUENTA Y SIETE

MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y

CINCO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA (US$ 57,142.85) representado y dividido en 5,000 Acciones

de un valor nominal de CIEN COLONES, cada una.

Consecuentemente se propone disminuir el capital social mínimo

quedando en un monto de DOCE MIL 00/100 Dólares (US$12,000.00) e

incrementar el capital variable por un monto de VEINTICINCO 15/100

Dólares (US$25.15), totalizando un capital social de CINCUENTA

Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO 00/100 DÓLARES

(US$57,168.00).

Con el nuevo ajuste se procede a la emisión de 4,764 nuevas ac-

ciones con un valor nominal de DOCE 00/100 Dólares de los Estados

Unidos de América ($12.00) cada una. El pago del incremento se deberá

realizar mediante cheque certifi cado emitido a favor de la sociedad.

Como consecuencia de la modifi cación del pacto social acordado

y con el propósito de adecuar los estatutos de la sociedad al marco legal

vigente, se acuerda por todos los accionistas, modifi car todas las cláusulas

del pacto social y condiciones que al efecto sean necesarias, asignándoles

nuevo correlativo e incorporar en un solo instrumento los estatutos que

en adelante regirán a la sociedad y se designa como ejecutor especial

del presente acuerdo al Licenciado Ernesto Sol Meza, facultándolo para

comparecer ante Notario en el otorgamiento del instrumento público

que corresponde y suscribir cualquier documento que al efecto resulte

necesario.

San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil catorce.

RAFAEL ERNESTO SOL AGUILAR,

SECRETARIO JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE

ACCIONISTAS.

FERMER, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F013180-3

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166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2013130233

No. de Presentación: 20130189918

CLASE: 41.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: la frase ARTEC.A. y diseño, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE CAPACITACION Y DIRECCION

DIRIGIDOS AL SECTOR ARTESANAL, PARA PROMOVER LA

COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS, ESPECIFICAMENTE:

VESTUARIO, CALZADO, ACCESORIOS, JOYERIA Y ARTICULOS

PARA EL HOGAR. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dos de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002725-3

No. de Expediente: 2014133906

No. de Presentación: 20140197577

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la

MARCA DE SERVICIOS,

AUXELVO

Consistente en: la palabra AUXELVO, que servirá para: AMPA-

RAR: SERVICIOS DE RECOLECCION Y CONSERVACION DE

TEJIDOS BIOLOGICOS, SANGRE, CÉLULAS; SERVICIOS DE

DIAGNOSTICO MEDICO; SERVICIOS DE TRATAMIENTO MEDI-

CO; SERVICIOS DE SUMINISTRO DE INFORMACION MEDICA Y

DATOS MEDICOS PARA LA REALIZACION DE DIAGNOSTICOS

Y TRATAMIENTOS MEDICOS. Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002740-3

No. de Expediente: 2014133902

No. de Presentación: 20140197573

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

KARTEAN

Consistente en: la palabra KARTEAN, que servirá para: AMPA-

RAR: SERVICIOS DE RECOLECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE

TEJIDOS BIOLÓGICOS, SANGRE, CÉLULAS; SERVICIOS DE

DIAGNÓSTICO MÉDICO; SERVICIOS DE TRATAMIENTO MÉDI-

CO; SERVICIOS DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN MÉDICA Y

DATOS MÉDICOS PARA LA REALIZACIÓN DE DIAGNÓSTICOS

Y TRATAMIENTOS MÉDICOS. Clase: 44.

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167DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de marzo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002741-3

No. de Expediente: 2014133908

No. de Presentación: 20140197579

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

KYMRIAH

Consistente en: la palabra KYMRIAH, que servirá para: AMPA-

RAR: SERVICIOS DE RECOLECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE

TEJIDOS BIOLÓGICOS, SANGRE, CÉLULAS; SERVICIOS DE

DIAGNÓSTICO MÉDICO; SERVICIOS DE TRATAMIENTO MÉDI-

CO; SERVICIOS DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN MÉDICA Y

DATOS MÉDICOS PARA LA REALIZACIÓN DE DIAGNÓSTICOS

Y TRATAMIENTOS MÉDICOS. Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de marzo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002742-3

