diapositivas de comercial el pagaré mejorado =)

Post on 14-Jul-2015

535 Views

Category:

Economy & Finance

3 Downloads

Preview:

Click to see full reader

TRANSCRIPT

Realizado por: Nohemy Quispetupa Choquenaira

Es un título valor o instrumento financiero

(similar a la letra de cambio) se usa

principalmente para obtener recursos

financieros.

¿Qué es el

pagaré?

Contiene la promesa unilateral escrita que

hace una persona, por lo que se compromete

pagar a otra, o a su orden, una

determinada suma de dinero en una fecha

determinada.

PERSONAS QUE

INTERVIENEN EN EL

PAGARÉ

El emitente, librador o girador, quien asume

la calidad de obligado principal.

El beneficiario o tenedor, que es la

persona que podrá exigir la prestación

contenida en el título valor.

El fiador o avalista, la

persona que garantiza el pago

del pagaré

La denominación de Pagaré

La indicación del lugar y fecha de su emisión

La promesa incondicional

El nombre de la persona a quien o a la orden de quien debe hacerse el pago

La indicación de su vencimiento único o de los vencimientos parciales en los casos señalados en el siguiente párrafo

La indicación del lugar de pago y/o, en los casos previstos por el Artículo 53, la forma cómo ha de efectuarse éste

El nombre, el número del documento oficial de identidad y la firma del emitente, quien tiene la calidad de obligado principal

La causa que dio origen a su emisión

La tasa de interés compensatorio que devengará hasta su vencimiento; así como de las tasas de interés compensatorio y moratorio para el periodo de mora, de acuerdo al Artículo 51, aplicándose en caso contrario el interés legal

Otras referencias causales

PAGARÉ A UN PLAZO CONTADO DESDE DU FECHA DE EMISIÓN:

Es aquel que el plazo de su vencimiento comienza a regir desde la fecha de su emisión. Se caracteriza por llevar escrita la fórmula “a 60, 90, 120, etc., días del pagaré” u otra semejante.

PAGARÉ A LA VISTA:

Es aquel que debe ser pagado al momento de su prestación en cobro. Se conoce porque lleva escrita la frase “a la vista”, o porque no indica fecha de vencimiento.

PAGARÉ A UN DÍA FIJO Y

DETERMINADO:

Es aquél que indica el día preciso en que debe ser pagado. Se identifica por la frase “al 05, 06, 07, etc., del mes de …, del año 2014 pagaré”

ACCIÓN CAMBIARIA

DIRECTA: cuando su

fundamento sea una obligación

cambiaria directa.

REGRESO: cuando sirva

para exigir una obligación

cambiaria de regreso.

COMPENSATORIOS

Y

MORATORIOS

REAJUSTES

Y

COMISIONES

CLÁUSULA DE INTERESES

top related