datos de la solicitud -...
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MINISTERIODE LAPRESIDENCIA
SUBSECRETARÍA- OPERA
OFICINA DE TRANSPARENCIA Y
ACCESO A LA INFORMACIÓN
Nº EXPEDIENTE: 001-004026FECHA: 15 de diciembre de 2015
NOMBRE: ORGANIZACION DE APOYO A LA TROPA Y MARINERIA - - - - - -NIF: G93224095CORREO ELECTRÓNICO: ong2oatm@gmail.com
Datos de la solicitud:
AsuntoInmformación sobre el COPERFAS
Información que solicitaDesde la OATM nos gustaría saber las siguientes cifras sobre el COPERFAS:- Desde la creación del COPERFAS ¿Cuántas propuestas de las asociaciones han prosperado y se han desarrollado en norma o integradoen ley?- Desde la creación del COPERFAS ¿Cuántas de las alegaciones presentadas por las Asociaciones Profesionales a los textos normativoshan sido integradas en la normativa finalmente aprobada?- ¿ Cuál ha sido el balance de los informes presentados al Observatorio de la vida militar en cuanto a aprobación o reprobación de lostrabajos expuestos ?
Dirección de contactoEl modo de notificación es: Sede electrónica
Notificaciones y recepción de la información[x] Deseo ser notificado a través del Portal de la Transparencia[ ] Deseo ser notificado por correo postal
Los campos señalados con asteriscos son obligatorios.El plazo de respuesta es un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver.El acceso a la información es gratuito. No obstante, la expedición de copias o la transposición de la información aun formato distinto al original puede dar lugar al pago de una tasa.
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C O R R E O E L E C T R Ó N I C Onoreply@mpr.es
D I R E C C I Ó N
COMPLEJO DE LA MONCLOATEL:FAX:
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ÁMBITO- PREFIJO CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO
TRN 89d7-b510-f10b-be0e-df55-201e-72e1-c95d 15 de diciembre de 2015
EXPEDIENTE DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN NIF INTERESADO
001-004026 http://transparencia.gob.es/es_ES/derechoacceso/validar G93224095
89d7b510f10bbe0edf55201e72e1c95d
1 ' ' •
Asunto:
N° Expte. :
Fecha:
MINISTERIO
DE DEFENSA
Derecho de acceso a la información pública
001 -004026
lZ/01 /2016
SUBSECRETARÍA DE DEFENSA
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
Con fecha 15 de diciembre de 2015 tuvo entrada en la Unidad de Información de Transparencia del
Ministerio de Defensa, solicitud de acceso a la información pública formulada por la Organización
de Apoyo a la Tropa y Marinería (OATM} al amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, solicitud que quedó registrada con
el número 001-004026.
Con fecha 17 de diciembre de 2015 se determinó que la competencia correspondía a la Secretaría
General Técnica del Departamento, fecha a partir de la cual empieza a contar el plazo de un mes
previsto en el artículo 20.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, para su resolución.
En dicha solicitud se requiere lo siguiente:
"Desde la OA TM nos gustaría saber las siguientes cifras sobre el COPERFAS:
-Desde la creación del COPERFAS ¿Cuántas propuestas de las asociaciones han prosperado y se han
desarrollado en norma o integrado en ley?
- Desde la creación del COPERFAS ¿Cuántas de las alegaciones presentadas por las Asociaciones
Profesionales a los textos normativos han sido integradas en la normativa finalmente aprobada?
-¿Cuál ha sido el balance de los informes presentados al Observatorio de la vida militar en cuanto a
aprobación o reprobación de los trabajos expuestos?"
Una vez anal izada la solicitud y realizadas las pertinentes consultas en el ámbito de la Secretaría
Permanente del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, la Secretaría General Técnica del
Departamento considera que procede conceder el acceso a la información demandada por la
OATM, según se detalla a continuación:
Desde la creación del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas se han debatido en sus
reuniones plenarias un total de 146 propuestas de las asociaciones profesionales de miembros de
las Fuerzas Armadas y asociaciones de militares retirados y discapacitados, de acuerdo con el
artículo 49.1.a y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de
derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas (LODD}. Como resultado de dichos
debates, se han alcanzado un total de 101 acuerdos en dichas propuestas.
En ese periodo de tiempo el Ministerio de Defensa ha presentado 87 proyectos de disposiciones de
carácter legal o reglamentario, de acuerdo con el artículo 49.1.c de la LODD, y hasta 57 de otro
carácter, de acuerdo con el artículo 49.1.b de dicha Ley.
lcoRREO ELECTRÓNICO: 1
transparencia@mde.es
po DE LA CASTELLANA, 1 09 28071 - MADRID TEL.: 91 395 50 00
.. ..
MINISTERIO
DE DEFENSA SUBSECRETARIA DE DEFENSA
SECRETARIA GENERAL TÉCNICA
En los primeros, (art. 49.1. e de la LODO}, las asociaciones profesionales con representación en el
Consejo de Personal han tenido la oportunidad de presentar sus informes con las observaciones
que han considerado, habiendo sido todos ellos incorporados a los expedientes de los proyectos,
de acuerdo con el artículo 40.2.b de la LODO. Dichas observaciones han sido estudiadas y
consideradas por los órganos originadores y tratadas en los debates que se han desarrollado en las
reuniones del pleno del Consejo de Personal.
En relación con los segundos, (art. 49.1. b de la LODO), todas las asociaciones profesionales han
tenido la oportunidad de remitir las observaciones que consideraran, de acuerdo con el artículo
40.1.a de la Ley, habiendo sido trasladadas a los órganos originadores de los proyectos.
Por último, se informa que según establece el artículo 54.2 de la LODO, el Observatorio de la vida
militar es destinatario de las actas e informes del Consejo de Personal. De esta manera, una vez
aprobada el acta de cada reunión del pleno del Consejo de Personal, se remite al Observatorio
junto a su correspondiente informe. Así mismo, y conforme a lo dispuesto en el artículo 53.1 de la
LODO, el Observatorio está adscrito a las Cortes Generales, y por lo tanto será a estas, a quien
deberá rendir su memoria e informes, de acuerdo con el artículo 54.4 de dicha Ley.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente (Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa), en el plazo
de dos meses o, previa y potestativamente, reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen
Gobierno en el plazo de un mes; en ambos casos, el plazo se contará desde el día siguiente al de
notificación de la presente Resolución. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o reclamación
que se estime procedente.
AL TÉCNICO
!coRREO ELECTRÓNICO: 1
transparencia@mde.es
p o DE LA CASTELLANA, 1 09 28071 - MADRID TEL.: 91 395 50 00
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