No. de Expediente: 2014134184

No. de Presentación: 20140198072

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado EDNA

CAROLINA LOPEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO de

Millicom International Cellular S.A., de nacionalidad LUXEMBUR-

GUESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras tigo SPORTS y diseño, se traduce al

castellano como: Tigo Deportes, que servirá para: AMPARAR: PRO-

VISIÓN Y PRODUCCIÓN DE CONTENIDO AUDIO Y VISUAL

RELACIONADOS CON LA CAPACITACIÓN, DEPORTE Y CUL-

TURA; SERVICIOS EDUCATIVOS Y DE ENTRETENIMIENTO

POR MEDIO DE RADIO, TELEVISIÓN, TELEFONÍA, INTERNET,

BASE DE DATOS EN LINEA; ENTRETENIMIENTO DE RADIO Y

TELEVISIÓN EN TODO TIPO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN,

ES DECIR, TELEVISIÓN, COMPUTADORA, ESTÉREO PERSO-

NAL, REPRODUCTOR MULTIMEDIA PORTÁTIL, ASISTENTE

PERSONAL, TELEFONÍA MÓVIL, REDES DE COMPUTADORAS,

INTERNET; SERVICIOS RECREATIVOS; ACTIVIDADES DEPOR-

TIVAS Y CULTURALES; PRODUCCIÓN Y REALIZACIÓN DE ES-

PECTÁCULOS, OBRAS DE TEATRO Y DE OTRAS ACTUACIONES

DE DIVERSIÓN; PRODUCCIÓN DE CINE, RADIO, EMISIONES

TELEVISIVAS, PRESENTACIÓN DE INFORMES, DISCUSIONES

DEBATES Y VIDEO; ORGANIZACIÓN DE COMPETENCIAS,

ESPECTÁCULOS, LOTERÍA, JUEGOS DE EDUCACIÓN Y ENTRE-

TENIMIENTO MONTAJE DE PROGRAMAS AUDIOVISUALES,

MULTIMEDIA Y RADIO, TEXTOS Y/O IMÁGENES, FIJAS O EN

MOVIMIENTO, Y/O SONIDOS MUSICALES O NO, Y/O SONIDOS

DE LLAMADA DE USO INTERACTIVO U OTRO; SUMINISTRO DE

ESTUDIO DE CINE; SERVICIOS DE ESTUDIOS DE GRABACIÓN Y

ESTUDIOS DE GRABACIÓN; SERVICIOS DE INFORMACIÓN DE

DIVERSIÓN, EDUCACIÓN Y ENTRETENIMIENTO; ALQUILER

DE APARATOS DE PROYECCIÓN DE CINE, DECODIFICADO-

RES, CODIFICADORES; ALQUILER DE APARATOS AUDIOVI-

SUALES E INSTRUMENTOS, ES DECIR, EQUIPOS DE RADIO

Y TELEVISIÓN, APARATOS DE AUDIO Y VIDEO, CÁMARAS,

EQUIPOS DE SONIDO PERSONALES, REPRODUCTORES DE

VIDEO PORTÁTILES, EQUIPOS DE TEATRO; ORGANIZACIÓN

DE CONFERENCIAS, EXPOSICIONES, SEMINARIOS, SIMPOSIOS

Y CONFERENCIAS CON FINES CULTURALES O EDUCATIVOS

RELACIONADOS CON LA TELEVISIÓN Y LA RADIO; SUMINIS-

TRO DE INFORMACIÓN; RESERVACIÓN DE BUTACAS PARA

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168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

ESPECTÁCULOS; CONSULTORÍA PARA LA PRODUCCIÓN DE

PROGRAMAS DE VIDEO; SERVICIOS DE JUEGOS OFRECIDOS

EN LINEA (DESDE UNA RED DE COMPUTADORA), SERVICIOS

DE JUEGOS DE AZAR; EDICIÓN Y PUBLICACIÓN DE TEXTOS

(EXCEPTO TEXTOS PUBLICITARIOS), DE MEDIOS DE AUDIO

Y VIDEO Y CONTENIDO MULTIMEDIA (DISCOS INTERACTI-

VOS, DISCOS COMPACTOS, DISCOS DE ALMACENAMIENTO);

PUBLICACIÓN ELECTRÓNICA DE LIBROS Y PERIÓDICOS EN

LINEA; PUBLICACIÓN Y PRÉSTAMO DE LIBROS Y TEXTOS

(EXCEPTO TEXTOS PUBLICITARIOS). Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de abril del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002748-3

No. de Expediente: 2014135675

No. de Presentación: 20140201667

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ROBERTO MERINO GARAY, en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de AUTOMAX, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AUTOMAX, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras EXCEL Online y diseño, que se traducen

al castellano como sobresalir en línea, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS DE REPARACION DE VEHICULOS AUTOMOTORES.

Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de mayo del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002759-3

No. de Expediente: 2014134046

No. de Presentación: 20140197815

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LEONARDO

JOSE MARTINEZ CAÑADA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

PAYWEY.COM

Consistente en: las palabras PAYWEY.COM, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS FINANCIEROS. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de junio del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002788-3

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169DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

No. de Expediente: 2014134070

No. de Presentación: 20140197839

CLASE: 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO

de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que

se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-

CIOS,

Consistente en: las palabras MiPOS CREDOMATIC y diseño, que

servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTION

DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMER-

CIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002796-3

No. de Expediente: 2014134050

No. de Presentación: 20140197819

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANO-

NIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras BAC CORP SECURITIES, se traduce

al castellano como: Corporación de custodia de valores Bac, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTION DE

NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACION COMERCIAL;

TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de abril del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002798-3

No. de Expediente: 2014134058

No. de Presentación: 20140197827

CLASE: 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO

de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que

se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-

CIOS,

Consistente en: las palabras BAC FINANCIAL NETWORK,

que se traducen al castellano como Red Financiera Bac, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTIÓN DE

NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL;

TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

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170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002799-3

No. de Expediente: 2014134061

No. de Presentación: 20140197830

CLASE: 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO

de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que

se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-

CIOS,

Consistente en: las palabras BAC INTERNATIONAL BANK,

que se traducen al castellano como Banco Internacional Bac, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTIÓN DE

NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL;

TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002800-3

No. de Expediente: 2014134064

No. de Presentación: 20140197833

CLASE: 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO

de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que

se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-

CIOS,

Consistente en: las palabras BANCO DE AMÉRICA CENTRAL,

que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD;

GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN

COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002801-3

DIARIO

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171DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

No. de Expediente: 2014134067

No. de Presentación: 20140197836

CLASE: 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,

Consistente en: la palabra CREDOMATIC y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002802-3

No. de Expediente: 2013129568

No. de Presentación: 20130188917

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado JOSE ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,

Consistente en: la palabra mipromo y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIA-LES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002803-3

No. de Expediente: 2013129564

No. de Presentación: 20130188913

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,

Consistente en: la expresión mipromo.com y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS CO-MERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002804-3

DIARIO

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172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

No. de Expediente: 2013129569

No. de Presentación: 20130188918

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado JOSE ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,

Consistente en: la palabra mipromo y diseño, que servirá para: AMPARAR: SEGUROS; OPERACIONES FINANCIERAS; OPERA-CIONES MONETARIAS; Y NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002805-3

No. de Expediente: 2013129566

No. de Presentación: 20130188915

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,

Consistente en: la expresión mipromo.com y diseño, que servirá para: AMPARAR: SEGUROS; OPERACIONES FINANCIERAS; OPERACIONES MONETARIAS; Y NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002806-3

No. de Expediente: 2013129547

No. de Presentación: 20130188885

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,

Consistente en: la expresión PromoMatic y diseño, que servirá para: AMPARAR: SEGUROS; OPERACIONES FINANCIERAS; OPERACIONES MONETARIAS; Y NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002807-3

DIARIO

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173DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

No. de Expediente: 2014133972

No. de Presentación: 20140197680

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GISELA MA-RISOL CORDERO DE GARCIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras ST SOLESTEC, S.A. DE C.V., que ser-virá para: AMPARAR: SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN:SERVICIOS DE REPARACIÓN:SERVICIOS DE INSTALACION. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil catorce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013017-3

No. de Expediente: 2014133973

No. de Presentación: 20140197681

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GISELA MA-RISOL CORDERO DE GARCIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras DS DIGITAL SOLUTIONS y diseño; que se traducen al castellano como SOLUCIONES DIGITALES, que servirá para: AMPARAR: GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; VENTA DE EQUIPOS INFORMATICOS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de marzo del año dos mil catorce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013019-3

No. de Expediente: 2014133971

No. de Presentación: 20140197679

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GISELA MA-

RISOL CORDERO DE GARCIA, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra www.piensads.com; Sobre los elementos

www. y .com, individualmente considerados no se le concede exclusivi-

dad por ser de uso común o necesarios en el comercio, que servirá para:

AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTIÓN DENEGOCIOSCOMERCIA-

LES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA..

Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de marzo del año dos mil catorce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013021-3

DIARIO

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174 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

No. de Expediente: 2013125342

No. de Presentación: 20130181532

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de ALFAGRES S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra ALFA y diseño, que servirá para: AMPA-RAR: SERVICIOS DE IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, COMPRA, VENTA, COMERCIALIZACIÓN, DE PRODUCTOS TALES COMO: DUCHAS METÁLICAS, LAVAMANOS METÁLICOS, ELEMEN-TOS DE GRIFERÍA METÁLICOS, ACCESORIOS METÁLICOS PARA BAÑO Y COCINA, MUEBLES METÁLICOS PARA BAÑO Y COCINA, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN NO METÁLICOS; TUBOS RÍGIDOS NO METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN; ASFALTO, PEZ Y BETÚN; CONSTRUCCIONES TRANSPOR-TABLES NO METÁLICAS; MONUMENTOS NO METÁLICOS, ALFOMBRAS, FELPUDOS, ESTERAS, LINÓLEUM Y OTROS REVESTIMIENTOS DE SUELOS; GRAMA, TAPICERÍAS MURA-LES QUE NO SEAN DE MATERIAS TEXTILES, PINTURA PARA EXTERIORES E INTERIORES, PEGAMENTOS, SOLUCIONES REMOVEDORAS, LIMPIADOR MULTIUSOS ANTIBACTERIAL, DESENGRASANTE ANTIBACTERIAL, DESINFECTANTE PARA BAÑOS, LIMPIADOR DE VIDRIOS, LIMPIADOR Y PROTECTOR DE MADERA, PROTECTOR DE PISOS Y PAREDES, SHAMPOO PARA ALFOMBRAS Y TAPIZADOS, CERA AUTO BRILLANTE. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día siete de marzo del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de mayo del año dos mil catorce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013036-3

No. de Expediente: 2013125343

No. de Presentación: 20130181533

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de ALFAGRES S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra alfagres y diseño, que servirá para: AMPA-

RAR: SERVICIOS DE IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, COMPRA,

VENTA, COMERCIALIZACIÓN, DE PRODUCTOS TALES COMO:

DUCHAS METÁLICAS, LAVAMANOS METALICOS, ELEMEN-

TOS DE GRIFERÍA METÁLICOS, ACCESORIOS METÁLICOS

PARA BAÑO Y COCINA, MUEBLES METÁLICOS PARA BAÑO Y

COCINA, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN NO METÁLICOS;

TUBOS RÍGIDOS NO METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN;

ASFALTO, PEZ Y BETÚN; CONSTRUCCIONES TRANSPOR-

TABLES NO METÁLICAS; MONUMENTOS NO METÁLICOS,

ALFOMBRAS, FELPUDOS, ESTERAS, LINÓLEUM Y OTROS

REVESTIMIENTOS DE SUELOS; GRAMA, TAPICERÍAS MURA-

LES QUE NO SEAN DE MATERIAS TEXTILES, PINTURA PARA

EXTERIORES E INTERIORES, PEGAMENTOS, SOLUCIONES

REMOVEDORAS, LIMPIADOR MULTIUSOS ANTIBACTERIAL,

DESENGRASANTE ANTIBACTERIAL, DESINFECTANTE PARA

BAÑOS, LIMPIADOR DE VIDRIOS, LIMPIADOR Y PROTECTOR

DE MADERA, PROTECTOR DE PISOS Y PAREDES, SHAMPOO

PARA ALFOMBRAS Y TAPIZADOS, CERA AUTO BRILLANTE.

Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día siete de marzo del año dos mil

trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de mayo del año dos mil catorce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013037-3

DIARIO

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175DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO

AVISO

La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en ge-

neral, que se ha presentado CARMEN DE JESUS SALES DE AVILA

del domicilio de SAN SALVADOR, solicitando reposición de su póliza

de seguro de vida 94060349 emitida el 07/06/1994. Si dentro de 30 días

contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare

oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.

San Salvador, 13 de junio de 2014.

ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,

RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.

3 v. alt. No. C002754-3

AVISO

La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en

general, que se ha presentado ANA RUTH GONZALEZ NAVARRO

del domicilio de SAN SALVADOR, solicitando reposición de su póliza

de seguro de vida 11499 emitida el 31/05/2007. Si dentro de 30 días

contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare

oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.

San Salvador, 16 de junio de 2014.

ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,

RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.

3 v. alt. No. C002755-3

AVISO

La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general,

que se ha presentado EUGENIO ALCIDES PALENCIA CACERES del

domicilio de CHALATENANGO, solicitando reposición de su póliza

de seguro de vida 17266 emitida el 20/12/2010. Si dentro de 30 días

contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare

oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.

San Salvador, 13 de junio de 2014.

ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,

RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.

3 v. alt. No. C002756-3

AVISO

La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado JULIA DEL CARMEN CLARA DE MAGAÑA del domicilio de SONSONATE, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 15550 emitida el 28/07/2009. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.

San Salvador, 11 de junio de 2014.

ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,

RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.

3 v. alt. No. C002757-3

AVISO

La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado ALCIDES CUADRA FLORES del domicilio de SAN MIGUEL, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 11557 emitida el 15/06/2007. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.

San Salvador, 11 de junio de 2014.

ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,

RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.

3 v. alt. No. C002758-3

REPOSICION DE CHEQUE

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia METROCENTRO se ha presentado el propietario del cheque de gerencia serie "B" No. 0072089 emitido el 02 de mayo de 2014, solicitando la reposición de dicho cheque, lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del cheque de gerencia relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del cheque antes mencionado.

San Salvador, 24 de junio de 2014.

LICDA. ANA LUISA MURILLO DE CHILE,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F013057-3

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176 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2014134438

No. de Presentación: 20140198914

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado ALEJAN-DRO NASRI SACA MELENDEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de IGNEA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IGNEA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADORE-ÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

DIGESTONE

Consistente en: la palabra DIGESTONE, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de marzo del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de abril del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002717-3

No. de Expediente: 2014133503

No. de Presentación: 20140196831

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DAVID FRANCISCO MAGAÑA FERNANDEZ, en su calidad de REPRE-SENTANTE LEGAL de LABORATORIO SOLARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIO SOLARIS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

FLEBOCREAM Consistente en: la palabra FLEBOCREAM, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de febrero del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002718-3

No. de Expediente: 2014134439

No. de Presentación: 20140198915

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ALEJAN-

DRO NASRI SACA MELENDEZ, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de IGNEA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: IGNEA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

DIGEMAX

Consistente en: la palabra DIGEMAX, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de marzo del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002719-3

DIARIO

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177DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

No. de Expediente: 2014134822

No. de Presentación: 20140199730

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado HUMBERTO GERARDO LARA ALAS, en su calidad de APODERADO de PIMI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO,

Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: AZUCAR, HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS COMESTIBLES, MIEL, JARABE DE MELAZA, LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día siete de abril del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de junio del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002722-3

No. de Expediente: 2014133551

No. de Presentación: 20140196921

CLASE: 16, 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,

Consistente en: la palabra PM y diseño, que servirá para: AMPA-RAR: PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS

NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IM-PRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACION; FOTOGRAFIAS; ARTICULOS DE PAPELERIA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERIA O PARA USO DOMESTICO; MATERIAL PARA AR-TISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCION O MATERIAL DIDACTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES);CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES DE IMPREN-TA. Clase: 16. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE ALMACENES DE VENTA AL POR MENOR Y ALMACENES POR DEPARTAMENTOS, ESPECIFICAMENTE COSMETICOS, PERFUMERIA, ARTICULOS PARA LIMPIEZA PERSONAL, JOYERIA, VESTUARIO, CALZADO, SOMBRERERIA, ACCESORIOS PARA EL VESTUARIO COMO CINCHOS, CARTERAS, BILLETERAS, ARTICULOS DECORA-TIVOS PARA EL CABELLO. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002726-3

No. de Expediente: 2014134297

No. de Presentación: 20140198304

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: Diseño de oso, que servirá para: AMPARAR: JUGUETES. Clase: 28.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de marzo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002727-3

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178 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

No. de Expediente: 2014134226

No. de Presentación: 20140198172

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Philip Morris Products S.A., de nacionalidad SUIZA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras SMOOTH TASTE y diseño, se traduce

al castellano como: Sabor Suave, que servirá para: AMPARAR: TABA-

CO, PROCESADO O SIN PROCESAR; PRODUCTOS DE TABACO,

INCLUYENDO LOS PUROS, CIGARROS, CIGARRILLOS, TABACO

PARA CONFECCIONAR SUS PROPIOS CIGARRILLOS, TABACO

PARA PIPA, TABACO PARA MASTICAR, TABACO EN POLVO Y

CIGARROS HECHOS DE UNA MEZCLA DE TABACO Y CLAVO

DE OLOR; SUSTITUTOS DEL TABACO (NO PARA USO MÉDICO);

ARTÍCULOS PARA FUMADORES, INCLUYENDO EL PAPEL DE

CIGARRILLOS Y TUBOS PARA CIGARRILLOS, FILTROS PARA

CIGARRILLO, ESTUCHES PARA TABACO, CAJAS DE CIGARRI-

LLO Y CENICEROS, PIPAS, APARATOS DE BOLSILLO PARA

ENROLLAR CIGARRILLOS, ENCENDEDORES, FÓSFOROS. Clase:

34.

La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de marzo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002731-3

No. de Expediente: 2014134230

No. de Presentación: 20140198176

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO

de Philips Morris Products S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras ASH CONTROL y diseño, que al

idioma castellano se traduce como CONTROL DE CENIZA, que ser-

virá para: AMPARAR: TABACO, PROCESADO O SIN PROCESAR;

PRODUCTOS DE TABACO, INCLUYENDO LOS PUROS, CIGA-

RROS, CIGARRILLOS, TABACO PARA CONFECCIONAR SUS

PROPIOS CIGARRILLOS, TABACO PARA PIPA, TABACO PARA

MASTICAR, TABACO EN POLVO Y CIGARROS HECHOS DE UNA

MEZCLA DE TABACO Y CLAVO DE OLOR; SUSTITUTOS DEL

TABACO (NO PARA USO MEDICO); ARTÍCULOS PARA FUMA-

DORES, INCLUYENDO EL PAPEL DE CIGARRILLOS Y TUBOS

PARA CIGARRILLOS, FILTROS PARA CIGARRILLO, ESTUCHES

PARA TABACO, CAJAS DE CIGARRILLO Y CENICEROS, PIPAS,

APARATOS DE BOLSILLO PARA ENROLLAR CIGARRILLOS,

ENCENDEDORES, FÓSFOROS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002732-3

DIARIO

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179DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

No. de Expediente: 2014134211

No. de Presentación: 20140198113

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Philip Morris Products S.A., de nacionalidad SUIZA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras LESS SMELL y diseño, traducida al

castellano como: menos olor, que servirá para: AMPARAR: TABACO,

PROCESADO O SIN PROCESAR; PRODUCTOS DE TABACO, IN-

CLUYENDO LOS PUROS, CIGARROS, CIGARRILLOS, TABACO

PARA CONFECCIONAR SUS PROPIOS CIGARRILLOS, TABACO

PARA PIPA, TABACO PARA MASTICAR, TABACO EN POLVO Y

CIGARROS HECHOS DE UNA MEZCLA DE TABACO Y CLAVO

DE OLOR; SUSTITUTOS DEL TABACO(NO PARA USO MÉDICO);

ARTÍCULOS PARA FUMADORES, INCLUYENDO EL PAPEL DE

CIGARRILLOS Y TUBOS PARA CIGARRILLOS, FILTROS PARA

CIGARRILLO, ESTUCHES PARA TABACO, CAJAS DE CIGARRI-

LLO Y CENICEROS, PIPAS, APARATOS DE BOLSILLO PARA

ENROLLAR CIGARRILLOS, ENCENDEDORES, FÓSFOROS. Clase:

34.

La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de marzo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002733-3

No. de Expediente: 2014133914

No. de Presentación: 20140197585

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO.

AUXELVO

Consistente en: la palabra AUXELVO, que servirá para: AM-

PARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y BIOLÓGICAS

PARA USO Y DIAGNÓSTICO MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de marzo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002734-3

No. de Expediente: 2014133392

No. de Presentación: 20140196559

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO

DIARIO

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180 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO.

JADNEXX

Consistente en: la palabra JADNEXX, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de febrero del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002735-3

No. de Expediente: 2014133912

No. de Presentación: 20140197583

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO

de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO.

TRENZLO

Consistente en: la palabra TRENZLO, que servirá para: AM-

PARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y BIOLÓGICAS

PARA USO Y DIAGNÓSTICO MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD, INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002736-3

No. de Expediente: 2013130860

No. de Presentación: 20130190967

CLASE: 19.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO de

Columbia Forest Products, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras columbia FOREST PRODUCTS y

diseño, que se traducen al castellano como Productos Forestales Colum-

bia, que servirá para: AMPARAR: MADERA CONTRACHAPADA,

CHAPAS DE MADERA, CONTRACHAPADO, MADERA, FIBRA

DE MADERA Y PRODUCTOS COMPUESTOS DE AGROFIBRA,

TABLEROS DE PARTÍCULA Y TABLEROS DE FIBRA DE MEDIA

DENSIDAD. Clase: 19.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de octubre del año dos

mil trece.

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181DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de abril del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002737-3

No. de Expediente: 2014133909

No. de Presentación: 20140197580

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO

de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO.

CRENZLO

Consistente en: la palabra CRENZLO, que servirá para: AM-

PARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y BIOLÓGICAS

PARA USO Y DIAGNÓSTICO MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002738-3

No. de Expediente: 2014133915

No. de Presentación: 20140197586

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRÍGUEZ, en su calidad de APODERADO

de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO.

CINFINI

Consistente en: la palabra CINFINI, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y BIOLÓGICAS PARA USO

Y DIAGNÓSTICO MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002739-3

No. de Expediente: 2013130064

No. de Presentación: 20130189664

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado RENÉ ERIC

IRAHETA FIGUEROA, en su calidad de APODERADO de JORGE

DIARIO

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182 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

FRANCISCO AMAYA CORTEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras HARINA DE ARROZ PRINCESS

y diseño, se traduce al castellano Princess como: Princesa, que servirá

para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA,

SAGU, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES

HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y CONFITERÍA,

HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA-

DURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE,

SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día once de septiembre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de enero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002743-3

No. de Expediente: 2013124600

No. de Presentación: 20130180091

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CHI- CHAN

WANG, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MAXXIZA,

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-

TO.

Consistente en: la palabra AEROPOSTER y diseño, que servirá

para: AMPARAR: MOCHILAS, BOLSO ESCOLAR, CARTERA DE

TELA, CASUAL O DE CUERO. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día ocho de febrero del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de junio del año dos mil catorce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C002746-3

No. de Expediente: 2014134614

No. de Presentación: 20140199348

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado HECTOR EUGENIO ESCOBAR CONTRERAS, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de GRUPO PAILL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRUPO PAILL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

TIOVA

Consistente en: la palabra TIOVA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS E HIGIÉNI-COS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de junio del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002771-3

DIARIO

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183DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

No. de Expediente: 2014134612

No. de Presentación: 20140199346

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado HECTOR

EUGENIO ESCOBAR CONTRERAS, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de GRUPO PAILL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRUPO PAILL, S.A. DE C.V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO.

MONTAIR

Consistente en: la palabra MONTAIR, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS O

HIGIENICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de junio del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002772-3

No. de Expediente: 2014134052

No. de Presentación: 20140197821

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ

ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO

de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA que

se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-

TO.

Consistente en: las palabras BAC CREDIT CORP, que se tra-

ducen al castellano como Corporación De Créditos Bac, que servirá

para: AMPARAR: PRODUCTOS HECHOS DE PAPEL, CARTÓN

Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN

OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE

ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFIAS; ARTÍCULOS DE PAPE-

LERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA

USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES;

MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEP-

TO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL

DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS

PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES);

CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA. Clase:

16.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002789-3

No. de Expediente: 2014134049

No. de Presentación: 20140197818

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ

ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO

de BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA que

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184 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

se abrevia: BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-

TO.

Consistente en: las palabras BAC CORP SECURITIES, que se

traducen al castellano como Corporación De Custodia de Valores Bac,

que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS HECHOS DE PAPEL,

CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPREN-

DIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MA-

TERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS

DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O

PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCE-

LES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EX-

CEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL

DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS

PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES);

CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA. Clase:

16.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002790-3

No. de Expediente: 2013129567

No. de Presentación: 20130188916

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ

ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO

de BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA que

se abrevia: BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-

TO.

Consistente en: la palabra mipromo y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS

NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IM-

PRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS;

ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE

PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA AR-

TISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE

OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN

O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS

PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS

CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPREN-

TA. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de mayo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002808-3

No. de Expediente: 2013129565

No. de Presentación: 20130188914

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ

ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO

de BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA que

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185DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

se abrevia: BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO.

Consistente en: la expresión mipromo.com y diseño, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRO-DUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFIAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EX-CEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002809-3

No. de Expediente: 2014134073

No. de Presentación: 20140197842

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO de BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras PUNTO DE VENTA CREDOMA-TIC y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS HECHOS

DE PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO

COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IM-

PRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS;

ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE

PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA AR-

TISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE

OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN

O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS

PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS

CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPREN-

TA. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de mayo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C002810-3

No. de Expediente: 2014135785

No. de Presentación: 20140201895

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado WILFREDO

FLORES MORALES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de ALUMINIOS SUPERIOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: ALUS, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-

TO.

Consistente en: las palabras PREMIUM STONE y diseño, que se

traduce como Piedra Premier, que servirá para: AMPARAR: UTENSI-

LIOS CULINARIOS, BATERIAS DE COCINA, ACCESORIOS DE

COCINA Y CULINARIOS. Clase: 21.

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186 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de junio del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012938-3

No. de Expediente: 2014134481

No. de Presentación: 20140198992

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de LABORATORIOS STEIN, SOCIEDAD ANÓNIMA, de

nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO.

STEIN OXICOD

Consistente en: las palabras STEIN OXICOD, que servirá para:

AMPARAR: MEDICAMENTOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de abril del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012953-3

No. de Expediente: 2014135351

No. de Presentación: 20140201104

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAUL AR-

MANDO GUERRA VALDES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO.

Consistente en: las palabras Sweet Moment Bakery y diseño, se

traduce al castellano como: Pastelería dulce momento, que servirá para:

AMPARAR: PANADERÍA. Clase: 30:

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de junio del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013000-3

No. de Expediente: 2014134008

No. de Presentación: 20140197756

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ

GUILLERMO MIRANDA, en su calidad de APODERADO de

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187DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

FREDEGMAN DE JESÚS REYES, de nacionalidad NICARAGÜENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra AMERICAN COOL y diseño, se traduce

al castellano como: Americano Relajado, que servirá para: AMPARAR:

CAMISAS, VESTIDOS, FALDAS, BLUSAS, SUDADERAS, CHA-

QUETAS, PANTALONES, TRAJES, ZAPATOS, CALCETINES, ME-

DIAS, PANTIMEDIAS, SOSTENES, CORSES, FAJAS, LIGUEROS,

PIJAMAS, BATAS, SOMBREROS Y GORRAS. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de junio del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA,

3 v. alt. No. F013059-3

No. de Expediente: 2014135094

No. de Presentación: 20140200422

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ERNESTO

ANTONIO BERNABE RODEZNO, en su calidad de APODERADO de

CENTRAL AMERICAN BRANDS, INC., de nacionalidad BRITANI-

CA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

AGREE

Consistente en: la palabra AGREE, se traduce al castellano como:

consentir, que servirá para: AMPARAR: ALIMENTOS PARA MAS-

COTAS. Clase: 31.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciseis de junio del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013061-3

No. de Expediente: 2014134791

No. de Presentación: 20140199678

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CLARA LUZ

MARROQUIN ECHEVERRÍA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO.

ARTRICRIM

Consistente en: la palabra ARTRICRIM, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día cuatro de abril del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de junio del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013146-3

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188 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESMINISTERIO DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN No. 107/2014.

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de enero de dos mil catorce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE CIUDAD CREDISA, Municipio de Soyapango, Departamento

de San Salvador, extendido con fecha 11 de mayo de 2009 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la

legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales

este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en el INSTITUTO

NACIONAL DE CIUDAD CREDISA, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, a ROSICELA JAZMÍN RODRÍGUEZ MEJÍA.

Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F021205)

RESOLUCIÓN No. 114/2014.

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de febrero de dos mil catorce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de

Bachiller Técnico Vocacional Industrial obtenido en el INSTITUTO TÉCNICO DE EXALUMNOS SALESIANOS, Municipio de San Salvador,

Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verifi car la documentación presentada,

con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus

facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, opción Arquitectura, obtenido en

el INSTITUTO TÉCNICO DE EXALUMNOS SALESIANOS, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ANA SILVIA MENA

OLIVA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F022634)

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189DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

RESOLUCIÓN No. 117/2014.

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de enero de dos mil catorce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el LICEO EVANGÉLICO DE EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, exten-dido con fecha 30 de noviembre de 1994 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Matemática Física, obtenido en el LICEO EVANGÉLICO DE EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MANUEL HÉCTOR CABEZAS ARGUETA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F021277)

RESOLUCIÓN No. 119/2014.

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de febrero de dos mil catorce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el INSTITUTO DE EDUCACIÓN PERMANENTE PARA PERSONAS JÓVENES Y ADULTAS, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 28 de abril de 2009 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO DE EDUCACIÓN PERMANENTE PARA PERSONAS JÓVENES Y ADULTAS, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, a SONIA TERESA QUINTANILLA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F022929)

RESOLUCIÓN No. 131/2014.

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de febrero de dos mil catorce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el COLEGIO CHAMPAGNAT, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO CHAMPAGNAT, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a MÓNICA RAQUEL HERNÁNDEZ JIMÉNEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F021821)

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190 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

RESOLUCIÓN No. 136/2014.

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de enero de dos mil catorce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud obtenido en el CENTRO ACADÉMICO ALFRED NOBEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 28 de noviembre de 2003 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud, obtenido en el CENTRO ACADÉMICO ALFRED NOBEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a NURIA CONCEPCIÓN CÓRDOVA PRADO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F021598)

RESOLUCIÓN No. 138/2014.

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los diez días del mes de febrero de dos mil catorce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el INSTITUTO NACIONAL SAN LUIS, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL SAN LUIS, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, a JOSUÉ DANIEL COTO OLIVA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F023115)

RESOLUCIÓN No. 140/2014

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil catorce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial obtenido en el INSTITUTO EMILIANI, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, exten-dido con fecha 29 de noviembre de 2002 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, opción Electrónica, obtenido en el INSTITUTO EMILIANI, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ERNESTO ANTONIO ROMERO VÁSQUEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F021587)

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191DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 8 de Julio de 2014.

RESOLUCIÓN No. 141/2014.

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintinueve días del mes de enero de dos mil catorce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el LICEO CRISTIANO REVERENDO JUAN BUENO DE LA COLONIA SAN BENITO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 28 de enero de 2009 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facul-tades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el LICEO CRISTIANO REVERENDO JUAN BUENO DE LA COLONIA SAN BENITO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a VERÓNICA MARCELA MARTÍNEZ BERNAL. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F022731)

RESOLUCIÓN No. 144/2014.

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de febrero de dos mil catorce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el INSTITUTO NACIONAL GENERAL MANUEL JOSÉ ARCE, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL GENERAL MANUEL JOSÉ ARCE, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a HENRY ALFREDO MAURICIO VELASCO Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F023621)

RESOLUCIÓN No. 148/2014.

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los siete días del mes de febrero de dos mil catorce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el INSTITUTO DIOCESANO SAN JUAN EVANGELISTA, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 20 de diciembre de 2011 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en el INSTITUTO DIOCESANO SAN JUAN EVANGELISTA, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a VÍCTOR ALFONSO MIRANDA ALVARADO Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F023057)

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192 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 404

RESOLUCIÓN No. 154/2014.

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil catorce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el INSTITUTO NACIONAL THOMAS JEFFERSON, Municipio de Sonsonate, Departamento de Sonsonate, extendido con fecha 27 de febrero de 2009 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL THOMAS JEFFERSON, Municipio de Sonsonate, Departamento de Sonsonate, a MELVIN AZAEL CARRANZA JIMÉNEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F021749)

RESOLUCIÓN No. 160/2014.

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de febrero de dos mil catorce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el CENTRO EDUCATIVO DENVER, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 22 de noviembre de 1996 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, opción Humanidades, obtenido en el CENTRO EDUCATIVO DENVER, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JORGE BERNARDO CARRILLO SANDOVAL. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F022075)

RESOLUCIÓN No. 161/2014.

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil catorce.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el INSTITUTO CULTURAL OXFORD, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en el INSTITUTO CULTURAL OXFORD Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JUAN ANTONIO RIVERA CANDELARIO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VÍCTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F021799)

Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.

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